Plan de emergencia - Ajuntament de Xirivella

Transcripción

Plan de emergencia - Ajuntament de Xirivella
PLAN DE SEGURIDAD
Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
AREA D´INFRAESTRUCTURES,
URBANISME I MEDI AMBIENT
PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
FALLAS
XIRIVELLA
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
2012
INDICE
ANTECEDENTES
Página 4
NORMATIVA DE REFERENCIA
Página 5
LISTA DE DISTRIBUCIÓN DEL PLAN
Página 6
CAPÍTULO 1
OBJETO DEL PLAN
Página 7
CAPÍTULO 2
EMPLAZAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
2.1
2.2
2.3
Página 8
EMPLAZAMIENTO DE MONUMENTOS, ZONAS DE LANZAMIENTO Y CARPAS
DESCRIPCIÓN Y REQUISITOS TÉCNICOS DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
UBICACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO Y COORDENADAS GEOGRÁFICAS
CAPÍTULO 3
PROGRAMA DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS (FALLAS 2012)
Página 18
CAPÍTULO 4
PLAN DE SEGURIDAD
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
4.6
4.7
4.8
4.9
Página 20
PERMISOS Y AUTORIZACIONES
TRANSPORTE DEL MATERIAL PIROTÉCNICO
SEGURIDAD Y DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE DEL ESPECTÁCULO
DELIMITACIÓN DE ZONAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION DEL PÚBLICO
PROHIBICION, SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS
DISPARO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
ACTUACIONES POSTERIORES AL ESPECTÁCULO
ORGANIZACIÓN: RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
4.9.1 SEGURIDAD Y VIGILANCIA
4.9.2 ASISTENCIA SANITARIA
4.9.3 MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ALARMA
CAPÍTULO 5
PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
5.1
5.2
5.3
5.4
5.5
5.6
5.7
Página 36
IDENTIFICACION DE SITUACIONES DE EMERGENCIA
CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA ACTUACION ANTE EMERGENCIAS
MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE ALARMA O AVISOS
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
5.5.1 EN CASO DE INCENDIO
5.5.2 EN CASO DE EMERGENCIA MÉDICA
5.5.3 EN CASO DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD
VIAS Y RUTAS DE EVACUACIÓN
CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA Y PARQUE DE BOMBEROS
Fecha : 05/03/2012
ÀREA D´INFRAESTRUCTURES, URBANISME I MEDI AMBIENT
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PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
FALLAS
XIRIVELLA
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
2012
CAPÍTULO 6
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
CAPÍTULO 7
Página 40
INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE ÁMBITO
SUPERIOR
Página 43
ANEXOS
ANEXO 1
DIRECTORIO DE TELÉFONOS (CATÁLOGO DE RECURSOS)
Página 44
ANEXO 2
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PIROTÉCNICA
Página 46
ANEXO 3
MODELO DE COMUNICACIÓN A AENA
ANEXO 4
PLANIMETRÍA
PLANO Nº 1
PLANO Nº 2
PLANO Nº 3
PLANO Nº 4
PLANO Nº 5
PLANO Nº 6
PLANO Nº 7
PLANO Nº 8
PLANO Nº 9
Página 50
Página 53
SITUACIÓN (ESCALA 1 / 6000)
RUTAS DE ACCESO Y EVACUACIÓN (ESCALA 1 / 4000)
FALLA DOCTOR GÓMEZ FERRER (ESCALA 1 / 1500)
FALLA MONTE DE PIEDAD (ESCALA 1 / 1000)
FALLA DE SAN JUAN (ESCALA 1 / 1000)
FALLA DE SAN ANTONIO (ESCALA 1 / 1000)
FALLA MAESTRO SERRANO (ESCALA 1 / 1000)
FALLA TEODORO LLORENTE (ESCALA 1 / 1000)
FALLA BARRIO DE LA LUZ (ESCALA 1 / 1000)
Fecha : 05/03/2012
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FALLAS
XIRIVELLA
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
2012
ANTECEDENTES
Con motivo de la proximidad de las fiestas falleras, el pasado 17 de enero de 2012, a las
20,00 horas tuvo lugar en el Ayuntamiento de Xirivella, la reunión anual para abordar los
aspectos más relevantes relacionados con la Seguridad Pública que son competencia municipal,
al objeto de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad en la celebración de los
Espectáculos Pirotécnicos organizados por las distintas Comisiones Falleras, durante las fiestas
de FALLAS 2012, prevenir accidentes y que éstas se desarrollen con el máximo ambiente de
cordialidad. En dicha reunión participaron directamente:
•
Paqui Bartual (Regidora de Educación, Fiestas y Normalización Lingüística)
•
Pablo Boix (Concejal de Seguridad Ciudadana, Innovación y Personal)
•
Joaquín Delgado (Concejal de Desarrollo Sostenible)
•
Francisco Esteso (Intendente de la Policía Local de Xirivella)
•
Juan Triviño (Protección Civil de Xirivella)
•
Carmen Ordoño (Casa de la Cultura)
•
José Luis Chisbert (Ingeniero Técnico Municipal)
Representantes de todas y cada una de las distintas Comisiones Falleras de Xirivella
•
El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, se ha elaborado de
acuerdo con la información facilitada por todas las partes implicadas, fechas de celebración de
actos pirotécnicos, características de los mismos, zonas de lanzamiento previstas para su
desarrollo, etc,....; siendo de obligado cumplimiento una vez ratificado y aprobado por el
Ayuntamiento de Xirivella y hasta la fecha de finalización de las fiestas.
Xirivella, a 5 de Marzo de 2012
OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO:
Delineación y Planimetría: Juan Vilaplana
Redactado por:
Con la participación y colaboración de:
José Luis Chisbert Poncelas
INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL
CONCEJALÍAS DELEGADAS
POLICIA LOCAL
PROTECCIÓN CIVIL
CRUZ ROJA
COMISIONES FALLERAS
Aprobado por:
AJUNTAMENT DE XIRIVELLA
EL ALCALDE
D. Enrique Ortí Ferre
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FALLAS
XIRIVELLA
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
2012
NORMATIVA DE REFERENCIA
Se indica a continuación la normativa de referencia de aplicación, la cual se ha tenido en
cuenta en la elaboración del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias para la
celebración de Espectáculos Pirotécnicos organizados por las distintas Comisiones Falleras
durante las fiestas de FALLAS 2012, en el municipio de Xirivella.
REAL DECRETO 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. (BOE num. 113, de fecha 08/05/2010).
DECRETO 19/2011, de 4 de Marzo, del Consell, por el que se reconoce el carácter
religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas celebradas en la
Comunitat Valenciana, en la que se utilizan artificios de pirotecnia. (DOCV num. 6475,
de fecha 08/03/2011).
ORDEN PRE/174/2007, de 31 de Enero, por la que se actualizan las instrucciones
técnicas complementarias números 8, 15, 19 y 23 del Reglamento de Explosivos,
aprobado por Real Decreto 230/1998,
de 16 de febrero
(BOE num. 30 de fecha
03/02/2007).
REAL DECRETO 230/1998, de 16 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Explosivos. (BOE num. 61, de fecha 12/03/1998).
ORDEN de 2 de Marzo de 1989,
por la que se completa y perfecciona la normativa
reguladora de la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de
espectáculos públicos de fuegos artificiales. (BOE num. 53, de fecha 03/03/1989).
ORDEN de 20 de Octubre de 1988, por la que se regula la manipulación y uso de
productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales.
(BOE num. 260, de fecha 29/10/1988).
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FALLAS
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LISTA DE DISTRIBUCIÓN DEL PLAN
Del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias para la celebración de los
Espectáculos Pirotécnicos en el municipio de Xirivella, durante las FALLAS 2012; desde el Área
de Infraestructuras, Urbanismo y Medioambiente, se realiza la siguiente distribución y divulgación:
ALCALDÍA
1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.
3 COPIAS DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.
POLICÍA LOCAL
DE XIRIVELLA
(una para la propia POLICÍA LOCAL y las otras dos para su
envío y distribución a la GUARDIA CIVIL y a la DELEGACIÓN
DE GOBIERNO, respectivamente).
PROTECCIÓN CIVIL DE
XIRIVELLA
1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.
CRUZ ROJA
DE XIRIVELLA
1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.
BOMBEROS
1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”.
COMISIONES
FALLERAS
BARRI DE LA LLUM
TEODORO LLORENTE
MONT DE PIETAT
GÓMEZ FERRER
MESTRE SERRANO
SANT JOAN
SANT ANTONI
1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”.
EMPRESAS PIROTÉCNICAS
PIROTECNIA VULCANO, S.L.
PIROTECNIA SANMARTIN, S.L. 1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”.
PIROTECNIA TURÍS, S.L.
PIROTECNIA GIRONINA, S.L.
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FALLAS
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CAPITULO 1
OBJETO DEL PLAN
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 4.- de la Orden de 20 de Octubre de 1988 (BOE nº
260, de 29 de octubre de 1988) y Orden de 2 de marzo de 1989 que la perfecciona, con respecto
a la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de
fuegos artificiales, y con lo indicado en la Instrucción Técnica Complementaria número 8, del RD
563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y
Cartuchería. (BOE num. 113, de fecha 08/05/2010), el Ayuntamiento de Xirivella elabora el
presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, cuyo objeto y finalidad es establecer
las medidas de seguridad y emergencia necesarias para la celebración de los espectáculos
pirotécnicos organizados y programados por las distintas Comisiones Falleras en el municipio de
Xirivella durante las fiestas de FALLAS 2012.
