Dispute Resolution Chamber

Transcripción

Dispute Resolution Chamber
IV Congreso Jurídico FIFPro División América
Lima (Perú), 8 y 9 de septiembre de 2016
Reglamento sobre el
Estatuto y la
Transferencia de
Jugadores: ruptura de
contratos sin causa
justificada
Omar Ongaro,
Jefe del Departamento del
Estatuto del Jugador y
Gobernanza
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Estructura de la presentación
I.
Art. 17 del reglamento: Consecuencias de la ruptura de contratos sin
causa justificada
II.
¿Qué constituye una causa justificada?
III. Principales razones de la ruptura de contratos sin causa justificada
 Por parte del club
 Por parte del jugador
IV. Las consecuencias explicadas detalladamente
 Pago de indemnizaciones
 Sanciones deportivas
V.
Principios del cálculo de la indemnización
VI. Inscripción provisional de un jugador
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I. Art. 17 del reglamento
Consecuencias de la ruptura de contratos sin causa justificada
• En todos los casos de rescisión sin causa justificada
 Pago de una indemnización por la parte que rescinde el contrato
 La indemnización se calculará considerando
los criterios
estipulados en el art. 17 apdo. 1 del reglamento
 En caso de rescisión sin causa justificada por parte del jugador

El nuevo club se convertirá automáticamente en responsable conjunto y
solidario del pago de la indemnización correspondiente
• En caso de que el contrato se rescinda sin causa justificada
durante el periodo protegido
 Imposición de sanciones deportivas a la parte responsable de la
rescisión
•
El jugador no tiene la obligación de regresar a su anterior club!
•
Los mismos principios se aplican en caso de que sea la otra parte
la que rescinda el contrato con causa justificada
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II. ¿Qué constituye una causa justificada?
• Solo un incumplimiento de cierta gravedad
• En principio, el incumplimiento se considera de cierta gravedad
cuando hay criterios objetivos por los que no es razonablemente
posible esperar que la relación laboral continúe entre las partes
tras un abuso de confianza grave.
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III. Principales razones de la ruptura de
contratos sin causa justificada
1. Por parte del club
• Salarios pendientes!




Puesto en mora: muy importante
La remuneración adeudada es considerable
Incumplimiento constante/reiterado de las obligaciones contractuales
«No hay razón para que un jugador pueda creer, de buena fe, que el
club cumplirá con sus obligaciones económicas” – se desaconseja
confiar en esto
• Ausencia de visado o permiso de trabajo
 Por regla general, es responsabilidad del club obtenerlo a tiempo (no
obstante, el jugador necesita colaborar adecuadamente)
•
Requisitos formales – registrar el contrato / contrato estándar
 Por regla general, es responsabilidad del club tomar las medidas
necesarias a tiempo
 Si el contrato contiene todos los essentialia negotii, normalmente se
considera válido, con independencia de los requisitos formales que
puedan existir en el ámbito nacional
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III. Principales razones de la ruptura de
contratos sin causa justificada
1. Por parte del club
• No se solicita el Certificado de Transferencia Internacional (CTI)
 Es responsabilidad del club emprender las medidas necesarias a
tiempo
• El jugador no cumple las expectativas (bajo rendimiento
deportivo)
 No es una causa justificada!
• Motivos de salud
 Normalmente no es una causa justificada; tampoco lo es para
suspender el pago del salario
 Seguro
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III. Principales razones de la ruptura de
contratos sin causa justificada
1. Por parte del club
• Medidas disciplinarias
 Podrían constituir causa justificada
 No obstante: ¡atención!
 La terminación del contrato es siempre solo ultima ratio





