Sello Ecológico una oportunidad para las MIPYMES
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Sello Ecológico una oportunidad para las MIPYMES
SELLO ECOLOGICO : UNA OPORTUNIDAD PARA LA MIPYME “ Y VIO DIOS TODO LO QUE HABIA HECHO,Y HE AQUÍ QUE ERA BUENO EN GRAN MANERA “ ... GEN. 1:31 Introducción El conocimiento del público y su preocupación respecto a la economía y el medio ambiente han cambiado significativamente en las últimas décadas. En la actualidad, se reconoce en forma generalizada que los sistemas económicos están intrincadamente ligados al medio ambiente y que la salud y bienestar de los humanos dependen de un medio ambiente saludable. Las estrategias y programas modernos de desarrollo económico se basan en la utilización de los recursos naturales y de la tecnología. Con frecuencia, tales actividades implican el cambio intencionado de sistemas ambientales intrinsicamente complejos. Por consiguiente los cambios que tienen lugar en el transcurso del tiempo son, en general, muy poco comprendidos, y pueden resultar imprevisibles. En un mundo de evolución, y más recientemente en los países desarrollados, ha surgido una inquietud por el medio ambiente como resultado de la siguiente secuencia de eventos: Ø Crecimiento económico en la década de los 50 y 60 basado en la explotación incontrolable del medio ambiente natural. Ø Escacez de los recursos y vulnerabilidad económica reconocidos en los años setenta.} Ø La introducción del concepto de desarrollo sostenible en los años 80, que dio como resultado un cambio de paradigma del desarrollo económico en el mundo industrializado. Ø Nuevos enfoques del desarrollo económico poniendo de relieve la capacidad de carga y la gestión integrada de los recursos. Ø Compromisos contraídos en la conferencia de Río de Janeiro en 1992 ( por ejemplo, la preservación de la biodiversidad) Esto llevo la preocupación al plano internacional de la ONU dictándose en consecuencia conferencias en torno al tema ambiental. El sello ecologico se basa en la norma inglesa que fue publicada oficialmente previa a la reunión mundial de la ONU sobre el Medio Ambiente (ECO 92). Una de las deliberaciones de la ECO 92 trato sobre la instalación de un grupo de trabajo por parte de la International Standarization Organization (ISO) para estudiar la elaboración de Normas Ambientales. El resultado de estos trabajos fue la creación de Comité Técnico (marzo 93). El CT público en 1994 una guía para la evaluación del impacto ambiental. La primera norma internacional ISO 14000 fue aprobada en septiembre de 1996. Las normas desarrolladas por ISO son voluntarias, ya que es un organismo no gubernamental y no depende de ningún otro organismo internacional, por lo tanto no tiene autoridad para imponer sus normas a ningún país, debemos tener en cuenta que la norma ISO 14000, no fija metas ambientales para la prevención de la contaminación, ni tampoco se involucran en el desempeño ambiental a nivel mundial, sino que establecen herramientas y sistemas enfocados a los procesos de producción al interior de una empresa u organización y de los efectos o externalidades que de esto deriven al Medio Ambiente. Estas constituyen regulaciones voluntarias que productores, usuarios y usuarias ponen al servicio de la racionalización, el control de calidad y la seguridad de los productos, es decir que estas no poseen un dictamen esbozado en leyes o reglamentos jurídicos, sus estructuras encuentran su validez en las fuerzas del “mercado”, decididas en segmentos del mismo. La realidad de preocuparse en adherir a estas por parte de los empresarios/as deriva de dos preocupaciones básicas a saber: 1. La naturaleza económica que se traduce en reducciones en gastos de aguas, energía, el aprovechamiento de residuos, reducción de multas y penalidades. 