El presente PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS comprende las
medidas necesarias para:
a) Prevenir los riesgos que puedan afectar a las personas que intervienen en su desarrollo o
que presencien los mismos y a los bienes materiales.
b) Seguridad y vigilancia de las zonas que presuntamente puedan ser afectadas por un
accidente.
c) Protección y socorro urgente de las víctimas.
d) Evacuación y asistencia sanitaria de las víctimas.
Para ello, el presente documento se ha estructurado básicamente en dos bloques diferenciados:
•
PLAN DE SEGURIDAD,
al objeto de prevenir los accidentes que se deriven de la
instalación y montaje de los artificios.
•
PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS, para prevenir los diferentes riesgos que
puedan tener lugar por los disparos de fuegos de artificio, antes, durante y después del
espectáculo, teniendo en cuenta tanto los materiales a disparar como la ubicación de los
mismos y el público asistente.
El logro de los objetivos previstos será función del grado de participación y eficacia de los distintos
medios humanos y materiales descritos en el presente Plan de Seguridad para la respuesta ante
las posibles situaciones de emergencia que pudieran tener lugar.
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CAPITULO 2
EMPLAZAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
2.1.- EMPLAZAMIENTO DE MONUMENTOS, ZONAS DE LANZAMIENTO Y CARPAS.
Se describen a continuación a título informativo los emplazamientos de los monumentos
falleros en el municipio de Xirivella, las zonas de lanzamiento previstas para el desarrollo de los
numerosos espectáculos pirotécnicos que tendrán lugar durante las FALLAS 2012 y la ubicación
de las carpas móviles desmontables habilitadas por las distintas Comisiones Falleras.
DETALLE GENERAL DE EMPLAZAMIENTO DE LOS MONUMENTOS FALLEROS
En el documento de PLANOS que acompaña al presente Plan de Seguridad y Actuación ante
Emergencias se adjuntan los Planos Nº 1 y Nº 2; donde detallan los emplazamientos de las zonas
de lanzamiento para los distintos espectáculos pirotécnicos,
así como las rutas de acceso y
evacuación en caso de emergencia desde cada una de las ubicaciones previstas.
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FALLAS
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FALLA
DOCTOR GÓMEZ FERRER
Emplazamiento del monumento:
Confluencia de la C/ RAMÓN Y CAJAL con la C/ MAESTRO GINER
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 3)
SOLAR ANTIGUO COMPLEJO J30 -FRENTE PARQUE DOLORES IBARRURI-
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FALLA
MONTE DE PIEDAD
Emplazamiento del monumento:
Confluencia de la C/ MEDITERRÁNEO con la C/ MONTEALEGRE
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 4)
PLAZA DE SAN RAMÓN - SAN ENRIQUE
Emplazamiento de la carpa:
Recinto MINI POLIDEPORTIVO C/ MEDITERRÁNEO con C/ MONTESA
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FALLA
SANT JOAN
Emplazamiento del monumento:
Confluencia C/ DIPUTACIÓN con C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA (PZA SAN JUAN)
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 5)
PATIO DEL EDIFICIO DE L´ESCOLETA (JUNTO A ZONA DE APARCAMIENTO)
Emplazamiento de la carpa:
C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA (JUNTO A POZO)
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FALLA
SANT ANTONI
Emplazamiento del monumento:
Confluencia de la C/ SAN ANTONIO con la C/ HERMANAS CUBELLS
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 6)
ESPACIO LIBRE PARQUE CLARA CAMPOAMOR
Emplazamiento de la carpa:
C/ SANT ANTONI (entre C/ PASCUAL ARBORS Y C/ JOAQUÍN COSTA)
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FALLA
MESTRE SERRANO
Emplazamiento del monumento:
Confluencia de la C/ MAESTRO SERRANO con la C/ ALICANTE
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 7)
C/ MISLATA (ESPACIO ABIERTO ADJUNTO A PLAZA)
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FALLAS
XIRIVELLA
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FALLA
VALENCIA – TEODORO LLORENTE (ELCANO)
Emplazamiento del monumento:
C/ A. SÁNCHEZ MOSCARDÓ con C/ LITERATO AZORÍN – PALLETER
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 8)
Zona de aparcamiento RENFE
Confluencia de AVENIDA CONSTITUCIÓN con AVENIDA DEL TURIA
Emplazamiento de la carpa:
Avenida Constitución (Solar junto a Parking de RENFE)
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FALLA
BARRI DE LA LLUM
Emplazamiento del monumento:
Confluencia de la C/ CORTES DE ARENOSO con la C/ ANTONIO MACHADO
Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 9)
C/ CORTES DE ARENOSO (ESPACIO ABIERTO ADJUNTO A PLAZA)
Emplazamiento de la carpa:
C/ ANTONIO MACHADO
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2.2.- DESCRIPCIÓN Y REQUISITOS TÉCNICOS DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
De forma general, los espectáculos pirotécnicos se desarrollarán dentro de zonas o recintos de
forma rectangular,
con unas superficies que oscilarán entre los 250 y los 750
m2
aproximadamente, y que se ubicarán en calles y en zonas abiertas, tales como parques, plazas,
zonas de aparcamiento, etc,...., las cuales se habilitarán a tal efecto, sin que ello de lugar a
simultaneidad de actividades en las mismas. Todas estas zonas permitirán que los artificios
pirotécnicos se puedan situar en zonas despejadas, sobre superficies planas y horizontales, y
con un buen firme, bien de tierra batida o bien de pavimento asfáltico.
La zona de colocación de los artificios pirotécnicos deberá reunir las siguientes
características:
a) El suelo deberá tener suficiente consistencia y no presentar elementos fácilmente
combustibles o susceptibles de proyectarse; debiendo ser llano y horizontal o permitir una
base de soporte con estas características para los dispositivos de lanzamiento.
b) Su ubicación impedirá que la trayectoria de los artificios coincida con cualquier objeto
elevado, obstrucción u obstáculo que pueda afectar a la seguridad del lanzamiento.
Las zonas de fuegos se dividirán generalmente en dos zonas bien diferenciadas, una de ellas
donde se ubicarán las partes terrestres que se van a disparar, siendo esta zona normalmente la
de mayor superficie en mascletàs; y otra zona prevista para los elementos que serán disparados
para explotar en altura, que se corresponderá generalmente con las artificios pirotécnicos de
mayor calibre.
La empresa pirotécnica deberá adaptar el montaje del espectáculo pirotécnico a las características
y dimensiones de la zona de lanzamiento facilitada y delimitada por parte de la entidad
organizadora, en este caso las distintas Comisiones Falleras, y si en algún caso la zona de
lanzamiento no se ajusta o cumple con los requisitos necesarios para el montaje de los artificios
pirotécnicos a disparar deberá ponerlo en conocimiento inmediato de la entidad organizadora y de
la Policía Local, no pudiendo llevarse a cabo el espectáculo mientras la zona de lanzamiento no
cumpla con los requisitos mínimos necesarios para el espectáculo pirotécnico programado.
