Resumen Ejecutivo

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Resumen Ejecutivo
REPÚBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
PLAN DE ORDENACIÓN Y
GESTIÓN INTEGRADA DE LAS
ZONAS COSTERAS DE VENEZUELA
RESUMEN EJECUTIVO
SERIE: ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA
DE LAS ZONAS COSTERAS DE VENEZUELA DOCUMENTOS NACIONALES
Caracas - Venezuela,
Agosto, 2013
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
PLAN DE ORDENACIÓN Y
GESTIÓN INTEGRADA DE LAS
ZONAS COSTERAS DE VENEZUELA
RESUMEN EJECUTIVO
“Zonas Costeras,
un Espacio con
Identidad Propia”
©2013 Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Despacho del Viceministro de Ordenación y Administración Ambiental
Dirección General de Planificación y Ordenación Ambiental
Los comentarios, sugerencias y preguntas con relación a este documento
pueden remitirse al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente,
Torre Sur del Centro Simón Bolívar, Piso 10, El Silencio,
Caracas, Distrito Capital, República Bolivariana de Venezuela
Teléfono: (+58) (212) 408 19 13
Fax: (+58) (212) 408 19 12
Título original: Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las
Zonas Costeras de Venezuela, Resumen Ejecutivo
Serie: Ordenación y Gestión Integrada de las
Zonas Costeras de Venezuela - Documentos Nacionales
HECHO EL DEPOSITO DE LEY
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Distribución gratuita: Se permite la reproducción total o parcial
del contenido de esta publicación, siempre que sea citada la fuente
Impreso por: Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Cita recomendada:
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. 2013. Plan de
Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela, Resumen Ejecutivo.
Despacho del Viceministro de Ordenación y Administración Ambiental - Dirección General de
Planificación y Ordenación Ambiental - Dirección Técnica de las Zonas Costeras. Caracas, Venezuela.
53 pp.
ii
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COMITÉ DE TRABAJO CENTRAL DE LAS ZONAS COSTERAS
COMITÉS DE TRABAJO DE LAS ZONAS COSTERAS A NIVEL ESTADAL
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (Minamb)
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (MPPRIJP)
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MRE)
Ministerio del Poder Popular para la Defensa (MD)
Ministerio del Poder Popular para el Turismo (Mintur)
Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo (MPPTAA)
Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería (MPPPM)
Ministerio del Poder Popular para la Planificación (MPPP)
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat (MPPVH)
Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS)
Territorio Insular Francisco de Miranda (TIFM)
Instituto del Patrimonio Cultural (IPC)
Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA)
Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca)
Instituto Nacional de Parques (Inparques)
Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB)
Instituto Nacional de Tierras (Inti)
Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas (Funvisis)
14 Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a Nivel Estadal
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
AUTORIDADES
MIGUEL LEONARDO RODRÍGUEZ
Ministro del Poder Popular para el Ambiente (MINAMB)
FRANCISCO LUIS GUERRA MORENO
Viceministro de Ordenación y Administración Ambiental (VOAA)
JESÚS MIGUEL CASTILLO GOLDING
Viceministro para la Conservación Ambiental (VCA)
MANUEL REGINO DEZA GAVIDIA
Viceministro de Agua (VA)
DIAISA SÁNCHEZ DÍAZ
Directora General (E) de Planificación y Ordenación Ambiental (DGPOA)
JOSÉ LUIS DÍAZ TORRES
Director Técnico de las Zonas Costeras de la DGPOA
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
EQUIPO TÉCNICO
LIC. MSc. ABIGAIL O. CASTILLO CARMONA
Coordinador Técnico del Plan de Ordenación y Gestión
Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela
PERSONAL TÉCNICO Y DIRECTIVO
Comité de Trabajo Central de las Zonas Costeras (CTCZC)
14 Comités de Trabajo de las Zonas Costeras (CTZC) a Nivel Estadal
14 Direcciones Estadales del Poder Popular para el Ambiente (DEPPA´s)
del MINAMB (Estados Costeros)
Grupos de Trabajo de las Zonas Costeras (GTZC)
PERSONAL TÉCNICO DE LA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE LAS ZONAS COSTERAS
Lic. Geog. MSc. Abigail O. Castillo Carmona
Lic. Geog. Ángela Y. Izquierdo Fuentes
Lic. Geog. Aixa Y. Pino Uzcátegui
Lic. Geog. Yveluz I. Núñez Jofre
Lic. Biol. Mar. Frederick A. Pérez Domínguez
Lic. Geog. Luisa L. De Sousa Da Silva
Lic. Geog. MSc. PHd. María T. Abogado Ríos
Lic. Biol. Alejandro A. Rincón Colina
Ing. Amb. Jean C. Marín Pedroza
Lic. Biol. Mar. Gustavo A. Quintero B.
Ing. Petról. Javier A. Morales Carrillo
(Diciembre 2009)
Lic. Gest. Riesgo Johana L. González Rodríguez
Lic. Geog. Zulay J. Robles Martínez
Lic. Geog. Jaime F. Duarte Mora
Lic. Est. Amb. Euclides A. Rodríguez S.
Lic. Geog. Dorysmar del J. Rodríguez Salazar
Lic. Biol. Freddy A. Imbert Rodríguez
T.S.U. Pesquero Especialista Mario L. Grilli Ricci
(Mayo 2008)
Lic. Biol. Zaira L. Sanoja Capriles
Lic. Geog. Silvia Y. García Cuesta
Lic. Geog. Yajaira J. Ysturis Martínez
(Mayo 2013)
(Diciembre 2007)
Lic. Biol. Mar. Marina A. García Rivas
T.S.U. Pesquero Juan C. Rodríguez Guerra
Lic. Geog. Jackueline C. Reid Blanco
(Septiembre 2007)
(Diciembre 2012)
Ing. Agron. Victor A. García Gutiérrez
Lic. Biol. Mar. Joanna M. Araujo Melendez
(Noviembre 2006)
Ing. Petról. Paulo R. Méndez Alvarado
T.S.U. Pesquero Michael Daniel Topel
(Diciembre 2011)
(Marzo 2006)
Lic. Geog. Adela I. Padrón Peña
(Octubre 2010)
PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE LAS ZONAS COSTERAS
T.S.U. Vivian A. Blanco Rojas
T.S.U. Carmen Ortiz
T.S.U. Yajaira del C. Gómez de Gutiérrez
(Marzo 2007)
T.S.U. Nairubys de la C. Gómez Blanco
(Septiembre 2006)
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RESUMEN
L
a planificación y gestión integrada de las zonas costeras vincula aspectos ambientales,
sociales, culturales y económicos que describen un proceso dinámico y amplio que permite
comprender las interrelaciones de los sistemas tanto espaciales como temporales, donde la
definición de políticas, para la conservación y sustentabilidad de los ecosistemas costeros
radica en desarrollar mecanismos para un compromiso eficaz y sustentable que garanticen la
permanencia de los bienes y servicios ambientales y marino costeros.
En el año 2001, se publicó el Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.349 del 19 de Diciembre de 2001) por el cual se
crea la Dirección (Unidad) Técnica de las Zonas Costeras (DTZC) dependiente del Ministerio
del Poder Popular para el Ambiente (MINAMB), el cual tiene dentro de sus competencias definir,
en función de las políticas y estrategias del organismo, las directrices para el ordenamiento y
gestión integrada de las zonas costeras; proyectarse como coordinadora y ejecutora de las
actividades vinculadas a la planificación y gestión integrada de las zonas costeras en
coordinación con otras dependencias de la institución y demás organismos y entes públicos,
con el objeto de darle cumplimiento e implementación de las Disposiciones establecidas en el
Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras.
La Primera Disposición Transitoria de dicha Ley hace referencia a la elaboración del Proyecto
del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras, acción ésta iniciada en el
año 2004, mediante una estrategia de concertación y trabajo interinstitucional y multidisciplinario
que conllevó a la conformación de un (1) Comité de Trabajo Central y catorce (14) Comités de
Trabajo Estadales de las Zonas Costeras, además de integrar las capacidades provenientes del
Convenio Integral de Cooperación Venezuela - Cuba.
Esta iniciativa tiene como objetivo establecer el marco de referencia espacial y temporal que
garantice la conservación, el uso y el aprovechamiento sustentable de la zona costera y permita
la elevación de la calidad de vida de los pobladores de Venezuela.
Bajo la premisa del trabajo coordinado, durante el período 2004 - 2007 los equipos de trabajo
estadales establecieron la delimitación de la zona costera para cada Estado, identificaron,
documentaron y jerarquizaron los problemas ambientales, así como los factores críticos de éxito
y riesgo de la gestión, diseñaron indicadores de gestión y los respectivos programas de gestión
para cada uno de los Estados. Adicionalmente, realizaron procesos de evaluación de la
ordenación propuesta para cada entidad y propusieron lineamientos para la ordenación y usos
de los espacios costeros.
Como resultado de la iniciativa y de la integración de la labor adelantada en los estados
costeros se tiene la visualización estratégica del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las
Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela, elaborado con información a escala 1:100.000 y
1:250.000 y representado a escala 1:250.000 y 1:1.000.000, con una extensión geográfica de
143.587 Km2, de los cuales 58.507 Km2 se encuentran asociados a los espacios terrestres y
85.080 Km2 se vinculan a los espacios acuáticos, lo cual representa en conjunto el 10% del
territorio nacional.
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La orientación y elaboración del POGIZC de
Venezuela se emprendió bajo la premisa de ser
un instrumento técnico - jurídico compatible con
los procesos de planificación territorial a escala
nacional y estadal, orientados hacia un proceso
de planificación estratégica que tiene como
alcance la integración e inducción de políticas
sectoriales aplicables a las zonas costeras,
asimismo, se pasea por la necesidad de abordar
los procesos de planificación territorial a escala
local, con lo cual se busca reordenar y
direccionar las actividades que se desarrollan en
las zonas costeras y por tal, la regulación de los
usos del territorio.
Fuente: Elaboración propia (2006)
Dicha labor se abordo bajo dos perspectivas de
Isla Cubagua, Estado Nueva Esparta.
trabajo, una referida a la gestión integrada de las
Venezuela. Vista Oeste
zonas costeras y otra bajo la visión de
lineamientos de ordenación del territorio en cada
uno de los estados costeros, sin embargo, ambas conforman la estructura central o bases del
plan, las cuales fueron sintetizadas mediante cuatro (04) aspectos; dos de ellos referidos al
levantamiento de la situación actual de los elementos integrantes del espacio físico - natural y
socioeconómico, un tercer aspecto referido a identificación y evaluación de problemas
ambientales y, finalmente el aspecto referente al diseño de criterios, lineamientos y
sectorización del territorio costero en unidades de gestión a nivel nacional; para lo cual se
consideró las bases jurídicas e instrumentos marco de la planificación territorial y económica y
social de Venezuela.
En este sentido, la implementación del POGIZC de Venezuela está acorde, en primer lugar, con
los principios rectores del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y del Plan
Nacional de Ordenación del Territorio, especialmente en lo referido al logro de la Nueva
Geopolítica Nacional, la Suprema Felicidad Social y a los principios de sustentabilidad
ambiental, a partir del aumento de la calidad de vida dentro de un espacio que resulta
estratégicamente importante, debido fundamentalmente a la cantidad de población que
involucra (18% del total nacional) y por el hecho de constituir un importante eje de articulación
entre el espacio acuático y el terrestre, además de contener innumerables e importantes
variables ambientales (naturales y socioeconómicas) de connotación regional, nacional e
internacional.
Por último, se tiene que la sectorización de la zona costera a nivel nacional se fundamentó en
las premisas establecidas en el Artículo 16, Numeral 2 del Decreto con Fuerza de Ley de Zonas
Costeras (2001), generando unidades espaciales basadas en condiciones socioeconómicas y
ambientales. Ochenta y ocho (88) Unidades Costeras (UC) fueron definidas, sesenta (60) de
ellas asociadas al espacio terrestre y veintiocho (28) al espacio acuático, las cuales fueron
objeto de validación por parte del Comité de Trabajo Central y los Comités de Trabajo Estadales
de las Zonas Costeras, dependencias del MINAMB y demás organismos y entes públicos
vinculados con las “Zonas Costeras, un Espacio con Identidad Propia”.
Palabras Claves: Ordenación del Territorio, Gestión Integrada, Zonas Costeras, Venezuela.
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CONTEXTO GENERAL
E
l 71% de la superficie del planeta Tierra está cubierta por mar. Mediante sus interacciones
con la atmósfera, la litosfera y la biosfera, los océanos han ayudado a modelar las
condiciones que hacen posible la vida. Proveen un hábitat para un vasto conjunto de plantas y
animales y, suministran a la humanidad alimento, energía y recursos minerales (SGOEA, 1998).
Cerca de 60% de la población mundial y 70% de la población venezolana se encuentran
emplazadas a una distancia inferior de 100 Km. de la línea de costa.
El espacio geográfico venezolano, posee una superficie terrestre de 916.445 Km2 y más de
500.000 Km2 de espacio acuático, incluyendo el Mar Territorial, la Zona Contigua y la
proyección de la Zona Económica Exclusiva (MINAMB, 2008a); dentro del cual se encuentra
una gran diversidad de paisajes y recursos escénicos naturales, entre los que destaca el paisaje
costero con 6.068 Km. de costas, que comprenden playas, islas, islotes, lagunas, bahías y
marismas de gran valor escénico, que constituyen el principal atractivo turístico - recreacional
del país, y que además sirven de sustento de todo un sistema económico nacional, regional y
local de aprovechamiento sustentable de otros recursos, tales como los hidrobiológicos
(Exposición de Motivos, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001).
Los 6.068 Km. de costas venezolanas se encuentran distribuidos en dos fachadas bien
definidas y de características diferentes, la fachada Caribeña, de 2.467 Km. que se extiende
desde Punta Castilletes en la frontera con Colombia hasta Punta Peñas en Paria, en el extremo
oriental del país; y la fachada Atlántica de 1.417 Km. entre Punta Peñas y Punta de Playa,
además de los 770 Km. de costa del espacio del Lago de Maracaibo. Igualmente, posee más de
311 islas, islotes y cayos que conforman la fachada insular del país, y forman parte integral del
espacio geográfico venezolano, las mismas abarcan aproximadamente unos 1.413 Km. de
costa. Las islas de Margarita, Coche y Cubagua integran el Estado Nueva Esparta, mientras
que los demás territorios insulares constituyen las Dependencias Federales y forman
parcialmente el Territorio Insular Francisco de Miranda (Tabla y Figura 1) (Exposición de
Motivos, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001).
Tabla 1. Longitud de la línea de costa de la República Bolivariana de Venezuela
Sectores
Punta Castilletes - Punta Peñas en Paria
(sin incluir la costa del Lago de Maracaibo)
Punta Peñas en Paria - Punta de Playa
Nueva Esparta y Dependencias Federales
Lago de Maracaibo
Total
Longitud (Km.)
Longitud (Km.) Acumulada
% Total
2.468
2.468
40,7
1.417
1.413
770
3.885
5.298
6.068
23,4
23,2
12,7
6.068
-
100,0
Fuente: Elaboración propia con base a las Hojas 1:100.000 del IGVSB
En este sentido, dentro de la zona costera de Venezuela, la cual asciende a 143.587 Km2
(58.507 Km2 de espacios terrestres y 85.080 Km2 de espacios acuáticos), y que representan en
conjunto el 10% del territorio nacional (Tabla y Figura 2), se emplaza aproximadamente
4.222.831 hab., que representan el 18% del total de la población a nivel nacional, con una
densidad de población de 72 hab./Km2, valor que triplica el promedio nacional (MINAMB,
2008a).
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Adicionalmente, existen áreas de especial valor
ecológico y paisajístico como las lagunas
costeras, los corales, las playas arenosas, las
praderas de fanerógamas marinas, los
acantilados, los manglares, las puntas, cabos,
ensenadas, entre otros, muchas de ellas
protegidas mediante las 95 Áreas Bajo Régimen
de Administración Especial (ABRAE) asociadas
a las zonas costeras, con una superficie superior
a las 3.700.000 ha (Tabla y Figura 3) (MINAMB,
2009).
Mientras que a nivel socioeconómico y cultural
las
zonas costeras integran parcialmente 14
Fuente: Elaboración propia (2005)
Estados, 91 Municipios, 270 parroquias, el
Figura 1. Península de Araya,
Territorio Insular Francisco de Miranda y
Estado Sucre
totalmente las 311 Dependencias Federales.
Asimismo, en este espacio se encuentran 22 ciudades con más 30 mil habitantes (Figura 4) y
se emplazan comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos Wuayu y Añu hacia la
Península de La Guajira en el Estado Zulia, Kariñas hacia el Estado Sucre y, Guaraos hacia el
sistema deltaíco del Orinoco en los Estados Sucre, Monagas y Delta Amacuro.
Tabla 2. Superficie que ocupa las zonas costeras con respecto a la República Bolivariana de
Venezuela
Ámbito
Espacio Terrestre
Espacio Acuático Marino
Total
2
Venezuela (Km )
2
Zona Costera (Km )
% del Total Nacional
a
916.445
b
500.000
58.507,00
85.080,00
6,4
17,0
1.416.445
143.587,00
10,1
a: No se Incluye los 159.500 Km2 de la Guayana Esequiba.
b: Superficie preliminar (sujeta a modificación) de los espacios acuáticos de la República Bolivariana de Venezuela en el Mar Caribe
y el Océano Atlántico.
Fuente: Elaboración propia con base a las Hojas 1:100.000 del IGVSB
En el área Sur del Lago de Maracaibo y en el delta del Orinoco se presentan tierras de alta y
media preservación agrícola. La producción pesquera (recursos hidrobiológicos), continental y
marina, entendida como pesca de captura, alcanza las 400.000 TN/anuales, siendo los
principales rubros las sardinas, atún, crustáceos y moluscos, apoyándose con la presencia de
unos 334 asentamientos pesqueros, 5.239 buques pesqueros menores o iguales a 10 UAB
(peñeros), 4.639 mayor o igual a 10 UAB (flota de media altura e industrial), y unos 26.009
pescadores. La pesca artesanal representa el 70% de la producción pesquera total del país
(Figura 5).
La explotación de minerales no metálicos se asocia a las arenas, gravas, granzón, arcilla,
caliza, piedra picada, yeso, y sal, además de la producción, actual y futura, de hidrocarburos
(petróleo y gas natural) tanto en el espacio terrestre como en el acuático (lacustre y marino)
(Figura 6).
