nuevas y viejas formas de la penalidad en américa latina

Transcripción

nuevas y viejas formas de la penalidad en américa latina
NUEVAS Y VIEJAS FORMAS
DE LA PENALIDAD EN AMÉRICA LATINA
Insumisos Latinoamericanos
Cuerpo Académico Internacional e Interinstitucional
Directores
Robinson Salazar Pérez
Oscar Picardo Joao
Cuerpo académico y editorial
Pablo González Casanova, Jorge Alonso Sánchez,
Fernando Mires, Manuel A. Garretón, Martín Shaw,
Jorge Rojas Hernández, Gerónimo de Sierra,
Alberto Riella, Guido Galafassi, Atilio Borón, Roberto Follari,
Eduardo A. Sandoval Forero, Ambrosio Velasco Gómez,
Celia Soibelman Melhem, Ana Isla, Oscar Picardo Joao,
Carmen Beatriz Fernández, Edgardo Ovidio Garbulsky,
Héctor Díaz-Polanco, Rosario Espinal, Sergio Salinas,
Lincoln Bizzorero, Álvaro Márquez Fernández, Ignacio Medina,
Marco A. Gandásegui, Jorge Cadena Roa, Isidro H, Cisneros,
Efrén Barrera Restrepo, Robinson Salazar Pérez,
Ricardo Pérez Montfort, José Ramón Fabelo,
Bernardo Pérez Salazar, María Pilar García,
Ricardo Melgar Bao, Norma Fuller.
Comité de Redacción
Robinson Salazar Pérez
Oscar Picardo Joao
JOSÉ LUIS CISNEROS
HILARIO ANGUIANO LUNA
(COMPILADORES)
NUEVAS Y VIEJAS FORMAS
DE LA PENALIDAD
EN AMÉRICA LATINA
Temas Sociología y Criminología
Análisis colectivo de las nuevas formas
del castigo en las prisiones de América Latina.
Colección
Insumisos Latinoamericanos
elaleph.com
Bello Espinoza, Sindy
Nuevas y viejas formas de la penalidad en América Latina: Temas Sociología
y Criminología. Análisis colectivo de las nuevas formas del castigo en las
prisiones de América Latina / Sindy Bello Espinoza; Jessica Argel Quezada
Ascencio; Raúl Adrián Montesinos Camarillo; compilado por José Luis Cisneros
e Hilario Anguiano Luna. - 1a ed. - Buenos Aires: Elaleph.com, 2007.
394 p. ; 21x15 cm. (Insumisos latinoamericanos)
ISBN 978-987-1070-51-0
1. Criminología. I. Quezada Ascencio, Jessica Argel II. Montesinos Camarillo,
Raúl Adrián III. Cisneros, José Luis, comp. IV. Anguiano Luna, Hilario, comp. V.
Título
CDD 364.980
Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del
copyright, bajo las sanciones establecidas por las leyes, la reproducción total o
parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la
fotocopia y el tratamiento informático.
© 2007 José Luis Cisneros e Hilario Anguiano Luna
© 2007, ELALEPH.COM S.R.L.
Corrección y organización:
Emilio Daniel Cunjama López, Alma Rosa Marín Ornelas
[email protected]
http://www.elaleph.com
Primera edición
Este libro ha sido editado en Argentina.
ISBN 978-987-1070-51-0
Hecho el depósito que marca la Ley 11.723
Impreso en el mes de julio de 2007 en
Bibliográfika, Elcano 4048,
Buenos Aires, Argentina.
Índice
Introducción
Capítulo primero
Prisionalización y estado de la prisión
7
17
El proceso de socialización y adaptación del
sujeto privado de su libertad en el Reclusorio
Preventivo Varonil Oriente
Sindy Bello Espinoza y Jessica Argel Quezada Ascencio 19
Privatización del trabajo penitenciario ¿una nueva
forma de penalidad?
Raúl Adrián Montesinos Camarillo
45
Una voz en silencio: condición social de las
mujeres en prisión
Myrna Eréndira León Ramírez y Mara Angélica
Roldán González
Racionalidad del trabajo en prisión.
¿Transformación de la conciencia o
domesticación?
José Luis Cisneros
85
115
Para quedarse afuera… Iniciativas de apoyo a la
vuelta a la vida en libertad.
Lucia Pérez Bruzzone
189
Capítulo segundo
Readaptación social y vicios carcelarios
225
La cárcel en México: una perspectiva sociológica
Jorge L. Lavín García e Iván H. Loría Caballero
227
Los difíciles senderos de la Readaptación Social
José Luis Cisneros e Hilario Anguiano Luna
248
El simulacro de la readaptación social
Dante López Medrano
275
La violencia intramuros como forma de castigo
en las cárceles de la ciudad de México
José Luis Cisneros y Alma Rosa Marín Ornelas
313
La prisión: una aproximación a la efectividad de
la intervención correccional
Luz Anyela Morales Quintero y Jairo Muñoz Delgado 343
Introducción
En la actualidad continúa existiendo una controversia con
respecto a la forma de concebir las cárceles en torno a su función, dado que en un inicio estos espacios tenían una connotación distinta centrada principalmente en la detención de los
delincuentes para que llegado el momento se les aplicara el
castigo correspondiente, tiempo después con la fundamentación humanista y racionalista del siglo XIX y las implicaciones
morales del castigo físico, incluyendo la pena de muerte, la
cárcel pasa de ser un momento de la pena a ser el momento
“en si”, es decir, pasa de ser un espacio de detención a uno de
sanción. En nuestros días la cárcel ha sido estudiada desde
distintos puntos de vista y se le ha dado un propósito diferente
de acuerdo a la óptica con la que se ha observado, por tanto,
no representa lo mismo para los estudiosos del derecho, que
para los sociólogos, psicólogos, antropólogos o en general
para la sociedad, a si, es concebida de diversas maneras en
función del fin de la prisión. Sin embargo, la cárcel tiene una
forma específica por la cual se puede entender; desde el punto
de vista institucional, y las funciones que el Estado le ha otorgado como elemento fundamental del sistema penal.
Sin duda las condiciones económicas, políticas y sociales de
cada momento histórico han impregnado a la cárcel de peculiaridades relacionadas con su contexto no solo local o regional
si no también mundial. Hoy en día dentro de un contexto globalizado y globalizador los estados han hecho de los espacios
de reclusión la retribución punitiva por excelencia en donde la
delincuencia pagará el costo de su comportamiento con la
privación de su libertad, pero no solo eso, si no también los
espacios de reclusión tendrán como encomienda el orientar las
–7–
acciones de los desviados de la ley al “buen camino”, es decir,
readaptarlos y con ello evitar que en un futuro reincidan en sus
acciones antijurídicas.
Latinoamérica no ha sido la excepción ante este panorama
de evolución carcelaria, por ejemplo; en México durante la
época colonial se establece la pena privativa de libertad como
consecuencia de la implementación del Derecho Indiano, siglos después, en 1975 bajo las presiones internacionales, México adopta una serie de reglamentaciones en torno al tratamiento de los reclusos y refina las nociones de readaptación social
que se implementaron en Almoloya de Juárez, la cual sirvió
como cárcel modelo en los años cincuentas y sesentas; en 1984
y años posteriores se ajustaran las Normas mínimas de Readaptación Social de Sentenciados con una perspectiva sobre
la privación de la libertad con fines de rehabilitación y no sólo
de castigo como en años anteriores. Como podemos observar,
la cárcel-castigo quedó en segundo término para abrir paso a la
Cárcel-rehabilitadora como principal sustento del régimen
penal mexicano.
El presente libro tiene como objetivo el de abordar desde
distintas aristas la prisión, su función, a los sujetos que la habitan, los programas de readaptación social existentes y las problemáticas entorno a ellas dentro del contexto actual en Latinoamérica. Pone de esta manera, bajo la lupa de distintos
especialistas, los aciertos y desaciertos que giran alrededor de
las prisiones y los efectos que en el sujeto ejerce.
El libro se divide en dos capítulos; en el primero se abordan los efectos de la prisionalización y el estado de las prisiones, en el segundo, se desarrollan distintas opiniones en torno
a la readaptación social y los vicios carcelarios.
El primero artículo del capitulo primero se titula “El procesos de socialización y adaptación del sujeto privado de su libertad en el reclusorio preventivo varonil oriente” Sindy Espinoza y Jessica Quezada desarrollan la dinámica que el interno
experimenta al ingresar al reclusorio, siendo la socialización y
–8–
la adaptación dos de los procesos en los cuales centran su análisis teórico. Por un lado nos explican la importancia de la socialización en el aprendizaje de las normas carcelarias, y por
otro, los procesos de adaptación que experimenta el interno al
ingresar a una “institución total” y toman en consideración
que al momento de ser prisionero, el infractor necesita ajustarse a un nuevo medio con características distintas a las que
acostumbraba desempeñarse en libertad. De la misma forma
desarrollan conceptos como prisionalización, control social y
poder, desde un punto de vista integrador en donde articulan
distintas teorías en torno al encierro, el control y las relaciones
de poder.
En Privatización del trabajo penitenciario ¿una nueva forma de penalidad? Raúl Adrián Montesinos Camarillo trata las
condiciones del trabajo en prisión y describe sus condiciones
actuales, y afirma que está lejos de ser un ente readaptador,
como lo contempla el artículo 18 de la Constitución Mexicana.
En principio realiza un recorrido de los beneficios que el trabajo
tiene como terapia de reinserción social y las posibilidades, que
de llevarse acabo adecuadamente, contrae el trabajo en si mismo. De igual manera muestra los ordenamientos jurídicos que
regulan el trabajo penitenciario y sus condiciones mínimas con
las que debería operar, en los tratados de orden internacional y
nacional, hallando en este último, grandes deficiencias para su
ejercicio adecuado. Además, inicia una interesante discusión en
torno a la privatización del trabajo penitenciario y pone como
ejemplo la realidad del sistema penitenciario estadounidense,
que genero como consecuencia de la privatización, el trato del
trabajo con finalidad de lucro y explotación de los internos.
Concluye su artículo proponiendo la participación del sector
público, social y privado en la regulación y estructuración del
trabajo penitenciario, no sin antes poner énfasis en la protección del interno en cuanto a la participación del sector privado, pues arguye que la sola intervención de particulares establecería al trabajo penitenciario con fines lucrativos y se
–9–
olvidaría de la finalidad inicial de tal actividad como terapia de
rehabilitación.
En el tercer artículo de Myrna León y Mara Roldan en su
escrito titulado “Una voz al silencio: Condición social de las
mujeres en prisión” abordan la situación de las mujeres reclusas por medio de un estudio empírico realizado en el Centro
Femenil de Readaptación Social (CFRS) Tepepan en donde
enfocan su atención en las mujeres detenidas por el delito de
“contra la salud” en la modalidad de “tráfico”. Sus resultados
muestra la importancia de las condiciones sociales, económicas
y políticas para que las mujeres del CFRS cometieran el delito
por el cual se encuentran privadas de su libertad. En primer
plano, nuestras autoras explican la importancia de la socialización primaria y secundaria para el pleno desarrollo social del
sujeto, enfatizan el valor de la familia y la educación para la realización de conductas delictivas, de igual manera, nos describen
las características de las mujeres internas en el CFRS y por medio de testimonios nos dejan claro que uno de los principales
factores para la comisión del delito de las mujeres estudiadas fue
el abandono de su pareja y la necesidad de conseguir recursos
económicos para la manutención de sus descendientes. Bajo
una perspectiva de genero describen las condiciones antes y
durante la estancia en el CFRS, de igual manera nos muestran
los motivos, mediante declaraciones de viva voz, de los motivos que las orillaron a cometer el delito de contra la salud.
El cuarto titulado “Racionalidad del trabajo en prisión ¿Transformación de la conciencia o domesticación?, de José Luis Cisneros, se
propone como análisis describir mediante algunos testimonios
las condiciones del trabajo y su expresión diferenciada y sexista de la aplicación de la ley para castigar no solo el delito en la
mujer sino su desviación del rol asignado en una sociedad machista, la se expresa en formas sutiles de un poder que castiga
doblemente a la mujer, primero por haber cometido un delito
y luego por haber transgredido el rol asignado por la sociedad.
–10–
El último artículo de este primer capitulo se titula “Para
quedarse a fuera: iniciativas de apoyo a la vuelta a la vida en
libertad” Lucia Pérez Bruzzone nos muestra un estudio descriptivo y comparativo de las diferentes instituciones que en
Montevideo Uruguay, intentan facilitar la reinserción laboral
de los sujetos privados de su libertad en centros de reclusión.
En un inicio comienza con un diagnóstico de la vida penitenciaria en Montevideo acentuando los diferentes problemas,
que como en casi todos los centros penitenciarios, impiden
una reinserción social real de los sujetos privados de su libertad. Por otra parte, nos describe el proceso de internalización,
la progresiva adecuación del sujeto a las nuevas formas de
relación social dentro de los penales, las dificultades a las que
se enfrentan una vez cumplida su sentencia y su reingreso a la
sociedad. Bajo este panorama, Lucia Perez, describe y compara
la oferta institucional existente en Montevideo para minimizar
los efectos de la prisionalización y favorecer la inserción social
de los sujetos, toma en cuenta como eje articulador de su análisis dos aspectos fundamentales: el origen de las instituciones
y la solidez con la que operan. De igual forma toma en cuenta
el campo de acción en donde intervienen las instituciones encargadas de minimizar los efectos carcelarios en donde observa dos principales espacios; el intracarcelario y el extracarcelario. Para finalizar, considera importante para su estudio la
perspectiva desde la cual las instituciones abordan los problemas de la reinserción social y observa que son de dos tipos: las
instituciones confesionales de corte religioso y las que operan
desde un punto de vista de la experiencia, dirigidas principalmente por ex reclusos que lograron reinsertarse a la sociedad.
En el primer artículo del segundo capitulo abrimos con un
escrito titulado, “La cárcel en México: una perspectiva sociológica” y se modela como un aporte teórico de cómo pensar
las cárceles en una realidad mexicana presente, en el cual, los
autores Jorge Lavín e Iván Loría, diferencian de manera sistemática la noción de cárcel que se tiene desde las disciplinas
–11–
penales y la sociología, como producto de ello puntualizan que
la cárcel vista desde una perspectiva social se construye bajo
tres nociones nucleares; como lugar, como espacio y como
territorio. De igual forma argumentan que los vicios que caracterizan a las cárceles mexicanas son los que la definen en una
perspectiva social no jurídica y por medio de la óptica del interaccionismo simbólico nos describen los principales vicios y
las prácticas sociales que se desenvuelven al interior de las
cárceles, a si mismo, nos muestran un panorama general de la
transición del castigo físico al castigo del alma, argumentos
sustanciales por los cuales desarrollan su artículo. Por último,
hacen un esfuerzo por aplicar los aportes de Loïc Wacquant a
la realidad penitenciaria en México.
En “Los difíciles senderos de la readaptación social” José
Luís Cisneros e Hilario Anguiano analizan a fondo la Ley de
Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad
(LEPRL) del estado de México y de manera rigurosa crítica la
utilización de nociones como readaptación social, comunidad
y resocialización que se encuentran dentro de dicha ley, a si
mismo desmenuzan el propósito de la readaptación social y
argumenta la falsedad del supuesto de la reinserción social en
dos principales razones: la primera en ciernes a la complejidad
actual del sistema penitenciario, y segundo, en lo complicado
que se encuentran las relaciones sociales dentro de las prisiones aunado a la ruptura de la socialización con sus familias y
en general con el mundo exterior a las prisiones. Por último,
inicia una discusión en torno a cómo el sistema penitenciario
pretende readaptar a los infractores de las leyes siendo que el
mismo sistema auspicia los vicios (Corrupción, tráfico de drogas, homicidios, violaciones, etc.) por los cuales se les ha privado de libertad a los individuos, sin olvidar que los trabajadores encargados de la readaptación social no están preparados
adecuadamente para tales fines y que el supuesto del articulo
18 de La Constitución Mexicana no es funcional en tales condiciones, pone como ejemplo la educación impartida por los
–12–
propios internos y no por personal capacitado, pues como
puede ser que “El que tiene que ser readaptado readapta”.
En tercer artículo de este segundo apartado se titula “El
simulacro de la readaptación social” a lo lago del trabajo Dante
López plantea el mito de la readaptación social en México, sus
conceptos articuladores son tomados de Bordieu y Foucault.
En un inicio nos plantea la importancia que tiene Lecumberri
para entender las transformaciones en el sistema penitenciario
en mexicano y resalta, de manera puntual, los diferentes proyectos que se instauraron en dicha prisión y la introducción de los
cuerpos técnicos en el sistema penitenciario. Además Dante
describe las deficiencias de los programas de readaptación social
en donde resalta los procesos de exclusión dentro de la exclusión y de la humanización del castigo como parte fundamental
del análisis de la readaptación social. Por último, cuestiona el
papel de los integrantes del consejo técnico y muestra la deficiencia del sistema penal para lograr una readaptación en los
presos, de igual forma sostiene que la idea de readaptación es
sólo el mantenimiento de la creencia de que el castigo tiene un
sentido, en ves de revelar la verdadera finalidad de las prisiones.
A lo largo del cuarto artículo, José Luis Cisneros y Alma
Rosa Marín en su escrito titulado “La violencia intramuros
como forma de castigo en: las cárceles de la ciudad de México” nos muestran un panorama de la situación actual de distintos reclusorios de la ciudad de México. En principio comienzan con una crítica a las visiones unilaterales de los análisis
criminológicos principalmente guiados por juristas, revelan la
posición reduccionista en la forma de abordar el fenómeno
criminal y evidencian los aspectos históricos y sociales que les
son carentes. En un segundo desarrollo despliegan los elementos sociológicos que dan origen a los valores de la sociedad
moderna y entrelazan esta situación a los conflictos entorno al
sistema penitenciario en México, en seguida desmenuzan los
planes de readaptación social y los vinculan con la situación
social del exterior, es decir de la sociedad no reclusa, en donde
–13–
manifiestan la equiparación de los problemas de la sociedad
con los que se gestan al interior de las prisiones y concluyen
que la vida en reclusión es un microcosmos de la realidad social en donde los problemas como el hacinamiento, la drogadicción y la corrupción generan formas de violencia, y por
ende, comportamientos delictivos, configuran de esta manera
la paradoja del “supuesto de readaptación social”. Finalizan
con un segundo análisis en donde muestran los espacios y las
condiciones de las cárceles de la Ciudad de México.
Para finalizar, Luz Anyela Morales y Jairo Muñoz nos muestran en su artículo “La prisión: una aproximación a la efectividad de la intervención correccional” un panorama minucioso
de los programas actuales de intervención en cárceles, principalmente de habla inglesa, su efectividad y posibilidades de
acción. En un principio describen la problemática que existe
en las cárceles para obtener una efectiva intervención correccional que dé como resultado la disminución de actos delictivos violentos, en el la cual enfatizan una serie de elementos
básicos para lograr la efectividad de los programas, de los cuales destacan el abastecimiento de necesidades primarias en las
instituciones carcelarias como lo son: Higiene, salud, educación, vinculación social, laboral, entre otras; la reducción de
los efectos carcelarios y la implementación de programas basados en los resultados de investigaciones científicas que
muestren de manera sistemática los beneficios y efectos secundarios de dichos programas. En segundo plano, mencionan
una serie de principios por los cuales los programas de intervención basados en metodologías estructuradas bajo metaanálisis han disminuido los niveles de reinserción en los sujetos que han sido intervenidos con programas de esta naturaleza, por último, arguyen la importancia de los estudios científicos realizados en torno a la elaboración y comprobación de los
programas de intervención correccional para la elaboración de
políticas públicas e implementación de programas de reinserción social del sujeto privado de su libertad.
–14–
Como podemos observar, a lo largo de los diez artículos
presentados en este libro se exhibe un diagnóstico modesto
del propósito y la situación carcelaria, en donde los autores
sugieren que la penalidad no sólo se reduce a la privación de la
libertad de los sentenciados, sino que también existen una
serie de situaciones (prisionalización, estigma, violación a los
derechos humanos, etc.) que ejercitan y fortalecen el castigo de
los sujetos privados de su libertad en esferas distintas y superiores a la oficial configurando a sí “Nuevas formas de penalidad”. La producción de estos textos es un esfuerzo de los autores por generar una reflexión sistemática en torno a las
prisiones y sus diferentes problemáticas, ponen en discusión la
situación actual del sistema penitenciario que revela su precariedad.
Mayo del 2007
–15–
Capítulo primero
Prisionalización
y estado de la prisión
El proceso de socialización
y adaptación del sujeto privado
de su libertad en el Reclusorio
Preventivo Varonil Oriente
Sindy Bello Espinoza
Jessica Argel Quezada Ascencio
Introducción
El estudio de la problemática carcelaria, a menudo, está enfocada en la línea de los análisis jurídico-penales y criminológicos; sigue siendo un terreno poco estudiado por la sociología.
Los esfuerzos por abordar esta problemática han enfatizado en
general la dimensión estructural-institucional, dejando olvidados
los aspectos que tienen que ver en la adaptación y la socialización del individuo dentro de estas Instituciones, comprometen
aspectos y situaciones vinculadas a la esfera de la intervención
de los internos en la dinámica del sistema carcelario.
Desde la perspectiva sociológica los reclusorios son una
pequeña sociedad, en donde se encuentran personas de distintos grupos socioculturales y económicos, así como una diversidad de tipos de personalidad, a estos individuos se les presenta la necesidad de aprender a relacionarse entre ellos para
poder desarrollarse adecuadamente dentro del medio. Con esta
investigación se pretende analizar un fragmento del campo
penitenciario, se intentó llevar al sujeto privado de su libertad
al primer plano, sin dejar de considerar por ello las relaciones
que se producen entre la cárcel como estructura y las interacciones sociales que en su interior se desarrollan.
–19–
Fue de particular interés tener conocimiento de cómo surgen los procesos de adaptación y socialización en el interior de
la Institución, siendo objetivo de la investigación la propia
dinámica social que existe en el Reclusorio Preventivo Varonil
Oriente, teniendo como punto de partida el Centro de Observación y Clasificación (COC).
Se llevó a cabo un estudio de la realidad de las personas que
han infringido una ley o norma social y como consecuencia se
les aplica o ha aplicado la pena privativa de la libertad, observando el desarrollo de la actividad carcelaria actual y su definición como un verdadero medio de control social estatal. Esto lo
observamos desde una perspectiva externa ya que como espectador cambia la visión de cómo se están viviendo los cambios
sociales y emocionales del individuo dentro del Reclusorio.
Socialización y adaptación
El nacimiento del ser humano trasciende desde su aparición
biológica, el nuevo individuo ingresa a un contexto de relaciones sociales predeterminadas produciéndose también su nacimiento a la vida social. La persona nace en el seno de una sociedad en la que rigen un conjunto de normas y valores, reglas
de comportamiento, etcétera, que aseguran el orden y la convivencia social. Así empieza para el ser humano un largo proceso de aprendizaje mediante el cual asimilará paulatinamente
las normas y regulaciones del grupo de pertenencia.
La evolución de aprendizaje social en el que el individuo adquiere los conocimientos indispensables para convivir se conoce comúnmente como proceso de socialización. Éste se maneja
por ciertos límites del comportamiento tolerado para el momento y contexto particular, pretendiendo garantizar la no violación del orden y la paz social. El proceso está continuamente
en acción en el sujeto pudiendo afectar a diversas personas
dentro de la misma sociedad a lo largo de su vida, influyendo
en el individuo proporcionándole las pautas de comportamien–20–
to que son esenciales para el mantenimiento de la sociedad y
de la cultura.
La socialización es aquello que existe en los individuos y es
capaz de producir una acción hacia los demás, o bien es la
recepción de influencias sobre ellos; al presentarse la interacción social aparecen formas de cooperación y de colaboración
que se encuentran comprendidas bajo el concepto general de
una sociedad.
Desde el punto de vista de la sociedad se trata de un proceso de control social y una manera de ordenar la vida de grupo.
“La socialización es un proceso que se desarrolla en el individuo mientras éste se va adaptando a la gente que le rodea”.
(Ficher, 1982: 42) La persona adopta los hábitos de la sociedad
en que vive. “La socialización es un proceso de influjo mutuo
entre una persona y sus semejantes, un proceso que resulta de
aceptar las pautas de comportamiento social y de adaptarse a
ellas”. (Ficher, 1982:42). El ser humano es una persona social
desde que comienza a existir, a lo largo de su vida está sujeto a
continuos cambios y adaptaciones, este desarrollo se observa
no sólo en las distintas etapas entre la infancia y la vejez, sino
también en personas que cambian de cultura, status social o de
ocupación.
“La socialización se puede describir desde dos puntos de
vista: objetivamente, a partir del influjo que la sociedad ejerce
en el individuo y subjetivamente, a partir de la respuesta o
reacción del individuo a la sociedad. Objetivamente, la socialización es el proceso por el que la sociedad transmite su cultura
de generación en generación y adapta al individuo a las formas
aceptadas y aprobadas de la vida social organizada. La función
de la socialización consiste en desarrollar las habilidades y las
disciplinas de que tiene necesidad el individuo, en infundirle
las aspiraciones, las valoraciones y el “plan de vida” que posee
esa sociedad particular, y especialmente en enseñarle las funciones sociales que deben desempeñar los individuos en la
sociedad” (Ficher, 1982:42).
–21–
El individuo durante su proceso de socialización configura
su naturaleza social. La sociedad nos “educa” para sus fines:
dice cuáles son las metas que debemos buscar (metas sociales),
también cómo y por qué caminos lograrlas, mediante la socialización se busca llevar al individuo por la vía “correcta”. Los
alejamientos o desviaciones de ese camino deben estar previstos por la sociedad o el grupo y, por supuesto, deben estar
sancionados. Estas previsiones y soluciones componen también el proceso de socialización que, al igual que las normas,
forman parte de nuestros pensamientos.
Berger y Luckmann señalan la existencia de dos fases diferentes en el proceso de socialización: “La socialización primaria es la primera por la que el individuo atraviesa desde la niñez
por medio de ella se convierte en miembro de la sociedad”.
(Berger, 2001: 166). Tiene lugar durante los primeros años de
vida, sirve de base para la comprensión del mundo como un
todo compacto e invariable, así como para la comprensión de
la vida como un sistema donde uno existe en relación con
otros, donde el yo cobra sentido como yo social, así mismo, es
una socialización filtrada, es decir, el individuo ocupa un espacio social concreto y en función del mismo y de las relaciones
que conlleva se produce una identificación propia, una identidad. Además transmite contenidos cognitivos que varían de
una sociedad a otra pero que fundamentalmente comprende el
aprendizaje del lenguaje. Este aprendizaje se efectúa en condiciones peculiares que lo diferencian del resto de los aprendizajes
posteriores. Dichas condiciones se definen básicamente por la
presencia de un alto componente emocional afectivo que otorga
a estos aprendizajes una sólida firmeza en la estructura personal
del individuo. La presencia de este factor determina que la modificación posterior de los contenidos aprendidos en la socialización primaria resulte difícil de obtener. En realidad, la efectividad de todo aprendizaje posterior dependerá en gran medida
del ajuste que se tenga con respecto al primario.
–22–
“La socialización secundaria es cualquier proceso posterior
que induce al individuo ya socializado a nuevos sectores del
mundo objetivo de su sociedad”. (Berger, 2001: 166). El individuo internaliza submundos diferentes, tiene acceso al conocimiento de una realidad compleja y segmentada, así mismo, no
accede a todo el conocimiento, sino a una parte en función de
su rol y posición social. El conocimiento también se segmenta,
esto ocurre porque los medios de acceso al conocimiento crean
mundos institucionalizados, es necesario aprender a través de
cauces y procesos adecuados. En esta socialización se corre el
riesgo de convertir las internalizaciones anteriores en algo vulnerable, situación que se ve minimizada por la existencia de
determinados medios de mantenimiento de la realidad, entre
los cuales destaca la rutina diaria como afirmación del conocimiento de la vida cotidiana, un cambio profundo en la realidad
subjetiva puede tener lugar si se produce una reinterpretación
radical de los hechos que los autores denominan alternación,
mediante un nuevo proceso socializador y legitimador.
En la socialización secundaria, los aprendizajes efectuados
no implican necesariamente una carga emocional o afectiva
intensa. El problema central de toda socialización secundaria
consiste precisamente en que actúa sobre el sujeto ya formado
y que todo nuevo aprendizaje exige un cierto grado de coherencia con la estructura básica. En este sentido, el proceso de
socialización secundaria debe apelar continuamente a reforzar
dicha coherencia para garantizar mayor efectividad en el
aprendizaje.
La adaptación es el “proceso mediante el cual se adquiere la
actitud para vivir en un medio dado. El término se aplica comúnmente y en forma más correcta, a los cambios de los rasgos morfológicos del cuerpo físico, por inferencia y cuidando
que encaje bien en el contexto, puede también utilizarse para
indicar la modificación cultural realizada para acomodarse a un
medio humano determinado” (Pratt, 1997: 4-5).
–23–
La adaptación individual es el “proceso por el cual un individuo modifica conscientemente una característica socialmente
adquirida a fin de ajustarla a un modelo o norma que se estima
deseable”. (Pratt, 1997: 4-5). Mientras que la adaptación social
es la “relación de un grupo o Institución con el medio físico
que favorece su existencia y supervivencia. Puede significar
una relación favorable o ventajosa del individuo con el grupo,
o el proceso para lograrla”. (Pratt, 1997: 4-5).
Cuando un individuo ingresa al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente está formado socialmente, sus normas y valores
están establecidos; las relaciones que se construyen forman
parte de su socialización secundaria, el individuo debe de ir
aprendiendo normas, patrones, códigos, reglas establecidas
dentro de la Institución, adopta determinados gestos, realiza
ciertas prácticas, adquiere comportamientos conforme a un
sistema de reglas implícitas y explicitas que el sujeto no necesariamente conoce, sino que las aprende en la práctica de la vida
cotidiana, como procesado o sentenciado en la cárcel. Los sujetos no realizan un acto voluntario y consistente de aceptación
de las reglas y normas con las que funciona la institución, él
aprende a sujetarse a ellas mediante un procedimiento que es el
castigo. Se le impone un orden de circunstancias que tienden a
aislarlo de su medio ambiente social, quebrantando así su personalidad, reduciéndole su capacidad de trabajo, obligándolo al
ocio forzoso, lo expone al hacinamiento, a la pérdida de la
sociabilidad, desintegración familiar, entre otras, con esto se da
lo que se denomina como “prisionalización”, que no es más
que la asimilación en mayor o menor grado de las costumbres,
tradiciones y cultura carcelaria.
El individuo se encuentra con diferentes formas de convivencia, además debe aceptar leyes, normas, reglas y patrones
de acciones sociales ya establecidas que son diferentes a los
que lleva en su vida cotidiana y son asignadas de manera coercitiva, las debe de aceptar tal y como son, para así poder sobrellevar su estancia, así mismo, los internos deben de adaptarse a
–24–
un medio en donde incluso las actividades más simples están
reglamentadas y controladas, se alinean individualidades sometiendo a los diferentes individuos a criterios de igualdad, dándose una perdida de valores socialmente aceptados como la
seguridad, la privacidad, la identidad social deja de ser propia
ya que es subordinada por diferentes figuras de autoridad.
Los primeros días de prisión son los más difíciles para el interno porque significan un cambio radical en su hábitat y condiciones de vida, ya que deberá aprender reglas no escritas de la
vida carcelaria, y finalmente adaptarse a estas. Un ejemplo de
esto podría ser el ocio que se vuelve otro reto para la adaptación
de algunos internos, lo cotidiano, el aburrimiento, la monotonía,
se vuelven una rutina así es que lo extraordinario o inusual puede ser cualquier acontecimiento, el olvidar el aburrimiento por
momentos se vuelve una necesidad. La rutina monótona y minuciosamente planificada de la prisión acaba transformando la
imagen del mundo de los internos, muchos de los cuales no
llegan a concebir otra forma de vida más que la carcelaria, dándose un cambio en el comportamiento de los individuos,
creando alteraciones en su capacidad de establecer relaciones
sociales.
En la medida que aumenta el tiempo de estancia en prisión,
mayor es la influencia de los aspectos penitenciarios en la vida
total del individuo, puesto que tanto sus actitudes como sus
relaciones sociales se ven extremadamente mediatizadas por
las condiciones de vida propias del encierro. Se puede asegurar
que el ocio generalizado es un rasgo distintivo de la vida penitenciaria, presentándose como otro de los retos para la adaptación de los internos.
Relaciones en el interior del reclusorio
Debido a las presiones del medio en las que se desarrolla su
vida en el tiempo en el que permanecen en reclusión, los internos mediatizan totalmente sus relaciones en el interior de la
–25–
cárcel con sus semejantes, refugiándose en intereses comunes
que comparten e instrumentalizan de un modo peculiar para
conseguir los objetivos que se proponen.
Las relaciones que se dan entre los internos en el interior
del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente se forman con diferentes grupos dentro de los cuales existen figuras diversas en
cuanto a su función y trato. En esta investigación identificamos a tres grupos en los cuales los internos llevan el proceso
de socialización y adaptación.
Relación Interno-Interno: se distingue por dos contextos:
a) La relación que se da con los compañeros de estancia,
señalando que es el grupo de referencia, creado por el hecho
de compartir un espacio determinado, con lo que se establece
una relación más estrecha entre los individuos.
b) La relación que se da con el resto de los internos. Se establecen relaciones con compañeros de causa penal, algún
conocido o familiar y las que mantiene de manera circunstancial con el resto de los internos.
El conjunto de todas las relaciones cotidianas e informales
que se genera de interno-interno crea la base de su relación
social directa, mientras que el resto de las relaciones que se
establecen con los otros grupos pueden definirse como mediatas y cargadas de un fuerte contenido coercitivo.
Como parte de la relación entre los internos, se encuentra
la organización que se deriva de la división de tareas y roles
que adquieren o se les asigna, lo cual trae consigo responsabilidades en determinadas áreas o actividades realizadas en la
prisión.
Las relaciones entre interno-interno, interno-empleado son
parte de las estrategias para la adaptación y por consiguiente
de interacción entre los sectores de la Institución. La cooperación se induce a través de reglas de intercambio y las estrategias de cada uno de sus miembros para alcanzar sus objetivos
personales obligan a éstos a entrar en el grado y el modo que
sea, en ese juego de intercambios que se propone.
–26–
Relación Interno-Institución
Interno-Directivos: Esta relación es limitada, dado que las
funciones del directivo se ubican principalmente en cuestiones
de carácter administrativo y de organización, salvo en aquellos
casos que sean relevantes y prioritarios, para salvaguardar su
integridad física, social y jurídica. Solo así habrá contacto entre
un directivo y la población interna.
Interno-Técnicos: Se puede percibir que la atención es
más directa ya que las actividades que conciernen al área técnica son de índole interpersonal. Esta zona se compone por las
diferentes áreas: trabajo social, psicología, pedagogía y criminología, siendo éstas el eje principal dentro de la Institución
por ser las que realizan los estudios correspondientes para la
clasificación a dormitorios.
El personal técnico penitenciario es de gran apoyo ya que
se encuentran distribuidos en casi todas las áreas del reclusorio, como lo son Ingreso, COC, visita íntima y dormitorios.
Parte de sus actividades son de carácter docente, debido a que
imparten diversos cursos. Los internos pueden asistir a éstos,
los cuales les favorecen de manera jurídica e institucional.
Interno-Administrativos: La relación es más variable ya
que los internos colaboran con este personal, auxiliándolos en
diversas actividades administrativas, en las diferentes áreas del
reclusorio como COC, mesa de prácticas, área jurídica, actividades deportivas o culturales y centro escolar.
Interno-Seguridad y custodia: En esta relación podemos
encontrar que tanto el interno como el custodio se relacionan
con mayor frecuencia en comparación con los demás empleados, ya que al estar hablando de una Institución de Seguridad
las actividades que lleva a cabo el custodio son de carácter
prioritario para salvaguardar el orden y la integridad de la Institución. Asímismo el interno debe de acatar normas y reglas
que se le impongan por parte de este personal; si no las lleva a
cabo, el custodio tiene la facultad, las hábilidades y el derecho
para poder castigar al interno.
–27–
Relación Interno-Familia
La relación de convivencia que se da con la familia se presenta en diferentes contextos, dándose ésta relación únicamente en los días de visita (martes, jueves. Sábados y domingos) y
por vía telefónica, estando reglamentada por un horario marcado por la institución. Para la mayor parte de la población
interna, la familia es el apoyo principal tanto moral como económico, siendo ellos constantes durante su proceso penal y
durante el tiempo que se mantendrá en prisión el interno.
Identidad
La trayectoria social de un individuo en prisión puede ser
considerada como un modelo temporalmente condensado de
socialización, cuyo resultado es la construcción o reconstrucción de su identidad.
“La identidad es aquello por lo cual el individuo se define
así mismo socialmente. Pertenece a diversos grupos sociales, el
de su origen geográfico, su familia, su profesión, su empresa,
su religión, su partido político, etcétera. La identidad no connota lo idéntico, sino la pertenencia gracias a lo cual un individuo se define. La identidad es cercana al concepto tradicional
de estatus, de roles sociales desempeñados por un individuo o
la recomposición de sus posiciones, sí se toma el concepto en
el sentido de la percepción que tiene el individuo”. (Bernoux,
1985: 187). El ingreso a una prisión conlleva un proceso de
construcción de una identidad institucional, cuando el individuo ingresa a la cárcel proviene de una estructura social mayor
en la que se ha creado, a través de su socialización una identidad conformada por roles y estatus, que normalmente se pierden o modifican con su ingreso al reclusorio. Esta pérdida de
su identidad está originada en primer lugar en el distanciamiento y la separación del marco social en que ésta se sustentaba.
Se ve inmerso en un nuevo universo social con una conformación diferente a su marco original y respecto al cual debe re–28–
construir sus posiciones y, consiguientemente, su identidad,
esta inmersión se caracteriza por ser un proceso totalizador en
el sentido que, a diferencia de otras organizaciones como la
familia, el trabajo, la escuela, etcétera, su incorporación a la
prisión abarca todos los aspectos de su vida y, al menos en una
primera etapa, el individuo no podrá ejercer los roles que conforman su identidad exterior.
Al interior de las cárceles existen reglamentos, criterios y
normas que rigen la conducta de los internos y del personal
que ahí labora y que forman parte de la cultura institucional y
la subcultura carcelaria. Esta subcultura carcelaria tiene sus
propias reglas que son válidas para los internos y, junto con la
cultura institucional, regulan la forma de interacción de los
internos, permitiendo la integración o exclusión al grupo.
El individuo se tiene que relacionar con un conjunto de personas que por lo general comparten fines o metas comunes,
tienen o establecen normas para sus integrantes, pautas de conducta que en caso de ser infringidas acarrean una sanción. El
control se realiza por medio de la enseñanza de esas normas y la
aplicación de las sanciones correspondientes. Todo ello constituye la cultura, que abarca diversas maneras de pensar, sentir, y
obrar que son aprendidas y compartidas por una pluralidad de
personas, sirven de modo objetivo y simbólico para constituir
en los individuos una colectividad particular y diferente. Dentro
de esta cultura carcelaria encontramos pautas ideales de comportamiento, modelos o metas las cuales integran la conducta
común de los internos, dando como resultado las costumbres.
Relaciones de poder
La prisión es una institución social que forma parte del Estado y se presenta como exponente de la justicia penal, constituye
el modelo del poder disciplinario que se instaura a partir del
siglo XVIII. La pena de prisión se instituye como defensa contra
el delito en las sociedades contemporáneas, y es el eje del siste–29–
ma represivo en muchos países. Cada prisión es producto de un
momento histórico determinado, mantiene una interacción social con su contexto inmediato. Las instituciones totales forman
parte de la estructura que comprende el Estado, como estrategia
para mantener el control de la sociedad. Goffman, define una
institución total como un “lugar de residencia y trabajo, donde
un gran número de individuos en igual situación, aislados de la
sociedad por un periodo considerable de tiempo, comparten en
su encierro una rutina diaria” (Goffman, 1973: 13).
Las cárceles son un ejemplo claro de lo mencionado anteriormente, ya que se limita la entrada, se prohíbe la salida, ya
sea de manera definitiva, o bien en función de ciertos horarios;
cada espacio posee un tiempo, cierto ritmo, sus zonas de luz y
sus zonas de oscuridad. A pesar de los muros y de su relativo
aislamiento, este intercambio introduce en ellas alteraciones
que la hacen oscilar entre la permanencia y el cambio en sus
modos de actuar y en sus modos de organizarse. Como ocurre
con otras construcciones sociales, la cárcel orienta su acción
de acuerdo a los rasgos que conforman su propia cultura, la
cual cambia con mayor agilidad que los marcos legales los cuales rigen estas acciones.
Poder
Como parte de la teoría clásica de la sociología, Weber contempla al poder como “la probabilidad de imponer la propia
voluntad, dentro de una relación social, aún contra toda resistencia y cualquiera que sea su fundamento de esta probabilidad”. (Weber,1998: 43). El poder social es la forma de socializar
un comportamiento individual. La fuerza necesita complementarse con el reconocimiento de la misma, en lo que se refiere al
contenido intrínseco de las órdenes, por parte de los sometidos a quien ejerce dicha fuerza.
Foucault, muestra que nada es más material, más corporal
que el ejercicio de poder. El poder es “un conjunto de relacio–30–
nes sociales, una maquinaria que produce efectos de dominación a partir de cierto tipo de estrategias y tácticas específicas”
(Foucault,1980: 144). Concibe al poder como una inmensa red
de relaciones intangibles, como un haz de dispositivos de lucha y dominación. El poder no sólo atraviesa a los individuos
y a las instituciones, sino que se corporaliza en éstas y se personifica en ellos. El poder no es una institución, ni una estructura ni tampoco la capacidad de alguien, sino que es simplemente una estrategia compleja de prácticas de dominación en
una sociedad determinada.
Para Foucault el cuerpo es esencial en el análisis que realizó
acerca del poder, mencionando que es a partir de éste en donde se sitúa el poder. El cuerpo está imbuido de relaciones de
poder, pone de manifiesto como en las prisiones el poder se
desnuda en su totalidad, es en donde se castiga el cuerpo, pero
también el alma; es el cuerpo el que determina nuestros roles y
nuestras formas de relación con otros sujetos; el cuerpo es
vigilado pero a su vez reproduce la vigilia e incluso el castigo.
El poder está inmerso en todas las actividades del sujeto, el
cual se relaciona reproduciendo las propias relaciones de poder. Uno de los aspectos del sistema penitenciario es el de
lograr el sometimiento del cuerpo de los sujetos sociales, el
alma disciplinada se convierte en la prisión del cuerpo. En
todo espacio, a su vez, se gestan relaciones de poder que construyen la trama de lo cotidiano, se expresan mediante ritos,
ceremonias, normas, reglas y el uso de técnicas que marcan los
cuerpos, cada forma que asumen las relaciones de poder inscribe a los cuerpos sus propias sentencias.
Una de las preocupaciones fundamentales del sistema carcelario es la de lograr el sometimiento del cuerpo de los sujetos sociales, sin embargo, el disciplinar el cuerpo no es suficiente si éste no va acompañado del sometimiento del alma de
los presos. Es en este sentido, que la prisión debe preocuparse
por reeducar y conducir adecuadamente a los espíritus encarcelados. “El cuerpo ya no es suplicio y objeto de la penalidad,
–31–
sino que ahora las penalidades recaen en el alma. El castigo
ahora debe actuar en profundidad, no sobre la piel, sino sobre
el corazón, el pensamiento, la voluntad, los deseos, ya no debe
de sufrir el cuerpo, sino corregir el alma, pero para corregir el
alma y someterla, se debe de trabajar el cuerpo, ya que el cuerpo es la expresión del alma” (García, 2002: 54). El cuerpo es
sometido a través de ideología, violencia física o no física. La
cárcel es un mecanismo sin alma. Las reglas de la vida en prisión hacen prevalecer las relaciones de privacidad-agresividad
y de dependencia-dominación; no dejan prácticamente lugar
alguno para la iniciativa y el diálogo.
Influyen varios factores psicosociales del interno para integrarse al proceso de prisionalización: su edad, formación académica, relaciones sociales, nivel económico, vínculos familiares. La
socialización y adaptación a la vida carcelaria será inminente y
ejercería nociva influencia en el interno, por ejemplo, en la
incapacidad para disfrutar la realidad del mundo exterior, el
alejamiento progresivo de los valores de ésta y otros. Al interior
del reclusorio por lo general, existe un sentimiento de ausencia
total de poder, aparece la sensación de control, dependencia,
frustración, anonimato y deshumanización. El sujeto se interconecta con la sociedad a partir de las relaciones de poder que
ejerce y que padece. Las relaciones de poder pueden ser familiares, sexuales, productivas; íntimamente enlazadas y desempeñando un papel de condicionante y condicionado. El poder
tiene que ser analizado como algo que funciona en cadena.
La relación de poder para Foucault no es más que una relación en el modo o la forma de acción de unos sobre otros, el
poder entonces es una acción sobre las acciones de los otros.
Para que la relación de poder se dé, es necesario que existan al
menos dos individuos.
“El poder es una relación en la cual unos guían y conducen
las acciones de los otros, es decir que el poder no sólo reprime, sino también induce, seduce, facilita, amplia, dificulta,
limita y prohíbe. En esta relación se puede llegar a usar la vio–32–
lencia, pero, cuando es usada, la relación se encuentra en ella a
su propio límite, deja de ser relación de poder para transformarse en coacción física” (García, 2002: 36-37).
Al interior de las prisiones subsisten en los hechos dos poderes: a) un poder formal (institucional) representado por los
directivos y personal y, b) un poder informal que no es más
que la organización de los internos representado por los grupos de poder.
El ejercicio del poder es analizado por Foucault desde la
perspectiva de la disciplina que se ejerce sobre los cuerpos a
través del control y la vigilancia. “El poder es una relación que
requiere siempre un espacio en el que debe ubicarse, y en el
cual debe ejercerse. Un espacio, un territorio determinado, una
materialidad sobre la cual actuar; unos cuerpos sobre los cuales
ejercer dominio y codificación. Este espacio requerido será un
espacio cerrado con límites y fronteras que haga posible el
ejercicio del poder en su interior: una colonia penitenciaria,
que impida toda posibilidad de escape, la imposibilidad del
libre tránsito y del ejercicio de la libertad” (García, 2002: 50).
Foucault menciona que la disciplina es un mecanismo del
poder, por el cual alcanzamos a controlar en el cuerpo social
hasta los elementos más tenúes, por los que llegamos a tocar
los propios átomos sociales, los individuos. Foucault establece
que el poder disciplinario se ejerce sobre los cuerpos mediante
las técnicas de vigilancia, las sanciones normalizadoras y el
control permanente que ejercen las instituciones.
Cuando surge la disciplina capitalista y sus tácticas panópticas como el encierro, la vigilancia, la fiscalización, el control de
gestos, la discriminación, la imposición de hábitos y normas de
conducta, se introduce la práctica de la domesticación de los
individuos. La celda pasa a ser una solución ideal como técnica
disciplinaria, ya que priva de la libertad a los individuos, los
somete, los restringe. La vigilancia funciona como una forma
de poder y disciplina múltiple, anónima y automática, circula
en todo el cuerpo social. La vigilancia debe ser perpetua y con–33–
sistente, tiene que sentirse como un acoso incesante y profundo que capte y juzgue la vida entera de los vigilados. Es de
vital importancia que la vigilancia sea eficaz, incisiva y absoluta, para que en el momento determinado se convierta en autovigilancia de los propios individuos disciplinados. La disciplina
presupone la existencia de un saber vigilado al poder.
Control social
La prisión en la sociedad se comprende como el lugar en
donde se va ha ejecutar la pena privativa de la libertad, la función que tiene asignada es el ejercicio del poder que ejerce de
manera particular el Estado. Por control social entendemos el
conjunto de normas sociales, las autoridades, los poderes sociales que en diversos niveles influyen en la conducta humana
y en sus aspectos externos. Todo instrumento de control social es un medio para influir en la conducta externa del hombre. El control social es centralizado por el Estado, poseedor
de la exclusividad represiva en su totalidad, lo que se conoce
como monopolio legítimo de la fuerza. El “Estado aparece
como una relación social que se concreta en un aparato institucional existente por fuera y por encima de los ciudadanos
comunes. Este aparato estatal tiene en el monopolio de la violencia su rasgo definitorio” (Ávalos, 2001: 22).
El Estado es el único que puede servirse de la fuerza física
legítima para imponer el orden y la conformidad, puede imponer una gama de sanciones, que van desde las pecuniarias hasta
las de la privación de la libertad. Es por eso que en los centros
penitenciarios se ejerce la violencia legítima, ya que se tiene la
autoridad para poder dominar y someter a los individuos. La
represión legítima es una acción dirigida a neutralizar a quien
es socialmente peligroso. El representante por excelencia de
este tipo de control lo constituye el Sistema de Justicia Penal.
El control social se constituye por un conjunto de mecanismos, acciones reactivas y sanciones, que una colectividad
–34–
elabora y utiliza, ya sea con el fin de prevenir la desviación de
un sujeto individual o colectivo respecto a una norma de comportamiento, para eliminar una desviación que ha ocurrido
logrando que el sujeto vuelva a comportarse de conformidad
con la norma, para impedir que la desviación se repita o se
extienda a los demás. Aparece la cárcel como forma de control
social para la corrección de los comportamientos anómicos
que aquejan a la sociedad, su fin es reformar psicológica y moralmente a los sujetos, más que castigarlos ejemplarmente. Se
impuso una política preventiva como forma de ortopedia social, y junto con la prisión aparecen otra serie de instituciones
dedicadas al control y la vigilancia de los sujetos con el fin de
impedir que cualquier acto se desvié de la norma, tales como la
policía, las instituciones pedagógicas, psiquiatritas y médicas.
La cárcel se convierte en una agencia de control social, en
una de las instituciones del Estado. La prisión, como parte del
control social, va dirigida hacia estatus sociales y grupos marginales que se consideran peligrosos al sostenimiento del modelo político y social existente.
El Estado crea un conjunto de normas sociales que tienen
como finalidad regular la conducta humana para que el individuo se desarrolle adecuadamente dentro de un grupo social
determinado y obtener un buen comportamiento de sus
miembros. Puede agruparse dentro de sistemas normativos
como: normas jurídicas (derecho), normas religiosas, reglas de
trato social, normas morales. Sin embargo, la amenaza de sanciones no siempre evita la conducta antinormativa, pero indudablemente es un factor al lado de otros que ejerce una presión sobre el comportamiento humano, no obstante que
existen una serie de elementos que inducen a que el hombre se
comporte de acuerdo con las leyes existentes en una sociedad.
Una variante del control social establece una red de contención ante la conducta anómala, esta red posee una esencia
jurídica, así, este tipo de control es ejercido sobre el grupo de
sujetos que transgreden las normas de entidad legal, demos–35–
trando, con sus acciones antijurídicas, la ineficacia de su socialización primaria. Dentro de las normas sociales, existen sanciones externas para los transgresores de dichas normas. La ley
establece todo aquello que es útil para el poder social en su
conjunto y sólo serán castigadas aquellas conductas definidas
por la ley como reprimibles por ser nocivas a la sociedad. La
falta marcada por la ley es un daño a toda la sociedad, siendo
esta perjudicada de igual forma que la víctima. No se busca
tanto la reparación del daño como impedir que se cometan
males semejantes.
Aún cuando una gran mayoría de los hombres se abstiene
de violar las normas jurídicas, por las posibles consecuencias
que ello trae consigo, siempre existen hombres que no se detienen ante la amenaza de la aplicación de la sanción y transgreden las reglas o normas establecidas. Las sanciones, como
medio, nos llevan a controlar la conducta de los miembros del
grupo social, formando así parte del sistema de control social.
La prisión es también, por encima de todo, un imponente
mecanismo de segregación. El suplicio ha dejado de ser una
técnica para el sufrimiento del cuerpo, éste deja de ser el blanco de la represión penal, se convierte en algo oculto y sutil.
Ahora la pena recae en el castigo convirtiéndose en la parte
más oculta del proceso penal, lo cual lleva consigo algunas
consecuencias. El castigo no desaparece, sólo se ha transformado, ha tomado como objeto principal la pérdida de un bien
o un derecho, la libertad, aunque no es solamente la privación
de la libertad, sino también cierto racionamiento alimenticio,
una privación de la sexualidad, el uso del tiempo en el interior
de la cárcel, la obligación de seguir ciertos gestos, actos, normas y el ordenamiento pautado de la vida cotidiana. La prisión
continúa procurando sufrimiento de cualquier forma. La cárcel
es la región más sombría en el aparato de justicia, es el lugar
donde el poder de castigar, que no se atreve a actuar al descubierto, organiza silenciosamente un campo de objetividad
donde el castigo podrá funcionar en pleno día como terapeuta,
–36–
e inscribirse la sentencia entre los discursos del saber. Para
sobrevivir en prisión se tienen que adquirir los hábitos de la
subcultura carcelaria, justo los hábitos que no sirven estando
en libertad. Lo que tienen que aprender es a ser sumisos, no
exigir, no protestar, no tener iniciativa, no elegir, no decidir.
Al entrar a una cárcel, se puede observar un medio artificial,
en el que deambulan individuos “extraños”, sujetos con semblante hostil, poco agradable, miradas que pueden ser de envidia, desconfianza, ironía, rencor o tristeza, “perdidos” van de
aquí a allá, individuos que al sucumbir a la monotonía hacen
de su modus vivendi una trágica e interminable agonía que los
atormenta con el peso del remordimiento y la frustración. Las
cárceles son lugares oscuros porque se vive en un mundo
oculto para la sociedad, y también son ocultas al interior de
ellas mismas, ya que las autoridades dicen desconocer cómo es
la vida cotidiana de los internos al interior, debido a la falta de
interés que se tiene por conocer y participar en la vida de los
presos, ya que su trabajo es más de “vigilar y castigar”, que de
reeducación, siendo la readaptación social el interés último.
El interno es llevado a condiciones de vida que nada tienen
que ver con las del adulto, se le priva de todo lo que usualmente hacía, o debe hacerlo en condiciones o con limitaciones que
no conoce, fumar, ver televisión, asearse, comunicarse telefónicamente, leer, etcétera. Los individuos dentro de la cárcel
son objeto de continuas vejaciones y son marcados por la violencia constante. En la lucha por sobrevivir pierden su conciencia individual, su iniciativa propia, su sentido de autorresponsabilidad, aceptan lo que se les impone sin mantener un
mínimo de dignidad que los haga sentir humanos.
La disciplina carcelaria es la base de la violencia sistemática
en contra de los internos. El poder disciplinario del personal
de custodia, en lugar de readaptar, tiene la función principal de
“enderezar conductas”, se somete al interno al orden carcelario, los medios de coerción son el castigo, la negación de los
beneficios de la libertad, la prohibición de visita, etcétera. To–37–
do preso de nuevo ingreso, deberá adaptarse al orden establecido, un estado de cosas sustentado en la violencia organizada
para “disciplinar hasta el más difícil”. Por lo que toca a los
individuos socialmente más débiles, debe destacarse que son
los más sometidos.
La función de la disciplina resulta aniquilante para la personalidad del interno. En todos los grupos sociales existe y es
parte de su cohesión cierta disciplina y dentro de la subcultura
carcelaria no es la excepción. Dentro de la población, los internos están cargados de frecuente hostilidad contra el personal penitenciario, por una parte y como grupo, tiene sus propias normas, las cuales tienen que cumplir mientras dure su
estancia en el reclusorio. Dentro del sistema penitenciario, el
custodio cumple su rol como el principal promotor de la obediencia, y él mismo es objeto de la obediencia, ya que también
debe de acatar ordenes, se trata de un poder múltiple, automático y jerarquizado, dado que su funcionamiento es resultado
de un mecanismo de mando de arriba a abajo.
Existen situaciones que generan la violencia entre los internos, conviene mencionar algunas de las causas: deficiencia en la
alimentación, problemas sexuales mal resueltos, problema de
trabajo, rigidez disciplinaria, falta de autoridad por parte de los
empleados de prisión, mala planificación en los regímenes de
tratamiento, personal mal seleccionado sin preparación, exceso
de población, maltrato a internos, problemas jurídicos, falta de
higiene, falta de atención medica, deficiencia administrativa,
mala o nula clasificación, etcétera. Para poder contrarrestar la
violencia en los reclusorios se autorizan las actividades deportivas, culturales y recreativas, defensas de los derechos humanos
de los internos, terapia de farmacodependientes, servicios religiosos, visita íntima, visita familiar, trabajo, otorgamiento de
beneficios de libertad anticipada, agilización de los procesos
penales, entre otros.
–38–
Intimidación
En el proceso de socialización y adaptación del individuo la
intimidación en el reclusorio juega un papel importante, ya que
la amenaza de un castigo es un medio eficaz para controlar a
los infractores o para evitar que los que ya cometieron un delito vuelvan a hacerlo. La intimidación es el medio más importante para cumplir el fin de prevención general que se atribuye
a la pena. El hombre en general trata de evitar las consecuencias desagradables de su conducta y la amenaza de un castigo
puede ejercer en él un efecto intimidante.
La principal característica de la intimidación es la amenaza
de una pena que se ejerce sobre los individuos. Las normas
penales cumplen en numerosos casos una función educadora,
moralizante y para ciertas personas el castigo representa una
forma imperante de reproche social. La amenaza de un castigo
puede crear hábitos conforme a la ley y el derecho penal, además de ser un medio eficaz para conseguir que los miembros
de una sociedad no cometan actos en contra de la ley o las
normas establecidas por la sociedad.
“Un individuo fuertemente socializado, al ser más sensible a
los aspectos negativos de las consecuencias de sus actos, sentirá
más intensamente la amenaza de otro menos socializado. La
actitud de cualquier persona ante la amenaza dependerá en gran
parte de los valores morales inculcados desde niño, los cuáles
varían según las sociedades y los grupos” (Rico, 1984: 12-15).
La intimidación en el reclusorio es uno de los principales
métodos de control y juega un papel muy importante dentro
del proceso de socialización y adaptación del individuo, se da
por autoridades, trabajadores e internos que pertenecen a un
grupo con “poder”, y es hasta cierto punto necesario para tener un control de los individuos dentro de la institución, con
esto, de alguna manera se pueden evitar que algunos grupos
organizados alteren el “orden” establecido en el interior del
recinto.
–39–
El castigo
La pena privativa de la libertad se convirtió oficialmente en
la principal sanción penal a finales del siglo XVIII y principios
del XIX, se adoptó, porque ésta permite poner en práctica los
procedimientos de control político-disciplinario que la misma
burguesía ya había impuesto en otros ámbitos de la vida social,
tales como la escuela, la fábrica y el cuartel, es así como la prisión se convirtió oficialmente en la principal sanción penal. Han
transcurrido poco más de dos siglos, desde que la pena privativa
de la libertad se ha transformado en una penalidad per sé y, debido a una multiplicidad de factores, ha ganado consenso en casi
todos los ordenamientos jurídico-penales del mundo. Los seres
humanos son constantes agresores del orden jurídico establecido,
y por eso junto al derecho constitutivo figura el Estado, como
sancionador. La pena privativa de la libertad recluye al individuo
en un establecimiento penal, sometiéndolo a un régimen especial
de vida. Se considera al individuo privado de su libertad como
una persona que la sociedad aísla, no con el afán de ejercer en él
una venganza, sino de evitar que esa persona continúe lesionando
los intereses sociales, y que el tiempo de reclusión le permita corregir su conducta y reintegrarse a la sociedad.
Según las infracciones a las leyes o normas que se hubiesen
cometido, se tiene que “pagar” con una retribución en tiempo
como si fuera un intercambio mercantil entre tipo de delitotiempo de encierro para poder saldar la deuda social. Se castiga
porque se ha delinquido. La pena es una cuestión de poder, es
justa en sí, es necesaria, con independencia de la utilidad que
de ella puede derivarse. La sanción es simplemente la consecuencia jurídica del delito. Según estas teorías, el fin de las
penas es la retribución, la compensación del delito cometido.
La pena es sólo parte de la totalidad de las consecuencias sociales que un delito pueda ocasionar.
Cualquiera que haya estado recluido en prisión, conoce por
experiencia propia los profundos daños que acarrea la obligada
pérdida de la libertad. El primer acto violento es la separación
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de su medio social, al introducirlo a un ambiente aislado de la
sociedad y sometiéndolo a una serie de obligaciones y reglas
no escritas de la vida penitenciaria, conviviendo con individuos con los que no ha tenido alguna relación y debe en su
permanencia iniciar un proceso de socialización.
Los efectos que la pena privativa de la libertad produce son
consecuencias como la estigmatización que conduce a la discriminación, deterioro psicológico relacionado con el encierro,
pérdida de la esperanza, ausencia de oportunidades laborales,
en fin, la prisión genera muchos problemas al interno y especialmente cuando concluye su sentencia. Se enfrenta ante una
pérdida de derechos legales, privilegios como ciudadano.
Dicha pena provoca en algunos internos perturbaciones psicológicas que se manifiestan en diferentes maneras: agresividad,
hipersensibilidad, insomnio, depresiones, psicosis, ansiedades.
En determinadas etapas del proceso, dichas perturbaciones se
incrementan sustancialmente, como la ansiedad cuando se
aproxima la sentencia o la salida de la cárcel. Las condiciones en
las que viven los prisioneros son contrarias a las que lleva en la
vida cotidiana. Si se agrega a esto el régimen de malos tratos y el
uso de la coerción por parte del personal, así como la represión
de las necesidades humanas, se entenderán los resultados negativos que se generaran en su personalidad. Otra reacción común
es la agresividad, sobre todo entre los internos de personalidad
conflictiva. Principalmente se manifiesta con impulsos agresivos
en contra de empleados o custodios, pero de manera preferente
hacia los demás internos, lo que puede ser en forma verbal,
insultos, indirectas, amenazas o golpes.
Uno más de los efectos que conlleva la pérdida de la libertad es el de la capacidad productiva ante el prolongado desempleo forzado, si se toma en consideración que en los reclusorios existen escasas ofertas de empleo renumerado. Muchos
internos se convierten automáticamente en una pesada carga
económica para sus familiares, quienes les proveen de alimentos, objetos personales y dinero. El hombre privado de su
–41–
libertad se convierte automáticamente en dependiente, dado el
ocio forzado imperante, la mujer asume un papel activo dentro
de la relación matrimonial al responsabilizase del sostén del
hogar y de los hijos, y muchas veces se ve obligada a buscar
empleo, situación que le infiere mayor independencia. En consecuencia, mientras más tiempo permanezca el marido en prisión, mayor probabilidad existe que se disuelva la unidad conyugal, y por lo tanto la familia.
Todo individuo que ha ingresado a una institución total es
por ende un individuo estigmatizado para la sociedad. El “estigma” de la cárcel es una etiqueta que el interno, así como los
familiares de éstos, cargan mientras un miembro de la familia
está en prisión. El estigma que conlleva, al ser identificado
como miembro del grupo de internos, categoriza a las personas por medio de la atribución de características, supuestas,
propias del grupo al que queda adscrito y que en el caso de los
internos sería el recibir la calificación de delincuentes, mal
vivientes, que son características profundamente desacreditadoras que los hacen indignos de confianza.
El estigma social, estar preso y expuesto a las miradas de la
opinión pública, lesiona severamente el prestigio social. Estereotipados bajo este el estigma social de ser delincuentes, todos los que ingresan al reclusorio, son despojados de su individualidad y vida privada, sujetos a las reglas no escritas de una
institución. Las consecuencias en la vida del individuo que ha
sido encarcelado afectarán a éste de acuerdo a su estructura
social primaria.
Conclusiones
La prisión es un mundo y lo que interesa conocer es cómo
se desenvuelve la persona en éste, cuales son sus relaciones, la
manera en que reacciona ante él y la forma en que se ve inmerso. Se le imponen al individuo de golpe ciertas formas de
convivencia, debe aceptar leyes, normas, reglas y patrones de
–42–
acciones sociales ya establecidas que son diferentes a los que
lleva en su vida cotidiana y son asignadas de manera coercitiva,
las debe de aceptar tal como son y se debe de adaptar progresivamente, para así poder sobrellevar su estancia. No tiene vías
de escape, sólo le queda adaptarse y socializar con las distintas
personalidades que existen en la subcultura carcelaria.
No es casual que a lo largo de la investigación se hagan referencias indistintas y alternativas a las medidas que el sistema
penitenciario imprime sobre el entorno del interno. Es inevitable reconocer que cada medida de control que esta institución total impone a los internos se refleja sobre procesados,
así como en su entorno afectivo, esto es entendido como una
verdadera práctica pensada y fundamentada de control social
estatal sobre todos ellos, tendiente a preservar cierto diseño
estructural de las relaciones entre el poder y los individuos;
una herramienta incuestionable de control-castigo, cuya “buena salud institucional” se debe al hecho de que representa un
recurso coercitivo frente al grupo social de marginados del
aparato político, social y económico. La cárcel ha resultado
esencial para mantener la escala vertical de la sociedad, participando en la producción y mantenimiento de la desigualdad
social, de una subordinación a la disciplina y a un control total
del individuo. Es evidente que la prisión no dejará de ser un
lugar privilegiado de control social.
El estudio de la subcultura carcelaria se convierte en un tópico obligatorio de análisis para el sociólogo que investiga parte
de la sociedad, ayudando a comprender de una manera particular el proceso de socialización y adaptación del interno, y por lo
tanto facilitando el progreso en la consecución de programas
que ayuden a introducir cambios significativos dentro del contexto carcelario haciendo de este un lugar más apacible, humano
y justo para cada una de las personas que lo integran.
La cárcel encierra una paradoja: formar hombres libres en
cautiverio, esto es, calificar para la libertad en un medio ajeno
a la libertad.
–43–
Bibliografía
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Política y Estado en el pensamiento moderno, México, Universidad
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Económica, 1998.
–44–
Privatización del trabajo penitenciario
¿una nueva forma de penalidad?
Raúl Adrián Montesinos Camarillo
Introducción
El objetivo del presente trabajo es el de mostrar las condiciones del trabajo en las organizaciones encargadas de la readaptación social en el Distrito Federal (DF), a partir de un
estudio de caso llevado a cabo en la penitenciaria de Santa
Martha Acatitla del DF, (PSA), de la Dirección General de Reclusorios, (DGR), Institución dependiente del Estado, que, como principal objetivo y razón de ser, tiene a su cargo la rehabilitación y readaptación social de los individuos que en ella se
encuentran, –sobre la base de tres aspectos fundamentales:
trabajo, capacitación para el mismo y educación.
Aquí se considera el trabajo como estrategia para la rehabilitación y readaptación social de los individuos, ya que, desde el
enfoque de los estudios organizacionales, juega un papel fundamental para conocer las condiciones contextuales y procesales
que presenta el trabajo en la PSA y así resaltar la problemática
especifica que se detecta en dicha organización. Aunque existe
una infinidad de problemas dentro de la PSA, solamente se
abordara lo relativo al aspecto del trabajo específicamente. Se
parte de la consideración de las siguientes interrogantes acerca
de la cuestión laboral en las instituciones penitenciarias: ¿la
cuestión laboral puede repercutir en el comportamiento y acti–45–
tud de los internos?, ¿en caso de repercutir, en que forma se
observa?, ¿cómo puede influir el trabajo, sólo en el aspecto
individual, de grupo, organizacional y social o en todos en su
conjunto? Esto como consecuencia de las demandas de la sociedad y del mismo entorno de modernización institucional, el
cual exige como resultado la obtención de la eficiencia organizacional, que se requiere actualmente para seguir existiendo.
Este trabajo toma en cuenta la actividad laboral como una
estrategia fundamental para el buen funcionamiento y eficacia
de esta organización, la cárcel, (estrategia en el sentido de
brindar una actividad laboral, que evite el tiempo de ocio, este
tiempo es utilizado en la gran mayoría de las veces para reproducir aún más su conducta criminal; contaminando con dicha
actitud a los demás internos) ya que, como podemos observar
la cuestión correspondiente al ámbito jurídico representado en
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
(CPEUM) en el Título primero, Capítulo I, llamado De las garantías individuales. El artículo 18 es el que determina que
“Los Gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán
el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base
del trabajo, capacitación para el mismo y la educación, como
medios para la readaptación social del delincuente” (IFE, 2003:
12). Lo anterior resalta la importancia de tomar en consideración una aproximación al conocimiento de la realidad local, al
tomar como objeto de estudio a la PSA, con la finalidad de que
dicho estudio no sea estéril a la realidad nacional, en otras palabras, que tenga vigencia y validez actualmente en nuestro
país. Pues el trabajo debe ser una de las bases para la readaptación social del individuo, pero la realidad nos indica que dicho
aspecto no es considerado como fundamental para el cumplimiento de los fines de la institución penitenciaria.
En un primer momento, se identifica la importancia y naturaleza del trabajo. La finalidad es poder demostrar desde un
enfoque histórico que es esencial dicho concepto por las grandes ventajas que éste conlleva si es utilizado adecuadamente.
–46–
Posteriormente, se deja clara la postura de que la privatización
del trabajo (y de los reclusorios) es algo que no debe permitirse
de ninguna manera, pues, la tutela de éste debe continuar y
mejorarse por parte del gobierno.
Finalmente, se expone el trabajo penitenciario como un problema organizacional debido a la complejidad de su estructura,
pero que requiere la atención por parte de los estudios organizacionales y además se hace notar la urgencia de la búsqueda
de alternativas para la reorganización del mismo.
Importancia y naturaleza del trabajo
Antes de comenzar y adentrarnos en la importancia del trabajo en la organización penitenciaria es necesario establecer la
naturaleza histórica del mismo, como una forma de explicar su
funcionalidad. En primer lugar, el trabajo es la condición básica y fundamental de toda la vida humana, hasta cierto punto,
se debe decir que el trabajo ha creado al propio hombre. Recordemos la obra escrita por Engels (2001), donde nos indica
que una raza de monos antropomorfos extraordinariamente
desarrollada (en visión de Darwin, antepasados nuestros) empezó a desarrollar funciones distintas a las de su comportamiento normal, como consecuencia de una búsqueda de subsistencia a través del trabajo, comenzando a utilizar la mano1
como un instrumento para obtener recursos para sobrevivir,
tiempo después la mano era libre y podía adquirir ahora cada
vez más destreza y habilidad; y esta mayor flexibilidad adquirida se transmitió por herencia y se incremento de generación
en generación. Así los hombres en formación llegaron a un
Específicamente se ve la mano no sólo como el órgano del trabajo; sino
como producto de él. Ya que, únicamente por el trabajo, por la adaptación
a nuevas funciones, por la transmisión hereditaria del perfeccionamiento
especial así adquirido por los músculos, los ligamentos y, en un periodo
más largo, también por los huesos, y por la aplicación siempre renovada de
estas habilidades heredadas a funciones nuevas y cada vez más complejas,
ha sido como la mano del hombre ha alcanzado ese grado de perfección.
1
–47–
punto en que tuvieron la necesidad de decirse algo los unos a
los otros. Esta necesidad creó el órgano: la laringe poco desarrollada del mono se fue transformando, lenta pero firmemente, mediante modulaciones que producían a su vez modulaciones más perfectas, mientras los órganos de la boca
aprendían a pronunciar un sonido articulado tras otro.2
En segundo lugar, el trabajo y con él la palabra articulada,
fueron los dos estímulos principales bajo cuya influencia el
cerebro del mono se fue transformando gradualmente en cerebro humano, que, a pesar de toda su similitud, lo supera
considerablemente en tamaño y en perfección. A medida que
se desarrollaba el cerebro, también se desarrollaron los instrumentos más inmediatos; los órganos de los sentidos. Así el
trabajo comienza específicamente con la elaboración de instrumentos (tanto de caza, como de pesca), entonces gracias a
la cooperación de la mano, de los órganos del lenguaje y del
cerebro, no sólo en cada individuo, sino también en la sociedad, los hombres fueron aprendiendo a ejecutar operaciones
cada vez más complicadas, a plantearse y a alcanzar objetivos
cada vez más elevados. Así el trabajo mismo se diversificaba y
perfeccionaba de generación en generación extendiéndose
cada vez a nuevas actividades para transformar la naturaleza.
Siendo de esta manera la aparición del trabajo como una relación permanente, eterna mientras exista el hombre3.
El concepto mismo del trabajo es de por sí un asunto crucial de nuestras sociedades industriales o post-industriales,
puesto que configura una de sus dimensiones esenciales y uno
2
Así es como se afirma que esta explicación del origen del lenguaje a partir
del trabajo.
3 Para una mayor profundización véase a Gómez M., “La mediación del
trabajo”, Relaciones núm. 6, UAM-X, 1989. En su explicación del modo de
mediación del trabajo, cuya importancia radica en la presentación que hace
el autor de sus diversas fases; donde la primera trata de la ausencia de mediación entre el hombre y la naturaleza. La segunda es el instrumento del
trabajo como mediación y por último, la mediación como la aplicación
directa de los procesos apropiados de la naturaleza.
–48–
de sus fundamentos. Aunque no hace desde mucho tiempo
(escasamente dos siglos), las sociedades se basan en el trabajo,
queriendo decir con esto, que en dichas sociedades el trabajo es
reconocido como tal, es decir, remunerado, se ha convertido en
el principal medio para costear la subsistencia individual, pero
también se ha constituido en una relación social de carácter
fundamental. Lo que Marx llamo el protagonismo del trabajo.
Dicho protagonismo se produce en torno a las diversas
formas de entender y percibir el concepto de trabajo, pues la
importancia y esencia del trabajo, en términos de Hegel, manejada como una categoría antropológica, como una invariante
de la naturaleza humana, que propicia la realización personal
del hombre, por lo tanto, en esta forma de entender al trabajo
se expresaría la condición del hombre como creador de valores y también su condición de ser social.
Tomando en consideración a Bartolí (1986) el trabajo se
puede analizar desde dos puntos de vista fundamentales:
1) El trabajo como categoría antropológica: aquí el trabajo
es la actividad fundamental del ser humano, que en su conjunto añade valor al mundo y a su propia existencia, que espiritualiza la naturaleza y permite profundizar las relaciones con sus
semejantes. El trabajo es para el ser humano un medio necesario de su realización personal; el mundo en el que se encuentra
inserto es para el hombre un mundo de tareas en el que ha de
obrar (…) mediante el trabajo y la obra resultante, el espíritu
se destaca de las cosas, se emancipa de la esclavitud del contexto y emerge sobre el mundo. La naturaleza queda entonces
liberada, lo que venía dado deja de serlo, el hombre se siente
libre y se encamina hacia su coherencia. (Bartolí, 1986: 12)
Esta concepción de trabajo es la que lo considera como la
más alta expresión de la libertad creadora del hombre.
2) El trabajo como vínculo social: en esta consideración el
trabajo es el encargado de propiciar la integración social y
constituye una de las formas principales del vínculo social.
Estableciéndose el trabajo como factor de integración no solo
–49–
por ser una norma, sino también por ser una de las modalidades del aprendizaje de la vida en sociedad. De acuerdo a esta
forma de percibir el papel del trabajo, Bidet (1990) opina: La
importancia del trabajo, es que, nos permite acceder a los demás, a nosotros mismos y a lo norma social. Engloba, por
tanto, la dimensión de sociabilidad que se produce en las oficinas, en las ventanillas o en los talleres, una sociabilidad tranquila, de equipo, distinta de las relaciones jerárquicas y de las
relaciones privadas. La noción de vínculo social se basa, por
tanto en la de reciprocidad, contrato social o utilidad social:
mientras aporto mi contribución a la sociedad, desarrollo mi
sentimiento de pertenencia, quedo ligado a ella, porque la necesito y le soy útil (Bidet, 1990: 21)
Se puede observar que dicho autor caracteriza al trabajo,
fundamentalmente, por la relación con los demás y la idea de
utilidad social, esto esencialmente por la forma de pensar que
se tenía de que el trabajo requiere el uso conjunto de los bienes; debido a que la propiedad a la que da lugar sólo es legítima en la medida en que sea comunicativa, esto es, que se disfrute en y para la comunidad. De alguna manera, este tipo de
pensamiento lo ubicamos en una corriente humanista, que
tiene que ver con toda una serie de estudios como los realizados por Friedmann (1976) y Naville (1984), donde el trabajo
en la empresa se concibe como el lugar más propicio para una
autentica socialización y para la formación de las identidades
individual y colectiva. La importancia de estos estudios es enfocar al trabajo como indica Naville (Ibíd. 68): como una obra
colectiva, como una mediación principal, el auténtico medio
de comunicación entre los individuos.
En esta misma dirección, Naville (Ibíd., 27), menciona que
el trabajo es una categoría radicalmente histórica, creada en
respuesta a necesidades de una época determinada. Esto significa que las funciones que hoy desempeña el trabajo en la sociedad actual, en otras épocas, las cumplían otros medios,
otros sistemas como se muestra a continuación:
–50–
Cuadro 1
Funciones del trabajo
Trabajo en las sociedades
Pre-económicas
Este tipo de trabajo presenta tres
características:
• Se lleva a cabo para ser visto
por los demás, como una forma
de juego social (participación),
para competir con los demás.
• Ni la satisfacción de las necesidades, ni el ánimo de acopio
son primordiales.
En este aspecto “se solía producir,
con gran esmero, mucho más de
lo que se necesita, pero nunca con
fines de atesoramiento”.
En este tipo de sociedades el
trabajo se regía por lógicas sagradas y sociales.
Trabajo en las sociedades no
industrializadas
Aquí el trabajo se presenta como una
categoría homogénea, es algo que se
sabe por intuición.
Tomada en cuenta como categoría se
le asocian las siguientes nociones:
• Esfuerzo físico.
• Satisfacción de necesidades.
• Producción-transformación.
• Intercambio.
La importancia de este punto de vista
es que indica que es imposible encontrar entre muchas sociedades analizadas, un significado idéntico del término de trabajo.
Además de que muchas carecen incluso de una palabra especifica que
sirva para distinguir las actividades
productivas.
Fuente: elaborado por el autor con base en Sahlins (1994).
