¿tributar o no - Andree Tudela

Transcripción

¿tributar o no - Andree Tudela
Centro de Investigación Jurídica
Iuris per Tottem
(Ensayo/Artículo Jurídico)
¿TRIBUTAR Ó NO?
En busca del Deber de Contribuir…
– Análisis, Reflexiones y Anotaciones –
AUTOR-INVESTIGADOR
Andree César A. Tudela Tello
Presidente del CIJ
Miembro Fundador del CIJ
Ex-Director del Área de Investigación del CIJ
Ex-Director de Sapientia et Pax - Revista de Derecho
Julio, 2007
Institución:
Centro de Investigación Jurídica
IURIS PER TOTTEM
Asociación de Estudiantes de la Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad
Privada San Pedro, la cuál se encuentra orientada a
promover la investigación en el campo de las
Ciencias Jurídicas, y difundir el pensamiento de
alumnos y profesionales de Derecho, respecto a las
materias que conforman nuestra disciplina. Ésta
que se encuentra inscrita en la Partida Electrónica
Nº11012915 en el Asiento A00001 del Registro de
Personas Jurídicas - Oficina Registral Chimbote.
Diseño - Realización de Cubierta, y
Diseño de Contenido:
INSTITUCIÓN
www.iurispertottem.uni.cc
Centro de Investigación Jurídica
Iuris per Tottem
Andree César A. Tudela Tello
©Centro de Investigación Jurídica Iuris
per Tottem - CIJ - Asociación sin fines de
lucro. Partida Registral N° 11012915 en el
Asiento A00001, 2002, Chimbote - Perú
[email protected]
[email protected]
www.iurispertottem.uni.cc
(Autor-Investigador)
©Andree César A. Tudela Tello.
Respecto al CIJ: Socio Activo Alfa,
Miembro Fundador, Presidente, ExDirector del Área de Investigación, ExDirector General de Sapientia et Pax Revista de Derecho, Autor de Distintos
Artículos Jurídicos y Promotor de Eventos
Jurídicos.
Otros: Ex-Practicante de la 2da Fiscalía
Provincial en lo Penal del Santa, Practicas
Pre-Profesionales por el Consultorio
Jurídico Gratuito de la UPSP. Y asistente
Legal en el Estudio Jurídico Victor Elias
Morales Cabanillas.
Andree César A. Tudela Tello
PRESIDENTE
[email protected]
SU PUBLICACIÓN
SAPIENTIA ET PAX
REVISTA
REVISTA DE
DE DERECHO
DERECHO
Jhon Antony Quineche Miranda
DIRECCIÓN GENERAL
[email protected]
DEL INVESTIGADOR
MISIÓN
El presente es una publicación del C.I.J.,
que en esta oportunidad tiene la finalidad
de difundir y propagar el saber jurídico de
las personas afines al Centro de
Investigación Jurídica , esto con el propósito
de incrementar la cultura jurídica a todas las
personas que tengan en sus manos este
material.
www.andreetudela.blogspot.com
[ 51-43 ] 989-4270
Andree C. A. Tudela Tello
Asistente Legal
[email protected]
¿ T R I B U T A R
Ó
N O ?
En busca del Deber de Contribuir…
– Análisis, Reflexiones y Anotaciones –
ANDREE CÉSAR AUGUSTO TUDELA TELLO.
"Aquí nuestro pensamiento se refiere a lo que suele ser
llamado derecho natural, que el dedo del mismo creador
escribió en las tablas del corazón humano, y que la sana
razón, no oscurecida por pecados y pasiones, puede leer
en ellas. A la luz de las normas de este derecho natural,
todo derecho positivo, cualquiera sea su legislador, puede
ser apreciado en su contenido ético y consiguientemente
en cuanto a la legitimidad del mandato y a la obligación de
cumplirlo. Las leyes humanas que estén en abierta
contradicción con el derecho natural se hallan afectadas de
vicio original, que no se remedia ni con la violencia ni con
el despliegue de fuerzas externas".
José Osvaldo Casás 1 .
SUMARIO:
I. Cuestiones Preliminares. II. A modo Introductorio.
III. Deber, Esencia y Constitucionalidad... IV.
¿Tributar o No?. V. Conclusiones.
I. CUESTIONES PRELIMINARES
En tiempos inmemoriales, el ser humano en el largo camino de su evolución, se fue dando
cuenta, que dentro sí [en su propia naturaleza] se albergaba algo tan complejo y destructivo, esto
que no es sino la difícil tarea de poder autorregularse.
