Child Care Provider Guide

Transcripción

Child Care Provider Guide
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS HUMANOS DE OREGON
Guía para Proveedores de Cuidado Infantil
Programa de Cuidado Infantil del DHS
2013
Seguridad, salud e independencia para todas las personas de Oregon
Números telefónicos usados con frecuencia:
Nombre y dirección
Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit: DPU)
PO Box 14850
Salem, OR 97309
Número
Número de
telefónico local llamada gratuita
503-378-5500 1-800-699-9074
(Salem)
Sistema de información automatizado para
verificar pagos
503-378-3508
(Salem)
1-800-442-6451
Unidad de Verificación de Antecedentes
(Background Check Unit: BCU)
PO Box 14870
Salem, OR 97309
503-378-5470
(Salem)
1-888-272-5545
División de Cuidado Infantil
(Child Care División: CCD)
PO Box 14050
Salem, OR 97309
503-947-1400
(Salem)
1-800-556-6616
Oregon Center for Career Development
Universidad Estatal de Portland
Registro de Oregon
PO Box 751
Portland, OR 97207
503-725-8535
(Portland)
1-877-725-8535
Ext. 8532 para
español
Red de Recursos y Referencias para el
Cuidado Infantil
(Child Care Resource and Referral Network)
503-375-2644
(Salem)
1-800-342-6712
Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil Ver páginas 65-67 para
(Child Care Resource and Referral)
el directorio
Patrocinadores del Departamento de
Agricultura de E.U. (USDA)
Ver página 65 para el
directorio
AFSCME Council 75, Local 132
1400 Tandem Ave NE
Salem, OR 97301
503-370-2522
(Salem)
SEIU Local 503
1730 Commercial St. SE
Salem, OR 97302
1-877-451-0002 1-877-451-0002
1-800-521-5954
El Departamento de Servicios Humanos de Oregon (DHS) no discriminará a nadie.
Esto significa que el DHS ayudará a todos aquéllos que califiquen. El DHS no
denegará la ayuda a nadie en base a la edad, raza, color, origen nacional, sexo,
orientación sexual, religión, creencias políticas o discapacidad. Ud. puede presentar
una queja si piensa que el DHS lo discriminó por cualquiera de estas características.
Índice
Información general���������������������������������������������������������1
¿Qué es el Programa de Cuidado Infantil del
Departamento de Servicios Humanos? ����������������������������� 1
¿Por qué debería leer este cuadernillo?���������������������������������� 1
¿Cómo funciona el Programa de Cuidado Infantil del DHS? �� 1
El DHS y el IRS������������������������������������������������������������������������ 2
Sindicatos������������������������������������������������������������������������������ 3
Registro con la División de Cuidado Infantil���������������������������� 3
¿A quién pagará el DHS?������������������������������������������������������� 4
¿Qué puede decirle el DHS sobre las familias?������������������������ 5
Antes de brindar cuidado �������������������������������������������������������������������������������������������� 5
Muestra de una Carta de Proveedor de Cuidado Infantil (DHS 7494E)�������������������������� 7
Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado
Infantil del DHS.....................................................................................................8
¿Qué significa estar listado?..........................................................................................8
¿Cómo puedo ser listado?............................................................................................8
¿Cuáles son los requisitos para los proveedores?...........................................................9
Ayuda con los estándares básicos de higiene y seguridad............................................13
Capacitación de proveedores .....................................................................................13
Muestra del formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (DHS 7494).....14
Verificación de antecedentes.............................................................................17
¿A quién debe incluirse en el formulario de listado y los antecedentes
de cuáles personas deben verificarse?....................................................................17
¿Qué ocurre cuando se completa la verificación de antecedentes?..............................19
Si soy denegado, ¿cómo solicito una audiencia?.........................................................20
El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado ...............................21
Sobre los formularios de facturación...........................................................................21
Lectura del formulario de facturación por el cuidado infantil.......................................22
Más sobre las definiciones de tipos de proveedores.....................................................22
Muestra del formulario de Facturación del Cuidado Infantil del DHS ...........................23
¿Cómo reporto horas de cuidado en el formulario de Facturación
por el Cuidado Infantil?.........................................................................................24
Más sobre las categorías de edad del niño:.................................................................25
Formularios de facturación perdidos, destruidos, o que faltan.....................................27
Facturación para días de ausencia...............................................................................27
Pagos compartidos..............................................................................................28
¿Qué es un pago compartido?....................................................................................28
¿Qué ocurre si la familia no paga el pago compartido?...............................................29
Continúa en la página siguiente
Índice — continuado
Pagos del DHS.....................................................................................................30
¿Cuándo pagará el DHS?............................................................................................30
Verificación de su pago...............................................................................................30
Sobre las cuotas: ¿Cuánto pagará el DHS?..................................................................31
¿Cómo se calcula el pago?..........................................................................................32
Sobre las cuotas mejoradas.........................................................................................33
¿Cómo puedo recibir una cuota más alta para niños con necesidades especiales?.......35
Si una familia necesita horas extras de cuidado ..........................................................35
Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS ..........................................37
Categorías de edad del niño.......................................................................................37
Definiciones de los tipos de proveedores ....................................................................37
Cuotas máximas del cuidado infantil actuales del DHS (vigentes desde el 1/10/2007).....38
Localización y resolución de problemas, pagos en exceso
y reporte de cambios..........................................................................................42
Localización y resolución de problemas: ¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal? .42
Revisiones del pago al proveedor y pagos en exceso....................................................43
Violaciones Intencionales al Programa (IPVs) ...............................................................43
¿Y si no estoy de acuerdo con una decisión del DHS? (Derechos de audiencia)............44
Reporte de cambios....................................................................................................45
Llenado del formulario de Reporte del Proveedor (DHS 7496)......................................46
Muestra del formulario de Reporte del Proveedor........................................................48
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor..........................................50
Los proveedores son informantes obligatorios.............................................................50
La importancia de reportar el abuso............................................................................50
Reconocimiento del abuso infantil...............................................................................51
¿Cómo hago un reporte?............................................................................................55
Oficinas del Departamento de Servicios Humanos para reportar abuso infantil............56
Prevención de enfermedades: el papel del proveedor....................................61
Prevención de la propagación de enfermedades infecciosas........................................61
Vacunas obligatorias para los niños bajo cuidado........................................................63
Programa de vacunación infantil recomendado para 2009..........................................63
Recursos y otra información..............................................................................65
Servicios de recursos y referencias para el cuidado infantil...........................................65
Oficinas de recursos y referencias para el cuidado infantil............................................66
Educación de nutrición y reembolsos de parte del Departamento de Agricultura de
Estados Unidos (U.S. Department of Agriculture: USDA).........................................69
Lista de Patrocinadores del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA).... 70
Planilla de pago de cuidado de niños..........................................................................71
Muestra del folleto del Departamento de Impuestos de Oregon (101-461)..................72
Muestra del Registro de asistencia...............................................................................74
Sitios Web..................................................................................................................75
Información general
¿Qué es el Programa de Cuidado Infantil
del Departamento de Servicios Humanos?
El Programa de Cuidado Infantil del Departmento de
Servicios Humanos (Department of Human Services:
DHS) ayuda a los padres o cuidadores a pagar el
cuidado infantil para que puedan trabajar o para
que se puedan preparar para un empleo.
¿Por qué debería leer este cuadernillo?
Si usted brinda cuidado para familias que reciben
beneficios de cuidado infantil de parte del DHS, este cuadernillo es para
usted. Éste explica lo que usted necesita saber para convertirse en un
proveedor listado y recibir pago de parte del Programa de Asistencia
para el Cuidado Infantil del DHS. Queremos hacer que estos programas
funcionen para usted y las familias a las que servimos. Si este cuadernillo no
contesta sus preguntas, consulte la página 41 (Localización y resolución
de problemas: ¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal?) para encontrar a
dónde debe llamar para recibir ayuda. También puede visitar nuestro portal
de Internet en: www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml.
¿Cómo funciona el Programa de Cuidado Infantil del DHS?
• Uno de los padres solicita asistencia con el cuidado infantil o una
subvención para el mismo en la oficina local del DHS de su área.
• El DHS determina si califican, el número de horas de cuidado infantil
necesario y la parte que se espera que pague la familia (el pago
compartido). El monto de la subvención está basado en los ingresos
de la familia, el tamaño de la familia, el tipo de cuidado infantil que
reciben y cuántas horas de cuidado necesitan.
• Los proveedores deben estar “listados” con la Unidad de Pago Directo
(Direct Pay Unit: DPU) antes de que se pueda realizar un pago.
(Ver ¿Qué significa estar listado? en la página 8).
• Si la familia utiliza a varios proveedores, debe indicar al DHS
el porcentaje de tiempo que cada proveedor cuida a los niños.
El total debe ascender a 100 por ciento (por ejemplo, proveedor
principal: 80 por ciento; proveedor secundario: 20 por ciento). Se
necesita esta información para expedir formularios de facturación.
1
Información general— continuado
Los porcentajes se incluirán en el formulario de Listado de Proveedores
de Cuidado Infantil o en la relación electrónica del proveedor.
• El DHS paga a los proveedores aprobados una parte del costo del cuidado
a través de la DPU de Salem. A dicho monto se le denomina la subvención.
La mayoría de los padres también tienen requerido pagar una parte del
costo, llamado el pago compartido, directamente al proveedor.
El DHS y el IRS
• Los proveedores de cuidado infantil trabajan independientemente.
La mayoría de los proveedores de cuidado infantil trabajan
independientemente. Esto significa que usted es responsable de los
niños a quienes cuida, de mantener registros y de pagar impuestos
por sus ingresos. Debe mantener registros de la asistencia de los niños
y todos los pagos recibidos de parte de la familia y del DHS. Para su
conveniencia, una muestra separable de un registro de asistencia se
encuentra en la página 71.
El DHS realiza pagos de la subvención de cuidado infantil a nombre de
la familia. El DHS no es el empleador de usted.
• Lo que el DHS le dice al Servicio de Impuestos Internos
(Internal Revenue Service: IRS)
El DHS mantiene un control de todos los pagos realizados a
proveedores de cuidado infantil. Le reportamos al IRS lo que le
pagamos a usted. Le enviaremos una declaración (IRS 1099-Misc) en
enero, que muestre cuánto le pagamos durante el año anterior. Usted
debe reportar dicho ingreso para propósitos de impuestos. Consulte
con un asesor de impuestos si necesita información sobre cómo incluir
dicho ingreso en sus formularios de declaraciones de impuestos.
• Por qué necesita el DHS su número de Seguro Social o número
de Identificación de Impuestos Federal
2
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) requiere que el DHS obtenga
su número de Seguro Social (Social Security number: SSN) o número
de Identificación de Impuestos Federal (Federal Tax ID number) para
reportar lo que le pagamos. El nombre que le proporcione al DHS
debe ser el mismo que le brinda al IRS. Nosotros verificamos su nombre
y número con el IRS. Si su nombre y número no son válidos, puede
estar sujeto a una multa del IRS y no recibirá cheques del DHS. Quizá
también tenga que regresar cualquier dinero que reciba del DHS.
Sindicatos
Existen dos sindicatos que representan a los proveedores de
cuidado infantil:
• AFSCME Council 75, Child Care Providers Together: representa a
los proveedores familiares quienes están registrados y certificados
con la División de Cuidado Infantil (Child Care Division: CCD) del
Departamento de Empleo de Oregon.
• SEIU Local 503 OPEU — representa a las familias proveedoras que
reciben una subvención del DHS y que están exentas (no están
registradas ni certificadas a través de la CCD).
Para más información, puede comunicarse con los sindicatos por
teléfono o visitar sus portales de Internet en:
AFSCME Council 75
1-800-521-5954
www.oregonafscme.com 503-370-2522
SEIU Local 503
www.seiu503.org 1-877-451-0002
503-408-4090 x454
Registro con la División de Cuidado Infantil
¿Debo registrarme?
Muchos proveedores de cuidado infantil familiar están obligados por ley a
registrarse con la División de Cuidado Infantil (CCD) del Departamento de
Empleo de Oregon. Usted puede estar obligado a registrarse aunque no
brinde cuidado infantil para una familia del DHS. Si brinda cuidado infantil en
su hogar, puede estar obligado por ley a registrarse con la CCD, a menos que:
• Brinde cuidado en el hogar del niño;
• Tenga algún parentesco con los niños a quienes cuida ya sea sanguíneo,
político o por adopción;
• Cuide a niños de una sola familia a la vez;
• Cuide a tres o menos niños;
• Cuide a niños por menos de 70 días al año;
• Sea menor de 18 años de edad.
Para registrarse, los proveedores deben cumplir con ciertos requisitos y
mantener los estándares de higiene y seguridad mínimos establecidos por
3
Información general— continuado
la CCD. Existe una cuota de tramitación de solicitud, pero la cuota puede ser
reducida si el ingreso del proveedor es menor al nivel de pobreza federal.
Mientras que muchos de los requisitos del registro son similares a los
requisitos de listado del DHS (ver página 9), el registro está separado del
listado y no es gestionado por el DHS.
Es responsabilidad del proveedor cumplir con la ley. Si tienen preguntas
sobre el registro con la CCD o necesita una solicitud, puede comunicarse
con la oficina local de Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil
(Child Care Resource and Referral) (vea los listados locales en las páginas
65-67), o llame a la División de Cuidado Infantil al 503-947-1400 (Salem)
o al 1-800-556-6616 (fuera de Salem). Asimismo, puede acceder al sitio
Web de la CCD a través de:
http://egov.oregon.gov/EMPLOY/CCD/forProviders.shtml.
¿A quién pagará el DHS?
Las familias pueden usar a cualquier proveedor de cuidado infantil que
elijan. Sin embargo, el DHS sólo puede pagarle a proveedores que cumplen
con los requisitos de listado y de proveedores que se encuentran en las
páginas 9-13.
Asimismo, el proveedor no puede:
• Ser padre, madre, padrastro o madrastra del niño que es cuidado;
• Ser padre o madre del hermano o hermana del niño, incluidos los que
todavía no han nacido, si todos ellos viven en la misma unidad familiar;
• Estar incluido en el mismo subsidio TANF (Asistencia para familias
necesitadas) que el niño;
• Estar en el mismo caso de Cuidado Infantil Relacionado al Empleo que el
niño (Employment Related Day Care);
• Tener menos de 18 años de edad.
El DHS sólo puede pagar por el cuidado infantil que se brinde a partir de
la fecha en que el proveedor satisfizo los requisitos de inscripción (listado)
y fue aprobado como proveedor. Además, los proveedores de cuidado
infantil quienes fueron denegados anteriormente por el DHS y que ahora
están en calidad de autorizados no reúnen los requisitos para recibir
pago por el cuidado infantil brindado mientras estaban en calidad de
denegados.
4
¿Qué puede decirle el DHS sobre las familias?
La ley le permite al DHS dar información limitada sobre las familias a quienes
servimos una vez que hayamos verificado con el padre o por medio del
proceso de listado que usted es el proveedor para dicha familia.
Podemos decirle:
• En qué programa está la familia;
• El número de caso de la familia;
• El número de horas autorizadas para cuidado infantil;
• El monto que el DHS le pagará;
• El monto que la familia debe pagarle;
• La razón por la cual se retrasaron pagos del DHS.
Si el DHS no puede verificar que usted es el proveedor, pídale a la familia
que llame a su trabajador social.
Antes de brindar cuidado
Usted debe:
Haber llenado el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado
Infantil (DHS 7494, se encuentra una muestra en la página 14), haber sido
aprobado como proveedor y haber recibido uno de los siguientes:
• Una carta de Proveedor de Cuidado Infantil (Child Care Provider) (DHS
7494E; se encuentra una muestra en la página 7); o
• Un formulario de facturación (se encuentra una muestra en la página
23); o
• Autorización directa del trabajador social del DHS para asegurarse de
que la familia reúne los requisitos para recibir ayuda con su pago de
cuidado infantil.
Si el DHS no le da alguno de los artículos antes mencionados, la familia
podría ser responsable de pagar el cuidado infantil brindado.
También debería preguntarle a las familias otra información que
necesita saber, tal como:
• ¿Qué días y horas estarán los niños bajo cuidado?
• ¿Cuál es la dirección y el número telefónico de la familia?
• ¿A qué número telefónico se puede llamar a un miembro de la familia?
5
Información general— continuado
• ¿A quién más puede llamar en caso de emergencia? ¿Cuál es su número
telefónico?
• ¿Quién tiene permitido recoger a los niños?
• ¿Cuándo pagará la familia la parte que le corresponde?
• ¿Cuál es el número de caso de la familia?
Los padres deben:
• Darle a los proveedores cualquier formulario para los proveedores que
reciban de su trabajador social;
• Enviar su información de ingresos al DHS a tiempo;
• Pagar la parte que les corresponde de la factura de cuidado infantil;
• Informarle a su proveedor cuando cambien su cumplimiento de requisitos
para recibir asistencia;
• Dar aviso previo adecuado antes de cambiar proveedores.
Nota: Se recomienda a los proveedores que hablen con las familias elegibles
sobre con cuánta anticipación requieren que se les avise que el niño dejará
su cuidado.
6
Oregon
Department of Human Services
Children, Adults and Families
Theodore R. Kulongoski, Governor
Fecha:
___________________
Nombre de la familia:
___________________
Número del caso:
___________________
Copago estimado:
___________________
Horas estimadas de cuidado:
___________________
Nombre del proveedor:
___________________
A
R
Estimado proveedor de cuidado de niños:
El motivo de la presente es confirmar que el Departamento de Servicios Humanos
(DHS) ayudará a pagar el cuidado de niños para la familia antes mencionada a partir
del _______________. Esta carta se envía a los proveedores ya aprobados por DHS
en lugar del formulario de Inscripción de Proveedores de Cuidado de Niños.
T
S
Usted recibirá un formulario de cobro dentro de una semana. Si no lo recibe, por favor
llame a la Unidad de Pago Directo (DPU) al 1-800-699-9074 (503-378-5500 en Salem).
E
U
Por lo general, DHS no paga el total de los gastos de cuidado de niños. La mayoría de
las familias tienen que pagar una parte de la cuenta, conocida como copago. La
cantidad del copago aparecerá en el formulario de cobro. Además, la familia es
responsable del pago de cualquier diferencia que haya entre la tarifa que usted cobra y
la tarifa máxima que paga DHS.
M
Para conocer la tarifa máxima para su zona, o para aclarar cualquier duda sobre los
programas de cuidado de niños de DHS, por favor consulte su Guía de Proveedores
de Cuidado de Niños. Si no tiene la Guía de Proveedores, puede pedir una copia
llamando a la Unidad de Pago Directo al número antes mencionado. La Guía de
Proveedores y la información sobre tarifas también están disponibles en línea en
http://www.dhs.state.or.us/children/childcare/providers.htm .