Retrocedamos un poco en la historia, en lo que respecta a la
llamada invención del trabajo, se debe remontar específicamente hasta el año de 1776, año de la publicación de las Investigaciones sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones de Adam Smith, ya que, para lograr conseguir escribir dicho
libro Smith comienza con un estudio del trabajo, donde explica
que: La riqueza de una nación depende exclusivamente de dos factores: la
destreza del trabajo y la proporción entre el número de trabajadores útiles e
inútiles (Smith, 1984: 26). En los resultados de las investigaciones
llevadas a cabo por Smith, identifica la facultad de que dispone
el trabajo humano, adecuadamente organizado, para crear valor
de manera exponencial. De acuerdo a esta perspectiva, se con–51–
cibe el trabajo como instrumental/utilitarista: es la fuerza
humana y/o mecánica que permite crear valor.
En esta investigación entonces se puede clasificar al trabajo
como un instrumento de cálculo y medida, como un instrumento cuya cualidad esencial es permitir el intercambio. Son,
por lo tanto, los economistas los que profundizan e investigan
en primer lugar el concepto de trabajo. Es así como para
Smith el trabajo es, ante todo, creador de riqueza, o en otras
palabras más modernas, factor de producción: de aquí que de
esta definición se establezca la clasificación de trabajo productivo4 e improductivo5.
Posteriormente, una de las formas que fue adoptando la definición de trabajo, es la que consideró como la más alta manifestación de la libertad del individuo y como la parte de la actividad humana que puede ser objeto de intercambio mercantil.
El trabajo se convierte en el símbolo de la autonomía individual
al permitir al individuo, con el simple ejercicio de sus facultades,
satisfacer sus necesidades y negociar libremente la ubicación en
sociedad que dichas facultades le confieren. (Gómez, 1989).
La idea de trabajo como manifestación de la libertad individual la específica Locke de la manera siguiente: “Aquí el hombre es el dueño de su cuerpo y tiene el deber de conservarlo en
su integridad, deber del que se deduce el derecho a la propiedad por cuanto ésta es condición ineludible para la protección
y conservación de la integridad física: Así el individuo adquiere, pues en virtud del mero ejercicio de las facultades de su
cuerpo una serie de derechos que no precisan fundarse ya en
otras leyes. Dicho ejercicio es el trabajo. Es, por tanto, el
Trabajo productivo, es aquí considerado como aquel que crea valor, debiendo perdurar éste en las cosas.
5 Trabajo Improductivo, este tipo esta caracterizado por el trabajo de los
sirvientes, pero también del soberano, de los actores, de los músicos. Pero
más tarde Malthus propone que se dejen de llamar “trabajo” a las actividades improductivas, para denominarlas servicios. Así el vocablo “trabajo” se
reservó específicamente para designar al trabajo “real”, al productivo, al
material al que tiene una base cierta para el intercambio.
4
–52–
nombre de la actividad humana cuyo ejercicio autónomo permite a todo individuo conservar la vida” (Locke, 1979: 75).
Dando continuidad al argumento anterior se establece la idea
de que el trabajo en sociedad permite al individuo negociar
con sus talentos y vivir, como más tarde lo diría Marx (1987),
con su fuerza de trabajo en el bolsillo.
En el trabajo como esencia del hombre, se puede ver como
objetivo precaverse contra la escasez, relacionándose con el
concepto acuñado por Hegel de homo faber; que identifica la
expresión trabajo, a toda la actividad humana que facilita la
expresión del que la ejerce, expresión para él y para los demás
de su individualidad, expresión tanto de su singularidad como
de su pertenencia al género humano. En este sentido Marx
(Ibíd., 84) expresa lo siguiente:
En mi producción, estaría realizando mi individualidad,
mi especificidad; trabajando disfrutaría sintiendo la manifestación individual de mi vida;
En tu disfrute o tu uso de mi producto, sentiría la alegría
espiritual de estar satisfaciendo con mi trabajo la necesidad
humana de realizar la naturaleza humana y de proporcionar a
la necesidad del otro el objeto de su satisfacción.
Tendría conciencia de estar mediando entre ti y el género
humano, de estar siendo reconocido por ti como un complemento de tu propio ser y como una parte necesaria de ti mismo.
Tendría en mis manifestaciones individuales de satisfacción, reafirmando la sociabilidad humana.
Por lo anterior la concepción del trabajo está, por tanto, en
el centro de tres relaciones:
¾
¾
¾
La del individuo con la naturaleza.
La del individuo consigo mismo y;
La del individuo con los demás.
–53–
El ideal que se manifiesta en toda la obra de Marx (Ibíd.) es
el de un trabajo que propicia la consecución de la plenitud de
la persona. También Saint-Simon (1982) define al trabajo en
un contexto más general de utilidad social y de lucha contra la
ociosidad opinión de la cual se desprende la siguiente aseveración: El
hombre más dichoso es el que trabaja. La familia más dichosa es aquella
cuyos miembros emplean útilmente su tiempo. La nación más dichosa
es aquella que menos desocupados tiene. La humanidad gozaría de toda la dicha a la que puede pretender si no hubiera
ociosos. Desde entonces el trabajo se percibe como contribución al progreso de la humanidad y con el fundamento del
vínculo social. Puesto que el trabajo encauza la contribución
individual al progreso de la sociedad, finalmente, también es
concebido como fuente del desenvolvimiento y del equilibrio
de la persona (Simon, 1982: 94)
Después de explicar dicho concepto, el trabajo se ha convertido en la condición necesaria para la subsistencia, la reproducción debe organizarse de modo que se eviten despilfarros y que
todos puedan acceder a un ingreso. Finalmente, el concepto de
trabajo con todas sus implicaciones se considera como el vínculo social y de integración, porque constituye el soporte cotidiano
de la vida en sociedad. (Naville: 1984); lo anterior se identifica
en 4 aspectos que son en los que se fundamenta este trabajo:
• El trabajo permite el aprendizaje de la vida social y la
constitución de las identidades (nos enseña las obligaciones
propias de la vida en común).
• Es la medida de los intercambios sociales(es la norma
social y el principio básico del mecanismo de contribución/retribución sobre el que descansa el vinculo social).
• Permite a todo el mundo tener una utilidad social (cada
uno contribuye a la vida social adecuando sus capacidades a las
necesidades sociales).
• Es un ámbito de encuentros y de cooperación diferente
de los ámbitos no públicos como la familia o la pareja.
–54–
Reclusión y trabajo ¿el doble pago del crimen?
El aspecto del trabajo es de lo poco que se trata hoy en prisión. Debido al bajo nivel de ocupación laboral que caracteriza
a los establecimientos penitenciarios. Donde el término de los
internos integran el llamado “colectivo trabajador” aunque la
mayoría de las veces solo es en palabra y no en acción. De lo
anterior surge la necesidad de reconocer el derecho de los presos al trabajo. Destacando la centralidad en todo régimen penitenciario de una actividad laboral bien ordenada. Ya desde
orígenes próximos de la pena privativa de la libertad aparece la
imposición del trabajo como una constante de relevancia singular en la evolución de esta pena. Así el trabajo aparece como
eje central de las primeras instituciones de corrección como
son: Las Houses of Correction Inglesas (1576) y las Tuchthuisen Holandesas (1596)6.
En el nacimiento de la pena privativa de libertad, en el Siglo
XVIII, tras el triunfo de las revoluciones liberales, la imposición
del trabajo ostenta un puesto de primer orden; entre las razones
que dan cuenta del nacimiento histórico de la privación de libertad como pena, destacan, junto a las político-criminales y las
penológicas, las económicas o político-económicas, provenientes de la importante función pretendidamente derivada de la
privación de libertad, control de los salarios en momentos de
escasez de fuerza de trabajo en el mercado y reabsorción del
desempleo en épocas de exceso de mano de obra no ocupada,
aspectos en los que la imposición o no del trabajo, alcanzó
gran trascendencia.
Funcionando la privación de la libertad como un “Gran Invento Social”7, posibilitó la adecuada cuantificación del tiempo
de privación de libertad a efectos de la acomodación de la pena al daño producido por el delito, algo elemental en una soVéase Mássimo Pavarini, Control y dominación: teorías criminológicas burguesas,
Ed. Siglo XXI,1983
7 Véase Pérez Toledo, Trabajo, ocio y coacción, México, UAM-I/Porrúa, 2001.
6
–55–
ciedad que se basaba en la equivalencia de los intercambios y
siguió apareciendo como el mejor instrumento de producción
(“Atípica”) de individuos “reformados”, útiles al sistema, aspecto decisivo en la construcción de la evidencia de la prisión. En
la actualidad y pese a los resultados provenientes de la realidad,
la doctrina continúa considerando decisivo, central, el valor del
trabajo en prisión. Ya que debe ser considerado como terapia
laboral para lograr un pronóstico favorable, estaremos ante un
tratamiento basado en el trabajo, pero no siempre el desarrollo
de la actividad laboral penitenciaria constituirá una actividad
de tratamiento, por el sentido de utilidad que proporciona al
individuo, lo que ayuda en la autoestima del interno.
Por lo que no ha de despreciarse las consecuencias que el
propio ejercicio y desarrollo de una actividad laboral de las
características adecuadas ha de producir en la propia estructura
y organización del sistema carcelario:
• En primer lugar, un ejercicio de los derechos laborales
de los internos.
• En segundo lugar, una menor rigurosidad y mayor flexibilidad en su readaptación.
• En tercer lugar, una participación seria y efectiva de los
internos (debido a la responsabilidad que le sea asignada).
El trabajo realizado dentro de las prisiones no debe ser de
ninguna manera degradante, ni con fines de lucro, pues esto
constituiría a cambiar el valor que posee. Enseguida se presentan
los rasgos específicos que debe tener el Trabajo Penitenciario
como resocializador, pues debe de tomar en cuenta los imperativos como son: el control, la seguridad, la custodia, la clasificación
de los internos y la duración de las condenas. Pero también debe
considerar las siguientes cuestiones: la utilidad, la productividad,
la remuneración, la especialización y la actualidad. Para finalmente considerarlo como disciplina terapéutica y resocializadora y no
como obligatorio, ni represivo, ni aflictivo y/o utilitario.
–56–
Se debe tomar en cuenta que el trabajo no siempre es un
medio de tratamiento8, sino tan solo cuando así se desprende
del examen y diagnostico del interno. Siendo así el trabajo
como tratamiento no como una obligación, sino como un
derecho del interno. El trabajo en prisión se puede considerar
como algo intermedio entre el trabajo obligatorio (comúnmente rechazado) y el del resto de los ciudadanos, constituyéndose
incluso en barrera fundamental desde el punto de vista jurídico
para la construcción de un trabajo penitenciario plenamente
asimilado al trabajo general.
También el trabajo penitenciario9 es un derecho que demanda dos aspectos:
ª
La obligación de crear la organización adecuada en la
medida necesaria para proporcionar a todos los internos un
puesto de trabajo.
ª
Aplicación progresiva y el derecho de los penados a
una actividad laboral retribuida o puesto de trabajo dentro de
las posibilidades de la organización penitenciaria existente.
Estas dos cuestiones no son consideradas actualmente, y
que son de manera particular las prioridades a tratar en el sistema penitenciario. Por lo que podemos decir que los grandes
aspectos olvidados por la legislación penitenciaria en vigor
Pues solamente tiene esta denominación cuando se necesita elevar la
autoestima o minimizar los pensamientos criminales, proporcionando al
interno una actividad que lo haga sentirse útil y lo mantenga ocupado.
Específicamente es el caso de los reclusos que presentan tendencias suicidas o aquellos con otra patología criminal.
9 Al trabajo penitenciario, podemos decir que es un elemento del tratamiento para lograr la readaptación social del sentenciado, sin embargo en la
realidad no hay industrias que estén dispuestas a apoyar en esta tarea, la
mayoría de la población se dedica a las artesanías, la familia apoya llevándoles la materia prima, y a la misma familia se le permite sacar el producto
para su venta, al trabajo se le reconoce el mérito de combatir el ocio, de ser
un instrumento para que el sentenciado combata el aburrimiento físico y
mental; y sobre todo para hacerlo sentir de alguna manera útil.
8
–57–
son, en todo caso, los relacionados con aspectos concernientes
al trabajo.
Enmarcado en cuestiones legales se establece una de las
principales funciones de la prisión que es promover y evitar la
desadaptación más grave en el interno razón de la aparición del
tratamiento. Por lo que se hace necesario que exista un genuino
régimen de capacitación para el trabajo, esto es, que se prepare
al encarcelado para la competencia en la sociedad libre, donde
han prosperado avanzadas tecnologías que exigen del trabajador
un alto grado de preparación; que se haya beneficiado de relaciones con el mundo libre, información, participación, para que
no se convierta en un extraño absoluto. Es por esto que la Prisión debe abrir el espacio para que el excarcelado encuentre,
pronto y bien, lo que necesita con más apremio: Trabajo.
A continuación se aborda el trabajo penitenciario como autorregulador, en el sentido de dar prioridades y una serie de
normas y conductas que debe seguir cualquier interno que
lleve a cabo una actividad laboral.
Trabajo penitenciario como autoregulador
Esta regulación inicia en 1930 con las Reglas Mínimas par el
Tratamiento de los Reclusos (RMTR), en el Congreso de Praga:
• Convenios 29 y 105 de la OIT (trabajo penitenciario)
• ONU (Ginebra, 1955)
• Consejo de Europa (Estrasburgo, 1973)
En 1900 en el congreso de Bruselas empiezan a introducir
parámetros para una mayor regulación del trabajo realizado
por los internos, pero es, especialmente, en la reunión de la
comisión internacional penal y penitenciaria en Berna el 1ro de
julio de 1926, donde se empiezan a formular algunas propuestas, ya para 1930 estas RMTR, son presentadas al congreso de
Praga, para ser aprobadas en 1935 en la reunión de Baden–58–
Baden. Pero fue hasta el 6 de Agosto de 1949 que la ONU
emprendió una revisión de dichas reglas, esta revisión la llevo
acabo la Comisión Internacional Penal y Penitenciaria en 1951.
Nuevamente se empiezan a considerar algunas reformas a
dichas reglas en el primer congreso de las Naciones Unidas
sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente
realizado en Ginebra del 23 de agosto al 2 de septiembre de
1955 (De la Cuesta, 1982).
En 1962, el Consejo de Europa acordó, el 1o. de febrero, la
resolución sobre derechos electorales, civiles y sociales de los
reclusos, enfatizándose las RMTR. Principalmente de la regla
9-13 que destacan para el trabajo penitenciario lo siguiente:
Art. 9.-Establecer para el trabajo penitenciario una regulación basada sobre su carácter obligatorio para los condenados.
Art.10.-Hablaba de las cualidades instructivas, adaptación a
la vida exterior y adecuación a las capacidades físicas intelectuales y a la anterior profesión del interno, destacando especialmente en el caso de los jóvenes, su condición de medio
educativo y dirigido al aprendizaje de un oficio.
Art. 11.- Postulaba una organización articulada sobre el modelo de las explotaciones libres, con aplicación de las medidas necesarias para la protección de la vida y salud de los trabajadores.
Art. 12.- Estableciendo la necesidad de fijación de un horario de trabajo que pudiera variar conforme a la categoría de los
reclusos.
Art. 13.- Recomendando la remuneración del trabajo realizado.
El 18 de septiembre de 1975 el Consejo de Europa recomendó a sus Estados miembros que:
1) Acordaran un estatuto definido y una prioridad determinada al trabajo penitenciario.
2) Destacaran los recursos necesarios para poner en marcha
programas de trabajo conforme a las necesidades de las instituciones.
–59–
3) Utilizaran planamente a este fin, sistemas de gestión,
técnicas y métodos de producción adecuados y modernos.
4) Adaptaran condiciones de trabajo, sus modalidades y su remuneración, en la medida de lo posible y habida cuenta de la naturaleza propia del trabajo penitenciario, a las normas del exterior.
5) Tomaran en cuenta la importancia del trabajo y de sus
implicaciones para la gestión a todos los niveles en el reclutamiento y en la formación del personal.
6) Coordinaran los sistemas de distribución de la mano de
obra con los demás aspectos de la gestión de los regimenes
penitenciarios.
Invitando a los gobiernos a informar cada cinco años al secretario del Consejo de Europa de las actividades realizadas en la
ejecución de esta resolución. Ya desde estos años se empieza a
ver claramente la ausencia del valor vinculante en el campo jurídico principalmente, ya que las Reglas mínimas no fueron consideradas formalmente instrumentos jurídicos internacionales, vinculados para los ordenamientos de los países que las acepten.
Esta falta de fuerza vinculante en el campo internacional, en parte, se debió a la resistencia de los gobiernos, y que junto con otra
serie de obstáculos jurídicos, administrativos y financieros, han
llevado a una falta de aplicación real de estas reglas.
Se puede destacar que del examen articulado de las reglas
mínimas cabe deducir cuatro principios básicos que resumen
la concepción de que el trabajo penitenciario tiene este cuerpo
normativo:
Primero, debe tender a la resocialización del recluso: se dice
que el trabajo penitenciario ha de dirigirse a la resocialización
del recluso, ya que tenderá a reducir las diferencias que puedan
existir entre la vida en prisión y la vida libre en cuanto éstas
contribuyan a debilitar el sentido de responsabilidad del recluso o el respeto a la dignidad de su persona. Ya que el trabajo
que la administración ha de suministrar deberá contribuir por
su naturaleza a aumentar la capacidad del recluso para ganar
–60–
honradamente su vida después de su liberación. Esto a la par
de proporcionar al interno una formación profesional, una
posibilidad de elección de su trabajo y una regulación de los
aspectos organizativos, sistemas y condiciones de trabajo.
Segundo, ha de organizarse de manera similar al trabajo llevado a cabo fuera de las prisiones: por lo tanto, el trabajo penitenciario debe organizarse sobre bases similares a las del
trabajo libre, es decir su organización sobre las mismas bases
económicas, tecno-productivas y jurídicas que el trabajo libre.
A fin de preparar a los reclusos para las condiciones normales
del trabajo libre.
Tercero, constituye un derecho del interno: este derecho de
los internos al trabajo no se limita al simple hecho de trabajar,
sino que se extiende también a la elección del tipo de trabajo,
dentro de los límites compatibles con una selección profesional racional y con las exigencias de la administración y disciplinas carcelarias.
Cuarto, ha de tener carácter formativo: el trabajo ha de tener carácter formativo, debido la necesidad de que el trabajo
en prisión tenga este carácter. Está enfocado a procurar la
adquisición o mejora por el interno de una serie de capacidades laborales. Además de propugnar la organización del trabajo, la organización de enseñanzas de formación profesional en
algún oficio útil para los reclusos que estén en condiciones de
aprovecharla, particularmente a los jóvenes.
Un punto importante a resaltar, junto con la cuestión del
trabajo penitenciario, es la definición del tipo de sistema de
trabajo en la organización carcelaria. Esto tiene que ver principalmente con el interés de los reclusos y de su formación profesional no deberá quedar subordinado al deseo de lograr beneficios pecuniarios de una industria penitenciaria. La cuestión
de la organización general del trabajo apunta directamente al
tema de los sistemas a emplear enfocado a una adecuada ordenación laboral carcelaria. Cabe destacar las formas en que se
puede potencializar dicho trabajo:
–61–
Cuadro 2
Cuatro formas de administración del trabajo penitenciario
Administración
por empresa
privada única
Administración
por empresas
privadas múltiples
Administración
por la dirección
del centro penitenciario
Administración
por la dirección
general de los
centros penitenciarios de la
entidad federativa
Fuente: elaboración del autor con base en García (1989)
REGLA 73 de la ONU dice: “las industrias y las granjas
penitenciarias deberán preferentemente ser dirigidos por la
administración y no por contratistas privados”. El trabajo de
los reclusos deberá ser asegurado por la misma administración
en sus propios talleres o instalaciones o llegado el caso, con el
concurso de empresarios privados.
Trabajo penitenciario como pena agregada a la principal
de prisión: la problemática de los sistemas privados.
¿Realmente los reclusos empleados por empresarios privados estarán siempre bajo la supervisión de la administración
penitenciaria? ¿Las personas para las cuales se efectué el trabajo pagaran el Salario Normal exigible por el mismo, teniendo
siempre en cuenta, sin embargo, el rendimiento del recluso?
La admisión de los sistemas privados para el logro de una
mejor organización laboral penitenciaria, está en tela de juicio,
debido a que se presentan recelos de la competencia lícitaformal, pues se deja entrever que se presentara un mayor grado de explotación del interno, mediante la participación de
empresas del mercado libre, pues se considera que cualquiera
de los sistemas actualmente en vigor pueden conducir, mediante una regulación adecuada, a una organización laboral
eficiente y acorde con las exigencias de la finalidad resocializadora. Por lo anterior, un sistema Works-release (trabajadores
–62–
libres) con el trabajo impuesto no debe llevarse a efecto en
beneficios de empresarios privados, por lo que han de rechazarse la legitimidad de los sistemas privados como métodos de
organización del trabajo penitenciario, en los supuestos de
imposición obligatoria a él10.
Cuadro 3.
Imposición obligatoria del trabajo y trabajo forzoso “los convenios de la organización internacional del trabajo (OIT)”
Art. 29 de la XIV reunión en ginebra del 10 al 28 de junio de 1930
Todo trabajo o servicio exigido
de un individuo como consecuencia de una condena pronunciada por sentencia judicial, a
condición de que este trabajo o
servicio sea ejecutado bajo la
vigilancia y el control de las autoridades públicas y de que dicho
individuo no sea cedido o puesto
a disposición de particulares,
compañías o personas jurídicas de
carácter privado.
Art. 105 de la abolición del trabajo
forzoso del 25 de junio de 1957
Todo miembro de la OIT que ratifique
el presente convenio se obliga a suprimir y a no hacer uso de ninguna forma
de trabajo forzoso u obligatorio.
• Medio de coerción.
• Método de movilización de mano
de obra.
• Como medida de disciplina en el
trabajo.
• Como castigo.
• Como medida de discriminación.
Solo podrá obligarse al trabajo si:
1. Ha sido culpable por algún delito.
2. Estar bajo supervisión y control de
la autoridad pública.
3. No ser cedido ni puesto ha disposición de individuos, compañías o asociaciones privadas.
Fuente: elaboración del autor con base en Ruiz Díaz (1999)
Las Condiciones de trabajo y la seguridad e higiene del trabajo de los reclusos deben ser semejantes a las que benefician a los
trabajadores libres. También debe exigir que cuando el interno
Cabe mencionar el caso de E.U, donde el trabajo penitenciario esta basado en un sistema de administración privada.
10
–63–
no trabaje para la administración (para el penal), su trabajo se
remunere con el salario normalmente pagado en el exterior.
Regla 74-1 de Ginebra dice: “En los establecimientos penitenciarios se tomaran las mismas precauciones prescritas para
proteger la seguridad y salud de los trabajadores libres”.
Regla 75-2 dice: “Procurar un equilibrio entre el horario
general del establecimiento y el trabajo con la institución y las
actividades previstas para el tratamiento y la readaptación”
Con respecto a una regla básica de “A trabajo igual, salario
igual”. A continuación se presentan el fundamento de la división de la remuneración de los internos:
I. El trabajo de los reclusos deberá ser remunerado de manera equitativa.
II. El reglamento permitirá a los reclusos que utilicen, por lo
menos, una parte de su remuneración11 para adquirir objetos
destinados a su uso personal y que envíen otra parte a su familia.
III. El reglamento deberá igualmente prever que la administración reserve una parte de la remuneración a fin de construir un
fondo que será entregado al recluso al ser puesto en libertad.
Toda la normatividad internacional explicada párrafos atrás
no asimila, de hecho, el trabajo penitenciario al libre, sino que
lo configura como una especie intermedia entre el trabajo
obligatorio (internacionalmente rechazado) y el desarrollado
en el mundo exterior, un tipo de trabajo Intermedio ( este es el
llamado trabajo penitenciario).
11 La remuneración que obtienen los internos de divide en cuatro partes de
la manera siguiente:
1) 30% para el pago de reparación del daño.
2) 30% para el sostenimiento de dependientes económicos del reo.
3) 30% para la constitución del fondo de ahorros de este.
4) 10% para gastos menores del reo.
–64–
Trabajo penitenciario como instrumento de readaptación
social
Es un concepto que se debe hallar antes, durante y después
de la prisión y que posee, por tanto, virtudes propias y eficacia
personal, independientemente del carácter institucional o extra-institucional con que se preste. Su carácter específico debe
ser el de terapia y no con fines de lucro.
El trabajo penitenciario, se ha visto de forma negativa porque se ha instaurado como pena agregada a la principal de
prisión, como sufrimiento adicional al de la cárcel, o bien como instrumento de lucro para los particulares o para la administración penitenciaria12.
Imponiéndose así:
•
•
Ocupaciones ociosas y extenuantes y;
Explotación minuciosa del penado.
Lo que se puede observar actualmente son varios esfuerzos
para constituir una serie de restituciones, como son trabajo en
celdas y; un sentido más amplio del trabajo donde: se pretende
restituir al reo su condición de obrero, de trabajador ordinario,
calidad que no debe alterarse al menos no sustancialmente por
la permanencia en el cautiverio. Sin embargo el problema del
trabajo en las cárceles, es que ésta es considerada como un
lugar ocupado por tareas rudimentarias, debido a que entre
ellas continúan prosperando las artesanías más modestas, en
cierto aspecto inútiles en el doble plano de la formación laboral y de la economía; se ha producido un traslape: donde las
12 Véase Roldan, Las cárceles mexicanas, México, Grijalbo, 1998. Aquí el autor
explica una serie de formas de extorsión, en donde emanan las formas de
obtener mano de obra gratuita para realizar diversos trabajos de mantenimiento (jardinería, intendencia, cocina, plomería, mecánica, electricidad,
etcétera) y servicios (archivos, estafetas, enfermería, profesores, supervisión, entrenadores, etcétera) de la institución. Pago que no es derogado por
la penitenciaria para sueldo de todas estas personas.
–65–
ocupaciones superficiales las cuales eran enfocadas a llenar
vastos periodos de tiempo libre, han pasado a ser cuestiones
principales, y las que deberían serlo no existen.
Por lo que la tarea principal de la Organización Penitenciaria, debe ser la de crear nuevas fuentes de trabajo que absorban a los descartados por el aparato económico13. Aunque es
difícil la inserción de las actividades económicas penitenciarias
en el aparato nacional debido al régimen de economía centralmente planificada; esto aunado a las reacciones contra la
producción penitenciaria, que en intentos anteriores ha desembocado en restitución de concesiones a particulares, como
consecuencia de presiones empresariales y obreras, es por lo
que se debe buscar otras alternativas o superar este problema.
La presión empresarial-obrera no conduce a la supresión de la
industria carcelaria, pero si la comprime dentro de ciertos márgenes, más bien estrechos. Dicha presión consiste en que los
productores piden al Estado gravar a la industria carcelaria con
las mismas cargas fiscales y de otra índole que inciden sobre el
trabajo libre. Esta acción tornaría aún más improbable la autosuficiencia financiera de las prisiones, con la consiguiente carga
para el erario, lo que en definitiva apareja un peso sobre los
contribuyentes. El prejuicio de este peso, sin embargo, no gravitaría sólo sobre el sector que impugna, sino sobre la sociedad
total. En este desplazamiento desemboca realmente, la defensa
del régimen de competencia leal. (García Ramírez, 1975).
Así podemos decir que la Producción Penitenciaria se debe
ligar a la organización económica completa14, que la especialiVéase Melossi y Pavarini, Cárcel y Fábrica, México, Ed. Siglo XXI, 1992.
Art. 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación
Social de Sentenciados Dice: “la asignación de los internos al trabajo se hará
tomando en cuenta los deseos, la vocación, las aptitudes, la capacitación
laboral para el trabajo en libertad y el tratamiento de aquellos, así como las
posibilidades del reclusorio. el trabajo en los Reclusorios se organizara previo
estudio de la característica de la economía local, especialmente del mercado
oficial, a fin de favorecer la correspondencia entre las demandas de éstas y la
producción penitenciaria, con vistas a la autosuficiencia económica del estable-
13
14
–66–
zación de mercados cosa que apareja, en mayor o menor medida, a la especialización en la producción. Lo que ocasionaría,
por un lado, ir más allá del autoconsumo lográndose superar las
deplorables condiciones de producción que la caracteriza. Y por
el otro en el interno resolvería dos instancias fundamentales:
• Un uso productivo de su tiempo.15
• Adquisición de habilidades y aptitudes que proporciona
el trabajo.16
En conclusión, decimos que la función de la institución no
será la de explotar al interno17, ni sojuzgarlo, sino que, por el
contrario, le debe aportar la atención de técnicos y especialistas
de la conducta que lo ayudaran y le darán la instrucción laboral
y escolar. Todo esto con ayuda de los diagnósticos pertinentes,
los cuales deben dictaminar la necesidad de un tratamiento específico, en los campos médicos, psiquiátrica, social y psicológica. Por lo cual se debe considerar a la cárcel como un elemento
vivo, dinámico, funcional y en permanente superación.
cimiento. Para este último efecto, se trazará un plan de trabajo y producción
que será sometido a la aprobación del Gobierno del Estado y, en términos del
Convenio respectivo, de la Dirección General de Servicios Coordinados.
15 el habito del trabajo: es el presupuesto indispensable para la readaptación
a la vida libre; si falta, es inútil todo esfuerzo de buena voluntad por parte
del interesado y al mismo tiempo será negativa cualquier forma de asistencia material y moral por parte de las autoridades penitenciarias para llegar a
la meta de readaptación social.
16 el trabajo constante: crea un hábito que el interno llevará consigo al momento de ser puesto en libertad; éste es el resultado más importante, en
virtud de que se proyecta más allá de la vida penitenciaria y es el fruto
definitivo de le expiación de la pena.
17 Para profundizar más sobre las formas de explotación de los internos
resulta interesante observar las variables dependientes de los rubros de la
extorsión penitenciaria, lo cual nos sirve para conocer cuanto dinero genera
un penal. Un trabajo con rigurosidad estadística de cómo obtener los ingresos que genera un penal lo podemos encontrar en Cooter y Ulen (1997)
“Derecho y economía”.
–67–
Los fines específicos del trabajo18 y la capacitación para el
mismo en la cárcel son los siguientes:
Preparar en un oficio a quien no lo tiene y buscar la
especialización de quien haya tenido uno.
Debe evitarse la explotación de la mano de obra y la
remuneración ha de ser acorde a las horas de trabajo, garantizándose la asistencia médica del interno.
Del salario percibido, una parte será para el interno,
otra para su familia y otra más para pagar la reparación del
daño causado por el delito cuando proceda y el resto será ahorrado para afrontar los gastos al ser liberado.
Hacia la mejora organizacional del trabajo penitenciario
El tema del Trabajo Penitenciario como derecho de los internos19 ha carecido de importancia en la prisión mexicana,
muestra de ello son las estadísticas penitenciarias más recientes
publicadas que ponen de manifiesto el bajo nivel de ocupación
laboral que caracteriza a estos establecimientos penitenciarios20.
La centralidad en todo régimen penitenciario de una actividad laboral bien ordenada fue propuesta por el Consejo de
Europa en su publicación a cerca de los “regimenes de las
el trabajo de los internos: tienen trascendentes repercusiones jurídicas en
materia de remisión parcial de la pena, en virtud del artículo 16, primer
párrafo, de la Ley de Normas Mínimas, cuando advierte que por cada dos
días de trabajo se hará remisión de uno de prisión, siempre que el recluso
observe buena conducta, participe regularmente en las actividades educativas que se organicen en el establecimiento y revele por otros datos efectiva
readaptación social.
Son elementos objetivos de la Remisión Parcial de la Pena (RPP): El trabajo. La educación. La Buena conducta
19 Artículo interesante respecto a la temática de los derechos humanos de
los internos consultar Vélez (1998) “Cinco propuestas para la readaptación”; y Ortiz (1990) “Los derechos humanos y la distribución del castigo”.
20 Las cifras precisas de estos datos la podemos consultar en el reporte del
2004 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
18
–68–
instituciones penitenciarias”. Ya que desde los mismos orígenes de la pena privativa de libertad, aparece la imposición del
trabajo como una constante de relevancia singular en la evolución de esta pena, por lo que el trabajo aparece como eje central de las primeras instituciones de corrección21.
Dicha cuestión acerca del trabajo penitenciario es discutida
en el campo del tratamiento. No tanto porque el trabajo pueda
ser, si ello se deduce de la observación y diagnostico del interno, un poderoso medio de reeducación y reinserción, sino
porque debido al empleo de un concepto amplio de tratamiento y basándose en los conocidos efectos potenciales de reeducación y reinserción propios de la actividad laboral, se han
producido excesos que han llevado a colocar todo el énfasis de
los programas resocializadores en la actividad laboral. No cabe
duda que cuando el examen y diagnostico criminológicos se
desprenda la necesidad de aplicar la terapia laboral para lograr
un pronostico favorable, estaremos ante un tratamiento basado en el trabajo, pero no siempre el desarrollo de la actividad
laboral penitenciaria constituirá una actividad de tratamiento.
La solución es otra respecto del entendimiento de la actividad laboral como elemento central del régimen penitenciario,
del modo de organización de la convivencia en prisión, que
resulta generalizada en la doctrina y ha encontrado reflejo en la
legislación22. En este orden de cosas, se señala que el trabajo es
la única vía efectiva contra la, tan nociva para la vida penitenciaria, ociosidad de los internos, aludiéndose también a sus
importantes virtudes disciplinarias, lo que hace especialmente
atractivo desde la óptica de la Administración; todo esto con
independencia de las ventajas que en el mundo cotidiano de la
prisión concede a los internos el simple hecho de trabajar. Se
21 Tal es el caso de las “Houses of Correction” Inglesas de 1576 y de las
“Tuchthuisen” Holandesas de 1596 o el de las “Casas dí Lavorio” de Italia,
antes mencionadas.
22 Cabe hacer mención que toda la normatividad que rige alrededor de este
tema esta fundamentada en el esquema 1 (véase anexo).
–69–
puede decir que el trabajo presenta la ventaja de rellenar de la
manera más útil posible la jornada de los internos o, al menos,
una parte de su jornada en los casos menos favorables y le
permite percibir un salario así como cierta revalorización ofreciéndole nuevamente una cierta estima de si mismo. Al mismo
tiempo que el establecimiento se beneficia del hecho de que
los detenidos dispongan de un trabajo rentable.
En efecto, prescindiendo de sus posibles contenidos terapéuticos, y desde la perspectiva penitenciaria, resocializador no
es, en último término, sino procurar el retorno del sujeto al
grupo social o, mejor, crear posibilidades de participación de
los internos en los sistemas sociales ofreciendo alternativas al
comportamiento criminal. Por lo que la palabra resocializador
es, en definitiva, aquel que, no solo trata de ahondar la separación y estigmatización propias de la condena penal, sino que
también se ocupa de ofrecer al sujeto los medios necesarios
para permitirle superar aquellos efectos preparando su retorno
a la vida en libertad.
Es así como se pretende establecer que la función del trabajo es fundamental para la construcción de un régimen penitenciario resocializador: en verdad, es difícil de imaginar un régimen prisión al adecuado a las exigencias derivadas del
principio resocilizador, en el sentido expuesto, que no se apoye de un modo decidido sobre la actividad laboral. Por un lado
porque el trabajo es un elemento central, capital de todo régimen penitenciario,23 pero sobre todo debido a su condición de
denominador común entre la vida en prisión y en el mundo
exterior, son especialmente importantes sus potencialidades
como vehículo de aproximación y comunicación entre ambos
universos, el carcelario y el de afuera.
No hay que olvidar que del ejercicio de los derechos inherentes a la actividad laboral puede derivar un mayor acercamiento entre trabajadores penitenciarios y libres con base en
su condición común de trabajadores, lo que redundaría de
23
Como podrá observarse en el esquema 2 (véase anexo).
–70–
manera inmediata en el menor aislamiento y marginación de la
prisión. Por otra parte, no son de despreciar las consecuencias
que el propio ejercicio y desarrollo de una actividad laboral de
características adecuadas ha de producir en la propia estructura
y organización del régimen carcelario: dada la apertura de espacios al ejercicio de los derechos laborales. Lo anterior obligaría a una menor rigurosidad y mayor flexibilidad, en primer
lugar, respecto de todo lo relacionado con la actividad laboral
y también en la vida misma al interior de los establecimientos
que, por ósmosis de la dinámica adquirida en el ámbito laboral,
presumiblemente habrá de tender a la construcción de una atmósfera de mayor permisividad y ampliación de los espacios de
participación seria y efectiva de los privados de libertad, ya que,
los llamados sustitutivos de la prisión ó flexibilidad penitenciaria
en México todavía son poco desarrollados y practicados24.
Desde la óptica de la resocialización que aquí se pretende
ha de exigir una característica fundamental del trabajo penitenciario, que es el de poseer un carácter de Derecho-deber, y no
de obligación como es el caso del sistema penitenciario de
Estados Unidos encaminado a lo que el Sociólogo Francés
Loic Wacqant en su libro Le prisions de la misére, denomina como la prisión privada, una industria próspera, y como muestra
de ello son los interesantes datos proporcionados por dicho
autor que nos indican que desde que Corrections Corporation
of América, Correccional Service Corporation, Securitor (con
sede en Londres) y Wackenhut comenzaron a cotizar en la Bolsa de Valores, la industria carcelaria, que mueve 4,000 millones
de dólares anuales, es una de las industrias más redituables de
Wall Street. (Wacquant, 1999). Además otros datos importantes
son los observados a través de un seguimiento pormenorizado
del autor y publicado en el Fortune Magazine (el 29 de septiemPara abordar los sustitutivos de la prisión véase Íguiniz (1993) “Improcedencia de la prisión preventiva para las personas procesadas por delitos
cuya penalidad admite un sustitutivo de prisión” y García (1991) “Desarrollo de los sustitutivos de prisión”
24
–71–
bre de 1997, p. 2), sobre las acciones de empresas que más han
crecido presentando la clasificación siguiente:
• Mac Afee Associations: Que fabrica programas antivirus,
treparon en tres años un 1.967 por ciento.
• Computadoras Dell: Tuvieron un incremento del 1.912
por ciento.
• Corrections Corporation of America: Que maneja las
cárceles privadas se incremento en un 747 por ciento.
Finalmente en el caso mexicano este análisis de privatización de los reclusorios es punto de debate en el ámbito nacional, como resultado de las jugosas ganancias que puede propiciar y dejar en manos de particulares. Por lo que es necesaria la
utilización de los estudios organizacionales para un buen
desempeño y funcionalidad de la institución penitenciaria en
México, sino, estaríamos cayendo en las atrocidades de la
“Explotación Libre” de los internos a través del trabajo por
empresarios privados, como a fines del Siglo XIX y comienzos
del Siglo XX. Pero aunado a esta explotación se incrementaría
la vigilancia y disciplina hacia los internos con ayuda de los
avances tecnológicos, generando algo así como un “Modelo de
Panóptico 2000”, donde con el circuito cerrado se puede mantener el control total del penal con pocas personas, como ya
sucede en algunas cárceles de los Estados Unidos. Esto solo es
muestra de la violación extrema de los derechos fundamentales que debe poseer un interno en cualquier parte del mundo,
independientemente del delito que haya cometido, y se reflejaría al 100 por ciento el concepto de Penitenciaria: definido
como un sitio donde se sufre penitencia, pero en el sentido
más amplio que se pueda imaginar.
La Hidra de Lerna: el reflejo de la prisión mexicana25
En la mitología griega la Hidra de Lerna representaba una serpiente
monstruosa de siete cabezas que volvían a crecer a medida que las cortaban
25
–72–
Uno de los problemas fundamentales del trabajo en los
centros penitenciarios es su administración, condición que se
agrava por la ausencia de legislación especifica sobre el particular. El verdadero problema se enfrenta cuando se alude a las
particularidades del centro penitenciario, en razón de que se
habla de estudiar la economía local, especialmente el mercado
oficial, para organizar el trabajo penitenciario que por cierto su
producción debe tender a la autosuficiencia económica del
establecimiento.
Es precisamente aquí donde radica el problema del trabajo
penitenciario, en virtud de que se habla de producción y el
objetivo del trabajo en prisiones es la readaptación social de
los internos, que si bien es cierto que dicho trabajo genera una
producción y en consecuencia una remuneración, dista mucho
de alcanzar la autosuficiencia económica del establecimiento.
No existen los mecanismos jurídicos administrativos para tales
propósitos, ya que es sabido que el mercado oficial ejercita
mediante licitaciones públicas, lo cual limita la posible participación del centro penitenciario. No se cuenta con las áreas,
mobiliario y equipo necesario para competir en la iniciativa
privada principal proveedora del mercado oficial.
La legislación sobre la materia no prohíbe ni limita la participación de empresas privadas en los centros penitenciarios,
condición que permite la concesión de algunos talleres penitenciarios de manera discrecional, sin necesidad de cubrir algún tipo de requisito. Estas circunstancias favorecen también
la explotación de los internos que trabajan en talleres industriales penitenciarios sin equipo de protección con el consecuente
riesgo de su integridad física y mental.
La forma más recomendable es la administración del trabajo penitenciario por la Dirección General de los Centros Penitenciarios de la Entidad Federativa, en virtud de que es la autoridad gubernamental ejecutiva la que debe dar al trabajo de
si no se derribaban todas de un sólo tajo, reclaman la presencia de un Hércules para realizar este trabajo.
–73–
los internos su justa dimensión en el tratamiento readaptatorio
y porque puede participar en la economía local, además de
establecer la petición de participación de la empresa privada en
los centros penitenciarios. Por lo cual deben establecerse ordenamientos jurídicos precisos que regulen la organización y
administración del trabajo de los internos en los centros penitenciarios, que no hagan de los internos obreros sobreexplotados, ni de la producción penitenciaria su objetivo, por el contrario que hagan de los internos personas que desarrollan un
trabajo formativo y técnicamente determinado cuyo producto
final sea su readaptación social.
Cabe decir que se presenta una gran oportunidad para la
institución penitenciaria en el ámbito de potencializar y conseguir una eficiencia a partir del trabajo penitenciario legalmente
remunerado, pero solo si se toma en consideración una verdadera reforma institucional como la que se esta implementando
en las demás dependencias de gobierno, porque, si es cierto al
definir a las cárceles como una institución cerrada, se le ha
despojado de la posibilidad de poder cambiar sus estructuras
organizacionales y llegar a presentarse como una entidad que
cumpla con los requisitos del “buen gobierno”26 que se esta
manejando en todo el aparato gubernamental.
En el ámbito organizativo podemos decir que toda institución penitenciaria comprende una organización vertical, deter-
26 Este modelo de agenda presidencial de buen gobierno contiene seis
estrategias que son: 1) Alcanzar un gobierno eficiente (que se proporcionen
más servicios con menos recursos). 2) Garantizar un gobierno de calidad
total (ofrecer servicios con calidad a la ciudadanía). 3) Desarrollar un gobierno profesional (mantener y potencializar a sus recursos humanos) 4)
Consolidar un gobierno digital (Aprovechar al máximo las tecnologías de la
información y las telecomunicaciones) 5) Contar con un gobierno de mejora regulatoria, más ágil y flexible (eliminar los excesos de tramites, sin
abandonar sus responsabilidades) 6) Garantizar un gobierno honesto y
transparente (derrotar la corrupción, la prepotencia y el favoritismo. Lograr
recuperar la confianza de los ciudadanos en sus autoridades)
–74–
minada mediante los niveles jerárquicos que presenta27. Además
también posee una organización de tipo horizontal, que es la
que determina el funcionamiento de los diversos reclusorios y
sirve para la toma de decisiones que permiten el desempeño de
las actividades conjuntas de los otros centros de reclusión28.
Parte importante a resaltar en este documento es concebir a
la organización penitenciaria en dos niveles, que son fundamentales para el desempeño de la institución:
Cuadro 4
Dos niveles para concebir a la organización penitenciaria
Aspecto organizacional
Definir Objetivos
Establecer
Comunicación
(1) nivel intrainstitucional
A través de los organigramas de cada
plantel, el cual designa diversas áreas,
pero que persiguen
un fin común dentro
de la institución.
Se debe establecer
un dialogo en un
nivel constructivo
terapéutico. Ya que
el análisis de grupo
sobre problemas
comunes puede
aportar un enriquecimiento cultural y
anímico, que acerque
a los funcionarios no
solo en cuanto tales,
sino como seres
humanos en una
tarea compartida.
Aspecto organizacional
Hacer efectivos los Convenios de
participación
con otras instituciones
(2) nivel interinstitucional
Comunicación
entre instituciones.
Aprovechar las
Tecnologías de
la información
Compartir
sistemas, estudios, propuestas y, así homogeneizar la
labor y los
criterios dentro
del sistema.
Tal y como se presenta en el esquema 3 (véase anexo).
La representación gráfica se puede observar en el esquema 4 (véase
anexo).
27
28
–75–
Fijar Normas
Internas
Reuniones periódicas y fijación de
normas internas.
Adecuación de
Sistemas administrativos
funcionales
Generar Reglamentos
globales
Reglamentos para la
participación de
todos y la toma
global de responsabilidades.
Establecer una
visión Contingente Y de
redes
En la medida
en que un
procedimiento
técnico o administrativo
demuestre su
funcionalidad
dentro de un
reclusorio, es
susceptible de
amoldarse y
aplicarse en
otros similares.
Estar inmerso
en un sistema
global penitenciario.
Fuente: elaborado por el autor con base a Musi (1979)
La organización del trabajo en la cárcel, por el carácter fluctuante de la población, implica la solución de problemas de
cantidad, es decir, ocupación para todos y se debe buscar la
tarea más idónea, de acuerdo al particular ambiente carcelario,
para al obtención del fin educativo de la pena, siendo evidente
que la labor en equipo es social y moralmente más conveniente que el trabajo en la celda. Consideramos que jamás un centro penitenciario será autosuficiente, sin embargo, debemos
estar concientes de los factores que inciden en el tipo, estructura y forma de la organización son los limitantes de dicha
aseveración. Por lo tanto, a continuación se presenta una radiografía organizacional de la institución penitenciaria:
–76–
Cuadro 5
Factores que inciden en el tipo de estructura y forma de
la organización de la institución penitenciaria
Clasificación
Tipo
Forma (en que se
estructura)
Estructura
Complejidad
Diferenciación
Vertical
Integración
Formalización
Centralización
Especialización y
discreción
No lucrativa – con fines especiales (readaptación y
rehabilitación social )
Orientado a metas y políticas.
Identificada esencialmente como una burocracia mecánica.
Alta: caracterizada por ser compleja y formalizada. En
ella se presenta claramente la división del trabajo y una
elevada jerarquía (muchos niveles)
Alta: como consecuencia de los excesivos niveles
jerárquicos que requieren de coordinación y control.
La autoridad se distribuye de acuerdo con el nivel de
jerarquía.
Deficiente. Se hace necesaria para la colaboración
entre diferentes áreas para alcanzar los objetivos de la
organización.
Esto como consecuencia de:
• Organización con muchos programas.
• Nula independencia organizacional.
Presiones internas (ingobernabilidad de los centros,
corrupción, violencia e inseguridad) y presiones externas (mala administración del sistema de justicia lo que
propicia incremento de internos, que se refleja en la
sobrepoblación penitenciaria)
F. Máxima (a través de reglas y procedimientos)
Alta, ya que hay una coordinación con un bajo grado
de flexibilidad, políticas inapropiadas que se ven reflejadas hasta el momento en el fracaso de su objetivo
principal: la readaptación social.
Especialización: elevada
Discreción: muy reducida
Lo que trae como consecuencia una definición formal
de la organización, que se ve reflejada en controles
administrativos rígidos, como un ejemplo de esto se
ve la resolución de problemas abocada básicamente en
la consulta del manual de procedimientos.
–77–
Limitados: que se ve reflejado en los excesivos niveles
en la organización y muestra de ello son los organigramas presentados anteriormente.
Capacidad física de las organizaciones deficiente (soFactor tamaño
brepoblación)
Inoperante, siendo que se debe formar base de datos
Tecnología
de los expedientes de los internos.
Personal administrativo: casi inexistente.
Cultura Interna
Internos: estable, por los códigos con los que se manejan.
Hostil y demandante de resultados por parte de la
Ambiente
sociedad.
Fuente: elaboración propia del autor
Tramos de Control
La visión de los estudios organizacionales permite enfocar
de manera estructural la problemática de este tema de estudio,
la institución penitenciaria posibilita un sin número de cuantiosas investigaciones que pueden ser abordadas ¿porque no?
desde una perspectiva Multidisciplinaria que incluya a los Estudios Organizacionales tales como: aparato burocrático existente, formas de poder ejercidas, relaciones humanas posibles,
generación de estrategias, estudios de género, liderazgo, cambio organizacional, cultura organizacional, eficiencia penitenciaria, comportamiento organizacional, formación de recursos
humanos, desarrollo organizacional y nuevo institucionalismo.
Conclusiones
Como consecuencia de la sobrepoblación, hacinamiento y
condiciones potencialmente explosivas en la mayoría de los
centros de reclusión es que se deben tomar aspectos relevantes
de la política de readaptación social, como la educación, la
capacitación, la salud y el trabajo penitenciario, además deben
ser objeto de programas urgentes de modernización para que puedan
cumplir con los supuestos normativos que les dan origen. En
este sentido y ante las precarias condiciones de trabajo en la
gran mayoría de los reclusorios del DF, ante los índices de
–78–
subocupación, ocio, improductividad, tensiones, conflictos y
frustración que provoca en los internos, la política de readaptación social, trunca en uno de sus pilares fundamentales –el
trabajo- resulta ineficaz para resocializar a quienes han delinquido, para que se logren reincorporar a la sociedad, como
miembros útiles y responsables.
Pero en esta labor se debe tener la participación de los sectores público, social y privado (pero con condiciones bien
definidas de protección a los internos), para generar fuentes de
empleo penitenciario productivo, permanente, digno y remunerado. El
propósito no es generar cuestiones degradantes para el individuo (como puede considerarse la visión privatizadora de los
Estados Unidos), sino más bien empleos productivos, en actividades rentables, que posibiliten una fuente adicional de productividad, para el crecimiento del país.
Un grave problema en México es que no se cuenta con un
registro de datos completos, actualizado, confiable sobre la
situación general del trabajo en el sistema penitenciario. Por lo
que este trabajo sugiere la posibilidad de iniciar un censo sistemático de los principales indicadores del trabajo penitenciario,
tanto a nivel DF como nacional de estos centros, que contabilice el número de industrias, personal ocupado, número de
horas hombre trabajadas, cifras de inversiones, ventas, utilidades, salarios e insumos, así como datos cualitativos sobre la
readaptación social. Todo lo anterior apoyado en concertación
de convenios, análisis detallado de cada reclusorio, involucramiento de la industria local y la inversión federal, así como del
montaje de maquinaria especifica en cada nave industrial penitenciaria, además de la capacitación de la mano de obra, distribución y comercialización de los productos.
Para el sistema penitenciario representaría reestructurar las
formas de organización de sus procesos de producción y administración de
las relaciones de trabajo; y para los internos sería una forma de
adaptarse a nuevos perfiles ocupacionales, al trabajo en equipo y al desarrollo de habilidades laborales, que bien puede generar o adecuarse
–79–
a una terapia rehabilitadora y sobre todo productiva para dichos individuos. Lo anterior establecería también un beneficio
a largo plazo, específicamente después de que el individuo
cumpla su pena, pues contara con la certificación de las habilidades adquiridas o desarrolladas durante su estancia en prisión.
Y hasta cierto punto dicha propuesta puede ser considerada
posteriormente como un apoyo postinstitucional; fundamental
para evitar el círculo vicioso de la reincidencia, como consecuencia de las características favorables (ya mencionadas) que
posee el trabajo.
Finalmente sólo resta hacer un llamado general a todo el sistema penitenciario para adecuar las condiciones en los cuales se
puede aprovechar el aspecto del trabajo penitenciario, claro esta
sin prejuicio de los internos y mucho menos como forma de
satisfacer los intereses personales de los directivos de las diversas instituciones de reclusión. En definitiva no permitamos que
la imposición e implementación de este instrumento tan valioso
para la readaptación social (el trabajo) quede en manos de la
explotación bestial de particulares, que solo busquen la maximización de sus ganancias en aras del despiadado sometimiento de
los internos. Busquemos entonces la forma de que la administración del trabajo penitenciario se lleve a cabo por la instancia
gubernamental correspondiente como primer paso, para posteriormente comenzar a desvanecer y derrotar todas las barreras
organizativas y vicios que presenta tan enigmática y hermética
institución. Recordemos que: “Los sueños, sueños son hasta
que se convierten en realidad” (Bringas, 1998: 72).
–80–
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–83–
Una voz en silencio: condición social
de las mujeres en prisión
Myrna Eréndira León Ramírez
Mara Angélica Roldán González
Introducción
Esta investigación se llevó a cabo en el Centro Femenil de
Readaptación Social Tepepan (CFRS Tepepan) a través de entrevistas. Se abordará el delito de daños contra la salud, en su
modalidad de tráfico, uno de los más recurrentes.
Existe cierta categoría de delincuentes, generalmente considerada como secundaria o marginal. Se trata de una categoría
cuantitativamente menor, pero cualitativamente importante, en
la estructura social. Se analizó las diversas circunstancias sociales, culturales y económicas que enfrenta la mujer antes y después de haber cometido el delito; circunstancias éstas poco
favorables, entre otras, deficiente educación, falta de apoyo
moral y ausencia de comunicación familiar y/o de pareja. La
sociedad, desde luego, también participa siendo permisiva y, al
mismo tiempo, sancionadora.
Hoy por hoy, la mujer es utilizada e involucrada en hechos
que son penados, uno de ellos: traficar drogas en el interior de su
cuerpo, en ocasiones como chivos expiatorios, comúnmente
llamadas “burras”. Por aquello del sexo débil, en ciertos casos no
se le sometía a una revisión corporal exhaustiva, por ello era fácil
involucrarla en el hecho delictivo. Ahora podemos ver los reclusorios y penitenciarías con su capacidad al máximo, el hacinamiento caracteriza al sistema penitenciario mexicano.
–85–
La familia es el factor primordial de las relaciones sociales,
influye para el correcto o incorrecto desarrollo de los sujetos,
porque es la base para que éstos tengan una conducta deseable
ante la sociedad. Asimismo, las instituciones son proveedoras
de educación, como el Estado, escuela, Iglesia, etcétera, fomentan ideologías, tradiciones o costumbres. Las mujeres en
prisión, en su totalidad, son víctimas de un doble estigma, el
que se deriva de su propia condición de mujer y el que se impone en su situación de prisioneras.
En este estudio se les da un espacio para que las mujeres internas expresen sus sentimientos, emociones, pensamientos,
recuerdos, etcétera, que siguen dañándolas, y suscitar así una
reflexión de cómo ha transcurrido su vida. Y lo más importante es qué las ha llevado a este lugar y las circunstancias que
antecedieron a la actividad delictiva. Ellas se mostraron agradecidas al término de cada estudio y se manifestaron satisfechas de que alguien las escuchara y se hiciera oír su voz en el
exterior.
Existe una gran homogeneidad sociocultural entre las mujeres en prisión: la mayoría de éstas son madres solteras o mujeres abandonas por sus parejas, mujeres de bajos recursos económicos, sociales y culturales, con educación escasa, primaria
incompleta, por lo regular son analfabetas, o simplemente sólo
saben escribir su nombre. Personas que se enfrentaron al maltrato físico y verbal de sus progenitores, situación que ocasionó ciertos daños. Todos éstos son esquemas que las internas
(madres) repiten con sus hijos, y posteriormente se reflejan en
ellos, ejecutando conductas delictivas. La edad en que la mujer
delinque con más frecuencia oscila entre los dieciocho y treinta
y cinco años de edad, su estado civil es el de solteras, madres
solteras. El lugar donde delinquieron es el Distrito Federal, y la
mayoría de ellas lo hizo por primera vez. El promedio de las
sentencias varía de uno a 10 años de prisión.
–86–
Metodología
La metodología utilizada para la realización de la investigación es de suma utilidad, empleamos una combinación de técnicas utilizadas en ciencias sociales: el análisis de variados documentos, hemerográficos, bibliográficos y videográficos,
hasta concluir con la investigación de campo; consultamos
expedientes técnicos, acudimos a la observación participante,
entrevistas a profundidad y el método de observación participante con la finalidad de elaborar historias de vida de modo tal
que, el resultado capte los sentimientos, modos de ver y perspectivas de la persona. La historia de vida contiene una descripción de los acontecimientos y experiencias importantes de
la vida de la persona o alguna parte principal de ella, en las
propias palabras del protagonista.”29
Dado que nos interesa fundamentalmente el delito de daños contra la salud, por ser el segundo conforme a su importancia numérica a nivel distrital, siendo éste el que más comete
la mujer. En particular, en el CFRS Tepepan ocupa el primer
lugar. Nos enfocamos sólo a la modalidad de tráfico. Cuatro
de las internas entrevistadas cometieron diversos delitos como
homicidio, secuestro, y daños contra la salud, en su modalidad
de comercialización.
La finalidad de este trabajo pretende ofrecer una voz al silencio. No busca justificar lo cometido, sino dar a conocer las
circunstancias que las condujeron a dicho acto. Protegemos la
identidad de cada una de las entrevistadas, así como de las
internas del CFRS Tepepan que amablemente se prestaron para
la realización de esta investigación.
29 S.J. Taylor y R. Bogdan, Introducción a los métodos cualitativos de investigación,
Paidos, Barcelona, 1987, p. 174.
–87–
Delito y sociedad
Para que funcione la sociedad en armonía existen normas
de comportamiento, y por lo tanto, infractores que las corrompen. Las normas que pueden estar codificadas, diseñadas
y sancionadas por el poder público en forma de leyes obligatorias y/o pueden ser producto de la costumbre consciente de la
sociedad. En cualquier caso serán obligatorias para todos
aquellos que habiten y conformen la población, donde la presión social sobre los individuos es determinante.
El Estado debe garantizar la seguridad de las personas, la
protección de sus bienes y el ejercicio de sus derechos y libertades; una de sus funciones es la lucha contra los individuos y
grupos que atentan contra esa seguridad, basado en los requerimientos y demandas sociales, a fin de prevenir, perseguir y,
en su caso, reprimir la actividad delincuencial.
Las fuerzas sociales dominantes, es decir, el poder de unos
cuantos, define culturalmente lo que es el delito. La ley lo precisa como “el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.30 La conducta delictiva es determinada por diversas circunstancias o factores. El estudio de la delincuencia desde el
punto de vista del delito consigna a éste como “todo hecho
que lesione, dañe o ponga en peligro las condiciones de vida
individual o social, más o menos importantes determinadas
por el poder público”.31 El delito no se debe enfocar sólo dentro de una perspectiva particular, sino como parte del todo
social, como una cosa normal dentro de la sociedad porque
para que haya conducta correcta tiene que existir conducta
incorrecta, para que algo se califique de bueno, tiene que existir lo malo, para poder comparar y oponer.
El delito es, entonces, considerado como aquella conducta
que corrompe las normas establecidas previamente por la ley.
Al individuo que se considere agresor de la sociedad, es casti30
31
Código Penal, artículos 7 y 8 del capítulo I.
Gómezjara Francisco A., Sociología, México, Porrúa, 1986, p. 432.
–88–
gado con la privación de la libertad, mediante un proceso penal, el cual determina su culpabilidad.
La misma sociedad es la que apremia y rechaza las conductas delictivas, sin embargo, no todas las conductas son catalogadas como delitos. Por ejemplo no se considera delito las
actividades que realizan los que tienen poder adquisitivo, como los capitalistas, que son explotadores de sus subordinados,
robándoles las ganancias que producen (plusvalía). En cambio,
si los obreros robaran al patrón, a esto sí se le llama delito; el
delincuente es condenado a cumplir un castigo por corromper
las normas. La sociedad castiga el asesinato de seres humanos,
pero muchas veces, bajo determinados signos o símbolos, se
permite esta conducta y se apremia, a quienes matan en condiciones de guerras o por defender al Estado. Esto deja claro
que “Los grupos sociales se sitúan de maneras distintas en
relación a las leyes, tanto por lo que se refiere a la definición
de su contenido, como a la acción de las sanciones.”32
No sólo los padres definen el rol que sus hijos “deben”
desempeñar, hay otras instancias significantes que ejercen su
influencia sobre el individuo. Recordemos a Peter L. Berger y
Thomas Luckman: “La socialización primaria es la primera por
la que el individuo atraviesa en la niñez [...], comporta algo
más que aprendizaje cognoscitivo. Se efectúa en circunstancias
de carga emocional [...], el niño acepta los roles y actitudes de
los otros significantes, o sea que los internaliza y se apropia de
ellos. La socialización secundaria es todo proceso posterior
que induce al individuo ya socializado a nuevos sectores del
mundo objetivo de su sociedad [...]. La socialización secundaria es la internalización de “submundos” institucionales o basados sobre instituciones [...]. Estos submundos requieren un
aparato legitimador, acompañado con frecuencia por símbolos
rituales o materiales.”33
Ibíd, p. 51.
Berger, Peter L. y Thomas Luckman, La construcción social de la realidad,
Buenos Aires, Amorrortu, 1968, p. 166.
32
33
–89–
También las instituciones fomentan estereotipos bien específicos con los que se nos exige encuadrarnos a como dé lugar. La
escuela, la familia, la iglesia, son instituciones que repiten esquemas, que exigen a hombres y mujeres desempeñar los roles preestablecidos, sin posibilidad de cuestionarlos. Azul el niño, rosa la
niña, fuerza el hombre, sumisión la mujer. Instituciones que se
encargan de conservar un imaginario social conformado por relaciones interpersonales materiales y subjetivas que discriminan a la
mujer. Instituciones que desde la infancia exigen al individuo
repetir y continuar con modelos. Es decir, las personas deben
sujetarse a ciertas normas para el bienestar social, de lo contrario
sería un sujeto fuera de los patrones ya establecidos.
La Sociedad está dividida en diferentes estratos y clases sociales. Esto establece una marcada desigualdad entre los individuos, no todos tienen las mismas oportunidades de desarrollo en el aspecto laboral, académico, cultural, social, ideológico,
de salud, etcétera.
Por ello se dice que la condición y la clase económica posibilitan una conducta delictiva. La insolvencia económica de la
clase baja y su medio recreativo cultural menesteroso son elementos que conforman la creación de acciones ilícitas. Así, la
mujer se ve en la necesidad de incorporarse a la fuerza de trabajo dejando a un lado su condición de mujer, es decir, deja
los menesteres del hogar, el cuidado de los hijos, etcétera. Sin
embargo, su incapacidad económica y en ocasiones el abandono masculino la lleva a cometer prácticas delictivas.
La economía es otro factor esencial dentro de las condiciones del ser humano, ya que, ésta es la que le permite obtener los
bienes de primera necesidad, el alimento, el vestido, la vivienda.
Pero en nuestra sociedad los menos afortunados obtienen escasas remuneraciones por su trabajo, y se ven obligados a dedicarse a otras actividades que les permitan cubrir sólo lo necesario
para sobrevivir; dejan a un lado la educación de los hijos, quienes deben contribuir en los gastos familiares. La baja escolaridad con la que cuentan no les permite tener un desarrollo óp–90–
timo, con suficientes oportunidades para enfrentar sus necesidades básicas; quienes tienen la oportunidad de asistir a la escuela, no la concluyen, generando la deserción escolar.
Familia y delito
“La educación es un proceso humano de maduración en
todos los órdenes; fundamentalmente es un proceso personal
[...] ésta se realiza de manera espontánea en toda actividad de
la vida, en la educación informal34 y en forma organizada en
actividades planeadas para este fin en educación formal.”35 36
En la familia se dan las primeras relaciones sociales, se adquieren las tradiciones, las costumbres, ideologías, religión, etcétera.
El maltrato infantil37 constituye un problema social, “compromete el destino mismo de la sociedad pues es indudable
que una socialización edificada sobre la coacción y el miedo
engendrará hombres que reproducirán este modelo de convivencia en su vida privada y en la acción publica, con el consiguiente deterioro del bienestar y en la calidad de vida de los
seres humanos.”38
34La educación informal se adquiere por la diaria experiencia en la familia,
la trae la persona y no puede desligarse de ella; es una especie de marca con
la que nace y crece, y sin querer, lleva consigo.
35En cambio, la educación formal está jerárquicamente estructurada por
niveles, cronológicamente graduada, desde la primaria, quizá preprimaria, y
hasta niveles superiores.
36Ruth Villanueva Castilleja, La mujer delincuente ante una alternativa educativa,
Ediciones Delma, México, 2000, p. 123.
37Que puede ir desde el maltrato físico, que es el acto de fuerza que produce un
daño en el cuerpo o en la salud, con o sin dolor, hasta el maltrato emocional,
constituido por formas más sutiles, que crean situaciones en las cuales los niños
viven aterrorizados, agredidos, verbalmente menospreciados o rechazados. El
maltrato o negligencia comprende las diversas omisiones que implican una
inadecuada protección de salud, seguridad y bienestar del niño. El maltrato
sexual abarca todos los ataques a la integridad sexual del niño o adolescente.
38 Sara Noemí Cadoche, Violencia familiar, Rubizal-Culzoni Editores, México, 2002, p. 166.
–91–
Hasta cierto grado la violencia física y verbal hacia los hijos
por parte de sus progenitores, lleva a los primeros a abandonar
el núcleo familiar, obligándolos con ello a deambular por las
calles, con el riesgo de que se dediquen a delinquir.
Es la familia la que establece los valores y normas sociales.
Sólo así se puede evitar que alguno de sus integrantes pueda
adquirir conductas no deseadas por el núcleo. Si esto se llega a
presentar es por la falta de respeto del mismo. “No hay agente
educador más definitivo que la familia.”39 Sin embargo, puede
llegar a ser junto con la escuela uno de los principales mecanismos de desajuste y descontrol social del individuo. “Muchos de los que emigran a diferentes lugares, son contaminados por aquellos en donde el ambiente es criminógeno.
La producción del orden social ha llevado a un desconocimiento de los procesos de la producción sistemática que son
también esenciales en el análisis de los fenómenos sociales. Si
bien es cierto que los sujetos son productores de la sociedad y
de los sentidos que se elaboran en la interacción, también lo es
el hecho de que esta producción no descansa únicamente en
las capacidades de un sujeto individual, participa de una interrelación; la producción del orden social es obra de un actor
colectivo inmerso en un determinado contexto de relaciones
de poder que es siempre asimétrico y conflictivo.
El narcotráfico, “como un fenómeno de degradación social
[...] constituye el problema más destructivo que ha enfrentado el
hombre a través de su historia contemporánea.”40 Afecta diversos
aspectos de la vida cotidiana generando secuelas de vicio, depravación, corrupción y violencia (en todas sus formas). Deteriora
tanto la salud individual como la social, perjudica a todo tipo de
Instituciones, Estado, familia, escuela, etcétera. Es decir, daña
principalmente las capacidades físicas e intelectuales de los individuos, perjudicando los niveles de bienestar social. Ocasiona con
39Ibid,
p. 9.
Ruiz Massieu, El marco jurídico para el combate al narcotráfico, FCE,
1994, México, p.7.
40Mario
–92–
esto el aumento, día con día, de la delincuencia. Aunque es cierto
que el delito y el delincuente, nunca se podrán exterminar, debido
a que la sociedad los construye y los sanciona conforme su moral,
catalogándolos unos más graves que otros.
Daños contra la salud
“Los delitos contra la salud, en cuanto a volumen real de
comisión y sanción penitenciaria, se producen dentro de la
nueva dinámica delictiva en la que la precocidad en la comisión de delitos típicos de la adolescencia, la falta de acceso a
un primer empleo, etcétera. Son realidades determinantes en la
caracterización de la actividad delictiva actual que se unen a un
elemento muy específico: la fármacodependencia. Ésta da pie a
la generalización de estos tipos de delitos, como son la venta y
el tráfico de estupefacientes, además de convertirse en un factor desencadenante de mayor número de delitos.”41
Destacamos que la droga se ingiere voluntariamente para
contrarrestar, entre otras cosas, estrés provocado por la cotidianidad. Dependiendo del nivel económico es el tipo de droga ingerida. Lo que prevalece en el consumo de las drogas,
entre las clases sociales bajas y/o marginadas, son los inhalantes42 y la marihuana43, debido a su bajo costo; en nivel socioe41César
Manzanos Bilbao, Prisión y sociedad en Euskadi, HAAE/IVAP, Instituto Vasco de Administración Pública, Madrid, 1987, p. 42.
42 Producen alucinación entendiéndose como la percepción imaginaria sin
causa exterior: la percepción sin objeto. Actúan provocando distorsión en
la percepción de los objetos y sensaciones. Son provocadores de alucinaciones o alusiones que abarcan los diferentes sentidos (alteraciones en la
percepción visual del espacio, o de la propia imagen corpórea, audición de
los colores, visión de sonido, pérdida de la noción del tiempo). Causan
toxicomanía, considerándose entre los volátiles, inhalables o disolventes
como estimulantes y depresores.
43Sus efectos somáticos, se señala ligera taquicardia, conjuntivitis, debilidad
muscular, aumento del apetito. En el plano psíquico se produce una especie de hiperactividad y ligereza intelectual, acelerándose el curso del pensamiento. Se experimenta un aumento de sensibilidad y cierto placer psí-
–93–
conómico medio o alto se consume otros tipos de drogas como la cocaína44 y hasta la heroína45.
En el aspecto familiar existe la incongruencia entre padres e
hijos, ya que, los padres prohíben algo que ellos hacen (alcoholismo, cigarrillos, adicciones, etcétera.), lo cual rompe la
comunicación. Si se llega al diálogo es estableciendo condiciones por parte de algunos de los miembros, es decir, en connotación negativa. El adicto es estigmatizado como delincuente.
El consumidor no es delincuente, por ende no hay delito; se
considera como delito cuando se vende o se trafica.
Causas Sociales
La publicidad es el terrorismo propagandístico que insita al
consumo de determinadas drogas, resaltando que la droga más
vendida es el alcohol, ya que no requiere receta médica y está
legalizado. La sociedad no sólo crea e incita al consumo, sino que
son las propias relaciones sociales las que lo imponen o exigen.
quico (sentirse a gusto). El consumo del cannabis produce así mismo una
ligera psicodislepsia. La intoxicación mortal es prácticamente inexistente.
Los efectos se producen en tres fases, en una primera (high) se produce
una sensación de bienestar general, una excitación eufórica expansiva,
sensorial y afectiva. Frecuentemente el individuo se torna locuaz o comienza a reír. En segunda fase (feeling) se produce una sensación de éxtasis, con
tranquilidad y raramente visiones. La fase final (down) se identifica con un
sueño pesado, lasitud y el sujeto termina con frecuencia dormido.
44Los consumidores de la cocaína experimentan euforia, estimulación y
disminución del apetito. También aumenta la frecuencia cardiaca, eleva la
presión sanguínea y dilata las pupilas. Su uso crónico puede producir abscesos cutáneos, perforación del tabique nasal, perdida de peso y lesión del
sistema nervioso. Entre los efectos mentales nocivos se encuentran inquietud, ansiedad e irritabilidad intensa, y en ocasiones psicosis paranoide.
45Los efectos de la heroína son más intensos y rápidos, deprimen menos
los centros cerebrales y más los respiratorios. De una euforia inicial, hiperactividad, sedación rápida de dolores, con sensación placentera (casi orgásmica) extensiva en todo el cuerpo. Se pasa posteriormente a un estado
de apatía general y malestar. Surge entonces la necesidad de consumir nueva dosis, manifestándose en bostezos, sudores y contracción de pupilas.
–94–
Otro grupo vulnerable es el de las mujeres, por su misma
condición de marginalidad y porque se enfrenta a los quehaceres cotidianos, a la violencia física y verbal, presión laboral,
familiar, etcétera. Es más susceptible ha caer en depresiones
constantes, estrés, tomando como salida medicamentos antidepresivos, que es un tipo de droga legal, alterando su sistema
nervioso y perjudica también sus relaciones sociales.
La droga es un problema creado, impuesto y fomentado
por el hombre, y tiene un claro aliciente económico. El tráfico
de drogas es esencialmente un negocio, el negocio del siglo
XX por su alta rentabilidad.
Las internas del CFRS Tepepan manifiestan que la principal
causa que las llevaron a involucrarse en el círculo vicioso de las
drogas fueron sus bajos recursos económicos; ellas nos relatan:
“Mis bajos recursos económicos me orillaron a cometer el
delito y porque mi esposo se fue a los Estados Unidos, y a un
principio sí nos mandaba dinero, pero después se olvidó de
nosotros.”
“Mi madre nos abandonó. Yo soy la mayor de mis hermanos, me hice cargo de ellos. Y por mi necesidad y mi ignorancia me ofrecieron vender droga para pagarle los estudios a mis
hermanos, porque éramos muy pobres.”
El narcotráfico es un fenómeno de ámbito mundial, que
repercute negativamente en los aspectos económicos, ideológicos, culturales, políticos y sociales. La sociedad depende de
todos éstos, y la descomposición de uno de ellos afecta su
estabilidad.
Delincuencia y género
El aumento es considerable entre los años de 1995 (3,861
internos) a 2000 (21,857 internos). El caso de la población
femenina, aumentó en un 75 por ciento, y la población masculina en un 80 por ciento. En los años siguientes, 2000-2004, el
crecimiento fue de 37 por ciento para las mujeres y para los
–95–
hombres un 10 por ciento. Esto se debe a que la mujer es más
vulnerable al acto, ya sea en complicidad, bajo influencia, por
ignorancia o abandono de su pareja, o la migración de los
mismos, el índice delincuencial se incrementa año con año.
En las entrevistas realizadas en el CFRS Tepepan, se pudo
constatar en algunos casos que la causa principal para llevar a
cabo el acto delictivo es el abandono de sus parejas, algunas veces
porque emigran para incrementar sus ingresos y al paso del tiempo las olvidaron, ya no se responsabilizaron de su familia. Ante
esta situación la mujer busca formas de generar recursos económicos: presta su cuerpo como portadora (comúnmente llamadas
“burras”) de droga para transportarla, regularmente fuera de sus
lugares de origen, pagándoles por ello cantidades de dinero, que
por mínimas que sean resultan necesarias para ellas, no les importa el riesgo que corren al incurrir en este delito.
Hoy día estamos en un proceso de transición en el que la mujer pasa de un rol simbólicamente pasivo a un rol efectivamente
activo (en mayor o en menor medida según el entorno social al
que pertenezca), adquiere un gran número de responsabilidades
económicas e ideológicas, individuales y grupales. Esto no es
porque la mujer haya decidido ser activa ahora, sino porque ahora
sí se le reconocen sus actividades y éxitos, con lo cual ella se valora en su justa medida y se motiva para el trabajo, para la superación; tiene confianza y seguridad en su persona, se atreve a encarar cada día más responsabilidades. En otras palabras, la mujer
siempre ha sido un ente activo pero no había recibido el reconocimiento que paulatinamente ha tomado en nuestros días, consecuentemente, la mujer tiene mayor presencia también en los
comportamientos parasociales46 y antisociales.
46Parasociales: todas aquellas conductas que no son aceptadas por las normas sociales, que se consideran crímenes por atentar contra el bien común
y social, pero que no están tipificadas como delitos. Por ejemplo el interno
las introyecta y emite como valores propios. Antisociales: que van contra el
bien común y social, por lo regular están tipificadas como delitos, pueden
ser riñas o lesiones, robos, daños en propiedad ajena, homicidios, violación, etcétera.
–96–
Los actores colectivos en la sociedad contemporánea juegan un papel relevante, especialmente cuando se estudia a grupos reservados de la población en general, pero en particular a
las mujeres, dadoras de la vida, madres, hijas, esposas, etcétera.
Un papel de dependencia porque están al cuidado y educación
de los hijos, ellas representan la “práctica” mientras ellos, los
esposos, hijos, padres, etcétera, la “teoría”, el sustento del
hogar en la mayoría de los casos.
La delincuencia de las mujeres no es un fenómeno individual, es un problema social. Así por su condición de mujer,
por los factores sociales y culturales que componen el delito,
por su participación en el hecho delictivo, se convierten en
delincuentes y víctimas.
Para Lombroso, las mujeres que delinquen se desvían de su
rol completamente femenino y obtienen similitudes que son
básicamente masculinas “desviadas de los roles de su naturaleza femenina o bien enfermas mentales”.47
En el CFRS Tepepan nos percatamos de lo anterior. No
obstante, se juzga de igual manera tanto a las que padecen
enfermedades mentales como a las que están en pleno uso de
sus facultades. Quizá el papel de las similitudes masculinas se
desarrolla ya en el interior de los mismos Centros, donde es
frecuente el lesbianismo, ya que unas desempeñan el rol de
“hombres”, por su misma complexión física, dejando a un
lado su naturaleza femenina. Algunas mujeres, por su apariencia física, someten a sus víctimas.
La mujer no solamente es catalogada como delincuente,
también se le estigmatiza48. No sólo son sancionadas por las
leyes, además son castigadas por la sociedad, es decir, son do-
47Elisabet
Almeda, Mujeres Encarceladas, Ariel, Madrid, 2003, p. 46.
término estigma es de origen griego, y sirve para referirse a los signos
corporales con los cuales se intentaba exhibir algo malo y poco habitual en
el estatus moral de quien lo presentaba.
48El
–97–
blemente juzgadas y penadas, se les sustrae su identidad,49 son
primeramente etiquetadas por la institución, con un número;
posteriormente y, tal vez el que más peso tiene es la estigmatización que se le da a la mujer por haber cometido “algo malo”.
Detienen su papel de madres, hijas, esposas, etcétera, dejan a
la familia y en muchos de los casos ellas son abandonadas por
sus familiares, como parte de esa inconformidad ante la situación. Sin embargo, al hombre que es encarcelado se le describe
como “héroe” sólo por haber burlado las normas y leyes establecidas por la sociedad; la mujer no recibe visita y escasamente tienen encuentros conyugales. Por lo tanto, son abandonadas y esto es con lo que más se le puede castigar a una interna
recluida. He aquí los siguientes testimonios:
“El hombre se va tarde o temprano, se va para siempre.”
“Al saber mi familia que tengo muchos años de sentencia
me han ido abandonando.”
