PGF-APINI-Doc 4-1-Catalogo
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NOVIEMBRE 2006. DOCUMENTO IV CATALOGO FISCAL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA PLAN GENERAL DE FISCAL INDICE GENERAL DOCUMENTO I MEMORIA INFORMATIVA DOCUMENTO II MEMORIA JUSTIFICATIVA DOCUMENTO III III-1 NORMAS Y ORDENANZAS GENERALES III-2 NORMAS Y ORDENANZAS ESPECÍFICAS III-3 NORMAS Y ORDENANZAS FICHAS DOCUMENTO IV CATÁLOGO DOCUMENTO V ESTUDIO ECONÓMICO FINANCIERO DOCUMENTO VI VI-A INFORME SUGERENCIAS PUEBLOS (DOCUMENTO JUNIO 2006) VI-B INFORME SUGERENCIAS FISCAL (DOCUMENTO JUNIO 2006) DOCUMENTO VII VII-1 PLANOS DE INFORMACIÓN E INFRAESTRUCTURAS (DOCUMENTO JULIO 2005) VII-2 PLANOS DE INFORMACIÓN CATASTRAL (DOCUMENTO JULIO 2005) VII-3 PLANOS DE ORDENACIÓN PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 1 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE FISCAL (Huesca) DOCUMENTO IV CATÁLOGO ÍNDICE 1.- CRITERIOS GENERALES 3 2.- BIENES CATALOGADOS 4 3.- NORMAS DE APLICACIÓN 8 1.1 NIVELES DE PROTECCIÓN. 1.2 DESCRIPCIÓN DE LOS NIVELES DE PROTECCIÓN. 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5. 2.6 2.7 2.8 2.9 2.10 2.11 2.12 2.13 2.14 2.15 3.1 3.2 3.3. 3.4 3.5 3.6 3.7 3.8 3 3 CATÁLOGO DE FISCAL (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE LARDIÉS (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE BORRASTRE (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE SAN JUSTE (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE LIGÜERRE DE ARA (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE ALBELLA (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE PLANILLO (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE SAN FELICES DE ARA (Tomo IV-2) CATÁLOGO DE ARRESA (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE JAVIERRE (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE SANTA LOARÍA (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE SAN MARTÍN (Tomo IV-1) CATÁLOGO DEL VALLE DE LA SOLANA (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE PUEBLOS DESHABITADOS (Tomo IV-1) CATÁLOGO DE BIENES ARQUEOLÓGICOS Y PALEONTOLÓGICOS (Tomo IV-1) CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS. CONDICIONES ESTÉTICAS. PROTECCIÓN DE LA PARCELA. NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN INTEGRAL. ESTRUCTURAL. AMBIENTAL. DE CONJUNTOS DE INTERÉS AMBIENTAL. DE LOS ELEMENTOS DE INTERÉS. 4 4 5 5 5 6 6 6 6 7 7 7 7 7 8 8 10 10 10 11 11 12 13 4. NÚCLEOS URBANOS Y PATRIMONIO. YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS Y PALEONTOLÓGICOS 14 4.1 YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS 4.2 YACIMIENTOS PALEONTOLÓGICOS 14 17 5. MARCO LEGISLATIVO 18 6. FICHAS DE CATÁLOGO 18 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 2 1.- CRITERIOS GENERALES El presente documento es el catálogo pe protección del patrimonio y forma parte del P.G.O.U. de Fiscal. Ha sido realizado en base a las fuentes documentales disponibles y un trabajo de campo realizado entre los meses de Julio y Septiembre del año 2006. Cada uno de los bienes catalogados se relaciona en un índice con un código, un nombre y un nivel de protección que indica la normativa aplicable. Se ha recogido para cada elemento una ficha fotográfica de su estado actual y su posición se refleja en los planos de ordenación del P.G.O.U. La documentación fotográfica y los nombres de los edificios se consideran de interés para la utilización práctica del catálogo, pero las fotografías pueden en algunos casos inducir a error porque representan varios edificios o porque los nombres de los edificios sean erróneos. En caso de discordancia, debe prevalecer la representación gráfica que se realiza en los planos y el código que se indica en los mismos. 1.1 NIVELES DE PROTECCIÓN. Dentro del Municipio de Fiscal, los bienes objeto de protección en este catálogo, se proponen tres niveles de protección, catalogándose en función de los mismos: 1. Protección Integral. 2. Protección Estructural. 3. Protección Ambiental. Al mismo tiempo, se establecen otros elementos a proteger, tales como: 4. Protección de Conjunto Urbano de Interés. 5. Elemento de Interés. 1.2 DESCRIPCIÓN DE LOS NIVELES DE PROTECCIÓN. A continuación, y en función de los niveles de protección anteriores, se hace una breve descripción del alcance de cada uno de ellos: 1. El nivel integral protege la totalidad de cada edificio en él incluido, preservando por tanto todas sus características arquitectónicas, su forma de ocupación del espacio y los demás rasgos que contribuyen a singularizarlo como elemento integrante del patrimonio edificado. Sus normas serán de aplicación sobre el conjunto de edificios catalogados que se reseñan en los planos correspondientes. 2. El nivel estructural protege la apariencia del edificio y favorece la conservación de los elementos básicos que definen su forma, composición, estructura, uso u ocupación del espacio. Sus normas serán de aplicación sobre el conjunto de edificios que se reseñan en los planos correspondientes. 3. El nivel ambiental protege el conjunto del ambiente urbano evitando las actuaciones que pudieran atentar contra la trama y la calidad imperante en los ámbitos protegidos y defendiendo la armónica interacción entre lo nuevo y los elementos arquitectónicos incluidos en los niveles Integral y Estructural. Sus normas serán de aplicación en los edificios y ámbitos delimitados en la correspondiente documentación gráfica. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 3 2.- BIENES CATALOGADOS 2.1 CATÁLOGO DE FISCAL (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de Fiscal los siguientes: Código FIS-01 FIS-02 FIS-03 FIS-04 FIS-05 FIS-06 FIS-07 FIS-08 FIS-09 FIS-10A FIS-10B FIS-10C FIS-10D FIS-11 FIS-12 FIS-13 FIS-14 FIS-15 FIS-16 FIS-17 FIS-18 FIS-19 FIS-20 FIS-21 FIS-22 FIS-23 FIS-24 FIS-25 Nombre Batán de Lacort Molino Iglesia del Jesús Escuelas Pedro Ger Casa del Doctor (G. Ángel) Casa del Doctor C.Sarana B.Lucas y B.Campantes Casa Lucas Casa Benito Casa Sabino Casa Turón Casa Perla Casa Buisán Bailalunas M.A. Lacasta Casa del Arco y Heriberto Casa Coma / Ibercaja Torre de Costa Casa Costa Casa Antoné / Callizo Casa Camilo Casa Chera Borda de Juan Drus Casa Juan Drus (R. Lardiés) Casa Cadena Casa Amura Borda Costa Borda Chera (Rehab.) Protección Estructural Estructural Estructural Estructural Ambiental Estructural Estructural Ambiental Ambiental Estructural Estructural Estructural Estructural Estructural Ambiental Estructural Estructural Integral Estructural Estructural Estructural Estructural Ambiental Ambiental Estructural Estructural Ambiental Estructural Código FIS-26 FIS-27 FIS-28 FIS-29 FIS-30 FIS-31 FIS-32 FIS-33 FIS-34 FIS-35 FIS-36 FIS-37 FIS-38 FIS-39 FIS-40 FIS-41 FIS-42 FIS-43 FIS-44 FIS-45 FIS-46 FIS-47 FIS-48 FIS-49 FIS-50 FIS-51 FIS-52 FIS-53 Nombre Borda de Chuan Casa Antoné Casa del Médico Casa del Santo y Casa Sidro Casa Gamarra Casa Maza C.Chuan o del Herrero / Torre Sidro Borda de Sidro Casa Larrosa C. Perico Maestro (Albergue) Casa Maestro (ant. lechería) Iglesia Parroquial Botiguero casa y borda Casa de Eva Casa de Ana Casa Borruel (Antes Casa Blas) Arco de Jánovas Borda de Coma (R. Bellosta) Borda de Amura Bordas de Chuan y Turón Borda Plano Bajo Casa Martínez Borda Bº Salv. I Secretario Borda Bº Salv. II Anuncibai Antiguas B.Perico Maestro y Faustino Casa del Mesón de Longinos Borda en S.4 Plaza de la Iglesia Protección Ambiental Ambiental Estructural Estructural Estructural Estructural Estructural Ambiental Estructural Estructural Ambiental Integral Ambiental Estructural Ambiental Estructural Elemento Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Conjunto 2.2 CATÁLOGO DE LARDIÉS (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de Lardiés los siguientes: Código LAR-01 LAR-02 LAR-03 LAR-04 LAR-05 LAR-06 Nombre Los tres Albares Casa Pablico. Los tres albares Casa y Borda de Perico Borda Allué junto Iglesia Iglesia Casa Durán PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) Protección Estructural Estructural Ambiental Ambiental Integral Ambiental Código LAR-07 LAR-08 LAR-09 LAR-10 LAR-11 Nombre B. comunitaria y B. de Perico Borda Alta Casa Allué Casa de Lua. Casa enterrada Borda San Román Protección Ambiental Ambiental Estructural Estructural Estructural DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 4 2.3 CATÁLOGO DE BORRASTRE (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de Borrastre los siguientes: Código Nombre BOR-01 Casa Rabino BOR-02 Casa Molinero BOR-03 Borda junto a C. Molinero BOR-04 Borda de Carlos BOR-05 Casa Perico BOR-06 Iglesia BOR-07 Casa Carlos BOR-08 Borda de Urbez y anejo BOR-09 Borda Carlos (detrás Iglesia) BOR-10 Borda de Meliz BOR-11 Borda de Perico BOR-12 Borda Bustillo *1 (Sólo se cataloga el subidor) Protección Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambienta Integral Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Estructural Código BOR-13 BOR-14 BOR-15 BOR-16 BOR-17 BOR-18 BOR-19 BOR-20 BOR-21 BOR-22 BOR-23 Nombre Casa Moraga.Subidor(antes Bail) Bor. 3 Cº San Juste Molinero Borda 2 Cº S. Juste Molinero Borda 1 Cº S. Juste Carlos Casa el Hortal Borda con Subidor Meliz Borda con Subidor (de Meliz) Herrería Casa del Pueblo Casa con Almacén Meliz Casa Lorén Casa Bail Protección Elemento*1 Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Estructural 2.4 CATÁLOGO DE SAN JUSTE (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de San Juste los siguientes: Código JUS-01 JUS-02 JUS-03 JUS-04 JUS-05 JUS-06 JUS-07 Nombre Borda de Ríos (ERZ) Borda de Maza Casa del Holandés Borda Santa Fe Escuelas B. de Santos (Antes C. Cosme) Bordas de Cesáreo y Santos Protección Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Código JUS-08 JUS-09 JUS-10 JUS-11 JUS-12 JUS-13 Nombre Casa Capablo Casa Santa Fe Casa Marco Casa Maza Iglesia Borda de Maza Protección Ambiental Ambiental Estructural Estructural Estructural Ambiental 2.5. CATÁLOGO DE LIGÜERRE DE ARA (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de Ligüerre de Ara los siguientes: Código LIG-01 LIG-02 LIG-03 LIG-04 LIG-05 LIG-06 LIG-07 LIG-08 LIG-09 LIG-10 LIG-11 LIG-12 LIG-13 LIG-14 LIG-15 LIG-16 LIG-17 Nombre Borda Ballarín (ERZ) Borda de Giral Borda de Muro Bordas de Pardina y Mateu Iglesia Borda de Cosme Bor. frente Iglesia (Sampietro) Bor. frente Iglesia (Sampietro) Borda de Mateu Sampietro Casa Ballarín Antigua Abadía Borda de Ballarín Casa Giral Borda Giral Casa Pardina Casa Tomás PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) Protección Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Estructural Estructural Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Estructural Código LIG-18 LIG-19 LIG-20 LIG-21 LIG-22 LIG-23 LIG-24 LIG-25 LIG-26 LIG-27 LIG-28 