nuevas y viejas formas de la penalidad en américa latina
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nuevas y viejas formas de la penalidad en américa latina
NUEVAS Y VIEJAS FORMAS DE LA PENALIDAD EN AMÉRICA LATINA Insumisos Latinoamericanos Cuerpo Académico Internacional e Interinstitucional Directores Robinson Salazar Pérez Oscar Picardo Joao Cuerpo académico y editorial Pablo González Casanova, Jorge Alonso Sánchez, Fernando Mires, Manuel A. Garretón, Martín Shaw, Jorge Rojas Hernández, Gerónimo de Sierra, Alberto Riella, Guido Galafassi, Atilio Borón, Roberto Follari, Eduardo A. Sandoval Forero, Ambrosio Velasco Gómez, Celia Soibelman Melhem, Ana Isla, Oscar Picardo Joao, Carmen Beatriz Fernández, Edgardo Ovidio Garbulsky, Héctor Díaz-Polanco, Rosario Espinal, Sergio Salinas, Lincoln Bizzorero, Álvaro Márquez Fernández, Ignacio Medina, Marco A. Gandásegui, Jorge Cadena Roa, Isidro H, Cisneros, Efrén Barrera Restrepo, Robinson Salazar Pérez, Ricardo Pérez Montfort, José Ramón Fabelo, Bernardo Pérez Salazar, María Pilar García, Ricardo Melgar Bao, Norma Fuller. Comité de Redacción Robinson Salazar Pérez Oscar Picardo Joao JOSÉ LUIS CISNEROS HILARIO ANGUIANO LUNA (COMPILADORES) NUEVAS Y VIEJAS FORMAS DE LA PENALIDAD EN AMÉRICA LATINA Temas Sociología y Criminología Análisis colectivo de las nuevas formas del castigo en las prisiones de América Latina. Colección Insumisos Latinoamericanos elaleph.com Bello Espinoza, Sindy Nuevas y viejas formas de la penalidad en América Latina: Temas Sociología y Criminología. Análisis colectivo de las nuevas formas del castigo en las prisiones de América Latina / Sindy Bello Espinoza; Jessica Argel Quezada Ascencio; Raúl Adrián Montesinos Camarillo; compilado por José Luis Cisneros e Hilario Anguiano Luna. - 1a ed. - Buenos Aires: Elaleph.com, 2007. 394 p. ; 21x15 cm. (Insumisos latinoamericanos) ISBN 978-987-1070-51-0 1. Criminología. I. Quezada Ascencio, Jessica Argel II. Montesinos Camarillo, Raúl Adrián III. Cisneros, José Luis, comp. IV. Anguiano Luna, Hilario, comp. V. Título CDD 364.980 Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas por las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la fotocopia y el tratamiento informático. © 2007 José Luis Cisneros e Hilario Anguiano Luna © 2007, ELALEPH.COM S.R.L. Corrección y organización: Emilio Daniel Cunjama López, Alma Rosa Marín Ornelas [email protected] http://www.elaleph.com Primera edición Este libro ha sido editado en Argentina. ISBN 978-987-1070-51-0 Hecho el depósito que marca la Ley 11.723 Impreso en el mes de julio de 2007 en Bibliográfika, Elcano 4048, Buenos Aires, Argentina. Índice Introducción Capítulo primero Prisionalización y estado de la prisión 7 17 El proceso de socialización y adaptación del sujeto privado de su libertad en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente Sindy Bello Espinoza y Jessica Argel Quezada Ascencio 19 Privatización del trabajo penitenciario ¿una nueva forma de penalidad? Raúl Adrián Montesinos Camarillo 45 Una voz en silencio: condición social de las mujeres en prisión Myrna Eréndira León Ramírez y Mara Angélica Roldán González Racionalidad del trabajo en prisión. ¿Transformación de la conciencia o domesticación? José Luis Cisneros 85 115 Para quedarse afuera… Iniciativas de apoyo a la vuelta a la vida en libertad. Lucia Pérez Bruzzone 189 Capítulo segundo Readaptación social y vicios carcelarios 225 La cárcel en México: una perspectiva sociológica Jorge L. Lavín García e Iván H. Loría Caballero 227 Los difíciles senderos de la Readaptación Social José Luis Cisneros e Hilario Anguiano Luna 248 El simulacro de la readaptación social Dante López Medrano 275 La violencia intramuros como forma de castigo en las cárceles de la ciudad de México José Luis Cisneros y Alma Rosa Marín Ornelas 313 La prisión: una aproximación a la efectividad de la intervención correccional Luz Anyela Morales Quintero y Jairo Muñoz Delgado 343 Introducción En la actualidad continúa existiendo una controversia con respecto a la forma de concebir las cárceles en torno a su función, dado que en un inicio estos espacios tenían una connotación distinta centrada principalmente en la detención de los delincuentes para que llegado el momento se les aplicara el castigo correspondiente, tiempo después con la fundamentación humanista y racionalista del siglo XIX y las implicaciones morales del castigo físico, incluyendo la pena de muerte, la cárcel pasa de ser un momento de la pena a ser el momento “en si”, es decir, pasa de ser un espacio de detención a uno de sanción. En nuestros días la cárcel ha sido estudiada desde distintos puntos de vista y se le ha dado un propósito diferente de acuerdo a la óptica con la que se ha observado, por tanto, no representa lo mismo para los estudiosos del derecho, que para los sociólogos, psicólogos, antropólogos o en general para la sociedad, a si, es concebida de diversas maneras en función del fin de la prisión. Sin embargo, la cárcel tiene una forma específica por la cual se puede entender; desde el punto de vista institucional, y las funciones que el Estado le ha otorgado como elemento fundamental del sistema penal. Sin duda las condiciones económicas, políticas y sociales de cada momento histórico han impregnado a la cárcel de peculiaridades relacionadas con su contexto no solo local o regional si no también mundial. Hoy en día dentro de un contexto globalizado y globalizador los estados han hecho de los espacios de reclusión la retribución punitiva por excelencia en donde la delincuencia pagará el costo de su comportamiento con la privación de su libertad, pero no solo eso, si no también los espacios de reclusión tendrán como encomienda el orientar las –7– acciones de los desviados de la ley al “buen camino”, es decir, readaptarlos y con ello evitar que en un futuro reincidan en sus acciones antijurídicas. Latinoamérica no ha sido la excepción ante este panorama de evolución carcelaria, por ejemplo; en México durante la época colonial se establece la pena privativa de libertad como consecuencia de la implementación del Derecho Indiano, siglos después, en 1975 bajo las presiones internacionales, México adopta una serie de reglamentaciones en torno al tratamiento de los reclusos y refina las nociones de readaptación social que se implementaron en Almoloya de Juárez, la cual sirvió como cárcel modelo en los años cincuentas y sesentas; en 1984 y años posteriores se ajustaran las Normas mínimas de Readaptación Social de Sentenciados con una perspectiva sobre la privación de la libertad con fines de rehabilitación y no sólo de castigo como en años anteriores. Como podemos observar, la cárcel-castigo quedó en segundo término para abrir paso a la Cárcel-rehabilitadora como principal sustento del régimen penal mexicano. El presente libro tiene como objetivo el de abordar desde distintas aristas la prisión, su función, a los sujetos que la habitan, los programas de readaptación social existentes y las problemáticas entorno a ellas dentro del contexto actual en Latinoamérica. Pone de esta manera, bajo la lupa de distintos especialistas, los aciertos y desaciertos que giran alrededor de las prisiones y los efectos que en el sujeto ejerce. El libro se divide en dos capítulos; en el primero se abordan los efectos de la prisionalización y el estado de las prisiones, en el segundo, se desarrollan distintas opiniones en torno a la readaptación social y los vicios carcelarios. El primero artículo del capitulo primero se titula “El procesos de socialización y adaptación del sujeto privado de su libertad en el reclusorio preventivo varonil oriente” Sindy Espinoza y Jessica Quezada desarrollan la dinámica que el interno experimenta al ingresar al reclusorio, siendo la socialización y –8– la adaptación dos de los procesos en los cuales centran su análisis teórico. Por un lado nos explican la importancia de la socialización en el aprendizaje de las normas carcelarias, y por otro, los procesos de adaptación que experimenta el interno al ingresar a una “institución total” y toman en consideración que al momento de ser prisionero, el infractor necesita ajustarse a un nuevo medio con características distintas a las que acostumbraba desempeñarse en libertad. De la misma forma desarrollan conceptos como prisionalización, control social y poder, desde un punto de vista integrador en donde articulan distintas teorías en torno al encierro, el control y las relaciones de poder. En Privatización del trabajo penitenciario ¿una nueva forma de penalidad? Raúl Adrián Montesinos Camarillo trata las condiciones del trabajo en prisión y describe sus condiciones actuales, y afirma que está lejos de ser un ente readaptador, como lo contempla el artículo 18 de la Constitución Mexicana. En principio realiza un recorrido de los beneficios que el trabajo tiene como terapia de reinserción social y las posibilidades, que de llevarse acabo adecuadamente, contrae el trabajo en si mismo. De igual manera muestra los ordenamientos jurídicos que regulan el trabajo penitenciario y sus condiciones mínimas con las que debería operar, en los tratados de orden internacional y nacional, hallando en este último, grandes deficiencias para su ejercicio adecuado. Además, inicia una interesante discusión en torno a la privatización del trabajo penitenciario y pone como ejemplo la realidad del sistema penitenciario estadounidense, que genero como consecuencia de la privatización, el trato del trabajo con finalidad de lucro y explotación de los internos. Concluye su artículo proponiendo la participación del sector público, social y privado en la regulación y estructuración del trabajo penitenciario, no sin antes poner énfasis en la protección del interno en cuanto a la participación del sector privado, pues arguye que la sola intervención de particulares establecería al trabajo penitenciario con fines lucrativos y se –9– olvidaría de la finalidad inicial de tal actividad como terapia de rehabilitación. En el tercer artículo de Myrna León y Mara Roldan en su escrito titulado “Una voz al silencio: Condición social de las mujeres en prisión” abordan la situación de las mujeres reclusas por medio de un estudio empírico realizado en el Centro Femenil de Readaptación Social (CFRS) Tepepan en donde enfocan su atención en las mujeres detenidas por el delito de “contra la salud” en la modalidad de “tráfico”. Sus resultados muestra la importancia de las condiciones sociales, económicas y políticas para que las mujeres del CFRS cometieran el delito por el cual se encuentran privadas de su libertad. En primer plano, nuestras autoras explican la importancia de la socialización primaria y secundaria para el pleno desarrollo social del sujeto, enfatizan el valor de la familia y la educación para la realización de conductas delictivas, de igual manera, nos describen las características de las mujeres internas en el CFRS y por medio de testimonios nos dejan claro que uno de los principales factores para la comisión del delito de las mujeres estudiadas fue el abandono de su pareja y la necesidad de conseguir recursos económicos para la manutención de sus descendientes. Bajo una perspectiva de genero describen las condiciones antes y durante la estancia en el CFRS, de igual manera nos muestran los motivos, mediante declaraciones de viva voz, de los motivos que las orillaron a cometer el delito de contra la salud. El cuarto titulado “Racionalidad del trabajo en prisión ¿Transformación de la conciencia o domesticación?, de José Luis Cisneros, se propone como análisis describir mediante algunos testimonios las condiciones del trabajo y su expresión diferenciada y sexista de la aplicación de la ley para castigar no solo el delito en la mujer sino su desviación del rol asignado en una sociedad machista, la se expresa en formas sutiles de un poder que castiga doblemente a la mujer, primero por haber cometido un delito y luego por haber transgredido el rol asignado por la sociedad. –10– El último artículo de este primer capitulo se titula “Para quedarse a fuera: iniciativas de apoyo a la vuelta a la vida en libertad” Lucia Pérez Bruzzone nos muestra un estudio descriptivo y comparativo de las diferentes instituciones que en Montevideo Uruguay, intentan facilitar la reinserción laboral de los sujetos privados de su libertad en centros de reclusión. En un inicio comienza con un diagnóstico de la vida penitenciaria en Montevideo acentuando los diferentes problemas, que como en casi todos los centros penitenciarios, impiden una reinserción social real de los sujetos privados de su libertad. Por otra parte, nos describe el proceso de internalización, la progresiva adecuación del sujeto a las nuevas formas de relación social dentro de los penales, las dificultades a las que se enfrentan una vez cumplida su sentencia y su reingreso a la sociedad. Bajo este panorama, Lucia Perez, describe y compara la oferta institucional existente en Montevideo para minimizar los efectos de la prisionalización y favorecer la inserción social de los sujetos, toma en cuenta como eje articulador de su análisis dos aspectos fundamentales: el origen de las instituciones y la solidez con la que operan. De igual forma toma en cuenta el campo de acción en donde intervienen las instituciones encargadas de minimizar los efectos carcelarios en donde observa dos principales espacios; el intracarcelario y el extracarcelario. Para finalizar, considera importante para su estudio la perspectiva desde la cual las instituciones abordan los problemas de la reinserción social y observa que son de dos tipos: las instituciones confesionales de corte religioso y las que operan desde un punto de vista de la experiencia, dirigidas principalmente por ex reclusos que lograron reinsertarse a la sociedad. En el primer artículo del segundo capitulo abrimos con un escrito titulado, “La cárcel en México: una perspectiva sociológica” y se modela como un aporte teórico de cómo pensar las cárceles en una realidad mexicana presente, en el cual, los autores Jorge Lavín e Iván Loría, diferencian de manera sistemática la noción de cárcel que se tiene desde las disciplinas –11– penales y la sociología, como producto de ello puntualizan que la cárcel vista desde una perspectiva social se construye bajo tres nociones nucleares; como lugar, como espacio y como territorio. De igual forma argumentan que los vicios que caracterizan a las cárceles mexicanas son los que la definen en una perspectiva social no jurídica y por medio de la óptica del interaccionismo simbólico nos describen los principales vicios y las prácticas sociales que se desenvuelven al interior de las cárceles, a si mismo, nos muestran un panorama general de la transición del castigo físico al castigo del alma, argumentos sustanciales por los cuales desarrollan su artículo. Por último, hacen un esfuerzo por aplicar los aportes de Loïc Wacquant a la realidad penitenciaria en México. En “Los difíciles senderos de la readaptación social” José Luís Cisneros e Hilario Anguiano analizan a fondo la Ley de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad (LEPRL) del estado de México y de manera rigurosa crítica la utilización de nociones como readaptación social, comunidad y resocialización que se encuentran dentro de dicha ley, a si mismo desmenuzan el propósito de la readaptación social y argumenta la falsedad del supuesto de la reinserción social en dos principales razones: la primera en ciernes a la complejidad actual del sistema penitenciario, y segundo, en lo complicado que se encuentran las relaciones sociales dentro de las prisiones aunado a la ruptura de la socialización con sus familias y en general con el mundo exterior a las prisiones. Por último, inicia una discusión en torno a cómo el sistema penitenciario pretende readaptar a los infractores de las leyes siendo que el mismo sistema auspicia los vicios (Corrupción, tráfico de drogas, homicidios, violaciones, etc.) por los cuales se les ha privado de libertad a los individuos, sin olvidar que los trabajadores encargados de la readaptación social no están preparados adecuadamente para tales fines y que el supuesto del articulo 18 de La Constitución Mexicana no es funcional en tales condiciones, pone como ejemplo la educación impartida por los –12– propios internos y no por personal capacitado, pues como puede ser que “El que tiene que ser readaptado readapta”. En tercer artículo de este segundo apartado se titula “El simulacro de la readaptación social” a lo lago del trabajo Dante López plantea el mito de la readaptación social en México, sus conceptos articuladores son tomados de Bordieu y Foucault. En un inicio nos plantea la importancia que tiene Lecumberri para entender las transformaciones en el sistema penitenciario en mexicano y resalta, de manera puntual, los diferentes proyectos que se instauraron en dicha prisión y la introducción de los cuerpos técnicos en el sistema penitenciario. Además Dante describe las deficiencias de los programas de readaptación social en donde resalta los procesos de exclusión dentro de la exclusión y de la humanización del castigo como parte fundamental del análisis de la readaptación social. Por último, cuestiona el papel de los integrantes del consejo técnico y muestra la deficiencia del sistema penal para lograr una readaptación en los presos, de igual forma sostiene que la idea de readaptación es sólo el mantenimiento de la creencia de que el castigo tiene un sentido, en ves de revelar la verdadera finalidad de las prisiones. A lo largo del cuarto artículo, José Luis Cisneros y Alma Rosa Marín en su escrito titulado “La violencia intramuros como forma de castigo en: las cárceles de la ciudad de México” nos muestran un panorama de la situación actual de distintos reclusorios de la ciudad de México. En principio comienzan con una crítica a las visiones unilaterales de los análisis criminológicos principalmente guiados por juristas, revelan la posición reduccionista en la forma de abordar el fenómeno criminal y evidencian los aspectos históricos y sociales que les son carentes. En un segundo desarrollo despliegan los elementos sociológicos que dan origen a los valores de la sociedad moderna y entrelazan esta situación a los conflictos entorno al sistema penitenciario en México, en seguida desmenuzan los planes de readaptación social y los vinculan con la situación social del exterior, es decir de la sociedad no reclusa, en donde –13– manifiestan la equiparación de los problemas de la sociedad con los que se gestan al interior de las prisiones y concluyen que la vida en reclusión es un microcosmos de la realidad social en donde los problemas como el hacinamiento, la drogadicción y la corrupción generan formas de violencia, y por ende, comportamientos delictivos, configuran de esta manera la paradoja del “supuesto de readaptación social”. Finalizan con un segundo análisis en donde muestran los espacios y las condiciones de las cárceles de la Ciudad de México. Para finalizar, Luz Anyela Morales y Jairo Muñoz nos muestran en su artículo “La prisión: una aproximación a la efectividad de la intervención correccional” un panorama minucioso de los programas actuales de intervención en cárceles, principalmente de habla inglesa, su efectividad y posibilidades de acción. En un principio describen la problemática que existe en las cárceles para obtener una efectiva intervención correccional que dé como resultado la disminución de actos delictivos violentos, en el la cual enfatizan una serie de elementos básicos para lograr la efectividad de los programas, de los cuales destacan el abastecimiento de necesidades primarias en las instituciones carcelarias como lo son: Higiene, salud, educación, vinculación social, laboral, entre otras; la reducción de los efectos carcelarios y la implementación de programas basados en los resultados de investigaciones científicas que muestren de manera sistemática los beneficios y efectos secundarios de dichos programas. En segundo plano, mencionan una serie de principios por los cuales los programas de intervención basados en metodologías estructuradas bajo metaanálisis han disminuido los niveles de reinserción en los sujetos que han sido intervenidos con programas de esta naturaleza, por último, arguyen la importancia de los estudios científicos realizados en torno a la elaboración y comprobación de los programas de intervención correccional para la elaboración de políticas públicas e implementación de programas de reinserción social del sujeto privado de su libertad. –14– Como podemos observar, a lo largo de los diez artículos presentados en este libro se exhibe un diagnóstico modesto del propósito y la situación carcelaria, en donde los autores sugieren que la penalidad no sólo se reduce a la privación de la libertad de los sentenciados, sino que también existen una serie de situaciones (prisionalización, estigma, violación a los derechos humanos, etc.) que ejercitan y fortalecen el castigo de los sujetos privados de su libertad en esferas distintas y superiores a la oficial configurando a sí “Nuevas formas de penalidad”. La producción de estos textos es un esfuerzo de los autores por generar una reflexión sistemática en torno a las prisiones y sus diferentes problemáticas, ponen en discusión la situación actual del sistema penitenciario que revela su precariedad. Mayo del 2007 –15– Capítulo primero Prisionalización y estado de la prisión El proceso de socialización y adaptación del sujeto privado de su libertad en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente Sindy Bello Espinoza Jessica Argel Quezada Ascencio Introducción El estudio de la problemática carcelaria, a menudo, está enfocada en la línea de los análisis jurídico-penales y criminológicos; sigue siendo un terreno poco estudiado por la sociología. Los esfuerzos por abordar esta problemática han enfatizado en general la dimensión estructural-institucional, dejando olvidados los aspectos que tienen que ver en la adaptación y la socialización del individuo dentro de estas Instituciones, comprometen aspectos y situaciones vinculadas a la esfera de la intervención de los internos en la dinámica del sistema carcelario. Desde la perspectiva sociológica los reclusorios son una pequeña sociedad, en donde se encuentran personas de distintos grupos socioculturales y económicos, así como una diversidad de tipos de personalidad, a estos individuos se les presenta la necesidad de aprender a relacionarse entre ellos para poder desarrollarse adecuadamente dentro del medio. Con esta investigación se pretende analizar un fragmento del campo penitenciario, se intentó llevar al sujeto privado de su libertad al primer plano, sin dejar de considerar por ello las relaciones que se producen entre la cárcel como estructura y las interacciones sociales que en su interior se desarrollan. –19– Fue de particular interés tener conocimiento de cómo surgen los procesos de adaptación y socialización en el interior de la Institución, siendo objetivo de la investigación la propia dinámica social que existe en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, teniendo como punto de partida el Centro de Observación y Clasificación (COC). Se llevó a cabo un estudio de la realidad de las personas que han infringido una ley o norma social y como consecuencia se les aplica o ha aplicado la pena privativa de la libertad, observando el desarrollo de la actividad carcelaria actual y su definición como un verdadero medio de control social estatal. Esto lo observamos desde una perspectiva externa ya que como espectador cambia la visión de cómo se están viviendo los cambios sociales y emocionales del individuo dentro del Reclusorio. Socialización y adaptación El nacimiento del ser humano trasciende desde su aparición biológica, el nuevo individuo ingresa a un contexto de relaciones sociales predeterminadas produciéndose también su nacimiento a la vida social. La persona nace en el seno de una sociedad en la que rigen un conjunto de normas y valores, reglas de comportamiento, etcétera, que aseguran el orden y la convivencia social. Así empieza para el ser humano un largo proceso de aprendizaje mediante el cual asimilará paulatinamente las normas y regulaciones del grupo de pertenencia. La evolución de aprendizaje social en el que el individuo adquiere los conocimientos indispensables para convivir se conoce comúnmente como proceso de socialización. Éste se maneja por ciertos límites del comportamiento tolerado para el momento y contexto particular, pretendiendo garantizar la no violación del orden y la paz social. El proceso está continuamente en acción en el sujeto pudiendo afectar a diversas personas dentro de la misma sociedad a lo largo de su vida, influyendo en el individuo proporcionándole las pautas de comportamien–20– to que son esenciales para el mantenimiento de la sociedad y de la cultura. La socialización es aquello que existe en los individuos y es capaz de producir una acción hacia los demás, o bien es la recepción de influencias sobre ellos; al presentarse la interacción social aparecen formas de cooperación y de colaboración que se encuentran comprendidas bajo el concepto general de una sociedad. Desde el punto de vista de la sociedad se trata de un proceso de control social y una manera de ordenar la vida de grupo. “La socialización es un proceso que se desarrolla en el individuo mientras éste se va adaptando a la gente que le rodea”. (Ficher, 1982: 42) La persona adopta los hábitos de la sociedad en que vive. “La socialización es un proceso de influjo mutuo entre una persona y sus semejantes, un proceso que resulta de aceptar las pautas de comportamiento social y de adaptarse a ellas”. (Ficher, 1982:42). El ser humano es una persona social desde que comienza a existir, a lo largo de su vida está sujeto a continuos cambios y adaptaciones, este desarrollo se observa no sólo en las distintas etapas entre la infancia y la vejez, sino también en personas que cambian de cultura, status social o de ocupación. “La socialización se puede describir desde dos puntos de vista: objetivamente, a partir del influjo que la sociedad ejerce en el individuo y subjetivamente, a partir de la respuesta o reacción del individuo a la sociedad. Objetivamente, la socialización es el proceso por el que la sociedad transmite su cultura de generación en generación y adapta al individuo a las formas aceptadas y aprobadas de la vida social organizada. La función de la socialización consiste en desarrollar las habilidades y las disciplinas de que tiene necesidad el individuo, en infundirle las aspiraciones, las valoraciones y el “plan de vida” que posee esa sociedad particular, y especialmente en enseñarle las funciones sociales que deben desempeñar los individuos en la sociedad” (Ficher, 1982:42). –21– El individuo durante su proceso de socialización configura su naturaleza social. La sociedad nos “educa” para sus fines: dice cuáles son las metas que debemos buscar (metas sociales), también cómo y por qué caminos lograrlas, mediante la socialización se busca llevar al individuo por la vía “correcta”. Los alejamientos o desviaciones de ese camino deben estar previstos por la sociedad o el grupo y, por supuesto, deben estar sancionados. Estas previsiones y soluciones componen también el proceso de socialización que, al igual que las normas, forman parte de nuestros pensamientos. Berger y Luckmann señalan la existencia de dos fases diferentes en el proceso de socialización: “La socialización primaria es la primera por la que el individuo atraviesa desde la niñez por medio de ella se convierte en miembro de la sociedad”. (Berger, 2001: 166). Tiene lugar durante los primeros años de vida, sirve de base para la comprensión del mundo como un todo compacto e invariable, así como para la comprensión de la vida como un sistema donde uno existe en relación con otros, donde el yo cobra sentido como yo social, así mismo, es una socialización filtrada, es decir, el individuo ocupa un espacio social concreto y en función del mismo y de las relaciones que conlleva se produce una identificación propia, una identidad. Además transmite contenidos cognitivos que varían de una sociedad a otra pero que fundamentalmente comprende el aprendizaje del lenguaje. Este aprendizaje se efectúa en condiciones peculiares que lo diferencian del resto de los aprendizajes posteriores. Dichas condiciones se definen básicamente por la presencia de un alto componente emocional afectivo que otorga a estos aprendizajes una sólida firmeza en la estructura personal del individuo. La presencia de este factor determina que la modificación posterior de los contenidos aprendidos en la socialización primaria resulte difícil de obtener. En realidad, la efectividad de todo aprendizaje posterior dependerá en gran medida del ajuste que se tenga con respecto al primario. –22– “La socialización secundaria es cualquier proceso posterior que induce al individuo ya socializado a nuevos sectores del mundo objetivo de su sociedad”. (Berger, 2001: 166). El individuo internaliza submundos diferentes, tiene acceso al conocimiento de una realidad compleja y segmentada, así mismo, no accede a todo el conocimiento, sino a una parte en función de su rol y posición social. El conocimiento también se segmenta, esto ocurre porque los medios de acceso al conocimiento crean mundos institucionalizados, es necesario aprender a través de cauces y procesos adecuados. En esta socialización se corre el riesgo de convertir las internalizaciones anteriores en algo vulnerable, situación que se ve minimizada por la existencia de determinados medios de mantenimiento de la realidad, entre los cuales destaca la rutina diaria como afirmación del conocimiento de la vida cotidiana, un cambio profundo en la realidad subjetiva puede tener lugar si se produce una reinterpretación radical de los hechos que los autores denominan alternación, mediante un nuevo proceso socializador y legitimador. En la socialización secundaria, los aprendizajes efectuados no implican necesariamente una carga emocional o afectiva intensa. El problema central de toda socialización secundaria consiste precisamente en que actúa sobre el sujeto ya formado y que todo nuevo aprendizaje exige un cierto grado de coherencia con la estructura básica. En este sentido, el proceso de socialización secundaria debe apelar continuamente a reforzar dicha coherencia para garantizar mayor efectividad en el aprendizaje. La adaptación es el “proceso mediante el cual se adquiere la actitud para vivir en un medio dado. El término se aplica comúnmente y en forma más correcta, a los cambios de los rasgos morfológicos del cuerpo físico, por inferencia y cuidando que encaje bien en el contexto, puede también utilizarse para indicar la modificación cultural realizada para acomodarse a un medio humano determinado” (Pratt, 1997: 4-5). –23– La adaptación individual es el “proceso por el cual un individuo modifica conscientemente una característica socialmente adquirida a fin de ajustarla a un modelo o norma que se estima deseable”. (Pratt, 1997: 4-5). Mientras que la adaptación social es la “relación de un grupo o Institución con el medio físico que favorece su existencia y supervivencia. Puede significar una relación favorable o ventajosa del individuo con el grupo, o el proceso para lograrla”. (Pratt, 1997: 4-5). Cuando un individuo ingresa al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente está formado socialmente, sus normas y valores están establecidos; las relaciones que se construyen forman parte de su socialización secundaria, el individuo debe de ir aprendiendo normas, patrones, códigos, reglas establecidas dentro de la Institución, adopta determinados gestos, realiza ciertas prácticas, adquiere comportamientos conforme a un sistema de reglas implícitas y explicitas que el sujeto no necesariamente conoce, sino que las aprende en la práctica de la vida cotidiana, como procesado o sentenciado en la cárcel. Los sujetos no realizan un acto voluntario y consistente de aceptación de las reglas y normas con las que funciona la institución, él aprende a sujetarse a ellas mediante un procedimiento que es el castigo. Se le impone un orden de circunstancias que tienden a aislarlo de su medio ambiente social, quebrantando así su personalidad, reduciéndole su capacidad de trabajo, obligándolo al ocio forzoso, lo expone al hacinamiento, a la pérdida de la sociabilidad, desintegración familiar, entre otras, con esto se da lo que se denomina como “prisionalización”, que no es más que la asimilación en mayor o menor grado de las costumbres, tradiciones y cultura carcelaria. El individuo se encuentra con diferentes formas de convivencia, además debe aceptar leyes, normas, reglas y patrones de acciones sociales ya establecidas que son diferentes a los que lleva en su vida cotidiana y son asignadas de manera coercitiva, las debe de aceptar tal y como son, para así poder sobrellevar su estancia, así mismo, los internos deben de adaptarse a –24– un medio en donde incluso las actividades más simples están reglamentadas y controladas, se alinean individualidades sometiendo a los diferentes individuos a criterios de igualdad, dándose una perdida de valores socialmente aceptados como la seguridad, la privacidad, la identidad social deja de ser propia ya que es subordinada por diferentes figuras de autoridad. Los primeros días de prisión son los más difíciles para el interno porque significan un cambio radical en su hábitat y condiciones de vida, ya que deberá aprender reglas no escritas de la vida carcelaria, y finalmente adaptarse a estas. Un ejemplo de esto podría ser el ocio que se vuelve otro reto para la adaptación de algunos internos, lo cotidiano, el aburrimiento, la monotonía, se vuelven una rutina así es que lo extraordinario o inusual puede ser cualquier acontecimiento, el olvidar el aburrimiento por momentos se vuelve una necesidad. La rutina monótona y minuciosamente planificada de la prisión acaba transformando la imagen del mundo de los internos, muchos de los cuales no llegan a concebir otra forma de vida más que la carcelaria, dándose un cambio en el comportamiento de los individuos, creando alteraciones en su capacidad de establecer relaciones sociales. En la medida que aumenta el tiempo de estancia en prisión, mayor es la influencia de los aspectos penitenciarios en la vida total del individuo, puesto que tanto sus actitudes como sus relaciones sociales se ven extremadamente mediatizadas por las condiciones de vida propias del encierro. Se puede asegurar que el ocio generalizado es un rasgo distintivo de la vida penitenciaria, presentándose como otro de los retos para la adaptación de los internos. Relaciones en el interior del reclusorio Debido a las presiones del medio en las que se desarrolla su vida en el tiempo en el que permanecen en reclusión, los internos mediatizan totalmente sus relaciones en el interior de la –25– cárcel con sus semejantes, refugiándose en intereses comunes que comparten e instrumentalizan de un modo peculiar para conseguir los objetivos que se proponen. Las relaciones que se dan entre los internos en el interior del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente se forman con diferentes grupos dentro de los cuales existen figuras diversas en cuanto a su función y trato. En esta investigación identificamos a tres grupos en los cuales los internos llevan el proceso de socialización y adaptación. Relación Interno-Interno: se distingue por dos contextos: a) La relación que se da con los compañeros de estancia, señalando que es el grupo de referencia, creado por el hecho de compartir un espacio determinado, con lo que se establece una relación más estrecha entre los individuos. b) La relación que se da con el resto de los internos. Se establecen relaciones con compañeros de causa penal, algún conocido o familiar y las que mantiene de manera circunstancial con el resto de los internos. El conjunto de todas las relaciones cotidianas e informales que se genera de interno-interno crea la base de su relación social directa, mientras que el resto de las relaciones que se establecen con los otros grupos pueden definirse como mediatas y cargadas de un fuerte contenido coercitivo. Como parte de la relación entre los internos, se encuentra la organización que se deriva de la división de tareas y roles que adquieren o se les asigna, lo cual trae consigo responsabilidades en determinadas áreas o actividades realizadas en la prisión. Las relaciones entre interno-interno, interno-empleado son parte de las estrategias para la adaptación y por consiguiente de interacción entre los sectores de la Institución. La cooperación se induce a través de reglas de intercambio y las estrategias de cada uno de sus miembros para alcanzar sus objetivos personales obligan a éstos a entrar en el grado y el modo que sea, en ese juego de intercambios que se propone. –26– Relación Interno-Institución Interno-Directivos: Esta relación es limitada, dado que las funciones del directivo se ubican principalmente en cuestiones de carácter administrativo y de organización, salvo en aquellos casos que sean relevantes y prioritarios, para salvaguardar su integridad física, social y jurídica. Solo así habrá contacto entre un directivo y la población interna. Interno-Técnicos: Se puede percibir que la atención es más directa ya que las actividades que conciernen al área técnica son de índole interpersonal. Esta zona se compone por las diferentes áreas: trabajo social, psicología, pedagogía y criminología, siendo éstas el eje principal dentro de la Institución por ser las que realizan los estudios correspondientes para la clasificación a dormitorios. El personal técnico penitenciario es de gran apoyo ya que se encuentran distribuidos en casi todas las áreas del reclusorio, como lo son Ingreso, COC, visita íntima y dormitorios. Parte de sus actividades son de carácter docente, debido a que imparten diversos cursos. Los internos pueden asistir a éstos, los cuales les favorecen de manera jurídica e institucional. Interno-Administrativos: La relación es más variable ya que los internos colaboran con este personal, auxiliándolos en diversas actividades administrativas, en las diferentes áreas del reclusorio como COC, mesa de prácticas, área jurídica, actividades deportivas o culturales y centro escolar. Interno-Seguridad y custodia: En esta relación podemos encontrar que tanto el interno como el custodio se relacionan con mayor frecuencia en comparación con los demás empleados, ya que al estar hablando de una Institución de Seguridad las actividades que lleva a cabo el custodio son de carácter prioritario para salvaguardar el orden y la integridad de la Institución. Asímismo el interno debe de acatar normas y reglas que se le impongan por parte de este personal; si no las lleva a cabo, el custodio tiene la facultad, las hábilidades y el derecho para poder castigar al interno. –27– Relación Interno-Familia La relación de convivencia que se da con la familia se presenta en diferentes contextos, dándose ésta relación únicamente en los días de visita (martes, jueves. Sábados y domingos) y por vía telefónica, estando reglamentada por un horario marcado por la institución. Para la mayor parte de la población interna, la familia es el apoyo principal tanto moral como económico, siendo ellos constantes durante su proceso penal y durante el tiempo que se mantendrá en prisión el interno. Identidad La trayectoria social de un individuo en prisión puede ser considerada como un modelo temporalmente condensado de socialización, cuyo resultado es la construcción o reconstrucción de su identidad. “La identidad es aquello por lo cual el individuo se define así mismo socialmente. Pertenece a diversos grupos sociales, el de su origen geográfico, su familia, su profesión, su empresa, su religión, su partido político, etcétera. La identidad no connota lo idéntico, sino la pertenencia gracias a lo cual un individuo se define. La identidad es cercana al concepto tradicional de estatus, de roles sociales desempeñados por un individuo o la recomposición de sus posiciones, sí se toma el concepto en el sentido de la percepción que tiene el individuo”. (Bernoux, 1985: 187). El ingreso a una prisión conlleva un proceso de construcción de una identidad institucional, cuando el individuo ingresa a la cárcel proviene de una estructura social mayor en la que se ha creado, a través de su socialización una identidad conformada por roles y estatus, que normalmente se pierden o modifican con su ingreso al reclusorio. Esta pérdida de su identidad está originada en primer lugar en el distanciamiento y la separación del marco social en que ésta se sustentaba. Se ve inmerso en un nuevo universo social con una conformación diferente a su marco original y respecto al cual debe re–28– construir sus posiciones y, consiguientemente, su identidad, esta inmersión se caracteriza por ser un proceso totalizador en el sentido que, a diferencia de otras organizaciones como la familia, el trabajo, la escuela, etcétera, su incorporación a la prisión abarca todos los aspectos de su vida y, al menos en una primera etapa, el individuo no podrá ejercer los roles que conforman su identidad exterior. Al interior de las cárceles existen reglamentos, criterios y normas que rigen la conducta de los internos y del personal que ahí labora y que forman parte de la cultura institucional y la subcultura carcelaria. Esta subcultura carcelaria tiene sus propias reglas que son válidas para los internos y, junto con la cultura institucional, regulan la forma de interacción de los internos, permitiendo la integración o exclusión al grupo. El individuo se tiene que relacionar con un conjunto de personas que por lo general comparten fines o metas comunes, tienen o establecen normas para sus integrantes, pautas de conducta que en caso de ser infringidas acarrean una sanción. El control se realiza por medio de la enseñanza de esas normas y la aplicación de las sanciones correspondientes. Todo ello constituye la cultura, que abarca diversas maneras de pensar, sentir, y obrar que son aprendidas y compartidas por una pluralidad de personas, sirven de modo objetivo y simbólico para constituir en los individuos una colectividad particular y diferente. Dentro de esta cultura carcelaria encontramos pautas ideales de comportamiento, modelos o metas las cuales integran la conducta común de los internos, dando como resultado las costumbres. Relaciones de poder La prisión es una institución social que forma parte del Estado y se presenta como exponente de la justicia penal, constituye el modelo del poder disciplinario que se instaura a partir del siglo XVIII. La pena de prisión se instituye como defensa contra el delito en las sociedades contemporáneas, y es el eje del siste–29– ma represivo en muchos países. Cada prisión es producto de un momento histórico determinado, mantiene una interacción social con su contexto inmediato. Las instituciones totales forman parte de la estructura que comprende el Estado, como estrategia para mantener el control de la sociedad. Goffman, define una institución total como un “lugar de residencia y trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo considerable de tiempo, comparten en su encierro una rutina diaria” (Goffman, 1973: 13). Las cárceles son un ejemplo claro de lo mencionado anteriormente, ya que se limita la entrada, se prohíbe la salida, ya sea de manera definitiva, o bien en función de ciertos horarios; cada espacio posee un tiempo, cierto ritmo, sus zonas de luz y sus zonas de oscuridad. A pesar de los muros y de su relativo aislamiento, este intercambio introduce en ellas alteraciones que la hacen oscilar entre la permanencia y el cambio en sus modos de actuar y en sus modos de organizarse. Como ocurre con otras construcciones sociales, la cárcel orienta su acción de acuerdo a los rasgos que conforman su propia cultura, la cual cambia con mayor agilidad que los marcos legales los cuales rigen estas acciones. Poder Como parte de la teoría clásica de la sociología, Weber contempla al poder como “la probabilidad de imponer la propia voluntad, dentro de una relación social, aún contra toda resistencia y cualquiera que sea su fundamento de esta probabilidad”. (Weber,1998: 43). El poder social es la forma de socializar un comportamiento individual. La fuerza necesita complementarse con el reconocimiento de la misma, en lo que se refiere al contenido intrínseco de las órdenes, por parte de los sometidos a quien ejerce dicha fuerza. Foucault, muestra que nada es más material, más corporal que el ejercicio de poder. El poder es “un conjunto de relacio–30– nes sociales, una maquinaria que produce efectos de dominación a partir de cierto tipo de estrategias y tácticas específicas” (Foucault,1980: 144). Concibe al poder como una inmensa red de relaciones intangibles, como un haz de dispositivos de lucha y dominación. El poder no sólo atraviesa a los individuos y a las instituciones, sino que se corporaliza en éstas y se personifica en ellos. El poder no es una institución, ni una estructura ni tampoco la capacidad de alguien, sino que es simplemente una estrategia compleja de prácticas de dominación en una sociedad determinada. Para Foucault el cuerpo es esencial en el análisis que realizó acerca del poder, mencionando que es a partir de éste en donde se sitúa el poder. El cuerpo está imbuido de relaciones de poder, pone de manifiesto como en las prisiones el poder se desnuda en su totalidad, es en donde se castiga el cuerpo, pero también el alma; es el cuerpo el que determina nuestros roles y nuestras formas de relación con otros sujetos; el cuerpo es vigilado pero a su vez reproduce la vigilia e incluso el castigo. El poder está inmerso en todas las actividades del sujeto, el cual se relaciona reproduciendo las propias relaciones de poder. Uno de los aspectos del sistema penitenciario es el de lograr el sometimiento del cuerpo de los sujetos sociales, el alma disciplinada se convierte en la prisión del cuerpo. En todo espacio, a su vez, se gestan relaciones de poder que construyen la trama de lo cotidiano, se expresan mediante ritos, ceremonias, normas, reglas y el uso de técnicas que marcan los cuerpos, cada forma que asumen las relaciones de poder inscribe a los cuerpos sus propias sentencias. Una de las preocupaciones fundamentales del sistema carcelario es la de lograr el sometimiento del cuerpo de los sujetos sociales, sin embargo, el disciplinar el cuerpo no es suficiente si éste no va acompañado del sometimiento del alma de los presos. Es en este sentido, que la prisión debe preocuparse por reeducar y conducir adecuadamente a los espíritus encarcelados. “El cuerpo ya no es suplicio y objeto de la penalidad, –31– sino que ahora las penalidades recaen en el alma. El castigo ahora debe actuar en profundidad, no sobre la piel, sino sobre el corazón, el pensamiento, la voluntad, los deseos, ya no debe de sufrir el cuerpo, sino corregir el alma, pero para corregir el alma y someterla, se debe de trabajar el cuerpo, ya que el cuerpo es la expresión del alma” (García, 2002: 54). El cuerpo es sometido a través de ideología, violencia física o no física. La cárcel es un mecanismo sin alma. Las reglas de la vida en prisión hacen prevalecer las relaciones de privacidad-agresividad y de dependencia-dominación; no dejan prácticamente lugar alguno para la iniciativa y el diálogo. Influyen varios factores psicosociales del interno para integrarse al proceso de prisionalización: su edad, formación académica, relaciones sociales, nivel económico, vínculos familiares. La socialización y adaptación a la vida carcelaria será inminente y ejercería nociva influencia en el interno, por ejemplo, en la incapacidad para disfrutar la realidad del mundo exterior, el alejamiento progresivo de los valores de ésta y otros. Al interior del reclusorio por lo general, existe un sentimiento de ausencia total de poder, aparece la sensación de control, dependencia, frustración, anonimato y deshumanización. El sujeto se interconecta con la sociedad a partir de las relaciones de poder que ejerce y que padece. Las relaciones de poder pueden ser familiares, sexuales, productivas; íntimamente enlazadas y desempeñando un papel de condicionante y condicionado. El poder tiene que ser analizado como algo que funciona en cadena. La relación de poder para Foucault no es más que una relación en el modo o la forma de acción de unos sobre otros, el poder entonces es una acción sobre las acciones de los otros. Para que la relación de poder se dé, es necesario que existan al menos dos individuos. “El poder es una relación en la cual unos guían y conducen las acciones de los otros, es decir que el poder no sólo reprime, sino también induce, seduce, facilita, amplia, dificulta, limita y prohíbe. En esta relación se puede llegar a usar la vio–32– lencia, pero, cuando es usada, la relación se encuentra en ella a su propio límite, deja de ser relación de poder para transformarse en coacción física” (García, 2002: 36-37). Al interior de las prisiones subsisten en los hechos dos poderes: a) un poder formal (institucional) representado por los directivos y personal y, b) un poder informal que no es más que la organización de los internos representado por los grupos de poder. El ejercicio del poder es analizado por Foucault desde la perspectiva de la disciplina que se ejerce sobre los cuerpos a través del control y la vigilancia. “El poder es una relación que requiere siempre un espacio en el que debe ubicarse, y en el cual debe ejercerse. Un espacio, un territorio determinado, una materialidad sobre la cual actuar; unos cuerpos sobre los cuales ejercer dominio y codificación. Este espacio requerido será un espacio cerrado con límites y fronteras que haga posible el ejercicio del poder en su interior: una colonia penitenciaria, que impida toda posibilidad de escape, la imposibilidad del libre tránsito y del ejercicio de la libertad” (García, 2002: 50). Foucault menciona que la disciplina es un mecanismo del poder, por el cual alcanzamos a controlar en el cuerpo social hasta los elementos más tenúes, por los que llegamos a tocar los propios átomos sociales, los individuos. Foucault establece que el poder disciplinario se ejerce sobre los cuerpos mediante las técnicas de vigilancia, las sanciones normalizadoras y el control permanente que ejercen las instituciones. Cuando surge la disciplina capitalista y sus tácticas panópticas como el encierro, la vigilancia, la fiscalización, el control de gestos, la discriminación, la imposición de hábitos y normas de conducta, se introduce la práctica de la domesticación de los individuos. La celda pasa a ser una solución ideal como técnica disciplinaria, ya que priva de la libertad a los individuos, los somete, los restringe. La vigilancia funciona como una forma de poder y disciplina múltiple, anónima y automática, circula en todo el cuerpo social. La vigilancia debe ser perpetua y con–33– sistente, tiene que sentirse como un acoso incesante y profundo que capte y juzgue la vida entera de los vigilados. Es de vital importancia que la vigilancia sea eficaz, incisiva y absoluta, para que en el momento determinado se convierta en autovigilancia de los propios individuos disciplinados. La disciplina presupone la existencia de un saber vigilado al poder. Control social La prisión en la sociedad se comprende como el lugar en donde se va ha ejecutar la pena privativa de la libertad, la función que tiene asignada es el ejercicio del poder que ejerce de manera particular el Estado. Por control social entendemos el conjunto de normas sociales, las autoridades, los poderes sociales que en diversos niveles influyen en la conducta humana y en sus aspectos externos. Todo instrumento de control social es un medio para influir en la conducta externa del hombre. El control social es centralizado por el Estado, poseedor de la exclusividad represiva en su totalidad, lo que se conoce como monopolio legítimo de la fuerza. El “Estado aparece como una relación social que se concreta en un aparato institucional existente por fuera y por encima de los ciudadanos comunes. Este aparato estatal tiene en el monopolio de la violencia su rasgo definitorio” (Ávalos, 2001: 22). El Estado es el único que puede servirse de la fuerza física legítima para imponer el orden y la conformidad, puede imponer una gama de sanciones, que van desde las pecuniarias hasta las de la privación de la libertad. Es por eso que en los centros penitenciarios se ejerce la violencia legítima, ya que se tiene la autoridad para poder dominar y someter a los individuos. La represión legítima es una acción dirigida a neutralizar a quien es socialmente peligroso. El representante por excelencia de este tipo de control lo constituye el Sistema de Justicia Penal. El control social se constituye por un conjunto de mecanismos, acciones reactivas y sanciones, que una colectividad –34– elabora y utiliza, ya sea con el fin de prevenir la desviación de un sujeto individual o colectivo respecto a una norma de comportamiento, para eliminar una desviación que ha ocurrido logrando que el sujeto vuelva a comportarse de conformidad con la norma, para impedir que la desviación se repita o se extienda a los demás. Aparece la cárcel como forma de control social para la corrección de los comportamientos anómicos que aquejan a la sociedad, su fin es reformar psicológica y moralmente a los sujetos, más que castigarlos ejemplarmente. Se impuso una política preventiva como forma de ortopedia social, y junto con la prisión aparecen otra serie de instituciones dedicadas al control y la vigilancia de los sujetos con el fin de impedir que cualquier acto se desvié de la norma, tales como la policía, las instituciones pedagógicas, psiquiatritas y médicas. La cárcel se convierte en una agencia de control social, en una de las instituciones del Estado. La prisión, como parte del control social, va dirigida hacia estatus sociales y grupos marginales que se consideran peligrosos al sostenimiento del modelo político y social existente. El Estado crea un conjunto de normas sociales que tienen como finalidad regular la conducta humana para que el individuo se desarrolle adecuadamente dentro de un grupo social determinado y obtener un buen comportamiento de sus miembros. Puede agruparse dentro de sistemas normativos como: normas jurídicas (derecho), normas religiosas, reglas de trato social, normas morales. Sin embargo, la amenaza de sanciones no siempre evita la conducta antinormativa, pero indudablemente es un factor al lado de otros que ejerce una presión sobre el comportamiento humano, no obstante que existen una serie de elementos que inducen a que el hombre se comporte de acuerdo con las leyes existentes en una sociedad. Una variante del control social establece una red de contención ante la conducta anómala, esta red posee una esencia jurídica, así, este tipo de control es ejercido sobre el grupo de sujetos que transgreden las normas de entidad legal, demos–35– trando, con sus acciones antijurídicas, la ineficacia de su socialización primaria. Dentro de las normas sociales, existen sanciones externas para los transgresores de dichas normas. La ley establece todo aquello que es útil para el poder social en su conjunto y sólo serán castigadas aquellas conductas definidas por la ley como reprimibles por ser nocivas a la sociedad. La falta marcada por la ley es un daño a toda la sociedad, siendo esta perjudicada de igual forma que la víctima. No se busca tanto la reparación del daño como impedir que se cometan males semejantes. Aún cuando una gran mayoría de los hombres se abstiene de violar las normas jurídicas, por las posibles consecuencias que ello trae consigo, siempre existen hombres que no se detienen ante la amenaza de la aplicación de la sanción y transgreden las reglas o normas establecidas. Las sanciones, como medio, nos llevan a controlar la conducta de los miembros del grupo social, formando así parte del sistema de control social. La prisión es también, por encima de todo, un imponente mecanismo de segregación. El suplicio ha dejado de ser una técnica para el sufrimiento del cuerpo, éste deja de ser el blanco de la represión penal, se convierte en algo oculto y sutil. Ahora la pena recae en el castigo convirtiéndose en la parte más oculta del proceso penal, lo cual lleva consigo algunas consecuencias. El castigo no desaparece, sólo se ha transformado, ha tomado como objeto principal la pérdida de un bien o un derecho, la libertad, aunque no es solamente la privación de la libertad, sino también cierto racionamiento alimenticio, una privación de la sexualidad, el uso del tiempo en el interior de la cárcel, la obligación de seguir ciertos gestos, actos, normas y el ordenamiento pautado de la vida cotidiana. La prisión continúa procurando sufrimiento de cualquier forma. La cárcel es la región más sombría en el aparato de justicia, es el lugar donde el poder de castigar, que no se atreve a actuar al descubierto, organiza silenciosamente un campo de objetividad donde el castigo podrá funcionar en pleno día como terapeuta, –36– e inscribirse la sentencia entre los discursos del saber. Para sobrevivir en prisión se tienen que adquirir los hábitos de la subcultura carcelaria, justo los hábitos que no sirven estando en libertad. Lo que tienen que aprender es a ser sumisos, no exigir, no protestar, no tener iniciativa, no elegir, no decidir. Al entrar a una cárcel, se puede observar un medio artificial, en el que deambulan individuos “extraños”, sujetos con semblante hostil, poco agradable, miradas que pueden ser de envidia, desconfianza, ironía, rencor o tristeza, “perdidos” van de aquí a allá, individuos que al sucumbir a la monotonía hacen de su modus vivendi una trágica e interminable agonía que los atormenta con el peso del remordimiento y la frustración. Las cárceles son lugares oscuros porque se vive en un mundo oculto para la sociedad, y también son ocultas al interior de ellas mismas, ya que las autoridades dicen desconocer cómo es la vida cotidiana de los internos al interior, debido a la falta de interés que se tiene por conocer y participar en la vida de los presos, ya que su trabajo es más de “vigilar y castigar”, que de reeducación, siendo la readaptación social el interés último. El interno es llevado a condiciones de vida que nada tienen que ver con las del adulto, se le priva de todo lo que usualmente hacía, o debe hacerlo en condiciones o con limitaciones que no conoce, fumar, ver televisión, asearse, comunicarse telefónicamente, leer, etcétera. Los individuos dentro de la cárcel son objeto de continuas vejaciones y son marcados por la violencia constante. En la lucha por sobrevivir pierden su conciencia individual, su iniciativa propia, su sentido de autorresponsabilidad, aceptan lo que se les impone sin mantener un mínimo de dignidad que los haga sentir humanos. La disciplina carcelaria es la base de la violencia sistemática en contra de los internos. El poder disciplinario del personal de custodia, en lugar de readaptar, tiene la función principal de “enderezar conductas”, se somete al interno al orden carcelario, los medios de coerción son el castigo, la negación de los beneficios de la libertad, la prohibición de visita, etcétera. To–37– do preso de nuevo ingreso, deberá adaptarse al orden establecido, un estado de cosas sustentado en la violencia organizada para “disciplinar hasta el más difícil”. Por lo que toca a los individuos socialmente más débiles, debe destacarse que son los más sometidos. La función de la disciplina resulta aniquilante para la personalidad del interno. En todos los grupos sociales existe y es parte de su cohesión cierta disciplina y dentro de la subcultura carcelaria no es la excepción. Dentro de la población, los internos están cargados de frecuente hostilidad contra el personal penitenciario, por una parte y como grupo, tiene sus propias normas, las cuales tienen que cumplir mientras dure su estancia en el reclusorio. Dentro del sistema penitenciario, el custodio cumple su rol como el principal promotor de la obediencia, y él mismo es objeto de la obediencia, ya que también debe de acatar ordenes, se trata de un poder múltiple, automático y jerarquizado, dado que su funcionamiento es resultado de un mecanismo de mando de arriba a abajo. Existen situaciones que generan la violencia entre los internos, conviene mencionar algunas de las causas: deficiencia en la alimentación, problemas sexuales mal resueltos, problema de trabajo, rigidez disciplinaria, falta de autoridad por parte de los empleados de prisión, mala planificación en los regímenes de tratamiento, personal mal seleccionado sin preparación, exceso de población, maltrato a internos, problemas jurídicos, falta de higiene, falta de atención medica, deficiencia administrativa, mala o nula clasificación, etcétera. Para poder contrarrestar la violencia en los reclusorios se autorizan las actividades deportivas, culturales y recreativas, defensas de los derechos humanos de los internos, terapia de farmacodependientes, servicios religiosos, visita íntima, visita familiar, trabajo, otorgamiento de beneficios de libertad anticipada, agilización de los procesos penales, entre otros. –38– Intimidación En el proceso de socialización y adaptación del individuo la intimidación en el reclusorio juega un papel importante, ya que la amenaza de un castigo es un medio eficaz para controlar a los infractores o para evitar que los que ya cometieron un delito vuelvan a hacerlo. La intimidación es el medio más importante para cumplir el fin de prevención general que se atribuye a la pena. El hombre en general trata de evitar las consecuencias desagradables de su conducta y la amenaza de un castigo puede ejercer en él un efecto intimidante. La principal característica de la intimidación es la amenaza de una pena que se ejerce sobre los individuos. Las normas penales cumplen en numerosos casos una función educadora, moralizante y para ciertas personas el castigo representa una forma imperante de reproche social. La amenaza de un castigo puede crear hábitos conforme a la ley y el derecho penal, además de ser un medio eficaz para conseguir que los miembros de una sociedad no cometan actos en contra de la ley o las normas establecidas por la sociedad. “Un individuo fuertemente socializado, al ser más sensible a los aspectos negativos de las consecuencias de sus actos, sentirá más intensamente la amenaza de otro menos socializado. La actitud de cualquier persona ante la amenaza dependerá en gran parte de los valores morales inculcados desde niño, los cuáles varían según las sociedades y los grupos” (Rico, 1984: 12-15). La intimidación en el reclusorio es uno de los principales métodos de control y juega un papel muy importante dentro del proceso de socialización y adaptación del individuo, se da por autoridades, trabajadores e internos que pertenecen a un grupo con “poder”, y es hasta cierto punto necesario para tener un control de los individuos dentro de la institución, con esto, de alguna manera se pueden evitar que algunos grupos organizados alteren el “orden” establecido en el interior del recinto. –39– El castigo La pena privativa de la libertad se convirtió oficialmente en la principal sanción penal a finales del siglo XVIII y principios del XIX, se adoptó, porque ésta permite poner en práctica los procedimientos de control político-disciplinario que la misma burguesía ya había impuesto en otros ámbitos de la vida social, tales como la escuela, la fábrica y el cuartel, es así como la prisión se convirtió oficialmente en la principal sanción penal. Han transcurrido poco más de dos siglos, desde que la pena privativa de la libertad se ha transformado en una penalidad per sé y, debido a una multiplicidad de factores, ha ganado consenso en casi todos los ordenamientos jurídico-penales del mundo. Los seres humanos son constantes agresores del orden jurídico establecido, y por eso junto al derecho constitutivo figura el Estado, como sancionador. La pena privativa de la libertad recluye al individuo en un establecimiento penal, sometiéndolo a un régimen especial de vida. Se considera al individuo privado de su libertad como una persona que la sociedad aísla, no con el afán de ejercer en él una venganza, sino de evitar que esa persona continúe lesionando los intereses sociales, y que el tiempo de reclusión le permita corregir su conducta y reintegrarse a la sociedad. Según las infracciones a las leyes o normas que se hubiesen cometido, se tiene que “pagar” con una retribución en tiempo como si fuera un intercambio mercantil entre tipo de delitotiempo de encierro para poder saldar la deuda social. Se castiga porque se ha delinquido. La pena es una cuestión de poder, es justa en sí, es necesaria, con independencia de la utilidad que de ella puede derivarse. La sanción es simplemente la consecuencia jurídica del delito. Según estas teorías, el fin de las penas es la retribución, la compensación del delito cometido. La pena es sólo parte de la totalidad de las consecuencias sociales que un delito pueda ocasionar. Cualquiera que haya estado recluido en prisión, conoce por experiencia propia los profundos daños que acarrea la obligada pérdida de la libertad. El primer acto violento es la separación –40– de su medio social, al introducirlo a un ambiente aislado de la sociedad y sometiéndolo a una serie de obligaciones y reglas no escritas de la vida penitenciaria, conviviendo con individuos con los que no ha tenido alguna relación y debe en su permanencia iniciar un proceso de socialización. Los efectos que la pena privativa de la libertad produce son consecuencias como la estigmatización que conduce a la discriminación, deterioro psicológico relacionado con el encierro, pérdida de la esperanza, ausencia de oportunidades laborales, en fin, la prisión genera muchos problemas al interno y especialmente cuando concluye su sentencia. Se enfrenta ante una pérdida de derechos legales, privilegios como ciudadano. Dicha pena provoca en algunos internos perturbaciones psicológicas que se manifiestan en diferentes maneras: agresividad, hipersensibilidad, insomnio, depresiones, psicosis, ansiedades. En determinadas etapas del proceso, dichas perturbaciones se incrementan sustancialmente, como la ansiedad cuando se aproxima la sentencia o la salida de la cárcel. Las condiciones en las que viven los prisioneros son contrarias a las que lleva en la vida cotidiana. Si se agrega a esto el régimen de malos tratos y el uso de la coerción por parte del personal, así como la represión de las necesidades humanas, se entenderán los resultados negativos que se generaran en su personalidad. Otra reacción común es la agresividad, sobre todo entre los internos de personalidad conflictiva. Principalmente se manifiesta con impulsos agresivos en contra de empleados o custodios, pero de manera preferente hacia los demás internos, lo que puede ser en forma verbal, insultos, indirectas, amenazas o golpes. Uno más de los efectos que conlleva la pérdida de la libertad es el de la capacidad productiva ante el prolongado desempleo forzado, si se toma en consideración que en los reclusorios existen escasas ofertas de empleo renumerado. Muchos internos se convierten automáticamente en una pesada carga económica para sus familiares, quienes les proveen de alimentos, objetos personales y dinero. El hombre privado de su –41– libertad se convierte automáticamente en dependiente, dado el ocio forzado imperante, la mujer asume un papel activo dentro de la relación matrimonial al responsabilizase del sostén del hogar y de los hijos, y muchas veces se ve obligada a buscar empleo, situación que le infiere mayor independencia. En consecuencia, mientras más tiempo permanezca el marido en prisión, mayor probabilidad existe que se disuelva la unidad conyugal, y por lo tanto la familia. Todo individuo que ha ingresado a una institución total es por ende un individuo estigmatizado para la sociedad. El “estigma” de la cárcel es una etiqueta que el interno, así como los familiares de éstos, cargan mientras un miembro de la familia está en prisión. El estigma que conlleva, al ser identificado como miembro del grupo de internos, categoriza a las personas por medio de la atribución de características, supuestas, propias del grupo al que queda adscrito y que en el caso de los internos sería el recibir la calificación de delincuentes, mal vivientes, que son características profundamente desacreditadoras que los hacen indignos de confianza. El estigma social, estar preso y expuesto a las miradas de la opinión pública, lesiona severamente el prestigio social. Estereotipados bajo este el estigma social de ser delincuentes, todos los que ingresan al reclusorio, son despojados de su individualidad y vida privada, sujetos a las reglas no escritas de una institución. Las consecuencias en la vida del individuo que ha sido encarcelado afectarán a éste de acuerdo a su estructura social primaria. Conclusiones La prisión es un mundo y lo que interesa conocer es cómo se desenvuelve la persona en éste, cuales son sus relaciones, la manera en que reacciona ante él y la forma en que se ve inmerso. Se le imponen al individuo de golpe ciertas formas de convivencia, debe aceptar leyes, normas, reglas y patrones de –42– acciones sociales ya establecidas que son diferentes a los que lleva en su vida cotidiana y son asignadas de manera coercitiva, las debe de aceptar tal como son y se debe de adaptar progresivamente, para así poder sobrellevar su estancia. No tiene vías de escape, sólo le queda adaptarse y socializar con las distintas personalidades que existen en la subcultura carcelaria. No es casual que a lo largo de la investigación se hagan referencias indistintas y alternativas a las medidas que el sistema penitenciario imprime sobre el entorno del interno. Es inevitable reconocer que cada medida de control que esta institución total impone a los internos se refleja sobre procesados, así como en su entorno afectivo, esto es entendido como una verdadera práctica pensada y fundamentada de control social estatal sobre todos ellos, tendiente a preservar cierto diseño estructural de las relaciones entre el poder y los individuos; una herramienta incuestionable de control-castigo, cuya “buena salud institucional” se debe al hecho de que representa un recurso coercitivo frente al grupo social de marginados del aparato político, social y económico. La cárcel ha resultado esencial para mantener la escala vertical de la sociedad, participando en la producción y mantenimiento de la desigualdad social, de una subordinación a la disciplina y a un control total del individuo. Es evidente que la prisión no dejará de ser un lugar privilegiado de control social. El estudio de la subcultura carcelaria se convierte en un tópico obligatorio de análisis para el sociólogo que investiga parte de la sociedad, ayudando a comprender de una manera particular el proceso de socialización y adaptación del interno, y por lo tanto facilitando el progreso en la consecución de programas que ayuden a introducir cambios significativos dentro del contexto carcelario haciendo de este un lugar más apacible, humano y justo para cada una de las personas que lo integran. La cárcel encierra una paradoja: formar hombres libres en cautiverio, esto es, calificar para la libertad en un medio ajeno a la libertad. –43– Bibliografía ÁVALOS TENORIO, Gerardo y María Dolores Paris (coords.), Política y Estado en el pensamiento moderno, México, Universidad Autónoma Metropolitana, Xochimilco, 2001. BERNOUX, Philippe, La sociología de la organización, Francia, Ed. Points, 1985. BERGER, Peter y Thomas Luckmann, La construcción social de la realidad, Argentina, Amorrortu, 2001. GARCÍA CANAL, María Inés, Foucault y el poder, México, Universidad Autónoma Metropolitana, Xochimilco, 2002. FOUCAULT, Michel, Historia de la sexualidad. La inquietud del sí, México, vol. 3, siglo XXI, 1980. GOFFMAN, Erving, Estigma. La identidad deteriorada, Argentina, Amorrortu, 2001. PRATT FAIRCHILD, Henry (ed.) Diccionario de sociología, México, Fondo de Cultura Económica, 1997. RICO, José M., Las sanciones penales y la política criminológica contemporánea, México, Siglo XXI, 1984. WEBER, Max, Economía y sociedad, México, Fondo de Cultura Económica, 1998. –44– Privatización del trabajo penitenciario ¿una nueva forma de penalidad? Raúl Adrián Montesinos Camarillo Introducción El objetivo del presente trabajo es el de mostrar las condiciones del trabajo en las organizaciones encargadas de la readaptación social en el Distrito Federal (DF), a partir de un estudio de caso llevado a cabo en la penitenciaria de Santa Martha Acatitla del DF, (PSA), de la Dirección General de Reclusorios, (DGR), Institución dependiente del Estado, que, como principal objetivo y razón de ser, tiene a su cargo la rehabilitación y readaptación social de los individuos que en ella se encuentran, –sobre la base de tres aspectos fundamentales: trabajo, capacitación para el mismo y educación. Aquí se considera el trabajo como estrategia para la rehabilitación y readaptación social de los individuos, ya que, desde el enfoque de los estudios organizacionales, juega un papel fundamental para conocer las condiciones contextuales y procesales que presenta el trabajo en la PSA y así resaltar la problemática especifica que se detecta en dicha organización. Aunque existe una infinidad de problemas dentro de la PSA, solamente se abordara lo relativo al aspecto del trabajo específicamente. Se parte de la consideración de las siguientes interrogantes acerca de la cuestión laboral en las instituciones penitenciarias: ¿la cuestión laboral puede repercutir en el comportamiento y acti–45– tud de los internos?, ¿en caso de repercutir, en que forma se observa?, ¿cómo puede influir el trabajo, sólo en el aspecto individual, de grupo, organizacional y social o en todos en su conjunto? Esto como consecuencia de las demandas de la sociedad y del mismo entorno de modernización institucional, el cual exige como resultado la obtención de la eficiencia organizacional, que se requiere actualmente para seguir existiendo. Este trabajo toma en cuenta la actividad laboral como una estrategia fundamental para el buen funcionamiento y eficacia de esta organización, la cárcel, (estrategia en el sentido de brindar una actividad laboral, que evite el tiempo de ocio, este tiempo es utilizado en la gran mayoría de las veces para reproducir aún más su conducta criminal; contaminando con dicha actitud a los demás internos) ya que, como podemos observar la cuestión correspondiente al ámbito jurídico representado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (CPEUM) en el Título primero, Capítulo I, llamado De las garantías individuales. El artículo 18 es el que determina que “Los Gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del delincuente” (IFE, 2003: 12). Lo anterior resalta la importancia de tomar en consideración una aproximación al conocimiento de la realidad local, al tomar como objeto de estudio a la PSA, con la finalidad de que dicho estudio no sea estéril a la realidad nacional, en otras palabras, que tenga vigencia y validez actualmente en nuestro país. Pues el trabajo debe ser una de las bases para la readaptación social del individuo, pero la realidad nos indica que dicho aspecto no es considerado como fundamental para el cumplimiento de los fines de la institución penitenciaria. En un primer momento, se identifica la importancia y naturaleza del trabajo. La finalidad es poder demostrar desde un enfoque histórico que es esencial dicho concepto por las grandes ventajas que éste conlleva si es utilizado adecuadamente. –46– Posteriormente, se deja clara la postura de que la privatización del trabajo (y de los reclusorios) es algo que no debe permitirse de ninguna manera, pues, la tutela de éste debe continuar y mejorarse por parte del gobierno. Finalmente, se expone el trabajo penitenciario como un problema organizacional debido a la complejidad de su estructura, pero que requiere la atención por parte de los estudios organizacionales y además se hace notar la urgencia de la búsqueda de alternativas para la reorganización del mismo. Importancia y naturaleza del trabajo Antes de comenzar y adentrarnos en la importancia del trabajo en la organización penitenciaria es necesario establecer la naturaleza histórica del mismo, como una forma de explicar su funcionalidad. En primer lugar, el trabajo es la condición básica y fundamental de toda la vida humana, hasta cierto punto, se debe decir que el trabajo ha creado al propio hombre. Recordemos la obra escrita por Engels (2001), donde nos indica que una raza de monos antropomorfos extraordinariamente desarrollada (en visión de Darwin, antepasados nuestros) empezó a desarrollar funciones distintas a las de su comportamiento normal, como consecuencia de una búsqueda de subsistencia a través del trabajo, comenzando a utilizar la mano1 como un instrumento para obtener recursos para sobrevivir, tiempo después la mano era libre y podía adquirir ahora cada vez más destreza y habilidad; y esta mayor flexibilidad adquirida se transmitió por herencia y se incremento de generación en generación. Así los hombres en formación llegaron a un Específicamente se ve la mano no sólo como el órgano del trabajo; sino como producto de él. Ya que, únicamente por el trabajo, por la adaptación a nuevas funciones, por la transmisión hereditaria del perfeccionamiento especial así adquirido por los músculos, los ligamentos y, en un periodo más largo, también por los huesos, y por la aplicación siempre renovada de estas habilidades heredadas a funciones nuevas y cada vez más complejas, ha sido como la mano del hombre ha alcanzado ese grado de perfección. 1 –47– punto en que tuvieron la necesidad de decirse algo los unos a los otros. Esta necesidad creó el órgano: la laringe poco desarrollada del mono se fue transformando, lenta pero firmemente, mediante modulaciones que producían a su vez modulaciones más perfectas, mientras los órganos de la boca aprendían a pronunciar un sonido articulado tras otro.2 En segundo lugar, el trabajo y con él la palabra articulada, fueron los dos estímulos principales bajo cuya influencia el cerebro del mono se fue transformando gradualmente en cerebro humano, que, a pesar de toda su similitud, lo supera considerablemente en tamaño y en perfección. A medida que se desarrollaba el cerebro, también se desarrollaron los instrumentos más inmediatos; los órganos de los sentidos. Así el trabajo comienza específicamente con la elaboración de instrumentos (tanto de caza, como de pesca), entonces gracias a la cooperación de la mano, de los órganos del lenguaje y del cerebro, no sólo en cada individuo, sino también en la sociedad, los hombres fueron aprendiendo a ejecutar operaciones cada vez más complicadas, a plantearse y a alcanzar objetivos cada vez más elevados. Así el trabajo mismo se diversificaba y perfeccionaba de generación en generación extendiéndose cada vez a nuevas actividades para transformar la naturaleza. Siendo de esta manera la aparición del trabajo como una relación permanente, eterna mientras exista el hombre3. El concepto mismo del trabajo es de por sí un asunto crucial de nuestras sociedades industriales o post-industriales, puesto que configura una de sus dimensiones esenciales y uno 2 Así es como se afirma que esta explicación del origen del lenguaje a partir del trabajo. 3 Para una mayor profundización véase a Gómez M., “La mediación del trabajo”, Relaciones núm. 6, UAM-X, 1989. En su explicación del modo de mediación del trabajo, cuya importancia radica en la presentación que hace el autor de sus diversas fases; donde la primera trata de la ausencia de mediación entre el hombre y la naturaleza. La segunda es el instrumento del trabajo como mediación y por último, la mediación como la aplicación directa de los procesos apropiados de la naturaleza. –48– de sus fundamentos. Aunque no hace desde mucho tiempo (escasamente dos siglos), las sociedades se basan en el trabajo, queriendo decir con esto, que en dichas sociedades el trabajo es reconocido como tal, es decir, remunerado, se ha convertido en el principal medio para costear la subsistencia individual, pero también se ha constituido en una relación social de carácter fundamental. Lo que Marx llamo el protagonismo del trabajo. Dicho protagonismo se produce en torno a las diversas formas de entender y percibir el concepto de trabajo, pues la importancia y esencia del trabajo, en términos de Hegel, manejada como una categoría antropológica, como una invariante de la naturaleza humana, que propicia la realización personal del hombre, por lo tanto, en esta forma de entender al trabajo se expresaría la condición del hombre como creador de valores y también su condición de ser social. Tomando en consideración a Bartolí (1986) el trabajo se puede analizar desde dos puntos de vista fundamentales: 1) El trabajo como categoría antropológica: aquí el trabajo es la actividad fundamental del ser humano, que en su conjunto añade valor al mundo y a su propia existencia, que espiritualiza la naturaleza y permite profundizar las relaciones con sus semejantes. El trabajo es para el ser humano un medio necesario de su realización personal; el mundo en el que se encuentra inserto es para el hombre un mundo de tareas en el que ha de obrar (…) mediante el trabajo y la obra resultante, el espíritu se destaca de las cosas, se emancipa de la esclavitud del contexto y emerge sobre el mundo. La naturaleza queda entonces liberada, lo que venía dado deja de serlo, el hombre se siente libre y se encamina hacia su coherencia. (Bartolí, 1986: 12) Esta concepción de trabajo es la que lo considera como la más alta expresión de la libertad creadora del hombre. 