DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO

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DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS
DEL RIO COLORADO
A.
GONZáLEZ GALLARDO
EL examen y discusión serena de los datos disponibles
sobre el régimen del Río Colorado, tierras regables
con sus aguas y antecedentes sobre uso y distribución de aguas internacionales, conducen a los resultados
siguientes:
I.—El sistema hidrográfico de un río es una unidad
física natural e indivisible, que debe ser desarrollada en
forma que rinda el mayor beneficio a la totalidad de la
comunidad humana que es susceptible de servir, independientemente de que esa comunidad esté dividida en dos o
más jurisdicciones políticas.
II.—No existe prioridad jurídica entre la navegación
y otros usos; salvo razones históricas o de prioridad en
tiempo que así lo determinen, las aguas de los ríos que
atraviesen o sirvan de frontera a dos o más entidades políticas, deben ser manejadas desde el doble punto de vista
técnico y económico, aprovechándolas y distribuyéndolas
entre las mismas entidades en proporción a las necesidades
por satisfacer, independientemente de la extensión en que
cada territorio sea recorrido o de la parte de cuenca comprendida dentro de la jurisdicción de cada una de las entidades interesadas.
III.—La distribución del aprovechamiento de los recursos hidráulicos del sistema hidrográfico del Río Colorado ha dado origen a una larga y enconada controversia
entre los siete Estados interesados de la Unión Americana
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EL TRIMESTRE ECONÓMICO
— Arizona, California, Colorado, Nevada, Nuevo México, Utah y Wyoming— en la que cada uno ha procurado
sacar el mejor provecho, alegando derechos ribereños o de
soberanía territorial o necesidades económicas creadas de
indispensable e inaplazable atención. Esta controversia dio
origen al "Convenio del Río Colorado," firmado en Santa
Fe, N. M., el 24 de noviembre de 1922, por los representantes de ios siete Estados, y terminó con la expedición
del ''Decreto del Proyecto del Cañón Boulder" efectivo
e! 21 de junio de 1929, en los que al fijar el reparto de
aguas solamente se mencionan los usos actuales de México como una carga que conveniencias internacionales puedan hacer imperativo satisfacer, pero sin reconocerle derecho alguno al aprovechamiento de las aguas del Colorado.
IV.—Estimaciones sumamente conservadoras sobre
los volúmenes de agua disponibles y datos exagerados sobre superficies de riego posible, unidos a los resultados discrepantes a que conducen los diferentes procedimientos
de cálculo empleados para obtener el **Escurrimiento Reconstruido" del rio, han hecho abrigar temores, a los Estados Unidos, de que el agua sea insuficiente para llenar
debidamente las necesidades de su territorio y, aún más,
para satisfacer las necesidades futuras de México. En los
estudios técnicos se considera a México con 80.000 a
90,000 hectáreas de riego, es decir, solamente con la máxima superficie neta que hasta la fecha ha regado, sin tomar en cuenta para nada su desarrollo futuro.
V.—-Pero los cálculos más cercanos a la verdad llevan a la conclusión de que, descontadas las pérdidas de
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DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
agua con el cauce del río y en las diferentes obras de almacenamiento, —construidas, en ejecución o en proyecto—, el escurrimiento medio anual regularizado es suficiente para abastecer debidamente las necesidades presentes y futuras de los proyectos actuales y de ios que son realizables económicamente en el territorio de los Estados
Unidos y para dejar aun un excedente de 5,827 millones
de metros cúbicos de aguas regularizadas, probablemente
bastante para beneficiar la superficie neta que se considera económicamente regable en Baja California y en Sonora, o sean 5 2 5,000 hectáreas al coeficiente de riego de
1.11 mts. que es más alto que el coeficiente medio observado. Si el coeficiente medio de riego subiere a 1.30 mts.,
como se ha estimado por algunos especialistas, tan sólo se
regaría el 8 6% de la superficie anotada, o sean 450,000
hectáreas en números redondos.
VI.—En consecuencia, de acuerdo con la situación
real y con los precedentes internacionales establecidos, México debe cuidar celosamente de obtener, en la misma proporción a los usuarios americanos, el volumen anual suficiente para abastecer las necesidades presentes y futuras
de las tierras que pueden regarse en su territorio con aguas
del Río Colorado y evitar que se repita el caso del Valle
de Juárez en el Río Bravo, en que tan sólo se le asignó
el volumen indispensable para sus necesidades inmediatas,
dejando sin agua todas las tierras susceptibles de regarse
en el futuro, limitación que paraliza su desarrollo económico.
VIL—Para lograr lo anterior, México debe contribuir a prorrata a sufragar los gastos que reclaman el con133
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
trol y regularización de las aguas del Río Colorado y la
defensa contra las inundaciones. Deberá a la vez, colocarse en un terreno semejante al propuesto en este punto y
en los anteriores, en los casos de los ríos Tijuana y bajo
bravo, donde los recursos de agua y condiciones naturales
son superiores en México que en Estados Unidos, promoviendo el reparto de los escurrimientos regularizados en
proporción a las necesidades por satisfacer en ambos países.
VIII,—El caso del Valle de Mexicali es vital para
conservar la integridad del territorio nacional y debe tener preferencia absoluta sobre cualquier otro caso de aguas
internacionales. Con costosos, difíciles y deficientes medios de comunicación; con la propiedad territorial casi
totalmente en manos de extranjeros y con su dependencia económica, casi absoluta, del mercado americano, reclama una labor eficaz, bien planeada y tezonera que fomente su desarrollo económico y lo ligue indisolublemente
con el resto del país. México debe dedicar una parte importante de su presupuesto para el desarrollo agrícola y
de las vías de comunicación del Distrito Norte de la Baja
California, aun distrayendo temporalmente algunas sumas
de las dedicadas al fomento económico de otras regiones
fronterizas.
En los capítulos siguientes se ha procurado fundar
debidamente las sugestiones anteriores.
1. EL RIO COLORADO.—Drena la inmensa región
del Suroeste de los Estados Unidos. Su área de captación
abarca una superficie de 631,690 kilómetros cuadrados
(244,000 millas cuadradas) y se aloja en siete Estados de
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DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
la Unión Americana: —Arizona, California, Colorado,
Nevada, Nuevo México, Utah y Wyoming— y en dos
de la República Mexicana: Baja California y Sonora.
Las áreas drenadas son como sigue:
l*or Estados
Millas ■'
Kuits. ■■■
IN>r Ríos
Millaü '
Kmts. *
''iX'^yoming. . . . 19,000
Colorado. . . . 39,000
Nuevo Méxi23.000
co. ....
103,000
Arizona. . .
40,000
Utah
Nevada
12,000
California, . . ,
6,000
49,210
101,010
RÍO Green. ..
Alto Colorado.
44,000
26,000
113,960
67.340
59,170
266,770
103,600
31,080
1S,S40
San Juan. . .
Frcmont. ...
Paria
Escalante. . .
Kanab. . .
26,000
4,600
1,400
1,800
2,200
67,340
11,914
3,626
4,662
5,698
E. U
242,000
626,780
2,000
5,180
Colorado Chico
Virgen. . .
26,000
11,000
67,340
28,490
Otros Ríos. . .
Gila
44,000
57,000
113,960
147,630
244,000
631,960
México. ...
Total. . .
244,000
631,960
Nace en la región montañosa de Colorado con el
nombre de Río Grande, que conserva hasta su confluencia
con el Rio Verde en el Estado de Utah, en donde toma su
verdadero nombre que conserva hasta su desembocadura
en el Golfo de California en territorio Mexicano.
Su primer afluente de importancia, el Río Verde, baja de las altas Montañas de Wyoming y el último, el Río
Gila, que se le une ya en la frontera con México, drena
el Sur de Arizona y una pequeña parte de Nuevo México;
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EL TRIMESTRE ECONÓMICO
los Otros afluentes principales son: el Río San Juan, Paria,
Kanab, Virgen y Colorado Chico.
Hace un recorrido total de 2,736 kilómetros (1,700
millas) con un desnivel total entre su nacimiento y la
desembocadura de 2,286 mts. (7,500 pies). Los últimos
151 Kmts. de su curso los recorre en territorio mexicano y los 32 anteriores sirven de frontera entre México
y Estados Unidos.
El río se divide en tres regiones bien definidas:
La cuenca alta situada al N. de las Montañas Rocallosas, en la cual el río hace un recorrido de 1,473 Kmts.,
desde su nacimiento hasta Lees Ferry, Ariz. Esta área
tiene muy poca precipitación pluvial pero muy grande abastecimiento de nieve y produce las tres cuartas partes del agua que al río conduce. A medida que los tributarios y afluentes del río salen de Colorado y Wyoming
se encajonan en cañones profundos de donde es imposible
derivar aguas para riego. Las posibilidades de riego de esta
región son limitadas y buenas las de producción de energía.
En la segunda región, desde Lees Ferry, Ariz., hasta
EuIPs Head en la punta Sur de Nevada, cerca de la población de Needles, Ariz,, el río recorre una longitud de
700 kilómetros con una fuerte caída total de 762 mts.
(2,500 pies) cortando su cauce a través de profundas gargantas y cañones casi inaccesibles en la barrera montañosa
y las altas mesetas del Norte de Arizona, La irrigación en
esta región es impracticable, pero existen grandes p>osibilidades para almacenamientos y generación de fuerza. Es
aquí donde están ubicados los cañones Boulder y Black.
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DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
En ei curso inferior, desde BuU's Head hasta su desembocadura, el río se desarrolla en una longitud de 590
kilómetros a través de una zona desértica de muy suave
pendiente e intensamente cálida en donde la agricultura
y aun la vida dependen casi exclusivamente de los riegos.
A su salida de BuU's Head, el río cruza el pequeño valle
de Mohave para encajonarse en otro cañón que abandona
en un punto llamado "Parker" a 430 kilómetros de la
desembocadura. Desde este punto hasta la presa Laguna,
en un desarrollo de unos 200 kilómetros, el río atraviesa
una serie de valles angostos en donde su cauce está más
o menos bien definido pero no bien estabilizado quedando
lai tierras muy expuestas a las inundaciones. En los 22 kilómetros siguientes, hasta Yuma a 196 kilómetros de la
desembocadura, el río forma frecuentes meandros y ha
sido necesario, para lograr el proyecto de riego de Yuma,
encauzarlo con bordes de mantenimiento difícil y costoso.
