Componente Manejo Postproducción Artículo 17. Los objetivos

Transcripción

Componente Manejo Postproducción Artículo 17. Los objetivos
Componente Manejo Postproducción
Artículo 17. Los objetivos específicos de cada subcomponente son:
PROVAR: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de los productos agrícolas, pecuarios y pesqueros,
mediante la modernización e incremento de la capacidad Post-producción, disminuyendo las mermas y
proporcionando valor agregado a los productos, en el mercado nacional e internacional.
FIMAGO: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de granos y oleaginosas, mediante apoyos para
equipamiento e infraestructura de acopio, almacenamiento, movilización, monitoreo y control de calidad,
contribuyendo a una mayor inserción en el mercado nacional e internacional.
Diversificación Productiva Sustentable.- Contribuir en la diversificación y complementación de las
actividades agrícolas, pecuarias y pesqueras, aprovechando su potencial turístico rural.
Infraestructura Rastros TIF: Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de cárnicos, mediante el
incremento de la capacidad y modernización del equipamiento e infraestructura de los Establecimientos Tipo
Inspección Federal (TIF).
Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Apoyar la estandarización de los hatos para
facilitar su comercialización y la realización de subastas, así como mejorar las condiciones y tiempos de
traslado de ganado, particularmente entre zonas con diferentes estatus sanitario, mediante apoyos para
infraestructura y equipamiento.
Población Objetivo
PROVAR: Personas físicas y morales que se dediquen a actividades de producción agrícola, pecuaria o
pesquera, que busquen acopiar, seleccionar, estandarizar, almacenar, acondicionar, transformar, conservar,
procesar y empacar frutas, hortalizas, café, granos, (excepto aquellos que pueden apoyar el FIMAGO) cacao y
otros productos agrícolas, productos pecuarios (excepto aquellos que pueden apoyar Infraestructura Rastros
TIF), acuícolas y pesqueros.
FIMAGO: Personas físicas y morales, que se dediquen a actividades de producción agrícola o pecuaria, que
busquen acopiar, almacenar, movilizar o empacar granos y oleaginosas destinados al mercado nacional o
internacional, así como laboratorios acreditados por Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) que otorguen
servicios de verificación de calidad.
Diversificación Productiva Sustentable: Personas físicas y morales, que se dediquen a actividades de
producción agrícola, pecuaria o pesquera, que busquen diversificar sus opciones productivas mediante un
producto turístico rural existente.
Infraestructura Rastros TIF: Personas físicas y morales que se dediquen a actividades de producción
pecuaria, que busquen bajo el esquema TIF sacrificar animales, empacar, almacenar o procesar productos
cárnicos destinados al mercado nacional o internacional, e
Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Personas físicas y morales, que se
dediquen a actividades de producción pecuaria y que busquen: acopiar, seleccionar y acondicionar animales
destinados al mercado nacional o internacional.
No son elegibles de recibir apoyos del Componente de "Manejo Postproducción" en el presente ejercicio fiscal,
los beneficiarios que hayan recibido apoyos a partir del 2007 en el FOMAGRO, FIMAGO, PROVAR y el
Componente de "Manejo Postproducción", en cualquiera de sus subcomponentes, con excepción del
subcomponente de Infraestructura, Rastros TIF, así como aquellos que fueron beneficiados en la modalidad de
Turismo en Áreas Rurales del PROVAR en el 2007, que estén en operación y hayan finiquitado todos los
convenios de concertación suscritos con anterioridad ya sea con el FIRCO o la Secretaria.
La cobertura es nacional, excepto para el caso del PROVAR en el producto café, el cual operará únicamente
en los Estados de Chiapas, Colima, México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis
Potosí y Veracruz.
I. Los conceptos y montos se presentan en el cuadro siguiente:
Concepto de apoyo
A.
INFRAESTRUCTURA:
1)
PROVAR: Construcción o mejoramiento de instalaciones necesarias
para el acopio, selección, empaque y/o procesamiento para frutas,
hortalizas, café, granos (excepto lo que puede apoyar FIMAGO),
cacao, otros productos agrícolas, productos pecuarios (excepto o que
puede apoyar infraestructura Rastros TIF) y productos acuícolas y
pesqueros.
2)
FIMAGO:
• Silos metálicos con capacidad mínima de 1,000 ton. Y máxima de
10,000 ton. o bodegas planas de hasta 2,000 m2, caseta de peaje,
habilitación de zona de carga para granos y oleaginosas (silo aéreo
para grano cribado, carril de carga y techado).
• Movilización férrea: Espuela de ferrocarril en instalaciones que ya
cuenten con infraestructura básica en operación y con autorización
vigente de la SCT para tal efecto.
