Este ultimo inciso podé moc:tificanse en todOs extraordinarios para
Transcripción
Este ultimo inciso podé moc:tificanse en todOs extraordinarios para
CLIMATIZACiÓN AI!TIACIAL ! REf"RlIlERAClON, 'lEllTlLA!:lON ~ECANICA, SMIliEl!S, TORIlES DE DlFIIIANIE'f11l, CUAIITOS FRIOS, AIRE A C O N D I C t O N A D O So BUENOS AIRES & CA.LLE ISLAS CIlNGELAHTES, ETC, REFRJGERACION PRtNCIPAL # 1652 TEGUCIGALPA M.D.C. CONTRATO DE SUMINISTRO Contrato de servicio para los equipos de aire acondicionado que a connnuacm se detallan , y que celebran por una de las partes como "CONTRATANTE" al INSTITUTO DE PREVICION MILITAR IPM Y por otra parte como ·CONTRATlSTA" al Sr Juan Jacobo Ruiz actuando como gerente general de INTERFRIO, El servicio que refiere este contrato seáproporcionado a tos equipos de aire acondicionado instalados en el darlo' ~: ~, cuarto, quinto, sexto, ~ octavo, Y cuarto de maquinas, {zona ascensores) ubicados en ei edificio principal del I,P.M. yadentBf08 ala instalados en la cafeteña. PRIMERA: los equipos comprendidos en este contrato son: veintidós (22) unidades de aire as: acondicionado. Distribuidas -gmno: ---------------- cuatro ala tipo minisplit de pared -Tercer nivel: -------- dos ala centrales 1 de 15 toneladas y 1 de 25 toneladas -Cuarto nivel: ------- dos ala centrales de 25 toneladas. -Quinto nivel: ---------- dos ala centrales 1 de 15 toneladas y 1 de 25 toneladas. -Sexto nivel: --------- dos ala centrales 1 de 15 toneladas. y 1 de 25 toneladas. y un ala minisplit de pared. -~mo nivel: --------- tres ala de 5 toneladas. / -cuarto de maquinas (ascensor): --- un ala tipo minisplit de 5 toneladas. (-zona de la copiadora fJl piso.--------un ala tipo minisplit de 1 tonelada. ( -cafetería IPM.--------------------cuatro ala tipo minisplit. SEGUNDA: El contratista se obliga a efectuar una revisOl mensual a los equipos. referidos en la primera cf&sula, TERCERA: Quedan incluídos en este contrato: Revisln y limpieza del condensador. lavado del evaporador con qúmico bactericida segíl los requerimientos Iímicos de las unidades. RevisM rnensuaf de ~erpentínes¡ motnres¡ bandas, circuito\!;~, t~tatO\l;¡ ~ Limpieza de ftlrO$ purificadores de aire. Atendn de cualquier llamada de solicitud de servicio fuera de las revisiones normales. En caso Que fuese necesario una reparaci'n. el contratante (nicamente cancelaé el valor de los repuestos Y materiales a utilizar, Sin cobro alguno en concepto de mano de obra, la cual es absorbida por el contraID de mantenimiento siempre y cuando este en vigencia; Este ultimo inciso podé moc:tificanse en todOs aquellos casos en loa que se demuestre que la complejidad de una reparacfn ínplique gastos extraordinarios para el contratante; lo que implica que podrfa haber un recargo de mano de obra siempre y cuando sea de conúl acuerdo entre.el contratista Y el contratante. CUARTA: Queda entendido que este contrato es para prestarú1camente servicios de mano de obra, quedando exduida la repoaicfn de todas aquellas partes o piezas que fuesen necesarias para el buen funcionamiento del equipo antes rnencíorIaOO, las cuaJes se pondm a la conslderadlIl del contratante mediante un presupuesto u Oferta. AS mismo los insumos utiüzados para efectos de limpieza de los eQUipos tates como detergentes, qtjnicos especiales, aceites y lubricantes, etc. No son parte del contrato Y representan recargo adicional. QUINTA: Todo el personal que sea asignado al contratante para efectos de la realizacln de las operaciones de mantenimiento arriba descritas queda bajo la absoluta responsabüidad del contratista sin responsabilidad alguna por parte del contratante sobre bonos, salarios, o indemnizaciones; Su mejor opciÓn al más bajo costo en dimatizadón artificial ventilación mecánica cootenedores ~ • ., . . . ~" ~OUU> reparaoon y manternmlef1to pre.entivo e-mail [email protected] Climatización Artificial IRefrigeracioo, venlilacioo mearúca. ShülelS, tcrres de enfriamiento, ruartos Fries, Islas llXlgeIantes, etc. AIRF AC<"->NClICIONADO BII> B u e n o s Airee Calle &. REFRICERACtON pnncipa' #: 1'652 l e g u c i g a l p a M.D.C. te': 2 5 8 - " 6 4 4 SEXTA: Es obJigacm del contratante prestar toda ta coIaboracm que sea necesaria para que las operaciones de mantenimiento se desarrollen lo mas efectivamente po$ible aS como de acatar fas disposiciones y recomendaciones de aspecto falico que se le sugieran por parte del personal de mantenimiento de aire acondicionado. SEPTIMA: No quedan incJuidos en este contrato: Los traslados o remstalaCíones de eqWpo cuandO el contratante desee cambiarlos de lugar. Reparaciones de fallas producidas por defICiencias en el suministro de energa efárica (ENEE), ya sea elevactn, redUCCln, o corte fortuito. Reparaciones de falCas ocasionada$ por al mal uso del equipo por parte de los usuarios. en caso de que se diera fa( situacf.n se procedeéa pesar una cotízac(n por dicha reparactn Reparacionee de talas ocasionadas por las reparaci0ne6 o rernodefacionee hechas al edificio y que las mismas causen d2bs al equipo ya sea en las maquinas. tubeltas de tnmsporte de gas refrigerante o en su sistema efdrico. Los equipos estipulados en la primera ella. que hayan sidO revisados o reparados por contratista <IUIante 18 VfgenCía del contrato, quedan bajO responsabtItdad del contratante. e personal ajeno al OCTAVA: En todos aqueltos casos en que alguna unidad de aire acondicionado no pueda ser lavada en el lugar donde este instalada por no haber las condiciones apropiadas se extendeé una cotizacfn por el desmontaje YreinstaIac(n de la unidad debido al costo extra que esto implica sin embargo se tomara en consideraclJ1 la vigencia del contrato NOVENA: contratante se obliga a pagar por los servicios que se mencionan en este contrato la cantidad de lps. 8JJQ9.00 mas el I.S.V. Mensual y el cobro seé hecho en las oficinas del contratante. El DECIMA: la duracm de este contrato seéde tres meses, prorrogable autontaicamente si ambas partes no tuvieran objec[n en hacerlo. Cualquiera de las partes podé dar por terminado este contrato mediante aviso por escrito con treinta das de anticipacln, siempre '1 cuando esta fecha no sea dentro del primer trimestre de vigencia del mismo. DECIMA PRIMERA: en vigencia a partir del Este contrato -rete OCtubre del 2010 at 30 de Diciembre del 2010 Tegucigalpa, M.D.C. el 14 de Septiembre del 2010