2) El trabajo como vínculo social: en esta consideración el trabajo es el encargado de propiciar la integración social y constituye una de las formas principales del vínculo social. Estableciéndose el trabajo como factor de integración no solo –49– por ser una norma, sino también por ser una de las modalidades del aprendizaje de la vida en sociedad. De acuerdo a esta forma de percibir el papel del trabajo, Bidet (1990) opina: La importancia del trabajo, es que, nos permite acceder a los demás, a nosotros mismos y a lo norma social. Engloba, por tanto, la dimensión de sociabilidad que se produce en las oficinas, en las ventanillas o en los talleres, una sociabilidad tranquila, de equipo, distinta de las relaciones jerárquicas y de las relaciones privadas. La noción de vínculo social se basa, por tanto en la de reciprocidad, contrato social o utilidad social: mientras aporto mi contribución a la sociedad, desarrollo mi sentimiento de pertenencia, quedo ligado a ella, porque la necesito y le soy útil (Bidet, 1990: 21) Se puede observar que dicho autor caracteriza al trabajo, fundamentalmente, por la relación con los demás y la idea de utilidad social, esto esencialmente por la forma de pensar que se tenía de que el trabajo requiere el uso conjunto de los bienes; debido a que la propiedad a la que da lugar sólo es legítima en la medida en que sea comunicativa, esto es, que se disfrute en y para la comunidad. De alguna manera, este tipo de pensamiento lo ubicamos en una corriente humanista, que tiene que ver con toda una serie de estudios como los realizados por Friedmann (1976) y Naville (1984), donde el trabajo en la empresa se concibe como el lugar más propicio para una autentica socialización y para la formación de las identidades individual y colectiva. La importancia de estos estudios es enfocar al trabajo como indica Naville (Ibíd. 68): como una obra colectiva, como una mediación principal, el auténtico medio de comunicación entre los individuos. En esta misma dirección, Naville (Ibíd., 27), menciona que el trabajo es una categoría radicalmente histórica, creada en respuesta a necesidades de una época determinada. Esto significa que las funciones que hoy desempeña el trabajo en la sociedad actual, en otras épocas, las cumplían otros medios, otros sistemas como se muestra a continuación: –50– Cuadro 1 Funciones del trabajo Trabajo en las sociedades Pre-económicas Este tipo de trabajo presenta tres características: • Se lleva a cabo para ser visto por los demás, como una forma de juego social (participación), para competir con los demás. • Ni la satisfacción de las necesidades, ni el ánimo de acopio son primordiales. En este aspecto “se solía producir, con gran esmero, mucho más de lo que se necesita, pero nunca con fines de atesoramiento”. En este tipo de sociedades el trabajo se regía por lógicas sagradas y sociales. Trabajo en las sociedades no industrializadas Aquí el trabajo se presenta como una categoría homogénea, es algo que se sabe por intuición. Tomada en cuenta como categoría se le asocian las siguientes nociones: • Esfuerzo físico. • Satisfacción de necesidades. • Producción-transformación. • Intercambio. La importancia de este punto de vista es que indica que es imposible encontrar entre muchas sociedades analizadas, un significado idéntico del término de trabajo. Además de que muchas carecen incluso de una palabra especifica que sirva para distinguir las actividades productivas. Fuente: elaborado por el autor con base en Sahlins (1994). Retrocedamos un poco en la historia, en lo que respecta a la llamada invención del trabajo, se debe remontar específicamente hasta el año de 1776, año de la publicación de las Investigaciones sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones de Adam Smith, ya que, para lograr conseguir escribir dicho libro Smith comienza con un estudio del trabajo, donde explica que: La riqueza de una nación depende exclusivamente de dos factores: la destreza del trabajo y la proporción entre el número de trabajadores útiles e inútiles (Smith, 1984: 26). En los resultados de las investigaciones llevadas a cabo por Smith, identifica la facultad de que dispone el trabajo humano, adecuadamente organizado, para crear valor de manera exponencial. De acuerdo a esta perspectiva, se con–51– cibe el trabajo como instrumental/utilitarista: es la fuerza humana y/o mecánica que permite crear valor. En esta investigación entonces se puede clasificar al trabajo como un instrumento de cálculo y medida, como un instrumento cuya cualidad esencial es permitir el intercambio. Son, por lo tanto, los economistas los que profundizan e investigan en primer lugar el concepto de trabajo. Es así como para Smith el trabajo es, ante todo, creador de riqueza, o en otras palabras más modernas, factor de producción: de aquí que de esta definición se establezca la clasificación de trabajo productivo4 e improductivo5. Posteriormente, una de las formas que fue adoptando la definición de trabajo, es la que consideró como la más alta manifestación de la libertad del individuo y como la parte de la actividad humana que puede ser objeto de intercambio mercantil. El trabajo se convierte en el símbolo de la autonomía individual al permitir al individuo, con el simple ejercicio de sus facultades, satisfacer sus necesidades y negociar libremente la ubicación en sociedad que dichas facultades le confieren. (Gómez, 1989). La idea de trabajo como manifestación de la libertad individual la específica Locke de la manera siguiente: “Aquí el hombre es el dueño de su cuerpo y tiene el deber de conservarlo en su integridad, deber del que se deduce el derecho a la propiedad por cuanto ésta es condición ineludible para la protección y conservación de la integridad física: Así el individuo adquiere, pues en virtud del mero ejercicio de las facultades de su cuerpo una serie de derechos que no precisan fundarse ya en otras leyes. Dicho ejercicio es el trabajo. Es, por tanto, el Trabajo productivo, es aquí considerado como aquel que crea valor, debiendo perdurar éste en las cosas. 5 Trabajo Improductivo, este tipo esta caracterizado por el trabajo de los sirvientes, pero también del soberano, de los actores, de los músicos. Pero más tarde Malthus propone que se dejen de llamar “trabajo” a las actividades improductivas, para denominarlas servicios. Así el vocablo “trabajo” se reservó específicamente para designar al trabajo “real”, al productivo, al material al que tiene una base cierta para el intercambio. 4 –52– nombre de la actividad humana cuyo ejercicio autónomo permite a todo individuo conservar la vida” (Locke, 1979: 75). Dando continuidad al argumento anterior se establece la idea de que el trabajo en sociedad permite al individuo negociar con sus talentos y vivir, como más tarde lo diría Marx (1987), con su fuerza de trabajo en el bolsillo. En el trabajo como esencia del hombre, se puede ver como objetivo precaverse contra la escasez, relacionándose con el concepto acuñado por Hegel de homo faber; que identifica la expresión trabajo, a toda la actividad humana que facilita la expresión del que la ejerce, expresión para él y para los demás de su individualidad, expresión tanto de su singularidad como de su pertenencia al género humano. En este sentido Marx (Ibíd., 84) expresa lo siguiente: En mi producción, estaría realizando mi individualidad, mi especificidad; trabajando disfrutaría sintiendo la manifestación individual de mi vida; En tu disfrute o tu uso de mi producto, sentiría la alegría espiritual de estar satisfaciendo con mi trabajo la necesidad humana de realizar la naturaleza humana y de proporcionar a la necesidad del otro el objeto de su satisfacción. Tendría conciencia de estar mediando entre ti y el género humano, de estar siendo reconocido por ti como un complemento de tu propio ser y como una parte necesaria de ti mismo. Tendría en mis manifestaciones individuales de satisfacción, reafirmando la sociabilidad humana. Por lo anterior la concepción del trabajo está, por tanto, en el centro de tres relaciones: ¾ ¾ ¾ La del individuo con la naturaleza. La del individuo consigo mismo y; La del individuo con los demás. –53– El ideal que se manifiesta en toda la obra de Marx (Ibíd.) es el de un trabajo que propicia la consecución de la plenitud de la persona. También Saint-Simon (1982) define al trabajo en un contexto más general de utilidad social y de lucha contra la ociosidad opinión de la cual se desprende la siguiente aseveración: El hombre más dichoso es el que trabaja. La familia más dichosa es aquella cuyos miembros emplean útilmente su tiempo. La nación más dichosa es aquella que menos desocupados tiene. La humanidad gozaría de toda la dicha a la que puede pretender si no hubiera ociosos. Desde entonces el trabajo se percibe como contribución al progreso de la humanidad y con el fundamento del vínculo social. Puesto que el trabajo encauza la contribución individual al progreso de la sociedad, finalmente, también es concebido como fuente del desenvolvimiento y del equilibrio de la persona (Simon, 1982: 94) Después de explicar dicho concepto, el trabajo se ha convertido en la condición necesaria para la subsistencia, la reproducción debe organizarse de modo que se eviten despilfarros y que todos puedan acceder a un ingreso. Finalmente, el concepto de trabajo con todas sus implicaciones se considera como el vínculo social y de integración, porque constituye el soporte cotidiano de la vida en sociedad. (Naville: 1984); lo anterior se identifica en 4 aspectos que son en los que se fundamenta este trabajo: • El trabajo permite el aprendizaje de la vida social y la constitución de las identidades (nos enseña las obligaciones propias de la vida en común). • Es la medida de los intercambios sociales(es la norma social y el principio básico del mecanismo de contribución/retribución sobre el que descansa el vinculo social). • Permite a todo el mundo tener una utilidad social (cada uno contribuye a la vida social adecuando sus capacidades a las necesidades sociales). • Es un ámbito de encuentros y de cooperación diferente de los ámbitos no públicos como la familia o la pareja. –54– Reclusión y trabajo ¿el doble pago del crimen? El aspecto del trabajo es de lo poco que se trata hoy en prisión. Debido al bajo nivel de ocupación laboral que caracteriza a los establecimientos penitenciarios. Donde el término de los internos integran el llamado “colectivo trabajador” aunque la mayoría de las veces solo es en palabra y no en acción. De lo anterior surge la necesidad de reconocer el derecho de los presos al trabajo. Destacando la centralidad en todo régimen penitenciario de una actividad laboral bien ordenada. Ya desde orígenes próximos de la pena privativa de la libertad aparece la imposición del trabajo como una constante de relevancia singular en la evolución de esta pena. Así el trabajo aparece como eje central de las primeras instituciones de corrección como son: Las Houses of Correction Inglesas (1576) y las Tuchthuisen Holandesas (1596)6. En el nacimiento de la pena privativa de libertad, en el Siglo XVIII, tras el triunfo de las revoluciones liberales, la imposición del trabajo ostenta un puesto de primer orden; entre las razones que dan cuenta del nacimiento histórico de la privación de libertad como pena, destacan, junto a las político-criminales y las penológicas, las económicas o político-económicas, provenientes de la importante función pretendidamente derivada de la privación de libertad, control de los salarios en momentos de escasez de fuerza de trabajo en el mercado y reabsorción del desempleo en épocas de exceso de mano de obra no ocupada, aspectos en los que la imposición o no del trabajo, alcanzó gran trascendencia. Funcionando la privación de la libertad como un “Gran Invento Social”7, posibilitó la adecuada cuantificación del tiempo de privación de libertad a efectos de la acomodación de la pena al daño producido por el delito, algo elemental en una soVéase Mássimo Pavarini, Control y dominación: teorías criminológicas burguesas, Ed. Siglo XXI,1983 7 Véase Pérez Toledo, Trabajo, ocio y coacción, México, UAM-I/Porrúa, 2001. 6 –55– ciedad que se basaba en la equivalencia de los intercambios y siguió apareciendo como el mejor instrumento de producción (“Atípica”) de individuos “reformados”, útiles al sistema, aspecto decisivo en la construcción de la evidencia de la prisión. En la actualidad y pese a los resultados provenientes de la realidad, la doctrina continúa considerando decisivo, central, el valor del trabajo en prisión. Ya que debe ser considerado como terapia laboral para lograr un pronóstico favorable, estaremos ante un tratamiento basado en el trabajo, pero no siempre el desarrollo de la actividad laboral penitenciaria constituirá una actividad de tratamiento, por el sentido de utilidad que proporciona al individuo, lo que ayuda en la autoestima del interno. Por lo que no ha de despreciarse las consecuencias que el propio ejercicio y desarrollo de una actividad laboral de las características adecuadas ha de producir en la propia estructura y organización del sistema carcelario: • En primer lugar, un ejercicio de los derechos laborales de los internos. • En segundo lugar, una menor rigurosidad y mayor flexibilidad en su readaptación. • En tercer lugar, una participación seria y efectiva de los internos (debido a la responsabilidad que le sea asignada). El trabajo realizado dentro de las prisiones no debe ser de ninguna manera degradante, ni con fines de lucro, pues esto constituiría a cambiar el valor que posee. Enseguida se presentan los rasgos específicos que debe tener el Trabajo Penitenciario como resocializador, pues debe de tomar en cuenta los imperativos como son: el control, la seguridad, la custodia, la clasificación de los internos y la duración de las condenas. Pero también debe considerar las siguientes cuestiones: la utilidad, la productividad, la remuneración, la especialización y la actualidad. Para finalmente considerarlo como disciplina terapéutica y resocializadora y no como obligatorio, ni represivo, ni aflictivo y/o utilitario. –56– Se debe tomar en cuenta que el trabajo no siempre es un medio de tratamiento8, sino tan solo cuando así se desprende del examen y diagnostico del interno. Siendo así el trabajo como tratamiento no como una obligación, sino como un derecho del interno. El trabajo en prisión se puede considerar como algo intermedio entre el trabajo obligatorio (comúnmente rechazado) y el del resto de los ciudadanos, constituyéndose incluso en barrera fundamental desde el punto de vista jurídico para la construcción de un trabajo penitenciario plenamente asimilado al trabajo general. También el trabajo penitenciario9 es un derecho que demanda dos aspectos: ª La obligación de crear la organización adecuada en la medida necesaria para proporcionar a todos los internos un puesto de trabajo. ª Aplicación progresiva y el derecho de los penados a una actividad laboral retribuida o puesto de trabajo dentro de las posibilidades de la organización penitenciaria existente. Estas dos cuestiones no son consideradas actualmente, y que son de manera particular las prioridades a tratar en el sistema penitenciario. Por lo que podemos decir que los grandes aspectos olvidados por la legislación penitenciaria en vigor Pues solamente tiene esta denominación cuando se necesita elevar la autoestima o minimizar los pensamientos criminales, proporcionando al interno una actividad que lo haga sentirse útil y lo mantenga ocupado. Específicamente es el caso de los reclusos que presentan tendencias suicidas o aquellos con otra patología criminal. 9 Al trabajo penitenciario, podemos decir que es un elemento del tratamiento para lograr la readaptación social del sentenciado, sin embargo en la realidad no hay industrias que estén dispuestas a apoyar en esta tarea, la mayoría de la población se dedica a las artesanías, la familia apoya llevándoles la materia prima, y a la misma familia se le permite sacar el producto para su venta, al trabajo se le reconoce el mérito de combatir el ocio, de ser un instrumento para que el sentenciado combata el aburrimiento físico y mental; y sobre todo para hacerlo sentir de alguna manera útil. 8 –57– son, en todo caso, los relacionados con aspectos concernientes al trabajo. Enmarcado en cuestiones legales se establece una de las principales funciones de la prisión que es promover y evitar la desadaptación más grave en el interno razón de la aparición del tratamiento. Por lo que se hace necesario que exista un genuino régimen de capacitación para el trabajo, esto es, que se prepare al encarcelado para la competencia en la sociedad libre, donde han prosperado avanzadas tecnologías que exigen del trabajador un alto grado de preparación; que se haya beneficiado de relaciones con el mundo libre, información, participación, para que no se convierta en un extraño absoluto. Es por esto que la Prisión debe abrir el espacio para que el excarcelado encuentre, pronto y bien, lo que necesita con más apremio: Trabajo. A continuación se aborda el trabajo penitenciario como autorregulador, en el sentido de dar prioridades y una serie de normas y conductas que debe seguir cualquier interno que lleve a cabo una actividad laboral. Trabajo penitenciario como autoregulador Esta regulación inicia en 1930 con las Reglas Mínimas par el Tratamiento de los Reclusos (RMTR), en el Congreso de Praga: • Convenios 29 y 105 de la OIT (trabajo penitenciario) • ONU (Ginebra, 1955) • Consejo de Europa (Estrasburgo, 1973) En 1900 en el congreso de Bruselas empiezan a introducir parámetros para una mayor regulación del trabajo realizado por los internos, pero es, especialmente, en la reunión de la comisión internacional penal y penitenciaria en Berna el 1ro de julio de 1926, donde se empiezan a formular algunas propuestas, ya para 1930 estas RMTR, son presentadas al congreso de Praga, para ser aprobadas en 1935 en la reunión de Baden–58– Baden. Pero fue hasta el 6 de Agosto de 1949 que la ONU emprendió una revisión de dichas reglas, esta revisión la llevo acabo la Comisión Internacional Penal y Penitenciaria en 1951. Nuevamente se empiezan a considerar algunas reformas a dichas reglas en el primer congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente realizado en Ginebra del 23 de agosto al 2 de septiembre de 1955 (De la Cuesta, 1982). En 1962, el Consejo de Europa acordó, el 1o. de febrero, la resolución sobre derechos electorales, civiles y sociales de los reclusos, enfatizándose las RMTR. Principalmente de la regla 9-13 que destacan para el trabajo penitenciario lo siguiente: Art. 9.-Establecer para el trabajo penitenciario una regulación basada sobre su carácter obligatorio para los condenados. Art.10.-Hablaba de las cualidades instructivas, adaptación a la vida exterior y adecuación a las capacidades físicas intelectuales y a la anterior profesión del interno, destacando especialmente en el caso de los jóvenes, su condición de medio educativo y dirigido al aprendizaje de un oficio. Art. 11.- Postulaba una organización articulada sobre el modelo de las explotaciones libres, con aplicación de las medidas necesarias para la protección de la vida y salud de los trabajadores. Art. 12.- Estableciendo la necesidad de fijación de un horario de trabajo que pudiera variar conforme a la categoría de los reclusos. Art. 13.- Recomendando la remuneración del trabajo realizado. El 18 de septiembre de 1975 el Consejo de Europa recomendó a sus Estados miembros que: 1) Acordaran un estatuto definido y una prioridad determinada al trabajo penitenciario. 2) Destacaran los recursos necesarios para poner en marcha programas de trabajo conforme a las necesidades de las instituciones. –59– 3) Utilizaran planamente a este fin, sistemas de gestión, técnicas y métodos de producción adecuados y modernos. 4) Adaptaran condiciones de trabajo, sus modalidades y su remuneración, en la medida de lo posible y habida cuenta de la naturaleza propia del trabajo penitenciario, a las normas del exterior. 5) Tomaran en cuenta la importancia del trabajo y de sus implicaciones para la gestión a todos los niveles en el reclutamiento y en la formación del personal. 6) Coordinaran los sistemas de distribución de la mano de obra con los demás aspectos de la gestión de los regimenes penitenciarios. Invitando a los gobiernos a informar cada cinco años al secretario del Consejo de Europa de las actividades realizadas en la ejecución de esta resolución. Ya desde estos años se empieza a ver claramente la ausencia del valor vinculante en el campo jurídico principalmente, ya que las Reglas mínimas no fueron consideradas formalmente instrumentos jurídicos internacionales, vinculados para los ordenamientos de los países que las acepten. Esta falta de fuerza vinculante en el campo internacional, en parte, se debió a la resistencia de los gobiernos, y que junto con otra serie de obstáculos jurídicos, administrativos y financieros, han llevado a una falta de aplicación real de estas reglas. Se puede destacar que del examen articulado de las reglas mínimas cabe deducir cuatro principios básicos que resumen la concepción de que el trabajo penitenciario tiene este cuerpo normativo: Primero, debe tender a la resocialización del recluso: se dice que el trabajo penitenciario ha de dirigirse a la resocialización del recluso, ya que tenderá a reducir las diferencias que puedan existir entre la vida en prisión y la vida libre en cuanto éstas contribuyan a debilitar el sentido de responsabilidad del recluso o el respeto a la dignidad de su persona. Ya que el trabajo que la administración ha de suministrar deberá contribuir por su naturaleza a aumentar la capacidad del recluso para ganar –60– honradamente su vida después de su liberación. Esto a la par de proporcionar al interno una formación profesional, una posibilidad de elección de su trabajo y una regulación de los aspectos organizativos, sistemas y condiciones de trabajo. Segundo, ha de organizarse de manera similar al trabajo llevado a cabo fuera de las prisiones: por lo tanto, el trabajo penitenciario debe organizarse sobre bases similares a las del trabajo libre, es decir su organización sobre las mismas bases económicas, tecno-productivas y jurídicas que el trabajo libre. A fin de preparar a los reclusos para las condiciones normales del trabajo libre. Tercero, constituye un derecho del interno: este derecho de los internos al trabajo no se limita al simple hecho de trabajar, sino que se extiende también a la elección del tipo de trabajo, dentro de los límites compatibles con una selección profesional racional y con las exigencias de la administración y disciplinas carcelarias. Cuarto, ha de tener carácter formativo: el trabajo ha de tener carácter formativo, debido la necesidad de que el trabajo en prisión tenga este carácter. Está enfocado a procurar la adquisición o mejora por el interno de una serie de capacidades laborales. Además de propugnar la organización del trabajo, la organización de enseñanzas de formación profesional en algún oficio útil para los reclusos que estén en condiciones de aprovecharla, particularmente a los jóvenes. Un punto importante a resaltar, junto con la cuestión del trabajo penitenciario, es la definición del tipo de sistema de trabajo en la organización carcelaria. Esto tiene que ver principalmente con el interés de los reclusos y de su formación profesional no deberá quedar subordinado al deseo de lograr beneficios pecuniarios de una industria penitenciaria. La cuestión de la organización general del trabajo apunta directamente al tema de los sistemas a emplear enfocado a una adecuada ordenación laboral carcelaria. Cabe destacar las formas en que se puede potencializar dicho trabajo: –61– Cuadro 2 Cuatro formas de administración del trabajo penitenciario Administración por empresa privada única Administración por empresas privadas múltiples Administración por la dirección del centro penitenciario Administración por la dirección general de los centros penitenciarios de la entidad federativa Fuente: elaboración del autor con base en García (1989) REGLA 73 de la ONU dice: “las industrias y las granjas penitenciarias deberán preferentemente ser dirigidos por la administración y no por contratistas privados”. El trabajo de los reclusos deberá ser asegurado por la misma administración en sus propios talleres o instalaciones o llegado el caso, con el concurso de empresarios privados. Trabajo penitenciario como pena agregada a la principal de prisión: la problemática de los sistemas privados. ¿Realmente los reclusos empleados por empresarios privados estarán siempre bajo la supervisión de la administración penitenciaria? ¿Las personas para las cuales se efectué el trabajo pagaran el Salario Normal exigible por el mismo, teniendo siempre en cuenta, sin embargo, el rendimiento del recluso? La admisión de los sistemas privados para el logro de una mejor organización laboral penitenciaria, está en tela de juicio, debido a que se presentan recelos de la competencia lícitaformal, pues se deja entrever que se presentara un mayor grado de explotación del interno, mediante la participación de empresas del mercado libre, pues se considera que cualquiera de los sistemas actualmente en vigor pueden conducir, mediante una regulación adecuada, a una organización laboral eficiente y acorde con las exigencias de la finalidad resocializadora. Por lo anterior, un sistema Works-release (trabajadores –62– libres) con el trabajo impuesto no debe llevarse a efecto en beneficios de empresarios privados, por lo que han de rechazarse la legitimidad de los sistemas privados como métodos de organización del trabajo penitenciario, en los supuestos de imposición obligatoria a él10. Cuadro 3. Imposición obligatoria del trabajo y trabajo forzoso “los convenios de la organización internacional del trabajo (OIT)” Art. 29 de la XIV reunión en ginebra del 10 al 28 de junio de 1930 Todo trabajo o servicio exigido de un individuo como consecuencia de una condena pronunciada por sentencia judicial, a condición de que este trabajo o servicio sea ejecutado bajo la vigilancia y el control de las autoridades públicas y de que dicho individuo no sea cedido o puesto a disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado. Art. 105 de la abolición del trabajo forzoso del 25 de junio de 1957 Todo miembro de la OIT que ratifique el presente convenio se obliga a suprimir y a no hacer uso de ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio. • Medio de coerción. • Método de movilización de mano de obra. • Como medida de disciplina en el trabajo. • Como castigo. • Como medida de discriminación. Solo podrá obligarse al trabajo si: 1. Ha sido culpable por algún delito. 2. Estar bajo supervisión y control de la autoridad pública. 3. No ser cedido ni puesto ha disposición de individuos, compañías o asociaciones privadas. Fuente: elaboración del autor con base en Ruiz Díaz (1999) Las Condiciones de trabajo y la seguridad e higiene del trabajo de los reclusos deben ser semejantes a las que benefician a los trabajadores libres. También debe exigir que cuando el interno Cabe mencionar el caso de E.U, donde el trabajo penitenciario esta basado en un sistema de administración privada. 10 –63– no trabaje para la administración (para el penal), su trabajo se remunere con el salario normalmente pagado en el exterior. Regla 74-1 de Ginebra dice: “En los establecimientos penitenciarios se tomaran las mismas precauciones prescritas para proteger la seguridad y salud de los trabajadores libres”. Regla 75-2 dice: “Procurar un equilibrio entre el horario general del establecimiento y el trabajo con la institución y las actividades previstas para el tratamiento y la readaptación” Con respecto a una regla básica de “A trabajo igual, salario igual”. A continuación se presentan el fundamento de la división de la remuneración de los internos: I. El trabajo de los reclusos deberá ser remunerado de manera equitativa. II. El reglamento permitirá a los reclusos que utilicen, por lo menos, una parte de su remuneración11 para adquirir objetos destinados a su uso personal y que envíen otra parte a su familia. III. El reglamento deberá igualmente prever que la administración reserve una parte de la remuneración a fin de construir un fondo que será entregado al recluso al ser puesto en libertad. Toda la normatividad internacional explicada párrafos atrás no asimila, de hecho, el trabajo penitenciario al libre, sino que lo configura como una especie intermedia entre el trabajo obligatorio (internacionalmente rechazado) y el desarrollado en el mundo exterior, un tipo de trabajo Intermedio ( este es el llamado trabajo penitenciario). 11 La remuneración que obtienen los internos de divide en cuatro partes de la manera siguiente: 1) 30% para el pago de reparación del daño. 2) 30% para el sostenimiento de dependientes económicos del reo. 3) 30% para la constitución del fondo de ahorros de este. 4) 10% para gastos menores del reo. –64– Trabajo penitenciario como instrumento de readaptación social Es un concepto que se debe hallar antes, durante y después de la prisión y que posee, por tanto, virtudes propias y eficacia personal, independientemente del carácter institucional o extra-institucional con que se preste. Su carácter específico debe ser el de terapia y no con fines de lucro. El trabajo penitenciario, se ha visto de forma negativa porque se ha instaurado como pena agregada a la principal de prisión, como sufrimiento adicional al de la cárcel, o bien como instrumento de lucro para los particulares o para la administración penitenciaria12. Imponiéndose así: • • Ocupaciones ociosas y extenuantes y; Explotación minuciosa del penado. Lo que se puede observar actualmente son varios esfuerzos para constituir una serie de restituciones, como son trabajo en celdas y; un sentido más amplio del trabajo donde: se pretende restituir al reo su condición de obrero, de trabajador ordinario, calidad que no debe alterarse al menos no sustancialmente por la permanencia en el cautiverio. Sin embargo el problema del trabajo en las cárceles, es que ésta es considerada como un lugar ocupado por tareas rudimentarias, debido a que entre ellas continúan prosperando las artesanías más modestas, en cierto aspecto inútiles en el doble plano de la formación laboral y de la economía; se ha producido un traslape: donde las 12 Véase Roldan, Las cárceles mexicanas, México, Grijalbo, 1998. Aquí el autor explica una serie de formas de extorsión, en donde emanan las formas de obtener mano de obra gratuita para realizar diversos trabajos de mantenimiento (jardinería, intendencia, cocina, plomería, mecánica, electricidad, etcétera) y servicios (archivos, estafetas, enfermería, profesores, supervisión, entrenadores, etcétera) de la institución. Pago que no es derogado por la penitenciaria para sueldo de todas estas personas. –65– ocupaciones superficiales las cuales eran enfocadas a llenar vastos periodos de tiempo libre, han pasado a ser cuestiones principales, y las que deberían serlo no existen. Por lo que la tarea principal de la Organización Penitenciaria, debe ser la de crear nuevas fuentes de trabajo que absorban a los descartados por el aparato económico13. Aunque es difícil la inserción de las actividades económicas penitenciarias en el aparato nacional debido al régimen de economía centralmente planificada; esto aunado a las reacciones contra la producción penitenciaria, que en intentos anteriores ha desembocado en restitución de concesiones a particulares, como consecuencia de presiones empresariales y obreras, es por lo que se debe buscar otras alternativas o superar este problema. La presión empresarial-obrera no conduce a la supresión de la industria carcelaria, pero si la comprime dentro de ciertos márgenes, más bien estrechos. Dicha presión consiste en que los productores piden al Estado gravar a la industria carcelaria con las mismas cargas fiscales y de otra índole que inciden sobre el trabajo libre. Esta acción tornaría aún más improbable la autosuficiencia financiera de las prisiones, con la consiguiente carga para el erario, lo que en definitiva apareja un peso sobre los contribuyentes. El prejuicio de este peso, sin embargo, no gravitaría sólo sobre el sector que impugna, sino sobre la sociedad total. En este desplazamiento desemboca realmente, la defensa del régimen de competencia leal. (García Ramírez, 1975). Así podemos decir que la Producción Penitenciaria se debe ligar a la organización económica completa14, que la especialiVéase Melossi y Pavarini, Cárcel y Fábrica, México, Ed. Siglo XXI, 1992. Art. 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados Dice: “la asignación de los internos al trabajo se hará tomando en cuenta los deseos, la vocación, las aptitudes, la capacitación laboral para el trabajo en libertad y el tratamiento de aquellos, así como las posibilidades del reclusorio. el trabajo en los Reclusorios se organizara previo estudio de la característica de la economía local, especialmente del mercado oficial, a fin de favorecer la correspondencia entre las demandas de éstas y la producción penitenciaria, con vistas a la autosuficiencia económica del estable- 13 14 –66– zación de mercados cosa que apareja, en mayor o menor medida, a la especialización en la producción. Lo que ocasionaría, por un lado, ir más allá del autoconsumo lográndose superar las deplorables condiciones de producción que la caracteriza. Y por el otro en el interno resolvería dos instancias fundamentales: • Un uso productivo de su tiempo.15 • Adquisición de habilidades y aptitudes que proporciona el trabajo.16 En conclusión, decimos que la función de la institución no será la de explotar al interno17, ni sojuzgarlo, sino que, por el contrario, le debe aportar la atención de técnicos y especialistas de la conducta que lo ayudaran y le darán la instrucción laboral y escolar. Todo esto con ayuda de los diagnósticos pertinentes, los cuales deben dictaminar la necesidad de un tratamiento específico, en los campos médicos, psiquiátrica, social y psicológica. Por lo cual se debe considerar a la cárcel como un elemento vivo, dinámico, funcional y en permanente superación. cimiento. Para este último efecto, se trazará un plan de trabajo y producción que será sometido a la aprobación del Gobierno del Estado y, en términos del Convenio respectivo, de la Dirección General de Servicios Coordinados. 15 el habito del trabajo: es el presupuesto indispensable para la readaptación a la vida libre; si falta, es inútil todo esfuerzo de buena voluntad por parte del interesado y al mismo tiempo será negativa cualquier forma de asistencia material y moral por parte de las autoridades penitenciarias para llegar a la meta de readaptación social. 16 el trabajo constante: crea un hábito que el interno llevará consigo al momento de ser puesto en libertad; éste es el resultado más importante, en virtud de que se proyecta más allá de la vida penitenciaria y es el fruto definitivo de le expiación de la pena. 17 Para profundizar más sobre las formas de explotación de los internos resulta interesante observar las variables dependientes de los rubros de la extorsión penitenciaria, lo cual nos sirve para conocer cuanto dinero genera un penal. Un trabajo con rigurosidad estadística de cómo obtener los ingresos que genera un penal lo podemos encontrar en Cooter y Ulen (1997) “Derecho y economía”. –67– Los fines específicos del trabajo18 y la capacitación para el mismo en la cárcel son los siguientes: Preparar en un oficio a quien no lo tiene y buscar la especialización de quien haya tenido uno. Debe evitarse la explotación de la mano de obra y la remuneración ha de ser acorde a las horas de trabajo, garantizándose la asistencia médica del interno. Del salario percibido, una parte será para el interno, otra para su familia y otra más para pagar la reparación del daño causado por el delito cuando proceda y el resto será ahorrado para afrontar los gastos al ser liberado. Hacia la mejora organizacional del trabajo penitenciario El tema del Trabajo Penitenciario como derecho de los internos19 ha carecido de importancia en la prisión mexicana, muestra de ello son las estadísticas penitenciarias más recientes publicadas que ponen de manifiesto el bajo nivel de ocupación laboral que caracteriza a estos establecimientos penitenciarios20. La centralidad en todo régimen penitenciario de una actividad laboral bien ordenada fue propuesta por el Consejo de Europa en su publicación a cerca de los “regimenes de las el trabajo de los internos: tienen trascendentes repercusiones jurídicas en materia de remisión parcial de la pena, en virtud del artículo 16, primer párrafo, de la Ley de Normas Mínimas, cuando advierte que por cada dos días de trabajo se hará remisión de uno de prisión, siempre que el recluso observe buena conducta, participe regularmente en las actividades educativas que se organicen en el establecimiento y revele por otros datos efectiva readaptación social. Son elementos objetivos de la Remisión Parcial de la Pena (RPP): El trabajo. La educación. La Buena conducta 19 Artículo interesante respecto a la temática de los derechos humanos de los internos consultar Vélez (1998) “Cinco propuestas para la readaptación”; y Ortiz (1990) “Los derechos humanos y la distribución del castigo”. 20 Las cifras precisas de estos datos la podemos consultar en el reporte del 2004 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. 18 –68– instituciones penitenciarias”. Ya que desde los mismos orígenes de la pena privativa de libertad, aparece la imposición del trabajo como una constante de relevancia singular en la evolución de esta pena, por lo que el trabajo aparece como eje central de las primeras instituciones de corrección21. Dicha cuestión acerca del trabajo penitenciario es discutida en el campo del tratamiento. No tanto porque el trabajo pueda ser, si ello se deduce de la observación y diagnostico del interno, un poderoso medio de reeducación y reinserción, sino porque debido al empleo de un concepto amplio de tratamiento y basándose en los conocidos efectos potenciales de reeducación y reinserción propios de la actividad laboral, se han producido excesos que han llevado a colocar todo el énfasis de los programas resocializadores en la actividad laboral. No cabe duda que cuando el examen y diagnostico criminológicos se desprenda la necesidad de aplicar la terapia laboral para lograr un pronostico favorable, estaremos ante un tratamiento basado en el trabajo, pero no siempre el desarrollo de la actividad laboral penitenciaria constituirá una actividad de tratamiento. La solución es otra respecto del entendimiento de la actividad laboral como elemento central del régimen penitenciario, del modo de organización de la convivencia en prisión, que resulta generalizada en la doctrina y ha encontrado reflejo en la legislación22. En este orden de cosas, se señala que el trabajo es la única vía efectiva contra la, tan nociva para la vida penitenciaria, ociosidad de los internos, aludiéndose también a sus importantes virtudes disciplinarias, lo que hace especialmente atractivo desde la óptica de la Administración; todo esto con independencia de las ventajas que en el mundo cotidiano de la prisión concede a los internos el simple hecho de trabajar. Se 21 Tal es el caso de las “Houses of Correction” Inglesas de 1576 y de las “Tuchthuisen” Holandesas de 1596 o el de las “Casas dí Lavorio” de Italia, antes mencionadas. 22 Cabe hacer mención que toda la normatividad que rige alrededor de este tema esta fundamentada en el esquema 1 (véase anexo). –69– puede decir que el trabajo presenta la ventaja de rellenar de la manera más útil posible la jornada de los internos o, al menos, una parte de su jornada en los casos menos favorables y le permite percibir un salario así como cierta revalorización ofreciéndole nuevamente una cierta estima de si mismo. Al mismo tiempo que el establecimiento se beneficia del hecho de que los detenidos dispongan de un trabajo rentable. En efecto, prescindiendo de sus posibles contenidos terapéuticos, y desde la perspectiva penitenciaria, resocializador no es, en último término, sino procurar el retorno del sujeto al grupo social o, mejor, crear posibilidades de participación de los internos en los sistemas sociales ofreciendo alternativas al comportamiento criminal. Por lo que la palabra resocializador es, en definitiva, aquel que, no solo trata de ahondar la separación y estigmatización propias de la condena penal, sino que también se ocupa de ofrecer al sujeto los medios necesarios para permitirle superar aquellos efectos preparando su retorno a la vida en libertad. Es así como se pretende establecer que la función del trabajo es fundamental para la construcción de un régimen penitenciario resocializador: en verdad, es difícil de imaginar un régimen prisión al adecuado a las exigencias derivadas del principio resocilizador, en el sentido expuesto, que no se apoye de un modo decidido sobre la actividad laboral. Por un lado porque el trabajo es un elemento central, capital de todo régimen penitenciario,23 pero sobre todo debido a su condición de denominador común entre la vida en prisión y en el mundo exterior, son especialmente importantes sus potencialidades como vehículo de aproximación y comunicación entre ambos universos, el carcelario y el de afuera. No hay que olvidar que del ejercicio de los derechos inherentes a la actividad laboral puede derivar un mayor acercamiento entre trabajadores penitenciarios y libres con base en su condición común de trabajadores, lo que redundaría de 23 Como podrá observarse en el esquema 2 (véase anexo). –70– manera inmediata en el menor aislamiento y marginación de la prisión. Por otra parte, no son de despreciar las consecuencias que el propio ejercicio y desarrollo de una actividad laboral de características adecuadas ha de producir en la propia estructura y organización del régimen carcelario: dada la apertura de espacios al ejercicio de los derechos laborales. Lo anterior obligaría a una menor rigurosidad y mayor flexibilidad, en primer lugar, respecto de todo lo relacionado con la actividad laboral y también en la vida misma al interior de los establecimientos que, por ósmosis de la dinámica adquirida en el ámbito laboral, presumiblemente habrá de tender a la construcción de una atmósfera de mayor permisividad y ampliación de los espacios de participación seria y efectiva de los privados de libertad, ya que, los llamados sustitutivos de la prisión ó flexibilidad penitenciaria en México todavía son poco desarrollados y practicados24. Desde la óptica de la resocialización que aquí se pretende ha de exigir una característica fundamental del trabajo penitenciario, que es el de poseer un carácter de Derecho-deber, y no de obligación como es el caso del sistema penitenciario de Estados Unidos encaminado a lo que el Sociólogo Francés Loic Wacqant en su libro Le prisions de la misére, denomina como la prisión privada, una industria próspera, y como muestra de ello son los interesantes datos proporcionados por dicho autor que nos indican que desde que Corrections Corporation of América, Correccional Service Corporation, Securitor (con sede en Londres) y Wackenhut comenzaron a cotizar en la Bolsa de Valores, la industria carcelaria, que mueve 4,000 millones de dólares anuales, es una de las industrias más redituables de Wall Street. (Wacquant, 1999). Además otros datos importantes son los observados a través de un seguimiento pormenorizado del autor y publicado en el Fortune Magazine (el 29 de septiemPara abordar los sustitutivos de la prisión véase Íguiniz (1993) “Improcedencia de la prisión preventiva para las personas procesadas por delitos cuya penalidad admite un sustitutivo de prisión” y García (1991) “Desarrollo de los sustitutivos de prisión” 24 –71– bre de 1997, p. 2), sobre las acciones de empresas que más han crecido presentando la clasificación siguiente: • Mac Afee Associations: Que fabrica programas antivirus, treparon en tres años un 1.967 por ciento. • Computadoras Dell: Tuvieron un incremento del 1.912 por ciento. • Corrections Corporation of America: Que maneja las cárceles privadas se incremento en un 747 por ciento. Finalmente en el caso mexicano este análisis de privatización de los reclusorios es punto de debate en el ámbito nacional, como resultado de las jugosas ganancias que puede propiciar y dejar en manos de particulares. Por lo que es necesaria la utilización de los estudios organizacionales para un buen desempeño y funcionalidad de la institución penitenciaria en México, sino, estaríamos cayendo en las atrocidades de la “Explotación Libre” de los internos a través del trabajo por empresarios privados, como a fines del Siglo XIX y comienzos del Siglo XX. Pero aunado a esta explotación se incrementaría la vigilancia y disciplina hacia los internos con ayuda de los avances tecnológicos, generando algo así como un “Modelo de Panóptico 2000”, donde con el circuito cerrado se puede mantener el control total del penal con pocas personas, como ya sucede en algunas cárceles de los Estados Unidos. Esto solo es muestra de la violación extrema de los derechos fundamentales que debe poseer un interno en cualquier parte del mundo, independientemente del delito que haya cometido, y se reflejaría al 100 por ciento el concepto de Penitenciaria: definido como un sitio donde se sufre penitencia, pero en el sentido más amplio que se pueda imaginar. La Hidra de Lerna: el reflejo de la prisión mexicana25 En la mitología griega la Hidra de Lerna representaba una serpiente monstruosa de siete cabezas que volvían a crecer a medida que las cortaban 25 –72– Uno de los problemas fundamentales del trabajo en los centros penitenciarios es su administración, condición que se agrava por la ausencia de legislación especifica sobre el particular. El verdadero problema se enfrenta cuando se alude a las particularidades del centro penitenciario, en razón de que se habla de estudiar la economía local, especialmente el mercado oficial, para organizar el trabajo penitenciario que por cierto su producción debe tender a la autosuficiencia económica del establecimiento. Es precisamente aquí donde radica el problema del trabajo penitenciario, en virtud de que se habla de producción y el objetivo del trabajo en prisiones es la readaptación social de los internos, que si bien es cierto que dicho trabajo genera una producción y en consecuencia una remuneración, dista mucho de alcanzar la autosuficiencia económica del establecimiento. No existen los mecanismos jurídicos administrativos para tales propósitos, ya que es sabido que el mercado oficial ejercita mediante licitaciones públicas, lo cual limita la posible participación del centro penitenciario. No se cuenta con las áreas, mobiliario y equipo necesario para competir en la iniciativa privada principal proveedora del mercado oficial. La legislación sobre la materia no prohíbe ni limita la participación de empresas privadas en los centros penitenciarios, condición que permite la concesión de algunos talleres penitenciarios de manera discrecional, sin necesidad de cubrir algún tipo de requisito. Estas circunstancias favorecen también la explotación de los internos que trabajan en talleres industriales penitenciarios sin equipo de protección con el consecuente riesgo de su integridad física y mental. La forma más recomendable es la administración del trabajo penitenciario por la Dirección General de los Centros Penitenciarios de la Entidad Federativa, en virtud de que es la autoridad gubernamental ejecutiva la que debe dar al trabajo de si no se derribaban todas de un sólo tajo, reclaman la presencia de un Hércules para realizar este trabajo. –73– los internos su justa dimensión en el tratamiento readaptatorio y porque puede participar en la economía local, además de establecer la petición de participación de la empresa privada en los centros penitenciarios. Por lo cual deben establecerse ordenamientos jurídicos precisos que regulen la organización y administración del trabajo de los internos en los centros penitenciarios, que no hagan de los internos obreros sobreexplotados, ni de la producción penitenciaria su objetivo, por el contrario que hagan de los internos personas que desarrollan un trabajo formativo y técnicamente determinado cuyo producto final sea su readaptación social. Cabe decir que se presenta una gran oportunidad para la institución penitenciaria en el ámbito de potencializar y conseguir una eficiencia a partir del trabajo penitenciario legalmente remunerado, pero solo si se toma en consideración una verdadera reforma institucional como la que se esta implementando en las demás dependencias de gobierno, porque, si es cierto al definir a las cárceles como una institución cerrada, se le ha despojado de la posibilidad de poder cambiar sus estructuras organizacionales y llegar a presentarse como una entidad que cumpla con los requisitos del “buen gobierno”26 que se esta manejando en todo el aparato gubernamental. En el ámbito organizativo podemos decir que toda institución penitenciaria comprende una organización vertical, deter- 26 Este modelo de agenda presidencial de buen gobierno contiene seis estrategias que son: 1) Alcanzar un gobierno eficiente (que se proporcionen más servicios con menos recursos). 2) Garantizar un gobierno de calidad total (ofrecer servicios con calidad a la ciudadanía). 3) Desarrollar un gobierno profesional (mantener y potencializar a sus recursos humanos) 4) Consolidar un gobierno digital (Aprovechar al máximo las tecnologías de la información y las telecomunicaciones) 5) Contar con un gobierno de mejora regulatoria, más ágil y flexible (eliminar los excesos de tramites, sin abandonar sus responsabilidades) 6) Garantizar un gobierno honesto y transparente (derrotar la corrupción, la prepotencia y el favoritismo. Lograr recuperar la confianza de los ciudadanos en sus autoridades) –74– minada mediante los niveles jerárquicos que presenta27. Además también posee una organización de tipo horizontal, que es la que determina el funcionamiento de los diversos reclusorios y sirve para la toma de decisiones que permiten el desempeño de las actividades conjuntas de los otros centros de reclusión28. Parte importante a resaltar en este documento es concebir a la organización penitenciaria en dos niveles, que son fundamentales para el desempeño de la institución: Cuadro 4 Dos niveles para concebir a la organización penitenciaria Aspecto organizacional Definir Objetivos Establecer Comunicación (1) nivel intrainstitucional A través de los organigramas de cada plantel, el cual designa diversas áreas, pero que persiguen un fin común dentro de la institución. Se debe establecer un dialogo en un nivel constructivo terapéutico. Ya que el análisis de grupo sobre problemas comunes puede aportar un enriquecimiento cultural y anímico, que acerque a los funcionarios no solo en cuanto tales, sino como seres humanos en una tarea compartida. Aspecto organizacional Hacer efectivos los Convenios de participación con otras instituciones (2) nivel interinstitucional Comunicación entre instituciones. Aprovechar las Tecnologías de la información Compartir sistemas, estudios, propuestas y, así homogeneizar la labor y los criterios dentro del sistema. Tal y como se presenta en el esquema 3 (véase anexo). La representación gráfica se puede observar en el esquema 4 (véase anexo). 27 28 –75– Fijar Normas Internas Reuniones periódicas y fijación de normas internas. Adecuación de Sistemas administrativos funcionales Generar Reglamentos globales Reglamentos para la participación de todos y la toma global de responsabilidades. Establecer una visión Contingente Y de redes En la medida en que un procedimiento técnico o administrativo demuestre su funcionalidad dentro de un reclusorio, es susceptible de amoldarse y aplicarse en otros similares. Estar inmerso en un sistema global penitenciario. Fuente: elaborado por el autor con base a Musi (1979) La organización del trabajo en la cárcel, por el carácter fluctuante de la población, implica la solución de problemas de cantidad, es decir, ocupación para todos y se debe buscar la tarea más idónea, de acuerdo al particular ambiente carcelario, para al obtención del fin educativo de la pena, siendo evidente que la labor en equipo es social y moralmente más conveniente que el trabajo en la celda. Consideramos que jamás un centro penitenciario será autosuficiente, sin embargo, debemos estar concientes de los factores que inciden en el tipo, estructura y forma de la organización son los limitantes de dicha aseveración. Por lo tanto, a continuación se presenta una radiografía organizacional de la institución penitenciaria: –76– Cuadro 5 Factores que inciden en el tipo de estructura y forma de la organización de la institución penitenciaria Clasificación Tipo Forma (en que se estructura) Estructura Complejidad Diferenciación Vertical Integración Formalización Centralización Especialización y discreción No lucrativa – con fines especiales (readaptación y rehabilitación social ) Orientado a metas y políticas. Identificada esencialmente como una burocracia mecánica. Alta: caracterizada por ser compleja y formalizada. En ella se presenta claramente la división del trabajo y una elevada jerarquía (muchos niveles) Alta: como consecuencia de los excesivos niveles jerárquicos que requieren de coordinación y control. La autoridad se distribuye de acuerdo con el nivel de jerarquía. Deficiente. Se hace necesaria para la colaboración entre diferentes áreas para alcanzar los objetivos de la organización. Esto como consecuencia de: • Organización con muchos programas. • Nula independencia organizacional. Presiones internas (ingobernabilidad de los centros, corrupción, violencia e inseguridad) y presiones externas (mala administración del sistema de justicia lo que propicia incremento de internos, que se refleja en la sobrepoblación penitenciaria) F. Máxima (a través de reglas y procedimientos) Alta, ya que hay una coordinación con un bajo grado de flexibilidad, políticas inapropiadas que se ven reflejadas hasta el momento en el fracaso de su objetivo principal: la readaptación social. Especialización: elevada Discreción: muy reducida Lo que trae como consecuencia una definición formal de la organización, que se ve reflejada en controles administrativos rígidos, como un ejemplo de esto se ve la resolución de problemas abocada básicamente en la consulta del manual de procedimientos. –77– Limitados: que se ve reflejado en los excesivos niveles en la organización y muestra de ello son los organigramas presentados anteriormente. Capacidad física de las organizaciones deficiente (soFactor tamaño brepoblación) Inoperante, siendo que se debe formar base de datos Tecnología de los expedientes de los internos. Personal administrativo: casi inexistente. Cultura Interna Internos: estable, por los códigos con los que se manejan. Hostil y demandante de resultados por parte de la Ambiente sociedad. Fuente: elaboración propia del autor Tramos de Control La visión de los estudios organizacionales permite enfocar de manera estructural la problemática de este tema de estudio, la institución penitenciaria posibilita un sin número de cuantiosas investigaciones que pueden ser abordadas ¿porque no? desde una perspectiva Multidisciplinaria que incluya a los Estudios Organizacionales tales como: aparato burocrático existente, formas de poder ejercidas, relaciones humanas posibles, generación de estrategias, estudios de género, liderazgo, cambio organizacional, cultura organizacional, eficiencia penitenciaria, comportamiento organizacional, formación de recursos humanos, desarrollo organizacional y nuevo institucionalismo. Conclusiones Como consecuencia de la sobrepoblación, hacinamiento y condiciones potencialmente explosivas en la mayoría de los centros de reclusión es que se deben tomar aspectos relevantes de la política de readaptación social, como la educación, la capacitación, la salud y el trabajo penitenciario, además deben ser objeto de programas urgentes de modernización para que puedan cumplir con los supuestos normativos que les dan origen. En este sentido y ante las precarias condiciones de trabajo en la gran mayoría de los reclusorios del DF, ante los índices de –78– subocupación, ocio, improductividad, tensiones, conflictos y frustración que provoca en los internos, la política de readaptación social, trunca en uno de sus pilares fundamentales –el trabajo- resulta ineficaz para resocializar a quienes han delinquido, para que se logren reincorporar a la sociedad, como miembros útiles y responsables. Pero en esta labor se debe tener la participación de los sectores público, social y privado (pero con condiciones bien definidas de protección a los internos), para generar fuentes de empleo penitenciario productivo, permanente, digno y remunerado. El propósito no es generar cuestiones degradantes para el individuo (como puede considerarse la visión privatizadora de los Estados Unidos), sino más bien empleos productivos, en actividades rentables, que posibiliten una fuente adicional de productividad, para el crecimiento del país. Un grave problema en México es que no se cuenta con un registro de datos completos, actualizado, confiable sobre la situación general del trabajo en el sistema penitenciario. Por lo que este trabajo sugiere la posibilidad de iniciar un censo sistemático de los principales indicadores del trabajo penitenciario, tanto a nivel DF como nacional de estos centros, que contabilice el número de industrias, personal ocupado, número de horas hombre trabajadas, cifras de inversiones, ventas, utilidades, salarios e insumos, así como datos cualitativos sobre la readaptación social. Todo lo anterior apoyado en concertación de convenios, análisis detallado de cada reclusorio, involucramiento de la industria local y la inversión federal, así como del montaje de maquinaria especifica en cada nave industrial penitenciaria, además de la capacitación de la mano de obra, distribución y comercialización de los productos. Para el sistema penitenciario representaría reestructurar las formas de organización de sus procesos de producción y administración de las relaciones de trabajo; y para los internos sería una forma de adaptarse a nuevos perfiles ocupacionales, al trabajo en equipo y al desarrollo de habilidades laborales, que bien puede generar o adecuarse –79– a una terapia rehabilitadora y sobre todo productiva para dichos individuos. Lo anterior establecería también un beneficio a largo plazo, específicamente después de que el individuo cumpla su pena, pues contara con la certificación de las habilidades adquiridas o desarrolladas durante su estancia en prisión. Y hasta cierto punto dicha propuesta puede ser considerada posteriormente como un apoyo postinstitucional; fundamental para evitar el círculo vicioso de la reincidencia, como consecuencia de las características favorables (ya mencionadas) que posee el trabajo. Finalmente sólo resta hacer un llamado general a todo el sistema penitenciario para adecuar las condiciones en los cuales se puede aprovechar el aspecto del trabajo penitenciario, claro esta sin prejuicio de los internos y mucho menos como forma de satisfacer los intereses personales de los directivos de las diversas instituciones de reclusión. En definitiva no permitamos que la imposición e implementación de este instrumento tan valioso para la readaptación social (el trabajo) quede en manos de la explotación bestial de particulares, que solo busquen la maximización de sus ganancias en aras del despiadado sometimiento de los internos. Busquemos entonces la forma de que la administración del trabajo penitenciario se lleve a cabo por la instancia gubernamental correspondiente como primer paso, para posteriormente comenzar a desvanecer y derrotar todas las barreras organizativas y vicios que presenta tan enigmática y hermética institución. Recordemos que: “Los sueños, sueños son hasta que se convierten en realidad” (Bringas, 1998: 72). –80– Bibliografia ARAUJO PAULLADA, Gabriel, “La cárcel como pedagogía totalizante”, en Tramas, núm. 5, UAM-X, pp. 41-52, junio de 1993. ARELLANO, David y Enrique Cabrero, El dilema de la importación de modelos organizacionales (hacia una reconstrucción posmoderna del cambio en las organizaciones gubernamentales mexicanas), CIDE, 1999. –––––––, El Gobierno como estructuras organizacionales, 5-15, 2000. CIDE, pp. AZZOLINI, Alicia, “Los Antecedentes históricos de los criterios de terminación de la pena en el derecho penal mexicano”, en Alegatos, núm. 32, enero-abril, UAM, Azcapotzalco, pp. 153160, 1996. 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ZARIFIAN, P., La emergencia de la organización por procesos: la búsqueda de una difícil coherencia, documento de trabajo, núm. 5, Siglo XXI, 1995. –83– Una voz en silencio: condición social de las mujeres en prisión Myrna Eréndira León Ramírez Mara Angélica Roldán González Introducción Esta investigación se llevó a cabo en el Centro Femenil de Readaptación Social Tepepan (CFRS Tepepan) a través de entrevistas. Se abordará el delito de daños contra la salud, en su modalidad de tráfico, uno de los más recurrentes. Existe cierta categoría de delincuentes, generalmente considerada como secundaria o marginal. Se trata de una categoría cuantitativamente menor, pero cualitativamente importante, en la estructura social. Se analizó las diversas circunstancias sociales, culturales y económicas que enfrenta la mujer antes y después de haber cometido el delito; circunstancias éstas poco favorables, entre otras, deficiente educación, falta de apoyo moral y ausencia de comunicación familiar y/o de pareja. La sociedad, desde luego, también participa siendo permisiva y, al mismo tiempo, sancionadora. Hoy por hoy, la mujer es utilizada e involucrada en hechos que son penados, uno de ellos: traficar drogas en el interior de su cuerpo, en ocasiones como chivos expiatorios, comúnmente llamadas “burras”. Por aquello del sexo débil, en ciertos casos no se le sometía a una revisión corporal exhaustiva, por ello era fácil involucrarla en el hecho delictivo. Ahora podemos ver los reclusorios y penitenciarías con su capacidad al máximo, el hacinamiento caracteriza al sistema penitenciario mexicano. –85– La familia es el factor primordial de las relaciones sociales, influye para el correcto o incorrecto desarrollo de los sujetos, porque es la base para que éstos tengan una conducta deseable ante la sociedad. Asimismo, las instituciones son proveedoras de educación, como el Estado, escuela, Iglesia, etcétera, fomentan ideologías, tradiciones o costumbres. Las mujeres en prisión, en su totalidad, son víctimas de un doble estigma, el que se deriva de su propia condición de mujer y el que se impone en su situación de prisioneras. En este estudio se les da un espacio para que las mujeres internas expresen sus sentimientos, emociones, pensamientos, recuerdos, etcétera, que siguen dañándolas, y suscitar así una reflexión de cómo ha transcurrido su vida. Y lo más importante es qué las ha llevado a este lugar y las circunstancias que antecedieron a la actividad delictiva. Ellas se mostraron agradecidas al término de cada estudio y se manifestaron satisfechas de que alguien las escuchara y se hiciera oír su voz en el exterior. Existe una gran homogeneidad sociocultural entre las mujeres en prisión: la mayoría de éstas son madres solteras o mujeres abandonas por sus parejas, mujeres de bajos recursos económicos, sociales y culturales, con educación escasa, primaria incompleta, por lo regular son analfabetas, o simplemente sólo saben escribir su nombre. Personas que se enfrentaron al maltrato físico y verbal de sus progenitores, situación que ocasionó ciertos daños. Todos éstos son esquemas que las internas (madres) repiten con sus hijos, y posteriormente se reflejan en ellos, ejecutando conductas delictivas. La edad en que la mujer delinque con más frecuencia oscila entre los dieciocho y treinta y cinco años de edad, su estado civil es el de solteras, madres solteras. El lugar donde delinquieron es el Distrito Federal, y la mayoría de ellas lo hizo por primera vez. El promedio de las sentencias varía de uno a 10 años de prisión. –86– Metodología La metodología utilizada para la realización de la investigación es de suma utilidad, empleamos una combinación de técnicas utilizadas en ciencias sociales: el análisis de variados documentos, hemerográficos, bibliográficos y videográficos, hasta concluir con la investigación de campo; consultamos expedientes técnicos, acudimos a la observación participante, entrevistas a profundidad y el método de observación participante con la finalidad de elaborar historias de vida de modo tal que, el resultado capte los sentimientos, modos de ver y perspectivas de la persona. La historia de vida contiene una descripción de los acontecimientos y experiencias importantes de la vida de la persona o alguna parte principal de ella, en las propias palabras del protagonista.”29 Dado que nos interesa fundamentalmente el delito de daños contra la salud, por ser el segundo conforme a su importancia numérica a nivel distrital, siendo éste el que más comete la mujer. En particular, en el CFRS Tepepan ocupa el primer lugar. Nos enfocamos sólo a la modalidad de tráfico. Cuatro de las internas entrevistadas cometieron diversos delitos como homicidio, secuestro, y daños contra la salud, en su modalidad de comercialización. La finalidad de este trabajo pretende ofrecer una voz al silencio. No busca justificar lo cometido, sino dar a conocer las circunstancias que las condujeron a dicho acto. Protegemos la identidad de cada una de las entrevistadas, así como de las internas del CFRS Tepepan que amablemente se prestaron para la realización de esta investigación. 29 S.J. Taylor y R. Bogdan, Introducción a los métodos cualitativos de investigación, Paidos, Barcelona, 1987, p. 174. –87– Delito y sociedad Para que funcione la sociedad en armonía existen normas de comportamiento, y por lo tanto, infractores que las corrompen. Las normas que pueden estar codificadas, diseñadas y sancionadas por el poder público en forma de leyes obligatorias y/o pueden ser producto de la costumbre consciente de la sociedad. En cualquier caso serán obligatorias para todos aquellos que habiten y conformen la población, donde la presión social sobre los individuos es determinante. El Estado debe garantizar la seguridad de las personas, la protección de sus bienes y el ejercicio de sus derechos y libertades; una de sus funciones es la lucha contra los individuos y grupos que atentan contra esa seguridad, basado en los requerimientos y demandas sociales, a fin de prevenir, perseguir y, en su caso, reprimir la actividad delincuencial. Las fuerzas sociales dominantes, es decir, el poder de unos cuantos, define culturalmente lo que es el delito. La ley lo precisa como “el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.30 La conducta delictiva es determinada por diversas circunstancias o factores. El estudio de la delincuencia desde el punto de vista del delito consigna a éste como “todo hecho que lesione, dañe o ponga en peligro las condiciones de vida individual o social, más o menos importantes determinadas por el poder público”.31 El delito no se debe enfocar sólo dentro de una perspectiva particular, sino como parte del todo social, como una cosa normal dentro de la sociedad porque para que haya conducta correcta tiene que existir conducta incorrecta, para que algo se califique de bueno, tiene que existir lo malo, para poder comparar y oponer. El delito es, entonces, considerado como aquella conducta que corrompe las normas establecidas previamente por la ley. Al individuo que se considere agresor de la sociedad, es casti30 31 Código Penal, artículos 7 y 8 del capítulo I. Gómezjara Francisco A., Sociología, México, Porrúa, 1986, p. 432. –88– gado con la privación de la libertad, mediante un proceso penal, el cual determina su culpabilidad. La misma sociedad es la que apremia y rechaza las conductas delictivas, sin embargo, no todas las conductas son catalogadas como delitos. Por ejemplo no se considera delito las actividades que realizan los que tienen poder adquisitivo, como los capitalistas, que son explotadores de sus subordinados, robándoles las ganancias que producen (plusvalía). En cambio, si los obreros robaran al patrón, a esto sí se le llama delito; el delincuente es condenado a cumplir un castigo por corromper las normas. La sociedad castiga el asesinato de seres humanos, pero muchas veces, bajo determinados signos o símbolos, se permite esta conducta y se apremia, a quienes matan en condiciones de guerras o por defender al Estado. Esto deja claro que “Los grupos sociales se sitúan de maneras distintas en relación a las leyes, tanto por lo que se refiere a la definición de su contenido, como a la acción de las sanciones.”32 No sólo los padres definen el rol que sus hijos “deben” desempeñar, hay otras instancias significantes que ejercen su influencia sobre el individuo. Recordemos a Peter L. Berger y Thomas Luckman: “La socialización primaria es la primera por la que el individuo atraviesa en la niñez [...], comporta algo más que aprendizaje cognoscitivo. Se efectúa en circunstancias de carga emocional [...], el niño acepta los roles y actitudes de los otros significantes, o sea que los internaliza y se apropia de ellos. La socialización secundaria es todo proceso posterior que induce al individuo ya socializado a nuevos sectores del mundo objetivo de su sociedad [...]. La socialización secundaria es la internalización de “submundos” institucionales o basados sobre instituciones [...]. Estos submundos requieren un aparato legitimador, acompañado con frecuencia por símbolos rituales o materiales.”33 Ibíd, p. 51. Berger, Peter L. y Thomas Luckman, La construcción social de la realidad, Buenos Aires, Amorrortu, 1968, p. 166. 32 33 –89– También las instituciones fomentan estereotipos bien específicos con los que se nos exige encuadrarnos a como dé lugar. La escuela, la familia, la iglesia, son instituciones que repiten esquemas, que exigen a hombres y mujeres desempeñar los roles preestablecidos, sin posibilidad de cuestionarlos. Azul el niño, rosa la niña, fuerza el hombre, sumisión la mujer. Instituciones que se encargan de conservar un imaginario social conformado por relaciones interpersonales materiales y subjetivas que discriminan a la mujer. Instituciones que desde la infancia exigen al individuo repetir y continuar con modelos. Es decir, las personas deben sujetarse a ciertas normas para el bienestar social, de lo contrario sería un sujeto fuera de los patrones ya establecidos. La Sociedad está dividida en diferentes estratos y clases sociales. Esto establece una marcada desigualdad entre los individuos, no todos tienen las mismas oportunidades de desarrollo en el aspecto laboral, académico, cultural, social, ideológico, de salud, etcétera. Por ello se dice que la condición y la clase económica posibilitan una conducta delictiva. La insolvencia económica de la clase baja y su medio recreativo cultural menesteroso son elementos que conforman la creación de acciones ilícitas. Así, la mujer se ve en la necesidad de incorporarse a la fuerza de trabajo dejando a un lado su condición de mujer, es decir, deja los menesteres del hogar, el cuidado de los hijos, etcétera. Sin embargo, su incapacidad económica y en ocasiones el abandono masculino la lleva a cometer prácticas delictivas. La economía es otro factor esencial dentro de las condiciones del ser humano, ya que, ésta es la que le permite obtener los bienes de primera necesidad, el alimento, el vestido, la vivienda. Pero en nuestra sociedad los menos afortunados obtienen escasas remuneraciones por su trabajo, y se ven obligados a dedicarse a otras actividades que les permitan cubrir sólo lo necesario para sobrevivir; dejan a un lado la educación de los hijos, quienes deben contribuir en los gastos familiares. La baja escolaridad con la que cuentan no les permite tener un desarrollo óp–90– timo, con suficientes oportunidades para enfrentar sus necesidades básicas; quienes tienen la oportunidad de asistir a la escuela, no la concluyen, generando la deserción escolar. Familia y delito “La educación es un proceso humano de maduración en todos los órdenes; fundamentalmente es un proceso personal [...] ésta se realiza de manera espontánea en toda actividad de la vida, en la educación informal34 y en forma organizada en actividades planeadas para este fin en educación formal.”35 36 En la familia se dan las primeras relaciones sociales, se adquieren las tradiciones, las costumbres, ideologías, religión, etcétera. El maltrato infantil37 constituye un problema social, “compromete el destino mismo de la sociedad pues es indudable que una socialización edificada sobre la coacción y el miedo engendrará hombres que reproducirán este modelo de convivencia en su vida privada y en la acción publica, con el consiguiente deterioro del bienestar y en la calidad de vida de los seres humanos.”38 34La educación informal se adquiere por la diaria experiencia en la familia, la trae la persona y no puede desligarse de ella; es una especie de marca con la que nace y crece, y sin querer, lleva consigo. 35En cambio, la educación formal está jerárquicamente estructurada por niveles, cronológicamente graduada, desde la primaria, quizá preprimaria, y hasta niveles superiores. 36Ruth Villanueva Castilleja, La mujer delincuente ante una alternativa educativa, Ediciones Delma, México, 2000, p. 123. 37Que puede ir desde el maltrato físico, que es el acto de fuerza que produce un daño en el cuerpo o en la salud, con o sin dolor, hasta el maltrato emocional, constituido por formas más sutiles, que crean situaciones en las cuales los niños viven aterrorizados, agredidos, verbalmente menospreciados o rechazados. El maltrato o negligencia comprende las diversas omisiones que implican una inadecuada protección de salud, seguridad y bienestar del niño. El maltrato sexual abarca todos los ataques a la integridad sexual del niño o adolescente. 38 Sara Noemí Cadoche, Violencia familiar, Rubizal-Culzoni Editores, México, 2002, p. 166. –91– Hasta cierto grado la violencia física y verbal hacia los hijos por parte de sus progenitores, lleva a los primeros a abandonar el núcleo familiar, obligándolos con ello a deambular por las calles, con el riesgo de que se dediquen a delinquir. Es la familia la que establece los valores y normas sociales. Sólo así se puede evitar que alguno de sus integrantes pueda adquirir conductas no deseadas por el núcleo. Si esto se llega a presentar es por la falta de respeto del mismo. “No hay agente educador más definitivo que la familia.”39 Sin embargo, puede llegar a ser junto con la escuela uno de los principales mecanismos de desajuste y descontrol social del individuo. “Muchos de los que emigran a diferentes lugares, son contaminados por aquellos en donde el ambiente es criminógeno. La producción del orden social ha llevado a un desconocimiento de los procesos de la producción sistemática que son también esenciales en el análisis de los fenómenos sociales. Si bien es cierto que los sujetos son productores de la sociedad y de los sentidos que se elaboran en la interacción, también lo es el hecho de que esta producción no descansa únicamente en las capacidades de un sujeto individual, participa de una interrelación; la producción del orden social es obra de un actor colectivo inmerso en un determinado contexto de relaciones de poder que es siempre asimétrico y conflictivo. El narcotráfico, “como un fenómeno de degradación social [...] constituye el problema más destructivo que ha enfrentado el hombre a través de su historia contemporánea.”40 Afecta diversos aspectos de la vida cotidiana generando secuelas de vicio, depravación, corrupción y violencia (en todas sus formas). Deteriora tanto la salud individual como la social, perjudica a todo tipo de Instituciones, Estado, familia, escuela, etcétera. Es decir, daña principalmente las capacidades físicas e intelectuales de los individuos, perjudicando los niveles de bienestar social. Ocasiona con 39Ibid, p. 9. Ruiz Massieu, El marco jurídico para el combate al narcotráfico, FCE, 1994, México, p.7. 40Mario –92– esto el aumento, día con día, de la delincuencia. Aunque es cierto que el delito y el delincuente, nunca se podrán exterminar, debido a que la sociedad los construye y los sanciona conforme su moral, catalogándolos unos más graves que otros. Daños contra la salud “Los delitos contra la salud, en cuanto a volumen real de comisión y sanción penitenciaria, se producen dentro de la nueva dinámica delictiva en la que la precocidad en la comisión de delitos típicos de la adolescencia, la falta de acceso a un primer empleo, etcétera. Son realidades determinantes en la caracterización de la actividad delictiva actual que se unen a un elemento muy específico: la fármacodependencia. Ésta da pie a la generalización de estos tipos de delitos, como son la venta y el tráfico de estupefacientes, además de convertirse en un factor desencadenante de mayor número de delitos.”41 Destacamos que la droga se ingiere voluntariamente para contrarrestar, entre otras cosas, estrés provocado por la cotidianidad. Dependiendo del nivel económico es el tipo de droga ingerida. Lo que prevalece en el consumo de las drogas, entre las clases sociales bajas y/o marginadas, son los inhalantes42 y la marihuana43, debido a su bajo costo; en nivel socioe41César Manzanos Bilbao, Prisión y sociedad en Euskadi, HAAE/IVAP, Instituto Vasco de Administración Pública, Madrid, 1987, p. 42. 42 Producen alucinación entendiéndose como la percepción imaginaria sin causa exterior: la percepción sin objeto. Actúan provocando distorsión en la percepción de los objetos y sensaciones. Son provocadores de alucinaciones o alusiones que abarcan los diferentes sentidos (alteraciones en la percepción visual del espacio, o de la propia imagen corpórea, audición de los colores, visión de sonido, pérdida de la noción del tiempo). Causan toxicomanía, considerándose entre los volátiles, inhalables o disolventes como estimulantes y depresores. 43Sus efectos somáticos, se señala ligera taquicardia, conjuntivitis, debilidad muscular, aumento del apetito. En el plano psíquico se produce una especie de hiperactividad y ligereza intelectual, acelerándose el curso del pensamiento. Se experimenta un aumento de sensibilidad y cierto placer psí- –93– conómico medio o alto se consume otros tipos de drogas como la cocaína44 y hasta la heroína45. En el aspecto familiar existe la incongruencia entre padres e hijos, ya que, los padres prohíben algo que ellos hacen (alcoholismo, cigarrillos, adicciones, etcétera.), lo cual rompe la comunicación. Si se llega al diálogo es estableciendo condiciones por parte de algunos de los miembros, es decir, en connotación negativa. El adicto es estigmatizado como delincuente. El consumidor no es delincuente, por ende no hay delito; se considera como delito cuando se vende o se trafica. Causas Sociales La publicidad es el terrorismo propagandístico que insita al consumo de determinadas drogas, resaltando que la droga más vendida es el alcohol, ya que no requiere receta médica y está legalizado. La sociedad no sólo crea e incita al consumo, sino que son las propias relaciones sociales las que lo imponen o exigen. quico (sentirse a gusto). El consumo del cannabis produce así mismo una ligera psicodislepsia. La intoxicación mortal es prácticamente inexistente. Los efectos se producen en tres fases, en una primera (high) se produce una sensación de bienestar general, una excitación eufórica expansiva, sensorial y afectiva. Frecuentemente el individuo se torna locuaz o comienza a reír. En segunda fase (feeling) se produce una sensación de éxtasis, con tranquilidad y raramente visiones. La fase final (down) se identifica con un sueño pesado, lasitud y el sujeto termina con frecuencia dormido. 44Los consumidores de la cocaína experimentan euforia, estimulación y disminución del apetito. También aumenta la frecuencia cardiaca, eleva la presión sanguínea y dilata las pupilas. Su uso crónico puede producir abscesos cutáneos, perforación del tabique nasal, perdida de peso y lesión del sistema nervioso. Entre los efectos mentales nocivos se encuentran inquietud, ansiedad e irritabilidad intensa, y en ocasiones psicosis paranoide. 45Los efectos de la heroína son más intensos y rápidos, deprimen menos los centros cerebrales y más los respiratorios. De una euforia inicial, hiperactividad, sedación rápida de dolores, con sensación placentera (casi orgásmica) extensiva en todo el cuerpo. Se pasa posteriormente a un estado de apatía general y malestar. Surge entonces la necesidad de consumir nueva dosis, manifestándose en bostezos, sudores y contracción de pupilas. –94– Otro grupo vulnerable es el de las mujeres, por su misma condición de marginalidad y porque se enfrenta a los quehaceres cotidianos, a la violencia física y verbal, presión laboral, familiar, etcétera. Es más susceptible ha caer en depresiones constantes, estrés, tomando como salida medicamentos antidepresivos, que es un tipo de droga legal, alterando su sistema nervioso y perjudica también sus relaciones sociales. La droga es un problema creado, impuesto y fomentado por el hombre, y tiene un claro aliciente económico. El tráfico de drogas es esencialmente un negocio, el negocio del siglo XX por su alta rentabilidad. Las internas del CFRS Tepepan manifiestan que la principal causa que las llevaron a involucrarse en el círculo vicioso de las drogas fueron sus bajos recursos económicos; ellas nos relatan: “Mis bajos recursos económicos me orillaron a cometer el delito y porque mi esposo se fue a los Estados Unidos, y a un principio sí nos mandaba dinero, pero después se olvidó de nosotros.” “Mi madre nos abandonó. Yo soy la mayor de mis hermanos, me hice cargo de ellos. Y por mi necesidad y mi ignorancia me ofrecieron vender droga para pagarle los estudios a mis hermanos, porque éramos muy pobres.” El narcotráfico es un fenómeno de ámbito mundial, que repercute negativamente en los aspectos económicos, ideológicos, culturales, políticos y sociales. La sociedad depende de todos éstos, y la descomposición de uno de ellos afecta su estabilidad. Delincuencia y género El aumento es considerable entre los años de 1995 (3,861 internos) a 2000 (21,857 internos). El caso de la población femenina, aumentó en un 75 por ciento, y la población masculina en un 80 por ciento. En los años siguientes, 2000-2004, el crecimiento fue de 37 por ciento para las mujeres y para los –95– hombres un 10 por ciento. Esto se debe a que la mujer es más vulnerable al acto, ya sea en complicidad, bajo influencia, por ignorancia o abandono de su pareja, o la migración de los mismos, el índice delincuencial se incrementa año con año. En las entrevistas realizadas en el CFRS Tepepan, se pudo constatar en algunos casos que la causa principal para llevar a cabo el acto delictivo es el abandono de sus parejas, algunas veces porque emigran para incrementar sus ingresos y al paso del tiempo las olvidaron, ya no se responsabilizaron de su familia. Ante esta situación la mujer busca formas de generar recursos económicos: presta su cuerpo como portadora (comúnmente llamadas “burras”) de droga para transportarla, regularmente fuera de sus lugares de origen, pagándoles por ello cantidades de dinero, que por mínimas que sean resultan necesarias para ellas, no les importa el riesgo que corren al incurrir en este delito. Hoy día estamos en un proceso de transición en el que la mujer pasa de un rol simbólicamente pasivo a un rol efectivamente activo (en mayor o en menor medida según el entorno social al que pertenezca), adquiere un gran número de responsabilidades económicas e ideológicas, individuales y grupales. Esto no es porque la mujer haya decidido ser activa ahora, sino porque ahora sí se le reconocen sus actividades y éxitos, con lo cual ella se valora en su justa medida y se motiva para el trabajo, para la superación; tiene confianza y seguridad en su persona, se atreve a encarar cada día más responsabilidades. En otras palabras, la mujer siempre ha sido un ente activo pero no había recibido el reconocimiento que paulatinamente ha tomado en nuestros días, consecuentemente, la mujer tiene mayor presencia también en los comportamientos parasociales46 y antisociales. 46Parasociales: todas aquellas conductas que no son aceptadas por las normas sociales, que se consideran crímenes por atentar contra el bien común y social, pero que no están tipificadas como delitos. Por ejemplo el interno las introyecta y emite como valores propios. Antisociales: que van contra el bien común y social, por lo regular están tipificadas como delitos, pueden ser riñas o lesiones, robos, daños en propiedad ajena, homicidios, violación, etcétera. –96– Los actores colectivos en la sociedad contemporánea juegan un papel relevante, especialmente cuando se estudia a grupos reservados de la población en general, pero en particular a las mujeres, dadoras de la vida, madres, hijas, esposas, etcétera. Un papel de dependencia porque están al cuidado y educación de los hijos, ellas representan la “práctica” mientras ellos, los esposos, hijos, padres, etcétera, la “teoría”, el sustento del hogar en la mayoría de los casos. La delincuencia de las mujeres no es un fenómeno individual, es un problema social. Así por su condición de mujer, por los factores sociales y culturales que componen el delito, por su participación en el hecho delictivo, se convierten en delincuentes y víctimas. Para Lombroso, las mujeres que delinquen se desvían de su rol completamente femenino y obtienen similitudes que son básicamente masculinas “desviadas de los roles de su naturaleza femenina o bien enfermas mentales”.47 En el CFRS Tepepan nos percatamos de lo anterior. No obstante, se juzga de igual manera tanto a las que padecen enfermedades mentales como a las que están en pleno uso de sus facultades. Quizá el papel de las similitudes masculinas se desarrolla ya en el interior de los mismos Centros, donde es frecuente el lesbianismo, ya que unas desempeñan el rol de “hombres”, por su misma complexión física, dejando a un lado su naturaleza femenina. Algunas mujeres, por su apariencia física, someten a sus víctimas. La mujer no solamente es catalogada como delincuente, también se le estigmatiza48. No sólo son sancionadas por las leyes, además son castigadas por la sociedad, es decir, son do- 47Elisabet Almeda, Mujeres Encarceladas, Ariel, Madrid, 2003, p. 46. término estigma es de origen griego, y sirve para referirse a los signos corporales con los cuales se intentaba exhibir algo malo y poco habitual en el estatus moral de quien lo presentaba. 