Código de Conducta y Ética Comercial de Fluor

Transcripción

Código de Conducta y Ética Comercial de Fluor
Código de Conducta y Ética
Comercial de Fluor
Hacer lo Correcto
Consejos:
Ninguna persona o documento le puede decir qué es correcto o incorrecto
en cada situación de negocios. Si tiene cualquier duda, pregúntese:
•
¿Es esto legal? ¿He verificado esto con el experto en el tema de la
compañía? (Ver la lista de Expertos de Fluor en la página 29.)
•
¿Entra en conflicto con alguno de los valores básicos de Fluor:
seguridad, integridad, trabajo en equipo o excelencia?
•
¿Estoy involucrando a las personas correctas?
•
¿Cómo me sentiría si le contara a mi familia o hijos sobre mi decisión?
•
Si elijo actuar en esta situación, ¿mi decisión sería justa?
•
¿Cómo me sentiría si leyera sobre mi decisión en los diarios o si tuviera
que explicar mi decisión a un juez o jurado?
Y recuerde:
•
Si sabe que es incorrecto, no lo haga.
•
En caso de duda, PREGUNTE.
•
Pregunte hasta obtener una respuesta.
•
No ignore lo que usted considera una conducta ilegal o poco ética.
•
Dé el ejemplo a los demás.
•
Asuma la responsabilidad de HACER LO CORRECTO. Para los
gerentes, esto incluye contar con políticas, procedimientos y ambientes
adecuados y necesarios para HACER LO CORRECTO.
i
Carta del Director Ejecutivo
Estimados Empleados:
Nuestros empleados siempre han entregado buenos resultados y han
tenido un comportamiento ético. Este nuevo Código de Conducta y Ética
Comercial refleja nuestra continua y absoluta determinación de hacer lo
correcto, reconociendo que este es un enorme desafío en el complejo
ambiente comercial de hoy. Tenemos muchas líneas de negocios diferentes,
una fuerza laboral diversa y proyectos en todo el mundo. Nuestros clientes,
proveedores y socios son pequeños y grandes, son del sector privado y
gubernamental, nacionales e internacionales. Esta diversidad crea muchos
desafíos mientras llevamos a cabo nuestro firme compromiso de dirigir
nuestro negocio de manera responsable, ética y legal.
Este Código sirve como un recurso para todos los empleados. No puede
responder todas las preguntas respecto a una conducta comercial correcta,
pero al menos debiera apuntar hacia la dirección correcta. Nunca se
desorientará si recuerda y sigue los valores básicos de Fluor:
•
Seguridad: “El bienestar de nuestro personal, empleados, clientes y de
la comunidad que en que trabajamos y vivimos es algo sagrado.”
•
Integridad: “Vivimos de acuerdo con los más estrictos estándares
éticos.”
•
Trabajo en equipo: “Respetamos los puntos de vista de cada uno y
compartimos los conocimientos y recursos para lograr la excelencia,
proporcionar valores y para crecer individual y colectivamente.”
•
Excelencia: “Entregamos servicios de calidad y valor inigualable,
elevando así la barra por la cual medimos nuestros desempeño.”
Los estándares establecidos en este Código no son nuevos. El Código
resume, aclara y a veces actualiza nuestros estándares existentes respecto
de la conducta de nuestros empleados de modo que todos podamos actuar
de manera coherente en el marco de nuestra visión y valores.
Si bien operamos en diferentes países y entornos, siempre debemos
establecer y trabajar dentro de nuestros más altos estándares. Se debe
seguir este Código de Conducta. Cada vez que tenga duda respecto al
curso de acción correcto a seguir, busque la orientación de un supervisor,
gerencia, Recursos Humanos, un experto en el tema de Fluor o llame a la
Línea Directa de Cumplimiento y Ética. Nuestro éxito depende de ello.
Atentamente,
Alan Boeckmann
Presidente y Director Ejecutivo
Fluor Corporation
ii
Tabla de Contenidos
Acerca del Código . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
¿Por qué tenemos un Código de Conducta y Ética Comercial? . . . . . . . . . . . 1
¿A quién se aplica el Código? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
¿De qué soy responsable de acuerdo con el Código? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
¿De qué son responsables los Gerentes según el Código? . . . . . . . . . . . . . . 1
¿Qué es el Código y existen otros recursos aparte del Código? . . . . . . . . . . 2
Actualizaciones y Revisiones del Código . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
¿Qué sucede cuando las leyes son diferentes en otros países? . . . . . . . . . . 2
Cómo obtener Ayuda e Informar Posibles Problemas . . . . . . . . . . . . . . . 3
¿A quién debo contactar con una pregunta o consulta relacionada
con el Código? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
¿Qué sucede cuando llamo a la Línea Directa de Cumplimiento y
Ética de Fluor? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
¿Qué sucede si toman represalias en mi contra por usar la Línea
Directa de Cumplimiento y Ética o informar un problema de
otro modo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Consecuencias de violar el Código y de No Informar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
Protección de la Salud, Seguridad y Medio Ambiente (HSE) . . . . . . . . . 6
Nuestro compromiso con la Seguridad y Prevención de Riesgos . . . . . . . . . 6
Estándares Mundiales y Políticas Locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Proteger el Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Drogas y Alcohol en el Lugar de Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Armas y Violencia en el Lugar de Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
Trato Justo de los Empleados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Prácticas Justas de Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Acoso en el Lugar de Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Protección de Información Confidencial de Empleados . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Verificación de Antecedentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
Controles Financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Divulgación exacta, completa y justa de Información . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Presión por Cumplir las Cifras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Análisis de Información y Resultados Financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Transacciones Comerciales con Información Privilegiada . . . . . . . . . . . . . . 11
¿Cuándo puedo realizar transacciones comerciales? . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
Conflictos de Interés, Regalos, Atenciones Sociales y
Cortesías de Negocios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Conflictos de Interés . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Regalos, Atenciones Sociales y Cortesías de Negocios . . . . . . . . . . . . . . . 14
iii
Negocios a Nivel Mundial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
Tolerancia Cero contra el Soborno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
¿Qué es un soborno? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
Uso de Agentes, Consultores, Representantes y Terceros . . . . . . . . . . . . . 16
Facilitación o Agilización de Pagos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17
Controles de Exportaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Sanciones Comerciales y Boicots . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Trabajo Infantil y Trabajos Forzados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
Protección de los Activos de la Compañía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Activos de Información de Fluor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Información de Empleadores Anteriores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Uso Personal de Activos de la Compañía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Patentes, Derechos de Autor y Marcas Registradas . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Manejo de Documentos y Registros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Seguridad de Computadores y Datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Competencia Leal en el Mercado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Competencia Leal y Abierta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Información sobre Competidores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Competidores Descalificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Socios en Negocios Conjuntos que también son Competidores . . . . . . . . . 25
Lobbying y Actividad Política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Actividad Política Corporativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Comité de Acción Política (PAC) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Actividad Política Personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Lobbying . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Índice de Temas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
Línea Directa de Cumplimiento y Ética . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
Expertos de la Compañía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
iv
Acerca del Código
¿Por qué tenemos un Código de Conducta y Ética
Comercial?
El éxito de Fluor depende de nuestra reputación, desempeño y cómo
tratamos a los demás—empleados, clientes, competidores, gobiernos y
comunidades. Si bien las prácticas y costumbres comerciales varían según
la cultura y geografía, la gerencia de Fluor ha establecido los estándares de
acuerdo con los cuales debemos actuar, en cualquier parte del mundo y en
todo momento, con el fin de tener éxito en nuestro negocio.
Este Código es el núcleo de la orientación de Fluor para una conducta
comercial ética y se deriva de y sustenta otras políticas y procedimientos de
la compañía—todos los cuales ayudan a asegurar una conducta comercial
correcta.
¿A quién se aplica el Código?
Todos los empleados y ejecutivos de Fluor y sus subsidiarias a nivel
mundial deben cumplir los estándares establecidos en este Código. Fluor
debe seleccionar sólo subcontratistas, trabajadores, consultores, agentes,
proveedores y otros proveedores de servicios de terceros que actúan de
manera coherente con los estándares incluidos en este Código.
¿De qué soy responsable de acuerdo con el Código?
Como empleado de Fluor o de una de sus subsidiarias, deberá:
•
Comprender y seguir las leyes y reglamentos que se aplican a su trabajo
•
Leer, comprender y seguir este Código
•
Buscar orientación de su supervisor u otro recurso de Fluor si no tiene
certeza sobre la manera correcta de actuar en representación de la
compañía
•
Participar en cualquier capacitación relacionada con cumplimiento
ofrecido por la compañía
•
Informar cualquier sospecha de violación a las leyes o Código a su
supervisor, a Recursos Humanos o a la Línea Directa de Cumplimiento y
Ética
¿De qué son responsables los Gerentes según el Código?
Como gerente, tiene responsabilidades adicionales relacionadas con
el Código y el programa de Cumplimiento y Ética de Fluor. Primero, se
debe dar el ejemplo “practicando lo que se predica”—no sólo “predicar
por predicar”—y vivir de acuerdo con los estándares del Código. También
debe monitorear a quienes supervisa y exigirles que comprendan los
estándares del Código y que cuenten con los conocimientos, habilidades y
recursos para regirse por estos estándares. Apoye a quienes plantean una
preocupación o informan un posible problema y nunca tome represalias
contra alguien por hacerlo de buena fe, incluso si significa que se “salieron
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
de su línea de mando.” En resumen, como gerente, primero debe:
Crear y apoyar una cultura de cumplimiento e integridad; monitorear a
quienes supervisa para asegurarse si están siguiendo el Código
•
Para quienes uno supervisa, proporcionarles las herramientas y la
capacitación necesaria para seguir el Código
•
Apoyar a quienes han informado de buena fe y NUNCA tomar represalias
Código de Conducta
•
¿Qué es el Código y Existen Otros Recursos Aparte del
Código?
El Código es el núcleo del compromiso de Fluor de dirigir nuestro negocio
—en todos los lugares donde operamos—de manera legal y de acuerdo
con altos estándares. Este es un recurso o herramienta que se debe usar
cuando uno requiere información u orientación antes de tomar una decisión.
Es imposible que el Código cubra todas las situaciones o temas, pero
confiamos en que si lo lee, comprende y sigue, sabrá hacer las preguntas
correctas, consultar a los expertos adecuados y seguir el camino directo
para tomar su decisión. Además, políticas y procedimientos más detallados
sobre muchos temas cubiertos en este Código (muchos de los cuales se
encuentran en las políticas de Recursos Humanos) están disponible en la
Intranet de Fluor en http://hr.fdnet.com o con su gerente local de Recursos
Humanos.
Actualizaciones y Revisiones del Código
Este Código puede ser actualizado o enmendado de tiempo en tiempo para
que refleje los cambios en las leyes y políticas y prácticas de la compañía.
La versión más actual y fehaciente del Código se encuentra siempre
disponible en www.fdnet.com.
¿Qué Sucede Cuando las Leyes son Diferentes en Otros
Países?
Nosotros hacemos negocios en todas las regiones del mundo, muchas de
las cuales tienen leyes, reglamentos y prácticas comerciales diferentes a
las de los Estados Unidos. Como Fluor Corporation es una compañía con
sede en los Estados Unidos cuyas acciones son transadas en la Bolsa de
Comercio de Nueva York, muchas leyes estadounidenses se aplican fuera
de las fronteras americanas, muchas de las cuales difieren o son contrarias
a las leyes de otros países donde hacemos negocios. Nuestras políticas
y procedimientos basados en el país están diseñadas para apoyar las
leyes locales. Sin embargo, pueden surgir situaciones donde las leyes que
no son de los Estados Unidos, leyes de los EE.UU. o nuestras políticas
y procedimientos estén en conflicto. Si cree que este es el caso, debe
contactarse con su gerente de departamento o con el Grupo de Servicios
Legales.
