Comunidad de Madrid
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid INDICE 1. PROYECTO EDUCATIVO DEL IES LAS AMERICAS .................. 3 1.1.-ITRODUCCIÓ. SEÑAS DE IDETIDAD ..................................................... 3 1.2.-OFERTA EDUCATIVA ......................................................................................... 5 1.3.- PRICIPIOS GEERALES Y FIES ................................................................ 5 1.4.- OBJETIVOS. PRIORIDADES DE ACTUACIÓ DEL CETRO ................. 7 1.4. A.-OBJETIVOS DE LA ESEÑAZA SECUDARIA OBLIGATORIA 1.4. B.- OBJETIVOS DEL BACHILLERATO 1.4. C.-PRIORIDADES DE ACTUACIÓ DEL CETRO 8 19 20 1.5.- ISTALACIOES............................................................................................... 22 1.6.- MEDIDAS PARA FAVORECER LA COLABORACIÓ ETRE DISTITOS SECTORES DE LA COMUIDAD EDUCATIVA. .......................... 23 1.7.- COORDIACIÓ CO SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUICIPIO Y RELACIOES CO ISTITUCIOES PÚBLICAS Y PRIVADAS.................................................................................................................... 24 2.-- COCRECCIÓ DE LOS CURRÍCULOS.................................... 25 2.1. COCRECCIOES DE CARÁCTER GEERAL (PCC)............................... 25 2.1.1 ADECUACIÓ DE LOS OBJETIVOS GEERALES 25 2.1.2. DECISIOES GEERALES SOBRE ORGAIZACIÓ Y METODOLOGÍA 26 2.1.2.1 ORGAIZACIÓ DE ESPACIOS Y TIEMPOS ...............................................................26 2.1.2.2 CRITERIOS DE UTILIZACIÓ DE ESPACIOS COMUES.........................................26 2.1.2.3. HORARIO GEERAL DEL CETRO .............................................................................26 2.1.2.4. METODOLOGÍA Y DIDÁCTICA......................................................................................27 2.2. ORGAIZACIÓ Y OFERTA DE OPTATIVAS Y AGRUPAMIETOS E 4º ESO E ITEGRACIÓ DE MATERIAS E ÁMBITOS .................................. 30 2.3. ESTRATEGIAS DE AIMACIÓ A LA LECTURA...................................... 32 2.4. CRITERIOS Y PROCEDIMIETOS DE TITULACIÓ Y PROMOCIÓ. 33 Actualizado junio 2014 1/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.5. CRITERIOS PARA ATEDER A ALUMADO CO MATERIAS PEDIETES............................................................................................................... 37 2.6. CRITERIOS PARA EVALUAR Y REVISAR LOS PROCESOS DE ESEÑAZA-APREDIZAJE.................................................................................. 38 2.7. COTRIBUCIÓ DE LAS MATERIAS A LAS COMPETECIAS BÁSICAS ........................................................................................................................................ 47 2.8. OPTATIVIDAD..................................................................................................... 68 2.9. PLA DE ACCIÓ TUTORIAL ........................................................................ 72 2.10. PLA DE ATECIÓ A LA DIVERSIDAD .................................................. 72 2.10.1. CRITERIOS DE ATECIÓ A LA DIVERSIDAD 2.10.2.MODELO PARA ADAPTACIÓ CURRICULAR 72 75 2.11. PLA DE TRABAJO DEL TIC ........................................................................ 77 3.- EVALUACIÓ Y COMPETECIAS BÁSICAS ............................ 77 3.1 EVALUACIOES .................................................................................................. 77 3.1.1. EVALUACIÓ IICIAL 3.1.2 EVALUACIÓ 0 3.1.3. EVALUACIOES 3.1.4. MODELO DE ACTA DE EVALUACIÓ 3.1.5. EVALUACIÓ Y COMPETECIAS BÁSICAS 77 77 78 80 82 4. ORMAS DE ORGAIZACIÓ Y FUCIOAMIETO............ 84 4.1. REGLAMETO DE RÉGIME ITERIOR.................................................... 84 4.1.1. OBJETIVOS: 84 4.1.2. DEOMIACIÓ: 84 4.1.3. ÓRGAOS COLEGIADOS DE GOBIERO: 84 4.1.3.1. EL COSEJO ESCOLAR ..................................................................................................85 4.1.3.2. EL CLAUSTRO...................................................................................................................89 4.1.4 ÓRGAOS UIPERSOALES DE GOBIERO 90 4.1.5. ÓRGAOS DE COORDIACIÓ DOCETE 93 4.1.5.1. LA COMISIÓ DE COORDIACIÓ PEDAGÓGICA..................................................93 4.1.5.2. LOS DEPARTAMETOS DIDÁCTICOS........................................................................93 4.1.5.3. EL DEPARTAMETO DE ORIETACIÓ...................................................................94 4.1.5.4. EL DEPARTAMETO DE ACTIVIDADES COMPLEMETARIAS Y EXTRAESCOLARES. ......................94 4.1.5.4.1. REGLAMETO DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMETARIAS DEL IES LAS AMÉRICAS..................................................................................................................................................................... 95 4.1.5.5. LA JUTA DE PROFESORES .........................................................................................99 4.1.5.6. TUTORES ...........................................................................................................................99 4.1.6. DEL PROFESORADO: 99 4.1.6.1.- EL PROFESORADO DE GUARDIA .............................................................................102 4.1.6.2. EL PROFESORADO DE BIBLIOTECA ........................................................................103 4.1.6.3. JEFE DE PROTOCOLO. .................................................................................................104 4.1.7. DEL ALUMADO. 104 4.1.7.1. DELEGADOS ...................................................................................................................104 4.1.7.2. ALUMADO EMBAJADOR. ..........................................................................................105 Actualizado junio 2014 2/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4.1.7.3 PLAES ESPECÍFICOS ..................................................................................................106 4.1.7.3.1. PLA DE COVIVECIA............................................................................................................................106 4.1.7.3.2. PLA DE PREVECIÓ Y REGULACIÓ DEL ABSETISMO ESCOLAR...................................112 4.1.8. DEL PERSOAL O DOCETE: 4.1.9. OTROS ÓRGAOS DE PARTICIPACIÓ 4.1.10. IFRAESTRUCTURA Y RECURSOS 4.1.11. MODIFICACIÓ DEL R.R.I. 120 123 123 127 4.2. ORMAS DE FUCIOAMIETO (Extracto RRI)..................................... 127 1. PROYECTO EDUCATIVO DEL IES LAS AMERICAS 1.1.-INTRODUCCIÓN. SEÑAS DE IDENTIDAD El I.E.S. “Las Américas, es un centro público, que se crea en el curso académico 2.001/2.002, por desdoble del I.E.S. “El Olivo”. Esta situado en la C/ Felipe II, nº 13 de la localidad de Parla, municipio de la provincia de Madrid. El IES Las Américas está situado en la zona este de Parla, zona de reciente crecimiento urbano, a unos 10 minutos del centro de la ciudad. Se encuentra ubicado entre una zona residencial de los años 70 y 80 con edificios en altura -muchos rehabilitados- y una zona de chalets adosados dentro del barrio de Las Américas con modernas instalaciones deportivas y amplios espacios verdes. En estos años, ha pasado de ser una zona dedicada por el Ayuntamiento en los años 80 a servicios educativos (en la zona existen varios colegios y 1 IES), a formar parte de un nuevo centro urbano con el crecimiento a sus espaldas de un nuevo barrio residencial de clase media, la ampliación del polígono industrial de la zona y la construcción de un recinto ferial y una gran superficie. Al igual que el resto del Municipio y el resto de Centros Educativos de Parla, el IES Las Américas está notando directamente la atracción migratoria que ejerce la ciudad de Parla dentro de la Comunidad de Madrid. El IES Las Américas atiende en estos momentos el “aula de enlace” asignada por la Consejería de Educación y tiene entre sus Señas de Identidad hacer de la acogida del otro/a un norte de su proyecto educativo. La implicación de la Comunidad Educativa en estas tareas con el establecimiento de un Protocolo de Acogida y la pertenencia del centro a la “Red de Escuelas sin Racismo” redundan en esta idea. - Los diferentes informes procedentes del Ayuntamiento de Parla, así como los elaborados a partir de encuestas diversas realizadas por el propio IES, nos definen un entorno socioeconómico medio-bajo No existe una gran demanda de ayudas o becas de comedor, libros, etc, que requieren para su asignación tener una situación económica muy precaria. No existen tampoco grandes dificultades materiales para que los alumnos/as realicen actividades extraescolares o complementarias que requieran financiación por parte propia, si bien Actualizado junio 2014 3/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid otro asunto es la valoración que estas les merecen a las familias, lo que nos llevaría directamente al entorno cultural que, por el contrario, es más deficitario: - El porcentaje de familias cuyos padres tienen estudios superiores es muy bajo. El alumnado, en su mayoría, reconoce que las visitas a museos, exposiciones, teatro o conciertos las han realizado con el instituto. Asimismo la visita a países extranjeros, si bien en número pequeño, han sido realizadas a través del centro escolar. La Biblioteca municipal Gloria Fuertes es la que nutre de fondos bibliográficos a la población de Parla y constituye un recurso inestimable para nuestra comunidad educativa. En las cercanías del IES Las Américas se encuentran dependencias municipales que nos han servido para la realización de exposiciones, representación de obras de teatro… Nuestro centro tiene como objetivo permanente fortalecer la oferta bibliográfica y cultural propia para convertirse en referencia para el alumnado. El plan de actividades extraescolares, el plan de lectura y cuántos más se pongan en marcha en el centro serán una respuesta adecuada para subsanar estos déficits que aquí se apuntan. - Al llegar al Centro los alumnos/as, en general, presentan importantes carencias en aspectos básicos como la comprensión lectora, expresión oral y escrita, técnicas y hábitos de estudio, como ponen de manifiesto los informes de los equipos docentes, evaluaciones externas, etc. Por lo que son objeto de una atención prioritaria aspectos como el desarrollo del hábito de estudio, la implicación de la familia en la educación y el romper las rutinas diarias que inciden directamente en el rendimiento escolar . La motivación por el estudio tampoco es muy alta. Los alumnos/as de la ESO desean estudiar Bachillerato es un porcentaje bajo En Bachillerato también es significativo que un importante nº de alumnos no sepa qué va a hacer al terminar de estudiarlo, lo que denota una indefinición que participa del ambiente de desinterés por el estudio que rodea socialmente a nuestros alumnos/as. El reto lo tendríamos en poder conectar la oferta educativa que les ofrecemos desde el propio centro al disponer de Garantía Social y los tres bachilleratos. Con todo, la implicación del alumnado en actividades diversas, dentro y fuera del centro es importante, ya que un elevado nº realiza actividades -fundamentalmente deportivas- en horario vespertino. Es un reto implicar al alumnado en la recién creada asociación de alumnos/as del centro. En cuanto a las familias, su implicación en la vida del centro no es muy alta, aunque el grado de satisfacción con la enseñanza que sus hijos reciben es bastante buena tal y como lo han comunicado en tutorías, reuniones generales o cursos realizados en el IES a lo largo del año. Desconocen aspectos organizativos, como el Reglamento de Régimen Interno o el funcionamiento interno del instituto. La asistencia a las reuniones Actualizado junio 2014 4/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid generales convocadas por el centro es de un 50%. En este sentido las familias señalan dificultades de horario para asistir a las tutorías, aunque su asistencia tampoco aumenta en convocatorias realizadas por la tarde. La participación a través de la AMPA también es muy escasa. Además existe un problema de ausencia de los padres del domicilio por cuestiones laborales que dificulta la comunicación. El teléfono móvil, las cartas y el envío periódico de informes sobre faltas e incidencias intentan subsanar este problema de comunicación. Es un reto continuo mejorar la comunicación e implicación de las familias con el centro. Lo indicado hasta aquí sólo pretende dibujar grosso modo el entorno y las características generales que presenta nuestro alumnado, para desde ellas diseñar un Proyecto Educativo realista que sirva para mejorar sus condiciones y las de sus familias haciendo del IES Las Américas un lugar de referencia educativa y cultural importante que dinamice sus vidas y el ambiente cultural de la zona. 1.2.-OFERTA EDUCATIVA En el I.E.S. “Las Américas” se ofertan los siguientes estudios: - Enseñanza Secundaria Obligatoria Bachillerato modalidad de Ciencias y Tecnología Bachillerato modalidad Humanidades y Ciencias Sociales Bachillerato modalidad Artes Programa de Cualificación Profesional Inicial: IMAI01 Operaciones de fontanería y calefacción-climatización El centro dispone de programas específicos: - Programa de Diversificación Curricular para Secundaria Programa para ACNEE (Integración) Programa de Educación Compensatoria Programa de Aulas de Bienvenida (Aulas de Enlace) 1.3.- PRINCIPIOS GENERALES Y FINES Los principios y fines de la educación vienen esbozados en el preámbulo de la Ley Orgánica de 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE, de 4 de mayo de 2006) –LOE-, que en su preámbulo recoge los principios fundamentales y en su Título Preliminar específica los Principios y fines de la educación. Artículo 1. Principios El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los Actualizado junio 2014 5/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid siguientes principios: a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. d) La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida. e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado. h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad. i) La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos. j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes. k) La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. m) La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. ñ) La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados. o) La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas. p) La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa. Actualizado junio 2014 6/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Artículo 2. Fines 1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines: a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad. c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal. e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible. f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad. h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos , humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte. i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. j) La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras. k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento. 2. Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación. 1.4.- OBJETIVOS. PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO Actualizado junio 2014 7/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 1.4. A.-OBJETIVOS DE LA ESEÑAZA SECUDARIA OBLIGATORIA Los objetivos generales de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) vienen recogidos en el artículo 4 del Decreto 23/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la ESO Artículo 4 Objetivos de la etapa La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que le permitan: a) Conocer, asumir y ejercer sus derechos y deberes en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y solidaridad entre las personas y los grupos, ejercitarse en el dialogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural, abierta y democrática. b) Adquirir, desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. c) Fomentar actitudes que favorezcan la convivencia y eviten la violencia en los ámbitos escolar, familiar y social. d) Valorar y respetar, como un principio esencial de nuestra civilización, la igualdad de derechos y oportunidades de todas las personas, con independencia de su sexo, rechazando cualquier tipo de discriminación. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos, así como una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación. f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia. g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismos, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, para planificar, para tomar decisiones y para asumir responsabilidades, valorando el esfuerzo con la finalidad de superar las dificultades. h) Comprender y expresar con corrección textos y mensajes complejos, oralmente y por escrito, en la lengua castellana, valorando sus posibilidades comunicativas, dada su condición de lengua común de todos los españoles y de idioma internacional, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura. i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada. j) Conocer los aspectos fundamentales de la cultura, la geografía y la historia de España y del mundo; respetar el patrimonio artístico, cultural y lingüístico; conocer la diversidad de culturas y sociedades a fin de poder valorarlas críticamente y desarrollar actitudes de respeto por la cultura propia y por la de los demás. k) Analizar los mecanismos y valores que rigen el funcionamiento de las sociedades, en especial los relativos a los derechos, derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, y adoptar juicios y actitudes personales respecto a ellos. Actualizado junio 2014 8/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid l) Conocer el funcionamiento del cuerpo humano, así como los efectos beneficiosos para la salud del ejercicio físico y la adecuada alimentación, incorporando la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. m) Valorar los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora. n) Valorar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación. Artículo 5 Competencias básicas En el marco de las competencias clave para el aprendizaje permanente definidas por la Unión Europea, las competencias básicas, como elementos integrantes del currículo son las fijadas en el Anexo I del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre. En las distintas materias de la etapa se prestará una atención especial al desarrollo de dichas competencias que los alumnos deberán haber adquirido al finalizar la enseñanza básica. ANEXO I COMPETENCIAS BÁSICAS La incorporación de competencias básicas al currículo permite poner el acento en aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles, desde un planteamiento integrador y orientado a la aplicación de los saberes adquiridos. De ahí su carácter básico. Son aquellas competencias que debe haber desarrollado un joven o una joven al finalizar la enseñanza obligatoria para poder lograr su realización personal, ejercer la ciudadanía activa, incorporarse a la vida adulta de manera satisfactoria y ser capaz de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo de la vida. La inclusión de las competencias básicas en el currículo tiene varias finalidades. En primer lugar, integrar los diferentes aprendizajes, tanto los formales, incorporados a las diferentes áreas o materias, como los informales y no formales. En segundo lugar, permitir a todos los estudiantes integrar sus aprendizajes, ponerlos en relación con distintos tipos de contenidos y utilizarlos de manera efectiva cuando les resulten necesarios en diferentes situaciones y contextos. Y, por último, orientar la enseñanza, al permitir identificar los contenidos y los criterios de evaluación que tienen carácter imprescindible y, en general, inspirar las distintas decisiones relativas al proceso de enseñanza y de aprendizaje. Con las áreas y materias del currículo se pretende que todos los alumnos y las alumnas alcancen los objetivos educativos y, consecuentemente, también que adquieran las competencias básicas. Sin embargo, no existe una relación unívoca entre la enseñanza de determinadas áreas o materias y el desarrollo de ciertas competencias. Cada una de las áreas contribuye al desarrollo de diferentes competencias y, a su vez, cada una de las competencias básicas se alcanzará como consecuencia del trabajo en varias áreas o materias. El trabajo en las áreas y materias del currículo para contribuir al desarrollo de las competencias básicas debe complementarse con diversas medidas organizativas y funcionales, imprescindibles para su desarrollo. Así, la organización y el funcionamiento de los centros y las aulas, la participación del alumnado, las normas de régimen interno, el uso de determinadas metodologías y recursos didácticos, o la concepción, organización y funcionamiento de la biblioteca escolar, entre otros aspectos, pueden favorecer o dificultar el desarrollo de competencias asociadas a la comunicación, el análisis del entorno físico, la creación, la convivencia y la ciudadanía, o la alfabetización digital. Igualmente, la acción tutorial permanente puede contribuir de modo determinante a la adquisición de competencias relacionadas con la regulación de los aprendizajes, el desarrollo emocional o las habilidades sociales. Actualizado junio 2014 9/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Por último, la planificación de las actividades complementarias y extraescolares puede reforzar el desarrollo del conjunto de las competencias básicas. En el marco de la propuesta realizada por la Unión Europea, y de acuerdo con las consideraciones que se acaban de exponer, se han identificado ocho competencias básicas: 1. Competencia en comunicación lingüística. 2. Competencia matemática. 3. Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico. 4. Tratamiento de la información y competencia digital. 5. Competencia social y ciudadana. 6. Competencia cultural y artística. 7. Competencia para aprender a aprender. 8. Autonomía e iniciativa personal. En este Anexo se recogen la descripción, finalidad y aspectos distintivos de estas competencias y se pone de manifiesto, en cada una de ellas, el nivel considerado básico que debe alcanzar todo el alumnado al finalizar la educación secundaria obligatoria. El currículo de la educación secundaria obligatoria se estructura en materias, es en ellas en las que han de buscarse los referentes que permitan el desarrollo y adquisición de las competencias en esta etapa. Así pues, en cada materia se incluyen referencias explícitas acerca de su contribución a aquellas competencias básicas a las se orienta en mayor medida. Por otro lado, tanto los objetivos como la propia selección de los contenidos buscan asegurar el desarrollo de todas ellas. Los criterios de evaluación, sirven de referencia para valorar el progresivo grado de adquisición. 1. Competencia en comunicación lingüística. Esta competencia se refiere a la utilización del lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, de representación, interpretación y comprensión de la realidad, de construcción y comunicación del conocimiento y de organización y autorregulación del pensamiento, las emociones y la conducta. Los conocimientos, destrezas y actitudes propios de esta competencia permiten expresar pensamientos, emociones, vivencias y opiniones, así como dialogar, formarse un juicio crítico y ético, generar ideas, estructurar el conocimiento, dar coherencia y cohesión al discurso y a las propias acciones y tareas, adoptar decisiones, y disfrutar escuchando, leyendo o expresándose de forma oral y escrita, todo lo cual contribuye además al desarrollo de la autoestima y de la confianza en sí mismo. Comunicarse y conversar son acciones que suponen habilidades para establecer vínculos y relaciones constructivas con los demás y con el entorno, y acercarse a nuevas culturas, que adquieren consideración y respeto en la medida en que se conocen. Por ello, la competencia de comunicación lingüística está presente en la capacidad efectiva de convivir y de resolver conflictos. El lenguaje, como herramienta de comprensión y representación de la realidad, debe ser instrumento para la igualdad, la construcción de relaciones iguales entre hombres y Actualizado junio 2014 10/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid mujeres, la eliminación de estereotipos y expresiones sexistas. La comunicación lingüística debe ser motor de la resolución pacífica de conflictos en la comunidad escolar. Escuchar, exponer y dialogar implica ser consciente de los principales tipos de interacción verbal, ser progresivamente competente en la expresión y comprensión de los mensajes orales que se intercambian en situaciones comunicativas diversas y adaptar la comunicación al contexto. Supone también la utilización activa y efectiva de códigos y habilidades lingüísticas y no lingüísticas y de las reglas propias del intercambio comunicativo en diferentes situaciones, para producir textos orales adecuados a cada situación de comunicación. Leer y escribir son acciones que suponen y refuerzan las habilidades que permiten buscar, recopilar y procesar información, y ser competente a la hora de comprender, componer y utilizar distintos tipos de textos con intenciones comunicativas o creativas diversas. La lectura facilita la interpretación y comprensión del código que permite hacer uso de la lengua escrita y es, además, fuente de placer, de descubrimiento de otros entornos, idiomas y culturas, de fantasía y de saber, todo lo cual contribuye a su vez a conservar y mejorar la competencia comunicativa. La habilidad para seleccionar y aplicar determinados propósitos u objetivos a las acciones propias de la comunicación lingüística (el diálogo, la lectura, la escritura, etc.) está vinculada a algunos rasgos fundamentales de esta competencia como las habilidades para representarse mentalmente, interpretar y comprender la realidad, y organizar y autorregular el conocimiento y la acción dotándolos de coherencia. Comprender y saber comunicar son saberes prácticos que han de apoyarse en el conocimiento reflexivo sobre el funcionamiento del lenguaje y sus normas de uso, e implican la capacidad de tomar el lenguaje como objeto de observación y análisis. Expresar e interpretar diferentes tipos de discurso acordes a la situación comunicativa en diferentes contextos sociales y culturales, implica el conocimiento y aplicación efectiva de las reglas de funcionamiento del sistema de la lengua y de las estrategias necesarias para interactuar lingüísticamente de una manera adecuada. Disponer de esta competencia conlleva tener conciencia de las convenciones sociales, de los valores y aspectos culturales y de la versatilidad del lenguaje en función del contexto y la intención comunicativa. Implica la capacidad empática de ponerse en el lugar de otras personas; de leer, escuchar, analizar y tener en cuenta opiniones distintas a la propia con sensibilidad y espíritu crítico; de expresar adecuadamente –en fondo y forma– las propias ideas y emociones, y de aceptar y realizar críticas con espíritu constructivo. Con distinto nivel de dominio y formalización –especialmente en lengua escrita– esta competencia significa, en el caso de las lenguas extranjeras, poder comunicarse en algunas de ellas y, con ello, enriquecer las relaciones sociales y desenvolverse en contextos distintos al propio. Asimismo, se favorece el acceso a más y diversas fuentes de información, comunicación y aprendizaje. En síntesis, el desarrollo de la competencia lingüística al final de la educación obligatoria comporta el dominio de la lengua oral y escrita en múltiples contextos, y el uso funcional de, al menos, una lengua extranjera. 