2 2. La demanda de los denominados “productos verdes” que se tornan cada vez más atractivos para los consumidores. A la fecha se han publicado varias normas ambientales (ISO 1400014012), sobre la base de estas normas es posible la certificación de los productos ambientales. La certificación se implementa por medio de sellos o mensajes de tipo ecológico, contenidos en el empaque e incluso en los propios productos certificados. Sellos ecológicos en la región Los sistemas de certificación son administrados o apadrinados por los gobiernos, compañías privadas (con o sin fines de lucro), Organismo no gubernamentales o una combinación de los mismos. En los Estados Unidos, el etiquetado ecológico “Green Seal” está a cargo de una organización nogubernamental sin fines de lucro. Esta organización determina los criterios de elegibilidad basados en una consulta pública con productores, organizaciones ambientalistas, grupos de consumidores y agencias gubernamentales. También existe una variedad de etiquetas ecológicas específicas para ciertos componentes de los productos. En Canadá, la etiqueta “environmental Choice” fue promovida por una iniciativa del Ministerio de Ambiente de Canadá como una certificación voluntaria y fue transferida la certificación a una compañía privada. Al igual que el Eco Sello de la Unión Europea, ésta etiqueta verifica el ciclo de vida de los productos basado sobre las normas ISO. En Centroamérica, no hay un sistema de sello ecológico en operación. No obstante, en Costa Rica existe el programa Bandera Ecológica. Este programa es un reconocimiento anual que hace el Ministerio del Ambiente de Costa Rica a empresas privadas con fines de lucro y entes gubernamentales, cuyas acciones benefician al ambiente y que tienen el establecimiento de sistemas de gestión ambiental. 3 En un intento de armonizar y establecer equivalencias y reconocimiento mutuo, se formó la red global de etiquetado ecológico (Global Ecolabelling Network, “GEN”) con organizaciones certificadoras nacionales y multinacionales. Esta red debe promover programas de etiquetado ambiental a través del mundo. Los objetivos de la GEN son: • Crear un marco de intercambio de información. • Asegurar que los intereses de los programas de etiquetado ecológico estén representados, • Proveer un foro para reuniones de los miembros regulares. • Armonizar y ofrecer información a los programas y sistemas en desarrollo. El proceso de certificación del Eco-sello de la Unión Europea pasa por organismos competentes designados por cada país, los cuales son responsables de recibir las aplicaciones de los solicitantes de la etiqueta. Estos organismos competentes deciden de los formatos estandarizados de aplicación y notas explicat ivas basados en los detalles por grupos de productos y criterios ecológicos que han sido adoptados previamente por la Comisión Europea. Este Sello Ecológico está basado sobre un ciclo de vida del producto que no provoque daños al medio ambiente. El proceso de certificación se basa en una metodología aplicada de la sociedad para la Toxicología Ambiental y Química y la Organización Internacional de Normas (ISO). El Sello Ecológico en nuestro país El Sello ecológico es la primera iniciativa centroamericana de etiquetado ecológico. A través del Sello Ecológico, Nicaragua quiere proporcionar un mecanismo que permita la identificación y la diferenciación de productos menos dañinos al ambiente, así como contribuir a mejorar la competitividad de estos productos en el mercado interno y consolidar los productos nacionales con características competitivas en el mercado internacional. 4 Para asegurar la credibilidad del Sello Ecológico, el sistema está montado en certificadores, verificadores y pruebas de laboratorios acreditados según normas nacionales. Estas normas nacionales están basadas sobre normas internaciones tales como las de la Organización de Normalización Internacional (ISO). Además es un sistema imparcial, la certificación está a cargo de terceras partes ajenas al Instituto Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Empresa, ente gubernamental dueño por decreto ejecutivo del Sello Ecológico. En un primer momento, se estableció el sistema para certificar productos con alto valor turístico (hamacas, artesanía de barro, artesanía de madera, muebles de madera, tapices) y alimentos (maní envasado). Buscando el fomento a la exportación y la entrada de divisas al país, se buscará el reconocimiento mutuo con países importadores y un reconocimiento regional. En una segunda etapa del sistema, se podrá unificar las normas y eventualmente obtener el reconocimiento internacional del Sello Ecológico de Nicaragua. El logotipo del Sello Ecológico es una marca registrada y