Gracias por prestar este servicio tan importante.
Atentamente, _____________________________ Teléfono: ____________________
“Assisting People to Become Independent, Healthy and Safe”
An Equal Opportunity Employer
Spanish DHS 7494E (10/03)
Replaces and recycle AFS 7494E
7
Cómo convertirse en un proveedor listado
para el Programa de Cuidado Infantil del DHS
¿Qué significa estar listado?
Para cumplir con los requisitos para recibir pagos
del DHS, el proveedor debe estar listado. El
listado del DHS está separado del trámite para
estar registrado o certificado con la División de
Cuidado Infantil (CCD).
¿Cómo puedo ser listado?
Para estar listado, el proveedor llena un formulario
de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing)
(DHS 7494: vea la muestra en la página 14).
Usted debe completar el proceso de listado antes de prestar sus
servicios de cuidado infantil. Es importante que llene el formulario de
listado y que lo remita de inmediato a la Unidad de Pago Directo (DPU). El
formulario de listado debe recibirse y tramitarse antes de que se le pueda
enviar un formulario de facturación. Usted necesitará recibir un formulario
de facturación para poder recibir pagos.
Si el formulario de listado no está completa, puede regresársele a usted y
la tramitación será demorada. Puede comunicarse con la Unidad de Pago
Directo al 1-800-699-9074 si tiene preguntas para el llenado del formulario.
El recibo tardío del formulario por parte de la DPU afectará la fecha de inicio
de los pagos. La dirección de la DPU aparece en el formulario y en la carátula
interior de esta publicación.
Puede obtener el formulario de listado (DHS 7494):
• Imprimiéndolo de nuestro sitio Web:
www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml.
• Comunicándose con la oficina local del programa
de Autosuficiencia (Self-Sufficiency) del DHS. La
información de contacto aparece en nuestro sitio Web:
www.oregon.gov/dhs/assistance/pages/localoffices.aspx.
• Comunicándose con la CCR&R local (en las páginas 65 - 67 hallará la
información de contacto).
8
• Pidiéndoselo a la familia. La familia recibe este formulario de parte del
trabajador social del DHS.
¿Cuáles son los requisitos para los proveedores?
Una familia elige al proveedor que quiere que cuide de sus niños. El DHS
le paga al proveedor a nombre de la familia. Para que el DHS le pague
directamente a usted, el proveedor, tiene que satisfacer ciertos requisitos.
Esto incluye pasar verificaciones de antecedentes penales y de los registros
de los Servicios de Protección Infantil. Asimismo, usted acepta satisfacer
ciertas normas básicas de higiene y seguridad. Al firmar el formulario de
Listado de Proveedores de Cuidado Infantil, usted acepta cumplir con
los requisitos a continuación.
Nota: La fecha efectiva de pago no puede anteceder la fecha en que el
proveedor fue listado con el DHS y fue aprobado como proveedor. Esto
significa que el DHS no cubrirá el costo del cuidado que el proveedor haya
brindado antes de haber completado el proceso de listado.
En el área de requisitos básicos el proveedor debe:
• Tener más de 18 años de edad;
• Contar con la salud física y mental adecuadas de modo que su capacidad
de satisfacer las necesidades del niño en términos de seguridad, salud y
bienestar no se vea perjudicada;
• Ser la persona que brinda el cuidado;
• Informar al DHS (y a la CCD si el proveedor está licenciado) antes de
utilizar a un cuidador sustituto (los cuidadores sustitutos deben aparecer
en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil);
• No debe ser padre/madre o padrastro/madrastra del niño ni de uno de
los hermanos del niño (incluidos los que todavía no han nacido) si todos
ellos viven en la misma unidad familiar o reciben el subsidio de TANF
que recibe el niño;
• Estar registrado o certificado con la CCD, si así lo requiere la ley.
• Llenar completa y verazmente los formularios del DHS y regresarlos de
manera puntual;
• Tratar a las familias del DHS de la misma manera que otras familias a
quienes brindan cuidado.
9
Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS— continuado
• Aprobar la verificación de antecedentes (esto incluye al proveedor,
así como a todas las personas que deben indicarse en el formulario de
listado) — vea la página 16);
• Cooperar con cualquier investigación y permitir que el DHS inspeccione
el lugar del cuidado durante las horas en que se brinda cuidado infantil;
• Obtener una aprobación por escrito del certificador de crianza temporal
permitiéndole que preste cuidado infantil si usted está también
certificado como padre de crianza temporal (la aprobación por escrito
puede provenir también del supervisor del certificador de crianza
temporal);
• De solicitárselo el personal del DHS, deberá presentar constancias de
haber satisfecho los requisitos del DHS;
• Completar y remitir un nuevo formulario de listado cada dos años
o antes, a pedido del DHS, de modo que el DHS pueda evaluar la
elegibilidad del proveedor. Este requisito no se aplica a los proveedores
registrados o licenciados por al CCD.
En el área de higiene y seguridad el proveedor debe:
• Asegurar que la vivienda o centro en los que se brinda el cuidado
infantil satisfagan todas las normas siguientes:
»» Todos los niveles (pisos) que sean utilizados por los niños deben
contar con dos salidas utilizables al exterior (una puerta corrediza
o una ventana que puedan utilizarse para evacuar a los niños se
consideran salidas utilizables). Si se utiliza un segundo piso para
el cuidado infantil, el proveedor cuenta con un plan escrito para
evacuar a las personas en caso de emergencia.
»» La vivienda o centro cuentan con agua potable.
»» La vivienda o centro tienen en cada piso un detector de humo que
funciona, así como en el área que los niños toman siestas.
»» Las chimeneas, los calefactores portátiles, las tomas de corriente, las
estufas a la leña, las escaleras, las albercas (piscinas), los estanques
y otros peligros tienen barreras para proteger a los niños. Todas
las rejas y los corralitos llevan el sello de certificación de la Juvenile
Products Manufacturers Association (JPMA).
»» La edificación, el terreno, los juguetes, el equipo y los muebles se
conservan limpios, saneados y libres de peligros.
10
»» Las armas de fuego, las municiones y otros artículos peligrosos como
medicamentos, drogas, productos de limpieza, pinturas, bolsas de
plástico y materiales venenosos o tóxicos se conservan en un lugar
seguro fuera del alcance de los niños.
»» La vivienda o centro tienen un teléfono que funciona.
»» Nadie fuma ni consume tabaco sin humo en la vivienda o centro
durante las horas en que se brinda cuidado infantil. Nadie fuma ni
consume tabaco sin humo en vehículos motorizados mientras los
niños en cuidado infantil van de pasajeros.
»» Nadie consume bebidas alcohólicas ni sustancias controladas no
recetadas, ni está bajo su influencia, mientras los niños en cuidado
infantil están presentes.
»» El cuidado infantil no se brinda en un hotel, motel, albergue ni en
otro tipo de vivienda temporal tales como tiendas de campaña,
remolques o casas rodantes. Esto no se aplica al cuidado licenciado
(registrado o certificado) que se haya aprobado en un hotel, motel o
albergue.
»» El cuidado infantil no se brinda en una estructura transportable que
no esté sujeta a suelo, o conectada a otra estructura o a servicios
públicos en las mismas instalaciones.
• Supervisar a los niños en todo momento.
• Revisar el programa de vacunación con los padres y mantener los
registros al día.
• Tomar medidas para prevenir la propagación de enfermedades
infecciosas.
• Reportar sospechas de abuso infantil a una oficina de Servicios de
Protección Infantil [Bienestar infantil (Child Welfare)] del DHS o a una
agencia del orden público.
• Reportar, en un plazo de cinco días, cualquiera de las circunstancias
siguientes a la Unidad de Pago Directo:
»» El arresto, la condena o antecedentes con los Servicios de Protección
Infantil (Bienestar Infantil) de cualquier persona que tenga que
incluirse en el formulario de listado y cuyos antecedentes deban
verificarse (vea la página 16);
»» Cambios de nombre, número de teléfono o dirección del proveedor,
incluido el local en el que se brinda el cuidado;
11
Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS— continuado
»» La añadidura de cualquier persona que
tenga que incluirse en el formulario
de listado y cuyos antecedentes deban
verificarse (vea la página 16).
• Evitar que personas que pueden hacerles
daño a los niños tengan acceso a los niños
bajo cuidado.
• Permitirles a todos los padres que tengan
patria potestad a tener acceso inmediato
en todo momento a sus hijos bajo cuidado.
• Cumplir con todas las leyes estatales y federales relativas a los sistemas
de seguridad infantil y cinturones de seguridad en vehículos, la
seguridad relativa a las bicicletas y las normas de seguridad para cunas
bajo 16 CFR 1219 y 1220.
• Acostar a los bebés boca arriba.
En el área de facturación y registros, el proveedor debe:
• Proporcionarle al DHS su Número de Seguro Social correcto y válido o su
número de identificación del IRS;
• Cobrarle a la familia la misma cuota (o menos) que normalmente le
cobran a otras familias;
• Facturar por la cantidad real de cuidado brindado;
• Llevar un registro de las facturas y de asistencia que muestren las horas
de llegada y de salida de cada niño bajo su cuidado. Los registros deben
conservarse por un año como mínimo);
• Permitir que el DHS revise los registros de asistencia bajo petición. Se
brinda una muestra de un registro de asistencia en la página 71.
• No debe facturar a la familia del DHS las obligaciones que corresponden
al proveedor. Por ejemplo, el proveedor no debe facturar a la familia del
DHS ninguna cantidad que el DHS cobre al proveedor para recuperar los
sobrepagos o ninguna cantidad pagada por el DHS a un acreedor del
proveedor debido a un gravamen (lien), orden de retención de pagos
(garnishment) u otro proceso legal);
• No puede ser un representante autorizado o beneficiario alternativo
en el caso de cuidado infantil de la familia (esto se consideraría un
conflicto de intereses);
12
• Completar la inscripción para el sistema CCBAT dentro de los 45 días a
partir de la fecha indicada en el aviso de inscripción.
Ayuda con los estándares básicos de higiene y seguridad
Podría haber recursos disponibles para ayudarle a satisfacer las normas
básicas de higiene y seguridad. Comuníquese con la oficina local de Recursos
y Referencias para el Cuidado Infantil para obtener más información, páginas
65 a 67.
Si no cumple con los estándares, marque la casilla adecuada en el formulario
de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing)
(DHS 7494). Recibirá información sobre con quien debe comunicarse para
recibir ayuda.
Capacitación de proveedores
La capacitación de orientación es obligatoria para los proveedores exentos
de licencia para que puedan recibir su paga del DHS.
La orientación contiene información importante sobre:
• El proceso de pago;
• Las reglas del programa;
• Los derechos y las responsabilidades de los proveedores de cuidado
infantil;
• Opciones de capacitación para la cuota mejorada;
• Recursos de programa de alimentos por medio del Departamento de
Agricultura de E.U.; así como
• Otros recursos y reembolsos disponibles por medio de fuentes públicas y
privadas.
Si le gustaría recibir más información sobre ésta y otras oportunidades de
capacitación para proveedores de cuidado infantil, comuníquese con la Red
de Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil (Child Care Resource and
Referral Network). Para encontrar la agencia más cercana a usted, consulte
el directorio de agencias locales en las páginas 65-67. También puede
comunicarse con la oficina de la Red de Recursos y Referencias en Salem
llamando al 1-800-342-6712.
13
Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS— continuado
Inscripción para proveedores de cuidado de niños
DirectPayUnit,P.O.Box14850,Salem,OR97309-0850
1-800-699-9074 (sin cargo) o503-378-5500 (área de Salem)
DHS branch use only
Program:
Branch:
Casename:
Casenumber:
Datecarebegan (mm/dd/yy):
Willthisbetheprimary
provider?cYesc No
Whichbillingform? Date issued:
cCCBcJCCB
Percentofcarefor
Numberofchildcarehours:
thisprovider:
1stmo:2ndmo:
IfERDC,copaymonth:
Copayamounts:1stmo:2ndmo:
Replacesanotherprovider?
Ifyes,endthisprovider(name):
Datecareended (mm/dd/yy):
cYesc No
DPUworker:
Providernumber:
Notes:
A
R
DPU
̶
Sección del proveedor - use tinta azul o negra
1.NombrequeusaenlosregistrosdelIRS:2.N°deSeguroSocialodeidentificacióndelIRS:3.Email:
4.Nombreaimprimirenelcheque: T
S
5.Direccióndondeseproveeelcuidado:Ciudad
6.N°deteléfono(incluir código de área): 7.Direccióndondeustedvive: 8.Idiomapreferido 9.Direcciónpostal(si es diferente):
E
U
Estado
C.P.
Ciudad
Estado
C.P.
Ciudad
Estado
C.P.
10.Déinformaciónsobrelosniñosqueustedcuidaráparalafamiliaindicada.Siustedesmenorde18años,unodelos
padresopadrastrosdelniño,osututorlegal,notienederechoarecibirpagosdeDHS.
Nombre del niño (nombre y apellido)
Fecha de nac. ¿Pariente suyo?
¿Qué parentesco tiene?
M
c Síc No
c Síc No
c Síc No
11.cMarqueestecasillerosiproveecuidadoen el hogar donde vive el niño.
12.cMarqueaquísielhogardondeproveecuidadosestácertificadoparacuidadodecrianza.Debe adjuntar una carta
del certificador que lo autorice a cuidar niños en ese hogar. De lo contrario, no se aprobará su inscripción.
13.EscribasunúmerodeCCDaquí:_______________________________.Siestáactualmenteregistradoo
certificadoporlaDivisióndeCuidadodeNiñosdelDepartamentodeEmpleodeOregón,pasealnúmero16.
14.a) ¿Cumplecontodaslasnormasparahogaresoinstitucionesindicadasenlahojadeinformación?c Síc No
Si marcó “No”,noscomunicaremosconustedparadecirlecómoconseguirayudaparacumplirconlasnormas.
Usteddebecumplirconlasnormasdentrodelos30díaso,delocontrario,noseaprobarásuinscripción.
b) ¿Cumpleconlosdemásrequisitosparaproveedores(requisitos básicos y otras normas de salud y seguridad)
indicadosenlahojadeinformación?c Síc No
15.Quién debe firmar este formulario:•proveedores•todoslosmiembrosdelaunidadfamiliar(mayores de 16
años de edad)•cualquiervisitantequetengaaccesosinsupervisiónalosniñosbajocuidado•siustedproporciona
cuidadosenelhogardelniñoyustedviveenotrolugar,sólousteddebefirmar.
Al firmar este formulario,ustedautorizaaDHS,alsistemajudicialestatalyaotrasagenciasadivulgar
informaciónyacomunicarseconelfindirectoylimitadodedeterminaryrevisarlaelegibilidadparaserproveedor
deDHS.Cadaunadelaspersonasdebepasarunaverificacióndeantecedentesdelictivosydeantecedentesenlos
ServiciosdeProtecciónInfantil(Bienestar de Niños).Los proveedores deben dar información completa sobre
todas las personas que deben firmar el formulario. El no incluir a alguna persona en la página 2 será motivo
suficiente para que se le niegue el derecho a recibir pagos.
SpanishDHS7494(03/13)recyclepriorversions:Página1de2
14
15.(Continuación)Si usted está a cargo de una institución de cuidado de niños exenta de regulación según ORS
657A.250, ponga el nombre del director del lugar y de todos los proveedores de cuidado que puedan tener contacto
no supervisado con los niños.Sielformularionocontienelasfirmas,selodevolveremosyelpagoseretrasará.
El siguiente espacio debe ser llenado claramente por el proveedor de cuidado de niños (o director de la institución):
Nombredelproveedor(apellido, 1er nombre, inicial)Otrosnombresusados:
Firma autorizante: Sexo:
Nºdelicenciadeconduciro
FDN:
N°deSeguroSocial(si no tiene, escriba N/C):
cHombrecMujer
Nºdeidentificacióndelestado:
¿ViviófueradeOregóndurante60díasomásenlosúltimos18meses?
c No c Sí, Estado(s):________________
¿Hatenidoarresto(s),condena(s)oproblemasconserviciosdeproteccióndeniñosenalgúnmomento? c Síc No
Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta.
Incluya cada incidente, fecha y lugar.
A
R
Personas de 16 años de edad o mayores que viven en el hogar, visitantes y demás cuidadores. (Ver pág. 1) Llenar
un espacio para cada uno. Adjuntar más hojas si falta espacio.
Nombre(apellido, 1er nombre, inicial)Otrosnombresusados:
Firma autorizante: Sexo:
N°deSeguroSocial(si no tiene, escriba N/C):
Nºdelicenciadeconduciro
FDN:
cHombrecMujer
Nºdeidentificacióndelestado:
Soy(marcar uno): cPersonaqueviveenelhogarcVisitante
c Empleadoovoluntario
¿ViviófueradeOregóndurante60díasomásenlosúltimos18meses?
c No c Sí, Estado(s):________________
¿Hatenidoarresto(s),condena(s)oproblemasconserviciosdeproteccióndeniñosenalgúnmomento? c Síc No
Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta.
Incluya cada incidente, fecha y lugar.
T
S
E
U
Nombre(apellido, 1er nombre, inicial)Otrosnombresusados:
Firma autorizante: Sexo:
N°deSeguroSocial(si no tiene, escriba N/C):
Nºdelicenciadeconduciro
FDN:
cHombrecMujer
Nºdeidentificacióndelestado:
Soy(marcar uno): cPersonaqueviveenelhogarcVisitante
c Empleadoovoluntario
¿ViviófueradeOregóndurante60díasomásenlosúltimos18meses?
c No c Sí, Estado(s):________________
¿Hatenidoarresto(s),condena(s)oproblemasconserviciosdeproteccióndeniñosenalgúnmomento? c Síc No
Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta.
Incluya cada incidente, fecha y lugar.
M
Nombre(apellido, 1er nombre, inicial)Otrosnombresusados:
Firma autorizante: Sexo:
N°deSeguroSocial(si no tiene, escriba N/C):
Nºdelicenciadeconduciro
FDN:
cHombrecMujer
Nºdeidentificacióndelestado:
Soy(marcar uno): cPersonaqueviveenelhogarcVisitante
c Empleadoovoluntario
¿ViviófueradeOregóndurante60díasomásenlosúltimos18meses?
c No c Sí, Estado(s):________________
¿Hatenidoarresto(s),condena(s)oproblemasconserviciosdeproteccióndeniñosenalgúnmomento? c Síc No
Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta.
Incluya cada incidente, fecha y lugar.