LIG-29 LIG-30 LIG-31 LIG-32 LIG-33 LIG-34 Nombre Borda de Muro Casa Muro Casa Buisán y Casa Sastre Casa Santa Olaria Casa Cosme Casa Añota Borda de Casa Diego Casa y Borda de Diego Borda de Antin Casa Tejedor Borda de Buisán Casa de Tomás Casa Sampietro Peirón Borda de Pueyo Mesón de Ligüerre (ERZ) Casa Ballirezo Protección Ambiental Estructural Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Elemento Ambiental Ambiental Ambiental DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 5 2.6 CATÁLOGO DE ALBELLA (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de Albella los siguientes: Código ALB-01 ALB-02 ALB-03 ALB-04 ALB-05 ALB-06 ALB-07 ALB-08 ALB-09 ALB-10 ALB-11 ALB-12 ALB-13 Nombre Borda Latre ERZ Casa Latre (Hoy Casa Arana) Borda calle Iglesia Escuela-Ayuntamiento Iglesia de Albella y Planillo Ecuela (Femero) Borda de Latre plano Ermita Casa Felices y Pajar Borda de Villacampa Borda casa Aineto Borda Aineto ERZ Casa y Borda Villacampa Casa Gregorio Protección Ambiental Estructural Ambiental Estructural Integral Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Estructural Ambiental Código ALB-14 ALB-15 ALB-16 ALB-17 ALB-18 ALB-19 ALB-20 ALB-21 ALB-22 ALB-23 ALB-24 ALB-25 ALB-26 Nombre Casa Cebollero Casa Allué Casa Fuertes Bordas de Pardina Borda Pardina c/ S. Urbez nº 8 Fuente B. de Viñas San Urbez nº 21 C. Pardina calle S. Urbez nº 17 Borda 1 Cebollero Borda 2 Viñas Borda 1 ERZ Borda 2 ERZ Serraizo (Antiguo Aserradero) Protección Integral Estructural Estructural Ambiental Ambiental Elemento Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental 2.7 CATÁLOGO DE PLANILLO (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de Planillo los siguientes: Código PLA-01 PLA-02 PLA-03 PLA-04 PLA-05 PLA-06 PLA-07 PLA-08 Nombre Casa Villacampa Casa Allué Casa Gayán Iglesia Borda Bertolo Casa y Borda Bertolo Casa Brotiello (Borda Antón) Casa Sánchez Protección Estructural Estructural Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Código PLA-09 PLA-10 PLA-11 PLA-12 PLA-13 PLA-14 PLA-15 PLA-16 Nombre La Torreta Casa Viñuels Borda Viñuels Borda Antón Borda Antón Borda UE-1 Borda Bertolo Borda Bertolo Protección Estructural Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental 2.8 CATÁLOGO DE SAN FELICES DE ARA (Tomo IV-2) Son Bienes catalogados del núcleo de San Felices de Ara los siguientes: Código FEL-01 FEL-02 FEL-03 FEL-04 FEL-05 FEL-06 FEL-07 Nombre Protección Borda Piquero Ambiental Borda Javierre Ambiental Borda de Jal y Casa Marco Estructural Casa Jal Estructural Iglesia Estructural Casa Arjona antes Marco Ambiental C.Giral y arco de C. Gallinero Ambiental Código FEL-08 FEL-09 FEL-10 FEL-11 FEL-12 FEL-13 Nombre Casa Valles Borda Vallés Borda Jal Casa Tuesto Borda Giral Casa Javierre Protección Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural 2.9 CATÁLOGO DE ARRESA (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de Arresa los siguientes: Código ARR-01 ARR-02 ARR-03 ARR-04 ARR-05 Nombre Iglesia Casa Palacio Casa Orroyo (Sebastián) Borda de Morer en barranco Casa del Francés PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) Protección Estructural Estructural Estructural Ambiental Ambiental Código ARR-06 ARR-07 ARR-08 ARR-09 Nombre Borda Arilla cº barranco Casa Chané o Casa Pablé Casa Morer Borda de Arilla Protección Ambiental Estructural Estructural Ambiental DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 6 2.10 CATÁLOGO DE JAVIERRE (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de Javierre los siguientes: Código JAV-01 JAV-02 JAV-03 JAV-04 JAV-05 JAV-06 JAV-07 Nombre Borda Orós (J. Luis Orús) Borda Almacén Casa Orós (J. Luis Orús) Borda ERZ Casa Larrosa Borda ERZ Borda de Ganado (ERZ) Protección Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Código JAV-08 JAV-09 JAV-10 JAV-11 JAV-12 JAV-13 Nombre Iglesia Casa sobre la iglesia Abadia Casa Jal Casa Orús y Escuela Cochera Jiménez Protección Estructural Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Ambiental 2.11 CATÁLOGO DE SANTA LOARÍA (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de Olaria los siguientes: Código OLA-01 OLA-02 OLA-03 OLA-04 OLA-05 OLA-06 Nombre Casa Señor Casa Herrero Casa Allué Casa Piquero Casa Antín Casa Soro Protección Integral Estructural Ambiental Estructural Ambiental Estructural Código OLA-07 OLA-08 OLA-09 OLA-10 OLA-11 OLA-12 Nombre Borda de Señor Borda Soro Casa Ferrer Bordas Carretera Almacén - Barranco Borda de Ferrer Protección Ambiental Ambiental Estructural Ambiental Ambiental Ambiental Nombre Protección 2.12 CATÁLOGO DE SAN MARTÍN (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados de San Martín los siguientes: Código MAR-01 Nombre Conjunto u. de S. Martín Protección Estructural Código 2.13 CATÁLOGO DEL VALLE DE LA SOLANA (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de la Solana los siguientes: Código SOL-01 SOL-02 SOL-03 SOL-04 SOL-05 SOL-06 SOL-07 SOL-08 SOL-09 SOL-10 SOL-11 SOL-12 SOL-13 SOL-14 SOL-15 Nombre Conjunto urbano Burgasé Fach. casa Abadía / Burgasé Escojuradero / Burgasé Conjunto urbano / Cajol Pajar / Cajol Casa / Cajol Conjunto urbano Campol Casas Adosadas / Campol Conjunto urbano Castelar Conjunto urbano Gere Conjunto urbano Ginuabel Chimenea I / Ginuabel Chimenea II / Ginuabel Conjunto urbano Giral C. u. Muro de la Solana Protección Conjunto Estructural Integral Conjunto Ambiental