LA GACETA N° 164 de la fecha 26 08 2016

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LA GACETA N° 164 de la fecha 26 08 2016
CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
Firmado
digitalmente por
CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
Fecha: 2016.08.25
15:21:41 -06'00'
La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 26 de agosto del 2016
AÑO CXXXVIII
Nº 164
56 páginas
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
CONTENIDO
Pág
Nº
PODER EJECUTIVO
Acuerdos............................................................................ 2
Resoluciones.................................................................... 21
DOCUMENTOS VARIOS............................................... 22
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Resoluciones.................................................................... 36
Edictos............................................................................. 37
Avisos.............................................................................. 37
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA........................ 38
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS................. 44
RÉGIMEN MUNICIPAL................................................. 46
AVISOS.............................................................................. 46
NOTIFICACIONES......................................................... 55
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Nº 0084-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el
Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008,
denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N°
7210, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 536-2007 de fecha 14 de
diciembre de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
13 del 18 de enero de 2008; modificado por el Informe N° 06-2008
de fecha 23 de enero de 2008, emitido por PROCOMER; y por el
Acuerdo Ejecutivo N° 330-2013 de fecha 04 de noviembre de 2013,
publicado en La Gaceta N° 78 del 24 de abril de 2014; a la empresa
Boston Scientific de Costa Rica S.R.L., cédula jurídica N° 3-102357469, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados
por la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, bajo
las categorías de empresa procesadora de exportación y de empresa
comercial de exportación, de conformidad con lo dispuesto con los
incisos a) y b) del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 113-2014 de fecha
21 de abril de 2014. publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
166 del 29 de agosto de 2014, se acordó trasladar de la categoría
prevista en el inciso a) a la categoría prevista en el inciso f), ambos
del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, a la empresa
Boston Scientific de Costa Rica S.R.L., cédula jurídica N° 3-102357469, clasificándola como Empresa Comercial de Exportación y
como Industria Procesadora, de conformidad con los incisos b) y
f) del artículo 17 de la Ley N° 7210. El traslado se hizo efectivo
a partir del 21 de diciembre de 2015, fecha en la cual la empresa
inició operaciones productivas al amparo de la citada categoría f).
A partir del traslado, empezaron a correr los plazos y se aplican las
condiciones previstas en los artículos 21 bis y 21 ter de la Ley N°
7210, en lo que concierne a la mencionada categoría f).
III.—Que el señor Claudio José Donato Monge, mayor, casado
una vez, abogado, portador de la cédula de identidad N° 1-563539, vecino de San José, en su condición de Gerente Segundo con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Boston
Scientific de Costa Rica S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-357469,
presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en
adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue el Régimen
de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo
20 bis de la Ley N° 7210 y su Reglamento, únicamente en lo que se
refiere a su actividad como empresa comercial de exportación.
IV.—Que en la solicitud mencionada Boston Scientific
de Costa Rica S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-357469,
se comprometió a mantener una inversión de al menos US
$176.139.275,00 (ciento setenta y seis millones ciento treinta y
nueve mil doscientos setenta y cinco dólares, moneda de curso legal
de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del
presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió
a realizar una inversión nueva adicional total de US $3.000.000,00
(tres millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América) y un empleo adicional de 04 trabajadores,
según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de
ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica
una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a
Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar
el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías
pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de
aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
V.—Que la Instancia Interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva
de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre
de 2006, conoció la solicitud de Boston Scientlfic de Costa Rica
S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-357469, y con fundamento en las
consideraciones técnicas y legales contenidas en el Informe N° 052016 de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER,
acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior
la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a
fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo
20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la
especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo,
y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud
y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los
incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210 y su Reglamento.
VI.—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo considera
que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el
referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en
tanto se trata una inversión adicional cuya magnitud conlleva una
serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento
de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210 y su
Reglamento.
Carlos Alberto Rodríguez Pérez
Said Orlando de la Cruz Boschini
Carmen Muñoz Quesada
Mario Enrique Alfaro Rodríguez
DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL
DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
REPRESENTANTE MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
VII.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por
tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a Boston
Scientific de Costa Rica S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-357469
(en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como
Empresa Comercial de Exportación y como Industria Procesadora,
de conformidad con los incisos b) y f) del artículo 17 de la Ley N°
7210.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la
comercialización de instrumentos y aparatos de medicina; artículos
para el transporte o envasado de plástico; cajas, bolsas, cartonajes y
demás envases de papel; bandas y toallas de papel y plástico; folletos
e impresos similares incluso en hojas sueltas; cables eléctricos
con recubrimiento; amarras metálicas con recubrimiento: guatas,
gazas, vendas, aplicadores y artículos análogos; llave de paso
plástica: lagartos para uso eléctrico, todos los anteriores presentados
conformando un kit de uso médico, así como en la fabricación de
instrumentos y aparatos de medicina, odontología o veterinaria,
incluidos los de centellografía, y demás; aparatos electromédicos, así
como los aparatos para pruebas visuales y cable arrollado de acero
inoxidable para la industria médica. La actividad de la beneficiaria
al amparo de la citada categoría f), se encuentra dentro del siguiente
sector estratégico: “Dispositivos, equipos, implantes e insumos
médicos (incluidos ortopedia, ortodoncia, dental y optometría) y
sus empaques o envases altamente especializados”.
3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado
CF Free Zone Park S.R.L., ubicado en la provincia de Heredia.
Tal ubicación se encuentra dentro del Gran Área Metropolitana
Ampliada (GAMA).
4.—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en la Ley N° 7210, con las limitaciones y condiciones
que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto
establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados
en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos
asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre
otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
(ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la
OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular,
queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los
beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la
concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del
ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo
de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación
de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, si cumple
con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y
sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al
Poder Ejecutivo.
5º—a)En lo que atañe a su actividad como Empresa
Comercial de Exportación, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de
Régimen de Zonas Francas, la beneficiaria gozará
de exención de todos los tributos a las utilidades,
así como cualquier otro, cuya base imponible se
determine en relación con las ganancias brutas o
netas, con los dividendos abonados a los accionistas
o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que
dicha norma contiene.
Con base en el artículo 22 de la Ley N° 7210, la
beneficiaria no podrá realizar ventas en el mercado
local.
b)En lo que concierne a su actividad como Empresa
Procesadora, prevista en el artículo 17 inciso f) de la
Ley de Régimen de Zonas Francas, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 21 ter inciso e) de
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la citada Ley de Régimen de Zonas Francas, a la
beneficiaria, al estar ubicada en un sector estratégico
dentro de la Gran Área Metropolitana Ampliada
(GAMA) y por tratarse de un Megaproyecto, se le
aplicarán íntegramente los beneficios indicados en los
incisos g) y 1) del artículo 20 de la Ley. El cómputo
del plazo inicial de este beneficio, se contará a partir
de la fecha de inicio de las operaciones productivas
de la beneficiaria, siempre que dicha fecha no exceda
de tres años a partir de la publicación del Acuerdo
de Otorgamiento; una vez vencidos los plazos de
exoneración concedidos en el referido Acuerdo, la
beneficiaria quedará sujeta al régimen común del
Impuesto sobre la Renta.
Las exenciones y los beneficios que de conformidad
con la Ley N° 7210 y su Reglamento le sean aplicables,
no estarán supeditados de hecho ni de derecho a los
resultados de exportación; en consecuencia, a la
beneficiaria no le será aplicable lo dispuesto en el
artículo 22 de dicha Ley, ni ninguna otra referencia
a la exportación como requisito para disfrutar del
Régimen de Zona Franca. A la beneficiaria se le
aplicarán las exenciones y los beneficios establecidos
en los incisos a), b), c), ch), d), e), f), g) h), i), j) y 1)
del artículo 20 de la Ley N° 7210.
A los bienes que se introduzcan en el mercado nacional
le serán aplicables todos los tributos, así como los
procedimientos aduaneros propios de cualquier
importación similar proveniente del exterior. En el
caso de los aranceles, el pago se realizará únicamente
sobre los insumas utilizados para su producción, de
conformidad con las obligaciones internacionales.
c)De conformidad con lo establecido en el numeral
71 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas
Francas, cada actividad gozará del beneficio del
Impuesto sobre la Renta que corresponda a cada
clasificación, según los términos del artículo 21 ter y
el inciso g) del artículo 20 de la Ley, respectivamente.
Bajo el supuesto de que la empresa llegue a desarrollar
actividades que tengan distinta tarifa o exoneración
del Impuesto sobre la Renta, deberá llevar cuentas
separadas para las ventas, activos, los costos y los
gastos de cada actividad.
6.—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel
mínimo de empleo de 2811 trabajadores, a partir de la notificación
del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un
nivel mínimo total de empleo de 2815 trabajadores, a más tardar
el 31 de diciembre del 2016. Asimismo, se obliga a mantener una
inversión de al menos US $176.139.275,00 (ciento setenta y seis
millones ciento treinta y nueve mil doscientos setenta y cinco dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de
la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y
mantener una inversión nueva adicional total en activos fijos nuevos
de al menos US $5.200.000,00 (cinco millones doscientos mil
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
a más tardar el 31 de diciembre del 2018, de los cuales un total de
US $2.700.000,00 (dos millones setecientos mil dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), deberán completarse
a más tardar el 01 de marzo del 2017. Por lo tanto, la beneficiaria se
obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos
US $181.339.275,00 (ciento ochenta y un millones trescientos
treinta y nueve mil doscientos setenta y cinco dólares, moneda
de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la
empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de
valor agregado nacional del 31,12%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de
inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo
Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una
obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme
con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles
mínimos de inversión anteriormente señalados.
7.—La empresa se obliga a pagar el canon mensual por el
derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha de inicio
de las operaciones productivas, en lo que atañe a su actividad como
Empresa Comercial de Exportación, es el día en que se notifique el
presente Acuerdo Ejecutivo, y en lo que atañe a su actividad como
Empresa Procesadora, a partir del 21 de diciembre del 2015.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a
PROCOMER de las ventas mensuales realizadas y de los aumentos
realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta
obligación provocará el cobro retroactivo del canon, en lo que se
refiere a su actividad como empresa comercial de exportación,
PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las
proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud, y en
lo que respecta a su actividad como industria procesadora, a partir
de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora,
quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.
8.—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio
de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean
requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas
las normas de protección del medio ambiente que la legislación
costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible
de las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.
9.—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un
informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará
obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio
de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para
la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas
y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que los
funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en
el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para
verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen
de Zonas Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria
de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos
y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un
año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona
Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad
con lo dispuesto en la Ley N° 7210 y su Reglamento. La eventual
imposición de estas sanciones serán sin perjuicio de las demás
responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren
corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la
empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato
de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar
el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta
situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo
Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del
Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección
General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera,
según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o
indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados
será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las
demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y demás leyes
aplicables.
14. La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos
los requisitos de la Ley N° 7210 y su Reglamento, así como con
las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función
pública aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva
de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre
de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones
para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las
exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del
procedimiento administrativo correspondiente.
16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su
notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 113-2014 de fecha
21 de abril del 2014, sin alterar los efectos producidos por el mismo
durante su vigencia.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece
días del mes de mayo del dos mil dieciséis.
Comuníquese y publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora
Delgado.—1 vez.—( IN2016044858 ).
N° 253-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25, inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública,
Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la
Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
ACUERDA:
Artículo 1°—Modificar el Artículo Primero y Cuarto del
Acuerdo de Viaje número 203-2016, de fecha 02 de mayo de 2016,
para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1°—Designar al señor Eric Manuel Polini Vargas,
portador de la cédula de identidad número 1-0962-0354,
funcionario de la Dirección de Asesoría Legal, para participar
como parte de la delegación que representará al Ministerio
de Comercio Exterior en el evento “2nd Annual International
Conference & Exhibition organized by World Free Zones
Organization” (2do Congreso de Zonas Francas organizado
por la Organización Mundial de Zonas Francas), bajo el
tema “Global Value Chain: Opportunities and Challenges for
the Free Zone of the Future” (Cadenas Globales de Valor:
Oportunidades para las Zonas Francas del Futuro), que
se llevará a cabo del 09 al 11 de mayo de 2016 en Dubái,
Emiratos Árabes. Este congreso constituye una valiosa
oportunidad de formación en temas atinentes a la materia de
zonas francas y una alternativa de primera mano para conocer
iniciativas, proyectos y tendencias de otros Estados o regiones
que compiten con nuestro país en la atracción de inversión
extranjera directa en el área de las zonas francas y proyectos
de innovación tecnológica. Durante su estadía procurará
cumplir los siguientes objetivos específicos: (i) apoyar la
participación del señor Ministro Alexander Mora en la Sesión
Inaugural del 2do Congreso de Zonas Francas organizado por
la Organización Mundial de Zonas Franca y; (ii) contribuir
en la discusión, análisis y reflexión de las otras temáticas
del foro, recogiendo elementos de las experiencias de los
participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo
interno de políticas públicas dirigidas a potenciar el desarrollo
de las Zonas Francas en Costas Rica y fortalecer la red de
contactos con países que, al igual que Costa Rica, procuran
desarrollar herramientas como las Zonas Francas y las
Zonas Económicas Especiales para fomentar el crecimiento
económico. Participará en calidad de Asesor del Ministro de
Comercio Exterior, durante los días 8, 10 y 11 de mayo de
2016. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
el lugar de destino viaja a partir del 07 de mayo de 2016. El
funcionario inicia viaje personal a partir de las 13:55 horas
del día 12 de mayo y hasta el 15 de mayo de 2016, de forma
tal que todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán
asumidos en forma personal por el señor Eric Manuel Polini
Vargas. Los días 7, 8, 14 y 15 de mayo corresponden a fin
de semana. El día 13 de mayo será aplicado al periodo de
vacaciones vigente.
Artículo 4°—Rige a partir del 07 al 15 de mayo de 2016.”
Artículo 2°—En lo no expresamente modificado el resto del
Acuerdo 203-2016, se mantiene igual.
San José, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a.í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11704.—( IN2016051661 ).
N° 254-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la negociación del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE) concluyó el 19 de
mayo de 2010 en Madrid, España en el marco de la Cumbre Unión
Europea-América Latina y el Caribe. El contenido del Acuerdo,
fruto del trabajo de poco más de 3 años, responde a los objetivos
planteados al inicio de la negociación. En efecto, el proceso resultó
en un acuerdo integral y balanceado que eliminará las barreras al
comercio y facilitará el intercambio comercial entre las Partes,
promoviendo la inversión, el crecimiento económico y creando
mayores oportunidades para la población costarricense.
II.—Que el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica
y la Unión Europea (AACUE), regula las relaciones entre
Centroamérica y la Unión Europea (UE) en tres ámbitos: diálogo
político, cooperación y la creación de una Zona de Libre Comercio
entre la Unión Europea y los países de Centroamérica. El pilar
comercial entró en vigencia para Costa Rica el 1° de octubre de
2013 Ley N° 9154, publicada en La Gaceta N° 133 del 11 de julio
de 2013. El pilar comercial del Acuerdo tiene la particularidad de
ser de aplicación de región a región, lo cual fortalece el proceso
de integración económica de los países centroamericanos, fomenta
las relaciones comerciales entre las regiones y permite posicionar a
Centroamérica como destino clave para inversión extranjera directa
proveniente del continente europeo.
III.—Que Centroamérica y la Unión Europea establecieron
dentro del acuerdo un marco institucional con el objetivo de
administrar e implementar correctamente las obligaciones y
sus derechos establecidos en el Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE). El Consejo de
Asociación es el encargado de supervisar el cumplimiento de los
objetivos del Acuerdo y la aplicación del mismo. Éste se integra por
los Ministros centroamericanos y los representantes de alto nivel
de la Unión Europea responsables de comercio exterior. Por otra
parte, el Comité de Asociación tiene la función de asistir al Consejo
de Asociación en el cumplimiento de sus deberes y está compuesto
por representantes de la Comisión Europea y representantes de alto
nivel de los países centroamericanos, con responsabilidad sobre
asuntos comerciales.
IV.—Que adicionalmente, el AACUE establece diversos
subcomités, los cuales a su vez tienen la función de asistir al Comité
de Asociación en el cumplimiento de sus funciones. El Acuerdo
contempla también un grupo de coordinadores del Acuerdo, la
Pág 5
Junta de Comercio y Desarrollo sostenible y el Foro de Diálogo
de la Sociedad Civil, así como subcomités técnicos encargados
de dar seguimiento e implementar los diferentes compromisos del
Acuerdo en los temas a su cargo: Subcomité de Obstáculos Técnicos
al Comercio; Subcomité de Propiedad Intelectual; Subcomité
de Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios; Subcomité de Acceso de
Mercancías al Mercado; Subcomité de Aduanas, Facilitación del
Comercio y Normas de Origen.
V.—Que este marco institucional se ha reunido en dos
ocasiones: en el mes de junio de 2014 en San Pedro Sula,
Honduras, así como en Bruselas, Bélgica en junio del ario 2015.
Para el ario 2016, estas reuniones coincidieron nuevamente con la
Presidencia Pro Tempore del Sistema de Integración Económica
Centroamericana (SIECA) y se llevarán a cabo nuevamente en
Honduras, las reuniones de los Subcomités en Tegucigalpa y las
reuniones del Comité de Comercio en Roatán.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Alejandro José Pati’ño Cruz,
portador de la cédula número 3-380-377 Enviado Especial a la
Misión de Costa Rica en Bruselas-Bélgica para que viaje a San José,
Costa Rica, a Tegucigalpa y a Roatán-Honduras del 08 al 26 de junio
de 2016, para participar en las siguientes actividades: en San José,
Costa Rica del 08 al 10 de junio, para reunirse con el equipo técnico,
así como con el Viceministro y la Directora General de Comercio
Exterior, como parte del planeamiento previo y la coordinación
correspondiente para las reuniones que se llevarán a cabo en
Tegucigalpa y en Roatán, Honduras. Durante su estadía procurará
cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) el 8 de junio en
horas de la tarde, para mantener reuniones con el equipo de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias, el equipo de Propiedad Intelectual y
Ambiente y temas laborales en planeamiento y coordinación de
los Subcomités de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Propiedad
Intelectual y la Junta de Desarrollo Sostenible y Comercio; 2) el 9
de junio durante todo el día, mantendrá reuniones de coordinación,
estrategia y planeamiento con el equipo del Foro Europa, como parte
de la participación que se tendrá en las reuniones de los Subcomités
del AACUE y la reunión del Comité de Comercio del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE);
3) el 10 de junio durante la mañana, mantendrá reuniones con la
Directora General de Comercio Exterior y en horas de la tarde con
el Viceministro de Comercio Exterior, con el fin de coordinar lo
relacionado a las reuniones del Comité de Comercio del AACUE.
De Costa Rica se trasladará a Tegucigalpa, Honduras para participar
del 13 al 17 de junio, en las reuniones del Subcomité de Acceso
a Mercados, el Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
y la Junta de Desarrollo Sostenible de la institucionalidad del
AACUE. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes
objetivos específicos: 1) el 13 de junio, participará en las reuniones
del Subcomité de Acceso a Mercados; 2) los días 14 y 15 de junio,
participará en las reuniones del Subcomité de Medidas Sanitarias
y Fitosanitarias y; 3) los días 16 y 17 de junio, participará en las
reuniones de la Junta de Desarrollo Sostenible. De Tegucigalpa,
se trasladará a Roatán- Honduras, para participar del 21 al 24 de
junio, en las reuniones de Coordinadores y Comité de Asociación
de la institucionalidad del AACUE. Durante su estadía procurará
cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) los días 21 y 22 de
junio, coordinará y participará en la reunión de Coordinadores del
AACUE. 2) el día 23 de junio, coordinará y participará en la reunión
del Comité de Asociación del AACUE y; 3) el día 24 de junio
coordinará y participará en la reunión de Coordinadores del AACUE.
Los días 11, 12, 18 y 19 de junio, corresponden a fin de semana y
el día lunes 20 el funcionario no tiene reuniones programadas, sin
embargo, con la finalidad de no incurrir en gastos adicionales por
concepto de transporte aéreo, permanecerá en Roatán, Honduras
durante estos días, a fin de integrarse a las reuniones programadas
del 21 al 24 de junio del presente año, las cuales se llevará a cabo
en ese lugar.
Artículo 2°—Los gastos del señor Alejandro José Patiño
Cruz, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber, US$2.056.80 (dos mil cincuenta y seis dólares con ochenta
centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
El transporte aéreo y el transporte terrestre, también serán cubiertos
Pág 6
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
con recursos de la Promotora. En Costa Rica, únicamente se le
reconocerán los gastos correspondientes al transporte aéreo y
al transporte terrestre. En Honduras, se le autoriza para realizar
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
Internet al Ministerio de Comercio Exterior, gastos que también
serán sufragados por la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica. El seguro médico viajero, será cubierto con recursos de
COMEX. Se le autoriza para hacer escala en Madrid, España y en
El Salvador por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 08 de junio y
regresa a Bruselas, Bélgica hasta el 26 de junio de 2016.
Artículo 3°—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 08 al 26 de junio de 2016.
San José, al primer día del mes de junio de dos mil dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11705.—( IN2016051663 ).
Nº 256-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional
es un elemento esencial para el Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE), acuerdo negociado
bajo una estructura de región a región, en el que las partes reafirman
su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de
integración económica regional y asumen una serie de compromisos
en ese sentido. Por ello, el grado de avance de los países
centroamericanos en su integración regional permitirá aprovechar el
AACUE de una mejor manera.
III.—Que bajo este contexto, el 06 de junio del 2016 en
Tegucigalpa, Honduras se llevará a cabo la reunión del Consejo
de Ministros de Integración Económica Centroamericana
(COMIECO). Lo anterior de conformidad con el plan de acción
aprobado por este Consejo para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Marcela Chavarría
Pozuelo, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo,
portadora de la cédula número 1-0847-0321, Directora de la
Dirección General de Comercio Exterior para participar en calidad de
Asesora del señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de Comercio
Exterior en la reunión del Consejo de Ministros de Integración
Económica Centroamericana (COMIECO), que se llevará a cabo en
Tegucigalpa, Honduras el 6 de junio del 2016. Lo asesorará en los
diferentes temas del proceso de Unión Aduanera Centroamericana
y la integración económica, así como en lo referente a los temas de
facilitación de comercio, la incorporación de Panamá al Subsistema
de Integración Económica, el cumplimiento de los compromisos del
Acuerdo de Asociación con la Unión Europea y el avance en las
negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica
y Corea. Asimismo, lo asesorará en la reunión entre la Secretaría
de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y el Consejo
de Ministro para evaluar temas financieros de la secretaría, evento
que se llevará a cabo en horas de la mañana del día 7 de junio.
Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino, viaja a partir del domingo 5 de junio del 2016.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría
Pozuelo por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber US$338,40 (trescientos treinta y ocho dólares con cuarenta
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte
aéreo también será cubierto con recursos de COMEX, por la
subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa
Rica y en Honduras, será cubierto por COMEX, por la subpartida
10501 y el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos
del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax
e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por
pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta
que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica,
por la subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para el uso
de la firma digital para la suscripción de documentos en trámites
bajo su competencia. Asimismo, para hacer escala en El Salvador,
por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 05 al 07 de junio del 2016.
San José, a los dos días del mes de junio de dos mil dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11706.—( IN2016051666 ).
ACUERDO Nº 257-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional
es un elemento esencial para el Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE), acuerdo negociado
bajo una estructura de región a región, en el que las partes reafirman
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de
integración económica regional y asumen una serie de compromisos
en ese sentido. Por ello, el grado de avance de los países
centroamericanos en su integración regional permitirá aprovechar el
AACUE de una mejor manera.
III.—Que bajo este contexto, el 06 de junio de 2016 en
Tegucigalpa, Honduras se llevará a cabo la reunión del Consejo
de Ministros de Integración Económica Centroamericana
(COMIECO). Lo anterior de conformidad con el plan de acción
aprobado por este Consejo para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Laura Rodríguez
Vargas, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Rodríguez Vargas,
portadora de la cédula número 02-0353-0794, funcionaria de la
Dirección General de Comercio Exterior para participar en calidad de
Asesora del señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de Comercio
Exterior en la reunión del Consejo de Ministros de Integración
Económica Centroamericana (COMIECO), que se llevará a cabo en
Tegucigalpa, Honduras el 6 de junio de 2016. Lo asesorará en los
diferentes temas del proceso de Unión Aduanera Centroamericana
y la integración económica, así como en lo referente a los temas de
facilitación de comercio, la incorporación de Panamá al Subsistema
de Integración Económica, el cumplimiento de los compromisos del
Acuerdo de Asociación con la Unión Europea y el avance en las
negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica
y Corea. Asimismo, lo asesorará en la reunión entre la Secretaría
de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y el Consejo
de Ministro para evaluar temas financieros de la secretaría, evento
que se llevará a cabo en horas de la mañana del día 07 de junio.
Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino, viaja a partir del domingo 05 de junio de 2016.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Laura Rodríguez
Vargas por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber US$338,40 (trescientos treinta y ocho dólares con cuarenta
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte
aéreo también será cubierto con recursos de COMEX, por la
subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa
Rica y en Honduras, será cubierto por COMEX, por la subpartida
10501 y el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos
del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax
e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por
pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta
que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica,
por la subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer
escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 05 al 07 de junio de 2016.
San José, a los dos días del mes de junio de dos mil dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O.C. N° 28758.—Solicitud N° 11707.—( IN2016051667 ).
Nº 266-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
Pág 7
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la Alianza del Pacífico es un mecanismo que
busca crear un espacio de mayor integración comercial, política y
económica entre México, Chile, Perú y Colombia. Nuestro país ha
procurado un acercamiento gradual a este grupo, iniciando en 2012
cuando se pasó a formar parte en calidad de Estado Observador,
condición que en octubre de ese mismo año fue modificada por la
de Estado Observador Candidato para ser Estado Parte; y en febrero
de 2014 se suscribió la Declaración sobre el Proceso de Adhesión
de Costa Rica. Los cuatro países de la Alianza son socios relevantes
para Costa Rica, con los cuales se ha negociado Tratados de Libre
Comercio.
II.—Que bajo este contexto, del 29 de junio al 1° de julio del
2016 en Puerto Varas, Chile se llevarán a cabo actividades entre los
Países Miembros y los Estados Observadores de la Alianza en el
marco de la IX Cumbre de Presidentes.
III.—Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de
desarrollo y la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económicos (OCDE) es una herramienta para proporcionar apoyo y
guía en este proceso, ya que está orientada a promover las mejores
políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El
Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE desde
el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y alcanzar, con
ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades e iniciativas
desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso -incluyendo
todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización,
promoción, impulso y apoyo del mismo- fueron declaradas de interés
público mediante el Decreto Ejecutivo N° 37983-COMEX-MP del 9
de setiembre del 2013. Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018 se incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de
las políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
En abril del 2015, el país recibió invitación formal para iniciar su
proceso de adhesión. Desde entonces, se vienen ejecutando una
serie de tareas que conforman el plan de acción de Costa Rica en
dicho proceso. Estas incluyen la participación activa en los comités,
grupos, foros u otros identificados y que integran dicho plan. Una
de las actividades de la Organización en la que Costa Rica ha
mantenido una participación activa, es la iniciativa del Dialogo
sobre Cadenas Globales de Valor, Transformación Productiva y
Desarrollo, la cual Costa Rica preside en la actualidad.
IV.—Que en razón de lo anterior, del 4 al 6 de julio del 2016 en
París, Francia, se realizará la Sexta Reunión Plenaria de la Iniciativa
de Diálogo sobre Cadenas Globales de Valor, Transformación
Productiva y Desarrollo. Las sesiones de trabajo de esta Sexta
Reunión Plenaria estarán concentradas en las estrategias ligadas
a ayuda para el comercio y el alcance de las Metas de Desarrollo
Sostenible (SDGs), las experiencias-país para la transformación
productiva, las tendencias sectoriales globales y la construcción de
marcas país.
V.—Que adicionalmente, del 7 al 8 de julio en Lisboa,
Portugal, se llevará a cabo el Foro Global sobre Productividad de
la OCDE, enfocado en esta edición en las reformas estructurales
para el crecimiento productivo. Durante esta sesión se abordarán
temas relacionados con el rol de las políticas públicas dirigidas a
promover el incremento de la productividad y disminuir las brechas
existentes, los aspectos agregados de la difusión de la productividad
y la relación de la productividad con las Cadenas Globales de Valor.
VI.—Que en diversas reuniones sostenidas entre el Ministro
de Comercio Exterior de Costa Rica (COMEX) y autoridades
gubernamentales de Uruguay, se acordó programar una reunión
bilateral sobre aspectos comerciales entre ambos países, con el
objetivo de analizar las relaciones de comercio e inversión y
buscar mecanismos para avanzar hacia una mayor integración de
sus mercados. Asimismo, como parte de las políticas de Costa Rica
de buscar nuevas acercamientos políticos y comerciales, existe
interés de un mayor conocimiento y proximidad con la Asociación
Latinoamericana de Integración (ALADI).
VII.—Que en este marco, del 11 al 12 de julio en
Montevideo, Uruguay se llevarán a cabo reuniones con autoridades
gubernamentales de Uruguay y representantes de la ALADI.
VIII.—Que la participación del señor Francisco Monge Ariño
en estos eventos, resulta de particular relevancia para el Ministerio
de Comercio Exterior.
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Francisco Monge Ariño,
portador de la cédula N° 1-0873-0100, Subdirector General de
Comercio Exterior para viajar a Puerto Varas Chile, a París, Francia,
a Lisboa, Portugal y a Montevideo, Uruguay del 27 de junio al
13 de julio del 2016, para participar en los siguientes eventos: en
Puerto Varas, Chile del 29 de junio al 1° de julio del 2016, en las
actividades entre los Países Miembros y los Estados Observadores
de la Alianza, en el marco de la IX Cumbre de Presidentes. Durante
su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1)
participar en el “I Encuentro Ministerial de la Alianza del Pacífico
y sus Observadores”. En el cual se analizarán aspectos relacionados
con la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas
(PYMES); la educación como eje principal en el desarrollo humano;
la innovación, ciencia y tecnología como motor de desarrollo en
la Alianza del Pacífico; y facilitación del comercio; 2) participar
en el encuentro bilateral del señor Presidente de la República
con los Presidentes de los Países Miembros de la Alianza, con el
objetivo de conversar sobre el proceso que implicaría una eventual
incorporación de Costa Rica a esta iniciativa y; 3) participar en
las reuniones bilaterales con los Ministros de Comercio Exterior o
equivalentes de los Países Miembros y de Estados Observadores.
En París, Francia del 4 al 6 de julio del 2016, para participar en la
Sexta Reunión Plenaria de la Iniciativa de Diálogo sobre Cadenas
Globales de Valor, Transformación Productiva y Desarrollo, de la
OCDE. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos
específicos: 1) participar en las diferentes discusiones enfocadas en
temas claves como inversión, comercio y desarrollo que tendrán
lugar durante las sesiones de trabajo con el fin de conocer sobre los
desafíos y experiencias de los países miembros en la definición e
implementación de políticas públicas específicas en estas áreas; 2)
fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países
miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar
profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras
a la adhesión 3) participar en la reunión de expertos que discutirán
la estructura del Reporte 2016 sobre Cadenas Globales de Valor
y: 4) seguir consolidando la participación de Costa Rica en la red
internacional académica e institucional de investigación y debate
sobre el tema de las Cadenas Globales de Valor y Productividad.
En Lisboa, Portugal del 7 al 8 de julio para participar en el Foro
Global sobre Productividad, enfocado en las reformas estructurales
para el crecimiento productivo. Durante su estadía procurará
cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) participar en el Foro
Global sobre Productividad de la OCDE; 2) conocer experiencias
exitosas y mejores prácticas institucionales sobre formulación e
implementación de las políticas públicas para el fortalecimiento
de la productividad nacional y; 3) integrar al país a esta red de
investigación y trabajo sobre temas relacionados con productividad.
