desvinculacion de funcionarios

Transcripción

desvinculacion de funcionarios
GH-pr-05
DESVINCULACION DE FUNCIONARIOS
Vigente a partir de
Marzo de 2012
2a. Actualización
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1. OBJETIVO Y ALCANCE
Este procedimiento tiene por objeto establecer las actividades que se deben seguir para la
desvinculación de los funcionarios del COPNIA, que incluye la identificación de las causas y
pasos para hacerla efectiva.
2. NORMATIVIDAD
Tipo
Número
Titulo
Fecha
Decreto Ley
Por el cual se modifica las normas que regulan la
2400
Septiembre
administración del personal civil y se dictan otras
(Como referencia)
19 de 1968
disposiciones.
Decreto Ley
3074
Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 2400 Enero 16 de
(Como referencia) de 1968
1968
Decreto
reglamentario
Por el cual se reglamentan los decretos leyes 2400 y 3074
1950
Septiembre.
de 1968 y otras normas sobre administración del personal
(Como referencia)
24 de 1973
civil.
Ley
734
Por la cual se expide el Código Disciplinario Único
Febrero 5 de
2002
3. DEFINICIONES
Para la aplicación de este procedimiento no se requiere definición de términos.
4. CONDICIONES GENERALES
4.1
Cuando un funcionario presente por escrito y de manera voluntaria su renuncia, la
notificación de la aceptación de la misma por parte de la entidad, no debe superar los
treinta (30) días; plazo a partir del cual, el funcionario se puede separar de sus
funciones sin que ello se considere como abandono del cargo.
4.2
Se considera abandono del cargo cuando el empleado, sin ninguna causa, no se
reincorpora al vencimiento de sus vacaciones individuales, al cabo de una licencia,
permiso, comisión, deje de concurrir al trabajo por tres (3) o más días consecutivos, al
vencimiento de los treinta (30) días siguientes a la prestación del servicio militar, antes
de que se le conceda autorización para separarse del servicio, o en caso de renuncia,
cuando el funcionario se separe del cargo antes de que la entidad le notifique la
aceptación de la misma.
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DESVINCULACION DE FUNCIONARIOS
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Marzo de 2012
2a. Actualización
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4.3
El proceso de desvinculación de funcionarios, se debe aplicar sí se impone como
sanción después de un proceso disciplinario y por insubsistencia del nombramiento.
4.4
Con relación a la desvinculación de funcionarios a causa de la supresión del empleo,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Decreto-Ley 2400 de 1968, dicha
situación coloca automáticamente en situación de retiro a la persona que lo
desempeña, es decir, que solo basta con la Resolución que suprime el empleo y la
notificación de dicha situación.
4.5
Los funcionarios que han adquirido el derecho a la pensión de jubilación, no pueden
ser retirados u obligados a retirarse del servicio; en principio sólo se debe retirar si ha
llegado a la edad de retiro forzoso.
4.6
Los registros generados en este procedimiento son parte de la historia laboral y su
manejo y conservación está dada según lo establecido en la tabla de retención
documental.
5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
No.
1
2
3
Nombre de la
actividad
Descripción
Responsable
Inicio del
Procedimiento
Identificar la causa de
la finalización de
relación laboral
Proyectar el acto
administrativo de
desvinculación
Las causas para determinar la finalización de la vinculación
laboral son:
- Declaración de insubsistencia del nombramiento,
expresada libremente por el nominador mediante
resolución.
- Renuncia voluntaria, regularmente aceptada.
- Supresión del empleo a raíz de la modificación de la
estructura de la planta de personal
- Por retiro en virtud de la adquisición del derecho a
pensión
- Por invalidez absoluta, declarada por la EPS o ARP a
causa de disminución en mas de un 50% de la capacidad
laboral del funcionario.
- Por edad de retiro forzoso, a los 65 años de edad.
- Por destitución, en virtud del desarrollo de una
investigación por faltas al Código Único Disciplinario.
- Por abandono de cargo
- Por muerte.
- Proyecta la resolución según la causa de la
desvinculación:
 Por declaración de insubsistencia. Según modelo
(ANEXO 6.1)
 Por renuncia voluntaria. Según modelo (ANEXO
6.2)
 Por sanción disciplinaria. Según modelo (ANEXO
Profesional de
Gestión de Talento
Humano
Profesional de
Gestión de Talento
Humano
Apoya:
Subdirección
Jurídica y
GH-pr-05
DESVINCULACION DE FUNCIONARIOS
No.