2. Competencia matemática. Consiste en la habilidad para utilizar y relacionar los números, sus operaciones básicas, los símbolos y las formas de expresión y razonamiento matemático, tanto para producir e interpretar distintos tipos de información, como para ampliar el conocimiento sobre aspectos cuantitativos y espaciales de la realidad, y para resolver problemas relacionados con la vida cotidiana y con el mundo laboral. Actualizado junio 2014 11/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Forma parte de la competencia matemática la habilidad para interpretar y expresar con claridad y precisión informaciones, datos y argumentaciones, lo que aumenta la posibilidad real de seguir aprendiendo a lo largo de la vida, tanto en el ámbito escolar o académico como fuera de él, y favorece la participación efectiva en la vida social. Asimismo esta competencia implica el conocimiento y manejo de los elementos matemáticos básicos (distintos tipos de números, medidas, símbolos, elementos geométricos, etc.) en situaciones reales o simuladas de la vida cotidiana, y la puesta en práctica de procesos de razonamiento que llevan a la solución de los problemas o a la obtención de información. Estos procesos permiten aplicar esa información a una mayor variedad de situaciones y contextos, seguir cadenas argumentales identificando las ideas fundamentales, y estimar y enjuiciar la lógica y validez de argumentaciones e informaciones. En consecuencia, la competencia matemática supone la habilidad para seguir determinados procesos de pensamiento (como la inducción y la deducción, entre otros) y aplicar algunos algoritmos de cálculo o elementos de la lógica, lo que conduce a identificar la validez de los razonamientos y a valorar el grado de certeza asociado a los resultados derivados de los razonamientos válidos. La competencia matemática implica una disposición favorable y de progresiva seguridad y confianza hacia la información y las situaciones (problemas, incógnitas, etc.), que contienen elementos o soportes matemáticos, así como hacia su utilización cuando la situación lo aconseja, basadas en el respeto y el gusto por la certeza y en su búsqueda a través del razonamiento. Esta competencia cobra realidad y sentido en la medida que los elementos y razonamientos matemáticos son utilizados para enfrentarse a aquellas situaciones cotidianas que los precisan. Por tanto, la identificación de tales situaciones, la aplicación de estrategias de resolución de problemas, y la selección de las técnicas adecuadas para calcular, representar e interpretar la realidad a partir de la información disponible están incluidas en ella. En definitiva, la posibilidad real de utilizar la actividad matemática en contextos tan variados como sea posible. Por ello, su desarrollo en la educación obligatoria se alcanzará en la medida en que los conocimientos matemáticos se apliquen de manera espontánea a una amplia variedad de situaciones, provenientes de otros campos de conocimiento y de la vida cotidiana. El desarrollo de la competencia matemática al final de la educación obligatoria, conlleva utilizar espontáneamente -en los ámbitos personal y social- los elementos y razonamientos matemáticos para interpretar y producir información, para resolver problemas provenientes de situaciones cotidianas y para tomar decisiones. En definitiva, supone aplicar aquellas destrezas y actitudes que permiten razonar matemáticamente, comprender una argumentación matemática y expresarse y comunicarse en el lenguaje matemático, utilizando las herramientas de apoyo adecuadas, e integrando el conocimiento matemático con otros tipos de conocimiento para dar una mejor respuesta a las situaciones de la vida de distinto nivel de complejidad. 3. Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico. Es la habilidad para interactuar con el mundo físico, tanto en sus aspectos naturales como en los generados por la acción humana, de tal modo que se posibilita la comprensión de sucesos, la predicción de consecuencias y la actividad dirigida a la mejora y preservación de las condiciones de vida propia, de las demás personas y del resto de los seres vivos. En definitiva, incorpora habilidades para desenvolverse adecuadamente, con autonomía e iniciativa personal en ámbitos de la vida y del conocimiento muy diversos (salud, actividad productiva, consumo, ciencia, procesos tecnológicos, etc.), y para interpretar el mundo, lo que exige la aplicación de los conceptos y principios básicos que permiten el análisis de los fenómenos desde los diferentes campos de conocimiento científico involucrados. Actualizado junio 2014 12/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Así, forma parte de esta competencia la adecuada percepción del espacio físico en el que se desarrollan la vida y la actividad humana, tanto a gran escala como en el entorno inmediato, y la habilidad para interactuar con el espacio circundante: moverse en él y resolver problemas en los que intervengan los objetos y su posición. Asimismo, la competencia de interactuar con el espacio físico lleva implícito ser consciente de la influencia que tiene la presencia de las personas en el espacio, su asentamiento, su actividad, las modificaciones que introducen y los paisajes resultantes, así como de la importancia de que todos los seres humanos se beneficien del desarrollo y de que éste procure la conservación de los recursos y la diversidad natural, y se mantenga la solidaridad global e intergeneracional. Supone asimismo demostrar espíritu crítico en la observación de la realidad y en el análisis de los mensajes informativos y publicitarios, así como unos hábitos de consumo responsable en la vida cotidiana. Esta competencia, y partiendo del conocimiento del cuerpo humano, de la naturaleza y de la interacción de los hombres y mujeres con ella, permite argumentar racionalmente las consecuencias de unos u otros modos de vida, y adoptar una disposición a una vida física y mental saludable en un entorno natural y social también saludable. Asimismo, supone considerar la doble dimensión – individual y colectiva- de la salud, y mostrar actitudes de responsabilidad y respeto hacia los demás y hacia uno mismo. Esta competencia hace posible identificar preguntas o problemas y obtener conclusiones basadas en pruebas, con la finalidad de comprender y tomar decisiones sobre el mundo físico y sobre los cambios que la actividad humana produce sobre el medio ambiente, la salud y la calidad de vida de las personas. Supone la aplicación de estos conocimientos y procedimientos para dar respuesta a lo que se percibe como demandas o necesidades de las personas, de las organizaciones y del medio ambiente. También incorpora la aplicación de algunas nociones, conceptos científicos y técnicos, y de teorías científicas básicas previamente comprendidas. Esto implica la habilidad de progresiva para poner en práctica los procesos y actitudes propios del análisis sistemático y de indagación científica: identificar y plantear problemas relevantes; realizar observaciones directas e indirectas con conciencia del marco teórico o interpretativo que las dirige; formular preguntas; localizar, obtener, analizar y representar información cualitativa y cuantitativa; plantear y contrastar soluciones tentativas o hipótesis; realizar predicciones e inferencias de distinto nivel de complejidad; e identificar el conocimiento disponible, teórico y empírico) necesario para responder a las preguntas científicas, y para obtener, interpretar, evaluar y comunicar conclusiones en diversos contextos (académico, personal y social). Asimismo, significa reconocer la naturaleza, fortalezas y límites de la actividad investigadora como construcción social del conocimiento a lo largo de la historia. Esta competencia proporciona, además, destrezas asociadas a la planificación y manejo de soluciones técnicas, siguiendo criterios de economía y eficacia, para satisfacer las necesidades de la vida cotidiana y del mundo laboral. En definitiva, esta competencia supone el desarrollo y aplicación del pensamiento científico-técnico para interpretar la información que se recibe y para predecir y tomar decisiones con iniciativa y autonomía personal en un mundo en el que los avances que se van produciendo en los ámbitos científico y tecnológico tienen una influencia decisiva en la vida personal, la sociedad y el mundo natural. Asimismo, implica la diferenciación y valoración del conocimiento científico al lado de otras formas de conocimiento, y la utilización de valores y criterios éticos asociados a la ciencia y al desarrollo tecnológico. En coherencia con las habilidades y destrezas relacionadas hasta aquí, son parte de esta competencia básica e luso responsable de los recursos naturales, el cuidado del medio Actualizado junio 2014 13/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid ambiente, el consumo racional y responsable, y la protección de la salud individual y colectiva como elementos clave de la calidad de vida de las personas. 4. Tratamiento de la información y competencia digital. Esta competencia consiste en disponer de habilidades para buscar, obtener, procesar y comunicar información, y para transformarla en conocimiento. Incorpora diferentes habilidades, que van desde el acceso a la información hasta su transmisión en distintos soportes una vez tratada, incluyendo la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como elemento esencial para informarse, aprender y comunicarse. Está asociada con la búsqueda, selección, registro y tratamiento o análisis de la información, utilizando técnicas y estrategias diversas para acceder a ella según la fuente a la que se acuda y el soporte que se utilice (oral, impreso, audiovisual, digital o multimedia). Requiere el dominio de lenguajes específicos básicos (textual, numérico, icónico, visual, gráfico y sonoro) y de sus pautas de decodificación y transferencia, así como aplicar en distintas situaciones y contextos el conocimiento de los diferentes tipos de información, sus fuentes, sus posibilidades y su localización, así como los lenguajes y soportes más frecuentes en los que ésta suele expresarse. Disponer de información no produce de forma automática conocimiento. Transformar la información en conocimiento exige de destrezas de razonamiento para organizarla, relacionarla, analizarla, sintetizarla y hacer inferencias y deducciones de distinto nivel de complejidad; en definitiva, comprenderla e integrarla en los esquemas previos de conocimiento. Significa, asimismo, comunicar la información y los conocimientos adquiridos empleando recursos expresivos que incorporen, no sólo diferentes lenguajes y técnicas específicas, sino también las posibilidades que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación. Ser competente en la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como instrumento de trabajo intelectual incluye utilizarlas en su doble función de transmisoras y generadoras de información y conocimiento. Se utilizarán en su función generadora al emplearlas, por ejemplo, como herramienta en el uso de modelos de procesos matemáticos, físicos, sociales, económicos o artísticos. Asimismo, esta competencia permite procesar y gestionar adecuadamente información abundante y compleja, resolver problemas reales, tomar decisiones, trabajar en entornos colaborativos ampliando los entornos de comunicación para participar en comunidades del aprendizaje formales e informales, y generar producciones responsables y creativas. La competencia digital incluye utilizar las tecnologías de la información y la comunicación extrayendo su máximo rendimiento a partir de la comprensión de la naturaleza y modo de operar de los sistemas tecnológicos, y del efecto que esos cambios tienen en el mundo personal y sociolaboral. Asimismo supone manejar estrategias para identificar y resolver los problemas habituales de software y hardware que vayan surgiendo. Igualmente permite aprovechar la información que proporcionan y analizarla de forma crítica mediante el trabajo personal autónomo y el trabajo colaborativo, tanto en su vertiente sincrónica como diacrónica, conociendo y relacionándose con entornos físicos y sociales cada vez más amplios. Además de utilizarlas como herramienta para organizar la información, procesarla y orientarla para conseguir objetivos y fines de aprendizaje, trabajo y ocio previamente establecidos. En definitiva, la competencia digital comporta hacer uso habitual de los recursos tecnológicos disponibles para resolver problemas reales de modo eficiente. Al mismo tiempo, posibilita evaluar y seleccionar nuevas fuentes de información e innovaciones tecnológicas a medida que van apareciendo, en función de su utilidad para acometer tareas u objetivos específicos. Actualizado junio 2014 14/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid En síntesis, el tratamiento de la información y la competencia digital implican ser una persona autónoma, eficaz, responsable, crítica y reflexiva al seleccionar, tratar y utilizar la información y sus fuentes, así como las distintas herramientas tecnológicas; también tener una actitud critica y reflexiva en la valoración de la información disponible, contrastándola cuando es necesario, y respetar las normas de conducta acordadas socialmente para regular el uso de la información y sus fuentes en los distintos soportes. 5. Competencia social y ciudadana. Esta competencia hace posible comprender la realidad social en que se vive, cooperar, convivir y ejercer la ciudadanía democrática en una sociedad plural, así como comprometerse a contribuir a su mejora. En ella están integrados conocimientos diversos y habilidades complejas que permiten participar, tomar decisiones, elegir cómo comportarse en determinadas situaciones y responsabilizarse de las elecciones y decisiones adoptadas. Globalmente supone utilizar, para desenvolverse socialmente, el conocimiento sobre la evolución y organización de las sociedades y sobre los rasgos y valores del sistema democrático, así como utilizar el juicio moral para elegir y tomar decisiones, y ejercer activa y responsablemente los derechos y deberes de la ciudadanía. Esta competencia favorece la comprensión de la realidad histórica y social del mundo, su evolución, sus logros y sus problemas. La comprensión crítica de la realidad exige experiencia, conocimientos y conciencia de la existencia de distintas perspectivas al analizar esa realidad. Conlleva recurrir al análisis multicausal y sistémico para enjuiciar los hechos y problemas sociales e históricos y para reflexionar sobre ellos de forma global y crítica, así como realizar razonamientos críticos y lógicamente válidos sobre situaciones reales, y dialogar para mejorar colectivamente la comprensión de la realidad. Significa también entender los rasgos de las sociedades actuales, su creciente pluralidad y su carácter evolutivo, además de demostrar comprensión de la aportación que las diferentes culturas han hecho a la evolución y progreso de la humanidad, y disponer de un sentimiento común de pertenencia a la sociedad en que se vive. En definitiva, mostrar un sentimiento de ciudadanía global compatible con la identidad local. Asimismo, forman parte fundamental de esta competencia aquellas habilidades sociales que permiten saber que los conflictos de valores e intereses forman parte de la convivencia, resolverlos con actitud constructiva y tomar decisiones con autonomía empleando, tanto los conocimientos sobre la sociedad como una escala de valores construida mediante la reflexión crítica y el diálogo en el marco de los patrones culturales básicos de cada región, país o comunidad. La dimensión ética de la competencia social y ciudadana entraña ser consciente de los valores del entorno, evaluarlos y reconstruirlos afectiva y racionalmente para crear progresivamente un sistema de valores propio y comportarse en coherencia con ellos al afrontar una decisión o un conflicto. Ello supone entender que no toda posición personal es ética si no está basada en el respeto a principios o valores universales como los que encierra la Declaración de los Derechos Humanos. En consecuencia, entre las habilidades de esta competencia destacan conocerse y valorarse, saber comunicarse en distintos contextos, expresar las propias ideas y escuchar las ajenas, ser capaz de ponerse en el lugar del otro y comprender su punto de vista aunque sea diferente del propio, y tomar decisiones en los distintos niveles de la vida comunitaria, valorando conjuntamente los intereses individuales y los del grupo. Además implica, la valoración de las diferencias a la vez que el reconocimiento de la igualdad de derechos entre los diferentes colectivos, en particular, entre hombres y mujeres. Igualmente la práctica del diálogo y de la negociación para llegar a acuerdos como forma de resolver los conflictos, tanto en el ámbito personal como en el social. Actualizado junio 2014 15/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Por último, forma parte de esta competencia el ejercicio de una ciudadanía activa e integradora que exige el conocimiento y comprensión de los valores en que se asientan los estados y sociedades democráticas, de sus fundamentos, modos de organización y funcionamiento. Esta competencia permite reflexionar críticamente sobre los conceptos de democracia, libertad, igualdad, solidaridad, corresponsabilidad, participación y ciudadanía, con particular atención a los derechos y deberes reconocidos en las declaraciones internacionales, en la Constitución española y en la legislación autonómica, así como a su aplicación por parte de diversas instituciones; y mostrar un comportamiento coherente con los valores democráticos, que a su vez conlleva disponer de habilidades como la toma de conciencia de los propios pensamientos, valores, sentimientos y acciones, y el control y autorregulación de los mismos. En definitiva, el ejercicio de la ciudadanía implica disponer de habilidades para participar activa y plenamente en la vida cívica. Significa construir, aceptar y practicar normas de convivencia acordes con los valores democráticos, ejercitar los derechos, libertades, responsabilidades y deberes cívicos, y defender los derechos de los demás. En síntesis, esta competencia supone comprender la realidad social en que se vive, afrontar la convivencia y los conflictos empleando el juicio ético basado en los valores y prácticas democráticas, y ejercer la ciudadanía, actuando con criterio propio, contribuyendo a la construcción de la paz y la democracia, y manteniendo una actitud constructiva, solidaria y responsable ante el cumplimiento de los derechos y obligaciones cívicas. 6. Competencia cultural y artística. Esta competencia supone conocer, comprender, apreciar y valorar críticamente diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de enriquecimiento y disfrute y considerarlas como parte del patrimonio de los pueblos. Apreciar el hecho cultural en general, y el hecho artístico en particular, lleva implícito disponer de aquellas habilidades y actitudes que permiten acceder a sus distintas manifestaciones, así como habilidades de pensamiento, perceptivas y comunicativas, sensibilidad y sentido estético para poder comprenderlas, valorarlas, emocionarse y disfrutarlas. Esta competencia implica poner en juego habilidades de pensamiento divergente y convergente, puesto que comporta reelaborar ideas y sentimientos propios y ajenos; encontrar fuentes, formas y cauces de comprensión y expresión; planificar, evaluar y ajustar los procesos necesarios para alcanzar unos resultados, ya sea en el ámbito personal o académico. Se trata, por tanto, de una competencia que facilita tanto expresarse y comunicarse como percibir, comprender y enriquecerse con diferentes realidades y producciones del mundo del arte y de la cultura. Requiere poner en funcionamiento la iniciativa, la imaginación y la creatividad para expresarse mediante códigos artísticos y, en la medida en que las actividades culturales y artísticas suponen en muchas ocasiones un trabajo colectivo, es preciso disponer de habilidades de cooperación para contribuir a la consecución de un resultado final, y tener conciencia de la importancia de apoyar y apreciar las iniciativas y contribuciones ajenas. La competencia artística incorpora asimismo el conocimiento básico de las principales técnicas, recursos y convenciones de los diferentes lenguajes artísticos, así como de las obras y manifestaciones más destacadas del patrimonio cultural. Además supone identificar las Actualizado junio 2014 16/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid relaciones existentes entre esas manifestaciones y la sociedad —la mentalidad y las posibilidades técnicas de la época en que se crean—, o con la persona o colectividad que las crea. Esto significa también tener conciencia de la evolución del pensamiento, de las corrientes estéticas, las modas y los gustos, así como de la importancia representativa, expresiva y comunicativa que los factores estéticos han desempeñado y desempeñan en la vida cotidiana de la persona y de las sociedades. Supone igualmente una actitud de aprecio de la creatividad implícita en la expresión de ideas, experiencias o sentimientos a través de diferentes medios artísticos, como la música, la literatura, las artes visuales y escénicas, o de las diferentes formas que adquieren las llamadas artes populares. Exige asimismo valorar la libertad de expresión, el derecho a la diversidad cultural, la importancia del diálogo intercultural y la realización de experiencias artísticas compartidas. En síntesis, el conjunto de destrezas que configuran esta competencia se refiere tanto a la habilidad para apreciar y disfrutar con el arte y otras manifestaciones culturales, como aquellas relacionadas con el empleo de algunos recursos de la expresión artística para realizar creaciones propias; implica un conocimiento básico de las distintas manifestaciones culturales y artísticas, la aplicación de habilidades de pensamiento divergente y de trabajo colaborativo, una actitud abierta, respetuosa y crítica hacia la diversidad de expresiones artísticas y culturales, el deseo y voluntad de cultivar la propia capacidad estética y creadora, y un interés por participar en la vida cultural y por contribuir a la conservación del patrimonio cultural y artístico, tanto de la propia comunidad, como de otras comunidades. 7. Competencia para aprender a aprender. Aprender a aprender supone disponer de habilidades para iniciarse en el aprendizaje y ser capaz de continuar aprendiendo de manera cada vez más eficaz y autónoma de acuerdo a los propios objetivos y necesidades. Esta competencia tiene dos dimensiones fundamentales. Por un lado, la adquisición de la conciencia de las propias capacidades (intelectuales, emocionales, físicas), del proceso y las estrategias necesarias para desarrollarlas, así como de lo que se puede hacer por uno mismo y de lo que se puede hacer con ayuda de otras personas o recursos. Por otro lado, disponer de un sentimiento de competencia personal, que redunda en la motivación, la confianza en uno mismo y el gusto por aprender. Significa ser consciente de lo que se sabe y de lo que es necesario aprender, de cómo se aprende, y de cómo se gestionan y controlan de forma eficaz los procesos de aprendizaje, optimizándolos y orientándolos a satisfacer objetivos personales. Requiere conocer las propias potencialidades y carencias, sacando provecho de las primeras y teniendo motivación y voluntad para superar las segundas desde una expectativa de éxito, aumentando progresivamente la seguridad para afrontar nuevos retos de aprendizaje. Por ello, comporta tener conciencia de aquellas capacidades que entran en juego en el aprendizaje, como la atención, la concentración, la memoria, la comprensión y la expresión lingüística o la motivación de logro, entre otras, y obtener un rendimiento máximo y personalizado de las mismas con la ayuda de distintas estrategias y técnicas: de estudio, de observación y registro sistemático de hechos y relaciones, de trabajo cooperativo y por proyectos, de resolución de problemas, de planificación y organización de actividades y tiempos de forma efectiva, o del conocimiento sobre los diferentes recursos y fuentes para la recogida, selección y tratamiento de la información, incluidos los recursos tecnológicos. Implica asimismo la curiosidad de plantearse preguntas, identificar y manejar la diversidad de respuestas posibles ante una misma situación o problema utilizando diversas estrategias y metodologías que permitan afrontar la toma de decisiones, racional y Actualizado junio 2014 17/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid críticamente, con la información disponible. Incluye, además, habilidades para obtener información –ya sea individualmente o en colaboración – y, muy especialmente, para transformarla en conocimiento propio, relacionando e integrando la nueva información con los conocimientos previos y con la propia experiencia personal y sabiendo aplicar los nuevos conocimientos y capacidades en situaciones parecidas y contextos diversos. Por otra parte, esta competencia requiere plantearse metas alcanzables a corto, medio y largo plazo y cumplirlas, elevando los objetivos de aprendizaje de forma progresiva y realista. Hace necesaria también la perseverancia en el aprendizaje, desde su valoración como un elemento que enriquece la vida personal y social y que es, por tanto, merecedor del esfuerzo que requiere. Conlleva ser capaz de autoevaluarse y autorregularse, responsabilidad y compromiso personal, saber administrar el esfuerzo, aceptar los errores y aprender de y con los demás. En síntesis, aprender a aprender implica la conciencia, gestión y control de las propias capacidades y conocimientos desde un sentimiento de competencia o eficacia personal, e incluye tanto el pensamiento estratégico, como la capacidad de cooperar, de autoevaluarse, y el manejo eficiente de un conjunto de recursos y técnicas de trabajo intelectual, todo lo cual se desarrolla a través de experiencias de aprendizaje conscientes y gratificantes, tanto individuales como colectivas. 8. Autonomía e iniciativa personal. Esta competencia se refiere, por una parte, a la adquisición de la conciencia y aplicación de un conjunto de valores y actitudes personales interrelacionadas, como la responsabilidad, la perseverancia, el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la creatividad, la autocrítica, el control emocional, la capacidad de elegir, de calcular riesgos y de afrontar los problemas, así como la capacidad de demorar la necesidad de satisfacción inmediata, de aprender de los errores y de asumir riesgos. Por otra parte, remite a la capacidad de elegir con criterio propio, de imaginar proyectos, y de llevar adelante las acciones necesarias para desarrollar las opciones y planes personales –en el marco de proyectos individuales o colectivos – responsabilizándose de ellos, tanto en el ámbito personal, como social y laboral. Supone poder transformar las ideas en acciones; es decir, proponerse objetivos y planificar y llevar a cabo proyectos. Requiere, por tanto, poder reelaborar los planteamientos previos o elaborar nuevas ideas, buscar soluciones y llevarlas a la práctica. Además, analizar posibilidades y limitaciones, conocer las fases de desarrollo de un proyecto, planificar, tomar decisiones, actuar, evaluar lo hecho y autoevaluarse, extraer conclusiones y valorar las posibilidades de mejora. Exige, por todo ello, tener una visión estratégica de los retos y oportunidades que ayude a identificar y cumplir objetivos y a mantener la motivación para lograr el éxito en las tareas emprendidas, con una sana ambición personal, académica y profesional. Igualmente ser capaz de poner en relación la oferta académica, laboral o de ocio disponible, con las capacidades, deseos y proyectos personales. Además, comporta una actitud positiva hacia el cambio y la innovación que presupone flexibilidad de planteamientos, pudiendo comprender dichos cambios como oportunidades, adaptarse crítica y constructivamente a ellos, afrontar los problemas y encontrar soluciones en cada uno de los proyectos vitales que se emprenden. En la medida en que la autonomía e iniciativa personal involucran a menudo a otras personas, esta competencia obliga a disponer de habilidades sociales para relacionarse, Actualizado junio 2014 18/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid cooperar y trabajar en equipo: ponerse en el lugar del otro, valorar las ideas de los demás, dialogar y negociar, la asertividad para hacer saber adecuadamente a los demás las propias decisiones, y trabajar de forma cooperativa y flexible. Otra dimensión importante de esta competencia, muy relacionada con esta vertiente más social, está constituida por aquellas habilidades y actitudes relacionadas con el liderazgo de proyectos, que incluyen la confianza en uno mismo, la empatía, el espíritu de superación, las habilidades para el diálogo y la cooperación, la organización de tiempos y tareas, la capacidad de afirmar y defender derechos o la asunción de riesgos. En síntesis, la autonomía y la iniciativa personal suponen ser capaz de imaginar, emprender, desarrollar y evaluar acciones o proyectos individuales o colectivos con creatividad, confianza, responsabilidad y sentido crítico. 