g¡ucec¡ór pARA - Transparencia
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g¡ucec¡ór pARA - Transparencia
ffi- SEcRETAñlA DE EcoilorcrtA ÍP-20LO-977-Og7 CONVEMo DE CoLABonecIÓT'.¡ PARA EL oToRGAMIENTo DE APoYoS, QUE cELEBRAN poR UNA pARTE, LA "ruuoeclóx g¡ucec¡ór pARA su caRÁcrgn DE REeRESENTANTE LEGAL, A euIEN EN Lo SUCESIVO SE LE »ENOI\4IT'IARÁ "EL ORGANI§MO IITTTRIilE,DION' Y POR IA OTRA cuzuÁtu, EN ..ut{rvERsrDAD *utóuotut DEL EsrAr}o DE MÉ»uco,, REpRESENTADA poR t,a M. EN A. ED. yoLlrNDA rucprfe BALLESTERG sptutÍgs EN su canÁcrgn oB sBcRureRÍa DE ExrENsrór{ y vrNcuLActóN y pARTE LA REPRESENTANTE LEGAL EN LO SUCESTVO DENOMINADA OTL BEITEFICIARIO', AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y clÁusules: AITTECTDENTES I. En los térmínos de los artículos 19, 20,34 y 36, fracciones M Y VIII de las Reglas de Operación del'FONDO qyME" 2O1O, el Consejo Directivo del "FONDO eyME" 2010 determinó aprobar el otorgamiento de los apoyos a "EL ORGAI§I§IUO I1ITER¡IEDIOD para la ejecución del proyecto identificado en la Cédula de Apoyo con número FPflOlO-3?7, mediante convenio de fecha 16 de Junio del 2010, respecto del ¡.PROGRAMA ITACIOITAL DT IITCITBADORA§ 2O1O'. II. A fin de dar cumplimiento a 1o anterior uW ORGAITI§MO IIIITERIUEDIO" emite convocatoria dirigida a las incubadoras de empresas reconocidas por la Subsecretaria para la Pequeña Empresa de tecnologÍa, tradicional, intermedia y alta. fiI. y Mediana Con base en las disposiciones contenidas en el artículo 20, de las Reglas de Operación del ¿'FOIIIDO PyME' 2OLO vigente UE;L ORGANI§MO IIITERIUEDIO» constituye el «COII§BIO CON§ULTI1IO FP2OIO' el cual es el órgano colegiado que determina conforme a la normatividad, los proyectos que pueden acceder a los recursos y ser beneficiados. rv. En términos del antecedente III el "CONSEIO CO§SULTM DEL FP?ALCP', en Sexta Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre del 2010, mediante ACITERDO ?7O-LO-?OLO determinó aprobar el Página 1 prografira es de ca¡ácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines politicos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este progreuna deberá ser denunciado y sanci de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente". b otorgamiento de apoyos a "tL BEI{EFICIA§¡IO", para la ejecución del proyecto identificado con cédula número FP-2O1O-377-437 ' DECLARACIOI{E§: 1. DECLARA'EL ORGANTSMO INTERMEDI0', QUt: Asociación Civil, debidamente constituida conforme a las le1-es mexicanas, tal y como consta en la escritura pública número 24,801 otorgada ante la fe del Lic. Alfredo G. Mira¡da Solano, Notario Público número 144 del Distrito Federal, con fecha 1' de agosto del 2003 e inscrita en e1 Registro público de 1a Propiedad y de1 Comercio con el folio númerc 63324, bajo la partida No. i9845 de fecha 18 de septiembre de 20O3' 1.1 Es una cuenta con facultades, suficientes para jurÍdico, conforme a 1o establecido en la suscribir e1 presente instrumento la fe del Lic. Alfredo G. Miranda ante otorgada escritura p6-btica 32,552 Federal de fecha O9 de Distrito t44 del número Solano, Nótario Público 1.2 El Lic. Samuel González Guzmán, noviembre d,e 2AO7, mismo que manifiesta bqjo protesta de decir verdad que a la fecha, sus facultades no le han sido revocadas, restringidas o modificadas en forma alguna. 1.3 Señala como domicilio a efectos de recibir todo tipo de notificaciones, documentos el ubicado en Av. Insurgentes Sur. No 826 piso 7 Colonia de1 valle, México D.P., c.P. 03100, teléfonos: (55) 55-23-14-16 y 56 87 58 89. DEICLARA *EL BENEFTCIARIO" 2. 2.1. QUt: La Universidad Autóroma del Estado de México, es un organismo público descentralizado del Estado de México, con personalidad juridica y patrimonio propios, dotado de plena autonomia, en su régimen interior, de conformidad torrlo que dispone su Ley, en su artículo 1", la cual fue aprobada por Decreto número 62 de la LI Legislatura Local, publicada en la Gaceta del Gobierno del dia 3 de ¡¡1aÍzo de L992. Con Registro Federal de Contribuyentes uAt560321rr2. 