boletin maqueta/2007 - Este Canal Televisión

Transcripción

boletin maqueta/2007 - Este Canal Televisión
GOBIERNO DE CANARIAS
Año LXXXV
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
LAS PALMAS
Viernes, 11 de Junio de 2010
Número 76
SUMARIO
NÚMERO
REGISTRO
PÁGINA
I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS
10787-A Notificación a Hicham Al Baragragui y otros .....................................................................................................................
10787-B Notificación a Juan José Rodríguez Jiménez y otros...........................................................................................................
PUERTOS DE LAS PALMAS
10779 Notificación a Luis Gregorio Sosa Martín...........................................................................................................................
II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO
10443 Estatutos del Sindicato Obrero de los Puertos Canarios (SOPC) ........................................................................................
10831
10833
10832
10897
10851-A
10851-B
10851-C
10852
10459
10905
10810
10809
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA
Notificación a Tegecovi, S.A. ..............................................................................................................................................
Notificación a Pedro Martínez Escobar ...............................................................................................................................
Notificación a Domingo García Fuente ...............................................................................................................................
Notificación a Horacio Néstor Vignone González...............................................................................................................
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA
Notificación a Luz Marina Sánchez Gopar..........................................................................................................................
Notificación a Rubén A. Argilagos Casasayas y otra ..........................................................................................................
Notificación a Clara M. Peña Pérez.....................................................................................................................................
Notificación a Antonio Cortina Betoret...............................................................................................................................
EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
Lista de admitidos y excluidos, designación de tribunales y señalamiento del primer ejercicio de la convocatoria por el
turno libre de diversas categorías de la plantilla laboral del Cabildo, incluidas en las ofertas de empleo público 2005,
2006, 2008 y 2009................................................................................................................................................................
Convocatoria para el año 2010 de subvenciones para las escuelas públicas municipales de música y/o danza .................
Notificación a José Machín García y otros (Arucas) ...........................................................................................................
Notificación a María del Carmen Martínez Conde (Arucas)...............................................................................................
12734
12742
12747
12747
12748
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12771
Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio
Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas
Depósito Legal G.C. 1/1958
Edita: Secretaría General Técnica
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad
Secretaría Territorial
Edificio de Usos Múltiples I, planta baja
C/ Profesor Agustín Millares Carló, 22
Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.00
35071 Las Palmas de Gran Canaria
TARIFAS
Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.
Inserción: 0,81 euros/mm
C/ Doctor Juan de Padilla, 7
de altura
Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36
Suscripción anual: 60,10 euros
Correo electrónico: [email protected]
más gastos de franqueo
35002 Las Palmas de Gran Canaria
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10808-A
10808-B
10808-C
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10805
10484
10394
10775
10392
10745
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10767
10768
10835-A
10835-B
10880
10788
10834
10778
10911
10850
10646
10919
10445
10917
10786
10135
10884
10955-A
10955-B
10817
10746
10765
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Notificación a María Mercedes Batista Hernández y otros (Arucas) ..................................................................................
Notificación a Miguel Ángel Segura Suárez (La Aldea de San Nicolás)............................................................................
Notificación a Eulogia Suárez Ceballo (Valsequillo) ..........................................................................................................
Notificación a A. Marrero y otros (Santa María de Guía) ...................................................................................................
Notificación a B. María C. Ojeda y otros (Santa María de Guía)........................................................................................
Notificación a E. Melián y otro (Santa María de Guía y Vega de San Mateo)....................................................................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Solicitud licencia municipal de Pastelería Capriccio, S.C.P., para pastelería, piscolabis y cafetería ..................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES
Solicitud licencia municipal de Mª Eugenia Mayor Tacoronte, para carnicería..................................................................
Notificación a Lizeth Niño Ortiz y otros .............................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA
Solicitud licencia municipal de Bazar Islas Fuer, S.L., para venta de artículos varios .......................................................
Celebración del tercer ejercicio y tribunal calificador de la convocatoria para plazas de auxiliar administrativo .............
Cesión de parcela gratuita al Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura para la construcción de un centro cultural
polivalente...........................................................................................................................................................................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE
Solicitud licencia municipal de Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, para estación de guaguas .....................................
Solicitud licencia municipal de Mémora Servicios Funerarios, S.L., para servicios de pompas fúnebres (tanatorio,
crematorio) .........................................................................................................................................................................
Notificación a Bet. R. Acosta de Paredes y otros ................................................................................................................
Notificación a José Antonio Acosta Vera y otros ................................................................................................................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS
Exposición al público del expediente de suplemento de crédito nº 1/10.............................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE FIRGAS
Adjudicación del concurso para el suministro de equipos de telecomunicaciones para la radio municipal .......................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR
Delegación de competencias en la Primera Teniente de Alcalde Mª Encarnación Ruiz Alonso.........................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO
Notificación a María Yolanda Santiago Gómez y otros ......................................................................................................
Apertura de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana de 2010 y otros ...................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS
Exposición al público de la cuenta general correspondiente al ejercicio 2009 ...................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN
Notificación a Martínez Gijosa, S.L. ...................................................................................................................................
Información pública de la toma de consideración de la memoria relativa a los aspectos sociales, jurídicos, técnicos y
financieros para determinar la forma de gestión del servicio público de abastecimiento de agua y saneamiento del Ilustre
Ayuntamiento de Mogán......................................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
Notificación a María Ivón Rodríguez Zamora y otros.........................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA BRÍGIDA
Expediente de modificación presupuestaria nº 9/10 de suplemento de crédito ...................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA
Concurso para el suministro de energía eléctrica en media y baja tensión..........................................................................
Solicitud licencia municipal de Pompas Fúnebres La Soledad, S.L., para oficina..............................................................
Exposición al público de los padrones de la tasa por el suministro de agua a domicilio y otras ........................................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA
Concurso para la gestión del servicio público para la recogida y transporte de los residuos urbanos o municipales (sólidos
y selectiva), así como el lavado y limpieza de contenedores del municipio .......................................................................
Concurso para la gestión del servicio público municipal de abastecimiento de agua del municipio bajo la modalidad
de concesión administrativa...............................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEGUISE
Solicitud licencia municipal del Ilustre Ayuntamiento de Teguise, para industria de fabricación de quesos .....................
Delegación de competencias en el Primer Teniente de Alcalde Domingo Manuel Cejas Curbelo .....................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEROR
Adjudicación del concurso para el suministro de material para el mantenimiento de las redes de alcantarillado y
abastecimiento de agua ........................................................................................................................................................
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12806
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12731
10766 Adjudicación del concurso para el suministro de material de oficina no inventariable (cuantía indeterminada) ...............
10838 Designación del Concejal Francisco Santiago Ojeda Montesdeoca como representante del ayuntamiento en el Consejo
Insular de Aguas de Gran Canaria .......................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUINEJE
10748 Exposición al público de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia para la apertura de
establecimientos y otra.........................................................................................................................................................
10776 Notificación a Pedro Darío Morocho Guzmán y otros ........................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO
10704 Adjudicación del concurso para mejoras en la cancha La Barrera ......................................................................................
CONSORCIO SUR GRAN CANARIA PARA LA TDT LOCAL-DEMARCACIÓN DE TELDE
10862 Concurso para la contratación de la prestación del servicio de producción audiovisual de programas a emitir por el Ayuntamiento
en el canal 63 de la TDT ......................................................................................................................................................
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1
Juicio 383/10, Evaristo Ernesto Fernández González contra Ecoasa, S.A.U. y otro...........................................................
Juicio 390/10, María del Mar Macías Rodríguez contra Abay-Chalz, S.L. y otro ..............................................................
Juicio 386/10, Gerardo Yanascual Guamialama contra Transporfrío Medina, S.L. y otro..................................................
Juicio 168/09, Antonia Molina Sabina contra Falcosáenz Agrícola, S.L. y otro.................................................................
Juicio 1.429/08, Santiago González Morales contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y otro..............................
Juicio 1.309/08, Omar David Rosales Montaño contra Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios Canarios, S.L. y otro ..........
Juicio 1.123/09, Fátima Perera Hernández contra Alexdesing Print Shop, S.L. y otro.......................................................
Juicio 1.445/08, Darío Smith Silvera Bustamante contra Newmacon, S.L. y otro..............................................................
Juicio 209/09, Juan Antonio Benítez Diepa contra Foxo Canarias Instalaciones y Complementos, S.L............................
Juicio 42/09, María Jesús Cano Socorro contra Jarehagua Supermercados, S.L. y otro .....................................................
Juicio 22/09, Leandro Ceballos González contra Construcciones Remlram, S.L. y otros ..................................................
Juicio 1.366/08, Daniel Hernández Curquijo contra Obrasquinter, S.L.U. y otro ...............................................................
Juicio 686/09, María Auxiliadora Martel Guedes contra Servicios Públicos Inmobiliarios Canarias Network y otro.......
Juicio 1.446/08, José Viera Ramírez contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L. y otro...........................................
Juicio 1.402/08, Ramón José Pérez López contra Construcciones Meglez, S.L. y otro......................................................
Juicio 1.106/08, Ayose Ramírez Dámaso contra Proinstal, S.L. y otro ...............................................................................
Juicio 1.257/09, José Juan Santana Benítez contra Constructora Guaydil, S.L. y otros......................................................
Juicio 659/09, Ricardo Rivero Suárez y otro contra Telefónica de España, S.A. y otros....................................................
Juicio 1.362/08, Manuel Reyes Pérez Alonso contra Construcciones Meglez, S.L. y otro.................................................
Juicio 846/07, María Soledad Sánchez Herrera y otra contra Obras y Servicios Pequilen y otro.......................................
Juicio 183/09, Dobjanschi Florin contra Construcciones Alemanarios, S.L. y otro............................................................
Juicio 180/09, Juan Cristóbal Álamo Mederos contra Mazotti, S.A. y otros ......................................................................
Juicio 686/06, Manuela Benítez López contra Juan Manuel Hernández Ramírez y otro....................................................
Juicio 448/09, Juan Antonio Morales Martín contra Rodríguez Hernández e Hijos, S.L. y otro........................................
Juicio 460/07, Juan Cabrera Gutiérrez contra Tripe Promociones Canarias, S.L. y otro ....................................................
Juicio 1.184/06, Hipólito Rosales Hernández contra Construcciones Falcón y otros .........................................................
Juicio 1.144/08, Cristina Ros Puga contra Tradex Nuevos Mercados, S.L. y otro..............................................................
Juicio 1.324/08, Andrea Santana Cabrera contra Limpieza y Mantenimiento Hospitalario, S.L. y otro ............................
Juicio 1.128/09, Yuanyuan Chai contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro ......................................................................
Juicio 1.388/08, María Soraya del Pino Roque contra Relaxalud, S.L. y otro ....................................................................
Juicio 588/09, Juan Luis Cruz Viera contra Alenhos Cerrajeros, S.L. y otro......................................................................
Juicio 897/09, Ekelof Silja contra Guillermo Matos Asesores, S.L.U. y otro .....................................................................
Juicio 1.295/09, Rogelio Ortega Déniz contra Administración Concursal Guaydil, S.L. y otros .......................................
Juicio 1.136/08, Norma Lorenia Martínez Hincapié contra Gran Canaria Radio Televisión Local, S.L. y otro.................
Juicio 1.334/08, Jesús Estupiñán Pérez contra Construcciones Meglez, S.L. y otro..........................................................
Juicio 1.258/08, Ada María Millares Pérez contra Krombach Canarias, S.L. y otro ..........................................................
Juicio 650/09, Alejandro Macías Melián contra Nework Consult Canarias, S.L. y otros ...................................................
Juicio 1.172/08, Aarón Santiago García García contra Construcciones Flomenca, S.L. y otro ..........................................
Juicio 1.458/08, Manuel Patricio Yánez Morales contra David Fernando Coello Jurado y otro ........................................
Juicio 794/09, Carmelo Moreno Pérez contra Inversiones Luis Marea, S.L. y otro............................................................
Juicio 1.418/08, Ernesto Santiago Hernández contra Construcciones y Transportes Socorro, S.L.....................................
Juicio 1.134/08, Elicio Hernández Rodríguez contra Élite Can One, S.L. y otro................................................................
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Juicio 313/10, Anjarad Falcón Ortiz contra Atlántida Desde 1977, S.L. y otro..................................................................
Juicio 339/10, Luz Carmen Vallejo Betancor contra Yetimport, S.L. y otro .......................................................................
Juicio 176/10, Diego Iván de Santa Martina contra Noalpida, S.L.U. y otro ......................................................................
Juicio 390/09, César Cedrés Torres y otro contra Frobe Canarias, S.L. y otro....................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2
Juicio 474/10, Edurne del Río contra Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L. y otros..........................................
Juicio 59/09, José Miguel Melián Mayor y otros contra Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L. y otros.......
Juicio 275/10, Óscar Roque Pérez contra Discosen’K, S.L. y otro .....................................................................................
Juicio 395/06, José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias Sociedad Limitada .................................
Juicio 1.027/09, Antonia María González Machín contra Casas Arrecife 2005, S.L. y otro ..............................................
Juicio 421/08, Francisco Calderín Santana contra Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe) y otro .........................
Juicio 114/09, Ignacio Ramírez del Pino contra Canarifonta, S.L. y otro ...........................................................................
Juicio 480/09, Ernesto Rodríguez Déniz contra R.H. Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y otro..................................
Juicio 225/09, Jorge Pedro Hernández Velázquez contra Corman Zona Canarias, S.L. y otros .........................................
Juicio 1.271/09, José Antonio Acuña Arias contra Iberma Pesquera, S.L. y otro...............................................................
Juicio 1.078/08, Sebastián Agustín Rivero Quintana contra Cristóbal Ramírez Olivares, S.L. y otro ...............................
Juicio 1.425/08, Carlos Guillermo Vaca García y otros contra Infella Canarias, S.L. y otra ..............................................
Juicio 906/09, Antonio Bernal Macías contra Grull Jakob Martin Ludwig y otro ..............................................................
Juicio 606/08, Rafael Rodríguez Ramírez contra Impro explotaciones, S.L. y otros..........................................................
Juicio 75/07, José María Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias, S.L...........................................................
Juicio 1.049/08, Antonio Abreu Hernández contra Pinturas y Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. y otro .......
Juicio 1.283/08, Francisco Manuel Santos Ruiz contra Provicasa 500, S.L. y otro ............................................................
Juicio 812/07, Yaiza Cristina Ortega Arbelo contra Luisdican Multiprecios, S.L. y otros .................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3
Juicio 561/09, Mohamed Bouzalmad contra Pastelería Vecindario, S.L. y otro .................................................................
Juicio 543/09, Pilar Romero Vega contra Partner Hotels and INSS, S.L. y otro.................................................................
Juicio 591/09, Pedro Hernández Monzón contra El Tribunal, S.A. y otro ..........................................................................
Juicio 531/09, Juan Pedro Márquez Méndez contra Detralquil Canarias, S.L. y otro.........................................................
Juicio 623/08, Djau Adulai contra Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y otro ..................................................
Juicio 527/09, Miguel Ángel Casado Rodríguez contra Promotafe Grupo Dunas, S.L. y otros .........................................
Juicio 582/09, Juana Rosa Santana Santiago contra Cueva Pirata Grill, S.L. y otros .........................................................
Juicio 581/09, María Pino Romero Cabrera contra González Pérez Agustín, S.L.N.E. y otro ...........................................
Juicio 579/09, Julián Martín Esteban contra Cueva Pirata Grill, S.L. y otros .....................................................................
Juicio 567/09, María Castells Presa contra Actos, Eventos y Producciones, S.L. y otro ....................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ARRECIFE
Juicio 322/10, Thomas Bryant Cerezo contra Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L. y otros...........................................
Juicio 345/10, Mohamed Bouilla contra Restauraciones Tinolanz, S.L. .............................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4
Juicio 395/10, David Ramos Gutiérrez contra Casas Arrecife 2005, S.L. y otro ................................................................
Juicio 523/10, Emilio Ramón Ramírez Alejandro contra Cofecpro, S.L. y otro.................................................................
Juicio 482/09, Mutua Balear de Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. número 183 contra Construcciones Efequen 2001,
S.L. y otro ............................................................................................................................................................................
Juicio 943/06, José Miguel Germán de la Cruz contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y otros................
Juicio 96/09, Agapito Santiago Aguiar contra Construcciones Lisote, S.L. y otros............................................................
Juicio 498/09, Manuel Jesús Santana Caballero contra Armonía Lusa, S.L. ......................................................................
Juicio 201/09, Fundación Laboral de la Construcción contra Gareisca, S.L.......................................................................
Juicio 633/08, Vicente Aridane García Curquejo contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. .........................
Juicio 311/09, Alba María Sanabria Plata contra Marpaju, S.L. .........................................................................................
Juicio 163/09, Einar Logi Einarsson contra Mareari, S.L....................................................................................................
Juicio 1.166/08, José María Santana Suárez contra Periódicos y Ediciones Islas Canarias, S.L. y otros ...........................
Juicio 1.024/08, Mario Jesús Pérez Sosa contra Alacandon Atlántida, S.L. y otros ...........................................................
Juicio 1.034/09, Esther Gloria Pulido López contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro...................................................
Juicio 1.306/09, María Delia Oliva Álamo contra Woerman del Istmo, S.L. y otro ...........................................................
Juicio 111/09, Arnold Dadpaas Cadangan contra Santa María Ortigosa, S.L. ....................................................................
Juicio 134/10, Jeniffer Sosa Hernández contra Repuestos Carfal, S.L. y otro ....................................................................
Juicio 1.290/09, Braulio Suárez Rodríguez contra Serviautos Las Palmas, S.L. y otro ......................................................
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5
Juicio 986/09, José Carlos Medina Álvarez contra Explotaciones Los Frank,s, S.L. y otro...............................................
Juicio 1.244/09, Miguel Ángel Pérez Álvarez contra Radio Juventud del Milenio, S.L. y otro .........................................
Juicio 1.161/09, Gheorghe Nacu Nacu contra Transportes Marítimos Perdomo Santana y otro ........................................
Juicio 1.117/09, Genaro Cao Feijoo contra Bestdene Española, S.L. y otros .....................................................................
Juicio 1.246/09, Vanessa Perera Santana contra Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y otro ..............................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6
Juicio 232/10, Eduardo Gabriel Angella Serron contra Hostmanex, S.L. y otro.................................................................
Juicio 186/09, Leandro Javier Peña Cabrera contra Canarias Servicios Urbanos, S.A. y otro ...........................................
Juicio 662/08, Juan Francisco Roque Ruiz contra Félix Falcón Miranda y otro.................................................................
Juicio 1.328/08, José Carlos González Mendoza contra Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L. y otro................
Juicio 831/08, Adrián Socorro Nieves contra Canavision 2002, S.L. y otro.......................................................................
Juicio 810/08, Sebastián Mendoza Santiago contra Mazotti y otros ...................................................................................
Juicio 821/08, Marco Antonio Medina Vega contra Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y otro ................................
Juicio 731/08, Víctor Joaquín Araña Pérez contra Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L. y otro........................
Juicio 722/08, Josef Paul Aretz Wolfgang contra Escuela de Música de Maspalomas, S.L. y otro....................................
Juicio 812/08, Roberto González González contra Frarizan´z, S.L. y otro .........................................................................
Juicio 783/08, Juan Carlos Tejera Palencia contra Formosa Dos, S.L. y otro .....................................................................
Juicio 473/10, Lidia Pérez García contra Capross 2004, S.L. y otro...................................................................................
Juicio 1.103/08, Tony Blanden contra Wow Gran Canaria, S.L. y otro ..............................................................................
Juicio 871/08, José María Bordón Jimenes contra Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y otro.............................................
Juicio 304/09, Antonio José Hernández Navarro contra Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón, S.L. y otro.........
Juicio 373/09, Olga Lucía Quiroz Quiroz contra Partner Hotels & INSS, S.L. y otro........................................................
Juicio 76/08, Ruth Montesdeoca Suárez contra Cba Supervisores, S.L. y otro...................................................................
Juicio 790/08, Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián Ortega, S.L. y otro ....................................................
Juicio 747/08, Elena Torres Castellano contra Industria Panificadora Socorro, S.L. y otro ...............................................
Juicio 737/08, José Juan Navarro Rodríguez contra Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L................................................
Juicio 290/08, Jorge Napoleón Castro y otro contra Atezados Galipalma, S.L. y otro .......................................................
Juicio 1.126/09, Miguel Ángel Suárez Sánchez contra Seac Pool, S.L. y otro ...................................................................