Es particularmente interesante el delta o cono de
deyección del río que tiene su origen o vértice en Yuma,
Ariz. Las enormes aportaciones de limo del río Colorado
que alcanzan un volumen medio anual en Yuma de . .
139.000,000 mts.' (de los cuales el 13% corresponde al
Río Gíla) han dado origen a la formación déltica que
se extiende a ambos lados de la línea divisoria entre
México y Estados Unidos, la cual la divide casi por
mitad; la porción americana se denomina Valle Imperial
y tiene una superficie de algo más de 400,000 hectáreas
(1.000,000 acres) ; en el lado mexicano constituye el Valle de Mexicali. Esta zona afecta una figura aproximadamente triangular, con un priiner lado que se extiende de
137
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Yuma, hacia el Sur, hasta el Golfo de California, pasando
por el pie de la Mesa de San Luis, Son.; un segundo lado
que partiendo de Yuma termina en el Mar del Saltón, bordeando la orilla de la Mesa Arenosa situada al pie de las
montañas Chocolate; y un tercer lado, el mayor de los
tres y opuesto a Yuma, que es una línea que va de la cabeza del Golfo de California, Méx., al Mar del Saltón en
California, E. U., pasando por el pie de la Sierra de los
Cencapas.
El Valle Imperial se encuentra en su mayor parte
abajo del nivel del mar siendo su depresión máxima de
75 metros al nivel del agua del Mar del Saltón; el Valle
de Mexicali está todo sobre el nivel del mar alcanzando
una altitud de 10 metros en el antiguo lago de los Volcanes, parte más alta de la barrera déltica que separa el
Golfo de California del Mar Saltón.
En toda la región déltica el río tiene un carácter
divagante, alojando su cauce a mayor altura que los terrenos vecinos y con tendencia a dirigirse a la depresión del
Mar del Saltón. La pendiente general del terreno de Yuma al Golfo de California es de 0.5 2 mts. por kilómetro
y de Yuma al Lago de los Volcanes de 0.57 mts. por kilómetro; de donde la tendencia del río a dirigirse a este
último lugar e invadir el Valle Iinperial para caer al mar
del Saltón. La gran riqueza fincada en el Valle Imperial
y el desarrollo iniciado en el Valle de Mexicali han obligado a construir obras de protección y encauzamiento de
costosa y difícil conservación, que han logrado estabilizar
ttmporalmente el curso del río por el cauce de las Abe138
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
jas y tajo de Pescadero para desembocar a través del Río
Hardy al Golfo de California.
Las bajas aguas del río ocurren en otoño e invierno
aumentando los gastos desde fines de abril hasta mediados de agosto para alcanzar sus máximas en el mes de junio, cuando los deshielos de la región montañosa del norte
son más intensos. Durante la primavera, el otoño y el invierno se presentan ocasionalmente crecientes torrenciales de corta duración provenientes de las lluvias en la región sur que alteran el régimen normal del río.
Los gastos del río son muy variables; en el período
comprendido de 1902 a 1934 inclusives se registran los
Siguientes datos:
Promedio de gastos minimos. .
Promedio de gastos medios ...
Promedio de gastos máximos .
Gasto mínimo absoluto (1914).
Gasto máximo absoluto (1916).
69 mts."/s.
608
,,
2 820
„
34
,,
6 800
,,
Mayor creciente registrada (1884)
(1200 pies ^/s.)
7 000 a 8 400 mts.Vs,
La duración de las crecientes normales del río, medias y máximas, varía entre tres semanas y dos meses. En
algunos años el Río Gila, —baja crecientes de 200 a 5,600
mts.'Vs. con duración de tres o cuatro días; estas crecientes siempre se presentan durante el invierno, y, por consiguiente, no aumentan el gasto de las crecientes normales
del río que ocurren durante el verano.
De acuerdo con datos recopilados por el U. S. Geological Survey, los escurrimientos medios del río son como
sigue:
139
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Millones
de tats. *
EN LEES FERRY
Promedio de 1911 a 192 3 calculado con los aforos de los ríos
Verde, Grande y San Juan (16.1 millones acres-pies)
19,859
EN LEES FERRY
Promedio calculado con los aforos registrados en 1911-192 3
extendidos hacia atrás hasta 1895-1906 (1S.2 millones acres-pies)
18,749
Agregando al promedio anterior los consumos netos de agua
en los aprovechamientos verificados, se obtiene la aportación media total que la corriente produce. Este problema ha sido motivo de muchísimas controversias pero
como promedio aceptable puede tomarse como "^Esriirrimiento reconstruido" medio anual en Lees Ferry incluyendo el ciclo seco en 1895-1906 (16.6 millones
acres-pies)
20,476
Abajo de Lees Ferry el Río Colorado recibe las aportaciones
siguientes:
Millones
de mts. '
(Jtah Ríos Kanab y Virgen (22 5,000 acres-pies)
Nevada Río Virgen (75,000 acres-pies)
Arizona otros tributarios (1.180,000 acres-pies)
Suma
278
93
1 45 5
1826
A descontar por evaporación entre Black C.inyon
y Yuma (1.000,000 acres-pies)
1,234
592
Río Gila reconstruido (3,120 acres-pies)
Pérdida en el Gila (5 00,000 acres-pies)
3,849
617
3,2 3 2
Escurrimiento reconstruido total (19.7 millones acres-pies)
140
24,300
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
Del volumen medio reconstruido en Lees Ferry corresponden a los ríos Verde y Grande 15,419 millones de
mts.^ (12,5 millones de acres-pies) que son aguas provenientes de las altas regiones montañosas.
EL CONVENIO DEL RIO COLORADO {Nov.
24 de 1922).—Fué firmado en Santa Fe, Nuevo México,
por los representantes de los siete Estados interesados en
el aprovechamiento del Río Colorado y por el representante del Presidente, como consecuencia del Decreto aprobado por el Congreso de los Estados Unidos con fecha 19
de agosto de 1921 que ordenó buscar un acuerdo entre
los Estados de Arizona, California, Colorado, Nevada, Nuevo México, Utah y Wyoming para la regularización y
distribución de las aguas del Río Colorado; define los términos siguientes:
"Sisfe7na del Rio Colorado."—La parte del Río Colorado y sus tributarios ubicada en territorio de E. U.
^*Cuenca del Rio Colorado."—Toda el área de drenaje del sistema del Río Colorado y cualquier otra porción del territorio de los Estados Unidos en donde las aguas
del Colorado puedan ser aprovechadas.
'^Estados de la División Alfa"—Colorado, N. México, Utah y Wyoming.
''^Estados de la División Baja."—Arizona, California
y Nevada.
"Lees Ferry."—Un punto del curso de la corriente
principal del Río Colorado situado a 1,609 mts. (una miila) abajo de la confluencia del Río Paria.
141
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
^'Cuenca Alia"—La parte de los Estados de Arizona, Colorado, Nuevo México, Utah y Wyoming correspondiente a la cuenca drenante del rio y cualquier porción
de sus territorios que esté o pueda estar beneficiada por
las aguas del sistema del Rio Colorado derivadas arriba
de Less Ferry.
'^Cuenca Baja.'*—La parte de los Estados de Arizona,
California, Nevada, Nuevo México y Utah correspondiente a la cuenca drenante del río y cualquier porción de sus
territorios que esté o pueda estar beneficiada con aguas
del sistema del Río Colorado derivadas abajo de Lees Ferry.
'^^Usos Domésticos/'—Las aguas usadas para abastecimientos de las casas, ganados, municipios, minas, molinos, industrias y otros fines semejantes, excluyendo la generación de energía eléctrica.
El Artícjilo III.—Concede a perpetuidad a cada cuenca el derecho a consumir para fines útiles (beneficial
consumptive use) 9,2 51 millones de metros cúbicos. . .
(7.5 00,000 acres-pies) anuales de agua, en cuyo volumen
quedan incluidos los derechos adquiridos actuales. Una vez
cubiertas las dotaciones anteriores la cuenca inferior puede tomar 1,23 3 millones de metros cúbicos de agua adicionales (1.000,000 acres-pies) anualmente.
Los Estados de la cuenca alta no podrán derivar, ni
los de la cuenca baja exigir la entrega de mayores volúmenes de agua que los que puedan razonablemente emiplear
para los aprovechamientos domésticos y agrícolas. Tampoco podrán adquirirse nuevos derechos sobre los exceden142
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
tc5 de los 19,746 millones de metros cúbicos (16 millones
de acres-pies) concedidos a las divisiones sino después del
año de 1963.
Los Estados de la división alta tienen la obligación de
dejar pasar por Lees Ferry 92,5 12 millones de metros cúbicos de agua (7 5 millones de acres-pies) y por cada serie consecutiva de diez años, sin especificar el volumen
aijual correspondiente.
Por lo que respecta a México, previene que si por
virtud de algún tratado internacional los Estados Unidos
le concedieran cualquier derecho a usar aguas del Sistema
del Colorado, le serán surtidas: primero de los excedentes
de los 19,746 millones de metros cúbicos que se asignan a
las cuencas alta y baja y si los excedentes fueren insuficientes, el faltante se cubrirá por mitad entre ambas cuencas.
El Articulo /V.—Establece el siguiente orden de prelación para el uso de las aguas del Sistema:
1"—Usos domésticos (tal como se han definido).
2*^'—Riego de tierras.
3"—Generación de energía.
4"—Navegación.
El Artículo XL—Estipula que el convenio entrará en
vigor al ser ratificado por las legislaciones de cada uno de
los Estados firmantes y por el Congreso de los Estados
L'nidos.
