requisitos para el trámite de levantamiento parcial de veda regional
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REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE LEVANTAMIENTO PARCIAL DE VEDA REGIONAL DE ESPECIMENES FORESTALES TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN ....................................................................................................................................... 2 2. GLOSARIO Y DEFINICIONES................................................................................................................... 2 3. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO PARCIAL DE VEDA REGIONAL ............... 3 4. TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA DOCUMENTO TÉCNICO QUE SOPORTE LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE LA VEDAD PARCIAL..................................................................................................... 3 4.1. Introducción (máximo 1 hoja)....................................................................................................................... 3 4.2. Ubicación y/o localización ............................................................................................................................ 3 4.3. Caracterización fisicobiótica del área a intervenir (máximo 5 hojas) ........................................................... 3 4.4. Aspectos técnicos ........................................................................................................................................ 4 4.4.1. Para levantamiento parcial de veda regional de árboles aislados ........................................................... 4 4.4.2. Para levantamiento parcial de veda regional de árboles en bosques naturales ...................................... 4 5. PLAN DE COMPENSACIONES................................................................................................................. 5 5.1. Objetivos de la propuesta de compensación ............................................................................................... 5 5.2. Ubicación del(os) posible(s) sitio(s) donde se pretende realizar la compensación ..................................... 5 5.3. Descripción de impactos que se deben compensar por el levantamiento de veda ..................................... 6 5.4. Propuesta(s) de la(s) medida(s) de compensación ..................................................................................... 7 5.6. Monitoreo y evaluación de la(s)medida(s) de compensación ...................................................................... 7 6. ANEXOS E INFORMACIÓN DE SUSTENTO ............................................................................................ 8 7. BASE CARTOGRÁFICA ............................................................................................................................ 8 8. BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................................................... 9 9. ANEXOS .................................................................................................................................................... 9 1. PRESENTACIÓN El presente documento pretende brindar lineamientos generales y requisitos necesarios para presentar solicitud de levantamiento parcial de veda regional de especies forestales establecidas en la Resolución No. 495 del 2 de septiembre de 2015, con base a las directrices establecidas en el Plan General de Ordenación Forestal, PGOF de CORPOCHIVOR adoptado legalmente mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 016 del 27 de noviembre de 2013 y/o otras Determinantes Ambientales. Asimismo, da directrices para la presentación del plan de compensación, basado en tres aspectos fundamentales: i) Cuánto compensar en términos de área; ii) Dónde realizar la compensación; y iii) Cómo compensar y qué tipo de acción desarrollar. 2. GLOSARIO Y DEFINICIONES Flora Silvestre: Es el conjunto de especies e individuos vegetales del territorio nacional que no se han plantado o mejorado por el hombre. Producto de la flora silvestre: Son los productos no maderables obtenidos a partir de las especies vegetales silvestres, tales como gomas, resinas, látex, lacas, frutos, cortezas, estirpes, semillas y flores, entre otros. Medidas de prevención: son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre la biodiversidad. Medidas de mitigación: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre la biodiversidad. Medidas de corrección: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones de la biodiversidad afectada por el proyecto, obra o actividad. Medidas de compensación: Los impactos ambientales identificados de proyectos, obras o actividades, que conlleven pérdida