Juicio 780/08, Agustín Curbelo Martín contra Mazotti, S.A. y otro ...................................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7
Juicio 1.145/09, Yanira Huertas Reyes contra Alexdesing Print Shop, S.L. y otro.............................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8
Juicio 148/09, Carmen Lázaro Guerra contra Hermanos Santana Cazorla, S.L. y otros.....................................................
Juicio 1.434/08, Airán Jesús Melián Navarro contra Egalux, S.L. y otros..........................................................................
Juicio 1.180/09, Nuria Librada Díaz Guerra contra Monelgrac, S.A. y otros .....................................................................
Juicio 300/10, Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L. y otro .........................................................................
Juicio 59/09, Dolores María Rodríguez Negrín y otros contra Canarifonta, S.L. y otro.....................................................
Juicio 219/10, Rafael Estévez Parames y otros contra Reformas y Construcciones Abalo, S.L. y otros............................
Juicio 289/10, Dolores Castellano Rodríguez contra Discosen´K, S.L. y otro....................................................................
Juicio 53/09, José Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000, S.L.U. y otro .........................................
Juicio 359/10, Héctor Felipe González Rivero contra Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y otro ....................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9
Juicio 307/10, Antonio Pérez Montesdeoca contra Proveedora de Buques Casanova y otros............................................
Juicio 378/10, David Nicomedes Vega Suárez contra Arconsyc, S.L. y otros ....................................................................
Juicio 501/10, Brahim Mohamed Ali Salem contra Cris John Canarias, S.L. y otro ..........................................................
Juicio 497/10, Juan Manuel Ramos Cabrera contra Palmitos Propiedades, S.L. y otro......................................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 1 DE SANTA MARÍA DE GUÍA
Expediente de dominio 480/99, de Ofelio González Almeida y otros (La Aldea de San Nicolás).....................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4
Expediente de dominio 643/09, de María del Rosario Díaz Melián (Las Palmas de Gran Canaria) ..................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 14
Expediente de dominio 1.807/09, de Enrique Francisco Denis Boza (Vega de San Mateo) ...............................................
V. ANUNCIOS PARTICULARES
NOTARÍA DE DOÑA IRENE CARREÑO MARTÍN (CORRALEJO-LA OLIVA)
10742 Acta de notoriedad de Fuerteventura Sonneland, S.L. (La Oliva).......................................................................................
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS
10.492
Subdelegación del Gobierno en Las Palmas
NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/l992 de 26 de noviembre (BOE del día 27) de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a través de este anuncio
la INICIACIÓN de procedimiento sancionador a las personas que se relacionan ya que habiéndose intentado la notificación
al interesado en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse.
Contra el nombramiento de instructor/a, (funcionario/a con destino en esta Subdelegación del Gobierno que para cada
expediente se indica) puede ejercerse el derecho de recusación previsto en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.
En el caso de no formular alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, tal iniciación será considerada
propuesta de resolución de imposición la sanción que para cada caso se indica, con las consecuencias especificadas en los
artículos 18 y 19 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
Asimismo se ofrece a los interesados trámite de audiencia para que en el plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del
día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partir del día siguiente a la finalización del
plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento, aleguen y presenten los documentos y justificaciones
que estimen convenientes a su defensa. Durante dicho plazo los expedientes estarán a la vista en la Sección de Derechos
Ciudadanos y Seguridad Ciudadana de esta Delegación del Gobierno.
N° de Expediente: 1511/2010
Fecha del Acuerdo: 4/30/2010
Nombre: HICHAM AL BARAGRAGUI
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X5795343X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª HICHAM AL BARAGRAGUI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1512/2010
Fecha del Acuerdo: 4/30/2010
Nombre: JULIO DIEPA ROSALES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44321965E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JULIO D1EPA ROSALES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 15 I 7/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: EDUARDO JESÚS CRUZ DÍAZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h).
DNI/NIE/CIF: 78520543S
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa María de Guía de Gran Canaria
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª EDUARDO JESÚS CRUZ DÍAZ la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1519/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: DAILOS JOSÉ BETANCOR ROJAS
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h).
DNI/NIE/CIF: 44721010V
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAILOS JOSÉ BETANCOR ROJAS la sanción de 100€.
N° de Expediente: 1522/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: CATHAYSA SANTANA CABRERA
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h).
DNI/NIE/CIF: 78507915Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CATHAYSA SANTANA CABRERA la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1529/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h).
DNI/NIE/CIF: 54085493G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Agüimes
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ la sanción de 100€
N° de Expediente: 1530/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: JOSÉ MIGUEL BARRERA DOMÍNGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h).
DNI/NIE/CIF: 44319055X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MIGUEL BARRERA DOMÍNGUEZ la sanción de 100€.
N° de Expediente: 1538/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: CARMELO RAMÓN QUEVEDO SUÁREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h).
DNI/NIE/CIF: 42201287)
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Agüimes
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMELO RAMON QUEVEDO SUÁREZ la sanción de 100€ .
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
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N° de Expediente: 1542/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: OSCAR SIMÓN GÓMEZ ROSALES
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h).
DNI/NIE/CIF: 43758534E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OSCAR SIMÓN GÓMEZ ROSALES la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1543/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: JACOBO LIMA RIVERO
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DNI/NIE/CIF: 78519339F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JACOBO LIMA RIVERO la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1551/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: ZEUS CARLOS RÁMÍREZ MORALES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43291835Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Brígida
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ZEUS CARLOS RÁMÍREZ MORALES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1560/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: JUAN CARLOS ALONSO NOLASCO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78487498K
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN CARLOS ALONSO NOLASCO la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1567/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: ALEJANDRO IGNACIO DE LAS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
LLANDERAS VAQUERO
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 44717922B
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO IGNACIO DE LAS LLANDERAS VAQUERO la sanción de 400€ e incautación
de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1568/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: DAVID OLESTER VEGA VEGA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54077863X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAVID OLESTER VEGA VEGA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1569/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: JONATHAN JESÚS DEL PINO TALAVERA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45761271 B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATHAN JESÚS DEL PINO TALAVERA la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1572/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: RAMÓN TALAVERA GARCÍA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54075673M
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Ingenio
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAMÓN TALAVERA GARCÍA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1573/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: PEDRO JIMÉNEZ MIRANDA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43655241E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª PEDRO JIMÉNEZ MIRANDA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1575/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: JESÚS ANTONIO CABRERA ESTUPIÑÁN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43280581D
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Ingenio
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS ANTONIO CABRERA ESTUPIÑÁN la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1584/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: ROBERTO GARCÍA MONTESDEOCA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78487493Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ROBERTO GARCÍA MONTESDEOCA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1585/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: MOHAMMED MANSOURI
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X4067408L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MOHAMMED MANSOURI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias yefectos.
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 1595/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: JONATHAN GONZÁLEZ ACAMO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 447219745
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATHAN GONZÁLEZ ACAMO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1596/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: RAUL CORCHADO HIPOLITO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 44720976Y
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAUL CORCHADO HIPOLITO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1605/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: RAYCO ELIAZER ARTILES LEÓN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78516233Y
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAYCO ELIAZER ARTILES LEÓN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1615/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: JUAN ANTONIO HENRIQUEZ GONZÁLEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1,
DNI/NIE/CIF: 43640708W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN ANTONIO HENRIQUEZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1617/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: CARMEN DELIA ARENCIBIA ACOSTA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43767238D
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMEN DELIA ARENCIBIA ACOSTA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1621/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: CRISTOPHER STALIN CAHUASQUI PAREDES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X8123443G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTOPHER STALIN CAHUASQUI PAREDES la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1626/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: ANDRE MARTÍN BRYLD
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42218341R
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Mogán
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANDRE MARTÍN BRYLD la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1640/2010
Fecha del Acuerdo: 5/7/2010
Nombre: ANGEL MEDINA SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: DESCONOCIDO
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANGEL MEDINA SANTANA la sanción de 800€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1643/2010
Fecha del Acuerdo: 5/7/2010
Nombre: MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42841958L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1646/2010
Fecha del Acuerdo: 5/7/2010
Nombre: CARLOS ROMERO MACÍAS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78524400P
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARLOS ROMERO MACÍAS la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1715/2010
Fecha del Acuerdo: 5/13/2010
Nombre: CRISTIAN GALÁN FLORES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78518899G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTIAN GALÁN FLORES la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1721/2010
Fecha del Acuerdo: 5/13/2010
Nombre: IVÁN MOISES SANTANA HERNÁNDEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78513841Y
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª IVÁN MOISES SANTANA HERNÁNDEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
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N° de Expediente: 1723/2010
Fecha del Acuerdo: 5/17/2010
Norma infringida: LO 1/1992 -25.1.
Nombre: ABDILMAJID AARAB
DNI/NIE/CIF: X3942810N
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABDILMAJID AARAB la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 721/2010
Fecha del Acuerdo: 3/10/2010
Nombre: LIDIA ESTHER PADRÓN MACHÍN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 44707847X
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LIDIA ESTHER PADRÓN MACHÍN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 762/2010
Fecha del Acuerdo: 3/15/2010
Nombre: MANUEL GUEDES RAMÍREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43285549D
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL GUEDES RAMÍREZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 943/2010
Fecha del Acuerdo: 3/24/2010
Nombre: JUAN AGUSTÍN SUÁREZ HERRERA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42802149T
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN AGUSTÍN SUÁREZ HERRERA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 968/2010
Fecha del Acuerdo: 3/30/2010
Nombre: JUAN MIGUEL BRIA PÉREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DN1/NIE/CIF: 45633433F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Picassent
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN MIGUEL BRIA PÉREZ la sanción de 100C .
N° de Expediente: 992/2010
Fecha del Acuerdo: 3/25/2010
Nombre: JOSE ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 2872521OG
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Sevilla
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSE ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 996/2010
Fecha del Acuerdo: 3/25/2010
Nombre: NICOLÁS BETANCOR MELLAN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42832562F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Puerto del Rosario
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª NICOLÁS BETANCOR MELIAN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1025/2010
Fecha del Acuerdo: 3/29/2010
Nombre: MANUEL JESÚS PADRÓN MENA
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 43252134J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL JESÚS PADRÓN MENA la sanción de 301€ y retirada del arma.
N° de Expediente: 1089/2010
Fecha del Acuerdo: 4/6/2010
Nombre: CRECENCIO MÉNDEZ RAMÍREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42203443F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRECENCIO MÉNDEZ RAMÍREZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1093/2010
Fecha del Acuerdo: 4/6/2010
Nombre: SANTIAGO LEÓN REYES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45536155L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SANTIAGO LEÓN REYES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1150/2010
Fecha del Acuerdo: 4/6/2010
Nombre: JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ MUNGUÍA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54073835E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ MUNGUÍA la sanción de 600€ e incautación de las sutancias y
efectos.
N° de Expediente: 1193/2010
Fecha del Acuerdo: 4/7/2010
Nombre: ANTONIO JUAN PÉREZ GUEDES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43286533G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Mogán
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANTONIO JUAN PÉREZ GUEDES la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
12738
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 1208/2010
Fecha del Acuerdo: 4/7/2010
Nombre: JOSÉ OLIVER SUÁREZ GONZÁLEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n).
DNI/NIE/CIF: 42216993X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Mogán
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ OLIVER SUÁREZ GONZÁLEZ la sanción de 301€ .
N° de Expediente: 1274/2010
Fecha del Acuerdo: 4/9/2010
Nombre: JESÚS AYOSE VALENCIA SUÁREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.h).
DNI/NIE/CIF: 43290028A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Agaete
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS AYOSE VALENCIA SUÁREZ la sanción de 301€
N° de Expediente: 1281/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: KARIM JABRAN EL KAMBOUI
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42250590G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KARIM JABRAN EL KAMBOUI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1282/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: ABIRÁN ESPAÑOL GARCÍA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 47814610W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Llanos de Aridane (Los)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABIRÁN ESPAÑOL GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1284/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: BORJA JAVIER JESÚS DÍAZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42204347Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BORJA JAVIER JESÚS D1AZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1293/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: GINES DOMINGO ÁLVAREZ NAVARRO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42912252W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª GINES DOMINGO ÁLVAREZ NAVARRO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1310/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: ÁNGEL CARMELO CARMONA ARRAY
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44307749C
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ÁNGEL CARMELO CARMONA ARRAY la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1330/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: ARIDANE JULIAN LIMA RIVERO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44725263S
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ARIDANE JULIAN LIMA RIVERO la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1332/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: FRANCISCO DAVID MARRERO MACIAS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45762127Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO DAVID MARRERO MACIAS la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efctos.
N° de Expediente: 1335/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: JOSÉ ABRAHAM CEJUDO BOLAÑOS
Norma infringida: LO 1 /1 992 - 25.1.
DN1/NIE/CIF: 78801908K
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ ABRAHAM CEJUDO BOLAÑOS la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1336/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: JOSÉ ZEBENZUI SANTANA PULIDO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54093204X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ ZEBENZUI SANTANA PULIDO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1338/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: ENRIQUE GABRIEL DÍAZ PULIDO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45756968D
Instructor/a: M. CARMEN DE'LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ENRIQUE GABRIEL DÍAZ PULIDO la sanción de 600€ e incautación de la sustancias y
efectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12739
N° de Expediente: 1342/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: FRANCISCO AYOZE CRUZ SILVA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44727396D
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO AYOZE CRUZ SILVA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1347/2010
Fecha del Acuerdo: 4/13/2010
Nombre: YERAY FALCÓN RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44320532S
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY FALCÓN RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1355/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: LAURA DEL CARMEN GUEDES SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42205085Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LAURADELCARMEN GUEDES SANTANAla sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos.
N° de Expediente: 1356/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: ECHEDEY CRUZ TRUJILLO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78513804S
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ECHEDEY CRUZ TRUJILLO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos.
N° de Expediente: 1368/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: RUYMÁN SUÁREZ SOSA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/N1E/CIF: 78507073T
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMÁN SUÁREZ SOSA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos.
N° de Expediente: 1371/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: ALEJO CEFERINO SOSA GUERRA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43760687J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJO CEFERINO SOSA GUERRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias efectos.
N° de Expediente: 1379/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: BRAULIO ABEL SOSA GARCÍA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43293164B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRAULIO ABEL SOSA GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1384/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: MARÍA ELENA MEDINA SARMIENTO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42822048G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MARÍA ELENA MEDINA SARMIENTO la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1386/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: MANUEL SERGIO GIL SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42858043G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL SERGIO GIL SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1391/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: RUYMÁN SÁNCHEZ ALONSO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42210582Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMÁN SÁNCHEZ ALONSO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1396/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: OCTAVIO PERERA VEGA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 52835094T
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OCTAVIO PERERA VEGA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1404/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: RUYMAN NATANAEL ARAÑA RAMOS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44717806X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RUYMAN NATANAEL ARAÑA RAMOS la sanción de 900€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1405/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: ANIBAL GARCÍA RAMOS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78493092A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa María de Guía de Gran Canaria
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANIBAL GARCÍA RAMOS la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
12740
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 1409/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: GREGORIO ARIDANE RÁMIREZ CABRERA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54085083P
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª GREGORIO ARIDANE RÁMIREZ CABRERA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1429/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: YASSINE ALILI
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X7267262K
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YASSINE ALILI la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1430/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: SAMUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45334284L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SAMUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1432/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: FRANCISCO MANUEL ORTEGA SUÁREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78496239E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO MANUEL ORTEGA SUÁREZ la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1433/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: BORJA MARTÍN SANTANA PÉREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45775613R
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BORJA MARTÍN SANTANA PÉREZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1434/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: JOSE MARTÍN LEÓN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44722238A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSE MARTÍN LEÓN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1437/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: JOSÉ MIGUEL GUZMÁN AFONSO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43660680X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MIGUEL GUZMÁN AFONSO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1439/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: CARMELO RODRÍGUEZ BETANCOR
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43648576G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO Municipio
de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARMELO RODRÍGUEZ BETANCOR la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente.. 1440/2010
Fecha del Acuerdo: 4/22/2010
Nombre: JUAN FRANCISCO GUEDES ALONSO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42217776B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN FRANCISCO GUEDES ALONSO la sanción de 500€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1445/20 I 0
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: JORGE ENRIQUE DÍAZ OJEDA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54077176J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JORGE ENRIQUE DÍAZ OJEDA la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1447/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: DAVID AYTHAMI SÁNCHEZ SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45768543S
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DAVID AYTHAMI SÁNCHEZ SANTANA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1450/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: BRUNO PARDAL
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X7382502P
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Mogán
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRUNO PARDAL la sanción de 600€ e incautación de las sustancias y efectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12741
N° de Expediente: 1458/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: DANIEL ALEMÁN MATA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78487972N
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DANIEL ALEMÁN MATA la sanción de 500€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1462/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: ALEJANDRO MANUEL MAKOL BENITEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42855849H
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO MANUELMAKOLBEN1TEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1463/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Nombre: ADONIS PINO SÁNCHEZ
DNI/NIE/CIF: 45350836B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ADONIS PINO SÁNCHEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1469/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: SAIMO RODRÍGUEZ DÍAZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.h).
DNI/NIE/CIF: 43288698F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Aldea de San Nicolás (La)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SAIMO RODRÍGUEZ DÍAZ la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1472/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: JOSÉ MANUEL MARRERO SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DNI/NIE/CIF: 42865493W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ MANUEL MARRERO SANTANA la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1473/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: OMAR SAMIR1 MARRERO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44322553N
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OMAR SAMIRI MARRERO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efctos.
N° de Expediente: 1475/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: LUCAS JAVIER DE SAA GONZALEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78533628J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUCAS JAVIER DE SAA GONZALEZ la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1476/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: PEDRO JESÚS RAMOS AMEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78492259K
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª PEDRO JESÚS RAMOS AMEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1478/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: KONRAD ZBIGNIEW MICHALKIEWICZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i) y 26.h).
DNI/NIE/CIF: X7857494G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KONRAD ZBIGNIEW MICHALKIEWICZ la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1479/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: ALEJANDRO IGNACIO DE LAS
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
LLANDERAS VAQUERO
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 44717922B
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ALEJANDRO IGNACIO DE LAS LLANDERAS VAQUERO la sanción de 301€ e incautación
de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 1482/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: JESÚS JONATHAN HERNÁNDEZ CABRÉRA
Norma infringida: L(i) 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44304168E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JESÚS JONATHAN HERNÁNDEZ CABRÉRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 1488/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: FACUNDO POPPITTI RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DNI/NIE/CIF: X7224032P
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Agüimes
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FACUNDO-POPPITTI RODRÍGUEZ la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 1491/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: AYOZE SANTANA MARTEL
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIE: 42209197
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AYOZE SANTANA MARTEL la sanción de 301€ .
12742
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 1501/2010
Fecha del Acuerdo: 4/28/2010
Nombre: JUAN JOSÉ SUAREZ SANCHEZ
Norma infringida: L 19/2007 - 22.2 y 7.1.
DNI/NIE/CIF: 54088797L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Ingenio
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ SUAREZ SANCHEZ la sanción de 3000,01€ y prohibición de acceso a recintos
deportivos por un periodo de seis meses.
N° de Expediente: 1505/2010
Fecha del Acuerdo: 4/29/2010
Nombre: LUIS GONZAGA DUQUE OSORIO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X4667173J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUIS GONZAGA DUQUE OSORIO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1506/2010
Fecha del Acuerdo: 4/29/2010
Nombre: SANTIAGO YERÓ GIL RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42218534X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SANTIAGO YERÓ GIL RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 1510/2010
Fecha del Acuerdo: 4/29/2010
Nombre: ISMAEL TORBAY PINTO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42230659Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ISMAEL TORBAY PINTO la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
Las Palmas de Gran Canaria, 1 de Junio de 2010
LA SECRETARIA GENERAL, Rosalía S. Betancort Rijo.
10.493
Subdelegación del Gobierno en Las Palmas
10787-A
NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (BOE del día 27) de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a través de este anuncio
la RESOLUCIÓN dictada en los procedimientos sancionadores que se relacionan, ya que habiéndose intentado la
notificación al interesado en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse.
Contra las referidas resoluciones, los interesados pueden interponer RECURSO DE ALZADA ante el Ministro del Interior,
en el término de UN MES, contado a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o
a partir del día siguiente a la finalización del plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
N° de Expediente: 8/2010
Fecha del Acuerdo: 13/04/2010
Nombre: JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ JIMÉNEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 44311858N
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ JIMÉNEZ la sanción de 301€ e incautación del arma.