1.4. B.- OBJETIVOS DEL BACHILLERATO Los objetivos del Bachillerato vienen recogidos en el Real Decreto 1467/2007 de 2 de noviembre (BOE, de 6 de noviembre de 2007) Artículo 3. Objetivos del bachillerato. El bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan: a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa y favorezca la sostenibilidad. b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades existentes e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas con discapacidad. d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal. e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su caso, la lengua cooficial de su comunidad autónoma. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras. g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación. h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida. Actualizado junio 2014 19/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente. k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico. l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural. m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social. n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial. 1.4. C.-PRIORIDADES DE ACTUACIÓ DEL CETRO La consecución de los objetivos en los distintos niveles y programas educativos que se imparten en el centro, basados en los principios y valores indicados en la LOE deben contextualizarse de acuerdo al entorno. El IES Las Américas establece que la actuación prioritaria será la consecución de los objetivos basados en los siguientes principios: A.- POR UNA EDUCACIÓN INTEGRAL Y PERSONALIZADA Todos los actos educativos deberán tender a dar una respuesta integral, teniendo en cuenta no sólo conocimientos y destrezas sino también los valores de una sociedad plural recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los principios de la Constitución Española. La calidad de la enseñanza se basa en el principio de “a cada uno lo que necesita”, que garantiza la igualdad de oportunidades. Teniendo en cuenta los recursos que dispone el centro, la educación debe tener en cuenta la diversidad de los miembros de la comunidad educativa. El IES “Las Américas” considera que la primera toma de contacto con el centro es determinante, para lo cual ha elaborado protocolos de acogida para los nuevos miembros de la comunidad – alumnado, familias, personal no docente y profesoradocuyo objetivo, además de proporcionarle la información más relevante, es fomentar la personalización e integración en todas las prácticas educativas. B.- POR UN SISTEMA DE RELACIONES PARTICIPATIVO E INTEGRADO EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Actualizado junio 2014 20/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid La consecución de los fines sólo será posible a través de la implicación de toda la comunidad educativa mediante mecanismos de relación y participación fluidos y dinámicos. El IES “Las Américas”, con el fin de favorecer la participación y colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa tiene establecidos los procesos de transmisión de información, tanto en el plano horizontal como vertical, rápidos y fluidos C.- POR UNA FORMACIÓN INTELECTUAL DE CALIDAD La adquisición de conocimientos, hábitos y técnicas de trabajo es un objetivo básico de la enseñanza. Dicha adquisición supone un proceso de enseñanza-aprendizaje basado en el esfuerzo y trabajo continuo que mediante una metodología activa y una evaluación continua permita el pleno desarrollo de las capacidades personales. El IES “Las Américas” establece en sus normas de organización y funcionamiento los mecanismos de puesta en común, revisión y evaluación sobre los diferentes aspectos del proceso de enseñanza-aprendizaje. D.- POR UNA EDUCACIÓN PARA LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA Los principios básicos de la convivencia democrática son mínimos que deben guiar la actividad educativa. La capacidad de razonar, argumentar, persuadir y ser persuadidos son la base de la adquisición de estos principios. Hay que formar personas capaces de respetar a los demás y no necesariamente todas sus opiniones, que deben ser discutidas de manera educada y civilizada dentro del marco democrático. La necesidad de preservar y fortalecer día a día en el centro la buena convivencia como medio indispensable y, a la vez objetivo del proceso de formación y educación, hace necesario prevenir y corregir las conductas contrarias a la convivencia en el centro. La resolución de los conflictos y la imposición de medidas correctoras se establecen en el RD.15/2007 que establece el marco regulador de las normas de convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid y en el Reglamento de Régimen Interior del I.E.S. “Las Américas”. El IES “Las Américas” es un centro adherido a la Red Europea de Escuelas Sin Racismo cuyo manifiesto indica: Nosotros la comunidad escolar del IES “Las Américas” decimos NO al racismo porque todas las personas son iguales y tenemos los mismos derechos al desarrollo personal Actualizado junio 2014 21/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid porque cualquier tipo de discriminación basado en el color de la piel, de idioma, de religión o nacionalidad es inaceptable. porque el racismo crea divisiones y conduce al odio entre personas. Porque cada día en nuestra sociedad inmigrantes jóvenes tienen que oír, a veces, comentarios humillantes y no gozan de las mismas oportunidades que niños, niñas y jóvenes de nuestro país. Porque la coexistencia de culturas distintas nos enseña a comprender los valores y limitaciones de cada cultura, incluyendo la nuestra. Porque España ha firmado el Convenio Internacional de las Naciones Unidas para la eliminación de todo tipo de discriminación racial, de 7 de marzo de 1.996. El artículo 7 obliga a los estados miembros a tomar medidas inmediatas y efectivas para mejorar la comprensión, la tolerancia y la amistad en el área de la educación. Por tanto: De acuerdo con los objetivos científicos de nuestro sistema educativo, asumimos en nuestro proyecto educativo: 1.- RECHAZAR cualquier comentario, argumento o prejuicio racista y cualquier teoría justificada del mismo, porque el racismo es mentira y no tiene base científica. 2.- DESTERRAR en nuestro centro cualquier forma o expresión de racismo o discriminación. Nuestro centro prohíbe las organizaciones y campañas racistas. 3.- SANCIONAR, de acuerdo a nuestro Reglamento de Régimen Interior, las actitudes y comentarios racistas. 4.- FOMENTAR los conocimientos de otras personas y culturas que nos prepare para vivir en una sociedad multiétnica y diversa. 1.5.- INSTALACIONES El I.E.S. “Las Américas” presenta, en cuanto a instalaciones, alguna peculiaridad ya que posee cuatro pabellones, antiguamente constituían el C.P. “Lope de Vega”, y dos de nueva construcción correspondientes al gimnasio y pabellón de bachillerato y aulas específicas. Una descripción más detallada sería: - Pabellón I : Aula de Música, aula de desdobles y 6 aulas de ESO. - Pabellón II: Aula de Enlace (Inmersión en castellano para inmigrantes), Desdoble, despacho AMPA y Asociación de Alumn@s y 6 aulas de ESO. - Pabellón III: Aula-Taller de Fontanería (garantía social), 1 aula de desdoble y 5 aulas de ESO. - Pabellón de Servicios: Conserjería, Secretaría, Sala de profesores, Dirección, Jefatura de estudios, Despacho del secretario, Sala de Juntas, teléfono público, 10 Departamentos Didácticos y Salón de Actos. - Pabellón de Bachillerato: Extensión de Conserjería, Aula-Taller de Tecnología-Informática, Biblioteca. Laboratorio de idiomas,2 Despachos de Actualizado junio 2014 22/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Tutorías, Cafetería., Laboratorio de Biología-Geología, Laboratorio de Física y Química, 2 Aulas de Dibujo-Volumen, 2 Aulas de informática, Departamento de Orientación (despacho orientación, 2 aulas pequeñas de Compensación educativa, 1 aula de integración), 2 aulas ( Diversificación), Aula de Audiovisuales y 6 aulas de Bachillerato. - Gimnasio independiente con 2 pistas deportivas anexas. Destacar que el pabellón II, el pabellón de Bachillerato y el pabellón de servicios poseen ascensor, asimismo se han eliminado barreras arquitectónicas, lo que permite escolarizar alumnado con discapacidades físicas en cualquiera de los niveles educativos que se ofertan. 1.6.- MEDIDAS PARA FAVORECER LA COLABORACIÓN ENTRE DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Tal como indicamos en los principios generales y objetivos del centro es necesario dar cauces de participación fluidos y dinámicos a todos los sectores de la comunidad educativa. El Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria de Secundaria establece reuniones periódicas entre los distintos miembros de la comunidad educativa que permiten una comunicación fluida y una participación. Dichas reuniones son: REUIOES R. Equipo Directivo R. Departamentos Comisión de Coordinación Pedagógica Tutoría de Alumnos Tutoría de Madres / Padres Reunión DirecciónAsociaciones de Madres/Padres y de Alimn@s R. J .EstudiosOrientación-Tutores por niveles Actualizado junio 2014 MIEMBROS DE PERIODICIDAD HECHO Equipo Directivo Al menos una semanal Componentes del Dpto. 1 semanal Jefes de Departamento 1 semanal Tutor con grupo 1 semanal Tutor con madres/padres 1 semanal. Previa petición madres/padres. Director y Directivas de Por petición de los asociaciones componentes Jefe de Estudios, 1 semanal Orientadora, Trabajadora Social, Tutores de un 23/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid determinado nivel Jefatura de estudios y profesorado de grupo Consejo Escolar Según legislación Comisiones del Consejo Según Reglamento de Escolar Régimen Interior Claustro Todo el profesorado Jornada de Acogida Dirección-TutoresMadres/padres alumnado R con Centros Públicos Dirección- Orientaciónde la Zona Dirección Centros Proyectos específicos (Seminarios, grupos de Componentes del trabajo, etc.) proyecto Juntas de Evaluación Profesorado de grupo Jefatura de EstudiosJunta de Delegados Delegados de grupo – Consejeros escolares del alumnado R. de Equipos Docentes Por petición del tutor, convoca Jefatura Estudios Al menos 1 por trimestre Convoca Dirección según necesidades específicas. Al menos 1 por trimestre Al menos 1 al principio de curso Al menos 1 anual Según proyecto aprobado Al menos 3 anuales Por petición de sus componentes, convoca J. de Estudios La dirección del centro podrá convocar reuniones extraordinarias cuando la naturaleza del tema lo requiera y con vistas a la consecución y fines establecidos en este Proyecto Educativo. 1.7.- COORDINACIÓN CON SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y RELACIONES CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS La apertura de los Centro de Secundaria al resto de la sociedad permite mejorar la gestión integral de los centros y facilita la consecución de los objetivos programados. El IES “Las Américas” desde el momento de su creación ha fomentado la comunicación y participación en diferentes actividades educativas, culturales, e institucionales. La relación con el Ayuntamiento, son los diferentes servicio, y centros educativos de la localidad es imprescindible y como tal se ha realizado. De entre las distintas instituciones y programas podríamos destacar: - Concejalía de Educación (Comisión de absentismo, Jornadas educativas anuales, Feria del estudiante, Español para extranjeros, Aulas de apoyo para la ESO, Escuela de Madres/Padres, Educación en valores a través del cine, concursos, teatro, etc.) Actualizado junio 2014 24/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Concejalía de Salud (Plan de prevención sobre drogadicción, sexualidad, Sida y ETS, etc.) Concejalía de Servicios Sociales (Plan de de prevención de Absentismo, Ayudas ,etc) Concejalía de juventud (Talleres, actividades variadas, etc.) IES de la localidad (Reunión de directores, Orientación, etc) Colegios de nuestra zona (Admisión de alumnado, jornadas abiertas, Equipos de Orientación, etc) Universidad Carlos III (Selectividad, visitas guiadas, etc.) Asamblea de Cooperación por la Paz (teatro, visitas exposiciones, etc.). Empresas, centros culturales, Museos, etc. (Visitas, programas específicos) 2.-- CONCRECCIÓN DE LOS CURRÍCULOS 2.1. CONCRECCIONES DE CARÁCTER GENERAL (PCC) 2.1.1 ADECUACIÓ DE LOS OBJETIVOS GEERALES Todos los objetivos de la etapa (Artículo 23 de la LOE) están recogidos en los cuatro grandes principios generales del proyecto educativo del IES Las Américas: Principio 1: por una educación integral y personalizada Contempla los objetivos a, b, d, e, h, k. Principio 2: Por un sistema de relaciones participativo e integrado en la comunidad educativa Contempla los objetivos c, f, g, h, i. Principio 3: Por una formación intelectual de calidad Contempla los objetivos a, b, c, d, e, i, j, k, l Principio 4: Por una educación para la convivencia democrática Contempla los objetivos d, e, f, g, h, i, j, l. Teniendo en cuenta el entorno y el contexto económico y cultural del alumnado, recogido en las señas de identidad del Proyecto Educativo, el IES Las Américas priorizará la consecución de los objetivos a, c, e, f, g, sin detrimento de intentar Actualizado junio 2014 25/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid contribuir a desarrollar todas las capacidades recogidas en los objetivos generales de la Educación Secundaria. Estos objetivos deberán ser trabajados y evaluados convenientemente desde todas las áreas del conocimiento y servir de guía para la planificación y elaboración de las actividades complementarias y extraescolares. En consonancia con estas intenciones educativas se desarrollan los siguientes decisiones recogidas en este proyecto curricular. 2.1.2. DECISIOES GEERALES SOBRE ORGAIZACIÓ Y METODOLOGÍA 2.1.2.1 ORGAIZACIÓ DE ESPACIOS Y TIEMPOS Optamos por la organización aula-grupo que tiene la ventaja de la identificación del alumno con un grupo responsable del cuidado y mantenimiento exclusivo de ese espacio. Esta agrupación permite la socialización del individuo y la personalización del espacio común, asimismo favorece la participación (principio priorizado B de este PEC) y la convivencia democrática del grupo (principio priorizado D de este PEC). Esta organización favorece la responsabilidad del grupo frente a los contravalores individualistas. En aquellas materias que requieran un espacio específico, el grupo se desplazará (laboratorio, aula de música, idiomas, etc.) según horario elaborado por el Centro, debiendo el grupo responsabilizarse del buen uso de las instalaciones durante su ocupación. 2.1.2.2 CRITERIOS DE UTILIZACIÓ DE ESPACIOS COMUES. El uso de espacios comunes (audiovisuales, informática, etc.) se realizará mediante solicitud anticipada del profesorado. Jefatura de estudios podrá designar responsables del control y organización de la utilización de esos espacios (sala audiovisual, aulas informáticas, etc.) 2.1.2.3. HORARIO GEERAL DEL CETRO Se fija el siguiente horario General del centro: Periodos lectivos 1– 8’30 – 9’20 h. 2– 9’25 – 10’15 h. 310’20 – 11’10 h. Recreo – 11’10 – 11’40 h. 411’40 – 12’30 h. 512’35 – 13’25 h. 613’30 – 14’20 h. Actualizado junio 2014 26/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Se utilizará la 7ª hora (14’30 – 15’20) como periodo lectivo para alumnado de Bachillerato y para refuerzos y repasos. Asimismo la 7ª hora del miércoles será dedicada a Reunión de Equipos Docentes que sean necesarias. El Departamento de Orientación dedicará además dos tardes hasta las 16,20 h Dependiendo de las posibilidades de organización, el centro permanecerá abierto al alumnado por la tarde para la realización de actividades extraescolares y complementarias del Plan de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos y el Programa de Compensación Externa. 2.1.2.4. METODOLOGÍA Y DIDÁCTICA A.- Del aprendizaje significativo El principio priorizado C del nuestro Proyecto Educativo indica la formación intelectual de calidad y explicita “que el proceso de enseñanzaaprendizaje debe estar basado en el esfuerzo y trabajo continuo mediante una metodología activa que permita el pleno desarrollo de las capacidades personales”. El aprendizaje significativo (aprendizaje que parte del conocimiento que tiene el alumno sobre un tema – desde el punto de vista académico y social – y que sirve para reestructurarlo y aumentar su capacidad de realizar nuevos aprendizajes de forma comprensiva) se basa en: 1. Significatividad lógica (el nuevo aprendizaje tiene una lógica interna) 2. Significatividad psicológica (el aprendizaje esté adaptado al nivel cognitivo, evolutivo y de desarrollo social del alumno) 3. Motivación del alumnado. El interés es el paso previo al esfuerzo intelectual. 4. Distancia próxima entre los conocimientos nuevos y los que él sabe. 5. Que los conocimientos sean funcionales, es decir, que puedan ser utilizados en la vida real del alumnado o cuando las circunstancias lo requieran. Para la adquisición de este aprendizaje significativo es indispensable el papel del profesor, que dirige y controla el proceso de aprendizaje y cuyo fin será que el alumno “aprenda a aprender”. B.- Del papel del profesor A los profesores de los centros escolares les corresponden las siguientes funciones (Artículo 91 de la LOE): a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados. Actualizado junio 2014 27/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza. c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros. g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática. h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo. i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas. j) La participación en la actividad general del centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros. l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. 2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo. - La enseñanza es la labor básica del profesor y consiste en: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Planificar el proceso Ordenar y secuenciar los contenidos Descubrir conocimientos previos Proporcionar materiales de información Utilizar diferentes estrategias metodológicas Favorecer la autonomía de aprendizaje del alumnado Tomar decisiones durante el proceso, teniendo en cuenta la diversidad. Dado que una de las señas de identidad de nuestro centro es la escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales Actualizado junio 2014 28/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid (integración, compensatoria, extranjeros con bajo nivel de castellano) la atención a la diversidad será una función primordial de todo el profesorado. 8. Tomar decisiones y establecer relaciones basadas en los principios de nuestro Proyecto Educativo de Centro. C.- De la Planificación Todos estos aspectos deberán quedar reflejados en las Programaciones. Didácticas que constituyen parte de la Programación General Anual incluirá: 1.- Objetivos 2.- Contribución de cada materia a las competencias básicas 3.- Organización y secuenciación de los contenidos 4.- Criterios de Evaluación 5.- Contenidos y criterios de evaluación mínimos exigibles para superar la materia. 6.- Procedimientos e instrumentos de evaluación que se vayan a aplicar 7.- Criterios de calificación 8.- Materiales, textos y recursos didácticos que se vayan a aplicar. 9.- Medidas de atención a la diversidad y adaptaciones curriculares (Desdobles, agrupaciones flexibles, etc.) 10.- Estrategias de animación a la lectura y expresión oral y escrita 11.- Medidas necesarias para la utilización de nuevas tecnologías 12.- Actividades de recuperación y apoyos a pendientes 13.- Actividades complementarias y extraescolares no incluidas en la programación del departamento de actividades extraescolares. 14.- Pruebas extraordinarias de septiembre 15.- Otros (Según criterio del departamento) A titulo informativo, entre las múltiples actividades a desarrollar sería aconsejable realizar: - - - Actividades que favorezcan: la interacción profesor-grupo clase, profesorpequeño grupo, profesor- alumno, alumno-alumno, trabajo en grupo, monitorización, grupos de aprendizaje cooperativo. Actividades variadas: (de introducción y motivación, de conocimientos previos, de desarrollo, de síntesis- resumen, de consolidación, de refuerzo, de ampliación, de evaluación, autoevaluación y coeducación) Selección de materiales (incluido libro de texto, si lo hubiere, que se adapte a la consecución de los objetivos programados) D.-De los criterios para el agrupamiento de los alumnos Actualizado junio 2014 29/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid La diversidad del alumnado del centro hace necesaria la adopción de criterios de agrupamiento que permitan la formación de grupos. Jefatura de Estudios atenderá, en lo posible, las demandas del propio alumnado. Los criterios priorizados serán: 1.- Modalidad de Estudios 2.- Materia optativa elegida por el alumno/a 3.- Reparto proporcional de alumnos repetidores y con necesidades de compensación educativa. 4.- Opción Lengua Extranjera 5.- Opción Medidas de Atención Educativa, Hª. de las Religiones o Religión confesional. 6.- Número de alumnos/as por grupo. 7.- Sugerencias aportadas por el Equipo de Evaluación del curso anterior E.- De las Actividades Extraescolares y Complementarias Las actividades extraescolares y complementarias contribuyen, además del interés específico de una o varias áreas, a colaborar en la consecución de los principios 2 y 4 recogidos en el P.E.C. El I.E.S. “Las Américas” fomentará la realización de este tipo de actividades y regulará el número y la secuenciación de las mismas recogidas en la Programación del Departamento de Actividades extraescolares de acuerdo a las normas recogidas en el Reglamento de Régimen Interior. 2.2. ORGANIZACIÓN Y OFERTA DE OPTATIVAS Y AGRUPAMIENTOS EN 4º ESO E INTEGRACIÓN DE MATERIAS EN ÁMBITOS La implantación y organización de la ESO, derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, viene regulada por la Orden 3320-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación de la Comunidad de Madrid. Dicha orden en su artículo 6 recoge la organización de las materias del 4º curso de la ESO que en su apartado 4 establece las agrupaciones de las materias en opciones e itinerarios, teniendo en cuenta las posibilidades organizativas de los centros. El IES Las Américas oferta todas las materias en los siguientes itinerarios: ITIERARIOS MODALIDAD TROCALES MATEMÁTICAS A2 MAT. B BIO-FQ- INFORM. A3 MAT. B Actualizado junio 2014 BIO-FQ-TECNO. OPTATIVAS FRANCÉS Y OTRAS FRANCÉS Y 30/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid B2 MAT A/B LATIN- FRANCÉS-MÚSICA B3 MAT A/B C1 MAT. A LATIN –MÚSICAINFORMÁTICA TECNO-PLAST.-MÚSICA C2 MAT. A TECNO-PLAST-INFORM. OTRAS OPTATIVA EXCLUIDA FRANCÉS FRANCÉS Y OTRAS FRANCÉS Y OTRAS FRANCÉS Y OTRAS El artículo 6, en su apartado 5, indica que todos los alumnos cursarán una materia optativa. Las optativas a ofertar vienen reguladas en la Resolución de 27 de junio de 2007en su artículo 6 y en la Resolución 29 de febrero de 2008 donde se amplia el repertorio de optativas: Artículo 6 (Resolución 27/06/2007) Materias optativas en el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria 1. La materia Cultura clásica será de oferta obligada por los centros y podrá ser cursada por los alumnos que no la cursaron en tercero. 2. Además, los centros podrán ofrecer las siguientes materias: — Ampliación de biología y geología. — Ampliación de física y química. — Ampliación de matemáticas. — Geografía económica. — Iniciación a la vida laboral. — Iniciativa emprendedora. — Literatura universal. — Materias optativas con carácter de iniciación profesional diseñadas por el centro, previamente autorizadas según se establece en el artículo 11 de esta Resolución. Artículo 1 (Resolución 29/02/2008) Materias optativas del cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria Entre las materias optativas del cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria recogidas en el artículo 6.2 de la Resolución de 27 de junio de 2007, de la Dirección General de Ordenación Académica, se incluirá la segunda lengua extranjera, cuyas condiciones de impartición por los centros y de elección por los alumnos se establecen en el artículo 2 de esta Resolución. Artículo 2 Actualizado junio 2014 31/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Condiciones de impartición y de elección de la segunda lengua extranjera como materia optativa de cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria Los centros podrán impartir la segunda lengua extranjera como materia optativa en cuarto, exclusivamente para aquellos alumnos que hayan cursado esa segunda lengua extranjera tanto en el primer curso como en el segundo y en el tercero de la etapa, y siempre que dicha materia en cuarto curso no forme parte de la agrupación de materias, de entre aquellas a las que se refiere el artículo 6.4 de la Orden 3320-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación, que el alumno curse como consecuencia de su elección. El IES Las Américas ofertará como optativas para 4º de ESO: además del Francés y la Cultura Clásica – de oferta obligada- , Iniciación a la vida laboral (currículo oficial de la C. Madrid y asignada al Dpto. de Tecnología) . 2.3. ESTRATEGIAS DE ANIMACIÓN A LA LECTURA PROGRAMACIÓ DE MEDIDAS DE ATECIÓ EDUCATIVA”. Se mantiene tal y como programamos la asignatura los cursos pasados. El marco normativo es la orden de 3 de agosto de 1995 por la que se regulan las actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión. El claustro de profesores a propuesta de la CCP del centro aprobó unas actividades centradas en el fomento de la lectura en el aula, dado el bajo nivel lectoescritor observado en nuestro alumnado. El Plan de Lectura diseñado se extiende por todos los cursos de la ESO y 1º de Bachillerato. Los títulos que ya teníamos se han visto completados con nuevas lecturas propuestas por el profesorado y con la posibilidad, siempre abierta, de que éste pueda realizar otras actividades en clase que tengan como centro la lectura comprensiva. A comienzos de curso se llevan a cabo reuniones con el profesorado que imparte la asignatura para coordinar lecturas, coincidencias de horas y otras actividades que vayan a llevarse a cabo. A los títulos ya comprados y distribuidos por curso debemos añadir otros que aparecen en cursiva en el cuadro que exponemos más abajo. Redundamos en que seguimos elaborando guías de lectura y recabando información sobre nuevos títulos de los propuestos por el profesorado para completar el plan. La interculturalidad, la adaptación de obras de teatro, la elaboración de guiones de radio, el trabajo de la prensa, el tratamiento del hecho religioso y su influencia en el Actualizado junio 2014 32/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid pensamiento, en la cultura y en la vida social como contenido o el estudio asistido siguen completando lo que son unas horas que mayoritariamente en el IES Las Américas se centran en la lectura guiada de títulos atractivos para el alumnado. En las evaluaciones se mantiene lo aprobado en el centro: observaciones cualitativas en la información trimestral a las familias sobre el aprovechamiento del alumno/a en esta asignatura (realización del trabajo guiado, asistencia a clase…) y la participación del profesorado con voz pero sin voto en las reuniones de equipos docentes. La distribución de lecturas es la siguiente: 1º ESO 2º ESO 3º ESO La tierra de las Las otras minas del Algún día cuando papas rey Salomón pueda llevarte a Varsovia La música del El señor del cero Viaje alucinante viento El hombrecito El príncipe de la Harry Potter y la vestido de gris niebla piedra filosofal. La sombra del gato La selva prohibida El dado de fuego Cuaderno del Las tesis de *ancy Himalaya. 