Para este autor: “las personas que delinquen sufren síntomas de anormalidad y peligrosidad y llevan incorporado el
estigma del atavismo y la degeneración. Pero las mujeres que
delinquen son [...] degeneradas, ya que, no solamente ha violado las reglas establecidas, sino también las normas sociales de
su condición femenina [...] son doblemente peligrosas comparada con los hombres y su doble infracción de las leyes comporta que se les puede considerar como un monstruo”.50
Elisabet Almeda por su parte, resalta las circunstancias que
envuelven a la mujer privada de su libertad, lo que las llevó a
quebrantar las leyes, algunas de las cuales son: una infancia no
privilegiada, difícil, carente de oportunidades de desarrollo
personal, académico, laboral, etcétera, carente de afecto por
parte de sus padres, maltratos físicos y verbales, muchas de
ellas llegaron a ser violadas por sus propios familiares, hermanos y hasta los propios padres. Primero soportan esto, poste49La
identidad (de género) se construye mediante los procesos simbólicos
que en una cultura dan forma al género.
50 Ibíd, p. 17-18.
–98–
riormente se produce la deserción familiar y a deambular por
las calles, se involucran en la prostitución, drogadicción y procreación de hijos no deseados. Para más tarde someterse al
maltrato de sus parejas, volviéndose dependientes de ellos.
La mujer es considerada como educadora, dadora de vida,
fortaleza económica de sus hogares, etcétera, cuando llegan a
faltar en su papel por alguna razón, son sometidas a los estigmas y al abandono por parte de sus familiares por haber decepcionado a éstos.
Teorías de Género
“No sólo elijo mi género, y no sólo lo elijo dentro de los
términos de que se dispone culturalmente, sino que por la calle
y el mundo siempre estoy siendo constantemente constituido
por los otros, de tal modo que el género constituido por mí
yo, bien puede encontrarse en oposición cómica o incluso
trágica con el género que otros me ven.”51
La sociedad construye el género a partir de ser hombre y
ser mujer. “Las mujeres están presas y diversas son sus prisiones en la sociedad y la cultura, sin embargo por el hecho de ser
mujeres en el mundo patriarcal, todas comparten la prisión
constituida por su condición genérica.”52
“La cárcel se la hace uno mismo, no importando donde estés, en la calle, en el trabajo, y puedes vivir presa hasta con tu
propia familia y con tu pareja”. “La cultura marca a los seres
humanos con el género y el género marca la percepción de
todo lo demás: lo social, lo político, lo religioso, lo cotidiano.
La lógica del género es una lógica de poder, de dominación.
Esta lógica es, según Bourdieu, la forma paradigmática de violencia simbólica, definida por este sociólogo francés como
51Martha
Lamas, El género. La construcción cultural de la diferencia sexual, México, 1998, p. 322.
52Marcela Lagarde, op. cit., p. 642.
–99–
aquella violencia que se ejerce sobre un agente social con su
complicidad o consentimiento.”53
En el caso de las mujeres en reclusión, podemos observar
que se vieron envueltas en el acto ilícito debido al sometimiento por parte de sus parejas, pues la mayoría son de bajos recursos económicos, se ven forzadas a contribuir en las necesidades de su núcleo familiar o en algunos de los casos sufren
abandono por parte de ellos, las dejan con la responsabilidad,
educación, cuidado y gastos de los hijos. En otras ocasiones la
mujer, con tal de no ser abandonada, acepta involucrarse en la
comisión del delito, por ayudar, y posteriormente son víctimas
de la indiferencia, no sólo de sus parejas sino de sus familias.
La sociedad determina los papeles que llevan a cabo las mujeres y los hombres; esto lo podemos ver reproducido en el
sistema penitenciario: a la mujer se le delega el cuidado y la
educación de los hijos. En el caso de los hombres recluidos, la
responsabilidad la pierde completamente, dejándolos en manos de sus madres, aunque ambos estén presos.
La política penitenciaria se encarga de remarcar el rol de las
mujeres dentro del sistema y seguir con ellos en cuanto salgan,
debido a que éste refuerza su domesticidad. Sus actividades
consisten en limpieza, cocina, lavanderas, repostería, actividades manuales Esto impide su reinserción al ámbito laboral
debido a que se repiten sus roles cotidianos que realizaban
antes de ingresar a prisión.
“El ‘trabajo’ que dan aquí no sirve para nada, lo mismo lo
hacía en mi casa, lavo, plancho, limpio baños, trastes, hago
comida, porque yo trabajo en las cocinas.”
“Allá fuera no pagan lo que realmente vale lo que hacemos,
los muñecos, las bolsas, los cuadros, las pinturas, sería malbaratar nuestro dizque trabajo, lo que hacen es entretenernos, y
afuera qué tiempo vamos a tener.”
53Marta
Lamas, op. cit, p. 344-345.
–100–
El delito de daños contra la salud y el cuerpo
El control que ahora tienen las mujeres sobre su sexualidad
y la necesidad de aportar ingresos para mantener a sus hijos ha
cambiado el rumbo preestablecido en una sociedad regida por
hombres. Este cambio se refleja en varios aspectos, incluido el
aumento de la delincuencia por parte de las mujeres. La mujer
ha contribuido al aumento de los índices de delincuencia en
nuestra sociedad de manera acelerada.
Hoy muchas mujeres que delinquen se encuentran ligadas
al tráfico de drogas y presas por este delito; no funcionan solas
debido a que por lo general el hombre es quien las protege y
las usa para que cometan este acto. Se aprovechan de que la
mujer lo hace por necesidad y es más fácil implicarla en el delito, utilizando su cuerpo para dicho fin. Se les paga cierta cantidad por el servicio, cantidad que no cubre el encierro:
“Desesperada por mi situación económica y moral me encontré en un momento de crisis emocional y un señor se acerco
para brindarme su ayuda y confiada en él, hice lo que me pidió,
sin saber qué era. Me agarraron por llevar un paquete de cocaína. Y esto por qué, por la maldita necesidad y mi ignorancia.”
“Yo estaba necesitada, una señora me dijo que viniera a dejar unos quesos al D.F, pero me acababa de aliviar de mi hijo y
me sentía muy débil, le pedí más tiempo, y un día entraron a
mi casa unos señores me amenazaron, que sino iba a dejar eso
matarían a toda mi familia. Yo acepté por miedo, sin saber que
esos ‘quesos’ que me pegaron en el estomago, era cocaína.”
La mujer tiene el derecho y puede elegir lo que le convenga
hacer con su cuerpo, en particular en el delito de daños contra
la salud, como ejemplo citamos la película ‘El apando’ (José
Revueltas:1975) donde se observa de qué manera utilizan ellas
su cuerpo como medio de transporte para introducir drogas:
por vía vaginal o adherido al estómago. Por medio de las entrevistas realizadas las internas comentan:
“Los paquetes me los pegaron en la panza.”
–101–
“Tenía cuatro meses de embarazo, iba a ser más fácil porque
ya se me notaba, los paquetes me los pusieron en el estómago.”
Particularidades de las mujeres recluidas en Tepepan
“El CFRS. Tepepan fue inaugurado en 1982, cuando recibió
a la población proveniente de la antigua Cárcel de Mujeres
ubicada en Santa Marta. Hoy día alberga internas que ya recibieron y se encuentran cumpliendo una sentencia, o bien, a
mujeres que, por haber sido valoradas como inimputables, se
encuentran en una sección aparte con una medida de seguridad. Originalmente este edificio fue construido como hospital
penitenciario, por lo que sus características han tenido que irse
adaptando a las de una prisión.”54
Los grupos postergados y sometidos a la vigilancia de las
instituciones totalitarias, como lo es la cárcel, son excluidos de
nuestra cotidianidad. Tal es el caso de las mujeres en prisión,
en específico aquellas que cometieron el delito de daños contra la salud en su modalidad de tráfico de drogas.
En nuestro entorno como en otros países se ha disparado
la participación de la mujer que delinque, así como la población que habita en los centro penitenciaros femeninos. En
seguida mostraremos algunos de los factores que componen el
perfil delictivo de estas mujeres, quiénes son y cómo llegaron a
estos centros. La necesidad, problemas y diferencias de los
centros penitenciarios, todo lo que puede variar entre un centro masculino y un femenino, desde sus instalaciones, privilegios, hasta las políticas que rigen de un centro a otro e incluso
los programas de tratamiento penitenciario femenino, considerando a las mujeres como parte de un olvido, ignorando sus
necesidades, discriminándolas, estigmatizándolas por haber
quebrantado su rol “femenino”.
54Elena Azaola, Cristina José Yacamán, Las mujeres olvidadas, El Colegio de
México, México, 1996, p. 30-31.
–102–
Las circunstancias que envuelven a la mujer privada de su
libertad, lo que las llevó a quebrantar las leyes: una infancia no
privilegiada, difícil, carente de oportunidades de desarrollo
personal, académico, laboral, etcétera, de afecto por parte de
sus padres, maltratos físicos y verbales, muchas de ellas fueron
violadas por familiares, hermanos y hasta los propios padres.
No es lo mismo para todos los casos, sin embargo, un porcentaje mínimo cuenta con el apoyo de sus familiares.
Para algunas mujeres privadas de su libertad la cárcel es un
espacio de reflexión, convivencia con ellas mismas, lugar en
donde ellas recapacitan lo bueno y lo malo de sus vidas, con lo
cual se dan cuenta de las virtudes o defectos de sus parejas, las
ventajas o desventajas de sus relaciones, todo esto como un
recorrido de la historia de sus vidas.
Las mujeres que cometen el delito de daños contra la salud
comúnmente son de bajos recursos económicos, sociales y
culturales, la mayoría de ellas tienen escolaridad de primaria y
muchas veces inconclusa o son analfabetas, o simplemente
sólo saben leer y escribir. Son abandonadas por sus parejas y
así se convierten en madres solteras que tienen de cuatro a seis
hijos, en algunas ocasiones de parejas distintas; mujeres que en
su infancia y parte de su adolescencia fueron hijas que sufrieron maltratos físicos y verbales, el descuido de sus progenitores
por lo numeroso de sus integrantes, ya que, teniendo tantos
hermanos se descuida la educación y sólo se les utiliza para que
contribuyan a los gastos del hogar. Ocasionalmente estas mujeres son hermanas mayores que se encargan del cuidado y educación de los menores; la ausencia de los padres, algunas son
huérfanas y consecuentemente forman su núcleo secundario a
una edad prematura, con los mismos modelos de vida. Pronto
se ven envueltas en conseguir dinero fácil como ellas dicen:
“Tuve que ser padre y madre para mis hermanos. Mi padre
nos abandonó y mi madre murió.”
“Tuve 22 hijos, me junte seis veces y mis hijos son de diferentes padres, no tenía dinero y llegué a prostituirme por ellos.”
–103–
Las internas del CFRS Tepepan tiene diversas característica,
no todas tienen la misma escolaridad, creencias, estado civil,
nacionalidad, ocupaciones exteriores distintas y, lo principal,
no todas están por el mismo delito, y su clasificación no es
afín para todas. Dentro de las estancias existe semejanza, ya
que como ellas dicen: “entrando aquí ya eres una delincuente”,
tienen que compartir un mismo espacio, que las hace igual a
todas como pertenecientes a una misma institución.
El recorrido de las mujeres sentenciadas por el establecimiento traza un itinerario de nuevas experiencias, desconocidas
en la mayoría de los casos, que rodean el espacio y construye
partes diferentes de la misma situación de encierro. La población hace un total de 309 internas, por diversos delitos. Se subdividen en cuatro áreas, la que más internas tiene es la de población general con un 77 por ciento. Se encuentran en cuatro
dormitorios. El área que tiene una población mínima es la de
VIH con 0.5 por ciento. Las internas con medida de seguridad
ocupan el 7 por ciento y se hallan en el dormitorio cinco, y las
depositadas son el 6 por ciento de la población total.
La mayoría de la población del centro tiene secundaria completa, seguido de la primaria completa, y que sólo seis internas
concluyeron sus estudios profesionales. 38 no saben leer ni escribir, la educación de las internas es deficiente debido a su situación económica, como ellas lo manifestaron. El sistema penitenciario, como parte de la readaptación social, debería exigir la
asistencia de las internas, tanto en lo académico como a sus
talleres y cursos que se ofrecen, ya que muchas de ellas, con la
escolaridad que llegan es con la que salen y sólo unas cuantas
aprovechan las actividades que la institución lleva a cabo.
En cuanto al estado civil el mayor número de mujeres que
se encuentran recluidas son solteras y la mayoría son madres
solteras. El segundo lugar lo ocupa la unión libre, posteriormente las casadas, en su mayoría vía unión civil, unas cuantas
por lo religioso y un mínimo de internas son divorciadas, divorcio efectuado durante su permanencia en el centro.
–104–
Las internas antes de ingresar al centro se dedicaban al comercio informal (ambulantes), no obstante este dato no es
confiable, ya que dicen ser comerciantes, sólo para justificar su
desempleo, y de esta manera quedar registradas con alguna
ocupación en el centro. La gran mayoría se dedicaba al hogar,
es decir, cuidado de los hijos, educación, y quehaceres domésticos. El empleo con menos índice de ocupación es el de obrera así mismo el de campesino, es decir, sólo dos de ellas tenía
un trabajo formal (obreras), siendo estos empleos los más comunes entre las clases bajas.
El mayor índice de mujeres recluidas en el centro en cuanto
al rango de edades, se encuentra entre los 18 a 35 años, edad
en que la mujer comúnmente comete más delitos. Esto puede
ser debido a su fuerza física y a una salud más o menos estable; el índice es inferior entre los 51 a 67 años, es decir, lo que
llamamos la tercera edad, imperando el delito de daños contra
la salud, fraude y robo.
Como el centro se encuentra en el Distrito Federal, la población que prevalece es originaria del DF, sucesivamente de
Puebla y Guerrero. Aunado a sus diversos lugares de origen, el
delito lo cometen en el DF, y es por esto que su proceso lleva
seguimiento en el lugar donde se ejecuta el delito. El índice es
mínimo en las internas extranjeras y su extradición es imposible de realizar, ya que fueron capturadas en el territorio Mexicano. Sólo el 14 por ciento de las internas recluidas son reincidentes debido a sus mismas condiciones exteriores, haciendo
del delito un modo de vida, como algunas de ellas dicen:
“Me gusta estar aquí porque aquí lo tengo todo, techo, comida, agua caliente, la atención de otras personas, aunque me
pelee con unas. Por lo menos alguien me espera aquí siempre,
porque cada vez que llego hago amistades diferentes.”
“Ahora ya me porto bien, ya no robo, ni me drogo, porque
cada vez que me traen a este lugar aprendo cosas diferentes.”
“Cuando una persona se la ha vivido en la cárcel es respetada.”
–105–
Tabla 1
Distribución de mujeres internas por delito cometido. DGPRS – TEPEPAN
Delito
Total
Contra la Salud
68
Robo Calificado
37
Robo Agravado
09
Homicidio Calificado
61
Asociación Delictuosa
11
Privación Ilegal de la Libertad
36
Robo Simple
05
Homicidio en Grado de Tentativa
04
Fraude y Diversos
07
Homicidio en Razón de Parentesco
27
Robo Especifico
14
Robo de Infante
13
Corrupción de Menores
07
Lesiones Calificadas
04
Robo en Grado de Tentativa
05
Lesiones
02
Homicidio Simple
08
Extorsión
02
Abuso Sexual
01
Despojo
01
Posesión del Producto Robado
02
Violación Equiparada
04
Lenocinio
02
Violación Calificada
02
Cohecho
01
Portación de Arma
01
Homicidio Cometido en Riña
01
Violación Tumultuaria
01
Otros
11
No Especifico
03
Total
350
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos proporcionados por la
Unidad Departamental de supervisión y tratamiento de CFRS
–106–
Como podemos ver, la mujer comete con mayor frecuencia
el delito de daños contra la salud en sus diversas modalidades,
por su misma condición en la que se sitúa, en el contexto en el
que se desarrolla y se ubica. La mujer se presta para intervenir
en el quebrantamiento de la Ley, es decir, en el delito; así es
como ha contribuido para incrementar la delincuencia en
nuestra sociedad de manera sorprendente. La población es de
309 internas, sin embargo, se cuantifican 350 delitos. Esto es
porque puede llegar a ser involucrada hasta en tres delitos.
Las sentencias se aplican desde 1 mes hasta 79 años. Son de 1
a 10 años el mayor número de internas a permanecer en el Centro, por diversos delitos, estos pueden ser robo, lesiones, despojo,
daños contra la salud; sucesivamente, conforme al delito se catalogue la sentencia es mayor y por ende la readaptación teóricamente sería la adecuada. Conforme la permanencia en el centro y
las actividades que realizan las internas, su condena puede variar,
disminuyendo en algunos casos. El total de las internas sentencias
es de 297. El resto (12 internas) se encuentran depositadas.
Conclusiones
“Las internas pertenecen al sector más marginado de la sociedad, lo que no es extraño ni ocurre solamente en nuestro país [...]
ya desde el siglo XIX las mujeres presas cumplen con el siguiente
perfil: son jóvenes, pobres, analfabetas o con bajo nivel de escolaridad y, casi siempre, son madres solteras responsables de mantener a sus hijos. Las formas delictivas varían; los motivos no.”55
Éstos son los bajos recursos económicos en los que se encuentra
la mujer, principalmente, el abandono de sus parejas. Al verse sin
ayuda social ni conyugal, caen en actividades delictivas.
“El negocio de las drogas, como se sabe, es un fenómeno
de la globalización que arrastra consigo redes innumerables de
crimen organizado. [...] Estos capitales multimillonarios no
pertenecen, desde luego, a las mujeres sino que estas, en todo
55
Elena Azoala, op. cit., p. 404.
–107–
caso, constituyen el último eslabón de la cadena a la que, por
cierto, son enganchadas contando con su pobreza.”56 Se les
paga cantidades mínimas que no cubren el encierro en el que se
encuentran, ni la separación de sus familiares especialmente, de
quienes más les duele, es decir, de los hijos. Aún estando encerradas, ellas no dejan de preocuparse ni de mandar dinero (lo
poco o lo mucho que llegan a juntar por el trabajo que realizan).
Desde luego, los antecedentes familiares, ya sean estos en el
núcleo familiar primario así como en el secundario y con sus
parejas, donde se da la desintegración familiar, núcleos incompletos, desorganizados, disfuncionales, la violencia física y
verbal, en algunos casos de abuso sexual, la falta de empleo y
los bajos salarios, lugar de residencia, escolaridad, relaciones
sociales que componen su entorno, son factores determinantes
para que un individuo, en este caso la mujer, llegue a ejecutar
el acto delictivo. En ocasiones, la mujer es involucrada en el
hecho delictivo por sus propias parejas, ya sea para que no las
abandonen, o por el sometimiento de ellos, e incluso por el
mismo miedo que ellas les tienen. “En otros casos las mujeres
toman la iniciativa y delinquen para obtener dinero o bienes
con los cuales aseguran la conyugalidad.”57 El cuerpo es utilizado como medio de transporte para traficar drogas.
Otra de las circunstancias que enfrenta la mujer privada de
su libertad es la homogeneidad dentro de la cárcel, ya que en el
interior del Centro todas son iguales, no importa procedencia,
escolaridad, estado civil, nivel económico, religión, creencias,
delito, etcétera. Características fundamentales que deberían ser
la diferencia entre una y otra. Sin embargo, se mezclan. La
desigualdad empieza por una clasificación injusta, principalmente marcando el delito y las circunstancias que orillaron a la
persona a cometer el acto ilegal.
La lógica del género es una lógica de poder, de dominación.
Esta lógica es, según Bourdieu, la forma pragmática de violen56
57
Ibid. p. 406.
Marcela, Lagarde, op.cit., p. 660.
–108–
cia simbólica [...], como aquella violencia que se ejerce sobre
un agente social con su complicidad o consentimiento.”58
Éste no es un fenómeno individual sino social, “el ser humano no nace violento ni agresivo, son las condiciones socioeconómicas y el sistema político que lo convierte en antisocial”.59 El
problema de la delincuencia se construye en y por la sociedad, se
descuidan a los sectores marginales, los niños de la calle, pobreza
extrema, etcétera. que son los grupos vulnerables y proclives a
actividades ilícitas; las circunstancias en las que viven los pueden
llevar a la drogadicción, prostitución, alcoholismo (conductas
parasociales) y con esto se desencadena una serie de diversos
delitos. Esto se refleja claramente en la infancia de las que, hoy
mujeres internas, padecieron en el trayecto de su vida. Las estadísticas claramente demuestran el índice inferior que ocupa la
delincuencia femenina en comparación con la masculina.
La cárcel contiene, pero no corrige, simplemente mantiene
al individuo apartado de la sociedad. El sistema penitenciario
remarca la construcción de género que sostiene la diferencia
social, siendo desventajosa para la mujer; sólo delega y mantiene el rol femenino. En cuanto al trabajo, conserva la domesticidad y cotidianeidad: las labores del Centro consisten en
hacer comida (para población, funcionarios y seguridad y custodia), limpieza (baños, ropa, áreas recreativas, auditorio, oficinas, etcétera). Este “trabajo” será poco útil una vez saliendo
del Centro para enfrentarse a la vida laboral y cubrir sus necesidades. Las actividades que ofrece el sistema penitenciario
como parte de la readaptación social. Un claro ejemplo lo encontramos en la maternidad, que delega la responsabilidad y el
cuidado a la mujer, teniendo espacios especialmente para los
niños. Sin embargo, cuando el hombre se encuentra preso, no
se le responsabiliza de los hijos, por lo tanto la cárcel, como
parte del ente social y construida por el poder de unos cuanMarta Lamas, op. cit., p. 344-345.
Bringas Alejandro H., Roldan Quiñones Luis F., Las cárceles mexicanas,
México, Grijalbo, 1998, pág. 179.
58
59
–109–
tos, sólo remarcan el rol femenino, lo cual se puede apreciar
con los trabajos realizados por las internas. El sistema penitenciario sólo entretiene, más no ocupa ni readapta.
La mayoría de las internas piensan que no tiene sentido trabajar en la institución, en primer lugar, porque la cantidad que
se les retribuye es escasa para solventar sus gastos y aportar a
sus familiares y en segundo lugar, porque, si no tienen beneficios, piensan que es inútil y no sirve el inscribirse en alguna
actividad, lo cual las obliga a cumplir la sentencia completa.
Sólo unas cuantas internas reciben visita, con frecuencia sufren del abandono por parte de sus familiares y de la pareja.
Esto puede ocasionar en ellas la baja autoestima y llegan a
aceptar el etiquetamiento de la institución. Parte de la sociedad
las describe como mujeres malas, denigradas, etcétera. Esta
estigmatización en la mujer quebranta su rol social, sin saber
realmente cuáles son los motivos que las llevaron a infringir
leyes y normas impuestas. Quizá su comportamiento, tal vez
violento y desconfiado de las internas, es una forma de defensa ante los demás, figura que el mismo encierro provoca. Sin
embargo, cabe mencionar que ante las entrevistas ellas mostraron una actitud cooperadora, accesible y expresiva, se creó un
ambiente de confianza y respeto mutuo.
Las mujeres privadas de su libertad se ven ante “una muerte
lenta y alejada del instante, cuya pérdida es progresiva y subsecuente; se pierden los sueños, las esperanzas, las ilusiones de
libertad, el poder, la seguridad, el sentido del tiempo y la juventud. El dolor de la muerte social se experimenta en una
vida con soledad, olvido y negación”.60 Para algunas la cárcel
es un espacio de reflexión, de convivencia con ellas mismas,
lugar que les permite recapacitar de todo lo que han hecho a lo
largo de su vida, ya sea bueno o malo. Nadie sabe lo que tiene
hasta que lo ve perdido. Esto se refiere tanto a la libertad como a las relaciones con familiares y amigos, virtudes y defectos, es decir, apreciando y valorando su vida en el exterior.
60
Veredas, Revista de pensamiento sociológico, año 3, núm. 4-5, 2002, p. 88.
–110–
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–113–
Racionalidad del trabajo en prisión.
¿Transformación de la conciencia
o domesticación?
José Luis Cisneros
Las cárceles son instituciones cerradas donde reina el silencia pero
también un ruido estremecedor que se confabula con un tiempo que pasa y
no pasa, se trata de un espacio observado por su pobladores, escuchado,
pero no vivido, un espacio en donde solo se puede convivir con el limite de
su propia locura. Se trata de un espacio en el que no se puede ser neutral,
pues el espacio mismo se impone y obliga a la interna a decidir sobre su
propia existencia.
A manera de introducción
La mujer a través de la historia ha sido objeto de múltiples
estigmatizaciones que la han obligado a desempeñar roles,
patrones y pautas de comportamiento que la sociedad le ha
impuesto como propios y únicos. Sin embargo con el desarrollo de la sociedad, la tecnificación del mercado laboral, la globalización y la demandante cultura del consumo; la mujer en
épocas reciente lejos de verse librada de la tiranía cultural de la
que era objeto se encuentra sometida a nuevos patrones que le
implican un doble o triple papel a cumplir en la sociedad.
Este doble o triple desdoblamiento de la mujer en la sociedad se expresa de manera acentuada en aquellas mujeres cuya
condición económica y social tienen que asumir el rol de hija,
esposa, madre y en muchos casos de proveedora del hogar. Si
a esta triple condición le agregamos el reconocimiento de las
–115–
dificultades para obtener oportunidades para el desarrollo de
una formación profesional y la falta de empleos bien remunerados que les permitan obtener un mejor nivel y calidad de
vida, el horizonte es difuso. Más aún cuando estos factores se
suman a aquellas mujeres que sufren el encierro como causa
de la comisión de un delito, los juicios de señalamiento son
contundentemente mortales, y no tanto por la comisión del
delito o la gravedad del acto cometido, sino que a la suma del
castigo señalado por las leyes, también se le suma el castigo
social el cual se traduce en olvido, abandono y etiquetamiento.
Hablamos entonces de un tipo de mujer cuya condena es triplemente marcada, por el hecho de ser mujer, ser delincuente y
no haber cumplido con los roles impuestos por la sociedad.
En este sentido es prudente puntualizar que no solo los factores económicos y culturales son los únicos factores determinantes en la influencia de conductas delictivas, por el contrario
existen otros factores, por cierto poco valorados en su justa
dimensión, como factores coadyuvante de la conducta delictiva, tales como la falta de afecto, las humillaciones, los tabúes,
la violencia intrafamiliar, y la educación. En conjunto estos
factores si bien no son privativos de la mujer, si se convierten
en factores desencadenantes que llevan a tener conductas delictivas. En este sentido la mujer que es privada de su libertad
por la comisión de un delito en la prisión, es una mujer doblemente discriminada, discriminada por ser mujer y discriminada por ser delincuente.
A partir de las reflexiones anteriores, en las siguientes líneas
hemos de centrarnos en el análisis de las características que adquiere el tratamiento penitenciario como medio para la readaptación social, particularmente priorizamos la importancia que
adquiere la dimensión del trabajo como parte fundamental del
tratamiento y como expresión de una nueva forma de castigo.
–116–
La metodología
No solo pretendemos buscar que nuestra metodología de
investigación, fundamentalmente cualitativa, se encuentre relacionada a nuestro aparataje teórico, basado en el internacionalismo simbólico, sino que buscamos básicamente un marco
teórico e histórico que permitiera un anclaje a la realidad empírica que pretendemos estudiar. Para ello hemos recurrido a
técnicas de observación y entrevista, así como al análisis de
datos sin dejar de privilegiar las técnicas cualitativas de investigación ni hacer mayores abstracciones sobre la base de datos
estadísticos, pues nuestros datos y apreciaciones fueron obtenidos de los ficheros de las internas, de la observación directa,
y de entrevistas a profundidad.
Según S. J Taylor y R. Bogdan en su libro “Introducción a
los Métodos Cualitativos de Investigación” menciona, la observación designa la investigación que involucra la interacción
social entre el investigador y los informantes mediante la cual
se recogen datos de modo sistemático y no intrusivo.
En este sentido tenemos que subrayar que hemos optado
por la observación participante debido a que esta nos permite
un acercamiento al escenario en donde se desenvuelven nuestras entrevistadas y porque nos interesa observar con detalle el
espacio físico donde se encuentran con el propósito de hacer
una descripción detallada del escenario para poder reconstruir
sus historias de vida las cuales se construirán como hemos
mencionado, mediante entrevistas a profundidad.
Las entrevistas a profundidad consisten en reiterados encuentros cara a cara entre el investigador y los informantes,
encuentros dirigidos hacia la comprensión de las perspectivas
que tienen los informantes respecto a sus vidas, experiencias o
situaciones, tal como las expresan con sus propias palabras. En
palabras de Foucault “la observación del delincuente debe
remontar no sólo a las circunstancias sino a las causas de su
delito; buscarlas en la historia de su vida, bajo el triple punto
de vista de la organización, de la posición social y de la educa–117–
ción, para conocer y comprobar las peligrosas inclinaciones de
la primera, las enojosas predisposiciones de la segunda y los
malos antecedentes de la tercera.
Las entrevistas a profundidad siguen el modelo de una
conversación entre iguales, y no de un intercambio formal de
preguntas y respuestas. Lejos de asemejarse a un robot recolector de datos el propio investigador es el instrumento de la
investigación, y no lo es un protocolo o formulario de entrevista. “En la historia de vida se revela como de ninguna otra
manera la vida interior de una persona, sus luchas morales, sus
éxitos y fracasos en el esfuerzo por realizar su destino en un
mundo que con demasiada frecuencia no coincide con ella en
sus esperanzas e ideales. (Galindo;1998)
En la historia de vida, el investigador trata de aprehender
las experiencias destacadas de la vida de una persona y de las
definiciones que esa persona aplica a tales experiencias. La
historia de vida presenta la visión de su vida que tiene la persona en sus propias palabras, en gran medida como una autobiografía común. Aquí como en otros casos los investigadores
establecen rapport con los informantes a través de repetidos
contactos a lo largo de cierto tiempo, y desarrollan una comprensión detallada de sus experiencias y perspectivas. La historia de vida nos permite conocer íntimamente a las personas
ver el mundo a través de sus ojos, e introducirnos mediante la
crónica en sus experiencias. Las historias de vida representan
una rica fuente de comprensión en y por si mismas.
En nuestra investigación las historias de vida nos ayudarán
ha entender el contexto social en el que se desenvolvían y la
relación con el delito cometido antes de ingresar al penal, ya que
el objetivo de esta es conocer las causas sociales que conllevan a
la mujer a cometer un delito, cabe mencionar que nuestro estudio no esta enfocado a entender específicamente un delito sino
las causas sociales por las que se comete cualquier delito.
Con la metodología cualitativa nosotros pretendemos comprender e interpretar la realidad tal y como es entendida por
–118–
los sujetos en estudio, con la intención de demostrar que la
investigación cualitativa no es unitaria, sino que tiene diversos
enfoques que nos permiten poner atención en; A) El énfasis
de los fenómenos sociales del propio entorno natural en el que
ocurren. B) Subrayar la importancia de los aspectos subjetivos
de la conducta humana sobre características objetivas. C) La
exploración del significado del actor. D) El uso del lenguaje
simbólico más que el de los signos numéricos. Así, estudiar la
realidad carcelaria en su entorno natural, nos permitió centrarnos en la visión que tienen las internas, ello implica preferir los
aspectos subjetivos, privilegiando la observación y la entrevista
para aprehender el mundo carcelario y utilizar mas un lenguaje
simbólico que estadístico, son pues aspectos claves de nuestro
enfoque metodológico.
El escenario
En el Estado de México se cuenta con 22 Centros de Readaptación social los cuales para el momento de nuestra investigación contaban con 242 internas distribuidas como se muestra en la siguiente tabla 1.
Es importan hacer notar que la mayoría de estas mujeres privadas de su libertad se encuentran en unidades, o áreas dentro
de las cárceles para hombres, pues los establecimientos para
mujeres solo se encuentran en algunas ciudades del Estado de
México, por consiguiente en el resto del territorio las mujeres
son distribuidas como mencionamos anteriormente en módulos
o áreas dentro de las cárceles para hombres, esta situación implica una mayor penalidad para la mujer ya que en muchas ocasiones han de cumplir su pena de prisión en áreas ajenas de su
entorno sociofamiliar, perjudicando como lo hemos mencionado en párrafos anteriores las redes de relaciones con la familia,
así como el desarraigo y la desintegración familiar.
–119–
Tabla 1. Población de internas
Distribución de la población de internas
en el Estado de México
CPRS
Población
Almoloya de Juárez
Barrientos
Chalco
Cuautitlan
Ecatepec
El oro
Ixtlahuaca
Jilotepec
Lerma
Nezahualcoyotl Norte
Nezahualcoyotl Sur
Otumba
Sultepec
Temascaltepec
Tenancingo
Tenango del valle
Texcoco
Valle de Bravo
Zumpango
38
47
13
12
37
2
8
1
2
18
6
2
3
1
2
2
39
5
4
Total
242
Fuente: Creada con datos de los expedientes de las internas.
Estos centros se encuentran distribuidos respectivamente
en 16 Distritos Judiciales, sin contar dentro de ellos al Centro
Federal de Readaptación Social de Almoloya. Cada uno de
estos CRS se encuentran ubicados en la Cabecera Distrital
Judicial, con excepción del Distrito de Texcoco, que tiene 3
centros; Texcoco, Nezahualcóyotl Sur, y Nezahualcóyotl Norte o Bordo de Xochiaca, y Tlalnepantla que cuenta con tres,
–120–
Barrientos, Ecatepec y Quinta del Bosque. Otra forma de organización la cual obedece a funciones de operación administrativa, es la diseñada por la Dirección General de Readaptación Social del Estado, la cual está organizada en 5 regiones,
las cuales cuentan con un Coordinador General de Operación
y Administración que a su vez concentra coordinadores de las
áreas Médico Psiquiátrica, Psicología, Trabajo Social, Criminología, y Servicios educativos.
Observación del escenario: Se pretende observar con detalle el área física de los Centros de Prevención y Readaptación
Social partiendo del exterior hasta el interior con el objetivo de
ver el espacio donde se desenvuelven estas mujeres que están
privadas de su libertad y que viven en cautiverio, así como las
impresiones que esto genera en nosotros como investigadores
y como hombres, además de darle al lector herramientas para
que pueda visualizar en su imaginación este espacio.
La información cuantitativa que constituye de las siguientes
variables tomadas de las estadísticas de la Dirección General
de Prevención y Readaptación Social con el objetivo de hacer
un análisis sociológico anclado a la dimensión del trabajo en la
prisión de las mujeres internas en los Centros de Prevención y
Readaptación Social del Estado de México. Para ello hemos
identificado las variables, las cuales son las siguientes pretendiendo obtener información: 61
• Trabajo: el tipo de trabajo que desempeña al interior del
penal.
• Educación: grado último de estudios.
• Familia: la relación que existe entre sus padres, hijos y
esposo o pareja.
El Trabajo de campo fue realizado por las ayudantes de Investigación:
Julieta Cuevas Maya y Rosalía Santiago Xocua. Departamento de Relaciones Sociales. UAM-X. Área de investigación: Educación, cultura y Procesos
Sociales.
61
–121–
• Estado Civil: obtener un porcentaje del estado civil de
cada una.
• Sentencia y delito: conocer qué tipo de delito cometieron
y cuál es la sentencia que les asignaron, así como obtener
un promedio de los delitos más frecuentes.
• Edad: cuál es el promedio de edad en la que se cometen
los delitos.
• Hijos: cuántas de ellas tienen hijos al interior del penal y
cuantas fuera de este y cuantas embarazadas.
• Adicciones: qué tipo de adicciones tienen.
• Visitas Conyugales: qué porcentaje de la población tiene
acceso a visitas conyugales.
• Relaciones entre ellas: qué tipo de relaciones se dan entre
estas mujeres entendiendo el contexto de que están privadas de la libertad.
• Relaciones con la Autoridad: qué relación se da con las
custodias, maestros y personal administrativo.
• Tratamiento: qué tipo de tratamiento ya sea psicológico
o jurídico reciben.
• Penas y Sanciones: qué tipo de sanciones reciben cuando
su conducta no es la adecuada y que podemos entender
por conducta inadecuada adentro del penal.
Variables al exterior de la prisión: Analizaremos las
condiciones de vida que tenían las mujeres antes de ingresar al penal así como visualizar el contexto social en que se
desenvolvían para tratar de entender qué las llevó a cometer estos delitos. Las variables son las siguientes:
• Trabajo: qué actividad laboral desempeñaban antes de
ingresar.
• Educación: qué nivel educativo tenían y cuales fueron
los motivos por los que abandonaron la escuela.
–122–
• Familia: conocer el ambiente familiar en el que se desenvolvían y la relación con sus padres, hijos y pareja.
• Edad: qué edad tenían antes de ingresar al penal.
• Estado Civil: porcentaje de casadas, solteras, divorciadas,
viudas y unión libre.
• Hijos: conocer el número de hijos que tenían y la edad
de cada uno de ellos.
• Adicciones: cuántas de ellas eran adictas.
Contexto para el análisis teórico
La situación actual de las cárceles para mujeres en el Estado
de México debe enmarcarse en el contexto más general de la
situación penitenciaria de nuestro país. Sin embargo estos establecimientos presentan también una serie de características
especificas que son importantes destacar debido a que muestra
las diferencias y particularidades de la situación entre hombres
y mujeres, las cuales exponen la discriminación hacia la mujer,
un ejemplo claro se pudo observar en la aplicación de la pena,
la cual suele ser más dura para la mujer que para el hombre.62
Tenemos que reconocer también, la existencia de algunos estudios que anotan reflexiones e ideas sobre la condición de la
prisión en general, pero lamentablemente muy pocos de estos
estudios suelen ser empíricos y apoyados en trabajo de campo.
En el marco de estos nuevos y novedoso trabajos, aparece
la corriente crítica de pensamiento teórico cuyas reflexiones
analizan las ideas y discursos que legitiman el funcionamiento
y organización de las instituciones penitenciarias. Esta perspectiva cuestiona de manera directa las ideas de Lombroso,
expresada en su teoría general sobre el comportamiento de los
delincuentes y su topología según su conducta. Este antropóEs importante anotar que solo mencionaremos más adelante porcentajes
de diferenciación pero no expondremos con detalle tales diferenciaciones
pues el objetivo en estas líneas esta centrado en las internas.
62
–123–
logo afirmaba que los delincuentes son personas anormales y
peligrosas que llevan incorporado el estigma del atavismo y la
degeneración, por ello las mujeres que delinquen son para
Lombroso degeneradas doblemente peligrosas en comparación
con los hombres porque han violado las reglas y normas sociales de su condición femenina. Son mujeres que poseen cualidades de la criminalidad masculina y las peores características femeninas; astucia, rencor y falsedad. Son, afirma Lombroso una
combinación antinatural de los dos sexos, además de tener invertidos los rasgos femeninos de las mujeres normales que son
reservadas, maternales, dóciles y apáticos sexualmente.
En esta misma perspectiva de pensamiento encontramos a
W. Thomas quien afirma que la mujer criminal es sexualmente
anormal y la causa principal de la delincuencia femenina se
debe básicamente a la desviación del papel social tradicional.
Además subraya que esta anormalidad también tiene un trasfondo psicopático que afectan al sistema nervioso femenino,
por esta razón las mujeres son falsas, mentirosas y vengativas y
la causa única es la pasividad sexual, que es lo que las induce a
delinquir de ahí que considere que la menstruación y el embarazo son enfermedades de las mujeres que se vuelven graves
desgracias de su condición femenina. Por ello, mientras la delincuencia masculina puede explicarse por motivos económicos y sociales, las razones de la delincuencia femenina han de
relacionarse con explicaciones fisiológicas y de carácter sentimental y emocional.
Además W. Thomas, considera también que los deseos básicos de la acción social se derivan de los instintos biológicos,
especialmente del sistema nervioso, los cuales son canalizados
hacia fines sociales mediante el proceso de socialización desarrollado en el seno de la familia. En resumidas cuentas afirma
Thomas, las mujeres delincuentes son muy peligrosas y además en la mayoría de los casos comente delitos deliberadamente, se trata de mujeres que o bien son esencialmente masculinas, desviadas de los roles de su naturaleza femenina o
–124–
bien enfermas mentales. Sin embargo como hemos podido
observa estas perspectivas teorías no acaban de explicar la
conducta delictiva de la mujer porque en parte es debido a que
sus argumentaciones se encuentran basadas en factores biologistas, endocrinológicos y emocionales sin tomar en cuenta el
contexto social y cultural del sujeto.63
Por último tenemos a Ferri, el cual no propiamente se enfoca al estudio de la mujer delincuente, sin embargo es un pionero de la sociología criminal y elabora una clasificación de los
delincuentes desde el punto de vista de su constitución física,
subrayando la importancia que adquieren sus funciones orgánicas y psíquicas. Este autor afirma que el criminal no es nato
como tal, por el contrario existen ciertas característico habituales del criminal que son producto del medio social y de una
serie de circunstancias propicias que se accionan sobre su
anormalidad y lo conducen a la comisión de un acto delictivo,
tal seria el caso del loco y el congénito, los cuales carecen del
sentimiento social y moral. Asegura también que los delincuentes pasionales y ocasionales, los cuales se caracterizan por
su escaso dominio para evitar en determinado momento la
realización de un delito. Quien delinque, afirma Ferri, lo hace
presa de una anormalidad ya congénita o adquirida. Otro aspecto de importancia para este autor es la clasificación del
delito a través de dos factores: a) los endógenos, los cuales
forman parte de la constitución biológica y psicológica del
individuo, y b) los exógenos que forman parte del entorno y el
contexto social en el que se desenvuelve, dentro de estos facThomas considera que el comportamiento delincuencial de las mujeres
así como la conducta de las que ejercen la prostitución, se produce como
consecuencia de un defecto en su socialización primaria. De ahí que la
necesidad intensa e intrínseca de las mujeres de dar y sentir amor se canaliza en el caso de la socialización primaria deficitaria, a través de los comportamientos desviados, así cuando la socialización es precaria según este
pensador, es porque básicamente las mujeres no han aprendido los roles y
las dinámicas familiares lo que distorsiona los instintos nerviosos de las
mujeres y el resultado es la delincuencia o prostitución.
63
–125–
tores la familia, el barrio, la educación, el trabajo y el grupo de
amigos ejercen una influencia definitiva en su vida.64
Dentro de otras perspectivas teorías que nos sirve de argumentación para explicar la conducta delictiva de la mujer encontramos a la sociología de la desviación, que mediante sus
juicios se puede comprender el significado atribuido de la sociedad a su conducta delictiva y el impacto social que tiene tal
acción al ser señalada y repudiada por la sociedad, de ahí que
para Becker, principal exponente de esta perspectiva teórica,
todos los grupos sociales construyen sus propias reglas, y mediante estas se definen patrones de comportamiento y situaciones prescritas como correctas e incorrectas, así cuando un
sujeto perteneciente a una comunidad y quebranta algunas
reglas previamente establecidas se convierte en un desviado
social que es visto como extraño y marginado.
Desde esta perspectiva podemos comprender entonces que
para el caso de las mujeres la sociedad, la cual les impone ciertas
reglas a seguir, tal y como lo hemos mencionamos anteriormente, reglas expresadas en el imaginario social de la representación
del ser mujer, cuyas virtudes ideales se manifiestan en la sumisión, obediente, bondad, afectividad y lealtad entre otras, son
vistas como patrones fundamentales de un prototipo a seguir,
sin embargo cuando son quebrantadas estas reglas la sociedad
la señala y margina de manera severa al grado que estas suelen
ser olvidadas y borradas del espacio social al que pertenecen.
De ahí que esta explicación teórica, tenga a bien señalar que el
grado en que un acto puede denominarse como desviado no
dependa tanto de la propia acción, por el contrario dependa de
quien lo comete y de quien se ha sentido ofendido por la ac64 Esta concepción de la mujer criminal obedece a una misoginia generalizada del sistema penal y judicial y se puede apreciar sobre todo en aquellos
casos en el que los jueces sentencian con penas menores aquellas mujeres
que han cumplido con sus roles de buen esposa y madre de familia, en
comparación a aquellas mujeres que no están casadas, o que ha tenido una
ruptura en su matrimonio o son divorciadas o separadas e incluso las viudas que reciben penal mucho mas severas.
–126–
ción. (Becker;1987) Claro esta, sin dejar de reconocer, como lo
hemos subrayado, que estas no son las únicas causas que pueden hacer inteligible el comportamiento de la mujer que delinque, porque el contexto social económico e histórico no es
homogéneo para cada sujeto, por el contrario el propio contexto es el que ha obligado en último de los casos a delinquir a
la mujer, tal sería el caso de la pobreza y la marginación así
como las pocas oportunidades laborales y de educación a las
que tienen acceso a nivel mundial.
Perspectiva histórica
La delincuencia femenina como tal siempre ha existido, lo
que ha variado a lo largo del tiempo son las causas que la originan y el contexto económico, político y social en el que se
desenvuelve, sin embargo independientemente de la acción
delictiva como tal, la mujer desde tiempos inmemoriales ha
sido la más grande recopilación de tabúes, prohibiciones y
represiones; por ejemplo, desde la época prehispánica la mujer
fue objeto de castigos severos por la comisión de algunas conductas no reconocidas por el resto de la sociedad.
Por su parte en la edad media, una época cuyas normas sociales y religiosas eran rígidas, en infracciones como el adulterio, la
homosexualidad, el travestismo, el alcoholismo, la hechicería, el
aborto, eran castigadas con la muerte. Hablamos de una época en
la que la mujer adquiría una importancia secundaria, determinada
por conceptos mágico-religiosos, no existiendo diferenciación
alguna con las mujeres pertenecientes a determinados grupos
sociales con un estatus reconocido las cuales si bien se les permitía participar en actividades ajenas a las hogareñas, no podían
ocupar puestos públicos, pues ellos eran vistos como demérito
del papel y el valor atribuido a lo masculino.65
En el artículo Moda, violencia y sexualidad, he discutido ampliamente el
papel que adquiere la mujer como objeto a lo largo de la historia de la
sociedad.
65
–127–
En la época colonial la mujer era tratada como menor de
edad dependiente siempre de la tutela del padre y/o del marido, sin personalidad jurídica y no autorizada a celebrar contratos, ni aceptar herencias y mucho menos desempeñar un puesto público. Se trata de un periodo en el que para la mujer solo
había dos opciones el matrimonio o el convento. (Malvado;1991) En este periodo de la historia la mujer que era sanciona por la comisión de un delito era juzgada por el tribunal
de la Real Audiencia en sus salas de lo civil y lo criminal, o
bien por el tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. En ambos casos la reclusión se daba en aposentos asignados para
mujeres con el fin de guardar la honestidad y el recato, para
luego ser torturadas y castigadas. Para el México Independiente las condiciones no variaron de manera considerable con
respecto a la época colonial, pero puede agregarse que la reclusión que se hacia de las mujeres en las casas de recogimiento
se agravó al transformarse la mayoría de estas en prisiones.
En épocas recientes el castigo para la mujer delincuente fue
sofisticándose como efecto de los cambios y avances técnicos
y humanísticos al crearse instituciones exclusivas de reclusión
para la mujer y junto con ello pasa de un castigo impúdico
dirigido al cuerpo, a un castigo púdico dirigido a la conciencia
al alma del castigado, se trata de una nueva forma de sanción
legitimada y expresada jurídicamente como tratamiento, cuya
finalidad es el tratamiento para la readaptación social de las
sentenciadas, sin embargo a pesar de la humanización de la
pena el estigma como castigo cultural no ha desaparecido, por
el contrario se ha vuelto más sutil y perverso.
La pena de prisión como reacción social frente a determinados fenómenos de desviación delictiva, se encuentran estrechamente vinculados a la reciente complejidad de los sistemas
de control e integración social (Cohen;1995). Así, el sistema de
control de la desviación delictiva ocupa un espacio real en la
sociedad y en la cultural en particular. Todo ello implica nuevos
tratamientos, nuevas terapias, personal especializado y un mayor
–128–
entramado de profesionales del sistema de control formal en los
nuevos centros y servicios penitenciarios que completan más
que reemplazar los antiguos sistema de control, así como del
número de programas y las corrientes de pensamiento.
El entramado de este nuevo despliegue, hace que se constituyan nuevas categorías y nuevas tipificaciones de delincuentes, como es el caso del primo delincuente y el reincidente,
además estas categorías se van ampliando a otras como sería el
caso de los delincuentes de centro de alta seguridad, de las
correccionales, de los centros psiquiátricos, etc. Otro aspecto a
subrayar en el caso de nuestra población en estudio radica en
que muchas de estas cárceles par mujeres operan dentro de
otras macro cárceles de hombres sin espacios adecuados y en
condiciones de alta vulnerabilidad, debido a que los últimos
años la población de internas aumento considerablemente.
Esta circunstancia implica que disminuyan sus posibilidades de
visita familiar, conyugal y que por estar alejada de su lugar de
origen familiar prácticamente sean abandonadas.
En este sentido, el modelo de tratamiento en las prisiones
del Estado de México, tiene como ejes principales de acción el
trabajo, la educación, el tratamiento y la capacitación para el
trabajo. Estas esferas de acción operan a su vez en programas
específicos cuyo propósito en conjunto es la readaptación.
El funcionamiento de este modelo para la readaptación se
sustenta en dos ejes de operación; uno es el Consejo Técnico
Interdisciplinario cuya estructura de integración, operación y
función se encuentra expresada en el capítulo II de la Ley de
Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad. El otro, es el
Modelo de Educación Penitenciaría del Estado de México
cuyas siglas de abreviatura son
MEPEM.
Es importante subrayar que este sistema progresivo técnico
no resulta ser tan verdaderamente innovador como se plantea,
–129–
pues en Europa y Estados Unidos aparece en la década de los
cuarentas, el cual tenía como objetivo mejorar la situación y
condiciones de los internos e incluso otorgándoles una libertad
anticipada (condicional) si su conducta era juzgada favorablemente por las autoridades penitenciarias. Para lograr tales fines, dicho sistema requería que el orden, el control y la vigilancia estuviesen perfectamente articulados, para ello se
recurrió a tres instrumentos fundamentales. Uno ya existente y
aportado por la arquitectura, nos referimos al Panóptico de
Jeremy Bentham.
El segundo instrumento destinado al control de los reclusos lo proporcionó por un lado la ciencia jurídica, que aportó
un conjunto de reglamentos disciplinarios que se pondrán en
funcionamiento para encauzar al rebelde o para estimular al
perezoso. Por el otro, la Psicología conductual, dentro de la
cual este tipo de tratamiento progresivo es mejor conocido
como aproximación sucesiva
El tercer instrumento destinado a esta vigilancia está representado por la posibilidad de que el interno mejore su situación o acorte su condena, mediante una evaluación que se
efectúa de su comportamiento en el interior de la prisión. (Tarrio;2002) Como se puede apreciar, éste sistema progresivo no
es otra cosa que una nueva dimensión de la gestión punitiva.
El sistema progresivo técnico en el Estado de México, está
compuesto de tres etapas como son: El tratamiento, el internamiento y la prelibertad. En conjunto estos tres elementos
tienen la finalidad de propiciar la readaptación o rehabilitación
social del delincuente; en suma pretenden la incorporación del
interno, a la comunidad mediante el respeto activo de los valores imperantes de la sociedad, en un tiempo y en un espacio
determinado.
En este sentido la noción de tratamiento se encontrará gobernada por los principios de progresividad y el sentido técnico. El primero confiere una misión dinámica y secuencial al
sentido terapéutico cuyo carácter permite avanzar como con–130–
secuencia de previos progresos, y como anuncio y preparación
de posteriores desarrollos. El segundo, el sentido técnico, implica una acción sobre los factores causales de la conducta
criminal lo que presupone que en conjunto el tratamiento debe
ser siempre individualizado o en su defecto inteligentemente
seriado. (García;1975)
Sin embargo, observaremos posteriormente la distancia entre la pretensión discursiva y el sentido que adquiere el denominado tratamiento en la práctica. Se trata de una distancia
que marca profundas brechas de las cuales surgen los siguientes cuestionamientos. ¿Los elementos constitutivos del sistema
progresivo técnico poseen los suficientes argumentos teóricos
y prácticos para demostrar la readaptación social? ¿Se cuenta
con los recursos humanos y económicos para garantizar la
operación de tal pretensión? ¿Se cuenta con infraestructura
adecuada y suficiente para garantizar un trabajo bien remunerado y una educación adecuada a las condiciones de la población penitenciaria? ¿Los consejos técnicos interdisciplinarios
tienen la capacidad para demostrar la transparencia y el compromiso profesional en su operación? ¿Qué sentido adquiere
en trabajo en la prisión? ¿Qué sentido adquiere la educación en
la prisión? O más aún ¿El conjunto de las prácticas de operación del modelo de tratamiento son la expresión real y constante de una práctica velada de castigo?
Ahora bien, intentamos dar respuesta a cada una de estas
interrogantes, para ello primero diremos que el sistema progresivo técnico, es un complejo mecanismo de control constituido por diversos saberes mediante el cual se pretende mantener una supervisión estricta, tanto del interno como del
personal técnico y del tratamiento que se otorga, mediante la
constitución de un expediente clínico criminológico.
Este sistema progresivo técnico se basa en tres etapas diferenciadas de tratamiento las cuales dadas las condiciones propias de la prisión, así como las dificultades a las que se enfrenta para su propia aplicación, se ven obstaculizadas tanto por la
–131–
interpretación como por los puntos de inflexión de la práctica
jurídica, administrativa y política que ponen en entre dicho el
uso y la promoción que el Estado expresa en la Ley de Penas
Privativas y Restrictivas de la Libertad.
La primera etapa consiste en la elaboración de un estudio
médico, psicológico, social, educativo y criminológico del sujeto, cuyo propósito es detectar las posibles alteraciones físicas o
intelectuales, así como los factores ambientales que propiciaron
la comisión del delito. El resultado de estos estudios presumiblemente permitirá el diseño individualizado de un programa
integral de tratamiento. Para ello, se supone que lo anterior se
logra mediante el apoyo de pruebas psicológicas y proyectivas,
así como entrevistas, psicoterapias de grupo, y registros de
observación y valoración del comportamiento. Sin embargo en
la práctica muchos de estos apoyos no llegan a ser utilizados.
La segunda etapa consiste propiamente en el tratamiento, el
cual es producto de los estudios anteriores. Esta etapa se apoya en dos ejes fundamentales; la educación y el trabajo, las
cuales son medidas de manera progresiva mediante tres fases
de seguimiento. Cada una de estas, proyecta un diagnóstico de
la evolución obtenida en la individualización del tratamiento.
Dicha evolución, es evaluada por un comité técnico interdisciplinario, el cual se encuentra integrado según lo estipula el
artículo 12 de la LEPPRLE66 por los titulares o representantes
de las áreas Directivas, Laboral, Técnicos, de Custodia y de la
Dirección General de Prevención y Readaptación Social.
Este Consejo Técnico evalúa los logros obtenidos en las fases terapéuticas de trabajo, educación y Psicología. Con ello se
decide sí el interno se ha rehabilitado gracias a la asimilación
correcta de lo que se le ofrece durante su estancia en la prisión,
desde luego tendríamos que subrayar que los referentes en los
que se sostienen dichas maneras de proceder para la evaluación, son de lo más dudoso que podemos imaginarnos, dado
66 Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Liberad del
Estado de México.
–132–
que en el acto de confirmación de la rehabilitación no existe
argumentos de razón sustentable capaces de demostrar que los
juicios o reflexión por parte de los sujetos que integran el
Consejo Técnico, sean lo suficientemente contundentes para
demostrar el estado de rehabilitación alcanzado, por el contrario cada uno de los expertos jueces del buen comportamiento
solo aportan lo que ellos consideran un diagnóstico, en función de su propia lógica o la de su grupo de trabajo. O bien
responden a la presión grupal que se da durante el ejercicio del
Consejo que opera con tácticas de consenso en torno a la toma de decisiones respecto del progreso de un sujeto. Por tanto, las decisiones están sujetas a la arbitrariedad en la medida
en que carecen de la racionalización de los procesos que supuestamente evalúan. (González; 1991)
Por su parte el trabajo es visto como un principio, cuya finalidad consiste en la enseñanza de un oficio que le posibilite
la obtención de una remuneración justa y una vinculación a la
economía nacional, al mismo tiempo que procure satisfacer las
necesidades requeridas por su familia, así como los medios
necesarios para la reparación del daño causado.
Sin embargo, como podrá observarse en posteriores líneas,
todo lo anterior solo queda como la expresión de un ramillete
de buenas intenciones, pues no existen las condiciones, ni los
talleres suficientes para dar empleo a todos los internos. Además la escasa remuneración que obtienen y los talleres artesanales que se les ofrecen son de escaso interés para los internos.
En relación a la educación, de igual forma es la expresión
de un modelo que por demás es interesante y sugestivo pero
limitado en la realidad por su propia práctica pues sus contenidos, material de apoyo y objetivos se basan en los textos de
INEA, lo que provoca un profundo desinterés por parte de los
internos, pues sus contenidos y objetivos se encuentran dirigidos a menores de edad, o sujetos en otras condiciones.
–133–
En conjunto, estas dos últimas etapas de apoyo terapéutico,
el trabajo y la educación, así como las evaluaciones psicológicas, se convierten en dimensiones de la simulación, dado que
los internos acuden a la realización de estas tareas solo por la
obtención del beneficio institucional, basado en el dos por
uno, que en otras palabras implica que por cada día de trabajo
y asistencia al centro escolar se les reduce un día de condena.
La tercera etapa es la prelibertad, la cual es obtenida por
aquellos individuos que han logrado tres cuartas partes de su
sentencia, así como un avance en el tratamiento. Desde luego,
éste tratamiento como observaremos es sumamente cuestionable, como cuestionable es la decisión que toma el Consejo Técnico para permitir o no que un individuo acceda a esta última
etapa. Pues como organismo responsable de evaluar la asimilación del tratamiento para ver sí el interno está en condiciones
de ser externado, o bien para obtener algún beneficio de ley.
En suma el Consejo Técnico no opera como un instrumento de decisión integrador por etapas que conforman el tratamiento, dado que en la práctica contribuye al mantenimiento
de control, selección y organización de un castigo dosificado
cuya última etapa es el otorgamiento de la prelibertad.67 Sin
embargo, ésta última etapa se encuentra decidida arbitrariamente por un poder unipersonal representado por el Director
del Centro de Readaptación, dicha decisión es velada u oculta
tras el ritual ceremonioso de un Consejo Técnico que en apariencia evalúa progresivamente el avance del tratamiento en
función de las asistencias, la sumisión, obediencia y docilidad
del interno a cada una de las tareas asignadas como terapéuticas. Por ejemplo, lo anterior podría valorarse con el simple
hecho de saber que estos consejos se reúnen dos veces por
mes y en cada sesión analizan entre 20 y 50 expedientes.
Este beneficio no es otorgado a los internos cuyo delito este tipificado
como de orden federal, de igual manera quedan exentos todos aquellos
internos de origen extranjero.
67
–134–
Además tendríamos que subrayar que independientemente
de la racionalidad mostrada en la organización del tratamiento,
demostraremos a lo largo de la investigación que este enfoque
de tratamiento penitenciario particularmente para el caso de la
mujer, sigue basándose en ideas estereotipadas sobre la mujer
delincuente, heredadas de las tesis lombrosianas del siglo XIX.
Perspectiva sociohistórica del trabajo femenino
Desde los años 70 se ha incrementado enormemente el
número de mujeres que ingresan al mercado de trabajo. Esto
se debe a que cada vez son más las mujeres que buscan un
empleo para sostener a sus familias o completar el ingreso
familiar, así como a la mayor demanda de mano de obra femenina, de ahí que desde 1970, las mujeres participen en el mercado laboral con un 17.6% de la mano de obra y para fechas
actuales el porcentaje de participación se encuentre registrado
en un 49.5%.
Las crisis económicas y la debilitación del poder adquisitivo
son también algunas de las causas que han llevado a más mujeres a trabajar fuera de su hogar, pero la incorporación de las
mujeres al ámbito laboral no ha garantizado una mejor calidad
de vida, en tanto que la tecnificación del trabajo y la nueva
división técnica a nivel mundial ha generado nueva presiones y
dificultades derivadas de su condición de género: discriminación salarial, segregación ocupacional, dobles y hasta triples
jornadas de trabajo y recriminaciones familiares por el abandono del hogar, entre otras.
La desigualdad salarial con respecto a los hombres es una
de las principales características del trabajo femenino, de
hecho en ningún país de América Latina se pagan salarios
equivalentes, por lo general a las mujeres se les paga entre el
53 y el 77% del salario que reciben los hombres por desempeñar las mismas tareas, sin que esto signifique un horario más
cómodo o mayores prestaciones. Muchas empresas actualmen–135–
te contratan a las mujeres, pero los principales puestos de dirección y de control los reservan para hombres, así como ascensos o bien invertir en la capacitación del personal masculino, sobre todo porque se tiene la idea de que las mujeres
tienen menor estabilidad y compromiso con el trabajo, debido
a las exigencias del hogar y la maternidad.
Definitivamente, la educación es un instrumento indispensable para mejorar la calidad de vida y acceder a mejores oportunidades laborales. Sin embargo, en nuestro país hay un
enorme rezago educativo, que experimenta principalmente el
sector femenino. En 1999, por cada 100 hombres 9.6 eran
analfabetas y 7.4 por cada cien mujeres; en el 2000 se incrementó para ambas partes pero revisando con detalle las estadísticas podemos observar que la mujer sigue estando relegada
en este ámbito por ejemplo de cada 100 hombres 7.4 son analfabetas y de cada 100 mujeres 11%, (INEGI;2000) eso quiere
decir que de la población analfabeta de nuestro país la mayoría
esta conformada por mujeres; de echo un dato importante de
subrayar, es que cuando las familias deciden retirar a sus hijos
de la escuela por falta de recursos, optan por sacar a las niñas,
porque suponen que los varones son una inversión más rentable para el sustento familiar.
De ahí que aproximadamente la mitad de las niñas mexicanas que dejan la escuela, lo hacen a los 16 años, debido a dos
factores principales: pobreza y maternidad prematura. Este
abandono de la escuela limita sus oportunidades educativas y
laborales, e incluso permean en muchos otros aspectos de su
vida: por mencionar un ejemplo, se sabe que la mayoría de las
mujeres sin instrucción tienen el doble de hijos que las que sí
tienen una preparación, lo que complica su situación económica y laboral.
La participación en el mercado de trabajo es diferente si se
analiza por género. A los hombres obviamente corresponde
una tasa mayor que las mujeres, 70.3% frente a 29.9%. (INEGI;2000) Estos datos reflejan que aunque la participación fe–136–
menina va en aumento aún está muy por debajo de la masculina, no ocurre así con la PEI (Población económicamente inactiva), que está más ligada al trabajo doméstico, según el INEGI por cada 100 hombres el 0.7 se dedica al trabajo doméstico
y por cada 100 mujeres 12.4 desempeña el mismo trabajo, esto
refleja que las mujeres siguen concentrándose en el trabajo
doméstico y los hombres en el extradoméstico.
Con nuevas exigencias, por la tecnificación de los procesos
productivos, tanto para las trabajadoras como para los trabajadores, las nuevas tecnologías les demandan una mayor preparación y capacitación, situación que las trabajadoras están enfrentando en condiciones de desigualdad. Por lo tanto la mujer
se enfrenta a un mercado de trabajo altamente competitivo,
selectivo, inestable y con altos índices de segregación.
No conforme con esto a lo largo de la historia, la familia ha
sido entendida como una estructura fundamental de la sociedad, en donde la mujer tiene un papel esencial: procrear hijos y
compartir con su esposo la responsabilidad de cuidarlos y educarlos además como sostén y pilar fundamental del seno familiar, sin embargo su desarrollo personal se concibe con el
hecho de la maternidad, su rol como esposa y como hija.
Cuando hablamos de la mujer y del rol que ha jugado a través
de la historia en la sociedad mexicana nos viene a la mente que
ha estado envuelta de tabúes, prohibiciones y represiones que
le ha impuesto la sociedad, así la condición de la mujer es una
creación histórica cuyo contenido es el conjunto de circunstancias cualidades y características esenciales que definen a la
mujer como ser social y cultural genérico. La mujer ha sido
transmisora de cultura y su avance en la historia ha sido a través de ámbitos difíciles de vencer debido a que al obtener educación y querer ocupar otras posiciones dentro de la sociedad
que no correspondan a las tradicionales entra en conflicto con
la familia, con la sociedad y hasta con ella misma.
–137–
El estigma
Cuando hacemos un recuento del papel que ha jugado la
mujer a lo largo de la historia, no es difícil observar el papel
secundario al que siempre se le ha relegado mediante una serie
de cualidades y características atribuidas a las mujeres; formas
de comportamiento, actitudes, capacidades intelectuales y físicas, hasta su lugar en las relaciones económicas y sociales, las
cuales están determinadas y ligadas al sexo. “Así, la condición
propia que posee cada mujer, expresa de manera concreta la
condiciones reales de vida a la cual se encuentran insertas desde que nacen hasta la muerte, nos referimos en términos sociales al entramado de relaciones de producción - reproducción y
de grupo social de pertenencia, el tipo de trabajo que desempeña, o la actividad vital para su existencia, el papel de la maternidad y su rol como jefa de familia, la adscripción a su núcleo familiar de origen, el acceso a los bienes materiales y
simbólicos, la etnia, la lengua, la religión, las definiciones políticas, el grupo de edad, las relaciones con las otras mujeres y
con los hombres, con el poder y con las costumbres, las tradiciones”. Hablamos en conjunto de una serie de valoraciones
sociales vinculadas al papel que desempeñan las mujeres en la
sociedad. (Lagarde; 1993)
En este sentido, culturalmente la mujer ha sido relegada y se
le ha reconocido solo como la madre abnegada y la esposa sumisa, sin embargo cuando rompe con el rol impuesto es etiquetada y estigmatizada por todas aquellas acciones que se alejan de
sentido cultural atribuido, así mientras más se alejen las acciones
de tales patrones impuestos, más acentuadas serán las etiquetas
de desviada y la estigmatización, sobre todo cuando una mujer
ingresa a la prisión por la comisión de un delito.
De ahí que la sociedad sea quien establezca los parámetros
para poder ver al otro desde un medio social que impone su
propia lógica al establecer categorías que según la cultura del
grupo enuncia como reconocimientos heterodirigidos que
imponen una distinción o etiqueta.
–138–
Es importante subrayar que al estigma se le ha definido,
como un atributo significativamente desacreditador que socialmente sirve para degradar a la persona que lo posee. Si bien
el término tiene una larga historia que arranca desde la Grecia
clásica, donde aparece como una marca colocada sobre los
parias (excluidos), se introdujo al análisis sociológico en gran
medida a través del trabajo de Erving Goffman.
El estudio de Goffman se basa en una investigación empírica
cuya población de estudio son personas que padecen enfermedades mentales, o poseen deformidades físicas, o practican, que
son percibidas como conductas socialmente desviadas. El
ejemplo típico seria la homosexualidad o el comportamiento
criminal. Goffman argumenta que al individuo estigmatizado
se le ve como una persona con una “diferencia indeseable”.
Señala también que la sociedad conceptúa el estigma en función de lo que constituye la “diferencia” o “desviación”, y
aplica reglas o castigos que conducen a una suerte de “identidad averiada” en el individuo en cuestión. De este modo, la
etiqueta del estigma, entendida como un atributo negativo, se
le coloca a las personas quienes a su vez y en virtud de su diferencia son valorados negativamente por la sociedad, es decir
que la situación del individuo estigmatizado, se expresa algo así
como des-habilitación para una plena aceptación social. Así él
estigma no es otra cosa que el efecto principal de una carencia
que procede según como la sociedad la considere.
La estigmatización de aquellos que son juzgados como desviados morales, puede funcionar claramente como un medio
de control social formal, sin embargo en el caso de las mujeres, la conducta delictiva es considera indeseable e inadmisible
para la sociedad al grado que son vistas como un mal ejemplo
tanto para la sociedad como para las mujeres en general. Es
precisamente en la prisión en donde encontramos uno de los
elementos fundamentales de esta doble estigmatización porque
las mujeres que están en prisión son castigadas y sancionadas
–139–
no solo por las leyes penales sino olvidadas y abandonadas por
su propia familia y repudiadas por la sociedad. Esto explica
según Goffman las relaciones con un individuo estigmatizado
a través de la estructura social hacen que en algunos aspectos
el resto de la sociedad considere a ambos como una sola persona. Por lo tanto la familia de la mujer presa esta obligada a
compartir parte del descrédito de ella como persona estigmatizada porque los une una relación.
Por otro lado al referirnos al estigma de la mujer delincuente y a su supuesta conducta antisocial tenemos también que
hacer énfasis a la prisión y a su significado dentro de la sociedad. Lagarde considera que “la prisión es una institución punitiva y pedagógica” esto quiere decir que mediante el castigo de
unos cuantos en este caso mediante el castigo del encierro, las
personas que transgredían las normas pueden aprender a no
hacerlo en un futuro. “A diferencia de otras instituciones de
recreación del poder, la prisión está destinada a los disidentes,
a los transgresores. Se trata del espacio reservado para aquellos
que no aceptan el cumplimiento de las normas. Así la prisión
excluye y cerca, contiene en el aislamiento a los sujetos que no
internalizan el consenso de acuerdo con el lugar en la sociedad
y la cultura, actúan fuera de la norma.”(Lagarde;1993) Por otro
lado, las “Instituciones Totales” como las llama Goffman en
su libro Internados, se definen como un lugar de residencia y
trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo apreciable de
tiempo comparten en su encierro una rutina diaria, administrada formalmente, las prisiones son en realidad un modelo
jurídico disciplinario que concentra todas las tecnologías coercitivas del comportamiento, los sujetos que viven en ellas están
sometidos a una sola autoridad que en mayor o menor medida
están separados completamente del mundo circundante.
Al convertirse la prisión en una Institución totalitaria, las
internas refuerzan los modelos antisociales de conducta, los
organismos institucionales ponen en acción sus mecanismos
–140–
de marginación integrados y reforzados por procesos reactivos
que operan a nivel formal, estos procesos se refieren fundamentalmente a la distancia social, que aísla a la población criminal del resto de la sociedad y en algunas ocasiones entre las
mismas condenadas.
En la prisión las reclusas no sólo se educan, sino que viven
un proceso de desculturación como diría Goffman “es un
desentrenamiento que la incapacita temporalmente para encarar ciertos aspectos de la vida diaria en el exterior”. (Goffman;1972) La mujer recluida adopta actitudes y modelos de la
subcultura carcelaria a la cual pertenece. Mientras que Foucault
se refiere a la prisión como al momento en que se deja la barbarie de los castigos y se pasa a lo que es la “humanidad”.
Datos generales de la población
Existe una serie de características específicas que hay que
destacar específicamente en la mediada que nos muestran importantes diferencias de las mujeres en prisión, en particular
son características que muestran la situación discriminatoria
hacia la mujer y en consecuencia una pena mas dura en comparación con la que cumplen los hombres. Además es importante subrayar que la población de mujeres internas tanto en
las prisiones del Estado de México, como en toda la republica,
constituyen una parte minoritaria de la población de internos
en las cárceles de México. Sin embargo, a recientes fechas la
población femenina ha registrado considerable aumento, la
proporción de mujeres en comparación a los hombres continuaría siendo mínima.
La base de datos de nuestra población esta formada por
242 expedientes de internas cuyas características son las siguientes. De los principales delitos registrados por los que se
encuentran privadas de la libertad, se puede observar que el de
mayor frecuencia es: el robo y el homicidio, representado un
20.7% de los cuales el 19.8 son de fuero Federal y el 80.2% de
–141–
fuero común. (Confróntese con la tabla 2) Del conjunto de
internas el promedio de años de sentencia corresponde a rangos de 6 a 10 años de prisión.
Tabla 2. Delito cometido
Delitos
Frecuencias Porcentaje
Contra la salud
Fraude genérico
Homicidio
Lesiones
Otros delitos
Parricidio
Potación de arma de fuego
Robo
Robo a casa habitación
Robo a interior de vehículo
Robo calificado
Robo con violencia
Robo de infante
Robo de vehículo
Secuestro
Tentativa de homicidio
Tentativa de robo
Violación
36
2
50
1
37
11
5
49
6
1
1
15
10
2
7
2
1
6
14.9
0.8
20.7
0.4
15.3
4.5
2.1
20.2
2.5
0.4
0.4
6.2
4.1
0.8
2.9
0.8
0.4
2.5
Total
242
100
Fuente; Dirección General de Readaptación Social. Edomex
El hecho de que las internas hayan cometido principalmente delitos no violentos que no causan peligro social y que la
mayoría únicamente tiene una causa penal y por tanto no sean
reincidentes. En relación a su antecedente criminológico, podemos afirmar que el 76.0% de las internas no presenta relación alguna con este juicio de evaluación, lo mimo se puede
afirmar según los datos obtenidos con respecto al Maltrato
–142–
Infantil, el 71.9% del total de la población, no presenta antecedente de este tipo de violencia.
El caso de Estado Civil, el 22.3% son solteras, y el 26.9% casadas, el 31.0% son mujeres que vivían en unión libre, 9.9%
eran separadas y 7.9% viudas, el restante 1.2% no nos proporcionó ningún tipo de información con respecto a su estado civil.
Por otro lado, del conjunto de internas, según los registros
obtenidos pudimos observar que el 88% de las internas no
reciben visita familiar, en comparación a un 9.5% que las visitan sus familiares, en consecuencia las visitas conyugales se
pueden apreciar que solo el 19% las reciben en comparación al
77.3% que tienen contacto con sus compañeros o cónyuges.
En conjunto de estos datos muestran la importancia en relación a los vínculos de reconocimiento o desconocimiento y
abandono del que son objeto las mujeres en reclusión por parte de su familia o cónyuge.
Con relación al consumo de algún fármaco o dependencia,
y el tipo de fármaco a que son dependientes las reclusas, pudimos observar que del total de 242, 182 expresan no consumir algún tipo de droga, sin embargo de este porcentaje tenemos que subrayar que según lo observado en el trabajo de
campo, un alto porcentaje de ellas son fumadoras convulsivas,
adictas a la coca cola y al café, por tato eso del no consumo es
un tanto cuestionable. En lo referente al consumo de alcohol,
se observa que el 8.7% son consumidoras habituales y el 14.9
manifiestan consumirlo pero no de manera habitual. Sin embargo cuando preguntamos la frecuencia del consumo las cifras nos expresan otro universo de datos, por ejemplo 2.1%
expresan consumir diariamente alcohol, 9.1% de manera semanal, 9.9% cuando menos una vez cada quince días, y 19.8%
una vez al mes, y el restante 59.1% consumen cuando menos
un sábado o un domingo.
Con relación al nivel de escolaridad pudimos observa que el
mayor porcentaje refiere la falta de formación, mientras que en
conjunto el 43.6% cuentan con una formación elemental y el
–143–
28.5% de estas mujeres no poseen ningún tipo de estudio, por
su parte la principal causa de deserción escolar es la falta de
recursos económicos (35.1%), seguido de la falta de interés
personal, como se puede apreciar en la tabla 6.
La racionalidad del trabajo femenino en prisión
Los estudios sobre prisión han puesto sobre el tamiz de la
discusión las distintas formas de readaptación social emprendidas por el Estado, de ahí nuestro interés por reflexionar en
torno a una de estas dimensiones constituyentes del tratamiento y junto a ello lograr una aproximación al problema del trabajo en la prisión, particularmente en el caso de las mujeres.
Ahora bien antes de continuar con la exposición que da origen
al titulo de estas líneas, debemos aclarar que cuando hablamos
de prisión nos referimos a esta como aquella parte componente de la organización de una sociedad, la cual para su funcionamiento y aplicación toma como base las propias dimensiones que la sociedad establece como actividades soporte para su
manutención y reproducción. En este contexto, el funcionamiento y aplicación de las medidas correctivas utilizadas en la
prisión, pueden ser consideradas en conjunto como un sistema
complejo que se encuentra en una constante interacción con el
ambiente que le rodea, nos feriemos a la sociedad.
La prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a cabo objetivos
comunes y propios de cada elemento agregador, de éste gran
sistema de la sociedad. En este sentido tanto las mujeres como
los hombres no juegan un papel pasivo, por el contrario se
convierten en actores de éste gran sistema.
Desde esta perspectiva la prisión tendrá que ser vista como
un sistema que establece una interacción compleja e intensa
con su ambiente interno y externo, dicha comunicación afecta
a todo el conjunto de actores que la integran. En este sentido
–144–
la prisión es una estructura en intercambio con su entorno,
tanto desde una perspectiva histórica como sincrónica. (Melossi; 1980) Estructura que debería brindar en este caso en
particular a las internas, un tratamiento para la readaptación
social basado; primero en el área educativa y de formación
profesional; en segundo lugar, en actividades ocupacionales y
deportivas; y en tercer lugar, en un trabajo remunerado el cual
debería en términos formales, permitir a las internas obtener
una ganancia acorde al trabajo desempeñado.
Sin embargo, no obstante lo estipulado en la formalidad de
los reglamentos, acuerdos y tratados internacionales el trabajo
al interior de las prisiones para mujeres continua siendo asignado socialmente dependiendo del género de pertenencia,
refiriéndonos a la división del trabajo entre hombres y mujeres
presente tanto dentro como fuera de las unidades domésticas y
a las relaciones de poder que se dan en el hogar y se ejercen en
ambos espacios. Donde la construcción social considera lo
familiar y lo doméstico como espacios propios de las mujeres.
Observándolos como incompatibles con aquel trabajo fuera
del hogar, primeramente. (Baca; 2002) por las tradiciones, valores y normas culturales, las cuales plantean como responsabilidad femenina los trabajos reproductivos: como es el cuidado
y socialización de los hijos, junto con las tareas domésticas de
manutención cotidiana. (García y Oliveira; 1998) Y por otro
lado, por la participación de las mujeres en actividades fuera
del hogar, las cuales son ocupaciones consideradas en muchas
de las ocasiones como aquellas actividades de prolongación del
trabajo desempeñado en el hogar, desde el momento en que
ejercen como enfermeras, profesoras, cocineras, costureras,
servicio doméstico y de limpieza en oficinas, donde la mayoría
de las mujeres trabajadoras laboran. Mujeres las cuales cuentan
con diferentes niveles de instrucción, edad y sector social de
pertenencia. (Baca; 2002)
En este sentido observamos, que las internas reproducen la
condición que se da dentro del hogar, en la prisión. Desde el
–145–
momento en que la prisión misma, solo considera como forma
de trabajo para cada una de las internas, los servicios necesarios para el buen funcionamiento de la misma, como son los
trabajos de cocina, lavandería, tejedoras y costureras, artesanos, realizando aseo y servicios generales. Formas de trabajo,
que no cuentan con un apoyo en el ámbito educativo. Ámbito
que les debería de permitir el acceso a otro tipo de actividades,
donde las mujeres pudieran obtener un pago justo por su trabajo desempeñado dentro de la prisión.