Nombre de la
actividad
Descripción
6.3)
Por muerte. Según modelo (ANEXO 6.4)
Por invalidez absoluta. Según modelo (ANEXO 6.5)
Por edad de retiro forzoso. Según modelo (ANEXO
6.6)
 Por abandono del empleo. Según modelo (ANEXO
6.7)
Liquida las prestaciones del funcionario e informa a los
Profesionales de Gestión de Presupuesto y de
Contabilidad para la generación de los registros
presupuestales y la realización del pago respectivo, así
mismo coordina con el Profesional de Gestión
Administrativa lo correspondiente al paz y salvo y entrega
de activos.
En todos los casos de desvinculación, excepto en las
Renuncias Voluntarias se entrega el proyecto de
resolución para revisión de la Subdirección Jurídica.
Posteriormente hace entrega del proyecto de resolución
con documentos soportes para verificación por la
Subdirección Administrativa y Financiera y firma del
Director General del COPNIA
La Secretaria de la Subdirección Administrativa y
Financiera entrega una copia de la Resolución de
desvinculación a la Profesional de Gestión de Talento
Humano, para el trámite correspondiente.
Proyecta oficio dirigido al funcionario, informándole la
decisión, número de la resolución y fecha a partir de la
cual se hace efectiva la desvinculación.
Informa al personal en general sobre la desvinculación
del funcionario a través de Intranet, así como a las
entidades con las que tuviere relación según su cargo.
Relaciona las actividades pendientes en un acta y realiza
la entrega del mismo al jefe inmediato o la persona que
se designe.
Entrega el carné de identificación de la entidad y los
elementos de inventario que se encuentren a su cargo y
solicita PAZ Y SALVO (ANEXO 6.8), de acuerdo con lo
establecido en el procedimiento de manejos de bienes
AB-mb-01



-
-
-
-
4
Comunicar la
desvinculación
-
-
5
Entregar el cargo
6
Actualizar la historia
laboral del funcionario
7
Fin del procedimiento
-
Relaciona
la
documentación
pertinente
con la
desvinculación en el formato de “Historia laboral” GH-fr-05
(ANEXO 6.9), la incorpora al expediente del funcionario y
actualiza el aplicativo de Gestión Humana del COPNIA
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Responsable
Subdirector
Administrativo y
Financiero
Profesional de
Gestión de Talento
Humano
Funcionario que se
retira.
Profesional de
Gestión Talento
Humano con el
apoyo del Auxiliar
Operativo de
Talento Humano.
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Marzo de 2012
2a. Actualización
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6. ANEXOS
6.1 Modelo, Resolución por declaración de insubsistencia.
6.2 Modelo, Resolución por renuncia voluntaria.
6.3 Modelo, Resolución por medio de la cual se ejecuta una sanción disciplinaria.
6.4 Modelo, Resolución por muerte.
6.5 Modelo, Resolución por invalidez absoluta.
6.6 Modelo, Resolución por edad de retiro forzoso.
6.7 Modelo, Resolución por abandono del empleo
6.8 Modelo, formato de Paz y Salvo (AB-fr-01)
6.9 Historia laboral (GH-fr-05)
7. CONTROL DE CAMBIOS
No.
Fecha
Descripción del cambio o modificación
1
Abril /09
Primera emisión
2
Marzo/12
Cambios: se actualiza el procedimiento y los cargos conforme la reestructuración realizada el
19 de enero de 2012.
LUZ SOFIA AGUIRRE HERNANDEZ
DIANA MARIA HERNANDEZ RUEDA
Profesional de Gestión de Talento Humano
ACTUALIZÓ
Subdirectora Administrativa y Financiera
REVISÓ Y APROBÓ
ANEXO 6.1
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
COPNIA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
«Fecha, indicando día, mes y año»
Por medio de la cual se declara insubsistente un nombramiento
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las
facultades que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y el Manual
Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado mediante Resolución
Nacional N° 0077 del 2012 y;
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Declárese insubsistente a partir del <<Fecha en la cual ya no viene a trabajar>>,
el nombramiento efectuado a «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con la cédula de
ciudadanía No. «Número de cedula», en el cargo de «Nombre del empleo», código «código del empleo»,
Grado «grado del empleo», de la Planta de Personal del Consejo Profesional Nacional de IngenieríaCOPNIA - «Si aplica, se especifica seccional».
ARTICULO SEGUNDO: Reconózcase el pago de las prestaciones sociales a que tiene derecho
«NOMBRE DEL FUNCIONARIO», hasta el <<Fecha indicando día, mes y año hasta el cual trabajó>>,
las cuales serán canceladas dentro del término legal.
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del año «año
en letras» («año en números»).