de biodiversidad en las áreas de intervención y que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos serán resarcidos a través de medidas de compensación. Área ecológicamente equivalente o de equivalencia ecológica: se refiere a áreas de ecosistemas naturales y/o vegetación secundaria que mantienen especies y comunidades similares a los presentes en el ecosistema natural o vegetación secundaria impactados y que tienen una viabilidad ecológica similar por área, condición y contexto paisajístico. Veda parcial: Acto administrativo establecido por la autoridad competente en que está prohibido extraer un recurso en un área determinada por un espacio de tiempo. Determinantes Ambientales: son un insumo importante para lograr la articulación de los procesos de revisión, ajuste y reformulación de los Planes de Ordenamiento Territorial con las propuestas de Ordenamiento Ambiental promovidas desde los niveles regionales y nacionales, como lo son las áreas protegidas, los Planes de Ordenación Forestal, Planes de Manejo de Páramos y Humedales, los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas y demás instrumentos de planificación existentes. Servicios ecosistémicos: Los servicios ecosistémicos son la multitud de beneficios que la naturaleza aporta a la sociedad. La biodiversidad es la diversidad existente entre los organismos vivos, que es esencial para la función de los ecosistemas y para que estos presten sus servicios. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO PARCIAL DE VEDA REGIONAL 3. Para adelantarla solicitud de levantamiento parcial de veda regional de especies forestales contempladas en la Resolución No. 495 del 2 de septiembre de 2015, el interesado o solicitante deberá presentar como mínimo: 4. Solicitud motivada y/o oficio remisorio Copia cédula ciudadanía del solicitante o representación legal (personas jurídicas o entidades territoriales) Recibo pago publicación de la resolución en boletín oficial Formato de autoliquidación Recibo pago evaluación de la información Documento técnico (incluido plan de compensación)que soporta la solicitud según términos de referencia TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA DOCUMENTO TÉCNICO QUE SOPORTE LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE LA VEDAD PARCIAL 4.1. Introducción (máximo 1 hoja) Descripción del proyecto o actividades a desarrollar ligado a la necesidad de solicitar la veda parcial, definiéndose el objetivo del levantamiento parcial de la veda en el último párrafo. 4.2. Ubicación y/o localización Ubicación departamento(s) y/o municipio(s), donde se efectuará la solicitud de levantamiento parcial de veda regional. Definición de la(s) Área(s) de impacto correspondiente a él (los) polígono(s) de la zona(s) donde se efectuará la solicitud de levantamiento parcial de veda; Área(a) de Influencia Directa (AID) correspondiente a la zonificación de tipo de cobertura(s) a intervenir según cartografía del PGOF y otras Determinantes Ambientales; y la(s) Área(s) de Influencia Indirecta (AII), considerando la afectación directa e indirecta sobre el recurso forestal y la oferta de Servicios Ecosistémicos. Se deberá presentar archivo con coordenadas geográficas (Shape file), de los sitios e individuos objeto de la solicitud de levantamiento parcial de veda. 4.3. Caracterización fisicobiótica del área a intervenir (máximo 5 hojas) Realizar para la(s) Área(a) de Influencia Directa (AID) y las Áreas de Influencia Indirecta (AII) del proyecto o actividades a desarrollar ligado a la necesidad de solicitar de levantamiento parcial de veda regional, según sea el caso, la caracterización fisicobiótica del ecosistemas a intervenir, considerando aspectos como el paisaje, ecosistemas, zonas de vida (según Holdridge), tipos de bosque según el PGOF, uso actual del suelo según Corin Land Cover, zonificación ambiental según POMCA, Áreas protegidas y POT entre otros instrumentos de planificación y otras Determinantes Ambientales a nivel regional. Incluir cartografía de ubicación según magna sirgas (shapes). 4.4. Aspectos técnicos 4.4.1. Para levantamiento parcial de veda regional de árboles aislados Cuando el levantamiento parcial de veda regional corresponda a individuos aislados de especies forestales en terrenos de dominio público o en predios de propiedad privada, se deberá sustentar la solicitud, presentando la siguiente información: Ubicación del área donde se encuentras las especies objeto de la solicitud Municipio, vereda, sector y nombre del predio Tipo de tenencia (Público o Privado) Propietario y/o poseedor del predio donde se ubican los árboles No. de Matrícula Inmobiliaria del predio donde se ubican los árboles Coordenadas magna sirgas (X, Y, Z) de cada individuo a intervenir. Descripción botánica Determinación Taxonómica (incluyendo nombre común) Número de individuos sujetos al levantamiento de veda por especie y familia. Categoría de amenaza según CITES, IUCN y Resolución(es) vigente(s)( para el Territorio Nacional La identificación de las especies debe estar soportada por un herbario debidamente registrado en la Asociación Colombiana de Herbarios y los listados de especies deben estar acompañados por un registro fotográfico. Presentación de la información Carteras de campo y archivos del análisis y cálculos (En Excel, de acuerdo a los estadígrafos establecidos por la Corporación y en las plantillas de carga de información suministradas) con el fin de verificar la información presentada. 