boletin maqueta/2007 - Este Canal Televisión
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GOBIERNO DE CANARIAS Año LXXXV BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS Viernes, 11 de Junio de 2010 Número 76 SUMARIO NÚMERO REGISTRO PÁGINA I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS 10787-A Notificación a Hicham Al Baragragui y otros ..................................................................................................................... 10787-B Notificación a Juan José Rodríguez Jiménez y otros........................................................................................................... PUERTOS DE LAS PALMAS 10779 Notificación a Luis Gregorio Sosa Martín........................................................................................................................... II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO 10443 Estatutos del Sindicato Obrero de los Puertos Canarios (SOPC) ........................................................................................ 10831 10833 10832 10897 10851-A 10851-B 10851-C 10852 10459 10905 10810 10809 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA Notificación a Tegecovi, S.A. .............................................................................................................................................. Notificación a Pedro Martínez Escobar ............................................................................................................................... Notificación a Domingo García Fuente ............................................................................................................................... Notificación a Horacio Néstor Vignone González............................................................................................................... CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA Notificación a Luz Marina Sánchez Gopar.......................................................................................................................... Notificación a Rubén A. Argilagos Casasayas y otra .......................................................................................................... Notificación a Clara M. Peña Pérez..................................................................................................................................... Notificación a Antonio Cortina Betoret............................................................................................................................... EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA Lista de admitidos y excluidos, designación de tribunales y señalamiento del primer ejercicio de la convocatoria por el turno libre de diversas categorías de la plantilla laboral del Cabildo, incluidas en las ofertas de empleo público 2005, 2006, 2008 y 2009................................................................................................................................................................ Convocatoria para el año 2010 de subvenciones para las escuelas públicas municipales de música y/o danza ................. Notificación a José Machín García y otros (Arucas) ........................................................................................................... Notificación a María del Carmen Martínez Conde (Arucas)............................................................................................... 12734 12742 12747 12747 12748 12750 12751 12752 12753 12755 12757 12759 12760 12761 12769 12771 Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas Depósito Legal G.C. 1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad Secretaría Territorial Edificio de Usos Múltiples I, planta baja C/ Profesor Agustín Millares Carló, 22 Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.00 35071 Las Palmas de Gran Canaria TARIFAS Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A. Inserción: 0,81 euros/mm C/ Doctor Juan de Padilla, 7 de altura Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36 Suscripción anual: 60,10 euros Correo electrónico: [email protected] más gastos de franqueo 35002 Las Palmas de Gran Canaria 12730 10808-A 10808-B 10808-C 10807 10806 10805 10484 10394 10775 10392 10745 10747 10767 10768 10835-A 10835-B 10880 10788 10834 10778 10911 10850 10646 10919 10445 10917 10786 10135 10884 10955-A 10955-B 10817 10746 10765 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Notificación a María Mercedes Batista Hernández y otros (Arucas) .................................................................................. Notificación a Miguel Ángel Segura Suárez (La Aldea de San Nicolás)............................................................................ Notificación a Eulogia Suárez Ceballo (Valsequillo) .......................................................................................................... Notificación a A. Marrero y otros (Santa María de Guía) ................................................................................................... Notificación a B. María C. Ojeda y otros (Santa María de Guía)........................................................................................ Notificación a E. Melián y otro (Santa María de Guía y Vega de San Mateo).................................................................... EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Solicitud licencia municipal de Pastelería Capriccio, S.C.P., para pastelería, piscolabis y cafetería .................................. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES Solicitud licencia municipal de Mª Eugenia Mayor Tacoronte, para carnicería.................................................................. Notificación a Lizeth Niño Ortiz y otros ............................................................................................................................. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA Solicitud licencia municipal de Bazar Islas Fuer, S.L., para venta de artículos varios ....................................................... Celebración del tercer ejercicio y tribunal calificador de la convocatoria para plazas de auxiliar administrativo ............. Cesión de parcela gratuita al Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura para la construcción de un centro cultural polivalente........................................................................................................................................................................... EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE Solicitud licencia municipal de Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, para estación de guaguas ..................................... Solicitud licencia municipal de Mémora Servicios Funerarios, S.L., para servicios de pompas fúnebres (tanatorio, crematorio) ......................................................................................................................................................................... Notificación a Bet. R. Acosta de Paredes y otros ................................................................................................................ Notificación a José Antonio Acosta Vera y otros ................................................................................................................ EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS Exposición al público del expediente de suplemento de crédito nº 1/10............................................................................. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE FIRGAS Adjudicación del concurso para el suministro de equipos de telecomunicaciones para la radio municipal ....................... EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR Delegación de competencias en la Primera Teniente de Alcalde Mª Encarnación Ruiz Alonso......................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO Notificación a María Yolanda Santiago Gómez y otros ...................................................................................................... Apertura de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana de 2010 y otros ................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS Exposición al público de la cuenta general correspondiente al ejercicio 2009 ................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN Notificación a Martínez Gijosa, S.L. ................................................................................................................................... Información pública de la toma de consideración de la memoria relativa a los aspectos sociales, jurídicos, técnicos y financieros para determinar la forma de gestión del servicio público de abastecimiento de agua y saneamiento del Ilustre Ayuntamiento de Mogán...................................................................................................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO Notificación a María Ivón Rodríguez Zamora y otros......................................................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA BRÍGIDA Expediente de modificación presupuestaria nº 9/10 de suplemento de crédito ................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA Concurso para el suministro de energía eléctrica en media y baja tensión.......................................................................... Solicitud licencia municipal de Pompas Fúnebres La Soledad, S.L., para oficina.............................................................. Exposición al público de los padrones de la tasa por el suministro de agua a domicilio y otras ........................................ EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA Concurso para la gestión del servicio público para la recogida y transporte de los residuos urbanos o municipales (sólidos y selectiva), así como el lavado y limpieza de contenedores del municipio ....................................................................... Concurso para la gestión del servicio público municipal de abastecimiento de agua del municipio bajo la modalidad de concesión administrativa............................................................................................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEGUISE Solicitud licencia municipal del Ilustre Ayuntamiento de Teguise, para industria de fabricación de quesos ..................... Delegación de competencias en el Primer Teniente de Alcalde Domingo Manuel Cejas Curbelo ..................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEROR Adjudicación del concurso para el suministro de material para el mantenimiento de las redes de alcantarillado y abastecimiento de agua ........................................................................................................................................................ 12772 12773 12774 12775 12777 12778 12779 12780 12780 12781 12781 12783 12783 12783 12783 12785 12787 12787 12788 12788 12789 12790 12790 12795 12795 12798 12798 12800 12801 12801 12803 12806 12806 12806 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12731 10766 Adjudicación del concurso para el suministro de material de oficina no inventariable (cuantía indeterminada) ............... 10838 Designación del Concejal Francisco Santiago Ojeda Montesdeoca como representante del ayuntamiento en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria ....................................................................................................................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUINEJE 10748 Exposición al público de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia para la apertura de establecimientos y otra......................................................................................................................................................... 10776 Notificación a Pedro Darío Morocho Guzmán y otros ........................................................................................................ ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO 10704 Adjudicación del concurso para mejoras en la cancha La Barrera ...................................................................................... CONSORCIO SUR GRAN CANARIA PARA LA TDT LOCAL-DEMARCACIÓN DE TELDE 10862 Concurso para la contratación de la prestación del servicio de producción audiovisual de programas a emitir por el Ayuntamiento en el canal 63 de la TDT ...................................................................................................................................................... 12807 10467 10468 10469 10524 10525 10526 10527 10528 10529 10530 10531 10532 10533 10534 10535 10544 10545 10546 10547 10548 10549 10550 10552 10553 10554 10555 10556 10557 10558 10559 10560 10561 10562 10563 10564 10565 10566 10567 10568 10569 10570 10571 12811 12812 12813 12814 12815 12816 12817 12818 12818 12819 12819 12819 12820 12820 12821 12821 12822 12822 12823 12823 12823 12824 12824 12825 12825 12826 12826 12826 12827 12828 12828 12829 12829 12830 12831 12832 12833 12833 12834 12835 12836 12837 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 Juicio 383/10, Evaristo Ernesto Fernández González contra Ecoasa, S.A.U. y otro........................................................... Juicio 390/10, María del Mar Macías Rodríguez contra Abay-Chalz, S.L. y otro .............................................................. Juicio 386/10, Gerardo Yanascual Guamialama contra Transporfrío Medina, S.L. y otro.................................................. Juicio 168/09, Antonia Molina Sabina contra Falcosáenz Agrícola, S.L. y otro................................................................. Juicio 1.429/08, Santiago González Morales contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y otro.............................. Juicio 1.309/08, Omar David Rosales Montaño contra Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L. y otro .......... Juicio 1.123/09, Fátima Perera Hernández contra Alexdesing Print Shop, S.L. y otro....................................................... Juicio 1.445/08, Darío Smith Silvera Bustamante contra Newmacon, S.L. y otro.............................................................. Juicio 209/09, Juan Antonio Benítez Diepa contra Foxo Canarias Instalaciones y Complementos, S.L............................ Juicio 42/09, María Jesús Cano Socorro contra Jarehagua Supermercados, S.L. y otro ..................................................... Juicio 22/09, Leandro Ceballos González contra Construcciones Remlram, S.L. y otros .................................................. Juicio 1.366/08, Daniel Hernández Curquijo contra Obrasquinter, S.L.U. y otro ............................................................... Juicio 686/09, María Auxiliadora Martel Guedes contra Servicios Públicos Inmobiliarios Canarias Network y otro....... Juicio 1.446/08, José Viera Ramírez contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y otro........................................... Juicio 1.402/08, Ramón José Pérez López contra Construcciones Meglez, S.L. y otro...................................................... Juicio 1.106/08, Ayose Ramírez Dámaso contra Proinstal, S.L. y otro ............................................................................... Juicio 1.257/09, José Juan Santana Benítez contra Constructora Guaydil, S.L. y otros...................................................... Juicio 659/09, Ricardo Rivero Suárez y otro contra Telefónica de España, S.A. y otros.................................................... Juicio 1.362/08, Manuel Reyes Pérez Alonso contra Construcciones Meglez, S.L. y otro................................................. Juicio 846/07, María Soledad Sánchez Herrera y otra contra Obras y Servicios Pequilen y otro....................................... Juicio 183/09, Dobjanschi Florin contra Construcciones Alemanarios, S.L. y otro............................................................ Juicio 180/09, Juan Cristóbal Álamo Mederos contra Mazotti, S.A. y otros ...................................................................... Juicio 686/06, Manuela Benítez López contra Juan Manuel Hernández Ramírez y otro.................................................... Juicio 448/09, Juan Antonio Morales Martín contra Rodríguez Hernández e Hijos, S.L. y otro........................................ Juicio 460/07, Juan Cabrera Gutiérrez contra Tripe Promociones Canarias, S.L. y otro .................................................... Juicio 1.184/06, Hipólito Rosales Hernández contra Construcciones Falcón y otros ......................................................... Juicio 1.144/08, Cristina Ros Puga contra Tradex Nuevos Mercados, S.L. y otro.............................................................. Juicio 1.324/08, Andrea Santana Cabrera contra Limpieza y Mantenimiento Hospitalario, S.L. y otro ............................ Juicio 1.128/09, Yuanyuan Chai contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro ...................................................................... Juicio 1.388/08, María Soraya del Pino Roque contra Relaxalud, S.L. y otro .................................................................... Juicio 588/09, Juan Luis Cruz Viera contra Alenhos Cerrajeros, S.L. y otro...................................................................... Juicio 897/09, Ekelof Silja contra Guillermo Matos Asesores, S.L.U. y otro ..................................................................... Juicio 1.295/09, Rogelio Ortega Déniz contra Administración Concursal Guaydil, S.L. y otros ....................................... Juicio 1.136/08, Norma Lorenia Martínez Hincapié contra Gran Canaria Radio Televisión Local, S.L. y otro................. Juicio 1.334/08, Jesús Estupiñán Pérez contra Construcciones Meglez, S.L. y otro.......................................................... Juicio 1.258/08, Ada María Millares Pérez contra Krombach Canarias, S.L. y otro .......................................................... Juicio 650/09, Alejandro Macías Melián contra Nework Consult Canarias, S.L. y otros ................................................... Juicio 1.172/08, Aarón Santiago García García contra Construcciones Flomenca, S.L. y otro .......................................... Juicio 1.458/08, Manuel Patricio Yánez Morales contra David Fernando Coello Jurado y otro ........................................ Juicio 794/09, Carmelo Moreno Pérez contra Inversiones Luis Marea, S.L. y otro............................................................ Juicio 1.418/08, Ernesto Santiago Hernández contra Construcciones y Transportes Socorro, S.L..................................... Juicio 1.134/08, Elicio Hernández Rodríguez contra Élite Can One, S.L. y otro................................................................ 12808 12808 12808 12810 12810 12732 10586 10604 10551 10744 10702 10790 10605 10572 10587 10588 10491 10492 10493 10494 10495 10496 10497 10498 10499 10502 10503 10504 10505 10506 10536 10537 10538 10539 10540 10541 10542 10543 10643 10733 10573 10576 10577 10582 10683 10677 10678 10679 10680 10681 10574 10575 10579 10580 10581 10472 10510 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Juicio 313/10, Anjarad Falcón Ortiz contra Atlántida Desde 1977, S.L. y otro.................................................................. Juicio 339/10, Luz Carmen Vallejo Betancor contra Yetimport, S.L. y otro ....................................................................... Juicio 176/10, Diego Iván de Santa Martina contra Noalpida, S.L.U. y otro ...................................................................... Juicio 390/09, César Cedrés Torres y otro contra Frobe Canarias, S.L. y otro.................................................................... JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 Juicio 474/10, Edurne del Río contra Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L. y otros.......................................... Juicio 59/09, José Miguel Melián Mayor y otros contra Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L. y otros....... Juicio 275/10, Óscar Roque Pérez contra Discosen’K, S.L. y otro ..................................................................................... Juicio 395/06, José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada ................................. Juicio 1.027/09, Antonia María González Machín contra Casas Arrecife 2005, S.L. y otro .............................................. Juicio 421/08, Francisco Calderín Santana contra Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe) y otro ......................... Juicio 114/09, Ignacio Ramírez del Pino contra Canarifonta, S.L. y otro ........................................................................... Juicio 480/09, Ernesto Rodríguez Déniz contra R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y otro.................................. Juicio 225/09, Jorge Pedro Hernández Velázquez contra Corman Zona Canarias, S.L. y otros ......................................... Juicio 1.271/09, José Antonio Acuña Arias contra Iberma Pesquera, S.L. y otro............................................................... Juicio 1.078/08, Sebastián Agustín Rivero Quintana contra Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. y otro ............................... Juicio 1.425/08, Carlos Guillermo Vaca García y otros contra Infella Canarias, S.L. y otra .............................................. Juicio 906/09, Antonio Bernal Macías contra Grull Jakob Martin Ludwig y otro .............................................................. Juicio 606/08, Rafael Rodríguez Ramírez contra Impro explotaciones, S.L. y otros.......................................................... Juicio 75/07, José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias, S.L........................................................... Juicio 1.049/08, Antonio Abreu Hernández contra Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. y otro ....... Juicio 1.283/08, Francisco Manuel Santos Ruiz contra Provicasa 500, S.L. y otro ............................................................ Juicio 812/07, Yaiza Cristina Ortega Arbelo contra Luisdican Multiprecios, S.L. y otros ................................................. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 Juicio 561/09, Mohamed Bouzalmad contra Pastelería Vecindario, S.L. y otro ................................................................. Juicio 543/09, Pilar Romero Vega contra Partner Hotels and INSS, S.L. y otro................................................................. Juicio 591/09, Pedro Hernández Monzón contra El Tribunal, S.A. y otro .......................................................................... Juicio 531/09, Juan Pedro Márquez Méndez contra Detralquil Canarias, S.L. y otro......................................................... Juicio 623/08, Djau Adulai contra Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y otro .................................................. Juicio 527/09, Miguel Ángel Casado Rodríguez contra Promotafe Grupo Dunas, S.L. y otros ......................................... Juicio 582/09, Juana Rosa Santana Santiago contra Cueva Pirata Grill, S.L. y otros ......................................................... Juicio 581/09, María Pino Romero Cabrera contra González Pérez Agustín, S.L.N.E. y otro ........................................... Juicio 579/09, Julián Martín Esteban contra Cueva Pirata Grill, S.L. y otros ..................................................................... Juicio 567/09, María Castells Presa contra Actos, Eventos y Producciones, S.L. y otro .................................................... JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ARRECIFE Juicio 322/10, Thomas Bryant Cerezo contra Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L. y otros........................................... Juicio 345/10, Mohamed Bouilla contra Restauraciones Tinolanz, S.L. ............................................................................. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 Juicio 395/10, David Ramos Gutiérrez contra Casas Arrecife 2005, S.L. y otro ................................................................ Juicio 523/10, Emilio Ramón Ramírez Alejandro contra Cofecpro, S.L. y otro................................................................. Juicio 482/09, Mutua Balear de Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. número 183 contra Construcciones Efequen 2001, S.L. y otro ............................................................................................................................................................................ Juicio 943/06, José Miguel Germán de la Cruz contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y otros................ Juicio 96/09, Agapito Santiago Aguiar contra Construcciones Lisote, S.L. y otros............................................................ Juicio 498/09, Manuel Jesús Santana Caballero contra Armonía Lusa, S.L. ...................................................................... Juicio 201/09, Fundación Laboral de la Construcción contra Gareisca, S.L....................................................................... Juicio 633/08, Vicente Aridane García Curquejo contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. ......................... Juicio 311/09, Alba María Sanabria Plata contra Marpaju, S.L. ......................................................................................... Juicio 163/09, Einar Logi Einarsson contra Mareari, S.L.................................................................................................... Juicio 1.166/08, José María Santana Suárez contra Periódicos y Ediciones Islas Canarias, S.L. y otros ........................... Juicio 1.024/08, Mario Jesús Pérez Sosa contra Alacandon Atlántida, S.L. y otros ........................................................... Juicio 1.034/09, Esther Gloria Pulido López contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro................................................... Juicio 1.306/09, María Delia Oliva Álamo contra Woerman del Istmo, S.L. y otro ........................................................... Juicio 111/09, Arnold Dadpaas Cadangan contra Santa María Ortigosa, S.L. .................................................................... Juicio 134/10, Jeniffer Sosa Hernández contra Repuestos Carfal, S.L. y otro .................................................................... Juicio 1.290/09, Braulio Suárez Rodríguez contra Serviautos Las Palmas, S.L. y otro ...................................................... 12838 12839 12840 12840 12841 12841 12842 12842 12843 12844 12845 12846 12847 12848 12848 12849 12850 12851 12852 12853 12854 12855 12856 12856 12857 12858 12859 12860 12861 12862 12863 12864 12865 12865 12865 12866 12866 12867 12867 12867 12868 12868 12868 12869 12869 12869 12870 12871 12872 12873 12874 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 10511 10512 10513 10583 10589 10918 10649 10650 10718 10720 10721 10722 10723 10724 10725 10726 10727 10584 10593 10590 10591 10592 10594 10595 10596 10597 10598 10599 10515 10521 10522 10516 10517 10518 10519 10600 10601 10603 10523 10585 10647 10648 10819 10763 10452 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 Juicio 986/09, José Carlos Medina Álvarez contra Explotaciones Los Frank,s, S.L. y otro............................................... Juicio 1.244/09, Miguel Ángel Pérez Álvarez contra Radio Juventud del Milenio, S.L. y otro ......................................... Juicio 1.161/09, Gheorghe Nacu Nacu contra Transportes Marítimos Perdomo Santana y otro ........................................ Juicio 1.117/09, Genaro Cao Feijoo contra Bestdene Española, S.L. y otros ..................................................................... Juicio 1.246/09, Vanessa Perera Santana contra Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y otro .............................................. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 Juicio 232/10, Eduardo Gabriel Angella Serron contra Hostmanex, S.L. y otro................................................................. Juicio 186/09, Leandro Javier Peña Cabrera contra Canarias Servicios Urbanos, S.A. y otro ........................................... Juicio 662/08, Juan Francisco Roque Ruiz contra Félix Falcón Miranda y otro................................................................. Juicio 1.328/08, José Carlos González Mendoza contra Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L. y otro................ Juicio 831/08, Adrián Socorro Nieves contra Canavision 2002, S.L. y otro....................................................................... Juicio 810/08, Sebastián Mendoza Santiago contra Mazotti y otros ................................................................................... Juicio 821/08, Marco Antonio Medina Vega contra Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y otro ................................ Juicio 731/08, Víctor Joaquín Araña Pérez contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y otro........................ Juicio 722/08, Josef Paul Aretz Wolfgang contra Escuela de Música de Maspalomas, S.L. y otro.................................... Juicio 812/08, Roberto González González contra Frarizan´z, S.L. y otro ......................................................................... Juicio 783/08, Juan Carlos Tejera Palencia contra Formosa Dos, S.L. y otro ..................................................................... Juicio 473/10, Lidia Pérez García contra Capross 2004, S.L. y otro................................................................................... Juicio 1.103/08, Tony Blanden contra Wow Gran Canaria, S.L. y otro .............................................................................. Juicio 871/08, José María Bordón Jimenes contra Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y otro............................................. Juicio 304/09, Antonio José Hernández Navarro contra Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, S.L. y otro......... Juicio 373/09, Olga Lucía Quiroz Quiroz contra Partner Hotels & INSS, S.L. y otro........................................................ Juicio 76/08, Ruth Montesdeoca Suárez contra Cba Supervisores, S.L. y otro................................................................... Juicio 790/08, Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián Ortega, S.L. y otro .................................................... Juicio 747/08, Elena Torres Castellano contra Industria Panificadora Socorro, S.L. y otro ............................................... Juicio 737/08, José Juan Navarro Rodríguez contra Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L................................................ Juicio 290/08, Jorge Napoleón Castro y otro contra Atezados Galipalma, S.L. y otro ....................................................... Juicio 1.126/09, Miguel Ángel Suárez Sánchez contra Seac Pool, S.L. y otro ................................................................... Juicio 780/08, Agustín Curbelo Martín contra Mazotti, S.A. y otro ................................................................................... JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 Juicio 1.145/09, Yanira Huertas Reyes contra Alexdesing Print Shop, S.L. y otro............................................................. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 Juicio 148/09, Carmen Lázaro Guerra contra Hermanos Santana Cazorla, S.L. y otros..................................................... Juicio 1.434/08, Airán Jesús Melián Navarro contra Egalux, S.L. y otros.......................................................................... Juicio 1.180/09, Nuria Librada Díaz Guerra contra Monelgrac, S.A. y otros ..................................................................... Juicio 300/10, Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L. y otro ......................................................................... Juicio 59/09, Dolores María Rodríguez Negrín y otros contra Canarifonta, S.L. y otro..................................................... Juicio 219/10, Rafael Estévez Parames y otros contra Reformas y Construcciones Abalo, S.L. y otros............................ Juicio 289/10, Dolores Castellano Rodríguez contra Discosen´K, S.L. y otro.................................................................... Juicio 53/09, José Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000, S.L.U. y otro ......................................... Juicio 359/10, Héctor Felipe González Rivero contra Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y otro .................................... JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 Juicio 307/10, Antonio Pérez Montesdeoca contra Proveedora de Buques Casanova y otros............................................ Juicio 378/10, David Nicomedes Vega Suárez contra Arconsyc, S.L. y otros .................................................................... Juicio 501/10, Brahim Mohamed Ali Salem contra Cris John Canarias, S.L. y otro .......................................................... Juicio 497/10, Juan Manuel Ramos Cabrera contra Palmitos Propiedades, S.L. y otro...................................................... JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 1 DE SANTA MARÍA DE GUÍA Expediente de dominio 480/99, de Ofelio González Almeida y otros (La Aldea de San Nicolás)..................................... JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 Expediente de dominio 643/09, de María del Rosario Díaz Melián (Las Palmas de Gran Canaria) .................................. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 14 Expediente de dominio 1.807/09, de Enrique Francisco Denis Boza (Vega de San Mateo) ............................................... V. ANUNCIOS PARTICULARES NOTARÍA DE DOÑA IRENE CARREÑO MARTÍN (CORRALEJO-LA OLIVA) 10742 Acta de notoriedad de Fuerteventura Sonneland, S.L. (La Oliva)....................................................................................... 12733 12874 12875 12876 12877 12878 12879 12879 12880 12880 12881 12882 12883 12884 12885 12886 12887 12888 12888 12889 12890 12891 12891 12892 12893 12893 12894 12895 12895 12896 12897 12897 12898 12898 12899 12900 12901 12901 12902 12903 12903 12904 12904 12905 12906 12906 12907 12734 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS 10.492 Subdelegación del Gobierno en Las Palmas NOTIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/l992 de 26 de noviembre (BOE del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a través de este anuncio la INICIACIÓN de procedimiento sancionador a las personas que se relacionan ya que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse. Contra el nombramiento de instructor/a, (funcionario/a con destino en esta Subdelegación del Gobierno que para cada expediente se indica) puede ejercerse el derecho de recusación previsto en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992. En el caso de no formular alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, tal iniciación será considerada propuesta de resolución de imposición la sanción que para cada caso se indica, con las consecuencias especificadas en los artículos 18 y 19 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. Asimismo se ofrece a los interesados trámite de audiencia para que en el plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partir del día siguiente a la finalización del plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen convenientes a su defensa. Durante dicho plazo los expedientes estarán a la vista en la Sección de Derechos Ciudadanos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno. N° de Expediente: 1511/2010 Fecha del Acuerdo: 4/30/2010 Nombre: HICHAM AL BARAGRAGUI Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X5795343X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª HICHAM AL BARAGRAGUI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1512/2010 Fecha del Acuerdo: 4/30/2010 Nombre: JULIO DIEPA ROSALES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44321965E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JULIO D1EPA ROSALES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 15 I 7/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: EDUARDO JESÚS CRUZ DÍAZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h). DNI/NIE/CIF: 78520543S Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa María de Guía de Gran Canaria Propuesta: Se propone imponer a D/Dª EDUARDO JESÚS CRUZ DÍAZ la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1519/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: DAILOS JOSÉ BETANCOR ROJAS Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h). DNI/NIE/CIF: 44721010V Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAILOS JOSÉ BETANCOR ROJAS la sanción de 100€. N° de Expediente: 1522/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: CATHAYSA SANTANA CABRERA Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h). DNI/NIE/CIF: 78507915Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CATHAYSA SANTANA CABRERA la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1529/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h). DNI/NIE/CIF: 54085493G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Agüimes Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ la sanción de 100€ N° de Expediente: 1530/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: JOSÉ MIGUEL BARRERA DOMÍNGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h). DNI/NIE/CIF: 44319055X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MIGUEL BARRERA DOMÍNGUEZ la sanción de 100€. N° de Expediente: 1538/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: CARMELO RAMÓN QUEVEDO SUÁREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h). DNI/NIE/CIF: 42201287) Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Agüimes Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMELO RAMON QUEVEDO SUÁREZ la sanción de 100€ . Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12735 N° de Expediente: 1542/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: OSCAR SIMÓN GÓMEZ ROSALES Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h). DNI/NIE/CIF: 43758534E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OSCAR SIMÓN GÓMEZ ROSALES la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1543/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: JACOBO LIMA RIVERO Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DNI/NIE/CIF: 78519339F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JACOBO LIMA RIVERO la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1551/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: ZEUS CARLOS RÁMÍREZ MORALES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43291835Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Brígida Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ZEUS CARLOS RÁMÍREZ MORALES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1560/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: JUAN CARLOS ALONSO NOLASCO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78487498K Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN CARLOS ALONSO NOLASCO la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1567/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: ALEJANDRO IGNACIO DE LAS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. LLANDERAS VAQUERO Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 44717922B Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO IGNACIO DE LAS LLANDERAS VAQUERO la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1568/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: DAVID OLESTER VEGA VEGA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54077863X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAVID OLESTER VEGA VEGA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1569/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: JONATHAN JESÚS DEL PINO TALAVERA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45761271 B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATHAN JESÚS DEL PINO TALAVERA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1572/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: RAMÓN TALAVERA GARCÍA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54075673M Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Ingenio Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAMÓN TALAVERA GARCÍA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1573/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: PEDRO JIMÉNEZ MIRANDA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43655241E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª PEDRO JIMÉNEZ MIRANDA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1575/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: JESÚS ANTONIO CABRERA ESTUPIÑÁN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43280581D Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Ingenio Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS ANTONIO CABRERA ESTUPIÑÁN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1584/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: ROBERTO GARCÍA MONTESDEOCA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78487493Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ROBERTO GARCÍA MONTESDEOCA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1585/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: MOHAMMED MANSOURI Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X4067408L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MOHAMMED MANSOURI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias yefectos. 12736 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 1595/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: JONATHAN GONZÁLEZ ACAMO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 447219745 Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATHAN GONZÁLEZ ACAMO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1596/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: RAUL CORCHADO HIPOLITO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 44720976Y Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAUL CORCHADO HIPOLITO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1605/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: RAYCO ELIAZER ARTILES LEÓN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78516233Y Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAYCO ELIAZER ARTILES LEÓN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1615/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: JUAN ANTONIO HENRIQUEZ GONZÁLEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1, DNI/NIE/CIF: 43640708W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN ANTONIO HENRIQUEZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1617/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: CARMEN DELIA ARENCIBIA ACOSTA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43767238D Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMEN DELIA ARENCIBIA ACOSTA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1621/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: CRISTOPHER STALIN CAHUASQUI PAREDES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X8123443G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTOPHER STALIN CAHUASQUI PAREDES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1626/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: ANDRE MARTÍN BRYLD Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42218341R Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Mogán Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANDRE MARTÍN BRYLD la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1640/2010 Fecha del Acuerdo: 5/7/2010 Nombre: ANGEL MEDINA SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: DESCONOCIDO Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANGEL MEDINA SANTANA la sanción de 800€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1643/2010 Fecha del Acuerdo: 5/7/2010 Nombre: MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42841958L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1646/2010 Fecha del Acuerdo: 5/7/2010 Nombre: CARLOS ROMERO MACÍAS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78524400P Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARLOS ROMERO MACÍAS la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1715/2010 Fecha del Acuerdo: 5/13/2010 Nombre: CRISTIAN GALÁN FLORES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78518899G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTIAN GALÁN FLORES la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1721/2010 Fecha del Acuerdo: 5/13/2010 Nombre: IVÁN MOISES SANTANA HERNÁNDEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78513841Y Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª IVÁN MOISES SANTANA HERNÁNDEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12737 N° de Expediente: 1723/2010 Fecha del Acuerdo: 5/17/2010 Norma infringida: LO 1/1992 -25.1. Nombre: ABDILMAJID AARAB DNI/NIE/CIF: X3942810N Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABDILMAJID AARAB la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 721/2010 Fecha del Acuerdo: 3/10/2010 Nombre: LIDIA ESTHER PADRÓN MACHÍN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 44707847X Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LIDIA ESTHER PADRÓN MACHÍN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 762/2010 Fecha del Acuerdo: 3/15/2010 Nombre: MANUEL GUEDES RAMÍREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43285549D Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL GUEDES RAMÍREZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 943/2010 Fecha del Acuerdo: 3/24/2010 Nombre: JUAN AGUSTÍN SUÁREZ HERRERA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42802149T Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN AGUSTÍN SUÁREZ HERRERA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 968/2010 Fecha del Acuerdo: 3/30/2010 Nombre: JUAN MIGUEL BRIA PÉREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DN1/NIE/CIF: 45633433F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Picassent Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN MIGUEL BRIA PÉREZ la sanción de 100C . N° de Expediente: 992/2010 Fecha del Acuerdo: 3/25/2010 Nombre: JOSE ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 2872521OG Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Sevilla Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSE ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 996/2010 Fecha del Acuerdo: 3/25/2010 Nombre: NICOLÁS BETANCOR MELLAN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42832562F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Puerto del Rosario Propuesta: Se propone imponer a D/Dª NICOLÁS BETANCOR MELIAN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1025/2010 Fecha del Acuerdo: 3/29/2010 Nombre: MANUEL JESÚS PADRÓN MENA Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 43252134J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL JESÚS PADRÓN MENA la sanción de 301€ y retirada del arma. N° de Expediente: 1089/2010 Fecha del Acuerdo: 4/6/2010 Nombre: CRECENCIO MÉNDEZ RAMÍREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42203443F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRECENCIO MÉNDEZ RAMÍREZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1093/2010 Fecha del Acuerdo: 4/6/2010 Nombre: SANTIAGO LEÓN REYES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45536155L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SANTIAGO LEÓN REYES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1150/2010 Fecha del Acuerdo: 4/6/2010 Nombre: JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ MUNGUÍA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54073835E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ MUNGUÍA la sanción de 600€ e incautación de las sutancias y efectos. N° de Expediente: 1193/2010 Fecha del Acuerdo: 4/7/2010 Nombre: ANTONIO JUAN PÉREZ GUEDES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43286533G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Mogán Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANTONIO JUAN PÉREZ GUEDES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. 12738 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 1208/2010 Fecha del Acuerdo: 4/7/2010 Nombre: JOSÉ OLIVER SUÁREZ GONZÁLEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n). DNI/NIE/CIF: 42216993X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Mogán Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ OLIVER SUÁREZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ . N° de Expediente: 1274/2010 Fecha del Acuerdo: 4/9/2010 Nombre: JESÚS AYOSE VALENCIA SUÁREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 23.h). DNI/NIE/CIF: 43290028A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Agaete Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS AYOSE VALENCIA SUÁREZ la sanción de 301€ N° de Expediente: 1281/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: KARIM JABRAN EL KAMBOUI Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42250590G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KARIM JABRAN EL KAMBOUI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1282/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: ABIRÁN ESPAÑOL GARCÍA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 47814610W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Llanos de Aridane (Los) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABIRÁN ESPAÑOL GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1284/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: BORJA JAVIER JESÚS DÍAZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42204347Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BORJA JAVIER JESÚS D1AZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1293/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: GINES DOMINGO ÁLVAREZ NAVARRO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42912252W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª GINES DOMINGO ÁLVAREZ NAVARRO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1310/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: ÁNGEL CARMELO CARMONA ARRAY Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44307749C Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ÁNGEL CARMELO CARMONA ARRAY la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1330/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: ARIDANE JULIAN LIMA RIVERO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44725263S Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ARIDANE JULIAN LIMA RIVERO la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1332/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: FRANCISCO DAVID MARRERO MACIAS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45762127Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO DAVID MARRERO MACIAS la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efctos. N° de Expediente: 1335/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: JOSÉ ABRAHAM CEJUDO BOLAÑOS Norma infringida: LO 1 /1 992 - 25.1. DN1/NIE/CIF: 78801908K Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ ABRAHAM CEJUDO BOLAÑOS la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1336/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: JOSÉ ZEBENZUI SANTANA PULIDO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54093204X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ ZEBENZUI SANTANA PULIDO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1338/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: ENRIQUE GABRIEL DÍAZ PULIDO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45756968D Instructor/a: M. CARMEN DE'LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ENRIQUE GABRIEL DÍAZ PULIDO la sanción de 600€ e incautación de la sustancias y efectos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12739 N° de Expediente: 1342/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: FRANCISCO AYOZE CRUZ SILVA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44727396D Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO AYOZE CRUZ SILVA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1347/2010 Fecha del Acuerdo: 4/13/2010 Nombre: YERAY FALCÓN RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44320532S Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY FALCÓN RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1355/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: LAURA DEL CARMEN GUEDES SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42205085Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LAURADELCARMEN GUEDES SANTANAla sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos. N° de Expediente: 1356/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: ECHEDEY CRUZ TRUJILLO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78513804S Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ECHEDEY CRUZ TRUJILLO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos. N° de Expediente: 1368/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: RUYMÁN SUÁREZ SOSA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/N1E/CIF: 78507073T Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMÁN SUÁREZ SOSA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos. N° de Expediente: 1371/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: ALEJO CEFERINO SOSA GUERRA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43760687J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJO CEFERINO SOSA GUERRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos. N° de Expediente: 1379/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: BRAULIO ABEL SOSA GARCÍA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43293164B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRAULIO ABEL SOSA GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1384/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: MARÍA ELENA MEDINA SARMIENTO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42822048G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MARÍA ELENA MEDINA SARMIENTO la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1386/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: MANUEL SERGIO GIL SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42858043G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL SERGIO GIL SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1391/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: RUYMÁN SÁNCHEZ ALONSO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42210582Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMÁN SÁNCHEZ ALONSO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1396/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: OCTAVIO PERERA VEGA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 52835094T Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OCTAVIO PERERA VEGA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1404/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: RUYMAN NATANAEL ARAÑA RAMOS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44717806X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMAN NATANAEL ARAÑA RAMOS la sanción de 900€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1405/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: ANIBAL GARCÍA RAMOS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78493092A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa María de Guía de Gran Canaria Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANIBAL GARCÍA RAMOS la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. 