N° de Expediente: 66/2010
Fecha del Acuerdo: 23/04/2010
Nombre: STEFAN ERNST REIDER
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X6266838M
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª STEFAN ERNST REIDER la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 97/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: HIGINIO DE JESÚS HERNÁNDEZ OJEDA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78520370A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Teror
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª HIGINIO DE JESÚS HERNÁNDEZ OJEDA la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 141/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: OLIVER GONZÁLEZ GARCÍA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42201820V
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª OLIVER GONZÁLEZ GARCÍA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12743
N° de Expediente: 159/2010
Fecha del Acuerdo: 3/26/2010
Nombre: BRUNO AFONSO MORALES
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45761667Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRUNO AFONSO MORALES la sanción de 400€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 166/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n).
Nombre: MANUEL MIGUEL MARTÍN SANTANA
DNI/NIE/CIF: 45769159X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Madrid
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL MIGUEL MARTÍN SANTANA la sanción de 301€ .
Fecha del Acuerdo: 4/23/2010
N° de Expediente: 179/2010
Nombre: ABDILMAJID AARAB
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X3942810N
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ABDILMAJID AARAB la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 192/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: RAÚL GODOY MONTENEGRO
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DNI/NIE/CIF: 4473 I 804R
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RAÚL GODOY MONTENEGRO la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 207/2010
Fecha del Acuerdo: 4/23/2010
Nombre: SEBASTIÁN JOSÉ ARTILES RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 26.i).
DNI/NIE/CIF: 43270478A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SEBASTIÁN JOSÉ ARTILES RODRÍGUEZ la sanción de 100€ .
N° de Expediente: 230/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: ANTONIO BRAYAN NUEZ DÉNIZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54094511Y
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANTONIO BRAYAN NUEZ DENIZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 277/2010
Fecha del Acuerdo: 4/12/2010
Nombre: ANTONIO JUAN SANTANA SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54073447X
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a UD' ANTONIO JUAN SANTANA SANTANA la sanción, de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 350/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: FRANCISCO ADRIÁN MARRERO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
HERNÁNDEZ
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 78513261R
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO ADRIÁN MARRERO HERNÁNDEZ la sanción de 301€ e incautación de las
sustancias y efectos.
N° de Expediente: 369/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: ANDRÉS MÉNDEZ FERREIRA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78474088C
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ANDRÉS MÉNDEZ FERREIRA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 370/2010
Fecha del Acuerdo: 2/23/2010
Nombre: ERNESTO HERNÁNDEZ GARCÍA
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y0968746T
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Vega de San Mateo
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ERNESTO HERNÁNDEZ GARCÍA la sanción de 501€ .
N° de Expediente: 383/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: MBARK MADRAZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 5639521
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MBARK MADRAZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 394/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Nombre: JOEL ANGEL TRUJILLO MEDINA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54079952Y
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOEL ANGEL TRUJILLO MEDINA la sanción de 225€ e incautación de las sustancias y efectos.
12744
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 400/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: EDWIN ALEJANDRO HERNÁNDEZ AVENDAÑO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: X6226461Q
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª EDWIN ALEJANDRO HERNÁNDEZ AVENDAÑO Ia sanción de 301€ e incautación de
las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 405/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
Nombre: FRANCISCO JAVIER BETANCORT JIMÉNEZ
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 42853049R
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FRANCISCO JAVIER BETANCORT JIMÉNEZ la sanción de 301€ e incautación del arma.
N° de Expediente: 423/2010
Fecha del Acuerdo: 4/14/2010
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Nombre: SATURNINO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
DNI/NIE/CIF: 42838238W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª SATURNINO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 455/2010
Fecha del Acuerdo: 2/23/2010
Nombre: DIANA SERNA RODRÍGUEZ
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y0968745E
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Vega de San Mateo
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DIANA SERNA RODRÍGUEZ la sanción de 501€ .
N° de Expediente: 471/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Nombre: NORBERTO CARRILLO CASANOVA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43614224Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª NORBERTO CARRILLO CASANOVA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 473/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Nombre: CARLOS SANTIAGO SAAVEDRA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
BENITEZ
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 45757933P
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CARLOS SANTIAGO SAAVEDRA BENITEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 482/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Nombre: VIRGILIO MEDINA PÉREZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.n).
DNI/NIE/CIF: 78475704A
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª VIRGILIO MEDINA PÉREZ la sanción de 301€ .
N° de Expediente: 490/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Nombre: CRISTO YOHELY LÓPEZ DE LEÓN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45775168Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª CRISTO YOHELY LÓPEZ DE LEÓN la sanción de 301€ e incautación de sustancias y efectos.
N° de Expediente: 499/2010
Fecha del Acuerdo: 4/16/2010
Nombre: BRETT WOOLLEY
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: X2554640F
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Mogán
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª BRETT WOOLLEY la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 514/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: YONATHAN GUERRA CAZORLA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42225384Y
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YONATHAN GUERRA CAZORLA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 550/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: LEONCIO FRANCISCO DÍAZ SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42779952K
Instnictor/a: M.CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LEONCIO FRANCISCO DÍAZ SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12745
N° de Expediente: 558/2010
Fecha del Acuerdo: 4/19/2010
Nombre: LUIS EDUARDO GARCÍA MARRERO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78516407L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Telde
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª LUIS EDUARDO GARCÍA MARRERO la sanción de 700€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 569/2010
Fecha del Acuerdo: 4/26/2010
Nombre: AYOZE ARIDANI BRITO RUANO
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45764581D
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AYOZE ARIDANI BRITO RUANO la sanción de 500€ e incautación de la sustancia
intervenida.
N° de Expediente: 573/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: YERAY OJEDA LÓPEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45770432H
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY OJEDA LÓPEZ la sanción de 800€ e incautación de la sustancia intervenida.
N° de Expediente: 578/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: ERIMAR FELIPE MORALES QUINTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 44307523R
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ERIMAR FELIPE MORALES QUINTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 587/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: YERAY OJEDA LÓPEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 45770432H
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª YERAY OJEDA LÓPEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 6 I 5/2010
Fecha del Acuerdo: 4/29/2010
Nombre: MANUEL SERGIO GIL SANTANA
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42858043G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Arucas
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª MANUEL SERGIO GIL SANTANA la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
N° de Expediente: 648/2010
Fecha del Acuerdo: 4/29/2010
Nombre: ARIDANE DEL CRISTO URBELO MONZÓN
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 44732097H
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Gáldar
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ARIDANE DEL CRISTO URBELO MONZÓN la sanción de 301€ e incautación del arma.
N° de Expediente: 665/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: ISMAEL DÍAZ ALCARAZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42211188R
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Agüimes
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ISMAEL DÍAZ ALCARAZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 671/2010
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
Nombre: FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 54085493G
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación:. Agüimes
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FERNANDO JONAY LÓPEZ SÁNCHEZ la sanción de 600€ e incautación de las sustancias
y efectos.
N° de Expediente: 672/2010
Fecha del Acuerdo: 4/23/2010
Nombre: DIEGO SALVADOR FERNÁNDEZ WENNIGES
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 42230955B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª DIEGO SALVADOR FERNÁNDEZ WENNIGES la sanción de 301€ y retirada del arma.
N° de Expediente: 684/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: AIRAN FIGUERAS LEON
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 43769939L
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª AIRAN FIGUERAS LEON la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 685/2010
Fecha del Acuerdo: 4/27/2010
Nombre: RYAN ALEJANDRO ROBLES MC CANN
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 42226131 V
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª RYAN ALEJANDRO ROBLES MC CANN la sanción de 301€ e incautación de las sustancias
y efectos.
12746
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
N° de Expediente: 714/2010
Fecha del Acuerdo: 4/23/2010
Nombre: JOSÉ JUAN MARTÍN HERNÁNDEZ
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
DNI/NIE/CIF: 78515675T
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Moya
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JOSÉ JUAN MARTÍN HERNÁNDEZ la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y
efectos.
Fecha del Acuerdo: 5/3/2010
N° de Expediente: 716/2010
Nombre: JORGE BENTEJUI RAMOS CORUÑA
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 45760353J
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JORGE BENTEJUI RAMOS CORUÑA la sanción de 301€ e incautación del arma.
N° de Expediente: 750/2010
Fecha del Acuerdo: 5/4/2010
Nombre: ENRIQUE BALAGUÉ IGBEDI
Norma infringida: LO 1/1992 - 25.1.
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
DNI/NIE/CIF: 44722446G
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ENRIQUE BALAGUÉ IGBEDI la sanción de 301€ e incautación de las sustancias y efectos.
N° de Expediente: 754/2010
Fecha del Acuerdo: 4/20/2010
Nombre: JONATAN JESÚS DÉNIZ TAVÍO
Norma infringida: LO 1/1992 - 23.a).
DNI/NIE/CIF: 78487268K
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JONATAN JESÚS DÉNIZ TAVÍO la sanción de 301€ e incautación del arma.
N° de Expediente: 831/2010
Fecha del Acuerdo: 3/22/2010
Nombre: ROSA HIGINIA FIGUEREDO RECALDE
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y1060274B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Santa Lucía de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª ROSA HIGINIA FIGUEREDO RECALDE la sanción de 501€ .
N° de Expediente: 1283/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: JENNIFER JUNIETH DÍAZ ETHEILBERT
Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a).
DNI/NIE/CIF: X7156240C
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª JENNIFER JUNIETH DÍAZ ETHEILBERT la sanción de 400€
N° de Expediente: 1291/2010
Fecha del Acuerdo: 4/15/2010
Nombre: WALTER ESTUARDO TOLEDO MORÁN
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y1060162Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª WALTER ESTUARDO TOLEDO MORÁN la sanción de 501€ .
N° de Expediente: 1593/2010
Fecha del Acuerdo: 5/5/2010
Nombre: FATIMA EL OUAHABY
Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a).
DNI/NIE/CIF: X8783806Z
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª FATIMA EL OUAHABY la sanción de 300C .
N° de Expediente: 1629/2010
Fecha del Acuerdo: 5/10/2010
Nombre: KART01\10
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y1138847Q
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KARTONO . la sanción de 600C .
N° de Expediente: 1634/2010
Fecha del Acuerdo: 5/6/2010
Nombre: VANIA ROCHA DO NACIMIENTO
Norma infringida: LO 4/2000 - 52.a).
DNI/NIE/CIF: X9705565W
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: Palmas de Gran Canaria (Las)
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª VANIA ROCHA DO NACIMIENTO la sanción de 300C .
N° de Expediente: 1666/2010
Fecha del Acuerdo: 5/7/2010
Nombre: KESVAV RIJAL
Norma infringida: LO 4/2000 - 53.1.a).
DNI/NIE/CIF: Y1060803B
Instructor/a: M. CARMEN DE LA ROSA CANTERO
Municipio de Comunicación: San Bartolomé de Tirajana
Propuesta: Se propone imponer a D/Dª KESVAV RIJAL la sanción de 501€ .
Las Palmas de Gran Canaria, 1 de Junio de 2010
LA SECRETARIA GENERAL, Rosalía S. Betancort Rijo.
10.787-B
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
PUERTOS DE LAS PALMAS
Autoridad Portuaria de Las Palmas
ANUNCIO
10.494
Al amparo de lo establecido en el artículo 59.5 de
la vigente Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y dada la imposibilidad de
notificar en el domicilio habitual a “DON LUIS
GREGORIO SOSAMARTÍN” escrito sobre el desalojo
de la superficie que ocupa en la zona de servicio del
Puerto de Arrecife, se realiza mediante la publicación
del presente ANUNCIO, en el Boletín Oficial de la
Provincia.
ASUNTO: DESAHUCIO ADMINISTRATIVO:
DESALOJO DE SUPERFICIE DE 252 M2, CON
DESTINO A “DOS PANTALANES FLOTANTES”,
EN EL ÁREA III, ESPACIO DE AGUA, DEL
PUERTO DE ARRECIFE.
Por medio del presente escrito, esta Dirección les
comunica que se ha recibido Auto del Juzgado de lo
Contencioso Administrativo Número 3 de la ciudad
de Las Palmas de Gran Canaria, con número de
procedimiento 0000357/2009, (entrada en domicilio),
por el que se autoriza a la Autoridad Portuaria de Las
Palmas para que proceda al DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO de 252 metros cuadrados con
destino a “DOS PANTALANES FLOTANTES”,
situada en el Área III, del Puerto de Arrecife, de
“DON LUIS GREGORIO SOSA MARTÍN”.
El próximo día miércoles, 29 de junio de 2010 a las
10:00 horas, se realizará el desahucio forzoso por parte
de esta Autoridad Portuaria, con auxilio de la fuerza
pública si fuera necesario.
Las Palmas de Gran Canaria, a siete de junio de dos
mil diez.
EL DIRECTOR, José Daniel López López.
10.779
12747
II. ADMINISTRACIÓN
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA
Y COMERCIO
Dirección General de Trabajo
Servicio de Promoción Laboral
ANUNCIO
10.495
ANEXO: 35/1165
Anuncio de la Oficina de Depósito de los Estatutos
de Organizaciones Sindicales de Las Palmas.
En cumplimiento del Art. 4º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos en
el mismo, se hace público que en esta Oficina y a las
11:00 horas del día 16 de junio de 2009, han sido
depositados los Estatutos de la Organización Sindical
denominada “SINDICADO OBRERO DE LOS
PUERTOS CANARIOS (SOPC)“, cuyos ámbitos
son el territorial PROVINCIAL y el profesional
TRABAJADORES, siendo sus firmantes:
Don Gregorio Pita Cárdenes. D.N.I. 43.643.492-A
- Presidente.
Don Enrique Cáceres Pérez. D.N.I. 42.803.088-L
- Secretario de Organización.
Don Juan F. Acosta Jiménez. D.N.I. 42.839.953-S
- Secretario General.
Don Cecilio Hernández Castellano. D.N.I. 43.255.297W - Vocal.
Don José Santana Pérez. D.N.I. 43.643.427-F Vocal.
Don Pedro Falcón Samper. D.N.I. 42.855348-T Vocal.
Don Santiago Nuez Morillo. D.N.I. 42.797.836-B
- Vocal.
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 86.2 de la
Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
podrán los interesados formular por escrito las
alegaciones que estimen procedentes en el plazo de
veinte días, a partir de su publicación.
12748
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de mayo
de dos mil diez.
LA ENCARGADA DE LA OFICINA - LA JEFA
DE SERVICIO DE PROMOCIÓN LABORAL,
Rosario Mendoza Rosales.
10.443
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE FUERTEVENTURA
NOTIFICACIÓN
10.496
De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Común, se notifica por medio de este anuncio que por
el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación
del Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado
el siguiente acuerdo, ya que, intentada la notificación
en el último domicilio conocido del interesado, ésta
no ha podido practicarse.
DESTINATARIO: TEGECOVI, S.A.
Por el presente pongo en su conocimiento que por
el Consejero - Delegado de esta Corporación don
Manuel Miranda Medina, ha sido adoptada en fecha
de abril dos mil diez, la Resolución del tenor literal
siguiente:
DECRETO DEL CONSEJERO - DELEGADO.
Carreteras.
CR020/04.
TQS/yhr.
Visto el expediente n° 020/04 seguido en esta
Sección de Carreteras a instancia de don Pedro
Martínez Escobar en nombre y representación de la
entidad mercantil Tegecovi, S.A., con objeto de
autorizar los cruces subterráneos en la carretera FV101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica
entre los pk-11+550 al pk-14+000.
Visto que con fecha de 25 de febrero de 2004
mediante Decreto del Consejero Delegado de
Infraestructura se otorgó la autorización anteriormente
mencionada, en cuyo punto segundo establecía una
serie de condiciones entre ellas las siguientes:
“e) La conducción se ejecutará en el margen de la
carretera a una distancia no inferior a 12 metros del
borde de la futura autovía del corredor Puerto del RosarioCorralejo, por la misma zanja de la canalización del
proyecto “Conducción de aguas desde el depósito Morro
Francisco-Urbanización Tamaragua”, siempre que
no exista un impedimento físico, lo que llevaría a una
coordinación con la Sección de Carreteras del Cabildo
Insular de Fuerteventura.
j) Si con posterioridad a la ejecución de la canalización,
este Cabildo Insular estimarse necesario la modificación,
sustitución o anulación de la misma, se hará por
cuenta del peticionario y sin derecho a indemnización
alguna, siempre que estas actuaciones se realicen en
las zonas de DOMINIO PÚBLICO y SERVIDUMBRE
de la carretera, ya que la presente autorización lo es
a título de precario.”
Atendido a que el levantamiento topográfico realizado
indica que la canalización no se realizó de acuerdo
con el trazado previsto en el proyecto ni con los
condicionantes de la autorización ocupando zonas que
se verán afectadas por la ejecución del “Corredor
Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta
- Corralejo”.
Atendido que se han iniciados las obras del proyecto
de construcción denominado “Corredor Puerto del
Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo”
y con la finalidad de que no se paralicen las mencionadas
obras, evitando con ello los sobrecostes que tal
situación pueda generar se hace necesario que la
carretera FV-101 esté libre de todo obstáculo que
impida o dificulte la consecución de las obras.
Visto que con fecha de 11 de agosto de 2009
mediante Decreto del Consejera Delegada de
Infraestructura se concedió el plazo improrrogable de
cuarenta y cinco días (45 días) para ejecutar el traslado
de la canalización al exterior del vallado de cerramiento
de la futura autovía.
Visto que se ha sobrepasado el plazo concedido
sin que se haya realizado lo requerido.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Visto que la obra no se ha completado y que la
instalación no se encuentra en servicio.
Visto el Informe-Propuesta del Jefe de Sección de
Carreteras, D. Tomás Quesada de Saá, de fecha 9 de
abril de 2010.
Visto el artículo 34 de la Ley de Bases de Régimen
Local y en virtud del Decreto de Delegaciones de
Competencias n° 2.648/09 de 24 de septiembre,
HE RESUELTO:
Primero: Declarar extinguida la autorización otorgada
a don Pedro Martínez Escobar que actuaba en nombre
y representación de Tegecovi, S.A., mediante Decreto
del Consejero Delegado de Infraestructura de fecha
25 de febrero de 2004 para la realización los cruces
subterráneos en la carretera FV-101, pk-11+550 y
pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk11+550 al pk-14+000, para acometida eléctrica al
SAU PRS-5, por incumplimiento de los condicionantes
establecidos en la misma.
Segundo: Cumpliméntese el trámite de Audiencia
y tal efecto póngase de manifiesto el expediente al
interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS,
formule por escrito las alegaciones que tenga por
conveniente y presente los documentos y justificaciones
que estime pertinentes a su derecho. El expediente se
encuentra en la Sección de Carreteras del Cabildo Insular
de Fuerteventura, sito en la calle 1º de Mayo n° 39,
Puerto del Rosario, donde podrá dirigirse para su
constancia.
Tercero: Notificar la presente resolución a don
Pedro Martínez Escobar, a la Dirección Facultativa
de las obras proyecto de construcción: “CORREDOR
PUERTO DEL ROSARIO - CORRALEJO. TRAMO:
LA CALDERETA - CORRALEJO”, a la Dirección
General de Infraestructura Viaria y la Dirección
General de Energía del Gobierno de Canarias, a la entidad
mercantil TEGECOVI, S.A., por ser parte interesada
y dar traslado de la misma al Pleno de la Corporación
en la primera sesión ordinaria que se celebre.
Cuarto: Comuníquese el presente acuerdo al órgano
instructor con traslado de las actuaciones practicadas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa podrá interponerse, potestativamente
Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo
12749
que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde
el siguiente al de recibo de esta notificación o
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto
en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados
a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES la interposición
del Recurso de Reposición sin que se notifique su
resolución, se entenderá desestimado y quedará
expedita la vía Contencioso-Administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Al concurrir el carácter de Administración Pública
entre los interesados, de conformidad con el artículo
44 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no cabe
interponer recurso en vía administrativa. No obstante,
podrá formular requerimiento previo ante el órgano
que ha dictado el acto para que anule o revoque el acto
administrativo objeto de notificación, mediante escrito
razonado que concretará el acto al que se refiere el
requerimiento, debiendo producirse en el plazo de DOS
MESES a contar desde la presente notificación.
Sin perjuicio de lo expuesto, podrá formularse
Recurso Contencioso Administrativo directamente en
el plazo de DOS MESES contados desde el día
siguiente al de esta notificación, ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran
Canaria.
Puerto del Rosario, dieciocho de mayo de dos mil
diez.
EL CONSEJERO DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,
Manuel Miranda Medina.
10.831
12750
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
NOTIFICACIÓN
10.497
De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Común, se notifica por medio de este anuncio que por
el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación
del Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado
el siguiente acuerdo, ya que, intentada la notificación
en el último domicilio conocido del interesado, ésta
no ha podido practicarse.