Una vez agotados todos los medios disponibles menos severos
Advertencias
Multas (proporcionadas!)
Suspensiones temporales
Etc.
 Aconsejable: base legal inequívoca
 En el contrato
 En el código disciplinario del club
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III. Principales razones de la ruptura de
contratos sin causa justificada
2. Por parte del jugador
• Se ausenta sin permiso
 El club reclama al jugador que preste sus servicios
 Se requieren pruebas documentales
• No se reincorpora tras el permiso para ausentarse
 Se debe fijar una fecha exacta para que vuelva
 El club reclama al jugador que preste sus servicios
 Se requieren pruebas documentales
• Descenso al segundo equipo / entrenamiento solo
 ¡Atención!
 Se requieren pruebas documentales sólidas
 En todo caso: advertencias / notificaciones de incumplimiento
requeridas
 ¿Disposiciones contractuales?
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IV. Las consecuencias explicadas
detalladamente
1. Pago de indemnizaciones
• En todos los casos, la parte que rescinde pagará una
indemnización
• La indemnización puede estipularse contractualmente
 «Cláusula de indemnización global» (“liquidated damages clause”)
 Las partes definirán con antelación la cuantía de la indemnización que
deberá pagar la parte que rescinde el contrato sin causa justificada
 ¡Proporcionalidad! La autoridad decisoria competente podrá reducirla a
una cuantía apropiada y proporcional
 «Cláusula de rescisión» (“buy-out clause”)
 Las partes acuerdan con antelación que el contrato podrá ser rescindido
unilateralmente en cualquier momento por una de las partes
(normalmente el jugador) a cambio del pago íntegro e incondicional de
determinada cantidad estipulada en el contrato
 Derecho a terminar el contrato – no es una ruptura sin causa justificada
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IV. Las consecuencias explicadas
detalladamente
1. Pago de indemnizaciones
• La indemnización
se calculará considerando los principios
estipulados en el art. 17 apdo. 1 del reglamento
 Considerando la legislación nacional, las características específicas
del deporte y otros criterios objetivos
 Criterios objetivos – enumeración no exhaustiva:
 Remuneración y otros beneficios a los que tiene derecho el jugador sobre
la base del contrato en vigor y/o el nuevo contrato
 Tiempo restante del contrato en vigor
 Cuotas y los gastos desembolsados por el club anterior (amortizados a lo
largo del periodo de vigencia del contrato)
 Si se produjo una ruptura del contrato durante o fuera del periodo
protegido
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IV. Las consecuencias explicadas
detalladamente
2. Sanciones deportivas
• Solo si se produce una ruptura no justificada durante el periodo
protegido
 Periodo protegido:
 Un periodo de tres temporadas completas o de tres años, lo que ocurra
primero, tras la entrada en vigor de un contrato, si el contrato se firmó
antes de que el jugador profesional cumpliese 28 años; o por un periodo
de dos temporadas completas o de dos años, lo que ocurra primero, tras
la entrada en vigor de un contrato, si el contrato se firmó después de que
el jugador profesional cumpliese 28 años (v. punto 7 de la sección
«Definiciones» del reglamento)
• Sanción deportiva que se impondrá a un club
 Prohibición de inscribir a nuevos jugadores, del ámbito nacional o
internacional, durante dos periodos de inscripción completos y
consecutivos
• Sanción deportiva que se impondrá a un jugador
 Una restricción a jugar partidos oficiales durante cuatro meses (seis
meses en el caso de circunstancias agravantes)
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IV. Las consecuencias explicadas
detalladamente
2. Sanciones deportivas
• ¿Obligación o autorización para la Cámara de Resolución de
Disputas (CRD)?
 Jurisprudencia consolidada y habitual de la CRD
 Autorización
 Confirmada en varias ocasiones por el TAS
 «representa el verdadero significado de la disposición, tal como es
interpretada, ejecutada y observada en la FIFA»
• El concepto de «reincidentes»
 Es relativamente nuevo, pero, en el ínterin, se ha convertido en
jurisprudencia establecida de la CRD
 Causa: observación de que las sanciones meramente económicas no han
tenido un efecto disuasivo para determinados clubes
 Correctiva: necesidad apremiante de una aplicación más rigurosa del art.
17, apdo. 4 del reglamento con dichos clubes
 La sanción deportiva se aplicará con regularidad a un club que haya
terminado un contrato sin causa justificada en al menos cuatro
ocasiones durante los dos años que preceden la decisión del CRD en
cuestión
 Confirmada en varias ocasiones por el TAS
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V. Principios del cálculo de la indemnización
1. Pago de indemnización por parte del club
• Jurisprudencia consolidada de la CRD
 Punto de partida
 Valor residual del contrato que fue terminado prematuramente (A)
 Atenuación
 Remuneración recibida por el jugador en virtud de cualquier nuevo
contrato que cubra el periodo correspondiente al tiempo entre la ruptura
del contrato anterior y la extinción de este último (B)
 En resumen: (A) – (B) = indemnización pagadera por el club al
jugador
 Regla general
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V. Principios del cálculo de la indemnización
1. Pago de indemnización por parte del club
• Los denominados asuntos de «no ejecución»
 Casos en los que el principio de ejecución del contrato no se cumple
 La regla general es el punto de partida
 (A) – (B) = indemnización pagadera por el club al jugador
 Atenuación extraordinaria
 Reducción a 1/3 de la indemnización calculada con base en la regla
general
 En resumen: [(A) – (B)] : 3 = indemnización pagadera por el club al
jugador
 Se aplica el mismo principio en caso de que el jugador sea la parte
responsable de la no ejecución del contrato
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V. Principios del cálculo de la indemnización
1. Pago de indemnización por parte del club
• «Responsabilidad compartida» del jugador
 La CRD constata que el club ha terminado el contrato sin causa
justificada
 Responsable de pagar indemnización al jugador