La distribución de las aguas ha sido hecha sobre ba.5es conservadores tomándose como base el escurrimiento
del río en el período más seco (1902-1911) de diez años
143
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
incluyendo desde 1902 a la fecha, que produjo 18 5,024
millones de metros cúbicos (150 millones de acres-pies)
La dotación asignada a la cuenca alta de 9.25 1 millo
nes de mts.' anuales (7.5 millones de acres-pies) es sufi
ciente para el riego de 2.226,000 hectáreas. (5.500,OOC
acres) con un coeficiente de riego de 0.45 m. (1^ acrespies por acre) que se considera amplio; pero esta superficie puede ser mayor dada la posibilidad de disponer de las
aguas de retorno, arriba de Lees Ferry, cuyo aprovechamiento no afecta la obligación impuesta por el Convenio;
no obstante, la topografía de la cuenca alta limita mucho
las posibilidades del riego.
En la cuenca baja, con la dotación asignada de 10,485
millones de rnts."^ (8.5 millones acres-pies) se pueden regar
tan solo 1.15 3,000 hectáreas (2.8 50,000 acres) con un
coeficiente medio de 0.91 mts.'^ (acres-pies por acre) o sea
aproximadamente la mitad de las posibilidades de riego
de la cuenca alta.
DECRETO DEL PROYECTO DEL CAÑÓN
BOULDER.—Aprobado el 21 de diciembre de 1928 y
efectivo el 21 de junio de 1929. Puso fin a la intensa controversia suscitada en 1919 causa del decreto de 1921 y
del convenio del Río Colorado de 1922. Durante muchos
años se opusieron a la construcción el Estado de Arizona
y los grandes intereses de las compañías, productoras de
energía eléctrica.
Autorizan al Gobierno de los Estados Unidos para
invertir hasta la suma de Dólares 165.000,000 en consti*uir, operar y conservar, dentro de los términos del Con144
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
venio del Río Colorado, una presa en los cañones "Boulder" o "Black" con capacidad mínima de 24,670 millones de metros cúbicos (20 millones de acres-pies) a fin de
controlar las inundaciones, mejorar la navegación y regularizar el Río Colorado, suministrando el agua almacenada para el riego de tierras públicas y usos domésticos exciusivamcnte dentro del territorio de los Estados Unidos
Y para la generación de energía eléctrica como medio de
hacer que el proyecto se pague por sí mismo. Se le autoriza también a construir, con cargo a los usuarios, un canal, por territorio exclusivamente americano, para conducir las aguas del río de presa Laguna a los Valles Imperial y Coachella de California.
Para que el decreto surta sus efectos es necesaria la
ratificación del Convenio del Río Colorado firmado en
Santa Fe N. M., en 1922, dentro de los seis meses siguientes por las Legislaturas de los siete Estados signatarios o
en su defecto por seis, incluida California, y la aprobación
del Presidente de los Estados Unidos.
Exige además que los Estados de la división baja limiten sus derechos a las dotaciones netas (volúmenes derivados menos aguas del retorno que vuelvan al río) siguientes :
California.
Arizona
Nevada. .
Total
.
...
5,427 millones de ir.ts.' (4.4 millones acres-pies)
3,454
,,
,,
,,
(2.8
„
,,
,, )
370
,,
,,
„
(0.3
„
,,
„ )
9,251
„
„
„
(7.5
„
„
,. )
Concede además al Estado de Arizona la mitad de
los excedentes del río que pasen por Lees Ferry y el uso
145
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
exclusivo, para su propio provecho, dentro de los límites
del Estado, del escurrimiento total del Río Gila y sus tributarios. Las aguas del Río Gila y sus tributarios, con
excepción de las aguas de retorno una vez que entren al
cauce del Río Colorado, quedarán exceptuadas de cualquier afectación, por los volúmenes que se deban entregar a México de acuerdo con los tratados que se celebren.
Sí los excedentes no ajustaren para la dotación de México,
se cubrirá la parte faltante que corresponda con la dotación de la cuenca baja, por mitad entre Arizona y Calisus afluentes.
El decreto permite el gasto de dólares 250,000.00 del
fondo del Río Colorado, para hacer estudios de proyectos
de irrigación, generación de energía eléctrica y otros semejantes en Arizona, Nevada, Colorado, Nuevo México,
Utah y Wyoming, que permitan formular un plan integral para la mejor utilización de las aguas del Colorado y
sus afluentes .
Las condiciones estipuladas fueron aceptadas por seis
Estados (Arizona puso objeciones) y el convenio fué aprobado y decretado obligatorio por el Presidente. El 3 de
julio de 1930 el Gobierno hizo la primera aportación de
Dólares 10.660,000 para iniciar la construcción de la Presa Boulder que ha sido ejecutada directamente por el Gobierno por conducto del "Bureau of Reclamation."
Los contratos de construcción fueron adjudicados a
"Six Companies Inc." por la suma de Dólares 48.891,000,,
surhinistrando el Gobierno todos los materiales.
El dique está alojado en el Black Canyon que en el
lugar de la obra tiene una anchura de 88 a 113 metros
V
146
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
(290 a 370 pies) al nivel de las bajas aguas y de 259 a
296 mts. (8 50 a 970 pies) a la altura de la corona (376
metros sobre el nivel del mar —1232 pies—).
La Presa Boulder es la más alta del mundo, su altura
máxima es de 178 mts. (5 84 pies) sobre el nivel de las
bajas aguas del rio. Su perfil es del tipo de gravedad y
su planta de arco construida en dovelas con los arranques en los contrafuertes del cañón para seguridad adicional. La corona tiene 360 mts. (1180 pies) de longitud y
una anchura de 13.72 mts. (45 pies) ; el espesor de la base
del muro es de 198 mts. (650 pies). Se construye de
concreto y entrarán 2.485,000 mts.'' (3.250,000 yardas
cúbicas) en el muro y 703,400 mts.^ (920,000 yardas cúbicas) en la planta eléctrica y estructuras adicionales.
El embalse tiene 179 kilómetros (115 millas) de largo por 13 kilómetros de ancho (8 millas), cubre una superficie de 58,680 hectáreas (145,000 acres). Su capacidad es de 37,621 millones de metros cúbicos (30.5 millones de acres-pies) con la que puede almacenar el escurrimiento total del río por dos años, calculándose que tardará siete años en llenarse.
La planta de generación de energía tendrá 1.83 5,000
H. P. instalados con una producción firme de 663,000 H.
P. Se instalarán quince turbinas verticales de 115,000
H. P. cada una y dos de 5 5,000 H. P. con generadores de
82,500 K. V. A. y 40,000 K. V. A. respectivamente. Estas
unidades serán las de mayor capacidad que se hayan manufacturado hasta la fecha. La planta de Dnieprostroy de
147
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Rusi tiene turbinas de 83,000 H. P. y generadores de . .
76,500 K. V. A.
La planta generará 5,880 millones de K. W. H. anuales de energía cuya venta dejará utilidades anuales de Dólares 7-200,000 que, en el período de cincuenta años fijado para la amortización, pagarán las inversiones con
sus intereses y dejará un saldo de Dólares 166.500,000 repartibles: el 62^% para el Gobierno de E. U., 18^%
para Arizona y 18^% para Nevada. De la parte correspondiente al Gobierno de Estados Unidos se dedicarán Dólares 66.500,000 para el desarrollo del sistema de Río Colorado y el resto para cubrir los veinticinco millones con
sus intereses al 4% como la parte del costo de la presa
cargado al control de crecientes.
CUENCA ALTA (E. U. A.) Sup. de Riego y Con
sumo de Agua.—Conforme a las investigaciones de U. S.
Geological Survey publicadas el año de 1929, las superficies regadas e irrigables son:
I'OR ESTADOS
Superíicie
Kegacla
e ii
he c tare as
Irrijíable
Total
Wyoming
95,100
210,400
305,JOO
Colorado
270,100
399,000
669,100
Utah
119,400
118,700
238,100
65,000
177,800
242,800
549,600
905,900
1.455,500
Nuevo México
Total
148
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
El coeficiente de riego para la cuenca alta es variable con la ubicación y clase de tierras y los valores generalmente usados son:
1.00 acre-pie por acre=0.30 mes. lámina de agua.
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Adoptando un coeficiente medio de 0.46 m. (1^/2
acres-pies por acre) como dato amplio y conservador para el cálculo de volúmenes consumidos se obtienen para
ra el cálculo de volúmenes consumidos, se obtienen para
5.395,000 acres-pies, equivalentes a
A cuya cifra hay que agregar las derivaciones de
los ríos Verde y Colorado para utilizaciones en
las Cuencas del Gran Lago Salado y del Río
Mississipi, que montan a 230 millones de meMississipi, que montan a 2 30 millones mts.'
anuales (186,400 acres-pies) y cuyo último
desarrollo puede requerir (325,000 acres-pies)
Total
(5.720,000 acres-pies)
6,6 5 5 millones mtsi^
401
„
7,056 millones mts.''
Este es el volumen anual máximo de agua que puede
usar la cuenca alta del rio una vez que se haya desarrollado totalmente, pero como tiene asignada una dotación
de 9.2 51 millones de mts.^ (7.5 millones de acres-pies) hay
un sobrante de consideración, concluyendo el U. S. Geological Survey que la dotación es suficiente para todos los
posibles proyectos futuros en la cuenca alta y para dejar
pasar el volumen correspondiente a la cuenca baja en cualquier serie de diez años en los períodos secos.
149
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
CUENCA BAJA (JE. U. A,) Superficie de Riego y
Consumo de Agua.—Los coeficientes netos de riego (diferencia entre volumen derivado y aguas de retorno que
vuelven al cauce del río) que es observado en los proyectos de riego de Arizona y California son:
Proyectos por gravedad arriba de la Presa Laguna. . .
Proyectos por gravedad abajo de la presa de
4.0 a
Con un promdeio para los
proyectos por gravedad
abajo de la Presa Laguna
de:
En los proyectos por bombeo
los volúmenes bombeados
corresponden en promedio a:
De los que descontando pérdidas de conducción, llega
en promedio a la cabecera
de los Campos
3.0 acres-pies por acre =0.92 m.
4.5
,,
,,
,,
,,
-=1.22—1.37 m.
4.35
,,
,,
„
„
=1.33 m.