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Figura 2. Delimitación de las Zonas Costeras de la República Bolivariana de Venezuela
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Tabla 3. Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) de Venezuela y en su Zona
Costera, según Categorías Genéricas y Específicas, y la existencia de Planes de Ordenamiento y
Reglamentos de Uso (PORU)
Categoría
Genérica
Categoría
Específica
Categoría
Específica Denominación
PN
1) Fines
estrictamente
protectores,
científicos,
educacionales
y
recreativos
Parques Nacionales
Monumentos
MN
Naturales
Refugios de Fauna
RFS
Silvestre
Santuario de Fauna
SFS
Silvestre
Sub - total de la Categoría
Genérica
N° de
PORU
Zona Costera de Venezuela
N° de
Superficie
N° de
ABRAE
(ha)
PORU
43
13.066.640,00
20
14
1.131.013,52
10
36
4.276.178,00
5
4
8.916,00
4
7
251.261,56
6
4
192.530,56
4
1
72,24
0
1
72,24
0
87
17.594.151,80
31
23
1.332.532,32
18
ZP
Zonas Protectoras
64
16.216.258,35
26
8
66.799,35
3
Reservas de Biosfera
2
9.602.466,00
0
1
1.125.000,00
0
RNH
Reservas Nacionales
Hidráulicas
14
1.740.783,00
1
1
105.665,00
0
7
293.486,85
1
5
242.526,00
1
7
3.599.146,00
2
2
1.376.734,67
1
18
116.425,00
15
6
1.739,87
5
2
7.043,00
1
0
0,00
0
6
20.859,02
2
3
11.365,00
2
22
505.649,63
3
16
337.922,07
3
2
3.609,00
1
0
0,00
0
144
32.105.725,85
52
42
3.267.751,96
15
ACPT
APOP
ZRCE
APRA
ZIT
SPHC
Reservas de Fauna
Silvestre
Áreas Críticas con
Prioridad de
Tratamiento
Áreas de Protección
de Obras Públicas
Zonas de Reserva
para la Construcción
de Presas y
Embalses
Áreas de Protección
y Recuperación
Ambiental
Zonas de Interés
Turístico
Sitios de Patrimonio
Histórico Cultural
Sub - total de la Categoría
Genérica
3) Fines
productores y
geoestratégicos
Venezuela
Superficie
(ha)
RB
REFA
2) Fines
protectores
mediante usos
normados
N° de
ABRAE
RFR
Reservas Forestales
15
12.843.500,20
3
3
1.073.608,00
2
AVF
Áreas de Vocación
Forestal
39
3.387.889,00
0
5
734.153,00
0
ZAA
Zonas de
Aprovechamiento
Agrícola
6
357.955,00
1
2
43.837,00
0
ARDI
Áreas Rurales de
Desarrollo Integrado
5
1.010.546,00
0
2
300.546,00
0
CMAP
Costas Marinas de
Aguas Profundas
1
26.338,32
0
1
26.338,32
0
ZS
Zonas de Seguridad
97
218.406,56
2
16
20.410,21
2
ZSF
Zonas de Seguridad
Fronteriza
6
294.315,52
0
1
190.545,00
0
169
18.138.950,60
6
30
2.389.437,53
4
400
67.838.828,24
89
95
6.989.721,81
37
Sub - total de la Categoría
Genérica
Total
* El cálculo se realizó considerando la superficie terrestre actual de Venezuela: 916.445 km2 = 91.644.500 (ha)
** Incluye la superposición de ABRAE
Fuente: MINAMB (2009)
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Figura 3. Áreas Bajo Régimen de Administración Especial
Existentes, Propuestas de Ampliación y Creación en las Zonas Costeras
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Figura 4. Población de las zonas costeras de Venezuela
Figura 5. Principales áreas pesqueras marítimas de Venezuela
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Figura 6. Actividad de hidrocarburos costa afuera
Las Penínsulas de La Guajira, Paraguaná, Macanao y Araya, y las Islas de Coche y La Tortuga
poseen condiciones para desarrollar proyectos de fuentes energéticas no convencionales o
complementarias, en particular la solar y la eólica. Adicionalmente en la zona costera se
emplazan unas 440 Industrias (6,51% del TN), concentradas en los estados Zulia y Anzoátegui
con establecimientos dedicados a la elaboración de productos alimenticios y de bebidas,
fabricación de productos metálicos, maquinaria y equipos, fabricación de sustancias y productos
químicos, derivados de petróleo, carbón, caucho y plástico. Asimismo, las zonas costeras
representan el principal atractivo de la industria turística nacional, soportado con la declaratoria
de 16 ABRAE bajo la categoría de Zonas de Interés Turístico (Tabla 3).
A nivel de equipamiento, las zonas costeras presentan 17 presas o embalses, tres embalses en
construcción (Tocuyo, San Juan - San Francisco, Macanao) y 28 proyectos para abastecimiento
de agua potable; 62 infraestructuras de sistemas de tratamiento y 48 proyectos para
tratamiento; 51 sitios de disposición desechos sólidos (39 vertederos y 12 rellenos sanitarios);
1.287 establecimientos hospitalarios (274 establecimientos especializados y 541 consultorios
populares); 6.806 establecimientos educativos (desde preescolar hasta diversificado); 230
puertos con diversas finalidades, siendo La Guaira, Puerto Cabello, Puerto La Cruz, Sucre
(Carúpano y Cumaná), Punto Fijo y Maracaibo, los principales; además presenta
aproximadamente 4.200 Km. de vialidad distribuidos entre 19 Troncales que conecta a las
zonas costeras con el país; y 21 aeropuertos que cubren rutas nacionales e internacionales
(MINAMB, 2008a, MARNR, 1998).
Adicionalmente, la zona costera venezolana forma parte integral de la política de seguridad de
la Nación, especialmente en los aspectos vinculados a la evolución del Derecho del Mar, el cual
tuvo como consecuencia una ampliación considerable de la extensión de las áreas marítimas
bajo soberanía y jurisdicción nacional, en particular en lo que se refiere a la Zona Económica
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Exclusiva de 200 Mn y a la plataforma continental, para lo cual las Dependencias Federales
juegan un papel clave (Figura 7).
Figura 7. Principales Dependencias Federales de Venezuela
Lo anterior permitió que Venezuela, de conformidad con el Derecho del Mar, estableciese por
ley nacional en 1978, su zona económica exclusiva con la anchura máxima permitida por el
derecho internacional, así como el ejercicio, en su fachada Atlántica, de derechos de soberanía
inherentes y exclusivos hasta el borde exterior del margen continental, mucho más allá de las
200 Mn. Esta ampliación de los espacios marítimos condujo a un nuevo escenario, en el cual,
Venezuela se convirtió en un país con fronteras marítimas con trece (13) países. De éstas, sólo
cinco (05) han sido delimitadas (Tabla 4). No obstante el reducido número de tratados
celebrados, los mismos representan aproximadamente 2.120 Km. del espacio marítimo
nacional, es decir, más de dos tercios del total de las fronteras marítimas de Venezuela
(Sandoval, 2007).
Sin embargo, el proceso de aprovechamiento de estos elementos y recursos han tenido
repercusiones negativas en el orden ambiental, hecho que ha obligado a la búsqueda de
mecanismos que regulen las actividades en el marco de un nuevo orden nacional e
internacional, lo cual ha estimulado cambios sustanciales en el enfoque del desarrollo de
Venezuela (Méndez, 2005). Tales cambios se concretan en nuevas estrategias basadas en la
apertura externa e interna; el desarrollo del capital social mediante el enfoque del desarrollo
endógeno sustentable; el desarrollo de la competitividad y de la gobernabilidad, sobre la base
del territorio o regiones organizadas; entre otros (Castillo, 2009).
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Tabla 4. Delimitaciones efectuadas y pendientes con varios Estados
Estados
Territorio Insulares
Estados Unidos de Norteamérica
Puerto Rico, Islas Vírgenes
Aruba, Bonaire, Curazao
Saba, St. Eustasius
Reino de los Países Bajos
República Dominicana
República Francesa
República de Trinidad y Tobago
República de Colombia
Saint Kitts y Nevis
(San Cristóbal y Nieves)
Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte
Dominica
Saint Lucia (Santa Lucía)
Año de
Delimitación
1978
Dependencia Federal
Venezolana Vinculada
Isla de Aves
1978
Archipiélago Los Monjes
1980
1990
Pendiente
Archipiélago Los Monjes
Isla de Aves
Isla de Aves
Isla de Patos
Archipiélago Los Monjes
Pendiente
Isla de Aves
Pendiente
Isla de Aves
Pendiente
Pendiente
Isla de Aves
Isla de Aves
Isla de Aves
Archipiélago Los Testigos
Archipiélago Los Hermanos
Isla de Aves
Archipiélago Los Testigos
1979
Guadalupe, Martinica
Monserrat
Saint Vincent y Las Grenadinas
(San Vicente y Las Granadinas)
Pendiente
Grenada (Granada)
Pendiente
República de Guyana
Pendiente
Fuente: Elaboración propia con base en Sandoval (2007)
En este sentido, para el año de 1999, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(2000), establece, entre otras, que las costas marinas son bienes del dominio público; que el
Estado debe garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de
contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las
especies vivas, sean especialmente protegidos; el Estado desarrollará una política de
ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales,
sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo
sustentable; todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación; el Estado protegerá
los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus
caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa; que el turismo es
una actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia de
diversificación y desarrollo sustentable; la seguridad de la Nación se fundamenta en la
corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil; el principio de la corresponsabilidad se
ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar; y
que la atención de las fronteras es prioritaria en el cumplimiento y aplicación de los principios de
seguridad de la Nación; por lo que, de acuerdo a las premisas del desarrollo sustentable, la
expresión formal de estos hechos y actividades en el territorio deben ser ordenados atendiendo
a realidades, no solamente económicas, sino también ecológicas, financieras, socioculturales y
políticas, con el fin de conformar una política ajustada al nuevo esquema de desarrollo.
Visto los aspectos señalados, se busca que el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las
de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela, constituya un instrumento técnico moderno
dirigido a la conservación, regulación y protección de los espacios y recursos que lo conforman,
mediante el diseño de aquellas acciones que garanticen una adecuada OGIZC con la
participación de los organismos y entes públicos, las comunidades organizadas, así como las
instituciones privadas, a fin de conciliar las necesidades de todos los participantes en el proceso
de desarrollo, con las políticas nacionales en materia económica y ambiental.
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ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA
DE LAS ZONAS COSTERAS
L
a mayor parte de las orientaciones publicadas coinciden en que las zonas costeras son un
interfaz relativamente estrecha entre la tierra y el mar que es escenario de procesos
funcionales y ecológicos complejos e intensivos que dependen de la interacción de la tierra y el
mar. Desde el punto de vista ecológico, las zonas costeras contienen varios hábitat terrestres y
acuáticos estrechamente vinculados a los sistemas socioeconómicos, que forman unidades
funcionales complejas (Secretaria de la Convención de Ramsar, 2007; Barragán, 2003).
Para el caso venezolano, las zonas costeras, poseen su origen en la noción de costas y riberas,
entendidas éstas, como el espacio geográfico que proporciona continuidad y vínculo natural
entre el ámbito terrestre y el acuático, el cual permite la inseparable influencia entre uno y otro.
En su conjunto, integran a los diversos ecosistemas y los elementos geográficos que los
componen, mediante una unidad geográfica y física de especial importancia para el desarrollo
sustentable del país (Exposición de Motivos, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras,
2001.
La definición propia de las zonas costeras, en Venezuela, se encuentra señalada en el Decreto
con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (2001), el cual establece que:
…se entiende por zonas costeras, la unidad geográfica de ancho variable, conformada por una franja terrestre, el
espacio acuático adyacente y sus recursos, en la cual se interrelacionan los diversos ecosistemas, procesos y usos
presentes en el espacio continental e insular (Artículo 2°).
De esta manera este espacio geográfico es visualizado como una bisagra entre el espacio
terrestre y el espacio acuático. Adicionalmente, el propio Decreto con Fuerza de Ley determina
que los límites de las zonas costeras se establecerán con base a criterios político administrativos nacionales, estadales y municipales, las características físico - naturales del
espacio, las variables socioeconómicas, culturales y ambientales, y los ecosistemas y
elementos geomorfológicos; asimismo, señala que la conservación y aprovechamiento
sustentable de las zonas costeras, son de utilidad pública y de interés social (Artículos 4º y 8º,
Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001).
Así pues, define que las Zonas Costeras estará integrada por una franja terrestre que tendrá un
ancho no menor de quinientos metros (500 m) medidos perpendicularmente desde la
proyección vertical de la línea de más alta marea, hacia la costa y una franja acuática con un
ancho no menor de tres millas náuticas (3 Mn), y en ningún caso podrá exceder los límites del
Mar Territorial (12 Mn) (Artículo 4º, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001). En
todo caso, la definición de estos parámetros para el límite interior (tierra adentro) de las zonas
costeras es similar a los de España e India, mientras que para el límite marítimo (mar afuera)
compartimos el mismo criterio con España, Estados Unidos de Norteamérica y el Reino Unido.
Adicionalmente, establece como espacio de Dominio Público dentro de las zonas costeras de la
República, sin perjuicio de los derechos legalmente adquiridos por los particulares, todo el
espacio acuático adyacente a las zonas costeras y la franja terrestre comprendida desde la
línea de más alta marea hasta una distancia no menor de ochenta metros (80 m), medidos
perpendicularmente desde la proyección vertical de esa línea, hacia tierra, en el caso de las
costas marinas (Artículo 9º, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001) (Figura 8).
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Asimismo, formarán parte del Dominio Público de las Zonas Costeras, en los límites que se fijen
en el presente Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras, los ecosistemas
y elementos geomorfológicos, tales como arrecifes coralinos, praderas de fanerógamas
marinas, manglares, estuarios, deltas, lagunas costeras, humedales costeros, salinas, playas,
dunas, restingas, acantilados, costas rocosas, ensenadas, cabos, puntas y los terrenos
ganados al mar (Artículo 9º, Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras, 2001).
Fuente: Elaboración propia
Figura 8. Esquema de las zonas costeras venezolanas
Estos espacios, según el propio Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (2001) debe ser
ordenado con base en un proceso de Gestión Integrada que se vincula a los enfoques
integrados de la ordenación del territorio y del manejo costero. Es decir, la Ordenación y
Gestión Integrada de las Zonas Costeras (OGIZC), es concebido como un proceso dinámico,
continuo e iterativo destinado a promover la gestión sustentable de las zonas costeras.
En este sentido, el término “ordenación” se vincula directamente con el denominado proceso de
ordenación del territorio entendido, según el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Ordenación
del Territorio (1983) como:
...la regulación y promoción de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas y
sociales de la población, así como el desarrollo físico - espacial, con el fin de lograr una armonía entre el mayor
bienestar de la población, la optimización de la explotación y uso de los recursos naturales, y la protección y
valorización del medio ambiente, como objetivos fundamentales del desarrollo integral.
Por su parte, la “gestión”, se refiere a todo el proceso que abarca un ciclo, desde la toma de
información, la planificación, la toma de decisiones, el seguimiento y la ejecución. Al respecto, la
palabra “planificación” debe entenderse en su sentido más amplio de desarrollo estratégico de
políticas y no simplemente como planificación de los usos de la tierra u otro tipo de planificación
sectorial.
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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Por último, la palabra “integrada” se refiere tanto a la
integración de objetivos como a la integración de los
numerosos instrumentos necesarios para conseguirlos.
Designa la integración de todas las políticas, sectores e
instancias administrativas pertinentes. Implica la
integración de los componentes terrestre y marino del
territorio. La gestión de zonas costeras es una gestión
integrada en el tiempo y en el espacio y es
intrínsecamente pluridisciplinaria. No debe encasillarse
en ningún caso como un aspecto emparentado
exclusivamente con el sector del ambiente per se
(Figura 9) (Comisión Europea, 1999).
Fuente: MINAMB (2008)
Figura 9. Visión de la Ordenación
y Gestión Integrada de las
Zonas Costeras
En la OGIZC se recurre a la participación y cooperación
de todas las partes interesadas y afectadas, a las que se
ha puesto en conocimiento de la información debida,
para evaluar los objetivos de la sociedad en una zona
costera concreta y en un momento dado, y realizar las
actuaciones oportunas para conseguir esos objetivos.
Bajo estas premisas surgió en el Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras la concepción
de la GIZC, como un proceso dinámico cuyo propósito es el de fortalecer la capacidad
institucional, la optimización de la planificación y coordinación de competencias concurrentes
entre los órganos del Poder Público, con la activa participación de la comunidad organizada, a
fin de lograr la mayor eficiencia en el ejercicio de las responsabilidades que cada uno tiene
encomendadas para la conservación y desarrollo sustentable de dicho espacio (Articulo 5,
Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (2001).
El trabajo realizado desde el año 2004 y hasta la actualidad, bajo los principios de la OGIZC,
coordinado por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (Minamb), junto al Comité de
Trabajo Central y los 14 Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a nivel Estadal, se centro en
la construcción colectiva del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras
(POGIZC) de Venezuela, el cual partió desde el nivel local hasta obtener un instrumento de
connotación nacional, teniendo la gestión integrada de las zonas costeras como principales
logros durante este período la:

