El Detective
Transcripción
El Detective
El Detective INFORMA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE DETECTIVES PRIVADOS DE ESPAÑA Septiembre/ 2010 Septiembre/2010 Asistencia a las Corridas Goyescas de Ronda En el número 15: Asistencia a las Corridas Goyescas de Ronda Como cada año, a principios de Septiembre, se celebró el acontecimiento taurino del año en la romántica ciudad de Ronda, sus famosas Corridas Goyescas, enmarcadas en la Feria de Pedro Romero, las fiestas más importantes de Ronda. que las labores organizativas sean impecables y, cómo no, al resto de la familia, Oscar, Alberto, Asun, Ana… dispendio de amabilidad y afecto; gracias a todos por la invitación a la APDPE. Multa por enviar al personal el “link” de una sentencia La I. P. como soporte a la decisión, preparación y seguimiento de litigios Formación: Gestión de Evidencia Electrónica El Asociado habla de….Titulo de Grado en Criminología con itinerario de Detective Privado Píldora Informática: Una de Forensic El Libro del Mes: “Secretos de Consulta” Detectives por el Mundo...HUNGRÍA Además, este año se celebraba el 225 aniversario de la plaza, levantada en piedra arenisca, y de la que destacan la nobleza de su traza arquitectónica y su doble galería de arcadas de columnas toscanas que cubren los tendidos, inaugurada oficialmente en 1785, es desde 1954 cuando se celebra el acontecimiento taurino del año. Nuevos Asociados Junta: Reunión 3 de Septiembre de 2010 Marqués de Urquijo, 6-8, 1º B 28008 Madrid Tel. 91 758 13 99 Fax 91 758 14 26 E-mail: [email protected] www.apdpe.es Con un cartel de lujo, Enrique Ponce, que celebró su corrida dos mil, Francisco Rivera y Sebastián Castella, tuvimos oportunidad de disfrutar de semejante espectáculo, todo ello gracias a la generosidad, amabilidad y estupenda organización de Manuel Rosa y toda su gente, a la que desde aquí queremos agradecer semejante cortesía; a Ana, su mujer, derroche de simpatía y atenciones, a Ana, su secretaria, cuyo exquisito trato, cercanía y cordialidad hace ¡Cómo negarse a cualquier invitación de uno de nuestros asociados! Pero si además incluye unas estupendas jornadas gastronómicas en Málaga y Ronda, en buena compañía, compañeros, representantes de la Judicatura, de la Universidad, de Seguridad Privada, hubiera sido un sacrilegio no aceptarla. La jornada, del 4 de Septiembre, comenzó con la salida en autocar hacia la emblemática serranía de Ronda, donde tuvimos oportunidad de departir con nuestros “compañeros de viaje”, conocidos unos y bienvenidos todos. Al llegar a la singular villa fuimos recibidos por Manuel, quien, como experto anfitrión, atendió a todos y cada uno de sus invitados con enorme cordialidad y así, en un agradable paseo, nos dirigió hasta el Restaurante “El Escudero”, frente a la Plaza de Toros y junto al Tajo, con unas extraordinarias vistas, establecimiento de renombre, muy comentado últimamente por la asistencia de la Primera Dama estadounidense durante su estancia en España. (Continúa en pág. 2) Página 2 “Con un cartel de lujo, Enrique Ponce, que celebró su corrida dos mil, Francisco Rivera y Sebastián Castella” Tras degustar los exquisitos manjares locales acudimos a la Plaza de Toros, en torno a la cual se congregaban, paulatinamente, algunas de las “celebritys” asiduas del papel couché y que atraían a la mayoría de los presentes, más por una cuestión de chismorreo y comadreo propia de patio de vecinas que por un interés social real, pues los personajes carecían de la nobleza que antaño se emplazaba en la bella ciudad de Ronda. Para finalizar la estupenda sesión rondeña, cena en el hotel Don Miguel, amenizada con música en directo, lo que hizo que alguno demostrara sus ocultas dotes artísticas, en un ambiente afable y tremendamente simpático. Regreso a Málaga en autocar, esta vez la charla se hizo muy difícil para algunos, en los que el cansancio hizo mella y los asientos del vehículo se convirtieron en cómodos sofás para unos Prensa Multa por enviar al personal el “link” de una sentencia Publicado en el número 6 del Boletín PRODAT. Junio 2010 Fuente: El Economista. El ansia de revancha de algunos empleados puede salir cara. Es el caso de una empresa a la que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 100.000 euros por haber reenviado a toda la plantilla la sentencia resultado de un litigio mantenido entre la empleadora y un trabajador sin anonimizarla, es decir, sin borrar los datos del empleado que aparecen a lo largo del texto. Después de que