48El –97– blemente juzgadas y penadas, se les sustrae su identidad,49 son primeramente etiquetadas por la institución, con un número; posteriormente y, tal vez el que más peso tiene es la estigmatización que se le da a la mujer por haber cometido “algo malo”. Detienen su papel de madres, hijas, esposas, etcétera, dejan a la familia y en muchos de los casos ellas son abandonadas por sus familiares, como parte de esa inconformidad ante la situación. Sin embargo, al hombre que es encarcelado se le describe como “héroe” sólo por haber burlado las normas y leyes establecidas por la sociedad; la mujer no recibe visita y escasamente tienen encuentros conyugales. Por lo tanto, son abandonadas y esto es con lo que más se le puede castigar a una interna recluida. He aquí los siguientes testimonios: “El hombre se va tarde o temprano, se va para siempre.” “Al saber mi familia que tengo muchos años de sentencia me han ido abandonando.” Para este autor: “las personas que delinquen sufren síntomas de anormalidad y peligrosidad y llevan incorporado el estigma del atavismo y la degeneración. Pero las mujeres que delinquen son [...] degeneradas, ya que, no solamente ha violado las reglas establecidas, sino también las normas sociales de su condición femenina [...] son doblemente peligrosas comparada con los hombres y su doble infracción de las leyes comporta que se les puede considerar como un monstruo”.50 Elisabet Almeda por su parte, resalta las circunstancias que envuelven a la mujer privada de su libertad, lo que las llevó a quebrantar las leyes, algunas de las cuales son: una infancia no privilegiada, difícil, carente de oportunidades de desarrollo personal, académico, laboral, etcétera, carente de afecto por parte de sus padres, maltratos físicos y verbales, muchas de ellas llegaron a ser violadas por sus propios familiares, hermanos y hasta los propios padres. Primero soportan esto, poste49La identidad (de género) se construye mediante los procesos simbólicos que en una cultura dan forma al género. 50 Ibíd, p. 17-18. –98– riormente se produce la deserción familiar y a deambular por las calles, se involucran en la prostitución, drogadicción y procreación de hijos no deseados. Para más tarde someterse al maltrato de sus parejas, volviéndose dependientes de ellos. La mujer es considerada como educadora, dadora de vida, fortaleza económica de sus hogares, etcétera, cuando llegan a faltar en su papel por alguna razón, son sometidas a los estigmas y al abandono por parte de sus familiares por haber decepcionado a éstos. Teorías de Género “No sólo elijo mi género, y no sólo lo elijo dentro de los términos de que se dispone culturalmente, sino que por la calle y el mundo siempre estoy siendo constantemente constituido por los otros, de tal modo que el género constituido por mí yo, bien puede encontrarse en oposición cómica o incluso trágica con el género que otros me ven.”51 La sociedad construye el género a partir de ser hombre y ser mujer. “Las mujeres están presas y diversas son sus prisiones en la sociedad y la cultura, sin embargo por el hecho de ser mujeres en el mundo patriarcal, todas comparten la prisión constituida por su condición genérica.”52 “La cárcel se la hace uno mismo, no importando donde estés, en la calle, en el trabajo, y puedes vivir presa hasta con tu propia familia y con tu pareja”. “La cultura marca a los seres humanos con el género y el género marca la percepción de todo lo demás: lo social, lo político, lo religioso, lo cotidiano. La lógica del género es una lógica de poder, de dominación. Esta lógica es, según Bourdieu, la forma paradigmática de violencia simbólica, definida por este sociólogo francés como 51Martha Lamas, El género. La construcción cultural de la diferencia sexual, México, 1998, p. 322. 52Marcela Lagarde, op. cit., p. 642. –99– aquella violencia que se ejerce sobre un agente social con su complicidad o consentimiento.”53 En el caso de las mujeres en reclusión, podemos observar que se vieron envueltas en el acto ilícito debido al sometimiento por parte de sus parejas, pues la mayoría son de bajos recursos económicos, se ven forzadas a contribuir en las necesidades de su núcleo familiar o en algunos de los casos sufren abandono por parte de ellos, las dejan con la responsabilidad, educación, cuidado y gastos de los hijos. En otras ocasiones la mujer, con tal de no ser abandonada, acepta involucrarse en la comisión del delito, por ayudar, y posteriormente son víctimas de la indiferencia, no sólo de sus parejas sino de sus familias. La sociedad determina los papeles que llevan a cabo las mujeres y los hombres; esto lo podemos ver reproducido en el sistema penitenciario: a la mujer se le delega el cuidado y la educación de los hijos. En el caso de los hombres recluidos, la responsabilidad la pierde completamente, dejándolos en manos de sus madres, aunque ambos estén presos. La política penitenciaria se encarga de remarcar el rol de las mujeres dentro del sistema y seguir con ellos en cuanto salgan, debido a que éste refuerza su domesticidad. Sus actividades consisten en limpieza, cocina, lavanderas, repostería, actividades manuales Esto impide su reinserción al ámbito laboral debido a que se repiten sus roles cotidianos que realizaban antes de ingresar a prisión. “El ‘trabajo’ que dan aquí no sirve para nada, lo mismo lo hacía en mi casa, lavo, plancho, limpio baños, trastes, hago comida, porque yo trabajo en las cocinas.” “Allá fuera no pagan lo que realmente vale lo que hacemos, los muñecos, las bolsas, los cuadros, las pinturas, sería malbaratar nuestro dizque trabajo, lo que hacen es entretenernos, y afuera qué tiempo vamos a tener.” 53Marta Lamas, op. cit, p. 344-345. –100– El delito de daños contra la salud y el cuerpo El control que ahora tienen las mujeres sobre su sexualidad y la necesidad de aportar ingresos para mantener a sus hijos ha cambiado el rumbo preestablecido en una sociedad regida por hombres. Este cambio se refleja en varios aspectos, incluido el aumento de la delincuencia por parte de las mujeres. La mujer ha contribuido al aumento de los índices de delincuencia en nuestra sociedad de manera acelerada. Hoy muchas mujeres que delinquen se encuentran ligadas al tráfico de drogas y presas por este delito; no funcionan solas debido a que por lo general el hombre es quien las protege y las usa para que cometan este acto. Se aprovechan de que la mujer lo hace por necesidad y es más fácil implicarla en el delito, utilizando su cuerpo para dicho fin. Se les paga cierta cantidad por el servicio, cantidad que no cubre el encierro: “Desesperada por mi situación económica y moral me encontré en un momento de crisis emocional y un señor se acerco para brindarme su ayuda y confiada en él, hice lo que me pidió, sin saber qué era. Me agarraron por llevar un paquete de cocaína. Y esto por qué, por la maldita necesidad y mi ignorancia.” “Yo estaba necesitada, una señora me dijo que viniera a dejar unos quesos al D.F, pero me acababa de aliviar de mi hijo y me sentía muy débil, le pedí más tiempo, y un día entraron a mi casa unos señores me amenazaron, que sino iba a dejar eso matarían a toda mi familia. Yo acepté por miedo, sin saber que esos ‘quesos’ que me pegaron en el estomago, era cocaína.” La mujer tiene el derecho y puede elegir lo que le convenga hacer con su cuerpo, en particular en el delito de daños contra la salud, como ejemplo citamos la película ‘El apando’ (José Revueltas:1975) donde se observa de qué manera utilizan ellas su cuerpo como medio de transporte para introducir drogas: por vía vaginal o adherido al estómago. Por medio de las entrevistas realizadas las internas comentan: “Los paquetes me los pegaron en la panza.” –101– “Tenía cuatro meses de embarazo, iba a ser más fácil porque ya se me notaba, los paquetes me los pusieron en el estómago.” Particularidades de las mujeres recluidas en Tepepan “El CFRS. Tepepan fue inaugurado en 1982, cuando recibió a la población proveniente de la antigua Cárcel de Mujeres ubicada en Santa Marta. Hoy día alberga internas que ya recibieron y se encuentran cumpliendo una sentencia, o bien, a mujeres que, por haber sido valoradas como inimputables, se encuentran en una sección aparte con una medida de seguridad. Originalmente este edificio fue construido como hospital penitenciario, por lo que sus características han tenido que irse adaptando a las de una prisión.”54 Los grupos postergados y sometidos a la vigilancia de las instituciones totalitarias, como lo es la cárcel, son excluidos de nuestra cotidianidad. Tal es el caso de las mujeres en prisión, en específico aquellas que cometieron el delito de daños contra la salud en su modalidad de tráfico de drogas. En nuestro entorno como en otros países se ha disparado la participación de la mujer que delinque, así como la población que habita en los centro penitenciaros femeninos. En seguida mostraremos algunos de los factores que componen el perfil delictivo de estas mujeres, quiénes son y cómo llegaron a estos centros. La necesidad, problemas y diferencias de los centros penitenciarios, todo lo que puede variar entre un centro masculino y un femenino, desde sus instalaciones, privilegios, hasta las políticas que rigen de un centro a otro e incluso los programas de tratamiento penitenciario femenino, considerando a las mujeres como parte de un olvido, ignorando sus necesidades, discriminándolas, estigmatizándolas por haber quebrantado su rol “femenino”. 54Elena Azaola, Cristina José Yacamán, Las mujeres olvidadas, El Colegio de México, México, 1996, p. 30-31. –102– Las circunstancias que envuelven a la mujer privada de su libertad, lo que las llevó a quebrantar las leyes: una infancia no privilegiada, difícil, carente de oportunidades de desarrollo personal, académico, laboral, etcétera, de afecto por parte de sus padres, maltratos físicos y verbales, muchas de ellas fueron violadas por familiares, hermanos y hasta los propios padres. No es lo mismo para todos los casos, sin embargo, un porcentaje mínimo cuenta con el apoyo de sus familiares. Para algunas mujeres privadas de su libertad la cárcel es un espacio de reflexión, convivencia con ellas mismas, lugar en donde ellas recapacitan lo bueno y lo malo de sus vidas, con lo cual se dan cuenta de las virtudes o defectos de sus parejas, las ventajas o desventajas de sus relaciones, todo esto como un recorrido de la historia de sus vidas. Las mujeres que cometen el delito de daños contra la salud comúnmente son de bajos recursos económicos, sociales y culturales, la mayoría de ellas tienen escolaridad de primaria y muchas veces inconclusa o son analfabetas, o simplemente sólo saben leer y escribir. Son abandonadas por sus parejas y así se convierten en madres solteras que tienen de cuatro a seis hijos, en algunas ocasiones de parejas distintas; mujeres que en su infancia y parte de su adolescencia fueron hijas que sufrieron maltratos físicos y verbales, el descuido de sus progenitores por lo numeroso de sus integrantes, ya que, teniendo tantos hermanos se descuida la educación y sólo se les utiliza para que contribuyan a los gastos del hogar. Ocasionalmente estas mujeres son hermanas mayores que se encargan del cuidado y educación de los menores; la ausencia de los padres, algunas son huérfanas y consecuentemente forman su núcleo secundario a una edad prematura, con los mismos modelos de vida. Pronto se ven envueltas en conseguir dinero fácil como ellas dicen: “Tuve que ser padre y madre para mis hermanos. Mi padre nos abandonó y mi madre murió.” “Tuve 22 hijos, me junte seis veces y mis hijos son de diferentes padres, no tenía dinero y llegué a prostituirme por ellos.” –103– Las internas del CFRS Tepepan tiene diversas característica, no todas tienen la misma escolaridad, creencias, estado civil, nacionalidad, ocupaciones exteriores distintas y, lo principal, no todas están por el mismo delito, y su clasificación no es afín para todas. Dentro de las estancias existe semejanza, ya que como ellas dicen: “entrando aquí ya eres una delincuente”, tienen que compartir un mismo espacio, que las hace igual a todas como pertenecientes a una misma institución. El recorrido de las mujeres sentenciadas por el establecimiento traza un itinerario de nuevas experiencias, desconocidas en la mayoría de los casos, que rodean el espacio y construye partes diferentes de la misma situación de encierro. La población hace un total de 309 internas, por diversos delitos. Se subdividen en cuatro áreas, la que más internas tiene es la de población general con un 77 por ciento. Se encuentran en cuatro dormitorios. El área que tiene una población mínima es la de VIH con 0.5 por ciento. Las internas con medida de seguridad ocupan el 7 por ciento y se hallan en el dormitorio cinco, y las depositadas son el 6 por ciento de la población total. La mayoría de la población del centro tiene secundaria completa, seguido de la primaria completa, y que sólo seis internas concluyeron sus estudios profesionales. 38 no saben leer ni escribir, la educación de las internas es deficiente debido a su situación económica, como ellas lo manifestaron. El sistema penitenciario, como parte de la readaptación social, debería exigir la asistencia de las internas, tanto en lo académico como a sus talleres y cursos que se ofrecen, ya que muchas de ellas, con la escolaridad que llegan es con la que salen y sólo unas cuantas aprovechan las actividades que la institución lleva a cabo. En cuanto al estado civil el mayor número de mujeres que se encuentran recluidas son solteras y la mayoría son madres solteras. El segundo lugar lo ocupa la unión libre, posteriormente las casadas, en su mayoría vía unión civil, unas cuantas por lo religioso y un mínimo de internas son divorciadas, divorcio efectuado durante su permanencia en el centro. –104– Las internas antes de ingresar al centro se dedicaban al comercio informal (ambulantes), no obstante este dato no es confiable, ya que dicen ser comerciantes, sólo para justificar su desempleo, y de esta manera quedar registradas con alguna ocupación en el centro. La gran mayoría se dedicaba al hogar, es decir, cuidado de los hijos, educación, y quehaceres domésticos. El empleo con menos índice de ocupación es el de obrera así mismo el de campesino, es decir, sólo dos de ellas tenía un trabajo formal (obreras), siendo estos empleos los más comunes entre las clases bajas. El mayor índice de mujeres recluidas en el centro en cuanto al rango de edades, se encuentra entre los 18 a 35 años, edad en que la mujer comúnmente comete más delitos. Esto puede ser debido a su fuerza física y a una salud más o menos estable; el índice es inferior entre los 51 a 67 años, es decir, lo que llamamos la tercera edad, imperando el delito de daños contra la salud, fraude y robo. Como el centro se encuentra en el Distrito Federal, la población que prevalece es originaria del DF, sucesivamente de Puebla y Guerrero. Aunado a sus diversos lugares de origen, el delito lo cometen en el DF, y es por esto que su proceso lleva seguimiento en el lugar donde se ejecuta el delito. El índice es mínimo en las internas extranjeras y su extradición es imposible de realizar, ya que fueron capturadas en el territorio Mexicano. Sólo el 14 por ciento de las internas recluidas son reincidentes debido a sus mismas condiciones exteriores, haciendo del delito un modo de vida, como algunas de ellas dicen: “Me gusta estar aquí porque aquí lo tengo todo, techo, comida, agua caliente, la atención de otras personas, aunque me pelee con unas. Por lo menos alguien me espera aquí siempre, porque cada vez que llego hago amistades diferentes.” “Ahora ya me porto bien, ya no robo, ni me drogo, porque cada vez que me traen a este lugar aprendo cosas diferentes.” “Cuando una persona se la ha vivido en la cárcel es respetada.” –105– Tabla 1 Distribución de mujeres internas por delito cometido. DGPRS – TEPEPAN Delito Total Contra la Salud 68 Robo Calificado 37 Robo Agravado 09 Homicidio Calificado 61 Asociación Delictuosa 11 Privación Ilegal de la Libertad 36 Robo Simple 05 Homicidio en Grado de Tentativa 04 Fraude y Diversos 07 Homicidio en Razón de Parentesco 27 Robo Especifico 14 Robo de Infante 13 Corrupción de Menores 07 Lesiones Calificadas 04 Robo en Grado de Tentativa 05 Lesiones 02 Homicidio Simple 08 Extorsión 02 Abuso Sexual 01 Despojo 01 Posesión del Producto Robado 02 Violación Equiparada 04 Lenocinio 02 Violación Calificada 02 Cohecho 01 Portación de Arma 01 Homicidio Cometido en Riña 01 Violación Tumultuaria 01 Otros 11 No Especifico 03 Total 350 Fuente: Elaboración propia a partir de los datos proporcionados por la Unidad Departamental de supervisión y tratamiento de CFRS –106– Como podemos ver, la mujer comete con mayor frecuencia el delito de daños contra la salud en sus diversas modalidades, por su misma condición en la que se sitúa, en el contexto en el que se desarrolla y se ubica. La mujer se presta para intervenir en el quebrantamiento de la Ley, es decir, en el delito; así es como ha contribuido para incrementar la delincuencia en nuestra sociedad de manera sorprendente. La población es de 309 internas, sin embargo, se cuantifican 350 delitos. Esto es porque puede llegar a ser involucrada hasta en tres delitos. Las sentencias se aplican desde 1 mes hasta 79 años. Son de 1 a 10 años el mayor número de internas a permanecer en el Centro, por diversos delitos, estos pueden ser robo, lesiones, despojo, daños contra la salud; sucesivamente, conforme al delito se catalogue la sentencia es mayor y por ende la readaptación teóricamente sería la adecuada. Conforme la permanencia en el centro y las actividades que realizan las internas, su condena puede variar, disminuyendo en algunos casos. El total de las internas sentencias es de 297. El resto (12 internas) se encuentran depositadas. Conclusiones “Las internas pertenecen al sector más marginado de la sociedad, lo que no es extraño ni ocurre solamente en nuestro país [...] ya desde el siglo XIX las mujeres presas cumplen con el siguiente perfil: son jóvenes, pobres, analfabetas o con bajo nivel de escolaridad y, casi siempre, son madres solteras responsables de mantener a sus hijos. Las formas delictivas varían; los motivos no.”55 Éstos son los bajos recursos económicos en los que se encuentra la mujer, principalmente, el abandono de sus parejas. Al verse sin ayuda social ni conyugal, caen en actividades delictivas. “El negocio de las drogas, como se sabe, es un fenómeno de la globalización que arrastra consigo redes innumerables de crimen organizado. [...] Estos capitales multimillonarios no pertenecen, desde luego, a las mujeres sino que estas, en todo 55 Elena Azoala, op. cit., p. 404. –107– caso, constituyen el último eslabón de la cadena a la que, por cierto, son enganchadas contando con su pobreza.”56 Se les paga cantidades mínimas que no cubren el encierro en el que se encuentran, ni la separación de sus familiares especialmente, de quienes más les duele, es decir, de los hijos. Aún estando encerradas, ellas no dejan de preocuparse ni de mandar dinero (lo poco o lo mucho que llegan a juntar por el trabajo que realizan). Desde luego, los antecedentes familiares, ya sean estos en el núcleo familiar primario así como en el secundario y con sus parejas, donde se da la desintegración familiar, núcleos incompletos, desorganizados, disfuncionales, la violencia física y verbal, en algunos casos de abuso sexual, la falta de empleo y los bajos salarios, lugar de residencia, escolaridad, relaciones sociales que componen su entorno, son factores determinantes para que un individuo, en este caso la mujer, llegue a ejecutar el acto delictivo. En ocasiones, la mujer es involucrada en el hecho delictivo por sus propias parejas, ya sea para que no las abandonen, o por el sometimiento de ellos, e incluso por el mismo miedo que ellas les tienen. “En otros casos las mujeres toman la iniciativa y delinquen para obtener dinero o bienes con los cuales aseguran la conyugalidad.”57 El cuerpo es utilizado como medio de transporte para traficar drogas. Otra de las circunstancias que enfrenta la mujer privada de su libertad es la homogeneidad dentro de la cárcel, ya que en el interior del Centro todas son iguales, no importa procedencia, escolaridad, estado civil, nivel económico, religión, creencias, delito, etcétera. Características fundamentales que deberían ser la diferencia entre una y otra. Sin embargo, se mezclan. La desigualdad empieza por una clasificación injusta, principalmente marcando el delito y las circunstancias que orillaron a la persona a cometer el acto ilegal. La lógica del género es una lógica de poder, de dominación. Esta lógica es, según Bourdieu, la forma pragmática de violen56 57 Ibid. p. 406. Marcela, Lagarde, op.cit., p. 660. –108– cia simbólica [...], como aquella violencia que se ejerce sobre un agente social con su complicidad o consentimiento.”58 Éste no es un fenómeno individual sino social, “el ser humano no nace violento ni agresivo, son las condiciones socioeconómicas y el sistema político que lo convierte en antisocial”.59 El problema de la delincuencia se construye en y por la sociedad, se descuidan a los sectores marginales, los niños de la calle, pobreza extrema, etcétera. que son los grupos vulnerables y proclives a actividades ilícitas; las circunstancias en las que viven los pueden llevar a la drogadicción, prostitución, alcoholismo (conductas parasociales) y con esto se desencadena una serie de diversos delitos. Esto se refleja claramente en la infancia de las que, hoy mujeres internas, padecieron en el trayecto de su vida. Las estadísticas claramente demuestran el índice inferior que ocupa la delincuencia femenina en comparación con la masculina. La cárcel contiene, pero no corrige, simplemente mantiene al individuo apartado de la sociedad. El sistema penitenciario remarca la construcción de género que sostiene la diferencia social, siendo desventajosa para la mujer; sólo delega y mantiene el rol femenino. En cuanto al trabajo, conserva la domesticidad y cotidianeidad: las labores del Centro consisten en hacer comida (para población, funcionarios y seguridad y custodia), limpieza (baños, ropa, áreas recreativas, auditorio, oficinas, etcétera). Este “trabajo” será poco útil una vez saliendo del Centro para enfrentarse a la vida laboral y cubrir sus necesidades. Las actividades que ofrece el sistema penitenciario como parte de la readaptación social. Un claro ejemplo lo encontramos en la maternidad, que delega la responsabilidad y el cuidado a la mujer, teniendo espacios especialmente para los niños. Sin embargo, cuando el hombre se encuentra preso, no se le responsabiliza de los hijos, por lo tanto la cárcel, como parte del ente social y construida por el poder de unos cuanMarta Lamas, op. cit., p. 344-345. Bringas Alejandro H., Roldan Quiñones Luis F., Las cárceles mexicanas, México, Grijalbo, 1998, pág. 179. 58 59 –109– tos, sólo remarcan el rol femenino, lo cual se puede apreciar con los trabajos realizados por las internas. El sistema penitenciario sólo entretiene, más no ocupa ni readapta. La mayoría de las internas piensan que no tiene sentido trabajar en la institución, en primer lugar, porque la cantidad que se les retribuye es escasa para solventar sus gastos y aportar a sus familiares y en segundo lugar, porque, si no tienen beneficios, piensan que es inútil y no sirve el inscribirse en alguna actividad, lo cual las obliga a cumplir la sentencia completa. Sólo unas cuantas internas reciben visita, con frecuencia sufren del abandono por parte de sus familiares y de la pareja. Esto puede ocasionar en ellas la baja autoestima y llegan a aceptar el etiquetamiento de la institución. Parte de la sociedad las describe como mujeres malas, denigradas, etcétera. Esta estigmatización en la mujer quebranta su rol social, sin saber realmente cuáles son los motivos que las llevaron a infringir leyes y normas impuestas. Quizá su comportamiento, tal vez violento y desconfiado de las internas, es una forma de defensa ante los demás, figura que el mismo encierro provoca. Sin embargo, cabe mencionar que ante las entrevistas ellas mostraron una actitud cooperadora, accesible y expresiva, se creó un ambiente de confianza y respeto mutuo. Las mujeres privadas de su libertad se ven ante “una muerte lenta y alejada del instante, cuya pérdida es progresiva y subsecuente; se pierden los sueños, las esperanzas, las ilusiones de libertad, el poder, la seguridad, el sentido del tiempo y la juventud. El dolor de la muerte social se experimenta en una vida con soledad, olvido y negación”.60 Para algunas la cárcel es un espacio de reflexión, de convivencia con ellas mismas, lugar que les permite recapacitar de todo lo que han hecho a lo largo de su vida, ya sea bueno o malo. Nadie sabe lo que tiene hasta que lo ve perdido. Esto se refiere tanto a la libertad como a las relaciones con familiares y amigos, virtudes y defectos, es decir, apreciando y valorando su vida en el exterior. 60 Veredas, Revista de pensamiento sociológico, año 3, núm. 4-5, 2002, p. 88. –110– Bibliografía ALMEDA, Elisabet, Mujeres encarceladas, Madrid, Ariel, 2003. 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TOVILLA, y Pomar Manuel, Aspectos sociales de la farmacodependencia, México, Secretaría de salud, Farmocedependencia, CONADIC, 2000. –113– Racionalidad del trabajo en prisión. ¿Transformación de la conciencia o domesticación? José Luis Cisneros Las cárceles son instituciones cerradas donde reina el silencia pero también un ruido estremecedor que se confabula con un tiempo que pasa y no pasa, se trata de un espacio observado por su pobladores, escuchado, pero no vivido, un espacio en donde solo se puede convivir con el limite de su propia locura. Se trata de un espacio en el que no se puede ser neutral, pues el espacio mismo se impone y obliga a la interna a decidir sobre su propia existencia. A manera de introducción La mujer a través de la historia ha sido objeto de múltiples estigmatizaciones que la han obligado a desempeñar roles, patrones y pautas de comportamiento que la sociedad le ha impuesto como propios y únicos. Sin embargo con el desarrollo de la sociedad, la tecnificación del mercado laboral, la globalización y la demandante cultura del consumo; la mujer en épocas reciente lejos de verse librada de la tiranía cultural de la que era objeto se encuentra sometida a nuevos patrones que le implican un doble o triple papel a cumplir en la sociedad. Este doble o triple desdoblamiento de la mujer en la sociedad se expresa de manera acentuada en aquellas mujeres cuya condición económica y social tienen que asumir el rol de hija, esposa, madre y en muchos casos de proveedora del hogar. Si a esta triple condición le agregamos el reconocimiento de las –115– dificultades para obtener oportunidades para el desarrollo de una formación profesional y la falta de empleos bien remunerados que les permitan obtener un mejor nivel y calidad de vida, el horizonte es difuso. Más aún cuando estos factores se suman a aquellas mujeres que sufren el encierro como causa de la comisión de un delito, los juicios de señalamiento son contundentemente mortales, y no tanto por la comisión del delito o la gravedad del acto cometido, sino que a la suma del castigo señalado por las leyes, también se le suma el castigo social el cual se traduce en olvido, abandono y etiquetamiento. Hablamos entonces de un tipo de mujer cuya condena es triplemente marcada, por el hecho de ser mujer, ser delincuente y no haber cumplido con los roles impuestos por la sociedad. En este sentido es prudente puntualizar que no solo los factores económicos y culturales son los únicos factores determinantes en la influencia de conductas delictivas, por el contrario existen otros factores, por cierto poco valorados en su justa dimensión, como factores coadyuvante de la conducta delictiva, tales como la falta de afecto, las humillaciones, los tabúes, la violencia intrafamiliar, y la educación. En conjunto estos factores si bien no son privativos de la mujer, si se convierten en factores desencadenantes que llevan a tener conductas delictivas. En este sentido la mujer que es privada de su libertad por la comisión de un delito en la prisión, es una mujer doblemente discriminada, discriminada por ser mujer y discriminada por ser delincuente. A partir de las reflexiones anteriores, en las siguientes líneas hemos de centrarnos en el análisis de las características que adquiere el tratamiento penitenciario como medio para la readaptación social, particularmente priorizamos la importancia que adquiere la dimensión del trabajo como parte fundamental del tratamiento y como expresión de una nueva forma de castigo. –116– La metodología No solo pretendemos buscar que nuestra metodología de investigación, fundamentalmente cualitativa, se encuentre relacionada a nuestro aparataje teórico, basado en el internacionalismo simbólico, sino que buscamos básicamente un marco teórico e histórico que permitiera un anclaje a la realidad empírica que pretendemos estudiar. Para ello hemos recurrido a técnicas de observación y entrevista, así como al análisis de datos sin dejar de privilegiar las técnicas cualitativas de investigación ni hacer mayores abstracciones sobre la base de datos estadísticos, pues nuestros datos y apreciaciones fueron obtenidos de los ficheros de las internas, de la observación directa, y de entrevistas a profundidad. Según S. J Taylor y R. Bogdan en su libro “Introducción a los Métodos Cualitativos de Investigación” menciona, la observación designa la investigación que involucra la interacción social entre el investigador y los informantes mediante la cual se recogen datos de modo sistemático y no intrusivo. En este sentido tenemos que subrayar que hemos optado por la observación participante debido a que esta nos permite un acercamiento al escenario en donde se desenvuelven nuestras entrevistadas y porque nos interesa observar con detalle el espacio físico donde se encuentran con el propósito de hacer una descripción detallada del escenario para poder reconstruir sus historias de vida las cuales se construirán como hemos mencionado, mediante entrevistas a profundidad. Las entrevistas a profundidad consisten en reiterados encuentros cara a cara entre el investigador y los informantes, encuentros dirigidos hacia la comprensión de las perspectivas que tienen los informantes respecto a sus vidas, experiencias o situaciones, tal como las expresan con sus propias palabras. En palabras de Foucault “la observación del delincuente debe remontar no sólo a las circunstancias sino a las causas de su delito; buscarlas en la historia de su vida, bajo el triple punto de vista de la organización, de la posición social y de la educa–117– ción, para conocer y comprobar las peligrosas inclinaciones de la primera, las enojosas predisposiciones de la segunda y los malos antecedentes de la tercera. Las entrevistas a profundidad siguen el modelo de una conversación entre iguales, y no de un intercambio formal de preguntas y respuestas. Lejos de asemejarse a un robot recolector de datos el propio investigador es el instrumento de la investigación, y no lo es un protocolo o formulario de entrevista. “En la historia de vida se revela como de ninguna otra manera la vida interior de una persona, sus luchas morales, sus éxitos y fracasos en el esfuerzo por realizar su destino en un mundo que con demasiada frecuencia no coincide con ella en sus esperanzas e ideales. (Galindo;1998) En la historia de vida, el investigador trata de aprehender las experiencias destacadas de la vida de una persona y de las definiciones que esa persona aplica a tales experiencias. La historia de vida presenta la visión de su vida que tiene la persona en sus propias palabras, en gran medida como una autobiografía común. Aquí como en otros casos los investigadores establecen rapport con los informantes a través de repetidos contactos a lo largo de cierto tiempo, y desarrollan una comprensión detallada de sus experiencias y perspectivas. La historia de vida nos permite conocer íntimamente a las personas ver el mundo a través de sus ojos, e introducirnos mediante la crónica en sus experiencias. Las historias de vida representan una rica fuente de comprensión en y por si mismas. En nuestra investigación las historias de vida nos ayudarán ha entender el contexto social en el que se desenvolvían y la relación con el delito cometido antes de ingresar al penal, ya que el objetivo de esta es conocer las causas sociales que conllevan a la mujer a cometer un delito, cabe mencionar que nuestro estudio no esta enfocado a entender específicamente un delito sino las causas sociales por las que se comete cualquier delito. Con la metodología cualitativa nosotros pretendemos comprender e interpretar la realidad tal y como es entendida por –118– los sujetos en estudio, con la intención de demostrar que la investigación cualitativa no es unitaria, sino que tiene diversos enfoques que nos permiten poner atención en; A) El énfasis de los fenómenos sociales del propio entorno natural en el que ocurren. B) Subrayar la importancia de los aspectos subjetivos de la conducta humana sobre características objetivas. C) La exploración del significado del actor. D) El uso del lenguaje simbólico más que el de los signos numéricos. Así, estudiar la realidad carcelaria en su entorno natural, nos permitió centrarnos en la visión que tienen las internas, ello implica preferir los aspectos subjetivos, privilegiando la observación y la entrevista para aprehender el mundo carcelario y utilizar mas un lenguaje simbólico que estadístico, son pues aspectos claves de nuestro enfoque metodológico. El escenario En el Estado de México se cuenta con 22 Centros de Readaptación social los cuales para el momento de nuestra investigación contaban con 242 internas distribuidas como se muestra en la siguiente tabla 1. Es importan hacer notar que la mayoría de estas mujeres privadas de su libertad se encuentran en unidades, o áreas dentro de las cárceles para hombres, pues los establecimientos para mujeres solo se encuentran en algunas ciudades del Estado de México, por consiguiente en el resto del territorio las mujeres son distribuidas como mencionamos anteriormente en módulos o áreas dentro de las cárceles para hombres, esta situación implica una mayor penalidad para la mujer ya que en muchas ocasiones han de cumplir su pena de prisión en áreas ajenas de su entorno sociofamiliar, perjudicando como lo hemos mencionado en párrafos anteriores las redes de relaciones con la familia, así como el desarraigo y la desintegración familiar. –119– Tabla 1. Población de internas Distribución de la población de internas en el Estado de México CPRS Población Almoloya de Juárez Barrientos Chalco Cuautitlan Ecatepec El oro Ixtlahuaca Jilotepec Lerma Nezahualcoyotl Norte Nezahualcoyotl Sur Otumba Sultepec Temascaltepec Tenancingo Tenango del valle Texcoco Valle de Bravo Zumpango 38 47 13 12 37 2 8 1 2 18 6 2 3 1 2 2 39 5 4 Total 242 Fuente: Creada con datos de los expedientes de las internas. Estos centros se encuentran distribuidos respectivamente en 16 Distritos Judiciales, sin contar dentro de ellos al Centro Federal de Readaptación Social de Almoloya. Cada uno de estos CRS se encuentran ubicados en la Cabecera Distrital Judicial, con excepción del Distrito de Texcoco, que tiene 3 centros; Texcoco, Nezahualcóyotl Sur, y Nezahualcóyotl Norte o Bordo de Xochiaca, y Tlalnepantla que cuenta con tres, –120– Barrientos, Ecatepec y Quinta del Bosque. Otra forma de organización la cual obedece a funciones de operación administrativa, es la diseñada por la Dirección General de Readaptación Social del Estado, la cual está organizada en 5 regiones, las cuales cuentan con un Coordinador General de Operación y Administración que a su vez concentra coordinadores de las áreas Médico Psiquiátrica, Psicología, Trabajo Social, Criminología, y Servicios educativos. Observación del escenario: Se pretende observar con detalle el área física de los Centros de Prevención y Readaptación Social partiendo del exterior hasta el interior con el objetivo de ver el espacio donde se desenvuelven estas mujeres que están privadas de su libertad y que viven en cautiverio, así como las impresiones que esto genera en nosotros como investigadores y como hombres, además de darle al lector herramientas para que pueda visualizar en su imaginación este espacio. La información cuantitativa que constituye de las siguientes variables tomadas de las estadísticas de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social con el objetivo de hacer un análisis sociológico anclado a la dimensión del trabajo en la prisión de las mujeres internas en los Centros de Prevención y Readaptación Social del Estado de México. Para ello hemos identificado las variables, las cuales son las siguientes pretendiendo obtener información: 61 • Trabajo: el tipo de trabajo que desempeña al interior del penal. • Educación: grado último de estudios. • Familia: la relación que existe entre sus padres, hijos y esposo o pareja. El Trabajo de campo fue realizado por las ayudantes de Investigación: Julieta Cuevas Maya y Rosalía Santiago Xocua. Departamento de Relaciones Sociales. UAM-X. Área de investigación: Educación, cultura y Procesos Sociales. 61 –121– • Estado Civil: obtener un porcentaje del estado civil de cada una. • Sentencia y delito: conocer qué tipo de delito cometieron y cuál es la sentencia que les asignaron, así como obtener un promedio de los delitos más frecuentes. • Edad: cuál es el promedio de edad en la que se cometen los delitos. • Hijos: cuántas de ellas tienen hijos al interior del penal y cuantas fuera de este y cuantas embarazadas. • Adicciones: qué tipo de adicciones tienen. • Visitas Conyugales: qué porcentaje de la población tiene acceso a visitas conyugales. • Relaciones entre ellas: qué tipo de relaciones se dan entre estas mujeres entendiendo el contexto de que están privadas de la libertad. • Relaciones con la Autoridad: qué relación se da con las custodias, maestros y personal administrativo. • Tratamiento: qué tipo de tratamiento ya sea psicológico o jurídico reciben. • Penas y Sanciones: qué tipo de sanciones reciben cuando su conducta no es la adecuada y que podemos entender por conducta inadecuada adentro del penal. Variables al exterior de la prisión: Analizaremos las condiciones de vida que tenían las mujeres antes de ingresar al penal así como visualizar el contexto social en que se desenvolvían para tratar de entender qué las llevó a cometer estos delitos. Las variables son las siguientes: • Trabajo: qué actividad laboral desempeñaban antes de ingresar. • Educación: qué nivel educativo tenían y cuales fueron los motivos por los que abandonaron la escuela. –122– • Familia: conocer el ambiente familiar en el que se desenvolvían y la relación con sus padres, hijos y pareja. • Edad: qué edad tenían antes de ingresar al penal. • Estado Civil: porcentaje de casadas, solteras, divorciadas, viudas y unión libre. • Hijos: conocer el número de hijos que tenían y la edad de cada uno de ellos. • Adicciones: cuántas de ellas eran adictas. Contexto para el análisis teórico La situación actual de las cárceles para mujeres en el Estado de México debe enmarcarse en el contexto más general de la situación penitenciaria de nuestro país. Sin embargo estos establecimientos presentan también una serie de características especificas que son importantes destacar debido a que muestra las diferencias y particularidades de la situación entre hombres y mujeres, las cuales exponen la discriminación hacia la mujer, un ejemplo claro se pudo observar en la aplicación de la pena, la cual suele ser más dura para la mujer que para el hombre.62 Tenemos que reconocer también, la existencia de algunos estudios que anotan reflexiones e ideas sobre la condición de la prisión en general, pero lamentablemente muy pocos de estos estudios suelen ser empíricos y apoyados en trabajo de campo. En el marco de estos nuevos y novedoso trabajos, aparece la corriente crítica de pensamiento teórico cuyas reflexiones analizan las ideas y discursos que legitiman el funcionamiento y organización de las instituciones penitenciarias. Esta perspectiva cuestiona de manera directa las ideas de Lombroso, expresada en su teoría general sobre el comportamiento de los delincuentes y su topología según su conducta. Este antropóEs importante anotar que solo mencionaremos más adelante porcentajes de diferenciación pero no expondremos con detalle tales diferenciaciones pues el objetivo en estas líneas esta centrado en las internas. 62 –123– logo afirmaba que los delincuentes son personas anormales y peligrosas que llevan incorporado el estigma del atavismo y la degeneración, por ello las mujeres que delinquen son para Lombroso degeneradas doblemente peligrosas en comparación con los hombres porque han violado las reglas y normas sociales de su condición femenina. Son mujeres que poseen cualidades de la criminalidad masculina y las peores características femeninas; astucia, rencor y falsedad. Son, afirma Lombroso una combinación antinatural de los dos sexos, además de tener invertidos los rasgos femeninos de las mujeres normales que son reservadas, maternales, dóciles y apáticos sexualmente. En esta misma perspectiva de pensamiento encontramos a W. Thomas quien afirma que la mujer criminal es sexualmente anormal y la causa principal de la delincuencia femenina se debe básicamente a la desviación del papel social tradicional. Además subraya que esta anormalidad también tiene un trasfondo psicopático que afectan al sistema nervioso femenino, por esta razón las mujeres son falsas, mentirosas y vengativas y la causa única es la pasividad sexual, que es lo que las induce a delinquir de ahí que considere que la menstruación y el embarazo son enfermedades de las mujeres que se vuelven graves desgracias de su condición femenina. Por ello, mientras la delincuencia masculina puede explicarse por motivos económicos y sociales, las razones de la delincuencia femenina han de relacionarse con explicaciones fisiológicas y de carácter sentimental y emocional. Además W. Thomas, considera también que los deseos básicos de la acción social se derivan de los instintos biológicos, especialmente del sistema nervioso, los cuales son canalizados hacia fines sociales mediante el proceso de socialización desarrollado en el seno de la familia. En resumidas cuentas afirma Thomas, las mujeres delincuentes son muy peligrosas y además en la mayoría de los casos comente delitos deliberadamente, se trata de mujeres que o bien son esencialmente masculinas, desviadas de los roles de su naturaleza femenina o –124– bien enfermas mentales. Sin embargo como hemos podido observa estas perspectivas teorías no acaban de explicar la conducta delictiva de la mujer porque en parte es debido a que sus argumentaciones se encuentran basadas en factores biologistas, endocrinológicos y emocionales sin tomar en cuenta el contexto social y cultural del sujeto.63 Por último tenemos a Ferri, el cual no propiamente se enfoca al estudio de la mujer delincuente, sin embargo es un pionero de la sociología criminal y elabora una clasificación de los delincuentes desde el punto de vista de su constitución física, subrayando la importancia que adquieren sus funciones orgánicas y psíquicas. Este autor afirma que el criminal no es nato como tal, por el contrario existen ciertas característico habituales del criminal que son producto del medio social y de una serie de circunstancias propicias que se accionan sobre su anormalidad y lo conducen a la comisión de un acto delictivo, tal seria el caso del loco y el congénito, los cuales carecen del sentimiento social y moral. Asegura también que los delincuentes pasionales y ocasionales, los cuales se caracterizan por su escaso dominio para evitar en determinado momento la realización de un delito. Quien delinque, afirma Ferri, lo hace presa de una anormalidad ya congénita o adquirida. Otro aspecto de importancia para este autor es la clasificación del delito a través de dos factores: a) los endógenos, los cuales forman parte de la constitución biológica y psicológica del individuo, y b) los exógenos que forman parte del entorno y el contexto social en el que se desenvuelve, dentro de estos facThomas considera que el comportamiento delincuencial de las mujeres así como la conducta de las que ejercen la prostitución, se produce como consecuencia de un defecto en su socialización primaria. De ahí que la necesidad intensa e intrínseca de las mujeres de dar y sentir amor se canaliza en el caso de la socialización primaria deficitaria, a través de los comportamientos desviados, así cuando la socialización es precaria según este pensador, es porque básicamente las mujeres no han aprendido los roles y las dinámicas familiares lo que distorsiona los instintos nerviosos de las mujeres y el resultado es la delincuencia o prostitución. 63 –125– tores la familia, el barrio, la educación, el trabajo y el grupo de amigos ejercen una influencia definitiva en su vida.64 Dentro de otras perspectivas teorías que nos sirve de argumentación para explicar la conducta delictiva de la mujer encontramos a la sociología de la desviación, que mediante sus juicios se puede comprender el significado atribuido de la sociedad a su conducta delictiva y el impacto social que tiene tal acción al ser señalada y repudiada por la sociedad, de ahí que para Becker, principal exponente de esta perspectiva teórica, todos los grupos sociales construyen sus propias reglas, y mediante estas se definen patrones de comportamiento y situaciones prescritas como correctas e incorrectas, así cuando un sujeto perteneciente a una comunidad y quebranta algunas reglas previamente establecidas se convierte en un desviado social que es visto como extraño y marginado. Desde esta perspectiva podemos comprender entonces que para el caso de las mujeres la sociedad, la cual les impone ciertas reglas a seguir, tal y como lo hemos mencionamos anteriormente, reglas expresadas en el imaginario social de la representación del ser mujer, cuyas virtudes ideales se manifiestan en la sumisión, obediente, bondad, afectividad y lealtad entre otras, son vistas como patrones fundamentales de un prototipo a seguir, sin embargo cuando son quebrantadas estas reglas la sociedad la señala y margina de manera severa al grado que estas suelen ser olvidadas y borradas del espacio social al que pertenecen. De ahí que esta explicación teórica, tenga a bien señalar que el grado en que un acto puede denominarse como desviado no dependa tanto de la propia acción, por el contrario dependa de quien lo comete y de quien se ha sentido ofendido por la ac64 Esta concepción de la mujer criminal obedece a una misoginia generalizada del sistema penal y judicial y se puede apreciar sobre todo en aquellos casos en el que los jueces sentencian con penas menores aquellas mujeres que han cumplido con sus roles de buen esposa y madre de familia, en comparación a aquellas mujeres que no están casadas, o que ha tenido una ruptura en su matrimonio o son divorciadas o separadas e incluso las viudas que reciben penal mucho mas severas. –126– ción. (Becker;1987) Claro esta, sin dejar de reconocer, como lo hemos subrayado, que estas no son las únicas causas que pueden hacer inteligible el comportamiento de la mujer que delinque, porque el contexto social económico e histórico no es homogéneo para cada sujeto, por el contrario el propio contexto es el que ha obligado en último de los casos a delinquir a la mujer, tal sería el caso de la pobreza y la marginación así como las pocas oportunidades laborales y de educación a las que tienen acceso a nivel mundial. Perspectiva histórica La delincuencia femenina como tal siempre ha existido, lo que ha variado a lo largo del tiempo son las causas que la originan y el contexto económico, político y social en el que se desenvuelve, sin embargo independientemente de la acción delictiva como tal, la mujer desde tiempos inmemoriales ha sido la más grande recopilación de tabúes, prohibiciones y represiones; por ejemplo, desde la época prehispánica la mujer fue objeto de castigos severos por la comisión de algunas conductas no reconocidas por el resto de la sociedad. Por su parte en la edad media, una época cuyas normas sociales y religiosas eran rígidas, en infracciones como el adulterio, la homosexualidad, el travestismo, el alcoholismo, la hechicería, el aborto, eran castigadas con la muerte. Hablamos de una época en la que la mujer adquiría una importancia secundaria, determinada por conceptos mágico-religiosos, no existiendo diferenciación alguna con las mujeres pertenecientes a determinados grupos sociales con un estatus reconocido las cuales si bien se les permitía participar en actividades ajenas a las hogareñas, no podían ocupar puestos públicos, pues ellos eran vistos como demérito del papel y el valor atribuido a lo masculino.65 En el artículo Moda, violencia y sexualidad, he discutido ampliamente el papel que adquiere la mujer como objeto a lo largo de la historia de la sociedad. 65 –127– En la época colonial la mujer era tratada como menor de edad dependiente siempre de la tutela del padre y/o del marido, sin personalidad jurídica y no autorizada a celebrar contratos, ni aceptar herencias y mucho menos desempeñar un puesto público. Se trata de un periodo en el que para la mujer solo había dos opciones el matrimonio o el convento. (Malvado;1991) En este periodo de la historia la mujer que era sanciona por la comisión de un delito era juzgada por el tribunal de la Real Audiencia en sus salas de lo civil y lo criminal, o bien por el tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. En ambos casos la reclusión se daba en aposentos asignados para mujeres con el fin de guardar la honestidad y el recato, para luego ser torturadas y castigadas. Para el México Independiente las condiciones no variaron de manera considerable con respecto a la época colonial, pero puede agregarse que la reclusión que se hacia de las mujeres en las casas de recogimiento se agravó al transformarse la mayoría de estas en prisiones. En épocas recientes el castigo para la mujer delincuente fue sofisticándose como efecto de los cambios y avances técnicos y humanísticos al crearse instituciones exclusivas de reclusión para la mujer y junto con ello pasa de un castigo impúdico dirigido al cuerpo, a un castigo púdico dirigido a la conciencia al alma del castigado, se trata de una nueva forma de sanción legitimada y expresada jurídicamente como tratamiento, cuya finalidad es el tratamiento para la readaptación social de las sentenciadas, sin embargo a pesar de la humanización de la pena el estigma como castigo cultural no ha desaparecido, por el contrario se ha vuelto más sutil y perverso. La pena de prisión como reacción social frente a determinados fenómenos de desviación delictiva, se encuentran estrechamente vinculados a la reciente complejidad de los sistemas de control e integración social (Cohen;1995). Así, el sistema de control de la desviación delictiva ocupa un espacio real en la sociedad y en la cultural en particular. Todo ello implica nuevos tratamientos, nuevas terapias, personal especializado y un mayor –128– entramado de profesionales del sistema de control formal en los nuevos centros y servicios penitenciarios que completan más que reemplazar los antiguos sistema de control, así como del número de programas y las corrientes de pensamiento. El entramado de este nuevo despliegue, hace que se constituyan nuevas categorías y nuevas tipificaciones de delincuentes, como es el caso del primo delincuente y el reincidente, además estas categorías se van ampliando a otras como sería el caso de los delincuentes de centro de alta seguridad, de las correccionales, de los centros psiquiátricos, etc. Otro aspecto a subrayar en el caso de nuestra población en estudio radica en que muchas de estas cárceles par mujeres operan dentro de otras macro cárceles de hombres sin espacios adecuados y en condiciones de alta vulnerabilidad, debido a que los últimos años la población de internas aumento considerablemente. Esta circunstancia implica que disminuyan sus posibilidades de visita familiar, conyugal y que por estar alejada de su lugar de origen familiar prácticamente sean abandonadas. En este sentido, el modelo de tratamiento en las prisiones del Estado de México, tiene como ejes principales de acción el trabajo, la educación, el tratamiento y la capacitación para el trabajo. Estas esferas de acción operan a su vez en programas específicos cuyo propósito en conjunto es la readaptación. El funcionamiento de este modelo para la readaptación se sustenta en dos ejes de operación; uno es el Consejo Técnico Interdisciplinario cuya estructura de integración, operación y función se encuentra expresada en el capítulo II de la Ley de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad. El otro, es el Modelo de Educación Penitenciaría del Estado de México cuyas siglas de abreviatura son MEPEM. Es importante subrayar que este sistema progresivo técnico no resulta ser tan verdaderamente innovador como se plantea, –129– pues en Europa y Estados Unidos aparece en la década de los cuarentas, el cual tenía como objetivo mejorar la situación y condiciones de los internos e incluso otorgándoles una libertad anticipada (condicional) si su conducta era juzgada favorablemente por las autoridades penitenciarias. Para lograr tales fines, dicho sistema requería que el orden, el control y la vigilancia estuviesen perfectamente articulados, para ello se recurrió a tres instrumentos fundamentales. Uno ya existente y aportado por la arquitectura, nos referimos al Panóptico de Jeremy Bentham. El segundo instrumento destinado al control de los reclusos lo proporcionó por un lado la ciencia jurídica, que aportó un conjunto de reglamentos disciplinarios que se pondrán en funcionamiento para encauzar al rebelde o para estimular al perezoso. Por el otro, la Psicología conductual, dentro de la cual este tipo de tratamiento progresivo es mejor conocido como aproximación sucesiva El tercer instrumento destinado a esta vigilancia está representado por la posibilidad de que el interno mejore su situación o acorte su condena, mediante una evaluación que se efectúa de su comportamiento en el interior de la prisión. (Tarrio;2002) Como se puede apreciar, éste sistema progresivo no es otra cosa que una nueva dimensión de la gestión punitiva. El sistema progresivo técnico en el Estado de México, está compuesto de tres etapas como son: El tratamiento, el internamiento y la prelibertad. En conjunto estos tres elementos tienen la finalidad de propiciar la readaptación o rehabilitación social del delincuente; en suma pretenden la incorporación del interno, a la comunidad mediante el respeto activo de los valores imperantes de la sociedad, en un tiempo y en un espacio determinado. En este sentido la noción de tratamiento se encontrará gobernada por los principios de progresividad y el sentido técnico. El primero confiere una misión dinámica y secuencial al sentido terapéutico cuyo carácter permite avanzar como con–130– secuencia de previos progresos, y como anuncio y preparación de posteriores desarrollos. El segundo, el sentido técnico, implica una acción sobre los factores causales de la conducta criminal lo que presupone que en conjunto el tratamiento debe ser siempre individualizado o en su defecto inteligentemente seriado. (García;1975) Sin embargo, observaremos posteriormente la distancia entre la pretensión discursiva y el sentido que adquiere el denominado tratamiento en la práctica. Se trata de una distancia que marca profundas brechas de las cuales surgen los siguientes cuestionamientos. ¿Los elementos constitutivos del sistema progresivo técnico poseen los suficientes argumentos teóricos y prácticos para demostrar la readaptación social? ¿Se cuenta con los recursos humanos y económicos para garantizar la operación de tal pretensión? ¿Se cuenta con infraestructura adecuada y suficiente para garantizar un trabajo bien remunerado y una educación adecuada a las condiciones de la población penitenciaria? ¿Los consejos técnicos interdisciplinarios tienen la capacidad para demostrar la transparencia y el compromiso profesional en su operación? ¿Qué sentido adquiere en trabajo en la prisión? ¿Qué sentido adquiere la educación en la prisión? O más aún ¿El conjunto de las prácticas de operación del modelo de tratamiento son la expresión real y constante de una práctica velada de castigo? Ahora bien, intentamos dar respuesta a cada una de estas interrogantes, para ello primero diremos que el sistema progresivo técnico, es un complejo mecanismo de control constituido por diversos saberes mediante el cual se pretende mantener una supervisión estricta, tanto del interno como del personal técnico y del tratamiento que se otorga, mediante la constitución de un expediente clínico criminológico. Este sistema progresivo técnico se basa en tres etapas diferenciadas de tratamiento las cuales dadas las condiciones propias de la prisión, así como las dificultades a las que se enfrenta para su propia aplicación, se ven obstaculizadas tanto por la –131– interpretación como por los puntos de inflexión de la práctica jurídica, administrativa y política que ponen en entre dicho el uso y la promoción que el Estado expresa en la Ley de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad. La primera etapa consiste en la elaboración de un estudio médico, psicológico, social, educativo y criminológico del sujeto, cuyo propósito es detectar las posibles alteraciones físicas o intelectuales, así como los factores ambientales que propiciaron la comisión del delito. El resultado de estos estudios presumiblemente permitirá el diseño individualizado de un programa integral de tratamiento. Para ello, se supone que lo anterior se logra mediante el apoyo de pruebas psicológicas y proyectivas, así como entrevistas, psicoterapias de grupo, y registros de observación y valoración del comportamiento. Sin embargo en la práctica muchos de estos apoyos no llegan a ser utilizados. La segunda etapa consiste propiamente en el tratamiento, el cual es producto de los estudios anteriores. Esta etapa se apoya en dos ejes fundamentales; la educación y el trabajo, las cuales son medidas de manera progresiva mediante tres fases de seguimiento. Cada una de estas, proyecta un diagnóstico de la evolución obtenida en la individualización del tratamiento. Dicha evolución, es evaluada por un comité técnico interdisciplinario, el cual se encuentra integrado según lo estipula el artículo 12 de la LEPPRLE66 por los titulares o representantes de las áreas Directivas, Laboral, Técnicos, de Custodia y de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social. Este Consejo Técnico evalúa los logros obtenidos en las fases terapéuticas de trabajo, educación y Psicología. Con ello se decide sí el interno se ha rehabilitado gracias a la asimilación correcta de lo que se le ofrece durante su estancia en la prisión, desde luego tendríamos que subrayar que los referentes en los que se sostienen dichas maneras de proceder para la evaluación, son de lo más dudoso que podemos imaginarnos, dado 66 Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Liberad del Estado de México. –132– que en el acto de confirmación de la rehabilitación no existe argumentos de razón sustentable capaces de demostrar que los juicios o reflexión por parte de los sujetos que integran el Consejo Técnico, sean lo suficientemente contundentes para demostrar el estado de rehabilitación alcanzado, por el contrario cada uno de los expertos jueces del buen comportamiento solo aportan lo que ellos consideran un diagnóstico, en función de su propia lógica o la de su grupo de trabajo. O bien responden a la presión grupal que se da durante el ejercicio del Consejo que opera con tácticas de consenso en torno a la toma de decisiones respecto del progreso de un sujeto. Por tanto, las decisiones están sujetas a la arbitrariedad en la medida en que carecen de la racionalización de los procesos que supuestamente evalúan. (González; 1991) Por su parte el trabajo es visto como un principio, cuya finalidad consiste en la enseñanza de un oficio que le posibilite la obtención de una remuneración justa y una vinculación a la economía nacional, al mismo tiempo que procure satisfacer las necesidades requeridas por su familia, así como los medios necesarios para la reparación del daño causado. Sin embargo, como podrá observarse en posteriores líneas, todo lo anterior solo queda como la expresión de un ramillete de buenas intenciones, pues no existen las condiciones, ni los talleres suficientes para dar empleo a todos los internos. Además la escasa remuneración que obtienen y los talleres artesanales que se les ofrecen son de escaso interés para los internos. En relación a la educación, de igual forma es la expresión de un modelo que por demás es interesante y sugestivo pero limitado en la realidad por su propia práctica pues sus contenidos, material de apoyo y objetivos se basan en los textos de INEA, lo que provoca un profundo desinterés por parte de los internos, pues sus contenidos y objetivos se encuentran dirigidos a menores de edad, o sujetos en otras condiciones. –133– En conjunto, estas dos últimas etapas de apoyo terapéutico, el trabajo y la educación, así como las evaluaciones psicológicas, se convierten en dimensiones de la simulación, dado que los internos acuden a la realización de estas tareas solo por la obtención del beneficio institucional, basado en el dos por uno, que en otras palabras implica que por cada día de trabajo y asistencia al centro escolar se les reduce un día de condena. La tercera etapa es la prelibertad, la cual es obtenida por aquellos individuos que han logrado tres cuartas partes de su sentencia, así como un avance en el tratamiento. Desde luego, éste tratamiento como observaremos es sumamente cuestionable, como cuestionable es la decisión que toma el Consejo Técnico para permitir o no que un individuo acceda a esta última etapa. Pues como organismo responsable de evaluar la asimilación del tratamiento para ver sí el interno está en condiciones de ser externado, o bien para obtener algún beneficio de ley. En suma el Consejo Técnico no opera como un instrumento de decisión integrador por etapas que conforman el tratamiento, dado que en la práctica contribuye al mantenimiento de control, selección y organización de un castigo dosificado cuya última etapa es el otorgamiento de la prelibertad.67 Sin embargo, ésta última etapa se encuentra decidida arbitrariamente por un poder unipersonal representado por el Director del Centro de Readaptación, dicha decisión es velada u oculta tras el ritual ceremonioso de un Consejo Técnico que en apariencia evalúa progresivamente el avance del tratamiento en función de las asistencias, la sumisión, obediencia y docilidad del interno a cada una de las tareas asignadas como terapéuticas. Por ejemplo, lo anterior podría valorarse con el simple hecho de saber que estos consejos se reúnen dos veces por mes y en cada sesión analizan entre 20 y 50 expedientes. Este beneficio no es otorgado a los internos cuyo delito este tipificado como de orden federal, de igual manera quedan exentos todos aquellos internos de origen extranjero. 67 –134– Además tendríamos que subrayar que independientemente de la racionalidad mostrada en la organización del tratamiento, demostraremos a lo largo de la investigación que este enfoque de tratamiento penitenciario particularmente para el caso de la mujer, sigue basándose en ideas estereotipadas sobre la mujer delincuente, heredadas de las tesis lombrosianas del siglo XIX. Perspectiva sociohistórica del trabajo femenino Desde los años 70 se ha incrementado enormemente el número de mujeres que ingresan al mercado de trabajo. Esto se debe a que cada vez son más las mujeres que buscan un empleo para sostener a sus familias o completar el ingreso familiar, así como a la mayor demanda de mano de obra femenina, de ahí que desde 1970, las mujeres participen en el mercado laboral con un 17.6% de la mano de obra y para fechas actuales el porcentaje de participación se encuentre registrado en un 49.5%. Las crisis económicas y la debilitación del poder adquisitivo son también algunas de las causas que han llevado a más mujeres a trabajar fuera de su hogar, pero la incorporación de las mujeres al ámbito laboral no ha garantizado una mejor calidad de vida, en tanto que la tecnificación del trabajo y la nueva división técnica a nivel mundial ha generado nueva presiones y dificultades derivadas de su condición de género: discriminación salarial, segregación ocupacional, dobles y hasta triples jornadas de trabajo y recriminaciones familiares por el abandono del hogar, entre otras. La desigualdad salarial con respecto a los hombres es una de las principales características del trabajo femenino, de hecho en ningún país de América Latina se pagan salarios equivalentes, por lo general a las mujeres se les paga entre el 53 y el 77% del salario que reciben los hombres por desempeñar las mismas tareas, sin que esto signifique un horario más cómodo o mayores prestaciones. Muchas empresas actualmen–135– te contratan a las mujeres, pero los principales puestos de dirección y de control los reservan para hombres, así como ascensos o bien invertir en la capacitación del personal masculino, sobre todo porque se tiene la idea de que las mujeres tienen menor estabilidad y compromiso con el trabajo, debido a las exigencias del hogar y la maternidad. Definitivamente, la educación es un instrumento indispensable para mejorar la calidad de vida y acceder a mejores oportunidades laborales. Sin embargo, en nuestro país hay un enorme rezago educativo, que experimenta principalmente el sector femenino. En 1999, por cada 100 hombres 9.6 eran analfabetas y 7.4 por cada cien mujeres; en el 2000 se incrementó para ambas partes pero revisando con detalle las estadísticas podemos observar que la mujer sigue estando relegada en este ámbito por ejemplo de cada 100 hombres 7.4 son analfabetas y de cada 100 mujeres 11%, (INEGI;2000) eso quiere decir que de la población analfabeta de nuestro país la mayoría esta conformada por mujeres; de echo un dato importante de subrayar, es que cuando las familias deciden retirar a sus hijos de la escuela por falta de recursos, optan por sacar a las niñas, porque suponen que los varones son una inversión más rentable para el sustento familiar. De ahí que aproximadamente la mitad de las niñas mexicanas que dejan la escuela, lo hacen a los 16 años, debido a dos factores principales: pobreza y maternidad prematura. Este abandono de la escuela limita sus oportunidades educativas y laborales, e incluso permean en muchos otros aspectos de su vida: por mencionar un ejemplo, se sabe que la mayoría de las mujeres sin instrucción tienen el doble de hijos que las que sí tienen una preparación, lo que complica su situación económica y laboral. La participación en el mercado de trabajo es diferente si se analiza por género. A los hombres obviamente corresponde una tasa mayor que las mujeres, 70.3% frente a 29.9%. (INEGI;2000) Estos datos reflejan que aunque la participación fe–136– menina va en aumento aún está muy por debajo de la masculina, no ocurre así con la PEI (Población económicamente inactiva), que está más ligada al trabajo doméstico, según el INEGI por cada 100 hombres el 0.7 se dedica al trabajo doméstico y por cada 100 mujeres 12.4 desempeña el mismo trabajo, esto refleja que las mujeres siguen concentrándose en el trabajo doméstico y los hombres en el extradoméstico. Con nuevas exigencias, por la tecnificación de los procesos productivos, tanto para las trabajadoras como para los trabajadores, las nuevas tecnologías les demandan una mayor preparación y capacitación, situación que las trabajadoras están enfrentando en condiciones de desigualdad. Por lo tanto la mujer se enfrenta a un mercado de trabajo altamente competitivo, selectivo, inestable y con altos índices de segregación. No conforme con esto a lo largo de la historia, la familia ha sido entendida como una estructura fundamental de la sociedad, en donde la mujer tiene un papel esencial: procrear hijos y compartir con su esposo la responsabilidad de cuidarlos y educarlos además como sostén y pilar fundamental del seno familiar, sin embargo su desarrollo personal se concibe con el hecho de la maternidad, su rol como esposa y como hija. Cuando hablamos de la mujer y del rol que ha jugado a través de la historia en la sociedad mexicana nos viene a la mente que ha estado envuelta de tabúes, prohibiciones y represiones que le ha impuesto la sociedad, así la condición de la mujer es una creación histórica cuyo contenido es el conjunto de circunstancias cualidades y características esenciales que definen a la mujer como ser social y cultural genérico. La mujer ha sido transmisora de cultura y su avance en la historia ha sido a través de ámbitos difíciles de vencer debido a que al obtener educación y querer ocupar otras posiciones dentro de la sociedad que no correspondan a las tradicionales entra en conflicto con la familia, con la sociedad y hasta con ella misma. –137– El estigma Cuando hacemos un recuento del papel que ha jugado la mujer a lo largo de la historia, no es difícil observar el papel secundario al que siempre se le ha relegado mediante una serie de cualidades y características atribuidas a las mujeres; formas de comportamiento, actitudes, capacidades intelectuales y físicas, hasta su lugar en las relaciones económicas y sociales, las cuales están determinadas y ligadas al sexo. “Así, la condición propia que posee cada mujer, expresa de manera concreta la condiciones reales de vida a la cual se encuentran insertas desde que nacen hasta la muerte, nos referimos en términos sociales al entramado de relaciones de producción - reproducción y de grupo social de pertenencia, el tipo de trabajo que desempeña, o la actividad vital para su existencia, el papel de la maternidad y su rol como jefa de familia, la adscripción a su núcleo familiar de origen, el acceso a los bienes materiales y simbólicos, la etnia, la lengua, la religión, las definiciones políticas, el grupo de edad, las relaciones con las otras mujeres y con los hombres, con el poder y con las costumbres, las tradiciones”. Hablamos en conjunto de una serie de valoraciones sociales vinculadas al papel que desempeñan las mujeres en la sociedad. (Lagarde; 1993) En este sentido, culturalmente la mujer ha sido relegada y se le ha reconocido solo como la madre abnegada y la esposa sumisa, sin embargo cuando rompe con el rol impuesto es etiquetada y estigmatizada por todas aquellas acciones que se alejan de sentido cultural atribuido, así mientras más se alejen las acciones de tales patrones impuestos, más acentuadas serán las etiquetas de desviada y la estigmatización, sobre todo cuando una mujer ingresa a la prisión por la comisión de un delito. De ahí que la sociedad sea quien establezca los parámetros para poder ver al otro desde un medio social que impone su propia lógica al establecer categorías que según la cultura del grupo enuncia como reconocimientos heterodirigidos que imponen una distinción o etiqueta. –138– Es importante subrayar que al estigma se le ha definido, como un atributo significativamente desacreditador que socialmente sirve para degradar a la persona que lo posee. Si bien el término tiene una larga historia que arranca desde la Grecia clásica, donde aparece como una marca colocada sobre los parias (excluidos), se introdujo al análisis sociológico en gran medida a través del trabajo de Erving Goffman. El estudio de Goffman se basa en una investigación empírica cuya población de estudio son personas que padecen enfermedades mentales, o poseen deformidades físicas, o practican, que son percibidas como conductas socialmente desviadas. El ejemplo típico seria la homosexualidad o el comportamiento criminal. Goffman argumenta que al individuo estigmatizado se le ve como una persona con una “diferencia indeseable”. Señala también que la sociedad conceptúa el estigma en función de lo que constituye la “diferencia” o “desviación”, y aplica reglas o castigos que conducen a una suerte de “identidad averiada” en el individuo en cuestión. De este modo, la etiqueta del estigma, entendida como un atributo negativo, se le coloca a las personas quienes a su vez y en virtud de su diferencia son valorados negativamente por la sociedad, es decir que la situación del individuo estigmatizado, se expresa algo así como des-habilitación para una plena aceptación social. Así él estigma no es otra cosa que el efecto principal de una carencia que procede según como la sociedad la considere. La estigmatización de aquellos que son juzgados como desviados morales, puede funcionar claramente como un medio de control social formal, sin embargo en el caso de las mujeres, la conducta delictiva es considera indeseable e inadmisible para la sociedad al grado que son vistas como un mal ejemplo tanto para la sociedad como para las mujeres en general. Es precisamente en la prisión en donde encontramos uno de los elementos fundamentales de esta doble estigmatización porque las mujeres que están en prisión son castigadas y sancionadas –139– no solo por las leyes penales sino olvidadas y abandonadas por su propia familia y repudiadas por la sociedad. Esto explica según Goffman las relaciones con un individuo estigmatizado a través de la estructura social hacen que en algunos aspectos el resto de la sociedad considere a ambos como una sola persona. Por lo tanto la familia de la mujer presa esta obligada a compartir parte del descrédito de ella como persona estigmatizada porque los une una relación. Por otro lado al referirnos al estigma de la mujer delincuente y a su supuesta conducta antisocial tenemos también que hacer énfasis a la prisión y a su significado dentro de la sociedad. Lagarde considera que “la prisión es una institución punitiva y pedagógica” esto quiere decir que mediante el castigo de unos cuantos en este caso mediante el castigo del encierro, las personas que transgredían las normas pueden aprender a no hacerlo en un futuro. “A diferencia de otras instituciones de recreación del poder, la prisión está destinada a los disidentes, a los transgresores. Se trata del espacio reservado para aquellos que no aceptan el cumplimiento de las normas. Así la prisión excluye y cerca, contiene en el aislamiento a los sujetos que no internalizan el consenso de acuerdo con el lugar en la sociedad y la cultura, actúan fuera de la norma.”