2.2. Con fundamento en el artículo 34 de 1a Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México, así como, en los artículos 133 y 134 del Estatuto Universitario, para el cumplimiento de su objeto y fines, Ia Máxima Casa de Estudios cuenta con Dependencias Administrativas dentro de las cuales se encuentra *EL BEIYEFICIARIO". ¿-J- La M. en A. td. Yolanda Eugenia Ballesteros Sentíes, es la Titular de la SecretarÍa de Extensión y Vinculación, con ias facultades y obligaciones establecidas en la legislación universitaria y cuenta con el mandato especial número 8,819, volumen especial 206, de fecha 2I de mayo de 2009, que la autoriza a suscribir instrumentos legales como ei presente, otorgado por el en C. Eduardo Gasca Pliego, Rector de la Universidad AutÓnoma de1 Estado Página 2 ¿t .l de México, pasado ante la fe del titular de la Notaría Pública número 1, Lic. René Cutbeito santin Quiroz, con sede en Toluca, Estado de México. Manifiesta a nombre de su representada que conoce el contenido completo y &FONDO PyME' 2O1O y las alcances legales de las Reglas de OperaciÓn del presente convenio en que y al se aplican disposicionás qrr" derivan de éstas forma supletoria. 2.5 convocatoria emitida por la FundaciÓn EducaciÓn para Emprendedores, A.C., presentÓ a nombre de su representada, la Cédula de Apoyo que le fue asignado el número de folio FP-2O1O-377-O97. 2.6 Señala como su domicilio, el ubicado en Instituto Literario número Oriente, Código Postal SOOOO, Toluca, Estado de México' Conforme a la 1OO De conformidad con 1o expuesto y con base en los ordenamientos jurídicos aplicables, las partes celebran el presente convenio, al tenor de las siguientes: CLÁU§ULA§ {5 O&'ETO PRIMERA.- El objeto del presente convenio es establecer las bases y procedimientos de colaboración y cooperaciÓn, entre 'EL ORGANISMO INTERMTDIO' y "EL BpIIIEFICIARIO,, para el apoyo y ejecución del proyecto denominado: "AFOYO PARA CON§ULTORIA A EMPRET{DEDORES DT LJT INCUBADORA DE EMPRISAS UAEM INCUBASK,1 descrito en la solicitud presentada mediante Cédula de Apoyo con número de folio FP-2O1O-377-O3.7, en 1o sucesivo denominado como eI "PROYBCTd' y que es agregada como parte integral de1 presente convenio e identificada como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos econÓmicos que ambas partes destinarám, con el fin de incrementar la competitividad de las "MIryMES'. *tL BTNEFICIARIO" no podrá a su vez transferir parcial o totalmente los recursos económicos otorgados a ningún otro organismo ya que serán única y exclusivamente *PROYEICTO" descrito en la para ejercerlos por *EL BE¡IEFICIARIO'y destinados aI cédula de solicitud anexa al presente convenio, aún y cuando también funja como Organismo Intermedio. METAS SEGI NDA.- Las partes acuerdan que las acciones comprendidas en el "PROYECTO", se sujetarán a los términos establecidos en el Anexo 1 {Cédula de Apoyo). Asimismo, establecen conjuntamente que ejecutarán 1as acciones que a cada una para que se beneficie un número no menor a 3O "MIP5rMES" de nueva Página 3 y'E,f.. prrgr*na es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus .".rr"t" provienen de los impuestos que pagan todos los eontribuyentes' Está prohibido el uso de este programa con ñnes políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos d.e este programa deberá ser denunciado y ¡áqcionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente", creación y L2O EMPLEOS a través de apoyos directos con sujeción a las disposiciones contenidas en ias Reglas de Operación del "FOHDO PygE" 2O1O y las disposiciones que derivarr de éstas. APORTACIÓN DE RECURSOS TERCERA.- Con base en ia suficíencia presupuestal derivada del proyecto de "EL ORGANI§MO I¡fTtRtr[EDIO", las disposieiones contenidas en las Reglas de Operación del "FONDO ryME" ?OLO, y la Cédula de Apoyo FP-2O1O-377-O37 aprobada por e1 "CONSBIO COII§ULTM FP2O1O", el "ORGANISMO INTERMEDIO" y "tL BENEFICIARIO" se comprometen a destinar un total S1'45OrOOO.@ {Ua millón cuatrocientos cincuenta mil p€sos OO/1OO M.N.l conforme a 1a distribución siguiente: ¿'EL ORGAITI§MO INTERMEDIO" aportará recursos por (Novecientos seseata y seis mil seiscientos sesenta por concepto de Consultoría. un monto de l§966,666.68 y seis pesos 68/100 M.il.