Conformación y activa participación de un Comité de Trabajo Central de las Zonas
Costeras y 14 Comités Estadales como mecanismos de coordinación e integración
interinstitucional y con las organizaciones comunitarias donde participan aproximadamente
250 personas (Figura 10).

Integración de las capacidades de la Política Internacional mediante el Convenio Integral de
Cooperación Venezuela - Cuba.

Capacitación de más de 185 profesionales en Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas
Costeras (OGIZC) y otros temas claves, quienes hacen vida activa en los Comités de
Trabajo.

Generación de información documental y cartográfica para los 14 Estados Costeros de
Venezuela, mediante la formulación de 42 Documentos de Ordenación y Gestión Integrada
de las Zonas Costeras (OGIZC).
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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20
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
Talleres para la Ordenación Territorial de las Zonas Costeras.

Formulación de las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las
Zonas Costeras (PNCDSZC).

Realización de 36 Talleres de construcción y consultas preliminares interinstitucionales
vinculados al Proyecto de Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas
Costeras (POGIZC) de Venezuela, en el cual participaron 324 personas.

Documentos Bases y Proyecto de Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de
las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela.

Formulación y ejecución de 3 Proyectos de Recuperación de Localidades Costeras:
Balneario Los Totumos, Bahía El Tirano, Playa Coral - Bahía de Los Niños y visualización
de alternativas de proyectos para 7 nuevas localidades costeras: Playa Quizandal (estado
Carabobo), Playa Coral y Bahía de Los Niños (estado Vargas), Balneario Los Totumos
(estado Miranda), Sector Los Cocalitos (estado Sucre), Sector El Playón (estado Aragua),
La Cerca - El Hatillo (estado Anzoátegui), Sector La Guardia - La Restinga (estado Nueva
Esparta).

Desarrollo de 32 Planes de Ordenación y Gestión Integrada de Localidades Costeras
(OGILC), atendiendo a 23 de las 68 localidades costeras identificadas en el Proyecto de
Decreto del POGIZC de Venezuela.

Formulación e inicio del Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Venezolano de Áreas
Protegidas en las Zonas Marino - Costeras (Proyecto MINAMB - GEF - PNUD).

Elaboración del mapa nacional de Proyección del Aumento del Nivel del Mar en la República
Bolivariana de Venezuela bajo el Escenario SRESA 2, Sensitividad Media, Ano 2090 y
formulación del documento Implicaciones del Cambio Climático en las Zonas Costeras y el
Espacio Acuático de Venezuela.

Formulación e inicio del Proyecto de Inventario y Caracterización de las Playas Arenosas de
Venezuela.

Creación del Sistema de Información y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (SIGIZC)
adscrito al Geoportal “Simón Bolívar”.

Apoyo en la modificación de la Ley Orgánica de las Dependencias Federales y la creación
del Territorio Insular Francisco de Miranda.

Apoyo a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Visualización de los Centros
Pesqueros Cívico - Militares.

Propuesta de Resolución Conjunta Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (Minamb)
- Instituto Socialista para la Pesca y Acuicultura (Insopesca) para la formulación de Normas
técnicas para el hundimiento controlado de buques en el marco del Plan Nacional de
Arrecifes Artificiales.

Realización de la Verificación del Mapa de Inundación por Precipitaciones en las Zonas
Costeras de Venezuela.

Inclusión del Componente Marino Costero en la Red Latinoamericana de Cooperación
Técnica en Parques Nacionales, otras Áreas Protegidas, Flora y Fauna Silvestres
(REDPARQUES).
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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
Apoyo al Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica para el diagnostico
ambiental y fuentes limpias de Energía Renovable Alternativas, mayor autonomía y oferta a
la demanda eléctrica en ocho (08) Estaciones Secundarias de Guardacostas en Islas y
Archipiélagos.

Elaboración del documento Glosario de Términos para la Gestión y Planificación Ambiental
y Territorial, con énfasis en los procesos de OGIZC de Venezuela.

Inicio en la elaboración del documento de Estrategia para el Manejo Sustentable de las
Playas Arenosas de Venezuela.

Elaboración del documento de Criterios para la delimitación y demarcación de las áreas de
Dominio Público de las Zonas Costeras de Venezuela.

Elaboración del documento técnico: Creación de Arrecifes Artificiales mediante el
hundimiento controlado de buques, elementos modulares, otros artefactos y materiales.