3)
Infraestructura Rastros TIF: Ampliación, construcción o mejoramiento
de instalaciones fijas, que busquen bajo el esquema TIF sacrificar
animales, empacar o almacenar productos pecuarios.
4)
Centros de Acondicionamiento Pecuario: Construcción o
mejoramiento de instalaciones fijas, para el acopio, acondicionamiento
y comercialización de ganado (no se incluyen oficinas)
5) Diversificación Productiva Sustentable:
• Infraestructura de alojamiento y áreas de usos múltiples (sólo cuando
ya exista infraestructura de servicios básicos operando)
• Senderos acondicionados (interpretativos, de tránsito, entre otros).
• Puentes, rampas, escalinatas y andadores de acceso o elementos
constructivos específicos que permitan el acceso al producto turístico.
• Miradores o torres de observación.
• Habilitación de áreas para estacionamiento y vialidades internas que
no impliquen cambio de uso del suelo de terrenos forestales.
• Sanitarios y/o baños.
• Infraestructura para la instalación de tecnologías de energía
alternativa, captación y tratamiento de agua pluvial para consumo
humano o aguas residuales.
Clave(s)
SCIAN
Montos
máximos
FIMAGO;
Rastros
TIF y Centros
de
Acondicionami
ento
Pecuario:
Hasta el 49%
de la inversión,
sin rebasar los
$5,000,000.00
(cinco millones
de pesos
00/100 M.N.).
2362, 4931,
2382, 2379,
33311, 3334,
33399,
311612,
311613,
311614,
311710, 484,
5619, 3114,
54138
PROVAR:
Hasta el 35%
de la inversión
sin rebasar los
$3,000,000.00
(tres millones
de pesos
00/100 M.N.).
Diversificación
Productiva
Sustentable:
Hasta el 49%
de la
inversión, sin
rebasar los
$3,000,000.00
(tres millones
de pesos
00/100 M.N).
Para todos los
casos se
considerará que
para obra civil
el monto
máximo de
apoyo será de
$2,500 (dos mil
quinientos
pesos 00/100
M.N.) por metro
cuadrado de
construcción.
B. EQUIPAMIENTO:
1) PROVAR:
• Adquisición de equipo de almacenamiento.
• Adquisición e instalación de maquinaria y equipos necesarios para el
acopio, estandarización, acondicionamiento.
• Plantas y líneas de producción para el procesamiento de productos
frescos.
• Equipo para la refrigeración y congelación.
• Equipo para la selección, clasificación y empaque de productos
frescos (para café incluye equipo para laboratorios de catación).
• Equipo de transporte adecuado para el manejo de productos frescos.
2) FIMAGO:
2.1. Modernización o habilitación de infraestructura de almacenamiento
y acopio existente.
• Básculas camionera de hasta 80 ton
• Volcadores hidráulicos
• Bazucas
• Sistemas de aireación
• Sistemas de termometría
• Mini cargador de avance frontal• Tolva de descarga a granel
• Tolva de descarga para grano encostalado, cribado y aquintalado
• Básculas de 50 kg (para la carga de grano encostalado)
• Bandas transportadoras
• Transportadoras helicoidales y rastras
• Encostaladoras y cosedoras
• Cribas para separación por calidades en las zonas de carga
• Cribadoras portátiles
• Secadoras de granos
• Subestaciones
eléctricas
(siempre
que
se
construyan
simultáneamente con infraestructura de acopio o almacenamiento
mayor a 10,000 ton de capacidad instalada).
2.2 Movilización férrea
• Báscula ferrocarrilera
• Tractores de arrastre con certificación emitida por OCIMA
2.3 Laboratorios de monitoreo de calidad 1/
• Sondas
• Muestreadores automáticos para camiones, tubería, elevadores y
transportadores
• Divisores de muestras y recipientes de aluminio de acero inoxidable o
plástico.
• Determinadores de humedad electrónicos.
• Determinador de humedad por destilación.
• Material de laboratorio.
• Estufas para determinar humedad.
• Separadores de impurezas.
• Secadoras de muestras y enfriadores de grano.
• Descascaradores manuales y automatizados.
• Pulidores.
• Separadores de grano partido.
• Determinadores de blancura Kett C-300.
• Cámaras germinadoras de semillas.
• Cortadores de semillas
• Termómetros manuales, de sonda, termometría portátil
• Recipientes y bandejas para granos.
Rastros TIF y
Centros de
Acondicionami
ento
Pecuario:
Hasta el
49% de la
inversión
en
equipamiento,
sin
rebasar los
$5,000,000.00
(cinco
millones de
pesos
00/100 M.N.)
