Componente Manejo Postproducción Artículo 17. Los objetivos
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Componente Manejo Postproducción Artículo 17. Los objetivos
Componente Manejo Postproducción Artículo 17. Los objetivos específicos de cada subcomponente son: PROVAR: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de los productos agrícolas, pecuarios y pesqueros, mediante la modernización e incremento de la capacidad Post-producción, disminuyendo las mermas y proporcionando valor agregado a los productos, en el mercado nacional e internacional. FIMAGO: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de granos y oleaginosas, mediante apoyos para equipamiento e infraestructura de acopio, almacenamiento, movilización, monitoreo y control de calidad, contribuyendo a una mayor inserción en el mercado nacional e internacional. Diversificación Productiva Sustentable.- Contribuir en la diversificación y complementación de las actividades agrícolas, pecuarias y pesqueras, aprovechando su potencial turístico rural. Infraestructura Rastros TIF: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de cárnicos, mediante el incremento de la capacidad y modernización del equipamiento e infraestructura de los Establecimientos Tipo Inspección Federal (TIF). Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Apoyar la estandarización de los hatos para facilitar su comercialización y la realización de subastas, así como mejorar las condiciones y tiempos de traslado de ganado, particularmente entre zonas con diferentes estatus sanitario, mediante apoyos para infraestructura y equipamiento. Población Objetivo PROVAR: Personas físicas y morales que se dediquen a actividades de producción agrícola, pecuaria o pesquera, que busquen acopiar, seleccionar, estandarizar, almacenar, acondicionar, transformar, conservar, procesar y empacar frutas, hortalizas, café, granos, (excepto aquellos que pueden apoyar el FIMAGO) cacao y otros productos agrícolas, productos pecuarios (excepto aquellos que pueden apoyar Infraestructura Rastros TIF), acuícolas y pesqueros. FIMAGO: Personas físicas y morales, que se dediquen a actividades de producción agrícola o pecuaria, que busquen acopiar, almacenar, movilizar o empacar granos y oleaginosas destinados al mercado nacional o internacional, así como laboratorios acreditados por Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) que otorguen servicios de verificación de calidad. Diversificación Productiva Sustentable: Personas físicas y morales, que se dediquen a actividades de producción agrícola, pecuaria o pesquera, que busquen diversificar sus opciones productivas mediante un producto turístico rural existente. Infraestructura Rastros TIF: Personas físicas y morales que se dediquen a actividades de producción pecuaria, que busquen bajo el esquema TIF sacrificar animales, empacar, almacenar o procesar productos cárnicos destinados al mercado nacional o internacional, e Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Personas físicas y morales, que se dediquen a actividades de producción pecuaria y que busquen: acopiar, seleccionar y acondicionar animales destinados al mercado nacional o internacional. No son elegibles de recibir apoyos del Componente de "Manejo Postproducción" en el presente ejercicio fiscal, los beneficiarios que hayan recibido apoyos a partir del 2007 en el FOMAGRO, FIMAGO, PROVAR y el Componente de "Manejo Postproducción", en cualquiera de sus subcomponentes, con excepción del subcomponente de Infraestructura, Rastros TIF, así como aquellos que fueron beneficiados en la modalidad de Turismo en Áreas Rurales del PROVAR en el 2007, que estén en operación y hayan finiquitado todos los convenios de concertación suscritos con anterioridad ya sea con el FIRCO o la Secretaria. La cobertura es nacional, excepto para el caso del PROVAR en el producto café, el cual operará únicamente en los Estados de Chiapas, Colima, México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí y Veracruz. I. Los conceptos y montos se presentan en el cuadro siguiente: Concepto de apoyo A. INFRAESTRUCTURA: 1) PROVAR: Construcción o mejoramiento de instalaciones necesarias para el acopio, selección, empaque y/o procesamiento para frutas, hortalizas, café, granos (excepto lo que puede apoyar FIMAGO), cacao, otros productos agrícolas, productos pecuarios (excepto o que puede apoyar infraestructura Rastros TIF) y productos acuícolas y pesqueros. 