Asociación de REALTORS® de Iowa
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Página 1 de 4 DIVULGACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE AGENCIA/POLITICA Asociación de REALTORS® de Iowa Formularios en Español/Inglés Estos formularios han sido creados para la conveniencia de los partidos hispanohablantes al contrato. Estos formularios han sido traducidos de la versión en inglés y son diseñados para tener el mismo intento y significado dentro de la versión español. Sin embargo, los dialectos diferentes de español y las traducciones variarán. Aunque esta traducción de inglés a español es creído como una traducción exacta, no hace ninguna garantía o representación a la exactitud o fiabilidad de la versión de español. Por eso, en el evento de una disputa del significado o intención del idioma de los formularios, los dos partidos consienten que la versión de inglés guiará. Se anima a las personas que incorporan el contrato que busquen la traducción profesional y el consejo legal antes de firmar cualquier documento. ________ Iniciales del (los) Comprador(es) ________ Iniciales del (los) Vendedor(es) SAMPLE Página 2 de 4 DIVULGACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE AGENCIA/POLITICA REQUERIDO PARA TODAS LAS TRANSACCIONES (debe ser presentado en la conveniencia más temprana posible – tiene que ser firmado por el Vendedor o el Comprador antes de hacer o revisar una oferta) Cuando usted entra en una discusión con un Corretaje de los bienes raíces con respecto a una transacción de los bienes raíces, usted debe entender como el Corretaje está representando cada partido en la transacción. Lo que es más importante es que usted deba entender cómo esa relación con la agencia afecta su relación con el concesionario. El término "corredor" más abajo se referirá: (Corretaje/Firma) ________________________________________________ , y concesionarios afiliados del Corretaje (corredores y vendedores). El término "Dueño" y/o "Vendedor" más abajo referirá al vendedor, al propietario o al cedente. El término "Comprador" más abajo referirá al comprador, al arrendatario o al cesionario. Un "cliente" es un partido de una transacción que tenga un acuerdo de agencia con un corredor para los servicios del corretaje. Un "Consumidor" significa alguien que no está siendo representado por un concesionario pero para quién el concesionario puede realizar actos ministeriales. A. LOS TIPOS DE REPRESENTACIÓN DE LA AGENCIA Y LA POLÍTICA EL CORREDOR PUEDEN ELEGIR DEBAJO DE CADA UNO. Antes de que el comprador o el dueño dé información confidencial ellos deben entender que una variedad de opciones de representación existe en transacciones de los bienes raíces. Debajo está una lista de las opciones de representación disponible y la política el Corretaje puede elegir en referencia de cada uno. El Corretaje proporcionará un acuerdo separado estableciendo que tipo de relación con la agencia está ofreciendo al Comprador o al Dueño. El Corretaje "ha marcado" la(s) caja(s) apropiada(s) para la política que aplica al Corretaje: 1. AGENCIA DEL VENDEDOR INDIVIDUAL. La agencia del vendedor individual existe cuando el Corretaje y el Dueño entran en un "acuerdo del listado exclusivo" de los bienes raíces y la propiedad es vendida a un "Consumidor" o por una otra compañía de los bienes raíces. La política del Corretaje y los concesionarios afiliados es representar el Dueño como "Cliente" en este caso. En una agencia del vendedor individual, el Corredor no representa el Comprador en la transacción también. SAMPLE 2. AGENCIA INDIVIDUAL DEL COMPRADOR. La agencia del comprador individual existe cuando el Corretaje y el Comprador entran en "un Acuerdo de Agencia del Comprador" y el Corretaje o un concesionario afiliado ayuda al Comprador en escribir una oferta para comprar la propiedad y la propiedad está listado con una compañía de los bienes raíces diferente u ofrecida por el dueño. La política del Corretaje y los concesionarios afiliados con el Corredor es representar al comprador como "cliente" en este caso. En este tipo de representación de la agencia el Corredor puede recibir la remuneración para la transacción de la compañía de los bienes raíces del listado conforme a un acuerdo de la cooperación entre las dos compañías. En una agencia individual del comprador, el Corredor no representa a dueño en la transacción también. 