Inicio en la elaboración del documento Amenazas Socionaturales y Tecnológicas en las
Zonas Costeras de Venezuela.
De esta manera se ha impulsado la participación protagónica mediante procesos de
cooperación e intercambio de experiencias entre más de 130 organizaciones y actores claves
que incluyeron los distintos niveles de gobierno y de organización social y comunal.
Fuente: Elaboración propia con base en Reglamento para el Funcionamiento
de la Unidad (Dirección) Técnica de las Zonas Costeras (2005)
Figura 10. Estructura y organización de la Dirección Técnica de las Zonas Costeras,
adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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PLAN DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DE LAS
ZONAS COSTERAS (POGIZC) DE VENEZUELA
El Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela fue
elaborado bajo una estrategia de concertación, trabajo interinstitucional y multidisciplinario,
teniendo como principal estrategia la conformación de los Comités de Trabajo de las Zonas
Costeras a nivel Central y en los 14 Estados Costeros, así como el empleo del Convenio
Integral de Cooperación Venezuela - Cuba.
Los Comités de Trabajos de las Zonas Costeras a nivel Central y Estadal, fueron creados
mediante el Reglamento de Funcionamiento de la Unidad Técnica de las Zonas Costeras (2005)
y constituyen órganos consultivos de la administración e instancias de coordinación
interinstitucional, creadas para la implementación del proceso de ordenación y gestión integrada
de las zonas costeras. Están conformados por órganos y entes y comunidades con inherencia
en las acciones que se llevan a cabo en las zonas costeras y contribuyeron de manera decisiva
en la formulación del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC)
de Venezuela.
Este plan tiene como visión general:

Ser un Instrumento técnico - jurídico, compatible con los procesos de planificación territorial
a escala nacional y estadal.

Estar orientado hacia un proceso de planificación estratégica.

Tiene como alcance la integración e inducción de políticas sectoriales aplicables a las zonas
costeras.

Abordar los procesos de planificación territorial a escala local.

Buscar el reordenamiento de las actividades que se desarrollan en las zonas costeras.

Direccionar la regulación de los usos del territorio.
PREMISAS DEL PLAN
El Proyecto de Decreto de Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras
(POGIZC) de Venezuela tuvo para su construcción ocho premisas o considerandos:
1. El país está encaminado hacia un modelo socialista de desarrollo sustentable, que integra
las potencialidades del espacio terrestre y acuático.
2. El país adelanta políticas y estrategias de inclusión y participación social dentro de los
procesos de planificación y gestión territorial a escala nacional, estadal y local.
3. Que es deber del Estado Venezolano velar por la preservación, defensa, salvaguarda, uso y
manejo de las zonas costeras, así como de las obras, conjuntos y lugares creados por el
hombre, presentes en este espacio, a objeto de su conservación y aprovechamiento
sustentable.
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
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4. Que el Estado Venezolano reconoce la importancia de la conservación de la diversidad
biológica y cultural presente en las costas venezolanas, y los derechos y beneficios que se
derivan de éstas, principalmente para las comunidades locales.
5. Que las zonas costeras de Venezuela cuentan con una posición geográfica privilegiada,
patrimonio natural y cultural diverso, importantes obras e infraestructuras estratégicas y
potencial humano capaz de impulsar un proceso socialista de desarrollo sustentable.
6. Que el proceso de ocupación del territorio de las zonas costeras, no conforme con las
premisas del desarrollo sustentable, ha derivado en el deterioro del patrimonio común de los
venezolanos en determinados sectores.
7. Que es menester del Estado Venezolano impulsar el sentido de pertenencia, identidad,
aprecio, cooperación y gestión integrada de los valores y recursos presentes en las zonas
costeras.
8. Que las zonas costeras representan espacios geográficos con identidad propia y áreas de
integración entre el espacio terrestre y acuático de Venezuela, así como de soberanía
nacional y de seguridad alimentaria.
OBJETIVOS DEL PLAN Y SU VINCULACIÓN CON LOS PDESN
El Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela tiene como
objetivo establecer el marco de referencia espacial y temporal que garantice la conservación, el
uso y aprovechamiento sustentable de las zonas costeras y permita elevar la calidad de vida de
sus pobladores.
A tales fines, se ha previsto un horizonte de planificación a largo plazo, el cual abarca 20 años,
es decir, hasta el año 2030, donde sus actuaciones a nivel nacional, estadal y local se
realizaran en un mediano y corto plazo para poder obtener los resultados a largo plazo. Estos
resultados se vinculan con los 22 Objetivos Específicos que deben de alcanzarse dentro del
horizonte de planificación del instrumento, los cuales se señalan a continuación:
1. Establecer las políticas de conservación y desarrollo sustentable de las zonas costeras.
2. Planificar y gestionar de forma descentralizada, integrada, y participativa, las actividades de
las zonas costeras, a fin de garantizar su uso y aprovechamiento sustentable.
3. Diseñar políticas de incentivos para mejorar la capacidad institucional, garantizar la gestión
integrada y la participación ciudadana.
4. Sentar las bases para el establecimiento de Planes y Programas Estadales, Municipales y
Locales de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras.
5. Delimitar los espacios considerados como parte de las zonas costeras de Venezuela,
incluyendo los espacios terrestres y acuáticos.
6. Definir una visión futuro como marco de referencia para orientar el proceso de desarrollo
sustentable de las zonas costeras.
7. Definir Unidades Costeras, como espacios de gestión integrada.
8. Identificar los usos a que deben destinarse las diferentes áreas de las zonas costeras, de
acuerdo con sus aptitudes, capacidades, condiciones específicas, restricciones ecológicas y
presiones sociales.
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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9. Establecer criterios dentro de los Programas de Gestión Integrada de las Zonas Costeras
para la localización de las actividades asociadas a los usos presentes y propuestos.
10. Establecer acciones para el racional aprovechamiento de los recursos naturales y culturales
existentes en los espacios costeros, basado en sus condiciones naturales y la dinámica
social.
11. Identificar espacios actuales y futuros sujetos a un régimen de conservación, protección,
manejo sustentable y recuperación ambiental.
12. Identificar espacios vinculados al desarrollo de asentamientos humanos, a la cobertura de
servicios y a las obras estructurantes, como elementos integradores del territorio.
13. Identificar espacios vulnerables dentro de las zonas costeras.
14. Ejercer un efectivo control sobre los agentes que causan o puedan llegar a causar la
contaminación y degradación ambiental de las zonas costeras.
15. Impulsar acciones a los fines de recuperar y sanear las zonas costeras deterioradas de
Venezuela.
16. Impulsar el libre acceso, tránsito, uso público y recuperación del espacio de dominio público
de las zonas costeras, establecido en el Artículo 9º del Decreto con Fuerza de Ley de Zonas
Costeras.
17. Establecer directrices sobre las actuaciones urbanísticas localizadas dentro de los centros
urbanos costeros.
18. Impulsar mecanismos para que la participación organizada contribuya a orientar las
decisiones relacionadas con las zonas costeras y la calidad de vida de sus pobladores y
usuarios.
19. Estructurar un proceso de formación y capacitación para que las comunidades e
instituciones adquieran cultura de conservación y aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales, y participen de manera activa y voluntaria en la gestión integrada de las
zonas costeras.
20. Promover el desarrollo de líneas de investigación científica y tecnológica que impulsen la
conservación y aprovechamiento sustentables de las zonas costeras de Venezuela.
21. Establecer un programa permanente de guardería ambiental vinculado a las actividades
capaces de degradar el ambiente costero.
22. Fortalecer las zonas costeras como áreas de integración entre los espacios terrestres y
acuáticos de Venezuela, así como de soberanía nacional y de seguridad alimentaria.
El cumplimiento del objetivo general y los objetivos específicos del Plan de Ordenación y
Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela contribuirán a alcanzar a su
vez los siguientes objetivos de los Planes de Desarrollo Económico y Social de la Nación, mejor
conocidos como los Planes Socialistas o de la Patria:

Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (PDESN)
2007 - 2013 (Primer Plan Socialista). De forma particular la formulación del POGIZC de
Venezuela se vinculan de manera directa con cinco de las siete directrices establecidas en
el PDESN, las cuales se señalan a continuación:
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
25
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 II. La Suprema Felicidad Social: A partir de la construcción de una estructura social
incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y endógeno, se persigue que
todos vivamos en similares condiciones, rumbo a lo que decía el Libertador: “La
Suprema Felicidad Social”.
 IV. Modelo Productivo Socialista: Con el fin de lograr trabajo con significado, se
buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva
entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción de riqueza
subordinada a la reproducción del capital.
 V. Nueva Geopolítica Nacional: La modificación de la estructura socio-territorial de
Venezuela persigue la articulación interna del modelo productivo, a través de un
desarrollo territorial desconcentrado, definido por ejes integradores, regiones programa,
un sistema de ciudades interconectadas y un ambiente sustentable.
 VI. Venezuela: Potencia Energética Mundial: El acervo energético del país posibilita
una estrategia que combina el uso soberano del recurso con la integración regional y
mundial. El petróleo continuará siendo decisivo para la captación de recursos del
exterior, la generación de inversiones productivas internas, la satisfacción de las propias
necesidades de energía y la consolidación del Modelo Productivo Socialista.
 VII. Nueva Geopolítica Internacional: La construcción de un mundo multipolar implica
la creación de nuevos polos de poder que representen el quiebre de la hegemonía
unipolar, en la búsqueda de la justicia social, la solidaridad y las garantías de paz, bajo
la profundización del diálogo fraterno entre los pueblos, su autodeterminación y el
respeto de las libertades de pensamiento.

Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (PDESN)
20013 - 2019 (Plan Patria - Segundo Plan Socialista). De forma particular la formulación
del POGIZC de Venezuela se vinculan de manera directa con cuatro de los cinco Objetivos
Históricos que integran el Plan Patria, los cuales se señalan a continuación:
 1.- Defender, expandir y consolidar el bien más preciado que hemos reconquistado
después de 200 años: la Independencia Nacional (soberanía sobre los recursos
estratégicos)
 2.- Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI en Venezuela, como
alternativa al modelo salvaje del capitalismo y con ello asegurar la “mayor suma de
seguridad social, mayor suma de estabilidad política y la mayor suma de felicidad”, para
nuestro pueblo
 3.- Convertir a Venezuela en un país potencia en lo social, lo económico y lo político
dentro de la gran potencia naciente de América Latina y El Caribe, que garanticen la
conformación de una zona de paz en nuestra América
 5.- Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie
humana
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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PRINCIPIOS DEL PLAN
El reconocimiento de las características particulares de las zonas costeras es reconocido por el
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela razón
por la cual desarrolló sus propuestas considerando los siguientes principios:
1.
Las zonas costeras constituyen un sistema único de recursos limitados que requiere
enfoques especiales de planificación.
2.
El agua es la mayor fuerza integradora de los sistemas vinculados a las zonas costeras.
3.
Los límites para la ordenación y gestión integrada de las zonas costeras deben depender
de los aspectos a tratar y ser adaptables a las realidades de cada espacio geográfico.
4.
Resulta fundamental que los usos de la tierra y del mar se planifiquen y se ordenen en
forma combinada a fin de impulsar su conservación y uso sustentable.
5.
El reconocimiento del Dominio Público como propiedad común representa uno de los
puntos principales de la gestión integrada de las zonas costeras.
6.
La línea de costa se constituye en eje central en los programas para la gestión integrada de
las zonas costeras.
7.
El uso múltiple de los espacios y recursos costeros resulta apropiado para la mayor parte
de éstos sistemas.
8.
Debe respetarse el uso y manejo tradicional de los recursos costeros.
9.
La prevención de los daños debidos a riesgos socionaturales y tecnológicos, y la
conservación de los recursos naturales deben combinarse en el Plan de Ordenación y
Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela.
10. La participación plurisectorial es esencial para el uso sustentable de los recursos costeros,
razón por la cual, los actores gubernamentales a nivel nacional, estadal y local, así como
organizaciones no gubernamentales, instituciones de investigación y educativas, consejos
comunales y comunidad en general, deben participar en el proceso de planificación,
ordenación y gestión integrada de las zonas costeras.
11. El planteamiento de un desarrollo sustentable y armónico con la naturaleza resulta
especialmente apropiado para las zonas costeras.
12. Los planes y programas vinculados a la ordenación y gestión integrada de las zonas
costeras deben recurrir a formas especiales de ejecución, evaluación y participación social.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO DE DECRETO
Del trabajo conjunto surgió el Proyecto de Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada
de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela que está compuesto por cinco Títulos, 130
Artículos y 14 Disposiciones Transitorias y Finales, estructurado de la siguiente manera (Figura
11):
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
 Objeto del Decreto (Artículo 1).
 Capítulo I. De los Objetivos, Principios y Definiciones en el Plan (Artículos del 2 al 5).
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
27
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
 Capítulo II. Del Horizonte de Planificación y la Escala de Trabajo y Representación
(Artículos 6 y 7).
 Capítulo III. De las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las
Zonas Costeras y la Imagen Objetivo del Plan (Artículos del 8 al 15).
 Capítulo IV. De la Delimitación de las Zonas Costeras de Venezuela (Artículos del 16 al
18).
TÍTULO II. DE LA ORDENACIÓN DE LAS ZONAS COSTERAS
 Capítulo I. De las Unidades Costeras (Artículos del 19 al 23).
 Capítulo II. De los Usos en las Zonas Costeras (Artículos del 24 al 40).
 Capítulo III. De las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial en las Zonas
Costeras (Artículos del 41 al 46).
 Capítulo IV. De la Asignación de Usos en las Unidades Costeras (Artículos del 47 al 53).
 Capítulo V. De las Directrices y Lineamientos de Ordenación Dirigidos a Regular la
Intensidad de los Usos en las Unidades de Ordenación (Artículos del 54 al 67).
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS
 Capítulo I. De los Mecanismos de Coordinación en las Zonas Costeras (Artículos del 68 al
73).
 Capítulo II. De los Programas para la Gestión Integrada de las Zonas Costeras (Artículos
del 74 al 89).
 Capítulo III. Del Dominio Público en las Zonas Costeras (Artículos del 90 al 99).
 Capítulo IV. De las Directrices Generales para la Ordenación de la Zona Contigua al
Dominio Público (Artículos del 100 al 106).
 Capítulo V. Sobre la Permanencia y Resguardo de los Pueblos y Comunidades Indígenas
en las Zonas Costeras (Artículos del 107 al 112).
 Capítulo VI. Sobre la Guardería Ambiental y la Seguridad y Defensa en las Zonas
Costeras (Artículos del 113 al 116).
 Capítulo VII. Implementación del Plan (Artículos del 117 al 122).
 Capítulo VIII. Bases para el Financiamiento del Plan (Artículos del 123 al 126).
TÍTULO IV. DE LA EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN Y DEL PLAN
 Artículos del 127 al 130.
TÍTULO V. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
 Capítulo I. Disposiciones Transitorias (Siete)
 Capítulo II. Disposiciones Finales (Siete)
ANEXOS
 Nueve Anexos (Del Anexo A al Anexo I)
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
28
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Fuente: Elaboración propia
Figura 11. Estructura del Proyecto de Decreto del POGIZC de Venezuela
DEFINICIONES CLAVES
El Proyecto de Decreto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras
(POGIZC) de Venezuela reconoce la necesidad de clarificar ocho definiciones, algunas de ellas
conocidas mediante documentos técnicos y legales, sin embargo, se consideró pertinente
contextualizarlos en el marco del instrumento:

Costa: Término general e indefinido que designa la tierra que bordea la orilla del mar.

