1 instrucciones de la dirección general de

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1 instrucciones de la dirección general de
 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y
ORDENACIÓN EDUCATIVA PARA EL DESAROLLO DEL PLAN PROA EN LOS
CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS QUE IMPARTEN EDUCACIÓN
PRIMARIA, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA EN EL
CURSO 2012-2013.
Con objeto de orientar a los equipos directivos en la aplicación de los
programas de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria (Plan
PROA) para la puesta en marcha y el desarrollo de las diversas actuaciones incluidas
en este Programa, en su modalidad de “Acompañamiento”, se dictan las siguientes
instrucciones para el curso académico 2012-2013.
PRIMERA.
El Plan PROA, en los centros que imparten Educación Primaria de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se articula en torno a una línea de
actuación: el Programa de Acompañamiento Escolar dirigido, a los alumnos de 3º,
4º, 5º y 6º curso de Educación Primaria, que presentan dificultades para el aprendizaje
de las áreas instrumentales, asociadas, con frecuencia, a un déficit de iniciativa y
autonomía de hábitos de trabajo y organización del tiempo, una pobre integración en el
grupo, un retraso en su proceso de maduración personal y que carecen de un entorno
socio-familiar adecuado para prestarle el apoyo que necesitan.
SEGUNDA.
No es destinatario de este programa el alumnado con necesidades educativas
especiales, que deberá ser atendido a través de los recursos específicos de los que, a
tal fin, está dotado el centro.
TERCERA.
Los objetivos principales de este Programa son:
● Potenciar el aprendizaje y el rendimiento escolar de estos alumnos mediante:
o
La adquisición de hábitos de organización y constancia en el trabajo.
o
El aliento al estudio, proponiéndoles formas de trabajo eficaces.
o
La mejora en habilidades y actitudes asociadas a la lectura.
● Mejorar su integración social, en el grupo y en el centro.
● Favorecer la transición desde Educación Primaria a Educación Secundaria
Obligatoria.
● Asentar conocimientos y destrezas de las áreas instrumentales.
CUARTA.
El Programa de Acompañamiento Escolar pretende actuar sobre los
alumnos de Educación Primaria que empiezan a manifestar problemas de retraso
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escolar desde el mismo momento en que dichos problemas son identificados. Para ello
se propugna la mejora en los medios de detección de estos problemas y la
incorporación de acciones que permitan hacer frente a ellos.
Los alumnos participantes en el programa serán seleccionados por los equipos
de los ciclos segundo y tercero y, especialmente, por los tutores de los grupos de 3º,
4º, 5º y 6º cursos, de acuerdo con los siguientes criterios:
o
o
o
o
El retraso en el proceso de maduración personal.
Una deficiente integración en el grupo y en el centro.
Ausencia de hábitos de trabajo.
Retraso en el proceso de aprendizaje de las áreas instrumentales
básicas.
Estos alumnos acudirán al centro durante cuatro horas semanales. En este
tiempo tendrán ocasión de leer de manera guiada y trabajar las actividades propuestas
en clase.
El trabajo directo con los grupos de alumnos dará comienzo en el mes de
octubre y concluirá el último día lectivo del mes de mayo.
Se debe realizar un control de la asistencia diaria de cada alumno, así como de
su trabajo diario.
Cada uno de los grupos de acompañamiento será de no menos de diez, ni más
de quince alumnos, salvo autorización expresa de la Dirección General de
Planificación y Ordenación Educativa. Cada grupo recibirá, al menos, dos sesiones
semanales que serán impartidas fuera del horario escolar pero en el mismo centro.
La participación en el programa implicará un compromiso del alumno y su
familia de permanencia en el mismo.
La inasistencia reiterada del alumno a las actividades del programa conllevará
la baja en el programa y la incorporación de un nuevo alumno, si así lo estima
conveniente el equipo de profesores.
.
QUINTA.
El Director del centro es el responsable, con el apoyo del Jefe de Estudios, en
quien podrá delegar, y del coordinador del Programa, del correcto desarrollo del
programa y su integración en el centro como un recurso más para atender la
diversidad.
A él le corresponde:
-
Difundir el programa entre los miembros de la comunidad educativa.
-
Incluir en la Programación General Anual y en la Memoria Anual del centro,
la información relativa al desarrollo y resultados del Programa PROA.
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-
Informar periódicamente sobre el mismo al Claustro y al Consejo Escolar
del centro.
-
Participar en la Planificación anual del programa.
-
Velar por el cumplimiento de la programación elaborada, especialmente en
lo relativo al cumplimiento de los tiempos dedicados al acompañamiento de
los alumnos y la calidad de las actuaciones desarrolladas.
-
Establecer, junto con el coordinador y los tutores de grupo, los criterios de
selección de los alumnos.
-
Designar al maestro que actuará como coordinador del programa, de entre
los maestros que desarrollan el mismo.