Estructural Conjunto Estructural Conjunto Conjunto Conjunto Elemento Elemento Conjunto Conjunto Código SOL-16 SOL-17 SOL-17B SOL-18 SOL-19 SOL-20 SOL-21 SOL-22 SOL-23 SOL-24 SOL-25 SOL-26 SOL-27 SOL-28 SOL-29 Nombre Conjunto urbano Puyuelo C.u. S. Felices de la Solana Iglesia Conjunto urbano Sasé Casa Chuse / Sasé Casa Pablo Sasé Conjunto urbano Semolué Conjunto urbano Tricas Conjunto urbano Villamana C. u. Pardina de Alseto Pajar Villamana Iglesia Geré Iglesia Muro Iglesia Sasé Iglesia Villamana Protección Conjunto Conjunto Estructural Conjunto Estructural Estructural Conjunto Conjunto Conjunto Conjunto Estructural Estructural Estructural Estructural Estructural 2.14 CATÁLOGO DE PUEBLOS DESHABITADOS (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados de pueblos deshabitados los siguientes: Código JAN-01 LAV-01 LAV-02 LAV-03 Nombre Conjunto urbano de Jánovas Conjunto urbano de Lavelilla Torre del Señor / Lavelilla Iglesia / Lavelilla PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) Protección Conjunto Conjunto Estructural Estructural Código LAC-01 VIÑ-01 BER-01 Nombre Conjunto urbano de Lacort Pardina de Viñuales Conjunto urbano de Berroy Protección Conjunto Conjunto Conjunto DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 7 2.15 CATÁLOGO DE BIENES ARQUEOLÓGICOS Y PALEONTOLÓGICOS (Tomo IV-1) Son Bienes catalogados del núcleo de la Solana los siguientes: Código ARQ-01 ARQ-02 ARQ-03 ARQ-04 ARQ-05 ARQ-06 ARQ-07 ARQ-08 ARQ-09 ARQ-10 ARQ-11 Nombre Giral Gabarré Virgen de Gorba Lirán Iglesia de Samper San Martín Semué Tuartas Villanova Lurín Esa Protección Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Código ARQ-12 ARQ-13 ARQ-14 ARQ-15 ARQ-16 ARQ-17 ARQ-18 ARQ-19 PAL-01 PAL-02 Nombre Estapella Torrellola Bolavé Lusiarre Puyal Villamonte Viñuales Cueva de Alcanadre Albella Fiscal Protección Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Arqueológica Paleontológica Paleontológica 3.- NORMAS DE APLICACIÓN 3.1 CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS. Los tipos de obras que podrán realizarse en el ámbito de los edificios y entornos protegidos son los siguientes: a. Conservación: Son obras de conservación aquellas cuya finalidad es la de cumplir las obligaciones de los titulares en cuanto se refiere a las condiciones de ornato e higiene de la edificación. b. Restauración: Son obras de restauración aquellas que constituyen el grado máximo de conservación, con las que se pretende, mediante una reparación de los elementos estructurales o no del edificio, restituir sus condiciones originales, no admitiéndose en el proceso aportaciones de nuevo diseño. La reposición o reproducción de las condiciones originales habrá de incluir la reparación o incluso la sustitución de elementos estructurales e instalaciones para asegurar la estabilidad y adecuado funcionamiento del edificio en relación a las necesidades y usos a que sea destinado. c. Consolidación: Son obras de consolidación las de afianzamiento y refuerzo de elementos estructurales con eventual sustitución parcial de éstos, manteniendo los elementos arquitectónicos de organización del espacio interior (disposición de escaleras, patios de parcela, número de viviendas, etc.), aunque haya aportaciones de nuevo diseño. d. Rehabilitación: Son obras de rehabilitación las de adecuación, mejora de las condiciones de habitabilidad o redistribución del espacio interior, manteniendo en todo caso las características estructurales del edificio. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 8 Este tipo de obra podrá suponer la adecuación de usos bajo cubiertas actuales o que completen éstas; modificación de patios interiores o de huecos que no sean fachadas; apertura de patios interiores y de huecos de escaleras que no afecten a la estructura portante, con excepción de forjados, y la ocupación de patios interiores cuando éstos tengan dimensiones notoriamente inferiores a las permitidas como mínimas por las Condiciones Generales de estas Normas Urbanísticas. En el caso de edificios incluidos en el nivel de Protección Integral en los que la rehabilitación tenga por objeto su adecuación a usos públicos, podrán asimismo realizarse nuevos forjados, entreplantas y obras análogas, siempre que no alteren las características que motivaron la protección del edificio. e. Reestructuración: Son obras de reestructuración las de adecuación o transformación del espacio interior del edificio, incluyendo la posibilidad de demolición o sustitución parcial de elementos estructurales, sin afectar en ningún caso a la fachada o fachadas exteriores y a sus remates. Podrá darse modificación de volumen de acuerdo con la normativa vigente. El caso extremo de obra de reestructuración sería el vaciado del edificio, entendiendo por tal la demolición interior generalizada, con mantenimiento de la fachada o fachada exteriores y sus remates. f. Obras parciales: Son obras parciales toda obra menor, o de tramitación abreviada, de acuerdo a la definición que de ellas hacen las Condiciones Generales de estas Normas Urbanísticas siempre que no afecten a los elementos estructurales o al aspecto exterior de la edificación. Se consideran también obras parciales las destinadas a suprimir elementos añadidos en los frentes comerciales o a reponer el estado original de las condiciones de fachada en planta baja. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 9 3.2 CONDICIONES ESTÉTICAS. 1. Toda actuación en el ámbito afectado por ésta Norma deberá someterse a las condiciones estéticas que se determinan para cada tipo de obra. 2. En obras de conservación deberán respetarse íntegramente todas las características del edificio, no permitiéndose la alteración o sustitución de cualquiera de los elementos estructurales o de diseño. 3. Las obras de restauración y consolidación habrán de ajustarse a la organización del espacio, estructura y composición del edificio existente. Los elementos arquitectónicos y materiales empleados habrán de adecuarse a los que presenta el edificio o presentaba antes de que fuera objeto de una modificación de menor interés. En las obras de restauración, además habrá de conservarse la decoración procedente de etapas anteriores de utilización congruentes con la calidad y uso del edificio. 4. En obras de rehabilitación deberá mantenerse siempre el aspecto exterior del edificio. 5. En obras de reestructuración la fachada deberá mantenerse conservando su composición y adecuándose a los materiales originarios. 3.3. PROTECCIÓN DE LA PARCELA. En cada edificio de los niveles Integral, Estructural o Ambiental, la protección se extiende a la totalidad de la parcela en que se encuentra situado, quedando excluida la posibilidad de segregación de nuevas parcelas. Sólo quedan excluidos de ésta regla los que expresamente se establezcan. 3.4 NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN INTEGRAL. 3.4.1 Dentro de los edificios con un grado de Protección Integral, según se marca en la correspondiente ficha de catálogo, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones en cuanto a las Obras Permitidas: 1.- En edificios con Protección Integral se autorizarán, con carácter preferente, obras de consolidación, restauración y conservación, tanto si afectan a la totalidad como a parte del edificio. 2.- Asimismo se autorizarán con carácter no preferente las siguientes obras: a) Obras de rehabilitación que no supongan reducción ni aumento de la superficie total que tenía el edificio antes de las obras. b) Obras de rehabilitación necesarias para adecuar el edificio a usos públicos dotaciones o que persiga la mejora o revitalización de usos públicos obsoletos. c) Obras parciales asimilables a cualquiera de los grupos anteriores. Estos tipos de obra sólo se permitirán cuando no supongan riesgo de pérdida o daño de las características que motivaron la Protección Integral. 3.- Quedan expresamente prohibidas todo tipo de obras y actuaciones que, afectando al conjunto del edificio no se encuadren en las definiciones anteriores. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 10 3.4.2 La concesión de las licencias de las obras en edificios comprendidos dentro del ámbito de edificios con Protección Integral, y que supongan modificar las fachadas de éstos, tales como proyectos de derribo, reforma, rehabilitación y construcción de nuevos edificios, será necesario el informe favorable de la Comisión de Patrimonio Histórico Artístico del Gobierno de Aragón. Los proyectos que se presenten deberán aportar, dentro de la Memoria Justificativa del Proyecto, memoria valorativa histórico – artística justificativa de la intervención realizada por un técnico competente en la materia, fotografías de los alzados y de cuantos elementos de interés contenga, junto con el informe del técnico municipal, y planos de plantas y alzados de su estado actual y de la propuesta. técnico competente en la materia, fotografías de los alzados y de cuantos elementos de interés contenga, junto con el informe del técnico municipal, y planos de plantas y alzados de su estado actual y de la propuesta. 3.5 NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL. 3.5.1 Dentro de los edificios con un grado de Protección Estructural, según se marca en la correspondiente ficha de catálogo, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones en cuanto a las Obras Permitidas: - Se autorizarán, con carácter preferente, obras de consolidación, restauración, conservación y rehabilitación y tanto si afectan a la totalidad como a parte del edificio. - También se permiten las obras parciales asimilables a los grupos anteriores. - Quedan prohibidas las obras de reestructuración. 3.5.2 En cuanto a la Edificabilidad de los distintos inmuebles o solares, afectados por esta grado de protección, se tendrá en cuenta lo siguiente: 1.- En el caso de obras de conservación, restauración, consolidación o rehabilitación, el volumen será el edificado. 2.- En obras de rehabilitación se permitirá la construcción de entreplantas. 3.5.3 Cualquier actuación a realizar en los edificios declarados de Protección Estructural relacionados en el catálogo, aportará, dentro de la Memoria Justificativa del Proyecto, una memoria valorativa histórico-artística, justificativa de la intervención; esta estará realizada por un técnico competente en la materia, incluirá además fotografías de los alzados y de cuantos elementos de interés contenga, junto con el informe del técnico municipal, y planos de plantas en su estado actual y de la propuesta. 3.6 NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL. 3.6.1 Dentro de los edificios con un grado de Protección Ambiental, según se marca en la correspondiente ficha de catálogo, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones en cuanto a las Obras Permitidas: 1.