En Montevideo, Uruguay del 11 al 12 de julio de 2016 para
en reuniones con autoridades gubernamentales de Uruguay y
representantes de la ALADI. Durante su estadía procurará cumplir
los siguientes objetivos específicos: 1) participar en una reunión
bilateral con las autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores
de Uruguay para analizar las relaciones de comercio e inversión
entre ambos países y avanzar en la búsqueda de un mecanismo
que permita establecer una alianza más estrecha, consolidar las
relaciones de comercio, buscar crear un ambiente propicio para
incrementar la inversión y abrir mayores oportunidades para
los exportadores; 2) participar en una reunión con Uruguay XXI
(Instituto de Promoción de Inversiones y Exportaciones de Bienes y
Servicios) para conversar sobre la misión de empresarios uruguayos
que están programando para visitar Costa Rica en octubre de este año
y; 3) participar en un taller con técnicos de la ALADI para conocer
en mayor detalle sobre su funcionamiento, entre otros aspectos, el
marco regulatorio, integración, organización, adhesión, objetivos,
mecanismos de integración, costos y beneficios. Se le autoriza para
el uso de la firma digital para la suscripción de documentos en
trámites bajo su competencia. Exterior o equivalentes de los Países
Miembros y de Estados Observadores. El vuelo tiene como destino
final Puerto Montt, Chile, sin embargo, el evento se llevará a cabo
en la ciudad de Puerto Varas, por lo que el funcionario se estará
trasladando vía terrestre de Puerto Montt, Chile a Puerto Varas y
Viceversa.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Francisco Monge
Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje,
a saber, US$3.910.44 (tres mil novecientos diez dólares con
cuarenta y cuatro centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos
con recursos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
(PROCOMER). El transporte aéreo de ida y de regreso también
será cubierto con recursos de la Promotora. El transporte terrestre
en Costa Rica, en Puerto Montt Chile, en París, Francia, en
Lisboa, Portugal y en Montevideo, Uruguay, serán cubiertos por la
Promotora, incluyendo el transporte terrestre de Puerto Montt hacia
Puerto Varas el día 28 de junio y de Puerto Varas a Puerto Montt
el 2 de julio del 2016. Igualmente, los gastos correspondientes a
llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax
e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos
por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado
que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa
Rica, serán cubiertos por la Promotora. El seguro médico viajero,
será cubierto con recursos de COMEX, por la subpartida 10601,
del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Panamá y
en Santiago y en Puerto Montt, Chile, por conexión. Los días 02,
03, 09 y 10 de julio corresponden a fin de semana, sin embargo
son requeridos para que el funcionario pueda trasladarse de un
país a otro, de acuerdo con el itinerario establecido. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a
partir del 27 de junio y regresa a Costa Rica hasta el 13 de julio del
2016.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de junio al 13 de julio de
2016.
San José, a los catorce días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11708.—( IN2016051669 ).
Nº 281-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el Artículo Primero y Segundo del
Acuerdo de Viaje N° 236-2016, de fecha 20 de mayo de 2016, para
que se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO PRIMERO: Designar a la señora Marianne
Bennett Mora, portadora de la cédula Nº 1-1024-0398,
funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior
para participar en las siguientes actividades: En París, Francia
del 30 de mayo al 5 de junio del 2016, en la Reunión del
Consejo Ministerial de la OCDE, el Foro OCDE y el Foro
Económico para América Latina y el Caribe. Durante su
estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos:
1) atender las reuniones de coordinación y preparación con
la delegación costarricense ante la OCDE para la Ministerial
OCDE, el 30 de mayo; 2) atender la invitación cursada al
país para participar en el Foro OCDE, la Reunión Ministerial
de la OCDE, y el Foro Económico para América Latina y el
Caribe. En el caso del Foro de la OCDE, la participación
de la señora Bennett se concentrará en aquellas ponencias
y paneles relacionados con los temas de productividad,
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
inclusión social, desarrollo sostenible, conducta empresarial
responsable, habilidades para el futuro, y gobernanza (del
31de mayo al 03 de junio); 3) contribuir en la discusión,
análisis y reflexión de las temáticas de los foros, recogiendo
elementos de las experiencias de los participantes que puedan
resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas
dirigidas a potenciar estas áreas; 4) aprovechar la ocasión para
reforzar el compromiso político que tiene la Administración
Solís Rivera de finalizar el proceso de adhesión del país antes
de terminar su mandato. Para ello se programarán encuentros
bilaterales con altas autoridades de la Secretaría General de la
OCDE y 5) fortalecer la red de contactos con países miembros
de la OCDE y reforzar el interés de continuar profundizando
y mejorando la participación nacional en esta organización,
con miras al futuro ingreso a la misma. De París, Francia se
trasladará vía terrestre a Bruselas, Bélgica el día 6 de junio
para participar en reuniones con representantes de la Unión
Europea con el objetivo de informar, como institución que
agrupa a más de 20 países miembros de la OCDE, sobre el
avance de Costa Rica en el proceso de adhesión y presentar
una primera propuesta para la estrategia de cooperación con
países miembros. Para esto, se programaron reuniones con
autoridades de la Unión Europea en las oficinas de la Unión
Europea en Bruselas. Se tuvieron reuniones con representantes
de la Dirección de Comercio de la Unión Europea (DG
Trade), la Dirección de Cooperación (DEVCO) y el Servicio
de Acción Exterior (SEAE), y la Secretaría del Comité de
Comercio del Parlamento Europeo (INTA), en las cuales se
informó sobre el avance de las 22 evaluaciones de adhesión
y se presentaron las áreas prioritarias para cooperación por
parte de países miembros de la OCDE. Inicialmente, el día
06 de junio se tenían previstas las reuniones de coordinación
y preparación con la delegación costarricense ante la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos
(“OCDE”) y con representantes de la Secretaría. Sin embargo,
durante el proceso, ese mismo día se confirmaron reuniones
con representantes de la Unión Europea en las oficinas de
dicha institución en Bruselas, Bélgica. Por efectos de itinerario
y rutas de vuelo viaja a partir del 28 de mayo y regresa a Costa
Rica hasta el 07 de junio del 2016.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los gastos de la señora Marianne
Bennett Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación
y hospedaje, a saber USD$ 3.391.56 (tres mil trescientos
noventa y un dólares con cincuenta y seis centavos), serán
cubiertos con recursos de la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica (PROCOMER). El transporte aéreo de ida y
de regreso, el transporte terrestre en Costa Rica y en París,
Francia, también será cubierto con recursos de la Promotora.
Asimismo, se le reconocerán los gastos por transporte terrestre
vía tren de París, Francia a Bruselas, Bélgica y viceversa
del día 6 de junio del 2016. El seguro médico viajero, será
cubierto con recursos de COMEX, por la subpartida 10601,
del programa 796. Además, se le autoriza para hacer escala en
Madrid, España, por conexión. Los días 28 y 29 de mayo y 4
y 5 de junio corresponden a fin de semana.”
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del
Acuerdo 236-2016, se mantiene igual.
San José, a los catorce días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11709.—( IN2016051671 ).
Nº 282-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20)
y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre
del 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos
Pág 9
7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República, y
Considerando:
I.—Que la iniciativa de Transparencia en Pesquerías (FiTI por
sus siglas en inglés), es de gran interés para el país pues promueve
la pesca responsable a través de disciplinas de transparencia y
la participación de los diferentes sectores sociales. A nivel de
Organización Mundial del Comercio (OMC), la discusión de
disciplinas de transparencia y estándares que FiTI desarrolla
resultan de gran importancia, pues el desarrollo sostenible del sector
pesquero se encuentra vinculado con otros temas que actualmente
se discuten en Ginebra, como lo son existencias públicas con
fines de seguridad alimentaria, subsidios a la pesca, comercio y
medioambiente y normas, entre otros.
II.—Que bajo este contexto, el 15 de junio del 2016 en
Madrid, España se llevará a cabo la 4ª Reunión del Grupo Consultor
de la iniciativa de Transparencia en Pesquerías (FiTI por sus siglas
en inglés), como la participación de representantes de alto nivel de
varios Estados y de la sociedad civil.
III.—Que la participación del señor Álvaro Antonio Cedeño
Molinari, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Álvaro Antonio Cedeño
Molinari, portador de la cédula N° 01-0896-0007, Representante
Permanente con rango de Embajador-Jefe de Misión de la
Delegación Permanente de Costa Rica ante la Organización
Mundial de Comercio (OMC) en Ginebra, Suiza, para que viaje de
Ginebra, Suiza a Madrid, España para atender la invitación cursada
por la iniciativa de Transparencia en Pesquerías (FiTI por sus siglas
en inglés), para participar en la 4ª Reunión del Grupo Consultor,
a llevarse a cabo el 15 de junio en Madrid, España, y presentar la
experiencia de Costa Rica en materia de pesca sostenible, así como
la importancia de FiTI para promover un comercio más equilibrado
y responsable. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y
hacia el lugar de destino viaja a partir del 14 de junio del 2016.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Álvaro Antonio
Cedeño Molinari, por concepto por concepto de impuestos, tributos
o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y hospedaje, a saber: US$305,00 (trescientos cinco
dólares), sujeto a liquidación, con recursos de la Misión Permanente
de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Los gastos por transporte aéreo, también serán cubiertos con recursos
de la Misión. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet a la Misión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 3º—Rige a partir del 14 al 15 de junio del 2016.
San José, a los catorce días del mes de junio del año dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11710.—( IN2016051673 ).
Nº 285-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20
y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso
2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº
6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre
de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República, y
Considerando
I.—Que la Organización Mundial de Aduanas (OMA) tiene
como función actualizar la nomenclatura del Sistema Armonizado
de Designación y Codificación de Mercancías (SA). En razón de lo
anterior, le corresponde al Comité Iberoamericano de Nomenclatura
Pág 10
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
(CIN) mantener actualizada la Versión Única en Español del Sistema
Armonizado (VUESA), así como la versión en español de las Notas
Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), la actualización
de los criterios de clasificación arancelaria, y la adecuación de las
enmiendas al SA, con los cambios que realiza la OMA. Esto en
el marco del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia
Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América
Latina, España y Portugal (COMALEP).
II.—Que el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) tiene a
su cargo las negociaciones con Centroamérica de las modificaciones y
cambios que se hacen en el arancel centroamericano de importación,
la adecuación al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) de las
enmiendas al Sistema Armonizado que emite la OMA, por lo que es
importante la participación de COMEX en la reunión del CIN.
III.—Que bajo este en este contexto, del 04 al 15 de julio
de 2016 en la ciudad de Madrid, España, se llevará a cabo la XV
Reunión del Comité Iberoamericano de Nomenclatura (CIN), en el
marco del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia
Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América
Latina, España y Portugal (COMALEP).
IV.—Que la participación de la señora Estela Zúñiga
Villalobos, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Estela Zúñiga Villalobos,
portadora de la cédula número 06-0137-0205, funcionaria de la,
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la XV
Reunión del Comité Iberoamericano de Nomenclatura (CIN), en el
marco del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia
Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América
Latina, España y Portugal (COMALEP), que se llevará a cabo del
04 al 15 de julio de 2016 en la ciudad de Madrid, España. Durante
su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos:
1) participar en la actualización N° 8 de los índices de criterios de
clasificación emitidos por la OMA; 2) en la actualización N° 8 de
Notas Explicativas realizada por la OMA, al Sistema Armonizado de
la Versión Única en Español del Sistema Armonizado (VUENESA)
y; 3) en la 6ª Enmienda al Sistema Armonizado a la Versión Única
en Español del Sistema Armonizado (VUESA 2017), paginado y
erratas. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el
lugar de destino viaja a partir del 02 de julio y regresa hasta el 16
de julio de 2016. Los días 2, 3, 9, 10 y 16 de julio, corresponden a
fin de semana.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Estela Zúñiga
Villalobos por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, a saber US$3.367,00 (tres mil trescientos sesenta y
siete dólares), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de
la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en
Madrid, España, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del programa 796.
Igualmente, los gastos relativos a llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas
se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa
796. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 02 al 16 de julio de 2016.
San José, a los catorce días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O.C. N° 28758.—Solicitud N° 11711.—( IN2016051675 ).
Nº 286-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8°, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre del 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7°, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de
desarrollo y la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económicos (OCDE) es una herramienta para proporcionar apoyo y
guía en este proceso, ya que está orientada a promover las mejores
políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas.
El Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE
desde el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y
alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades
e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso
-incluyendo todas las actividades preparatorias relacionadas con
la organización, promoción, impulso y apoyo del mismo- fueron
declaradas de interés público mediante el Decreto Ejecutivo N°
37.983-COMEX-MP del 9 de setiembre del 2013. Asimismo, en
el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 se incluye como meta
prioritaria, el fortalecimiento de las políticas públicas a través del
ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial adoptada en mayo
del 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción que
contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE, como
resultado se obtuvo una invitación formal para iniciar un proceso de
adhesión en abril de 2015. Posteriormente, en julio 2015, el Consejo
de la OCDE aprobó la hoja de ruta que establece el proceso y fija
los términos para su futura membresía, por tanto el país ha venido
trabajando fuertemente en la realización de las evaluaciones técnicas
para completar su proceso de ingreso a la OCDE.
III.—Que en este sentido, desde el segundo semestre del
2015, se inició el trabajo para completar la Revisión de Políticas en
Ciencia y Tecnología, bajo el liderazgo del Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), el cual resulta como
uno de los estudios previos al proceso de adhesión de nuestro país a
esta prestigiosa organización. Al respecto, es de suma importancia
la participación de una funcionaria del Ministerio de Comercio
Exterior (COMEX) en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre
Política Tecnológica y de Innovación, con motivo de la presentación
de los principales hallazgos y desafíos ante los representantes de
los 35 gobiernos de la OCDE y los demás países que integran el
Grupo de Trabajo mencionado. La reunión de este Grupo de Trabajo
se realizará del 20 al 22 de junio, en la sede de la OCDE en París,
Francia.
IV.—Que en relación a esta presentación, es de alto interés para
el Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno de la República,
la participación activa en la presentación citada. Por lo anterior, se
asignó por parte de COMEX a la señorita Tatiana Vargas Vega. Los
resultados de esta revisión servirán de base para el trabajo que ha
dado inicio en relación con la Evaluación de Adhesión de Políticas
en Ciencia y Tecnología.
V.—Que asimismo, la participación en estas reuniones es
clave, ya que se requiere que Costa Rica realice una presentación
sobre la situación del país y responda las preguntas de los delegados
de los distintos países. Aunado a esto, la participación en estas
reuniones también es importante para identificar y discutir con los
expertos de la OCDE sobre los compromisos en estas áreas para un
eventual proceso de adhesión a la OCDE.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Tatiana Vargas Vega,
portadora de la cédula N° 01-1320-0633, funcionaria de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar en el Grupo de Trabajo
sobre Política Tecnológica y de Innovación, donde se presentará la
Revisión de Políticas de Innovación de Costa Rica, que se llevará
a cabo del 20 al 22 de junio del 2016 en París, Francia. Durante
su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos:
1) participar en la presentación de la Revisión de Políticas de
Innovación de Costa Rica ante el Grupo de Trabajo sobre Política
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Tecnológica y de Innovación, el día 20 de junio; 2) participar en
reuniones de coordinación con autoridades de la OCDE para afinar
detalles sobre los próximos pasos derivados de los comentarios
brindados por los países miembros a la Revisión de Políticas de
Innovación de Costa Rica, el día 22 de junio y; 3) participar en las
diferentes discusiones que tendrán lugar durante las reuniones, con
el fin de conocer sobre los desafíos y experiencias de los países
miembros en la definición e implementación de política tecnológica
y de innovación. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y
hacia el lugar de destino viaja a partir del 18 de junio y regresa a
Costa Rica hasta el 23 de junio del 2016. Los días 18 y 19 de junio
corresponden a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Tatiana Vargas Vega,
por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar
en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$1.316.00 (mil trescientos dieciséis dólares exactos), sujeto
a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
aéreo de ida y de regreso también será cubierto con recursos de
la Promotora. El transporte terrestre en Costa Rica y en París,
Francia, también será cubierto con recursos de la Promotora. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como
al regreso a Costa Rica, gastos que también serán sufragados por la
Promotora. El seguro médico viajero, será cubierto con recursos de
COMEX, por la subpartida 10601, del programa 796. Se le autoriza
para hacer escala en Panamá, por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 18 al 23 de junio de 2016.
San José, a los catorce días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11712.—( IN2016051676 ).
Nº 288-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20)
y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre
del 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos
7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República, y
Considerando:
I.—Que el Gobierno de la República ha venido trabajando con
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) desde 2009, con el objetivo de llegar a convertirse en
miembro y con ello mejorar la calidad de las políticas públicas en
el país. En virtud de lo anterior, mediante el Decreto Ejecutivo N°
37983-COMEX-MP del 09 de setiembre de 2013, se declararon de
interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas
en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE.
Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018, se incluyó
como meta prioritaria el fortalecimiento de las políticas públicas a
través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de
mayo del 2013, el gobierno preparó un plan de acción con el fin
de ampliar sus vínculos con la OCDE y, como resultado, en abril
del 2015 obtuvo la invitación formal para iniciar el proceso de
adhesión, en el que hoy se encuentra inmerso el país. Parte del
trabajo actual incluye la participación activa en comités, foros de
discusión, grupos de trabajo y redes de la organización, a través de
los cuales los participantes se exponen a los estándares y prácticas
Pág 11
de la OCDE, y a herramientas idóneas para promover las mejores
políticas públicas para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y
alcanzar mayores niveles de desarrollo.
III.—En este marco, el Programa Fiscal de Relaciones
Globales de la OCDE ha organizado un seminario de diálogo e
intercambio de conocimientos y experiencias en el que se discutirá
sobre el uso efectivo y eficiente de los incentivos fiscales. Este
tendrá lugar en el Centro Multilateral de Impuestos de la OCDE
en México, del 20 al 24 de junio próximo, y los organizadores han
cursado una invitación a Costa Rica para participar de la discusión.
El objetivo del encuentro es que los países participantes compartan
sobre casos prácticos de incentivos fiscales y sus sistemas de
verificación y elaboración de informes sobre ellos. Considerando
que son instrumentos comúnmente empleados en el mundo por
diversas razones -como competir en el fomento exitoso de inversión
nacional o extranjera, impulsar ciertos tipos de actividades como la
investigación y desarrollo o la inversión ecológica, o propiciar el
tratamiento preferencial de tipos específicos de agentes económicos
como las pequeñas y medianas empresas (PYMES), entre otrosse trata de un tema en el que conocer sobre las mejores prácticas
existentes para el diseño e implementación de este tipo de esquemas,
resulta de vital importancia para impulsar los objetivos de desarrollo
pretendidos por los países.
IV.—Que en virtud de lo anterior, la participación del
Ministerio de Hacienda -en sus labores de Autoridad Tributaria y su
función rectora de la política fiscal-, y del Ministerio de Comercio
Exterior -en sus labores de coordinación general del acceso de Costa
Rica a la OCDE y de promoción-país, y en su función rectora de la
política de inversión-, son indispensables. Se prevé que las sesiones
permitirán conocer de primera mano los estándares y políticas de la
OCDE en este tema, y con ello, que contribuirán a que en el país se
implementen -de forma efectiva y conjunta por ambas institucioneslas medidas que resulten necesarias en esta materia para completar
el proceso de adhesión a la organización. Aunado a ello, se espera
que mediante el análisis económico de los incentivos fiscales, el
intercambio dote al país de las mejores herramientas disponibles
para identificar opciones y respuestas de política pública viables
para el impulso de los objetivos de desarrollo nacional.
V.—Que la participación de la señora Nancy Vega Reyes
resulta de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Nancy Vega Reyes,
portadora de la cédula N° 1-1437-0630 funcionaria de la Dirección de
Inversión y Cooperación para participar como parte de la delegación
oficial que representará a Costa Rica en el seminario de diálogo e
intercambio sobre uso efectivo y eficiente de los incentivos fiscales,
y contribuir con ello al alcance del objetivo fijado por el gobierno,
de procurar la adhesión del país a la OCDE, y el consiguiente
fortalecimiento de las políticas públicas y de la calidad de vida de los
habitantes de la nación. Evento que se llevará a cabo del 20 al 24 de
junio del 2016 en México D.F. Durante su estadía procurará cumplir
los siguientes objetivos específicos: 1) participar en las discusiones
del seminario, enfocadas en temas claves como definiciones y tipos
de incentivos fiscales y su uso en la práctica, experiencias de los
países, análisis a profundidad de diversos casos -incluyendo los
que se emplean para atraer inversión extranjera-, y buenas prácticas
en la materia; 2) examinar las mejores herramientas disponibles
recomendadas por la OCDE para maximizar los beneficios y las
posibilidades de éxito en el empleo de esquemas de incentivo fiscal;
3) compartir la experiencia costarricense en la implementación de
incentivos fiscales; 4) contribuir en la discusión, análisis y reflexión
de las temáticas expuestas, recogiendo elementos de las experiencias
de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo
interno de políticas públicas dirigidas a trabajar este tema y 5)
aprovechar el evento para fortalecer la red de contactos que se ha
establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés
del país en continuar consolidando, profundizando y mejorando su
participación en la OCDE, con miras a la adhesión. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a
partir del 19 de junio del 2016. La funcionaria iniciará viaje personal
a partir de las 8:40 horas del 25 de junio y hasta el 26 de junio, de
forma tal, que todos los gastos en que incurra en esas fechas serán
cubiertos por cuenta propia. Únicamente se le reconocerá en lo que
corresponda al 25 de junio, según el artículo 43 del Reglamento de
Pág 12
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Los
días 19, 25 y 26 de junio corresponden a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos del viaje oficial de la señora Nancy
Vega Reyes, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, a saber US$1.556,96 (mil quinientos cincuenta y seis
dólares con noventa y seis centavos), sujeto a liquidación, con
recursos de COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del
programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con
recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en México, será cubierto por la subpartida
10501; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 26 de junio del 2016.
San José, a los catorce días del mes de junio del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11713.—( IN2016051679 ).
Nº 289-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Carlos Marín Castro,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula
N° 1-1138-0362, funcionario de la Dirección General de Comercio
Exterior para participar en la III Ronda de Negociación, del Proceso
de Unión Aduanera del I semestre de 2016 que se llevará a cabo del
20 al 24 de junio del 2016 en Tegucigalpa, Honduras. Participará
del 20 al 24 de junio en la reunión del Grupo Técnico de Origen.
El objetivo de la reunión es continuar con la revisión de los temas
pendientes para la implementación del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea, así como las modificaciones al
Reglamento de Origen Centroamericano. Por efectos de itinerario y
rutas de vuelo regresa a Costa Rica el 25 de junio del 2016.
Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en
las terminales de transporte, de alimentación y de hospedaje, a
saber US$774,40 (setecientos setenta y cuatro dólares con cuarenta
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala
en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 25 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11714.—( IN2016051681 ).
Nº 290-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8°, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre del 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7°, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que el Gobierno ha venido trabajando con la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el
2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y
mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el
Decreto No. 37983-COMEX-MP del 09 de setiembre de 2013, se
declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas
desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica
a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades
preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso
y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de
políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de
mayo del 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó
a cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación
formal para iniciar un proceso de adhesión el 9 de abril del 2015,
por parte del Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en
julio del 2015, el Consejo de Ministros de la OCDE emitió la hoja
de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica, con el objetivo de
guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la realización de
22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las
siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo,
mercados financieros, seguros y pensiones privadas, competencia,
asuntos fiscales, ambiente, químicos, gobernanza pública, política
regulatoria, estadísticas, economía y desarrollo, educación,
empleo, trabajo y asuntos sociales, salud, comercio y créditos a la
exportación, agricultura, pesca, políticas científicas y tecnológicas,
economía digital, y consumidor.
III.—Que estos comités técnicos se reúnen regularmente de
dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París. También
realizan periódicamente reuniones ministeriales en diferentes países
miembros para informar sobre avances y nuevas tendencias, así
como para obtener retroalimentación y dirección estratégica al
trabajo que realizan en su respectiva área por parte de los ministros
participantes.
IV.—Que en el marco del proceso de ingreso de Costa
Rica a la OCDE, es fundamental la participación del país en las
reuniones Ministeriales de dicha entidad, en particular en los temas
de los comités que evaluarán al país en el proceso de acceso, como
por ejemplo el Comité de Economía Digital. En este sentido, es
importante la participación del Ministerio de Comercio Exterior en
las reuniones ministeriales, en virtud de su responsabilidad como
coordinador del proceso de adhesión de Costa Rica ante la OCDE
y como representante del país ante este organismo. Además, la
participación en los distintos foros y comités permiten establecer
lazos con países aliados que apoyen el ingreso del país a la OCDE.
V.—Que bajo este contexto, del 21 al 23 de junio del 2016 en
Cancún, México se realizará la reunión Ministerial sobre Economía
Digital de la OCDE. El tema principal de esta reunión de alto nivel
es “Innovación, Crecimiento y Prosperidad Social”. Se discutirán
los siguientes temas: a) la apertura de internet y la innovación, b) la
construcción de la conectividad global, c) el fortalecimiento de la
confianza en la economía digital, y la necesidad de transformación de
los trabajos y habilidades en la economía digital. Participarán en esta
reunión el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
señor Marcelo Jenkins Corona y el Ministerio de Economía, Industria
y Comercio, señor Welmer Ramos González, quienes participarán
como panelistas en las sesiones “Mejorando redes y servicios a
través de Convergencia (Improving Networks and Services through
Convergence)” y “Confianza de Consumidores y Crecimiento de
Mercados (Consumer Trust and Market Growth)”, respectivamente.
VI.—Que la participación del señor Dennis Céspedes Araya,
resulta de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Dennis Céspedes Araya,
portadora de la cédula N° 1-0961-0620, Director de la Dirección
de Desarrollo de Capacidades para el Comercio Exterior, para
participar como parte de la Delegación Oficial que participará en la
reunión Ministerial de Economía Digital: “Innovación, Crecimiento
y Prosperidad Social” de la Organización para la Cooperación y
Desarrollo Económicos (OCDE) a realizarse del 21 al 23 de junio
del 2016 en Cancún, México. Durante su estadía procurará cumplir
los siguientes objetivos específicos: 1) participar de las reuniones de
la Reunión Ministerial sobre Economía Digital de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, incluyendo en
los paneles en los que participarán los Ministros Jenkins y Ramos.
Durante las sesiones paralelas de la Ministerial, se enfocará en las
sesiones sobre convergencia digital el día 21 de junio en horas de
la mañana; 2) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las
temáticas de los foros, recogiendo elementos de las experiencias de
los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno
de políticas públicas dirigidas a potenciar estas áreas; 3) fortalecer
la red de contactos con países miembros de la OCDE y reforzar
el interés de continuar profundizando y mejorando la participación
nacional en esta organización, con miras al futuro ingreso a la
misma y; 4) aprovechar la ocasión para reforzar el compromiso
político que tiene la Administración Solís Rivera de finalizar el
proceso de adhesión del país antes de terminar su mandato. Para ello
Pág 13
se programarán encuentros bilaterales con altas autoridades de la
Secretaría General de la OCDE y con países miembros. Por efectos
de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja
a partir del 20 de junio y regresa a Costa Rica hasta el 24 de junio
del 2016.
Artículo 2º—Los gastos del viaje del señor Dennis Céspedes
Araya, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, de alimentación y de hospedaje,
a saber USD$1.112,40 (mil ciento doce dólares con cuarenta
centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de
COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796.
Los gastos de transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en México, será cubierto por la subpartida
10501; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala
en Panamá, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 24 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11715.—( IN2016051684 ).
Nº 292-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8°, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7°, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
Pág 14
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Laura Rodríguez
Vargas, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Rodríguez Vargas,
portadora de la cédula N° 02-0353-0794, funcionaria de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la III Ronda de
Negociación, del Proceso de Unión Aduanera del I semestre de 2016
que se llevará a cabo del 20 al 24 de junio del 2016 en Tegucigalpa,
Honduras. Participará del 20 al 24 de junio en la reunión de
Directores de Integración Económica. El objetivo de la reunión es
analizar los diferentes temas que se incluyen en la agenda de esta
reunión, entre los cuales están negociar las solicitudes pendientes
de modificaciones arancelarias para insumos no producidos en la
región, continuar con la discusión de los reglamentos técnicos en
proceso de armonización y tomar decisiones en relación con los
resultados de la negociación de los grupos técnicos que se reúnen
durante la ronda, así como otros asuntos relacionados con la
integración económica y elevar las respectivas recomendaciones a
los viceministros y ministros de integración económica. Asimismo
analizar el avance en los temas relacionados con la implementación
del Protocolo de Incorporación de Panamá al Subsistema Económico
y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el AACUE.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Laura Rodríguez
Vargas por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber US$659,20 (seiscientos cincuenta y nueve dólares con veinte
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 24 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11716.—( IN2016051687 ).
Nº 293-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20
y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre
de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Estela Zúñiga
Villalobos, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Estela Zúñiga Villalobos,
portadora de la cédula N° 06-0137-0205, funcionaria de la,
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la
III Ronda de Negociación, del Proceso de Unión Aduanera del I
semestre de 2016 que se llevará a cabo del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras. Participará del 20 al 24 de junio 2016
en la reunión del Grupo de Técnico Arancelario. El objetivo de la
reunión es analizar los casos de aperturas arancelarias, criterios de
clasificación arancelaria, revisión de las tablas de correlación a diez
dígitos del sistema arancelario centroamericano (SAC) 6ª Enmienda
(2017-2012, 2012-2017), y del listado de productos presentados por
los países que requieren aperturas a 10 dígitos.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Estela Zúñiga
Villalobos por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, a saber US$659,20 (seiscientos cincuenta y nueve
dólares con veinte centavos), sujeto a liquidación, con recursos de
COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796.
Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa
Rica y en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 24 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11717.—( IN2016051690 ).
Nº 294-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20)
y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre
del 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Ángela Sánchez
Brenes, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Ángela Sánchez Brenes,
portadora de la cédula N° 1-0671-0497, funcionaria de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la III Ronda de
Negociación, del Proceso de Unión Aduanera del I semestre
de 2016 que se llevará a cabo del 20 al 24 de junio del 2016 en
Tegucigalpa, Honduras. Participará el día 20 de junio en la reunión
de Directores de Integración, y del 21 al 24 de junio en la reunión
de coordinadores del Grupo Técnico de Registros. El objetivo de
la reunión es coordinar el trabajo de los subgrupos de insumos
agropecuarios y alimentos, que participan en la negociación de
los diferentes reglamentos técnicos. Asimismo, dar seguimiento
a la implementación del Anexo 7.2 sobre reglamentación técnica
del Protocolo de Incorporación de Panamá y seguimiento a los
compromisos asumidos sobre reglamentación técnica con el
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Ángela Sánchez
Brenes por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber US$659,20 (seiscientos cincuenta y nueve dólares con veinte
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Pág 15
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 24 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11718.—( IN2016051693 ).
Nº 295-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28
inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la
Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de
diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los
artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio del 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Cristian Barrantes Rojas,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Cristian Barrantes Rojas,
portador de la cédula N° 01-0882-0234, funcionario de la, Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la III Ronda de
Negociación, del Proceso de Unión Aduanera del I semestre de 2016
que se llevará a cabo del 20 al 24 de junio del 2016 en Tegucigalpa,
Honduras. Participará del 20 al 24 de junio en la reunión del
Grupo Técnico Normativo y del Comité Aduanero. El objetivo de
estas reuniones es dar seguimiento a las discusiones y acuerdos
sobre facilitación del comercio y procedimientos aduaneros que
se lleven a cabo en las reuniones técnicas y del Comité Aduanero
Centroamericano, con el fin de coordinar las acciones acordadas
por este foro con las que se impulsan a nivel nacional, así como la
implementación de los compromisos del AACUE. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo regresa a Cosa Rica hasta el 25 de junio
de 2016.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Cristian Barrantes
Rojas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
Pág 16
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
saber US$774,40 (setecientos setenta y cuatro dólares con cuarenta
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala
en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 25 de junio del 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11719.—( IN2016051696 ).
Nº 296-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28
inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la
Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de
diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los
artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica (AACUE) y la Unión Europea.
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 20 al 24 de junio de 2016
en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a cabo la III Ronda de
Negociación del primer semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan
de acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, para el primer semestre 2016 y como
mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda
y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento
de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Paola Orozco Alpízar,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Paola Orozco Alpízar,
portadora de la cédula número 01-1277-0230, funcionaria de
la, Dirección General de Comercio Exterior para participar en la
III Ronda de Negociación, del Proceso de Unión Aduanera del I
semestre de 2016 que se llevará a cabo del 20 al 24 de junio de 2016
en Tegucigalpa, Honduras. Participará del 20 al 22 de junio en la
reunión del Grupo Técnico de Facilitación del Comercio. El objetivo
de la reunión es continuar con la implementación de Estrategia
Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad
con énfasis en la gestión coordinada de fronteras, así como con las
medidas prioritarias a corto plazo.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Paola Orozco Alpízar
por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje,
a saber US$339,20 (trescientos treinta y nueve dólares con veinte
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 22 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11720.—( IN2016051698 ).
Nº 297-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8°, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre del 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la firma, impulso legislativo, ratificación e
implementación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la
Unión Europea (AACUE) forman parte de las acciones desarrolladas
por el Ministerio para ampliar y consolidar la plataforma de
comercio exterior y es uno de los objetivos del sector establecido
en el Plan Nacional de Desarrollo. El proceso de negociación de
este instrumento se llevó a cabo entre octubre de 2007 y mayo de
2010; con ocho Rondas de Negociación con la Unión Europea; un
número similar de reuniones de coordinación centroamericana; y
varias Rondas de Negociación inter-sesionales. Posteriormente se
desarrolló la revisión legal y traducción del texto a los 27 idiomas
oficiales de la Unión Europea y, tras la conclusión de los pasos
preparatorios necesarios en el primer semestre del 2012, se llevó a
cabo el acto oficial de firma del acuerdo el 29 de junio del 2013 en
Tegucigalpa, Honduras. Posteriormente, el 1º de octubre del 2013,
el pilar comercial del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y
la Unión Europea (AACUE) entró en vigor para Costa Rica.
II.—Que la Unión Europea es un socio clave en los esfuerzos
costarricenses para diversificar el destino de nuestras exportaciones,
procurar mercados más exigentes y desarrollados, además de
crear nuevos empleos. El Acuerdo de Asociación vela por el
fortalecimiento de la plataforma comercial del país; garantiza un
acceso privilegiado al tercer mercado más importante para nuestras
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
exportaciones; nos dota de una herramienta de primer orden y de
mecanismos adecuados para facilitar y potenciar el comercio y
la inversión entre ambas regiones; y, de manera más macro, nos
permite continuar ejerciendo un papel activo como economía
pequeña que procura consolidar su exitosa inserción en la economía
mundial, profundizando y mejorando su desempeño en el mercado
internacional.