protegida por la ley. El sistema tiene sus bases en el Decreto Ejecutivo 71-99 de creación del Sello Ecológico de Nicaragua. Este decreto ha sido avalado por el MIFIC. Estructura y Administración del Sello Ecológico Los sistemas de certificación son administrados o apadrinados por los gobiernos, compañías privadas (con o sin fines de lucro), organismos no gubernamentales (ONG) o una combinación de los mismos. Frecuentemente, se considera un sistema casi gubernamental cuando han sido iniciados o son apoyados por el gobierno pero que son operados por entes privados y ONGs. En Nicaragua a través del Decreto ejecutivo 71-99 se crea el Sello Ecológico de Nicaragua para productos nacionales. De acuerdo con este decreto se creó un Comité Técnico para normas técnicas de productos, cuya función es de oficializar las normas que rigen el sistema, así como los procedimientos para la acreditación de los organismos certificadores. 5 Este Comité esta compuesto por: o El Instituto Nicaragüense de la Pequeña y Mediana Empresa-INPYME. o Ministerio de Industria y Comercio (MIFIC). o Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad. o Ministerio del (MARENA). Ambiente y los Recursos Naturales o El Ministerio de salud (MINSA) o El Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR o Representantes de las universidades. o Representantes de Cámaras de industria y organismos gremiales. Así mismo se creo el Comité de Administración del Sello Ecológico, formado por el MIFIC, MINSA, INPYME, MARENA y un representante de una Cámara de Industria u organismo gremial que tendrá las siguientes funciones: Ø Fijación de los costos de arancel de la franquicia y del derecho de uso del sello. Ø Asesoramiento cuando surjan conflictos con el Sello Ecológico. Ø Armonizar el Sello con otras etiquetas similares nacionales. Los organismos certificadores debidamente acreditados por la Oficina Nacional de Acreditación y autorizados por el INPYME estarán a cargo de la certificación de productos conforme los procedimientos del INPYME. Estos certificadores pueden ser entes gubernamentales o no gubernamentales seleccionados y acreditados para ese fin. 6 MARCO REGULATORIO LEY DE NORMALIZACION TECNICA Y CALIDAD N° 219 LEY 290 DECRETO N° 71-99 SELLO ECOLOGICO LEY GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE N° 217 2 DE MARZO 1996 LEY N° 182 DEFENSA DEL CONSUMIDOR DECRETO 6-94 INPYME Los organismos verificadores serán entes externos al INPYME, al Comité Técnico y al Comité de Administración del Sello que fiscalizará las actividades de los certificadores de conformidad con los procedimientos establecidos. Estos organismos no podrán ser certificadores del Sello ecológico. Los requisit os para los organismos verificadores del Sello Ecológico son: • Acreditación: Deben de estar debidamente acreditados por la Oficina Nacional de Acreditación mediante la norma NTN 04005-98 (criterios generales para las unidades de verificación) • Experiencia con MIPYME´S y medio ambiente. El organismo verificador, deberá demostrar una experiencia de mínimo 5 años con las MIPYME´S y el área ambiental. 7 • Conocimiento sobre etiquetado ecológico. La unidad de verificación deberá comprobar su conocimiento sobre el sistema de sello ecológico. Certificadores del Sello Ecológico El Sello Ecológico se da sobre una base voluntaria. La empresa interesada en producir sin daños al ambiente, que quiere aumentar sus ganancias o que no quiere ser excluida de un mercado, solicita la certificación de su producto y si éste esta dentro de las categorías de productos. En una primera fase se propusieron dos tipos de productos: productos naturales con valor agregado como el café orgánico y productos procesados. Los productos que serán certificados en un primer tiempo son: à à à à à Hamacas Artesanía de barro Tapetes Muebles de madera Maní envasado Los productos a certificar deben cumplir con la legislación y las normas ambientales de Nicaragua. Como en Nicaragua no existen todavía las normas para los productos ecológicos antes mencionados, por lo tanto los productos certificados deben de cumplir con toda la legislación ambiental vigente en el país, tales como: • La ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, así como su reglamento (ley 217 y Dec. 996) • El reglamento general para el control de emisiones de los vehículos automotores de Nicaragua (Dec. 32-97) • Ley básica para la regulación y control de plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares (ley 274) • Reglamento de inspección sanitaria (Dec. 432). 