Condición laboral que las mujeres ven expresadas en una
llamada dualidad, ya que desde el momento de encontrarse
internas, esto les permite de alguna manera diferenciar de forma clara el trabajo que realizaban dentro de casa y el trabajo
fuera de ésta, modelo que es denominado por Norma Baca
como doble presencia, explicando la multiplicidad de roles que
hoy en día asumen las mujeres tanto en el hogar como fuera
de él. (Baca: 2002)
Pero entonces surge la pregunta, ¿Cómo se da la readaptación
social en las internas? Si desde el primer momento, como parte
de este tratamiento las actividades de trabajo que se les ofrecen
son las que reproducen la condición dentro del hogar; otorgando la prisión el papel asignado socialmente a los géneros,
evidenciando que el trabajo en ese momento no cumple con la
función preparatoria para que las internas se instruyan con la
finalidad de readaptarse socialmente. Cuando realmente el
trabajo, debiera permitir a las mujeres desempeñar una actividad que redituara y les brindara la oportunidad de interactuar
con los otros, es decir socializar. (Baca; 2002)
Por tanto, cabe mencionar que dentro de las prisiones no se
cuenta con personal capacitado o especializado para la formación de las internas, por consiguiente hace falta un tratamiento
destinado a superar carencias en motivación y hábitos, que
resultan necesarios para el trabajo, como son la asistencia, la
continuidad, la puntualidad, la iniciativa, etc., en la escasa participación, formación y poca motivación de las internas. Don–146–
de debiera perseguirse que las internas, tras el cumplimiento de
la condena, contarán con hábitos de trabajo, aprendiendo a convivir
con la ley, para poseer más posibilidades de reintegrarse socialmente y
laboralmente, de como entraron a prisión.
Con intención de que ya no se de la oposición entre la formación y el trabajo dentro de la prisión. Cuando la intención
del tratamiento es otra, como el “preparar al interno para la
vida normal en sociedad y ha de comprender todos los elementos apropiados de reeducación y readaptación”. (ONU;
1959) Donde elementos como la educación y el trabajo, obligan a las internas a prepararse para readaptarse.
Por consiguiente, en la prisión se debería tener verdaderamente derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios
correspondientes de la seguridad social, trabajo que en modo
alguno, puede tener carácter de castigo o pena, sino propiamente de formación, conservación y, en determinado momento, como creador de hábitos laborales, (Elías; 1999) los cuales
conducen a las internas a una readaptación social.
El entorno social de las mujeres en prisión
Desde luego esta última idea ha cobrado relevancia, al reflexionar que la interna en este caso en particular, debe ser
considerada como un sujeto cuyo acto o acción que le llevó a
la comisión del delito es de naturaleza social, por tal motivo
analizamos el entorno en el que vivían y se desempeñaban las
internas, situación que percibimos por medio de los datos obtenidos desde la estadística penitenciaria del Estado de México. Gráfica la cual mostró que la mayoría de las mujeres internas son procedentes en primer lugar, del Estado de México
(91), en segundo lugar del Distrito Federal (65), en tercer lugar
de Veracruz (14) y en último lugar del Estado de Hidalgo (10).
Datos que permiten percibir que la mayoría de estas mujeres
se encontraban en lugares donde el índice de pobreza es alto,
son lugares marginados, las cuales provienen de una comuni–147–
dad con un alto índice delictivo, como en este caso se observa
en el Estado de México, siendo espacios con alto índice de
desempleo, además de bajo nivel académico en la mayoría de
su población.
Es así, como encontramos que estas mujeres se encuentran
en prisión por haber cometido un delito o varios. Donde se
percibe que se encuentran en ellas un total de 242 mujeres
internas, las cuales cometieron diversos delitos, sus edades
oscilan entre los 18 años hasta los 99. Como se puede apreciar,
estas mujeres internas cometieron el ilícito en una edad
aproximada de entre los 18 y 33 años. Edad que es considerada como productiva, desde el momento en que las mujeres
tienen un desarrollo que les permite procrear, además de contar con una edad donde todavía se tiene oportunidad de obtener un empleo.
Tabla 3. Edad de las internas
Edad
Frecuencia Porcentaje
18-22
23-27
28-32
33-37
38-42
43-47
48-52
53-57
58-62
63-67
68-72
99
Total
41
47
19
42
22
17
9
6
2
2
2
3
242
16.9
19.4
20.2
17.4
9.1
7
3.7
2.5
0.8
0.8
0.8
1.2
100
Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998.
–148–
Es importante hacer notar el papel que adquieren las mujeres adultas, pues estas otorgan un papel de ayuda y autocontrol
a las mujeres jóvenes, por decirlo así, al darles consejos sobre
sus vidas fuera de la prisión.68 En esta relación la mujer adulta
también se beneficia al permitirles aumentar su sentido de
responsabilidad y ser reconocidas por su propia madurez, de
manera tal que las mujeres adultas se sienten responsables y las
jóvenes protegidas. (Genders y Placer;1987)
Se trata de una realidad cuya práctica impregnada en las prisiones para mujeres, expresa una visión proteccionista que
infantiliza a las mujeres, las hace dependientes, débiles, necesitadas de ayuda y en consecuencia también les niega su estatus
de mujeres adultas. La infantilización en el tratamiento y en la
disciplina penitenciaria que se ejerce en la prisión se expresa en
la ausencia de criterios clasificatorios, así como una correcta
separación entre internas según las circunstancias delictivas o
supuesta peligrosidad.
De ahí, que en los CPRS, exista una heterogeneidad y mezcla de situaciones distintas en donde se mezclan edades diferentes, delitos, reincidentes, primo delincuentes, peligrosas,
madres con hijos, que son obligadas a compartir un mismo
espacio donde prevalecen disfunciones diferentes y problemáticas diferentes, todas estas condiciones de entrada ponen en
tela de juicio el tratamiento científico e individualizado que
marca la ley, al quedar desvirtuado por una realidad opuesta a
lo establecido por la institución penitenciaria.
Otro aspecto es que la gran mayoría de las mujeres en prisión son madres solteras o separadas con varios hijos o hijas.
Por tanto encabezan familias monoparentales y han mantenido
solas a sus familias, ya que el padre no se responsabilizo de su
68 Esta concepción paternalista no existe en el caso de los hombres ya que
para ellos prevalece la teoría de la contaminación, es decir que los jóvenes
delincuentes serán corrompidos por los mayores. Esta filosofía distinta
para hombres y mujeres refleja los estereotipos sexistas que todavía existen
sobre la delincuencia femenina.
–149–
manutención bien porque ésta ausente, encarcelado o bien
porque se ha vuelto a comprometer con otra mujer. Además
una tercera parte de estas mujeres ha sufrido malos tratos o
agresiones sexuales por parte de sus maridos o compañeros, lo
que en la mayoría de los casos ha sido causa de la separación.
Así, las mujeres que en porcentaje predominan son aquellas
que se encuentran viviendo en unión libre (31%), las cuales en
su mayoría son analfabetas (50%) y se empleaban como comerciantes en pequeño, empleadas domésticas, sexo servidoras
y en gran porción, ocupadas en actividades agrícolas o industriales (63%).
Por ello, se podría plantear que con la finalidad de redimir
tal acción de la sociedad por medio de la institución carcelaria
se les debe dotar de oportunidades para la instrucción y capacitación del trabajo. Pretendiendo con la obligatoriedad de la
capacitación del trabajo penitenciario, el que desarrollen alguna ocupación a fin de dar sentido resocializador a las internas.
Con ello, las condiciones de trabajo en reclusión se encuentran relacionadas de manera directa con las condiciones generales del mercado laboral en la sociedad. Los principios que la
regulan se encuentran contenidos en las reglas mínimas de las
Naciones Unidas para el tratamiento de los internos (as). En
estas reglas se constituyen los principios básicos de organización, las condiciones y los principios definidos como un derecho y una obligación, fundamentados como un principio para
el tratamiento, reinserción o readaptación de las internas. Este
principio se encuentra articulado por tres dimensiones fundamentales cuyas condiciones legales, sociales, culturales y económicas se encuentran contenidas en la “Ley de Ejecuciones
de Penas Privativas de la Libertad”.
Ley que en su artículo 4º expresa “el tratamiento debe asegurar el respeto a los Derechos Humanos y debe tener como
principio la readaptación social de los internos”, y en el artículo 44 de este mismo ordenamiento, se hace referencia a que “el
–150–
tratamiento de los internos tendrá como base, el trabajo69, la
capacitación para el mismo y la educación”.
La participación de las internas en la dimensión del trabajo
no se presenta de manera uniforme en las prisiones del Estado
de México, de hecho existe una concentración predominante
de una de las actividades en detrimento de las otras.
Así, la dimensión del trabajo en las prisiones, no es única para
el Estado de México, por lo general en todo el mundo se ha caracterizado por una serie de dificultades, para algunos intrínsecas,
para otros extrínsecas, pero que a fin de cuentas se observa el
lejano cumplir de los principios, leyes y acuerdos normados tanto
por la leyes locales como por los acuerdos internacionales.
Uno de estos principios y quizá el más importante para entender la problemática del trabajo se encuentra contenido en la
regla número 28 de las normas mínimas para el tratamiento de
reclusos de la Naciones Unidas, la cual a su vez hace alusión al
Art. 3º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
donde se estipula que; el régimen penitenciario deberá emplear
métodos de tratamiento conforme a las necesidades individuales de los delincuentes, recurriendo a cualquier medio curativo,
educativo, moral, espiritual, de capacitación para el trabajo o
de cualquier otra naturaleza del que se pueda disponer a fin de
poder lograr la incorporación del delincuente a la sociedad.
Partiendo quizá, de lo que sucede a los actores, desde el momento en que son capaces de interpretar sus circunstancias y
adaptarse a ellas, al mismo tiempo que están insertos en un
orden social que los modela. (Castro; 2000)
Por su parte la regla número 92 de las Normas Mínimas,
menciona que en la práctica se deberá procurar una vinculación entre el trabajo de la prisión (tabla 2), la posible capacitación y las condiciones externas de la prisión, procurando otor69
Es el momento en que se debería considerar el trabajo como un derecho
y un deber interno, que propiciará satisfacer aspiraciones laborales de las
internas. Aunque en la actualidad es todavía insuficiente la oferta de trabajo
remunerado, situación que afecta directamente a las mujeres internas.
–151–
gar a los trabajadores un certificado de habilidad o creándoles
un marco de experiencia previa en un determinado trabajo, a
fin de que éste a su egreso pueda incorporarse de manera productiva a la sociedad. (Obsérvese en la tabla 8) Lo cual mencionamos anteriormente no sucede por diversas razones.
Tabla 4. Actividad fuera de prisión
Ocupación Exterior
Operadora
Comerciante
Obrera
El hogar
Campesina
Auxiliar administrativo
Empleada doméstica
Sexo servidora
Empleada federal
Estudiante
Vigilante
Profesionista
Cocinera
Sin ocupación
Total
Frecuencia
6
42
21
101
6
6
29
2
1
3
2
3
9
11
242
Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998.
Para el logro de tal fin, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla en su artículo 18 fracción
segunda que: “los gobiernos de la federación y de los Estados
organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones,
sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la
educación, como medios para la readaptación social del delincuente”. A su vez este precepto se contempla en el capítulo
primero de la Ley de ejecuciones de Penas privativas de la
Libertad del Estado de México.
–152–
Generalmente, los sistemas de trabajo para el tratamiento
de las internas en reclusión siguen las tendencias del comportamiento de desarrollo económico del país en el que se aplican,
sin embargo existen algunas experiencias en las que el trabajo
como medida de readaptación ha logrado experiencias importantes, e incluso debe mencionarse que existen algunas prisiones en donde la gama de formación y de capacitación es tan
variada que ha permitido una estrecha vinculación entre el
trabajo de la prisión y el trabajo fuera de la prisión en términos
de producción, competencia, rentabilidad y eficacia70, aunque
esto no suceda en nuestro país.
Desde luego tendríamos que subrayar dos aspectos importantes, el primero radica en que muchas de estas prisiones
fundamentalmente se encuentran en los países del primer
mundo, en donde existe un equilibrio de la población penitenciaria. En segundo lugar en muchas de estas prisiones se han
diseñado proyectos de capacitación y adiestramiento en áreas
de alta calificación del trabajo, logrando con ello diluir parcialmente la enorme carga financiera que los países canalizan a
las prisiones. Estos modelos de adecuación del trabajo han
padecido severas críticas y paradójicamente se han convertido
en un modelo a seguir. De forma, que la administración pública en nuestro país, debería llevar a cabo un programa integral
desde la prisión, donde se intentará de forma seria el promover el empleo en las prisiones en condiciones idóneas, con
remuneración y cobertura social, donde fueran incluidas las
internas, garantizándoles el ejercicio de sus derechos en la negociación colectiva laboral de las mismas.
En muchos de los países industrializados, las internas en su
mayoría son consideradas trabajadoras productivas, desde luego esta concepción radica en que muchas de estas mujeres se
encuentran inmersas en un medio con gran progreso económico, con hábitos de vida elevados; lo que sucede por el con70 La importancia de tener un trabajo remunerado en la cárcel, a la vez
denuncia la realidad de una clara explotación económica.
–153–
trario en países como el nuestro, las internas en su mayoría
son mujeres cuyo perfil característico está dado por una baja
calificación escolar, desempleo, desintegración familiar y migración del campo a la ciudad, expulsadas por las escasas expectativas que en muchos de los casos esto representa y desde
luego, el espejismo de las grandes ciudades. Ello presupone
problemas centrales para estas prisiones, el primero dotar de
una capacitación básica a las internas, el segundo optar por
una capacitación adecuada y el último enfrentarse en conjunto
a problemas de financiamiento y de desfase estructural por las
condiciones que atraviesa nuestra sociedad.
Como podemos observar los principios y ordenamientos
quedan distantes del mundo de las prisiones, pues de hecho lo
que se plantea tras de sí, como la cara opuesta de una misma
moneda, sería entonces el problema de la descalificación, la
cual está presente en todas y cada una de las actividades propuestas por estos ordenamientos, de hecho es tal el nivel de
descalificación que las remuneraciones de estas trabajadoras
llega a estar muy por debajo de la condición del mercado laboral de nuestra sociedad. Trabajadoras que en su vida exterior
no cuentan con estudios por tres causas fundamentales, la
primera la falta de dinero en el hogar de procedencia, la segunda por la necesidad de trabajar para tratar de sufragar gastos dentro de sus familias y la tercera por buscar oportunidades diversas de su lugar de procedencia.
De hecho la formación para el trabajo y la ocupación laboral profesional debería convertirse en un instrumento para la
formación de habilidades y conocimientos técnico profesionales, los cuales pudieran servir tanto al desarrollo de quienes se
encuentran en prisión como para sus familiares y la sociedad.
Con ello se lograría que los internos no se alejaran del ritmo
del mercado laboral, el cual es fuertemente competitivo en
nuestros días.
No obstante, con las condiciones en las que se encuentran
lo único que se logra es que estas internas sean expulsadas del
–154–
mismo mercado, pues al ingreso, las internas poseen el conocimiento y las habilidades para sortear las exigencias de este
mercado laboral, al salir se encontraran con dificultades como
el no contar con ninguna posibilidad, retrasadas en el desarrollo de las habilidades que poseían en el desempeño de ciertas
tareas y además señaladas, por haberse encontrado en prisión.
Al observar detenidamente la información, encontramos
que 43 de ellas no tienen estudios, 19 solo terminaron los estudios de primaria, 6 terminaron la secundaria, 1 el bachillerato
y la licenciatura, en lo que en su conjunto corresponde al
29.3% del total de la población. La mayoría de estas mujeres
trabajan como artesanas el 38.8%, en servicios generales el
24.8% y el 17.4% son tejedoras y costureras.
Esta situación proviene, según consideramos, debido a que
el papel atribuido al trabajo para la readaptación social es contemplado de manera secundaria, de hecho nos atrevemos a
pensar que solo es una actividad complementaria. Primero,
porque no existe la infraestructura adecuada que permita capacitar a la interna en tareas complejas y de competencia con el
mercado laboral externo. Agregando a esta idea se encuentra el
gasto que el Estado canaliza para la manutención de cada una
de estas internas, de hecho, según datos de la Dirección General de Readaptación Social, diariamente en promedio se gasta
por interna, alrededor de ciento sesenta y cinco pesos
($165.00); si multiplicamos esta cantidad por el total de internas que es de 242 (en total hombres y mujeres son 6227), nos
resulta un gasto diario de treinta y nueve mil novecientos
treinta pesos ($39 930).
Segundo, porque la segmentación del mercado laboral articulado a las variables económicas y socioculturales, define las
condiciones objetivas del trabajo en la prisión. ¿Qué queremos
decir con esto? Que el grueso de la población penitenciaria
posee apenas un nivel básico de formación, ello habla por sí
mismo de las condiciones en las que podría operar el trabajo
en la prisión.
–155–
Otro aspecto que tendríamos que tomar en cuenta se refiere al estado civil de los internas, a la distribución de edades y a
las condiciones generales de ocupación en el sector formal e
informal que muchas de éstas tenían antes de ingresar a prisión; (Confróntese la tabla 9) lo cual son aspectos que no se
tornan independientes a las condiciones sociales de nuestra
sociedad.
Tabla 5. Edad y estado civil
Edad
Estado Civil
19-55
32
23-54
18-53
18-55
25-69
Casadas
Divorciado
Separados
Soltero
Unión Libre
Viudo
Sin datos
TOTAL
Frecuencias
65
2
24
53
74
18
6
242
Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998.
En resumidas cuentas lo que se puede apreciar es una concesión de mujer en la que no se toma en cuenta que esta pueda
ser jefa de familia o responsable de la economía familiar, todo
ello a pesar de que la mayoría de las internas tienen hijos y
forman familias monoparentales, con lo que muy a menudo
son ellas las únicas responsables de mantener económicamente
a su familia. De ahí que insistamos en remarcar que los principales objetivos trazados por los programas rehabilitadores de
la prisión en el caso de las mujeres sea específicamente la feminización. En este sentido las tesis Lombrosianas se mantienen vigentes hoy mas que nunca al reconocer que cuando una
mujer delinque no solo ha vulnerado una ley sino también las
normas sociales de su condición femenina y en consecuencia
se ha masculinizado. Así la cárcel juega la función de contrarrestar esta doble desviación recordando y enseñando a las
–156–
internas cual debe ser su rol más importante. Sin embargo,
paradójicamente los programas para la readaptación social que
se operan en las prisiones del país y en las del Estado de México, sirven para adquirir habilidades sociales y laborales. Desde
luego, no se niega lo valioso de la enseñanza de las tareas domésticas en la vida cotidiana de las mujeres lo que nos hace
cuestionar la insistencia de estas actividades laborales, es porque razón si adquieren un sentido rehabilitatorio no se instrumentan como programas de enseñanza en las prisiones para
hombres, desde luego esto es así porque en el caso de los
hombres lo que prevalece es la idea de que tienen que ganarse
el sustento para mantener a la familia.
El trabajo en la prisión
El trabajo en la prisión está ligado a factores diferentes entre sí. La globalización del trabajo y la división social técnica de
éste, son una de las consecuencias directas en las condiciones
familiares de cada una de las internas. Por su parte la expulsión
del campo y la formación de grandes centros urbanos, sin duda son aspectos que han dado como consecuencia la concentración y el abaratamiento de la mano de obra.
Estos factores se encuentran ligados al diseño de políticas
públicas realizadas con la finalidad de prevenir y sancionar la
delincuencia, todas éstas atravesadas por las condiciones culturales, políticas y económicas que cuestionan los patrones diseñados para la readaptación social y su impacto en el abatimiento de la delincuencia. La falta de adopción de medidas acordes
para el logro de la prevención de la delincuencia, el incremento
constante de la violencia y la configuración de redes cada vez
más sofisticadas del crimen organizado, ponen en cuestión el
tradicional modelo punitivo plasmado por nuestra reglamentación jurídica y nuestros preceptos constitucionales.
Para tal efecto, nuestra legislación tiene una serie de consideraciones marcadas específicamente para el ámbito laboral en
–157–
las prisiones, sin embargo el reconocimiento legal de operación del mundo del trabajo en la prisión se encuentra marcado
por un sinfín de desigualdades que no asegura de manera explícita lo expresado por la ley. Por el contrario al interior de
ésta existen un sinnúmero de condiciones propias referidas a la
vida cotidiana de la prisión que ponen de manifiesto las condiciones laborales y junto con ello los principios de derecho a
los cuales se hacen acreedoras las internas.
Desde luego consideramos que no es que falten propuestas
de reglamentación para las condiciones del trabajo, más bien
creemos que lo que falta es interés y decisión política para
hacer valer y ejercer o aplicar las condiciones reales del trabajo
para la readaptación social, donde la pena privativa de la libertad y las medidas de seguridad debieran estar orientadas hacia
la reeducación y reinserción social y no consistiendo en trabajos forzados.
El primer efecto y la condición para entender la situación
del trabajo en la prisión consiste en exponer a la luz las características propias de su condición, revelando sus contradicciones y paradojas para demostrar la frecuencia del problema del
trabajo, al interior de la prisión el cual siempre es presentado
en silencio o de manera fragmentada desde un discurso oficial
contenido en intereses políticos.
Descubrir sus características peculiares de operación, nos
permite emitir algunos juicios sobre su propia práctica, los
cuales pueden correlacionarse con la condición del discurso de
la política pública.
Desde luego este panorama general conlleva a otra serie de
consideraciones trazadas por la adaptación de las internas a la
prisión y la capacitación a la que quedan sujetas para el trabajo,
desde luego como hemos mencionado en todos los centros de
readaptación social el trabajo tiene como finalidad la readaptación, sin embargo uno tendría que ver las características en
que se desarrolla este de manera propia. Tratemos de analizar
detenidamente algunos de los aspectos que consideramos rele–158–
vantes para entender la problemática del trabajo en la prisión.
La citada Ley de ejecuciones penales, establece en su capítulo
2 artículo 49 “el trabajo y la capacitación para el mismo debe
fundamentalmente significar tratamiento siendo asignado a los
internos tomando en consideración sus aptitudes y habilidades, en correlación con las fuentes ocupacionales que ofrezca
cada centro.
Como podemos observar resulta difícil imaginar por la
magnitud de los datos expuestos anteriormente, que el trabajo
bajo estas características que las condiciones de ocupación a
las que son sometidos las internas, puedan ofrecer ventajosamente una condición de tratamiento, más aun uno tendría que
preguntarse ¿a qué se refiere el anterior artículo? cuando hace
alusión a las actitudes y habilidades, en un sentido práctico
¿qué se está entendiendo por tratamiento? Más bien nosotros
consideramos que el trabajo en la prisión se torna una medida
de ocupación y no precisamente de tratamiento. Lo anterior
puede ser claramente comprendido cuando observamos que
en su totalidad el 38.8% de las actividades destinadas al trabajo
al interior de la prisión son desempeñadas en tareas artesanales, el 17.4% a tareas de tejido y costura, el 5.4% de su población se mantiene sin ocupación alguna, el 4.9 se dedica a labores de cocina, el 13% realizan actividades de aseo, el 24.8%
realizan servicios generales, el 3.3% se dedica a otras actividades que no están consideradas dentro del reglamento interno
(estafetas y fajinas). Como podemos observar, nuestros cuestionamientos poseen un sustento anclado en la vida cotidiana
de la prisión, además de permitirnos poner énfasis en la domesticación de las mujeres en prisión pues el conjunto de los
programas formativos y ocupacionales se encuentran encaminados al reforzamiento de ciertas habilidades y destrezas consideradas como propias para la mujer.
Otro aspecto de importancia es que este 3.3% también hace
alusión a otra de las profundas contradicciones de esta Ley,
particularmente a lo referido en el artículo 51, pues encontra–159–
mos que dentro de estas actividades se ven prestadores de
servicios informales tales como: estafetas y fajinas.
La misma ley en su artículo 51 dice “se procurará proporcionar a los internos trabajo suficiente y adecuado, el que en
ningún caso podrá ser objeto de contratación directa de particulares o personal de los centros”. Al respecto encontramos
una contradicción, si bien es cierto que algunos lineamientos
de las Naciones Unidas para la readaptación social establecen
la posibilidad de que las internas puedan ser ocupadas en actividades propias de la manutención de los centros, también
establece que este tipo de actividades tienen que ser remuneradas de acuerdo a las condiciones externas y al ambiente social y económico en el que se encuentre dicha prisión. De igual
forma hace alusión a que muchos de estos esquemas de ocupación interna generalmente son puestos en marcha en aquellas prisiones cuyo tipo de gestión es autogestivo.
Desde luego ninguna de estas dos últimas perspectivas son
consideradas en los penales del Estado de México, más bien
este 22% de la población dedicada a las tareas de manutención,
por lo general no reciben remuneración alguna tal y como lo
establecen los códigos internacionales y el artículo 57 de la
citada ley. Por el contrario, la mayoría de este fragmento de la
población realizan este tipo de actividades con un solo fin, por
un lado mantener algún tipo de ocupación y junto con ello
poder conmutar su pena tal y como lo establece el artículo 100
de la citada el que al texto dice “por cada dos días de trabajo
del interno se hará remisión de uno de prisión, siempre que
observe buena conducta, participe en actividades recreativas y
deportivas que se realicen en el establecimiento y a juicio del
consejo técnico interdisciplinario. A las internas que por falta
de ocupación laboral asistan regularmente a la escuela les serán
tomadas en cuenta dichas actividades para efecto de la remisión parcial de la pena y cualquier otra medida alternativa útil
tendiente a su reincorporación social”. Como podemos observar es fácil entender porque muchas de éstas, aunque no ten–160–
gan una actividad propiamente laboral buscan realizar cualquier otra tarea con la finalidad de buscar la remisión parcial
de la pena.
Tabla 6. Años de sentencia
Sentencia
Frecuencia Porcentaje
1a5
6 a 10
11 a 20
21 a 25
26 a 30
31 a 35
36 a 40
41 a 45
46 a 50
51 a 55
56 a 60
61 a 65
66 a 70
71 a 75
76 a 80
81 a 85
86 a 90
91 a 95
Sin dato
29
49
15
13
6
5
1
2
4
0
0
0
0
0
0
0
0
0
118
12
20.2
6.2
5.4
2.5
2.1
0.4
0.8
1.7
0
0
0
0
0
0
0
0
0
48.7
Total
242
100
Fuente; Dirección General de Readaptación Social. Edomex
Esta perversión en el uso y práctica de la reglamentación al
interior de la prisión tiene sus principios primero: en la falta de
infraestructura adecuada y en las condiciones laborales del
contexto de la sociedad; la segunda estaría dada por las características propias de la población, el hacinamiento, la promiscuidad, la falta de capacitación y profesionalización de sus opera–161–
dores y la baja remuneración de estos. Desde luego también a
estos dos factores tendríamos que agregar que la aplicación de
los reglamentos al interior son tan laxos por las condiciones
antes mencionadas que permiten esta flexibilidad laboral al interior de la prisión.
De hecho si analizamos detenidamente podemos observar,
que la ley establece que el trabajo es considerado de manera
obligatoria como parte del proceso de tratamiento, no obstante podríamos agregar que los rubros dedicados a las tareas de
manutención, sin ocupación y otras que en conjunto suman el
66 % de la población propiamente no desempeñan una tarea
destinada al trabajo formal, si es que consideramos un trabajo
formal el 38.8% dedicado a actividades artesanales.
En realidad las dimensiones del trabajo al interior de la prisión no son otra cosa más que el espectro prolongado de las
mismas condiciones ocupacionales fuera de la prisión. Ello
presupone pensar que el trabajo propiamente no tiende a
cambiar consustancialmente de manera específica para el tratamiento, más bien el trabajo al interior de la prisión simplemente es considerado como un espacio constituido por la persistencia de las condiciones propias de ocupación externa de
sus pobladores que expresan la desvalorización del trabajo, de
sus relaciones, diferencias y criterios de desigualdad. Tal y como lo expresan las condiciones y distribución de la ocupación
antes de ingresar a prisión.
Otro de los problemas centrales es propiamente la inexistencia de personal capacitado adecuadamente para las tareas de
educación básica, sin duda esto se convierte en una dificultad
para la formación y capacitación de la mano de obra. Donde
es preciso señalar que aunado a esta dimensión interna del
trabajo en la prisión atravesada por las condiciones económicas de nuestra sociedad, se encontraría el problema del uso
indiscriminado de la pena privativa de la libertad como única
forma de castigo, desde luego nuestra propia legislación contempla medidas alternativas, las cuales difícilmente se llevan a
–162–
cabo, aunado a esta concepción que se tiene de la aplicación
de la ley tenemos que considerar aquellos aspectos que impactan de manera profunda en la personalidad del sujeto y en su
efecto para la integración de éste, a las actividades propias de
su medio. De hecho el abuso excesivo y la prolongada estancia
en la prisión lejos de convertirse en un instrumento de prevención y de sanción, dan como resultado la configuración de
mujeres resentidas con la sociedad.
Mujeres cuya profunda huella de su estancia en la prisión se
ve reflejada al insertarse éstas de nuevo a su medio habitual,
desde luego sus efectos rehabilitadores quedan anulados por
su propia condición social. Simplemente pensemos bajo el
supuesto de que efectivamente existiera un adiestramiento y
capacitación para el trabajo de estas mujeres, al egresar de la
prisión difícilmente dadas sus propias características de formación podrían insertarse a las condiciones propias de competencia del mercado laboral, más aun si pensamos el caso de
una persona que se desempeña en una actividad calificada y
por determinadas circunstancias ingresa a prisión, ¿cómo es
que la ocupación destinada al interior le puede servir como
medio de tratamiento? Por el contrario, sin duda más que verlas como un principio de tratamiento, las verá como un estigma agregado al estigma de la prisión misma.
Por otro lado, la formación elemental de una supuesta capacitación se contrapone a la rudimentaria capacitación que
cada una de estas mujeres obtuvo fuera de prisión, de hecho
en lo talleres que aun quedan en operación en muchos de los
casos son obsoletos o han dejado de ser útiles por falta de
utilización. Como podemos observar la realidad es que la capacitación por la que atraviesa la interna en nada le sirve en su
medio exterior. Sobre todo porque fundamentalmente como
hemos visto en los datos anteriores, la mayoría de los trabajos
se centra en actividades manuales, difíciles de emplear fuera de
la prisión, tanto por la retribución que le puede otorgar a este
como por las propias condiciones del mercado, e incluso
–163–
hemos encontrado que en muchos de los casos sobre todo de
aquella población que proviene de zonas rurales han mostrado
una profunda aversión a este tipo de tareas.
Los estudios sobre prisión han puesto sobre el tamiz de la
discusión las distintas formas de readaptación social emprendidas por el Estado, de ahí nuestro interés por reflexionar en
torno a una de estas dimensiones constituyentes del tratamiento y junto a ello lograr una aproximación al problema del trabajo en la prisión, particularmente en el caso de las mujeres.
Ahora bien antes de continuar con la exposición que dan origen al titulo de estas líneas, debemos aclarar que cuando
hablamos de prisión nos referimos a esta como aquella parte
componente de la organización de una sociedad, la cual para
su funcionamiento y aplicación toma como base las propias
dimensiones que la sociedad establece como actividades soporte para su manutención y reproducción. En este contexto,
el funcionamiento y aplicación de las medidas correctivas utilizadas en la prisión, pueden ser consideradas en conjunto como un sistema complejo que se encuentra en una constante
interacción con el ambiente que le rodea, nos feriemos a la
sociedad.
La prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a cabo objetivos
comunes y propios de cada elemento agregador, de éste gran
sistema de la sociedad. En este sentido tanto las mujeres como
los hombres no juegan un papel pasivo, por el contrario se
convierten en actores de éste gran sistema.
Los estudios sobre prisión han puesto de relieve sus distintas formas de readaptación, permitiendo una primera aproximación al problema. Se puede hablar de prisión, refiriéndonos
a ella como aquella parte de la organización de una sociedad, la
cual para su funcionamiento y aplicación toma como base las
actividades de sus miembros. Funcionamiento y aplicación que
nos conducen a considerar a la prisión como un sistema social
–164–
que se encuentra en una constante interacción con el ambiente
que le rodea.
De forma que la prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un
nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a
cabo objetivos comunes y propios de cada elemento agregador
de éste gran sistema de la sociedad. En este sentido tanto las
mujeres como los hombres no juegan un papel pasivo, por el
contrario se convierten en actores más de éste gran sistema.
En este sentido observamos, que las internas reproducen la
condición que se da dentro del hogar, en la prisión. Desde el
momento en que la prisión misma, solo considera como forma
de trabajo para cada una de las internas, los servicios necesarios para el buen funcionamiento de la misma, como son los
trabajos de cocina, lavandería, tejedoras y costureras, artesanos, realizando aseo y servicios generales. Formas de trabajo,
que no cuentan con un apoyo en el ámbito educativo. Ámbito
que les debería de permitir el acceso a otro tipo de actividades,
donde las mujeres pudieran obtener un pago justo por su trabajo desempeñado dentro de la prisión.
Condición laboral que las mujeres ven expresadas en una
llamada dualidad, ya que desde el momento de encontrarse
internas, esto les permite de alguna manera es diferenciar de
forma clara el trabajo que realizaban dentro de casa y el trabajo
fuera de ésta, modelo que es denominado por Norma Baca
como de doble presencia, explicando la multiplicidad de roles
que hoy en día asumen las mujeres tanto en el hogar como
fuera de él. (Baca: 2002)
Pero entonces surge la pregunta, ¿Cómo se da la readaptación social en las internas? Si desde el primer momento, como
parte de este tratamiento las actividades de trabajo que se les
ofrecen son las que reproducen la condición dentro del hogar;
otorgando la prisión el papel asignado socialmente a los géneros, evidenciando que el trabajo en ese momento no cumple
con la función preparatoria para que las internas se instruyan
–165–
con la finalidad de readaptarse socialmente. Cuando realmente
el trabajo, debiera permitir a las mujeres desempeñar una actividad que redituara y les brindara la oportunidad de interactuar
con los otros, es decir socializar. (Baca; 2002)
Las actividades formativas u ocupacionales que se organizan en las prisiones para mujeres están lejos de ser auténticos
programas rehabilitadores destinados a la reinmersión laboral
en un sentido amplio. En la prisión no se prepara a las mujeres
ni se les facilitan los instrumentos o técnicas laborales necesarias para realizar un trabajo fuera del el hogar una vez cumplida su sentencia. Por el contrario, se les forma en tareas del
hogar y en la ética del espacio privado, reproduciendo con ello
estereotipos sociales de género, y reafirmando y retribuyendo a
las mujeres sus roles domésticos. De esta manera, la prisión
pasa a ser el lugar privilegiado para recordar y señalar a las
mujeres que son y han seguido siendo buenas hijas, esposas o
madres. Ni que decir si la resocialización significa enseñar
aquello que no se sabe, aquello necesario para reintegrarla a la
sociedad que parece irónico pensar que las mujeres presas no
saben ser madres, esposas, amas de casa y que precisamente
esto es lo que necesitan saber para reinsertarse en la sociedad.
Así, la formación en las tareas domesticas y familiares puede parecer incluso una perdida de tiempo si se relaciona con
las importancia que ello pueda tener para la vida de las mujeres
presas, porque precisamente se trata de un tipo de mujer que
en la mayoría de los casos ha rechazado el rol femenino convencional que responde a los estándares de lo que se espera
del ser mujer.
Por tanto, cabe mencionar que dentro de las prisiones hace
falta un tratamiento destinado a superar carencias en motivación y hábitos, que resultan necesarios para el trabajo, como
son la asistencia, la continuidad, la puntualidad, la iniciativa,
etc., en la escasa participación, formación y poca motivación
de las internas. Donde debiera perseguirse que las internas,
tras el cumplimiento de la condena, cuenten con hábitos de
–166–
trabajo, aprendan a convivir con la ley, para poseer más posibilidades de reintegrarse socialmente y laboralmente, que como cuando entraron a prisión. Con la intención de que ya no
se de la oposición entre la formación y el trabajo dentro de la
prisión. Cuando la intención del tratamiento es otra, como el
“preparar al interno para la vida normal en sociedad y ha de
comprender todos los elementos apropiados de reeducación y
readaptación”. (ONU; 1959) Donde elementos como la educación y el trabajo, obligan a la interna a prepararse para readaptarse.
Por consiguiente, en la prisión se debería tener verdaderamente derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios
correspondientes de la seguridad social, trabajo que en modo
alguno, puede tener carácter de castigo o pena, sino propiamente de formación, conservación y, en determinado momento, como creador de hábitos laborales, (Elías;1999) los cuales
conducen a las internas a una readaptación social.
Desde luego esta última idea ha cobrado relevancia, al reflexionar que la interna en este caso en particular, debe ser
considerada como un sujeto cuyo acto o acción que le llevó a
la comisión del delito es de naturaleza social, por tal motivo
analizamos el entorno en el que vivían y se desempeñaban las
internas, situación que percibimos por medio de los datos obtenidos desde la estadística penitenciaria del Estado de México. Grafica la cual mostró que la mayoría de las mujeres internas son procedentes en primer lugar, del Estado de México
(91), en segundo lugar Distrito Federal (65), en tercer lugar
Veracruz (14) y en último lugar el Estado de Hidalgo (10).
Datos que permiten percibir que la mayoría de estas mujeres se
encontraban en lugares donde el índice de pobreza es alto y
proveniente de lugares donde se ha encontrado un alto índice
delictivo como en este caso se observa en el Estado de México.
Prisiones en las cuales hay un total de 242 mujeres internas,
las cuales cometieron diversos delitos, las edades oscilan entre
los 18 años hasta los 99. En donde se observa que cometen
–167–
ilícitos las internas en la edad de entre los 18 años hasta los 33,
considerada esta etapa como edad reproductiva.
Tabla 7 Edad de las internas
Edad
Frecuencia Porcentaje
18-22
23-27
28-32
33-37
38-42
43-47
48-52
53-57
58-62
63-67
68-72
99
Total
41
47
19
42
22
17
9
6
2
2
2
3
242
16.9
19.4
20.2
17.4
9.1
7
3.7
2.5
0.8
0.8
0.8
1.2
100
Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998.
Mujeres que en porcentajes predominan aquellas que se encuentran viviendo en unión libre (31%), las cuales en su mayoría
son analfabetas (50%) y se empleaban como comerciantes en
pequeño, empleadas domésticas, sexo servidoras y en mucha
porción, ocupadas en actividades agrícolas o industriales (63%).
En conjunto el perfil de estas 242 mujeres en su mayoría
obedecen al estándar no convencional del ser mujer cuyos
criterios o características son; divorcios, hijos o hijas de diferentes padres, separación de los hijos una vez que ingresan a
prisión, violencia intrafamiliar, alcoholismo, etc. Como se
puede apreciar son mujeres delincuentes que como lo afirman
Lombroso y Ferrero han transgredido su rol convencional.
Por este motivo lo que subyace tras el objetivo de una política
penitenciaria de la readaptación social, es corregir esta desvia–168–
ción a través de imbuir mediante el tratamiento penitenciario
un enfoque que refuerza la domesticación no solo para preparar a la mujer laboralmente sino para aumentar su dependencia
a la privacidad del hogar y a las tareas domésticas de la vida
cotidiana
Así, las condiciones de trabajo en reclusión no se encuentran relacionadas de manera directa con las condiciones generales del mercado laboral en la sociedad. No obstante que los
principios que la regulan se encuentran contenidos en las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los
internos (as). En estas reglas se constituyen los principios básicos de organización, las condiciones y los principios definidos
como un derecho y una obligación fundamentados como un
principio para el tratamiento, reinserción o readaptación de las
internas. Este principio se encuentra articulado por tres dimensiones fundamentales cuyas condiciones legales, sociales,
culturales y económicas se encuentran contenidas en la “Ley
de Ejecuciones de Penas Privativas de la Libertad”.
Ley que en su artículo 4º expresa “el tratamiento debe asegurar el respeto a los derechos humanos y debe tener como
principio la readaptación social de los internos”, y en artículo
44 de este mismo ordenamiento, se hace referencia a que “el
tratamiento de los internos tendrá como base, el trabajo71, la
capacitación para el mismo y la educación”.
La participación de las internas en la dimensión del trabajo
no se presenta de manera uniforme en las prisiones del Estado
de México, de hecho existe una concentración predominante
de una de las actividades en detrimento de las otras.
Así, la dimensión del trabajo en las prisiones, no es única
para el Estado de México, por lo general en todo el mundo se
ha caracterizado por una serie de dificultades, para algunos
Es el momento en que se debería considerar el trabajo como un derecho
y un deber interno, que propiciará satisfacer aspiraciones laborales de las
internas. Aunque en la actualidad es todavía insuficiente la oferta de trabajo
remunerado, situación que afecta directamente a las mujeres internas.
71
–169–
intrínsecas, para otros extrínsecas, pero que a fin de cuentas se
observa el lejano cumplir de los principios, leyes y acuerdos
normados tanto por la leyes locales como por los acuerdos
internacionales.
Tabla. 8 Actividad fuera y dentro de prisión
Ocupación
Frecuencia Ocupación Frecuencia
Exterior
Interior
Operadora
Comerciante
6
42
Obrera
El hogar
Campesina
21
101
6
Auxiliar
administrativo
Empleada
doméstica
Sexo servidora
Empleada
Federal
Estudiante
Vigilante
Profesionista
Cocinera
Sin ocupación
Total
6
Artesana
Tejido y
costura
Cocina
Aseo
Servicios
Generales
Estafeta
94
42
29
Fajina
7
2
Sin Ocupación
13
Total
242
12
13
60
1
1
3
2
3
9
11
242
Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998.
Uno de estos principios y quizá el más importante para entender la problemática del trabajo se encuentra contenido en la
regla número 28 de las normas mínimas para el tratamiento de
–170–
reclusos de la Naciones Unidas, la cual a su vez hace alusión al
Art. 3º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
donde se estipula que; el régimen penitenciario deberá emplear
métodos de tratamiento conforme a las necesidades individuales de los delincuentes, recurriendo a cualquier medio curativo,
educativo, moral, espiritual, de capacitación para el trabajo o
de cualquier otra naturaleza del que se pueda disponer a fin de
poder lograr la incorporación del delincuente a la sociedad.
Partiendo quizá, de lo que sucede a los actores, desde el momento en que son capaces de interpretar sus circunstancias y
adaptarse a ellas, al mismo tiempo que están insertos en un
orden social que los modela. (Castro; 2000)
Por su parte, la regla número 92 de las Normas Mínimas,
menciona que en la práctica se deberá procurar una vinculación entre el trabajo de la prisión, la posible capacitación y las
condiciones externas de la prisión, procurando otorgar a los
trabajadores un certificado de habilidad o creándoles un marco
de experiencia previa en un determinado trabajo, a fin de que
éste a su egreso pueda incorporarse de manera productiva a la
sociedad.
Para el logro de tal fin la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla en su artículo 18 fracción
segunda que: “los gobiernos de la federación y de los Estados
organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones,
sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la
educación, como medios para la readaptación social del delincuente”. A su vez este precepto se contempla en el capítulo
primero de la Ley de ejecuciones de Penas privativas de la
Libertad del Estado de México.
Generalmente los sistemas de trabajo para el tratamiento de
las internas en reclusión siguen las tendencias del comportamiento de desarrollo económico del país en el que se aplican,
sin embargo existen algunas experiencias en las que el trabajo
como medida de readaptación ha logrado experiencias importantes, de hecho existen algunas prisiones en donde la gama de
–171–
formación y de capacitación es tan variada que ha permitido
una estrecha vinculación entre el trabajo de la prisión y el trabajo fuera de la prisión en términos de producción, competencia, rentabilidad y eficacia72.
Desde luego tendríamos que subrayar dos aspectos, el primero radica en que muchas de estas prisiones fundamentalmente en los países del primer mundo, existe un equilibrio de
las poblaciones penitenciarias. En segundo lugar en muchas de
estas prisiones se han diseñado proyectos de capacitación y
adiestramiento en áreas de alta calificación del trabajo, logrando con ello diluir parcialmente la enorme carga financiera que
los países canalizan a las prisiones. Estos modelos de adecuación del trabajo han padecido severas críticas y paradójicamente se han convertido en un modelo a seguir. De forma, que las
administraciones públicas en nuestro país, deberían llevar a
cabo un programa integral desde la prisión, donde se intentará
de forma sería el promover el empleo en las prisiones en condiciones idóneas, con remuneración y cobertura social, donde
fueran incluidas las internas, garantizándoles el ejercicio de sus
derechos en la negociación colectiva laboral de los mismos.
En muchos de los países industrializados, la interna en su
mayoría es considerada una trabajadora productiva, desde luego esta concepción radica en que muchas de estas mujeres se
encuentran inmersas en un medio con gran progreso económico, con hábitos de vida elevados; lo que sucede por el contrario en países como el nuestro, la interna en su mayoría son
un mujeres cuyo perfil característico está dado por una baja
calificación escolar, desempleo, desintegración familiar y migración del campo a la ciudad, expulsada por las escasas expectativas que en muchos de los casos esto representa y el espejismo de las grandes ciudades. Ello presupone problemas
centrales para estas prisiones, el primero dotar de una capacitación básica a la interna, el segundo optar por una capacita72 La importancia de tener un trabajo remunerado en la cárcel, a la vez
denuncia la realidad de una clara explotación económica.
–172–
ción adecuada y el último enfrentarse en conjunto a problemas
de financiamiento y de desfase estructural por las condiciones
que atraviesa nuestra sociedad.
Como podemos observar los principios y ordenamientos
quedan distantes del mundo de las prisiones, pues de hecho lo
que se plantea tras de sí, como la cara opuesta de una misma
moneda, sería entonces el problema de la descalificación, la
cual está presente en todas y cada una de las actividades propuestas por estos ordenamientos, de hecho es tal el nivel de
descalificación que las remuneraciones de estas trabajadoras
llega a estar muy por debajo de la condición del mercado laboral de nuestra sociedad.
De hecho la formación para el trabajo y la ocupación laboral profesional debería convertirse en un instrumento para la
formación de habilidades y conocimientos técnico profesionales, los cuales pudieran servir tanto al desarrollo de quienes se
encuentra en prisión como para sus familiares y la sociedad.
Con ello se lograría que los internos no se alejaran del ritmo
del mercado laboral el cual es fuertemente competitivo en
nuestros días.
No obstante, con las condiciones en las que se encuentran
lo único que se logra es que estas internas sean expulsadas del
mismo mercado, pues al ingreso, las internas poseen el conocimiento y las habilidades para sortear las exigencias de este
mercado laboral, al salir se encontraran sin ninguna posibilidad
y retrasadas en el desarrollo de las habilidades que poseían en
el desempeño de ciertas tareas.
Al observar detenidamente la información, encontramos
que 43 de ellas no tienen estudios, 19 solo terminaron los estudios de primaria, 6 terminaron la secundaria, 1 el bachillerato
y la licenciatura en lo que su conjunto corresponde al 29.3%
del total de la población. La mayoría de estas mujeres trabajan
como artesanas el 38.8%, en servicios generales el 24.8% y el
17.4% son tejedoras y costureras.
–173–
Esta situación proviene, según consideramos, debido a que
el papel atribuido al trabajo para la readaptación social es contemplado de manera secundaria, de hecho nos atrevemos a
pensar que solo es una actividad complementaria. Primero,
porque no existe la infraestructura adecuada que permita capacitar a la interna en tareas complejas y de competencia con el
mercado laboral externo.
Agregada a esta idea se encuentra el gasto que el Estado
canaliza para la manutención de cada una de estas internas, de
hecho, según datos de la Dirección General de Readaptación
Social, diariamente en promedio se gasta por interna, alrededor
de ciento sesenta y cinco pesos ($165.00); si multiplicamos esta
cantidad por el total de internas que es de 242 (en total hombres y mujeres son 6227), nos resulta un gasto diario de treinta
y nueve mil novecientos treinta pesos ($39 930).
Segundo, porque la segmentación del mercado laboral articulado a las variables económicas y socioculturales, define las
condiciones objetivas del trabajo en la prisión. ¿Qué queremos
decir con esto? Que el grueso de la población penitenciaria
posee apenas un nivel básico de formación, ello habla por si
mismo de las condiciones en las que podría operar el trabajo
en la prisión.
Otro aspecto que tendríamos que tomar en cuenta se refiere al estado civil de los internas, a la distribución de edades y a
las condiciones generales de ocupación en el sector formal e
informal que muchas de éstas tenían antes de ingresar a prisión; lo cual son aspectos que no se tornan independientes a
las condiciones sociales de nuestra sociedad.
El Trabajo etnográfico; el encierro visto desde sus pobladores
Las mujeres al ingresar por primera vez al penal experimentan un sentimiento de vacío, de soledad, de destierro porque
saben que han dejado todo afuera, a su familia, a sus amigos, a
–174–
sus actividades, en fin, a su vida; saben que van a pasar mucho
tiempo en ese lugar, se sienten inseguras de cómo va a ser su
vida, no saben lo que va a pasar, no saben con quien van a
convivir, qué van a encontrar, en pocas palabras qué va a ser
de ellas, así lo manifiestan las internas.
“cuando llegas aquí es horrible porque la familia desaparece, mis hijas que estaban conmigo... es difícil aceptar que ya no
van a estar conmigo, el que ya no las puedes ver eso es traumático aunque sabes que los lazos de amor siguen ahí por que
yo siempre le digo que las amo y siempre están en mi pensamiento todos los días y a todas horas pienso en ellas, cuando
llegue me dio una depresión muy fuerte.73“ “cuando yo llegue
aquí estaba muy mal me deprimía mucho no dejaba de sentir
esa sensación de culpa a veces yo platicaba con mi psicóloga
pero regresaba a lo mismo seguía teniendo esas ansias del suicidio ni los medicamentos me servían”74 “cuando llegas acá
siempre te tienes que rifar con alguien, si te les paras y te les
enfrentas ya no te pasa nada”75.
Cuando pasa la depresión del ingreso, algunas de ellas empiezan a involucrarse en las actividades que proporciona el
penal ya sea en el Centro Escolar tomando diversos cursos,
cursando la primaria o secundaria o ya sea trabajando en el
área de maquila, haciendo limpieza, en el bazar, etc. Muchas de
ellas lo hacen porque así el tiempo les transcurre más rápido.
“yo no salía de mi estancia me costo mucho trabajo adaptarme a este lugar a retomar mis actividades por eso ahora
trato de estar ocupada todo el día en mi trabajo me siento bien
por que el tiempo se me pasa muy rápido” 76
“El tiempo se me pasa rápido como hay muchas actividades escuela y cursos trato de que se pase rápido me mantengo
Testimonio 5
Testimonio 7
75 Testimonio 2
76 Testimonio 5
73
74
–175–
ocupada”77. y otras porque además obtienen ciertos beneficios
que les ayudan a reducir su condena.
“...aquí trabajo, hago limpieza en algunos lugares, esto para
que me ayuden a salir más rápido”78. “aquí estoy cursando la
secundaria por que es un requisito para salir, si un beneficio te
reducen la condena hasta por un 60 por ciento.79“
“yo trabajo aquí en la maquiladora con hilos para llenar collares se me hace muy largo el día, aquí estudio pero a fuerza
por que no me gusta solo lo hago para que me reduzcan la
sentencia”80
También hay quienes no hacen nada simplemente dejan
que el tiempo transcurra, sin involucrarse en ninguna actividad, tal vez reflexionando, o tal vez añorando el pasado cuando eran libres. Algunas otras empiezan a gozar de los beneficios que les ofrece el lugar en palabras de Foucault “también
se encuentra en ellas afirmación de que la vida de presidio,
reserva unos placeres que no son conocidos en la libertad”,
como es el tener comida caliente cuando tienen hambre, agua
caliente si sienten la necesidad de bañarse, agua cuando tienen
sed y sin ningún esfuerzo, se empiezan a institucionalizar.
“aquí no hago nada me la paso en la “pulga” encerrada durmiendo, bueno me metieron a clases de computación pero no
me gusta solo lo hago por los beneficios.81 “
En este pinche penal nunca ha faltado la piedra...
El encierro es tan fuerte que muchas de ellas recurren a las
drogas como una forma de escapar de su realidad, la droga
hace que sientan que realmente no están ahí, las hace imaginar
Testimonio 1
Testimonio 6
79 Testimonio 1
80 Testimonio 4
81 Testimonio 2
77
78
–176–
que una parte de ellas sale de ese encierro y en cierta forma se
sienten liberadas, al recurrir a las drogas no sienten como
transcurre su vida de encierro porque ni siquiera se dan cuenta
si es de día o de noche, simplemente el tiempo pasa. Por otro
lado la droga sirve como instrumento de control por parte de
las autoridades para evitar motines y riñas y dentro del mismo
personal que labora ahí están los contactos. Las internas que se
drogan ocupan el dinero que les lleva su familia o el dinero
que ganan ahí dentro para comprarla.
“...y el dinero lo ocupo para unos toques de mota antes le
hacia más a la piedra (cocaína) hace un mes que deje la piedra y
ahora nomás la marihuana si hay mota que bueno y si no igual
aquí adentro te venden no muy cara pero no es muy seguido, la
piedra diario, en este pinche penal nunca ha faltado la piedra.”82
“aquí dentro consumo mota “por que cuando la fumo se
me olvida que estoy en este lugar” por que para mi estar en
este lugar es muy duro.”83
“en este lugar hay mucha droga uno se vuelve muy amargada la gente te influye a que hagas cosas que no has hecho.”84
“...pasas por los pasillos y los olores tan penetrantes de la
droga, aquí es muy común es el pan nuestro de cada día.”85
Recuperar el tiempo perdido...
En los momentos que pasan solas, refugiadas es sus estancias86, añorando su libertad, hacen planes de su futuro, qué les
gustaría hacer cuando salgan, con quién les gustaría estar, cóTestimonio 2
Testimonio 3
84 Testimonio 6
85 Testimonio 9
86 “Solo en su celda, el detenido queda entregado a sí mismo; en el silencio
de sus pasiones y del mundo que lo rodea, desciende a lo profundo de su
conciencia, la interroga y siente despertarse el sentimiento moral que no
aparece jamás por completo en el corazón del hombre”. (Foucault;1986)
82
83
–177–
mo van a recuperar el tiempo “perdido”. Las que son madres
añorando a sus hijos, quieren salir para brindarles todo lo que
se han guardado durante tanto tiempo de encierro como para
aminorar la culpa. Otras aún conservan la idea de hacer aún
más, seguir superándose como profesionistas, como personas,
como mujeres queriéndose readaptar a una sociedad que una
vez las margino.
“Cuando salga de aquí quiero estar sola y recuperar el tiempo
perdido con mi hija”.87 “Cuando salga de aquí quiero trabajar y
buscar o tener donde vivir, buscar a mi hijo para recuperar el
tiempo perdido y si él se quiere venir a vivir conmigo, sé que me
va a reprochar muchas cosas cuando él esté más grande y le diga
la verdad pero él decidirá qué hacer si se queda conmigo o no, yo
dejé a mi hijo por que estaba muy chiquilla, tenía trece años”88.
“Cuando salga de aquí quiero estar sola y tranquila por los
“moustros” que tengo quiero vivir un tiempo sola después de
estar aquí “quiero estar sola”89.
“ahora pienso en salir miro hacia un solo camino hacia delante quiero trabajar en un lugar turístico cuando salga me voy
a ir a vivir a Los Cabos por eso aquí estoy estudiando ingles
quiero superarme también pienso que ahora ya estoy preparada para tener una pareja bueno eso si llega y tal vez más adelante pueda tener un hijo”90. “cuando salga pienso recuperar a
mi hija la deje de un año y medio ella si me reconoce pero
quiero recuperar el tiempo que ya paso”91. “Van cambiando
tus ideas conforme va pasando el tiempo, antes pensaba hace
dos años salir y seguir estudiando, pero ahora con mi hija quisiera salir y trabajar para estar con mi hija”92.
Testimonio 1
Testimonio 3
89 Testimonio 4
90 Testimonio 7
91 Testimonio 8
92 Testimonio 9
87
88
–178–
Ser mujer en el encierro...
Muchas mujeres hasta que llegan a este lugar se dan cuenta
de lo que pueden hacer, de sus capacidades, de que pueden ser
autosuficientes, de lo que sienten, de cómo se perciben en fin,
se empiezan a conocer ellas mismas. Tal vez porque afuera tenían que cumplir el rol que la mujer ha desempeñado histórica y
culturalmente, olvidándose de ellas mismas como mujeres.
“aquí es donde vienes a sacar tus cualidades, cuando me iba
a imaginar que paciencia tengo para bordar o coser, etc., cuando en mi vida iba a pensar que sería tan noble, aquí es donde
vienes a madurar y sobre todo a conocerte a ti misma”.93
“aprendí que puedo hacer otras cosas encontré muchas capacidades que estaban muy dentro de mi”…”a mi me costaba
mucho expresarme por lo que te dije de mi familia nunca nos
enseñaron a comunicarnos a decir lo que sentíamos “entonces
tuve que atravesar muros rejas candados” para poder expresarme y sacar todo lo que traía en mi interior creo que tenia
que pasar por todo esto para ser la persona que ahora soy”94
Uno aquí levanta polvo...
Dentro de la prisión muchas mujeres transforman su actitud debido a todo lo que conlleva estar encerrado, dentro de
este lugar así como existen actividades que hacen que pasen el
tiempo de una forma sana, también existen muchos vicios que
si no tenían los aprenden y si ya los tienen los refuerzan. Pero
esta en ellas realmente querer salir adelante sorteando todas
estas dificultades y tratando de ser mejores cada día.
93
94
Testimonio 11
Testimonio 7
–179–
“...uno aquí “levanta polvo” depende de cómo lo quieras
vivir si haces cosas que no se pueden hacer como vender drogas, tratas de estar bien para que no te castiguen”95
“aquí la verdad muchas se vienen para abajo la que quiere
se readapta y la que no pues la verdad sale peor por que en
este lugar hay mucha drogo”96
“hay una situación medio chistosa, tienes que aprender a
subsistir porque aquí vas luchando contra la envidia y lo económica, tienes que aprender a psicoanalizar a la gente te vuelves analítica no te puedes abrir completamente aprendes a
valorar muchas cosas”.97
Yo confieso ante... Testimonio 1
Tengo 22 años soy soltera tengo una niña de 5 años que vive con mi mamá, y al papá de mi hija no lo veo desde que
estoy aquí el esta en el……., el cayo primero el ve a mi hija
también se la llevan al reclusorio yo vivía con mi mamá y mis
hermanos tengo dos 2 hermanos hombres yo soy la única mujer, estudie hasta quinto de primaria y aquí estoy cursando la
secundaria por que es un requisito para salir, si un beneficio te
reducen la condena hasta por un 60 por ciento ahora estoy
esperando la respuesta porque ya envié mis papales, ya no
seguí estudiando porque nos fuimos a vivir a Michoacán y mis
abuelos no me apuntaron a la escuela porque allá no es muy
común la verdad si me hubiera gustado estudiar una carrera,
no trabajaba mis papas me mantenían, mi papá nos abandono
cuando yo tenia tres años y quien siempre ha visto por mi es
mi padrastro el me mantiene, aquí trabajo en un pasillo de
limpieza y gano 114 a la quincena el dinero lo ocupo para mis
cosas, porque mi familia me apoya yo vivía en la delegación
Iztapalapa en la colonia Vicente Guerrero estoy aquí por desTestimonio 1
Testimonio 6
97 Testimonio 9
95
96
–180–
mantelamiento de autos estaba en una banda, lo hacía por
necesidad sabes ganas mucho dinero y después por ambición
se puede ganar hasta 30 mil pesos en un día además te haces
adicto a la adrenalina, el dinero lo juntaba para cualquier día
que me fueran agarrar, para comprarme cosas buenas y le daba
a mi mamá, me dieron de sentencia 7 años tres meses quince
días y me quedan 3 años tres meses, cada ocho días viene mi
mamá y me trae a mi hija ella es una niña muy inteligente “en
las mañanas que no me quiero levantar tengo una foto pegada
en la pared y la veo y me dan ganas de levantarme por ella le
tengo que echar ganas ella me motiva”, consumía heroína pero
ya no consumo voy a cumplir en noviembre un año que ya no,
lo hacia porque tu sabes ves a tus amigos que lo hacen y se te
antoja.
Yo creo que si hubiera tenido mejores oportunidades de
educación yo no estaría aquí ahora que estoy aquí pienso que
como dicen las autoridades uno aquí “levanta polvo” depende
de cómo lo quieras vivir que te pase si haces cosas que no se
puede hacer como vender drogas, tratas de estar bien para que
no te castiguen, aquí te castigan te llevan al apando es una estancia donde nos encierran y no puedes salir yo he estado ahí
por pleito.
Aquí no se puede tener amigas es muy difícil. El tiempo se
me pasa rápido como hay muchas actividades escuela y cursos
trato de que se pase rápido me mantengo ocupada.
Cuando salga de aquí quiero estar sola y recuperar el tiempo perdido con mi hija aquí me acostumbre “a la vida libre y
estar con alguien me sentiría atada” Ya no pienso hacer lo que
hice “porque pensaría que tuve la oportunidad de salir y no la
aproveche”
Testimonio 2
Tengo 23 años soy soltera tengo dos hijos uno 7 y otro 3
ellos siempre han vivido con su abuela paterna. Estudie hasta
–181–
sexto de primaria ya no seguí estudiando por que me corrieron
cuatro veces de la escuela la ultima vez por que escupí al conserje de la escuela, me fui de pinta una semana a chapultepec
hasta que me cayó mi hermana y me madreo nos pegaba mucho pero más a mi por que yo era la más cabrona por eso me
salí de mi casa mi mamá nunca estuvo conmigo vivía con mi
hermana 7 años más grande que yo éramos cinco hermanas y
un hombre, me hubiera gustado seguir estudiando aquí no
hago nada me la paso en la “pulga” encerrada durmiendo,
bueno me metieron a clases de computación pero no me gusta
solo lo hago por los beneficios, ya llevo dos años aquí por
robo calificado y tengo una sentencia de tres años tres meses y
en la adecuación me la bajaron a dos años seis meses me voy
en enero prácticamente, antes de ingresar trabajada en una
lavandería y después de recepcionista en una agencia de colocación ganaba de 500 a 600 pesos a la semana en la colonia
Roma y vivía con mi mamá en la colonia Miguel Hidalgo.
Aquí las amigas son contadas, me la paso en mi estancia ahí
me siento segura vivo con otras tres, me la paso con mi chava
arriba, salimos un rato media hora a caminar y luego nos metemos, mi chava se va preliberada como esta estudiando y capacitándose le hicieron una valoración y le redujeron la condena.
Cuando salga de aquí las cosas van a cambiar por que me
apoya mi familia mi mamá viene a verme cada quince días y mi
suegra viene cada veinte días y me trae a mis hijos, desde chiquita fui lesbiana mis hijas desde chiquitas se las deje ha mi
suegra la chiquita de cuatro meses y la grande de tres meses.
Mi pareja (la del penal) no sabe lo que quiere a lo mejor va
a estar con sus chavos con sus cabrones yo tengo pareja aquí
dentro por que no me gusta estar sola cuando me peleo con
mi chava me voy con mi chava del oriente por que no me gusta estar sola.
Aquí rafeo coso botes de rafia lo hago por las noches a veces no duermo y me apuro en la noche por eso duermo hasta
las 2 o 3 de la tarde no me pagan por que lo de los botes es
–182–
para ayudarle a mi tía, aquí adentro me mantiene ella, ella también esta aquí uno de mis primos también me da dinero y mi
mamá me bota 500 pesos al mes, me traen shampoo, y desodorante y el dinero lo ocupo para unos toques de mota antes
le hacia más a la piedra (cocaína) hace un mes que deje la piedra y ahora nomás la marihuana si hay mota que bueno y si no
igual aquí adentro te venden no muy cara pero no es muy seguido, la piedra diario, en este pinche penal nunca a faltado la
piedra, cuando llegas acá siempre te tienes que rifar con alguien si te les paras y te les enfrentas ya no te pasa nada.
Aquí en el dormitorio uno están las mamás, en el dos están
las de homicidio las paradas de culo las pinches infanticidas en
le tres las drogadictas piñadas cabronas y el cuatro es el más
culero pura banda adicta pesada y yo estoy en el cuatro yo no
soy reincidente, a las infanticidas es a las que peor les va cuando llegan aquí porque les dan el “cobijazo” cuando están dormidas se les avienta una cobija y toda la banda le da en la madre la cobija es para que no sepa quien le rompió la madre.
A manera de conclusión
La condición de vida de las mujeres en prisión y las políticas penitenciarias de readaptación social se ha convertido en
un obstáculo para el logro de la reincersión social de las mujeres privadas de su libertad. Se trata de un discurso rehabilitatorio que pese a las adversidades propias de la realidad de las
instituciones penitenciarias se obstina en demostrar su viabilidad cayendo a una retórica nacionalista y humanista que sirve
para legitimar al sistema penal en su conjunto. Sin embargo en
contraposición lo que si logra la prisión es la exclusión y el
castigo de las mujeres presas cuyo objetivo esta encaminado al
mantenimiento del orden y la disciplina.
Las prisiones del Estado de México al igual que las del país
poseen una serie de problemáticas endémicas que son propias
del sistema penitenciario. Estas problemáticas se encuentran
–183–
relacionadas con diversos factores entre los que podemos destacar la corrupción, la falta de financiamiento, la falta de la
profesionalización de sus propios cuadros y lo más importante
la permanencia de una cultura punitiva conservadora e intolerante a los cambios de la sociedad actual. Así el retraso en el
desarrollo del Estado de bienestar se expresa en la falta de
servicios específicos destinados a la prevención de la delincuencia y a la reinserción de las mujeres privadas de su libertad. De igual forma la ausencia generalizada de alternativas y
medidas sustitutivas a la prisión y la precaria inversión en infraestructura penitenciaria en el ámbito laboral, educativo,
cultural y sanitario se han convertido en un lastre que en conjunto deterioran día a día el sistema penal mexicano.
El conjunto de todas estas características cuando se expresan de manera particular en las prisiones para mujeres conllevan situaciones discriminatorias al grado que podemos afirmar
que se ha convertido en una constante en las prisiones del
país, y no solo porque en algunas ocasiones se les trate peor
que a los hombres sino más bien por la forma sexista que
adopta el tratamiento. Si a ello le agregamos la precariedad de
las condiciones en las que se encuentran las mujeres; una estructura espacial inadecuada a las necesidades propias de su
género, así como instalaciones poco habilitadas, escasa oferta
de programas rehabilitadores, actividades o talleres acordes
para atender las necesidades de está diversa población agravan
la condición de la mujer.
Así, este trato penitenciario sexista y estereotipado basado
en el incumplimiento reiterado de las normas penitenciarias a
los mínimos criterios de clasificación de la población en función de su edad, circunstancia delictiva, escolaridad, estado
civil, ocupación laboral o supuesta peligrosidad, raya en el exceso de una disciplina y control que penalizan de manera severa las conductas de aquellas internas que no encajan en los
estereotipos tradicionales de la mujer. Por el contrario los dispositivos instrumentados para el control se justifican teórica–184–
mente en viejos argumentos heredados de una tradición positivista que construye una idea de la mujer delincuente basada
en un enfoque sexista cuyos argumentos psicoterapéuticos y
correccionales están por encima de un enfoque rehabilitador,
de ahí que como lo habíamos mencionado en líneas anteriores
el objetivo final de la prisión para el caso de las mujeres no
esta dirigido a la corrección de éstas en tanto que hayan vulnerado las leyes penales sino más bien porque han osado desviar
socialmente su rol asignado. Así la política penitenciaria entonces tendrá como finalidad corregir esta supuesta desviación
social, y el tratamiento buscará entonces reconstruir la domesticidad perdida de la mujer.
Si a ello agregamos la no existencia de un único perfil socio
penal de ésta población y el reconocimiento de una gran mayoría de mujeres que forman núcleos monoparentales, podremos entonces admitir que estas mujeres no solo padecen la
desigualdad de género sino también la desigualdad de clase.
Sobre todo, porque la mujer en prisión no es preparada para la
inserción a un mundo laboral por el contrario se remarca y
aumenta su dependencia del hogar y sus tareas domesticas,
hablamos entonces de programas que no facilitarán su reincersión social y laboral cuando éstas hayan cumplido su sentencia,
por el contrario el único horizonte visible una vez lograda su
libertad se vuelve tan difuso como a su ingreso, pues muchas
de ellas seguramente no regresaran a prisión pero continuarán
con múltiples problemáticas no resueltas y todo porque durante su tratamiento no se les facilito la suficiente formación o
preparación laboral para enfrentarse a las condiciones actuales
del mercado de trabajo.
–185–
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–188–
Para quedarse afuera…
Iniciativas de apoyo
a la vuelta a la vida en libertad.
Lucia Pérez Bruzzone
Introducción
La intención fundamental del presente trabajo fue investigar –desde una perspectiva descriptiva y comparada– las diferentes iniciativas institucionales que se implementan a nivel
departamental en la ciudad de Montevideo, República de Uruguay, como respuesta al complejo y problemático proceso que
atraviesan los sujetos sometidos a una condena carcelaria y las
condiciones y características durante el desarrollo de su pena,
como una condición directa que determina el proceso de recuperación de su libertad.
Para ello se realizó un estudio exploratorio de las ofertas
institucionales que constituyen respuestas de atención y respaldo al proceso ya mencionado. Un análisis comparado de las
diversas iniciativas institucionales –tanto públicas (estatales),
como privadas– que dirigen su atención y elaboran estrategias
de respaldo a la problemática del preso y el liberado. La intención fue reconstruir el escenario constituido por estas iniciativas, captando las diferentes condiciones de cada intervención,
los elementos que las constituyen, las condiciones similares y
divergentes que existen entre ellas.
La compleja situación socioeconómica que atraviesa nuestro país, el sustantivo crecimiento de la población carcelaria y
la crisis del sistema penitenciario, conforman un escenario
–189–
problemático para los individuos que atraviesan o han atravesado una pena de encierro a la hora de reintegrarse socialmente. A su vez, las dificultades a las que se enfrentan los liberados
en su vuelta a la vida libre se ven agudizadas por dos procesos
paralelos: por un lado, el aumento del estigma que sobre ellos
recae –que obstaculiza aún más el sentirse parte del colectivo–
y por otro, la crisis socioeconómica que atraviesa nuestro país
–lo cual se refleja en una disminución de las oportunidades
laborales de esta población.
En este marco, encontramos en nuestro país instituciones
que, desde diversas modalidades y enfoques, desarrollan estrategias de intervención y que apuestan por facilitar la futura
reintegración de reclusos y liberados. Estas entidades, sus orígenes, percepciones, proyectos y objetivos, nos proponemos
explorar aquí.
La pertinencia e interés que posee este trabajo se basa en
tres pilares fundamentales:
1. Este tema constituye un espacio inexplorado, donde ni
siquiera las entidades estatales que tienen la función de atender
estas problemáticas conocen la composición del cúmulo de
ofertas que existe. A nivel de investigaciones, encontramos
que existen varios trabajos respecto a la cárcel como institución social, sus funciones, orígenes y modelos de tratamiento.
También encontramos literatura respecto a los efectos que
genera en los sujetos sometidos a ellas. Pero no hay ningún
trabajo que contemple qué tipo de respuestas existen y desde
qué perspectivas desarrollan sus intervenciones con esta población.
2. Esta problemática a su vez –la del preso y especialmente
la del liberado– adquiere mayor relevancia como tal debido
fundamentalmente a dos factores: por un lado, la población
carcelaria ha aumentado significativamente y a un ritmo alarmante; por otro, la situación intracarlcearia se ha deteriorado
en tal medida que las condiciones en las que estos individuos
–190–
desarrollan su pena atentan cada vez más contra su integridad
física y psíquica.
3. Estas respuestas institucionales constituyen, en nuestro
país, las únicas iniciativas que se preocupan por proponer un
respaldo a los sujetos que les facilite su vuelta a la vida en libertad y diminuyan las posibilidades de reincidencia.
En el abordaje inicial de esta temática se detectó que no se
contaba con un enmarque teórico que pudiese guiar el trabajo.
Por tanto, se construyó un marco que contemplara, definiera y
delimitara los escenarios y actores que se ven involucrados en
el objeto de estudio seleccionado a los cuales fue necesario
acercarse previamente al ser el único modo de llegar al campo
con una noción mínima del enmarque.
Se elaboró, por consiguiente, una tríada donde se definió a
la cárcel como institución social, sus roles y funciones históricas que permitiese vislumbrar el panorama actual del sistema
penitenciario, especialmente el uruguayo. Ésto permitió generar un diagnóstico de la vida intracarclearia, los efectos que
éstos tienen en el sujeto y cómo, coincidiendo la introducción
del individuo al mundo adulto con el ingreso al sistema penitenciario –que se da por lo general entre los 18 y 24 años–,
afecta a su proceso de socialización secundaria –la dinámica de
los submundos institucionales en los cuales desarrolla su trayectoria como adulto.
Cárcel ¿Qué es y qué genera?
En la década de los sesenta, Goffman definió como institución total, aquellos espacios –barco, hospital, establecimiento
psiquiátrico y prisión– donde un grupo de individuos en la
misma situación y, aislados del resto social por un lapso considerable, comparten una rutina diaria determinada y administrada formalmente. Estos sujetos desarrollan allí ámbitos de su
vida, como la residencia, el trabajo y la diversión, que normal-
–191–
mente se realizan bajo espacios, autoridades y en compañía de
diferentes actores.
“Las características centrales de las instituciones totales
pueden describirse como una ruptura que separan de ordinario
estos tres ámbitos de la vida. Primero, todos los aspectos de la
vida se desarrollan en el mismo lugar y bajo la misma autoridad única. Segundo, cada etapa de la actividad diaria del
miembro se lleva a cabo en la compañía inmediata de un gran
número de otros, a quienes se da el mismo trato y de quienes
se requiere que hagan juntos las mismas cosas. Tercero. Todas
las actividades están estrictamente programadas, de modo que
una actividad conduce en un momento prefijado a la siguiente,
y toda la secuencia de actividades se impone desde arriba, mediante un sistema de normas formales explícitas y un cuerpo
de funcionarios.” (Goffman, 1994: 19 y sigs.)
Estas instituciones conforman espacios sociales con características, dinámicas e interacciones propias y particulares. La
institución total contempla y abarca toda la vida del sujeto, esa
es su característica básica.
En esta misma línea, cuando Foucault analiza las características centrales de la cárcel, plantea que uno de sus rasgos fundamentales es la totalidad de su presencia en los sujetos institucionalizados “[...] la prisión, mucho más que la escuela, el
taller o el ejército, implican siempre una especialización, es
omnidisciplinaria. Además la prisión no tiene exterior ni vacío;
no se interrumpe excepto una vez acabada totalmente su tarea;
su acción sobre el individuo debe ser ininterrumpida” (Foucault, 1998: 238).
La cárcel tradicional todo lo controla, todo lo determina. La
vida del sujeto se desarrolla íntegramente en el establecimiento
penitenciario, no hay contacto con otra realidad. Se puede
afirmar que el sistema carcelario constituye una microsociedad
en donde se desarrollan hábitos, rutinas, conductas, valores y
modos particulares de interacción.
–192–
Historia del sistema penitenciario en Uruguay
Si bien desde 1830 la privación de libertad se constituye
como la pena fundamental, la construcción de establecimientos de reclusión no acompañó este proceso sino que lo hizo
mucho más tarde. Hasta 1860 la planta baja del Cabildo de
Montevideo –sede del Poder Legislativo de nuestro país en ese
entonces– no alojó a los presidiarios, aunque en condiciones
por demás míseras y de abandono.
En 1896 se dicta una ley en la que se dispone la construcción de una cárcel para Mujeres, pero es hasta el 28 de diciembre de 1900, cuando se inaugura el establecimiento de reclusión femenino tal cual hoy lo conocemos.
Los diversos establecimientos penitenciarios y correccionales fueron concebidos en la época de su construcción como
proyectos modelo y de vanguardia para América Latina. Cada
establecimiento fue construido en función del paradigma vigente en ese contexto histórico.
La actual administración de los establecimientos penitenciarios depende del Ministerio del Interior. La Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación
(DNC) tiene bajo su jurisdicción: el Penal de Libertad (establecimiento de máxima seguridad), el Complejo Carcelario Santiago Vázquez (comcar) –en el cual se encuentra recluida casi
el 50 por ciento de la población reclusa de todo el país–, la
Cárcel de Mujeres (Cárcel de Cabildo) y los Centros de Recuperación núm. 1, TACOMA y núm, 2, establecimientos abiertos
o de semilibertad, concebidos para la etapa del preegreso. Las
cárceles departamentales (incluyendo la Cárcel Central ubicada
en el departamento de Montevideo) no dependen de la Dirección Nacional de Cárceles, sino de las Jefaturas de Policía de
cada departamento, aspecto que diferencia de manera importante el tratamiento de los reclusos en estas últimas en comparación con las primeras –los establecimientos bajo la égida de
la DNC.
–193–
Hasta 1971 los cometidos y competencias relacionados al
Sistema Penitenciario Nacional y sus establecimientos se encontraban en de la órbita del MEC. Esto se fundamentaba en el
entendido de que el deber fundamental de los establecimientos
penitenciarios era la rehabilitación y la reeducación, por lo tanto,
la institución rectora de las cárceles debía ser la misma que asumiera la responsabilidad del Sistema Educativo Nacional.