4.4.2. Para levantamiento parcial de veda regional de árboles en bosques naturales Cuando el levantamiento parcial de veda regional corresponda a individuos situados en bosques naturales (densos o fragmentados) ubicados en terrenos de dominio público o privado, el interesado o solicitante deberá sustentar su solicitud, presentando la siguiente información: Inventario forestal (previamente realizado para el proyecto o actividades a desarrollar, con el proceso metodológico y técnico seguido), que incluya entre otros: Descripción botánica Determinación Taxonómica (incluyendo nombre común) Categoría de amenaza según CITES, IUCN y Resolución(es) vigente(s) para el Territorio Nacional La identificación de las especies debe estar avalada por un herbario acreditado a nivel Nacional. Número de individuos sujetos al levantamiento de veda por especies Número de especies arbóreas totales Número de especies arbóreas en estatus de veda regional Particularidades Biológicas (Rareza y Endemismo entre otros) Indicadores Florísticos Riqueza especifica (diversidad alfa) Datos de la estructura que permitan determinar el estado de conservación del área a intervenir. Realizar Censo Forestal (al 100%) de las especies que están sujetas a veda regional, en las Área(s) de impacto y/o Área(a) de Influencia Directa (AID), que incluya entre otros: Ubicación: municipio, vereda, sector y nombre de los predios a intervenir, y coordenadas magna sirgas (X, Y, Z) de cada individuo a intervenir. Tipo de tenencia (Público o Privado) Propietario y/o poseedor del(os) predio(s) donde se ubican los árboles No. de Matrícula Inmobiliaria del(os) predio(s) donde se ubican los árboles La identificación de las muestras botánicas deberá estar avalada por un herbario debidamente registrado en la Asociación Colombiana de Herbarios. Presentación de la información La caracterización de la vegetación se presentará por cada uno de los Tipos de Bosque del PGOF y por cada uno se presentara una lista de las especies con su nombre científico, familia, nombre común, categoría de amenaza, entre otros. Los listados de especies deben estar acompañados por un registro fotográfico. Cartografía con coordenadas magna sirgas (X, Y, Z) de las Área(s) de impacto y/o Área(a) de Influencia Directa (AID), y de cada individuo a intervenir. Carteras de campo y archivos del análisis y cálculos (En Excel, de acuerdo a los estadígrafos establecidos por la Corporación y en las plantillas de carga de información suministradas) con el fin de verificar la información presentada, de conformidad al MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA SISTEMA DE MODELAMIENTO DEL BOSQUE SMB. 5. PLAN DE COMPENSACIONES Se beberá presentar una propuesta de Plan de Compensación por el levantamiento parcial de las especies de flora con veda regional establecida en la Resolución No. 495 del 2 de septiembre de 2015, para lo cual se deberá tener presente los siguientes elementos técnicos1: 5.1. Objetivos de la propuesta de compensación Objetivos de las medidas de compensación (general y específicos). El propósito final proporcionado por el recurso (cantidad, función y/o servicios). 5.2. Ubicación del(os) posible(s) sitio(s) donde se pretende realizar la compensación 1 Basados en lineamientos y referentes del Programa de Compensación de Negocios y Biodiversidad, (BBOP) por su sigla en inglés, (2012), y del Plan de Mitigación Compensatoria del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE.UU. (USACE) y la Agencia de Protección Ambiental (EPA), con relación a las medidas para evitar, minimizar, rehabilitar/restaurar los impactos y el diseño detallado e implementación de una compensación, citado en "Orientaciones para el diseño de un plan de compensaciones por pérdida de biodiversidad", versión 1.0. Documento para discusión. Abril 2015. Anexo 2 y Anexo 3. Los sitio(s) a proponer para adelantar las medidas de compensación deben ser ecológicamente equivalente al área a intervenir, por tanto, se deberá considerar los siguientes criterios para su selección2: Ser el mismo tipo de ecosistema