el sindicato enviara un email masivo a toda la entidad anunciando que ésta había sido condenada por comportamiento antisindical, la empresa remitió un correo electrónico a toda la plantilla en el que se informaba de la sentencia en cuestión, que afectaba a un trabajador del que constaban sus datos. En el correo se incluyó un link a la sentencia. El documento, que no eliminó los datos personales, estuvo disponible apenas 18 horas y posteriormente la empresa, consciente del error, volvió a enviar un correo con los datos personales borrados. La sanción de la AEPD, tras la denuncia del trabajador, ha sido confirmada por la Audiencia Nacional (AN) en una sentencia del pasado 11 de marzo de la que ha sido ponente la magistrada Veiga Nicole. La AN considera que el correo electrónico enviado no garantiza la confidencialidad de los datos expuestos en los documentos y ofrece información relevante en el centro de trabajo del denunciante, tanto sobre su afiliación sindical como datos relativos a su salud. A pesar de que la empresa alegó que los datos estuvieron disponibles fuera del horario laboral, la sentencia entiende que ha incumplido el deber de secreto que no implica voluntad de que la información sea utilizada por terceros, "elemento volitivo que sí está presente en la cesión". En sus argumentaciones, la recurrente menciona el caso de las peticiones de cancelación de datos en los libros de bautismo, asunto en el que el Tribunal Supremo determinó que no se estaba propiamente ante un fichero de datos. Según alegó la empresa, en su caso tampoco existe un fichero que posibilite la aplicación de la Ley de Protección de Datos, pues todo fichero de datos exige de una estructura u organización con arreglo a criterios determinados y, en el presente caso, se ha dado a conocer el documento vía email y en vez de remitir el documento se utilizó un link al mismo. Sin embargo, la Audiencia corrige a la empresa negando la interpretación que ésta hace de la sentencia del Supremo. Página 3 Septiembre/ 2010 La I. P. como soporte a la decisión, preparación y seguimiento de litigios 1. Introducción. Litigation Support es un término acuñado en Estados Unidos y Gran Bretaña para referirse a la obtención de información y pruebas destinadas a su utilización en la decisión, preparación y seguimiento de procesos judiciales. Es una actividad habitual en ordenamientos donde la Ley delega en las partes la obtención y aportación de pruebas al proceso. En España, ha sido tradicionalmente una actividad frecuente en materia laboral, arrendaticia y laboral, que poco a poco ha ido extendiéndose a otros ámbitos. No obstante, habitualmente sólo se ha utilizado para la obtención de la prueba de los hechos alegados, cuando ésta es sólo una de las ventajas que aporta el Litigation Support. Este artículo es una aproximación a su marco legal, a las prescripciones que la LEC contiene sobre esta materia y a las ventajas que aporta en relación con la eficacia del proceso y de su sentencia. 2. Marco legal del Litigation Support y la Ley de Enjuiciamiento Civil. España cuenta desde tiempo atrás con un marco legal que contempla la obtención de información y pruebas. Desde el punto de vista pasivo (el del demandante de estos servicios), el artículo 24 de la CE ampara la utilización en juicio de los medios de prueba necesarios para amparar una pretensión y las distintas leyes procesales dedican títulos enteros a esta actividad. Desde el punto de vista activo, la Ley 23/92 de Seguridad Privada y su Reglamento reservan Detective Privado, con carácter excluyente a otros colectivos, la función de obtención, por cuenta de personas físicas y jurídicas, de información y pruebas sobre hechos y conductas (art. 19.1.a LSP y 101 RSP). Si bien la jurisprudencia ha venido acogiendo favorablemente la actividad de los Detectives Privados en el proceso, otorgándoles un valor probatorio relevante (entre otras STS 6/11/90), no existía un cauce procesal propio para este medio de prueba y en su práctica nuestros Juzgados y Tribunales se veían obligados a ignorar determinados preceptos en materia de prueba. Esta deficiencia vino corregida de la mano de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000, que dedica dos artículos a la aportación al proceso de Litigation Support Página 4 informes de Detectives Privados (señalados como profesionales de la investigación privada legalmente habilitados) y al testimonio derivado del mismo, creando un estatuto procesal propio y exclusivo para estos profesionales. 