12740 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 1409/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: GREGORIO ARIDANE RÁMIREZ CABRERA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54085083P Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª GREGORIO ARIDANE RÁMIREZ CABRERA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1429/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: YASSINE ALILI Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X7267262K Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YASSINE ALILI la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1430/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: SAMUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45334284L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SAMUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1432/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: FRANCISCO MANUEL ORTEGA SUÁREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78496239E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO MANUEL ORTEGA SUÁREZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1433/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: BORJA MARTÍN SANTANA PÉREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45775613R Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BORJA MARTÍN SANTANA PÉREZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1434/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: JOSE MARTÍN LEÓN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44722238A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSE MARTÍN LEÓN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1437/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: JOSÉ MIGUEL GUZMÁN AFONSO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43660680X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MIGUEL GUZMÁN AFONSO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1439/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: CARMELO RODRÍGUEZ BETANCOR Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43648576G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMELO RODRÍGUEZ BETANCOR la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente.. 1440/2010 Fecha del Acuerdo: 4/22/2010 Nombre: JUAN FRANCISCO GUEDES ALONSO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42217776B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN FRANCISCO GUEDES ALONSO la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1445/20 I 0 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: JORGE ENRIQUE DÍAZ OJEDA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54077176J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JORGE ENRIQUE DÍAZ OJEDA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1447/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: DAVID AYTHAMI SÁNCHEZ SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45768543S Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAVID AYTHAMI SÁNCHEZ SANTANA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1450/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: BRUNO PARDAL Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X7382502P Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Mogán Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRUNO PARDAL la sanción de 600€ e incautación de las sustancias y efectos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12741 N° de Expediente: 1458/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: DANIEL ALEMÁN MATA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78487972N Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DANIEL ALEMÁN MATA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1462/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: ALEJANDRO MANUEL MAKOL BENITEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42855849H Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO MANUELMAKOLBEN1TEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1463/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Nombre: ADONIS PINO SÁNCHEZ DNI/NIE/CIF: 45350836B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ADONIS PINO SÁNCHEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1469/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: SAIMO RODRÍGUEZ DÍAZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h). DNI/NIE/CIF: 43288698F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Aldea de San Nicolás (La) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SAIMO RODRÍGUEZ DÍAZ la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1472/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: JOSÉ MANUEL MARRERO SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DNI/NIE/CIF: 42865493W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MANUEL MARRERO SANTANA la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1473/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: OMAR SAMIR1 MARRERO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44322553N Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OMAR SAMIRI MARRERO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efctos. N° de Expediente: 1475/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: LUCAS JAVIER DE SAA GONZALEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78533628J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUCAS JAVIER DE SAA GONZALEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1476/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: PEDRO JESÚS RAMOS AMEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78492259K Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª PEDRO JESÚS RAMOS AMEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1478/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: KONRAD ZBIGNIEW MICHALKIEWICZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h). DNI/NIE/CIF: X7857494G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KONRAD ZBIGNIEW MICHALKIEWICZ la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1479/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: ALEJANDRO IGNACIO DE LAS Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. LLANDERAS VAQUERO Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 44717922B Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO IGNACIO DE LAS LLANDERAS VAQUERO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1482/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: JESÚS JONATHAN HERNÁNDEZ CABRÉRA Norma infringida: L(i) 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44304168E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS JONATHAN HERNÁNDEZ CABRÉRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1488/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: FACUNDO POPPITTI RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DNI/NIE/CIF: X7224032P Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Agüimes Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FACUNDO-POPPITTI RODRÍGUEZ la sanción de 100€ . N° de Expediente: 1491/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: AYOZE SANTANA MARTEL Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIE: 42209197 Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AYOZE SANTANA MARTEL la sanción de 301€ . 12742 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 1501/2010 Fecha del Acuerdo: 4/28/2010 Nombre: JUAN JOSÉ SUAREZ SANCHEZ Norma infringida: L 19/2007 - 22.2 y 7.1. DNI/NIE/CIF: 54088797L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Ingenio Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ SUAREZ SANCHEZ la sanción de 3000,01€ y prohibición de acceso a recintos deportivos por un periodo de seis meses. N° de Expediente: 1505/2010 Fecha del Acuerdo: 4/29/2010 Nombre: LUIS GONZAGA DUQUE OSORIO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X4667173J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUIS GONZAGA DUQUE OSORIO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1506/2010 Fecha del Acuerdo: 4/29/2010 Nombre: SANTIAGO YERÓ GIL RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42218534X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SANTIAGO YERÓ GIL RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 1510/2010 Fecha del Acuerdo: 4/29/2010 Nombre: ISMAEL TORBAY PINTO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42230659Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ISMAEL TORBAY PINTO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. Las Palmas de Gran Canaria, 1 de Junio de 2010 LA SECRETARIA GENERAL, Rosalía S. Betancort Rijo. 10.493 Subdelegación del Gobierno en Las Palmas 10787-A NOTIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (BOE del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a través de este anuncio la RESOLUCIÓN dictada en los procedimientos sancionadores que se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse. Contra las referidas resoluciones, los interesados pueden interponer RECURSO DE ALZADA ante el Ministro del Interior, en el término de UN MES, contado a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partir del día siguiente a la finalización del plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento. N° de Expediente: 8/2010 Fecha del Acuerdo: 13/04/2010 Nombre: JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 44311858N Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ JIMÉNEZ la sanción de 301€ e incautación del arma. N° de Expediente: 66/2010 Fecha del Acuerdo: 23/04/2010 Nombre: STEFAN ERNST REIDER Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X6266838M Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª STEFAN ERNST REIDER la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 97/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: HIGINIO DE JESÚS HERNÁNDEZ OJEDA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78520370A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Teror Propuesta: Se propone imponer a D/Dª HIGINIO DE JESÚS HERNÁNDEZ OJEDA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 141/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: OLIVER GONZÁLEZ GARCÍA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42201820V Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OLIVER GONZÁLEZ GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12743 N° de Expediente: 159/2010 Fecha del Acuerdo: 3/26/2010 Nombre: BRUNO AFONSO MORALES Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45761667Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRUNO AFONSO MORALES la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 166/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n). Nombre: MANUEL MIGUEL MARTÍN SANTANA DNI/NIE/CIF: 45769159X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Madrid Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL MIGUEL MARTÍN SANTANA la sanción de 301€ . Fecha del Acuerdo: 4/23/2010 N° de Expediente: 179/2010 Nombre: ABDILMAJID AARAB Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X3942810N Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABDILMAJID AARAB la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 192/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: RAÚL GODOY MONTENEGRO Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DNI/NIE/CIF: 4473 I 804R Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAÚL GODOY MONTENEGRO la sanción de 100€ . N° de Expediente: 207/2010 Fecha del Acuerdo: 4/23/2010 Nombre: SEBASTIÁN JOSÉ ARTILES RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i). DNI/NIE/CIF: 43270478A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SEBASTIÁN JOSÉ ARTILES RODRÍGUEZ la sanción de 100€ . N° de Expediente: 230/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: ANTONIO BRAYAN NUEZ DÉNIZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54094511Y Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANTONIO BRAYAN NUEZ DENIZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 277/2010 Fecha del Acuerdo: 4/12/2010 Nombre: ANTONIO JUAN SANTANA SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54073447X Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a UD' ANTONIO JUAN SANTANA SANTANA la sanción, de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 350/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: FRANCISCO ADRIÁN MARRERO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. HERNÁNDEZ Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 78513261R Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO ADRIÁN MARRERO HERNÁNDEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 369/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: ANDRÉS MÉNDEZ FERREIRA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78474088C Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANDRÉS MÉNDEZ FERREIRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 370/2010 Fecha del Acuerdo: 2/23/2010 Nombre: ERNESTO HERNÁNDEZ GARCÍA Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y0968746T Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Vega de San Mateo Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ERNESTO HERNÁNDEZ GARCÍA la sanción de 501€ . N° de Expediente: 383/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: MBARK MADRAZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 5639521 Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MBARK MADRAZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 394/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Nombre: JOEL ANGEL TRUJILLO MEDINA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54079952Y Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOEL ANGEL TRUJILLO MEDINA la sanción de 225€ e incautación de las sustancias y efectos. 12744 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 400/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: EDWIN ALEJANDRO HERNÁNDEZ AVENDAÑO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: X6226461Q Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª EDWIN ALEJANDRO HERNÁNDEZ AVENDAÑO Ia sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 405/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). Nombre: FRANCISCO JAVIER BETANCORT JIMÉNEZ Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 42853049R Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO JAVIER BETANCORT JIMÉNEZ la sanción de 301€ e incautación del arma. N° de Expediente: 423/2010 Fecha del Acuerdo: 4/14/2010 Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Nombre: SATURNINO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ DNI/NIE/CIF: 42838238W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SATURNINO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 455/2010 Fecha del Acuerdo: 2/23/2010 Nombre: DIANA SERNA RODRÍGUEZ Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y0968745E Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Vega de San Mateo Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DIANA SERNA RODRÍGUEZ la sanción de 501€ . N° de Expediente: 471/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Nombre: NORBERTO CARRILLO CASANOVA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43614224Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª NORBERTO CARRILLO CASANOVA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 473/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Nombre: CARLOS SANTIAGO SAAVEDRA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. BENITEZ Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 45757933P Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARLOS SANTIAGO SAAVEDRA BENITEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 482/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Nombre: VIRGILIO MEDINA PÉREZ Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n). DNI/NIE/CIF: 78475704A Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª VIRGILIO MEDINA PÉREZ la sanción de 301€ . N° de Expediente: 490/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Nombre: CRISTO YOHELY LÓPEZ DE LEÓN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45775168Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTO YOHELY LÓPEZ DE LEÓN la sanción de 301€ e incautación de sustancias y efectos. N° de Expediente: 499/2010 Fecha del Acuerdo: 4/16/2010 Nombre: BRETT WOOLLEY Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: X2554640F Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Mogán Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRETT WOOLLEY la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 514/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: YONATHAN GUERRA CAZORLA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42225384Y Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YONATHAN GUERRA CAZORLA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 550/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: LEONCIO FRANCISCO DÍAZ SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42779952K Instnictor/a: M.CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LEONCIO FRANCISCO DÍAZ SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12745 N° de Expediente: 558/2010 Fecha del Acuerdo: 4/19/2010 Nombre: LUIS EDUARDO GARCÍA MARRERO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78516407L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Telde Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUIS EDUARDO GARCÍA MARRERO la sanción de 700€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 569/2010 Fecha del Acuerdo: 4/26/2010 Nombre: AYOZE ARIDANI BRITO RUANO Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45764581D Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AYOZE ARIDANI BRITO RUANO la sanción de 500€ e incautación de la sustancia intervenida. N° de Expediente: 573/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: YERAY OJEDA LÓPEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45770432H Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY OJEDA LÓPEZ la sanción de 800€ e incautación de la sustancia intervenida. N° de Expediente: 578/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: ERIMAR FELIPE MORALES QUINTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 44307523R Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ERIMAR FELIPE MORALES QUINTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 587/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: YERAY OJEDA LÓPEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 45770432H Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY OJEDA LÓPEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 6 I 5/2010 Fecha del Acuerdo: 4/29/2010 Nombre: MANUEL SERGIO GIL SANTANA Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42858043G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Arucas Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL SERGIO GIL SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 648/2010 Fecha del Acuerdo: 4/29/2010 Nombre: ARIDANE DEL CRISTO URBELO MONZÓN Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 44732097H Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Gáldar Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ARIDANE DEL CRISTO URBELO MONZÓN la sanción de 301€ e incautación del arma. N° de Expediente: 665/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: ISMAEL DÍAZ ALCARAZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42211188R Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Agüimes Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ISMAEL DÍAZ ALCARAZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 671/2010 Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 Nombre: FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 54085493G Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación:. Agüimes Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ la sanción de 600€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 672/2010 Fecha del Acuerdo: 4/23/2010 Nombre: DIEGO SALVADOR FERNÁNDEZ WENNIGES Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 42230955B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DIEGO SALVADOR FERNÁNDEZ WENNIGES la sanción de 301€ y retirada del arma. N° de Expediente: 684/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: AIRAN FIGUERAS LEON Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 43769939L Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AIRAN FIGUERAS LEON la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 685/2010 Fecha del Acuerdo: 4/27/2010 Nombre: RYAN ALEJANDRO ROBLES MC CANN Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 42226131 V Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RYAN ALEJANDRO ROBLES MC CANN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. 12746 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 N° de Expediente: 714/2010 Fecha del Acuerdo: 4/23/2010 Nombre: JOSÉ JUAN MARTÍN HERNÁNDEZ Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. DNI/NIE/CIF: 78515675T Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Moya Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ JUAN MARTÍN HERNÁNDEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. Fecha del Acuerdo: 5/3/2010 N° de Expediente: 716/2010 Nombre: JORGE BENTEJUI RAMOS CORUÑA Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 45760353J Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JORGE BENTEJUI RAMOS CORUÑA la sanción de 301€ e incautación del arma. N° de Expediente: 750/2010 Fecha del Acuerdo: 5/4/2010 Nombre: ENRIQUE BALAGUÉ IGBEDI Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1. Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO DNI/NIE/CIF: 44722446G Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ENRIQUE BALAGUÉ IGBEDI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos. N° de Expediente: 754/2010 Fecha del Acuerdo: 4/20/2010 Nombre: JONATAN JESÚS DÉNIZ TAVÍO Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a). DNI/NIE/CIF: 78487268K Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATAN JESÚS DÉNIZ TAVÍO la sanción de 301€ e incautación del arma. N° de Expediente: 831/2010 Fecha del Acuerdo: 3/22/2010 Nombre: ROSA HIGINIA FIGUEREDO RECALDE Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y1060274B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ROSA HIGINIA FIGUEREDO RECALDE la sanción de 501€ . N° de Expediente: 1283/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: JENNIFER JUNIETH DÍAZ ETHEILBERT Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a). DNI/NIE/CIF: X7156240C Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JENNIFER JUNIETH DÍAZ ETHEILBERT la sanción de 400€ N° de Expediente: 1291/2010 Fecha del Acuerdo: 4/15/2010 Nombre: WALTER ESTUARDO TOLEDO MORÁN Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y1060162Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª WALTER ESTUARDO TOLEDO MORÁN la sanción de 501€ . N° de Expediente: 1593/2010 Fecha del Acuerdo: 5/5/2010 Nombre: FATIMA EL OUAHABY Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a). DNI/NIE/CIF: X8783806Z Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FATIMA EL OUAHABY la sanción de 300C . N° de Expediente: 1629/2010 Fecha del Acuerdo: 5/10/2010 Nombre: KART01\10 Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y1138847Q Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KARTONO . la sanción de 600C . N° de Expediente: 1634/2010 Fecha del Acuerdo: 5/6/2010 Nombre: VANIA ROCHA DO NACIMIENTO Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a). DNI/NIE/CIF: X9705565W Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las) Propuesta: Se propone imponer a D/Dª VANIA ROCHA DO NACIMIENTO la sanción de 300C . N° de Expediente: 1666/2010 Fecha del Acuerdo: 5/7/2010 Nombre: KESVAV RIJAL Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a). DNI/NIE/CIF: Y1060803B Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KESVAV RIJAL la sanción de 501€ . Las Palmas de Gran Canaria, 1 de Junio de 2010 LA SECRETARIA GENERAL, Rosalía S. Betancort Rijo. 10.787-B Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 PUERTOS DE LAS PALMAS Autoridad Portuaria de Las Palmas ANUNCIO 10.494 Al amparo de lo establecido en el artículo 59.5 de la vigente Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dada la imposibilidad de notificar en el domicilio habitual a “DON LUIS GREGORIO SOSAMARTÍN” escrito sobre el desalojo de la superficie que ocupa en la zona de servicio del Puerto de Arrecife, se realiza mediante la publicación del presente ANUNCIO, en el Boletín Oficial de la Provincia. ASUNTO: DESAHUCIO ADMINISTRATIVO: DESALOJO DE SUPERFICIE DE 252 M2, CON DESTINO A “DOS PANTALANES FLOTANTES”, EN EL ÁREA III, ESPACIO DE AGUA, DEL PUERTO DE ARRECIFE. Por medio del presente escrito, esta Dirección les comunica que se ha recibido Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, con número de procedimiento 0000357/2009, (entrada en domicilio), por el que se autoriza a la Autoridad Portuaria de Las Palmas para que proceda al DESAHUCIO ADMINISTRATIVO de 252 metros cuadrados con destino a “DOS PANTALANES FLOTANTES”, situada en el Área III, del Puerto de Arrecife, de “DON LUIS GREGORIO SOSA MARTÍN”. El próximo día miércoles, 29 de junio de 2010 a las 10:00 horas, se realizará el desahucio forzoso por parte de esta Autoridad Portuaria, con auxilio de la fuerza pública si fuera necesario. Las Palmas de Gran Canaria, a siete de junio de dos mil diez. EL DIRECTOR, José Daniel López López. 10.779 12747 II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO Dirección General de Trabajo Servicio de Promoción Laboral ANUNCIO 10.495 ANEXO: 35/1165 Anuncio de la Oficina de Depósito de los Estatutos de Organizaciones Sindicales de Las Palmas. En cumplimiento del Art. 4º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en esta Oficina y a las 11:00 horas del día 16 de junio de 2009, han sido depositados los Estatutos de la Organización Sindical denominada “SINDICADO OBRERO DE LOS PUERTOS CANARIOS (SOPC)“, cuyos ámbitos son el territorial PROVINCIAL y el profesional TRABAJADORES, siendo sus firmantes: Don Gregorio Pita Cárdenes. D.N.I. 43.643.492-A - Presidente. Don Enrique Cáceres Pérez. D.N.I. 42.803.088-L - Secretario de Organización. Don Juan F. Acosta Jiménez. D.N.I. 42.839.953-S - Secretario General. Don Cecilio Hernández Castellano. D.N.I. 43.255.297W - Vocal. Don José Santana Pérez. D.N.I. 43.643.427-F Vocal. Don Pedro Falcón Samper. D.N.I. 42.855348-T Vocal. Don Santiago Nuez Morillo. D.N.I. 42.797.836-B - Vocal. De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 86.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrán los interesados formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, a partir de su publicación. 12748 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA ENCARGADA DE LA OFICINA - LA JEFA DE SERVICIO DE PROMOCIÓN LABORAL, Rosario Mendoza Rosales. 10.443 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA NOTIFICACIÓN 10.496 De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se notifica por medio de este anuncio que por el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación del Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado el siguiente acuerdo, ya que, intentada la notificación en el último domicilio conocido del interesado, ésta no ha podido practicarse. DESTINATARIO: TEGECOVI, S.A. Por el presente pongo en su conocimiento que por el Consejero - Delegado de esta Corporación don Manuel Miranda Medina, ha sido adoptada en fecha de abril dos mil diez, la Resolución del tenor literal siguiente: DECRETO DEL CONSEJERO - DELEGADO. Carreteras. CR020/04. TQS/yhr. Visto el expediente n° 020/04 seguido en esta Sección de Carreteras a instancia de don Pedro Martínez Escobar en nombre y representación de la entidad mercantil Tegecovi, S.A., con objeto de autorizar los cruces subterráneos en la carretera FV101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk-11+550 al pk-14+000. Visto que con fecha de 25 de febrero de 2004 mediante Decreto del Consejero Delegado de Infraestructura se otorgó la autorización anteriormente mencionada, en cuyo punto segundo establecía una serie de condiciones entre ellas las siguientes: “e) La conducción se ejecutará en el margen de la carretera a una distancia no inferior a 12 metros del borde de la futura autovía del corredor Puerto del RosarioCorralejo, por la misma zanja de la canalización del proyecto “Conducción de aguas desde el depósito Morro Francisco-Urbanización Tamaragua”, siempre que no exista un impedimento físico, lo que llevaría a una coordinación con la Sección de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura. j) Si con posterioridad a la ejecución de la canalización, este Cabildo Insular estimarse necesario la modificación, sustitución o anulación de la misma, se hará por cuenta del peticionario y sin derecho a indemnización alguna, siempre que estas actuaciones se realicen en las zonas de DOMINIO PÚBLICO y SERVIDUMBRE de la carretera, ya que la presente autorización lo es a título de precario.” Atendido a que el levantamiento topográfico realizado indica que la canalización no se realizó de acuerdo con el trazado previsto en el proyecto ni con los condicionantes de la autorización ocupando zonas que se verán afectadas por la ejecución del “Corredor Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo”. Atendido que se han iniciados las obras del proyecto de construcción denominado “Corredor Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo” y con la finalidad de que no se paralicen las mencionadas obras, evitando con ello los sobrecostes que tal situación pueda generar se hace necesario que la carretera FV-101 esté libre de todo obstáculo que impida o dificulte la consecución de las obras. Visto que con fecha de 11 de agosto de 2009 mediante Decreto del Consejera Delegada de Infraestructura se concedió el plazo improrrogable de cuarenta y cinco días (45 días) para ejecutar el traslado de la canalización al exterior del vallado de cerramiento de la futura autovía. Visto que se ha sobrepasado el plazo concedido sin que se haya realizado lo requerido. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Visto que la obra no se ha completado y que la instalación no se encuentra en servicio. Visto el Informe-Propuesta del Jefe de Sección de Carreteras, D. Tomás Quesada de Saá, de fecha 9 de abril de 2010. Visto el artículo 34 de la Ley de Bases de Régimen Local y en virtud del Decreto de Delegaciones de Competencias n° 2.648/09 de 24 de septiembre, HE RESUELTO: Primero: Declarar extinguida la autorización otorgada a don Pedro Martínez Escobar que actuaba en nombre y representación de Tegecovi, S.A., mediante Decreto del Consejero Delegado de Infraestructura de fecha 25 de febrero de 2004 para la realización los cruces subterráneos en la carretera FV-101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk11+550 al pk-14+000, para acometida eléctrica al SAU PRS-5, por incumplimiento de los condicionantes establecidos en la misma. Segundo: Cumpliméntese el trámite de Audiencia y tal efecto póngase de manifiesto el expediente al interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS, formule por escrito las alegaciones que tenga por conveniente y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes a su derecho. El expediente se encuentra en la Sección de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura, sito en la calle 1º de Mayo n° 39, Puerto del Rosario, donde podrá dirigirse para su constancia. Tercero: Notificar la presente resolución a don Pedro Martínez Escobar, a la Dirección Facultativa de las obras proyecto de construcción: “CORREDOR PUERTO DEL ROSARIO - CORRALEJO. TRAMO: LA CALDERETA - CORRALEJO”, a la Dirección General de Infraestructura Viaria y la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias, a la entidad mercantil TEGECOVI, S.A., por ser parte interesada y dar traslado de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre. Cuarto: Comuníquese el presente acuerdo al órgano instructor con traslado de las actuaciones practicadas. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo 12749 que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía Contencioso-Administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Al concurrir el carácter de Administración Pública entre los interesados, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no cabe interponer recurso en vía administrativa. No obstante, podrá formular requerimiento previo ante el órgano que ha dictado el acto para que anule o revoque el acto administrativo objeto de notificación, mediante escrito razonado que concretará el acto al que se refiere el requerimiento, debiendo producirse en el plazo de DOS MESES a contar desde la presente notificación. Sin perjuicio de lo expuesto, podrá formularse Recurso Contencioso Administrativo directamente en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de esta notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran Canaria. Puerto del Rosario, dieciocho de mayo de dos mil diez. EL CONSEJERO DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, Manuel Miranda Medina. 10.831 12750 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 NOTIFICACIÓN 10.497 De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se notifica por medio de este anuncio que por el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación del Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado el siguiente acuerdo, ya que, intentada la notificación en el último domicilio conocido del interesado, ésta no ha podido practicarse. DESTINATARIO: D. Pedro Martínez Escobar, Tegecovi, S.A. Por el presente pongo en su conocimiento que por el Consejero - Delegado de esta Corporación Don Manuel Miranda Medina, ha sido adoptada en fecha de abril dos mil diez, la Resolución del tenor literal siguiente: DECRETO DEL CONSEJERO - DELEGADO. Carreteras. CR020/04. TQS/yhr. Visto el expediente n° 020/04 seguido en esta Sección de Carreteras a instancia de don Pedro Martínez Escobar en nombre y representación de la entidad mercantil Tegecovi, S.A., con objeto de autorizar los cruces subterráneos en la carretera FV101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk-11+550 al pk-14+000. Visto que con fecha de 25 de febrero de 2004 mediante Decreto del Consejero Delegado de Infraestructura se otorgó la autorización anteriormente mencionada, en cuyo punto segundo establecía una serie de condiciones entre ellas las siguientes: “e) La conducción se ejecutará en el margen de la carretera a una distancia no inferior a 12 metros del borde de la futura autovía del corredor Puerto del RosarioCorralejo, por la misma zanja de la canalización del proyecto “Conducción de aguas desde el depósito Morro Francisco-Urbanización Tamaragua”, siempre que no exista un impedimento físico, lo que llevaría a una coordinación con la Sección de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura. j) Si con posterioridad a la ejecución de la canalización, este Cabildo Insular estimarse necesario la modificación, sustitución o anulación de la misma, se hará por cuenta del peticionario y sin derecho a indemnización alguna, siempre que estas actuaciones se realicen en las zonas de DOMINIO PÚBLICO y SERVIDUMBRE de la carretera, ya que la presente autorización lo es a título de precario.” Atendido a que el levantamiento topográfico realizado indica que la canalización no se realizó de acuerdo con el trazado previsto en el proyecto ni con los condicionantes de la autorización ocupando zonas que se verán afectadas por la ejecución del “Corredor Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo”. Atendido que se han iniciados las obras del proyecto de construcción denominado “Corredor Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo” y con la finalidad de que no se paralicen las mencionadas obras, evitando con ello los sobrecostes que tal situación pueda generar se hace necesario que la carretera FV-101 esté libre de todo obstáculo que impida o dificulte la consecución de las obras. Visto que con fecha de 11 de agosto de 2009 mediante Decreto del Consejera Delegada de Infraestructura se concedió el plazo improrrogable de cuarenta y cinco días (45 días) para ejecutar el traslado de la canalización al exterior del vallado de cerramiento de la futura autovía. Visto que se ha sobrepasado el plazo concedido sin que se haya realizado lo requerido. Visto que la obra no se ha completado y que la instalación no se encuentra en servicio. Visto el Informe-Propuesta del Jefe de Sección de Carreteras, D. Tomás Quesada de Saá, de fecha 9 de abril de 2010. Visto el artículo 34 de la Ley de Bases de Régimen Local y en virtud del Decreto de Delegaciones de Competencias n° 2.648/09 de 24 de septiembre,, HE RESUELTO: Primero: Declarar extinguida la autorización otorgada a don Pedro Martínez Escobar que actuaba en nombre y representación de Tegecovi, S.A., mediante Decreto del Consejero Delegado de Infraestructura de fecha Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 25 de febrero de 2004 para la realización los cruces subterráneos en la carretera FV-101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk11+550 al pk-14+000, para acometida eléctrica al SAU PRS-5, por incumplimiento de los condicionantes establecidos en la misma. Segundo: Cumpliméntese el trámite de Audiencia y tal efecto póngase de manifiesto el expediente al interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS, formule por escrito las alegaciones que tenga por conveniente y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes a su derecho. El expediente se encuentra en la Sección de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura, sito en la calle 1º de Mayo n° 39, Puerto del Rosario, donde podrá dirigirse para su constancia. Tercero: Notificar la presente resolución a don Pedro Martínez Escobar, a la Dirección Facultativa de las obras proyecto de construcción. “CORREDOR PUERTO DEL ROSARIO - CORRALEJO. TRAMO: LA CALDERETA - CORRALEJO”, a la Dirección General de Infraestructura Viaria y la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias, a la entidad mercantil TEGECOVI, S.A., por ser parte interesada y dar traslado de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre. Cuarto: Comuníquese el presente acuerdo al órgano instructor con traslado de las actuaciones practicadas. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido un mes la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su 12751 resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía Contencioso-Administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Al concurrir el carácter de Administración Pública entre los interesados, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no cabe interponer recurso en vía administrativa. No obstante, podrá formular requerimiento previo ante el órgano que ha dictado el acto para que anule o revoque el acto administrativo objeto de notificación, mediante escrito razonado que concretará el acto al que se refiere el requerimiento, debiendo producirse en el plazo de DOS MESES a contar desde la presente notificación. Sin perjuicio de lo expuesto, podrá formularse Recurso Contencioso Administrativo directamente en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de esta notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran Canaria. Puerto del Rosario, dieciocho de mayo de dos mil diez. EL CONSEJERO DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, Manuel Miranda Medina. 10.833 ANUNCIO 10.498 Habiéndose intentado dos veces la notificación por los cauces previstos a tal efecto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, y apreciando que el contenido de la misma puede lesionar derechos e intereses legítimos, en aplicación del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se cita a D. Domingo García Fuente o a sus representantes, con el fin de notificarles por comparecencia el texto íntegro de la resolución del Consejero Delegado de Infraestructuras y Ordenación del Territorio, referente 12752 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 a expediente administrativo seguido en la Unidad de Carreteras y dejar constancia en el expediente de tal conocimiento. A tal efecto, D. Domingo García Fuente o a sus representantes debidamente acreditados, deberán personarse en el plazo máximo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Provincia de Las Palmas, en las dependencias administrativas de la Unidad de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura cita en la calle Rosario n° 7 de Puerto del Rosario. La comparecencia se efectuará en horario comprendido entre las 09:00 y las 14:00 horas (13:00 horas en horario de verano), de lunes a viernes. Si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Puerto del Rosario, veinticinco de mayo de dos mil diez. EL CONSEJERO-DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, Manuel Miranda Medina. 10.832 NOTIFICACIÓN 10.499 De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se notifica por medio de este anuncio que por el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado el siguiente acto, ya que, intentada la notificación en el último domicilio conocido del interesado, ésta no ha podido practicarse. D. HORACIO NÉSTOR VIGNONE GONZÁLEZ ASUNTO: Nota de gastos ocasionada por daños a la infraestructura de la carretera FV-2, p.k. 12,645 ambos márgenes, término municipal de Puerto del Rosario. Según informe del Área de Infraestructuras, Sección de Carreteras de este Cabildo, se ha procedido por motivos de seguridad vial, a la reposición de doce metros lineales de barrera de seguridad y un hito de arista, dañada por el vehículo matricula 3531-BVJ, como consecuencia del accidente de circulación ocurrido el día 15 de febrero de 2010, en el lugar indicado en el asunto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 9/1991 de Carreteras de Canarias, en relación con el artículo 78.5 del Reglamento de Carreteras del Canarias, aprobado por Decreto Territorial 131/1995, de 11 de mayo. La valoración de los daños reparados asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (428,20 euros), según se detalla en la nota de gastos adjunta. Lo que se notifica, concediéndole un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación, para que alegue por escrito, con aportación o proposición de pruebas que considere más oportunas, lo que en su defensa estime conveniente, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de no hacer alegaciones podrá ingresar el importe de los daños en la cuenta corriente número 2052 8032 883500001200 de La Caja de Canarias. Asimismo se le comunica que de conformidad con la Ley de Responsabilidad y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, el importe de estos daños quedan cubiertos por el seguro obligatorio del automóvil (seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los daños y perjuicios causados a las personas o los bienes con motivo de la circulación). No obstante y mientras la compañía aseguradora no manifieste por escrito ante este Cabildo Insular que se subroga en las obligaciones del responsable de los hechos, todas las actuaciones se seguirán con la persona causante de los daños. Asimismo, y en cumplimiento del art. 42.3 de la Ley 30/1992, se le informa que el plazo máximo en que deberá resolverse y notificarse esta reclamación es de TRES MESES desde la fecha del presente acuerdo de iniciación, teniendo en cuenta que de incumplirse este plazo se producirá la caducidad del expediente administrativo. Dicha caducidad no interrumpe el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 plazo de prescripción y no tendrá lugar en el caso de que el procedimiento se haya suspendido por alguno de los motivos establecidos en el art. 42.5 de la citada Ley. Contra este acto no cabe recurso. En Puerto del Rosario, a veintiocho de mayo de dos mil diez. EL CONSEJERO-DELEGADO, Manuel Miranda Medina. 10.897 CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA ANUNCIO 10.500 Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio obrante en el expediente la notificación a doña Luz Marina Sánchez Gopar del Decreto, de fecha 8 de abril de 2010, emitido por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente: NOTIFICACIÓN Por la presente pongo en su conocimiento por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha 8 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente es la siguiente: SSDU-08 BSB/rbcm DECRETO DE LA PRESIDENCIA Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen de subvenciones para la instalación de depuradoras 12753 unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de fecha 24 de febrero de 2006. Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número 96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES, a contar desde el día siguiente de su publicación en el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad de 125.733,18 euros. Visto que a la citada convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva efectuada mediante concurso, han concurrido los siguientes aspirantes: - Doña Luz Marina Sánchez Gopar. Visto el expediente seguido en este Consejo Insular con objeto de proceder a la concesión de subvenciones para la instalación de depuradoras a viviendas unifamiliares del año 2008. Vistos los informes del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19 de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de noviembre de 2009, respectivamente, además de las Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, así como de los informes de fiscalización de la Interventora Acctal., doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009, respectivamente. Visto que publicada la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se presentaron las alegaciones: • En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de empadronamiento en la vivienda. 12754 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 • En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad de la documentación exigida. • En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003, adjuntando copia de la misma. • En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación. Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen los informes obrantes en su expediente.” Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010. Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010. Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril de 2010. De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas Ordenanzas, por el presente, HE RESUELTO: 2º) Denegar las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos que se recogen en cada caso: EXP. Nº 55/08 SOLICITANTE Doña Luz Marina Sánchez Gopar NIF 42.891.298-R MOTIVO DE DENEGACIÓN No subsanar la documentación requerida en tiempo y forma. 7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno del Consejo en la primera sesión que celebre. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento Pérez. ANUNCIO 10.851-A 10.501 Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio obrante en el expediente la notificación a don Rubén A. Argilagos Casasayas y doña Eva Gutiérrez Rodríguez del Decreto, de fecha 8 de abril de 2010, emitido por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente: NOTIFICACIÓN Por la presente pongo en su conocimiento por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha 8 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente es la siguiente: SSDU-08 BSB/rbcm DECRETO DE LA PRESIDENCIA Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen de subvenciones para la instalación de depuradoras 12755 unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de fecha 24 de febrero de 2006. Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número 96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES, a contar desde el día siguiente de su publicación en el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad de 125.733,18 euros. Visto que a la citada convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva efectuada mediante concurso, han concurrido los siguientes aspirantes: - Don Rubén A. Argilagos Casasayas y doña Eva Gutiérrez Rodríguez. Visto el expediente seguido en este Consejo Insular con objeto de proceder a la concesión de subvenciones para la instalación de depuradoras a viviendas unifamiliares del año 2008. Vistos los informes del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19 de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de noviembre de 2009, respectivamente, además de las Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, así como de los informes de fiscalización de la Interventora Acctal., doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009, respectivamente. Visto que publicada la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se presentaron las alegaciones: • En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de empadronamiento en la vivienda. 12756 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 • En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad de la documentación exigida. • En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003, adjuntando copia de la misma. • En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación. Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen los informes obrantes en su expediente.” Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010. Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010. Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril de 2010. De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas Ordenanzas, por el presente, HE RESUELTO: 1º) Inadmitir las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos que asimismo se indican: EXP. Nº 05/08 SOLICITANTE Don Rubén A. Argilagos Casasayas y doña Eva Gutiérrez Rodríguez NIF X-4057161-F 45.497.162-B MOTIVO DE INADMISIÓN No cumplen con los requisitos para ser beneficiarios, establecido en la Base 11ª.2. 7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno del Consejo en la primera sesión que celebre. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento Pérez. 10.851-B ANUNCIO 10.502 Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio obrante en el expediente la notificación a doña Clara M. Peña Pérez del Decreto, de fecha 8 de abril de 2010, emitido por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente: NOTIFICACIÓN Por la presente pongo en su conocimiento por el Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha 08 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente es la siguiente: SSDU-08 BSB/rbcm DECRETO DE LA PRESIDENCIA Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen de subvenciones para la instalación de depuradoras unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada 12757 en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de fecha 24 de febrero de 2006. Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número 96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES, a contar desde el día siguiente de su publicación en el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad de 125.733,18 euros. Visto que a la citada convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva efectuada mediante concurso, han concurrido los siguientes aspirantes: - Doña Clara M. Peña Pérez. Visto el expediente seguido en este Consejo Insular con objeto de proceder a la concesión de subvenciones para la instalación de depuradoras a viviendas unifamiliares del año 2008. Vistos los informes del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19 de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de noviembre de 2009, respectivamente, además de las Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente, así como de los informes de fiscalización de la Interventora Acctal., doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009, respectivamente. Visto que publicada la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se presentaron las alegaciones: • En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de empadronamiento en la vivienda. 12758 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 • En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad de la documentación exigida. • En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003, adjuntando copia de la misma. • En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación. Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen los informes obrantes en su expediente.” Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010. Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010. Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril de 2010. De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas Ordenanzas, por el presente, HE RESUELTO: 1º) Inadmitir las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos que asimismo se indican: EXP. Nº 46/08 SOLICITANTE Doña Clara M. Peña Pérez NIF 42.884.343-S MOTIVO DE INADMISIÓN No cumple con los requisitos para ser beneficiaria, establecido en la Base 11ª.2. 7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno del Consejo en la primera sesión que celebre. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento Pérez. 10.851-C ANUNCIO 10.503 Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio obrante en el expediente la notificación a don Antonio Cortina Betoret del Decreto, de fecha 7 de abril de 2010, emitido por el Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente: NOTIFICACIÓN Por la presente pongo en su conocimiento que por el Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, don Manuel Miranda Medina, ha sido adoptado en fecha 7 de abril de 2010, la Resolución cuyo tenor literal es la siguiente: Exp.: 01/10-PDU BSB/rbcm DECRETO DE LA VICEPRESIDENCIA Resultando que con fecha 14 de agosto de 2009, con R.E. número 847, don Antonio Cortina Betoret, solicita autorización para la instalación de una planta depuradora unifamiliar de aguas residuales. 12759 Resultando que mediante oficio de fecha 14 de enero de 2010, registro de salida número 18, de fecha 15 de enero de 2010, notificado el 30 de enero de 2010, se requiere al interesado la documentación que se cita a continuación, instándole para que en un plazo de QUINCE (15) DÍAS, subsane lo señalado, con apercibimiento de que si así no lo hiciera se le tendría por desistido de su petición: “En relación con su solicitud sobre el asunto del epígrafe, adjunto se remiten los cinco ejemplares del DOCUMENTO DE INGRESO, debidamente cumplimentado, a fin de que el importe de la tasa señalada, sea ingresado por usted en la entidad bancaria reseñada, debiendo entregar con posterioridad en este Consejo el ejemplar blanco (Intervención Delegada) y ejemplares azul y rosa (Tesorería y expediente), que servirán para justificar el pago. Se le comunica asimismo que, es condición indispensable el abono de esta tasa para tramitar su solicitud, de conformidad con la Ley 5/1996 de Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el Decreto Legislativo 1/1994, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias…” Resultando que, transcurrido el plazo concedido, el interesado no ha subsanado el reparo requerido por este Consejo. Vistos los artículos 42 y 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Visto el informe favorable del Técnico de Obras, don José Antonio Vizoso Rivera, de fecha 6 de abril de 2010. Vista la propuesta de resolución de la Gerente del C.I.A.F., doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 6 de abril de 2010. Considerando que el órgano competente para resolver el presente expediente es el Presidente, según el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, aprobado por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero. 12760 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 De conformidad con el Decreto de la Presidencia Delegación de Competencias número 178/07, de 1 de agosto, por el presente, HE RESUELTO: a) Tener por desistido a don Antonio Cortina Betoret, en su solicitud de autorización para la instalación de una planta depuradora unifamiliar de aguas residuales. b) DECLARAR concluso el procedimiento en cuanto al expediente de autorización instado por el interesado, disponiendo su archivo. Exp.: 01/10PDU. c) De la presente Resolución se dará traslado al interesado y a la Junta de Gobierno en la primera sesión que celebre. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación. Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa. En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho. Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento Pérez. 10.852 EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA Consejería de Recursos Humanos y Organización Servicio de Recursos Humanos ANUNCIO 10.504 En virtud de lo dispuesto en las Bases Generales de la convocatoria por el turno libre, para cubrir plazas vacantes de la plantilla de personal laboral incluidas en las Ofertas de Empleo Público 2005, 2006, 2008 y 2009 de este Cabildo, la Sra. Consejera de Recursos Humanos y Organización, por delegación del Consejo de Gobierno Insular (Acuerdo de 16.07.07) mediante Resoluciones de fecha 28 de mayo de 2010, ha dispuesto: 1º. La aprobación de las Listas definitivas de admitidos y excluidos de las convocatorias por el turno libre, para cubrir plazas de la plantilla de personal laboral, incluidas en las Ofertas de Empleo Público 2005, 2006, 2008 y 2009 de este Cabildo, de las categorías de Educador/a, Informador/a Juvenil, Oficial 1º Cocinero/a, Oficial 1º Mantenimiento, Capataz Agrícola, Oficial 1º Conductor/a, Cuidador/a Puericultor/a, Auxiliar de Biblioteca, Auxiliar de Hogar, Celador/a, Ayudante de Cocina, y Peón, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 164, de 25 de diciembre de 2009. 2º. Designar los miembros de los Tribunales Calificadores de las citadas convocatorias. La composición de los Tribunales Calificadores, así como las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, se encuentran expuestos en el Tablón de Anuncios de la Corporación, sito en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano, Calle Profesor Agustín Millares Carló, s/n, Edificio Insular I, 35003, Las Palmas de Gran Canaria, así como en la página web www.grancanaria.com. 3º. El lugar, fecha y hora para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, al que deberán asistir los aspirantes provistos del Documento Nacional de Identidad vigente, serán los siguientes: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Educador/a: Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1 - Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 29 de junio de 2010. Hora: 09:00. Informador Juvenil: Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1 - Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00. Oficial 1º Cocinero/a: Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 30 de junio de 2010. Hora: 13:00. Oficial 1º Mantenimiento: Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 29 de junio de 2010. Hora: 13:00. Capataz Agrícola: Lugar: Centro Insular de Juventud, calle Hernán Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 2 de julio de 2010. Hora: 13:00. Oficial 1º Conductor: Lugar: Centro Insular de Juventud, Calle Hernán Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00. Cuidador/a Puericultor/a: Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1 - Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 1 de julio de 2010. Hora: 13:00. Auxiliar de Biblioteca: Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1 - Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 30 de junio de 2010. Hora: 13:00. 12761 Auxiliar de Hogar: Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 5 de julio de 2010. Hora: 13:30. Celador/a: Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 5 de julio de 2010. Hora: 11:30. Ayudante de Cocina: Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 2 de julio de 2010. Hora: 13:00. Peón: Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria. Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00. Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de mayo de dos mil diez. LA CONSEJERA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN (P.D.: Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de 16.07.07), Teresa Mayoral Fernández. 10.459 Consejería de Educación y Juventud Servicio de Educación ANUNCIO 10.505 A medio del presente se hace público el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular con fecha 7 de junio de 2010, en cuya virtud se aprobó la “CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2010 DE SUBVENCIONES PARA LAS ESCUELAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÚSICA Y/O DANZA”. 12762 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Asimismo se hace saber que el plazo de presentación de instancias será de VEINTE (20) DÍAS, los cuales comenzarán a computarse a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia. “CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2010 DE SUBVENCIONES PARA LAS ESCUELAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÚSICA Y/O DANZA. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Cabildo de Gran Canaria, aun en el contexto socioeconómico actual, consciente de la importancia formativa que tienen las Escuelas de Música y/o Danza de Gran Canaria, pretende continuar coadyuvando a su mantenimiento, pero también a su desarrollo, así como a la mejora de las condiciones laborales del personal docente, todo ello a través de esta subvención dirigida a las Entidades Públicas Locales titulares de las Escuelas de Música. Así, la presente convocatoria surge, por un lado, como fruto de la experiencia acumulada en la gestión en ediciones anteriores, y, por otro lado, tras haber realizado una previa labor de campo consistente, entre otras actividades, en la visita de cada una de las Escuelas existentes y mantenido reuniones con los distintos grupos que participan de la gestión de las mismas, tanto a nivel educativo, como gestor o político. Asimismo, se ha establecido una línea de colaboración con el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería competente, a fin de aunar esfuerzos por parte de ambas Administraciones en la consecución del objetivo común de fomentar la educación musical de los habitantes de Gran Canaria, especialmente la de los más jóvenes. ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA SUBVENCIÓN Y BENEFICIARIOS. 1.1. La presente convocatoria se efectúa de conformidad con lo previsto en Base 13ª de la “Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria’” aprobada por el Pleno Corporativo en sesión de fecha 26 de Septiembre de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 166, de 26/12/2008 (en adelante OGS) y tiene por objeto el fomento de las Escuelas de Música, de las Escuelas de Danza o de las Escuelas de Música y Danza (en adelante Escuelas de Música y/o Danza), pertenecientes a las Entidades Públicas Locales Municipales de la Isla de Gran Canaria, estableciéndose como conceptos subvencionables los siguientes: 1.1.1. Adquisición de material específico de las Escuelas: cualquier tipo de material específico de las Escuelas de Música y/o Danza, tenga o no carácter instrumental o bibliográfico, siempre que tenga la consideración de ‘inventariable’. 1.1.2. Gastos de funcionamiento: cualesquiera gastos corrientes derivados de la actividad propia de las Escuelas de Música y/o Danza, que no se encuentren incluidos en el apartado anterior. 1.2. En cualquier caso, los conceptos subvencionables a que se refiere el apartado anterior deberán cumplir el requisito de haber sido adquiridos, desarrollados o ejecutados a lo largo del año 2010. 1.3. Sólo podrán ostentar la condición de beneficiarios de la subvención, aquellas Entidades u Organismos Públicos Locales Municipales de la Isla de Gran Canaria, siempre y cuando cumplan acumulativamente los siguientes requisitos: 1.3.1. El haber obtenido, y mantener vigente, a la fecha de la publicación de la presente ‘Convocatoria’, la preceptiva autorización de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes a que se refiere el artículo 4 del Decreto Territorial 179/1994, de 29 de Julio. 1.3.2. Encontrarse desarrollando actividad lectiva durante el curso 2009/2010. 1.3.3. Cumplir la totalidad de los requisitos específicos establecidos en cualquiera de los apartados de la presente convocatoria. 1.4. Aún cumpliendo lo establecido en el apartado anterior, en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios: 1.4.1. Las Escuelas de Música y/o Danza de nueva creación, entendiéndose por Escuelas de Música y/o Danza de nueva creación aquéllas que hubieran sido autorizadas en el año 2010, y que con anterioridad no hubieran recibido ayuda alguna del Cabildo de Gran Canaria por este concepto. 1.4.2. Aquellas entidades u organismos en los que concurra alguna de las prohibiciones recogidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en sus normas de desarrollo, en la OGS, o en cualquiera de los apartados la presente Convocatoria. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ARTÍCULO 2: DOTACIÓN ECONÓMICA. 2.1. Las dotación económica de la Convocatoria, asciende a un máximo total de TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN (360.771) EUROS, consignados en el presupuesto de la Corporación en las aplicaciones presupuestarias “11800 324 462000010” y “11800 324 762000010”, habiéndose asignado a cada concepto subvencionable los importes máximos siguientes: 2.2.1. Adquisición de material específico de las Escuelas: 180.771 EUROS. 2.2.2. Gastos de funcionamiento: 180.000 EUROS. 2.2. El conjunto de las subvenciones concedidas en virtud de la presente no podrá superar el importe máximo total de la convocatoria. Asimismo no podrán superarse los importes máximos de cada uno de los conceptos subvencionables, ni el resto de los límites máximos que pudieran establecerse en la convocatoria. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de incrementar, de conformidad con el artículo 58 del R.D. 887/2006, de 21 de Julio, la dotación máxima de la subvención y, en consecuencia, la de alguno o algunos de sus conceptos subvencionables con arreglo a la disponibilidad presupuestaria existente, facultándose en este caso a la Sra. Consejera de Educación y Juventud para dictar las Resoluciones oportunas al respecto, sin que por ello sea necesario efectuar una nueva convocatoria. 2.3. La efectividad y su importe final de la dotación a que se refiere el apartado 2.2.1. anterior, queda supeditada a lo que se disponga en la Resolución del Gobierno de Canarias respecto de la concesión de subvención para esta finalidad al Cabildo de Gran Canaria, sin que la Corporación Insular asuma ningún tipo de responsabilidad en caso de minoración del importe o denegación de la subvención por parte de la Administración Autonómica. ARTÍCULO 3: SOLICITUDES, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. 3.1. Las solicitudes de participación en la convocatoria se formalizarán por el representante de la Entidad u Organismo Local, utilizando para ello, necesariamente, en el impreso normalizado aprobado por la Consejería de Educación y Juventud, debiendo venir firmada cada una de sus hojas. Dicha solicitud se presentará en el en el Registro General de la Corporación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la vigente Ley 30/1992, dentro del plazo de 12763 VEINTE (20) DÍAS a contar desde el siguiente al de publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, 3.2. Dicha solicitud habrá de venir acompañada de la documentación original que a continuación se establece, que se cumplimentará utilizando para ello los modelos autorizados por la Consejería de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria: 3.2.1. Declaración responsable, otorgada ante funcionario o notario público de: - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, así como, en caso de encontrarse obligado, de estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. - Las solicitudes de otras ayudas, subvenciones o ingresos que, respecto de los mismos conceptos y anualidades subvencionados, hubiera podido realizar el solicitante, indicando su estado de tramitación y cuantía, en su caso. 3.2.2. Certificaciones relativas a los datos necesarios para efectuar la valoración. 3.3. No se podrá presentar más de una solicitud por entidad/organismo público y escuela municipal de música y/o danza. En caso de que se hubiera presentado más de una en plazo, y por el solicitante no se ejercitare opción o renuncia a alguna o algunas, se tomará en consideración y tramitará, únicamente, la presentada en último lugar dentro del plazo habilitado al efecto. 3.4. Para la comprobación o aclaración de cualesquiera datos, requisitos y/o circunstancias relativos a los solicitantes, y en su caso, beneficiarios, el Cabildo de Gran Canaria podrá recabar de éstos, en cualquier fase del procedimiento incluida la de justificación, además de la documentación establecida en la convocatoria, aquélla otra que se juzgue necesaria en orden al dictado, en cada caso, de las pertinentes resoluciones. Asimismo, a tales efectos, el Cabildo de Gran Canaria podrá solicitar los informes y demás documentación necesarios de los distintos órganos, instancias y personas, tanto públicas como privadas, incluso a través de medios telemáticos. 3.5. La presentación de dicha solicitud implica: 3.5.1. La asunción de cuantas obligaciones se deriven de lo dispuesto en la presente convocatoria y de lo 12764 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 previsto en cuantas normas resulten de aplicación. 3.5.2. La aceptación de la subvención en caso de resultar beneficiario de la misma, por lo que no será necesaria la aceptación expresa. 3.5.3. La autorización necesaria, al Cabildo de Gran Canaria, para recabar la información a que se refiere el artículo 3.4. anterior. 3.6. Los distintos documentos que deban presentarse por los interesados, tanto con la solicitud como en cualquier fase del procedimiento, vendrán redactados siempre en castellano, y, si lo estuvieran en otro idioma, para ser válidos y surtir sus efectos, deberán necesariamente acompañarse de las correspondientes traducciones oficiales realizadas por un interprete jurado. ARTÍCULO 4.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES, RÉGIMEN JURÍDICO Y RECURSOS. 4.1. La presente convocatoria se regirá por el procedimiento de concurrencia competitiva, el cual se desarrollará de conformidad con lo previsto en la OGS, con las siguientes particularidades 4.1.1. Presentada la solicitud, se examinará a los efectos de comprobar si reúne los requisitos y si se acompaña de la preceptiva documentación exigidos, requiriéndose en caso contrario al solicitante para que, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndose que si así no lo hiciera, se le podrá tener por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.1.2. Una vez realizado lo anterior, la determinación de los beneficiarios de las subvenciones y la cuantía correspondiente a cada uno de ellos requerirá de la previa valoración de las solicitudes, con arreglo al procedimiento y los criterios establecidos en el artículo siguiente, por un órgano colegiado integrado por DOS (2) FUNCIONARIOS/AS designados mediante Resolución, la cual se notificará a los interesados a los efectos previstos en los artículos 28 y 29 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.1.3. La convocatoria podrá resolverse mediante una única Resolución que comprenda todos los conceptos subvencionables, o en otro caso, mediante Resoluciones parciales referidas cada una de ellas a cada uno de los conceptos subvencionables. 4.1.4. En cualquier caso, la convocatoria deberá quedar resuelta en el plazo máximo de CUATRO (4) MESES, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de instancias. Transcurrido dicho plazo de resolución sin que se hubiera dictado la correspondiente resolución, los interesados podrán entender DESESTIMADA su solicitud, en la parte no resuelta, por silencio administrativo, a los efectos previstos en el artículo 117 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en su caso, los del artículo 44 de la vigente Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 4.1.5. Las distintas notificaciones a los interesados a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Cabildo de Gran Canaria, ubicado en el Edificio Insular I sito en la calle Agustín Millares Carló s/n., todo ello sin perjuicio de aquéllas que, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, hubieren de publicarse en los correspondientes Boletines Oficiales, así como de aquellos medios adicionales de notificación o publicidad que pudieran establecerse. 4.2. El órgano competente para el dictado de cuantas resoluciones sean necesarias en la tramitación de la presente Convocatoria, incluyendo la fase de justificación y de reintegro (en su caso) será, por delegación del Consejo de Gobierno Insular, la Sra. Consejera de Educación y Juventud, la cual, asimismo, ostenta la facultad de interpretar la misma, completando incluso sus lagunas. 4.3. Además de por lo previsto en la presente convocatoria, esta subvención se regirá, en cuanto le fuere de aplicación, por lo dispuesto en la OGS, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio; y en lo no previsto en aquéllas, por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Reguladora de las Haciendas Locales; aplicándose subsidiariamente el resto de normas y disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo; y, en su defecto, las normas del derecho privado. 4.4. Contra la presente Convocatoria podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas de Gran Canaria. En el caso de las Administraciones Públicas, en lugar del indicado Recurso Administrativo aludido en el párrafo anterior, aquéllas podrán formular, ante el mismo Órgano indicado anteriormente y en el plazo de DOS (2) MESES, el REQUERIMIENTO PREVIO a que hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su defecto, en el mismo plazo, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria. 4.5. Contra los actos definitivos en la vía administrativa, dictados por la Sra. Consejera de Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá formularse por las Administraciones Públicas interesadas, ante el Consejo de Gobierno Insular, y en el plazo de DOS (2) MESES, el Requerimiento Previo a que hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su defecto, en el mismo plazo, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria. ARTÍCULO 5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CÁLCULO DEL IMPORTE DE LASUBVENCIÓN. 5.1. Los criterios de valoración de cada una las solicitudes de subvención presentadas y su ponderación, son los relacionados a continuación: 5.1.1. Número de Alumnos matriculados a fecha 1 de abril de 2010, que hubieran recibido clases con profesores titulados, con el siguiente desglose por ratios: (valoración máxima del criterio= 30 puntos): 5.1.1.A. Número de alumnos en ratio 1/1 (de 3 a 10 puntos): 12765 - En caso de no tener alumnado en ratio 1/1 la puntuación obtenida en este apartado (p) será igual a 0. - En caso de tener alumnado en ratio 1/1, se aplicará la siguiente fórmula Donde - ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. - ‘n’ es el valor representado por el número de alumnos en ratio 1/1 de la Escuela que se valora. - ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que cuente con menos alumnos en ratio 1/1. - ‘max’ es el número de alumnos de la Escuela que cuente con más alumnos en ratio 1/1. 5.1.1.B. Número de alumnos en ratios 1/2 ó 1/3 (de 4 a 13 puntos): - En caso de no tener alumnado en ratios 1/2 ó 1/3 la puntuación (p) obtenida en este apartado será igual a 0. - En caso de tener alumnado en ratios 1/2 ó 1/3 se aplicará la siguiente fórmula Donde - ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. - ‘n’ es el valor representado por el número de alumnos en ratios 1/2 ó 1/3 de la Escuela que se valora. - ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que cuente con menos alumnos en ratios 1/2 ó 1/3. - ‘max’es el número de alumnos la Escuela que cuente con más alumnos en ratios 1/2 ó 1/3. 5.1.1.C. Número de alumnos en otros ratios (de 2 a 7 puntos): - En caso de no tener alumnado en otras ratios distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores, la puntuación (p) obtenida en este apartado será igual a 0. 12766 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 - En caso de tener alumnado en otras ratios distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores, se aplicará la siguiente fórmula Donde - ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. - ‘n’ es el valor representado por el número de alumnos de la Escuela que se valora, en otras ratios distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores. - ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que cuente con menos alumnos en otras ratios distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores. - ‘max’ es el número de alumnos de la Escuela que cuente con más alumnos en otras ratios distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores. Las referencias de este criterio al requisito de ‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto al profesorado con la titulación legalmente requerida como al que dispone de la correspondiente autorización docente otorgada por la Consejería competente en materia de educación, del Gobierno de Canarias. 5.1.2. Número de profesores titulados en la plantilla durante el curso 2009/2010: (valoración máxima del criterio= 30 puntos): Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula siguiente Donde -‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. -‘n’ se obtiene de sumar el número de profesores titulados, con contrato fijo o de más de 12 meses, de la Escuela que se valora con el resultado de multiplicar el número de profesores titulados con contrato inferior a 12 meses por 0,5 . -‘min’ es el número correspondiente al menor valor ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. -‘max’ es el número correspondiente al mayor valor ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. Las referencias de este criterio al requisito de ‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto al profesorado con la titulación legalmente requerida como al que dispone de la correspondiente autorización docente otorgada por la Consejería competente en materia de educación, del Gobierno de Canarias. 5.1.3. Número de especialidades impartidas en la Escuela por profesores titulados: (valoración máxima del criterio= 10 puntos): Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula siguiente Donde p = 0,5 * n -‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. -‘n’ es el número de especialidades instrumentales o de danza impartidas en el curso 2009/2010 con profesores titulados por la Escuela que se valora. Las referencias de este criterio al requisito de ‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto al profesorado con la titulación legalmente requerida como al que dispone de la correspondiente autorización docente otorgada por la Consejería competente en materia de educación, del Gobierno de Canarias. 5.1.4. Esfuerzo financiero de la Entidad Local, referido al ejercicio presupuestario 2010: (valoración máxima del criterio= 10 puntos): Este apartado se valorará mediante la aplicación de la fórmula indicada a continuación Donde -‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. -‘n’ es el valor que expresa el porcentaje que representa el presupuesto destinado a la Escuela de Música que se valora, sobre el presupuesto de la Entidad Local titular. -‘min’ es el menor valor porcentual ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. -‘max’ es el mayor valor porcentual ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 5.1.5. Tasas percibidas por la Escuela hasta el 30 de abril de 2010, referidas al Curso Académico 2009/2010: (valoración máxima del criterio= 10 puntos): Este apartado se valorará mediante la aplicación de la fórmula indicada a continuación Donde -‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. -‘n’ es el valor que expresa el porcentaje que representa el montante de la recaudación por tasas académicas de la Escuela de Música que se valora, sobre el presupuesto total de dicha Escuela. A estos efectos el valor resultante se multiplicará por 1’5. -‘min’ es el menor valor porcentual ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. -‘max’ es el mayor valor porcentual ‘n’ de todas las Escuelas valoradas. En el caso en que los factores ‘n’ y ‘max’ superen el valor ‘33’, se consignará este último en su lugar, sustituyendo al que procediera por aplicación de las reglas anteriores. La referencias realizadas en este criterio al concepto ‘tasas académicas’, se entenderá que comprende tanto las tasas, como las cuotas, mensualidades, matrículas y demás importes percibidos por la Escuela por la prestación de cualquiera de los servicios propios de su objeto. 5.1.6. Número de sedes de la ESCUELAS DE MÚSICA Y/O DANZA en funcionamiento durante el Curso Académico 2009/2010: (valoración máxima del criterio= 10 puntos): Para el cálculo de la puntuación obtenida en este apartado se utilizará la fórmula p = 3 * Número de sedes autorizadas por el Gobierno de Canarias. 5.1.7. Compensación a municipios pequeños: (valoración máxima del criterio= 15 puntos): 12767 Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula siguiente Donde -‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado. -‘n’ es la cifra correspondiente a la población de la Entidad Local que se valora. -‘min’ es el número correspondiente a la población del Ente Local que tiene menor número de habitantes de entre todos los solicitantes. -‘max’ es el número correspondiente a la población del Ente Local tiene mayor número de habitantes de entre todos los solicitantes. Los datos de población a que se refiere este criterio serán los proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su revisión del padrón municipal de habitantes de 1 de enero de 2009. 5.2. No se valorará aquella documentación o datos aportados por los solicitantes que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en cada uno de los criterios de valoración anteriores. 5.3. Al objeto de determinar la cuantía exacta de subvención correspondiente a cada beneficiario, se seguirá el siguiente procedimiento de valoración para cada concepto subvencionable: 5.3.1. Se calculará la puntuación obtenida por cada solicitante que, cumpliendo los requisitos, hubiera solicitado subvención para el concepto subvencionable de que se trate, utilizando, para ello, las fórmulas del apartado 1 de este artículo, y teniendo en cuenta que, si resultaren decimales, estos se redondearán al segundo decimal. Asimismo, el máximo de puntos que podrá obtener un solicitante por la totalidad de los criterios de valoración será de CIEN (100) PUNTOS, por lo que las puntuaciones superiores, si las hubiera, se reducirán hasta ese valor. 5.3.2. Una vez realizado lo anterior, se procederá a integrar las puntuaciones obtenidas por todos los solicitantes mediante la suma de cada una de ellas. 12768 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 El resultado de esta operación, que se denominará ‘puntuación total de la subvención’, se utilizará como divisor de los importes máximos de cada uno de los conceptos subvencionables recogidos en el artículo 2.1 de la presente, lo que, en cada caso, dará como resultado el valor de cada punto en cada uno de los conceptos subvencionables. 5.3.3. Finalmente se multiplicará, para cada uno de los conceptos subvencionables, el valor punto obtenido en cada caso por el número total de puntos obtenido por cada beneficiario (sin exceder de límite máximo de 100), lo cual dará como resultado el importe de la subvención correspondiente a cada beneficiario en el concepto subvencionables de que se trate, el cual, en ningún caso, podrá ser superior al importe solicitado por dicho concepto. 5.3.4. En caso de que una vez concluido el procedimiento de valoración quedara, en alguno de los conceptos subvencionables, alguna cantidad pendiente de aplicación, se podrá proceder a distribuir dicha cantidad en una segunda vuelta, utilizando para ello el mismo procedimiento expuesto anteriormente, restringido a los solicitantes que aún fueran susceptibles de obtener mayor importe de subvención por no haberse superado el importe solicitado. Este procedimiento podrá repetirse sucesivamente hasta agotar el importe máximo correspondiente al concepto y previsto en el artículo 2.2. 5.3.5. Alternativa o complementariamente a lo previsto en el párrafo anterior, se podrán incrementar, hasta en un 20 por ciento como máximo, alguno o algunos de los límites previstos para el resto de los conceptos en los que se hubiera alcanzado dicho importe máximo previsto en el artículo 2.2., sin que, en ningún caso, pueda superarse el importe máximo total de la subvención. 5.4. La subvención obtenida por cada uno de los beneficiarios, para cada uno de los conceptos subvencionables, será compatible con otras subvenciones o ayudas que pudieran recibir de otras Entidades Públicas o privadas para los mismos conceptos, pero en ningún caso la suma de las subvenciones o ayudas recibidas podrá exceder del coste total efectivo de los conceptos subvencionados. ARTÍCULO 6: JUSTIFICACIÓN FORMA DE PAGO, 6.1. El abono de las subvenciones concedidas se realizará en un único pago anticipado, previo a la justificación y deberá ser aplicado en los conceptos contemplados en el artículo 2. 6.2. La justificación de las subvenciones se realizará mediante sistema de cuenta justificativa simplificada y la presentación a estos efectos, ANTES DEL 15 DE FEBRERO DE 2011, el modelo aprobado por la Consejería de Educación y Juventud, en el que, por la Intervención General de la entidad u organismo público beneficiario, se formulará informe relativo a la aplicación de la subvención recibida a la finalidad para la que se concedió, y en su caso se especificará separadamente, para cada concepto subvencionable, la relación clasificada de los gastos, indicándose, asimismo, las subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para los mismos conceptos de obras personas o entidades. 6.3. Como complemento de lo anterior, cada beneficiario por el concepto del artículo 1.1.2. deberá presentar una ‘memoria ’ en la que se describirán las actividades realizadas y los resultados obtenidos. 6.4. En caso de que la subvención percibida por alguno o algunos de los beneficiarios superara los SESENTA MIL (60.000) EUROS, la justificación se realizará por el procedimiento de cuenta justificativa con aportación de justificante de gasto, de conformidad con lo establecido en la Base 21.6 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria y utilizando para ello los modelos autorizados por la Consejería de Educación y Juventud. ARTÍCULO 7: OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO 7.1. Constituye la obligación principal del beneficiario la de continuar durante todo el ejercicio 2010 con la actividad docente de la Escuela de Música y/o Danza de que se trate, así como el llevar a cabo, antes del fin de 2010, las actividades e inversiones para los que fueran concedidas las subvenciones. 7.2. Asimismo, sin perjuicio de lo previsto en las normas vigentes e instrucciones de aplicación el beneficiario queda obligado a: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 7.2.1. Comunicar inmediatamente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención, especialmente la suspensión o modificación de sus actividades, o del curso, programa o estudios para los que se otorgó la subvención, así como la obtención de otros ingresos o subvenciones para la misma finalidad y por los mismos conceptos establecidos en la presente. 7.2.2. Colocar y mantener en lugar visible de las sedes de las Escuelas de Música y/o Danza, y en los lugares donde se desarrollen jornadas y demás actividades organizadas por éstas, o bienes adquiridos, los carteles, pegatinas u otros elementos facilitados por la Consejería de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria, en los que figurará mención a la financiación concedida. Asimismo, en las publicaciones, material de difusión, publicidad y similares que elabore la Escuela, deberá figurar el logotipo facilitado por el Cabildo de Gran Canaria como Entidad Colaboradora. A estos efectos, cuando el beneficiario incluya su propio logotipo, el de la Corporación Insular deberá figurar con el mismo tamaño e igual visibilidad. Por último, el beneficiario deberá adoptar o colaborar en la adopción de aquéllas otras medidas de difusión que pudieran llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación. 7.2.3. Justificar en plazo la subvención concedida, y remitir al Cabildo de Gran Canaria cuanta documentación fuera requerida a estos efectos. ARTÍCULO 8: SUBVENCIÓN. REINTEGRO DE LA 8.1. Procederá el reintegro, total o parcial de la subvención percibida, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación, por el incumplimiento total o parcial, en el plazo establecido al efecto, de cualesquiera obligaciones que incumben al beneficiario. 8.2. En particular, procederá el reintegro total en los casos en que por el beneficiario no se hubiera desarrollado actividad lectiva durante el año 2010, o no se hubiera aplicado la subvención concedida a la finalidad para la que se otorgó. 8.3. En los casos de reintegro parcial de la subvención, el cálculo del importe a devolver se realizará en atención al tiempo de inactividad, o la parte o porcentaje 12769 del curso, jornada, actividad o inversión dejada de realizar o que no cumplía los requisitos, aplicando dicho porcentaje a cada uno de los conceptos, según la naturaleza del gasto. 8.4. Asimismo, procederá el reintegro del exceso de los supuestos en que, el conjunto de las subvenciones, ingresos o ayudas percibidos, incluyendo los de otras personas o entidades, supere el coste de la actividad o inversión realizada por el beneficiario. 8.5. De conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Real Decreto 887/2006, en los casos en que la subvención recibida no se hubiera aplicado, en todo o parte, a la finalidad para la que se otorgó, el beneficiario podrá proceder al reintegro o devolución voluntarios de las cantidades correspondientes. A estos efectos queda designada la cuenta corriente titularidad del Cabildo, abierta en la Entidad ‘Caja de Canarias’, cuyo código es el siguiente 2052 8000 76 3500000103, debiendo especificarse, en cada ingreso, el nombre del beneficiario y la convocatoria a la que se refiere. En este supuesto, el comprobante de pago será remitido a la Consejería de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria a los efectos de su comprobación, acompañándose el mismo de minuta en la que habrán de reflejarse las operaciones liquidatorias practicadas por el beneficiario para efectuar el reintegro.” Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de junio de dos mil diez. LACONSEJERADE EDUCACIÓN Y JUVENTUD, Onelia García Marrero. 10.905 Valora Gestión Tributaria EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO 10.506 Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores, 12770 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la iniciación de los expedientes sancionadores incoados por el Ayuntamiento que se referencia contra las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan por haber cometido supuestamente una infracción tipificada en la normativa de tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Los correspondientes expedientes que, en virtud de convenio de encomienda, obran en la Unidad de Sanciones de Valora Gestión Tributaria, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con la aportación o proposición de pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el B.O.P., así como disponer de trámite de audiencia, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución, otros hechos, alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, de conformidad con el artículo 13.2 del R.D. 320/1994 en la redacción dada por el R.D. 137/2000 de 4 de febrero y según lo previsto en el artículo 19.2 del R.D. 1.398/1993. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones, la presente notificación se considerará Propuesta de Resolución según lo dispuesto en el artículo 13.2 del R.D. 1.398/1993 de 4 de agosto, procediéndose a dictar las oportunas resoluciones. Al objeto de simplificar el procedimiento, se entenderá que el titular del vehículo es el conductor, como conductor habitual y por consiguiente en el momento de la infracción, si no facilita los datos referidos dentro del plazo señalado. Caso de no ser responsable de la infracción o tratarse de persona jurídica, el titular o arrendatario del vehículo tiene el deber de identificarlo, pudiendo comunicar a Valora Gestión Tributaria en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto, los datos del conductor o nuevo titular. De incumplir esta obligación sin causa justificada u omitir datos que impidieran su perfecta identificación, habiéndosele requerido para ello, será de aplicación el artículo 72.3 del R.D.L. 339/1990, iniciándose con este acto procedimiento sancionador contra el titular del vehículo, que será considerado como autor de la infracción muy grave cuantificada entre 301 y 1.500 euros, prevista en el artículo 65.5.i) de la normativa citada. La sanción provisionalmente fijada, podrá ser abonada con reducción del 30%, siempre que el ingreso se efectúe durante los TREINTA DÍAS NATURALES siguientes a aquel en que tenga lugar la notificación de la denuncia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67.1 del RDL 339/1990. De abonar anticipadamente el importe de la multa con la reducción anteriormente señalada, implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de que se dicte resolución expresa, salvo que proceda acordar la suspensión del permiso o licencia de conducción y sin perjuicio de interponer Recurso de Reposición, previo a la vía contenciosoadministrativa, en las oficinas de Valora Gestión Tributaria en virtud de convenio de encomienda, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del pago (artículo 77.2 del R.D.L. 339/1990). Respecto a la caducidad y prescripción se estará a lo dispuesto en el artículo 81 del R.D.L. 339/1990. Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y fecha de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AYUNTAMIENTO DE ARUCAS EXPEDIENTE 2010006MU68846 2010006MU70276 2010006MU70503 2010006MU70507 2010006MU73406 DENUNCIANTE FECHA DENUNCIA 13381 02/04/2010 J21860D 12886 12886 11797 2010006MU73407 11797 2010006MU73478 12281 2010006MU73449 2010006MU73481 2010006MU73498 2010006MU73506 11139 12281 12281 12281 2010006MU73509 12281 2010006MU73576 11797 2010006MU73556 2010006MU73579 2010006MU73593 2010006MU73607 2010006MU73620 11797 11797 11797 11797 11797 2010006MU73652 12695 2010006RC73018 11797 2010006NI72435 - 25/03/2010 14/03/2010 14/04/2010 28/03/2010 28/03/2010 25/03/2010 25/03/2010 09/04/2010 31/03/2010 17/04/2010 18/04/2010 29/03/2010 30/03/2010 30/03/2010 05/04/2010 06/04/2010 14/04/2010 15/04/2010 19/04/2010 05/02/2010 12771 MATRICULA ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER NORMATIVA/ INFRACCION (ART./OPC) 43660461 RAMOS SUAREZ MARIA TERESA 2803CDC 0 0 OMC 87.m 42875429 GARCIA PADRON VICTOR MANUEL 6273GJC 0 OMC 6 DENUNCIADO 42768682 MACHIN GARCIA JOSE 78488222 VALIENTE GIL MARCIAL ALEJANDRO 45765577 DE LA SANTA CRUZ SANCHEZ DACIL 78486922 LOPEZ HERNANDEZ RAYCO 42650872 SANTANA RODRIGUEZ AGUSTINA 44307238 ARENCIBIA ALEMAN RAQUEL 2349DCJ 8062DGJ 5154DRL GC0199BC 7417BGV 0 0 0 0 0 0 0 OMC 25 OMC 62.4 OMC 6 OMC 6 OMC 6 0 0 0577FFG 0 0 OMC 62.21 GC3325AG 78405642 PARDAL NUÑEZ LUIS MIGUEL GC2438BY 43661795 MARTIN SUAREZ MARTA MARIA 0 0 3 4051FGJ 42915040 MORALES TAVIO FRANCISCO 78520524 RODRIGUEZ HERNANDEZ FRANCISCO DE 21 0 0 0 0 OMC 62 OMC 62.21 OMC 62.1 LUGAR DE LA INFRACCION MEDICO JOSE OJEDA GUERRA 1 LA HEREDAD CR DEL LOMO FRENTE AL Nº 27 CABUQUERO LOCAL 12 SAN ISIDRO FRENTE AL 60 IMPORTE 150,00 € 150,00 € 90,00 € 75,00 € 75,00 € SAN ISIDRO 36 75,00 € HERMANO LORENZO 16 75,00 € CAMINO DE LA CRUZ (INSTITUTOS) APAREJADOR A. FERRERA 8 75,00 € 150,00 € LA HEREDAD 1 150,00 € 150,00 € APAREJADOR A. FERRERA 8 75,00 € 1691CFD 0 0 OMC 62.21 LOMO SAN PEDRO 47 42578337 BETANCOR CABRERA JOSE 9219DPT 0 0 OMC 62.3 ALCALDE ANTONIO RGUEZ. CODORNIU (L 90,00 € 78504337 COLON ALONSO BENTEJUI GC2221BM 44321055 GONZALEZ MONTESDEOCA MARCELO AR B35411925 ZARANDA SERVICIOS 95 SL 78471535 FALCON CABRERA DEIDI 42875429 GARCIA PADRON VICTOR MANUEL 43763285 PESTANA RAMIREZ MANUEL CARMELO B35503028 OMP AGRUPADOS SL 79083088A GARCIA BOBOME ELISABETH BEATRIZ 0691FJT 7032FRV 9662DNZ 0 0 0 0 0 0 RGC 62.1 CABUQUERO LSV 72.3.1 - 0 0 9757FWN 0 0 8964GNM 0 POETA PEDRO LEZCANO (HIPERDINO) OMC 87.h 0 0 OMC 62.3 JUAN DE BETHENCOURT 18 0 6273GJC 2250FTP OMC 62.3 0 0 OMC 87.c OMC 62.3 OMC 62.3 En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez. JUAN DE BETHENCOURT 28 HUELVA 24 JUAN DE BETHENCOURT 23 LEON Y CASTILLO S/N EL DIRECTOR, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria 90,00 € 90,00 € 150,00 € 150,00 € 75,00 € 90,00 € 301,00 € 90,00 € 10.810 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.507 Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores, HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la propuesta de Resolución de los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, instruidos por la Unidad de Sanciones de Tráfico del Ayuntamiento, al haberse intentado la notificación en el último domicilio y no haberse podido practicar, por estar ausente el interesado, hallarse en paradero desconocido o haber rehusado dicha notificación. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse ante las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso alegar por escrito lo que estimen conveniente y oportuno a su derecho dentro del plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. 12772 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en cualquier Oficina de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS EXPEDIENTE 2010006MU73562 DENUNCIANTE FECHA DENUNCIA 11797 29/03/2010 DENUNCIADO 51955238D MARTINEZ CONDE MARIA DEL CARMEN MATRICULA ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER NORMATIVA/ INFRACCION (ART./OPC) GC9260BU 0 0 OMC 62.3 En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez. EL DIRECTOR, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria LUGAR DE LA INFRACCION ALCALDE SUAREZ FRANCHY 18 IMPORTE 90,00 € 10.809 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.508 Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores, HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso presentar el Recurso de Reposición. Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados. Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo, Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12773 los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta. Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84, apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS EXPEDIENTE DENUNCIANTE 2010006MU72526 12281 2010006MU73419 12281 2010006MU73014 11797 FECHA DENUNCIA 15/01/2010 05/02/2010 19/03/2010 MATRICULA ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER NORMATIVA/ INFRACCION (ART./OPC) 52840059C BATISTA HERNANDEZ MARIA MERCEDES GC3510BH 0 0 OMC 62.7 AV AGUSTIN MILLARES CARLO 9 52845025 RIVERO QUINTANA MIGUEL C2086BTW 0 0 OMC 17.1 LA CUESTILLA 33 BAÑADEROS DENUNCIADO 42798132 MARTIN NOBAUER GENOVEVA ROSARIO 0857DRN 0 0 OMC 62.3 En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez. EL DIRECTOR, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria LUGAR DE LA INFRACCION PEDRO LEZCANO S/N IMPORTE 90,00 € 90,00 € 150,00 € 10.808-A EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.509 Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores, HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso presentar el Recurso de Reposición. 12774 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados. Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo, Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta. Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84, apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS EXPEDIENTE 2010020MU00226 DENUNCIANTE FECHA DENUNCIA 11841 13/01/2010 DENUNCIADO 43253073 SEGURA SUAREZ MIGUEL ANGEL MATRICULA ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER NORMATIVA/ INFRACCION (ART./OPC) GC4241BW 0 0 RGC 154.2A En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez. EL DIRECTOR, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria LUGAR DE LA INFRACCION HERRERIA DIR. CASCO IMPORTE 90,00 € 10.808-B EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.510 Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores, HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12775 de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso presentar el Recurso de Reposición. Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados. Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo, Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta. Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84, apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. EXPEDIENTE 2010031MU02194 DENUNCIANTE 10531 FECHA DENUNCIA 04/03/2010 AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO DENUNCIADO 42521945 SUAREZ CEBALLO EULOGIA MATRICULA 8904FBS ANEXO LEY 17/05 0 PUNTOS A DETRAER 0 NORMATIVA/ INFRACCION (ART./OPC) OMC 6 En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez. EL DIRECTOR, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria LUGAR DE LA INFRACCION MAESTRO JOSE SANTANA - PISCINA IMPORTE 90,00 € 10.808-C EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.511 Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores: 12776 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso presentar el Recurso de Reposición. Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES; siguientes a la fecha de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados. Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo, Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante los Juzgados contencioso-administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta. Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84, apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial). Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es. Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en cualquiera de las Oficinas Tributarias de Valora y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF DENUNCIADO NOMBRE 0011001107 A MARRERO 0011001141 42763053 78524172X 44301490 M DEL CARMEN TOLEDO 0011001138 0011001301 0011001286 78493725S 78475816T 78476503C TU 2808GHN P12151 LS 39.2C/1 TU 4908FRW P13944 PLAZA DE LAS HUERTAS RG 132.1/6 TU GC9151CC P11799 GUARDIA CIVIL RG 94.2B/1 TU 6839FYH LS 39.2C/1 0011001093 78523045X RG 94.2B/1 L REGINA RODRIGUEZ L REGINA RODRIGUEZ R GONZALEZ S RAMIREZ S SANTANA PUNTOS A DETRAER DENUNCIANTE RG 94.2B/1 78523045X ANEXO LEY 17/05 TIPO MATR. VEHICULO E RAQUEL CARRILLO 0011000877 0011000982 NORM. INFRAC. (ART. OPC.) RG 94.2B/1 RG 94.2B/9 TU 8452GBY TU 4908FRW TU 1446BDS TU 9014BVJ P13047 P13047 P10468 P10443 P11248 LUGAR PLAZA LUJAN PEREZ FECHA DENUNCIA 10/02/2010 MARQUES DEL MUNI 11 12/02/2010 PARQUE LAS HUERTAS 20/01/2010 PLAZA GRANDE PARALELA LOMO DE GUILLEN 22 ALC. FERNANDO ALONSO DE LA GUARDIA 07/01/2010 08/02/2010 17/02/2010 05/03/2010 06/03/2010 IMPORTE 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 60,00 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos. Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio de dos mil diez. EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria 10.807 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO 10.512 Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores: HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la iniciación de los expedientes sancionadores incoados por el ayuntamiento que se referencia contra las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan por haber cometido supuestamente una infracción tipificada en la normativa de tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación, o en su caso rehusar. Los correspondientes expedientes que, en virtud de convenio de encomienda, obran en la Unidad de Sanciones de Valora Gestión Tributaria, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con la aportación o proposición de pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el B.O.P., así como disponer de trámite de audiencia, salvo cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución, otros hechos, alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, de conformidad con el artículo 13.2 del R.D. 320/94 en 12777 la redacción dada por el R.D. 137/2000 de 4 de febrero y según lo previsto en el artículo 19.2 del R.D. 1.398/93. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones, la presente notificación se considerará Propuesta de Resolución según lo dispuesto en el artículo 13.2 del R.D. 1.398/93 de 4 de agosto, procediéndose a dictar las oportunas resoluciones. Al objeto de simplificar el procedimiento, se entenderá que el titular del vehículo es el conductor, como conductor habitual y por consiguiente en el momento de la infracción, si no facilita los datos referidos dentro del plazo señalado. Caso de no ser responsable de la infracción o tratarse de persona jurídica, el titular del vehículo tiene el deber de identificarlo, pudiendo comunicar a Valora Gestión Tributaria en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto, los datos del conductor o nuevo titular. De incumplir esta obligación sin causa justificada u omitir datos que impidieran su perfecta identificación, habiéndosele requerido para ello, será de aplicación el artículo 72.3 del R.D.L. 339/1990, iniciándose con este acto procedimiento sancionador contra el titular del vehículo, que será considerado como autor de la infracción muy grave cuantificada entre 301 y 1.500 euros, prevista en el artículo 65.5.i) de la normativa citada. La sanción provisionalmente fijada, podrá ser abonada con reducción del 30%, siempre que el ingreso se efectúe durante los TREINTA DÍAS NATURALES siguientes a aquel en que tenga lugar la notificación de la denuncia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67.1 del R.D.L. 339/1990. De abonar anticipadamente el importe de la multa con la reducción anteriormente señalada, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de que se dicte resolución expresa, salvo que proceda acordar la suspensión del permiso o licencia de conducción y sin perjuicio de interponer Recurso de Reposición, previo a la vía contencioso-administrativa, en las oficinas de Valora Gestión Tributaria en virtud de convenio de encomienda, dirigido al Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del pago. (Artículo 77.2 del R.D.L. 339/1990). 12778 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Respecto a la caducidad y prescripción se estará a lo previsto en el artículo 81 del R.D.L. 339/1990. Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF 0011001658 0011001595 0011001613 0011001611 0011001620 0011001623 0011001606 0011001612 0011001856 42686572 42776625Y 78472817Z 78524172X 78481776 42823528N 42743603N 43242835Y B35974617 DENUNCIADO NOMBRE NORM. INFRAC. (ART. OPC.) B MARIA C OJEDA RG 132.1/6 C CASTELLANO TU 2894BXC TU B9780WT E RAQUEL CARRILLO RG 94.2B/1 TU 8452GBY M DE GUIA NARANJO RG 132.1/8 C ROSARIO PEREZ I MIRANDA P DEL ROSARIO RUBIO P MANUEL MARTIN RG 94.2B/1 RG 94.2E/2 MO 0676GMM P13047 RG 94.2B/1 T JOSE RIVERO RG 132.1/2 0011001615 43290330Y V MORENO P13164 P10244 TU GC6325AU P11248 RG 94.2A/7 R BOLAÑOS TU 0713CFL P13047 P12151 RG 132.1/2 PAPA PELADA DEL NORTE SLU 42763371T 42765251V PUNTOS A TIPO MATR. DENUNDETRAER VEHICULO CIANTE RG 90.2/1 0011001627 0011001622 ANEXO LEY 17/05 RG 94.2E/2 RG 94.2B/1 LUGAR CANONIGO GORDILLO 22 60,00 PLAZA LUJAN PEREZ S/N 20/03/2010 90,00 PARALELA LOMO GUILLEN FRENTE AL CENTRO PLAZA SANTA GEMA (LA CAÑADA) TU 1000BWB MANUEL DIAZ CRUZ PORTAL 1 CA 5489DCD TU 4294GRW TU 3262BKW S12747 P13944 P12151 P10244 90,00 30/03/2010 LOMO GUILLEN DELANTE DEL I.E.S. II TU 7679DGV 25/04/2010 IMPORTE GUARDIA CIVIL (FRENTE ANTIGUO “CERC TU GC9946BL P10244 P13047 FECHA DENUNCIA MARQUES DEL MUNI 11 25/03/2010 09/04/2010 09/04/2010 25/03/2010 25/03/2010 90,00 90,00 90,00 60,00 90,00 LEPANTO APARCAMIENTO JUZGADOS 26/03/2010 90,00 SAN JOSE 1 28/03/2010 90,00 LOMO DE GUILLEN 41 LOMO GUILLEN, DELANTE DE LA FARMACIA Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos. 27/02/2010 07/04/2010 60,00 90,00 Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio de dos mil diez. EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín López. Valora Gestión Tributaria 10.806 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO 10.513 Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores. HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Propuesta de Resolución de los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican, instruidos por la Unidad de Sanciones de Tráfico del Ayuntamiento, al haberse intentado la notificación en el último domicilio y no haberse podido practicar, por estar ausente el interesado, hallarse en paradero desconocido o haber rehusado dicha notificación. Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse ante las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en su caso alegar por escrito lo que estimen conveniente y oportuno a su derecho dentro del plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12779 Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF 0011001305 78472806A EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF 0011001189 32446625L DENUNCIADO NOMBRE E MELIAN RG 94.2C/1 ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER TIPO MATR. VEHICULO TU 8022BNL DENUNCIANTE P13047 LUGAR ALCALDE JOSE CARLOS GONZALEZ RUIZ AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO DENUNCIADO NOMBRE I MIRA NORM. INFRAC. (ART. OPC.) NORM. INFRAC. (ART. OPC.) RG 154.1/2 ANEXO LEY 17/05 PUNTOS A DETRAER TIPO MATR. VEHICULO TU 7364DDB DENUNCIANTE 12669 Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos. LUGAR PRINCIPAL 50 FECHA DENUNCIA IMPORTE FECHA DENUNCIA IMPORTE 04/03/2010 23/02/2010 Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio de dos mil diez. EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín López. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 90,00 90,00 10.805 Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda y Desarrollo Sostenible Servicio de Actividades Comerciales e Industriales ANUNCIO 10.514 LA DIRECTORA GENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. COMUNICA: Que por la entidad “PASTELERÍA CAPRICCIO, S.C.P.”, se ha presentado en estas Oficinas municipales proyecto (Expte. número IND/121/2010), solicitando autorización para instalar PASTELERÍA, PISCOLABIS Y CAFETERÍA, en la AVDA. JOSÉ MESA Y LÓPEZ, NÚMERO 76 - LOCAL 3. Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas del Gobierno de Canarias, a fin de que las personas que se consideren perjudicadas puedan aducir sus reclamaciones, por escrito fundado y acompañado de copia simple, dentro del plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales, de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 (08:30 a 13:30 los meses de julio, agosto y septiembre), podrá ser examinado el expediente en el Servicio de Actividades Comerciales e Industriales de este Excmo. Ayuntamiento. Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. LA DIRECTORA GENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA (Decreto N° 24.314/2007, de 24 de septiembre), Carmen Nieves Martín Pérez. 10.484 12780 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES EDICTO 10.515 EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES. HACE SABER: Que por DOÑA MARÍA EUGENIA MAYOR TACORONTE, en representación de se ha presentado en estas Oficinas municipales proyecto número EXP-IND-0029-2010 completo en súplica de que se le conceda autorización para la instalación de CARNICERÍA CON VENTA DE PRODUCTOS DE ALIMENTACIÓN, Y ASADERO DE POLLOS, en la calle DR. JOAQUÍN ARTILES, NÚMERO 9 BAJO. Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas del Gobierno de Canarias, a fin de que las personas que se consideren perjudicadas puedan aducir sus reclamaciones, por escrito fundado y acompañado de copia simple, dentro del plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales y en horas de 10:00 a 12:00 (martes y jueves) podrá ser examinado el expediente en el Negociado de Obras e Industria de este Ilustre Ayuntamiento. En la Villa de Agüimes, a veinticuatro de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Morales Méndez. 10.394 ANUNCIO 10.516 Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo acudido los interesados a formalizar su Renovación en la Inscripción Padronal y en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y a tenor en lo dispuesto en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años y en la Resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. HE RESUELTO: Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han caducado y por tanto se acuerda su BAJA en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, a tenor en lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la de publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia. LIZETH NIÑO ORTIZ ESTEFANY CHICA RIVERA CARLOS MACHADO ORIHUELA MARIA ORIHUELA DE LA CAL BARIK ALLAH DLIMI MOHAMED DLIMI YASSINE EL BATOUL VICTORIA GIL MUSSA CESAR MACHADO RIHUELA LUZ MARINA RIVERA VALENCIA ERRIM DLIMI MELIDA MARTINEZ HERNANDEZ Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 MAURICIO QUIJANO MARTINEZ 12781 HONORIA MARTINEZ PEREZ JOHANNA CHICA GIRALDO DIEGO IASILLO NICHOLAS RODRIGUEZ VASILOV ARNALDO HERMIDA GARCIA YOHANNA BELLO RIVERA KHALID BOUFTIH YAMILE JAIMES HERNANDEZ GABRIELA MERIZALDE SOCORRO NATALIA MARIZALDE SOCORRO FARHANE BENT KHLIFA CARMEN VARGAS MAGALI CANO GARCIA CHRIFE MINT AHMED VICTOR PAREDES IBARRA FRANCISCO CAMPOS CAMPOS YOSVANI ORDAZ CRUZ ANA VARELA CANO Lo que se hace publico para general conocimiento. LAURA VARELA CANO En Agüimes, a veinte de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE. 10.775 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA 10.517 Expediente número 242-1/000013-2009. EDICTO Habiéndose formulado por BAZAR ISLAS FUER, S.L., deduciendo a los efectos de instalación de actividad destinada a “VENTA DE ARTÍCULOS VARIOS”, en calle TACHA BLANCA, NÚMERO 37 PARCELA 37 POLÍGONO 3 - P.P. SECTOR 7 EL MATORRAL, en cumplimiento a las prevenciones contenidas en el Artículo 16 de la Ley 1/98, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, se abre Información Pública por término de VEINTE DÍAS, a fin de que los que se puedan sentir afectados por dicha promoción formulen las reclamaciones y observaciones que estimen pertinentes dentro del plazo legal, estando de manifiesto el expediente en la Secretaría Municipal. Antigua, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández. 10.392 ANUNCIO 10.518 Por medio de la presente se hace de público conocimiento que con fecha 02 de junio de 2010, por el Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Antigua, se ha dictado resolución núm. 606, cuya parte dispositiva establece lo siguiente: 1°.- Llevar a cabo la nueva celebración del Tercer ejercicio de la oposición convocada por este Ayuntamiento para la provisión de plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, a la vista de las Bases de la Convocatoria que aparecen publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 21 de junio de 2006, y a tal efecto, aprobar la constitución del Tribunal Calificador que habrá de intervenir en el desarrollo 12782 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de la prueba de referencia y que estará compuesto por lo siguientes miembros: Presidente: Don Gustavo Berriel Hernández, como Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Antigua. Suplente: Doña María Dolores González García, como Concejala del Ayuntamiento de Antigua, designado por la Alcaldía. Vocales: Titulares: Doña América F. Soto Betancor y don Marcos J. Mesa Peña, Concejales del Ayuntamiento de Antigua, designados por la Presidencia de la Corporación. Suplentes: Doña María Regla Peña y don José Luis Cerdeña González, Concejales del Ayuntamiento de Antigua, designados por la Presidencia de la Corporación. Titular: Don Francisco Javier González Martín, designado por la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias. Suplente: Doña María del Carmen Brito Rodríguez, designado por la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias. Titular: Don Juan Manuel Gutiérrez Padrón, como Funcionario de carrera de igual o superior categoría a la de la plaza convocada, designado por la Alcaldía. Suplente: Doña Sara Ortiz Luque como Funcionario de carrera de igual o superior categoría a la de la plaza convocada, designado por la Alcaldía. Secretaria: Doña María del Carmen Ortiz Luque como Secretaria Acctal. del Ayuntamiento de Antigua. Suplente: Doña Herenia De León Martínez, Funcionario de Carrera del Ayuntamiento de Antigua. 2º.- De las doce plazas inicialmente previstas para su provisión, a la vista de la convocatoria aprobada en su momento y a resultas de la Sentencia a ejecutar, serán sólo dos plazas las que deban proveerse, dada la declaración de nulidad del nombramiento efectuado a favor de dos aspirantes que participaron en la celebración de dicho tercer ejercicio, prueba ésta en la que participarán exclusivamente los aspirantes que admitidos a la convocatoria, y que no superaron el tercer ejercicio de la oposición, siendo éstos los siguientes: APELLIDOS NOMBRE Hernández Martín, Virginia Esther Galván Soto Martínez Alonso Morales Martín Morales Sierra Santana Brito Sosa Pérez Torres Soto Sabrina Monserrat Carlos Águeda Rosa Delia Nieves Silvia 3°.- Señalar el próximo día 05 DE JULIO DE 2010, A LAS 09:00 horas para que tenga lugar la celebración del tercer ejercicio de la oposición indicada y que se desarrollará en las dependencias municipales ubicadas en Edif. Escuelas Viejas, en la calle Marcos Trujillo, Antigua. 4°.- Dar traslado de la presente Resolución, al Juzgado de la Contencioso Administrativo Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria para su conocimiento en el Procedimiento Abreviado 214/2007 (Ejecución definitiva 2/2009), así como a los miembros del Tribunal Calificador que han sido designados y a cuantos aspirantes participaron en la celebración del Tercer ejercicio de la oposición cuya prueba ha de repetirse, y al Ayuntamiento-Pleno en la próxima sesión que se celebre para su conocimiento y efectos oportunos 5°.- Publíquese Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas respecto de la parte dispositiva de la presente Resolución con, al menos, QUINCE DÍAS de antelación a la celebración de la prueba convocada para su general conocimiento y los efectos previstos en la Base Quinta de la Convocatoria. Lo que se hace público para su general conocimiento. Antigua, a dos de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández. 10.745 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ANUNCIO 10.519 A medio del presente se hace de público conocimiento que mediante Resolución del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2010, se aprobó la cesión gratuita al Cabildo Insular de Fuerteventura de una parcela de 1.901 m2 de superficie ubicada en el casco urbano de Antigua, cuyo destino exclusivo será la construcción de un centro cultural polivalente. De conformidad con lo establecido en las disposiciones legales vigentes, se abre un período de información pública por plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para que cualquier persona interesada pueda examinar el expediente en la Secretaría del Ayuntamiento y formular cuantas reclamaciones y alegaciones estime pertinentes. Antigua, uno de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández. 10.747 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE ANUNCIO 10.520 N/Expte: 2010001976. Por EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE, se ha solicitado licencia municipal para la apertura de una actividad de “ESTACIÓN DE GUAGUAS”, con emplazamiento en la RAMBLA MEDULAR ESQUINA LA FERMINA. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, para que, por quiénes pudieran verse afectados, puedan formular por escrito, durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, las correspondientes alegaciones. 12783 Arrecife, a doce de mayo de dos mil diez. LA CONCEJAL DELEGADA, (Delegación Decreto SEG: 111/09 de 22/12/09), Ángela Hernández Cabrera. 10.767 ANUNCIO 10.521 N/Expte: 2010001222. Por MÉMORA SERVICIOS FUNERARIOS, S.L., se ha solicitado licencia municipal para la apertura de una actividad de “SERVICIOS DE POMPAS FÚNEBRES (TANATORIO, CREMATORIO)“, con emplazamiento en la CTRA. SAN BARTOLOMÉ, NÚMERO 48. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, para que, por quiénes pudieran verse afectados, puedan formular por escrito, durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, las correspondientes alegaciones. Arrecife, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA CONCEJAL DELEGADA, (Delegación Decreto SEG: 111/09 de 22/12/09), Ángela Hernández Cabrera. 10.768 ANUNCIO 10.522 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamiento de Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente “Decreto ES 21/10 Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que 12784 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de lo extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales. APELLIDOS Y NOMBRE ACOSTA DE PAREDES BET. R. AGUDELO TORRES BERTILDA DE J. ANGARITA DE BELTRAN CARMEN M. ANTONIO DAMA NOEMIA AUGUSTO BORGES MIJARES OSWALDO RAMON CALDERÓN RUIZ LINA MARIA CALVA TOBAY CESAR AUGUSTO CANO OCAMPO JHON ANDERSON CARDONA OSORIO APOLINAR CASTILLO RIOFRIO JOSE HERALDO CASTRO ENCARNACION DE HERR. I. C. FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA 26/11/1956 X6355509B 24/09/2004 25/01/1982 09/06/1964 X9495326Y 05/03/1980 X8958080V 20/05/1980 28/04/1977 04/11/1987 16/07/1988 EL BERTI HICHAM EL GHAZALI HAMMAD EL HAFIDY ALI EL MCHIOUAT EL HASSAN ES SOULHI MARIEM EUCEDA DE VELA MAYRA LIZZETT FORONDA SUAZA MAURICIO A. GALVAN PIO CARLOS ENRIQUE GAO LIYAO GAO LULU GAO ZHENJIE 03/01/1992 01/01/1969 30/12/1967 05/08/1961 04/01/1970 JARA TOAPANTA BEATRIZ JANETH LAABIDI EL MAJID LACHGAR ABDELLAHI 07/04/2000 X9287924H 15/04/2004 15/04/2008 02/04/2008 07/04/2008 03/08/2004 07/04/2008 23/05/2006 09/04/2008 08/04/2008 15/04/2008 27/02/2006 04/04/2008 10/04/2008 01/04/2008 11/04/2008 11/04/2008 11/04/2008 C1216200 09/04/2008 X6981788T 02/02/2005 X6683208Y X6981817Y 02/08/2004 07/07/2004 01/02/2006 X06618437A 14/12/1984 X08378247Z 16/04/2008 26/08/1971 X6456837R 14/04/2008 01/01/1972 LOPEZ OCAMPO LUIS OCTAVIO 27/03/1964 MANZANO GOMEZ MARIA FERNANDA X9287897Z 10/04/2002 29/06/2006 31/12/1982 26/08/1978 13/03/1982 LOPES CANDIA CORREIA FAUSTINA X6543536J X6909597Y DE LEON GUTH KARINA EMELINDA LI YAN MEI C029929 20/11/1948 06/12/1982 29/05/1967 LEMRASSIL MOULAY BRAHIM X7136532T X9287870X 20/05/2003 LAFJAH GHLAINA LEMOS GONZALEZ RENE X4537687V 28/02/1971 28/08/1995 20/04/1995 HERNANDEZ CARMONA WILMER AL. X9734414D X3724698D HENAO ROJAS JHONNY MIGUEL HENAO ROJAS NATALY CC16749371 19/07/1965 28/09/1979 GRISALES MARIN MARY DOLIA X6656107E X5817487M X5274915A GARCIA GARCIA MAY DANIEL GOMEZ GOMEZ ALEXANDER X8356734Y 01/01/1970 14/10/1978 11/04/2008 04/04/2008 Y00595971D 01/01/1970 09/04/2008 15/04/2008 X6480106V X7578001F 02/07/1983 01/01/1937 11/04/2008 10/04/2008 X5765461M 15/12/1958 02/04/2008 0704822642 13/02/1967 04/03/1928 CHUM LARA ANDREA ESTEFANIA DELGADO RIOS LUIS ANIBAL 1222537 X07883061H 15/04/2008 CHHAIB ABDESLAM CA0085246 23/09/1994 CASTRO MARTINEZ SARAY CERON MURILLO MARYLYN KARLA 004275664 28/03/1963 X6039749H X6526798L X6058098J X07596678P 3976496 04/07/1974 X6355515V 29/09/1989 X7328958P 28/09/1975 CA0131388 X9186165B 31/04/2004 07/04/2008 15/04/2008 09/04/2008 09/05/2006 03/04/2008 22/06/2006 09/04/2008 14/04/2008 23/06/2006 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 MBOUP OUSSEYNOU MOHAMAN DAOUDA MOHAMED GAILANI SALEK MOHAMED LEMINE MOHAMED AHMED NDIOUCK YOUSSOU OCAMPO BONILLA CAROL DANIELA OULD SIDI BRAHIM SALEM PALACIOS CHAVES GILBERTO PALACIOS RAMOS JOSE LUIS 04/08/1975 31/12/1977 08/08/1996 12785 10693532 A3247272 0919446 31/12/1972 X09722424W 01/01/1949 X0898471E 04/08/1979 04/06/1998 12/02/1984 10711728 X07883064K X6667971H 26/03/1981 X4067809Y RESTREPO ALZATE CARLOS MAURICIO 24/08/1981 CC4416034 RODRIGUEZ SOSA JOSE IGNACIO 27/10/2004 PAZ RAMIREZ JAIVER ALEXIS PRESTES DE OLIVEIRA ALESS. M. RODRIGUEZ CAÑON NELSON ENRIQUE RODRIGUEZ SOSA BENJAMIN RODRIGUEZ VECCHIO DANIEL ANIBAL 19/03/1986 04/06/1972 15/04/1982 28/11/2006 10/07/1980 X9142340R CP140002 X8294092Q 0443906952 0443906951 04439069-5 SILVA ROMERO ELIANA YURASI 02/06/1978 X07888522M SUELTO LUCIO EDGAR YOVANY 24/03/1987 X3596588D SOLDEVILLA GOMEZ GABR. C. SOSA MIQUELE PAOLA NATALIA TAFUR COCA BRAYAN ANDRES TAFUR COCA JOSE LUIS TASCON RAMIREZ DIANA MARCELA TORO GIRALDO ALEJANDRA VALLEJO SANCHEZ MARTHA CECILIA VELEZ ORREGO DAVID EDUARDO VERA MEZA OSWALDO MACARIO VERGARA LONDOÑO LAURA MELISSA VICENTE CATUPUNTE ARMANDO XU GUANMEI 11/11/1983 01/07/1979 16/06/1995 08/09/1997 05/02/1983 01/06/1995 30/09/1975 03/08/1980 14/08/1965 30/04/1997 12/06/1980 18/12/1979 15/04/2008 26/06/2006 22/06/2006 22/06/2006 07/04/2008 10/04/2002 02/04/2008 13/12/2001 03/05/2001 01/04/2008 07/04/2008 16/04/2008 02/04/2008 01/04/2008 01/04/2008 01/04/2008 28/09/2004 X6983683D 04/07/2006 X09521332E 14/06/2006 02673788-7 X09521345N X6691235Y X7771460J 01/04/2008 01/11/2001 14/06/2006 21/06/2006 16/04/2008 X5496827B 03/04/2008 X7212226R 14/06/2006 X07633279Q X6844905J CA0100861 X5994860W 01/04/2008 30/07/2004 01/04/2008 10/04/2008 Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”. Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO ACCIDENTAL. 10.835-A ANUNCIO 10.523 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamiento de Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente “Decreto ES 22/10 Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que se 12786 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de lo extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales. APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA ADVANI NEETU HERO 01/06/1977 X7866933J 30/04/2008 ANDRADE UBALDO JAVIER 20/06/1969 X8091347Q 30/03/1974 X8144782E ACOSTA VERA JOSE ANTONIO AGUIRRE OLIVEIRA RAMON WILF. AIT BELOUAHID EL HASSAN ARANZAZU AGUIRRE CARLOS HUMB. BALDE SULEIMANE CASTRO BELTRAN SADRA MILENA DAZA MONTERO DIOMEDES MIGUEL GARCIA JOSE ANTONIO GIRALDO GARCIA RONNY ANDRES GONZALEZ JURE ISABEL DEL CARMEN HASRAJANI HARISH HASRAJANI NISHI HASRAJANI VAIJAYANTI INGA CURAY IVONE VERONICA INGA LOGACHO HECTOR IVAN JIMENEZ DE FIGUEROA CARMEN M. LIN MANXIANG LIN YUECHAN LONDOÑO RAIGOSA FRANCY JINETH LOPEZ LONDOÑO DAIRO MENDY SOUANE MINT AHMED MARIEM MONTERO ADRIANA MARISOL MONTERO CARRILLO LILIANA MARIA MORALES VALENCIA ALEXANDER OBAMA MIAHA GAUDENCIA AFANG OLIVEROS TABLONG EVANGELINE ORTEGA SALAMANCA VALENTINA 11/11/1978 18/12/1967 06/05/1978 01/09/1968 15/10/1988 23/04/1997 01/06/1967 SANCHEZ MORALES CRISTIA DAVID TRUJILLO VELEZ VENUS UBBRIACO MONTERO ROCIO URIBE DIAZ SANDRA MILENA VELASCO CAMPOS ALEJANDRO VELASCO CAMPOS JUA SEBASTIAN VIDAL DOMINGUEZ ANDRES FELIPE WENG MEIXIN WENG XIAOFANG ZOUBEIR MAIMOUNA ZOUGAR SMAHANE RC27907354 X9167844K X7037656R 26/07/1966 31/03/1998 19/09/2002 21/08/1970 69792987 X4296141V X7037666B X7941410Q X4957418K 16/07/1955 X06553148B 25/03/1973 X7712055V 10/02/1987 20/03/1986 25/12/1993 03/04/1985 19/08/1979 20/09/1973 X8063078Z X9202965K X7712071X X8226708E X4196267D 29/05/1999 07/02/1997 11/10/1974 28/09/1989 21/03/1995 21/04/2008 04/08/2002 06/10/1976 25/12/1997 31/12/1996 X4017887 X5242251E 24/04/2006 30/04/2008 23/04/2008 21/04/2008 14/03/2006 14/03/2006 14/03/2006 29/04/2008 29/04/2008 30/04/2008 24/04/2008 24/04/2008 05/06/2006 05/06/2006 28/04/2008 28/06/2006 24/04/2006 02/05/2006 29/04/2008 07/05/2002 X6643655J 31/05/2006 X8144798S X8144815D X4957310M X8711308N X3216225C 03996167-8 X6110147J X6059998G X6060123Z 01/01/1957 R559797 28/12/1988 29/04/2008 30/04/2008 X09315872K 29/11/1988 22/04/2008 M0350373 16/03/1991 17/10/1970 22/04/2008 15/05/2006 24/04/2008 X8901258M 09/07/2000 21/06/2004 1275/08 03/06/1975 22/01/1968 30/04/2008 30/08/2004 X8996110M 13/10/1974 28/04/2008 039961677 20/09/1971 31/10/1970 SALOUKI AHMED CA0092340 16/05/1977 03/04/1955 RESTREPO MARTINEZ JHON JAIRO SALAMANCA GONZALEZ LUZ ESTELA X6727060C X09563947H 01/01/1974 RESTREPO CASTRO DANIELA 001361451 X6365149Z 15/07/1990 OULD MOHAMED MAHMOUD M. AB. RESTREPO CASTRO AGIE MELISA X8520260W X5814872N X9409914Q X8588658K 29/04/2008 29/04/2008 07/05/2002 18/04/2008 01/04/2004 21/04/2008 30/08/2004 28/04/2006 08/06/2004 08/06/2004 28/04/2008 04/04/2006 24/04/2008 22/04/2008 22/04/2008 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”. Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO ACCIDENTAL. 10.835-B EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS ANUNCIO 10.524 A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al que se remite el artículo 177.2 de la misma Ley, y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta Entidad Local se halla expuesto al público el expediente de suplemento de crédito N° 1/2010 que afecta al vigente presupuesto. Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente detallados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones, con sujeción a los siguientes trámites: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: QUINCE DÍAS a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. b) Oficina de presentación: Registro General. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. En Arucas, a ocho de junio de dos mil diez. LA CONCEJALA DE HACIENDA, Lidia Morales Falcón. 10.880 12787 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE FIRGAS Secretaría General Servicio de Contratación ANUNCIO 10.525 Por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de mayo del año dos mil diez, se elevó a definitiva la adjudicación provisional del contrato de suministro de “SUMINISTRO DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES PARA LARADIO MUNICIPAL” lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: AYUNTAMIENTO DE FIRGAS. b) Dependencia que tramita el expediente: CONTRATACIÓN. c) Número de expediente: 01FEDELS/2010. d) Dirección de Internet del Perfil de Contratante: www.firgas.es 2. Objeto del contrato. a) Tipo: SUMINISTROS. b) Descripción: “SUMINISTRO DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES PARA LA RADIO MUNICIPAL”. c) Perfil del contratante: www.firgas.es 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: URGENTE. b) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. 4. Presupuesto base de licitación. Importe neto 27.981,50 euros. I.G.I.C. 1.399,08 euros. Importe total 29.380,58 euros. 5. Adjudicación. a) Fecha: 6 DE MAYO DE 2010. 12788 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 b) Contratista: RIGAZ SERVIRADIO, S.L. c) Importe o canon de adjudicación. Importe neto 27.981,50 euros. I.G.I.C. 1.399,08. Importe total 29.380,58 euros. En la Villa de Firgas, a cuatro de junio de dos mil diez. EL ALCALDE-PRESIDENTE. 10.788 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR Alcaldía ANUNCIO 10.526 Con fecha 7 de junio de 2010. El Sr. Alcalde ha dictado el siguiente: DECRETO En virtud de las atribuciones que me confiere la normativa vigente, artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y artículo 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y existiendo la necesidad de establecer mi sustitución por motivos de viaje, desde el día 09 al 13 de junio del año en curso (ambos inclusive) en su virtud RESUELVO: PRIMERO.- Mi sustitución por motivos de viaje desde el 09 al 13 de junio del presente año (ambos inclusive) por la Sra. Primera Teniente Alcalde, doña María Encarnación Ruiz Alonso, quien ejercitará todas las funciones desempeñadas por mí al frente de la Alcaldía Presidencia. SEGUNDO.- Publíquese el presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 44 del ROF y dése cuenta al Pleno en la primera sesión que éste celebre. Gáldar, a siete de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón. 10.834 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO ANUNCIO 10.527 Intentada la notificación personal a los interesados que al pié del presente anuncio se citan, de los Decretos de la Alcaldía-Presidencia de este Ilustre Ayuntamiento, mediante los que se acuerdan Resoluciones del procedimiento administrativo sancionador en materia regulada por las Ordenanzas Municipal de Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actitudes Antisociales, o de la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales, y no habiéndose podido realizar su práctica, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se inserta anuncio relativo a dichas resoluciones. Asimismo, se participa su anuncio también en el Tablón de Edictos de este Ilustre Ayuntamiento. Igualmente se pone en conocimiento de los afectados en cada procedimiento lo siguiente: Primero. Que han sido impuesta multa a cada uno de los infractores que se relacionan en el presente anuncio, cuyos expedientes quedan a disposición de los interesados legítimos para su consulta y obtención de copia de cuantos documentos que lo componen estimen conveniente. Segundo. Cada expediente ha sido incoado a resultas de boletín de denuncia e informe preceptivo de Agentes de de la Policía Local, de la Guardia Civil o denuncia de particulares y decretada la incoación de cada expediente por la Alcaldía - Presidencia de este Ayuntamiento, y notificado a los interesados, de acuerdo con lo previsto para estos casos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Tercero. Que para cada expediente sancionador el Instructor del procedimiento ha emitido un informepropuesta correspondiente, en el que se ha fundamentado cada resolución. Lo que se notifica a los interesados en cada procedimiento, atendiendo a lo establecido en el artículo 58 de la Ley Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12789 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (en adelante LRJAPAC); significando que la misma pone fin a la vía administrativa a tenor de lo dispuesto en el artículo 109.c) de la LRJAPAC, pudiendo interponer potestativamente contra la misma Recurso de Reposición, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente de esta publicación, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAPAC, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiéndose interponer dicho recurso hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo establecido en los citados artículos 116 y 117 de la LRJAPAC, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que en su caso estime procedente. RELACIÓN DE NOTIFICADOS POR RESOLUCIONES DE EXPEDIENTES SANCIONADORES DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y DE TENENCIA DE ANIMALES. Nº EXP. 88 89 90 117 119 AÑO 2009 SANCIONADO NIF-CIP FECHA INFRACCION FECHA RESOLUCION BRIZ CAMBRA ANGEL FERNANDO 16223518-P 21/07/2009 20/01/2010 RIVERO SUAREZ ACOIDAN 78524689K 20/10/2009 17/09/2010 CAZORLA SUAREZ LIOBA LEONOR 42219197E 30/04/2008 19/03/2010 SANTIAGO GOMEZ MARIA YOLANDA ATLANTICO MOBILIARIO S.L. RODRIGUEZ CARDONA PATRICIA 124 SANTANA MELIAN JOSE ANTONIO 128 QUINTANA DENIZ JOSE 145 ROMERO GONZALEZ NICOLAS 125 126 141 143 147 149 154 157 190 PEÑA MEDINA MIGUEL PEÑA SOSA FRANCISCO JAVIER MARTIN SOSA CARMELO CURBELO GUERRA TINAMARSIN 42844463V B35799329 45332899Z 43280265S 42791395X 52851516T 52856459K 54086799E 04/11/2008 10/05/2009 14/09/2008 09/11/2009 09/11/2009 27/06/2009 54082475E 24/05/2009 44737664L 42888083-Y HEREDIA ROMAN ANTONIO 45535026V RAMIREZ RAMIREZ RAYMON 21/07/2009 20/10/2009 54086599Y FRANCES ARAÑA PEREGRINA MARTIN RAMIREZ RICARDO DAMIAN 21/07/2009 54089924T En la Villa de Ingenio, a catorce de abril de dos mil diez. 17/06/2009 20/01/2010 20/01/2010 17/03/2010 19/03/2010 19/03/2010 22/03/2010 23/03/2010 23/03/2010 23/03/2010 23/03/2010 21/11/2008 23/03/2010 05/12/2009 14/05/2010 05/05/2009 EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Díaz Sánchez. 24/03/2010 24/03/2010 10.778 Servicio de Recaudación ANUNCIO 10.527 APERTURA DE COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO DE LOS TRIBUTOS SIGUIENTES: - IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA DE 2010. - IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA DE 2010. - IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES (B.I.C.E.) DE 2010. Se previene a los contribuyentes por los Tributos indicados que, por el Sr. Alcalde-Presidente, se ha dictado resolución en el que se fija el periodo voluntario de cobranza, de acuerdo al siguiente: 12790 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 PLAZO Y LUGAR DE PAGO: Del día 14 de junio al 5 de noviembre de 2010, ambos inclusive, en alguna de las Entidades Bancarias colaboradoras (CAJA INSULAR DE AHORROS DE CANARIAS, CAJA RURAL DE CANARIAS, LA CAIXA, BANCO BILBAO VIZCAYA, LA CAJA DE ARQUITECTOS, BANCA MARCH Y BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO), con la presentación del aviso previamente remitido a cada contribuyente. En el supuesto de no haber recibido el citado aviso, puede solicitarlo en la Oficina Recaudadora de este Ayuntamiento, ubicada en el Edificio de Usos Múltiples, sito en la calle Ramón y Cajal, n° 6 ó en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la Calle Nanino Díaz Cutillas, s/n. (Edificio La Cantonera) y en la Oficina de Atención al Ciudadano de Carrizal, sita en la Avda. de Carlos V, n° 25 (junto al Centro Cívico de Carrizal), en horario de 08:30 a 13:30 horas, de lunes a viernes. Los deudores que dejen transcurrir el plazo señalado sin pagar los recibos incurrirán en apremio, con el recargo del diez por ciento, hasta tanto no se notifique la providencia de apremio, y una vez notificada ésta, el recargo será del veinte por ciento, más los intereses de demora y demás gastos que se produzcan, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley General Tributaria. Villa de Ingenio, a nueve de junio de dos mil diez. LA TESORERA ACCTAL., (Decreto 2.013, de 21/05/2010), Josefa Ramírez Quintana. 10.911 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS ANUNCIO 10.528 En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2009, por un plazo de QUINCE DÍAS, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En La Aldea de San Nicolás, a dos de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Tomás Pérez Jiménez. 10.850 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN ANUNCIO 10.530 De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27.11.92), modificada por la 11/99, se procede a practicar notificación el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 10 de mayo de 2010 a la entidad MARTÍNEZ GIJOSA, S.L. teniendo en cuenta que la misma no se ha podido llevar a cabo, y cuyo tenor literal es el siguiente: “SEXTO. ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA. 6.1. Vista la propuesta de la Concejala Delegada del área que dice literalmente: “Doña María del Carmen Navarro Cazorla, Concejala Delegada en materia de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación (Decreto número 2.280/2007, de fecha 26 de noviembre de 2007), visto el expediente de contratación tramitado para la adjudicación de las “Autorizaciones de la explotación de los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas del T.M. de Mogán”, Ref.:10-AUT-01. Vista la resolución de Alcaldía adoptada a través del Decreto número 815/2010, de fecha 16 de abril de 2010, en virtud de la cual se adjudica provisionalmente las “Autorizaciones de la explotación de los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas del Término Municipal de Mogán (LOTE Nº 2: AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN)”, tramitadas a través de un procedimiento abierto y tramitación ordinaria a la entidad TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número: J-35890391, por un CANON ANUAL de 108.000,00 euros y de acuerdo con los siguientes términos de su oferta en relación a los restantes criterios de adjudicación: Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento de las exigencias de la Fundación Europea de Educación Ambiental para el otorgamiento de banderas azules. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente: - Seguridad en el servicio con verificación de boyas por la mañana - Instructor de elementos a alquilar con explicación de normas de seguridad - Controles meteorológicos y de balizamiento - Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones - Tres pasarelas de madera - 2 material de primeros auxilios, botiquín - 2 latas de rescate - 2 collarines e inmovilizador de cabeza - 2 equipos de oxigenoterapia - Prismáticos - 2 motos de agua de socorrismo Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar. La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla es: Modelo EVA RG. La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y sujeción en poliamida. D200mm. Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades a realizar, donde se recoja el sistema de explotación, medios humanos y materiales con los que cuenta y sus características, así como maquinaria de la que dispone para llevar a cabo la limpieza de la playa. La oferta del adjudicatario, en relación a los medios humanos es: - 4 hamaqueros y limpieza - 4 socorristas La oferta del adjudicatario, en relación a los medios materiales es: - 10 patines Pedal Flot P5P - 50 mesitas - 166 almohadas para hamacas - 132 boyas, boyarines y balizas - 40 uniformes rotulados 12791 - 40.000 ceniceros de cartón - 3 soportes para ceniceros - 3 carteles informativos para soportes de ceniceros - 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios - 3 estructuras en acero inoxidable para cartel informativo y de prohibiciones - 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para balizamiento de playas La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport con herrajes de limpieza. Vista la documentación presentada por la citada empresa, R.E. número 7.322, y 7.419 de fechas 6 y 7 de mayo de 2010, exigida en virtud del artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local en virtud de las alegaciones efectuadas por el Alcalde de este Ayuntamiento, mediante Decreto 1.027/2008, de fecha 4 de junio de 2008. Por todo ello PROPONGO a la Junta de Gobierno Local: Primero. Declarar válido el acto de adjudicación. Segundo. Adjudicar definitivamente a la empresa TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número: J-35890391, las “Autorizaciones de la explotación de los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas del Término Municipal de Mogán (LOTE Nº 2: AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN)”, por un CANON ANUAL de 108.000,00 euros y de acuerdo con los siguientes términos de su oferta en relación a los restantes criterios de adjudicación, por el período comprendido entre la fecha estipulada en el contrato y el 30 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido en la autorización otorgada por la Demarcación de Costas de Canarias, si bien se podrá acordar la continuidad en la prestación de los servicios por los adjudicatarios hasta que se produzca la nueva adjudicación de las autorizaciones, en virtud del principio de continuidad de los servicios públicos; en todo caso, el plazo de adjudicación no será superior a un año. Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento 12792 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de las exigencias de la Fundación Europea de Educación Ambiental para el otorgamiento de banderas azules. La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente: - Seguridad en el servicio con verificación de boyas por la mañana - Instructor de elementos a alquilar con explicación de normas de seguridad - Controles meteorológicos y de balizamiento - Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones - Tres pasarelas de madera - 2 material de primeros auxilios, botiquín - 2 latas de rescate - 2 collarines e inmovilizador de cabeza - 2 equipos de oxigenoterapia - Prismáticos - 2 motos de agua de socorrismo Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar. La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla es: Modelo EVA RG La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y sujeción en poliamida. D200mm. Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades a realizar, donde se recoja el sistema de explotación, medios humanos y materiales con los que cuenta y sus características, así como maquinaria de la que dispone para llevar a cabo la limpieza de la playa. La oferta del adjudicatario, en relación a los medios humanos es: - 4 hamaqueros y limpieza - 4 socorristas La oferta del adjudicatario, en relación a los medios materiales es: - 10 patines Pedal Flot P5P - 50 mesitas - 166 almohadas para hamacas - 132 boyas, boyarines y balizas - 40 uniformes rotulados - 40.000 ceniceros de cartón - 3 soportes para ceniceros - 3 carteles informativos para soportes de ceniceros - 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios - 3 estructuras en acero inoxidable para cartel informativo y de prohibiciones - 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para balizamiento de playas La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport con herrajes de limpieza. Tercero. Requerir a la empresa adjudicataria, para que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la presente notificación, proceda a suscribir el documento administrativo de formalización del contrato. Cuarto. Proceder a la devolución de las garantías provisionales. Quinto. Nombrar a DON VÍCTOR RODRÍGUEZ BUENO, Ingeniero Industrial Municipal, como RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO, a los efectos establecidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la presente contratación. Sexto. Facultar a los señores Alcalde-Presidente y Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del oportuno contrato administrativo y/o público. Séptimo. Notificar, en su caso, a los anteriores adjudicatarios de las PLAYAS DE AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN, que procedan al levantamiento de las instalaciones en el plazo de DIEZ DÍAS, contados a partir del momento en que reciban la presente notificación, así como realizar en ese mismo plazo una limpieza de la arena en el lugar en que han estado instalados los servicios de temporada. En el caso de que todo esto se lleve a cabo, que por el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento se proceda a la devolución del depósito previo desembolsado, en su momento, por éstos, por el concepto de responder de los gastos de la ejecución subsidiaria del levantamiento de las instalaciones si la misma, si no se produjera por el adjudicatario, en el plazo que se le diere al efecto. Octavo. Dar traslado del acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno Local a las entidades interesadas, a don Víctor Rodríguez Bueno, a la Tesorería Municipal, a la Intervención General, al Departamento de Contratación, al Departamento de Servicios Públicos, a la Concejalía de Turismo y Playas de este Ilustre Ayuntamiento, al departamento en cargado del cobro del canon y a la Demarcación de Costas de Canarias. Noveno. Proceder a la exposición pública de la adjudicación definitiva del contrato en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y Perfil de contratante de la página Web de este Iltre. Ayuntamiento.” Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local en virtud de las alegaciones efectuadas por el Alcalde de este Ayuntamiento, mediante Decreto 1.027/2008, de fecha 4 de junio de 2008. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros asistentes, adopta el siguiente acuerdo: Primero. Declarar válido el acto de adjudicación. Segundo. Adjudicar definitivamente a la empresa TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número: J-35890391, las “Autorizaciones de la explotación de los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas del Término Municipal de Mogán (LOTE Nº 2: AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN)”, por un CANON ANUAL de 108.000,00 euros y de acuerdo con los siguientes términos de su oferta en relación a los restantes criterios de adjudicación, por el período comprendido entre la fecha estipulada en el contrato y el 30 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido en la autorización otorgada por la Demarcación de Costas de Canarias, si bien se podrá acordar la continuidad en la prestación de los servicios por los adjudicatarios hasta que se produzca la nueva adjudicación de las autorizaciones, en virtud del principio de continuidad de los servicios públicos; en 12793 todo caso, el plazo de adjudicación no será superior a un año. Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento de las exigencias de la Fundación Europea de Educación Ambiental para el otorgamiento de banderas azules. La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente: - Seguridad en el servicio con verificación de boyas por la mañana - Instructor de elementos a alquilar con explicación de normas de seguridad - Controles meteorológicos y de balizamiento - Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones - Tres pasarelas de madera - 2 material de primeros auxilios, botiquín - 2 latas de rescate - 2 collarines e inmovilizador de cabeza - 2 equipoS de oxigenoterapia - Prismáticos - 2 motos de agua de socorrismo Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar. La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla es: Modelo EVA RG La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y sujeción en poliamida. D200mm. Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades a realizar, donde se recoja el sistema de explotación, medios humanos y materiales con los que cuenta y sus características, así como maquinaria de la que dispone para llevar a cabo la limpieza de la playa. La oferta del adjudicatario, en relación a los medios humanos es: - 4 hamaqueros y limpieza - 4 socorristas 12794 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 La oferta del adjudicatario, en relación a los medios materiales es: - 10 patines Pedal Flot P5P - 50 mesitas - 166 almohadas para hamacas - 132 boyas, boyarines y balizas - 40 uniformes rotulados - 40.000 ceniceros de cartón - 3 soportes para ceniceros - 3 carteles informativos para soportes de ceniceros - 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios - 3 estructuras en acero inoxidable para cartel informativo y de prohibiciones - 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para balizamiento de playas La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport con herrajes de limpieza. Tercero. Requerir a la empresa adjudicataria, para que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES desde la fecha de la presente notificación, proceda a suscribir el documento administrativo de formalización del contrato. Cuarto. Proceder a la devolución de las garantías provisionales. Quinto. Nombrar a DON VÍCTOR RODRÍGUEZ BUENO, Ingeniero Industrial Municipal, como RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO, a los efectos establecidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la presente contratación. Sexto. Facultar a los señores Alcalde-Presidente y Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del oportuno contrato administrativo y/o público. Séptimo. Notificar, en su caso, a los anteriores adjudicatarios de las PLAYAS DE AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN, que procedan al levantamiento de las instalaciones en el plazo de DIEZ DÍAS, contados a partir del momento en que reciban la presente notificación, así como realizar en ese mismo plazo una limpieza de la arena en el lugar en que han estado instalados los servicios de temporada. En el caso de que todo esto se lleve a cabo, que por el Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento se proceda a la devolución del depósito previo desembolsado, en su momento, por éstos, por el concepto de responder de los gastos de la ejecución subsidiaria del levantamiento de las instalaciones si la misma, si no se produjera por el adjudicatario, en el plazo que se le diere al efecto. Octavo. Notificar el presente acuerdo a las entidades interesadas, a don Víctor Rodríguez Bueno, así como dar traslado a la Tesorería Municipal, a la Intervención General, al Departamento de Contratación, al Departamento de Servicios Públicos, a la Concejalía de Turismo y Playas de este Ilustre Ayuntamiento, al departamento en cargado del cobro del canon y a la Demarcación de Costas de Canarias. Noveno. Proceder a la exposición pública de la adjudicación definitiva del contrato en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y Perfil de contratante de la página Web de este Iltre. Ayuntamiento.” Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado el acto que se le notifica, en el plazo de UN MES contados desde el día siguiente al recibo de ésta (que se entenderá desestimado si en el plazo de UN MES no recibe resolución expresa), conforme a lo previsto en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien, directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de DOS MESES desde la notificación del acto. Contra la resolución que recaiga en el Recurso de Reposición, podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas en el plazo de DOS MESES contados desde la notificación de dicha resolución, si ésta es expresa, si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto, todo ello Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE número167 de 14 de julio de 1998). 12795 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO ANUNCIO Mediante este documento se notifica la presente resolución, según lo exigido en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.” INSTRUCCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE TRÁFICO 10.532 EL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR, EL ALCALDE-PRESIDENTE, José Francisco González González. Se ha formulado contra el propietario del vehículo que se detalla denuncia. Y se ha iniciado el correspondiente expediente sancionador, lo que se comunica que si no es Vd., el conductor del citado vehículo en el momento de la denuncia, se sirva comunicar ante el Ayuntamiento de Puerto del Rosario en el plazo de QUINCE DÍAS, el nombre y domicilio del citado conductor. Advirtiéndole que de no hacerlo será considerado como autor de falta grave, conforme al artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (BOE número 3, de 14/03/1990) sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. En Mogán, a dos de junio de dos mil diez. 10.646 ANUNCIO 10.531 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 28 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo: “Toma en Consideración de la Memoria relativa a los aspectos sociales, jurídicos, técnicos y financieros para determinar la forma de gestión del servicio público de abastecimiento de agua y saneamiento del Iltre. Ayuntamiento de Mogán”. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (TRRL), se comunica por medio del presente, su exposición a información pública por un plazo no inferior a TREINTA DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Provincia, durante los cuales podrán formular observaciones los particulares y entidades, significándole que el expediente se encuentra a su disposición en la Secretaría General de este Ayuntamiento en días laborables y en horario de oficina. Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos. En Mogán, a nueve de junio de dos mil diez. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco González González. 10.919 HACE SABER: Al propio tiempo se le notifica la denuncia y se le concede un plazo de QUINCE DÍAS, para alegar por escrito lo que a su defensa estime conveniente (artículo 79 RDL 339/90) El importe de la sanción se reducirá un 50% dentro de los TRES DÍAS siguientes a la misma o en un 30% una vez transcurridos estos y hasta completar los TREINTA DÍAS siguientes a la recepción de la presente notificación. Se puede efectuar el pago mediante ingreso a nombre del Ayuntamiento de Puerto del Rosario en la cuenta número 3177-0026-90-1007548621 de la Caja Rural de Canarias. Si no efectúa el pago dentro de los términos antes mencionados y en el supuesto de no efectuar alegaciones, dentro del plazo establecido, el contenido de la presente notificación servirá de propuesta de resolución, que será formulada en los términos que figuran en la denuncia, conforme a lo establecido en el artículo 13.2 del RD 1.398/93 de 4 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en relación con el mismo artículo y apartado del RD 320/1994 de 25 de febrero. 