El 21 de enero de 1971 –cuando el Penal de Punta Carretas
alojaba 120 presos por atentados a la Constitución de la República, especialmente del movimiento Tupamaro– el Poder Ejecutivo, por medidas de mayor seguridad, transfirió por decreto
los cometidos y competencias que en materia carcelaria tenía el
Ministerio de Educación y Cultura al Ministerio del Interior.
33 años después, luego de la reconsolidación de las instituciones
democráticas, la Dirección Nacional de cárceles continúa en la
órbita del Ministerio del Interior el cual tiene como cometido
básico el control del orden y la represión y no la reeducación y
el tratamiento de sujetos que han cometido delitos.
El porcentaje de reincidencia en nuestro país es gravemente
alto, un 35 por ciento de la población carcelaria cumple una
nueva condena en la cárcel. En Montevideo este porcentaje se
agudiza, sobre todo en las dos prisiones más superpobladas:
55 por ciento en COMCAR y 75 por ciento en el Penal de Libertad. A su vez las condiciones estructurales y humanas de la
cárcel en nuestro país son cada vez más negativas. Actualmente existe en el país una población reclusa que alcanza los 5,914.
Las sistemáticas quejas y reclamos que se presentan con relación a las condiciones de vida en los establecimientos penitenciarios de nuestro país giran en torno a las pésimas condiciones
sanitarias y alimenticias que viven quienes se encuentran alojados allí: “enfermos que están sin asistencia desde hace tiempo,
en particular enfermos de SIDA que no tienen medicamentos;
quejas por la comida (sólo tenían papas y zanahorias y algún
pedazo de carne de vez en cuando); se quejan de las dificultades de los familiares, que cuando van de visita tienen que hacer
–194–
un largo recorrido, a veces al sol y otras veces en días muy fríos;
se quejan por la falta de información sobre la marcha de sus
expedientes; por los tratos en requisas, que a veces se hacen con
violencia por equipos incluso ajenos al personal permanente, lo
que en la jerga carcelaria se denomina “verdugueo”...
Reclaman dinero para cuando les toca salir, y ni hablar para
cuando quedan en libertad.”98
La cárcel y el preso: secuelas de su pasaje por la institución punitiva
Las cárceles están cada vez más pobladas, la inseguridad social se acrecienta y parece ser que el aumento de las penas y un
endurecimiento del sistema represivo es la única respuesta que
los actores políticos con capacidad de decisión han priorizado.
A su vez, los efectos adversos que genera la permanencia en un
establecimiento penitenciario, tal como se señaló, agudiza aun
más la problemática que presenta este tema en nuestro país.
Para poder comprender la importancia que revisten las intervenciones que realizan las organizaciones objeto de esta
investigación, se torna necesario entender el encuadre y la
problemática específica que atienden. Caracterizaremos entonces, brevemente, el proceso que atraviesan los sujetos durante
el periodo de reclusión y posteriormente cuando recuperan su
libertad –liberados– para después, centrarnos en los rasgos
conceptuales que más nos interesa definir de la intervención
organizacional existente.
En nuestras cárceles no existe separación de presos por tipo de crimen, intensidad y número de reincidencia, sino que
los sujetos con ingreso primario, desarrollan su cotidianeidad
con multireincidentes. Así, la interacción más horizontal y
cotidiana de los presos primarios se da con viejos presos, los
cuales poseen, en general, una cultura delictiva mayor y más
98 Extraído de una entrevista realizada a Oscar Rabeca, Presidente honorario del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberado.
–195–
profunda. No debería llamarnos la atención entonces que el
grupo de identidad del recién ingresado sean los sujetos que
también atraviesan una pena y los referentes los que llevan
más años allí, con más experiencia y acostumbrados ya a las
perversas dinámicas que ha adquirido la vida intracarcelaria.
Este mecanismo ha sido ya analizado por varios autores: “la
misma deprivación de la libertad personal, la deprivación de
bienes y servicios, la deprivación de relaciones heterosexuales,
la deprivación de la autonomía, y la deprivación de la seguridad en relación con los otros reclusos, es tan dolorosa que el
colectivo carcelario crea una necesidad de defensa. Esa necesidad se satisface estableciendo una comunidad carcelaria con
sus propias normas y valores. La vida en esa comunidad no
hace desaparecer el dolor pero sí lo alivia, lo modera. Esta
cultura común protege contra las presiones del ambiente circundante” (Mathiesen, Thomas, 1990: 26).
La cultura creada funciona también para apoyar y canalizar
el rechazo que los internos sienten hacia aquellos que los rechazaron (policía, jueces, operadores penitenciarios y sociedad
en general).
Por otra parte, dentro de los establecimientos penitenciarios se desarrolla una convivencia bastante peculiar: la del capturado y el captor. Los que controlan y establecen las rutinas y
actividades de los presos, los carceleros, son los mismos policías que detuvieron al sujeto, quienes fueron capacitados para
“el mantenimiento del orden publico y más específicamente
para la prevención y represión del delito y la aprehensión de
infractores. Esto, obviamente, ninguna relación guarda con la
tarea de tratar diariamente a los internados de una cárcel procurando apoyarlos para que esté en las mejores condiciones de
reinsertarse en el futuro en su vida familiar y social” (F.J. Ottonelli, 1997: 246). Esta combinación de funciones carga aún
más de percepciones y juicios negativos la imagen de uno al
otro “lo que perturba cualquier propósito de promoción
humana de estos que se puedan intentar” (F.J. Ottonelli, 1997:
–196–
246). El policía odia al preso y el preso al policía, pero su interacción es permanente: “Cada grupo tiende a representarse al
otro con rígidos estereotipos hostiles: el personal suele juzgar a
los internos como crueles, taimados e indignos de confianza;
los internos suelen considerar al personal petulante, despótico
y mezquino” (Goffman, 1994).
Paradójicamente, se desarrolla dentro de la cárcel una fusión de valores y hábitos, donde el preso adopta pautas del
cuerpo policial y éste último adquiere pautas y códigos –sobre
todo lingüísticos y de interacción– del delincuente.
El ingreso a la institución punitiva: De una multirrealidad a una realidad omnipresente.
El individuo desde su nacimiento se encuentra inserto en un
orden social con una dinámica y orden intrínsecos que lo definen
como tal. Este orden es internalizado por los sujetos durante su
socialización, entendida como el proceso de “inducción amplio y
coherente de un individuo en el mundo objetivo de una sociedad
o en un sector de él” (Berger y Luckmann, 1997: 166).
De este modo, los espacios en los cuales se suscita la vida
cotidiana, las instituciones en las que interactúan y de las que
son parte, la familia y los “pares” con quienes comparte esta
cotidianeidad se convierten en su mundo, su realidad la que
guía y orienta sus acciones. En este contexto, cada actor social
asume roles y funciones específicas devenidas de ellos, que
exigen la adaptación e internalización a normas, pautas, códigos y conocimientos que son propios de cada rol99, el cual a su
vez se enmarca en un espacio y tiempo institucional concreto100.
Rol entendido en la concepción parsoniana como: un sistema de “expectativas que establecen las definiciones de cómo hay que actuar (en un contexto de interacción particular) en relación a los otros” y que implican un
conjunto “de sanciones-gratificaciones que premian la conformidad y castigan la desviación” (Parsons, 1976: 46 y sigs.)
100 Institución entendida como “un complejo de integraciones de rol institucionalizadas que tienen significación estructural en el sistema social en
99
–197–
Así, su realidad se compone de la conjunción de una multiplicidad de subrealidades –o dicho de otro modo de la interrelación
entre “submundos” institucionales o basados sobre instituciones.
Construye, de este modo, una identidad basada en roles y
funciones –se es padre (responsabilidad de educar, formar,
criar); trabajador (se cumple con un horario, una serie de tareas
determinadas, en función de ello se percibe una retribución
monetaria, etcétera); vecino (pertenencia a un barrio o zona)– y
un grupo de identidad conforme a su entorno inmediato.
Cuando este individuo es sentenciado a una pena penitenciaria –por quebrar con alguna pauta socialmente establecida–
se lo aísla de lo que hasta ese momento constituyó su mundo.
Se introduce al sujeto a una institución total, espacio en el que
transcurren todas las actividades de los sujetos con “pares” en
similar situación, bajo una única autoridad y en un mismo espacio físico, que nada tiene que ver con el mundo del cual proviene. En la prisión, las pautas, códigos y hábitos adquiridos en los
diversos roles desempeñados quedan deshabilitados, fuera de
contexto. El sujeto se encuentra por tanto ante una nueva realidad con una dinámica y orden que le son propias y difieren
significativamente de su medio anterior –la realidad social. En
tanto debe sobrevivir y adaptarse deberá buscar información,
aprenderá nuevos códigos, pautas, habilidades y hábitos, necesarios para desenvolverse cotidiana y coherentemente en esa
nueva realidad. Debe asimilar este nuevo rol y esta nueva institución que lo enmarca, con una diferencia fundamental: en
este ámbito no existe una multidiversidad de roles e instituciones, por tanto su mundo, su nueva realidad, no se compone de
una pluralidad de roles y escenarios, sino solo un contexto y
un solo papel; ser preso en un establecimiento dado.
La omnipresencia de este rol hace que las funciones, el lenguaje, los códigos y hábitos que le pertenecen se encuentren
permanentemente habilitados y en actividad. Así, el sujeto
cuestión”, “un complejo de elementos pautados como expectativas de rol”
(Parsons, 1976: 47 y sigs.)
–198–
asimila este rótulo excluyente que se antepone a cualquier estatus o función, familiar-preso, trabajador-preso, etcétera. Esto,
a su vez, implica que su asunción sea fuertemente arraigada e
internalizada por ellos de forma, además, mucho más rápida
que la habituación y adquisición de otros roles sociales. Por
más rechazado que sea por todos los involucrados, se convierte para el individuo en su mundo su realidad. Construye así
una nueva identidad y un nuevo grupo identitario en función
de su nuevo entorno, con fuertes lazos afectivos y un importante grado de cohesión intragrupal.
Cuando el individuo es liberado y comienza su trayectoria de
reintegración a la dinámica propia de la vida en libertad, se encuentra con dos obstáculos fundamentales. Por un lado, se desarrolla un fenómeno similar al que debió enfrentarse en el
momento de su reclusión: debe reapropiarse de determinadas
normas y pautas. Ahora, las que guían la vida social cotidiana,
asumiendo nuevamente los roles y funciones que le eran propios previo a su reclusión. Debe, por tanto, despojarse de ser
preso y todo lo que esto le significó, pues lo aprehendido durante su reclusión pierde vigencia y, por el contrario, muchas veces
se contrapone con las exigencias y expectativas colectivas. Por
otro lado, este individuo se encuentra frente a una sociedad que
lo tipifica de criminal, cargándolo con un estigma que connota
un profundo rechazo y miedo: “los reclusos han hecho suyos
los valores, normas, prácticas y matices carcelarios que le permitieron subsistir con éxito en la institución de los cuales resulta
muy difícil desprenderse. [...] Por otra parte, tanto la experiencia
de la reclusión como el estigma ulterior que la sociedad imprime
en el ex recluso, impiden de hecho a la mayoría de los liberados
integrarse nuevamente en la comunidad y llevar una existencia
productiva normal (Landeira y Scapussio, 1997: 164).
El liberado se encuentra entonces ante un escenario complejo: rechaza el mundo que acaba de abandonar pero en el
cual tiene lugar; desea integrarse nuevamente al mundo social
–más allá de las dificultades que le implica readaptarse a una
–199–
dinámica de la cual fue aislado por un lapso considerable–
pero se ve rechazado y estigmatizado por éste.
En el contexto presentado anteriormente encontramos en
nuestro país, iniciativas institucionales y espacios oficiales que
plantean, desde diversas prácticas y enfoques, una intervención
en el proceso de encierro y pos encierro de estos sujetos, con
la intención de facilitar la reintegración social de esta población y disminuir los efectos adversos y perversos del pasaje
por los establecimientos de reclusión.
Las diversas modalidades: un asunto de perspectivas
“La vida tiene el color del cristal con que se mira”
Si bien, como parte integrante de una sociedad concreta
enmarcada por una cultura y una historia –la uruguaya– se
comparten los principales valores y modos de ser y ver el
mundo, el entorno familiar y grupal –delimitado en la socialización primaria–, las instituciones con las que interactuamos y
a las que pertenecemos –la socialización secundaria– y nuestra
biografía, es decir, los acontecimientos que han sucedido durante nuestra vida construyen y moldean las percepciones e
interpretaciones de la realidad.
La interpretación y significación que estos actores se hacen
de los objetos sociales, materiales y culturales que componen su
sistema de acción –en el sentido parsoniano– determinará las
características y la orientación que imprimirán a sus acciones.
Así, cada organización desarrolla su intervención con la
población prisionada de acuerdo a su interpretación de la realidad y de cómo la perciba y caracterice: “la persona actúa respecto de las cosas o incluso respecto de las otras personas,
sobre la base de los significados que éstas cosas tienen para
ellas” (H. Mead, 1990: 193).
Ante la problemática recién planteada nos preguntamos:
¿cuáles son las principales características de las instituciones
que desarrollan iniciativas dirigidas a la problemática del preso
–200–
y el liberado; sus móviles y objetivos, cómo implementan sus
propuestas y el alcance de las mismas?
Objetivos
Objetivo general: Analizar, desde una perspectiva descriptiva y
comparada, la oferta institucional dirigida a la problemática del
preso y el liberado en sus diversas modalidades de intervención. La investigación se focaliza en las propuestas existentes
en Montevideo.
Objetivos específicos:
a- Realizar una descripción del escenario institucional compuesto por estas organizaciones.
b-Describir desde una perspectiva analítica y comparada las
diversas propuestas institucionales.
c-Recabar los objetivos institucionales de cada oferta, así
como también los paradigmas y conceptos fundamentales que
explícita o implícitamente guían su accionar.
d-Reconstruir las diversas tipologías de intervención y las
características centrales de cada una.
e-Detectar, dentro de las propuestas, las diferentes ofertas y
los diversos resultados que presentan las intervenciones.
f-Definir el papel y función que cumplen estas propuestas
tanto civiles como estatales.
Marco metodológico y delimitación del universo
Como nuestra investigación desea captar, desde la perspectiva de los ejecutores, las características y conceptos que componen su visión del proceso –tanto del preso durante su reclusión, como del liberado en su reintegración a la dinámica
social– los componentes que según cada perspectiva permiten
una reintegración exitosa y los paradigmas que inspiran a cada
institución, debe ser comprensivista contemplar el mundo del
sujeto y su forma de interpretar los hechos y las cosas. Por
–201–
consiguiente, la técnica más adecuada de recolección de datos
son las entrevistas de corte cualitativo. Se ha utilizado el análisis de documentos aportados por las propias instituciones, lo
cual aporta datos secundarios y complementarios a la información recogida mediante las entrevistas.
La observación ha sido otra técnica utilizada, tanto en los
encuentros pautados con los entrevistados como en las oportunidades en que fue permitido observar el desarrollo de sus
actividades.
Es importante resaltar que este trabajo centra su atención
en un nivel micro de estudio. Por tanto, no se abarcará el universo completo de instituciones que desarrollan este tipo de
tareas sino un muestrario que contemple las diversas modalidades existentes. La atención está centrada en Montevideo y
abarca las organizaciones que poseen un trabajo sistematizado
y sostenido contemplando el abanico modal existente para
captar la diversidad de modalidades organizacionales.
Por otro lado, no existe en nuestro país ningún tipo de registro al cual acudir para acceder a las organizaciones que realizan este tipo de intervenciones. Se recurre entonces, en primera instancia, al Patronato Nacional de Encarcelados y
Liberados quien menciona una serie de instituciones que desarrollan actividades dirigidas a la población prisionada, apelando luego a la técnica bola de nieve para acceder a nuevas entidades.101 Se da por culminado el trabajo de campo cuando
llego la saturación teórica, es decir, que las nuevas entidades
entrevistadas, ante la interrogante ¿conocen ustedes organizaciones que desarrollen actividades con esta población?, hacían
mención a instituciones ya relevadas.
101 Este aspecto se encuentra desarrollado en el informe de campo, véase
anexo 1.
–202–
Institución
-
Vida Nueva Uruguay
Coopinser (Cooperativa de Inserción)
SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia)
Pastoral Penitenciaria. (Vicaría de la Solidaridad, Iglesia Católica)
- Misión Vida (Iglesia Evangélica)
- Testigos de Jehová
- Patronato Nacional de Encarcelados y
Liberados
Carácter
Civil
Religioso
Estatal
Principales hallazgos
La heterogeneidad de organizaciones.
Este escenario abarca una multiplicidad de organizaciones
diferenciándose en civiles, laicas y confesionales, organismos
internacionales y entidades del Estado.
La primera diferencia deviene de su origen y procedencia,
es decir, constituyen un espacio que se creó en el seno o marco de una institución que cumple múltiples funciones y tareas
o sí, por el contrario, han surgido con el único propósito de
atender ésta problemática.
La segunda tiene relación con la solidez estructural. Así encontramos organizaciones con una clara estructura y un nítido
organigrama, donde coexisten diversos compartimentos que
cumplen funciones específicas y una clara pirámide jerárquica
con responsables de cada división, quienes a su vez responden
a una autoridad central referente, que por lo general evalúa –y
en algunos casos lleva adelante– las actividades que se implementan. Estas organizaciones son, en general, las que han surgido con el único fin de atender ésta problemática, pero también existen casos con estas características que pertenecen a
una organización con mayor complejidad (SERPAJ es un ejemplo de ello).
–203–
En otros casos, cuando la iniciativa se lleva a cabo por una
asociación perteneciente a una institución “madre”, el vínculo
aparece de modo mucho más laxo. Si bien la identificación de
los ejecutores con la entidad es total, es decir, se sienten
miembros plenos y responden a ella de manera absoluta, no
existe control ni supervisión del trabajo que se desarrolla. Los
acercamientos de las jerarquías son respuestas a demandas concretas que realizan los ejecutores. Por lo general, estas son las
organizaciones con menos solidez estructural, donde su composición está definida por el grupo humano que lo compone.
Por otra parte, este universo no se propone actividades de
coordinación entre sí, sino, por el contrario, en lugar de esfuerzos mancomunados parecería existir una implícita competencia inter institucional. La desconfianza en el trabajo que
realizan las contrapartes es muchas veces explícita y en ocasiones varios testimonios arguyen haber detectado efectos negativos en la población atendida por otras entidades. Este aspecto
aparece con más frecuencia en las organizaciones confesionales, aunque no exclusivamente.
En el escenario que componen estas modalidades de intervención existe una predominancia de las iniciativas de tipo
confesional, tanto en su presencia numérica, como en los establecimientos que ellas abarcan.
Al parecer los aspectos confesionales son muy importantes
tanto como móvil de las entidades que desarrollan estas iniciativas como para la población a la cual se dirigen. Este aspecto ha
sido verificado en los diferentes encuentros que se han establecido. Aún las organizaciones laicas por definición admiten la importancia del factor fé, en el éxito del trabajo con los reclusos.
Relación interinstitucional y con los espacios oficiales
La relación institución espacio/autoridad-oficial con los establecimientos de reclusión y sus directores se desarrolla en
función de vínculos personales. En los casos en que la inter–204–
vención es intracarcelaria, quienes han establecido una buena
relación y comunicación fluida con las autoridades de los establecimientos articulan y coordinan diferentes actividades a la
vez que hacen de voceros de algunas demandas trasladadas
por los reclusos. Pero hay organizaciones que no establecen
diálogo alguno con las autoridades, su trabajo se establece
directamente en la intervención con la población objetivo, sin
articulación con la dinámica del establecimiento o ajuste en
función de las problemáticas que allí surgen –si bien en los
argumentos discursivos se arguye que trabajan acerca de los
temas/problemas que presentan los reclusos.
Lo fundamental aquí es la no existencia de un marco regulatorio o normativo que contemple e impulse la coordinación
en el trabajo. Si bien existen algunos convenios con ciertas
entidades estatales que brindan respaldo técnico a las actividades realizadas por las entidades, éstos se realizan en marcos
particulares y por voluntad de cada organización. No interviene allí la Dirección Nacional de Cárceles, así como tampoco lo
hace la Dirección de Educación de los Institutos Penales. Del
mismo modo, los diversos impulsos civiles –tanto laicos como
confesionales– no son evaluados ni supervisados, no existen
pautas de tratamiento; por ahora cada intervención es un esfuerzo aislado, islotes de trabajo que no tienen conexión alguna entre sí. Tampoco el Patronato Nacional de Encarcelados y
Liberados ni el Instituto Nacional de Criminología –entidades
estatales especialmente diseñadas para atender éstas problemáticas– poseen un registro sistematizado y actualizado acerca de
las diferentes iniciativas civiles de intervención.
Aparece así un agujero negro en cuanto a la supervisión y
normativas del trabajo y/o evaluación de acciones hacia la
población reclusa y liberada, aspecto preocupante pues, si el
Estado no regula las iniciativas, tampoco lo hace con los efectos de la intervención en la población objetivo –los cuales podrían ser muy positivos pero también muy nocivos para el
individuo.
–205–
En síntesis, la inexistencia de una política estatal o pública al
respecto es un dato insoslayable en este sector. El Estado no
aparece definiendo objetivos, regulando y normando las intervenciones civiles, no evalúa resultados, simplemente “deja
hacer”.
Múltiples colores: las diferentes modalidades de intervención
Las modalidades de intervención, de “reclutamiento”, acercamiento y trabajo, muestran también divergencias entre sí. La
primera subdivisión se produce en el momento y contexto en el
que las entidades desarrollan sus intervenciones: así aparecen
iniciativas dirigidas a la población que se encuentra recluida
–intervenciones intracarcelarias– y otras que comienzan su intervención luego de cumplida la pena del individuo –intervenciones
extracarcelarias.
Encontramos, cuatro tipos de intervención:
a) SERPAJ se encarga de monitorear las condiciones edilicias
y humanas en las que se encuentran los establecimientos y su
población reclusa. Cumple la función de contralor, de denuncia y generación de opinión pública respecto a cómo desarrollan su pena los individuos sometidos a la privación de libertad
en nuestro país. Podemos decir que SERPAJ no realiza un intervención de hecho, pero su rol es importante, pues como
organismo internacional tiene capacidad y fuerza para llegar a
los medios de comunicación y poner en la agenda y difundir a
la población en general información sobre las condiciones
carcelarias, lo cual significa de hecho presión frente las autoridades, en tanto deben rendir cuentas acerca de su ejecución en
los establecimientos penitenciario. Sin embargo, su misión
institucional es incidir en la reforma del sistema penitenciario
desde su núcleo fundamental, su base jurídica. Es aquí donde
SERPAJ pone especial énfasis.
–206–
Nos sorprendió, igualmente, la escasa presencia de este organismo, da la sensación de que mientras “espera”, que se den
los pasos necesarios hacia la reforma del sistema jurídico penal, no toma iniciativas de acuerdo a su potencial en tanto
organismo internacional para mejorar, o a lo sumo minimizar
los efectos de la prisión –harto claros en el discurso de esta
entidad– en los sujetos prisionados.
Al poseer insumos materiales y estatus internacional, se deduce que su intervención sería mayor y de más peso, si bien no
en una intervención directa, respaldando y colaborando con
instituciones que realizan un trabajo serio y sistematizado con
esta población; para así, en el camino a la consecución de su
objetivo último, colaborar en la construcción de un mejor tratamiento para los reclusos y liberados que aumente su potencial de reintegración social.
Más allá de esto, creemos que su rol de comunicador y
formador de opinión pública es un factor fundamental para la
construcción de otra perspectiva social del preso, del liberado
y de la pena privativa de libertad, lo cual es esencial si pretende
generarse un cambio en esta temática.
b) El Patronato, que como vimos, centra su atención en la
familia y el entorno del sujeto mientras éste se encuentra recluido –con la intención de generar un clima positivo que pueda contener al individuo luego de su liberación. Su trabajo
directo con el individuo prisionado se da luego de su liberación y se encarga de brindarle los insumos materiales necesarios para rearmarse una estrategia laboral. Este es el aspecto
fundamental de su tarea: facilitar y orientar al sujeto para la
obtención de un lugar en el mundo laboral, siendo éste, en su
perspectiva, el elemento fundamental para lograr la inserción
social del liberado. Esta tarea es, en el actual contexto de nuestro país, un importante y complejo proceso donde las dificultades son cada vez mas serias y por tanto el éxito en el logro
de resultados, según su propia opinión, requieren de un trabajo coordinado y con más recursos de los que actualmente
–207–
cuenta. Sin embargo, su estrategia aparece más vinculada a la
asistencia –con riesgos involuntarios de asistencialismo– que a
una intervención en pos de la socialización del sujeto. Brindarle los elementos fundamentales para que éste pueda mantener
una vida digna no es un aspecto que pueda tildarse como negativo, sino todo lo contrario, más aún si tenemos en cuenta
que la crítica coyuntura actual amenaza cada vez más la manutención de una mínima calidad de vida. Pero “dar pescado sin
enseñar a pescar” puede ser peligroso y contraproducente. Es
claro que éstas no son las intenciones del Patronato, esta organización se aboca, con todos los recursos que tiene a su alcance –cursos de capacitación en convenio con otras entidades,
asistencia social y psicológica y un real esfuerzo en la construcción de una bolsa de trabajo en función del perfil poblacional– a diseñar una estrategia firme de inserción laboral. Sin
embargo, en los hechos –y admitido por la propia institución–,
los liberados generan una relación de dependencia con esta
entidad, lo que dificulta el proceso por el cual estos individuos
deben atravesar para desarrollar una vida social integrada: la
desinstitucionalización.
En cualquier caso, el rol que esta entidad cumple es muy
significativo: el Patronato juega el rol de tutela estatal. El individuo ya cumplió el castigo que el colectivo le ha asignado por
su delito y el Estado lo recibe en su vuelta a la vida en libertad
respaldando su reingreso y brindándole insumos que le permitan ser ciudadano nuevamente –que en esta institución se traduce como inserción laboral. Esto posee un alto contenido
simbólico pues significa teóricamente la reconciliación sujetosociedad.
c) Las organizaciones que apuestan a una intervención en la
socialización secundaria resignificando algunas pautas de conducta y apostando a la adquisición de nuevos roles y hábitos.
Se puede decir que estas dos últimas estrategias de intervención, son las que de hecho plantean una intervención directa en el proceso de socialización de los prisionados. Con di–208–
versos objetivos y perspectivas, planteando además diversos
grados de involucramiento y de intervención en la vida de estos sujetos, estas iniciativas plantean modificaciones –
alteraciones– en los modos de ver y de ser de su población.
Sin llegar a evaluar su efectividad –no constituyó parte de los
objetivos que este trabajo se ha propuesto y por tanto no ha
sido introducido– se cree que estas iniciativas son las que contemplan más integralmente las problemáticas que la población
prisionadada debe enfrentar. No apuestan sólo por la obtención de un puesto de trabajo, sus objetivos son de mayor alcance, son lograr cambios en la forma en que los liberados se
enfrentan a la realidad que les toca vivir luego de abandonar
los establecimientos penitenciarios. Esto no quiere decir que
sus estrategias de intervención sean mejores en términos cualitativos, sino que simplemente abordan la temática desde una
perspectiva que contempla las emociones, los miedos y ansiedades de la población objetivo.
Examinando las perspectivas, se podría decir que las ofertas
de estas organizaciones a la población prisionada o liberada se
efectúan por diferentes caminos:
1. Las organizaciones confesionales le proponen al individuo un espacio en el cual es posible recomenzar, en el que no
existen juicios sino que, por el contrario, son amados incondicionalmente y perdonados por su pasado que en términos
generales se justifica y explica por la ausencia de un entorno
afectivo y contenedor por lo cual la culpa es resarcida. Significa entonces una nueva oportunidad. No son estos sujetos los
culpables de sus acciones sino su biografía, quedando así exonerados y con posibilidades de elaborar un nuevo nacimiento.
De este modo, los reclusos encuentran un lugar de destino
exterior que lo recibirá y serán su acreditación para el resto de
la sociedad. Son miembros pertenecientes a tal o cual iglesia y
este certificado les facilita la vuelta a la vida en libertad ya que
las mismas legitiman su presencia y garantizan al resto del colectivo su “regeneración”.
–209–
2. Las entidades lideradas por expresos parten del ejemplo
de la propia superación. La consigna clave de éstas entidades
parecería ser “si yo pude vos podés”, por lo cual plantean a los
liberados un camino ya verificado por otros sujetos por el cual
transitar, elaborando un proyecto de vida socialmente legitimado. El colectivo de pares, constituye en definitiva, la garantía de que se pude salir del ámbito delictivo con éxito. Significa
una puerta de entrada a la sociedad con protección y respaldo
“entre pares” que ya han sido aceptados por la comunidad.
Una intervención singular
Un caso paradigmático de intervención es la ONG Nueva
Vida Uruguay. Esta entidad presenta solo el 1 por ciento de
reincidencia en la población con la que interviene. El éxito en
su empresa se debe, en nuestra opinión, a la combinación en el
interior de una organización de las ventajas de las dos modalidades analizadas. El ejecutor de la propuesta es un liberado,
por tanto una verificación empírica de la posible reintegración,
pero a su vez su móvil religioso lo lleva a brindarles a los liberados la posibilidad de un nuevo comienzo con perdón y sin
juicios. Combina así los dos elementos que les permiten a los
liberados poder proyectar una vida alternativa a la que antes
llevaban: nuevos objetivos personales –trazarse un nuevo camino legitimado socialmente– y espiritual –dios los amará incondicionalmente y los guiará en su nueva vida.
Luego de presentar los rasgos principales de este universo,
creemos estar en condiciones de presentar el elemento revelador en este estudio. Esto es: ¿cuál es el papel que cumplen
éstas organizaciones en la problemática del preso y el liberado?
El sujeto nace en un contexto social específico del cual –
mediante el proceso de socialización primaria– se apropia,
convirtiéndolo en su mundo, su realidad. Ésta se le presenta
con carácter multivariado, en la que interactúan diversos actores e instituciones en distintos escenarios. A medida que este
–210–
individuo consolida las bases de la socialización secundaria, las
diversas instituciones y actores cobran sentido en tanto escenarios donde desempeña los diferentes roles y funciones sociales que adquiere, los cuales poseen reglas, códigos y conocimientos específicos que deben ser aprehendidos. Así el
individuo se convierte en miembro del colectivo social general
–sociedad–, en el cual posee un lugar específico, un grupo de
referencia concreto, y una serie de roles y funciones con las
que se desempeña e interactúa con multirrealidades y múltiples
otros.
Cuando éste, por romper una norma o pauta establecida –con
la cual violenta a una parte o grupo del colectivo–, es penado
con una condena de reclusión, se lo introduce en un espacio
que poco tiene que ver con el mundo al cual el sujeto estaba
habituado. Se enfrenta allí con un espacio cerrado e inconexo
con la realidad que hasta ese entonces constituía su cotidianeidad. Recordemos que la Institución Total se caracteriza por
ser un espacio de clausura mural, donde un grupo de individuos en la misma situación y aislados del resto social por un
lapso considerable, comparten todas las esferas de la vida diaria –normalmente desarrolladas en diversos escenarios y con
una multiplicidad de actores– la cual a su vez es determinada y
administrada formalmente, por una única autoridad.
Pierden validez, por tanto, las pautas y normas con las que
guiaba su accionar en la dinámica social. Enfrentándose a la
necesidad de adaptarse al nuevo contexto, el individuo debe
incorporar las normas y pautas que guían la vida en el establecimiento, asumiendo a su vez el único rol válido y habilitado
allí: ser preso102.
Pero para internalizar esta nueva realidad que se le presenta,
el sujeto debe sino desafiliarse, dejar de lado los mecanismos y
Este proceso se refiere a sujetos que poseen una reclusión no menor a
dos años. Si tenemos en cuenta que por un delito de rapiña la pena mínima
son cuatro años y cinco meses, podemos decir que este proceso se da en la
mayoría de la población reclusa
102
–211–
pautas de acción que hasta entonces guiaron su conducta103. La
presencia ininterrumpida que caracteriza a la Institución Total
hace que ésta sea rápidamente apropiada por el individuo como su mundo, su realidad.
Sin embargo, el proceso más problemático se desata luego
de su liberación; ya se ha mencionado en el desarrollo de este
trabajo, que por un lado, este sujeto se ve rechazado por el
mundo al cual aspira reingresar, encontrando serios obstáculos
e impedimentos para lograr la reintegración, mientras que, por
otro lado tiene un lugar consolidado en el mundo del cual acaba de salir y rechaza pero sabe será bien recibido si vuelva a él.
Es aquí donde juega un papel fundamental la intervención
institucional. Con diversas modalidades y grados de intensidad,
éstas intervienen en la conformación y adopción de pautas,
conductas y roles adquiridos durante el periodo de reclusión.
Algunas alternado al sujeto y otras readecuando sólo algunos
aspectos de su personalidad, desarrollan un proceso de despojo del rol asumido allí –del ser preso– lo cual constituye un
factor fundamental para reapropiarse y reintegrarse al mundo
social. Sea durante la reclusión o luego de su liberación, estas
organizaciones le ofrecen al sujeto un nuevo grupo de identidad y referencia al cual adherirse, permitiéndole abandonar la
referencia al grupo carcelario que constituyo su núcleo afectivo y referencial.
Así, estas entidades se le presentan al sujeto como una
puerta de entrada al mundo social, la propuesta de un camino
en el cual los miedos e incertidumbres disminuyen a la par con
la certeza del fracaso –sea cual sea el resultado, ésta es la oferta
institucional. Éstas significan a su vez una tarjeta de presenta103 La realidad social y la de los establecimientos de reclusión son tan divergentes que resulta muy difícil que el individuo pueda adaptarse a la dinámica penitenciaria sin deshabilitar al mundo social. No es posible vivir en una
institución omnipresente y cerrada que constituye todo lo real y cotidiano y
continuar referenciado a una realidad ausente, a una dinámica de la cual
sólo se tiene referencia subjetiva y memorial.
–212–
ción, una visa que les permite a estos sujetos, presentarse ante
los otros como sujetos reformados ya no peligrosos.
Este es entonces, el papel que cumplen estos espacios institucionales en la problemática del preso y el liberado. Si bien su
modalidad y objetivos específicos difieren en función de su
lugar de origen, su función en tanto bisagra de dos realidades
les es común a todas así como también son compartidos ciertos elementos fundamentales relacionados con el entorno y los
vínculos primarios.
¿Eficaces, paliativas, integrales...?
La situación de la población reclusa y de los liberados es en
nuestro país, cada vez mas preocupante y menos atendida.
Hemos elaborado durante este trabajo un diagnostico que
verifica lo recién dicho. En un contexto como el actual, donde
las crisis institucionales y socioeconómicas se solapan creando
un escenario complejo y de difícil transición, en el cual el creciente deterioro del sistema penal ha generado inestabilidad,
los obstáculos en la reintegración social de ésta población se
ven agudizadas.
Las intervenciones institucionales constituyen en este escenario, respuestas paliativas a los efectos adversos que generan
el encierro y las condiciones en las que éste se desarrolla. No
resuelven –y tampoco es su propósito– los problemas estructurales que el sistema penal tiene, ni dirigen su atención al deterioro –edilicio y humano– en el que se encuentran las prisiones; se abocan a mitigar y minimizar los obstáculos que los
prisionados encuentran, tanto en el desarrollo de su pena, como en su vuelta a la vida en libertad, obstáculos que son hoy
por hoy cada vez más difíciles de superar.
–213–
Dinámica
propia
CÁRCEL .
Dinámica
propia.
Apropiación por parte del sujeto de
'este mundo'.
Un solo rol vigente: PRESO.
Pautas
Códigos
Conductas
El individuo es retirado de lo que
hasta ahora constituyo 'su mundo'.
Sujeto: Apropiación del mundo
social.
Adquisición de múltiples roles
y conocimientos
Pautas
Códigos
Conductas
SOCIEDAD.
LIBERADO:
Pautas carcelarias adquiridas,
deshabituación al mundo social libre
Rechazo social, dificultad
de integración
INSTITUCIONES
INTERVINIENTES.
Sujeto: despojo del rol
preso.
- Visa de entrada al
mundo social
- Grupo de referencia
Respaldo
Puerta de entrada, facilitador de la reintegración
Cuadro 1: Flujograma del proceso atravesado por los individuos sometidos a una pena de privación de libertad
Cada uno de estos impulsos, desarrolla su intervención
priorizando los aspectos que a su entender son los fundamentales para lograr su objetivo. Pero su acento en un área especifica del sujeto, hace que el resto de las esferas queden descontempladas, generando así, una atención parcial al problema.
Por ejemplo, las instituciones confesionales le brindan al sujeto un marco valorativos por el cual guiarse, un espacio de referencia al que acudir y apoyo emocional, sin embargo no desarrollan estrategias de inserción laboral y sin la obtención de
un lugar en el mundo del trabajo –y un salario con el que sostenerse– no es posible hablar de reintegración. Por otro lado,
algunas iniciativas se centran en la generación de hábitos laborales, pero ¿no es necesario que para ello el sujeto encuentre
un marco normativo por el cual guiarse, que es más complejo
que aprender cómo presentarse en una entrevista y llegar en
hora al trabajo?
En síntesis, la parcialidad de la atención reduce la eficacia
de estas intervenciones. De existir una política específica e
integral y una propuesta de trabajo articulado entre las diferentes organizaciones, incluso manteniendo los diferentes perfiles,
estaríamos en otras condiciones para dar una respuesta eficiente y efectiva a la problemática que encuentra la población en
prisión en su vuelta a la vida social libre.
Lo más grave aún, es que existen espacios que podrían
permitir la implementación de programas integrales sin que
esto requiera esfuerzos materiales excesivos. La articulación y
reorganización de las entidades ya existentes –La Dirección
Nacional de Cárceles, la Dirección de Educación de los Institutos Penales, el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, el Instituto Nacional de Criminología– evitaría la superposición de recursos –materiales y técnicos– y permitiría que
los esfuerzos aislados desembocaran en una propuesta integral.
Por otro lado, contamos con una vasta experiencia en nuestro país, lo demuestra la existencia de organizaciones con más
de tres décadas de trabajo en torno a esta problemática. Por
–215–
tanto, partir del aprendizaje de cada una, de los éxitos y fracasos aprender de los obstáculos que ellas han encontrado, constituye un buen punto de partida para elaborar políticas sectoriales que apuesten verdaderamente al respaldo posreclusión
de los sujetos sometidos a penas carcelarias.
La propuesta no es centralizar el trabajo en manos del Estado, se cree en la acción civil y en un Estado cumpliendo su
rol rector, supervisor y evaluador, articulando las iniciativas
que se originan en el seno de la sociedad.
Sin duda que es imprescindible una reforma del sistema penal en el país y que sin ello, cualquier iniciativa no dejaría de
ser una respuesta paliativa al deterioro sufrido por el individuo
prisionado.
Alcances de este trabajo y futuras líneas de investigación
No podemos olvidar que nuestro trabajo constituye una
mirada descriptiva de los propios ejecutores de las diversas
intervenciones institucionales, es decir de cómo la oferta se ve
a sí misma. Para realizar un análisis de la oferta en sí hubiese
sido necesario captar la otra mirada, la de los beneficiarios,
aspecto fundamental para evaluar un servicio.
Sin embargo, las complejidades del escenario, hizo muy difícil contactar los usuarios y captar el abanico completo de
beneficiarios –que contemplara las diversas instituciones, los
casos exitosos y los sujetos que reincidieron luego de la intervención, los diversos tramos etarios y perfiles poblaciones, los
diversos tipos de delito y constitución personal, etcétera–,
condición necesaria para alcanzar la representatividad adecuada en función del propósito. Por este motivo, era necesario
delimitar el campo de investigación y por la clara ausencia de
antecedentes en torno a este tema, se abocó a la exploración
del escenario institucional.
Se deja abierta la posibilidad –para próximos trabajos y futuras líneas de investigación– analizar la perspectiva de los
beneficiarios realizando una investigación de corte más explicativo e indagatorio que apueste a una evaluación de estos
–216–
servicios y se oriente a dar respuestas a preguntas del tipo:
¿cuáles son las diferencias en el proceso de reintegración entre
sujetos que accedieron a estas instituciones y quiénes no?, ¿los
efectos de las intervenciones varían en función del perfil del
liberado?, ¿en qué medida?, ¿dónde se observan mejores resultados?, ¿pueden proponerse nuevas estrategias que reúnan
aspectos exitosos y con potencialidades de cada una de las
alternativas existentes en la actualidad?, etcétera.
–217–
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Anexos
Anexo 1. Flujograma-Esquema: Móviles y objetivos institucionales.
–220–
Anexo 2. Flujograma-Esquema: Metodología de trabajo de las
diversas propuesta organizacionales: dinámica y propuestas.
Anexo 3. Flujograma-Esquema:Requisitos y criterios establecidos por las diversas organizaciones para la selección de la
población objeto de las intervenciones.
Anexo 4. Flujograma-Esquema: Alcances de las diversas intervenciones. ¿Resocialización o intervención en la socialización
secundaria?
–221–
Misión
Institucion
al
Patronato
Nacional de
Encarcelados y
Liberados
Pastoral
Penitenciaria
Móviles
Misericordia
Mandato
religioso
Amor al
prójimo
Misión Vida
para las
Naciones
¿Por qué y para qué? Móviles y Objetivos
Salvaguardias
derechos
civiles y
políticos
SERPAJ
Objetivos
Inserción social
Cambio de vida y
mentalidad del sujeto.
Testigos de
Jehová
Anexo 1
Empatía
Solidaridad
identitaria
Nueva Vida
Uruguay
Coopinser
Respaldo material especialmente en el
área laboral- y
psicológico
Patronato
Nacional de
Encarcelados y
Liberados
Pastoral
Penitenciaria
Testigos de
Jehová
Sin juicios, espacio en
el que las demandas son
atendidas custodiado
por un amor superior
Espacio de escucha y
respaldo incondicional
Misión Vida
para las
Naciones
¿Cómo? Dinámica y metodología de trabajo
Anexo 2
SERPAJ
Coopinser
Pasado referenciado
en común.
Comparten hábitos
códigos y pautas de
ser y actuar
Horizontalidad
Nueva Vida
Uruguay
Patronato
Nacional de
Encarcelados y
Liberados
Pastoral
Penitenciaria
"No marginamos por tipo
de delito, todos tienen
derecho a cambiar y a
recibir ayuda"
"Todos son hijos de
Dios y él los ama
por igual"
Misión Vida
para las
Naciones
Testigos de
Jehová
¿Con quién? Criterios de selección de la población.
Anexo 3
Nueva Vida
Uruguay
"Lo que nunca hemos
aceptado es a los
violadores y a los
alcahuetes"
Coopinser
Capítulo segundo
Readaptación
social y vicios
carcelarios
La cárcel en México:
una perspectiva sociológica
Jorge L. Lavín García
Iván H. Loría Caballero
Introducción
El presente trabajo pretende brindar una perspectiva macro
sociológica sobre el tema de la cárcel en la capital de México,
por lo que la delimitación de lugar y tiempo es muy amplia y la
reflexión, está centrada en las cárceles del Distrito Federal de
la actualidad; el principal referente son los estudios y acercamientos realizados a las 10 cárceles que se encuentran en el
Distrito Federal. Este trabajo es de tipo cualitativo y la referencia a cifras y modelos estadísticos no aparecen en su cuerpo; hemos intentado compendiar el material teórico más relevante y las conclusiones o datos que se arrojen, representan el
resultado de las reflexiones de sus autores, producto de la búsqueda y análisis de información bibliográfica, hemerográfica y
de Internet relacionada con el tema de las cárceles en México.
En esencia el trabajo es fundamentalmente expositivo e intenta suministrar una introducción al estudio cualitativo de las
instituciones penitenciarias de nuestro país.
El primer paso en la construcción argumentativa es la definición de cárcel. Sin otra intención, más que la de funcionar
como referente comparativo, se puede adelantar de manera
concreta que cárcel es “un edificio o local destinado para la
custodia y seguridad de los presos. Dentro de ese concepto
genérico existen otras denominaciones, relacionadas con los
–227–
locales destinados a la resolución de delincuentes o presuntos
delincuentes.”104
Sin embargo, la palabra cárcel, como tal, arroja múltiples definiciones y significados para la sociedad, siendo que la definición y percepción jurídica se separa mucho de la social; ejemplo
de esto es que, para la disciplina del Derecho, la cárcel no es
más que una obra arquitectónica, es un objeto. Para la sociología, en cambio, la cárcel es un lugar, un espacio y un territorio.
Este concepto es el que se presentará en el primer apartado.
Lo que se pretende desarrollar es la definición sociológica,
no social, de la cárcel en México, en un segundo momento se
desarrollará la relación entre cárcel y castigo, y se planteará la
pregunta: ¿qué tipo de castigo se ejerce en las cárceles de
México? Hacia el final del trabajo, llegamos a los vicios de la
cárcel en México, los que se consideran de forma hipotética,
los que definen socialmente y no sociológicamente a la cárcel
en México. Se concluirá con un balance de las nuevas perspectivas sociológicas para el estudio de las cárceles, tomando como eje la obra de Loïc Wacquant. De éste modo el conjunto
de todos los elementos mencionados nos posibilita llegar a una
aproximación sociológica de la cárcel en México.
Cárcel
“A la atrofia deliberada del estado social corresponde la
hipertrofia distópica del estado penal: la miseria y la extinción
de uno tienen como contrapartida directa y necesaria la grandeza y la prosperidad insolente del otro.”
Loïc Wacquant
En la sociología urbana existen los conceptos claves de lugar, espacio y territorio para la construcción de un análisis
104 Manuel Osorio, Diccionario de Ciencias jurídicas políticas y sociales,
Argentina, Heliasta, 2004.
–228–
sobre la ciudad. El lugar puede definirse como un conjunto de
elementos que coexisten en un cierto orden; el espacio es la
animación de estos lugares por el desplazamiento de un elemento móvil, es el lugar practicado se territorializa debido a
una apropiación más allá de lo motriz, además requiere ser
vivido habitualmente, es decir, el territorio es el depositario de
la socialidad de un grupo, aquí, éste se transforma, se construye y se significa.105
En el caso de la cárcel, en tanto lugar, se define como una
edificación que se organiza en celdas, patios, torres de vigilancia,
comedores, oficinas, entre otros. Actualmente la disciplina que
se encarga de diseñar el lugar cárcel es la arquitectura carcelaria
o penitenciaria. La evolución de los paradigmas en la construcción de prisiones ha variado mucho, pero fue, con Jeremy
Bentham106 que la racionalización entre prisión, contención,
vigilancia y castigo encontró un final perverso y funcional.
La cárcel como espacio existe después de su ocupación, que
incluye a presos, custodios-vigilantes y directivos-administrativos.
Estos actores se presentan aquí para llenar físicamente el lugar
cárcel. Sus desplazamientos y sus maneras de estar representan
un segundo nivel de análisis, en donde se observa la creación y
el peso de la presencia.
Por último, la cárcel como territorio es el nivel más complejo de análisis, el habitual uso y apropiación del espacio que
genera relaciones sociales diferenciadas, que privilegian a unos
actores y someten a otros; la cárcel “puede ser vista como la
expresión micro social de las relaciones sociales, caracterizadas
éstas, por la exclusión de lo colectivo y negación del sujeto, en
tanto es privado de sus derechos políticos y sociales.”107
105 Estas tres categorías están incluidas en el libro La invención de lo cotidiano
de Michel de Certau.
106 Véase Jeremy Bentham, El Panóptico, Madrid, Ediciones de la Piqueta,
1979 y Michel Foucault, Vigilar y Castigar, el nacimiento de la prisión, México,
Siglo XXI, 2002.
107 José Luis Cisneros, ¿Para qué sirven las prisiones? Nuevas formas de penalidad
en el Estado de México, México, ELALEPH, 2006, p. 201.
–229–
Sí se afirma que la cárcel es una expresión micro social de
relaciones, se supone que existe en un tejido mucho más amplio que la contiene. La cárcel es parte de la organización
misma de la sociedad, podemos considerar la cárcel como un
sistema social que se encuentra en una constante interacción
con el ambiente que le rodea, además, la cárcel es un espacio
legitimado como sistema de sanción, y un territorio que construye, hacia adentro, un sistema estratificado, donde cada sujeto juega un rol y se distingue de los demás con formas de actuar más o menos rígidas y agresivas.
“La grande, cana, chirona, el tambo, el bote. Con sus múltiples
nombres, la cárcel significa para casi todo el que llega por primera vez el reto de sobrevivir. La idea de que hay que rifarse
un tiro por todo y para todo es una simplificación que apenas
toca un aspecto de la complicada organización social que reproduce, con mayor crudeza, el esquema de masculinidad tradicional que se vive afuera.”108
En las sociedades avanzadas la ocupación de cárceles ha
crecido masivamente, la historia de las prisiones en la ciudad
de México se caracteriza por un discurso oficial que intenta
presentar una dinámica carcelaria que se desenvuelve conforme sus propios reglamentos y pretende establecer objetivos
precisos. La ciencia penal ha creado un discurso que justifica la
existencia de las instituciones penitenciarias. Sin embargo, el
desarrollo de las cárceles en muchas ocasiones no presenta los
resultados que el discurso de las autoridades penitenciarias y
especialistas encargadas de los asuntos carcelarios pretenden.
“La cárcel no beneficia a la sociedad en su conjunto, sino
sólo a individuos o grupos que ejercen el control dentro o
fuera de ésta; a quienes manipulan el quehacer penitenciario a
108 Rocio Sanchez, “Violencia y sexualidad en las cárceles, El que se abre,
pierde”, en http://www.jornada.unam.mx/2006/07/06/ls-elquese.html
–230–
partir de tener información privilegiada y con ello se ejercen
un poder y un manejo al interior de las prisiones.”109
El funcionamiento de las cárceles, no como institución sino
como territorio, es un tema manejado con alto nivel de discrecionalidad por los sectores legítimamente competentes; las
razones son obvias pues los resultados que arrojan estos estudios enfatizan las relaciones sociales cotidianas de la vida en
un penal. Casi siempre violentas, corruptas e inhumanas.
El interaccionismo simbólico y las cárceles
La institución total es un concepto de Goffman y “[…]
puede definirse como un lugar de residencia y trabajo, donde
un gran número de individuos en igual situación, aislados de la
sociedad por un periodo apreciable de tiempo, comparten en
su encierro una rutina diaria, administrada formalmente.”110
Las cárceles entran en esta categorización, que incluye como rasgos esenciales:
• Una ruptura de las barreras que separan tres ámbitos
fundamentales de la vida cotidiana; dormir, jugar y trabajar.
Una vez encerrado, estas tres actividades se suceden bajo un
mismo techo.
• Cada etapa de la actividad diaria del encarcelado se lleva
a cabo en compañía inmediata de un gran número de otros a
quienes se les da un mismo trato.
• Todas las actividades diarias están estrictamente programadas y la secuencia de éstas se impone desde arriba.
Las consecuencias son: vigilancia constante y sistemática,
bloqueo del flujo de información hacia abajo (de manera que
Fernando Savater, La vida de los hombres infames. Ensayos sobre desviación y
dominación, Madrid, Ediciones de la piqueta, 1990, p.11.
110 Erving Goffman, Internados Ensayos sobre la situación social de los enfermos
mentales. p. 13
109
–231–
el preso no se entere de las decisiones tomadas sobre su destino), sentimiento mantenido de estereotipos antagónicos entre
el preso y sus superiores, y cancelación de la sensación de “liberación” que proporciona el consumo y la posesión de bienes
–producto de la remuneración al trabajo.
Todas estas consecuencias son consideradas por el interaccionismo simbólico como rasgos en tensión, que obligan al
preso a relacionarse socialmente sin las condiciones fundacionales que caracterizan las relaciones sociales fuera de la prisión; a saber, la posibilidad de seleccionar estratégicamente,
entre vida pública y privada, la presentación de la persona en la
vida cotidiana.
El interaccionismo simbólico utiliza la metodología que se
adapta mejor al estudio social de los territorios como categoría. Esto se debe a que enfatiza en las formas no verbales de
las formas sociales establecidas dentro de sus instituciones de
encierro. Goffman en su libro Internados, utiliza la metodología
del interaccionismo simbólico, que permite ubicar teóricamente la experiencia de campo que se ha tenido con presos, ex
convictos, guardias y familiares de los delincuentes internos;
además permite abstraer anotaciones basadas en la técnica ya
citada. Esta es la razón por la cual definimos cárcel como territorio y la relacionamos con la metodología del interaccionismo
simbólico.
Cárcel y castigo
La intención u objetivo de tomar en cuenta el castigo en las
cárceles, es por la fuerte relación que tiene el castigo con la
disciplina, y por ende con la readaptación social, que a su vez
tiene mucho que ver con las cárceles.
“Es a través del análisis del poder que Foucault intenta explorar el carácter manifiesto de la prisión y explicar su aparente naturalidad, y como hemos llegado a asociar, de forma casi
–232–
inconsciente, el castigo con la cárcel en el marco de la sociedad
contemporánea.”111
En teoría, la cárcel en la época moderna, tiene como objetivo primordial la readaptación social del delincuente recluido,
no obstante, la presencia del castigo es fundamental para que
esta readaptación social se lleve acabo, de hecho, no se puede
hablar de cárcel sin castigo, aunque si se puede mencionar el
castigo sin relacionarlo con cárcel. Es importante resaltar la
importancia que tiene la readaptación social para el sistema
penitenciario mexicano, ya que representa la mayor contradicción de éste mismo.
El castigo es un método disciplinario utilizado por la sociedad que puede tener tanto efectos negativos como efectos
positivos, tanto puede ser aplicado a un sólo individuo como a
toda una población. El castigo es una acción, no un sustantivo.
El castigo es una técnica específica en el campo general de los
procedimientos de poder, por lo tanto, es una tecnología de
poder, elemento fundamental para la humanización de la penalidad y el conocimiento del hombre. En las cárceles de México,
se pretende por medio del castigo al alma y diversos programas de readaptación poder reintegrar al delincuente al cuerpo
social. El pensador francés Michel Foucault “estudia tres momentos de la tecnología del castigo: el suplicio, la punición
generalizada de la reforma penal de fines del siglo XVIII y la
disciplina”.112
En este trabajo se atenderá el castigo al cuerpo y, el castigo
al alma, en cuanto a su finalidad principal, la disciplina. El castigo al cuerpo en la vida cotidiana va desde dar una nalgada al
niño que se portó mal hasta el enviarlo a la cama sin cenar por
no terminar la tarea. Ambas son formas de mutilar el cuerpo,
111 Roger Matthews, Pagando tiempo, Una introducción a la sociología del encarcelamiento, España, ediciones Bellatierra, 2003, p.23
112 Ernesto Castro, El vocabulario de Michel Foucault. Un recorrido alfabético por
sus temas, conceptos y autores. Argentina, Universidad Nacional de Quilmes,
2004, p. 54.
–233–
en espera de que, por el castigo dado, ya no vuelva a comportarse de forma incorrecta el individuo, en otras palabras, que
ya no reincida. En la cárcel existe el supuesto de que no existe
este tipo de castigo al cuerpo, ya que recordemos que la agresión física es mal vista y juzgada por Derechos Humanos y por
el cuerpo social.
Al contrario del castigo al cuerpo, el castigo al alma, es legitimado social y políticamente. Esta forma de castigo se observa
dentro de la cotidianeidad social cuando privas de permisos a los
hijos por haberse portado mal, esperando que reflexionen sobre
la acción mala que hicieron y no la vuelvan a cometer para poder
obtener todos los permisos que quiera. A fin de cuentas también
es una privación de la libertad en un menor grado. Esta forma de
castigo es aprobada y legitimada por la sociedad, por lo que el
gobierno mantiene este tipo de castigo en sus cárceles ya que de
esta forma también se legitima así mismo.
Se puede apreciar que el castigo en sí es aceptado y practicado por la sociedad, que inducida por la idea de civilización o
modernidad, rechaza el castigo al cuerpo y el castigo público,
por lo tanto el castigo es aceptado mientras que sea al alma y
privado.
Castigo al cuerpo y castigo al alma
El castigo al cuerpo como técnica política del control de la
delincuencia se ejercía dentro de los gobiernos totalitarios de
tipo feudal, monárquico o en reinados, y más que disciplinar a
la sociedad delictiva, pareciera una venganza del rey a quienes
lo desobedecían.
Era por medio del castigo público la forma en que se pretendía controlar la delincuencia y el crimen, esto se debe a que,
al castigar de forma inhumana el cuerpo de algún delincuente
en forma pública, las personas sabían lo que les podía pasar si
delinquían. Entonces la cárcel pasaba a ser como un territorio
donde se ejecutaban los castigos tortuosos, y donde se retenía
–234–
al acusado (privándolo de su libertad) mientras se llevaba acabo su condena, ya fuera en un espacio público o al interior de
la cárcel (espacio privado).
Como ejemplo de esto, durante un reinado, sólo importaba
el cuerpo del rey, debido a que el cuerpo social no era atendido por el gobernante, al contrario, era el cuerpo social quien
atendía los caprichos y necesidades de su rey, sentando las
bases de su dominio en la idea del poder divino y apoyado por
el servicio de las fuerzas armadas. “En una sociedad como la
del siglo XVII, el cuerpo del rey no era una metáfora, sino una
realidad política: su presencia física era necesaria para el funcionamiento de la monarquía.”113
En el paso a la modernidad se invierten los papeles con la
instauración de la República, es con la caída de las monarquías
donde se pierden las ideas de la divinidad del rey, y es ahí,
donde el cuerpo social se convierte en el centro de atención de
los gobernantes. “[…] por el contrario, es el cuerpo de la sociedad el que se convierte a lo largo del siglo XIX, en el nuevo
principio. A este cuerpo se le protegerá de una manera casi
médica: en lugar de los rituales mediante los que se restauraba
la integridad del cuerpo del monarca, se van a aplicar recetas
terapéuticas, tales como la eliminación de los enfermos, el
control de los contagiosos, la exclusión de los delincuentes. La
eliminación por medio del suplicio es así remplazada por los
métodos de asepsia: la criminología, el eugenismo, la exclusión
de los degenerados.”114
Es en este momento cuando la economía de poder ha percibido que es más eficaz y más rentable vigilar que castigar, sin
que ésto signifique que desaparezcan los castigos, dicho en
otras palabras, es el paso, del castigo al cuerpo al castigo del
alma. Las técnicas de poder dedicadas a ejercer castigos ya no
van más guiadas a la tortura física, la pena de muerte de ser
Michel Foucault, Microfísica del poder, España, Planeta de Agostini, 1995,
p. 103.
114 Idem. p. 103.
113
–235–
legitimada por la sociedad, pasa a ser juzgada e inaceptable por
el cuerpo social. No se puede pagar un crimen con otro crimen,
pero si se puede pensar en la readaptación del delincuente.
Con este cambio, también se tuvieron que replantear las estructuras arquitectónicas de las cárceles, teniendo como objetivo principal la vigilancia de los reos. Bentham, en su panóptico parte del principio de: para que la vigilancia sea eficaz es
necesario que el reo la sienta continuamente, que no sepa si es
o no observado, pero que note que puede estar bajo control
en cada momento. El poder de castigar, o la vigilancia, han de
ser discretos y continuos, invisibles pero omnipresentes, deben
abarcarlo todo y atravesar todo el cuerpo social; nada debe
escapar a su imperio. Antes de Bentham el espacio carcelario
era casi mudo, su mensaje débil y discontinuo, debido a que
no se sabía para qué, ni cómo utilizarlo. Pero, a partir de este
momento, cambiará el panorama, nos vamos a encontrar con
el primer tipo consciente de la arquitectura carcelaria, creada al
servicio de un régimen penitenciario.115 La arquitectura panóptica sirve de antecedente directo para el gran descubrimiento
de Michel Foucault, la sociedad disciplinaria.116
Cuando el delincuente se convierte en objeto de estudio es
necesario conocerlo, ponerlo bajo el microscopio y, a través de
su observación, construir los métodos que permitan cambiarlo, readaptarlo a la sociedad.
“Hablamos de un castigo expresado mediante un tratamiento humanizado, y sostenido bajo una nueva concepción
de la reorganización del espacio carcelario, se trata de un espacio que transita de un ejercicio impúdico del castigo, que va
del cuerpo al alma del condenado”117
De esta forma el doctor José Luis Cisneros expresa perfectamente bien la postura de Michel Foucault con respecto al
Véase E. Dumont, Tratados de legislación civil y penal, obra extractada
de los manuscritos de J. Bentham, Madrid, F. Villalpando, 1822.
116 Véase Michel Foucault, Vigilar y castigar, Argentina, Siglo XXI, 2002.
117 Cisneros, op cit., p. 21.
115
–236–
tránsito del castigo del cuerpo al alma. La sociedad moderna
reprueba cualquier acto de castigo al cuerpo por parte de sus
gobernantes, por lo que en teoría las cárceles son centros de
readaptación que toman como directrices el trabajo y la educación, por lo tanto, la cárcel es el territorio donde se va a educar
y enseñar a trabajar al delincuente para que pueda ser productivo a la sociedad. Las preguntas que resalta inmediatamente
son sí en verdad ¿la cárcel es un centro de readaptación?, o la
idea de readaptación ¿tan sólo se mantiene en el discurso político para legitimar su existencia que beneficia al cuerpo del
Estado?, sin embargo, tratar de responderlas nos desviaría
mucho de nuestro objetivo inicial.
Los vicios de la cárcel en México
La cárcel como territorio comprende la estructura arquitectónica (lugar) las personas o individuos que la habitan (espacio) y las relaciones sociales que se dan dentro, fuera o alrededor del edificio (territorio). Dentro de este contexto se llevan
acabo supuestamente prácticas establecidas de forma oficial,
que se encuentran en el reglamento de cada cárcel. El desarrollo de estas prácticas se vicia por parte de todos los agentes
que comprende el territorio carcelario, y como resultado de la
situación no se puede llevar acabo el objetivo primordial ya
citado de readaptación social. Además consideramos que esta
situación es la que define a la cárcel ante la sociedad, por lo
que los vicios de la cárcel son los que definen socialmente la
palabra “cárcel”.
Como se había mencionado en la introducción, el principal
referente de este trabajo son las cárceles del Distrito Federal,
cuya historia se ha caracterizado por estar relacionada con un
discurso oficial destinado a presentar una dinámica carcelaria
que se desenvuelve conforme sus propios reglamentos y pretende establecer objetivos precisos. Con ello, la ciencia penal
ha creado un discurso que justifica la existencia de las institu–237–
ciones penitenciarias. Este discurso utiliza como estandarte la
ya mencionada readaptación social.
El Estado se compromete con el cuerpo social a rehabilitar
socialmente a sus delincuentes, los cuales no dejan de ser parte
de nuestra sociedad y son padres, hijos, hermanos, madres,
padrinos, amigos, etcétera. Por esta razón, la sociedad legítima
la existencia de las cárceles, podríamos decir que por la esperanza de volver a ver a los delincuentes recluidos regresar al
regazo del cuerpo social de donde fueron desprendidos. No
obstante, el Estado dista mucho de cumplir su promesa de
rehabilitar a los reclusos, y esto se debe, en gran parte a los
vicios en las cárceles de México.
En la república mexicana existen más de 450 establecimientos penitenciarios entre federales, estatales y municipales, los
más poblados están en el Distrito Federal y, el número de
hombres recluidos rebasa por mucho (más del 95 por ciento a
nivel nacional) la cantidad de mujeres presas. Existen muchas
cifras reveladoras sobre los excesos de las cárceles mexicanas,
sin embargo, lo que interesa aquí es describir las maneras en
que se estructura el mundo cotidiano del recluso.
Las cárceles en México se complementan con características propias de nuestro folclor burocrático. Existen estudios
que remarcan la peculiaridad de la cárcel mexicana y resaltan,
entre los más preocupantes, vicios y problemas estructurales
como: sobrepoblación, corrupción, violencia y mala administración dentro de las cárceles. Todos estos vicios se vinculan y
se reproducen unos a otros. La sobrepoblación, por ejemplo,
representa la causa principal de violaciones a los derechos
humanos de los internos; las condiciones de habitabilidad∗
∗
La habitabilidad hace referencia a la calidad de un lugar para ser habitable,
es decir, para que un ser vivo pueda vivir en óptimas condiciones. Los
espacios en los que habitan los seres humanos (por ser habitables para
ellos) forman parte del subsistema ambiental construido y está conformado
por los edificios y las casas, además de otras construcciones que sirvan
como vivienda.
–238–
dentro de la cárcel reflejan un hacinamiento constante, y actúan como un factor de tensión que afecta la capacidad de los
individuos para adaptarse a las diferentes demandas del encierro118. Existen testimonios que comentan que el encarcelado
debe amarrarse a los barrotes de su celda y dormir de pie.
Sin duda, la sobrepoblación impide el objetivo primordial
de la implementación de un tratamiento que justifique la estancia de los internos, es decir, la creación de toda una serie de
instrumentos que brinden tratamiento penitenciario, argumento sobre la cual se basa la razón de ser de este tipo de centros
de reclusión.
Otro de los vicios de la cárcel es la corrupción, ésta aparece
entre los distintos grupos sociales que conforman la cárcel y
existen al menos en tres niveles generales de socialización:
• Clanes estructurados por relaciones preestablecidas de
convivencia (pertenencia a un taller o actividad recreativa).
• Relaciones con la figura de los distintos roles laborales;
son contactos entre los internos y el personal técnico de las
cárceles.
• Interacción de sujeto a sujeto; esto es una socialización
primaria y casi natural entre los habitantes de una prisión después de ser obligados a permanecer contenidos dentro de un
edificio.119
La diferencia entre estos tres niveles de socialización la
marca el último de estos; la interacción sujeto a sujeto, no está
mediatizada ni estructurada, es el contacto de “improviso” que
puede generar después, lazos de afinidad o rupturas y conflictos manifiestos.
David Tarazona, Psicología y lucha contra la pobreza: revisión y propuestas desde
la psicología social-comunitaria, en
http://www.comunitaria.cl/nav.php?c=20060713222704&s= 20041116175038
p.14
119 Cisneros, op cit., p. 176.
118
–239–
La corrupción debe ser rastreada en los intersticios de sociabilidad que genera el último nivel. La corrupción es entendida
aquí como un recurso o como un proceder; es un recurso expeditivo cuando se utiliza para acelerar los procesos burocráticos,
es un proceder cuando se convierte en un modo de actuar para
obtener beneficios. Este proceder tiene una característica sustancial: se lleva a cabo al margen de la conducta “esperada”.
En la cárcel la corrupción es un mecanismo de dones y
contradones que aparentan reciprocidades y funcionan como
válvula de escape necesaria para el ser humano contenido; el
incremento de las prohibiciones y la constante vejación del yo,
explica como el preso debe apelar a la corrupción hasta para
obtener comida al día siguiente. No se pretende justificar moralmente esta práctica, sin embargo, resalta su función apaciguadora, siendo en sí la corrupción un mal necesario.
Otro de los vicios de la cárcel en México es el de la violencia, ésta se manifiesta tanto de forma simbólica como de forma física. La violencia física contradice lo que habíamos analizado en el segundo punto del presente artículo, ya que de jure
los internos no deben ser golpeados por los custodios ni por
los mismos internos, situación que ocurre a menudo, debido a
que encubiertos por las redes de corrupción, gozan de beneficios o protección de las autoridades de la cárcel. La violencia
física entre internos de la población promedio, es incontrolable por culpa del primer vicio tratado en este apartado, la
sobrepoblación, esto se debe a que el número de guardias es
superado numéricamente por el número de custodios.
Otro supuesto es que en todas las estancias se debe de brindar un trato digno a los seres humanos internos en los penales,
sin embargo, ocurre que en las estancias donde se ofrece mayor
estabilidad y organización para mantener un ambiente alejado
de actos violentos, tienen mayor demanda por parte de internos,
buscando pasar el tiempo en prisión en condiciones más estables; mientras que las áreas consideradas como conflictivas se
caracterizarán por su inestabilidad y violencia.
–240–
Por último, y no por eso menos importante, el vicio de la
mala administración, éste se refiere a todos los problemas directivos, burocráticos, de oficio y administrativos de las cárceles. Ante los problemas de corrupción y de sobrepoblación, la
administración de las cárceles se muestra impotente, ejemplo
de esto es que no se tenga una base de datos actualizada sobre
la población encarcelada, ni siquiera tienen las huellas digitales
de todos los internos.
Como ya se ha mencionado, los vicios de la cárcel en México son los que la definen socialmente, por lo que existe una
posible conceptualización social de cárcel, la cual se define
como: el territorio donde se priva de su libertad a los delincuentes y posibles delincuentes; donde los internos cohabitan
con un número poblacional superior al que el lugar mismo
puede albergar; y donde se llevan acabo relaciones sociales
corruptas, violentas y mal administradas.
Nuevas formas de aproximación teórica al sistema carcelario
En México, la investigaciones cualitativas de las cárceles,
desde el punto de vista del encarcelado, tienen una trayectoria
respetable, sin embargo, en el arranque de esta investigación,
se encontró una omisión significativa en los textos que tratan
la cárcel y sus ocupantes como unidad de análisis: Loïc Waqcuant, sociólogo francés y su libro Las cárceles de la miseria, aparece muy pocas ocasiones en la bibliografía respecto al tema.
Por esto es menester dedicar un apartado a resumir sus aportaciones teórico-metodológicas y hacer un esfuerzo modesto
de adaptación al caso mexicano.
El puente más fácil de trazar hacia México lo encontramos
en el concepto de “tolerancia cero”, según Wacquant, asistimos a una mundialización de este concepto, su iniciador William Bratton, exjefe de la policía de Nueva York, ha afirmado
“la desocupación no está relacionada con el delito […] la causa
–241–
del delito es el mal comportamiento de los individuos y no la
consecuencia de condiciones sociales”120. Sin embargo, eso no
es lo más grave, si bien el discurso de la “tolerancia cero” reafirma una serie de políticas ultrarrepresivas para tratar al crimen, claro, siempre apegándose a la ley, lo que en realidad
ocurre es “una imposición extremadamente discriminatoria
contra determinados grupos de personas en ciertas zonas simbólicas […] en realidad sería más exacto describir las formas
de actividad policial realizadas en nombre de la ‘tolerancia
cero’ como estrategias de “intolerancia selectiva”.121
México ha importado estas prácticas punitivas con el nombre de ‘mano dura a la delincuencia’. “Durante el sexenio del
presidente Felipe Calderón prevalecerá la aplicación de la ley y
la mano firme, aseguró el titular de la Secretaría de Gobernación, Francisco Ramírez Acuña. Manifestó que con ello se dotaría al país de condiciones de convivencia y rescate de su territorio, además de garantizarle a la ciudadanía vivir en paz.”122
La pregunta ahora es ¿qué función tiene esta nueva filosofía
del castigo al interior de las cárceles? Entre otras cosas, responde Wacquant, la administración de la pobreza. Se trata
entonces de una política de “criminalización de la miseria” que
es el complemento indispensable para un Estado de nuevo
paternalismo donde la imposición del trabajo asalariado precario y mal pagado se revela como una obligación ciudadana
para los sectores pobres de las ciudades. El nuevo paternalismo pregona, ya no el abrigo y la ayuda gratuita a los pobres,
sino una organización proveedora de oportunidades laborales
Loïc Wacquant, Las cárceles de la miseria, citado en el “Prefacio a la edición latinoamericana, mister Bratton comes to Buenos Aires”. p. 11
121 Adam Crawford, “Crime prevention and Community Safety: politics,
policies and practices”, Londres, Longman, 1998, p. 155, en Wacquant,
Loïc, op cit., p. 17.
122 Alma E. Muñoz. “Se aplicará la ley y la mano firme todo el sexenio:
Ramírez Acuña” en
http://www.jornada.unam.mx/2007/01/18/index.php?section=politica&a
rticle=010n1pol
120
–242–
que el pobre debe saber aprovechar; ahora se intenta dirigir la
vida de los pobres encaminando sus destinos hacia el último
escalón deseable de la esfera productiva de un país; el trabajo
precario para mano de obra no calificada.
Después de este análisis, Wacquant explica las funciones
contemporáneas de las cárceles, vinculándolas con la esfera
macroeconómica y el mercado laboral de las grandes ciudades.
1.- Liberar la presión sobre la demanda de empleo en el
mercado de trabajo no calificado, esto se logra en dos movimientos: sustraer por la fuerza, apresando a miles de personas
en busca de empleo (disminuyendo así el índice de desocupación) e incrementando el empleo precario burocrático en las
cárceles (a mayor población encarcelada mayor necesidad de
personal técnico para su cuidado).
2.- Convertir la asistencia social hacia el “panoptismo punitivo”, vigilando a sus “beneficiarios” y obligándoles a cumplir
con una serie de requisitos sobre sus prácticas e identidad personales. Este contacto entre cárcel y beneficencia no es gratuito; dado que la infraestructura carcelaria no se basta al atender
diversas necesidades de sus internos, debe recurrir, en forma
de subcontrato, a la ayuda de estos aparatos de beneficencia,
los cuales comienzan a tratar a sus receptores de una forma
utilitarista en aras de rentabilizar su condición de pobres y
presos. Lo que estas empresas de la beneficencia buscan es
mercantilizar ideológica y económicamente al encarcelado,
cobrando al gobierno por el “trato profesional” brindado al
interno. Esto conduce directamente al tema de la privatización
de las prisiones.123
Hasta aquí termina la revisión del sociólogo Wacquant, cabe
señalar que su agudeza metodológica y su manera de proceder
teóricamente son muy acertadas, y se deja la puerta abierta para
que sus aportaciones poco a poco sean consideradas.
123
Wacquant, op cit., p. 102-104.
–243–
Conclusión
Tratar la cárcel como un territorio del preso conducde
hacia uno de los objetivos fundamentales de la sociología: investigar la acción social. Se puso énfasis en el actor preso, justo porque en ellos se deposita “la fuerza del estado” como
detentor legitimo de la violencia. Además, la figura del preso
es quien construye, por relación directa con su medio familiar
o amistoso, un cuerpo social del crimen castigado, es así, que
por medio de los presos la sociedad construye una idea de lo
que es la cárcel.
Sin duda, el delito es un hecho social que debe ser tratado
como problema público, sin embargo, las formas de castigarlo
requieren de una infraestructura institucional-administrativa
más eficiente y menos viciada. Las consecuencias del descuido
de las cárceles, recaen sobre los presos de manera aplastante,
devolviéndoles una experiencia de encierro que nunca los readapta socialmente y siempre los estigmatiza negativamente.
El peso del estigma, como proceso social de construcción
de identidad deteriorada, queda evidenciado con Goffman y
Wacquant cuando se explica la vida cotidiana del encarcelado,
en donde gracias a una compleja y variada sucesión de momentos y situaciones rituales de despojo, la persona presa experimenta una verdadera «mutilación del yo», que le hace perder su identidad de partida y experimentar un proceso de
despersonalización.
Cuando se piensa en el encarcelado, casi siempre se le identifica como excriminal que está pagando por sus malos actos.
Este veredicto a priorista del “sentido común” queda cuestionado con los aportes de Loïc Wacquant, quien afirma que las
cárceles no están llenas de delincuentes, están llenas de pobres.
Esta tesis sugiere que la principal preocupación del Estado no
debe ser la captura de delincuentes sino el combate sistemático
de la pobreza.
Para el caso de México, se regionalizaron las principales deficiencias de la institución carcelaria en general y se evidencia–244–
ron sus principales vicios abrigados bajo el manto de la corrupción y la violación a derechos humanos.
Este artículo pretende ser una aproximación al tema del encarcelamiento, enfatizando la postura, según la cual, los entornos social y cultural de los que ingresan en la cárcel se revelan
determinantes con las formas diferenciadas de adaptación a las
privaciones del encierro.
–245–
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–247–
Los difíciles senderos
de la Readaptación Social
José Luis Cisneros
Hilario Anguiano Luna
Hablar de la magnitud y profundidad de las transformaciones de la prisión en el mundo occidental, y de sus pretensiones, objetivos y funciones, sobre todo en una sociedad como
la nuestra, resulta ya utópico, pues las implicaciones económicas, políticas y sociales que ha padecido la prisión en su tarea
de prevención contra la delincuencia no ha tenido límites, desde luego los problemas económicos y políticos, si bien son
fenómenos claramente diferenciados, en algunos aspectos
discurren de manera paralela a la prisión, sobre todo porque
ambos fenómenos son el resultado de cambios específicos en
el modo de producción y en las relaciones sociales resultantes
de esta situación.
De hecho pensamos que, de manera probable, en el análisis
histórico de la función readaptadora que tiene la prisión, con
cierta frecuencia hemos caído en una serie de preconcepciones, sobre las que quizá convenga meditar más detenidamente.
Es pertinente aclarar antes de avanzar que de manera general
el derecho penal moderno sienta las bases en ciertas ideas sobre las que que se reflexionará más adelante.
Por un lado, reflexionar en torno del objetivo trazado por
la prisión, en el discurso penitenciario el cual esta orientado de
manera particular a la ejecución del castigo legal y cuyas relaciones se limitan de manera exclusiva a la historia y la concep–248–
ción que se tiene del delincuente, implica reconocer que la
concepción de la prisión parte del concepto mismo de Estado
intervencionista, el cual difunde la idea de que el aparato penal
tiene repercusiones directas en la vida cotidiana de una sociedad, en la medida en que la prisión juega un papel de contención y ejemplaridad del castigo para quienes infringen las normas de convivencia social.
Estos juicios podrían encontrar un antecedente histórico si
buscamos sus orígenes, pero la realidad, es que su función esta
velando una nueva forma de castigo, no configurada en el castigo al cuerpo, no expresado en una violencia púdica, parafraseando a Michel Foucault. Por el contrario hoy se manifiesta
una nueva forma de castigo, una violencia impúdica que se
expresa en las conciencias de los sujetos.
Aunque pareciera que de manera general la idea de la legalidad pretende lograr con suma eficacia una coherencia interna
con las prácticas jurídicas, procesales y penales de manera unívoca para minimizar las discrepancias posibles entre estas esferas de la aplicación de la ley. O quizá esta aparente disociación,
pueda estar jugando un papel de monopolización de un punto
de vista desde el cual se quiere que se contemple al sistema
penal, ocultando con ello algunas de sus nuevas facetas en la
configuración de un nuevo orden social de castigo. Sobre todo
si admitimos que el individuo esta situado en el centro del
discurso penal, pareciera de pronto ineludible dejar de prestar
atención a la relación que establece éste con el estado, y de
manera particular de las funciones, objetivos y tareas, así como
de los limites de su intervención, las cuales son, digámoslo así,
piezas claves para entender el funcionamiento de una sociedad
que aparentemente lucha contra la delincuencia.