III.—Que dentro del marco institucional del AACUE se
establecen diversos órganos con tareas específicas en materia
comercial. El Consejo de Asociación es el encargado de supervisar
el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo y la aplicación del
mismo. Este se integra por los Ministros centroamericanos y los
representantes de alto nivel de la Unión Europea responsables del
comercio exterior. Por otra parte, el Comité de Comercio tiene la
función de asistir al Consejo de Asociación en el cumplimiento de
sus deberes y está compuesto por representantes de la Comisión
Europea y representantes de alto nivel de los países centroamericanos,
con responsabilidad sobre asuntos comerciales. Adicionalmente, el
AACUE establece diversos subcomités, los cuales a su vez tienen
la función de asistir al Comité de Comercio en el cumplimiento
de sus funciones. El Acuerdo contempla también un grupo de
coordinadores del Acuerdo, la Junta de Comercio y Desarrollo
sostenible y el Foro de Diálogo de la Sociedad Civil, así como
subcomités técnicos encargados de dar seguimiento e implementar
los diferentes compromisos del AACUE en los temas a su cargo:
Subcomité de Obstáculos Técnicos al Comercio; Subcomité de
Compras Públicas; Subcomité de Propiedad Intelectual; Subcomité
de Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios; Subcomité de Acceso de
Mercancías al Mercado; Subcomité de Aduanas, Facilitación del
Comercio y Normas de Origen.
IV.—Que por otro lado, este marco institucional se ha reunido
en dos ocasiones: en el mes de junio del 2014 en San Pedro SulaHonduras, así como en Bruselas-Bélgica en junio del año 2015.
Para el año 2016, estas reuniones coincidieron nuevamente con la
Presidencia Pro Tempore del Sistema de Integración Económica
Centroamericana (SIECA) y se llevarán a cabo nuevamente en
Honduras, las reuniones de los Subcomités en Tegucigalpa y las
reuniones del Comité de Comercio en Roatán.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Francisco Monge Ariño,
portador de la cédula número 1-0873-0100, Subdirector General
de Comercio Exterior para participar en las reuniones de la
institucionalidad del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y
la Unión Europea (AACUE) que se llevarán a cabo del 21 al 24 de
junio de 2016 en Roatán, Honduras. Se reunirán los Coordinadores
del Acuerdo y el Comité de Asociación. Durante su estadía procurará
cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) participar en las
reuniones de coordinadores con el objetivo de analizar los temas de
agenda previstos a discutirse en la reunión del Comité de Comercio
y otros temas que no están cubiertos en los subcomités existentes;
así como sostener una reunión final para concluir la documentación
de la reunión y determinar los compromisos asumidos y pasos a
seguir para continuar con la implementación del AACUE y; 2)
participar en la reunión del Comité de Asociación, con el objetivo de
asistir al señor Jhon Fonseca Viceministro de Comercio Exterior, en
el análisis de los resultados de las reuniones y videoconferencias de
los Subcomités y de la Junta de Comercio y Desarrollo Sostenible,
así como cualquier otro tema pendiente que se eleve por parte de los
coordinadores. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo regresa a
Costa Rica el 25 de junio de 2016. El día 25 de junio corresponde a
fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos del señor Francisco Monge Ariño,
por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar
en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber
US$767,04 setecientos sesenta y siete dólares con cuatro centavos),
sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de
la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos
de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida
10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del programa 796.
Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según
Pág 17
los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte
para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504
del programa 796. Se le autoriza para el uso de la firma digital
para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Asimismo, para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 21 al 25 de junio de 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11721.—( IN2016051700 ).
Nº 298-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8°, inciso b) de la Ley
N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre del 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que el Gobierno ha venido trabajando con la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el
2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y
mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con
el Decreto N° 37983-COMEX-MP del 9 de setiembre del 2013, se
declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas
desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica
a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades
preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso
y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de
políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de
mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó a
cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus
vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación
formal para iniciar un proceso de adhesión el 9 de abril del 2015,
por parte del Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en
julio del 2015, el Consejo de Ministros de la OCDE emitió la hoja
de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica, con el objetivo de
guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la realización de
22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las
siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo,
mercados financieros, seguros y pensiones privadas, competencia,
asuntos fiscales, ambiente, químicos, gobernanza pública, política
regulatoria, estadísticas, economía y desarrollo, educación,
empleo, trabajo y asuntos sociales, salud, comercio y créditos a la
exportación, agricultura, pesca, políticas científicas y tecnológicas,
economía digital, y consumidor.
III.—Que estos comités técnicos se reúnen regularmente de
dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París. También
realizan periódicamente reuniones ministeriales en diferentes países
miembros para informar sobre avances y nuevas tendencias, así
como para obtener retroalimentación y dirección estratégica al
trabajo que realizan en su respectiva área por parte de los ministros
participantes.
IV.—Que en el marco del proceso de ingreso de Costa
Rica a la OCDE, es fundamental la participación del país en las
reuniones Ministeriales de dicha entidad, en particular en los temas
de los comités que evaluarán al país en el proceso de acceso, como
por ejemplo el Comité de Economía Digital. En este sentido, es
importante la participación del Ministerio de Comercio Exterior en
Pág 18
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
las reuniones ministeriales, en virtud de su responsabilidad como
coordinador del proceso de adhesión de Costa Rica ante la OCDE
y como representante del país ante este organismo. Además, la
participación en los distintos foros y comités permiten establecer
lazos con países aliados que apoyen el ingreso del país a la OCDE.
V.—Que bajo este contexto, del 21 al 23 de junio del 2016 en
Cancún, México se realizará la reunión Ministerial sobre Economía
Digital de la OCDE. El tema principal de esta reunión de alto nivel
es “Innovación, Crecimiento y Prosperidad Social”. Se discutirán
los siguientes temas: a) la apertura de internet y la innovación, b) la
construcción de la conectividad global, c) el fortalecimiento de la
confianza en la economía digital, y la necesidad de transformación de
los trabajos y habilidades en la economía digital. Participarán en esta
reunión el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
señor Marcelo Jenkins Corona y el Ministerio de Economía, Industria
y Comercio, señor Welmer Ramos González, quienes participarán
como panelistas en las sesiones “Mejorando redes y servicios a
través de Convergencia (Improving Networks and Services through
Convergence)” y “Confianza de Consumidores y Crecimiento de
Mercados (Consumer Trust and Market Growth)”, respectivamente.
V.—Que la participación de la señora Marianne Bennett Mora,
resulta de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marianne Bennett Mora,
portadora de la cédula N° 1-1024-0398, funcionaria de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar como parte de la
Delegación Oficial que participará en la reunión Ministerial de
Economía Digital: “Innovación, Crecimiento y Prosperidad Social”
de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos
(OCDE) a realizarse del 21 al 23 de junio del 2016 en Cancún,
México. Participará como Coordinadora del proceso de adhesión
a la OCDE. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes
objetivos específicos: 1) Participar de las reuniones de la Reunión
Ministerial sobre Economía Digital de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos, incluyendo en los paneles
en los que participarán los Ministros Jenkins y Ramos. Durante
las sesiones paralelas de la Ministerial, participará en las sesiones
sobre temas de consumidor, seguridad digital, mercados de trabajo y
destrezas en la economía digital, el 21 de junio en horas de la tarde; 2)
contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de los
foros, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes
que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas
públicas dirigidas a potenciar estas áreas; 3) fortalecer la red de
contactos con países miembros de la OCDE y reforzar el interés
de continuar profundizando y mejorando la participación nacional
en esta organización, con miras al futuro ingreso a la misma; 4)
aprovechar la ocasión para reforzar el compromiso político que tiene
la Administración Solís Rivera de finalizar el proceso de adhesión
del país antes de terminar su mandato. Para ello se programarán
encuentros bilaterales con altas autoridades de la Secretaría General
de la OCDE y con países miembros. Asimismo, participará el 24 de
junio durante la mañana y hasta las 13:00 horas, en las reuniones
bilaterales de los Ministros con miembros de la Secretaría de la
OCDE, con el fin de participar en las actividades organizadas por
el Centro de la OCDE en México para América Latina en el marco
de la Ministerial de Economía Digital 2016, donde se discutirán el
Mapa de Ruta a partir de lo desarrollado en la Ministerial.
Artículo 2º—Los gastos de viaje de la señora Marianne Bennett
Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje,
a saber USD$820,56 (ochocientos veinte dólares con cincuenta y
seis centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de
COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796.
Los gastos de transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en México, será cubierto por la subpartida
10501; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala
en Panamá, por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 21 al 24 de junio del 2016.
San José, a los quince días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11722.—( IN2016051702 ).
N° 310-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio III Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica es miembro de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) desde 1995, organismo que es base del
intercambio comercial global y pieza fundamental de la plataforma
de comercio exterior del país. Por ello, para el Ministerio de
Comercio Exterior fortalecer y profundizar los conocimientos
sobre las distintas áreas del quehacer de la organización constituyen
un recurso valioso para el fortalecimiento de las capacidades
institucionales de los funcionarios. En este sentido, la OMC cuenta
con un amplio programa de capacitación en diversos temas de
interés, el cual contribuye a este objetivo.
II.—Que como parte de este programa que incentiva la OMC,
se extendió la invitación al país a participar en el Tercer Curso
Avanzado sobre Comercio y Medio Ambiente-2016, a realizarse
del 27 de junio al 8 de julio en Ginebra, Suiza, con el objetivo de
actualizar a los participantes en aspectos claves relacionados con
comercio y medio ambiente, profundizar el conocimiento en las
disposiciones de la OMC y actividades relacionadas con políticas
ambientales, así como identificar y analizar oportunidades en áreas
cubiertas por el curso.
III.—Que Considerando la relevancia y actualidad del tema
para el Ministerio de Comercio Exterior, se designó a la funcionaria
Alejandra Aguilar Schramm para asistir a esta actividad, dada su
amplia experiencia en la materia.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Alejandra Aguilar Schramm,
cédula número 01-0844-0618, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior para participar en el Tercer Curso Avanzado
sobre Comercio y Medio Ambiente-2016, que se llevará a cabo
del 27 de junio al 8 de julio de 2016 en Ginebra, Suiza. Durante
su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos:
1) mejorar el perfil profesional de la funcionaria a través de una
capacitación de alto nivel en el tema de comercio y medio ambiente;
2) adquirir conocimientos actualizados sobre el tema de comercio
y medio ambiente y; 3) compartir la experiencia del país en este
tema. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el
lugar de destino viaja a partir del 25 de junio y regresa a Costa Rica
hasta el 09 de julio de 2016. Los días 25, 26 junio y 2, 3 y 9 de julio
corresponden a fin de semana.
Artículo 2°—Los gastos de la señora Alejandra Aguilar
Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, serán cubiertos con recurso de la Organización Mundial
de Comercio (OMC). El transporte aéreo también será cubierto
con recursos de la OMC. El transporte terrestre en Costa Rica y
en Ginebra, Suiza será cubierto con recursos de COMEX por la
subpartida 10501; el seguro médico viajero, será cubierto por la
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos
correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior
y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52
del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como
al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 796.
Se le autoriza para hacer escala en Madrid, España, por conexión.
Artículo 3°—Rige a partir del 25 de junio al 09 de julio de
2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a.í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 310-2016.—( IN2016051704 ).
Nº 312-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que con el espíritu de seguir fortaleciendo la participación
de las empresas costarricenses en los mercados internacionales y
contribuir al crecimiento económico del país y al desarrollo inclusivo
a través de más y mejores empleos, Costa Rica ha dirigido una
política de comercio exterior que busca incrementar sus relaciones
comerciales y de inversión con socios clave. Dentro de este esquema,
las relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea
se perfilan como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que Costa Rica y otros países centroamericanos
se acercaron a la República de Corea a fin de plantear el interés
de establecer un acuerdo comercial. A principios de 2015, se
establecieron conversaciones al respecto y Corea expresó el deseo
de profundizar las relaciones con los países centroamericanos por
medio de un Tratado de Libre Comercio (TLC).
III.—Que en virtud de lo anterior, el 18 de junio de 2015
se realizó el lanzamiento oficial del proceso de negociación en
Houston, Estados Unidos. En relación con esto, los gobiernos de
Centroamérica han venido trabajando arduamente en el desarrollo
del proceso de negociación y acordaron realizar una II Reunión
Inter-sesional en San José, Costa Rica, previa a la V Ronda de
Negociación, con el propósito de avanzar en la negociación de
este TLC. Durante esta reunión participarán los equipos técnicos
de Servicios e Inversión, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen,
Acceso a Mercados y Jefes Negociadores.
IV.—Que en este contexto, con el fin de armonizar las
posiciones que serán discutidas con la República de Corea, del 29 de
junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a
cabo la Reunión de Coordinación con Centroamérica en preparación
para la II Reunión Inter-sesional, en el marco de la negociación del
Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de
Corea, por lo que es indispensable que participe una representación
del Ministerio de Comercio Exterior como ente encargado de
dirigir las negociaciones comerciales y de inversión, bilaterales y
multilaterales.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula
número 1-1138-0362, funcionario de la, Dirección General de
Comercio Exterior para participar en la Reunión de Coordinación
con Centroamérica en preparación para la II Reunión Inter-sesional,
en el marco de la negociación del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y la República de Corea, que se llevará a cabo del
29 de junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras. El
objetivo es participar del 30 de junio al 01 de julio en las discusiones
del Grupo de Reglas de Origen. En este grupo se continuará con la
Pág 19
discusión de los textos normativos y revisión de las de reglas de
origen específicas pendientes. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 29 de junio
y regresa a Costa Rica hasta el 02 de julio de 2016. El día 02 de julio
corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en
las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$448,00 (cuatrocientos cuarenta y ocho dólares exactos), sujeto
a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
aéreo de ida y de regreso y el transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, también será cubierto con recursos de la Promotora.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas
se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, gastos que serán sufragados por la
Promotora. El seguro médico viajero, será cubierto con recursos de
COMEX, por la subpartida 10601, del programa 796. Se le autoriza
para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 de junio al 02 de julio de
2016.
San José, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro a. í. de Comercio Exterior.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11724.—( IN2016051706 ).
N° 313-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que con el espíritu de seguir fortaleciendo la participación
de las empresas costarricenses en los mercados internacionales y
contribuir al crecimiento económico del país y al desarrollo inclusivo
a través de más y mejores empleos, Costa Rica ha dirigido una
política de comercio exterior que busca incrementar sus relaciones
comerciales y de inversión con socios clave. Dentro de este esquema,
las relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea
se perfilan como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que Costa Rica y otros países centroamericanos
se acercaron a la República de Corea a fin de plantear el interés
de establecer un acuerdo comercial. A principios de 2015, se
establecieron conversaciones al respecto y Corea expresó el deseo
de profundizar las relaciones con los países centroamericanos por
medio de un Tratado de Libre Comercio (TLC).
III.—Que en virtud de lo anterior, el 18 de junio de 2015
se realizó el lanzamiento oficial del proceso de negociación en
Houston, Estados Unidos. En relación con esto, los gobiernos de
Centroamérica han venido trabajando arduamente en el desarrollo
del proceso de negociación y acordaron realizar una II Reunión
Inter-sesional en San José, Costa Rica, previa a la V Ronda de
Negociación, con el propósito de avanzar en la negociación de este
TLC.
Durante esta reunión participarán los equipos técnicos de
Servicios e Inversión, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen,
Acceso a Mercados y Jefes Negociadores.
IV.—Que en este contexto, con el fin de armonizar las
posiciones que serán discutidas con la República de Corea, del
29 de junio al 1° de julio del 2016, en Tegucigalpa, Honduras, se
Pág 20
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
llevará a cabo la Reunión de Coordinación con Centroamérica en
preparación para la II Reunión Inter-sesional, en el marco de la
negociación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y
la República de Corea, por lo que es indispensable que participe
una representación del Ministerio de Comercio Exterior como ente
encargado de dirigir las negociaciones comerciales y de inversión,
bilaterales y multilaterales.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Henry Benavides Barquero,
portador de la cédula de identidad número 01-0714-0053, funcionario
de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la
Reunión de Coordinación con Centroamérica en preparación para la
II Reunión Intersesional, en el marco de la negociación del Tratado
de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Corea,
que se llevará a cabo del 29 de junio al 1° de julio de 2016, en
Tegucigalpa, Honduras. El objetivo es participar del 29 de junio al
01 de julio en las discusiones del Grupo de Acceso a Mercados,
particularmente los temas normativos, y revisión de las solicitudes
para la segunda oferta que se le presentará a Corea. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a
partir del 28 de junio y regresa a Costa Rica hasta el 02 de julio de
2016. El día 02 de julio corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Henry Benavides
Barquero por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, a saber, US $608,00 (seiscientos ocho dólares exactos),
sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
aéreo de ida y de regreso y el transporte terrestre en Costa Rica
y en Honduras, será cubierto con recursos de la Promotora. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior
y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31
y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas
se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, gastos que serán sufragados por la
Promotora. El seguro médico viajero, será cubierto con recursos de
COMEX, por la subpartida 10601, del programa 796. Se le autoriza
para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo III.—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo IV.—Rige a partir del 28 de junio al 2 de julio del
2016.
San José, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordoñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11725.—( IN2016051708 ).
Nº 314-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que con el espíritu de seguir fortaleciendo la participación
de las empresas costarricenses en los mercados internacionales y
contribuir al crecimiento económico del país y al desarrollo inclusivo
a través de más y mejores empleos, Costa Rica ha dirigido una
política de comercio exterior que busca incrementar sus relaciones
comerciales y de inversión con socios clave. Dentro de este esquema,
las relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea
se perfilan como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que Costa Rica y otros países centroamericanos
se acercaron a la República de Corea a fin de plantear el interés
de establecer un acuerdo comercial. A principios de 2015, se
establecieron conversaciones al respecto y Corea expresó el deseo
de profundizar las relaciones con los países centroamericanos por
medio de un Tratado de Libre Comercio (TLC).
III.—Que en virtud de lo anterior, el 18 de junio de 2015
se realizó el lanzamiento oficial del proceso de negociación en
Houston, Estados Unidos. En relación con esto, los gobiernos de
Centroamérica han venido trabajando arduamente en el desarrollo
del proceso de negociación y acordaron realizar una II Reunión
Inter-sesional en San José, Costa Rica, previa a la V Ronda de
Negociación, con el propósito de avanzar en la negociación de
este TLC. Durante esta reunión participarán los equipos técnicos
de Servicios e Inversión, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen,
Acceso a Mercados y Jefes Negociadores.
IV.—Que en este contexto, con el fin de armonizar las
posiciones que serán discutidas con la República de Corea, del 29 de
junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a
cabo la Reunión de Coordinación con Centroamérica en preparación
para la II Reunión Inter-sesional, en el marco de la negociación del
Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de
Corea, por lo que es indispensable que participe una representación
del Ministerio de Comercio Exterior como ente encargado de
dirigir las negociaciones comerciales y de inversión, bilaterales y
multilaterales.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Karen Chan Sánchez,
cédula número 05-0319-0094, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior para participar en la Reunión de Coordinación
con Centroamérica en preparación para la II Reunión Inter-sesional,
en el marco de la negociación del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y la República de Corea, que se llevará a cabo del
29 de junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras. El
objetivo es participar del 29 de junio al 01 de julio en las discusiones
del Grupo de Acceso a Mercados, particularmente los temas
normativos, y revisión de las solicitudes para la segunda oferta que
se le presentará a Corea. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 28 de junio y
regresa a Costa Rica hasta el 02 de julio de 2016. El día 02 de julio
corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Karen Chan
Sánchez por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y
hospedaje, a saber, US$608,00 (seiscientos ocho dólares exactos),
sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
aéreo de ida y de regreso y el transporte terrestre en Costa Rica y
en Honduras, también será cubierto con recursos de la Promotora.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas
se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, gastos que serán sufragados por la
Promotora. El seguro médico viajero, será cubierto con recursos de
COMEX, por la subpartida 10601, del programa 796. Se le autoriza
para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 28 de junio al 02 de julio de
2016.
San José, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11726.—(IN2016051712).
Nº 315-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que con el espíritu de seguir fortaleciendo la participación
de las empresas costarricenses en los mercados internacionales y
contribuir al crecimiento económico del país y al desarrollo inclusivo
a través de más y mejores empleos, Costa Rica ha dirigido una
política de comercio exterior que busca incrementar sus relaciones
comerciales y de inversión con socios clave. Dentro de este esquema,
las relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea
se perfilan como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que Costa Rica y otros países centroamericanos
se acercaron a la República de Corea a fin de plantear el interés
de establecer un acuerdo comercial. A principios de 2015, se
establecieron conversaciones al respecto y Corea expresó el deseo
de profundizar las relaciones con los países centroamericanos por
medio de un Tratado de Libre Comercio (TLC).
III.—Que en virtud de lo anterior, el 18 de junio de 2015
se realizó el lanzamiento oficial del proceso de negociación en
Houston, Estados Unidos. En relación con esto, los gobiernos de
Centroamérica han venido trabajando arduamente en el desarrollo
del proceso de negociación y acordaron realizar una II Reunión
Inter-sesional en San José, Costa Rica, previa a la V Ronda de
Negociación, con el propósito de avanzar en la negociación de
este TLC. Durante esta reunión participarán los equipos técnicos
de Servicios e Inversión, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen,
Acceso a Mercados y Jefes Negociadores.
IV.—Que en este contexto, con el fin de armonizar las
posiciones que serán discutidas con la República de Corea, del 29 de
junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras, se llevará a
cabo la Reunión de Coordinación con Centroamérica en preparación
para la II Reunión Inter-sesional, en el marco de la negociación del
Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de
Corea, por lo que es indispensable que participe una representación
del Ministerio de Comercio Exterior como ente encargado de
dirigir las negociaciones comerciales y de inversión, bilaterales y
multilaterales.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Leonor Obando Quesada,
cédula número 01-0910-0209, funcionaria de la Dirección General
de Comercio Exterior para participar en la Reunión de Coordinación
con Centroamérica en preparación para la II Reunión Inter-sesional,
en el marco de la negociación del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y la República de Corea, que se llevará a cabo del
29 de junio al 01 de julio de 2016, en Tegucigalpa, Honduras. El
objetivo es participar en las discusiones del Grupo de Propiedad
Intelectual del 29 de junio al 01 de julio. En este grupo se continuará
la discusión de los textos normativos. Por efectos de itinerario y
rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 28
de junio y regresa a Costa Rica hasta el 02 de julio de 2016. El día
02 de julio corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Leonor Obando Quesada,
por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar
en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$608,00 (seiscientos ocho dólares exactos), sujeto a liquidación,
serán cubiertos con recursos de la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica (PROCOMER). El transporte aéreo de ida y de regreso
y el transporte terrestre en Costa Rica y en Honduras, será cubierto
con recursos de la Promotora. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que
sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, gastos
que serán sufragados por la Promotora. El seguro médico viajero,
será cubierto con recursos de COMEX, por la subpartida 10601, del
programa 796. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por
conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Pág 21
Artículo 4º—Rige a partir del 28 de junio al 02 de julio de
2016.
San José, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1
vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 11727.—( IN2016051715 ).
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
Res Nº 1799-2016 DM.—Ministerio de Seguridad Pública.—
Despacho del Señor Ministro.—San José, a las ocho horas del
diecinueve de mayo del dos mil quince. Conoce este Despacho
Proceso Ordinario Administrativo de Incumplimiento de “Contrato
de Adiestramiento Curso Técnico Básico Policial Nº 59 Nº 0552011-59 contra el señor Yosimar López Quirós, cédula de identidad
Nº 7-217-101.
Resultando:
1º—Que el señor López Quirós suscribió Contrato de
Adiestramiento Curso Básico Policial Nº 59 Nº 055-2011-59, el cual
incumplió al haber renunciado injustificadamente, siendo que dicha
cláusula establece que: “El Ministerio podrá resolver este Contrato
si estima que existen razones para considerar al Beneficiario indigno
de las ventajas concedidas. Se tendrá por razones suficientes con
responsabilidad: (…) d) la renuncia injustificada del beneficiario
(…). (folios 12 al 15).
2º—Que con resolución Nº 2139-2012 DM de las quince
horas del veintiuno de junio del dos mil doce del Despacho del
Señor Ministro, se designa a la licenciada Kattia Delgado Calvo,
funcionaria del Proceso Jurídico Contractual de la Asesoría Jurídica
como Órgano Director del Procedimiento, de conformidad con los
artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la
Administración Pública, para la búsqueda de la verdad real de los
hechos y establecer las responsabilidades que correspondan. (folio
16).
3º—Que mediante resolución Nº 664-2016 AJ de las diez
horas del dieciocho de mayo del dos mil dieciséis, el Órgano
Director resolvió: Recomendar al señor Ministro de esta cartera
declarar responsable y sancionar al funcionario Yosimar López
Quirós, cédula de identidad Nº 7-217-101, por el incumplimiento de
lo establecido en la cláusula cuarta del “Contrato de Adiestramiento
Curso Técnico Básico Policial Nº 59 Nº 055-2011-59 de conformidad
con los fundamentos de hecho y de Derecho indicados”.
4º—Que se han realizado todas las diligencias útiles y
necesarias para el dictado de la presente resolución.
Considerando:
1º—Que el Órgano Director tuvo como hecho probado
la renuncia injustificada del señor Yosimar López Quirós y en
consecuencia el incumplimiento de lo pactado en el contrato
suscrito de lo establecido en la cláusula cuarta del contrato suscrito
con la administración “Contrato de Adiestramiento Curso Técnico
Básico Policial Nº 59 Nº 055-2011-59”, según lo descrito en el
resultando primero de la presente resolución. “El Ministerio podrá
resolver este Contrato si estima que existen razones para considerar
al Beneficiario indigno de las ventajas concedidas. Se tendrá
por razones suficientes con responsabilidad: (…) d) la renuncia
injustificada del beneficiario (…). La disolución del contrato por
culpa del beneficiario se considerará una infracción grave a la Ley
General de Policía, al Reglamento de Servicio y al Reglamento de
Organización, ambos de los cuerpos policiales adscritos al ministerio
de Seguridad Pública, según corresponda
Así las cosas, habiéndose acreditado el incumplimiento por
parte del señor Yosimar López Quirós de lo pactado en citado
contrato, sin que exista ningún motivo exculpante o justificante
que permita exonerarle de la responsabilidad atribuida, lo
procedente es aplicar la sanción establecida en la cláusula quinta
del mencionado contrato, que al efecto señala que el beneficiario
adquiere la obligación, en el caso que no cumpliere con los términos
de este Contrato de pagar al Estado todos los daños y perjuicios
Pág 22
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
causados. Para este efecto, el Ministerio procederá a certificar el
costo total del curso, el cual estará estimado en ¢4.652.974,97 para
la duración de 2114 horas. Según lo estipulado, el cobro respectivo
será equivalente al triple (¢13.956.924.91) del monto en el cual está
estimado el contrato.
2º—Que analizada la recomendación y documentación
remitida mediante expediente N° 1285-2012 del Sub Proceso
Jurídico Contractual de la Asesoría Jurídica, este Despacho estima
a derecho acoger la recomendación emitida en resolución Nº 6642016 AJ de las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil quince,
por cuanto de conformidad con los fundamentos de hecho y de
Derecho indicados es lo procedente. Por tanto:
EL DESPACHO DEL MINISTRO
RESUELVE:
Acoger la recomendación del Órgano Director y declarar
responsable de incumplimiento al “Contrato de Adiestramiento
Curso Técnico Básico Policial Nº 59 Nº 055-2011-59” al señor
Yosimar López Quirós, cédula de identidad Nº 7-217-1014 de
calidades conocidas, de conformidad con los elementos fácticos
y jurídicos expuestos. La presente resolución tiene recurso de
revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
Una vez firme, remítase copia al Departamento de Capacitación y
Desarrollo para lo de su cargo, así como al Sub Proceso de Cobros
Administrativos de la Asesoría Jurídica.
Notifíquese, comuníquese.
Lic. Gustavo Mata Vega, Ministro de Seguridad Pública.—O.
C. 3400027316.—Solicitud Nº 57174.—( IN2016038028 ).
DOCUMENTOS VARIOS
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 01, folio 210, título N° 691, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe La Cruz, en el año dos mil ocho, a nombre
de Reyes Ruiz Ariel de Jesús, cédula: 5-0384-0196. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce
días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016050630 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 6, título N° 27, emitido por el Colegio Nocturno
Académico de San Vito, en el año mil novecientos noventa y
seis, a nombre de Delgado Trejos Enid, cédula: 1-1006-0695.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José,
a los veintinueve días del mes de julio del dos mil dieciséis.—
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016050915 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1,
Folio 61, Título N° 581, emitido por el Liceo Sinaí, en el año dos mil
doce, a nombre de Boza Vargas Jerson Andrey, cédula 1-1537-0423.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051020 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1,
folio 100, título N° 949, emitido por el Liceo de Costa Rica, en
el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Tenorio Arce
Rafael Enrique, cédula: 1-0972-0020. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 14 de enero del 2016.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016051126 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada,
“Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el
Tomo 1, Folio 40, Asiento 17, título N° 1063, emitido por el Colegio
Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos ochenta y
seis, a nombre de Ramírez López Gustavo Alberto, cédula Nº10699-0241. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil quince.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051349 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1,
Folio 66, Título N° 295, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Artesanal Fco. J. Orlich, en el año mil novecientos noventa y nueve,
a nombre de Cubero Salazar Jenny María, cédula: 2-0564-0736.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintisiete días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016050655 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el
Tomo 01, Folio 145, Título N° 1568, emitido por el Liceo Rodrigo
Facio, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de
Kattia Monge Ramírez. Se solicita la reposición del título indicado
por cambio de apellido, cuyo nombre y apellido correcto es: Kattia
Kawer Ramírez, cédula: 1-0737-0486. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de julio del dos mil
dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—
Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051397 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 60, título N° 196, emitido por el Colegio Bilingüe
Santa Sofía, en el año dos mil once, a nombre de Matamoros Jaén
Ana Laura, cédula Nº 6-0420-0206. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del
mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016050795 ).
Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo
3, Folio 57, título N° 7744, emitido por el Colegio San Luis
Gonzaga, en el año dos mil doce, a nombre de Thomas Molina
Jordan Snnaider, cédula Nº 1-1610-0353. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del
mes de marzo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016051425 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Francis Durman Esquivel, casado una vez, cédula de identidad
105150231, en calidad de apoderado generalísimo de Corporacion
Yanber S. A., cédula jurídica 3101004861 con domicilio en San
José, Barrio Corazón de Jesús, calles 28, avenidas 24 y 23, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: NEMAYAN como marca
de fábrica y comercio en c1ase: 16 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 16 rollo plástico para uso en la agricultura.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
13 de mayo del 2016. Solicitud Nº 2016-0004600. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 6 de junio del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2016043141 ).
Manrique Ureña Sandoval, soltero, cédula de identidad
110360929, con domicilio en 400 mts sur entrada a la Trinidad,
Orotina, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SIETE
NUEVE
como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente:
Producción
de
video
(audiovisuales). Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006483. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2016050579 ).
Consorzio Per La Tutela del Formaggio Gorgonzola Dop,
con domicilio en Vía Andrea Costa, 5/C-28100 Novara, Italia,
solicita la inscripción de: GORGONZOLA como denominación
de origen en clase: internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Queso. Reservas: Registro internacional de la
denominación de origen Nº 927. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2014.
Solicitud Nº 2014-0004972. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26
de julio de 2016.—Adriana Broutin Espinoza Registradora.—O.
C. N° OC16-0048.—Solicitud N° 61122.—( IN2016050633 ).
David Giovanni Veliz López, casado, cédula de identidad
108440717, en calidad de apoderado generalísimo de Quevear
Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San José, Merced,
Paso La Vaca, Terminal Siete Diez, local FC cero siete tercer, piso,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tutto Pollo,
como nombre comercial en clase:
internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a venta de pollo
frito, burritos de pollo, hamburguesas
de pollo, papas fritas empanadas de
pollo, ensaladas de pollo y comidas relacionadas de pollo, ubicado
en San José, San José, San José, Merced, Paso la Vaca, Terminal
Siete Diez, local FC cero siete, tercer piso. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del
2016. Solicitud N° 2016-0003655. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 23 de mayo del 2016.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2016050651 ).
Natasha Saavedra Esquivel, casada, cédula de identidad
206670802, en calidad de apoderada general de City Phone
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101704685, con domicilio en
La Merced, Edificio Centro Colón, último piso, número 14, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Pág 23
como nombre comercial en clase:
Internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la protección de
teléfonos fijos y teléfonos celulares;
artículos,
accesorios,
aparatos,
cordones, correas, software, estuches, adaptadores, adaptadores
eléctricos, cargadores, cables USB, todo lo anterior para teléfonos
fijos y teléfonos celulares, ubicado en Alajuela, Centro Comercial
City Mall, local número 121. Reservas de los colores: Blanco y
negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 19 de noviembre de 2015. Solicitud N° 2015-0011131. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 28 de enero del 2016.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2016050656 ).
