Sello Ecológico una oportunidad para las MIPYMES

Transcripción

Sello Ecológico una oportunidad para las MIPYMES
SELLO ECOLOGICO : UNA OPORTUNIDAD PARA LA MIPYME
“ Y VIO DIOS TODO LO QUE HABIA HECHO,Y HE AQUÍ
QUE ERA BUENO EN GRAN MANERA “ ...
GEN. 1:31
Introducción
El conocimiento del público y su preocupación respecto a la
economía y el medio ambiente han cambiado significativamente
en las últimas décadas. En la actualidad, se reconoce en forma
generalizada que los sistemas económicos están intrincadamente
ligados al medio ambiente y que la salud y bienestar de los
humanos dependen de un medio ambiente saludable.
Las estrategias y programas modernos de desarrollo económico
se basan en la utilización de los recursos naturales y de la
tecnología. Con frecuencia, tales actividades implican el cambio
intencionado de sistemas ambientales intrinsicamente complejos.
Por consiguiente los cambios que tienen lugar en el transcurso del
tiempo son, en general, muy poco comprendidos, y pueden
resultar imprevisibles.
En un mundo de evolución, y más recientemente en los países
desarrollados, ha surgido una inquietud por el medio ambiente
como resultado de la siguiente secuencia de eventos:
Ø Crecimiento económico en la década de los 50 y 60
basado en la explotación incontrolable del medio
ambiente natural.
Ø Escacez de los recursos y vulnerabilidad económica
reconocidos en los años setenta.}
Ø La introducción del concepto de desarrollo sostenible en los
años 80, que dio como resultado un cambio de paradigma
del desarrollo económico en el mundo industrializado.
Ø Nuevos enfoques del desarrollo económico poniendo de
relieve la capacidad de carga y la gestión integrada de los
recursos.
Ø Compromisos contraídos en la conferencia de Río de
Janeiro en 1992 ( por ejemplo, la preservación de la
biodiversidad)
Esto llevo la preocupación al plano internacional de la ONU
dictándose en consecuencia conferencias en torno al tema
ambiental.
El sello ecologico se basa en la norma inglesa que fue publicada
oficialmente previa a la reunión mundial de la ONU sobre el
Medio Ambiente (ECO 92).
Una de las deliberaciones de la ECO 92 trato sobre la instalación
de un grupo de trabajo por parte de la International
Standarization Organization (ISO) para estudiar la elaboración de
Normas Ambientales. El resultado de estos trabajos fue la
creación de Comité Técnico (marzo 93).
El CT público en 1994 una guía para la evaluación del impacto
ambiental.
La primera norma internacional ISO 14000 fue
aprobada en septiembre de 1996.
Las normas desarrolladas por ISO son voluntarias, ya que es un
organismo no gubernamental y no depende de ningún otro
organismo internacional, por lo tanto no tiene autoridad para
imponer sus normas a ningún país, debemos tener en cuenta que
la norma ISO 14000, no fija metas ambientales para la prevención
de la contaminación, ni tampoco se involucran en el desempeño
ambiental a nivel mundial, sino que establecen herramientas y
sistemas enfocados a los procesos de producción al interior de
una empresa u organización y de los efectos o externalidades
que de esto deriven al Medio Ambiente.
Estas constituyen regulaciones voluntarias que productores,
usuarios y usuarias ponen al servicio de la racionalización, el
control de calidad y la seguridad de los productos, es decir que
estas no poseen un dictamen esbozado en leyes o reglamentos
jurídicos, sus estructuras encuentran su validez en las fuerzas del
“mercado”, decididas en segmentos del mismo.
La realidad de preocuparse en adherir a estas por parte de los
empresarios/as deriva de dos preocupaciones básicas a saber:
1.
La naturaleza económica que se traduce en reducciones en
gastos de aguas, energía, el aprovechamiento de residuos,
reducción de multas y penalidades.
2
2.
La demanda de los denominados “productos verdes” que se
tornan cada vez más atractivos para los consumidores.
A la fecha se han publicado varias normas ambientales (ISO 1400014012), sobre la base de estas normas es posible la certificación de los
productos ambientales.