4º ESO El diario de Ana Frank Los papalagi Un pueblo contra los Hamid Selección de terror *Para 1º de Bachillerato esta seleccionada “dejemos el sexo en paz” de Dario Fo. - En cursiva los libros que incorporamos este año al plan de lecturas y subrayados aquellos de los que tenemos guía de lectura. La distribución de las lecturas podrá ser modificada previa consulta a la CCP. En las programaciones didácticas los departamentos reflejarán su contribución al Plan de fomento de la lectura y la expresión oral. 2.4. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN Y PROMOCIÓN Se consideran miembros de la “Junta de Evaluación” todos los profesores que impartan docencia directa y evaluable al grupo. El Orientador del Centro o cualquier miembro del Departamento de Orientación en quien delegue tendrá voz. Las Ordenes que regulan la Evaluación son: Orden 1029/2008 para la ESO y Orden 1931/2009 para el Bachillerato. 1) La toma de decisiones se realizará según el artículo 2, apartado 4 de la Orden 1029/2008 para la ESO. Actualizado junio 2014 33/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4. La evaluación continua será desarrollada por el equipo docente, integrado por el conjunto de profesores del alumno, coordinado por el profesor tutor y, en su caso, asesorado por el departamento de orientación del centro. Las calificaciones de las materias serán decididas por el profesor respectivo. Las demás decisiones serán adoptadas por consenso del equipo docente. Si ello no fuera posible se adoptará el criterio de la mayoría absoluta, es decir, más de la mitad de los miembros que integran el equipo docente. 2) Cada miembro de la Junta de Evaluación tendrá un voto. 3) La Junta de evaluación es soberana en sus decisiones y no volverá a ser convocada por Jefatura de estudios, salvo en aquellos casos excepcionales en los que una modificación de nota por parte de algún profesor componente de la Junta de evaluación pueda significar la posibilidad de promocionar o la obtención del título para el alumno/a. 4) La evaluación de alumnado con necesidades educativas específicas quedan recogidas en el artículo 13 de la Orden 1029/2008 Artículo 13 Alumnado con adaptaciones significativas del currículo 1. En los casos en que se efectúen adaptaciones del currículo en las que los contenidos y criterios de evaluación se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo ordinario, estas habrán de realizarse buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas y, en todo caso, la consecución de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria establecidos con carácter general para todo el alumnado, de modo que estas medidas de atención a la diversidad no supongan, en ningún caso, una discriminación que impida a los alumnos a los que se aplican alcanzar dichos objetivos y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los referentes de la evaluación de las diferentes materias serán los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones, y los requisitos para la promoción y para la titulación serán, respectivamente, los mismos que los fijados con carácter general para el resto de los alumnos en los artículos 4 y 9 de esta Orden. 2. Las materias con adaptación curricular significativa se consignarán documentos de evaluación con un asterisco (*) junto a la calificación de la misma. en los 4) El alumnado que promocione con materias pendientes deberá contar desde el inicio del curso con su dossier de trabajo o notificación de actividades para cada materia. Este material especificado por el Departamento se ajustará a los mínimos exigidos y servirá como Medida Educativa complementaria básica, independientemente de otras posibles a tomar (apoyos, etc.) 5) Jefatura de Estudios intentará, dentro de la disponibilidad horaria, reservar horas de apoyo (refuerzos, grupos flexibles, etc.) para alumnos repetidores. Dichas horas se asignarán fundamentalmente en áreas instrumentales básicas. 6) La evaluación, promoción y titulación del alumnado de diversificación se realizará de acuerdo a la orden 4265/2007, de 2 de agosto, de la Consejera de Actualizado junio 2014 34/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Educación que regula el programa de diversificación curricular en la ESO de la Comunidad de Madrid.( BOCM nº 268) Artículo 11 Evaluación 1. La evaluación de los alumnos que sigan el programa de diversificación será, al igual que en el caso del resto del alumnado, continua y diferenciada, según los distintos ámbitos y materias del currículo. 2. Al finalizar cada uno de los cursos del programa, los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria, en el mes de septiembre, destinada a posibilitar la recuperación de las materias con calificación negativa. La recuperación de los ámbitos con calificación negativa solo será posible mediante las pruebas extraordinarias tras finalizar el segundo curso del programa. Las calificaciones de los ámbitos se realizarán en los mismos términos que los de las materias. 3. Para la recuperación de las materias pendientes del primer curso del programa se seguirá el procedimiento establecido con carácter general. 4. Los alumnos que hayan cursado el primer año del programa pasarán en todo caso al segundo año. 5. Los alumnos que se incorporen a un programa de diversificación curricular deberán finalizar la enseñanza obligatoria dentro del mismo. 6. Los alumnos que al finalizar el programa no estén en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria podrán permanecer otro año en el mismo siempre que dispongan de un año más de permanencia en la etapa. 7. Los alumnos que se incorporen al segundo curso del programa con materias pendientes de tercero incluidas en el programa deberán recuperarlas. Artículo 12 Titulación Los alumnos que cursen el programa de diversificación curricular obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si superan todos los ámbitos y materias que integran el programa. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos que, habiendo superado los dos ámbitos, tengan evaluación negativa en una o dos materias, y excepcionalmente en tres, siempre que la carga horaria semanal de las materias no superadas sea inferior a nueve horas y que a juicio del equipo de evaluación hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Actualizado junio 2014 35/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 36/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Para Bachillerato se actuará según la Orden 1931/2009, de 24 de abril de la C. de Madrid, sobre Evaluación y calificación del Bachillerato. 2.5. CRITERIOS PARA ATENDER A ALUMNADO CON MATERIAS PENDIENTES. La orden 1029/2008 de 29 de febrero por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación de la ESO y documentos de aplicación (BOCM nº 65), regula en su artículo 8 la recuperación de las materias pendientes Artículo 8 Recuperación de las materias pendientes 1. Los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores deberán recibir enseñanzas de recuperación de esas materias, a razón de una hora de clase semanal, siempre que la disponibilidad horaria del profesorado lo permita. Los alumnos de segundo que cursen una de las materias optativas Recuperación de Lengua Castellana o Recuperación de Matemáticas, a las que se refiere la Resolución de 27 de junio de 2007, de la Dirección General de Ordenación Académica, sobre la optatividad en la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOLETÍ* OFICIAL DE LA COMU*IDAD DEMADRID de 16 de agosto), y tengan pendiente la correspondiente materia de primero recibirán en esa materia optativa las enseñanzas de recuperación adecuadas. La calificación que el alumno obtenga en una de estas materias optativas será la calificación de la materia pendiente de primero correspondiente, Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas, dándose por recuperada la materia de primero si el alumno supera la optativa de segundo, y manteniéndose como recuperada tras la superación de la optativa aunque el alumno tuviera que repetir el segundo curso. 2. Los departamentos de coordinación didáctica correspondientes se encargarán de programar las actividades y, en su caso, las pruebas parciales que preparen a los alumnos para lograr una evaluación positiva; de la evaluación será responsable el correspondiente departamento. Todo ello es con la salvedad, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, de las materias pendientes de primero Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas para los alumnos que cursen en segundo las materias Recuperación de Lengua Castellana o Recuperación de Matemáticas, de cuya evaluación se encargará el profesor de la optativa. 3. Los profesores que desarrollen las actividades de recuperación serán los responsables de realizar el seguimiento de esos alumnos. Cuando no exista profesor específico para estas actividades será el profesor de la materia homónima el encargado del seguimiento del alumno; y cuando el alumno no Actualizado junio 2014 37/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid curse una materia homónima la responsabilidad recaerá sobre el departamento de coordinación didáctica al que esta esté adscrita. 4. Los alumnos que en ese proceso de evaluación continua no hubieran recuperado las materias pendientes podrán presentarse, además, a efectos de su superación, a las pruebas extraordinarias a las que se refiere el artículo 2.6. 5. Los alumnos que hayan obtenido calificación negativa en Biología y Geología de tercero o en Física y Química del mismo curso o, en ambas, deberán recuperar esa materia o las dos, según el caso, a efectos de lo previsto en el artículo 9 de esta Orden. 6. En el caso de traslado de un alumno desde una Comunidad Autónoma con lengua cooficial, las calificaciones obtenidas en esa materia tendrán la misma validez que las restantes del currículo. *o obstante, si la calificación hubiera sido negativa, no se computará como pendiente en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid. Jefatura de Estudios intentará, dentro de la disponibilidad horaria, reservar horas de recuperación para alumnado con materias pendientes. Dichas horas se asignarán fundamentalmente en áreas instrumentales básicas, oídas las peticiones de los diferentes departamentos. Los profesores que desarrollen las actividades de recuperación serán los responsables de realizar el seguimiento de esos alumnos y su evaluación, debiendo constar su actividad en el Plan de Atención a la Diversidad. 2.6. CRITERIOS PARA EVALUAR Y REVISAR LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE Este cuestionario tiene un doble objetivo, por una parte valorar la práctica docente que realizamos y por otra el funcionamiento general del centro. Es un documento interno que debe servir para reflexionar sobre nuestro trabajo y, dentro de una cultura evaluadora, orientar las líneas de trabajo futuras. Es indispensable leerlo detenidamente y se solicita, además de cumplimentarlo, la aportación de propuestas de mejora cuando en algún epígrafe se valore nunca, casi nunca, malo o muy malo VALORACIÓN DE LA PRÁCTICA DOCENTE 1. ANÁLISIS DEL DEPARTAMENTO. a) Actuación del Jefe de departamento: Siempre Casi A Casi Nunca Siempre veces Nunca 1.Prepara las reuniones convenientemente 2.-Transmite la información (de la CCP, Dirección,…) Actualizado junio 2014 38/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 3.-Dinamiza las reuniones 4.- Recoge las propuestas del departamento 5.-Se acuerdan conjuntamente criterios didácticos y pedagógicos 6.-Se acuerdan conjuntamente criterios generales de funcionamiento Observaciones y/o Propuestas de mejora: b) Gestión de los recursos económicos y materiales del departamento Siempre Casi A Casi Nunca Siempre veces Nunca 1.-Se acuerda conjuntamente la gestión económica 2.-Se informa de los gastos del departamento 3.-Se hace inventario del material adquirido Observaciones y/o Propuestas de mejora: c) Gestión de los espacios propios del departamento: Siempre Casi A Casi Nunca Siempre veces Nunca 1.-Se acuerda el uso de espacios del departamento 2.-Se rentabiliza el uso de los espacios del departamento 3.-Son suficientes los espacios de que se dispone 4.-Se necesitaría utilizar otros espacios (de los de uso común) Observaciones y/o Propuestas de mejora: d) Análisis de las actividades especiales del departamento, si los hay (taller, laboratorio, desdobles, grupos flexibles, pendientes, etc). Valoración de las Medidas de Atención a la Diversidad, que se han llevado a cabo en tu Departamento (si las hubiere) Medidas de Atención a la Diversidad que se han utilizado durante este curso 1.-Laboratorios o Desdobles Muy bueno Bueno Aceptable Malo A veces Casi nunca Muy Malo 2.-Grupos Flexibles 3.-Horas de Pendientes 4.-Horas de Refuerzo 5.-Horas de Ampliación Observaciones y/o Propuestas de mejora: e) Actividades complementarias y extraescolares Análisis de las actividades programadas Siempre Casi siempre Nunca 1.- Se han realizado las programadas Actualizado junio 2014 39/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.- Se logra la participación mayoritaria 3.- Se preparan materiales alternativos para los alumnos que no asisten 4.- Se acompañan las salidas con materiales y actividades 5.-Se entrega d la evaluación de la actividad al Jefe de Act. Extraescolares Observaciones y/o Propuestas de mejora: 2. CUESTIONES GENERALES DE COORDINACIÓN Y PRÁCTICA DOCENTE EN EL DEPARTAMENTO a) Valoración de la coordinación entre profesores del Departamento Coordinación entre los distintos profesores Muy bueno Bueno Aceptable Malo Muy Malo 1.-Grado de coordinación entre profesores que imparten la misma materia en el mismo nivel 2.-Grado de coordinación entre profesores que imparten la misma materia en distinto nivel Observaciones y/o Propuestas de mejora: b) Valoración de los temas tratados en las reuniones de Departamento Muy bueno Bueno Aceptable Malo Muy Malo 1.-Metodología 2.-Temporalización 3.-Nivel de Profundización de los contenidos 4.-Diseño de Instrumentos de Evaluación y material complementario 5.-Otros (especificar) Observaciones y/o Propuestas de mejora: c) Criterios de calificación utilizados por los distintos miembros del departamento: Muy bueno Bueno Aceptable Malo Muy Malo 1.-Valoración de los criterios de calificación acordados en la Programación didáctica 2.-La aplicación de los criterios de calificación ha sido Observaciones y/o Propuestas de mejora: d) Evaluación de la práctica docente Muy bueno Bueno Aceptable Malo Muy Malo 1.-Respecto los objetivos y contenidos distancia entre lo Actualizado junio 2014 40/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid esperado y lo conseguido lo valoro como.. 2.-El desarrollo de la programación acorde con lo previsto es… 3.-Teniendo en cuenta los resultados académicos obtenidos, valoro la metodología utilizada como.. 4.-Teniendo en cuenta los resultados académicos obtenidos, la adecuación de los objetivos y contenidos es… 5.-Respecto al énfasis que pongo en los contenidos mínimos respecto a otros, valoro mi actuación como.. 6.-La temporalización de los contenidos ha sido….. 7.-La valoración de los criterios de evaluación seleccionados es 8.- La valoración de los instrumentos y procedimientos de evaluación es… 9.- Los materiales y libros de texto elegidos son.. 10.-¿Hemos conseguido adecuar cada vez más nuestras actividades de enseñanza a la heterogeneidad de nuestro alumnado? 11.-¿Hemos informado del tipo de pruebas a realizar y su periodicidad? 12.-¿Hemos creado un ambiente propicio para el aprendizaje? 13.-¿Hemos utilizado un material variado y clarificador? 14.-Mi seguimiento de lo programado en el plan para el fomento de la lecto-escritura es… 15.-El grado de utilización de las nuevas tecnologías de la información y comunicación es.. 16.-¿Hemos sido capaces de interesar al alumno por la materia impartida? 17.-¿Compartimos con los compañeros experiencias formales e informales y resolución de problemas conjuntos? 18.- Participo activamente en la elaboración y desarrollo de la programación 19.- Participo en la preparación de materiales comunes (material de apoyo y/ o ampliación) Observaciones y/o Propuestas de mejora: 3. ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS TOMADAS PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO DE LOS ALUMNOS Siempre Casi Siempre A veces Casi Nunca Nunca 1.-Corrijo los exámenes, trabajos y otras actividades, los enseño y posteriormente los explico. 2.-Informo al alumnado de su rendimiento y le indico, si es necesario, de los mecanismos de recuperación 3.-Comunico al tutor las incidencias del grupo y/o alumnado 4.- Utilizo material de refuerzo y/o ampliación previsto en el Departamento… 5.- Realizo las Adaptaciones Curriculares Individualizadas que me corresponden, las explicito por escrito y las comunico adecuadamente…. Observaciones y/o propuestas Actualizado junio 2014 41/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4. Necesidad de Formación SI NO Nº horas He participado en alguna actividad de formación Tengo alguna necesidad de formación para el curso próximo Indicar temática: Observaciones y/o propuestas VALORACIÓN GLOBAL DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO VALORACIÓN GLOBAL DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 1.-CUESTIOARIO DE AUTOEVALUACIÓ I.E.S. LAS AMÉRICAS EL PROFESORADO 5 4 3 2 PARA 1 1.-El equipo directivo facilita la labor del profesorado en su tarea docente: 2.-El equipo directivo involucra al resto de profesores en el funcionamiento 3.-El equipo directivo ayuda a la organización de nuevos proyectos 4.-Las instalaciones del centro se consideran suficientemente adecuadas para el desarrollo de la labor docente 5.-Los recursos didácticos del centro se consideran apropiados para el buen desarrollo de la labor docente. 6.-Las reuniones de la CCP son suficientes 7.- Las reuniones de la CCP son eficaces 8.- Las reuniones de tutores de 1º Ciclo son suficientes 9.- Las reuniones de 1º Ciclo son eficaces 10.- .- Las reuniones de tutores de 2º Ciclo son suficientes 11.- Las reuniones de 2º Ciclo son eficaces 12.- El nº de Claustros es suficiente 13. Los Claustros son eficaces 14.- El nº de reuniones con las madres/padres es suficiente 15.- Las reuniones con las madres/padres son eficaces 16.- El nº de reuniones a principio de curso es suficiente 17.- Las reuniones de principio de curso son eficaces 18.- El nº de juntas de evaluación es suficiente 19.- Las juntas de evaluación son eficaces 20.-Los cauces de información ascendente y descendente son los apropiados 21.-Consideras que el clima de trabajo dentro de nuestro centro es 22.-Consideras que el rendimiento de tu trabajo dentro de nuestro centro es: Actualizado junio 2014 42/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 23.-En general, consideras que el cumplimiento de la programación (PGA) este curso ha sido 24.-En general el ambiente de enseñanzaaprendizaje de nuestro centro te parece que es: 25.-¿Cuál es tu valoración del cumplimiento de las normas acordadas por parte del profesorado? 26.-¿Cuál es tu valoración del cumplimiento de las normas por parte del alumnado? 27.- El profesorado hace cumplir las normas que se han acordado previamente Observaciones y/o propuestas: (La escala va de 1 como peor valoración a 5 como mejor valoración) Estos cuestionarios (evaluación de la práctica docente y evaluación global del centro) serán anónimos y servirán a los departamentos para la valoración de su práctica docente durante el curso que será recogida la memoria anual y para el equipo directivo, para su análisis y planificación del curso siguiente. 2.-CUESTIOARIO DE AUTOEVALUACIÓ I.E.S. LAS AMÉRICAS PARA EL ALUMADO 1. La relación que tienes con el equipo directivo del centro es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 2. El equipo directivo cuenta con la opinión de los alumnos en alguna toma de decisión. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 3. Las instalaciones del centro se consideran suficientemente adecuadas para el desarrollo de la labor docente. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 4. Los recursos didácticos del centro se consideran apropiados para el buen desarrollo de la labor docente. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 5. Existe un conocimiento previo sobre los proyectos educativos y reglamento de régimen interno que rigen el buen funcionamiento de nuestro centro. a. Muy bien. b. Bien. Actualizado junio 2014 43/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid c. d. e. Regular. Mal. Muy mal. 6. Existe una información apropiada por parte de los profesores sobre los procesos que influyen en tus resultados académicos. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 7. Consideras que el nivel de formación que recibes es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 8. Consideras que las actividades complementarias que propone el centro son: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 9. En general, el funcionamiento de nuestro centro te parece que es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 10. En general el ambiente de enseñanza-aprendizaje de nuestro centro te parece que es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. Propón el objetivo que te parece más importante desarrollar para el próximo curso: 3.-CUESTIOARIO DE AUTOEVALUACIÓ I.E.S. LAS AMÉRICAS PARA MADRES/PADRES 11. El equipo directivo facilita la comunicación con los padres a nivel global y personal: Actualizado junio 2014 44/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid a. b. c. d. e. Muy bien. Bien. Regular. Mal. Muy mal. 12. El equipo directivo involucra a los padres en el funcionamiento y nuevos proyectos del centro. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 13. Las instalaciones del centro se consideran suficientemente adecuadas para el desarrollo de la labor docente. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 14. Los recursos didácticos del centro se consideran apropiados para el buen desarrollo de la labor docente. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 15. Existe un conocimiento previo sobre los proyectos educativos y reglamento de régimen interno que rigen el buen funcionamiento de nuestro centro. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 16. Existe una información apropiada sobre los procesos que influyen en la marcha académica de nuestros hijos. a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 17. Consideras que el nivel de formación que reciben vuestros hijos es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 18. Consideras que las actividades complementarias que propone el centro son: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. Actualizado junio 2014 45/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid d. e. Mal. Muy mal. 19. En general, el funcionamiento de nuestro centro te parece que es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. 20. En general el ambiente de enseñanza-aprendizaje de nuestro centro te parece que es: a. Muy bien. b. Bien. c. Regular. d. Mal. e. Muy mal. Propón el objetivo que te parece más importante desarrollar para el próximo curso: 4.-PROPUESTAS CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PROPUESTAS Actualizado junio 2014 VOTOS 46/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid NOTA.- Se podrían seleccionar las 10 más importantes de cada año para proponerlas para el siguiente a modo de cuestionario, pidiendo el orden de las más prioritarias.´ 2.7. CONTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS BÁSICAS LAS MATERIAS A LAS El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, que establece las enseñanzas mínimas de la ESO y el Decreto 23/2007, de 10 de mayo por el que se establece el currículo de la ESO para la Comunidad de Madrid, ya recoge en el preámbulo de cada materia la contribución de cada una a la consecución de las capacidades básicas. Corresponde a los departamentos didácticos reflejar en sus programaciones didácticas la contribución de sus materias, en los diferentes niveles, a la consecución de las capacidades básicas. A continuación aparecen las indicaciones genéricas de dicha contribución: Actualizado junio 2014 47/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid CIENCIAS DE LA NATURALEZA Actualizado junio 2014 48/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 49/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid CIENCIAS SOCIALES Actualizado junio 2014 50/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 51/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid EDUCACIÓN FÍSICA Actualizado junio 2014 52/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 53/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y ÉTICA Actualizado junio 2014 54/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid EDUCACIÓN PLÁSTICA Y VISUAL Actualizado junio 2014 55/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 56/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid INFORMÁTICA LATÍN Actualizado junio 2014 57/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 58/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 59/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid LENGUA Y LITERATURA CASTELLANA Actualizado junio 2014 60/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid LENGUAS EXTRANJERAS Actualizado junio 2014 61/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 62/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid MATEMÁTICAS Actualizado junio 2014 63/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 64/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid MÚSICA Actualizado junio 2014 65/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Actualizado junio 2014 66/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid TECNOLOGÍAS Actualizado junio 2014 67/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.8. OPTATIVIDAD • ESEÑAZA SECUDARIA OBLIGATORIA • 1º ESO - Francés 2º idioma (1º) Recuperación de Lengua 1º Recuperación de Matemáticas 1º Taller de Música 2º ESO • - • - • - Francés 2º idioma (2º) Recuperación de Lengua 2º Recuperación de Matemáticas2º Imagen y comunicación 3º ESO Francés 2º idioma (3º) Cultura Clásica Botánica Aplicada Teatro Taller de artes aplicadas Para los siguientes cursos según resolución 27/06/2007 – BOCM 16/08/20074º ESO Cultura Clásica Francés 2º idioma Iniciación a la vida laboral • BACHILLERATO DE CIECIAS SOCIALES (Decreto 67/2008 de 19 de junio 2008) OPTATIVAS COMUES Y ESPECÍFICAS DE MODALIDAD .BACHILLERATO DE HUMAIDADES Y CIECIAS SOCIALES • 1º BACHILLERATO - Cultura Audiovisual Francés 2º idioma Tecnología de la Información Ampliación de inglés I Hª de la Música Latín I Actualizado junio 2014 68/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid • 2º BACHILLERATO - Psicología Ampliación de Inglés II Francés 2º idioma Hª del Arte Literatura Latín II • BACHILLERATO DE CIECIAS Y TECOLOGÍA • 1º BACHILLERATO - • Francés 2º idioma Tecnología de la Información Tecnología Industrial I Ampliación de Inglés I 2º BACHILLERATO - Psicología Ampliación de Inglés II Francés 2º idioma Ciencias de la Tierra y Medioambiente Tecnología Industrial II Electrotecnia Física D. Técnico II • BACHILLERATO DE ARTES • 1º BACHILLERATO - Tecnología de la Información Francés 2º idioma Cultura Audiovisual Ampliación Inglés I • 2º BACHILLERATO - Ampliación de Inglés II -Francés 2º idioma -Hª del Arte -D. Técnico II Actualizado junio 2014 69/134 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid ORGAIZACIÓ DE ITIERARIOS PROPUESTOS PARA CADA MODALIDAD DE BACHILLERATO 1º BACHILLERATO LOE MODALIDAD DE BACHILLERATO TROCALES OPTATIVAS TROCALES Elegir 1 ópción -Dib. Artístico I -Dib. Técnico I -Volumen 1. B. ARTES PLÁSTICAS 2.