La idea generalizada de legalidad se constituye de una coherencia interna entre las prácticas jurídicas, procesales y penales,
intentando minimizar el posible distanciamiento entre unas y
otras. De ahí la importancia del nexo existente entre el principio
de la creencia de una legitimidad y el principio potencial de justi–249–
cia de ciertos ordenamientos. De esta forma, el reconocimiento
fáctico de un sistema de normas puede ser basado en el temor a
las sanciones; mediante la sustitución de una amenaza directa, o
bien, mediante la resignación ante ellas (Habermas, 1989).
Sin embargo, tan pronto como desaparece la creencia en el
principio de la legitimidad de una norma, de un ordenamiento
existente, o de una institución; la cohesión latente, contenida
en el sistema de las instituciones, se libera en forma de una
coacción manifiesta, ejercida desde arriba, o bien se manifiesta
en el ensanchamiento del campo de participación. Con lo cual
se modifica también, la base de distribución de oportunidades
en la satisfacción legítima de necesidades.
No obstante la obediencia al poder, este se orienta principalmente, tanto de creencias individuales, como de grupos
enteros, fingiendo tal obediencia por razones de oportunidad
o de intereses materiales, o de lo contrario la aceptan como
algo inevitable por debilidad y desvalimiento individual.
Así, la construcción en la que adquiere legitimidad una
creencia, dependerá directamente de las conductas observables
entre los grupos respectivos de la sociedad, de esta forma una
institución o un poder, sólo son legítimos cuando se cumplen
por lo menos estas dos condiciones: a) El ordenamiento normativo debe estatuirse positivamente, así el derecho de una
sociedad se vuele positivo, sólo cuando se reconoce la legitimidad y legalidad pura, pues sólo así el derecho es respetado
en la medida en que ha sido sancionado. En otras palabras, es
la única posibilidad de que la ley mantenga un consensus omniun
fundado de manera racional respecto de los valores, los cuales
constituyen el principio de la sanción de la norma y su corporativizacion. b) Los sujetos de derecho tienen que creer en su
legalidad, es decir, en la corrección formal de los procedimientos de creación y aplicación del derecho (Habermas, 1989).
En este sentido las sanciones marcadas por la Ley de ejecuciones de penas privativas y restrictivas de la libertad, puede
ser cuestionada en torno de su legitimidad, y no así en su lega–250–
lidad, pues ésta se vincula al principio de reconocimiento jurídico sancionado por la ley misma, es decir, que la legitimidad
no la obtiene necesariamente por la simple forma técnicojurídica, ni mucho menos un acatamiento a largo plazo, en la
medida en que no se ajusta a un ejercicio marcado por las
formas concretas de una realidad social.
Max Weber decía al respecto que el poder de sancionar es
siempre un acto racional, solo respecto de los valores, pero
sólo en su forma de generativa es desde donde pueden desnaturalizarce en un poder de legalidad formal, en cuanto racional
respecto de los fines neutrales y frente a los valores y creencias
de dignidad.
De esta manera, el poder político logra fundamentarse sobre las bases de un derecho y de un poder legítimo, no obstante dicha legitimidad adquiere dimensiones distintas en el tiempo; por ejemplo, para el mundo antiguo este concepto posee
dos principios: el del eterno ayer que apela a las tradiciones y a
la voz del pasado para mantener las cosas tal y como siempre
fueron y, el de la creencia, en que los príncipes tenían una naturaleza diferente de la comunión de los mortales.
Para la modernidad estos principios han sido sustituidos,
por el único principio válido el del consenso, donde lo que
prevalece es el apego al futuro, a lo ideal, es decir, a una sociedad mejor y más justa que sólo se podrá alcanzar a partir del
respeto y el reconocimiento de los derechos y las instituciones,
pero no como un mero ejercicio de la remembranza retórica,
sino como apego a los valores esenciales que deben forjar los
nuevos tiempos (Santillán, 1990).
Dicho de otra manera, el principio de legitimidad nos permite identificar la trayectoria de la sucesión tal y como lo
hemos observado, en espacio y tiempo, así como aquellos preceptos que permiten forjar y consolidar el entendido valorativo
de una sociedad. En otras palabras, son principios que nos
–251–
permiten identificar el valor que subyace en torno a un grupo
como la familia y una acción como el trabajo y la educación.124
Estos conceptos, independientemente de su nivel de abstracción, bien pueden operan para interpretar una realidad
como la nuestra, dichos principios constituyen en buena medida los actos que regulan la relación ente unos y otros, e incluso dan cuenta de una sociedad que establece una serie de
especializaciones, que no son otra cosa más que el reflejo de lo
que es y lo que se quiere ser como sociedad.
La sociedad como reflejo de las relaciones que establece el
propio Estado con el régimen político y en su interdependencia, la conformación de las identidades nacionales, las relaciones entre el individuo y la comunidad, la ciudad y el campo, las
clases sociales y las trayectorias personales; los conflictos, la
producción, la cultura, el derecho y la violencia. Todo en conjunto tiene una contextura espacial física y simbólica, a partir
de la cual encontramos los puntos de explicación para la comprensión de las relaciones que conforman cada uno de nuestros actos.
De esta manera, cuando una cultura y una civilización aparecen como sistemas de reproducción o de control social y por
consiguiente no separan al actor del sistema social donde esta
ubicado, hablamos de una sociedad que se define por un orden creado, por una intervención sobre la vida colectiva, que
conduce a separar el sistema social concebido como “el espíritu de las leyes” –para utilizar el título de Montesquieu– y los
Recordemos que los sujetos en un contexto como el nuestro entran en
un proceso de disolución y particularización que a la postre propician la
desaparición de las unidades sociales básicas como los grupos sociales y las
clases, dando lugar a formas delincuenciales e individuales de adaptación.
Por otra parte, algunos teóricos que se han dedicado al estudio de estos
procesos de desorganización social, coinciden al subrayar que no se trata de
un desorden pasajero, pues el problema se agudiza y se manifiesta en términos de depresión, desesperanza, y ausencia de un futuro. Sergio Zermeño, “Crisis, neoliberalismo y democracia”, en Mexicana de sociología, núm 4,
México, FCPyS, UNAM, diciembre de 1989.
124
–252–
actores, que son concebidos como la materia prima que organiza las leyes: igual que el desorden, al cual debe imponerse el
orden. Para emplear los términos de la lengua clásica, mejor
diremos que la sociedad, es razón, en tanto que los actores son
movidos por las pasiones, de ahí el rol esencial de la educación, el trabajo y la cultura, es decir, como las reglas de conducta que permiten la vida en sociedad (Touraine, 1986).
Así, el modo como interpretamos lo real e imaginario puede llegar a convertirse en la matriz de las referencias que nos
permiten entender todos aquellos aspectos de una realidad que
no forzosamente tiene que ser objetiva, sino que en muchos
de los casos es subjetiva, es ideal. Tal sería el caso del derecho,
de las leyes y las instituciones, más que de las costumbres.
Pues las instancias jurídicas sólo son un conjunto de representaciones, un modo específico de imaginarnos una realidad para
poder establecer ciertas semejanzas con lo concreto de ésta.
El estado busca la integración de nuevas dimensiones sociales que permitan hacer frente a la crisis; pero al mismo tiempo
deja ver de manera clara su autoritarismo que incide con mayor fuerza en los más vulnerables, buscando con ello cortar
sus liderazgos y al mismo tiempo destruir tanto sus bases sociales como sus organizaciones intermedias, en otras palabras,
busca aislar a los individuos (individualización), permeando en
su conducta la idea “cada uno para sí mismo”. De esta manera,
nos puede resultar más fácil observar algunos mecanismos que
dan lugar a la desarticulación de la sociedad como, la pulverización del empleo, la marcada jerarquización, la desidentidad
comunitaria y asociativa, etcétera (Zemelman, 1991).
Este juego de normas y de ideas aglutinadas en torno a un
principio de derecho, pueden ser fundamentalmente concebidas como una serie de principios metafóricos, como una utopía que no cumplen con sus propios propósitos, contenidos en
sus normas, tal sería el caso de la mencionada Ley de ejecuciones de penas privativas y restrictivas de la libertad, (LEPRL).
–253–
La utopía, entendida aquí como una expresión de la subjetividad social que incorpora la dimensión futura como la potencialidad del presente, abre un amplio campo de problemas.
Es aquí en donde el imaginario social se despliega, formulando
y reformulando la relación entre lo vivido y lo posible, entre el
presente y el futuro. La utopía transforma el presente en horizonte histórico más no garantiza la construcción de nuevas
realidades. Señalamos lo anterior porque dotar de sentido a las
prácticas colectivas, como corresponde a la conciencia utópica,
no garantiza que las provea de la capacidad de construir opciones y de viabilizar, de generar y ejercer poder para hacerlas
realidad (Zemelman, 1991).
En consecuencia, la realidad expresada en esta Ley (LEPRL)
encierra una actitud de hostilidad hacia el infractor de la ley,
que tiene como única ventaja (léase, función latente) unir a
todos los individuos de la comunidad en la solidaridad emocional de la agresión. Aunque los esfuerzos humanitarios más
admirables van seguramente contra los intereses individuales
de muchos miembros de la comunidad, o no despiertan el
interés ni la imaginación de la multitud y dejan a la comunidad
dividida e indiferente, así el grito del ladrón o el asesino armoniza con sus actos, a los ciudadanos que estuvieron separados
por intereses divergentes para unirse contra el enemigo común. Por ejemplo, el análisis análogo hecho por Emile Durkheim de las funciones sociales del castigo se enfoca también
sobre sus funciones latentes (consecuencias para la comunidad) y no se limita a funciones manifiestas (consecuencias para
el delincuente).
De hecho, como podemos observar, todos los actos, e incluso desde los primeros por los cuales el hombre ha tratado
de satisfacer sus necesidades, pueden ser explicados por sí
mismos en la medida en que no se busca más que la satisfacción inmediata. Ello implica que de las necesidades recurrentes
nacen los hábitos para el individuo y las costumbres para el
grupo, pero esos resultados son consecuencia producto de una
–254–
no conciencia prevista o buscada. Son costumbres que no son
advertidas hasta después de mucho tiempo de existencia, y pasa
aún mucho más tiempo antes de que sean apreciadas. Desde
luego con estas acciones no se puede localizar las funciones
latentes de las acciones sociales estandarizadas para una estructura social determinada, hacen claramente la distinción básica
entre fines buscados y consecuencias objetivas (Merton, 1987).
Hablar en este sentido de la Ley de Ejecuciones de Penas
Privativas y Restrictivas de la Libertad, (LEPRL) parece una
ironía, sobre todo cuando se expresa como el principio de una
metáfora cultural que tiene a bien readaptar o resocializar a un
individuo, pues está lejos de ocupar el lugar que quiere ocupar
en la sociedad.
Dicho principio tiene su base en una creencia de incredulidad, en el que no puede aceptarse ya el hecho de una readaptación en un sentido puro y simple como lo plantea esta ley.
Tal incredulidad adquiere dos significados de proyección: el
primero toca el límite de una realidad, mientras que el segundo
continúa aferrado a un santuario normativo que adopta como
trasfondo la seguridad social y política de una sociedad en su
conjunto.
De hecho no es de extrañarse que las noticias se hayan
vuelto recurrentes en cuanto a los índices de violencia y criminalidad. De pronto, tales actos, y por ende de manera implícita
el sistema penitenciario y las instituciones que la sustentan, se
han convertido en uno de los problemas nacionales, no sólo
porque así lo haya considerado la actual administración gubernamental, sino porque su expresión alcanza a todo el ámbito
nacional, pues la problemática revela una profunda crisis en los
instrumentos de aplicación de la justicia y los mecanismos de
control social en los órganos destinados a la readaptación social,
es decir, el sistema penitenciario y correccional (Padilla, 1991).
En este sentido la crisis de confianza y credibilidad de la
institución correccional y las prisiones, se encuentra basada en
su falta de resultado, o mejor dicho en la inoperancia de su
–255–
propio cuerpo normativo, el cual ha quedado rebasado por las
propias condiciones de vida de la sociedad. Lo que implica que
la producción de una ideología legitimadora del sistema penal,
basada en el principio de legalidad, ha sido acompañada por la
exigencia de dar respuesta a problemas que conciernen no sólo
a la forma jurídica de los delitos y de las penas, sino a un escenario donde el conflicto salta a la vista como reflejo de una
crisis de confianza para con el sistema de justicia.
Esta crisis se debe a que desde esta perspectiva, las normas
jurídicas sólo son válidas en cuanto son emitidas desde el poder debidamente autorizadas, las cuales a su vez también lo
están por otras reglas del derecho positivo y no por las razones
de la correspondencia de su contenido con los principios universales de una justicia y de una realidad (Baratta, 1986).
En este sentido, la racionalidad del derecho, tal y como lo
hemos planteado en líneas anteriores, no puede fundamentarse
únicamente sobre las características formales sino que requiere
sobre todo la instrumentación del contenido con respecto a
los fines útiles de la sociedad. Así, justificar la pena misma, en
cuanto justa retribución de la infracción del orden jurídico, es
incomparable con el reconocimiento de toda instrumentalidad
del derecho (Baratta, 1986).
De ahí que la LEPPRL no sea más que una clasificación universal que se articula en torno a las funciones declaradas del
sistema punitivo, acuñadas bajo las formas de teorías de la
pena y que engloban en su estructura formal todas aquellas
viejas y nuevas estrategias de legitimación, sin embargo, en la
realidad no todas aquellas teorías legitimadoras que articulan
las funciones declaradas de los sistemas punitivos oficiales
pueden ser consideradas como demostradas, pues muchas de
éstas expresas su incongruencia respecto a la función real para
la que fueron constituidas.
Bajo esta lógica, la readaptación de la conducta individual
puede ser considerada como el principio de una teoría positiva, es decir, como un saber tecnocrático que no forzosamente
–256–
produce en la generalidad de los ciudadanos un consenso en
torno a una imagen ideal y mistificadora de su funcionamiento,
pues en realidad lo que encierra es un mensaje ideológico dirigido tanto al funcionamiento de un sistema como a la colectividad, con la finalidad de aparentarse como útiles y justas las
funciones de la pena y tratar de generar un consenso en torno
a esta relativa normalidad que el mismo sistema penal contribuye a reproducir.
Así mediante la organización de un sistema judicial, el estado se reserva la representación de un defensor social por ordenamiento constitucional, para actuar cuando considera que
se ha atentado contra el orden y por ende, prescribe el internamiento de los delincuentes para sujetarlos a un proceso de
readaptación social y posteriormente, reintegrarlos a la sociedad, con ello cumple su función: por la otra parte, el sistema
penitenciario es el órgano encargado de regenerar y rehabilitar
a quienes han sido condenados, cumpliendo con la privación
de la libertad, considerando que ésta es un absoluto y supremo
derecho de los hombres (Padilla, 1991).
No obstante, tal y como lo hemos mencionado, la prisión
como institución social se encuentra en crisis, pues lejos de
frenar la delincuencia parece auspiciarla, al desencadenar en su
interior todos los problemas que queremos evitar fuera de ella,
al grado en que las cárceles se han convertido en un instrumento propicio a toda clase de tratos inhumanos que hieren, a
veces indeleblemente, al que por primera vez la pisa, además
ofrece un hogar natural a sus huéspedes habituales. Nada bueno consigue en el alma del penado y, sí la grava y emponzoña
con vicios, a menudo irreparables y afiliándolos al club de criminales, pues con ello lo único que logra es minar el cuerpo
del recluso, lo enferma y postra devolviéndolo así, a la vida
libre como un hombre atravesado por los males carcelarios
(Ramírez, 1975).
–257–
El escotoma de la Readaptación social
La Ley de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de
la Libertad125 del Estado de México fue promulgada el 23 de
abril de 1966 y reformada el 6 de octubre de 1977, en ella se
establece que el régimen de readaptación social estará basado
en la individualización del tratamiento, el estudio y el trabajo
tal y como lo expresa su artículo 44.
Específicamente, esta ley en su capítulo primero, describe las
obligaciones y responsabilidades de la Dirección de Prevención y
Readaptación Social, de la entidad. En el segundo capítulo, centrado en la estructura organizativa del Consejo Técnico Interdisciplinario, de sus funciones y sus objetivos. En los siguientes
capítulos, se versa sobre el Sistema de Tratamiento, sus fases; el
Régimen de Tratamiento, Régimen Ocupacional, Régimen Educativo, Régimen disciplinario, De las Relaciones con el Medio
Exterior y de la Asistencia Médica, Psicológica y Psiquiátrica.
En términos generales el tratamiento para la readaptación
social de sentenciados, esta basado en el tratamiento progresivo técnico. Este tratamiento se encuentra apoyado en tres
estrategias fundamentales; el Régimen Ocupacional, Régimen
Educativo y Régimen disciplinario, con ellos se pretende modificar las tendencia e inclinaciones antisociales de los internos,
así como propiciar la adquisición de conocimientos que puedan ser de utilidad en su vida libre, particularmente se otorga
la trabajo penitenciario no el objeto de simple comercio, asignando sin ningún destino o sentido terapéutico. Por el contrario es el eslabón primordial para el logro y consecución de la
readaptación social de los internos. Así el propósito final de la
prisión, es preparar al individuo para un desempeño libre y
positivo mediante el trabajo y la capacitación para su desempeño y no crear solo buenos reclusos.126
Más adelante se hará referencia a esta ley con las abreviaturas LEPRL.
Versión estenográfica del proyecto de iniciativa y modificación de la Ley
de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado,
presentada a la XLIX Legislatura del Estado de México.
125
126
–258–
No obstante los propósitos contenidos por ésta ley, y los
impulsados por la reforma penitenciaria emprendida por Sergio García Ramírez, a 34 años de haberse promulgado la
LEPRL, y no obstante que creó beneficio y humanizó las prisiones de la entidad, sus propósitos no se han cumplido por
diversas razones, entre las que destacan, en un primer plano, el
sentido atribuido a la noción de readaptación social.
Decimos noción y no propiamente concepto en la medida
en que no se tiene una idea de clara de qué se entiende propiamente por readaptación, más aún es una definición mucho
más amplia que la que expresan algunos artículos tales como el
10,19, 43,51, 62, 63, 73 de la LEPRL, es una palabra que sólo se
define mediante los actos contabilizados en las causas pretendidas y no por las consecuencias de su acción. No obstante
intenta ser definida por algunos juristas como “La reinserción
del individuo en una comunidad determinada, con capacidad
para observar los valores medios que en ésta rigen y para ajustar su conducta al sistema jurídico vigente” (Ramírez, 1975).
A esta definición tendríamos que hacer tres precisiones; a)
¿Qué se entiende por reinserción? De entrada el término presupone una exclusión, es decir parte del presupuesto que el
sujeto se encuentra fuera de la comunidad, es decir fuera de la
norma, del estándar de la colectividad, en fin como podemos
observar es una noción excluyente y no precisamente incluyente como se pretende. b) Cuando se hace alusión a una comunidad, no propiamente se toma en cuenta que todo grupo
humano posee una cultura tejida, ésta sobre las diferencias
internas, y son precisamente estas diferencias las que hacen
posible entender que existen espacios culturales comunes, lo
que presupone que las comunidades son homogéneas y selectiva de su misma realidad. c) La idea expresada en el fragmento
“con capacidad para observar los valores medios que en ésta
rigen y para ajustar su conducta” tiene propiamente una expresión moral contenida en la construcción de un discurso cognitivo-simbólico que van en sentido opuesto al principio espera–259–
do. Otro aspecto a subrayar, es que el sentido dado al termino
de readaptación social, presupone que todo sujeto privado de
la libertad, tiene que ser sometido a este proceso readaptador,
sin tomar en cuenta el tipo de delito, el sujeto, y sus condiciones culturales.
Se trataría entonces de un discurso intencionado cuyo propósito es la obtención de una conducta determinada, un discurso que tiene su propia coherencia, la cual no se fundamenta
en el tratamiento riguroso que pretende, sino en una selección
y reelaboración de ellos con los cuales se busca transformar la
realidad. Lo anterior da por supuesto que el sujeto puede ser
fácilmente moldeable, que su identidad es transformable, tal y
como si éste fuera ajeno a un contexto social, sin embargo, recordemos que la articulación y apropiación de intereses comunes y la necesidad recíproca de pertenencia a un grupo dan origen a segmentos simbólicos de apropiación contenidos por la
reelaboración cotidiana de la asimilación y de la socialización.
Así, la simulación y apropiación de un espacio común simbólico expresivo, autoimplica la socialización, ello incluye tener en cuenta todas aquellas dimensiones culturales a través de
las cuales un sujeto se hace individuo social, lo que implica
aceptar, asumir, y apropiarse de las costumbres, tradiciones y
metáforas simbólicas de interpretación colectiva de una acción, es decir apropiarse de las características que connotan un
estructura social (Kaminsky, 1986). Por tanto, bajo estos argumentos uno se preguntaría; ¿Cómo resocializar a un sujeto
en sociedad? Sobre todo, cuando la pauta de resocialización
está montada sobre la base de un determinado punto de vista,
que en muchos casos difiere diametralmente entre un sujeto y
otro.
De igual manera, el significado de la palabra resocializar,
contenida en los artículos 87 y 100 de la LEPRL se encuentra
indeterminado, no obstante es un termino o costumbrismo
que proviene del alemán “resozialisierung” y que comienza a
figurar en los escritos de los grandes teóricos alemanes, des–260–
pués de la primera Guerra Mundial, es un termino que siempre
se acompaña de la palabra o sentido “resserung” –mejora–
acuñado por Franz Von Liszt.
Como podemos observar, el concepto posee en sí mismo
una gran ambigüedad, ello implica que pocos sepan a lo que
realmente se refiere o quiera decir. En este sentido, tal vez por
la propia imprecisión de su significado, el discurso de la readaptación no encuentre una definición clara, y con ello se
puede decir mucho o nada sin riesgo alguno, en fin, sólo es
una palabra utilizada reiteradamente por la ley.127
Otros sinónimos utilizados que hacen alusión a la readaptación junto al término de resocialización, son reeducación, reinserción y rehabilitación, son palabras compuesta que sin el prefijo re, poseen definiciones claras, no obstante su significado,
ente todos estos términos no existe una diferencia sustancial.
No obstante las característica del termino readaptación social y sus equivalencias utilizadas en la construcción del discurso jurídico de la prisión, Sergio García Ramírez afirma que a
pesar de sus propias inconsistencia, la cárcel es sólo hoy una
modesta oportunidad de adaptación mínima, pues pedirle más
es solicitar demasiado e incurrir en exigencias insensatas. La
prisión, afirma sólo es capaz de generar un respeto subjetivo;
de ahí que su misión sólo se ajuste a una subordinación normativa, pues instituciones como la familia, la escuela, la religión, la sociedad política son las únicas que pueden dar lo que
la cárcel es incapaz de producir.
El propósito de la readaptación, conlleva de manera implícita la prevención del delito, sin embargo si consideramos las
características económicas, políticas, sociales y culturales de la
sociedad en su conjunto, este propósito junto con la afirmaciones antes mencionadas, se vuelve una historia ficticia, una
mentira piadosa, que sólo muestra que las penas no producen
Palabras de Serafín Ortíz, “La búsqueda de una readaptación extraviada”, ponencia presentada en el foro “Sistema Penitenciario Mexicano, LV
Legislatura de la Cámara de Diputados, mayo de 1992.
127
–261–
ni corrección ni intimidación, y por ende, ningún modo de
prevención, es decir, no impiden ni la violencia, ni el aumento
de la criminalidad (Wolf, 1986).
Otro aspecto a considerar, es el referente a lo establecido
en el artículo 18 constitucional, y en los artículos 40, 44, 45,
49, 51 y55 de la LEPRL en los que se establecen los mecanismos
de operación mediante los cuales se pretende lograr la denominada readaptación social.
Mediante estos mecanismos o estrategias, la ley contempla
un propósito fundamental; que el sujeto aprenda una capacitación u oficio para que mediante este adiestramiento técnico el
sujeto pueda obtener una remuneración justa y digna que le
permita, por un lado, mantenerse estrechamente vinculado a
las necesidades del desarrollo de la producción económica de
la sociedad, y por el otro, permitirle obtener los recursos materiales necesarios a fin de poder satisfacer sus propias necesidades, y las de su familia; así como poder contar con los medios
necesarios y pertinentes para poder reparar el daño que ocasionó con su actitud.
Desde luego estas pretensiones están lejos de ser logradas
por dos razones; primero por la creciente complejidad en la
que se encuentra inmerso el sistema de prisiones en nuestra
sociedad, una complejidad multiplicada por las condiciones
políticas, económicas y culturales; segundo por los efectos
causados en la red de relaciones y las complejas formas en las
que los sujetos estructuran sus campos de interacción con
otros y con la sociedad misma, ello ha facilitado que el patrón
valorativo de la sociedad se desajuste y confronte con los viejos ideales y esquemas valorativos, desde luego propiciado por
los ajustes estructurales de la sociedad en su conjunto.
Estos ajustes han provocado recurrentes crisis económicas,
políticas y culturales, modificando el sentido de percepción
valorativa que sé tenía del trabajo y la educación. Sobretodo
porque el trabajo ha dejado de ser considerado como un valor
fundamental para el desarrollo integral, tanto del sujeto como
–262–
de la sociedad, se ha convertido sólo en un mecanismo de
subsistencia.
Otro aspecto, que hace distante el propósito readaptador
planteado por la ley es el referente al trabajo y los oficios pues
los que se ofrecen al interior de la prisión están lejos de cubrir
las expectativas de interés y ocupación de los sentenciados,
dado que las experiencias laborales vividas por muchos de los
presos, antes de ingresar a prisión, se encuentra ligados a un
mundo exterior competitivo, en el que han adquirido una diversidad de destrezas y calificaciones que los ubican en un
mercado laboral, por lo que la denominada capacitación y el
adiestramiento para el trabajo, se distancian diametralmente de
las dimensiones reales del mercado. Por el contrario parece
paradójico y contradictorio, pues no obstante se establece en
el artículo 58 la posibilidad de ejercer cualquier actividad catalogada como artística, profesional o intelectual productiva, con
ello consideramos que se deja libre la responsabilidad de dotar
de un empleo al interno, además de poner en cuestión el citado tratamiento. Por otro lado, existe propiamente una confusión en el sentido atribuido a la capacitación, dado que muchas
de las actividades propiamente realizadas, son más bien una
terapia ocupacional, la cual se encuentra completamente alejada de la compleja y sofisticada calificación para el trabajo.128
El problema no sólo radica en la falta de instrumentación
de la capacitación para el trabajo y el trabajo mismo, también
existe la no obligatoriedad del trabajo organizado dentro de la
prisión, lo que da como consecuencia la proliferación de actividades libres, tales como la venta de toda clase de objetos, lo
que a su vez también se proyecta como el reflejo de ciertos
128 Por ejemplo, en muchos penales del Estado de México, existen espacios
destinados a las actividades para el trabajo, si embargo, muchos de ellos no
son ocupados o bien si existe maquinaria esta es obsoleta o se ha descompuesto por el desuso. Los talleres que existen son utilizados como espacios
de trabajo, taller de costura, artesanía y bordado. (véase anexo de ocupación al interior de la prisión).
–263–
privilegios para aquellos que pueden darse una vida cual si no
estuviesen privados de su libertad, permitiendo los espacios
comunes se conviertan en verdaderos tianguis, donde todo
puede ser comprado y vendido, este tipo de acciones, en algunos casos son avaladas por la propia ley, tal y como lo establece el artículo 85.
Dichas acciones, se pueden constatar en los anexos referentes a la ocupación al interior del penal, existe una contradicción más, pues el artículo 61 establece que ningún interno podrá desempeñar funciones de autoridad, empleo o cargo
alguno dentro del penal, no obstante lo establecido por la ley,
dentro del penal sucede todo lo contrario.
Todas estas acciones cotidianas de la prisión son producto
de un código y un estilo de vida instrumentado al interior de las
prisiones, que confirman que la ley y los reglamentos son letra
muerta dentro de esta complejidad carcelaria. Dichas acciones
expresan una contradicción con la esencia misma de lo planteado normativamente, pues tal y como lo mencionan los propios
internos, “gano más haciendo tranzas que trabajando” o bien
“de comer rancho a trabajar, prefiero comer rancho”.
En lo referente a la reparación del daño, esta es sumamente
difícil pues nuestras leyes y los vicios de operación de sus ejecutores imposibilitan tal propósito, además se tiene que considerar que lo escasos ingresos que percibe un interno por el
ejercicio de un empleo formal al interior de una prisión, van
desde 250 a 400 pesos mensuales, sea ilógico pensar que con
tales ingresos pueda contribuir a la reparación del daño, así
como contribuir a la manutención de su hogar y de sus necesidades personales.
Más aun poner en práctica lo expuesto en el articulo 57 en
el que se alude; a las formas de remuneración obtenidas por
los que los internos es verdaderamente difícil de imaginar. Así,
del producto económico obtenido por su trabajo, habrá de ser
destinado, un 50 por ciento para la manutención de sus dependientes, 10 por ciento para la reparación del daño; 10 por
–264–
ciento para el sostenimiento del interno en el centro penitenciario; 10 por ciento como cuota para el fondo de ahorro del
sujeto, que le será entregado al abandonar el lugar, y el 20 por
ciento remanente se le asignará para sus gastos personales
(Huacuja, 1989).
Es importante señalar que un obstáculo más para el logro
de lo previsto por esta ley, es lo referente al adecuado funcionamiento del sistema penitenciario, así como de la preparación
académica, aptitudes y vocación que el personal deberá poseer.
Desde luego, esto también es letra muerta, pues en la realidad
se aleja en muchos de los casos de marcado por el citado ordenamiento.
Por ejemplo, con relación al personal de custodias, según datos de la CNDH el 80 por ciento cuentan con grado máximo de
secundaria; además sólo el 50 por ciento de estos ha recibió algún
curso de capacitación a su ingreso como custodio. El 17 por ciento ha tomado cursos sobre el manejo de armas; el 10 por ciento
de defensa personal y el 0.5 por ciento de derechos humanos. De
igual forma, encontramos que la remuneración económica para
este tipo de actividad, que exige de altas capacidades y responsabilidad, es inferior en promedio 5,500 pesos.129
Lo anterior se refleja en la falta de profesionalismo y vocación para el trabajo, además la falta de una adecuada capacitación y remuneración económica, trae como consecuencia el
abuso por parte de las autoridades, actos de corrupción, tardanza de los procesos de beneficio, promiscuidad, sobrepoblación,130 ocio, desocupación, motínes, suicidios, torturas y
malos tratos.
Con estos argumentos, uno se pregunta cómo es qué con
todos estos obstáculos, el modelo progresivo técnico propuesto como único y novedoso logra la readaptación social del
Reporte sobre el Sistema Penitenciario Mexicano, CNDH, 1995.
El artículo 30 de la citada ley, menciona que cada celda esté habitada por
un mínimo de tres sujetos, lo que le posibilita normativamente justificarse
cuando en ella exista más sujetos.
129
130
–265–
sentenciado. ¿Cómo lograrlo? cuando las prisiones se encuentran sobrepobladas, sin recursos materiales y humanos necesarios para lograr su cometido.
Qué garantiza y cómo se establecen los criterios de clasificación y determinación de la peligrosidad para asignar, si es que se
asignaran, tratamiento adecuados a los sujetos que han cometido determinados delitos. Como hablar de clasificación y de tratamiento cuando la prisión se encuentra saturada de múltiples
actos de corrupción, cómo lograr la readaptación sin personal
profesional capacitado y adecuadamente remunerado, cómo
lograr la readaptación cuando lo que priva es la falta de compromiso por parte del personal penitenciario y se pondera la
negligencia, ineptitud, corrupción y desorden, como parte de los
mecanismos propios de la cotidianidad interna de las prisiones.
En la mayoría de las prisiones de la entidad, existe la discriminación, pues los beneficios son destinados para quien
puede pagarlos, “los padrinos”, de hecho ellos mismos lo reconocen cuando expresan que, “según el sapo es la pedrada”.
Todos aquellos internos que no tienen dinero, como los indígenas, menesterosos, albañiles, y obreros, los cuales son los
más maltratados, tanto por los mismos internos, como por los
custodios, se les conocen como “erizos”.
Sin embargo, quizá lo más significativo de actos de esta naturaleza, es que independientemente de quien sea la víctima o
el victimario, en general, el interno, con el tiempo transcurrido
en prisión, pierde cualquier tiempo de relación que establecía
con la familia, con su medio laboral, desde luego esto depende
de las vivencia personales de cada sujeto, de nivel de formación, de sus relaciones laborales y del tipo de delito cometido,
en función de estas variables, se producirán distintos grados de
prisionalización y formas de desocialización.
De qué sirve que se encierren en ella a quienes toda la vida
han hecho lo mismo, más aún si pretendemos hacer de ella un
lugar de reeducación de valores humanos y sociales, debemos
hacerlo con ejemplaridad, no puede enseñar honestidad el
–266–
deshonesto; ni respeto el irrespetuoso. La prisión debe ser
entonces un modelo de orden, disciplina y respeto a los derechos humanos. 131
El capítulo tres, que hace referencia al régimen educativo, el
cual es considerado, como lo mencionamos en líneas anteriores, otro de los ejes principales para la readaptación. Particularmente el artículo 62 establece que la educación dirigida al
preso, se apoyara en la enseñanza de aspectos cívicos, sociales,
artísticos, físicos, éticos y de higiene. Al respecto podemos
señalar que para muchos de los sentenciados poco o nada interesa obtener una educación básica o secundaria, pues su
atención esta centrada en la sobrevivencia y la obtención de
recursos. Además la educación impartida no se refiere a una
educación especializada, más bien son programas del INEA que
poseen ciertas adecuaciones a las estrategias didácticas.
Por su parte suele ser paradójico, que al interno se le permita impartir clases a sus compañeros, es decir que “el que tiene
que ser readaptado, readapta”, como un simple pasatiempo o
como medida de tratamiento, es importante señalar que estos
sujetos que apoyan en el centro escolar, los cuales por cierto
suelen ser pocos, se les concede tal actividad, por el simple
hecho de poseer niveles de formación profesional. Pero lo anterior se contrapone a lo establecido por la ley, cuando mediante
el soborno, se obtienen los registros a escuela o al trabajo, para
poder obtener los beneficios enunciados en el artículo 16.
Cómo exaltar una educación cívica, cuando la constante en
sus relaciones sociales tanto al interior como al exterior está
plagada de violencia, de actos anti-cívicos, cómo establecer
una educación higiénica, sí lo que priva es lo insalubre, cómo
lograr que el sentenciado sea creativo, si de lo que se trata es
de domesticar cuerpos, domesticar conciencias, dónde está lo
Juan Pablo de Tavira, Problemas del Sistema Penitenciario Mexicano, ponencia
presentada en el foro, Sistema Penitenciario Mexicano, LV Legislatura de la
cámara de Diputados, mayo de 1992.
131
–267–
ético, cuando no aparece expresado en el profesionalismo de
sus domadores.
Cómo propiciar un valor frente a un antivalor, frente al aislamiento, el cual provoca en el interno un profundo sentimiento de soledad y angustia de sus puntos de referencia habitual,
de sus familiares, de sus seres queridos, la constante angustia
provocada por la imposibilidad de prevenir conflictos entre
sus compañeros, angustia provocada por la monotonía y la
rutina de los horarios, y los espacios repetitivos.
Por su parte la contaminación moral y física producto del
hacinamiento, la suciedad y la violación de la intimidad, así
como el sometimiento a ceremonias degradantes de la propia
persona; desnudarse frente a los demás, defecar frente a todos,
comer, dormir, masturbarse o tener relaciones homosexuales,
humillarse frente a los demás, esperar la orden para comer,
salir o acudir a la visita familiar o íntima, propician la eliminación del rol de adulto, creando un sentimiento de dependencia
absoluta, sobre todos de aquellos que viven amenazados y en
una constante degradación.
Otra mancha oscura que cubre el propósito de la readaptación social, es el tiempo de estancia, pues este suele ser un
aspecto importante para que el sujeto asimile los códigos,
normas y costumbres no escritas en la prisión, es un tiempo en
el cual el sujeto se apropia de los códigos del lado oscuro de la
sociedad, Un sujeto mientras más tiempo permanezca en prisión, más resentimiento crea para con la sociedad y menos le
sirve el supuesto programa de tratamiento readaptador.
Por su parte, el tiempo de estancia en la prisión suele ser
una variable configuradora de su realidad social, mediante este
tiempo los encargados de diseñar el tratamiento, de aplicarlo y
evaluarlo, organizan sus programas y someten a sus propios
ritmos a los internos. Aquí el tiempo de condena se convierte
en una meta simbólica determinada por la ley.
El tiempo, es digámoslo así el factor fundamental de una
nueva tecnología disciplinaria, fundamentada ésta, en la propia
–268–
función de la cárcel, pues recordemos que la función social de
prisión es la administración del tiempo privado de libertad, es
la organización de la no comunicación con la sociedad, y precisamente como el tiempo es el objetivo a administrar, la indeterminación de este tiempo en algunos sujetos al esperar su
condena, se convierte en una estrategia de control, al condicionar y controlar el tiempo del sujeto mediante un complejo
sistema de control y observación de actividades, en el extremos aparece el ocio, el tiempo muerto, el cual expresa el más
sofisticado sistema de dominación y control.
El tiempo prolongado en la prisión provoca en el sujeto la
ruptura, el distanciamiento y el desarraigo. Este proceso adquiere dos dimensiones; la primera esta dada por las deformaciones de la imagen que el sujeto tiene del mundo exterior, la
segunda está dada por el constante autoengaño sobre el propio
comportamiento y sobre la relaciones personales e institucionales que el sujeto puede tener.
Estas falsas concepciones que el sujeto tiene con el mundo
exterior, generan un deterioro en su identidad, al alterar su
imagen que el tiene de sí mismo y la que los otros tienen de él.
Con ello más que propiciar un tratamiento resocializador, la
prisión provoca que el sujeto quede desposeído de sus roles
habituales, así lo único que hace la prisión es violar la intimidad del sujeto, al grado en que su vida total es parte de la vida
de una institución totalitaria en la medida en que lo somete
constantemente a la contaminación con otras identidades, es
una institución que provoca la ruptura de él como persona y
sus actos, pues todo le es impuesto y le es ajeno.
En consecuencia, la total desidentificación en el sujeto,
provoca el alejamiento de los valores y las normas de comportamiento del mundo exterior, justamente de manera contraria
a lo que la ley pretende. Con ello lo que se provoca es un sentimiento de desamparo, de vacío normativo y rechazo social,
en resumidas cuenta la perdida de capacidad para aprehender
la realidad exterior.
–269–
Este tiempo apropiado por el sujeto, se expresa en el reconocimiento y posición de una determinada jerarquía; una imagen o un prestigio, el cual pudo haberse cosechado al interior
de la prisión, o por la larga trayectoria del sujeto. No obstante
esta jerarquía independientemente de cómo se haya obtenido,
esta es una de las exigencia disciplinarias que la prisión impone, de ello dependerá la adaptación y los beneficios que se
logren en la vida cotidiana de la prisión, desde luego según sea
el tiempo de estancia.
Desde luego el incumplimiento de este código oculto, da
como consecuencia exclusión, el castigo, es decir la cárcel dentro de la cárcel misma, como consecuencia de la aplicación de
medidas disciplinarias formales y no formales. Dentro de las
formales se encuentra el aislamiento, las restricciones de beneficios establecidos por la ley. En las no formales encontramos
la privación al acceso de ciertas actividades y beneficios, así
como el sometimiento de maltrato y vejaciones. De hecho,
una regla básica que todo interno debe aprender al llegar a
prisión para poder sobrevivir es “no oír, no ver y no hablar”.
En este sentido aparecen propiamente dos tipos de tratamiento y no uno sólo como lo establece la ley, el primero es
un tratamiento de tipo rehabilitador, o mejor dicho domesticador, el cual es asumido por la gran mayoría que pretende
mantenerse con vida y sufrir lo menos posible, el segundo es
un tratamiento de tipo inhabilitador, o en su caso aniquilador,
este es aplicado a los incorregibles, a los rebeldes, a los peligrosos, y a los inadaptados, en resumidas cuentas es aplicado a
todo aquel que suele ser doblemente etiquetado, primero etiquetado fuera de la prisión y luego etiquetado dentro de la
prisión por los propios presos.
Por último, se puntualizan tres aspectos que se agregan a
ésta larga lista de elementos contradictorios que obstaculizan
el logro de la readaptación social; el primero se refiere a la
deficiencia de personal técnico para integrar el Consejo Técnico Interdisciplinario. Los dos siguientes aspectos son funda–270–
mentales, uno de ellos es que no existe separación entre procesados y sentenciados, ambos conviven y comparten los mismos espacios, más aún, en el caso de los procesados, los cuales
no han recibido sentencia, ya se encuentran sometidos a tratamiento. Ello permite la contaminación de unos con otros. El
último aspecto, es el gasto por interno en estos centros; según
datos de la Dirección General de Prevención y Readaptación
Social, el Estado gasta en promedio 165 pesos diarios.
En síntesis, la aplicación de esta ley y la expresión de la reforma penitenciar según Elena Azaola, tenía como propósito
poner en marcha una novedosa innovación que recogía viejos
principios sobre las prisiones mexicanas, basados en recomendaciones formulabas en el congreso internacional penitenciario
de 1955, celebrado en Ginebra, recomendaciones que de manera tardía fueron incorporadas formalmente. Más aún quizá
lo original de la propuesta reformista, fue la creación de un
órgano especializado en los estudios de la personalidad de los
presos y la reintroducción del trabajo y la educación, desde
luego esta reforma opero funcionalmente en un primer momento, posteriormente dejaron de ser operantes, por la misma
lógica del dinamismo social.
Al respecto, quizá sea oportuno traer a la memoria el VII informe del congreso de la Naciones Unidas sobre prevención del
delito y tratamiento del delincuente, en donde la instancia oficial
reconoce la imposibilidad de resocialización del penado por
medio de la pena privativa de la libertad. Entre otros asuntos
relativos a la privación de la libertad el informe específico, acogiendo con satisfacción la atención a las medidas preventivas, y
la creciente gama de sanciones sin privación de libertad, que han
demostrado ser eficaces y aceptables para el público.132
No obstante independientemente de cómo sean consideradas, lo cierto es que la prisión elimina lo primario, lo afectivo,
Palabras de Serafín Ortíz, La búsqueda de una readaptación extraviada, ponencia presentada en el foro Sistema Penitenciario Mexicano, LV Legislatura de la Cámara de Diputados, mayo de 1992.
132
–271–
la intimidad, lo humano de la relaciones entre el interno y sus
familiares. El interno se encuentra sumergido en un mundo de
comunicación adulterada por la vigilancia absoluta, los tiempos
rígidos, los tiempos muertos, tiempos que generan el interno
una sensación de alejamiento de distancia y de impotencia. Por
lo tanto, la privación de la libertad, es una acción irreconciliable desde cualquier punto de vista con el discurso político del
tratamiento individualizador, es pues imposible resocializar a
alguien desde esta perspectiva y bajo estas condiciones.
–272–
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–274–
El simulacro de la readaptación social
Dante López Medrano∗
Introducción
La categoría de lo simbólico, en la actualidad no solamente
aceptada sino de un uso bastante común, ha condensado un
gran flujo de ideas que en ocasiones hace imposible comprender qué se quiere entender o qué se nos da a entender con el
empleo del término. Es por ello que al construir nuestro objeto nos vemos precisados a explicar lo que debería permanecer
en forma implícita.
Para la tradición idealista, tanto la kantiana como neokantiana, los sistemas simbólicos son instrumentos de conocimiento y de construcción del mundo objetivo. La tradición
estructuralista, fundada por F. Saussure, pretende aprehender
la lógica de las formas simbólicas, su estructura inmanente. Y
la tradición marxista privilegia las funciones políticas de los
sistemas simbólicos. Esto nos lleva a comprender los instrumentos simbólicos en una triple dimensión: como estructuras
estructurantes, como estructuras estructuradas y como instrumentos de dominación (Bourdieu, 2000a: 65-73).
El poder simbólico, poder subordinado, es una forma
transformada –es decir, irreconocible, transfigurada y legitimada–, de las otras formas de poder: no se puede superar la alternativa de los modelos energéticos que describen las relacio∗
Profesor de asignatura del posgrado en política criminal de la
Acatlán.
–275–
FES-
nes sociales como relaciones de fuerza y de los modelos cibernéticos que hacen, de ellas, relaciones de comunicación, sino a
condición de describir las leyes de transformación que rigen la
transmutación de las diferentes especies de capital en capital
simbólico, y, en particular, el trabajo de disimulación y de
transfiguración (en una palabra, de eufemización) que asegura
una verdadera transubstanciación de las relaciones de fuerza
haciendo desconocer-reconocer la violencia que ellas encierran
objetivamente, y transformándolas así en poder simbólico,
capaz de producir efectos reales sin gasto aparente de energía”
(Bourdieu, 2000a: 72).
Las estructuras objetivas tienden a producir prácticas que le
son ajustadas. Entre las estructuras y las prácticas se ubican los
agentes y sus acciones que nos dan cuenta de esta relación:
“[…] la relación entre los habitus y los campos provee la única
manera rigurosa de reintroducir a los agentes singulares y sus
acciones singulares sin caer en la anécdota sin pies ni cabeza
de la historia de los acontecimientos” (Bourdieu, 1993: 55).
[…] por un lado, las estructuras objetivas que construye el
sociólogo en el momento objetivista, al apartar las representaciones subjetivas de los agentes, son el fundamento de las representaciones subjetivas y constituyen las coacciones estructurales que pesan sobre las interacciones; pero, por otro lado,
esas representaciones también deben ser consideradas si se
quiere dar cuenta especialmente de las luchas cotidianas, individuales o colectivas, que tienden a transformar o a conservar
esas estructuras. Esto significa que los dos momentos, objetivista y subjetivista, están en una relación dialéctica y que, aun
si, por ejemplo, el momento subjetivista parece muy próximo,
cuando se lo toma separadamente, de los análisis interaccionistas o etnometodológicos, está separado de ellos por una diferencia radical: los puntos de vista son aprehendidos en tanto
tales y relacionados con las posiciones en la estructura de los
agentes correspondientes (Bourdieu, 1993: 12).
–276–
La percepción que los agentes sociales singulares tengan de
las instituciones dependerá de su posición en el espacio social:
una secretaria, un funcionario de alto o mediano nivel, un custodio tienen puntos de vista diferentes respecto de la cárcel,
puntos de vista que pueden ser antagónicos. Sin embargo, su
práctica se ajusta al campo carcelario a través de una representación que le es común, el mundo del sentido común, lo que le
es evidente, simplemente hacen lo que tienen que hacer.
Estas representaciones de sentido común, del personal que
labora en los lugares de reclusión, guarda relación con la representación de sentido común que acerca de la cárcel tienen las
masas: albergan a los anormales (Foucault, 2000).
Se decía que don Chucho dormía muy cerca de un loco que
se llamaba Goyo Cárdenas y estaba allí por haber asesinado y
enterrado en su patio a varias muchachas de alrededor de veinte años; lo sorprendente no era esto pues asesinos desalmados
abundaban y me imagino que abundan en todas las cárceles; la
gente se maravillaba porque este loco en su juventud había
sido estudiante de ingeniería química del Poli con beca de Pemex y, una vez adentro de Lecumberri estudió derecho y se
recibió de abogado dizque para defenderse y defender a sus
compañeros sin recursos. Así que de asesino pasó a héroe popular por un simple detalle: estaba tan loco que pensaba exculparse estudiando. Si como no (Sahagún Tinoco, 2000: 42).
Y en otro testimonio tenemos
Así continué realizando las visitas a Mario hasta que se lo
llevaron a las “Islas Marías” durante 3 años, en ese lugar también trabajaba para ganarse su comida, muchas veces él cazaba
para alimentarse y se pasó el tiempo luchando por su sobrevivencia; hasta que regresó pero en muy malas condiciones porque estaba envejecido, perdió la razón y por lo mismo subsistió recogiendo basura, volviéndose indigente. Pasaron los años
hasta que un automóvil lo atropelló, lo recogió una ambulancia
–277–
que se lo llevó a Polanco, un amigo de la familia lo reconoció y
nos dio aviso de que estaba muerto.
Fue el fin de Mario pero también del sufrimiento de mi
madre, el cual había durado durante mucho tiempo, ella siempre estaba llorando por él y con este suceso terminó por resignarse de que su hijo no había nacido para ser un hombre de
bien (Sahagún Tinoco, 2000: 69).
Las representaciones de sentido común constituyen el programa de percepción social, incorporado en las mentes de los
agentes, que legítima la exclusión con base en la división sano/enfermo que el devenir histórico de la institución carcelaria
impuso, y que terminó por consagrar el derecho. Éste confiere, a
la vez, a esa realidad su permanencia (Bourdieu, 2000b: 201-202).
El efecto de la dominación simbólica (trátese de etnia, de
sexo, de cultura, de lengua, etcétera) no se produce en la lógica
pura de las conciencias conocedoras, sino a través de los esquemas de percepción, de apreciación y de acción que constituyen los hábitos y que sustentan, antes que las decisiones de
la conciencia y de los controles de la voluntad, una relación de
conocimiento profundamente oscura para ella misma (Bourdieu, 2000c: 53).
La institucionalización de esta percepción social se incorporó a los centros de reclusión a través de los Consejos Técnicos
Interdisciplinarios. La práctica de los centros de reclusión verifica semanalmente el ritual del Consejo Técnico Interdisciplinario. La estructura y funcionamiento de éste es regulada por
nuestro sistema de derecho positivo. El presente trabajo pretende mostrar cómo construyó el mundo social, esta práctica.
El simulacro de la readaptación.
Saber readaptar
El proceso histórico que instaura el discurso científico, a
los técnicos, al Consejo Técnico, en la institución carcelaria en
nuestro país tiene que ver con Lecumberri, la penitenciaría del
–278–
Distrito Federal inaugurada el 29 de septiembre de 1901, con
las diferentes prácticas que a su interior se verificaban, y su
sustitución por la actual Penitenciaría de Santa Martha, pero
también con un proceso de imposición de modelos desde diferentes posiciones teóricas. Lecumberri se construyó, como
espacio social, como producto de la etapa de moralización de
las capas populares que se verificó en el siglo XIX (Foucault,
1992: 90), tal es su proyecto según el texto legal, los programas
y las declaraciones de intención:
[…] aquí se elaborará la corrección del delincuente corregible, y encontrará segregación y sufrimiento, sin infamia ni
horror, el incorregible; ella será siempre y para todos fórmula
de la suprema ley moral de que el ataque artero o violento al
derecho produce, como consecuencia necesaria, el mal que
comienza en las suaves sanciones del orden civil y llega hasta
la privación de la libertad y aun de la vida, en las ásperas cimas
de la criminalidad (Macedo, 1900: 8-10).
El programa de moralización de la institución no requería
de los científicos, de los técnicos. Su necesidad no se ha planteado aún en la práctica penitenciaria que inauguró Lecumberri. El programa se encamina a la corrección moral, a través de
una torre de combate contra el mal: “aquí todo va a ser silencio, quietud, casi muerte; al poblarse estos recintos se advertirá
apenas que albergan seres vivientes; al perderse el eco de vuestros pasos, comenzará el reinado del silencio y de la soledad”
(Macedo, 1900: 8).
Desde luego este fue un proyecto entre otros, el modelo que
se impuso. Entre 1876 y 1880 el entonces Secretario de Justicia,
Ignacio Ramírez, dictó diversos acuerdos para materializar el
establecimiento de la penitenciaría. Así se presentaron, entre
otros, la fortaleza de Perote, los proyectos de los arquitectos
Rivas y Plowers, el de Medina y Ormaechea, saliendo triunfante
el proyecto de Torres Torija que incorporaba el sistema celular y
el panóptico (Gonzalez, 1946: 10). Este proyecto de establecimiento permite materializar el proyecto teórico, conservando la
–279–
esencia de la institución carcelaria: la exclusión/encierro. Recuérdese que el establecimiento de Lecumberri sustituyó a la
Cárcel de Belén. El programa teórico fue concluído el 30 de
diciembre de 1882 (Proyecto, 1882). En éste, después de analizar los diferentes sistemas penitenciarios existentes en la época, se resuelve por el sistema Croffton o Irlandés, agregándose
al que ya se encontraba previsto en el texto del Código Penal
de Martínez de Castro, el sistema Filadelfia.
Art. 130
Los condenados á prision la sufrirán cada uno en aposento
separado, y con incomunicación de dia y de noche, absoluta ó
parcial, con arreglo á los cuatro artículos siguientes.
Art. 131
Si la incomunicacion fuere absoluta, no se permitirá á los
reos comunicarse sino con algun sacerdote ó ministro de su
culto, con el director del establecimiento y sus dependientes, y
con los médicos del mismo.
Tambien se les permitirá la comunicacion con alguna otra
persona, cuando esto sea absolutamente preciso.
Art. 132
Si la incomunicación fuere parcial, solo se privará a los reos
de comunicarse con los otros presos; y en los dias y horas que
el reglamento determine, se les podrá permitir la comunicación
con su familia, con los miembros de las juntas protectoras de
presos, y con otras personas de fuera, capaces de instruirlos en
su religión y en la moral, á juicio de la junta de vigilancia del
establecimiento.
Art. 133
Lo previsto en el artículo anterior, no obstará para que los
reos reciban en comun la instruccion que debe dárseles cuando no sea posible hacerlo con cada uno en particular.
–280–
Art. 134
La incomunicación absoluta no podrá decretarse sino para
agravar la pena que se imponga al reo, cuando aquella no se
creyere castigo bastante. Esa agravación no podrá bajar de
veinte dias ni exceder de cuatro meses.
Lo previsto en este artículo no se opone á que se aplique la
incomunicacion como medida disciplinaria, en los casos y por
el tiempo que permitan los reglamentos de las prisiones.
Art. 135
A los mayores de sesenta años no se les podrá agravar la
pena con la incomunicación absoluta.
Art. 136
Los reos á quienes falten seis mese para cumplir la mitad de
su condena, y que hayan dado pruebas de su condena, y que
hayan dado pruebas suficientes de arrepentimiento y enmienda; serán trasladados á otro establecimiento apropiado al objeto y destinado á él, para que cumplan allí los seis meses
mencionados.
En dicho establecimiento no habrá ya incomunicación alguna; y si la conducta de los reos fuere tal que inspire plena
confianza en su enmienda, se les podrá permitir que salgan á
desempeñar alguna comision que se les confiera, ó á buscar
trabajo, entre tanto se les otorga la libertad preparatoria. (Código Penal, 1871).
El sistema Filadelfia había sido recomendado por el Congreso Internacional de Francfort Sur-le-Mein, en 1846. Sin
embargo, al abrigo de ulteriores congresos terminó por imponerse el sistema Croffton. Tal fue la situación de los congresos
de Cincinatti de 1870 y de Londres de 1872, en donde “fue
unánime la preferencia en favor de los procedimientos del
sistema Croffton, tal como se practica en Irlanda” (Proyecto,
–281–
1882). Este sistema, a decir de sus impulsores en México, gobierna “a los hombres como dóciles ovejas” (Proyecto, 1882).
Para implementar este sistema tampoco hacían falta los
científicos, o técnicos, aunque ya se vislumbra su pálida silueta.
Si bien, por una parte, de acuerdo con el proyecto de Penitenciaría de 1882, la piedra angular del sistema, los premios y castigos, se encargaba a los profesores de la escuela, jefes de talleres, celadores, y desde luego al director (Proyecto, 1882). Por
otra parte, el discurso científico va perfilando su necesidad,
tanto en declaraciones como en el texto de la ley.
Al sistema penitenciario, reconocido como mejor por la
mayor parte de los sabios en todos los congresos internacionales; al sistema nacido en Irlanda y ensayado con éxito por el
capitán Croffton, que con las convenientes modificaciones
aconsejadas por la experiencia y el medio, y teniendo en consideración la raza, los elementos locales, es de esperar que produzca el resultado apetecido; esto es, hacer que dentro del
principio de la unidad de la pena se pueda seguir en una buena
parte el de su individualización o aplicación a cada uno, del
tratamiento que su modo de ser psíquico y moral exija, o sustituirlo al menos por el de clasificación según los diversos tipos
aceptados (Rebollar, 1900: 11 a 14).
En el Reglamento de la Penitenciaría, expedido con carácter de provisional en 1900, se plasma esta necesidad, como
parte de los servicios médicos.
Sección IV
Servicio médico
Art. 160. El servicio médico se ajustará a las reglas establecidas para el de la cárcel general en el Reglamento General de
Establecimientos Penales, sin más modificaciones que las que
resulten necesariamente del objeto especial de la Penitenciaría
o de lo dispuesto en este reglamento, y de las siguientes prevenciones:
–282–
I. Además del servicio médico propiamente dicho, habrá un
servicio antropológico, que comprenderá el estudio de los reos
desde el punto de vista de la antropología criminal y la formación de un museo antropológico;
II. Los resultados del estudio antropológico de los reos se
harán constar anualmente en una memoria que el médico presentará a la Dirección y que se incluirá en la memoria general
de la Penitenciaría… (Reglamentos generales, 1900).
La materialización de este proyecto va a ser la historia de la
imposición de un criterio de teoría-práctica carcelaria que se
verificó en nuestro país a lo largo del siglo pasado y va a concluir con el Reglamento del Centro Penitenciario del Estado
de México de 1969. Proceso que permitió a ciertos grupos
pasar del capital simbólico difuso, el reconocimiento, al capital
simbólico objetivado, “codificado, delegado y garantizado por
el Estado, burocratizado.” (Bourdieu, 1999a: 112).
Así, la ciencia que pretenda proponer criterios fundados en la
realidad, los de mayor fundamento en lo real, debe de tener
siempre bien presente que en realidad sólo registra un estado de
la lucha de las clasificaciones. Es decir, un estado de la relación de
fuerzas materiales o simbólicas entre quienes tienen que habérselas con uno u otro modo de clasificación, grupos que suelen invocar la autoridad científica para fundar en realidad y en razón el
reparto arbitrario que desean imponer (Bourdieu, 1999b: 89).
En la práctica el proyecto que inauguró Lecumberri siguió
el programa de la propia institución carcelaria: su reforma.
Hay que recordar también que el movimiento para reformar
las prisiones, para controlar su funcionamiento, no es un fenómeno tardío. No parece siquiera haber nacido de una comprobación de fracaso debidamente establecido. La ‘reforma’ de la
prisión es casi contemporánea de la prisión misma. Es como su
programa. La prisión se ha encontrado desde el comienzo inserta en una serie de mecanismos de acompañamiento, que deben
en apariencia corregirla, pero que parecen formar parte de su
–283–
funcionamiento mismo; tan ligados han estado a su existencia a
lo largo de toda su historia (Foucault, 1984: 236).
Así, a partir de 1908 la construcción original de Lecumberri
empezó a sufrir modificaciones, en este caso una ampliación,
con lo que se terminó con el régimen original de vigilancia, el
panóptico.
Estas ampliaciones y adaptaciones consistieron en la construcción de una crujía o departamento de mujeres, cuya mayor
parte hoy corresponde a la crujía “L”; los edificios para servicios
médicos, gimnasio, cine, alojamiento para celadores, que ahora
han sido destinados para la crujía “I” y las circulares 1 y 2 originalmente construidas para baños, en las que eran alojados los
reos peligrosos o los que sufrían castigos disciplinarios, por faltas
cometidas en el interior de la cárcel (Martín del Campo, 1963: 18).
En la práctica, el régimen de la disciplina y el silencio, bosquejado por Macedo en su discurso inaugural, hacia 1911, se
caracterizaba por la indisciplina de los reos y la desobediencia
a los superiores. La causa principal consistía en que los reos
consideraban que la revolución mexicana debía extenderse a
las cárceles, atenuando las penas y su aplicación (Informe del
delegado, 1911). Estas ideas eran difundidas por los presos
políticos, pero aún éstos no cuestionaban la existencia misma
de la cárcel. Al respecto, y entre paréntesis, es interesante observar que a lo largo del siglo pasado los reos políticos, incluyendo a los alumnos de la Universidad Nacional Autónoma de
México integrantes del Consejo General de Huelga, al interior
del establecimiento carcelario, tuvieron como una preocupación fundamental su separación de los reos comunes, bajo el
lema: ¡nosotros no somos delincuentes!
No obstante, el régimen planeado para regir la existencia en
Lecumberri, sí llegó a realizarse: “finalmente el 26 de agosto de
1976, el «Palacio Negro de Lecumberri» había quedado totalmente solo, el silencio era realmente escalofriante y albergaba
un eco sollosante, ahí mi abuelo y miles de presos dejaron casi
toda su vida” (Sahagún, 2000: 12).
–284–
El proyecto Lecumberri al cumplir una década de su apertura se encontraba agotado. Había nacido agotado, por una
parte el proyecto Croffton, recomendado en los congresos de
Cincinatti y Londres, como el mejor sistema y que debía implementarse para lograr la enmienda moral del reo tal y como se
practicaba en Irlanda, era imposible verificar en Lecumberri, ya
que el proyecto Irlandés no sólo incluía más de un edificio, sino
que estos se encontraban en distintas ciudades, y por otra parte,
ya desde los discursos inaugurales y en el propio reglamento se
aprecia la pálida silueta del modelo que se estaba imponiendo, el
positivismo Lombrosiano, la antropología criminal.
Lombroso, que era republicano, anticlerical, positivista, nacionalista, procuraba manifiestamente establecer la discontinuidad entre los movimientos que reconocía y en los que se
reconocía, y que, en su opinión, habían sido convalidados
efectivamente en el transcurso de la historia, y aquéllos de los
que era contemporáneo y enemigo, a los que se trataba de
descalificar. Si se puede probar que los movimientos actuales
son obra de hombres que pertenecen a una clase biológica,
anatómica, psicológica y psiquiátricamente desviada, tendremos entonces el principio de discriminación. Y la ciencia biológica, anatómica, psicológica y psiquiátrica permitirá reconocer de inmediato, en un movimiento político, al que se puede
convalidar efectivamente y al que hay que descalificar. Es lo
que Lombroso decía en sus aplicaciones de la antropología.
Decía: la antropología parece darnos los medios de diferenciar
la verdadera revolución, siempre fecunda y útil, del motín, la
rebelión, que son siempre estériles. Casi todos los grandes
revolucionarios –proseguía–, a saber, Paoli, Mazzini, Garibaldi,
Gambetta, Charlotte Corday y Karl Marx, eran santos y genios, y, por otra parte, tenían una fisonomía maravillosamente
armoniosa. En cambio, al contemplar las fotografías de 41
anarquistas de París, advierte que el 31 por ciento de ellos tienen estigmas físicos graves. De 100 anarquistas detenidos en
Turín, el 34 por ciento no tiene la figura maravillosamente
–285–
armoniosa de Charlotee Corday y Karl Marx (lo que, sin duda,
es el signo de que el movimiento político que representan debe
descalificarse histórica y políticamente, porque ya está fisiológica y psiquiátricamente descalificado) (Foucault, 2000: 147).
La historia de Lecumberri es la historia de los accidentes y
luchas que se verifican para justificar la imposición de esta
tehorein (Bourdieu, 1993: 132), mirada, la mirada científica, la
mirada positiva, la transformación del reo de enfermo moral,
sujeto de arrepentimiento, a otra clase de enfermo, emocional,
mental, psíquico: sujeto de readaptación.
Lecumberri no, es una cloaca
Con la inauguración de Lecumberri inicia el proceso de imposición de un nuevo discurso, portador de otra representación del mundo social, de una nueva representación del delincuente, vinculada a los intereses de los nuevos grupos. “En
suma, no se trata sólo de comunicar, sino de hacer reconocer
un nuevo discurso de autoridad, un nuevo discurso con un
nuevo vocabulario político, con sus términos de identificación
y referencia, sus metáforas, sus eufemismos y la representación
del mundo social que vehícula” (Bourdieu, 1999b: 22).
No, Quiroz Cuarón no repetía en su clase el texto de un libro. Muchos libros y muchos hechos eran su fuente. Pero
señalaba la bibliografía, tan copiosa como la quisiera y pudiera
el alumno. Conocimos la Criminología, dictada por el emigrado Bernaldo de Quirós, que reunió en páginas rebosantes su
erudición asombrosa. También el Compendio de LaignelLavastine y Stanciu, traducido del francés por Quiroz Cuarón.
Mejor que libros, decía, clínica criminológica; o en todo caso, no sólo libros. Fuimos a las prisiones, haciendo estudios
sobre la cárcel y los presos; observamos las prácticas en el
laboratorio de criminalística; asistimos a hospitales de traumatología, para asomarnos, reticentes, a la medicina forense.
–286–
Estuvimos buenas jornadas, creyéndonos ya penalistas, en
la sala de visita de defensores, en Santa Marta, que era la nueva
penitenciaría para varones; en la Cárcel de Mujeres; en el anfiteatro del Hospital Juárez. En Lecumberri, no. Es una cloaca,
decía Quiroz. Dábamos cuenta en sendos informes. Servían
mejor, estoy de acuerdo, que una retahila de teorías aprendidas
de memoria (García, 1998: 743).
Lecumberri fue el espacio central en que se verificó la lucha
por el monopolio de la autoridad científica, de la capacidad de
decir y hacer que socialmente se reconoce a un agente determinado (Bourdieu, 2000a: 76). Lucha en que concurrieron los
detentadores de esa capacidad ganada en luchas precedentes y
los nuevos actores que van a abanderar el positivismo lombrosiano. Se identifican al menos dos grupos: los militares y los
técnicos. Recuérdese que el proyecto Irlandés fue materializado por un militar, el capitán Croffton, privilegiando, desde
luego, la disciplina como índice del progreso del reo y que en
este sistema tal y como se ponía en práctica en Lecumberri no
eran necesarios los técnicos.
Lo que verdaderamente caracteriza este sistema, es la división de la pena en cuatro periodos, clasificados según la mayor
severidad y basados en el doble principio de ofrecer premio a la
buena conducta y a la enmienda, y de amenazar con castigo la
perseverancia en el delito o en la inmoralidad… El primer periodo es de prisión celular… El objeto de este rigor es hacer al
reo entrar en sí mismo y producir en su espíritu una impresión
profunda… El segundo grado es de prisión en común, con
separación durante la noche y trabajo en la escuela y en el taller
durante el día… La base de este grado es una clasificación progresiva fundada en la buena conducta… La distribución de
premios se hace por el jefe de los talleres, el profesor de la escuela, los guardianes o celadores principales y el gobernador de
la prisión… El tercer periodo, que es propiamente el último de
la pena, tiene por objeto hacer ver al reo que ya se tiene confianza en él, a consecuencia de los progresos que ha hecho, y
–287–
probar al público que su conducta ofrece garantías que permiten emplearlo y tratarlo con seguridad, sirviendo al propio tiempo para comprobar la realidad de la reforma de los criminales y
su poder sobre sí mismo para resistir a las tentaciones y ver
cómo preparan su vuelta a la sociedad… El edificio destinado a
este grado no tiene apariencia alguna de cárcel; todos los presos
gozan de libertad en sus movimientos, y en las tiendas de hierro
que les sirven de dormitorios no hay más vigilancia que la que
ellos mismos quieren tener. Si su conducta es buena, se les concede la libertad preparatoria…” (Proyecto, 1882).
Esta lucha se identifica por las estrategias de descalificación
del adversario, tomando como objeto de conocimiento a los
propios adversarios y sus estrategias (Bourdieu, 2000a: 109). Se
materializa en la sucesión de técnicos y militares en la dirección del propio Penal, culmina con el final de Lecumberri, la
apertura del Centro Penitenciario del Estado de México, la
Penitenciaría de Santa Martha y los Reclusorios Preventivos en
el Distrito Federal. Y se simboliza en el acto del nombramiento del último director: el cambio de director se verificó cuatro
meses antes del final de Lecumberri.
En la noche del 30 de abril de 1976, fuimos a Lecumberri el
Regente de la ciudad, el Procurador del Distrito, el Director de
la Policía, General Gutiérrez Santos, funcionario esmerado y
capaz, el Director General de Gobernación, de quien la cárcel
dependía, licenciado Jorge Espínola Samperio, el Secretario
General de Gobierno del Distrito, el respetable jurista doctor
Octavio Hernández, y el doctor Gustavo Malo Camacho, Presidente de la Comisión Administradora de los Reclusorios.
En el despacho de la Dirección hubo una breve ceremonia:
fue generosa la presentación que de mí hizo el Jefe del Departamento del Distrito Federal y yo dí a conocer mi reconocimiento
al Presidente de la República, Luis Echeverría, y a las autoridades
de la ciudad, y mi formal compromiso al frente de Lecumberri.
Momentos después acompañé en su salida al exdirector, General Francisco Arcaute Franco, en el primer acto de mi cargo,
–288–
visité una a una las crujías de Lecumberri. Cerca de la media
noche la cárcel estaba en silencio (García, 1979: 21 y sig.).
En este proceso se identifican tres momentos que contienen
tres niveles de realidad social: la posición de los intelectuales, la
estructura de las relaciones objetivas en donde se verifican estas
luchas y las prácticas establecidas (Bourdieu, 2000a: 31).
La posición de los intelectuales
La posición de los intelectuales, quienes en algún momento
ocuparon cargos de dirección en Lecumberri, se centró en dos
sentidos: la descalificación de la práctica y proyecto que se verificaba en Lecumberri, que se resume en nada funciona nada
puede funcionar, y plantear la necesidad de la reforma penitenciaria. Estas estrategias se verificaron a través de la Academia
Mexicana de Ciencias Penales y su órgano de difusión, la revista
Criminalia, el campo académico y los Congresos Nacionales
Penitenciarios. Lugares en los que no tuvieron espacio los defensores de otros proyectos, los militares. Basta revisar la relación de quienes participaban en esos espacios para constatarlo.
El primer congreso Nacional Penitenciario se llevó a cabo
del 24 de noviembre al 3 de diciembre de 1932, en Aguascalientes, lo presidió José Angel Ceniceros, y abordó, entre otros
temas, “medios de tratamiento de los reos dentro de las prisiones y condiciones que deben llenar para lograr la readaptación de los delincuentes” (García, 1998: 437 y sig.).
Hacia 1936 Raúl Carrancá y Trujillo escribió: “Los delincuentes mismos participan principalmente en la organización
interior del penal al mismo tiempo que se carece en lo absoluto de Oficiales de Prisiones, personal técnicamente especializado, pues el que figura en las nóminas se improvisa y no
acredita estudios previos de ningún género” (Carrancá, 1936).
En un informe elaborado en 1936 por Ignacio García Téllez,
entonces Procurador General de Justicia de la Nación, dirigido
al Presidente Lázaro Cárdenas, recomienda: “Que se proceda,
–289–
desde luego, a reorganizar nuestro régimen penitenciario, con sinceros
propósitos de regeneración del delincuente…” (García Tellez, 1937).
Producto de las observaciones y recomendaciones del Procurador García Tellez se elaboró el Reglamento de la Penitenciaría
que, en su artículo 10, dispuso la creación de un Departamento
de Prevención Social, compuesto por un Jefe Médico Psiquiatra
especialista en Criminología, médicos psiquiatras “encargados
de realizar los estudios médicos psicológicos de los delincuentes
para la clasificación, distribución y tratamiento de estos…”, así
como de “los trabajadores sociales cuya labor consistirá en las
investigaciones de índole social complementarias de los estudios
médicos psicológicos, tendientes al conocimiento integral de los
delincuentes” (García Tellez, 1937). Para materializar la reforma
penitenciaria se designó, en febrero de 1936, como director de
la penitenciaría a Carlos Franco Sodi, quien resumió su labor de
18 meses señalando: fracasé (Franco, 1951).
Una década después, hacia 1946, González Bustamante critica el hecho de que en la práctica carcelaria de Lecumberri no
se siga ningún método científico, que el Departamento de
Prevención Social no tenga participación en la vida carcelaria y
tratamiento de los internos, y que ésta se rija de acuerdo al
criterio del Director (González, 1946: 10).
Cada establecimiento de corrección penal debe contar con
un Departamento de Observación de los reclusos, para estudiar
sus antecedentes, su género de vida, sus taras hereditarias, sus
tendencias criminales, etc., etc., como fase inicial del tratamiento
que debe aplicárseles. Este departamento debe estar integrado
por personas expertas en criminología, psiquiatría y pedagogía:
verdaderos auxiliares técnicos para que la justicia penal cumpla
eficazmente con su cometido” (González, 1946: 10).
Se pretende el desplazamiento de la mirada, de una observación con el fin de que el interno se sienta vigilado para que
enmiende su comportamiento, conforme a los principios del
panóptico, a una observación con la finalidad de detectar tendencias criminales.
–290–
En los primeros días de enero de 1947 Carlos Franco Sodi
invitó a Javier Piña y Palacios a ocupar el cargo de director de
la penitenciaría del Distrito Federal. Éste se impuso como
principal ocupación dar cumplimiento al artículo 18 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se formuló un proyecto que consistía en aislar una de las
más grandes crujías, del resto de la prisión. Adicionarle un
pabellón el que se destinaría a la selección, estudio y clasificación de los sentenciados, para poder distribuirlos en las diferentes secciones en las que debería dividirse la crujía, para la
clasificación y el tratamiento necesarios (Piña, 1979: 115).
Durante su encargo como director de la Penitenciaría Piña
y Palacios viajó a los Estados Unidos de América con el fin de
conocer el trabajo penitenciario de ese país. En Washington el
Director de Prisiones le enseñó el Manual que un grupo de
directores de prisiones acababa de publicar: “En él estaban
contenidos todos los lineamientos de la organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios que deben manejar las prisiones” (Piña, 1979: 115).
El segundo congreso Nacional Penitenciario se celebró del 26
de octubre al 1o. de noviembre de 1952, la convocatoria la realizó
la Universidad Nacional Autónoma de México, el Gobierno del
Estado de México, la Sociedad Mexicana de Medicina Forense y
Criminología, la Sociedad Mexicana de Neurología y Psiquiatría,
la Academia Mexicana de Ciencias Penales y la Asociación de
Funcionarios Judiciales. Entre los temas centrales del congreso
encontramos: biotipología criminal, resocialización de los delincuentes, servicio médico en las penitenciarías, establecimientos
penitenciarios en relación con su arquitectura, entre otros (García, 1998: 437 y sig.). En este congreso se planeó el Centro Penitenciario del Estado de México (García, 1979).
El 3 de marzo de 1958, Lecumberri, al efectuarse el primer
traslado de reos a la Penitenciaría de Santa Martha, dejó de
tener carácter de Penitenciaría. Ésta se inauguró el 14 de octubre de 1957, pero comenzó a funcionar a partir del primer
–291–
traslado de reos de Lecumberri (Martín del Campo, 1963).
Para el inicio de esta etapa de Lecumberri como cárcel preventiva se designó como director a un militar, el General Carlos
Martín del Campo. El General asume la dirección de la cárcel
preventiva para “hacer cumplir las reglas mínimas aprobadas
en Ginebra, en 1955”, con particular énfasis en el trabajo como medio de rehabilitación (Martín del Campo, 1966). Así, si
bien hacia 1950 “no había ni médico”, salvo cuando se le llamaba, para 1963, debido a las gestiones del General Martín del
Campo, el cuerpo técnico se componía de un médico de guardia permanente, dos dentistas, dos radiólogos, un urólogo, un
cirujano, dos psiquiatras, un tisiólogo, dos internistas, un anestesista, un neurólogo, un ortopedista y un oculista. Además
seis médicos que cubrían guardia cada día de la semana (Martín del Campo, 1963). Términos equivocados, personal equivocado, fines equivocados: proyecto fracasado.
Estructura de las relaciones objetivas
Los límites del moderno penitenciarismo se han construido
para evitar el rechazo tanto del castigo, como de la instancia
que castiga: el dolor humanizado.
Ahí enraíza el principio de que no se debe aplicar jamás sino
castigos “humanos” a un delincuente que, sin embargo, puede
muy bien ser un traidor y un monstruo. La razón de que la ley
deba tratar ahora “humanamente” a aquel que se halla “fuera de
la naturaleza” (mientras que la justicia de antaño trataba de manera inhumana al “fuera de la ley”), no está en una humanidad
profunda que el delincuente escondiera dentro de sí, sino en la
regulación necesaria de los efectos de poder. Esta racionalidad
“económica” es la que debe proporcionar la pena y prescribir
sus técnicas afinadas. “Humanidad” es el nombre respetuoso
que se da a esta economía y a sus cálculos minuciosos. “En
cuestión de pena, el mínimo está ordenado por la humanidad y
aconsejado por la política” (Foucault, 1984: 96).
–292–
Desde Beccaria (1738-1784) los autores del Derecho Penal
Clásico enseñan que la evolución de las ideas penales nos llevó
al periodo de humanización de las mismas. En la actualidad los
órganos de gobierno encargados de la protección de los Derechos Humanos (Mora, 1991), nos referimos a los órganos de
control político, es decir, Comisiones de Derechos Humanos,
nos hablan de esta aporía, la humanización de las penas, de la
humanización del dolor (Christie, 1984).
El sistema de reclusión opera la exclusión de los desviados,
de los que han infringido la ley penal y se convirtieron en sus
clientes. Sin embargo, la gran masa de la desviación de la ley
penal no ingresa a la cárcel, por diversas circunstancias. En
una conferencia dictada el 19 de noviembre de 1999, en el
marco del segundo congreso Iberoamericano de Derecho Penal, organizado por el Instituto Iberoamericano de Derecho
Penal, en la ciudad de México, un subprocurador de la Procuraduría General de la República, comentó que estudios realizados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública estimaban
que de cada 100 delitos cometidos, 20 se denunciaban a la
autoridad; 10 se consignaban al juez, y en cinco casos se obtenía sentencia de condena. Esta clientela se logra a través de
dos vías: la reclusión preventiva, aquella que opera mientras el
sujeto está siendo enjuiciado, y la reclusión compurgatoria, que
se establece por sentencia de juez, para ser cumplida en el
tiempo de reclusión que se impone.