Natasha Saavedra Esquivel, casada, cédula de identidad
206670802, en calidad de apoderado generalísimo de City Phone
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101704685, con domicilio en
La Merced, edificio Centro Colón, último piso número 14, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en clase: 9
internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: teléfonos fijos y teléfonos
celulares;
artículos,
accesorios,
aparatos, cordones, correas, software,
estuches, adaptadores, adaptadores eléctricos, cargadores, cables
USB, todo lo anterior para teléfonos fijos y teléfonos celulares.
Reservas: de los colores: blanco y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de noviembre
de 2015. Solicitud Nº 2015-0011130. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 28 de enero de 2016.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2016050657 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez, cédula de
identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de
La Guardia, N° 8, Panamá, solicita la inscripción de: Sur Kal SUR
como marca de fábrica y comercio en
clase: 1 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos químicos
para la industria, la ciencia y la fotografía,
así como para la agricultura, la horticultura
y la silvicultura; abonos, enmiendas y
fertilizantes para el suelo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006595.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de julio del 2016.—
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050687 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez, cédula de
identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en: Calle Aquilino de La
Guardia, Nº 8, Panamá, solicita la inscripción de: ETIBOND SUR
como marca de fábrica y comercio en
clase 1 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la
fotografía, así como para la agricultura,
la horticultura y la silvicultura; resinas
artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el
suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y
soldar metales; productos químicos para conservar alimentos;
materias curtientes; adhesivas (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de
Pág 24
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006419. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 13 de julio del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2016050688 ).
José Martín Zamora Cordero, divorciado, cédula jurídica
105510050, con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, del
Supermercado Palí Los Sauces, 150 metros al oeste, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Partido Alianza por San José
como marca de servicios en clase: 45,
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios relacionados con
partidos políticos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006449. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2016050694 ).
José Alfredo Meneses Alpízar, divorciado una vez, cédula de
identidad Nº 108930995 con domicilio en: Moravia, urbanización
Andre, casa 548, Costa Rica, solicita la inscripción de: SABORES
ARTESANALES Hnos. Meneses Soto
como marca de fábrica y comercio
en clase 29 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente:
chileras en vinagre, escabeche en
vinagre y salsa de tomate tipo
ketchup, ceviche de banano en vinagre, vinagretas, chimichurri o
pico de gallo en vinagreta, palmito en vinagre, ensalada de repollo
en mayonesa, ensalada rusa en mayonesa. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del
2016. Solicitud N° 2016-0005027. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de julio del 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2016050750 ).
Josep Rosell Miranda, soltero, cédula de identidad
113080694, en calidad de apoderado generalísimo de U GYM E
F R con domicilio en Curridabat, 100 m este, 200 metros sur y 50
metros este de la casa del embajador de Italia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: U GYM SOLO UNA VIDA VÍVELA BIEN
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 41 Servicios deportivos, gimnasio
de entrenamiento deportivo y funcional. Se
cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de julio del 2016, solicitud Nº
2016-0006509. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de julio
del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050753 )
Juan Carlos Bedoya, casado una vez, pasaporte Nº 517679696,
con domicilio en Pozos de Santa Ana, urbanización Eco Residencial
Villa Real casa Q-7, Costa Rica, solicita la inscripción de: TeleDolar
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial lar dedicado a brindar
servicios de envíos y pagos de dinero
bajo el concepto de remesas familiares y transacciones de contenido
electrónico monetario, así como el cambio de divisas, de un servicio
para llamadas nacionales e internacionales, de un servicio de una
billetera electrónica para el procesamiento de depósitos, retiros y
pagos de servicios y consumos todo de contenido monetario y una
plataforma tecnológica de procesamiento de transacciones
electrónicas de contenido monetario y un servicio para llamadas
nacionales e internacionales, ubicado en San José, Paseo Colón,
entre calles veintidós y veinticuatro, frente al Banco Scotiabank
ubicado en el edificio Torre Mercedes, denominado “TELEDOLAR”.
Reservas: de los colores: naranja, verde y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del
2016. Solicitud N° 2016-0003099. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 19 de mayo del 2016.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2016050754 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad Nº 1-07580660, en calidad de apoderado especial de Core Desarrolladora
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3102700856 con domicilio en: Barrio Cuba, doscientos metros al
sur del Liceo del Sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Urban Escalante, como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al
ejercicio de sus actividades de venta de bienes inmuebles. Ubicado
en San José, Barrio Cuba, doscientos metros al sur del Liceo del
Sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 18 de diciembre del 2015. Solicitud N° 2015-0012279. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 15 de febrero del 2016.—María Leonor
Hernández B., Registradora.—( IN2016050770 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660,
en calidad de apoderado especial de Core Desarrolladora Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102700856, con
domicilio en Barrio Cuba, doscientos metros al sur del Liceo del
Sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: (506) Escalante
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado al ejercicio de sus actividades
de venta de bienes inmuebles. Ubicado en San José, Barrio Cuba,
doscientos metros al sur del Liceo del Sur. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de diciembre
del 2015. Solicitud N° 2015-0012281. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 15 de febrero del 2016.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016050771 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 1-07580660, en calidad de apoderado especial de Laura Zúñiga Duarte,
soltera, cédula de identidad 304180748 con domicilio en San Rafael,
Los Ángeles Residencial El Castillo, Avenida Gavilán Calle Lobo,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a salón de belleza,
peluquería, estética personal. Ubicado en
Heredia, San Francisco 1 kilómetro al oeste
de Wal-Mart, plaza deportiva, Plaza San
Francisco segunda planta local S&L.
Reservas: De los colores gris y negro. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2016,
solicitud Nº 2016-0000748. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
15 de febrero del 2016.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016050772 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad Nº 1-07580660, en calidad de apoderado especial de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica Nº 3-009-045021
con domicilio en: distrito primero, Barrio Cristo Rey, 200 metros al
oeste de Plaza Feria, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MULTIPROPOSITO, como marca de servicios en clase 36
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios
financieros, bancarios, operaciones crediticias y monetarias. Se cita
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09
de diciembre del 2015. Solicitud N° 2015-0011855. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 09 de febrero del 2016.—Adriana Broutin
Espinoza, Registradora.—( IN2016050773 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de
identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de
Core Desarrolladora Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica Nº 3102700856, con domicilio en Barrio Cuba,
doscientos metros al sur del Liceo del Sur, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Urbn Escalante, como nombre comercial
en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado al ejercicio de sus actividades
de venta de bienes inmuebles, ubicado en San José, Barrio Escalante,
avenida Central, calle 29. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 26 de enero del 2016. Solicitud N° 20160000711. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de febrero del
2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2016050778 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de
identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Core
Desarrolladora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3102700856, con domicilio en Barrio Cuba, 200 metros al
sur del Liceo del Sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Urbn como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al
ejercicio de sus actividades de venta de bienes inmuebles, ubicado
en San José, Barrio Escalante Avenida Central calle 29. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
26 de enero del 2016. Solicitud Nº 2016-0000709. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 1° de febrero del 2016.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2016050779 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660,
en calidad de apoderado especial de Albert Sánchez Gamboa,
soltero, cédula de identidad 111630520 con domicilio en Curridabat
oficinas de Café Rey detrás de los Condominios Hacienda Vieja,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de entretenimiento y
esparcimiento prestados por un grupo
musical. Reservas: De los colores azul,
celeste, blanco amarillo, café, verde musgo.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
diciembre del 2015, solicitud Nº 2015-0011862. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2016.—María
Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016050780 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad Nº 107580660,
en calidad de apoderado especial de Óptica Bermúdez Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101302737 con domicilio en: San
Juan de Tibás, 150 metros este de la Burger King, mano derecha,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
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como nombre comercial, para proteger
y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a
la venta y distribución de accesorios
para anteojos tales como: lentes, aros,
líquidos especiales para limpieza de
anteojos, así como reparación de lentes y exámenes de la vista,
servicios de oftalmología, optometría, lentes visuales, lentes de
contacto con graduación y cosméticos. Ubicado en San Juan de
Tibás, 150 metros este de la Burger King, mano derecha. Reservas:
de los colores blanco y negro. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 09 de diciembre del 2015.
Solicitud N° 2015-0011856. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
20 de enero del 2016.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016050781 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660,
en calidad de apoderado especial de Óptica Bermúdez Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101302737 con domicilio en San Juan
de Tibás, 150 metros este de la Burger King, mano derecha, Costa
Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase 44
internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de
salud enfocados a la optometría y a
la oftalmología. Reservas: De los
colores negro y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre
del 2015, solicitud Nº 2015-0011857. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de enero del 2016.—María Leonor
Hernández B., Registradora.—( IN2016050784 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casada una vez, cédula de
identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, cédula
jurídica 3009045021, con domicilio en distrito primero, Barrio
Cristo Rey, 200 metros oeste de Plaza Feria, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MARCHATON como marca de
servicios en clase(s): 36 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios y operaciones financieras y monetarias. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9
de diciembre del 2016. Solicitud N° 2015-0011859. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 21 de enero del 2016.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2016050785 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660,
en calidad de apoderado especial de Core Desarrolladora Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102700856 con
domicilio en Barrio Cuba, doscientos metros al sur del Liceo del
Sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cosmopolitan
Tower como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al ejercicio de
sus actividades de venta de bienes inmuebles. Ubicado en San José,
Rohrmoser, del Restaurante Antojitos 250 metros al norte. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18
de diciembre del 2015, solicitud Nº 2015-0012284. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 18 de febrero del 2016.—María Leonor
Hernández B., Registradora.—( IN2016050786 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Juan Carlos Molina Cambronero, casado una vez, cédula de
identidad Nº 203760418, con domicilio en: San Antonio de Belén,
costado noroeste de la iglesia católica, Costa Rica, solicita la
inscripción de: cuzuco’s DE AMOR
como nombre comercial en clase 49
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a área de salud,
consultorio pediátrico, ubicado en San
Antonio de Belén, costado noroeste de la iglesia católica Centro
Comercial Chayfer, 2do piso, local 13. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08
de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006627. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2016050809 ).
Carlos Francisco Araya González, casado una vez, cédula
de identidad 105320952, en calidad de apoderado especial de
Parrillada Araya Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3102703011 con domicilio en cantón 14 Moravia, distrito
San Vicente, de la entrada principal de iglesia católica de Moravia,
200 metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de restauración
(alimentación), elaborada a la parrilla.
Reservas: De los colores: café claro, café
oscuro, rojo y amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 8 de diciembre del
2015, solicitud Nº 2015-0011797. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de febrero del 2016.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2016050814 ).
Luis Enrique Martínez Castro, casado una vez, pasaporte Nº
9376986, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora
Cummins Centroamérica Costa Rica, cédula jurídica Nº
3102395241, con domicilio en: cantón: cero uno San José, distrito:
siete La Uruca, de la Kia, 150 metros al norte, detrás de las bodegas
de Distali, oficinas centrales Distribuidora Cummins Costa Rica,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IGNITE Start Your
Engine
como marca de fábrica y comercio en
clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: baterías, para
equipos industriales y transporte de
carga, pasajero de medio y alto rango.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 11 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006651. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016050815 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de José Piñón Méndez,
soltero, pasaporte G01275129 con domicilio en Avenida Royal
Country 4650 piso 16, Colonia Royal Country, Zapopan, Jalisco,
Guadalajara, México, solicita la inscripción de: táctica Innovación
de negocios
como marca de servicios en clases 41
y 45 internacionales, para proteger y
distinguir
lo
siguiente:
41
Organización de eventos y congresos,
educación; formación; servicios de
entretenimiento;
actividades
deportivas y culturales, y 45 Servicios jurídicos; consultoría sobre
litigios, incluyendo los fiscales estrictamente de naturaleza legal;
servicios de investigación jurídica. Reservas: De los colores: celeste,
verde, azul, gris y negro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2014, solicitud Nº 20140010843. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del
2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016050818 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de José Piñón
Méndez, soltero, pasaporte G01275129, con domicilio en: avenida
Royal Country 4650 piso 16, Colonia Royal Country, Zapopan,
Jalisco, Guadalajara, Costa Rica, solicita la inscripción de: worken
Talento y desarrollo humano
como marca de servicios en clases 36; 41 y 45
internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 36: constitución de capital;
estimaciones fiscales; valoraciones fiscales;
consultoría financiera; información financiera;
capital (inversión de); en clase 41:
organización de eventos y congresos,
educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades
deportivas y culturales y en clase 45: servicios jurídicos; servicios
de investigación jurídica, consultoría sobre litigios. Reservas: de
los colores: rojo, anaranjado, amarillo, verde, celeste y negro. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 12 de diciembre del 2014. Solicitud N° 2014-0010844. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 16 de junio del 2016.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2016050819 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de Gran Vista del
Oriente T W S. A., cédula jurídica 3101290126con domicilio
en El Alto de La Trinidad de Moravia, de la plaza de deportes
600 metros al norte y 200 metros al este, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CHIAMAS como marca de fábrica y
comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes
y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
13 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0005676. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85
de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de junio del 2016.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016050820 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de Idis Holdings Co.,
LTD con domicilio en Gwanpyeong-Dong, Yuseong-Gu, DaejeonSi, Korea, República de Corea, solicita la inscripción de: Idis
como marca de fábrica y servicios en
clases: 9; 37; 42 y 45. Internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 9
Hardware de vigilancia de seguridad, en
especial cámaras de vigilancia; recintos
ambientales, en especial, estructuras
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
especialmente adaptadas para sostener y proteger las cámaras de los
elementos exteriores y la manipulación indebida; lentes ópticos para
la video-vigilancia y vigilancia por televisión de circuito cerrado;
software de seguridad, en especial, software de manejo por software
y /o usuario para el control y seguimiento de las imágenes en vivo
de las cámaras de vigilancia de seguridad, ambas en una red de área
local y remotamente desde Internet y software para la grabación
automática, almacenamiento, recuperación y mejora de las imágenes
de las cámaras de vigilancia de seguridad, 37 Instalación y reparación
de sistemas de seguridad, 42 Diseño y producción personalizada de
sistemas de seguridad de circuito televisivo cerrado, y 45 Servicios
de supervisión electrónicos para seguridad, en especial, vigilancia
por circuito televisivo cerrado y de video. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del
2016, solicitud Nº 2016-0005696. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 22 de junio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2016050821 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de Pura Vida Tele
Productions Limitada, cédula jurídica 3102686931, con domicilio
en San Rafael de Escazú, autopista Próspero Fernández, 400
metros al oeste del peaje, edificio Fuentecantos, segundo piso,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SIBU como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 32 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: Cerveza artesanal. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril
del 2016. Solicitud N° 2016-0003764. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 4 de julio del 2016.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2016050827 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de Pura Vida Tele
Productions Limitada, cédula jurídica Nº 3102686931, con domicilio
en: San Rafael de Escazú, autopista Próspero Fernández, 400 metros
al oeste del peaje, edificio Fuentecantos, segundo piso, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: SIBU, como marca de fábrica
y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: café. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 22 de abril del 2016. Solicitud N° 20160003763. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2016050828 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de Alectron AG, con
domicilio en Wolhuser STR.31, CH 6017 Ruswil, Suiza, solicita la
inscripción de: SiSo, como marca de fábrica y comercio en clases:
6; 7; 8 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 6: Materiales de construcción metálicos y cerrajería, en
particular tornillos de metal, sujeciones roscadas metálicas, tuercas
metálicas, vigas metálicas, armazones metálicos, sistemas de
fijación metálicos para instalaciones solares. En clase 7: Máquinas,
en particular destornilladores eléctricos, llaves de tuerca eléctricas,
los productos mencionados en particular para sistemas de fijación
para instalaciones solares. En clase 8: Herramientas manuales y
aparatos, en particular llaves de ajuste, destornilladores, llaves (de
ajuste) ajustables, los productos mencionados en particular sistemas
de fijación para instalaciones solares y en clase 37: Construcción;
reparación; servicios de instalación; alquiler de herramientas y de
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material de construcción o de obra; servicios anteriores en particular
en relación con sistemas de fijación metálicos de instalaciones
solares; servicios de montaje en relación con instalaciones solares.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
14 de junio del 2016. Solicitud N° 2016-0005697. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 17 de junio del 2016.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2016058033 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad
401550803, en calidad de apoderado especial de KTM AG, con
domicilio en Stallhofner Straße 3 5230 Mattighofen, Austria,
solicita la inscripción de: KTM, como marca de fábrica y servicios
en clases: 7; 9; 12; 37 y 41 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 7: Radiadores (refrigerante) para
motores y motores para vehículos automotrices, en clase 9: Prendas
de protección para motociclistas, incluyendo guantes protectores,
zapatos, cascos y protectores (rodilleras, coderas y cinturones de
riñón), lentes antirreflejo, lentes de sol; aparatos para la grabación,
transmisión o reproducción de sonidos o imágenes; aparatos de
señalización, dispositivos de manos libres y aparatos para la
comunicación, en clase 12: Bicicletas, motocicletas, motocicletas
pequeñas, scooters a motor, ciclomotores y todas las partes y
accesorios para éstos, a saber, motores para vehículos terrestres,
sillas de bicicleta y motocicletas, llantas, ruedas, aros, pastillas de
freno, discos de freno, cubiertas, molduras, portaequipajes, cestas,
mochilas para botellas, maletines para motocicletas, soportes,
guardafangos, spoilers, secciones traseras, espejos, portaplacas,
tapones para tanques de combustible, tanques, cadenas, ventiladores
y cilindros para motores, silenciadores, tubos de escape, asientos,
culatas, tapas de encendido; vehículos motorizados, tales como
doble eje o multieje, incluyendo vehículos off-road (vehículos todo
terreno, cuatrimotos; vehículos y partes de los mismos; pequeñas
bicicletas de motor, motocicletas, motocicletas livianas, bicicletas
a pedal, vehículos y bicicletas eléctricos de dos llantas (eGnition),
bicicletas de entrenamiento y bicicletas para niños, cobertores de
asiento para vehículos motorizados, cobertores de asiento para
bicicletas y motocicletas, en clase 37: servicios de mantenimiento
y reparación de vehículos a motor, reparación de motores de
vehículos y partes de los mismos y en clase 41: Servicios de
entretenimiento, deportes y actividades culturales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
23 de mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0004907. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 16 de junio del 2016.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2016050834 ).
Diego Benítez Alfaro, soltero, cédula de identidad Nº
110530896, con domicilio en Tres Ríos, 75 oeste y 150 sur del
Colegio San Gregory, casa mano derecha, Nº 37, San Juan, La
Unión, Costa Rica, solicita la inscripción de: empodérate
como marca de servicios, en clases: 35 y 41
internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente, en clase 35: publicidad, gestión
de negocios comerciales, administración
comercial, y trabajos de oficina. Clase 41:
educación,
formación,
actividades
deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160007030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto del
2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2016054094 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad Nº 105320390,
en calidad de apoderado especial de NBA Properties, Inc., con
domicilio en: Olympic Tower, 645 Fifth Avenue, New York, New
York, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
UTAH JAZZ como marca de fábrica y
comercio en clase 28 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: juegos y
juguetes; artículos de gimnasia y deporte,
adornos para árboles de navidad. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0004715. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 21 de junio del 2016.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2016048474 ).
-0-0-0-0-0-0-0-0Pahul Herdo Urpin, casado una vez, cédula de residencia
186200336404, con domicilio en La Guácima, Cond. Natura Viva
casa N° 80, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Marea
como marca de servicios en clase: 43
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de restaurante. Se cita
a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006741. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio del
2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2016050868 ).
Pahul Herdo Urpin, casado una vez, cédula de residencia Nº
186200336404, con domicilio en: La Guácima, Cond. Natura Viva,
casa Nº 80, Costa Rica, solicita la inscripción de: Marea Ceviche
Bar
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a preparación,
distribución y venta de alimentos
asociados a productos del mar, venta de
bebidas con contenido alcohólico. Ubicado en Centro Comercial
City Place, local ALN 9, Santa Ana, San José, 100 metros norte de
la Cruz Roja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006742. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 27 de julio del 2016.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN2016050869 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad
102990846, en calidad de apoderado especial de Motorola Trademark
Holdings, LLC con domicilio en 222 W. Merchandise Mart Plaza
Suite 1800 Chicago, IL 60654, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: MOTO X FORCE como marca de fábrica y
comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, accesorios para
los mismos, tales como batería, cargadores, adaptadores y cubiertas
protectoras removibles. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de diciembre del 2015, solicitud Nº 2015-
0012175. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de enero del 2016.—
Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050944 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad
102990846, en calidad de apoderado especial de Motorola Trademark
Holding Llc., con domicilio en 222 W. Merchandise Mart Plaza, Suite
1800 Chicago, IL 60654, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: TURBOPOWER como marca de fábrica y comercio
en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
baterías, cargadores de baterías, paquetes de baterías, adaptadores de
corriente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 10 de diciembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0011935. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de diciembre del 2015.—Bernard Molina
Alvarado, Registrador.—( IN2016050946 ).
Lisander Chacón Vargas, casado una vez, cédula de identidad
107800043, en calidad de apoderado generalísimo de Ruah
Comunicaciones S. A., cédula jurídica 3101718166 con domicilio
en Guayabos de Curridabat, Urbanización Puruses, casa 2-A, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RUAH como marca
de fábrica y servicios en clase: 16. Internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 16 Papel, cartón y artículos de estas
materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta;
material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería;
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico;
material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos
de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material
didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de
imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 1° de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006396. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de julio del 2016.—
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050980 ).
Adrián Ramón Sánchez Cordero, casado una vez, cédula
de identidad 106760549, en calidad de apoderado generalísimo
de Ruah Comunicaciones S. A., cédula jurídica 3101718166, con
domicilio en Guayabos de Curridabat, Urbanización Puruses,
CASA 2-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
RUAH COMUNICACIONES S. A. como nombre comercial
en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49
Un establecimiento comercial dedicado a trabajos de imprenta,
encuadernación, confección de libros, material de enseñanza y de
educación. Ubicado en Guayabos de Curridabat, Urbanización
Puruses, casa 2-a, San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 1 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006395. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del
2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050981 ).
Ilanit Waserstein Medina, casada una vez, cédula de identidad
111430682, en calidad de apoderado generalísimo de Ángulo
Opuesto Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101324010 con
domicilio en San José, calle trece y quince avenida diez, número
un mil trescientos veintisiete, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MUÑECA como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Calzado de
hombre, mujer, niño. Reservas: Del color: negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo
del 2016, solicitud Nº 2016-0004888. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 25 de mayo del 2016.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2016051024 ).
Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula de identidad
111490188, en calidad de apoderada especial de Novartis AG, con
domicilio en 4002 Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: como
marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de julio del 2016. Solicitud
N° 2016-0006582. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 18 de julio del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2016051047 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de International
Tropical Getaways S. A., con domicilio en Plaza Aventura Bussines
Center, Suite 221; calle Ricardo J. Alfaro, Panamá, solicita la
inscripción de: Q’VIVA HOTEL AND RESORTS como marca
de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios de hospedaje temporal. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio
del 2016, solicitud Nº 2016-0006693. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de julio del 2016.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2016051103 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de Bayer Intellectual
Property GMBH, con domicilio en Alfred-Nobel-STR. 10,
40789 Monheim AM Rhein, Alemania, solicita la inscripción
de: VOTIVO como marca de fábrica y comercio en clase: 1 y 5.
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos
químicos utilizados en agricultura, horticultura y silvicultura;
preparaciones para el tratamiento de semillas (comprendidos en la
clase 01); preparaciones para regular el crecimiento de las plantas;
genes de semillas para la producción agrícola; fertilizantes y
5 Preparaciones para la destrucción de parásitos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006690. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016051104 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de Bayer Intellectual
Property GMBH, con domicilio en Alfred-Nobel-STR. 10,
40789 Monheim AM Rhein, Alemania, solicita la inscripción de:
EVERGOL, como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
1: Productos químicos utilizados en agricultura, horticultura
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y silvicultura; preparaciones para el tratamiento de semillas
(comprendidos en la clase 01); fertilizantes y en clase 5: Preparaciones
para la destrucción de malas hierbas y parásitos, insecticidas,
herbicidas, funguicidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006691. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—
Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016051105 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de International
Tropical Getaways S. A., con domicilio en Plaza Aventura Bussines
Center, suite 221; calle Ricardo J. Alfaro, Panamá, solicita la
inscripción de: AZURA HOTELS AND RESORTS como marca
de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 43 Servicios de restauración (alimentación); hospedaje
temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006694. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2016051106 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
11055703, en calidad de Apoderado Especial de Helvex S. A.
de C.V. con domicilio en Calzada Coltongo N 293, Colonia
Industrial Vallejo, C.P. 02300, del Azcapotzalco, México, solicita
la inscripción de: HELVEX como marca colectiva en clase: 6.
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: metales
comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos;
construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para
vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de
cerrajería y ferretería metálicos; tubos y tuberías metálicos; cajas
de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases;
minerales metalíferos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 12 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006696. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—
Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016051107 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de Helvex S. A. de
C. V. con domicilio en Calzada Coltongo N. 293, Colonia Industrial
Vallejo, C. P. 02300, Delegación Azcapotzalco, Ciudad de México,
México, solicita la inscripción de: HELVEX como marca de fábrica
y comercio en clase 20 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 20 Muebles, espejos, marcos; productos de madera,
corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha,
ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales
o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de
julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006697. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de julio del 2016.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2016051108 ).
Pág 30
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de apoderada especial de Helvex S. A. de
C.V., con domicilio en Calzada Coltongo N. 293, Colonia Industrial
Vallejo, C.P. 02300, Delegación Azcapotzalco, Ciudad de México,
México, solicita la inscripción de: HELVEX, como marca de fábrica
y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: instalaciones sanitarias, monomandos, ensambles,
contra con rejilla, secadores de manos para sanitarios, desagüe
automático para tina, fluxómetros, los artículos mencionados
también accionados de forma automática o a través de sensores, en
parte también accionados a distancia de forma eléctrica/ electrónica,
llaves electrónicas, tinas de baño, agarraderas de tina con jabonera de
rejilla integrada, contracanasta para fregadero, interceptor de grasas
con canastilla para sedimentos sólidos, mingitorios (urinarios),
inodoros y tazas de W.C. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006698. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—
Ivonne Mora Ortega Registradora.—( IN2016051109 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad
110550703, en calidad de Apoderado Especial de D Quinientos
Seis S. A., cédula jurídica 3101543479con domicilio en Santa Ana,
Pozos, frente al automercado de Lindora, En Momentum Lindora,
Oficentro, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MÍSTICO como marca de fábrica y servicios en clases: 25; 36;
39; 41 y 43. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente:
25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, camisas,
camisetas, sombreros, gorras, jackets, zapatos, tennis, zapatillas,
sandalias, salidas de baño, vestidos, pantalones, pantalonetas,
trajes de baño, ropa de playa, ropa interior, pijamas, medias,
ropa para hacer ejercicio, ropa de niños, prendas impermeables,
chalecos., 36 Servicios de seguros; operaciones financieras;
operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, en especial
asesoramiento en negocios inmobiliarios; corretaje de contratos
de ahorros para sociedades de crédito inmobiliario; facilitación
de préstamos inmobiliarios; organización de financiación para
préstamos inmobiliarios; servicios de administración de bienes
inmuebles relacionados con complejos inmobiliarios; servicios
de asuntos inmobiliarios; servicios de valoración y tasación de
bienes inmobiliarios; servicios inmobiliarios relacionados con
la administración de inversiones inmobiliarias; suministro de
información sobre negocios inmobiliarios por internet; valoración
de temas inmobiliarios; servicios de beneficencia en materia de
donaciones monetarias; servicios filantrópicos relacionados con
donaciones monetarias; transacciones monetarias y financieras., 39
Servicios de transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías;
organización de viajes, reserva de viajes a través de oficinas de
turismo; servicios de guías de turismo; servicios de operadores de
turismo; servicios de reservas para viajes de turismo; información
en materia de transporte; información sobre servicios de transporte;
organización de servicios de transporte por tierra, mar y aire;
organización de transporte de vacaciones; organización del alquiler
de todo tipo de medios de transporte; organización de transporte
en taxi; flete [transporte de mercancías]; transporte fluvial., 41
Servicios de educación; formación; servicios de entretenimiento;
actividades deportivas y culturales, en especial organización de
eventos deportivos, servicios culturales y deportivos, reserva de
instalaciones deportivas, campamentos y clubes deportivos; servicios
educativos y de entretenimiento para niños, prestados en centros
extraescolares; suministro de información por medios electrónicos
sobre actividades de entretenimiento; teatro de entretenimiento;
simposios relacionados con el entretenimiento; servicios en el
sector del entretenimiento en radio y televisión; servicios de venta
de localidades [entretenimiento]; alquiler de equipos para deportes;
contratación de personalidades del deporte para eventos (servicios
de un promotor); facilitación de información en materia de deportes;
enseñanza, entrenamiento e instrucción de deportes; facilitación
de instalaciones de entrenamiento de deportes; servicios de
esparcimiento relacionados con el deporte; servicios educativos en
relación con el deporte; explotación de una discoteca; organización
de torneos de polo, natación, ciclismo, triatlón, atletismo, ciclismo
de montaña. y 43 Servicios de restaurante y hospedaje temporal en
especial servicios de reservaciones de hotel; servicios de hotel y
complejos vacacionales; servicios de reservación de hotel por medio
de la red global computarizada; servicios de reservación de hotel por
medio una página web; brindar información y consejos respecto a
hoteles, complejos vacacionales y restaurante para viajeros turísticos
y de negocios mediante una red global de computadoras; servicios
de bar y restaurante. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 6 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006528. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de julio de 2016.—
Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016051129 ).
Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610,
en calidad de apoderada especial de Improbell Ltda. con domicilio
en calle 23G N. 111-63 / 56 Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
de: meicy’s
como marca de fábrica y comercio en clase:
3 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones para blanquear y
otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones
para
limpiar,
pulir,
desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de
julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006408. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 13 de julio del 2016.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2016051325 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610,
en calidad de Apoderado Especial de Improbell Ltda. con domicilio
en calle 23 G N. 111-63 /56 Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
de: Guajira COLORS
como marca de fábrica y comercio en
clase: 3 Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones
para blanquear y otras sustancias para
lavar la ropa; preparaciones para limpiar,
pulir, desengrasar y raspar; jabones;
productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones
capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006409. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de julio de 2016.—
Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2016051327 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610,
en calidad de apoderado especial de Improbell Ltda. con domicilio
en calle 23G N. 111-63 / 56 Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
de: Vizio
como marca de fábrica y comercio
en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones para blanquear y
otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir,
desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de
julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006406. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2016.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2016051328 ).
Juan Ernesto Ramos Guzmán, casado dos veces, cédula de
identidad 800830493, en calidad de apoderado generalísimo de
Corporación PPK Pan Por Kilo Internacional S. A., cédula jurídica
3101354171, con domicilio en cantón 14, Moravia, distrito tercero
San Vicente, Barrio La Guaria, 200 metros sur de Peri, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase:
43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de
restaurante y cafetería. Se cita a
terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de enero
del 2016. Solicitud N° 2016-0000788. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 24 de febrero del 2016.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2016051337 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado una vez, cédula de
identidad 3376289, en calidad de Apoderado Especial de Correas
Americanas J J Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-189900
con domicilio en avenida 3 entre calles 19 y 21, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clases: 18 y
25. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 18: Cuero e imitaciones de cuero,
productos de estas materias no comprendidos en
otras clases; pieles de animales; baúles y maletas;
paraguas, sombrillas y bastones; fustas y
guarnicionería y Clase 25: Vestidos, calzados,
sombrerería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio
de 2016. Solicitud Nº 2016-0007022. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 29 de julio de 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2016051353 ).
Carlos Luiz Gómez Meza, soltero, cédula de residencia
503850763, en calidad de apoderado especial de Cabeza Grande y
Asociados S. A., cédula jurídica 3101176001con domicilio en San
José, avenida 4, calles 20 y 22, casa N° 2021, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Jupa!
Pág 31
como marca de comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Cerveza. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2016,
solicitud Nº 2016-0006307. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 28 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2016051399 )
Carlos Luis Gómez Meza, soltero, cédula de identidad Nº
503850763, en calidad de apoderado especial de Cabeza Grande y
Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101176001, con
domicilio en: San José, avenida 4, calles 20 y 22, casa Nº 2021, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cabeza Grande Master
of Brewing Art
como nombre comercial en clase 49
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial
dedicado a la producción y comercialización
de cerveza, ubicado en Guanacaste,
Tilarán, Santa Rosa, frente al kilómetro 30
de la ruta 142, en el hotel Lake Arena Hotel
and Brewery. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de junio del 2016. Solicitud N° 2016-0006306. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016051400 ).
Berny Ricardo Alfaro Aguilar, soltero, cédula de identidad
303450924, en calidad de apoderado generalísimo de Berone
Ingeniería y Desarrollos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101565235 con domicilio en Cartago calles 2 y 4 avenida 13, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: horus
como marca de fábrica y comercio en clases 3 y
29. Internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y
otras sustancias para lavar ropa, preparaciones
para limpiar, pulir, desengrasar. y 29 Frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras,
compotas, aceites y grasas comestibles.