Dominio Público: Conjunto de espacios, bienes y derechos de titularidad pública,
destinados al uso público o a un servicio público, según lo señala el Artículo 9° del Decreto
con Fuerza de Ley de Zonas Costeras y demás normas de la República.

Gestión Integrada de las Zonas Costeras: Proceso dinámico de administración por el cual
mediante el desarrollo e implementación de una estrategia de coordinación interinstitucional
y participación ciudadana, se procura la debida utilización sustentable de los recursos
naturales en armonía con los recursos socio - culturales presentes en las zonas costeras.

Humedales: Extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de
aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o
corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya
profundidad en marea baja no exceda de seis metros (6 m).
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
29
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente

Localidad Costera: Unidad de gestión territorial con características funcionales derivadas
del ámbito costero, amparada en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su
Reglamento.

Unidad Costera: Expresión espacial de la zonificación o sectorización del territorio que
conforma las zonas costeras, en atención a sus condiciones socioeconómicas, ambientales,
históricas y culturales, y en las cuales se correlacionen las características actuales y
potenciales del territorio, con el fin de establecer las propuestas de ordenación en este
espacio, asimismo, se consideran como unidades de gestión territorial amparadas en la Ley
Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento.

Unidad de Ordenación: Término genérico empleado para señalar las acciones de
asignación de usos, funciones, potenciales, valores u objetivos a diferentes partes o
compartimentos de la superficie de la tierra en el marco de la planificación territorial o
espacial.