(Lagarde;1993) Por otro lado, las “Instituciones Totales” como las llama Goffman en su libro Internados, se definen como un lugar de residencia y trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo apreciable de tiempo comparten en su encierro una rutina diaria, administrada formalmente, las prisiones son en realidad un modelo jurídico disciplinario que concentra todas las tecnologías coercitivas del comportamiento, los sujetos que viven en ellas están sometidos a una sola autoridad que en mayor o menor medida están separados completamente del mundo circundante. Al convertirse la prisión en una Institución totalitaria, las internas refuerzan los modelos antisociales de conducta, los organismos institucionales ponen en acción sus mecanismos –140– de marginación integrados y reforzados por procesos reactivos que operan a nivel formal, estos procesos se refieren fundamentalmente a la distancia social, que aísla a la población criminal del resto de la sociedad y en algunas ocasiones entre las mismas condenadas. En la prisión las reclusas no sólo se educan, sino que viven un proceso de desculturación como diría Goffman “es un desentrenamiento que la incapacita temporalmente para encarar ciertos aspectos de la vida diaria en el exterior”. (Goffman;1972) La mujer recluida adopta actitudes y modelos de la subcultura carcelaria a la cual pertenece. Mientras que Foucault se refiere a la prisión como al momento en que se deja la barbarie de los castigos y se pasa a lo que es la “humanidad”. Datos generales de la población Existe una serie de características específicas que hay que destacar específicamente en la mediada que nos muestran importantes diferencias de las mujeres en prisión, en particular son características que muestran la situación discriminatoria hacia la mujer y en consecuencia una pena mas dura en comparación con la que cumplen los hombres. Además es importante subrayar que la población de mujeres internas tanto en las prisiones del Estado de México, como en toda la republica, constituyen una parte minoritaria de la población de internos en las cárceles de México. Sin embargo, a recientes fechas la población femenina ha registrado considerable aumento, la proporción de mujeres en comparación a los hombres continuaría siendo mínima. La base de datos de nuestra población esta formada por 242 expedientes de internas cuyas características son las siguientes. De los principales delitos registrados por los que se encuentran privadas de la libertad, se puede observar que el de mayor frecuencia es: el robo y el homicidio, representado un 20.7% de los cuales el 19.8 son de fuero Federal y el 80.2% de –141– fuero común. (Confróntese con la tabla 2) Del conjunto de internas el promedio de años de sentencia corresponde a rangos de 6 a 10 años de prisión. Tabla 2. Delito cometido Delitos Frecuencias Porcentaje Contra la salud Fraude genérico Homicidio Lesiones Otros delitos Parricidio Potación de arma de fuego Robo Robo a casa habitación Robo a interior de vehículo Robo calificado Robo con violencia Robo de infante Robo de vehículo Secuestro Tentativa de homicidio Tentativa de robo Violación 36 2 50 1 37 11 5 49 6 1 1 15 10 2 7 2 1 6 14.9 0.8 20.7 0.4 15.3 4.5 2.1 20.2 2.5 0.4 0.4 6.2 4.1 0.8 2.9 0.8 0.4 2.5 Total 242 100 Fuente; Dirección General de Readaptación Social. Edomex El hecho de que las internas hayan cometido principalmente delitos no violentos que no causan peligro social y que la mayoría únicamente tiene una causa penal y por tanto no sean reincidentes. En relación a su antecedente criminológico, podemos afirmar que el 76.0% de las internas no presenta relación alguna con este juicio de evaluación, lo mimo se puede afirmar según los datos obtenidos con respecto al Maltrato –142– Infantil, el 71.9% del total de la población, no presenta antecedente de este tipo de violencia. El caso de Estado Civil, el 22.3% son solteras, y el 26.9% casadas, el 31.0% son mujeres que vivían en unión libre, 9.9% eran separadas y 7.9% viudas, el restante 1.2% no nos proporcionó ningún tipo de información con respecto a su estado civil. Por otro lado, del conjunto de internas, según los registros obtenidos pudimos observar que el 88% de las internas no reciben visita familiar, en comparación a un 9.5% que las visitan sus familiares, en consecuencia las visitas conyugales se pueden apreciar que solo el 19% las reciben en comparación al 77.3% que tienen contacto con sus compañeros o cónyuges. En conjunto de estos datos muestran la importancia en relación a los vínculos de reconocimiento o desconocimiento y abandono del que son objeto las mujeres en reclusión por parte de su familia o cónyuge. Con relación al consumo de algún fármaco o dependencia, y el tipo de fármaco a que son dependientes las reclusas, pudimos observar que del total de 242, 182 expresan no consumir algún tipo de droga, sin embargo de este porcentaje tenemos que subrayar que según lo observado en el trabajo de campo, un alto porcentaje de ellas son fumadoras convulsivas, adictas a la coca cola y al café, por tato eso del no consumo es un tanto cuestionable. En lo referente al consumo de alcohol, se observa que el 8.7% son consumidoras habituales y el 14.9 manifiestan consumirlo pero no de manera habitual. Sin embargo cuando preguntamos la frecuencia del consumo las cifras nos expresan otro universo de datos, por ejemplo 2.1% expresan consumir diariamente alcohol, 9.1% de manera semanal, 9.9% cuando menos una vez cada quince días, y 19.8% una vez al mes, y el restante 59.1% consumen cuando menos un sábado o un domingo. Con relación al nivel de escolaridad pudimos observa que el mayor porcentaje refiere la falta de formación, mientras que en conjunto el 43.6% cuentan con una formación elemental y el –143– 28.5% de estas mujeres no poseen ningún tipo de estudio, por su parte la principal causa de deserción escolar es la falta de recursos económicos (35.1%), seguido de la falta de interés personal, como se puede apreciar en la tabla 6. La racionalidad del trabajo femenino en prisión Los estudios sobre prisión han puesto sobre el tamiz de la discusión las distintas formas de readaptación social emprendidas por el Estado, de ahí nuestro interés por reflexionar en torno a una de estas dimensiones constituyentes del tratamiento y junto a ello lograr una aproximación al problema del trabajo en la prisión, particularmente en el caso de las mujeres. Ahora bien antes de continuar con la exposición que da origen al titulo de estas líneas, debemos aclarar que cuando hablamos de prisión nos referimos a esta como aquella parte componente de la organización de una sociedad, la cual para su funcionamiento y aplicación toma como base las propias dimensiones que la sociedad establece como actividades soporte para su manutención y reproducción. En este contexto, el funcionamiento y aplicación de las medidas correctivas utilizadas en la prisión, pueden ser consideradas en conjunto como un sistema complejo que se encuentra en una constante interacción con el ambiente que le rodea, nos feriemos a la sociedad. La prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a cabo objetivos comunes y propios de cada elemento agregador, de éste gran sistema de la sociedad. En este sentido tanto las mujeres como los hombres no juegan un papel pasivo, por el contrario se convierten en actores de éste gran sistema. Desde esta perspectiva la prisión tendrá que ser vista como un sistema que establece una interacción compleja e intensa con su ambiente interno y externo, dicha comunicación afecta a todo el conjunto de actores que la integran. En este sentido –144– la prisión es una estructura en intercambio con su entorno, tanto desde una perspectiva histórica como sincrónica. (Melossi; 1980) Estructura que debería brindar en este caso en particular a las internas, un tratamiento para la readaptación social basado; primero en el área educativa y de formación profesional; en segundo lugar, en actividades ocupacionales y deportivas; y en tercer lugar, en un trabajo remunerado el cual debería en términos formales, permitir a las internas obtener una ganancia acorde al trabajo desempeñado. Sin embargo, no obstante lo estipulado en la formalidad de los reglamentos, acuerdos y tratados internacionales el trabajo al interior de las prisiones para mujeres continua siendo asignado socialmente dependiendo del género de pertenencia, refiriéndonos a la división del trabajo entre hombres y mujeres presente tanto dentro como fuera de las unidades domésticas y a las relaciones de poder que se dan en el hogar y se ejercen en ambos espacios. Donde la construcción social considera lo familiar y lo doméstico como espacios propios de las mujeres. Observándolos como incompatibles con aquel trabajo fuera del hogar, primeramente. (Baca; 2002) por las tradiciones, valores y normas culturales, las cuales plantean como responsabilidad femenina los trabajos reproductivos: como es el cuidado y socialización de los hijos, junto con las tareas domésticas de manutención cotidiana. (García y Oliveira; 1998) Y por otro lado, por la participación de las mujeres en actividades fuera del hogar, las cuales son ocupaciones consideradas en muchas de las ocasiones como aquellas actividades de prolongación del trabajo desempeñado en el hogar, desde el momento en que ejercen como enfermeras, profesoras, cocineras, costureras, servicio doméstico y de limpieza en oficinas, donde la mayoría de las mujeres trabajadoras laboran. Mujeres las cuales cuentan con diferentes niveles de instrucción, edad y sector social de pertenencia. (Baca; 2002) En este sentido observamos, que las internas reproducen la condición que se da dentro del hogar, en la prisión. Desde el –145– momento en que la prisión misma, solo considera como forma de trabajo para cada una de las internas, los servicios necesarios para el buen funcionamiento de la misma, como son los trabajos de cocina, lavandería, tejedoras y costureras, artesanos, realizando aseo y servicios generales. Formas de trabajo, que no cuentan con un apoyo en el ámbito educativo. Ámbito que les debería de permitir el acceso a otro tipo de actividades, donde las mujeres pudieran obtener un pago justo por su trabajo desempeñado dentro de la prisión. Condición laboral que las mujeres ven expresadas en una llamada dualidad, ya que desde el momento de encontrarse internas, esto les permite de alguna manera diferenciar de forma clara el trabajo que realizaban dentro de casa y el trabajo fuera de ésta, modelo que es denominado por Norma Baca como doble presencia, explicando la multiplicidad de roles que hoy en día asumen las mujeres tanto en el hogar como fuera de él. (Baca: 2002) Pero entonces surge la pregunta, ¿Cómo se da la readaptación social en las internas? Si desde el primer momento, como parte de este tratamiento las actividades de trabajo que se les ofrecen son las que reproducen la condición dentro del hogar; otorgando la prisión el papel asignado socialmente a los géneros, evidenciando que el trabajo en ese momento no cumple con la función preparatoria para que las internas se instruyan con la finalidad de readaptarse socialmente. Cuando realmente el trabajo, debiera permitir a las mujeres desempeñar una actividad que redituara y les brindara la oportunidad de interactuar con los otros, es decir socializar. (Baca; 2002) Por tanto, cabe mencionar que dentro de las prisiones no se cuenta con personal capacitado o especializado para la formación de las internas, por consiguiente hace falta un tratamiento destinado a superar carencias en motivación y hábitos, que resultan necesarios para el trabajo, como son la asistencia, la continuidad, la puntualidad, la iniciativa, etc., en la escasa participación, formación y poca motivación de las internas. Don–146– de debiera perseguirse que las internas, tras el cumplimiento de la condena, contarán con hábitos de trabajo, aprendiendo a convivir con la ley, para poseer más posibilidades de reintegrarse socialmente y laboralmente, de como entraron a prisión. Con intención de que ya no se de la oposición entre la formación y el trabajo dentro de la prisión. Cuando la intención del tratamiento es otra, como el “preparar al interno para la vida normal en sociedad y ha de comprender todos los elementos apropiados de reeducación y readaptación”. (ONU; 1959) Donde elementos como la educación y el trabajo, obligan a las internas a prepararse para readaptarse. Por consiguiente, en la prisión se debería tener verdaderamente derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la seguridad social, trabajo que en modo alguno, puede tener carácter de castigo o pena, sino propiamente de formación, conservación y, en determinado momento, como creador de hábitos laborales, (Elías; 1999) los cuales conducen a las internas a una readaptación social. El entorno social de las mujeres en prisión Desde luego esta última idea ha cobrado relevancia, al reflexionar que la interna en este caso en particular, debe ser considerada como un sujeto cuyo acto o acción que le llevó a la comisión del delito es de naturaleza social, por tal motivo analizamos el entorno en el que vivían y se desempeñaban las internas, situación que percibimos por medio de los datos obtenidos desde la estadística penitenciaria del Estado de México. Gráfica la cual mostró que la mayoría de las mujeres internas son procedentes en primer lugar, del Estado de México (91), en segundo lugar del Distrito Federal (65), en tercer lugar de Veracruz (14) y en último lugar del Estado de Hidalgo (10). Datos que permiten percibir que la mayoría de estas mujeres se encontraban en lugares donde el índice de pobreza es alto, son lugares marginados, las cuales provienen de una comuni–147– dad con un alto índice delictivo, como en este caso se observa en el Estado de México, siendo espacios con alto índice de desempleo, además de bajo nivel académico en la mayoría de su población. Es así, como encontramos que estas mujeres se encuentran en prisión por haber cometido un delito o varios. Donde se percibe que se encuentran en ellas un total de 242 mujeres internas, las cuales cometieron diversos delitos, sus edades oscilan entre los 18 años hasta los 99. Como se puede apreciar, estas mujeres internas cometieron el ilícito en una edad aproximada de entre los 18 y 33 años. Edad que es considerada como productiva, desde el momento en que las mujeres tienen un desarrollo que les permite procrear, además de contar con una edad donde todavía se tiene oportunidad de obtener un empleo. Tabla 3. Edad de las internas Edad Frecuencia Porcentaje 18-22 23-27 28-32 33-37 38-42 43-47 48-52 53-57 58-62 63-67 68-72 99 Total 41 47 19 42 22 17 9 6 2 2 2 3 242 16.9 19.4 20.2 17.4 9.1 7 3.7 2.5 0.8 0.8 0.8 1.2 100 Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998. –148– Es importante hacer notar el papel que adquieren las mujeres adultas, pues estas otorgan un papel de ayuda y autocontrol a las mujeres jóvenes, por decirlo así, al darles consejos sobre sus vidas fuera de la prisión.68 En esta relación la mujer adulta también se beneficia al permitirles aumentar su sentido de responsabilidad y ser reconocidas por su propia madurez, de manera tal que las mujeres adultas se sienten responsables y las jóvenes protegidas. (Genders y Placer;1987) Se trata de una realidad cuya práctica impregnada en las prisiones para mujeres, expresa una visión proteccionista que infantiliza a las mujeres, las hace dependientes, débiles, necesitadas de ayuda y en consecuencia también les niega su estatus de mujeres adultas. La infantilización en el tratamiento y en la disciplina penitenciaria que se ejerce en la prisión se expresa en la ausencia de criterios clasificatorios, así como una correcta separación entre internas según las circunstancias delictivas o supuesta peligrosidad. De ahí, que en los CPRS, exista una heterogeneidad y mezcla de situaciones distintas en donde se mezclan edades diferentes, delitos, reincidentes, primo delincuentes, peligrosas, madres con hijos, que son obligadas a compartir un mismo espacio donde prevalecen disfunciones diferentes y problemáticas diferentes, todas estas condiciones de entrada ponen en tela de juicio el tratamiento científico e individualizado que marca la ley, al quedar desvirtuado por una realidad opuesta a lo establecido por la institución penitenciaria. Otro aspecto es que la gran mayoría de las mujeres en prisión son madres solteras o separadas con varios hijos o hijas. Por tanto encabezan familias monoparentales y han mantenido solas a sus familias, ya que el padre no se responsabilizo de su 68 Esta concepción paternalista no existe en el caso de los hombres ya que para ellos prevalece la teoría de la contaminación, es decir que los jóvenes delincuentes serán corrompidos por los mayores. Esta filosofía distinta para hombres y mujeres refleja los estereotipos sexistas que todavía existen sobre la delincuencia femenina. –149– manutención bien porque ésta ausente, encarcelado o bien porque se ha vuelto a comprometer con otra mujer. Además una tercera parte de estas mujeres ha sufrido malos tratos o agresiones sexuales por parte de sus maridos o compañeros, lo que en la mayoría de los casos ha sido causa de la separación. Así, las mujeres que en porcentaje predominan son aquellas que se encuentran viviendo en unión libre (31%), las cuales en su mayoría son analfabetas (50%) y se empleaban como comerciantes en pequeño, empleadas domésticas, sexo servidoras y en gran porción, ocupadas en actividades agrícolas o industriales (63%). Por ello, se podría plantear que con la finalidad de redimir tal acción de la sociedad por medio de la institución carcelaria se les debe dotar de oportunidades para la instrucción y capacitación del trabajo. Pretendiendo con la obligatoriedad de la capacitación del trabajo penitenciario, el que desarrollen alguna ocupación a fin de dar sentido resocializador a las internas. Con ello, las condiciones de trabajo en reclusión se encuentran relacionadas de manera directa con las condiciones generales del mercado laboral en la sociedad. Los principios que la regulan se encuentran contenidos en las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los internos (as). En estas reglas se constituyen los principios básicos de organización, las condiciones y los principios definidos como un derecho y una obligación, fundamentados como un principio para el tratamiento, reinserción o readaptación de las internas. Este principio se encuentra articulado por tres dimensiones fundamentales cuyas condiciones legales, sociales, culturales y económicas se encuentran contenidas en la “Ley de Ejecuciones de Penas Privativas de la Libertad”. Ley que en su artículo 4º expresa “el tratamiento debe asegurar el respeto a los Derechos Humanos y debe tener como principio la readaptación social de los internos”, y en el artículo 44 de este mismo ordenamiento, se hace referencia a que “el –150– tratamiento de los internos tendrá como base, el trabajo69, la capacitación para el mismo y la educación”. La participación de las internas en la dimensión del trabajo no se presenta de manera uniforme en las prisiones del Estado de México, de hecho existe una concentración predominante de una de las actividades en detrimento de las otras. Así, la dimensión del trabajo en las prisiones, no es única para el Estado de México, por lo general en todo el mundo se ha caracterizado por una serie de dificultades, para algunos intrínsecas, para otros extrínsecas, pero que a fin de cuentas se observa el lejano cumplir de los principios, leyes y acuerdos normados tanto por la leyes locales como por los acuerdos internacionales. Uno de estos principios y quizá el más importante para entender la problemática del trabajo se encuentra contenido en la regla número 28 de las normas mínimas para el tratamiento de reclusos de la Naciones Unidas, la cual a su vez hace alusión al Art. 3º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos donde se estipula que; el régimen penitenciario deberá emplear métodos de tratamiento conforme a las necesidades individuales de los delincuentes, recurriendo a cualquier medio curativo, educativo, moral, espiritual, de capacitación para el trabajo o de cualquier otra naturaleza del que se pueda disponer a fin de poder lograr la incorporación del delincuente a la sociedad. Partiendo quizá, de lo que sucede a los actores, desde el momento en que son capaces de interpretar sus circunstancias y adaptarse a ellas, al mismo tiempo que están insertos en un orden social que los modela. (Castro; 2000) Por su parte la regla número 92 de las Normas Mínimas, menciona que en la práctica se deberá procurar una vinculación entre el trabajo de la prisión (tabla 2), la posible capacitación y las condiciones externas de la prisión, procurando otor69 Es el momento en que se debería considerar el trabajo como un derecho y un deber interno, que propiciará satisfacer aspiraciones laborales de las internas. Aunque en la actualidad es todavía insuficiente la oferta de trabajo remunerado, situación que afecta directamente a las mujeres internas. –151– gar a los trabajadores un certificado de habilidad o creándoles un marco de experiencia previa en un determinado trabajo, a fin de que éste a su egreso pueda incorporarse de manera productiva a la sociedad. (Obsérvese en la tabla 8) Lo cual mencionamos anteriormente no sucede por diversas razones. Tabla 4. Actividad fuera de prisión Ocupación Exterior Operadora Comerciante Obrera El hogar Campesina Auxiliar administrativo Empleada doméstica Sexo servidora Empleada federal Estudiante Vigilante Profesionista Cocinera Sin ocupación Total Frecuencia 6 42 21 101 6 6 29 2 1 3 2 3 9 11 242 Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998. Para el logro de tal fin, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla en su artículo 18 fracción segunda que: “los gobiernos de la federación y de los Estados organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del delincuente”. A su vez este precepto se contempla en el capítulo primero de la Ley de ejecuciones de Penas privativas de la Libertad del Estado de México. –152– Generalmente, los sistemas de trabajo para el tratamiento de las internas en reclusión siguen las tendencias del comportamiento de desarrollo económico del país en el que se aplican, sin embargo existen algunas experiencias en las que el trabajo como medida de readaptación ha logrado experiencias importantes, e incluso debe mencionarse que existen algunas prisiones en donde la gama de formación y de capacitación es tan variada que ha permitido una estrecha vinculación entre el trabajo de la prisión y el trabajo fuera de la prisión en términos de producción, competencia, rentabilidad y eficacia70, aunque esto no suceda en nuestro país. Desde luego tendríamos que subrayar dos aspectos importantes, el primero radica en que muchas de estas prisiones fundamentalmente se encuentran en los países del primer mundo, en donde existe un equilibrio de la población penitenciaria. En segundo lugar en muchas de estas prisiones se han diseñado proyectos de capacitación y adiestramiento en áreas de alta calificación del trabajo, logrando con ello diluir parcialmente la enorme carga financiera que los países canalizan a las prisiones. Estos modelos de adecuación del trabajo han padecido severas críticas y paradójicamente se han convertido en un modelo a seguir. De forma, que la administración pública en nuestro país, debería llevar a cabo un programa integral desde la prisión, donde se intentará de forma seria el promover el empleo en las prisiones en condiciones idóneas, con remuneración y cobertura social, donde fueran incluidas las internas, garantizándoles el ejercicio de sus derechos en la negociación colectiva laboral de las mismas. En muchos de los países industrializados, las internas en su mayoría son consideradas trabajadoras productivas, desde luego esta concepción radica en que muchas de estas mujeres se encuentran inmersas en un medio con gran progreso económico, con hábitos de vida elevados; lo que sucede por el con70 La importancia de tener un trabajo remunerado en la cárcel, a la vez denuncia la realidad de una clara explotación económica. –153– trario en países como el nuestro, las internas en su mayoría son mujeres cuyo perfil característico está dado por una baja calificación escolar, desempleo, desintegración familiar y migración del campo a la ciudad, expulsadas por las escasas expectativas que en muchos de los casos esto representa y desde luego, el espejismo de las grandes ciudades. Ello presupone problemas centrales para estas prisiones, el primero dotar de una capacitación básica a las internas, el segundo optar por una capacitación adecuada y el último enfrentarse en conjunto a problemas de financiamiento y de desfase estructural por las condiciones que atraviesa nuestra sociedad. Como podemos observar los principios y ordenamientos quedan distantes del mundo de las prisiones, pues de hecho lo que se plantea tras de sí, como la cara opuesta de una misma moneda, sería entonces el problema de la descalificación, la cual está presente en todas y cada una de las actividades propuestas por estos ordenamientos, de hecho es tal el nivel de descalificación que las remuneraciones de estas trabajadoras llega a estar muy por debajo de la condición del mercado laboral de nuestra sociedad. Trabajadoras que en su vida exterior no cuentan con estudios por tres causas fundamentales, la primera la falta de dinero en el hogar de procedencia, la segunda por la necesidad de trabajar para tratar de sufragar gastos dentro de sus familias y la tercera por buscar oportunidades diversas de su lugar de procedencia. De hecho la formación para el trabajo y la ocupación laboral profesional debería convertirse en un instrumento para la formación de habilidades y conocimientos técnico profesionales, los cuales pudieran servir tanto al desarrollo de quienes se encuentran en prisión como para sus familiares y la sociedad. Con ello se lograría que los internos no se alejaran del ritmo del mercado laboral, el cual es fuertemente competitivo en nuestros días. No obstante, con las condiciones en las que se encuentran lo único que se logra es que estas internas sean expulsadas del –154– mismo mercado, pues al ingreso, las internas poseen el conocimiento y las habilidades para sortear las exigencias de este mercado laboral, al salir se encontraran con dificultades como el no contar con ninguna posibilidad, retrasadas en el desarrollo de las habilidades que poseían en el desempeño de ciertas tareas y además señaladas, por haberse encontrado en prisión. Al observar detenidamente la información, encontramos que 43 de ellas no tienen estudios, 19 solo terminaron los estudios de primaria, 6 terminaron la secundaria, 1 el bachillerato y la licenciatura, en lo que en su conjunto corresponde al 29.3% del total de la población. La mayoría de estas mujeres trabajan como artesanas el 38.8%, en servicios generales el 24.8% y el 17.4% son tejedoras y costureras. Esta situación proviene, según consideramos, debido a que el papel atribuido al trabajo para la readaptación social es contemplado de manera secundaria, de hecho nos atrevemos a pensar que solo es una actividad complementaria. Primero, porque no existe la infraestructura adecuada que permita capacitar a la interna en tareas complejas y de competencia con el mercado laboral externo. Agregando a esta idea se encuentra el gasto que el Estado canaliza para la manutención de cada una de estas internas, de hecho, según datos de la Dirección General de Readaptación Social, diariamente en promedio se gasta por interna, alrededor de ciento sesenta y cinco pesos ($165.00); si multiplicamos esta cantidad por el total de internas que es de 242 (en total hombres y mujeres son 6227), nos resulta un gasto diario de treinta y nueve mil novecientos treinta pesos ($39 930). Segundo, porque la segmentación del mercado laboral articulado a las variables económicas y socioculturales, define las condiciones objetivas del trabajo en la prisión. ¿Qué queremos decir con esto? Que el grueso de la población penitenciaria posee apenas un nivel básico de formación, ello habla por sí mismo de las condiciones en las que podría operar el trabajo en la prisión. –155– Otro aspecto que tendríamos que tomar en cuenta se refiere al estado civil de los internas, a la distribución de edades y a las condiciones generales de ocupación en el sector formal e informal que muchas de éstas tenían antes de ingresar a prisión; (Confróntese la tabla 9) lo cual son aspectos que no se tornan independientes a las condiciones sociales de nuestra sociedad. Tabla 5. Edad y estado civil Edad Estado Civil 19-55 32 23-54 18-53 18-55 25-69 Casadas Divorciado Separados Soltero Unión Libre Viudo Sin datos TOTAL Frecuencias 65 2 24 53 74 18 6 242 Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998. En resumidas cuentas lo que se puede apreciar es una concesión de mujer en la que no se toma en cuenta que esta pueda ser jefa de familia o responsable de la economía familiar, todo ello a pesar de que la mayoría de las internas tienen hijos y forman familias monoparentales, con lo que muy a menudo son ellas las únicas responsables de mantener económicamente a su familia. De ahí que insistamos en remarcar que los principales objetivos trazados por los programas rehabilitadores de la prisión en el caso de las mujeres sea específicamente la feminización. En este sentido las tesis Lombrosianas se mantienen vigentes hoy mas que nunca al reconocer que cuando una mujer delinque no solo ha vulnerado una ley sino también las normas sociales de su condición femenina y en consecuencia se ha masculinizado. Así la cárcel juega la función de contrarrestar esta doble desviación recordando y enseñando a las –156– internas cual debe ser su rol más importante. Sin embargo, paradójicamente los programas para la readaptación social que se operan en las prisiones del país y en las del Estado de México, sirven para adquirir habilidades sociales y laborales. Desde luego, no se niega lo valioso de la enseñanza de las tareas domésticas en la vida cotidiana de las mujeres lo que nos hace cuestionar la insistencia de estas actividades laborales, es porque razón si adquieren un sentido rehabilitatorio no se instrumentan como programas de enseñanza en las prisiones para hombres, desde luego esto es así porque en el caso de los hombres lo que prevalece es la idea de que tienen que ganarse el sustento para mantener a la familia. El trabajo en la prisión El trabajo en la prisión está ligado a factores diferentes entre sí. La globalización del trabajo y la división social técnica de éste, son una de las consecuencias directas en las condiciones familiares de cada una de las internas. Por su parte la expulsión del campo y la formación de grandes centros urbanos, sin duda son aspectos que han dado como consecuencia la concentración y el abaratamiento de la mano de obra. Estos factores se encuentran ligados al diseño de políticas públicas realizadas con la finalidad de prevenir y sancionar la delincuencia, todas éstas atravesadas por las condiciones culturales, políticas y económicas que cuestionan los patrones diseñados para la readaptación social y su impacto en el abatimiento de la delincuencia. La falta de adopción de medidas acordes para el logro de la prevención de la delincuencia, el incremento constante de la violencia y la configuración de redes cada vez más sofisticadas del crimen organizado, ponen en cuestión el tradicional modelo punitivo plasmado por nuestra reglamentación jurídica y nuestros preceptos constitucionales. Para tal efecto, nuestra legislación tiene una serie de consideraciones marcadas específicamente para el ámbito laboral en –157– las prisiones, sin embargo el reconocimiento legal de operación del mundo del trabajo en la prisión se encuentra marcado por un sinfín de desigualdades que no asegura de manera explícita lo expresado por la ley. Por el contrario al interior de ésta existen un sinnúmero de condiciones propias referidas a la vida cotidiana de la prisión que ponen de manifiesto las condiciones laborales y junto con ello los principios de derecho a los cuales se hacen acreedoras las internas. Desde luego consideramos que no es que falten propuestas de reglamentación para las condiciones del trabajo, más bien creemos que lo que falta es interés y decisión política para hacer valer y ejercer o aplicar las condiciones reales del trabajo para la readaptación social, donde la pena privativa de la libertad y las medidas de seguridad debieran estar orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no consistiendo en trabajos forzados. El primer efecto y la condición para entender la situación del trabajo en la prisión consiste en exponer a la luz las características propias de su condición, revelando sus contradicciones y paradojas para demostrar la frecuencia del problema del trabajo, al interior de la prisión el cual siempre es presentado en silencio o de manera fragmentada desde un discurso oficial contenido en intereses políticos. Descubrir sus características peculiares de operación, nos permite emitir algunos juicios sobre su propia práctica, los cuales pueden correlacionarse con la condición del discurso de la política pública. Desde luego este panorama general conlleva a otra serie de consideraciones trazadas por la adaptación de las internas a la prisión y la capacitación a la que quedan sujetas para el trabajo, desde luego como hemos mencionado en todos los centros de readaptación social el trabajo tiene como finalidad la readaptación, sin embargo uno tendría que ver las características en que se desarrolla este de manera propia. Tratemos de analizar detenidamente algunos de los aspectos que consideramos rele–158– vantes para entender la problemática del trabajo en la prisión. La citada Ley de ejecuciones penales, establece en su capítulo 2 artículo 49 “el trabajo y la capacitación para el mismo debe fundamentalmente significar tratamiento siendo asignado a los internos tomando en consideración sus aptitudes y habilidades, en correlación con las fuentes ocupacionales que ofrezca cada centro. Como podemos observar resulta difícil imaginar por la magnitud de los datos expuestos anteriormente, que el trabajo bajo estas características que las condiciones de ocupación a las que son sometidos las internas, puedan ofrecer ventajosamente una condición de tratamiento, más aun uno tendría que preguntarse ¿a qué se refiere el anterior artículo? cuando hace alusión a las actitudes y habilidades, en un sentido práctico ¿qué se está entendiendo por tratamiento? Más bien nosotros consideramos que el trabajo en la prisión se torna una medida de ocupación y no precisamente de tratamiento. Lo anterior puede ser claramente comprendido cuando observamos que en su totalidad el 38.8% de las actividades destinadas al trabajo al interior de la prisión son desempeñadas en tareas artesanales, el 17.4% a tareas de tejido y costura, el 5.4% de su población se mantiene sin ocupación alguna, el 4.9 se dedica a labores de cocina, el 13% realizan actividades de aseo, el 24.8% realizan servicios generales, el 3.3% se dedica a otras actividades que no están consideradas dentro del reglamento interno (estafetas y fajinas). Como podemos observar, nuestros cuestionamientos poseen un sustento anclado en la vida cotidiana de la prisión, además de permitirnos poner énfasis en la domesticación de las mujeres en prisión pues el conjunto de los programas formativos y ocupacionales se encuentran encaminados al reforzamiento de ciertas habilidades y destrezas consideradas como propias para la mujer. Otro aspecto de importancia es que este 3.3% también hace alusión a otra de las profundas contradicciones de esta Ley, particularmente a lo referido en el artículo 51, pues encontra–159– mos que dentro de estas actividades se ven prestadores de servicios informales tales como: estafetas y fajinas. La misma ley en su artículo 51 dice “se procurará proporcionar a los internos trabajo suficiente y adecuado, el que en ningún caso podrá ser objeto de contratación directa de particulares o personal de los centros”. Al respecto encontramos una contradicción, si bien es cierto que algunos lineamientos de las Naciones Unidas para la readaptación social establecen la posibilidad de que las internas puedan ser ocupadas en actividades propias de la manutención de los centros, también establece que este tipo de actividades tienen que ser remuneradas de acuerdo a las condiciones externas y al ambiente social y económico en el que se encuentre dicha prisión. De igual forma hace alusión a que muchos de estos esquemas de ocupación interna generalmente son puestos en marcha en aquellas prisiones cuyo tipo de gestión es autogestivo. Desde luego ninguna de estas dos últimas perspectivas son consideradas en los penales del Estado de México, más bien este 22% de la población dedicada a las tareas de manutención, por lo general no reciben remuneración alguna tal y como lo establecen los códigos internacionales y el artículo 57 de la citada ley. Por el contrario, la mayoría de este fragmento de la población realizan este tipo de actividades con un solo fin, por un lado mantener algún tipo de ocupación y junto con ello poder conmutar su pena tal y como lo establece el artículo 100 de la citada el que al texto dice “por cada dos días de trabajo del interno se hará remisión de uno de prisión, siempre que observe buena conducta, participe en actividades recreativas y deportivas que se realicen en el establecimiento y a juicio del consejo técnico interdisciplinario. A las internas que por falta de ocupación laboral asistan regularmente a la escuela les serán tomadas en cuenta dichas actividades para efecto de la remisión parcial de la pena y cualquier otra medida alternativa útil tendiente a su reincorporación social”. Como podemos observar es fácil entender porque muchas de éstas, aunque no ten–160– gan una actividad propiamente laboral buscan realizar cualquier otra tarea con la finalidad de buscar la remisión parcial de la pena. Tabla 6. Años de sentencia Sentencia Frecuencia Porcentaje 1a5 6 a 10 11 a 20 21 a 25 26 a 30 31 a 35 36 a 40 41 a 45 46 a 50 51 a 55 56 a 60 61 a 65 66 a 70 71 a 75 76 a 80 81 a 85 86 a 90 91 a 95 Sin dato 29 49 15 13 6 5 1 2 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 118 12 20.2 6.2 5.4 2.5 2.1 0.4 0.8 1.7 0 0 0 0 0 0 0 0 0 48.7 Total 242 100 Fuente; Dirección General de Readaptación Social. Edomex Esta perversión en el uso y práctica de la reglamentación al interior de la prisión tiene sus principios primero: en la falta de infraestructura adecuada y en las condiciones laborales del contexto de la sociedad; la segunda estaría dada por las características propias de la población, el hacinamiento, la promiscuidad, la falta de capacitación y profesionalización de sus opera–161– dores y la baja remuneración de estos. Desde luego también a estos dos factores tendríamos que agregar que la aplicación de los reglamentos al interior son tan laxos por las condiciones antes mencionadas que permiten esta flexibilidad laboral al interior de la prisión. De hecho si analizamos detenidamente podemos observar, que la ley establece que el trabajo es considerado de manera obligatoria como parte del proceso de tratamiento, no obstante podríamos agregar que los rubros dedicados a las tareas de manutención, sin ocupación y otras que en conjunto suman el 66 % de la población propiamente no desempeñan una tarea destinada al trabajo formal, si es que consideramos un trabajo formal el 38.8% dedicado a actividades artesanales. En realidad las dimensiones del trabajo al interior de la prisión no son otra cosa más que el espectro prolongado de las mismas condiciones ocupacionales fuera de la prisión. Ello presupone pensar que el trabajo propiamente no tiende a cambiar consustancialmente de manera específica para el tratamiento, más bien el trabajo al interior de la prisión simplemente es considerado como un espacio constituido por la persistencia de las condiciones propias de ocupación externa de sus pobladores que expresan la desvalorización del trabajo, de sus relaciones, diferencias y criterios de desigualdad. Tal y como lo expresan las condiciones y distribución de la ocupación antes de ingresar a prisión. Otro de los problemas centrales es propiamente la inexistencia de personal capacitado adecuadamente para las tareas de educación básica, sin duda esto se convierte en una dificultad para la formación y capacitación de la mano de obra. Donde es preciso señalar que aunado a esta dimensión interna del trabajo en la prisión atravesada por las condiciones económicas de nuestra sociedad, se encontraría el problema del uso indiscriminado de la pena privativa de la libertad como única forma de castigo, desde luego nuestra propia legislación contempla medidas alternativas, las cuales difícilmente se llevan a –162– cabo, aunado a esta concepción que se tiene de la aplicación de la ley tenemos que considerar aquellos aspectos que impactan de manera profunda en la personalidad del sujeto y en su efecto para la integración de éste, a las actividades propias de su medio. De hecho el abuso excesivo y la prolongada estancia en la prisión lejos de convertirse en un instrumento de prevención y de sanción, dan como resultado la configuración de mujeres resentidas con la sociedad. Mujeres cuya profunda huella de su estancia en la prisión se ve reflejada al insertarse éstas de nuevo a su medio habitual, desde luego sus efectos rehabilitadores quedan anulados por su propia condición social. Simplemente pensemos bajo el supuesto de que efectivamente existiera un adiestramiento y capacitación para el trabajo de estas mujeres, al egresar de la prisión difícilmente dadas sus propias características de formación podrían insertarse a las condiciones propias de competencia del mercado laboral, más aun si pensamos el caso de una persona que se desempeña en una actividad calificada y por determinadas circunstancias ingresa a prisión, ¿cómo es que la ocupación destinada al interior le puede servir como medio de tratamiento? Por el contrario, sin duda más que verlas como un principio de tratamiento, las verá como un estigma agregado al estigma de la prisión misma. Por otro lado, la formación elemental de una supuesta capacitación se contrapone a la rudimentaria capacitación que cada una de estas mujeres obtuvo fuera de prisión, de hecho en lo talleres que aun quedan en operación en muchos de los casos son obsoletos o han dejado de ser útiles por falta de utilización. Como podemos observar la realidad es que la capacitación por la que atraviesa la interna en nada le sirve en su medio exterior. Sobre todo porque fundamentalmente como hemos visto en los datos anteriores, la mayoría de los trabajos se centra en actividades manuales, difíciles de emplear fuera de la prisión, tanto por la retribución que le puede otorgar a este como por las propias condiciones del mercado, e incluso –163– hemos encontrado que en muchos de los casos sobre todo de aquella población que proviene de zonas rurales han mostrado una profunda aversión a este tipo de tareas. Los estudios sobre prisión han puesto sobre el tamiz de la discusión las distintas formas de readaptación social emprendidas por el Estado, de ahí nuestro interés por reflexionar en torno a una de estas dimensiones constituyentes del tratamiento y junto a ello lograr una aproximación al problema del trabajo en la prisión, particularmente en el caso de las mujeres. Ahora bien antes de continuar con la exposición que dan origen al titulo de estas líneas, debemos aclarar que cuando hablamos de prisión nos referimos a esta como aquella parte componente de la organización de una sociedad, la cual para su funcionamiento y aplicación toma como base las propias dimensiones que la sociedad establece como actividades soporte para su manutención y reproducción. En este contexto, el funcionamiento y aplicación de las medidas correctivas utilizadas en la prisión, pueden ser consideradas en conjunto como un sistema complejo que se encuentra en una constante interacción con el ambiente que le rodea, nos feriemos a la sociedad. La prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a cabo objetivos comunes y propios de cada elemento agregador, de éste gran sistema de la sociedad. En este sentido tanto las mujeres como los hombres no juegan un papel pasivo, por el contrario se convierten en actores de éste gran sistema. Los estudios sobre prisión han puesto de relieve sus distintas formas de readaptación, permitiendo una primera aproximación al problema. Se puede hablar de prisión, refiriéndonos a ella como aquella parte de la organización de una sociedad, la cual para su funcionamiento y aplicación toma como base las actividades de sus miembros. Funcionamiento y aplicación que nos conducen a considerar a la prisión como un sistema social –164– que se encuentra en una constante interacción con el ambiente que le rodea. De forma que la prisión como sistema se compone de diferentes elementos que debieran lograr mantener entre sí un nivel de comunicación y de cooperación, permitiendo llevar a cabo objetivos comunes y propios de cada elemento agregador de éste gran sistema de la sociedad. En este sentido tanto las mujeres como los hombres no juegan un papel pasivo, por el contrario se convierten en actores más de éste gran sistema. En este sentido observamos, que las internas reproducen la condición que se da dentro del hogar, en la prisión. Desde el momento en que la prisión misma, solo considera como forma de trabajo para cada una de las internas, los servicios necesarios para el buen funcionamiento de la misma, como son los trabajos de cocina, lavandería, tejedoras y costureras, artesanos, realizando aseo y servicios generales. Formas de trabajo, que no cuentan con un apoyo en el ámbito educativo. Ámbito que les debería de permitir el acceso a otro tipo de actividades, donde las mujeres pudieran obtener un pago justo por su trabajo desempeñado dentro de la prisión. Condición laboral que las mujeres ven expresadas en una llamada dualidad, ya que desde el momento de encontrarse internas, esto les permite de alguna manera es diferenciar de forma clara el trabajo que realizaban dentro de casa y el trabajo fuera de ésta, modelo que es denominado por Norma Baca como de doble presencia, explicando la multiplicidad de roles que hoy en día asumen las mujeres tanto en el hogar como fuera de él. (Baca: 2002) Pero entonces surge la pregunta, ¿Cómo se da la readaptación social en las internas? Si desde el primer momento, como parte de este tratamiento las actividades de trabajo que se les ofrecen son las que reproducen la condición dentro del hogar; otorgando la prisión el papel asignado socialmente a los géneros, evidenciando que el trabajo en ese momento no cumple con la función preparatoria para que las internas se instruyan –165– con la finalidad de readaptarse socialmente. Cuando realmente el trabajo, debiera permitir a las mujeres desempeñar una actividad que redituara y les brindara la oportunidad de interactuar con los otros, es decir socializar. (Baca; 2002) Las actividades formativas u ocupacionales que se organizan en las prisiones para mujeres están lejos de ser auténticos programas rehabilitadores destinados a la reinmersión laboral en un sentido amplio. En la prisión no se prepara a las mujeres ni se les facilitan los instrumentos o técnicas laborales necesarias para realizar un trabajo fuera del el hogar una vez cumplida su sentencia. Por el contrario, se les forma en tareas del hogar y en la ética del espacio privado, reproduciendo con ello estereotipos sociales de género, y reafirmando y retribuyendo a las mujeres sus roles domésticos. De esta manera, la prisión pasa a ser el lugar privilegiado para recordar y señalar a las mujeres que son y han seguido siendo buenas hijas, esposas o madres. Ni que decir si la resocialización significa enseñar aquello que no se sabe, aquello necesario para reintegrarla a la sociedad que parece irónico pensar que las mujeres presas no saben ser madres, esposas, amas de casa y que precisamente esto es lo que necesitan saber para reinsertarse en la sociedad. Así, la formación en las tareas domesticas y familiares puede parecer incluso una perdida de tiempo si se relaciona con las importancia que ello pueda tener para la vida de las mujeres presas, porque precisamente se trata de un tipo de mujer que en la mayoría de los casos ha rechazado el rol femenino convencional que responde a los estándares de lo que se espera del ser mujer. Por tanto, cabe mencionar que dentro de las prisiones hace falta un tratamiento destinado a superar carencias en motivación y hábitos, que resultan necesarios para el trabajo, como son la asistencia, la continuidad, la puntualidad, la iniciativa, etc., en la escasa participación, formación y poca motivación de las internas. Donde debiera perseguirse que las internas, tras el cumplimiento de la condena, cuenten con hábitos de –166– trabajo, aprendan a convivir con la ley, para poseer más posibilidades de reintegrarse socialmente y laboralmente, que como cuando entraron a prisión. Con la intención de que ya no se de la oposición entre la formación y el trabajo dentro de la prisión. Cuando la intención del tratamiento es otra, como el “preparar al interno para la vida normal en sociedad y ha de comprender todos los elementos apropiados de reeducación y readaptación”. (ONU; 1959) Donde elementos como la educación y el trabajo, obligan a la interna a prepararse para readaptarse. Por consiguiente, en la prisión se debería tener verdaderamente derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la seguridad social, trabajo que en modo alguno, puede tener carácter de castigo o pena, sino propiamente de formación, conservación y, en determinado momento, como creador de hábitos laborales, (Elías;1999) los cuales conducen a las internas a una readaptación social. Desde luego esta última idea ha cobrado relevancia, al reflexionar que la interna en este caso en particular, debe ser considerada como un sujeto cuyo acto o acción que le llevó a la comisión del delito es de naturaleza social, por tal motivo analizamos el entorno en el que vivían y se desempeñaban las internas, situación que percibimos por medio de los datos obtenidos desde la estadística penitenciaria del Estado de México. Grafica la cual mostró que la mayoría de las mujeres internas son procedentes en primer lugar, del Estado de México (91), en segundo lugar Distrito Federal (65), en tercer lugar Veracruz (14) y en último lugar el Estado de Hidalgo (10). Datos que permiten percibir que la mayoría de estas mujeres se encontraban en lugares donde el índice de pobreza es alto y proveniente de lugares donde se ha encontrado un alto índice delictivo como en este caso se observa en el Estado de México. Prisiones en las cuales hay un total de 242 mujeres internas, las cuales cometieron diversos delitos, las edades oscilan entre los 18 años hasta los 99. En donde se observa que cometen –167– ilícitos las internas en la edad de entre los 18 años hasta los 33, considerada esta etapa como edad reproductiva. Tabla 7 Edad de las internas Edad Frecuencia Porcentaje 18-22 23-27 28-32 33-37 38-42 43-47 48-52 53-57 58-62 63-67 68-72 99 Total 41 47 19 42 22 17 9 6 2 2 2 3 242 16.9 19.4 20.2 17.4 9.1 7 3.7 2.5 0.8 0.8 0.8 1.2 100 Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998. Mujeres que en porcentajes predominan aquellas que se encuentran viviendo en unión libre (31%), las cuales en su mayoría son analfabetas (50%) y se empleaban como comerciantes en pequeño, empleadas domésticas, sexo servidoras y en mucha porción, ocupadas en actividades agrícolas o industriales (63%). En conjunto el perfil de estas 242 mujeres en su mayoría obedecen al estándar no convencional del ser mujer cuyos criterios o características son; divorcios, hijos o hijas de diferentes padres, separación de los hijos una vez que ingresan a prisión, violencia intrafamiliar, alcoholismo, etc. Como se puede apreciar son mujeres delincuentes que como lo afirman Lombroso y Ferrero han transgredido su rol convencional. Por este motivo lo que subyace tras el objetivo de una política penitenciaria de la readaptación social, es corregir esta desvia–168– ción a través de imbuir mediante el tratamiento penitenciario un enfoque que refuerza la domesticación no solo para preparar a la mujer laboralmente sino para aumentar su dependencia a la privacidad del hogar y a las tareas domésticas de la vida cotidiana Así, las condiciones de trabajo en reclusión no se encuentran relacionadas de manera directa con las condiciones generales del mercado laboral en la sociedad. No obstante que los principios que la regulan se encuentran contenidos en las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los internos (as). En estas reglas se constituyen los principios básicos de organización, las condiciones y los principios definidos como un derecho y una obligación fundamentados como un principio para el tratamiento, reinserción o readaptación de las internas. Este principio se encuentra articulado por tres dimensiones fundamentales cuyas condiciones legales, sociales, culturales y económicas se encuentran contenidas en la “Ley de Ejecuciones de Penas Privativas de la Libertad”. Ley que en su artículo 4º expresa “el tratamiento debe asegurar el respeto a los derechos humanos y debe tener como principio la readaptación social de los internos”, y en artículo 44 de este mismo ordenamiento, se hace referencia a que “el tratamiento de los internos tendrá como base, el trabajo71, la capacitación para el mismo y la educación”. La participación de las internas en la dimensión del trabajo no se presenta de manera uniforme en las prisiones del Estado de México, de hecho existe una concentración predominante de una de las actividades en detrimento de las otras. Así, la dimensión del trabajo en las prisiones, no es única para el Estado de México, por lo general en todo el mundo se ha caracterizado por una serie de dificultades, para algunos Es el momento en que se debería considerar el trabajo como un derecho y un deber interno, que propiciará satisfacer aspiraciones laborales de las internas. Aunque en la actualidad es todavía insuficiente la oferta de trabajo remunerado, situación que afecta directamente a las mujeres internas. 71 –169– intrínsecas, para otros extrínsecas, pero que a fin de cuentas se observa el lejano cumplir de los principios, leyes y acuerdos normados tanto por la leyes locales como por los acuerdos internacionales. Tabla. 8 Actividad fuera y dentro de prisión Ocupación Frecuencia Ocupación Frecuencia Exterior Interior Operadora Comerciante 6 42 Obrera El hogar Campesina 21 101 6 Auxiliar administrativo Empleada doméstica Sexo servidora Empleada Federal Estudiante Vigilante Profesionista Cocinera Sin ocupación Total 6 Artesana Tejido y costura Cocina Aseo Servicios Generales Estafeta 94 42 29 Fajina 7 2 Sin Ocupación 13 Total 242 12 13 60 1 1 3 2 3 9 11 242 Fuente: Estadísticas Penitenciarias de la Secretaria de Gobernación 1998. Uno de estos principios y quizá el más importante para entender la problemática del trabajo se encuentra contenido en la regla número 28 de las normas mínimas para el tratamiento de –170– reclusos de la Naciones Unidas, la cual a su vez hace alusión al Art. 3º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos donde se estipula que; el régimen penitenciario deberá emplear métodos de tratamiento conforme a las necesidades individuales de los delincuentes, recurriendo a cualquier medio curativo, educativo, moral, espiritual, de capacitación para el trabajo o de cualquier otra naturaleza del que se pueda disponer a fin de poder lograr la incorporación del delincuente a la sociedad. Partiendo quizá, de lo que sucede a los actores, desde el momento en que son capaces de interpretar sus circunstancias y adaptarse a ellas, al mismo tiempo que están insertos en un orden social que los modela. (Castro; 2000) Por su parte, la regla número 92 de las Normas Mínimas, menciona que en la práctica se deberá procurar una vinculación entre el trabajo de la prisión, la posible capacitación y las condiciones externas de la prisión, procurando otorgar a los trabajadores un certificado de habilidad o creándoles un marco de experiencia previa en un determinado trabajo, a fin de que éste a su egreso pueda incorporarse de manera productiva a la sociedad. Para el logro de tal fin la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla en su artículo 18 fracción segunda que: “los gobiernos de la federación y de los Estados organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del delincuente”. A su vez este precepto se contempla en el capítulo primero de la Ley de ejecuciones de Penas privativas de la Libertad del Estado de México. Generalmente los sistemas de trabajo para el tratamiento de las internas en reclusión siguen las tendencias del comportamiento de desarrollo económico del país en el que se aplican, sin embargo existen algunas experiencias en las que el trabajo como medida de readaptación ha logrado experiencias importantes, de hecho existen algunas prisiones en donde la gama de –171– formación y de capacitación es tan variada que ha permitido una estrecha vinculación entre el trabajo de la prisión y el trabajo fuera de la prisión en términos de producción, competencia, rentabilidad y eficacia72. Desde luego tendríamos que subrayar dos aspectos, el primero radica en que muchas de estas prisiones fundamentalmente en los países del primer mundo, existe un equilibrio de las poblaciones penitenciarias. En segundo lugar en muchas de estas prisiones se han diseñado proyectos de capacitación y adiestramiento en áreas de alta calificación del trabajo, logrando con ello diluir parcialmente la enorme carga financiera que los países canalizan a las prisiones. Estos modelos de adecuación del trabajo han padecido severas críticas y paradójicamente se han convertido en un modelo a seguir. De forma, que las administraciones públicas en nuestro país, deberían llevar a cabo un programa integral desde la prisión, donde se intentará de forma sería el promover el empleo en las prisiones en condiciones idóneas, con remuneración y cobertura social, donde fueran incluidas las internas, garantizándoles el ejercicio de sus derechos en la negociación colectiva laboral de los mismos. En muchos de los países industrializados, la interna en su mayoría es considerada una trabajadora productiva, desde luego esta concepción radica en que muchas de estas mujeres se encuentran inmersas en un medio con gran progreso económico, con hábitos de vida elevados; lo que sucede por el contrario en países como el nuestro, la interna en su mayoría son un mujeres cuyo perfil característico está dado por una baja calificación escolar, desempleo, desintegración familiar y migración del campo a la ciudad, expulsada por las escasas expectativas que en muchos de los casos esto representa y el espejismo de las grandes ciudades. Ello presupone problemas centrales para estas prisiones, el primero dotar de una capacitación básica a la interna, el segundo optar por una capacita72 La importancia de tener un trabajo remunerado en la cárcel, a la vez denuncia la realidad de una clara explotación económica. –172– ción adecuada y el último enfrentarse en conjunto a problemas de financiamiento y de desfase estructural por las condiciones que atraviesa nuestra sociedad. Como podemos observar los principios y ordenamientos quedan distantes del mundo de las prisiones, pues de hecho lo que se plantea tras de sí, como la cara opuesta de una misma moneda, sería entonces el problema de la descalificación, la cual está presente en todas y cada una de las actividades propuestas por estos ordenamientos, de hecho es tal el nivel de descalificación que las remuneraciones de estas trabajadoras llega a estar muy por debajo de la condición del mercado laboral de nuestra sociedad. De hecho la formación para el trabajo y la ocupación laboral profesional debería convertirse en un instrumento para la formación de habilidades y conocimientos técnico profesionales, los cuales pudieran servir tanto al desarrollo de quienes se encuentra en prisión como para sus familiares y la sociedad. Con ello se lograría que los internos no se alejaran del ritmo del mercado laboral el cual es fuertemente competitivo en nuestros días. No obstante, con las condiciones en las que se encuentran lo único que se logra es que estas internas sean expulsadas del mismo mercado, pues al ingreso, las internas poseen el conocimiento y las habilidades para sortear las exigencias de este mercado laboral, al salir se encontraran sin ninguna posibilidad y retrasadas en el desarrollo de las habilidades que poseían en el desempeño de ciertas tareas. Al observar detenidamente la información, encontramos que 43 de ellas no tienen estudios, 19 solo terminaron los estudios de primaria, 6 terminaron la secundaria, 1 el bachillerato y la licenciatura en lo que su conjunto corresponde al 29.3% del total de la población. La mayoría de estas mujeres trabajan como artesanas el 38.8%, en servicios generales el 24.8% y el 17.4% son tejedoras y costureras. –173– Esta situación proviene, según consideramos, debido a que el papel atribuido al trabajo para la readaptación social es contemplado de manera secundaria, de hecho nos atrevemos a pensar que solo es una actividad complementaria. Primero, porque no existe la infraestructura adecuada que permita capacitar a la interna en tareas complejas y de competencia con el mercado laboral externo. Agregada a esta idea se encuentra el gasto que el Estado canaliza para la manutención de cada una de estas internas, de hecho, según datos de la Dirección General de Readaptación Social, diariamente en promedio se gasta por interna, alrededor de ciento sesenta y cinco pesos ($165.00); si multiplicamos esta cantidad por el total de internas que es de 242 (en total hombres y mujeres son 6227), nos resulta un gasto diario de treinta y nueve mil novecientos treinta pesos ($39 930). Segundo, porque la segmentación del mercado laboral articulado a las variables económicas y socioculturales, define las condiciones objetivas del trabajo en la prisión. ¿Qué queremos decir con esto? Que el grueso de la población penitenciaria posee apenas un nivel básico de formación, ello habla por si mismo de las condiciones en las que podría operar el trabajo en la prisión. Otro aspecto que tendríamos que tomar en cuenta se refiere al estado civil de los internas, a la distribución de edades y a las condiciones generales de ocupación en el sector formal e informal que muchas de éstas tenían antes de ingresar a prisión; lo cual son aspectos que no se tornan independientes a las condiciones sociales de nuestra sociedad. El Trabajo etnográfico; el encierro visto desde sus pobladores Las mujeres al ingresar por primera vez al penal experimentan un sentimiento de vacío, de soledad, de destierro porque saben que han dejado todo afuera, a su familia, a sus amigos, a –174– sus actividades, en fin, a su vida; saben que van a pasar mucho tiempo en ese lugar, se sienten inseguras de cómo va a ser su vida, no saben lo que va a pasar, no saben con quien van a convivir, qué van a encontrar, en pocas palabras qué va a ser de ellas, así lo manifiestan las internas. “cuando llegas aquí es horrible porque la familia desaparece, mis hijas que estaban conmigo... es difícil aceptar que ya no van a estar conmigo, el que ya no las puedes ver eso es traumático aunque sabes que los lazos de amor siguen ahí por que yo siempre le digo que las amo y siempre están en mi pensamiento todos los días y a todas horas pienso en ellas, cuando llegue me dio una depresión muy fuerte.73“ “cuando yo llegue aquí estaba muy mal me deprimía mucho no dejaba de sentir esa sensación de culpa a veces yo platicaba con mi psicóloga pero regresaba a lo mismo seguía teniendo esas ansias del suicidio ni los medicamentos me servían”74 “cuando llegas acá siempre te tienes que rifar con alguien, si te les paras y te les enfrentas ya no te pasa nada”75. Cuando pasa la depresión del ingreso, algunas de ellas empiezan a involucrarse en las actividades que proporciona el penal ya sea en el Centro Escolar tomando diversos cursos, cursando la primaria o secundaria o ya sea trabajando en el área de maquila, haciendo limpieza, en el bazar, etc. Muchas de ellas lo hacen porque así el tiempo les transcurre más rápido. “yo no salía de mi estancia me costo mucho trabajo adaptarme a este lugar a retomar mis actividades por eso ahora trato de estar ocupada todo el día en mi trabajo me siento bien por que el tiempo se me pasa muy rápido” 76 “El tiempo se me pasa rápido como hay muchas actividades escuela y cursos trato de que se pase rápido me mantengo Testimonio 5 Testimonio 7 75 Testimonio 2 76 Testimonio 5 73 74 –175– ocupada”77. y otras porque además obtienen ciertos beneficios que les ayudan a reducir su condena. “...aquí trabajo, hago limpieza en algunos lugares, esto para que me ayuden a salir más rápido”78. “aquí estoy cursando la secundaria por que es un requisito para salir, si un beneficio te reducen la condena hasta por un 60 por ciento.79“ “yo trabajo aquí en la maquiladora con hilos para llenar collares se me hace muy largo el día, aquí estudio pero a fuerza por que no me gusta solo lo hago para que me reduzcan la sentencia”80 También hay quienes no hacen nada simplemente dejan que el tiempo transcurra, sin involucrarse en ninguna actividad, tal vez reflexionando, o tal vez añorando el pasado cuando eran libres. Algunas otras empiezan a gozar de los beneficios que les ofrece el lugar en palabras de Foucault “también se encuentra en ellas afirmación de que la vida de presidio, reserva unos placeres que no son conocidos en la libertad”, como es el tener comida caliente cuando tienen hambre, agua caliente si sienten la necesidad de bañarse, agua cuando tienen sed y sin ningún esfuerzo, se empiezan a institucionalizar. “aquí no hago nada me la paso en la “pulga” encerrada durmiendo, bueno me metieron a clases de computación pero no me gusta solo lo hago por los beneficios.81 “ En este pinche penal nunca ha faltado la piedra... El encierro es tan fuerte que muchas de ellas recurren a las drogas como una forma de escapar de su realidad, la droga hace que sientan que realmente no están ahí, las hace imaginar Testimonio 1 Testimonio 6 79 Testimonio 1 80 Testimonio 4 81 Testimonio 2 77 78 –176– que una parte de ellas sale de ese encierro y en cierta forma se sienten liberadas, al recurrir a las drogas no sienten como transcurre su vida de encierro porque ni siquiera se dan cuenta si es de día o de noche, simplemente el tiempo pasa. Por otro lado la droga sirve como instrumento de control por parte de las autoridades para evitar motines y riñas y dentro del mismo personal que labora ahí están los contactos. Las internas que se drogan ocupan el dinero que les lleva su familia o el dinero que ganan ahí dentro para comprarla. “...y el dinero lo ocupo para unos toques de mota antes le hacia más a la piedra (cocaína) hace un mes que deje la piedra y ahora nomás la marihuana si hay mota que bueno y si no igual aquí adentro te venden no muy cara pero no es muy seguido, la piedra diario, en este pinche penal nunca ha faltado la piedra.”82 “aquí dentro consumo mota “por que cuando la fumo se me olvida que estoy en este lugar” por que para mi estar en este lugar es muy duro.”83 “en este lugar hay mucha droga uno se vuelve muy amargada la gente te influye a que hagas cosas que no has hecho.”84 “...pasas por los pasillos y los olores tan penetrantes de la droga, aquí es muy común es el pan nuestro de cada día.”85 Recuperar el tiempo perdido... En los momentos que pasan solas, refugiadas es sus estancias86, añorando su libertad, hacen planes de su futuro, qué les gustaría hacer cuando salgan, con quién les gustaría estar, cóTestimonio 2 Testimonio 3 84 Testimonio 6 85 Testimonio 9 86 “Solo en su celda, el detenido queda entregado a sí mismo; en el silencio de sus pasiones y del mundo que lo rodea, desciende a lo profundo de su conciencia, la interroga y siente despertarse el sentimiento moral que no aparece jamás por completo en el corazón del hombre”. (Foucault;1986) 82 83 –177– mo van a recuperar el tiempo “perdido”. Las que son madres añorando a sus hijos, quieren salir para brindarles todo lo que se han guardado durante tanto tiempo de encierro como para aminorar la culpa. Otras aún conservan la idea de hacer aún más, seguir superándose como profesionistas, como personas, como mujeres queriéndose readaptar a una sociedad que una vez las margino. “Cuando salga de aquí quiero estar sola y recuperar el tiempo perdido con mi hija”.87 “Cuando salga de aquí quiero trabajar y buscar o tener donde vivir, buscar a mi hijo para recuperar el tiempo perdido y si él se quiere venir a vivir conmigo, sé que me va a reprochar muchas cosas cuando él esté más grande y le diga la verdad pero él decidirá qué hacer si se queda conmigo o no, yo dejé a mi hijo por que estaba muy chiquilla, tenía trece años”88. “Cuando salga de aquí quiero estar sola y tranquila por los “moustros” que tengo quiero vivir un tiempo sola después de estar aquí “quiero estar sola”89. “ahora pienso en salir miro hacia un solo camino hacia delante quiero trabajar en un lugar turístico cuando salga me voy a ir a vivir a Los Cabos por eso aquí estoy estudiando ingles quiero superarme también pienso que ahora ya estoy preparada para tener una pareja bueno eso si llega y tal vez más adelante pueda tener un hijo”90. “cuando salga pienso recuperar a mi hija la deje de un año y medio ella si me reconoce pero quiero recuperar el tiempo que ya paso”91. “Van cambiando tus ideas conforme va pasando el tiempo, antes pensaba hace dos años salir y seguir estudiando, pero ahora con mi hija quisiera salir y trabajar para estar con mi hija”92. Testimonio 1 Testimonio 3 89 Testimonio 4 90 Testimonio 7 91 Testimonio 8 92 Testimonio 9 87 88 –178– Ser mujer en el encierro... Muchas mujeres hasta que llegan a este lugar se dan cuenta de lo que pueden hacer, de sus capacidades, de que pueden ser autosuficientes, de lo que sienten, de cómo se perciben en fin, se empiezan a conocer ellas mismas. Tal vez porque afuera tenían que cumplir el rol que la mujer ha desempeñado histórica y culturalmente, olvidándose de ellas mismas como mujeres. “aquí es donde vienes a sacar tus cualidades, cuando me iba a imaginar que paciencia tengo para bordar o coser, etc., cuando en mi vida iba a pensar que sería tan noble, aquí es donde vienes a madurar y sobre todo a conocerte a ti misma”.93 “aprendí que puedo hacer otras cosas encontré muchas capacidades que estaban muy dentro de mi”…”a mi me costaba mucho expresarme por lo que te dije de mi familia nunca nos enseñaron a comunicarnos a decir lo que sentíamos “entonces tuve que atravesar muros rejas candados” para poder expresarme y sacar todo lo que traía en mi interior creo que tenia que pasar por todo esto para ser la persona que ahora soy”94 Uno aquí levanta polvo... Dentro de la prisión muchas mujeres transforman su actitud debido a todo lo que conlleva estar encerrado, dentro de este lugar así como existen actividades que hacen que pasen el tiempo de una forma sana, también existen muchos vicios que si no tenían los aprenden y si ya los tienen los refuerzan. Pero esta en ellas realmente querer salir adelante sorteando todas estas dificultades y tratando de ser mejores cada día. 93 94 Testimonio 11 Testimonio 7 –179– “...uno aquí “levanta polvo” depende de cómo lo quieras vivir si haces cosas que no se pueden hacer como vender drogas, tratas de estar bien para que no te castiguen”95 “aquí la verdad muchas se vienen para abajo la que quiere se readapta y la que no pues la verdad sale peor por que en este lugar hay mucha drogo”96 “hay una situación medio chistosa, tienes que aprender a subsistir porque aquí vas luchando contra la envidia y lo económica, tienes que aprender a psicoanalizar a la gente te vuelves analítica no te puedes abrir completamente aprendes a valorar muchas cosas”.97 Yo confieso ante... Testimonio 1 Tengo 22 años soy soltera tengo una niña de 5 años que vive con mi mamá, y al papá de mi hija no lo veo desde que estoy aquí el esta en el……., el cayo primero el ve a mi hija también se la llevan al reclusorio yo vivía con mi mamá y mis hermanos tengo dos 2 hermanos hombres yo soy la única mujer, estudie hasta quinto de primaria y aquí estoy cursando la secundaria por que es un requisito para salir, si un beneficio te reducen la condena hasta por un 60 por ciento ahora estoy esperando la respuesta porque ya envié mis papales, ya no seguí estudiando porque nos fuimos a vivir a Michoacán y mis abuelos no me apuntaron a la escuela porque allá no es muy común la verdad si me hubiera gustado estudiar una carrera, no trabajaba mis papas me mantenían, mi papá nos abandono cuando yo tenia tres años y quien siempre ha visto por mi es mi padrastro el me mantiene, aquí trabajo en un pasillo de limpieza y gano 114 a la quincena el dinero lo ocupo para mis cosas, porque mi familia me apoya yo vivía en la delegación Iztapalapa en la colonia Vicente Guerrero estoy aquí por desTestimonio 1 Testimonio 6 97 Testimonio 9 95 96 –180– mantelamiento de autos estaba en una banda, lo hacía por necesidad sabes ganas mucho dinero y después por ambición se puede ganar hasta 30 mil pesos en un día además te haces adicto a la adrenalina, el dinero lo juntaba para cualquier día que me fueran agarrar, para comprarme cosas buenas y le daba a mi mamá, me dieron de sentencia 7 años tres meses quince días y me quedan 3 años tres meses, cada ocho días viene mi mamá y me trae a mi hija ella es una niña muy inteligente “en las mañanas que no me quiero levantar tengo una foto pegada en la pared y la veo y me dan ganas de levantarme por ella le tengo que echar ganas ella me motiva”, consumía heroína pero ya no consumo voy a cumplir en noviembre un año que ya no, lo hacia porque tu sabes ves a tus amigos que lo hacen y se te antoja. Yo creo que si hubiera tenido mejores oportunidades de educación yo no estaría aquí ahora que estoy aquí pienso que como dicen las autoridades uno aquí “levanta polvo” depende de cómo lo quieras vivir que te pase si haces cosas que no se puede hacer como vender drogas, tratas de estar bien para que no te castiguen, aquí te castigan te llevan al apando es una estancia donde nos encierran y no puedes salir yo he estado ahí por pleito. Aquí no se puede tener amigas es muy difícil. El tiempo se me pasa rápido como hay muchas actividades escuela y cursos trato de que se pase rápido me mantengo ocupada. Cuando salga de aquí quiero estar sola y recuperar el tiempo perdido con mi hija aquí me acostumbre “a la vida libre y estar con alguien me sentiría atada” Ya no pienso hacer lo que hice “porque pensaría que tuve la oportunidad de salir y no la aproveche” Testimonio 2 Tengo 23 años soy soltera tengo dos hijos uno 7 y otro 3 ellos siempre han vivido con su abuela paterna. Estudie hasta –181– sexto de primaria ya no seguí estudiando por que me corrieron cuatro veces de la escuela la ultima vez por que escupí al conserje de la escuela, me fui de pinta una semana a chapultepec hasta que me cayó mi hermana y me madreo nos pegaba mucho pero más a mi por que yo era la más cabrona por eso me salí de mi casa mi mamá nunca estuvo conmigo vivía con mi hermana 7 años más grande que yo éramos cinco hermanas y un hombre, me hubiera gustado seguir estudiando aquí no hago nada me la paso en la “pulga” encerrada durmiendo, bueno me metieron a clases de computación pero no me gusta solo lo hago por los beneficios, ya llevo dos años aquí por robo calificado y tengo una sentencia de tres años tres meses y en la adecuación me la bajaron a dos años seis meses me voy en enero prácticamente, antes de ingresar trabajada en una lavandería y después de recepcionista en una agencia de colocación ganaba de 500 a 600 pesos a la semana en la colonia Roma y vivía con mi mamá en la colonia Miguel Hidalgo. Aquí las amigas son contadas, me la paso en mi estancia ahí me siento segura vivo con otras tres, me la paso con mi chava arriba, salimos un rato media hora a caminar y luego nos metemos, mi chava se va preliberada como esta estudiando y capacitándose le hicieron una valoración y le redujeron la condena. Cuando salga de aquí las cosas van a cambiar por que me apoya mi familia mi mamá viene a verme cada quince días y mi suegra viene cada veinte días y me trae a mis hijos, desde chiquita fui lesbiana mis hijas desde chiquitas se las deje ha mi suegra la chiquita de cuatro meses y la grande de tres meses. Mi pareja (la del penal) no sabe lo que quiere a lo mejor va a estar con sus chavos con sus cabrones yo tengo pareja aquí dentro por que no me gusta estar sola cuando me peleo con mi chava me voy con mi chava del oriente por que no me gusta estar sola. Aquí rafeo coso botes de rafia lo hago por las noches a veces no duermo y me apuro en la noche por eso duermo hasta las 2 o 3 de la tarde no me pagan por que lo de los botes es –182– para ayudarle a mi tía, aquí adentro me mantiene ella, ella también esta aquí uno de mis primos también me da dinero y mi mamá me bota 500 pesos al mes, me traen shampoo, y desodorante y el dinero lo ocupo para unos toques de mota antes le hacia más a la piedra (cocaína) hace un mes que deje la piedra y ahora nomás la marihuana si hay mota que bueno y si no igual aquí adentro te venden no muy cara pero no es muy seguido, la piedra diario, en este pinche penal nunca a faltado la piedra, cuando llegas acá siempre te tienes que rifar con alguien si te les paras y te les enfrentas ya no te pasa nada. Aquí en el dormitorio uno están las mamás, en el dos están las de homicidio las paradas de culo las pinches infanticidas en le tres las drogadictas piñadas cabronas y el cuatro es el más culero pura banda adicta pesada y yo estoy en el cuatro yo no soy reincidente, a las infanticidas es a las que peor les va cuando llegan aquí porque les dan el “cobijazo” cuando están dormidas se les avienta una cobija y toda la banda le da en la madre la cobija es para que no sepa quien le rompió la madre. A manera de conclusión La condición de vida de las mujeres en prisión y las políticas penitenciarias de readaptación social se ha convertido en un obstáculo para el logro de la reincersión social de las mujeres privadas de su libertad. Se trata de un discurso rehabilitatorio que pese a las adversidades propias de la realidad de las instituciones penitenciarias se obstina en demostrar su viabilidad cayendo a una retórica nacionalista y humanista que sirve para legitimar al sistema penal en su conjunto. Sin embargo en contraposición lo que si logra la prisión es la exclusión y el castigo de las mujeres presas cuyo objetivo esta encaminado al mantenimiento del orden y la disciplina. Las prisiones del Estado de México al igual que las del país poseen una serie de problemáticas endémicas que son propias del sistema penitenciario. Estas problemáticas se encuentran –183– relacionadas con diversos factores entre los que podemos destacar la corrupción, la falta de financiamiento, la falta de la profesionalización de sus propios cuadros y lo más importante la permanencia de una cultura punitiva conservadora e intolerante a los cambios de la sociedad actual. Así el retraso en el desarrollo del Estado de bienestar se expresa en la falta de servicios específicos destinados a la prevención de la delincuencia y a la reinserción de las mujeres privadas de su libertad. De igual forma la ausencia generalizada de alternativas y medidas sustitutivas a la prisión y la precaria inversión en infraestructura penitenciaria en el ámbito laboral, educativo, cultural y sanitario se han convertido en un lastre que en conjunto deterioran día a día el sistema penal mexicano. El conjunto de todas estas características cuando se expresan de manera particular en las prisiones para mujeres conllevan situaciones discriminatorias al grado que podemos afirmar que se ha convertido en una constante en las prisiones del país, y no solo porque en algunas ocasiones se les trate peor que a los hombres sino más bien por la forma sexista que adopta el tratamiento. Si a ello le agregamos la precariedad de las condiciones en las que se encuentran las mujeres; una estructura espacial inadecuada a las necesidades propias de su género, así como instalaciones poco habilitadas, escasa oferta de programas rehabilitadores, actividades o talleres acordes para atender las necesidades de está diversa población agravan la condición de la mujer. Así, este trato penitenciario sexista y estereotipado basado en el incumplimiento reiterado de las normas penitenciarias a los mínimos criterios de clasificación de la población en función de su edad, circunstancia delictiva, escolaridad, estado civil, ocupación laboral o supuesta peligrosidad, raya en el exceso de una disciplina y control que penalizan de manera severa las conductas de aquellas internas que no encajan en los estereotipos tradicionales de la mujer. Por el contrario los dispositivos instrumentados para el control se justifican teórica–184– mente en viejos argumentos heredados de una tradición positivista que construye una idea de la mujer delincuente basada en un enfoque sexista cuyos argumentos psicoterapéuticos y correccionales están por encima de un enfoque rehabilitador, de ahí que como lo habíamos mencionado en líneas anteriores el objetivo final de la prisión para el caso de las mujeres no esta dirigido a la corrección de éstas en tanto que hayan vulnerado las leyes penales sino más bien porque han osado desviar socialmente su rol asignado. Así la política penitenciaria entonces tendrá como finalidad corregir esta supuesta desviación social, y el tratamiento buscará entonces reconstruir la domesticidad perdida de la mujer. Si a ello agregamos la no existencia de un único perfil socio penal de ésta población y el reconocimiento de una gran mayoría de mujeres que forman núcleos monoparentales, podremos entonces admitir que estas mujeres no solo padecen la desigualdad de género sino también la desigualdad de clase. Sobre todo, porque la mujer en prisión no es preparada para la inserción a un mundo laboral por el contrario se remarca y aumenta su dependencia del hogar y sus tareas domesticas, hablamos entonces de programas que no facilitarán su reincersión social y laboral cuando éstas hayan cumplido su sentencia, por el contrario el único horizonte visible una vez lograda su libertad se vuelve tan difuso como a su ingreso, pues muchas de ellas seguramente no regresaran a prisión pero continuarán con múltiples problemáticas no resueltas y todo porque durante su tratamiento no se les facilito la suficiente formación o preparación laboral para enfrentarse a las condiciones actuales del mercado de trabajo. –185– Bibliografía Azaola, Elena (1990) La institución correccional en México una mirada extraviada, Ed SXXI, México. Baca Tavira, Norma. 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Delma, México. Villanueva Castilleja Ruth. (2000) La mujer delincuente ante una alternativa educativa. Delma, México –188– Para quedarse afuera… Iniciativas de apoyo a la vuelta a la vida en libertad. Lucia Pérez Bruzzone Introducción La intención fundamental del presente trabajo fue investigar –desde una perspectiva descriptiva y comparada– las diferentes iniciativas institucionales que se implementan a nivel departamental en la ciudad de Montevideo, República de Uruguay, como respuesta al complejo y problemático proceso que atraviesan los sujetos sometidos a una condena carcelaria y las condiciones y características durante el desarrollo de su pena, como una condición directa que determina el proceso de recuperación de su libertad. Para ello se realizó un estudio exploratorio de las ofertas institucionales que constituyen respuestas de atención y respaldo al proceso ya mencionado. Un análisis comparado de las diversas iniciativas institucionales –tanto públicas (estatales), como privadas– que dirigen su atención y elaboran estrategias de respaldo a la problemática del preso y el liberado. La intención fue reconstruir el escenario constituido por estas iniciativas, captando las diferentes condiciones de cada intervención, los elementos que las constituyen, las condiciones similares y divergentes que existen entre ellas. La compleja situación socioeconómica que atraviesa nuestro país, el sustantivo crecimiento de la población carcelaria y la crisis del sistema penitenciario, conforman un escenario –189– problemático para los individuos que atraviesan o han atravesado una pena de encierro a la hora de reintegrarse socialmente. A su vez, las dificultades a las que se enfrentan los liberados en su vuelta a la vida libre se ven agudizadas por dos procesos paralelos: por un lado, el aumento del estigma que sobre ellos recae –que obstaculiza aún más el sentirse parte del colectivo– y por otro, la crisis socioeconómica que atraviesa nuestro país –lo cual se refleja en una disminución de las oportunidades laborales de esta población. En este marco, encontramos en nuestro país instituciones que, desde diversas modalidades y enfoques, desarrollan estrategias de intervención y que apuestan por facilitar la futura reintegración de reclusos y liberados. Estas entidades, sus orígenes, percepciones, proyectos y objetivos, nos proponemos explorar aquí. La pertinencia e interés que posee este trabajo se basa en tres pilares fundamentales: 1. Este tema constituye un espacio inexplorado, donde ni siquiera las entidades estatales que tienen la función de atender estas problemáticas conocen la composición del cúmulo de ofertas que existe. A nivel de investigaciones, encontramos que existen varios trabajos respecto a la cárcel como institución social, sus funciones, orígenes y modelos de tratamiento. También encontramos literatura respecto a los efectos que genera en los sujetos sometidos a ellas. Pero no hay ningún trabajo que contemple qué tipo de respuestas existen y desde qué perspectivas desarrollan sus intervenciones con esta población. 2. Esta problemática a su vez –la del preso y especialmente la del liberado– adquiere mayor relevancia como tal debido fundamentalmente a dos factores: por un lado, la población carcelaria ha aumentado significativamente y a un ritmo alarmante; por otro, la situación intracarlcearia se ha deteriorado en tal medida que las condiciones en las que estos individuos –190– desarrollan su pena atentan cada vez más contra su integridad física y psíquica. 3. Estas respuestas institucionales constituyen, en nuestro país, las únicas iniciativas que se preocupan por proponer un respaldo a los sujetos que les facilite su vuelta a la vida en libertad y diminuyan las posibilidades de reincidencia. En el abordaje inicial de esta temática se detectó que no se contaba con un enmarque teórico que pudiese guiar el trabajo. Por tanto, se construyó un marco que contemplara, definiera y delimitara los escenarios y actores que se ven involucrados en el objeto de estudio seleccionado a los cuales fue necesario acercarse previamente al ser el único modo de llegar al campo con una noción mínima del enmarque. Se elaboró, por consiguiente, una tríada donde se definió a la cárcel como institución social, sus roles y funciones históricas que permitiese vislumbrar el panorama actual del sistema penitenciario, especialmente el uruguayo. Ésto permitió generar un diagnóstico de la vida intracarclearia, los efectos que éstos tienen en el sujeto y cómo, coincidiendo la introducción del individuo al mundo adulto con el ingreso al sistema penitenciario –que se da por lo general entre los 18 y 24 años–, afecta a su proceso de socialización secundaria –la dinámica de los submundos institucionales en los cuales desarrolla su trayectoria como adulto. Cárcel ¿Qué es y qué genera? En la década de los sesenta, Goffman definió como institución total, aquellos espacios –barco, hospital, establecimiento psiquiátrico y prisión– donde un grupo de individuos en la misma situación y, aislados del resto social por un lapso considerable, comparten una rutina diaria determinada y administrada formalmente. Estos sujetos desarrollan allí ámbitos de su vida, como la residencia, el trabajo y la diversión, que normal- –191– mente se realizan bajo espacios, autoridades y en compañía de diferentes actores. “Las características centrales de las instituciones totales pueden describirse como una ruptura que separan de ordinario estos tres ámbitos de la vida. Primero, todos los aspectos de la vida se desarrollan en el mismo lugar y bajo la misma autoridad única. Segundo, cada etapa de la actividad diaria del miembro se lleva a cabo en la compañía inmediata de un gran número de otros, a quienes se da el mismo trato y de quienes se requiere que hagan juntos las mismas cosas. Tercero. Todas las actividades están estrictamente programadas, de modo que una actividad conduce en un momento prefijado a la siguiente, y toda la secuencia de actividades se impone desde arriba, mediante un sistema de normas formales explícitas y un cuerpo de funcionarios.” (Goffman, 1994: 19 y sigs.) Estas instituciones conforman espacios sociales con características, dinámicas e interacciones propias y particulares. La institución total contempla y abarca toda la vida del sujeto, esa es su característica básica. En esta misma línea, cuando Foucault analiza las características centrales de la cárcel, plantea que uno de sus rasgos fundamentales es la totalidad de su presencia en los sujetos institucionalizados “[...] la prisión, mucho más que la escuela, el taller o el ejército, implican siempre una especialización, es omnidisciplinaria. Además la prisión no tiene exterior ni vacío; no se interrumpe excepto una vez acabada totalmente su tarea; su acción sobre el individuo debe ser ininterrumpida” (Foucault, 1998: 238). La cárcel tradicional todo lo controla, todo lo determina. La vida del sujeto se desarrolla íntegramente en el establecimiento penitenciario, no hay contacto con otra realidad. Se puede afirmar que el sistema carcelario constituye una microsociedad en donde se desarrollan hábitos, rutinas, conductas, valores y modos particulares de interacción. –192– Historia del sistema penitenciario en Uruguay Si bien desde 1830 la privación de libertad se constituye como la pena fundamental, la construcción de establecimientos de reclusión no acompañó este proceso sino que lo hizo mucho más tarde. Hasta 1860 la planta baja del Cabildo de Montevideo –sede del Poder Legislativo de nuestro país en ese entonces– no alojó a los presidiarios, aunque en condiciones por demás míseras y de abandono. En 1896 se dicta una ley en la que se dispone la construcción de una cárcel para Mujeres, pero es hasta el 28 de diciembre de 1900, cuando se inaugura el establecimiento de reclusión femenino tal cual hoy lo conocemos. Los diversos establecimientos penitenciarios y correccionales fueron concebidos en la época de su construcción como proyectos modelo y de vanguardia para América Latina. Cada establecimiento fue construido en función del paradigma vigente en ese contexto histórico. La actual administración de los establecimientos penitenciarios depende del Ministerio del Interior. La Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación (DNC) tiene bajo su jurisdicción: el Penal de Libertad (establecimiento de máxima seguridad), el Complejo Carcelario Santiago Vázquez (comcar) –en el cual se encuentra recluida casi el 50 por ciento de la población reclusa de todo el país–, la Cárcel de Mujeres (Cárcel de Cabildo) y los Centros de Recuperación núm. 1, TACOMA y núm, 2, establecimientos abiertos o de semilibertad, concebidos para la etapa del preegreso. Las cárceles departamentales (incluyendo la Cárcel Central ubicada en el departamento de Montevideo) no dependen de la Dirección Nacional de Cárceles, sino de las Jefaturas de Policía de cada departamento, aspecto que diferencia de manera importante el tratamiento de los reclusos en estas últimas en comparación con las primeras –los establecimientos bajo la égida de la DNC. –193– Hasta 1971 los cometidos y competencias relacionados al Sistema Penitenciario Nacional y sus establecimientos se encontraban en de la órbita del MEC. Esto se fundamentaba en el entendido de que el deber fundamental de los establecimientos penitenciarios era la rehabilitación y la reeducación, por lo tanto, la institución rectora de las cárceles debía ser la misma que asumiera la responsabilidad del Sistema Educativo Nacional. El 21 de enero de 1971 –cuando el Penal de Punta Carretas alojaba 120 presos por atentados a la Constitución de la República, especialmente del movimiento Tupamaro– el Poder Ejecutivo, por medidas de mayor seguridad, transfirió por decreto los cometidos y competencias que en materia carcelaria tenía el Ministerio de Educación y Cultura al Ministerio del Interior. 