2) FIMAGO: • Silos metálicos con capacidad mínima de 1,000 ton. Y máxima de 10,000 ton. o bodegas planas de hasta 2,000 m2, caseta de peaje, habilitación de zona de carga para granos y oleaginosas (silo aéreo para grano cribado, carril de carga y techado). • Movilización férrea: Espuela de ferrocarril en instalaciones que ya cuenten con infraestructura básica en operación y con autorización vigente de la SCT para tal efecto. 3) Infraestructura Rastros TIF: Ampliación, construcción o mejoramiento de instalaciones fijas, que busquen bajo el esquema TIF sacrificar animales, empacar o almacenar productos pecuarios. 4) Centros de Acondicionamiento Pecuario: Construcción o mejoramiento de instalaciones fijas, para el acopio, acondicionamiento y comercialización de ganado (no se incluyen oficinas) 5) Diversificación Productiva Sustentable: • Infraestructura de alojamiento y áreas de usos múltiples (sólo cuando ya exista infraestructura de servicios básicos operando) • Senderos acondicionados (interpretativos, de tránsito, entre otros). • Puentes, rampas, escalinatas y andadores de acceso o elementos constructivos específicos que permitan el acceso al producto turístico. • Miradores o torres de observación. • Habilitación de áreas para estacionamiento y vialidades internas que no impliquen cambio de uso del suelo de terrenos forestales. • Sanitarios y/o baños. • Infraestructura para la instalación de tecnologías de energía alternativa, captación y tratamiento de agua pluvial para consumo humano o aguas residuales. Clave(s) SCIAN Montos máximos FIMAGO; Rastros TIF y Centros de Acondicionami ento Pecuario: Hasta el 49% de la inversión, sin rebasar los $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.). 2362, 4931, 2382, 2379, 33311, 3334, 33399, 311612, 311613, 311614, 311710, 484, 5619, 3114, 54138 PROVAR: Hasta el 35% de la inversión sin rebasar los $3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.). Diversificación Productiva Sustentable: Hasta el 49% de la inversión, sin rebasar los $3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N). Para todos los casos se considerará que para obra civil el monto máximo de apoyo será de $2,500 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por metro cuadrado de construcción. B. EQUIPAMIENTO: 1) PROVAR: • Adquisición de equipo de almacenamiento. • Adquisición e instalación de maquinaria y equipos necesarios para el acopio, estandarización, acondicionamiento. • Plantas y líneas de producción para el procesamiento de productos frescos. • Equipo para la refrigeración y congelación. • Equipo para la selección, clasificación y empaque de productos frescos (para café incluye equipo para laboratorios de catación). • Equipo de transporte adecuado para el manejo de productos frescos. 2) FIMAGO: 2.1. Modernización o habilitación de infraestructura de almacenamiento y acopio existente. • Básculas camionera de hasta 80 ton • Volcadores hidráulicos • Bazucas • Sistemas de aireación • Sistemas de termometría • Mini cargador de avance frontal• Tolva de descarga a granel • Tolva de descarga para grano encostalado, cribado y aquintalado • Básculas de 50 kg (para la carga de grano encostalado) • Bandas transportadoras • Transportadoras helicoidales y rastras • Encostaladoras y cosedoras • Cribas para separación por calidades en las zonas de carga • Cribadoras portátiles • Secadoras de granos • Subestaciones eléctricas (siempre que se construyan simultáneamente con infraestructura de acopio o almacenamiento mayor a 10,000 ton de capacidad instalada). 2.2 Movilización férrea • Báscula ferrocarrilera • Tractores de arrastre con certificación emitida por OCIMA 2.3 Laboratorios de monitoreo de calidad 1/ • Sondas • Muestreadores automáticos para camiones, tubería, elevadores y transportadores • Divisores de muestras y recipientes de aluminio de acero inoxidable o plástico. • Determinadores de humedad electrónicos. • Determinador de humedad por destilación. • Material de laboratorio. • Estufas para determinar humedad. • Separadores de impurezas. • Secadoras de muestras y enfriadores de grano. • Descascaradores manuales y automatizados. • Pulidores. • Separadores de grano partido. • Determinadores de blancura Kett C-300. • Cámaras germinadoras de semillas. • Cortadores de semillas • Termómetros manuales, de sonda, termometría portátil • Recipientes y bandejas para granos. Rastros TIF y Centros de Acondicionami ento Pecuario: Hasta el 49% de la inversión en equipamiento, sin rebasar los $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.) FIMAGO y Diversificación Productiva Sustentable: Hasta el 49% de la inversión en equipamiento, sin rebasar $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.) PROVAR : Hasta el 35% de la inversión en equipamiento sin rebasar $5’000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), • Equipos de zarandeo, cribas y mallas • Durómetros para productos granulares y peletizados. • Molinos para preparar muestras • Equipo para análisis de proteína, celulosa, azúcar, ceniza, almidón, grasa, alcohol, algodón y poliéster. • Equipo para determinar granulometría. • Bayonetas para toma de muestras • Equipo de análisis infrarrojo • Equipos de análisis microbiológico. • Pantallas translúcidas • Básculas analíticas electrónicas. • Otros equipos que demuestren el uso expreso para determinar la calidad del grano almacenado en silo, granel, costal o bolsa. 3) Infraestructura Rastros TIF: Adquisición e instalación de maquinaria y equipos nuevos que cumplan con la normatividad TIF, necesarios para sacrificio el acondicionamiento, manejo, proceso y comercialización de los productos, incluyendo sistemas y equipos de energía renovable. 4 )Diversificación Productiva Sustentable: • Equipamiento especializado o específico para el proyecto de diversificación presentado. • Señalización temática para el área del proyecto. • Equipo que utilice una fuente de energía renovable. • Lanchas sin motor • Equipamiento y señalética de sitio. • Sistemas para la generación de energía eólica (reactores eólicos) o fotovoltaica (foto-celdas). 5) Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Adquisición e instalación de maquinaria y equipos nuevos. C. SERVICIOS Componente)2/: PARA CERTIFICACIONES (aplica para todo el • Certificaciones de calidad, inocuidad, mercadotecnia y servicios (incluye orgánicos). • Estandarización de productos. • Sistemas de trazabilidad de los productos • Integración de cuadros técnicos y empresariales. • Acreditación de laboratorios y unidades de verificación ante EMA (para la evaluación de la conformidad de normas o estándares de calidad aplicados a productos agroalimentarios y pesqueros). 1/ Hasta el 49%, sin rebasar los $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.). 1/ Este concepto de apoyo será el único al que podrá accesar los laboratorios acreditados por Entidad Mexicana de Acreditación. 2/ Este concepto de apoyo no considera la construcción de infraestructura o adquisición de equipamiento adecuado para lograr la certificación. Los montos y conceptos de apoyo se otorgarán como complemento de las inversiones a los montos aportados por el productor. El monto máximo de apoyo por beneficiario sumando los distintos conceptos de apoyo de los subcomponentes descritos anteriormente, no podrán exceder de forma conjunta de $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.). Se contabilizarán como aportaciones de los beneficiarios las aportaciones directas en efectivo, los créditos otorgados por una institución financiera o los créditos otorgados por proveedores de infraestructura, maquinaria y equipo. Los conceptos de capital de trabajo y costos de elaboración del proyecto así como el capital fijo (terrenos, infraestructura, equipamiento o maquinaria preexistentes), deberán ser solventados por el solicitante. La construcción o instalación de infraestructura, así como la adquisición de equipo nuevo realizadas con anterioridad a la autorización del apoyo podrán ser reconocida siempre que se hayan iniciado en forma posterior a la presentación de su solicitud y emisión del folio correspondiente, siendo condicionante que los interesados hayan demostrado documentalmente al momento de presentar su solicitud que cuentan con la totalidad de su contrapartida, de acuerdo a lo dispuesto en la fracción segunda inciso b), subinciso i) del presente artículo, y que para la comprobación de las inversiones propuestas s ser reconocidas el beneficiario presentará facturas expedidas conforme a requisitos fiscales de dichas inversiones con fecha posterior a la emisión del folio correspondiente, sin menoscabo de la verificación que la Instancia Ejecutora lleve a cabo para tal efecto, lo anterior, no implica la autorización de los apoyos solicitados, ni la obligación de asignar recursos por tal motivo. Criterio Requisitos i. Escritura pública o cualquier instrumento jurídico que acredite la legal propiedad o posesión del predio en donde se ejecutará el proyecto, a nombre del solicitante, debidamente protocolizado y registrado ante el Registro Público de la Propiedad o Registro Agrario Nacional, según corresponda. El