8 • Disposición para el control de la contaminación proveniente de descargas de aguas residuales domésticas, industriales y agropecuarias (Dec. 33-95) • Los reglamentos de veda de flora y fauna. Todos los materiales necesarios para la producción no deben ser tóxicos ni contaminantes al medio ambiente. En la primera etapa de implementación del Sello Ecológico, se trabajará únicamente con el ciclo de vida simplificada, es decir que solo se tomará en cuenta el uso de materiales y proceso de elaboración del producto a certificar. Esto significa que para productos como las hamacas, no se verificará si la madera proviene de un bosque manejado de manera sostenible. Solo se verificará que tenga todos los permisos emitidos por el Ministerio del Ambiente y los Recursos naturales. Dado que el sistema de certificación, es un sistema evolutivo, donde se estará continuamente mejorando la certificación y sus criterios, se dará en un segundo tiempo la evaluación del ciclo de vida completo. La revisión de los criterios de certificación para cada producto se dará cada 4 años. El INPYME como dueño del Sello Ecológico, hará un llamado público anual por medio de comunicación escrita a las organizaciones interesadas en ser certificadoras del Sello, cumpliendo con el artículo 16 del decreto 71-99. Después de este período inicial, el INPYME solo hará anuncios públicos cuando se introduzcan nuevos sectores de productos a certificar. En este llamado se describen los criterios básicos para poder aplicar a ser certificadores del Sello. Criterios básicos para aplicar a ser certificadores: • Estar relacionada con el tema ambiental y el campo industrial. • Tener una imagen pública de marcada credibilidad de cara al sector de las MIPYMES. • Tener una constitución definida, sólida y consistente con sus acciones. 9 • Contar con una personería jurídica. • Contar con convenios con laboratorios de prestigio. • Contar con capacidad técnica, según la rama del sector con la que se quiera trabajar. La Oficina Nacional de Acreditación debe verificar periódicamente que los organismos encargados de certificar productos con el Sello Ecológico cumplen con todos los procedimientos establecidos. Procedimiento de certificación En Nicaragua, las empresas interesadas en certificar uno o más productos deben entrar en contacto con una certificadora acreditada y autorizada por el INPYME. Se le entrega al solicitante la información para la certificación y un formato de solicitud de certificación. La solicitud llena se entrega a la Oficina Nacional de Certificación junto con los costos asociados a la evaluación y verificación de conformidad al producto y criterios ecológicos. El certificador tiene un mes para revisar la documentación y elaborar un informe, si éste es de no-conformidad, la empresa tiene 3 meses para ajustar sus documentos a los criterios exigidos. Cuando se obtiene conformidad en los documentos, se procede a: • • • Evaluación y verificación in situ de los procesos de producción y de los materiales. Se toman las muestras necesarias y se envían a los laboratorios. Se hacen los ensayos requeridos por la normativa. Se tiene como máximo mes y medio para llevar a cabo todas las muestras y verificaciones requeridas. Si se cumplen con todos los criterios para el producto solicitado, el organismo certificador emitirá un informe de conformidad y el solicitante deber pagar el derecho de uso del Sello Ecológico. El producto quedará entonces certificado. Si por una misma falta de conformidad se emiten tres informes, la solicitud queda formalmente rechazada. El solicitante deberá 10 ajustar y corregir sus procedimientos y volver a aplicar para la certificación. Documentos accesibles al solicitante del Sello Ecológico. El organismo certificador debe prepara, así como suministrar bajo demanda, la documentación en la que se indicará como mínimo lo siguiente: • Las categorías de producto que se certifican en esa organización. • Los criterios ecológicos por producto. • • Las características