16. ACUERDO DEL PROVEEDOR: AceptolosrequisitosdelproveedordetalladosenlaGuíaparaProveedores.
Entiendoquesidoyfalsotestimoniouocultoinformaciónpuedoquedarsujetoasancionesestatalesofederales.
Afirmobajopenadeperjurioquediinformaciónverdaderaycompletayqueminombreynúmerodesegurosocial
odeidentificaciónfiscalesválidoycorrecto.Afirmobajopenadeperjurioquediinformacióncompletasobremis
antecedentesdelictivosyconlosserviciosdeproteccióndeniñosydevolverétodopagorecibidosinodivulgoesta
información.AceptoquesededuzcanlascuotassindicalesoFairSharedemispagos.
Paraobtenerinformacióncompleta,lealaGuíaparaProveedoresdeCuidadodeNiñosdeDHSovisitewww.
oregon.gov/DHS/children/Pages/childcare/main.aspxSinecesitaunacopiadelaguía,llamealaDPUal1-800699-9074 (sin cargo)oal503-378-5500(área de Salem).
Firmadelproveedor: ____________________________________________
Fecha:____________________
Nombreenletrademolde:________________________________________
SpanishDHS7494(03/13)recyclepriorversions:Página2de2
15
Verificación de antecedentes
Para reunir los requisitos para recibir pagos
del DHS, los proveedores y demás personas
en el hogar o establecimiento que tendrán
acceso a los niños bajo cuidado deben pasar
una verificación de antecedentes. Dicha
verificación es realizada por la Unidad de
Revisión de Antecedentes del DHS e incluye
una verificación de antecedentes penales y una
verificación de antecedentes con los Servicios
de Protección Infantil (Child Protective Services: CPS).
Si el DHS encuentra que el proveedor u otra persona en el formulario de
listado no cumplen con los requisitos, el proveedor no reunirá los requisitos
para recibir pago.
Los proveedores deben brindar información completa para todas las
personas sujetas a una verificación de antecedentes. Cada una de dichas
personas debe firmar el formulario autorizando la verificación de sus
antecedentes. A los proveedores que proporcionen información engañosa,
falsa o incompleta podría denegárseles elegibilidad para recibir pagos del
DHS. El proveedor podría tener que reembolsar al DHS los pagos que recibió.
También puede estar sujeto a acciones legales.
Un proveedor que tenga un registro o certificación actual por la División de
Cuidado Infantil (CCD) que ya haya pasado una verificación de antecedentes
puede estar obligado a someterse a otra verificación de antecedentes de
parte del DHS.
¿A quién debe incluirse en el formulario de listado y los
antecedentes de cuáles personas deben verificarse?
Para los establecimientos de cuidado infantil exentos de licencia,
los proveedores deben brindar en el formulario de Listado de Proveedores
de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494) los nombres
del director del sitio y cualquier persona que trabaje en el establecimiento
quien tendrá acceso a los niños bajo cuidado. Esto incluye a los cuidadores
sustitutos.
16
En el caso de hogares de cuidado infantil, los proveedores deben indicar
en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil Child Care
(DHS 7494) el nombre de:
• Toda persona de 16 años de edad en adelante que resida en la vivienda;
• Cualquier cuidador sustituto; o
• Toda persona que visite la vivienda durante las horas del cuidado que
pueda tener acceso no supervisado a los niños bajo cuidado.
Nota: Los padres de los niños bajo cuidado también deben ser incluidos en el
formulario de listado, si viven con el proveedor.
El Departamento de Servicios Humanos podría determinar que el proveedor
de cuidado infantil no es elegible para recibir pagos en base a sus
antecedentes con los Servicios de Protección Infantil (CPS) o los antecedentes
penales de cualquier persona cuyos antecedentes se verifiquen. Dicha
decisión está basada en conducta pasada que indica que es probable que una
de dichas personas participe en comportamiento que pueda poner en peligro
la seguridad de un niño o tener un efecto perjudicial en un niño que está
bajo cuidado del proveedor.
Para hacer tal determinación, el DHS podría utilizar cualquier tipo de
información disponible, tales como los registros de CPS del departamento, la
investigación de una queja o información proporcionada por cualquier otra
agencia. Un solo incidente puede ser antecedente suficiente para denegar el
cumplimiento de requisitos.
Dicha descalificación es determinada al considerar el contenido y la fuente
de los reportes, el tiempo que ha transcurrido desde los reportes, el número
de reportes y derivaciones, la participación de la persona en rehabilitación,
capacitación o consejería, así como las probabilidades de que la persona
consuma indebidamente drogas o alcohol.
Después de revisar las circunstancias, el DHS también puede determinar
que el proveedor sigue cumpliendo los requisitos para recibir pago aunque
exista un reporte fundamentado o válido. Dicha decisión estaría basada
en la determinación de idoneidad de que no es probable que se repita el
comportamiento y que la presencia de dicha persona probablemente no
pondría en peligro la seguridad de un niño bajo el cuidado del proveedor.
17
Verificación de antecedentes— continuado
Se puede encontrar una copia de las reglas que contienen la lista de delitos
y periodos potenciales de descalificación en las reglas de Verificación de
Antecedentes Penales en el portal de Internet en:
www.oregon.gov/DHS/chc.
Las personas que han vivido fuera de Oregon en los últimos 18 meses por
60 días consecutivos o más, o quienes han sido condenados o arrestados por
delitos en otros estados, estarán obligadas a presentar tarjetas de huellas
dactilares para una verificación nacional para poder completar el proceso de
verificación de antecedentes.
¿Qué ocurre cuando se completa la verificación de
antecedentes?
Una vez que se completa la verificación de antecedentes el proveedor
recibirá un Aviso de Determinación de Idoneidad. El aviso indicará uno de los
siguientes:
• Aprobado
Con base en la verificación de antecedentes, ha sido aprobado para
recibir pagos por brindar cuidado a los clientes del DHS. Ésta es la fecha
mas temprana en la que el DHS puede empezar a hacer pagos por los
niños elegibles bajo cuidado. Tras su aprobación, usted deberá reportar
cualquier cambio en su condición a la DPU (vea la página 44 “Reporte
de cambios”). Recuerde que los cambios deben reportarse dentro de los
cinco (5) días de haberse producido.
• Reprobado
Con base en la información que brindó, no es posible completar
la verificación de sus antecedentes en estos momentos, debido a
información que falta o que no es correcta sobre usted o alguien en
su formulario de listado. Por ejemplo, podría haber reprobado por no
brindar un número de Seguro Social o por no declarar o brindar una
explicación para un arresto o participación en una investigación de
abuso o abandono. Si recibe un aviso de que ha reprobado, necesitará
volver a presentar una solicitud, poniendo mucha atención para brindar
toda la información requerida. “Failed status” (condición reprobada)
significa que usted no es elegible para recibir pagos hasta que vuelva a
presentar su solicitud y sea aprobado.
• Denegado
Con base en la verificación de antecedentes, su solicitud ha sido
denegada. Usted no es elegible para recibir pagos del DHS por brindar
18
cuidado infantil. La denegación se debe al carácter de los antecedentes
penales o de maltrato o abandono por parte de una o más personas
que aparecen en el formulario de listado. Puede solicitar una audiencia
si no está de acuerdo con esta decisión. Si el problema son los
antecedentes de alguien en el hogar donde se brinda cuidado, que no
sea el proveedor, el proveedor denegado puede volver a presentar una
solicitud sólo si ha cambiado de ubicación donde se brinda el cuidado o
si la persona cuya verificación de antecedentes causó la denegación ya
no vive o visita dicha ubicación.
Si el listado fue denegado, el DHS también enviará un aviso a la familia para
avisarle que el listado fue denegado y que debe encontrar otro proveedor si
quieren seguir recibiendo ayuda con el cuidado infantil a través del DHS.
Si soy denegado, ¿cómo solicito una audiencia?
Para solicitar una audiencia, los proveedores pueden remitir una solicitud
por escrito a: DHS Background Check Unit (BCU), P.O. Box 14870, Salem, OR
97309.
Puede obtener un formulario para solicitar una audiencia en la oficina
del DHS más cercana, o en el portal de Internet del Programa de Cuidado
Infantil en www.oregon.gov/DHS/children/childcare.
Para más información sobre los derechos a audiencias, vea ¿Y si no estoy de
acuerdo con una decisión del DHS?, en la página 43.
19
El proceso de facturación:
cómo facturar por el cuidado
Sobre los formularios de facturación
Una vez que sea un proveedor listado, sus
formularios de facturación llegarán por correo
postal alrededor del principio de cada mes.
Cada formulario de facturación por cuidado
infantil tiene su propio número de vale y
puede ser usado una sola vez por el periodo
de tiempo que aparece en el formulario. El
DHS realizará un solo pago por formulario
de facturación. El formulario no puede ser
cambiado para facturar por un periodo de
tiempo diferente.
Una muestra del formulario de facturación se
encuentra en la página 23. Las instrucciones
para llenar el formulario de Facturación por
el Cuidado Infantil (Child Care Billing) se
encuentran después de esta sección.
El formulario de facturación le dice:
• El periodo de tiempo cubierto por el formulario de facturación;
• El monto del pago compartido (de existir) que será descontado;
• Los nombres de los niños calificados en la familia y sus categorías
de edad;
• La cantidad máxima de horas autorizadas para el cuidado infantil.
Al final del periodo autorizado en el formulario de facturación, llene dicho
formulario y envíelo a la Unidad de Pago Directo (DPU) para su tramitación y
pago. No facture por días posteriores en los que piensa brindar cuidado; sólo
facture por el cuidado que ya ha brindado.
Asegúrese de mandar puntualmente el formulario de facturación cada mes.
Los formularios de facturación se vencen a los 90 días después de que son
expedidas.
20
Lectura del formulario de facturación por el cuidado infantil
Vea la muestra del formulario de facturación en la página 23.
1. La sección uno del formulario de facturación por el cuidado infantil le dice:
• El número de vale y la fecha en que fue expedida;
• El programa en el que participa la familia, el número de sucursal
local del DHS, el número de caso de la familia y la identificación del
trabajador social;
• El nombre del caso de la familia;
• El número de proveedor del DHS del proveedor y el tipo de
proveedor (vea las definiciones a continuación).
Sucursal
Programa
Fecha de expedición
VOUCHER #999999 04/01/2006
Identificación del
M5 - 4905 AC7283 - SC
trabajador social
JONES, JOHN Q
Número de caso
ABCZ00001 - FAM
Tipo de proveedor
Número de proveedor
Más sobre las definiciones de tipos de proveedores —
En su formulario de Facturación por el Cuidado Infantil (Child Care Billing),
su tipo de proveedor le dice si está codificado para recibir la cuota estándar,
mejorada o licenciada. Las definiciones a continuación explican cuál tasa recibirá
por dicha facturación con base en su tipo de proveedor:
Tipo de proveedor:
FAM
NQC
QFM
QEC
RFM
CFM
CNT
Recibirá:
Cuota familiar estándar
Cuota de centro estándar
Cuota familiar mejorada
Cuota de centro mejorada
Cuota familiar registrada y licenciada
Cuota Familiar Certificada y Licenciada
Cuota de Centro Certificado y Licenciado
2. Si tiene una nueva dirección o un nuevo número de teléfono, no los
escriba en el formulario. Favor de llamar a la DPU al 1-800-699-9074 (o
al 503-378-5500 en Salem) o envíe el Reporte de Proveedor (Provider
Report) (DHS 7496). Un formulario separable del Reporte del Proveedor
se encuentra en la página 48.
*Recuerde que los cambios deben reportarse dentro de los cinco
(5) días de haberse producido.
21
El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado
1
A
R
2
T
S
3
E
U
4
5
6
7
8
9
22
M
3. Éste es el periodo de tiempo que cubre el formulario de facturación. No
cambie las fechas. Dicha acción invalidará su formulario de facturación.
Si necesita un formulario de facturación para un periodo de tiempo
diferente, comuníquese con la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-3785500 en Salem) para averiguar lo que debe hacer.
4. Este párrafo le dice cuál es el pago compartido de la familia. Usted
debe recibir dicha cantidad de parte de la familia. Marque la casilla si
desea reportar que la familia no le ha pagado el pago compartido. Esto
sólo corresponde a la cantidad del pago compartido. (Vea ¿Qué pasa si
la familia no paga el pago compartido? en la página 28.)
• No marque la casilla a menos que quiera reportar que el pago
compartido no ha sido realizado.
• No marque la casilla si la familia ha pagado el pago compartido,
aunque aún le deban otros cargos, tal como cantidades que
sobrepasan la cuota del DHS.
5. El DHS empleará este espacio para proporcionar cualquier tipo de
información importante sobre la facturación de cuidado infantil.
6. Esta sección muestra el nombre del niño calificado, la categoría de
edad del niño y la cantidad máxima de horas autorizada para cada
niño. Aquí también es donde usted factura por el cuidado infantil
brindado. (Vea ¿Cómo reporto las horas de cuidado en el formulario de
Facturación de Cuidado Infantil? en la página 23.)
7. No debe mandar su formulario de facturación antes del fin del mes,
a menos que ya no brinda cuidado para la familia. Favor de marcar la
casilla adecuada y escribir la última fecha cuando brindó cuidado.
8. Aquí es donde usted, el proveedor de cuidado infantil, firmará.
9. Aquí es donde firma la familia. Debe tener la firma de uno de los
padres en el caso, a menos que ya no brinde cuidado para dicha familia.
¿Cómo reporto horas de cuidado en el formulario de
Facturación por el Cuidado Infantil?
• Envíe el formulario de facturación para su pago al final del periodo
autorizado, después de que haya brindado todo el cuidado del mes.
• Aunque no haya brindado cuidado en el mes, aún debe enviar el
formulario de facturación. Escriba cero (0) para las horas de cuidado
y para el cargo total. Marque la casilla adecuada en el formulario de
facturación (la sección 7 de la muestra del formulario de facturación en
la página 23).
23
El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado
Más sobre las categorías de edad del niño:
En su formulario de Facturación por el Cuidado Infantil (Child Care Billing), la
categoría de edad de cada niño le dice la tasa de edad que el DHS le pagará. Las
definiciones a continuación explican las categorías de edad del DHS:
Bebé��������������� Recién nacido a 1 año (12 meses) para cuidado sin licencia.
Bebé
Recién nacido a 18 meses para cuidado con licencia:
registrado o certificado.
Párvulo���������� 1 año (12 meses) a 3 tres años para cuidado sin licencia.
Párvulo
18 meses a 3 años para cuidado con licencia: registrado
o certificado.
Preescolar����� 3 años a 6 años
Escolar
6 años o más
Nota: A menos que el niño presente circunstancias especiales, el Cuidado
Infantil Relacionado con el Empleo (ERDC) cubre el cuidado de niños hasta
los 11 años de edad. La Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
paga el cuidado infantil hasta la edad de 12 años).
Necesidades especiales........Un menor de edad desde recién nacido
hasta los 18 años de edad quien necesita cuidado más costoso debido a
una discapacidad física, del comportamiento o mental.
• Marque ya sea por hora o mensualmente para mostrar si está cobrando
por hora o por el mes. (Seleccione sólo uno).
• Llene el número de horas de cuidado que brindó por las que
está facturando, redondeando a la siguiente hora.
(Por ejemplo: 136½ horas = 137).
• Llene su cargo total en dólares y centavos. (Por ejemplo: $400.00).
• Facture al DHS en sus cuotas normales, por la cantidad total real de
cuidado que brindó. (Nota: Quizá esto no sea lo mismo que la cantidad
máxima autorizada para el niño).
»» Ejemplo 1: El niño tiene autorizado hasta 140 horas en un mes, pero
usted sólo brindó cuidado por 105 horas. No escriba 140: escriba 105.
Si el niño recibe menos de la cantidad máxima de cuidado autorizada,
el DHS pagará sólo por las horas reales en que se brindó cuidado.
»» Ejemplo 2: Tal vez el niño tiene autorizado 120 horas de cuidado,
pero usted brindó 150 horas. Escriba 150 horas. El DHS no pagará
más de la cantidad máxima de horas autorizada, pero usted querrá
registrarlo. Entonces la familia será responsable por la cantidad que
sobrepasó las horas máximas autorizadas.
• Cobre sólo por el cuidado que fue brindado. No facture por horas en
las que un niño está en la escuela.
24
• Puede facturar por hasta cinco días de ausencia al mes bajo ciertas
circunstancias. (Vea ¿Y si el niño está ausente todo el mes? en la
página 26.)
• No descuente el monto del pago compartido de la familia del
monto que está facturando. Se descontará automáticamente de su pago.
• Marque cualquiera de las casillas adecuadas que le correspondan. Esto
incluye reportar que no se ha realizado el pago compartido. (Vea ¿Qué
pasa si la familia no paga el pago compartido? en la página 28.)
• Pídale a uno de los padres que firme y escriba la fecha en el formulario.
(Si ya no brinda cuidado para esta familia y no puede comunicarse
con ellos para que firmen, marque la casilla que dice que ya no brinda
cuidado para esta familia y escriba el último día en que brindó cuidado.
La firma de la familia no será requerida.)
• Usted, el proveedor, debe firmar y escribir la fecha en el formulario.
• Complete el formulario de facturación antes de pedirle a la familia
que lo firme. Esto le permite al padre entender qué es lo que se
está cobrando. Ni los padres ni el proveedor deben firmar un
formulario de facturación en blanco.
• Asegúrese de mantener una copia de su formulario de facturación
completado para sus registros. Envíe el original a la Unidad de Pago
Directo (DPU) para su tramitación.
• Envíe por correo postal el formulario de facturación a la DPU para su
tramitación y pago a la dirección que aparece en la parte superior del
formulario.
• Avísele a la DPU cuando deje de brindar cuidado para una familia o
cuando usted cambie de dirección o número telefónico.
Formularios de facturación perdidos, estruidos, o que faltan
¿Y si no recibo un formulario de facturación?
Si no recibe un formulario de facturación, puede preguntarle a la familia
al respecto, llamar a la Unidad de Pago Directo o hablar con el trabajador
social del DHS de la familia para averiguar la razón. (Vea ¿Qué puede decirle
el DHS sobre las familias? en la página 5.)
Si el DHS no le envía un formulario de facturación o no le dice que el DHS
pagará por el cuidado infantil del niño, la familia tiene la responsabilidad de
pagar el costo del cuidado brindado.
25
El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado
¿Cómo reemplazo un formulario de facturación perdido o destruido?
Llame a la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en Salem).