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2.3.- UBICACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO Y COORDENADAS GEOGRÁFICAS
Zona de Lanzamiento
Emplazamiento
DR GÓMEZ FERRER
Solar colindante al
Parque Dolores Ibarruri
Latitud
Longitud
N 39º 28’ 07’’
W 0º 25’ 45’’
N 39º 27’ 54’’
W 0º 26’ 12’’
N 39º 27’ 51’’
W 0º 25’ 50’’
N 39º 27’ 43’’
W 0º 25’ 29’’
N 39º 28’ 01’’
W 0º 25’ 23’’
N 39º 27’ 48’’
W 0º 25’ 16’’
N 39º 28’ 04’’
W 0º 24’ 59’’
(véase PLANO Nº 3)
MONTE DE PIEDAD
Pza. San Enrique
(véase PLANO Nº 4)
SANT JOAN
Patio de L´Escoleta
(véase PLANO Nº 5)
SANT ANTONI
Parque Clara Campoamor
(véase PLANO Nº 6)
SANT ANTONI
Pza. Mestre Serrano
(véase PLANO Nº 7)
TEODORO LLORENTE
Aparcamiento Estación
(véase PLANO Nº 8)
BARRI DE LA LLUM
C/ Cortes de Arenoso
(véase PLANO Nº 9)
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CAPITULO 3
PROGRAMA DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS ( FALLAS 2012 )
Viernes, 16 de Marzo
Espectáculo
Pirotécnico
14:00 MASCLETÀ
Hora
Comisión
Emplazamiento
Fallera
Barri de La Llum Cortes de Arenoso
Pirotécnia
SANMARTÍN
Materia
reglamentada
14,541 kg
Peso
Bruto
32 kg
Calibre
máximo
70 mm
Altura
máxima
--
(*) Distancia
Seguridad
45 m
Peso
Bruto
51 kg
Calibre
máximo
70 mm
Altura
máxima
--
(*) Distancia
Seguridad
45 m
Sábado, 17 de Marzo
Espectáculo
pirotécnico
14:00 MASCLETÀ
Comisión
Fallera
Barri La Llum
Emplazamiento
Pirotécnia
Cortes de Arenoso
SANMARTÍN
Materia
reglamentada
17,938 kg
14:00 MASCLETÀ
Mont de Pietat
Pza. San Enrique
SANMARTÍN
10 kg
--
70 mm
55 m
45 m
24:00 MASCLETÀ
NOCTURNA
Mestre Serrano
Pza. Mestre Serrano TURÍS
11,90 kg
25,88 kg
75 mm
50 m
45 m
Materia
reglamentada
22,939 kg
Peso
Bruto
63 kg
Calibre
máximo
70 mm
Altura
máxima
--
(*) Distancia
Seguridad
45 m
6,2709 kg
--
75 mm
200 m
45 m
Hora
Domingo, 18 de Marzo
Espectáculo
pirotécnico
14:00 MASCLETÀ
Comisión
Fallera
Barri La Llum
Emplazamiento
Pirotécnia
Cortes de Arenoso
SANMARTÍN
14:00 MASCLETÀ
Gómez Ferrer
Solar J30
GIRONINA
14:30 MASCLETÀ
Sant Joan
Pati de L´Escoleta
SANMARTIN
10 kg
--
70 mm
20 m
45 m
Cortes de Arenoso
SANMARTÍN
48,698 kg
117 kg
75 mm
90 m
45 m
Solar J30
GIRONINA
10,9032 kg
--
50 mm
200 m
45 m
Hora
NIT DEL FOC (Noche del 18 de Marzo)
24:00 MASCLETÀ
Barri La Llum
NOCTURNA
01:00 CASTELL
Gómez Ferrer
(*) La distancia de seguridad, será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor calibre y la línea
perimetral de la zona de seguridad
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FALLAS
XIRIVELLA
EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS
2012
Lunes, 19 de Marzo
Espectáculo
Comisión
pirotécnico
Fallera
14:00 MASCLETÀ Teodoro Llorente
Materia
reglamentada
46 kg
Peso
Bruto
135 kg
Calibre
máximo
70 mm
Altura
máxima
100 m
(*) Distancia
Seguridad
45 m
Parking Estación
VULCANO
14:00 MASCLETÀ
Mont de Pietat
Pza. San Enrique
SANMARTÍN
40,443 kg
--
70 mm
55 m
45 m
14:00 MASCLETÀ
Barri de La Llum
Cortes de Arenoso
SANMARTÍN
49,971 kg
122 kg
70 mm
90 m
45 m
14:30 MASCLETÀ
Mestre Serrano
Pza. Mestre Serrano TURIS
14,63 kg
43,31 kg
50 mm
50 m
45 m
14:30 MASCLETÀ
Gómez Ferrer
Solar J30
GIRONINA
15,701 kg
--
75 mm
200 m
45 m
14:30 MASCLETÀ
Sant Antoni
Clara Campoamor
VULCANO
42 kg
105 kg
70 mm
200 m
45 m
15:00 MASCLETÀ
Sant Joan
Pati L´Escoleta
SANMARTÍN
89,751 kg
--
100 mm
20 m
60 m
Hora
Emplazamiento
Pirotécnia
NIT DE LA CREMÀ
22:00 CREMÀ DELS MONUMENTS INFANTILS
23:30 CREMÀ
Barri de La Llum
--
--
--
--
--
--
--
24:00 CREMÀ
Sant Joan
--
--
--
--
--
--
--
24:00 CASTELL
Mont de Pietat
20 kg
--
75 mm
55 m
45 m
24:30 CREMÀ
Mont de Pietat
--
--
--
--
--
--
--
24:30 CREMÀ
Gómez Ferrer
--
--
--
--
--
--
--
1:00
CREMÀ
Sant Antoni
--
--
--
--
--
--
--
1:00
CREMÀ
Teodoro Llorente
--
--
--
--
--
--
--
1:15
CASTELL
Teodoro Llorente
41 kg
102 kg
70 mm
100 m
45 m
1:30
CREMÀ
Mestre Serrano
--
--
--
--
--
Pza. San Enrique
Parking Estación
--
SANMARTIN
VULCANO
--
(*) La distancia de seguridad, será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor calibre y la línea
perimetral de la zona de seguridad
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CAPITULO 4
PLAN DE SEGURIDAD
Se detalla a continuación el Plan de Seguridad, donde se exponen las medidas de seguridad y
los medios humanos y materiales a tener en cuenta,
los cuales permitirán un desarrollo
controlado y seguro de los espectáculos pirotécnicos.
El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias tiene por objeto los
Espectáculos Pirotécnicos a desarrollar por las distintas Comisiones Falleras;
con
artificios pirotécnicos que en su conjunto dispongan de una carga de materia reglamentada
igual o superior a 10 kg.
Asimismo,
el presente Plan de Seguridad y Actuación ante
Emergencias no amparará ni dará cobertura a aquellos Espectáculos Pirotécnicos que no hayan
sido debidamente comunicados por las distintas Entidades Organizadores y puestos en
conocimiento del Ayuntamiento de Xirivella,
a través de la Concejalía de Fiestas,
Servicios
Técnicos Municipales y Policía Local.
4.1.- PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Los espectáculos previstos para una carga de masa explosiva superior a 50 kg deberán disponer
de la preceptiva autorización por parte de la Delegación de Gobierno. Para ello la Comisión
Fallera deberá solicitar dicho permiso,
aportando la documentación necesaria (seguro de la
empresa pirotécnica, seguro de responsabilidad civil de la falla, etc,..)
COMUNICACIONES A “AENA”
Las entidades organizadoras de los espectáculos pirotécnicos,
en este caso las distintas
Comisiones Falleras, tendrán la obligación de comunicar a AENA, la celebración del los mismos,
indicando el día, la hora, el lugar, etc,.....; de acuerdo con el modelo de Comunicación que se
adjunta en el ANEXO 3 del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.
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4.2.- TRANSPORTE DEL MATERIAL PIROTÉCNICO
La empresa pirotécnica se responsabilizará de realizar el transporte del material pirotécnico, así
como la circulación de los vehículos que intervengan en ello, de acuerdo con lo dispuesto en la
normativa vigente.
Los vehículos que transporten los artificios pirotécnicos serán considerados como
almacenamiento especial de acuerdo con lo establecido en el Artículo 102.- del Reglamento de
artículos pirotécnicos y cartuchería, para lo cual deberán cumplir, además de los requisitos
dispuestos en la normativa ADR vigente respecto a la vigilancia de vehículos que
transporten mercancías peligrosas, al menos los siguientes:
•
La carga y caja del vehículo deberá permanecer cerrada.
•
Deberá evitarse la cercanía de fuentes de calor como generadores eléctricos,
compresores, otros vehículos, etc,…
•
Se deberá cumplir la distancia mínima de 250 metros a instalaciones o lugares con
especial peligrosidad tales como gasolineras o depósitos de productos peligrosos.
Previo al inicio del montaje del espectáculo, se permitirá el acceso de los vehículos a la zona de
lanzamiento acordonada y delimitada con vallado o sistema similar, por parte de las Entidades
Organizadoras, en este caso, las distintas Comisiones Falleras.
Una vez descargados los artificios pirotécnicos en la zona de lanzamiento, se deberá
mantener especial y permanente vigilancia por personal de la empresa pirotécnica, con
previsión de la posibilidad de protección de los artificios pirotécnicos ante cualquier eventualidad
provocada por fenómenos meteorológicos u otras circunstancias.
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4.3.- SEGURIDAD Y DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
4.3.1.- ZONA DE LANZAMIENTO Y PROTECCIÓN PREVISTA
La zona de lanzamiento será el espacio especialmente acotado y protegido por el personal de la
empresa de expertos destinado exclusivamente al montaje del espectáculo y lanzamiento de
los artificios pirotécnicos,
la cual deberá estar permanentemente protegida mediante
acordonamiento, vallado o sistema similar,
La delimitación de la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, además de la
correspondiente señalización (carteles, etc,..),
deberá ser dispuesta por parte de la Entidad
Organizadora, en este caso, las Comisiones Falleras, con la antelación suficiente y previa la
llegada de los vehículos y comienzo del montaje de los artificios pirotécnicos por parte de la
Empresa Pirotécnica.
SIN LA CORRESPONDIENTE DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE LANZAMIENTO MEDIANTE
VALLADO O SISTEMA SIMILAR,
POR PARTE DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA,
LA
EMPRESA PIROTÉCNICA NO PODRÁ COMENZAR LOS TRABAJOS DE MONTAJE DEL
ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO.
4.3.2.- PERSONAL AUTORIZADO EN LA ZONA DE LANZAMIENTO
Una vez exista materia reglamentada en la zona sólo podrán acceder a la zona de lanzamiento el
personal experto de la empresa de pirotecnia y, en su caso, aquellas personas adscritas a la
Entidad Organizadora o a la Autoridad competente en la autorización del espectáculo con
funciones de inspección de éste.
Mientras el espectáculo se encuentre en curso,
sólo se
permitirá permanecer en la zona de lanzamiento a los expertos de la empresa de pirotecnia. La
empresa pirotécnica dispondrá de copia de la siguiente documentación en la zona de
trabajo: esquemas del espectáculo, copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil,
seguros sociales, TC1 y TC2, de los trabajadores que participen en el montaje y disparo del
espectáculo, ante posibles requerimientos y labores de inspección que puedan derivarse.
No estará permitida la presencia de persona alguna dentro de la zona de lanzamiento que se
encuentre bajo los efectos del alcohol o drogas que pudieran afectar su juicio, movimientos o
estabilidad de forma negativa para la seguridad exigible en esta zona.
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4.3.3.- RELACIÓN DE EMPRESAS PIROTÉCNICAS FALLAS 2012
Las empresas pirotécnicas debidamente acreditadas para la realización de los distintos
espectáculos pirotécnicos durante las FALLAS
2012,
en el municipio de Xirivella son las
siguientes:
-
PIROTECNIA SANMARTÍN S.L, para los espectáculos de:
FALLA MONTE DE PIEDAD (Pza. San Enrique)
FALLA SANT JOAN (Pati de l´Escoleta)
FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ Cortes de Arenoso)
-
PIROTECNIA VULCANO, S.L, para los espectáculos de:
FALLA TEODORO LLORENTE (Aparcamiento junto antigua Estación de RENFE)
FALLA SANT ANTONI (Parque Clara Campoamor)
-
PIROTECNIA TURÍS, S.L, para los espectáculos de:
FALLA MAESTRO SERRANO (Pza. Mestre Serrano)
-
PIROTECNIA GIRONINA, S.L, para los espectáculos de:
FALLA GÓMEZ FERRER (Solar antiguo complejo J30 –junto Parque Dolores Ibarruri-)
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4.4.- MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE DEL ESPECTÁCULO
Con independencia de las medidas de seguridad que a continuación se indican y que se deberán
cumplir por parte del personal experto de la Empresa Pirotécnica durante el montaje del
espectáculo, se observarán y cumplirán con todas las medidas de seguridad establecidas en la
Reglamentación vigente para este tipo de Espectáculos Pirotécnicos.