4.0
,,
„
„
„ ^^1.22 m.
3.2 5
,,
„
,,
,,
=0.99 m.
Las superficies de riego en los proyectos que funcionan actualmente y en proyectos de fácil y económica ejecución, las superficies totales que pueden regarse con todos los proyectos que se pretende desarrollar así como los
consumos de agua, son:
S u I) c r r> c i e r i c y o
en iiectílreas
Fácil
Tot l'Uturo
California
Arizona
Nevada
Usos domésticos para
Los Angeles
Consiinni en miIlonc-i tle mts. ^
~^- á c i I
Futuro
344,400
93,000
6,100
454,5 00
360,500
32,400
4,46é
995
79
5,690
3,297
420
....
443,500
......
847,400
. .
5,540
1,233
10,640
150
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
Las estimaciones anteriores incluyen los proyectos de
riego del Rio Gila en Arizona y deben abastecerse con las
aportaciones de éste y la dotación para la cuenca baja de
la corriente principal del Colorado.
MÉXICO.—Superficie de Riego y Consumos de
Agua.—El origen del desarrollo agrícola de la Baja California data del año de 1891 cuando el Ing. C. R. Backwood
organizó la "Colorado River Irrigation Co." para el riego
del entonces Desierto del Colorado y ahora Valle Imperial.
De esta Compañía se derivó la ^'California Development
Co.'* constituida conforme a las leyes de Nueva Jersey el
año de 1896 que denunció ante el Gobierno Americano en
1899 un gasto de 284 mts."/s. (10,000 pies cúbicos) para
el riego de tierras americanas.
Como la topografía del terreno hiciera antieconómico, en esa época, la localización de todo el desarrollo del
cuñal de conducción por territorio americano y como la
utilización del Río del Álamo, antiguo cauce abandonado
del Río Colorado en territorio mexicano, resolviera satisfactoriamente el problema de la conducción de las aguas
para el riego de tierras aniericanas, fué necesaria la organización de una compañía mexicana subsidiaria que el año
de 1900 se constituyó bajo el nombre de "Sociedad de Irrigación y Terrenos de la Baja California, S. A," comprando 4,046 hectáreas (10,000 acres) de terrenos nacionales,
de los concesionados a don Guillermo Andrade en la Baja
California y dentro de las cuales se encontraba el cauce
del Álamo, y solicitó permiso del Gobierno Mexicano para pasar el canal iniciando desde luego la construcción.
m
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
El canal del Álamo arranca de la toma Hanlon ubicada en el cauce del Río Colorado a dos kilómetros escasos al Norte de la linea divisoria internacional, que el canal cruza cerca de Algodones, B. C, y se desarrolla por
territorio mexicano en una longitud de cien kilómetros
aproximadamente; volviendo a cruzar la frontera cerca de
Caléxico, E, U. A., para pasar nuevamente a territorio
americano. Las primeras aguas pasaron en junio de 1901 y
la concesión mexicana para la construcción del canal fué
perfeccionada el 17 de mayo de 1904 reservándose México el derecho al 50^^ de las aguas derivadas para el riego
de tierras mexicanas; estas aguas se venden conforme a
tarifas fijadas de común acuerdo entre la Compañía y el
Gobierno Mexicano. Actualmente se cobra a razón de . .
$ 1.00 moneda nacional, el millar de metros cúbicos de
agua.
La compañía original quebró en 1911 y fué adquirida en subasta pública por la empresa del F. C. Sur-Pacífico, que formó para su administración una subsidiaria bajo el nombre de "Compañía de Terrenos y Aguas de la
Baja California, S. A." pero en el año de 1916 los usuarios americanos se organizaron formando el "Imperial Irrig^tion District" y compraron al Sur-Pacífico sus propiedades y derechos sobre el sistema de riego, para operarlo
en México con el nombre de la sociedad comprada. Esta
compañía controla toda el agua que se usa en los Valles
de Mexicali e Imperial y opera 200 Kmts. de canales principales.
El Valle Imperial ha sido desarrollado por la empresa
colonizadora "Imperial Land Co." que fundó las ciuda152
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
des de Caléxico, Heber, Imperial y Brawley en Estados
Unidos y Mexicali en Baja California.
El desarrollo agrícola en la Baja California ha sido
fomentado principalmente por la Compañía colonizadora denominada "Colorado River Land Company" protocolizada el año de 1902 y que en seis diferentes operaciones de 1904 a 1907, adquirió de la Sucesión de don Guillermo Andrade 340,212 hectáreas de terreno de la antigua "Concesión Andrade.", Ha vendido algunas porciones quedándole actualmente una extensión de 32 5,725
hectáreas, que incluyen los terrenos nacionales de "Los
Cucapás" con superficie de 5 5,000 hectáreas.
La "Colorado River Land Co.," el mayor latifundista extranjero en la Baja California, arrienda sus terrenos
y vende las aguas que conduce por sus canales. Su sistema
de riego comprende seis sistemas de canales con las siguientes características, al año de 1934:
Canales principales
Canales secundarios
8Í kilómetros
136
,,
Canales terciarios
1,407
Superficies dominadas pof los canales
Superficie en cultivo
,,
126,490 hectáreas
éj,124
„
Aparte del latifundio de la Colorado River Land Co.,
hay en la Baja California 3 6 propiedades extranjeras, registradas en el Catastro, con superficies variables de nueve
a dieciséis mil hectáreas, que abarcan en total, excluida la
Colorado River, una extensión de 5 5,747 hectáreas, lo que
hace un total de 5 8 0,000 hectáreas, en números redondos,
de: tierras mexicanas en manos extranjeras.
153
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Funcionan además las siguientes Colonias:
5
10
3
Colonias del Gobierno del Territorio
Colonias de la Sría. de Agricultura y Fomento.
Colonias de particulares. . .
6,328 hectáreas
16,448
„
1,036
„
16
Colonias con superficie total de:
2 3,814 hectáreas
Los datos que poseemos sobre superficies de riego e
irrigables en todo el Valle de Mexicali, con las obras actualmente construidas son incompletos e impiden dar cifras exactas, pero puede asegurarse que son aproximadamente :
Superficie máxima cultivable con las obras de riego actuales
Superficie máxima regada en un año dado (1925)
menos ele
13 0,000 hectáreas
90,000
„
En la página 86 del Informe de la Sección Americana de la Comisión Internacional de Aguas de abril de 1930
figuran los datos que, reducidos a medidas métricas, damos a continuación:
. Ano
1908
1909
1910
1911
1912
1913
1914
1915
1916
1917
1918
.
1,
Tr .
;-.up.
KcKHfCt.
2,807
3,663
6,038
6,051
8,741
13,663
16,026
16,592
27,316
31,363
47,968
« Ano
^1.
TI i
Siip.
Rtfí.
llect.
1919
1920
1921
1922
1923
1924
1925
1926
1927
1928
1929
55,273
76,891
48,568
60,704
72,844
74,877
87,782
77,925
63,200
77,A76
€6,769
154
Agua
irastada.. Mi"
"
llones de mts. '
610.6
706 1
475.1
542 7
747.8
757 O
898 6
838 O
707 J
878 6
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
Casi todo el riego del Valle de Mexicali se hace por
bombeo debido a que el cauce del Canal principal del
Álamo, corre más bajo que los terrenos adyacentes; los
coeficientes de riego medidos en los sitios de derivación en
los canales principales y que figuran en la página 173 del
Informe de la Comisión Internacional de Aguas, ya mencionado, reducidos a láminas de agua son como sigue:
1911
1912
0 89 m.
0 91
1917
1918
1 .21 m.
1 20
1923
1924
.03 m,
01 9>
1913
1914
1915
1916
0 92
I.IJ
0.90
1919
1920
1921
1 11
0 92
0 98
1925
1926
03 7J
08 H
12 >»
0 97
1922
1 10
1927
Promedio: 1.03 metros de lámina de agua.
Como al dato anterior hay que agregar las pérdidas
de conducción en los canales principales, se fija por los
ingenieros americanos un coeficiente de riego para el Valle de Mexicali de 4.2 5 acres-pies por acre equivalente a
1.30 mts. de lámina de agua como coeficiente de riego
adecuado.
Las superficies brutas susceptibles de regarse con
aguas del Río Colorado fueron determinadas el año de 1924
por la Primera Zona Reglamentadora y de Irrigación dependiente de la Dirección de Aguas de la Secretaría de
Agricultura y Fomento y expresadas en hectáreas se consignan en el cuadro siguiente:
155
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
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DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
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1J7
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
El total de 784.765 hectáreas representa la superficie bruta total que pudiera llegar a regarse y de la cual
soJamente pueden considerarse susceptibles de desarrollo
iomediato la superficie que está protegida contra las inundaciones, aun cuando parte de ella carezca de obras de distribución de aguas y acondicionamiento de terrenos, o sean
unas CIENTO SESENTA MIL hectáreas.
La superficie de desarrollo fácil, una vez que se ponga a cubierto de la invasión de las inundaciones con obras
adecuadas de protección y encauzamiento del río, son las
que se deducen del plano formado por el Ing. Frank Adam
en 1928 y que figura anexo al informe rendido a la Comisión Internacional de Aguas.
Sumario de las superficies irrigables a lo largo del Río Colorado planimetreadas del n)apa del Ing. Adams por
la Comisión Internacional de Aguas:
Acres
Al Norte de los Canales de las Abejas y
Pescadero y bordo Rodríguez, excluyendo las tierras de la Mesa:
Abiertas al cultivo hasta 1928
Sin abrir
Tierras de la Mesa, directamente al Sur
de la línea internacional (aprox.
90% del total)
Sin protección y sin servicio al Sur de
los canales de las Abejas y Pescadero y del bordo Rodríguez
(315,000 acres 127,477 Has.) estimados al 90% del área total
Total
158
Hfis.