natural afectado. Ser equivalente al tamaño o área a compensar al fragmento del ecosistema impactado. Igual o mayor condición y contexto paisajístico al fragmento del ecosistema impactado. Igual o mayor riqueza de especies al fragmento del ecosistema impactado. Que esté localizada en el área de influencia a intervenir. Que estén priorizadas como prioritarias para la conservación en Planes de Manejo de las áreas protegidas declaradas en la jurisdicción. Que representen una mayor oferta de servicios ambientales y compatibilidad con el régimen de usos y actividades previsto en los Planes de Ordenamiento Territorial, POMCA u otros instrumentos y estrategias regionales de planificación y Determinantes Ambientales. De no ser posible lo anterior, porque no existe el mismo tipo de ecosistema natural afectado o área ecológicamente equivalente, o aun existiendo, no es posible el acceso o existen restricciones para hacer posible la compensación, se buscará que el área a compensar se encuentre dentro de la misma subzona hidrológica donde se ubica el proyecto o actividades a desarrollar ligado a la necesidad de solicitar la veda parcial. Si no se encuentra el área ecológicamente equivalente en la subzona hidrológica, se acudirá a las subzonas hidrológicas circundantes, en lo más cerca posible al área impactada. De ser posible, se privilegiarán áreas ecológicamente equivalentes dentro del municipio donde se realizara el levanta miento de la veda. De los sitios identificados se deberá suministrar: La localización indicando municipio, vereda, nombre del predio, coordinadas magna sirgas (X, Y, Z) de las Área(s) y tamaño a intervenir Estado legal de las áreas a intervenir (Tipo de tenencia (Público o Privado), Propietario y/o poseedor del(os) predio(s) y No. de Matrícula Inmobiliaria) Las características ecológicas y la conectividad existente entre otros tipos de hábitat. La compatibilidad con los usos adyacentes de la tierra y los efectos ecológicamente previsibles que tendrá las medidas de compensación sobre importantes recursos acuáticos o terrestres, recursos culturales o hábitats para especies amenazadas o en peligro de extinción. Responsabilidad de los actores en los acuerdos que se suscriban para asegurar la protección en el largo plazo del sitio propuesto para la compensación. Cartografía con coordenadas magna sirgas (X, Y, Z) de las Área(s) 5.3. Descripción de impactos que se deben compensar por el levantamiento de veda Para asegurar que las acciones propuestas en el Plan de Compensación subsanen las pérdidas causadas, es necesario incluir una descripción de los impactos residuales que deben ser compensados, para lo cual se debe: Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad. Agosto de 2012. Describir los componentes clave de la biodiversidad afectados. Identificación de los posibles impactos negativos que pueden estar ligados al levantamiento parcial de veda, como resultado de las actividades que se van a desarrollar, sobre la biodiversidad en general y sobre los componentes clave identificados. Describir los impactos residuales sobre la biodiversidad, después de evitar, minimizar y rehabilitar/restaurar. Igualmente, se debe señalar el área y la ubicación espacial de estos impactos, así como los ecosistemas o tipos de hábitat afectados y la calidad de los mismos. Descripción de las áreas a impactar considerando el tipo de ecosistema o tipo de hábitat Descripción de la metodología y métricas (factores de compensación) utilizadas y la justificación para hacerlo, las áreas equivalentes y el área en donde se realizará la compensación, teniendo en cuenta entre otros, los criterios establecidos en el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad (Resolución 1517 de agosto de 2012). 5.4. Propuesta(s) de la(s) medida(s) de compensación Definir las propuestas de compensación las cuales deben incluir por lo menos: Definición del objetivo de estas, sus metas, actividades e indicadores, así como cronograma de ejecución. Descripción, identificación y ubicación de las estructuras y métodos de construcción o establecimiento (si aplica). Presupuesto a invertir en cada una Soporte legal si fuere el caso. Identificaron los actores y cómo será la participación de actores en el diseño de la compensación, además de presentar los resultados de su participación. Describir los roles y las responsabilidades de los actores implicados en la implementación de la compensación. Describir los arreglos institucionales y legales para la implementación de la compensación. Describir los hitos y estándares de desempeño para la implementación de la compensación con los cuales se asegurará que el Plan de Compensación logrará las ganancias en biodiversidad esperadas. Estos deben estar basados en objetivos verificables y deberán tener en cuenta las etapas esperadas del proceso de restauración y conservación de los ecosistemas, de tal forma que se puedan evaluar cualitativa y cuantitativamente y se pueda determinar si se están logrando los resultados ecológicos deseados, para así permitir una identificación temprana de posibles problemas y poder realizar un manejo adaptativo adecuado. Nota: Se podrá incluir como medidas de compensación el aporte de recursos para el Pago o retribución de Servicios Ambientales, según tasación y términos definidos por la Corporación. 