FIMAGO y
Diversificación
Productiva
Sustentable:
Hasta
el 49% de la
inversión en
equipamiento,
sin
rebasar
$2,000,000.00
(dos
millones de
pesos
00/100 M.N.)
PROVAR :
Hasta el
35% de la
inversión
en
equipamiento
sin
rebasar
$5’000,000.00
(cinco
millones de
pesos
00/100 M.N.),
• Equipos de zarandeo, cribas y mallas
• Durómetros para productos granulares y peletizados.
• Molinos para preparar muestras
• Equipo para análisis de proteína, celulosa, azúcar, ceniza, almidón,
grasa, alcohol, algodón y poliéster. • Equipo para determinar
granulometría.
• Bayonetas para toma de muestras
• Equipo de análisis infrarrojo
• Equipos de análisis microbiológico.
• Pantallas translúcidas
• Básculas analíticas electrónicas.
• Otros equipos que demuestren el uso expreso para determinar la
calidad del grano almacenado en silo, granel, costal o bolsa.
3) Infraestructura Rastros TIF: Adquisición e instalación de maquinaria y
equipos nuevos que cumplan con la normatividad TIF, necesarios para sacrificio
el acondicionamiento, manejo, proceso y comercialización de los productos,
incluyendo sistemas y equipos de energía renovable.
4 )Diversificación Productiva Sustentable:
• Equipamiento especializado o específico para el proyecto de
diversificación presentado.
• Señalización temática para el área del proyecto.
• Equipo que utilice una fuente de energía renovable.
• Lanchas sin motor
• Equipamiento y señalética de sitio.
• Sistemas para la generación de energía eólica (reactores eólicos) o
fotovoltaica (foto-celdas).
5) Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario:
Adquisición e instalación de maquinaria y equipos nuevos.
C. SERVICIOS
Componente)2/:
PARA
CERTIFICACIONES
(aplica
para
todo
el
• Certificaciones de calidad, inocuidad, mercadotecnia y servicios
(incluye orgánicos).
• Estandarización de productos.
• Sistemas de trazabilidad de los productos
• Integración de cuadros técnicos y empresariales.
• Acreditación de laboratorios y unidades de verificación ante EMA
(para la evaluación de la conformidad de normas o estándares de
calidad aplicados a productos agroalimentarios y pesqueros). 1/
Hasta el 49%,
sin
rebasar los
$500,000.00
(quinientos mil
pesos 00/100
M.N.).
1/ Este concepto de apoyo será el único al que podrá accesar los laboratorios acreditados por Entidad Mexicana de Acreditación.
2/ Este concepto de apoyo no considera la construcción de infraestructura o adquisición de equipamiento adecuado para lograr la
certificación.
Los montos y conceptos de apoyo se otorgarán como complemento de las inversiones a los montos
aportados por el productor.
El monto máximo de apoyo por beneficiario sumando los distintos conceptos de apoyo de los
subcomponentes descritos anteriormente, no podrán exceder de forma conjunta de $5,000,000.00 (cinco
millones de pesos 00/100 M.N.).
Se contabilizarán como aportaciones de los beneficiarios las aportaciones directas en efectivo, los créditos
otorgados por una institución financiera o los créditos otorgados por proveedores de infraestructura,
maquinaria y equipo. Los conceptos de capital de trabajo y costos de elaboración del proyecto así como el
capital fijo (terrenos, infraestructura, equipamiento o maquinaria preexistentes), deberán ser solventados por
el solicitante.
La construcción o instalación de infraestructura, así como la adquisición de equipo nuevo realizadas con
anterioridad a la autorización del apoyo podrán ser reconocida siempre que se hayan iniciado en forma
posterior a la presentación de su solicitud y emisión del folio correspondiente, siendo condicionante que los
interesados hayan demostrado documentalmente al momento de presentar su solicitud que cuentan con la
totalidad de su contrapartida, de acuerdo a lo dispuesto en la fracción segunda inciso b), subinciso i) del
presente artículo, y que para la comprobación de las inversiones propuestas s ser reconocidas el
beneficiario presentará facturas expedidas conforme a requisitos fiscales de dichas inversiones con fecha
posterior a la emisión del folio correspondiente, sin menoscabo de la verificación que la Instancia Ejecutora
lleve a cabo para tal efecto, lo anterior, no implica la autorización de los apoyos solicitados, ni la obligación
de asignar recursos por tal motivo.
Criterio
Requisitos
i.
