BOLETIN 184 USOS Y COSTUMBRES INDIGENAS

Transcripción

BOLETIN 184 USOS Y COSTUMBRES INDIGENAS
BOLETÍN ELECTRÓNICO
año IV núm. 184 marzo 2012
Tus derechos son nuestra fuerza!
Derecho
Indígena
Boletín Electrónico Núm. 184
9 de marzo de 2012
DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
En 1992 se reformó el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconociéndose expresamente que México es una nación pluricultural y que todas las comunidades indígenas podrán acceder plenamente a la jurisdicción del Estado.
El color de piel, el
idioma, el sexo, la
situación social,
NO HACE AL SER
HUMANO.
“No existen razas, la
única raza que existe es
la humana”
Paulatinamente en reconocimiento de sus derechos es cada vez mayor: En la solución de conflictos del ámbito penal, por ejemplo, algunos de los artículos contemplados en el Convenio Sobre Pueblos Indígenas señalan que “cuando se castigue a un indígena por un delito, deberán de tomarse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales, deberán preferirse otros castigos distintos
al encarcelamiento”; en tanto que en su artículo 12 establece que “Para garantizar a los indígenas el respeto a sus derechos, el Estado les deberá proporcionar
un intérprete o traductor que los auxilie a comprender y hacerse comprender en
términos legales”.
Por su parte, en materia educativa, la Ley General de Educación establece en la
fracción IV de su artículo 7º, que se promoverá mediante la enseñanza, el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas. Asimismo, se establece que los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y
en español, situación que ha fomentado el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
"Maaso Yiihua" Danza del Venado,
Pueblo Yaqui
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BOLETÍN ELECTRÓNICO
año IV núm. 184 marzo 2012
9 de marzo
En nuestro país y particularmente en Sinaloa, se han dado pasos significativos en cuanto a Reformas a favor de las comunidades indígenas,
cabe mencionar que en Sinaloa el 26 de mayo del 2008 se reformó el
artículo 4to. Bis B de nuestra Constitución Local, reconociendo lo siguiente:
Derechos
Indígenas
“En el Estado de Sinaloa se reconoce el pluralismo cultural y el
derecho a preservar la forma de vida de sus pueblos indígenas, y
elevar el bienestar social de sus integrantes. La ley protegerá y
promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, religión, la educación bilingüe, usos, costumbres, tradiciones, prácticas democráticas, patrimonio étnico y artesanal, medio ambiente, recursos, medicina tradicional y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado”.
Así pues, los grupos indígenas Mexicanos no son un sector aparte de
nuestra población, sino parte de un universo que goza de la protección a
sus derechos humanos y su dignidad humana.
ACCIONES POR LA CEDH SINALOA A
FAVOR DE LAS COMUNIDADES
INDÍGENAS 2008-2011
•
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos en el
Periodo comprendido de 2008-2011 ha realizado
357 gestiones a otras entidades federativas para la
obtención de actas de nacimiento o certificados de
inexistencia.
•
Durante 2010 y 2011 se han recibido 17 quejas, de
las cuales 10 corresponden a 2010 y 7 a 2011, de
ellas, 10 se encuentran concluidas y 7 en trámite.
•
Se llevaron a cabo 5 visitas a campos agrícolas para
verificar condiciones de estancia de los jornaleros.
•
Se dieron 2 conferencias sobre “Derechos de los
Indígenas”, a servidores públicos del 94 Batallón de
Infantería, SEDENA.
Danza de Pascola, Pueblos Mayos-Yoremes
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BOLETÍN ELECTRÓNICO
ACCIONES POR LA CEDH SINALOA A FAVOR DE LAS
COMUNIDADES INDÍGENAS 2008-2011
•
Se ha dado difusión a través de 10 boletines
electrónicos remitido a más de 6,028 personas, vía
correo electrónico, al tema de los derechos humanos de los Indígenas y Jornaleros.
•
Se acudió a la conferencia organizada por la CNDH
con colaboración de la CEDH sobre derechos humanos de las personas y Pueblos Indígenas en el Fuerte y Ahome.
•
•
Se han brindado 2 capacitaciones a personal de la
CEDH, a través del Instituto de Investigaciones de
Derechos Humanos de la CEDH “sobre derechos de
los Pueblos Indígenas”.
Se han llevado a cabo 12 reuniones de trabajo con
diferentes organismos de la sociedad civil relacionados con la atención a indígenas o jornaleros.
año IV núm. 184 marzo 2012
“La cultura es el camino que hace
nobles a los pueblos”
•
Se ha asistido a 5 eventos en relación a los grupos Indígenas con
diferentes instituciones y organismos de la sociedad civil.
•
Se han brindado capacitaciones sobre derechos humanos, y derechos de los pueblos Indígenas a Jornaleros agrícolas en los cuales
se han beneficiado a más de 530 personas.
•
La CEDH realizó una encuesta a más de 500 familias de jornaleros
migrantes, sobre sus circunstancias de vida en el Estado.
•
Se emitió la Recomendación General No. 3 sobre Jornaleros Agrícolas.
•
Se han transmitido a través de la radio diversos programas sobre
grupos vulnerables y el derecho a la educación de las Poblaciones
Indígenas.
•
Así mismo se ha trasmitido en el programa “Ritmo y salud” de Televisora Grupo Pacífico el tema de Jornaleros Agrícolas.
•
Se tiene contacto con más de 14 organismos de la Sociedad Civil
que atienden a Personas Indígenas y jornaleros de los cuales 4 de
estos tienen convenio de colaboración con la CEDH.
•
Se han brindado más de 426 asesorías a jornaleros agrícolas sobre diversas materias, particularmente en el ámbito laboral.
•
Se publicó el libro “Derechos Humanos en Palabras comunes”,
mismo que aborda derechos de las comunidades indígenas.
Fuente: Constitución Política del Estado de Sinaloa, consultada el 6 de marzo del 2012
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Tus derechos son nuestra fuerza!
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