Facturación para días de ausencia
Los proveedores que cumplen con los criterios a continuación pueden
facturar al DHS por hasta cinco días de ausencia al mes cuando:
• El cuidado fue autorizado por el DHS y programado por el padre,
pero el niño estuvo ausente y el proveedor no pudo usar el periodo de
tiempo con otro niño; y
• Es norma del proveedor cobrarle a todas sus familias por días de
ausencia; y
• Las horas programadas son registradas en el registro de asistencia del
proveedor como un día de ausencia.
El DHS no pagará más de cinco días de ausencia consecutivos de cuidado
programado aunque se extiendan de un mes al siguiente.
¿Y si el niño está ausente todo el mes?
Si no brindó cuidado todo el mes y no está facturando por días de ausencia
(ver lo anterior), marque cero (0) en la casilla de “Cargo Total” (“Total
Charge”), marque la casilla que explica la razón por la que está enviando el
formulario de facturación, firme el formulario y envíelo a la DPU.
Como proveedor, debe mantener registros de asistencia de las horas y los
días en que cuida a los niños por al menos un año.
26
Pagos compartidos
¿Qué es un pago compartido?
La mayoría de las familias trabajadoras que reciben
ayuda para el cuidado infantil de parte del DHS deben
pagar parte del costo de su cuidado infantil cada mes. La
parte requerida del costo que le corresponde a la familia
se llama el pago compartido de ellos. El monto del pago
compartido de la familia está basado en sus ingresos y
el tamaño de su familia. La familia paga su monto del
pago compartido directamente a su proveedor principal,
más cualquier cantidad que el proveedor cobre que
sobrepase los límites de pago del DHS. El formulario
de facturación muestra el monto del pago compartido
que la familia tiene la responsabilidad de pagar, el cual será descontado de la
cuota permitida del DHS. El DHS le paga al proveedor la diferencia: la cuota
permitida menos el monto del pago compartido de la familia.
Hay una Hoja de Trabajo para Pagos de Cuidado Infantil (Child Care Payment
Worksheet) (DHS 7492W) para que la use en la página 71. Puede emplear
esta hoja de trabajo para determinar cuánto deberán pagarle los padres a
usted después de que el DHS haya pagado su parte del cuidado infantil.
Tanto usted como la familia sabrán con anticipación el monto del pago
compartido. Si una familia tiene más de un proveedor, por lo general sólo
uno recibirá el pago compartido de parte de la familia. La familia paga el
pago compartido al proveedor principal. Por lo general éste es el proveedor
que brinda la mayoría del cuidado infantil. La familia le da al trabajador
social el nombre de su proveedor principal.
Es responsabilidad del proveedor cobrar el pago compartido o hacer arreglos
con el padre. Si usted es el proveedor principal, es muy importante que usted
y el padre hablen sobre el pago compartido. Depende de ustedes decidir
cómo y cuándo cobrará el pago compartido y demás montos que el DHS no
paga. Al decidir el horario de pago de la familia, puede ser útil saber cuándo
se le paga a la familia.
Algunos proveedores y padres acuerdan hacer un trueque en lugar de pagar
el pago compartido. Por ejemplo, el padre puede brindar cuidado para los
hijos del proveedor. Si decide hacer esto, asegúrese de que su acuerdo esté
por escrito. Entréguele al padre un recibo, ya sea que reciba pago en efectivo
o en alguna otra forma. El padre puede necesitar recibos si solicitan el Crédito
27
Pagos compartidos— continuado
para Familias Trabajadoras de Oregon. Favor de ver las páginas 72-73 las
cuales tienen información sobre el Departamento de Ingresos de Oregon.
¿Qué ocurre si la familia no paga el pago compartido?
Para seguir cumpliendo los requisitos para beneficios de cuidado infantil
en el programa de Cuidado Infantil Relacionado al Empleo (Employment
Related Day Care: ERDC), la familia debe pagar su pago compartido al
proveedor, a más tardar al fin de cada mes o deben hacer otros arreglos
con el proveedor. Si la familia no le paga, usted puede marcar la casilla en
el formulario de Facturación de Cuidado Infantil (Child Care Billing Form)
que dice: “Check here ( ) if the parent did not pay this amount or arrange
with you to pay it” (Marque aquí si la familia no pagó esta cantidad o si no
hizo los arreglos de pago necesarios). Esto le informa a la DPU que el pago
compartido no ha sido cumplido. También puede escribir una carta o llamar a
la DPU para reportar que el pago compartido no ha sido realizado.
Debe avisarle a la DPU dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que
nosotros le pagamos para reportar que no se ha realizado un pago compartido.
De otra manera, se considerará que el pago compartido fue cumplido.
Si le avisa a la DPU que el pago compartido no ha sido realizado, la DPU
enviará un aviso a la familia informándoles que sus beneficios del programa
ERDC terminarán. Una vez que terminen los beneficios, la DPU no puede
continuar los beneficios de la familia hasta que reciba aviso por escrito de
parte suya o tenga otro comprobante de que la familia ha pagado o ha
hecho arreglos para pagarle su pago compartido. Cualquier formulario
de facturación que ya se le haya enviado a usted será tramitado. (El padre
puede reunir los requisitos para beneficios de cuidado infantil de parte de
otros programas que no tienen un pago compartido).
El DHS puede terminar los beneficios de la familia por no pagar el monto del
pago compartido declarado en el formulario de Facturación por el Cuidado
Infantil. No podemos terminar los beneficios de la familia por no pagar otros
costos que el padre le debe al proveedor (por ejemplo, la cantidad que el
proveedor cobra que sobrepasa el límite de pago del DHS). Cualquier pago
realizado al proveedor de parte de la familia debe aplicarse primero al pago
compartido.
Si el proveedor le avisa a la DPU que la familia ha hecho arreglos
satisfactorios para el pago compartido, depende del proveedor cobrarlo. No
podemos cerrar los beneficios de la familia otra vez por no honrar el arreglo
entre el proveedor y la familia.
28
Pagos del DHS
¿Cuándo pagará el DHS?
Después de que envíe por correo postal su
formulario de facturación a la DPU al final
del periodo autorizado, su formulario de
facturación será tramitado e ingresado en
la computadora dentro de los cuatro días
siguientes. Su formulario de facturación
puede regresársele sin tramitar si:
• Está incompleta o es incorrecta;
• Fue enviada antes del final del periodo autorizado;
• Fue enviada antes de que el cuidado facturado haya sido brindado
en realidad.
Esto puede retrasar la tramitación y el pago de su facturación.
Para los proveedores que han solicitado depósito directo para sus pagos,
el DHS depositará el pago directamente a la cuenta bancaria del proveedor
el siguiente día hábil después de ser tramitado. Para los proveedores que
reciben sus pagos en forma de cheque, el DHS enviará el cheque de pago
el siguiente día hábil después de que el formulario sea tramitado.
Cuando el DHS envía un pago, incluimos un aviso al proveedor que muestra
cuánto se pagó por el cuidado infantil de cada niño. Favor de mantener
este aviso en sus registros. La familia recibe un aviso similar que les informa
cuánto pagó el DHS.
Verificación de su pago
La DPU tiene un sistema automatizado al que puede llamar las 24 horas del
día, todos los días para obtener información de pagos. El sistema puede
decirle si su pago:
• Ya ha sido procesado y si se le ha enviado un cheque;
• Ha sido denegado, ya sea debido a un problema con el vale o debido a
que el monto facturado fue menor al monto del pago compartido de
la familia.
Si el sistema dice que no se cuenta con información disponible, eso quiere
decir que su formulario de facturación no ha sido tramitado.
29
Pagos del DHS— continuado
Funciona de la siguiente manera:
• Llame al 503-378-3508 en Salem, o al 1-800-442-6451 a nivel estatal.
Escuchará un menú de opciones; seleccione el número indicado para la
información que desea.
• Tenga listo su Número de Seguro Social o Número de Identificación del
Contribuyente Federal.
• Tenga listo el número de vale para la facturación que desea verificar.
• Si el sistema dice que no se cuenta con información disponible, eso
quiere decir que su formulario de facturación no ha sido tramitado.
Podría demorar de tres a cuatro días.
• Si es un proveedor nuevo o no ha recibido pagos por algún tiempo,
puede recibir el mensaje de que el sistema no reconoce su Número de
Seguro Social. Eso significa que el trámite de enlazarlo a usted como
el proveedor con la familia cliente puede no haber sido completado
todavía. Toma unos cuantos días.
• Por favor siempre presione la tecla con el # antes de colgar.
Sobre las cuotas: ¿Cuánto pagará el DHS?
El DHS tiene cuotas máximas para el cuidado infantil que pueden pagarle
a los proveedores cada mes. Las cuotas están basadas de acuerdo a una
encuesta del mercado estatal de los proveedores de cuidado infantil y la
cantidad que la mayoría de ellos cobran en su área. Éstas son las cuotas
máximas que el DHS tiene permitido pagarle a un proveedor.
El DHS pagará el monto que el proveedor factura o la cuota máxima
permitida del DHS, lo que sea menor.
El monto pagado a un proveedor es determinado por varios factores:
• El código postal (ZIP) donde se brinda el cuidado: Esto determina
en qué área se brinda el cuidado: Área de Grupo A, B o C. (Vea las Cuotas
máximas para el cuidado infantil del DHS en las páginas 36-40.)
• El tipo de proveedor: Esto se refiere a si se trata de un familiar o de
un centro de cuidado infantil y si recibe la tarifa estándar, mejorada
o de proveedor licenciado. (Vea Interpretación del formulario de
facturación de cuidado infantil – Vea más sobre las definiciones de
tipos de proveedores en la página 21 y ¿Cómo califico para la tarifa
mejorada? en la página 33.)
30
• La categoría de edad del niño: Vea Interpretación del formulario
de facturación de cuidado infantil; hallará más información sobre las
categorías de edades de los niños en la página 21.
• Las horas autorizadas en el formulario de facturación: Esto
está basado en las horas de trabajo esperadas de la familia u horas
de actividad autorizada, más el 25 por ciento para tiempo de viajes y
comidas. Éste es el número total máximo de horas de cuidado infantil
que el niño puede recibir de todos los proveedores para el periodo de
tiempo en el formulario de facturación.
• De qué manera facturó el proveedor: Se refiere a si el proveedor
factura por hora o por mes, así como el número de horas que factura.
• El cargo total que facturó el proveedor: Si el proveedor factura por
menos que la cuota máxima del DHS, el DHS no puede pagar más de lo
que el proveedor cobre.
• Las cuotas máximas del DHS: Los pagos no excederán las cuotas
máximas listadas del DHS. Si los padres eligen a un proveedor que
cobra más del máximo que puede pagar el DHS, los padres tienen la
responsabilidad de pagar cualquier monto que sobrepase el máximo
del DHS.
• El monto del pago compartido de la familia: Esta cantidad es
descontada del monto permitido del DHS.
• Existencia de varios proveedores: Si las facturaciones combinadas
de varios proveedores suman más que el máximo permitido para el
cuidado, los proveedores pueden recibir un porcentaje del monto
permitido.
¿Cómo se calcula el pago?
DHS pagará:
• Según su cuota por hora o mensual, o hasta las cuotas máximas por hora
o mensuales del DHS para su tipo de proveedor, la que sea menos;
• La cantidad real del cuidado que brinda, hasta el número total de
horas autorizadas, menos el monto del pago compartido de la familia
(especificado en el formulario de facturación).
DHS no pagará:
• Más de lo que usted facture;
• Más de las horas autorizadas;
31
Pagos del DHS— continuado
• Más de las cuotas máximas del DHS. Aunque cobre por hora, el DHS no
puede pagar más de la cuota mensual máxima;
• Montos menores a un dólar.
Una vez que se calcule el monto permitido para cada niño, el pago
compartido es descontado del total de las cantidades permitidas.
Si tiene preguntas adicionales sobre cómo se calculó su pago, llame a la
Unidad de Pago Directo al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en el área de
Salem).
El siguiente es un ejemplo de cómo se calcula un pago:
Un proveedor familiar que recibe la cuota estándar en la Región C recibe
autorización para 215 horas de cuidado y factura por las mismas. El
proveedor cobra $400 al mes por cuidar a un bebé a tiempo completo. El
pago compartido del padre es de $136. La cuota mensual máxima del DHS es
$374 para que un proveedor familiar estándar cuide a un bebé de la Región
C (de las páginas 36 a 40, Cuotas máximas del DHS).
El proveedor facturó $400; el DHS permitió $374; el pago compartido
del padre es de $136.
El DHS permite...............................$374
Pago compartido de la familia.....-$136
El DHS paga....................................$238
El proveedor facturó......................$400
El DHS paga...................................-$238
La familia debe..............................$162
La familia es responsable de pagar su pago compartido ($136) más
cualquier monto que el DHS no pague ($26). ($136 + $26= $162).
***No descuente el pago compartido del monto por el que está
facturando. El DHS descontará automáticamente el pago compartido
del monto permitido del DHS.
32
Sobre las cuotas mejoradas
¿Cuál es la cuota mejorada?
Para motivar a los proveedores a procurar recibir capacitación en temas
de cuidado infantil y para premiar a aquellos que hacen dicho esfuerzo, el
DHS tiene autorizado pagar una cuota más alta, llamada la cuota mejorada,
a proveedores de cuidado infantil que están inscritos en el Registro de
Oregon. El Registro de Oregon es un programa a nivel estatal voluntario
para documentar y reconocer los logros profesionales de las personas que
trabajan en la profesión de cuidado y educación infantil.
¿Cómo califico para la cuota mejorada?
Los proveedores familiares y los centros de cuidado infantil que están exentos
de la certificación de la División de Cuidado Infantil (CCD) y que desean recibir
la tarifa mejorada deben satisfacer requisitos de capacitación específicos del
Registro de Oregon. Usted cumple con los requisitos de capacitación cuando:
• Haya completado al menos dos horas de capacitación para reconocer y
reportar el abuso y abandono infantil;
• Tenga un certificado vigente en resucitación cardiopulmonar infantil
(CPR, por sus siglas en inglés) y primeros auxilios;
• Tenga una tarjeta vigente de manejador de alimentos de Oregon;
• Acuerde completar y presentar comprobante de un mínimo de ocho
horas adicionales de capacitación relacionada a temas de cuidado
infantil cada dos años.
Para ser incluido en el Registro de Oregon, envíe comprobante de que ha
completado los primeros tres requisitos, junto con una solicitud completada
del Registro de Oregon, a la dirección que aparece en la solicitud.
Si cumple con los requisitos de la Capacitación de la Cuota Mejorada,
automáticamente cumple los requisitos para el Paso 1 del Registro de Oregon.
La cuota mejorada entrará en vigor a más tardar a los 60 días siguientes de
que su nombre haya sido añadido al Registro de Oregon.
A usted le corresponde conservar vigentes su certificaciones de primeros
auxilios, CPR y de manejador de alimentos de Oregon.
Para los centros que están exentos de la certificación de la CCD, al menos un
miembro del personal para cada 20 niños bajo cuidado necesitará cumplir los
requisitos antes mencionados para recibir la cuota mejorada.
33
Pagos del DHS— continuado
Si necesita una solicitud o tiene preguntas sobre los requisitos de capacitación,
o si desea información sobre los locales en su zona que ofrecen capacitación,
llame al Registro de Oregon al 1-877-725-8535, o al 503-725-8535 en Portland,
o diríjase al sitio Web del Registro: www.centerline.pdx.edu. También puede
llamar a la Red de Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil (Child
Care Resource and Referral: CCR&R) local. (Vea las páginas 65–67 para
encontrar el número de teléfono de la CCR&R en su área.)
¿Cómo puedo recibir una cuota más alta para niños con
necesidades especiales?
Cuota para necesidades especiales
Se cuenta con una cuota más alta para cuidar a niños o jóvenes con
discapacidades, si requieren un nivel mayor de cuidado para su edad debido
a una discapacidad física, del comportamiento o mental. La necesidad debe
ser verificada y el proveedor debe declarar que el menor necesita un nivel de
cuidado mayor del normal. Para hacerlo, el proveedor firma el formulario de
Solicitud de Cuota para Cuidado Infantil para Necesidades Especiales (Special
Needs Child Care Rate Request) (DHS 7486). La familia recibe este formulario
de parte del trabajador social del DHS.
Programa de Necesidades Elevadas
Si un niño o joven requiere de un nivel de cuidado mucho más elevado en
el establecimiento de cuidado infantil, también puede estar disponible un
pago suplemental. A esto se le llama el “Programa de Necesidades Elevadas”
(“High Needs Program”) e incluye una evaluación del menor. La evaluación
es realizada, sin costo para la familia o para el proveedor, por un especialista
del Programa de Cuidado Infantil Inclusivo del DHS (DHS Inclusive Child Care
Program).
Si el proveedor considera que el menor necesita un nivel de cuidado mucho
más elevado, debe tratarlo con la familia y comunicarse con el trabajador
social del DHS o con el Programa de Cuidado Infantil Inclusivo (Inclusive Child
Care Program) a 1-866-837-0250 (o 971- 673-2286 en Portland), o bien, enviar
un mensaje de correo de electrónico a [email protected]. Una
vez que se hace una derivación, se realiza una evaluación individual para
determinar si el pago suplemental es adecuado.
34
Si una familia necesita horas extras de cuidado
Quizá el DHS también pueda ayudar a pagar horas cuando el cuidado
infantil necesario es mayor a las horas trabajadas más el 25 por ciento. Si la
familia necesita más de 215 horas de cuidado al mes para seguir trabajando
o participando en una actividad autorizada por el DHS, el trabajador social
de la familia puede autorizar el pago de hasta el 50 por ciento más del límite
mensual máximo del DHS. Las familias pueden llamar al trabajador social del
DHS para ver si reúnen los requisitos.
La cantidad es calculada en base al número de horas necesitadas y está
limitada a situaciones autorizadas. De ser autorizado, el formulario de
facturación por el cuidado infantil mostrará de 216 a 323 horas en el área de
"horas autorizadas".
**El pago para horas extras se calcula como sigue:
La computadora toma el número total de horas ingresadas por el trabajador
del DHS (de 216 a 323 horas) y lo divide entre 215 para obtener un
porcentaje. Luego multiplica el porcentaje por la cuota máxima para el
menor.
Por ejemplo: La familia necesita 264 horas de cuidado infantil en un mes. La
computadora divide 264 horas entre 215 = 1.23 y multiplica dicho número
por la cuota máxima para dicho menor. Esto aumenta la cuota máxima un 23
por ciento.
Si el proveedor no brinda 216 horas de cuidado o más, recibirá hasta la cuota
máxima normal para su área.
Se cuenta con una cuota más elevada para niños o jóvenes que
requieren de un nivel de cuidado mayor para su edad debido a
una discapacidad física, del comportamiento o mental.
35
Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS
Las tablas en las páginas 65–67 muestran las cuotas
máximas para el cuidado infantil del DHS para cada
área de grupo (área de mercado).