Reservas: De los colores: naranja, negro y verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de febrero del
2016, solicitud Nº 2016-0000898. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 20 de mayo del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2016051416 )
Berny Ricardo Alfaro Aguilar, soltero, cédula de identidad
303450924, en calidad de Apoderado Generalísimo de Berone
Ingeniería Y Desarrollos Sociedad Anónima, Cédula jurídica
3101565235 con domicilio en Cartago calles 2 y 4 avenida 13,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Pág 32
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
como marca de comercio en clase: 29
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: carne, pescado, carne de ave y
carne de caza, extractos de carne, frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas secas y cocidas; jaleas, confituras,
compotas, huevos, leche y productos lácteos,
aceites y grasas comestibles. Reservas: de
los colores: amarillo, anaranjado y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
marzo de 2016. Solicitud Nº 2016-0002183. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 11 de marzo de 2016.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2016051417 ).
Douglas Castro Sánchez, casado una vez, cédula de
identidad 109110496, en calidad de apoderado generalísimo
de Oceánica de Seguros S. A., cédula jurídica 3101666929
con domicilio en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, de
la Agencia Nissan, 100 metros al este, edificio Oceánica de
Seguros, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
CONDUCTOR TUANIS DE OCEÁNICA DE SEGUROS
como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: 36 Servicios de contratos de seguros y
los servicios de suscripción de seguros de automóviles. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de julio de 2016. Solicitud Nº 2016-0006956.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—
Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016051504 ).
Mariela Torres Chacón, casada una vez, cédula de identidad
109810166, con domicilio en Copey de Dota, 125 metros al este
del Centro Educativo Pedro Pérez Zeledón, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DE LA COLINA como marca de fábrica
en clase(s): 29; 30 y 32 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: clase 29: Mermelada de manzana, mermelada de
manzana con mora, mermelada de ciruela de melocotón, mermelada
de papayuela, clase 30: Vinagre de manzana, salsa picante y clase
32: Jugo de manzana. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2016. Solicitud N° 20160004763. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio del 2016.—
Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2016051513 ).
Diego Antonio Tsay Liu, soltero, cédula de identidad 113920366
con domicilio en centro, 150 metros oeste del Estadio Lito Pérez,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Kaffi Blóm
como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 43 Servicios de restauración
(alimentación). Reservas: De los colores:
café oscuro, coral. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio
del 2016, solicitud Nº 2016-0006949. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2016051516 ).
Fernando Contreras López, casado, cédula de identidad
Nº 900440264, en calidad de apoderado generalísimo de
Representaciones Televisivas Repretel S. A., cédula jurídica Nº
3101139097, con domicilio en: La Uruca, del Hospital México, 300
metros al oeste, edificio Repretel, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BDT
como marca de servicios en clase 38
internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Programas
televisivos. Reservas: de los colores:
azul y celeste. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del
2016. Solicitud N° 2016-0006768. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 26 de julio del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2016051522 ).
Fernando Contreras López, casado, cédula de identidad
900440264, en calidad de apoderado generalísimo de
Representaciones Televisivas Repretel S. A., cédula jurídica
3101139097con domicilio en La Uruca, del hospital México, 300
metros al oeste, edificio Repretel, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Contámelo TODO
como marca de servicios en clase: 38.
Internacional.
Para
proteger
y
distinguir lo siguiente: programas
televisivos. Reservas: de los colores:
amarillo, violeta, fucsia y rojo. Se cita
a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
julio de 2016. Solicitud Nº 2016-0006767. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 26 de julio de 2016.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2016051523 ).
Ronald Garita López, cédula de identidad 105990497,
en calidad de Apoderado Generalísimo de Innovación DE
Tecnologías Aplicadas Innovatec Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-612071 con domicilio en Barrio González Lahman,
veinticinco metros al norte del Ministerio del Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones, número seiscientos setenta y tres, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase:
35 Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Proveer
mediante la red internet, sitio web
y aplicación para dispositivos
móviles, un medio para que las
personas ofrezcan para la venta sus sobrantes de materiales de
construcción y publiciten servicios relacionados con el fin de que
otros interesados satisfagan sus necesidades de consumo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de
enero de 2016. Solicitud Nº 2016-0000733. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 23 de febrero de 2016.—María Leonor Hernández B,
Registradora.—( IN2016051537 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Gilberto Guzmán Saborío, casado una vez, cédula de identidad
Nº 203130714, en calidad de apoderado general de Fundación
Mujer, cédula jurídica Nº 3006092535, con domicilio en Montes de
Oca, Mercedes Bº Betania, 200 norte y 50 metros este de la Escuela
de Betania, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Alakölpa
como marca de comercio, en clase: 14
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: joyería y bisutería. Se cita a
terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de mayo del 2016. Solicitud Nº 2016-0005023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de agosto del 2016.—Ildreth
Araya Mesén, Registradora.—( IN2016043327 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-522360
denominación: Asociación Ministerio Kadosh. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939,
y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 472236.—
Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 51 minutos y 10
segundos, del 20 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016050788 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Rafael A. Quesada Vargas, cédula N° 1-994-112,
mayor, en calidad de apoderado de Akebia Therapeutics Inc. de
E.U.A., solicita el Modelo de Utilidad denominada
Pág 33
MODULADORES
DEL
RECEPTOR P2X3 Y P2X2/3 DE
DIAMINOPIRIDINA PARA EL
TRATAMIENTO DE LA TOS
AGUDA, SUB AGUDA O
CRONICA.
Esta
invención
pertenece a compuestos de
diaminopirimidina que tienen
actividad como antagonistas de
receptores purinérgicos de P2X, y
a métodos para el tratamiento de
enfermedades
asociadas
con
receptores de P2X que comprenden
administrar una cantidad efectiva de un compuesto de
diaminopirimidina. Más particularmente, los métodos se
proporcionan para utilizar antagonistas de P2X3 y/o P2X2/3 en
el tratamiento de la tos, tos crónica, una necesidad para toser
durante padecimientos y trastornos respiratorios. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61k 31/505; CO7D 229/28; cuyos inventores son Ford,
Anthony P, Mccarthy, Bruce G. Prioridad: 23/08/2013
US61/869,174; 22/08/2014 WO 2014US052389. Publicación
Internacional: 26/02/2015
WO2015/027212. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 20160093, y fue presentada a las
12:50:00 del 25 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en
el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 14 de julio del 2016.—Lic.
Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016050681 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora María de la Cruz Villanea Villegas, mayor, vecina
de San José, céd. 1-0984-0695, en calidad de Apoderada Especial de
Välinge Innovation AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención
denominada
FORMAS
SÓLIDAS
DE
ÁCIDO { [-(3-CLOROFENIL)
-3-HIDROXIPIRIDIN
-2-CARBONIL]
AMINO}
ACÉTICO, COMPOSICIONES,
Y USOS DE LAS MISMAS . Se
proporcionan en la presente
formas sólidas que comprenden
ácido {[5 (3 clorofenil)-3hidroxipiridin-2-carbonil]
amino}acético, composiciones
que comprenden las formas
sólidas, métodos para elaborar las formas sólidas y métodos de su
uso para el tratamiento de diversas enfermedades y/o trastornos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales
es: A61K 31/44; C07D 213/65; cuyos inventores son: Copp, James,
Densmore, Newman, Ann, W.; Luong, Anne. Prioridad: 15/11/2013
US 61/904,803; 21/05/2015 WO 2015US073779. Publicación
Internacional: 21/05/2015 WO 2015/073779. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160222, y fue presentada a las
12:17:00 del 13 de mayo del 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 14 de julio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016050680 ).
El señor Rafael A. Quesada Vargas, cédula Nº 1-994-112,
mayor, en calidad de apoderado de Afferent Pharmaceuticals Inc,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
UN PRODUCTO ENSAMBLADO Y UN MÉTODO PARA
ENSAMBLAR EL PRODUCTO. La presente invención se relaciona
con composiciones farmacéuticas adecuadas para la administración
oral, y más particularmente con composiciones farmacéuticas,
incluyendo composiciones de tabletas farmacéuticas, que contienen
N-(2-{2-dimetilaminoetilmetilamino}-4-metoxi-5-{[4-(1metilindo1-3-il)pirimidin-2
-il]amino}fenil)prop-2enamida
(“AZD9291”) o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, en
donde tales composiciones comprenden una cierta cantidad de
celulosa microcristalina y al menos otro diluyente farmacéutico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: F16B
12/10; A47B 47/00; A476 61/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Derelöv,
Peter, Brännström, Hans, Pålsson, Agne. Prioridad: 10/01/2014 SE
1450022-7; 10/01/2014 SE 1450018-5; 15/01/2014 SE 1450034-2;
17/12/2014 WO 2014SE051523; 17/01/2014 SE 1450047-4;
17/01/2014 US 14/158,165. Publicación Internacional: 16/07/2015
WO2015/105451. La solicitud correspondiente lleva el número
20160304, y fue presentada a las 13:52:45 del 01 de julio del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 21 de julio del 2016.—Walter
Campos Fernández, Registrador.—( IN2016050908 ).
Pág 34
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula N° 1-669-228,
mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de
Acetylon Pharmaceuticals, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada
COMBINACIONES
DE
INHIBIDORES DE HISTONA
DESACETILASA
Y
F Á R M A C O S
INMUNOMODULADORES. La
presente invención se refiere a
combinaciones que comprenden
un inhibidor de HDAC y un
fármaco
inmunomodulador
para el tratamiento de mieloma múltiple en un sujeto en necesidad
del mismo. Las combinaciones, opcionalmente, pueden comprender
además un agente antiinflamatorio, tal como dexametasona. También
en la presente se proporcionan métodos para tratar el mieloma
múltiple en un sujeto en necesidad del mismo que comprenden
administrar al sujeto una cantidad efectiva de una de las
combinaciones anteriores. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes es: A61K 31/16; A61K 31/505; A61P 35/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Quayle, Steven, Norman, Jones, Simon,
Stewart, Anderson, Kenneth, C, Hideshima, Teru. Prioridad:
11/10/2013 US 61/889, 640; 03/12/2013 US 61/911, 089; 07/10/2014
US 2014US059387; 16/04/2015 WO 2015/054175. Publicación
Internacional: 16/04/2015 WO2015/054175. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160200, y fue presentada a las
13:42:30 del 29 de abril del 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 4 de julio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016051340 ).
La señor(a) (ita) María Vargas Uribe, cédula 1-785-618,
mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada especial
de Genentech Inc. de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada ANTICUERPOS ANTI-CD3 Y MÉTODOS DE
USO. La invención proporciona los anticuerpos 3 (CD3) de los
anti-cúmulos de diferenciación y los métodos para utilizarlos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: CO7K
16/28; C07K 16/32; CO7K 16/30; A61K 39/395; A61P 35/00;
A61P 37/00; cuyos inventores son Chen, Xiaocheng, Dennis,
Mark, S.; Ebens, Allen, J., Jr., Junttila, Teemu, T.; Kelley, Robert,
F., Mathieu, Mary, A.; Sun, Liping, L. Prioridad: 17/12/2014
WO 2014US070951; 17/12/2013 US 61/917,346; 07/03/2014
US 61/949,950; 18/07/2014 US 62/026,594; 22/09/2014
US 62/053,582; 12/12/2014 US 62/091,441. Publicación
Internacional: 25/06/2015 WO2015/095392. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160314, y fue presentada
a las 14:15:00 del 7 de julio del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 8 de julio del 2016.—Licda. María Leonor
Hernández B., Registradora.—( IN2016051359 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228,
mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Saint-Gobain
Performance Plastics Corporation, de E.U.A., solicita la patente de
invención denominada:
RECIPIENTE PARA CRIOCONSERVACIÓN.
Un recipiente que incluye una bolsa interna,
en donde el interior de la bolsa interna incluye
un entorno estéril para el almacenamiento de
un material, al menos un puerto de acceso
configurado para proporcionar el acceso de
fluido al interior de la bolsa interior, una bolsa
de embalaje, en donde el interior de la bolsa
de embalaje incluye un entorno estéril para
almacenar el material y donde la bolsa interior
se encuentra alojada dentro del interior de la
bolsa de embalaje, y un puerto de acceso de
embalaje configurado para proporcionar
acceso de fluido al interior de la bolsa de
embalaje. El material puede incluir un
biomaterial. La bolsa interna, la bolsa de embalaje, el puerto
de acceso, y el puerto de acceso de embalaje pueden incluir
un fluoropolímero, tal como fluoroetileno-propileno (FEP).
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61J 1/00; A01N 1/00; A61J 1/05; C12M 1/16; cuyos
inventores son Cullis, Herbert;, Broussard, Phillippe, J. Prioridad:
25/09/2013 US 61/882.299;23/09/2014 WO 2014US056950.
Publicación Internacional: 02/04/2015 WO2015/048003. La
solicitud correspondiente lleva el número 20160162, y fue
presentada a las 13:57:09 del 5 de abril del 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 30 de junio del 2016.—Lic. Randall Piedra
Fallas.—( IN2016051377 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-006-2016
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO
EDICTO
En expediente N° 2762 los señores Miguel Ángel Alfaro Arce,
mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad 9-021-407
y Carlos Alberto Alfaro Castro, costarricense, mayor, casado una
vez, empresario, cédula de identidad 1-844-089, ambos vecinos de
Barrio La Fuente, Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, apoderados
generalísimos de Carme de Corredores Ltda., cédula jurídica 3-102186018, solicitan concesión para extracción de materiales en el Tajo
La Romana.
Localización geográfica:
Sito en: Fila de Cal, distrito: 01 Corredor, cantón: 10
Corredores, provincia: 06 Puntarenas.
Hoja cartográfica:
Hoja Cañas Gordas, escala 1:50.000 del I.G.N.
Ubicación cartográfica:
Entre coordenadas generales: 959838.88 – 960069.26 Norte y
616343.58 – 616565.46 Este.
Área solicitada:
3 ha 1904.09 m2, según consta en plano aportado al folio 103.
Derrotero:
Coordenadas del vértice Nº 1 960060.27 Norte, 616350.00
Este.
Línea
Azimut
Distancia
grados
min.
m
cm
1-2
160
49.2
17
33
2-3
192
03.2
16
23
3-4
199
19.2
17
09
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Línea
4-5
5-6
6-7
7-8
8-9
9 - 10
10 - 11
11 - 12
12 - 13
13 - 14
14 - 15
15 - 16
16 - 17
17 - 18
18 - 19
19 - 20
20 - 21
21 - 22
22 - 1
Azimut
Distancia
grados
min.
m
cm
189
177
169
133
139
122
120
150
187
213
219
220
089
089
003
301
301
296
144
59.2
37.2
22.2
49.2
22.2
46.2
57.2
56.2
58.2
26.2
53.2
09.2
50.2
50.2
12.2
52.2
52.2
53.3
27.2
15
38
12
6
6
19
18
16
13
26
23
11
113
87
96
96
117
45
11
89
62
95
44
64
54
79
74
18
71
04
34
87
28
70
11
03
82
05
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 19 de mayo
del 2014, área y derrotero aportados el 26 de julio del 2016. Con
quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda
publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer
hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a
las siete horas veinte minutos del veintinueve de julio del dos mil
dieciséis.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez
Mora, Jefe.—( IN2016050752 ).
2 v. 2.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0666-2016.—Exp. N° 14448P.—Biopractico de Costa
Rica S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo RG-910 en finca de
el mismo en Jesús, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano y
riego. Coordenadas 214.649 / 491.174 hoja Río Grande. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de julio
del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016057729 ).
ED-0632-2016.—Exp. N° 17182A.—Sandra Lorena Castro
Aguilar, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la
quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Sandra
Lorena Castro Aguilar en Copey, Dota, San José, para uso
consumo humano. Coordenadas 181.244/547.887 hoja Vueltas.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
7 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016058071 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHSAN-0039-2016.—Exp. 17194A.—Masaca S. A.,
solicita concesión de: 0.048 litros por segundo de la quebrada sin
nombre, efectuando la captación en finca de Masaca S.A en San Luis,
Turrubares, San José, para uso agropecuario y consumo humano.
Coordenadas 206.433 / 485.330 hoja Rio Grande; 0.103 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en
finca de Masaca S.A en San Luis, Turrubares, San José, para uso
agropecuario y consumo humano. Coordenadas 206.529 / 485.506
hoja Rio Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
Pág 35
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 18 de julio del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016056873 ).
ED-0695-2016.—Exp. 17218A.—Inversiones Z H Y G S. A.,
solicita concesión de: 1 litros por segundo del nacimiento Moisés
1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles
(San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso consumo humano y
agropecuario-riego. Coordenadas 227.393 / 528.582 hoja Barva;
3 litros por segundo de la quebrada Moisés 2, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Ángeles (San Rafael), San
Rafael, Heredia, para uso consumo humano y agropecuario-riego.
Coordenadas 228.099 / 528.892 hoja Barva. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 08 de agosto del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016056926 ).
Exp. N° 11553A.—Noemy Mata Corrales, solicita
concesión de: 10 litros por segundo del Río Urbino, efectuando la
captación en finca de Jesús Espinoza Monge en Platanares, Pérez
Zeledón, San José, para uso agropecuario-pisicultura y turísticopiscina. Coordenadas 350,300 / 502,150 hoja Repunta. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de marzo del 2016.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016058244 ).
ED-0531-2016.—Exp. N° 4147P.—Banco Improsa S.
A.(Clafecavisa S. A.), solicita concesión de: 0.4 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-541 en finca
de en Coyolar, Orotina, Alajuela, para uso agropecuario, consumo
humano-doméstico y turístico-piscina. Coordenadas 203.450 / 472.775
hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
17 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016058365 ).
ED-0703-2016.—Exp. N° 12769P.—Rayo Verde S. A.,
solicita concesión de: 2,2 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca
de su propiedad en Cobano, Puntarenas, Puntarenas, para uso
consumo humano-doméstico, agropecuario-riego y turístico.
Coordenadas 183.500 / 405.500 hoja Río Ario. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de
agosto del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016058366 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0581-2016. Exp. Nº 9848A.—Finca Doña Isabel S. A.,
solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bejuco,
Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas: 207.015 / 396.950, hoja Cerro Azul. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 10 de junio del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016058778 ).
ED-0555-2016.—Exp. N° 11567A.—S.U.A. San José de
Alajuela, solicita concesión de: 34,6 litros por segundo del Río
Itiquis, efectuando la captación en finca de Hacienda la Esperanza
S. A., en San Isidro, (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso varios.
Coordenadas 225.200/512.800 hoja Barva. Predios inferiores: no
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016059004 ).
Pág 36
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
RESOLUCIONES
N° 4951-M-2016.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco
minutos del primero de agosto de dos mil dieciséis.
Diligencias de cancelación de credenciales de regidor
propietario del cantón Belén, provincia Heredia, que ostentaba el
señor Miguel Alfaro Villalobos. (Exp. N° 271-Z-2016).
Resultando:
1º—En oficio N° 4202/2016 del 28 de julio del 2016, recibido
en la Secretaría del Despacho el día siguiente, la señora Ana Patricia
Murillo Delgado, Secretaria del Concejo Municipal de Belén,
comunicó el acuerdo tomado por ese órgano en la sesión ordinaria
n.° 42-2016 –celebrada el 19 de julio de 2016–, en el que se dispuso
comunicar el deceso del señor Miguel Alfaro Villalobos, otrora
regidor propietario de ese cantón (folio 2).
2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones
de ley.
Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. De importancia para la resolución
de este asunto se tienen, como debidamente demostrados, los
siguientes: a) que el señor Miguel Alfaro Villalobos –postulado
en su momento por el partido Unidad Social Cristiana– fue electo
regidor propietario del Concejo Municipal de Belén, provincia
Heredia (ver resolución N° 1380-E11-2016 de las 15:10 horas del 26
de febrero de 2016, folios 5 a 11); b) que el señor Alfaro Villalobos
falleció el 30 de junio de 2016 (folio 3); y, c) que el candidato a
regidor propietario, que sigue en la nómina del partido Unidad
Social Cristiana y que no resultó electo ni ha sido designado por este
Tribunal para desempeñar ese cargo, es el señor Gaspar Rodríguez
Delgado, cédula identidad N° 4-0103-1082 (folios 4, 10, 12 y 13).
II.—Hechos no probados. Ninguno de importancia para la
resolución de este asunto.
III.—Sobre el fondo. En virtud de que en autos se encuentra
acreditado que el señor Miguel Alfaro Villalobos, regidor propietario
del Concejo Municipal de Belén, provincia Heredia, falleció el día
30 de junio de 2016, lo procedente es, ante su deceso, cancelar
su credencial y suplir, conforme estipula el Código Electoral,
la vacante que se produce entre los ediles propietarios del citado
Concejo Municipal.
IV.—Sobre la sustitución del señor Alfaro Villalobos. Al
cancelarse la credencial del señor Miguel Alfaro Villalobos se produce
una vacante entre los regidores propietarios del Concejo Municipal
de Belén que es necesario suplir según las reglas que determinaron
la elección. El párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral
regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito
ante su fallecimiento, renuncia o incapacidad para ejercer el cargo
y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien
siga en la misma lista, según corresponda.”. En consecuencia, este
Pleno sustituirá a los regidores propietarios que deban cesar en sus
funciones, con los candidatos de la misma naturaleza que sigan
en la lista del partido político del funcionario por reponer, que no
hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar
el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado que el candidato
que sigue en la nómina del partido Unidad Social Cristiana, que
no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para
desempeñar el cargo, es el señor Gaspar Rodríguez Delgado, cédula
identidad N° 4-0103-1082, se le designa como regidor propietario
en la Municipalidad de Belén. La presente designación lo será por
el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de
dos mil dieciséis.
V.—Sobre la presidencia del Concejo Municipal de Belén.
En su misiva, el referido órgano municipal también señala: “…
En virtud de que el señor Alfaro Villalobos, fue electo Presidente
Municipal, se les solicita aclarar el procedimiento a seguir para
la elección del nuevo Presidente Municipal.”; sin embargo, tal
pretensión no puede ser atendida por este Tribunal.
En efecto, esta Magistratura ha reiterado que la elección de
las autoridades internas del Concejo Municipal es ajena a la materia
electoral en sentido estricto, por lo que carece de competencia para
pronunciarse sobre el particular. Así, en la resolución n.° 4391-E82010 de las 9:10 horas del 15 de junio de 2010, se indicó:
“Este Tribunal tiene la competencia, constitucionalmente
asignada, de interpretar, con carácter exclusivo y obligatorio,
la normativa legal y constitucional en materia electoral.
De suerte tal que el concepto “materia electoral” es el que
demarca su potestad interpretativa.
A la luz de ese concepto y en reiteradas oportunidades, esta
Autoridad Electoral ha indicado que no le corresponde
examinar aspectos relativos a la escogencia del presidente o
vicepresidente municipales por tratarse de cargos internos de
una Corporación Municipal y, por lo tanto, asuntos que no
conciernen al Tribunal Supremo de Elecciones en la medida
que no atañen a un mandato y representación populares,
derivados del ejercicio del sufragio, como sí lo son el acceso
y desempeño de los cargos de regidor.”.
De esa suerte, no ha lugar a que este Pleno se pronuncie acerca
del procedimiento para elegir un nuevo presidente municipal.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace ver al Concejo de Belén
que, de acuerdo con sus respectivas competencias, podría solicitar
asesoramiento sobre tal aspecto a la Procuraduría General de la
República y al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM).
Por tanto:
Se cancela la credencial de regidor propietario del Concejo
Municipal de Belén, provincia Heredia, que ostentaba el señor Miguel
Alfaro Villalobos. En su lugar, se designa al señor Gaspar Rodríguez
Delgado, cédula identidad N° 4-0103-1082. Esta designación rige
a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril de 2020. No ha
lugar a que esta Autoridad se pronuncie acerca del procedimiento
para elegir un nuevo presidente del Concejo Municipal de Belén.
Notifíquese al señor Rodríguez Delgado y al Concejo Municipal de
Belén. Publíquese en el Diario Oficial.
Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto
Esquivel Faerron.—Luis Diego Brenes Villalobos.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016051703 ).
N° 5282-E10-2016.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San
José, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
agosto de dos mil dieciséis. (Exp N° 235-E-2016).
Aclaración de la resolución N° 4558-E10-2016 de las 9:50
horas del 8 de julio de 2016, referente a la liquidación de
gastos permanentes del partido Renovación Costarricense,
periodo enero-marzo 2016.
Resultando:
1º—Por resolución N° 4558-E10-2016 de las 9:50 horas del 8
de julio de 2016, este Tribunal ordenó al Ministerio de Hacienda y
a la Tesorería Nacional girarle al partido Renovación Costarricense
(PRC) la suma de ¢7.065.591,49 que, a título de contribución
estatal, le correspondía por gastos de organización política válidos y
comprobados del período comprendido entre el 01 de enero y el 31
de marzo de 2016 (folios 23-25).
2º—Mediante oficio N° DGRE-555-2016 del 17 de agosto de
2016, el director general a. í. del Registro Electoral, Gerardo Abarca
Guzmán, expresó que en dicha resolución se omitió indicar el monto
de la reserva disponible para que el partido afronte futuros gastos de
capacitación, que asciende a ¢29.489.207,69 (folio 34).
3º—En el procedimiento se ha observado las prescripciones
de ley.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
Único.—Por resolución N° 4558-E10-2016 de las 9:50
horas del 8 de julio de 2016, este Tribunal ordenó girarle al partido
Renovación Costarricense la suma de ¢7.065.591,49 que, a título
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
de contribución estatal, le corresponde por gastos de organización
política válidos y comprobados del período comprendido entre el 1
de enero y el 31 de marzo de 2016.
Mediante oficio N° DGRE-555-2016 del 17 de agosto de
2016, el director general a. í. del Registro Electoral, Gerardo Abarca
Guzmán, expresó que en dicha resolución se omitió indicar el monto
de la reserva disponible para que el Partido afronte futuros gastos de
capacitación, que asciende a ¢29.489.207,69.
Este Tribunal observa que en el considerando VIII de la
resolución indicada (reserva para futuros gastos de capacitación
y organización política del PRC), se indicó que, como el Partido
no liquidó gastos de capacitación para el período referido, y que
se le reconocerían gastos de organización política por la suma de
¢7.065.591,49, se tenía que deducir esa cifra de la reserva establecida
a su favor (¢248.234.549,44), por lo que, producto de la operación
se tuvo que, el nuevo monto de reserva con que cuenta el PRC,
sujeto a futuras liquidaciones trimestrales, es de ¢241.168.957,95,
de los cuales ¢29.489.207,69 corresponden al rubro de capacitación
y ¢211.679.750,26 al de organización política.
No obstante lo anterior, en la parte dispositiva de la
resolución solamente se indicó que la agrupación mantiene a su
favor una reserva de ¢211.679.750,26 para afrontar gastos de
organización política, omitiéndose señalar que la suma total para
afrontar gastos futuros de capacitación y organización política es de
¢241.168.957,95 (incluidos los ¢29.489.207,69 correspondientes al
rubro de capacitación).
En consecuencia, debe aclararse el por tanto de la resolución
N° 4558-E10-2016 de las 9:50 horas del 8 de julio de 2016, en el
sentido de que el partido Renovación Costarricense mantiene a su
favor una reserva de ¢241.168.957,95 (doscientos cuarenta y un
millones ciento sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y siete
colones con noventa y cinco céntimos) para afrontar gastos futuros
de capacitación y organización política, cuyo reconocimiento queda
sujeto al procedimiento de liquidaciones trimestrales contemplado
en el artículo 107 del Código Electoral, en relación con el artículo
73 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos.
Por tanto,
Se aclara la resolución N° 4558-E10-2016 de las 9:50 horas
del 8 de julio de 2016, en el sentido de que el partido Renovación
Costarricense mantiene a su favor una reserva de ¢241.168.957,95
(doscientos cuarenta y un millones ciento sesenta y ocho mil
novecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos)
para afrontar gastos futuros de capacitación y organización política,
cuyo reconocimiento queda sujeto al procedimiento de liquidaciones
trimestrales contemplado en el artículo 107 del Código Electoral, en
relación con el artículo 73 del Reglamento sobre el Financiamiento
de los Partidos Políticos. Notifíquese al partido, a la Tesorería
Nacional, al Ministerio de Hacienda, al Registro Electoral y al
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, y publíquese
en el Diario Oficial.
Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel
Faerron.—Zetty Bou Valverde.—1 vez.—( IN2016058768 ).
EDICTOS
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 47310-2015.—Registro Civil, Departamento Civil,
Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cuarenta
y ocho minutos del cuatro de febrero del dos mil dieciséis.
Diligencias de ocurso presentadas por Henri Scholl Sprockel,
cédula de residencia número 152800039806, tendentes a la
cancelación del asiento de nacimiento de Henri Marie Joseph
Scholl Sprockel, número doce, folio seis, tomo cuarenta y cuatro
del Partido Especial, Sección de Nacimientos, conforme lo
establece el artículo 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Elecciones y Registro Civil, por cuanto la inscripción
del mismo no se ajusta a lo estipulado en el artículo 13 de la
Constitución Política. Conforme lo señala el artículo 66 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Pág 37
Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera
publicación al señor Henri Scholl Sprockel, con el propósito que
se pronuncie con relación a las presentes gestiones. Se previenen
a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro
del término señalado. Notifíquese personalmente y publíquese.—
Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—Solicitud N°
53834.—O. C. N° 3400026513.—( IN2016028157 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por
Esperanza Obando Rivas, se ha dictado la resolución N° 20732016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y
quince minutos del cinco de abril del dos mil dieciséis. Exp. N°
6006-2016. Resultando 1°—…, 2°—..., Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento
de nacimiento de Esperanza Odalia Obando Rivas, en el sentido que
el nombre y los apellidos de la madre son Domitila Rivas Rivas.—
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016051557 ).
AVISOS
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Wilmer Antonio Mora Guzmán, mayor, soltero, chofer,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155814879703, vecino
de San José, Santa Ana, Condominio Santa Ana Hills, casa 18, de
la Cruz Roja, 100 oeste, 400 al sur, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1382382015.—San José, 20 de junio del 2016.—German Alberto Rojas
Flores Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016051556 ).
Myriam Del Carmen Rodríguez Campos, mayor, soltera,
cajera, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155804282407,
vecina de San José, Paso Ancho Urbanización Viste Hermosa, del
Bar Donde Toños, 25 oeste y 25 norte, casa 14C, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp.137791-2015.—San José, 23 de junio de 2016.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016051662 ).
Gloria Del Socorro Manzanarez Gómez, mayor, casada, del
hogar, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155813885524,
vecina de San José centro La Uruca, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1383662015.—San José, 17 de junio del 2016 .—Lic. Germán Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016051680 ).
Marta Isabel Vanegas Vanegas, mayor, soltera, ama de casa,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155808024632, vecina
de Puntarenas, Barranca, Juanito Mora sexta entrada 25 sur, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 137670-2015.—San José, 4 de julio del 2016.—Lic.
Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016051692 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
PODER LEGISLATIVO
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000020-01
Consultoría para el desarrollo de la solución
para la gestión documental en ePower
La Asamblea Legislativa, invita a participar en la Licitación
Abreviada Nº 2016LA-000020-01. El cartel correspondiente está
disponible en la Proveeduría, sita del cine Magaly, 50 metros norte
y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o en la dirección
electrónica: http://www.asamblea.go.cr/ga/Contrataciones/Forms/
Licitación%20Abreviada.aspx.
El plazo para recibir ofertas vence el día 28 de setiembre del
2016, a las 10:00:00 horas, momento en el cual se procederá a la
apertura de las mismas.
MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº
26004.—Solicitud Nº 63544.—( IN2016058785 ).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LN-000013-PROV
Compra de consumibles de equipos analíticos para el
Departamento de Ciencias Forenses, según demanda
Fecha y hora de apertura: 28 de setiembre del 2016, a las
10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a
través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/
proveeduria/, en el aparte de invitación y seleccionar el cartel en
mención.
San José, 24 de agosto del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—
MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016058817 ).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LN-000035-01
Preselección de un máximo de tres (03) empresas que provean
estudios, perfiles, diagnósticos sobre diferentes sectores,
subsectores o actividades tanto productivas como
económicas del país, de interés para el
Banco Nacional de Costa Rica
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica,
recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a. m.) horas, del 23
de setiembre del 2016, para la “Preselección de un máximo de tres
(03) empresas que provean estudios, perfiles, diagnósticos sobre
diferentes sectores, subsectores o actividades tanto productivas
como económicas del país, de interés para el Banco Nacional de
Costa Rica.
El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría,
situada en el Edificio de la Dirección General de Infraestructura y
Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir del
presente comunicado, sin costo alguno.
La Uruca, 26 de agosto del 2016.—Ing. Douglas Noguera
Porras, Supervisor Operativo/Proveeduría.—1 vez.—O.C. N°
522965.—Solicitud N° 63569.—( IN2016058806 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000027-01
Contratación de una empresa que brinde el mejoramiento
de procesos de negocio utilizando la Plataforma Oracle
BPMS 11G del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica,
recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a. m.) horas, del 19 de
setiembre del 2016, para la “Contratación de una empresa que brinde
el mejoramiento de procesos de negocio utilizando la Plataforma
Oracle BPMS 11G del Banco Nacional”.
El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría,
situada en el edificio de la Dirección General de Infraestructura y
Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir del
presente comunicado, sin costo alguno.