- B. CIECIAS Y TECOLOGÍA OPCIÓ A - Matemáticas I -Física y Química - Biología y Geol../ Dib. Técnico I -Hª. del Mundo Contemporáneo - Matemáticas Aplicadas a las CCSS. I -Economía OPTATIVAS ESPECÍFICAS DE MODALIDAD A elegir 1 -Cultura Audiovisual - Francés I - Tecnología Industrial I - Tecnología de la Información - Ampliación Inglés I : Comprensión y expresión oral OPCIÓ A (Ciencias Sociales) 3.- B. HUMAIDADES Y CIECIAS SOCIALES OPTATIVAS COMUES - Cultura Audiovisual -Latín I - Hª. De la Música OPCIÓ B (Humanidades) -Hª. Mundo Contemporáneo -Latín I Griego I Actualizado junio 2014 70/134 2º BACHILLERATO LOE MODALIDAD DE BACHILLERATO TROCALES OPTATIVAS TROCALES OPTATIVAS OPTATIVAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN COMUES ESPECÍFICAS DE MODALIDAD Comunidad de Madrid A elegir 1 1. B. ARTES PLÁSTICAS - Técnicas de Exp. Gráf-Plásticas - Dib. Artístico II - Diseño - Hª. del Arte - Dib. Técnico II - Francés II -Psicología 2.- B. CIECIAS Y TECOLOGÍA - Matemáticas II - Química - Biología /Física -Física -C. Tierra y Mediamb. -Tecnología Industrial II -Electrotecnia - Dib. Técnico II - Ampliación Inglés II : Comprensión y expresión oral - Psicología OPCIÓ A 3.- B. HUMAIDADES Y CIECIAS SOCIALES - Geografía - Matemáticas Aplicadas a las CCSS. II -Economía de la Empresa - Hª del Arte - Literatura -Latín II OPCIÓ B -Latín II -Griego II -Literatura -Se elegirá una opción del Bachillerato elegido y 1 optativa de entre todos los tipos posibles de optativas). - Para poder impartir una materia de modalidad de Bachillerato es necesario, al menos, 10 alumnos matriculados. -Para poder impartir una materia optativa es necesario, al menos, 15 alumnos matriculados 71 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.9. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL Será elaborado por el Departamento de Orientación anualmente e incluido en la Programación General Anual. Su evaluación se realizará anualmente, y sus resultados se incluirán en la memoria anual. 2.10. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Será elaborado por el equipo directivo, con la colaboración de los departamentos didácticos y el departamento de orientación, se incluirá anualmente en la Programación General Anual. • • • • • Los apartados que debe incluir el PAD son: Análisis de necesidades y recursos Determinación de objetivos a conseguir Medidas de apoyo ordinario y específico Organización de recursos humanos, temporales, materiales y didácticos Procedimientos de seguimiento, evaluación y seguimiento del Plan Su evaluación se realizará anualmente y sus resultados se incluirán en la memoria anual. 2.10.1. CRITERIOS DE ATECIÓ A LA DIVERSIDAD La creciente diversidad del alumnado del centro, dado sus diferentes orígenes, expectativas, capacidades, situaciones, etc., hace necesario incrementar y favorecer una atención lo más individualizada posible, tratando de que ésta se lleve a cabo con el carácter más ordinario que se pueda. Desde este punto de vista, atender a la diversidad no sólo es un problema de recursos, sino de convicciones pedagógicas, sociales y culturales de toda la Comunidad Educativa. Para ello, es importante potenciar al máximo las medidas de tipo ordinario, de modo que sólo se pongan en marcha recursos extraordinarios cuando sea estrictamente imprescindible, promoviendo de esta forma el carácter normalizador y no discriminador de la atención a la diversidad. En el Centro se contemplan las siguientes medidas: a) De carácter ordinario: 72 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 1. Elección de optativas y/o itinerarios (véase criterios de agrupamiento del alumnado), contemplándose la necesidad potenciar la orientación académica y profesional de modo integrado desde 1º de ESO. 2. Metodología desde la propia materia, con actividades, materiales, adaptaciones, etc. Estas medidas habrán de ser contempladas en las Programaciones Didácticas, y sometidas a seguimiento en las Reuniones de los Departamentos. 3. Aplicación de pruebas de conocimiento de contenidos de cada materia, en 1º ESO, para identificar posibles alumnos/as con dificultad de aprendizaje. 4. Horario, siempre que sea posible, de refuerzo, apoyo o ampliación (véase el horario general del centro). Organización de grupos flexibles o aprendizaje por talleres. 5. Periodicidad semanal en las reuniones de tutores/as. 6. Organización de las sesiones de tutoría en medio de las clases (no dejándolas para primeras y últimas horas), de forma que se lleven a cabo como se contempla en el Plan de Acción Tutorial. 7. Reunión de coordinación entre el profesorado de apoyo a la Integración y de Compensatoria con el resto de profesores, como se contempla en el Plan de Apoyo al Proceso de Enseñanza y Aprendizaje. 8. Convocatoria oficial, por parte del tutor, de la Junta de Profesores cuando el alumnado lo requiera . b) De carácter extraordinario: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Repetición de curso Adaptaciones Curriculares Programa de Compensatoria Programa de Integración Programa de Castellanización (Aulas de Enlace) Programas de Iniciación Profesional La utilización de estas medidas y programas deberán ser determinados por la Jefatura de Estudios, a propuesta de la Junta de Evaluación y el Departamento de Orientación, priorizando las adaptaciones que, de acuerdo a las necesidades del alumno/a, menos cambios significativos introduzcan en el currículo base (ver punto a) 2). El orden recomendable será: 1. Adaptaciones de material: Previsión en cada Departamento Didáctico de material de ampliación, consolidación, refuerzo. (Es importante recordar que el material no sólo ha de adaptarse al nivel curricular, sino también al desarrollo personal y social del alumno/a). 2. Adaptaciones de metodología didáctica: Importancia del conocimiento de la situación de partida del alumnado (conocimientos previos) para diseñar las 73 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid distintas estrategias metodológicas, potenciación de la autonomía y “aprender a aprender”, mayor trabajo en grupo, mayor individualización, etc. 3. Adaptación de contenidos: Identificación de contenidos nucleares, detección de los más difíciles de aprender, organización de forma interrelacionadainteráreas (para facilitar una mayor generalización), supresión o introducción de contenidos. 4. Adaptaciones de temporalización: Secuenciación distinta de contenidos cuando se requiera. En unos casos habrá que modificar simplemente el tiempo previsto para alcanzar los objetivos, manteniendo la misma secuencia y dando más tiempo en los pasos. En otros, implicará modificar la secuencia de los contenidos, requiriéndose una temporalización más extensa y detallada. 5. Adaptaciones de objetivos generales: Contextualizar, garantizar las cinco capacidades en el alumnado (social, afectiva, cognitiva, motriz, moral), priorizando alguna de ellas cuando la situación lo requiera. Cuando las adaptaciones curriculares sean significativas, tendrán que ser elaboradas por escrito para garantizar una continuidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado, en los cambios de curso o año escolar, así como que la evaluación se efectúe en relación a los objetivos de la ESO establecidos con carácter general. Dichas adaptaciones deberán quedar registradas en la documentación oficial del alumno/a, serán elaboradas por el profesorado que les imparta clase, siendo coordinadas por el tutor/a con el apoyo del Departamento de Orientación . La evaluación del alumnado con adaptaciones curriculares significativas viene recogida en el artículo 13 de la Orden de evaluación El Departamento de Orientación determinará, previa información de la Junta de evaluación, el alumnado susceptible de las diferentes modalidades organizativas de Compensación Educativa en la ESO. (Resolución de 4 de septiembre de 2000, BOCM de 12 de septiembre De 2000). Apoyo en grupos ordinarios, grupos de Apoyo y propondrá el alumnado susceptible a la incorporación a su grupo específico de compensación educativa o a un Aula de compensación educativa. 74 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.10.2.MODELO PARA ADAPTACIÓ CURRICULAR CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Departamento de Orientación DOCUMENTO INDIVIDUAL DE ADAPTACIÓN CURRICULAR ALUMNA/O: __________________________________________________________________ CURSO: ___________ FECHA: ___________________ ÁREA: ______________________________________ PROFESOR/A: ______________________________________________________ (1) CRITERIOS DE EVALUACIÓN (1) (2) (2) COMPETENCIA CURRICULAR FINAL (3) A (4) E. D. (5)N. A. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Estos criterios son la referencia de los mínimos sobre los que se evaluará al alumno/a. Además, añadiéndoles al inicio la expresión "que sea capaz de..." mostrarán también los objetivos que se persigue que el alumno/a alcance en el área. Para elaborarlos puedes tener en cuenta la hoja “Cómo hacer una adaptación curricular”, donde anotaste los contenidos sobre los que ha trabajado con el alumno/a a lo largo del curso. COMPETENCIA CURRICULAR FINAL: Nivel alcanzado por el alumno/a en el curso actual. Se puede especificar en la columna central, o bien con una cruz en los apartados: (3) A= ADQUIRIDO (4) E.D= EN DESARROLLO (5) N.A.= NO ADQUIRIDO 75 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid DATOS DE INTERÉS PARA COMPLETAR LA ADAPTACIÓN CURRICULAR: Esta información será muy útil para el profesor/a que continúe impartiendo la asignatura al alumno/a el curso próximo. 1) MATERIALES/ TEXTOS CON LOS QUE SE HA TRABAJADO. Indicar los materiales que se han utilizado, señalando las adaptaciones de tipo metodológico que se consideren necesarias a resaltar. 2) METODOLOGÍA, OBSERVACIONES GENERALES, SEGUIMIENTO. Reflejar los factores que se consideran importantes en relación con la progresión de la alumna/o. Se puede realizar paralelamente a las Evaluaciones. 3) ESTILO DE APRENDIZAJE a. Lugar que favorece su mejor funcionamiento en el aula: Cerca del profesor, al lado de algún compañero/a en concreto, etc. b. Agrupamiento en el que el alumno/a tiene un mejor rendimiento: Trabajo individual, trabajo en grupo, etc. c. Aspectos o actividades que realiza con facilidad, aspectos o actividades en las que requiere alguna o mucha ayuda,... d. Autonomía en tareas individuales. e. Otros comentarios de interés. 76 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.11. PLAN DE TRABAJO DEL TIC Plan bianual a elaborar por el TIC del centro con la colaboración con los departamentos y Jefatura de Estudios. La programación del plan deberá constar de los siguientes apartados: • • • • • • • • Objetivos Tareas y actividades Utilización en procesos ordinarios Organización y gestión de recursos del centro Asesoramiento Software con finalidad curricular Necesidades Criterios de evaluación o indicadores de logro 3.- EVALUACIÓN Y COMPETENCIAS BÁSICAS 3.1 EVALUACIONES La Orden 1029/2008 de la Comunidad de Madrid en su Capítulo II recoge las sesiones de evaluación y sus características. Por su parte el IES Las Américas desarrolla y especifica: 3.1.1. EVALUACIÓ IICIAL La evaluación inicial es un elemento fundamental para las decisiones pedagógicas y organizativas de los grupos. Cada departamento elaborará las pruebas necesarias para conocer: - El nivel de competencia curricular en esa área. - El ritmo de aprendizaje. 3.1.2 EVALUACIÓ 0 La evaluación cero lo será del grupo, teniendo pues carácter de evaluación global. Con los resultados obtenidos en la Evaluación cero se tomarán las medidas pedagógicas sobre aspectos como: 1.- Comportamiento del grupo (atención, participación, producción/rendimiento, estudio, delicadeza o trato personal, relaciones interpersonales, cumplimiento de normas y asistencia) 77 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 2.- Medidas grupales. 3.- Alumnado que presente características singulares 4.- Alumnado susceptible de medidas de refuerzo educativo. Casos tratados y acuerdos tomados. La Junta de Evaluación registrará en un acta los acuerdos adoptados, y una copia de esta acta será remitida a Jefatura de Estudios y a cada uno de los integrantes de la junta de evaluación. La evaluación de las medidas acordadas se tratará como punto inicial de la siguiente reunión del equipo docente o evaluación. El tutor convocará, previa comunicación a jefatura de estudios, cuantas R.E.D. que crea necesarias para analizar el seguimiento de las medidas acordadas. 3.1.3. EVALUACIOES Se realizarán 3 sesiones de evaluación cuyas fechas sean aprobadas en la P.G.A. De cada sesión se levantará un acta oficial y se comunicarán los resultados a los padres/madres o tutores legales de los alumnos/as. En dicho acta figurarán: 1) Alumnado según número de suspensos 2) Número de suspensos en cada materia 3) Sugerencias presentadas por el alumnado 4) Comportamiento del grupo (en relación a los parámetros de: atención, participación, producción/rendimiento, trato personal, relaciones interpersonales, cumplimiento de normas y asistencia) 5) Grado de cumplimiento y efectividad de las medidas tomadas en la evaluación anterior, si las hubiere. 6) Posibles medidas grupales 7) Observaciones que deben aparecer en el boletín de notas 8) Medidas educativas individualizadas 9) Medidas adoptadas para el alumnado, susceptible de refuerzo educativo Al inicio de cada evaluación se realizará un análisis de las medidas acordadas en la evaluación anterior. En el boletín de comunicación a las familias, además de los resultados académicos, se les informará de las observaciones detectadas por la Junta de Evaluación. En los boletines individuales se notificará a las familias, además de las calificaciones, las faltas de asistencia y las posibles observaciones. Previo al desarrollo de la sesión de evaluación y dentro de las actividades del programa de orientación y acción tutorial, el tutor del grupo prepara dicha 78 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid sesión de manera que los delegados de curso puedan asistir a una parte de la sesión de evaluación y exponer el análisis del desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje y sugerir a la junta de evaluación cuanto estimen oportuno. Dentro del mismo plan, el tutor trasladará al curso correspondiente los resultados del grupo y decisiones adoptadas por la Junta de Evaluación. En el acta de la evaluación final deberá aparecer un resumen de resultados y las recomendaciones que la junta de evaluación que estime oportunas. 79 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 3.1.4. MODELO DE ACTA DE EVALUACIÓ 80 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 81 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 3.1.5. EVALUACIÓ Y COMPETECIAS BÁSICAS El carácter de la evaluación viene recogido en el artículo 2, de la Orden 1029/2008 de la Comunidad de Madrid, que en su apartado 3 indica los referentes fundamentales. 3. Los profesores evaluarán a los alumnos teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo. Los criterios de evaluación establecidos en el mismo y concretados en las programaciones didácticas serán el referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas y de los contenidos como el de la consecución de los objetivos. Respecto a la diversificación curricular la Orden 4256/2007 de la Comunidad de Madrid regula en su artículo 11 las singularidades respecto a la evaluación Artículo 11 Evaluación 1. La evaluación de los alumnos que sigan el programa de diversificación será, al igual que en el caso del resto del alumnado, continua y diferenciada, según los distintos ámbitos y materias del currículo. 2. Al finalizar cada uno de los cursos del programa, los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria, en el mes de septiembre, destinada a posibilitar la recuperación de las materias con calificación negativa. La recuperación de los ámbitos con calificación negativa solo será posible mediante las pruebas extraordinarias tras finalizar el segundo curso del programa. Las calificaciones de los ámbitos se realizarán en los mismos términos que los de las materias. 3. Para la recuperación de las materias pendientes del primer curso del programa se seguirá el procedimiento establecido con carácter general. 4. Los alumnos que hayan cursado el primer año del programa pasarán en todo caso al segundo año. 5. Los alumnos que se incorporen a un programa de diversificación curricular deberán finalizar la enseñanza obligatoria dentro del mismo. 6. Los alumnos que al finalizar el programa no estén en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria podrán permanecer otro año en el mismo siempre que dispongan de un año más de permanencia en la etapa. 7. Los alumnos que se incorporen al segundo curso del programa con materias pendientes de tercero incluidas en el programa deberán recuperarlas. Respecto al alumnado con adaptaciones significativas del currículo la Orden 1029/2008 establece en su artículo 13 : Artículo 13 Alumnado con adaptaciones significativas del currículo 1. En los casos en que se efectúen adaptaciones del currículo en las que los contenidos y criterios de evaluación se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículo ordinario, estas habrán de realizarse buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas y, en todo caso, la consecución de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria 82 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid establecidos con carácter general para todo el alumnado, de modo que estas medidas de atención a la diversidad no supongan, en ningún caso, una discriminación que impida a los alumnos a los que se aplican alcanzar dichos objetivos y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los referentes de la evaluación de las diferentes materias serán los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones, y los requisitos para la promoción y para la titulación serán, respectivamente, los mismos que los fijados con carácter general para el resto de los alumnos en los artículos 4 y 9 de esta Orden. 2. Las materias con adaptación curricular significativa se consignarán en los documentos de evaluación con un asterisco (*) junto a la calificación de la misma. 83 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 4.1. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR 4.1.1. OBJETIVOS: El presente Reglamento de Régimen Interior tiene como objetivo fundamental la regulación de la convivencia entre todos los sectores que conforman la Comunidad Educativa del I.E.S. "Las Américas” mediante un conjunto de normas que posibiliten el buen funcionamiento pedagógico y administrativo del mismo. En consecuencia, ofrece y garantiza los cauces que dicha Comunidad considera más convenientes para impulsar y desarrollar la participación responsable en la gestión de la vida escolar de todos y cada uno de sus miembros, de manera individual o a través de los órganos y estamentos contemplados en la vigente legislación educativa. 4.1.2. DEOMIACIÓ: Nuestro Centro será reconocido, a todos los efectos, con la denominación de “INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA LAS AMÉRICAS”, de Parla. 4.1.3. ÓRGAOS COLEGIADOS DE GOBIERO: La organización y regulación académica y administrativa de los diferentes sectores constituyentes de esta Comunidad Escolar estará regida por: - El Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. - El Decreto 15/2007, de 19 de Abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes en la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. *úm. 97) - La Ley Orgánica de 2/2006 de 3 de mayo, de Educación (L.O.E.) - El Decreto 63/2004, de 15 de abril, de la Comunidad de Madrid por el que se aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se impartan enseñanzas escolares. 84 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4.1.3.1. EL COSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar de nuestro centro es el órgano de participación y gestión integrado por representantes de todos los sectores de la Comunidad Escolar y estará compuesto por los siguientes miembros: - El director, que será su presidente - El jefe de estudios - Siete representantes del profesorado - Tres representantes de los padres de alumnos, con la opción de que uno de ellos sea designado directamente por la Asociación de Padres - Cuatro representantes del alumnado - Un representante del personal de administración y servicios - Un representante del Ayuntamiento - El secretario del centro, con voz, pero sin voto. La elección y renovación de sus miembros electos se realizará conforme a las normas establecidas en la legislación vigente. A.- Funcionamiento Como premisas básicas para el funcionamiento eficaz del Consejo Escolar se respetarán los siguientes principios: - La convocatoria de las reuniones se fijará en horario que permita la asistencia de todos sus miembros. - La documentación que vaya a ser debatida y aprobada será entregada a cada uno de los sectores representados en el mismo con la antelación suficiente para su conocimiento y estudio. - Se reunirá como mínimo una vez al trimestre o cuando la trascendencia de los asuntos que se traten así lo requiera. Para el procedimiento de convocatoria y adopción de los acuerdos se estará a lo dispuesto en la normativa vigente. - En caso de no existencia del “quórum” preceptivo, se entenderá la existencia de una segunda convocatoria treinta minutos después de la hora fijada para la primera. - En ausencia del Secretario, realizará las funciones correspondientes el representante de menor edad de entre los elegidos por el sector del profesorado. 85 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid B.- Competencias Las recogidas en el artículo 127, capítulo III de la LOE y el artículo 8 del Decreto 15/2007 de 19 de Abril. “LOE. Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley. b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director. e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen. f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. 86 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. l) Cualquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.” Decreto 15/2007. Artículo 8. El Consejo Escolar. 1. El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del centro, garantizando que en su elaboración hayan participado todos los sectores de la comunidad educativa, así como que las *ormas de Conducta establecidas se adecuen a la realidad del centro educativo. 2. Corresponde al Consejo Escolar del centro conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de deberes de los alumnos y por que la resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente. “ C.- Comisiones Para agilizar su funcionamiento y la correspondiente toma de decisiones, este Consejo Escolar ha acordado establecer en su seno las siguientes comisiones de trabajo: C.1.- Comisión económica Estará compuesta por el director del centro, el secretario, un representante de los padres y madres de alumnos y un profesor. Sus competencias se centran en: - Elaborar el proyecto de presupuestos que se presentará al Consejo para su estudio y aprobación. - Estudio de las compras e inversiones que realizará el centro para proponerlas posteriormente al pleno del consejo. - Controlar y supervisar el gasto en función del presupuesto anual aprobado para el instituto. - Proponer al consejo aquellas fórmulas para la obtención de ingresos que considere pertinentes, al margen de la financiación oficial por parte de la administración. - Velar por el correcto estado de los libros de cuentas y los registros de la gestión económica. 87 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Cualquiera otra que en el ámbito de su competencia le pueda ser encomendada por parte del Consejo Escolar. C.2.- Comisión de convivencia Su composición y funciones vienen recogidas en el artículo 9 del decreto 15/2007. En nuestro centro, la componen el director, el jefe de estudios, un profesor, un padre o madre, un alumno y el representante del personal no docente. Cuando se trate sobre alumnos con necesidades educativas especiales y/o tratados desde el Departamento de Orientación, se convocará al Jefe de dicho Departamento a la comisión, asistiendo con voz pero sin voto. El Jefe del Departamento de Orientación podrá delegar la asistencia en otro miembro de dicho Departamento en los casos en que así lo estime conveniente. Sus competencias, recogidas en el Artículo 9 del Decreto 15/2007, son las siguientes: a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro. c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las *ormas de Conducta. d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las *ormas de Conducta e) Informar de sus actuaciones al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas. C.3.- Comisión permanente Estará integrada por el Director, el Jefe de Estudios, un representante del sector de padres y madres, dos representantes del profesorado, un representante del alumnado y el representante del personal no docente, así como por el Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto. 88 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Dicha comisión no podrá ser considerada como un órgano sustituto del pleno del Consejo Escolar ya que su existencia obedece a la necesidad de la toma de decisiones urgentes o la agilización de determinados trámites de carácter rutinario que competen al Consejo escolar. Estos acuerdos y decisiones deberán ser ratificados en la sesión plenaria inmediatamente posterior del Consejo. En el caso contrario, las decisiones adoptadas por esta comisión quedarán automáticamente sin efecto. Todas las decisiones serán adoptadas por unanimidad de sus miembros. C.4.- Comisión de Prevención y Control de Absentismo Estará formada por el Director del centro, que actuará como presidente, el jefe de estudios, el representante de Ayto. de Parla, Un padre/madre, el PTSC del centro, el tutor del alumno/a implicado y, si procede, el profesor de compensatoria. Está comisión revisará las actuaciones seguidas con el alumno/a absentista y valorará su envió a la Mesa local de Absentismo. Asimismo podrá proponer al pleno, medidas de carácter general o particular, que permitan mejorar le control de asistencia. Para proponer la intervención de la mesa local de Absentismo con un alumno/a será llevar un registro de las actuaciones seguidas hasta ese momento, de acuerdo al Plan contra el Absentismo Escolar (Punto 4.1.7.3 de este PEC) El pleno del Consejo podrá establecer nuevas comisiones internas de funcionamiento siempre que un tema puntual lo requiera o cuando lo considere oportuno para la gestión de cualquiera de los aspectos propios del ámbito de sus competencias. 4.1.3.2. EL CLAUSTRO El claustro de profesores y profesoras del I.E.S. "Las Américas" estará compuesto por la totalidad del profesorado que presta servicio en el mismo. Tiene la responsabilidad de la planificación, coordinación, toma de decisiones e información acerca de la totalidad de los aspectos educativos del mismo. A.- Funcionamiento Bajo la presidencia del director, se reunirá obligatoriamente una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. Sería conveniente que se convocase a mitad de curso un claustro monográfico para revisar la tarea docente, el funcionamiento general del Centro y la revisión del R.R.I. En todo caso, será preceptiva una sesión al principio y otra al final de cada curso. 89 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid B.- Competencias Las recogidas en el artículo 24 del R.O.I. y 129 de la LOE “LOE. Artículo 129. Competencias El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias: a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual. b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual. c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley. f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro. i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente. j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.” 