La certificación se implementa por medio de sellos o mensajes de tipo
ecológico, contenidos en el empaque e incluso en los propios
productos certificados.
Sellos ecológicos en la región
Los sistemas de certificación son administrados o apadrinados por los
gobiernos, compañías privadas (con o sin fines de lucro), Organismo
no gubernamentales o una combinación de los mismos.
En los Estados Unidos, el etiquetado ecológico “Green Seal” está a
cargo de una organización nogubernamental sin fines de lucro. Esta
organización determina los criterios de elegibilidad basados en una
consulta pública con productores, organizaciones ambientalistas,
grupos de consumidores y agencias gubernamentales. También
existe una variedad de etiquetas ecológicas específicas para ciertos
componentes de los productos.
En Canadá, la etiqueta “environmental Choice” fue promovida por
una iniciativa del Ministerio de Ambiente de Canadá como una
certificación voluntaria y fue transferida la certificación a una
compañía privada. Al igual que el Eco Sello de la Unión Europea,
ésta etiqueta verifica el ciclo de vida de los productos basado sobre
las normas ISO.
En Centroamérica, no hay un sistema de sello ecológico en
operación. No obstante, en Costa Rica existe el programa Bandera
Ecológica. Este
programa es un reconocimiento anual que hace el Ministerio del
Ambiente de Costa Rica a empresas privadas con fines de lucro y
entes gubernamentales, cuyas acciones benefician al ambiente y
que tienen el establecimiento de sistemas de gestión ambiental.
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En un intento de armonizar y establecer equivalencias y
reconocimiento mutuo, se formó la red global de etiquetado
ecológico (Global Ecolabelling Network, “GEN”) con organizaciones
certificadoras nacionales y multinacionales. Esta red debe promover
programas de etiquetado ambiental a través del mundo.
Los objetivos de la GEN son:
•
Crear un marco de intercambio de información.
•
Asegurar que los intereses de los programas de etiquetado
ecológico estén representados,
•
Proveer un foro para reuniones de los miembros regulares.
•
Armonizar y ofrecer información a los programas y sistemas en
desarrollo.
El proceso de certificación del Eco-sello de la Unión Europea pasa
por organismos competentes designados por cada país, los cuales
son responsables de recibir las aplicaciones de los solicitantes de la
etiqueta.
Estos organismos competentes deciden de los formatos
estandarizados de aplicación y notas explicat ivas basados en los
detalles por grupos de productos y criterios ecológicos que han sido
adoptados previamente por la Comisión Europea.
Este Sello
Ecológico está basado sobre un ciclo de vida del producto que no
provoque daños al medio ambiente. El proceso de certificación se
basa en una metodología aplicada de la sociedad para la
Toxicología Ambiental y Química y la Organización Internacional de
Normas (ISO).
El Sello Ecológico en nuestro país
El Sello ecológico es la primera iniciativa centroamericana de
etiquetado ecológico. A través del Sello Ecológico, Nicaragua
quiere proporcionar un mecanismo que permita la identificación y la
diferenciación de productos menos dañinos al ambiente, así como
contribuir a mejorar la competitividad de estos productos en el
mercado interno y consolidar los productos nacionales con
características competitivas en el mercado internacional.
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Para asegurar la credibilidad del Sello Ecológico, el sistema está
montado en certificadores, verificadores y pruebas de laboratorios
acreditados según normas nacionales. Estas normas nacionales
están basadas sobre normas internaciones tales como las de la
Organización de Normalización Internacional (ISO). Además es un
sistema imparcial, la certificación está a cargo de terceras partes
ajenas al Instituto Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Empresa,
ente gubernamental dueño por decreto ejecutivo del Sello
Ecológico.
En un primer momento, se estableció el sistema para certificar
productos con alto valor turístico (hamacas, artesanía de barro,
artesanía de madera, muebles de madera, tapices) y alimentos
(maní envasado). Buscando el fomento a la exportación y la
entrada de divisas al país, se buscará el reconocimiento mutuo con
países importadores y un reconocimiento regional.
En una segunda etapa del sistema, se podrá unificar las normas y
eventualmente obtener el reconocimiento internacional del Sello
Ecológico de Nicaragua.