3. El Detective Privado en la LEC. “La jurisprudencia ha venido acogiendo favorablemente la actividad de los Detectives Privados en el proceso, otorgándoles un valor probatorio relevante (entre otras STS 6/11/90)” En materia de documentos que deben acompañar al escrito de demanda o de contestación a la misma el artículo 265 dispone que, junto a estos escritos se acompañarán los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical. Se reconoce, así, la dualidad existente en materia de informes de detectives, reforzando incluso el valor probatorio de que disponían hasta la fecha. Por un lado, se legitima su presentación como documento. Por el otro, siguiendo la reiterada doctrina del TS, se da a dicho documento una naturaleza equiparada a la prueba testifical. Lo que es novedoso del nuevo texto legal (más allá de la regulación de una situación preexistente) es que, a contrario, establece que si el contenido del informe fuera reconocido como cierto por la parte a quien deba perjudicar, su naturaleza como prueba será la que corresponde al documento y, in extremis, en tanto que documento privado reconocido de contrario, al documento público. Aún sin este reconocimiento, la nueva LEC permitiría su consideración de literosuficiencia, con todas sus consecuencias a efectos casacionales. Más importante aún son las novedades en materia de testimonio de los detectives privados. El artículo 380 regula un estatuto procesal exclusivo para el detective privado, caracterizado por las siguientes notas: Obligación del Tribunal de examinar la habilitación profesional del detective (conforme a la normativa específica -LSP), limitación de motivos de tacha respecto del testimonio, necesaria ratificación del informe, limitación de las preguntas a los hechos contenidos en el informe y equiparación al perito respecto de las conclusiones formuladas en el informe. 4. Los servicios de Litigation Support. La obtención de pruebas para su posterior aportación es una de las actividades que engloba el Litigation Support. Pero no la única ni, en muchos casos, la principal. Los servicios de Litigation Support se dirigen a la decisión, preparación y seguimiento de procesos ante los Tribunales. Perseguir por deudas al insolvente es perder tiempo y dinero. Litigar tiene un coste importante y, por ello, antes de iniciar un proceso es imprescindible saber si será posible la pretensión que se reclama. La solvencia de un deudor, la subsistencia de una cosa o las cualidades actuales de ésta son cuestiones que, entre otras, permiten decidir cuándo un pleito es una vía útil para la reclamación de un derecho. Conforme a un estudio del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo, basado en los datos del Consejo General del Poder Judicial para 1996, el 50% de las sentencias de condena no llegan a ejecutarse por insolvencia (inicial o sobrevenida) del condenado. Decidida la utilidad de un pleito, son necesarias información y pruebas para su preparación, en tres aspectos básicos: Decidir la estrategia más adecuada (a quién demandar, en que jurisdicción y en base a qué elementos), asegurar la eficacia de la futura sentencia (identificación de bienes/objetos susceptibles de medidas cautelares) y obtener la prueba a aportar. La adecuada preparación del pleito es la mejor herramienta para evitar demoras en su tramitación y reducir el plazo habitual de resolución del mismo. La estimación de una demanda no es, necesariamente, paralelo a la satisfacción del interés reclamado. Cuando la ejecución de la primera excede de un acto que se agota en si mismo y que contiene una condena de hacer o no hacer mantenida en el tiempo (muy habitual en materia de propiedad industrial e intelectual y, en general, en materia de competencia desleal), la satisfacción del interés del litigante pasará por el cumplimiento mantenido de la sentencia por el demandado. Nuevamente, la obtención de información y pruebas sobre este cumplimiento es la única vía para garantizar la efectiva eficacia material de la sentencia. (Continúa en pág. 5) Página 5 Septiembre/ 2010 5. Conclusiones. La falta de eficiencia de la Administración de Justicia es un hecho denunciado por la mayoría de las empresas y particulares. El aumento de la litigiosidad y las modernas formas de fraude son algunas de las causas que se han señalado. Junto a ello, tanto en la práctica como en la LEC se aprecia un progresivo y constante reforzamiento de la carga de las partes de probar los hechos. Frente a esto, sólo cabe