Para corregir dicho defecto de la naturaleza, se dio cuenta que era necesario, que alguien ajeno
a él, lo ayude a conducirse en el camino correcto. Tal situación, que le obligó, a transferir ciertos
poderes – como una suerte de magia y de ficción – a un grupo de personas [éste que se denominó
gobierno], a fin de señalarles el camino de los actos correctos, y contrarium sensu, prohibiendo los
actos incorrectos.
Pasando de esta forma, en donde la sociedad amorfa en la que vivían, se convertiría después,
en una sociedad (convivencial) en el pleno sentido de la palabra, construyéndose así el Estado.
Dedicado a las dos mujercitas que AMO, a mi Conejita Linda; y a mi Bebita Preciosa, mi hijita Mia Angie Ivanna.
El Autor es Alumno del Ciclo XI de la Facultad de Derecho y C.C.P.P. de la Universidad Privada San Pedro.
Miembro fundador y Membresía Activa del Centro de Investigación Jurídica “Iuris per Tottem”. Director de
Sapientia et Pax – Revista de Derecho.
1
OSVALDO CASÁS, José. – Artículo Jurídico – “Los principios del Derecho Tributario” – Publicado en
http://www.salvador.edu.ar/ua1-4-ab.htm – Fecha de Lectura 28 de Mayo de 2007.
Dichos poderes del pueblo conferidos al Estado, no es sino el IUS IMPERIUM, éste que abarca
un sin número de poderes, siendo uno de ellos y para el particular al estudio, el denominado
“Poder Tributario”.
Por otro lado, atendiendo a que el Estado no sólo puede llevar las cosas unilateralmente, éste
necesita del pueblo, tanto para que éste y el Estado coexistan con bienestar y desarrollo.
Por ello y para que ocurra dicho bienestar, se necesita, de que los ciudadanos contribuyan con
las cargas que el estado, basados en su IUIS IMPERIUM lo establezcan, dictando normas, con
medidas de conductas eficaces, justas y concordantes con la realidad. Y que en relación al tema, lo
que su Poder Tributario cree, y que el pueblo contribuya con tal creación.
Viendo lo que es el poder tributario y su ejercicio, y con el fin de continuar con el presente
artículo, debemos en primer lugar adoptar un concepto de ¿qué es la tributación?. Así pues,
entendemos que la tributación es la “acción con que el ciudadano entrega al estado cierta cantidad
de dinero para el financiamiento de las funciones y servicios públicos, esta es una herramienta de la
política económica y desempeña un rol crucial en el proceso socioeconómico que significa difusión
del bienestar y paz social.2”.3
El hecho de que una persona entregue una cierta cantidad de dinero al Estado, y éste lo utilice
para su propia manutención (gastos y/o servicios públicos) a fin de causar impacto y generar
bienestar y paz social, dicha acción legislada deberá estar amparada dentro de los preceptos de
justicia que regula nuestra constitución, entendiéndose esto, respetándose los derechos
fundamentales y/o principios, éstos últimos que deberán encausarse en el aspecto del Derecho
Tributario.
Atendiendo a que el ser humano, en su naturaleza intrínseca, es egoísta; esto que precisamente
como ya se señaló, produjo que se creasen normas bañadas del “deber ser” (y otros valores), que
buscan corregir dicha falla natural, así como otras; ya que el individualismo o beneficio personal
(como se explicará posteriormente), acarrea regresión, no sólo de forma particular sino también
colectiva.
2
LÓPEZ-AMERÍ CÁCERES, Gustavo. – El Perú y La Tributación – Tema ¿Qué es la tributación? – Pág. 37 y 40.
TUDELA TELLO, Andree César Augusto. – Artículo Jurídico – Tema ¿Quién es el recaudador de Nottingham?,
que nos obliga a refugiarnos en el bosque de Sherwood, Robin Hood pon alto a éstas injusticias. Estudio sobre la
Capacidad Contributiva, y su relación en el plano constitucional con el Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta y
aproximaciones al Impuesto Temporal a los Activos Netos. – Análisis, Reflexiones y Anotaciones – Pág. 02.
3
Es pues así, que con gran acierto y justificando lo dicho hasta el momento, el Dr. Juan Bautista
Alberti menciona que “El país que no puede costear su gobierno no puede existir como nación
independiente, por que no es más el gobierno que el ejercicio de su soberanía por si mismo. No
poder costear su gobierno es exactamente no tener medios de ejercer su soberanía, es decir no
poder existir independientemente, no poder ser libre…4”.5 [El subrayado es nuestro]
II. A MODO INTRODUCTORIO
Hablemos ahora de fragmentos de unas historias, a fin de poder aclarar algunos conceptos y
reflexiones.