funcionales del producto. El plazo de validez de los criterios. • Los métodos de ensayo y de verificación. • Los procedimientos de certificación y concesión. • Los criterios de revisión periódica • Los datos no confidenciales en los que se ampara la certificación. • Las tarifas. • La verificación de la conformidad. Ensayos Todos los ensayos y pruebas deberán ser efectuados por laboratorios acreditados o en su defecto por laboratorios reconocidos por su calidad y precisión, por ejemplo en el caso de estudios de calidad de agua el CIRA-UNAN o la Universidad Nacional de Ingeniería UNI. Cada norma tiene indicado cuales son los límites permitidos para cada producto. Informes de no-conformidad Este tipo de informe se genera cuando a través de la verificación, se descubren fallas en el proceso y en el cumplimiento de criterios, normas y leyes establecidas. En cada informe, se determina la falta o ausencia de conformidad y se recomiendan las acciones a tomar para remediar el o los problemas. 11 Sistema de certificación Los programas de sellos de aprobación certifican el uso de un logotipo para productos que se consideran menos dañinos al medio ambiente que otros productos similares, basándose en una serie de criterios establecidos. La operación de cada programa difiere, sin embargo en general tienen un proceso de 3 fases. 1. Definición de categorías de productos. En esta fase, se determinan que productos serán certificados con la eco etiqueta. También se definen los sectores que podrán acceder a la etiqueta. En Nicaragua, se tienen definidas las categorías de productos, estos están asociados con artesanías y algunos alimentos envasados con alto potencial de exportación. 2. Desarrollo de criterios de certificación. Esta fase consiste en elaborar las normas y requisitos para certificar los productos identificados. También se determinan los procedimientos a seguir para obtener una certificación ecológica. 3. Evaluación del producto. Se evalúa un producto sobre la base de los criterios predeterminados y normas establecidas para otorgar la certificación. Es la puesta en marcha del sistema de certificación de la etiqueta ecológica. Los criterios de certificación están asentados en consideraciones sobre los ciclos de vida de los productos, sean de ciclo completo o solo parte del ciclo (ciclo de vida simplificado). La certificación se entrega por un período definido. Normalmente, se diseña un proceso de revisión de criterios de forma tal que se van haciendo cada vez más exigentes y solo algunos productores o productoras puedan acceder a esta ventaja compet itiva. Confidencialidad. Toda información sobre el producto incluyendo los pagos efectuados es confidencial y no pueden ser entregados o publicados sin previa autorización escrita del certificador o de la empresa aplicante, salvo cuando sea requerido por ley. 12 Publicidad emitida por los titulares Los titulares de un Sello Ecológico tendrán derecho de hacer una publicidad de su producto y características ecológicas dentro del marco de ley de defensa a los consumidores y otras leyes relacionadas. Suspensión o anulación de la certificación. • Falta de conformidad. • Al realizar las revisiones periódicas la certificadora no encuentra los procedimientos y criterios ecológicos exigidos. • Al emitir un informe de no-conformidad, la empresa tiene un máximo de 3 meses para corregir la situación. Si en ese lapso de tiempo no se hacen los ajustes exigidos la certificación queda suspendida. Si no se hacen las correcciones al momento de la renovación, se anulará la certificación. • Si se emiten más de tres informes de no-conformidad para un mismo producto, en el período de concesión, se anulará la certificación. • Uso indebido del Sello Ecológico. Si la empresa que tiene certificado un producto, usa el Sello Ecológico para otro producto no certificado, quedará automáticamente anulada la certificación y podrá ser sancionado de acuerdo a la ley (Decreto 71-99). Resolución de conflictos El certificador debe establecer un procedimiento para la resolución de conflictos con los clientes o empresas solicitantes. El siguiente procedimiento se aplica cuando las dos partes no llegan a un acuerdo. El INPYME como dueño del Sello Ecológico deberá fungir como juez para