Si la familia está recibiendo ayuda por medio del
programa de Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS,
puede ser que dichas cuotas no se apliquen. Comuníquese
con el trabajador social de la familia para más información.
Para obtener más información sobre pagos, vea ¿Cuánto
pagará el DHS? en la página 29, y ¿Cómo se calcula el pago? en la página 31.
Estas son las categorías de edades del niño y las definiciones de los tipos de
proveedores usadas en las tablas de cuotas en las páginas siguientes:
Categorías de edad del niño
Bebé��������������� Recién nacido a 1 año (12 meses) para cuidado sin licencia.
Bebé
Recién nacido a 2 años (24 meses) para cuidado con licencia:
registrado o certificado.
Párvulo���������� 1 año (12 meses) a 3 tres años para cuidado sin licencia.
Párvulo
2 años (24 meses) a 3 años para cuidado con licencia:
registrado o certificado.
Preescolar����� 3 años a 6 años
Escolar
6 años o más
Nota: A menos que el niño presente circunstancias especiales, el Cuidado
Infantil Relacionado con el Empleo (ERDC) cubre el cuidado de niños hasta
los 11 años de edad. La Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
paga el cuidado infantil hasta la edad de 12 años).
Necesidades especiales.......Un menor de edad desde recién nacido
hasta los 18 años de edad quien necesita cuidado más costoso debido a
una discapacidad física, del comportamiento o mental.
Definiciones de los tipos de proveedores
Tipo de proveedor:
Recibirá:
FAM������������������������������������� Cuota familiar estándar
NQC�������������������������������������� Cuota de centro estándar
QFM������������������������������������� Cuota familiar mejorada
QEC�������������������������������������� Cuota de centro mejorada
RFM�������������������������������������� Cuota familiar registrada y licenciada
CFM�������������������������������������� Cuota Familiar Certificada y Licenciada
CNT�������������������������������������� Cuota de Centro Certificado y Licenciado
36
Cuotas máximas del cuidado infantil actuales del DHS
(vigentes desde el 11/1/2013)
Área de Grupo A
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)
Tarifa familiar estándar (FAM)
Tarifa de centro estándar (NQC)
1–157
158–215
1–157
158–215
Por hora
Mensualmente
Por hora
Mensualmente
Bebé
$2.90
$521
$5.25
$848
Párvulo
$2.90
$487
$5.25
$778
Preescolar
$2.90
$481
$4.50
$638
Escolar
$2.90
$455
$4.50
$544
Necesidades especiales
$2.90
$521
$5.25
$848
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)
Cuota familiar mejorada (QFM)
Cuota de centro mejorada(QEC)
1–62
63–135
136–215
1–62
63–135
136–215
Por hora
Tiempo
parcial
Mensualmente
Por hora
Tiempo
parcial
Mensualmente
Bebé
$3.01
$422
$562
$5.95
$721
$961
Párvulo
$3.00
$394
$525
$5.95
$662
$882
Preescolar
$3.00
$390
$520
$5.10
$543
$723
Escolar
$3.00
$368
$491
$5.10
$463
$617
Necesidades
especiales
$3.01
$422
$562
$5.95
$721
$961
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADA
Tarifa familiar registrada
(RFM)
1–62
Por hora
63–135
136–215
Tarifa familiar certificada
(CFM)
1–62
Tiempo MensualPor hora
parcial
mente
63–135
136–215
Tarifa de centro certificado
(CNT)
1–62
Tiempo MensualPor hora
parcial
mente
63–135
136–215
Tiempo Mensualparcial
mente
Bebé
$3.50
$450
$600
$6.00
$675
$900
$7.00
$848
$1,130
Párvulo
$3.25
$450
$600
$5.00
$675
$900
$7.00
$778
$1,037
Preescolar
$3.00
$450
$600
$5.00
$589
$785
$6.00
$638
$850
Escolar
$3.00
$413
$550
$4.50
$488
$650
$6.00
$544
$725
Necesidades
especiales
$3.50
$450
$600
$6.00
$675
$900
$7.00
$848
$1,130
37
Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS — continuado
Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo A: áreas de Portland, Eugene, Corvallis, Bend,
Monmouth y Ashland:
97004 97005 97006 97007 97008 97009 97010 97013 97014 97015 97019 97022
97023 97024 97027 97028 97030 97031 97034 97035 97036 97041 97045 97051
97055 97056 97060 97062 97064 97068 97070 97080 97086 97089 97106 97109
97112 97113 97116 97119 97123 97124 97125 97132 97133 97135 97140 97149
97201 97202 97203 97204 97205 97206 97209 97210 97211 97212 97213 97214
97215 97216 97217 97218 97219 97220 97221 97222 97223 97224 97225 97227
97229 97230 97231 97232 97233 97236 97239 97242 97258 97266 97268 97268
97286 97292 97330 97331 97333 97339 97351 97361 97371 97376 97401 97402
97403 97404 97405 97408 97454 97455 97477 97478 97482 97520 97525 97701
97702 97707 97708 97709
Área de Grupo B
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)
Tarifa familiar estándar (FAM)
Tarifa de centro estándar (NQC)
1–157
158–215
1–157
158–215
Por hora
Mensualmente
Por hora
Mensualmente
Bebé
$2.49
$416
$3.15
$537
Párvulo
$2.49
$412
$2.97
$513
Preescolar
$2.35
$403
$2.82
$420
Escolar
$2.35
$396
$3.00
$413
Necesidades especiales
$2.49
$416
$3.15
$537
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)
Tarifa familiar mejorada (QFM)
Trafira familiar mejorada (QEC)
1–62
63–135
136–215
1–62
63–135
136–215
Por hora
Tiempo
parcial
Mensualmente
Por hora
Tiempo
parcial
Mensualmente
Bebé
$2.70
$337
$490
$3.57
$456
$608
Párvulo
$2.70
$328
$479
$3.37
$436
$581
Preescolar
$2.70
$326
$458
$3.19
$357
$476
Escolar
$2.70
$321
$431
$3.40
$351
$468
Necesidades especiales
$2.70
$337
$490
$3.57
$456
$608
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADA
Tarifa familiar
registrada (RFM)
1–62
63–135 136–215
Tarifa familiar
certificada (CFM)
1–62
63–135 136–215
Tarifa de centro
certificado (CNT)
1–62
63–135 136–215
MensualTiempo MensualTiempo MensualPor hora Tiempo
parcial mente Por hora parcial mente Por hora parcial mente
Bebé
$3.00
$375
$500
$3.60
$413
$550
$4.20
$537
$715
Párvulo
$3.00
$360
$480
$3.55
$399
$532
$3.96
$513
$683
Preescolar
$3.00
$357
$475
$3.50
$375
$500
$3.75
$420
$560
Escolar
$3.00
$338
$450
$3.25
$413
$550
$4.00
$413
$550
Necesidades especiales
$3.00
$375
$500
$3.60
$413
$550
$4.20
$537
$715
38
Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo B: Salem, Medford, Roseburg, Brookings y áreas
fuera de las áreas metropolitanas de Eugene y Portland.
97002 97003 97011 97016 97017 97018 97038 97042 97044 97048 97049 97053
97058 97067 97071 97103 97107 97108 97110 97111 97114 97115 97117 97118
97121 97122 97127 97128 97131 97134 97138 97141 97143 97146 97148 97301
97302 97303 97304 97305 97306 97307 97309 97310 97317 97321 97322 97325
97326 97327 97328 97336 97338 97341 97343 97344 97348 97352 97353 97355
97357 97362 97365 97366 97367 97370 97372 97374 97377 97378 97380 97381
97383 97385 97386 97389 97391 97392 97394 97415 97420 97423 97424 97426
97431 97444 97446 97448 97452 97456 97457 97459 97465 97470 97471 97479
97487 97489 97501 97502 97503 97504 97524 97534 97353 97756 97759 97760
97801 97812 97813
Área de Grupo C
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)
Tarifa familiar estándar (FAM)
Tarifa de centro estándar (NQC)
1–157
158–215
1–157
158–215
Por hora
Mensualmente
Por hora
Mensualmente
Bebé
$2.42
$396
$2.74
$440
Párvulo
$2.20
$372
$2.91
$432
Preescolar
$2.20
$360
$2.25
$340
Escolar
$2.20
$360
$2.52
$372
Necesidades especiales
$2.42
$396
$2.74
$440
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)
Tarifa familiar mejorada (QFM)
1–62
Tarifa de centro mejorada (QEC)
Bebé
$2.64
63–135
Tiempo
parcial
$308
Párvulo
$2.40
$297
$400
$3.30
$367
$489
Preescolar
$2.40
$290
$390
$2.55
$290
$386
Escolar
$2.40
$285
$391
$2.85
$316
$421
Necesidades especiales
$2.64
$308
$432
$3.11
$375
$499
Por hora
136–215
Mensualmente
$432
1–62
$3.11
63–135
Tiempo
parcial
$375
136–215
Mensualmente
$499
Por hora
39
Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS — continuado
CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADA
Tarifa familiar
registrada (RFM)
Tarifa familiar
certificada (CFM)
Tarifa de centro
certificado (CNT)
1–62
Bebé
63–135 136–215 1–62
63–135 136–215 1–62
63–135 136–215
Tiempo MensualTiempo MensualTiempo MensualPor hora
Por hora
Por hora
parcial mente
parcial mente
parcial mente
$2.75
$338
$450
$3.50
$413
$550
$3.65
$440
$586
Párvulo
$2.50
$338
$450
$3.48
$357
$475
$3.88
$432
$575
Preescolar
$2.50
$315
$420
$3.38
$338
$450
$3.00
$340
$453
Escolar
$2.50
$330
$440
$3.10
$330
$440
$3.35
$372
$495
Necesidades especiales
$2.75
$338
$450
$3.50
$413
$550
$3.65
$440
$586
Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo C: Resto del estado. Otros códigos postales (ZIP) del
Estado
97001 97020 97021 97026 97029 97032 97033 97037 97039 97040 97050 97054
97057 97063 97065 97101 97102 97130 97136 97137 97144 97145 97147 97324
97329 97335 97342 97345 97346 97347 97350 97358 97359 97360 97364 97368
97369 97375 97384 97388 97390 97396 97406 97407 97409 97410 97411 97412
97413 97414 97416 97417 97419 97425 97427 97428 97429 97430 97432 97433
97434 97435 97436 97437 97438 97439 97441 97442 97443 97447 97449 97450
97451 97453 97458 97460 97461 97462 97463 97464 97466 97467 97468 97469
97472 97473 97476 97480 97481 97484 97486 97488 97490 97491 97492 97493
97494 97495 97496 97497 97498 97499 97522 97523 97526 97527 97530 97531
97532 97533 97536 97537 97538 97539 97540 97541 97543 97544 97601 97603
97604 97620 97621 97622 97623 97624 97625 97626 97627 97630 97632 97633
97634 97635 97636 97637 97638 97639 97640 97641 97710 97711 97712 97720
97721 97722 97730 97731 97732 97733 97734 97735 97736 97737 97738 97739
97740 97741 97742 97750 97751 97752 97753 97754 97758 97761 97810 97814
97817 97818 97819 97820 97821 97822 97823 97824 97825 97826 97827 97828
97830 97831 97833 97834 97835 97836 97837 97838 97839 97840 97841 97842
97843 97844 97845 97846 97848 97850 97856 97857 97859 97861 97862 97864
97865 97867 97868 97869 97870 97871 97872 97873 97874 97875 97876 97877
97880 97882 97883 97884 97885 97886 97901 97902 97903 97904 97905 97906
97907 97908 97909 97910 97911 97913 97914 97918 97919 97920
40
Localización y resolución de problemas,
pagos en exceso y reporte de cambios
Localización y resolución de problemas:
¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal?
Existen tres tipos de problemas que pueden
afectar el pago. Para localizar y resolver
problemas, use la lista a continuación para
identificar la fuente del problema y cómo
resolverlo:
1. Para preguntas sobre el cumplimiento
de requisitos de la familia, hable con la
familia o con la oficina local del DHS. Por
favor recuerde que debido a las leyes de
confidencialidad, la oficina del DHS sólo
puede proporcionarle a usted información
sobre la familia si el personal del DHS sabe
que usted es el proveedor de cuidado
infantil de la familia.
2. Si no ha recibido un formulario de listado o formulario de
facturación, hable con la familia, con la oficina local del DHS o con
la DPU. También puede llamar a la agencia de Recursos y Referencias
para el Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) local para
recibir ayuda. (Vea el directorio en las páginas 65-67).
3. Si tiene un problema o pregunta sobre un formulario de listado o
formulario de facturación que envió, llame a la DPU al 1-800-6999074 (503-378-5500 si llama dentro del área de Salem). Por favor
conceda hasta cuatro días hábiles para el trámite de su formulario de
facturación.
Si aún no está seguro a quién llamar, comuníquese con la DPU o
con la agencia de la Red de Recursos y Referencias para el Cuidado
Infantil (Child Care Resource and Referral) de su condado.
41
Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios— continuado
Revisiones del pago al proveedor y pagos en exceso
El DHS revisa los pagos en el programa de cuidado infantil, para asegurarse
de que son autorizados, facturados y pagados correctamente. Un número
pequeño de casos de cuidado infantil son seleccionados al azar cada mes.
Dichos registros son comparados con los registros de asistencia de los
proveedores para asegurarse de que los pagos son correctos.
Si se selecciona para revisión un pago de cuidado infantil que usted recibió,
se le pedirá que envíe una copia del registro de asistencia que muestre las
horas del cuidado que brindó para el pago que está siendo revisado.
Si no regresa su registro de asistencia, se asumirá que la cantidad
que recibió durante el periodo en cuestión fue un pago en exceso
que usted debe devolver.
Si se le han pagado horas cuando el cuidado infantil no fue brindado,
(sin incluir los días de ausencia autorizados), y el DHS determina que es el
resultado de un error involuntario, se le avisará sobre el pago en exceso. Por
lo general, los pagos en exceso son cobrados de pagos futuros al proveedor.
Asimismo, los proveedores podrían acumular sobrepagos si no reportan
cambios dentro de los cinco días de haber ocurrido. En la página 44 se
indican los cambios que los proveedores deben reportar.
Los pagos en exceso (sobrepagos) que se determinen son el resultado de
un acto intencional a modo de obtener un pago mayor, recibir pago por
un servicio no prestado o pagar a un proveedor que no es elegible, de
denomina “violación intencional del programa” (intentional program
violation o IPV).
Violaciones Intencionales al Programa (IPVs)
¿Qué es una IPV?
Una IPV es cuando un pago en exceso es el resultado de información
incorrecta de parte de un cliente o proveedor y existen razones para
creer que fue un acto intencional, es decir que ocurrió un fraude.
Las descalificaciones de la IPV son determinadas por la Unidad de
Investigaciones.
42
Si se determina que usted ha incurrido en una IPV:
• Estará obligado a devolver el pago en exceso;
• Se pueden tomar acciones legales;
• Puede estar sujeto a multas; y
• Puede ser descalificado para pagos futuros.
Los proveedores tienen el derecho a una audiencia para todas las decisiones
de pagos en exceso. (Vea ¿Y si no estoy de acuerdo con la decisión del DHS?
en la página 43.)
Se celebran audiencias para cada decisión de IPV a menos que haya firmado
un Acuerdo para Renunciar a una Audiencia para el Proveedor de Cuidado
Infantil por Violaciones Intencionales al Programa (Agreement to Waive
Child Care Provider Hearing for Intentional Program Violations) (DHS 649CP).
Lea la información detenidamente antes de firmar dicho formulario. Firmar
el formulario dará como resultado la descalificación y no evita que sea
procesado en un tribunal o que se cobre el pago en exceso.
¿Cuál es el periodo de descalificación para una IPV?
Un proveedor de cuidado infantil cuyo pago en exceso ha sido establecido
como una IPV no reúne los requisitos para recibir pagos por un mínimo
de seis meses y hasta que la cantidad total del pago en exceso haya sido
pagada. Si la violación es lo suficientemente seria, el gerente del Programa
de Cuidado Infantil del DHS puede descalificar permanentemente a un
proveedor de recibir pagos.
¿Y si no estoy de acuerdo con una decisión del DHS?
(Derechos de audiencia)
Si no está de acuerdo con la decisión del DHS de denegar su cumplimiento de
requisitos para recibir pagos o si el DHS le envía un aviso informándole que
se le está cobrando un pago en exceso, tiene hasta 45 días para presentar
una solicitud por escrito para una audiencia sobre el pago en exceso. (Ésta
es una audiencia diferente a la audiencia de IPV descrita anteriormente).
Alguien en la oficina local del DHS de la familia puede ayudarle a llenar una
Solicitud de Audiencias Administrativas (Administrative Hearings Request)
(DHS 443) o su carta por escrito de solicitud.
43
Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios— continuado
Los proveedores que solicitan una audiencia para una IPV no cumplen con
los requisitos para pagos mientras esperan la decisión de la audiencia. Si el
resultado de la audiencia determina que ahora el proveedor cumple con los
requisitos para pagos, el DHS no puede regresar y pagar por el tiempo en
que el proveedor estaba en estado de denegado.
Los proveedores que no solicitan una audiencia dentro de los 45 días o
quienes pierden el derecho a una audiencia, no cumplen con los requisitos
para volver a presentar una solicitud de listado sino hasta 180 días después
de la fecha del aviso de denegación de listado. Sin embargo, si la situación
que ha causado la denegación cambia, puede comunicarse con la Unidad de
Verificaciones de Antecedentes (Background Check Unit) para una revisión
de sus circunstancias.
A los proveedores a quienes se les cobra un pago en exceso y que solicitan
una audiencia, se les descontarán cantidades de pagos en exceso de sus
pagos futuros del cuidado infantil. Si la audiencia resulta a su favor, el DHS
volverá a pagar el dinero cobrado por el pago en exceso.
Los proveedores también tienen el derecho de pedir un retraso para pagarle
al DHS hasta que se tome una decisión. Para hacerlo, la audiencia debe ser
solicitada por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha del aviso de
pago en exceso.
Los proveedores que no soliciten una audiencia dentro de los 45 días
siguientes pierden su derecho a una audiencia. El pago en exceso será
descontado de pagos futuros o puede ser enviado al departamento de cobro.
Reporte de cambios
La DPU necesita saber sobre cualquier cambio en la situación de cuidado
infantil que afecta el pago. Es obligatorio reportar los cambios dentro de los
cinco (5) días de haber ocurrido.
Para asegurarse de que los formularios de facturación le lleguen, la DPU
necesita saber sobre:
• Cualquier cambio en su dirección o número telefónico;
• Un cambio en su nombre.