(2 80,000
( 70,000
„ )
113,313
28,328
( 30,000
„ )
12,141
(220,000
„ )
89,032
(600,000
„ )
242,814
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
La Colorado River estima en 450,000 acres (182,000
Has.) la superficie susceptible de riego al Norte del bordo
Rodríguez y la Imperial Irrigation District dice haber tenido solicitudes para el riego hasta de 400,000 acres o sea
una superficie aproximada de 160,000 Has. que se estima
por la superficie protegida al Norte del bordo Rodríguez
incluyendo las tierras de la Mesa; lo que da para la superficie de desarrollo fácil una extensión, en números redondos, de DOSCIENTAS CINCUENTA MIL hectáreas, incluyendo las 89,000 hectáreas al Sur de los canales y bordos.
Una clasificación tentativa general de las 784,765
hectáreas comprendidas en los perímetros fijados por la
Primera Zona Reglamentadora y de Irrigación en 1924
pudiera plantearse como sigue:
SUl'KRFICIE EN HECTÁREAS
XJBICACION DE I.AS TIERRAS
Total
Irriííaljle
I'orcicnto
SONORA
Con canal a 24.80 mts. de acotación de
plantilla v que no requiere bonificación
Con canal con límites tntre tierras bue-
17,921
13,000
70
nas y malas no i.!efinido
Dominados por el Cana! Este de Yuma.
Mesa de San Luis (bombeo)
Mesa demasiado arenosa
Mesa Colonia Lerdo
68,416
7,S09
132,261
4,828
1,780
17,000
5,000
66,000
25
70
50
O
70
234,179
102,000
159
1,000
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
SI THRFiciB
l'BICACION DE LAS TIERRAS
Total
I:N' HKCTARKAS
Irrigable
l'or ciento
BAJA CALIFORNIA
3 5 9,401 hectáreas en el Delt.i del Río
protegidas por los bordos
Sin protección de bordos
De riego por bombeo
Mesa de Algodones
Mesa demasiado arenosas
Laguna Salada Fondo
Laguna bombeo sin bonificación
Laguna bombeo con bonificación
Laguna demasiado arenosa
160,000
lí( 5,081
14,320
18,93 8
4,82 8
114,115
8,272
16,878
2 8,164
160,000
13 0,000
10,000
17,000
550,586
423,000
102,000
4,000
lOO
70
70
90
O
90
50
O
O
O sea un total de QUINIENTAS VEINTICINCO MIL
hectáreas. Los volúmenes de agua requeridos para el cultivo serían:
Desarrollo inmediato
Desarrollo fácil
Desarrollo posible
Sumas:
Superficie
Hectáreas
Coeficiente
cíe riejío
160.000
90.000
275.000
1 30
1.30
1 30
525.000
Millones de
nitH.cíib.
2080
1170
3575
6825
O sean 5.5 millones acres-pies.
Entre las áreas de riego posibles consignadas en las
estimaciones de la Primera Zona reglamentadora y de Irrigación que se han mencionado antes, figura la importante
región deshabitada de la Laguna Salada, desconocida durante mucho tiempo, pues fué sólo hasta 1923 cuando se
iniciaron los primeros reconocimientos. El estudio agroló-
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
gico de sus tierras fué hecho por Mr. Stanley W. Cosly,
dt la Universidad de California, que publicó un resumen
en Geographical Review correspondientes al 4 de octubre
de 1929.
La cuenca de la Laguna Salada está ubicada al Poniente del Valle de Mexicali, afecta una forma alargada y
queda limitada al Este por la Sierra de los Cucapás y al
Oeste por la Sierra de Juárez; al Norte está separada del
Valle Imperial por una alta barrera aluvial sobre la línea
divisoria internacional; sus tierras descienden hacia el Sureste para alcanzar una depresión absoluta de más de 3
metros abajo del nivel del mar, en la laguna situada al
Noroeste de la Sierra de los Cucapás, para elevarse gradualnnente hacia el Sur alcanzando una acotación de 3
metros sobre el nivel del mar entre el extremo Sur de la
Sierra de los Cucapás y el Norte de la Sierra de las Puntas. Terminan sus tierras en la margen derecha del Rio
Hardy.
Las depresiones de la Laguna Salada y del Mar del
Saltón son probablemente entradas de un antiguo golfo
que fué terraplenado por los depósitos aluviales del río;
las dos cuencas son de la misma época geológica y tienen
caracteres fisiográficos muy semejantes. El área central de
cada una está formada por aluviones del río que, con suave pendiente, descienden desde la formación déltica hasta
una laguna de agua salada ubicada en el extremo Norte
de la cuenca, abajo del nivel del mar. En ambas cuencas
ci área central está casi rodeada por una faja ancha de dunas arenosas y de material detrítico grueso, originario de
las sierras adyacentes.
161
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Las dos depresiones son de formación geológica reciente y si no fuera por las barreras artificiales (bordos, tajos, etc.) su proceso de formación aún continuaría. La depresión del Mar Saltón que tiene obras de protección sólo
se inunda excepcionalmente; la cuenca de Laguna Salada
que carece de ellas, está sujeta a inundaciones periódicas
cuando las crecientes coinciden con las altas mareas del
Golfo de California, desbordando el Río Hardy. Aunque
estos desbordamientos son relativamente frecuentes, varia
mucho su duración y el volumen de agua que escurre a
la cuenca que ocasionalmente se inunda en su totalidad.
Por regla general, el agua alcanza a cubrir tan sólo una
pequeña parte de su superficie, en la parte más baja de
la depresión.
^4
Semejantes como son, casi iguales, las condiciones naturales de una y otra cuenca, su desarrollo económico es
bien distinto: la Laguna Salada se encuentra totalmente
deshabitada; en cambio, el Valle Imperial, que hace unos
treinta años era una región desértica, tiene actualmente
una población numerosa; su desarrollo agrícola ha sido casi espectacular, creando propiedades que valen muy cerca
de Dólares 150.000,000 que rinden productos agrícolas
por valor de más de Dólares 2 5.000,000 anualmente.
La región de 68,000 hectáreas comprendida entre la
Colonia Lerdo y el Golfo de California, que se consigna
entre los datos de la Primera Zona Reglamentadora y de
Irrigación, con límites entre tierras buenas y malas aún
no definidos, está formada por innumerables meandros y
lagunetas y ha sido objeto también de algunos reconocimientos con cuyo resultado, el año de 1929^ se hicieron
162
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
gestiones iniciales ante la Secretaria de Agricultura y Fomento para desarrollar un vasto plan de lavado, saneamiento y entarquinamiento de terrenos, en forma idéntica como se ha hecho en las tierras bajas, cercanas al mar, del delta del rio Nilo en Egipto. Este plan requiere indispensablemente de muy grandes inversiones, el encauzamiento
y control de la corriente del Colorado y un muy amplio
abastecimiento de agua que permita lavar abundantemente los terrenos por mejorar.
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS REGULARIZADAS DEL RIO COLORADO.—Las obras de regularización de las aguas del río, a fin de obtener la protección
más eficaz contra las inundaciones y el mejor aprovechamiento de sus recursos hidroeléctricos, respetando los usos
domésticos y agrícolas que son preferentes de acuerdo con
el convenio y decreto relativos, comprenden por ahora la
construcción de las presas siguientes: Lees Ferry en el Cañón Gren, otras en Glen Canyon-Havasu, Cañón Bridge,
Cañón Black (Boulder), Bull's Head y Parker en el cauce principal del Río Colorado; en el Río Gila se proyecta
construir la presa del Centinela, La Presa Boulder es el
primer paso del desarrollo del plan.
El escurrimiento del río se gastará en las derivaciones agotantes útiles para agricultura y otros usos, que se
han discutido antes y en pérdidas por evaporación en los
embalses y en la corriente misma.
El valor medio de la evaporación en la Cuenca del
Colorado es estimada en 1.07 mts. anuales (3.5 pies). El
área media de la superficie del agua expuesta a la evaporación en los diferentes embalses es de 97,126 hectáreas
16i
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
(240,000 acres) en donde se perderán 1,03 6 millones de
metros cúbicos (840,000 acres-pies).
Teniendo en cuenta las pérdidas en los embalses se
calcula que las pérdidas por evaporación de la superficie
restante de la corriente del río entre la Presa Boulder y
la Presa Laguna, alcanzan la cifra de 49 3 millones de metros cúbicos (400,000 acres-pies).
En el Río Gila, en ausencia de almacenamientos, se
estimaron las pérdidas en 617 millones de metros cúbicos
(500,000 acres-pies) quedando un volumen utilizable de
3,232 millones de metros cúbicos (2.620,000 acres), pero
ya con las obras de regularización (Presa Roosevelt, Hoover
y Centinela) , el escurrimiento neto utilizable, ha sido estimado por distintos procedimientos entre 2.2 y 2.6 millones de acres-pies, aceptándose como una cifra adecuada 2.25 0,000 acres-pies o sean 2,775 millones de metros
cúbicos.
Con las anotaciones anteriores se hace el cálculo siguiente:
MI I- I. O N i; R
DE
Acres
M t s . ='
Escvirrimiento reconstruido en Lees Ferry
Consumo actual y futuros Cuenca Alta
16 60
^71
20,476
7,056
Disponible en Lees Ferry. , .
Boulder (ríos Kanab, Virgen y tributarios de Arizona)
10 88
13,420
1 46
1,801
12 34
15,221
1 24
1,529
Sumas. . • .
Pérdida en embalses. . ,
Pérdida en el cauce. . ,
0.84—1,036
0.40—• 493
164
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
M I I^ i, <J N ¡; :í
ii li
Acres
M t ñ •'
Disponible abajo de Presa Boulder
11.10
Aportación neta del Gila.
Disponible Cuenca Baja y México
Consumos act. y futuros Cuenca Baja.. ...
Sobrante para abastecer México
13,6^2
22S
2,775
13,35
8.63
16,467
10,640
4 72
5,827
Cantidad suficiente para el riego de 450,000 Has. de tierras mexicanas al coeficiente de riego de 1.30 mts. de lámina de agua y que podría bastar para la superficie total
que se ha calculado como de riego posible (525,000 hectáreas) con un coeficiente de riego de 1.11 mts. que es
algo más elevado que el promedio que se ha observado
(1.03 mts.).