4.4.1.- CONDICIONES DE SEGURIDAD POR PARTE DEL PERSONAL
Para participar en el montaje, manipulación y disparo de artificios pirotécnicos con fines
recreativos, las personas que lo realicen deberán ser profesionales expertos y aprendices
bajo la exclusiva responsabilidad de los primeros, acreditados como operadores u
auxiliares pirotécnicos, al servicio de una empresa o taller de pirotecnia debidamente
legalizado.
Tanto dichas personas como las demás que colaboren en ello, deberán estar
afiliadas a la Seguridad Social, con la prima de seguro que la autoridad laboral disponga por razón
de riesgo específico. Dicho personal actuará de acuerdo con la normativa vigente y bajo la
exclusiva responsabilidad de su empresa.
4.4.2.- CONDICIONES DE SEGURIDAD PREVIAS AL MONTAJE
Se vigilará por parte de la Entidad Organizadora que el personal experto de la Empresa
Pirotécnica que vaya a montar el espectáculo, limite su instalación a la zona de lanzamiento
delimitada.
Cualquier persona, para penetrar en el recinto de lanzamiento, en tanto se desarrollen las
operaciones de montaje del espectáculo, deberá contar con calzado que impida la producción de
chispas.
Antes de iniciar el montaje de las instalaciones pirotécnicas, los expertos de la Empresa
Pirotécnica deberán efectuar una inspección previa a cada uno de los artificios
pirotécnicos, desechando, en su caso, los que presenten defectos que pudieran afectar a la
seguridad del espectáculo.
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La iluminación para el desembalaje y montaje de los artificios será, preferentemente, la
solar. Si fuera necesario el empleo de luz artificial, se prohíben los sistemas de iluminación
con llama desnuda. En las manipulaciones y montajes que se lleven a cabo durante la noche o,
en su caso, con la adecuada luz solar directa, se cuidará de que la intensidad de la luz, la sombra
y el calor inadecuado no dificulten las operaciones, con riesgo de producción o propagación de
chispas, y de evitar la producción de focos de calor por efectos propios o inducidos a causa de
tormentas, corrientes estáticas o erráticas.
Todos los productos pirotécnicos que componen, en su conjunto, el espectáculo, se mantendrán
envasados y embalados antes de su montaje, para resguardarlos de la humedad ambiente.
4.4.3.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE
Para realizar el montaje del espectáculo deberán seguirse todas las indicaciones de seguridad
establecidas por los fabricantes de los productos utilizados en el espectáculo.
En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Explosivos, los embalajes y envases de
los artificios pirotécnicos con fines recreativos serán abiertos con medios que imposibiliten la
producción de chispas o roces que pudieran afectar a los artificios.
Los artificios, mechas e iniciadores, antes del montaje, estarán alejados de focos
susceptibles de provocar chispas, llamas o gases calientes. Asimismo, los iniciadores que no
vengan previamente incorporados a los artificios pirotécnicos deberán permanecer almacenados y
alejados el resto de productos durante la manipulación y montaje del espectáculo. Igualmente se
protegerán de roces y choques entre ellos y contra otros elementos. Se evitará igualmente la
cercanía de fuentes de calor como generadores eléctricos, compresores, vehículos, etc,…
Durante las operaciones de montaje se prohíbe terminantemente fumar, y portar cerillas o
mecheros. Igualmente estará prohibido el uso de cualquier dispositivo que pueda producir
arcos o chispas por cualquier medio o procedimiento, durante la descarga de artificios desde
el vehículo, durante el montaje de los mismos, después de dicho montaje y antes o después del
disparo, hasta tanto el profesional responsable, acompañado por la persona o personas
designadas en el presente plan, hayan comprobado que no ha quedado sin disparar unidad
alguna de las distintas secciones. En el caso de disparos eléctricos, durante las operaciones de
montaje, los montadores del espectáculo no podrán portar tampoco aparatos de comunicación
mediante radiación electromagnética (móviles, etc,..).
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4.4.4.- SEGURIDAD ESPECÍFICA PARA EL MONTAJE Y FIJACIÓN DE MORTEROS
La fijación de los dispositivos de lanzamiento deberá imposibilitar cualquier desviación del
ángulo de lanzamiento previsto. Deberán inspeccionarse todos los morteros antes de su
instalación,
en busca de defectos como abolladuras, bordes doblados e interiores dañados,
desechándose los defectuosos.
Los morteros o cañones, que deberán llevar grafiados, de forma visible, el diámetro interior
en milímetros, se instalarán, en todo caso, en la zona de fuego prevista y, de tal forma, que
los artificios pirotécnicos que resulten propulsados lo sean en dirección vertical, para
mantener la verticalidad del elemento o bien en dirección opuesta a los espectadores. Si
por razones de ubicación en bahías, puertos, parajes o zonas a distinta cota, etc,…, se situaran
los morteros y cañones en ángulo hacia los espectadores, la zona de seguridad establecida
deberá dejar a éstos fuera de toda posibilidad de riesgo.
La boca de los morteros y aquellos morteros dispuestos en batería cargados quedarán
señalizados por una cubierta de película de plástico, de aluminio o por una cinta adhesiva
cruzada, lo cual permitirá conocer el estado de los morteros y evidenciará un fallo en el disparo
si, una vez iniciado el mismo, la señalización está intacta.
Los morteros se enterrarán en al menos un 30 % de su longitud, bien en el suelo, o bien en
sacos. Los morteros que puedan dañarse con la humedad del terreno se colocarán dentro de una
bolsa de plástico hermética antes de enterrarlos. Los morteros colocados en batería deberán
cumplir este mismo requisito en toda la extensión longitudinal de la batería.
4.4.5.- SEGURIDAD ESPECÍFICA PARA LAS UNIDADES DE DISPARO ELÉCTRICO
Las unidades de disparo eléctrico deberán disponer de un sistema que obligue a dos
acciones positivas para la iniciación del disparo.
Las unidades de disparo de actuación
automática después de su iniciación, deberán contar además, con un interruptor de emergencia
con bloqueo, que permita interrumpir la secuencia de disparo ante la aparición de un suceso
fortuito que aporte una situación de riesgo no prevista.
En el caso de disparo eléctrico, la comprobación de la línea de tiro se realizará empleando un
comprobador de línea con certificación de conformidad en virtud de las disposiciones vigentes al
respecto.
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4.4.6.- CONSIDERACIONES FINALES DE SEGURIDAD EN EL MONTAJE
La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de los
dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito
eléctrico. Si la mecha fuera unida directamente al artificio, sin iniciador interpuesto, se sujetará
mediante cordón de fibra textil, papel parafinado o similar.
Las conexiones han de estar aisladas con cinta o conectadores, evitando en todo momento el
contacto fortuito de los conductores de disparos de los artificios con el suelo, tuberías metálicas, ..
Si el disparo se produjera mediante aparato de conexión, la empresa instaladora tendrá siempre a
disposición del personal actuante un aparato más otro de repuesto. Los aparatos de conexión se
hallarán siempre, en posesión directa del profesional responsable, o vigilados suficientemente
por el mismo.
Una vez realizado el montaje de los artificios en la zona de fuego y lanzamiento, si existiera
riesgo meteorológico, por lluvia o tormenta se dispondrá con la mayor rapidez de material
impermeable para cubrir todos aquellos artefactos cuya envoltura exterior, en todo o en
parte, no resulte impermeable, en evitación de posibles alteraciones de las condiciones
propulsoras por deflagración de los artificios. La mecha lenta deberá tener siempre cubierta
impermeable, siendo resistente al desgaste y con sección interior uniforme.
Caso de lluvia y cesada la misma, antes de realizar el disparo se deberá llevar a efecto una
nueva comprobación por parte de la Empresa Pirotécnica de todos los artificios para
comprobar su adecuado estado.
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4.5.- DELIMITACIÓN DE ZONAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DEL PÚBLICO
4.5.1.- ZONA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PREVISTA
La zona de seguridad, será el espacio que rodea a la zona de lanzamiento, vigilada por la
Entidad Organizadora, que delimita la presencia del público espectador, y cuya finalidad es
la de proporcionar a éste un desarrollo razonablemente seguro del espectáculo, y que estos
queden fuera del alcance de timones de cohetería, etc,.... Para cada espectáculo se habilitará y
establecerá una zona de seguridad por parte de la Entidad Organizadora, que deberá estar
cerrada o acotada mediante vallas, cuerdas, cintas o sistema similar;
suficientemente
vigilado por la Entidad Organizadora, en este caso las distintas Comisiones Falleras..
El perímetro de la zona de seguridad vendrá determinado por la distancia de seguridad,
que será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero
del artificio de mayor calibre y la línea perimetral de la zona de seguridad;
la cual se
calculará de acuerdo con la tablas de distancias de seguridad detalladas en la Instrucción Técnica
Complementaria Número 8, “Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos”; en
su Apartado 4.10.-;
aunque no obstante,
previa justificación suficientemente razonada con
medidas de seguridad apropiadas, la Delegación de Gobierno podrá autorizar la reducción de
estas distancias mínimas, previa solicitud de la Entidad Organizadora.