44
Como parte del proceso de listado, los proveedores aceptan notificar
al DHS en un plazo de cinco (5) días lo siguiente:
• El arresto, la condena o antecedentes con los Servicios de Protección
Infantil (Bienestar Infantil) de cualquier persona:
De 16 años de edad en adelante en su vivienda o centro;
n
Que visite la vivienda durante las horas del cuidado que pueda tener
acceso no supervisado a los niños bajo cuidado;
n
• Cambios en la dirección del proveedor, incluido el local en el que se
brinda el cuidado.
• La añadidura de cualquier persona:
De 16 años de edad en adelante en su vivienda o centro;
n
Que visite la vivienda durante las horas del cuidado que pueda tener
acceso no supervisado a los niños bajo cuidado.
n
Por favor reporte los cambios tan pronto ocurran. Para avisarle al DHS sobre
un cambio, llame a la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en el área de
Salem) o use un formulario de Reporte del Proveedor (Provider Report) (DHS
7496).
Una muestra del formulario de Reporte del Proveedor se encuentra en la
página 48. Esto ayudará a que el proceso de facturación sea rápido y eficaz.
Dependiendo del cambio reportado, se le puede enviar un formulario nuevo
de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing)
(DHS 7494) para que la complete. Sírvase remitir de inmediato el formulario
completo a la Unidad de Pago Directo.
Nota: El no reportar cualquier cambio de inmediato podría traducirse en el
sobrepago del proveedor (en un plazo de cinco [5] días).
Llenado del formulario de Reporte del Proveedor (DHS 7496)
1. Escriba la fecha cuando ocurrió el cambio o cuándo ocurrirá.
2. Escriba el nombre del proveedor o centro, número de teléfono, número
de proveedor del DHS y el número de Seguro Social o de identificación
personal del contribuyente (Federal Tax ID).
3. En esta sección se reportan los cambios de número de teléfono y
dirección del proveedor.
45
Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios— continuado
4. Esta sección es para reportar cambios en el número telefónico o dirección
donde brinda el cuidado.
5. Si su nombre ha cambiado o cambiará, escriba tanto los nombres
anteriores y los nuevos.
6. Si otra persona de 16 años o más se muda o se mudará a su vivienda,
escriba su fecha de nacimiento y número de Seguro Social. Incluya
también a cualquiera que visite la vivienda durante las horas del cuidado
que pueda tener acceso no supervisado a los niños bajo cuidado.
7. (a) Si usted ha sido arrestado o condenado por un delito o ha sido
derivado a los Servicios de Protección Infantil (Bienestar Infantil) por
maltrato o abandono de un menor, por no proteger a un menor o algo
similar, marque las casillas correspondientes e indique la fecha de la
acción y la agencia.
(b) Si una persona en su vivienda o una visita (de 16 años o más) que
pueda tener acceso no supervisado a los niños bajo cuidado ha sido
arrestada o condenada por un delito o ha sido derivado a los Servicios
de Protección Infantil (Bienestar Infantil) por maltrato o abandono de
un menor, por no proteger a un menor o algo similar, marque las casillas
correspondientes e indique la fecha de la acción y la agencia.
Los proveedores acuerdan reportar cambios dentro de los 5 días
siguientes de la fecha en que ocurran.
46
Informe del proveedor
Use este formulario para informar cambios a la Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit o DPU). Los
cambios se deben informar dentro de los 5 días de ocurridos. Los proveedores de cuidado de niños
inscriptos o certificados por la División de Cuidado de Niños (Child Care Division o CCD) también
deberán informar los cambios a la CCD llamando al 1-800-556-6616. El informe de cambios se
puede enviar a la DPU por correo, fax o teléfono:
Fax: 503-378-1883
Teléfono: Salem: 503-378-5500 o
1-800-699-9074
DPU
P.O. Box 14850
Salem, Oregon 97309-0850
1. Fecha en que ocurrió u ocurrirá este cambio:
2. Información de identificación
Nombre del proveedor o
institución:
Teléfono:
Nº de proveedor de
DHS:
Nº de seguro social
(NSS) o de identificación
tributaria:
3. Nueva dirección postal o Nº de teléfono
Nueva dirección postal:
Ciudad:
Estado:
Cód. postal: Condado:
Teléfono:
4. Nueva dirección o Nº de teléfono donde usted brinda cuidado de niños
Nueva dirección:
Ciudad:
Estado:
Cód. postal: Condado:
Teléfono:
5. Mi nombre cambió
Nombre anterior:
Nuevo nombre:
6a. Alguien mayor de 16 años de edad se mudó a mi casa; o
6b. Alguien visita mi casa durante las horas en que cuido niños, y
tiene acceso sin supervisión a un niño que cuido.
Escriba el nombre de esa persona
Nombre de la persona:
Fecha de nacimiento:
Nº de seguro social:
Nombre de la persona:
Fecha de nacimiento:
Nº de seguro social:
Spanish DHS 7496 (03/13), recycle prior versions
47
7. Otros cambios
a.
Fui:
Arrestado(a) por un delito.
Condenado(a) por un delito.
Derivado(a) a Servicios de Protección de Niños (Child Protective Services o
CPS) del Programa de Bienestar de Niños por abuso o descuido de niños, por
no proteger a un niño, o por cualquier otro motivo por el que CPS haya tenido
que intervenir:
Fecha en que ocurrió el incidente:
Agencia policial, tribunal u oficina local de CPS (Bienestar de Niños):
b.
Alguien (nombre y apellido):
mayor de 16
años de edad que vive en mi casa o la visita fue:
Arrestado(a) por un delito.
Condenado(a) por un delito.
Derivado(a) a Servicios de Protección de Niños (Child Protective Services o
CPS) del Programa de Bienestar de Niños por abuso o descuido de niños, por
no proteger a un niño, o por cualquier otro motivo por el que CPS haya tenido
que intervenir:
Fecha en que ocurrió el incidente:
Agencia policial, tribunal u oficina local de CPS (Bienestar de Niños):
Spanish DHS 7496 (03/13), recycle prior versions
48
Reporte de abuso infantil:
el papel del proveedor
Los proveedores son informantes obligatorios
La ley del estado de Oregon requiere que personas
en ciertas profesiones, llamadas informantes
obligatorios, deben reportar abuso o abandono
infantil si tienen causa razonable para sospechar que
está ocurriendo.
Si usted es proveedor de cuidado infantil para el DHS
o está inscrito o certificado a través de la División de
Cuidado Infantil (CCD), es un denunciante obligatorio
(mandatory reporter). Los proveedores de cuidado
infantil están sujetos al reporte obligatorio de abuso
infantil bajo la Ley de Reporte de Abuso Infantil.
Debe acordar reportar el abuso infantil sospechado
al Programa de Bienestar Infantil (Child Welfare
Program) del DHS o a una agencia del orden público, de acuerdo a la ley de
Oregon, como parte de sus requisitos para ser proveedor.
La importancia de reportar el abuso
Todos tenemos la responsabilidad de proteger a aquellos que no pueden
protegerse a sí mismos. Todos los años en Oregon, el DHS recibe unas 60,000
denuncias de sospechas de maltrato/abandono infantil. El abuso o abandono
infantil se encuentra en más del 10 por ciento de dichos reportes.
No hacer un reporte es una violación a la ley y conlleva una multa máxima
de $1,000. Los informantes obligatorios que no hagan un reporte también
pueden ser demandados por daños en un tribunal civil. Sin embargo,
cualquiera que haga un reporte de buena fe basado en motivos suficientes
es inmune a la responsabilidad civil.
En otras palabras, no puede meterse en problemas por reportar abuso
infantil, pero puede meterse en problemas si no lo reporta. Más importante
aún es que puede estar ayudando a salvar la vida de un menor.
La oficina de Bienestar Infantil del Departamento de Servicios Humanos
evaluará la información que usted brinde y tomará más medidas si es
necesario. Su nombre se mantendrá confidencial. Sólo el decreto de un
tribunal puede ordenar que se divulgue el nombre de un informante.
49
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor— continuado
Como informante obligatorio, usted es una parte muy importante del sistema
para proteger a los menores. Casi tres cuartas partes de todos los reportes de
abuso infantil vienen de informantes obligatorios. Usted puede ser la única
persona fuera de la familia inmediata que ve a bebés o niños pequeños.
Usted puede ser la única persona que sabe que un niño está siendo abusado.
Nota: No es responsabilidad suya comprobar que ocurrió abuso o
abandono, ni determinar si cumple con las definiciones legalmente
reconocidas. Ese es el trabajo de investigadores profesionales u
oficiales del orden público. Su responsabilidad si lo sospecha es:
reportarlo.
Reconocimiento del abuso infantil
La ley de Oregon reconoce los siguientes tipos de abuso:
Lesión física: La ley de Oregon define el abuso físico como una lesión a un
niño que no sea accidental. La mayoría de los padres no intentan lastimar
a sus hijos, pero el abuso es definido por el efecto en el niño, no por la
motivación de los padres.
La lesión física incluye:
• Moretones, cortaduras, verdugones
• Lesiones a la cabeza
• Envenenamiento
• Fracturas, esguinces
• Quemaduras o escaldaduras
• Lesiones internas
• Descargas eléctricas
• Muerte
Lesiones sospechosas pueden incluir lesiones que:
• Tienen la forma del artículo usado (cable eléctrico, hebilla de cinturón,
etc.);
• No concuerdan con la descripción del niño de cómo ocurrieron (fractura
por caerse del sofá, etc.).
Las nalgadas que dejan marcas o moretones en un niño pueden ser abuso.
Los moretones en cualquier parte del cuerpo de un bebé son graves.
50
Abandono: El abandono es la forma más común de abuso y puede tener
efectos a largo plazo. El abandono es poner en peligro la salud y seguridad
de un niño al no proporcionar alimentos, ropa, albergue, supervisión o
atención médica adecuada.
La exposición a drogas y alcohol tiene un efecto grave en los niños. Exponer
a un niño a sustancias controladas que afectan la salud o seguridad del niño
ahora se considera como abandono físico de un menor.
El abandono también incluye exponer a un menor a actividades
ilegales, tales como:
• Motivar al menor para que participe en la venta o robo de drogas;
• Exponer a un menor al consumo de drogas por los padres;
• Motivar a un menor a consumir drogas o alcohol.
Los niños que son abandonados a menudo:
• No quieren salir de la escuela;
• Están cansados constantemente;
• Son dejados solos sin supervisión;
• Tienen necesidades físicas, emocionales o médicas sin cumplir.
Amenaza de daño: La amenaza de daño es someter a un menor a
riesgo substancial de causar daño a la salud o al bienestar del menor. El
daño substancial se define como un impedimento inmovilizador, daño
que amenaza la vida o lesión significativa o aguda al desarrollo y/o
funcionamiento físico, sexual, psicológico o mental de un menor.
Algunos ejemplos de amenaza de daño incluyen:
• Un niño que vive o es cuidado por una persona que ha sido condenada
de abuso o abandono de cualquier otro niño en el pasado;
• Un niño que nace o llega a vivir con cualquier persona que tiene un hijo
que actualmente ha sido retirado de su hogar como resultado de abuso
o abandono infantil;
• Un recién nacido cuyo cuidador principal parece no tener las aptitudes
necesarias para brindar cuidado adecuado aunque el niño no ha sufrido
daño;
• Un niño que vive con una persona que participa en pornografía infantil;
51
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor— continuado
• Comportamiento del cuidador que está fuera de control y que amenaza
la seguridad de un niño. Entre los ejemplos se hallan conducir en
estado de ebriedad con niños en el auto; un cuidador que no toma los
medicamentos que se le han recetado; el abuso de alcohol o drogas; o
un problema mental, emocional o físico.
Lesión mental: La lesión mental es un patrón continuo de rechazar,
aterrorizar, ignorar, aislar o corromper a un menor, dando como resultado
daño grave al menor.
Los niños con una lesión mental a menudo:
• Tienen trastornos del habla o del sueño;
• No crecen normalmente;
• Son muy agresivos o retraídos;
• Muestran una necesidad anormal de apoyo emocional.
La lesión mental incluye:
• Rechazar, abandonar o ridiculizar extensivamente a un niño;
• Aterrorizar a un niño al amenazarlo con castigo extremo contra el niño
o las mascotas o pertenencias del niño;
• Ignorar al niño por un tiempo no hablándole o no mostrándole interés
en sus actividades diarias (esto debe ser extremo al punto de que no
exista una relación padre-hijo entre los dos);
• Aislar a un niño al enseñarle al menor que debe evitar el contacto social
fuera de la relación de padre o madre e hijo;
• Corromper a un menor al enseñarle comportamiento inadecuado en
áreas tales como agresión, sexualidad o consumo de sustancias químicas;
• Exponer a un menor a violencia.
Abuso sexual y explotación sexual: Cualquier contacto sexual en el que
se usa a un menor para estimular sexualmente a otra persona es ilegal. Esto
puede ser cualquier cosa desde la violación hasta el manoseo hasta hacer que
un menor participe en pornografía.
El abuso sexual incluye:
• Incesto
• Violación
• Sodomía
52
• Penetración sexual
• Manoseo
• Voyerismo
• Acoso sexual
Los niños que son abusados sexualmente a menudo tienen:
• Dificultades para caminar o sentarse; dolor o comezón en el área
genital; ropa interior rasgada, manchada o con sangre;
• Malas relaciones con iguales; comportamiento fantasioso o infantil;
miedo de ser dejados a solas con alguien;
• Interés o conocimiento inadecuado de asuntos sexuales o actuarlos;
• Cualquiera de los problemas de comportamiento bajo “lesión mental”.
Las personas que abusan sexualmente a niños dependen de muchos métodos
para forzar a los niños a quedarse callados. Pueden ser sutiles, diciéndole al
niño que lo están haciendo por su propio bien o prometiéndole al niño favores
o regalos. O pueden ser más descarados, tal como un padre que le advierte a su
hija que si le dice a alguien, la familia será separada y todos la culparán a ella.
El abusador podría convencer al niño de que están al mismo nivel, que siente
un afecto especial hacia el niño y que se le echará la culpa al niño si alguien se
entera. Muchos abusadores emplean amenazas, tal como decirles a los niños
que lastimarán a sus mascotas, o seres queridos, o que sus hermanos pagarán
las consecuencias o incluso que matarán a los niños mismos si dicen algo.
Los niños necesitan de los adultos para tener cubiertas sus necesidades
básicas: comida, un lugar donde vivir, ropa, acceso a una familia y a los
seres queridos. Los abusadores deliberadamente hacen hincapié en dicha
dependencia para hacer que los niños se sometan a ellos.
Le explotación sexual es usar menores en una manera sexualmente explícita
para ganancia personal; por ejemplo, para ganar dinero, obtener estampillas
de alimentos o drogas o para obtener reconocimiento. También incluye usar
a menores en prostitución y usar a menores para crear pornografía.
Tráfico de menores: El tráfico de menores incluye comprar, vender o
intercambiar para la custodia legal o física de un menor. No se aplica a las
adopciones legítimas o planeaciones de relaciones domésticas.
Síndrome del bebé sacudido: El síndrome del bebé sacudido describe una
lesión de la cabeza causada por sostener a un niño por los brazos o tronco
53
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor— continuado
y sacudir al niño severa y repetidamente. Muchas personas no entienden
que sacudir puede causar lesión grave al cerebro, ceguera o hasta la muerte.
Las lesiones más comunes son coágulos alrededor del cerebro, hemorragias
de la retina, fracturas en la parte en desarrollo del hueso, lesión al cerebro,
moretones en las extremidades o moretones y lesión en el pecho.
¿Cómo hago un reporte?
Si piensa que un niño está siendo abusado, repórtelo a la oficina local de
Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS o a una agencia del orden público
de inmediato. La mayoría de los reportes son hechos por teléfono ya que la
ley requiere de un reporte verbal.
Por lo general las oficinas del DHS están abiertas sólo durante el horario
de atención, de 8 a.m. a 5 p.m. Cuando se hace un reporte al DHS, lo
compartimos con las agencias del orden público correspondientes y viceversa.
Usted sólo necesita reportarlo a una agencia.
Si necesita reportar abuso fuera del horario de atención o durante fines
de semana, comuníquese con la agencia local del orden público o línea
telefónica sobre abuso infantil. Se brinda una lista de números telefónicos
por condado en las páginas 55-60.
¿Qué información debo tener?
El DHS no puede responder a menos que exista una acusación específica
de abuso. Por ejemplo, “Alejandro parece retraído y callado” no es una
acusación específica de abuso. Si Alejandro llega a la escuela con moretones
en la cara y dice que un padre se los hizo, eso debería ser reportado.
Siempre ponga atención especial cuando un niño le diga que está siendo
abusado.
Mientras más información tenga, será mejor. De ser posible, brinde los
nombres y direcciones del niño y del padre; la edad del niño; el tipo y grado
del abuso; así como cualquier otra información que ayudará a establecer
la causa del abuso o identificar al abusador. Sin embargo, haga el reporte
aunque no tenga toda esa información.
Asimismo, mientras más rápido nos brinde esa información, mayores serán
las posibilidades de que podamos responder eficientemente. Por ejemplo, los
moretones y otras marcas físicas pueden desaparecer rápidamente.
54
Si necesita más información sobre el abuso y abandono infantil,
comuníquese con la oficina local de Bienestar Infantil (Child Welfare) del
DHS listada en las páginas 55-60.
Puede obtener un folleto sobre las leyes y los síntomas relacionados al abuso
al comunicarse con la oficina local de Bienestar Infantil o al visitar el portal
de Internet del DHS en www.oregon.gov/DHS/abuse/main.shtml.
Si le gustaría recibir capacitación para Reconocer y Reportar el Abuso
Infantil, comuníquese con la oficina local de la Red de Recursos y
Referencias para el Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) para
obtener más información. Vea el directorio en las páginas 65-67.
Oficinas del Departamento de Servicios Humanos para reportar
abuso infantil
Condado
Números telefónicos
dentro del horario de
atención
Horario de
atención
Números telefónicos para fuera del
horario de atención
Baker
541-523-6423 local
1-800-646-5430 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
Lun.-vier.
8 a.m. a
12 p.m.,
1 a 5 p.m.
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Baker 541-523-6415
Policía de la Ciudad de Baker 541-523-3644
Benton
541-757-5019 local
1-866-303-4643 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
Clackamas
971-673-7112 local
(línea dedicada para el
abuso infantil)
Clatsop
Columbia
Coos
Crook
1-877-302-0077 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
1-877-302-0077 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
541-756-5500 local
1-800-500-2730 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
541-693-2700 local
(línea dedicada para el
abuso infantil)
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Benton
Lun.-vier.