Si de acuerdo con el Convenio de Santa Fe, N. M.,
se elimina del cálculo las aguas del Río Gila, tomando de
los 11.1 millones de acres-pies disponibles en la Presa Boulder los 8.5 millones para los Estados de la cuenca inferior,
que el convenio estipula, quedarían aún excedentes de 2,6
millones de acres-pies o sean 3,207 millones de metros cúbicos de agua, suficientes para el riego de 246,000 hectáreas de tierras mexicanas al coeficiente de riego de 1.30
mts., volumen que seguramente bastaría para el riego de
las 2 50,000 hectáreas que se han considerado como de
riego fácil.
Excedentes de 5,827 millones de metros cúbicos para
el riego de unas 500,000 hectáreas de tierras mexicanas,
es el resultado más probable, desde el punto de vista téc165
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
nico, que se presentará en Li práctica, al quedar construidas y funcionar normalmente las diferentes obras proyectadas. La otra variante considerada no tiene otro valor que
el legal, desde el punto de vista de los tratados internacionales que pudieran celebrarse, pero podemos asegurar,
que cualquiera que sea el resultado exacto a que se llegue,
los excedentes del Colorado que necesariamente pasarán a
territorio mexicano por la falta completa de uso en Estados Unidos, serán siempre suficientes para regar cualquier
superficie que pueda ponerse en cultivo en el Valle de
Mexicali.
Si no fuere posible llegar a un convenio internacional satisfactorio, puede preverse que las dificultades, si sepresentan, ocurrirán tan sólo durante los primeros años
del funcionamiento de la Presa Boulder, antes de que se
llene y mientras las demandas de energia eléctrica no exijan extracciones importantes del gasto regularizado del
río.
No obstante, en todos los estudios elaborados, si bien
se niega a México cualquier derecho al uso de las aguas
regularizadas del Colorado, se acepta la necesidad de que
los Estados Unidos, como carga ineludible, suministren a
México el agua suficiente para el riego de 80,000 a 90,000
hectáreas (200,000 a 22 5,000 acres) al coeficiente de riego de 1.30 mts. (4.25 acres-pies por acre) lo que, en cierto
modo, asegura el éxito de las gestiones para obtener por lo
menos el agua necesaria para la superficie máxima que
se haya cultivado hasta la fecha. El resto vendría por la
fuerza misma de los hechos.
166
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
LA FIJACIÓN DEL CAUCE DEL RIO Y LA DEFENSA CONTRA LAS INUNDACIONES.—La invasión de los terrenos de labor en los Valles de Mexicali e
Imperial, durante el período de su desarrollo económico,
se inicia a principios de 1905, como consecuencia de un
tajo abierto para comunicar el cauce del Colorado con el
del río de los Alamos, a fin de aumentar el volumen de las
aguas derivadas por este último para riego de tierras. El
tajo no pudo ser tapado oportunamente y el Río Colorado
se desvió totalmente al cauce del Álamo, siguiendo por el
Rio Nuevo al Mar del Saltón. Veinte meses de labor continuada se requirieron para tapar la brecha abierta, pero
apenas concluidos los trabajos bajó, el 6 de diciembre de
1906, una creciente intempestiva del Río Gila con 1,370
mts.^/s. de gasto, que abrió otra brecha y desvió nuevamente las aguas del río al Mar del Saltón. Esta brecha se
tapó con un bordo de puro enrocamiento y se procedió
a la construcción del bordo de defensa de la "California
Development Co.," que parte de Andrade, Cal., y tiene
16 Kmts. de longitud.
Entretanto, los depósitos continuos de limo levantaban el lecho del río, que corría por el pie de la Mesa
de San Luis, Son., amenazando con una desviación de la
corriente a la Laguna de los Volcanes, con peligro de que
las aguas volvieran a invadir la depresión del Saltón a través del cauce del Río Nuevo, que parte de esa laguna. Por
este motivo, en 1908 se inició la construcción del Bordo
de los Volcanes, terminando en el mismo año los primeros
11 Kmts. que cerraron la entrada al cauce del Río Nuevo.
En 1909 el río desvió su curso por el cauce del Río de las
167
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Abejas e invadió la laguna de los Volcanes que derramó
sus aguas al Golfo de California a través del Río Hardy.
La construcción del bordo se terminó en 1920 hasta completar 2S Kmts. de longitud.
Al mismo tiempo que el bordo anterior, se construyó el bordo Saiz con 40 Kmts. de longitud y que ahora está
casi abandonado.
La desviación pennanente del río a la laguna de los
Volcanes, que ponía en continuo peligro de rotura el bordo que tapa la entrada al Río Nuevo, hizo pensar en la
conveniencia de desviar el Río Colorado al cauce que ocupaba antes de 1909 y decidió, en 1911, la construcción del
bordo Ockerson que partiendo del extremo Sur del bordo
de la "California Development Co.,'* corre paralelo al antiguo cauce por una longitud de 40 kilómetros. Las crecientes destruyeron las obras y no se logró la desviación.
Entretanto, la Laguna de los Volcanes se terraplenaba levantando su fondo a razón de 30 centímetros por
año y el peligro de rotura del bordo aumentaba. Por este
motivo, en 1921 se construyeron el tajo y bordo de Pescaderos, para desviar la corriente por el Río de Pescaderos.
Estas obras lograron un resultado muy favorable; desviaron la corriente por un cauce antiguo, al oriente de Pescaderos, que confluye muy al Sur con el Río Hardy y
que el río conserva hasta la fecha.
La creciente de 1926 destruyó tramos importantes de
la parte Sur del bordo de Pescaderos y permitió la entrada
de alguna cantidad de agua al antiguo cauce de Las Abejar, amenazando invadir la zona de la Laguna de los Volcanes que para esas fechas estaba ya en franca vía de desloa
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
arrollo agrícola y obligó a la construcción del bordo Rodríguez, que es actualmente la obra de defensa más avanzada hacia el Sur de las tierras del Valle y el límite de las
tierras de labor.
En 1926 se trató de abrir al cultivo una extensión
de 80,000 Has. comprendida entre el antiguo y el nuevo
cauce del Colorado y se procedió a construir el bordo de
Bacanora que parte de San Luis, Son., y corre por la margen derecha del cauce actual del rio y paralelamente al
mismo. Las crecientes de 1929 destruyeron las obras hechas.
Desde 1907 a la fecha se ha construido en el Valle
de Mexicali una longitud total de 156 Kmts. de bordos de
defensa y de una manera continua se atiende a la conservación de los que quedan en uso. Los fondos invertidos
hasta 1930 han sido aportados como sigue:
California Development Co
Gobierno Americano
Imperial Irrigation Districc
Colorado River Land Co
Gobierno Dist. Norte Baja California.
Dls.
„
„
„
,,
1,625,000
1.100,000
1.453,000
192,000
48,000
Tota! para construcción y conservación de bordos
Dls.
4.418,000
Además, el cierre de las brechas abiertas en 1905 y
1906 que fué ejecutado con fondos suministrados
por la Compañía del Sur-Pacífico importa
Dls.
2.459,000
Haciendo una inversión total hasta 193 0 para controlar el río y defender los Valles Imperial y de
Mexicali, de
Dls.
6.877,000
169
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
Cifra que no toma en cuenta las inversiones para la defensa del Proyecto de Yuma.
Como se ve, la lucha contra las inundaciones de los
terrenos de los Valles Imperial, de Mexicali y Yuma ha
sido incesante y costosa, sin haber logrado una protección
efectiva, por esto el Decreto del Cañón Boulder establece
como primera finalidad el control de las inundaciones al
que atribuye un 15% (Dólares 2í.000,000) del costo autorizado del proyecto del Black Canyon; asimismo, el desarrollo integral del sistema del Río Colorado, con las presas que ya se tienen ideadas y las que después se decida
construir, tiende a la misma finalidad. México, aun cuando
con menores valores fincados, está tan interesado conio
Estados Unidos en la protección de las tierras del delta
del Colorado y las obras de protección quedan precisamente en territorio mexicano.
La Presa Boulder reteniendo una gran parte de los
limos del Colorado y regularizando su gasto, contribuirá
mucho a disminuir el peligro, que será todavía menor
cuando se construyan las presas BuU's Head y Parker que
también detendrán azolves y regularizarán aun más la
corriente, dejando tan sólo un tramo de 250 kilómetros
de cauce, entre Parker y la línea divisoria, que conduzca
sin control al delta las aguas torrenciales y limos de la parte de la cuenca drenante que le corresponde.
Queda, sin embargo, el Río Gila que baja durante
el invierno crecientes tan importantes como las del Colorado; después de la construcción de la Presa Roosevelt y
antes de la de Coolidge, bajó crecientes de 5,100 a 5,660
mts.^/s. (180,000 a 200,000 pies cúbicos por segundo)
170
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
medidos en Yuma. Para regularizar estas crecientes se tiene en proyecto la construcción de la Presa del Centinela
a 144 Kmts. (90 millas) arriba de la confluencia con el
Colorado. Mientras esta presa no se construya las obras
de defensa deben estar en condiciones de resistir crecientes
de 5,660 mts."* por segundo.
Los efectos reales de control de inundaciones que produzca la Presa Boulder y las otras presas una vez que se
construyan, no pueden definirse con precisión hasta en
tanto no se observe prácticamente su trabajo, pero la experiencia adquirida con el funcionamiento de la Presa del
Elefante sobre el Rio Bravo, autoriza a asegurar que las
obras de defensa y protección de los terrenos del bajo Rio
Colorado siempre serán necesarias.
Las aguas torrenciales que recoge el Bravo entre la
Presa del Elefante y El Paso, Texas, unidas a las alteraciones que la variación del régimen de las aguas ha ocasionado en el cauce del río, han sido suficientes para producir
inundaciones en los valles de Juárez y El Paso que han
exigido la construcción de las obras de encauzamiento y
defensa que actualmente se ejecutan. El caso del Río Colorado será probablemente semejante y tiene carácter internacional.