4.1.4 ÓRGAOS UIPERSOALES DE GOBIERO Se consideran órganos unipersonales de gobierno a los cargos que constituyen el equipo directivo del Centro. Dicho equipo estará compuesto por el director, jefe de estudios, secretario y jefes de estudios adjuntos. Su actuación coordinada tendrá como objetivo fundamental velar por el buen funcionamiento general del centro, elevando propuestas y promoviendo iniciativas que contribuyan a la mejora y dinamización de los diferentes aspectos pedagógicos y organizativos del mismo. 90 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid La elección de sus miembros se efectuará conforme a lo especificado en la LOE en el Capítulo IV, artículos 131 Artículo 131. El equipo directivo 1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas. 2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas. 3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro. 4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director. 5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación. Las funciones del Director son las dispuestas en el artículo 132 de la LOE. y en el artículo 5 del decreto 15/2007. LOE *Artículo 132. Competencias del director Son competencias del director: a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar. c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro. d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. 91 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros. g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos. h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro e profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias. j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas. k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro. l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa. Decreto 15/2007 Artículo 5. El Director 1. Corresponde al Director velar por la realización de las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia del centro, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que corresponda a los alumnos, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar. 2. En el ejercicio de estas funciones, el director es el competente para acordar la incoación y resolución del procedimiento disciplinario especial, así como para la supervisión del cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestos. La selección, requisitos, procedimiento de selección, nombramiento y cese del director están recogidos en los artículos 132 a 139 de la LOE. 92 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Las funciones propias de los demás integrantes del equipo directivo son las dispuestas en los siguientes artículos del R.O.I.: - Competencias del jefe de estudios: artículo 33. - Competencias del secretario: artículo 34. - Competencias de los jefes de estudios adjuntos: artículo 39. 4.1.5. ÓRGAOS DE COORDIACIÓ DOCETE 4.1.5.1. LA COMISIÓ DE COORDIACIÓ PEDAGÓGICA Serán miembros de este órgano los que establece como básicos el artículo 53 del Reglamento Orgánico de Institutos de Educación Secundaria, es decir, el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios y los Jefes de Departamento. Actuará como secretario el jefe de departamento de menor edad. Cualquier otra composición deberá ser aprobada por el Claustro de profesores. Esta Comisión tendrá las competencias que se le asignan en el artículo 54 del R.O.I. Las actas de cada sesión, además de leerlas al inicio de la siguiente sesión, se harán públicas en el tablón de anuncios de la sala de profesores. 4.1.5.2. LOS DEPARTAMETOS DIDÁCTICOS Se encargarán de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tengan asignados, y las actividades que se les encomienden, dentro del ámbito de sus competencias. Cada departamento estará compuesto por el conjunto de profesores de la especialidad que impartan las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos asignados al mismo. Los departamentos se reunirán semanalmente, estableciendo revisiones periódicas de su programación cuyos resultados quedarán reflejados en las actas correspondientes y serán comunicados a jefatura de estudios si existieran acuerdos que supongan la modificación de la misma. Serán competencias de los departamentos las recogidas en el artículo 49 del R.O.I. 93 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4.1.5.3. EL DEPARTAMETO DE ORIETACIÓ Pertenecen a este departamento los siguientes profesores: - Un orientador con la especialidad de Psicología o Pedagogía. - El profesorado de Pedagogía Terapéutica. - El profesorado especialista del área práctica de los módulos de PCPI, en tanto no exista un departamento didáctico de su familia profesional. - El profesorado de los diferentes ámbitos correspondientes al programa de diversificación curricular. - Cualquier otro que en el futuro pueda incorporarse al centro para el desempeño de funciones propias de este departamento. Serán funciones del departamento de orientación las recogidas en el art. 42 del R.O.I. 4.1.5.4. EL DEPARTAMETO DE ACTIVIDADES COMPLEMETARIAS Y EXTRAESCOLARES. Este Departamento estará integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por el profesorado y el alumnado responsables de la misma, así como por el conjunto de profesores con horas dedicadas a actividades complementarias (AC) en el caso de que la programación de las mismas lo requiera. Se reunirán cuando sea preciso por convocatoria expresa del Jefe del Departamento. Sus funciones, recogidas en el artículo 47 del R.O.I, son las siguientes: a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa. b) Elaborar el Programa anual de las actividades complementarias y extraescolares en el que se recogerán las propuestas de los departamentos, de los profesores, de los alumnos y de los padres. c) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento. d) Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el claustro, los departamentos, la junta de delegados de alumnos y las asociaciones de padres y de alumnos. e) Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen con los alumnos. f) Distribuir los recursos económicos destinados por el consejo escolar a las actividades complementarias y extraescolares. g) Organizar la utilización de la biblioteca del instituto. 94 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid h) Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas que se incluirá en la memoria de la dirección. COMPLEMETARIAS DEL IES LAS AMÉRICAS PREAMBULO: La realización de actividades extraescolares y complementarias serán planificadas y realizadas por el profesorado implicado con arreglo a las siguientes condiciones: 4.1.5.4.1. REGLAMENTO DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y Se considerarán actividades complementarias las organizadas en el Centro durante el horario escolar, de acuerdo con el proyecto curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por los espacios y/o recursos que se utilizan. Se considerarán actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del Centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre. Estas actividades se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas del Centro y, en ningún caso, formarán parte del proceso de evaluación por el que pasa el alumnado para la superación de las distintas áreas o materias curriculares que integran los planes de estudio. Se considerarán actividades extraescolares especiales las que, debido a la distancia del destino y a su duración de más de un día, podrán realizarse sin cumplir la limitación de asistencia. Serán propuestas a principio de curso y, en caso de haber más de una actividad extraescolar especial dirigida al mismo nivel o etapa, deberán ser coordinadas y contar con autorización expresa de Jefatura de Estudios. Se considerarán actividades de nivel las que se oferten a todo el alumnado de un mismo nivel. Se considerarán Actividades de Centro aquellas que se encuentren recogidas en la Programación General Anual y que afecten a un número considerable del alumnado, profesorado, departamentos… como para que influya en el normal desarrollo de la jornada lectiva. Ejemplos de ellas pueden ser: Fiesta de Carnaval, Día de la biblioteca, Día del Libro, Maratón de Cine, Día de la Convivencia, Fiesta de Graduación de 2º BTO, Fiesta de Graduación de 4º ESO que coincidirá con la Fiesta Final de Curso, las organizadas por el Departamento de Orientación dentro del Plan de Acción Tutorial (cine en valores, talleres de prevención del alcoholismo, de prevención del consumo de drogas, de sexualidad, de alimentación, visitas a Aula y a la Feria del Estudiante…), participación en certámenes y/o concursos (teatro, poesía…)… Estas actividades serán dadas a conocer al claustro a principios del curso, cada una de ellas contará con profesorado coordinador y con la supervisión de Jefatura de Estudios. 1. Las actividades extraescolares y complementarias serán planificadas a principio de cada curso y formarán parte de la Programación General Anual. Dicha planificación deberá ser 95 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid entregada por el Jefe de cada departamento al Jefe de Actividades Extraescolares (JAE) con al menos cuatro días de antelación respecto a la fecha tope de entrega de las programaciones. El JEA, además de reflejarlas en su programación, entregará copia a Jefatura de estudios para su inclusión en el Documento de Organización del Centro (DOC). (Anexo I). Si hubiese alguna actividad sobrevenida a lo largo del curso, el JEA y JE estudiarán la propuesta y podrán autorizar excepcionalmente la realización de dicha actividad. 2. La programación de actividades de cada grupo y/o nivel en cada trimestre será dada a conocer a los equipos docentes en cada evaluación por parte del JAE a efectos de conocimiento, valoración y con el fin de velar por la buena distribución de las mismas a lo largo del curso y evitar su concentración en determinadas fechas. Habrá un ítem en el acta de la reunión que será rellenado durante la sesión de evaluación. 3. No deberán programarse actividades extraescolares o complementarias que impliquen la ausencia del alumnado de las clases lectivas durante un periodo de 15 días antes de la fecha de cada evaluación. Con vistas a final de curso, se pone como fecha límite el 15 de mayo para la ESO y 1º BTO y el 15 de abril para 2º BTO. Si por razones debidamente justificadas tuviera que hacerse la actividad durante esos días no recomendables, se estudiará el caso, informando previamente al profesorado con suficiente antelación. Este carácter excepcional se considerará especialmente en las actividades de centro. Se podrán realizar actividades extraescolares a finales de junio después de los exámenes finales. 4. La programación detallada y organización de la actividad será realizada por el profesorado responsable de la misma. 5. Cada departamento programará como máximo una actividad por grupo o materia, excepto el bachillerato artístico y ámbitos de Diversificación. Se recomienda la programación de actividades conjuntas interdepartamentales dando prioridad a éstas en caso de que coincidan con otras que no lo sean. 6. Previamente a la realización de la actividad (se debe contar el Vº Bº del JAE y ajustar los precios de dicha actividad), el profesorado encargado deberá informar a las familias y recoger las autorizaciones (Anexo II). El JAE realizará las contrataciones de transporte. Se deberán recoger los resguardos de dicha autorización, tanto si la autorización es positiva como negativa, para poder elaborar la propuesta definitiva de la actividad al JAE (Anexo III y listado de alumnado asistente). Dicho anexo y listado deberá ser entregado al JAE con al menos tres días de antelación. 96 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 7. Para la realización de una actividad de nivel/materia será necesario la asistencia de al menos el 50% del alumnado del nivel. Para la realización de una actividad que afecte a uno o varios grupos (no a todo el nivel) será necesaria la asistencia de al menos el 70% del alumnado de cada uno de los grupos. Para el cálculo del porcentaje no se tendrá en cuenta el alumno que haya perdido el derecho a evaluación continua. Para la realización de una actividad extraescolar especial no se pedirá un porcentaje mínimo de asistencia. 8. Para cualquier otra casuística no considerada en este Reglamento, tomará la decisión al respecto JAE y JE. 9.a. El profesorado asistente a la actividad se apuntará en el cuaderno de faltas que hay en la sala de profesores y deberá dejar trabajo para los grupos que queden sin clase. 9.b. Aquellas actividades que se realicen en las instalaciones del centro y en horario escolar serán de obligada asistencia. El grupo será acompañado por el profesorado que les imparte clase a la hora que se realice la actividad y permanecerá junto a ellos (salvo indicación contraria expresa por parte de los organizadores) durante la actividad para garantizar el orden y el aprovechamiento del mismo. 10. El profesor responsable de la actividad aprobada (70% de grupo o 50% si es de nivel o materia) dejará trabajo preparado sobre esta actividad para el alumnado de su materia que no asista a la actividad. Para agilizar la entrega de este material se ubicarán en la sala de profesores dos bandejas, una de trabajo a realizar y otra de trabajo realizado. Para este alumnado las clases serán sesiones de estudio y de realización de dicho trabajo. No se avanzará materia. En el caso de actividades extraescolares especiales, salvo que el número de asistentes sea mayor o igual al 50%, las clases se impartirán con normalidad (avanzando materia). No obstante, el alumnado participante en estas actividades, no será examinado de lo impartido en su ausencia hasta, al menos, una semana después de finalizada la actividad. Si el porcentaje de asistencia a la actividad extraescolar especial es mayor a ese 50% no se avanzará materia y se dedicarán las clases a sesiones de estudio. Como caso especial en los que las actividades no sean de nivel y en aquellas materias que sean mezclas de grupos (troncales, algunas optativas, etc.) si el alumnado que debe asistir a clase es menor del 50%, no se avanzará materia. 11. Salvo orden de jefatura de estudios o situaciones excepcionales en las que el nº de profesores que deban hacerse cargo de las guardias sea inferior al nº de grupos que no tienen 97 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid profesor, no se podrá agrupar alumnado de diferentes grupos que no asistan a una actividad extraescolar. 12. El alumnado que no vaya a una actividad extraescolar tiene la obligación de asistir al centro y realizar las tareas preparadas por el departamento responsable de la actividad y por el profesorado acompañante. Su falta injustificada se sancionará de acuerdo al Reglamento de Régimen Interior. 13. Las ausencias del profesorado que se encuentre realizando una actividad extraescolar se cubrirán por el profesorado de guardia y si es necesario por los profesores con hora de biblioteca, ayudados en última instancia por el profesorado que quede sin clase por asistir sus alumnos a dicha actividad. 14. La evaluación de las distintas actividades extraescolares se recogerá en la memoria de cada uno de los departamentos 15. Con carácter general se establece que la ratio para realizar las salidas extraescolares o complementarias debe ser de un profesor/a acompañante del centro por cada 20 alumnos/as, con un mínimo de dos acompañantes, incluyendo aquellos que aporten los centros o instituciones con quienes se colabore en la realización de la actividad. ; salvo que sean alumnos de primer ciclo y viajen en transporte público, o la actividad tenga unas condiciones especiales que entonces se podrá rebajar el número de alumnos por profesor a 15, previa autorización de Jefatura de Estudios. En aquellas actividades extraescolares especiales que impliquen pernocta, sin acompañamiento de otros centros educativos y con participación de al menos 25 alumnos, habrá un tercer acompañante (profesorado, guía, monitor, padres,…), con cargo al presupuesto de la actividad. Cuando en la actividad asistan alumnos con necesidades educativas especiales se contemplará la necesidad de incorporar más responsables a la actividad con cargo al presupuesto de dicha actividad. 16. CÓDIGO DE BUEAS PRÁCTICAS. Para una correcta programación y un buen aprovechamiento de las actividades complementarias y extraescolares el profesorado del centro tendrá presente las siguientes recomendaciones generales: a) La importancia de las actividades extraescolares y complementarias en el proceso de aprendizaje y, en especial, en lo que se refiere al proceso de socialización y desarrollo de habilidades sociales del alumnado. Considerar que estas actividades, por su propia naturaleza, son un instrumento adecuado para profundizar en contenidos curriculares y eficaces para potenciar determinados comportamientos y modificar conductas no deseables. 98 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid b) La programación de actividades a lo largo del curso tendrá muy en cuenta la distribución temporal para evitar la concentración de actividades en algún trimestre, en determinados cursos o niveles. c) Las actividades complementarias y extraescolares se programarán conjugando que asista la mayor cantidad posible de alumnos/as y que su coste sea el más bajo posible. Se recomienda, siempre que se pueda y el número y perfil del alumnado lo posibilite, la utilización de transporte público en los desplazamientos. d) Se potenciarán aquellas actividades que engloben un mayor número de miembros de la Comunidad Educativa. Si el comportamiento de algún alumno o alumna no es el adecuado durante el desarrollo de la actividad extraescolar, el profesor responsable de la misma, siempre que las circunstancias lo permitan, podrá imponer las sanciones correspondientes, pudiendo, en caso de gravedad y con las precauciones y diligencias debidas, proceder al retorno al domicilio del alumno o alumna. De esta actuación tendrá conocimiento previo la Dirección del Centro. 17. En aquellas actividades extraescolares que concluyan una vez iniciado el último periodo lectivo del grupo al que pertenece el alumno, se dará por finalizada la jornada escolar y el alumnado podrá marcharse del centro, previa autorización de sus tutores legales. Esta circunstancia se reflejará en el Anexo II (Información de la actividad y Autorización de la familia). 4.1.5.5. LA JUTA DE PROFESORES Está constituida por todos los profesores que imparten docencia directa a cada grupo de alumnos. Se reunirá bajo la coordinación del tutor correspondiente y sus competencias serán las establecidas en el art. 58 del R.O.I. 4.1.5.6. TUTORES Serán designados por el director entre los profesores que imparten docencia directa al grupo. Para la adecuada coordinación de la acción tutorial entre ellos, mantendrán reuniones periódicas con Jefatura de Estudios y Departamento de Orientación en las que se planificarán actividades comunes y se transmitirá la información relativa a los diferentes grupos y niveles. El profesor tutor ejercerá las funciones recogidas en el artículo 56 del R.O.I 4.1.6. DEL PROFESORADO: Las funciones del profesorado vienen recogidas en el artículo 91 de la LOE: Artículo 91. Funciones del profesorado 1. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes: 99 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados. b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza. c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros. g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática. h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo. i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas. j) La participación en la actividad general del centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros. l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. 2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo. Sin perjuicio de los derechos y deberes del profesorado recogidos en la vigente legislación reguladora de la función pública( Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria como miembros del Claustro, se le reconocen explícitamente en el presente Reglamento los siguientes: 100 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid A) Derechos - Impartir con normalidad las enseñanzas de las materias a su cargo. - Ser respetado en su trabajo y fuera de él. - Continuar su formación en el campo profesional, para lo cual el centro procurará facilitarles el acceso a la misma siempre que la disponibilidad de horario y profesorado lo permitan. - Reunirse libremente, fuera de su horario lectivo, a lo largo de la jornada escolar previa comunicación a la dirección. El centro facilitará los medios para el ejercicio de este derecho. - Formular ante los órganos de gobierno cuantas sugerencias y reclamaciones estimen oportunas para la mejora general del centro. - Ejercer su actividad dentro de los cauces de libertad de enseñanza recogidos en el marco de las leyes reguladoras del sistema educativo actual, respetando las directrices y acuerdos emanados de la Comisión de Coordinación Pedagógica y de los Departamentos didácticos correspondientes. - Ejercer los derechos sindicales contemplados en las leyes. B) Deberes - Cumplir puntualmente su horario de trabajo e impartir con normalidad las actividades docentes, buscando en todo momento el máximo rendimiento de los alumnos. - Asistir a las reuniones de todos los órganos y estructuras organizativas del Centro en los que se encuentre integrado, así como a todas las actividades docentes programadas por el instituto en las que se requiera su participación, siempre que no rebasen el marco de su horario lectivo. - Desarrollar de la forma más completa y eficaz posible la programación didáctica aprobada por sus Departamentos para cada uno de las materias impartidas. - Comunicar con antelación suficiente las faltas de asistencia propias a Jefatura de Estudios, de manera que puedan ser tenidas en cuenta por los profesores de guardia, dejando tarea para que la realicen los alumnos (siempre que la ausencia esté prevista) en el lugar habilitado para ello. - Hacer cumplir los deberes y normas de convivencia a todos los alumnos, colaborando con el equipo de Jefatura de Estudios en el mantenimiento del orden y el respeto entre los miembros de la comunidad educativa. 101 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Informar al tutor del curso, o en su caso a Jefatura de Estudios, de cualquier medida excepcional adoptada para la resolución de problemas surgidos con algún alumno. - Respetar la libertad ideológica y de expresión del alumno. - Controlar la asistencia, la actitud y el rendimiento académico de sus alumnos, propiciando el contacto con las familias, bien directamente, bien a través del tutor correspondiente, o de Jefatura de Estudios - Atender convenientemente a los alumnos en las explicaciones que les sean requeridas acerca de su evaluación, informándoles de los criterios observados para la realización de la misma. - Se recomienda al profesorado no realizar exámenes, controles o pruebas los días que sean convocadas legalmente huelgas para el alumnado. En caso de realizarse alguna de estas actividades deberán ser repetidas para el alumnado que haya secundado la huelga convocada legalmente” 4.1.6.1.- EL PROFESORADO DE GUARDIA Dentro del horario complementario de aquellos profesores y profesoras cuya disponibilidad lo permita se incluirán, en función de las necesidades del centro, las labores de guardia (letra a del art. 81 de la Orden de 29 de junio de 1994 que regula el funcionamiento y horario de los Institutos de Educación Secundaria) en número de entre una y tres horas semanales. El profesorado de guardia será responsable de los grupos de alumnos que se encuentren sin profesor, orientarán sus actividades y velarán por el orden y buen funcionamiento del instituto, adoptando las medidas oportunas en cada caso. Anotará en el parte correspondiente las ausencias y retrasos de los profesores y cualquier otra incidencia que se produzca. La guardia comenzará en el momento en que toque el timbre de salida de la clase anterior. El profesorado de guardia velará por mantener el orden en los pasillos del pabellón que le corresponda hasta que el profesorado se haya incorporado a sus clases. En caso de que no exista ninguna ausencia del profesorado, continuará su guardia en la Sala de profesores. El profesorado de guardia atenderá a los alumnos que se encuentren sin profesor, permaneciendo en la clase con ellos como si de una hora de estudio se tratara. En el caso de que sean varios los profesores de guardia, podrán turnarse en el cumplimiento de estas sustituciones. Si los grupos en los que falta profesorado superan en número al disponible en la guardia, se pedirá la colaboración de los profesores que tengan guardia 102 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid de biblioteca y si fuese necesario se contará con el apoyo del Equipo Directivo. En los cursos de 2º de Bachillerato, no se considera necesaria la presencia permanente del profesor de guardia. El profesorado de guardia se hará cargo de los alumnos que sufran indisposiciones o lesiones. Procurarán siempre contactar con las familias de los afectados con el fin de arbitrar con ellas las medidas más eficaces para su atención. De ser necesario el traslado para su asistencia fuera del centro, se facilitará el transporte a dicho centro sanitario. 4.1.6.2. EL PROFESORADO DE BIBLIOTECA Para el funcionamiento del servicio de biblioteca del centro existirá un turno de profesores que se encargarán de la atención directa del mismo. Estarán bajo la dependencia orgánica del jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares y la coordinación de un profesor encargado de biblioteca al que, en función de las disponibilidades del instituto, se le asignará, al menos, una hora lectiva de su horario personal para la realización de esta labor. El equipo asignado a la atención de este servicio estará integrado por el profesorado al que le sean asignadas como máximo tres horas complementarias de atención a la biblioteca, dependiendo siempre el número de sus componentes de las necesidades horarias del centro. Sus funciones serán las siguientes: a) Asistencia y asesoramiento a los alumnos que hayan de utilizar dicho servicio durante el período lectivo. b) Vigilancia del orden y del silencio, necesarios para facilitar el estudio y la lectura de los usuarios. c) Control del buen uso hecho por los alumnos, tanto del material bibliográfico como del mobiliario y enseres puestos a disposición de los mismos. d) Entrega y recogida de los libros susceptibles de préstamo para el alumnado, así como adecuada colocación de los mismos en su lugar correspondiente en función de los criterios de clasificación adoptados. e) Custodia y supervisión de los carnés u otros documentos aportados por los alumnos para acceder al préstamo de libros. f) Elaboración de fichas y colocación de tejuelos identificativos en todos los libros que lo precisen, bien por haberse deteriorado con el uso, o bien por ser de nueva adquisición. g) Transmitir a los responsables del servicio cuantas propuestas o sugerencias procedentes de los alumnos o de propia iniciativa consideren necesarias para la mejora o ampliación del servicio. 103 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid h) Participar activamente en la preparación y desarrollo de cuantas actividades organizadas por el servicio de biblioteca del instituto se realicen durante su horario de atención al mismo. i) En caso de necesidad colaborar con el profesorado de guardia. j) Aquellas que determine Jefatura de Estudios de entre las aprobadas previamente en el Claustro (por ejemplo, “guardias de absentismo de teléfono”, “formación de embajadores y/o delegados”,…) • En las horas dedicadas al préstamo habrá tres profesores en la biblioteca, siempre que las necesidades del centro lo permitan. 4.1.6.3. JEFE DE PROTOCOLO. La figura del jefe de protocolo se enmarca dentro del proyecto de acogida del Centro con el fin de que la acogida sea una realidad y así fomentar la buena convivencia entre los distintos miembros de la comunidad educativa: profesorado, alumnado, familias y personal no docente. Tendrá carácter voluntario y su función será coordinar todas las actividades diseñadas para la acogida, sin olvidar que ésta es responsabilidad de toda la comunidad educativa y no sólo del jefe/a de protocolo. En su horario personal, si las necesidades del centro lo permiten, se le asignarán horas de dedicación a Actividades Complementarias en lugar de algunas guardias y/o bibliotecas. 