DESTINATARIO: D. Pedro Martínez Escobar,
Tegecovi, S.A.
Por el presente pongo en su conocimiento que por
el Consejero - Delegado de esta Corporación Don Manuel
Miranda Medina, ha sido adoptada en fecha de abril
dos mil diez, la Resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO DEL CONSEJERO - DELEGADO.
Carreteras.
CR020/04.
TQS/yhr.
Visto el expediente n° 020/04 seguido en esta
Sección de Carreteras a instancia de don Pedro
Martínez Escobar en nombre y representación de la
entidad mercantil Tegecovi, S.A., con objeto de
autorizar los cruces subterráneos en la carretera FV101, pk-11+550 y pk-14+000 y canalización eléctrica
entre los pk-11+550 al pk-14+000.
Visto que con fecha de 25 de febrero de 2004
mediante Decreto del Consejero Delegado de
Infraestructura se otorgó la autorización anteriormente
mencionada, en cuyo punto segundo establecía una
serie de condiciones entre ellas las siguientes:
“e) La conducción se ejecutará en el margen de la
carretera a una distancia no inferior a 12 metros del
borde de la futura autovía del corredor Puerto del RosarioCorralejo, por la misma zanja de la canalización del
proyecto “Conducción de aguas desde el depósito Morro
Francisco-Urbanización Tamaragua”, siempre que
no exista un impedimento físico, lo que llevaría a una
coordinación con la Sección de Carreteras del Cabildo
Insular de Fuerteventura.
j) Si con posterioridad a la ejecución de la canalización,
este Cabildo Insular estimarse necesario la modificación,
sustitución o anulación de la misma, se hará por
cuenta del peticionario y sin derecho a indemnización
alguna, siempre que estas actuaciones se realicen en
las zonas de DOMINIO PÚBLICO y SERVIDUMBRE
de la carretera, ya que la presente autorización lo es
a título de precario.”
Atendido a que el levantamiento topográfico realizado
indica que la canalización no se realizó de acuerdo
con el trazado previsto en el proyecto ni con los
condicionantes de la autorización ocupando zonas que
se verán afectadas por la ejecución del “Corredor
Puerto del Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta
- Corralejo”.
Atendido que se han iniciados las obras del proyecto
de construcción denominado “Corredor Puerto del
Rosario - Corralejo. Tramo: La Caldereta - Corralejo”
y con la finalidad de que no se paralicen las mencionadas
obras, evitando con ello los sobrecostes que tal
situación pueda generar se hace necesario que la
carretera FV-101 esté libre de todo obstáculo que
impida o dificulte la consecución de las obras.
Visto que con fecha de 11 de agosto de 2009
mediante Decreto del Consejera Delegada de
Infraestructura se concedió el plazo improrrogable de
cuarenta y cinco días (45 días) para ejecutar el traslado
de la canalización al exterior del vallado de cerramiento
de la futura autovía.
Visto que se ha sobrepasado el plazo concedido
sin que se haya realizado lo requerido.
Visto que la obra no se ha completado y que la
instalación no se encuentra en servicio.
Visto el Informe-Propuesta del Jefe de Sección de
Carreteras, D. Tomás Quesada de Saá, de fecha 9 de
abril de 2010.
Visto el artículo 34 de la Ley de Bases de Régimen
Local y en virtud del Decreto de Delegaciones de
Competencias n° 2.648/09 de 24 de septiembre,,
HE RESUELTO:
Primero: Declarar extinguida la autorización otorgada
a don Pedro Martínez Escobar que actuaba en nombre
y representación de Tegecovi, S.A., mediante Decreto
del Consejero Delegado de Infraestructura de fecha
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
25 de febrero de 2004 para la realización los cruces
subterráneos en la carretera FV-101, pk-11+550 y
pk-14+000 y canalización eléctrica entre los pk11+550 al pk-14+000, para acometida eléctrica al
SAU PRS-5, por incumplimiento de los condicionantes
establecidos en la misma.
Segundo: Cumpliméntese el trámite de Audiencia
y tal efecto póngase de manifiesto el expediente al
interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS,
formule por escrito las alegaciones que tenga por
conveniente y presente los documentos y justificaciones
que estime pertinentes a su derecho. El expediente se
encuentra en la Sección de Carreteras del Cabildo Insular
de Fuerteventura, sito en la calle 1º de Mayo n° 39,
Puerto del Rosario, donde podrá dirigirse para su
constancia.
Tercero: Notificar la presente resolución a don
Pedro Martínez Escobar, a la Dirección Facultativa
de las obras proyecto de construcción. “CORREDOR
PUERTO DEL ROSARIO - CORRALEJO. TRAMO:
LA CALDERETA - CORRALEJO”, a la Dirección
General de Infraestructura Viaria y la Dirección
General de Energía del Gobierno de Canarias, a la entidad
mercantil TEGECOVI, S.A., por ser parte interesada
y dar traslado de la misma al Pleno de la Corporación
en la primera sesión ordinaria que se celebre.
Cuarto: Comuníquese el presente acuerdo al órgano
instructor con traslado de las actuaciones practicadas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa podrá interponerse, potestativamente
Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo
que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde
el siguiente al de recibo de esta notificación o
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto
en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados
a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido un mes la interposición
del Recurso de Reposición sin que se notifique su
12751
resolución, se entenderá desestimado y quedará
expedita la vía Contencioso-Administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Al concurrir el carácter de Administración Pública
entre los interesados, de conformidad con el artículo
44 de la Ley 29/1998 del 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no cabe
interponer recurso en vía administrativa. No obstante,
podrá formular requerimiento previo ante el órgano
que ha dictado el acto para que anule o revoque el acto
administrativo objeto de notificación, mediante escrito
razonado que concretará el acto al que se refiere el
requerimiento, debiendo producirse en el plazo de DOS
MESES a contar desde la presente notificación.
Sin perjuicio de lo expuesto, podrá formularse
Recurso Contencioso Administrativo directamente en
el plazo de DOS MESES contados desde el día
siguiente al de esta notificación, ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo de las Palmas de Gran
Canaria.
Puerto del Rosario, dieciocho de mayo de dos mil
diez.
EL CONSEJERO DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,
Manuel Miranda Medina.
10.833
ANUNCIO
10.498
Habiéndose intentado dos veces la notificación por
los cauces previstos a tal efecto en el artículo 59 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, sin que haya sido posible
practicarla por causas no imputables a la Administración,
y apreciando que el contenido de la misma puede lesionar
derechos e intereses legítimos, en aplicación del
artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, por el presente anuncio se cita a D.
Domingo García Fuente o a sus representantes, con
el fin de notificarles por comparecencia el texto
íntegro de la resolución del Consejero Delegado de
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, referente
12752
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
a expediente administrativo seguido en la Unidad de
Carreteras y dejar constancia en el expediente de tal
conocimiento.
A tal efecto, D. Domingo García Fuente o a sus
representantes debidamente acreditados, deberán
personarse en el plazo máximo de DIEZ DÍAS HÁBILES,
contados desde el día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el Boletín Oficial de Provincia de Las
Palmas, en las dependencias administrativas de la
Unidad de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura
cita en la calle Rosario n° 7 de Puerto del Rosario. La
comparecencia se efectuará en horario comprendido entre
las 09:00 y las 14:00 horas (13:00 horas en horario de
verano), de lunes a viernes.
Si transcurrido el citado plazo no se hubiese
comparecido, la notificación se entenderá producida
a todos los efectos legales desde el día siguiente al
del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Puerto del Rosario, veinticinco de mayo de dos mil
diez.
EL CONSEJERO-DELEGADO DE INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,
Manuel Miranda Medina.
10.832
NOTIFICACIÓN
10.499
De acuerdo con lo dispuesto en lo artículo 59.5 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Común, se notifica por medio de este anuncio que por
el Consejero-Delegado de Infraestructuras y Ordenación
Territorio de este Cabildo Insular se ha dictado el siguiente
acto, ya que, intentada la notificación en el último
domicilio conocido del interesado, ésta no ha podido
practicarse.
D. HORACIO NÉSTOR VIGNONE GONZÁLEZ
ASUNTO: Nota de gastos ocasionada por daños a
la infraestructura de la carretera FV-2, p.k. 12,645 ambos
márgenes, término municipal de Puerto del Rosario.
Según informe del Área de Infraestructuras, Sección
de Carreteras de este Cabildo, se ha procedido por motivos
de seguridad vial, a la reposición de doce metros
lineales de barrera de seguridad y un hito de arista,
dañada por el vehículo matricula 3531-BVJ, como
consecuencia del accidente de circulación ocurrido
el día 15 de febrero de 2010, en el lugar indicado en
el asunto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
35 de la Ley 9/1991 de Carreteras de Canarias, en relación
con el artículo 78.5 del Reglamento de Carreteras del
Canarias, aprobado por Decreto Territorial 131/1995,
de 11 de mayo.
La valoración de los daños reparados asciende a la
cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (428,20 euros),
según se detalla en la nota de gastos adjunta.
Lo que se notifica, concediéndole un plazo de DIEZ
(10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente
al de la recepción de esta notificación, para que alegue
por escrito, con aportación o proposición de pruebas
que considere más oportunas, lo que en su defensa
estime conveniente, de conformidad con lo establecido
en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de no hacer alegaciones podrá ingresar
el importe de los daños en la cuenta corriente número
2052 8032 883500001200 de La Caja de Canarias.
Asimismo se le comunica que de conformidad con
la Ley de Responsabilidad y Seguro en la Circulación
de Vehículos a Motor, el importe de estos daños
quedan cubiertos por el seguro obligatorio del automóvil
(seguro de responsabilidad civil para la cobertura de
los daños y perjuicios causados a las personas o los
bienes con motivo de la circulación). No obstante y
mientras la compañía aseguradora no manifieste por
escrito ante este Cabildo Insular que se subroga en
las obligaciones del responsable de los hechos, todas
las actuaciones se seguirán con la persona causante
de los daños.
Asimismo, y en cumplimiento del art. 42.3 de la Ley
30/1992, se le informa que el plazo máximo en que
deberá resolverse y notificarse esta reclamación es de
TRES MESES desde la fecha del presente acuerdo
de iniciación, teniendo en cuenta que de incumplirse
este plazo se producirá la caducidad del expediente
administrativo. Dicha caducidad no interrumpe el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
plazo de prescripción y no tendrá lugar en el caso de
que el procedimiento se haya suspendido por alguno
de los motivos establecidos en el art. 42.5 de la citada
Ley.
Contra este acto no cabe recurso.
En Puerto del Rosario, a veintiocho de mayo de dos
mil diez.
EL CONSEJERO-DELEGADO, Manuel Miranda
Medina.
10.897
CONSEJO INSULAR DE AGUAS
DE FUERTEVENTURA
ANUNCIO
10.500
Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio
obrante en el expediente la notificación a doña Luz
Marina Sánchez Gopar del Decreto, de fecha 8 de abril
de 2010, emitido por el Presidente del Consejo Insular
de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se procede
a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto,
cuyo tenor literal es el siguiente:
NOTIFICACIÓN
Por la presente pongo en su conocimiento por el
Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha
8 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente
es la siguiente:
SSDU-08
BSB/rbcm
DECRETO DE LA PRESIDENCIA
Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular
de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen
de subvenciones para la instalación de depuradoras
12753
unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de
fecha 24 de febrero de 2006.
Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto
de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones
a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la
Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose
la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número
96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un
plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES,
a contar desde el día siguiente de su publicación en
el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad
de 125.733,18 euros.
Visto que a la citada convocatoria, en régimen de
concurrencia competitiva efectuada mediante concurso,
han concurrido los siguientes aspirantes:
- Doña Luz Marina Sánchez Gopar.
Visto el expediente seguido en este Consejo Insular
con objeto de proceder a la concesión de subvenciones
para la instalación de depuradoras a viviendas
unifamiliares del año 2008.
Vistos los informes del Técnico del Departamento
de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso
Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre
de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente,
y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19
de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de
noviembre de 2009, respectivamente, además de las
Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en
Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de
fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz
Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16
de noviembre de 2009, respectivamente, así como de
los informes de fiscalización de la Interventora Acctal.,
doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de
junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009,
respectivamente.
Visto que publicada la propuesta de resolución
provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se
presentaron las alegaciones:
• En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett
Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de
empadronamiento en la vivienda.
12754
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
• En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad
de la documentación exigida.
• En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la
documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003,
adjuntando copia de la misma.
• En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación.
Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María
del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé
Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que
ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación
exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que
ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder
de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha
requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen
los informes obrantes en su expediente.”
Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010.
Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010.
Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la
fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril
de 2010.
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas
Ordenanzas, por el presente,
HE RESUELTO:
2º) Denegar las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos
que se recogen en cada caso:
EXP. Nº
55/08
SOLICITANTE
Doña Luz Marina Sánchez Gopar
NIF
42.891.298-R
MOTIVO DE DENEGACIÓN
No subsanar la documentación requerida en tiempo y forma.
7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno
del Consejo en la primera sesión que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de
Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al
de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c),
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de
recibo de esta notificación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la
interposición del Recurso de Reposición sin que se
notifique su resolución, se entenderá desestimado y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil
diez.
LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO
INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento
Pérez.
ANUNCIO
10.851-A
10.501
Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio
obrante en el expediente la notificación a don Rubén
A. Argilagos Casasayas y doña Eva Gutiérrez Rodríguez
del Decreto, de fecha 8 de abril de 2010, emitido por
el Presidente del Consejo Insular de Aguas de
Fuerteventura, de conformidad con el artículo 59.5
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a
notificar mediante el siguiente anuncio el citado
Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente:
NOTIFICACIÓN
Por la presente pongo en su conocimiento por el
Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha
8 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente
es la siguiente:
SSDU-08
BSB/rbcm
DECRETO DE LA PRESIDENCIA
Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular
de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen
de subvenciones para la instalación de depuradoras
12755
unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de
fecha 24 de febrero de 2006.
Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto
de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones
a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la
Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose
la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número
96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un
plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES,
a contar desde el día siguiente de su publicación en
el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad
de 125.733,18 euros.
Visto que a la citada convocatoria, en régimen de
concurrencia competitiva efectuada mediante concurso,
han concurrido los siguientes aspirantes:
- Don Rubén A. Argilagos Casasayas y doña Eva
Gutiérrez Rodríguez.
Visto el expediente seguido en este Consejo Insular
con objeto de proceder a la concesión de subvenciones
para la instalación de depuradoras a viviendas
unifamiliares del año 2008.
Vistos los informes del Técnico del Departamento
de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso
Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre
de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente,
y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19
de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de
noviembre de 2009, respectivamente, además de las
Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en
Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de
fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz
Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16
de noviembre de 2009, respectivamente, así como de
los informes de fiscalización de la Interventora Acctal.,
doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de
junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009,
respectivamente.
Visto que publicada la propuesta de resolución
provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se
presentaron las alegaciones:
• En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett
Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de
empadronamiento en la vivienda.
12756
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
• En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad
de la documentación exigida.
• En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la
documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003,
adjuntando copia de la misma.
• En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación.
Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María
del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé
Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que
ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación
exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que
ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder
de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha
requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen
los informes obrantes en su expediente.”
Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010.
Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010.
Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la
fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril
de 2010.
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas
Ordenanzas, por el presente,
HE RESUELTO:
1º) Inadmitir las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos
que asimismo se indican:
EXP. Nº
05/08
SOLICITANTE
Don Rubén A. Argilagos Casasayas
y doña Eva Gutiérrez Rodríguez
NIF
X-4057161-F
45.497.162-B
MOTIVO DE INADMISIÓN
No cumplen con los requisitos para ser beneficiarios,
establecido en la Base 11ª.2.
7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno
del Consejo en la primera sesión que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de
Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al
de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c),
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de
recibo de esta notificación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la
interposición del Recurso de Reposición sin que se
notifique su resolución, se entenderá desestimado y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil
diez.
LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO
INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento
Pérez.
10.851-B
ANUNCIO
10.502
Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio
obrante en el expediente la notificación a doña Clara
M. Peña Pérez del Decreto, de fecha 8 de abril de 2010,
emitido por el Presidente del Consejo Insular de
Aguas de Fuerteventura, de conformidad con el
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se procede
a notificar mediante el siguiente anuncio el citado Decreto,
cuyo tenor literal es el siguiente:
NOTIFICACIÓN
Por la presente pongo en su conocimiento por el
Presidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
don Mario Cabrera González, ha sido adoptado en fecha
08 de abril de 2010, la Resolución que parcialmente
es la siguiente:
SSDU-08
BSB/rbcm
DECRETO DE LA PRESIDENCIA
Vista la Ordenanza Específica del Consejo Insular
de Aguas de Fuerteventura, por la que se regula el régimen
de subvenciones para la instalación de depuradoras
unifamiliares, en la Isla de Fuerteventura, publicada
12757
en el Boletín Oficial de la Provincia número 25, de
fecha 24 de febrero de 2006.
Visto que con fecha 9 de julio de 2008, por Decreto
de la Presidencia se acuerda convocar, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones
a la instalación de depuradoras unifamiliares, en la
Isla de Fuerteventura, anualidad 2008, publicándose
la misma en el Boletín Oficial de la Provincia número
96, de fecha 25 de julio de 2008, estableciéndose un
plazo de presentación de solicitudes de UN (1) MES,
a contar desde el día siguiente de su publicación en
el B.O.P., destinando a ésta convocatoria la cantidad
de 125.733,18 euros.
Visto que a la citada convocatoria, en régimen de
concurrencia competitiva efectuada mediante concurso,
han concurrido los siguientes aspirantes:
- Doña Clara M. Peña Pérez.
Visto el expediente seguido en este Consejo Insular
con objeto de proceder a la concesión de subvenciones
para la instalación de depuradoras a viviendas
unifamiliares del año 2008.
Vistos los informes del Técnico del Departamento
de Obras Hidráulicas, don José Antonio Vizoso
Rivera, de fechas 18 de mayo de 2009, 20 de octubre
de 2009 y 16 de noviembre de 2009, respectivamente,
y los informes del Órgano Colegiado, de fechas 19
de mayo de 2009, 21 de octubre de 2009, 16 de
noviembre de 2009, respectivamente, además de las
Propuestas de Resolución de la Sra. Gerente en
Funciones, doña Luisa Bethencourt Saavedra, de
fecha 19 de mayo de 2009, y de la Gerente, doña Beatriz
Suárez Bosa, de fechas 21 de octubre de 2009 y 16
de noviembre de 2009, respectivamente, así como de
los informes de fiscalización de la Interventora Acctal.,
doña María Dolores Miranda López, de fechas 26 de
junio de 2009 y 30 de diciembre de 2009,
respectivamente.
Visto que publicada la propuesta de resolución
provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas número 26, de 24 de febrero de 2010 se
presentaron las alegaciones:
• En fecha 02/03/10, R.E. número 182, doña Jeanett
Desireé Kristoffersen, acompaña certificado de
empadronamiento en la vivienda.
12758
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
• En fecha 02/03/10, R.E. número 184, don José Luis Rodríguez Betancor, alega que ha aportado la totalidad
de la documentación exigida.
• En fecha 04/03/10, R.E. número 193, don A. Mario Rodríguez Rodríguez, alega que ha aportado toda la
documentación exigida salvo el alta a terceros por obrar ya en el Cabildo de Fuerteventura desde el año 2003,
adjuntando copia de la misma.
• En fecha 08/03/10, R.E. número 199, doña María del Pino Milla Castillo, aporta documentación.
Visto que examinados los expedientes respectivos por la Secretaria Delegada de este Organismo, doña María
del Rosario Sarmiento Pérez, se informa “…Estimar las alegaciones presentadas por doña Jeanet Desireé
Kristoffersen, don José Luis Rodríguez Betancor y don Mario Rodríguez Rodríguez por cuanto se aprecia que
ha existido error en la valoración de la documentación habida cuenta que han presentado en plazo toda la documentación
exigida en las Bases, siendo así que don Mario Rodríguez Rodríguez, habiendo comunicado en la instancia que
ya estaba el Alta a Terceros en el Cabildo de Fuerteventura no estaba obligado a aportarlo por obrar ya en poder
de la Administración. Desestimar la alegación de doña María del Pino Milla Castillo por cuanto no se le ha
requerido ninguna documentación que haya que aportar habiendo transcurrido el plazo para ello, sin que se desvirtúen
los informes obrantes en su expediente.”
Visto el informe propuesta del Técnico del Departamento de Obras Hidráulicas de fecha 26 de marzo de 2010.
Visto el informe del Órgano Colegiado de fecha 29 de marzo de 2010.