541-766-6858
8 a.m. a 5 p.m
Policía de Corvallis 541-766-6925
Policía de Philomath 541-929-6911
971-673-7112 local
Lun.-vier.
(línea dedicada para el abuso infantil)
8 a.m. a 5 p.m Las llamadas son enviadas a la línea del
Condado de Multnomah
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
541-756-5500 local
Lun.-vier.
1-800-500-2730 llamada gratis
8 a.m. a 5 p.m (números principales de la oficina)
Las llamadas son enviadas a Belloni Ranch
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
55
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor— continuado
Condado
Números telefónicos
dentro del horario de
atención
Horario de
atención
Curry
541-247-5437 local
(número principal de la
oficina)
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Deschutes
541-693-2700 local (línea
dedicada para el abuso
infantil)
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
541-440-3373 local
1-800-305-2903 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Douglas
541-440-4450
Policía de Myrtle Creek 541-863-5221
Lun.-vier.
Policía de Oakland 541-459-2661
8 a.m. a 5 p.m
Policía de Reedsport 541-271-2100
Policía de Roseburg 541-673-6633
Policía de Sutherlin 541-459-2211
Policía de Winston 541-679-8704
Douglas
Gilliam
Grant
Harney
Hood River
Jackson
56
541-384-4252 Oficina
de Condon; 1-800-3887787 para la oficina de
The Dalles (números
principales de las
oficinas)
1-877-877-5081 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
1-877-877-5081 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
541-386-2962 local
1-800-368-6209 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
1-866-840-2741 llamada
gratis
(línea dedicada para el
abuso infantil)
Números telefónicos para fuera del
horario de atención
Lun.-vier.
911 o Despachador de Tri-County al 5418 a.m. a 5 p.m 384-2080
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911 o
8 a.m. a 5 p.m Sheriff de Hood River 541-386-2711
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Jackson
541-774-6800
Policía de Ashland 541-488-2211
Policía de Butte Falls 541-865-3200
Policía de Central Point 541-664-5578
Lun.-vier.
Policía de Eagle Point 541-826-9171
8 a.m. a 5 p.m Policía de Gold Hill 541-855-1484
Policía de Jacksonville 541-899-7100
Policía de Medford 541-774-2200
Policía de Phoenix 541-535-1113
Policía de Rogue River 541-582-4931
Policía de Shady Cove 541-878-3200
Policía de Talent 541-535-1253
Condado
Jefferson
Josephine
Klamath
Lake
Lane
Números telefónicos
dentro del horario de
atención
541-693-2700 local (línea
dedicada para el abuso
infantil)
1-866-840-2741 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
541-883-5570 local
(número principal de la
oficina)
541-947-2273 local
1-888-811-4201 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
541-686-7555 local
1-866-300-2782 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
Lincoln
541-757-5019 local
1-866-303-4643 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
Linn
541-757-5019 local
1-866-303-4643 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
Malheur
Marion
Morrow
1-877-877-5081 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
503-378-6704 local
(línea dedicada para el
abuso infantil)
1-800-854-3508 llamada
gratis (número principal
de la oficina)
541-481-9482 local
1-800-547-3897 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
Horario de
atención
Números telefónicos para fuera del
horario de atención
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
911 o agencia del orden público local:
Lun.-vier.
Sheriff de Josephine 541-474-5129
8 a.m. a 5 p.m
Grants Pass 541-474-6370
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Lincoln
Lun.-vier.
541-563-3600
8 a.m. a 5 p.m Policía de Lincoln City 541-994-3636
Policía de Newport 541-574-3348
Policía de Toledo 541-336-5555
911 o agencia del orden público local:
Sheriff del Condado de Linn 541- 967-3950
Lun.-vier.
Policía de Albany 541-917-7680
8 a.m. a 5 p.m
Policía de Lebanon 541-451-1751
Policía de Sweet Home 541-367-5181
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
57
Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor— continuado
Condado
Multnomah
Polk
Sherman
Tillamook
Umatilla
Union
Wallowa
Wasco
58
Números telefónicos
dentro del horario de
atención
Horario de
atención
503-731-3100 local
1-800-509-5439 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
503-731-3100 local
Los 7 días de 1-800-509-5439 llamada gratis
la semana, las (líneas dedicadas para el abuso infantil)
24 horas del
Las llamadas son enviadas al centro
día
infantil Children’s Receiving Center las
noches de los viernes y sábados
503-378-6704 local
Oficina de Marion
(línea dedicada para el
abuso infantil)
1-800-854-3508
llamada gratis
Oficina de Marion
(número principal de la
oficina)
541-384-4252 local
Oficina de Condon
1-800-388-7787 llamada
gratis Oficina de The
Dalles (números
principales de la oficina)
1-877-302-0077 llamada
gratis (línea dedicada
para el abuso infantil)
541-481-9482 local
1-800-547-3897 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
541-963-8571 local
1-888-278-4411 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
541-426-4558 local
1-866-538-5804 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
541-298-5136 local
1-800-388-7787 llamada
gratis (números
principales de la oficina)
Números telefónicos para fuera del
horario de atención
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
Lun.-vier.
911 o
8 a.m. a 5 p.m Despachador de Tri-County 541-384-2080
Lun.-vier.
911
8 a.m. a 5 p.m
911 o
Lun.-vier.
Despachador de la Ciudad y/o del
8 a.m. a 5 p.m
Condado 541-966-3650 opción 7
911 o agencia del orden público local:
Lun.-vier.
Sheriff del Condado de Union
8 a.m. a 5 p.m
541-963-1017
911 o
Lun.-vier.
Sheriff del Condado de Wallowa
8 a.m. a 5 p.m
541-426-3131
911 o
Lun.-vier.
Sheriff del Condado de Wasco al
8 a.m. a 5 p.m
541-296-5454
Condado
Washington
Wheeler
Yamhill
Números telefónicos
dentro del horario de
atención
503-681-6917 local
(línea dedicada para el
abuso infantil)
1-800-275-8952 marque
1, llamada gratis (número
principal de la oficina)
541-384-4252 local
Oficina de Condon
1-800-388-7787 llamada
gratis Oficina de The
Dalles (números
principales de la oficina)
503-472-4634 local
1-800-822-3903 llamada
gratis (número principal
de la oficina)
Horario de
atención
Números telefónicos para fuera del
horario de atención
503-681-6917 local
(línea dedicada para el abuso infantil)
Lun.-vier.
1-800-275-8952 marque 1, llamada gratis
8 a.m. a 5 p.m (número principal de la oficina)
Las llamadas son enviadas a la línea del
Condado de Multnomah
Lun.-vier.
911 o
8 a.m. a 5 p.m Despachador de Tri-County 541-384-2080
911 o agencia del orden público local:
Comunicaciones de Yamhill (despachador
Lun.-vier.
para la Oficina del Sheriff de McMinnville,
8 a.m. a 5 p.m Amity, Yamhill, Carlton, Willamina,
Dayton, y Sheridan) 503-434-6500
Policía de Newberg-Dundee 503-538-8321
Los proveedores acuerdan reportar el abuso infantil
al Bienestar Infantil o a una agencia del orden público.
59
Prevención de enfermedades:
el papel del proveedor
Prevención de la propagación de enfermedades infecciosas
Usted juega un papel importante como proveedor de cuidado infantil.
los gérmenes y virus pueden propagarse fácilmente en grupos de niños.
Puede ayudar a prevenir enfermedades en su establecimiento de cuidado
infantil al tomar las precauciones siguientes. Para recibir más información,
comuníquese con el departamento de salud local o con la oficina local de
CCR&R. Ellos tienen folletos y videos disponibles.
1. Excluya a los niños del cuidado infantil quienes están obviamente
enfermos.
Las reglas de la División de Salud Pública de Oregon (OAR 333-019-0010)
requieren que un niño con una “enfermedad restringible del cuidado
infantil” sea excluido de un establecimiento de cuidado infantil mientras la
enfermedad sea contagiosa.
Entre los ejemplos de enfermedades que pueden restringirse en entornos de
cuidado infantil se hallan, aunque no de forma exclusiva: varicela, giardiasis,
meningitis, paperas, sarampión, tuberculosis, piojos y sarna.
Asimismo, la División de Salud Pública de Oregon recomienda enfáticamente
que los niños con diarrea y vómitos incontrolables, conjuntivitis purulenta
(secreción de los ojos), fiebre (temperatura oral por sobre 101 grados F)
y/o impétigo (una infección contagiosa de la piel) sean excluidos de las
instalaciones mientras los síntomas estén presentes.
Existe más información disponible de parte del departamento de salud
del condado (Vea el directorio telefónico o busque en línea los números
telefónicos locales).
2. Lávese las manos y lave las manos de los niños frecuentemente.
Lavarse las manos es la cosa más importante que puede hacer para evitar la
propagación de gérmenes. Siempre lávese las manos con agua tibia y jabón y
séquelas con una toalla de papel en lugar de usar una toalla de tela. Anime
a los niños bajo su cuidado para que hagan lo mismo y ayúdeles a hacerlo
correctamente.
60
Recuerde lavarse las manos:
• Después de cambiar un pañal;
• Antes de manipular alimentos;
• Antes de alimentar a un bebé o párvulo;
• Después de limpiar una nariz;
• Después de tocar mascotas.
3. Limpie los derrames de líquidos corporales.
El derrame de líquidos o productos corporales como sangre, heces,
secreciones nasales y oculares, saliva, orina y vómito deben limpiarse
de inmediato. Use guantes a menos que el líquido pueda ser contenido
fácilmente por el papel o trapo que use para limpiarlo. Tenga cuidado para
evitar que cualquier parte del líquido corporal o del producto que esté
limpiando entre en contacto con sus ojos, nariz, boca o cualquier herida
abierta que pueda tener.
Limpie y desinfecte cualquier superficie, tal como repisas y pisos, en los
que se hayan derramado los líquidos corporales. Descarte el material
contaminado en una bolsa de plástico que haya sido bien sellada. Los
trapeadores que se usen para limpiar líquidos corporales deben (1) limpiarse,
(2) enjuagarse con una solución desinfectante, (3) exprimirse lo más posible
y (4) colgarse para que se sequen completamente. Asegúrese de lavarse las
manos completamente.
4. Desinfecte las superficies con una solución de lejía todos los días.
Los gérmenes pueden propagarse en cualquier superficie. Los juguetes
compartidos, las repisas, los asientos del inodoro, las perillas de puertas, los
lavabos y fregaderos deben ser desinfectados de manera segura con una
solución de lejía (blanqueador) para matar gérmenes. Mezcle una solución
de una cucharada de lejía por cada galón de agua y manténgala a la mano
en una botella con atomizador. La solución de lejía debe prepararse a diario.
Asegúrese de desinfectar las superficies siguientes con la
solución de lejía:
• Juguetes de superficie dura;
• Superficies donde se cambian pañales;
• sientos de inodoro;
• Llaves de agua, lavabos y fregaderos.
61
Prevención de enfermedades: el papel del proveedor — continuado
5. Asegúrese de que todos los niños en el cuidado infantil estén
vacunados.
Tenga en sus archivos un registro de vacunación de Oregon completado y
actualizado, llamado Certificado de Estado de Vacunación (Certificate of
Immunization Status: CIS), para cada niño bajo su cuidado.
Las vacunas del niño pueden no estar completas dependiendo de la edad del
niño y de la programación de vacunas. Usted es responsable de avisarle a los
padres cuando es hora de recibir una dosis y de pedirle al padre que registre
las nuevas dosis en el certificado CIS y pedirle que lo firme y feche.
Puede encontrar los certificados CIS y ayuda en el departamento de salud
local del condado (vea el directorio telefónico para los números telefónicos
locales del condado). Esta información es facilitada por la División de Salud
Pública de la Autoridad de Salud de Oregon.
Vacunas obligatorias para los niños bajo cuidado
La ley estatal de Oregon requiere que los niños que asisten a la escuela, a
la preescolar, al programa de Head Start o a un establecimiento de cuidado
infantil estén vacunados o estén en el proceso de completar su programa
de vacunación. Las vacunas infantiles empiezan al nacer y continúan hasta
la adolescencia. Si se salta una vacuna, el niño no tiene que empezar el
programa de nuevo, sólo necesita actualizarse en sus vacunas. Si tiene
un niño mayor que está retrasado en sus vacunas o que nunca ha sido
vacunado, hable con su doctor o con el departamento de salud para el
programa recomendado para dicho niño. (Vea el programa de vacunación
recomendado a continuación).
Programa de vacunación infantil recomendado para 2009
Vacuna
Edad
Hepatitis B
Rotavirus
Difteria, Tétano, tos ferina
Haemophilus influenzae tipo b
HepB
HepB
RV
DTaP
Hib
RV
Hib
PCV
Virus de la polio inactivado
IPV
IPV
Varicela
Hepatitis
Meningocócica
4–6
años
RV
DTaP
DTaP DTaP
PCV
Sarampión, paperas, rubéola
2–3
años
HepB
Neumocócica
Influenza
62
Naci2
4
6
12
15
18
19 – 23
miento 1 mes meses meses meses meses meses meses meses
Hib
Hib
PCV
PCV
IPV
Influenza (anualmente)
MMR
Varicella
HepA (2 dosis)
DTaP
PPSV
IPV
MMR
Varicella
Serie HepA
MCV
Rango de
edades
recomendadas
para todos los
menores excepto
ciertos grupos de
alto riesgo
Rango de edades
recomendadas
para ciertos
grupos de alto
riesgo
Vacuna
Edad
7 – 10 años
11 – 12 años
13 – 18 años
Tdap
Tdap
HPV (3 dosis)
Serie de HPV
MCV
MCV
Tétano, difteria, tos ferina
Virus del papiloma humano
MCV
Meningocócica
Influenza
Influenza (anualmente)
PPSV
Neumocócica
Hepatitis A
Serie de HepA
Hepatitis B
Serie de HepB
Serie de IPV
Virus de la polio inactivado
Sarampión, paperas, rubéola
Serie de MMR
Varicela
Serie de Varicela
Rango de edades
recomendadas
para todos los
menores excepto
ciertos grupos de
alto riesgo
Rango de edades
recomendadas
para vacunas de
actualización
Rango de edades
recomendadas
para ciertos
grupos de alto
riesgo
NOTA: Las edades recomendadas son flexibles y algunos doctores pueden usar programas ligeramente
diferentes.
DTaP
Difteria, tétano y tos ferina
Hep A
Hepatitis A
Hep B
Hepatitis B
Hib H. Influenza Tipo B
HPV
Papiloma humano (VPH)
IPV
Virus de la polio inactivado
MMR Sarampión, paperas y rubéola
MCV 4
Meningocócica
PCV
Pneumocócica
Rota
Rotavirus
Tdap Tétano, difteria y tos ferina (para siete años de edad y más)
Var
Varicela
Para recibir ayuda para vacunar a un niño, comuníquese con un doctor
o con el coordinador de vacunaciones del departamento de salud del
condado local en su área. Busque en el directorio telefónico el número del
departamento de salud local o llame al 1-800-SAFENET (1-800-723-3638) para
información sobre las ubicaciones de clínicas.
63
Recursos y otra información
Servicios de recursos y
referencias para el cuidado
infantil
El DHS contrata a agencias locales de
Recursos y Referencias para el Cuidado
Infantil (Child Care Resource and
Referral) para que brinden servicios a los
proveedores y padres.
Dichas agencias son una fuente de
información sobre el programa de Cuidado Infantil del DHS y ayudan a
las familias a encontrar cuidado infantil. También pueden ayudar a los
proveedores con preguntas de facturación y pagos del DHS.
Las agencias de Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil (Child Care
Resource and Referral: CCR&Rs) locales con frecuencia pueden brindar los
servicios siguientes:
• Información sobre servicios disponibles a los proveedores de cuidado
infantil;
• Información sobre el Programa de Alimentación del Cuidado Infantil del
Departamento de Agricultura de Estados Unidos (U.S. Department of
Agriculture: USDA);
• Capacitación, tal como resucitación cardiopulmonar y primeros auxilios;
desarrollo infantil; seguridad e higiene; prácticas comerciales; etc.;
• Grupos de apoyo para que proveedores de cuidado infantil se reúnan y
platiquen sobre problemas comunes;
• Orientación sobre problemas del cobro de pagos de las familias;
• Ayuda con el sistema de facturación y pagos del DHS.
En las siguientes páginas se muestra una lista de las agencias de CCR&R
locales que brindan dichos servicios.