42858083 -001684-DGJ B3556619 -004391-DFC 10028358 -004451-FHS 78534093 -005472-BZH 78530284 -007149-DXF B3509414 -007358-FYF 20090000000889 2009-A-00074531 20100000001052 2010-A-00076733 20100000000953 2010-A-00076165 20100000000942 2010-A-00077303 20090000000919 2009-A-00075561 20100000000463 2010-A-00075605 20090000000611 2009-A-00074532 78595347 -007383-CGV B3509414 -007162-GFY 53214309 -006397-CLF 45700468 -004131-CDN 20100000000802 2010-A-00073765 20100000000788 2010-A-00076169 B3546661 -003115-BDP 76907856 -002478-CLL 78537219 -002359-DTN B3556584 -002324-BCK 20100000001054 2010-A-00076735 20090000000759 2009-A-00065584 20100000001688 2010-A-00078245 20090000000865 2009-A-00074787 X7600998G -001519-FDR 20100000000191 2010-A-00074911 20090000000253 2009-A-00062874 43818198 -001396-FSW D.N.I./N.I.F. MATRICULA 20100000000188 2010-A-00074900 EXPEDIENTE BOLETIN 26/11/09 11:56 19/01/10 12:10 28/12/09 12:50 LOURIDO PIÑEIRO, MANUEL CLAUDIO 300 02/12/09 11:45 AUTORED SL 150 AUTORED SL 150 ALAMO RAMIREZ, ADAY 150 28/01/10 12:02 MONCHO ESTUPIÑAN, ANDRES JESUS 150 16/11/09 11:57 FLORES MARQUEZ, ZORAIDA ISABEL 90 12/02/10 11:31 BARREDO DIAZ, BENITO 150 16/11/09 11:20 CONSTRUCCIONES JUAMBI INSULAR SL 150 27/01/10 13:31 LLORENTE MAQUEDA, CARMEN 150 29/01/10 10:03 JUAN MANUEL SOSA DE LEON SL 90 12/02/10 11:39 LOMBA RODRIGUEZ, NESTOR 450 26/11/09 3:00 VARELA RAMOS, ADRIANA ALCIRA 70 12/03/10 11:12 SINCRONIA 99 SL 150 LAZAGA ROMERO, MARIA 150 02/12/09 10:44 WILCASO TERRANOVA, MIGUEL RODRIGO 450 12/07/09 14:30 RODRIGUEZ ZAMORA, MARIA IVON 150 02/12/09 9:18 APELLIDOS Y NOMBRE DEL PROPIETARIO IMPORTE FECHA Y HORA EL INSTRUCTOR, José A. Collazo Solla. CL COMANDANTE DIAZ TRAYTER, 41 P01 PLAYA BLANCA CL EL MEJILLON AEROPUERTO CL EL MEJILLON AEROPUERTO LG TETIR, 133 A PRIMERO DE MAYO CL ANTONIO ESPINOSA, 1 01 A LEON Y CASTILLO CL SEÑOR JUAN AFONSO, 4 202 SECUNDINO ALONSO CL TOPACIO, 6 LEON Y CASTILLO CL VIRIATO, 116 01 B MANUEL VELAZQUEZ CABRERA CL PRACT.JOSE GLEZ.MELIAN, 2 SECUNDINO ALONSO PR ZURITAS, kmt 2700 SECUNDINO ALONSO CL DULCINEA, 69 44 LEON Y CASTILLO CL COLON, 7 GRAN TARAJAL INDALECIO PRIETO UR LAGO DE BRISTOL, 1 CORRALEJO PROFESOR JUAN TADEO CABRE CL LUIS ANTUNEZ, 66 03 IZDA PROFESOR JUAN TADEO CABRE CL MOLINOS DE VIENTO, 18 P04 D PRIMERO DE MAYO CL LOS CEDROS, 5 01 CUESTA DE LA VILLA PROFESOR JUAN TADEO CABRE DIRECCION NOMBRE CALLE 10197 10569 10327 11778 11446 10533 11446 11485 11778 10533 13023 11778 11778 11778 11446 11778 AGENTE 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR DE FORMA NEGLIGENTE CREANDO UN RIESGO PARA OTROS USUARIOS DE LA VIA 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO 35600 - PUERTO DEL ROSARIO “ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN UN PASO DESTINADO A LA CIRCULACION TRANSVERSAL DE OTROS USUARIOS 04008 - ALMERIA CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS ALMERIA LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS STA. CRUZ TENERIFE PROVINCIA 35600 - PUERTO DEL ROSARIO LAS PALMAS ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA 35628 - TUINEJE NO OBEDECER UNA SEÑAL DE ENTRADA PROHIBIDA 35640 - LA OLIVA ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO 35006 - PALMAS DE GRAN CANARIA ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA 38390 - SANTA CRUZ DE TENERIFE ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO MUNICIPIO TIPO INFRACCION La relación comienza por el EXPTE. Nº. Y SUJETO PASIVO. 201000000188-2010-A-74900 RODRIGUEZ ZAMORA MARIA IVON con DNI Nº. 43818198, y finaliza el EXPTE. Nº. Y SUJETO PASIVO. 2009000000917-2009-A-72403 RODRIGUEZ CABRERA MIGUEL CLEMENTE con DNI 42886633. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado. Los interesados que se consignan en el presente anuncio podrán comparecer por si o por medio de representante, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario (Oficinas de Recaudación Municipal) sito en la calle León y Castillo, número 13 de esta Ciudad, dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes al de la publicación de este anuncio a fin de serles entregada la respectiva notificación. 12796 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 B3587818 -008164-FGZ B3587818 -008164-FGZ 78527435 -008805-CSH 42016941 -009282-DCG 20100000000568 2010-A-00073558 20100000001045 2010-A-00077524 20100000001048 2010-A-00077512 20090000000918 2009-A-00075012 42883809 GC-002538-CK 11446072 GC-003107-AV 45774288 GC-004431-BZ 78405404 GC-005893-CG 10907978 GC-007791-BL 20100000001038 2010-A-00077516 20090000000785 2009-A-00074795 20090000000870 2009-A-00074580 20090000000078 2009-A-00071993 20100000001034 2010-A-00076731 20090000000917 2009-A-00072403 20100000001036 2010-A-00076725 42886633 GC-009610-BK 42884617 GC-007133-CF 78532268 GC-002634-X 42888314 GC-002425-BX 20100000000092 2010-A-00075175 20100000001043 2010-A-00075227 B3542373 GC-001662-BP 42883567 GC-001456-BH 20100000000129 2010-A-00071776 20100000000472 2010-A-00074588 B5727135 -009315-DZL 52835652 -008840-FYT 20090000000879 2009-A-00074574 20090000000314 2009-A-00075582 20100000000502 2010-A-00074623 78527837 -008463-FVV X6309936 -007880-FVR 48960986 -007545-BKW 20100000000659 2010-A-00073762 20100000000999 2010-A-00076005 78515523 -007515-DTL 20100000000286 2010-A-00062520 RODRIGUEZ CABRERA, MIGUEL CLEMENTE 600 11/12/09 2:25 ENTRIALGO CASO, RAQUEL 90 12/02/10 11:25 MARICHAL TORRES, ROSARIO ISABEL 60 12/02/10 10:26 GONZALEZ GONZALEZ, JUAN 150 18/06/09 11:10 SANTIAGO SAAVEDRA, BORJA JESUS 150 26/11/09 17:15 CADRECHA RIESGO, SHEILA 150 27/11/09 12:05 GONZALEZ SOSA, DAVID 150 14/02/10 18:16 CURBELO MARTINEZ, ADELINA 60 12/02/10 10:56 QUINTANA AISA, ROBERTO 150 09/12/09 11:27 GESCAR CIENTO CUARENTA SL 150 03/12/09 16:30 24/11/09 11:05 MIRANDA MEDINA, MA ISABEL 150 29/12/09 22:27 AUTELBA SL 150 GONZALEZ MATEOS, ANTONIO 150 07/12/09 22:15 MONZON SANCHEZ, SONIA MARIA 150 02/11/09 13:25 MONTAÑEZ GIL, JUAN 70 12/02/10 10:42 GONZALEZ SARABIA, MARIA 150 15/01/10 12:33 SELECCION HOSTELERIA MARTINEZ SL 90 12/02/10 12:33 SELECCION HOSTELERIA MARTINEZ SL 150 11/01/10 18:00 REYES CEDEÑO, SANTIAGO RENE 150 22/01/10 9:42 ROLDAN FERNANDEZ, ISAAC 150 21/01/10 12:18 GONZALEZ APOLINARO, IVO 450 08/01/10 16:30 CL SEVERO OCHOA, 85 RUPERTO GLEZ. NEGRIN CL ANTONIO JORGE, 13 02 SECUNDINO ALONSO CL ASTURIAS, 54 DOCTOR GUILLERMO SANCHEZ VELAZQUEZ CL DULCINEA, 152 01 IZ GRAN CANARIA CTRA DEL VALLE, 473 LUCHA CANARIA (LA) CL PROFESOR JUAN TADEO CABRE, 25 01 B SECUNDINO ALONSO CL JOSE NAVARRO, 123 LEON Y CASTILLO CL PRIMERO DE MAYO, 60 03 C PRIMERO DE MAYO CL ANIMAS (LAS), 125 PROFESOR JUAN TADEO CABRE CL INGENIERO SALINAS, 70 ASTURIAS BO ASOMADA (LA), 70 SECUNDINO ALONSO CL LOS LIRIOS, 25 LEON Y CASTILLO CL REYES CATOLICOS, 20 01 IZ JUAN REJON CL ALONSO ALVARADO, 13 01 A AEROPUERTO CL ALCALDES MAYORES, 93 P01 B INDALECIO PRIETO CL PELAYO, 90A P02 D LEON Y CASTILLO UR MIRAFLORES VILLAS BEACH, 10 FERNANDEZ CASTAÑEYRA UR MIRAFLORES VILLAS BEACH, 10 AEROPUERTO CL FERNANDEZ CASTAÑEYRA, 6 4A GRAN CAPITAN CL LAS MORERILLAS, 3 01 A SAN ROQUE CL MALAGA, 23 08 C ALMIRANTE FONTAN LOBE 11085 10533 10533 10223 10223 11778 12033 11778 11778 10223 13453 10223 11080 10327 11778 11778 11778 10569 11485 11778 10157 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR EL VEHICULO RESEÑADO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR O IGUAL A 0,35 MILIGRAMOS POR LITRO LAS PALMAS 35600 - PUERTO DEL ROSARIO LAS PALMAS ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL 35600 - PUERTO DEL ROSARIO NO RESPETAR LA INDICACION DE UNA MARCA VIAL AMARILLA. LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS 35600 - PUERTO DEL ROSARIO LAS PALMAS NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CINTURON DE SEGURIDAD O DISPOSITIVO DE SUJECION HOMOLOGADO 35630 - ANTIGUA CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO DE OTROS VEHICULOS 35613 - PUERTO DEL ROSARIO “ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS 35600 - PUERTO DEL ROSARIO LAS PALMAS ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACION (CEBREADO) ENMARCADA POR UNA LINEA CONTINUA 35613 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO DE OTROS VEHICULOS 35006 - PALMAS DE GRAN CANARIA CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35613 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR DE FORMA NEGLIGENTE 35572 - TIAS CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35600 - PUERTO DEL ROSARIO NO FACILITAR SU IDENTIDAD NI LOS DATOS DEL VEHICULO SOLICITADOS POR LOS AFECTADOS EN UN ACCIDENTE DE CIRCULACION, ESTANDO IMPLICADO EN EL MISMO 35003 - PALMAS DE GRAN CANARIA ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO 35600 - PUERTO DEL ROSARIO NO OBEDECER UNA SEÑAL DE ENTRADA PROHIBIDA 35600 - PUERTO DEL ROSARIO CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION LAS PALMAS LAS PALMAS LAS PALMAS SEVILLA LAS PALMAS 35630 - ANTIGUA LAS PALMAS ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL 35630 - ANTIGUA “ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE 35600 - PUERTO DEL ROSARIO ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO DE OTROS VEHICULOS 41700 - DOS HERMANAS CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION 35016 - PALMAS DE GRAN CANARIA CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA 10.445 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12797 12798 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA BRÍGIDA ANUNCIO 10.534 A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del mismo Real Decreto, y artículo 20.3 en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Se hace público, para general conocimiento que ha quedado definitivamente aprobado el Expediente de Modificación Presupuestaria Número 9/10, de suplemento de crédito, habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo, y siendo desestimadas en la sesión extraordinaria y urgente de fecha nueve de junio y que afecta al vigente Presupuesto de esta Corporación. Relación de capítulos que quedan suplementados: Capítulo 1 2 4 6 7 9 Denominación Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y servicios Transferencias corrientes Inversiones reales Transferencias de capital Pasivos financieros TOTAL La financiación del expediente se realiza con cargo a Remanente Líquido de Tesorería. Importe Euros 52.000,00 361.000,00 104.000,00 570.242,08 3.000,00 36.000,00 1.126.242,08 Villa de Santa Brígida, a nueve de junio de dos mil diez. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Lucas Bravo de Laguna Cabrera. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA 10.917 Secretaría Geneal ANUNCIO 10.535 Por Decreto de la Alcaldía - Presidencia, de fecha 24 de mayo de 2010, se aprueba el expediente apara la obtención de: “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA Y BAJA TENSIÓN”, con arreglo a lo siguiente: 1.- ENTIDAD ADJUDICATARIA: Organismo: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana. Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación Administrativa // Secretaría General. Número de expediente: 041/2010. 2.- OBJETO DEL CONTRATO: Descripción del objeto: “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA Y BAJA TENSIÓN”. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12799 División por lotes y número: No. Lugar de entrega del suministro: Dependencias municipales. Plazo de ejecución del contrato: Un (1) año más un (1) año de prórroga. 3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Regulación: Armonizada. Criterios de adjudicación: Se adjudicará a la Proposición económicamente más ventajosa de conformidad con los siguientes criterios: - Criterios subjetivos: - Descuentos por pronto pago de 0 a 2 puntos. - Mejoras determinadas en el apartado 16 del pliego de prescripciones técnicas de 0 a 1 punto. - Bases de datos en formato access o similar que den información sobre número de facturas, consumos, precios de contadores, históricos, D.H aplicadas, potencias contratadas, dirección y localización del suministro, etc., de 0 a 1,5 puntos. - Software de lectura de contadores de telemedida de 0 a 0,5 puntos. - Criterios objetivos: GRUPO A B C D E F TÉRMINO POTENCIA (PUNTUACIÓN MÁXIMA) 1 1 TÉRMINO DE ENERGÍA (PUNTUACIÓN MÁXIMA) TOTAL (PUNTUACIÓN MÁXIMA) OBSERVACIONES 9 10 NINGUNA 22 25 4 1 19 5 20 3 5 5 5 NINGUNA 20 NINGUNA 25 8,5 - Precio del alquiler de los equipos de medida y su instalación (euros/mes): de 0 a 1 punto. NINGUNA NINGUNA NINGUNA - Precio de los derechos de contratación y garantía para nuevos suministros (euros o unidad compuesta coherente): puntuación máxima, de 0 a 0,5 puntos. 4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: Importe: El presupuesto máximo estimado para la obtención del suministro reseñado asciende, sin incluir el I.G.I.C. que deberá soportar la Administración, a la cantidad de NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS, (929.523,81 EUROS), anuales, siendo su financiación con cargo al presupuesto municipal. 12800 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 5.- GARANTÍAS: Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana. Domicilio: Avenida de las Tirajanas, número 151. Provisional: No se exige. Definitiva: No se exige. 6.- OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN: Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana. Domicilio: Avenida de Las Tirajanas, número 151. Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana, 35110. Teléfono: 928.727.200 // 928.727.204. Fax: 928.727.308. Página web: www.santaluciagc.com // Perfil del contratante. Fecha límite de obtención de documentos e información: La indicada en el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. 7.- REQUISITOS CONTRATISTA: ESPECÍFICOS DEL Solvencia económica y financiera: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta licitación. Solvencia técnica y profesional: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta licitación. 8.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Fecha límite de presentación de ofertas: La indicada en el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Documentación a presentar: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta licitación. Lugar de presentación: Registro de la Oficina de Atención Ciudadana, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes y hasta las 12:00 horas del último día del plazo señalado en el anuncio de licitación. Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana, 35110. Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos ( 2 ) meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones recibidas. 9.- APERTURA DE LAS OFERTAS: Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana. Domicilio: Avenida de las Tirajanas, número 151. Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana, 35110. Fecha: Los licitadores serán informados de la fecha de la sesión de la Mesa de Contratación para la apertura de plicas. 10.- INFORMACIÓN ADICIONAL: Departamento de contratación administrativa. Página web: www.santaluciagc.com // Perfil del contratante. 11.- GASTOS DE ANUNCIOS: A cargo de la empresa adjudicataria. Santa Lucía, a tres de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez. 10.786 EDICTO 10.536 Por parte de POMPAS FÚNEBRES LA SOLEDAD, S.L., se ha solicitado licencia municipal de apertura (Exp. 77/09M-2009-1834) para el ejercicio de la actividad de OFICINA, en la finca NÚMERO 45, de la calle PAREDILLA, NÚMERO 45 - ESQ. CALLE TAHÍCHE, NÚMERO 2, de esta municipalidad. Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes dentro del plazo de Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 VEINTE DÍAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.a de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, mediante escrito a presentar en el Registro General de entrada de este Ayuntamiento. Santa Lucía, a diez de mayo de dos mil diez. LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y EDUCACIÓN, (P.D.: Decreto de Alcaldía de fecha 31/03/2008, publicado en B.O.P. nº 47 de fecha 09/04/2008), Dunia González Vega. Rentas 10.135 ANUNCIO 10.537 ANUNCIO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y APERTURA DE COBRANZA DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA. Se pone en conocimiento de los contribuyentes del Municipio de Santa Lucía que por Decreto de la Alcaldía se han aprobado los Padrones de la TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO, TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE BASURA DOMICILIARIA Y TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN correspondientes al bimestre de MARZO/ABRIL 2010, los cuales quedarán expuestas al público en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de Santa Lucía (Departamento de Rentas) por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados desde la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinarlos y formular las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamación alguna se entenderá definitivamente aprobados los Padrones. Contra el acto de aprobación de los padrones y contra las liquidaciones comprendidas en los mismos, podrá formularse Recurso de Reposición ante la Alcaldía-Presidencia de este lltre. Ayuntamiento en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública. ASIMISMO, se hace saber que el PERÍODO VOLUNTARIO DE COBRANZA de las liquidaciones comprendidas en los padrones anteriormente citados será el comprendido ENTRE EL 05 DE JULIO y el 12801 06 DE SEPTIEMBRE DE 2010, ambos días incluidos. Los contribuyentes de la Zona de Costa podrán efectuar el pago, de lunes a viernes, en las dependencias de Recaudación de las Oficinas Municipales (Av. de las Tirajanas núm. 151) en horario de 09:00 a 14:00 horas, así como, los martes y jueves en horario de 17:00 a 19:00 horas. Los contribuyentes de la Zona Alta del Municipio podrán efectuar el pago los jueves en el Ayuntamiento (c/ Leopoldo Matos, s/n) o durante el día hábil posterior al jueves si éste fuera festivo. También podrá efectuarse el pago en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en el documento que ha remitido el Ayuntamiento a los domicilios de las personas incluidas en el padrón del tributo. De acuerdo con lo previsto en los arts. 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 60 y 61 de la Ley General Tributaria, el pago podrá efectuarse en efectivo o mediante cheque bancario conformado a favor del Ayuntamiento. Vencido el plazo de ingreso en período voluntario, dará inicio el período ejecutivo exigiéndose las deudas por el procedimiento de apremio con la aplicación de los recargos, intereses de demora y costas que, en su caso, correspondan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. ADVERTENCIA: El presente anuncio tiene los efectos de notificación colectiva, de acuerdo con lo previsto en el articulo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria, entendiéndose realizada la notificación el día en que termina la exposición al público de los padrones. En Santa Lucía, a siete de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA 10.884 ANUNCIO DE LICITACIÓN 10.538 Por acuerdo de la Corporación Plenaria de este Ayuntamiento, de fecha 7 de junio de 2010, ha sido 12802 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 aprobado el expediente de contratación para proceder a la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de la GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES (SÓLIDOS Y SELECTIVA), ASÍ COMO EL LAVADO Y LIMPIEZA DE CONTENEDORES DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE GUÍA, bajo la modalidad de concesión administrativa. Por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a varios criterios de adjudicación. 1. ENTIDAD ADJUDICADORA: a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Santa María de Guía. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Obtención de documentos e información: 1) La información relativa a la convocatoria se puede obtener en el Perfil del Contratante, en la dirección de Internet: www.santamariadeguia.es 2) Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta el último día para presentar proposiciones. 2. OBJETO DEL CONTRATO: a) Tipo: de gestión de servicios públicos, bajo la modalidad de concesión. b) Descripción: GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES (SÓLIDOS Y SELECTIVA), ASÍ COMO EL LAVADO Y LIMPIEZA DE CONTENEDORES DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE GUÍA. c) Lugar de ejecución: término municipal de Santa María de Guía. d) Plazo de ejecución: la concesión se otorgará por un plazo de diez años. e) Codificación CPA: 92121000, 9012120, 9012130 y 90121200. 3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios base para la adjudicación: - Coeficientes oferta económica (máximo 75 puntos). - Menor tarifa centro de gravedad ofertada (máximo 45 puntos). - Mayor horquilla simétrica de variación del volumen total de toneladas de residuos a recoger y transportar para todos los tipos de residuos según datos contemplados en el programa económico base de licitación referidos a 31.12.09 y para toda la anualidad, para el caso de modificación del contrato y no se produzca ninguna indemnización en ambos sentidos (máximo 10 puntos). - Mayor horquilla simétrica de variación del número total kilómetros ofertados a ejecutar para la gestión del servicio público de recogida y transporte de los residuos urbanos o municipales según oferta, que permita alcanzar los resultados de gestión fijados en el PPTP para cada tipología de residuo y núcleo poblacional ofertado, incluyendo el transporte (ida y vuelta) al complejo ambiental o planta de transferencia según proceda, para el caso de modificación del contrato y no se produzca ninguna indemnización en ambos sentidos (máximo 10 puntos). - Coeficientes de las fórmulas de revisión de precios (hasta 10 puntos). - Explotación del servicio (máximo 25 puntos). - Medios materiales y técnicos a disposición del servicio: hasta 5 puntos. - Herramientas de gestión ofertadas: hasta 5 puntos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 - Planes de trabajo ofertados: hasta 5 puntos. - Plan de mantenimiento ofertado: hasta 5 puntos. - Frecuencias de recogida ofertadas en cuanto superen las mínimas fijadas en el PPTP: hasta 5 puntos. 4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: a) El valor estimado del contrato (I.G.I.C no incluido) será el fijado por el adjudicatario en su oferta, de conformidad al artículo 134.3 a) de la LCSP. 5. GARANTÍAS EXIGIDAS: Provisional: OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (8.421,67 EUROS), equivalente al 2% del importe estimado según programa orientativo de la administración. Definitiva: 5% del presupuesto de la inversión (I.G.I.C. excluido) ofertado por el licitador adjudicatario en su propuesta económica. 6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA: a) Estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica, acreditadas conforme se recoge en los artículos 63, 64 y 68 de la LCSP. 7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: a) Fecha límite de presentación: QUINCE DÍAS NATURALES siguientes al de la publicación del presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. b) Lugar de presentación: 1. Dependencia: Secretaría General (Registro) del Iltre. Ayuntamiento de Santa María de Guía. 2. Domicilio: calle Eusebia de Armas nº 4. 12803 3. Localidad y código postal: 35450 Santa María de Guía. 8. APERTURA DE OFERTAS: a) Dirección: en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial. c) Fecha y hora: la señalada por la Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación general y transcurrido el plazo que, en su caso, se hubiere conferido a efecto de subsanaciones. 9. LAMESADE CONTRATACIÓN QUE ASISTIRÁ AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ESTARÁ FORMADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS: - Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. - Vocal, Sr. Interventor del Ayuntamiento. - Vocal, Sra. Secretaria del Ayuntamiento. - Vocal, Sr. Concejal delegado del Área de Servicio de Recogida de Residuos. - Vocal, Técnico municipal designado al efecto. Actuará como Secretaria de la Mesa la funcionaria responsable del Área de Contrataciones. En Santa María de Guía, a nueve de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Fernando Bañolas Bolaños. 10.955-A ANUNCIO DE LICITACIÓN 10.539 Por acuerdo de la Corporación Plenaria de este Ayuntamiento, de fecha 7 de junio de 2010, ha sido aprobado el expediente de contratación para proceder a la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO 12804 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 DE AGUA DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE GUÍA, BAJO LAMODALIDAD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA. Por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a varios criterios de adjudicación. 1.- ENTIDAD ADJUDICADORA: a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Santa María de Guía. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Desarrollo. c) Obtención de documentos e información: 1) La información relativa a la convocatoria se puede obtener en el Perfil del Contratante, en la dirección de Internet: www.santamariadeguia.es 2) Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta el último día para presentar proposiciones. 2. OBJETO DEL CONTRATO: a) Tipo: Gestión de servicios públicos, bajo la modalidad de concesión. b) Descripción: GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA EL SUMINISTRO DE AGUA. c) Lugar de ejecución: término municipal de Santa María de Guía. d) Plazo de ejecución: la concesión se otorgará por un plazo de veinticinco años. e) Codificación CPA-2002: 92.61.10. 3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios base para la adjudicación: (Cláusula 15 Pliego Condiciones). Máximo 100 puntos, mínimo 0 puntos, desglosado del siguiente modo: - Coeficientes oferta económica (máximo 70 puntos). - Menor coste unitario de explotación por m3 de agua suministrada en baja medida sobre lectura en contador sin que en ningún caso pueda superarse el base de licitación para la anualidad prevista de 2010 (máximo 20 puntos). - Mayor canon de explotación ofertado durante toda la vigencia del contrato como porcentaje sobre la facturación bruta del servicio. El porcentaje ofertado ha de superar el 3,0% sobre la facturación bruta del servicio, por todos los conceptos (facturación bruta por aplicación de la ordenanza fiscal y facturación bruta por venta de agua excedentaria) (máximo 10 puntos). - Mayor rendimiento de la red ofertado en cuanto supere el 70% actual (máximo 10 puntos). - Coeficientes de las fórmulas de revisión del cuadro de precios unitarios ofertado, del coste unitario de explotación por m3 de agua suministrada en baja y de las tarifas (tanto las previstas en la ordenanza fiscal como la tarifa precio privado por venta de agua excedentaria) (máximo 10 puntos). - Mayor coeficiente de baja ofertado al cuadro de precios unitarios base de licitación (máximo 10 puntos). - Mayor horquilla simétrica de variación de la demanda de agua suministrada en baja medida sobre lectura de contador para una anualidad, para el caso de modificación del contrato y no se produzca ninguna indemnización en ambos sentidos, dentro de la cual se entiende que no existe ruptura del equilibrio económico de la concesión (máximo 5 puntos). - Menor Tarifa centro de gravedad ofertada, que no podrá superar la prevista en el programa económico base de licitación (máximo 3 puntos). Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 - Menor Tarifa ofertada, calificada como precio privado, de aplicación a la venta de agua excedentaria, que no podrá superar la prevista en el programa económico base de licitación que tendrá el carácter de máximo (máximo 2 puntos). - Explotación del servicio (máximo 30 puntos). - Medios materiales y técnicos a disposición del servicio: hasta 15 puntos. Plan de organización del servicio y demás documentación técnica que deba ofertarse según el pliego de prescripciones técnicas particulares: hasta 15 puntos. 4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: 12805 presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. b) Lugar de presentación: 1. Dependencia: Registro General del Iltre. Ayuntamiento de Santa María de Guía. 2. Domicilio: Calle Eusebia de Armas n° 4. 35450 Santa María de Guía. 8. APERTURA DE OFERTAS: a) Dirección: en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial. c) Fecha y hora: Se publicará en el Perfil del a) El valor estimado del contrato (I.G.I.C. no incluido) será el fijado por el adjudicatario en su oferta, de conformidad al artículo 134.3 a) de la LCSP. Contratante y será la señalada por la Mesa de Provisional: VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (28.895,25 EUROS), equivalente al 2% del importe estimado según programa orientativo de la administración. (IGIC excluido). de contratación estará formada por los siguientes 5. GARANTÍAS EXIGIDAS: Definitiva: 5% del presupuesto de la inversión y de otros gastos iniciales que debe asumir el concesionario (I.G.I.C. excluido) ofertado por el licitador adjudicatario en su propuesta económica. Contratación, una vez calificada la documentación general y transcurrido el plazo que, en su caso, se hubiere conferido a efecto de subsanaciones. 9. La Mesa de Contratación que asistirá al Órgano miembros: - Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. - Vocal, Sr. Interventor del Ayuntamiento. - Vocal, Sra. Secretaria del Ayuntamiento. DEL - Vocal, Sr. Concejal Delegado del Área de Abastecimiento. Estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica, acreditadas conforme se recoge en los artículos 63, 64 y 68 de la LCSP. Actuará como Secretaria de la Mesa la funcionaria responsable del Área de Contrataciones. 6. REQUISITOS CONTRATISTA: ESPECÍFICOS 7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: a) Fecha límite de presentación: TREINTA DÍAS NATURALES siguientes al de la publicación del - Vocal, Técnico municipal designado al efecto. En Santa María, de Guía, a nueve de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, Fernando Bañolas Bolaños. 10.955-B 12806 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEGUISE ANUNCIO 10.540 Por AYUNTAMIENTO DE TEGUISE, se ha solicitado licencia de actividad de INDUSTRIA DE FABRICACIÓN DE QUESOS, a situar en Teguise, COMPLEJO AGROINDUSTRIAL en DS MOZAGA, POL. 8 PARCELA 1.041. Lo que se hace público por espacio de VEINTE DÍAS, a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas que pudieran considerarse perjudicadas presenten sus reclamaciones y observaciones, por escrito y en horas de atención al público los días laborales, en las Oficinas Municipales. Teguise, a veintisiete de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE. 10.817 ANUNCIO 10.541 Por el presente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización. Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aplicación del apartado 2° del artículo 44 del mencionado texto legal), se hace público que el Señor Alcalde Presidente, con fecha diecinueve de mayo de dos mil diez, tuvo a bien emitir la siguiente Resolución: “Resultando que el que suscribe. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Teguise, tiene que ausentarse por motivos de viaje, desde el día 20 de mayo de 2010, a las 08:00 horas, hasta el día 24 de mayo de 2010, a las 08:00 horas; por lo que no puede atender y desempeñar las funciones propias de su cargo durante el mencionado periodo. Considerando lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta que el funcionamiento de los servicios municipales debe seguir desarrollándose con normalidad, por el presente y al amparo y con aplicación de lo establecido en la vigente legislación, más concretamente el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como 47 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en RESOLVER: Primero.- Se haga cargo de la Alcaldía del Ayuntamiento de Teguise en sustitución de su titular, desde la hora y fecha señalada para la ausencia y hasta la establecida para la incorporación, en el 1° Teniente de Alcalde de la Corporación don Domingo Manuel Cejas Curbelo. Segundo.- A los efectos oportunos, comuníquese lo resuelto al interesado y, dese cuenta a los miembros de la Corporación y a la Administración del Estado en los casos en los que la legislación así lo requiera. Lo manda y firma el Señor Alcalde Presidente, en Teguise, a diecinueve de mayo de dos mil diez, firmado: Juan Pedro Hernández Rodríguez. Alcalde Presidente.” Teguise, a diecinueve de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE PRESIDENTE. 10.746 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEROR ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA 10.542 1. Entidad Adjudicadora. a) Organismo: Ayuntamiento de Teror, calle Padre Cueto, n.° 2 Municipio de Teror. Código Postal 35330 Tlf. 928.630.075, Fax 928.630.855. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del Ayuntamiento. c) Número de expediente: 85/2010/09. 2. Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Suministro. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 b) Descripción del objeto: Suministro de material para el mantenimiento de las redes de alcantarillado y abastecimiento de agua. Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación de las redes de abastecimiento de agua potables. Lote. II: Material para el Mantenimiento de la Red de Alcantarillado. c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n° 20 de 12 de febrero de 2010. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto. 4. Presupuesto base de licitación. Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación de las redes de abastecimiento de agua potables: Hasta VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 euros). Lote II: Material para el Mantenimiento de la Red de Alcantarillado: Hasta QUINCE MIL EUROS (15.000.00 euros). 5. Adjudicación Provisional: a) Fecha: 19 de marzo de 2010. b) Contratista: Antonio González Santana, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación de las redes de abastecimiento de agua potables, hasta un importe de hasta VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 euros) de cuya cantidad corresponden en concepto de IGIC la cantidad de 1.190,48 euros. Lote II: Material para el Mantenimiento de las Red de Alcantarillado por un importe de hasta TRECE MIL QUINIENTOS EUROS (13.500.00 euros) de cuya cantidad corresponden en concepto de IGIC la cantidad de 642,86 euros. 12807 6. Adjudicación definitiva: Fecha: 21 de mayo de 2010. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135 LCSP En la Villa de Teror, a veintiuno de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE PRESIDENTE. 10.765 ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN 10.543 1. Entidad Adjudicadora. a) Organismo: Ayuntamiento de Teror, calle Padre Cueto, n.° 2 Municipio de Teror. Código Postal 35330 Tlf. 928.630.075, Fax 928.630.855. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del Ayuntamiento. c) Número de expediente: 296/2010. 2. Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Suministro. b) Descripción del objeto: Suministro de material de oficina no inventariable (cuantía indeterminada). c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n° 39 de 24 de marzo de 2010. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto. 4. Presupuesto base de licitación. Al ser un procedimiento de selección de proveedores, no se puede definir la cuantía exacta del contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del Ayuntamiento de Teror. 12808 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Sin embargo, se puede estimar que la cuantía destinada a la adquisición de material de oficina no inventariable será de 34.000,00 euros/año. Esta cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a los posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de la Administración. 5. Adjudicación Provisional: a) Fecha: 27 de abril de 2010. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan de Dios Ramos Quintana. 10.838 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUINEJE ANUNCIO 10.543 Por el que se hace público que mediante acuerdo plenario extraordinario de fecha 19 de mayo de 2010, se aprobaron provisionalmente las siguientes ordenanzas: b) Contratista: Dimateca, S.L. c) Nacionalidad: Española. 6. Adjudicación Definitiva: a) Fecha: 21 de mayo de 2010. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135 LCSP. En la Villa de Teror, a veintiuno de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE PRESIDENTE. En la Villa de Teror, a diecinueve de mayo de dos mil diez. 10.766 ANUNCIO 10.544 Mediante Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 3 de mayo de 2010, en sesión ordinaria, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Designar, como representante del Ayuntamiento de Teror, en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, al Concejal don Francisco Santiago Ojeda Montesdeoca. Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia para la Apertura de Establecimientos. - Modificación del artículo 7.3 de la Ordenanza Reguladora del acceso de vehículos a inmuebles a través de aceras u otros bienes de Dominio Público y de las reservas de estacionamiento, parada, carga y descarga de mercancía y otros usos en el Municipio de Tuineje. Para cuántos estén interesados puedan examinar el expediente en la Secretaría Municipal por el término de TREINTA DÍAS, y formular las alegaciones oportunas, transcurridos los cuales sin haberse presentado alegaciones, se entenderán definitivamente aprobadas. En Tuineje, a veinticinco de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE, Salvador Delgado Guerra. 10.748 EDICTO 10.544 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. n° 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12809 notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en Materia de Tráfico, Circulación Vehículos a Motor y Seguridad Vial que se indican, dictadas por esta Alcaldía, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en estas Dependencias Municipales, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia: NOMBRE Y APELLIDOS EXPTE. D.N.I. D. PEDRO DARIO MOROCHO GUZMAN BOLETÍN 15021 EXP. 135/10 X3289258M D. MOULAYE OULD HAMOUDI CHEIKH BOLETÍN 14098 EXP. 504/09 73024951 D. JOSE ANTONIO ALONSO CRESPO BOLETÍN 14900 EXP. 164/10 13760400 D. ALEJANDRO MARTINEZ BELLO BOLETÍN 14080 EXP. 683/09 78531673 DÑA. EVA MARITA PERSSON DEC. 1065/1 a G.C-1553,BY V. ABANDONADO X2557322K D. IVO GONZALEZ APOLINARIO PROINFUERT S.L. DEC-1068/10 1475-CDJ V. ABANDONADO DEC. l130/10 G.C-5988-BZ V. ABANDONADO 78515523 B35467513 Lo que notifico para su conocimiento y efectos, significándole que esta Resolución pone fin a la vía administrativa, tal como se desprende del artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y contra la misma cabe interponer: 1.- Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dicta la presente Resolución, en el plazo de UN MES, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. 2.- Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas en el Plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8,25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la salvedad de que no se podrá hacer uso del Recurso Contencioso-Administrativo en tanto no se resuelva expresamente o por silencio, el Recurso de Reposición que, en su caso, se hubiera interpuesto, artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.- Recurso Extraordinario de Revisión ante el mismo órgano administrativo que dictó la Resolución en los casos y plazos previstos en el artículo 118 de la misma Ley, concretamente, CUATRO AÑOS desde la fecha de publicación de la Resolución impugnada si se trata de la causa “Primera” y TRES MESES, a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos. Tuineje, a veinticinco de mayo de dos mil diez. EL ALCALDE, Salvador Delgado Guerra. 10.776 12810 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO ANUNCIO 10.545 Por resolución de la Alcaldía-Presidencia núm. 328/2010, de fecha 1 de junio de 2010, se adjudicó definitivamente el contrato de la obra subvencionada por el Instituto Insular de Deportes de Gran Canaria, denominada “MEJORAS EN LA CANCHA LA BARRERA”, T.M. DE VALSEQUILLO DE GRAN CANARIA, lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 1.- Entidad adjudicadora. a) Organismo: Ilustre Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Expediente: 13/2010. 2.- Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Obras. b) Descripción del objeto: Mejoras en cancha existente. c) Lugar de ejecución: Valsequillo de Gran Canaria. d) Plazo ejecución: Seis (06) meses. 3.- Tramitación, procedimiento. a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto. 4.- Presupuesto base de licitación. CIENTO SETENTAY NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTAY UN EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (179.361,04 EUROS), desglosado de la siguiente forma: - Importe: CIENTO SETENTAMIL OCHOCIENTOS VEINTE EUROS Y CUATRO CÉNTIMOS (170.820,04 EUROS). - Impuesto General Indirecto: OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN EUROS (8.541,00 EUROS). 5.- Adjudicación Definitiva. a) Fecha: 01 de junio de 2010. b) Contratista: CONSTRUCCIONES Y REFORMAS FAOSUR, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (178.643,60 EUROS), desglosado de la siguiente forma: - Importe: CIENTO SETENTA MIL CIENTO TREINTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (170.136,76 EUROS). - Impuesto General Indirecto: OCHO MIL QUINIENTOS SEIS EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (8.506,84 EUROS). e) Plazo de ejecución de SEIS MESES. En Valsequillo de Gran Canaria, a dos de junio de dos mil diez. EL ALCALDE, José Miguel López Santana. 10.704 CONSORCIO SUR GRAN CANARIA PARA LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE LOCAL DEMARCACIÓN DE TELDE ANUNCIO DE LICITACIÓN DE SERVICIO 10.533 Vista la publicación realizada por este Consorcio en el Boletín Oficial de la Provincia n° 63, del lunes 17 de mayo de 2010, y habiéndose detectado la omisión de cierta información relativa a los plazos para la presentación de plicas, es por lo que, en uso de las facultades que me confiere la Disposición Adicional 2ª de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Contratos del Sector Público, se anuncia licitación para la contratación del servicio descrito a continuación: 1.- ENTIDAD ADJUDICATARIA: Organismo: Consorcio Sur Gran Canaria Para la Televisión Digital Terrestre Demarcación de Telde. Dependencia que tramita el expediente: Consorcio Sur Gran Canaria Para la Televisión Digital Terrestre Demarcación de Telde. 2.- OBJETO DEL CONTRATO: Descripción del servicio: CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL DE PROGRAMAS A EMITIR POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA EN EL CANAL 63 DE LA TDT. Plazo de ejecución: DOCE (12) MESES. 12811 Teléfono: 928.799.818. En el Perfil del Contratante de la página web: www.estecanaltv.com 6.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Plazo de presentación: QUINCE (15) DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio de contrata en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. 7.- APERTURAPÚBLICADE LAS PROPUESTAS: Entidad: Consorcio Sur Gran Canaria Para la Televisión Digital Terrestre Demarcación de Telde. Domicilio: Los cactus n° 70, C.P.: 35118, Polígono Industrial de Arinaga, Agüimes. 3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Fecha: Se publicará la fecha y hora en el Perfil del Contratante de este Consorcio en la página web: www.estecanaltv.com Procedimiento: Abierto, varios criterios de adjudicación, no sujeto a regulación armonizada. EL PRESIDENTE DEL CONSORCIO, Juan Díaz Sánchez. - El presupuesto base de licitación tiene un importe de: CIENTO CUARENTAY DOS MIL QUINIENTOS EUROS (142.500,00 EUROS). IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tramitación: Ordinaria. 4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: - IGIC: (5%) SIETE MIL QUINIENTOS EUROS (7.500,00 EUROS). - Importe total: CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 EUROS). 5.- OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: Entidad: Servicio de Contratación. Domicilio: Calle San Mateo s/n, de San Fernando de Maspalomas. En Agüimes, a veintiséis de mayo de dos mil diez. 10.862 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.546 Procedimiento: Demanda 383/2010. Materia: Despido. Demandante: Evaristo Ernesto Fernández González. Demandados: Ecoasa, S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de 12812 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Evaristo Ernesto Fernández González contra Ecoasa, S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, sentencia de 17/05/10, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Ecoasa, S.A.U. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 332/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Evaristo Ernesto Fernández González, que comparece asistido y representado por el Letrado don Gustavo Tarajano Mesa, y de otra como demandada la empresa Ecoasa, S.A.U., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Evaristo Ernesto Fernández González frente a las empresa Ecoasa, S.A.U. además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 06.02.2010, además de extinguida la relación laboral que unía al actor con la misma con fecha de efectos del dictado de la presente resolución, y en su virtud, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 1.580,25 euros; Y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el día del dictado de la presente resolución, ambos inclusive, y que a razón de 49,11 euros diarios, hacen un total de 4.911,00 euros, debiendo mantenerlo en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios, esto es hasta la fecha del dictado del presente fallo, debiendo en todo caso estar y pasar por la presente declaración y reconocimiento el Fogasa. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria, de este Juzgado, Cta. 3486000065038310 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. 10.467 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.547 Procedimiento: Demanda 390/2010. Materia: Despido. Demandante: María del Mar Macías Rodríguez. Demandados: Abay-Chalz, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de María del Mar Macías Rodríguez contra Abay-Chalz, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Abay-Chalz, S.L. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 335/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una María del Mar Macías Rodríguez, que comparece asistida por el Letrado don Pedro Macías Rodríguez, y de otra como demandada la empresa Abay-Chalz, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por María del Mar Macías Rodríguez contra la empresa Abay-Chalz, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial “(Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 27.02.2010, y en su virtud, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que la readmita en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido o lo indemnice en la cantidad de 134’80 euros; Dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, mediante escrito 12813 presentado en este Juzgado o comparecencia; Y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone a la actora los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el día en que se notifique esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 26’67 euros diarios, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar el Fogasa por la presente declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, Cta. 3486000065039010 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. 10.468 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.548 Procedimiento: Demanda 386/2010. Materia: Despido. Demandante: Gerardo Yanascual Guamialama. Demandados: Transporfrío Medina, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha 12814 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Gerardo Yanascual Guamialama contra Transporfrío Medina, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, sentencia de 17/05/10, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Transporfrío Medina, S.L. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicad al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 336/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Gerardo Yanascual Guamialama, que comparece asistido por la Letrada doña Sinesia Cárdenes Morales, y de otra como demandada la empresa Transporfrío Medina, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Gerardo Yenascual Guamialama contra la empresa Transporfrío Medina, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 01.03.2010, y en su virtud, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que lo readmita en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido o lo indemnice en la cantidad de 5.568,75 euros; Dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, mediante escrito presentado en este Juzgado o comparecencia; Y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone a la actora los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el día en que se notifique esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 54’42 euros diarios, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar el Fogasa por la presente declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, Cta. 3486000065038610 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, marido y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. 10.469 SENTENCIA NÚMERO 306/2010 10.549 En nombre del Rey se ha dictado la siguiente. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Vistos por doña María Mercedes González Jiménez, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos número 168/2009 de Juicio ordinario por Cantidad, siendo demandante Antonia Molina Sabina contra Falcosáenz Agrícola, S.L. y el Fogasa. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Antonia Molina Sabina contra Falcosáenz Agrícola, S.L. y el Fogasa., debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.723,95 euros más los intereses de mora y al Fogasa a estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr. Secretario para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. 10.524 AUTO 10.550 Procedimiento: Demanda 1.429/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Santiago González Morales. Demandados: Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010 Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Santiago González Morales contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L., por un principal de 4.493,97 euros, más 449 euros de intereses provisionales y la de 449 euros de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar 12815 desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 284/09, del Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Gestión de Construcciones Canarias, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 4.493,97 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° 12816 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82- Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancada deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por Isidoro Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los arts. 55 a 60 LPL, doy fe. AUTO 10.525 10.551 Procedimiento: Demanda 1.309/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Omar David Rosales Montaño. Demandados: Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Ornar David Rosales Montaño contra Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L., por un principal de 2.161,07 euros, más 216 euros de intereses provisionales y la de 216 euros de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO Procedimiento: Demanda 1.309/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Omar David Rosales Montaño. Demandados: Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 71/09, del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 2.161,07 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial Modo de Impugnación: recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82- Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso“ seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los arts. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.526 AUTO 10.552 Procedimiento: Demanda 1.123/2009. Materia: Despido. Demandante: Fátima Perera Hernández. Demandados: Alexdesing Print Shop, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Fátima Perera Hernández 12817 contra Alexdesing Print Shop, S.L., por un principal de 7.939 euros, más 793 euros de intereses provisionales y la de 793 euros de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010 Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera trabajando para alguna entidad. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64 0001123/2009. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso directo de REVISIÓN ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, 12818 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486000031 0001123/2009. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. 10.527 DECRETO 10.553 Procedimiento: Demanda 1.445/2008. Materia: Despido. Demandante: Darío Smith Silvera Bustamante. Demandados: Newmacon, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara al ejecutado Newmacon, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 12.177,86 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. EL SECRETARIO. 