CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL ORDENANZA NÚMERO 1 PLAZO

Transcripción

CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL ORDENANZA NÚMERO 1 PLAZO
CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL
ORDENANZA NÚMERO 1
PLAZO DE PAGO
Las liquidaciones se practicarán con anterioridad al 31 de agosto de cada año.
Cuando no sea preceptiva la notificación individual las liquidaciones deberán
satisfacerse en plazo no inferior al de un mes contado a partir de la fecha de
comunicación de los recibos. Los recibos se entenderán comunicados
transcurridos 15 días desde su expedición.
En la Resolución que apruebe las liquidaciones se indicará la fecha final del
periodo voluntario de pago y se determinará, en su caso, el fraccionamiento de
la cuota.
La comunicación del periodo de cobro se llevará a cabo de forma colectiva
publicándose los correspondientes edictos en el Boletín Oficial de Navarra y en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
• Modificación publicada en el BON 44/2013, de 5 de marzo.
-Tipo de gravamen:
Unidades urbanas: 0,15524%.
Unidades rústicas: 0,7066%.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.-En lo no previsto en la presente Ordenanza será de aplicación
supletoria lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal General y en la Ley Foral
2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.
Segunda.-La presente Ordenanza entrará en vigor, produciendo plenos efectos
jurídicos, una vez haya sido publicado íntegramente su texto en el Boletín
Oficial de Navarra.