El logotipo del Sello Ecológico es una marca registrada y protegida
por la ley. El sistema tiene sus bases en el Decreto Ejecutivo 71-99 de
creación del Sello Ecológico de Nicaragua. Este decreto ha sido
avalado por el MIFIC.
Estructura y Administración del Sello Ecológico
Los sistemas de certificación son administrados o apadrinados por los
gobiernos, compañías privadas (con o sin fines de lucro), organismos
no gubernamentales (ONG) o una combinación de los mismos.
Frecuentemente, se considera un sistema casi gubernamental cuando
han sido iniciados o son apoyados por el gobierno pero que son
operados por entes privados y ONGs.
En Nicaragua a través del Decreto ejecutivo 71-99 se crea el Sello
Ecológico de Nicaragua para productos nacionales. De acuerdo con
este decreto se creó un Comité Técnico para normas técnicas de
productos, cuya función es de oficializar las normas que rigen el
sistema, así como los procedimientos para la acreditación de los
organismos certificadores.
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Este Comité esta compuesto por:
o El Instituto Nicaragüense de la Pequeña y Mediana
Empresa-INPYME.
o Ministerio de Industria y Comercio (MIFIC).
o Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
o Ministerio del
(MARENA).
Ambiente
y
los
Recursos
Naturales
o El Ministerio de salud (MINSA)
o El Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR
o Representantes de las universidades.
o Representantes de Cámaras de industria y organismos
gremiales.
Así mismo se creo el Comité de Administración del Sello Ecológico,
formado por el MIFIC, MINSA, INPYME, MARENA y un representante de
una Cámara de Industria u organismo gremial que tendrá las
siguientes funciones:
Ø Fijación de los costos de arancel de la franquicia y del derecho de
uso del sello.
Ø Asesoramiento cuando surjan conflictos con el Sello Ecológico.
Ø Armonizar el Sello con otras etiquetas similares nacionales.
Los organismos certificadores debidamente acreditados por la Oficina
Nacional de Acreditación y autorizados por el INPYME estarán a cargo
de la certificación de productos conforme los procedimientos del
INPYME. Estos certificadores pueden ser entes gubernamentales o no
gubernamentales seleccionados y acreditados para ese fin.
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MARCO REGULATORIO
LEY DE NORMALIZACION
TECNICA Y CALIDAD N° 219
LEY 290
DECRETO N° 71-99
SELLO
ECOLOGICO
LEY GENERAL DEL MEDIO
AMBIENTE N° 217
2 DE MARZO 1996
LEY N° 182 DEFENSA DEL CONSUMIDOR
DECRETO 6-94
INPYME
Los organismos verificadores serán entes externos al INPYME, al Comité
Técnico y al Comité de Administración del Sello que fiscalizará las
actividades de los certificadores de conformidad con los
procedimientos establecidos.
Estos organismos no podrán ser
certificadores del Sello ecológico.
Los requisit os para los organismos verificadores del Sello Ecológico son:
•
Acreditación: Deben de estar debidamente acreditados por la
Oficina Nacional de Acreditación mediante la norma NTN 04005-98
(criterios generales para las unidades de verificación)
•
Experiencia con MIPYME´S y medio ambiente.
El organismo
verificador, deberá demostrar una experiencia de mínimo 5 años
con las MIPYME´S y el área ambiental.
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•
Conocimiento sobre etiquetado ecológico.
La unidad de
verificación deberá comprobar su conocimiento sobre el sistema
de sello ecológico.
Certificadores del Sello Ecológico
El Sello Ecológico se da sobre una base voluntaria. La empresa
interesada en producir sin daños al ambiente, que quiere aumentar
sus ganancias o que no quiere ser excluida de un mercado, solicita la
certificación de su producto y si éste esta dentro de las categorías de
productos.