Así pues como verbigracia, Los espartanos 6 se dieron cuentan que los persas estaban
invadiendo y aniquilando todo lo contrario a ellos, y que en su lucha expandizadora, sólo
pretendían apoderase de todo; tal circunstancia que hizo que los espartanos, traten de aliarse con
los griegos, éstos que señalaban –no por temor, sino por no querer- que la guerra no era suya. Los
espartanos, al ver esto y siendo más concientes con lo que venía sucediendo; juntó a un grupo de
300 guerreros entre ellos su propio Rey, para demostrarles a los griegos que estaban dispuestos a
dar su vida, por la libertad, y para generar en ellos las ganas de luchar, aún sabiendo que morirían.
Dicha orden de los espartanos que la dictaminó su Rey, ejerciendo de esta forma su IUS
IMPERIUM (Poder), y percibiéndose en los guerreros, un clima de querer hacer algo para todos,
siendo esto el Deber de pelear por una causa mejor, para el bienestar de todo su pueblo.
Sacrificio, que posteriormente se ve compensado, ya que lograron con esta actitud heroica, que
los griegos peleen y, paralicen y hagan retroceder al incomunal ejército invasor persa y a su visión
expansionista.
Por otro lado, no siendo ajenos a nuestra historia, tal como lo señala Bertrand Russel “De
todos los estudios que convierten a un hombre en ciudadano de la comunidad instruida, ninguno es
tan indispensable como el del pasado.”, por ello debemos recalcar el Fragmento de Betanzos sobre
la victoria de los Incas ante los Chancas:
OSVALDO CASAS, José. – op.cit – Citando a Juan Bautista Alberti.
TUDELA TELLO, Andree César Augusto. – op.cit – Pág. 02.
6
Basado en la Película 300, dirigida por Zack Snyder. Basado en una novela gráfica de Frank Miller, '300' está
ambientada en el año 480 A.C., durante la batalla de las Termópilas, donde el Rey de Esparta y su ejército se
encontraban evitando el avance de los persas. El comportamiento de los espartanos inspiró a todos los pueblos
griegos para luchar contra los persas y ayudó al desarrollo de la primera democracia de la historia.
4
5
“Otro día de mañana dicen que descendiendo Uscovilca con su gente por Carmenga (…) con
todo su poder y gente, que asomaron veinte escuadrones de gente no vista no vista ni conocida por
Ynga Yupangue (…), el cual estaba mirando con sus compañeros cómo descendían a él sus
enemigos, y que como él los que en su favor venían le tomaron en medio diciéndole: ‘Apocapa
Ynga aucay quita atixu llacxaimoctiangui cuna punchaupi’, que dice: ‘Vamos solo rey y venceremos
a tus enemigos, que hoy en este día tendrán contigo prisioneros’. Y que así se fueron a la gente de
Uscovilca (…) y encontrándose trabaron su batalla y pelearon desde la mañana (…) hasta
mediodía. Y fue de tal suerte la batalla que de la gente de Uscovilca murió mucha cantidad de gente
e ninguno fue tomado a manos que no muriesen. En la cual batalla el Uscovilca fue preso e
muerto” 7 .
Nuevamente se puede percibir en esta historia, que si bien es cierto, la máxima autoridad no
tuvo la iniciativa de pelear, sino la de sus hombres, pero éstos que señalaban que “vayasen”, en el
sentido de pelear, por que de esa forma conseguirían la victoria. De esta manera, la gente
contribuyo de forma tal, que demuestran su Deber para con su autoridad, teniendo la iniciativa
propia, por que siente que está en ellos hacer el cambio, y conseguir su bienestar –éste traducido
en victoria-.
III. DEBER, ESENCIA Y CONSTITUCIONALIDAD…
El sentido del deber conlleva una serie de acepciones, algunas jurídicas (Obligación Jurídica) y
otras netamente de valores (Hacer lo correcto, Lo Moral).
8
Tal es así que según el Diccionario de la Lengua Española establece Deber (Sentido Moral) es
“Tener obligación de corresponder a alguien en lo moral”, esto que no tiene un nexo jurídico, y
que por tanto no origina obligación, contrario sensu, obligación, esto que si tiene nexo jurídico, y
que para el Diccionario de Chanamé Orbe señala que es el “Vínculo que sujeta a hacer o
abstenerse de hacer una cosa, establecido por precepto de ley, por voluntario otorgamiento o por
derivación recta de ciertos actos (Real Academia Española). (Derecho Civil) Relación entre dos
partes, en virtud de la cual una, llamada acreedora, puede exigir el cumplimiento de una prestación
7
Tomado de Suma y Narración de los Incas. Enciclopedia Temática del Perú. Incas María Rostworoski. Tomo I. El
Comercio. Página 47.