10.528 AUTO 10.554 Procedimiento: Demanda 209/2009. Materia: Despido. Demandante: Juan Antonio Benítez Diepa. Demandada: Foxo Canarias Instalaciones y Complementos, S.L. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por Juan Antonio Benítez Diepa contra Foxo Canarias Instalaciones y Complementos, S.L. por un importe de 31.163,55 euros de principal, más 3.116 euros de intereses y 3.116 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla.:. Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso procédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L). C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. 10.529 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.555 Procedimiento: Demanda 42/2009. Materia: Despido. Demandante: María Jesús Cano Socorro. Demandados: Jarehagua Supermercados, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Jarehagua Supermercados, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 1400 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30. Así se acuerda, manda y firma por Mercedes González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO 10.530 10.556 Procedimiento: Demanda 22/2009. Materia: Despido. Demandante: Leandro Ceballos González. Demandados: Construcciones Remlram, S.L., Rafael Santana Estévez y Fogasa. 12819 En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara al ejecutado Construcciones Remlram, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 19.379.25 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. EL SECRETARIO. 10.531 AUTO 10.557 Procedimiento: Demanda 1.366/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Daniel Hernández Curquijo. Demandados: Obrasquinter, S.L.U. y Fogasa. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Obrasquinter, S.L.U., en situación de insolvencia provisional por un principal de 966,65 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades 12820 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. 10.532 AUTO 10.558 Procedimiento: Demanda 686/2009. Materia: Despido. Demandante: María Auxiliadora Martel Guedes. Demandados: Servicios Públicos Inmobiliarios Canarias Network y Fondo de Garantía Salarial. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por María Auxiliadora Martel Guedes contra Servicios Públicos Inmobiliarios Canarias Network por un importe de 44.034 euros de principal, más 4.403 euros de intereses y 4.403 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla. Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso precédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L.). C) Se advierte y requiere a! ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. AUTO 10.533 10.559 Procedimiento: Demanda 1.446/2008. Materia: Cantidad. Demandante: José Viera Ramírez. Demandados: Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Gestión de Construcciones Canarias, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 7196.89 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. 10.534 AUTO 10.560 Procedimiento: Demanda 1.402/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Ramón José Pérez López. Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Construcciones Méglez, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 2589.42 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de 12821 ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. 10.535 AUTO 10.561 Procedimiento: 1.106/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Ayose Ramírez Dámaso. Demandados: Proinstal, S.L. y Fogasa. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se despacha ejecución a instancia de Ayose Ramírez Dámaso contra Proinstal, S.L., por un principal de 1.600 euros, mas 320 euros de costas provisionales. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, c.c.c. Banesto, al concepto 3486/0000/64/1106/08. Precédase a la práctica de diligencia de embargo de bienes del deudor en su domicilio suficientes para garantizar su responsabilidad, quedando facultad la Comisión Judicial que se designe para valerse del auxilio de cerrajero y Fuerza Pública, debiendo seguirse el orden de prelación establecido legalmente y depositándose los bienes con bienes con arreglo a derecho. Al efecto se concede a la parte ejecutante el plazo de DIEZ DÍAS para que se persone en la Secretaría del Juzgado con objeto de coordinar su intervención en la diligencia de embargo y concretar fecha y hora para su práctica. Especificación de datos: . Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición 12822 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así se acuerda, manda y firma por la MagistradoJuez doña Mercedes González Jiménez del Juzgado de lo de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. 10.544 AUTO 10.562 Procedimiento: Demanda 1.257/2009. Materia: Despido. Demandante: José Juan Santana Benítez. Demandados: Constructora Guaydil, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Administración Concursal Guaydil, S.L. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede: Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de este Juzgado para conocer de la ejecución en las presentes actuaciones, indicándose a las partes su derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo Mercantil competente. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mi. 10.545 AUTO 10.563 Procedimiento: Demanda 659/2009. Materia: Despido. Demandante: Ricardo Rivero Suárez y David Alejandro Santana Torres. Demandados: Telefónica de España, S.A., Nework Consult Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por David Alejandro Santana Torres y Ricardo Rivera Suárez contra Nework Consult Canarias, S.L. por un importe de 33.940,79 euros de principal, más 3.394 euros de intereses y 3.394 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla.: . Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso precédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L.). C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. AUTO 10.546 10.564 Procedimiento: Demanda 1.362/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Manuel Reyes Pérez Alonso. Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Construcciones Meglez, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 7467.90 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / 12823 Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. AUTO 10.547 10.565 Procedimiento: Demanda 846/2007. Materia: Despido. Demandantes: María Soledad Sánchez Herrera y Estefanía Pino González Galván. Demandados: Obras y Servicios Pequilen y Fogasa. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Obras y Servicios Pequilen, a los fines de la presente ejecución. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. SENTENCIA NÚMERO 307/2010 10.548 10.566 En nombre del Rey se ha dictado la siguiente. 12824 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Vistos por doña María Mercedes González Jiménez, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos número 183/2009 de Juicio Ordinario por Cantidad, siendo demandante Dobjanschi Florin contra Construcciones Alemanarios, S.L. y el Fogasa. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dobjanschi Florin contra Construcciones Alemanarios, S.L. y el Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad de 2.924,86 euros más los intereses de mora y al Fogasa a estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, n° 3486000065 0183 09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr. Secretario para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. SENTENCIA NÚMERO 308/2010 10.549 10.567 En nombre del Rey se ha dictado la siguiente. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Vistos por doña María Mercedes González Jiménez, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos número 180/2009 de Juicio ordinario por cantidad, siendo demandante Juan Cristóbal Álamo Mederos contra Mazotti, S.A., Administración Concursal de la demandada y el Fogasa. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Juan Cristóbal Álamo Mederos contra Mazotti, S.A. y el Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad de 3.684,75 euros más los intereses de mora y a la Administración concursal y al Fogasa a estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, n° 3486000065 0180 09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr. Secretario para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. 10.550 AUTO 10.568 Procedimiento: Demanda 686/2006. Materia: Cantidad. Demandante: Manuela Benítez López. Demandados: Juan Manuel Hernández Ramírez y Fondo de Garantía Salarial. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Juan Manuel Hernández Ramírez, a los fines de la presente ejecución. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. 10.552 AUTO 10.569 Procedimiento: Demanda 448/2009. Materia: Despido. Demandante: Juan Antonio Morales Martín. Demandados: Rodríguez Hernández E Hijos, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de este Juzgado para conocer de la ejecución en las 12825 presentes actuaciones, indicándose a las partes su derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo Mercantil competente. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. AUTO 10.553 10.570 Procedimiento: Demanda 460/2007. Materia: Despido. Demandante: Juan Cabrera Gutiérrez. Demandados: Tripe Promociones Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Tripe Promociones Canarias, S.L., a los fines de la presente ejecución. Precédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 12826 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. AUTO 10.554 10.571 Procedimiento: Demanda 1.184/2006. Materia: Cantidad. Demandante: Hipólito Rosales Hernández. Demandados: Construcciones Falcón, Francisca Acosta Falcón y Fogasa. En Las Palmas de G.C., a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Francisca Acosta Falcón, a los fines de la presente ejecución. Precédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. 10.555 AUTO 10.572 Procedimiento: Demanda 1.144/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Cristina Ros Puga. Demandados: Tradex Nuevos Mercados, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Tradex Nuevos Mercados, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 5364.06 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. AUTO 10.556 10.573 Procedimiento: Demanda 1.324/2008. Materia: Derechos-Cantidad. Demandante: Andrea Santana Cabrera. Demandados: Limpieza y Mantenimiento Hospitalario, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por Andrea Santana Cabrera contra limpieza y mantenimiento hospitalario, S.L. por un importe de 582,66 euros de principal, más 58 euros de intereses y 58 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla: Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso procédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L.). C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. 12827 copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. AUTO 10.557 10.574 Procedimiento: Demanda 1.128/2009. Materia: Despido. Demandante: Yuanyuan Chai. Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Kanarische Hightlights, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 13054.30 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo 10.558 Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. 12828 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.575 Procedimiento: Demanda 1.388/2008. Materia: Despido. Demandante: María Soraya del Pino Roque. Demandados: Relaxalud, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por María Soraya del Pino Roque contra Relaxalud, S.L. por un importe de 16.148,16 euros de principal, más 1.614,81 euros de intereses y 1.614,81 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla.: Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso procédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L.). C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. AUTO 10.559 10.576 Procedimiento: Demanda 588/2009. Materia: Despido. Demandante: Juan Luis Cruz Viera. Demandados: Alenhos Cerrajeros, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Alenhos Cerrajeros, S.L., en situación de insolvencia provisional por un principal de 16160.40 euros y archivar las actuaciones previa baja en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Precédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ / Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. AUTO 10.560 10.577 Procedimiento: Demanda 897/2009. Materia: Despido. Demandante: Ekelof Silja. Demandados: Guillermo Matos Asesores, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA En atención a lo expuesto, SE ACUERDA: A) Despachar la ejecución solicitada por Ekelof Silja contra Guillermo Matos Asesores, S.L.U. por un importe de 16.746,51 euros de principal, más 1.674 euros de intereses y 1.674 euros que se fijan provisionalmente para costas. B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detalla.: Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación acreditativa de bienes, propiedad del ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa en su caso precédase a la información testifical y dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo 274 de la L.P.L.). C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos 4 y 5. D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada días que se retrase. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, 12829 fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido par evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. AUTO 10.561 10.578 Procedimiento: Demanda 1.295/2009. Materia: Despido. Demandante: Rogelio Ortega Déniz. Demandados: Administración Concursal Guaydil, S.L., Constructora Guaydil, S.L. y Fogasa. En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de este Juzgado para conocer de la ejecución en las presentes actuaciones, indicándose a las partes su derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo Mercantil competente. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. 10.562 12830 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.579 Procedimiento: Demanda 1.136/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Norma Lorenia Martínez Hincapié. Demandados: Gran Canaria Radio Televisión Local, S.L. y Fogasa. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Norma Lorenja Martínez Hincapié contra gran canaria radio televisión local, S.L., por un principal de 4.560, más 456 de intereses provisionales y la cantidad de 456 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en les términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 186/08, del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado gran canaria radio televisión local, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 4.560 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Precédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el fórmalo DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.563 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.580 Procedimiento: Demanda 1.334/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Jesús Estupiñán Pérez. Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Jesús Estupiñán Pérez contra Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por un principal de 1.967,23, más 196 de intereses provisionales y la cantidad de 196 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 102/09, del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. 12831 PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de Garantía Salarial en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 1967,23 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.564 12832 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.581 Procedimiento: Demanda 1.258/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Ada María Millares Pérez. Demandados: Krombach Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Ada María Millares Pérez contra Krombach Canarias, S.L., por un principal de 1345, más 134 de interesas provisionales y la cantidad de 134 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Hago constar el estaco del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 220/09, del Juzgado de lo Social n° 1 de Las Palmas, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Krombach Canarias, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de insertar Cantidad euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Precédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante ese órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.565 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12833 AUTO 10.582 Procedimiento: Demanda 650/2009. Materia: Despido. Demandante: Alejandro Macías Melián. Demandados: Nework Consult Canarias, S.L., Telefónica de España, S.A. y Fondo de Garantía Salarial. AUTO 10.583 Procedimiento: Demanda 1.172/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Aarón Santiago García García. Demandados: Construcciones Flomenca, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010 Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Alejandro Macías Melián contra Nework Consult Canarias, S.L., Telefónica de España, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, por un principal de 24.197,5, más 2.419 de intereses provisionales y la de 2.419 de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T. y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera trabajando para alguna entidad. 10.566 En Las Palmas de G.C., a 19 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Aarón Santiago García García contra Construcciones Flomenca, S.L., por un principal de 3.080,03, más 308 de intereses provisionales y la cantidad de 308 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de mayo de dos mil diez. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 177/2008, del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Construcciones Flomenca, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional 12834 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 por un importe de 3080,03 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.567 AUTO 10.584 Procedimiento: Demanda 1.458/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Manuel Patricio Yánez Morales. Demandados: David Fernando Coello Jurado y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010 Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Manuel Patricio Yánez Morales contra David Fernando Coello Jurado y Fondo de Garantía Salarial, por un principal de 4451,59, más 445 de intereses provisionales y la de 445 de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010 Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera trabajando para alguna entidad. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64 0001458/2008 . Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso directo de revisión ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486000031 0001458/2008 . Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. AUTO 10.568 10.585 Procedimiento: Demanda 794/2009. Materia: Despido. Demandante: Carmelo Moreno Pérez. Demandados: Inversiones Luis Marea, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Carmelo Moreno Pérez contra Inversiones Luis Marea, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por un principal de 18.350,20, más 1.835 de intereses provisionales y la de 1.835 de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. 12835 Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T. y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera trabajando para alguna entidad. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64 0000794/2009 . Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso directo de REVISIÓN ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486000031 0000794/2009 . Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social 12836 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. AUTO 10.569 10.586 Procedimiento: Demanda 1.418/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Ernesto Santiago Hernández. Demandada: Construcciones y Transportes Socorro, S.L. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Ernesto Santiago Hernández contra Construcciones y Transportes Socorro, S.L., por un principal de 25.000, más 2.500 de intereses provisionales y la cantidad de 2.500 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Construcciones y Transportes Socorro, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 25000 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 148/05, del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. AUTO 10.570 10.587 Procedimiento: Demanda 1.134/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Elicio Hernández Rodríguez. Demandados: Élite Can One, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Elicio Hernández Rodríguez contra Élite Can One, S.L., por un principal de 2584,01, más 258 de intereses provisionales y la cantidad de 258 de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del art. 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de demanda 1167/2008, del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2010. 12837 Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Élite Can One, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por un importe de 2.584,01 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo que se trate de procesos por conflicto colectivo o impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo de cinco días ante este órgano. Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n° de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitos del año al que corresponde el expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “82 Social-Revisión.” En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por 12838 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 los medios y con los requisitos establecidos en los art. 55 a 60 LPL, doy fe. 10.571 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.588 Procedimiento: Demanda 313/2010. Materia: Despido. Demandante: Anjarad Falcón Ortiz. Demandados: Atlántida Desde 1977, S.L. y Fogasa. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Anjarad Falcón Ortiz contra Atlántida Desde 1977, S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, sentencia de 03/05/10, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Atlántida desde 1977, S.L. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 235/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Anjarad Falcón Ortiz, que comparece asistido y representado por el Letrado don Héctor Valdivia González, y de otra como demandado la empresa Atlántida desde 1977, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Anjarad Falcón Ortiz frente a la empresa Atlántida desde 1977, S.L. además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 26.01.2010, además de extinguida la relación laboral que unía a la misma con la demandada con fecha de efectos del dictado de la presente resolución, y en su virtud, debo condenar y condeno expresamente a la empresa demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 3.708,02 euros, y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el dictado de la presente resolución, ambos inclusive, y que a razón de 30,38 euros diarios, hacen un total de 3.129,14 euros, debiendo mantenerlo en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios. Y debiendo en todo caso estar y pasar por la presente declaración y reconocimiento el Fogasa. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, Cta. 3486000065031310 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. 10.586 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.589 Procedimiento: Demanda 339/2010. Materia: Despido. Demandante: Luz Carmen Vallejo Betancor. Demandados: Yetimport, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Luz Carmen Vallejo Betancor contra Yetimport, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Yetimport, S.L. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 279/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Luz Carmen Vallejo Betancor, que comparece asistido por la Graduada Social Noemí Fernández Lorenzo, y de otra como demandado la empresa Yetimport, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Luz Carmen Vallejo Betancor frente a la empresa Yetimport, S.L. además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro 12839 improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 31.01.2010, además de extinguida la relación laboral que unía a la misma con la demandada con fecha de efectos del dictado de la presente resolución, y en su virtud, debo condenar y condeno expresamente a la empresa demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 1.320’42 euros, y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el día del dictado de la presente resolución, ambos inclusive, y que a razón de 35’00 euros diarios, hacen un total de 3.220’00 euros, debiendo mantenerlo en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios. Y debiendo en todo caso estar y pasar por la presente declaración y reconocimiento el Fogasa. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y. ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas de Gran Canaria de este Juzgado, Cta. 3486000065033910 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. 10.604 12840 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 AUTO 10.590 Procedimiento: Demanda 176/2010. Materia: Despido. Demandante: Diego Iván de Santa Martina. Demandados: Noalpida, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Diego Iván de Santa Martina, contra Noalpida, S.L.U., de la sentencia de despido dictada en los presentes autos. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del artículo 556 y ss. L.E.C., en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante este Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por MagistradoJuez, doña Mercedes González Jiménez, MagistradoJuez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DILIGENCIA Diligencia de Ordenación del Secretario, don Isidoro Prieto González. En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Habiéndse dictado orden despachando ejecución de la sentencia de despido dictada en los presentes autos por no haberse procedido por el demandado a la remisión acordada, cítese a ambas partes de comparecencia ante este Juzgado, el día 16.06.10, a las 10:00 horas, a fin de ser examinadas sobre los hechos concretos de la no readmisión alegada y con la advertencia de que únicamente podrá aportar las pruebas que estimadas pertinentes puedan practicarse en el mismo acto y de que si el actor no compareciere, se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciere el demandado, se celebrará el acto en su ausencia. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante el Secretario que suscribe. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente recurrir en revisión, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 34860000310000176/2010. Así lo ordena y firma S.Sª., el Secretario de lo que paso a dar cuenta y doy fe. EL SECRETARIO. 10.551 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN 10.591 Procedimiento: Demanda 390/2009. Materia: Cantidad. Demandantes: César Cedrés Torres y Marcos M. Cedrés Torres. Demandados: Frobe Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en autos número 390/2009, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de César Cedrés Torres y Marcos M. Cedrés Torres, contra la empresa Frobe Canarias, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente: Por la presente en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, se cita a Vd., para que el día 17.06.10, a las 10:50 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de Juicio, advirtiéndole que no se suspenderán por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Y para que sirva de citación en legal forma a Frobe Canarias, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de junio de dos mil diez. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 10.744 CÉDULA DE CITACIÓN 10.592 Procedimiento: Demanda 474/2010. Materia: Despido. Demandante: Edurne del Río. Demandados: Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., Administración Concursal de Ar y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio número 474/2010, seguido a instancia de Edurne del Río, contra Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., sobre Despido, por la presente para que comparezca ante este Juzgado el día 17.06.10, a las 09:20 horas, a la celebración de los actos de conciliación, si procede y Juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá por falta de asistencia y que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo se le cita para que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que le perjudiquen y de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le requiere para que aporte la documentación a que se refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los apercibimientos legales. Y para que tenga lugar la citación ordenada de Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de junio de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 12841 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. 10.702 CÉDULA DE CITACIÓN 10.593 Procedimiento: Demanda 59/2009. Materia: Cantidad. Demandantes: José Miguel Melián Mayor, Araceli Ofelia Jiménez Alemán, Teresa de Jesús Romero Cabrera, Felisa Benítez Navarro, María Encarnación Ramírez Cazorla, Claudina Sánchez Suárez, Natalia Sánchez Suárez, Josefa Falcón Sánchez, Manuela Verde Vega, Arturo Valdonciel Gómez y Elsa del Pino Alvarado. Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L. y Admón. Concursal de Cdad. de Ex. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio número 59/2009, seguido a instancia de Claudina Sánchez Suárez, Natalia Sánchez Suárez, Elsa del Pino Alvarado, José Miguel Melián Mayor, Araceli Ofelia Jiménez Alemán, Teresa de Jesús Romero Cabrera, Felisa Benítez Navarro, María Encarnación Ramírez Cazorla, Josefa Falcón Sánchez, Manuela Verde Vega y Arturo Valdonciel Gómez, contra Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L., sobre Cantidad, por la presente se le cita a Vd., para que comparezca ante este Juzgado el día 21.06.10, a las 11:30 horas, a la celebración de los actos de conciliación, si procede y Juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá por falta de asistencia y que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo se le cita para que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que le perjudiquen y de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le requiere para que aporte la documentación a que se refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los apercibimientos legales. Y para que tenga lugar la citación ordenada de Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de junio de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de 12842 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. 10.790 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.594 Procedimiento: Demanda 275/2010. Materia: Despido. Demandante: Óscar Roque Pérez. Demandados: Discosen’K, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez en el juicio número 275/2010 seguido a instancia de Óscar Roque Pérez contra Discosen’K, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido se notifica a Vd. la resolución recaída en dicho Juicio y que por testimonio se acompaña, sentencia de fecha 3 de mayo de 2010, con las advertencias que en la misma se hace constar. Y para que sirva de notificación a Discosen’K, S.L. expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. SENTENCIA NÚMERO 226/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Óscar Roque Pérez, que comparece asistido por el Letrado don Isaías González Gordillo, y de otra como demandado la empresa Discosen’K, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. En nombre del Rey ha dictado la siguiente. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Óscar Roque Pérez frente a la empresa Discosen’K, S.L. además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 31.12.2009, además de extinguida la relación laboral que unía a la misma con la demandada con fecha de efectos del dictado de la presente resolución, y en su virtud, debo condenar y condeno expresamente a la empresa demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 32.185,00 euros, y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del despido hasta el día del dictado de la presente resolución, ambos inclusive, y que a razón de 50’93 euros diarios, hacen un total de 6.264,39 euros, debiendo mantenerlo en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios. Y debiendo en todo caso estar y pasar por la presente declaración y reconocimiento el Fogasa. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado, el importe integro de la condena en el banco Banesto cuenta numero 00301105-50-0000000000 al concepto 3487/0000/65/0275/10 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta corriente, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último deposito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO DE INSOLVENCIA 10.605 10.595 Procedimiento: Demanda 395/2006. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José María Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Gómez Guedes. Demandado: Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada, sobre Extinción de Contrato, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 395/2006. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José María Gómez Guedes. Demandado: Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Hago constar que se ha practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr. Magistrado. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Imperio Autocentro Canarias, S.L. en situación de insolvencia legal con carácter provisional por importe de 2.880,90 euros de principal. Insolvencia que se entenderá a todos 12843 los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0119-10 Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.572 10.596 Procedimiento: Demanda 1.027/2009. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: Antonia María González Machín. Demandados: Casas Arrecife 2005, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm. 1027/09 ejecución núm. 93/10, que en este Juzgado se siguen a instancia de Antonia María González Machín contra Casas Arrecife 2005, S.L., sobre Extinción de Contrato, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. 12844 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Y para que sirva de notificación a Casas Arrecife 2005, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a trece de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de febrero de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se despacha ejecución a instancia de Antonia María González Machín contra Casas Arrecife 2005, S.L., por un principal de 2.583,53 euros, más 155 euros de intereses provisionales y la de 258 euros de costas provisionales. Se requiere a la parte ejecutada a fin de que en el plazo máximo de 5 DÍAS proceda a efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, c.c.c. núm. 3487/0000/64/0093/10, abierta en Banesto, Sucursal de la C/ Triana, n° 120 de esta Ciudad. Expídase solicitud al Decanato a fin que informe sobre bienes titularidad del ejecutado. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido para evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así se acuerda, manda y firma por don Lorenzo Arístides Pérez Guerra el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.587 10.597 Procedimiento: Demanda 421/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Francisco Calderín Santana. Demandados: Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe) y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm. 421/08 ejecución núm. 353/09, que en este Juzgado se siguen a instancia de Francisco Calderín Santana contra Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe), sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a, Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe), expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a doce de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 421/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Francisco Calderín Santana. Demandados: Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe) y Fondo de Garantía Salarial. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Hago constar que se ha practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr. Magistrado. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe), en situación de insolvencia legal con carácter provisional por importe de principal 7.402,40 euros más 1.121,51 euros de intereses de mora. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la L.P.L. por medio de edicto insertando un extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art. 164 L.E.C.). Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0353-09. Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Lorenzo Arístides Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. 10.588 12845 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO EJECUCIÓN Y DECRETO 21/05/10 10.598 Procedimiento: Demanda 114/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Ignacio Ramírez del Pino. Demandados: Canarifonta, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Ignacio Ramírez Del Pino, contra Canarifonta, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Canarifonta, S.L. con domicilio desconocido expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 114/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Ignacio Ramírez del Pino. Demandados: Canarifonta, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2010. Por presentado el anterior escrito solicitando ejecución únase, dese a la copia su destino legal y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Ignacio Ramírez Del Pino contra Canarifonta, S.L., por un principal de 8.956,97 euros (de los cuales 1.272,74 euros en concepto de 12846 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 mora, más 800 euros de intereses provisionales y la de 800 euros de costas. Practíquense por la Sra. Secretario Judicial las actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes de la LPL. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación en los términos del art. 556 y ss. de la LEC. Así se acuerda, manda y firma por don Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, el Secretario, DIJO: Póngase certificación del Auto de insolvencia dictado con fecha anterior respecto de la ejecutada por el Juzgado de lo Social Número Nueve de esta ciudad, y que se constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en esta ejecución sin reiterar los trámites de averiguación de bienes, previo traslado por quince días que se confiere al ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial, para que puedan alegar o instar lo que a su derecho convenga y en su caso señalar la existencia de nuevos bienes. Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero notifíquese de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la LPL, por medio de edicto insertando un extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con la advertencia de que la siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art. 164 LEC). Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, c.c.c. 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000064026510, de Banesto. Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra el presente decreto dictado por el Secretario Judicial cabrá interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 00301846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000030011409. Así se acuerda, manda y firma por doña María Teresa Alonso García, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA 10.491 10.599 Procedimiento: Demanda 480/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Ernesto Rodríguez Déniz. Demandados: R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Ernesto Rodríguez Déniz, contra R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. con domicilio en Calle Monterrey 1 Las Palmas de Gran Canaria 35016, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a once de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 SENTENCIA NÚMERO 260/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, 11 de mayo de 2010. Vistos por mí, don Lorenzo Arístides Pérez Guerra, Magistrado Juez (Sustituto) del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, los precedentes autos número 480/2009 seguidos a instancia de Ernesto Rodríguez Déniz, frente a R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Ernesto Rodríguez Déniz, frente a R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y Fogasa, sobre reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 1.141,73 euros, por los conceptos de la demanda, más los intereses de mora procesal, de acuerdo a lo establecido en el fundamento tercero, debiendo el Fogasa a estar y pasar por tal declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y no cabe recurso alguno contra ella. Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. 10.492 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO RECTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.600 Procedimiento: Demanda 225/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Jorge Pedro Hernández Velázquez. Demandados: Corman Zona Canarias, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe). En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Jorge Pedro Hernández Velázquez, contra Corman Zona Canarias, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe), sobre Cantidad, 12847 por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Corman Zona Canarias, S.L. y Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe) con domicilio en Calle Josefina Mayor 11-A Polg. Industrial El Goro, Telde 35200 y Calle Las Palmas de Gran Canaria, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 225/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Jorge Pedro Hernández Velázquez. Demandados: Corman Zona Canarias, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe). En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 2010. Dada cuenta, visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se rectifica la Sentencia de fecha 6 de abril de 2010 en el encabezado, en la fundamentación jurídica y en el fallo, en el sentido incluir a la codemandada Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe), quedando el resto de los pronunciamientos en sus propios términos. Notifíquese la presente resolución a las Empresas codemandadas y la Sentencia a Construcciones Industriales de Tenerife, S.A. a través del B.O.P. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe hacer valer los mismos medios de impugnación que contra la Resolución afectada por la presente. 12848 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así lo acuerda, manda y firma don Lorenzo Arístides Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 10.493 10.601 Procedimiento: Demanda 1.271/2009. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José Antonio Acuña Arias. Demandados: Iberma Pesquera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de José Antonio Acuña Arias contra Iberma Pesquera S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Extinción de Contrato, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Iberma Pesquera, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 1.271/2009. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José Antonio Acuña Arias. Demandados: Iberma Pesquera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que se ha seguido proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa, habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia, con carácter provisional. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Procede ejecutar la Sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Iberma Pesquera Sucursal en España, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 18.824,49 euros de principal, y archivar las actuaciones una vez firme la presente resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0159-10 Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 10.494 10.602 Procedimiento: Demanda 1.078/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Sebastián Agustín Rivero Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Quintana. Demandados: Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Sebastián Agustín Rivero Quintana contra Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Cristóbal Ramírez Olivares, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 1.078/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Sebastián Agustín Rivero Quintana. Demandados: Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que se ha seguido proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa, habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia, con carácter provisional. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Procede ejecutar la Sentencia firme indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas 12849 las circunstancias concurrentes en las presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 730,27 euros de principal más 113,56 euros de intereses moratorios, y archivar las actuaciones una vez firme la presente resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0156-10 Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA 10.495 10.603 Procedimiento: Demanda 1.425/2008. Materia: Cantidad. Demandantes: Carlos Guillermo Vaca García, Juan Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez Rodríguez y José Gildardo Botina Muñoz. Demandados: Infella Canarias, S.L. e Inmaculada Concepción Peña Sanz. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Carlos Guillermo Vaca García, Juan Guerrero Racero, José 12850 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Gildardo Botina Muñoz y Sebastián Rodríguez Rodríguez, contra Infella Canarias, S.L., sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Infella Canarias, S.L. con domicilio en Calle Francisco Hernández González b-1p 18 San Fernando Maspalomas. San Bartolomé De Tirajana, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 114/2010 En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de marzo de 2010. Vistos por mi, don Lorenzo Arístides Pérez Guerra, Magistrado-Juez (sustituto) del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, los precedentes autos número 1.425/2008, seguidos a instancia de Carlos Guillermo Vaca García, Juan Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez Rodríguez y José Gildardo Botina Muñoz contra Infella Canarias, S.L. sobre Cantidad. FALLO: Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Carlos Guillermo Vaca García, Juan Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez Rodríguez y José Gildardo Botina Muñoz frente a Infella Canarias, S.L. sobre reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a: Carlos Guillermo Vaca García, 1.800 euros. Juan Guerrero Racero, 2.500 euros. Sebastián Rodríguez Rodríguez, 1.100 euros. José Gilardo Botina Muñoz, 3.600 euros por los conceptos de la demanda, más los intereses de mora procesal, de acuerdo a lo establecido en el fundamento tercero, debiendo el Fogasa a estar y pasar por tal declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los Art. 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la Entidad Bancaria Banesto; Entidad: 0030; Oficina: 1105 de la Calle Triana, 120 de Las Palmas de Gran Canaria, en la Cuenta de este Juzgado Número: 3487/0000/65/1425/08 o, presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.496 10.604 Procedimiento: Demanda 906/2009. Materia: Despido. Demandante: Antonio Bernal Macías. Demandados: Grull Jakob Martin Ludwig y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm. 906/09 ejecución núm. 262/10, que en este Juzgado se siguen a instancia de Antonio Bernal Macías contra Grull Jakob Martin Ludwig, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Y para que sirva de notificación a Grull Jakob Martin Ludwig, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 906/2009. Materia: Despido. Demandante: Antonio Bernal Macías. Demandados: Grull Jakob Martin Ludwig y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canana, a 18 de mayo de 2010. Por presentado el anterior escrito solicitando ejecución únase, dese a la copia su destino legal y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Antonio Bernal Macías contra Grull Jakob Martin Ludwig, por un principal de 21.094,8 euros, más 1.265 euros de intereses provisionales y la de 2.109 euros. Practíquense por la Sra. Secretario Judicial las actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes de la LPL. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación en los términos del art. 556 y ss. de la LEC. Así se acuerda, manda y firma por Lorenzo Arístides Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. 12851 DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, el Secretario, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y con su resultado se acordará. Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero notifíquese de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la LPL, por medio de edicto insertando un extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con la advertencia de que la siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art. 164 LEC). Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, c.c.c. 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000064026210, de Banesto. Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra el presente decreto dictado por el Secretario Judicial cabrá interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 00301846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000030026210. Así se acuerda, manda y firma por doña María Teresa Alonso García Secretaria del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 10.497 10.605 Procedimiento: Demanda 606/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Rafael Rodríguez Ramírez. 12852 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Demandados: Impro explotaciones, S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L. y Fogasa. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Rafael Rodríguez Ramírez contra Impro explotaciones, S.L., Obras y Gestión Insulares, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Impro explotaciones, S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 606/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Rafael Rodríguez Ramírez. Demandados: Impro explotaciones, S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L. y Fogasa. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Hago constar que se ha practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr. Magistrado. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar a los ejecutados Impro Explotaciones, S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L. en situación de insolvencia legal con carácter provisional por importe de 1.622,76 euros de principal, más 327,66 euros de intereses de mora. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0456-09 Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 10.498 10.606 Procedimiento: Demanda 75/2007. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José María Gómez Guedes. Demandada: Imperio Autocentro Canarias, S.L. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias, S.L., sobre Extinción de Contrato, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Y para que sirva de notificación a imperio Autocentro Canarias, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 75/2007. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: José María Gómez Guedes. Demandada: Imperio Autocentro Canarias, S.L. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010 Hago constar que se ha practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr. Magistrado. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA 12853 Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487-0000-30-0116-10 Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este Auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 24/05/10 10.499 10.607 Procedimiento: Demanda 1.049/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Antonio Abreu Hernández. Demandados: Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Antonio Abreu Hernández, contra Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Autocentro Canarias, S.L en situación de insolvencia legal con carácter provisional por importe de 2.024,53 euros de principal, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, y precédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Y para que sirva de notificación a Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. con domicilio desconocido expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de dos mil diez. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. 12854 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L., a los fines de la presente ejecución por importe de 4.356,82 euros (de los cuales 541,14 euros en concepto de mora). Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra ¡a misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000030104908. Así se acuerda, manda y firma por don Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 24/05/10 10.502 10.608 Procedimiento: Demanda 1.283/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Francisco Manuel Santos Ruiz. Demandados: Provicasa 500, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Francisco Manuel Santos Ruiz, contra Provicasa 500, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Provicasa 500, S.L. con domicilio desconocido expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 1.283/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Francisco Manuel Santos Ruiz. Demandados: Provicasa 500, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Provicasa 500, S.L., a los fines de la presente ejecución por importe de 3.890 euros (de los cuales 480,74 euros en concepto de mora). Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa además que iodo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000030128308. Así se acuerda, manda y firma por don Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Ante mí. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO INSOLVENCIA 20/05/10 10.503 10.609 Procedimiento: Demanda 812/2007. Materia: Cantidad. Demandante: Yaiza Cristina Ortega Arbelo. Demandados: Luisdican Multiprecios, S.L., Orlyimport, S.L. y Fogasa. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Yaiza Cristina Ortega Arbelo, contra Orlyimport, S.L., Fogasa y Luisdican Multiprecios, S.L., sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Orlyimport, S.L. y Luisdican Multiprecios, S.L. con domicilio desconocido expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. 12855 AUTO Procedimiento: Demanda 812/2007. Materia: Cantidad. Demandante: Yaiza Cristina Ortega Arbelo. Demandados: Luisdican Multiprecios, S.L., Orlyimport, S.L. y Fogasa. Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 2010. Hago constar que se ha practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr. Magistrado. Doy fe. En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 2010. Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de común y general aplicación al procedimiento. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Luisdiscan Multiprecios, S.L. y Orlyimport, S.L. en situación de insolvencia legal con carácter provisional por importe de 2.693,43 euros (de los cuales 448,90 euros en concepto de mora). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe formular Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000030081207. Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia. 10.504 12856 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.610 Procedimiento: Demanda 561/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Mohamed Bouzalmad. Demandados: Pastelería Vecindario, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Mohamed Bouzalmad, contra Pastelería Vecindario, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Pastelería Vecindario, S.L. con domicilio en Avenida Canarias, número 429 - Santa Lucía de Tirajana -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 309/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 561/2009, seguidos a instancia de Mohamed Bouzalmad, representado por el letrado Eulogio Conde García, frente a Pastelería Vecindario, S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Mohamed Bouzalmad, frente a Pastelería Vecindario, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 7.218 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración y sin que haya lugar a condenar a la demandada al pago de cantidad alguna en concepto de mora en el pago de salarios de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0561/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. 10.505 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.611 Procedimiento: Demanda 543/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Pilar Romero Vega. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Demandados: Partner Hotels and INSS, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Pilar Romero Vega, contra Partner Hotels and INSS, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Partner Hotels and INSS, S.L. con domicilio en Avenida de Italia, número 21 (Playa del Inglés) - San Bartolomé de Tirajana -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 308/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 543/2009, seguidos a instancia de Pilar Romero Vega, representada por la letrada Beatriz Trujillo Sánchez, frente a Partner Hotels and INSS, S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Pilar Romero Vega, frente a Partner Hotel and INSS, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 3.024,16 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración y sin que haya lugar a condenar a la demandada al pago de cantidad alguna en concepto de mora en el pago de salarios 12857 de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0543/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.506 10.612 Procedimiento: Demanda 591/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Pedro Hernández Monzón. Demandados: El Tribunal, S.A. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Pedro 12858 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Hernández Monzón, contra El Tribunal, S.A. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a El Tribunal, S.A. con domicilio en Urbaniz. El Madroñal, Santa Brígida, KM. 41,23, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 318/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 591/2009, seguidos a instancia de Pedro Hernández Monzón, asistido por el letrado Bruno Armas Domínguez, frente a El Tribunal, S.A. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Pedro Hernández Monzón, frente a El Tribunal, S.A. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 3.478,50 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando así mismo a la demandada al abono de los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, Sucursal de Triana número 120, Las Palmas de Gran Canaria, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 00301105-50-0000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0591/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.536 10.613 Procedimiento: Demanda 531/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Juan Pedro Márquez Méndez. Demandados: Detralquil Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Juan Pedro Márquez Méndez, contra Detralquil Canarias, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Y para que sirva de notificación de sentencia a Detralquil Canarias, S.L. con domicilio en calle Los Tenderetitos, número 60 - San Bartolomé de Tirajana -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si e! receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 307/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 531/2009, seguidos a instancia de Juan Pedro Márquez Méndez, representado por el letrado Eulogio Conde García, frente a Detralquil Canarias, S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Juan Pedro Márquez Méndez, frente a Detralquil Canarias, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 1.333 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración y sin que haya lugar a condenar a la demandada al pago de cantidad alguna en concepto de mora en el pago de salarios de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. 12859 Diligencia de Publicación. La extiendo yo el Sr. Secretario para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.537 10.614 Procedimiento: Demanda 623/2008. Materia: Despido. Demandante: Djau Adulai. Demandados: Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y Fogasa. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Djau Adulai, contra Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y Fogasa, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G con domicilio en calle Víctor Hugo, Esqu. León y Castillo, número 2 - Las Palmas de Gran Canaria -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 314/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia, ha visto los precedentes autos número 623/2008, seguidos a instancia de Djau Adulai, asistido por el letrado Pedro 12860 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Macias Rodríguez, frente a Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G, y Fogasa, que no comparecen pese a estar citados en forma, sobre Despido. FALLO: Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Djau Adulai, frente a Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y Fogasa, sobre Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido producido el 30/4/08, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración, y a que a su opción, readmita al actor, en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al Despido, o bien le indemnice con la suma de 800,33 euros, debiendo abonar en ambos casos los salarios de tramitación desde el día siguiente al de la fecha de Despido y hasta la notificación de la presente sentencia, a razón del salario/día declarado probado en el hecho primero, y manteniéndoles en situación de alta en la Seguridad Social durante el correspondiente periodo; debiendo advertir por último a la empresa demandada que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión, condenando asimismo al Fogasa a estar y pasar por la presente declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, Sucursal de Triana número 120, Las Palmas de Gran Canaria, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0623/08 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canarias. Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrada que la suscribe, en el día de su fecha y en audiencia pública. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.538 10.615 Procedimiento: Demanda 527/2009. Materia: Derechos. Demandante: Miguel Ángel Casado Rodríguez. Demandados: Promotafe Grupo Dunas, S.L. Tourin Europeo, S.A. Steigenberger Hotel AG/Zurich y geschellscha indunstriegebit En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de MIGUEL ÁNGEL CASADO RODRÍGUEZ, contra Tourin Europeo, S.A. y Otros, sobre Derechos, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Steigenberger Hotel AG/Zurich y Geschellscha Indunstriegebit, S.L. con domicilio en Barranco La Verga, S/N - Mogán -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 306/2010 En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos número 527/2009, seguidos a instancia de Miguel Ángel Casado Rodríguez, asistido por la letrada Mirla Aldeguer Martín, frente a Tourin Europeo, S.A., representado por el letrado Juan José Quintana, Promotafe Grupo Dunas, S.L., representado por la letrada Olga Fresno, Steigenberger Hotel AG/Zurich y Geschellscha Indunstriegebit, S.L., que no comparecen, sobre demanda de derechos. FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Miguel Ángel Casado Rodríguez, frente a Tourin Europeo, S.A., Promotafe Grupo Dunas, S.L., Steigenberger Hotel AG/Zurich y Geschellscha Indunstriegebit, S.L., sobre demanda de Derechos, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra, las cuales son expresamente desestimadas. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Magistrada Juez que la suscribe en el día de su fecha y estando celebrando audiencia pública. Doy fe. 10.539 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.616 Procedimiento: Demanda 582/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Juana Rosa Santana Santiago. Demandados: Cueva Pirata Grill, S.L., María Belén García Duque y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha 12861 cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Juana Rosa Santana Santiago, contra Cueva Pirata Grill, S.A., María Belén García Duque y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Cueva Pirata Grill, S.A. y María Belén García Duque, con domicilio en calle Guayres, número 2 (Patalavaca), Mogán y Avda. Joaquín Blanco Torrent, número 4 Mogán -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 313/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 582/2009, seguidos a instancia de Juana Rosa Santana Santiago, representada por la letrada Elsa Toledo Medina, frente a Cueva Pirata Grill, S.A., María Belén García Duque y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Juana Rosa Santana Santiago, frente a Cueva Pirata Grill, S.L., María Belén García Duque y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a las empresas demandadas a que abonen a la parte actora de forma solidaria la cantidad de 965,34 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando así mismo a la demandada al abono de los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser 12862 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.540 10.617 Procedimiento: Demanda 581/2009. Materia: Cantidad. Demandante: María Pino Romero Cabrera. Demandados: González Pérez Agustín, S.L.N.E. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de María Pino Romero Cabrera, contra González Pérez Agustín, S.L.N.E. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a González Pérez Agustín, S.L.N.E. con domicilio en calle Alféreces Provisionales, número 11 - SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 312/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 581/2009, seguidos a instancia de María Pino Romero Cabrera, representada por el letrado Mario García Suarez, frente a González Pérez Agustín, S.L.N.E. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por María Pino Romero Cabrera, frente a González Pérez Agustín, S.L.N.E. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 4.474,26 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando así mismo a la demandada al abono de los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0581/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.541 10.618 Procedimiento: Demanda 579/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Julián Martín Esteban. Demandados: Cueva Pirata Grill, S.L., María Belén García Duque y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Julián Martín Esteban, contra Cueva Pirata Grill, S.A., María Belén García Duque y Otro, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Cueva Pirata Grill, S.A. y María Belén García Duque con domicilio en calle Guayre, número 2 (PATALAVACA) - Mogán - y Avda. J. Blanco Torrent, número 4 - Mogán -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. 12863 SENTENCIA NÚMERO 311/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 579/2009, seguidos a instancia de Julián Martín Esteban, representado por la letrada Elsa Toledo Medina, frente a Cueva Pirata Grill, S.A., María Belén García Duque y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Julián Martín Esteban, frente a Cueva Pirata Grill S.L., María Belén García Duque y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a las empresas demandadas a que abonen a la parte actora de forma solidaria la cantidad de 1.930,85 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando así mismo a la demandada al abono de los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0579/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. 12864 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA 10.542 10.619 Procedimiento: Demanda 567/2009. Materia: Cantidad. Demandante: María Castells Presa. Demandados: Actos, Eventos y Producciones, S.L. y Fondo de Garantía Salarial En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de María Castells Presa, contra Actos, Eventos y Producciones, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación de sentencia a Actos, Eventos y Producciones, S.L. con domicilio en calle Buenos Aires, número 8, 4º B - Las Palmas de Gran Canaria -, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se ¡e encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA NÚMERO 310/2010 En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes autos número 567/2009, seguidos a instancia de María Castells Presa, representada por el letrado Víctor Falcón Pérez, frente a Actos, Eventos y Producciones, S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por María Castells Presa, frente a Actos, Eventos y Producciones, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 5.220,84 euros, por los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando así mismo a la demandada al abono de los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número 3488/0000/65/0567/09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la citada cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ARRECIFE 10.543 EDICTO CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL 10.620 Procedimiento: Despidos/Ceses en General 322/2010. Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Thomas Bryant Cerezo. Demandados: Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L., Transglobal Internacional Acquisitions, S.L. y Victory Properties, S.L. Doña Amparo Gómez López, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social Número Tres de Arrecife. HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el número 322/2010, en materia de Despido Disciplinario, a instancia de Thomas Bryant Cerezo, contra Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L., Transglobal Internacional Acquisitions, S.L. y Victory Properties, S.L., por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 06.07.10, a las 11:00 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Asimismo se le requiere para que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como que aporte la documental que se indica en la demanda, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L., Transglobal Internacional Acquisitions, S.L. y Victory Properties, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Arrecife, a tres de junio de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este 12865 Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. LA SECRETARIA. EDICTO 10.643 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.621 En virtud de lo acordado por la Secretaria de este Juzgado doña Amparo Gómez López, en el Juicio número 345/2010, seguido a instancia de Mohamed Bouilla, contra Restauraciones Tinolanz, S.L., se cita a Vd., para que el día 07.07.10, a las 12:45 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Restauraciones Tinolanz, S.L., expido la presente en Arrecife, a cuatro de junio de dos mil diez. EL SECRETARIO. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.733 10.622 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 395/2010, seguido a instancia de David Ramos Gutiérrez, contra Casas Arrecife 2005, S.L. 12866 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 y Fondo de Garantía Salarial, se cita a Vd., para que el día 01.03.11, a las 11:10 horas, comparezcan ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita a los Representantes Legales de las empresas demandadas a que comparezcan en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar a los Representantes Legales de las empresas Casas Arrecife 2005, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.573 10.623 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 523/2010, seguido a instancia de Emilio Ramón Ramírez Alejandro, contra Cofecpro, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, se cita a Vd., para que el día 21.06.10, a las 09:30 horas, comparezcan ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita a los Representantes Legales de las empresas demandadas a que comparezcan en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar a los Representantes Legales de las empresas Cofecpro, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.576 10.624 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 482/2009, seguido a instancia de Mutua Balear de Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. número 183, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Construcciones Efequen 2001, S.L., se cita a Vd., para que el día 15.03.11, a las 09:15 horas, comparezcan ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita a los Representantes Legales de las empresas demandadas a que comparezcan en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar a los Representantes Legales de las empresas Instituto Nacional de la Seguridad Social y Construcciones Efequen 2001, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.577 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.625 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 943/2006, seguido a instancia de José Miguel Germán de la Cruz, contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., Hermanos Santana Cazorla, S.L., Mafre Seguros, San Gregorio 2.000, S.L., Eguren Ascensores, S.A. y Alenhos Cerrajeros, S.L., se cita a Vd., para que el día 16.11.10, a las 11:45 horas, comparezcan ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita a los Representantes Legales de las empresas demandadas a que comparezcan en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar a los Representantes Legales de las empresas Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., Hermanos Santana Cazorla, S.L., Mafre Seguros, San Gregorio 2.000, S.L., Eguren Ascensores, S.A. y Alenhos Cerrajeros, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.582 10.626 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 96/2009, seguido a instancia de Agapito Santiago Aguiar, contra Construcciones Lisote, S.L., Palmacana, S.L., La Estrella, S.A. y Winterthur Seguros Generales, S.A., se cita a Vd., para que el día 14.06.10, a las 11:10 horas, comparezcan ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta 12867 de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita a los Representantes Legales de las empresas demandadas a que comparezcan en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar a los Representantes Legales de las empresas Construcciones Lisote, S.L., Palmacana, S.L., La Estrella, S.A. y Winterthur Seguros Generales, S.A., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.683 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.627 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 498/2009, seguido a instancia de Manuel Jesús Santana Caballero, contra Armonía Lusa, S.L., se cita a Vd., para que el día 15.03.11, a las 09:45 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición 12868 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Armonía Lusa, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.677 10.628 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 201/2009, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción, contra Gareisca, S.L., se cita a Vd., para que el día 08.02.11, a las 11:50 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Gareisca, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.678 10.629 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 633/2008, seguido a instancia de Vicente Aridane García Curquejo, contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., se cita a Vd., para que el día 26.10.10, a las 12:00 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.679 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.630 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 311/2009, seguido a instancia de Alba María Sanabria Plata, contra Marpaju, S.L., se cita a Vd., para que el día 05.04.11, a las 09:00 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Marpaju, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.680 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.631 En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio número 163/2009, seguido a instancia de Einar Logi Einarsson, contra Mareari, S.L., se cita a Vd., para que el día 08.02.11, a las 11:10 horas, comparezca ante este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta de asistencia de las partes y que las mismas deben concurrir a dichos actos con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Al propio tiempo se cita al Representante Legal de la empresa demandada a que comparezca en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos de la demanda y se le requiere para que aporte recibo de salarios o nóminas de pagos correspondientes al demandante así como el Libro de Matrícula. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Y para citar y entregar al Representante Legal de la empresa Mareari, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.681 AUTO 10.632 Procedimiento: Demanda 1.166/2008. Materia: Cantidad. Demandante: José María Santana Suárez. 12869 Demandados: Periódicos y Ediciones Islas Canarias, S.L., Periódicos y Revistas de las Islas Canarias, S.L. y Salatin Servicios, S.L.U. En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Dada cuenta, por presentado el anterior escrito únase y dese a la copia su destino legal. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación, S.S.I., por ante mí como Secretario, dijo: Que debía tener y tiene por desistido a José María Santana Suárez de su demanda contra Periódicos y Ediciones Islas Canarias, S.L., Periódicos y Revistas de las Islas Canarias, S.L. y Salatin Servicios, S.L.U., sobre Cantidad; origen de las presentes actuaciones, las cuales se archivarán sin más trámite dejando nota en el Libro de Registro correspondiente. Póngase testimonio de la presente Resolución en autos y archívese la misma en el Libro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499/0000/30/1166/08. Así lo acuerda, manda y firma el Magistrado-Juez Javier R Díez Moro del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe Ante mí. 10.574 AUTO 10.633 Procedimiento: Demanda 1.024/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Mario Jesús Pérez Sosa. 12870 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Demandados: Alacandon Atlántida, S.L., Interservicios Mbc, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales mencionados, y demás de general aplicación. DISPONGO Archivar la demanda presentada por Mario Jesús Pérez Sosa, contra Alacandon Atlántida, S.L., Interservicios Mbc, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en materia de Cantidad. Notifíquese esta resolución a quién presentó la demanda y a los que en la misma figuraban como demandados a los meros efectos de su conocimiento, advirtiéndoles que frente a la misma cabe Recurso de Reposición en el plazo de CINCO DÍAS contados a partir de su notificación. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499/0000/30/1024/08. Así lo manda y firma S.Sª. Ilma don Javier R Díez Moro, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LPL, doy fe. 10.575 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.634 Procedimiento: Demanda 1.034/2009. Materia: Despido. Demandante: Esther Gloria Pulido López. Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Esther Gloria Pulido López, contra Kanarische Hightlights, S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Kanarische Hightlights, S.L. con domicilio en No Consta, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 1.034/2009. Materia: Despido. Demandante: Esther Gloria Pulido López. Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010 Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Esher Pulido López contra Kanarische Higtlights, S.L., por un principal de 12.177,01 euros, más 487,08 euros de intereses provisionales y la de 1217,70 euros de costas provisionales. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del artículo 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así se acuerda, manda y firma por don Javier R Díez Moro el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010 Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario: PARTE DISPOSITIVA Constando dictada la Insolvencia de la empresa ejecutada en los autos de ejecución que se siguen en el Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas bajo el número de ejecución 150/09, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante por CINCO DÍAS a fin de dictar la oportuna Insolvencia. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso Directo de Revisión ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499/0000/30.99.2010. Así se acuerda, manda y firma por don Ismael Cubero Truyo el Secretario del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. 10.579 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.635 Procedimiento: Demanda 1.306/2009. Materia: Despido. Demandante: María Delia Oliva Álamo. Demandados: Woerman del Istmo, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, 12871 que en este Juzgado se siguen a instancia de Dña. María Delia Oliva Álamo, contra Woerman del Istmo, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Woerman del Istmo, S.L. con domicilio en calle Gran Canaria Esquina Eduardo Benot 1 plta. baja Las Palmas de Gran Canaria 35008, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. AUTO Procedimiento: Demanda 1.306/2009. Materia: Despido. Demandante: María Delia Oliva Álamo. Demandados: Woerman del Istmo, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2010. Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes: Y vistos, además de los citados, los preceptos legales de general y pertinente aplicación, SE ACUERDA: 1. Declarar extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de esta resolución. 2. Condenar a la parte demandada Woerman del Istmo, S.L. y al Fondo de Garantía Salarial a que abonen a la parte actora María Delia Oliva Álamo, la cantidad de 6.055,82 euros en concepto de indemnización. 3. Condenar a la expresada parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 45,65 euros en conceptos de salarios de tramitación desde la fecha de notificación de la sentencia hasta la fecha de este auto y que, sumados a los debidos hasta la notificación de la sentencia, da la cantidad total de 8.445,25 euros. 12872 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499/0000/30/0155/10. Así lo acordó, mandó y firma don Javier R Díez Moro, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de esta Ciudad y su Provincia. Doy fe. Diligencia. Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 LPL. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.580 10.636 Procedimiento: Ejecución Semac 111/2009. Materia: Ejecución Semac. Demandante: Arnold Dadpaas Cadangan. Demandado: Santa María Ortigosa, S.L. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Arnold Dadpaas Cadangan, contra Santa María Ortigosa, S.L., sobre Ejecución Semac, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Santa María Ortigosa, S.L. con domicilio en calle Franchy Roca 53 Las Palmas de Gran Canaria, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Visto lo que antecede, y como resulta de los siguientes Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, DECRETO Se declara al ejecutado Santa María Ortigosa, S.L. en situación de Insolvencia con carácter Provisional por un importe de 3.000 Euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a la parte actora a los efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite compareciendo en esta Secretaría para su retirada. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Expídase testimonio del presente para su unión a los autos, quedando el original en el legajo de Ejecuciones. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión ante el Magistrado-Juez competente, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES a constar desde el siguiente a la notificación de la presente. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente recurrir en reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499/0000/31/0111/09. Así se acuerda, manda y firma por don Ismael Cubero Truyo, Secretario del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas. Doy fe. 10.581 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.637 Procedimiento: Demanda 134/2010. Materia: Despido. Demandante: Jeniffer Sosa Hernández. Demandados: Repuestos Carfal, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Jeniffer Sosa Hernández, contra Repuestos Carfal, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, sentencia, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Repuestos Carfal, S.L. con domicilio desconocido, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. SENTENCIA En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 29 de marzo de 2010. Don José Juan Ramos Campodarve Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro del Juzgado y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de Despido entre parte, de una Jennifer Sosa Hernández, que comparece asistido por el Graduado Social don Jesús Rodríguez Cabrera, y de otra como demandado la empresa Repuestos Carfal, S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal. EN nombre del Rey Ha dictado la siguiente FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Jennifer Sosa Hernández frente a la 12873 empresa Repuestos Carfal, S.L. además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente el Despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos de 21.12.2009, además de extinguida la relación laboral que unía al actor con la misma con fecha de efectos del dictado de la presente resolución, y en su virtud, debo condenar y condeno expresa y únicamente a la empresa demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 930,89 euros, y además, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados de percibir por éste desde el día siguiente al del Despido hasta el día del dictado de la presente resolución, ambos inclusive, y que a razón de 41,26 euros diarios, hacen un total de 4.043,48 euros, debiendo mantenerlo en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar por la presente declaración y reconocimiento el Fogasa, y absolviendo a las restantes codemandadas. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe Recurso de Suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de esta Sentencia, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1105, y al concepto clave 3499/0000/65/0134/10. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer Recurso de Suplicación, deberá efectuar un depósito de 150,25 euros, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente su hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha, 12874 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 estando celebrando audiencia pública, ante mí el Secretario, de lo que doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.472 10.638 Procedimiento: Demanda 1.290/2009. Materia: Despido. Demandante: Braulio Suárez Rodríguez. Demandados: Serviautos Las Palmas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Braulio Suárez Rodríguez, contra Serviautos Las Palmas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Serviautos Las Palmas, S.L. con domicilio en calle Lomo Apolinario 30 Las Palmas de Gran Canaria 35014, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. DILIGENCIA Procedimiento: Demanda 1.290/2009. Materia: Despido. Demandante: Braulio Suárez Rodríguez. Demandados: Serviautos Las Palmas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Diligencia de Ordenación del Secretario don Ismael Cubero Truyo. En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010. Visto el estado de las actuaciones y del contenido de la comparecencia celebrada en el día de la fecha, requiérase a la empresa ejecutada en los términos acordados en la comparecencia celebrada en éste día con el particular del siguiente tenor literal: “…. no obstante lo cual al no acreditarse el cese de la actividad mercantil o el cierre patronal, no cabe anticipar la extinción indemnizada de la relación laboral, sino habrá de seguirse los trámites previstos en el artículo 280 L.P.L. y requerir a la demandada de readmisión en el plazo de TRES DÍAS, sirviendo la notificación de la presente de requerimiento en forma.” Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante el Secretario que suscribe, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES a constar desde el siguiente a la notificación de la presente. Así lo ordena y firma el Secretario que suscribe de lo que paso a dar cuenta y doy fe. EL SECRETARIO. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 10.510 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.639 Procedimiento: Demanda 986/2009. Materia: Despido. Ejecutante: José Carlos Medina Álvarez. Ejecutado: Explotaciones Los Frank,s, S.L. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de José Carlos Medina Álvarez, contra Explotaciones Los Frank,s, S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Explotaciones Los Frank,s, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana. AUTO Procedimiento: Demanda 986/2009. Materia: Despido. Ejecutante: José Carlos Medina Álvarez. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Ejecutado: Explotaciones Los Frank,s, S.L. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase y dese a la copia su destino legal. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la Secretaria, DIJO: Se despacha ejecución a instancia de José Carlos Medina Álvarez contra Explotaciones Los Frank,s, S.L. por 8.560,62 euros (2.133,78 euros de indemnización más 6.426,84 euros de salarios de tramitación), más 856 euros de intereses provisionales más 826 euros de costas provisionales. Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS, a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante este Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por don Miguel Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado de lo Social Número Cinco. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª. la Secretaria, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número 3500/0000/64/0986/09 Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo 12875 de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave número 3500/0000/64/0986/09. Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. 10.511 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.640 Procedimiento: Demanda 1.244/2009. Materia: Despido. Ejecutante: Miguel Ángel Pérez Álvarez. Ejecutado: Radio Juventud del Milenio, S.L. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Miguel Ángel Pérez Álvarez, contra Radio Juventud del Milenio, S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Radio Juventud del Milenio, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana. AUTO Procedimiento: Demanda 1.244/2009. Materia: Despido. Ejecutante: Miguel Ángel Pérez Álvarez. Ejecutado: Radio Juventud del Milenio, S.L. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase y dese a la copia su destino legal. 12876 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la Secretaria, DIJO: Se despacha ejecución a instancia de Miguel Ángel Pérez Álvarez contra Radio Juventud del Milenio, S.L. por 5.655,49 euros (3.356,44 euros + 2.299,05 euros). Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS, a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante este Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por don Miguel Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado de lo Social Número Cinco. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª la Secretaria, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número 3500/0000/64/1244/09. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave número 3500/0000/64/1244/09. Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. 10.512 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.641 Procedimiento: Demanda 1.161/2009. Materia: Despido. Ejecutante: Gheorghe Nacu Nacu. Ejecutado: Transportes Marítimos Perdomo Santana. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Gheorghe Nacu, contra Transportes Marítimos Perdomo Santana, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Transportes Marítimo Perdomo Santana, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana. AUTO Procedimiento: Demanda 1.161/2009. Materia: Despido. Ejecutante: Gheorghe Nacu Nacu. Ejecutado: Transportes Marítimos Perdomo Santana. Demandado: Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase y dese a la copia su destino legal. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la Secretaria, DIJO: Se despacha ejecución a instancia de Gheorghe Nacu contra Transportes Marítimos Perdomo Santana por 36.960 euros de principal (27.000 euros de indemnización más 9.960 euros de salarios de tramitación), más 3.696 euros de intereses provisionales y 3.696 euros de costas provisionales. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Se acuerda solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de poder oponerse en los términos del artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS, a constar desde el siguiente a la notificación de la presente ante este Juzgado. Así se acuerda, manda y firma por don Miguel Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado de lo Social Número Cinco. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª la Secretaria, DIJO: Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su resultado, se acordará. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número 3500/0000/64/1161/09. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente ante éste Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave número 3500/0000/64/1161/09. Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe. 10.513 12877 EDICTO 10.642 Procedimiento: Demanda 1.117/2009. Materia: Despido. Demandante: Genaro Cao Feijoo. Demandados: Bestdene Española, S.L., Contenemar, S.A., Asmar Corporación Logística, S.L., Administración Concursal de Contenemar, Terminales del Turia, S.A., Estibadores de Ponet, S.A., Terminales Contenedores de Vig. y Fogasa Doña María del Carmen García Corgo, Secretaria de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 1.117/2009, que se siguen en este juzgado a instancia de Genaro Cao Feijoo contra Bestdene Española, S.L., Contenemar S.A, Asmar Corporación Logística, S.L., Administración Concursal de Contenemar, S.A., Terminales del Turia, Estibadora Ponent, Terminal de Contenedores de Vilagarcía y el Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 5 de mayo de 2010. Vistos por mi, doña Raquel María Rivero Mentado, Magistrado Juez-Sustituta de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Cinco de los de Las Palmas y su Provincia, los precedentes autos número 1.117/2009, seguidos a instancia de Genaro Cao Feijoo que comparece representado por la Letrada doña Alba Arrizado Mosqueira frente a las empresas Bestdene Española, S.L. que comparece representada por el letrado don Rafael Inglott Pérez, la entidad Contenemar, S.A., la entidad Asmar Corporación Logística, S.L., Terminales del Turia, S.A., Estibadora De Ponent, S.A., Terminales de Contenedores de Vilagarcía, S.L., la Administración Concursal de Contenemar quienes no comparecen a pesar de estar debidamente citadas y Fogasa que comparece representada por el Letrado del Estado Don Enrique Moya Angeler, versando la litis sobre Despido atendiendo a los siguientes: FALLO: Que, estimando la demanda interpuesta por Zaida Santana Vera contra las empresas Bestdene Española, S.L.; Contenemar, S.A., la entidad Asmar Corporación Logística, S.L., Terminales del Turia, S.A., Estibadora de Ponent, S.A., Terminales de Contenedores de Vilagarcía, S.L., la Administración Concursal de Contenemar y Fogasa sobre Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido condenando a la entidad Bestdene Española, S.L. a estar y pasar 12878 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 por esta declaración, y a que, por tanto, readmita al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al cese, o bien le indemnice con la suma de 5.102,81 euros al ser computados 25 meses desde la fecha de antigüedad del trabajador (3-08-2007) hasta el día del Despido (09-09-2009); dicha opción habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes, desde la notificación de esta sentencia; para el caso en que la demandada no ejerciten ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la referida opción, debo condenar y condeno a la demandada a que, además abone al actor el importe de los salarios de tramitación desde el día siguiente a la fecha del Despido (09-09-2009) hasta la de la notificación de esta Sentencia, ambos inclusive, a razón de un salario diario de 54,43 euros/día con prorrateo de pagas extras. Asimismo, debo absolver al resto de las codemandadas de los pedimentos deducidos en su contra y condenar al expresado Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la referida cuenta bancaria, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustituta que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación a Estibadora Ponent, S.A. y Terminal de Contenedores de Vilagarcía en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.583 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.643 Procedimiento: Demanda 1.246/2009. Materia: Despido. Demandante: Vanessa Perera Santana. Demandados: Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia de Vanessa Perera Santana, contra Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto. Y para que sirva de notificación a Ana Belén Quintana V Can, S.L.U., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. AUTO Procedimiento: Demanda 1.246/2009. Materia: Despido. Demandante: Vanessa Perera Santana. Demandados: Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial. En Las Palmas de G.C., a 14 de mayo de 2010. Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes Y vistos, además de los citados, los preceptos legales de general y pertinente aplicación, SE ACUERDA: 1. Declarar extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de esta resolución. 2. Condenar a la parte demandada Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. (Grupo Salucion@) a que abone a la parte actora Vanesa Perera Santana, la cantidad de 1.170 euros en concepto de indemnización. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12879 3. Condenar a la expresada parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 7.878 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la cantidad total de 9.048 euros. aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Cinco de los de esta Ciudad y su Provincia. Doy fe. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.645 Procedimiento: Demanda 186/2009. Materia: Cantidad. Demandante: Leandro Javier Peña Cabrera. Demandados: Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía Salarial. Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS. Diligencia. Seguidamente se pasa a cumplir lo ordenado y se remite por correo con acuse de recibo copia de este auto para su notificación a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 LPL. Doy fe. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 10.589 CÉDULA DE CITACIÓN 10.644 Procedimiento: Demanda 232/2010. Materia: Despido. Demandante: Eduardo Gabriel Angella Serron. Demandados: Hostmanex, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio número 232/2010, que en este Juzgado se sigue a instancia de Eduardo Gabriel Angella Serron, contra Hostmanex, S.L., sobre Despido, por la presente se le cita a Vd., para que comparezca el día 11.06.10, a las 12:00 horas, a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y Juicio, bajo apercibimiento de que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse, y que si no comparece sin justa causa, se le tendrá por desistido y se procederá al archivo de las actuaciones sin más trámite. Y para que tenga lugar la citación ordenada de Hostmanex, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a siete de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle 10.918 Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 186/2009, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Leandro Javier Peña Cabrera, contra Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de junio de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Leandro Javier Peña Cabrera, contra Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 16.07.10, a las 10:05 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive 12880 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. instancias de Juan Francisco Roque Ruiz, contra Félix Falcón Miranda, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 2010, siendo la hora señalada y constituido en Audiencia Pública la Magistrado-Juez, doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, asistido de mí, don Lauro Arellano Martínez como Secretario, son llamadas las partes desde la puerta del Juzgado por el Agente Judicial, compareciendo: A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.649 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.646 Procedimiento: Demanda 662/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Juan Francisco Roque Ruiz. Demandados: Félix Falcón Miranda y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 662/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a ACTA De la actora: Juan Francisco Roque Ruiz, asistido por don Javier Jesús Armas Medina. De la demandada: Félix Falcón Miranda, no comparece y Fondo de Garantía Salarial, no comparece. Abierto el acto, se procede a la suspensión por no constar citado el demandado. En vista de lo cual S.Sª.I. acuerda la suspensión del acto señalando nuevamente para su celebración el próximo día 23.06.10, a las 11:10 horas, quedando citada las partes concurrentes en este mismo acto. Cítese al demandado a través del Servicio Común y del Boletín Oficial de la Provincia. Y extendida la presente es leída y firmada por los asistentes, en conformidad y constancia, con S.Sª.I. y conmigo como Secretario. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Félix Falcón Miranda, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a tres de junio de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.650 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.647 Procedimiento: Demanda 1.328/2008. Materia: Cantidad. Demandante: José Carlos González Mendoza. Demandados: Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 12881 HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 1.328/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de José Carlos González Mendoza, contra Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a doce de mayo de dos mil diez. AUTO Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por José Carlos González Mendoza, contra Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 27.10.10, a las 09:50 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Se requiere a la parte demandante para que en el plazo de CUATRO DÍAS y bajo apercibimiento de archivo aclare la demanda en el sentido de desglosar las horas extras reclamadas. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.718 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.648 Procedimiento: Demanda 831/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Adrián Socorro Nieves. Demandados: Canavision 2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 831/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Adrián Socorro Nieves, contra Canavision 2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Adrián Socorro Nieves, contra Canavision 2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso 12882 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:50 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0831-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Canavision 2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.720 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.649 Procedimiento: Demanda 810/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Sebastián Mendoza Santiago. Demandados: Mazotti, José Miguel Ortigosa Villén, Matías Hernández Gil, Vicente Caballero Sosa y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 810/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Sebastián Mendoza Santiago, contra Mazotti, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Sebastián Mendoza Santiago, contra José Miguel Ortigosa Villén, Matías Hernández Gil, Vicente Caballero Sosa, Fogasa y Mazotti, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:20 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Se requiere a la parte demandante para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS comparezca ante este Juzgado a ratificar su demanda, bajo apercibimiento de pararle el perjuicio a que dé lugar en derecho. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Requiérase a la parte demandante para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS aporte acreditación de la celebración o del intento del mismo acto de conciliación previa, bajo apercibimiento de que si no lo verifica se procederá al archivo de la demanda sin más trámite. Se requiere a la parte demandante para que dentro del plazo de CUATRO DÍAS aporte el domicilio de los Administradores Concursales, bajo apercibimiento de archivo de la demanda. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0810-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Mazotti, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.721 12883 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.650 Procedimiento: Demanda 821/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Marco Antonio Medina Vega. Demandados: Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 821/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Marco Antonio Medina Vega, contra Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Marco Antonio Medina Vega, contra Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:45 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo 12884 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0821-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.722 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.651 Procedimiento: Demanda 731/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Víctor Joaquín Araña Pérez. Demandados: Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 731/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Víctor Joaquín Araña Pérez, contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Víctor Joaquín Araña Pérez, contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:40 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0731-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.723 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.652 Procedimiento: Demanda 722/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Josef Paul Aretz Wolfgang. Demandados: Escuela de Música de Maspalomas, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 722/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Josef Paul Aretz Wolfgang, contra Escuela de Música de Maspalomas, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. 12885 Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Josef Paul Aretz Wolfgang, contra Escuela de Música de Maspalomas, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:30 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Se requiere a la parte demandante para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS comparezca ante este Juzgado a ratificar su demanda, bajo apercibimiento de pararle el perjuicio a que dé lugar en derecho. Asimismo se le requiere para que en el plazo de CUATRO DÍAS comparezca en este Juzgado para firmar la demanda, bajo apercibimiento de archivo. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos 12886 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0722-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Escuela de Música de Maspalomas, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.724 10.653 Procedimiento: Demanda 812/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Roberto González González. Demandados: Frarizan´z, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 812/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Roberto González González, contra Frarizan´z, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Roberto González González, contra Frarizan´z, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:25 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0812-08. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Frarizan´z, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.725 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.654 Procedimiento: Demanda 783/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Juan Carlos Tejera Palencia. Demandados: Formosa Dos, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 783/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Juan Carlos Tejera Palencia, contra Formosa Dos, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Juan Carlos Tejera Palencia, contra Formosa Dos, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:15 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. 12887 Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0783-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Formosa Dos, S.L. y Fogasa, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este 12888 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.726 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.655 Procedimiento: Demanda 473/2010. Materia: Mov. Geog. y Funcional. Demandante: Lidia Pérez García. Demandados: Capross 2004, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 473/2010, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Lidia Pérez García, contra Capross 2004, S.L., sobre Mov. Geog. y Funcional, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Lidia Pérez García, contra Capross 2004, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Mov. Geog. y Funcional. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 01.07.10, a las 09:35 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0473-10. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Capross 2004, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.727 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.656 Procedimiento: Demanda 1.103/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Tony Blanden. Demandados: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Wow Gran Canaria, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 1.103/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Tony Blanden, contra Wow Gran Canaria, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por Tony Blanden, contra Wow Gran Canaria, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 23.06.10, a las 10:40 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. 12889 Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Wow Gran Canaria, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.584 10.657 Procedimiento: Demanda 871/2008. Materia: Cantidad. Demandante: José María Bordón Jimenes. Demandados: Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis. HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 871/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de José María Bordón Jimenes, contra Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010. Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el Libro de su razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación 12890 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 DISPONGO Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por José María Bordón Jimenes, contra Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las 10:55 horas; haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave 3509-0000-30-0871-08. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.593 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.658 Procedimiento: Demanda 304/2009. Materia: Despido. Demandante: Antonio José Hernández Navarro. Demandados: Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 304/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Antonio José Hernández Navarro contra Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, S.L., sobre Despido, se ha dictado la siguiente resolución DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y: Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara al ejecutado Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, S.L. en situación de Insolvencia con carácter Provisional y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Expídanse testimonios de las actuaciones y procédase Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Así se acuerda, manda y firma por don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. EL SECRETARIO. Y para que sirva de notificación en legal forma a Transporte Y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.590 10.659 Procedimiento: Demanda 373/2009. Materia: Extinción de Contrato. Demandante: Olga Lucía Quiroz Quiroz. Demandados: Partner Hotels & INSS, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 373/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Olga Lucía Quiroz Quiroz contra Partner Hotels & INSS, S.L., sobre Extinción de Contrato, se ha dictado la siguiente resolución AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y: Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional de empresa Partner Hotels INSS, S.L., a los fines de la presente ejecución. Expídanse testimonios de las actuaciones y verificado, procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra 12891 la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Partner Hotels & INSS, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a tres de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.591 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.660 Procedimiento: Demanda 76/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Ruth Montesdeoca Suárez. Demandados: Cba Supervisores, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 76/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Ruth Montesdeoca Suárez contra Cba Supervisores, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución DILIGENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente procedimiento en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los requisitos formales del título en base al cual se pretende la ejecución, y de que con número de ejecución 86/2006 del Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa habiéndose ya dictado auto declarando la Insolvencia. Doy fe. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2010. 12892 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. PARTE DISPOSITIVA Se declara al ejecutado Cba Supervisores, S.L. en situación de Insolvencia con carácter Provisional y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Expídanse testimonio de las actuaciones y procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial. Así se acuerda, manda y firma por don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LPL, doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Cba Supervisores S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.592 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.661 Procedimiento: Demanda 790/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Francisco Castellano Padilla. Demandados: Carmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 790/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián Ortega, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la adjunta Sentencia. Y para que sirva de notificación en legal forma a Carmen Melián Ortega, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que resistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2010. Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas. En nombre del Rey ha dictado la siguiente Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las Palmas, con el número 790/08 siendo partes de una y como demandante Francisco Castellano Padilla y de otra y como demandada la empresa Carmen Melián Ortega, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial versando el proceso sobre Cantidad. FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián Ortega, S.L. y en su virtud condeno a la empresa demandada a que pague al actor la cantidad de 2.767,67 euros. Se condena al Fogasa a estar y pasar por la anterior declaración. Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. La demandada recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad objeto de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes referenciada indicando a continuación el número y año del procedimiento. Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo que doy fe. 10.594 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.662 Procedimiento: Demanda 747/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Elena Torres Castellano. Demandados: Industria Panificadora Socorro, S.L. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 747/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Elena Torres Casetllano contra Industria Panificadora Socorro, S.L. y otro, sobre Cantidad, se ha dictado la adjunta Sentencia. Y para que sirva de notificación en legal forma a Industria Panificadora Socorro, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. SENTENCIA En Las Palmas de G.C., a 11 de mayo de 2010. Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas. En nombre del Rey ha dictado la siguiente Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las Palmas, con el número 747/08 siendo partes de una 12893 y como demandante Elena Torres Castellano, y de otra y como demandada la empresa Industria Panificadora Socorro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial versando el proceso sobre cantidad. FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por Elena Torres Castellano contra Industria Panificadora Socorro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial y en su virtud condeno a la empresa demandada a que pague al actor la cantidad de 4.807,92 euros. Se condena al Fogasa a estar y pasar por la anterior declaración. Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. La demandada recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad objeto de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes referenciada indicando a continuación el número y año del procedimiento. Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo que doy fe. 10.595 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.663 Procedimiento: Demanda 737/2008. Materia: Cantidad. Demandante: José Juan Navarro Rodríguez. Demandado: Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L. 12894 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 737/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de José Ivan Navarro Rodríguez contra Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la adjunta Sentencia. Y para que sirva de notificación en legal forma a Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de 2010. Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas. En nombre del Rey ha dictado la siguiente Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las Palmas, con el número 737/08 siendo partes de una y como demandante José Juan Navarro Rodríguez y de otra y como demandada la empresa Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L. versando el proceso sobre Cantidad. FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por José Juan Navarro Rodríguez contra la empresa Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L. y en su virtud condeno a la empresa demandada a que pague al actor la cantidad de 3.227,03 euros. Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. La demandada recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad objeto de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes referenciada indicando a continuación el número y año del procedimiento. Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo que doy fe. 10.596 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.664 Procedimiento: Demanda 290/2008. Materia: Cantidad. Demandantes: Jorge Napoleón Castro y Luis Alfredo Reino Pimbo. Demandados: Atezados Galipalma, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Da. Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 290/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Jorge Napoleón Castro y Luis Alfredo Reino Pimbo contra Atezados Galipalma, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución Insertar Resolución. DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y: Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara al ejecutado Atezados Galipalma, S.L. en situación de Insolvencia con carácter Provisional y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado. Expídanse testimonios de las actuaciones y procédase Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Así se acuerda, manda y firma por don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. EL SECRETARIO. Y para que sirva de notificación en legal forma a Atezados Galipalma, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a diez de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.597 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.665 Procedimiento: Demanda 1.126/2009. Materia: Despido. Demandante: Miguel Ángel Suárez Sánchez. Demandados: Seac Pool, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 1.126/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Miguel Ángel Suárez Sánchez contra Seac Pool, S.L., sobre Despido, se ha dictado la siguiente resolución. AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010. Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, PARTE DISPOSITIVA Se despacha ejecución a instancia de. Miguel Ángel Suárez Sánchez contra Seac Pool, S.L., por un principal 12895 de 7.042,17 euros, más 704 euros de intereses provisionales y la de 704 euros de costas provisionales. Trabar embargo de los bienes de la demandada Seac Pool, S.L. en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación patrimonial de bienes del ejecutado susceptibles de embargo, librándose a tal efecto oficio a la oficina de averiguación patrimonial de bienes del Decanato. Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en el Banco Banesto número 3509/0000/64/0212/10. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido para evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución. Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Seac Pool, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a tres de mayo de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. 10.598 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.666 Procedimiento: Demanda 780/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Agustín Curbelo Martín. Demandados: Mazotti, S.A. y Fogasa. Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Seis, 12896 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda 780/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Agustín Curbelo Martín contra Mazotti, S.A. y Otros, sobre Cantidad, se ha dictado la adjunta Sentencia. Y para que sirva de notificación en legal forma a Mazotti, S.A., en ignorado paradero, expido la presente pira su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. EL SECRETARIO JUDICIAL. SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2010. Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas. En nombre del Rey ha dictado la siguiente Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las Palmas, con el número 780/08 siendo partes de una y como demandante Agustín Curbelo Martín y de otra y como demandada la empresa Mazotti, SA, la Administración Concursal, y el Fondo de Garantía Salarial versando el proceso sobre Cantidad. FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por Agustín Curbelo Martín contra la empresa Mazotti, S.A., la Administración Concursal, y el Fondo de Garantía Salarial y en su virtud condeno a la empresa demandada a que pague al actor la cantidad de 4.245,83 euros. Se condena al Fogasa y a la Administración Concursal a estar y pasar por la anterior declaración. Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. La demandada recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad objeto de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes referenciada indicando a continuación el número y año del procedimiento. Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo que doy fe. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 10.599 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.666 Procedimiento: Demanda 1.145/2009. Materia: Despido. Demandante: Yanira Huertas Reyes. Demandados: Alexdesing Print Shop, S.L. y Fogasa. Doña María Carmen García Corgo, Secretaria de Refuerzo del Juzgado de lo Social Siete de Las Palmas. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 1.145/09 que se siguen en este Juzgado a instancia de Yanira Huertas Reyes contra Alexdesing Print Shop, S.L., sobre Despido, se ha dictado resolución que es de tenor literal siguiente: AUTO En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 2010. Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes Y vistos, además de los citados, los preceptos legales de general y pertinente aplicación, SE ACUERDA: 1. Declarar extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de esta resolución. 2. Condenar a la parte demandada Alexdesing Print Shop, S.L. a que abone a la parte actora Yanira Huertas Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Reyes, la cantidad de 1.813,5 euros en concepto de indemnización. 3. Condenar a la expresada parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 8.965,2 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la cantidad total de 10.778,7 euros. Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS. Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Siete de los de esta Ciudad y su Provincia. Doy fe. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que conste y sirva de notificación y citación a la empresa demandada Alexdesing Print Shop, S.L., en paradero desconocido, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas expido, firmo y sello la presente en Las Palmas, a veinte de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.515 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 10.667 Procedimiento: Demanda 148/2009. Materia: Derechos-Cantidad. Demandante: Carmen Lázaro Guerra. Demandados: Hermanos Santana Cazorla, S.L., Carmen Monzón Suárez, Rafaela Santana Saavedra y Fondo de Garantía Salarial. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de Juicio número 148/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia de Carmen Lázaro Guerra, contra Carmen Monzón Suárez y Rafaela Santana Saavedra, sobre DerechosCantidad, consta la siguiente resolución que es de tenor literal siguiente: PROVIDENCIA Providencia del Magistrado-Juez, don Gumersindo Pedro Manso Abizanda. 12897 En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2010. Dada cuenta, el anterior escrito con número de registro de entrada 1.992/2010, presentado por don Ibán Uriarte Rivero, en nombre y representación de Hermanos Santana Cazorla, S.L., únase a los autos de su razón, se tiene por personado y por parte a dicho Letrado en representación de dicha Entidad, y no acreditándose dicha representación, requiérase a dicho Letrado para que aporte el preceptivo poder, o en su caso, comparezca ante esta Secretaría para su otorgación apud acta y conforme se pide, por S.Sª.I., se acuerda la suspensión del acto de Juicio que estaba señalado para el día 26.05.10, a las 13:00 horas, señalando nuevamente para su celebración el próximo día 22.09.10, a las 10:30 horas, quedando citadas las partes con la notificación de la presente resolución, con las advertencias y los apercibimientos legales recogidos en la cédula de citación de fecha 19.02.10. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, siguientes a su notificación. Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.I., por ante mí el Secretario. Doy fe. Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que conste y sirva de notificación y/o citación a las demandadas Carmen Monzón Suárez y Rafaela Santana Saavedra, en paradero desconocido, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, expido, firmo y sello la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.521 EDICTO 10.668 Procedimiento: Demanda 1.434/2008. Materia: Cantidad. Demandante: Airán Jesús Melián Navarro. Demandados: Egalux, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y Administración Concursal de Egalux, S.L. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de Juicio número 1.434/2008, que se siguen en este Juzgado a instancia 12898 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 de Airán Jesús Melián Navarro, contra Egalux, S.L., sobre Cantidad, se ha expedido la cédula de citación, que es del tenor literal siguiente: ACTA En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de abril de 2010, siendo la hora señalada y constituido en Audiencia Pública, la Magistrado-Juez, don José Manuel Díaz Pavón, asistida de mí como Secretario, son llamadas las partes desde la puerta del Juzgado por el Agente Judicial, compareciendo: De la actora: Airán Jesús Melián Navarro, representado por don Carmelo Rodríguez Pérez. De la demandada: Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), no comparece, Egalux, S.L., no comparece a pesar de estar debidamente citado y Administración Concursal de Egalux, S.L., no comparece, no constando en autos la citación a Juicio. Abierto el acto, y no constando la citación de la Concursal de Egalux, S.L., por S.Sª.I., acuerda la suspensión del acto, señalando nuevamente para su celebración el próximo día 07.07.10, a las 12:30 horas, quedando citada las partes concurrentes en este mismo acto, firmando este acta en prueba de ello. No comparece Egalux, S.L., ni la Administración Concursal de Egalux, S.L., ni Fogasa, citándose nuevamente a las empresas mediante correo certificado con acuse de recibo y vía telemática a Fogasa. Y extendida la presente es leída y firmada por los asistentes, en conformidad y constancia, con S.Sª.I., y conmigo como Secretaria. Doy fe. Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Egalux, S.L., en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. EDICTO 10.522 10.669 Procedimiento: Demanda 1.180/2009. Materia: Despido. Demandante: Nuria Librada Díaz Guerra. Demandados: Monelgrac, S.A., Fondo de Garantía Salarial y Administración Concursal de Monelgrac, S.A. Doña María Carmen García Corgo, Secretaria de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 1.180/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia de Nuria Librada Díaz Guerra contra Monelgrac, S.A., sobre Despido, se ha dictado Auto del tenor literal siguiente: AUTO En Las Palmas de G.C., a 20 de mayo de 2010. Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes Y vistos, además de los citados, los preceptos legales de general y pertinente aplicación, SE ACUERDA: 1. Declarar extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de esta resolución. 2. Condenar a la parte demandada Monelgrac, S.A. a que abone a la parte actora Nuria Librada Díaz Guerra, la cantidad de 28.614,6 euros en concepto de indemnización. 3. Condenar a la expresada parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 13.928,8 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la cantidad total de 42.543,4 euros. Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS. Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Ocho de los de esta Ciudad y su Provincia. Doy fe. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Monelgrac, S.A., en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.516 EDICTO 10.670 Procedimiento: Demanda 300/2010. Materia: Despido. Demandante: Giovanni Arcieri. Demandados: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Atlántida desde 1977, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 300/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia de Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L., sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2010. Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado del Juzgado de lo Social Numero Ocho de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia el juicio promovido por Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido efectuado, condenado a la empresa a su opción, que deberá efectuar ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS, a que readmita al actor en su mismo puesto y condiciones de trabajo o a que le abone la indemnización de 817,42 euros, con más en todo caso los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del Despido 26-01-2010 hasta el de la notificación de la presente resolución a razón de 36,63 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, advirtiendo a la demandada de que en caso de recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado número 2744/0000/65/0300/10 en el Banesto, Sucursal de la Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes referida depositar la cantidad de 150,25 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al 12899 objeto de que sirva de notificación de Atlántida desde 1977, S.L., en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.517 EDICTO 10.671 Procedimiento: Demanda 59/2009. Materia: Cantidad. Demandantes: Dolores María Rodríguez Negrín, Antonio Reina Martín, José Herminio Godoy Rodríguez, Donato Miguel Rivero Cruz y Yeray Jesús González Sosa. Demandados: Canarifonta, S.L. y Fogasa. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 59/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia de Dolores María Rodríguez Negrín, Antonio Reina Martín, José Herminio Godoy Rodríguez, Donato Miguel Rivero Cruz y Yeray Jesús González Sosa contra Canarifonta, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010. Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria Número Ocho y de su Provincia el juicio promovido por Dolores María Rodríguez Negrín y Cuatro Más contra Canarifonta, S.L. y Fogasa en Reclamación por Cantidad. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dolores María Rodríguez Negrín y Cuatro Más contra Canarifonta, S.L. y Fogasa en Reclamación por Cantidad, condeno a Canarifonta, S.L. a abonar a la parte actora las siguientes cantidades : Dolores María Rodríguez Negrín: 933,11 euros. Antonio Reina Martín: 1.548,20 euros. José Herminio Godoy Rodríguez: 1.529,23 euros. Donato Miguel Rivero Cruz: 1.596,56 euros. Yeray Jesús González Sosa: 1.491,50 euros. Absolviendo al Fogasa sin perjuicio de responsabilidad de acuerdo con el artículo 33 del ET. 12900 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Adviértase a las partes que contra la presente resolución cabe Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de CINCO DÍAS a la misma por comparecencia o por escrito, advirtiendo a la demandada de que en caso de recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones “ de este Juzgado número 2744/0000/65/0059/09 en el Banesto, Sucursal de la Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes referida depositar la cantidad de 150,25 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Canarifonta, S.L., en pacedero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.518 EDICTO 10.672 Procedimiento: Demanda 219/2010. Materia: Despido. Demandantes: Rafael Estévez Parames, Antonio Tomás Saavedra Jurado, Domingo Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez Torres, Ricardo Estévez Parames, Antonio Rivero Jiménez, José Carmelo Arteaga Ruano y Luis Antonio Santana Rodríguez. Demandados: Reformas y Construcciones Abalo, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Edificaciones Abalo y Ríos, S.L. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 219/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia de Domingo Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez Torres, Ricardo Estévez Parames, Antonio Rivero Jiménez, José Carmelo Arteaga Ruano, Luis Antonio Santana Rodríguez, Rafael Estévez Parames y Antonio Tomás Saavedra Jurado contra Edificaciones Abalo y Ríos, S.L., sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria a 12 de mayo de 2010. Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado Titular del Juzgado de los Social de Las Palmas de Gran Canaria Número Ocho y de su Provincia el juicio promovido por Rafael Estevez Parames, Domingo Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez Torres, y José Carmelo Arteaga Ruano contra Reformas y Construcciones Abalo, S.L. y Edificaciones Abalo Ríos, S.L. y Fogasa en reclamación por Despido. FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Rafael Estevez Parames, Domingo Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez Torres y José Carmelo Arteaga Ruano contra Reformas y Construcciones Abalo, S.L. y Edificaciones Abalo Ríos, S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido debo declarar y declaro la Improcedencia de los Despidos efectuados, condenado a Reformas y Construcciones Abalo, S.L. a su opción, que deberá efectuar ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS, a que readmita a los actores en sus mismos puestos y condiciones de trabajo o a que les abone las siguientes indemnizaciones: Rafael Estevez Parames: 26.950,6 euros. Domingo Caraballo Palmés: 18.833,3 euros. Acoidán Rodríguez Torres: 8.250,60 euros. José Carmelo Arteaga Ruano: 15.147 euros, con más en todo caso los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del Despido hasta el de la notificación de la presente resolución a razón de Rafael Estevez Parames: 48,89 euros. Domingo Caraballo Palmés: 36,68 euros. Acoidán Rodríguez Torres: 37,96 euros. José Carmelo Arteaga Ruano: 39,60 euros, absolviendo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad de acuerdo con el artículo 33 del ET y absolviendo a Edificaciones Abalo y Ríos, S.L. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, advirtiendo a la demandada de que en caso de recurrir deberá consignar Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado número 2744/0000/65/0219/10 en el Banesto, Sucursal de la calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes referida depositar la cantidad de 150,25 euros. Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Edificaciones Abalo y Ríos, S.L., en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.519 EDICTO 10.673 Procedimiento: Demanda 289/2010. Materia: Despido. Demandante: Dolores Castellano Rodríguez. Demandados: Discosen´K, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 289/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia de Dolores Mireya Castellano Rodríguez contra Discosen´K, S.L., sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: SENTENCIA En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2010. Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado del Juzgado de los Social Numero Ocho de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia el juicio promovido por Dolores María Castellano Rodríguez contra Discosen,K, S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido. FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dolores Mireya Castellano Rodríguez contra Discosen,K, S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido efectuado, condenado a la empresa a su opción, que deberá efectuar ante este Juzgado en el 12901 plazo de CINCO DÍAS, a que readmita al actor en su mismo puesto y condiciones de trabajo o a que le abone la indemnización de 2.293,31 euros, con más en todo caso los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del Despido hasta el de la notificación de la presente resolución a razón de 13,59 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, advirtiendo a la demandada de que en caso de recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado número 2744/0000/65/0289/10 en el Banesto, Sucursal de la Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes referida depositar la cantidad de 150,25 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Discosen´K, S.L., en paradero Desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.600 EDICTO 10.674 Procedimiento: Demanda 53/2009. Materia: Cantidad. Demandante: José Antonio Bordón Hernández. Demandados: Áridos Reciclados 2000, S.L.U. y Fogasa. Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 53/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia de José Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000, S.L.U., sobre Cantidad, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda, Magistrado Titular del Juzgado de los Social de Las 12902 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Palmas de Gran Canaria Numero Ocho y de su Provincia el juicio promovido por José Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000S, S.L.U. y Fogasa en Reclamación por Cantidad. Que estimando la demanda interpuesta por José Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000S, S.L.U. y Fogasa en Reclamación por Cantidad, condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de 9.360 euros más el 10% de interés de mora, absolviendo al Fogasa de todos los pedimentos deducidos en su contra sin perjuicio de su responsabilidad de acuerdo con el artículo 33 del ET. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, advirtiendo a la demandada de que en caso de recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado número 2744/0000/65/0053/09 en el Banesto, Sucursal de la Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes referida depositar la cantidad de 150,25 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al objeto de que sirva de notificación de Áridos Reciclados 2000, S.L.U., en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.601 EDICTO 10.675 Procedimiento: Demanda 359/2010. Materia: Despido. Demandante: Héctor Felipe González Rivero. Demandados: Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Doña María del Carmen García Corgo, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de juicio número 359/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia de Héctor Felipe González Rivero contra Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, se ha dictado Sentencia número 319/2010, que es del tenor literal siguiente: SENTENCIA En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 13 de mayo de 2010. Vistos por mi, doña Raquel María Rivero Mentado, Magistrado Juez-Sustituta de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Ocho de los de Las Palmas y su Provincia, los precedentes autos número 359/2010, seguidos a instancia de Héctor Felipe González Rivero que comparece asistido por la Letrada doña Ana Isabel Navarro García frente a la empresa Gestión y Servicios Belverere, S.L. y Fogasa que no comparecen a pesar de estar debidamente citadas. FALLO: Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Héctor Felipe González Rivero frente a la empresa Gestión y Servicios Belverere, S.L. y Fogasa sobre Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, readmita al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al cese, o bien le indemnice con la suma de 465,64 euros al ser computados 3 meses desde la fecha de antigüedad del trabajador (11-11-2009) hasta el día del Despido (0902-2010); dicha opción habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes, desde la notificación de esta sentencia; para el caso en que la demandada no ejercite ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la referida opción, debo condenar y condeno a la demandada a que, además abone a la parte actora el importe de los salarios de tramitación desde el día siguiente a la fecha del Despido (09-02-2010) hasta la de la notificación de esta Sentencia, ambos inclusive, a razón de un salario diario de 41,39 euros/día bruto con prorrata de pagas extras. Y asimismo, debo condenar y condeno al expresado Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgado con el número 0030/1105/50/0000000000 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 150,00 euros en la referida cuenta bancaria al concepto 2744-0000-65-0359-10, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustituta que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe. Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación y/o citación a los demandados, Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y Fondo de Garantía Salarial en paradero desconocido, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 10.603 EDICTO 10.676 Procedimiento: Demanda 307/2010. Materia: Despido. Demandante: Antonio Pérez Montesdeoca. Demandados: Proveedora de Buques Casanova, Sopronav Sociedad Promotora de Navíos, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Doña Ana María Díaz Granados, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en el procedimiento número 307/2010, seguido ante este Juzgado sobre Despido, a instancia de Antonio Pérez Montesdeoca, contra Sopronav Sociedad Promotora de Navíos, S.L., se ha dictado resolución mediante la cual se cita a las partes 12903 a fin de que comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 29.06.10, a las 09:00 horas, para asistir a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada de que su inasistencia no implicará suspensión y de que deberá concurrir provista de los medios de prueba de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros. Y para que así conste y su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma a la demandada Sopronav Sociedad Promotora de Navíos, S.L., cuyo actual domicilio se desconoce, libro y firmo el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de mayo de dos mil diez. 10.523 EDICTO 10.677 Procedimiento: Demanda 378/2010. Materia: Prestaciones. Demandante: David Nicomedes Vega Suárez. Demandados: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Universal y Arconsyc, S.L. Doña Ana María Díaz Granados, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en los autos de Juicio número 378/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia de David Nicomedes Vega Suárez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Universal y Arconsyc, S.L., sobre Demanda, se ha expedido la cédula de citación, que es del tenor literal siguiente: CÉDULA DE CITACIÓN En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio número 378/2010, seguido a instancia de David Nicomedes Vega Suárez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Universal y Arconsyc, S.L., sobre Prestaciones, por la presente se le cita a Vd., para que comparezca ante este Juzgado el día 01.07.10, a las 11:00 horas, en Sala de Vistas del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria, a la celebración de los actos de conciliación, si 12904 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 procede, y Juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá por falta de asistencia y que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo se le cita para que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que le perjudiquen, y de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le requiere para que aporte la documentación a que se refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los apercibimientos legales. Y para que tenga lugar la citación ordenada de Arconsyc, S.L., con domicilio en calle Pedro y Guy Vandaelle, número 24, Local 5, C.P. 35660, La Oliva, Fuerteventura, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diez de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA, Ana María Díaz Granados. ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación y/o citación a la demandada Arconsyc, S.L., en paradero desconocido, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.585 EDICTO 10.678 Procedimiento: Demanda 501/2010. Materia: Cantidad. Demandante: Brahim Mohamed Ali Salem. Demandados: Cris John Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Doña Delia Llamas Piñar, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en el procedimiento número 501/2010, seguido ante este Juzgado sobre Cantidad, a instancia de Brahim Mohamed Ali Salem, contra Cris John Canarias, S.L., se ha dictado resolución mediante la cual se cita a las partes a fin de que comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 29.06.10, a las 12:30 horas, para asistir a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada de que su inasistencia no implicará suspensión y de que deberá concurrir provista de los medios de prueba de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros. Y para que así conste y su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma a la demandada Cris John Canarias, S.L., cuyo actual domicilio se desconoce, libro y firmo el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio de dos mil diez. 10.647 EDICTO 10.679 Procedimiento: Demanda 497/2010. Materia: Cantidad. Demandante: Juan Manuel Ramos Cabrera. Demandados: Palmitos Propiedades, S.L. y Fondo de Garantía Salarial. Doña Delia Llamas Piñar, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en el procedimiento número 497/2010, seguido ante este Juzgado sobre Cantidad, a instancia de Juan Manuel Ramos Cabrera, contra Palmitos Propiedades, S.L., se ha dictado resolución mediante la cual se cita a las partes a fin de que comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 29.06.10, a las 10:45 horas, para asistir a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada de que su inasistencia no implicará suspensión y de que deberá concurrir provista de los medios de prueba de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros. Y para que así conste y su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma a la demandada Palmitos Propiedades, S.L., cuyo actual domicilio se desconoce, libro y firmo el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio de dos mil diez. 10.648 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 1 DE SANTA MARÍA DE GUÍA EDICTO 10.680 Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACIÓN NÚMERO 0000480/1999. Materia: SIN ESPECIFICAR. INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR: Demandante: DON OFELIO GONZÁLEZ ALMEIDA, DOÑA ENCARNACIÓN MEDINA RODRÍGUEZ, DON EUSTAQUIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ. Demandado: DOÑA EUDELIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, DON JUAN RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, DON VÍCTOR FRANCISCO GARCÍA BAUTISTA. Procurador: DON PAULINO ÁLAMO SUÁREZ, DON PAULINO ÁLAMO SUÁREZ, DON CARMELO PEDRO ORTIZ PÉREZ, DON CARMELO ORTIZ PÉREZ, DON CARMELO PEDRO ORTIZ PÉREZ, DON CARMELO PEDRO ORTIZ PÉREZ. Doña Beatriz Rodríguez López, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e instrucción Número Uno de Santa María de Guía de Gran Canaria. HACE SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de Dominio. 0000480/1999 a instancia de DON OFELIO GONZÁLEZ ALMEIDA, DOÑA ENCARNACIÓN MEDINA RODRÍGUEZ Y DON EUSTAQUIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, expediente de dominio para la Reanudación del Tracto Sucesivo de las siguientes: FINCAS - 1º. URBANA: Casa de una sola planta con solar anexo que mide el total del solar ochocientos cuarenta metros cuadrados, situada en San Nicolás de Tolentino, donde llaman Los Cascajos, marcada con el número 19 de gobierno. Tiene la medida superficial aproximada de ciento cuarenta metros cuadrados, correspondiendo el resto de setecientos metros cuadrados a solar. 12905 LINDA: Frontis, con la expresada calle Los Cascajos; fondo, con terrenos antes de herederos de don Cristóbal Valencia Roque, hoy de don José y don Juan Rodríguez Valencia; derecha entrando a dicha vivienda tomando como base el frontis de la misma que dentro de dicha finca existe un resguardo para depositar los escombros de la limpieza del estanque y pozo que se encuentra dentro de la cabida y linderos de dicha finca, resguardo éste, que tiene la medida superficial de 33,11 metros cuadrados y que divide esta finca de la que es propiedad de herederos de don Francisco García Ojeda y para su entrada a dicho acceso tiene la medida superficial de 33,11 metros cuadrados, osea, 15,05 de largo por 3 metros de ancho por el fondo y 1,40 metros de ancho donde finaliza dicho resguardo, haciéndose constar que para extraer los escombros depositados en dicho resguardo se extrae por el fondo del mismo, que tiene 3 metros de ancho; izquierda, con calle Nueva de Los Cascajos. Tiene como accesorio dentro de la cabida y linderos un pequeño estanque y pozo para la extracción de agua que en la actualidad se encuentra seco. - 2º. URBANA.- Solar propio para edificar, situado en el mismo lugar que el anterior. Tiene la medida superficial aproximada de VEINTE Y OCHO METROS CUADRADOS, o sea, un metro de ancho por veintiocho metros de largo. LINDA: Al frontis, con la carretera de Los Cascajos; fondo, con don Juan y don José Rodríguez Valencia; derecha entrando, con el Hotel Los Cascajos; y por la izquierda, con don José Rodríguez Marrero. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Asimismo se cita a HEREDEROS DE DOÑA JUANA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ en concepto de TRANSMITENTE, HEREDEROS DE DON JOSÉ RODRÍGUEZ VALENCIA en concepto de COLINDANTE y a DON CRISTÓBAL VALENCIA ROQUE en concepto de TITULAR REGISTRAL 12906 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 para que dentro del término anteriormente expresado puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Santa María de Guía de Gran Canaria, a diez de mayo de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.819 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 EDICTO 10.681 Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO 0000643/2009. INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR: Demandante: DOÑA MARÍA DEL ROSARIO DÍAZ MELIÁN. Titular Registral: DON JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ FALCÓN, DOÑA MARTA GONZÁLEZ FALCÓN, DON INDALECIO LOR GONZÁLEZ SUÁREZ. Titular Catastral: DON VICTORIANO DÍAZ GONZÁLEZ, DOÑA JUANA MELIÁN MARRERO. Tercero Interviniente: DON ANTONIO GONZÁLEZ SUÁREZ, DOÑA JUANA ROSARIO FALCÓN VERONA. Procurador: DOÑA M. TRINIDAD LEYVA JIMÉNEZ, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN PROCURADOR. Doña Yolanda Almagro García, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO, 0000643/2009 a instancia de DOÑA MARÍA DEL ROSARIO DÍAZ MELIÁN, expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido de la finca que se describe a continuación: URBANA.- Edificio de tres plantas, estando destinada la baja a un local y las dos restantes a una vivienda por planta, o sea una en planta primera y otra en planta segunda. Tiene una superficie construida de doscientos cincuenta y tres metros cuadrados, edificado sobre un solar que tiene una superficie de noventa y cinco metros cuadrados. LINDA: Frente, calle Otoño número 23; fondo, urbana señalada con el número 44 de la calle Invierno; derecha entrando, urbana señalada con el número 25 de la calle Otoño; e izquierda entrando, urbana señalada con el número 21 de la calle Otoño. La finca no aparece inscrita a nombre de titular alguno y pudiera proceder de otra finca de mayor cabida rústica de la que se ha segregado y que aparece inscrita; finca 95.024, al folio 63, del libro 1.043, tomo 2.990 inscripción 15. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de abril de dos mil diez. LA SECRETARIA. 10.763 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 14 EDICTO 10.682 Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO 0001807/2009. INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Demandante: DON ENRIQUE FRANCISCO DENIS BOZA. Procurador: DOÑA VICTORIA TRUJILLO LEÓN. Doña Luis Gómez Hernández, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia Número Catorce de Las Palmas de Gran Canaria. HACE SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO, 0001807/2009 a instancia de DON ENRIQUE FRANCISCO DENIS BOZA, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente: FINCA URBANA: CASAde planta baja con una cocina donde dicen El Lomito, en la actualidad número 19 de gobierno, en el Pago de la Cueva Grande, término municipal de Vega de San Mateo. Tiene una superficie registral de veinte metros cuadrados (20 m2), si bien su superficie real es de cien metros (100 m2), tal y como consta en la certificación catastral. LINDA: A la derecha, entrando o Naciente, casa de doña María del Jesús Viera; a la izquierda, o Poniente, con la de don Antonio Abad Rodríguez; al fondo, o Norte, con Camino Real; y al frente, o Sur, con terrenos de doña María del Pino Viera. Se encuentra inscrita con el número 2.488, a favor de don Fructuoso Denis Díaz, en el Registro de la Propiedad Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, al tomo 1.022, libro 57, folio 183. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de abril de dos mil diez. EL SECRETARIO. 10.452 V. ANUNCIOS PARTICULARES 12907 NOTARÍA DE DOÑA IRENE CARREÑO MARTÍN Corralejo-La Oliva EDICTO 10.683 Yo, Irene Carreño Martín, Notario del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, con domicilio en la calle Jesús Machín Santana, número 2, planta baja, de Corralejo-La Oliva, por el presente. HAGO SABER: Que en esta Notaría, a requerimiento de la Entidad Mercantil “FUERTEVENTURA SONNELAND, S.L.”, se está tramitando ACTA DE NOTORIEDAD Y PRESENCIA PARA CONSTANCIA DE EXCESO DE CABIDA de la finca que a continuación se describe: A) DESCRIPCIÓN SEGÚN TÍTULO DE ORIGEN Y REGISTRO: RÚSTICA: Trozo de terreno en Mascona, del término municipal de La Oliva, erial y volcánico. Tiene una superficie de siete hectáreas, cincuenta y tres áreas y veintidós centiáreas. Es parte de la finca número 2.530. LINDA: Norte, con riberas de mar; Sur, con doña Dorotea Estévez González; Este, con don Marcial Estévez González; y Oeste, con doña Dorotea Estévez González”. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Corralejo, al tomo 134, libro 30, folio 176, inscripción 2ª, finca 2.677. B) RECTIFICACIÓN: La superficie correcta de la finca es de setenta y ocho mil trescientos veintidós metros cuadrados (78.322 m2). SUS LINDEROS CORRECTOS, SEGÚN CATASTRO, SON: Norte, límite interior de dominio publico marítimo-terrestre; Poniente, con la finca registral 2.530 de “INICIATIVAS MADIBA, S.L.”; 12908 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010 Naciente, con la finca registral número 3.727 de doña Nilia-lsabel Bañares Baudet junto con varios propietarios; Sur, con la finca registral número 2.678 de “FUERTEVENTURA SONNELAND, S.L.”. C) REFERENCIA CATASTRAL: La finca está formada por tres parcelas catastrales, cuyas referencias son: 35015A002006080000KA, 35015A002006070000KW y 001500400FS07H0001TL. D) EXCESO DE CABIDA: TRES MIL METROS CUADRADOS (3000 m2). Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, CON EL FIN DE QUE CUALQUIER INTERESADO, EN GOBIERNO DE CANARIAS Año LXXXV EL PLAZO DE VEINTE DÍAS, A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DE ESTE ANUNCIO, PUEDA COMPARECER EN MI NOTARÍA PARA OPONERSE O ALEGAR LO QUE ESTIME OPORTUNO EN DEFENSA DE SUS DERECHOS, lo expido en Corralejo-La Oliva, a diecinueve de abril de dos mil diez. LA NOTARIO. 10.742 ADMINISTRACIÓN DEL B.O.P AVISO Se comunica que el Boletín Oficial de hoy contiene un ANEXO con la misma fecha y número. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS Viernes, 11 de Junio de 2010 Franqueo concertado 23/1 Número 76