64
Oficinas de recursos y referencias para el cuidado infantil
Condado
Agencia y dirección
Números telefónicos
Oficina de la Red
(Network Office)
Oregon Child Care Resource and Referral
Network
805 Liberty St. NE Suite 2
Salem OR 97301
503- 375- 2644,
1-800-342-6712
Baker
Child Care Resource & Referral
1575 Dewey Ave
Baker City, OR 97814
541-523-7838,
1-800-956-0324
Benton
Family Connections
6500 SW Pacific Blvd
Albany, OR 97321
541-917-4899,
1-800-845-1363
Clackamas
Child Care Resource & Referral
13455 SE 97th Ave
Clackamas, OR 97015
503-675-4100,
1-866-371-4373
Clatsop
Family Care Connection
Clatsop County Extension Office
2001 Marine Drive room 210
Astoria, OR 97103
503-325-1220
1-877-333-4960
Columbia
Child Care Resource & Referral
1001 SW Baseline
Hillsboro, OR 97123
971-223-6100,
1-800-624-9516
Coos
CARE Connections
1988 Newmark
Coos Bay, OR 97420
541-888-7957
1-800-611-7555
Crook
Neighbor Impact Child Care Resources
2303 SW First St, Suite A
Redmond, OR 97756
541-548-2380 x118
o x121,
1-888-298-2672
Curry
Care Connections
Curry County Office
Hanscam Center
16399 Lower Harbor Rd.
Harbor, OR 97415
1-800-419-1371 x 224
Deschutes
Neighbor Impact Child Care Resources
2303 SW First St, Suite A
Redmond, OR 97756
541-548-2380 x118
o x121,
1-888-298-2672
Douglas
Lane Family Connections -LCC
4000 E 30th Ave, Bldg 24
Eugene, OR 97405
541-463-3954,
1-800-222-3290
Gilliam
Child Care Partners
400 E Scenic Dr.
The Dalles, OR 97058
541-506-6131,
1-800-755-1143
Grant
Child Care Resource & Referral
120 Washington St.
Canyon City, OR 97820
541-575-0251,
1-800-956-0324
65
Recursos y otra información— continuado
Condado
Agencia y dirección
Números telefónicos
Harney
Child Care Resource & Referral
90 W Washington
Burns, OR 97720
541-573-6676,
1-800-895-0641
Hood River
Child Care Partners
400 E Scenic Dr
The Dalles, OR 97058
541-506-6131,
1-800-755-1143
Jackson
Child Care Resource Network of
Southern Oregon
673 Market St.
Medford, OR 97504
541-842-2610,
1-800-866-9034
Jefferson
Neighbor Impact Child Care Resources
2303 SW First St, Suite A
Redmond, OR 97756
541-548-2380 x118
o x121,
1-888-298-2672
Josephine
Child Care Resource Network of
Southern Oregon
673 Market St.
Medford, OR 97504
541-842-2610,
1-800-866-9034
Klamath
Child Care Resource Network of
Southern Oregon
Klamath and Lake Office
403 Pine Street
Klamath Falls, OR 97601
541-882-2308
1-800-866-9034
Lake
Child Care Resource Network of
Southern Oregon
Klamath and Lake Office
403 Pine Street
Klamath Falls, OR 97601
541-882-2308
1-800-866-9034
Lane
Family Connections
of Lane & Douglas Counties – LCC
4000 E 30th Ave, Edificio 24
Eugene, OR 97405
541-463-3954,
1-800-222-3290
Lincoln
Family Care Connection
29 SE Second St.
Newport, OR 97365
541-265-2558,
1-800-603-2728
Linn
Family Connections
6500 SW Pacific Blvd.
Albany, OR 97321
541-917-4899,
1-800-845-1363
Malheur
Child Care Resource & Referral
375 SW 2nd Ave.
Ontario, OR 97914
541-889-0985
1-800-956-0324
Marion
Child Care Information Service
2475 Center St NE
Salem, OR 97301
503-585-2491,
1-800-289-5533
66
Condado
Agencia y dirección
Números telefónicos
Morrow
Child Care Resource & Referral
110 NE 4th Street
Hermiston, OR 97838
541-564-6878,
1-800-559-5878
Multnomah
CCR&R of Multnomah County
4510 NE 102nd Ave
Portland, OR 97220
503-491-6224,
1-866-227-5529
Polk
Child Care Information Service
2475 Center St NE
Salem, OR 97301
503-585-2491,
1-800-289-5533
Sherman
Child Care Partners
400 E Scenic Dr.
The Dalles, OR 97058
541-506-6131,
1-800-755-1143
Tillamook
Family Care Connections
Oficina de Extensión del Condado de
Clatsop
2001 Marine Drive, Room 210
Astoria, OR 97103
503-325-1220
1-877-333-4960
Umatilla
Child Care Resource & Referral
110 NE 4th St
Hermiston, OR 97838
541-564-6878,
1-800-559-5878
Union
Child Care Resource & Referral
1916 Island Ave.
LaGrande, OR 97850
541-963-7942,
1-800-956-0324
Wallowa
Child Care Resource and Referral
104 Litch St.
Enterprise, OR 97828
541 426-3149
1-800-956-0324
Wasco
Child Care Partners
400 E Scenic Dr.
The Dalles, OR 97058
541-506-6131,
1-800-755-1143
Washington
Child Care Resource & Referral
1001 SW Baseline
Hillsboro, OR 97123
971-223-6100,
1-800-624-9516
Wheeler
Child Care Partners
400 E Scenic Dr.
The Dalles, OR 97058
541-506-6131,
1-800-755-1143
Yamhill
Child Care Information Service
2475 Center St NE
Salem, OR 97301
503-585-2491,
1-800-289-5533
67
Recursos y otra información— continuado
Educación de nutrición
y reembolsos de parte
del Departamento
de Agricultura de
Estados Unidos
(U.S. Department of
Agriculture: USDA)
Los proveedores listados con
el DHS pueden calificar para
recibir educación de nutrición
y reembolsos de parte del
USDA para comidas dadas a
los niños bajo cuidado. Los
proveedores deben tener
18 años de edad como mínimo, brindar el cuidado en su propia vivienda,
preparar los alimentos de los niños y satisfacer los criterios del USDA.
Una vez que se inscriba en el programa, un representante del programa
lo capacitará sobre cómo servir comidas del USDA de acuerdo a las
pautas del USDA y cómo mantener un control de las comidas que sirve.
También lo capacitarán en cómo tener un control de los niños a quienes
sirve, incluyendo sus horas de llegada y salida. Entonces usted enviará su
documentación a su patrocinador al final del mes y recibirá un cheque de
reembolso con base en el número de comidas calificadas reclamadas.
Los niños necesitan comer alimentos con los nutrientes correctos para poder
estar sanos, crecer como deben y aprender buenos hábitos de alimentación
que les durarán toda la vida. Comer los alimentos correctos también les
ayudará a desempeñarse bien en la escuela. Al servirles alimentos nutritivos
y sabrosos, aprenderán a apreciar la gran variedad de opciones de alimentos
saludables disponibles.
Para empezar, una vez que haya completado el proceso para estar listado
como un proveedor de cuidado infantil familiar del DHS, comuníquese
con el patrocinador del Programa de Alimentos del Cuidado Infantil y de
Adultos (Child and Adult Care Food Program) del USDA en su área. La
siguiente tabla lista los patrocinadores, sus números telefónicos y en dónde
están ubicados. Los patrocinadores sirven al condado donde están ubicados
y a algunos condados adyacentes.
68
Lista de Patrocinadores del Departamento de Agricultura de
Estados Unidos (USDA)
Encuentre su condado en la columna de en medio para encontrar al
patrocinador del USDA en su área. Nota: algunos condados son servidos por
más de un patrocinador.
Patrocinador
Condados servidos
Número telefónico
American Red Cross
(Personal bilingüe en español)
Benton, Lane, Lincoln, Linn
541-344-5244
1-866-424-1957
Child Care Development
Services, Inc
(Personal bilingüe en español,
ruso y vietnamita)
Clackamas, Columbia, Marion,
Multnomah, Washington, Yamhill
503-489-2509
1-800-695-6988 ext 2509
Crook-Deschutes-Jefferson Child Crook, Deschutes, Harney, Jefferson
Care Council
(Personal bilingüe en español)
541-389-5122
Jackson-Josephine 4-C Council
Jackson, Josephine, Klamath, Lake
541-779-7857
Mid-Columbia Community
Action Council
(Personal bilingüe en español)
Hood River, Sherman, Wasco
541-298-5131
Northwest Nutrition Service, Inc. Clackamas, Clatsop, Columbia, Hood
503-653-7626
(Personal bilingüe en español,
River, Marion, Multnomah, Polk,
1-800-600-6058
chino, vietnamita y ruso)
Tillamook, Wasco, Washington, Yamhill
Nutrition First
(Personal bilingüe en español y
ruso)
Benton, Lincoln, Linn, Marion, Polk,
Tillamook, Yamhill
503-581-7563
1-800-288-6368
Oregon Child Development
Coalition
(Personal bilingüe en español)
Jackson, Josephine
541-770-5893
1-877-207-5850
Southwestern Child and Adult
Care Food Program
(Personal bilingüe en español)
Coos, Curry
541-888-7096
1-800-962-2838 ext 7096
United Community Action
Network
Douglas
541-672-7004
1-800-947-1206
69
Recursos y otra información— continuado
Children, Adults and Families
Planilla de pago de cuidado de niños
Llene esta planilla para calcular los costos de cuidado de niños para una familia.
Paso 1:
Escriba la cantidad total que usted cobra por el mes.
(Si cobra por hora, multiplique la cantidad que cobra por
hora por el número de horas para obtener el costo
mensual.)
Costo mensual $
Paso 2:
Reste la tarifa máxima del Departamento de Servicios
Humanos (DHS). Los límites máximos de tarifas de DHS se
encuentran el la Guía para Proveedores de Cuidado de
Niños (DHS 7492) y en la Guía para Padres sobre Cuidado
de Niños (DHS 7478).
(Use la tarifa de la columna para el número de horas
autorizado por DHS.)
Reste el pago de
DHS $
Subtotal:
Ésta es la diferencia entre lo que usted cobra y lo que paga
DHS. Si usted cobra menos de lo que paga DHS, ponga “0”
en esta línea.
Subtotal $
Paso 3:
Sume la cantidad del copago de la familia que está impresa
en el formulario de cobro. Si la familia no tiene copago,
ponga “0” en esta línea.
Esta cifra es un cálculo aproximado de la cantidad que
usted tendrá que cobrarle a la familia.
Sume el copago $
SU TOTAL $
Llame a la Agencia local de Recursos y Referencias para el Cuidado de Niños (CCR&R) o a la
Unidad de Pago Directo (DPU) si tiene preguntas sobre esta planilla.
Child Care Payment Worksheet
70
Spanish DHS 7492W (1/08)
72
71
Fecha: May 31
FEIN: 12-3456789
Pagado por: S.A. Smith
Por: Joey Smith
Fechas del cuidado infantil: 5/1 - 5/31
Monto: Cuatrocientos veinticinco dólares
$425.00
Método de pago: Cheque #1116
Recibido por: Judy Jones
Firma: Judy Jones
Su Centro de Niños
Julia Pérez, Propietaria
123 Nuestra Calle, Ciudad OR 97000
503-555-1212
Muestra de un recibo:
•Elnombrecompletodelmenor;
•Elperiodoenelquesebrindóelcuidadoinfantil;
•Elnombredelapersonay/oagenciagubernamentalquehizoelpago;
•Sunombrecompleto,direcciónynúmero
telefónicodiurno;
•Sunúmerodeidentificacióntributaria(SSN,
FEIN,oITIN);
•Cantidaddelcuidadoinfantilpagada;
•Métododepago(efectivo,cheque,etc.);y
•Fechadelpago.
Los recibos y las declaraciones de fin de año que
proporcione a los padres de su cuidado infantil
deben mostrar:
Necesita proporcionar a los padres de su cuidado
infantil un recibo cada vez que paguen por sus
servicios. Asimismo, debe mantener un control de
la cantidad que paga cada padre a lo largo del año
y expedir una declaración de fin de año para cada
menor.
¿Qué necesito darle a los padres de mi
cuidado infantil para ayudarles a calificar
para recibir el crédito?
Spanish 150-101-461 (Rev. 06-09)
Ley de Norteamericanos con Discapacidades
(Americans with Disabilities Act: ADA): Llame a uno
de los números de ayuda antes mencionados para
recibir información en formatos diferentes.
TTY (para personas con problemas del oído o del
habla, máquina solamente):
EnSalemofueradeOregon ........... 503-945-8617
Llamada gratis desde un prefijo de Oregon
.......................................................... 1-800-886-7204
Asistencia en español:
EnSalemofueradeOregon ........... 503-378-4988
Gratis de prefijo de Oregon.......... 1-800-356-4222
Teléfono:
Salem .................................................. 503-378-4988
Llamada gratis desde un prefijo de Oregon
.......................................................... 1-800-356-4222
VisitenuestroportaldeInternetparadescargar
formasdeimpuestosdeOregonyelAnexoWFC,
yparaaveriguarmássobreelcréditoporcuidado
infantil para familias trabajadoras.
www.oregon.gov/DOR
Para más información
Información para
Proveedores de Cuidado
Infantil
Oregon
Crédito por Cuidado
Infantil para Familias
Trabajadoras de
72
73
* “Ingreso del trabajo” e “ingreso por inversiones” tienen
el mismo significado para este crédito como para el crédito
por ingreso del trabajo federal. Las cantidades cambian cada
año y pueden encontrarse en el folleto de instrucciones del
impuesto sobre el ingreso de Oregon.
•Pagadosparaelcuidadodelhijocalificadodel
padre;
•Pagadosaalguienquenoseaelpadre,madre,
tutor legal o familiar del padre, padrastro,
madrastra, hermanastro o hermanastra menor de
19años;y
•Pagadosparapermitirlealpadre[yasucónyuge
oparejadomésticaregistrada(registereddomesticpartner:RDP)]trabajaroasistiralaescuela
almenosmediotiempooelpadre(oelcónyuge
oRDPdelpadre)estáexentodeesterequisito
debido a una discapacidad calificada y presenta
unaFormaWFC-DP.
Luego, el padre debe tener gastos de cuidado infantil
calificados. Los gastos calificados son:
1.Elpadredebetenerunacantidadmínimade
ingresos del trabajo.*
2.Elpadretambiéndebetenermenosdelacantidad
máxima de ingresos por inversiones.*
3.Elpadretambiéndebeteneruningresobruto
ajustadoqueseamenosdeloslímitesconbaseal
tamaño de su hogar.
Primero, el padre de familia debe cumplir con las
pruebas de ingresos:
¿Cómo pueden calificar los padres de
mi cuidado infantil para reclamar este
crédito?
•Gastosdecuidadoinfantilcalificados;
•Elnúmerodepersonasqueformanlafamilia
(tamañodelhogar);y
•Elingresobrutoajustadofederaldel
contribuyente.
Elcréditoporcuidadoinfantilparafamilias
trabajadorasdeOregonesuncréditotributario
reembolsable para familias trabajadoras de bajos
ingresos.Elcréditoestábasadoen:
¿Qué es el crédito por cuidado infantil
para familias trabajadoras de Oregon?
PuededescargarunasolicituddelportaldeInternet
delIRSenwww.irs.gov.Unavezqueseleasignesu
número,notendráqueusarsuSSNenlosrecibos.
Sileincomodacompartirsunúmerodesegurosocial
con los padres de su cuidado infantil, presente una
solicitudpararecibirunFEIN.Puedeusardicho
númeroenlosrecibosqueentreguealospadresde
su cuidado infantil. Puede presentar una solicitud
paraunFEINaunquenotengaempleados.
¿Qué ocurre si no quiero compartir mi
número de seguro social con los padres
de mi cuidado infantil?
Parareclamarestecrédito,lospadresdesucuidado
infantil necesitarán recibos de usted al momento
delpago.Losrecibosnecesitanincluirelnúmerode
segurosocial(SSN)deustedoelnúmerofederalde
identificacióndeempleador(FEIN).(Vea la muestra de
un recibo en el panel interior).
Estosrequisitosseexplicanenelfolletode
impuestos sobre el ingreso de Oregon y en www.
oregon.gov/DOR.
•Esdeclaradocomodependienteenladeclaración
deimpuestosfederaldelpadre;o
•Podríahabersidodeclaradocomodependienteen
la declaración de impuestos del padre excepto que
el padre con patria potestad otorgó la excepción
del menor al otro padre bajo un decreto de divorcio o manutención separada o una declaración
escritatalcomolaFormafederal8332;y
•Elmenorproporcionómenosdeunamitaddesu
propia manutención para el año impositivo.
Y
•Teníamenosde13años;O
•Calificóparaelcréditodeexenciónadicionalpara
una niño con una discapacidad.
Unhijocalificadobajoelcréditoporcuidadoinfantil
parafamiliastrabajadorasdeOregonesel(la)hijo(a)
delpadreotutorlegal,hijastro(a),nieto(a),nieto(a)
político(a),hermano(a),hermanastro(a),sobrino(a),
sobrino(a)político(a),ohijo(a)decuidadotemporal
quien:
¿Qué es un “hijo calificado”?
•Colegiaturadeescuelapúblicaoprivadaentreel
kindergartenyeldoceavogrado;
•Clasesdenatación,danzaogimnasia;
•Campamentoresidencial;
•Clasesdeidiomas;
•Cuidadoinfantilpagadoporunaagenciadeasistenciafederaloestatal;
•Cuidadoinfantilpagadoporalguienquenoseael
padre;o
•Cuidadoinfantilpagadocuandoel(los)padre(s)
del menor no estaban trabajando ni asistiendo a la
escuela.
Los gastos del cuidado infantil que califican no
incluyen los montos pagados para que el hijo calificado del padre asista a la escuela o por actividades.
Ejemplosdegastosquenocalificanson:
Gastos del cuidado infantil que no califican
Sí.Necesitaproporcionarunadeclaracióndefindeaño
a los padres de su cuidado infantil aunque no le hayan
pagadototalmente.Sinembargo,sólomuestrelas cantidades que en realidad pagaron durante el año.
Los padres de mi cuidado infantil todavía
me deben dinero por cuidar a sus hijos.
¿Tengo que darles una declaración de fin
de año?
Identifiquequién(personaoagenciagubernamental)
hizoel(los)pago(s)encadareciboydeclaraciónde
fin de año.
¿Qué ocurre si alguien más paga el
cuidado infantil?
Sinotieneunnúmerodesegurosocial,presenteuna
solicitudparaunnúmerodeidentificaciónpersonal
delcontribuyente(individual taxpayer identification
number:ITIN).Elnúmeronoleautorizatrabajar,
peroesútilparaprepararartículosrelacionadosa
impuestos, tal como los recibos por cuidado infantil.
UselaFormafederalW-7parasolicitarunITIN.La
formaestádisponibleenelportaldeInternetdelIRS
en www.irs.gov.
¿Qué ocurre si no tengo un número de
seguro social?
Attendance Log
3
4
5
6
7
8
9 10 11
12 13 14
15 16 17
18 19 20
▼
▼
▼
DHS 7471 (3/99)
21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31
Monthly Total
Time
In
Time
Out
Daily
Total
Time
In
Time
Out
Child’s Name:
Daily
Total
2
Monthly Total
Time
In
Time
Out
Time
In
Time
Out
Child’s Name:
Daily
Total
Time
In
Time
Out
Time
In
Time
Out
Child’s Name:
1
Provider Name:_______________________
Month__________________Year________
Be sure to include A.M. and P.M.
School children may have two “in” and “out” times. Do not bill for hours when child is in school.
Monthly Total
73
Sitios Web
Programa de Cuidado Infantil del Departamento de Servicios
Humanos:
www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml
Centro para el Desarrollo Profesional de Oregon (Registro de
Oregon)
www.centerline.pdx.edu
Reglas de las verificaciones de antecedentes:
www.oregon.gov/dhs/chc
División de Cuidado Infantil del Departamento de Empleo de
Oregon:
www.oregon.gov/EMPLOY/CCD/
Capacitación para el Cuidado Infantil de Oregon
www.oregonchildcaretraining.org
Red de Recursos y Referencias para el Cuidado Infantil de
Oregon
www.oregonchildcare.org
AFSCME Consejo 75
www.oregonafscme.com
SEIU Local 503
www.seiu503.org
75
Oregon Department
of Human Services
De solicitarse, este documento se facilitará en otros formatos
a personas con discapacidades o en otros idiomas a parte
del inglés para las personas con un nivel limitado de inglés.
Para solicitar este documento en otro formato o idioma,
comuníquese con la Sección de Publicaciones y Diseño al
503-378-3486, 711 para personas con problemas auditivos
(TTY) o envíe un mensaje por correo electrónico a
[email protected].
SP DHS 7492 (Rev. 10/2013)

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