“Tratándose de escrituras públicas autorizadas con anterioridad a la

Transcripción

“Tratándose de escrituras públicas autorizadas con anterioridad a la
Obras nuevas antiguas en suelo no urbanizable de especial protección
Belén Gómez Valle
suministrada y tratada, nos permitirá saber si esa finca se
encuentra o no en suelo rústico de especial protección, y en el
caso de que así fuere, se puede además saber si es un suelo
forestal, si es una zona inundable, por ejemplo por lindar con
ramblas, o incluso si la zona se está repoblando forestalmente
por haber habido anteriormente un incendio forestal, si invade
la zona marítimo terrestre, si la atraviesa una vía pecuaria,
etc.
En consulta formulada sobre esta cuestión al Centro de Estudios
registrales de la Comunidad Valenciana, y tras un exhaustivo
trabajo llevado a cabo por la Registradora de la Propiedad Doña
Rosa Navarro, se viene a sancionar que es necesario buscar un
equilibrio entre los intereses en juego, es decir, entre el
particular que pretende la inscripción de su obra en el Registro
y la necesaria protección que demanda el suelo rústico
especialmente protegido, y por otro lado también es necesario
armonizar
la
protección
de
los
propietarios
de
estas
construcciones, en muchos casos terceros adquirentes de buena
fe,
y
la
inactividad
de
la
administración
ante
estas
construcciones que debía haber puesto en marcha su mecanismo
protector de la legalidad urbanística, solicitando cuanto menos,
la incoación del correspondiente expediente de disciplina
urbanística, que por lo menos interrumpiría la prescripción de
la infracción (Res. D.G.R.N. 17.01.2012).
“Tratándose de escrituras
públicas autorizadas con
anterioridad a la entrada en
vigor de una determinada
norma de protección de
legalidad urbanística, pero
presentados en el Registro
de la Propiedad durante su
vigencia, debe el Registrador
exigir su aplicación (Res.
17.01.2012)”.
Así que si bien es cierto que las
Resoluciones
de
la
D.G.R.N.de
9.01.2010 y 24.03.2011 afirman que
cada ley del suelo se aplicará (con
sus requisitos) a los documentos
otorgados durante sus respectivos
períodos de vigencia, también es
cierto que:
Tratándose de escrituras públicas
autorizadas con anterioridad a la
entrada en vigor de una determinada
norma de protección de legalidad
urbanística, pero presentados en el
Registro de la Propiedad durante su
vigencia, debe el Registrador exigir
su aplicación (Res. 17.01.2012).
La discordancia entre la realidad física extra registral y el
contenido del Registro, es decir, entre la construcción llevada
a cabo en suelo no urbanizable de especial protección y la
Nº2 mayo de 2012. Cuadernos Ambientales de la Propiedad
Sección Primera. Firma Registral