5.6. Monitoreo y evaluación de la(s) medida(s) de compensación Describir las medidas para el monitoreo, la evaluación y el manejo adaptativo de las medidas de compensación propuestas, con las cuales se pueda determinar el cumplimiento de los estándares de desempeño y de las medidas de manejo adaptativo. Para cada meta se deben establecer indicadores que permitan monitorear y observar variaciones en el estado de los procesos de compensación. El plan de monitoreo debe incluir los parámetros que se van a monitorear en relación con estructura, composición y función, así como otros aspectos relacionados con conectividad, métodos y procedimientos y con el cronograma de monitoreo. También se debe especificar el responsable de realizar el monitoreo y el reporte. 6. 7. ANEXOS E INFORMACIÓN DE SUSTENTO Bibliografía consultada Registro fotográfico Información primaria de sustento Planos y cartografía Carteras de campo y archivos del análisis y cálculos (En Excel, de acuerdo a los estadígrafos establecidos por la Corporación y en las plantillas de carga de información suministradas) con el fin de verificar la información presentada. BASE CARTOGRÁFICA Con la información de la línea base, el interesado o solicitante deberá elaborar la cartografía general y temática necesaria la cual sustente la solicitud de levantamiento parcial y/o temporal para la tala de especies de la flora silvestre establecidos en la Resolución No. 495 del 2 de septiembre de 2015, con veda en la jurisdicción de CORPOCHIVOR, según sea el caso, la cual será presentada a una escala que permita visualizar adecuada y detalladamente los aspectos objeto del tema, acorde con la superficie de estudio. La información cartográfica presentada deberá tener como referencia sistema de coordenadas Magna-Sirgas, indicando el origen, y se deberá presentar el metadato mínimo por cada producto entregado de acuerdo a la Norma Técnica NTC-4611 (última actualización). El modelo de almacenamiento de la información cartográfica temática (Geodatabase) deberá ceñirse a lo dispuesto en la Resolución número 1415 del 2012 expedida por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o el acto administrativo que la modifique, sustituya o derogue. La información cartografía básica deberá presentarse igualmente en el modelo de almacenamiento Geodatabase estandarizado por el IGAC. La información geográfica y cartográfica se deberá entregar de la siguiente manera: Una carpeta con los archivos geográficos (Shape file). Una carpeta con la información de insumos utilizados en la elaboración de la cartografía (Imágenes de sensores remotos, planchas IGAC, planos EOT, etc.). Una carpeta con la información de los metadatos. Una carpeta con los respectivos mapas en formato PDF y/o JPG Una carpeta con las plantillas utilizadas para la elaboración de los mapas presentados. 8. 9. BIBLIOGRAFÍA Business and Biodiversity Offsets Programme (BBOP) (2012).Guidance Notes to the Standard on Biodiversity Offsets. Linares, Ricardo. 2015. Guía para el Desarrollo de la Ordenación Forestal Integral y Sostenible en Colombia. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la República de Colombia. Bogotá, D.C. 177 p. Anexos. II. MANUAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES. Documento Borrador https://www.minambiente.gov.co/.../Propuesta_para-publicacion. Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad. Agosto de 2012. Secretaria distrital de Ambiente, Bogotá D.C., Formulario de recolección de información silvicultural por individuo-ficha 1 (Hoja No. 2). Villareal H., M. Álvarez, S. Córdoba, F. Escobar, G. Fagua, F. Gast, H. Mendoza, M. Ospina y A. M. Umaña. Manual de métodos para el desarrollo de inventarios de biodiversidad. Programa de Inventarios de Biodiversidad. Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. Bogotá, Colombia. 236 p. ANEXOS Carpeta Planillas en Excel, para carga de información de estadígrafos, con referencia al levantamiento parcial de veda regional de árboles aislados. Carpeta Planillas en Excel, para carga de información de estadígrafos, con referencia al levantamiento parcial de veda regional de árboles en bosques naturales, según PLATAFORMA SISTEMA DE MODELAMIENTO DEL BOSQUE SMB.