Hemos establecido estándares mundiales para estar seguros que se apoyan
los valores de Fluor independientemente de dónde hagamos negocios
y que dirigimos el negocio de manera justa y honesta. Estos estándares
mundiales (por ejemplo, este Código, las políticas de Recursos Humanos,
los estándares de Salud, Seguridad y Medio Ambiente (HSE)) ayudan a
establecer las políticas y procedimientos específicos de la compañía local.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Cómo Obtener Ayuda e
Informar Posibles Problemas
¿A quién debo contactar con una pregunta o consulta
relacionada con el Código?
Normalmente debe proceder tal como en cualquier otra situación, tomando
primero en cuenta los pasos que podría tomar para tratar de solucionar la
situación. De ser posible, puede analizar la pregunta o consulta directamente
con la persona involucrada. Luego intente contactar a su supervisor
directo. Sin embargo, si la respuesta del supervisor no es adecuada o no
es satisfactoria o si es incómodo o inadecuado hablar con su supervisor,
existen otras opciones:
•
El gerente local de Recursos Humanos
•
El supervisor de su supervisor (y siga avanzando en la línea de mando
según se requiera)
•
Un experto de Fluor (ver la lista en la página 30)
•
La Línea Directa de Cumplimiento y Ética de Fluor (ver la información de
contacto en la página 30).
Es posible que surjan y de hecho surgen situaciones en que no es fácil
obtener una respuesta o donde es necesario informar una preocupación
sobre una posible conducta incorrecta y poco ética. Fluor está comprometida
con hacer las cosas bien y lo protegerá contra represalias si se informa de
buena fe una posible conducta ilegal o poco ética.
Seguridad
Corporativa
Recursos
Humanos
local
Algo me
preocupa
Analice con
la(s)
persona(s)
involucrada(s)
O
trabaje
con
O
contacte
la Linea
Directa
Su
Gerente
SU
Supervisor
Recursos
Humanos
Mi consulta
no se ha
resuelto
O
contacte
la Linea
Directa
Si en cualquier momento un
empleado considera que no se está
tomando la acción adecuada o se siente
más cómodo conversando el tema con
otra persona, llame a:
Línea Directa de Cumplimiento y Ética de Fluor
1.800.223.1544
O de afuera de los Estados Unidos,
llame con cobro revertido
1.704.556.7046
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Servicio
Legales
Auditoría
Interna
Salud,
Seguridad y
Medio
Ambiente
Cumplimiento
Corporativo
¿Qué sucede cuando llamo a la Línea Directa de
Cumplimiento y Ética de Fluor?
La Línea Directa de Cumplimiento y Ética de Fluor está disponible las 24
horas al día, 7 días por semana. Cuenta con traductores para hablar en más
de 150 idiomas. Como en la mayoría de las compañías, usamos un centro
de llamado de terceros para responder estas llamadas y la información
entregada es transcrita. Cuando llama a la línea directa:
•
La operadora le pedirá su nombre e información de contacto.
–
No es obligatorio identificarse—no se usa identificador de llamadas y no
se hará ningún intento por rastrear su llamada.
–
Sin embargo, las investigaciones por lo general tienen mayor éxito
cuando la persona que hace la llamada se identifica.
•
El operador solicitará información detallada sobre su pregunta o consulta.
•
Se le entregará un número de registro.
•
Se le pedirá que llame devuelta en un par de semanas (o si la persona se
identifica, un investigador lo llamará para hacerle unas preguntas) para
entregar más información que pudiera ser necesaria para investigar a
fondo el tema informado.
Cómo obtener Ayuda e Informar
Posibles Problemas
Mientras más información proporcione, más fácil será para la compañía
investigar o contestar adecuadamente. Sin embargo, muchas personas que
llaman tienen cierta reticencia de que al entregar información detallada,
la compañía o supervisor del empleado pueda descubrir quien hizo la
llamada a la Línea Directa de Cumplimiento y Ética y se apliquen represalias
contra quien hizo el llamado. Fluor está comprometida con mantener
la confidencialidad al más alto nivel posible con el fin de proteger a los
empleados y divulgar información sólo en base a una necesidad imperiosa.
No se permitirá ningún tipo de represalia contra un empleado por plantear de
buena fe una preocupación, incluso si después resultase sin fundamento.
Los encargados de Seguridad y Cumplimiento Corporativo deberán recibir
un informe para determinar los pasos a seguir con el fin de responder la
consulta de quien llamó o investigar el tema. La información de la llamada
se deberá compartir sólo con los empleados y personas que tengan una
necesidad legítima para ello.
Centro de
Llamado
recibe
llamado.
Se
entrevista
a quien
llama.
El Centro
Los
de Llamado
Es asignado resultados
Detalles de
contacta a
son
al
departaSeguridad y
quien llamó
informados
mento
Cumplio, si es
a Seguridad
adecuado
miento
anonima,
y
CumpliCorporativo. de investigmiento de la quien llamó
ación.
podria volver
Compañia.
a llamar.
CASO
CERRADO
¿Qué sucede si toman represalias en mi contra por usar
la Línea Directa de Cumplimiento y Ética o informar un
problema de otro modo?
Fluor no tolerará ninguna represalia directa o indirecta contra un empleado
por informar de buena fe un posible problema, incluso si éste resulta
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
infundado. Si sospecha que se están tomando represalias en su contra,
contáctese con Recursos Humanos o con la Línea Directa de Cumplimiento
y Ética. Toda represalia contra alguien que informe de buena fe un problema
está sujeta a sanciones oportunas y firmes contra el represor, pudiendo
incluso llegar al término de contrato.
Consecuencias de Violar el Código y no Informar
Cualquier violación al Código de Conducta puede terminar en una medida
disciplinaria, llegando incluso al término de contrato. En casos adecuados,
la compañía también puede referir la conducta incorrecta a las autoridades
correspondientes para su procesamiento y puede pretender recuperar
cualquier daño contra el infractor.
Cada empleado tiene la obligación de informar graves violaciones a
este Código a su supervisor, Recursos Humanos o a la Línea Directa de
Cumplimiento y Ética, incluso si no están de modo alguno involucrados en
la violación misma. El no informar una violación grave puede resultar en
una medida disciplinaria. Los gerentes tienen la responsabilidad de hacer
un seguimiento cuando existan sospechas de una potencial conducta
incorrecta. No se acepta hacer la vista gorda. Todos tenemos la obligación
de velar porque Fluor apoye la ley y los estándares descritos en este Código.
Los siguientes ejemplos de conducta pueden terminar en una medida
disciplinaria:
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
•
Violar el Código u otra política de la compañía
•
Solicitar a otros (empleados o terceros) que violen el Código u otras
políticas de la compañía
•
No cooperar en la investigación de la compañía relacionada con posibles
violaciones al Código u otras políticas de la compañía
•
Tomar represalias contra un empleado o tercero por informar de buena fe
una posible violación al Código u otra política
•
No proveer el liderazgo necesario y no asumir la responsabilidad por el
cumplimiento de las leyes aplicables y políticas de la compañía por parte
de los empleados
•
No informar oportunamente cualquier sospecha de violación grave a
Fluor
Protección de la Salud,
Seguridad y Medio Ambiente
(HSE)
Nuestro Compromiso con la Seguridad y Prevención
de Riesgos
Todos quienes trabajan para o con Fluor o cualquiera de sus subsidiarias
saben que la seguridad es nuestra primera prioridad. Creemos que ofrecer
un entorno laboral seguro nos da una ventaja competitiva—al atraer a
los mejores postulantes, retener nuestra valiosa fuerza laboral y ganar y
mantener clientes. La reputación de Fluor depende de un continuo y sólido
registro de seguridad.
Cada empleado es responsable de seguir las políticas y reglamentos de
seguridad y prevención de riesgos y de hacer el lugar de trabajo un lugar
seguro para todos. Las violaciones a las políticas de seguridad siempre
deben ser informadas a su Gerente de HSE. El no informar correctamente
una violación de seguridad o pedirle a otro empleado que no informe es una
violación a este Código y puede terminar en una medida disciplinaria según
corresponda y se permita conforme a las leyes locales.
Estándares Mundiales y Políticas Locales
Los reglamentos de seguridad varían en los diferentes estados y países.
Fluor ha establecido estándares mundiales para promover la seguridad,
que a su vez se usan para crear políticas y procedimientos de seguridad
local que sean coherentes tanto con los reglamentos locales como con
el enfoque mundial de Fluor. Fluor ha detallado políticas de seguridad en
todos los lugares y obras de proyectos, las que varían dependiendo de los
requisitos del trabajo y reglamentos locales. Es responsabilidad de cada uno
y todos los empleados saber y seguir las políticas de seguridad locales. Los
gerentes deben exigir a los ejecutivos, subcontratistas y clientes que tengan
políticas y prácticas de seguridad al menos tan exigentes como las de Fluor.
Fluor debe seguir las leyes y reglamentos medioambientales locales en
cada uno de sus lugares de trabajo. También debemos proveer diseños y
planificaciones de proyectos a nuestros clientes que no estén en conflicto
con las leyes medioambientales locales.
Drogas y Alcohol en el Lugar de Trabajo
Muchos empleados trabajan donde el uso o posesión de alcohol o drogas,
o presentarse a trabajar bajo la influencia del alcohol o drogas, podría
comprometer su propia seguridad y la de otros empleados. Por ejemplo,
si un empleado en una obra de construcción opera maquinarias pesadas
mientras usa analgésicos (incluso si el medicamento fuera legalmente
prescrito), esto podría interferir con su capacidad para usar la maquinaria de
manera segura. Tenemos políticas específicas que describen normas sobre
el uso de drogas y alcohol en el lugar de trabajo.
R: Si bien todos quieren
obtener un bono, el no
informar una lesión en el lugar
de trabajo es una violación
grave a los estándares de
Fluor. Tanto usted como su
colega lesionado pueden
ser sujetos a una medida
disciplinaria por no informar la
lesión. El no informar significa
que no podemos corregir un
potencial riesgo de seguridad.
Queremos que los empleados
ganen bonos de seguridad
por un entorno de trabajo
realmente seguro, no por que
no se informan las lesiones.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Protección de la Salud, Seguridad y
Medio Ambiente (HSE)
Protección del Medio Ambiente
P: Mi equipo obtiene un bono
mensual y anual si cumplimos
o excedemos nuestras metas
de seguridad. Uno de mis
colegas se cortó un dedo en
el trabajo y necesitó puntos.
El no quiere informar la
lesión como una lesión en
el lugar de trabajo porque
afectará nuestras metas y
bonos. ¿Qué debo hacer – yo
también quiero obtener el
bono?
El uso de drogas ilegales no está permitido en ninguna instalación o
proyecto de Fluor en ningún momento.
P: En un proyecto de
mantenimiento que administro,
entramos en contacto con
asbestos que debe ser
retirado. Nuestro contrato
especifica que el cliente es
responsable de manejar y
retirar cualquier sustancia
tóxica como asbestos, pero
me preocupa que nuestro
programa y presupuesto
se vean perjudicados si
esperamos que el cliente se
haga cargo de esto. Sería
más efectivo para nosotros si
un empleado de Fluor retirara
el asbestos usando el equipo
de seguridad adecuado. ¿Es
aceptable esto?
Sólo se podrá servir alcohol en funciones de la compañía (como un picnic
o fiesta de la compañía) de acuerdo con las prácticas locales de su oficina,
incluidas las autorizaciones necesarias, o como parte de rutinas comerciales
comunes (tales como una cena de negocios en un restaurante con gerentes
de Fluor y clientes).
Armas y Violencia en el Lugar de Trabajo
Las armas personales, tales como pistolas y herramientas que pudieran
usarse para dañar a otra persona, no deben ser ingresadas al lugar de
trabajo. La violencia, amenazas de violencia, acoso, comentarios o gestos
amenazadores u otra conducta perturbadora en el lugar de trabajo son
inaceptables.