- En edificios con Protección Ambiental se autorizarán, con carácter preferente, obras de consolidación, restauración, conservación, rehabilitación y reestructuración, tanto si afectan a la totalidad como a parte del edificio. 2.- Asimismo se consideran obras con carácter no preferente las obras parciales reseñadas en el punto anterior cuando aumenten el número de viviendas o varían la superficie total ocupadas por las mismas. 3.6.2 En cuanto a la Edificabilidad de los distintos inmuebles o solares, afectados por esta grado de protección, se tendrá en cuenta lo siguiente: 1.- En el caso de llevar a cabo obras de conservación, restauración, consolidación o rehabilitación, las condiciones de edificabilidad serán las establecidas en las Normas de Protección Estructural. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 11 2.- En los casos de obras de reestructuración, las condiciones de edificabilidad será la fijada por la ordenanza correspondiente 3.- En los casos de obras de reestructuración, la edificabilidad podrá materializarse con elevación de plantas sobre el edificio existente, sin superar en ningún caso la altura o número de plantas permitidas. 3.6.3 En cuanto a las condiciones estáticas, deberán cumplirse en los edificios de interés ambiental todos los requisitos que se establecen para los conjuntos en el artículo siguiente. 3.7 NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN DE CONJUNTOS DE INTERÉS AMBIENTAL. 3.7.1 La declaración de protección como Conjunto de Interés implicará la conservación del mismo, preservando los valores que llevaron a su declaración. Las edificaciones que se encuentren dentro de este conjunto y se construyan ex novo dentro del mismo, deberán acomodarse tanto en volúmenes, materiales y estética a los edificios que llevaron a la declaración de conjunto de interés y las propias determinaciones de la misma declaración. 3.7.2 Cualquier proyecto de intervención dentro del ámbito del Conjunto deberá ser aprobado por la comisión municipal previo informe favorable del Técnico municipal. Los Proyectos deberán aportar, dentro de la Memoria Justificativa de cada uno que se realice dentro del Conjunto (sea de nueva edificación o de intervención en edificios existentes y no catalogados), fotografías de los alzados existentes en el entorno y de cuantos elementos de interés contenga, y los planos de los alzados de su estado actual (cuando se trate de edificios ya existentes y no catalogados) y de la propuesta. 3.7.3 Con el fin de mantener y preservar el interés ambiental que poseen ciertos edificios del núcleo, se han introducido en el documento de Catálogo aquellos que deben conservar los valores característicos de la escena urbana actual y, por tanto, quedar sujetos a un régimen de protección. Se aplica a aquellas edificaciones de fachada y volumen tradicional, que constituyen sus componentes más representativos, y su desaparición supondría un quebranto del entorno en el que se encuentran y que, por tanto, deben ser conservadas en su estado actual. 3.7.4 En casos de sustitución de la cubierta, se deberán mantener los gálibos existentes. Como material de cubierta, se recomienda el empleo de losa de piedra tradicional de la zona, si bien podrá autorizarse justificadamente el empleo de teja plana en colores terrosos, de aspecto similar a la laja de piedra tradicional. El Ayuntamiento de Fiscal podrá establecer como obligatoria la utilización de losa de piedra tradicional en estos inmuebles, si dispone para ello de instrumentos o medios eficaces en el momento de la solicitud de la preceptiva licencia de obras, de tal forma que la opción “losa de piedra” no resulte especialmente gravosa para el promotor de la rehabilitación del inmueble catalogado. 3.7.5 En las fachadas se podrán abrir nuevos vanos siempre y cuando sean necesarios para los nuevos espacios interiores, o bien la reorganización de los ya existentes. Estos nuevos vanos deberán ir en consonancia con los existentes en el edificio y cumplir la normativa aplicable y las disposiciones de la ficha de Catálogo del edificio. Igualmente el cambio de ubicación en la fachada debe de estar justificado y no debe de suponer una modificación sustancial respecto a la fachada original. 3.7.6 La protección no abarca los anejos o añadidos posteriores (entendiendo por tales los que supongan un cambio de material respecto al utilizado en el edificio original y usado tradicionalmente), que deberán desaparecer en el caso de rehabilitación integral, sobre todo aquellos que no cumplan la normativa de aplicación según la Ficha de catálogo. 3.7.7 Especial atención merece los casos en que se plantee abrir algún hueco más en una fachada o modificar alguno existente, en este caso será potestativo del técnico el denegar o consentir estas actuaciones en función del grado de alteración que suponga respecto a la fachada original y de las necesidades de habitabilidad (que habrá que justificar); en todo caso si se permiten, tendrán que ser similares a los huecos originales y deberán quedar encajados en el conjunto de la fachada, en general alineados con los existentes y de las mismas características tradicionales. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 12 3.8 NORMAS PARTICULARES DE PROTECCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE INTERÉS. 