| 6'EL BENEFICIARIO,, por sí mismo o por terceros, en este caso el §ector Académico, aportará recursos por un monto total de $483,333.32 (Cuatrocientos ocher.ta y tres mil trescientos treiata y tres pesos 3?|LOA M.N.l para ios mismos fines, de los cuales aportarán: 1. El Gobierno del Estado de Mé¡rico la cantidad de $381,5OO.OO (Trescientos ochenta y ua mil quinientos pesos OOIlOO M.il.}. 2. El Sector Privado la cantidad de $101,833.32 {Ciento un mil ochocierrtos treinta y tres pesos 3.ZILOO M.N.l. COilSULTORIA DE EMPRE§A§ CUARTA.- *tL BENEFICIARIO", recibirá Consultoria empresarial por parte de "EL ORGANISMO INTER¡IilEDIO,, quien enviará la documentación requerida para su acreditación, comprometiéndose *EL BTIYEFICIARIO" a realizar el pago de dicho concepto por la cantidad de S29,OOO.OO {Veintinueve mil pesos OO/1OO M.IY.} en el término de 15 días naturales a partir del reenvió dei presente convenio, haciendo entrega "EL ORGANISIUO INTERIUBDIO" de la factura correspondiente. NATURALEZA DE LOS RECÜRSOS QUIIYTA.- Los recursos que aporta el "ORGANI§MO II{TERMEDIO' para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realiza¡ de conformidad con las Reglas de Operación del 'FONDO ryME' ZOLO, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en Página 4 programa es de ca¡ácter púbiico, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de ios impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de 1os recursos de este programa deberá ser denunciado y splcionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente". § "EL consecuencia, no perderán su caráctet federal al ser canalizados a federales disposiciones las a momento, en todo y sujetos, BEIITEFICIARIO' estarán que regulan su control y ejercicio. Las partes acuerdan en que la ministración de los apoyos otorgados por parte del *ORGAIVI§MO INTERMEDIO', estará sujeta a que se acredite el cumplimiento de las obligaciones a cargo de "tL BENEFICIARIO", conforme a1 "PROYBC:TO" para el cual fueron autorizados apoyos por el "CONSEIO CONSTILTM FP2O1O". *EL BENEFI6}f,ARIO' se obliga expresamente a destinar los recursos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen dichos recursos, exclusivamente a los fines del "PROYECTO" y ejercer dichos recursos con apego a los criterios y procedimientos contenídos en las Reglas de Operación del "FONDO ryME" 2O1O. CTIENTA BANCARIA ESPBCÍFICA SEXTA.- Para ia entrega de los recursos por parte del "ORGANI§MO IIIITERMEDIO", .,EL BEIiIEFICIARIOT' se compromete e>ryresamente a contar, en términos de las disposiciones apiicables, con una cuenta bancaria, específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos, que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado, conforme a lo establecido en este instrumento jurídico. "EL BENEFICIARIO" acepta expresamente que hasta en tanto no cumpla con esta disposición, "DL ORGAIIISMO INTERMEDIO,, no realttrará la entrega de los recursos señalados en este convenio, sin responsabilidad alguna. Invariablemente, "EL ORGAITISMO INTERMEDIO' señala que los depósitos de los recursos federales estarán sujetos a la presentacíón previa, por parte de "EL BENEFICIARIO', del recibo que en derecho corresponda. OBLIGACIONES DE *EL BTNEFICIARIO" SÉPTIMA. - Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, "EL BSI¡Etr'ICIARIO", acepta expresamente asumir las obligaciones contenidas en las Reglas de Operación del "FONDO ryME" ?OLO manifestando que las conoce en su totalidad y se obliga al cumplimiento de las mismas, las cuales se tíenen por aqui reproducidas como si a la letra se insertaren, pffi& todos los efectos legales a que haya lugar. Asimismo, las partes acuerdan expresamente que en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de "EL BEI{EFICIARIO", & las Reglas de Operación del 'FONDO ryME" aOLO y/o a cualquiera de sus obligaciones en este convenio, "EL BENEFICI/ARIü' asumirá en forma individual, con Página 5 programa es de ca¡ácter público, no es patrocinado rri promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes' Está prohibido el uso de este prografira con fines pofticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso de acuerdo con la ley indebido de los reeu¡sos de este progfama deberá ser denunciado y aplicable y ante la autoridad competente", [< y cada una de 1as responsabilidades y consecuencias iegales ante los beneficiarios del "PROYEICT0' referido en la cláusula primera de este instrumento contractual. todas OBLIGACIOITE§ DEL ORGANISMO INTERMEDIO OCTAVA.