instrumento jurídico que acredite la legal propiedad o posesión del predio en donde se llevará el proyecto deberá contar con al menos cinco años (diez años para los proyectos de Infraestructura Rastros y Establecimientos TIF y de Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario) a partir del año 2012. ii. Proyecto de Inversión conforme a lo señalado en el Anexo XLIII o la metodología de evaluación utilizada por FIRA o Financiera Rural para otorgar un financiamiento, información que deberá entregarse en forma impresa y en archivo digital en un disco compacto (cd) formato PDF®. Tratándose de solicitudes cuyo único concepto de apoyo sea “Servicios para certificación” o únicamente equipamiento del “FIMAGO” o de Diversificación Productiva Sustentable, la información del proyecto deberá entregarse conforme al guion de Proyecto simplificado consignado en el Anexo V de las presentes Reglas de Operación. El interesado podrá presentar otros elementos técnicos adicionales que demuestren ventajas competitivas de su proyecto de inversión. iii. Para el caso de proyectos de Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario, estos deberán ser canalizados y presentados por organizaciones ganaderas con registro vigente en el Registro Agrario Nacional, iv. En el caso de que las obras o actividades que pretendan desarrollar requieran previamente de autorización en Materia de Impacto Ambiental, deberá presentar la autorización vigente correspondiente, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. v. Adicionalmente, cuando se trate de proyectos para centros de acopio y distribución de Pescados y Mariscos, deberá incluir: a) Que se presente proyecto de inversión que genere integración vertical, dentro de la cadena de suministro 1. Carta de anuencia emitida por CONAPESCA (Subdelegación de Pesca o equivalente en la entidad federativa donde se pretenda desarrollar el proyecto). Para solicitar la emisión de dicha carta, el solicitante debe presentar escrito libre, que incluya estudio de mercado, de sitio, de logística y de dimensionamiento. 2. Copia simple del permiso o concesión de pesca vigentes aplicables al tipo de proyecto. i. En caso de presentar la solicitud en las Gerencias Estatales de FIRCO, presentar estado de cuenta bancaria y en su caso, solicitud o contrato de crédito a nombre del solicitante ante una entidad financiera o contrato de crédito con proveedores, debidamente inscrito ante el Registro Público de la Propiedad con la finalidad de demostrar liquidez para hacer la aportación de su contrapartida ii. Carta compromiso en escrito libre, sobre el aseguramiento de las inversiones correspondientes. Dicha carta identificará los conceptos de apoyo a asegurar en los que se incluirá la infraestructura, maquinaria y equipamiento del proyecto por apoyar, el período de aseguramiento y la compañía aseguradora. En caso de Financiera Rural y FIRA el seguro se aplicará conforme a la normatividad crediticia del acreditante. iii. Las personas físicas o morales obligadas a dictaminar estados financieros por Contador Público certificado de acuerdo con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, deberán presentar el último estado financiero dictaminado. Las personas físicas o morales que no se encuentren obligadas a dictaminar sus estados financieros, podrán presentar los estados financieros del año anterior debidamente firmados por el representante legal, acompañada de la copia simple de la cédula del contador responsable de la verificación. i. Para productos agrícolas, deberán presentar constancia del inicio del trámite para integrarse al Programa de Sistemas de Reducción de Riesgos de SENASICA. ii. Cuando se trate de Infraestructura Rastros TIF: Opinión técnica favorable del SENASICA (Supervisor estatal) para la ejecución del proyecto. b) Que el solicitante demuestre solvencia y el aseguramiento de la inversión c) Que los proyectos cuenten con buenas prácticas. Los anexos de las presentes Reglas de Operación que tienen relación con el presente componente son: IV, V, XXXVIII, XLIII y XLVII. III. Las instancias que intervienen en el presente componente son: a) Unidad Responsable: La Dirección General de Logística y Alimentación de la Secretaría. b) Instancias Ejecutoras: FIRCO, Financiera Rural y FIRA, así como aquellas que determine la Unidad Responsable, mediante publicación en la página electrónica de la Secretaría. IV. las fechas de apertura y cierre de ventanillas para este componente son: del 15 de enero al 28 de febrero de 2012.