La Uruca, 26 de agosto del 2016.—Ing. Douglas Noguera
Porras, Supervisor Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
522965.—Solicitud N° 63572.—( IN2016058811 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE SALUD HEREDIA CUBUJUQUÍ
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
El Área de Salud Heredia Cubujuquí requiere alquilar un
edificio para la ubicación de EBAIS y otros, e informa que las
especificaciones técnicas se encuentran disponibles en la Oficina
Gestión Bienes y Servicios, ubicada en el antiguo Hospital San
Vicente de Paúl. Los interesados podrán presentar su cotización
hasta el viernes 02 de setiembre del 2016, a las 09:00 a. m., para
realizar las valoraciones y demás trámites.
Heredia, 19 de agosto del 2016.—Dirección Administrativa.—
Msc. Maritza Mejías R.—1 vez.—( IN2016058676 ).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000031-2104
Por la adquisición de insumos varios para laboratorio clínico
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el lunes 19 de
setiembre del 2016 a las 9:00 horas.
San José, 24 de agosto del 2016.—Área de Gestión
Bienes y Servicios.—Lic. Jorge Barrios Carrillo,
Coordinador.—1 vez.—( IN2016058930 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000037-2101
Sillas de ruedas varios tipos
Se informa a los interesados a participar en la Licitación
Abreviada N° 2016LA-000037-2101, por concepto de sillas de
ruedas varios tipos, que la fecha de apertura de las ofertas es para el
día 21 de setiembre de 2016 a las 10:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital,
por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1
vez.—( IN2016059020 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000039-2101
Por concepto de Lactulosa en solución oral frascos con 150 ml,
200 ml y polvo en sobres de 10 mg
Se informa a los interesados a participar en la Licitación
Abreviada N° 2016LA-000039-2101, por concepto de Lactulosa
en solución oral frascos con 150 ml, 200 ml y polvo en sobres de
10 mg, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 23 de
setiembre de 2016 a las 10:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital,
por un costo de ¢500.
Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2016.—Lic. Glen
Aguilar Solano, Coordinador, Subárea de Contratación
Administrativa.—1 vez.—( IN2016059021 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000038-2101
Mesas de noche y mesas puente
Se informa a los interesados a participar en la Licitación
Abreviada 2016LA-000038-2101, por concepto de mesas de noche
y mesas puente, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día
26 de setiembre de 2016 a las 10:00 a. m.
El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital,
por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1
vez.—( IN2016059022 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-00030-PRI
Pág 39
2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca
Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA,
o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/
consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—
Solicitud N° 63550.—( IN2016058843 ).
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
PROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000003-01
Construcción de 3 pozos frente a Proyecto Goal
(finca AyA en San Antonio de Belén)
Concesión y explotación de soda comedor en el complejo
portuario Hernán Garrón Salazar (Limón) y Gastón
Kogan Kogan (Moin) para el personal de JAPDEVA
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA), recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de agosto
del 2016, para la Construcción de 3 Pozos Frente a Proyecto Goal
(Finca AyA en San Antonio de Belén).
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página
www.aya.go.cr, o bien, adquirirse en la Dirección de Proveeduría
de AyA, previo pago de ¢500,00, sita en el módulo C, piso 3 del
Edificio Sede del AyA en Pavas.
Fecha y hora de apertura: 30 de setiembre del 2016, a las
10:00 horas.
El cartel con las respectivas condiciones están disponibles
en la Proveeduría Portuaria en Limón, sita Diagonal suroeste del
Parque Vargas, entrada peatonal principal de JAPDEVA, edificio de
la Gerencia Portuaria, planta baja, en las Oficinas Administrativas
en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran Terminal
de Buses del Caribe y en el sitio web de JAPDEVA.
Licda. Iris Fernández Barrantes, Dirección de
Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud
N° 63557.—( IN2016058803 ).
Limón, agosto, 2016.—Lic. Walter Anderson Salomons,
Proveedor Admón. Portuaria.—1 vez.—O.C. N° 5574.—Solicitud
N° 63502.—( IN2016058738 ).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
AVISOS
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del
siguiente proceso:
N° 2016-CT-000007-DNA
Adquisición de inmueble para el Proyecto Modelo Integral
Agroindustrial de Leche de Cabra en Costa Rica.
I Etapa: Adquisición del terreno
Lugar, fecha y hora de recepción de Ofertas: Oficina
Subregional del Inder en Ciudad Quesada, ubicadas en Ciudad
Quesada, Barrio San Roque, de Mac Donald’s, 100 metros este 50
norte y 25 este. Miércoles 14 de setiembre de 2016, a las 10:00
horas.
El pliego de condiciones de esta adquisición estará a
disposición de los interesados, sin costo alguno, a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la Dirección
Nacional Agraria, ubicadas en San Vicente de Moravia, 100 metros
oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada principal del
Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 8:00 a. m. a 16:00
p. m. de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página
web del Inder www.inder.go.cr, CONTRATACIONES, Compra de
Fincas o solicitarlo por correo electrónico a: [email protected] o
[email protected]. Para consultas favor dirigirse a los teléfonos
2247-7453 o 2460-4276.
Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional
Agrario.—1 vez.—( IN2016058734 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000132-07 (Invitación)
Cartas náuticas y material de trazado de rumbos
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 02 de setiembre del
JUNTA DE EDUCACION ESCUELA RINCÓN HERRERA
CIRCUITO EDUCATIVO 04 DIRECCION REGIONAL
DE EDUCACION DE ALAJUELA
LICITACION ABREVIADA N° 002-2016- ERH-C04-DREA
Para la adquisición de productos de alimentación: Abarrotes
La Junta de Educación, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada cartel, en la Dirección,
Institucional: del 26 de agosto al 2 de setiembre 2016 de 8:00 horas
a 1:00 p.m. Recepción de las ofertas asegún cartel por parte de
las personas físicas o Jurídicas interesada en concursar. Del 05 de
setiembre al 9 de setiembre 2016 de 8:00 horas a 1:00 p. m. en la
Dirección, en la Dirección Institucional hora y fecha de apertura
de ofertas: 13 de setiembre 2016 a las 13 horas en la Dirección
Institucional. Presupuesto del cartel 11 millones.
Alajuela, 23 de agosto del
Herra.—1 vez.—( IN2016058688 ).
2016.—Lorena Santamaría
LICITACIÓN ABREVIADA N° 003-2016- ERH-C04-DREA
Para la adquisición de productos de alimentación: carnes
La Junta de Educación, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada cartel, en la Dirección,
Institucional: del 26 de agosto al 02 de setiembre 2016 de 8:00
horas a 1:00 p. m. Recepción de las ofertas según cartel por parte
de las personas físicas o jurídicas interesadas en concursar. Del 5 de
setiembre al 9 de setiembre 2016 de 8:00 horas a 1:00 p. m. en la
Dirección, en la Dirección Institucional hora y fecha de apertura de
ofertas: 13 de setiembre del 2016 a las 13:00 horas en la Dirección
Institucional. Presupuesto de cartel: 11 millones.
Alajuela, 23 de agosto del 2016.—Lorena Santamaría
Herra.—Junta de Educación.—1 vez.—( IN2016058689 ).
Pág 40
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
LICITACIÓN ABREVIADA N° 001-2016- ERH-C04-DREA
PARA LA ADQUISION DE FRUTAS Y VERDURAS
Para la adquisición de productos
de alimentación: Frutas y verduras
La Junta de Educación, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada cartel, en la Dirección,
Institucional: del 26 de agosto al 2 de setiembre 2016 de 8:00 horas
a 1:00 p. m. Recepción de las ofertas asegún cartel por parte de
las personas físicas o Jurídicas interesada en concursar. Del 5 de
setiembre al 9 de setiembre del 2016 de 8:00 horas a 1:00 p. m. en
la Dirección, en la Dirección Institucional hora y fecha de apertura
de ofertas: 13 de setiembre 2016 a las 13 horas en la Dirección
Institucional. Presupuesto del cartel 11 millones.
Alajuela, 23 de agosto del 2016.—Lorena Santamaría
Herra.—Junta de Educación.—1 vez.—( IN2016058690 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA
DAVID GONZÁLEZ ALFARO
p. m. Recepción de las ofertas asegún cartel por parte de las personas
físicas o jurídicas interesada en concursar. Del 12 al 19-9-2016 de
las 8:00 horas a 1 p. m., se reciben en la dirección de la institución.
Hora y fecha de apertura de ofertas: 20-9-2016 a las 17:30
horas en la Dirección Institucional. Presupuesto del cartel: diecisiete
millones de colones.
Alajuela, 24 de agosto del 2016.—Carlos Quesada Fernández,
Presidente.—1 vez.—( IN2016058943 ).
ADJUDICACIONES
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000020-01
Contratación sistema para la administración
de los servicios DNS, DHCP, IPAM
Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que
el Gerente de Tecnología y el Subgerente Banca Minorista, el día 22
de agosto del 2016, acordaron declararla desierta.
LICITACIÓN ABREVIADA LA-001-2016-JEEDGA-CE02-DREA
San José, 23 de agosto del 2016.—Oficina de
Contratación
Administrativa.—Rodrigo
Aguilar
Solórzano.—Área de Licitaciones.—1 vez.—O.C. N°
65540.—Solicitud N° 63555.—( IN2016058799 ).
Para la adquisición de productos de alimentación:
frutas y verduras
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DELPACÍFICO
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ALAJUELA
CIRCUITO EDUCATIVO 02
La Junta de Educación de la Escuela David González Alfaro,
ubicada en Río Segundo de Alajuela, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada Cartel, en la Dirección
de la Institución: Del 5 al 9-9-2016 de 8:00 horas a 1:00 p. m. y
la recepción de las ofertas asegún cartel por parte de las personas
físicas o jurídicas interesada en concursar. Del 12 al 19-9-2016 de las
8:00 horas a 1:00 p. m. Se reciben en la Dirección de la Institución.
Hora y fecha de apertura de ofertas: 20-9-2016 a las 17:00 horas en
la Dirección Institucional Presupuesto del Cartel: siete millones de
colones.
Alajuela, 24 de agosto del 2016.—Carlos Quesada Fernández,
Presidente.—1 vez.—( IN2016058942 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-003-2016JEEDGA-CE02-DREA
Para la adquisición de productos de alimentación: Carnes
La Junta de Educación de la Escuela David González Alfaro,
ubicada en Rio Segundo de Alajuela, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada Cartel, en la Dirección,
en la Dirección Institucional: Del 5 al 9-9-2016 de 8:00 horas a
1:00 p. m. Recepción de las ofertas según cartel por parte de las
personas físicas o jurídicas interesadas en concursar. Del 12 al 199-2016 de las 8:00 horas a 1:00 p. m. Se reciben en la Dirección de
la Institución.
Hora y fecha de apertura de ofertas: 20-9-2016 a las 18:00
horas en la Dirección Institucional.
Presupuesto del cartel: Trece millones de colones.
Alajuela, 24 de agosto del 2016.—Junta de Educación.—Carlos
Quesada Fernández, Presidente.—1 vez.—( IN2016058944 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
LA-002-2016-JEEDGA-CE02-DREA
Para la adquisición de productos de alimentación: abarrotes
La Junta de Educación de la Escuela David González Alfaro,
ubicada en Río Segundo de Alajuela, invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado.
Entrega de pliego de condiciones de cada cartel en la dirección,
en la Dirección Institucional: del 5 al 9-9-2016 de las 8:00 horas a 1
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000281-01
Contratación de servicios de una firma especialista en
Recursos Humanos, para el apoyo a la Unidad de
Capital Humano en el proceso de reclutamiento y
selección de personal dentro del concurso interno
y/o externos en ocupar plazas vacantes
en Auditoría Interna
El Departamento de Proveeduría del INCOP avisa que la
Contratación Directa N° 2016CD-000281-01 para la Contratación
de servicios de una firma especialista en Recursos Humanos,
para el apoyo a la Unidad de Capital Humano en el proceso
de reclutamiento y selección de personal dentro del concurso
interno y/o externos en ocupar plazas vacantes en Auditoría
Interna, ha sido declarada infructuosa, por cuanto no se recibió
ninguna oferta.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1
vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N° 63503.—( IN2016058739 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000277-01
Contratación de servicios profesionales para realizar
una auditoría de carácter especial sobre la
evaluación de la eficacia de los procesos
institucionales SEVRI y ACI
El Departamento de Proveeduría del INCOP comunica que
la Contratación Directa 2016CD-000277-01 para la Contratación
de servicios profesionales para realizar una auditoría de carácter
especial sobre la evaluación de la eficacia de los procesos
institucionales SEVRI y ASCI, fue adjudicada a la oferta
presentada por la señora Fanny Segura Castro, por un monto de
¢4.950.000,00 (cuatro millones novecientos cincuenta mil colones),
por cumplir razonablemente con los requerimientos del presente
concurso, conforme a los razonamientos realizados por el Lic.
Franklin Stevanovich Castro, Auditor Interno de la Institución,
mediante oficio CR-INCOP-AI-2016-123. Asimismo, conforme
lo indicado en el mismo oficio, se excluye la oferta presentada por
Deloite & Touche S. A. por cuanto no cumple a satisfacción con
algunas condiciones establecidas en el pliego de condiciones de esta
Contratación.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1
vez.—O.C. N° 28315.—Solicitud N° 63506.—( IN2016058741 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000030-2101
(Notificación de adjudicación)
Valganciclovir 450 mg tableta recubierta
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados
en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la
siguiente manera:
Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A.
Ítem: 1 (Único).
Monto aproximado adjudicado: $232.713,00.
Monto en letras: Doscientos treinta y dos setecientos trece
dólares con 00/100.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1
vez.—( IN2016058791 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000013-2101
Mallas varios tipos
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados
en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la
siguiente manera.
Empresa adjudicada: Kendall Innovadores en Cuidados al
Paciente S. A. Ítemes: 1, 5 al 10, 13 al 15
Monto aproximado adjudicado: $78.970,00
Monto en letras: Setenta y ocho mil novecientos setenta con
00/100 dólares
Entrega: Según cartel.
Empresa adjudicada: Bio Plus Care S. A. Ítemes: 2 y 3
Monto aproximado adjudicado: $2.764,00
Monto en letras: Dos mil setecientos sesenta con 00/100
dólares
Entrega: Según cartel.
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HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000022-2101
Mantenimiento preventivo y correctivo
de varios equipos de oftalmología
La Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en
este concurso, que se resolvió declarar infructuoso según criterio
técnico:
Las dos ofertas participantes para este concurso no se
encuentran validas técnicamente, por lo tanto se procederá a
declarar infructuosa la compra arriba indicada.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de agosto del 2016.—Lic. Glen
Aguilar Solano, Coordinador Subárea de Contratación
Administrativa.—1 vez.—( IN2016059019 ).
ÁREA DE SALUD DESAMPARADOS 3
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000001-2339FRO
Construcción y equipamiento sede de Ebais
Dos Cercas, Desamparados
A los interesados en el presente concurso se les comunica que
por medio de acta de adjudicación de fecha 19 de agosto de 2016,
se adjudicó esta licitación a Vidalco S. A., por un monto total de
$750.000.00. Más información en www.ccss.sa.cr
San José, 24 de agosto del 2016.—Dra. Leilanie Salazar
Barboza, Directora Médica a. í.—1 vez.—( IN2016059036 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000021-PRI
Compra de equipo de eléctrica hidrogeológica (Sistema
Integrado de Imágenes de Resistividad para realizar
Sondeos Eléctricos -Verticales -Tomografías y Accesorios)
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
cédula jurídica N°4-000-042138, comunica que mediante
Resolución de Gerencia General N° GG-2016-793 del 19 de agosto
del 2016, se adjudica la presente Licitación de la siguiente manera:
Oferta N° 1: Latin Link Costa Rica Inc. S. A.
Los ítemes 4, 11 y 12 se declaran infructuosos.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 23 de agosto del 2016.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador, Subárea de Contratación Administrativa.—1 vez.—(
IN2016058792 ).
C.A.I.S. DE SIQUIRRES
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000002-2631
Contratación de Servicios por terceros de limpieza para
los EBAIS, Sub Unidad Perla y Carmen, Consultorio de
Odontología y Antiguas Oficinas Administrativas
del Área de Salud de Siquirres
Comunica a los oferentes participantes en el concurso:
Licitación Abreviada N° 2016LA-000002-2631, que mediante
acta de adjudicación N° ADM-ASS 201608030, de fecha 22 de
agosto del 2016, resolvió adjudicar el presente concurso a favor
de la empresa Servicios de Mantenimiento y Seguridad Semans
S. A., por un costo mensual de ¢9.161.299,52 y un monto total de
¢109.935.594,18.
El acta de adjudicación N° ADM-ASS 201608030, se puede
adquirir en la Unidad de Contratación Administrativa del C.A.I.S de
Siquirres, sita en Siquirres en el cruce de San Rafael 1 km oeste y
500 m sur, Unidad de Compras, tel.: 2713-3700, ext. 2165 o 2134,
fax: 2713-3701.
Centro de Atención Integral en Salud de Siquirres.—Lic. Zimri
Campos Quesada, Administrador.—1 vez.—( IN2016058797 ).
Demás condiciones de acuerdo al Cartel y la Oferta respectiva.
Licda. Jeniffer Fernández Guillen, Dirección
Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud
N° 63459.—( IN2016058718 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000016-PRI
Ampliación de ramal calle Los Mora, Yoses Sur
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante
Resolución de Gerencia General Nº GG-2016-799 del 19 de agosto
del 2016, se adjudica la presente licitación de la siguiente manera:
Oferta Nº 1: Mestayer y Cedeño S. A., por un monto total
¢39.312.089,07.
En el monto total se encuentran incluidos los rubros: 040 planos
constructivos por ¢20.000,00 y el 050 Compendio documentación
técnica por ¢30.000,00.
Además se asigna a este proyecto el rubro 020 Trabajos por
Administración por ¢5.000.000,00.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández
Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud N°
63483.—( IN2016058719 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000278-01
Contratación de servicios de monitoreo de noticias del INA
y publicidad contratada por el INA en medios de comunicación
como radio, prensa escrita, medios digitales y televisión
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto
Nacional de Aprendizaje, en acta N° 269-2016 celebrada el 22 de
agosto del 2016 artículo único, recomienda la adjudicación de la
licitación en referencia en los siguientes términos:
a. Adjudicar la Contratación Directa N° 2016CD-00027801 “Contratación de Servicios de Monitoreo de Noticias
del INA y Publicidad Contratada por el INA en medios de
Comunicación como Radio, Prensa Escrita, Medios Digitales
y Televisión”, en los siguientes términos:
• Adjudicar la línea 1, a la oferta 1, presentada por
Controles Video Técnicos de Costa Rica S. A, por
un monto anual de ¢6.480.000,00 por cumplir con lo
estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable,
con una vigencia de un año, el cual podrá prorrogarse
de manera automática año a año por tres años más, para
un total de cuatro años.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—
Solicitud N° 63546.—( IN2016058788 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000001-06
Compra de equipo y maquinaria para soldadura
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad
Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su
acta Nº 15-2016, del día 17 de agosto del 2016, artículo III, tomó
el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos,
jurídicos y administrativo; según detalle:
Adjudicar el concurso de la Licitación Abreviada 2016LA000001-06, de la “Compra de Equipo y Maquinaria para
Soldadura”, de la siguiente forma:
Línea
adjudicada
1
Empresa
o persona
adjudicataria
Plazo
de
entrega
Monto total
adjudicado
Centro de
Soldadura de
Costa Rica
S. A.
20 d/h
$94.980,00
Noventa y cuatro mil
novecientos ochenta
dólares netos
20 d/h
y 115
d/h
$196.404,09
Ciento noventa y seis
mil cuatrocientos cuatro
dólares con 09/100
60 d/h
$72.000,00
Setenta y dos mil
dólares netos
Capris S. A.
2y3
4
Soluciones
Efectivas
S.E.A. S. A.
TOTAL
$ 363.384,09
Observaciones
Trescientos sesenta
y tres mil trescientos
ochenta y cuatro
dólares con 09/100
Por cumplir técnicamente con lo solicitado en el Cartel de
Licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de
adjudicación y metodología de comparación de ofertas.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras
Institucionales.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N°
63549.—( IN2016058794 ).
AVISOS
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000003-CL
Compra de un vehículo
Popular Sociedad de Fondos de Inversión hace del
conocimiento de los interesados que el Comité de Licitaciones
en sesión ordinaria N° 06-2016, acordó adjudicar la licitación de
referencia de la siguiente manera:
Auto Ensambladora S. A.
3-101-007866
Kia Sportage, modelo 2017.
$28.750,00
(veintiocho
mil
setecientos cincuenta dólares con
00/100, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América).
San José, 24 de agosto de 2016.—Lic. Vilma Arana Asencio,
Proveedora.—1 vez.—( IN2016058985 ).
Adjudicatario:
Cédula jurídica:
Vehículo adjudicado:
Monto adjudicado:
REMATES
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Remate de vehículo usado propiedad del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica,
realizará el remate de bien propio a las diez (10:00 a. m.) horas
del 5 de setiembre del 2016, para el tercer “Remate de vehículo
usado propiedad del Banco Nacional”, en las instalaciones de la
Proveeduría General del Banco Nacional, ubicadas en La Uruca,
frente a la Mercedes Benz.
La visita al sitio está programada del 29 de agosto al 2 de
setiembre del 2016 de 2:00 p. m. a 3:30 p. m. en el Almacén de
Control de Bienes, situado en La Uruca, contiguo a la Dirección
General de Migración y Extranjería, bodegas de color azul, previa
coordinación de cita en el teléfono 2010-1350 con Abraham Gamboa
Calderón.
Las condiciones del remate pueden ser retiradas sin costo
adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la
Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional
de Costa Rica a partir de este momento.
La Uruca, 24 de agosto del 2016.—Ing. Douglas Noguera
Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 522965.—
Solicitud N° 63568.—( IN2016058805 ).
VARIACIÓN DE PARÁMETROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE REGISTRO INSTITUCIONAL DE
PROVEEDORES
La Subárea de Registro Institucional de Proveedores invita a
proveedores de medicamentos a la capacitación sobre: “Importancia
de la fármaco-vigilancia e informe periódico de seguridad y
requisitos indispensables para el análisis de ampliación de ficha
técnica”.
Día: 13 de setiembre del 2016, horario: de 8:00 a. m. a 12:00
m. d.
Lugar CEDESO (Centro de Desarrollo Social), frente a la
Clínica Dr. Carlos Durán, Barrio Vasconia, pista a Zapote.
Para reservar sus espacios por favor enviar un correo a Licda.
Jeannette Solís Cordero: [email protected] o bien al número
telefónico 2539-1531, a más tardar el próximo 02 de setiembre de
2016. Pueden reservar cuatro campos por empresa.
Cupo limitado.
San José, 16 de agosto del 2016.—Área de Planificación de
Bienes y Servicios.—Lic. Kathia Castro Alvarado, Jefa.—O. C. N°
2112.—Solicitud N° 9118.—( IN2016057945 ).
2 v. 2.
REGISTRO DE PROVEEDORES
AVISOS
JUNTA DE EDUCACIÓN CENTRO EDUCATIVO ESCUELA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ALAJUELA
CIRCUITO EDUCATIVO 01
Proceso de actualización de proveedores
Para la Adquisición de Bienes, Servicios, Infraestructura,
mantenimiento la junta administrativa, invita a todos los proveedores,
proveedores interesados en participar en el procedimiento indicado,
según los alcances del Artículo 122 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, vigente. Hora y fecha para el retiro de
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
las condiciones: A partir de las 8:00 horas del 29-8-2016 al 2-9-2016,
en la Dirección Institucional del Centro Educativo. Fecha de entrega
del 5 al 9-9-2016, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes.
Alajuela, 24 de agosto del 2016—Gerald Francisco Chinchilla
Monge.—1 vez.—( IN2016059007 ).
FE DE ERRATAS
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000037-PROV
Alquiler de local para ubicar el Juzgado Civil y Laboral,
Médico
Laboral, Tribunal Civil y Laboral del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste (Liberia)
El Departamento de Proveeduría informa que se suspende
hasta nuevo aviso la fecha para la recepción de ofertas, la cual estaba
programada para el 14 de setiembre del 2016, a las 10:00 horas.
San José, 24 de agosto del 2016.—MBA Yurli Argüello Araya,
Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—( IN2016058849 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-0000041150(Modificación al cartel N° 1)
Accesorios para blades HP, sistema de almacenamiento
HP SPAR, equipo de comunicación CISCO y licencias para
Cluster de balanceo CISCO
Se informa a los interesados que está disponible la
modificación N° 1 al cartel de la Licitación en mención, la cual se
puede adquirir en la fotocopiada ubicada en el piso comercial del
Edificio Jenaro Valverde, Oficinas Centrales de la CCSS, además se
traslada la fecha de apertura de ofertas para el 02 de setiembre del
2016, a las 9:00 a. m. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea Gestión de Compras.—Lic. Endry Núñez Salas,
M.A.P.—1 vez.—( IN2016058922 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000005-2101
Reactivos varios para marcadores tumorales
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública
Nacional N° 2016LN-000005-2101 por concepto de Reactivos
varios para marcadores tumorales, que según la publicación del día
24 de agosto de 2016, La Gaceta N° 162, en la que se amplía la
fecha de apertura para el día 7 de setiembre de 2016, la hora de
apertura es a las 10:00 a. m.
Las demás condiciones quedan invariables.
San José, 24 de agosto del 2016.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador.—1 vez.—( IN2016059018 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000001-02
(Prórroga)
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia
física y electrónica para las instalaciones del Centro
de Formación de León XIII, Tirrases, Mora y del
Centro Nacional Especializado en Procesos Artesanales
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central
Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Pública
Pág 43
Nº 2016LN-000001-02, para la “Contratación de Servicios de
Seguridad y Vigilancia Física y Electrónica para las instalaciones de
los Centros de Formación de León XIII, Tirrases, Mora y del Centro
Nacional Especializado en Procesos Artesanales”, que el plazo
máximo para presentar ofertas de esta Licitación Pública se prorroga
para el próximo 22 de setiembre del 2016, a las 09:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 24626.—
Solicitud Nº 63547.—( IN2016058789 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000017-03
(Prórroga plazo de apertura)
Compra de motocicletas de uso didáctico
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central
Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la licitación en referencia
que se prorroga el plazo de apertura de las ofertas por 10 días hábiles
más, se estarán recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas
del 12 de setiembre del 2016.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 24626.—
Solicitud N° 63548.—( IN2016058793 ).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000013-SUTEL
(Traslado apertura de ofertas)
Contratación para adquirir servicios de una herramienta de
software y organización logística para llevar a cabo una
licitación a través del método de subasta de reloj sobre
bloques de espectro en las bandas de 1800 mhz y 1900/2100
mhz para el desarrollo de Sistemas de Telecomunicaciones
Móviles Internacionales en Costa Rica
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL),
con cédula jurídica N° 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de
Escazú, edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte
de Construplaza, mediante el Área de Proveeduría, informa a todos
los oferentes interesados en participar en la licitación de referencia,
que mediante el oficio N° 6146-SUTEL-DGC-2016 con fecha 23
de agosto del 2016, se amplía el plazo para recibir ofertas, siendo la
nueva fecha hasta las 10:00 horas del 12 de setiembre del año 2016.
El oficio indicado se encuentra disponible para lo que
corresponda, en el sitio web http://sutel.go.cr/proveeduria/
contrataciones-vigentes, o bien puede ser solicitado directamente al
correo electrónico [email protected].
Noilly Chacón González, Área de Proveeduría.—1 vez.—O.
C. N° 2307-16.—Solicitud N° 63517.—( IN2016058751 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000003-PROV.
Servicios de asfaltado del cantón
Habiéndose resuelto el recurso de objeción contra el cartel
de este proceso, se comunica a todos los interesados en el mismo,
que pueden solicitar los cambios introducidos al correo electrónico
[email protected], así mismo que la fecha de la visita
obligatoria será el 2 de setiembre y de la apertura de ofertas el 9 de
setiembre, a las mismas horas y lugares indicados inicialmente.
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—
1 vez.—( IN2016058714 ).
Pág 44
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo el señor Joel Alfredo Marín Quesada cédula 03-0097-0053
vecino de Juan Viñas; solicito a Bancrédito Sucursal Juan Viñas la
reposición del certificado de depósito a plazo N° 603-300-6030169
por un monto de ¢710.822,44 así como el cupón de intereses por un
monto de ¢22.568,40; números de fórmulas de seguridad 999271
y 999272 respectivamente esto por motivo de extravío.—Adrián
Moya Acuña, Agente.—( IN2016050696 ).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-3193-2016.—Alvarado Barahona Leonidas Alberto, R-2032016, cédula Nº 800840961, solicitó reconocimiento y equiparación del
título de Bachiller en Ciencias, Contabilidad, Universidad de Strayer,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 13 de julio de 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128617.—Solicitud Nº 61433.—( IN2016050755 ).
ORI-3142-2016.—Antiga Vivian, R-204-2016, pasaporte:
AAA776414, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Médica, Universidad Nacional de La Plata, Argentina. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio,
12 de julio del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128617.—Solicitud Nº
61434.—( IN2016050758 ).
ORI-3153-2016.—Pérez Vallejo Liliana María, R-205-2016,
pasaporte: AR610443, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Contadora Pública, Politécnico Colombiano Jaime Isaza
Cadavid, Colombia. La persona interesada en aportar información de
la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C.
Nº 128617.—Solicitud Nº 61435.—( IN2016050764 ).
ORI-3200-2016.—Vega Fernández Ignacio José, R-2062016, cédula de identidad: 1-0877-0322, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Agrónomo en el Grado Académico
de Licenciatura, Escuela Agrícola Panamericana Zamorano,
Honduras. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 13 de julio del 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128617.—Solicitud N° 61436.—( IN2016050765 ).
ORI-3155-2016.—Rangel Hasbun José Andrés, R-207-2016,
cédula: 1-1090-0914, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Maestría en Ciencias en Toxicología Analítica, King’s College
London, Reino Unido. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128617.—Solicitud Nº 61437.—( IN2016050768 ).
ORI-3141-2016.—González Campabadal Anabel, R-2082016, cédula de identidad Nº 1-0615-0367, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Máster en Leyes (LL.M) en Estudios de
Derecho Común, Georgetown University Law Center, Estados
Unidos de América. La persona interesada en aportar información de
la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 128617.—Solicitud Nº 61440.—( IN2016050769 ).
ORI-3171-2016.—Vargas Ruiz Rodrigo, R-209-2016,
cédula: 1-0772-0893, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor, Universidad Pablo de Olavide, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo
por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de Registro e Información.—
M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—
Solicitud N° 61448.—( IN2016050774 ).
ORI-3178-2016.—Fernández García Jorge Esteban, R-210-2016,
cédula 112060956, solicitó reconocimiento y equiparación del título
de Especialista en Ortodoncia y Ortopedia Maxilar, Universidad de
Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio de 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N°
128617.—Solicitud N° 61449.—( IN2016050782 ).
ORI-3154-2016.—González Gamboa Vladimir, R-211-2016,
cédula Nº 1-1003-0960, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Doctor Scientiarum Agrariarum (Dr.sc.agr.), Georg-August-Universitat
Göttingen, Alemania. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128617.—Solicitud Nº 61450.—( IN2016050800 ).
ORI-3179-2016.—Fumero Vargas Georgina, R-213-2016,
cédula: 3 0244 0246, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo
por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 12 de julio del 2016.—Oficina de Registro e Información.—
M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128617.—
Solicitud Nº 61455.—( IN2016050802 ).
ORI-2952-2016.—Fragomeno Carlos Roberto, R-24199-B, residente Nº 103200043002, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestro en Ciencias Sociales, La Facultad
Latinoamericana de Ciencias Sociales, Costa Rica. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo
por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 27 de junio de 2016.—Oficina de Registro e Información.—
M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128617.—
Solicitud Nº 61457.—( IN2016050806 ).
ORI-2701-2016.—Lares Amaiz Mary del Carmen de Jesús,
R-320-2015-B, pasaporte: 090889624, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctora en Ciencias y Tecnología de
Alimentos, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 8 de junio del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C.
Nº 128617.—Solicitud Nº 61458.—( IN2016050808 ).
ORI-3125-2016.—Ortega Ríos Nicolás Andrés, R-201-2016,
pasaporte: P05522663, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 11 de julio del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128617.—Solicitud Nº 61431.—( IN2016050890 ).
ORI-3185-2016.—Prieto Zapata Carlos Andrés, R-202-2016,
pasaporte: 108479430, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero Civil Mención: Transporte, Universidad José María
Vargas, Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 13 de julio del 2016.—Oficina de Registro
e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128617.—Solicitud N° 61432.—( IN2016050893 ).
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO
Y ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Jensy Campos Céspedes, costarricense, cédula 2-0477-837,
ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctora
en Educación, Tecnología Educativa y Educación a Distancia
de Nova Southeastern University de Estados Unidos. Cualquier
persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado
a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 1° de agosto del 2016.—
Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—( IN2016050637 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
MODIFICACIÓN DE ACUERDO EXPROPIATORIO
Avalúo 665-2011
Que en La Gaceta Nº 25 de fecha 17 de febrero del 2012, fue
publicado el edicto según acuerdo tomado por el Consejo Directivo
de la sesión 5977 del 11 de enero del 2012, para el establecimiento
de un derecho de servidumbre y un sitio de torre. Este Instituto
tramita proceso judicial de expropiación en el Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial
de San José, mediante el expediente N° 12-000178-1028-CA-7 en
contra de Ronald David Hernández Navarro.