Visto el informe de la Gerente, doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 30 de marzo de 2010, así como la
fiscalización de conformidad de la Interventora Acctal. doña María Dolores López Miranda, de fecha 8 de abril
de 2010.
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,
aprobados por Decreto 88/1994, de 27 de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de febrero, y las referidas
Ordenanzas, por el presente,
HE RESUELTO:
1º) Inadmitir las siguientes solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria, por los motivos
que asimismo se indican:
EXP. Nº
46/08
SOLICITANTE
Doña Clara M. Peña Pérez
NIF
42.884.343-S
MOTIVO DE INADMISIÓN
No cumple con los requisitos para ser beneficiaria,
establecido en la Base 11ª.2.
7º) De la presente resolución se dará traslado a los interesados, a la Intervención Delegada y la Junta de Gobierno
del Consejo en la primera sesión que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa podrá interponer, potestativamente Recurso de
Reposición, ante el Órgano Administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente al
de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c),
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de
recibo de esta notificación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la
interposición del Recurso de Reposición sin que se
notifique su resolución, se entenderá desestimado y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil
diez.
LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO
INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento
Pérez.
10.851-C
ANUNCIO
10.503
Que habiéndose intentado sin efecto en el domicilio
obrante en el expediente la notificación a don Antonio
Cortina Betoret del Decreto, de fecha 7 de abril de
2010, emitido por el Vicepresidente del Consejo
Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad
con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
se procede a notificar mediante el siguiente anuncio
el citado Decreto, cuyo tenor literal es el siguiente:
NOTIFICACIÓN
Por la presente pongo en su conocimiento que por
el Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de
Fuerteventura, don Manuel Miranda Medina, ha sido
adoptado en fecha 7 de abril de 2010, la Resolución
cuyo tenor literal es la siguiente:
Exp.: 01/10-PDU
BSB/rbcm
DECRETO DE LA VICEPRESIDENCIA
Resultando que con fecha 14 de agosto de 2009, con
R.E. número 847, don Antonio Cortina Betoret,
solicita autorización para la instalación de una planta
depuradora unifamiliar de aguas residuales.
12759
Resultando que mediante oficio de fecha 14 de
enero de 2010, registro de salida número 18, de fecha
15 de enero de 2010, notificado el 30 de enero de 2010,
se requiere al interesado la documentación que se cita
a continuación, instándole para que en un plazo de
QUINCE (15) DÍAS, subsane lo señalado, con
apercibimiento de que si así no lo hiciera se le tendría
por desistido de su petición:
“En relación con su solicitud sobre el asunto del
epígrafe, adjunto se remiten los cinco ejemplares del
DOCUMENTO DE INGRESO, debidamente
cumplimentado, a fin de que el importe de la tasa
señalada, sea ingresado por usted en la entidad bancaria
reseñada, debiendo entregar con posterioridad en este
Consejo el ejemplar blanco (Intervención Delegada)
y ejemplares azul y rosa (Tesorería y expediente), que
servirán para justificar el pago.
Se le comunica asimismo que, es condición
indispensable el abono de esta tasa para tramitar su
solicitud, de conformidad con la Ley 5/1996 de
Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma
de Canarias, y el Decreto Legislativo 1/1994, Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma
de Canarias…”
Resultando que, transcurrido el plazo concedido, el
interesado no ha subsanado el reparo requerido por
este Consejo.
Vistos los artículos 42 y 71.1 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Visto el informe favorable del Técnico de Obras,
don José Antonio Vizoso Rivera, de fecha 6 de abril
de 2010.
Vista la propuesta de resolución de la Gerente del
C.I.A.F., doña Beatriz Suárez Bosa, de fecha 6 de abril
de 2010.
Considerando que el órgano competente para resolver
el presente expediente es el Presidente, según el
Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de
Fuerteventura, aprobado por Decreto 88/1994, de 27
de mayo, modificado por Decreto 43/2007, de 27 de
febrero.
12760
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
De conformidad con el Decreto de la Presidencia
Delegación de Competencias número 178/07, de 1 de
agosto, por el presente,
HE RESUELTO:
a) Tener por desistido a don Antonio Cortina Betoret,
en su solicitud de autorización para la instalación de
una planta depuradora unifamiliar de aguas residuales.
b) DECLARAR concluso el procedimiento en
cuanto al expediente de autorización instado por el
interesado, disponiendo su archivo. Exp.: 01/10PDU.
c) De la presente Resolución se dará traslado al
interesado y a la Junta de Gobierno en la primera sesión
que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa podrá interponer, potestativamente
Recurso de Reposición, ante el Órgano Administrativo
que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde
el siguiente al de recibo de esta notificación o
directamente Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto
en los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados
a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación.
Interpuesto el Recurso de Reposición no se podrá
interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta
tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la
interposición del Recurso de Reposición sin que se
notifique su resolución, se entenderá desestimado y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso
Extraordinario de Revisión o cualquier otro que
estime procedente en Derecho.
Puerto del Rosario, a veintisiete de mayo de dos mil
diez.
LA SECRETARIA DELEGADA DEL CONSEJO
INSULAR DE AGUAS, María del Rosario Sarmiento
Pérez.
10.852
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE GRAN CANARIA
Consejería de Recursos Humanos
y Organización
Servicio de Recursos Humanos
ANUNCIO
10.504
En virtud de lo dispuesto en las Bases Generales
de la convocatoria por el turno libre, para cubrir
plazas vacantes de la plantilla de personal laboral
incluidas en las Ofertas de Empleo Público 2005,
2006, 2008 y 2009 de este Cabildo, la Sra. Consejera
de Recursos Humanos y Organización, por delegación
del Consejo de Gobierno Insular (Acuerdo de 16.07.07)
mediante Resoluciones de fecha 28 de mayo de 2010,
ha dispuesto:
1º. La aprobación de las Listas definitivas de
admitidos y excluidos de las convocatorias por el
turno libre, para cubrir plazas de la plantilla de
personal laboral, incluidas en las Ofertas de Empleo
Público 2005, 2006, 2008 y 2009 de este Cabildo, de
las categorías de Educador/a, Informador/a Juvenil,
Oficial 1º Cocinero/a, Oficial 1º Mantenimiento,
Capataz Agrícola, Oficial 1º Conductor/a, Cuidador/a
Puericultor/a, Auxiliar de Biblioteca, Auxiliar de
Hogar, Celador/a, Ayudante de Cocina, y Peón,
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 164, de 25 de diciembre de 2009.
2º. Designar los miembros de los Tribunales
Calificadores de las citadas convocatorias. La
composición de los Tribunales Calificadores, así
como las listas definitivas de aspirantes admitidos y
excluidos, se encuentran expuestos en el Tablón de
Anuncios de la Corporación, sito en la Oficina de
Información y Atención al Ciudadano, Calle Profesor
Agustín Millares Carló, s/n, Edificio Insular I, 35003,
Las Palmas de Gran Canaria, así como en la página
web www.grancanaria.com.
3º. El lugar, fecha y hora para la realización del primer
ejercicio de la fase de oposición, al que deberán
asistir los aspirantes provistos del Documento Nacional
de Identidad vigente, serán los siguientes:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Educador/a:
Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1
- Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 29 de junio de 2010. Hora: 09:00.
Informador Juvenil:
Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1
- Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00.
Oficial 1º Cocinero/a:
Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán
Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 30 de junio de 2010. Hora: 13:00.
Oficial 1º Mantenimiento:
Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán
Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 29 de junio de 2010. Hora: 13:00.
Capataz Agrícola:
Lugar: Centro Insular de Juventud, calle Hernán Pérez,
número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 2 de julio de 2010. Hora: 13:00.
Oficial 1º Conductor:
Lugar: Centro Insular de Juventud, Calle Hernán
Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00.
Cuidador/a Puericultor/a:
Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1
- Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 1 de julio de 2010. Hora: 13:00.
Auxiliar de Biblioteca:
Lugar: Casa Museo Colón. Calle Colón, número 1
- Vegueta. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 30 de junio de 2010. Hora: 13:00.
12761
Auxiliar de Hogar:
Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde
Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 5 de julio de 2010. Hora: 13:30.
Celador/a:
Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde
Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 5 de julio de 2010. Hora: 11:30.
Ayudante de Cocina:
Lugar: Centro Insular de Juventud. Calle Hernán
Pérez, número 8, bis. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 2 de julio de 2010. Hora: 13:00.
Peón:
Lugar: Centro Insular de Deportes. Avenida Alcalde
Ramírez Bethencourt, s/n. Las Palmas de Gran Canaria.
Fecha: 28 de junio de 2010. Hora: 13:00.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de mayo
de dos mil diez.
LA CONSEJERA DE RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACIÓN (P.D.: Acuerdo del Consejo de
Gobierno Insular de 16.07.07), Teresa Mayoral
Fernández.
10.459
Consejería de Educación y Juventud
Servicio de Educación
ANUNCIO
10.505
A medio del presente se hace público el acuerdo
adoptado por el Consejo de Gobierno Insular con
fecha 7 de junio de 2010, en cuya virtud se aprobó
la “CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2010 DE
SUBVENCIONES PARA LAS ESCUELAS
PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÚSICA Y/O
DANZA”.
12762
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Asimismo se hace saber que el plazo de presentación
de instancias será de VEINTE (20) DÍAS, los cuales
comenzarán a computarse a partir del día siguiente
al de la publicación del presente en el Boletín Oficial
de la Provincia.
“CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2010 DE
SUBVENCIONES PARA LAS ESCUELAS
PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÚSICA Y/O
DANZA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Cabildo de Gran Canaria, aun en el contexto
socioeconómico actual, consciente de la importancia
formativa que tienen las Escuelas de Música y/o
Danza de Gran Canaria, pretende continuar coadyuvando
a su mantenimiento, pero también a su desarrollo, así
como a la mejora de las condiciones laborales del personal
docente, todo ello a través de esta subvención dirigida
a las Entidades Públicas Locales titulares de las
Escuelas de Música. Así, la presente convocatoria surge,
por un lado, como fruto de la experiencia acumulada
en la gestión en ediciones anteriores, y, por otro lado,
tras haber realizado una previa labor de campo
consistente, entre otras actividades, en la visita de cada
una de las Escuelas existentes y mantenido reuniones
con los distintos grupos que participan de la gestión
de las mismas, tanto a nivel educativo, como gestor
o político. Asimismo, se ha establecido una línea de
colaboración con el Gobierno de Canarias, a través
de la Consejería competente, a fin de aunar esfuerzos
por parte de ambas Administraciones en la consecución
del objetivo común de fomentar la educación musical
de los habitantes de Gran Canaria, especialmente la
de los más jóvenes.
ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Y BENEFICIARIOS.
1.1. La presente convocatoria se efectúa de conformidad
con lo previsto en Base 13ª de la “Ordenanza General
de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran
Canaria’” aprobada por el Pleno Corporativo en
sesión de fecha 26 de Septiembre de 2008 y publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia número 166, de
26/12/2008 (en adelante OGS) y tiene por objeto el
fomento de las Escuelas de Música, de las Escuelas
de Danza o de las Escuelas de Música y Danza (en
adelante Escuelas de Música y/o Danza), pertenecientes
a las Entidades Públicas Locales Municipales de la
Isla de Gran Canaria, estableciéndose como conceptos
subvencionables los siguientes:
1.1.1. Adquisición de material específico de las
Escuelas: cualquier tipo de material específico de las
Escuelas de Música y/o Danza, tenga o no carácter
instrumental o bibliográfico, siempre que tenga la
consideración de ‘inventariable’.
1.1.2. Gastos de funcionamiento: cualesquiera gastos
corrientes derivados de la actividad propia de las
Escuelas de Música y/o Danza, que no se encuentren
incluidos en el apartado anterior.
1.2. En cualquier caso, los conceptos subvencionables
a que se refiere el apartado anterior deberán cumplir
el requisito de haber sido adquiridos, desarrollados
o ejecutados a lo largo del año 2010.
1.3. Sólo podrán ostentar la condición de beneficiarios
de la subvención, aquellas Entidades u Organismos
Públicos Locales Municipales de la Isla de Gran
Canaria, siempre y cuando cumplan acumulativamente
los siguientes requisitos:
1.3.1. El haber obtenido, y mantener vigente, a la
fecha de la publicación de la presente ‘Convocatoria’,
la preceptiva autorización de la Consejería de Educación,
Universidades, Cultura y Deportes a que se refiere el
artículo 4 del Decreto Territorial 179/1994, de 29 de
Julio.
1.3.2. Encontrarse desarrollando actividad lectiva
durante el curso 2009/2010.
1.3.3. Cumplir la totalidad de los requisitos específicos
establecidos en cualquiera de los apartados de la
presente convocatoria.
1.4. Aún cumpliendo lo establecido en el apartado
anterior, en ningún caso podrán obtener la condición
de beneficiarios:
1.4.1. Las Escuelas de Música y/o Danza de nueva
creación, entendiéndose por Escuelas de Música y/o
Danza de nueva creación aquéllas que hubieran sido
autorizadas en el año 2010, y que con anterioridad
no hubieran recibido ayuda alguna del Cabildo de Gran
Canaria por este concepto.
1.4.2. Aquellas entidades u organismos en los que
concurra alguna de las prohibiciones recogidas en la
Ley 38/2003, General de Subvenciones, en sus normas
de desarrollo, en la OGS, o en cualquiera de los
apartados la presente Convocatoria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ARTÍCULO 2: DOTACIÓN ECONÓMICA.
2.1. Las dotación económica de la Convocatoria,
asciende a un máximo total de TRESCIENTOS
SESENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN
(360.771) EUROS, consignados en el presupuesto de
la Corporación en las aplicaciones presupuestarias “11800
324 462000010” y “11800 324 762000010”, habiéndose
asignado a cada concepto subvencionable los importes
máximos siguientes:
2.2.1. Adquisición de material específico de las
Escuelas: 180.771 EUROS.
2.2.2. Gastos de funcionamiento: 180.000 EUROS.
2.2. El conjunto de las subvenciones concedidas en
virtud de la presente no podrá superar el importe
máximo total de la convocatoria. Asimismo no podrán
superarse los importes máximos de cada uno de los
conceptos subvencionables, ni el resto de los límites
máximos que pudieran establecerse en la convocatoria.
Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de incrementar,
de conformidad con el artículo 58 del R.D. 887/2006,
de 21 de Julio, la dotación máxima de la subvención
y, en consecuencia, la de alguno o algunos de sus
conceptos subvencionables con arreglo a la disponibilidad
presupuestaria existente, facultándose en este caso a
la Sra. Consejera de Educación y Juventud para dictar
las Resoluciones oportunas al respecto, sin que por
ello sea necesario efectuar una nueva convocatoria.
2.3. La efectividad y su importe final de la dotación
a que se refiere el apartado 2.2.1. anterior, queda
supeditada a lo que se disponga en la Resolución del
Gobierno de Canarias respecto de la concesión de
subvención para esta finalidad al Cabildo de Gran
Canaria, sin que la Corporación Insular asuma ningún
tipo de responsabilidad en caso de minoración del importe
o denegación de la subvención por parte de la
Administración Autonómica.
ARTÍCULO 3: SOLICITUDES, PLAZO DE
PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN.
3.1. Las solicitudes de participación en la convocatoria
se formalizarán por el representante de la Entidad u
Organismo Local, utilizando para ello, necesariamente,
en el impreso normalizado aprobado por la Consejería
de Educación y Juventud, debiendo venir firmada
cada una de sus hojas. Dicha solicitud se presentará
en el en el Registro General de la Corporación o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4
de la vigente Ley 30/1992, dentro del plazo de
12763
VEINTE (20) DÍAS a contar desde el siguiente al de
publicación de la presente Convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia,
3.2. Dicha solicitud habrá de venir acompañada de
la documentación original que a continuación se
establece, que se cumplimentará utilizando para ello
los modelos autorizados por la Consejería de Educación
y Juventud del Cabildo de Gran Canaria:
3.2.1. Declaración responsable, otorgada ante
funcionario o notario público de:
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de
17 de Noviembre, General de Subvenciones, así
como, en caso de encontrarse obligado, de estar al
corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y de la Seguridad Social.
- Las solicitudes de otras ayudas, subvenciones o
ingresos que, respecto de los mismos conceptos y
anualidades subvencionados, hubiera podido realizar
el solicitante, indicando su estado de tramitación y
cuantía, en su caso.
3.2.2. Certificaciones relativas a los datos necesarios
para efectuar la valoración.
3.3. No se podrá presentar más de una solicitud por
entidad/organismo público y escuela municipal de música
y/o danza. En caso de que se hubiera presentado más
de una en plazo, y por el solicitante no se ejercitare
opción o renuncia a alguna o algunas, se tomará en
consideración y tramitará, únicamente, la presentada
en último lugar dentro del plazo habilitado al efecto.
3.4. Para la comprobación o aclaración de cualesquiera
datos, requisitos y/o circunstancias relativos a los
solicitantes, y en su caso, beneficiarios, el Cabildo de
Gran Canaria podrá recabar de éstos, en cualquier fase
del procedimiento incluida la de justificación, además
de la documentación establecida en la convocatoria,
aquélla otra que se juzgue necesaria en orden al
dictado, en cada caso, de las pertinentes resoluciones.
Asimismo, a tales efectos, el Cabildo de Gran Canaria
podrá solicitar los informes y demás documentación
necesarios de los distintos órganos, instancias y
personas, tanto públicas como privadas, incluso a
través de medios telemáticos.
3.5. La presentación de dicha solicitud implica:
3.5.1. La asunción de cuantas obligaciones se deriven
de lo dispuesto en la presente convocatoria y de lo
12764
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
previsto en cuantas normas resulten de aplicación.
3.5.2. La aceptación de la subvención en caso de
resultar beneficiario de la misma, por lo que no será
necesaria la aceptación expresa.
3.5.3. La autorización necesaria, al Cabildo de Gran
Canaria, para recabar la información a que se refiere
el artículo 3.4. anterior.
3.6. Los distintos documentos que deban presentarse
por los interesados, tanto con la solicitud como en
cualquier fase del procedimiento, vendrán redactados
siempre en castellano, y, si lo estuvieran en otro
idioma, para ser válidos y surtir sus efectos, deberán
necesariamente acompañarse de las correspondientes
traducciones oficiales realizadas por un interprete
jurado.
ARTÍCULO 4.- PROCEDIMIENTO DE
CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES,
RÉGIMEN JURÍDICO Y RECURSOS.
4.1. La presente convocatoria se regirá por el
procedimiento de concurrencia competitiva, el cual
se desarrollará de conformidad con lo previsto en la
OGS, con las siguientes particularidades
4.1.1. Presentada la solicitud, se examinará a los efectos
de comprobar si reúne los requisitos y si se acompaña
de la preceptiva documentación exigidos, requiriéndose
en caso contrario al solicitante para que, en el plazo
de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES subsane y/o complete
los documentos y/o datos que deben presentarse,
advirtiéndose que si así no lo hiciera, se le podrá
tener por desistido de su petición previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
4.1.2. Una vez realizado lo anterior, la determinación
de los beneficiarios de las subvenciones y la cuantía
correspondiente a cada uno de ellos requerirá de la
previa valoración de las solicitudes, con arreglo al
procedimiento y los criterios establecidos en el artículo
siguiente, por un órgano colegiado integrado por
DOS (2) FUNCIONARIOS/AS designados mediante
Resolución, la cual se notificará a los interesados a
los efectos previstos en los artículos 28 y 29 de la vigente
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
4.1.3. La convocatoria podrá resolverse mediante
una única Resolución que comprenda todos los
conceptos subvencionables, o en otro caso, mediante
Resoluciones parciales referidas cada una de ellas a
cada uno de los conceptos subvencionables.
4.1.4. En cualquier caso, la convocatoria deberá quedar
resuelta en el plazo máximo de CUATRO (4) MESES,
a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo para la presentación de instancias. Transcurrido
dicho plazo de resolución sin que se hubiera dictado
la correspondiente resolución, los interesados podrán
entender DESESTIMADA su solicitud, en la parte no
resuelta, por silencio administrativo, a los efectos
previstos en el artículo 117 de la vigente Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, o en su
caso, los del artículo 44 de la vigente Ley 29/1998,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.1.5. Las distintas notificaciones a los interesados
a que de lugar este procedimiento administrativo se
efectuarán mediante publicación en el Tablón de
Anuncios del Cabildo de Gran Canaria, ubicado en
el Edificio Insular I sito en la calle Agustín Millares
Carló s/n., todo ello sin perjuicio de aquéllas que, de
conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente,
hubieren de publicarse en los correspondientes
Boletines Oficiales, así como de aquellos medios
adicionales de notificación o publicidad que pudieran
establecerse.