R: No. Está claro que no
debe retirar la sustancia
tóxica incluso si tiene un
impacto negativo en el
presupuesto o plazo de
un proyecto. Debido a los
riesgos legales y los costos
relacionados con el manejo de
contaminantes ambientales,
Fluor ha tomado la decisión
estratégica de exigir a los
clientes que manejen este
tipo de temas ambientales.
Incluso si el cliente lo presiona
para “simplemente hacer el
trabajo”, no lo haga. Los
costos relacionados con la
responsabilidad ambiental
pueden ser enormes y,
por lo general, no están
contemplados o estimados en
los contratos de Fluor.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Trato Justo de los Empleados
Las leyes en muchos países que promueven el trato justo de
los trabajadores—en especial de mujeres y minorías—varían
considerablemente. Debido a esto, Fluor ha establecido estándares globales
para que los empleados en todo el mundo sean tratados con respeto y
justicia.
Las decisiones de empleo—tales como contratación, promoción, pago,
término, oportunidades de capacitación y asignaciones de trabajo—
deben tomarse en base a las calificaciones, experiencia, competencia y
desempeño, y no por las características protegidas de una persona, las que
pueden incluir:
•
Género
•
Estado Civil
•
Raza
•
Embarazo
•
Color
•
Edad
•
Religión
•
Discapacidad
•
Nacionalidad
•
• Estado de Veterano
Otras características protegidas por ley (por ejemplo, afiliaciones,
asociaciones, creencias y orientación sexual)
Acoso en el Lugar de Trabajo
Los empleados deben trabajar en un ambiente profesional y seguro, donde
el mérito y la competencia son vitales y se promueva la diversidad y la
confianza. Buscamos crear un ambiente laboral libre de acoso por colegas,
supervisores, proveedores de bienes y servicios, contratistas y clientes.
El acoso en el lugar de trabajo puede ocurrir de diferentes modos, incluso
en forma verbal, física o visual. Todas las formas de acoso comparten un
rasgo común—la conducta puede crear un ambiente intimidante, ofensivo o
degradante.
Ejemplos de posible acoso sexual pueden incluir: insinuaciones indeseadas,
chistes sexuales inapropiados, comentarios en sentido sexual, contacto
físico, solicitudes de favores sexuales y comentarios inapropiados sobre la
apariencia.
Otros ejemplos de acoso incluyen: comentarios ofensivos, chistes o
imágenes relacionadas con la raza, religión, etnia, género o edad. Incluso
materiales y comentarios enviados en forma privada usando el correo
electrónico o buzón de voz de la compañía pueden ser considerados como
acoso.
Gestos, comentarios y comunicaciones ofensivas no tienen lugar en Fluor.
Protección de Información Confidencial de los Empleados
Para personal, remuneraciones y algunas operaciones rutinarias, Fluor
mantiene y usa información privada personal y vulnerable de los empleados
(como dirección de domicilio, educación, currículum, número de seguridad
social y datos salariales) para efectos comerciales legítimos. En el mundo
R: Fluor no discrimina contra
nadie en base a criterios
no relacionados con el
desempeño laboral – ese
es un estándar mundial que
no tranzaremos. Todos los
empleados en su país serán
tratados con respeto y serán
protegidos contra acoso y trato
injusto; el mismo principio se
aplica al género, personas de
diferentes religiones y todas las
categorías protegidas.
P: Trabajo en un proyecto
y nuestro cliente ha sido
excesivamente coqueto y ha
pedido ir a mi habitación de
hotel. No quiero enfadar ni
molestar al cliente por decirle
“no”, pero no sé qué hacer.
R: Siendo esta una situación
claramente complicada, debe
tener tacto para decirle al
cliente que no está cómoda con
sus aparentes insinuaciones
y que espera mantener
la relación únicamente
profesional. Si esto no
funciona, debe analizar el tema
con su supervisor y/o gerente
local de Recursos Humanos.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Trato Justo de los Empleados
Prácticas Justas de Empleo
P: Estoy trabajando en
un proyecto en un país en
desarrollo donde ciertos grupos
étnicos no son protegidos
por las leyes laborales
locales en lo que se refiere a
discriminación, acoso y trato
injusto. ¿Qué significa esto en
términos de cómo tratamos a
los empleados en este país?
hay muchas leyes sobre la privacidad de la información, las que regulan
el manejo de la misma. Sin embargo, también dependemos en que los
empleados respeten la privacidad de la información:
P: Soy amiga con un
hombre que trabaja en mi
departamento. A veces
compartimos chistes que
podrían ser considerados
ofensivos en mi oficina, pero
tenemos la precaución de
cerrar la puerta para que
nadie escuche. También
nos enviamos chistes por
correo electrónico. ¿Podría
considerarse esto una
conducta de acoso incluso
si es entre amigos y no
es compartido con nadie
ofendido?
R: Si bien la compañía no
intenta regular la conducta
privada de los empleados,
la situación que describe
tiene lugar en propiedad de
la compañía, en horario de
la compañía y en el sistema
de correo de la compañía.
Esta conducta no se ajusta
a nuestro lugar de trabajo, ni
siquiera en la privacidad de su
oficina.
•
Sólo accediendo y compartiendo datos confidenciales de empleados
–
Para efectos comerciales legítimos
–
Con las aprobaciones adecuadas y
–
En caso de ser necesario.
•
No repitiendo o analizando información con otra persona que no esté
autorizada para conocer dicha información
•
No solicitando o exigiendo información detallada sobre la salud de un
empleado, salvo que sea necesario
Verificación de Antecedentes
Tal como intentamos exigir que los empleados y subcontratistas que
contratamos sean competentes y profesionales, también debemos saber
que tengan buena reputación y sean honestos. Recursos Humanos
realiza regularmente verificaciones de antecedentes previas de los nuevos
contratados, según se considere necesario. Cualquiera involucrado en las
decisiones de compra y contratación de contratistas o consultores debe
verificar sus antecedentes según se describe en la Solicitud de Propuesta
(RFP) de Fluor y en las políticas de selección de licitantes.
P: Me dijeron que mirar
material pornográfico en
privado va contra la política
de la compañía. ¿Por qué le
importa a la compañía si nadie
más lo ve?
P: En mi departamento, hay empleados de todas las edades y yo
pertenezco al grupo de los mayores. Escuché a dos gerentes hablar
sobre cómo era necesario promover a personas “más jóvenes” porque
tienen más energía e ímpetu y porque no van a jubilar en mucho
tiempo. Me preocupa no ser considerado para promociones debido a
mi edad. ¿Qué debo hacer?
R: El ver material
sexualmente inapropiado
usando computadores de la
compañía o del cliente es un
uso inadecuado de tiempo
y recursos de la compañía
y por lo tanto terminará en
una medida disciplinaria.
El área de Informática de
Fluor monitorea de cerca los
sistemas computacionales
y puede detectar cuando un
empleado accede a material
inadecuado
R: Debe contactar a su supervisor o al gerente de Recursos Humanos
para que la compañía pueda realizar una investigación adecuada para
determinar si en la práctica se ha producido discriminación por edad y
no sólo en conversaciones. Fluor toma las decisiones de promociones
en base a las capacidades, conocimientos y habilidades de una
persona. La compañía no permitirá represalias por informar de buena
fe cualquier problema.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Controles Financieros
Divulgación Exacta, Completa y Justa
Fluor Corporation es una compañía cuyas acciones se cotizan en la bolsa
y nuestros resultados financieros no sólo deben cumplir con Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados (GAAP), sino además deben ser
exactos, completos, justos, oportunos y comprensibles.
Los gerentes deben asumir la
responsabilidad de destinar los
recursos y fiscalización adecuados para implementar y seguir como
corresponde los controles financieros de todos los proyectos, en todas
partes y en todo momento
R: Primero debe intentar
explicárselo al Gerente de
Proyecto para asegurarse
que entiende el problema. Si
esto no soluciona el problema,
debe subir en la cadena
de mando de su Grupo de
Negocios o Área Funcional
y/o llamar a la Línea de
Cumplimiento y Ética.
Presión por Cumplir las Cifras
Ningún empleado debe ser presionado para que altere datos financieros
u otros datos para “cumplir con las cifras,” facilite la cotización de los
valores, ayude a “la compañía,” ahorre trabajos o por cualquier otro
motivo no relacionado con los resultados financieros reales. Cualquier
gerente o empleado que presione o le solicite a otro empleado que altere
indebidamente los resultados financieros u otra información o que lo haga él
mismo, será sujeto a una medida disciplinaria, llegando incluso al término de
contrato.
Temor por Informar “Malas Noticias.” A veces los empleados se
preocupan por informar resultados financieros negativos a la gerencia y
pueden querer retrasarlo hasta el último minuto. Sin embargo, esta táctica
sólo empeorará el problema y reducirá las posibilidades de solucionarlo o
aminorarlo. En Fluor, toda información financiera, sea buena o mala, debe
ser informada con precisión y en forma oportuna.
Retener Utilidades para Períodos Futuros. El ahorrar para el
futuro es un rasgo conveniente en la vida y en los negocios. Los proyectos
10
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Controles Financieros
La precisión de nuestros resultados financieros depende de que todos y
cada uno de los empleados registren correctamente toda información como:
cargos de horas, órdenes de cambio, estimaciones de proyecto, ventas,
gastos, costos, facturas, nómina de
pago y datos reglamentarios. Como
empleado, debe verificar que los
datos financieros de los cuales es
Las señales de advertencia de que los
responsable sean exactos y completos.
resultados financieros no están exactos
incluyen:
Debido a que muchos proyectos
• Los resultados indicados no reflejan
duran meses o años, la compañía
el rendimiento real del negocio.
usa personal financiero/estimadores
• Las mejoras repentinas o
capacitados para determinar los
sorprendentes en el rendimiento de
ingresos y la rentabilidad que se puede
un período no pueden explicarse
reconocer para informar los resultados
fácilmente.
financieros. Estas estimaciones
• Los resultados a penas alcanzan una
dependen de la precisión de la
meta establecida que desencadena
información proporcionada por los
el pago de un incentivo para un
gerentes y personal del proyecto.
individuo o grupo.
P: Un Gerente de Proyecto
me solicitó que cambiara
el pronóstico financiero
del proyecto en base a
información incorrecta. No
parece haber una base
real para este aumento e
impactará las utilidades del
proyecto. ¿Qué debo hacer?
No quiero que me despidan o
que el Gerente del Proyecto
se enoje conmigo.
P: Un analista de mercado
me llamó hoy para preguntar
si era verdad el rumor de que
habíamos sido adjudicados
un importante proyecto al que
habíamos presentado una
propuesta. De hecho ganamos
el contrato, pero no se ha
anunciado públicamente. No
quiero mentirle o engañar al
analista. ¿Qué debo decir?
R: Sólo voceros de
los Departamentos de
Comunicaciones Corporativas
y de Relaciones con
Inversionistas (así como el
Presidente Ejecutivo, el Director
Ejecutivo de Finanzas y Director
Ejecutivo Jurídico) pueden
hablar sobre la situación
financiera de la compañía. La
política de Fluor es nunca hacer
comentarios de rumores del
mercado. Debería indicarle al
analista de manera muy cortés
que está prohibido hablar sobre
tales asuntos y proporcionarle
la información de contacto de
Comunicaciones Corporativas o
Relaciones con Inversionistas.
P: A veces sé los resultados
financieros antes que la
mayoría de los demás en
la compañía. Si superamos
nuestros pronósticos este
parecería ser el mejor momento
para comprar acciones de Fluor.
¿Es correcto?