En una primera fase se propusieron dos tipos de productos: productos
naturales con valor agregado como el café orgánico y productos
procesados. Los productos que serán certificados en un primer
tiempo son:
à
à
à
à
à
Hamacas
Artesanía de barro
Tapetes
Muebles de madera
Maní envasado
Los productos a certificar deben cumplir con la legislación y las
normas ambientales de Nicaragua. Como en Nicaragua no existen
todavía las
normas para los productos ecológicos antes mencionados, por lo
tanto los productos certificados deben de cumplir con toda la
legislación ambiental vigente en el país, tales como:
•
La ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así
como su reglamento (ley 217 y Dec. 996)
•
El reglamento general para el control de emisiones de los
vehículos automotores de Nicaragua (Dec. 32-97)
•
Ley básica para la regulación y control de plaguicidas,
sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares (ley 274)
•
Reglamento de inspección sanitaria (Dec. 432).
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•
Disposición para el control de la contaminación proveniente de
descargas de aguas residuales domésticas, industriales y
agropecuarias (Dec. 33-95)
•
Los reglamentos de veda de flora y fauna.
Todos los materiales necesarios para la producción no deben ser
tóxicos ni contaminantes al medio ambiente. En la primera etapa de
implementación del Sello Ecológico, se trabajará únicamente con el
ciclo de vida simplificada, es decir que solo se tomará en cuenta el
uso de materiales y proceso de elaboración del producto a certificar.
Esto significa que para productos como las hamacas, no se verificará
si la madera proviene de un bosque manejado de manera sostenible.
Solo se verificará que tenga todos los permisos emitidos por el
Ministerio del Ambiente y los Recursos naturales.
Dado que el sistema de certificación, es un sistema evolutivo, donde
se estará continuamente mejorando la certificación y sus criterios, se
dará en un segundo tiempo la evaluación del ciclo de vida
completo.
La revisión de los criterios de certificación para cada producto se
dará cada 4 años.
El INPYME como dueño del Sello Ecológico, hará un llamado público
anual por medio de comunicación escrita a las organizaciones
interesadas en ser certificadoras del Sello, cumpliendo con el artículo
16 del decreto 71-99. Después de este período inicial, el INPYME solo
hará anuncios públicos cuando se introduzcan nuevos sectores de
productos a certificar.
En este llamado se describen los criterios básicos para poder aplicar a
ser certificadores del Sello.
Criterios básicos para aplicar a ser certificadores:
•
Estar relacionada con el tema ambiental y el campo industrial.
•
Tener una imagen pública de marcada credibilidad de cara al
sector de las MIPYMES.
•
Tener una constitución definida, sólida y consistente con sus
acciones.
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•
Contar con una personería jurídica.
•
Contar con convenios con laboratorios de prestigio.
•
Contar con capacidad técnica, según la rama del sector con
la que se quiera trabajar.
La Oficina Nacional de Acreditación debe verificar periódicamente
que los organismos encargados de certificar productos con el Sello
Ecológico cumplen con todos los procedimientos establecidos.
Procedimiento de certificación
En Nicaragua, las empresas interesadas en certificar uno o más
productos deben entrar en contacto con una certificadora
acreditada y autorizada por el INPYME. Se le entrega al solicitante la
información para la certificación y un formato de solicitud de
certificación.
La solicitud llena se entrega a la Oficina Nacional de Certificación
junto con los costos asociados a la evaluación y verificación de
conformidad al producto y criterios ecológicos.
El certificador tiene un mes para revisar la documentación y elaborar
un informe, si éste es de no-conformidad, la empresa tiene 3 meses
para ajustar sus documentos a los criterios exigidos.
Cuando se obtiene conformidad en los documentos, se procede a:
•
•
•
Evaluación y verificación in situ de los procesos de producción y
de los materiales.
Se toman las muestras necesarias y se envían a los laboratorios.
Se hacen los ensayos requeridos por la normativa.
Se tiene como máximo mes y medio para llevar a cabo todas las
muestras y verificaciones requeridas. Si se cumplen con todos los
criterios para el producto solicitado, el organismo certificador emitirá
un informe de conformidad y el solicitante deber pagar el derecho
de uso del Sello Ecológico.
El producto quedará entonces
certificado.
Si por una misma falta de conformidad se emiten tres informes, la
solicitud queda formalmente rechazada.
El solicitante deberá
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ajustar y corregir sus procedimientos y volver a aplicar para la
certificación.
Documentos accesibles al solicitante del Sello Ecológico.
El
organismo certificador debe prepara, así como suministrar bajo
demanda, la documentación en la que se indicará como mínimo lo
siguiente:
•
Las categorías de producto que se certifican en esa organización.