En la zona de seguridad no podrán existir hospitales, clínicas, residencias de tercera edad,
centros policiales y de emergencia, ni otras edificaciones, estructuras o vías de comunicación que
por su especial sensibilidad al riesgo, sean susceptibles de accidentes que afecten a la seguridad
de la población. Asimismo, el desarrollo del espectáculo pirotécnico tuviese lugar durante horas
de actividad escolar, tampoco podrán existir centros educativos en la zona de seguridad.
De acuerdo con la información facilitada y teniendo en cuenta las características de los
distintos Espectáculos Pirotécnicos programados; los artificios pirotécnicos presentan en su
mayoría un calibre máximo de 75 mm; por lo cual se establecerá como criterio general una
distancia mínima de seguridad al público de 45 metros y una distancia mínima de seguridad a
edificaciones de 25 metros. (VER PLANOS). No obstante se deben comprobar las distancias
de seguridad en el CAPÍTULO 3 del presente documento para cada Espectáculo Pirotécnico
programado. De mantener despejada la zona de seguridad por parte del público espectador se
ocuparán, tanto el personal de las Entidades Organizadoras, como los agentes de seguridad
(Policía Local y Protección Civil) desplazados a la zona y para esa función específica.
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4.5.2.- HABILITACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD PARA PROTECCIÓN DEL PÚBLICO
Para poder habilitar y mantener despejada de vehículos la zona de seguridad por parte de la
Entidad Organizadora, ésta deberá comunicarlo con la suficiente antelación a la Policía Local de
Xirivella. La prohibición de estacionamiento de vehículos se deberá realizar al menos con 48
horas de antelación mediante la colocación de las señales precisas, y se verificará durante la
mañana anterior al espectáculo mediante la colaboración del personal de las distintas Comisiones
Falleras y las rondas de Policía Local, que podrá en su caso hacer intervenir a la grúa para
retirada de vehículos.
La prohibición de acceso, estancia o tránsito, dentro de la zona de seguridad cobrará
efecto al menos 20 MINUTOS antes de la hora prevista para el inicio del espectáculo.
4.6.- PROHIBICIÓN, SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS
En caso de inclemencia meteorológica (lluvia, viento,..),
el Encargado o persona designada
por parte de la empresa pirotécnica para asumir el montaje y disparo del espectáculo
pirotécnico, podrá retrasar el mismo, debiendo disponer de las medidas necesarias que
garanticen la seguridad del material pirotécnico y realizando las comprobaciones necesarias.
La velocidad máxima de viento, a nivel del suelo, no deberá superar 15 m/s en el momento y lugar
del disparo. En caso de disparos eléctricos y existencia de tormenta eléctrica, todo el personal
deberá abandonar la zona de lanzamiento. En función de la situación se valorará la conveniencia de
suspender el espectáculo, la cual deberá hacerse efectiva siempre y cuando no se garantice la total
seguridad para el público asistente.
Todo ello deberá ser comunicado y consensuado con el
personal de seguridad y vigilancia, Policía Local, Protección Civil, etc,..
El Encargado o persona designada por parte de la empresa pirotécnica para asumir el montaje y
disparo del espectáculo pirotécnico también podrá interrumpir temporalmente o definitivamente el
inicio o el desarrollo del espectáculo por razones metereológicas o técnicas que impliquen riesgo
para las personas o bienes.
Los motivos de la interrupción deberán ser comunicados de forma inmediata a la Delegación de
Gobierno.
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4.7.- DISPARO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de los
dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito eléctrico.
DISPAROS MANUALES
Sólo se llevará a cabo cuando no sea posible o sea excesivamente complicado su encendido
mediante iniciadores.
Por medio de un bota-fuego o de una mecha de estopa firmemente unida al
extremo de una barra se procederá a dar fuego a las mechas, una vez retirada la protección
correspondiente.
En el caso de que los morteros vayan a ser recargados durante el desarrollo del espectáculo deben
ser limpiados antes de cada recarga. Previamente a cada recarga de los morteros se debe tener en
cuenta la temperatura que hayan alcanzado con el fin de evitar iniciaciones accidentales. En cada
recarga se verificará el estado de las protecciones exigidas a los morteros.
DISPAROS ELÉCTRICOS
En el caso de utilizar una batería para el disparo, ésta se situará en el interior de una caja
aislada, no abriéndose su tapa hasta que no se vaya a proceder al disparo. Si se utiliza una
línea eléctrica de corriente alterna se utilizará un transformador de doble aislamiento.
El experto encargado del disparo guardará bajo su responsabilidad la llave de bloqueo del
dispositivo de encendido, en caso de que ésta exista.
Cuando los iniciadores no vengan previamente incorporados a los artificios pirotécnicos,
el
cebado de los artificios se realizará, si es posible, preferentemente cuando estén montados en su
posición de disparo. Los extremos de los pares conductores de cada cerilla permanecerán en
cortocircuito hasta el momento de su unión a la consola de disparo.
Antes de iniciar el disparo, el experto encargado debe comprobar que todo el personal ha salido
de la zona de colocación de artificios.
No se permitirá la recarga de morteros con disparo eléctrico.
En ambos tipos de disparo, en el caso de fallo en el disparo de un mortero se debe esperar al
menos 30 minutos antes de retirar la carga y el artificio.
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Por parte del personal de Policía Local y/o de Protección Civil, antes de iniciarse el Espectáculo
Pirotécnico se comprobará que las medidas preventivas se cumplen y permanecerán en las
inmediaciones durante su desarrollo. Igualmente definirán una vía de evacuación que deberá quedar
libre al paso de los servicios de emergencias. Cualquier indicación o anomalía apuntada por estos
funcionarios o colaboradores deberá ser tenida en cuenta y subsanarse antes de dar comienzo el
espectáculo.
El espectáculo no podrá dar comienzo, mientras por parte del personal de los equipos de
seguridad, protección y socorro desplazados (Policía Local, Protección Civil y Cruz Roja),
se hayan realizado las comprobaciones oportunas,
requerido al personal formado en la
materia la comprobación de que el espectáculo montado coincide en cantidades y artificios
con el espectáculo autorizado, comprobado el despeje de público de la zona de seguridad,
y que los citados equipos de seguridad, protección y socorro hayan tomado posiciones y
se haya obtenido la confirmación por parte del pirotécnico de haber realizado la
comprobación satisfactoria y conformidad del estado de todos los artificios pirotécnicos.
4.8.- ACTUACIONES POSTERIORES AL ESPECTÁCULO
Finalizado el espectáculo, y en ningún momento antes de 15 minutos después de haber
concluido el mismo,
el personal de expertos de la empresa pirotécnica procederá a
inspeccionar el área de proyección de los artificios pirotécnicos y recoger todo el material
pirotécnico propio y los restos susceptibles de arder, deflagrar, detonar y que puedan
suponer un riesgo.
En el caso de fallo en el disparo de un mortero se debe esperar al menos 30 minutos antes de
retirar la carga y el artificio.
Hasta que la zona de seguridad y lanzamiento no se encuentre completamente limpia de
restos que puedan suponer un riesgo, se mantendrá la vigilancia suficiente a efectos de
evitar daños o lesiones. El dispositivo se mantendrá en tanto que el Responsable de la
empresa pirotécnica no comunique que estos han finalizado y no quedan dispositivos sin
activarse. A tal efecto el Responsable de fuegos de la empresa pirotécnica firmará un certificado
al Policía Local presente en cada acto confirmando que no quedan artificios pendientes de
explosionar antes que el citado agente permita el paso del público a las citadas zonas.
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Las Entidades Organizadoras,
en este caso las distintas Comisiones Falleras,
deberán
comprobar el resto del área exterior a efectos de evitar fuegos posteriores o cualquier otra
circunstancia que derive en daños o lesiones.
En caso de accidente o incidente que implique la intervención de los Servicios de Urgencia, ya
sea por lesiones a las personas como por daños a bienes por incendio o efectos mecánicos, se
comunicará, en un plazo máximo de 24 horas, a la Delegación de Gobierno correspondiente y de
manera inmediata al teléfono de emergencias 112.
En el caso de anomalías graves en el funcionamiento de los artificios pirotécnicos se comunicará
a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio, en un plazo de 5 días hábiles, el número de artificios afectados, el tipo, el nombre del
fabricante y el nombre del comercializador.
4.9. ORGANIZACIÓN:
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
La responsabilidad derivada de la celebración del espectáculo corresponderá a la Entidad
Organizadora (en este caso las Comisiones Falleras) en todo aquello que la normativa vigente no
establezca como responsabilidad exclusiva de la Empresa Pirotécnica.
Asimismo la Entidad
Organizadora será responsable del cumplimiento de toda la legislación autonómica o local que
sea de aplicación en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, en caso de que
la hubiera.
El personal voluntario designado por la Entidad Organizadora velará por el
cumplimiento, vigilancia y control de los contenidos del presente Plan de Seguridad y Actuación
ante Emergencias.
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4.9.1.- PERSONAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
Inmediatamente antes de iniciarse el espectáculo, el personal de la Entidad Organizadora
(personal voluntario de las Comisiones Falleras), con la colaboración de los miembros de
la Policía Local y Protección Civil,
comprobarán visualmente la adecuación del Plan de
Seguridad y de Emergencia previsto, así como la correcta situación de los espectadores.
Dicho personal deberá llevar algún distintivo de identificación visible.