<<NOMBRES Y APELLIDOS DEL PRESIDENTE>>
Director General
«Apellido en Mayúscula inicial de quien transcribió la resolución»
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.
ANEXO 6.2
GH-pr-05
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
«Fecha, indicando día, mes y año»
Por medio de la cual se acepta la renuncia de un funcionario
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las
facultades que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y el Manual
Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado mediante Resolución
Nacional N° 0077 del 2012 y;
CONSIDERANDO:
Que el Señor <<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>>, <<NOMBRE DEL EMPLEO>>, Código
<<CODIGO>>, Grado <<GRADO>>, de la Planta de Personal del Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería-COPNIA-«Si aplica, se especifica seccional», presentó su renuncia al cargo mediante
comunicación del <<Fecha indicando día, mes, año>>, radicada con el número <<número de radicado
de correspondencia recibida>>.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Acéptase a partir del «Fecha indicando día, mes y año», la renuncia presentada
por el funcionario «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con la cedula de ciudadanía No.
«Número de cedula», «NOMBRE DEL EMPLEO», código «código del empleo», Grado «grado del
empleo», del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería - COPNIA «Si aplica, se especifica seccional».
ARTICULO SEGUNDO: Reconózcase el pago de las prestaciones sociales a que tiene derecho el Señor
<<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>>, hasta el <<Fecha indicando día, mes y año>>, las cuales se
cancelarán dentro del término legal.
ARTICULO TERCERO: A través de la Secretaria General del COPNIA comuníquese el contenido de la
presente Resolución.
ARTICULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del año «año
en letras» («año en números»).
<<NOMBRES Y APELLIDOS DEL PRESIDENTE>>
Director General
«Apellido en Mayúscula inicial de quien transcribió la resolución»
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.
ANEXO 6.3
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
(«Fecha, indicando día, mes y año»)
Por la cual se ejecuta una sanción disciplinaria
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las
facultades que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y el
Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado mediante
Resolución Nacional N° 0077 del 2012 y;
CONSIDERANDO:
-
Que «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de ciudadanía No. «Número de
cedula y lugar de expedición», fue nombrado para ocupar el empleo de «Nombre del empleo»,
código «código del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería - «Si aplica, se especifica seccional»; posesionado el «Fecha indicando día, mes y
año».
-
Que a través de oficio de fecha «Fecha indicando día, mes y año» expedido por. «Quien expide el
fallo», se comunicó la expedición de un fallo sancionatorio dentro del proceso disciplinario No.
«número proceso sancionatorio» adelantado al funcionario «NOMBRE DEL FUNCIONARIO».
-
Que corresponde al Director General del COPNIA, ejecutar la sanción en un plazo máximo de
diez días, contados a partir de la comunicación.
RESUELVE:
ARTÌCULO PRIMERO. Suspéndese del ejercicio del empleo de «Nombre del empleo», código
«código del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería «Si aplica, se especifica seccional», a «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de
ciudadanía No. «Número de cedula y lugar de expedición», en cumplimiento de lo dispuesto en la
Resolución No. «Número consecutivo de resolución» del «Fecha indicando día, mes y año»,
proferida por «Quien expide el fallo», por el término comprendido entre el dìa «Fecha inicio
suspensión indicando día, mes y año» y el día «Fecha finalización de suspensión indicando día, mes
y año».
ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, suspéndense por el término de la sanción, los pagos de
los salarios y de las prestaciones del empleado sancionado.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del año
«año en letras» («año en números»).
XXXXXXXXXXXXXXXXX
Director General
«Responsable administrativo»
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.
ANEXO 6.4
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
«Fecha, indicando día, mes y año»
Por la cual se decreta un retiro del servicio
1
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las
facultades que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y
el Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado
mediante Resolución Nacional N° 0077 del 2012 y;
CONSIDERANDO:
-
Que «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de ciudadanía No. «Número
de cedula y lugar de expedición», fue nombrado para ocupar el empleo de «Nombre del
empleo», código «código del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional
Nacional de Ingeniería - «Si aplica, se especifica seccional»; posesionado el «Fecha
indicando día, mes y año».
-
Que de acuerdo con el Registro de Defunción presentado, el mencionado funcionario
falleció en día «Fecha indicando día, mes y año»
-
Que corresponde al Director General del COPNIA, como nominador dar por terminada la
relación legal y reglamentaria respectiva.
RESUELVE:
ARTÌCULO PRIMERO. Declarase terminada la relación legal y reglamentaria entre el Consejo
Profesional Nacional de Ingeniera y «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula
de ciudadanía No. «Número de cedula y lugar de expedición», por el fallecimiento de éste
último.
ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, declárese la solución de continuidad de todos los
efectos derivados de la relación legal y reglamentaria entre el Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería-COPNIA y el señor «NOMBRE DEL FUNCIONARIO».
ARTÍCULO TERCERO. Procédase a la publicación de los edictos y liquidación de las
respectivas prestaciones sociales y demás emolumentos
La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del
año «año en letras» («año en números»).
XXXXXXXXXXXXXXX
Director General
«Responsable administrativo»
1
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.
ANEXO 6.5
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CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
«Fecha, indicando día, mes y año»
Por la cual se decreta un retiro del servicio
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las facultades
que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y el Manual Específico
de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado mediante Resolución Nacional N° 0077
del 2012 y;
CONSIDERANDO:
-
Que «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de ciudadanía No. «Número de cedula y
lugar de expedición», fue nombrado para ocupar el empleo de «Nombre del empleo», código «código
del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería - «Si aplica, se
especifica seccional»; posesionado el «Fecha indicando día, mes y año».
-
Que de acuerdo con la calificación de invalidez, decretada por «NOMBRE DE LA ENTIDAD QUE
EMITE CONCEPTO DE INVALIDEZ», a través de la Resolución No. «Número de resolución» del
«Fecha indicando día, mes y año», el funcionario referido en el numeral anterior debe ser retirado del
servicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto Ley 2400 de 1968, por
encontrarse en causal de invalidez absoluta.
RESUELVE:
ARTÌCULO PRIMERO. Retírase del servicio a «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de
ciudadanía No. «Número de cedula y lugar de expedición», en cumplimiento de lo dispuesto en la
Resolución No. «Número de resolución» del «Fecha indicando día, mes y año», por la cual se calificó
capacidad laboral demostrando la invalidez absoluta para continuar en el desempeño del empleo.
ARTÍCULO SEGUNDO. Declárese la vacancia del empleo que ostentaba «NOMBRE DEL FUNCIONARIO»,
identificado con cédula de ciudadanía No. «Número de cedula y lugar de expedición», «Nombre del
empleo», código «código del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería - «Si aplica, se especifica seccional».
ARTÍCULO TERCERO. En consecuencia, declárese la solución de continuidad de todos los efectos
derivados de la relación legal y reglamentaria entre el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA
y el señor «NOMBRE DEL FUNCIONARIO».
ARTICULO CUARTO: Reconózcase el pago de las prestaciones sociales a que tiene derecho el Señor
<<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>>, hasta el <<Fecha indicando día, mes y año>>, las cuales se
cancelarán dentro del término legal.
ARTÌCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del año «año en
letras» («año en números»).
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Director General
«Responsable administrativo»
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.
ANEXO 6.6
GH-pr-05
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCION Nº. «Número consecutivo de resolución»
«Fecha, indicando día, mes y año»
Por la cual se decreta un retiro del servicio1
El Director General del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA en ejercicio de las
facultades que le otorga el literal o) del artículo 3 de la Resolución Nacional N° 0075 del 2012 y el
Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales adoptado mediante
Resolución Nacional N° 0077 del 2012 y;
CONSIDERANDO:
-
Que «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con cédula de ciudadanía No. «Número de
cedula y lugar de expedición», fue nombrado para ocupar el empleo de «Nombre del empleo»,
código «código del empleo», Grado «grado del empleo», del Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería - «Si aplica, se especifica seccional»; posesionado el «Fecha indicando día, mes y
año»; al día «Fecha indicando día, mes y año», según de desprende de los documentos que
reposan en el archivo de la entidad, cumplió sesenta y cinco años de edad.
-
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto Ley 2400 de 1968, el
cumplimiento de la mencionada edad constituye causal de retiro forzoso del empleo.
RESUELVE:
ARTÌCULO PRIMERO. Retírase del servicio a «NOMBRE DEL FUNCIONARIO», identificado con
cédula de ciudadanía No. «Número de cedula y lugar de expedición», por haber cumplido sesenta
y cinco años de edad.
ARTICULO SEGUNDO: Reconózcase el pago de las prestaciones sociales a que tiene derecho el
Señor <<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>>, hasta el <<Fecha indicando día, mes y año>>, las
cuales se cancelarán dentro del término legal.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los «días en letras» («días en números») días del mes de «mes»del año
«año en letras» («año en números»).
XXXXXXXXXXXXXXXXX
Director General
«Responsable administrativo»
1
Es un modelo general, siempre debe ajustarse a las particularidades del caso.

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