R: Incorrecto. Si la información
no ha sido aún compartida
con el público y es lo
suficientemente importante
que haría cambiar a los
inversionistas su percepción
de la compañía, entonces no
debe comprar o vender. En
un cargo vulnerable como el
suyo, es aconsejable verificar
con el Grupo de Servicios
Legales para determinar el
momento seguro para invertir
en acciones.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
con mayor riesgo justifican tomar más precauciones. Sin embargo, Fluor
no tolerará que gerentes retengan de manera inadecuada las utilidades,
rentabilidades u otros imprevistos cuando un proyecto se está desarrollando
bien simplemente para protegerse contra posibles cifras negativas en el
futuro. Las reservas, imprevistos y rentabilidades deben ser analizados e
informados usando Prácticas de Contabilidad Generalmente Aceptadas,
políticas internas de contabilidad y la documentación de respaldo adecuada.
Análisis de Información y Resultados Financieros
Los empleados en muchos cargos, departamentos y rangos tienen
regularmente acceso a información sobre los resultados financieros de Fluor
y de otras compañías. Algunos ejemplos incluyen:
•
Márgenes de rentabilidad o ganancias
•
Proyecciones trimestrales y resultados de un proyecto o división en
particular
•
Obtención o pérdida de una licitación o licitaciones importantes
•
Incorporación en un negocio conjunto o acuerdos similares
•
Compra o venta de una compañía o grupo de negocios
•
Recepción o liquidación de un juicio significativo o acción gubernamental
Hay muchos otros ejemplos de información financiera importante a
la que tienen acceso los empleados y que no está disponible para el
público en general. Es importante que todos los empleados mantengan la
confidencialidad de esta información y no la discutan ni permitan que sea
escuchada por cualquiera dentro o fuera de la compañía, excepto cuando
sea necesario.
Consultas Externas. Los analistas de los medios de comunicación
y del mercado de valores a veces contactan a empleados para obtener
información sobre los resultados financieros, nuevas adjudicaciones,
clientes y una variedad de otros temas. Todas las consultas de los medios
de comunicación deben ser dirigidas de inmediato a los Departamentos de
Comunicación o de Relaciones con Inversionistas de Fluor Corporate.
Presentaciones Fuera de la Compañía. Con frecuencia nuestros
empleados hacen presentaciones a grupos externos como en conferencias
profesionales y seminarios de capacitación. Cualquier presentación
que contenga información financiera o procesos patentados debe ser
previamente aprobada por el Grupo de Servicios Legales.
Transacciones Comerciales con Información Privilegiada
Como empleados de Fluor o de una de sus subsidiarias, es probable
que demos con información confidencial sobre la compañía, nuestros
clientes o nuestros socios que podría influir en su decisión o en la de otra
persona para comprar o vender acciones en Fluor o en cualquiera de estas
otras compañías. El comprar o vender valores o asesorar a otros—como
amigos, familiares, colegas, corredores de valores, socios comerciales o
cualquiera—para que compren o vendan valores estando en conocimiento
de información material que no está disponible al público es considerado
“transacción comercial con información privilegiada” y es ilegal. El dar
“consejos” a otros es una violación común y grave a estas leyes.
La información privilegiada incluye cualquier información material
confidencial que no ha sido divulgada al público o en mercados públicos de
valores, tales como:
•
Información financiera o datos como ingresos o pronósticos
11
•
Ganar o perder un cliente nuevo o existente importante
•
Problemas de liquidez financiera
•
Cambios en la gerencia superior
•
Importantes o esperados desarrollos en litigios o investigación
gubernamental
•
Fusiones, adquisiciones o cesiones
•
Cambios en un auditor externo de la compañía o notificación de auditores
con respecto a estados financieros
•
Cambios de dividendos
Información “material” es información que un inversionista razonable
probablemente consideraría importante para tomar una decisión respecto a
la compra o venta de un valor. Incluso información sobre eventos o acciones
que no hay certeza que sucederán, como la firma posible de un contrato o
venta de una subsidiaria, puede considerarse material.
¿Cuándo puedo realizar transacciones comerciales?
Una vez que la información material es divulgada públicamente en el
mercado por medio de canales establecidos y el público ha tenido suficiente
tiempo para asimilar la información, una persona de adentro de la compañía
puede negociar valores de Fluor o de la compañía relacionada. La política
de Fluor permite negociar en y después del tercer día de divulgada la
información material.
Ejecutivos seleccionados de Fluor y otros empleados considerados personal
privilegiado de la compañía debido a su acceso regular a información
material privilegiada sólo pueden negociar durante “resquicios” específicos.
Estas personas son notificadas en términos que son sujetas a estos
requisitos y sólo pueden negociar con la aprobación previa del Director
Jurídico Ejecutivo.
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LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Conflictos de Interés,
Entretenciones y Gastos de
Representación
Conflictos de Interés
P: Quiero abrir un pequeño
negocio familiar en mi tiempo
libre. ¿Constituye esto un
conflicto de interés?
R: No necesariamente, pero
debe tener cuidado. ¿El
negocio interfiere con su
capacidad para hacer su
trabajo? ¿Crea algún interés
para usted que pudiera
interpretarse o se interpreta
como contrario a los intereses
de la compañía? Debería
hablar con su supervisor si
tiene cualquier consulta.
Un conflicto de interés se produce cuando los intereses personales o
financieros de un empleado tienen prioridad sobre los mejores intereses de
la compañía. Un ejemplo simple sería si un gerente de Fluor contrata a un
subcontratista de propiedad de su familia. La capacidad del gerente para
contratar de manera objetiva y justa y luego administrar a un subcontratista
de propiedad de su familia se vería comprometida o podría parecer
comprometida a los demás. Esto se llama conflicto de intereses y debe
divulgarse a la compañía.
Ejemplos de conflictos de interés incluyen:
•
Contratar o recomendar la contratación de un proveedor, subcontratista,
agente o consultor donde el empleado de Fluor tiene un pariente
contratado o tiene una participación substancial en la propiedad de la
entidad
•
Aceptar un regalo o favor de un proveedor, subcontratista, agente o
consultor que beneficia personalmente a un empleado de Fluor o a un
pariente cercano
•
Prestar servicios para o desempeñarse como director o consultor para
un competidor, proveedor, subcontratista o agente de Fluor mientras está
contratado en Fluor
•
Aprovechar una oportunidad de negocios en forma personal o un
pariente cercano que por derecho le pertenece a Fluor o a alguna de sus
subsidiarias o está en competencia con Fluor
•
Usar activos, contactos u otros recursos de la compañía para iniciar o
apoyar un negocio privado o una organización sin fines de lucro
P: Soy un ejecutivo de Fluor
y estoy en el directorio de
nuestro hospital comunitario
local. Fluor va a presentar
una propuesta del contrato
para construir una nueva ala
del hospital. ¿Constituye esto
un conflicto de interés?
•
Desempeñarse en un directorio o en otro cargo de asesoría para un
competidor, proveedor, contratista, agente o cliente de Fluor
•
Desempeñarse en un directorio, organización comunitaria sin fines de
lucro cuando la organización tiene negocios directos con Fluor
R: Crea el potencial —y la
apariencia de— un conflicto
y debe ser informado a la
compañía. La compañía
determinará si estará
involucrado en el proceso de
licitación por parte de Fluor
o el hospital. Si fuera así, la
compañía podría solicitarle
que se excuse del proceso
de licitación y propuesta del
hospital y/o Fluor.
Proveedores y Contratistas. Estas reglas sobre conflictos de interés
se aplican a las relaciones con cualquier proveedor, agente, contratista,
consultor o cliente de Fluor así como con cualquier persona u organización
que esté buscando activamente ganarle negocios a Fluor o cualquiera de
sus subsidiarias.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Los ejecutivos de Fluor deben obtener la aprobación del Director Jurídico
Ejecutivo antes de desempeñarse en cualquier directorio, incluso en
directorios sin fines de lucro y comunitarios.
Parientes Cercanos. Un pariente cercano es una persona que tiene
una relación estrecha de sangre, matrimonio, afinidad o anteriormente
relacionada por matrimonio. Esto incluye a cualquier persona dentro de
la siguiente relación con un empleado de Fluor: cónyuge, hijo(s), padre,
hermano(a) carnal, medio(a) hermano(a), abuelo(a), nieto(a), sobrino(a),
tío(a), suegro(a), cuñado(a), yerno, nuera, consuegro(a) o nieto(a) politico(a).
Un pariente cercano también incluye el socio local de un empleado o
13
el hijo(a) de un socio local, padres, hermanos(as) carnales, medio(a)
hermano(a), hermanastros(as), nieto(a) o padrastros.
Percepciones de Conflictos de Interés. Cuando otros empleados,
proveedores, los medios de comunicación, clientes, accionistas, el gobierno
y otros grupos e individuos perciben que Fluor, sus subsidiarias o un
empleado tienen un conflicto de interés que pone en duda la integridad de
nuestro negocio, puede ser tan dañino para nuestra reputación y negocio
como la existencia misma de un conflicto. Es importante evitar incluso la
sensación de un conflicto de interés.
Resolución de Conflictos de Interés. Muchos conflictos de
interés pueden ser resueltos de manera aceptable si son comunicados
anticipadamente a la compañía. Por ejemplo, un gerente puede ser excluido
de una decisión de compra o administración de un contrato que involucre a
un pariente cercano. Lo importante es informar a su supervisor, al Gerente
de Recursos Humanos o al Grupo de Servicios Legales sobre su posible
conflicto.
Conflictos de Interés Inaceptables. Los empleados tienen prohibido
comportarse de tal modo que cree un conflicto de interés. Por ejemplo, está
estrictamente prohibido usar su cargo en Fluor para beneficio personal.
Puede ser necesario que los empleados dejen de realizar la actividad que
produce el conflicto de interés o en algunas circunstancias, el empleado
puede ser despedido. Recuerde, debe divulgar cualquier conflicto de interés
antes de actuar para evitar ponerse en tal situación.
Regalos, Entretenciones y Gastos de Representación
Para ganar y mantener un negocio, entretener potenciales clientes, clientes
existentes y socios es parte de las prácticas de negocios aceptadas. Sin
embargo, los regalos, comidas y gastos de representación con clientes,
proveedores y socios deben ser razonables y no excesivos. Esto incluye
cuando Fluor entrega y recibe dichas atenciones. No debemos comprometer
o parecer como que comprometemos nuestra capacidad para tomar
decisiones de negocios objetivas y alcanzables. Si los demás creen que
se tomó una decisión de negocio debido a un regalo o atención y no sólo
en base al mérito y un sólido juicio comercial, nuestra reputación se verá
perjudicada.
Generalmente Aceptable. Las
atenciones de negocios comunes que
por lo general se aceptan y no requieren
de aprobación previa incluyen: cenas
ocasionales con asociados comerciales
externos, asistir ocasionalmente a
eventos deportivos y otros eventos
culturales con socios comerciales,
aceptar ocasionalmente regalos
14
R: Probablemente no. Un
descuento de proveedor sólo
es aceptable si está disponible
para todos los empleados de
Fluor. Si el descuento se lo
ofrecen solo a usted, entonces
no es apropiado. Esta
situación podría representar
un problema desde varios
puntos de vista: un regalo
inadecuado, un intento por
influir en las decisiones
de negocio de Fluor y un
problema de apariencias.
No haga ni acepte una atención de
negocios si:
• Usted o quien la recibe puede
sentirse incómodo conversando al
respecto con su supervisor o colegas.
• Involucra contenido sexualmente
inapropiado u ofensivo.
• Involucra dinero en efectivo o
equivalente a efectivo (como por
ejemplo, un certificado de regalo,
descuento, servicio o un valor).
• Le hace sentir incómodo, influye en
su capacidad para ser objetivo o da
esa apariencia.
• Viola los estándares de Fluor o del
empleador de quien lo recibe.
Conflictos de Interés, Entretenciones
y Gastos de Representación
Clientes Gubernamentales.
Cuando esté involucrado un ya sea
un gobiemo federal, estatal o local
de los Estados Unidos y ciertos
gobiernos extranjeros o entidades
gubernamentales, normalmente se
aplican reglas más restrictivas. Vea
“Cuando el Gobierno de los Estados
Unidos es su Cliente” suplemento de
este Código.