4.1.7. DEL ALUMADO. El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes se establece se establece en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, modificada por la Ley 2/2006, Orgánica de la Educación (LOE) en la disposición final 1ª. 4.1.7.1. DELEGADOS La junta de delegados y/o subdelegados de curso se regirá según los artículos 105 a 108 de Reglamento Orgánico de los IES. Los delegados poseerán una credencial que les acredite y tendrán las siguientes ventajas: - 50% de descuento en el transporte de las actividades extraescolares que se desarrollen en Madrid capital. 104 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Préstamos de un máximo de tres libros en la Biblioteca 4.1.7.2. ALUMADO EMBAJADOR. En el IES Las Américas consideramos la acogida de los que llegan a nuestro centro tanto a principio como a lo largo del curso, un elemento muy importante para la convivencia en el propio centro que repercute positivamente en el ambiente académico y de estudio. Para ello hemos considerado una nueva figura dentro del aula que es la del alumnado embajador que está contemplado en el proyecto de acogida del centro. Esta figura cumple un papel determinante para el objetivo anteriormente comentado. En cada grupo habrá dos, una alumna embajadora y un alumno embajador. Tendrán las siguientes características y funciones: Características: - Ser alumnado embajador será voluntario y habrá dos por grupo (chico y chica). - Será propuesto por el tutor o la tutora del grupo con el conocimiento de jefatura de estudios y del departamento de orientación. Recibirá de estos cargos la ayuda necesaria. - Podrá ser relevado si se estima conveniente. - Se comunicará a la familia el desempeño de esta labor. - Poseerá una credencial que le acredite y tendrá las siguientes ventajas: o - 50% de descuento en el transporte de las actividades extraescolares que se desarrollen en Madrid capital.. o Préstamos de un máximo de tres libros en la biblioteca. Funciones: - Presentar a los nuevos compañeros que puedan llegar a lo largo del curso al profesorado del grupo. - Facilitar su acogida e integración en el grupo. - Informarle sobre las actividades que se hacen en el instituto y enseñarle las dependencias del centro. - Participar en el acto de acogida que se haga en tutoría. Los alumnos embajadores poseerán una credencial que les acredite y tendrán las siguientes ventajas: - 50% de descuento en el transporte de las actividades extraescolares que se desarrollen en Madrid capital. - Préstamos de un máximo de tres libros en la Biblioteca 105 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4.1.7.3 PLAES ESPECÍFICOS 4.1.7.3.1. PLA DE COVIVECIA El marco regulador de las normas de convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid se establece en el decreto 15/2007, de 19 de abril, que en su artículo 3 explicita las normas de conducta Decreto 15/2007 Artículo 3. Las ormas de Conducta 1. Las *ormas de Conducta, que habrán de ser de obligado cumplimiento para todos los alumnos del centro, deberán ser elaboradas por el equipo directivo del centro y aprobadas por su Claustro de profesores y el Consejo escolar. 2. Las *ormas de Conducta, una vez aprobadas, deberán ponerse en conocimiento de los padres o tutores de los alumnos. Dichas *ormas responderán a la necesidad de mantener, tanto dentro de las aulas como en el resto del recinto escolar, un clima adecuado a la tarea formativa propia del centro. 3. Será el propio centro escolar quien, en el ejercicio de la autonomía que le confiere la Ley vigente y de acuerdo con las características de su alumnado, establezca sus *ormas de Conducta propias, teniendo en cuenta que estas tendrán que contemplar al menos las siguientes obligaciones por parte de los alumnos: a) La asistencia a clase. b) La puntualidad a todos los actos programados por el centro c) El mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. d) El respeto a la autoridad del profesor, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar. e) El trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso el ejercicio de violencia física o verbal. f) La realización de los trabajos que los profesores manden realizar fuera de las horas de clase. g) El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnos y profesores. h) El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar. 4. El profesor tendrá la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el necesario clima de sosiego para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan. 5. Todos los profesores del centro están involucrados en el mantenimiento de un buen clima de convivencia, y en el cumplimiento de las *ormas de Conducta establecidas. Cualquier profesor testigo de una infracción a dichas *ormas, cuando tenga la consideración de leve, está facultado para imponer la sanción correspondiente, de acuerdo con lo que establezca el presente Decreto y el Reglamento de Régimen Interior del centro. 106 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid En nuestro centro las normas de conducta se concretan en los siguientes puntos: Los alumnos deben asistir, ser puntuales y permanecer en el centro durante el período lectivo y el recreo (sólo podrá salir fuera del centro durante el recreo el alumnado de bachillerato). Durante los recreos, los alumnos no pueden permanecer en las clases ni en los pasillos sin que esté presente un profesor. Entre clase y clase no está permitido salir del aula, ni, por lo tanto, andar por los pasillos, salir a los patios o entrar en la cafetería. Únicamente se podrá acudir al servicio con el permiso previo de un profesor. Durante las clases: Se deberá acudir con las adecuadas condiciones de aseo e indumentaria personal. Deberá disponerse de todo el material necesario para el seguimiento de la clase. En el aula deberá adoptarse una posición de trabajo correcta. No está permitido comer ni mascar chicle. Está absolutamente prohibido traer y/o utilizar objetos ajenos a la actividad académica (teléfonos móviles, MP3, MP4, ….) . Se deberá respetar el ejercicio del derecho al estudio de los compañeros, así como la labor docente del profesorado. Se deberán seguir las orientaciones del profesorado. Se deberá tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa. No se discriminará a ningún miembro de la comunidad educativa por ninguna circunstancia personal o social. Los alumnos y alumnas deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. No se arrojarán al suelo papeles ni otros desperdicios. Los alumnos deberán traer firmada cualquier notificación para su familia en el plazo indicado. El alumnado de ESO no podrá, durante la jornada lectiva, estar en el espacio entre la entrada (C/ Isla Trinidad) y la puerta de acceso al Pabellón de Bachillerato. Los alumnos no se levantarán sin permiso del profesor. La llave del aula permanecerá durante el horario lectivo bajo la custodia del delegado/a de clase, siendo éste el responsable último del uso que se haga de ella. El delegado o el subdelegado serán los responsables de que la clase esté cerrada cuando no se esté impartiendo clase en ella y de abrirla antes de la siguiente clase. Observaciones: - Durante el tiempo que dure el recreo, las aulas permanecerán cerradas con llave para impedir que nadie entre en ellas. Se recomienda que las ventanas de las aulas ubicadas en la planta baja estén cerradas para que no se pueda entrar en ellas desde el exterior. Así mismo, permanecerán cerradas las puertas de la verja exterior. - Los 5 minutos entre clase y clase están destinados a que el alumnado prepare el material necesario para la clase siguiente, o para que el grupo se pueda desplazar de su aula a otras dependencias del instituto (laboratorios, sala de audiovisuales, 107 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid taller de tecnología, ...) sin que estos cambios supongan una pérdida del tiempo destinado a la asignatura. - Cuando las materias no se van a impartir en el aula habitual del grupo, ésta debe permanecer cerrada para evitar que se pierdan objetos personales. Las faltas de disciplina están recogidas, tipificadas y sancionadas en el Decreto 15/2007, de 19 de abril en los artículos 11 a 14. Artículo 11 Faltas de disciplina. Clasificación Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. La tipificación de las mismas, así como de las sanciones correspondientes, deberá figurar en el Reglamento de Régimen Interior del centro y se atendrán a lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 12 Faltas leves 1. Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave. 2. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el Reglamento de Régimen Interior. Entre las sanciones que se contemplen en dicho Reglamento se incluirán las siguientes: a) Amonestación verbal o por escrito. b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada. e) La realización de tareas o actividades de carácter académico. El uso de objetos ajenos a la actividad académica sin autorización del profesor podrá suponer la retirada de los mismos, además de la aplicación de las medidas disciplinarias pertinentes. La primera vez que suceda se le devolverá al alumno al 108 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid finalizar la jornada. Si sucede en más ocasiones, sólo se devolverán a los tutores legales del alumno. Artículo 13 Faltas graves Se califican como faltas graves las siguientes: 1. a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las *ormas de Conducta. h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Decreto. i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves. j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve. Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar. 109 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro. d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes. e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos. f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando 3. se apliquen las sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase. Artículo 14 Faltas muy graves Son faltas muy graves las siguientes: 1. a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro. b) El acoso físico o moral a los compañeros. c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas. f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos. 110 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. j) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. c) Cambio de grupo del alumno. d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes. f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria. g) Expulsión definitiva del centro. 3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase. 4. La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y . g) del apartado 2 se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor. 5. La sanción prevista en la letra f) del apartado 2 procederá en el caso de alumnos de enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años de edad. En ese 111 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro, garantizándole un puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos públicos, con los servicios complementarios que sean necesarios. El Director del centro elevará petición razonada ante el Director de Área Territorial, quien tramitará esta propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles. El alumno que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los equipos directivos de los dos centros afectados. La puntualidad y asistencia El IES Las Américas ha regulado de manera explicita la necesidad de luchar de manera activa contra el absentismo escolar, para lo cual ha aprobado su propio plan de prevención y regulación del absentismo escolar que queda incorporado a este R.R.I. (Punto 4.1.7.3.2) El Decreto 15/2007, re coge en su artículo número 15 la necesidad de regular la inasistencia a clase: Artículo 15 Inasistencia a las clases 1. La inasistencia injustificada a las clases será sancionada. La sanción por inasistencia injustificada a una determinada clase será impuesta por el Profesor de la misma, por el tutor o por el Jefe de Estudios. Cuando la inasistencia se produzca en toda una jornada escolar, la sanción será impuesta por el tutor o por el Jefe de Estudios, sin perjuicio de las que puedan imponer los respectivos Profesores. 2. En el Reglamento de Régimen Interior se establecerá el número máximo de faltas por curso, área y materia, sean justificadas o no, así como los procedimientos extraordinarios de evaluación para los alumnos que superen dicho máximo, en la consideración de que la falta de asistencia a clase de modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua. 4.1.7.3.2. PLA DE PREVECIÓ Y REGULACIÓ DEL ABSETISMO ESCOLAR 3.1.1.- ITRODUCCIÓ 112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid La obligatoriedad de la enseñanza es uno de los pilares básicos de todo sistema educativo que busque asegurar el principio de igualdad de oportunidades. La Constitución Española de 1.978 establece en su artículo 27.4 que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. La Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo ( BOE de jueves 4 de mayo de 2006) establece en el preámbulo la obligatoriedad y gratuidad de la educación básica, comprendiendo la educación primaria y la educación secundaria obligatoria y en su Disposición final primera que modifica el artículo 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (LODE), establece los deberes básicos de los alumnos. Asimismo, el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros de la comunidad de Madrid (B.O.C.M. Núm. 97), regula la inasistencia a clase, por lo que: “El estudio constituye el deber básico de los alumnos y se concreta en las siguientes obligaciones: a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio. b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro. c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración. d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de los compañeros.” Por otra parte el Reglamento de Régimen Interior del IES Las Américas recoge en su articulado la creación de la comisión de prevención y absentismo, la actuación que se sigue cuando se detecta un alumno que presenta rasgos de absentismo), la puntualidad, la asistencia a clase y el proceso de pérdida de la evaluación continua por abandono presencial. Es necesario compilar y desarrollar toda esta normativa con el fin de clarificar, agilizar y mejorar los procesos y adecuarlos a la realidad organizativa y pedagógica del centro. 3.1.2.- OBJETIVOS Los objetivos de este plan son: 1.- Prevenir los posibles casos de absentismo, facilitando medidas ágiles de actuación a los equipos docentes mejorando la comunicación con las familias. 2.- Solicitar rápidamente el apoyo de las familias para favorecer la asistencia de sus hijos al centro docente e informar de su responsabilidad legal en caso de persistir el absentismo. 3.- Sancionar las conductas contrarias a la normativa vigente, que distorsionan el funcionamiento de los grupos. 113 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 4.- Conocer al alumnado absentista y promover su proceso de adaptación al centro. 5.- Mejorar las expectativas del alumnado absentista y ofrecerle las medidas de compensación educativa y recursos del centro. 6.- Potenciar la coordinación de los distintos organismos y profesionales de la enseñanza (profesorado, tutores, orientadores, trabajador social y equipo directivo). 3.1.3.- COCEPTOS BÁSICOS Definimos absentismo escolar como la no asistencia regular al instituto del alumnado matriculado. Las ausencias pueden estar o no justificadas: Faltas no justificadas: aquellas que no se hayan justificado por medio del impreso oficial o manuscrito directamente por la familia. Faltas justificadas: Son aquellas en las que la familia solicita la justificación alegando los motivos por los que se ha ausentado el alumno, para lo cual deberá rellenar de manera completa el modelo oficial. En el caso de reiteración de faltas por el mismo motivo o cuando se detecte alguna anomalía, el tutor podrá solicitar información complementaria (informes médicos, justificantes de visita médica, etc.), con el fin de poder decidir su justificación o no. Cuando se detecte una justificación sistemática de las ausencias, presuntamente no justificadas, que pongan en riesgo el derecho del alumno a la educación básica, el centro podrá elevar a la comisión local de absentismo un informe sobre la actuación familiar. Podemos clasificar el absentismo atendiendo a diferentes criterios: A.- Según el tipo de ausencia • • Físico: cuando no asiste a clase Presencial : cuando el alumno asiste pero no participa, no realiza tareas, no trae material , es decir, se puede decir que está mentalmente ausente (denominados por algunos autores como objetores escolares) B.- Según la frecuencia o número de ausencias 114 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid • • • • Incipiente: cuando las ausencias están comprendidas entre 6 y 12 horas mensuales. Medio: cuando las ausencias están comprendidas entre 12 y 24 horas (aproximadamente un 20%) Grave: cuando las ausencias mensuales están comprendidas entre 24 y 40 horas. Total o Muy Grave: cuando las ausencias superan las 40 horas mensuales. Para estos cómputos se contabilizarán las ausencias tanto justificadas como no justificadas. Es necesario resaltar que un elevado número de ausencias impide el correcto proceso de formación llevando ineludiblemente, además de otros problemas, al fracaso académico. El absentismo medio, grave y muy grave es uno de los factores determinantes del mal llamado “fracaso escolar” (sólo se fracasa en un proyecto si se intenta conseguirlo), y distorsiona las estadísticas de resultados. C.- Según la regularidad de las ausencias • • Temporal: debido a situaciones pasajeras o puntuales Crónicas: Generalmente se produce en el alumnado que arrastra este mismo comportamiento desde cursos o etapas anteriores, con ausencias de grandes periodos de tiempo. D.- Según selección • • General: afecta a todas las materias Selectivo: ausencia a determinadas materias, clases de un determinado profesor o determinadas actividades. Se considerará absentismo selectivo si no asiste al 15% de las clases de una determinada materia durante un mes. Además de las posibles sanciones se contemplará la perdida de evaluación continua prevista por abandono. Para la pérdida de evaluación continua se considerarán todas las faltas, justificadas o no, mientras que a efectos de sanción solo se tendrán en cuenta las faltas no justificadas. 3.1.4.- REGISTROS DE ASISTECIA El horario establecido en el IES Las Américas es el siguiente: 1er periodo lectivo: 8:25 h. – 9:20 h. 2º periodo lectivo: 9:20h. – 10:15h. 3er periodo lectivo: 10:15h. – 11:10h. 115 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Recreo: 11:10h – 11:40h. 4º periodo lectivo: 11:40h. - 12:35h. 5º periodo lectivo: 12:35h. – 13:30h. 6º periodo lectivo: 13:30h. – 14:25h. 7º periodo lectivo: 14:25 – 15:20h. El profesor al inicio de cada sesión lectiva pasará lista anotando en le parte de control al alumnado ausente. • Cuando un alumno llegue tarde al centro a 1ª hora: o Si el retraso es de 10 minutos o menos, acudirá directamente a su aula. El profesor de la materia, o cualquier otro profesor/a que haya detectado la incidencia, le sancionará en el recreo para que recupere la materia. o Deberá anotarse el retraso tanto en el libro de aula como en la AFDi. o El profesor anotará en la sala de profesores a dicho alumno como sancionado de recreo. o El profesor encargado de recreo controlará su asistencia. o El incumplimiento de la sanción será considerado falta leve y será sancionado por el profesor que había detectado el retraso con dos recreos. o Si el retraso es superior a 10 minutos no se permitirá la entrada a clase al alumno y computará como falta. o Los alumnos que lleguen a clase entre las 8:40 y las 9:20 acudirán a la biblioteca del centro. o El tutor comunicará a la familia mensualmente tanto las faltas de asistencia (sean o no de primera hora) como el número de retrasos acumulados en el mes. A partir de las 9:20 h. y durante el resto de la jornada lectiva el alumnado que acceda al centro deberá registrarse en conserjería y pasar a Jefatura de Estudios que valorará su posible acceso a clase (emitiendo la autorización correspondiente) o su permanencia en el vestíbulo o espacio controlado hasta el inicio de la siguiente sesión lectiva. En cualquier caso Jefatura de Estudios anotará el retraso o ausencia correspondiente. 116 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Existe un tiempo mínimo entre sesiones lectivas que se utilizará para el cambio de clase del grupo al aula específica y el cambio del profesorado a su aula correspondiente. Tal como recoge el RRI el alumnado no deberá salir de clase salvo autorización expresa del profesorado. El profesorado de la materia no dejará pasar a clase a ningún alumno una vez comenzada, sin autorización de Jefatura de Estudios. La ausencia de un profesor será cubierta por el profesorado de guardia dispuesto a tal efecto. Dada la estructura del centro (6 edificios independientes), si ante la ausencia del profesor de la materia, se demorara la llegada del profesor de guardia, el delegado o subdelegado de la clase podrá ir a la sala de profesores o Jefatura de estudios a comunicar dicha ausencia. Además de la anotación sistemática de ausencias y retrasos el profesorado de guardia podrá realizar un control aleatorio vía telefónica del alumnado ausente. Este mecanismo facilitará detectar los casos de absentismo incipiente y el conocimiento inmediato por parte de la familia de la ausencia de su hijo. El profesorado encargado para esta función será determinado por Jefatura de Estudios al inicio de cada curso académico. Corresponde al tutor el control de los registros de asistencia y su comunicación a las familias. Con el fin de facilitar el control las ausencias serán justificadas por la familia mediante impreso oficial que deberá ser enseñado al profesorado de la materia y entregado al tutor en un plazo no superior a los 3 días posterior a la falta. Los retrasos para el inicio de la jornada escolar deberán ser justificados de idéntica forma. Las faltas justificadas e injustificadas de asistencia a clase serán controladas por los tutores, con el fin de informar a los padres de las faltas no justificadas y aplicar las sanciones que puedan establecerse. La comunicación a las familias de las faltas de asistencia injustificadas se hará, al menos, mensualmente, y durante los cinco primeros días del mes siguiente. Para ello el cuarto día lectivo del mes siguiente, los tutores recogerán en secretaría las notificaciones de faltas no justificadas (según los datos que aparezcan en SITE) y se las entregarán al alumnado. El tutor las recogerá firmadas en los tres días siguientes. También pueden comunicarlo por teléfono o entrevista personal Las familias que lo hayan autorizado recibirán un sms y/o un correo electrónico comunicando cada ausencia cuando el profesor correspondiente incluya la falta en AFDi, lo que deberá hacerse antes del tercer día lectivo posterior a la falta. Cuando el tutor detecte un caso de absentismo incipiente se pondrá en contacto con la familia, para analizar las causas del mismo, solicitando su colaboración e informando de las posibles sanciones. 117 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid El absentismo medio, grave o muy grave será notificado por el tutor a Jefatura de Estudios y al PTSC del departamento de orientación. El PTSC citará a la familia (preferentemente mediante carta certificada o cualquier otro medio) para indagar las posibles causas, establecer un compromiso de acción conjunta, adoptando las medidas necesarias siguiendo el protocolo de actuación recogido en nuestro RRI. En el caso de que un alumno necesitara ausentarse del centro, deberá presentar previamente una autorización escrita firmada por sus padres al profesor tutor o en Jefatura de Estudios, indicando el motivo y el tiempo de dicha ausencia. En el caso de convocatoria de huelga, ésta deberá ser comunicada con 24 horas de antelación previa reunión de la junta de Delegados y la información correspondiente al conjunto del alumnado. Se respetará siempre el derecho de asistencia a clase de aquellos alumnos que así lo decidan. Se recomienda al profesorado no realizar exámenes, controle o pruebas los días que sean convocadas legalmente huelgas para el alumnado. En caso de realizarse alguna de estas actividades deberán ser repetidas para el alumnado que haya secundado la huelga convocada legalmente. En caso de ejercer el derecho a la huelga no se permitirá la entrada/salida del centro para venir a clases concretas. 3.1.5.- RÉGIME SACIOADOR La acumulación de faltas de asistencia y/o retrasos constituye el incumplimiento de las obligaciones del alumnado del centro tal como recoge el Decreto 15/2007 y por lo tanto serán sancionados de acuerdo con el RRI. Independientemente de los efectos académicos (perdida de evaluación continua) y sociales (Comisión de absentismo y su derivación a los servicios sociales y Comisión local de absentismo) el incumplimiento de la obligación de asistir a clase con puntualidad será sancionado con arreglo al siguiente baremo: - - Si hay faltas de asistencia no justificadas: El tutor lo comunicará a la familia, por carta (recogiendo el acuse de recibo), por teléfono o mediante entrevista personal. Si hay más de 10 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora en un mes se considerará falta grave y será sancionada: o Si es un alumno de 1er ciclo intervendrá el departamento de orientación. o Entre 10 y 20 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: 1 semana sin recreo. (tutor). o Más de 20 faltas no justificadas: 1 semana 7ª hora.(tutor). 118 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves se califica como falta muy grave y será sancionado por el Director, en el caso de reiteración de faltas de asistencia no justificadas, de la siguiente forma: o 2º mes en el mismo trimestre con más de 10 faltas de asistencia no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Entre 10 y 20 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: 2 semanas 7ª hora. Más de 20 faltas no justificadas: Expulsión del centro 7 días lectivos. El alumnado de 1er ciclo permanecerá en el ATI. El alumnado de 2º ciclo, previa consulta con el tutor, podrá permanecer en el aula de intervención educativa. o 3er mes en el mismo trimestre con más de 10 faltas de asistencia no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Más de 10 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Expulsión del centro 10 días lectivos. El alumnado de 1er ciclo permanecerá en el ATI, si no ha sido expulsado con anterioridad por el mismo motivo en el mismo trimestre. *OTA: El incumplimiento de una sanción por falta grave o muy grave es considerada falta muy grave y será sancionada por el Director. LOS TRIMESTRES SE CO*SIDERARÁ*: - 1ER TRIMESTRE: SEPTIEMBRE, OCTUBRE, *OVIEMBRE. 2º TRIMESTRE: , DICIEMBRE E*ERO, FEBRERO, 3ER TRIMESTRE: , MARZO, ABRIL, MAYO, JU*IO. • La Comisión de Absentismo del centro podrá proponer la suspensión de los partes de apercibimiento debidos a faltas o retrasos, cuando seguido el protocolo de absentismo y el compromiso de la familia, se resuelva de manera fehaciente esta situación de absentismo.” 3.1.7. Evaluación de los alumnos que han perdido el derecho a la evaluación continua. Pérdida de evaluación continua con el 30% de faltas. ALUMADO DE E.S.O A Sesiones semanales 15 % (sesiones aproximadas) 1 5 2 11 3 16 4 22 5 27 8 43 B 30 % (sesiones aproximadas) 11 22 32 43 54 86 119 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid 9 Pérdida de evaluación continua con el 15% de faltas. 