4.2. El órgano competente para el dictado de cuantas
resoluciones sean necesarias en la tramitación de la
presente Convocatoria, incluyendo la fase de justificación
y de reintegro (en su caso) será, por delegación del
Consejo de Gobierno Insular, la Sra. Consejera de
Educación y Juventud, la cual, asimismo, ostenta la
facultad de interpretar la misma, completando incluso
sus lagunas.
4.3. Además de por lo previsto en la presente
convocatoria, esta subvención se regirá, en cuanto le
fuere de aplicación, por lo dispuesto en la OGS, así
como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y su Reglamento de Desarrollo
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio;
y en lo no previsto en aquéllas, por lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Reguladora de las Haciendas Locales; aplicándose
subsidiariamente el resto de normas y disposiciones
del ordenamiento jurídico administrativo; y, en su defecto,
las normas del derecho privado.
4.4. Contra la presente Convocatoria podrá interponerse
Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo
de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a
contar desde el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y
en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma
forma, interponer directamente Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
En el caso de las Administraciones Públicas, en lugar
del indicado Recurso Administrativo aludido en el párrafo
anterior, aquéllas podrán formular, ante el mismo
Órgano indicado anteriormente y en el plazo de DOS
(2) MESES, el REQUERIMIENTO PREVIO a que
hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su
defecto, en el mismo plazo, interponer directamente
Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de
Gran Canaria.
4.5. Contra los actos definitivos en la vía administrativa,
dictados por la Sra. Consejera de Educación y Juventud
para el desarrollo de la convocatoria, podrá formularse
por las Administraciones Públicas interesadas, ante
el Consejo de Gobierno Insular, y en el plazo de DOS
(2) MESES, el Requerimiento Previo a que hace
referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su
defecto, en el mismo plazo, interponer directamente
Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de
Gran Canaria.
ARTÍCULO 5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Y CÁLCULO DEL IMPORTE DE LASUBVENCIÓN.
5.1. Los criterios de valoración de cada una las
solicitudes de subvención presentadas y su ponderación,
son los relacionados a continuación:
5.1.1. Número de Alumnos matriculados a fecha 1
de abril de 2010, que hubieran recibido clases con
profesores titulados, con el siguiente desglose por ratios:
(valoración máxima del criterio= 30 puntos):
5.1.1.A. Número de alumnos en ratio 1/1 (de 3 a
10 puntos):
12765
- En caso de no tener alumnado en ratio 1/1 la
puntuación obtenida en este apartado (p) será igual
a 0.
- En caso de tener alumnado en ratio 1/1, se aplicará
la siguiente fórmula
Donde
- ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
- ‘n’ es el valor representado por el número de
alumnos en ratio 1/1 de la Escuela que se valora.
- ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que
cuente con menos alumnos en ratio 1/1.
- ‘max’ es el número de alumnos de la Escuela que
cuente con más alumnos en ratio 1/1.
5.1.1.B. Número de alumnos en ratios 1/2 ó 1/3 (de
4 a 13 puntos):
- En caso de no tener alumnado en ratios 1/2 ó 1/3
la puntuación (p) obtenida en este apartado será igual
a 0.
- En caso de tener alumnado en ratios 1/2 ó 1/3 se
aplicará la siguiente fórmula
Donde
- ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
- ‘n’ es el valor representado por el número de
alumnos en ratios 1/2 ó 1/3 de la Escuela que se
valora.
- ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que
cuente con menos alumnos en ratios 1/2 ó 1/3.
- ‘max’es el número de alumnos la Escuela que cuente
con más alumnos en ratios 1/2 ó 1/3.
5.1.1.C. Número de alumnos en otros ratios (de 2
a 7 puntos):
- En caso de no tener alumnado en otras ratios
distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B.
anteriores, la puntuación (p) obtenida en este apartado
será igual a 0.
12766
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
- En caso de tener alumnado en otras ratios distintas
de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores,
se aplicará la siguiente fórmula
Donde
- ‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
- ‘n’ es el valor representado por el número de
alumnos de la Escuela que se valora, en otras ratios
distintas de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B.
anteriores.
- ‘min’ es el número de alumnos de la Escuela que
cuente con menos alumnos en otras ratios distintas
de las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores.
- ‘max’ es el número de alumnos de la Escuela que
cuente con más alumnos en otras ratios distintas de
las de los apartados 5.1.1.A. y 5.1.1.B. anteriores.
Las referencias de este criterio al requisito de
‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto
al profesorado con la titulación legalmente requerida
como al que dispone de la correspondiente autorización
docente otorgada por la Consejería competente en materia
de educación, del Gobierno de Canarias.
5.1.2. Número de profesores titulados en la plantilla
durante el curso 2009/2010: (valoración máxima del
criterio= 30 puntos):
Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula
siguiente
Donde
-‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
-‘n’ se obtiene de sumar el número de profesores
titulados, con contrato fijo o de más de 12 meses, de
la Escuela que se valora con el resultado de multiplicar
el número de profesores titulados con contrato inferior
a 12 meses por 0,5 .
-‘min’ es el número correspondiente al menor valor
‘n’ de todas las Escuelas valoradas.
-‘max’ es el número correspondiente al mayor valor
‘n’ de todas las Escuelas valoradas.
Las referencias de este criterio al requisito de
‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto
al profesorado con la titulación legalmente requerida
como al que dispone de la correspondiente autorización
docente otorgada por la Consejería competente en materia
de educación, del Gobierno de Canarias.
5.1.3. Número de especialidades impartidas en la
Escuela por profesores titulados: (valoración máxima
del criterio= 10 puntos):
Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula
siguiente
Donde
p = 0,5 * n
-‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
-‘n’ es el número de especialidades instrumentales
o de danza impartidas en el curso 2009/2010 con
profesores titulados por la Escuela que se valora.
Las referencias de este criterio al requisito de
‘profesores titulados’, se entenderán realizadas tanto
al profesorado con la titulación legalmente requerida
como al que dispone de la correspondiente autorización
docente otorgada por la Consejería competente en materia
de educación, del Gobierno de Canarias.
5.1.4. Esfuerzo financiero de la Entidad Local,
referido al ejercicio presupuestario 2010: (valoración
máxima del criterio= 10 puntos):
Este apartado se valorará mediante la aplicación de
la fórmula indicada a continuación
Donde
-‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
-‘n’ es el valor que expresa el porcentaje que
representa el presupuesto destinado a la Escuela de
Música que se valora, sobre el presupuesto de la
Entidad Local titular.
-‘min’ es el menor valor porcentual ‘n’ de todas las
Escuelas valoradas.
-‘max’ es el mayor valor porcentual ‘n’ de todas las
Escuelas valoradas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
5.1.5. Tasas percibidas por la Escuela hasta el 30
de abril de 2010, referidas al Curso Académico
2009/2010: (valoración máxima del criterio= 10
puntos):
Este apartado se valorará mediante la aplicación de
la fórmula indicada a continuación
Donde
-‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
-‘n’ es el valor que expresa el porcentaje que
representa el montante de la recaudación por tasas
académicas de la Escuela de Música que se valora,
sobre el presupuesto total de dicha Escuela. A estos
efectos el valor resultante se multiplicará por 1’5.
-‘min’ es el menor valor porcentual ‘n’ de todas las
Escuelas valoradas.
-‘max’ es el mayor valor porcentual ‘n’ de todas las
Escuelas valoradas.
En el caso en que los factores ‘n’ y ‘max’ superen
el valor ‘33’, se consignará este último en su lugar,
sustituyendo al que procediera por aplicación de las
reglas anteriores.
La referencias realizadas en este criterio al concepto
‘tasas académicas’, se entenderá que comprende tanto
las tasas, como las cuotas, mensualidades, matrículas
y demás importes percibidos por la Escuela por la
prestación de cualquiera de los servicios propios de
su objeto.
5.1.6. Número de sedes de la ESCUELAS DE
MÚSICA Y/O DANZA en funcionamiento durante
el Curso Académico 2009/2010: (valoración máxima
del criterio= 10 puntos):
Para el cálculo de la puntuación obtenida en este
apartado se utilizará la fórmula
p = 3 * Número de sedes autorizadas por el Gobierno
de Canarias.
5.1.7. Compensación a municipios pequeños:
(valoración máxima del criterio= 15 puntos):
12767
Para la valoración de este apartado se aplicará la fórmula
siguiente
Donde
-‘p’ es la puntuación obtenida en este apartado.
-‘n’ es la cifra correspondiente a la población de la
Entidad Local que se valora.
-‘min’ es el número correspondiente a la población
del Ente Local que tiene menor número de habitantes
de entre todos los solicitantes.
-‘max’ es el número correspondiente a la población
del Ente Local tiene mayor número de habitantes de
entre todos los solicitantes.
Los datos de población a que se refiere este criterio
serán los proporcionados por el Instituto Nacional de
Estadística (INE) en su revisión del padrón municipal
de habitantes de 1 de enero de 2009.
5.2. No se valorará aquella documentación o datos
aportados por los solicitantes que no cumplan con la
totalidad de los requisitos establecidos en cada uno
de los criterios de valoración anteriores.
5.3. Al objeto de determinar la cuantía exacta de
subvención correspondiente a cada beneficiario, se
seguirá el siguiente procedimiento de valoración para
cada concepto subvencionable:
5.3.1. Se calculará la puntuación obtenida por cada
solicitante que, cumpliendo los requisitos, hubiera
solicitado subvención para el concepto subvencionable
de que se trate, utilizando, para ello, las fórmulas del
apartado 1 de este artículo, y teniendo en cuenta que,
si resultaren decimales, estos se redondearán al
segundo decimal.
Asimismo, el máximo de puntos que podrá obtener
un solicitante por la totalidad de los criterios de
valoración será de CIEN (100) PUNTOS, por lo que
las puntuaciones superiores, si las hubiera, se reducirán
hasta ese valor.
5.3.2. Una vez realizado lo anterior, se procederá
a integrar las puntuaciones obtenidas por todos los
solicitantes mediante la suma de cada una de ellas.
12768
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
El resultado de esta operación, que se denominará
‘puntuación total de la subvención’, se utilizará como
divisor de los importes máximos de cada uno de los
conceptos subvencionables recogidos en el artículo
2.1 de la presente, lo que, en cada caso, dará como
resultado el valor de cada punto en cada uno de los
conceptos subvencionables.
5.3.3. Finalmente se multiplicará, para cada uno de
los conceptos subvencionables, el valor punto obtenido
en cada caso por el número total de puntos obtenido
por cada beneficiario (sin exceder de límite máximo
de 100), lo cual dará como resultado el importe de la
subvención correspondiente a cada beneficiario en el
concepto subvencionables de que se trate, el cual, en
ningún caso, podrá ser superior al importe solicitado
por dicho concepto.
5.3.4. En caso de que una vez concluido el
procedimiento de valoración quedara, en alguno de
los conceptos subvencionables, alguna cantidad
pendiente de aplicación, se podrá proceder a distribuir
dicha cantidad en una segunda vuelta, utilizando para
ello el mismo procedimiento expuesto anteriormente,
restringido a los solicitantes que aún fueran susceptibles
de obtener mayor importe de subvención por no
haberse superado el importe solicitado. Este
procedimiento podrá repetirse sucesivamente hasta
agotar el importe máximo correspondiente al concepto
y previsto en el artículo 2.2.
5.3.5. Alternativa o complementariamente a lo
previsto en el párrafo anterior, se podrán incrementar,
hasta en un 20 por ciento como máximo, alguno o algunos
de los límites previstos para el resto de los conceptos
en los que se hubiera alcanzado dicho importe máximo
previsto en el artículo 2.2., sin que, en ningún caso,
pueda superarse el importe máximo total de la
subvención.
5.4. La subvención obtenida por cada uno de los
beneficiarios, para cada uno de los conceptos
subvencionables, será compatible con otras subvenciones
o ayudas que pudieran recibir de otras Entidades
Públicas o privadas para los mismos conceptos, pero
en ningún caso la suma de las subvenciones o ayudas
recibidas podrá exceder del coste total efectivo de los
conceptos subvencionados.
ARTÍCULO 6:
JUSTIFICACIÓN
FORMA
DE
PAGO,
6.1. El abono de las subvenciones concedidas se
realizará en un único pago anticipado, previo a la
justificación y deberá ser aplicado en los conceptos
contemplados en el artículo 2.
6.2. La justificación de las subvenciones se realizará
mediante sistema de cuenta justificativa simplificada
y la presentación a estos efectos, ANTES DEL 15 DE
FEBRERO DE 2011, el modelo aprobado por la
Consejería de Educación y Juventud, en el que, por
la Intervención General de la entidad u organismo público
beneficiario, se formulará informe relativo a la
aplicación de la subvención recibida a la finalidad para
la que se concedió, y en su caso se especificará
separadamente, para cada concepto subvencionable,
la relación clasificada de los gastos, indicándose,
asimismo, las subvenciones, ayudas o ingresos
obtenidos para los mismos conceptos de obras personas
o entidades.
6.3. Como complemento de lo anterior, cada
beneficiario por el concepto del artículo 1.1.2. deberá
presentar una ‘memoria ’ en la que se describirán las
actividades realizadas y los resultados obtenidos.
6.4. En caso de que la subvención percibida por alguno
o algunos de los beneficiarios superara los SESENTA
MIL (60.000) EUROS, la justificación se realizará por
el procedimiento de cuenta justificativa con aportación
de justificante de gasto, de conformidad con lo
establecido en la Base 21.6 de la Ordenanza General
de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria y
utilizando para ello los modelos autorizados por la
Consejería de Educación y Juventud.
ARTÍCULO 7: OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
7.1. Constituye la obligación principal del beneficiario
la de continuar durante todo el ejercicio 2010 con la
actividad docente de la Escuela de Música y/o Danza
de que se trate, así como el llevar a cabo, antes del
fin de 2010, las actividades e inversiones para los que
fueran concedidas las subvenciones.
7.2. Asimismo, sin perjuicio de lo previsto en las
normas vigentes e instrucciones de aplicación el
beneficiario queda obligado a:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
7.2.1. Comunicar inmediatamente las alteraciones
que se produzcan en las circunstancias y requisitos
subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la
concesión de la subvención, especialmente la suspensión
o modificación de sus actividades, o del curso,
programa o estudios para los que se otorgó la subvención,
así como la obtención de otros ingresos o subvenciones
para la misma finalidad y por los mismos conceptos
establecidos en la presente.
7.2.2. Colocar y mantener en lugar visible de las sedes
de las Escuelas de Música y/o Danza, y en los lugares
donde se desarrollen jornadas y demás actividades
organizadas por éstas, o bienes adquiridos, los carteles,
pegatinas u otros elementos facilitados por la Consejería
de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria,
en los que figurará mención a la financiación concedida.
Asimismo, en las publicaciones, material de difusión,
publicidad y similares que elabore la Escuela, deberá
figurar el logotipo facilitado por el Cabildo de Gran
Canaria como Entidad Colaboradora. A estos efectos,
cuando el beneficiario incluya su propio logotipo, el
de la Corporación Insular deberá figurar con el mismo
tamaño e igual visibilidad.
Por último, el beneficiario deberá adoptar o colaborar
en la adopción de aquéllas otras medidas de difusión
que pudieran llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto
en la normativa de aplicación.
7.2.3. Justificar en plazo la subvención concedida,
y remitir al Cabildo de Gran Canaria cuanta
documentación fuera requerida a estos efectos.
ARTÍCULO 8:
SUBVENCIÓN.
REINTEGRO
DE
LA
8.1. Procederá el reintegro, total o parcial de la
subvención percibida, de acuerdo con lo previsto en
la normativa de aplicación, por el incumplimiento total
o parcial, en el plazo establecido al efecto, de
cualesquiera obligaciones que incumben al beneficiario.
8.2. En particular, procederá el reintegro total en los
casos en que por el beneficiario no se hubiera
desarrollado actividad lectiva durante el año 2010, o
no se hubiera aplicado la subvención concedida a la
finalidad para la que se otorgó.
8.3. En los casos de reintegro parcial de la subvención,
el cálculo del importe a devolver se realizará en
atención al tiempo de inactividad, o la parte o porcentaje
12769
del curso, jornada, actividad o inversión dejada de realizar
o que no cumplía los requisitos, aplicando dicho
porcentaje a cada uno de los conceptos, según la
naturaleza del gasto.
8.4. Asimismo, procederá el reintegro del exceso
de los supuestos en que, el conjunto de las subvenciones,
ingresos o ayudas percibidos, incluyendo los de otras
personas o entidades, supere el coste de la actividad
o inversión realizada por el beneficiario.
8.5. De conformidad con lo previsto en el artículo
90 del Real Decreto 887/2006, en los casos en que
la subvención recibida no se hubiera aplicado, en
todo o parte, a la finalidad para la que se otorgó, el
beneficiario podrá proceder al reintegro o devolución
voluntarios de las cantidades correspondientes. A
estos efectos queda designada la cuenta corriente
titularidad del Cabildo, abierta en la Entidad ‘Caja de
Canarias’, cuyo código es el siguiente 2052 8000 76
3500000103, debiendo especificarse, en cada ingreso,
el nombre del beneficiario y la convocatoria a la que
se refiere.
En este supuesto, el comprobante de pago será
remitido a la Consejería de Educación y Juventud del
Cabildo de Gran Canaria a los efectos de su
comprobación, acompañándose el mismo de minuta
en la que habrán de reflejarse las operaciones
liquidatorias practicadas por el beneficiario para
efectuar el reintegro.”
Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de junio de dos
mil diez.
LACONSEJERADE EDUCACIÓN Y JUVENTUD,
Onelia García Marrero.
10.905
Valora Gestión Tributaria
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
DE DENUNCIAS DE TRÁFICO
10.506
Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo
del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los
correspondientes Ayuntamientos acreedores,
12770
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la iniciación de los expedientes sancionadores
incoados por el Ayuntamiento que se referencia contra
las personas o entidades denunciadas que a continuación
se relacionan por haber cometido supuestamente una
infracción tipificada en la normativa de tráfico, ya que
habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por
hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de
domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación,
o en su caso rehusar.
Los correspondientes expedientes que, en virtud de
convenio de encomienda, obran en la Unidad de
Sanciones de Valora Gestión Tributaria, ante la cual
les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en
su defensa estimen conveniente, con la aportación o
proposición de pruebas que consideren oportunas, dentro
del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde
el siguiente a la publicación del presente edicto en el
B.O.P., así como disponer de trámite de audiencia, salvo
cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos
en cuenta en la resolución, otros hechos, alegaciones
y pruebas que las aducidas por el interesado, de
conformidad con el artículo 13.2 del R.D. 320/1994
en la redacción dada por el R.D. 137/2000 de 4 de
febrero y según lo previsto en el artículo 19.2 del R.D.
1.398/1993.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho
uso del derecho a formular alegaciones, la presente
notificación se considerará Propuesta de Resolución
según lo dispuesto en el artículo 13.2 del R.D.
1.398/1993 de 4 de agosto, procediéndose a dictar las
oportunas resoluciones.
Al objeto de simplificar el procedimiento, se
entenderá que el titular del vehículo es el conductor,
como conductor habitual y por consiguiente en el
momento de la infracción, si no facilita los datos
referidos dentro del plazo señalado.
Caso de no ser responsable de la infracción o tratarse
de persona jurídica, el titular o arrendatario del
vehículo tiene el deber de identificarlo, pudiendo
comunicar a Valora Gestión Tributaria en el plazo de
QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente
a la publicación del presente edicto, los datos del
conductor o nuevo titular. De incumplir esta obligación
sin causa justificada u omitir datos que impidieran su
perfecta identificación, habiéndosele requerido para
ello, será de aplicación el artículo 72.3 del R.D.L.
339/1990, iniciándose con este acto procedimiento
sancionador contra el titular del vehículo, que será
considerado como autor de la infracción muy grave
cuantificada entre 301 y 1.500 euros, prevista en el
artículo 65.5.i) de la normativa citada.
La sanción provisionalmente fijada, podrá ser
abonada con reducción del 30%, siempre que el
ingreso se efectúe durante los TREINTA DÍAS
NATURALES siguientes a aquel en que tenga
lugar la notificación de la denuncia de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 67.1 del RDL
339/1990. De abonar anticipadamente el importe
de la multa con la reducción anteriormente señalada,
implicará la renuncia a formular alegaciones y la
terminación del procedimiento sin necesidad de
que se dicte resolución expresa, salvo que proceda
acordar la suspensión del permiso o licencia de
conducción y sin perjuicio de interponer Recurso
de Reposición, previo a la vía contenciosoadministrativa, en las oficinas de Valora Gestión
Tributaria en virtud de convenio de encomienda,
dirigido al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento,
en el plazo de UN MES a contar desde el día
siguiente al del pago (artículo 77.2 del R.D.L.