P: Un proveedor de equipos
de oficina de Fluor ha ofrecido
darme el mismo descuento
que Fluor ha negociado para
comprar muebles y equipos
para mi oficina en casa. ¿Es
aceptable?
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
razonables y comunes, y aceptar ítems promocionales de valor nominal tales
como gorros, camisas, pelotas de golf, lápices, blocs de notas o tazones de
café.
Regalos Inaceptables. Cuando se recibe un regalo excesivo de
proveedores de bienes y servicios, el ítem debe ser devuelto al proveedor
con una explicación clara de que el regalo viola la política de regalos y
representación de la compañía. En algunos casos, la persona que hizo el
regalo acepta que éste sea donado a una institución de caridad elegida
por la compañía. Consulte a su supervisor o gerente local de Recursos
Humanos para mayor orientación.
Entretención Explícitamente Sexual. A veces los clientes, los
proveedores de bienes y servicios y los empleados se interesan en cenas
de negocios y representación que involucran contenido sexualmente
inapropiado. En algunas culturas, ciertos clientes pueden esperar ese tipo de
entretención de Fluor. Dichas actividades pueden crear un entorno de trabajo
incómodo para empleados, clientes y proveedores de bienes y servicios. Si
surge esta situación, debe explicar con tacto que su compañía no permite
usar tiempo o fondos en entretención explícitamente sexual. El ofrecer pagar
personalmente o que el cliente pague directamente tampoco soluciona el
problema. Como parte de Fluor, no debemos hacer indirectamente lo que
está prohibido hacer directamente.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
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Negocios a Nivel Mundial
Negocios a Nivel Mundial
Tolerancia Cero contra el Soborno
En muchas partes del mundo, sobornar a oficiales de gobierno y ejecutivos
para ganar contratos lucrativos es tanto aceptado como esperado. El pago
corrupto a oficiales extranjeros—públicos o privados—es contra la ley y
es una amenaza a la competencia leal. Fluor no participará en sobornos
a terceros, públicos o privados—ya sea directamente por medio de sus
empleados o indirectamente usando un tercero. Incluso cuando nuestros
competidores eligen ganar negocios de esta manera, Fluor no lo hará.
Fluor también prohíbe sobornos por cualquier socio, agente, contratista,
proveedor o cualquier entidad sobre la cual tiene el control la compañía.
Cualquier empleado de Fluor que pague o facilite un soborno será sujeto a
una medida disciplinaria, llegando incluso al término de su contrato. Además,
el empleado puede tener responsabilidad civil y cumplir una condena en
prisión, de acuerdo con lo estipulado en las leyes correspondientes.
¿Qué es un Soborno?
Un soborno es una oferta en que se da, entrega o se promete dar algo
de valor para INFLUIR INDEBIDAMENTE en las acciones de un tercero.
Los sobornos pueden incluir dinero, regalos, gastos de viaje, atenciones
sociales, vacaciones, vehículos, gastos, préstamos a tasas bajo el mercado,
favores mutuos, aportes políticos o de caridad, o cualquier beneficio o pago
directo o indirecto.
Uso de Agentes, Consultores, Representantes y Otros
Terceros
En muchas partes del mundo, es necesario e incluso se exige usar agentes,
consultores, representantes u otros terceros para hacer o negociar tratos
con gobiernos o entidades gubernamentales extranjeras (tales como
una planta petrolera o eléctrica de propiedad del gobierno) y entidades
privadas. Estas relaciones pueden ser engañosas. Algunos competidores
incluso han utilizado agentes ilegalmente para facilitar sobornos a oficiales
gubernamentales. Fluor no pagará sobornos directa ni indirectamente por
ningún motivo, incluso si perdemos negocios por nuestro rechazo a hacerlo.
Las leyes de los Estados Unidos y las leyes de la mayoría de los países
consideran un crimen pagar un soborno a un oficial gubernamental, incluso
si el pago se hace por medio de un tercero. La compañía y los empleados
participantes pueden ser responsables según las leyes de los Estados
Unidos o locales no sólo por acciones de sus empleados, sino también
de nuestros agentes en ciertas circunstancias. Por ejemplo, Fluor tendría
responsabilidad si la compañía sabía que su agente iba a pagar un soborno,
no tomó las medidas adecuadas para intentar evitar dicho pago y, por ende,
implícitamente autorizó el soborno.
Los empleados involucrados en relaciones con agentes u otros terceros
deben:
•
Al iniciar conversaciones con un potencial agente, exigir al agente
que firme una carta de “no representación” preparada por el Grupo
de Servicios Legales para asegurarse que la compañía no se vea
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LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
comprometida por conversaciones informales, tergiversaciones o “pagos
por intermediación” involuntarios
•
Involucrar a los grupos correspondientes (Ventas, Servicios Legales
y Seguridad Corporativa) y realizar una verificación a fondo de los
antecedentes de debida diligencias del potencial agente o tercero
•
Contar con un acuerdo de representación escrito, firmado y aprobado
por Ventas y el Grupo de Servicios Legales antes de comprometerse a
trabajar con un agente
•
Tomar las medidas para comunicar que Fluor es seria con respecto al
no pago de sobornos a oficiales gubernamentales de modo de ganar
negocios, incluso si esto fuera una práctica común en el país. El agente
deberá recibir las políticas y pautas aplicables de Fluor y, si corresponde,
capacitación respecto de estas políticas
•
Monitorear las acciones del agente para determinar si son razonables y
apropiadas
•
Informar cualquier conducta, transacción o recibo sospechoso o
cuestionable al Grupo de Servicios Legales
Socios en Negocios Conjuntos, Proveedores y Subcontratistas.
La compañía tiene procedimientos de debida diligencia, lenguaje contractual
y requisitos para los acuerdos de Negocios Conjuntos (que varían
dependiendo del nivel de control en el Negocio Conjunto), proveedores y
subcontratistas. Todos los grupos de negocios y funcionales relevantes para
una transacción en particular deben ser debidamente involucrados en la
debida diligencia. Se espera que cuando un empleado trabaje en un Negocio
Conjunto, éste cumpla con las políticas, procedimientos y otros requisitos de
Fluor, incluido este Código.
Debida Diligencia. Las verificaciones de antecedentes de debida
diligencias son necesarias para nuestros socios comerciales tales como
agentes, consultores, subcontratistas y socio de Negocios Conjuntos, y
deben incluir:
•
El lugar y naturaleza de los servicios proporcionados por Fluor (los países
de alto riesgo requieren una debida diligencia especial)
•
Transacciones directamente con gobiernos extranjeros o sus agencias
•
Transacciones que involucren proyecto de alto valor en dólares
•
Negocios Conjuntos, proveedores de bienes y servicios o subcontratistas
que tengan su base en países que no prohíben o ejecutan leyes contra
sobornos
Facilitación o Agilización de Pagos
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
•
Si bien el pago de sobornos a oficiales de gobierno para influir en
decisiones de compra no está permitido en ninguna circunstancia, a
veces se permite el pago de “pagos de agilización” de acuerdo con lo
descrito más adelante, aunque Fluor no promueve esta práctica. Un pago
de agilización es un pago pequeño, generalmente en efectivo, dado a
un empleado de gobierno, para agilizar o asegurar un proceso rutinario.
Por ejemplo, en algunos países en desarrollo puede ser necesario un
pequeño pago en efectivo para agilizar servicios básicos, proporcionar
protección policial o aprobar el otorgamiento de un permiso o visa
de trabajo. Estos pagos de agilización están permitidos siempre que
cumplan con los siguientes criterios:
•
El pago es para agilizar una medida ministerial de rutina y no para influir
en una decisión de compra
•
El monto pagado es nominal en valor
17
•
El monto es debidamente informado como un pago de agilización en
los formularios de reembolso de gastos del empleado (por ejemplo, no
sólo como “propinas en el aeropuerto”) y en los libros y registros de la
compañía clasificados como “otros” con una descripción llamada “pagos
de agilización”
Control de Exportaciones
A veces Fluor proporciona equipos y tecnología a proyectos que están
sujetos a leyes de control de exportaciones. Por ejemplo, software y equipos
protectores proporcionados en el extranjero para proyectos a menudo están
sujetos a control de exportación y deben ser debidamente desaduanados.
Los empleados que transportan y/o usan bienes y tecnología sujetos a
controles de exportación deben ser entendidos en y cumplir con las leyes y
reglamentos relevantes y políticas y procedimientos de control relacionados
de la compañía.
Ejemplos de ítems controlados en aduana que pueden requerir de una
licencia antes de su exportación incluyen:
•
Barras de aleación de aluminio y metales exóticos
•
Tecnología relacionada con componentes de motores de turbina a gas
•
Cañerías multi-válvulas, ciertas válvulas y bombas, incluidas bombas
centrífugas y depósitos totalmente revestidos
•
Equipos de protección personal como cascos y chaquetas usadas para
proteger al personal en áreas con riesgos de seguridad
•
Programas de computación ingresados a ciertos países o entregados
a individuos que no son ciudadanos estadounidenses y no ha sido
aprobado tener ese computador como parte de las prácticas comerciales
de la compañía
•
Transferencia de ciertos datos técnicos o software a ciudadanos no
estadounidenses o a países sujetos a restricciones de transferencia de
tecnología
El manejo y reexportación (movimiento a un país diferente) de dichos
equipos y tecnología, posterior a obtener una licencia, debe ser coherente
con los términos de la licencia y todos los reglamentos aplicables de la
agencia gubernamental adecuada.
Sanciones Comerciales y Boicots
Sanciones Comerciales. El gobierno de los Estados Unidos
mantiene una lista de países e individuos con los cuales no deben hacer
negocios las compañías estadounidenses por motivo de sanciones
comerciales. También se nos prohíbe realizar negocios con ciudadanos
de esos países. Para una lista actualizada de estos países e individuos,
contacte al Grupo de Servicios Legales.
Boicots. Las leyes de los Estados Unidos prohíben a las compañías
estadounidenses participar en cualquier boicot o prácticas comerciales
restrictivas contra países considerados “amigos” de los Estados Unidos
y contra compañías que están en las “listas negras” de otros países o
empresas. Por ejemplo, algunas compañías en el Medio Oriente pueden
buscar incluir un lenguaje en los contratos que le prohíben a Fluor hacer
trabajos en Israel. Las leyes de los Estados Unidos no permitirán incluir o
aplicar dicho lenguaje en un contrato.
Cualquier solicitud para participar en un boicot debe ser informada
oportunamente a su gerente y al Grupo de Servicios Legales incluso si
18
P: Tenemos tecnología en
nuestro proyecto que requiere
una licencia de exportación
para los Estados Unidos.
¿Podemos enviar la tecnología
a nuestro Centro de Ejecución
Global (GEC) en Manila ya que
es una compañía de Fluor?
R: No. La tecnología que
requiere una licencia de
exportación no puede ser
enviada a nuestro GEC en
Filipinas sin la aprobación
previa en la forma de una
licencia de exportación
aprobada por el Ministerio de
Comercio. Su representante de
adquisiciones puede ayudar a
obtener la licencia necesaria.
P: Estoy tratando de trasladar
equipos a Arabia Saudita desde
Turquía por camión. Verifiqué
la lista actual del gobierno
de países e individuos con
sanciones comerciales y no
hay indicaciones para Turquía
ni Arabia Saudita. ¿Hay algún
problema?
R: Posiblemente. Hacer
negocios con un país que
tiene sanciones comerciales
se interpreta de manera muy
amplia. Incluso trasladar
bienes a través de un país que
está en la lista puede violar las
sanciones comerciales. Si los
productos pasarán en tránsito
por Irán u otro país sancionado,
debe consulta con el Grupo de
Servicios Legales. Además,
si está trabajando en un área
geográfica donde hay países
sancionados, será beneficioso
para el proyecto que usted
esté familiarizado con los
reglamentos de sanciones
aplicables.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Fluor decide no licitar el proyecto. Fluor debe informar todas dichas
solicitudes al gobierno de los Estados Unidos.