 Cálculo basado en la regla general
 Sin embargo, los hechos del caso indican cierto grado de
responsabilidad compartida por parte del jugador
 Atenuación de la indemnización adeudada
 Margen de discrecionalidad de la autoridad decisoria
 Se aplica el mismo principio en el caso de responsabilidad
compartida del club
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V. Principios del cálculo de la indemnización
2. Pago de indemnización por parte del jugador
• Principio general aplicado por la CRD
 La CRD debe establecer el valor atribuido a los servicios del jugador
 Punto de partida
 Valor residual del contrato que fue terminado prematuramente (A)
 Valor del nuevo contrato durante el periodo correspondiente al tiempo
restante en el contrato que fue terminado prematuramente (B)
 Media de ambos valores
 Corresponde al valor atribuible a los servicios del jugador en el momento
de la ruptura del contrato
 Resultado intermedio: [(A) + (B)] : 2 = indemnización pagadera por el
jugador al club
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V. Principios del cálculo de la indemnización
2. Pago de indemnización por parte del jugador
• Posible adición de cuotas y gastos pagados o efectuados por el
club anterior
 Amortizada sobre la duración del contrato
 Amortización lineal
 Generalmente indemnización por transferencia pagada por la contratación
del jugador
 Posiblemente, honorarios de intermediarios
 Etc.
 ejemplo:
$ 500 000
300 000
200 000 aún no amortizados =
(C)
100 000
1
3
5
tiempo / años
 Resultado enmendado: ([(A) + (B)] : 2) + (C) = indemnización
pagadera por el jugador al club
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V. Principios del cálculo de la indemnización
2. Pago de indemnización por parte del jugador
 ¿Impacto de las características específicas del deporte?
 En particular, casos en los que el club tomó la iniciativa
 Por ejemplo, se tiene en cuenta solo las cuotas o gastos no amortizados
que el club anterior haya pagado o efectuado
• Los denominados asuntos de «no ejecución»
 Casos en los que el principio de ejecución del contrato no se cumple
 La regla general es el punto de partida
 [(A) + (B)] : 2, respectivamente, ([(A) + (B)] : 2) + (C) = indemnización
pagadera por el jugador al club
 Atenuación extraordinaria
 Reducción a 1/3 de la indemnización calculada con base en la regla
general
 En resumen: ([(A) + (B)] : 2) :3, o, [([(A) + (B)] : 2) + (C)] : 3 =
indemnización pagadera por el jugador al club
 Se aplica el mismo principio en caso de que el club sea la parte
responsable de la no ejecución del contrato Congreso Jurídico FIFPro-División América, Lima
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V. Principios del cálculo de la indemnización
2. Pago de indemnización por parte del jugador
• «Responsabilidad compartida» del club
 La CRD constata que el jugador ha terminado el contrato sin causa
justificada
 Responsable de pagar indemnización al club
 Cálculo basándose en la regla general
 Sin embargo, los hechos del caso indican cierto grado de
responsabilidad compartida por parte del club
 Atenuación de la indemnización adeudada
 Margen de discrecionalidad de la autoridad decisoria
 Se aplica el mismo principio en el caso de responsabilidad
compartida del jugador
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V. Principios del cálculo de la indemnización
3. Observaciones generales finales
• Estos son todos principios
 Simplificados y resumidos en aras de la claridad
 No obstante, existe y se reconoce un margen de discrecionalidad de
la CRD
 Evaluación en cada caso particular
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VI. Inscripción provisional de un jugador
1. Denegar la expedición del CTI
Solicitud del
CTI
Federación
anterior
Sí
¿Alguna
objeción?
Club anterior
Denegar la
expedición
del CTI
Nueva federación
Solicitud de
inscripción
Nuevo club
Jugador
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VI. Inscripción provisional de un jugador
2. Motivos válidos que justifiquen la denegación del CTI por parte
de una federación
• Existe solo un motivo válido:
 Una disputa contractual ha surgido entre el club anterior y el jugador
profesional
 Anexo 3, art. 8.2, apdo. 7 del reglamento
• No todas las disputas contractuales justifican una denegación
 Especificación:
 El contrato entre el club anterior y el futbolista profesional no se ha
vencido
 El contrato entre el club anterior y el futbolista profesional no ha sido
terminado prematuramente de mutuo acuerdo
 Anexo 3, art. 8.2, apdo. 4 b) del reglamento
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VI. Inscripción provisional de un jugador
3. Posibles consecuencias de una denegación del CTI
• Denegación aceptada
• Denegación impugnada
• En caso de que se impugne la denegación
 La nueva asociación podrá solicitar la intervención de la FIFA
• La FIFA decidirá si autoriza a la nueva asociación para inscribir al
jugador por su club provisionalmente sin haber recibido el CTI
 Medida provisional
 Competencia exclusiva de la Comisión del Estatuto del Jugador de la
FIFA; decisión que normalmente se asigna a un juez único
 Anexo 3, art. 8.2, apdo. 7, en conexión con el art. 23, apdo. 3 del
reglamento
• ¡No existe un CTI provisional!
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VI. Inscripción provisional de un jugador
4. Paralela a los procedimientos relativos a la inscripción
provisional del jugador
• Posible procedimiento relacionado con la disputa contractual
 A solicitud del jugador, del nuevo club y/o del club anterior del jugador
 Competencia: la DRC de la FIFA
 Anexo 3, art. 8.2, apdo. 7, en conexión con el art. 24, apdo. 1 y el art. 22
a) del reglamento
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Todas las indicaciones de esta presentación son de carácter
general y se facilitan exclusivamente con fines informativos. En
consecuencia, no sientan ningún precedente, en particular por lo
que respecta a decisiones que los órganos competentes pudieran
adoptar en el futuro en casos idénticos o similares.
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Muchas gracias por su
atención
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