Para mantener la seguridad y vigilancia en las zonas afectadas por el espectáculo
pirotécnico, el equipo de seguridad estará formado con carácter obligatorio, al menos por:
-
UN MIEMBRO DE LA POLICIA LOCAL EN CALIDAD DE COORDINADOR
-
UN MIEMBRO DE PROTECCIÓN CIVIL
-
DOS MIEMBROS DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA (DE CADA COMISIÓN FALLERA)
Cada Comisión Fallera deberá disponer no obstante el número mínimo de voluntarios
indicados en la Tabla Resumen de Medios Humanos reflejada en la página nº 35 del
presente documento.
Todos ellos se emplazarán inicialmente según los PLANOS adjuntos al presente Plan de
Seguridad; con una antelación mínima de 20 minutos al comienzo del espectáculo con el
objetivo de garantizar, tanto el alejamiento del público que se debe mantener en el exterior
del perímetro de la zona de seguridad, como los cortes de tráfico y despeje del perímetro
de las calles adyacentes al espectáculo,
para que en el caso de producirse algún
accidente, facilitar el tránsito a los equipos de socorro o evacuación. De ello darían aviso en
primer lugar a los equipos destinados a tal fin en la zona en caso de producirse el hecho en su
sector de actuación y vigilancia.
Si por alguna causa sus funciones de seguridad y vigilancia no puedan ser satisfechas en algún
momento, como descontrol de la situación del público, lo comunicarán de inmediato a la Autoridad
competente (Policía Local), a efectos de que se pueda proceder a la suspensión del mismo hasta
que se restablezcan las condiciones de seguridad.
Fecha : 05/03/2012
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FALLAS
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2012
4.9.2.- ASISTENCIA SANITARIA
Existe un Convenio entre el Ayuntamiento de Xirivella y Cruz Roja para que durante el
desarrollo de los espectáculos pirotécnicos,
una ambulancia de la Cruz Roja de Xirivella
permanezca en estado de alerta para intervenir en el caso que se produjera algún incidente.
Dicha ambulancia se desplazará preferentemente a los espectáculos pirotécnicos de mayor nivel
de riesgo. Durante las FALLAS 2012 los espectáculos pirotécnicos de mayor peso neto de
materia reglamentada son los siguientes:
Domingo, 18 de Marzo
FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ CORTES DE ARENOSO)
“MASCLETÀ NOCTURNA” con un peso neto de materia reglamentada de 48,698 kg.
Lunes, 19 de Marzo
FALLA SANT JOAN (C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA –PATI DE L´ESCOLETA)
“MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 89,751 kg.
FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ CORTES DE ARENOSO)
“MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 49,971 kg.
FALLA TEODORO LLORENTE (APARCAMIENTO ESTACIÓN)
“MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 46 kg.
4.9.3.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ALARMA
Todos los miembros del equipo de seguridad y vigilancia,
anteriormente descrio
dispondrán de enlace vía-receptor portátil y/o teléfono móvil. Podrán recabar en caso
necesario apoyo al retén de la Policía Local de Xirivella y a la Comisaría de Policía Nacional de
Xirivella,
cuando por sí mismos no resulten capaces de mantener la seguridad y vigilancia de
zona.
Fecha : 05/03/2012
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RESUMEN DE MEDIOS HUMANOS
COMISIÓN FALLERA
FALLA
DR. GÓMEZ FERRER
FALLA
MONT DE PIETAT
FALLA
SANT JOAN
FALLA
SANT ANTONI
FALLA
MESTRE SERRANO
FALLA
TEODORO LLORENTE
FALLA
BARRI DE LA LLUM
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MEDIOS HUMANOS DE SEGURIDAD
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
Protección Civil
Policía Local
Colaboradores Falla
1
1
2
1
1
6
1
1
3
1
1
2
1
1
2
1
1
2
1
1
2
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
Miembro
Miembro
Voluntarios
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UBICACIÓN
VER
PLANO Nº 3
VER
PLANO Nº 4
VER
PLANO Nº 5
VER
PLANO Nº 6
VER
PLANO Nº 7
VER
PLANO Nº 8
VER
PLANO Nº 9
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CAPITULO 5
PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
5.1.- IDENTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE EMERGENCIA
Las situaciones de emergencia más significativas que se pueden derivar de la celebración de
espectáculos pirotécnicos, se resumen en los siguientes:
INCENDIOS
EXPLOSIÓN DE ARTEFACTOS PIROTÉCNICOS
EMERGENCIAS MÉDICAS: QUEMADURAS,..
AGLOMERACIONES DE PÚBLICO Y AVALANCHAS
COMPORTAMIENTOS ANTISOCIALES
5.2.- CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS:
Se establecen tres niveles de emergencia en función del grado de dificultad existente para su
control y las posibles consecuencias.
NIVEL 1:
CONATO DE EMERGENCIA (PREEMERGENCIA)
Cuando las incidencias o accidentes son de carácter limitado, y se controla y domina de forma
sencilla por los servicios operativos del dispositivo asistencial básico previsto en el presente Plan
de Seguridad y Actuación ante Emergencias.
NIVEL 2: EMERGENCIA PARCIAL
Cuando una vez iniciada la intervención de los servicios ordinarios establecidos en el presente
Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, se prevean grandes daños que superen la
capacidad del dispositivo asistencial básico.
NIVEL 3: EMERGENCIA GENERAL
Cuando las dimensiones del suceso no pueda ser resuelta por la intervención de los servicios
ordinarios establecidos en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, y se
precise la movilización de medios y recursos extraordinarios.
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5.3.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
A los efectos correspondientes la Dirección del presente Plan de Seguridad y Actuación ante
Emergencias y la organización de los recursos necesarios será función del Alcalde-Presidente o
persona en quien delegue.
Se establece la siguiente estructura organizativa para actuación ante emergencias:
JEFE DE EMERGENCIA
(ALCALDE O PERSONA EN QUIÉN DELEGUE)
EMPRESAS
PIROTÉCNICAS
Responsable
Designado
EMPRESA
AYUDAS
EXTERNAS
CONCEJAL DELEGADO
SEGURIDAD CIUDADANA
BOMBEROS
POLICIA NACIONAL
GUARDIA CIVIL
SAMU
JEFE DE INTERVENCIÓN
Responsable Designado por
ALCALDÍA / CONCEJALÍA
POLICÍA
LOCAL
PROTECCIÓN
CIVIL
ASISTENCIA
SANITARIA
PERSONAL
VOLUNTARIO
Reponsable
Designado
POLICIA LOCAL
Responsable
Designado
PROTECCIÓN CIVIL
Responsable
Designado
CRUZ ROJA
Responsable
Designado
COMISIÓN
FALLERA
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5.4.- MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE ALARMA O AVISOS
La transmisión de alarmas o avisos entre efectivos del mismo cuerpo se efectuarán mediante sus
respectivas redes operativas de transmisiones vía radio.
Para transmisiones entre distintos
grupos operativos se utilizará la red de radio municipal de emergencias, dotada de emisoras base
en Policía Local, Protección Civil y Servicios de Urgencias Médicas.
5.5.- PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
5.5.1.- EN CASO DE INCENDIO
Se avisará inmediatamente al Servicio de Bomberos y se procederá a despejar y mantener libre
de obstáculos los viales de acceso para los mismos (VER PLANOS).
Independientemente de la llamada se intentará apagar con los medios disponibles (Policía Local,
Protección Civil y Personal voluntario),
en el caso de que este no haya tomado proporciones
considerables y sin exponer su integridad física.
5.5.2.- EN CASO DE EMERGENCIA MÉDICA
En función de la gravedad y cuantía, será atendidos por el personal de la ambulancia, y/o
trasladados por la misma al Hospital General Universitario. Se avisará telefónicamente al centro
sanitario del desplazamiento.
En caso de múltiples heridos se dispone del teléfono de contacto del SAMU para proceder a la
evacuación de los mismos.
5.5.3.- EN CASO DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD
En el caso de emergencias relativas a la seguridad, tales como comportamientos antisociales,
aglomeraciones y avalanchas de público,
etc,....;
intervendrá directamente el personal
perteneciente a la Policía Local y/o Protección Civil.
Dependiendo del nivel de la emergencia y si esta puede ser controlada o no por los efectivos de la
Policía Local y/o Protección Civil se solicitarán las ayudas necesarias por parte de otros cuerpos
de seguridad, Policía Nacional y Guardia Civil.
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5.6.- VÍAS Y RUTAS DE EVACUACIÓN
La Policía local de Xirivella tiene preparadas distintas rutas de acceso y salida de la población en
función de un posible corte de la ruta prevista. Además un vehículo policial acompañará a la
ambulancia o vehículo de bomberos en caso de siniestro.
Las vías y rutas de evacuación previstas, tendrán como objeto facilitar la evacuación de heridos al
Hospital General Universitario y permitir un fácil acceso a los emplazamientos por parte de los
vehículos de bomberos y de asistencia sanitaria. (VEASE PLANO Nº 2):
5.7.- CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA Y PARQUE DE BOMBEROS
CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA
HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO
AVENIDA DEL CID (VALENCIA)
ACCESO URGENCIAS
C/ PADRE ESTEBAN PERNET
Teléfono:
96 386 29 00
Distancia media aproximada:
2,50
kilómetros
Tiempo estimado de respuesta:
4:00
minutos
PARQUE DE BOMBEROS
Emplazamiento:
PARQUE DE BOMBEROS DE TORRENT
Teléfono:
112
Distancia media aproximada:
Tiempo estimado de respuesta:
Fecha : 05/03/2012
5
10
kilómetros
minutos
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CAPITULO 6
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR DEL PLAN
(ALCALDE O PERSONA EN QUIÉN DELEGUE)
•
•
Asumir la dirección del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.