Trabajo Infantil y Trabajo Forzado
En algunas partes del mundo, las compañías recurren al trabajo
infantil y trabajos forzados. Fluor no condona el uso de trabajo
infantil o trabajos forzados por la compañía o cualquiera de sus
proveedores, clientes o socios.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
19
Protección de los Activos de
la Compañía
Información
Fluor administra y utiliza información en sus proyectos todos los días.
A menudo nuestros clientes, proveedores y socios nos confían datos e
información altamente confidencial. Debemos respetar y proteger nuestra
información y la de otros con el máximo cuidado.
Activos de Información de Fluor
Protección de los Activos de la Compañía
Nuestra información de dominio privado y confidencial—tal como procesos
de trabajo, procedimientos de proyectos, listas de clientes y proveedores e
información personal respecto a sus empleados—es una parte invaluable
de nuestros activos. Para proteger los activos de Fluor, existe una variedad
de políticas y procedimientos de la compañía, como las analizadas en
relación a los sistemas computacionales de Fluor. Es igualmente importante
ser prudentes y precavidos, tanto en el trabajo como fuera, en cuanto a
proteger nuestra información confidencial y vulnerable. El analizar nuevos
negocios de Fluor en un lugar público, el copiar o archivar listas con el
número de seguridad social de empleados, el responder preguntas de
proveedores de bienes y servicios sobre el cargo de un colega o sobre
sus responsabilidades en la compañía pueden tener un impacto negativo
considerable en nuestro negocio.
Gerentes. Los gerentes deben encargarse de que toda información
confidencial y de dominio privado sea proporcionada a otros empleados
sólo según se requiera y que se tomen las precauciones necesarias para
proteger esta información de cualquier uso incorrecto mal intencionado.
Socios en Negocios Conjuntos. Fluor tiene varios negocios
conjuntos con compañías que en otras circunstancias también pueden ser
nuestros competidores, proveedores o clientes. La comunicación en estas
empresas es sin duda crítica, pero Fluor debe tomar las medidas razonables
para proteger toda información confidencial y de dominio privado, tanto
recibida como entregada, contra toda divulgación accidental e inapropiada
o uso fuera del contexto del negocio conjunto. La mayoría de los contratos
de empresas conjuntas de Fluor especifican claramente y limitan el acceso
de ciertas personas a información y sistemas de Fluor. Esos contratos son
desarrollados para proteger a Fluor y deben ser respetados.
Acuerdos de Confidencialidad. Con frecuencia firmamos acuerdos
de confidencialidad con nuestros clientes o potenciales clientes ya que
nuestros empelados tendrán acceso a información del cliente altamente
confidencial. A su vez, Fluor exige a muchos empleados que firmen acuerdos
de confidencialidad para trabajar en ciertos proyectos. Estos acuerdos
deben ser leídos, entendidos y seguidos.
Información de Empleadores Anteriores
Nuestros empleados tienen capacidades profesionales de años de
capacitación y experiencia así como información específica sobre nuestros
negocios y de los negocios de nuestros clientes y socios. Toda información
confidencial y de dominio privado sobre empleadores anteriores y sus
negocios deben permanecer confidenciales incluso después que un
20
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
empleado sale de o se incorpora a Fluor. Debemos respetar los acuerdos de
confidencialidad de antiguos empleados tal como queremos que se respeten
nuestros acuerdos cuando un empleado se retira de la compañía.
P: Solía escuchar radio en
línea mientras estaba en el
trabajo, pero dejó de funcionar.
¿Ha cambiado algo en la red?
R: Siempre hemos bloqueado
las estaciones de radio en
línea, cambien conocido como
“audio streaming.” El uso
de audio en vivo para otros
efectos que no sea para los
negocios legítimos de Fluor es
contradictorio a la política de la
compañía y causa congestión o
interrupción de los servicios de
red, no sólo para los empleados
de la oficina local, sino
también para usuarios remotos
externos, clientes y obras en
terreno.
El respetar estas normas no significa que un nuevo empleado no puede
usar las habilidades y los conocimientos profesionales adquiridos
mientras trabajaba en otra compañía. Las habilidades y la experiencia son
fundamentales al momento de tomar una decisión de contratación. Sin
embargo, nunca se debe compartir la información confidencial o de dominio
privado de empleadores anteriores, incluso si fuera ofrecida por el empleado
nuevo.
Ningún empleado recién contratado ni empleados antiguos de la compañía
deberán usar información de empleadores anteriores, incluyendo:
•
Datos técnicos específicos de diseño o procesos
•
Secretos industriales o información confidencial
•
Software con licencia del empleador anterior
•
Nada marcado o destinado como confidencial o de dominio privado y que
no esté disponible públicamente
Cada empleado debe firmar un acuerdo de confidencialidad estándar
cuando empiezan a trabajar en Fluor o en una de sus subsidiarias, el que
estipula que toda información confidencial o de dominio privado obtenida
mientras estaba empleado no debe ser compartida fuera de la compañía
después de retirarse de ella.
Uso Personal de Activos de la Compañía
P: Vi un excelente artículo
en una revista que quisiera
compartir con mi equipo.
¿Está bien copiar el artículo y
distribuirlo?
R: No, a menos que tenga el
permiso expreso por escrito del
titular de los derechos de autor,
que por lo general es la editorial
de la revista. Ese permiso es
normalmente dado con el pago
de una cuota o la editorial
le vende los impresos. El no
obtener dicho permiso puede
hacer responsable tanto a Fluor
como a usted mismo, incluso
se pueden aplicar multas
substanciales, conforme a la
Ley de Derechos de Autor. En
caso de no obtener el permiso
de derecho de autor, una
opción aceptable es crear una
lista de distribución para hacer
circular su copia de la revista
para que sea leída por varios
empleados.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
La mayoría de los empleados deben realizar algún trámite personal mientras
están en el trabajo—por ejemplo, llamar brevemente a casa para saber de
un hijo enfermo, mandar un correo electrónico a su cónyuge para avisarle
que pase al banco antes de irse a la casa, o imprimir una lista de compras
en la impresora del trabajo. Todo esto es razonable y permitido cuando se
realiza dentro de ciertos límites y siempre y cuando se cumplan las metas
de trabajo. Sin embargo, se crea un problema cuando los empleados usan
en exceso o abusan de los activos de la compañía para uso o beneficio
personal. Si se exagera, incluso se puede considerar como fraude o robo.
Los empleados que deben facturar su tiempo a la compañía o clientes deben
informar sus horas en forma precisa y justa.
Patentes, Derechos de Autor y Marcas Registradas
Patentes, derechos de autor y marcas registradas son términos legales que
definen cuándo un invento, producto, idea, trabajo escrito o nombre es de
propiedad de un individuo o compañía y su uso por otras personas está
prohibido sin permiso expreso. Esto incluye artículos en revistas, diarios y
semanarios, así como programas computacionales. Nunca copie artículos,
datos o programas sin obtener el consentimiento necesario del autor o
dueño.
A veces nuestros empleados desarrollan a nombre de la compañía ideas,
procesos y tecnología que serán protegidas por patentes, derechos de autor
y marcas registradas. Esta propiedad intelectual pertenece a la compañía
21
o a nuestros clientes (dependiendo de la situación y de los términos
contractuales del cliente) y no al empleado.
Manejo de Documentos y Registros
Determinar qué documentos y registros se deben mantener o eliminar y
cómo hacerlo puede ser complicado en un entorno de trabajo lleno de
grandes cantidades de información electrónica y en papel. Fluor ha tiene
una política detallada para cada grupo y en cada país, la cual detalla cuando
y por cuánto tiempo se deben mantener los registros. Cada proyecto debe
designar a un gerente de control de documentos para implementar esas
políticas.
Seguridad de Computadores y Datos
Fluor es dueña de la tecnología que usamos en nuestro negocio—equipos,
programas, datos y redes. Nuestra tecnología e información son críticas para
nuestro éxito. Todos quienes usan un computador en Fluor son responsables
de proteger nuestros valiosos recursos tecnológicos. Si ve a cualquiera—un
empelado, cliente, proveedor de bienes o servicios o un consultor—poniendo
en riesgo el rendimiento y/o seguridad
de cualquier sistema informático de
Fluor, debe informar de inmediato a su
• Preocúpese de no hacer
supervisor o Gerente de Informática.
declaraciones especulativas que
Lo que nunca se debe hacer al usar la
pudieran ser erróneas o engañosas
tecnología y sistemas de Fluor:
al ser leídas por otros (por ejemplo,
“No puedo creer que hayamos
• Entrar al sistema de Fluor usando
cometido tal error de ingeniería...”).
los datos o información de otra
• Los documentos e información
persona sin permiso o autorización
electrónicos puede ser recuperados
• Intentar acceder a información o
incluso después de “borrarlos” de
tecnología que nos está restringida
la memoria de su computador,
• Comunicar material ofensivo,
por lo que tenga cuidado con
inapropiado o ilegal material a
incluir información vulnerable en
cualquiera dentro o fuera de la
comunicaciones electrónicas.
compañía
(Recuerde: “el correo electrónico es
para siempre.”)
• Enviar cadenas (dentro o fuera de
•
Recuerde seguir las políticas y
la compañía)
procedimientos de eliminación de
• Acceder a la Intranet de Fluor
documentos y exija su cumplimiento
sin pasar por los procesos de
también por quienes están a su
seguridad informática adecuados
cargo.
(un virus podría penetrar en el
• No copie ni reenvíe documentos
sistema) o autorizar o facilitar dicho
que estén sujetos a privilegios de
acceso a cualquier tercero como
abogado-clientes salvo que sea
un amigo, pariente, proveedor de
específicamente indicado por el
bienes o servicio o un cliente
Grupo de Servicios Legales.
• Nunca borre o destruya registros o
• Agregar o modificar un programa o
información que esté sujeta o pudiera
equipo de computación en equipos
estar sujeta a una investigación
de Fluor sin la aprobación de
gubernamental, investigación interna,
Informática
citación judicial o juicio legal.
Al compartir su clave, ID de usuario,
IDs de información o identificación de
acceso a la red con cualquiera, incluso
un colega o asistente administrativa,
será responsable por cualquier acción de esa persona mientras está
conectado en el sistema.
22
P: Dejé mi computador
personal en un avión y mis
claves estaban en mi bolso del
computador. ¿Qué debo hacer?
R: Primero debe dejar
constancia en la Policía y
solicitar una copia. Luego,
contacte a Seguridad
Corporativa de Fluor con una
copia del informe policial y
Seguridad Informática de Fluor
para informar el robo.
P: ¿Por qué no puedo
acceder a mi cuenta de correo
electrónico personal desde el
trabajo?
R: Los correos electrónicos
basados en Internet (tales
como, pero no limitado
a, cuentas Hotmail, AOL,
Yahoo! o Gmail) representan
una amenaza para Fluor al
permitir un punto de ingreso
a correspondencia que evade
los actuales controles de
seguridad implementados
para evitar la diseminación
de códigos dañinos, virus y
gusanos. Lamentablemente,
por el momento no tenemos
control sobre los correos
electrónicos basados en
Internet que permite que los
usuarios puedan leer su correo
personal y abrir adjuntos en
sus computadores y portátiles
de Fluor. Al permitir este tipo
de acceso en línea a cuentas
de correo electrónico basados
en Internet, estamos dando
acceso a programas dañinos,
caballos de Troya y otros virus
y gusanos para que entren y
salgan de nuestro ambiente sin
nuestro conocimiento.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
P: Regularmente leo el
Boletín de Mensajes en
Yahoo! de nuestra compañía
y he notado que se subió
una pregunta solicitando la
confirmación de un importante
proyecto que se rumorea
que nuestra compañía ganó.