un nuevo planteamiento en la decisión, preparación y seguimiento de litigios que pasa por la disposición inicial de información y pruebas suficientes. Esta vía ha demostrado claramente su eficacia en otros ordenamientos de países democráticos avanzados. Sólo la disposición inicial de información y pruebas suficientes permite decidir con seguridad la estrategia, prever responsablemente el resultado de un pleito, asegurar la eficacia de la futura sentencia y posibilitar la celeridad del procedimiento. En resumen, sólo así es posible ser eficaz en la satisfacción de los intereses que se reclaman. Gestión de Evidencia Electrónica Aprovecharé nuestro medio de comunicación flash para realizar un artículo en el que quiero empezar por agradecer las muestras de apoyo de muchos compañeros en referencia a la publicación de la píldora informática. El objetivo es aportar pequeñas píldoras de conocimiento informático prácticas y fáciles de aplicar independientemente de nuestro nivel informático. Me alegra una barbaridad cada vez que algún compañero contacta conmigo para decirme que ese objetivo se cumple en su caso. en la repetición del curso de introducción a la Investigación Informática Forense que he impartido junto a David Sanmartín en varias ocasiones y distintas ciudades. Este tipo de formación sólo puede repetirse si existen interesados suficientes para montarlos, por el momento varios compañeros han contactado con la APDPE para repetirlo y si finalmente existe demanda suficiente, por mi parte no hay inconveniente en repetirlo y estoy totalmente convencido que David Sanmartín estará encantado de repetirlo también. En referencia a estos contactos, han sido varios los compañeros que han mostrado interés (Continúa en pág. 6) Formación Página 6 Por otra parte estamos preparando el curso que adelantábamos en los seminarios, concretamente en gestión de evidencia electrónica, en el que enseñaremos diversas técnicas de captura de discos, y además incluiremos hardware especializado que se entregará a los asistentes, de forma que el día después del curso puedan realizar sus primeras capturas de discos. Intentaré que sea un curso con bastante parte práctica. En varias ocasiones se pregunta por el precio del curso y debo añadir en este punto que el hardware que se entregará no es barato, pero de nada sirve aprender a hacer algo sin disponer de medios para poder ofrecerlo a nuestros clientes. Como siempre la APDPE buscará la forma de que el curso sea lo mas asequible posible y os aseguro que ser asociado será una suerte para Asociados los interesados, porque la diferencia de precio para no asociados va a ser importante. La gran pregunta es ¿cuándo? y aquí si entramos en la apretada agenda que intento sufrir lo mínimo posible, en este caso buscaríamos hueco para antes de 2 meses. Dado que el número de asistentes estará limitado para que las clases puedan realizarse de forma óptima podéis comentar vuestro interés a Ingrid, porque entre otras cosas todavía tenemos que decidir en que localidad se hará… Enrique Arranz Baldomá. TIP 1534. Director de Grupo Infodetec. Delegado APDPE en Catalunya. Titulo de Grado en Criminología con itinerario de Detective Privado El Mº de Interior ha aprobado el “Titulo de Grado en Criminología con itinerario de Detective Privado” de la Universidad de Valencia, a efectos de la obtención de la habilitación de las futuras TIP, a partir del curso 2010. El CODPCV, ha estado presente, desde el inicio, del proceso transcurrido. La Universidad de Valencia no disponía de titulación que ofreciera los estudios de Detective Privado hasta la obtención de la actual, denominada “Diploma de Especialización Profesional Universitario-Graduado en Ciencias de la Seguridad con itinerario de Detective Privado”, impartiéndose desde 2006, concurriendo con la de la Universidad de Alicante denominada “Título Propio de Primer ciclo en Detective Privado”, permitiendo, ambas, obtener la habilitación correspondiente para el ejercicio de la profesión en todo el territorio nacional. Ambas titulaciones son propias de ambas Universidades. Con la entrada en vigor del RD 1393/07, de 29/10, por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, se procede a desarrollar la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior, en España. El objetivo es hacer compatibles los sistemas de Educación Superior Europeos dentro de su diversidad, un espacio abierto que apuesta por la movilidad de estudiantes, titulados, profesores y personal de