Escritura pública o cualquier instrumento jurídico que acredite la legal
propiedad o posesión del predio en donde se ejecutará el proyecto, a nombre
del solicitante, debidamente protocolizado y registrado ante el Registro
Público de la Propiedad o Registro Agrario Nacional, según corresponda. El
instrumento jurídico que acredite la legal propiedad o posesión del predio en
donde se llevará el proyecto deberá contar con al menos cinco años (diez
años para los proyectos de Infraestructura Rastros y Establecimientos TIF y
de Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario) a partir del
año 2012.
ii.
Proyecto de Inversión conforme a lo señalado en el Anexo XLIII o la
metodología de evaluación utilizada por FIRA o Financiera Rural para otorgar
un financiamiento, información que deberá entregarse en forma impresa y en
archivo digital en un disco compacto (cd) formato PDF®. Tratándose de
solicitudes cuyo único concepto de apoyo sea “Servicios para certificación” o
únicamente equipamiento del “FIMAGO” o de Diversificación Productiva
Sustentable, la información del proyecto deberá entregarse conforme al guion
de Proyecto simplificado consignado en el Anexo V de las presentes Reglas
de Operación. El interesado podrá presentar otros elementos técnicos
adicionales que demuestren ventajas competitivas de su proyecto de
inversión.
iii.
Para el caso de proyectos de Infraestructura para Centros de
Acondicionamiento Pecuario, estos deberán ser canalizados y presentados
por organizaciones ganaderas con registro vigente en el Registro Agrario
Nacional,
iv.
En el caso de que las obras o actividades que pretendan desarrollar
requieran previamente de autorización en Materia de Impacto Ambiental,
deberá presentar la autorización vigente correspondiente, expedida por la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
v.
Adicionalmente, cuando se trate de proyectos para centros de acopio y
distribución de Pescados y Mariscos, deberá incluir:
a) Que se presente
proyecto de
inversión que
genere integración
vertical, dentro de
la cadena de
suministro
1. Carta de anuencia emitida por CONAPESCA (Subdelegación de Pesca o
equivalente en la entidad federativa donde se pretenda desarrollar el
proyecto). Para solicitar la emisión de dicha carta, el solicitante debe
presentar escrito libre, que incluya estudio de mercado, de sitio, de
logística y de dimensionamiento.
2. Copia simple del permiso o concesión de pesca vigentes aplicables al tipo
de proyecto.
i.
En caso de presentar la solicitud en las Gerencias Estatales de FIRCO,
presentar estado de cuenta bancaria y en su caso, solicitud o contrato de
crédito a nombre del solicitante ante una entidad financiera o contrato de
crédito con proveedores, debidamente inscrito ante el Registro Público de la
Propiedad con la finalidad de demostrar liquidez para hacer la aportación de
su contrapartida
ii.
Carta compromiso en escrito libre, sobre el aseguramiento de las inversiones
correspondientes. Dicha carta identificará los conceptos de apoyo a asegurar
en los que se incluirá la infraestructura, maquinaria y equipamiento del
proyecto por apoyar, el período de aseguramiento y la compañía
aseguradora. En caso de Financiera Rural y FIRA el seguro se aplicará
conforme a la normatividad crediticia del acreditante.
iii.
Las personas físicas o morales obligadas a dictaminar estados financieros
por Contador Público certificado de acuerdo con el artículo 32-A del Código
Fiscal de la Federación, deberán presentar el último estado financiero
dictaminado. Las personas físicas o morales que no se encuentren obligadas
a dictaminar sus estados financieros, podrán presentar los estados
financieros del año anterior debidamente firmados por el representante legal,
acompañada de la copia simple de la cédula del contador responsable de la
verificación.
i.
Para productos agrícolas, deberán presentar constancia del inicio del trámite
para integrarse al Programa de Sistemas de Reducción de Riesgos de
SENASICA.
ii.
Cuando se trate de Infraestructura Rastros TIF: Opinión técnica favorable del
SENASICA (Supervisor estatal) para la ejecución del proyecto.
b) Que el solicitante
demuestre
solvencia y el
aseguramiento de
la inversión
c) Que los proyectos
cuenten con buenas
prácticas.
Los anexos de las presentes Reglas de Operación que tienen relación con el presente componente son: IV, V,
XXXVIII, XLIII y XLVII.
III. Las instancias que intervienen en el presente componente son:
a) Unidad Responsable: La Dirección General de Logística y Alimentación de la Secretaría.
b) Instancias Ejecutoras: FIRCO, Financiera Rural y FIRA, así como aquellas que determine la
Unidad Responsable, mediante publicación en la página electrónica de la Secretaría.
IV. las fechas de apertura y cierre de ventanillas para este componente son: del 15 de enero al 28 de febrero de
2012.

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