33 años después, luego de la reconsolidación de las instituciones democráticas, la Dirección Nacional de cárceles continúa en la órbita del Ministerio del Interior el cual tiene como cometido básico el control del orden y la represión y no la reeducación y el tratamiento de sujetos que han cometido delitos. El porcentaje de reincidencia en nuestro país es gravemente alto, un 35 por ciento de la población carcelaria cumple una nueva condena en la cárcel. En Montevideo este porcentaje se agudiza, sobre todo en las dos prisiones más superpobladas: 55 por ciento en COMCAR y 75 por ciento en el Penal de Libertad. A su vez las condiciones estructurales y humanas de la cárcel en nuestro país son cada vez más negativas. Actualmente existe en el país una población reclusa que alcanza los 5,914. Las sistemáticas quejas y reclamos que se presentan con relación a las condiciones de vida en los establecimientos penitenciarios de nuestro país giran en torno a las pésimas condiciones sanitarias y alimenticias que viven quienes se encuentran alojados allí: “enfermos que están sin asistencia desde hace tiempo, en particular enfermos de SIDA que no tienen medicamentos; quejas por la comida (sólo tenían papas y zanahorias y algún pedazo de carne de vez en cuando); se quejan de las dificultades de los familiares, que cuando van de visita tienen que hacer –194– un largo recorrido, a veces al sol y otras veces en días muy fríos; se quejan por la falta de información sobre la marcha de sus expedientes; por los tratos en requisas, que a veces se hacen con violencia por equipos incluso ajenos al personal permanente, lo que en la jerga carcelaria se denomina “verdugueo”... Reclaman dinero para cuando les toca salir, y ni hablar para cuando quedan en libertad.”98 La cárcel y el preso: secuelas de su pasaje por la institución punitiva Las cárceles están cada vez más pobladas, la inseguridad social se acrecienta y parece ser que el aumento de las penas y un endurecimiento del sistema represivo es la única respuesta que los actores políticos con capacidad de decisión han priorizado. A su vez, los efectos adversos que genera la permanencia en un establecimiento penitenciario, tal como se señaló, agudiza aun más la problemática que presenta este tema en nuestro país. Para poder comprender la importancia que revisten las intervenciones que realizan las organizaciones objeto de esta investigación, se torna necesario entender el encuadre y la problemática específica que atienden. Caracterizaremos entonces, brevemente, el proceso que atraviesan los sujetos durante el periodo de reclusión y posteriormente cuando recuperan su libertad –liberados– para después, centrarnos en los rasgos conceptuales que más nos interesa definir de la intervención organizacional existente. En nuestras cárceles no existe separación de presos por tipo de crimen, intensidad y número de reincidencia, sino que los sujetos con ingreso primario, desarrollan su cotidianeidad con multireincidentes. Así, la interacción más horizontal y cotidiana de los presos primarios se da con viejos presos, los cuales poseen, en general, una cultura delictiva mayor y más 98 Extraído de una entrevista realizada a Oscar Rabeca, Presidente honorario del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberado. –195– profunda. No debería llamarnos la atención entonces que el grupo de identidad del recién ingresado sean los sujetos que también atraviesan una pena y los referentes los que llevan más años allí, con más experiencia y acostumbrados ya a las perversas dinámicas que ha adquirido la vida intracarcelaria. Este mecanismo ha sido ya analizado por varios autores: “la misma deprivación de la libertad personal, la deprivación de bienes y servicios, la deprivación de relaciones heterosexuales, la deprivación de la autonomía, y la deprivación de la seguridad en relación con los otros reclusos, es tan dolorosa que el colectivo carcelario crea una necesidad de defensa. Esa necesidad se satisface estableciendo una comunidad carcelaria con sus propias normas y valores. La vida en esa comunidad no hace desaparecer el dolor pero sí lo alivia, lo modera. Esta cultura común protege contra las presiones del ambiente circundante” (Mathiesen, Thomas, 1990: 26). La cultura creada funciona también para apoyar y canalizar el rechazo que los internos sienten hacia aquellos que los rechazaron (policía, jueces, operadores penitenciarios y sociedad en general). Por otra parte, dentro de los establecimientos penitenciarios se desarrolla una convivencia bastante peculiar: la del capturado y el captor. Los que controlan y establecen las rutinas y actividades de los presos, los carceleros, son los mismos policías que detuvieron al sujeto, quienes fueron capacitados para “el mantenimiento del orden publico y más específicamente para la prevención y represión del delito y la aprehensión de infractores. Esto, obviamente, ninguna relación guarda con la tarea de tratar diariamente a los internados de una cárcel procurando apoyarlos para que esté en las mejores condiciones de reinsertarse en el futuro en su vida familiar y social” (F.J. Ottonelli, 1997: 246). Esta combinación de funciones carga aún más de percepciones y juicios negativos la imagen de uno al otro “lo que perturba cualquier propósito de promoción humana de estos que se puedan intentar” (F.J. Ottonelli, 1997: –196– 246). El policía odia al preso y el preso al policía, pero su interacción es permanente: “Cada grupo tiende a representarse al otro con rígidos estereotipos hostiles: el personal suele juzgar a los internos como crueles, taimados e indignos de confianza; los internos suelen considerar al personal petulante, despótico y mezquino” (Goffman, 1994). Paradójicamente, se desarrolla dentro de la cárcel una fusión de valores y hábitos, donde el preso adopta pautas del cuerpo policial y éste último adquiere pautas y códigos –sobre todo lingüísticos y de interacción– del delincuente. El ingreso a la institución punitiva: De una multirrealidad a una realidad omnipresente. El individuo desde su nacimiento se encuentra inserto en un orden social con una dinámica y orden intrínsecos que lo definen como tal. Este orden es internalizado por los sujetos durante su socialización, entendida como el proceso de “inducción amplio y coherente de un individuo en el mundo objetivo de una sociedad o en un sector de él” (Berger y Luckmann, 1997: 166). De este modo, los espacios en los cuales se suscita la vida cotidiana, las instituciones en las que interactúan y de las que son parte, la familia y los “pares” con quienes comparte esta cotidianeidad se convierten en su mundo, su realidad la que guía y orienta sus acciones. En este contexto, cada actor social asume roles y funciones específicas devenidas de ellos, que exigen la adaptación e internalización a normas, pautas, códigos y conocimientos que son propios de cada rol99, el cual a su vez se enmarca en un espacio y tiempo institucional concreto100. Rol entendido en la concepción parsoniana como: un sistema de “expectativas que establecen las definiciones de cómo hay que actuar (en un contexto de interacción particular) en relación a los otros” y que implican un conjunto “de sanciones-gratificaciones que premian la conformidad y castigan la desviación” (Parsons, 1976: 46 y sigs.) 100 Institución entendida como “un complejo de integraciones de rol institucionalizadas que tienen significación estructural en el sistema social en 99 –197– Así, su realidad se compone de la conjunción de una multiplicidad de subrealidades –o dicho de otro modo de la interrelación entre “submundos” institucionales o basados sobre instituciones. Construye, de este modo, una identidad basada en roles y funciones –se es padre (responsabilidad de educar, formar, criar); trabajador (se cumple con un horario, una serie de tareas determinadas, en función de ello se percibe una retribución monetaria, etcétera); vecino (pertenencia a un barrio o zona)– y un grupo de identidad conforme a su entorno inmediato. Cuando este individuo es sentenciado a una pena penitenciaria –por quebrar con alguna pauta socialmente establecida– se lo aísla de lo que hasta ese momento constituyó su mundo. Se introduce al sujeto a una institución total, espacio en el que transcurren todas las actividades de los sujetos con “pares” en similar situación, bajo una única autoridad y en un mismo espacio físico, que nada tiene que ver con el mundo del cual proviene. En la prisión, las pautas, códigos y hábitos adquiridos en los diversos roles desempeñados quedan deshabilitados, fuera de contexto. El sujeto se encuentra por tanto ante una nueva realidad con una dinámica y orden que le son propias y difieren significativamente de su medio anterior –la realidad social. En tanto debe sobrevivir y adaptarse deberá buscar información, aprenderá nuevos códigos, pautas, habilidades y hábitos, necesarios para desenvolverse cotidiana y coherentemente en esa nueva realidad. Debe asimilar este nuevo rol y esta nueva institución que lo enmarca, con una diferencia fundamental: en este ámbito no existe una multidiversidad de roles e instituciones, por tanto su mundo, su nueva realidad, no se compone de una pluralidad de roles y escenarios, sino solo un contexto y un solo papel; ser preso en un establecimiento dado. La omnipresencia de este rol hace que las funciones, el lenguaje, los códigos y hábitos que le pertenecen se encuentren permanentemente habilitados y en actividad. Así, el sujeto cuestión”, “un complejo de elementos pautados como expectativas de rol” (Parsons, 1976: 47 y sigs.) –198– asimila este rótulo excluyente que se antepone a cualquier estatus o función, familiar-preso, trabajador-preso, etcétera. Esto, a su vez, implica que su asunción sea fuertemente arraigada e internalizada por ellos de forma, además, mucho más rápida que la habituación y adquisición de otros roles sociales. Por más rechazado que sea por todos los involucrados, se convierte para el individuo en su mundo su realidad. Construye así una nueva identidad y un nuevo grupo identitario en función de su nuevo entorno, con fuertes lazos afectivos y un importante grado de cohesión intragrupal. Cuando el individuo es liberado y comienza su trayectoria de reintegración a la dinámica propia de la vida en libertad, se encuentra con dos obstáculos fundamentales. Por un lado, se desarrolla un fenómeno similar al que debió enfrentarse en el momento de su reclusión: debe reapropiarse de determinadas normas y pautas. Ahora, las que guían la vida social cotidiana, asumiendo nuevamente los roles y funciones que le eran propios previo a su reclusión. Debe, por tanto, despojarse de ser preso y todo lo que esto le significó, pues lo aprehendido durante su reclusión pierde vigencia y, por el contrario, muchas veces se contrapone con las exigencias y expectativas colectivas. Por otro lado, este individuo se encuentra frente a una sociedad que lo tipifica de criminal, cargándolo con un estigma que connota un profundo rechazo y miedo: “los reclusos han hecho suyos los valores, normas, prácticas y matices carcelarios que le permitieron subsistir con éxito en la institución de los cuales resulta muy difícil desprenderse. [...] Por otra parte, tanto la experiencia de la reclusión como el estigma ulterior que la sociedad imprime en el ex recluso, impiden de hecho a la mayoría de los liberados integrarse nuevamente en la comunidad y llevar una existencia productiva normal (Landeira y Scapussio, 1997: 164). El liberado se encuentra entonces ante un escenario complejo: rechaza el mundo que acaba de abandonar pero en el cual tiene lugar; desea integrarse nuevamente al mundo social –más allá de las dificultades que le implica readaptarse a una –199– dinámica de la cual fue aislado por un lapso considerable– pero se ve rechazado y estigmatizado por éste. En el contexto presentado anteriormente encontramos en nuestro país, iniciativas institucionales y espacios oficiales que plantean, desde diversas prácticas y enfoques, una intervención en el proceso de encierro y pos encierro de estos sujetos, con la intención de facilitar la reintegración social de esta población y disminuir los efectos adversos y perversos del pasaje por los establecimientos de reclusión. Las diversas modalidades: un asunto de perspectivas “La vida tiene el color del cristal con que se mira” Si bien, como parte integrante de una sociedad concreta enmarcada por una cultura y una historia –la uruguaya– se comparten los principales valores y modos de ser y ver el mundo, el entorno familiar y grupal –delimitado en la socialización primaria–, las instituciones con las que interactuamos y a las que pertenecemos –la socialización secundaria– y nuestra biografía, es decir, los acontecimientos que han sucedido durante nuestra vida construyen y moldean las percepciones e interpretaciones de la realidad. La interpretación y significación que estos actores se hacen de los objetos sociales, materiales y culturales que componen su sistema de acción –en el sentido parsoniano– determinará las características y la orientación que imprimirán a sus acciones. Así, cada organización desarrolla su intervención con la población prisionada de acuerdo a su interpretación de la realidad y de cómo la perciba y caracterice: “la persona actúa respecto de las cosas o incluso respecto de las otras personas, sobre la base de los significados que éstas cosas tienen para ellas” (H. Mead, 1990: 193). Ante la problemática recién planteada nos preguntamos: ¿cuáles son las principales características de las instituciones que desarrollan iniciativas dirigidas a la problemática del preso –200– y el liberado; sus móviles y objetivos, cómo implementan sus propuestas y el alcance de las mismas? Objetivos Objetivo general: Analizar, desde una perspectiva descriptiva y comparada, la oferta institucional dirigida a la problemática del preso y el liberado en sus diversas modalidades de intervención. La investigación se focaliza en las propuestas existentes en Montevideo. Objetivos específicos: a- Realizar una descripción del escenario institucional compuesto por estas organizaciones. b-Describir desde una perspectiva analítica y comparada las diversas propuestas institucionales. c-Recabar los objetivos institucionales de cada oferta, así como también los paradigmas y conceptos fundamentales que explícita o implícitamente guían su accionar. d-Reconstruir las diversas tipologías de intervención y las características centrales de cada una. e-Detectar, dentro de las propuestas, las diferentes ofertas y los diversos resultados que presentan las intervenciones. f-Definir el papel y función que cumplen estas propuestas tanto civiles como estatales. Marco metodológico y delimitación del universo Como nuestra investigación desea captar, desde la perspectiva de los ejecutores, las características y conceptos que componen su visión del proceso –tanto del preso durante su reclusión, como del liberado en su reintegración a la dinámica social– los componentes que según cada perspectiva permiten una reintegración exitosa y los paradigmas que inspiran a cada institución, debe ser comprensivista contemplar el mundo del sujeto y su forma de interpretar los hechos y las cosas. Por –201– consiguiente, la técnica más adecuada de recolección de datos son las entrevistas de corte cualitativo. Se ha utilizado el análisis de documentos aportados por las propias instituciones, lo cual aporta datos secundarios y complementarios a la información recogida mediante las entrevistas. La observación ha sido otra técnica utilizada, tanto en los encuentros pautados con los entrevistados como en las oportunidades en que fue permitido observar el desarrollo de sus actividades. Es importante resaltar que este trabajo centra su atención en un nivel micro de estudio. Por tanto, no se abarcará el universo completo de instituciones que desarrollan este tipo de tareas sino un muestrario que contemple las diversas modalidades existentes. La atención está centrada en Montevideo y abarca las organizaciones que poseen un trabajo sistematizado y sostenido contemplando el abanico modal existente para captar la diversidad de modalidades organizacionales. Por otro lado, no existe en nuestro país ningún tipo de registro al cual acudir para acceder a las organizaciones que realizan este tipo de intervenciones. Se recurre entonces, en primera instancia, al Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados quien menciona una serie de instituciones que desarrollan actividades dirigidas a la población prisionada, apelando luego a la técnica bola de nieve para acceder a nuevas entidades.101 Se da por culminado el trabajo de campo cuando llego la saturación teórica, es decir, que las nuevas entidades entrevistadas, ante la interrogante ¿conocen ustedes organizaciones que desarrollen actividades con esta población?, hacían mención a instituciones ya relevadas. 101 Este aspecto se encuentra desarrollado en el informe de campo, véase anexo 1. –202– Institución - Vida Nueva Uruguay Coopinser (Cooperativa de Inserción) SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia) Pastoral Penitenciaria. (Vicaría de la Solidaridad, Iglesia Católica) - Misión Vida (Iglesia Evangélica) - Testigos de Jehová - Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados Carácter Civil Religioso Estatal Principales hallazgos La heterogeneidad de organizaciones. Este escenario abarca una multiplicidad de organizaciones diferenciándose en civiles, laicas y confesionales, organismos internacionales y entidades del Estado. La primera diferencia deviene de su origen y procedencia, es decir, constituyen un espacio que se creó en el seno o marco de una institución que cumple múltiples funciones y tareas o sí, por el contrario, han surgido con el único propósito de atender ésta problemática. La segunda tiene relación con la solidez estructural. Así encontramos organizaciones con una clara estructura y un nítido organigrama, donde coexisten diversos compartimentos que cumplen funciones específicas y una clara pirámide jerárquica con responsables de cada división, quienes a su vez responden a una autoridad central referente, que por lo general evalúa –y en algunos casos lleva adelante– las actividades que se implementan. Estas organizaciones son, en general, las que han surgido con el único fin de atender ésta problemática, pero también existen casos con estas características que pertenecen a una organización con mayor complejidad (SERPAJ es un ejemplo de ello). –203– En otros casos, cuando la iniciativa se lleva a cabo por una asociación perteneciente a una institución “madre”, el vínculo aparece de modo mucho más laxo. Si bien la identificación de los ejecutores con la entidad es total, es decir, se sienten miembros plenos y responden a ella de manera absoluta, no existe control ni supervisión del trabajo que se desarrolla. Los acercamientos de las jerarquías son respuestas a demandas concretas que realizan los ejecutores. Por lo general, estas son las organizaciones con menos solidez estructural, donde su composición está definida por el grupo humano que lo compone. Por otra parte, este universo no se propone actividades de coordinación entre sí, sino, por el contrario, en lugar de esfuerzos mancomunados parecería existir una implícita competencia inter institucional. La desconfianza en el trabajo que realizan las contrapartes es muchas veces explícita y en ocasiones varios testimonios arguyen haber detectado efectos negativos en la población atendida por otras entidades. Este aspecto aparece con más frecuencia en las organizaciones confesionales, aunque no exclusivamente. En el escenario que componen estas modalidades de intervención existe una predominancia de las iniciativas de tipo confesional, tanto en su presencia numérica, como en los establecimientos que ellas abarcan. Al parecer los aspectos confesionales son muy importantes tanto como móvil de las entidades que desarrollan estas iniciativas como para la población a la cual se dirigen. Este aspecto ha sido verificado en los diferentes encuentros que se han establecido. Aún las organizaciones laicas por definición admiten la importancia del factor fé, en el éxito del trabajo con los reclusos. Relación interinstitucional y con los espacios oficiales La relación institución espacio/autoridad-oficial con los establecimientos de reclusión y sus directores se desarrolla en función de vínculos personales. En los casos en que la inter–204– vención es intracarcelaria, quienes han establecido una buena relación y comunicación fluida con las autoridades de los establecimientos articulan y coordinan diferentes actividades a la vez que hacen de voceros de algunas demandas trasladadas por los reclusos. Pero hay organizaciones que no establecen diálogo alguno con las autoridades, su trabajo se establece directamente en la intervención con la población objetivo, sin articulación con la dinámica del establecimiento o ajuste en función de las problemáticas que allí surgen –si bien en los argumentos discursivos se arguye que trabajan acerca de los temas/problemas que presentan los reclusos. Lo fundamental aquí es la no existencia de un marco regulatorio o normativo que contemple e impulse la coordinación en el trabajo. Si bien existen algunos convenios con ciertas entidades estatales que brindan respaldo técnico a las actividades realizadas por las entidades, éstos se realizan en marcos particulares y por voluntad de cada organización. No interviene allí la Dirección Nacional de Cárceles, así como tampoco lo hace la Dirección de Educación de los Institutos Penales. Del mismo modo, los diversos impulsos civiles –tanto laicos como confesionales– no son evaluados ni supervisados, no existen pautas de tratamiento; por ahora cada intervención es un esfuerzo aislado, islotes de trabajo que no tienen conexión alguna entre sí. Tampoco el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados ni el Instituto Nacional de Criminología –entidades estatales especialmente diseñadas para atender éstas problemáticas– poseen un registro sistematizado y actualizado acerca de las diferentes iniciativas civiles de intervención. Aparece así un agujero negro en cuanto a la supervisión y normativas del trabajo y/o evaluación de acciones hacia la población reclusa y liberada, aspecto preocupante pues, si el Estado no regula las iniciativas, tampoco lo hace con los efectos de la intervención en la población objetivo –los cuales podrían ser muy positivos pero también muy nocivos para el individuo. –205– En síntesis, la inexistencia de una política estatal o pública al respecto es un dato insoslayable en este sector. El Estado no aparece definiendo objetivos, regulando y normando las intervenciones civiles, no evalúa resultados, simplemente “deja hacer”. Múltiples colores: las diferentes modalidades de intervención Las modalidades de intervención, de “reclutamiento”, acercamiento y trabajo, muestran también divergencias entre sí. La primera subdivisión se produce en el momento y contexto en el que las entidades desarrollan sus intervenciones: así aparecen iniciativas dirigidas a la población que se encuentra recluida –intervenciones intracarcelarias– y otras que comienzan su intervención luego de cumplida la pena del individuo –intervenciones extracarcelarias. Encontramos, cuatro tipos de intervención: a) SERPAJ se encarga de monitorear las condiciones edilicias y humanas en las que se encuentran los establecimientos y su población reclusa. Cumple la función de contralor, de denuncia y generación de opinión pública respecto a cómo desarrollan su pena los individuos sometidos a la privación de libertad en nuestro país. Podemos decir que SERPAJ no realiza un intervención de hecho, pero su rol es importante, pues como organismo internacional tiene capacidad y fuerza para llegar a los medios de comunicación y poner en la agenda y difundir a la población en general información sobre las condiciones carcelarias, lo cual significa de hecho presión frente las autoridades, en tanto deben rendir cuentas acerca de su ejecución en los establecimientos penitenciario. Sin embargo, su misión institucional es incidir en la reforma del sistema penitenciario desde su núcleo fundamental, su base jurídica. Es aquí donde SERPAJ pone especial énfasis. –206– Nos sorprendió, igualmente, la escasa presencia de este organismo, da la sensación de que mientras “espera”, que se den los pasos necesarios hacia la reforma del sistema jurídico penal, no toma iniciativas de acuerdo a su potencial en tanto organismo internacional para mejorar, o a lo sumo minimizar los efectos de la prisión –harto claros en el discurso de esta entidad– en los sujetos prisionados. Al poseer insumos materiales y estatus internacional, se deduce que su intervención sería mayor y de más peso, si bien no en una intervención directa, respaldando y colaborando con instituciones que realizan un trabajo serio y sistematizado con esta población; para así, en el camino a la consecución de su objetivo último, colaborar en la construcción de un mejor tratamiento para los reclusos y liberados que aumente su potencial de reintegración social. Más allá de esto, creemos que su rol de comunicador y formador de opinión pública es un factor fundamental para la construcción de otra perspectiva social del preso, del liberado y de la pena privativa de libertad, lo cual es esencial si pretende generarse un cambio en esta temática. b) El Patronato, que como vimos, centra su atención en la familia y el entorno del sujeto mientras éste se encuentra recluido –con la intención de generar un clima positivo que pueda contener al individuo luego de su liberación. Su trabajo directo con el individuo prisionado se da luego de su liberación y se encarga de brindarle los insumos materiales necesarios para rearmarse una estrategia laboral. Este es el aspecto fundamental de su tarea: facilitar y orientar al sujeto para la obtención de un lugar en el mundo laboral, siendo éste, en su perspectiva, el elemento fundamental para lograr la inserción social del liberado. Esta tarea es, en el actual contexto de nuestro país, un importante y complejo proceso donde las dificultades son cada vez mas serias y por tanto el éxito en el logro de resultados, según su propia opinión, requieren de un trabajo coordinado y con más recursos de los que actualmente –207– cuenta. Sin embargo, su estrategia aparece más vinculada a la asistencia –con riesgos involuntarios de asistencialismo– que a una intervención en pos de la socialización del sujeto. Brindarle los elementos fundamentales para que éste pueda mantener una vida digna no es un aspecto que pueda tildarse como negativo, sino todo lo contrario, más aún si tenemos en cuenta que la crítica coyuntura actual amenaza cada vez más la manutención de una mínima calidad de vida. Pero “dar pescado sin enseñar a pescar” puede ser peligroso y contraproducente. Es claro que éstas no son las intenciones del Patronato, esta organización se aboca, con todos los recursos que tiene a su alcance –cursos de capacitación en convenio con otras entidades, asistencia social y psicológica y un real esfuerzo en la construcción de una bolsa de trabajo en función del perfil poblacional– a diseñar una estrategia firme de inserción laboral. Sin embargo, en los hechos –y admitido por la propia institución–, los liberados generan una relación de dependencia con esta entidad, lo que dificulta el proceso por el cual estos individuos deben atravesar para desarrollar una vida social integrada: la desinstitucionalización. En cualquier caso, el rol que esta entidad cumple es muy significativo: el Patronato juega el rol de tutela estatal. El individuo ya cumplió el castigo que el colectivo le ha asignado por su delito y el Estado lo recibe en su vuelta a la vida en libertad respaldando su reingreso y brindándole insumos que le permitan ser ciudadano nuevamente –que en esta institución se traduce como inserción laboral. Esto posee un alto contenido simbólico pues significa teóricamente la reconciliación sujetosociedad. c) Las organizaciones que apuestan a una intervención en la socialización secundaria resignificando algunas pautas de conducta y apostando a la adquisición de nuevos roles y hábitos. Se puede decir que estas dos últimas estrategias de intervención, son las que de hecho plantean una intervención directa en el proceso de socialización de los prisionados. Con di–208– versos objetivos y perspectivas, planteando además diversos grados de involucramiento y de intervención en la vida de estos sujetos, estas iniciativas plantean modificaciones – alteraciones– en los modos de ver y de ser de su población. Sin llegar a evaluar su efectividad –no constituyó parte de los objetivos que este trabajo se ha propuesto y por tanto no ha sido introducido– se cree que estas iniciativas son las que contemplan más integralmente las problemáticas que la población prisionadada debe enfrentar. No apuestan sólo por la obtención de un puesto de trabajo, sus objetivos son de mayor alcance, son lograr cambios en la forma en que los liberados se enfrentan a la realidad que les toca vivir luego de abandonar los establecimientos penitenciarios. Esto no quiere decir que sus estrategias de intervención sean mejores en términos cualitativos, sino que simplemente abordan la temática desde una perspectiva que contempla las emociones, los miedos y ansiedades de la población objetivo. Examinando las perspectivas, se podría decir que las ofertas de estas organizaciones a la población prisionada o liberada se efectúan por diferentes caminos: 1. Las organizaciones confesionales le proponen al individuo un espacio en el cual es posible recomenzar, en el que no existen juicios sino que, por el contrario, son amados incondicionalmente y perdonados por su pasado que en términos generales se justifica y explica por la ausencia de un entorno afectivo y contenedor por lo cual la culpa es resarcida. Significa entonces una nueva oportunidad. No son estos sujetos los culpables de sus acciones sino su biografía, quedando así exonerados y con posibilidades de elaborar un nuevo nacimiento. De este modo, los reclusos encuentran un lugar de destino exterior que lo recibirá y serán su acreditación para el resto de la sociedad. Son miembros pertenecientes a tal o cual iglesia y este certificado les facilita la vuelta a la vida en libertad ya que las mismas legitiman su presencia y garantizan al resto del colectivo su “regeneración”. –209– 2. Las entidades lideradas por expresos parten del ejemplo de la propia superación. La consigna clave de éstas entidades parecería ser “si yo pude vos podés”, por lo cual plantean a los liberados un camino ya verificado por otros sujetos por el cual transitar, elaborando un proyecto de vida socialmente legitimado. El colectivo de pares, constituye en definitiva, la garantía de que se pude salir del ámbito delictivo con éxito. Significa una puerta de entrada a la sociedad con protección y respaldo “entre pares” que ya han sido aceptados por la comunidad. Una intervención singular Un caso paradigmático de intervención es la ONG Nueva Vida Uruguay. Esta entidad presenta solo el 1 por ciento de reincidencia en la población con la que interviene. El éxito en su empresa se debe, en nuestra opinión, a la combinación en el interior de una organización de las ventajas de las dos modalidades analizadas. El ejecutor de la propuesta es un liberado, por tanto una verificación empírica de la posible reintegración, pero a su vez su móvil religioso lo lleva a brindarles a los liberados la posibilidad de un nuevo comienzo con perdón y sin juicios. Combina así los dos elementos que les permiten a los liberados poder proyectar una vida alternativa a la que antes llevaban: nuevos objetivos personales –trazarse un nuevo camino legitimado socialmente– y espiritual –dios los amará incondicionalmente y los guiará en su nueva vida. Luego de presentar los rasgos principales de este universo, creemos estar en condiciones de presentar el elemento revelador en este estudio. Esto es: ¿cuál es el papel que cumplen éstas organizaciones en la problemática del preso y el liberado? El sujeto nace en un contexto social específico del cual – mediante el proceso de socialización primaria– se apropia, convirtiéndolo en su mundo, su realidad. Ésta se le presenta con carácter multivariado, en la que interactúan diversos actores e instituciones en distintos escenarios. A medida que este –210– individuo consolida las bases de la socialización secundaria, las diversas instituciones y actores cobran sentido en tanto escenarios donde desempeña los diferentes roles y funciones sociales que adquiere, los cuales poseen reglas, códigos y conocimientos específicos que deben ser aprehendidos. Así el individuo se convierte en miembro del colectivo social general –sociedad–, en el cual posee un lugar específico, un grupo de referencia concreto, y una serie de roles y funciones con las que se desempeña e interactúa con multirrealidades y múltiples otros. Cuando éste, por romper una norma o pauta establecida –con la cual violenta a una parte o grupo del colectivo–, es penado con una condena de reclusión, se lo introduce en un espacio que poco tiene que ver con el mundo al cual el sujeto estaba habituado. Se enfrenta allí con un espacio cerrado e inconexo con la realidad que hasta ese entonces constituía su cotidianeidad. Recordemos que la Institución Total se caracteriza por ser un espacio de clausura mural, donde un grupo de individuos en la misma situación y aislados del resto social por un lapso considerable, comparten todas las esferas de la vida diaria –normalmente desarrolladas en diversos escenarios y con una multiplicidad de actores– la cual a su vez es determinada y administrada formalmente, por una única autoridad. Pierden validez, por tanto, las pautas y normas con las que guiaba su accionar en la dinámica social. Enfrentándose a la necesidad de adaptarse al nuevo contexto, el individuo debe incorporar las normas y pautas que guían la vida en el establecimiento, asumiendo a su vez el único rol válido y habilitado allí: ser preso102. Pero para internalizar esta nueva realidad que se le presenta, el sujeto debe sino desafiliarse, dejar de lado los mecanismos y Este proceso se refiere a sujetos que poseen una reclusión no menor a dos años. Si tenemos en cuenta que por un delito de rapiña la pena mínima son cuatro años y cinco meses, podemos decir que este proceso se da en la mayoría de la población reclusa 102 –211– pautas de acción que hasta entonces guiaron su conducta103. La presencia ininterrumpida que caracteriza a la Institución Total hace que ésta sea rápidamente apropiada por el individuo como su mundo, su realidad. Sin embargo, el proceso más problemático se desata luego de su liberación; ya se ha mencionado en el desarrollo de este trabajo, que por un lado, este sujeto se ve rechazado por el mundo al cual aspira reingresar, encontrando serios obstáculos e impedimentos para lograr la reintegración, mientras que, por otro lado tiene un lugar consolidado en el mundo del cual acaba de salir y rechaza pero sabe será bien recibido si vuelva a él. Es aquí donde juega un papel fundamental la intervención institucional. Con diversas modalidades y grados de intensidad, éstas intervienen en la conformación y adopción de pautas, conductas y roles adquiridos durante el periodo de reclusión. Algunas alternado al sujeto y otras readecuando sólo algunos aspectos de su personalidad, desarrollan un proceso de despojo del rol asumido allí –del ser preso– lo cual constituye un factor fundamental para reapropiarse y reintegrarse al mundo social. Sea durante la reclusión o luego de su liberación, estas organizaciones le ofrecen al sujeto un nuevo grupo de identidad y referencia al cual adherirse, permitiéndole abandonar la referencia al grupo carcelario que constituyo su núcleo afectivo y referencial. Así, estas entidades se le presentan al sujeto como una puerta de entrada al mundo social, la propuesta de un camino en el cual los miedos e incertidumbres disminuyen a la par con la certeza del fracaso –sea cual sea el resultado, ésta es la oferta institucional. Éstas significan a su vez una tarjeta de presenta103 La realidad social y la de los establecimientos de reclusión son tan divergentes que resulta muy difícil que el individuo pueda adaptarse a la dinámica penitenciaria sin deshabilitar al mundo social. No es posible vivir en una institución omnipresente y cerrada que constituye todo lo real y cotidiano y continuar referenciado a una realidad ausente, a una dinámica de la cual sólo se tiene referencia subjetiva y memorial. –212– ción, una visa que les permite a estos sujetos, presentarse ante los otros como sujetos reformados ya no peligrosos. Este es entonces, el papel que cumplen estos espacios institucionales en la problemática del preso y el liberado. Si bien su modalidad y objetivos específicos difieren en función de su lugar de origen, su función en tanto bisagra de dos realidades les es común a todas así como también son compartidos ciertos elementos fundamentales relacionados con el entorno y los vínculos primarios. ¿Eficaces, paliativas, integrales...? La situación de la población reclusa y de los liberados es en nuestro país, cada vez mas preocupante y menos atendida. Hemos elaborado durante este trabajo un diagnostico que verifica lo recién dicho. En un contexto como el actual, donde las crisis institucionales y socioeconómicas se solapan creando un escenario complejo y de difícil transición, en el cual el creciente deterioro del sistema penal ha generado inestabilidad, los obstáculos en la reintegración social de ésta población se ven agudizadas. Las intervenciones institucionales constituyen en este escenario, respuestas paliativas a los efectos adversos que generan el encierro y las condiciones en las que éste se desarrolla. No resuelven –y tampoco es su propósito– los problemas estructurales que el sistema penal tiene, ni dirigen su atención al deterioro –edilicio y humano– en el que se encuentran las prisiones; se abocan a mitigar y minimizar los obstáculos que los prisionados encuentran, tanto en el desarrollo de su pena, como en su vuelta a la vida en libertad, obstáculos que son hoy por hoy cada vez más difíciles de superar. –213– Dinámica propia CÁRCEL . Dinámica propia. Apropiación por parte del sujeto de 'este mundo'. Un solo rol vigente: PRESO. Pautas Códigos Conductas El individuo es retirado de lo que hasta ahora constituyo 'su mundo'. Sujeto: Apropiación del mundo social. Adquisición de múltiples roles y conocimientos Pautas Códigos Conductas SOCIEDAD. LIBERADO: Pautas carcelarias adquiridas, deshabituación al mundo social libre Rechazo social, dificultad de integración INSTITUCIONES INTERVINIENTES. Sujeto: despojo del rol preso. - Visa de entrada al mundo social - Grupo de referencia Respaldo Puerta de entrada, facilitador de la reintegración Cuadro 1: Flujograma del proceso atravesado por los individuos sometidos a una pena de privación de libertad Cada uno de estos impulsos, desarrolla su intervención priorizando los aspectos que a su entender son los fundamentales para lograr su objetivo. Pero su acento en un área especifica del sujeto, hace que el resto de las esferas queden descontempladas, generando así, una atención parcial al problema. Por ejemplo, las instituciones confesionales le brindan al sujeto un marco valorativos por el cual guiarse, un espacio de referencia al que acudir y apoyo emocional, sin embargo no desarrollan estrategias de inserción laboral y sin la obtención de un lugar en el mundo del trabajo –y un salario con el que sostenerse– no es posible hablar de reintegración. Por otro lado, algunas iniciativas se centran en la generación de hábitos laborales, pero ¿no es necesario que para ello el sujeto encuentre un marco normativo por el cual guiarse, que es más complejo que aprender cómo presentarse en una entrevista y llegar en hora al trabajo? En síntesis, la parcialidad de la atención reduce la eficacia de estas intervenciones. De existir una política específica e integral y una propuesta de trabajo articulado entre las diferentes organizaciones, incluso manteniendo los diferentes perfiles, estaríamos en otras condiciones para dar una respuesta eficiente y efectiva a la problemática que encuentra la población en prisión en su vuelta a la vida social libre. Lo más grave aún, es que existen espacios que podrían permitir la implementación de programas integrales sin que esto requiera esfuerzos materiales excesivos. La articulación y reorganización de las entidades ya existentes –La Dirección Nacional de Cárceles, la Dirección de Educación de los Institutos Penales, el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, el Instituto Nacional de Criminología– evitaría la superposición de recursos –materiales y técnicos– y permitiría que los esfuerzos aislados desembocaran en una propuesta integral. Por otro lado, contamos con una vasta experiencia en nuestro país, lo demuestra la existencia de organizaciones con más de tres décadas de trabajo en torno a esta problemática. Por –215– tanto, partir del aprendizaje de cada una, de los éxitos y fracasos aprender de los obstáculos que ellas han encontrado, constituye un buen punto de partida para elaborar políticas sectoriales que apuesten verdaderamente al respaldo posreclusión de los sujetos sometidos a penas carcelarias. La propuesta no es centralizar el trabajo en manos del Estado, se cree en la acción civil y en un Estado cumpliendo su rol rector, supervisor y evaluador, articulando las iniciativas que se originan en el seno de la sociedad. Sin duda que es imprescindible una reforma del sistema penal en el país y que sin ello, cualquier iniciativa no dejaría de ser una respuesta paliativa al deterioro sufrido por el individuo prisionado. Alcances de este trabajo y futuras líneas de investigación No podemos olvidar que nuestro trabajo constituye una mirada descriptiva de los propios ejecutores de las diversas intervenciones institucionales, es decir de cómo la oferta se ve a sí misma. Para realizar un análisis de la oferta en sí hubiese sido necesario captar la otra mirada, la de los beneficiarios, aspecto fundamental para evaluar un servicio. Sin embargo, las complejidades del escenario, hizo muy difícil contactar los usuarios y captar el abanico completo de beneficiarios –que contemplara las diversas instituciones, los casos exitosos y los sujetos que reincidieron luego de la intervención, los diversos tramos etarios y perfiles poblaciones, los diversos tipos de delito y constitución personal, etcétera–, condición necesaria para alcanzar la representatividad adecuada en función del propósito. Por este motivo, era necesario delimitar el campo de investigación y por la clara ausencia de antecedentes en torno a este tema, se abocó a la exploración del escenario institucional. Se deja abierta la posibilidad –para próximos trabajos y futuras líneas de investigación– analizar la perspectiva de los beneficiarios realizando una investigación de corte más explicativo e indagatorio que apueste a una evaluación de estos –216– servicios y se oriente a dar respuestas a preguntas del tipo: ¿cuáles son las diferencias en el proceso de reintegración entre sujetos que accedieron a estas instituciones y quiénes no?, ¿los efectos de las intervenciones varían en función del perfil del liberado?, ¿en qué medida?, ¿dónde se observan mejores resultados?, ¿pueden proponerse nuevas estrategias que reúnan aspectos exitosos y con potencialidades de cada una de las alternativas existentes en la actualidad?, etcétera. –217– Bibliografía BERGER, P. y Luckmann T, La construcción social de la realidad, Buenos Aires, Amorrortu Editores, 1997. BLANCHET A. et al., Técnicas de investigación en ciencias sociales. Datos. Observación. Entrevista. Cuestionario, Madrid, Editorial Nancea, 1989. 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Flujograma-Esquema: Metodología de trabajo de las diversas propuesta organizacionales: dinámica y propuestas. Anexo 3. Flujograma-Esquema:Requisitos y criterios establecidos por las diversas organizaciones para la selección de la población objeto de las intervenciones. Anexo 4. Flujograma-Esquema: Alcances de las diversas intervenciones. ¿Resocialización o intervención en la socialización secundaria? –221– Misión Institucion al Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados Pastoral Penitenciaria Móviles Misericordia Mandato religioso Amor al prójimo Misión Vida para las Naciones ¿Por qué y para qué? Móviles y Objetivos Salvaguardias derechos civiles y políticos SERPAJ Objetivos Inserción social Cambio de vida y mentalidad del sujeto. Testigos de Jehová Anexo 1 Empatía Solidaridad identitaria Nueva Vida Uruguay Coopinser Respaldo material especialmente en el área laboral- y psicológico Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados Pastoral Penitenciaria Testigos de Jehová Sin juicios, espacio en el que las demandas son atendidas custodiado por un amor superior Espacio de escucha y respaldo incondicional Misión Vida para las Naciones ¿Cómo? Dinámica y metodología de trabajo Anexo 2 SERPAJ Coopinser Pasado referenciado en común. Comparten hábitos códigos y pautas de ser y actuar Horizontalidad Nueva Vida Uruguay Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados Pastoral Penitenciaria "No marginamos por tipo de delito, todos tienen derecho a cambiar y a recibir ayuda" "Todos son hijos de Dios y él los ama por igual" Misión Vida para las Naciones Testigos de Jehová ¿Con quién? Criterios de selección de la población. Anexo 3 Nueva Vida Uruguay "Lo que nunca hemos aceptado es a los violadores y a los alcahuetes" Coopinser Capítulo segundo Readaptación social y vicios carcelarios La cárcel en México: una perspectiva sociológica Jorge L. Lavín García Iván H. Loría Caballero Introducción El presente trabajo pretende brindar una perspectiva macro sociológica sobre el tema de la cárcel en la capital de México, por lo que la delimitación de lugar y tiempo es muy amplia y la reflexión, está centrada en las cárceles del Distrito Federal de la actualidad; el principal referente son los estudios y acercamientos realizados a las 10 cárceles que se encuentran en el Distrito Federal. Este trabajo es de tipo cualitativo y la referencia a cifras y modelos estadísticos no aparecen en su cuerpo; hemos intentado compendiar el material teórico más relevante y las conclusiones o datos que se arrojen, representan el resultado de las reflexiones de sus autores, producto de la búsqueda y análisis de información bibliográfica, hemerográfica y de Internet relacionada con el tema de las cárceles en México. En esencia el trabajo es fundamentalmente expositivo e intenta suministrar una introducción al estudio cualitativo de las instituciones penitenciarias de nuestro país. El primer paso en la construcción argumentativa es la definición de cárcel. Sin otra intención, más que la de funcionar como referente comparativo, se puede adelantar de manera concreta que cárcel es “un edificio o local destinado para la custodia y seguridad de los presos. Dentro de ese concepto genérico existen otras denominaciones, relacionadas con los –227– locales destinados a la resolución de delincuentes o presuntos delincuentes.”104 Sin embargo, la palabra cárcel, como tal, arroja múltiples definiciones y significados para la sociedad, siendo que la definición y percepción jurídica se separa mucho de la social; ejemplo de esto es que, para la disciplina del Derecho, la cárcel no es más que una obra arquitectónica, es un objeto. Para la sociología, en cambio, la cárcel es un lugar, un espacio y un territorio. Este concepto es el que se presentará en el primer apartado. Lo que se pretende desarrollar es la definición sociológica, no social, de la cárcel en México, en un segundo momento se desarrollará la relación entre cárcel y castigo, y se planteará la pregunta: ¿qué tipo de castigo se ejerce en las cárceles de México? Hacia el final del trabajo, llegamos a los vicios de la cárcel en México, los que se consideran de forma hipotética, los que definen socialmente y no sociológicamente a la cárcel en México. Se concluirá con un balance de las nuevas perspectivas sociológicas para el estudio de las cárceles, tomando como eje la obra de Loïc Wacquant. De éste modo el conjunto de todos los elementos mencionados nos posibilita llegar a una aproximación sociológica de la cárcel en México. Cárcel “A la atrofia deliberada del estado social corresponde la hipertrofia distópica del estado penal: la miseria y la extinción de uno tienen como contrapartida directa y necesaria la grandeza y la prosperidad insolente del otro.” Loïc Wacquant En la sociología urbana existen los conceptos claves de lugar, espacio y territorio para la construcción de un análisis 104 Manuel Osorio, Diccionario de Ciencias jurídicas políticas y sociales, Argentina, Heliasta, 2004. –228– sobre la ciudad. El lugar puede definirse como un conjunto de elementos que coexisten en un cierto orden; el espacio es la animación de estos lugares por el desplazamiento de un elemento móvil, es el lugar practicado se territorializa debido a una apropiación más allá de lo motriz, además requiere ser vivido habitualmente, es decir, el territorio es el depositario de la socialidad de un grupo, aquí, éste se transforma, se construye y se significa.105 En el caso de la cárcel, en tanto lugar, se define como una edificación que se organiza en celdas, patios, torres de vigilancia, comedores, oficinas, entre otros. Actualmente la disciplina que se encarga de diseñar el lugar cárcel es la arquitectura carcelaria o penitenciaria. La evolución de los paradigmas en la construcción de prisiones ha variado mucho, pero fue, con Jeremy Bentham106 que la racionalización entre prisión, contención, vigilancia y castigo encontró un final perverso y funcional. La cárcel como espacio existe después de su ocupación, que incluye a presos, custodios-vigilantes y directivos-administrativos. Estos actores se presentan aquí para llenar físicamente el lugar cárcel. Sus desplazamientos y sus maneras de estar representan un segundo nivel de análisis, en donde se observa la creación y el peso de la presencia. Por último, la cárcel como territorio es el nivel más complejo de análisis, el habitual uso y apropiación del espacio que genera relaciones sociales diferenciadas, que privilegian a unos actores y someten a otros; la cárcel “puede ser vista como la expresión micro social de las relaciones sociales, caracterizadas éstas, por la exclusión de lo colectivo y negación del sujeto, en tanto es privado de sus derechos políticos y sociales.”107 105 Estas tres categorías están incluidas en el libro La invención de lo cotidiano de Michel de Certau. 106 Véase Jeremy Bentham, El Panóptico, Madrid, Ediciones de la Piqueta, 1979 y Michel Foucault, Vigilar y Castigar, el nacimiento de la prisión, México, Siglo XXI, 2002. 107 José Luis Cisneros, ¿Para qué sirven las prisiones? Nuevas formas de penalidad en el Estado de México, México, ELALEPH, 2006, p. 201. –229– Sí se afirma que la cárcel es una expresión micro social de relaciones, se supone que existe en un tejido mucho más amplio que la contiene. La cárcel es parte de la organización misma de la sociedad, podemos considerar la cárcel como un sistema social que se encuentra en una constante interacción con el ambiente que le rodea, además, la cárcel es un espacio legitimado como sistema de sanción, y un territorio que construye, hacia adentro, un sistema estratificado, donde cada sujeto juega un rol y se distingue de los demás con formas de actuar más o menos rígidas y agresivas. “La grande, cana, chirona, el tambo, el bote. Con sus múltiples nombres, la cárcel significa para casi todo el que llega por primera vez el reto de sobrevivir. La idea de que hay que rifarse un tiro por todo y para todo es una simplificación que apenas toca un aspecto de la complicada organización social que reproduce, con mayor crudeza, el esquema de masculinidad tradicional que se vive afuera.”108 En las sociedades avanzadas la ocupación de cárceles ha crecido masivamente, la historia de las prisiones en la ciudad de México se caracteriza por un discurso oficial que intenta presentar una dinámica carcelaria que se desenvuelve conforme sus propios reglamentos y pretende establecer objetivos precisos. La ciencia penal ha creado un discurso que justifica la existencia de las instituciones penitenciarias. Sin embargo, el desarrollo de las cárceles en muchas ocasiones no presenta los resultados que el discurso de las autoridades penitenciarias y especialistas encargadas de los asuntos carcelarios pretenden. “La cárcel no beneficia a la sociedad en su conjunto, sino sólo a individuos o grupos que ejercen el control dentro o fuera de ésta; a quienes manipulan el quehacer penitenciario a 108 Rocio Sanchez, “Violencia y sexualidad en las cárceles, El que se abre, pierde”, en http://www.jornada.unam.mx/2006/07/06/ls-elquese.html –230– partir de tener información privilegiada y con ello se ejercen un poder y un manejo al interior de las prisiones.”109 El funcionamiento de las cárceles, no como institución sino como territorio, es un tema manejado con alto nivel de discrecionalidad por los sectores legítimamente competentes; las razones son obvias pues los resultados que arrojan estos estudios enfatizan las relaciones sociales cotidianas de la vida en un penal. Casi siempre violentas, corruptas e inhumanas. El interaccionismo simbólico y las cárceles La institución total es un concepto de Goffman y “[…] puede definirse como un lugar de residencia y trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo apreciable de tiempo, comparten en su encierro una rutina diaria, administrada formalmente.”110 Las cárceles entran en esta categorización, que incluye como rasgos esenciales: • Una ruptura de las barreras que separan tres ámbitos fundamentales de la vida cotidiana; dormir, jugar y trabajar. Una vez encerrado, estas tres actividades se suceden bajo un mismo techo. • Cada etapa de la actividad diaria del encarcelado se lleva a cabo en compañía inmediata de un gran número de otros a quienes se les da un mismo trato. • Todas las actividades diarias están estrictamente programadas y la secuencia de éstas se impone desde arriba. Las consecuencias son: vigilancia constante y sistemática, bloqueo del flujo de información hacia abajo (de manera que Fernando Savater, La vida de los hombres infames. Ensayos sobre desviación y dominación, Madrid, Ediciones de la piqueta, 1990, p.11. 110 Erving Goffman, Internados Ensayos sobre la situación social de los enfermos mentales. p. 13 109 –231– el preso no se entere de las decisiones tomadas sobre su destino), sentimiento mantenido de estereotipos antagónicos entre el preso y sus superiores, y cancelación de la sensación de “liberación” que proporciona el consumo y la posesión de bienes –producto de la remuneración al trabajo. Todas estas consecuencias son consideradas por el interaccionismo simbólico como rasgos en tensión, que obligan al preso a relacionarse socialmente sin las condiciones fundacionales que caracterizan las relaciones sociales fuera de la prisión; a saber, la posibilidad de seleccionar estratégicamente, entre vida pública y privada, la presentación de la persona en la vida cotidiana. El interaccionismo simbólico utiliza la metodología que se adapta mejor al estudio social de los territorios como categoría. Esto se debe a que enfatiza en las formas no verbales de las formas sociales establecidas dentro de sus instituciones de encierro. Goffman en su libro Internados, utiliza la metodología del interaccionismo simbólico, que permite ubicar teóricamente la experiencia de campo que se ha tenido con presos, ex convictos, guardias y familiares de los delincuentes internos; además permite abstraer anotaciones basadas en la técnica ya citada. Esta es la razón por la cual definimos cárcel como territorio y la relacionamos con la metodología del interaccionismo simbólico. Cárcel y castigo La intención u objetivo de tomar en cuenta el castigo en las cárceles, es por la fuerte relación que tiene el castigo con la disciplina, y por ende con la readaptación social, que a su vez tiene mucho que ver con las cárceles. “Es a través del análisis del poder que Foucault intenta explorar el carácter manifiesto de la prisión y explicar su aparente naturalidad, y como hemos llegado a asociar, de forma casi –232– inconsciente, el castigo con la cárcel en el marco de la sociedad contemporánea.”111 En teoría, la cárcel en la época moderna, tiene como objetivo primordial la readaptación social del delincuente recluido, no obstante, la presencia del castigo es fundamental para que esta readaptación social se lleve acabo, de hecho, no se puede hablar de cárcel sin castigo, aunque si se puede mencionar el castigo sin relacionarlo con cárcel. Es importante resaltar la importancia que tiene la readaptación social para el sistema penitenciario mexicano, ya que representa la mayor contradicción de éste mismo. El castigo es un método disciplinario utilizado por la sociedad que puede tener tanto efectos negativos como efectos positivos, tanto puede ser aplicado a un sólo individuo como a toda una población. El castigo es una acción, no un sustantivo. El castigo es una técnica específica en el campo general de los procedimientos de poder, por lo tanto, es una tecnología de poder, elemento fundamental para la humanización de la penalidad y el conocimiento del hombre. En las cárceles de México, se pretende por medio del castigo al alma y diversos programas de readaptación poder reintegrar al delincuente al cuerpo social. El pensador francés Michel Foucault “estudia tres momentos de la tecnología del castigo: el suplicio, la punición generalizada de la reforma penal de fines del siglo XVIII y la disciplina”.112 En este trabajo se atenderá el castigo al cuerpo y, el castigo al alma, en cuanto a su finalidad principal, la disciplina. El castigo al cuerpo en la vida cotidiana va desde dar una nalgada al niño que se portó mal hasta el enviarlo a la cama sin cenar por no terminar la tarea. Ambas son formas de mutilar el cuerpo, 111 Roger Matthews, Pagando tiempo, Una introducción a la sociología del encarcelamiento, España, ediciones Bellatierra, 2003, p.23 112 Ernesto Castro, El vocabulario de Michel Foucault. Un recorrido alfabético por sus temas, conceptos y autores. Argentina, Universidad Nacional de Quilmes, 2004, p. 54. –233– en espera de que, por el castigo dado, ya no vuelva a comportarse de forma incorrecta el individuo, en otras palabras, que ya no reincida. En la cárcel existe el supuesto de que no existe este tipo de castigo al cuerpo, ya que recordemos que la agresión física es mal vista y juzgada por Derechos Humanos y por el cuerpo social. Al contrario del castigo al cuerpo, el castigo al alma, es legitimado social y políticamente. Esta forma de castigo se observa dentro de la cotidianeidad social cuando privas de permisos a los hijos por haberse portado mal, esperando que reflexionen sobre la acción mala que hicieron y no la vuelvan a cometer para poder obtener todos los permisos que quiera. A fin de cuentas también es una privación de la libertad en un menor grado. Esta forma de castigo es aprobada y legitimada por la sociedad, por lo que el gobierno mantiene este tipo de castigo en sus cárceles ya que de esta forma también se legitima así mismo. Se puede apreciar que el castigo en sí es aceptado y practicado por la sociedad, que inducida por la idea de civilización o modernidad, rechaza el castigo al cuerpo y el castigo público, por lo tanto el castigo es aceptado mientras que sea al alma y privado. Castigo al cuerpo y castigo al alma El castigo al cuerpo como técnica política del control de la delincuencia se ejercía dentro de los gobiernos totalitarios de tipo feudal, monárquico o en reinados, y más que disciplinar a la sociedad delictiva, pareciera una venganza del rey a quienes lo desobedecían. Era por medio del castigo público la forma en que se pretendía controlar la delincuencia y el crimen, esto se debe a que, al castigar de forma inhumana el cuerpo de algún delincuente en forma pública, las personas sabían lo que les podía pasar si delinquían. Entonces la cárcel pasaba a ser como un territorio donde se ejecutaban los castigos tortuosos, y donde se retenía –234– al acusado (privándolo de su libertad) mientras se llevaba acabo su condena, ya fuera en un espacio público o al interior de la cárcel (espacio privado). Como ejemplo de esto, durante un reinado, sólo importaba el cuerpo del rey, debido a que el cuerpo social no era atendido por el gobernante, al contrario, era el cuerpo social quien atendía los caprichos y necesidades de su rey, sentando las bases de su dominio en la idea del poder divino y apoyado por el servicio de las fuerzas armadas. “En una sociedad como la del siglo XVII, el cuerpo del rey no era una metáfora, sino una realidad política: su presencia física era necesaria para el funcionamiento de la monarquía.”113 En el paso a la modernidad se invierten los papeles con la instauración de la República, es con la caída de las monarquías donde se pierden las ideas de la divinidad del rey, y es ahí, donde el cuerpo social se convierte en el centro de atención de los gobernantes. “[…] por el contrario, es el cuerpo de la sociedad el que se convierte a lo largo del siglo XIX, en el nuevo principio. A este cuerpo se le protegerá de una manera casi médica: en lugar de los rituales mediante los que se restauraba la integridad del cuerpo del monarca, se van a aplicar recetas terapéuticas, tales como la eliminación de los enfermos, el control de los contagiosos, la exclusión de los delincuentes. La eliminación por medio del suplicio es así remplazada por los métodos de asepsia: la criminología, el eugenismo, la exclusión de los degenerados.”114 Es en este momento cuando la economía de poder ha percibido que es más eficaz y más rentable vigilar que castigar, sin que ésto signifique que desaparezcan los castigos, dicho en otras palabras, es el paso, del castigo al cuerpo al castigo del alma. Las técnicas de poder dedicadas a ejercer castigos ya no van más guiadas a la tortura física, la pena de muerte de ser Michel Foucault, Microfísica del poder, España, Planeta de Agostini, 1995, p. 103. 114 Idem. p. 103. 113 –235– legitimada por la sociedad, pasa a ser juzgada e inaceptable por el cuerpo social. No se puede pagar un crimen con otro crimen, pero si se puede pensar en la readaptación del delincuente. Con este cambio, también se tuvieron que replantear las estructuras arquitectónicas de las cárceles, teniendo como objetivo principal la vigilancia de los reos. Bentham, en su panóptico parte del principio de: para que la vigilancia sea eficaz es necesario que el reo la sienta continuamente, que no sepa si es o no observado, pero que note que puede estar bajo control en cada momento. El poder de castigar, o la vigilancia, han de ser discretos y continuos, invisibles pero omnipresentes, deben abarcarlo todo y atravesar todo el cuerpo social; nada debe escapar a su imperio. Antes de Bentham el espacio carcelario era casi mudo, su mensaje débil y discontinuo, debido a que no se sabía para qué, ni cómo utilizarlo. Pero, a partir de este momento, cambiará el panorama, nos vamos a encontrar con el primer tipo consciente de la arquitectura carcelaria, creada al servicio de un régimen penitenciario.115 La arquitectura panóptica sirve de antecedente directo para el gran descubrimiento de Michel Foucault, la sociedad disciplinaria.116 Cuando el delincuente se convierte en objeto de estudio es necesario conocerlo, ponerlo bajo el microscopio y, a través de su observación, construir los métodos que permitan cambiarlo, readaptarlo a la sociedad. “Hablamos de un castigo expresado mediante un tratamiento humanizado, y sostenido bajo una nueva concepción de la reorganización del espacio carcelario, se trata de un espacio que transita de un ejercicio impúdico del castigo, que va del cuerpo al alma del condenado”117 De esta forma el doctor José Luis Cisneros expresa perfectamente bien la postura de Michel Foucault con respecto al Véase E. Dumont, Tratados de legislación civil y penal, obra extractada de los manuscritos de J. Bentham, Madrid, F. Villalpando, 1822. 116 Véase Michel Foucault, Vigilar y castigar, Argentina, Siglo XXI, 2002. 117 Cisneros, op cit., p. 21. 115 –236– tránsito del castigo del cuerpo al alma. La sociedad moderna reprueba cualquier acto de castigo al cuerpo por parte de sus gobernantes, por lo que en teoría las cárceles son centros de readaptación que toman como directrices el trabajo y la educación, por lo tanto, la cárcel es el territorio donde se va a educar y enseñar a trabajar al delincuente para que pueda ser productivo a la sociedad. Las preguntas que resalta inmediatamente son sí en verdad ¿la cárcel es un centro de readaptación?, o la idea de readaptación ¿tan sólo se mantiene en el discurso político para legitimar su existencia que beneficia al cuerpo del Estado?, sin embargo, tratar de responderlas nos desviaría mucho de nuestro objetivo inicial. Los vicios de la cárcel en México La cárcel como territorio comprende la estructura arquitectónica (lugar) las personas o individuos que la habitan (espacio) y las relaciones sociales que se dan dentro, fuera o alrededor del edificio (territorio). Dentro de este contexto se llevan acabo supuestamente prácticas establecidas de forma oficial, que se encuentran en el reglamento de cada cárcel. El desarrollo de estas prácticas se vicia por parte de todos los agentes que comprende el territorio carcelario, y como resultado de la situación no se puede llevar acabo el objetivo primordial ya citado de readaptación social. Además consideramos que esta situación es la que define a la cárcel ante la sociedad, por lo que los vicios de la cárcel son los que definen socialmente la palabra “cárcel”. Como se había mencionado en la introducción, el principal referente de este trabajo son las cárceles del Distrito Federal, cuya historia se ha caracterizado por estar relacionada con un discurso oficial destinado a presentar una dinámica carcelaria que se desenvuelve conforme sus propios reglamentos y pretende establecer objetivos precisos. Con ello, la ciencia penal ha creado un discurso que justifica la existencia de las institu–237– ciones penitenciarias. Este discurso utiliza como estandarte la ya mencionada readaptación social. El Estado se compromete con el cuerpo social a rehabilitar socialmente a sus delincuentes, los cuales no dejan de ser parte de nuestra sociedad y son padres, hijos, hermanos, madres, padrinos, amigos, etcétera. Por esta razón, la sociedad legítima la existencia de las cárceles, podríamos decir que por la esperanza de volver a ver a los delincuentes recluidos regresar al regazo del cuerpo social de donde fueron desprendidos. No obstante, el Estado dista mucho de cumplir su promesa de rehabilitar a los reclusos, y esto se debe, en gran parte a los vicios en las cárceles de México. En la república mexicana existen más de 450 establecimientos penitenciarios entre federales, estatales y municipales, los más poblados están en el Distrito Federal y, el número de hombres recluidos rebasa por mucho (más del 95 por ciento a nivel nacional) la cantidad de mujeres presas. Existen muchas cifras reveladoras sobre los excesos de las cárceles mexicanas, sin embargo, lo que interesa aquí es describir las maneras en que se estructura el mundo cotidiano del recluso. Las cárceles en México se complementan con características propias de nuestro folclor burocrático. Existen estudios que remarcan la peculiaridad de la cárcel mexicana y resaltan, entre los más preocupantes, vicios y problemas estructurales como: sobrepoblación, corrupción, violencia y mala administración dentro de las cárceles. Todos estos vicios se vinculan y se reproducen unos a otros. La sobrepoblación, por ejemplo, representa la causa principal de violaciones a los derechos humanos de los internos; las condiciones de habitabilidad∗ ∗ La habitabilidad hace referencia a la calidad de un lugar para ser habitable, es decir, para que un ser vivo pueda vivir en óptimas condiciones. Los espacios en los que habitan los seres humanos (por ser habitables para ellos) forman parte del subsistema ambiental construido y está conformado por los edificios y las casas, además de otras construcciones que sirvan como vivienda. –238– dentro de la cárcel reflejan un hacinamiento constante, y actúan como un factor de tensión que afecta la capacidad de los individuos para adaptarse a las diferentes demandas del encierro118. Existen testimonios que comentan que el encarcelado debe amarrarse a los barrotes de su celda y dormir de pie. Sin duda, la sobrepoblación impide el objetivo primordial de la implementación de un tratamiento que justifique la estancia de los internos, es decir, la creación de toda una serie de instrumentos que brinden tratamiento penitenciario, argumento sobre la cual se basa la razón de ser de este tipo de centros de reclusión. Otro de los vicios de la cárcel es la corrupción, ésta aparece entre los distintos grupos sociales que conforman la cárcel y existen al menos en tres niveles generales de socialización: • Clanes estructurados por relaciones preestablecidas de convivencia (pertenencia a un taller o actividad recreativa). • Relaciones con la figura de los distintos roles laborales; son contactos entre los internos y el personal técnico de las cárceles. • Interacción de sujeto a sujeto; esto es una socialización primaria y casi natural entre los habitantes de una prisión después de ser obligados a permanecer contenidos dentro de un edificio.119 La diferencia entre estos tres niveles de socialización la marca el último de estos; la interacción sujeto a sujeto, no está mediatizada ni estructurada, es el contacto de “improviso” que puede generar después, lazos de afinidad o rupturas y conflictos manifiestos. David Tarazona, Psicología y lucha contra la pobreza: revisión y propuestas desde la psicología social-comunitaria, en http://www.comunitaria.cl/nav.php?c=20060713222704&s= 20041116175038 p.14 119 Cisneros, op cit., p. 176. 118 –239– La corrupción debe ser rastreada en los intersticios de sociabilidad que genera el último nivel. La corrupción es entendida aquí como un recurso o como un proceder; es un recurso expeditivo cuando se utiliza para acelerar los procesos burocráticos, es un proceder cuando se convierte en un modo de actuar para obtener beneficios. Este proceder tiene una característica sustancial: se lleva a cabo al margen de la conducta “esperada”. En la cárcel la corrupción es un mecanismo de dones y contradones que aparentan reciprocidades y funcionan como válvula de escape necesaria para el ser humano contenido; el incremento de las prohibiciones y la constante vejación del yo, explica como el preso debe apelar a la corrupción hasta para obtener comida al día siguiente. No se pretende justificar moralmente esta práctica, sin embargo, resalta su función apaciguadora, siendo en sí la corrupción un mal necesario. Otro de los vicios de la cárcel en México es el de la violencia, ésta se manifiesta tanto de forma simbólica como de forma física. La violencia física contradice lo que habíamos analizado en el segundo punto del presente artículo, ya que de jure los internos no deben ser golpeados por los custodios ni por los mismos internos, situación que ocurre a menudo, debido a que encubiertos por las redes de corrupción, gozan de beneficios o protección de las autoridades de la cárcel. La violencia física entre internos de la población promedio, es incontrolable por culpa del primer vicio tratado en este apartado, la sobrepoblación, esto se debe a que el número de guardias es superado numéricamente por el número de custodios. Otro supuesto es que en todas las estancias se debe de brindar un trato digno a los seres humanos internos en los penales, sin embargo, ocurre que en las estancias donde se ofrece mayor estabilidad y organización para mantener un ambiente alejado de actos violentos, tienen mayor demanda por parte de internos, buscando pasar el tiempo en prisión en condiciones más estables; mientras que las áreas consideradas como conflictivas se caracterizarán por su inestabilidad y violencia. –240– Por último, y no por eso menos importante, el vicio de la mala administración, éste se refiere a todos los problemas directivos, burocráticos, de oficio y administrativos de las cárceles. Ante los problemas de corrupción y de sobrepoblación, la administración de las cárceles se muestra impotente, ejemplo de esto es que no se tenga una base de datos actualizada sobre la población encarcelada, ni siquiera tienen las huellas digitales de todos los internos. Como ya se ha mencionado, los vicios de la cárcel en México son los que la definen socialmente, por lo que existe una posible conceptualización social de cárcel, la cual se define como: el territorio donde se priva de su libertad a los delincuentes y posibles delincuentes; donde los internos cohabitan con un número poblacional superior al que el lugar mismo puede albergar; y donde se llevan acabo relaciones sociales corruptas, violentas y mal administradas. Nuevas formas de aproximación teórica al sistema carcelario En México, la investigaciones cualitativas de las cárceles, desde el punto de vista del encarcelado, tienen una trayectoria respetable, sin embargo, en el arranque de esta investigación, se encontró una omisión significativa en los textos que tratan la cárcel y sus ocupantes como unidad de análisis: Loïc Waqcuant, sociólogo francés y su libro Las cárceles de la miseria, aparece muy pocas ocasiones en la bibliografía respecto al tema. Por esto es menester dedicar un apartado a resumir sus aportaciones teórico-metodológicas y hacer un esfuerzo modesto de adaptación al caso mexicano. El puente más fácil de trazar hacia México lo encontramos en el concepto de “tolerancia cero”, según Wacquant, asistimos a una mundialización de este concepto, su iniciador William Bratton, exjefe de la policía de Nueva York, ha afirmado “la desocupación no está relacionada con el delito […] la causa –241– del delito es el mal comportamiento de los individuos y no la consecuencia de condiciones sociales”120. Sin embargo, eso no es lo más grave, si bien el discurso de la “tolerancia cero” reafirma una serie de políticas ultrarrepresivas para tratar al crimen, claro, siempre apegándose a la ley, lo que en realidad ocurre es “una imposición extremadamente discriminatoria contra determinados grupos de personas en ciertas zonas simbólicas […] en realidad sería más exacto describir las formas de actividad policial realizadas en nombre de la ‘tolerancia cero’ como estrategias de “intolerancia selectiva”.121 México ha importado estas prácticas punitivas con el nombre de ‘mano dura a la delincuencia’. “Durante el sexenio del presidente Felipe Calderón prevalecerá la aplicación de la ley y la mano firme, aseguró el titular de la Secretaría de Gobernación, Francisco Ramírez Acuña. Manifestó que con ello se dotaría al país de condiciones de convivencia y rescate de su territorio, además de garantizarle a la ciudadanía vivir en paz.”122 La pregunta ahora es ¿qué función tiene esta nueva filosofía del castigo al interior de las cárceles? Entre otras cosas, responde Wacquant, la administración de la pobreza. Se trata entonces de una política de “criminalización de la miseria” que es el complemento indispensable para un Estado de nuevo paternalismo donde la imposición del trabajo asalariado precario y mal pagado se revela como una obligación ciudadana para los sectores pobres de las ciudades. El nuevo paternalismo pregona, ya no el abrigo y la ayuda gratuita a los pobres, sino una organización proveedora de oportunidades laborales Loïc Wacquant, Las cárceles de la miseria, citado en el “Prefacio a la edición latinoamericana, mister Bratton comes to Buenos Aires”. p. 11 121 Adam Crawford, “Crime prevention and Community Safety: politics, policies and practices”, Londres, Longman, 1998, p. 155, en Wacquant, Loïc, op cit., p. 17. 122 Alma E. Muñoz. “Se aplicará la ley y la mano firme todo el sexenio: Ramírez Acuña” en http://www.jornada.unam.mx/2007/01/18/index.php?section=politica&a rticle=010n1pol 120 –242– que el pobre debe saber aprovechar; ahora se intenta dirigir la vida de los pobres encaminando sus destinos hacia el último escalón deseable de la esfera productiva de un país; el trabajo precario para mano de obra no calificada. Después de este análisis, Wacquant explica las funciones contemporáneas de las cárceles, vinculándolas con la esfera macroeconómica y el mercado laboral de las grandes ciudades. 1.- Liberar la presión sobre la demanda de empleo en el mercado de trabajo no calificado, esto se logra en dos movimientos: sustraer por la fuerza, apresando a miles de personas en busca de empleo (disminuyendo así el índice de desocupación) e incrementando el empleo precario burocrático en las cárceles (a mayor población encarcelada mayor necesidad de personal técnico para su cuidado). 2.- Convertir la asistencia social hacia el “panoptismo punitivo”, vigilando a sus “beneficiarios” y obligándoles a cumplir con una serie de requisitos sobre sus prácticas e identidad personales. Este contacto entre cárcel y beneficencia no es gratuito; dado que la infraestructura carcelaria no se basta al atender diversas necesidades de sus internos, debe recurrir, en forma de subcontrato, a la ayuda de estos aparatos de beneficencia, los cuales comienzan a tratar a sus receptores de una forma utilitarista en aras de rentabilizar su condición de pobres y presos. Lo que estas empresas de la beneficencia buscan es mercantilizar ideológica y económicamente al encarcelado, cobrando al gobierno por el “trato profesional” brindado al interno. Esto conduce directamente al tema de la privatización de las prisiones.123 Hasta aquí termina la revisión del sociólogo Wacquant, cabe señalar que su agudeza metodológica y su manera de proceder teóricamente son muy acertadas, y se deja la puerta abierta para que sus aportaciones poco a poco sean consideradas. 