administración, articulándose en torno a la cooperación europea para garantizar la calidad y un sistema de titulaciones organizado en tres ciclos. Estos títulos serán comparables y reconocibles en los 46 países que construyen el proceso. Se establece, en ese marco normativo vigente, la posibilidad de la creación de Titulación de Grado en Criminología con el itinerario de Detective Privado en Valencia y en Alicante, al requerir la profesión de Detective Privado de una titulación que habilite para el ejercicio de la profesión. Y así el Colegio, analiza ventajas e inconvenientes de apostar por esta futura titulación, acude a reuniones con representantes del colectivo profesional, Institutos de Criminología, y Mº de Interior, con el fin de unificar criterios de actuación de la futura titulación de DP en las Universidades españolas. La postura del CODPCV, es la de disponer de un título oficial, siendo el que se baraja en Valencia y en Alicante el de Criminología, y que por distintos motivos, colabora activamente con ambas Universidades en informar sobre la idoneidad de la necesidad de la creación de este titulo, frente a otras posibilidades…Y su justificación la vimos en los siguientes argumentos: Página 7 Septiembre/ 2010 La actividad profesional de Detective Privado se incluye entre las actividades de la seguridad privada reguladas por la Ley 23/92, de 30/07, de Seguridad Privada, y en su Reglamento, regulando lo que afecta a la titulación y requisitos necesarios para el ejercicio, la exigencia de la habilitación previa del Mº del Interior, con carácter de autorización administrativa, mediante la expedición de una tarjeta de identidad profesional, previa superación de las pruebas oportunas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de sus funciones. Desde la Orden de 30/01/81, se faculta a los Institutos de Criminología a establecer los cursos de Investigadores Privados, y desde entonces hasta ahora, la realidad universitaria de los títulos de detective privado es la de ser títulos propios universitarios implantados en 13 centros: Almería, Barcelona, Salamanca, Complutense de Madrid, U. de San Pablo CEU Madrid, la U. Camilo José Cela de Madrid, la U. Rey Juan Carlos de Madrid, Valencia, Alicante, Sevilla, Málaga, Vigo y País Vasco. La vigente Resolución de 19/01/1996 de la Secretaria de Estado e Interior, por la que se determinan aspectos relacionados con el personal de la seguridad privada (BOE de 31/01/1996, nº 27), en cumplimiento de la Orden del Mº de Interior de 7/07/1995, incluye, en el Anexo V, los contenidos de los cursos de formación de los Detectives Privados a los efectos de la obtención del diploma correspondiente y su posterior habilitación como detectives privados, dividiéndose los contenidos en tres Módulos o Áreas: 1.Módulo o Área Jurídica: que incluye contenidos de Derecho Constitucional, Penal, Procesal Penal, Civil, Laboral, Mercantil, Administrativo y Administrativo Especial. 2.Módulo o Área Socioprofesional: que incluye contenidos de Ciencias Sociales, Criminológicas, Psicología Aplicada, Deontología. 3.Módulo o Área Tecnicoprofesional: que incluye contenidos en Policía Científica, Prácticas de Identificación Lofoscópica, Prácticas de documentoscopia, Prácticas de analítica, Prácticas de investigación, Transmisiones e Imagen y sonido. A su vez, los Planes de Estudios de la Licenciatura en Criminología contienen la mayor parte de los contenidos que actualmente se imparten en los Títulos Propios a los que nos hemos referido, cumpliendo, por tanto, con los requisitos del RD1393/2007, de 29 de octubre, correspondiéndole a la Universidad justificar su adecuación. En cuanto a la adaptación a la propuesta de Titulación de Grado en Criminología, la inclusión del itinerario de Detective Privado la justificamos por: a) Razones técnico-legales: Esta propuesta está en el marco legal apropiado para impartir la titulación, pues no contradice la exigencia legal de que se impartan los estudios en los Institutos de Criminología, ni la de los contenidos formativos exigibles desde el Mº de Interior, siendo los contenidos de los Planes de Estudios muy parecidos en su mayoría, si comparamos con otras titulaciones cercanas, como Derecho o Económicas, por ej., no siendo suficiente la posibilidad de solicitar la creación de una titulación oficial propia de investigación privada, al carecer de alumnado suficiente que justifique la misma. b) Razones académicas: .