venta de puros y puritos en puntos de venta con recargo
Transcripción
venta de puros y puritos en puntos de venta con recargo
VENTA DE PUROS Y PURITOS EN PUNTOS DE VENTA CON RECARGO Apreciados compañeros, Hoy se ha publicado en el BOE la corrección de errores del RD 1676/2011 de fecha 18 de noviembre. Es importante esta corrección de errores porque introduce un apartado que dice: “3. Excepcionalmente, se podrá realizar de forma exclusivamente manual la venta de cigarros y cigarritos provistos de capa natural, aun sin hacerlo de forma paralela a la venta por máquinas expendedoras, en bares y restaurantes y demas Establecimientos de restauración cerrados.” Así pues, esta modificación permite a los establecimientos de restauración la venta de puros y puritos de capa natural de forma manual sin que obligatoriamente tengan que vender cigarrillos a través de máquina automática. El resto de obligaciones, tales como la solicitud modelo 598 (tasa), advertencias sanitarias, precios con recargo (que aprovechamos para recordar que no es de 0'15 céntimos sino que por estas labores el incremento es del 15% respecto del precio del estanco) entre otros, las tienen que cumplir igualmente. Recibid un cordial saludo.