3. AGENCIA DESIGNADA. a. La agencia designada del vendedor existe cuando el Corretaje designa a un concesionario afiliado, el agente del listado, a actuar en el favor del dueño (Cliente) a la exclusión del resto de los concesionarios afiliados del Corretaje. b. La agencia designada del comprador existe cuando el Corretaje designa a un concesionario afiliado, el agente de venta, a actuar en favor del Comprador (Cliente) a la exclusión del resto de los concesionarios afiliados del corredor. c. En el evento que un concesionario designado representa personalmente al Dueño y Comprador en la misma transacción, esa Agencia Designada es una Agencia de Consentimiento Doble (vea 4. abajo). 4. AGENCIA DE CONSENTIMIENTO DOBLE. a. Cuando el Corretaje (o un Agente Designado del Vendedor o del Comprador, según lo definido en 3á. y 3b. arriba) lista y vende la propiedad, es la política del Corretaje y los vendedores afiliados del Corretaje representar el Dueño y el Comprador como agencia de consentimiento doble. Bajo esta circunstancia, antes de firmar una oferta para comprar o de aceptar una oferta para comprar, por favor vea "el Acuerdo de Consentimiento Doble de la agencia" para la información detallada en cuanto a los deberes del Corretaje al Dueño y al Comprador, también los procedimientos que debe ser seguidos. b. Cuando el Corretaje y el Comprador entran en "un Acuerdo de Agencia del Comprador", si exclusivo o no exclusivo y el Corretaje o un vendedor afiliado ayuda al Comprador en escribir una oferta para comprar la propiedad y la propiedad Página 3 de 4 también está listado con el Corretaje, es la política del Corretaje representar el Dueño y el Comprador como Agencia de Consentimiento Doble. Bajo esta circunstancia, antes de firmar una oferta para comprar o de aceptar una oferta para comprar, por favor vea "el Acuerdo de Consentimiento Doble de la agencia" para la información detallada en cuanto a los deberes del Corretaje al Dueño y al Comprador, también los procedimientos que debe ser seguidos. c. La representación de más de un partido a una transacción puede crear un conflicto del interés porque ambos "clientes" pueden confiar en el consejo del Concesionario. No requiere que el Comprador ni el Dueño consienten a la Agencia de Consentimiento Doble. ____ Iniciales si es aplicable Si no ya está en una relación escrita con una agencia con un corretaje, una(s) persona(s), una sociedad, o una compañía (que compra o que vende) pueden representar si mismo en una transacción. Si un Comprador o un Dueño elige representar si mismo en una transacción, es la política del Corretaje tratar a ese Comprador o Dueño como "Consumidor" y no como "Cliente". Los "Clientes" son responsables para la comisión que puede ser debida en cuanto a los términos y las condiciones de contratos previamente convenidos. Si está representando si miso, un Confirmación y Reconocimiento de Autorrepresentación debe ser cumplido. B. DEBERES DE UN CONCESIONARIO DE LOS BIENES RAÍCES A TODOS LOS PARTIDOS A LA TRANSACCIÓN. En proveer los servicios del corretaje a todos los partidos de una transacción, "Cliente" y "Consumidor" igualmente, un concesionario (el Corretaje y sus corredores asociados y vendedores), sin importar el tipo de representación de la agencia convenida, hará todo lo siguiente: 1. Proveer los servicios del corretaje a todos los partidos a la transacción sinceramente y en buena fe. 2. Ejercitar con diligencia la habilidad y el cuidado razonable en la provisión de servicios del corretaje a todos los partidos. 3. Divulgar a cada partido todos los hechos de materiales adversos (es decir los defectos significativos o circunstancias negativas) que el concesionario sabe excepto: Hechos de material adversos sabido por el partido. a. Hechos de material adversos que el partido podría descubrir con una inspección razonablemente diligente y b. serán descubierto por una persona razonablemente prudente debajo de circunstancias similares. Hechos de material adversos en que la divulgación de los cuales es prohibido por la ley. c. Hechos de material adversos que se saben una persona que conduzca una inspección a nombre del partido. d. 4. Rendir cuentas de toda la propiedad que viene en la posesión de un concesionario que pertenezca a cualquier partido dentro de un tiempo razonable de recibir la propiedad. SAMPLE C. DEBERES DE UN CONCESIONARIO DE LOS BIENES RAÍCES A UN CLIENTE. Un concesionario que provee servicios del corretaje a un cliente, sin importar el tipo de representación de la agencia convenida, hará todo lo siguiente: 1. Poner los intereses del cliente delante de los intereses de cualquier otro partido, a menos que la lealtad a un cliente viole los deberes del concesionario bajo provisiones del Código de Iowa (por ejemplo con la Agencia Designada o la Agencia de Consentimiento Doble) o de cualquier otra ley aplicable. 2. Divulgar al cliente toda la información sabida por el concesionario que es material a la transacción y que no es conocido por el cliente ni podría ser descubierto por el cliente con una inspección razonablemente diligente. 