8
Diccionario de la Lengua Española – Real Academia Española – Tomo 4 – Vigésima Segunda Edición –
Pág. 493. – ESPASA – España 2001.
determinada, en su interés y beneficio, a otra, llamada deudora. Es más propio hablar de relación
9
obligatoria” .
Cabe señalar, que Deber en el sentido del Derecho, es la Obligación de hacer algo o
abstenerse, el deber es coercitivo, forzoso, emana de una norma jurídica o aún moral o religiosa.
Existe un correlato entre deber y derecho.
Atendiendo a esto, el hecho de tributar corresponde, si bien es cierto, en una obligación,
guarda dentro de sí un deber jurídico. Ya que las normas como se saben, están revestidas de
valores, y justamente uno de esos valores insito, es el Deber de Contribuir.
Lo paradójico de todo esto, es que nuestra constitución no habla al respecto del “Deber de
Contribuir”, contrario a la Constitución española, que lo señala expresamente en la SECCIÓN 2ª,
Título ‘De los derechos y deberes de los ciudadanos’, en su artículo 31º, lo siguiente:
“Artículo 31.- [Inciso] 1. [Señala] ‘Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos
de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los
principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio’.
[…].” 10 [El subrayado, los corchetes y el contenido de éstos, es nuestro].
Tal desacierto, que aún en materia de constitucionalidad, falta desarrollar, pero que estamos
seguros que con el devenir del tiempo, esto podría cambiar. Ya que dicho Deber de Contribuir, al
estar inmerso en un precepto constitucional, tendría fuerza tal, que las políticas tributarias
resultarían más eficaces, tanto en calidad como en cantidad – económicamente hablando, traducido
en bienestar para el país –.
IV. ¿TRIBUTAR O NO?
Para dar respuesta a esto, imaginemos por un instante el hecho de que un País al que
denominaremos “CAOS”, no exista indicios de tributación, y en el vivan “Los caóticos”, personas
sin rastros de conciencia, llenos de egoísmo y donde prima en ellos la Ley del Más fuerte.
9
Diccionario Jurídico Moderno – Raúl Chanamé Orbe – Tercera Edición – Pág. 520. – GRÁFICA
HORIZONTE – Lima 2002.
10
http://www.congreso.es/funciones/constitucion/const_espa_texto.pdf – Fecha de Lectura 28 de Mayo de
2007.
La convivencia, es más o menos, con un sentido de crueldad y depredación, donde aquellas
personas y su casta, que no tienen la fuerza de luchar con los otros, terminan por morir.
Al inicio, tratarán de unirse, pero estará su egoísmo tan elevado, que lucharán, para escoger
quien será la autoridad en esa sociedad.
Posteriormente, estableciéndose las autoridades y los trabajadores, comenzará a regir por un
tiempo, esto que terminará por cansar a los trabajadores, y que se tratarán de sublevar, pero al ser
débiles muchos de éstos morirán, y las autoridades, tendrán bajas, en términos de personas no
significativas, pero en términos de concientización muy perjudicial.
Esto que los ayudará a que las autoridades, entiendan que para crear conciencia, deberán
satisfacer necesidades de los trabajadores, estableciéndose de esta forma una democracia.
Dándoles a todos la posibilidad de poder ser autoridad.
Una vez establecido una “democracia”, las autoridades conformadas de poder intelectual y
poder físico, tienen tanta responsabilidad, que hace que éstos no puedan trabajar, y sólo puedan
dirigir. Esto que a los demás, tampoco les gusta, y que terminan por querer retroceder a lo mismo.
Ocurriendo una guerra civil, como consecuencia, muchos muertos y nada de progreso. Al
hacer el recuento de pérdidas, se dieron cuenta que lo avanzado hasta en ese entonces se había
echado a perder; así mismo, se enteraron que muy pronto serían invadidos por los
“CONCIENTES”, personas muy cultas, que tenían la conciencia de contribuir, y que tenían una
organización tal, que los intelectuales eran las Autoridades y los fuertes eran los Trabajadores.
Los Concientes vivían en el País denominado “SI TRIBUTAMOS”, donde el clima era de paz y
ayuda mutua. La cooperación y la solidaridad era tal, que aquellos que no podían costear la
contribución como tal, era suplido por aquellos que tenían muchos bienes; esto con el fin, que
cuando aquella persona mejore su situación económica pueda costear su contribución y por tanto
aquella persona que asumió, disminuya su carga económica.