49 ALUMADO DE BACHILLERATO A Sesiones semanales 7,5 % (sesiones aproximadas) 2 5 3 8 4 11 97 B 15 % (sesiones aproximadas) 11 16 22 o Cuando un alumno alcance el número de faltas indicado en la columna A en una materia, teniendo en cuenta su número de sesiones semanales, el profesor comunicará a la familia dicha incidencia, así como el número de faltas con el que el alumno perdería la evaluación continua. La comunicación se hará por carta (recogiendo el acuse de recibo), por teléfono o mediante entrevista personal. Se informará al tutor. o Cuando un alumno alcance el número de faltas indicado en la columna B en una materia, teniendo en cuenta su número de sesiones semanales, el profesor comunicará a la familia la pérdida de la evaluación continua, así como la forma en que será evaluado el alumno. La comunicación se hará por carta (recogiendo el acuse de recibo), por teléfono o mediante entrevista personal. Se informará al tutor y a Jefatura de Estudios. o En los siguientes casos, no se computarán como faltas las sesiones a las que no asista el alumno: El alumno está realizando una actividad extraescolar. El alumno está expulsado del centro. El alumno tiene una enfermedad grave de larga duración y está siendo atendido por el SAE o por el propio profesor de la materia. Cada uno de los Departamentos didácticos programaciones la forma de evaluar a este alumnado. reflejará en sus 4.1.8. DEL PERSOAL O DOCETE: El personal no docente adscrito al centro desempeñará sus funciones en el marco de lo establecido por la vigente legislación laboral y las condiciones que se recogen en su actual convenio colectivo. No obstante, como criterios generales tendentes a facilitar la convivencia diaria y el desarrollo de su actividad en el centro habrán de ser tenidos en cuenta los siguientes: a) Derechos 120 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Ser respetados en su trabajo y fuera de él por todos los miembros de la Comunidad Escolar. - Desarrollar con normalidad las tareas propias de su categoría laboral disponiendo de los medios y condiciones adecuados para dicha labor conforme a las posibilidades reales del centro. - Continuar su formación en el campo profesional, para lo cual el centro procurará ofrecerles las facilidades que la disponibilidad de horarios y personal le permitan. - Formular ante los órganos de gobierno cuantas sugerencias y reclamaciones estimen oportunas para obtener una mejora en sus particulares condiciones de trabajo o en el funcionamiento general del centro. - Reunirse libremente, fuera de su horario laboral, en los locales o instalaciones cedidas en cada ocasión por el centro, previa comunicación a la dirección con una antelación razonable. - Recibir las dotaciones anuales de uniforme y calzado, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del centro, en los casos recogidos por la normativa vigente. b) Deberes 1.- Del personal de Conserjería: - Atender con la debida corrección y respeto al conjunto de integrantes de esta comunidad escolar, así como a cualquier persona ajena a la misma que solicite su atención para recibir información o realizar gestiones relacionadas con la actividad propia del centro. - Mantener durante su horario de trabajo la preceptiva uniformidad. - Comunicar con antelación, siempre que la ausencia sea previsible, las faltas de asistencia al trabajo al Secretario del centro, al que se entregará con posterioridad el justificante de la misma. - Cumplir puntualmente su horario de trabajo y desempeñar con normalidad y eficacia su labor, con especial atención a las siguientes funciones: a) Controlar y vigilar las puertas de acceso al centro. b) Controlar la entrada de alumnos y alumnas a partir de las 8,35 horas de la mañana con el fin de garantizar el desarrollo normal de las clases en esa primera sesión. 121 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid c) Estar al tanto de las existencias del material necesario para el desempeño de sus funciones, así como del combustible para la calefacción, informando al Secretario de la necesidad de reposición o suministro de los mismos con la suficiente antelación. d) Controlar el orden y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro en pasillos, aseos y otras dependencias en ausencia del profesorado correspondiente, poniendo en conocimiento de Jefatura de Estudios o, en su caso, de los profesores de guardia, las incidencias que pudieran producirse. e) Mantener la máxima diligencia y esmero en la realización de los trabajos de reprografía. f) Atender con puntualidad la centralita de teléfonos, procurando contactar inmediatamente con las personas requeridas o, en caso de no encontrarse éstas localizables, anotar el mensaje para comunicarlo con la mayor brevedad posible. g) Cumplir con efectividad y diligencia aquellos encargos que tengan que realizar fuera del centro que, en el cumplimiento de sus competencias, les sean encomendados por los componentes del equipo directivo. h) Cualquier otra que, dentro del ámbito de sus funciones, pudiera serle asignada por la dirección del centro. 2.- Del personal de Secretaría: - Atender con la debida corrección y respeto al conjunto de integrantes de esta comunidad educativa, así como a cualquier persona ajena a la misma que solicite su atención para recibir información o realizar gestiones relacionadas con la actividad propia del centro. - Comunicar al secretario con antelación, siempre que la ausencia sea previsible, las faltas de asistencia al trabajo, entregando con posterioridad el justificante de las mismas. - Cumplir puntualmente su horario de trabajo y desempeñar con normalidad y eficacia su labor, con especial atención a las siguientes funciones: a) Mantener ordenados y actualizados todos los archivos relacionados con la gestión administrativa del centro. b) Confeccionar con el máximo rigor y esmero los diferentes documentos, estadillos, cuestionarios y registros demandados tanto por el equipo directivo como por los organismos correspondientes de las diferentes administraciones relacionadas con el centro. 122 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid c) Custodiar y comprobar las existencias del material de oficina y papelería, comunicando al secretario las necesidades que en cada caso pudieran producirse. d) Recoger en los libros las actas pertinentes de las sesiones de Claustro y Consejo Escolar, una vez supervisadas por el secretario y aprobadas por el órgano correspondiente. e) Supervisar, clasificar y custodiar los diferentes boletines legislativos que se reciben en el centro en tanto permanecen archivados en las dependencias de Secretaría, comunicando a los posibles interesados aquellas disposiciones que les pudieran afectar. f) Elaborar las certificaciones y justificantes solicitados por los miembros de esta comunidad educativa, siempre que su contenido se corresponda con cuestiones académicas o profesionales relacionadas con la permanencia de aquellos en el centro. g) Mantener al día la correspondencia. h) Cualquier otra que, en el ámbito de sus funciones, pudiera serle asignada por la dirección del centro. 4.1.9. OTROS ÓRGAOS DE PARTICIPACIÓ En el Instituto de Educación Secundaria “Las Américas” de Parla existen las asociaciones de padres de alumnos (reguladas en el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio) y las asociaciones de alumnos (reguladas en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio) que a continuación se relacionan: - Asociación de Padres y Madres de Alumnos del I.E.S. “Las Américas”. - Asociación de Alumnos. Su funcionamiento viene tipificado en el artículo 78 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. 4.1.10. IFRAESTRUCTURA Y RECURSOS Los recursos con los que cuenta el instituto corresponden a la dotación enviada por la Comunidad de Madrid para posibilitar el funcionamiento de sus instalaciones, además de los que el propio centro se ha ido procurando mediante compra directa o 123 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid donación de otras instituciones o personas. En cualquier caso, la totalidad de los mismos se encuentran reseñados en los correspondientes registros de inventario. Para la utilización y organización de los diferentes espacios se estará a lo dispuesto en la normativa general al respecto, especialmente en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, sobre requisitos mínimos de los centros. No obstante, se establecen las siguientes normas específicas de uso para las instalaciones comunes: - Audiovisuales - Informática - Biblioteca 1.- ORMAS DE UTILIZACIÓ DE LOS MEDIOS AUDIOVISUALES: 1.1.- Organización de los medios. a) Espacios Dado el número cambiante del alumnado, la utilización de espacios para medios audiovisuales establecida durante un curso habrá de ser revisada año tras año. Como mínimo, es fundamental que el Centro cuente con un aula específica, que contenga un magnetoscopio y televisor, pantalla, proyector de diapositivas, retroproyector y equipo de sonido. b) Equipos El responsable de los medios audiovisuales del centro recopilará toda la información sobre las existencias de equipos y su localización, elaborando un informe que se encontrará expuesto en la sala de profesores, facilitándose copia del mismo al Jefe de Estudios y a los Jefes de Departamento. c) Tiempos Para proporcionar fluidez a la utilización de los medios audiovisuales, el responsable de medios del Centro colocará semanalmente en un lugar visible de la Sala de Profesores un impreso con la distribución temporal para que los profesores interesados en la utilización de equipos o salas lo soliciten. d) Documentos Sin perjuicio del material documental inventariado en los Departamentos, existe una Videoteca a disposición de todos los profesores y alumnado del Centro que funciona con un sistema de préstamo desde biblioteca. 124 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid El profesorado que lo desee puede coger el documento audiovisual que le interese anotándose en las hojas de registro que se encuentran junto a los mismos. Una vez visionado, devolverán el video a su lugar anotando la fecha en el lugar correspondiente de las citadas hojas. 1.2. Utilización de los medios: a) Utilización de medios en el Centro: - El profesorado que desee utilizar equipos o aulas de audiovisuales deberá anotar en el impreso correspondiente sus nombres y el horario de uso. - La utilización de los medios se realizará siempre por un profesor o bajo su supervisión, teniéndose especial cuidado en seguir las instrucciones de funcionamiento que figuran en sus respectivos manuales. En caso de duda deberán dirigirse al T.I.C. evitando manipulaciones al azar. - El profesorado que utilice los medios se responsabilizará de los mismos durante el tiempo de uso, cuidando de su desconexión y cierre cuando terminen. - Cuando utilicen medios móviles deberán devolverlos a su lugar de ubicación. - Cualquier irregularidad que se detecte deberá notificarse de inmediato al responsable. b) Utilización de medios fuera del Centro. - La utilización de equipos audiovisuales en actividades que tengan lugar fuera del recinto del Centro deberá ser autorizado por la Dirección y comunicado previamente al responsable. 2.- ORMAS DE UTILIZACIÓ DEL AULA DE IFORMÁTICA - Se dispondrá de un libro de aula en el que se reflejarán los períodos de utilización, el profesor encargado y las incidencias sufridas. - Cada ordenador tendrá a su vez una hoja en la que se reflejarán las incidencias durante la actividad que afecten al material informático utilizado por cada grupo. - Cada ordenador será utilizado siempre por un grupo fijo de alumnos, cuyos nombres estarán apuntados en una lista fija que quedará en posesión del profesor que desarrolle la actividad, responsabilizándose dicho grupo de cualquier desperfecto que se ocasione al material, por el mal uso que hagan de él. - Tanto el profesorado responsable de la actividad como cada grupo de alumnos deberá revisar los equipos antes y después de la realización de cada actividad. 125 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Cada grupo de alumnos tendrá un disquete o CD donde se guardarán las prácticas realizadas en las sesiones de trabajo, no pudiendo sacar dichos disquetes o CDs del aula de informática para evitar la posible contaminación por virus informáticos. - Las impresoras sólo se pueden utilizar bajo la supervisión del profesor que guíe la actividad. - Por la naturaleza de los equipos es muy importante la limpieza dentro del aula y el cuidado con esmero de todo el material. - El único material que los alumnos pueden traer al aula de informática es un cuaderno y un bolígrafo. 3.- ORMAS DE UTILIZACIÓ DE LA BIBLIOTECA - El horario de funcionamiento de la Biblioteca es desde las 8,30 h. hasta las 14,20 h. todos los días lectivos de la semana ininterrumpidamente, siempre y cuando este horario pueda cubrirse en función de la disponibilidad de la plantilla. - El sistema de ordenación de los volúmenes es la CDU (clasificación decimal universal), adaptada a los recursos del centro. - Las normas de funcionamiento estarán expuestas en un tablón de anuncios para el conocimiento de los usuarios. - Un profesor puede impartir excepcionalmente sus clases en la Biblioteca si lo considera oportuno en las horas lectivas reservando previamente, siempre que no se interrumpa o dificulte el estudio o la lectura de otros posibles usuarios. - Si un alumno o grupo de alumnos necesita acudir a la Biblioteca, no coincidiendo con los recreos, irá acompañado de una nota de su profesor correspondiente, indicándose las razones por las que se asiste. - El préstamo de libros se llevará a cabo durante el recreo, es decir de 11,10 h.a 11,40 h. - Cada alumno o alumna tendrá derecho al préstamo de un máximo de dos libros, durante un plazo de quince días prorrogables por otros ocho. Para esta prórroga deberá presentar el libro y renovar el tiempo de préstamo. El préstamo será como mínimo de 24 horas. - El lector se compromete a respetar los libros, y en caso de deterioro o pérdida o no devolución, quedará obligado a su reposición. 126 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - Los alumnos que se retrasen en la devolución de los libros serán sancionados sin poder solicitar un préstamo durante un plazo equivalente al número de días del retraso en la devolución. - El incumplimiento de estas normas, así como el comportamiento incorrecto por parte de los lectores será sancionado conforme a las normas de convivencia del centro. - En primer término, el profesor/a encargado de la biblioteca en el momento del incumplimiento de las normas establecidas, será el que impondrá la sanción oportuna. Si la gravedad de la falta así lo requiere, será Jefatura de Estudios quien la imponga. 4.1.11. MODIFICACIÓ DEL R.R.I. a) El único órgano competente para modificar el Reglamento de Régimen Interior es el Consejo Escolar. b) El Director del Centro iniciará de oficio la modificación cuando varíe la legislación aplicable al Reglamento. c) Se necesitará al menos un tercio de los miembros del Consejo Escolar para proponer modificaciones en uno o varios de los artículos del Reglamento. 4.2. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO (Extracto RRI) El marco regulador de las normas de convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid se establece en el decreto 15/2007, de 19 de abril, que en su artículo 3 explicita las normas de conducta. Decreto 15/2007 Artículo 3, apartado 3. 3. Será el propio centro escolar quien, en el ejercicio de la autonomía que le confiere la Ley vigente y de acuerdo con las características de su alumnado, establezca sus *ormas de Conducta propias, teniendo en cuenta que estas tendrán que contemplar al menos las siguientes obligaciones por parte de los alumnos: i) La asistencia a clase. j) La puntualidad a todos los actos programados por el centro k) El mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. l) El respeto a la autoridad del profesor, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar. 127 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid m) El trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso el ejercicio de violencia física o verbal. n) La realización de los trabajos que los profesores manden realizar fuera de las horas de clase. o) El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnos y profesores. p) El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar. 4. El profesor tendrá la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el necesario clima de sosiego para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan. 5. Todos los profesores del centro están involucrados en el mantenimiento de un buen clima de convivencia, y en el cumplimiento de las *ormas de Conducta establecidas. Cualquier profesor testigo de una infracción a dichas *ormas, cuando tenga la consideración de leve, está facultado para imponer la sanción correspondiente, de acuerdo con lo que establezca el presente Decreto y el Reglamento de Régimen Interior del centro. En nuestro centro las normas de conducta se concretan en los siguientes puntos: Los alumnos deben asistir, ser puntuales y permanecer en el centro durante el período lectivo y el recreo (sólo podrá salir fuera del centro durante el recreo el alumnado de bachillerato). Durante los recreos, los alumnos no pueden permanecer en las clases ni en los pasillos sin que esté presente un profesor. Entre clase y clase no está permitido salir del aula, ni, por lo tanto, andar por los pasillos, salir a los patios o entrar en la cafetería. Únicamente se podrá acudir al servicio con el permiso previo de un profesor. Durante las clases: Se deberá acudir con las adecuadas condiciones de aseo e indumentaria personal. Deberá disponerse de todo el material necesario para el seguimiento de la clase. En el aula deberá adoptarse una posición de trabajo correcta. No está permitido comer ni mascar chicle. Está absolutamente prohibido traer y/o utilizar objetos ajenos a la actividad académica (teléfonos móviles, MP3, MP4, ….) . Se deberá respetar el ejercicio del derecho al estudio de los compañeros, así como la labor docente del profesorado. Se deberán seguir las orientaciones del profesorado. Se deberá tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa. No se discriminará a ningún miembro de la comunidad educativa por ninguna circunstancia personal o social. Los alumnos y alumnas deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. No se arrojarán al suelo papeles ni otros desperdicios. Los alumnos deberán traer firmada cualquier notificación para su familia en el plazo indicado. 128 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid El alumnado de ESO no podrá, durante la jornada lectiva, estar en el espacio entre la entrada (C/ Isla Trinidad) y la puerta de acceso al Pabellón de Bachillerato. Los alumnos no se levantarán sin permiso del profesor. La llave del aula permanecerá durante el horario lectivo bajo la custodia del delegado/a de clase, siendo éste el responsable último del uso que se haga de ella. El delegado o el subdelegado serán los responsables de que la clase esté cerrada cuando no se esté impartiendo clase en ella y de abrirla antes de la siguiente clase. Observaciones: - Durante el tiempo que dure el recreo, las aulas permanecerán cerradas con llave para impedir que nadie entre en ellas. Se recomienda que las ventanas de las aulas ubicadas en la planta baja estén cerradas para que no se pueda entrar en ellas desde el exterior. Así mismo, permanecerán cerradas las puertas de la verja exterior. - Cuando las materias no se van a impartir en el aula habitual del grupo, ésta debe permanecer cerrada para evitar que se pierdan objetos personales. Las faltas de disciplina están recogidas, tipificadas y sancionadas en el Decreto 15/2007, de 19 de abril en los artículos 11 a 14. Artículo 11: Faltas de disciplina. Clasificación. Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. La tipificación de las mismas, así como de las sanciones correspondientes, deberá figurar en el Reglamento de Régimen Interior del centro y se atendrán a lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 12: Faltas leves. 1. Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave. 2. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el Reglamento de Régimen Interior. Entre las sanciones que se contemplen en dicho Reglamento se incluirán las siguientes: a) Amonestación verbal o por escrito. b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada. e) La realización de tareas o actividades de carácter académico. El uso de objetos ajenos a la actividad académica sin autorización del profesor podrá suponer la retirada de los mismos, además de la aplicación de las medidas disciplinarias pertinentes. La primera vez que suceda se le devolverá al alumno al 129 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid finalizar la jornada. Si sucede en más ocasiones, sólo se devolverán a los tutores legales del alumno. Artículo 13: Faltas graves. Se califican como faltas graves las siguientes: a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las *ormas de Conducta. h)Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Decreto. i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves. j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve. Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar. c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro. d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes. e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos. f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase. Artículo 14: Faltas muy graves. 130 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Son faltas muy graves las siguientes: 1. a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro. b) El acoso físico o moral a los compañeros. c)El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas. f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos. h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. j) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. c) Cambio de grupo del alumno. d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes. f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria. g) Expulsión definitiva del centro. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase. 131 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid Las sanciones vienen tipificadas en los artículos 12 a 14 del Decreto 15/2007. El artículo 18 de dicho Decreto establece las circunstancias atenuantes y agravantes que habrán de tenerse en cuenta para imponer las sanciones y el 19 la responsabilidad y reparación de los daños. Artículo 18. Circunstancias atenuantes y agravantes. Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta. Se considerarán circunstancias atenuantes: a) El arrepentimiento espontáneo. b) La ausencia de intencionalidad. c) La reparación inmediata del daño causado. Se considerarán circunstancias agravantes: a) La premeditación y la reiteración. b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro. c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro. d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social. e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa. Artículo 19. Responsabilidad y reparación de los daños. 1. Los alumnos quedan obligados a reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Asimismo, estarán obligados a restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la Ley. 2. En los Reglamentos de Régimen Interior se podrán fijar aquellos supuestos excepcionales en los que la reparación material de los daños pueda sustituirse por la realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro, o a la mejora del entorno ambiental del mismo. La reparación económica no eximirá de la sanción. Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá 132 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid reparar el daño moral causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, bien en público o bien en privado, según corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección. La asistencia a clase: - - - - - - Cuando un alumno llegue tarde al centro a 1ª hora: o Si el retraso es de 10 minutos o menos, acudirá directamente a su aula. El profesor de la materia, o cualquier otro profesor/a que haya detectado la incidencia, le sancionará en el recreo para que recupere la materia. o El incumplimiento de la sanción será considerado falta leve y será sancionado por el profesor que había detectado el retraso con dos recreos. o Si el retraso es superior a 10 minutos no se permitirá la entrada a clase al alumno y computará como falta. A partir de las 9:20 h. y durante el resto de la jornada lectiva el alumnado que acceda al centro deberá registrarse en conserjería y pasar a Jefatura de Estudios que valorará su posible acceso a clase (emitiendo la autorización correspondiente) o su permanencia en el vestíbulo o espacio controlado hasta el inicio de la siguiente sesión lectiva. En el caso de que un alumno necesitara ausentarse del centro, deberá presentar previamente una autorización escrita firmada por sus padres. En el caso de convocatoria de huelga, ésta deberá ser comunicada con 24 horas de antelación previa reunión de la junta de Delegados y la información correspondiente al conjunto del alumnado. Se respetará siempre el derecho de asistencia a clase de aquellos alumnos que así lo decidan. Para el alumnado de E.S.O, se establece en el 30 % el número máximo de faltas por curso, área y materia, sean justificadas o no que podrá tener el alumnado para no perder la evaluación continua, en la consideración de que la falta de asistencia a clase de modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua. El alumnado que supere dicho número de faltas será evaluado según se indique en la programación de la materia correspondiente. Cuando un alumno alcance el 15% de faltas en una materia, teniendo en cuenta su número de sesiones semanales, el profesor comunicará a la familia dicha incidencia, así como el número de faltas con el que el alumno perdería la evaluación continua. Para el alumnado de Bachillerato los porcentajes a los que hace referencia el párrafo anterior son del 15% y del 7,5%, respectivamente. Las familias que lo hayan autorizado recibirán un sms y/o un correo electrónico comunicando cada ausencia cuando el profesor correspondiente incluya la falta en AFDi Las faltas injustificadas de asistencia a clase serán controladas por los tutores, con el fin de informar a los padres y aplicar las sanciones que puedan establecerse. 133 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid - - - Si hay faltas de asistencia no justificadas: El tutor lo comunicará a la familia, por carta (recogiendo el acuse de recibo), por teléfono o mediante entrevista personal. Si hay más de 10 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora en un mes se considerará falta grave y será sancionada: o Si es un alumno de 1er ciclo intervendrá el departamento de orientación. o Entre 10 y 20 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: 1 semana sin recreo. (tutor). o Más de 20 faltas no justificadas: 1 semana 7ª hora.(tutor). La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves se califica como falta muy grave y será sancionado por el Director, en el caso de reiteración de faltas de asistencia no justificadas, de la siguiente forma: o 2º mes en el mismo trimestre con más de 10 faltas de asistencia no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Entre 10 y 20 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: 2 semanas 7ª hora. Más de 20 faltas no justificadas: Expulsión del centro 7 días lectivos. El alumnado de 1er ciclo permanecerá en el ATI. El alumnado de 2º ciclo, previa consulta con el tutor, podrá permanecer en el aula de intervención educativa. o 3er mes en el mismo trimestre con más de 10 faltas de asistencia no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Más de 10 faltas no justificadas o más de 3 faltas no justificadas de 1ª hora: Expulsión del centro 10 días lectivos. El alumnado de 1er ciclo permanecerá en el ATI, si no ha sido expulsado con anterioridad por el mismo motivo en el mismo trimestre. *OTA: El incumplimiento de una sanción por falta grave o muy grave es considerada falta muy grave y será sancionada por el Director. 134