- "EL ORGAI{ISMO MTERIEEDIO" tendrá ias obligaciones siguientes a su cargo: previstos en la cláusula tercera de este convenio, previo cumplimíento de'EL BENEFICIARIO" de las obligaciones a su cargo referidas en las cláusulas quinta y sexta; Procurar la asistencia y orientación a "DL BENEFICIARIO" cuando éste se 1a solicite, como parte del servicio de consultoría que brinda. En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación del *FO¡IDO PyIrIE" 2OlO a) Otorgar 1os recursos económicos b) c) CONCERTACIÓN COI{ LIIS MIPVME§ NOVENA.- En su caso y atendiendo a las obligaciones referidas en la cláusula octava, 'EL BEilEFICIARIO" se obliga a que en los instrumentos jurídicos que a su vez celebre con el conjunto de "MIPjrMtS" beneficiadas, deberáin precisar que los recursos públicos involucrados son sujetos a 1as acciones de vigilancia, control y evaluación de "EL ORGANISIilO INTERIIIEDIO' y las autoridades federales en el ámbito de su competencia. Por otra pafie, deberá indica¡ expresamente en ios instrumentos a que se refiere el párrafo anterior, e1 monto total del apoyo que se recibe de "EL ORGANI§MO INTERIIIEDIO" y la participación de "EL BENEFICIARIO" insertando la siguiente leyenda: "Este programa es de cará.cter público, rw es patrocinado ni promouido por partido político algurw A sus recursos prouienen de los impuestos que pagan todos las contribugentes. Estd prohibido el uso de este programe con fmes políticos, electorales, de lucro g otros distintos a los establecidos. Quiert tnga uso indebido de los recursos de este programa deberd ser derutrrciado y sarrciona.do de acuerdo con la ley aplicable g ante la autoridad competente". COÑTROL OPERATIVO Y FINAITCITRO OÉjCrUa.- Los recursos que no sean aplicados para ia ejecución del "PRoYElcfo", los rendimientos que en su caso se hubieren generado y que no hayan sido aplicados al mismo, los que no se destinen a los fines autorizados y los que no sean debidamente acreditados con la documentación corespondiente, deberá,n ser reintegrados a *EL ORGAIII§IUO IIITERJUEDIO". Página 6 e progr¿rma es de ca¡ácter público, no es patrocinado ni promovido por partido polítieo alguno y sus reeursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este prograrna con fines pofticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso de acuerdo con la ley indebido de los recursos de este prograrna deberá ser denunciado y san aplicable y ante Ia autoridad competente". 6 El reintegro deberá ser documentado por dtL BENEFICIARIO", estableciendo las CauSaS que 1o motivaron, el monto que se reintegra, en su Caso, monto de los rendimientos, e1 número y fecha de la transacción identificando e1 número de folio y denominación del proyecto, y deberá informar 1o anterior por escrito a "Et ORGANI§MO INTIRIUEDIO". SU§PENSIÓ§ O CAITCTLACIÓN DE LA EIIÍTREIGA DE LOS APiOYOS DÉicIMA PRIMERA.- "EL BEIIIEFICIARIOP acepta que en caso de incurrir en las causas prevístas en el artícttlo 29 de 1as Reglas de Operación del 'FONDO PyME 2O1O' y/o incumplir a 1o establecido en el presente convenio, en este caso el "COI{SE IO COII§I}LTwO FP2O1O» podrá determinar medidas preventivas, correctivas o la cancelación total o parcial de los apoyos otorgados, asi como la rescisión o vencimiento anticipado de los instrumentos jurídicos suscritos para fownalizar la entrega de ios apoyos del "FONDO PyME ?OLO,. La rescisión referida en el primer párrafo de la presente cláusula, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. CONTROL Y VIGITAT{CIA DECIMA SBGIIITDA.