•
Los criterios ecológicos por producto.
•
•
Las características funcionales del producto.
El plazo de validez de los criterios.
•
Los métodos de ensayo y de verificación.
•
Los procedimientos de certificación y concesión.
•
Los criterios de revisión periódica
•
Los datos no confidenciales en los que se ampara la certificación.
•
Las tarifas.
•
La verificación de la conformidad.
Ensayos
Todos los ensayos y pruebas deberán ser efectuados por laboratorios
acreditados o en su defecto por laboratorios reconocidos por su
calidad y precisión, por ejemplo en el caso de estudios de calidad
de agua el CIRA-UNAN o la Universidad Nacional de Ingeniería UNI.
Cada norma tiene indicado cuales son los límites permitidos para
cada producto.
Informes de no-conformidad
Este tipo de informe se genera cuando a través de la verificación, se
descubren fallas en el proceso y en el cumplimiento de criterios,
normas y leyes establecidas. En cada informe, se determina la falta
o ausencia de conformidad y se recomiendan las acciones a tomar
para remediar el o los problemas.
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Sistema de certificación
Los programas de sellos de aprobación certifican el uso de un
logotipo para productos que se consideran menos dañinos al medio
ambiente que otros productos similares, basándose en una serie de
criterios establecidos. La operación de cada programa difiere, sin
embargo en general tienen un proceso de 3 fases.
1. Definición de categorías de productos. En esta fase, se
determinan que productos serán certificados con la eco
etiqueta.
También se definen los sectores que podrán
acceder a la etiqueta. En Nicaragua, se tienen definidas las
categorías de productos, estos están asociados con artesanías
y algunos alimentos envasados con alto potencial de
exportación.
2. Desarrollo de criterios de certificación. Esta fase consiste en
elaborar las normas y requisitos para certificar los productos
identificados. También se determinan los procedimientos a
seguir para obtener una certificación ecológica.
3. Evaluación del producto. Se evalúa un producto sobre la base
de los criterios predeterminados y normas establecidas para
otorgar la certificación. Es la puesta en marcha del sistema de
certificación de la etiqueta ecológica.
Los criterios de certificación están asentados en consideraciones
sobre los ciclos de vida de los productos, sean de ciclo completo
o solo parte del ciclo (ciclo de vida simplificado).
La certificación se entrega por un período definido.
Normalmente, se diseña un proceso de revisión de criterios de
forma tal que se van haciendo cada vez más exigentes y solo
algunos productores o productoras puedan acceder a esta
ventaja compet itiva.
Confidencialidad.
Toda información sobre el producto incluyendo los pagos
efectuados es confidencial y no pueden ser entregados o
publicados sin previa autorización escrita del certificador o de la
empresa aplicante, salvo cuando sea requerido por ley.
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Publicidad emitida por los titulares
Los titulares de un Sello Ecológico tendrán derecho de hacer una
publicidad de su producto y características ecológicas dentro del
marco de ley de defensa a los consumidores y otras leyes
relacionadas.
Suspensión o anulación de la certificación.
•
Falta de conformidad.
•
Al realizar las revisiones periódicas la certificadora no
encuentra los procedimientos y criterios ecológicos exigidos.
•
Al emitir un informe de no-conformidad, la empresa tiene un
máximo de 3 meses para corregir la situación. Si en ese lapso
de tiempo no se hacen los ajustes exigidos la certificación
queda suspendida.
Si no se hacen las correcciones al
momento de la renovación, se anulará la certificación.
•
Si se emiten más de tres informes de no-conformidad para un
mismo producto, en el período de concesión, se anulará la
certificación.
•
Uso indebido del Sello Ecológico. Si la empresa que tiene
certificado un producto, usa el Sello Ecológico para otro
producto no certificado, quedará automáticamente anulada
la certificación y podrá ser sancionado de acuerdo a la ley
(Decreto 71-99).
Resolución de conflictos
El certificador debe establecer un procedimiento para la
resolución de conflictos con los clientes o empresas solicitantes. El
siguiente procedimiento se aplica cuando las dos partes no
llegan a un acuerdo.