Zona Costera: Conforme a lo señalado en el Artículo 2° del Decreto con Fuerza de Ley de
las Zonas Costeras, se entiende como la unidad geográfica de ancho variable, conformada
por una franja terrestre, el espacio acuático adyacente y sus recursos, en la cual se
interrelacionan los diversos ecosistemas, procesos y usos presentes en el espacio
continental e insular.
POLÍTICAS NACIONALES DE CONSERVACIÓN Y
DESARROLLO SUSTENTABLE DE LAS ZONAS COSTERAS
El Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras (2001) en su Artículo 23 señala: “En las zonas
costeras, al Poder Público Nacional le compete: Formular las políticas de conservación y
desarrollo sustentable...”. Asimismo, en la Disposición Transitoria Tercera establece:
“En un plazo de un (1) año, contado a partir de la publicación de este Decreto Ley en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela, el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales deberá presentar a
consideración del Consejo de Ministros, las políticas nacionales de conservación y desarrollo sustentable de las
zonas costeras...”.
En atención a esto el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente mediante la Dirección
General de Planificación y Ordenación Ambiental - Dirección Técnica de las Zonas Costeras
desarrolló la propuesta de Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las
Zonas Costeras (RBV - MINAMB, 2009). Éstas son el resultado de la articulación de los
contenidos de los documentos estadales para la Gestión Integrada de las Zonas Costeras
(Fases I y II).
Se tomó como punto de partida para su elaboración, los problemas ambientales identificados
por los Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a Nivel Estadal (CTZCNE), lo que permitió la
construcción del documento de Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable
de las Zonas Costeras desde los niveles locales y regionales de gestión hasta llegar al nivel
nacional. De esta forma, la construcción de la propuesta se convirtió en un ejercicio interesante
de confrontación de los problemas actuales de las zonas costeras y sus opciones de solución,
con los lineamientos, directrices y acciones contenidas en el Decreto con Fuerza de Ley de
Zonas Costeras, para llegar a conclusiones sobre la vigencia y pertinencia de estos últimos.
Las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las Zonas Costeras
representan las guías para implementar y ejecutar un proceso dinámico para el fortalecimiento
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
30
República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
de la capacidad institucional, la optimización de la planificación y la coordinación de las
competencias para la gestión integrada de este espacio.
Las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las Zonas Costeras
tienen por objeto establecer las disposiciones para:
1. Atender de forma prioritaria los problemas ambientales identificados en las zonas costeras.
2. Promover la protección de las zonas costeras y rehabilitar aquellas áreas degradadas.
3. Orientar las acciones en la toma de decisiones, respecto a las perspectivas de desarrollo
que se tienen sobre las zonas costeras de Venezuela.
4. Ofrecer un marco de referencia adecuado para apoyar la elaboración de los Planes de
Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras a diferentes escalas.
La correlación de los problemas ambientales identificados en las zonas costeras, los objetivos y
estrategias para la gestión integrada de los mismos y las Políticas Nacionales de Conservación
y Desarrollo Sustentable vinculadas, se señalan en la Tabla 5.
Tabla 5. Política Nacional de Conservación y Desarrollo Sustentable de las Zonas Costeras y su
vinculación con elementos claves del POGIZC de Venezuela
Problema Ambiental
General
Insuficiente integración
entre las capacidades,
decisiones y
responsabilidades de los
diferentes actores que
administran el espacio de
las zonas costeras
Problema Ambiental
Específico
Deficiencias en la planificación
y administración territorial por
parte de las autoridades
competentes
Deficiente coordinación,
conflictos de competencia y
apoyo entre organismos y
entes de la administración
pública e instituciones
vinculadas a la Gestión
Integrada de las Zonas
Costeras
Objetivo
Política Nacional de Conservación
y Desarrollo Sustentable de las
Zonas Costeras
Fortalecer la planificación ambiental
y la ordenación de las zonas
costeras
Integrar las
capacidades,
decisiones y
responsabilidades
de los diferentes
actores que
administran el
espacio de las
zonas costeras
Fortalecer la
integración y
coordinación
interinstitucional de
los organismos
públicos vinculados
a la Gestión
Integrada de las
Zonas Costeras
Fortalecer los procesos
administrativos y establecer
mecanismos de coordinación,
seguimiento y control de las
actuaciones de organismos públicos
Deficiencias en estudios
ambientales en las zonas
costeras
Orientar y promover la investigación
científica y tecnológica en las zonas
costeras
Progresivo deterioro de los
recursos naturales,
paisajísticos, históricos,
arqueológicos y socioculturales
Conservar los recursos naturales,
paisajísticos, históricos,
arqueológicos y socioculturales
Ocupación no conforme del
área de dominio público de las
zonas costeras
Deficiencia en la gestión
para la preservación y
conservación de los
componentes bióticos,
abióticos y
socioculturales en las
zonas costeras
Estrategia
Contaminación en las zonas
costeras
Alto riesgo de la población
frente a las amenazas
naturales o socionaturales
debido a la ocupación no
conforme de las zonas costeras
Deficiencias en la aplicación y
cobertura de programas de
educación ambiental
Débil incorporación de
comunidades en proceso de
planificación, toma de
decisiones y ejecución
Deficiente vigilancia y control
ambiental
Optimizar los
procesos de gestión
para la
preservación y
conservación de los
componentes
bióticos, abióticos y
socioculturales en
las zonas costeras
Potenciar las
capacidades de las
instituciones
públicas vinculadas
a la Gestión
Integrada de las
Zonas Costeras en
las áreas de
planificación y
ordenación del
territorio, vigilancia
y control, y
educación
ambiental
Garantizar el carácter de utilidad
pública en la franja de Dominio
Público de las zonas costeras
mediante su gestión integrada
Prevenir, controlar, corregir y mitigar
las causas generadoras de
contaminación en las zonas costeras
Reducir la vulnerabilidad de la
población ante amenazas naturales
o socionaturales en las zonas
costeras
Fortalecer la educación ambiental y
la participación comunitaria
Reforzar de forma permanente la
vigilancia y el control ambiental
Fuente: RBV - MINAMB (2009)
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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31
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DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS COSTERAS DE VENEZUELA
Mediante el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de
Venezuela se declara como Zonas Costeras de la República Bolivariana de Venezuela a la
porción de territorio nacional comprendida por una franja terrestre con un ancho no menor de
quinientos metros (500 m) medidos perpendicularmente desde la proyección vertical de la línea
de más alta marea, hacia la costa y la franja acuática con un ancho de nueve millas náuticas (9
Mn) pertenecientes al Mar Territorial, medidas a partir del límite de la franja terrestre hacia el
mar o de las Líneas de Base Recta adoptadas por la República, con excepción de aquellos
espacios marítimos donde los procesos de delimitación de la República no permitan alcanzar
dicho valor e Isla de Aves, donde la franja acuática es de doce millas náuticas (12 Mn).
En este sentido, formaron parte de los criterios empleados por los Comités de Trabajo de las
Zonas Costeras a Nivel Estadal (CTZCNE) para la delimitación de la poligonal de las Zonas
Costeras de la República Bolivariana de Venezuela, los siguientes:
1. Los límites político - administrativos nacionales, estadales y municipales, y de las Áreas
Bajo Régimen de Administración Especial.
2. Las características físico - naturales, lo cual incluyó los aspectos geomorfológicos como
espacios de interacción de los elementos clima, suelo, vegetación, geología, hidrografía,
entre otros. También forman parte integral de las zonas costeras los elementos como
arrecifes coralinos, praderas, fanerógamas marinas, manglares, estuarios, deltas, lagunas
costeras, humedales costeros, salinas, playas, dunas, restingas, acantilados, terrazas
marinas, costas rocosas, ensenadas, bahías, golfos, penínsulas, cabos y puntas, los
terrenos invadidos por el mar, que por cualquiera causa pasen a formar parte de su lecho en
forma permanente, los terrenos ganados al mar por causa naturales o por acción del
hombre y las especies y ecosistemas marinos y costeros que son característicos en estas
zonas.
3. Las variables ambientales, socioeconómicas y culturales, integradas por elementos
naturales y artificiales como: áreas con manejo especial, áreas en recuperación, vialidad,
centros poblados costeros, actividades económicas predominantes en donde generan una
funcionalidad representada en el intercambio, flujos, bienes y servicios que determinan un
área de influencia en el área, así como también forman parte de estos los recursos
históricos, culturales, arqueológicos, turísticos, recreacionales, entre otros.
4. Las distancias funcionales, entendiendo por ellas a los límites establecidos por el Mar
Territorial, la Zona Económica Exclusiva, la franja terrestre variable que va entre quinientos
metros (500 m) y doscientos treinta y tres kilómetros (233 Km.), medidos
perpendicularmente desde la proyección vertical de la línea de más alta marea hacia la
costa, las aguas interiores, las Líneas de Base Recta y las delimitaciones de los espacios
marítimos adoptadas por la República.
Como resultado de la delimitación se obtuvo una poligonal cerrada, con una extensión
geográfica de 143.587 Km2, de los cuales 58.507 Km2 se encuentran asociados a los espacios
terrestres y 85.080 Km2 se vinculan a los espacios acuáticos, lo cual representa en conjunto el
10% del territorio nacional, cuyos 125 vértices están definidos por Coordenadas Geográficas,
SIRGAS - REGVEN (Tablas 2 y 6, Figura 2).
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
32
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Tabla 6. Superficie de los espacios terrestres y acuáticos de las zonas costeras de Venezuela
Estado o
Jurisdicción
Lago de Maracaibo
(Sistema Lago de
Maracaibo)
Zulia
Zona en
Reclamación entre
Zulia y Mérida
Mérida
Trujillo
Fachada Caribeña
Falcón
Yaracuy
Carabobo
Aragua
Vargas
Miranda
Anzoátegui
Sucre
Fachada Atlántica
(Sistema Deltaico)
Delta Amacuro
Monagas
Fachada Insular
Nueva Esparta
Dependencias
Federales
Total
Línea de % Total
Costa
de Línea
(Km)
de Costa
Espacio
Terrestre
2
(Km )
% Total
Terrestre
Espacio
Acuático
2
(Km )*
% Total
Acuático
Total Zona
Costera
2
(Km )
% Total Zona
Costera
2
(Km )
1.014
16,71
7.564
12,93
18.913
22,23
26.477
18,44
884
14,57
6.954
11,89
13.436**
15,79
20.390
14,20
91
1,50
394
0,67
3.938
4,63
4.332
3,02
4
35
2.472
967
1
61
80
141
153
145
924
0,07
0,58
40,74
15,94
0,02
1,01
1,32
2,32
2,52
2,39
15,23
79
137
13.052
5.762
12
132
112
122
1.116
684
5.113
0,14
0,23
22,31
9,85
0,02
0,23
0,19
0,21
1,91
1,17
8,74
198
1.341
33.799
16.984
14
668
865
2.061
2.009
2.480
8.718
0,23
1,58
39,73
19,96
0,02
0,79
1,02
2,42
2,36
2,91
10,25
277
1.478
46.852
22.746
26
800
977
2.183
3.125
3.164
13.831
0,19
1,03
32,63
15,84
0,02
0,56
0,68
1,52
2,18
2,20
9,63
1.209
19,92
36.446
62,29
10.369
12,19
46.815
32,60
1077
132
1.373
304
17,75
2,18
22,63
5,01
29.264
7.182
1.444
1.036
50,02
12,28
2,47
1,77
9.369
1.000
21.999
3.835
11,01
1,18
25,86
4,51
38.633
8.182
23.443
4.871
26,91
5,70
16,33
3,39
1069
17,62
408
0,70
18.164
21,35
18.572
12,93
6.068
100,00
58.507
100,00
85.080
100,00
143.587
100,00
*Referido a una proyección hacia el espacio acuático, tomando como base la línea de costa.
**Incluye espacios acuáticos del Golfo de Venezuela y el Lago de Maracaibo.
Fuente: Elaboración propia basado en la cartografía oficial del IGVSB
ORDENACIÓN DE LAS ZONAS COSTERAS
Como una de las actividades claves del proceso de planificación territorial o espacial de un
espacio geográfico dado, se encuentra el proceso de ordenación y la zonificación del área en
estudio. El acto de ordenar, como fue señalado, implica el pensar en el pasado, presente y
futuro de un territorio, considerando sus potencialidades, restricciones y problemas, mientras
que el zonificar se refiere a categorizar el territorio para establecer pautas de manejo, con el
objetivo de garantizar su ordenamiento territorial en función de la conservación y la utilización
racional de los recursos naturales. Al zonificar se persigue distribuir los diferentes usos acordes
con los objetivos de cada área en los ambientes más aptos para ello y se determina la
superficie que estos usos requieran.
La zonificación es un término genérico empleado para señalar las acciones de asignación de
usos, funciones, potenciales, valores u objetivos a diferentes partes o compartimentos de la
superficie de la tierra en el marco de la planificación territorial o espacial (Castillo, 2009).
En el marco del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de
Venezuela, la expresión espacial de la zonificación o sectorización del territorio que conforma
las zonas costeras, son las denominadas las Unidades Costeras, establecidas en atención a
sus condiciones socioeconómicas, ambientales, históricas y culturales (Figura 12), y en los
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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33
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cuales se correlacionen las características actuales y potenciales del territorio, con el fin de
establecer las propuestas de ordenación en este espacio, asimismo, se consideran como
unidades de gestión territorial amparadas en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
(2010) y su Reglamento (2012).
Fuente: Elaboración propia
Figura 12. Criterios delimitativos y descriptivos empleados para definir las
Unidades Costeras (UC) en el POGIZC de Venezuela
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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En total, el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela definió
88 Unidades Costeras de las cuales 60 corresponden al espacio terrestre y 28 al espacio
acuático (Tabla 7, Figuras 13, 14 y 15).
Tabla 7. Unidades Costeras establecidas en el Proyecto de Decreto del POGIZC de Venezuela
Espacio
Nº de
UC
52
5
Terrestre
3
60
4
28
Sub - Total Espacio Acuático
88
Total de Unidades Costeras
1
11
6
2
Total
UC Continentales
UC Insular Nueva Esparta
UC Insular Dependencias Federales
Sub - Total Espacio Terrestre
UC Espacio Acuático Ambiente Marítimo Occidental
UC Espacio Acuático Lago de Maracaibo
UC Espacio Acuático Ambiente Marítimo Central
UC Espacio Acuático Ambiente Marítimo Nororiental
UC Espacio Acuático Ambiente Marítimo Suroriental
UC Espacio Acuático - Variado
4
Acuático
Unidades Costeras
(UC)
Longitud
Aprox. de
costa (Km)
Superficie
2
(Km )
Superficie
(ha)
Porcentaje
(%)
5.142
57.144
5.714.400
39,8
305
1.036
103.600
0,7
621
327
32.700
0,2
6.068
58.507
5.850.700
40,7
653
7.879
787.900
5,5
78
4.444
444.400
3,1
2.444
38.459
3.845.900
26,8
770
5.337
533.700
3,7
543
13.720
1.372.000
9,6
1.580
15.241
1.524.100
10,6
6.068
85.080
8.508.000
59,3
-
143.587
14.358.700,00
100,0
Fuente: Elaboración propia
Fuente: Elaboración propia
Figura 13. Número de Unidades Costeras
establecidas en el POGIZC de Venezuela
Fuente: Elaboración propia
Figura 14. Superficie de las Unidades Costeras
establecidas en el POGIZC de Venezuela
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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Fuente: Elaboración propia
Figura 15. Unidades Costeras establecidas en el POGIZC de Venezuela
Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
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Las Unidades Costeras representan el principal espacio de gestión de las zonas costeras, y por
tal, el primer nivel de las unidades de gestión territorial, teniendo la posibilidad de subdividirse a
los fines de las asignaciones de usos particulares dentro de los Planes Regionales, Estadales y
Municipales de Ordenación del Territorio, de Ordenación Urbanística, las Ordenanzas
Municipales, los Planes de Ordenación de las Tierras Indígenas, los Planes Comunitario de
Desarrollo Integral, los Planes Estratégicos de Desarrollo Integral de los Distritos Motores, los
Planes Estadales, Municipales y Locales de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas
Costeras y demás planes previstos en el Sistema Nacional de Planificación.
Por su parte, las Localidades Costeras representan unidades de gestión territorial con
características funcionales derivadas del ámbito costero, amparada en la Ley Orgánica del
Consejo Federal de Gobierno (2010) y su Reglamento (2012), en tal sentido, representan el
espacio con mayor grado de detalle y concreción del proceso de ordenación y gestión integrada
de las Unidades Costeras.
Las Localidades Costeras consideradas como prioritarias ascienden a 68, de las cuales se han
atendido 23 desde el año 2005 hasta la fecha. En todo caso, la inclusión de nuevas áreas serán
evaluadas por los Comités de Trabajo de las Zonas Costeras a Nivel Central y Estadal
correspondiente.
Por otra parte, con fundamento en los usos propuestos en el Plan Nacional de Ordenación del
Territorio; los Planes Estadales de Ordenación del Territorio; los usos tradicionales, claves y
específicos para las zonas costeras; y lo señalado en el Plan de Desarrollo Económico y Social
de la Nación, se identificaron 16 usos vinculados a la ocupación del espacio costero, los cuales
se señalan a continuación: 1. Agrícola, 2. Pesquero, 3. Acuícola, 4. Tradicional Indígena, 5.
Forestal, 6. Minero, 7. Industrial, 8. Portuario, 9. Tráfico Acuático, 10. Urbano, 11. Turístico, 12.
Especial, 13. Protector, 14. Científico, 15. Seguridad y Defensa, y 16. Obras de Infraestructura.
Estos usos fueron asignados en cada una de las Unidades Costeras como la forma de definir
los potenciales valores, objetivos y funciones que debe cumplir cada sector de las zonas
costeras en el marco de la ordenación del territorio.
En la Asignación de los Usos en las Unidades Costeras se aplican criterios enmarcados dentro
de las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de las Zonas Costeras
como elementos fundamentales para favorecer la perpetuidad de los recursos naturales, así
como el mantenimiento y producción de los recursos existentes en el área, además de incluir el
resguardo de sitios con un alto valor ambiental, arqueológico e histórico, favoreciendo un
modelo socialista de desarrollo sustentable que integra las potencialidades del espacio terrestre
y acuático.
La síntesis del diagnóstico de las Unidades Costeras, así como su Asignación de los Usos se
presenta en el Anexo B y está integrada por una Matriz de 25 columnas y 88 filas,
representadas éstas últimas por las Unidades Costeras. Las columnas que se señalan en la
Matriz hacen referencia a: 1. Código; 2. Unidad Costera (UC); 3. Zonificación Ambiental (ZA); 4.
Longitud aproximada de Costa (Km); 5. Superficie (Km2); 6. Municipio (estado) o jurisdicción; 7.
Centros poblados mayores a 5.000 hab. (2001); 8. N° habitantes 2001; 9. Densidad de
población 2001 (N° hab/sup. Km2); 10. Proyección N° habitantes (2010 y 2030); 11. N°
Asentamientos pesqueros; 12. Asentamientos indígenas N° AI <100 (Número de Asentamientos
Indígenas menores a 100 habitantes) y N°AI >100 (Número Asentamientos Indígenas mayores
a 100 habitantes); 13. Usos predominantes; 14. Usos asociados; 15. N° ABRAE (Áreas Bajo
Régimen de Administración Especial); 16. Nº BIC (Bienes de Interés Cultural); 17. Nº Playas de
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anidación de tortugas marinas; 18. N° Playas recreacionales; 19. Puertos; 20. Capitanía de
Puertos (INEA - Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos) y Seguridad y Defensa (ARMADA
- Armada Bolivariana de Venezuela); 21. Problemas ambientales; 22. Impactos ambientales; 23.
Amenazas; 24. Vulnerabilidad; 25. Asignación de usos propuestos en las Unidades Costeras.
Los Problemas Ambientales, señalados en la Matriz (Anexo B), se refieren a los abordados
durante la formulación de las Políticas Nacionales de Conservación y Desarrollo Sustentable de
las Zonas Costeras (PNCDSZC).
Por su parte, los Impactos Ambientales, señalados en la Matriz (Anexo B), se definen para
efectos del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de
Venezuela y cónsono con lo señalado en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Ambiente (2006),
como el efecto sobre el ambiente ocasionado por la acción antrópica o de la naturaleza y se
clasifican en Impactos Bióticos, Impactos Abióticos e Impactos Socioeconómicos, siendo los
mismos identificados a continuación:

Impactos Bióticos:
1. Fragmentación de hábitats.
2. Raleo o pérdida del manglar.
3. Disminución en la composición y cobertura vegetal.
4. Pérdida de hábitats.
5. Disminución de las zonas de nidificación de tortugas marinas.
6. Disminución de las zonas de nidificación de aves.
7. Disminución o pérdida de los recursos pesqueros (hidrobiológicos).
8. Disminución de la diversidad de especies.

Impactos Abióticos
9. Presencia y aumento de áreas con procesos de eutrofización.
10. Interrupción o cambios del drenaje natural.
11. Alteración de la dinámica sedimentaria.
12. Contaminación de las aguas, aire y tierras no agrícolas.
13. Disminución de la disponibilidad o calidad del agua potable.

Impactos Socioeconómicos
14. Pérdida o disminución del valor paisajístico y recreacional.
15. Disminución de la producción y productividad agrícola.
16. Ocupación no conforme del área de Dominio Público.
17. Incremento de la delincuencia.
18. Incremento de enfermedades.
19. Disminución del bienestar social.
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Las Amenazas, señaladas en la Matriz (Anexo B), se definen para efectos del Plan de
Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela y cónsono con
lo señalado en el Artículo 5 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y
Tecnológicos (2009), como la probabilidad de que un fenómeno se presente con una cierta
intensidad, en un sitio específico y dentro de un período definido, con potencial de producir
efectos adversos sobre las personas, los bienes, los servicios y el ambiente y se clasifican en
Amenazas Socionaturales y Amenazas Tecnológicas, siendo las mismas identificadas a
continuación (Figuras 16 y 17):

Amenazas Socionaturales
1. Amenazas Sísmicas.
2. Amenazas por Terrenos Inestables - Deslizamientos.
3. Amenazas por Terrenos Inestables - Erosión.
4. Amenazas por Inundaciones.
5. Amenazas por Incremento del Nivel del Mar por Cambio Climático.
6. Amenazas por Incendios Forestales.
7. Amenazas por Desertificación y Degradación de Tierras.