- Dicha futura Titulación de Grado tendrá la misma condición inherente a todas las titulacion es universitarias oficiales. Así el RD1393/2007 , en su art 4., señala los efectos de los títulos universitarios, los cuales tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtiendo los efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación. .- Supone una mayor estabilidad de la formación futura de los Detectives Privados, en comparación con las titulaciones propias universitarias actuales, ya que éstas dependen de los recursos económicos, humanos, etc. de que dispongan las universidades en cada momento. .- El añadir un año más de estudios, ya que las titulaciones de grado durarán 4 años, no va a suponer perjuicio alguno para los futuros estudiantes de Detective Privado ya que se pueden incluir otros contenidos prácticos. .- Los futuros estudiantes de la nueva Titulación de Grado consiguen mayor cualificación al adoptar una visión global y de conjunto de las demandas sociales, así como una inmersión en las nuevas técnicas científicas desarrolladas en este ámbito, como una apuesta permanente por la investigación privada. c) Razones profesionales: .- Se consigue una mayor y mejor proyección de la profesión en la sociedad, al suponer un reconocimiento oficial de la profesión, ya que garantiza la protección de los derechos e intereses de las partes intervinientes en el ejercicio de esta profesión, así como va a permitir que el sector siga trabajando para ampliar el campo de actuación profesional de los Detectives Privados en ámbitos susceptibles de ser mejorados y quela Administración no alcanza. (Continúa en pág. 8) “El Mº de Interior ha aprobado el “Titulo de Grado en Criminología con itinerario de Detective Privado” de la Universidad de Valencia, a efectos de la obtención de la habilitación de las futuras TIP, a partir del curso 2010” Página 8 Para enviar vuestros artículos dirigidlos a la dirección: [email protected] Se irán publicando por orden de llegada. .- Si las Universidades de España, apuestan por una Titulación de Grado (en criminología, o en Dº, o en Económicas, etc…), ayudarán a evitar el intrusismo profesional que pudiera venir de fuera de España, de aquellos Detectives Privados que no dispongan de un Titulo de Grado equivalente a esta titulación. Visión de futuro y razones prácticas impulsaron al Colegio a inclinarse por esta salida formativa, sin menospreciar que otros representantes del colectivo y Universidades se pronuncien por otra diferente, como mantener los títulos propios, impartir los estudios como master después de un grado,…etc, pero lo que sí es necesario es afianzar la formación mediante un título oficial que garantice la continuidad y el aumento del número de Detectives Privados, pues solo así conseguiremos progresar. Estando en vigor la norma que exige los con- Informática “Se localizó el acceso, los documentos y la IP desde la que se accedió” tenidos que deben estar dotados los estudios de DP desde 1996, sabido por todos nosotros que dichos contenidos están obsoletos, debemos trabajar por la necesaria reforma legal que actualice dichos contenidos, ya que mientras esto no ocurra el Mº de Interior deberá verificar que los Planes de Estudios que se le presenten para autorizar la habilitación cumplen, con dichos contenidos; solo cuando tengamos los contenidos actualizados y/o ampliados (¿por qué no?) podremos plantearnos la posibilidad de crear una titulación oficial propia o encontrar una fórmula más cercana a los intereses de la mayoría; mientras esto no suceda cada Universidad lo planteará como le interese. De todos nosotros depende el futuro de la profesión. Mª Ángeles Valls Genovard . Responsable de Grupo Valen Detectives. Píldora Informática: Una de Forensic... Lunes por la mañana del 17 de mayo de 2010, suena el teléfono y un cliente solicita tener una reunión conmigo para hacer un seguimiento a un ex-trabajador de la empresa. La misma tarde tenemos la reunión y me explica el asunto: “el trabajador (le llamaremos Sr. García) dejó de trabajar en la empresa en octubre de 2009, ya en aquel momento fue despedido porque se sospechaba su deslealtad con la empresa y el cliente decidió cortar por lo sano pagando la indemnización correspondiente pensando que erradicaba el problema. Lamentablemente para él, el Sr. García está al frente de una empresa competencia de nuestro cliente, al parecer con bastante éxito. No existen cláusulas en el antiguo contrato del Sr. García, no existen pruebas de conductas previas, sólo sospechas y lo único que tenemos es el convencimiento del