339/1990).
Respecto a la caducidad y prescripción se estará a
lo dispuesto en el artículo 81 del R.D.L. 339/1990.
Los puntos indicados en la columna correspondiente,
se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar
su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y fecha de Pago: Para realizar el ingreso, podrá
retirar los documentos de las referidas denuncias en
cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión
Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las
Entidades Colaboradoras que figuran en el documento
que se facilitará a tal fin.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AYUNTAMIENTO DE ARUCAS
EXPEDIENTE
2010006MU68846
2010006MU70276
2010006MU70503
2010006MU70507
2010006MU73406
DENUNCIANTE
FECHA
DENUNCIA
13381
02/04/2010
J21860D
12886
12886
11797
2010006MU73407
11797
2010006MU73478
12281
2010006MU73449
2010006MU73481
2010006MU73498
2010006MU73506
11139
12281
12281
12281
2010006MU73509
12281
2010006MU73576
11797
2010006MU73556
2010006MU73579
2010006MU73593
2010006MU73607
2010006MU73620
11797
11797
11797
11797
11797
2010006MU73652
12695
2010006RC73018
11797
2010006NI72435
-
25/03/2010
14/03/2010
14/04/2010
28/03/2010
28/03/2010
25/03/2010
25/03/2010
09/04/2010
31/03/2010
17/04/2010
18/04/2010
29/03/2010
30/03/2010
30/03/2010
05/04/2010
06/04/2010
14/04/2010
15/04/2010
19/04/2010
05/02/2010
12771
MATRICULA
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
NORMATIVA/
INFRACCION
(ART./OPC)
43660461 RAMOS SUAREZ MARIA TERESA
2803CDC
0
0
OMC 87.m
42875429 GARCIA PADRON VICTOR MANUEL
6273GJC
0
OMC 6
DENUNCIADO
42768682 MACHIN GARCIA JOSE
78488222 VALIENTE GIL MARCIAL ALEJANDRO
45765577 DE LA SANTA CRUZ SANCHEZ DACIL
78486922 LOPEZ HERNANDEZ RAYCO
42650872 SANTANA RODRIGUEZ AGUSTINA
44307238 ARENCIBIA ALEMAN RAQUEL
2349DCJ
8062DGJ
5154DRL
GC0199BC
7417BGV
0
0
0
0
0
0
0
OMC 25
OMC 62.4
OMC 6
OMC 6
OMC 6
0
0
0577FFG
0
0
OMC 62.21
GC3325AG
78405642 PARDAL NUÑEZ LUIS MIGUEL
GC2438BY
43661795 MARTIN SUAREZ MARTA MARIA
0
0
3
4051FGJ
42915040 MORALES TAVIO FRANCISCO
78520524 RODRIGUEZ HERNANDEZ FRANCISCO DE
21
0
0
0
0
OMC 62
OMC 62.21
OMC 62.1
LUGAR DE LA INFRACCION
MEDICO JOSE OJEDA GUERRA 1
LA HEREDAD
CR DEL LOMO FRENTE AL Nº 27
CABUQUERO LOCAL 12
SAN ISIDRO FRENTE AL 60
IMPORTE
150,00 €
150,00 €
90,00 €
75,00 €
75,00 €
SAN ISIDRO 36
75,00 €
HERMANO LORENZO 16
75,00 €
CAMINO DE LA CRUZ (INSTITUTOS)
APAREJADOR A. FERRERA 8
75,00 €
150,00 €
LA HEREDAD 1
150,00 €
150,00 €
APAREJADOR A. FERRERA 8
75,00 €
1691CFD
0
0
OMC 62.21
LOMO SAN PEDRO 47
42578337 BETANCOR CABRERA JOSE
9219DPT
0
0
OMC 62.3
ALCALDE ANTONIO RGUEZ. CODORNIU (L 90,00 €
78504337 COLON ALONSO BENTEJUI
GC2221BM
44321055 GONZALEZ MONTESDEOCA MARCELO AR
B35411925 ZARANDA SERVICIOS 95 SL
78471535 FALCON CABRERA DEIDI
42875429 GARCIA PADRON VICTOR MANUEL
43763285 PESTANA RAMIREZ MANUEL CARMELO
B35503028 OMP AGRUPADOS SL
79083088A GARCIA BOBOME ELISABETH BEATRIZ
0691FJT
7032FRV
9662DNZ
0
0
0
0
0
0
RGC 62.1
CABUQUERO
LSV 72.3.1
-
0
0
9757FWN
0
0
8964GNM
0
POETA PEDRO LEZCANO (HIPERDINO)
OMC 87.h
0
0
OMC 62.3
JUAN DE BETHENCOURT 18
0
6273GJC
2250FTP
OMC 62.3
0
0
OMC 87.c
OMC 62.3
OMC 62.3
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez.
JUAN DE BETHENCOURT 28
HUELVA 24
JUAN DE BETHENCOURT 23
LEON Y CASTILLO S/N
EL DIRECTOR, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
90,00 €
90,00 €
150,00 €
150,00 €
75,00 €
90,00 €
301,00 €
90,00 €
10.810
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.507
Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores,
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la
notificación de la propuesta de Resolución de los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican,
instruidos por la Unidad de Sanciones de Tráfico del Ayuntamiento, al haberse intentado la notificación en el
último domicilio y no haberse podido practicar, por estar ausente el interesado, hallarse en paradero desconocido
o haber rehusado dicha notificación.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse ante
las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y
en su caso alegar por escrito lo que estimen conveniente y oportuno a su derecho dentro del plazo de DIEZ
DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
12772
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en
cualquier Oficina de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras
que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
AYUNTAMIENTO DE ARUCAS
EXPEDIENTE
2010006MU73562
DENUNCIANTE
FECHA
DENUNCIA
11797
29/03/2010
DENUNCIADO
51955238D MARTINEZ CONDE MARIA DEL CARMEN
MATRICULA
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
NORMATIVA/
INFRACCION
(ART./OPC)
GC9260BU
0
0
OMC 62.3
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
LUGAR DE LA INFRACCION
ALCALDE SUAREZ FRANCHY 18
IMPORTE
90,00 €
10.809
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.508
Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores,
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública
la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia
de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le
confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones
que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el
domicilio de la notificación, o en su caso rehusar.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las
oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en
su caso presentar el Recurso de Reposición.
Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha
de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados.
Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo,
Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido
al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación
del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación
expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12773
los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio
radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la
provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar
desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta.
Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento
de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo
la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84,
apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en
cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras
que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
AYUNTAMIENTO DE ARUCAS
EXPEDIENTE
DENUNCIANTE
2010006MU72526
12281
2010006MU73419
12281
2010006MU73014
11797
FECHA
DENUNCIA
15/01/2010
05/02/2010
19/03/2010
MATRICULA
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
NORMATIVA/
INFRACCION
(ART./OPC)
52840059C BATISTA HERNANDEZ MARIA MERCEDES
GC3510BH
0
0
OMC 62.7
AV AGUSTIN MILLARES CARLO 9
52845025 RIVERO QUINTANA MIGUEL
C2086BTW
0
0
OMC 17.1
LA CUESTILLA 33 BAÑADEROS
DENUNCIADO
42798132 MARTIN NOBAUER GENOVEVA ROSARIO
0857DRN
0
0
OMC 62.3
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
LUGAR DE LA INFRACCION
PEDRO LEZCANO S/N
IMPORTE
90,00 €
90,00 €
150,00 €
10.808-A
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.509
Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores,
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública
la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia
de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le
confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones
que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el
domicilio de la notificación, o en su caso rehusar.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las
oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en
su caso presentar el Recurso de Reposición.
12774
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha
de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados.
Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo,
Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido
al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación
del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación
expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante
los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio
radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la
provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar
desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta.
Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento
de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo
la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84,
apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en
cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras
que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS
EXPEDIENTE
2010020MU00226
DENUNCIANTE
FECHA
DENUNCIA
11841
13/01/2010
DENUNCIADO
43253073 SEGURA SUAREZ MIGUEL ANGEL
MATRICULA
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
NORMATIVA/
INFRACCION
(ART./OPC)
GC4241BW
0
0
RGC 154.2A
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
LUGAR DE LA INFRACCION
HERRERIA DIR. CASCO
IMPORTE
90,00 €
10.808-B
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.510
Valora Gestión Tributaria, como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores,
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública
la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia
de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le
confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12775
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones
que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el
domicilio de la notificación, o en su caso rehusar.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las
oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en
su caso presentar el Recurso de Reposición.
Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha
de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados.
Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo,
Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido
al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación
del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación
expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante
los Juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio
radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la
provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar
desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta.
Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento
de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo
la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84,
apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en
cualquiera de las Oficinas Tributarias del Valora, y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras
que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
EXPEDIENTE
2010031MU02194
DENUNCIANTE
10531
FECHA
DENUNCIA
04/03/2010
AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO
DENUNCIADO
42521945 SUAREZ CEBALLO EULOGIA
MATRICULA
8904FBS
ANEXO
LEY
17/05
0
PUNTOS
A
DETRAER
0
NORMATIVA/
INFRACCION
(ART./OPC)
OMC 6
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro de junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
LUGAR DE LA INFRACCION
MAESTRO JOSE SANTANA - PISCINA
IMPORTE
90,00 €
10.808-C
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.511
Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores:
12776
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública
la notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia
de Tráfico que se indican, dictados por el Ayuntamiento que se referencia en virtud de las facultades que le
confiere el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, imponiendo a los interesados que a continuación se relacionan, las sanciones
que se expresan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha
podido practicar por hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en el
domicilio de la notificación, o en su caso rehusar.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse en las
oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y en
su caso presentar el Recurso de Reposición.
Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES; siguientes a la fecha
de su firmeza, al estimar que las acciones realizadas, suponen infracciones a los preceptos indicados.
Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse con carácter preceptivo,
Recurso de Reposición en las oficinas de Valora Gestión Tributaria, en virtud del convenio de encomienda, dirigido
al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la publicación
del presente edicto en el B.O.P. (artículo 108 de la Ley 7/1985 y artículo 14.2 de la Ley RHL). Contra la desestimación
expresa o presunta del Recurso de Reposición, puede interponerse Recurso Contencioso Administrativo, ante
los Juzgados contencioso-administrativos de la provincia de Las Palmas, o alternativamente, si su domicilio
radica en otra provincia, ante los Juzgados contenciosos administrativos con competencia territorial en la
provincia donde reside, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
notificación de la desestimación, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a contar
desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso se haya de entender desestimado de forma presunta.
Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfecho su importe, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento
de apremio y, en su caso devengado, los correspondientes intereses de demora. A tal efecto será título ejecutivo
la certificación de descubierto expedida por el órgano competente de la Administración gestora (artículo 84,
apartado 2 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial).
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es.
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas sanciones en
cualquiera de las Oficinas Tributarias de Valora y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colaboradoras
que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA
EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF
DENUNCIADO NOMBRE
0011001107
A MARRERO
0011001141
42763053
78524172X
44301490
M DEL CARMEN TOLEDO
0011001138
0011001301
0011001286
78493725S
78475816T
78476503C
TU 2808GHN
P12151
LS 39.2C/1
TU 4908FRW
P13944
PLAZA DE LAS HUERTAS
RG 132.1/6
TU GC9151CC
P11799
GUARDIA CIVIL
RG 94.2B/1
TU 6839FYH
LS 39.2C/1
0011001093
78523045X
RG 94.2B/1
L REGINA RODRIGUEZ
L REGINA RODRIGUEZ
R GONZALEZ
S RAMIREZ
S SANTANA
PUNTOS
A
DETRAER
DENUNCIANTE
RG 94.2B/1
78523045X
ANEXO
LEY
17/05
TIPO MATR.
VEHICULO
E RAQUEL CARRILLO
0011000877
0011000982
NORM. INFRAC.
(ART. OPC.)
RG 94.2B/1
RG 94.2B/9
TU 8452GBY
TU 4908FRW
TU 1446BDS
TU 9014BVJ
P13047
P13047
P10468
P10443
P11248
LUGAR
PLAZA LUJAN PEREZ
FECHA
DENUNCIA
10/02/2010
MARQUES DEL MUNI 11
12/02/2010
PARQUE LAS HUERTAS
20/01/2010
PLAZA GRANDE
PARALELA LOMO DE GUILLEN 22
ALC. FERNANDO ALONSO DE LA GUARDIA
07/01/2010
08/02/2010
17/02/2010
05/03/2010
06/03/2010
IMPORTE
90,00
90,00
90,00
90,00
90,00
90,00
90,00
60,00
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Lo que hace público para general conocimiento y
efectos oportunos.
Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio
de dos mil diez.
EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín
López.
Valora Gestión Tributaria
10.807
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE
DENUNCIAS DE TRÁFICO
10.512
Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo
del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los
correspondientes Ayuntamientos acreedores:
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la iniciación de los expedientes sancionadores
incoados por el ayuntamiento que se referencia contra
las personas o entidades denunciadas que a continuación
se relacionan por haber cometido supuestamente una
infracción tipificada en la normativa de tráfico, ya que
habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por
hallarse en paradero desconocido, haber cambiado de
domicilio, estar ausente en el domicilio de la notificación,
o en su caso rehusar.
Los correspondientes expedientes que, en virtud de
convenio de encomienda, obran en la Unidad de
Sanciones de Valora Gestión Tributaria, ante la cual
les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en
su defensa estimen conveniente, con la aportación o
proposición de pruebas que consideren oportunas, dentro
del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde
el siguiente a la publicación del presente edicto en el
B.O.P., así como disponer de trámite de audiencia, salvo
cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos
en cuenta en la resolución, otros hechos, alegaciones
y pruebas que las aducidas por el interesado, de
conformidad con el artículo 13.2 del R.D. 320/94 en
12777
la redacción dada por el R.D. 137/2000 de 4 de febrero
y según lo previsto en el artículo 19.2 del R.D.
1.398/93.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho
uso del derecho a formular alegaciones, la presente
notificación se considerará Propuesta de Resolución
según lo dispuesto en el artículo 13.2 del R.D. 1.398/93
de 4 de agosto, procediéndose a dictar las oportunas
resoluciones.
Al objeto de simplificar el procedimiento, se
entenderá que el titular del vehículo es el conductor,
como conductor habitual y por consiguiente en el
momento de la infracción, si no facilita los datos
referidos dentro del plazo señalado.
Caso de no ser responsable de la infracción o tratarse
de persona jurídica, el titular del vehículo tiene el deber
de identificarlo, pudiendo comunicar a Valora Gestión
Tributaria en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES,
contados desde el siguiente a la publicación del
presente edicto, los datos del conductor o nuevo
titular. De incumplir esta obligación sin causa justificada
u omitir datos que impidieran su perfecta identificación,
habiéndosele requerido para ello, será de aplicación
el artículo 72.3 del R.D.L. 339/1990, iniciándose con
este acto procedimiento sancionador contra el titular
del vehículo, que será considerado como autor de la
infracción muy grave cuantificada entre 301 y 1.500
euros, prevista en el artículo 65.5.i) de la normativa
citada.
La sanción provisionalmente fijada, podrá ser
abonada con reducción del 30%, siempre que el
ingreso se efectúe durante los TREINTA DÍAS
NATURALES siguientes a aquel en que tenga lugar
la notificación de la denuncia de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 67.1 del R.D.L. 339/1990. De
abonar anticipadamente el importe de la multa con
la reducción anteriormente señalada, implicará
únicamente la renuncia a formular alegaciones y la
terminación del procedimiento sin necesidad de que
se dicte resolución expresa, salvo que proceda acordar
la suspensión del permiso o licencia de conducción
y sin perjuicio de interponer Recurso de Reposición,
previo a la vía contencioso-administrativa, en las
oficinas de Valora Gestión Tributaria en virtud de
convenio de encomienda, dirigido al Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al del pago. (Artículo
77.2 del R.D.L. 339/1990).
12778
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Respecto a la caducidad y prescripción se estará a lo previsto en el artículo 81 del R.D.L. 339/1990.
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en
cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades
Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA
EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF
0011001658
0011001595
0011001613
0011001611
0011001620
0011001623
0011001606
0011001612
0011001856
42686572
42776625Y
78472817Z
78524172X
78481776
42823528N
42743603N
43242835Y
B35974617
DENUNCIADO NOMBRE
NORM.
INFRAC.
(ART. OPC.)
B MARIA C OJEDA
RG 132.1/6
C CASTELLANO
TU 2894BXC
TU B9780WT
E RAQUEL CARRILLO
RG 94.2B/1
TU 8452GBY
M DE GUIA NARANJO
RG 132.1/8
C ROSARIO PEREZ
I MIRANDA
P DEL ROSARIO RUBIO
P MANUEL MARTIN
RG 94.2B/1
RG 94.2E/2
MO 0676GMM P13047
RG 94.2B/1
T JOSE RIVERO
RG 132.1/2
0011001615
43290330Y
V MORENO
P13164
P10244
TU GC6325AU P11248
RG 94.2A/7
R BOLAÑOS
TU 0713CFL
P13047
P12151
RG 132.1/2
PAPA PELADA DEL NORTE SLU
42763371T
42765251V
PUNTOS
A
TIPO MATR. DENUNDETRAER VEHICULO CIANTE
RG 90.2/1
0011001627
0011001622
ANEXO
LEY
17/05
RG 94.2E/2
RG 94.2B/1
LUGAR
CANONIGO GORDILLO 22
60,00
PLAZA LUJAN PEREZ S/N
20/03/2010
90,00
PARALELA LOMO GUILLEN FRENTE AL CENTRO
PLAZA SANTA GEMA (LA CAÑADA)
TU 1000BWB
MANUEL DIAZ CRUZ PORTAL 1
CA 5489DCD
TU 4294GRW
TU 3262BKW
S12747
P13944
P12151
P10244
90,00
30/03/2010
LOMO GUILLEN DELANTE DEL I.E.S. II
TU 7679DGV
25/04/2010
IMPORTE
GUARDIA CIVIL (FRENTE ANTIGUO “CERC
TU GC9946BL P10244
P13047
FECHA
DENUNCIA
MARQUES DEL MUNI 11
25/03/2010
09/04/2010
09/04/2010
25/03/2010
25/03/2010
90,00
90,00
90,00
60,00
90,00
LEPANTO APARCAMIENTO JUZGADOS
26/03/2010
90,00
SAN JOSE 1
28/03/2010
90,00
LOMO DE GUILLEN 41
LOMO GUILLEN, DELANTE DE LA FARMACIA
Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
27/02/2010
07/04/2010
60,00
90,00
Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín López.
Valora Gestión Tributaria
10.806
EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DE SANCIONES DE TRÁFICO
10.513
Valora Gestión Tributaria como organismo autónomo del Cabildo de Gran Canaria, en uso de las facultades
que tiene atribuidas por delegación de los correspondientes Ayuntamientos acreedores.
HACE SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la
notificación de la Propuesta de Resolución de los expedientes sancionadores en materia de Tráfico que se indican,
instruidos por la Unidad de Sanciones de Tráfico del Ayuntamiento, al haberse intentado la notificación en el
último domicilio y no haberse podido practicar, por estar ausente el interesado, hallarse en paradero desconocido
o haber rehusado dicha notificación.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesados de la posibilidad que tienen de presentarse ante
las oficinas de Valora Gestión Tributaria para conocer el estado de tramitación del expediente administrativo y
en su caso alegar por escrito lo que estimen conveniente y oportuno a su derecho dentro del plazo de DIEZ
DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12779
Los puntos indicados en la columna correspondiente, se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando
la sanción sea firme (D.A. 1ª LTSV). Podrá consultar su saldo de puntos en www.dgt.es
Lugar y forma de Pago: Para realizar el ingreso, podrá retirar los documentos de las referidas denuncias en
cualquier Oficina Tributaria de Valora Gestión Tributaria y hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades
Colaboradoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA
EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF
0011001305
78472806A
EXPEDIENTE DNI/NIE/CIF
0011001189
32446625L
DENUNCIADO NOMBRE
E MELIAN
RG 94.2C/1
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
TIPO MATR.
VEHICULO
TU 8022BNL
DENUNCIANTE
P13047
LUGAR
ALCALDE JOSE CARLOS GONZALEZ RUIZ
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO
DENUNCIADO NOMBRE
I MIRA
NORM.