Amenazas Tecnológicas
8. Amenazas por Instalaciones Industriales.
9. Amenazas por Instalaciones Portuarias.
10. Amenazas Asociadas al Tráfico Acuático (Navegación).
Fuente: Elaboración propia
Figura 16. Amenazas presentes en las zonas costeras de Venezuela
En tal sentido, la Vulnerabilidad, se define para efectos del Plan de Ordenación y Gestión
Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) de Venezuela y cónsono con lo señalado en el
Artículo 5 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos (2009), como
las condiciones inadecuadas de seguridad que presentan personas, edificaciones, espacios
físicos, entre otros, ante una amenaza potencialmente dañina (Figura 18).
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Fuente: Elaboración propia
Figura 17. Principales amenazas presentes en las zonas costeras de Venezuela
A los efectos de las zonas costeras, se han diferenciado rangos de vulnerabilidad de acuerdo a
la densidad de población y de los elementos del ambiente marino presentes en cada Unidad
Costera, confiriéndole a cada una rangos de vulnerabilidad en función de las potenciales
pérdidas de vidas humanas, hábitats o ecosistemas. En tal sentido los rangos de Vulnerabilidad
se identifican a continuación:
Rango de Densidad de Población
2
(N° hab/sup. Km )
Rango de Vulnerabilidad Espacio Terrestre
Mayor de 1.000
Muy Alta
400 - 999
Alta
100 - 399
Media
11 - 99
Baja
Menor de 10
Muy Baja
Elemento del Ambiente Marino
Rango de Vulnerabilidad Espacio Acuático Marino
Presencia de Áreas Bajo Régimen de
Administración Especial
Alta
Presencia de Áreas Marinas
Prioritarias para la Conservación
Media
Otras Áreas Marinas
Baja
Para las áreas propensas a inundación por efecto del cambio climático en las zonas costeras
venezolanas por un aumento del nivel medio del mar de 0,517 m, se realizó un estimado de la
perdida de superficie con la ayuda de la herramienta de análisis espacial ARCGIS 9.2,
proyectándose un total de 15.734 Km2 de los cuales 10.803,45 Km2 serán en el Delta del
Orinoco (Figuras 19).
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Fuente: Elaboración propia
Figura 18. Vulnerabilidad en las zonas costeras de Venezuela
Fuente: Elaboración propia
Figura 19. Estimación de la pérdida de superficie asociada al incremento
en el nivel medio del mar de 0,517 metros en Venezuela
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PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS Y ACTIVIDADES
PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS
Los Programas para la Gestión Integrada de las Zonas Costeras son mecanismos de acción
para la ejecución del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de
Venezuela, mediante la aplicación, fomento, supervisión y coordinación de acciones que
garanticen la correcta viabilidad de los mismos. En tal sentido, se han diseñado diez (10)
Programas de Gestión Integrada de las Zonas Costeras, los cuales se señalan en la Tabla 8,
los cuales incluyen 27 Subprogramas y 134 Actividades.
Tabla 8. Programas, Subprogramas y Actividades para la Gestión Integrada de las Zonas Costeras
1.
2.
3.
4.
5.
Programa
Diagnóstico y
Monitoreo de los
Ecosistemas, de los
Recursos Naturales y
Socioculturales
Conservación de
Espacios Naturales y
Culturales
Espacios de Domino
Público
Manejo Sustentable
de Recursos
Naturales y
Socioculturales
Infraestructura,
Equipamiento y
Espacios Urbanos
Sustentables
6.
Investigación y
Documentación
7.
Zonas Vulnerables
8.
9.
Recuperación y
Saneamiento de las
Zonas Costeras
Educación Ambiental,
Participación
Ciudadana y
Capacitación
10. Guardería Ambiental
10
Subprograma
1.1. Diagnóstico de los Ecosistemas, Recursos Naturales
y Socioculturales
1.2. Monitoreo de los Ecosistemas y Recursos Naturales
7
1.3. Monitoreo de los Recursos Socioculturales
7
2.1. Áreas Bajo Régimen de Administración Especial en
las Zonas Costeras
2.2. Otros Espacios para la Conservación
2.3. Tierras Indígenas
3.1. Delimitación y Demarcación de las Áreas de Domino
Público
3.2. Saneamiento de las Áreas de Domino Público
3.3. Manejo Sustentable de Playas Arenosas
Actividades
19
5
4
13
6
3
3
10
3
4
4.1. Manejo de los Recursos Agrícolas
4.2. Manejo de los Recursos Pesqueros y Acuícolas
4.3. Turismo Sustentable
4.4. Recursos Mineros y Energéticos y Otras Actividades
Claves
5.1. Infraestructura y Equipamiento
4
6
4
5.2. Desarrollo Urbano Sustentable
4
6.1. Investigación Científica y Aplicada
6.2. Documentación del Conocimiento
7.1. Áreas Vulnerables a Amenazas Socionaturales y
Tecnológicos
7.2. Adaptación al Cambio Climático en las Zonas
Costeras
8.1. Recuperación de Ambientes Costeros
11
2
8.2. Arrecifes Artificiales y Remoción de Chatarra Naval
4
9.1. Educación Ambiental
9.2. Participación Ciudadana
12
4
9.3. Capacitación
1
10.1. Vigilancia y Control Ambiental
10.2. Monitoreo para el Control Ambiental
10.3. Identificación y Control de Espacios con Ocupación
Ilegal
27
4
5
18
4
4
8
16
10
13
3
3
7
17
13
4
134
Fuente: Elaboración propia
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DATOS CLAVES A NIVEL DE LOS ESTADOS COSTEROS
ANZOÁTEGUI
El estado Anzoátegui posee 145 Km de línea de costa y una superficie de 3.164 Km 2 de zonas
costeras, lo que representa el 2% del total nacional. Su costa resalta por la ubicación de la
Refinería Puerto La Cruz, una de las principales del país, y del Complejo Industrial José Antonio
Anzoátegui, donde se lleva a cabo el mejoramiento del petróleo pesado y extrapesado
provenientes de la Faja Petrolífera del Orinoco, y constituye el principal terminal de embarque
de productos petroquímicos e hidrocarburo en el oriente del país, razón por la cual, posee una
Zona de Seguridad que involucra una porción del espacio acuático adyacente, destinada a
garantizar la integridad de las operaciones y el tráfico marítimo.
Asimismo, es el punto de conexión marítima con el estado Nueva Esparta en cuanto a
transporte de personas y bienes, reforzada recientemente con la incorporación del ferry Virgen
del Valle II a la flota de Conferry. Es importante destacar, que en el borde costero del estado se
han desarrollado actividades de ingeniería costera con fines de recuperación, como el llevado a
cabo en el sector de Playa Lido.
Dentro de su zona costera se encuentra parte del Parque Nacional Mochima, una de las Áreas
Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) con fines de protección y con mayor
demanda turística del país. Existe igualmente la propuesta de declaratoria de la Reserva de
Fauna Silvestre Sistema Lagunar Unare - Píritu, basados en la existencia de un complejo
sistema de humedales marino costeros de gran valor para la diversidad biológica,
especialmente en cuanto a aves acuáticas locales y migratorias como el flamenco rosado del
Caribe.
ARAGUA
El estado Aragua posee 80 Km de línea de costa y una superficie de 977 Km2 de zonas
costeras. En este espacio se desarrollan actividades turísticas vinculadas al recurso playa, entre
las que destacan las bahías asociadas al Parque Nacional Henri Pittier. Este estado fue uno de
los pilotos a nivel nacional para llevar a cabo el Proyecto de Inventario y Caracterización de
Playas Arenosas de Venezuela, el cual permitió determinar la existencia de 24 playas arenosas,
con una longitud de 9,5 Km, representando el 11,8% de su línea de costa.
Cabe destacar la presencia de 11 Bienes de Interés Cultural en la zona costera del estado, que
incluyen petroglifos, sitios urbanos e iglesias, resaltando la presencia del Bien de Interés
Cultural Valle de Chuao, el cual fue declarado en el año 2003 con base en la necesidad de
conservar el patrimonio material y cultural asociado a las métodos tradicionales de producción
del cacao, que se han mantenido desde la época de la colonia hasta el presente; ante la
amenaza de la creciente e incontrolada actividad turística en el estado.
CARABOBO
El estado Carabobo posee 61 Km de línea de costa y una superficie de 800 Km2 de zonas
costeras, en donde se emplaza un importante eje industrial del país, que comprende el
Complejo Petroquímico de Morón, de reciente expansión, la Central Termoeléctrica Planta
Centro, el Complejo de Refinería El Palito y el Puerto de Puerto Cabello, principal espacio de
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movilización de carga del país con más de 700.000 TEUS anuales (Unidad Equivalente a Veinte
Pies, por sus siglas en inglés), capacidad que se verá potenciada en un corto plazo con la
adición del Nuevo Terminal de Contenedores que proyecta movilizar 1.000.000 TEUS anuales
en su primera fase.
Más allá de la presencia de este eje industrial se encuentra el Parque Nacional San Esteban,
que se extiende hacia el espacio acuático dándole una particularidad especial ya que es uno de
los pocos a nivel nacional que incluye el espacio marítimo. Por otra parte, la zona costera del
estado alberga el astillero oficial y la Base Naval CA Agustín Armario, la cual constituye la base
logística principal de la Armada Bolivariana y su flota.
DELTA AMACURO
El estado Delta Amacuro posee 1.077 Km de línea de costa y una superficie de zona costera de
38.633 Km2, lo que representa 73% del total estadal. La particularidad de este espacio radica en
la interacción entre la desembocadura del Río Orinoco y el Océano Atlántico, convirtiéndolo en
el estado con mayor superficie costera del país con casi el 30% del total nacional.
Conjuntamente con la zona costera del estado Monagas conforma el Sistema Deltaico.
Delta Amacuro abarca gran parte de la Fachada Atlántica Venezolana, y es en este espacio
acuático donde se adelantan importantes desarrollos costa afuera en materia de hidrocarburos.
Asimismo, una considerable extensión de su territorio se encuentra bajo figuras de protección
como Parques Nacionales, Reservas Forestales, Reserva de Biosfera, entre otras. Asimismo,
en este espacio se asienta alrededor de 258 asentamientos indígenas del pueblo Warao.
Este estado es considerado una de las áreas más propensas a inundación por efecto del
cambio climático en las zonas costeras de Venezuela. Ante el escenario de un incremento de
0,5 m del nivel medio del mar, se estima una pérdida de superficie de más de 10.000 Km 2 en el
Delta del Orinoco de los 15.000 Km2 que se estiman a nivel nacional.
DEPENDENCIAS FEDERALES
Venezuela posee más de 300 Dependencias Federales, que en un conjunto poseen 1.069 de
Km de costa, y cuenta con una superficie de 18.572 Km2, que abarcan 408 Km2 de espacio
terrestre y 18.164 Km2 de espacio acuático, equivalentes a casi el 13% del total de las zonas
costeras a nivel nacional. Algunas de estas Dependencias Federales representan importantes
hitos fronterizos que han permitido la delimitación del espacio acuático venezolano, como son el
caso de Isla de Aves, Isla de Patos y el Archipiélago Los Monjes.
En este espacio se ubican importantes ecosistemas, protegidos bajo distintas figuras jurídicas
como el Refugio de Fauna Silvestre Isla Aves y el Parque Nacional Archipiélago Los Roques,
siendo estas las únicas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (Áreas Protegidas)
exclusivamente marino - costeras del país. En este contexto, y debido a la reducida presencia
de áreas protegidas en el espacio acuático venezolano, actualmente el Gobierno Bolivariano
ejecuta, mediante el cofinanciamiento del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD), el Proyecto de “Fortalecimiento del Sistema Venezolano de Áreas Protegidas en las
Zonas Marino - Costeras”, con la finalidad de ampliar la cobertura de estos espacios y generar
mecanismos para su gestión.
Es igualmente relevante el esfuerzo que adelanta el Gobierno Bolivariano para el ejercicio de la
soberanía y gestión de estos espacios, con la creación del Territorio Insular Francisco de
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Miranda, conformado principalmente por los Archipiélagos Los Roques, Las Aves, y La Orchila;
así como con el recientemente establecimiento de la Región Estratégica de Desarrollo Integral
(REDI) Marítima e Insular, lo que contribuye a impulsar el desarrollo y garantizar la integridad de
las Dependencias Federales.
FALCÓN
El estado Falcón posee 967 Km de línea de costa y una superficie de 22.746 Km2 de zonas
costeras, lo que representa alrededor del 16% del total nacional. En este estado se ubica uno
de los complejos refinadores más grandes del mundo (Paraguaná), lo que aunado a los nuevos
desarrollos gasíferos llevados a cabo en el Golfo de Venezuela, a través del Proyecto Rafael
Urdaneta, consolidan la actividad industrial en la región.
Asimismo, resalta la presencia de la Zona de Interés Turístico y Recreacional Península de
Paraguaná, que junto con otros espacios bajo figuras de protección especial como el Parque
Nacional Morrocoy, Refugio de Fauna Silvestre Cuare, Santuario de Fauna Silvestre Cuevas de
Paraguaná, único del país, así como las ciudades de Coro y La Vela, declaradas Patrimonio
Cultural de la Humanidad por la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura, por sus siglas en inglés), constituyen factores determinantes
en el desarrollo de la actividad turística del estado en particular y para toda la región occidental
del país.
MÉRIDA
El estado Mérida posee 4 Km de línea de costa y una superficie terrestre de 79 Km2 de zonas
costeras. Este espacio junto a los estados Zulia y Trujillo, conforman el Sistema Lago de
Maracaibo, y que al estar ubicado en la costa baja presenta alta vulnerabilidad a las
inundaciones.
El Balneario de Palmarito, es uno de los pocos en la región sur del lago, ampliando la oferta
turística del estado en cuanto a la diversidad de paisajes, que va desde la costa a la montaña.
Actualmente las actividades socio-económicas de la zona están caracterizadas por una
explotación agropecuaria con sistemas de producción extensiva y con una actividad turístico
recreacional moderada con tendencia a incrementarse.
La Pesca es la principal actividad económica del Puerto Pesquero de Palmarito y la principal
fuente de trabajo de sus habitantes. Dicha actividad se viene desarrollando desde hace varios
años y es el sustento de la mayoría de los Pueblos a orillas del Lago de Maracaibo.
MIRANDA
El estado Miranda posee 153 Km de línea de costa y una superficie de 3.125 Km 2 de zonas
costeras. En este espacio se llevan a cabo diversas actividades que van desde la preservación
de ecosistemas hasta actividades tradicionales como la agricultura asociada a la producción de
cacao y plátano, siendo relevantes también el turismo y la recreación. Un ejemplo de esto lo
constituye el Parque Nacional Laguna de Tacarigua, en el cual se combina la protección de un
humedal costero de importancia internacional (Sitio Ramsar), la pesca artesanal y la recreación.
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La zona costera del estado por su condición de planicie es vulnerable a inundaciones y propicia
para la agricultura y la ganadería, lo cual dio origen a la Zona de Aprovechamiento Agrícola de
Barlovento y ha sido la base para la generación de un Distrito Motor.
El conjunto de marinas deportivas y de canales artificiales, entre Higuerote y Rio Chico, creados
en la década de los 60 fortalece el carácter turístico de la zona, junto a otros equipamientos
como la modernización y puesta en funcionamiento del Aeropuerto de Carenero y la Autopista a
Oriente.
MONAGAS
El estado Monagas posee 132 Km de línea de costa y una superficie de zona costera de 8.182
Km2, y a pesar de no ser reconocido por sus pobladores como un estado costero, esta
superficie representa el 20% del total del estado y alrededor del 6% del total de superficie de
zonas costeras a nivel nacional.
Conforma junto al estado Delta Amacuro el Sistema Deltaico, al igual que comparten extensas
áreas declaradas como Reserva Forestal y que se encuentran constituidas principalmente por
planicies cenagosas costeras.
Debido a sus características en cuanto a drenaje y suelo, el asentamiento de población en la