La prisión compurgatoria consiste en la privación de la libertad corporal, y su duración es de tres días a 60 años, según
dispone el artículo 25 del Código Penal Federal. Tiene como
finalidad la readaptación social del delincuente a través del
trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, tal es el
contenido del artículo 2º de la Ley que establece las Normas
Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
No obstante, cualquiera que sea la visión desde la que se
aborde, el derecho encuentra su especificidad en la violencia,
como ha podido ya intuirse. Si para el científico del derecho
–293–
(puro o no) el orden jurídico se diferencia de otros órdenes
normativos por el elemento coacción, los filósofos del derecho
(y en particular del derecho penal) no han hecho sino construir
doctrinas justificativas de la pena, independientemente del
peso que le den en sus argumentaciones a los preceptos que
las condicionan; y los sociólogos, por su parte, no pueden sino
involucrar sus indagaciones, respecto del establecimiento del
derecho y sus formas de conservarse y autorreproducirse, que
no son otras sino aquellas relaciones sociales que son su consecuencia, es decir, formas de violencia que, como afirma Walter Benjamin, al producir el derecho, se convertirán en aquel
elemento que lo conserva (Tenorio, 1992: 66).
La cárcel es un lugar con fines evidentes de exclusión social, esto se muestra de manera evidente: lo primero que tenemos a la vista son sus muros de piedra. Altos muros coronados de alambre con navajas, concertina, que nos indican de
manera cínica sus fines. La cárcel no necesita ocultar sus fines
manifiestos.
Sin embargo, al interior se recrean las más variadas desviaciones: ¡Te lo fumas o te lo tomas!, ¡a peso las monas!, son las
expresiones que utilizan los internos para vender marihuana,
alcohol e inhalantes, los que inclusive tienen un lugar especifico de operación. Los internos que no pueden pagar las cuotas
que se cobran por usar el llamado edificio de visita íntima,
rentan a otros internos especies de casas de campañas: construida con cuatro palos, de dos en dos en forma de “V” invertida y cubiertos con una cobija, en un pedazo de césped, para
tener en ellas relaciones sexuales con su pareja habitual o con
quien acceda a ello. Todo se comercializa.
Otra área es la que ocupan los talleres, de la más variada
gama de productos. Normalmente los talleres existentes dan
trabajo a un número insignificante de internos, en relación con
la población recluida. Es común que los internos no tengan
tiempo para dedicarse a este tipo de tareas, no cumplen con
los horarios porque la noche anterior se desvelaron practican–294–
do juegos de azar, viendo televisión o simplemente platicando,
y los días señalados para la visita familiar prefieren pasar el
tiempo con su familia que laborando, de ahí que estas áreas
nunca son económicamente rentables; aunado al robo hormiga. Esto explica el abandono que se observa en la industria
penitenciaría. La mayoría de la población recluida se ocupa,
laboralmente hablando, de actividades artesanales.
PRINCIPALES ACTIVIDADES TÉCNICAS
(Álvarez, 2000: 231)
ACTIVIDAD
UNIDAD DE MEDIDA
Diagnóstico
Expedientes técnicos integrados.
Estudios clínico-criminológicos
externos.
Estudios clínico-criminológicos
internos.
Estudios para otorgamiento de
beneficios.
Educación.
Alfabetización.
Primaria.
Secundaria.
Preparatoria.
Extraescolares.
Certificados.
Tratamientos
Básico
Capacitación.
Cursos.
Internos atendidos.
Trabajo.
Talleres.
Internos atendidos.
Tratamiento individual.
Tratamiento grupal.
–295–
TOTAL
1997
7061
6890
8696
1583
1998
8560
6826
8830
1876
1999
6482
6081
6114
1752
274
751
783
620
374
489
252
947
1103
779
316
490
278
1087
1277
931
241
676
332
7366
371
8771
203
4849
9
182
232
1356
14
273
248
1881
15
469
372
985
La población reclusa se distribuye por sí sola en el interior
de los dormitorios: los internos son canalizados directamente a
través de seguridad y custodia, por medidas de seguridad, o
bien porque las estancias las han vendido al mejor postor; sea
porque los propios criterios son ambiguos y se presten a las
simpatías o antipatías del personal técnico encargado de realizar la clasificación, o bien sea porque los reclusos de más antigüedad no permitan el ingreso en la estancia a los más recientes. Esta última dinámica produce el fenómeno de los
damnificados: aquellos internos que por no tener poder político, económico, social, entre otros, no pueden hacer valer su
derecho a tener un lugar en la exclusión, y se ven obligados a
vivir en los pasillos, durmiendo hacinados. ¡Pero éstos a nadie
importan! Más allá de estos lugares existen las zonas de los
olvidados. Los lugares de castigo. La exclusión dentro de la
exclusión.
Estos lugares no son visitados por funcionarios de la institución ni de otras instituciones oficiales ni por Organismos no
Gubernamentales ni por nadie, de ahí que se les denomine “ZO”, zona de olvido. En ellos habitan sujetos de la más variada
patología social: personas que dentro de la cárcel cometen
infinidad de delitos, o bien por sus antecedentes conocidos de
pertenecer en el exterior a bandas dedicadas al asalto a mano
armada, violación, homicidios, delitos de tráfico de drogas,
etcétera, se considera que deben estar en condiciones de aislamiento total.
Z-O es una especie de cárcel dentro de la cárcel, inclusive en
los reclusorios preventivos del Distrito Federal físicamente
tienen el aspecto de una pequeña cárcel: muros altos coronados por alambre de púas; acceso restringido tanto a otros internos como al propio personal de la institución; trámite de
identificación como requisito para acceder al lugar; aislamiento
de los internos respecto de la vida del propio centro. El caso
extremo es el encierro en la propia celda, sin que el interno
pueda salir, quedando fuera inclusive de los programas de tra–296–
tamiento de la institución y de las funciones asistenciales, el
conocido apando.
Existe consenso en señalar que la cárcel no cumple con los
fines para los cuales está diseñada. “Conocidos son todos los
inconvenientes de la prisión, y que es peligrosa cuando no es
inútil. Y sin embargo, no se ve por qué reemplazarla. Es la
detestable solución de la que no sabría hacerse la economía”
(Foucault, 1984: 234). En nuestra opinión esto es así porque
cumple con otro tipo de funciones, más bien simbólicas.
En nuestro medio la constatación empírica sobre el fracaso
de la cárcel, en cuanto al cumplimiento de sus fines declarados,
la proporcionan las recomendaciones que sobre los centros de
reclusión en el país han emitido las Comisiones de Derechos
Humanos. Basten dos ejemplos: La recomendación 90/91 de
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH),
intitulada Sobre el caso de los Reclusorios Preventivos y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, y las Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, (CDHDF) sobre las cárceles. Sobre todo, como
señala Ribera Beiras, contrariamente a lo que debía de esperarse han contribuido a diferenciar al preso del ciudadano, “la
'devaluación' de los derechos fundamentales de los reclusos,
diseñada en las normas y delimitada por la jurisprudencia, ha
supuesto la construcción (jurídica) de un ciudadano de segunda categoría en comparación con aquél que vive en libertad”
(Rivera, 1994: 73).
La trascendencia de la recomendación 90/91 de la CNDH
estriba en que fue la primera con carácter general emitida por
este organismo relativa a las cárceles del Distrito Federal. Se
pronunció el 11 de octubre de 1991. Hace referencia a la situación que prevalecía –o ¿prevalece?- en los reclusorios preventivos Norte, Sur y Oriente, tanto varoniles como femeniles, en
la penitenciaría y en el Centro Femenil de Readaptación Social.
La información se recabó los días 13, 14, 16, 20, 21 y 22 de
agosto de 1991, mediante recorridos en las diferentes áreas de
–297–
los centros de reclusión, realizando entrevistas con internos y
custodios.
(Se) constató las anomalías de los reclusorios preventivos y
los centros de readaptación social del Distrito Federal, con las
cuales se puede afirmar que resulta difícil considerar como
favorables, para alcanzar un auténtico tratamiento de readaptación social, las condiciones en que se encuentran actualmente los centros de reclusión del Distrito Federal, y que la situación en que deben convivir los internos no les permite abrigar
expectativas positivas para que, en el momento de obtener su
libertad, sean individuos productivos y útiles a la sociedad y a
su familia…
Se permite que el personal de custodia golpee, maltrate,
humille, intimide y amenace a los internos.
No se proporciona trabajo debidamente remunerado, bajo
condiciones laborales adecuadas y justas, encaminadas a estimular al interno para su readaptación social.
La clasificación de los internos es efectuada por el personal
de seguridad y custodia, y no por el personal técnico con base
en estudios de personalidad.
Existen internos con jerarquía y mando.
Insuficiencia de personal técnico y médico, y falta de programas para atender la salud y el bienestar físico de los internos.
Instalaciones deterioradas, y sin el mantenimiento suficiente a los sanitarios, regaderas, iluminación artificial y suministro
de agua.
No se suministra suficiente agua potable.
No se proporcionan colchonetas suficientes, ropa de cama y
utensilios para recibir y consumir los alimentos de manera digna.
Se desatiende el aseo, higiene y fumigación.
Se exigen pagos para disfrutar la visita íntima y familiar.
Se permite la venta de alcohol.
El personal de custodia exige a los internos dádivas por diferentes servicios.
–298–
Existen zonas de privilegio y se permite la subordinación
laboral entre internos.
Los productos que se venden en las tiendas tienen un precio superior a los que se tienen en establecimientos fuera de
los centros.
No se respeta el término legal en las estancias de ingreso y
los centros de observación y clasificación.
No se practicaron estudios técnicos a algunos de los inimputables.
Existe sobrepoblación y hacinamiento.
Se viola la correspondencia de los internos.
Se segrega a los internos por más de 15 días y en condiciones inadecuadas.
No existe selección del personal.
Tales conclusiones sirven exclusivamente para ilustrar la realidad de las cárceles del Distrito Federal, realidad que nos delinea
lo que Rivera Beiras denomina derechos de segunda categoría.
[…] si tales “derechos” no pueden ser eficazmente tutelados
por los tribunales de justicia, habrá que pensar entonces que estamos en presencia de “derechos de segunda categoría” o, si se
prefiere, ante “ciudadanos de segunda”. Ello no hace más que
poner de relieve la “irracionalidad” de un sistema, que como el
penitenciario, ha sido descrito como el producto de la “racionalidad”. Es en este sentido en el que Bergalli afirma que “la cárcel
legal es, en realidad, una cárcel que no existe” (Rivera, 1992: 97).
Es claro que el programa de la CNDH plantea corregir el funcionamiento de la cárcel, sin que se cuestione su existencia
misma o al menos su programa de readaptación a través de la
educación, el trabajo y la capacitación para el mismo. Este tipo
de organismos constituyen, en consecuencia, el más reciente de
los mecanismos que acompañan a la cárcel, con la apariencia de
corregirla, pero que sirven para justificarla. Resulta paradigmático, por poner sólo un ejemplo, que se hable de segregar en
“condiciones inadecuadas”, avalando por ende el segregar, pero
en condiciones adecuadas, se entiende, –¿cuáles serán éstas?
–299–
Las mismas conclusiones se pueden extraer tratándose de
las recomendaciones emitidas por la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal, considerando las recomendaciones emitidas desde la primera sobre la materia hasta julio de
1999. Por otra parte, la primera recomendación citada, la relativa a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, del
año de 1991, contiene a las recomendaciones emitidas por la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal a partir
de 1994 hasta el año de 1999, lo que nos ha permitido afirmar
que este tipo de Instituciones acompaña a la cárcel, con la apariencia de corregirla, pero terminan sirviendo para justificarla.
La posición que delinean estos organismos sobre la cárcel,
se puede considerar como una lectura de autoengaño.
...con buena voluntad y suficientes recursos (más dinero,
mejor personal entrenado, edificios nuevos y más investigación), el sistema es capaz de ser humanizado con buenas intenciones y de ser más eficiente con la aplicación de principios
científicos. Los errores, incluso las tragedias, se interpretan como historias tristes de generaciones sucesivas de administradores y reformadores dedicados, que son frustrados por un público con prejuicios, una pobre coordinación o problemas de
comunicación. Las buenas intenciones se cree a pie juntillas, se
distancian radicalmente del resultado final. Lo que fallan no son
los objetivos que el sistema profesa, sino su puesta en práctica.
La solución es más de lo mismo (Tenorio, 1991: 18).
Prácticas establecidas: saber hacer las cosas
La cotidianidad carcelaria se nos presenta como un universo natural, en donde los profesionistas, cualquiera que estos
sean, se insertan en una práctica incuestionada, simplemente
para hacer lo que saben hacer. Así, el psicólogo se inserta en la
práctica carcelaria para realizar lo que sabe hacer, pero ¿qué
sabe hacer? y ¿cómo es que sabe lo que hay que hacer?
–300–
La práctica simplemente se va imponiendo al psicólogo,
quien acepta su lugar y especificidad como algo natural, evidente, incuestionable. Se inserta en un espacio social que además se encuentra delimitado por lo jurídico. Pero esto no
siempre fue así, la práctica que el psicólogo lleva a cabo en el
espacio carcelario se ha construido, es un producto histórico, y
como tal arbitrario.
De todo aquel psicólogo que ingresa a laborar al sistema de
reclusorios del Distrito Federal se espera que aplique pruebas
psicométricas; las sepa interpretar o calificar; conducir una entrevista, y finalmente dar un reporte, cuyos aportes principales
serán: señalar la orientación temporo-espacial del sujeto en
estudio, su capacidad de juicio y razón, su coeficiente intelectual, sí la persona presenta daño orgánico o no, sus rasgos de
carácter, rasgos de personalidad, sus preferencias sexuales,
hábitos de consumo de drogas, dinámica de la personalidad, y
un diagnóstico. Para ello se le enseñan en la facultad ciertos
instrumentos metodológicos.
Todo científico del comportamiento tiene a su disposición
ciertos marcos de referencia, métodos y procedimientos que entre paréntesis- reducen la ansiedad ocasionada por sus datos
y le permiten así funcionar debidamente. Por desgracia, precisamente porque reducen la ansiedad, esos expedientes suelen
transformarse de modo sistemático en verdaderas reacciones
contratrasferenciales que conducen a un acting out autoconstrictor que se disfraza de ciencia. Es condición sine qua non para su
aprovechamiento genuinamente científico y sublimatorio el
entendimiento cabal del empleo neurótico que puede darse a
esos expedientes (Devereux, 1989: 117).
Estas herramientas y recursos técnicos pueden emplearse como expedientes de conocimiento del objeto de estudio, sin embargo, también “pueden emplearse en forma inconsciente ante
todo como defensas aisladoras que desfiguran nuestra percepción
de la realidad y estorban la investigación en varios modos” (Devereux, 1989: 120). Pero ¿qué realidad es esta que es desfigurada?
–301–
Únicamente enunciaremos algunos aspectos que nos interesa señalar. Actualmente el trabajo del personal de reclusorios,
en particular nos referimos al área técnica (funcionarios, psicólogos, trabajadores sociales, médicos, psiquiatras y criminólogos), se convierte en un trabajo avalador: Justifica el trabajo de
otras instancias de selección de internos al individualizar el
conflicto (Basaglia, 1972; Basaglia 1981; Castel, 1980; Foucault, 1992 y Guinsberg, 1996). Siguiendo la normatividad, una
vez que el sujeto ingresa a la institución total (Goffman, 1988),
el cuerpo médico lo observa a efecto de indicar únicamente si
ingresó con lesiones, no para la atención de su salud física o
mental. El psicólogo pone su presencia, ya que si los sujetos
requieren apoyo emocional lo reciben de sus compañeros de
reclusión y del cuerpo de Seguridad y Custodia.
La tarea más ingrata, la del criminólogo, avala o justifica, el
que el sujeto esté en el encierro, sus diagnósticos encierran
invariablemente la etiqueta de peligroso, el interno es más o
menos peligroso, pero la categoría de no-peligroso está negada, no existe, y en el peor de los casos el sujeto es extremadamente peligroso. Es notable que esta práctica, la de diagnosticar a los internos como peligrosos, se lleve a acabo en los
reclusorios y centros penitenciarios del Distrito Federal, cuando tal categoría fue eliminada expresamente del Código Penal,
particularmente con la reforma de los artículos 51 y 52, y a ella
no hacen mención las normas instrumentales relativas a la
reclusión: condena condicional; libertad preparatoria; tratamiento preliberacional y remisión parcial de la pena. Esto es
así porque se ha incorporado al habitus,, es una práctica que ya
ni siquiera se plantea si tiene fundamento legal. En la práctica
del encierro, en la mayoría de los casos el diagnóstico señala
“peligrosidad media” o “peligrosidad baja”, pero estos diagnósticos no tienen importancia. El criminólogo, al interior de
los Reclusorios da unidad a la tecnología del encierro, ofrece
una solución a las contradicciones de la institución carcelaria
–302–
–entre otras la readaptación, la exclusión social, etcétera–, “les
da una unidad de la que antes carecían” (Castel, 1980).
“es particularmente repugnante”. Como pueden darse
cuenta, habría a la vez poco y mucho que decir sobre este tipo
de discursos. Puesto que, después de todo, en una sociedad
como la nuestra son raros, no obstante, los discursos que tienen a la vez tres propiedades. La primera es poder determinar,
directa o indirectamente, un fallo de la justicia que, después de
todo concierne a la libertad o la detención de un hombre. En
el límite (y veremos algunos casos), la vida y la muerte. Así
pues, se trata de discursos que en última instancia tienen un
poder de vida y muerte. Segunda propiedad: ¿de dónde sacan
ese poder? De la institución judicial, tal vez, pero también del
hecho de que funcionan en ella como discursos de verdad, de
verdad por su estatus científico, o como discursos formulados,
y formulados exclusivamente por personas calificadas, dentro
de una institución científica. Discursos que pueden matar,
discursos de verdad y discursos –ustedes son la prueba y los
testigos– que dan risa... Esos discursos cotidianos de verdad
que matan y dan risa están ahí, en el corazón mismo de nuestra institución judicial (Foucault, 2000: 19).
Por otra parte, los conflictos relativos a la población interna, legales, de relación, de satisfacción de las necesidades, se
resuelven en el plano donde el técnico no tiene nada que ver.
Mientras el técnico clasifica a la población en diferentes dormitorios a partir de los resultados que arrojan sus estudios, en
la dinámica de la vida en dormitorios se realizan reclasificaciones, auspiciadas por las autoridades, los cuerpos de seguridad
o los mismos internos.
Poco o nada tiene que ver el técnico con la vida de los internos. Llega a laborar a las 9 de la mañana, después de realizar
un viaje, de su casa al trabajo, que oscila entre una a tres horas.
Si es psicólogo se dedica a aplicar pruebas, reúne a un grupo
de internos y les aplica pruebas de inteligencia (Raven, Dominós, Pierre Guilles W.); posteriormente aplica pruebas proyec–303–
tivas (frases incompletas de Sacks, HTP, Machover), actividad
a la que se dedica con gran empeño las primeras veces que lo
hace. Al entregarle la última prueba al último interno, son las
14:30 horas, debe checar su salida del trabajo, ya que si lo hace
después de esta hora se le pondrá falta, no pagándosele el día.
Sale literalmente corriendo ya que generalmente tiene otro
trabajo. Al día siguiente regresa, ya se le asignaron estudios, y
cae en la cuenta de que deberá entregar una cuota de estudios
concluidos al día. Estudia e interpreta las pruebas, y llama al
sujeto de estudio, éste llega, habla de sus problemas, de su
inocencia, y de la violencia que sufrió con la detención. Pasan
las horas y el psicólogo se angustia porque debe entregar sus
tres estudios al término de su día laboral. Con el tiempo
aprende a entregar un reporte cualquiera, también aprende que
algunos internos son buenos aplicadores de pruebas psicológicas y los invita a cooperar con él, a que le ayuden a aplicarlas.
Si el personaje principal es criminólogo, la situación es más
peculiar. Debe realizar varios estudios al día, más de uno cada
hora. Él también aprende a hacer las cosas. Como su estudio
es síntesis, se toma demasiado en serio esta metodología.
¿Qué se simula?
Si el científico social construye sus objetos de conocimiento, el científico que trabaja en los centros de reclusión los simula. Conocer acerca de una problemática social implica, en
sí, una toma de postura (Lourau, 1989). Toma que se manifiesta desde el inicio de la investigación, y se acentúa o diluye en
las diferentes etapas: en la determinación de los individuos a
investigar, en la selección de las técnicas y el diseño de los
instrumentos de recolección de datos, en la formulación de la
estrategia y el desarrollo del trabajado de campo, y en el análisis de la información empírica. La toma de postura tiene que
ver con la posición que se tenga en la jerarquía de poder, la
–304–
posición de los grupos en el campo intelectual y el habitus
(Bourdieu, 2000a: 31).
No hay ‘elección’ científica –elección del dominio de investigación, elección de los métodos empleados, elección del lugar
de publicación, elección, que describe Hagstrom, entre la publicación rápida de los resultados parcialmente verificados o la
publicación tardía de resultados plenamente controlados-, que
sea, en alguno de sus aspectos, el menos confesado y el menos
confesable evidentemente, una estrategia política de ubicación
al menos objetivamente orientada hacia la maximización del
beneficio propiamente científico, es decir del reconocimiento
susceptible de ser obtenido de los pares concurrentes (Bourdieu, 2000a: 80).
La metodología aplicable en el sistema privativo de libertad
individualiza el conflicto. Hace de la problemática una cuestión individual (Basaglia, 1984; Foucault, 2000 y Guinsberg,
1996). Su producto es el etiquetamiento de la persona (Baratta,
1989 y Lamnek, 1987). Esto es así porque el dispositivo carcelario tiene este encargo (Bergalli, 1994; Castel, 1980; Marí,
1983 y Pavarini, 1988 y 1997).
[…] entre nosotros el marginado, como aquél que se encuentra fuera o en el límite de la norma, se mantiene en el seno de la ideología médica o de la judicial que consiguen abarcarlo, explicarlo y controlarlo. El presupuesto aquí implícito de
que se trata de personalidades originalmente anormales, permite su absorción en el terreno médico o penal, sin que su ‘desviación’ –como rechazo concreto de valores relativos, propuestos y definidos como absolutos e inmodificables– ponga
en tela de juicio la validez de la norma y de sus límites. En este
sentido la ideología médica o la penal sirven aquí para contener, mediante la definición de anormalidad originaria, el fenómeno, trasponiéndolo a un terreno que garantiza el mantenimiento de los valores normativos. No se trata de una respuesta
técnica a un problema para especialistas, sino más bien de una
estrategia defensiva, destinada a mantener a todos los niveles
–305–
el statu quo. La ciencia, en este caso, cumple con su misión
suministrando clasificaciones y etiquetas que permiten la neta
separación entre normal y anormalidad (Basaglia, 1984: 16).
Se construyen objetos de conocimiento distintos de los objetos reales. “Los objetos de conocimiento son representaciones, ficciones, simulacros, metáforas de los objetos reales,
mientras éstos últimos, según ciertas opiniones, sólo sirven
para engañar al investigador” (Lourau, 1989).
Conclusión
Para entender la finalidad del castigo en nuestro momento
cultural, sobre el fin de la prisión, debemos intentar aprehenderlo más allá del concepto de readaptación, que como hemos
visto fue una construcción cultural, y por tanto arbitraria, sin
embargo, esta postura fatalmente nos lleva a la respuesta que
da Nietzsche, a la pregunta ¿por qué se castiga en la actualidad?, “en la actualidad es imposible decir de modo determinado por qué se castiga” (Nietzsche, 2000: 128).
La readaptación como finalidad de la prisión no es más que
una imagen, pero ¿imagen de qué? De una realidad profunda o
de ningún tipo de realidad.
Las fases sucesivas de la imagen serían éstas:
• es el reflejo de una realidad profunda
• enmascara y desnaturaliza una realidad profunda,
• enmascara la ausencia de realidad profunda,
• no tiene nada que ver con ningún tipo de realidad, es ya
su propio y puro simulacro.
En el primer caso, la imagen es una buena apariencia y la
representación pertenece al orden del sacramento. En el segundo, es una mala apariencia y es del orden de lo maléfico.
En el tercero, juega a ser una apariencia y pertenece al orden
–306–
del sortilegio. En el cuarto, ya no corresponde al orden de la
apariencia, sino al de la simulación (Baudrillard, 1998: 18).
La readaptación no tiene que ver con el delincuente y su acto, sino con su imagen. No importa si el pálido delincuente se
readapta, importa la imagen del delincuente vencido, derrotado, detenido, sufriendo, pero no la imagen del delincuente,
sino de algunos delincuentes. Por eso es que la idea de la readaptación, en la práctica, ha dejado de tener sentido, y sin
embargo, se conserva a falta de otra cosa, es preferible creer
en la readaptación a creer en la nada, a pensar que la pena contemporánea carece de sentido. Porque esto nos llevaría a tener
que admitir que castigamos sin sentido, a tener que presentar
la prisión antes que representar lo que debería ser. A mostrar,
monstruar, la prisión, porque la realidad, su realidad, es monstruosa (Maffesoli, 2001). Bienvenido al castillo de los monstruos, se lee a la entrada del dormitorio número cuatro de la
penitenciaría del Distrito Federal.
El programa de trabajo consiste pues en comprender y admitir la realidad, como ésta es, abocarse a presentar lo que es lo
penitenciario, más allá de los planteamientos de aquellos que
hasta ahora se nos han presentado como los que quieren hacer el
bien, “no hay nada peor que aquellos que quieren hacer el bien,
particularmente el bien para los demás” (Maffesoli, 2005: 43).
–307–
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Alma Rosa Marín Ornelas
Frecuentemente se ha constatado con asombro, la existencia de ciertas tendencias por parte de algunos criminólogos
para excluir y a veces ignorar, en lugar de intentar un reconocimiento de interpretación desde otros ángulos; fenómenos
específicos como la violencia y sus expresiones en instituciones como la prisión, así como las consecuencia generadas en
los pobladores de estas instituciones de control y castigo. Se
trata incluso de hacer uso de otras perspectivas de interpretación que den cuenta de los múltiples aspectos de la vida cotidiana que se ven permedados, condicionados o determinados
por la dinámica de la violencia. Todo ello, con el propósito de
buscar respuestas a problemáticas tales como la delincuencia y
su prevención.
Es prudente anotar que para tal propósito, la criminología
tiene de su lado conceptos propios para su análisis, los cuales
se encuentran inmersos en la lógica de su propio discurso,
tales como la violencia, la cultura, el sujeto, la cotidianidad, la
justicia y la libertad, entre otros, los cuales frecuentemente son
vistos con ambigüedad y desprovistos de significado, para
tratar de construir una interpretación de tales problemáticas.
Sin embargo, estas posturas de carácter convencional, han
avanzado los discursos de estos cientistas sociales a sumarse,
por un lado, a la interpretación y análisis, exclusivamente des–313–
de un ángulo meramente jurídico, o bien a considerar la existencia de una multiplicidad de acciones y de hechos violentos,
tanto colectivos como individuales, como el sólo principio de
una desviación social, que violenta la norma convencional de
la cotidianidad del grupo. Por el otro, a justificar estos hechos
y acciones desde viejos esquemas ideológicos, como serian los
discursos lombrossianos, los cuales en un tiempo fueron impuestos como la expresión más avanzada del discurso en la
ciencia social, al sostener que todas aquellas conductas consideradas como anormales y excepcionales por un determinado
grupo de la sociedad, fueran vistas fundamentalmente como
un problema de desviación personal.133
Es importante subrayar que los juicios antes mencionados,
no presuponen la negación del reconocimiento e importancia
que adquiere la acción social en los sujetos, así como no reconocer que éstos, se encuentran figurados y estructurados en
función de la interacción que establecen con su grupo social
de referencia.
De ahí la insistencia en apuntar, que estas posturas de análisis ancladas en un carácter convencional, suelen incurrir en
cuanto menos dos tipos de errores al ser utilizadas en la interpretación de conductas y acciones catalogadas como delictivas
o violentas; el primero consiste en la acción de hipóstasiar los
conceptos, convirtiéndolos, por ejemplo, en significados estrictamente estructurales y cerrados que obedecen a las definiciones puras del derecho.134 El segundo, es producto de una
Hoy a pesar de haber trascurrido ya casi un siglo de estas perspectivas
de pensamiento, encontramos trabajos cuyo análisis se encuentra anclado
bajo este punto de vista lombrossiano, que lo mismo consideran al delincuente, al homicida, o a la prostituta, como sub-seres, individuos que no
tienen capacidad para aprender, que tienen problemas para obedecer las
normas, y que son carentes de inteligencia y por tanto son ignorantes.
134 La racionalidad del derecho no puede fundamentarse únicamente sobre
sus caracteres formales, sino que requiere sobre todo, la instrumentalidad
del contenido respecto a los fines sociales. Léase, Alessandro Barata, “Vie133
–314–
transposición del sujeto real y de los atributos denotados al
sujeto en función del sujeto ideal, así, las acciones, los comportamientos, las características y los atributos e intenciones
atribuibles a los sujetos reales, son medidos, comparados y
referenciados a partir de determinados conceptos típicos expresados tanto en el cuerpo normativo de la ley, como de los
operadores de ley misma.
En esta lógica los discursos generados para una interpretación de las acciones y las sanciones atribuibles a una determinada conducta, se convierten en discursos carentes de un referente real del hombre de carne y hueso, del hombre en
sociedad que se rige, se forma y se norma bajo determinadas
condiciones de socialización que la misma sociedad le impone
un tanto por la pertenencia a un grupo, un tanto por la propia
lógica de socialización que la sociedad le impone mediante
agencias socializadoras como la familia, la escuela, la religión y
los medio masivos de comunicación. Se trata entonces de discursos que sólo son vistos como una cronología de los delitos
y de las penas, es pues una postura de análisis que en todo
caso lo único que produce es la reducción y minimización del
discurso criminológico a un determinismo tácito.
De ahí, que la implícita asunción de estos discursos construyan, por un lado, la percepción de un problema real y especifico bajo cierta perspectiva y, por el otro, se conviertan en un
obstáculo para comprender que éstos problemas son constitutivos de un conjunto de fenómenos sociales, producto de la
cultura misma, de las instituciones sociales, y del discurso
hegemónico del sistema social expresado en aparatos de control y dominación, los cuales se estructuran y diferencian en
cada momento histórico.135
jas y nuevas estrategias en la legitimación del derecho penal”, Poder y Dominación, núm. 1, Bacerlona.
135 Al respecto, durante mucho tiempo se creyó que el discurso de algunas
posturas de interpretación, fundamentalmente desde una perspectiva micro
social, se bastaban así mismas para explicar unos fenómenos por otros, es
–315–
Así, en este cuerpo de ideas, la tarea es subrayar la importancia de tales conceptos para construir una explicación del
ejercicio y la práctica de una violencia púdica, como la define
Foucault, sutil y refinada en instituciones totalitarias como la
cárcel, sobre todo cuando reconocemos que independientemente de la legitimidad y la legalidad en la que operan, son
consideradas como humanas y menos groseras y ofensivas
para la naturaleza humana, a diferencia de las que se practicaban en tiempos pasados, dichas prácticas de violencia siguen
consideradas como una herida lacerante para la sociedad pese
a los esfuerzos realizados.
Esta afirmación parte de cuando menos tres argumentos
rectores para la práctica de esta violencia púdica: el primero se
refiere a la importancia de reconocer la construcción de un
nuevo modelo de socialización caracterizado por la violencia.
De ahí, que no sea extraño entonces reconocer a la violencia,
como una practica propia de nuestro estilo de vida, o bien
como una acompañante inseparable de nuestra cotidianidad
que se halla permeada de un significado de la modernidad. Es
decir, esta nueva violencia, no es un concepto cronológico,
sino filosófico, que no tiene nada que ver con los tiempos que
corren, sino con la conciencia del hombre, pues sólo él puede
echar mano de sí mismo a la hora de organizar el mundo y de
entenderse así mismo. Ni Dios ni las instituciones ni las normas lo consiguen por sí solas (Habermas, 1989).
Paradójicamente este siglo es el de mayor avance tecnológico frente al mayor atraso moral, político y filosófico. Pero
moralmente es el siglo de la violencia, como pasaporte de la
universalidad; nadie queda exento de la capacidad impune de
dañar a sus semejantes. “Filosóficamente, es el siglo de la
decir, algunas tasas de criminalidad o de violencia sólo por una interpretación, estrictamente de carácter individual, sin llegar a comprender que no
es posible la explicación de un fenómeno social sin antes partir del análisis
de la construcción del actor individual, el cual es el origen de todo fenómenos social.
–316–
muerte, definitivamente de la tragedia como fusión de valores
y el triunfo del melodrama como conflicto de virtudes”.136
El segundo radica en comprender que los valores dados
por una sociedad son un indicador esencial para poder reconocer el actuar de los sujetos y de sus instituciones. Pues el
individuo de hoy no es más un individuo, es un sujeto figurado
por imágenes que funciona por la creación de tecnologías, esta
dividido así mismo. El individuo no es un producto original,
es un producto que resulta de la fusión masa, de la pasión, del
consumo. Un individuo que ha sustituido la cultura de la memoria por la cultura del placer, pues ha olvidado las viejas
formas de identificación y de adhesión; la familia, el lenguaje,
la etnia, la religión, el grupo social.
Así, esta estructura emergente de una nueva visión de la sociedad, configura una dimensión a la vez normativa y colectiva, que conduce las diversas esferas del valor y de la acción,
donde ambas se derivan de la diferenciación y la complejidad
de la sociedad moderna, que se ajustan mediante un proceso
de aprendizaje o de estructuras de racionalidad universal
(Habermas, 1992). Es decir, se profesionalizan nuevos procesos de transmisión de la cultura y de la integración social, y por
ende, la constitución de la identidad del sujeto. Arruinando así,
las formas de la vida tradicional, abriendo nuevas expectativas
de un modo de vida que nos induce a la violencia.
Un tercer argumento, nos permite reconocer que toda institución social es figurada bajo los principios filosóficos de una
organización social, cuya imagen muestra el principio de una
normatividad superior y éticamente incontrastable, inmutable
y ahistórica. Que genera, por un lado, el principio de una garantía de renovación, y por el otro, impide que los paradigmas
se renueven por la vía de los cambios profundos.
De esta forma, la cada vez más compleja y creciente estructura
burocrática de la administración pública, se ha convertido en un
136 Palabras del escritor Carlos Fuentes, en el Coloquio Libertad y Justicia,
Guadalajara, Jal. 1993.
–317–
elemento disgregador de las relaciones entre el Estado, sus instituciones y el ciudadano. A tal nivel que se ha llegado a la pérdida
de credibilidad de las imágenes creadas para sus propias instituciones, particularmente tenemos el ejemplo de la cárcel.
Sin embargo, el no creer en las instituciones, es un caso repetido en la historia de las organizaciones sociales, lo cual no
las hace menos importantes, aunque el tema corra el riesgo de
volverse trivial. La tendencia a la desesperación proviene de las
consecuencias reales, y no siempre inmediata, pero nadie puede remediarlas. Es posible construir artefactos de muerte, elaborar programas y montar instituciones, pero las creencias
tienen una cualidad orgánica y no pueden ser creadas por
mandato. Una vez que se ha sacudido una fe, ésta necesita
mucho tiempo para crecer nuevamente (Bell,1977).
De esta manera, los valores no pueden substituirse aisladamente, tal y como lo dijo Durkheim en 1911, los valores no
son obra de la psique individual, sino de la mentalidad colectiva, los valores no son entidades trascendentes sin más, ni son
creaciones ideales individuales: son realidades sociales, son
creaciones ideales del grupo. La sociedad es creadora de ideales y por ende de valores.
Por ejemplo, el poner énfasis en el análisis de estas categorías; Liberalismo-Democracia, a contrapelo con la relación
violencia-readaptación, nos obliga fundamentalmente a contemplar la naturaleza de un lenguaje de la vida social, en el que
salta a la vista la fórmula democracia-liberalismo.
El lenguaje social adquiere una primordial importancia en la
explicación de estos paradigmas, en la medida en que no son
más que la expresión de una realidad percibida por los sujetos,
es decir, los valores separados de una realidad objetiva se vuelven subjetivos, en palabras de Marcusse.
Es decir, no cabe la menor duda de que la sociedad que
asistimos hoy día, es una sociedad que se sostiene en la esfera
de una imprecisión de los viejos principios que sustentan sus
valores. Esto quiere decir que no es precisamente una defi–318–
ciencia, sino uno de los rasgos esenciales de estos conceptos
que componen, hoy en día, el acervo y la descripción de esta
sociedad, los cuales están envueltos en una serie de juicios de
valor. En otras palabras, tales conceptos, son en sí mismos
objetos de confrontaciones políticas e ideológicas que dificultan, todavía más, su aclaración. Por ejemplo, el concepto de la
democracia, el cual basta imaginar cómo fue pensado para
muchos de los regímenes políticos de Europa del este, los cuales, eran fundamentalmente calificados como un principio de
democracia popular, en contraposición a como han sido repensados en una sociedad capitalista. Lo cual nos muestra una
idea de la dificultad que afronta el hecho de reflexionar sobre
estos conceptos. 137
Sobre todo porque son conceptos que envuelven fundamentalmente posiciones políticas como la libertad y la democracia.138 De ahí que la intención sea el reflexionar sobre conceptos que presentan dificultades análogas para poder
entender, a su vez, un significado tan importante como la readaptación y ver de esta forma, que su sentido no es unívoco,
entre readaptación y libertad y, libertad y violencia.
Es preciso aclarar que el escenario de nuestra reflexión es
desde una óptica política, entre aquel concepto de la tradición
liberal y la formulación clásica de los Derechos Humanos, que
es retomada desde la declaración de los Derechos del Hombre
y del Ciudadano en la Revolución Francesa de 1789. El cual
indudablemente marca el nacimiento de un acelerado individualismo burgués en ascenso. 139
Léase Humberto Cerroni, Reglas y valores en la democracia; estado de derecho,
estado social, estado de cultura, cap. 3, México, Alianza, 1991.
138 Por ejemplo Norberto Bobbio, en su texto Democracia y liberalismo, nos
explica cómo, el entendido de democracia se contrapone históricamente a
la monarquía, debido a que esta era concebida como una forma de gobierno. Así la democracia pasó a ser un movimiento político, ya posteriormente
con el triunfo de la revolución francesa se contrapondría al liberalismo.
139 Mientras que en la primera parte del siglo XIX el liberalismo y la democracia surgían como doctrinas y movimientos contrapuestos, posteriormen137
–319–
Tenemos que subrayar esto, porque pensamos que es el detalle significativo que nos permite entender la naturaleza del
comportamiento de los sujetos en sociedades contemporáneas
como la nuestra, y por ende el efecto recíproco que puede
tener su significado sobre un principio tan loable como sería la
readaptación. 140
También debemos subrayar que es fundamentalmente en el
contexto de esta revolución, donde salta a la vista el acelerado
desarrollo de un individualismo burgués, que adquiere cuerpo
y forma en los derechos naturales e impredecibles del hombre,
a saber: la libertad, la propiedad, la seguridad y fundamentalmente, la resistencia a la opresión.
Sin embargo, dentro de estos principios, tendríamos que
contemplar de manera especial la propiedad, la cual es consignada, en el segundo artículo de esta declaración, como algo
inviolable y sagrado. De ahí que alrededor de estos principios,
te establecen una alianza, sobre todo en los albores de la revolución francesa y más concretamente lo vemos plasmado en la declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano. Véase Herrendorf, Sociología de los
derechos humanos, cap.6,9 y 10, CNDH, 1992.
140 Por ejemplo la diferenciación propia que existe entre el liberalismo y la
democracia, obedece fundamentalmente, primero al entendido de libertad,
el cual varia consustancialmente; la segunda diferencia radica en el argumento de democracia que cada quien adopta. Pues mientras que el liberalismo es propiamente una postura doctrinaria de la modernidad, la democracia es de la antigüedad. Así, la libertad para el liberalismo tiene su
fundamento en el derecho, es decir la facultad de no ser impedido, de no
ser obligado a realizar actos que no se quieren, en el empeño de las cosas
privadas. Es decir, esta libertad esta planteada en la existencia de un espacio
reservado al individuo que no puede ser invadido por otro individuo, ni
aun por el propio Estado. (léase entrelineas, La Ley de Normas Mínimas
para la Readaptación social de sentenciados). Para la democracia, la libertad
es entendida como el acto de obedecer sólo a las normas, en cuya elaboración se participa colectivamente. Es decir aquí la libertad tiene su base en el
ejercicio colectivo de la soberanía, en el empeño de las cosas publicas.
Véase, Norbeto Bobbio, Democracia y liberalismo, FCE o bien Revista Mexicana
de Ciencias Políticas, núm. 130. Para discutir la Democracia, Fernández Santillán, UNAM, México.
–320–
el liberalismo haya instrumentado su forma de organización en
torno a la creación de un Estado de derecho, el cual pondera e
instrumenta leyes específicas a la protección de la propiedad.141
Al respecto, basta con recordar que uno de los delitos considerados como más graves para la sociedad, son justamente
aquellos que atentan contra la propiedad. Aquí bien valdría la
pena traer a la memoria a Marx, cuando emprende aquella
crítica radical hacia la sociedad burguesa, la cual no debe pasar
desapercibida. Marx dice que ninguno de los supuestos derechos del hombre encierra fundamentalmente al hombre egoísta, pues el hombre, como miembro de la sociedad burguesa, es
un hombre apartado de la comunidad, enajenado, preocupado
solamente por su interés personal, y obediente únicamente a
su arbitrariedad privada.
Lo anterior nos permite comprender que, justamente, debido a todas estas imprecisiones y peripecias que se tienen con
respecto a tales conceptos, se genera una dicotomía entre lo
que pudiéramos entender como derechos de primer orden,
(civiles y políticos) y derechos de segundo orden (derechos
socioeconómicos).
Esta ramificación contemporánea y ampliada de los derechos del hombre, han contribuido de manera decisiva a una
interpretación de posiciones contrapuestas. Por ejemplo, la
consolidación del liberalismo en un Estado de derecho y su
subsecuente ramificación jurídica nos marca desde su inicio
una falsa posición en cuanto a lo que se podría entender como
libertades formales y derechos materiales; así las libertades
formales adquieren su máxima expresión en el principio de un
Sólo bajo el principio de la organización de un Estado de derecho, el
liberalismo pudo instrumentar una limitante al poder absoluto y de esta
forma poder obligarlo a respetar las libertades civiles de los individuos por
un lado, por el otro, a encontrar fórmulas mediante instrumentos Legislativos Ejecutivos y Judiciales para otorgar un principio de democracia que
permitiera distribuir el poder en la participación de todos los ciudadanos.
Véase Daniel Herrendorf, 1992, Teoría general y política de los derechos humanos,
CNDH, México, 1,2,4 y 5 apartados.
141
–321–
valor, como la libertad, los derechos materiales, o socioeconómicos, que se expresan en un valor como la igualdad.
En esta lógica, es de admitirse que un valor, pensado como
la igualdad en el ejercicio de sociedades contemporáneas como
la nuestra, aparezca marcado en el horizonte de una tradición
del consumo. Donde fundamentalmente no hay un mínino de
igualdad económica, por ende, tampoco social.
Lo que significaría, que el concepto de democracia, llamada
así, estrictamente en términos formales por algunos autores
como Rousseau, Montesquieu e incluso por Aristóteles; exige
por ende, un contenido mínimo para poder generarse, de
hecho no podría ser diferente porque es una verdad innegable
que, en el mundo moderno, la pobreza, la falta de educación,
de salud y vivienda, han perdido indudablemente toda justificación ante una expectativa como la de una democracia formal
(Cerroni, 1991). Es decir, hay un abismo entre la democracia y
la pobreza, entre la justicia y la igualdad, entre la socialización
y la violencia, o mejor dicho, tenemos que admitir que, al menos, se ha democratizado la pobreza, la violencia y la injusticia.
Fundamentalmente, aquí lo que tendríamos que cuestionar
es, sin duda alguna, cuáles son aquellos criterios sobre la igualdad, (por ejemplo, el Estado habla de una igualdad aritmética,
de una distribución de tantos, pero indudablemente tendríamos que cuestionarla), ya que estos se ponen en entredicho
cuando contemplamos los altos índices de criminalidad que día
a día se acumulan cuantitativamente.
Es decir, mientras que los derechos de libertad son animados por la idea de la justicia, los derechos a la igualdad son
animados bajo el principio de un consumo, lo que quiere decir,
que si los primeros conviven fácilmente con la desigualdad
social, los segundos pretender suprimirla a través del intento
de posesión de una fantasía.
En esta lógica, es entendible que la transformación del estilo de un mundo liberal, en todo sentido, se halla caracterizado
fundamentalmente por la cosificación de una nueva vida, de
–322–
un mundo nuevo, inmerso en una serie de gratificaciones que
despliegan a lo largo y a lo ancho, posturas hedonistas y exhibicionistas.
Producto de una cultura de miedo, que tiene sus raíces en la
tentativa que nace de la transformación imaginaria de un
hombre menos libre hacia uno más libre, es decir, hombres
libres reproducidos mecánicamente por la masa cultural de la
violencia, del placer por el placer, del consumo, en suma,
hombres que no son creativos para sí mismos, hombre construidos en una cultura absorbente, que les roba la conciencia y
produce violencia (Bell, 1977).
Es pues, la cultura de una sociedad como la nuestra, trazada
bajo los esquemas del ejercicio de una libertad sobrepuesta en
un nuevo estilo de vida, caracterizado por el principio hedonista, que ha transfigurado valores fundamentales como el de
la libertad, la justicia, la igualdad. Produciendo, entre los hombres, una cantera inacabable de una violencia abierta y depravada, así como una paulatina pérdida de la solidaridad humana.
Arrojando al hombre a un escenario salvaje de competitividad,
con el fin de obtener cada vez más y mejores lujos. Violentando, con ello, el principio de cohesión y alterando la relaciones
más íntimas de los grupos sociales.142
Así, un mundo como éste, está fundamentalmente trazado
por la concatenación de los hombres y los mercados, para la
producción y distribución de la violencia; es un mundo de
organizaciones jerárquicas y burocráticas en el que los hombres son contemplados y manipulados como cosas, porque las
cosas son más fáciles de tratar que los hombres.
Tal y como lo hemos mencionado, este sentido de libertad difiere fundamentalmente de lo que prevé el cimiento moral de una sociedad como la
nuestra, pues como bien anota Bell, el hedonismo tiene los elementos
suficientes para remediar sus estériles bromas, pero el orden social carece
de una cultura que sea una expresión simbólica de una vitalidad o de un
impulso moral, que sea una fuerte motivación para que pueda mantener
unida a una sociedad. Véase, Daniel Bell, Las contradicciones culturales del
capitalismo, México, 1977, Alianza.
142
–323–
Resumiendo, bien podríamos decir que el efecto de este
nuevo principio del ejercicio de un liberalismo voraz, ha significado dos cosas: primero, que los fines de la producción no
son comunes sino fundamentalmente individuales; segundo,
que los motivos para la adquisición de bienes no es la satisfacción de necesidades fundamentales, sino los deseos. Es decir,
en una sociedad moderna como la nuestra, el individuo, no el
Estado, es la unidad cuyos fines son primarios para la sociedad. Esta fue la concepción que tuvo fundamentalmente la
libertad en el siglo XIV, ser libre de los lazos adscritos a la familia, a la comunidad y al Estado, ser responsable de sí mismo,
modelar y aún remodelar los principios, de acuerdo a la propia
ambición. En términos económicos cada hombre trabaja y
ahorra para sí mismo, para fines elegidos por él o para fines
imitativos, si pertenece a la clase media (Bell, 1977).
En este sentido, podemos admitir que no es accidental la filosofía de una sociedad como la nuestra, pues su principio del
utilitarismo y sus cálculos hedonistas de placer son ilimitados e
insaciables, ya no se satisface con nada y ya nada la calma, en
palabras de Bell, sus instituciones ya no le parecen legítimas,
sus estructuras de organización y de cohesión se han puesto en
duda. Ante este panorama hostil, como seguir pensando que la
cárcel puede dar respuesta a su propio cometido, cuando la
lógica, tanto interna como externa, de su organización esta
marcada por estos principios.143
143 Mientras la doctrina clásica de la polis exalta la virtud cívica, cuyo elemento principal era la moderación de las necesidades y la limitación de las
adquisiciones; la libertad era un bien subordinado. En la filosofía del modernismo se exalta la libertad y la búsqueda del placer y la felicidad, sin
limitar el interés público, así ésta se convirtió en un bien subordinado, el
liberalismo había justificado la búsqueda individual de la libre polis, los
apetitos modernos pueden magnificar a algunos individuos a expensas de
otros y minimizar a todos mediante el hogar público. Por ejemplo, para
Aristóteles, la polis es la unidad de la sociedad; para la teoría social católica,
es la familia; para el liberalismo clásico, el individuo; y para el liberalismo
moderno, el grupo plural de intereses. Cada uno a su modo ha reclamado la
–324–
Este salvaje individualismo económico, nos ha conducido
al exterminio del ambiente, ha propiciado la disminución del
gasto social, a tal grado que ha provocado el desprecio de los
servicios colectivos y por ende, ha inhabilitado un principio
tan loable como el de la readaptación.
Así, la libertad y la igualdad, son las dos virtudes principales
de las instituciones sociales y son más sólidas cuando van juntas. El liberalismo clásico definía la igualdad, como una igualdad ante la ley. La definición reposa en la distinción entre el
imperio de la ley, y el imperio de los hombres, el imperio de la
ley establece las normas del juego que se aplican generalmente
a todos. Dentro de estas normas, los individuos son libres de
llevar negociaciones, hacer sus elecciones y determinar sus
propias acciones. Bajo el imperio de los hombres, un gobernador, un juez o una institución social, pueden establecer determinaciones que impongan a unos pero no a otros, obligaciones y correcciones, pero seguirá subsistiendo un elemento de
arbitrariedad y coerción.
La preferencia del liberalismo fue por el primero, aunque
pudiera llegarse a una desigualdad en el resultado; porque su
valor principal era la reducción de la coerción por el gobierno
y la regla de la libre negociación, así, en el núcleo del argumento liberal, es que los hombres difieren en sus capacidades, necesidades, aptitudes y talentos. Por tanto es menester distinguir
entre tratar a la gente de manera igual y hacerlos iguales. Pero
quizá lo más importante es que todo valor separado, sea la
libertad o la justicia, cuando se la toma como absoluto y fundamental y es aplicado de modo riguroso, puede llevar a excesos. Como el caso de la libertad en la readaptación (Bell, 1977).
prioridad o la necesidad, y cada uno ha combatido las reclamaciones de los
otros. Así, las pretensiones de la comunidad, cuando son tales, se convierten
en una monstruosidad aún mayor, que lleva a una conformidad con creencias
ideológicas o una sumisión;, pues la idea del individualismo es un logro distinto de la conciencia humana, pues la libertad de vivir como uno prefiera
está supeditado a la capacidad que uno puede tener de consumo (Bell, 1977).
–325–
En esta lógica, tenemos que admitir una reformulación de
lo que es legítimo o ilegítimo con fundamento en sus valores,
porque sólo bajo este principio, una sociedad puede establecer
la legitimidad que permite dar cuenta a la continuidad de las
instituciones, así como establecer un principio de fe, que no es
otra cosa más que las respuestas voluntarias de las personas
Paradojas de la readaptación social
La lógica que guía nuestras cárceles se orienta hacia la búsqueda de la readaptación social del culpable, no obstante Mirabeau decía que las prisiones debían ser lugares en donde los
sentenciados tuvieran tiempo de arrepentirse de sus primeros
errores, donde no fueran una carga para la sociedad y donde,
por medio de trabajos útiles, proveyeran lo necesario para su
subsistencia; donde no se diera el horror de los calabozos y sí
se caminara hacia la libertad como recompensa del arrepentimiento (CNDH, 1992).
Sin embargo, nuestras cárceles sólo son la consecuencia de
aquella reciprocidad dada entre la cultura y la estructura económica de la sociedad, sólo son un microcosmos de la realidad
social; donde se llevan acabo muchas de las prácticas culturales
de violencia, adicciones, corrupción y vicios, a las que cotidianamente están sujetos los que las habitan. Sólo son, al igual que
los espacios del mundo libre, instancias promotoras del conflicto que sustraen a los sujetos de este microcosmos, para desvanecerlos e inmovilizarlos dentro de la misma expresión simbólica que la sociedad construye y desarrolla para su colectividad.
La cárcel, al igual que el mundo libre, provoca en sus pobladores un proceso de despersonalización que los conflictúa
en el sí mismo, y los arroja a prácticas de violencia encubierta y
aplicadas mediante un poder sutil que se transfigura en el principio de un nuevo control social, de un ejercicio de la dominación, de un ejercicio simbólico de la violencia, de un control
social de las mentalidades y no desde el dominio de los pro–326–
pios cuerpos, como sucedía en los viejos paradigmas de control social.
De ahí, que en los años setentas, se desarrollen importantes
reformas al sistema penitenciario mexicano, cuyo principio y
fin último es la humanización de las penas, así como la readaptación, resocialización, tratamiento o reeducación. Entendiendo por readaptación, aquel principio metodológico que permite lograr un nivel de lectura y escritura de las formas
simbólicas del mundo colectivo y de su cultura dominante.
Sin embargo, los centros de reclusión preventiva y la penitenciaría del DF, consideradas en aquellos tiempos como centros modelo de atención a delincuentes y punta de lanza de un
nuevo sistema penitenciario, sucumbieron al embate de los
viejos vicios y métodos promovidos y solapados desde el interior de los penales.
Sobrepoblación, hacinamiento, insalubridad, corrupción,
drogadicción, mercado negro de medicamentos; venta abierta
de bebidas alcohólicas,144 y de productos supuestamente
prohibidos, prostitución, vejaciones a familiares, deterioro
físico del inmueble e instalaciones, ausentismo del personal
médico, pésima atención a enfermos, falta de mantenimiento
en redes hidráulicas y eléctricas, segregación de internos, etcétera (Proceso, 658: 16)
Lo anterior, es una clara manifestación de cómo se contraponen a la ley e incluso al reglamento interno de Reclusorios y
Centros de Readaptación Social del Distrito Federal. Concretamente a sus artículos 4o., 7o., y 9o., fracción segunda.
Muchos internos se dedican a la venta de alcohol. Estas bebidas se
venden en envases de cartón, y su precio es variado dependiendo de la
marca y la cantidad. Una acción de este tipo indica que los vendedores de
este producto se encuentran coludidos con autoridades y custodios, los
cuales otorgan su anuencia para que se puedan distribuir libremente sin
obstáculo alguno, claro está con su respectivo pago por hacerse de la “vista
gorda”. De igual forma, sucede con la marihuana y la cocaína, pues su
distribución es generalizada.
144
–327–
En fin, un secreto a voces, que no es más que el reflejo de
la crisis por la que atraviesa una institución como la cárcel,
donde la confianza y credibilidad de aquel lugar y medio, donde se debe resocializar a los delincuentes, se ha diluido en la
sociedad civil. Pues en una rápida trayectoria de la aplicación,
estas reformas penitenciarias se han vuelto inoperantes, obsoletas, los instrumentos que debieron facilitar la integración
social de los sentenciados quedaron lejos de una aplicación
real, en la medida en que las cárceles de hoy, sólo significan la
renuncia explícita a los objetivos de resocialización así como a
la reafirmación de las funciones a las que siempre ha servido y
por tanto ha neutralizado su potencial (Baratta, 1991).
Lo anterior, no sólo es respuesta a la lógica de la propia organización de una institución como la cárcel, por el contrario,
el trasfondo de su deterioro obedece, fundamentalmente a una
crisis valorativa, una crisis de legitimidad para con las instituciones, es pues un problema de fondo, no de forma. Que se ha
proyectado indudablemente en todos los ámbitos del quehacer
de la vida social del hombre.
Así, la sociedad de hoy se encuentra presente, en palabras
de Baratta, ante un desplazamiento del discurso oficial de la
cárcel, desde la prevención especial positiva (resocialización),
hasta la prevención especial negativa, (neutralización, incapacitación), como el reflejo de una desesperación por tratar de
encontrar respuestas al problema de la criminalidad de una
sociedad como la nuestra. Por ejemplo, tal sería el caso del
Centro Federal de Alta Seguridad de Almoloya de Juárez,
donde por lo menos un tercio de los 380 internos, (sólo una
mujer), sufren de permanentes ataques depresivos, y tienen
que ser sedados para tranquilizarlos.145
El penal de máxima seguridad es un laberinto inmenso, imposible de
imaginar o reconstruir. No hay aristas ni puntos de referencia. Una escalera
copia a otra, un pasillo a otro. Todos huelen a pintura fresca y húmeda, si
algo cambia en ellos es el sonido del viento helado que se arrastra por todas
partes presagiando la lluvia. El penal, alto y de tres niveles, tiene dos dor-
145
–328–
Este centro de reclusión, al igual que otros, no proporciona
ningún tratamiento real y efectivo, pues el impacto de la privación de la libertad no es reeducador, sino antipedagógico, criminógeno. La prisión no puede reinsertar socialmente, pues lo
que se hace con el interno es apartarlo, precisamente, de esa
sociedad a la que se quiere que vuelva. Así, la prisión no nace
históricamente para resocializar al infractor. Sino para estigmatizarlo como lo demuestra la experiencia. Acertadamente dice
García-Pablos, que la pena cumple los fines que cumple y no
los que se pretende que cumpla. Por muchos fines que queramos atribuirle, seguirá cumpliendo los fines reales que la sociedad le imponga (Asensio, 1990).
Por ejemplo, las actividades en el centro de alta seguridad,
de Almoloya de Juárez, comienzan a las seis de la mañana y
terminan a las tres de la tarde, después de la comida. Luego,
tienen una hora para salir al patio, éste es el único momento
en que los internos pueden entablar contacto personal. Cámaras de video instaladas en todos los rincones de la cárcel siguen
los pasos de cada uno de los internos. Estas medidas lo único
que nos muestran es el abuso de la prisión de alta seguridad
(Proceso, 911: 19). Se abusa de ésta, no sólo cuando se ejecutan las penas, sino lo que es más grave, cuando aún no se han
dictado. En nuestro país, más de la mitad de los internos son
presos sin condena, sin duda, no hay prisión más injusta que la
preventiva, pues se sufre sin previa condena judicial. Así fue
reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, en su
VII congreso sobre la Prevención del Delito y el Tratamiento
del Delincuente, en la Habana (CNDH, 1992.)
mitorios. Cada uno de ellos está dividido en cuatro módulos donde se
hallan confinados, desde aquellos individuos que son autores intelectuales y
materiales de alto riesgo, hasta los que aun están dentro de este grupo y
están a punto de ser beneficiados por las modificaciones de la ley de traslados a otros penales menos rigurosos. Hay además un área para internos de
conductas especiales, allí se encuentran totalmente aislados y bajo constante vigilancia (Pacheco,1994: 24).
–329–
El reflejo de un espejo de la realidad carcelaria nos muestra,
de manera transparente, que no sólo el requisito de la disciplina basta para que la cárcel pueda cumplir con su función resocializadora, sobre todo si contemplamos las altas tasas de reincidencia, como aquel catalizador que invalida las hipótesis
planteadas acerca de la resocialización del delincuente, a través
de estas instituciones.
Así, una realidad como la antes mencionada se figura entre
cruzada por dos polos de discusión; la primera, obedece a la
lógica de un reconocimiento científico y jurídico de la cárcel,
que reconoce abiertamente, el hecho de que ésta no puede
resocializar, sino únicamente neutralizar. De esta manera la
pena carcelaria no representa en lo absoluto para el delincuente una posibilidad de reintegración a la sociedad sino, por el
contrario, es un espacio donde se propicia una aceleración de
la despersonalización del sujeto y un amplio centro de capacitación no formal, donde se aprenden múltiples vicios y oficios
de la maldad (Baratta, 1991).
Un segundo discurso, está dado desde el reconocimiento
del fracaso de la cárcel como una institución de prevención
especial positiva que nos lleva desde, el punto de vista idealista
a la afirmación voluntarista de una norma contrafáctica, según
la cual, la cárcel debe ser considerada, pese a todo, como lugar
y medio de resocialización. Por ejemplo, la escuela alemana de
Frankfurt reconocía abiertamente el fracaso de las acciones de la
resocializacion y sostenía al mismo tiempo que a pesar de ello
era necesario seguir manteniendo esta idea con el objeto de no
dar cabida a los defensores de otras teorías neoclásicas y neoliberales de la retribución y de la neutralización (Baratta, 1991).
En este sentido, los límites de un cautiverio como la cárcel,
no son otra cosa más que la expresión de una violencia de la
realidad que intenta ser contenida dentro de sus propios conflictos. Sin terminar de comprender que el conflicto es generado por la dinámica de la transformación de la sociedad, y que
–330–
los conflictos intramuros de sus pobladores son parte y reflejos de un conflicto de organización social extramuros.
Así, los conflictos internos a los que se enfrentan sus pobladores, su composición demográfica, su marginación, su
estado de insalubridad, los problemas de educación, de trabajo, de empleo y las crisis de los valores, son un proceso fundamentalmente primario y no secundario, que interviene como
un efecto prioritario en el desencadenamiento de la criminalidad de sociedades como la nuestra. Por ello, una reintegración
social del condenado significa, ante todo, corregir las condiciones de exclusión que en la sociedad sufren los grupos sociales de los que provienen, de tal forma que la vida postpenitenciaria no signifique simplemente el regreso de la marginación
secundaria a la primaria (Baratta, 1990).
En este tenor, el sistema penitenciario mexicano con sus
propósitos rehabilitadores, no deja de ser un recurso de buena
voluntad, una mentira piadosa, que la transparencia de la realidad nos ha enseñado que no funciona por diversas causas,
entre las que destacan, como uno de los principales obstáculos
para la readaptación social, la sobrepoblación.
Por ejemplo, en México el sistema penitenciario esta formado por 446 reclusorios distribuidos a lo largo del país, con
una capacidad para 70,435 internos, a finales de 1991, su población era de 91,685, es decir contenía un excedente del 30
por ciento. En ellos, la cantidad de internos varía de uno a
cerca de 4,000: el 60 por ciento de estos centros de reclusión,
tienen entre 50 o menos, el 24 por ciento entre 51 y 200, el 10
por ciento entre 201 y 1,000 y el 6 por ciento de 1,001 en adelante. Este porcentaje es rebasado en 11 entidades de la república. Tan sólo en Campeche se llega al extremo de un sobrecupo del 146 por ciento.
De esta forma, la capacidad de población de los internos en
los estados de Aguascalientes, Coahuila, Colima, Durango,
Guanajuato, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Tlaxcala, así como en la Colonia Penal Federal de Islas Marías, no
–331–
está rebasada. Pues sólo el 80 por ciento del sobrecupo se concentra en nueve entidades de la república. A saber, Tijuana,
con una población de 2,390 y una capacidad instalada para 800
presos, Hermosillo, con 1,917 y una capacidad de 1,188; Monterrey con 2,071 y 1,560, Guadalajara, con 3,015 y 1,232, Morelia con 1,965 y 800; Acapulco con 1,121 y 732, Cuernavaca
con 1,277 y 800, Veracruz con 1,056 y 900.
En este sentido, bien podemos admitir que la población
penitenciaria ha tenido un crecimiento multiplicado: por ejemplo, durante el decenio de 1970 a 1980, el ritmo de crecimiento de esta población se mantuvo a un nivel del 3.8 por ciento
anual, mientras que sólo para 1987, se registro un incremento
del 11 por ciento, pues sólo durante el primer semestre de
1990, el incremento fue de 16.4 por ciento. En cambio, la capacidad siguió rezagada, entre 1983 y 1988, con una tasa de
incremento de 5.4 por ciento (CNDH, 1992).
Así, un problema como la sobrepoblación en las cárceles,
propicia la interacción entre internos de diferentes niveles de
peligrosidad; una acción de esta naturaleza permite que delincuentes peligrosos convivan con primo delincuente en una
misma celda, quienes son influenciados por los primeros. Aunado a todo lo anterior se tiene, la falta de métodos que garanticen la readaptación, lo que causa un alto porcentaje de reincidencia, que genera un círculo vicioso: no hay readaptación
porque hay sobrepoblación y hay sobrepoblación porque no
existe readaptación.
Para estas mismas fechas, de los noventas, en los centros de
reclusión del Distrito Federal, teníamos un total de 11,427 internos, mientras que el total de la capacidad instalada de estos
cinco centros es de 5,262, es decir, tiene un excedente de 6,165
internos. El informe de la CNDH manifiesta que más de la mitad
de los internos del país, está compuesta por presos sin sentencia, es decir, procesados en prisión preventiva, pues un proceso
regular, en promedio, tiende a durar entre uno y cinco años.
–332–
En este sentido, los centros de reclusión debieran ser “escenarios de la recuperación de un individuo, más no un medio
ni circunstancia que lo degraden y extingan”, en palabras del
Director General de Reclusorios y Centros de Readaptación
Social, Rafael Domínguez Morfín.
El sistema penitenciario de la ciudad de México, está constituido por 5 instituciones carcelarias, tres son centros de reclusión preventiva y dos penitenciarias: tal y es por todos conocido, la función de los primeros varía en cuanto a sus
propósitos, más no en cuanto a sus objetivo con respecto de
los segundos, a saber, la readaptación social mediante el trabajo y la educación.
Sin embargo, hoy día nuestras cárceles son un vía crucis,
son centros prolíferos para la corrupción, pues da lo mismo
ser visitante que interno. Los pagos que tienen que hacerse
dentro del penal o para ingresar como visita y como internos
varían, “según el sapo es la pedrada”. Las aduanas restringen el
paso de productos y artículos prohibidos, pero adentro hay de
todo, sólo que se expende hasta cinco veces o más del precio
que se cotiza afuera.
Un vía crucis es pasar por el área de revisión. La inspección
es meticulosa, estricta y hasta ofensiva para la mujer. Al visitante se le obliga a despojarse de todas sus pertenencias. Aunque suprimirla tiene precio, cinco o diez pesos son suficientes.
Salvar este primer trámite, vienen otros que también implican
gastos, por ejemplo: llamar a los internos, ocupar una mesa en
los comedores, hacer uso del servicio de comida y hasta para
no ser molestado. De la visita conyugal, ni que decir, todo
depende del cliente y la habitación que elija. Nada es gratis,
pues para familiares e internos, desde el ingreso se tiene que
repartir dinero (Proceso; 658).
En la sección de ingreso se da dinero para casi todo: para
obtener un buen dormitorio, para conseguir una cobija, por
ejemplo, para evitar la fajina cuesta entre 5 o 10 pesos por día,
para no pasar lista, 5 pesos para hacer una llamada telefónica,
–333–
2 pesos hasta para ver la televisión, y lo inaudito, hay que pagar para estar seguro en la cárcel (Proceso, 658).
Hagamos la sinópsis de un caso concreto: la penitenciaria del
DF, Santa Martha Acatitla, cuenta con una capacidad para 1,500
internos, pero su población real es de 3,081 personas, es decir,
tiene una sobre población de 1,581 internos, más del 100 por
ciento. A pesar de ello, Santa Martha posee graves problemas al
igual que todos los otros centros, corrupción, venta de alcohol,
drogas, prostitución, seguridad al interior, etcétera.
La distribución espacial con que cuenta, es la siguiente: 8
dormitorios, cada uno divido en estancias y zonas, una zona es
la sección en que está dividido el dormitorio, de forma tal que,
10 estancias conforman una zona; la estancia es un cuarto con
capacidad para cuatro internos, a su vez cada dormitorio cuenta con baños y comedor.
El dormitorio uno, esta compuesto por 12 pasillos y 10 estancias: alberga a delincuentes homosexuales, enfermos mentales y personas de baja peligrosidad. Los dormitorios dos y tres,
con la misma distribución espacial que el anterior, alberga a
reincidentes con dos o más ingresos, mientras que en el tres,
están los individuos que cometieron homicidio y lesiones. El
dormitorio cuatro, distribuido con ocho pasillos; del primero
al tercero con 17 estancias; del cuarto al octavo con 19 estancias. Los cuatro dormitorios restantes del (5 al 8), poseen la
misma distribución espacial que el primero. El dormitorio
cinco esta destinado para los delitos contra la salud y tráfico de
drogas. El dormitorio seis y siete para farmacodependientes, y
el ocho es para expolicías y funcionarios públicos.
En este centro de reclusión existen 23 talleres, que operan
de ocho de la mañana a las dos de la tarde, 12 aulas escolares,
un hospital, un área de visita familiar, visita conyugal, gimnasio, área deportiva, auditorio y capilla.
Existen algunas empresas e industrias que tienen convenio
con este centro penitenciario, tales como el Grupo Vladd, La
magdalena, Flixicel, Fernando Torres, Francisco Carbajal,
–334–
Coordinación de tiendas. Estas empresas tienen concesión
para desempeñarse en algunos detalles.
En cuanto a estos últimos y su distribución, podemos decir
que son, el taller de cerámica, (donde trabajan cuatro internos),
ahí se hacen trabajos de resina y marmolería procesada, así
como artesanías. El taller de capsulado, (hay cinco internos) y
elaboran trabajos de acrílico. En el taller de decoración, (con
nueve internos), hacen cuadros de yute, así como cuatro talleres más de cuadros, donde laboran 20 internos. Taller de calzado, taller de pelotas de béisbol, en éste laboran 20 personas,
en él, se fabrican de 15 a 20 pelotas por día, con un costo de
maquila de un peso por pelota.
También esta en operación un taller de costura, con una infraestructura de 86 máquinas y un total de 50 trabajadores que
fabrican uniformes y otras prendas. En este taller el salario es
de aproximadamente 380 a 400 pesos mensuales. También
existe un taller de peluche, de reparación de calzado, fundición, panadería y ensobretado, es decir, un taller donde se dedican los empleados a pegar espadillas a sobres, cada trabajador recibe la gratificante bonificación de 70 centavos por
sobre, así como el personal que labora en bibliotecas, el cual
recibe un salario de siete pesos semanales, pero más aún, muchos de estos ridículos sueldos conllevan engorrosos trámites
para ser cobrados, por lo que muchos internos deciden no
enfrentarse a ese laberinto burocrático y por ende, no cobrarlos (Padilla, 1991).
Los ingresos que reciben los internos, también son una
muestra más de las contradicciones de una institución como la
cárcel, por ejemplo, el artículo 67, fracción VIII del reglamento
interno de reclusorios, menciona que nunca se pagará a un
interno por su trabajo, menos de un salario mínimo vigente
para el DF. Así, como en su fracción VII, del mismo artículo,
se puede leer que se prohíben los trabajos libres en las instalaciones de los reclusorios, sin embargo, bastaría con observar
los restaurantes, bares, tiendas que existen dentro de la peni–335–
tenciaria, sobre todo los más visibles e instalados en puestos
fijos como los que se encuentra en la explanada, mejor conocida como el pueblo.
Así, los concesionarios de los negocios dentro del penal tienen
que pagar fuertes sumas de dinero. Quien tiene a su cargo una
tienda de abarrotes, paga una cuota de 300 pesos semanales;
quien tiene un restaurante, 500 pesos (Proceso, 658: 18).
Otro ejemplo es, el reclusorio preventivo Norte, con una
capacidad instalada para 1,450 internos, y una población real
de 2,849 presos, es decir un excedente de 1,399 internos. El
reclusorio preventivo Oriente, con una capacidad para 1,200
presos y una población real de 2,674, es decir, cuenta con una
sobrepoblación de 1,474 presos. El reclusorio preventivo Sur,
con una capacidad instalada para 912 pobladores, pero actualmente cuenta con una población real de 2,221, es decir, cuenta
con un excedente de población de 1,309 presos más. La distribución espacial, de estos tres reclusorios preventivos, es de 10 dormitorios, de los cuales dos son destinados para conductas excepcionales; Por ejemplo, los dormitorios del uno al ocho, cuentan
con 48 estancias, el dormitorio nueve con 46, y el dormitorio diez
o módulo de máxima seguridad, cuenta con 52 estancias.
La clasificación que técnicamente opera en los reclusorios
para seleccionar a los indiciados, rige de igual forma para los
tres reclusorios, no así para la penitenciaria del DF. Dormitorio uno, es habitada por individuos de diversos delitos, y cuyas
características de personalidad oscilan desde los aculturados,
homosexuales, personalidad depresiva, problemas psicológicos, e individuos que han violado las leyes de inmigración. El
dormitorio dos, de igual forma, agrupa en su área a individuos
que han cometido diversos delitos, pero su característica particular, radica en que son reincidentes, delincuentes habituales,
primodelincuentes altamente contaminados, individuos de
nivel socioeconómico bajo y medio, es decir, individuos de alta
peligrosidad y los llamados de tratamientos especial, es decir
que infringen normas internas.
–336–
El dormitorio tres, es reservado para los sujetos que han
cometido delitos patrimoniales, y cuyas características sean el
ser primodelincuentes y sin conducta para social (anormales),
baja peligrosidad, y con pronóstico favorable de recuperación.
Dormitorio cuatro, alberga a los individuos que cometen delitos de cuello blanco, y primo delincuentes, también se hospedan aquí los reincidentes en estos delitos, son sujetos con un
nivel socioeconómico medio y alto, baja peligrosidad y pronóstico de recuperación favorable.
El dormitorio cinco, se destina para los delitos cometidos
internamente, así como delitos sexuales. También alberga a los
primodelincuentes o reincidentes de nivel socioeconómico
bajo y medio, pero de alta y media peligrosidad, por tanto con
un pronóstico desfavorable. Dormitorio 6, permanecen los
sujetos cuyo delito es el robo como modus vivendi, así como los
delitos de lesiones, asociación delictuosa, vagancia, mal vivencia, y primodelincuentes reincidentes, con peligrosidad alta y
nivel socioeconómico y cultural medio y bajo; con pronóstico
favorable, pero con una tolerancia a la frustración media y de
personalidad antisocial.
En el dormitorio 7 se albergan los sujetos que han cometido delitos contra la salud, en todas sus modalidades, primodelincuentes, reincidentes, de media y alta peligrosidad. Su nivel
socioeconómico, debe ser medio y alto, control de impulsos
medio y pronóstico de recuperación favorable. Dormitorio 8,
delitos contra la integridad física, reincidentes, y primo delincuentes, con nivel socioeconómico y cultural medio y alto,
nivel de sociabilidad aceptable y con personalidad tolerante a
la frustración, así como buen manejo y control de impulsos,
pronóstico de tratamiento favorable. El dormitorio 9 agrupa
varios delitos, y cuya característica es dar alojamiento a expolicías, judiciales y servidores públicos. El dormitorio 10 es de
máxima seguridad, de igual forma agrupa a delincuentes que
han cometido diversos delitos, bajo la salvedad de que son sujetos tipificados bajo las características de máxima peligrosidad.
–337–
Anexo a los reclusorios se encuentran los centros femeniles, los cuales solo están el norte y oriente. Estos establecimientos se encuentran distribuidos en su interior, por cinco
dormitorios, con ocho estancias cada uno; de los cuales (dos
de los cinco dormitorios) tienen sus baños fuera de los cuartos
y los tres restantes cuentan con este servicio, dentro de sus
cuartos. Cada dormitorio cuenta con un área especial para
cocinar y lavanderos. Al igual que en la penitenciaria, internamente, existe venta de abarrotes, frutas y verduras.
También existe una área de segregación o castigo, para la
cual se destinan tres celdas, las cuales en conjunto abarcan una
dimensión aproximada de 5 mts., de largo por 2.5 mts., de
ancho, es decir, cada celda con una superficie de 1.5 por un
metro aproximadamente.
Es prudente hacer mención que en estos centros preventivos, los internos también son sujetos del beneficio enunciado
por la Ley de normas mínimas, en su artículo 16, siempre y
cuando se les encuentre culpable del cargo imputado. Sin embargo, debido a su situación de indefinición por la que atraviesan en estas instituciones, muchos de los internos no trabajan
ni asisten a escuela, por dos razones: la primera, porque en
ellos vive la esperanza de ser expulsados rápidamente; la segunda, por que los servicios de trabajo ofrecidos no son de su
expectativa, o no poseen los recursos económicos necesarios
que le impiden desarrollar una actividad de tal naturaleza. Así
como por la no obligatoriedad, y aun cuando requieren de
constancias de trabajo, fácilmente las consiguen sobornando al
personal y autoridades del penal.
No obstante la importancia del trabajo como medio para la
readaptación social, éste, es estructura para una realidad con
tales características de manera asimétrica, por un lado se registra dispendio de equipamiento destinado para algunas áreas
diseñadas para el trabajo, así como aquellas situaciones que se
presentan en algunas áreas saturadas que no permite absorber
mayor mano de obra.
–338–
Por otro lado, aparecen múltiples proyectos de capacitación
para el trabajo, y asesoría técnica, organizada de manera exprofesa para reclusorios y penitenciarías, por instituciones como el
IPN, SEP, ISSSTE, los cuales expiden el respectivo reconocimiento de cada curso que imparten.
Dentro de las actividades para laborar al interior de los reclusorios, se cuenta con el taller de fundición, donde se elaboran placas de circulación vehicular para el Distrito Federal y 10
estados de la república más. La industria panificadora, el taller
de sastrería o costura, la fabricación de diversos artículos con
fibra de vidrio, se fabrican muñecas, también existe la industria
mueblera, la industria de gobelinos, hojalatería y mecánica,
lavandería, panadería y tortillería, fabricación de escobas, losetas de granito, imprenta. Es decir, alrededor de aproximadamente 36 industrias repartidas en los tres reclusorios operan
en estos centros.
Dentro de las empresas que menos ingresos permite a los
internos, esta el taller de artesanía, o mejor conocida como el
taller de la miseria, pues a pesar de ello, constituye prácticamente la fuente de donde se mantienen muchos internos, los
cuales en un alto porcentaje laboran en sus celdas.
Un ejemplo más sería el Centro Femenil Tepepan, que cuenta con una capacidad instalada para 200 internas y con una población real en los primeros meses de este año, de 220 mujeres,
más 12 menores que viven con sus madres. Es decir tiene una
sobrepoblación actual de 20 internas, más 12 menores.