El INPYME como dueño del Sello Ecológico deberá fungir como
juez para resolver un conflicto sobre el uso del Sello Ecológico.
Si una empresa considera que cumple con todos los criterios y se
han agotado todas las instancias en la organización certificadora,
puede solicitar al INPYME la revisión del caso.
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Uso del logotipo del Sello Ecológico.
En Nicaragua el uso del logotipo del Sello Ecológico solo puede ser
utilizado después de haberse extendido la conformidad del
producto con los criterios establecidos y que se haya entregado el
pago del derecho de uso.
El Sello Ecológico podrá ser utilizado únicamente para el producto
para el cual fue solicitado. Se pondrá en el producto junto a la
etiqueta tradicional.
Estandares
Con el fin de acceder a todos los mercados, se ha hecho un gran
esfuerzo por estandarizar los criterios de las etiquetas ecológicas. La
organización líder en este tema es la Organización Internacional de
Estandarización (ISO en sus siglas en inglés). La ISO ha elaborado
una serie de normas y principios para el etiquetado ecológico.
La norma ISO 14020 establece los principios guías para el desarrollo y
uso de etiquetas y declaraciones ambientales. Se debe utilizar con
las demás normas de esta serie. De acuerdo a esta norma, el
objetivo de los etiquetados es alentar la demanda y oferta de
aquellos productos y servicios que causen menos perjuicio al medio
ambiente y por consecuencia, estimular el potencial de dirección
del mercado hacia un mejoramiento continuo de las condiciones
ambientales.
El ciclo de vida de un producto va desde actividades asociadas con
la producción y despacho de materias primas o generación de
recursos naturales hasta la disposición final de producto. Las
consideraciones del ciclo de vida del producto o servicio permiten a
las partes que están desarrollando un etiquetado o declaración
ambiental tener en cuenta una variedad de factores que alteran en
el ambiente.
Por lo tanto, las etiquetas ecológicas deberían
comunicar una información veraz, precisa y verificable sobre los
atributos ambientales de los productos y servicios.
La Norma ISO 14024 establece los principios, los criterios y una guía
sobre los procedimientos de certificación para el desarrollo de
programas de etiquetado ambiental por terceras partes, basados en
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criterios múltiples. Incluyendo procedimientos para la selección de
categorías de productos, el establecimiento de criterios ambientales
y característicos funcionales de productos, así como el
asesoramiento y demostración de cumplimiento.
Algunas consideraciones importantes en el programa de etiquetado
son:
•
Identificación de las áreas más importantes para la reducción de
las cargas ambientales;
•
Determinación de niveles para cada criterio importante teniendo
en mente el principio de selectividad;
•
Determinación de métodos de ensayo y procedimientos de
certificación;
•
Uso de índices cualitativos y cuantitativos;
•
Consideración de otros aspectos importantes, incluidos los
relat ivos al comercio internacional.
LIMITANTES PARA LAS MIPYMES
•
Hasta abril de 1999 se abre una nueva experiencia con artesanías
principalmente. Esto hace que haya poco conocimiento del
mercado el manejo de los precios, sumado esto a los costos de
producción además del manejo de las técnicas y la poca
capacitación, el cambio de paradigmas en gente acostumbrada
atravez de generaciones con sistemas de trabajo rudimentarios.
•
Institucionalizacion es problema cuando no se divulga. Por esta parte
la institución rectora del sello ecológico con mecanismos
burocráticos además de una difusión pobre de la información sobre
sello el mismo ha obstaculizado el desarrollo.
•
Requiere de inversion. Aunque hay algunos organismos BID, Unión
Europea, que han apoyado este esfuerzo por lograr una producción
ecologica,los costos por tranferencia tecnológica son grandes
sumado a esto la capacitación del personal y la falta de una política
de financiamiento por parte del estado.
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•
En Nicaragua a la fecha no existen parámetros ambientales de
certificación.
•
El país no cuenta con laboratorios acreditados, en donde se puedan
realizar los ensayos, que es uno de los requisitos que se tienen que
cumplir para dar la certificación.
•
Aunque contamos con un Decreto y normas para el Sello Ecológico,
el sistema de certificación está en proceso de desarrollo.
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