-
Comunicar a la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa,
al inicio del curso, los datos relativos al profesorado que desarrolla el
Programa, indicando el coordinador y, en su caso, si se produce por causa
motivada la sustitución de alguno de ellos durante el curso.
-
Presentar los correspondientes Documentos de Planificación y Memoria
final de curso a la Dirección General de Planificación y Ordenación
Educativa. Los modelos pueden descargarse en el siguiente enlace:
Modelos PROA
-
Velar para que se conserven todos los documentos del Programa PROA
(Programación, Memoria, listados de alumnos, acuerdo del Claustro,
nombramiento de coordinadores, actas,…), custodiándolos para cualquier
posible revisión, por ser un programa cofinanciado con fondos europeos.
-
Visar cuantos documentos o informes sean elaborados por el coordinador.
-
Remitir mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos y
Calidad Educativa y a la Dirección General de Planificación y Ordenación
Educativa el certificado de la realización de las horas extraordinarias del
profesorado participante en el Programa.
-
Garantizar que la situación de los alumnos que participan en el programa
esté debidamente registrada en Plumier XXI.
SEXTA.
El coordinador es el eslabón fundamental para el óptimo desarrollo del
programa y su integración. Sus funciones son:
-
Colaborar con el Director y el Jefe de Estudios en la organización del
programa.
-
Elaborar, junto con el resto de profesores del programa, el documento de
planificación del mismo.
-
Garantizar el correcto desarrollo diario del programa.
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-
Informar al Claustro, tutores y familias.
-
Garantizar el flujo de información eficaz entre los profesores del programa y
el resto de los profesores, especialmente los tutores de grupo.
-
Colaborar con los tutores de grupo y los equipos de ciclo en la selección de
los alumnos participantes en el programa.
-
Levantar acta de cada una de las sesiones de coordinación que se lleven a
cabo (que se realizarán, al menos, mensualmente), registrando los
acuerdos alcanzados en ellas.
-
Supervisar el desarrollo del programa PROA, detectar posibles incidencias
y dificultades y adoptar las soluciones oportunas.
-
Mantener actualizado el control de asistencia de los alumnos participantes.
-
Cuidar de que los distintos agentes participantes en el programa
cumplimenten los formularios de evaluación, habilitando los medios
precisos para ello.
-
Participar en las actividades de formación e información que desde la
Administración Educativa se programen.
-
Elaborar, junto con el resto de profesores del programa, la memoria final.
En el horario personal del coordinador, se deberá dedicar, al menos, una hora
semanal complementaria a las tareas propias de coordinación del programa.
SÉPTIMA.
La distribución horaria será de, al menos, dos días a la semana de lunes a
jueves. El total de horas asignadas al programa por cada centro será, como máximo,
de 12 semanales. Se desarrollará, de forma voluntaria y fuera del horario lectivo, con
maestros de los propios centros que recibirán una remuneración por las horas
extraordinarias que realicen.
La metodología debe ser activa, individualizada y participativa, y debe contribuir
a reforzar los aprendizajes no alcanzados en clase y a revisar contenidos no
suficientemente aprendidos de las áreas instrumentales básicas. Asimismo pueden
ayudar a:
•
Animar y estimular el hábito lector.
•
Planificar y ordenar el trabajo escolar.
•
Adquirir hábitos y técnicas de estudio eficaz.
•
Mejorar los aprendizajes básicos.
•
Enfrentarse de manera constructiva a la resolución de los conflictos con
otros alumnos o con profesores
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Al final de cada trimestre, y sin menoscabo de las reuniones generales que se
estimen oportunas, se debe establecer algún mecanismo de información individual a
las familias que refleje el grado de adquisición de los objetivos propuestos, la
progresión del alumno, la asistencia y cualquier otra observación que se estime
oportuna.
OCTAVA.
Los centros deberán organizar la apertura de las instalaciones, en horario de
tarde, estableciendo, a tal fin, las medidas de carácter organizativo referente a
mantenimiento, limpieza, etc. de forma que sean compatibles con el correcto
desarrollo del programa.
NOVENA.
Los centros participantes elaborarán y presentarán el documento de
planificación del Programa, que formará parte de la PGA y deberá entregarse antes
del 31 de octubre de 2012, así como la memoria final del Programa, que formará parte
de la Memoria anual del centro y deberá entregarse antes del 10 de julio de 2013.
DÉCIMA.
Los centros participantes en el programa contarán con el asesoramiento de la
Consejería de Educación, Formación y Empleo, a través del Servicio de Ordenación
Académica ([email protected]).
Corresponde a la Inspección de Educación el seguimiento del programa,
pudiendo requerir al centro en cualquier momento la información que considere
oportuna para el cumplimiento de sus funciones.
.
Murcia, 22 de octubre de 2012.- El Director General de Planificación y Ordenación
Educativa. Carlos Romero Gallego
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