La opinión de las personas interiorizadas en los problemas del delta del Río Colorado es que, para la protección de los terrenos de cultivo que a la fecha domina el
sistema de canales establecido, son suficientes las obras
construidas siempre que se amplíe y revista de enrocamiento el bordo Rodríguez y se conserven debidamente las
obras actuales. La ampliación y revestimiento del bordo
171
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
cuesta aproximadanaente $ 180,000.00 moneda nacional
(año de 1934) ; y según datos de la "Colorado River Land
Co." los gastos de conservación ascienden a unos cien mil
dólares anuales.
El aumento de las superficies de labor en el Valle de
Mexicali, fuera de las zonas protegidas, reclama la estabilización del cauce del rio, ya sea en su curso actual por
medio de bordos en ambas márgenes, o bien en el cauce
que ocupó antes de 1909 reconstruyendo debidamente el
bordo Ockerson. Con la experiencia y los conocimientos
actuales la ejecución de cualquiera de estos planes reclama
la inversión de doce o trece millones de pesos, moneda nacional. (Cálculo de 1934.) No es, sin embargo, prudente
hacer proyecto final alguno hasta en tanto no se observe
prácticamente el efecto que producen las diferentes presas de almacenamiento en el régimen del Rio Colorado y
en las obras de derivación establecidas en el curso bajo.
LOS DERECHOS DE MÉXICO SOBRE LAS
AGUAS DEL RIO COLORADO.—Dos tesis contradictorias se han venido esgrimiendo para definir los derechos
dj las naciones para el aprovechamiento de aguas internacionales.
Los derechos de soberanía.—Que permiten que cada
nación maneje las aguas dentro de su territorio en la forma que mejor le convenga, independientemente de los perjuicios que pueda causar a otra nación privándola del agua
o exponiéndola a inundaciones u otros perjuicios.
Los derechos de los ribereños.—Que conceden preferencia para el aprovechamiento de las aguas a las tierras co172
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
lindantes e impiden cualquier utilización que lesione o
tienda a lesionar los derechos preferentes de los ribereños,
aun cuando no los ejerciten o no puedan ejercitarlos. Es
decir, es un derecho de veto.
Ambas tesis son utilitaristas, poco equitativas e intransigentes. La primera es anacrónica y permite a una
nación causar perjuicios irreparables a sus vecinos. La segunda es por demás obstruccionista y retardataria, dando
un derecho absoluto a determinada parte del agua que nadie puede usar sino el propietario del derecho.
En la legislación interior de las Naciones estas dos
tesis extremas han sido abandonadas; la primera por absurda y la segunda por constituir un obstáculo para el desarrollo económico de la comunidad. La legislación internacional, aun cuando muy lentamente, se encamina a resultados idénticos.
Con motivo de las reclamaciones presentadas por México ante el Gobierno de los Estados Unidos por el uso inmoderado de las aguas del Rio Bravo que venían haciendo
los ribereños americanos, con perjuicio de los agricultores
del Valle de Juárez, el Procurador General de los Estados
L'nidos, Mr. Harmon, en comunicación fechada el 12 de
diciembre de 1895 expresó:
"Las reglas, principios y precedentes de derecho internacional no imponen derecho u obligación alguna a los
Ef^tados Unidos para negar a sus habitantes el uso del agua
de aquella parte del Río Grande situada enteramente dentro de los Estados Unidos, aunque de tal uso resulte la
reducción del volumen de agua en el río, abajo, del punto
173
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
en que cesa de estar enteramente dentro de los Estados
Unidos."
"El hecho de que no haya suficiente agua en el Río
Grande para el uso de los habitantes de ambos países para
fines de irrigación no da el derecho a México de obligar a
loí Estados Unidos a soportar la carga de detener su desarrollo y negar a sus habitantes el uso de una provisión
que la naturaleza ha suministrado enteramente dentro de
su propio territorio. El reconocimiento de tal derecho es
enteramente inconsistente con la soberanía de los Estados
Unidos dentro de su propio dominio."
"El caso presente es nuevo. Si las circunstancias hacen posible o conveniente obrar por consideraciones de
cortesía, es asunto que no es de la incumbencia de este
Departamento; pero en tal caso el problema debe resolverse como uno de política solamente porque, en mi opinión, las leyes, principios y precedentes de derecho internacional no imponen traba alguna sobre los Estados Unidos."
No obstante, el Gobierno Americano, desentendiéndose de la opinión einitida, firmó el Protocolo de fecha 6 de
mayo de 1896 reconociendo los daños causados y comprometiéndose a construir por su cuenta la presa Mills, en el
Cañón de El Paso, para dividir por mitad entre ambos países las aguas almacenadas, libres de gastos para México. Esta obra no fué ejecutada porque, mientras se substanciaba
el tratado correspondiente, se estudió la Presa de El Elefante que fué motivo del tratado firmado el 21 de mayo
de 1906 en el que se estipuló que los Estados Unidos entregarían anualmente a México, sin costo alguno, 60,000
174
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
acres-pies de agua (74.000,000 mts/^) que se consideraron
suficientes para el riego de las tierras que hasta esa fecha
se habian venido cultivando, de acuerdo con los informes
que el Estado de Chihuahua rindió en 1905 y con los datos suministrados por el Ing. Walcot del U. S. Reclamation Service. El Gobierno Americano tuvo, sin embargo,
mucho cuidado en estipular que: "La entrega del agua que
aquí se estipula no debe interpretarse como un reconocimiento, por parte de los Estados Unidos, de reglamentación
alguna por parte de México a tales aguas . "
Posteriormente la doctrina Harmon ha sido repetida
y enfáticamente condenada por la Suprema Corte de Estados Unidos en las controversias interiores sobre aguas que
se han suscitado. En el caso Cañadá-Chieago se consideró
inoportuna.
Los convenios y tratados celebrados entre Bélgica y
Holanda en 1843, Bélgica y Prusia en 1816, Bélgica y los
Países Bajos en 1843 y 1892 y Suecia y Noruega en 1905,
que estipulan que ningún nuevo aprovechamiento, ni modificaciones a los actuales, ni obras que alteren el régimen
de las aguas o las condiciones físicas del cauce podrán hacerse por ninguna de las naciones sin el consentimiento de
la otra; son otras tantas denegaciones de la tesis del derecho absoluto de soberanía sustentado por la doctrina Harmon.
Es particularmente ilustrativo el convenio de 1917,
celebrado entre los Gobiernos de Sudán y Egipto, que otorgó a este último, no obstante su carácter de usuario inferior, el uso casi exclusivo de las aguas del Nilo para el riego
de sus tierras. En este caso una nación fuerte, la Gran Bre17?
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
taña, abdicó sus derechos de soberanía absoluta sobre la
cuenca de alimentación del río, en favor de un pueblo débil, Egipto, que desde tiempo inmemorial viene haciendo
uso de las aguas.
Los derechos ribereños han sido repetidas veces pospuestos en los tratados celebrados entre Canadá y Estados
Unidos en 1909; Francia y Suiza en 1903; Francia e Italia en 1914; Alemania y Rusia en 1918 y Alemania y Dinamarca en 1922 en los que, las naciones interesadas, han
aceptado el principio de la utilización racional, para dar
el mayor servicio posible a la comunidad entera que las
aguas sirven, delegando la fijación de sus derechos y la resolución de controversias en juntas técnicas de fallos inapelables.
luz convención del Instituto de Derecho Internacional celebrada en Madrid el año de 1911, al discutir un
estudio presentado por el profesor von Bar de la Universidad de Gotinga, adoptó las siguientes resoluciones:
"I.—Cuando una corriente de agua sirve de frontera
a dos naciones, ninguna de estas naciones puede, sin consentimiento de la otra y en ausencia de título jurídico especial y válido, introducir o dejar introducir por particulares, sociedades, etc., cambios perjudiciales a las márgenes
de la otra nación. Por otra parte, ninguna de las dos naciones puede explotar dentro de su territorio el agua, de
manera que signifique lesión grave a la explotación por la
otra nación o por particulares, sociedades, etc., de esta última. Las disposiciones que preceden son también aplicables a los lagos ubicados entre territorios de dos o más
naciones.**
176
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
"II.—Cuando una corriente de agua atraviesa sucesivamente los territorios de dos o más naciones:
a) .—El punto en que la corriente de agua atraviesa
las fronteras de las dos naciones, ya sea de una manera
natural o desde tiempo inmemorial, no puede ser cambiado por establecimientos de una de las naciones sin el consentimiento de la nación en cuyo territorio se encuentra
el punto de emergencia.
h) .—Está prohibida toda alteración nociva del agua
y arrojar materias nocivas (provenientes de fábricas, etc.) .
c).—No puede ser derivada por establecimientos (especialmente plantas para la generación de fuerza) una
cantidad de agua tal que la situación o, dicho en otra forma, el carácter útil o el carácter esencial de la corriente a
su llegada a territorio inferior, se modifique gravemente.
d).—El derecho de navegación en virtud de un título
reconocido en derecho internacional, no puede ser violado
para otros usos.
e).—Una nación inferior no puede hacer o dejar hacer en su territorio, construcciones o establecimientos que
para la otra nación produzcan daños de inundación.
/).—Las reglas procedentes son aplicables igualmente al caso de un lago en donde se originen corrientes de
agua que corren en el territorio de otra nación o en territorios de otras naciones.
g).—Se recomienda instituir comisiones comunes y
permanentes de las naciones interesadas, que dictarán resoluciones, o al menos dictaminarán cuando se hagan nuevas- obras o xnodificacLones a las existentes, de las cuales
177
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
puedan resultar consecuencias importantes para la parte
cíe la corriente de agua situada en territorio de otra nacíon.
Las resoluciones anteriores aun cuando todavia no
sancionadas por ningún tratado internacional especial, repi-esentan si los puntos de vista de la autoridad máxima
en el mundo en materias de Derecho Internacional.