zona ha visto restringido su desarrollo, por lo cual la población en el área se caracteriza por la
presencia esencialmente de algunas comunidades indígenas.
NUEVA ESPARTA
El estado Nueva Esparta posee 304 Km de línea de costa y una superficie de 4.871 Km2 de
zonas costeras, conformado por las islas de Margarita, Coche y Cubagua, representa el único
estado insular del país, razón por la cual es considerado zona costera en toda su extensión. A
pesar de ser uno de los estados con menor superficie del país, es uno de los principales
destinos turísticos, y además posee diversas figuras de protección ambiental como el Parque
Nacional Laguna La Restinga, Monumento Natural Laguna de Las Marites, entre otras de gran
importancia.
De igual manera, representa uno de los estados pioneros en la ejecución del Proyecto
Inventario y Caracterización de las Playas Arenosas de Venezuela, contabilizando un total de
192 playas, con una longitud de costa de 115 Km, lo que representa el 38% del total estadal;
asimismo, constituye el único estado en el cual se lleva a cabo el monitoreo sistemático del
retroceso de la línea de costa en algunas localidades, que incluye 3 playas de isla de Coche y el
Parque Nacional Laguna de la Restinga, el cual es uno de los principales ecosistemas de la isla,
amenazado por este retroceso sostenido y por el incremento del nivel medio del mar.
La actividad pesquera representa una de las actividades económicas importantes en la zona,
pues ocupa el segundo lugar en captura y comercialización de recursos hidrobiológicos luego
de Sucre, lo que imprime dinamismo a la región.
SUCRE
El estado Sucre posee 924 Km de línea de costa y una superficie de 13.831 Km 2 de zonas
costeras, lo que representa casi el 10% del total nacional. A este estado lo caracteriza el arraigo
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de la actividad pesquera artesanal, con la presencia de 84 asentamientos pesqueros y la
disponibilidad de infraestructura en la que desembarca aproximadamente el 50% de la
producción pesquera nacional, asimismo, suministra el 95% de la materia prima para las
industrias procesadoras de productos pesqueros.
Además de la importante actividad pesquera, se ejecuta el Proyecto Mariscal Sucre, que espera
producir 600 MMPCD en su primera fase, destinados a satisfacer la demanda nacional; e
incluye importantes instalaciones de apoyo a la industria de hidrocarburos como el Complejo
Industrial Gran Mariscal de Ayacucho, Astilleros del Alba, y otras que contribuirán a los planes
de expansión y la integración con otros grandes desarrollos como Plataforma Deltana y la Faja
Petrolífera del Orinoco.
En la zona costera del estado confluyen diversidad de elementos naturales (Parque Nacional
Mochima, Península de Paria) y culturales que asociados al recurso playa, constituyen un gran
potencial de valores paisajísticos y recreacionales que potencian el turismo.
TRUJILLO
El estado Trujillo posee 35 Km de línea de costa y una superficie terrestre de 137 Km2 de zonas
costeras. Este estado, junto a Zulia y Mérida, constituyen el Sistema Lago de Maracaibo, y se
encuentra conformado principalmente por planicies inundables.
Es sede del Puerto de La Ceiba, el cual representa la principal vía de conexión marítima con
Los Andes venezolanos, sirviendo al transporte y comercialización del carbón proveniente de
Lobatera, estado Táchira. Asimismo, la región apoya las actividades agrícolas, pesqueras y
petroleras del occidente del país.
VARGAS
El estado Vargas posee 141 Km de línea de costa y una superficie de 2.183 Km2 de zonas
costeras. Este estado por su cercanía a la ciudad de Caracas, representa la principal oferta
turística de la región Centro Norte Costera del país cuyo principal atractivo es un sistema de
playas artificiales, el cual es mantenido por los aportes sedimentarios provenientes de la
cordillera de la costa.
En este estado se desarrollan diversas actividades económicas, que van desde la pesca,
transporte marítimo y aéreo, con la presencia del principal puerto de cruceros y aeropuerto
internacional del país; así como el Puerto de La Guaira, que representa el segundo puerto en
manejo de carga en Venezuela, al movilizar alrededor 300.000 TEUS anuales (Unidad
Equivalente a Veinte Pies, por sus siglas en inglés), y que actualmente se encuentra en proceso
de ampliación y modernización, lo cual incrementará su capacidad en 600.000 TEUS
adicionales por año.
La gestión integrada de las zonas costeras del estado Vargas se orienta esencialmente a la
protección y recuperación de las playas, para enfrentar la amenaza ante eventos
meteorológicos extremos, así como a recuperar la naturalidad de estos espacios altamente
urbanizados. Cabe destacar que este estado es pionero en la formulación de un instrumento
técnico - jurídico denominado “Ordenanza de Zonificación y Reglamentación de Usos de las
playas Bahía de los Niños y Playa Coral A-B”, destinado a definir directrices y lineamientos para
la ordenación y administración de este espacio.
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YARACUY
Con menos de 500 metros de longitud de línea de costa, constituida por la desembocadura del
Río Yaracuy al Mar Caribe, la zona costera del estado Yaracuy abarca una superficie de 26
Km2, la cual ofrece oportunidades para el desarrollo turístico y la ganadería de ceba y para
leche.
En este espacio, el estado comparte con los estados Carabobo y Falcón, un sistema de
humedales, el cual posee una propuesta de declaratoria de Reserva de Fauna Silvestre
Ciénaga del Bajo Yaracuy.
ZULIA
La zonas costeras del estado Zulia posee 884 kilómetros lineales de costa que incluye el
contorno del Lago de Maracaibo y el Golfo de Venezuela, así como 6.954 Km2 de superficie
terrestre, lo que representa el 12% del total nacional. En las zonas costeras del estado se
emplazan 130 asentamientos indígenas. Cabe destacar que Maracaibo representa la ciudad
costera con mayor población.
En el marco de la gestión integrada, actualmente está en proceso la cesión del terreno
destinado a la construcción de la Estación Principal del Comando de Guardacostas TN Pedro
Lucas Urribarrí, en espacios ganados al Lago de Maracaibo y que son propiedad del Ministerio
del Poder Popular para el Ambiente. Asimismo, cabe destacar, los avances en la formulación y
consulta del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Zona de Seguridad Fronteriza
del estado Zulia.
Al ser el principal polo de explotación de hidrocarburos del occidente de la República, la
construcción del Segundo Cruce del Lago de Maracaibo, Puente Nigale, permite disminuir, de
manera estratégica, la vulnerabilidad presente al existir una sola vía de interconexión
translacustre, que en caso de accidentes, pueda interferir con la conexión entre las dos costas
del Lago.
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BIBLIOGRAFÍA
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Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de Venezuela
Resumen Ejecutivo
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ÍNDICE
RESUMEN..................................................................................................................... vii
CONTEXTO GENERAL .................................................................................................. 9
ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS ................... 18
PLAN DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS
(POGIZC) DE VENEZUELA .......................................................................................... 23
PREMISAS DEL PLAN ..................................................................................................................... 23
OBJETIVOS DEL PLAN Y SU VINCULACIÓN CON LOS PDESN ............................................................. 24
PRINCIPIOS DEL PLAN ................................................................................................................... 27
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO DE DECRETO ............................................................................. 27
DEFINICIONES CLAVES .................................................................................................................. 29
POLÍTICAS NACIONALES DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LAS ZONAS COSTERAS .............................................................................................................. 30
DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS COSTERAS DE VENEZUELA............................................................... 32
ORDENACIÓN DE LAS ZONAS COSTERAS ........................................................................................ 33
PROGRAMAS, SUBPROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA GESTIÓN INTEGRADA
DE LAS ZONAS COSTERAS .............................................................................................................. 42
DATOS CLAVES A NIVEL DE LOS ESTADOS COSTEROS ...................................... 43
ANZOÁTEGUI ................................................................................................................................ 43
ARAGUA ....................................................................................................................................... 43
CARABOBO ................................................................................................................................... 43
DELTA AMACURO ......................................................................................................................... 44
DEPENDENCIAS FEDERALES ........................................................................................................... 44
FALCÓN ........................................................................................................................................ 45
MÉRIDA........................................................................................................................................ 45
MIRANDA ..................................................................................................................................... 45
MONAGAS.................................................................................................................................... 46
NUEVA ESPARTA........................................................................................................................... 46
SUCRE .......................................................................................................................................... 46
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Resumen Ejecutivo
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TRUJILLO ...................................................................................................................................... 47
VARGAS ....................................................................................................................................... 47
YARACUY...................................................................................................................................... 48
ZULIA ........................................................................................................................................... 48
BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................. 49
ÍNDICE .......................................................................................................................... 50
ÍNDICE DE FIGURAS ................................................................................................... 52
ÍNDICE DE TABLAS ..................................................................................................... 53
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Resumen Ejecutivo
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ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1. Península de Araya, Estado Sucre ................................................................. 10
Figura 2. Delimitación de las Zonas Costeras de la República Bolivariana de
Venezuela...................................................................................................................... 11
Figura 3. Áreas Bajo Régimen de Administración Especial Existentes, Propuestas de
Ampliación y Creación en las Zonas Costeras .............................................................. 13
Figura 4. Población de las zonas costeras de Venezuela ............................................. 14
Figura 5. Principales áreas pesqueras marítimas de Venezuela ................................... 14
Figura 6. Actividad de hidrocarburos costa afuera ........................................................ 15
Figura 7. Principales Dependencias Federales de Venezuela ...................................... 16
Figura 8. Esquema de las zonas costeras venezolanas ................................................ 19
Figura 9. Visión de la Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras............. 20
Figura 10. Estructura y organización de la Dirección Técnica de las Zonas Costeras,
adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente ............................................ 22
Figura 11. Estructura del Proyecto de Decreto del POGIZC de Venezuela .................. 29
Figura 12. Criterios delimitativos y descriptivos empleados para definir las Unidades
Costeras (UC) en el POGIZC de Venezuela ................................................................. 34
Figura 13. Número de Unidades Costeras establecidas en el POGIZC de Venezuela . 35
Figura 14. Superficie de las Unidades Costeras establecidas en el POGIZC de
Venezuela...................................................................................................................... 35
Figura 15. Unidades Costeras establecidas en el POGIZC de Venezuela .................... 36
Figura 16. Amenazas presentes en las zonas costeras de Venezuela ......................... 39
Figura 17. Principales amenazas presentes en las zonas costeras de Venezuela ....... 40
Figura 18. Vulnerabilidad en las zonas costeras de Venezuela .................................... 41
Figura 19. Estimación de la pérdida de superficie asociada al incremento en el nivel
medio del mar de 0,517 metros en Venezuela .............................................................. 41
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ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Longitud de la línea de costa de la República Bolivariana de Venezuela .......... 9
Tabla 2. Superficie que ocupa las zonas costeras con respecto a la República
Bolivariana de Venezuela .............................................................................................. 10
Tabla 3. Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) de Venezuela y
en su Zona Costera, según Categorías Genéricas y Específicas, y la existencia de
Planes de Ordenamiento y Reglamentos de Uso (PORU) ............................................ 12
Tabla 4. Delimitaciones efectuadas y pendientes con varios Estados .......................... 17
Tabla 5. Política Nacional de Conservación y Desarrollo Sustentable de las Zonas
Costeras y su vinculación con elementos claves del POGIZC de Venezuela ............... 31
Tabla 6. Superficie de los espacios terrestres y acuáticos de las zonas costeras de
Venezuela...................................................................................................................... 33
Tabla 7. Unidades Costeras establecidas en el Proyecto de Decreto del POGIZC de
Venezuela...................................................................................................................... 35
Tabla 8. Programas, Subprogramas y Actividades para la Gestión Integrada de las
Zonas Costeras ............................................................................................................. 42
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