El artículo 1° de la Ley 6313 de Adquisiciones, Expropiaciones
y Constitución de Servidumbres del ICE, declara de utilidad
pública los bienes inmuebles necesarios, a criterio del ICE, para el
cumplimiento de sus fines, pudiendo los mismos ser expropiados
conforme a dicha ley, quienquiera que sea su dueño.
El artículo 2° de esa misma ley, reformado mediante Ley 8660
de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del
Sector Telecomunicaciones, también declara de utilidad pública
las obras a ejecutar por el ICE y sus empresas, en cumplimiento
de las atribuciones legales que el ordenamiento jurídico le ha
encomendado.
De acuerdo con el artículo 7° de la Ley 6313 de Adquisiciones,
Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, también
reformado mediante Ley 8660 de Fortalecimiento y Modernización de
las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, corresponde
a la Gerencia Corporativa de Administración y Finanzas del Instituto
Costarricense de Electricidad, la aprobación de los avalúos para
la adquisición de derechos sobre bienes inmuebles, reservando al
Consejo Directivo el dictado del acuerdo expropiatorio.
Cumpliendo con lo solicitado por el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda en relación al
Avalúo Administrativo documento adjunto emitido por el Juzgado
de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda respecto al
caso de expropiación 12-000178-1028-CA-8 correspondiente al
avalúo administrativo N° 665-2011, se indica lo siguiente:
Ajustes al Avalúo Administrativo N° 0665-2011 y al acuerdo
expropiatorio.
Pág 45
Mediante el avalúo administrativo N° 665-2011 se indemniza
un derecho de servidumbre y un sitio de torre para la Línea de
Transmisión Anillo Sur, sobre la propiedad inscrita a nombre de
Guido Jiménez Padilla y en posesión de Ronald David Hernández
Navarro, la propiedad en aquel entonces se encontraba inscrita al
folio 3-031123-000 y no indicaba plano catastrado.
La finca anteriormente mencionada fue cerrada por cambio
de situación con fecha del 11 de agosto del 2015, mientras se
gestionaba la expropiación en el juzgado bajo el expediente 12000178-1028-CA-8, ya que como lo señala el aquo, el propietario
registral no manifestó expresamente su conformidad con el avalúo
administrativo, siendo que el poseedor si había manifestado estar de
acuerdo con el mismo. Actualmente la finca afectada corresponde
al folio real 1-031123B-000 con el plano SJ-1555213-2012 y es la
misma que se describe en el avalúo administrativo N° 665-2011.
Cabe señalar que dada la inexistencia de plano catastrado de
la propiedad en el año 2011, el instituto expropiante generó el plano
catastrado de la servidumbre el cual corresponde a SJ-15075442011, mismo que hoy día se encuentra contenido en su totalidad en
la finca inscrita al folio real 1-031123B-000 y que es propiedad de
David Hernández Navarro, cédula 3-0409-0932, obsérvese que el
plano de la propiedad detalla la ubicación de la servidumbre.
Se señala en la resolución del día 7 de junio del 2016,
relacionada con el expediente de expropiación 12-000178-1028CA-8, que el ICE debe corregir el decreto expropiatorio y el avalúo
administrativo, por lo tanto sirva el presente documento como
corrección al avalúo administrativo, en lo que corresponde a la
indicación del propietario, folio real y el plano catastrado de la finca
en la cual se estaría estableciendo un gravamen de servidumbre y un
sitio de torre. Por tanto,
SE ACUERDA:
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un
derecho de servidumbre y un sitio de torre sobre la finca propiedad
de David Hernández Fallas, cédula 3-0409-0932, inscrita al folio
real 1-031123B-000 con el plano catastrado SJ-1555213-2012,
debido a la afectación por el paso de la Línea de Transmisión Anillo
Sur, tramo C, la cual afecta el sector sur de la finca, atravesándola
de este a oeste.
La servidumbre afecta una longitud de 168,61 m en su línea
de centro, para cubrir un área total de 5 038 m², la cual representa
el 10,22 % del área total de la finca, según se indica en el plano de
catastro SJ-1507544-2011 y el croquis de campo realizado por el
Proyecto Transmisión Central Norte, Línea de Transmisión Anillo
Sur, donde se le indica como propietario Nº R38E. El ancho de la
servidumbre en este tramo es de 30 m (15,00 m a ambos lados de la
línea de centro), su forma es parecida a un polígono irregular.
La servidumbre ingresa a la finca en el lindero este, en
colindancia con la finca de Miguel Molina Navarro con un azimut
de 300º 45,3’ y una distancia de 11,24 m hasta llegar al sitio de torre
R38E, donde cambia de dirección a un azimut de 271º 18,1’ y una
distancia de 157,37 m hasta salir por la colindancia oeste con la
propiedad de Ramiro Romero Jiménez.
El área de cimentación de la torre es de 278 m² (el área expuesta
correspondiente es de 138 m²), misma se encuentra ubicada en las
coordenadas 1 085 463 latitud norte y 494 944 longitud este en el
sistema de coordenadas CRTM 05. También puede ser referencia al
punto 5 del plano catastrado SJ-1507544-2011, ya que como señala
éste documento, la torre se ubica a 17,2 m en un azimut de 240°4,2’.
Es importante destacar que las limitaciones que al afecto se señalan
para la servidumbre, aplican de igual manera al sitio de torre, al
encontrase éste inmerso en la servidumbre.
En cuanto a la servidumbre requerida por el ICE, se mantienen
invariantes las condiciones señaladas en el plano catastrado SJ1507544-2011, mismo con el cual se inició la expropiación y con el
cual el instituto expropiante obtuvo la puesta en posesión con fecha
del 13 de septiembre del 2012. Siendo que la franja de servidumbre
se encuentra en su totalidad contenida en la finca inscrita al folio
real 1-031123B-000, actualmente propiedad de David Hernández
Fallas. En lo que respecta al monto de indemnización se analiza
que los cambios registrales señalados por el juzgado no alteran
la valoración realizada al inmueble, por lo que en este punto se
mantiene lo determinado en el avalúo administrativo N° 665-2011.
Pág 46
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Modificar el acuerdo expropiatorio tomado por el Consejo
Directivo, de la sesión 5977 de fecha 11 de enero del 2012.
Facultar a la División Jurídica Corporativa para que continúe
con los trámites expropiatorios de conformidad con lo que al respecto
establece la legislación correspondiente, para el establecimiento de
servidumbres. Acuerdo firme.
2º—Acuerdo firme emitido por el Consejo Directivo, en el
artículo 3° del Capítulo I de la sesión 6187 del 28 de julio del 2016.
3º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 4 de agosto del 2016.—Lic. Erick Picado Sancho,
Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. N° 1017.—Solicitud
N° 61734.—( IN2016051691 ).
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE FLORES, HEREDIA
AVOCACIÓN ADMINISTRATIVA
RES-AMF-220-2016
Alcaldía Municipal, al ser las siete horas del diecinueve de julio
del año dos mil dieciséis, el suscrito Gerardo Rojas Barrantes, en
mi condición de Alcalde de este municipio y jerarca administrativo
según el artículo 17 del Código Municipal procede; y
Resultando:
1º—Que conforme la Directriz 05-2016 de esta Alcaldía,
se otorgó el plazo de tres meses para la elaboración de todos los
Manuales de Puestos, siguiendo la recomendación de la Comisión
de Control Interno de la sesión 10 del 2016, acuerdo 30-2016.
2º—Que el Departamento de Cobros es subalterno de la
Administración Tributaria, por lo que en un trabajo conjunto se
lograron detectar severos problemas de control interno y la necesidad
de una intervención en dicho departamento, a efectos de organizar
y corregir la situación encontrada. Entre ellos se pueden mencionar,
debilidad en la formalización de arreglos de pago, interrupción de la
prescripción y notificaciones defectuosas.
3º—Que dicho departamento es esencial para el
funcionamiento económico del Gobierno Local.
4º—Que conforme la ley de control interno, su artículo 10
dispone la responsabilidad de tomar medidas de control interno,
y es obligatorio tomar las medidas necesarias para garantizar su
efectivo funcionamiento, mandato que se reafirma en el artículo 12
inciso b) de la misma ley, por lo que se ha considerado como medida
provisional, el traslado del funcionario titular del departamento de
cobros, para que la Administración Tributaria se avoque de lleno a
la intervención de dicho departamento, para ello se le debe de dotar
con los instrumentos legales para el cumplimiento de tal tarea.
5º—Que en el presente procedimiento se han observado las
prescripciones de ley.
Considerando:
1º—De las medidas basadas en la Ley de Control Interno:
Conforme el artículo 12 de la Ley de Control Interno: “En materia
de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les
corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:…b)
Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier
evidencia de desviaciones o irregularidades. ”Estas medidas pueden
ser cualquiera de las permitidas en el ordenamiento jurídico siempre
y cuando tengan una utilidad, relación y proporcionalidad entre la
medida tomada y la obtención de la corrección deseada.
2º—De la avocación: Indica la Ley General de Administración
Pública: “Artículo 93.— 1. El superior podrá, incluso por razones
de oportunidad, avocar la decisión de asuntos del inmediato inferior
cuando no haya recurso jerárquico contra la decisión de éste y en tal
caso la resolución del superior agotará también la vía administrativa.
2. La avocación no creará subordinación especial entre avocante
y avocado. 3. El avocado no tendrá ninguna vigilancia sobre la
conducta del avocante ni es responsable por ésta. 4. Cuando se refiera
a un tipo de negocio, y no a uno determinado, deberá publicarse en
el Diario Oficial. 5. Tendrá los mismos límites de la delegación en lo
compatible. 6. La avocación no jerárquica o de competencias de un
órgano que no sea el inmediato inferior requerirá de otra ley que la
autorice.” Como queda indicado, es posible realizar una avocación
de la Gestión de Cobros hacia la Administración Tributaria dada la
relación de jerarquía de la primera sobre la segunda. Esta medida
sería necesaria mientras se realiza el proceso de intervención
y fortalecimiento de la gestión cobratoria, y desaparezcan las
deficiencias de control interno detectados por la Administración
Tributaria, se realicen los respectivos manuales de procedimientos y
que éstos sean efectivamente implementados. Por tanto:
Se autoriza a la Administración Tributaria a avocarse la
competencia y responsabilidad del Departamento de Gestión de
Cobros hasta que se termine de implementar la reestructuración y
fortalecimiento de dicho departamento iniciado con la elaboración,
modificación e implementación de los Manuales de Procedimientos
en cumplimiento de la directriz 05-2016 y en ejecución de las
recomendaciones de la comisión de control interno tomadas en la
sesión 10-2016, acuerdo 30-16. Esta resolución rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, conforme el artículo 93
de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.
Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal de
Flores.—1 vez.—( IN2016047861 ).
AVISOS
CONVOCATORIAS
DESARROLLOS VISTA ALEGRE DE ESCAZÚ S. A.
Se convoca a los accionistas de la empresa Desarrollos Vista
Alegre de Escazú, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres - ciento uno - ciento cincuenta y seis mil setecientos
sesenta y tres (la “Compañía”), a la asamblea general extraordinaria de
socios a celebrarse a las nueve horas del día catorce de setiembre del
dos mil dieciséis, en la ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo,
Tamarindo Business Center, oficina número diez, y una hora después
en segunda convocatoria con el número de socios presentes. En la
asamblea se tratará el siguiente orden del día: a) verificación del
quórum; b) aprobar las gestiones tendientes a entablar un proceso
de desahucio administrativo y/ o judicial en contra de los actuales
inquilinos de la casa de habitación propiedad de la Compañía; c)
aprobar la oferta de servicios profesionales presentada por la firma
de abogados para realizar las gestiones indicadas en el proceso b)
previamente indicado; y, c) modificación del domicilio social de la
Compañía.—San José, dieciocho de agosto del dos mil dieciséis.—
Mary Jane Frank, Presidente.—1 vez.—( IN2016058900 ).
CINCONET C R S. A.
Se convoca a los socios de Cinconet C R S. A., cédula jurídica
N° 3-101-261713, a una asamblea general extraordinaria de socios, de
conformidad con el artículo 11 de sus estatutos, a celebrarse en primera
convocatoria el próximo 10 de octubre del 2016, a las 10:00 horas en
la oficina de Daniel Jiménez Barrantes, ubicada en Barrio Cuba, de
la Iglesia Perpetuo Socorro, 50 metros oeste. De no presentarse el
quórum de ley en dicha convocatoria, la segunda convocatoria será
una hora después con el número de socios con derecho a voto que se
encuentren presentes. Allí se conocerán los siguientes asuntos:
Temas de la asamblea extraordinaria:
1. Verificación del quórum y apertura de la asamblea.
2. Proyecto de Disolución de esta sociedad.
3. Aprobación del acta de la asamblea.
4. Cierre de la asamblea.
Se advierte a los socios que sólo podrán participar en la asamblea
aquellos que estén debidamente inscritos en el libro respectivo; y
que los socios pueden hacerse representar por poder debidamente
autenticado.—San José, 19 de agosto del 2016.—Junta Directiva.—
Daniel Jiménez Barrantes, Secretario.—1 vez.—( IN2016058925 ).
CLÍNICA DE ESPECIALIDADES MÉDICAS SANTA
MARÍA GORETTI SOCIEDAD ANÓNIMA.
De conformidad con la cláusula sexta del Acta Consecutiva de la
sociedad Clínica de Especialidades Médicas Santa María Goretti S.A., el
suscrito Junior Castillo Brenes en mi condición de presidente, me permito
convocarles a asamblea extraordinaria por realizarse en fecha de viernes
dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis, en el domicilio social: Cartago,
setenta y cinco metros al sur del CUC, complejo Salud y Forma. La primera
convocatoria es a las diecisiete horas y la segunda una hora después.
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
La agenda del día corresponde a los siguientes actos:
1. Comprobación de quórum.
2. Apertura de la asamblea.
3. Aprobación de la orden del día.
4. Cambio de miembros de la junta directiva.
5. Disminución capital social.
6. Disolución de la sociedad.
7. Nombramiento del liquidador de la sociedad.
8. Designación del notario público para la protocolización del
acta.
9. Aprobación del acta.
10. Firma del acta.
11. Finalización de la asamblea.
La agenda del día incluye asuntos de carácter ordinario y
extraordinario, en este caso el acto de disolución de la sociedad, al
ser permitido por la cláusula sexta del acta consecutiva y el artículo
166 del Código de Comercio. En virtud del artículo 158 del Código de
Comercio se realiza la presente convocatoria mediante aviso publicado
en La Gaceta. La convocatoria se hace con la anticipación de quince días
tal como lo señala el artículo 164 del Código de Comercio. Es todo.—
Pedro Monestel Camacho, Presidente.—1 vez.—( IN2016058961 ).
LOS ALMENDROS DE OCOTAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Los Almendros de Ocotal Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cero noventa y tres mil ciento cuarenta y
cinco, convoca a sus accionistas a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria que se celebrará en su domicilio social Carrillo Playa
Ocotal, de la entrada al Hotel de Ocotal; cien metros al oeste, el día
doce de noviembre del dos mil dieciséis, en primera convocatoria
a las nueve horas y en segunda convocatoria a las diez horas por su
orden a fin de conocer la Agenda que se detalla:
1- Aprobación actas última reunión
2- Situación actual de la concesión por parte del ICT de esta
empresa
3- Logros de la administración años 2015y 2016, aprobación
ejecución presupuesto y ejecución gastos de capital 2015/2016
4- Aprobación Estados Financieros 2015/2016
5- Aprobación presupuesto 2016/2017 y cuota de mantenimiento
6- Nueva inversión de capital para 2016/2017
7- Nueva emisión de acciones de Los Almendros de Ocotal
8- Elección de la nueva Junta Directiva
9- Cualquier otro asunto que se discuta.
Guillermo Groisman Goldstein, Presidente.—1 vez.—( IN2016058969 ).
HERMANOS SÁNCHEZ FONSECA SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Hermanos Sánchez Fonseca Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-054867, convoca a reunión extraordinaria de
accionistas a celebrarse el martes 20 de setiembre del 2016 en primera
convocatoria a las once de la mañana y en segunda convocatoria
a las doce mediodía a celebrarse en Santo Domingo de Heredia,
Santa Rosa, cien metros oeste de la plaza de deportes para tomar
los siguientes acuerdos: a) nombrar presidente y secretario para la
asamblea, b) asentar en el libro Registro de Accionistas la calidad
de socio de cada uno de los herederos en razón de la aprobación
de la cuenta partición del sucesorio de Humberto Sánchez Campos
y otra tramitado en el Juzgado Civil de Heredia expediente 072530-504-CI; c) modificar los estatutos de la sociedad; d) nombrar
apoderados como representantes de la sociedad; e) tomar todos los
acuerdos concernientes sobre la propiedad de la sociedad finca de
Heredia N° 26.204-000, entre ellos aprobar la venta en firme de
la finca perteneciente a la sociedad arriba indicada.—María del
Carmen Sánchez Fonseca, Albacea.—Lic. Ana Lucía Mora Badilla,
Notaria.—1 vez.—( IN2016059001 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de las Américas hace constar
que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la
señora Lucas Bolívar Guiselle, cédula de identidad siete cero uno
tres cero cero ocho nueve dos, la solicitud de reposición de su Título
Pág 47
de Licenciada en Medicina y Cirugía emitido por esta Universidad,
registrado en el libro de títulos bajo el tomo I, folio 145, asiento 2456
con fecha del 23 de agosto de 2002. La señora Lucas Bolívar, solicita
la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica
este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición,
dentro del término deis días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud del
interesado, a los veinte ocho días del mes de julio de dos mil dieseis.—
Doctor Máximo Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016050777 ).
Se hace saber que Vivian Wyllins Soto, portadora de la cédula
de identidad número 1-819-564 y con domicilio en Curridabat, de
la casa de Pepe Figueres, 200 metros al norte, 50 oeste y 50 sur, San
José, a cedido y traspasado a la sociedad de ésta plaza denominada
3-102-631376 Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio
en San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio
Los Balcones, cuarto piso, Zurcher Odio & Raven, la propiedad,
derecho y titularidad sobre el Registro No. 191165 del Nombre
Comercial mixto Avalon Yacht Club; el Registro N° 186656 del
Nombre Comercial denominativo Avalon River Park; y el Registro
N° 160994 del Nombre Comercial mixto Avalon Plaza Santa Ana.
Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro
del término de quince días a partir de la primera publicación, a
hacer valer sus derechos.—San José, 27 de julio del 2016.—Vivian
Wyllins Soto, Solicitante.—( IN2016050813 ).
DREAM ZONES S. A.
La sociedad Dream Zones S. A. con cédula Jurídica 3-101348731, propietaria de varias filiales del Condominio Horizontal
Comercial Vistana Oeste, cédula jurídica tresciento nuevecuatrocientos ochenta y cuatro seiscientos treinta y cinco, comunica el
extravío del tomo uno del libro de Actas de Asamblea de Condóminos
del Condominio Horizontal Comercial Vistana Oeste, por lo que se
procederá con su reposición.—Miguel Gómez César, cédula 8-00880815, Apoderado Generalísimo.—( IN2016052082 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CABINAS RÍO MAR DE DOMINICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Cabinas Rio Mar de Dominical Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-107178, hace del conocimiento público que
por motivo de extravío, el señor John William de apellido Kramer
ha solicitado la reposición del certificado que representa 16.666
acciones de esta sociedad. Se emplaza a cualquier interesado para
que en el término de un mes a partir de la última publicación de
este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Cabinas Río Mar
de Dominical S. A. Hotel Río Mar, Barú de Dominical de Osa,
provincia de Puntarenas, 400 metros oeste del Rancho Memo,
Chistiaan Vijselaar, Presidente. Se pública este aviso para efectos
del artículo 689 del Código de Comercio.—Jasson Rodríguez
Garita.—( IN2016051007 ).
SCOTIABANK DE COSTA RICA S. A.
Para efecto de los artículos número 708 y 709 del Código de
Comercio, el señor Jorge Enrique Rodríguez Alvarado, portador de
la cédula de identidad N° 203510568, ha solicitado la reposición
del certificado de inversión N° 110000220666, por un monto de
¢3.000.000,00 tres millones de colones con fecha de emisión
el 14 de diciembre, 2015 a vencer el 14 de junio, 2016. Dicho
certificado (cupón) fue reportado como extraviado (o robado) por
cada cliente.—Grecia, 20 de julio del 2016.—Guillermo Jiménez
R., Gerente Sucursal Grecia.—( IN2016051518 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
EL ALACRÁN SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del
día ocho de agosto del año dos mil dieciséis se solicita reposición de
libros legales; registro de accionistas, actas de junta directiva y actas
de asamblea central de accionistas, de El Alacrán Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-veinticuatro mil ochocientos
cuarenta y uno.—San José, ocho de agosto del año dos mil dieciséis.—
Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2016053143 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
SERVICIO SUR DE CIUDAD NEILY LIMITADA
El suscrito, Nicolás Blard Artavia, portador de la cédula
401010924, representante legal de la sociedad Servicio Sur de
Ciudad Neily Limitada cédula jurídica número 3-102-073487, por
este medio solicito la reposición de los libros legales de la sociedad
por pérdida de los mismos. Notificaciones correo nibate_pe@gmail.
com.—San José 08 de agosto de 2016.—Nicolás Blard Artavia,
Representante Legal.—1 vez.—( IN2016053280 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
En mi notaría, el día de primero de agosto de dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general de socios de Inversiones El Trueno
S. A., Por la cual se modifica la cláusula quinta donde se disminuye
capital social.—San José, cuatro de agosto de dos mil dieciséis.—Lic.
Ana Lucia Espinoza Blanco, Notaria.—( IN2016051529 ).
Mediante escritura otorgada ante los notarios Marvin Céspedes
Méndez y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, al ser las 09:00 horas del
18 de julio de 2016, se protocolizó el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad CMI Consorcio de Montajes Industriales
S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-179855, en la cual
se acordó reformar la cláusula del domicilio y reducir el capital social
de la sociedad.—San José, 18 de julio del 2016.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—( IN2016053038 ).
Yo, Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, notaria de San
José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de: Lifes
Care LC S. A., reformando cláusulas segunda, quinta y octava, de
domicilio, disminución de capital social y representación.—San
José, 09:00 horas del 21 de mayo del 2016.—Licda. Melania Chin
Wo Cruz, Notaria.—( IN2016053182 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número sesenta y cinco-dos, otorgada ante los
notarios Monserrat Andrea Segura Muñoz y Rolando Clemente
Laclé Zúñiga, a las diez horas del doce de julio del dos mil
dieciséis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria
de la compañía Unopetrol Costa Rica S.R.L., con cédula jurídica
número tres-ciento dos-siete mil doscientos dieciocho; mediante la
cual se reforman las cláusulas: segunda y sétima, del pacto social.—
San José, doce de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Monserrat
Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016046918 ).
Por escritura otorgada número ciento cincuenta y siete,
iniciada al folio ciento dos vuelto del protocolo de la notaria pública
Andrea Ruiz Castillo, se protocolizó el acta de asamblea general
de cuotistas de la sociedad denominada: 3-102-358547 SRL,
mediante la cual se reforma las cláusulas primera y sexta del pacto
constitutivo, y se nombra gerente, subgerente y agente residente.—
Licda. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016046921 ).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las diez horas y once
horas respectivamente, del 12 de julio del 2016, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las
siguientes sociedades: Vistas del Cerro Bilbao Ocho S. A., y
Preveloper S. A., en la cual se modifica el pacto constitutivo.—
San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz,
Notaria.—1 vez.—( IN2016046939 ).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolicé
actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Vistas del
Cerro Nueve D C R S. A. y Sueños Estelares de Tamarindo
Ltda., mediante las cuales se fusionan por absorción prevaleciendo
en todo la primera sociedad.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic.
Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016049727 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:30
horas del día 27 de julio del 2016, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza
Inversiones Almenara S. A., por la que se modifican cláusulas, se
nombra junta directiva y fiscal, y se revoca poder generalísimo sin
límite de suma.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Giancarlo
Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—( IN2016049732 ).
Se protocoliza acta de Malinche Real S. A., se reforma pacto
constitutivo y se nombra junta directiva. Escritura otorgada en la
ciudad de San José a las nueve horas con cuarenta minutos del
diecisiete de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Zaida María Rojas
Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2016049733 ).
Se protocoliza acta de Acna Internacional S. A., se reforma
pacto constitutivo y se nombra junta directiva. Escritura otorgada
en la ciudad de San José a las nueve horas con diez minutos del
diecisiete de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Zaida María Rojas
Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2016049735 ).
Por escritura otorgada a las dieciséis del veintisiete de julio del
2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas
de la sociedad Rojo Mata de San Vito S. A., por medio de la cual
se aceptó la renuncia y se nombró sustituta de presidenta de la junta
directiva.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—
Licda. Roxana Taylor Barrios, Notaria.—1 vez.—( IN2016049737 ).
Mediante escritura número cuarenta y dos del protocolo 1 de esta
notaría, se modifica la razón, el domicilio y la representación social
de la sociedad Grupo de Música Infantil Maromero S. A., cedula
jurídica 3-101-187648.—San losé, 26 de julio del 2016.—Lic. Ricardo
Alberto Murillo Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016049751 ).
Por instrumento público otorgado hoy ante mí a las 16:00
horas, protocolicé parcialmente un acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Corden Continental S.
A., en la cual se acordó: (i) reformar las cláusulas V y VII del pacto
social; (ii) revocar el nombramiento de la junta directiva y del fiscal,
y (iii) designar sus sustitutos.—San José, 26 de julio de 2016.—Lic.
Randall Barquero León, Notario.—1 vez.—( IN2016049753 ).
Por escritura número treinta y dos-diez, otorgada ante los
notarios públicos, Rafaela Solano Granados, Soledad Bustos Chaves
y David Arturo Campos Brenes a las diez horas del día cinco de julio
de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula segunda de los estatutos
sociales de la sociedad Corporación Accionaria Citibank de Costa
Rica S. A., cédula tres-ciento uno-sesenta y tres mil ciento cincuenta
y siete.—San José, veintisiete de julio de dos mil dieciséis.—Licda.
Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2016049755 ).
Por escritura número ciento veintidós-diez, otorgada ante los
notarios públicos Carlos Corrales Azuola, Juan Carlos León Silva,
Alberto Sáenz Roesch, Jorge Gonzalez Roesch y Juvenal Sánchez
Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas
del ocho de agosto del dos mil dieciséis, se procede a fusionar las
sociedades: (i) Project Ojochal S. A., cédula de persona jurídica
Nº 3-101-68521; y (ii) TVRF Property S. A., cédula de persona
jurídica Nº 3-101-667210, siendo TVRF Property S. A., la sociedad
prevaleciente.—San José, 8 de agosto del 2016.—Lic. Juan Carlos
León Silva, Conotario.—1 vez.—( IN2016054081 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría N° 148 de las 10:00
horas de 15 de julio de 2016, se constituyó Agrícola El Labrador
JV S. A., presidente Jorge Mario Brenes Martínez. Domicilio en
Cartago, templo católico de Tierra Blanca, 600 metros norte y 75
metros este.—San José 15 de julio 2016.—Lic. Edwin D. Leiva
Jara, Notario.—1 vez.—( IN2016053029 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas con
treinta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cito
Centro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-uno cero
uno-cero dos siete ocho dos cinco, mediante la cual se modifican del
pacto constitutivo las cláusulas: cuarta del plazo, quinta del capital
social y sétima de la administración y representación.—San José,
ocho de agosto de dos mil dieciséis.—Licda. María Carolina Elizondo
Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016053034 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas con
cuarenta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
Hacienda La Torre Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
tres-uno cero uno-cero dos nueve uno nueve ocho, mediante la cual se
modifican del pacto constitutivo las cláusulas: cuarta del plazo, quinta
del capital social y sétima de la administración y representación.—
San José, ocho de agosto de dos mil dieciséis.—Licda. María Carolina
Elizondo Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016053039 ).
Ante esta notaria, se ha protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Miwepoo Int Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y seis
mil cuatrocientos noventa y ocho. Se reforma la cláusula sétima del
pacto constitutivo.—Palmares, dos de agosto, 2016.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016053044 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cero minutos
del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la firma Gecko Trail Adventures
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y
nuevos nombramientos de junta directiva de los estatutos, fiscal y agente
residente.—San José, 4 de agosto del 2016.—Lic. Andrés Eduardo Calvo
Herra, Notario.—1 vez.—( IN2016053048 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del
día ocho de agosto del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula
de la representación legal, de la sociedad Jade Software And
Consulting S. A., cedula jurídica 3-101-697419.—San José, ocho
de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Dunnia Monge Torres,
Notaria.—1 vez.—( IN2016053052 ).
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Mediante escritura numero ciento dos-veintisiete de las nueve
horas del tres de agosto del dos mil dieciséis, se liquidó el único
bien de la sociedad Inversiones Cerros Dorados de Pacifico S. A.
y nombra al señor Luis Alberto Apú Gallo como liquidador. Acurdo
firmado por unanimidad del total del capital social.—San José
tres de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. José Antonio Zeledón
Colombari, Notario.—1 vez.—( IN2016053149 ).
Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Garco
Medical Services Limitada, donde se reformo la cláusula quinta
del pacto constitutivo.—San José, 04 de agosto 2016.—Licda.
Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016053160 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve
horas y quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil
quince, se modificó protocolizó acuerdo que modifica personería
de la sociedad Best Quality Sociedad Anónima.—San Ramón,
siete de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. José Rafael Steller
Garro, Notario.—1 vez.—( IN2016053161 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve
horas del veinticinco de agosto de dos mil quince, se modificó
protocolizó acuerdo que modifica personería de la sociedad:
Villarasa Marrón de Occidente Sociedad Anónima.—San
Ramón, siete de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. José Rafael
Steller Garro, Notario.—1 vez.—( IN2016053162 ).
La sociedad Raimer & Guerrero Group S. A., cédula
jurídica 3-101-482535, nombra nuevo presidente y secretario.—
Liberia cinco de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Silva
Loáiciga, Notario.—1 vez.—( IN2016053059 ).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mundo Visual S. A.,
capital social diez mil colones, plazo social cien años, representación:
el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San José, 09 de julio del 2016.—Licda. Sonia Montero
Briceño, Notaria.—1 vez.—( IN2016053163 ).
Mediante escritura pública otorgada ante mi notaría a
las 14:45 minutos del 8 de agosto del 2016, se protocoliza acta
mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal en la
sociedad denominada Villas Las Acacias de Ciudad Colón de
Mora Sociedad Anónima. Firmo en Ciudad Colón, a las quince
horas del día 8 de agosto del 2016.—Lic. José Aurelio Aguilar
Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2016053064 ).
Ante mí, Bernal Mauricio notario público, con oficina en San
José, veinticinco metros al norte de la Defensoría de los Habitantes
mediante escritura numero ochenta y tres-cinco se constituyó
la sociedad denominada DISOLQUIM Sociedad Anónima.—
San José, veintinueve de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Bernal
Mauricio Orozco Salas, Notario.—1 vez.—( IN2016053165 ).
Mediante escritura pública otorgada ante mi notaría a las
14:30 minutos del 8 de agosto del año 2016, se nombra nueva
tesorera y nuevo fiscal en la sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Siete Mil Novecientos Ochenta y Uno
Sociedad Anónima. Firmo en Ciudad Colón, a las 14:45 minutos
del día 8 de agosto del 2016.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí,
Notario.—1 vez.—( IN2016053070 ).
Por escritura número 252-11 de tomo 11 de mi protocolo, otorgada
a las 10:00 horas del 01 de agosto del 2016, los accionistas de la empresa
Inmobiliaria Vindas Fernández de Pejibaye Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-411608, han acordado la disolución de la compañía.—Licda.
Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2016053071 ).
Por escritura número 104-2 de tomo 2 de la notaria Wendy
María Acuña Badilla, otorgada a las 07 horas 30 minutos del
5 de agosto del 2016, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas Sombra Frontavela Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-199717, en la cual se disuelve
la compañía por acuerdo de socios.—Licda. Wendy María Acuña
Badilla, Notaria.—1 vez.—( IN2016053138 ).
Se deja constancia que en esta notaría, Karnak Temple
Limitada, el cinco de agosto del dos mil dieciséis, mediante escritura
otorgada a las dieciséis horas protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria en la cual se hacen cambios en el pacto constitutivo
y en la representación. Gerente Douglas Allen Hutchinson.—Lic.
Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016053174 ).
Se deja constancia que en esta notaría, Nizwa Limitada,
el cinco de agosto del dos mil dieciséis, mediante escritura
otorgada a las catorce horas protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria en la cual se hacen cambios en el pacto constitutivo
y en la representación. Gerente Douglas Allen Hutchinson.—Lic.
Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016053176 ).
He protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de
Asociación Hermanas de la Presentación de María Santísima
al Templo, que se modifica el artículo décimo noveno.—San José,
05 de agosto del 2016.—Licda. Alicia de los Ángeles Barzallo
Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2016053185 ).
Por escritura número 103-2 de tomo 2 de la notaria Wendy
Acuña Badilla, otorgada a las 07:00 horas del 5 de agosto del 2016,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
Bioverde Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-331596, en la
cual se disuelve la compañía por acuerdo de socios.—Licda. Wendy
Acuña Badilla, Notaria.—1 vez.—( IN2016053140 ).