123 Wacquant, op cit., p. 102-104. –243– Conclusión Tratar la cárcel como un territorio del preso conducde hacia uno de los objetivos fundamentales de la sociología: investigar la acción social. Se puso énfasis en el actor preso, justo porque en ellos se deposita “la fuerza del estado” como detentor legitimo de la violencia. Además, la figura del preso es quien construye, por relación directa con su medio familiar o amistoso, un cuerpo social del crimen castigado, es así, que por medio de los presos la sociedad construye una idea de lo que es la cárcel. Sin duda, el delito es un hecho social que debe ser tratado como problema público, sin embargo, las formas de castigarlo requieren de una infraestructura institucional-administrativa más eficiente y menos viciada. Las consecuencias del descuido de las cárceles, recaen sobre los presos de manera aplastante, devolviéndoles una experiencia de encierro que nunca los readapta socialmente y siempre los estigmatiza negativamente. El peso del estigma, como proceso social de construcción de identidad deteriorada, queda evidenciado con Goffman y Wacquant cuando se explica la vida cotidiana del encarcelado, en donde gracias a una compleja y variada sucesión de momentos y situaciones rituales de despojo, la persona presa experimenta una verdadera «mutilación del yo», que le hace perder su identidad de partida y experimentar un proceso de despersonalización. Cuando se piensa en el encarcelado, casi siempre se le identifica como excriminal que está pagando por sus malos actos. Este veredicto a priorista del “sentido común” queda cuestionado con los aportes de Loïc Wacquant, quien afirma que las cárceles no están llenas de delincuentes, están llenas de pobres. Esta tesis sugiere que la principal preocupación del Estado no debe ser la captura de delincuentes sino el combate sistemático de la pobreza. Para el caso de México, se regionalizaron las principales deficiencias de la institución carcelaria en general y se evidencia–244– ron sus principales vicios abrigados bajo el manto de la corrupción y la violación a derechos humanos. Este artículo pretende ser una aproximación al tema del encarcelamiento, enfatizando la postura, según la cual, los entornos social y cultural de los que ingresan en la cárcel se revelan determinantes con las formas diferenciadas de adaptación a las privaciones del encierro. –245– Bibliografía BENTHAM, Jeremy, El Panóptico, Ediciones de la Piqueta, Madrid, 1979. CASTRO, Ernesto, El vocabulario de Michel Foucault. Un recorrido alfabético por sus temas, conceptos y autores, Argentina, Universidad Nacional de Quilmes, 2004. CISNEROS, José Luis, ¿Para qué sirven las prisiones? Nuevas formas de penalidad en el Estado de México, México, ELALEPH, 2006. DUMONT, E., Tratados... T. 1. Tratados de legislación civil y penal, obra extractada de los manuscritos de J. Bentham, Madrid, F. Villalpando, 1822. FOUCAULT, Michel, Vigilar y castigar, el nacimiento de la prisión, México, Siglo XXI, 2002. –––––––, Microfísica del poder, España, Planeta de Agostini, 1995. GOFFMAN, Erving, Internados Ensayos sobre la situación social de los enfermos mentales, MATTHEWS, Roger, Pagando tiempo. Una introducción a la sociología del encarcelamiento, España, ediciones Bellatierra, 2003. OSORIO, Manuel, Diccionario de Ciencias jurídicas políticas y sociales, Argentina, Heliasta, 2004. SANCHEZ ROCIO, “Violencia y sexualidad en las cárceles. El que se abre, pierde Tarazona David. Psicología y lucha contra la pobreza: revisión y propuestas desde la psicología social–comunitaria”, en http://www.comunitaria.cl/nav.php?c=20060713222704&s= 20041116175038 SAVATER, Fernando, La vida de los hombres infames. Ensayos sobre desviación y dominación, Madrid, Ediciones de la Piqueta, 1990. –246– MUÑOZ, Alma E. “Se aplicará la ley y la mano firme todo el sexenio: Ramírez Acuña”, en http://www.jornada.unam.mx/2007/01/18/index.php?sectio n=politica&article=010n1pol WACQUANT, Loïc, Las cárceles de la miseria, citado en el “Prefacio a la edición latinoamericana, mister Bratton comes to Buenos Aires”. –247– Los difíciles senderos de la Readaptación Social José Luis Cisneros Hilario Anguiano Luna Hablar de la magnitud y profundidad de las transformaciones de la prisión en el mundo occidental, y de sus pretensiones, objetivos y funciones, sobre todo en una sociedad como la nuestra, resulta ya utópico, pues las implicaciones económicas, políticas y sociales que ha padecido la prisión en su tarea de prevención contra la delincuencia no ha tenido límites, desde luego los problemas económicos y políticos, si bien son fenómenos claramente diferenciados, en algunos aspectos discurren de manera paralela a la prisión, sobre todo porque ambos fenómenos son el resultado de cambios específicos en el modo de producción y en las relaciones sociales resultantes de esta situación. De hecho pensamos que, de manera probable, en el análisis histórico de la función readaptadora que tiene la prisión, con cierta frecuencia hemos caído en una serie de preconcepciones, sobre las que quizá convenga meditar más detenidamente. Es pertinente aclarar antes de avanzar que de manera general el derecho penal moderno sienta las bases en ciertas ideas sobre las que que se reflexionará más adelante. Por un lado, reflexionar en torno del objetivo trazado por la prisión, en el discurso penitenciario el cual esta orientado de manera particular a la ejecución del castigo legal y cuyas relaciones se limitan de manera exclusiva a la historia y la concep–248– ción que se tiene del delincuente, implica reconocer que la concepción de la prisión parte del concepto mismo de Estado intervencionista, el cual difunde la idea de que el aparato penal tiene repercusiones directas en la vida cotidiana de una sociedad, en la medida en que la prisión juega un papel de contención y ejemplaridad del castigo para quienes infringen las normas de convivencia social. Estos juicios podrían encontrar un antecedente histórico si buscamos sus orígenes, pero la realidad, es que su función esta velando una nueva forma de castigo, no configurada en el castigo al cuerpo, no expresado en una violencia púdica, parafraseando a Michel Foucault. Por el contrario hoy se manifiesta una nueva forma de castigo, una violencia impúdica que se expresa en las conciencias de los sujetos. Aunque pareciera que de manera general la idea de la legalidad pretende lograr con suma eficacia una coherencia interna con las prácticas jurídicas, procesales y penales de manera unívoca para minimizar las discrepancias posibles entre estas esferas de la aplicación de la ley. O quizá esta aparente disociación, pueda estar jugando un papel de monopolización de un punto de vista desde el cual se quiere que se contemple al sistema penal, ocultando con ello algunas de sus nuevas facetas en la configuración de un nuevo orden social de castigo. Sobre todo si admitimos que el individuo esta situado en el centro del discurso penal, pareciera de pronto ineludible dejar de prestar atención a la relación que establece éste con el estado, y de manera particular de las funciones, objetivos y tareas, así como de los limites de su intervención, las cuales son, digámoslo así, piezas claves para entender el funcionamiento de una sociedad que aparentemente lucha contra la delincuencia. La idea generalizada de legalidad se constituye de una coherencia interna entre las prácticas jurídicas, procesales y penales, intentando minimizar el posible distanciamiento entre unas y otras. De ahí la importancia del nexo existente entre el principio de la creencia de una legitimidad y el principio potencial de justi–249– cia de ciertos ordenamientos. De esta forma, el reconocimiento fáctico de un sistema de normas puede ser basado en el temor a las sanciones; mediante la sustitución de una amenaza directa, o bien, mediante la resignación ante ellas (Habermas, 1989). Sin embargo, tan pronto como desaparece la creencia en el principio de la legitimidad de una norma, de un ordenamiento existente, o de una institución; la cohesión latente, contenida en el sistema de las instituciones, se libera en forma de una coacción manifiesta, ejercida desde arriba, o bien se manifiesta en el ensanchamiento del campo de participación. Con lo cual se modifica también, la base de distribución de oportunidades en la satisfacción legítima de necesidades. No obstante la obediencia al poder, este se orienta principalmente, tanto de creencias individuales, como de grupos enteros, fingiendo tal obediencia por razones de oportunidad o de intereses materiales, o de lo contrario la aceptan como algo inevitable por debilidad y desvalimiento individual. Así, la construcción en la que adquiere legitimidad una creencia, dependerá directamente de las conductas observables entre los grupos respectivos de la sociedad, de esta forma una institución o un poder, sólo son legítimos cuando se cumplen por lo menos estas dos condiciones: a) El ordenamiento normativo debe estatuirse positivamente, así el derecho de una sociedad se vuele positivo, sólo cuando se reconoce la legitimidad y legalidad pura, pues sólo así el derecho es respetado en la medida en que ha sido sancionado. En otras palabras, es la única posibilidad de que la ley mantenga un consensus omniun fundado de manera racional respecto de los valores, los cuales constituyen el principio de la sanción de la norma y su corporativizacion. b) Los sujetos de derecho tienen que creer en su legalidad, es decir, en la corrección formal de los procedimientos de creación y aplicación del derecho (Habermas, 1989). En este sentido las sanciones marcadas por la Ley de ejecuciones de penas privativas y restrictivas de la libertad, puede ser cuestionada en torno de su legitimidad, y no así en su lega–250– lidad, pues ésta se vincula al principio de reconocimiento jurídico sancionado por la ley misma, es decir, que la legitimidad no la obtiene necesariamente por la simple forma técnicojurídica, ni mucho menos un acatamiento a largo plazo, en la medida en que no se ajusta a un ejercicio marcado por las formas concretas de una realidad social. Max Weber decía al respecto que el poder de sancionar es siempre un acto racional, solo respecto de los valores, pero sólo en su forma de generativa es desde donde pueden desnaturalizarce en un poder de legalidad formal, en cuanto racional respecto de los fines neutrales y frente a los valores y creencias de dignidad. De esta manera, el poder político logra fundamentarse sobre las bases de un derecho y de un poder legítimo, no obstante dicha legitimidad adquiere dimensiones distintas en el tiempo; por ejemplo, para el mundo antiguo este concepto posee dos principios: el del eterno ayer que apela a las tradiciones y a la voz del pasado para mantener las cosas tal y como siempre fueron y, el de la creencia, en que los príncipes tenían una naturaleza diferente de la comunión de los mortales. Para la modernidad estos principios han sido sustituidos, por el único principio válido el del consenso, donde lo que prevalece es el apego al futuro, a lo ideal, es decir, a una sociedad mejor y más justa que sólo se podrá alcanzar a partir del respeto y el reconocimiento de los derechos y las instituciones, pero no como un mero ejercicio de la remembranza retórica, sino como apego a los valores esenciales que deben forjar los nuevos tiempos (Santillán, 1990). Dicho de otra manera, el principio de legitimidad nos permite identificar la trayectoria de la sucesión tal y como lo hemos observado, en espacio y tiempo, así como aquellos preceptos que permiten forjar y consolidar el entendido valorativo de una sociedad. En otras palabras, son principios que nos –251– permiten identificar el valor que subyace en torno a un grupo como la familia y una acción como el trabajo y la educación.124 Estos conceptos, independientemente de su nivel de abstracción, bien pueden operan para interpretar una realidad como la nuestra, dichos principios constituyen en buena medida los actos que regulan la relación ente unos y otros, e incluso dan cuenta de una sociedad que establece una serie de especializaciones, que no son otra cosa más que el reflejo de lo que es y lo que se quiere ser como sociedad. La sociedad como reflejo de las relaciones que establece el propio Estado con el régimen político y en su interdependencia, la conformación de las identidades nacionales, las relaciones entre el individuo y la comunidad, la ciudad y el campo, las clases sociales y las trayectorias personales; los conflictos, la producción, la cultura, el derecho y la violencia. Todo en conjunto tiene una contextura espacial física y simbólica, a partir de la cual encontramos los puntos de explicación para la comprensión de las relaciones que conforman cada uno de nuestros actos. De esta manera, cuando una cultura y una civilización aparecen como sistemas de reproducción o de control social y por consiguiente no separan al actor del sistema social donde esta ubicado, hablamos de una sociedad que se define por un orden creado, por una intervención sobre la vida colectiva, que conduce a separar el sistema social concebido como “el espíritu de las leyes” –para utilizar el título de Montesquieu– y los Recordemos que los sujetos en un contexto como el nuestro entran en un proceso de disolución y particularización que a la postre propician la desaparición de las unidades sociales básicas como los grupos sociales y las clases, dando lugar a formas delincuenciales e individuales de adaptación. Por otra parte, algunos teóricos que se han dedicado al estudio de estos procesos de desorganización social, coinciden al subrayar que no se trata de un desorden pasajero, pues el problema se agudiza y se manifiesta en términos de depresión, desesperanza, y ausencia de un futuro. Sergio Zermeño, “Crisis, neoliberalismo y democracia”, en Mexicana de sociología, núm 4, México, FCPyS, UNAM, diciembre de 1989. 124 –252– actores, que son concebidos como la materia prima que organiza las leyes: igual que el desorden, al cual debe imponerse el orden. Para emplear los términos de la lengua clásica, mejor diremos que la sociedad, es razón, en tanto que los actores son movidos por las pasiones, de ahí el rol esencial de la educación, el trabajo y la cultura, es decir, como las reglas de conducta que permiten la vida en sociedad (Touraine, 1986). Así, el modo como interpretamos lo real e imaginario puede llegar a convertirse en la matriz de las referencias que nos permiten entender todos aquellos aspectos de una realidad que no forzosamente tiene que ser objetiva, sino que en muchos de los casos es subjetiva, es ideal. Tal sería el caso del derecho, de las leyes y las instituciones, más que de las costumbres. Pues las instancias jurídicas sólo son un conjunto de representaciones, un modo específico de imaginarnos una realidad para poder establecer ciertas semejanzas con lo concreto de ésta. El estado busca la integración de nuevas dimensiones sociales que permitan hacer frente a la crisis; pero al mismo tiempo deja ver de manera clara su autoritarismo que incide con mayor fuerza en los más vulnerables, buscando con ello cortar sus liderazgos y al mismo tiempo destruir tanto sus bases sociales como sus organizaciones intermedias, en otras palabras, busca aislar a los individuos (individualización), permeando en su conducta la idea “cada uno para sí mismo”. De esta manera, nos puede resultar más fácil observar algunos mecanismos que dan lugar a la desarticulación de la sociedad como, la pulverización del empleo, la marcada jerarquización, la desidentidad comunitaria y asociativa, etcétera (Zemelman, 1991). Este juego de normas y de ideas aglutinadas en torno a un principio de derecho, pueden ser fundamentalmente concebidas como una serie de principios metafóricos, como una utopía que no cumplen con sus propios propósitos, contenidos en sus normas, tal sería el caso de la mencionada Ley de ejecuciones de penas privativas y restrictivas de la libertad, (LEPRL). –253– La utopía, entendida aquí como una expresión de la subjetividad social que incorpora la dimensión futura como la potencialidad del presente, abre un amplio campo de problemas. Es aquí en donde el imaginario social se despliega, formulando y reformulando la relación entre lo vivido y lo posible, entre el presente y el futuro. La utopía transforma el presente en horizonte histórico más no garantiza la construcción de nuevas realidades. Señalamos lo anterior porque dotar de sentido a las prácticas colectivas, como corresponde a la conciencia utópica, no garantiza que las provea de la capacidad de construir opciones y de viabilizar, de generar y ejercer poder para hacerlas realidad (Zemelman, 1991). En consecuencia, la realidad expresada en esta Ley (LEPRL) encierra una actitud de hostilidad hacia el infractor de la ley, que tiene como única ventaja (léase, función latente) unir a todos los individuos de la comunidad en la solidaridad emocional de la agresión. Aunque los esfuerzos humanitarios más admirables van seguramente contra los intereses individuales de muchos miembros de la comunidad, o no despiertan el interés ni la imaginación de la multitud y dejan a la comunidad dividida e indiferente, así el grito del ladrón o el asesino armoniza con sus actos, a los ciudadanos que estuvieron separados por intereses divergentes para unirse contra el enemigo común. Por ejemplo, el análisis análogo hecho por Emile Durkheim de las funciones sociales del castigo se enfoca también sobre sus funciones latentes (consecuencias para la comunidad) y no se limita a funciones manifiestas (consecuencias para el delincuente). De hecho, como podemos observar, todos los actos, e incluso desde los primeros por los cuales el hombre ha tratado de satisfacer sus necesidades, pueden ser explicados por sí mismos en la medida en que no se busca más que la satisfacción inmediata. Ello implica que de las necesidades recurrentes nacen los hábitos para el individuo y las costumbres para el grupo, pero esos resultados son consecuencia producto de una –254– no conciencia prevista o buscada. Son costumbres que no son advertidas hasta después de mucho tiempo de existencia, y pasa aún mucho más tiempo antes de que sean apreciadas. Desde luego con estas acciones no se puede localizar las funciones latentes de las acciones sociales estandarizadas para una estructura social determinada, hacen claramente la distinción básica entre fines buscados y consecuencias objetivas (Merton, 1987). Hablar en este sentido de la Ley de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad, (LEPRL) parece una ironía, sobre todo cuando se expresa como el principio de una metáfora cultural que tiene a bien readaptar o resocializar a un individuo, pues está lejos de ocupar el lugar que quiere ocupar en la sociedad. Dicho principio tiene su base en una creencia de incredulidad, en el que no puede aceptarse ya el hecho de una readaptación en un sentido puro y simple como lo plantea esta ley. Tal incredulidad adquiere dos significados de proyección: el primero toca el límite de una realidad, mientras que el segundo continúa aferrado a un santuario normativo que adopta como trasfondo la seguridad social y política de una sociedad en su conjunto. De hecho no es de extrañarse que las noticias se hayan vuelto recurrentes en cuanto a los índices de violencia y criminalidad. De pronto, tales actos, y por ende de manera implícita el sistema penitenciario y las instituciones que la sustentan, se han convertido en uno de los problemas nacionales, no sólo porque así lo haya considerado la actual administración gubernamental, sino porque su expresión alcanza a todo el ámbito nacional, pues la problemática revela una profunda crisis en los instrumentos de aplicación de la justicia y los mecanismos de control social en los órganos destinados a la readaptación social, es decir, el sistema penitenciario y correccional (Padilla, 1991). En este sentido la crisis de confianza y credibilidad de la institución correccional y las prisiones, se encuentra basada en su falta de resultado, o mejor dicho en la inoperancia de su –255– propio cuerpo normativo, el cual ha quedado rebasado por las propias condiciones de vida de la sociedad. Lo que implica que la producción de una ideología legitimadora del sistema penal, basada en el principio de legalidad, ha sido acompañada por la exigencia de dar respuesta a problemas que conciernen no sólo a la forma jurídica de los delitos y de las penas, sino a un escenario donde el conflicto salta a la vista como reflejo de una crisis de confianza para con el sistema de justicia. Esta crisis se debe a que desde esta perspectiva, las normas jurídicas sólo son válidas en cuanto son emitidas desde el poder debidamente autorizadas, las cuales a su vez también lo están por otras reglas del derecho positivo y no por las razones de la correspondencia de su contenido con los principios universales de una justicia y de una realidad (Baratta, 1986). En este sentido, la racionalidad del derecho, tal y como lo hemos planteado en líneas anteriores, no puede fundamentarse únicamente sobre las características formales sino que requiere sobre todo la instrumentación del contenido con respecto a los fines útiles de la sociedad. Así, justificar la pena misma, en cuanto justa retribución de la infracción del orden jurídico, es incomparable con el reconocimiento de toda instrumentalidad del derecho (Baratta, 1986). De ahí que la LEPPRL no sea más que una clasificación universal que se articula en torno a las funciones declaradas del sistema punitivo, acuñadas bajo las formas de teorías de la pena y que engloban en su estructura formal todas aquellas viejas y nuevas estrategias de legitimación, sin embargo, en la realidad no todas aquellas teorías legitimadoras que articulan las funciones declaradas de los sistemas punitivos oficiales pueden ser consideradas como demostradas, pues muchas de éstas expresas su incongruencia respecto a la función real para la que fueron constituidas. Bajo esta lógica, la readaptación de la conducta individual puede ser considerada como el principio de una teoría positiva, es decir, como un saber tecnocrático que no forzosamente –256– produce en la generalidad de los ciudadanos un consenso en torno a una imagen ideal y mistificadora de su funcionamiento, pues en realidad lo que encierra es un mensaje ideológico dirigido tanto al funcionamiento de un sistema como a la colectividad, con la finalidad de aparentarse como útiles y justas las funciones de la pena y tratar de generar un consenso en torno a esta relativa normalidad que el mismo sistema penal contribuye a reproducir. Así mediante la organización de un sistema judicial, el estado se reserva la representación de un defensor social por ordenamiento constitucional, para actuar cuando considera que se ha atentado contra el orden y por ende, prescribe el internamiento de los delincuentes para sujetarlos a un proceso de readaptación social y posteriormente, reintegrarlos a la sociedad, con ello cumple su función: por la otra parte, el sistema penitenciario es el órgano encargado de regenerar y rehabilitar a quienes han sido condenados, cumpliendo con la privación de la libertad, considerando que ésta es un absoluto y supremo derecho de los hombres (Padilla, 1991). No obstante, tal y como lo hemos mencionado, la prisión como institución social se encuentra en crisis, pues lejos de frenar la delincuencia parece auspiciarla, al desencadenar en su interior todos los problemas que queremos evitar fuera de ella, al grado en que las cárceles se han convertido en un instrumento propicio a toda clase de tratos inhumanos que hieren, a veces indeleblemente, al que por primera vez la pisa, además ofrece un hogar natural a sus huéspedes habituales. Nada bueno consigue en el alma del penado y, sí la grava y emponzoña con vicios, a menudo irreparables y afiliándolos al club de criminales, pues con ello lo único que logra es minar el cuerpo del recluso, lo enferma y postra devolviéndolo así, a la vida libre como un hombre atravesado por los males carcelarios (Ramírez, 1975). –257– El escotoma de la Readaptación social La Ley de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad125 del Estado de México fue promulgada el 23 de abril de 1966 y reformada el 6 de octubre de 1977, en ella se establece que el régimen de readaptación social estará basado en la individualización del tratamiento, el estudio y el trabajo tal y como lo expresa su artículo 44. Específicamente, esta ley en su capítulo primero, describe las obligaciones y responsabilidades de la Dirección de Prevención y Readaptación Social, de la entidad. En el segundo capítulo, centrado en la estructura organizativa del Consejo Técnico Interdisciplinario, de sus funciones y sus objetivos. En los siguientes capítulos, se versa sobre el Sistema de Tratamiento, sus fases; el Régimen de Tratamiento, Régimen Ocupacional, Régimen Educativo, Régimen disciplinario, De las Relaciones con el Medio Exterior y de la Asistencia Médica, Psicológica y Psiquiátrica. En términos generales el tratamiento para la readaptación social de sentenciados, esta basado en el tratamiento progresivo técnico. Este tratamiento se encuentra apoyado en tres estrategias fundamentales; el Régimen Ocupacional, Régimen Educativo y Régimen disciplinario, con ellos se pretende modificar las tendencia e inclinaciones antisociales de los internos, así como propiciar la adquisición de conocimientos que puedan ser de utilidad en su vida libre, particularmente se otorga la trabajo penitenciario no el objeto de simple comercio, asignando sin ningún destino o sentido terapéutico. Por el contrario es el eslabón primordial para el logro y consecución de la readaptación social de los internos. Así el propósito final de la prisión, es preparar al individuo para un desempeño libre y positivo mediante el trabajo y la capacitación para su desempeño y no crear solo buenos reclusos.126 Más adelante se hará referencia a esta ley con las abreviaturas LEPRL. Versión estenográfica del proyecto de iniciativa y modificación de la Ley de Ejecuciones de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado, presentada a la XLIX Legislatura del Estado de México. 125 126 –258– No obstante los propósitos contenidos por ésta ley, y los impulsados por la reforma penitenciaria emprendida por Sergio García Ramírez, a 34 años de haberse promulgado la LEPRL, y no obstante que creó beneficio y humanizó las prisiones de la entidad, sus propósitos no se han cumplido por diversas razones, entre las que destacan, en un primer plano, el sentido atribuido a la noción de readaptación social. Decimos noción y no propiamente concepto en la medida en que no se tiene una idea de clara de qué se entiende propiamente por readaptación, más aún es una definición mucho más amplia que la que expresan algunos artículos tales como el 10,19, 43,51, 62, 63, 73 de la LEPRL, es una palabra que sólo se define mediante los actos contabilizados en las causas pretendidas y no por las consecuencias de su acción. No obstante intenta ser definida por algunos juristas como “La reinserción del individuo en una comunidad determinada, con capacidad para observar los valores medios que en ésta rigen y para ajustar su conducta al sistema jurídico vigente” (Ramírez, 1975). A esta definición tendríamos que hacer tres precisiones; a) ¿Qué se entiende por reinserción? De entrada el término presupone una exclusión, es decir parte del presupuesto que el sujeto se encuentra fuera de la comunidad, es decir fuera de la norma, del estándar de la colectividad, en fin como podemos observar es una noción excluyente y no precisamente incluyente como se pretende. b) Cuando se hace alusión a una comunidad, no propiamente se toma en cuenta que todo grupo humano posee una cultura tejida, ésta sobre las diferencias internas, y son precisamente estas diferencias las que hacen posible entender que existen espacios culturales comunes, lo que presupone que las comunidades son homogéneas y selectiva de su misma realidad. c) La idea expresada en el fragmento “con capacidad para observar los valores medios que en ésta rigen y para ajustar su conducta” tiene propiamente una expresión moral contenida en la construcción de un discurso cognitivo-simbólico que van en sentido opuesto al principio espera–259– do. Otro aspecto a subrayar, es que el sentido dado al termino de readaptación social, presupone que todo sujeto privado de la libertad, tiene que ser sometido a este proceso readaptador, sin tomar en cuenta el tipo de delito, el sujeto, y sus condiciones culturales. Se trataría entonces de un discurso intencionado cuyo propósito es la obtención de una conducta determinada, un discurso que tiene su propia coherencia, la cual no se fundamenta en el tratamiento riguroso que pretende, sino en una selección y reelaboración de ellos con los cuales se busca transformar la realidad. Lo anterior da por supuesto que el sujeto puede ser fácilmente moldeable, que su identidad es transformable, tal y como si éste fuera ajeno a un contexto social, sin embargo, recordemos que la articulación y apropiación de intereses comunes y la necesidad recíproca de pertenencia a un grupo dan origen a segmentos simbólicos de apropiación contenidos por la reelaboración cotidiana de la asimilación y de la socialización. Así, la simulación y apropiación de un espacio común simbólico expresivo, autoimplica la socialización, ello incluye tener en cuenta todas aquellas dimensiones culturales a través de las cuales un sujeto se hace individuo social, lo que implica aceptar, asumir, y apropiarse de las costumbres, tradiciones y metáforas simbólicas de interpretación colectiva de una acción, es decir apropiarse de las características que connotan un estructura social (Kaminsky, 1986). Por tanto, bajo estos argumentos uno se preguntaría; ¿Cómo resocializar a un sujeto en sociedad? Sobre todo, cuando la pauta de resocialización está montada sobre la base de un determinado punto de vista, que en muchos casos difiere diametralmente entre un sujeto y otro. De igual manera, el significado de la palabra resocializar, contenida en los artículos 87 y 100 de la LEPRL se encuentra indeterminado, no obstante es un termino o costumbrismo que proviene del alemán “resozialisierung” y que comienza a figurar en los escritos de los grandes teóricos alemanes, des–260– pués de la primera Guerra Mundial, es un termino que siempre se acompaña de la palabra o sentido “resserung” –mejora– acuñado por Franz Von Liszt. Como podemos observar, el concepto posee en sí mismo una gran ambigüedad, ello implica que pocos sepan a lo que realmente se refiere o quiera decir. En este sentido, tal vez por la propia imprecisión de su significado, el discurso de la readaptación no encuentre una definición clara, y con ello se puede decir mucho o nada sin riesgo alguno, en fin, sólo es una palabra utilizada reiteradamente por la ley.127 Otros sinónimos utilizados que hacen alusión a la readaptación junto al término de resocialización, son reeducación, reinserción y rehabilitación, son palabras compuesta que sin el prefijo re, poseen definiciones claras, no obstante su significado, ente todos estos términos no existe una diferencia sustancial. No obstante las característica del termino readaptación social y sus equivalencias utilizadas en la construcción del discurso jurídico de la prisión, Sergio García Ramírez afirma que a pesar de sus propias inconsistencia, la cárcel es sólo hoy una modesta oportunidad de adaptación mínima, pues pedirle más es solicitar demasiado e incurrir en exigencias insensatas. La prisión, afirma sólo es capaz de generar un respeto subjetivo; de ahí que su misión sólo se ajuste a una subordinación normativa, pues instituciones como la familia, la escuela, la religión, la sociedad política son las únicas que pueden dar lo que la cárcel es incapaz de producir. El propósito de la readaptación, conlleva de manera implícita la prevención del delito, sin embargo si consideramos las características económicas, políticas, sociales y culturales de la sociedad en su conjunto, este propósito junto con la afirmaciones antes mencionadas, se vuelve una historia ficticia, una mentira piadosa, que sólo muestra que las penas no producen Palabras de Serafín Ortíz, “La búsqueda de una readaptación extraviada”, ponencia presentada en el foro “Sistema Penitenciario Mexicano, LV Legislatura de la Cámara de Diputados, mayo de 1992. 127 –261– ni corrección ni intimidación, y por ende, ningún modo de prevención, es decir, no impiden ni la violencia, ni el aumento de la criminalidad (Wolf, 1986). Otro aspecto a considerar, es el referente a lo establecido en el artículo 18 constitucional, y en los artículos 40, 44, 45, 49, 51 y55 de la LEPRL en los que se establecen los mecanismos de operación mediante los cuales se pretende lograr la denominada readaptación social. Mediante estos mecanismos o estrategias, la ley contempla un propósito fundamental; que el sujeto aprenda una capacitación u oficio para que mediante este adiestramiento técnico el sujeto pueda obtener una remuneración justa y digna que le permita, por un lado, mantenerse estrechamente vinculado a las necesidades del desarrollo de la producción económica de la sociedad, y por el otro, permitirle obtener los recursos materiales necesarios a fin de poder satisfacer sus propias necesidades, y las de su familia; así como poder contar con los medios necesarios y pertinentes para poder reparar el daño que ocasionó con su actitud. Desde luego estas pretensiones están lejos de ser logradas por dos razones; primero por la creciente complejidad en la que se encuentra inmerso el sistema de prisiones en nuestra sociedad, una complejidad multiplicada por las condiciones políticas, económicas y culturales; segundo por los efectos causados en la red de relaciones y las complejas formas en las que los sujetos estructuran sus campos de interacción con otros y con la sociedad misma, ello ha facilitado que el patrón valorativo de la sociedad se desajuste y confronte con los viejos ideales y esquemas valorativos, desde luego propiciado por los ajustes estructurales de la sociedad en su conjunto. Estos ajustes han provocado recurrentes crisis económicas, políticas y culturales, modificando el sentido de percepción valorativa que sé tenía del trabajo y la educación. Sobretodo porque el trabajo ha dejado de ser considerado como un valor fundamental para el desarrollo integral, tanto del sujeto como –262– de la sociedad, se ha convertido sólo en un mecanismo de subsistencia. Otro aspecto, que hace distante el propósito readaptador planteado por la ley es el referente al trabajo y los oficios pues los que se ofrecen al interior de la prisión están lejos de cubrir las expectativas de interés y ocupación de los sentenciados, dado que las experiencias laborales vividas por muchos de los presos, antes de ingresar a prisión, se encuentra ligados a un mundo exterior competitivo, en el que han adquirido una diversidad de destrezas y calificaciones que los ubican en un mercado laboral, por lo que la denominada capacitación y el adiestramiento para el trabajo, se distancian diametralmente de las dimensiones reales del mercado. Por el contrario parece paradójico y contradictorio, pues no obstante se establece en el artículo 58 la posibilidad de ejercer cualquier actividad catalogada como artística, profesional o intelectual productiva, con ello consideramos que se deja libre la responsabilidad de dotar de un empleo al interno, además de poner en cuestión el citado tratamiento. Por otro lado, existe propiamente una confusión en el sentido atribuido a la capacitación, dado que muchas de las actividades propiamente realizadas, son más bien una terapia ocupacional, la cual se encuentra completamente alejada de la compleja y sofisticada calificación para el trabajo.128 El problema no sólo radica en la falta de instrumentación de la capacitación para el trabajo y el trabajo mismo, también existe la no obligatoriedad del trabajo organizado dentro de la prisión, lo que da como consecuencia la proliferación de actividades libres, tales como la venta de toda clase de objetos, lo que a su vez también se proyecta como el reflejo de ciertos 128 Por ejemplo, en muchos penales del Estado de México, existen espacios destinados a las actividades para el trabajo, si embargo, muchos de ellos no son ocupados o bien si existe maquinaria esta es obsoleta o se ha descompuesto por el desuso. Los talleres que existen son utilizados como espacios de trabajo, taller de costura, artesanía y bordado. (véase anexo de ocupación al interior de la prisión). –263– privilegios para aquellos que pueden darse una vida cual si no estuviesen privados de su libertad, permitiendo los espacios comunes se conviertan en verdaderos tianguis, donde todo puede ser comprado y vendido, este tipo de acciones, en algunos casos son avaladas por la propia ley, tal y como lo establece el artículo 85. Dichas acciones, se pueden constatar en los anexos referentes a la ocupación al interior del penal, existe una contradicción más, pues el artículo 61 establece que ningún interno podrá desempeñar funciones de autoridad, empleo o cargo alguno dentro del penal, no obstante lo establecido por la ley, dentro del penal sucede todo lo contrario. Todas estas acciones cotidianas de la prisión son producto de un código y un estilo de vida instrumentado al interior de las prisiones, que confirman que la ley y los reglamentos son letra muerta dentro de esta complejidad carcelaria. Dichas acciones expresan una contradicción con la esencia misma de lo planteado normativamente, pues tal y como lo mencionan los propios internos, “gano más haciendo tranzas que trabajando” o bien “de comer rancho a trabajar, prefiero comer rancho”. En lo referente a la reparación del daño, esta es sumamente difícil pues nuestras leyes y los vicios de operación de sus ejecutores imposibilitan tal propósito, además se tiene que considerar que lo escasos ingresos que percibe un interno por el ejercicio de un empleo formal al interior de una prisión, van desde 250 a 400 pesos mensuales, sea ilógico pensar que con tales ingresos pueda contribuir a la reparación del daño, así como contribuir a la manutención de su hogar y de sus necesidades personales. Más aun poner en práctica lo expuesto en el articulo 57 en el que se alude; a las formas de remuneración obtenidas por los que los internos es verdaderamente difícil de imaginar. Así, del producto económico obtenido por su trabajo, habrá de ser destinado, un 50 por ciento para la manutención de sus dependientes, 10 por ciento para la reparación del daño; 10 por –264– ciento para el sostenimiento del interno en el centro penitenciario; 10 por ciento como cuota para el fondo de ahorro del sujeto, que le será entregado al abandonar el lugar, y el 20 por ciento remanente se le asignará para sus gastos personales (Huacuja, 1989). Es importante señalar que un obstáculo más para el logro de lo previsto por esta ley, es lo referente al adecuado funcionamiento del sistema penitenciario, así como de la preparación académica, aptitudes y vocación que el personal deberá poseer. Desde luego, esto también es letra muerta, pues en la realidad se aleja en muchos de los casos de marcado por el citado ordenamiento. Por ejemplo, con relación al personal de custodias, según datos de la CNDH el 80 por ciento cuentan con grado máximo de secundaria; además sólo el 50 por ciento de estos ha recibió algún curso de capacitación a su ingreso como custodio. El 17 por ciento ha tomado cursos sobre el manejo de armas; el 10 por ciento de defensa personal y el 0.5 por ciento de derechos humanos. De igual forma, encontramos que la remuneración económica para este tipo de actividad, que exige de altas capacidades y responsabilidad, es inferior en promedio 5,500 pesos.129 Lo anterior se refleja en la falta de profesionalismo y vocación para el trabajo, además la falta de una adecuada capacitación y remuneración económica, trae como consecuencia el abuso por parte de las autoridades, actos de corrupción, tardanza de los procesos de beneficio, promiscuidad, sobrepoblación,130 ocio, desocupación, motínes, suicidios, torturas y malos tratos. Con estos argumentos, uno se pregunta cómo es qué con todos estos obstáculos, el modelo progresivo técnico propuesto como único y novedoso logra la readaptación social del Reporte sobre el Sistema Penitenciario Mexicano, CNDH, 1995. El artículo 30 de la citada ley, menciona que cada celda esté habitada por un mínimo de tres sujetos, lo que le posibilita normativamente justificarse cuando en ella exista más sujetos. 129 130 –265– sentenciado. ¿Cómo lograrlo? cuando las prisiones se encuentran sobrepobladas, sin recursos materiales y humanos necesarios para lograr su cometido. Qué garantiza y cómo se establecen los criterios de clasificación y determinación de la peligrosidad para asignar, si es que se asignaran, tratamiento adecuados a los sujetos que han cometido determinados delitos. Como hablar de clasificación y de tratamiento cuando la prisión se encuentra saturada de múltiples actos de corrupción, cómo lograr la readaptación sin personal profesional capacitado y adecuadamente remunerado, cómo lograr la readaptación cuando lo que priva es la falta de compromiso por parte del personal penitenciario y se pondera la negligencia, ineptitud, corrupción y desorden, como parte de los mecanismos propios de la cotidianidad interna de las prisiones. En la mayoría de las prisiones de la entidad, existe la discriminación, pues los beneficios son destinados para quien puede pagarlos, “los padrinos”, de hecho ellos mismos lo reconocen cuando expresan que, “según el sapo es la pedrada”. Todos aquellos internos que no tienen dinero, como los indígenas, menesterosos, albañiles, y obreros, los cuales son los más maltratados, tanto por los mismos internos, como por los custodios, se les conocen como “erizos”. Sin embargo, quizá lo más significativo de actos de esta naturaleza, es que independientemente de quien sea la víctima o el victimario, en general, el interno, con el tiempo transcurrido en prisión, pierde cualquier tiempo de relación que establecía con la familia, con su medio laboral, desde luego esto depende de las vivencia personales de cada sujeto, de nivel de formación, de sus relaciones laborales y del tipo de delito cometido, en función de estas variables, se producirán distintos grados de prisionalización y formas de desocialización. De qué sirve que se encierren en ella a quienes toda la vida han hecho lo mismo, más aún si pretendemos hacer de ella un lugar de reeducación de valores humanos y sociales, debemos hacerlo con ejemplaridad, no puede enseñar honestidad el –266– deshonesto; ni respeto el irrespetuoso. La prisión debe ser entonces un modelo de orden, disciplina y respeto a los derechos humanos. 131 El capítulo tres, que hace referencia al régimen educativo, el cual es considerado, como lo mencionamos en líneas anteriores, otro de los ejes principales para la readaptación. Particularmente el artículo 62 establece que la educación dirigida al preso, se apoyara en la enseñanza de aspectos cívicos, sociales, artísticos, físicos, éticos y de higiene. Al respecto podemos señalar que para muchos de los sentenciados poco o nada interesa obtener una educación básica o secundaria, pues su atención esta centrada en la sobrevivencia y la obtención de recursos. Además la educación impartida no se refiere a una educación especializada, más bien son programas del INEA que poseen ciertas adecuaciones a las estrategias didácticas. Por su parte suele ser paradójico, que al interno se le permita impartir clases a sus compañeros, es decir que “el que tiene que ser readaptado, readapta”, como un simple pasatiempo o como medida de tratamiento, es importante señalar que estos sujetos que apoyan en el centro escolar, los cuales por cierto suelen ser pocos, se les concede tal actividad, por el simple hecho de poseer niveles de formación profesional. Pero lo anterior se contrapone a lo establecido por la ley, cuando mediante el soborno, se obtienen los registros a escuela o al trabajo, para poder obtener los beneficios enunciados en el artículo 16. Cómo exaltar una educación cívica, cuando la constante en sus relaciones sociales tanto al interior como al exterior está plagada de violencia, de actos anti-cívicos, cómo establecer una educación higiénica, sí lo que priva es lo insalubre, cómo lograr que el sentenciado sea creativo, si de lo que se trata es de domesticar cuerpos, domesticar conciencias, dónde está lo Juan Pablo de Tavira, Problemas del Sistema Penitenciario Mexicano, ponencia presentada en el foro, Sistema Penitenciario Mexicano, LV Legislatura de la cámara de Diputados, mayo de 1992. 131 –267– ético, cuando no aparece expresado en el profesionalismo de sus domadores. Cómo propiciar un valor frente a un antivalor, frente al aislamiento, el cual provoca en el interno un profundo sentimiento de soledad y angustia de sus puntos de referencia habitual, de sus familiares, de sus seres queridos, la constante angustia provocada por la imposibilidad de prevenir conflictos entre sus compañeros, angustia provocada por la monotonía y la rutina de los horarios, y los espacios repetitivos. Por su parte la contaminación moral y física producto del hacinamiento, la suciedad y la violación de la intimidad, así como el sometimiento a ceremonias degradantes de la propia persona; desnudarse frente a los demás, defecar frente a todos, comer, dormir, masturbarse o tener relaciones homosexuales, humillarse frente a los demás, esperar la orden para comer, salir o acudir a la visita familiar o íntima, propician la eliminación del rol de adulto, creando un sentimiento de dependencia absoluta, sobre todos de aquellos que viven amenazados y en una constante degradación. Otra mancha oscura que cubre el propósito de la readaptación social, es el tiempo de estancia, pues este suele ser un aspecto importante para que el sujeto asimile los códigos, normas y costumbres no escritas en la prisión, es un tiempo en el cual el sujeto se apropia de los códigos del lado oscuro de la sociedad, Un sujeto mientras más tiempo permanezca en prisión, más resentimiento crea para con la sociedad y menos le sirve el supuesto programa de tratamiento readaptador. Por su parte, el tiempo de estancia en la prisión suele ser una variable configuradora de su realidad social, mediante este tiempo los encargados de diseñar el tratamiento, de aplicarlo y evaluarlo, organizan sus programas y someten a sus propios ritmos a los internos. Aquí el tiempo de condena se convierte en una meta simbólica determinada por la ley. El tiempo, es digámoslo así el factor fundamental de una nueva tecnología disciplinaria, fundamentada ésta, en la propia –268– función de la cárcel, pues recordemos que la función social de prisión es la administración del tiempo privado de libertad, es la organización de la no comunicación con la sociedad, y precisamente como el tiempo es el objetivo a administrar, la indeterminación de este tiempo en algunos sujetos al esperar su condena, se convierte en una estrategia de control, al condicionar y controlar el tiempo del sujeto mediante un complejo sistema de control y observación de actividades, en el extremos aparece el ocio, el tiempo muerto, el cual expresa el más sofisticado sistema de dominación y control. El tiempo prolongado en la prisión provoca en el sujeto la ruptura, el distanciamiento y el desarraigo. Este proceso adquiere dos dimensiones; la primera esta dada por las deformaciones de la imagen que el sujeto tiene del mundo exterior, la segunda está dada por el constante autoengaño sobre el propio comportamiento y sobre la relaciones personales e institucionales que el sujeto puede tener. Estas falsas concepciones que el sujeto tiene con el mundo exterior, generan un deterioro en su identidad, al alterar su imagen que el tiene de sí mismo y la que los otros tienen de él. Con ello más que propiciar un tratamiento resocializador, la prisión provoca que el sujeto quede desposeído de sus roles habituales, así lo único que hace la prisión es violar la intimidad del sujeto, al grado en que su vida total es parte de la vida de una institución totalitaria en la medida en que lo somete constantemente a la contaminación con otras identidades, es una institución que provoca la ruptura de él como persona y sus actos, pues todo le es impuesto y le es ajeno. En consecuencia, la total desidentificación en el sujeto, provoca el alejamiento de los valores y las normas de comportamiento del mundo exterior, justamente de manera contraria a lo que la ley pretende. Con ello lo que se provoca es un sentimiento de desamparo, de vacío normativo y rechazo social, en resumidas cuenta la perdida de capacidad para aprehender la realidad exterior. –269– Este tiempo apropiado por el sujeto, se expresa en el reconocimiento y posición de una determinada jerarquía; una imagen o un prestigio, el cual pudo haberse cosechado al interior de la prisión, o por la larga trayectoria del sujeto. No obstante esta jerarquía independientemente de cómo se haya obtenido, esta es una de las exigencia disciplinarias que la prisión impone, de ello dependerá la adaptación y los beneficios que se logren en la vida cotidiana de la prisión, desde luego según sea el tiempo de estancia. Desde luego el incumplimiento de este código oculto, da como consecuencia exclusión, el castigo, es decir la cárcel dentro de la cárcel misma, como consecuencia de la aplicación de medidas disciplinarias formales y no formales. Dentro de las formales se encuentra el aislamiento, las restricciones de beneficios establecidos por la ley. En las no formales encontramos la privación al acceso de ciertas actividades y beneficios, así como el sometimiento de maltrato y vejaciones. De hecho, una regla básica que todo interno debe aprender al llegar a prisión para poder sobrevivir es “no oír, no ver y no hablar”. En este sentido aparecen propiamente dos tipos de tratamiento y no uno sólo como lo establece la ley, el primero es un tratamiento de tipo rehabilitador, o mejor dicho domesticador, el cual es asumido por la gran mayoría que pretende mantenerse con vida y sufrir lo menos posible, el segundo es un tratamiento de tipo inhabilitador, o en su caso aniquilador, este es aplicado a los incorregibles, a los rebeldes, a los peligrosos, y a los inadaptados, en resumidas cuentas es aplicado a todo aquel que suele ser doblemente etiquetado, primero etiquetado fuera de la prisión y luego etiquetado dentro de la prisión por los propios presos. Por último, se puntualizan tres aspectos que se agregan a ésta larga lista de elementos contradictorios que obstaculizan el logro de la readaptación social; el primero se refiere a la deficiencia de personal técnico para integrar el Consejo Técnico Interdisciplinario. Los dos siguientes aspectos son funda–270– mentales, uno de ellos es que no existe separación entre procesados y sentenciados, ambos conviven y comparten los mismos espacios, más aún, en el caso de los procesados, los cuales no han recibido sentencia, ya se encuentran sometidos a tratamiento. Ello permite la contaminación de unos con otros. El último aspecto, es el gasto por interno en estos centros; según datos de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, el Estado gasta en promedio 165 pesos diarios. En síntesis, la aplicación de esta ley y la expresión de la reforma penitenciar según Elena Azaola, tenía como propósito poner en marcha una novedosa innovación que recogía viejos principios sobre las prisiones mexicanas, basados en recomendaciones formulabas en el congreso internacional penitenciario de 1955, celebrado en Ginebra, recomendaciones que de manera tardía fueron incorporadas formalmente. Más aún quizá lo original de la propuesta reformista, fue la creación de un órgano especializado en los estudios de la personalidad de los presos y la reintroducción del trabajo y la educación, desde luego esta reforma opero funcionalmente en un primer momento, posteriormente dejaron de ser operantes, por la misma lógica del dinamismo social. Al respecto, quizá sea oportuno traer a la memoria el VII informe del congreso de la Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente, en donde la instancia oficial reconoce la imposibilidad de resocialización del penado por medio de la pena privativa de la libertad. Entre otros asuntos relativos a la privación de la libertad el informe específico, acogiendo con satisfacción la atención a las medidas preventivas, y la creciente gama de sanciones sin privación de libertad, que han demostrado ser eficaces y aceptables para el público.132 No obstante independientemente de cómo sean consideradas, lo cierto es que la prisión elimina lo primario, lo afectivo, Palabras de Serafín Ortíz, La búsqueda de una readaptación extraviada, ponencia presentada en el foro Sistema Penitenciario Mexicano, LV Legislatura de la Cámara de Diputados, mayo de 1992. 132 –271– la intimidad, lo humano de la relaciones entre el interno y sus familiares. El interno se encuentra sumergido en un mundo de comunicación adulterada por la vigilancia absoluta, los tiempos rígidos, los tiempos muertos, tiempos que generan el interno una sensación de alejamiento de distancia y de impotencia. Por lo tanto, la privación de la libertad, es una acción irreconciliable desde cualquier punto de vista con el discurso político del tratamiento individualizador, es pues imposible resocializar a alguien desde esta perspectiva y bajo estas condiciones. –272– Bibliografía Baratta, Alessandro, “Viejas y nuevas estrategias en la legitimación del derecho penal”, Poder y control, núm.0, Barcelona, España, 1986. CASTAÑEDA, García, “Prevención y Readaptación Social en México”, cuaderno núm. 3, México, Instituto Nacional de Ciencias Penales, INACIPE, 1979. GARCÍA, Ramírez, La prisión, México, FCE, UNAM, 1975. GARCÍA, Ruelas, Modelo de educación Estado de México, Estado de México. HABERMAS, Jürgen, Problemas de legitimación en el capitalismo tardío, Buenos Aires, Argentina, Amorrortu, 1989. –––––––, La sociedad carnívora, tomo II, Buenos Aires, Argentina, Galena, 1987. KAMINSKY, Gregorio, Socialización, México, Trillas, 1986. 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ZEMELMAN, Hugo, “Los sujetos sociales, una propuesta de análisis”, Mexicana de sociología, núm. 6, México, FCPyS, UNAM, l991. –274– El simulacro de la readaptación social Dante López Medrano∗ Introducción La categoría de lo simbólico, en la actualidad no solamente aceptada sino de un uso bastante común, ha condensado un gran flujo de ideas que en ocasiones hace imposible comprender qué se quiere entender o qué se nos da a entender con el empleo del término. Es por ello que al construir nuestro objeto nos vemos precisados a explicar lo que debería permanecer en forma implícita. Para la tradición idealista, tanto la kantiana como neokantiana, los sistemas simbólicos son instrumentos de conocimiento y de construcción del mundo objetivo. La tradición estructuralista, fundada por F. Saussure, pretende aprehender la lógica de las formas simbólicas, su estructura inmanente. Y la tradición marxista privilegia las funciones políticas de los sistemas simbólicos. Esto nos lleva a comprender los instrumentos simbólicos en una triple dimensión: como estructuras estructurantes, como estructuras estructuradas y como instrumentos de dominación (Bourdieu, 2000a: 65-73). El poder simbólico, poder subordinado, es una forma transformada –es decir, irreconocible, transfigurada y legitimada–, de las otras formas de poder: no se puede superar la alternativa de los modelos energéticos que describen las relacio∗ Profesor de asignatura del posgrado en política criminal de la Acatlán. –275– FES- nes sociales como relaciones de fuerza y de los modelos cibernéticos que hacen, de ellas, relaciones de comunicación, sino a condición de describir las leyes de transformación que rigen la transmutación de las diferentes especies de capital en capital simbólico, y, en particular, el trabajo de disimulación y de transfiguración (en una palabra, de eufemización) que asegura una verdadera transubstanciación de las relaciones de fuerza haciendo desconocer-reconocer la violencia que ellas encierran objetivamente, y transformándolas así en poder simbólico, capaz de producir efectos reales sin gasto aparente de energía” (Bourdieu, 2000a: 72). Las estructuras objetivas tienden a producir prácticas que le son ajustadas. Entre las estructuras y las prácticas se ubican los agentes y sus acciones que nos dan cuenta de esta relación: “[…] la relación entre los habitus y los campos provee la única manera rigurosa de reintroducir a los agentes singulares y sus acciones singulares sin caer en la anécdota sin pies ni cabeza de la historia de los acontecimientos” (Bourdieu, 1993: 55). […] por un lado, las estructuras objetivas que construye el sociólogo en el momento objetivista, al apartar las representaciones subjetivas de los agentes, son el fundamento de las representaciones subjetivas y constituyen las coacciones estructurales que pesan sobre las interacciones; pero, por otro lado, esas representaciones también deben ser consideradas si se quiere dar cuenta especialmente de las luchas cotidianas, individuales o colectivas, que tienden a transformar o a conservar esas estructuras. Esto significa que los dos momentos, objetivista y subjetivista, están en una relación dialéctica y que, aun si, por ejemplo, el momento subjetivista parece muy próximo, cuando se lo toma separadamente, de los análisis interaccionistas o etnometodológicos, está separado de ellos por una diferencia radical: los puntos de vista son aprehendidos en tanto tales y relacionados con las posiciones en la estructura de los agentes correspondientes (Bourdieu, 1993: 12). –276– La percepción que los agentes sociales singulares tengan de las instituciones dependerá de su posición en el espacio social: una secretaria, un funcionario de alto o mediano nivel, un custodio tienen puntos de vista diferentes respecto de la cárcel, puntos de vista que pueden ser antagónicos. Sin embargo, su práctica se ajusta al campo carcelario a través de una representación que le es común, el mundo del sentido común, lo que le es evidente, simplemente hacen lo que tienen que hacer. Estas representaciones de sentido común, del personal que labora en los lugares de reclusión, guarda relación con la representación de sentido común que acerca de la cárcel tienen las masas: albergan a los anormales (Foucault, 2000). Se decía que don Chucho dormía muy cerca de un loco que se llamaba Goyo Cárdenas y estaba allí por haber asesinado y enterrado en su patio a varias muchachas de alrededor de veinte años; lo sorprendente no era esto pues asesinos desalmados abundaban y me imagino que abundan en todas las cárceles; la gente se maravillaba porque este loco en su juventud había sido estudiante de ingeniería química del Poli con beca de Pemex y, una vez adentro de Lecumberri estudió derecho y se recibió de abogado dizque para defenderse y defender a sus compañeros sin recursos. Así que de asesino pasó a héroe popular por un simple detalle: estaba tan loco que pensaba exculparse estudiando. Si como no (Sahagún Tinoco, 2000: 42). Y en otro testimonio tenemos Así continué realizando las visitas a Mario hasta que se lo llevaron a las “Islas Marías” durante 3 años, en ese lugar también trabajaba para ganarse su comida, muchas veces él cazaba para alimentarse y se pasó el tiempo luchando por su sobrevivencia; hasta que regresó pero en muy malas condiciones porque estaba envejecido, perdió la razón y por lo mismo subsistió recogiendo basura, volviéndose indigente. Pasaron los años hasta que un automóvil lo atropelló, lo recogió una ambulancia –277– que se lo llevó a Polanco, un amigo de la familia lo reconoció y nos dio aviso de que estaba muerto. Fue el fin de Mario pero también del sufrimiento de mi madre, el cual había durado durante mucho tiempo, ella siempre estaba llorando por él y con este suceso terminó por resignarse de que su hijo no había nacido para ser un hombre de bien (Sahagún Tinoco, 2000: 69). Las representaciones de sentido común constituyen el programa de percepción social, incorporado en las mentes de los agentes, que legítima la exclusión con base en la división sano/enfermo que el devenir histórico de la institución carcelaria impuso, y que terminó por consagrar el derecho. Éste confiere, a la vez, a esa realidad su permanencia (Bourdieu, 2000b: 201-202). El efecto de la dominación simbólica (trátese de etnia, de sexo, de cultura, de lengua, etcétera) no se produce en la lógica pura de las conciencias conocedoras, sino a través de los esquemas de percepción, de apreciación y de acción que constituyen los hábitos y que sustentan, antes que las decisiones de la conciencia y de los controles de la voluntad, una relación de conocimiento profundamente oscura para ella misma (Bourdieu, 2000c: 53). La institucionalización de esta percepción social se incorporó a los centros de reclusión a través de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios. La práctica de los centros de reclusión verifica semanalmente el ritual del Consejo Técnico Interdisciplinario. La estructura y funcionamiento de éste es regulada por nuestro sistema de derecho positivo. El presente trabajo pretende mostrar cómo construyó el mundo social, esta práctica. El simulacro de la readaptación. Saber readaptar El proceso histórico que instaura el discurso científico, a los técnicos, al Consejo Técnico, en la institución carcelaria en nuestro país tiene que ver con Lecumberri, la penitenciaría del –278– Distrito Federal inaugurada el 29 de septiembre de 1901, con las diferentes prácticas que a su interior se verificaban, y su sustitución por la actual Penitenciaría de Santa Martha, pero también con un proceso de imposición de modelos desde diferentes posiciones teóricas. Lecumberri se construyó, como espacio social, como producto de la etapa de moralización de las capas populares que se verificó en el siglo XIX (Foucault, 1992: 90), tal es su proyecto según el texto legal, los programas y las declaraciones de intención: […] aquí se elaborará la corrección del delincuente corregible, y encontrará segregación y sufrimiento, sin infamia ni horror, el incorregible; ella será siempre y para todos fórmula de la suprema ley moral de que el ataque artero o violento al derecho produce, como consecuencia necesaria, el mal que comienza en las suaves sanciones del orden civil y llega hasta la privación de la libertad y aun de la vida, en las ásperas cimas de la criminalidad (Macedo, 1900: 8-10). El programa de moralización de la institución no requería de los científicos, de los técnicos. Su necesidad no se ha planteado aún en la práctica penitenciaria que inauguró Lecumberri. El programa se encamina a la corrección moral, a través de una torre de combate contra el mal: “aquí todo va a ser silencio, quietud, casi muerte; al poblarse estos recintos se advertirá apenas que albergan seres vivientes; al perderse el eco de vuestros pasos, comenzará el reinado del silencio y de la soledad” (Macedo, 1900: 8). Desde luego este fue un proyecto entre otros, el modelo que se impuso. Entre 1876 y 1880 el entonces Secretario de Justicia, Ignacio Ramírez, dictó diversos acuerdos para materializar el establecimiento de la penitenciaría. Así se presentaron, entre otros, la fortaleza de Perote, los proyectos de los arquitectos Rivas y Plowers, el de Medina y Ormaechea, saliendo triunfante el proyecto de Torres Torija que incorporaba el sistema celular y el panóptico (Gonzalez, 1946: 10). Este proyecto de establecimiento permite materializar el proyecto teórico, conservando la –279– esencia de la institución carcelaria: la exclusión/encierro. Recuérdese que el establecimiento de Lecumberri sustituyó a la Cárcel de Belén. El programa teórico fue concluído el 30 de diciembre de 1882 (Proyecto, 1882). En éste, después de analizar los diferentes sistemas penitenciarios existentes en la época, se resuelve por el sistema Croffton o Irlandés, agregándose al que ya se encontraba previsto en el texto del Código Penal de Martínez de Castro, el sistema Filadelfia. Art. 130 Los condenados á prision la sufrirán cada uno en aposento separado, y con incomunicación de dia y de noche, absoluta ó parcial, con arreglo á los cuatro artículos siguientes. Art. 131 Si la incomunicacion fuere absoluta, no se permitirá á los reos comunicarse sino con algun sacerdote ó ministro de su culto, con el director del establecimiento y sus dependientes, y con los médicos del mismo. Tambien se les permitirá la comunicacion con alguna otra persona, cuando esto sea absolutamente preciso. Art. 132 Si la incomunicación fuere parcial, solo se privará a los reos de comunicarse con los otros presos; y en los dias y horas que el reglamento determine, se les podrá permitir la comunicación con su familia, con los miembros de las juntas protectoras de presos, y con otras personas de fuera, capaces de instruirlos en su religión y en la moral, á juicio de la junta de vigilancia del establecimiento. Art. 133 Lo previsto en el artículo anterior, no obstará para que los reos reciban en comun la instruccion que debe dárseles cuando no sea posible hacerlo con cada uno en particular. –280– Art. 134 La incomunicación absoluta no podrá decretarse sino para agravar la pena que se imponga al reo, cuando aquella no se creyere castigo bastante. Esa agravación no podrá bajar de veinte dias ni exceder de cuatro meses. Lo previsto en este artículo no se opone á que se aplique la incomunicacion como medida disciplinaria, en los casos y por el tiempo que permitan los reglamentos de las prisiones. Art. 135 A los mayores de sesenta años no se les podrá agravar la pena con la incomunicación absoluta. Art. 136 Los reos á quienes falten seis mese para cumplir la mitad de su condena, y que hayan dado pruebas de su condena, y que hayan dado pruebas suficientes de arrepentimiento y enmienda; serán trasladados á otro establecimiento apropiado al objeto y destinado á él, para que cumplan allí los seis meses mencionados. En dicho establecimiento no habrá ya incomunicación alguna; y si la conducta de los reos fuere tal que inspire plena confianza en su enmienda, se les podrá permitir que salgan á desempeñar alguna comision que se les confiera, ó á buscar trabajo, entre tanto se les otorga la libertad preparatoria. (Código Penal, 1871). El sistema Filadelfia había sido recomendado por el Congreso Internacional de Francfort Sur-le-Mein, en 1846. Sin embargo, al abrigo de ulteriores congresos terminó por imponerse el sistema Croffton. Tal fue la situación de los congresos de Cincinatti de 1870 y de Londres de 1872, en donde “fue unánime la preferencia en favor de los procedimientos del sistema Croffton, tal como se practica en Irlanda” (Proyecto, –281– 1882). Este sistema, a decir de sus impulsores en México, gobierna “a los hombres como dóciles ovejas” (Proyecto, 1882). Para implementar este sistema tampoco hacían falta los científicos, o técnicos, aunque ya se vislumbra su pálida silueta. Si bien, por una parte, de acuerdo con el proyecto de Penitenciaría de 1882, la piedra angular del sistema, los premios y castigos, se encargaba a los profesores de la escuela, jefes de talleres, celadores, y desde luego al director (Proyecto, 1882). Por otra parte, el discurso científico va perfilando su necesidad, tanto en declaraciones como en el texto de la ley. Al sistema penitenciario, reconocido como mejor por la mayor parte de los sabios en todos los congresos internacionales; al sistema nacido en Irlanda y ensayado con éxito por el capitán Croffton, que con las convenientes modificaciones aconsejadas por la experiencia y el medio, y teniendo en consideración la raza, los elementos locales, es de esperar que produzca el resultado apetecido; esto es, hacer que dentro del principio de la unidad de la pena se pueda seguir en una buena parte el de su individualización o aplicación a cada uno, del tratamiento que su modo de ser psíquico y moral exija, o sustituirlo al menos por el de clasificación según los diversos tipos aceptados (Rebollar, 1900: 11 a 14). En el Reglamento de la Penitenciaría, expedido con carácter de provisional en 1900, se plasma esta necesidad, como parte de los servicios médicos. Sección IV Servicio médico Art. 160. El servicio médico se ajustará a las reglas establecidas para el de la cárcel general en el Reglamento General de Establecimientos Penales, sin más modificaciones que las que resulten necesariamente del objeto especial de la Penitenciaría o de lo dispuesto en este reglamento, y de las siguientes prevenciones: –282– I. Además del servicio médico propiamente dicho, habrá un servicio antropológico, que comprenderá el estudio de los reos desde el punto de vista de la antropología criminal y la formación de un museo antropológico; II. Los resultados del estudio antropológico de los reos se harán constar anualmente en una memoria que el médico presentará a la Dirección y que se incluirá en la memoria general de la Penitenciaría… (Reglamentos generales, 1900). La materialización de este proyecto va a ser la historia de la imposición de un criterio de teoría-práctica carcelaria que se verificó en nuestro país a lo largo del siglo pasado y va a concluir con el Reglamento del Centro Penitenciario del Estado de México de 1969. Proceso que permitió a ciertos grupos pasar del capital simbólico difuso, el reconocimiento, al capital simbólico objetivado, “codificado, delegado y garantizado por el Estado, burocratizado.” (Bourdieu, 1999a: 112). Así, la ciencia que pretenda proponer criterios fundados en la realidad, los de mayor fundamento en lo real, debe de tener siempre bien presente que en realidad sólo registra un estado de la lucha de las clasificaciones. Es decir, un estado de la relación de fuerzas materiales o simbólicas entre quienes tienen que habérselas con uno u otro modo de clasificación, grupos que suelen invocar la autoridad científica para fundar en realidad y en razón el reparto arbitrario que desean imponer (Bourdieu, 1999b: 89). En la práctica el proyecto que inauguró Lecumberri siguió el programa de la propia institución carcelaria: su reforma. Hay que recordar también que el movimiento para reformar las prisiones, para controlar su funcionamiento, no es un fenómeno tardío. No parece siquiera haber nacido de una comprobación de fracaso debidamente establecido. La ‘reforma’ de la prisión es casi contemporánea de la prisión misma. Es como su programa. La prisión se ha encontrado desde el comienzo inserta en una serie de mecanismos de acompañamiento, que deben en apariencia corregirla, pero que parecen formar parte de su –283– funcionamiento mismo; tan ligados han estado a su existencia a lo largo de toda su historia (Foucault, 1984: 236). Así, a partir de 1908 la construcción original de Lecumberri empezó a sufrir modificaciones, en este caso una ampliación, con lo que se terminó con el régimen original de vigilancia, el panóptico. Estas ampliaciones y adaptaciones consistieron en la construcción de una crujía o departamento de mujeres, cuya mayor parte hoy corresponde a la crujía “L”; los edificios para servicios médicos, gimnasio, cine, alojamiento para celadores, que ahora han sido destinados para la crujía “I” y las circulares 1 y 2 originalmente construidas para baños, en las que eran alojados los reos peligrosos o los que sufrían castigos disciplinarios, por faltas cometidas en el interior de la cárcel (Martín del Campo, 1963: 18). En la práctica, el régimen de la disciplina y el silencio, bosquejado por Macedo en su discurso inaugural, hacia 1911, se caracterizaba por la indisciplina de los reos y la desobediencia a los superiores. La causa principal consistía en que los reos consideraban que la revolución mexicana debía extenderse a las cárceles, atenuando las penas y su aplicación (Informe del delegado, 1911). Estas ideas eran difundidas por los presos políticos, pero aún éstos no cuestionaban la existencia misma de la cárcel. Al respecto, y entre paréntesis, es interesante observar que a lo largo del siglo pasado los reos políticos, incluyendo a los alumnos de la Universidad Nacional Autónoma de México integrantes del Consejo General de Huelga, al interior del establecimiento carcelario, tuvieron como una preocupación fundamental su separación de los reos comunes, bajo el lema: ¡nosotros no somos delincuentes! No obstante, el régimen planeado para regir la existencia en Lecumberri, sí llegó a realizarse: “finalmente el 26 de agosto de 1976, el «Palacio Negro de Lecumberri» había quedado totalmente solo, el silencio era realmente escalofriante y albergaba un eco sollosante, ahí mi abuelo y miles de presos dejaron casi toda su vida” (Sahagún, 2000: 12). –284– El proyecto Lecumberri al cumplir una década de su apertura se encontraba agotado. Había nacido agotado, por una parte el proyecto Croffton, recomendado en los congresos de Cincinatti y Londres, como el mejor sistema y que debía implementarse para lograr la enmienda moral del reo tal y como se practicaba en Irlanda, era imposible verificar en Lecumberri, ya que el proyecto Irlandés no sólo incluía más de un edificio, sino que estos se encontraban en distintas ciudades, y por otra parte, ya desde los discursos inaugurales y en el propio reglamento se aprecia la pálida silueta del modelo que se estaba imponiendo, el positivismo Lombrosiano, la antropología criminal. Lombroso, que era republicano, anticlerical, positivista, nacionalista, procuraba manifiestamente establecer la discontinuidad entre los movimientos que reconocía y en los que se reconocía, y que, en su opinión, habían sido convalidados efectivamente en el transcurso de la historia, y aquéllos de los que era contemporáneo y enemigo, a los que se trataba de descalificar. Si se puede probar que los movimientos actuales son obra de hombres que pertenecen a una clase biológica, anatómica, psicológica y psiquiátricamente desviada, tendremos entonces el principio de discriminación. Y la ciencia biológica, anatómica, psicológica y psiquiátrica permitirá reconocer de inmediato, en un movimiento político, al que se puede convalidar efectivamente y al que hay que descalificar. Es lo que Lombroso decía en sus aplicaciones de la antropología. Decía: la antropología parece darnos los medios de diferenciar la verdadera revolución, siempre fecunda y útil, del motín, la rebelión, que son siempre estériles. Casi todos los grandes revolucionarios –proseguía–, a saber, Paoli, Mazzini, Garibaldi, Gambetta, Charlotte Corday y Karl Marx, eran santos y genios, y, por otra parte, tenían una fisonomía maravillosamente armoniosa. En cambio, al contemplar las fotografías de 41 anarquistas de París, advierte que el 31 por ciento de ellos tienen estigmas físicos graves. De 100 anarquistas detenidos en Turín, el 34 por ciento no tiene la figura maravillosamente –285– armoniosa de Charlotee Corday y Karl Marx (lo que, sin duda, es el signo de que el movimiento político que representan debe descalificarse histórica y políticamente, porque ya está fisiológica y psiquiátricamente descalificado) (Foucault, 2000: 147). La historia de Lecumberri es la historia de los accidentes y luchas que se verifican para justificar la imposición de esta tehorein (Bourdieu, 1993: 132), mirada, la mirada científica, la mirada positiva, la transformación del reo de enfermo moral, sujeto de arrepentimiento, a otra clase de enfermo, emocional, mental, psíquico: sujeto de readaptación. Lecumberri no, es una cloaca Con la inauguración de Lecumberri inicia el proceso de imposición de un nuevo discurso, portador de otra representación del mundo social, de una nueva representación del delincuente, vinculada a los intereses de los nuevos grupos. “En suma, no se trata sólo de comunicar, sino de hacer reconocer un nuevo discurso de autoridad, un nuevo discurso con un nuevo vocabulario político, con sus términos de identificación y referencia, sus metáforas, sus eufemismos y la representación del mundo social que vehícula” (Bourdieu, 1999b: 22). No, Quiroz Cuarón no repetía en su clase el texto de un libro. Muchos libros y muchos hechos eran su fuente. Pero señalaba la bibliografía, tan copiosa como la quisiera y pudiera el alumno. Conocimos la Criminología, dictada por el emigrado Bernaldo de Quirós, que reunió en páginas rebosantes su erudición asombrosa. También el Compendio de LaignelLavastine y Stanciu, traducido del francés por Quiroz Cuarón. Mejor que libros, decía, clínica criminológica; o en todo caso, no sólo libros. Fuimos a las prisiones, haciendo estudios sobre la cárcel y los presos; observamos las prácticas en el laboratorio de criminalística; asistimos a hospitales de traumatología, para asomarnos, reticentes, a la medicina forense. –286– Estuvimos buenas jornadas, creyéndonos ya penalistas, en la sala de visita de defensores, en Santa Marta, que era la nueva penitenciaría para varones; en la Cárcel de Mujeres; en el anfiteatro del Hospital Juárez. En Lecumberri, no. Es una cloaca, decía Quiroz. Dábamos cuenta en sendos informes. Servían mejor, estoy de acuerdo, que una retahila de teorías aprendidas de memoria (García, 1998: 743). Lecumberri fue el espacio central en que se verificó la lucha por el monopolio de la autoridad científica, de la capacidad de decir y hacer que socialmente se reconoce a un agente determinado (Bourdieu, 2000a: 76). Lucha en que concurrieron los detentadores de esa capacidad ganada en luchas precedentes y los nuevos actores que van a abanderar el positivismo lombrosiano. Se identifican al menos dos grupos: los militares y los técnicos. Recuérdese que el proyecto Irlandés fue materializado por un militar, el capitán Croffton, privilegiando, desde luego, la disciplina como índice del progreso del reo y que en este sistema tal y como se ponía en práctica en Lecumberri no eran necesarios los técnicos. Lo que verdaderamente caracteriza este sistema, es la división de la pena en cuatro periodos, clasificados según la mayor severidad y basados en el doble principio de ofrecer premio a la buena conducta y a la enmienda, y de amenazar con castigo la perseverancia en el delito o en la inmoralidad… El primer periodo es de prisión celular… El objeto de este rigor es hacer al reo entrar en sí mismo y producir en su espíritu una impresión profunda… El segundo grado es de prisión en común, con separación durante la noche y trabajo en la escuela y en el taller durante el día… La base de este grado es una clasificación progresiva fundada en la buena conducta… La distribución de premios se hace por el jefe de los talleres, el profesor de la escuela, los guardianes o celadores principales y el gobernador de la prisión… El tercer periodo, que es propiamente el último de la pena, tiene por objeto hacer ver al reo que ya se tiene confianza en él, a consecuencia de los progresos que ha hecho, y –287– probar al público que su conducta ofrece garantías que permiten emplearlo y tratarlo con seguridad, sirviendo al propio tiempo para comprobar la realidad de la reforma de los criminales y su poder sobre sí mismo para resistir a las tentaciones y ver cómo preparan su vuelta a la sociedad… El edificio destinado a este grado no tiene apariencia alguna de cárcel; todos los presos gozan de libertad en sus movimientos, y en las tiendas de hierro que les sirven de dormitorios no hay más vigilancia que la que ellos mismos quieren tener. Si su conducta es buena, se les concede la libertad preparatoria…” (Proyecto, 1882). Esta lucha se identifica por las estrategias de descalificación del adversario, tomando como objeto de conocimiento a los propios adversarios y sus estrategias (Bourdieu, 2000a: 109). Se materializa en la sucesión de técnicos y militares en la dirección del propio Penal, culmina con el final de Lecumberri, la apertura del Centro Penitenciario del Estado de México, la Penitenciaría de Santa Martha y los Reclusorios Preventivos en el Distrito Federal. Y se simboliza en el acto del nombramiento del último director: el cambio de director se verificó cuatro meses antes del final de Lecumberri. En la noche del 30 de abril de 1976, fuimos a Lecumberri el Regente de la ciudad, el Procurador del Distrito, el Director de la Policía, General Gutiérrez Santos, funcionario esmerado y capaz, el Director General de Gobernación, de quien la cárcel dependía, licenciado Jorge Espínola Samperio, el Secretario General de Gobierno del Distrito, el respetable jurista doctor Octavio Hernández, y el doctor Gustavo Malo Camacho, Presidente de la Comisión Administradora de los Reclusorios. En el despacho de la Dirección hubo una breve ceremonia: fue generosa la presentación que de mí hizo el Jefe del Departamento del Distrito Federal y yo dí a conocer mi reconocimiento al Presidente de la República, Luis Echeverría, y a las autoridades de la ciudad, y mi formal compromiso al frente de Lecumberri. Momentos después acompañé en su salida al exdirector, General Francisco Arcaute Franco, en el primer acto de mi cargo, –288– visité una a una las crujías de Lecumberri. Cerca de la media noche la cárcel estaba en silencio (García, 1979: 21 y sig.). En este proceso se identifican tres momentos que contienen tres niveles de realidad social: la posición de los intelectuales, la estructura de las relaciones objetivas en donde se verifican estas luchas y las prácticas establecidas (Bourdieu, 2000a: 31). La posición de los intelectuales La posición de los intelectuales, quienes en algún momento ocuparon cargos de dirección en Lecumberri, se centró en dos sentidos: la descalificación de la práctica y proyecto que se verificaba en Lecumberri, que se resume en nada funciona nada puede funcionar, y plantear la necesidad de la reforma penitenciaria. Estas estrategias se verificaron a través de la Academia Mexicana de Ciencias Penales y su órgano de difusión, la revista Criminalia, el campo académico y los Congresos Nacionales Penitenciarios. Lugares en los que no tuvieron espacio los defensores de otros proyectos, los militares. Basta revisar la relación de quienes participaban en esos espacios para constatarlo. El primer congreso Nacional Penitenciario se llevó a cabo del 24 de noviembre al 3 de diciembre de 1932, en Aguascalientes, lo presidió José Angel Ceniceros, y abordó, entre otros temas, “medios de tratamiento de los reos dentro de las prisiones y condiciones que deben llenar para lograr la readaptación de los delincuentes” (García, 1998: 437 y sig.). Hacia 1936 Raúl Carrancá y Trujillo escribió: “Los delincuentes mismos participan principalmente en la organización interior del penal al mismo tiempo que se carece en lo absoluto de Oficiales de Prisiones, personal técnicamente especializado, pues el que figura en las nóminas se improvisa y no acredita estudios previos de ningún género” (Carrancá, 1936). En un informe elaborado en 1936 por Ignacio García Téllez, entonces Procurador General de Justicia de la Nación, dirigido al Presidente Lázaro Cárdenas, recomienda: “Que se proceda, –289– desde luego, a reorganizar nuestro régimen penitenciario, con sinceros propósitos de regeneración del delincuente…” (García Tellez, 1937). Producto de las observaciones y recomendaciones del Procurador García Tellez se elaboró el Reglamento de la Penitenciaría que, en su artículo 10, dispuso la creación de un Departamento de Prevención Social, compuesto por un Jefe Médico Psiquiatra especialista en Criminología, médicos psiquiatras “encargados de realizar los estudios médicos psicológicos de los delincuentes para la clasificación, distribución y tratamiento de estos…”, así como de “los trabajadores sociales cuya labor consistirá en las investigaciones de índole social complementarias de los estudios médicos psicológicos, tendientes al conocimiento integral de los delincuentes” (García Tellez, 1937). Para materializar la reforma penitenciaria se designó, en febrero de 1936, como director de la penitenciaría a Carlos Franco Sodi, quien resumió su labor de 18 meses señalando: fracasé (Franco, 1951). Una década después, hacia 1946, González Bustamante critica el hecho de que en la práctica carcelaria de Lecumberri no se siga ningún método científico, que el Departamento de Prevención Social no tenga participación en la vida carcelaria y tratamiento de los internos, y que ésta se rija de acuerdo al criterio del Director (González, 1946: 10). Cada establecimiento de corrección penal debe contar con un Departamento de Observación de los reclusos, para estudiar sus antecedentes, su género de vida, sus taras hereditarias, sus tendencias criminales, etc., etc., como fase inicial del tratamiento que debe aplicárseles. Este departamento debe estar integrado por personas expertas en criminología, psiquiatría y pedagogía: verdaderos auxiliares técnicos para que la justicia penal cumpla eficazmente con su cometido” (González, 1946: 10). Se pretende el desplazamiento de la mirada, de una observación con el fin de que el interno se sienta vigilado para que enmiende su comportamiento, conforme a los principios del panóptico, a una observación con la finalidad de detectar tendencias criminales. –290– En los primeros días de enero de 1947 Carlos Franco Sodi invitó a Javier Piña y Palacios a ocupar el cargo de director de la penitenciaría del Distrito Federal. Éste se impuso como principal ocupación dar cumplimiento al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se formuló un proyecto que consistía en aislar una de las más grandes crujías, del resto de la prisión. Adicionarle un pabellón el que se destinaría a la selección, estudio y clasificación de los sentenciados, para poder distribuirlos en las diferentes secciones en las que debería dividirse la crujía, para la clasificación y el tratamiento necesarios (Piña, 1979: 115). Durante su encargo como director de la Penitenciaría Piña y Palacios viajó a los Estados Unidos de América con el fin de conocer el trabajo penitenciario de ese país. En Washington el Director de Prisiones le enseñó el Manual que un grupo de directores de prisiones acababa de publicar: “En él estaban contenidos todos los lineamientos de la organización y funcionamiento de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios que deben manejar las prisiones” (Piña, 1979: 115). El segundo congreso Nacional Penitenciario se celebró del 26 de octubre al 1o. de noviembre de 1952, la convocatoria la realizó la Universidad Nacional Autónoma de México, el Gobierno del Estado de México, la Sociedad Mexicana de Medicina Forense y Criminología, la Sociedad Mexicana de Neurología y Psiquiatría, la Academia Mexicana de Ciencias Penales y la Asociación de Funcionarios Judiciales. Entre los temas centrales del congreso encontramos: biotipología criminal, resocialización de los delincuentes, servicio médico en las penitenciarías, establecimientos penitenciarios en relación con su arquitectura, entre otros (García, 1998: 437 y sig.). En este congreso se planeó el Centro Penitenciario del Estado de México (García, 1979). El 3 de marzo de 1958, Lecumberri, al efectuarse el primer traslado de reos a la Penitenciaría de Santa Martha, dejó de tener carácter de Penitenciaría. Ésta se inauguró el 14 de octubre de 1957, pero comenzó a funcionar a partir del primer –291– traslado de reos de Lecumberri (Martín del Campo, 1963). Para el inicio de esta etapa de Lecumberri como cárcel preventiva se designó como director a un militar, el General Carlos Martín del Campo. El General asume la dirección de la cárcel preventiva para “hacer cumplir las reglas mínimas aprobadas en Ginebra, en 1955”, con particular énfasis en el trabajo como medio de rehabilitación (Martín del Campo, 1966). Así, si bien hacia 1950 “no había ni médico”, salvo cuando se le llamaba, para 1963, debido a las gestiones del General Martín del Campo, el cuerpo técnico se componía de un médico de guardia permanente, dos dentistas, dos radiólogos, un urólogo, un cirujano, dos psiquiatras, un tisiólogo, dos internistas, un anestesista, un neurólogo, un ortopedista y un oculista. Además seis médicos que cubrían guardia cada día de la semana (Martín del Campo, 1963). Términos equivocados, personal equivocado, fines equivocados: proyecto fracasado. Estructura de las relaciones objetivas Los límites del moderno penitenciarismo se han construido para evitar el rechazo tanto del castigo, como de la instancia que castiga: el dolor humanizado. Ahí enraíza el principio de que no se debe aplicar jamás sino castigos “humanos” a un delincuente que, sin embargo, puede muy bien ser un traidor y un monstruo. La razón de que la ley deba tratar ahora “humanamente” a aquel que se halla “fuera de la naturaleza” (mientras que la justicia de antaño trataba de manera inhumana al “fuera de la ley”), no está en una humanidad profunda que el delincuente escondiera dentro de sí, sino en la regulación necesaria de los efectos de poder. Esta racionalidad “económica” es la que debe proporcionar la pena y prescribir sus técnicas afinadas. “Humanidad” es el nombre respetuoso que se da a esta economía y a sus cálculos minuciosos. “En cuestión de pena, el mínimo está ordenado por la humanidad y aconsejado por la política” (Foucault, 1984: 96). –292– Desde Beccaria (1738-1784) los autores del Derecho Penal Clásico enseñan que la evolución de las ideas penales nos llevó al periodo de humanización de las mismas. En la actualidad los órganos de gobierno encargados de la protección de los Derechos Humanos (Mora, 1991), nos referimos a los órganos de control político, es decir, Comisiones de Derechos Humanos, nos hablan de esta aporía, la humanización de las penas, de la humanización del dolor (Christie, 1984). El sistema de reclusión opera la exclusión de los desviados, de los que han infringido la ley penal y se convirtieron en sus clientes. Sin embargo, la gran masa de la desviación de la ley penal no ingresa a la cárcel, por diversas circunstancias. En una conferencia dictada el 19 de noviembre de 1999, en el marco del segundo congreso Iberoamericano de Derecho Penal, organizado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Penal, en la ciudad de México, un subprocurador de la Procuraduría General de la República, comentó que estudios realizados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública estimaban que de cada 100 delitos cometidos, 20 se denunciaban a la autoridad; 10 se consignaban al juez, y en cinco casos se obtenía sentencia de condena. Esta clientela se logra a través de dos vías: la reclusión preventiva, aquella que opera mientras el sujeto está siendo enjuiciado, y la reclusión compurgatoria, que se establece por sentencia de juez, para ser cumplida en el tiempo de reclusión que se impone. La prisión compurgatoria consiste en la privación de la libertad corporal, y su duración es de tres días a 60 años, según dispone el artículo 25 del Código Penal Federal. Tiene como finalidad la readaptación social del delincuente a través del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, tal es el contenido del artículo 2º de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. No obstante, cualquiera que sea la visión desde la que se aborde, el derecho encuentra su especificidad en la violencia, como ha podido ya intuirse. Si para el científico del derecho –293– (puro o no) el orden jurídico se diferencia de otros órdenes normativos por el elemento coacción, los filósofos del derecho (y en particular del derecho penal) no han hecho sino construir doctrinas justificativas de la pena, independientemente del peso que le den en sus argumentaciones a los preceptos que las condicionan; y los sociólogos, por su parte, no pueden sino involucrar sus indagaciones, respecto del establecimiento del derecho y sus formas de conservarse y autorreproducirse, que no son otras sino aquellas relaciones sociales que son su consecuencia, es decir, formas de violencia que, como afirma Walter Benjamin, al producir el derecho, se convertirán en aquel elemento que lo conserva (Tenorio, 1992: 66). La cárcel es un lugar con fines evidentes de exclusión social, esto se muestra de manera evidente: lo primero que tenemos a la vista son sus muros de piedra. Altos muros coronados de alambre con navajas, concertina, que nos indican de manera cínica sus fines. La cárcel no necesita ocultar sus fines manifiestos. Sin embargo, al interior se recrean las más variadas desviaciones: ¡Te lo fumas o te lo tomas!, ¡a peso las monas!, son las expresiones que utilizan los internos para vender marihuana, alcohol e inhalantes, los que inclusive tienen un lugar especifico de operación. Los internos que no pueden pagar las cuotas que se cobran por usar el llamado edificio de visita íntima, rentan a otros internos especies de casas de campañas: construida con cuatro palos, de dos en dos en forma de “V” invertida y cubiertos con una cobija, en un pedazo de césped, para tener en ellas relaciones sexuales con su pareja habitual o con quien acceda a ello. Todo se comercializa. Otra área es la que ocupan los talleres, de la más variada gama de productos. Normalmente los talleres existentes dan trabajo a un número insignificante de internos, en relación con la población recluida. Es común que los internos no tengan tiempo para dedicarse a este tipo de tareas, no cumplen con los horarios porque la noche anterior se desvelaron practican–294– do juegos de azar, viendo televisión o simplemente platicando, y los días señalados para la visita familiar prefieren pasar el tiempo con su familia que laborando, de ahí que estas áreas nunca son económicamente rentables; aunado al robo hormiga. Esto explica el abandono que se observa en la industria penitenciaría. La mayoría de la población recluida se ocupa, laboralmente hablando, de actividades artesanales. PRINCIPALES ACTIVIDADES TÉCNICAS (Álvarez, 2000: 231) ACTIVIDAD UNIDAD DE MEDIDA Diagnóstico Expedientes técnicos integrados. Estudios clínico-criminológicos externos. Estudios clínico-criminológicos internos. Estudios para otorgamiento de beneficios. Educación. Alfabetización. Primaria. Secundaria. Preparatoria. Extraescolares. Certificados. Tratamientos Básico Capacitación. Cursos. Internos atendidos. Trabajo. Talleres. Internos atendidos. Tratamiento individual. Tratamiento grupal. –295– TOTAL 1997 7061 6890 8696 1583 1998 8560 6826 8830 1876 1999 6482 6081 6114 1752 274 751 783 620 374 489 252 947 1103 779 316 490 278 1087 1277 931 241 676 332 7366 371 8771 203 4849 9 182 232 1356 14 273 248 1881 15 469 372 985 La población reclusa se distribuye por sí sola en el interior de los dormitorios: los internos son canalizados directamente a través de seguridad y custodia, por medidas de seguridad, o bien porque las estancias las han vendido al mejor postor; sea porque los propios criterios son ambiguos y se presten a las simpatías o antipatías del personal técnico encargado de realizar la clasificación, o bien sea porque los reclusos de más antigüedad no permitan el ingreso en la estancia a los más recientes. Esta última dinámica produce el fenómeno de los damnificados: aquellos internos que por no tener poder político, económico, social, entre otros, no pueden hacer valer su derecho a tener un lugar en la exclusión, y se ven obligados a vivir en los pasillos, durmiendo hacinados. ¡Pero éstos a nadie importan! Más allá de estos lugares existen las zonas de los olvidados. Los lugares de castigo. La exclusión dentro de la exclusión. Estos lugares no son visitados por funcionarios de la institución ni de otras instituciones oficiales ni por Organismos no Gubernamentales ni por nadie, de ahí que se les denomine “ZO”, zona de olvido. En ellos habitan sujetos de la más variada patología social: personas que dentro de la cárcel cometen infinidad de delitos, o bien por sus antecedentes conocidos de pertenecer en el exterior a bandas dedicadas al asalto a mano armada, violación, homicidios, delitos de tráfico de drogas, etcétera, se considera que deben estar en condiciones de aislamiento total. Z-O es una especie de cárcel dentro de la cárcel, inclusive en los reclusorios preventivos del Distrito Federal físicamente tienen el aspecto de una pequeña cárcel: muros altos coronados por alambre de púas; acceso restringido tanto a otros internos como al propio personal de la institución; trámite de identificación como requisito para acceder al lugar; aislamiento de los internos respecto de la vida del propio centro. El caso extremo es el encierro en la propia celda, sin que el interno pueda salir, quedando fuera inclusive de los programas de tra–296– tamiento de la institución y de las funciones asistenciales, el conocido apando. Existe consenso en señalar que la cárcel no cumple con los fines para los cuales está diseñada. “Conocidos son todos los inconvenientes de la prisión, y que es peligrosa cuando no es inútil. Y sin embargo, no se ve por qué reemplazarla. Es la detestable solución de la que no sabría hacerse la economía” (Foucault, 1984: 234). En nuestra opinión esto es así porque cumple con otro tipo de funciones, más bien simbólicas. En nuestro medio la constatación empírica sobre el fracaso de la cárcel, en cuanto al cumplimiento de sus fines declarados, la proporcionan las recomendaciones que sobre los centros de reclusión en el país han emitido las Comisiones de Derechos Humanos. Basten dos ejemplos: La recomendación 90/91 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), intitulada Sobre el caso de los Reclusorios Preventivos y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, y las Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, (CDHDF) sobre las cárceles. Sobre todo, como señala Ribera Beiras, contrariamente a lo que debía de esperarse han contribuido a diferenciar al preso del ciudadano, “la 'devaluación' de los derechos fundamentales de los reclusos, diseñada en las normas y delimitada por la jurisprudencia, ha supuesto la construcción (jurídica) de un ciudadano de segunda categoría en comparación con aquél que vive en libertad” (Rivera, 1994: 73). La trascendencia de la recomendación 90/91 de la CNDH estriba en que fue la primera con carácter general emitida por este organismo relativa a las cárceles del Distrito Federal. Se pronunció el 11 de octubre de 1991. Hace referencia a la situación que prevalecía –o ¿prevalece?