- El control, vigílancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá a "EL ORGANISMO IIYTERTUEDIO" e indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en la SecretarÍa de Economía y demás autoridades, conforme al árnbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con e1 fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de 'EL BEIEFICIARfO", a partir de la firma de este convenio, el "CONSEIO COilSULTM [.P2O1O" podrá ordena¡ la reaTizaclón de visitas de supervisión e inspección a-l *PROYECTO", con sujeción a las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación de1 *FOIIDO PyMB' 2O1O y las disposiciones que deriven de estas, sin perjuicio de 1as facultades y atribuciones de cualquier otra autoridad competente. TRANSPARENCIJA. DfiCIMA TERCERA.- Las partes convienen en fomentar y promover la transparencia en el ejercicio de los recursos a que se refiere la cláusula tercera de este convenio, para tal efecto, ídentíficará a las "MIPyMES' que resulten beneficiarias del &PROYECTO" y promaverá ia publicación de sus avar:rces fisicos-financieros, en las páginas del sistema Internet que tengan disponibles, así como en los medios y con la Página 7 público, rro es patrocinado ni promovido por partido poiítico alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos 1os contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fiaes políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de 1os recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente". prograrrLa es de ca¡ácter {5 frecuencia que al efecto determinen ambas partes, salvo cuando se trate de información catalogada como reservada o confidencia-l. Se incluirán, el Registro Federal de Contribuyentes de las personas morales y de las personas fisicas que resulten beneficiarias del T.PROYErB[O',. CO}N¡ENCIONE§ GENERALES DÉCIMA CUARTA.- Con el fin d,e garantizar e1 interés general y su ejecución en tiempo y forma, en los casos de incumplimiento de las obligaciones a cargo de "EL BENEFICIARIO» o ia contravención a las disposiciones legales por ésta, particularmente de las relativas al ejercicio de los recursos que en su caso le sean ministrados, ..EL ORGA¡II§MO INTERTUEDIO" podrá en términos de ia cláusula décima primera, suspender temporalmente o ca¡celar definitivamente la ministración de los apoyos y en su caso, ejercer las acciones civiles, penaies o administrativas que correspondan. RE§PON§ABILIDAD E INDEMNIZACIÓN DÉjCIMA OUU§TA.- 'rtl, BENEFICIARIo" manifiesta su conformidad en indemnizar y en este acto libera, saca efl pazy deja a salvo a "EL ORGAIYIS1UO II{TERMEDIO" así como a sus directivos, gerentes y empleados de todo daño, pérdida, menoscabo, perjuicio o afectación y de toda responsabilidad de cualquier tipo, incluyendo sin limitar, las de nalurafeza laboral, fiscal, civil, pena1, económicas y financieras y en relación con cualquier juicio, demanda, reclamación, procedimiento, queja o solicitud, sea judicial o extrajudicial, por parte de cualquier persona fisica o moral, pública o privada, que pudieran derivarse de las actividades objeto de este convenio o de cualquier incumplimiento de "BL BTNEFICIARIO,' a cualquiera de sus obligaciones conforme a este convenio. Asimismo, ..tL BENEÍ'ICIARfO" reconoce que 1os empleados, consultores y demás personal que designe otL BEIIEFICIARIO" para el desarrollo del objeto de este convenio, no son ni serán en ningún momento empleados, trabqjadores y personal de "EL ORGANISMO INTERMEDIO", aI no existir relación de subordinación de estos con "EL ORGAITISMO INTERMEDIO"; por 1o que en este acto ..EL BENEFICIAf,IIO" asume la total responsabilidad laborai y de seguridad social sobre los facilitadores, capacitadores, asesores y cualesquiera otra persona que participe o colabore con UEL BENEF'ICIARIO" en el cumplimiento de los fines de este convenio y iibera de toda responsabilidad laboral al *ORGAIIISMO II{TERMEDIO" en relación con 1o anterior, obligándose a sacar en paz y a salvo al "ORGAIIilSMO IIITERMEDIO" por dichas responsabilidades. DÉjcIMA §EXTA.