Por medio de escritura de las ocho horas del día veintiocho de
julio del año dos mil dieciséis, ante el notario Esteban Cherigo Lobo, los
socios, Ana Yanssy Abarca González, cédula número uno-cero seis tres
cinco-cero dos tres ocho y Ricardo Esquivel Zamora con cédula número
uno- cero cinco siete cuatro-cero seis cuatro cuatro, constituyeron la
sociedad denominada por su nombre de fantasía Diseños para Cristo
J -Jireh S. A.—Heredia, ocho de agosto del dos mil dieciséis.—Lic.
Esteban Cherigo Lobo Notario.—1 vez.—( IN2016053190 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del 8
de agosto del 2016, protocolicé acta de asamblea de accionistas de
Inmobiliaria Acacias PW S. A., donde los accionistas acuerdan la
disolución de la compañía.—San José, 08 de agosto del 2016.—Lic.
Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—( IN2016053148 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
30 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Almendro Paraíso Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin,
Notario.—1 vez.—CE2016005920.—( IN2016053210 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Importación Mas Barato Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—
Lic. William De Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—CE2016005921.—( IN2016053211 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09
horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Casa Venusta Limitada.—San José, 16 de
mayo del 2016.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—
CE2016005922.—( IN2016053212 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cerkei GFA Sociedad Anónima.—San José, 16 de
mayo del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—
CE2016005923.—( IN2016053213 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lot Forty Two VDPG Caracara Limitada.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí,
Notaria.—1 vez.—CE2016005924.—( IN2016053214 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 13 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corazón de Dante Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Licda. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2016005925.—( IN2016053215 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
05 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Yaian Sociedad Anónima.—San José, 16
de mayo del 2016.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2016005926.—( IN2016053216 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
45 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada American Brands Liquidators Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Roy Alberto Guerrero
Olivares, Notario.—1 vez.—CE2016005927.—( IN2016053217 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dewhohl Costa Limitada.—San José, 16 de mayo
del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2016005928.—( IN2016053218 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Multiservicios Silva CR Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2016005929.—( IN2016053219 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Costal Custom Interiors Limitada.—San José, 16
de mayo del 2016.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1
vez.—CE2016005930.—( IN2016053220 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Ingrassia-Dietz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho,
Notario.—1 vez.—CE2016005931.—( IN2016053221 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Concession Conundrum Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2016005932.—( IN2016053222 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del
13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada CR Holding
Inc Sociedad Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Befeler
Scharf, Notario.—1 vez.—CE2016005933.—( IN2016053223 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Silva y Asociados Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2016005934.—( IN2016053224 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Safe AA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz,
Notario.—1 vez.—CE2016005935.—( IN2016053225 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Ruta Veintisiete Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Ana Yesenia Navarro
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2016005936.—( IN2016053226 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Malinches Diecinueve Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1
vez.—CE2016005937.—( IN2016053227 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribuciones Tropical Blessings K Z M Y Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Belzert Espinoza
Cruz, Notario.—1 vez.—CE2016005938.—( IN2016053228 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ganadera Boca del Río Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Francisco Morera Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2016005939.—( IN2016053229 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
30 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Popitumbo, Abril y Asociados Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Befeler Scharf,
Notario.—1 vez.—CE2016005940.—( IN2016053230 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas
45 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Hermanos Carranza Rojas Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Heylen Zamora
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005941.—( IN2016053231 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
30 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Quick Tire Sociedad Anónima.—San José, 16 de
mayo del 2016.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—
CE2016005942.—( IN2016053232 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Bocatta Comercial Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1
vez.—CE2016005943.—( IN2016053233 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Segama
Sociedad Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Freddy Enrique
Salazar Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016005944.—( IN2016053234 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30
minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Solución y Mantenimiento Industrial Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1
vez.—CE2016005945.—( IN2016053235 ).
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Coral GCJA Sociedad Anónima.—San José, 16 de
mayo del 2016.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2016005946.—( IN2016053236 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas
00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Happy Clean Servicios Especiales Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Kattia Bermúdez
Montenegro, Notaria.—1 vez.—CE2016005958.—( IN2016053248 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16
horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Álvarez y Maliaños Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Edith Gutiérrez
Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2016005947.—( IN2016053237 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Trocha Veintisiete Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Ana Yesenia Navarro
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2016005959.—( IN2016053249 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cometa Cash Limitada.—San José, 16 de mayo
del 2016.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—
CE2016005948.—( IN2016053238 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Maya Dos Mil Ocho Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Yosandra Apú
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016005960.—( IN2016053250 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
30 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Aleco GCJA Sociedad Anónima.—San José, 16 de
mayo del 2016.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2016005949.—( IN2016053239 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones GJSC la Unión Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto,
Notario.—1 vez.—CE2016005950.—( IN2016053240 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Antares Sadiria Sociedad Anónima.—San José, 16
de mayo del 2016.—Lic. Ingrid Vanessa Mata Araya, Notaria.—1
vez.—CE2016005951.—( IN2016053241 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 22 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Diagonal Desarrollos Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Juan José Nassar Guell, Notario.—1
vez.—CE2016005952.—( IN2016053242 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30
minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Rega Corporation Import Internacional Group Sociedad Anónima.—
San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—CE2016005953.—( IN2016053243 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas
00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada G y L Proyectos Forestales Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016005954.—( IN2016053244 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 15 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones PDF BB Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Geraldin Vargas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2016005955.—( IN2016053245 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Los Centinelas Monitoreo y Protección Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de mayo del
2016.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1 vez.—
CE2016005956.—( IN2016053246 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00
minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Médicos de América Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—CE2016005957.—( IN2016053247 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada MC Agrocomercial Ocha Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—CE2016005961.—( IN2016053251 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 07 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Sportiva JMC Sociedad Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—
Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016053252 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Seguridad P-Cero Cuatro Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2016005963.—( IN2016053253 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Kaiser Enterprise Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Josué Hidalgo
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016005964.—( IN2016053254 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Kingdra Investments Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1
vez.—CE2016005965.—( IN2016053255 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jirachy Star Business Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Licda. Melissa Guardia Tinoco,
Notario.—1 vez.—CE2016005966.—( IN2016053256 ).
Ante la suscrita notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza
Electrificar Sociedad Anónima, con capital totalmente suscrito
y pago.—Alajuela, ocho de agosto de dos mil dieciséis.—Licda.
Marta Benavides Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016053259 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas
de veintiséis de julio de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
Inmobiliaria Mira Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó
disminuir el capital social de la compañía y, consecuentemente,
modificar la cláusula quinta de los estatutos de la compañía.—San
José, tres de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Barquero
Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2016053266 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas
de ocho de agosto de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
compañía Flores Dos Mil Tres Sociedad Anónima, mediante la
cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto social.—
San José, diecinueve de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo
Barquero Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2016053268 ).
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La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del
veintiséis de julio del dos mil dieciséis, se reformó los artículos dos,
doce y trece de la sociedad Blanco y Negro S. A., cédula jurídica
3-101-16811. Otorgada ante la Notaria Maritza Muñoz Delgado.—
Licda. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016053269 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
10 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada I.B.S. de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Johanny Retana
Madríz, Notario.—1 vez.—CE2016005972.—( IN2016053292 ).
Sociedad Konfort Habitacional S. A. Reforma cláusula,
aumenta capital social a setenta y cinco millones de colones.
Escritura otorgada ante el notario Julio López Esquivel a las trece
horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Julio López
Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016053271 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15
horas 45 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada La Canasta de los Cinco Huevos Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Henry Gómez
Pineda, Notario.—1 vez.—CE2016005973.—( IN2016053293 ).
La suscrita notaria, debidamente autorizada, protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Corteza
del Pacífico S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-465645,
celebrada en su domicilio social, el día 4 de agosto del año 2016, en la cual
sus socios en forma unánime y en firme acordaron reformar la cláusula
novena del pacto constitutivo.—San José, 5 de agosto del 2016.—Licda.
Esther Touma Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2016053273 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Supermercado La Bendición China Sociedad
Anónima.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Sebastián Adonay
Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2016005974.—( IN2016053294 ).
La suscrita notaria, debidamente autorizada, protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad
Almendros Nicoyanos S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-465227, celebrada en su domicilio social, el día 04 de agosto
del año 2016, en la cual sus socios en forma unánime y en firme
acordaron reformar la cláusula novena del pacto constitutivo.—
San José, 05 de agosto del 2016.—Licda. Esther Touma Ulloa,
Notario.—1 vez.—( IN2016053274 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria se constituyó la
sociedad Corporación Sozu Roflo Sociedad Anónima, se nombra
junta directiva y fiscal.—Heredia, a las dieciséis horas del dos de
agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Jorleny Ugalde Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2016053281 ).
Por escritura número 48-10 otorgada en esta notaría, a las
14:00 horas del día 04 de agosto del año 2016, de la compañía G Y
G Sanidad Pecuaria S. A., se acuerda modificar la cláusula quinta
y se realiza aumento de capital a veinticinco millones de colones,
se cambia el domicilio social, se cambia el tesorero, además se
cambia la cláusula octava del pacto constitutivo.—Alajuela, 08
de agosto del año 2016.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz,
Notario.—1 vez.—( IN2016053286 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada HS Escalante la Luz Sociedad Anónima.—San José,
16 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2016005967.—( IN2016053287 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Maxashtonavery MAA Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Esteban Villegas
Castro, Notario.—1 vez.—CE2016005968.—( IN2016053288 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 19 de noviembre del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Kamerayo de Turrialba Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Ovidio Pacheco
Castro, Notario.—1 vez.—CE2016005969.—( IN2016053289 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada In-Bond & Logistic IBL Sociedad Anónima.—San
José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras,
Notario.—1 vez.—CE2016005970.—( IN2016053290 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada F.I.S. Cargo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de mayo del 2016.—Lic. Johanny Retana
Madríz, Notario.—1 vez.—CE2016005971.—( IN2016053291 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lola Baby
Sociedad Anónima.— San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Miriam Ivannia
Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2016005975.—( IN2016053295 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
45 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Zona Fitness Sociedad Anónima.—San José, 17 de
mayo del 2016.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2016005976.—( IN2016053296 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Waterfall Canyon Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Chaves
Solís, Notario.—1 vez.—CE2016005977.—( IN2016053297 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercial Re – Risk & Management Solutions Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Giulio Sansonetti
Hautala, Notario.—1 vez.—CE2016005978.—( IN2016053298 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Scala Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2016.—Lic. Federico Antonio Rucavado Luque,
Notario.—1 vez.—CE2016005979.—( IN2016053299 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Shoot to Score Property Management Limitada.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Rolando González Calderón,
Notario.—1 vez.—CE2016005980.—( IN2016053300 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Castle Investments R.A. Sociedad Anónima. San
José, 17 de mayo del 2016.–Lic. Luis Miguel Carballo Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2016005981.—( IN2016053301 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada La Pura Mitad H&H Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2016.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1
vez.—CE2016005982.—( IN2016053302 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Conermax Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Federico Altamura Arce,
Notario.—1 vez.—CE2016005983.—( IN2016053303 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del
16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Europlástica
Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Luis Casafont
Terán, Notario.—1 vez.—CE2016005984.—( IN2016053304 ).
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jaco Beach Bar Thirteen Limitada Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del
2016.—Licda. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—
CE2016005985.—( IN2016053305 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Tico Tools Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2016.—Licda. Sylvia Patricia Gómez Delgadillo,
Notaria.—1 vez.—CE2016005986.—( IN2016053306 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cari Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo
del 2016.—Lic. Randall Ramírez Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2016005987.—( IN2016053307 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada ECO Diesel de Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Marlene Lobo Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2016005988.—( IN2016053308 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Hylton del Caribe Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Floribeth Gómez
Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2016005989.—( IN2016053309 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Pura Lucida Photography Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca,
Notario.—1 vez.—CE2016005990.—( IN2016053310 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
45 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Zona FIT GYM Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2016.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero,
Notario.—1 vez.—CE2016005991.—( IN2016053311 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Simon Sells Papagayo Properties Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca,
Notario.—1 vez.—CE2016005992.—( IN2016053312 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Albaita Limitada.— San José, 17 de mayo
del 2016.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—
CE2016005993.—( IN2016053313 ).
Pág 53
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria Valinor Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Peña
Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016005997.—( IN2016053317 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Acabados Rimar Oeste Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2016.–Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—CE2016005998.—( IN2016053318 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Dario de Pococí Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Teresita Chaves Castillo,
Notaria.—1 vez.—CE2016005999.—( IN2016053319 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Chicserv Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Luis Carlos Campos Luna,
Notario.—1 vez.—CE2016006000.—( IN2016053320 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Analítica Legal Gamboa & Ulate, Abogados &
Consultores Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2016.—Licda. Francela Anchía Umaña, Notaria.—1
vez.—CE2016006001.—( IN2016053321 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Vetlabomima Sociedad Anónima.—San José, 17 de
mayo del 2016.—Lic. Grevin López Torres, Notario.—1 vez.—
CE2016006002.—( IN2016053322 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Klinger Twins Costa Rica S. A. Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Hernández
Calvo, Notario.—1 vez.—CE2016006003.—( IN2016053323 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Albaita Limitada.— San José, 17 de mayo
del 2016.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—
CE2016006004.—( IN2016053324 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Génesis de Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Paola Castro
Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2016006005.—( IN2016053325 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Al Manara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2016005994.—( IN2016053314 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Soluciones Globales Integrales Lara Guerrero
Centroamericanas Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo
del 2016.—Licda. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1
vez.—CE2016006006.—( IN2016053326 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas
50 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Agrícola R. C. del Norte Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016005995.—( IN2016053315 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Sol Cafe Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero,
Notario.—1 vez.—CE2016006007.—( IN2016053327 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
30 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Netafim Costa Rica Sociedad Anónima.— San José,
17 de mayo del 2016.—Lic. Jonathan Jesús Solís Solís, Notario.—1
vez.—CE2016005996.—( IN2016053316 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada QTM Trans Limitada.—San José, 17 de mayo del
2016.—Licda. Mónica Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—
CE2016006008.—( IN2016053328 ).
Pág 54
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada E K Travel Sociedad Anónima.—San José, 17 de
mayo del 2016.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—CE2016006009.—( IN2016053329 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
45 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada CRC Logistics Sociedad Anónima.— San José, 17 de
mayo del 2016.—Lic. Alvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1
vez.—CE2016006021.—( IN2016053341 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Bolabena Hnos Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—CE2016006010.—( IN2016053330 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Dreamliner International DLI Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Roberto Pochet
Torres, Notario.—1 vez.—CE2016006022.—( IN2016053342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones DPB Alimentos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del
2016.–Licda. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—
CE2016006011.—( IN2016053331 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Productos Cementicios Master Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Javier Alonso Blanco
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2016006023.—( IN2016053343 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 13 horas
30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Klinger Twins Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.–Lic. Jorge Hernández Calvo,
Notario.—1 vez.—CE2016006012.—( IN2016053332 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 17 de Mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jedax Servicios y Soluciones Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo,
Notaria.—1 vez.—CE2016006013.—( IN2016053333 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 19 de marzo del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Comac Comercial Actividad Sociedad Responsabilidad
Limitada. San José, 17 de mayo del 2016.–Licda. Yenory González
González, Notaria.—1 vez.—CE2016006014.—( IN2016053334 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo CRG Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2016.–Licda. Natalia María Rodríguez Ríos,
Notaria.—1 vez.—CE2016006015.—( IN2016053335 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada GBR Corporation Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2016.—Lic. Oscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2016006016.—( IN2016053336 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Integrados Internacionales Ergona
Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic.
Salvador Gerardo Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—CE2016006017
.—( IN2016053337 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas
30 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Smart Cleaning Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2016.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1
vez.—CE2016006018.—( IN2016053338 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada PVB Enterprises Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. José Andrés Masís
Calvo, Notario.—1 vez.—CE2016006019.—( IN2016053339 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Victoria R.E. Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González,
Notario.—1 vez.—CE2016006020.—( IN2016053340 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada KIBA Enterprise Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Josué Hidalgo
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006024.—( IN2016053344 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Living Marbella Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Edwin Alfredo Chacón
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006025.—( IN2016053345 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 15 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada S & G Cobertores Sociedad Anonima Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Eugenia María Rojas
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016006026 .—( IN2016053346 ).
Por escritura número ochenta y cuatro-nueve, otorgada ante
la notaría del notario público Arturo Barzuna Lacayo, a las once
horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis, se protocoliza acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza denominada Davivienda Leasing (Costa
Rica) S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
noventa y dos mil cuatrocientos treinta, en la que se acuerda
modificar el artículo quinto de los estatutos sociales.—San José,
ocho de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Arturo Barzuna L.,
Notario.—1 vez.—( IN2016053353 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas
del día cinco de agosto de dos mil dieciséis, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Consul Tica S. A. Donde se
acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, cinco
de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—( IN2016053357 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día
cinco de agosto de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Fila de Mogote D C R
S.R.L. Donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social.—
San José, cinco de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2016053358 ).
Por escritura número 158-13, otorgada a las ocho horas del
cinco de agosto de dos mil dieciséis, ante esta notaria Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas
de la compañía de esta plaza denominada 3 102 689980 Sociedad
de Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda reformar la
cláusula del domicilio.—Puntarenas, 05 de agosto de 2016.—Licda.
Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—( IN2016053359 ).
Protocolización de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos
Diecisiete Mil Trescientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-717375, mediante la cual se
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
reforman del pacto social, la cláusula de la representación y se
nombra nuevo secretario. Escritura otorgada a las dieciséis horas
del cinco de agosto del 2016.—Licda. Nataly Mireya Espinoza
Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2016053362 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Comercializadora Americana Coamesa Sociedad Anónima, en la
cual se procede a reformar cláusula quinta de los estatutos del pacto
constitutivo.—San José, el día ocho de agosto del dieciséis.—Licda.
Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2016053363 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
25 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Motorgas de Costa Rica Sociedad Anónima. San
José, 17 de mayo del 2016.–Lic. Claudio Antonio González Valerio,
Notario.—1 vez.—CE2016006027.—( IN2016053365 ).
HACIENDA
NOTIFICACIONES
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE LIMÓN
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
La Dirección General de la Tributación, de conformidad con
lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios vigente, por desconocerse el domicilio
fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización
posibles, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los
obligados tributarios que a continuación se indica
CONTRIBUYENTE
Cedula
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Santiesteban Investment Property Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2016.—Lic. Luis Alberto Apu
Oviedo, Notario.—1 vez.—CE2016006029.—( IN2016053367 ).
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Seguridad Yako Limitada.—San José, 17 de mayo
del 2016.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—
CE2016006030.—( IN2016053368 ).
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
3-101-632792 SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
3-102-538032
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
3-102-538032
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
3-102-538032
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
30 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo MC Medical Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2016.—Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes,
Notario.—1 vez.—CE2016006028.—( IN2016053366 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Agrocomercial Ocha Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2016.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—CE2016006031.—( IN2016053369 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas
45 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Zona Fit Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo
del 2016.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2016006032.—( IN2016053370 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas
00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Uno Dos Cero Cinco Uno Nueve Nueve Dos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo
del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2016006033.—( IN2016053371 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 05 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Importadora Brasileña de Occidente Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2016.—Lic. Otto José André
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016006034.—( IN2016053372 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas
00 minutos del 14 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Yinaga Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo
del 2016.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—
CE2016006035.—( IN2016053373 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas
30 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Immo Midicor Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2016.—Lic. Raúl Hidalgo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016006036.—( IN2016053374 ).
Pág 55
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
ATLANTIC SHIPPING COMPANY
LIMITADA
3-102-538032
3-102-538032
3-102-538032
BARRAGAN PICADO MARTA
MARIA
7-0134-0513
BARRAGAN PICADO MARTA
MARIA
7-0134-0513
BARRAGAN PICADO MARTA
MARIA
7-0134-0513
BARRAGAN PICADO MARTA
MARIA
7-0134-0513
BARRAGAN PICADO MARTA
MARIA
7-0134-0513
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
COMBUSTIBLES SIN PUNTO
FIJO CASAN S A
3-101-341675
L.P.C. CHAPERAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-657324
L.P.C. CHAPERAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-657324
L.P.C. CHAPERAL SOCIEDAD
ANONIMA
L.P.C. CHAPERAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
3-101-657324
3-101-657324
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
Impuesto
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
IMPUESTO
SANCION
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
RETENCIONES
IMPUESTO
RETENCIONES
IMPUESTO
RETENCIONES
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SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
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RENTA
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RENTA
IMPUESTO
SANCION
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
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RENTA
IMPUESTO
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RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
IMPUESTO
SANCION
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
IMPUESTO
SANCION
IMPUESTO
SANCION
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
S/RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
S/RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
S/RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
S/RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
Documento
Periodo
Monto ¢ (*)
1221093019194
03/2012
18,770.00
1221093019176
06/2012
18,770.00
1221093019151
09/2012
18.770.00
1012601045495
12/2012
290,863.00
1221104561476
03/2013
86,793.25
1221104561451
06/2013
86,793.25
1221104561433
09/2013
58,454.38
1261037675947
12/2012
8,249.87
1261039214766
12/2013
9,000.00
9222000835293
12/2013
3,794,000.00
1044003570382
05/2010
33,920.00
1261036415177
12/2011
3,000.00
1221127793277
03/2015
2,337,727.50
1221127793252
06/2015
2,480,718.50
1221127793234
09/2015
148,063.00
1034503061934
10/2015
93,400.00
1034503061943
11/2015
93,400.00
1034503061952
12/2015
93,400.00
1012601018807
12/2012
47,709.00
1221099082454
03/2013
11,927.25
1221099082436
06/2013
11,927.25
1221099082411
09/2013
3,395.50
9222000835345
12/2013
3,794,000.00
1221102619877
03/2013
184,053.50
1221102619852
06/2013
184,053.50
1221102619834
09/2013
184,053.50
1012607509383
12/2013
406,969.50
1261039013367
12/2012
9,000.00
1261039939792
12/2013
750.00
9222000835397
12/2013
15,528,855.00
1261039438312
12/2013
9,000.00
1261041654232
12/2014
9,000.00
9222000837831
12/2014
49,925.00
9222000838267
12/2014
7,899,426.00
1044033734965
09/2015
3,903,759.00
1044034768244
10/2015
7,698,102.00
1044035440901
11/2015
4,010,603.00
1044036429877
12/2015
652,773.00
1034703221876
09/2015
74,190.00
1034703268803
10/2015
75,352.00
1034703362847
11/2015
75,352.00
1034703371371
12/2015
75,352.00
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA
JASPE
CONTRIBUYENTE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
3-101-632792
SOCIEDAD
INTERNACIONAL
SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL
SOCIEDAD
3-101-632792
SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
3-101-632792
SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
3-101-632792
SOCIEDAD
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL
SOCIEDAD
3-101-632792
SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
3-101-632792
SOCIEDAD
ANONIMA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-632792
SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
Pág 56
3-101-632792 SOCIEDAD
INDUSTRIA JASPE
ANONIMA
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA
JASPE
ATLANTIC
SHIPPING
COMPANY
INTERNACIONAL SOCIEDAD
LIMITADA
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL
SOCIEDAD
ATLANTIC
SHIPPING
COMPANY
ANONIMA
LIMITADA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
INDUSTRIA JASPE
INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
3-101-480209
Cedula
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-101-632792
3-101-480209
3-102-538032
3-101-480209
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
SOBRE LAS
VENTAS
IMPUESTO
Impuesto
S/RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
IMPUESTO
SOBRE
LA
S/RENTA
RENTA
RETENCIONES
IMPUESTO
IMPUESTO
S/RENTA
SOBRE
LA
RETENCIONES
RENTA
IMPUESTO
IMPUESTO
S/RENTA
SOBRE LA
RETENCIONES
IMPUESTO
RENTA
S/RENTA
IMPUESTO
RETENCIONES
SOBRE LA
IMPUESTO
RENTA
SANCION
IMPUESTO
IMPUESTO
SOBRE LA
SANCION
RENTA
IMPUESTO
IMPUESTO
SOBRE
LA
SANCION
RENTA
IMPUESTO
IMPUESTO
SANCION
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SANCION
TIMBRE
DE
EDUCACION Y
IMPUESTO
CULTURA
SANCION
TIMBRE DE
IMPUESTO Y
EDUCACION
SANCION
CULTURA
IMPUESTO
IMPUESTO
SANCION
SANCION
IMPUESTO
IMPUESTO
SOBRE
LAS
SANCION
VENTAS
TIMBRE DE
IMPUESTO Y
EDUCACION
SANCION
CULTURA
IMPUESTO
IMPUESTO
SOBRE LA
SANCION
RENTA
IMPUESTO
IMPUESTO
SANCION
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
1044033734965
09/2015
3,903,759.00
1044034768244
10/2015
7,698,102.00
La Gaceta Nº 164 — Viernes 26 de agosto del 2016
1044035440901
11/2015
1044036429877
12/2015
Documento
Periodo
1034703268803
1221093019194
03/2012
10/2015
75,352.00
1034703362847
1221093019176
11/2015
06/2012
75,352.00
18,770.00
1034703221876
1034703371371
09/2015
4,010,603.00
652,773.00
Monto ¢ (*)
74,190.00
18,770.00
1221093019151
09/2012
12/2015
75,352.00
1034703468066
01/2016
75,352.00
18.770.00
1012601045495
12/2012
290,863.00
9222000823226
11/2013
252,598.00
1221104561476
03/2013
12/2013
223,333.00
1221104561451
9222000823244
06/2013
01/2014
86,793.25
217,468.00
9222000823235
9222000823253
86,793.25
1221104561433
09/2013
02/2014
149,409.00
9222000823271
03/2014
1,758.00
1261037675947
12/2012
8,249.87
9222000823262
03/2014
108,791.00
58,454.38
1261039214766
12/2013
9,000.00
9222000823287
04/2014
317,562.00
9222000835293
12/2013
3,794,000.00
9222000823296
05/2014
209,068.00
1044003570382
05/2010
9222000823305
1261036415177
06/2014
12/2011
9222000823332
07/2014
1221127793277
9222000823314
03/2015
07/2014
33,920.00
266,437.72
3,000.00
2,636.76
2,337,727.50
267,838.05
9222000823341
08/2014
SANCION
9222000823323
08/2014
293,978.19
3-101-480209
IMPUESTO
SANCION
9222000823357
09/2014
233,295.32
3-101-480209
IMPUESTO
SANCION
9222000823366
10/2014
311,124.00
3-101-480209
IMPUESTO
SANCION
9222000823375
11/2014
191,696.01
3-101-480209
IMPUESTO
SANCION
9222000823384
12/2014
73,648.44
1012615915972
12/2015
3,209,540.00
1221129168953
03/2015
421,301.00
1221129168935
06/2015
421,301.00
1221129168917
09/2015
421,301.00
1012614702714
12/2015
2,009,321.00
1261042043475
12/2015
9,000.00
3-102-538032
3-101-480209
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
1221127793252
06/2015
1,757.84
2,480,718.50
BARRANTES RUIZ IVAN
1-0900-0986
CARJUANJIL SOCIEDAD
ANONIMA.
3-101-680385
CARJUANJIL SOCIEDAD
ANONIMA.
3-101-680385
CARJUANJIL SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-680385
CARJUANJIL SOCIEDAD
ANONIMA.
3-101-680385
CARJUANJIL SOCIEDAD
ANONIMA.
3-101-680385
AGRICOLA LA NUEVA
ESPERANZA SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-101324
SANCION
9222000776143
12/1999
1,472,168.85
AGRICOLA LA NUEVA
ESPERANZA SOCIEDAD
ANONIMA
3-101-101324
SANCION
9222000776152
12/2000
797,947.12
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
3-101-591778
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
1012608379517
12/2011
261,188.00
1221117322932
03/2012
65,297.00
1221117322914
06/2012
65,297.00
1221117322896
09/2012
65,297.00
1012608379562
12/2012
33,264.00
1221117322993
03/2013
57,288.75
1221117322975
06/2013
47,258.25
1261040398371
12/2011
9,000.00
1261040398396
12/2012
9,000.00
1261040398405
12/2013
9,000.00
1261040423072
12/2014
9,000.00
1012608473651
12/2012
850,892.00
1012608473703
12/2013
107,180.00
1261040425434
12/2012
9,000.00
1261040425477
12/2013
9,000.00
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
SERVICIOS DE SEGURIDAD
C.S.Q. DE SAN RAFAEL
SOCIEDAD ANONIMA
COMPAÑÍA AGRICOLA
INDUSTRIAL SOLANO CALERO
SOCIEDAD ANONIMA
COMPAÑÍA AGRICOLA
INDUSTRIAL SOLANO CALERO
SOCIEDAD ANONIMA
COMPAÑÍA AGRICOLA
INDUSTRIAL SOLANO CALERO
SOCIEDAD ANONIMA
COMPAÑÍA AGRICOLA
INDUSTRIAL SOLANO CALERO
SOCIEDAD ANONIMA
(*) Más los recargos de ley.
3-101-591778
3-101--591778
3-101--591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-591778
3-101-323602
3-101-323602
3-101-323602
3-101-323602
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
IMPUESTO
SOBRE LA
RENTA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
TIMBRE DE
EDUCACION Y
CULTURA
autorizante del documento con citas 2016-208633, que se detectaron
inconsistencias en el documento en mención, razón por la cual la
Dirección de este Registro decretó la apertura oficiosa de esta gestión
administrativa y de la cual que se les confiere audiencia, por un plazo
de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido
de la presente resolución, a efecto de que dentro del plazo antes
indicado, presenten los alegatos pertinentes. Se les previene que en el
acto de notificarle la presente resolución o dentro del tercer día deben
señalar lugar o medio para atender notificaciones de este despacho
dentro del perímetro de la ciudad de San José, bajo el apercibimiento
de que si no lo hace las resoluciones que se dicten se le tendrán por
notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia
se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por
causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe,
permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente.
Todo lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del
Reglamento del Registro Público (Decreto Ejecutivo número 26771J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas). (Expediente DPJ-0522016), publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta.—Curridabat, 26 de julio del 2016.—Msc. José Castro Marín,
Coordinador de Asesoría Jurídica a í.—( IN2016050632 ).
Se concede un plazo de quince días hábiles a partir del tercer día hábil
de esta publicación, para que el obligado tributario arriba indicado cancele las
deudas. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales
para el trámite correspondiente. Publíquese.—Licda. Priscilla Piedras, Campos
Directora General, a. í.—MBA. Alba Martland Stewart, Gerente Tributario.—1
vez.—O. C. Nº 3400027182.—Solicitud Nº 59799.—( IN2016046609 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a los señores Juan Bautista Ramírez Steller, en su
condición de presidente inscrito de la sociedad FRL Cincuenta y Tres
Verde S. A. y al notario público Marco Lino López Castro, notario
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL MÉXICO
ÓRGANO DIRECTOR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Procedimiento administrativo de responsabilidad disciplinaria
y de responsabilidad patrimonial. Contra: Katherine Castillo
Calderón. Expediente Nº 2016-PAD-059-DAGJ.—Hospital
México, al ser las diez horas del día nueve de agosto del dos mil
dieciséis, se procede a dictar:
IMPUTACIÓN DE HECHOS Y CONDUCTAS:
Se le imputa a la investigada Katherine Castillo Calderón,
cédula de identidad número uno-uno uno nueve tres-cero cinco
cuatro tres, Auxiliar de Enfermería, responsabilidad administrativa
por supuesta ausencia al trabajo los días uno, dos, tres, cinco, seis,
siete, ocho, nueve, diez, once, trece, catorce, quince dieciséis,
dieciocho, diecinueve, veinte, veintiuno, veintidós, veintitrés,
veinticuatro, veintiséis, veintisiete, veintiocho, veintinueve, treinta de
junio del dos mil dieciséis, en grado de probabilidad, por no prestar
servicio personalmente en forma regular, ni comenzar las labores,
de conformidad con el horario fijado en su centro de trabajo, que se
estipula en su respectivo contrato, exactamente a la hora señalada,
a juicio del jefe respectivo, sin perjuicio de las responsabilidades le
cabe sanciones administrativas que según la gravedad de las faltas
que señala la normativa de la CCSS, que podrían ser sancionadas con
amonestación escrita, suspensión, sin goce de salario, de ocho días
hábiles, separación del cargo sin responsabilidad patronal y despido
sin responsabilidad patronal. Según hechos párrafo tercero dice:
“Tercero: Que la señora Katherine Castillo Calderón, según
oficio UGRH-HM-CR-0216-07-2016 de fecha 29 de julio
del 2016, suscrito por el Lic. Marvin Arguedas Villalobos,
devengó en el mes de junio un salario diario equivalente a
¢22.946,25 para un total de ¢596.602,05.”
Se le informa que el expediente se mantendrá en custodia, por
parte de la Coordinadora del Órgano Director MSc. Ivette Montoya
Monge, dentro del horario comprendido entre las 06:00 a. m. a
02:00 p. m. de lunes a viernes, Jefatura de Área de Medicinas sexto
piso ala derecha, Hospital México. Lo anterior, de conformidad con
los artículos 103 y 104 de la Normativa de Relaciones Laborales.
Se le notifica que la audiencia oral y privada en este Despacho,
sita en Jefatura de Área de Cirugías Cubículo 9 segundo piso, ala
izquierda, Hospital México, el día treinta y uno de agosto del dos mil
dieciséis, a las ocho horas con treinta minutos, debe presentar cedula de
identidad. En caso de no poder asistir por razones justificadas, deberá
informar al Órgano Director dentro del término de veinticuatro horas,
contados a partir del recibo de la presente citación o en su defecto
cuando sobrevenga la causa justificante. Notifíquese.—San José, nueve
de agosto del dos mil dieciséis.—MSc. Ivette Montoya Monge, Órgano
Director.—1 vez.—( IN2016054130 ).

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