En el caso de que la situación de emergencia lo requiera tomar las decisiones
oportunas, en función de la información recibida por parte del Concejal Delegado en
materia de Seguridad y/o el Jefe de Intervención.
JEFE DE INTERVENCIÓN
•
•
Coordinar las distintas Jefaturas de Intervención, dando las órdenes oportunas.
Comunicar a la Dirección del Plan (Alcalde o persona en quién delegue) y/o al
Concejal Delegado en materia de Seguridad, la información necesaria para que en
caso de que la situación de emergencia lo requiera se tomen por parte del mismo y/o
del Gabinete de crisis que pueda constituirse, las decisiones oportunas.
POLICÍA LOCAL
•
•
•
•
•
•
Autorizar el inicio del lanzamiento de los fuegos artificiales, así como la interrupción
o suspensión de los mismos, en el caso que sea necesario.
Mantener y verificar que las vías de evacuación previstas se encuentran libres de
obstáculos, ordenando la retirada de vehículos, etc,...; si ello fuera necesario.
Vigilar que el público asistente ocupa debidamente las zonas previstas sin invadir las
zonas de seguridad establecidas.
Vigilar y comunicar cualquier incidente y/o accidente que se produzca en el
desarrollo del espectáculo.
Regular el tráfico y facilitar la accesibilidad de los vehículos de intervención
(bomberos, ambulancias, etc,...) ante cualquier situación de emergencia.
Ordenar la interrupción o suspensión del espectáculo, si ello fuera necesario.
Fecha : 05/03/2012
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PROTECCIÓN CIVIL Y PERSONAL VOLUNTARIO
•
•
•
•
•
•
•
•
Colaborar en las tareas de delimitación de zonas de seguridad, avisos para la
retirada de vehículos, canalizar al público asistente hacia las distintas zonas e
impedir el acceso del público espectador a las zonas de seguridad previstas.
Antes de iniciarse el espectáculo, vigilar y comprobar los accesos al lugar, las vías
de evacuación y la situación de los espectadores más cercanos, así como el estado,
en su caso, de las defensas, vallas, etc,...; establecidas para seguridad.
Adecuar las vías de evacuación de las zonas de seguridad y de fuego, para que
estas sean practicables a los vehículos de intervención.
Apoyar a la Policía Local, Bomberos, Cruz Roja en sus tareas y canalizar al público
asistente impidiendo su acceso a las zonas de seguridad previstas.
Colaboración con las agentes de Orden Público (Policía Local, etc,..) en la vigilancia
de las vías de evacuación e impedir el acceso del público espectador a las zonas de
seguridad.
Primera intervención ante emergencias hasta la llegada de ayudas externas
(bomberos, policía nacional, guardia civil,....)
Extinción de los conatos de incendio que puedan iniciarse junto a la zona de fuegos
y lanzamiento.
Primera asistencia a heridos hasta la llegada de ayudas externas (ambulancias,
etc,..)
PERSONAL SANITARIO
•
•
•
•
Antes de iniciarse el espectáculo, vigilar y comprobar los accesos al lugar, vías de
evacuación de las zonas de seguridad y de fuego, para que estas sean practicables
a los vehículos de intervención.
Colaboración con las agentes de Orden Público (Policía Local, Protección Civil y
demás personal voluntario, etc,..) en la vigilancia de las vías de evacuación e impedir
el acceso del público espectador a las zonas de seguridad.
Primera asistencia a heridos hasta la llegada de ayudas externas (ambulancias, etc,)
Asistencia a heridos y traslado de los mismos a centros sanitarios en caso de
resultar necesario.
Fecha : 05/03/2012
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ENTIDAD ORGANIZADORA
(COMISIONES FALLERAS)
•
•
•
•
•
•
Las descritas en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.
Las legalmente establecidas por la normativa vigente en materia de celebración de
espectáculos pirotécnicos.
Delimitar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar.
Delimitar la zona de seguridad mediante cinta, cuerda o sistema similar.
Comunicar a AENA, la celebración del espectáculo pirotécnico indicando el día,
hora, lugar, de acuerdo con el modelo adjunto en el ANEXO 3.- del presente Plan.
Velar por el cumplimiento, vigilancia y control de los contenidos del presente Plan de
Seguridad y Actuación ante Emergencias.
PERSONAL EXPERTO
(EMPRESA PIROTÉCNICA)
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Las descritas en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.
Las legalmente establecidas por la normativa vigente en materia de celebración de
espectáculos pirotécnicos. (Ver ANEXO 2.-)
Comunicar a AENA, la celebración del espectáculo pirotécnico indicando el día,
hora, lugar, de acuerdo con el modelo adjunto en el ANEXO 3.- del presente Plan,
si así ha sido acordado con la Entidad Organizadora.
Delimitar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, si así ha sido
establecido y acordado con la Entidad Organizadora.
Revisar el montaje de todos y cada uno de los artificios, comprobando si desde su
instalación se han producido alteraciones por causa de humedad o dañado alguna
unidad de los artificios que componen cada sección.
Vigilar todo lo referente a la adecuada posición respecto a la línea de iniciación
prevista, las condiciones adecuadas de las mechas, inflamadores, conductores y
aparatos de conexión, así como el resto de la instalación de los artificios, con la
seguridad interior adecuada en el recinto acotado para el disparo y con las
necesarias condiciones de seguridad para las personas y bienes.
Proceder a la ignición de los artificios pirotécnicos, cuando reciba la autorización
correspondiente por parte de la Policía Local.
Interrumpir el espectáculo pirotécnico, en el caso que se considere necesario para
garantizar la seguridad de los espectadores y en el caso de ser ordenado por las
fuerzas de seguridad (Policía Local, etc,..).
Inspeccionar la zona de fuegos después del lanzamiento verificando la inexistencia
de artificios que supongan un riesgo, garantizando la seguridad de la zona y
comunicando dicha situación a los agentes del orden (Policía Local, Protección Civil,
etc,…)
Fecha : 05/03/2012
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CAPITULO 7
INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE
AMBITO SUPERIOR.
El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias no se encuentra integrado en un Plan
de ámbito superior. Ante una situación de emergencia la notificación de la emergencia será realizada
por la Jefatura del presente Plan (Alcalde, o persona en quién delegue).
La coordinación tendrá lugar con el CENTRO PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE
EMERGENCIAS DE L,ELIANA mediante comunicación con el teléfono de Emergencias de la
Comunidad Valenciana.
TELEFONO DE EMERGENCIAS
COMUNIDAD VALENCIANA
112
El mensaje de notificación y comunicación de la emergencia debe ser muy conciso e incluirá la:
-
Identificación del comunicante
-
Localización
-
Tipo de accidente y descripción del mismo (incendio, explosión,...)
-
Tiempo transcurrido desde su inicio
-
Acciones que se han tomado hasta el momento.
-
Necesidad de medidas de apoyo
Fecha : 05/03/2012
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ANEXO 1
DIRECTORIO DE TELÉFONOS
(CATÁLOGO DE RECURSOS)
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SERVICIOS DE SEGURIDAD ANTE EMERGENCIAS
EMERGENCIAS
112
BOMBEROS
112
PARQUE DE BOMBEROS DE TORRENT
POLICIA LOCAL (XIRIVELLA)
PROTECCIÓN CIVIL (XIRIVELLA)
POLICÍA NACIONAL (XIRIVELLA)
96 383 50 50
96 383 62 96
96 313 63 80
SERVICIOS SANITARIOS
URGENCIAS (CENTRO DE SALUD XIRIVELLA)
96 317 86 71
AMBULANCIAS “CRUZ ROJA” XIRIVELLA
96 359 08 58
622 347 840
HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO
96 386 29 00
HOSPITAL “LA FE” DE VALENCIA
96 386 27 00
Fecha : 05/03/2012
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ANEXO 2
OBLIGACIONES
DE LA EMPRESA PIROTÉCNICA
Fecha : 05/03/2012
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1.- REQUISITOS GENERALES
Será responsabilidad exclusiva de la empresa de expertos encargada de efectuar el lanzamiento,
la adecuación legal de los artificios pirotécnicos a utilizar en el espectáculo, así como sus
condiciones de envasado y embalaje a los requisitos que al respecto establezca la normativa que
sea de aplicación sobre estas materias.
La empresa de expertos será responsable de garantizar la seguridad en el transporte, utilización y
funcionamiento de los productos pirotécnicos de fabricación propia que no dispongan de marcado
CE, para lo cual deberán cumplirse a criterio de su fabricante, al menos unos requisitos
esenciales de seguridad equivalentes a los indicados para los productos con marcado CE en la
Instrucción Técnica Complementaria número 2; del RD 566/2010. Será responsabilidad exclusiva
de la empresa de expertos encargada de efectuar el lanzamiento, la adecuación legal de los
accesorios y comprobadores de línea de tiro a los requisitos legales que le sean de aplicación.
Tan pronto como los artificios pirotécnicos se encuentren en el lugar donde se vaya a celebrar el
espectáculo y no constituyan almacenamiento especial, el personal de la empresa pirotécnica
velará porque se prevengan los efectos que los agentes meteorológicos o circunstancias análogas
puedan ocasionar al material.
La empresa pirotécnica dispondrá de copia de la siguiente documentación en la zona de trabajo
ante posibles requerimientos y labores de inspección que puedan derivarse: esquemas del
espectáculo, copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil, seguros sociales, TC1 y TC2,
de los trabajadores que participen en el montaje y disparo del espectáculo.
2.- DELIMITACIÓN Y VALLADO DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO
Cuando así lo haya establecido con la Entidad Organizadora; para cada espectáculo deberá
delimitar y acotar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, además de disponer
la correspondiente señalización (carteles, etc,..). Sin la delimitación y vallado de la zona de
lanzamiento no podrá dar comienzo a los trabajos de montaje del espectáculo pirotécnico.