Su organización espacial está dada por dos dormitorios,
uno para procesadas, otro para sentenciadas, cada uno distribuido en 15 celdas, donde se albergan ocho camas en cada
una, es decir, en cada celda se distribuyen cuatro literas, con
espacio reducido y poca movilidad, lo que facilita la promiscuidad y hacinamiento, pues muchas veces las internas duermen con sus hijos, (en la misma cama). A este panorama tendríamos que agregar la excesiva práctica de la homosexualidad.
–339–
Cada piso cuenta con un baño público que posee cinco regaderas y cuatro inodoros, así como dos secciones de cinco
lavaderos. Un centro escolar con nueve aulas, el cual concentra
una población de 60 menores, 12 niños de internas y 48 niños
de trabajadores del centro femenil.
El centro, cuenta con un taller de costura que posee 75
máquinas, pero en este taller sólo trabajan 10 internas, fabricando pants y ropa para niños. Un taller de lavandería, con dos
lavadoras y siete secadoras instaladas, en donde se lava ropa a
varias instituciones estatales, en este lugar trabajan en promedio 10 internas. La cocina en donde se trabajan tres turnos en
el que laboran un promedio de 10 a 12 internas. El taller de
cerámica, con una población de ocho internas, en éste se elaboran platos, adornos de migajón y muñecas. Un taller de tejido a máquina, con ocho internas; por último el taller de secretariado, que funciona como apoyo a la institución, pero sólo
pueden trabajar en este lugar las que observan buena conducta, en promedio laboran entre ocho y 10 internas.
Consideraciones finales
En este sentido, quizá lo paradójico del sistema penitenciario sea que no logre verdaderamente la readaptación del delincuente, pues el principio normativo en que sustenta su organización e intención, no lo es todo, en la medida en que es ajeno
y distante de un contexto real de la sociedad, pues los principios para la readaptación deberán partir de bases reales, y útiles para tales fines de lo contrario, esta realidad seguirá imponiendo condiciones negativas a tales propósitos.
Debemos subrayar que no debe entenderse como un abandono, el principio de la readaptación, sino que por el contrario, significa buscar nuevas perspectivas de interpretación de
los delitos, desde una dimensión totalitaria, desde un campo de
historicidad, solo así, con una perspectiva en conjunto, podremos encontrar supuestos de explicación teórica, que nos
–340–
permitan readecuar de manera acorde a la realidad, es decir,
buscar readecuaciones de estrategia para la readaptación, partiendo del principio de que tales interpretaciones y modelos de
solución, tienen límites de proyección y viabilidad dentro de
los planes y políticas globales diseñados para la sociedad.
–341–
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–342–
La prisión: una aproximación a la
efectividad de la
intervención correccional
Luz Anyela Morales Quintero
Jairo Muñoz Delgado∗
Introducción
La privación de la libertad originalmente, fue utilizada para
asegurar que las personas acusadas de cometer un delito, comparecieran durante el juicio y no escaparan antes de la imposición del castigo; que iba desde las multas hasta el destierro o la
pena de muerte. Desde hace 200 años, el encarcelamiento se
ha transformado en sanción, convirtiéndose, hoy en día, en la
pena más común en el mundo. Su objetivo es básicamente
retributivo y disuasorio. Por un lado, busca saldar el daño que
el individuo causa a la sociedad con su comportamiento delictivo y con ello evitar que reincida en el futuro. Por el otro,
pretende que los ciudadanos se abstengan de delinquir.
A pesar de su creciente popularidad, el encarcelamiento ha
sido objeto de constantes discusiones. Por un lado, se defiende
su existencia argumentando que los delincuentes son un peligro para la sociedad y, deben estar aislados de ella. Por otro, se
∗
Facultad de Psicología, Universidad Católica de Colombia, Bogotá. Línea
de cronoecología y etología humana, departamento de etología, e-mail:
[email protected] y [email protected].
–343–
explica que la cárcel no es efectiva en los propósitos de reducción de la delincuencia, y que por el contrario, representa una
opción para la especialización de carreras delictivas y proliferación de bandas organizadas; así como un facilitador para el
etiquetamiento, que reduce las alternativas legales futuras para
las personas que han estado privadas de la libertad.
Lo cierto es que con todo y las discusiones a favor y en contra de la existencia de las cárceles e instituciones para menores infractores, éstas existen y en ellas viven un gran número
de personas. Sólo en América Latina hay alrededor de 607,000
internos, con una proporción de hacinamiento146 que va del 20
por ciento al 100 por ciento; mientras que en muchos países, la
tasa de detenidos sin condena supera el 70 por ciento (Carranza, 2005). Estos datos son más que suficientes para justificar el
interés y la importancia del estudio y el trabajo relacionado con
estas instituciones.
A pesar de las constantes quejas de la ineficacia de la cárcel
en sus propósitos de reducción de la delincuencia y de los
efectos negativos que tiene sobre las personas que viven y
trabajan allí, el número de estas instituciones va en aumento.
Es más, constantemente se argumenta la necesidad de elevar la
cantidad de años de las penas de encarcelamiento y de construir más prisiones para reducir el hacinamiento. Sin embargo,
suelen ser propuestas que obedecen más a los intereses de una
minoría que al objetivo real de reducción del comportamiento
delictivo.
A lo largo de la historia, se pueden observar varias razones
para mantener la idea de la prisión como la pena por excelencia. Primero, los altos niveles de restricción de las instituciones
146 Este concepto se refiere a la situación en que el número de personas que
viven dentro de las instituciones carcelarias superan la capacidad que tienen
para albergar un cierto número de personas. El hacinamiento involucra un
mayor número de personas por metro cuadrado, del que había sido planeado durante la construcción del edificio.
–344–
cerradas que se ajustan a la idea de que el castigo es la consecuencia más efectiva para hacer frente al crimen. Segundo,
dentro del sistema correccional y jurídico en general, se tiene la
percepción de mayor control sobre la conducta de las personas
en escenarios cerrados y por ende sobre la reincidencia147, en
comparación con otras sanciones basadas en la comunidad,
donde la restricción es mucho menor. Además, se asume que el
aislamiento de los delincuentes genera mayor sensación de seguridad a la sociedad, puesto que si el delincuente se encuentra
bajo supervisión y control, no volverá a cometer delitos (por lo
menos mientras esté en estas condiciones); lo cual contribuye a
que se realicen menos críticas al sistema de justicia. Y por último, la escasa si no inexistente disponibilidad de sistemas de
evaluación y clasificación de los delincuentes que podrían orientar la decisión respecto a la medida de seguridad apropiada a las
características de cada persona (véase Wiebush y Cols., 1995), lo
cual justifica el que de manera masiva los infractores y delincuentes sean enviados a correccionales y prisiones.
Por fortuna, estas posturas extremas a favor y en contra de
la prisión han dado lugar a propuestas intermedias, qué si bien
están de acuerdo con la existencia y necesidad de sanciones
legales como consecuencia legítima al comportamiento delictivo, también plantean la necesidad de que las sanciones no se
reduzcan a la pérdida de libertad y que su función sea sólo el
147 La reincidencia en general se refiere a los datos basados en los registros
oficiales de la policía y del sistema de justicia, que engloban la reincidencia
grave (delitos serios como homicidio, lesiones, secuestro, etcétera), la comisión de nuevos delitos, nuevas sentencias condenatorias, nuevos arrestos, nuevos contactos con la policía, nuevas detenciones, etcétera. independientemente de que conlleven el reingreso en prisión, la libertad
condicional o la puesta en libertad. En resumen, la reincidencia general,
incluye registros oficiales sobre nuevos contactos con la ley por la comisión
de actos delictivos después de que una persona ha cumplido una sentencia,
o posterior a la imposición de una sanción legal como la libertad condicional, el trabajo comunitario, etcétera (Garrido, Morales y Sánchez-Meca,
2006; Garrido y Morales, 2003; Marín y Cols., 2002).
–345–
castigo, sino que, dentro de la prisión se constituyan espacios
de socialización y oportunidades para que infractores y delincuentes aprendan habilidades para la vida conforme a la legalidad, la reducción de la reincidencia y el fomento del comportamiento pro-social. Este planteamiento ha recibido el nombre
de “intervención correccional”.
La postura intermedia, que propone la necesidad de la intervención correccional, constituye un importante aporte a la
prevención de futuros delitos; además de contribuir a la prevención del daño a potenciales víctimas y coadyuvar a dar sentido a la vida de personas que pasan gran parte de ella institucionalizadas y sin recibir la ayuda que requieren de acuerdo
con sus necesidades. No cabe duda, que el logro de lo anterior,
debe ser una responsabilidad compartida entre los estados, la
sociedad en general, los científicos y los profesionales en el
tema de la delincuencia, especialmente en el diseño y la prestación de servicios efectivos.
Son muchas las situaciones que merecen atención en el tema de las prisiones, sin embargo, este trabajo se enfoca especialmente en aquellas relacionadas con los programas de intervención dirigidos a reducir la reincidencia delictiva, sus
posibilidades, su efectividad, así como algunas propuestas para
contribuir al éxito de este propósito.
Necesidades básicas y proceso de prisionalización
El tema de la intervención correccional está estrechamente
relacionado con los esfuerzos que se realizan para prevenir la
reincidencia. No obstante, atendiendo a las condiciones poco
favorables para los propósitos de reinserción social en que
viven las personas privadas de la libertad, es necesario detenerse un poco, antes de abordar las intervenciones específicas de
prevención de la delincuencia, y llamar la atención sobre otros
objetivos de la intervención, en especial en el contexto de instituciones carcelarias.
–346–
Uno de los principales principios de la intervención correccional es que se debe dar prioridad a la satisfacción de necesidades primarias de los internos en instituciones que les privan
de su libertad. Dentro de estas necesidades básicas se encuentran la higiene, la salud, la educación, la cultura, la capacitación
laboral, la vinculación social y todo lo concerniente a su proceso de reinserción social. Así mismo, en estos sitios deben
atenderse algunas condiciones que tiene la propia institución y
que se relacionan estrechamente con las necesidades primarias
de los internos: el hacinamiento, la violencia carcelaria, el tráfico y consumo de drogas dentro de las prisiones e instituciones
juveniles, y la motivación y formación del personal que trabaja
con los delincuentes (Garrido, Stangeland y Redondo, 2001).
Los efectos del encarcelamiento y las condiciones adversas
para el tratamiento, en que se encuentran muchas de las cárceles del mundo, no son un secreto para nadie. El sólo hecho de
privar de la libertad a una persona trae consigo efectos devastadores. Un ejemplo de ello, lo constituye el experimento de
Zimbardo (1972), que por cierto, ha sido bien recreado en la
reciente película “El Experimento”148. En este estudio, son
reclutados algunos estudiantes de la universidad de Stanford
que, voluntariamente, acceden a participar a cambio de un
pago diario de 15 dólares. Sin embargo, la investigación planeada para dos semanas termina a los seis días, debido al extremo grado de violencia y humillación que mostraron los
estudiantes que representaban a los guardias para con quienes
cumplían el papel de internos.
Tal como lo describe el mismo Zimbardo: “Quienes estaban en el papel de reclusos quedaron desintegrados, como
grupo y como individuos. Ya no existía una unidad de grupo;
solo un puñado de individuos aislados resistiendo, casi como
prisioneros de guerra o pacientes de un hospital psiquiátrico.
Los guardas lograron el control total de la prisión e impusie148 Película alemana estrenada en el año 2001 y dirigida por Oliver Hirschbiegel.
–347–
ron la obediencia ciega de todo recluso”. Más adelante el investigador agrega: “en las cintas de vídeo descubrimos que los
guardas habían intensificado las vejaciones a los reclusos durante la noche, cuando pensaban que los investigadores no
miraban y que el experimento estaba “parado”. El aburrimiento los había llevado a un abuso más pornográfico y denigrante
de los reclusos. Christina Maslach, una doctorada de Stanford
traída para entrevistar a los guardas y reclusos, protestó enérgicamente cuando vio que a los reclusos se les hacía marchar
en fila hacia el lavabo, con la cabeza dentro de bolsas, las piernas encadenadas y las manos los unos sobre los hombros de
los otros” (Zimbardo, 2005).
Una vez terminado el estudio, uno de los participantes comentó: “Empecé a notar que perdía mi identidad, que no era yo
la persona que se llamaba Clay, la persona que se metió en ese
lugar, la persona que se presentó voluntaria para ir a esa cárcel;
porque fue una cárcel para mí y aún lo es. No lo considero un
experimento o una simulación porque fuera una cárcel regida
por psicólogos en lugar de ser gobernada por el Estado. Empecé a sentir que aquella identidad, la persona que yo era y que
había decidido ir a la cárcel, estaba muy lejos de mí, que era un
extraño, hasta que finalmente ya no era esa persona, sino que
era el 416. Yo era, en realidad, un número” (Zimbardo, 2005).
Los resultados del experimento tienen implicaciones muy
importantes y vigentes en la actualidad. En seis días, los participantes que no tenían historial delictivo, que habían aceptado
participar en el estudio y de quienes no se conocían diferencias
importantes a nivel psicológico (entre quienes cumplieron el
papel de guardias y el papel de internos) presentaron graves
alteraciones en su comportamiento. Las personas en el papel
de guardias ejercieron un alto grado de violencia sobre los
reclusos, mientras que los estudiantes en el papel de internos,
en el corto tiempo del estudio se mostraron sumisos, ansiosos,
con pérdida de la identidad, disminución de auto-estima, ataques de pánico e indefensión.
–348–
Son muchas las reflexiones que pueden hacerse en torno a
estos resultados. Por ejemplo, si lo anterior ocurrió en seis días
con estudiantes universitarios ¿no serán aún más desesperanzadoras las circunstancias en que viven las personas privadas
de su libertad en cárceles reales, entendiendo que en estas instituciones confluyen personas con largos historiales de negligencia, violencia y delincuencia; que no están allí voluntariamente; que no hay un estricto control de lo que ocurre dentro
de la institución; que en muchos casos no hay certidumbre del
tiempo que permanecerán en este sitio –especialmente la población que está en espera de su sentencia–, etcétera? Luego
entonces, es incuestionable que los efectos pueden ser peores
que los recreados en “El Experimento”.
Es importante la reflexión respecto a la verdadera utilidad
de la pena de privación de libertad y la innegable necesidad de
condiciones y programas que ayuden a mitigar sus efectos. Es
indudable que cualquier intento de disminución de reincidencia en situaciones como las citadas, está condenado al fracaso.
Tal como lo explicó Clemmer (1940) la mayoría de las características de la prisión sugieren la existencia de un sistema
dañino para cualquier actividad que pudiera considerarse como
un proceso de rehabilitación. A este mismo autor debemos el
concepto de prisionalización que se refiere al proceso por el que
se adoptan en mayor o menor medida, las costumbres y la
cultura general de la cárcel, condiciones que en general son
antagónicas con la vida en libertad y con la legalidad.
La investigación sobre los efectos per sé de estar en prisión
han permitido identificar una serie de alteraciones que influyen
sobre cualquier intento de intervenir para prevenir la reincidencia criminal. Al respecto, vale la pena citar algunos de los
efectos de la prisionalización estudiados por Valverde149
(1997). Este autor entrega una revisión, que nos permite acercarnos a la realidad carcelaria, cuando muy pocas veces se
149 Psicólogo, comprometido en el trabajo con las personas que permanecen privadas de la libertad en instituciones carcelarias españolas.
–349–
piensa en los efectos devastadores que deben padecer las personas que permanecen en instituciones correccionales.
Dentro de estos efectos, se encuentran varias alteraciones
de tipo somático que se resumen en diferentes problemas de
tipo sensorial. Como lo explica Valverde, el hacinamiento y el
espacio reducido en que vive la persona inciden profundamente en los sentidos, tanto de manera física como psicológica.
Para citar tan sólo un ejemplo, en relación al sentido de la vista: “el recluso se encuentra constantemente con obstáculos a la
propia visión que, en el mejor de los casos, no le permite ver
más allá de unos pocos centenares de metros. Esta configuración espacial produce frecuentes dolores de cabeza, así como
una deformación de la percepción visual, que hacen que se
pierdan formas e incluso colores” (p.100).
También se presentan alteraciones de la imagen personal en
la que se puede llegar a perder la imagen del propio cuerpo,
como consecuencia de la carencia total de intimidad. Considerando lo anterior, es claro, que tras el encarcelamiento, se ven
afectadas funciones de las personas que en condiciones de
libertad difícilmente se percatarían de que existen. Por ejemplo, el cálculo que hacemos de la distancia y la velocidad nuestra y de un coche, para cruzar una calle. No hacemos consciente cada paso que sigue nuestro cerebro en esta situación,
pero a lo largo de la vida lo aprendemos para evitar accidentes.
Así, las personas privadas de la libertad gradualmente van perdiendo habilidades que no ponen en práctica dentro de la cárcel, empezando a presentar deficiencias en su percepción de
las distancias y de los espacios conforme aumenta su estancia
en este tipo de instituciones.
Son frecuentes también las alteraciones en el ámbito psicosocial como producto del proceso de adaptación a la prisión.
Se exageran las situaciones que en otro contexto carecerían de
importancia, dando mucha más relevancia de la que se prestaría en otra situación; las conductas de autoafirmación van de la
agresión (para hacer frente al medio hostil) a la sumisión (para
–350–
evitar problemas) respecto a la institución y a la interacción
con otras personas. Se presentan alteraciones en las prácticas
sexuales debido a la escasez de oportunidades para ellas en el
internamiento. Esto incrementa la posibilidad de relaciones
entre personas del mismo sexo, aunque no tuviesen experiencias previas similares.
De igual forma, la autoestima se puede ver disminuida por
la degradación del estatus o posición que la persona asume
dentro de la institución, por el rechazo y por la pérdida de
aceptación que conlleva el hecho de estar en prisión.
Del mismo modo, se presentan otros efectos como la ausencia del control sobre la propia vida, el estado permanente
de ansiedad, la ausencia de expectativas del futuro, la disminución de la propia responsabilidad (el control lo tiene la institución a través de sus administradores), el decaimiento en la
motivación para el cuidado personal, y especialmente, la pérdida de vínculos sociales y afectivos fuera de la prisión.
Las rupturas socio-afectivas son quizás, a partir de la experiencia profesional150, las situaciones más difíciles que afrontan
las personas que pierden su libertad. Frecuentemente los internos deben enfrentar la separación o el divorcio de su pareja,
el alejamiento de sus hijos, el abandono de sus amigos y en
general la pérdida o debilitamiento de su círculo y apoyo socio-afectivo. Esto tiene implicaciones muy graves tanto para la
motivación del interno como para el objetivo de la reducción
de la delincuencia. Por un lado, las visitas a las que tienen derecho, permiten la continuación de estos vínculos, pero la situación en que se dan pueden generar sentimientos adversos.
Las visitas suelen convertirse en espacios que se utilizan para
que la persona que está a cargo de los hijos dé un informe de
los pormenores de la conducta negativa que estos han tenido
en ausencia de sus padres. Así, la visita se transforma no en el
espacio de fortalecimiento de vínculos, sino de reprimendas,
150 En el trabajo con internos privados de su libertad en cárceles, penitenciarias y reclusiones en Colombia.
–351–
del desarrollo de una imagen de padres represivos, del castigo
de comportamientos inapropiados, etcétera. Esto es aún más
grave, sí se recuerda que existe mayor probabilidad de que los
hijos de personas encarceladas lleguen a ser delincuentes, que
la de personas cuyos padres no han ido a prisión. Escenarios
como éste, invitan al desarrollo de programas que permitan
fortalecer los vínculos de los internos con su mundo exterior.
Qué diferente sería para un interno y su familia que la visita
constituyera verdaderamente un espacio de encuentro y no de
conflicto y alejamiento.
Con este panorama, y ante la realidad de que las instituciones carcelarias existen, hay que insistir en la necesidad de programas que contribuyan a reducir los efectos del proceso de
prisionalización, como primer paso para el logro del objetivo
de la prevención de la delincuencia futura. Es prioritario impulsar la satisfacción de necesidades básicas dentro de las prisiones y mitigar el proceso de prisionalización, además de establecer programas de preparación para la libertad (durante la
última etapa de la sentencia) y de acompañamiento en el periodo inmediatamente posterior a ella.
La intervención correccional
Es importante reconocer que el principal objetivo tanto, de
las sanciones como de cualquier esfuerzo de intervención dentro de la administración de justicia y de la política criminal, es
evitar o reducir futuras acciones delictivas. Para ello, es relevante saber si la justicia retributiva, o las medidas y programas
que pretenden la resocialización y reinserción social de las
personas que han estado privadas de la libertad, realmente son
efectivas para lograr este objetivo.
En Estados Unidos y Gran Bretaña, a mediados de los años
setenta, se realizaron algunos estudios de amplia cobertura
cuyo objetivo era, reunir toda la investigación disponible hasta
ese momento sobre trabajos que evaluaban los resultados de
–352–
tratamientos aplicados a delincuentes. Su objetivo fue saber si
estos programas habían conseguido prevenir y reducir el comportamiento criminal. El estudio más citado al respecto es el
de Martinson (1974), donde se concluyó que la investigación
en el tema disponible hasta ese momento tenía graves deficiencias en el método, con lo cual era difícil llegar a una conclusión clara.
En cuanto a las características metodológicas, Martinson
notó que las diferentes investigaciones presentaban poco control y que no había comparaciones válidas entre personas que
recibían programas estructurados de tratamiento y quienes no
recibían ninguna atención. Así mismo, los resultados del efecto
de los programas estaban contaminados con el efecto de variables como el diseño de la investigación utilizado (descriptivo, cuasi-experimental, con y sin medidas previas de comportamiento delictivo, sin homogeneidad en la medida de
reincidencia, etcétera). Además, se concluyó que los programas
aplicados no tenían un sustento teórico fuerte, que evaluaban
de manera diferente y muy poco los periodos de seguimiento
(unos de un mes, otros de dos años) y que no habían sido lo
suficientemente replicados. Por último, este autor afirmó que
de acuerdo con los pocos estudios que mostraban un grado de
control aceptable, la evidencia sugería que ningún programa
funcionaba de manera consistente.
Otros estudios en la misma línea apoyaron la idea de que
nada parecía funcionar para rehabilitar a los delincuentes (como los de Sechrest y cols., 1979; Wrieght y Dixon, 1977;
Greenberg, 1977; Brody, 1976; Lipton y Cols., 1975; Logan,
1972). Brody (1976), por ejemplo, explicó que los revisores de
la investigación de la efectividad de distintas condenas o maneras de tratar a personas que habían cometido delitos, estaban de acuerdo en que los resultados hasta ahora ofrecían poca esperanza para encontrar un remedio fiable y sencillo de la
reincidencia. También mencionó que los estudios que mostraban resultados positivos habían sido hasta el momento esca–353–
sos, inconsistentes en sus resultados y abiertos a tanta crítica
metodológica que no resultaban convincentes. Con estas conclusiones, el interés por la rehabilitación decreció y con él los
esfuerzos profesionales e incluso económicos que se dedicaban a este objetivo. Sin embargo, esto también motivó a realizar otras investigaciones para rebatir las conclusiones de que
“los programas no funcionaban”.
A finales de los años setenta y durante los ochenta, los resultados y conclusiones fueron mucho más optimistas. El
mismo Martison (1979) reconoció que algunas medidas de
rehabilitación sí funcionaban. Más adelante y en especial con el
desarrollo de metodologías específicas para evaluar la efectividad de programas, como el meta – análisis151, se avanzó de
manera significativa en este tema (Lösel, 1995).
Aunque el interés por evaluar de forma sistemática los sistemas de servicios correccionales y sus efectos, es muy reciente, los avances en esta área han permitido que hoy en día, se
cuente con hallazgos importantes de investigación y sobre
todo, que haya mayor acercamiento entre la investigación básica y el ámbito aplicado tanto en lo relacionado con la elaboración de políticas públicas como con las intervenciones aplicadas en los contextos correccionales (McGuire, 2001).
Las revisiones de los trabajos desarrollados han permitido
mejorar la calidad de las investigaciones realizadas y elaborar
síntesis de la literatura cada vez más sistemáticas y cuantitativas (Dowden y Andrews, 2000).
La idea de “nada funciona” se ha modificado y en la actualidad la investigación no se pregunta si los programas son efectivos para reducir la delincuencia y la reincidencia, sino que
151Consiste en una metodología que tiene el propósito de reunir y realizar análisis estadísticos de los resultados de diferentes estudios que evalúan los efectos
de una intervención sobre una variable dependiente de interés –por ejemplo, el
comportamiento delictivo-. Esta metodología evalúa los efectos de varios
programas a través de análisis estadísticos rigurosos de los resultados de un
grupo de estudios independientes, con el propósito de integrar, comparar y
acumular sus hallazgos de manera sistemática (Dowden y Andrews, 2000).
–354–
encamina sus esfuerzos a descubrir qué es útil, en términos de
qué tipo de programa, para qué tipo de delincuentes, aplicado
por qué personal, en qué escenarios, bajo qué circunstancias
contextuales y con qué efectos (Lösel, 2001). Ello se encuentra
en directa relación con el hallazgo de la heterogeneidad de la
conducta antisocial (existen diferencias en las personas que
cometen delitos, aunque estos sean del mismo tipo) y de la
necesidad de desarrollar y aplicar programas acordes con estas
diferencias.
Los resultados de la utilización de los meta-análisis mediante la integración de los resultados de diferentes investigaciones
realizadas en Norte América y en Europa, han mostrado en
general un resultado positivo aunque pequeño de la eficacia de
la rehabilitación de delincuentes, con lo cual ha regresado la
esperanza en la intervención (por ejemplo, Garrido, Morales y
Sánchez-Meca, 2006; Latimer, 2001; Lipsey, Chapman y Landenberger, 2001; MacKenzie, Wilson y Kider, 2001; Dowden y
Andrews, 2000; Wilson, Gallagher y MacKenzie, 2000; Wilson
y Lipsey, 2000; Dowden y Andrews, 1999; Lipsey, 1999; Lipsey y Wilson, 1998; Pearson, Lipton, Cleland y Yee, 1998; Cleland, Pearson y Lipton, 1996; Antowicz y Ross, 1994; Lipsey,
1992a; Andrews, Zinger, Hoge y cols., 1990; Izzo y Ross,
1990; Lab y Whitehead, 1989; Whitehead y Lab, 1988; Gottschalk, Davison II, Mayer y Gensheimer, 1987; Garret, 1985).
A partir de los resultados obtenidos en los meta-análisis se
ha empezado a identificar los diferentes tipos de programas
utilizados, las técnicas empleadas, las situaciones y contextos
en que han tenido lugar, las características específicas de las
personas a quienes se han dirigido, los programas más efectivos y sus diferencias con aquellos que no han demostrado
efectos positivos en la reducción de la reincidencia y de la delincuencia. Además, se han establecido prioridades de intervención y ha sido categórica la necesidad de tener en cuenta
tanto el tipo de personas a quienes van dirigidos los programas
como las condiciones en que estos se aplican.
–355–
Principios de intervenciones efectivas
En este tema, vale la pena mencionar un meta-análisis realizado por Andrews y sus colaboradores (1990) en Estados
Unidos, dado que sus datos permitieron identificar principios
clave de intervenciones que resultaron efectivas en los propósitos de reducción de la reincidencia. Dentro de estos principios cabe destacar los de riesgo, necesidad y responsividad, ya
que fueron los más relevantes en el servicio que se presta a los
internos y dieron apoyo empírico a la efectividad de las intervenciones siempre que se apliquen en condiciones adecuadas.
Estos resultados, sugieren la aplicación de estos principios en
cualquier intento de intervención correccional.
El principio de riesgo afirma que el nivel de servicios de
tratamiento debe relacionarse de forma apropiada con el nivel
de riesgo del delincuente; es decir, los de alto riesgo deben
recibir servicios más intensivos y extensos, mientras que los de
bajo riesgo, no deben recibir intervención, o si lo hacen ésta
debe ser mínima. Este principio ha recibido apoyo empírico de
estudios y meta análisis como los de Dowden y Andrews
(1999), Antonowicz y Ross (1994) y Lösel (1995).
La idea de los diferentes niveles de riesgo tiene un importante sustento en el hallazgo criminológico de la heterogeneidad de
la conducta antisocial, que sostiene que hay diferencias entre
delincuentes puesto que unos pueden representar mayor riesgo
para la seguridad de la sociedad que otros, y que algunos tienen
mayor probabilidad de continuar carreras delictivas que otros.
Es importante aclarar que el nivel de riesgo se estima con
base en la probabilidad de que un individuo presente comportamiento delictivo tras su excarcelación. La consideración del
riesgo, además de proveer mayor validez, estructura y da consistencia a los procesos de evaluación y clasificación de los
delincuentes, permite dirigir los recursos de la intervención de
una manera apropiada. Por ejemplo, al hacer una buena evaluación y clasificación, las intervenciones intensivas y más costosas pueden dirigirse sólo a los delincuentes más serios, redu–356–
ciendo así, el número de participantes y por ende los costos de
su aplicación. Mientras quienes representan un riesgo bajo,
pueden recibir intervenciones acordes con sus necesidades sin
ser tan intensas o costosas.
Respecto a esto último, algunos estudios en los que se ha
evaluado el riesgo de los delincuentes que permanecen institucionalizados han demostrado que no todos los jóvenes en estas condiciones necesitarían estarlo. El estudio de Krisberg,
Onek, Jones y Schwartz (1993, citado por Wiebush y cols.,
1995) refleja esta situación. En su evaluación de la seriedad del
delito, la historia delictiva y el riesgo de reincidencia de una
población de jóvenes institucionalizados, dichos autores encontraron que una tercera parte de la población era de medio
riesgo y por lo tanto no requería estar institucionalizada. En
una investigación similar, la Juvenile Taken Into Custody,
(JTIC) en Estados Unidos, únicamente el 14 por ciento de los
jóvenes admitidos en custodia habían cometido delitos serios
o violentos, 27 por ciento eran reincidentes, 51 por ciento no
habían cometido delitos serios o violentos y, nunca antes habían estado en el sistema legal, mientras que el 8 por ciento
había sido admitido por delitos menores; con lo cual gran parte de los jóvenes no requerían la institucionalización.
Uno de los principales problemas en esta línea de análisis
ha sido la dificultad para evaluar y clasificar a la población
privada de la libertad de acuerdo con su nivel de riesgo. Por
fortuna, en los últimos años se han desarrollado instrumentos
de evaluación de riesgo basados en la relación estadística entre
las características de la persona evaluada y los predictores conocidos de reincidencia. Estas características y los resultados
de los datos históricos del delincuente se analizan para determinar, qué conjunto de ellas correlacionan y predicen la reincidencia. Tras ello, la conducta futura del individuo se estima
con base en los resultados conocidos de un grupo de personas
que poseen características similares (Baird, 1984 y Wagner,
1992 citados por Wiebush y cols., 1995).
–357–
Entre las variables que han sido identificadas repetidamente
en la literatura como predictores de la reincidencia para delincuentes, se encuentran las siguientes (Wiebush y cols., 1995):
1.
Edad temprana de la primera adjudicación o acusación
legal.
2. Delitos previos.
3. Seriedad del delito.
4. Antecedentes por asalto.
5. Antecedentes de escapes de su casa.
6. Abuso de alcohol o drogas.
7. Problemas escolares que hayan requerido educación
especial.
8. Conducta antisocial y creencias a favor de la delincuencia por parte de los amigos más cercanos.
9. Problemas mentales.
10. Presencia de psicopatía.
11. Problemas familiares: déficit de supervisión y control
por parte de los padres.
12. Víctima de abuso o negligencia.
Al mismo tiempo, los datos apuntan, que las personas que
inician a temprana edad sus actividades delictivas y persisten
en ellas a lo largo de la vida, no constituyen un grupo muy
grande, pero sí parecen ser responsables de gran parte de los
delitos cometidos. Así, las personas de mayor riesgo, aunque
no corresponden a la mayor parte de quienes permanecen
privados de la libertad, son quienes requieren programas de
intervención correccional mucho más intensiva y con un mejor fundamento, puesto que cometen mayor número de delitos
y de mayor seriedad.
Por lo anterior, la conducta delictiva violenta y persistente
es de considerable interés para los fines de control social y de
responsabilidad del Estado frente al comportamiento desviado. Por ejemplo, en una investigación realizada en Estados
–358–
Unidos por la Office of Juvenile Justice and Delinquency Prevention, (OJJDP) en 1986 (Thornberry, Huizinga y Loeber,
1995), se llevaron a cabo tres estudios juveniles en Denver,
Pittsburg y Rochester. En los tres estudios citados, el rango de
edad inicial de los participantes, osciló entre los siete y los 15
años de edad. Estas investigaciones se basaron en datos de
auto-informe sobre la comisión de delitos.
En Denver, el 14 por ciento de la muestra, informó que
había cometido delitos violentos y que tenía tres o más antecedentes legales. Además, este 14 por ciento, admitió ser responsable de 4,232 delitos (alrededor de 51.7 delitos por persona) del 82 por ciento de los delitos violentos informados por
toda la muestra.
En el estudio de Rochester, el 15 por ciento fue violento y
persistente, e informó haber cometido 4,134 delitos (33.6 delitos en promedio por persona), declarándose responsables de la
mayor parte de delitos violentos reportados (75 por ciento)
por toda la muestra.
Estos datos, como lo indican Thornberry y cols. (1995) y
en su estudio previo Huizinga, Loeber y Thornberry (1994),
sugieren que el problema de la violencia se encuentra concentrado en una pequeña parte del total de delincuentes, puesto
que unos pocos que son crónicos y violentos cometen la mayoría de delitos registrados. De ahí la importancia de su estudio de este grupo específico de infractores.
Lo anterior, justifica la necesidad de realizar evaluaciones
previas a la aplicación de planes de prevención y tratamiento
que clasifiquen a las personas de acuerdo con su nivel de riesgo. Probablemente el dirigir esfuerzos hacia esta población
redundará en un decremento importante de los niveles de delincuencia en general, así como en una mejor inversión de los
recursos dedicados a ello. Por ejemplo, quienes necesiten intervenciones más largas las recibirán y quienes puedan continuar viviendo en comunidad no tendrán que permanecer en
una institución.
–359–
Como conclusión, parafraseando a Farrington, dadas las características de los delincuentes persistentes –con largas carreras delictivas–, es importante enfocarse en ellos para la prevención y tratamiento del crimen. En vista de que muchos
delincuentes juveniles persistentes y violentos cometen delitos
con frecuencia (crónicos) y además diferentes tipos de delitos
(versátiles) que reciben sentencias de institucionalización, la
efectividad del tratamiento con esta población, es un tema
crítico.
El segundo principio derivado del estudio de Andrews y
sus colaboradores (1990) es el de necesidad, que se refiere a
los déficit de los infractores y delincuentes que requieren atención. Si bien, las personas privadas de su libertad tienen gran
cantidad de necesidades insatisfechas, este principio propone
clasificar las necesidades en criminógenas y no criminógenas.
Las primeras se definen como factores de riesgo dinámicos
que cuando cambian, están asociados con niveles reducidos de
actividad criminal, por ejemplo, actitudes y sentimientos antisociales de la persona, de sus amigos o de sus familias; dependencia de sustancias como drogas o alcohol; falta de cualificación laboral y escolar; padres inadecuados en su tarea de
socialización (inexistencia de pautas educativas o que son
erróneas); falta de supervisión por parte de los padres; mala
comunicación en la familia; apego afectivo escaso; grupo de
amigos que refuerzan el ausentismo escolar; y escaso desarrollo de la inteligencia social o personal.
La segunda categoría, de necesidades no criminógenas, hace
referencia a la modificación de áreas particulares que no están
asociadas con reducciones subsecuentes de la actividad criminal o que obedecen a factores estáticos no susceptibles de modificarse. Por ejemplo, el sexo, el historial delictivo o cualquier
evento del pasado. En esta categoría se pueden incluir condiciones como la baja autoestima, que aunque puede representar
un problema personal, no está directamente relacionada con
actividad delictiva.
–360–
El principio de necesidad afirma que si la meta final del tratamiento es reducir la reincidencia (protección pública, entre
otras), entonces las necesidades criminógenas de los delincuentes deben ser el blanco de las intervenciones. Sin embargo, las necesidades no criminógenas de los delincuentes pueden ser importantes aunque por razones diferentes a la
reducción de la reincidencia, con lo cual se advierte que no se
puede esperar que al intervenir en ellas se reduzca ésta última
(Andrews y Bonta, 1998). Un ejemplo de ello, pueden ser las
necesidades básicas y las relacionadas con el proceso de prisionalización, que se trataron en el apartado anterior.
De manera similar a la evaluación de riesgo, también se han
desarrollado instrumentos de evaluación de necesidades. Estos
instrumentos generalmente evalúan: a) abuso de sustancias; b)
funcionamiento de las relaciones familiares; c) estabilidad emocional; d) asistencia y conducta escolar; y e) relación con amigos. Algunos otros incluyen: a) la salud e higiene; b) la habilidad y logro intelectual; y c) los problemas de aprendizaje
(Wiebush y cols., 1995).
En resumen, son múltiples las necesidades de las personas
privadas de la libertad por la comisión de delitos que constituyen o deben hacerlo, un objetivo importante para los programas. El hecho de que no todas las personas presenten las
mismas necesidades e intensidad en ellas, debe orientar el diseño y contenido de las evaluaciones y de los programas de
tratamiento en la intervención correccional.
Por último, el principio de responsividad se enfoca en las
características del programa y afirma que los estilos y modos
del servicio usados dentro de éste deben relacionarse con las
modalidades de aprendizaje de los delincuentes. Este principio
afirma que los tipos de servicio más efectivos para inducir un
cambio conductual positivo están basados en aproximaciones
cognitivo-conductuales y de aprendizaje social. Las técnicas
que han demostrado los resultados deseables incluyen: modelamiento, práctica gradual, ensayos, juegos de roles, reforza–361–
miento, provisión de recursos, una guía verbal detallada y explicaciones que incluyen sugerencias, razones y reestructuración cognoscitiva.
En general, los avances de la investigación sobre la efectividad de la intervención correccional han llevado a una primera
conclusión: la intervención sí funciona, sólo que debe aplicarse
en condiciones favorables y acordes con la heterogeneidad de
la conducta antisocial. A su vez, se ha llegado al consenso de la
necesidad de establecer un continuo comprehensivo de intervenciones y sanciones. Este continuo se basa en la idea de la
relación entre el nivel de riesgo, las necesidades de los delincuentes y la naturaleza de la intervención que se aplica.
Algunos autores como Wilson y Howell (1995) han presentado propuestas de las características que éste continuo debe
tener llamando la atención sobre la necesidad de planear estrategias de prevención y niveles de sanciones de acuerdo con el
riesgo y la necesidad de los delincuentes. Para estos
investigadores este continuo estaría compuesto por:
1. Esfuerzos de prevención basados en la comunidad que
tengan en cuenta la familia y las instituciones comunitarias como facilitadores clave de cambio/prevención.
2. Intervención temprana con jóvenes que manifiesten
conductas que reflejen riesgo de vinculación delictiva.
3. Evaluación inmediata de una intervención con jóvenes
que cometan delitos por primera vez y con delincuentes no violentos.
4. Un rango de sanciones intermedias para jóvenes que
cometen delitos violentos por primera vez y delincuentes que reinciden en delitos relacionados con drogas y
contra la propiedad.
5. Sanciones graduales, institucionalización y tratamiento
para delincuentes de mayor riesgo.
–362–
6. Uso de instituciones pequeñas y cerradas para delincuentes de mayor riesgo con servicios especiales posteriores a la salida en libertad.
La recomendación va dirigida a intervenciones diferenciales
y a sanciones y programas más seguros e intensivos en los casos
de delincuentes de mayor riesgo, y a la promoción de otro tipo
de sanciones a quienes representan bajo o medio riesgo.
Efectividad de la intervención correccional
Los meta-análisis han permitido resolver la pregunta de
¿qué tan efectivos son en realidad los programas para reducir
la delincuencia posterior a la salida en libertad?, ¿cómo saber si
realmente se cumplen los objetivos propuestos con la intervención correccional?
Sí el interés primordial de cualquier programa dirigido a
personas que han cometido delitos es que reduzcan este comportamiento en el futuro, evidentemente la reincidencia general es la principal medida de éxito del programa. Sin embargo,
el empleo de esta medida tampoco es sencillo. ¿Qué podríamos decir de un grupo de personas que participan en un programa de intervención correccional y tras salir reinciden en
igual proporción que un grupo de personas que no participan
en el programa? Probablemente la conclusión sería que el programa no fue efectivo. Pero ¿qué pasaría si nos diéramos cuenta que el grupo que recibió la intervención reincidió mucho
tiempo después o con delitos menos violentos que el grupo que
no recibió el programa? Posiblemente la conclusión cambiaría.
Quizás se podría decir que el programa no fue efectivo para
eliminar la reincidencia, pero sí lo fue para retardarla o para que
se redujera el nivel de violencia implicado en la comisión de
delitos. A pesar de ello, la mayor parte de estudios que evalúan
los programas para reducir la delincuencia no informan de medidas distintas a la reincidencia general. En realidad, solo algu–363–
nos pocos contienen datos de reincidencia seria (que compromete delitos violentos) o de medidas conductuales distintas.
En general, los resultados de los meta-análisis indican que
los programas aplicados a delincuentes con fines de rehabilitación, han reducido entre el 10 por ciento y el 21 por ciento152
la reincidencia, lo cual indica efectos positivos que, aunque
pequeños, representan una menor proporción de reincidencia
en quienes reciben el tratamiento. El 10 por ciento supone que
los grupos de intervención presentan en promedio una tasa de
reincidencia de 45 por ciento, mientras que en los grupos control esta tasa se eleva al 55 por ciento. El 21 por ciento indica
que alrededor del 39.5 por ciento de los participantes en los
grupos tratados reincidieron después de salir en libertad, comparados con el 60.5 por ciento de los participantes en los grupos control.
La conclusión respecto a la efectividad de los programas sería sencilla si se pudiera decir que la diferencia en reincidencia
se debe estrictamente a la aplicación de un determinado programa. Sin embargo, esto no es así. Los meta-análisis han contribuido a identificar una serie de variables que influyen en los
152 Estos porcentajes son el resultado del cálculo del tamaño del efecto en
cada uno de los grupos (tratados vs. no tratados), en el que generalmente se
usan: la diferencia de medias tipificada (Cohen, 1977), cuando los estudios
disponen de medidas dependientes continuas; las odds ratio, en las que la
medida de la variable dependiente debe ser dicótoma y se computan las
proporciones de éxito y fracaso en cada condición; ó los coeficientes de
correlación que pueden aplicarse a un rango más amplio de diseños de
investigación incluyendo todos los diseños para los cuales se han calculado
las dos medidas anteriores. Para obtener los porcentajes señalados, todas
las medidas se han traducido al coeficiente de correlación “r” y este a su
vez se ha multiplicado por 100. La diferencia entre grupos tratados y controles se ha obtenido de la aplicación del BESD (binomial effect size display)
(Rosenthal, 1991). El BESD se refiere a la presentación binomial del tamaño
del efecto que refleja la mejora porcentual del grupo de tratamiento frente
al grupo de control. El BESD se obtiene computando la tasa de no reincidencia del grupo tratado mediante 0.5+r/2 y la tasa de no reincidencia de
los controles mediante 0.5-r/2.
–364–
resultados de reincidencia general: las características de las
personas que reciben el programa, el tipo de programa, el contexto, la metodología, etcétera.
Por ejemplo, en relación con las características de las personas que reciben el programa, al parecer el efecto de los programas es mayor cuando se dirige a los jóvenes que a los adultos (Redondo, Garrido y Sánchez-Meca,1997; Redondo, 1994).
De hecho, Redondo, Sánchez-Meca y Garrido (2002) y Redondo, Sánchez-Meca y Garrido (1999a, 1999b, 2001) encontraron efectos significativos en todas las categorías de edad,
pero con mayores efectos en el grupo de adolescentes (con
una diferencia entre tratados vs. no tratados, de 35 por ciento).
En cuanto al género, la mayor parte de meta-análisis refiere
que son muy escasos los trabajos con mujeres delincuentes.
Sin embargo, en el trabajo realizado por Marín y cols. (2002)
se reportó que a mayor cantidad de hombres en la muestra,
menor tamaño del efecto (una diferencia del 18 por ciento de
tratados vs. no tratados, a favor de los primeros), que cuando
se incluían mujeres (una diferencia del 25 por ciento). Aunque
el resultado no alcanzó un nivel estadísticamente significativo,
los resultados parecen apuntar a mayor eficacia con mujeres
que con hombres.
Otro factor altamente relevante es el de tipo de intervención. En este sentido vale la pena mencionar que existen tantas
clases de programas como explicaciones hay del comportamiento delictivo. Estos dos temas están muy vinculados. Si la
explicación del comportamiento delictivo es biológica, las intervenciones se dirigen a factores biológicos; si la explicación
es psicológica dando mayor peso a factores emocionales, la
intervención se dirige a ellos; si la aproximación es psicológica
pero da mayor relevancia a la conducta o a la manera en que se
procesa la información, las intervenciones difieren y se enfatizan los factores que se conciben como más relacionados con
la criminalidad.
–365–
Existen algunas clasificaciones de los diferentes programas
de intervención correccional que se aplican en la actualidad.
Aquí expondremos algunos, teniendo en cuenta clasificaciones
como las de Tolan y Guerra (1994) y Garrido, Stangeland y
Redondo (2001). Adicionalmente se consideran los tipos de
intervención identificados en los diversos meta-análisis sobre
la efectividad de programas en la reducción de la delincuencia.
1. Las intervenciones que intentan un cambio a nivel biológico, como aquellas que utilizan medicamentos o que producen cambios en la dieta. Estos programas suelen ser escasos
dado que son muy costosos y es difícil mantener la continuidad en escenarios diferentes a los de institucionalización. El
programa de dieta de azúcares es un buen ejemplo de estas
intervenciones. Schoenthaler es uno de los investigadores más
prolífico en esta área. Ha analizado la relación entre el consumo de azúcar y la conducta agresiva dentro de instituciones
cerradas. Sus resultados sugieren que a menor consumo de
azúcar y comida “chatarra” menores problemas disciplinarios
(robos, peleas) dentro de la institución (1983a; 1983b; 1983c;
1983d; 1983e; 1983f; 1985).
2. Los programas dirigidos a procesos psicológicos específicos. Aquí existen diferentes matices.
2.1.
Los programas dirigidos a disfunciones emocionales que se suponen causantes del comportamiento delictivo y
violento. Generalmente, este tipo de intervenciones consiste
en psico-terapia (no conductual ni cognoscitiva), que trabaja
en la historia de la persona y propone reparar daños como los
que pueden existir en la auto-estima. En esta categoría se encuentran el psicoanálisis y la terapia centrada en el cliente. Estas intervenciones suelen ser de tipo individual y están estrechamente ligadas a una concepción medico-clínica de relación
profesional-paciente.
–366–
2.2.
Los programas conductuales se basan en el principio de que el comportamiento es aprendido, y se considera
que la conducta delictiva no es la excepción. La idea central de
estas intervenciones es que la delincuencia puede desaprenderse y se pueden aprender otros tipos de comportamientos alternativos a la criminalidad y dentro de la legalidad. En esta
aproximación se enfatiza el papel del ambiente y las consecuencias sobre la conducta. El reforzamiento (las consecuencias que se presentan de manera contingente a la conducta
aumentan su probabilidad de ocurrencia) y el castigo (las consecuencias que se presentan ante la conducta reducen su probabilidad de ocurrencia) constituyen procesos indispensables
para explicar el aprendizaje de la delincuencia y de comportamientos alternativos.
Algunos ejemplos de este tipo de intervención son la economía de fichas y los programas ambientales de contingencias.
En la economía de fichas, las personas pueden ganar o perder puntos de acuerdo con su comportamiento, que luego
pueden cambiarse por privilegios o castigos. Los elementos
básicos de este tipo de intervención son los siguientes (Garrido, Stangeland y Redondo, 2001):
a) Se establecen una serie de objetivos de comportamiento
(mejora de la higiene, participación en cursos, desarrollo de
programas laborales, reducción del consumo de drogas, disminución de las agresiones); b) se determinan una serie de consecuencias o situaciones gratificantes que serán asociadas a los
cambios de comportamiento pretendidos (por ejemplo, incremento de visitas, obtención de dinero, reducciones de condena, etcétera); c) se pondera una relación de valor entre las conductas que se deben cambiar y las consecuencias gratificantes
que se obtendrán, y d) finalmente, se estructura un sistema de
fichas o puntos que son entregados a las personas por sus logros conductuales y que pueden intercambiar por las consecuencias establecidas.
–367–
Otro ejemplo son los programas ambientales de contingencias que se refieren a sistemas de fases progresivas, caracterizadas por metas conductuales que debe ir cumpliendo la persona a cambio de recompensas que le irán llevando de un
régimen muy restrictivo a otro más abierto. En estos programas se abarca toda la vida diaria de las personas. El logro progresivo de las metas establecidas permite a la persona acercarse
gradualmente a su libertad.
2.3.
Las intervenciones cognitivo-conductuales se basan
en la explicación de la delincuencia a partir del procesamiento
de la información y estilos cognoscitivos de la persona que
comete delitos, en conjunción con explicaciones de tipo conductual. Estos programas enfatizan el entrenamiento en habilidades de interacción social que facilitan el establecimiento y
mantenimiento de relaciones interpersonales (en la familia, en
el trabajo y en general en cualquier contexto social). Dentro de
las habilidades de interés en esta aproximación están las de
auto-control, el manejo de la ira, el entrenamiento en perspectiva social, el razonamiento moral y el entrenamiento en solución de problemas sociales. La idea central es enseñar habilidades y comportamientos pro-sociales útiles en situaciones
problemáticas de interacción social.
Quizás el programa cognitivo-conductual más completo y
reconocido en la actualidad es el que sigue el modelo de “razonamiento y rehabilitación” (Ross y Fabiano, 1985; McGuire
y Priestley, 1985), cuyos principales elementos son: a) la evaluación de los déficits cognitivos y de las habilidades de interacción de los participantes, b) el tratamiento que se aplica en
grupos reducidos a lo largo de varias sesiones semanales y 3)
las estrategias de resolución cognitiva de problemas interpersonales, habilidades sociales para tener interacción exitosa con
el medio social, control emocional de las explosiones de ira,
razonamiento crítico y reflexivo sobre su propio comportamiento y la conducta de los otros, desarrollo de valores para
–368–
mejorar la empatía, habilidades de negociación (como alternativa a la confrontación y la violencia) y pensamiento creativo.
En este programa, se utilizan técnicas como las discusiones
de grupos, el modelamiento, la retroalimentación, el refuerzo
social y la instrucción. Se puede trabajar a nivel individual,
pero también es importante el trabajo grupal y la exposición a
situaciones sociales para poner en práctica lo que se aprende,
durante el programa.
3. Las intervenciones de tipo educativo y vocacional que
tienen por objetivo incrementar el nivel educativo para logar
obtener grados académicos. Dado que muchos delincuentes,
especialmente los procedentes de ambientes marginales, no
logran obtener grados académicos y, por consiguiente, tienen
un déficit cultural y educativo, se propone que una de las principales tareas de la intervención correccional hacia ellos sea
incrementar su nivel en éstas áreas a través de programas intensivos de escolarización. En estos programas, la educación
sobre conceptos teóricos prevalece sobre el entrenamiento de
habilidades prácticas y pueden estar encaminados a formar a
los participantes en una profesión u oficio que les permita su
desempeño en una actividad productiva.
4. Los programas que buscan el endurecimiento del régimen carcelario. Este tipo de intervenciones establecen regímenes de vida estrictos con una férrea disciplina inspirada en el
modelo militar. Existe una constante vigilancia o supervisión.
La rutina de actividades suele ser planeada a nivel institucional
y obligatoria para quienes viven allí. Las actividades intentan
cubrir las diferentes áreas de actividad de las personas (trabajo,
gimnasio, sesiones en grupo, comida, hora de levantarse y de
dormir).
Algunos ejemplos de estas intervenciones son los “boot
camps” que funcionan a manera de campamentos militares, con
una estricta estructura jerárquica y un riguroso régimen disciplinario (Wilson, MacKenzie y Mitchell, 2005) y los programas
–369–
de “Scared Straight” que consisten en enfrentar a jóvenes infractores con escenarios de prisiones de máxima seguridad muy
fuertes, en los que el objetivo es disuadir al joven mediante la
intimidación para que no vuelva a delinquir (Petrosino, Turpin-Petrosino y Buehler, 2003; Petrosino, Turpin-Petrosino y
Finckenaver, 2000).
5. Las intervenciones de comunidades terapéuticas. Estos
programas intentan abarcar la totalidad de la vida de la persona
dentro de la institución. La relación entre los presos y el personal que aplica el programa se asemeja a una relación paciente/enfermero dentro de un contexto terapéutico. La principal
afirmación teórica en este modelo es que un contexto participativo y saludable en las prisiones favorecerá un mayor equilibrio psicológico en los internos y reducirá su comportamiento
violento, tanto durante su estancia en las instituciones de custodia, como en su futura vida en sociedad. Las principales
características de las comunidades terapéuticas son: a) la supresión de los sistemas de sanción y el rígido control propio
de las instituciones cerradas; b) el control de la conducta de los
internos por parte de la comunidad; y c) las discusiones de los
problemas que surgen en la institución realizadas en asambleas
periódicas.
6. Los programas de derivación o de evitación del etiquetamiento. Este tipo de intervenciones establece que uno de los
factores que mantiene la conducta criminal es la estigmatización hecha a la persona por el sistema de justicia criminal. La
implicación práctica de esta exposición teórica consiste en
adjudicar a los delincuentes juveniles a sistemas diferentes del
de justicia, que promuevan la desinstitucionalización mediante
programas alternativos como la libertad condicional, la mediación, la reparación del daño o restitución, la supervisión en la
comunidad y el trabajo social.
7. Los programas multimodales o de múltiples servicios son
aquellos que incluyen varios de los tratamientos anteriores, que
intentan resolver diversas necesidades de manera simultánea y
–370–
actuar en distintos contextos del mismo individuo. Un ejemplo
de este tipo de programas son las intervenciones multisistémicas. Estos programas en realidad no incluyen técnicas novedosas, sino que utilizan varias de aquéllas que han demostrado su
eficacia.
Es importante tener en cuenta que todos estos tipos de intervención puede tener lugar tanto en ambientes de institucionalización como en contextos comunitarios. Asimismo, son
aplicables en distintos niveles como el familiar, el escolar y
otros de tipo macrosocial que influyen en el desarrollo y mantenimiento del comportamiento delictivo.
En el ámbito familiar se interviene sobre las pautas de
crianza negativas y coercitivas, así como en la solución de problemas familiares, la cohesión emocional y las creencias compartidas. En esta línea, una de las intervenciones más conocida
y que reporta un alto nivel de éxito es la Terapia Familiar Multisistémica. Esta aproximación fue desarrollada por Henggeler
y sus colegas; la cual consiste en actuar desde diferentes áreas
–familiar, escolar y comunitaria– tanto en la persona que presenta el comportamiento delictivo como en su familia, de
acuerdo con las necesidades propias de cada caso (Henggeler,
Melton, Brondino, Scherer y Hanley, 1997; Henggeler, Cunningham, Pickrel, Schoenwald y Brondino,1996; Henggeler,
Melton y Smith, 1992).
En las relaciones con amigos, las intervenciones se centran
en cambiar la naturaleza de la interacción entre ellos e incluso
las normas del grupo, a través de la promoción de la relación
de los jóvenes con amistades prosociales y de la redirección de
las actividades de los grupos de amigos antisociales y de bandas juveniles. Entre los programas con estas características se
encuentran los que se enfocan en cambiar las normas del grupo para incrementar la presión de éste en favor de la actividad
prosocial más que de la antisocial (Agnew, 1990, citado por
Tolan y Guerra, 1994). Este tipo de intervenciones intentan
crear una “cultura positiva de grupo” que contrarreste el apo–371–
yo para la conducta antisocial y altere las actitudes que la promueven (Gottfredson, 1987; Knight, 1970; Pilnick y cols.,
1967; citados por Tolan y Guerra, 1994). En este grupo de
programas también se identifican aquellos dirigidos a la prevención de asociación con amigos involucrados en actividades
antisociales y los programas de mediación y de resolución de
conflictos (Tolan y Guerra citan a Jenkins y Smith, 1987).
En los contextos escolar y comunitario, las intervenciones se
dirigen a promover el aprendizaje cooperativo a través del mejoramiento de las actitudes, habilidades y prácticas de las personas que trabajan con los adolescentes; del incremento de la motivación y de la participación de los jóvenes, los profesores y los
padres; así como de la modificación del clima organizacional.
En el ámbito comunitario, estas estrategias están dirigidas a
proporcionar alternativas legales a los jóvenes, cambiando la
función que cumplen en su entorno y generando normas comunitarias antiviolencia.
Por último, en el nivel de macrosistemas sociales los esfuerzos se centran en el cambio de políticas sociales y de valores jurídicos y humanos. Algunos de los temas tratados en este
sentido son la regulación de los contenidos violentos en la
televisión, el entrenamiento para televidentes críticos, el control al acceso de armas de fuego, entre otras políticas macrosociales relacionadas con el acceso y calidad de los recursos
sociales y económicos que tienen los diferentes actores de una
sociedad.
En general, los resultados de las evaluaciones de los programas aplicados para reducir la delincuencia, señalan que existen dos variables altamente relacionadas con resultados exitosos: realizar los programas en ambiente comunitario y que el
programa de tratamiento tenga componentes cognoscitivos.
El ámbito comunitario resulta de manera consistente más
apropiado para reducir la reincidencia que los contextos institucionales o de prisionalización (por ejemplo, Redondo, Garrido y Sánchez-Meca, 1997; 2002; Izzo y Ross, 1990).
–372–
El tipo de programas ha sido evaluado como una de las
principales variables que influyen en el efecto que tienen sobre
la reincidencia. Los resultados de las evaluaciones indican que,
en general, los programas de tratamiento conductuales y cognitivo-conductuales son los más eficaces (Garrido, Morales y
Sánchez-Meca, 2006; Pearson y cols., 2002; Redondo, Sánchez-Meca y Garrido, 1999ª;1999b; Redondo, Garrido y Sánchez-Meca, 1997; Redondo, 1994; Izzo y Ross, 1990; Garret,
1985; Whitehead y Lab, 1988). Pearson y cols. (2002) por
ejemplo, encontraron que los programas cognitivos fueron 2
veces más efectivos que los no cognitivos.
Las intervenciones que mostraron menor efectividad fueron las disuasivas o que enfatizaron el endurecimiento del régimen. Por ejemplo, los programas de desafío (“wilderness
challenge”) en que grupos de jóvenes infractores deben realizar actividades extremas, mostraron efectos muy pequeños o
negativos, especialmente cuando no se combinaban con otro
tipo de intervención psicológica (Lipsey y Wilson, 1998), es
decir con mayor reincidencia en las personas que participaron
en el programa que las que no lo hicieron. Las evaluaciones de
programas como los de “Scared Straigth” también han mostrado mayor reincidencia entre quienes participan en el programa en comparación con quienes no lo reciben.
Por último, aunque la medida de reincidencia general es la
más común para evaluar el efecto de las intervenciones, también se han realizado evaluaciones con otros tipos de medidas
de resultado que indican índices de efectividad más altos. La
evidencia señala que medidas como las de ajustes institucional,
escolar, psicológico, laboral y social ofrecen efectos mayores a
los de la reincidencia general, que oscilan entre 20 por ciento y
41 por ciento de diferencia entre personas que participan en
los programas vs. quienes no lo hacen, y a favor de los primeros (Marín y cols., 2002; Redondo, Garrido y SánchezMeca,1997; Redondo, 1994).
–373–
En resumen, los resultados de los meta-análisis realizados
sobre la efectividad de programas aplicados para reducir la
reincidencia de delincuentes sugieren que los programas efectivos se diferencian de los no efectivos en el tipo de personas a
quienes se dirigen, la orientación del programa, la manera de
aplicarlo, las características del personal que lo pone en marcha y el contexto en que se aplica (en la tabla 1 se resumen
estas características).
Revisiones sistemáticas
Hoy en día, el estudio de la efectividad de los tratamientos
aplicados a delincuentes enfatiza en la necesidad de difundir el
conocimiento que se ha generado, tanto a los encargados de
políticas públicas, como a quienes aplican los programas (Leschied, Bernfeld y Farrington, 2001). Este proceso ha recibido
el nombre de “políticas basadas en la evidencia científica”
(Sherman, Gottfredson, MacKenzie, Eck, Reuter y Bushway,
1997). Esto se realiza a través de “revisiones sistemáticas”, que
funcionan de manera similar a los meta-análisis y que “hacen
una mirada epidemiológica de las secciones de metodología y
resultados de una población específica de estudios para buscar
un consenso sobre un tema de estudio dado, basado en la investigación” (Johnson y sus colaboradores, 2000, p. 35, citado
por Welsh y Farrington, 2001).
Los resultados de las revisiones sistemáticas permiten identificar lo que se conoce y lo que se desconoce en un campo de
investigación y contribuyen a reducir los vacíos de conocimiento aún existentes (McGuire, 2001). El propósito principal
de las revisiones sistemáticas es llegar a conclusiones estadísticamente sustentadas en procedimientos estadísticos acerca del
mejor conocimiento disponible sobre un tema particular.
Estas revisiones se realizan en el marco de la Colaboración
Campbell (“Campbelll Collaboration”), que estudia las intervenciones educativas y sociales incluyendo los servicios correccio–374–
nales. Esta colaboración se inauguró en el año 2000, y dentro de
ella, se instauró una división especializada denominada “Grupo
de Crimen y Justicia” (Crime and Justice Group), cuyo objetivo
es la preparación, mantenimiento y accesibilidad de revisiones
sistemáticas de la investigación sobre los efectos de las intervenciones criminológicas y de justicia criminal realizadas por las
Cortes, la policía, las agencias de libertad condicional sin y con
pérdida de libertad previas, las prisiones y algunos grupos comunitarios, sobre la prevención y reducción del crimen y la delincuencia (ver http://campbell.qse.upenn.edu; Petrosino, Boruch, Soydan, Duggan y Sánchez-Meca, 2001; Farrington y
Petrosino, 2001; Farrington y Petrosino, 2000).
Este Grupo, en la misma línea de la colaboración Cochrane153 pretende, por un lado, acumular e integrar el conocimiento válido sobre un tema particular, y por otro, difundirlo y
esforzarse para que el diseño de políticas y la práctica profesional se basen en él. Es decir, apoyar y propender por políticas y prácticas profesionales basadas en la evidencia demostrada por la investigación.
El Grupo Campbell está conformado por 14 miembros de
10 países: Alemania, Australia, Canadá, Dinamarca, España,
Estados Unidos, Israel, Japón, Reino Unido y Taiwán. Dentro
de los temas clave en los que se ha iniciado una revisión sistemática por parte de este grupo están: los programas cognitivos
para delincuentes; los “boot camps”, las zonas calientes del
153 En honor al epidemiólogo del mismo nombre, la Colaboración Cochrane, se creó en 1993 con el objetivo de conformar una red internacional de
investigadores y revisores en las áreas de la salud, que ubican, evalúan e
integran los resultados de estudios de intervención bien diseñados, es decir,
rigurosos a nivel metodológico. Desde 1999 ha puesto a disposición de los
usuarios del conocimiento en el área de la salud, una base de datos con los
resultados de diferentes estudios en el área de la salud cuyo nombre es
Cochrane Database of Systematic Reviews. Esta base facilita a investigadores y personas interesadas el acceso a información actual y relevante respecto a las estrategias y tratamientos que funcionan en diferentes áreas de la
salud (McGuire, 2001).
–375–
crimen (“hot spots”); tratamiento de delincuentes sexuales;
programas basados en recreación y deporte; intervenciones
para violencia cometida con armas; e intervenciones para delincuentes persistentes y violentos.
En la actualidad, se están desarrollando algunas de estas revisiones sistemáticas y se cuenta con resultados de otras, que
han demostrado que pueden tener implicaciones sobre la política y la práctica profesional en el tema de la delincuencia. Por
ejemplo, los resultados de la revisión sobre la efectividad de
los programas cognitivo-conductuales, señalan que quienes
participan en este tipo de intervención reinciden menos que
las personas que no reciben el programa (Lipsey, Chapman y
Landenberger, 2001). Asimismo, la evaluación de los esfuerzos
policiales en zonas con altos índices de criminalidad, ha señalado las bondades de estas estrategias (Braga, 2001). Sin embargo, otras intervenciones han demostrado no tener efectos
benéficos en quienes participan en ellas, como es el caso de los
“Boots Camps” (Wilson, MacKenzie y Mitchell, 2005; MacKenzie, Wilson y Kider, 2001). Y aún más interesante, programas como los de “Scared Straight” han demostrado tener
efectos negativos sobre la reincidencia, dado que las personas
que han participado en este tipo de intervención han aumentado la reincidencia, en lugar de disminuirla (Petrosino, Turpin-Petrosino y Buehler, 2003). Resultados como los citados,
han permitido hacer recomendaciones respecto a qué programas deberían continuar y recibir apoyo de la política criminal,
y cuáles no deberían permitirse (véase The Annals de The American Academy of Political and Social Science, 2001).
La práctica basada en la evidencia permite utilizar mejor los
recursos disponibles y llevar a cabo intervenciones con mayor
probabilidad de éxito para el logro de objetivos relacionados
con la prevención y la reducción de la delincuencia. De mantenerse la aplicación de programas que sugieran efectos perjudiciales sobre la delincuencia, no sólo no se logrará el objetivo
–376–
de reducción del crimen sino que además se incrementarán los
esfuerzos y los costos de manera superflua.
El conocimiento sobre delincuencia derivado de la investigación, parece tener una paulatina pero afortunada influencia
en el establecimiento de políticas y de prácticas de intervenciones correccionales con énfasis en el tratamiento. A pesar de
las desalentadoras posturas centradas en el castigo, los últimos
años se le ha otorgado mayor credibilidad al tratamiento y se
ha apoyado la necesidad de sistemas de justicia responsables
frente al desarrollo y la recaída de la conducta delictiva.
Un ejemplo de ello son las prisiones de Inglaterra y Gales
en el Reino Unido, en las que se planteó una iniciativa para
incrementar el número de instituciones que ofrecieran programas y actividades que realmente lograran reducir las tasas
de reincidencia de los delincuentes. Con este fin se propuso y
se publicó un conjunto de criterios para evaluar el diseño y la
puesta en práctica de intervenciones en prisión. Es importante
señalar que para cumplir estos criterios las prisiones requirieron de recursos adicionales, entrenar al personal que se haría
cargo del programa, crear mecanismos de administración y
manejo de la información, así como establecer un sistema de
monitoreo y auditoría (por ejemplo, todas las sesiones de programas cognitivo-conductuales fueron grabadas para ser evaluadas por asesores externos) (Lipton, Thornton, McGuire,
Porporinoy Hollín, 2001, citados por McGuire, 2001).
Estos criterios se han puesto en práctica durante algunos
periodos de prueba y dentro del sistema de justicia juvenil. Así,
el procedimiento que se ha seguido para cumplir estos principios ha dado lugar a un proceso de acreditación en el que asesores externos evalúan si los programas que se están aplicando
o que se planea aplicar cumplen con los criterios basados en la
evidencia. Antes de que un programa sea puesto en práctica en
una prisión debe presentarse una propuesta ante el Panel de
Acreditación de libertad condicional y prisión (“Joint Prison
Probation Accreditation Panel”), la cual debe incluir una des–377–
cripción de la evidencia teórica y empírica que sustenta el programa, manuales de las sesiones y de entrenamiento del personal que lo aplicará, medidas previstas para las evaluaciones,
método de evaluación y, en lo posible, alguna predicción de la
efectividad que tendrá la intervención. El panel evalúa el contenido de las propuestas con los criterios que se describen en
la tabla 2.
El programa se califica en cada uno de los criterios, con 0 si
no lo cumple, con 1 si lo hace parcialmente y con 2 si lo cumple completamente. Algunos de los criterios son obligatorios
(los ítem 1,2,7,9, 10 y 11). Para que un programa sea aprobado
debe obtener mínimo 19 puntos en esta escala. Además se
evalúa el sitio donde se aplicará el programa, así como el sistema que propone para el registro y el análisis de la información obtenida a lo largo de su aplicación.
Los resultados son evaluados por el personal de la correccional donde tendrá lugar la intervención y por los miembros
del panel independiente de acreditación (McGuire, 2001). En
este mismo sentido se han desarrollado guías de programación
correccional específica en Canadá, Inglaterra y Escocia (Lösel,
2001,1995; Andrews, 1995).
Si bien, existen instancias como la Organización de las Naciones Unidas y el Consejo de Europa154 que han propuesto
una serie de principios, procedimientos y recomendaciones
para diferentes naciones en el campo del tratamiento de la
delincuencia; criterios y sistemas de acreditación como los
expuestos son novedosos en la medida en que se circunscriben
específicamente a las características de los programas de intervención correccional y proveen una guía práctica para contribuir a la calidad de los servicios que se ofrecen en este sentido.
154 En 1955, la Organización de las Naciones Unidas, con ocasión del primer Congreso sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente
celebrado en Ginebra, propuso las “Reglas mínimas para el tratamiento de
los reclusos”. Estas reglas fueron traducidas al castellano en 1973 por el
Consejo de Europa.
–378–
Consideraciones Finales
En general, la privación de la libertad y las sanciones legales
aisladas de los programas no funcionan en el propósito de la
reducción de la delincuencia y de la reincidencia. De ahí, la
importancia de que las políticas públicas se centren cada vez
menos en el aumento de la seguridad y en la construcción de
cárceles; y se aproximen más a la aplicación de programas de
prevención e intervención correccional.
Es un hecho que las instituciones carcelarias carecen de
condiciones adecuadas para facilitar el reingreso de los delincuentes a la comunidad dentro del marco de la legalidad. Un
primer paso para lograr efectividad en el propósito de reducir
la reincidencia, sin duda consiste en la evaluación y la satisfacción de las necesidades básicas de los internos. Si bien, el encarcelamiento se concibe como un método retributivo para
resarcir el daño que se ha causado, debe mantenerse la discusión respecto a qué tanto contribuyen las condiciones de prisionalización en que viven las personas privadas de su libertad,
para reducir o aumentar la probabilidad de que cometan delitos en el futuro, que lo hagan de manera recurrente o con mayores índices de violencia.
Es de considerarse la necesidad de que la prisión constituya
un escenario para la socialización de comportamientos contrarios a la delincuencia, y que represente un espacio de oportunidad para reducir la delincuencia futura tanto en frecuencia
como en gravedad. No cabe duda que es prioritario el tratamiento de los efectos del encarcelamiento, con el fin de mitigarlos y no contribuir a través de ellos al aumento de la delincuencia y del resentimiento para con el Estado y la sociedad.
Otro punto de interés en este sentido, tiene que ver con las
condiciones de las personas que trabajan en las instituciones
carcelarias (guardias, administrativos, educadores, profesionales, etcétera). Este asunto parece olvidado en la literatura. Son
escasos los intentos por evaluar e intervenir sobre los efectos
de las condiciones de estas instituciones sobre las personas
–379–
que laboran allí. Esto es importante si se considera la influencia que tienen estas personas sobre el éxito de los programas
de intervención correccional.
Una vez considerados los efectos de la prisionalización, el
objetivo que le sigue en importancia es el de reducir la reincidencia. Los datos de diversos meta-análisis proveen esperanza
respecto a la posibilidad de reducir la delincuencia. Aunque las
diferencias de los índices de delincuencia entre las personas
que reciben un tratamiento y quienes no participan en ellos,
parecen pequeñas, aportan evidencia de que los esfuerzos de
intervención tienen resultados positivos. Además, el estudio de
los factores que influyen en el efecto que tienen los programas
sobre la delincuencia, indican que los programas bien estructurados, aplicados en contextos comunitarios o de aproximación
progresiva a la libertad, que tienen en cuenta los principios de
riesgo, de necesidad y de responsividad, pueden llegar a tener
niveles de efectividad aún más prometedores.
Cualquiera que sea el programa de intervención correccional, es necesaria la evaluación y clasificación de las personas a
quienes va dirigida. Es claro que algunas personas con mayor
riesgo de reincidencia requieren los programas más estructurados e intensivos; mientras que los de menor riesgo necesitarán
tratamientos distintos acordes con sus necesidades. La clasificación de los internos, sin duda contribuirá a reducir problemas institucionales como el hacinamiento, y permitirá distribuir de manera acertada los recursos.
El hallazgo de la heterogeneidad del comportamiento delictivo, así como los distintos niveles de riesgo y de necesidades,
en relación con la proporción de delitos cometidos por quienes son considerados de mayor riesgo (persistentes y violentos), indican la necesidad de actuar dando prioridad a esta
población. Es posible, que la intervención exitosa con este tipo
de delincuentes lleve a reducir substancialmente los niveles de
criminalidad.
–380–
Gran parte de las evaluaciones de intervención correccional, de meta-análisis y de revisiones sistemáticas corresponden
a estudios realizados en países de habla inglesa. Es necesario
investigar en países de otra cultura e idioma para cotejar los
resultados y promover prácticas y políticas basadas en evidencia científica y que sean válidas en diferentes contextos y culturas, ó por lo menos empezar a llamar la atención sobre la escasez de trabajos en este sentido. Por ejemplo, sería de interés
contar con una evaluación en contextos latinoamericanos sobre la proporción de delincuentes persistentes y violentos que
se encuentran privados de la libertad, en comparación con
personas de medio y bajo riesgo de peligrosidad y reincidencia.
Los datos contribuirían a dar sustento a mejores clasificaciones
para reducir el creciente problema del hacinamiento. También
tiene sentido indagar por el tipo de programas utilizados, por
la calidad de los diseños metodológicos y por los resultados
sobre efectividad en estos contextos, así como la posibilidad
de adaptar y validar los protocolos de intervenciones que han
resultado efectivas en otras latitudes. Por último, aunque en las
políticas criminales y en el ámbito aplicado de las prisiones y
correccionales se identifican algunos esfuerzos de la aplicación
del conocimiento generado por la investigación en este tema,
no es del todo suficiente y se requiere de mayor relación entre
los resultados de la investigación, la práctica profesional y la
elaboración de políticas públicas.
–381–
Referencias
Tabla 1. Características de programas efectivos
vs. no efectivos.
Programas efectivos
Programas no efectivos
- Bien estructurados y con un - Centrados en quejas vagas emofuerte soporte teórico.
cionales y personales que no se han
- Orientados hacia un contexto demostrado relacionadas con la
comunitario. Bien con toda la inter- conducta antisocial.
vención en comunidad o con etapas - Que potencien la cohesión de los
graduales que van desde la institu- grupos de personas antisociales
cionalización hasta la estancia en - Centrados en mejorar las condicomunidad.
ciones de las personas, sin afectar las
- Centrados en modificar necesi- necesidades criminógenas
dades criminógenas
- Buscan incrementar la ambición
- Que tienen en cuenta el nivel de en la persona por lograr metas conriesgo de los individuos.
vencionales en la escuela y el trabajo
- Construidos sobre los recursos sin proporcionar ayuda práctica para
realizarlas.
de la persona y de su entorno.
- Con técnicas de cambio de cog- - Se realizan en ambiente institucionalizado sin dar oportunidad de
niciones y de conductas,
- De aprendizaje para la relación participar en sanciones graduadas
que permitan insertarse de manera
con el mundo
- Con formación en capacidades gradual a la comunidad.
para el trabajo
- Con profesionales capaces y
entusiastas
- Con modelos positivos en su
interacción orientada hacia la realidad y en consonancia con el estilo
de aprendizaje de los participantes.
Fuente: Elaboración propia a partir de la revisión de la literatura.
–382–
Tabla 2. Criterios para la acreditación de programas de la
Home Office Joint Prison-Probation Accreditation Panel.
1. Modelo de cambio: el programa debe estar basado en un modelo teórico claro basado en la evidencia que explique cómo se propone tener impacto sobre los factores relacionados con la conducta delictiva.
2. Factores de riesgo dinámicos: El contenido del programa debe identificar los factores relacionados con el comportamiento delictivo especificados
en el modelo y que si se cambian se logrará una reducción del comportamiento delictivo. Además, los contenidos del programa deben reflejar estos
objetivos.
3. Rango o cantidad de blancos a los que va dirigido el programa: El programa debe especificar la cantidad de blancos a los que va dirigido y sus
interrelaciones.
4. Métodos efectivos: Los métodos de cambio utilizados en el programa
deben tener apoyo empírico con respecto a la efectividad y coordinarse de
manera apropiada.
5. Orientado a habilidades: para capacitar a los delincuentes para evitar
actividades criminales y mantener efectos de tamaño grandes en estudios
de resultados. Las habilidades a las que se dirija el programa deben explicar
las relaciones con el riesgo de reincidencia y su reducción.
6. Intensidad, secuencia y duración: número de horas de contacto, el
modo en que se llevarán a cabo las sesiones y la duración total del programa debe ser apropiada a la luz de la evidencia disponible, los objetivos y
contenidos de los programas y el nivel de riesgo de los grupos de los delincuentes a los que se aplicará el programa.
7. Selección de los participantes: Se debe especificar claramente la población de delincuentes a quienes se dirigirá el programa. Debe contarse con
procedimientos realistas de identificación y selección de esta población y
para la exclusión de los no apropiados.
8. Compromiso y participación: Se refiere al principio de responsividad, se
debe describir cómo se comprometerá y motivará a los delincuentes a
tomar parte en el programa y a adherirse a este.
9. Manejo de caso: Se debe especificar si habrá un oficial o persona encargada de vigilar el plan individual de sentencia de los delincuentes.
10. Monitoreo del proceso: cómo se hará el monitoreo y que sistemas se
establecerán para revisar el programa y hacer ajustes que se consideren
necesarios.
11. Evaluación: los programas deben incluir medidas que se tomaran en las
evaluaciones tanto del impacto a corto como largo plazo.
Fuente: McGuire (2001; p.38). Traducción propia.
–383–
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