- en los reclusorios preventivos Norte, Sur y Oriente, tanto varoniles como femeniles, en la penitenciaría y en el Centro Femenil de Readaptación Social. La información se recabó los días 13, 14, 16, 20, 21 y 22 de agosto de 1991, mediante recorridos en las diferentes áreas de –297– los centros de reclusión, realizando entrevistas con internos y custodios. (Se) constató las anomalías de los reclusorios preventivos y los centros de readaptación social del Distrito Federal, con las cuales se puede afirmar que resulta difícil considerar como favorables, para alcanzar un auténtico tratamiento de readaptación social, las condiciones en que se encuentran actualmente los centros de reclusión del Distrito Federal, y que la situación en que deben convivir los internos no les permite abrigar expectativas positivas para que, en el momento de obtener su libertad, sean individuos productivos y útiles a la sociedad y a su familia… Se permite que el personal de custodia golpee, maltrate, humille, intimide y amenace a los internos. No se proporciona trabajo debidamente remunerado, bajo condiciones laborales adecuadas y justas, encaminadas a estimular al interno para su readaptación social. La clasificación de los internos es efectuada por el personal de seguridad y custodia, y no por el personal técnico con base en estudios de personalidad. Existen internos con jerarquía y mando. Insuficiencia de personal técnico y médico, y falta de programas para atender la salud y el bienestar físico de los internos. Instalaciones deterioradas, y sin el mantenimiento suficiente a los sanitarios, regaderas, iluminación artificial y suministro de agua. No se suministra suficiente agua potable. No se proporcionan colchonetas suficientes, ropa de cama y utensilios para recibir y consumir los alimentos de manera digna. Se desatiende el aseo, higiene y fumigación. Se exigen pagos para disfrutar la visita íntima y familiar. Se permite la venta de alcohol. El personal de custodia exige a los internos dádivas por diferentes servicios. –298– Existen zonas de privilegio y se permite la subordinación laboral entre internos. Los productos que se venden en las tiendas tienen un precio superior a los que se tienen en establecimientos fuera de los centros. No se respeta el término legal en las estancias de ingreso y los centros de observación y clasificación. No se practicaron estudios técnicos a algunos de los inimputables. Existe sobrepoblación y hacinamiento. Se viola la correspondencia de los internos. Se segrega a los internos por más de 15 días y en condiciones inadecuadas. No existe selección del personal. Tales conclusiones sirven exclusivamente para ilustrar la realidad de las cárceles del Distrito Federal, realidad que nos delinea lo que Rivera Beiras denomina derechos de segunda categoría. […] si tales “derechos” no pueden ser eficazmente tutelados por los tribunales de justicia, habrá que pensar entonces que estamos en presencia de “derechos de segunda categoría” o, si se prefiere, ante “ciudadanos de segunda”. Ello no hace más que poner de relieve la “irracionalidad” de un sistema, que como el penitenciario, ha sido descrito como el producto de la “racionalidad”. Es en este sentido en el que Bergalli afirma que “la cárcel legal es, en realidad, una cárcel que no existe” (Rivera, 1992: 97). Es claro que el programa de la CNDH plantea corregir el funcionamiento de la cárcel, sin que se cuestione su existencia misma o al menos su programa de readaptación a través de la educación, el trabajo y la capacitación para el mismo. Este tipo de organismos constituyen, en consecuencia, el más reciente de los mecanismos que acompañan a la cárcel, con la apariencia de corregirla, pero que sirven para justificarla. Resulta paradigmático, por poner sólo un ejemplo, que se hable de segregar en “condiciones inadecuadas”, avalando por ende el segregar, pero en condiciones adecuadas, se entiende, –¿cuáles serán éstas? –299– Las mismas conclusiones se pueden extraer tratándose de las recomendaciones emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, considerando las recomendaciones emitidas desde la primera sobre la materia hasta julio de 1999. Por otra parte, la primera recomendación citada, la relativa a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, del año de 1991, contiene a las recomendaciones emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal a partir de 1994 hasta el año de 1999, lo que nos ha permitido afirmar que este tipo de Instituciones acompaña a la cárcel, con la apariencia de corregirla, pero terminan sirviendo para justificarla. La posición que delinean estos organismos sobre la cárcel, se puede considerar como una lectura de autoengaño. ...con buena voluntad y suficientes recursos (más dinero, mejor personal entrenado, edificios nuevos y más investigación), el sistema es capaz de ser humanizado con buenas intenciones y de ser más eficiente con la aplicación de principios científicos. Los errores, incluso las tragedias, se interpretan como historias tristes de generaciones sucesivas de administradores y reformadores dedicados, que son frustrados por un público con prejuicios, una pobre coordinación o problemas de comunicación. Las buenas intenciones se cree a pie juntillas, se distancian radicalmente del resultado final. Lo que fallan no son los objetivos que el sistema profesa, sino su puesta en práctica. La solución es más de lo mismo (Tenorio, 1991: 18). Prácticas establecidas: saber hacer las cosas La cotidianidad carcelaria se nos presenta como un universo natural, en donde los profesionistas, cualquiera que estos sean, se insertan en una práctica incuestionada, simplemente para hacer lo que saben hacer. Así, el psicólogo se inserta en la práctica carcelaria para realizar lo que sabe hacer, pero ¿qué sabe hacer? y ¿cómo es que sabe lo que hay que hacer? –300– La práctica simplemente se va imponiendo al psicólogo, quien acepta su lugar y especificidad como algo natural, evidente, incuestionable. Se inserta en un espacio social que además se encuentra delimitado por lo jurídico. Pero esto no siempre fue así, la práctica que el psicólogo lleva a cabo en el espacio carcelario se ha construido, es un producto histórico, y como tal arbitrario. De todo aquel psicólogo que ingresa a laborar al sistema de reclusorios del Distrito Federal se espera que aplique pruebas psicométricas; las sepa interpretar o calificar; conducir una entrevista, y finalmente dar un reporte, cuyos aportes principales serán: señalar la orientación temporo-espacial del sujeto en estudio, su capacidad de juicio y razón, su coeficiente intelectual, sí la persona presenta daño orgánico o no, sus rasgos de carácter, rasgos de personalidad, sus preferencias sexuales, hábitos de consumo de drogas, dinámica de la personalidad, y un diagnóstico. Para ello se le enseñan en la facultad ciertos instrumentos metodológicos. Todo científico del comportamiento tiene a su disposición ciertos marcos de referencia, métodos y procedimientos que entre paréntesis- reducen la ansiedad ocasionada por sus datos y le permiten así funcionar debidamente. Por desgracia, precisamente porque reducen la ansiedad, esos expedientes suelen transformarse de modo sistemático en verdaderas reacciones contratrasferenciales que conducen a un acting out autoconstrictor que se disfraza de ciencia. Es condición sine qua non para su aprovechamiento genuinamente científico y sublimatorio el entendimiento cabal del empleo neurótico que puede darse a esos expedientes (Devereux, 1989: 117). Estas herramientas y recursos técnicos pueden emplearse como expedientes de conocimiento del objeto de estudio, sin embargo, también “pueden emplearse en forma inconsciente ante todo como defensas aisladoras que desfiguran nuestra percepción de la realidad y estorban la investigación en varios modos” (Devereux, 1989: 120). Pero ¿qué realidad es esta que es desfigurada? –301– Únicamente enunciaremos algunos aspectos que nos interesa señalar. Actualmente el trabajo del personal de reclusorios, en particular nos referimos al área técnica (funcionarios, psicólogos, trabajadores sociales, médicos, psiquiatras y criminólogos), se convierte en un trabajo avalador: Justifica el trabajo de otras instancias de selección de internos al individualizar el conflicto (Basaglia, 1972; Basaglia 1981; Castel, 1980; Foucault, 1992 y Guinsberg, 1996). Siguiendo la normatividad, una vez que el sujeto ingresa a la institución total (Goffman, 1988), el cuerpo médico lo observa a efecto de indicar únicamente si ingresó con lesiones, no para la atención de su salud física o mental. El psicólogo pone su presencia, ya que si los sujetos requieren apoyo emocional lo reciben de sus compañeros de reclusión y del cuerpo de Seguridad y Custodia. La tarea más ingrata, la del criminólogo, avala o justifica, el que el sujeto esté en el encierro, sus diagnósticos encierran invariablemente la etiqueta de peligroso, el interno es más o menos peligroso, pero la categoría de no-peligroso está negada, no existe, y en el peor de los casos el sujeto es extremadamente peligroso. Es notable que esta práctica, la de diagnosticar a los internos como peligrosos, se lleve a acabo en los reclusorios y centros penitenciarios del Distrito Federal, cuando tal categoría fue eliminada expresamente del Código Penal, particularmente con la reforma de los artículos 51 y 52, y a ella no hacen mención las normas instrumentales relativas a la reclusión: condena condicional; libertad preparatoria; tratamiento preliberacional y remisión parcial de la pena. Esto es así porque se ha incorporado al habitus,, es una práctica que ya ni siquiera se plantea si tiene fundamento legal. En la práctica del encierro, en la mayoría de los casos el diagnóstico señala “peligrosidad media” o “peligrosidad baja”, pero estos diagnósticos no tienen importancia. El criminólogo, al interior de los Reclusorios da unidad a la tecnología del encierro, ofrece una solución a las contradicciones de la institución carcelaria –302– –entre otras la readaptación, la exclusión social, etcétera–, “les da una unidad de la que antes carecían” (Castel, 1980). “es particularmente repugnante”. Como pueden darse cuenta, habría a la vez poco y mucho que decir sobre este tipo de discursos. Puesto que, después de todo, en una sociedad como la nuestra son raros, no obstante, los discursos que tienen a la vez tres propiedades. La primera es poder determinar, directa o indirectamente, un fallo de la justicia que, después de todo concierne a la libertad o la detención de un hombre. En el límite (y veremos algunos casos), la vida y la muerte. Así pues, se trata de discursos que en última instancia tienen un poder de vida y muerte. Segunda propiedad: ¿de dónde sacan ese poder? De la institución judicial, tal vez, pero también del hecho de que funcionan en ella como discursos de verdad, de verdad por su estatus científico, o como discursos formulados, y formulados exclusivamente por personas calificadas, dentro de una institución científica. Discursos que pueden matar, discursos de verdad y discursos –ustedes son la prueba y los testigos– que dan risa... Esos discursos cotidianos de verdad que matan y dan risa están ahí, en el corazón mismo de nuestra institución judicial (Foucault, 2000: 19). Por otra parte, los conflictos relativos a la población interna, legales, de relación, de satisfacción de las necesidades, se resuelven en el plano donde el técnico no tiene nada que ver. Mientras el técnico clasifica a la población en diferentes dormitorios a partir de los resultados que arrojan sus estudios, en la dinámica de la vida en dormitorios se realizan reclasificaciones, auspiciadas por las autoridades, los cuerpos de seguridad o los mismos internos. Poco o nada tiene que ver el técnico con la vida de los internos. Llega a laborar a las 9 de la mañana, después de realizar un viaje, de su casa al trabajo, que oscila entre una a tres horas. Si es psicólogo se dedica a aplicar pruebas, reúne a un grupo de internos y les aplica pruebas de inteligencia (Raven, Dominós, Pierre Guilles W.); posteriormente aplica pruebas proyec–303– tivas (frases incompletas de Sacks, HTP, Machover), actividad a la que se dedica con gran empeño las primeras veces que lo hace. Al entregarle la última prueba al último interno, son las 14:30 horas, debe checar su salida del trabajo, ya que si lo hace después de esta hora se le pondrá falta, no pagándosele el día. Sale literalmente corriendo ya que generalmente tiene otro trabajo. Al día siguiente regresa, ya se le asignaron estudios, y cae en la cuenta de que deberá entregar una cuota de estudios concluidos al día. Estudia e interpreta las pruebas, y llama al sujeto de estudio, éste llega, habla de sus problemas, de su inocencia, y de la violencia que sufrió con la detención. Pasan las horas y el psicólogo se angustia porque debe entregar sus tres estudios al término de su día laboral. Con el tiempo aprende a entregar un reporte cualquiera, también aprende que algunos internos son buenos aplicadores de pruebas psicológicas y los invita a cooperar con él, a que le ayuden a aplicarlas. Si el personaje principal es criminólogo, la situación es más peculiar. Debe realizar varios estudios al día, más de uno cada hora. Él también aprende a hacer las cosas. Como su estudio es síntesis, se toma demasiado en serio esta metodología. ¿Qué se simula? Si el científico social construye sus objetos de conocimiento, el científico que trabaja en los centros de reclusión los simula. Conocer acerca de una problemática social implica, en sí, una toma de postura (Lourau, 1989). Toma que se manifiesta desde el inicio de la investigación, y se acentúa o diluye en las diferentes etapas: en la determinación de los individuos a investigar, en la selección de las técnicas y el diseño de los instrumentos de recolección de datos, en la formulación de la estrategia y el desarrollo del trabajado de campo, y en el análisis de la información empírica. La toma de postura tiene que ver con la posición que se tenga en la jerarquía de poder, la –304– posición de los grupos en el campo intelectual y el habitus (Bourdieu, 2000a: 31). No hay ‘elección’ científica –elección del dominio de investigación, elección de los métodos empleados, elección del lugar de publicación, elección, que describe Hagstrom, entre la publicación rápida de los resultados parcialmente verificados o la publicación tardía de resultados plenamente controlados-, que sea, en alguno de sus aspectos, el menos confesado y el menos confesable evidentemente, una estrategia política de ubicación al menos objetivamente orientada hacia la maximización del beneficio propiamente científico, es decir del reconocimiento susceptible de ser obtenido de los pares concurrentes (Bourdieu, 2000a: 80). La metodología aplicable en el sistema privativo de libertad individualiza el conflicto. Hace de la problemática una cuestión individual (Basaglia, 1984; Foucault, 2000 y Guinsberg, 1996). Su producto es el etiquetamiento de la persona (Baratta, 1989 y Lamnek, 1987). Esto es así porque el dispositivo carcelario tiene este encargo (Bergalli, 1994; Castel, 1980; Marí, 1983 y Pavarini, 1988 y 1997). […] entre nosotros el marginado, como aquél que se encuentra fuera o en el límite de la norma, se mantiene en el seno de la ideología médica o de la judicial que consiguen abarcarlo, explicarlo y controlarlo. El presupuesto aquí implícito de que se trata de personalidades originalmente anormales, permite su absorción en el terreno médico o penal, sin que su ‘desviación’ –como rechazo concreto de valores relativos, propuestos y definidos como absolutos e inmodificables– ponga en tela de juicio la validez de la norma y de sus límites. En este sentido la ideología médica o la penal sirven aquí para contener, mediante la definición de anormalidad originaria, el fenómeno, trasponiéndolo a un terreno que garantiza el mantenimiento de los valores normativos. No se trata de una respuesta técnica a un problema para especialistas, sino más bien de una estrategia defensiva, destinada a mantener a todos los niveles –305– el statu quo. La ciencia, en este caso, cumple con su misión suministrando clasificaciones y etiquetas que permiten la neta separación entre normal y anormalidad (Basaglia, 1984: 16). Se construyen objetos de conocimiento distintos de los objetos reales. “Los objetos de conocimiento son representaciones, ficciones, simulacros, metáforas de los objetos reales, mientras éstos últimos, según ciertas opiniones, sólo sirven para engañar al investigador” (Lourau, 1989). Conclusión Para entender la finalidad del castigo en nuestro momento cultural, sobre el fin de la prisión, debemos intentar aprehenderlo más allá del concepto de readaptación, que como hemos visto fue una construcción cultural, y por tanto arbitraria, sin embargo, esta postura fatalmente nos lleva a la respuesta que da Nietzsche, a la pregunta ¿por qué se castiga en la actualidad?, “en la actualidad es imposible decir de modo determinado por qué se castiga” (Nietzsche, 2000: 128). La readaptación como finalidad de la prisión no es más que una imagen, pero ¿imagen de qué? De una realidad profunda o de ningún tipo de realidad. Las fases sucesivas de la imagen serían éstas: • es el reflejo de una realidad profunda • enmascara y desnaturaliza una realidad profunda, • enmascara la ausencia de realidad profunda, • no tiene nada que ver con ningún tipo de realidad, es ya su propio y puro simulacro. En el primer caso, la imagen es una buena apariencia y la representación pertenece al orden del sacramento. En el segundo, es una mala apariencia y es del orden de lo maléfico. En el tercero, juega a ser una apariencia y pertenece al orden –306– del sortilegio. En el cuarto, ya no corresponde al orden de la apariencia, sino al de la simulación (Baudrillard, 1998: 18). La readaptación no tiene que ver con el delincuente y su acto, sino con su imagen. No importa si el pálido delincuente se readapta, importa la imagen del delincuente vencido, derrotado, detenido, sufriendo, pero no la imagen del delincuente, sino de algunos delincuentes. Por eso es que la idea de la readaptación, en la práctica, ha dejado de tener sentido, y sin embargo, se conserva a falta de otra cosa, es preferible creer en la readaptación a creer en la nada, a pensar que la pena contemporánea carece de sentido. Porque esto nos llevaría a tener que admitir que castigamos sin sentido, a tener que presentar la prisión antes que representar lo que debería ser. A mostrar, monstruar, la prisión, porque la realidad, su realidad, es monstruosa (Maffesoli, 2001). Bienvenido al castillo de los monstruos, se lee a la entrada del dormitorio número cuatro de la penitenciaría del Distrito Federal. El programa de trabajo consiste pues en comprender y admitir la realidad, como ésta es, abocarse a presentar lo que es lo penitenciario, más allá de los planteamientos de aquellos que hasta ahora se nos han presentado como los que quieren hacer el bien, “no hay nada peor que aquellos que quieren hacer el bien, particularmente el bien para los demás” (Maffesoli, 2005: 43). –307– Bibliografía ÁLVAREZ RAMOS, Jaime, “Programa de Readaptación y Rehabilitación Psicosocial para el Distrito Federal”, Memoria de la Conferencia Nacional de Prevención y Readaptación Social, noviembre de 1999, México, Secretaría de Gobernación, 2000. ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, Informe del delegado del Consejo de Dirección de la Penitenciaría de México sobre la situación que priva en ese establecimiento, México, Fondo Gobernación, Sección 3a., Cárceles y Penitenciaría, 1911-1912, diciembre 26 de 1911. 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Se trata incluso de hacer uso de otras perspectivas de interpretación que den cuenta de los múltiples aspectos de la vida cotidiana que se ven permedados, condicionados o determinados por la dinámica de la violencia. Todo ello, con el propósito de buscar respuestas a problemáticas tales como la delincuencia y su prevención. Es prudente anotar que para tal propósito, la criminología tiene de su lado conceptos propios para su análisis, los cuales se encuentran inmersos en la lógica de su propio discurso, tales como la violencia, la cultura, el sujeto, la cotidianidad, la justicia y la libertad, entre otros, los cuales frecuentemente son vistos con ambigüedad y desprovistos de significado, para tratar de construir una interpretación de tales problemáticas. Sin embargo, estas posturas de carácter convencional, han avanzado los discursos de estos cientistas sociales a sumarse, por un lado, a la interpretación y análisis, exclusivamente des–313– de un ángulo meramente jurídico, o bien a considerar la existencia de una multiplicidad de acciones y de hechos violentos, tanto colectivos como individuales, como el sólo principio de una desviación social, que violenta la norma convencional de la cotidianidad del grupo. Por el otro, a justificar estos hechos y acciones desde viejos esquemas ideológicos, como serian los discursos lombrossianos, los cuales en un tiempo fueron impuestos como la expresión más avanzada del discurso en la ciencia social, al sostener que todas aquellas conductas consideradas como anormales y excepcionales por un determinado grupo de la sociedad, fueran vistas fundamentalmente como un problema de desviación personal.133 Es importante subrayar que los juicios antes mencionados, no presuponen la negación del reconocimiento e importancia que adquiere la acción social en los sujetos, así como no reconocer que éstos, se encuentran figurados y estructurados en función de la interacción que establecen con su grupo social de referencia. De ahí la insistencia en apuntar, que estas posturas de análisis ancladas en un carácter convencional, suelen incurrir en cuanto menos dos tipos de errores al ser utilizadas en la interpretación de conductas y acciones catalogadas como delictivas o violentas; el primero consiste en la acción de hipóstasiar los conceptos, convirtiéndolos, por ejemplo, en significados estrictamente estructurales y cerrados que obedecen a las definiciones puras del derecho.134 El segundo, es producto de una Hoy a pesar de haber trascurrido ya casi un siglo de estas perspectivas de pensamiento, encontramos trabajos cuyo análisis se encuentra anclado bajo este punto de vista lombrossiano, que lo mismo consideran al delincuente, al homicida, o a la prostituta, como sub-seres, individuos que no tienen capacidad para aprender, que tienen problemas para obedecer las normas, y que son carentes de inteligencia y por tanto son ignorantes. 134 La racionalidad del derecho no puede fundamentarse únicamente sobre sus caracteres formales, sino que requiere sobre todo, la instrumentalidad del contenido respecto a los fines sociales. Léase, Alessandro Barata, “Vie133 –314– transposición del sujeto real y de los atributos denotados al sujeto en función del sujeto ideal, así, las acciones, los comportamientos, las características y los atributos e intenciones atribuibles a los sujetos reales, son medidos, comparados y referenciados a partir de determinados conceptos típicos expresados tanto en el cuerpo normativo de la ley, como de los operadores de ley misma. En esta lógica los discursos generados para una interpretación de las acciones y las sanciones atribuibles a una determinada conducta, se convierten en discursos carentes de un referente real del hombre de carne y hueso, del hombre en sociedad que se rige, se forma y se norma bajo determinadas condiciones de socialización que la misma sociedad le impone un tanto por la pertenencia a un grupo, un tanto por la propia lógica de socialización que la sociedad le impone mediante agencias socializadoras como la familia, la escuela, la religión y los medio masivos de comunicación. Se trata entonces de discursos que sólo son vistos como una cronología de los delitos y de las penas, es pues una postura de análisis que en todo caso lo único que produce es la reducción y minimización del discurso criminológico a un determinismo tácito. De ahí, que la implícita asunción de estos discursos construyan, por un lado, la percepción de un problema real y especifico bajo cierta perspectiva y, por el otro, se conviertan en un obstáculo para comprender que éstos problemas son constitutivos de un conjunto de fenómenos sociales, producto de la cultura misma, de las instituciones sociales, y del discurso hegemónico del sistema social expresado en aparatos de control y dominación, los cuales se estructuran y diferencian en cada momento histórico.135 jas y nuevas estrategias en la legitimación del derecho penal”, Poder y Dominación, núm. 1, Bacerlona. 135 Al respecto, durante mucho tiempo se creyó que el discurso de algunas posturas de interpretación, fundamentalmente desde una perspectiva micro social, se bastaban así mismas para explicar unos fenómenos por otros, es –315– Así, en este cuerpo de ideas, la tarea es subrayar la importancia de tales conceptos para construir una explicación del ejercicio y la práctica de una violencia púdica, como la define Foucault, sutil y refinada en instituciones totalitarias como la cárcel, sobre todo cuando reconocemos que independientemente de la legitimidad y la legalidad en la que operan, son consideradas como humanas y menos groseras y ofensivas para la naturaleza humana, a diferencia de las que se practicaban en tiempos pasados, dichas prácticas de violencia siguen consideradas como una herida lacerante para la sociedad pese a los esfuerzos realizados. Esta afirmación parte de cuando menos tres argumentos rectores para la práctica de esta violencia púdica: el primero se refiere a la importancia de reconocer la construcción de un nuevo modelo de socialización caracterizado por la violencia. De ahí, que no sea extraño entonces reconocer a la violencia, como una practica propia de nuestro estilo de vida, o bien como una acompañante inseparable de nuestra cotidianidad que se halla permeada de un significado de la modernidad. Es decir, esta nueva violencia, no es un concepto cronológico, sino filosófico, que no tiene nada que ver con los tiempos que corren, sino con la conciencia del hombre, pues sólo él puede echar mano de sí mismo a la hora de organizar el mundo y de entenderse así mismo. Ni Dios ni las instituciones ni las normas lo consiguen por sí solas (Habermas, 1989). Paradójicamente este siglo es el de mayor avance tecnológico frente al mayor atraso moral, político y filosófico. Pero moralmente es el siglo de la violencia, como pasaporte de la universalidad; nadie queda exento de la capacidad impune de dañar a sus semejantes. “Filosóficamente, es el siglo de la decir, algunas tasas de criminalidad o de violencia sólo por una interpretación, estrictamente de carácter individual, sin llegar a comprender que no es posible la explicación de un fenómeno social sin antes partir del análisis de la construcción del actor individual, el cual es el origen de todo fenómenos social. –316– muerte, definitivamente de la tragedia como fusión de valores y el triunfo del melodrama como conflicto de virtudes”.136 El segundo radica en comprender que los valores dados por una sociedad son un indicador esencial para poder reconocer el actuar de los sujetos y de sus instituciones. Pues el individuo de hoy no es más un individuo, es un sujeto figurado por imágenes que funciona por la creación de tecnologías, esta dividido así mismo. El individuo no es un producto original, es un producto que resulta de la fusión masa, de la pasión, del consumo. Un individuo que ha sustituido la cultura de la memoria por la cultura del placer, pues ha olvidado las viejas formas de identificación y de adhesión; la familia, el lenguaje, la etnia, la religión, el grupo social. Así, esta estructura emergente de una nueva visión de la sociedad, configura una dimensión a la vez normativa y colectiva, que conduce las diversas esferas del valor y de la acción, donde ambas se derivan de la diferenciación y la complejidad de la sociedad moderna, que se ajustan mediante un proceso de aprendizaje o de estructuras de racionalidad universal (Habermas, 1992). Es decir, se profesionalizan nuevos procesos de transmisión de la cultura y de la integración social, y por ende, la constitución de la identidad del sujeto. Arruinando así, las formas de la vida tradicional, abriendo nuevas expectativas de un modo de vida que nos induce a la violencia. Un tercer argumento, nos permite reconocer que toda institución social es figurada bajo los principios filosóficos de una organización social, cuya imagen muestra el principio de una normatividad superior y éticamente incontrastable, inmutable y ahistórica. Que genera, por un lado, el principio de una garantía de renovación, y por el otro, impide que los paradigmas se renueven por la vía de los cambios profundos. De esta forma, la cada vez más compleja y creciente estructura burocrática de la administración pública, se ha convertido en un 136 Palabras del escritor Carlos Fuentes, en el Coloquio Libertad y Justicia, Guadalajara, Jal. 1993. –317– elemento disgregador de las relaciones entre el Estado, sus instituciones y el ciudadano. A tal nivel que se ha llegado a la pérdida de credibilidad de las imágenes creadas para sus propias instituciones, particularmente tenemos el ejemplo de la cárcel. Sin embargo, el no creer en las instituciones, es un caso repetido en la historia de las organizaciones sociales, lo cual no las hace menos importantes, aunque el tema corra el riesgo de volverse trivial. La tendencia a la desesperación proviene de las consecuencias reales, y no siempre inmediata, pero nadie puede remediarlas. Es posible construir artefactos de muerte, elaborar programas y montar instituciones, pero las creencias tienen una cualidad orgánica y no pueden ser creadas por mandato. Una vez que se ha sacudido una fe, ésta necesita mucho tiempo para crecer nuevamente (Bell,1977). De esta manera, los valores no pueden substituirse aisladamente, tal y como lo dijo Durkheim en 1911, los valores no son obra de la psique individual, sino de la mentalidad colectiva, los valores no son entidades trascendentes sin más, ni son creaciones ideales individuales: son realidades sociales, son creaciones ideales del grupo. La sociedad es creadora de ideales y por ende de valores. Por ejemplo, el poner énfasis en el análisis de estas categorías; Liberalismo-Democracia, a contrapelo con la relación violencia-readaptación, nos obliga fundamentalmente a contemplar la naturaleza de un lenguaje de la vida social, en el que salta a la vista la fórmula democracia-liberalismo. El lenguaje social adquiere una primordial importancia en la explicación de estos paradigmas, en la medida en que no son más que la expresión de una realidad percibida por los sujetos, es decir, los valores separados de una realidad objetiva se vuelven subjetivos, en palabras de Marcusse. Es decir, no cabe la menor duda de que la sociedad que asistimos hoy día, es una sociedad que se sostiene en la esfera de una imprecisión de los viejos principios que sustentan sus valores. Esto quiere decir que no es precisamente una defi–318– ciencia, sino uno de los rasgos esenciales de estos conceptos que componen, hoy en día, el acervo y la descripción de esta sociedad, los cuales están envueltos en una serie de juicios de valor. En otras palabras, tales conceptos, son en sí mismos objetos de confrontaciones políticas e ideológicas que dificultan, todavía más, su aclaración. Por ejemplo, el concepto de la democracia, el cual basta imaginar cómo fue pensado para muchos de los regímenes políticos de Europa del este, los cuales, eran fundamentalmente calificados como un principio de democracia popular, en contraposición a como han sido repensados en una sociedad capitalista. Lo cual nos muestra una idea de la dificultad que afronta el hecho de reflexionar sobre estos conceptos. 137 Sobre todo porque son conceptos que envuelven fundamentalmente posiciones políticas como la libertad y la democracia.138 De ahí que la intención sea el reflexionar sobre conceptos que presentan dificultades análogas para poder entender, a su vez, un significado tan importante como la readaptación y ver de esta forma, que su sentido no es unívoco, entre readaptación y libertad y, libertad y violencia. Es preciso aclarar que el escenario de nuestra reflexión es desde una óptica política, entre aquel concepto de la tradición liberal y la formulación clásica de los Derechos Humanos, que es retomada desde la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en la Revolución Francesa de 1789. El cual indudablemente marca el nacimiento de un acelerado individualismo burgués en ascenso. 139 Léase Humberto Cerroni, Reglas y valores en la democracia; estado de derecho, estado social, estado de cultura, cap. 3, México, Alianza, 1991. 138 Por ejemplo Norberto Bobbio, en su texto Democracia y liberalismo, nos explica cómo, el entendido de democracia se contrapone históricamente a la monarquía, debido a que esta era concebida como una forma de gobierno. Así la democracia pasó a ser un movimiento político, ya posteriormente con el triunfo de la revolución francesa se contrapondría al liberalismo. 139 Mientras que en la primera parte del siglo XIX el liberalismo y la democracia surgían como doctrinas y movimientos contrapuestos, posteriormen137 –319– Tenemos que subrayar esto, porque pensamos que es el detalle significativo que nos permite entender la naturaleza del comportamiento de los sujetos en sociedades contemporáneas como la nuestra, y por ende el efecto recíproco que puede tener su significado sobre un principio tan loable como sería la readaptación. 140 También debemos subrayar que es fundamentalmente en el contexto de esta revolución, donde salta a la vista el acelerado desarrollo de un individualismo burgués, que adquiere cuerpo y forma en los derechos naturales e impredecibles del hombre, a saber: la libertad, la propiedad, la seguridad y fundamentalmente, la resistencia a la opresión. Sin embargo, dentro de estos principios, tendríamos que contemplar de manera especial la propiedad, la cual es consignada, en el segundo artículo de esta declaración, como algo inviolable y sagrado. De ahí que alrededor de estos principios, te establecen una alianza, sobre todo en los albores de la revolución francesa y más concretamente lo vemos plasmado en la declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano. Véase Herrendorf, Sociología de los derechos humanos, cap.6,9 y 10, CNDH, 1992. 140 Por ejemplo la diferenciación propia que existe entre el liberalismo y la democracia, obedece fundamentalmente, primero al entendido de libertad, el cual varia consustancialmente; la segunda diferencia radica en el argumento de democracia que cada quien adopta. Pues mientras que el liberalismo es propiamente una postura doctrinaria de la modernidad, la democracia es de la antigüedad. Así, la libertad para el liberalismo tiene su fundamento en el derecho, es decir la facultad de no ser impedido, de no ser obligado a realizar actos que no se quieren, en el empeño de las cosas privadas. Es decir, esta libertad esta planteada en la existencia de un espacio reservado al individuo que no puede ser invadido por otro individuo, ni aun por el propio Estado. (léase entrelineas, La Ley de Normas Mínimas para la Readaptación social de sentenciados). Para la democracia, la libertad es entendida como el acto de obedecer sólo a las normas, en cuya elaboración se participa colectivamente. Es decir aquí la libertad tiene su base en el ejercicio colectivo de la soberanía, en el empeño de las cosas publicas. Véase, Norbeto Bobbio, Democracia y liberalismo, FCE o bien Revista Mexicana de Ciencias Políticas, núm. 130. Para discutir la Democracia, Fernández Santillán, UNAM, México. –320– el liberalismo haya instrumentado su forma de organización en torno a la creación de un Estado de derecho, el cual pondera e instrumenta leyes específicas a la protección de la propiedad.141 Al respecto, basta con recordar que uno de los delitos considerados como más graves para la sociedad, son justamente aquellos que atentan contra la propiedad. Aquí bien valdría la pena traer a la memoria a Marx, cuando emprende aquella crítica radical hacia la sociedad burguesa, la cual no debe pasar desapercibida. Marx dice que ninguno de los supuestos derechos del hombre encierra fundamentalmente al hombre egoísta, pues el hombre, como miembro de la sociedad burguesa, es un hombre apartado de la comunidad, enajenado, preocupado solamente por su interés personal, y obediente únicamente a su arbitrariedad privada. Lo anterior nos permite comprender que, justamente, debido a todas estas imprecisiones y peripecias que se tienen con respecto a tales conceptos, se genera una dicotomía entre lo que pudiéramos entender como derechos de primer orden, (civiles y políticos) y derechos de segundo orden (derechos socioeconómicos). Esta ramificación contemporánea y ampliada de los derechos del hombre, han contribuido de manera decisiva a una interpretación de posiciones contrapuestas. Por ejemplo, la consolidación del liberalismo en un Estado de derecho y su subsecuente ramificación jurídica nos marca desde su inicio una falsa posición en cuanto a lo que se podría entender como libertades formales y derechos materiales; así las libertades formales adquieren su máxima expresión en el principio de un Sólo bajo el principio de la organización de un Estado de derecho, el liberalismo pudo instrumentar una limitante al poder absoluto y de esta forma poder obligarlo a respetar las libertades civiles de los individuos por un lado, por el otro, a encontrar fórmulas mediante instrumentos Legislativos Ejecutivos y Judiciales para otorgar un principio de democracia que permitiera distribuir el poder en la participación de todos los ciudadanos. Véase Daniel Herrendorf, 1992, Teoría general y política de los derechos humanos, CNDH, México, 1,2,4 y 5 apartados. 141 –321– valor, como la libertad, los derechos materiales, o socioeconómicos, que se expresan en un valor como la igualdad. En esta lógica, es de admitirse que un valor, pensado como la igualdad en el ejercicio de sociedades contemporáneas como la nuestra, aparezca marcado en el horizonte de una tradición del consumo. Donde fundamentalmente no hay un mínino de igualdad económica, por ende, tampoco social. Lo que significaría, que el concepto de democracia, llamada así, estrictamente en términos formales por algunos autores como Rousseau, Montesquieu e incluso por Aristóteles; exige por ende, un contenido mínimo para poder generarse, de hecho no podría ser diferente porque es una verdad innegable que, en el mundo moderno, la pobreza, la falta de educación, de salud y vivienda, han perdido indudablemente toda justificación ante una expectativa como la de una democracia formal (Cerroni, 1991). Es decir, hay un abismo entre la democracia y la pobreza, entre la justicia y la igualdad, entre la socialización y la violencia, o mejor dicho, tenemos que admitir que, al menos, se ha democratizado la pobreza, la violencia y la injusticia. Fundamentalmente, aquí lo que tendríamos que cuestionar es, sin duda alguna, cuáles son aquellos criterios sobre la igualdad, (por ejemplo, el Estado habla de una igualdad aritmética, de una distribución de tantos, pero indudablemente tendríamos que cuestionarla), ya que estos se ponen en entredicho cuando contemplamos los altos índices de criminalidad que día a día se acumulan cuantitativamente. Es decir, mientras que los derechos de libertad son animados por la idea de la justicia, los derechos a la igualdad son animados bajo el principio de un consumo, lo que quiere decir, que si los primeros conviven fácilmente con la desigualdad social, los segundos pretender suprimirla a través del intento de posesión de una fantasía. En esta lógica, es entendible que la transformación del estilo de un mundo liberal, en todo sentido, se halla caracterizado fundamentalmente por la cosificación de una nueva vida, de –322– un mundo nuevo, inmerso en una serie de gratificaciones que despliegan a lo largo y a lo ancho, posturas hedonistas y exhibicionistas. Producto de una cultura de miedo, que tiene sus raíces en la tentativa que nace de la transformación imaginaria de un hombre menos libre hacia uno más libre, es decir, hombres libres reproducidos mecánicamente por la masa cultural de la violencia, del placer por el placer, del consumo, en suma, hombres que no son creativos para sí mismos, hombre construidos en una cultura absorbente, que les roba la conciencia y produce violencia (Bell, 1977). Es pues, la cultura de una sociedad como la nuestra, trazada bajo los esquemas del ejercicio de una libertad sobrepuesta en un nuevo estilo de vida, caracterizado por el principio hedonista, que ha transfigurado valores fundamentales como el de la libertad, la justicia, la igualdad. Produciendo, entre los hombres, una cantera inacabable de una violencia abierta y depravada, así como una paulatina pérdida de la solidaridad humana. Arrojando al hombre a un escenario salvaje de competitividad, con el fin de obtener cada vez más y mejores lujos. Violentando, con ello, el principio de cohesión y alterando la relaciones más íntimas de los grupos sociales.142 Así, un mundo como éste, está fundamentalmente trazado por la concatenación de los hombres y los mercados, para la producción y distribución de la violencia; es un mundo de organizaciones jerárquicas y burocráticas en el que los hombres son contemplados y manipulados como cosas, porque las cosas son más fáciles de tratar que los hombres. Tal y como lo hemos mencionado, este sentido de libertad difiere fundamentalmente de lo que prevé el cimiento moral de una sociedad como la nuestra, pues como bien anota Bell, el hedonismo tiene los elementos suficientes para remediar sus estériles bromas, pero el orden social carece de una cultura que sea una expresión simbólica de una vitalidad o de un impulso moral, que sea una fuerte motivación para que pueda mantener unida a una sociedad. Véase, Daniel Bell, Las contradicciones culturales del capitalismo, México, 1977, Alianza. 142 –323– Resumiendo, bien podríamos decir que el efecto de este nuevo principio del ejercicio de un liberalismo voraz, ha significado dos cosas: primero, que los fines de la producción no son comunes sino fundamentalmente individuales; segundo, que los motivos para la adquisición de bienes no es la satisfacción de necesidades fundamentales, sino los deseos. Es decir, en una sociedad moderna como la nuestra, el individuo, no el Estado, es la unidad cuyos fines son primarios para la sociedad. Esta fue la concepción que tuvo fundamentalmente la libertad en el siglo XIV, ser libre de los lazos adscritos a la familia, a la comunidad y al Estado, ser responsable de sí mismo, modelar y aún remodelar los principios, de acuerdo a la propia ambición. En términos económicos cada hombre trabaja y ahorra para sí mismo, para fines elegidos por él o para fines imitativos, si pertenece a la clase media (Bell, 1977). En este sentido, podemos admitir que no es accidental la filosofía de una sociedad como la nuestra, pues su principio del utilitarismo y sus cálculos hedonistas de placer son ilimitados e insaciables, ya no se satisface con nada y ya nada la calma, en palabras de Bell, sus instituciones ya no le parecen legítimas, sus estructuras de organización y de cohesión se han puesto en duda. Ante este panorama hostil, como seguir pensando que la cárcel puede dar respuesta a su propio cometido, cuando la lógica, tanto interna como externa, de su organización esta marcada por estos principios.143 143 Mientras la doctrina clásica de la polis exalta la virtud cívica, cuyo elemento principal era la moderación de las necesidades y la limitación de las adquisiciones; la libertad era un bien subordinado. En la filosofía del modernismo se exalta la libertad y la búsqueda del placer y la felicidad, sin limitar el interés público, así ésta se convirtió en un bien subordinado, el liberalismo había justificado la búsqueda individual de la libre polis, los apetitos modernos pueden magnificar a algunos individuos a expensas de otros y minimizar a todos mediante el hogar público. Por ejemplo, para Aristóteles, la polis es la unidad de la sociedad; para la teoría social católica, es la familia; para el liberalismo clásico, el individuo; y para el liberalismo moderno, el grupo plural de intereses. Cada uno a su modo ha reclamado la –324– Este salvaje individualismo económico, nos ha conducido al exterminio del ambiente, ha propiciado la disminución del gasto social, a tal grado que ha provocado el desprecio de los servicios colectivos y por ende, ha inhabilitado un principio tan loable como el de la readaptación. Así, la libertad y la igualdad, son las dos virtudes principales de las instituciones sociales y son más sólidas cuando van juntas. El liberalismo clásico definía la igualdad, como una igualdad ante la ley. La definición reposa en la distinción entre el imperio de la ley, y el imperio de los hombres, el imperio de la ley establece las normas del juego que se aplican generalmente a todos. Dentro de estas normas, los individuos son libres de llevar negociaciones, hacer sus elecciones y determinar sus propias acciones. Bajo el imperio de los hombres, un gobernador, un juez o una institución social, pueden establecer determinaciones que impongan a unos pero no a otros, obligaciones y correcciones, pero seguirá subsistiendo un elemento de arbitrariedad y coerción. La preferencia del liberalismo fue por el primero, aunque pudiera llegarse a una desigualdad en el resultado; porque su valor principal era la reducción de la coerción por el gobierno y la regla de la libre negociación, así, en el núcleo del argumento liberal, es que los hombres difieren en sus capacidades, necesidades, aptitudes y talentos. Por tanto es menester distinguir entre tratar a la gente de manera igual y hacerlos iguales. Pero quizá lo más importante es que todo valor separado, sea la libertad o la justicia, cuando se la toma como absoluto y fundamental y es aplicado de modo riguroso, puede llevar a excesos. Como el caso de la libertad en la readaptación (Bell, 1977). prioridad o la necesidad, y cada uno ha combatido las reclamaciones de los otros. Así, las pretensiones de la comunidad, cuando son tales, se convierten en una monstruosidad aún mayor, que lleva a una conformidad con creencias ideológicas o una sumisión;, pues la idea del individualismo es un logro distinto de la conciencia humana, pues la libertad de vivir como uno prefiera está supeditado a la capacidad que uno puede tener de consumo (Bell, 1977). –325– En esta lógica, tenemos que admitir una reformulación de lo que es legítimo o ilegítimo con fundamento en sus valores, porque sólo bajo este principio, una sociedad puede establecer la legitimidad que permite dar cuenta a la continuidad de las instituciones, así como establecer un principio de fe, que no es otra cosa más que las respuestas voluntarias de las personas Paradojas de la readaptación social La lógica que guía nuestras cárceles se orienta hacia la búsqueda de la readaptación social del culpable, no obstante Mirabeau decía que las prisiones debían ser lugares en donde los sentenciados tuvieran tiempo de arrepentirse de sus primeros errores, donde no fueran una carga para la sociedad y donde, por medio de trabajos útiles, proveyeran lo necesario para su subsistencia; donde no se diera el horror de los calabozos y sí se caminara hacia la libertad como recompensa del arrepentimiento (CNDH, 1992). Sin embargo, nuestras cárceles sólo son la consecuencia de aquella reciprocidad dada entre la cultura y la estructura económica de la sociedad, sólo son un microcosmos de la realidad social; donde se llevan acabo muchas de las prácticas culturales de violencia, adicciones, corrupción y vicios, a las que cotidianamente están sujetos los que las habitan. Sólo son, al igual que los espacios del mundo libre, instancias promotoras del conflicto que sustraen a los sujetos de este microcosmos, para desvanecerlos e inmovilizarlos dentro de la misma expresión simbólica que la sociedad construye y desarrolla para su colectividad. La cárcel, al igual que el mundo libre, provoca en sus pobladores un proceso de despersonalización que los conflictúa en el sí mismo, y los arroja a prácticas de violencia encubierta y aplicadas mediante un poder sutil que se transfigura en el principio de un nuevo control social, de un ejercicio de la dominación, de un ejercicio simbólico de la violencia, de un control social de las mentalidades y no desde el dominio de los pro–326– pios cuerpos, como sucedía en los viejos paradigmas de control social. De ahí, que en los años setentas, se desarrollen importantes reformas al sistema penitenciario mexicano, cuyo principio y fin último es la humanización de las penas, así como la readaptación, resocialización, tratamiento o reeducación. Entendiendo por readaptación, aquel principio metodológico que permite lograr un nivel de lectura y escritura de las formas simbólicas del mundo colectivo y de su cultura dominante. Sin embargo, los centros de reclusión preventiva y la penitenciaría del DF, consideradas en aquellos tiempos como centros modelo de atención a delincuentes y punta de lanza de un nuevo sistema penitenciario, sucumbieron al embate de los viejos vicios y métodos promovidos y solapados desde el interior de los penales. Sobrepoblación, hacinamiento, insalubridad, corrupción, drogadicción, mercado negro de medicamentos; venta abierta de bebidas alcohólicas,144 y de productos supuestamente prohibidos, prostitución, vejaciones a familiares, deterioro físico del inmueble e instalaciones, ausentismo del personal médico, pésima atención a enfermos, falta de mantenimiento en redes hidráulicas y eléctricas, segregación de internos, etcétera (Proceso, 658: 16) Lo anterior, es una clara manifestación de cómo se contraponen a la ley e incluso al reglamento interno de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal. Concretamente a sus artículos 4o., 7o., y 9o., fracción segunda. Muchos internos se dedican a la venta de alcohol. Estas bebidas se venden en envases de cartón, y su precio es variado dependiendo de la marca y la cantidad. Una acción de este tipo indica que los vendedores de este producto se encuentran coludidos con autoridades y custodios, los cuales otorgan su anuencia para que se puedan distribuir libremente sin obstáculo alguno, claro está con su respectivo pago por hacerse de la “vista gorda”. De igual forma, sucede con la marihuana y la cocaína, pues su distribución es generalizada. 144 –327– En fin, un secreto a voces, que no es más que el reflejo de la crisis por la que atraviesa una institución como la cárcel, donde la confianza y credibilidad de aquel lugar y medio, donde se debe resocializar a los delincuentes, se ha diluido en la sociedad civil. Pues en una rápida trayectoria de la aplicación, estas reformas penitenciarias se han vuelto inoperantes, obsoletas, los instrumentos que debieron facilitar la integración social de los sentenciados quedaron lejos de una aplicación real, en la medida en que las cárceles de hoy, sólo significan la renuncia explícita a los objetivos de resocialización así como a la reafirmación de las funciones a las que siempre ha servido y por tanto ha neutralizado su potencial (Baratta, 1991). Lo anterior, no sólo es respuesta a la lógica de la propia organización de una institución como la cárcel, por el contrario, el trasfondo de su deterioro obedece, fundamentalmente a una crisis valorativa, una crisis de legitimidad para con las instituciones, es pues un problema de fondo, no de forma. Que se ha proyectado indudablemente en todos los ámbitos del quehacer de la vida social del hombre. Así, la sociedad de hoy se encuentra presente, en palabras de Baratta, ante un desplazamiento del discurso oficial de la cárcel, desde la prevención especial positiva (resocialización), hasta la prevención especial negativa, (neutralización, incapacitación), como el reflejo de una desesperación por tratar de encontrar respuestas al problema de la criminalidad de una sociedad como la nuestra. Por ejemplo, tal sería el caso del Centro Federal de Alta Seguridad de Almoloya de Juárez, donde por lo menos un tercio de los 380 internos, (sólo una mujer), sufren de permanentes ataques depresivos, y tienen que ser sedados para tranquilizarlos.145 El penal de máxima seguridad es un laberinto inmenso, imposible de imaginar o reconstruir. No hay aristas ni puntos de referencia. Una escalera copia a otra, un pasillo a otro. Todos huelen a pintura fresca y húmeda, si algo cambia en ellos es el sonido del viento helado que se arrastra por todas partes presagiando la lluvia. El penal, alto y de tres niveles, tiene dos dor- 145 –328– Este centro de reclusión, al igual que otros, no proporciona ningún tratamiento real y efectivo, pues el impacto de la privación de la libertad no es reeducador, sino antipedagógico, criminógeno. La prisión no puede reinsertar socialmente, pues lo que se hace con el interno es apartarlo, precisamente, de esa sociedad a la que se quiere que vuelva. Así, la prisión no nace históricamente para resocializar al infractor. Sino para estigmatizarlo como lo demuestra la experiencia. Acertadamente dice García-Pablos, que la pena cumple los fines que cumple y no los que se pretende que cumpla. Por muchos fines que queramos atribuirle, seguirá cumpliendo los fines reales que la sociedad le imponga (Asensio, 1990). Por ejemplo, las actividades en el centro de alta seguridad, de Almoloya de Juárez, comienzan a las seis de la mañana y terminan a las tres de la tarde, después de la comida. Luego, tienen una hora para salir al patio, éste es el único momento en que los internos pueden entablar contacto personal. Cámaras de video instaladas en todos los rincones de la cárcel siguen los pasos de cada uno de los internos. Estas medidas lo único que nos muestran es el abuso de la prisión de alta seguridad (Proceso, 911: 19). Se abusa de ésta, no sólo cuando se ejecutan las penas, sino lo que es más grave, cuando aún no se han dictado. En nuestro país, más de la mitad de los internos son presos sin condena, sin duda, no hay prisión más injusta que la preventiva, pues se sufre sin previa condena judicial. Así fue reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, en su VII congreso sobre la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente, en la Habana (CNDH, 1992.) mitorios. Cada uno de ellos está dividido en cuatro módulos donde se hallan confinados, desde aquellos individuos que son autores intelectuales y materiales de alto riesgo, hasta los que aun están dentro de este grupo y están a punto de ser beneficiados por las modificaciones de la ley de traslados a otros penales menos rigurosos. Hay además un área para internos de conductas especiales, allí se encuentran totalmente aislados y bajo constante vigilancia (Pacheco,1994: 24). –329– El reflejo de un espejo de la realidad carcelaria nos muestra, de manera transparente, que no sólo el requisito de la disciplina basta para que la cárcel pueda cumplir con su función resocializadora, sobre todo si contemplamos las altas tasas de reincidencia, como aquel catalizador que invalida las hipótesis planteadas acerca de la resocialización del delincuente, a través de estas instituciones. Así, una realidad como la antes mencionada se figura entre cruzada por dos polos de discusión; la primera, obedece a la lógica de un reconocimiento científico y jurídico de la cárcel, que reconoce abiertamente, el hecho de que ésta no puede resocializar, sino únicamente neutralizar. De esta manera la pena carcelaria no representa en lo absoluto para el delincuente una posibilidad de reintegración a la sociedad sino, por el contrario, es un espacio donde se propicia una aceleración de la despersonalización del sujeto y un amplio centro de capacitación no formal, donde se aprenden múltiples vicios y oficios de la maldad (Baratta, 1991). Un segundo discurso, está dado desde el reconocimiento del fracaso de la cárcel como una institución de prevención especial positiva que nos lleva desde, el punto de vista idealista a la afirmación voluntarista de una norma contrafáctica, según la cual, la cárcel debe ser considerada, pese a todo, como lugar y medio de resocialización. Por ejemplo, la escuela alemana de Frankfurt reconocía abiertamente el fracaso de las acciones de la resocializacion y sostenía al mismo tiempo que a pesar de ello era necesario seguir manteniendo esta idea con el objeto de no dar cabida a los defensores de otras teorías neoclásicas y neoliberales de la retribución y de la neutralización (Baratta, 1991). En este sentido, los límites de un cautiverio como la cárcel, no son otra cosa más que la expresión de una violencia de la realidad que intenta ser contenida dentro de sus propios conflictos. Sin terminar de comprender que el conflicto es generado por la dinámica de la transformación de la sociedad, y que –330– los conflictos intramuros de sus pobladores son parte y reflejos de un conflicto de organización social extramuros. Así, los conflictos internos a los que se enfrentan sus pobladores, su composición demográfica, su marginación, su estado de insalubridad, los problemas de educación, de trabajo, de empleo y las crisis de los valores, son un proceso fundamentalmente primario y no secundario, que interviene como un efecto prioritario en el desencadenamiento de la criminalidad de sociedades como la nuestra. Por ello, una reintegración social del condenado significa, ante todo, corregir las condiciones de exclusión que en la sociedad sufren los grupos sociales de los que provienen, de tal forma que la vida postpenitenciaria no signifique simplemente el regreso de la marginación secundaria a la primaria (Baratta, 1990). En este tenor, el sistema penitenciario mexicano con sus propósitos rehabilitadores, no deja de ser un recurso de buena voluntad, una mentira piadosa, que la transparencia de la realidad nos ha enseñado que no funciona por diversas causas, entre las que destacan, como uno de los principales obstáculos para la readaptación social, la sobrepoblación. Por ejemplo, en México el sistema penitenciario esta formado por 446 reclusorios distribuidos a lo largo del país, con una capacidad para 70,435 internos, a finales de 1991, su población era de 91,685, es decir contenía un excedente del 30 por ciento. En ellos, la cantidad de internos varía de uno a cerca de 4,000: el 60 por ciento de estos centros de reclusión, tienen entre 50 o menos, el 24 por ciento entre 51 y 200, el 10 por ciento entre 201 y 1,000 y el 6 por ciento de 1,001 en adelante. Este porcentaje es rebasado en 11 entidades de la república. Tan sólo en Campeche se llega al extremo de un sobrecupo del 146 por ciento. De esta forma, la capacidad de población de los internos en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Tlaxcala, así como en la Colonia Penal Federal de Islas Marías, no –331– está rebasada. Pues sólo el 80 por ciento del sobrecupo se concentra en nueve entidades de la república. A saber, Tijuana, con una población de 2,390 y una capacidad instalada para 800 presos, Hermosillo, con 1,917 y una capacidad de 1,188; Monterrey con 2,071 y 1,560, Guadalajara, con 3,015 y 1,232, Morelia con 1,965 y 800; Acapulco con 1,121 y 732, Cuernavaca con 1,277 y 800, Veracruz con 1,056 y 900. En este sentido, bien podemos admitir que la población penitenciaria ha tenido un crecimiento multiplicado: por ejemplo, durante el decenio de 1970 a 1980, el ritmo de crecimiento de esta población se mantuvo a un nivel del 3.8 por ciento anual, mientras que sólo para 1987, se registro un incremento del 11 por ciento, pues sólo durante el primer semestre de 1990, el incremento fue de 16.4 por ciento. En cambio, la capacidad siguió rezagada, entre 1983 y 1988, con una tasa de incremento de 5.4 por ciento (CNDH, 1992). Así, un problema como la sobrepoblación en las cárceles, propicia la interacción entre internos de diferentes niveles de peligrosidad; una acción de esta naturaleza permite que delincuentes peligrosos convivan con primo delincuente en una misma celda, quienes son influenciados por los primeros. Aunado a todo lo anterior se tiene, la falta de métodos que garanticen la readaptación, lo que causa un alto porcentaje de reincidencia, que genera un círculo vicioso: no hay readaptación porque hay sobrepoblación y hay sobrepoblación porque no existe readaptación. Para estas mismas fechas, de los noventas, en los centros de reclusión del Distrito Federal, teníamos un total de 11,427 internos, mientras que el total de la capacidad instalada de estos cinco centros es de 5,262, es decir, tiene un excedente de 6,165 internos. El informe de la CNDH manifiesta que más de la mitad de los internos del país, está compuesta por presos sin sentencia, es decir, procesados en prisión preventiva, pues un proceso regular, en promedio, tiende a durar entre uno y cinco años. –332– En este sentido, los centros de reclusión debieran ser “escenarios de la recuperación de un individuo, más no un medio ni circunstancia que lo degraden y extingan”, en palabras del Director General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social, Rafael Domínguez Morfín. El sistema penitenciario de la ciudad de México, está constituido por 5 instituciones carcelarias, tres son centros de reclusión preventiva y dos penitenciarias: tal y es por todos conocido, la función de los primeros varía en cuanto a sus propósitos, más no en cuanto a sus objetivo con respecto de los segundos, a saber, la readaptación social mediante el trabajo y la educación. Sin embargo, hoy día nuestras cárceles son un vía crucis, son centros prolíferos para la corrupción, pues da lo mismo ser visitante que interno. Los pagos que tienen que hacerse dentro del penal o para ingresar como visita y como internos varían, “según el sapo es la pedrada”. Las aduanas restringen el paso de productos y artículos prohibidos, pero adentro hay de todo, sólo que se expende hasta cinco veces o más del precio que se cotiza afuera. Un vía crucis es pasar por el área de revisión. La inspección es meticulosa, estricta y hasta ofensiva para la mujer. Al visitante se le obliga a despojarse de todas sus pertenencias. Aunque suprimirla tiene precio, cinco o diez pesos son suficientes. Salvar este primer trámite, vienen otros que también implican gastos, por ejemplo: llamar a los internos, ocupar una mesa en los comedores, hacer uso del servicio de comida y hasta para no ser molestado. De la visita conyugal, ni que decir, todo depende del cliente y la habitación que elija. Nada es gratis, pues para familiares e internos, desde el ingreso se tiene que repartir dinero (Proceso; 658). En la sección de ingreso se da dinero para casi todo: para obtener un buen dormitorio, para conseguir una cobija, por ejemplo, para evitar la fajina cuesta entre 5 o 10 pesos por día, para no pasar lista, 5 pesos para hacer una llamada telefónica, –333– 2 pesos hasta para ver la televisión, y lo inaudito, hay que pagar para estar seguro en la cárcel (Proceso, 658). Hagamos la sinópsis de un caso concreto: la penitenciaria del DF, Santa Martha Acatitla, cuenta con una capacidad para 1,500 internos, pero su población real es de 3,081 personas, es decir, tiene una sobre población de 1,581 internos, más del 100 por ciento. A pesar de ello, Santa Martha posee graves problemas al igual que todos los otros centros, corrupción, venta de alcohol, drogas, prostitución, seguridad al interior, etcétera. La distribución espacial con que cuenta, es la siguiente: 8 dormitorios, cada uno divido en estancias y zonas, una zona es la sección en que está dividido el dormitorio, de forma tal que, 10 estancias conforman una zona; la estancia es un cuarto con capacidad para cuatro internos, a su vez cada dormitorio cuenta con baños y comedor. El dormitorio uno, esta compuesto por 12 pasillos y 10 estancias: alberga a delincuentes homosexuales, enfermos mentales y personas de baja peligrosidad. Los dormitorios dos y tres, con la misma distribución espacial que el anterior, alberga a reincidentes con dos o más ingresos, mientras que en el tres, están los individuos que cometieron homicidio y lesiones. El dormitorio cuatro, distribuido con ocho pasillos; del primero al tercero con 17 estancias; del cuarto al octavo con 19 estancias. Los cuatro dormitorios restantes del (5 al 8), poseen la misma distribución espacial que el primero. El dormitorio cinco esta destinado para los delitos contra la salud y tráfico de drogas. El dormitorio seis y siete para farmacodependientes, y el ocho es para expolicías y funcionarios públicos. En este centro de reclusión existen 23 talleres, que operan de ocho de la mañana a las dos de la tarde, 12 aulas escolares, un hospital, un área de visita familiar, visita conyugal, gimnasio, área deportiva, auditorio y capilla. Existen algunas empresas e industrias que tienen convenio con este centro penitenciario, tales como el Grupo Vladd, La magdalena, Flixicel, Fernando Torres, Francisco Carbajal, –334– Coordinación de tiendas. Estas empresas tienen concesión para desempeñarse en algunos detalles. En cuanto a estos últimos y su distribución, podemos decir que son, el taller de cerámica, (donde trabajan cuatro internos), ahí se hacen trabajos de resina y marmolería procesada, así como artesanías. El taller de capsulado, (hay cinco internos) y elaboran trabajos de acrílico. En el taller de decoración, (con nueve internos), hacen cuadros de yute, así como cuatro talleres más de cuadros, donde laboran 20 internos. Taller de calzado, taller de pelotas de béisbol, en éste laboran 20 personas, en él, se fabrican de 15 a 20 pelotas por día, con un costo de maquila de un peso por pelota. También esta en operación un taller de costura, con una infraestructura de 86 máquinas y un total de 50 trabajadores que fabrican uniformes y otras prendas. En este taller el salario es de aproximadamente 380 a 400 pesos mensuales. También existe un taller de peluche, de reparación de calzado, fundición, panadería y ensobretado, es decir, un taller donde se dedican los empleados a pegar espadillas a sobres, cada trabajador recibe la gratificante bonificación de 70 centavos por sobre, así como el personal que labora en bibliotecas, el cual recibe un salario de siete pesos semanales, pero más aún, muchos de estos ridículos sueldos conllevan engorrosos trámites para ser cobrados, por lo que muchos internos deciden no enfrentarse a ese laberinto burocrático y por ende, no cobrarlos (Padilla, 1991). Los ingresos que reciben los internos, también son una muestra más de las contradicciones de una institución como la cárcel, por ejemplo, el artículo 67, fracción VIII del reglamento interno de reclusorios, menciona que nunca se pagará a un interno por su trabajo, menos de un salario mínimo vigente para el DF. Así, como en su fracción VII, del mismo artículo, se puede leer que se prohíben los trabajos libres en las instalaciones de los reclusorios, sin embargo, bastaría con observar los restaurantes, bares, tiendas que existen dentro de la peni–335– tenciaria, sobre todo los más visibles e instalados en puestos fijos como los que se encuentra en la explanada, mejor conocida como el pueblo. Así, los concesionarios de los negocios dentro del penal tienen que pagar fuertes sumas de dinero. Quien tiene a su cargo una tienda de abarrotes, paga una cuota de 300 pesos semanales; quien tiene un restaurante, 500 pesos (Proceso, 658: 18). Otro ejemplo es, el reclusorio preventivo Norte, con una capacidad instalada para 1,450 internos, y una población real de 2,849 presos, es decir un excedente de 1,399 internos. El reclusorio preventivo Oriente, con una capacidad para 1,200 presos y una población real de 2,674, es decir, cuenta con una sobrepoblación de 1,474 presos. El reclusorio preventivo Sur, con una capacidad instalada para 912 pobladores, pero actualmente cuenta con una población real de 2,221, es decir, cuenta con un excedente de población de 1,309 presos más. La distribución espacial, de estos tres reclusorios preventivos, es de 10 dormitorios, de los cuales dos son destinados para conductas excepcionales; Por ejemplo, los dormitorios del uno al ocho, cuentan con 48 estancias, el dormitorio nueve con 46, y el dormitorio diez o módulo de máxima seguridad, cuenta con 52 estancias. La clasificación que técnicamente opera en los reclusorios para seleccionar a los indiciados, rige de igual forma para los tres reclusorios, no así para la penitenciaria del DF. Dormitorio uno, es habitada por individuos de diversos delitos, y cuyas características de personalidad oscilan desde los aculturados, homosexuales, personalidad depresiva, problemas psicológicos, e individuos que han violado las leyes de inmigración. El dormitorio dos, de igual forma, agrupa en su área a individuos que han cometido diversos delitos, pero su característica particular, radica en que son reincidentes, delincuentes habituales, primodelincuentes altamente contaminados, individuos de nivel socioeconómico bajo y medio, es decir, individuos de alta peligrosidad y los llamados de tratamientos especial, es decir que infringen normas internas. –336– El dormitorio tres, es reservado para los sujetos que han cometido delitos patrimoniales, y cuyas características sean el ser primodelincuentes y sin conducta para social (anormales), baja peligrosidad, y con pronóstico favorable de recuperación. Dormitorio cuatro, alberga a los individuos que cometen delitos de cuello blanco, y primo delincuentes, también se hospedan aquí los reincidentes en estos delitos, son sujetos con un nivel socioeconómico medio y alto, baja peligrosidad y pronóstico de recuperación favorable. El dormitorio cinco, se destina para los delitos cometidos internamente, así como delitos sexuales. También alberga a los primodelincuentes o reincidentes de nivel socioeconómico bajo y medio, pero de alta y media peligrosidad, por tanto con un pronóstico desfavorable. Dormitorio 6, permanecen los sujetos cuyo delito es el robo como modus vivendi, así como los delitos de lesiones, asociación delictuosa, vagancia, mal vivencia, y primodelincuentes reincidentes, con peligrosidad alta y nivel socioeconómico y cultural medio y bajo; con pronóstico favorable, pero con una tolerancia a la frustración media y de personalidad antisocial. En el dormitorio 7 se albergan los sujetos que han cometido delitos contra la salud, en todas sus modalidades, primodelincuentes, reincidentes, de media y alta peligrosidad. Su nivel socioeconómico, debe ser medio y alto, control de impulsos medio y pronóstico de recuperación favorable. Dormitorio 8, delitos contra la integridad física, reincidentes, y primo delincuentes, con nivel socioeconómico y cultural medio y alto, nivel de sociabilidad aceptable y con personalidad tolerante a la frustración, así como buen manejo y control de impulsos, pronóstico de tratamiento favorable. El dormitorio 9 agrupa varios delitos, y cuya característica es dar alojamiento a expolicías, judiciales y servidores públicos. El dormitorio 10 es de máxima seguridad, de igual forma agrupa a delincuentes que han cometido diversos delitos, bajo la salvedad de que son sujetos tipificados bajo las características de máxima peligrosidad. –337– Anexo a los reclusorios se encuentran los centros femeniles, los cuales solo están el norte y oriente. Estos establecimientos se encuentran distribuidos en su interior, por cinco dormitorios, con ocho estancias cada uno; de los cuales (dos de los cinco dormitorios) tienen sus baños fuera de los cuartos y los tres restantes cuentan con este servicio, dentro de sus cuartos. Cada dormitorio cuenta con un área especial para cocinar y lavanderos. Al igual que en la penitenciaria, internamente, existe venta de abarrotes, frutas y verduras. También existe una área de segregación o castigo, para la cual se destinan tres celdas, las cuales en conjunto abarcan una dimensión aproximada de 5 mts., de largo por 2.5 mts., de ancho, es decir, cada celda con una superficie de 1.5 por un metro aproximadamente. Es prudente hacer mención que en estos centros preventivos, los internos también son sujetos del beneficio enunciado por la Ley de normas mínimas, en su artículo 16, siempre y cuando se les encuentre culpable del cargo imputado. Sin embargo, debido a su situación de indefinición por la que atraviesan en estas instituciones, muchos de los internos no trabajan ni asisten a escuela, por dos razones: la primera, porque en ellos vive la esperanza de ser expulsados rápidamente; la segunda, por que los servicios de trabajo ofrecidos no son de su expectativa, o no poseen los recursos económicos necesarios que le impiden desarrollar una actividad de tal naturaleza. Así como por la no obligatoriedad, y aun cuando requieren de constancias de trabajo, fácilmente las consiguen sobornando al personal y autoridades del penal. No obstante la importancia del trabajo como medio para la readaptación social, éste, es estructura para una realidad con tales características de manera asimétrica, por un lado se registra dispendio de equipamiento destinado para algunas áreas diseñadas para el trabajo, así como aquellas situaciones que se presentan en algunas áreas saturadas que no permite absorber mayor mano de obra. –338– Por otro lado, aparecen múltiples proyectos de capacitación para el trabajo, y asesoría técnica, organizada de manera exprofesa para reclusorios y penitenciarías, por instituciones como el IPN, SEP, ISSSTE, los cuales expiden el respectivo reconocimiento de cada curso que imparten. Dentro de las actividades para laborar al interior de los reclusorios, se cuenta con el taller de fundición, donde se elaboran placas de circulación vehicular para el Distrito Federal y 10 estados de la república más. La industria panificadora, el taller de sastrería o costura, la fabricación de diversos artículos con fibra de vidrio, se fabrican muñecas, también existe la industria mueblera, la industria de gobelinos, hojalatería y mecánica, lavandería, panadería y tortillería, fabricación de escobas, losetas de granito, imprenta. Es decir, alrededor de aproximadamente 36 industrias repartidas en los tres reclusorios operan en estos centros. Dentro de las empresas que menos ingresos permite a los internos, esta el taller de artesanía, o mejor conocida como el taller de la miseria, pues a pesar de ello, constituye prácticamente la fuente de donde se mantienen muchos internos, los cuales en un alto porcentaje laboran en sus celdas. Un ejemplo más sería el Centro Femenil Tepepan, que cuenta con una capacidad instalada para 200 internas y con una población real en los primeros meses de este año, de 220 mujeres, más 12 menores que viven con sus madres. Es decir tiene una sobrepoblación actual de 20 internas, más 12 menores. Su organización espacial está dada por dos dormitorios, uno para procesadas, otro para sentenciadas, cada uno distribuido en 15 celdas, donde se albergan ocho camas en cada una, es decir, en cada celda se distribuyen cuatro literas, con espacio reducido y poca movilidad, lo que facilita la promiscuidad y hacinamiento, pues muchas veces las internas duermen con sus hijos, (en la misma cama). A este panorama tendríamos que agregar la excesiva práctica de la homosexualidad. –339– Cada piso cuenta con un baño público que posee cinco regaderas y cuatro inodoros, así como dos secciones de cinco lavaderos. Un centro escolar con nueve aulas, el cual concentra una población de 60 menores, 12 niños de internas y 48 niños de trabajadores del centro femenil. El centro, cuenta con un taller de costura que posee 75 máquinas, pero en este taller sólo trabajan 10 internas, fabricando pants y ropa para niños. Un taller de lavandería, con dos lavadoras y siete secadoras instaladas, en donde se lava ropa a varias instituciones estatales, en este lugar trabajan en promedio 10 internas. La cocina en donde se trabajan tres turnos en el que laboran un promedio de 10 a 12 internas. El taller de cerámica, con una población de ocho internas, en éste se elaboran platos, adornos de migajón y muñecas. Un taller de tejido a máquina, con ocho internas; por último el taller de secretariado, que funciona como apoyo a la institución, pero sólo pueden trabajar en este lugar las que observan buena conducta, en promedio laboran entre ocho y 10 internas. Consideraciones finales En este sentido, quizá lo paradójico del sistema penitenciario sea que no logre verdaderamente la readaptación del delincuente, pues el principio normativo en que sustenta su organización e intención, no lo es todo, en la medida en que es ajeno y distante de un contexto real de la sociedad, pues los principios para la readaptación deberán partir de bases reales, y útiles para tales fines de lo contrario, esta realidad seguirá imponiendo condiciones negativas a tales propósitos. Debemos subrayar que no debe entenderse como un abandono, el principio de la readaptación, sino que por el contrario, significa buscar nuevas perspectivas de interpretación de los delitos, desde una dimensión totalitaria, desde un campo de historicidad, solo así, con una perspectiva en conjunto, podremos encontrar supuestos de explicación teórica, que nos –340– permitan readecuar de manera acorde a la realidad, es decir, buscar readecuaciones de estrategia para la readaptación, partiendo del principio de que tales interpretaciones y modelos de solución, tienen límites de proyección y viabilidad dentro de los planes y políticas globales diseñados para la sociedad. –341– Bibliografía HERNÁNDEZ CUEVAS, Maximiliano J. et. al., Prisiones, estudio propositito de su realidad nacional, México Programa Nacional de Capacitación Penitenciaria, 1997. GRANADOS CHAVERRI, Mónica, et, al., El sistema penitenciario, entre el temor y la esperanza, México, Orlando Cárdenas Editor, 1991. 