resolver un conflicto sobre el uso del Sello Ecológico. Si una empresa considera que cumple con todos los criterios y se han agotado todas las instancias en la organización certificadora, puede solicitar al INPYME la revisión del caso. 13 Uso del logotipo del Sello Ecológico. En Nicaragua el uso del logotipo del Sello Ecológico solo puede ser utilizado después de haberse extendido la conformidad del producto con los criterios establecidos y que se haya entregado el pago del derecho de uso. El Sello Ecológico podrá ser utilizado únicamente para el producto para el cual fue solicitado. Se pondrá en el producto junto a la etiqueta tradicional. Estandares Con el fin de acceder a todos los mercados, se ha hecho un gran esfuerzo por estandarizar los criterios de las etiquetas ecológicas. La organización líder en este tema es la Organización Internacional de Estandarización (ISO en sus siglas en inglés). La ISO ha elaborado una serie de normas y principios para el etiquetado ecológico. La norma ISO 14020 establece los principios guías para el desarrollo y uso de etiquetas y declaraciones ambientales. Se debe utilizar con las demás normas de esta serie. De acuerdo a esta norma, el objetivo de los etiquetados es alentar la demanda y oferta de aquellos productos y servicios que causen menos perjuicio al medio ambiente y por consecuencia, estimular el potencial de dirección del mercado hacia un mejoramiento continuo de las condiciones ambientales. El ciclo de vida de un producto va desde actividades asociadas con la producción y despacho de materias primas o generación de recursos naturales hasta la disposición final de producto. Las consideraciones del ciclo de vida del producto o servicio permiten a las partes que están desarrollando un etiquetado o declaración ambiental tener en cuenta una variedad de factores que alteran en el ambiente. Por lo tanto, las etiquetas ecológicas deberían comunicar una información veraz, precisa y verificable sobre los atributos ambientales de los productos y servicios. La Norma ISO 14024 establece los principios, los criterios y una guía sobre los procedimientos de certificación para el desarrollo de programas de etiquetado ambiental por terceras partes, basados en 14 criterios múltiples. Incluyendo procedimientos para la selección de categorías de productos, el establecimiento de criterios ambientales y característicos funcionales de productos, así como el asesoramiento y demostración de cumplimiento. Algunas consideraciones importantes en el programa de etiquetado son: • Identificación de las áreas más importantes para la reducción de las cargas ambientales; • Determinación de niveles para cada criterio importante teniendo en mente el principio de selectividad; • Determinación de métodos de ensayo y procedimientos de certificación; • Uso de índices cualitativos y cuantitativos; • Consideración de otros aspectos importantes, incluidos los relat ivos al comercio internacional. LIMITANTES PARA LAS MIPYMES • Hasta abril de 1999 se abre una nueva experiencia con artesanías principalmente. Esto hace que haya poco conocimiento del mercado el manejo de los precios, sumado esto a los costos de producción además del manejo de las técnicas y la poca capacitación, el cambio de paradigmas en gente acostumbrada atravez de generaciones con sistemas de trabajo rudimentarios. • Institucionalizacion es problema cuando no se divulga. Por esta parte la institución rectora del sello ecológico con mecanismos burocráticos además de una difusión pobre de la información sobre sello el mismo ha obstaculizado el desarrollo. • Requiere de inversion. Aunque hay algunos organismos BID, Unión Europea, que han apoyado este esfuerzo por lograr una producción ecologica,los costos por tranferencia tecnológica son grandes sumado a esto la capacitación del personal y la falta de una política de financiamiento por parte del estado. 15 • En Nicaragua a la fecha no existen parámetros ambientales de certificación. • El país no cuenta con laboratorios acreditados, en donde se puedan realizar los ensayos, que es uno de los requisitos que se tienen que cumplir para dar la certificación. • Aunque contamos con un Decreto y normas para el Sello Ecológico, el sistema de certificación está en proceso de desarrollo. 16