- *EL BEIIEFICIARIo» acepta, que ante la suspensión, cancelación ión voluntaria total o ial de 1os recursos, quedará obli oaret Página B programa es de carácter púbiico, no es patrocinado ni promovido por partido poiítico alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos 1os contribuyentes, Está prohibido el uso de este programa con fines poiíticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente", 6 a 'dEL ORGANI§MO INTERIIEDIO' la cantidad seña-lada en la cláusula tercera de este convenio, su parte proporcional o los rendimientos financieros que por cualquier concepto hayan generado 1a totalidad de dichos recursos y que no hayan sido aplicados al 'PROYEC{O"; asi como el 2Oo/o (veinte por ciento) del total de los recursos aportados por 6EL ORGAI§ISMO II§TERMEDIO" y descritos en la cláusula tercera por concepto de penalizacion. En su caso, "EL ORGAITI§MO IIITERIUEDI0' notificará a la Secretarta de Economía del beneficio indebido obtenido en perjuicio del fisco federal para que, en 1os términos de las disposiciones fiscales y penales vigentes, se implementen ios procedimientos administrativos y judiciales que corespondan, debiendo además excluirseles de posibles apoyos subsecuentes por parte del FONDO PyIrIE. DOCI'MENTO§ ATTHTOS oÉcn¡e sÉptrn¡a.- "EL BENEFICIARIo', para la aprobación final de la entrega de recursos a aplicarse en el "PROYBCTO¿ deberá haber cumplido con la entrega de la documentación legal relacionada en el Anexo C de las Reglas de Operación del FOIYDO PyMt ?ALO y la documentación soporte solicitada en el Anexo 3 del manual de procedimientos delFOI{DO PyME 2O1O en el entendido que la falta de alguno de ellos es causa de cancelación de la entrega de recursos y rescisión del presente convenio imputable a UHL BENEFICIARIO". CoMPROBACTóX np RECITRSOS DÉCIMA OCTAVA. De acuerdo a 1o dispuesto en 1a declaración 2.4 del presente convenio 'rEL BENEI'ICIARIO" se compromete a comprobar e1 ejercicio de los recursos recibidos por parte de "EL ORGANISMO IITTERIIEDIO' y los que aporta "EL BENEFICIARIO" por sí o a través de terceros, conforme a 1o dispuesto en el anexo 3 del manual de procedimientos del FONDO ryME ?ALO, misma que deberá qjustarse al programa de actividades y que *EL BENEFICIARIO' deberá capturar la información y subir la documentación dig¡talizada que compruebe el cumplimiento de metas y la aplicación del recurso en el sistema de Incubadoras 2O1O de Fundación E. CONFIDENCIALIDAI) DÉCIMA NOVENA.- Bajo protesta de decir verdad "EL BENTFICIARIO" manifiesta que la información entregada a "BL ORGAITISMO IIiITERMEDIO", relacionada con su persona y cor: el *PROYECTO" señalado en 1a ciáusula primera de este instrumento, es confidencial, en virtud de que comprende hechos y actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo que pudiera ser útil para un tercero, por io que solícita que sea clasíficada como tal conforme a las disposiciones señaladas. Página 9 Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido políüco alguno y sus recursos proüenen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denuociado y sancionado de acuerdo con la ley aplieable y ante la autoridad competente". l- TJ VIGÉjSIMA.- Las situaciones no previstas en el presente convenio Y, er su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir dei momento de su suscripción. VIGÉjSI1HA PRIMERA .- Las partes manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento, son producto de la buena fe, por 1o que rcaltzafixt todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento del mismo, las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tríbunales Federales con en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a la y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de su domicilio circunscripción competencia presente o futuro. VIGÉjSIMA SEGUNDA.- El presente convenio entra en vigor a partir de su firma y estará vigente hasta el 30 de noviembre del 201O. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales de1 presente convenio, 1o firman por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, ei L2 de nor¡iembre del2O1O. "EL ORGANISMO INTERMEDIO" "EL BENEFICIARIO" . EI§ A. ED. YOLAITDA EUGTIYIA BALLESTTROS Página 10 Este programa es de carácter público, no es patrocinado rri promoüdo por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este 0::irina programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este prograÍIa deberá ser denurrciado y sancionado de acuerdo con la ley apiicable y ante la autoridad competente", dei .Ab*gaCo