En ese país, los gastos públicos eran mínimos, por que no se gastaba en seguridad (sólo lo
necesario para repeler fuerzas externas), ya que primaba el respeto mutuo, asimismo, todos
trabajaban en pro del progreso colectivo y el desarrollo en todo sentido.
Llegó el tiempo, y los concientes, pueblo con más numero de gente y con avances tecnológicos
en armamento bélico, lucharon contra los caóticos. Ocurriendo que eliminaron al País CAOS y a su
gente, invadiendo y adquiriendo muchos terrenos ricos en recursos naturales, y estableciendo un
País “SI TRIBUTAMOS” más sólido, grande y desarrollado.
Como se puede apreciar del cuento, hay circunstancias que los deberes y los derechos se
tornan muy distantes y que no acarrean progreso, en cambio, cuando estos dos se tornan
complementarios entre sí, como una unidad intrínseca e inseparable, como consecuencia sólo trae
progreso y desarrollo.
Por tanto, no debe existir percepciones distintas del deber, no sólo unos deben trabajar o
contribuir, sino la colectividad en general, y sólo en los casos - como en el cuento – podrán ser
suplidos, cuando hallan personas que económicamente no estén muy favorecidos, siendo
reemplazados por los que si lo están. Ó en los casos, en que las personas deberán respetar el
trabajado de los gobernantes, por que ellos cumplen un papel crucial para el desarrollo del país.
Por eso se debe incentivar la conciencia más allá de sus deberes jurídicos y obligacionales, la
de los deberes en el sentido de la moral. Evitando de esta forma la distorsión del Estado de
Derecho.
V. CONCLUSIONES
Hay una Frase que siempre se señala, respecto al progreso de un país, y es como sigue “No
importa cuanto haga tu país por ti, sino cuanto haces tú por tu país”. Y concordante con lo
establecido por nuestro Presidente de la República Sr. Alan García Pérez, mediante el D.S. Nº
094-2006-PCM (31/12/2006) en la denominación del presente año como el “AÑO DEL DEBER
CIUDADANO”:
“El 2007 será denominado como el Año del Deber Ciudadano para impulsar una cultura de
responsabilidad y superación en la ciudadanía; […] como un llamado moral a todos los
ciudadanos sin diferencia de clases, edades, condiciones, a entregar a la patria, a entregar a la
sociedad y a la nación, mucho más de lo que ellas puedan dar. […] Con el cultivo del deber
ciudadano, consideró que la población asumirá su responsabilidad para que el Perú se
convierta en "el país líder de Sudamérica" no sólo por su desarrollo económico, sino también
"por su fuerza espiritual".” 11
“El mandatario de la Nación formuló un llamado a todos los ciudadanos a poner más empeño
en sus funciones, a los alumnos a estudiar mejor y a los profesores a enseñar con mayor
dedicación y capacitación.
El jefe de Estado anotó también que se busca hacer de la patria un país piloto y líder, un
ejemplo envidiable, el año de la siembra del deber ciudadano con generaciones más
entregadas.” 12
Respondiendo a la Pregunta ¿Tributar o No?, la respuesta es sencilla, SI… Por que el tributar
crea un ambiente favorable para el desarrollo de nuestra familia, amigos y de la misma Sociedad.
Permite generar un clima de igualdad social. Un país donde la Seguridad Interna y Externa será
firme y certera. Un país donde la cultura que prime sea la de PAZ. Tributar es crear un país, donde
exista democracia, transparencia, libertad, equidad, justicia social-redistributiva, competitividad
respecto de otras naciones y también en nuestras relaciones internas. Donde la eficiencia,
transparencia de gestión y descentralización del Estado, es traducido en BIENESTAR PARA
TODOS LOS PERUANOS.
A TODO ELLO,
¡ TRIBUTAR… ES CONSTRUIR LA SOCIEDAD QUE QUEREMOS !
11
Peru.com: 2006/12/30 – Noticia – “Año del Deber Ciudadano” – Publicado en
http://www.peru.com/noticias/idocs/2006/12/30/DetalleDocumento_368164.asp – Fecha de Lectura 28 de Mayo de
2007.
12
Rpp.com.pe
–
Noticia
–
“Año
del
Deber
Ciudadano”
–
Publicado
en
http://www.rpp.com.pe/portada/politica/60356_1.php – Fecha de Lectura 28 de Mayo de 2007.
a ñ o
c e n t r o
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2 0 0 7
d e b e r
c i u d a d a n o
i n v e s t i g a c i ó n
j u r í d i c a
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