Aunque el anuncio oficial no
se ha hecho público, sé que
estamos haciendo trabajo
preliminar para el cliente de
este proyecto. ¿Está bien que
conteste la pregunta en el
boletín y responda que hemos
recibido el trabajo?
R: No, va contra la política
de la compañía publicar
abiertamente información
confidencial o de dominio
privado en boletines de
mensajes o salas de chat.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Los computadores, teléfonos y recursos electrónicos de la compañía están
destinados para su uso por empleados de la compañía en negocios de
la compañía. Todos los archivos de correo electrónico, correo de voz y
archivos personales almacenados en sistemas de Fluor son propiedad de la
compañía. Por lo tanto, no debe tener expectativas de privacidad en relación
con estos recursos. La compañía se reserva todos los derechos permitidos
por ley para monitorear y revisar cualquier mensaje e información (enviada o
recibida) usando los recursos de la compañía.
Salas de Chat, Blogs y Directorios de Mensajes. La mayoría de los
empleados tienen acceso a Internet en sus computadores. Es necesario
preocuparse por proteger la reputación e información comercial de Fluor no
publicando comentarios sobre Fluor en salas de chat, blogs o directorios de
mensajes—tanto negativos como positivos—que pudieran atribuirse a un
empleado de Fluor que actúa a nombre de la compañía. Nunca use tiempo,
propiedad o redes de la compañía para ese tipo de comunicaciones. Si elige
hacerlo fuera de su entorno de trabajo, debe:
•
Indicar claramente que esas son sus opiniones personales y no de la
compañía
•
Asegurarse que sus comunicaciones no violen la ley (por ejemplo,
calumnia, difamación, acoso o leyes de derecho de autor) o políticas de
la compañía (por ejemplo, divulgación de información confidencial o de
dominio privado o hablar en representación de la compañía)
23
Competencia Leal en el
Mercado
Competencia Leal y Abierta
24
Competing Fairly in the Marketplace
Fluor tiene éxito en el mercado porque proporcionamos servicios y
resultados de calidad superior a nuestros clientes. Creemos en el sistema
de libre mercado donde el mérito,
la calidad, el precio y otros factores
objetivos determinan quién tiene
éxito y quién fracasa. Los empleados
de Fluor nunca deben acordar fijar
• Nunca analice precios o trate
los precios o términos contractuales
términos formal o informalmente.
en coordinación con un competidor.
•
Nunca acuerde dividir territorios o
Esto no es correcto y viola las leyes
mercados, establezca márgenes o
antimonopolio y de competencia.
fije términos contractuales.
En los Estados Unidos y en muchos
• Nunca tome medidas para eliminar
países alrededor del mundo, la
competidores.
legislación prohíbe fijar precios,
• Nunca comparta términos
dividir territorios, acordar términos
confidenciales de licitaciones o
contractuales y otras actividades
propuestas.
• Nunca acuerde compensarse por
similares con competidores que
costos relacionados con licitar
afecten de manera negativa al
trabajos sin la aprobación previa
cliente y vayan contra los principios
del Grupo de Servicios Legales y
de libre mercado. Las leyes varían
divulgarlo al cliente.
dependiendo de dónde esté realizando
• Rechace clara y abiertamente
negocios. Muchas leyes, incluidas las
participar en cualquier discusión que
estadounidenses, se aplican incluso
pudiera interpretarse que involucra
cuando se realizan negocios fuera de
prácticas anticompetitivas.
las fronteras de los Estados Unidos.
• Nunca intente hacer indirectamente
Información sobre
lo que no puede hacer directamente.
Incluso el hecho de “tantear el
Competidores
terreno” con comentarios o preguntas
Para competir de manera efectiva en
indirectas sobre términos o precios
el mercado, es conveniente reunir
de tratos es problemático y debe
información competitiva en forma
evitarse.
justa. Sin embargo, algunas formas
• Nunca use información relacionada
de recopilación de información son
con un proceso de licitación próximo
incorrectas y pueden violar las leyes,
o en curso, en especial en el ámbito
en los Estados Unidos, como la ley de
de contratos gubernamentales.
Espionaje Económico.
• Si llega a tener en su poder
información sobre competidores que
Fluor está comprometida con
está marcada como confidencial
realizar sus negocios responsable,
o de dominio privado, esté o no
ética y legalmente, lo que incluye
referida a compras del estado, o si
evitar incluso la aparición de
ha tenido una discusión o interacción
una recopilación inadecuada de
potencialmente problemática con un
información. Es importante saber lo
competidor que podría interpretarse
que se puede y no se puede hacer y
como anticompetitiva, llame de
con qué debe tener cuidado.
inmediato al Grupo de Servicios
Legales para asistencia con respecto
a qué hacer.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
La información competitiva que generalmente es aceptable usar
incluye:
•
Diarios, recuentos de prensa o información de dominio público en
Internet
•
Otra información pública como informes anuales o material de venta
publicado
•
Conversaciones con clientes, pero no para obtener información
confidencial
•
Clientes que proporciona una propuesta de un competidor, pero sólo si
no es confidencial. Si es una licitación de un contrato gubernamental,
siempre consulte a la Organización de Contratos Gubernamentales
de Fluor y a su supervisor de inmediato (Ver complemento “Cuando el
Gobierno de los Estados Unidos es Nuestro Cliente”)
•
Exposiciones, asociaciones o conferencias industriales, pero no
discusiones con competidores relacionados con prácticas anti
competencia
•
Encuestas de industria de consultores o empresas respetables
Nunca use lo siguiente:
•
Información sobre un competidor que alguien ofrece vender
•
Información confidencial o de dominio privado de un competidor o algo
similar que pertenezca a alguien más—consulte al Grupo de Servicios
Legales de inmediato si tiene información como esta
•
Información confidencial o de dominio privado analizada de cualquier
forma con empleados nuevos de empleadores anteriores
•
Si está involucrado en la licitación de un contrato gubernamental y
recibe información sobre la licitación de un competidor—consulte de
inmediato a la Organización de Contratos Gubernamentales de Fluor
Información solicitada por otros
A veces un proveedor, vendedor u otra entidad puede solicitar que le
proporcione información competitiva sobre los competidores de esa
compañía. Se deben seguir las mismas pautas antes descritas y sólo
proporcionar la información que está disponible públicamente o que se ha
obtenido en forma no confidencial. Sin embargo, se debe tener en cuenta
que si la información solicitada se obtuvo del competidor del solicitante
en un proyecto específico, los términos del contrato pueden dictar que la
información pertenece al cliente y/o que la información no sea divulgada a
un tercero.
Competidores Desacreditados
Competir con energía es fundamental, pero se debe hacer en forma
honesta y leal. Nunca haga declaraciones que desacrediten o sean falsas o
engañosas sobre competidores o sus servicios.
Socios en Empresas Conjuntas que También son
Competidores
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
Fluor tiene varios negocios conjuntos con compañías con las que
normalmente compiten fuera del contexto de la empresa conjunta. Esas
relaciones son desarrolladas y administradas con atención para proteger
la información confidencial y de dominio privado. Se debe tener siempre
cuidado de no usar ni discutir cualquier información de precios, costos o
estratégica dada o recibida fuera del contexto de la empresa conjunta.
Dicha información puede conducir a prácticas anticompetitivas como la
fijación de precios o colusión en procesos de licitación y transacciones
comerciales con información privilegiada, que son ilegales y dañan la libre y
leal competencia.
25
Lobbying y Actividad Política
Lobbying y actividad política son una parte importante de nuestra
democracia, pero reglas estrictas rigen lo que las corporaciones pueden
o no pueden hacer en esta arena. Fluor es activa en establecer buenas
relaciones con ejecutivos elegidos para mejorar el entorno comercial de
la compañía. Sin embargo, existen restricciones legales estrictas sobre lo
que una compañía puede aportar, ofrecer, prometer o entregar a ejecutivos
elegidos y a su personal.
Los empleados no pueden dar, ofrecer o autorizar el ofrecer fondos u otros
activos de la compañía (directa o indirectamente) para propósitos políticos
sin consultar al Vicepresidente Senior de Relaciones Gubernamentales
quien deberá conseguir la aprobación del Presidente y Director Ejecutivo y
el Director Legal.
Los aportes políticos se definen de manera muy amplia y pueden incluir
cosas como:
•
Contribuir con un candidato político local, estatal o federal en
representación de la compañía
•
Comprar boletos para un evento para recaudar fondos para campañas
políticas
•
Proporcionar cualquier cosa de valor incluyendo comidas, bienes,
servicios, viajes, alojamiento o boletos para eventos deportivos y de
entretención
•
Prestar personal u otros recursos de la compañía durante horas de
trabajo para actividades de recaudación de fondos para campañas
políticas
•
Pagar publicidad política u otros gastos de campaña
Un aporte político puede interpretarse como un soborno si se realiza,
directa o indirectamente, a cambio de una acción del oficial de gobierno
como recomendar la selección de Fluor en una decisión de compra u otras
acciones similares.
Comité de Acción Política (PAC)
Ciertos empleados, que son ciudadanos estadounidenses o residentes
legales de los Estados Unidos, pueden aportar en forma voluntaria al PAC
de Fluor, que fue establecido por nuestros empleados para hacer aportes
políticos a organizaciones y campañas que se consideran en el mejor
interés de Fluor. Ningún empleado debe sentirse jamás presionado de
contribuir al PAC de Fluor y ningún ejecutivo, gerente o empleado debe
jamás presionar a otro empleado para que contribuya a éste.
Actividad Política Personal
Fluor promueve la actividad política de empleados que apoyan candidatos o
partidos de su elección. Sin embargo, no se puede usar tiempo, propiedad
o equipos de la compañía para desarrollar las actividades políticas
personales.
26
P: Un alcalde cuya ciudad
está a punto de adjudicar
un importante contrato
de ingeniería me llamó
por un aporte corporativo
para su reelección. Siento
cierta presión por hacer un
compromiso. ¿Qué debo
hacer?
R: Informe al alcalde que
Fluor tiene un procedimiento
establecido para revisar y
aprobar aportes corporativos
y que la decisión no la toma
usted
P: Me preocupa que si no
contribuyo o no contribuyo lo
suficiente a nuestro PAC seré
ignorado para promociones y
aumentos de sueldo porque
no soy considerado un
“jugador en equipo.” ¿Qué
debo hacer?
R: Los aportes al PAC son
totalmente voluntarios y
los empleados no pueden
ser tratados con mayor
o menor preferencia por
su participación o falta de
participación. El acceso
a información sobre quién
hace aportes está limitado a
quienes deben saber, como
el encargado de Relaciones
con el Gobierno sólo para
efectos de cumplimiento
de la Comisión Federal de
Elecciones.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.704.556.7046
(fuera de los Estados Unidos)
Lobbying y Actividad Política
Actividad Política Corporativa
Lobbying
P: Recibí una invitación de
un compañero de equipo para
asistir a una recaudación de
fondos para el congresista
de la ciudad donde nací. No
puedo asistir, pero quiero
enviar un cheque. ¿Puede mi
asistente enviar un cheque a
la campaña al día siguiente?
R: Los recursos de la
compañía no se deben usar
para actividades políticas
personales y esto incluye
los recursos para enviar un
cheque personal por correo
expreso que involucre a su
asistente.
El lobbying exige que muchos tipos de actividades sean divulgadas al
gobierno. En los Estados Unidos, las personas que se dedican al lobbying
deben estar registradas. Es posible que deba hacer lobbying si su trabajo
involucra:
•
Contacto con legisladores, reguladores, oficiales del ejecutivo o su
personal (por ejemplo, miembros del Congreso y su personal)
•
Realizar o negociar ventas para contratos gubernamentales
•
Esfuerzos por influir acciones legislativas o administrativas (como intentar
influir en la adjudicación de un contrato)
Antes de involucrarse en cualquier actividad que pudiera considerarse
como lobbying o actividad política en representación de la compañía, en
los Estados Unidos y en otros países, contacte al encargado de Relaciones
Gubernamentales de Fluor.