3.- DISTANCIAS DE SEGURIDAD
La empresa de expertos será responsable de disponer de artículos pirotécnicos acordes a las
distancias de seguridad establecidas por la normativa vigente. La empresa de expertos propondrá
el incremento correspondiente del radio de seguridad, en función de la orografía del lugar y de la
densidad de edificación y de población.
MUY IMPORTANTE
LA EMPRESA PIROTÉCNICA PROPONDRÁ LA ADAPTACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD A LOS
REQUISITOS QUE ESTIMEN NECESARIOS Y QUE NO HAYAN SIDO CONTEMPLADOS EN EL
PRESENTE PLAN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA, Y EN TODO CASO, CUANDO PREVEA QUE,
POR LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS A DISPARAR
(CALIBRE,...) Y LA DISPOSICIÓN DE LOS MISMOS DENTRO DE LA ZONA DE LANZAMIENTO, LA
DISTANCIA DE SEGURIDAD ESTABLECIDA SE ESTIME INSUFICIENTE PARA GARANTIZAR LA
SEGURIDAD DEL PÚBLICO ASISTENTE Y DEL ENTORNO COLINDANTE AL ESPECTACULO
(EDIFICIOS,,..).
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4.- DESARROLLO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO
La empresa pirotécnica deberá disponer del número suficiente de expertos y aprendices para
llevar a cabo el lanzamiento de los artificios en cada espectáculo. De conformidad con la
normativa en materia de prevención de riesgos laborales, dicho personal deberá conocer en cada
caso los riesgos y la seguridad exigible durante cada lanzamiento en particular, así como las
medidas a tomar en su caso.
5.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En cumplimiento de los artículos 17.2 y 29.2 2º de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
(Ley 31/95) tiene la obligación de usar prendas de protección para la realización de los disparos
de fuegos artificiales.
Extracto de la Orden Ministerial de 20 de Octubre de 1.988 y sus modificaciones
Art. 5º.- Para participar en el montaje, manipulación y disparo de artificios pirotécnicos con fines
recreativos, las personas encargadas deberán ser profesionales al servicio de un taller de
pirotecnia debidamente legalizado.
Art. 6º.- Tanto dichas personas como las demás que colaboren en el montaje y manipulación y
disparo de los espectáculos con artificios técnicos, deberán estar afiliados a la Seguridad Social,
con la prima de seguro que la autoridad laboral disponga por razón de riesgo específico.
Art. 7º.- Todos los productos pirotécnicos que componen, en su conjunto, el espectáculo, tales
como cohetes silbadores, carcasas, tracas, ruedas, cadenas voladoras, palmeras, fuentes
luminosas, etc., se mantendrá envasados y embalados antes de su montaje, para resguardarlos
de la humedad ambiente.
Art. 8º.- La iluminación para el desembalaje y montaje de los artificios será preferentemente, la
solar. Se prohiben los sistemas de iluminación con llama desnuda.
Art. 9º.- En las manipulaciones y montajes que se lleven a cabo durante la noche, o en su caso,
con la adecuada luz solar directa, cumpliendo lo establecido en el artículo 8º, se cuidará: de que la
intensidad de la luz, la sombra y el calor inadecuado no dificulten las operaciones, con riesgo de
producción o programación de chispas; de evitar la producción de focos de calor por efectos
propios o inducidos a causa de tormenta, corrientes estáticas o erráticas.
Art. 10º.- En cumplimiento de cuanto establece el Título IV del Reglamento de Explosivos (citado),
los embalajes y envases en los artificios pirotécnicos con fines recreativos serán abiertos con
medios que imposibiliten la producción de chispas o roces que pudieran afectar a los artificios.
Art. 11º.- Los artificios, mechas e iniciadores, antes del montaje, estarán alejados de posibles
focos, susceptibles de provocar chispas, llamas o gases calientes. En la manipulación y montaje
se evitarán los golpes entre sí, así como con los iniciadores, que deberán protegerse de roces y
choques entre ellos.
Art. 12º.- La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de
los dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito
eléctrico.
Fecha : 05/03/2012
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Art. 13º.- Si la mecha fuera unida directamente al artificio, sin iniciador interpuesto, se sujetará
mediante cordón de fibra textil, papel parafinado o similar.
Art.14º.- Las conexiones han de estar aisladas con cinta o conectadores, evitando, en todo
momento, el contacto fortuito de los conductores de disparos de los artificios, con el suelo,
tuberías metálicas, etc.
Art.15º.- Antes de iniciarse el espectáculo, la persona o personas delegadas por la Entidad
organizadora de las fiestas o espectáculos, o los miembros designados por la autoridad
competente (Policía Nacional, Policía municipal, etc.), que fueran designados al efecto, vigilarán y
comprobarán los accesos al lugar y la situación de los espectadores más cercanos, así como el
montaje, en su caso de las defensas establecidas para seguridad de los espectadores, en todo
caso, deberán quedar fuera de la línea de iniciación y a ser posible, fuera de los lugares donde
presumiblemente, pudieran caer los timones de la cohetería, en función de la dirección del viento
reinante. Para cada espectáculo, se establecerá una zona de seguridad entre el área de fuegos y
el espacio destinado a los espectadores, vigilada y acotada por la autoridad competente, rodeada
de vallas, cuerdas o sistema similar; determinada de manera que permita en todo momento el
acceso de los medios de socorro y asistencia en casos de accidentes y cuya anchura se
propondrá y autorizará en función de la cantidad de productos pirotécnicos a quemar, del tipo de
artificios empleados y de las condiciones del lugar.
Art.16º.- La persona encargada revisará el montaje de todos y cada uno de los artificios,
comprobando si desde su instalación se han producido alteraciones por causa de humedad o
dañado alguna unidad de los artificios que compone cada sección de efectos homogéneos.
Vigilará todo lo referente a la adecuada posición respecto a la línea de iniciación prevista, las
condiciones adecuadas de las mechas, inflamadores, conductores y aparatos de conexión, así
como el resto de la instalación de los artificios, con las necesarias condiciones de seguridad
exigidas en la presente Orden para las personas y los bienes.
Art.17º.- Si el disparo se produjera mediante aparato de conexión, la empresa instaladora tendrá
siempre a disposición del personal actuante un aparato más otro de repuesto. Los aparatos de
conexión se hallarán siempre en posesión directa del profesional responsable o vigilados
suficientemente por el mismo.
Art.18º.- Realizado el montaje de los artificios en el lugar del disparo, si existiera tormenta, la
persona encargada retrasará el espectáculo. Si se produjera lluvia, se dispondrá - con la mayor
rapidez -, de material impermeable para cubrir todos aquellos artefactos cuya envoltura exterior,
en todo o en parte, no resulte impermeable, para evitar posibles alteraciones de las condiciones
propulsoras, por degradación de los artificios. La mecha lenta deberá tener siempre cubierta
impermeable, siendo resistente al desgaste y con sección interior uniforme. Cesada la lluvia, antes
de realizar el disparo, se llevará a efecto una nueva comprobación de todos los artificios.
Art.19º.- Se prohibe terminantemente fumar o producir chispas o llamas desnudas por ningún
procedimiento o medio durante la descarga de artificios desde el depósito móvil, durante el
montaje de los mismos, después de dicho montaje y antes o después del disparo, hasta tanto el
profesional responsable, acompañado de persona o personas designadas por los organizadores o
autoridad competente, hayan comprobado que no ha quedado sin disparar unidad alguna de las
distintas secciones.
Cualquier persona, para penetrar en el recinto, en tanto se desarrollen las operaciones citadas en
el párrafo anterior, deberán contar con calzado que impida la producción de chispas e irá
desprovista de cerillas o encendedor. Nadie podrá penetrar en dicho recinto sin autorización del
encargado del espectáculo, salvo las autoridades o agentes con facultades de inspección técnica
del mismo.
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ANEXO 3
MODELO DE COMUNICACIÓN
AENA
NOTA MUY IMPORTANTE
PARA LA ENTIDAD ORGANIZADORA
(COMISIONES FALLERAS)
LAS ENTIDADES ORGANIZADORAS (COMISIONES FALLERAS), O EN
SU DEFECTO LAS EMPRESAS PIROTÉCNICAS,
ESTABLECIDO CON LAS MISMAS,
SI ASÍ LO HAN
TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE
COMUNICAR CON LA SUFICIENTE ANTELACIÓN A AENA,
LA
CELEBRACIÓN DEL ACTO PIROTÉCNICO, INDICANDO EL DÍA, HORA,
LUGAR, ETC,..; DE ACUERDO CON EL MODELO ADJUNTO.
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ANEXO 4
PLANIMETRÍA
NOTA MUY IMPORTANTE
PARA LA EMPRESA PIROTÉCNICA PA
LA EMPRESA PIROTÉCNICA PONDRÁ EN CONOCIMIENTO
DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD (PROTECCIÓN CIVIL,
POLICIA LOCAL,…) LA ADAPTACIÓN DE LA ZONA DE
SEGURIDAD
A
LOS
REQUISITOS
QUE
ESTIMEN
NECESARIOS Y QUE NO HAYAN SIDO CONTEMPLADOS EN
EL PRESENTE PLAN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA, Y EN
TODO CASO,
CUANDO PREVEAN QUE, POR LAS
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS ARTIFICIOS
PIROTÉCNICOS A DISPARAR,
LA DISTANCIA DE
SEGURIDAD ESTABLECIDA SE ESTIME INSUFICIENTE
PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DEL PÚBLICO
ASISTENTE AL ESPECTÁCULO.
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