Sir Herbcrt Arthur Smith, M. A., profesor de DcreCIJü Internacional de la Universidad de Londres, después
de un estudio minucioso de los precedentes establecidos para la vitilización y manejo de aguas internacionales consignados en acuerdos, convenios, reglamentos y tratados internacionales en vigor, hasta el año de
193], sugiere que se establezcan los principios generales
siguientes sobre el aprovechamiento de aguas internacionales por las naciones interesadas:
"I. El principio fundamental es que el sistema hidrográfico de un rio es una unidad física natural e indivisible y que como tai debe ser aprovechada en forma
de que rinda el mayor servicio posible a la totalidad de
la comunidad humana que sirve, aun cuando ésta comunidad esté dividida en dos o más jurisdicciones políticas. Es un deber positivo de cualquier Gobierno cooperar
en la extensión de sus posibilidades, para promover este
aprovechamiento aun cuando no puede obligársele a poner en peligro cualquiera de sus intereses vitales o a sacrificar sin una compensación completa y previsiones
para su seguridad, otro.inierés pa:rticular que le corresponda —ya sea político, estratégico o. econónaicor-r,. y
que las leyes de Ms naciones recpnozcari QQ.mo legítimo.
:"
178
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
De este primer principio se deducen las inferencias que
siguen:"
"II. No está justificado que una nación ejerza acción unilateral para usar las aguas de un río internacional, en cualquier forma que cause o amenace causar daños apreciables a los intereses legítimos de cualquier otra
nación ribereña."
"III. No está justificado que una nación se oponga
a la acción unilateral de otra, para utilizar las aguas, si
dicha acción no causa ni amenaza causar un perjuicio
apreciable a la primera nación."
"IV. Cuando se proponga una utilización para las
aguas que reporte grandes beneficios a una nación y solamente perjuicios muy pequeños a otra, está obligada
esta última a dar su consentimiento para la utilización
propuesta, sujeto a una compensación completa y previsión adecuada para su seguridad futura."
"V. Cuando una nación proponga cualquier aprovechamiento de las aguas que amenace lesionar los intereses legítimos y vitales de otra, está justificando que la
segunda ejerza una oposición absoluta a la utilización
propuesta; pero cualquiera diferencia relativa a la existencia o no existencia de tales intereses vitales, debe ser
calificada como caso contencioso sujeto a arbitraje, resolución judicial o consignación al Consejo de la Liga de
las Naciones. Si el Tribunal o el Consejo encuentran que
tales intereses vitales existen de hecho, ninguna razón
económica o de otra índole puede justificar que la primera nación continúe los trabajos propuestos. Si, por otra
parte, el Tribunal o el Consejo encuentran que no se
179
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
afecta interés vital alguno, debe permitirse que los trabajos prosigan mediante pago o compensación y en los
términos que el Tribunal o el Consejo consideren justos.'*
"VI. Cuando las diferencias entre las naciones se
refieran a materias técnicas, su resolución, a falta de
acuerdo directo, debe ser encomendada a comisiones internacionales que posean la preparación técnica apropiada."
"VIL Cuando las circunstancias de cualquier sistema fluvial sean tales que originen con frecuencia probleinas relacionados con el aprovechamiento adecuado de
sus recursos, deben ser constituidas comisiones internacionales permanentes, para resolver tales problemas cada
vez que se presenten."
"VIII. No hay prioridad jurídica alguna entre la
navegación y otros usos; pero la historia y circunstancias de cada sistema fluvial deben ser tomadas en cuenta
cojí objeto de determinar si en el caso especial que se
considera el derecho a usar el agua en una forma particular, es preferente al uso en otra forma, ya sea por prioridad en tiempo o por alguna otra razón. Las disputas sobre tales pi'oblemas deben considerarse como materia de
arbitraje, resolución judicial o consignación al Consejo
de la Liga de las Naciones.'*
"IX. Es un deber general de todas las naciones ribereñas consultar con las otras, en forma completa y clara,
-los problemas que puedan derivarse sobre el aprovecha-miento de los ríos internacionales^ navegables- o; no»-y abstenerse de cualquier .acción, unilateral- que -p.ueda-.-afectar
-ios'.intereses .dc-otras^: rracioin^ j:'íb^e^^.;^i%\'dzx a:;é>í^s
•■'1.8 0
DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
la oportunidad de estudiar y expresar su opinión sobre el
problema planteado."
"X. No debe entenderse que los principios sugeridos antes, traten en forma alguna de lesionar o interpretar la soberanía de una nación sobre su propio territorio
y sobre las aguas que escurren a través del mismo, ni que
las naciones tienen derecho alguno para establecer servidumbres sobre el territorio de otras; sino solamente que
en ciertos casos el ejercicio unilateral del derecho de soberanía puede ser considerado como un acto poco amistoso o impropio."
Ya para el año de 1890, con motivo de la controversia sobre el uso de las aguas del Bravo, el licenciado
Ignacio Luis Vallarta presentaba a la Secretaría de Fomento, en el mes de septiembre, un concienzudo dictamen que en su parte relativa dice:
. . ,
"Aun anticipándome a las demostraciones que en
lo de adelante habré de hacer, no puedo dispensarme desde ahora de deducir de los textos que acabo de citar, las
consecuencias que lógica y jurídicamente se derivan de
ellos; supuesto que los ríos de que esos tratadas hablan,
el Bravo, el Gila y el Colorado, son divisorios entre los
dos países; supuesto que en la condición internacional
que esos mismos tratados les dan, sus aguas se dividen por
mitad entre las dos Repúblicas, y el derecho de navegación común a ambas no puede impedirse o interrumpirse
por ninguna de ellas sin consentimiento de la otra, la legislación interior doméstica propia de México o de los
Estados Unidos ni puede regir esos ríos, ni disponer directa o indirectamente de sus aguas, de modo que afecte
ISl
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
a ese derecho de navegación o de copropiedad en ellos,
porque sometidos como lo están a la ley internacional,
cualquiera mexicana o norteamericana que con ésta pugne, es atentatoria a la supremacía de que sobre los interiores de los pueblos goza." Terminando, entre otras, con
las conclusiones siguientes:
"I. Los tratados de 2 de febrero de 1848 y de 30
de diciembre de 1853 y la Convención de 12 de noviembre de 1884, celebrados entre México y los Estados Unidos, caracterizan al Río Grande del Norte y al Colorado, como internacionales, limítrofes del territorio y de
las dos Repúblicas; ellos dividen por mitad sus aguas entre ambos paises y declaran libre y común su navegación,
sin que uno pueda hacer sin el consentimiento del otro,
obra alguna que impida o entorpezca en todo o en parte
el ejercicio de este derecho de navegación."
*'II. No se interpretan esos tratados, sino que se
conculcan y se burlan, entendiéndolos en el sentido de
que el país dueño de los predios superiores en que esos
ríos y sus afluentes que los hacen navegables, nacen y corren hasta llegar a nuestra linea divisoria, pueda disponer de sus aguas secando sus corrientes, de modo que no
sólo falten para mantener su navegabilidad, sino aun para
los riegos de tiempo inmemorial empleados en nuestro
territorio sino hasta borrando nuestra línea divisoria."
"III. Aunque se acuse de silencio o de insuficiencia
a esos mismos Tratados, para resolver este punto capital
en el presente negocio, las disposiciones, de la ley internacional que en tal caso lo regirían, son tan expresas y
terminantes, que sólo violándolas sin disfraz se puede
182
DISTRIBUCIOX nr. LAS AGUAS DFL KIO COLOR \V)C)
pretender que del río navegable o de sus afluentes se puede disponer por el país dueño de los predios sviperiores
por donde él atraviesa, antes de llegar al punto en que
está la cabeza de la navegación."
Sobre la misma materia produjo un dictamen el licenciado José M. Gamboa en el mes de febrero de 1890
que asienta:
"Si esto es así, si el Derecho Internacional con sus
continuas y progresivas conqviistas, ha llegado a alcanzar
como principio incosteable (y para esto uno de los antecedentes más importantes ha sido la conducta de los
Estados Unidos del Norte en los casos del Mississipí \' S.
Lorenzo) el mismo que formuló el Derecho Romano y
que sintetiza Laurent cuando enseña: que la naturaleza
favorece con los rios tanto al ribereño superior como al
inferior, y en consecuencia, aquel no debe absorber toda
el agua del río con perjuicio del segundo, para que nunca
se convierta el beneficio, que es de todos, en privilegio de
uno solo;" y concluye que el aspecto del problema del
río Bravo debe de servir para llegar:
"Al reconocimiento expreso y terminante del principio en cuya virtud no es lícito a los Estados Unidos del
Norte como ribereños superiores del Bravo, hacer dentrt>
de cualquiera porción de su territorio obra alguna que
absorba las aguas del río con perjuicio de los ribereños
inferiores."
Los estudios verificados por los delegados inexicanos
a la 6^ Conferencia Internacional Americana celebrada
en La Habana, Cuba, el año de 1928, llegaron a la conclusión de proponer que se presentara a la consideración
183
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
de las naciones reunidas, la conclusión siguiente entre
otras:
"PRIMERA. Declárase que, a juicio de las naciones representadas en la VI Conferencia Internacional
Americana, las aguas de los ríos internacionales que atraviesan o dividen dos o más países, deben ser manejadas y
aprovechadas por los mismos países en proporción a las
necesidades por satisfacer, independientemente de la extensión en que cada territorio sea recorrido, o de la parte
de cuenca comprendida dentro de cada uno de los países
interesados."
Desgraciadamente los puntos de vista mexicanos no
llegaron a ser discutidos, tanto por las miras utilitaristas
particulares que animaban al doctor Honorio Pueyrredón, Delegado de la República Argentina, para resolver
un caso especial de su país, cuanto porque lo escabroso
del tema hizo que los delegados de los otros países se excusaran de discutirlo, alegando falta de estudios técnicos
y de preparación sobre la materia.
De todas maneras, la somera discusión anterior demuestra que a la fecha hay ya suficientes estudios jurídicos de peritos en materias internacionales y precedentes
internacionales bastantes, que autorizan a México para
exigir que los Estados Unidos tomen en cuenta sus necesidades de aguas del río Colorado para el riego del Valle de Mexicali y terrenos anexos y las satisfagan en la
misma medida que se reparta el agua para beneficio de
los ribereños superiores americanos y territorios adyacentes.
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DISTKíbUCÍON DE LAS AGUAS DEL RIO COLORADO
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