cliente en referencia a que todo es un plan del Sr. García y que la competencia se inicia cuando el Sr. García era trabajador de la empresa. Lo más grave de cuanto nos explica el cliente es que asegura que el Sr. García sigue teniendo información de la empresa actual, lo que en un principio hizo sospechar que existiera algún trabajador en la empresa que pudiera pasar información. En este punto también el cliente estaba convencido que no era ninguno de sus trabajadores. A estas alturas es cuando debería contar que existía un ordenador del Sr. García para analizar y que es uno de esos cuentos con final feliz que tanto nos gusta encontrar, pero tendré que decepcionar a los lectores, mi cliente en diciembre decidió cambiar los ordenadores de la empresa y simplemente ni sabe ni recuerda que pasó con el ordenador del Sr. García. Llegados a este punto poco podía ofrecerle, pero esa bombillita que se enciende sólo a veces se encendió y empecé a hacer preguntas sobre el servidor de la empresa, gran parte del trabajo se realizaba contra el servidor y además el servidor de correo de la empresa podría guardar información que pudiera ayudarme. Así pues le planteo revisar los servidores de la empresa y valorar posteriormente otras actuaciones. Estaba ante una gran idea sin saberlo. Aunque los inicios fueron muy duros y decepcionantes, pasaron dos días de análisis sin resultado, cuando por casualidad observo algo insignificante a priori pero devastador en el resultado: Los sistemas operativos MICROSOFT WINDOWS disponen de un archivo por usuario que guarda información y existía un pequeño detalle en el archivo del Sr. García, ese archivo tenía una última fecha de escritura 16/05/2010 23:12:19 algo que era totalmente imposible dado que esa fecha únicamente podía ser correcta si el Sr. García se hubiera logeado con su nombre de usuario y contraseña, lo que reducía las posibilidades a dos: Alguien sabía el usuario y contraseña del Sr. García. El Sr. García se había logeado. Por supuesto el informático de la empresa confirma que ese usuario no se usa y que sólo tiene la clave del mismo el Sr. García, aún así todos los que han asistido al curso de Análisis Forense Informático han asistido a una demostración en la que yo mismo crackeaba el usuario y contraseña de todos los usuarios de un máquina XP, por lo que necesitaba mas indicios ya que ni Página 9 Septiembre/ 2010 siquiera podía creer lo que el informático contaba. Manos a la obra, sólo existen dos posibilidades para que el usuario pueda acceder al ordenador: presencialmente o de forma remota, teniendo en cuenta que el Sr. García no podía acceder a la empresa descarto la primera y me pongo a analizar los logs del sistema... BINGO! En dicha fecha y a la misma hora existe un acceso remoto al servidor de la empresa... no puedo entrar en temas técnicos pero, se localizó el acceso, los documentos a los que se accedió en dicho acceso, la IP desde la que se accedió y por supuesto el Sr. García en estos momentos tiene muchos, muchos, muchos problemas. Enrique Arranz Baldomá. TIP 1534. Director de Grupo Infodetec. Delegado APDPE en Catalunya. El Libro del Mes: “Secretos de Consulta” “Secretos de Consulta” Javier Urra www.editorial.planeta.es ¿Qué Detective no se ha sentido en algún momento un psicólogo ante la presencia de un cliente angustiado que expone su caso? Esta situación me lleva este mes a recomendaros la lectura de un libro en el que seis psicólogos y dos psiquiatras se han unido para contar de manera novelada historias reales. Con el halo de ficción mínima y necesaria para proteger la identidad de los implicados, nos cuentan lo que han vivido en su propia consulta y abren los ojos al lector a una profesión que a menudo ha sido malinterpretada e incluso mal vista. Nos cuentan, con enorme cariño y sin emitir juicio alguno, las historias que más les han impactado tanto cuando el desenlace de su relación ha sido positivo como cuando no lo ha sido tanto. Para los cinéfilos, un regalo especial, ya que cerrando el libro encontrareis un capítulo donde se repasan 17 películas míticas del cine, contemporáneas y clásicas, que reflejan, cada una de ellas, distintos aspectos y problemas de salud mental. Rafael Guerrero. Director del Grupo Agency World Inv. Detectives por el Mundo...HUNGRÍA Hungría está dividida administrativamente en 20 zonas (19 comarcas y Budapest capital). Cada una de ellas tiene su propio Registro Mercantil, al que llaman AGENCIA DE INFORMACIÓN MERCANTIL, con dependencia del Ministerio