3.8.1 Deberán conservarse todos aquellos elementos representativos que aparezcan tanto en fachadas como en cubiertas, tales como arcos de entrada, jambas y arcos de ventanas, vierteaguas, chimeneas, encanetados y cualquier elemento que de singularidad y sea un elemento tradicional de estos núcleos. 9702. La conservación de estos elementos implica una conservación del entorno en el que se encuentran alojados. Siempre que no sea posible su conservación in situ durante las obras de rehabilitación, se permite su desmontaje, bajo la condición de que deberán reubicarse en el mismo lugar en el que se encontraban (tanto en cota, como orientación). Cuando se trate de la conservación de ventanas, siempre y cuando se encuentre justificado por reorganización de fachada, se permite el cambio de la cota de reintegración en el nuevo edificio. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 13 4. NÚCLEOS URBANOS PALEONTOLÓGICOS Y PATRIMONIO. YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS 4.1 YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS ARQ-01 Yacimiento: Giral Localización: Giral Nº: 16 Cota: 880 Coordenadas: 30TYN438100 ARQ-02 Yacimiento: Gabarre Localización: Ligüerre de Ara Nº: 27 Cota: 1040 Coordenadas: 30TYN387052 Descripción: Bloque de roca arenisca con grabados rupestres que se localiza en las afueras del casco urbano. Secuencia cultural: Hallazgo de grabados en la roca sin datación segura. Referencia: Domínguez, A. et alli, 1983. Carta arqueológica de España. Huesca. Huesca. Pág. 68, nº 76 Descripción: Necrópolis medieval de lajas. Secuencia cultural: Edad Media. Estructuras funerarias, ideológicas o representaciones gráficas. Necrópolis. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Págs. 25 - 28 Descripción: Ermita con restos de un despoblado en sus Yacimiento: Virgen de Gorba alrededores. Localización: San Felices Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Rural Nº: 31 concentrado estable. Cota: 1120 Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de Coordenadas: 30TYN443035 cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 28 ARQ-04 Descripción: Ermita y despoblado. Yacimiento: Lirán Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Abrigo/Cueva Localización: Burgasé Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de Nº: 17 cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 30 Cota: 1300 Coordenadas: 30TYN455110 ARQ-05 Descripción: Se conserva la planta de la iglesia y en sus Yacimiento: Iglesieta de alrededores cubierto por la vegetación se encuentra despoblado. Samper Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Rural Localización: Ligüerre de Ara concentrado estable. Nº: 28 Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de Cota: 1200 cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Coordenadas: 30TYN377043 Pág. 32 ARQ-06 Descripción: Restos posiblemente de un monasterio localizado en Yacimiento: San Martín el valle de Fiscal que se reconoce por unos amontonamiento de Localización: Fiscal piedras. Secuencia cultural: Indiferenciado. Plena/Baja Edad Media. Nº: 18 Estructuras de culto. Complejo religioso y residencial Cota: 900 Coordenadas: 30TYN456085 Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 33 ARQ-07 Descripción: Despoblado y con ermita. Yacimiento: Semué Secuencia cultural: Localización: Ginuábel Referencia: Rey Lanaspa, J., “Yacimientos arqueológicos del Nº: 23 termino municipal de Fiscal (Huesca)”. Informe entregado en el Cota: 1060 Gobierno de Aragón. Coordenadas: 30TYN421114 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 14 Y ARQ-13 Yacimiento: Torrellola Localización: Muro de Solana Nº: 22 Cota: 1500 Coordenadas: 30TYN415095 Descripción: Necrópolis medieval de lajas que se localiza al oeste de un puntón. Secuencia cultural: Edad Media. Estructuras funerarias, ideológicas o representaciones gráficas. Necrópolis. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 36 Descripción: Necrópolis medieval de lajas y despoblado que se encuentra documentado. Secuencia cultural: Edad Media. Estructuras funerarias, ideológicas o representaciones gráficas. Necrópolis. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 36 Descripción: Despoblado que se encuentra documentado y se encuentra en una zona en la que actualmente hay campos. Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Rural concentrado estable. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 30 Descripción: Despoblado documentado y en la actualidad aparecen abundantes amontonamientos de piedras en una zona en la que también hay campos. Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Rural concentrado estable. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 24 Descripción: Despoblado ubicado en la zona que aparece señalada en el mapa aunque no disponemos de datos sobre el punto exacto. Secuencia cultural: Indeterminado. Asentamientos. Rural concentrado estable. Referencia: Rey Lanaspa, J., “Yacimientos arqueológicos del termino municipal de Fiscal (Huesca)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón. Descripción: Puntón fortificado con abundantes muros que puede corresponder a un castillo. Secuencia cultural: Edad Media. Sistemas defensivos. Castillos y equivalentes. Referencia: Castán Sarasa, A., 1988. Arquitectura militar y religiosa del Sobrarbe y Serrablo Meridional. Siglos XI – XII, 25. Huesca. Págs. 24 - 25 ARQ-14 Yacimiento: Bolavé Localización: Burgasé Nº: 25 Cota: 1310 Coordenadas: 30TYN452122 Descripción: Despoblado medieval conocido por transmisión oral. Secuencia cultural: Edad Media. Asentamientos. Rural concentrado estable. Referencia: Rey Lanaspa, J., “Yacimientos arqueológicos del termino municipal de Fiscal (Huesca)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón. ARQ-08 Yacimiento: Tuartas Localización: Albella Nº: 14 Cota: 1200 Coordenadas: 30TYN435010 ARQ-09 Yacimiento: Villanova Localización: Borrastre Nº: 15 Cota: 880 Coordenadas: 30TYN366081 ARQ-10 Yacimiento: Lurín Localización: Sasé Nº: 19 Cota: 1300 Coordenadas: 30TYN393096 ARQ-11 Yacimiento: Esa Localización: Tricas Nº: 20 Cota: 860 Coordenadas: 30TYN429075 ARQ-12 Yacimiento: Estapella Localización: Muro de Solana Nº: 24 Cota: 1010 Coordenadas: 30TYN413080 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 15 Descripción: Pardina en la que tenemos indicios de la existencia de un poblamiento mayor. Secuencia cultural: Indiferenciado. Plena/Baja Edad Media. Asentamientos. Rural concentrado estable. Cristiano. Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 31 ARQ-16 Descripción: Despoblado conocido por transmisión oral. Yacimiento: Puyal Secuencia cultural: Localización: Ligüerre de Ara Referencia: Rey Lanaspa, J., “Yacimientos arqueológicos del Nº: 29 termino municipal de Fiscal (Huesca)”. Informe entregado en el Cota: 900 Gobierno de Aragón. Coordenadas: 30TYN407056 ARQ-17 Descripción: Despoblado conocido por transmisión oral y no Yacimiento: Villamonte documentado. Localización: Planillo Secuencia cultural: Indeterminado. Asentamientos. Rural Nº: 30 concentrado estable. Cota: 910 Referencia: Rey Lanaspa, J., “Yacimientos arqueológicos del Coordenadas: 30TYN450022 termino municipal de Fiscal (Huesca)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón. ARQ-18 Descripción: Despoblado que se encuentra documentado pero Yacimiento: Viñuales hasta la fecha no ha sido localizado. Localización: Lardiés Secuencia cultural: Indiferenciado. Plena/Baja Edad Media. Nº: 26 Asentamientos. Rural concentrado estable. Cristiano. Cota: 1040 Referencia: Castán Sarasa, A., 1990. Románico e Iglesias de Coordenadas: 30TYN332076 cabecera triple en la ribera del Ara y valle de Vio. Huesca. Pág. 38 ARQ-19 Referencia: Viladés Castillo, J. Mª., 2002. “Asistencia técnica Yacimiento: Cueva de para la redacción del proyecto de construcción nueva carretera Alcanadre entre Sabiñánigo – Fiscal vía Pirenaica N – 260 de Frontera Localización: Fiscal francesa (por Bou) a Sabiñánigo”. Informe entregado. Nº: 32 Cota: 1650 Coordenadas: 30TYN321069 ARQ-15 Yacimiento: Lusiarre Localización: Fiscal Nº: 21 Cota: 1500 Coordenadas: 30TYN396141 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 16 4.2 YACIMIENTOS PALEONTOLÓGICOS PAL-01 Yacimiento: Albella Localización: Albella Nº: 001 Coordenadas: 30TYN435057 PAL-02 Yacimiento: Fiscal Localización: Fiscal Nº: 002 Coordenadas: 30TYN354090 (Base) 30TYN366094 (Techo) Era: Cenozoico Período: Paleógeno Taxones representativos: Bancos de Macroforaminíferos Observaciones: Aunque se desconocen las coordenadas exactas del yacimiento se sabe que se encuentra en las proximidades de la Ermita de San Urbez. Bibliografía: Puigdefábregas, C. 1975. La sedimentación en la Cuenca de Jaca. Nº Extra. Pirineos, 104, 188 pp. Era: Cenozoico Período: Paleógeno Taxones representativos: Acumulaciones de Ostraea, Gasterópodos, foraminíferos bentónicos y foraminíferos plactónicos. Observaciones: Aunque se desconocen las coordenadas exactas del yacimiento se sabemos que comienza a pocos metros al NE de Fiscal y continúa en dirección SW. Bibliografía: Puigdefábregas, C. 1975. La sedimentación en la Cuenca de Jaca. Nº Extra. Pirineos, 104, 188 pp. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 17 5. MARCO LEGISLATIVO Se ha realizado consulta al Servicio de Patrimonio Cultural recabando información y condiciones para el desarrollo del PGOU. Existe un único bien declarado BIC que es la Torre de Fiscal. Se recuerdan los textos legales que afectan a la protección del Patrimonio Cultural: Aptdo. de Legislación específica, deberá incluirse: ▪ ▪ La Ley 16/1985, de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español. La Ley 3/1999, de 10 de marzo de Patrimonio Cultural Aragonés. Respecto a las Normas de Protección, las contenidas en el Título II y III de la Ley 3/1999, de 10 de marzo. Aptdo. de Legislación Urbanística, recordar con respecto al Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, lo dispuesto en el Art. 22 que a continuación se cita, referente al Suelo No Urbanizable Especial: “En el suelo no urbanizable especial está prohibida cualquier construcción, actividad o utilización que implique transformación de su destino o naturaleza, lesione el valor especifico que se quiera proteger o infrinja el correcto régimen limitativo establecido por las directrices de Ordenación Territorial, los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, la legislación sectorial o el planeamiento urbanístico” (Art. 22 de la Ley 5/1999 Urbanística de Aragón) Zaragoza para Fiscal, Noviembre de 2006 Gerardo Molpeceres Montserrat Abad J. Ignacio de Rosendo Documento anejo: 6. FICHAS DE CATÁLOGO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA FISCAL (HUESCA) DOCUMENTO IV • CATÁLOGO Noviembre, 2006. Pág. 18