P: A solicitud de un cliente,
participé recientemente
en un torneo de golf que
también tenía el objetivo
de recaudar fondos para
una organización política.
Yo pagué personalmente el
monto solicitado que incluía el
costo del golf. ¿Puedo solicitar
el reembolso a Fluor?
R: Los empleados tienen
prohibido solicitar a la
compañía el reembolso de
aportes políticos o gastos
relacionados con eventos de
recaudación de fondos para
campañas políticas. Antes
de participar, consulte con el
encargado de Relaciones con
el Gobierno.
LÍNEA DIRECTA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA 1.800.223.1544
(dentro de los Estados Unidos)
27
Índice de Temas
A
Abuso de Sustancias . . . . . . . . . . . . . . . . 6, 7
Acerca del Código . . . . . . . . . . . . . . . . . 1, 2
Acoso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Acoso Sexual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Actividad Política Personal . . . . . . . . . . . . 26
Activos, Protección de . . . . . . . . . 19, 20, 21
Activos, Uso Personal de . . . . . . 19, 20, 21
Acuerdos de Confidencialidad . . . . . . . . . . 20
Aduanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Agentes, Uso y Contratación de . . 13, 16, 17
Alcohol en el Lugar de Trabajo . . . . . . . 6, 7
Analistas de Inversión, Contactos por . . . 11
Antimonopolio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
Aportes a Campañas Políticas . . . . . . . . 26
B
Boicots . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Boletines de Mensajes y Salas de
Chat en Internet . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
C
Cenas, Aceptar u Ofrecer . . . . . . . . . . 13, 14
Claves . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Código, Aplicabilidad . . . . . . . . . . . . . . . 1, 2
Código de Conducta y Ética
Comercial, Qué es el . . . . . . . . . . . . . . 1, 2
Colusión en Proceso de Licitación . 23, 24
Comité de Acción Política (PAC) . . . . . . . . 26
Competencia con la Compañía . . . . . . . . . 13
Competencia Leal . . . . . . . . . . . . . . . . 23, 24
Competición, Leal y Abierta . . . . . . . . . . . . 24
Competidores, Desacreditar y Criticar . . . 25
Competidores, Discusiones o
Reuniones con . . . . . . . . . . . . . . . . . 23, 24
Competidores, Información sobre . . . . . . . 24
Competidores, Trabajar para . . . . . . . . . . . 13
Comunicaciones Electrónicas . . 21, 22, 23
Confabulación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Conflictos de Interés . . . . . . . . . . . 13, 14, 15
Consecuencias
de Violar el Código . . . . . . . . . . . . . . . 4, 5
de no Informar Violaciones Graves . . 4, 5
Consultores y Agentes . . . . . . . . . . . . . 16, 17
Contratos de Gobierno . . . . . . . . . . . . . . . . *
Contratos del Gobierno de EE.UU . . . . . . . *
Controles de Exportaciones . . . . . . . . . . . 18
Copiado de Documentos . . . . . . . . . . . 20, 21
Copiado de Software . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Correo Electrónico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Creencias y Prácticas Religiosas,
Discriminación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
D
Datos Confidenciales de Empleados . . . 8, 9
Datos del Personal . . . . . . . . . . . . . . . . . 8, 9
Datos y Registros de Empleados . . . . . 8, 9
Dávidas, Ofrecer o Recibir . . . . . . . . . 13, 14
Directorios Externos, Desempeño en . . . . 13
Discapacidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Discriminación de Género . . . . . . . . . . . . . . 8
Discriminación en el Lugar de Trabajo . . . . 8
Discriminación por Edad . . . . . . . . . . . . . . . 8
Discriminación Racial . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Dividir Territorios y Mercados . . . . . . . . . . 23
Divulgación de Informes
Financieros e Informes . . . . . . . . . . 10, 11
Divulgar Información de
Dominio Privado . . . . . . . . . . . . . 10, 11, 12
Drogas en el Lugar de Trabajo . . . . . . . . . . 6
E
Eliminación de Documentos . . . . . . . . . . . 21
Empleados Gubernamentales, Discutir
Empleo con . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . *
Empleo con Competidores
o Proveedores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Empleo Externo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13, 14
Empleo fuera de la Compañía . . . . . . . . . . 13
Entorno Laboral Hostil . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Entretención, Explícitamente Sexual . 14, 15
Entretención, Ofrecer o Recibir . . . . . . . . . 14
F
Fijación de Precios . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
Fraude
Contabilidad, Informes Financieros . . . 10
Colusión en Proceso de Licitación 23, 24
Sobornos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16, 17
Activos de la Compañía . . . . . . . . . . 19, 20
Declaraciones sobre Competidores . . . 24
G
Gobierno Federal, EE.UU . . . . . . . . . . . . . . *
Información Competitiva,
Recopilación de . . . . . . . . . . . . . . . . 23, 24
Información Confidencial de
la Compañía . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19, 20
Información Confidencial de
Licitaciones y Propuestas . . . . . . . . . . . . 23
Información de Dominio
Privado . . . . . . . . . . . . . . . . 19, 20, 23, 24
Información de Empleadores
Anteriores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20, 21
Información del Cliente, Privacidad de . . . 19
Información Interna . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Información Material . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Informar Sospechas de Violaciones o
Problemas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
Informes Financieros Fraudulentos . . . . . 10
Internet . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22, 23
Investigaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Israel, Boicots relacionados con . . . . . . . . 18
L
Ley Antiboicot . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Ley de Prácticas Extranjeras Corruptas . . 16
Leyes de Derecho de Autor . . . . . . . . . . . . 21
Leyes de Patentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Leyes Extranjeras . . . . . . . . . . . . . 16, 17, 18
Leyes sobre Competición . . . . . . . . . . . . . 24
Libros y Registros . . . . . . . . . . . . . . . . 10, 22
Libros y Registros Exactos . . . . . . . . . . . . 10
Licencias de Exportación . . . . . . . . . . . . . . 18
Línea Directa . . . . . . . . . . . . . . . . . 3, 4, 5, 30
Línea Directa de Cumplimiento
y Ética . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3, 4, 5, 30
Lobbying y Actividad Política . . . . . . . . 26, 27
M
Mantención de Documentos . . . . . . . . . . . 22
Mantención de Registros . . . . . . . . . . . . . . 22
Materiales Peligrosos y Seguridad . . . . 6, 7
Medicación, Posible Limitación por . . . . 6, 7
Medios de Comunicación,
Contactos por . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
N
Hacer Preguntas y Plantear
Preocupaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
Nacionalidad, Discriminación . . . . . . . . . . . 8
Negocios Conjuntos . . . . . . . . . . . 17, 19, 24
Negocios Internacionales . . . . . . . 16, 17, 18
I
O
H
Igualdad de Oportunidad de Empleo . . . . 8
Información Competitiva . . . . . . . . . . . 23, 24
** Para complementar, referirse a “Cuando el Gobierno de los Estados Unidos es Nuestro Cliente.”
28
Ofrecer Regalos y Atenciones . . . . . . . 13, 14
Oficiales, Negociación de Valores . . . . . . 12
Orientación Sexual, Discriminación . . . . . . . 8
P
Pagos de Agilización . . . . . . . . . . . . . . 16, 17
Pagos de Terceros . . . . . . . . . . . . . . . . 16, 17
Países Extranjeros y Boicots . . . . . . . . . . . 18
Parientes Cercanos y Conflictos
de Interés . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Parientes, Conflictos de Interés que
involucran . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Parientes, Hacer Negocios con . . . . . . . . . 13
Partidos Políticos, Aportes a . . . . . . . . . . . 25
Patentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Plantear Problemas en forma
Anónima . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3, 4
Prácticas Comerciales Corruptas . . . . . . . 16
Prácticas Comerciales Desleales 16, 17, 18
Preocupaciones Medioambientales . . . . . . . 6
Principios Contables Generalmente
Aceptados (GAAP) . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Privacidad de Información
del Cliente . . . . . . . . . . . . . . . . . 20, 24, 25
Propiedad en Competidores o
Proveedores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Propiedad Intelectual . . . . . . . . 20, 21, 22, 23
Proveedores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
R
Recaudación de Fondos, Políticos . . . . . . 26
Recaudación de Fondos para
Campañas Políticas . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Reconocimiento del Código
. . . . . 1, 2
Recursos de la Compañía . . . . . . . . . . . . . 30
Regalos, Entretención y Gastos de
Representación . . . . . . . . . . . . . . . . 13, 14
Regalos en Efectivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Relaciones con Inversionistas . . . . . . . . . . 11
Represalias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4, 5
Responsabilidad del Gerente
respecto al Código . . . . . . . . . . . . . . . . 1, 2
Responsabilidades del Supervisor
respecto al Código . . . . . . . . . . . . . . . . . 1, 2
Resquicios para Transacciones
Comerciales, Valores . . . . . . . . . . . . 11, 12
Restricciones Comerciales . . . . . . . . . . . . 18
S
Salas de Chat y Directorios
de Mensajes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
Salud, Seguridad y Medio Ambiente
(HSE) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6, 7
** Para complementar, referirse a “Cuando el Gobierno de los Estados Unidos es Nuestro Cliente.”
29
Sanciones Comerciales y Boicot . . . . . . . . 18
Seguridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6, 7, 22, 23
Seguridad de Computadores y Datos . . . 22
Seguridad de Redes . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Soborno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16, 17
Software, Copiado de . . . . . . . . . . . . . . . . 21
T
Temas Contables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Trabajo Forzado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Trabajo Infantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Transacciones Comerciales con
Información Privilegiada . . . . . . . . . . . . .
10
19
19
11
U
Uso Personal de Activos de
la Compañía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
V
Valor Nominal, de Regalos y Dávidas . . . 14
Verificación de Antecedentes . . . . . . . 9
Violencia en el Lugar de Trabajo . . . . . . . . . 7
Línea Directa de
Cumplimiento y Ética
Si después de plantear un problema con los contactos sugerido en este
Código (ver página 3) y no se siente cómodo para usar uno de los recursos
identificados en el Código o quiere plantear el tema en forma anónima, llame
a la Línea Directa de Cumplimiento y Ética.
Línea Directa de Cumplimiento y Ética
1.800.223.1544
Empleados fuera de los Estados Unidos pueden
llamar con cobro revertido al 1.704.556.7046
Expertos de la Compañía
Usted puede contactar a un Experto de Fluor que tenga conocimientos en
todas las áreas mencionadas. Se puede recurrir a estos Expertos de la
Compañía para aclarar políticas, leyes y prácticas comerciales en su área en
particular.
Si envía un correo electrónico a la dirección correspondiente al tema, éste
será dirigido al experto de la compañía en esa área. Una lista con los
nombres de los Expertos de la Compañía y sus números telefónicos están
también disponibles en www.fdnet.com.
Tema
Correo Electrónico
Agentes y Consultores – uso fuera de los
Estados Unidos
[email protected]
Antimonopolio y Competencia Lea
[email protected]
Sobornos
[email protected]
Seguridad de Computadores y Datos
[email protected]
Conflictos de Interés
[email protected]
Administración de Documentos y Registros
[email protected]
Controles de Exportaciones
[email protected]
Pagos de Agilización
[email protected]
Contratos Gubernamentales
[email protected]
Regalos y Gastos de Representación
[email protected]
Lobbying, Actividad Política y PACs
[email protected]
Consultas de los Medios de Comunicación
[email protected]
Salud, Seguridad y Medio Ambiente
[email protected]
Seguridad
[email protected]
Negociación de Acciones
[email protected]
Sanciones Comerciales y Boicotts
[email protected]
30
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Todos los derechos reservados
FLUOR es una marca registrada de Fluor Corporation.
BRAV028706

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