de Justicia. Actualmente, los detectives privados se atienen a una Ley expresa para ellos y en el próximo año quieren modificarla. Resulta interesante que los detectives privados tengan la obligación de destruir los expedientes de los informes entregados a los clientes. El 90% de los detectives (unos 140 aproximadamente) provienen de la Policía. La Ley de Eslovenia permite al detective consultar todos los archivos de organismos públicos. En cambio, el acceso a los juzgados no es público. Lectura Las deudas tributarias a partir de un importe determinado se pueden consultar por medio de Internet. Los autónomos están inscritos en los ayuntamientos y su consulta es permitida a los detectives privados. El acceso al Registro es público y puedes anotar, fotografiar (posiblemente fotocopiar) las cuentas anuales presentadas por las sociedades que, como sabemos, es obligatorio en toda Europa. Los ayuntamientos tienen muchas competencias. Lo más parecido al Credit Bureau es lo que llaman el BAR, registro de las deudas con entidades bancarias. (Continúa en pág. 10) Detectives Página 10 Las Cámaras de Comercio Son organismos públicos que se financian con las cuotas de los empresarios y prestan mucha ayuda a sus miembros. Dan cobertura a todos los detectives privados. Asociaciones Disponen de 2 asociaciones: Hungarian Detective Association Chamber of Bodyguards, Property Protection and Private Detectives La Asociación Información de interés Embajada. Dirección: Eötvös U.11/B: 1067 Budapest VI. Teléfono desde España: 361 202 40 06; 361 202 40 15;361 202 40 48 . Teléfono: 202 40 06; 202 40 15; 202 40 48 Información www.telekom.hu/ de teléfonos: Óscar Rosa. TIP 2249. Director comercial Detectys. Vicepresidente APDPE. Nuevos asociados: Más grande, más fuerte, mejor. Desde el mes de Julio de 2010 han ingresado en la Asociación: José Luís Álvarez García Álex Esteban Castro González Toledo Madrid No Ejerciente Estudiante Edwin James Mahtani King Rafael Merchán Jiménez Málaga Málaga No Ejerciente Estudiante Amelia Herranz López Madrid Estudiante http:// A todos ellos: ¡Bienvenidos! Página 11 Septiembre/ 2010 Junta: Reunión 3 de Septiembre de 2010 En la pasada reunión de Junta Directiva se aprobaron, entre otros, los siguientes acuerdos: a) Ratificar las altas de 4 nuevos miembros pública del DP como profesional con formación universitaria y vinculado a la función de defensa jurídica de intereses ajenos. b) Crear una bolsa de recién titulados en Investigación Privada y de despachos ofertantes de estancias en prácticas, para posibilitar la formación práctica de los mismos. d) Elaborar un catálogo de cursos y seminarios prácticos que la Asociación ofrecerá a las universidades para la formación de los estudiantes en Investigación Privada. Para ello, en breve se remitirá a todos los asociados un formulario para que aquellos que lo deseéis, podáis ofreceros como formadores. c) La creación de un premio de investigación doctrinal dirigido a Detectives, estudiantes de Investigación Privada, licenciados y estudiantes de Derecho y cualesquiera otros profesionales; al mejor trabajo de investigación sobre aspectos prácticos o jurídicos de la profesión. Con esta iniciativa, la Junta quiere potenciar la imagen La Asociación e) Iniciar una campaña de comunicación con periodistas y medios de comunicación, al objeto de potenciar la imagen de la profesión y dar a conocer la Asociación y sus funciones. Para enviar vuestros artículos dirigidlos a la dirección: [email protected] Se irán publicando por orden de llegada. El Detective Informa Flash! es una publicación electrónica de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España, distribuida gratuitamente a sus asociados. Las opiniones publicadas son responsabilidad exclusiva de sus autores. La Asociación no asume ninguna responsabilidad por dichas opiniones.
Documentos relacionados
El Detective
“DIEZ AÑOS JUNTOS”
Congreso en La Rioja: Las Mesas
Redondas
Congreso en La Rioja: Conferencia
Congreso en La Rioja: Los Talleres
Congreso en La Rioja: Ocio
El Asociado habla de….“Un guerr...
El Detective
La APDPE en las Universidades
Jornadas de Formación para
Detectives Privados en la Escuela Nacional de Policía
El derecho a la intimidad y a la
protección de datos y a la
investigación privad...
Flash Marzo 10
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y
otras entidades privadas especializadas en intervenciones de emergencia.
El nuevo diseño de FOROSICUR combinó, por
primera vez, ponencias informativ...