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Por el otro, pretende que los ciudadanos se abstengan de delinquir. A pesar de su creciente popularidad, el encarcelamiento ha sido objeto de constantes discusiones. Por un lado, se defiende su existencia argumentando que los delincuentes son un peligro para la sociedad y, deben estar aislados de ella. Por otro, se ∗ Facultad de Psicología, Universidad Católica de Colombia, Bogotá. Línea de cronoecología y etología humana, departamento de etología, e-mail: [email protected] y [email protected]. –343– explica que la cárcel no es efectiva en los propósitos de reducción de la delincuencia, y que por el contrario, representa una opción para la especialización de carreras delictivas y proliferación de bandas organizadas; así como un facilitador para el etiquetamiento, que reduce las alternativas legales futuras para las personas que han estado privadas de la libertad. Lo cierto es que con todo y las discusiones a favor y en contra de la existencia de las cárceles e instituciones para menores infractores, éstas existen y en ellas viven un gran número de personas. Sólo en América Latina hay alrededor de 607,000 internos, con una proporción de hacinamiento146 que va del 20 por ciento al 100 por ciento; mientras que en muchos países, la tasa de detenidos sin condena supera el 70 por ciento (Carranza, 2005). Estos datos son más que suficientes para justificar el interés y la importancia del estudio y el trabajo relacionado con estas instituciones. A pesar de las constantes quejas de la ineficacia de la cárcel en sus propósitos de reducción de la delincuencia y de los efectos negativos que tiene sobre las personas que viven y trabajan allí, el número de estas instituciones va en aumento. Es más, constantemente se argumenta la necesidad de elevar la cantidad de años de las penas de encarcelamiento y de construir más prisiones para reducir el hacinamiento. Sin embargo, suelen ser propuestas que obedecen más a los intereses de una minoría que al objetivo real de reducción del comportamiento delictivo. A lo largo de la historia, se pueden observar varias razones para mantener la idea de la prisión como la pena por excelencia. Primero, los altos niveles de restricción de las instituciones 146 Este concepto se refiere a la situación en que el número de personas que viven dentro de las instituciones carcelarias superan la capacidad que tienen para albergar un cierto número de personas. El hacinamiento involucra un mayor número de personas por metro cuadrado, del que había sido planeado durante la construcción del edificio. –344– cerradas que se ajustan a la idea de que el castigo es la consecuencia más efectiva para hacer frente al crimen. Segundo, dentro del sistema correccional y jurídico en general, se tiene la percepción de mayor control sobre la conducta de las personas en escenarios cerrados y por ende sobre la reincidencia147, en comparación con otras sanciones basadas en la comunidad, donde la restricción es mucho menor. Además, se asume que el aislamiento de los delincuentes genera mayor sensación de seguridad a la sociedad, puesto que si el delincuente se encuentra bajo supervisión y control, no volverá a cometer delitos (por lo menos mientras esté en estas condiciones); lo cual contribuye a que se realicen menos críticas al sistema de justicia. Y por último, la escasa si no inexistente disponibilidad de sistemas de evaluación y clasificación de los delincuentes que podrían orientar la decisión respecto a la medida de seguridad apropiada a las características de cada persona (véase Wiebush y Cols., 1995), lo cual justifica el que de manera masiva los infractores y delincuentes sean enviados a correccionales y prisiones. Por fortuna, estas posturas extremas a favor y en contra de la prisión han dado lugar a propuestas intermedias, qué si bien están de acuerdo con la existencia y necesidad de sanciones legales como consecuencia legítima al comportamiento delictivo, también plantean la necesidad de que las sanciones no se reduzcan a la pérdida de libertad y que su función sea sólo el 147 La reincidencia en general se refiere a los datos basados en los registros oficiales de la policía y del sistema de justicia, que engloban la reincidencia grave (delitos serios como homicidio, lesiones, secuestro, etcétera), la comisión de nuevos delitos, nuevas sentencias condenatorias, nuevos arrestos, nuevos contactos con la policía, nuevas detenciones, etcétera. independientemente de que conlleven el reingreso en prisión, la libertad condicional o la puesta en libertad. En resumen, la reincidencia general, incluye registros oficiales sobre nuevos contactos con la ley por la comisión de actos delictivos después de que una persona ha cumplido una sentencia, o posterior a la imposición de una sanción legal como la libertad condicional, el trabajo comunitario, etcétera (Garrido, Morales y Sánchez-Meca, 2006; Garrido y Morales, 2003; Marín y Cols., 2002). –345– castigo, sino que, dentro de la prisión se constituyan espacios de socialización y oportunidades para que infractores y delincuentes aprendan habilidades para la vida conforme a la legalidad, la reducción de la reincidencia y el fomento del comportamiento pro-social. Este planteamiento ha recibido el nombre de “intervención correccional”. La postura intermedia, que propone la necesidad de la intervención correccional, constituye un importante aporte a la prevención de futuros delitos; además de contribuir a la prevención del daño a potenciales víctimas y coadyuvar a dar sentido a la vida de personas que pasan gran parte de ella institucionalizadas y sin recibir la ayuda que requieren de acuerdo con sus necesidades. No cabe duda, que el logro de lo anterior, debe ser una responsabilidad compartida entre los estados, la sociedad en general, los científicos y los profesionales en el tema de la delincuencia, especialmente en el diseño y la prestación de servicios efectivos. Son muchas las situaciones que merecen atención en el tema de las prisiones, sin embargo, este trabajo se enfoca especialmente en aquellas relacionadas con los programas de intervención dirigidos a reducir la reincidencia delictiva, sus posibilidades, su efectividad, así como algunas propuestas para contribuir al éxito de este propósito. Necesidades básicas y proceso de prisionalización El tema de la intervención correccional está estrechamente relacionado con los esfuerzos que se realizan para prevenir la reincidencia. No obstante, atendiendo a las condiciones poco favorables para los propósitos de reinserción social en que viven las personas privadas de la libertad, es necesario detenerse un poco, antes de abordar las intervenciones específicas de prevención de la delincuencia, y llamar la atención sobre otros objetivos de la intervención, en especial en el contexto de instituciones carcelarias. –346– Uno de los principales principios de la intervención correccional es que se debe dar prioridad a la satisfacción de necesidades primarias de los internos en instituciones que les privan de su libertad. Dentro de estas necesidades básicas se encuentran la higiene, la salud, la educación, la cultura, la capacitación laboral, la vinculación social y todo lo concerniente a su proceso de reinserción social. Así mismo, en estos sitios deben atenderse algunas condiciones que tiene la propia institución y que se relacionan estrechamente con las necesidades primarias de los internos: el hacinamiento, la violencia carcelaria, el tráfico y consumo de drogas dentro de las prisiones e instituciones juveniles, y la motivación y formación del personal que trabaja con los delincuentes (Garrido, Stangeland y Redondo, 2001). Los efectos del encarcelamiento y las condiciones adversas para el tratamiento, en que se encuentran muchas de las cárceles del mundo, no son un secreto para nadie. El sólo hecho de privar de la libertad a una persona trae consigo efectos devastadores. Un ejemplo de ello, lo constituye el experimento de Zimbardo (1972), que por cierto, ha sido bien recreado en la reciente película “El Experimento”148. En este estudio, son reclutados algunos estudiantes de la universidad de Stanford que, voluntariamente, acceden a participar a cambio de un pago diario de 15 dólares. Sin embargo, la investigación planeada para dos semanas termina a los seis días, debido al extremo grado de violencia y humillación que mostraron los estudiantes que representaban a los guardias para con quienes cumplían el papel de internos. Tal como lo describe el mismo Zimbardo: “Quienes estaban en el papel de reclusos quedaron desintegrados, como grupo y como individuos. Ya no existía una unidad de grupo; solo un puñado de individuos aislados resistiendo, casi como prisioneros de guerra o pacientes de un hospital psiquiátrico. Los guardas lograron el control total de la prisión e impusie148 Película alemana estrenada en el año 2001 y dirigida por Oliver Hirschbiegel. –347– ron la obediencia ciega de todo recluso”. Más adelante el investigador agrega: “en las cintas de vídeo descubrimos que los guardas habían intensificado las vejaciones a los reclusos durante la noche, cuando pensaban que los investigadores no miraban y que el experimento estaba “parado”. El aburrimiento los había llevado a un abuso más pornográfico y denigrante de los reclusos. Christina Maslach, una doctorada de Stanford traída para entrevistar a los guardas y reclusos, protestó enérgicamente cuando vio que a los reclusos se les hacía marchar en fila hacia el lavabo, con la cabeza dentro de bolsas, las piernas encadenadas y las manos los unos sobre los hombros de los otros” (Zimbardo, 2005). Una vez terminado el estudio, uno de los participantes comentó: “Empecé a notar que perdía mi identidad, que no era yo la persona que se llamaba Clay, la persona que se metió en ese lugar, la persona que se presentó voluntaria para ir a esa cárcel; porque fue una cárcel para mí y aún lo es. No lo considero un experimento o una simulación porque fuera una cárcel regida por psicólogos en lugar de ser gobernada por el Estado. Empecé a sentir que aquella identidad, la persona que yo era y que había decidido ir a la cárcel, estaba muy lejos de mí, que era un extraño, hasta que finalmente ya no era esa persona, sino que era el 416. Yo era, en realidad, un número” (Zimbardo, 2005). Los resultados del experimento tienen implicaciones muy importantes y vigentes en la actualidad. En seis días, los participantes que no tenían historial delictivo, que habían aceptado participar en el estudio y de quienes no se conocían diferencias importantes a nivel psicológico (entre quienes cumplieron el papel de guardias y el papel de internos) presentaron graves alteraciones en su comportamiento. Las personas en el papel de guardias ejercieron un alto grado de violencia sobre los reclusos, mientras que los estudiantes en el papel de internos, en el corto tiempo del estudio se mostraron sumisos, ansiosos, con pérdida de la identidad, disminución de auto-estima, ataques de pánico e indefensión. –348– Son muchas las reflexiones que pueden hacerse en torno a estos resultados. Por ejemplo, si lo anterior ocurrió en seis días con estudiantes universitarios ¿no serán aún más desesperanzadoras las circunstancias en que viven las personas privadas de su libertad en cárceles reales, entendiendo que en estas instituciones confluyen personas con largos historiales de negligencia, violencia y delincuencia; que no están allí voluntariamente; que no hay un estricto control de lo que ocurre dentro de la institución; que en muchos casos no hay certidumbre del tiempo que permanecerán en este sitio –especialmente la población que está en espera de su sentencia–, etcétera? Luego entonces, es incuestionable que los efectos pueden ser peores que los recreados en “El Experimento”. Es importante la reflexión respecto a la verdadera utilidad de la pena de privación de libertad y la innegable necesidad de condiciones y programas que ayuden a mitigar sus efectos. Es indudable que cualquier intento de disminución de reincidencia en situaciones como las citadas, está condenado al fracaso. Tal como lo explicó Clemmer (1940) la mayoría de las características de la prisión sugieren la existencia de un sistema dañino para cualquier actividad que pudiera considerarse como un proceso de rehabilitación. A este mismo autor debemos el concepto de prisionalización que se refiere al proceso por el que se adoptan en mayor o menor medida, las costumbres y la cultura general de la cárcel, condiciones que en general son antagónicas con la vida en libertad y con la legalidad. La investigación sobre los efectos per sé de estar en prisión han permitido identificar una serie de alteraciones que influyen sobre cualquier intento de intervenir para prevenir la reincidencia criminal. Al respecto, vale la pena citar algunos de los efectos de la prisionalización estudiados por Valverde149 (1997). Este autor entrega una revisión, que nos permite acercarnos a la realidad carcelaria, cuando muy pocas veces se 149 Psicólogo, comprometido en el trabajo con las personas que permanecen privadas de la libertad en instituciones carcelarias españolas. –349– piensa en los efectos devastadores que deben padecer las personas que permanecen en instituciones correccionales. Dentro de estos efectos, se encuentran varias alteraciones de tipo somático que se resumen en diferentes problemas de tipo sensorial. Como lo explica Valverde, el hacinamiento y el espacio reducido en que vive la persona inciden profundamente en los sentidos, tanto de manera física como psicológica. Para citar tan sólo un ejemplo, en relación al sentido de la vista: “el recluso se encuentra constantemente con obstáculos a la propia visión que, en el mejor de los casos, no le permite ver más allá de unos pocos centenares de metros. Esta configuración espacial produce frecuentes dolores de cabeza, así como una deformación de la percepción visual, que hacen que se pierdan formas e incluso colores” (p.100). También se presentan alteraciones de la imagen personal en la que se puede llegar a perder la imagen del propio cuerpo, como consecuencia de la carencia total de intimidad. Considerando lo anterior, es claro, que tras el encarcelamiento, se ven afectadas funciones de las personas que en condiciones de libertad difícilmente se percatarían de que existen. Por ejemplo, el cálculo que hacemos de la distancia y la velocidad nuestra y de un coche, para cruzar una calle. No hacemos consciente cada paso que sigue nuestro cerebro en esta situación, pero a lo largo de la vida lo aprendemos para evitar accidentes. Así, las personas privadas de la libertad gradualmente van perdiendo habilidades que no ponen en práctica dentro de la cárcel, empezando a presentar deficiencias en su percepción de las distancias y de los espacios conforme aumenta su estancia en este tipo de instituciones. Son frecuentes también las alteraciones en el ámbito psicosocial como producto del proceso de adaptación a la prisión. Se exageran las situaciones que en otro contexto carecerían de importancia, dando mucha más relevancia de la que se prestaría en otra situación; las conductas de autoafirmación van de la agresión (para hacer frente al medio hostil) a la sumisión (para –350– evitar problemas) respecto a la institución y a la interacción con otras personas. Se presentan alteraciones en las prácticas sexuales debido a la escasez de oportunidades para ellas en el internamiento. Esto incrementa la posibilidad de relaciones entre personas del mismo sexo, aunque no tuviesen experiencias previas similares. De igual forma, la autoestima se puede ver disminuida por la degradación del estatus o posición que la persona asume dentro de la institución, por el rechazo y por la pérdida de aceptación que conlleva el hecho de estar en prisión. Del mismo modo, se presentan otros efectos como la ausencia del control sobre la propia vida, el estado permanente de ansiedad, la ausencia de expectativas del futuro, la disminución de la propia responsabilidad (el control lo tiene la institución a través de sus administradores), el decaimiento en la motivación para el cuidado personal, y especialmente, la pérdida de vínculos sociales y afectivos fuera de la prisión. Las rupturas socio-afectivas son quizás, a partir de la experiencia profesional150, las situaciones más difíciles que afrontan las personas que pierden su libertad. Frecuentemente los internos deben enfrentar la separación o el divorcio de su pareja, el alejamiento de sus hijos, el abandono de sus amigos y en general la pérdida o debilitamiento de su círculo y apoyo socio-afectivo. Esto tiene implicaciones muy graves tanto para la motivación del interno como para el objetivo de la reducción de la delincuencia. Por un lado, las visitas a las que tienen derecho, permiten la continuación de estos vínculos, pero la situación en que se dan pueden generar sentimientos adversos. Las visitas suelen convertirse en espacios que se utilizan para que la persona que está a cargo de los hijos dé un informe de los pormenores de la conducta negativa que estos han tenido en ausencia de sus padres. Así, la visita se transforma no en el espacio de fortalecimiento de vínculos, sino de reprimendas, 150 En el trabajo con internos privados de su libertad en cárceles, penitenciarias y reclusiones en Colombia. –351– del desarrollo de una imagen de padres represivos, del castigo de comportamientos inapropiados, etcétera. Esto es aún más grave, sí se recuerda que existe mayor probabilidad de que los hijos de personas encarceladas lleguen a ser delincuentes, que la de personas cuyos padres no han ido a prisión. Escenarios como éste, invitan al desarrollo de programas que permitan fortalecer los vínculos de los internos con su mundo exterior. Qué diferente sería para un interno y su familia que la visita constituyera verdaderamente un espacio de encuentro y no de conflicto y alejamiento. Con este panorama, y ante la realidad de que las instituciones carcelarias existen, hay que insistir en la necesidad de programas que contribuyan a reducir los efectos del proceso de prisionalización, como primer paso para el logro del objetivo de la prevención de la delincuencia futura. Es prioritario impulsar la satisfacción de necesidades básicas dentro de las prisiones y mitigar el proceso de prisionalización, además de establecer programas de preparación para la libertad (durante la última etapa de la sentencia) y de acompañamiento en el periodo inmediatamente posterior a ella. La intervención correccional Es importante reconocer que el principal objetivo tanto, de las sanciones como de cualquier esfuerzo de intervención dentro de la administración de justicia y de la política criminal, es evitar o reducir futuras acciones delictivas. Para ello, es relevante saber si la justicia retributiva, o las medidas y programas que pretenden la resocialización y reinserción social de las personas que han estado privadas de la libertad, realmente son efectivas para lograr este objetivo. En Estados Unidos y Gran Bretaña, a mediados de los años setenta, se realizaron algunos estudios de amplia cobertura cuyo objetivo era, reunir toda la investigación disponible hasta ese momento sobre trabajos que evaluaban los resultados de –352– tratamientos aplicados a delincuentes. Su objetivo fue saber si estos programas habían conseguido prevenir y reducir el comportamiento criminal. El estudio más citado al respecto es el de Martinson (1974), donde se concluyó que la investigación en el tema disponible hasta ese momento tenía graves deficiencias en el método, con lo cual era difícil llegar a una conclusión clara. En cuanto a las características metodológicas, Martinson notó que las diferentes investigaciones presentaban poco control y que no había comparaciones válidas entre personas que recibían programas estructurados de tratamiento y quienes no recibían ninguna atención. Así mismo, los resultados del efecto de los programas estaban contaminados con el efecto de variables como el diseño de la investigación utilizado (descriptivo, cuasi-experimental, con y sin medidas previas de comportamiento delictivo, sin homogeneidad en la medida de reincidencia, etcétera). Además, se concluyó que los programas aplicados no tenían un sustento teórico fuerte, que evaluaban de manera diferente y muy poco los periodos de seguimiento (unos de un mes, otros de dos años) y que no habían sido lo suficientemente replicados. Por último, este autor afirmó que de acuerdo con los pocos estudios que mostraban un grado de control aceptable, la evidencia sugería que ningún programa funcionaba de manera consistente. Otros estudios en la misma línea apoyaron la idea de que nada parecía funcionar para rehabilitar a los delincuentes (como los de Sechrest y cols., 1979; Wrieght y Dixon, 1977; Greenberg, 1977; Brody, 1976; Lipton y Cols., 1975; Logan, 1972). Brody (1976), por ejemplo, explicó que los revisores de la investigación de la efectividad de distintas condenas o maneras de tratar a personas que habían cometido delitos, estaban de acuerdo en que los resultados hasta ahora ofrecían poca esperanza para encontrar un remedio fiable y sencillo de la reincidencia. También mencionó que los estudios que mostraban resultados positivos habían sido hasta el momento esca–353– sos, inconsistentes en sus resultados y abiertos a tanta crítica metodológica que no resultaban convincentes. Con estas conclusiones, el interés por la rehabilitación decreció y con él los esfuerzos profesionales e incluso económicos que se dedicaban a este objetivo. Sin embargo, esto también motivó a realizar otras investigaciones para rebatir las conclusiones de que “los programas no funcionaban”. A finales de los años setenta y durante los ochenta, los resultados y conclusiones fueron mucho más optimistas. El mismo Martison (1979) reconoció que algunas medidas de rehabilitación sí funcionaban. Más adelante y en especial con el desarrollo de metodologías específicas para evaluar la efectividad de programas, como el meta – análisis151, se avanzó de manera significativa en este tema (Lösel, 1995). Aunque el interés por evaluar de forma sistemática los sistemas de servicios correccionales y sus efectos, es muy reciente, los avances en esta área han permitido que hoy en día, se cuente con hallazgos importantes de investigación y sobre todo, que haya mayor acercamiento entre la investigación básica y el ámbito aplicado tanto en lo relacionado con la elaboración de políticas públicas como con las intervenciones aplicadas en los contextos correccionales (McGuire, 2001). Las revisiones de los trabajos desarrollados han permitido mejorar la calidad de las investigaciones realizadas y elaborar síntesis de la literatura cada vez más sistemáticas y cuantitativas (Dowden y Andrews, 2000). La idea de “nada funciona” se ha modificado y en la actualidad la investigación no se pregunta si los programas son efectivos para reducir la delincuencia y la reincidencia, sino que 151Consiste en una metodología que tiene el propósito de reunir y realizar análisis estadísticos de los resultados de diferentes estudios que evalúan los efectos de una intervención sobre una variable dependiente de interés –por ejemplo, el comportamiento delictivo-. Esta metodología evalúa los efectos de varios programas a través de análisis estadísticos rigurosos de los resultados de un grupo de estudios independientes, con el propósito de integrar, comparar y acumular sus hallazgos de manera sistemática (Dowden y Andrews, 2000). –354– encamina sus esfuerzos a descubrir qué es útil, en términos de qué tipo de programa, para qué tipo de delincuentes, aplicado por qué personal, en qué escenarios, bajo qué circunstancias contextuales y con qué efectos (Lösel, 2001). Ello se encuentra en directa relación con el hallazgo de la heterogeneidad de la conducta antisocial (existen diferencias en las personas que cometen delitos, aunque estos sean del mismo tipo) y de la necesidad de desarrollar y aplicar programas acordes con estas diferencias. Los resultados de la utilización de los meta-análisis mediante la integración de los resultados de diferentes investigaciones realizadas en Norte América y en Europa, han mostrado en general un resultado positivo aunque pequeño de la eficacia de la rehabilitación de delincuentes, con lo cual ha regresado la esperanza en la intervención (por ejemplo, Garrido, Morales y Sánchez-Meca, 2006; Latimer, 2001; Lipsey, Chapman y Landenberger, 2001; MacKenzie, Wilson y Kider, 2001; Dowden y Andrews, 2000; Wilson, Gallagher y MacKenzie, 2000; Wilson y Lipsey, 2000; Dowden y Andrews, 1999; Lipsey, 1999; Lipsey y Wilson, 1998; Pearson, Lipton, Cleland y Yee, 1998; Cleland, Pearson y Lipton, 1996; Antowicz y Ross, 1994; Lipsey, 1992a; Andrews, Zinger, Hoge y cols., 1990; Izzo y Ross, 1990; Lab y Whitehead, 1989; Whitehead y Lab, 1988; Gottschalk, Davison II, Mayer y Gensheimer, 1987; Garret, 1985). A partir de los resultados obtenidos en los meta-análisis se ha empezado a identificar los diferentes tipos de programas utilizados, las técnicas empleadas, las situaciones y contextos en que han tenido lugar, las características específicas de las personas a quienes se han dirigido, los programas más efectivos y sus diferencias con aquellos que no han demostrado efectos positivos en la reducción de la reincidencia y de la delincuencia. Además, se han establecido prioridades de intervención y ha sido categórica la necesidad de tener en cuenta tanto el tipo de personas a quienes van dirigidos los programas como las condiciones en que estos se aplican. –355– Principios de intervenciones efectivas En este tema, vale la pena mencionar un meta-análisis realizado por Andrews y sus colaboradores (1990) en Estados Unidos, dado que sus datos permitieron identificar principios clave de intervenciones que resultaron efectivas en los propósitos de reducción de la reincidencia. Dentro de estos principios cabe destacar los de riesgo, necesidad y responsividad, ya que fueron los más relevantes en el servicio que se presta a los internos y dieron apoyo empírico a la efectividad de las intervenciones siempre que se apliquen en condiciones adecuadas. Estos resultados, sugieren la aplicación de estos principios en cualquier intento de intervención correccional. El principio de riesgo afirma que el nivel de servicios de tratamiento debe relacionarse de forma apropiada con el nivel de riesgo del delincuente; es decir, los de alto riesgo deben recibir servicios más intensivos y extensos, mientras que los de bajo riesgo, no deben recibir intervención, o si lo hacen ésta debe ser mínima. Este principio ha recibido apoyo empírico de estudios y meta análisis como los de Dowden y Andrews (1999), Antonowicz y Ross (1994) y Lösel (1995). La idea de los diferentes niveles de riesgo tiene un importante sustento en el hallazgo criminológico de la heterogeneidad de la conducta antisocial, que sostiene que hay diferencias entre delincuentes puesto que unos pueden representar mayor riesgo para la seguridad de la sociedad que otros, y que algunos tienen mayor probabilidad de continuar carreras delictivas que otros. Es importante aclarar que el nivel de riesgo se estima con base en la probabilidad de que un individuo presente comportamiento delictivo tras su excarcelación. La consideración del riesgo, además de proveer mayor validez, estructura y da consistencia a los procesos de evaluación y clasificación de los delincuentes, permite dirigir los recursos de la intervención de una manera apropiada. Por ejemplo, al hacer una buena evaluación y clasificación, las intervenciones intensivas y más costosas pueden dirigirse sólo a los delincuentes más serios, redu–356– ciendo así, el número de participantes y por ende los costos de su aplicación. Mientras quienes representan un riesgo bajo, pueden recibir intervenciones acordes con sus necesidades sin ser tan intensas o costosas. Respecto a esto último, algunos estudios en los que se ha evaluado el riesgo de los delincuentes que permanecen institucionalizados han demostrado que no todos los jóvenes en estas condiciones necesitarían estarlo. El estudio de Krisberg, Onek, Jones y Schwartz (1993, citado por Wiebush y cols., 1995) refleja esta situación. En su evaluación de la seriedad del delito, la historia delictiva y el riesgo de reincidencia de una población de jóvenes institucionalizados, dichos autores encontraron que una tercera parte de la población era de medio riesgo y por lo tanto no requería estar institucionalizada. En una investigación similar, la Juvenile Taken Into Custody, (JTIC) en Estados Unidos, únicamente el 14 por ciento de los jóvenes admitidos en custodia habían cometido delitos serios o violentos, 27 por ciento eran reincidentes, 51 por ciento no habían cometido delitos serios o violentos y, nunca antes habían estado en el sistema legal, mientras que el 8 por ciento había sido admitido por delitos menores; con lo cual gran parte de los jóvenes no requerían la institucionalización. Uno de los principales problemas en esta línea de análisis ha sido la dificultad para evaluar y clasificar a la población privada de la libertad de acuerdo con su nivel de riesgo. Por fortuna, en los últimos años se han desarrollado instrumentos de evaluación de riesgo basados en la relación estadística entre las características de la persona evaluada y los predictores conocidos de reincidencia. Estas características y los resultados de los datos históricos del delincuente se analizan para determinar, qué conjunto de ellas correlacionan y predicen la reincidencia. Tras ello, la conducta futura del individuo se estima con base en los resultados conocidos de un grupo de personas que poseen características similares (Baird, 1984 y Wagner, 1992 citados por Wiebush y cols., 1995). –357– Entre las variables que han sido identificadas repetidamente en la literatura como predictores de la reincidencia para delincuentes, se encuentran las siguientes (Wiebush y cols., 1995): 1. Edad temprana de la primera adjudicación o acusación legal. 2. Delitos previos. 3. Seriedad del delito. 4. Antecedentes por asalto. 5. Antecedentes de escapes de su casa. 6. Abuso de alcohol o drogas. 7. Problemas escolares que hayan requerido educación especial. 8. Conducta antisocial y creencias a favor de la delincuencia por parte de los amigos más cercanos. 9. Problemas mentales. 10. Presencia de psicopatía. 11. Problemas familiares: déficit de supervisión y control por parte de los padres. 12. Víctima de abuso o negligencia. Al mismo tiempo, los datos apuntan, que las personas que inician a temprana edad sus actividades delictivas y persisten en ellas a lo largo de la vida, no constituyen un grupo muy grande, pero sí parecen ser responsables de gran parte de los delitos cometidos. Así, las personas de mayor riesgo, aunque no corresponden a la mayor parte de quienes permanecen privados de la libertad, son quienes requieren programas de intervención correccional mucho más intensiva y con un mejor fundamento, puesto que cometen mayor número de delitos y de mayor seriedad. Por lo anterior, la conducta delictiva violenta y persistente es de considerable interés para los fines de control social y de responsabilidad del Estado frente al comportamiento desviado. Por ejemplo, en una investigación realizada en Estados –358– Unidos por la Office of Juvenile Justice and Delinquency Prevention, (OJJDP) en 1986 (Thornberry, Huizinga y Loeber, 1995), se llevaron a cabo tres estudios juveniles en Denver, Pittsburg y Rochester. En los tres estudios citados, el rango de edad inicial de los participantes, osciló entre los siete y los 15 años de edad. Estas investigaciones se basaron en datos de auto-informe sobre la comisión de delitos. En Denver, el 14 por ciento de la muestra, informó que había cometido delitos violentos y que tenía tres o más antecedentes legales. Además, este 14 por ciento, admitió ser responsable de 4,232 delitos (alrededor de 51.7 delitos por persona) del 82 por ciento de los delitos violentos informados por toda la muestra. En el estudio de Rochester, el 15 por ciento fue violento y persistente, e informó haber cometido 4,134 delitos (33.6 delitos en promedio por persona), declarándose responsables de la mayor parte de delitos violentos reportados (75 por ciento) por toda la muestra. Estos datos, como lo indican Thornberry y cols. (1995) y en su estudio previo Huizinga, Loeber y Thornberry (1994), sugieren que el problema de la violencia se encuentra concentrado en una pequeña parte del total de delincuentes, puesto que unos pocos que son crónicos y violentos cometen la mayoría de delitos registrados. De ahí la importancia de su estudio de este grupo específico de infractores. Lo anterior, justifica la necesidad de realizar evaluaciones previas a la aplicación de planes de prevención y tratamiento que clasifiquen a las personas de acuerdo con su nivel de riesgo. Probablemente el dirigir esfuerzos hacia esta población redundará en un decremento importante de los niveles de delincuencia en general, así como en una mejor inversión de los recursos dedicados a ello. Por ejemplo, quienes necesiten intervenciones más largas las recibirán y quienes puedan continuar viviendo en comunidad no tendrán que permanecer en una institución. –359– Como conclusión, parafraseando a Farrington, dadas las características de los delincuentes persistentes –con largas carreras delictivas–, es importante enfocarse en ellos para la prevención y tratamiento del crimen. En vista de que muchos delincuentes juveniles persistentes y violentos cometen delitos con frecuencia (crónicos) y además diferentes tipos de delitos (versátiles) que reciben sentencias de institucionalización, la efectividad del tratamiento con esta población, es un tema crítico. El segundo principio derivado del estudio de Andrews y sus colaboradores (1990) es el de necesidad, que se refiere a los déficit de los infractores y delincuentes que requieren atención. Si bien, las personas privadas de su libertad tienen gran cantidad de necesidades insatisfechas, este principio propone clasificar las necesidades en criminógenas y no criminógenas. Las primeras se definen como factores de riesgo dinámicos que cuando cambian, están asociados con niveles reducidos de actividad criminal, por ejemplo, actitudes y sentimientos antisociales de la persona, de sus amigos o de sus familias; dependencia de sustancias como drogas o alcohol; falta de cualificación laboral y escolar; padres inadecuados en su tarea de socialización (inexistencia de pautas educativas o que son erróneas); falta de supervisión por parte de los padres; mala comunicación en la familia; apego afectivo escaso; grupo de amigos que refuerzan el ausentismo escolar; y escaso desarrollo de la inteligencia social o personal. La segunda categoría, de necesidades no criminógenas, hace referencia a la modificación de áreas particulares que no están asociadas con reducciones subsecuentes de la actividad criminal o que obedecen a factores estáticos no susceptibles de modificarse. Por ejemplo, el sexo, el historial delictivo o cualquier evento del pasado. En esta categoría se pueden incluir condiciones como la baja autoestima, que aunque puede representar un problema personal, no está directamente relacionada con actividad delictiva. –360– El principio de necesidad afirma que si la meta final del tratamiento es reducir la reincidencia (protección pública, entre otras), entonces las necesidades criminógenas de los delincuentes deben ser el blanco de las intervenciones. Sin embargo, las necesidades no criminógenas de los delincuentes pueden ser importantes aunque por razones diferentes a la reducción de la reincidencia, con lo cual se advierte que no se puede esperar que al intervenir en ellas se reduzca ésta última (Andrews y Bonta, 1998). Un ejemplo de ello, pueden ser las necesidades básicas y las relacionadas con el proceso de prisionalización, que se trataron en el apartado anterior. De manera similar a la evaluación de riesgo, también se han desarrollado instrumentos de evaluación de necesidades. Estos instrumentos generalmente evalúan: a) abuso de sustancias; b) funcionamiento de las relaciones familiares; c) estabilidad emocional; d) asistencia y conducta escolar; y e) relación con amigos. Algunos otros incluyen: a) la salud e higiene; b) la habilidad y logro intelectual; y c) los problemas de aprendizaje (Wiebush y cols., 1995). En resumen, son múltiples las necesidades de las personas privadas de la libertad por la comisión de delitos que constituyen o deben hacerlo, un objetivo importante para los programas. El hecho de que no todas las personas presenten las mismas necesidades e intensidad en ellas, debe orientar el diseño y contenido de las evaluaciones y de los programas de tratamiento en la intervención correccional. Por último, el principio de responsividad se enfoca en las características del programa y afirma que los estilos y modos del servicio usados dentro de éste deben relacionarse con las modalidades de aprendizaje de los delincuentes. Este principio afirma que los tipos de servicio más efectivos para inducir un cambio conductual positivo están basados en aproximaciones cognitivo-conductuales y de aprendizaje social. Las técnicas que han demostrado los resultados deseables incluyen: modelamiento, práctica gradual, ensayos, juegos de roles, reforza–361– miento, provisión de recursos, una guía verbal detallada y explicaciones que incluyen sugerencias, razones y reestructuración cognoscitiva. En general, los avances de la investigación sobre la efectividad de la intervención correccional han llevado a una primera conclusión: la intervención sí funciona, sólo que debe aplicarse en condiciones favorables y acordes con la heterogeneidad de la conducta antisocial. A su vez, se ha llegado al consenso de la necesidad de establecer un continuo comprehensivo de intervenciones y sanciones. Este continuo se basa en la idea de la relación entre el nivel de riesgo, las necesidades de los delincuentes y la naturaleza de la intervención que se aplica. Algunos autores como Wilson y Howell (1995) han presentado propuestas de las características que éste continuo debe tener llamando la atención sobre la necesidad de planear estrategias de prevención y niveles de sanciones de acuerdo con el riesgo y la necesidad de los delincuentes. Para estos investigadores este continuo estaría compuesto por: 1. Esfuerzos de prevención basados en la comunidad que tengan en cuenta la familia y las instituciones comunitarias como facilitadores clave de cambio/prevención. 2. Intervención temprana con jóvenes que manifiesten conductas que reflejen riesgo de vinculación delictiva. 3. Evaluación inmediata de una intervención con jóvenes que cometan delitos por primera vez y con delincuentes no violentos. 4. Un rango de sanciones intermedias para jóvenes que cometen delitos violentos por primera vez y delincuentes que reinciden en delitos relacionados con drogas y contra la propiedad. 5. Sanciones graduales, institucionalización y tratamiento para delincuentes de mayor riesgo. –362– 6. Uso de instituciones pequeñas y cerradas para delincuentes de mayor riesgo con servicios especiales posteriores a la salida en libertad. La recomendación va dirigida a intervenciones diferenciales y a sanciones y programas más seguros e intensivos en los casos de delincuentes de mayor riesgo, y a la promoción de otro tipo de sanciones a quienes representan bajo o medio riesgo. Efectividad de la intervención correccional Los meta-análisis han permitido resolver la pregunta de ¿qué tan efectivos son en realidad los programas para reducir la delincuencia posterior a la salida en libertad?, ¿cómo saber si realmente se cumplen los objetivos propuestos con la intervención correccional? Sí el interés primordial de cualquier programa dirigido a personas que han cometido delitos es que reduzcan este comportamiento en el futuro, evidentemente la reincidencia general es la principal medida de éxito del programa. Sin embargo, el empleo de esta medida tampoco es sencillo. ¿Qué podríamos decir de un grupo de personas que participan en un programa de intervención correccional y tras salir reinciden en igual proporción que un grupo de personas que no participan en el programa? Probablemente la conclusión sería que el programa no fue efectivo. Pero ¿qué pasaría si nos diéramos cuenta que el grupo que recibió la intervención reincidió mucho tiempo después o con delitos menos violentos que el grupo que no recibió el programa? Posiblemente la conclusión cambiaría. Quizás se podría decir que el programa no fue efectivo para eliminar la reincidencia, pero sí lo fue para retardarla o para que se redujera el nivel de violencia implicado en la comisión de delitos. A pesar de ello, la mayor parte de estudios que evalúan los programas para reducir la delincuencia no informan de medidas distintas a la reincidencia general. En realidad, solo algu–363– nos pocos contienen datos de reincidencia seria (que compromete delitos violentos) o de medidas conductuales distintas. En general, los resultados de los meta-análisis indican que los programas aplicados a delincuentes con fines de rehabilitación, han reducido entre el 10 por ciento y el 21 por ciento152 la reincidencia, lo cual indica efectos positivos que, aunque pequeños, representan una menor proporción de reincidencia en quienes reciben el tratamiento. El 10 por ciento supone que los grupos de intervención presentan en promedio una tasa de reincidencia de 45 por ciento, mientras que en los grupos control esta tasa se eleva al 55 por ciento. El 21 por ciento indica que alrededor del 39.5 por ciento de los participantes en los grupos tratados reincidieron después de salir en libertad, comparados con el 60.5 por ciento de los participantes en los grupos control. La conclusión respecto a la efectividad de los programas sería sencilla si se pudiera decir que la diferencia en reincidencia se debe estrictamente a la aplicación de un determinado programa. Sin embargo, esto no es así. Los meta-análisis han contribuido a identificar una serie de variables que influyen en los 152 Estos porcentajes son el resultado del cálculo del tamaño del efecto en cada uno de los grupos (tratados vs. no tratados), en el que generalmente se usan: la diferencia de medias tipificada (Cohen, 1977), cuando los estudios disponen de medidas dependientes continuas; las odds ratio, en las que la medida de la variable dependiente debe ser dicótoma y se computan las proporciones de éxito y fracaso en cada condición; ó los coeficientes de correlación que pueden aplicarse a un rango más amplio de diseños de investigación incluyendo todos los diseños para los cuales se han calculado las dos medidas anteriores. Para obtener los porcentajes señalados, todas las medidas se han traducido al coeficiente de correlación “r” y este a su vez se ha multiplicado por 100. La diferencia entre grupos tratados y controles se ha obtenido de la aplicación del BESD (binomial effect size display) (Rosenthal, 1991). El BESD se refiere a la presentación binomial del tamaño del efecto que refleja la mejora porcentual del grupo de tratamiento frente al grupo de control. El BESD se obtiene computando la tasa de no reincidencia del grupo tratado mediante 0.5+r/2 y la tasa de no reincidencia de los controles mediante 0.5-r/2. –364– resultados de reincidencia general: las características de las personas que reciben el programa, el tipo de programa, el contexto, la metodología, etcétera. Por ejemplo, en relación con las características de las personas que reciben el programa, al parecer el efecto de los programas es mayor cuando se dirige a los jóvenes que a los adultos (Redondo, Garrido y Sánchez-Meca,1997; Redondo, 1994). De hecho, Redondo, Sánchez-Meca y Garrido (2002) y Redondo, Sánchez-Meca y Garrido (1999a, 1999b, 2001) encontraron efectos significativos en todas las categorías de edad, pero con mayores efectos en el grupo de adolescentes (con una diferencia entre tratados vs. no tratados, de 35 por ciento). En cuanto al género, la mayor parte de meta-análisis refiere que son muy escasos los trabajos con mujeres delincuentes. Sin embargo, en el trabajo realizado por Marín y cols. (2002) se reportó que a mayor cantidad de hombres en la muestra, menor tamaño del efecto (una diferencia del 18 por ciento de tratados vs. no tratados, a favor de los primeros), que cuando se incluían mujeres (una diferencia del 25 por ciento). Aunque el resultado no alcanzó un nivel estadísticamente significativo, los resultados parecen apuntar a mayor eficacia con mujeres que con hombres. Otro factor altamente relevante es el de tipo de intervención. En este sentido vale la pena mencionar que existen tantas clases de programas como explicaciones hay del comportamiento delictivo. Estos dos temas están muy vinculados. Si la explicación del comportamiento delictivo es biológica, las intervenciones se dirigen a factores biológicos; si la explicación es psicológica dando mayor peso a factores emocionales, la intervención se dirige a ellos; si la aproximación es psicológica pero da mayor relevancia a la conducta o a la manera en que se procesa la información, las intervenciones difieren y se enfatizan los factores que se conciben como más relacionados con la criminalidad. –365– Existen algunas clasificaciones de los diferentes programas de intervención correccional que se aplican en la actualidad. Aquí expondremos algunos, teniendo en cuenta clasificaciones como las de Tolan y Guerra (1994) y Garrido, Stangeland y Redondo (2001). Adicionalmente se consideran los tipos de intervención identificados en los diversos meta-análisis sobre la efectividad de programas en la reducción de la delincuencia. 1. Las intervenciones que intentan un cambio a nivel biológico, como aquellas que utilizan medicamentos o que producen cambios en la dieta. Estos programas suelen ser escasos dado que son muy costosos y es difícil mantener la continuidad en escenarios diferentes a los de institucionalización. El programa de dieta de azúcares es un buen ejemplo de estas intervenciones. Schoenthaler es uno de los investigadores más prolífico en esta área. Ha analizado la relación entre el consumo de azúcar y la conducta agresiva dentro de instituciones cerradas. Sus resultados sugieren que a menor consumo de azúcar y comida “chatarra” menores problemas disciplinarios (robos, peleas) dentro de la institución (1983a; 1983b; 1983c; 1983d; 1983e; 1983f; 1985). 2. Los programas dirigidos a procesos psicológicos específicos. Aquí existen diferentes matices. 2.1. Los programas dirigidos a disfunciones emocionales que se suponen causantes del comportamiento delictivo y violento. Generalmente, este tipo de intervenciones consiste en psico-terapia (no conductual ni cognoscitiva), que trabaja en la historia de la persona y propone reparar daños como los que pueden existir en la auto-estima. En esta categoría se encuentran el psicoanálisis y la terapia centrada en el cliente. Estas intervenciones suelen ser de tipo individual y están estrechamente ligadas a una concepción medico-clínica de relación profesional-paciente. –366– 2.2. Los programas conductuales se basan en el principio de que el comportamiento es aprendido, y se considera que la conducta delictiva no es la excepción. La idea central de estas intervenciones es que la delincuencia puede desaprenderse y se pueden aprender otros tipos de comportamientos alternativos a la criminalidad y dentro de la legalidad. En esta aproximación se enfatiza el papel del ambiente y las consecuencias sobre la conducta. El reforzamiento (las consecuencias que se presentan de manera contingente a la conducta aumentan su probabilidad de ocurrencia) y el castigo (las consecuencias que se presentan ante la conducta reducen su probabilidad de ocurrencia) constituyen procesos indispensables para explicar el aprendizaje de la delincuencia y de comportamientos alternativos. Algunos ejemplos de este tipo de intervención son la economía de fichas y los programas ambientales de contingencias. En la economía de fichas, las personas pueden ganar o perder puntos de acuerdo con su comportamiento, que luego pueden cambiarse por privilegios o castigos. Los elementos básicos de este tipo de intervención son los siguientes (Garrido, Stangeland y Redondo, 2001): a) Se establecen una serie de objetivos de comportamiento (mejora de la higiene, participación en cursos, desarrollo de programas laborales, reducción del consumo de drogas, disminución de las agresiones); b) se determinan una serie de consecuencias o situaciones gratificantes que serán asociadas a los cambios de comportamiento pretendidos (por ejemplo, incremento de visitas, obtención de dinero, reducciones de condena, etcétera); c) se pondera una relación de valor entre las conductas que se deben cambiar y las consecuencias gratificantes que se obtendrán, y d) finalmente, se estructura un sistema de fichas o puntos que son entregados a las personas por sus logros conductuales y que pueden intercambiar por las consecuencias establecidas. –367– Otro ejemplo son los programas ambientales de contingencias que se refieren a sistemas de fases progresivas, caracterizadas por metas conductuales que debe ir cumpliendo la persona a cambio de recompensas que le irán llevando de un régimen muy restrictivo a otro más abierto. En estos programas se abarca toda la vida diaria de las personas. El logro progresivo de las metas establecidas permite a la persona acercarse gradualmente a su libertad. 2.3. Las intervenciones cognitivo-conductuales se basan en la explicación de la delincuencia a partir del procesamiento de la información y estilos cognoscitivos de la persona que comete delitos, en conjunción con explicaciones de tipo conductual. Estos programas enfatizan el entrenamiento en habilidades de interacción social que facilitan el establecimiento y mantenimiento de relaciones interpersonales (en la familia, en el trabajo y en general en cualquier contexto social). Dentro de las habilidades de interés en esta aproximación están las de auto-control, el manejo de la ira, el entrenamiento en perspectiva social, el razonamiento moral y el entrenamiento en solución de problemas sociales. La idea central es enseñar habilidades y comportamientos pro-sociales útiles en situaciones problemáticas de interacción social. Quizás el programa cognitivo-conductual más completo y reconocido en la actualidad es el que sigue el modelo de “razonamiento y rehabilitación” (Ross y Fabiano, 1985; McGuire y Priestley, 1985), cuyos principales elementos son: a) la evaluación de los déficits cognitivos y de las habilidades de interacción de los participantes, b) el tratamiento que se aplica en grupos reducidos a lo largo de varias sesiones semanales y 3) las estrategias de resolución cognitiva de problemas interpersonales, habilidades sociales para tener interacción exitosa con el medio social, control emocional de las explosiones de ira, razonamiento crítico y reflexivo sobre su propio comportamiento y la conducta de los otros, desarrollo de valores para –368– mejorar la empatía, habilidades de negociación (como alternativa a la confrontación y la violencia) y pensamiento creativo. En este programa, se utilizan técnicas como las discusiones de grupos, el modelamiento, la retroalimentación, el refuerzo social y la instrucción. Se puede trabajar a nivel individual, pero también es importante el trabajo grupal y la exposición a situaciones sociales para poner en práctica lo que se aprende, durante el programa. 3. Las intervenciones de tipo educativo y vocacional que tienen por objetivo incrementar el nivel educativo para logar obtener grados académicos. Dado que muchos delincuentes, especialmente los procedentes de ambientes marginales, no logran obtener grados académicos y, por consiguiente, tienen un déficit cultural y educativo, se propone que una de las principales tareas de la intervención correccional hacia ellos sea incrementar su nivel en éstas áreas a través de programas intensivos de escolarización. En estos programas, la educación sobre conceptos teóricos prevalece sobre el entrenamiento de habilidades prácticas y pueden estar encaminados a formar a los participantes en una profesión u oficio que les permita su desempeño en una actividad productiva. 4. Los programas que buscan el endurecimiento del régimen carcelario. Este tipo de intervenciones establecen regímenes de vida estrictos con una férrea disciplina inspirada en el modelo militar. Existe una constante vigilancia o supervisión. La rutina de actividades suele ser planeada a nivel institucional y obligatoria para quienes viven allí. Las actividades intentan cubrir las diferentes áreas de actividad de las personas (trabajo, gimnasio, sesiones en grupo, comida, hora de levantarse y de dormir). Algunos ejemplos de estas intervenciones son los “boot camps” que funcionan a manera de campamentos militares, con una estricta estructura jerárquica y un riguroso régimen disciplinario (Wilson, MacKenzie y Mitchell, 2005) y los programas –369– de “Scared Straight” que consisten en enfrentar a jóvenes infractores con escenarios de prisiones de máxima seguridad muy fuertes, en los que el objetivo es disuadir al joven mediante la intimidación para que no vuelva a delinquir (Petrosino, Turpin-Petrosino y Buehler, 2003; Petrosino, Turpin-Petrosino y Finckenaver, 2000). 5. Las intervenciones de comunidades terapéuticas. Estos programas intentan abarcar la totalidad de la vida de la persona dentro de la institución. La relación entre los presos y el personal que aplica el programa se asemeja a una relación paciente/enfermero dentro de un contexto terapéutico. La principal afirmación teórica en este modelo es que un contexto participativo y saludable en las prisiones favorecerá un mayor equilibrio psicológico en los internos y reducirá su comportamiento violento, tanto durante su estancia en las instituciones de custodia, como en su futura vida en sociedad. Las principales características de las comunidades terapéuticas son: a) la supresión de los sistemas de sanción y el rígido control propio de las instituciones cerradas; b) el control de la conducta de los internos por parte de la comunidad; y c) las discusiones de los problemas que surgen en la institución realizadas en asambleas periódicas. 6. Los programas de derivación o de evitación del etiquetamiento. Este tipo de intervenciones establece que uno de los factores que mantiene la conducta criminal es la estigmatización hecha a la persona por el sistema de justicia criminal. La implicación práctica de esta exposición teórica consiste en adjudicar a los delincuentes juveniles a sistemas diferentes del de justicia, que promuevan la desinstitucionalización mediante programas alternativos como la libertad condicional, la mediación, la reparación del daño o restitución, la supervisión en la comunidad y el trabajo social. 7. Los programas multimodales o de múltiples servicios son aquellos que incluyen varios de los tratamientos anteriores, que intentan resolver diversas necesidades de manera simultánea y –370– actuar en distintos contextos del mismo individuo. Un ejemplo de este tipo de programas son las intervenciones multisistémicas. Estos programas en realidad no incluyen técnicas novedosas, sino que utilizan varias de aquéllas que han demostrado su eficacia. Es importante tener en cuenta que todos estos tipos de intervención puede tener lugar tanto en ambientes de institucionalización como en contextos comunitarios. Asimismo, son aplicables en distintos niveles como el familiar, el escolar y otros de tipo macrosocial que influyen en el desarrollo y mantenimiento del comportamiento delictivo. En el ámbito familiar se interviene sobre las pautas de crianza negativas y coercitivas, así como en la solución de problemas familiares, la cohesión emocional y las creencias compartidas. En esta línea, una de las intervenciones más conocida y que reporta un alto nivel de éxito es la Terapia Familiar Multisistémica. Esta aproximación fue desarrollada por Henggeler y sus colegas; la cual consiste en actuar desde diferentes áreas –familiar, escolar y comunitaria– tanto en la persona que presenta el comportamiento delictivo como en su familia, de acuerdo con las necesidades propias de cada caso (Henggeler, Melton, Brondino, Scherer y Hanley, 1997; Henggeler, Cunningham, Pickrel, Schoenwald y Brondino,1996; Henggeler, Melton y Smith, 1992). En las relaciones con amigos, las intervenciones se centran en cambiar la naturaleza de la interacción entre ellos e incluso las normas del grupo, a través de la promoción de la relación de los jóvenes con amistades prosociales y de la redirección de las actividades de los grupos de amigos antisociales y de bandas juveniles. Entre los programas con estas características se encuentran los que se enfocan en cambiar las normas del grupo para incrementar la presión de éste en favor de la actividad prosocial más que de la antisocial (Agnew, 1990, citado por Tolan y Guerra, 1994). Este tipo de intervenciones intentan crear una “cultura positiva de grupo” que contrarreste el apo–371– yo para la conducta antisocial y altere las actitudes que la promueven (Gottfredson, 1987; Knight, 1970; Pilnick y cols., 1967; citados por Tolan y Guerra, 1994). En este grupo de programas también se identifican aquellos dirigidos a la prevención de asociación con amigos involucrados en actividades antisociales y los programas de mediación y de resolución de conflictos (Tolan y Guerra citan a Jenkins y Smith, 1987). En los contextos escolar y comunitario, las intervenciones se dirigen a promover el aprendizaje cooperativo a través del mejoramiento de las actitudes, habilidades y prácticas de las personas que trabajan con los adolescentes; del incremento de la motivación y de la participación de los jóvenes, los profesores y los padres; así como de la modificación del clima organizacional. En el ámbito comunitario, estas estrategias están dirigidas a proporcionar alternativas legales a los jóvenes, cambiando la función que cumplen en su entorno y generando normas comunitarias antiviolencia. Por último, en el nivel de macrosistemas sociales los esfuerzos se centran en el cambio de políticas sociales y de valores jurídicos y humanos. Algunos de los temas tratados en este sentido son la regulación de los contenidos violentos en la televisión, el entrenamiento para televidentes críticos, el control al acceso de armas de fuego, entre otras políticas macrosociales relacionadas con el acceso y calidad de los recursos sociales y económicos que tienen los diferentes actores de una sociedad. En general, los resultados de las evaluaciones de los programas aplicados para reducir la delincuencia, señalan que existen dos variables altamente relacionadas con resultados exitosos: realizar los programas en ambiente comunitario y que el programa de tratamiento tenga componentes cognoscitivos. El ámbito comunitario resulta de manera consistente más apropiado para reducir la reincidencia que los contextos institucionales o de prisionalización (por ejemplo, Redondo, Garrido y Sánchez-Meca, 1997; 2002; Izzo y Ross, 1990). –372– El tipo de programas ha sido evaluado como una de las principales variables que influyen en el efecto que tienen sobre la reincidencia. Los resultados de las evaluaciones indican que, en general, los programas de tratamiento conductuales y cognitivo-conductuales son los más eficaces (Garrido, Morales y Sánchez-Meca, 2006; Pearson y cols., 2002; Redondo, Sánchez-Meca y Garrido, 1999ª;1999b; Redondo, Garrido y Sánchez-Meca, 1997; Redondo, 1994; Izzo y Ross, 1990; Garret, 1985; Whitehead y Lab, 1988). Pearson y cols. (2002) por ejemplo, encontraron que los programas cognitivos fueron 2 veces más efectivos que los no cognitivos. Las intervenciones que mostraron menor efectividad fueron las disuasivas o que enfatizaron el endurecimiento del régimen. Por ejemplo, los programas de desafío (“wilderness challenge”) en que grupos de jóvenes infractores deben realizar actividades extremas, mostraron efectos muy pequeños o negativos, especialmente cuando no se combinaban con otro tipo de intervención psicológica (Lipsey y Wilson, 1998), es decir con mayor reincidencia en las personas que participaron en el programa que las que no lo hicieron. Las evaluaciones de programas como los de “Scared Straigth” también han mostrado mayor reincidencia entre quienes participan en el programa en comparación con quienes no lo reciben. Por último, aunque la medida de reincidencia general es la más común para evaluar el efecto de las intervenciones, también se han realizado evaluaciones con otros tipos de medidas de resultado que indican índices de efectividad más altos. La evidencia señala que medidas como las de ajustes institucional, escolar, psicológico, laboral y social ofrecen efectos mayores a los de la reincidencia general, que oscilan entre 20 por ciento y 41 por ciento de diferencia entre personas que participan en los programas vs. quienes no lo hacen, y a favor de los primeros (Marín y cols., 2002; Redondo, Garrido y SánchezMeca,1997; Redondo, 1994). –373– En resumen, los resultados de los meta-análisis realizados sobre la efectividad de programas aplicados para reducir la reincidencia de delincuentes sugieren que los programas efectivos se diferencian de los no efectivos en el tipo de personas a quienes se dirigen, la orientación del programa, la manera de aplicarlo, las características del personal que lo pone en marcha y el contexto en que se aplica (en la tabla 1 se resumen estas características). Revisiones sistemáticas Hoy en día, el estudio de la efectividad de los tratamientos aplicados a delincuentes enfatiza en la necesidad de difundir el conocimiento que se ha generado, tanto a los encargados de políticas públicas, como a quienes aplican los programas (Leschied, Bernfeld y Farrington, 2001). Este proceso ha recibido el nombre de “políticas basadas en la evidencia científica” (Sherman, Gottfredson, MacKenzie, Eck, Reuter y Bushway, 1997). Esto se realiza a través de “revisiones sistemáticas”, que funcionan de manera similar a los meta-análisis y que “hacen una mirada epidemiológica de las secciones de metodología y resultados de una población específica de estudios para buscar un consenso sobre un tema de estudio dado, basado en la investigación” (Johnson y sus colaboradores, 2000, p. 35, citado por Welsh y Farrington, 2001). Los resultados de las revisiones sistemáticas permiten identificar lo que se conoce y lo que se desconoce en un campo de investigación y contribuyen a reducir los vacíos de conocimiento aún existentes (McGuire, 2001). El propósito principal de las revisiones sistemáticas es llegar a conclusiones estadísticamente sustentadas en procedimientos estadísticos acerca del mejor conocimiento disponible sobre un tema particular. Estas revisiones se realizan en el marco de la Colaboración Campbell (“Campbelll Collaboration”), que estudia las intervenciones educativas y sociales incluyendo los servicios correccio–374– nales. Esta colaboración se inauguró en el año 2000, y dentro de ella, se instauró una división especializada denominada “Grupo de Crimen y Justicia” (Crime and Justice Group), cuyo objetivo es la preparación, mantenimiento y accesibilidad de revisiones sistemáticas de la investigación sobre los efectos de las intervenciones criminológicas y de justicia criminal realizadas por las Cortes, la policía, las agencias de libertad condicional sin y con pérdida de libertad previas, las prisiones y algunos grupos comunitarios, sobre la prevención y reducción del crimen y la delincuencia (ver http://campbell.qse.upenn.edu; Petrosino, Boruch, Soydan, Duggan y Sánchez-Meca, 2001; Farrington y Petrosino, 2001; Farrington y Petrosino, 2000). Este Grupo, en la misma línea de la colaboración Cochrane153 pretende, por un lado, acumular e integrar el conocimiento válido sobre un tema particular, y por otro, difundirlo y esforzarse para que el diseño de políticas y la práctica profesional se basen en él. Es decir, apoyar y propender por políticas y prácticas profesionales basadas en la evidencia demostrada por la investigación. El Grupo Campbell está conformado por 14 miembros de 10 países: Alemania, Australia, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos, Israel, Japón, Reino Unido y Taiwán. Dentro de los temas clave en los que se ha iniciado una revisión sistemática por parte de este grupo están: los programas cognitivos para delincuentes; los “boot camps”, las zonas calientes del 153 En honor al epidemiólogo del mismo nombre, la Colaboración Cochrane, se creó en 1993 con el objetivo de conformar una red internacional de investigadores y revisores en las áreas de la salud, que ubican, evalúan e integran los resultados de estudios de intervención bien diseñados, es decir, rigurosos a nivel metodológico. Desde 1999 ha puesto a disposición de los usuarios del conocimiento en el área de la salud, una base de datos con los resultados de diferentes estudios en el área de la salud cuyo nombre es Cochrane Database of Systematic Reviews. Esta base facilita a investigadores y personas interesadas el acceso a información actual y relevante respecto a las estrategias y tratamientos que funcionan en diferentes áreas de la salud (McGuire, 2001). –375– crimen (“hot spots”); tratamiento de delincuentes sexuales; programas basados en recreación y deporte; intervenciones para violencia cometida con armas; e intervenciones para delincuentes persistentes y violentos. En la actualidad, se están desarrollando algunas de estas revisiones sistemáticas y se cuenta con resultados de otras, que han demostrado que pueden tener implicaciones sobre la política y la práctica profesional en el tema de la delincuencia. Por ejemplo, los resultados de la revisión sobre la efectividad de los programas cognitivo-conductuales, señalan que quienes participan en este tipo de intervención reinciden menos que las personas que no reciben el programa (Lipsey, Chapman y Landenberger, 2001). Asimismo, la evaluación de los esfuerzos policiales en zonas con altos índices de criminalidad, ha señalado las bondades de estas estrategias (Braga, 2001). Sin embargo, otras intervenciones han demostrado no tener efectos benéficos en quienes participan en ellas, como es el caso de los “Boots Camps” (Wilson, MacKenzie y Mitchell, 2005; MacKenzie, Wilson y Kider, 2001). Y aún más interesante, programas como los de “Scared Straight” han demostrado tener efectos negativos sobre la reincidencia, dado que las personas que han participado en este tipo de intervención han aumentado la reincidencia, en lugar de disminuirla (Petrosino, Turpin-Petrosino y Buehler, 2003). Resultados como los citados, han permitido hacer recomendaciones respecto a qué programas deberían continuar y recibir apoyo de la política criminal, y cuáles no deberían permitirse (véase The Annals de The American Academy of Political and Social Science, 2001). La práctica basada en la evidencia permite utilizar mejor los recursos disponibles y llevar a cabo intervenciones con mayor probabilidad de éxito para el logro de objetivos relacionados con la prevención y la reducción de la delincuencia. De mantenerse la aplicación de programas que sugieran efectos perjudiciales sobre la delincuencia, no sólo no se logrará el objetivo –376– de reducción del crimen sino que además se incrementarán los esfuerzos y los costos de manera superflua. El conocimiento sobre delincuencia derivado de la investigación, parece tener una paulatina pero afortunada influencia en el establecimiento de políticas y de prácticas de intervenciones correccionales con énfasis en el tratamiento. A pesar de las desalentadoras posturas centradas en el castigo, los últimos años se le ha otorgado mayor credibilidad al tratamiento y se ha apoyado la necesidad de sistemas de justicia responsables frente al desarrollo y la recaída de la conducta delictiva. Un ejemplo de ello son las prisiones de Inglaterra y Gales en el Reino Unido, en las que se planteó una iniciativa para incrementar el número de instituciones que ofrecieran programas y actividades que realmente lograran reducir las tasas de reincidencia de los delincuentes. Con este fin se propuso y se publicó un conjunto de criterios para evaluar el diseño y la puesta en práctica de intervenciones en prisión. Es importante señalar que para cumplir estos criterios las prisiones requirieron de recursos adicionales, entrenar al personal que se haría cargo del programa, crear mecanismos de administración y manejo de la información, así como establecer un sistema de monitoreo y auditoría (por ejemplo, todas las sesiones de programas cognitivo-conductuales fueron grabadas para ser evaluadas por asesores externos) (Lipton, Thornton, McGuire, Porporinoy Hollín, 2001, citados por McGuire, 2001). Estos criterios se han puesto en práctica durante algunos periodos de prueba y dentro del sistema de justicia juvenil. Así, el procedimiento que se ha seguido para cumplir estos principios ha dado lugar a un proceso de acreditación en el que asesores externos evalúan si los programas que se están aplicando o que se planea aplicar cumplen con los criterios basados en la evidencia. Antes de que un programa sea puesto en práctica en una prisión debe presentarse una propuesta ante el Panel de Acreditación de libertad condicional y prisión (“Joint Prison Probation Accreditation Panel”), la cual debe incluir una des–377– cripción de la evidencia teórica y empírica que sustenta el programa, manuales de las sesiones y de entrenamiento del personal que lo aplicará, medidas previstas para las evaluaciones, método de evaluación y, en lo posible, alguna predicción de la efectividad que tendrá la intervención. El panel evalúa el contenido de las propuestas con los criterios que se describen en la tabla 2. El programa se califica en cada uno de los criterios, con 0 si no lo cumple, con 1 si lo hace parcialmente y con 2 si lo cumple completamente. Algunos de los criterios son obligatorios (los ítem 1,2,7,9, 10 y 11). Para que un programa sea aprobado debe obtener mínimo 19 puntos en esta escala. Además se evalúa el sitio donde se aplicará el programa, así como el sistema que propone para el registro y el análisis de la información obtenida a lo largo de su aplicación. Los resultados son evaluados por el personal de la correccional donde tendrá lugar la intervención y por los miembros del panel independiente de acreditación (McGuire, 2001). En este mismo sentido se han desarrollado guías de programación correccional específica en Canadá, Inglaterra y Escocia (Lösel, 2001,1995; Andrews, 1995). Si bien, existen instancias como la Organización de las Naciones Unidas y el Consejo de Europa154 que han propuesto una serie de principios, procedimientos y recomendaciones para diferentes naciones en el campo del tratamiento de la delincuencia; criterios y sistemas de acreditación como los expuestos son novedosos en la medida en que se circunscriben específicamente a las características de los programas de intervención correccional y proveen una guía práctica para contribuir a la calidad de los servicios que se ofrecen en este sentido. 154 En 1955, la Organización de las Naciones Unidas, con ocasión del primer Congreso sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente celebrado en Ginebra, propuso las “Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos”. Estas reglas fueron traducidas al castellano en 1973 por el Consejo de Europa. –378– Consideraciones Finales En general, la privación de la libertad y las sanciones legales aisladas de los programas no funcionan en el propósito de la reducción de la delincuencia y de la reincidencia. De ahí, la importancia de que las políticas públicas se centren cada vez menos en el aumento de la seguridad y en la construcción de cárceles; y se aproximen más a la aplicación de programas de prevención e intervención correccional. Es un hecho que las instituciones carcelarias carecen de condiciones adecuadas para facilitar el reingreso de los delincuentes a la comunidad dentro del marco de la legalidad. Un primer paso para lograr efectividad en el propósito de reducir la reincidencia, sin duda consiste en la evaluación y la satisfacción de las necesidades básicas de los internos. Si bien, el encarcelamiento se concibe como un método retributivo para resarcir el daño que se ha causado, debe mantenerse la discusión respecto a qué tanto contribuyen las condiciones de prisionalización en que viven las personas privadas de su libertad, para reducir o aumentar la probabilidad de que cometan delitos en el futuro, que lo hagan de manera recurrente o con mayores índices de violencia. Es de considerarse la necesidad de que la prisión constituya un escenario para la socialización de comportamientos contrarios a la delincuencia, y que represente un espacio de oportunidad para reducir la delincuencia futura tanto en frecuencia como en gravedad. No cabe duda que es prioritario el tratamiento de los efectos del encarcelamiento, con el fin de mitigarlos y no contribuir a través de ellos al aumento de la delincuencia y del resentimiento para con el Estado y la sociedad. Otro punto de interés en este sentido, tiene que ver con las condiciones de las personas que trabajan en las instituciones carcelarias (guardias, administrativos, educadores, profesionales, etcétera). Este asunto parece olvidado en la literatura. Son escasos los intentos por evaluar e intervenir sobre los efectos de las condiciones de estas instituciones sobre las personas –379– que laboran allí. Esto es importante si se considera la influencia que tienen estas personas sobre el éxito de los programas de intervención correccional. Una vez considerados los efectos de la prisionalización, el objetivo que le sigue en importancia es el de reducir la reincidencia. Los datos de diversos meta-análisis proveen esperanza respecto a la posibilidad de reducir la delincuencia. Aunque las diferencias de los índices de delincuencia entre las personas que reciben un tratamiento y quienes no participan en ellos, parecen pequeñas, aportan evidencia de que los esfuerzos de intervención tienen resultados positivos. Además, el estudio de los factores que influyen en el efecto que tienen los programas sobre la delincuencia, indican que los programas bien estructurados, aplicados en contextos comunitarios o de aproximación progresiva a la libertad, que tienen en cuenta los principios de riesgo, de necesidad y de responsividad, pueden llegar a tener niveles de efectividad aún más prometedores. Cualquiera que sea el programa de intervención correccional, es necesaria la evaluación y clasificación de las personas a quienes va dirigida. Es claro que algunas personas con mayor riesgo de reincidencia requieren los programas más estructurados e intensivos; mientras que los de menor riesgo necesitarán tratamientos distintos acordes con sus necesidades. La clasificación de los internos, sin duda contribuirá a reducir problemas institucionales como el hacinamiento, y permitirá distribuir de manera acertada los recursos. El hallazgo de la heterogeneidad del comportamiento delictivo, así como los distintos niveles de riesgo y de necesidades, en relación con la proporción de delitos cometidos por quienes son considerados de mayor riesgo (persistentes y violentos), indican la necesidad de actuar dando prioridad a esta población. Es posible, que la intervención exitosa con este tipo de delincuentes lleve a reducir substancialmente los niveles de criminalidad. –380– Gran parte de las evaluaciones de intervención correccional, de meta-análisis y de revisiones sistemáticas corresponden a estudios realizados en países de habla inglesa. Es necesario investigar en países de otra cultura e idioma para cotejar los resultados y promover prácticas y políticas basadas en evidencia científica y que sean válidas en diferentes contextos y culturas, ó por lo menos empezar a llamar la atención sobre la escasez de trabajos en este sentido. Por ejemplo, sería de interés contar con una evaluación en contextos latinoamericanos sobre la proporción de delincuentes persistentes y violentos que se encuentran privados de la libertad, en comparación con personas de medio y bajo riesgo de peligrosidad y reincidencia. Los datos contribuirían a dar sustento a mejores clasificaciones para reducir el creciente problema del hacinamiento. También tiene sentido indagar por el tipo de programas utilizados, por la calidad de los diseños metodológicos y por los resultados sobre efectividad en estos contextos, así como la posibilidad de adaptar y validar los protocolos de intervenciones que han resultado efectivas en otras latitudes. Por último, aunque en las políticas criminales y en el ámbito aplicado de las prisiones y correccionales se identifican algunos esfuerzos de la aplicación del conocimiento generado por la investigación en este tema, no es del todo suficiente y se requiere de mayor relación entre los resultados de la investigación, la práctica profesional y la elaboración de políticas públicas. –381– Referencias Tabla 1. Características de programas efectivos vs. no efectivos. Programas efectivos Programas no efectivos - Bien estructurados y con un - Centrados en quejas vagas emofuerte soporte teórico. cionales y personales que no se han - Orientados hacia un contexto demostrado relacionadas con la comunitario. Bien con toda la inter- conducta antisocial. vención en comunidad o con etapas - Que potencien la cohesión de los graduales que van desde la institu- grupos de personas antisociales cionalización hasta la estancia en - Centrados en mejorar las condicomunidad. ciones de las personas, sin afectar las - Centrados en modificar necesi- necesidades criminógenas dades criminógenas - Buscan incrementar la ambición - Que tienen en cuenta el nivel de en la persona por lograr metas conriesgo de los individuos. vencionales en la escuela y el trabajo - Construidos sobre los recursos sin proporcionar ayuda práctica para realizarlas. de la persona y de su entorno. - Con técnicas de cambio de cog- - Se realizan en ambiente institucionalizado sin dar oportunidad de niciones y de conductas, - De aprendizaje para la relación participar en sanciones graduadas que permitan insertarse de manera con el mundo - Con formación en capacidades gradual a la comunidad. para el trabajo - Con profesionales capaces y entusiastas - Con modelos positivos en su interacción orientada hacia la realidad y en consonancia con el estilo de aprendizaje de los participantes. Fuente: Elaboración propia a partir de la revisión de la literatura. –382– Tabla 2. Criterios para la acreditación de programas de la Home Office Joint Prison-Probation Accreditation Panel. 1. Modelo de cambio: el programa debe estar basado en un modelo teórico claro basado en la evidencia que explique cómo se propone tener impacto sobre los factores relacionados con la conducta delictiva. 2. Factores de riesgo dinámicos: El contenido del programa debe identificar los factores relacionados con el comportamiento delictivo especificados en el modelo y que si se cambian se logrará una reducción del comportamiento delictivo. Además, los contenidos del programa deben reflejar estos objetivos. 3. Rango o cantidad de blancos a los que va dirigido el programa: El programa debe especificar la cantidad de blancos a los que va dirigido y sus interrelaciones. 4. Métodos efectivos: Los métodos de cambio utilizados en el programa deben tener apoyo empírico con respecto a la efectividad y coordinarse de manera apropiada. 5. Orientado a habilidades: para capacitar a los delincuentes para evitar actividades criminales y mantener efectos de tamaño grandes en estudios de resultados. Las habilidades a las que se dirija el programa deben explicar las relaciones con el riesgo de reincidencia y su reducción. 6. Intensidad, secuencia y duración: número de horas de contacto, el modo en que se llevarán a cabo las sesiones y la duración total del programa debe ser apropiada a la luz de la evidencia disponible, los objetivos y contenidos de los programas y el nivel de riesgo de los grupos de los delincuentes a los que se aplicará el programa. 7. Selección de los participantes: Se debe especificar claramente la población de delincuentes a quienes se dirigirá el programa. Debe contarse con procedimientos realistas de identificación y selección de esta población y para la exclusión de los no apropiados. 8. Compromiso y participación: Se refiere al principio de responsividad, se debe describir cómo se comprometerá y motivará a los delincuentes a tomar parte en el programa y a adherirse a este. 9. Manejo de caso: Se debe especificar si habrá un oficial o persona encargada de vigilar el plan individual de sentencia de los delincuentes. 10. Monitoreo del proceso: cómo se hará el monitoreo y que sistemas se establecerán para revisar el programa y hacer ajustes que se consideren necesarios. 11. Evaluación: los programas deben incluir medidas que se tomaran en las evaluaciones tanto del impacto a corto como largo plazo. Fuente: McGuire (2001; p.38). Traducción propia. –383– Bibliografía ANDREWS, D., “The psychology of criminal conduct and effective treatment”, en J. McGuire (ed.), What Works: Reducing Reoffending. 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