3. Satisfacer cualquier obligación que esté dentro del alcance de este Divulgación de la Agencia, excepto esas obligaciones que sean contrarias con otros deberes que el concesionario tenga bajo las provisiones del Código de Iowa de los Corredores y de los Vendedores de los bienes raíces o de cualquier otra ley. 4. Guardar la información confidencial del cliente confidencial aunque tiene permiso para revelar. 5. Divulgar a un cliente cualquier interés financiero que el concesionario o el corretaje tiene en cualquier compañía o de una entidad de negocio a la cual el concesionario o el corretaje refiera a cliente para cualquier servicio o producto relacionado con la transacción. El cliente no está obligado a usar las recomendaciones de la compañía, y puede seleccionar otra compañía. OJO: Corredor/ Concesionario (marque la casilla aplicable) tiene un interés financiero en o una relación del afiliado con las compañías o las entidades de negocio siguientes: ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ D. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE CORREDOR. El Corredor puede hacer lo siguiente para los Vendedores y los Compradores: (1)Asistir al Comprador con las pautas de la calificación del financiamiento; (2)Proveer información útil sobre la propiedad y el área; (3)Responder con exactitud a las Página 4 de 4 preguntas sobre la propiedad; (4)Divulgar todo los hechos materiales sobre la propiedad que el Corredor sabe; (5)Divulgar las condiciones financieras del Comprador al Dueño; (6) Explicar los términos y procedimientos bienes raíces; 7) Explicar al Dueño y al Comprador las ventajas de tener una examinación de la propiedad; (8)Explicar los costos y los procedimientos del cierre; (9)Ayudar al Dueño y al Comprador a comparar alternativas del financiamiento; (10)Proveer información sobre propiedades comparables para que Dueño y Comprador pueden hacer una decisión informada en qué precio para aceptar y/o para ofrecer; (11)Asistir con todos los formularios estándar, incluyendo los que incluyen la protección y las divulgaciones necesarias para el Dueño y el Comprador; (12)Trabajar con diligencia para facilitar la venta y el cierre; y (13) Guardar la información confidencial del(los) cliente(s) como confidencial a menos que tiene permiso escrito para revelar. La lista precedente de servicios no es intencionada a ser inclusivo, ni todos los servicios enumerados serán necesarios en cada caso. No requieren a los concesionarios contestar preguntas fuera del alcance de su licencia de los bienes raíces. OJO: El corredor no ofrece subagencia, ni acepta subagencia, de otras compañías del corretaje. E. PAUTAS PARA EL DUEÑO Y EL COMPRADOR. Si usted es el "Consumidor" en la transacción, le aconsejan no divulgar su posición de negociación sobre las cosas como si usted como Dueño, tomaría menos que el precio que pide, o usted como el Comprador está dispuesto a pagar más que el precio que usted ofrece. Excepto la información requerida para ser divulgado, si usted como un "Cliente" o "Consumidor", tiene razón de creer cualquier información confidencial, tal como su estado financiero, motivación para vender o comprar también otra información personal afectará al contrario su posición de negociación, no debe ser divulgada a cualquier persona. Cada partido a la transacción tiene la responsabilidad de proteger sus propios intereses. RECONOCIMIENTO SAMPLE El infrascrito ha leído esta divulgación y entiende el tipo de representación que será proporcionada por el Corredor. El infrascrito reconoce el recibo de una copia de esta divulgación de la agencia. Esto no es un contrato, sino debe ser solamente un aviso de lo información. Si usted no entiende este documento, busque el consejo de los consejeros legales de su opción, antes de firmar. __________________________________________________ __________________________________________________ Imprima el nombre del Comprador posible Imprima el nombre del Dueño/Vendedor __________________________________________________ __________________________________________________ Firma del Comprador posible Firma del Dueño/Vendedor Fecha Fecha __________________________________________________ __________________________________________________ Imprima el nombre del Comprador posible Imprima el nombre del Dueño/Vendedor __________________________________________________ __________________________________________________ Firma del Comprador posible Firma del Dueño/Vendedor Fecha Fecha __________________________________________________ __________________________________________________ Por el Corretaje del Comprador Por el Corretaje del Vendedor o de Consentimiento Doble