INFRAC.
(ART. OPC.)
NORM.
INFRAC.
(ART. OPC.)
RG 154.1/2
ANEXO
LEY
17/05
PUNTOS
A
DETRAER
TIPO MATR.
VEHICULO
TU 7364DDB
DENUNCIANTE
12669
Lo que hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
LUGAR
PRINCIPAL 50
FECHA
DENUNCIA
IMPORTE
FECHA
DENUNCIA
IMPORTE
04/03/2010
23/02/2010
Las Palmas de Gran Canaria, a viernes, cuatro junio de dos mil diez.
EL DIRECTOR DE VALORA, Alejandro Martín López.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
90,00
90,00
10.805
Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda y Desarrollo Sostenible
Servicio de Actividades Comerciales e Industriales
ANUNCIO
10.514
LA DIRECTORA GENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA.
COMUNICA:
Que por la entidad “PASTELERÍA CAPRICCIO, S.C.P.”, se ha presentado en estas Oficinas municipales proyecto
(Expte. número IND/121/2010), solicitando autorización para instalar PASTELERÍA, PISCOLABIS Y
CAFETERÍA, en la AVDA. JOSÉ MESA Y LÓPEZ, NÚMERO 76 - LOCAL 3.
Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de
Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas del Gobierno de Canarias, a fin de
que las personas que se consideren perjudicadas puedan aducir sus reclamaciones, por escrito fundado y
acompañado de copia simple, dentro del plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales, de lunes a viernes de 08:30
a 14:30 (08:30 a 13:30 los meses de julio, agosto y septiembre), podrá ser examinado el expediente en el Servicio
de Actividades Comerciales e Industriales de este Excmo. Ayuntamiento.
Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez.
LA DIRECTORA GENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA (Decreto N° 24.314/2007, de 24 de
septiembre), Carmen Nieves Martín Pérez.
10.484
12780
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES
EDICTO
10.515
EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES.
HACE SABER:
Que por DOÑA MARÍA EUGENIA MAYOR TACORONTE, en representación de se ha presentado en estas
Oficinas municipales proyecto número EXP-IND-0029-2010 completo en súplica de que se le conceda
autorización para la instalación de CARNICERÍA CON VENTA DE PRODUCTOS DE ALIMENTACIÓN, Y
ASADERO DE POLLOS, en la calle DR. JOAQUÍN ARTILES, NÚMERO 9 BAJO.
Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de
Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas del Gobierno de Canarias, a fin de
que las personas que se consideren perjudicadas puedan aducir sus reclamaciones, por escrito fundado y
acompañado de copia simple, dentro del plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales y en horas de 10:00 a 12:00
(martes y jueves) podrá ser examinado el expediente en el Negociado de Obras e Industria de este Ilustre Ayuntamiento.
En la Villa de Agüimes, a veinticuatro de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Morales Méndez.
10.394
ANUNCIO
10.516
Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo acudido los interesados a formalizar su
Renovación en la Inscripción Padronal y en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y a tenor en lo dispuesto en la Resolución de
28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación
Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la
caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
que no sean renovadas cada dos años y en la Resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto Nacional
de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.
HE RESUELTO:
Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han caducado y por tanto se acuerda su BAJA en el Padrón
Municipal de Habitantes de este Municipio, a tenor en lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la de publicación
del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia.
LIZETH NIÑO ORTIZ
ESTEFANY CHICA RIVERA
CARLOS MACHADO ORIHUELA
MARIA ORIHUELA DE LA CAL
BARIK ALLAH DLIMI
MOHAMED DLIMI
YASSINE EL BATOUL
VICTORIA GIL MUSSA
CESAR MACHADO RIHUELA
LUZ MARINA RIVERA VALENCIA
ERRIM DLIMI
MELIDA MARTINEZ HERNANDEZ
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
MAURICIO QUIJANO MARTINEZ
12781
HONORIA MARTINEZ PEREZ
JOHANNA CHICA GIRALDO
DIEGO IASILLO
NICHOLAS RODRIGUEZ VASILOV
ARNALDO HERMIDA GARCIA
YOHANNA BELLO RIVERA
KHALID BOUFTIH
YAMILE JAIMES HERNANDEZ
GABRIELA MERIZALDE SOCORRO
NATALIA MARIZALDE SOCORRO
FARHANE BENT KHLIFA
CARMEN VARGAS
MAGALI CANO GARCIA
CHRIFE MINT AHMED
VICTOR PAREDES IBARRA
FRANCISCO CAMPOS CAMPOS
YOSVANI ORDAZ CRUZ
ANA VARELA CANO
Lo que se hace publico para general conocimiento.
LAURA VARELA CANO
En Agüimes, a veinte de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE.
10.775
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA
10.517
Expediente número 242-1/000013-2009.
EDICTO
Habiéndose formulado por BAZAR ISLAS FUER, S.L., deduciendo a los efectos de instalación de actividad
destinada a “VENTA DE ARTÍCULOS VARIOS”, en calle TACHA BLANCA, NÚMERO 37 PARCELA 37
POLÍGONO 3 - P.P. SECTOR 7 EL MATORRAL, en cumplimiento a las prevenciones contenidas en el Artículo
16 de la Ley 1/98, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas,
se abre Información Pública por término de VEINTE DÍAS, a fin de que los que se puedan sentir afectados por
dicha promoción formulen las reclamaciones y observaciones que estimen pertinentes dentro del plazo legal,
estando de manifiesto el expediente en la Secretaría Municipal.
Antigua, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández.
10.392
ANUNCIO
10.518
Por medio de la presente se hace de público conocimiento que con fecha 02 de junio de 2010, por el Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Antigua, se ha dictado resolución núm. 606, cuya parte dispositiva establece
lo siguiente:
1°.- Llevar a cabo la nueva celebración del Tercer ejercicio de la oposición convocada por este Ayuntamiento
para la provisión de plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, a la vista de las Bases de la
Convocatoria que aparecen publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 21 de junio
de 2006, y a tal efecto, aprobar la constitución del Tribunal Calificador que habrá de intervenir en el desarrollo
12782
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de la prueba de referencia y que estará compuesto por
lo siguientes miembros:
Presidente: Don Gustavo Berriel Hernández, como
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Antigua.
Suplente: Doña María Dolores González García, como
Concejala del Ayuntamiento de Antigua, designado
por la Alcaldía.
Vocales:
Titulares: Doña América F. Soto Betancor y don Marcos
J. Mesa Peña, Concejales del Ayuntamiento de Antigua,
designados por la Presidencia de la Corporación.
Suplentes: Doña María Regla Peña y don José Luis
Cerdeña González, Concejales del Ayuntamiento de
Antigua, designados por la Presidencia de la Corporación.
Titular: Don Francisco Javier González Martín,
designado por la Dirección General de la Función Pública
del Gobierno de Canarias.
Suplente: Doña María del Carmen Brito Rodríguez,
designado por la Dirección General de la Función Pública
del Gobierno de Canarias.
Titular: Don Juan Manuel Gutiérrez Padrón, como
Funcionario de carrera de igual o superior categoría
a la de la plaza convocada, designado por la Alcaldía.
Suplente: Doña Sara Ortiz Luque como Funcionario
de carrera de igual o superior categoría a la de la plaza
convocada, designado por la Alcaldía.
Secretaria: Doña María del Carmen Ortiz Luque como
Secretaria Acctal. del Ayuntamiento de Antigua.
Suplente: Doña Herenia De León Martínez,
Funcionario de Carrera del Ayuntamiento de Antigua.
2º.- De las doce plazas inicialmente previstas para
su provisión, a la vista de la convocatoria aprobada
en su momento y a resultas de la Sentencia a ejecutar,
serán sólo dos plazas las que deban proveerse, dada
la declaración de nulidad del nombramiento efectuado
a favor de dos aspirantes que participaron en la
celebración de dicho tercer ejercicio, prueba ésta en
la que participarán exclusivamente los aspirantes que
admitidos a la convocatoria, y que no superaron el
tercer ejercicio de la oposición, siendo éstos los
siguientes:
APELLIDOS
NOMBRE
Hernández Martín,
Virginia Esther
Galván Soto
Martínez Alonso
Morales Martín
Morales Sierra
Santana Brito
Sosa Pérez
Torres Soto
Sabrina
Monserrat
Carlos
Águeda
Rosa Delia
Nieves
Silvia
3°.- Señalar el próximo día 05 DE JULIO DE 2010,
A LAS 09:00 horas para que tenga lugar la celebración
del tercer ejercicio de la oposición indicada y que se
desarrollará en las dependencias municipales ubicadas
en Edif. Escuelas Viejas, en la calle Marcos Trujillo,
Antigua.
4°.- Dar traslado de la presente Resolución, al
Juzgado de la Contencioso Administrativo Número
Cinco de Las Palmas de Gran Canaria para su
conocimiento en el Procedimiento Abreviado 214/2007
(Ejecución definitiva 2/2009), así como a los miembros
del Tribunal Calificador que han sido designados y
a cuantos aspirantes participaron en la celebración del
Tercer ejercicio de la oposición cuya prueba ha de
repetirse, y al Ayuntamiento-Pleno en la próxima
sesión que se celebre para su conocimiento y efectos
oportunos
5°.- Publíquese Anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas respecto de la parte dispositiva
de la presente Resolución con, al menos, QUINCE
DÍAS de antelación a la celebración de la prueba
convocada para su general conocimiento y los efectos
previstos en la Base Quinta de la Convocatoria.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Antigua, a dos de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández.
10.745
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ANUNCIO
10.519
A medio del presente se hace de público conocimiento
que mediante Resolución del Ayuntamiento Pleno
en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2010, se aprobó
la cesión gratuita al Cabildo Insular de Fuerteventura
de una parcela de 1.901 m2 de superficie ubicada en
el casco urbano de Antigua, cuyo destino exclusivo
será la construcción de un centro cultural polivalente.
De conformidad con lo establecido en las disposiciones
legales vigentes, se abre un período de información
pública por plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES,
contados a partir del siguiente al de la publicación del
presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para
que cualquier persona interesada pueda examinar el
expediente en la Secretaría del Ayuntamiento y
formular cuantas reclamaciones y alegaciones estime
pertinentes.
Antigua, uno de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE, Gustavo Berriel Hernández.
10.747
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ARRECIFE
ANUNCIO
10.520
N/Expte: 2010001976.
Por EXCMO. CABILDO INSULAR DE
LANZAROTE, se ha solicitado licencia municipal para
la apertura de una actividad de “ESTACIÓN DE
GUAGUAS”, con emplazamiento en la RAMBLA
MEDULAR ESQUINA LA FERMINA.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
preceptuado en el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8
de enero, de la Comunidad Autónoma de Canarias,
sobre Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos
y Actividades Clasificadas, para que, por quiénes
pudieran verse afectados, puedan formular por escrito,
durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, las
correspondientes alegaciones.
12783
Arrecife, a doce de mayo de dos mil diez.
LA CONCEJAL DELEGADA, (Delegación Decreto
SEG: 111/09 de 22/12/09), Ángela Hernández Cabrera.
10.767
ANUNCIO
10.521
N/Expte: 2010001222.
Por MÉMORA SERVICIOS FUNERARIOS, S.L.,
se ha solicitado licencia municipal para la apertura
de una actividad de “SERVICIOS DE POMPAS
FÚNEBRES (TANATORIO, CREMATORIO)“, con
emplazamiento en la CTRA. SAN BARTOLOMÉ,
NÚMERO 48.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
preceptuado en el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8
de enero, de la Comunidad Autónoma de Canarias,
sobre Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos
y Actividades Clasificadas, para que, por quiénes
pudieran verse afectados, puedan formular por escrito,
durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, las
correspondientes alegaciones.
Arrecife, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA CONCEJAL DELEGADA, (Delegación Decreto
SEG: 111/09 de 22/12/09), Ángela Hernández Cabrera.
10.768
ANUNCIO
10.522
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y
habiéndose intentado la notificación al interesado
sin que haya sido posible practicarla por causas no
imputables a el Ayuntamiento de Arrecife, se pone
de manifiesto, mediante el presente anuncio, el
siguiente
“Decreto ES 21/10
Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de
26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que
12784
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la
Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre
el que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad
de las inscripciones padronales de lo extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
que no sean renovados cada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere
la legislación vigente, RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.
APELLIDOS Y NOMBRE
ACOSTA DE PAREDES BET. R.
AGUDELO TORRES BERTILDA DE J.
ANGARITA DE BELTRAN CARMEN M.
ANTONIO DAMA NOEMIA AUGUSTO
BORGES MIJARES OSWALDO RAMON
CALDERÓN RUIZ LINA MARIA
CALVA TOBAY CESAR AUGUSTO
CANO OCAMPO JHON ANDERSON
CARDONA OSORIO APOLINAR
CASTILLO RIOFRIO JOSE HERALDO
CASTRO ENCARNACION DE HERR. I. C.
FECHA NACIMIENTO
D. IDENTIDAD
FEC. ALTA
26/11/1956
X6355509B
24/09/2004
25/01/1982
09/06/1964
X9495326Y
05/03/1980
X8958080V
20/05/1980
28/04/1977
04/11/1987
16/07/1988
EL BERTI HICHAM
EL GHAZALI HAMMAD
EL HAFIDY ALI
EL MCHIOUAT EL HASSAN
ES SOULHI MARIEM
EUCEDA DE VELA MAYRA LIZZETT
FORONDA SUAZA MAURICIO A.
GALVAN PIO CARLOS ENRIQUE
GAO LIYAO
GAO LULU
GAO ZHENJIE
03/01/1992
01/01/1969
30/12/1967
05/08/1961
04/01/1970
JARA TOAPANTA BEATRIZ JANETH
LAABIDI EL MAJID
LACHGAR ABDELLAHI
07/04/2000
X9287924H
15/04/2004
15/04/2008
02/04/2008
07/04/2008
03/08/2004
07/04/2008
23/05/2006
09/04/2008
08/04/2008
15/04/2008
27/02/2006
04/04/2008
10/04/2008
01/04/2008
11/04/2008
11/04/2008
11/04/2008
C1216200
09/04/2008
X6981788T
02/02/2005
X6683208Y
X6981817Y
02/08/2004
07/07/2004
01/02/2006
X06618437A
14/12/1984
X08378247Z
16/04/2008
26/08/1971
X6456837R
14/04/2008
01/01/1972
LOPEZ OCAMPO LUIS OCTAVIO
27/03/1964
MANZANO GOMEZ MARIA FERNANDA
X9287897Z
10/04/2002
29/06/2006
31/12/1982
26/08/1978
13/03/1982
LOPES CANDIA CORREIA FAUSTINA
X6543536J
X6909597Y
DE LEON GUTH KARINA EMELINDA
LI YAN MEI
C029929
20/11/1948
06/12/1982
29/05/1967
LEMRASSIL MOULAY BRAHIM
X7136532T
X9287870X
20/05/2003
LAFJAH GHLAINA
LEMOS GONZALEZ RENE
X4537687V
28/02/1971
28/08/1995
20/04/1995
HERNANDEZ CARMONA WILMER AL.
X9734414D
X3724698D
HENAO ROJAS JHONNY MIGUEL
HENAO ROJAS NATALY
CC16749371
19/07/1965
28/09/1979
GRISALES MARIN MARY DOLIA
X6656107E
X5817487M
X5274915A
GARCIA GARCIA MAY DANIEL
GOMEZ GOMEZ ALEXANDER
X8356734Y
01/01/1970
14/10/1978
11/04/2008
04/04/2008
Y00595971D
01/01/1970
09/04/2008
15/04/2008
X6480106V
X7578001F
02/07/1983
01/01/1937
11/04/2008
10/04/2008
X5765461M
15/12/1958
02/04/2008
0704822642
13/02/1967
04/03/1928
CHUM LARA ANDREA ESTEFANIA
DELGADO RIOS LUIS ANIBAL
1222537
X07883061H
15/04/2008
CHHAIB ABDESLAM
CA0085246
23/09/1994
CASTRO MARTINEZ SARAY
CERON MURILLO MARYLYN KARLA
004275664
28/03/1963
X6039749H
X6526798L
X6058098J
X07596678P
3976496
04/07/1974
X6355515V
29/09/1989
X7328958P
28/09/1975
CA0131388
X9186165B
31/04/2004
07/04/2008
15/04/2008
09/04/2008
09/05/2006
03/04/2008
22/06/2006
09/04/2008
14/04/2008
23/06/2006
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
MBOUP OUSSEYNOU
MOHAMAN DAOUDA
MOHAMED GAILANI SALEK
MOHAMED LEMINE MOHAMED AHMED
NDIOUCK YOUSSOU
OCAMPO BONILLA CAROL DANIELA
OULD SIDI BRAHIM SALEM
PALACIOS CHAVES GILBERTO
PALACIOS RAMOS JOSE LUIS
04/08/1975
31/12/1977
08/08/1996
12785
10693532
A3247272
0919446
31/12/1972
X09722424W
01/01/1949
X0898471E
04/08/1979
04/06/1998
12/02/1984
10711728
X07883064K
X6667971H
26/03/1981
X4067809Y
RESTREPO ALZATE CARLOS MAURICIO
24/08/1981
CC4416034
RODRIGUEZ SOSA JOSE IGNACIO
27/10/2004
PAZ RAMIREZ JAIVER ALEXIS
PRESTES DE OLIVEIRA ALESS. M.
RODRIGUEZ CAÑON NELSON ENRIQUE
RODRIGUEZ SOSA BENJAMIN
RODRIGUEZ VECCHIO DANIEL ANIBAL
19/03/1986
04/06/1972
15/04/1982
28/11/2006
10/07/1980
X9142340R
CP140002
X8294092Q
0443906952
0443906951
04439069-5
SILVA ROMERO ELIANA YURASI
02/06/1978
X07888522M
SUELTO LUCIO EDGAR YOVANY
24/03/1987
X3596588D
SOLDEVILLA GOMEZ GABR. C.
SOSA MIQUELE PAOLA NATALIA
TAFUR COCA BRAYAN ANDRES
TAFUR COCA JOSE LUIS
TASCON RAMIREZ DIANA MARCELA
TORO GIRALDO ALEJANDRA
VALLEJO SANCHEZ MARTHA CECILIA
VELEZ ORREGO DAVID EDUARDO
VERA MEZA OSWALDO MACARIO
VERGARA LONDOÑO LAURA MELISSA
VICENTE CATUPUNTE ARMANDO
XU GUANMEI
11/11/1983
01/07/1979
16/06/1995
08/09/1997
05/02/1983
01/06/1995
30/09/1975
03/08/1980
14/08/1965
30/04/1997
12/06/1980
18/12/1979
15/04/2008
26/06/2006
22/06/2006
22/06/2006
07/04/2008
10/04/2002
02/04/2008
13/12/2001
03/05/2001
01/04/2008
07/04/2008
16/04/2008
02/04/2008
01/04/2008
01/04/2008
01/04/2008
28/09/2004
X6983683D
04/07/2006
X09521332E
14/06/2006
02673788-7
X09521345N
X6691235Y
X7771460J
01/04/2008
01/11/2001
14/06/2006
21/06/2006
16/04/2008
X5496827B
03/04/2008
X7212226R
14/06/2006
X07633279Q
X6844905J
CA0100861
X5994860W
01/04/2008
30/07/2004
01/04/2008
10/04/2008
Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a seis de
mayo de dos mil diez. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”.
Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.
10.835-A
ANUNCIO
10.523
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado
la notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamiento
de Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente
“Decreto ES 22/10
Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se dispone
la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección
General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que se
12786
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones
padronales de lo extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados
cada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.
APELLIDOS Y NOMBRE
FECHA NACIMIENTO
D. IDENTIDAD
FEC. ALTA
ADVANI NEETU HERO
01/06/1977
X7866933J
30/04/2008
ANDRADE UBALDO JAVIER
20/06/1969
X8091347Q
30/03/1974
X8144782E
ACOSTA VERA JOSE ANTONIO
AGUIRRE OLIVEIRA RAMON WILF.
AIT BELOUAHID EL HASSAN
ARANZAZU AGUIRRE CARLOS HUMB.
BALDE SULEIMANE
CASTRO BELTRAN SADRA MILENA
DAZA MONTERO DIOMEDES MIGUEL
GARCIA JOSE ANTONIO
GIRALDO GARCIA RONNY ANDRES
GONZALEZ JURE ISABEL DEL CARMEN
HASRAJANI HARISH
HASRAJANI NISHI
HASRAJANI VAIJAYANTI
INGA CURAY IVONE VERONICA
INGA LOGACHO HECTOR IVAN
JIMENEZ DE FIGUEROA CARMEN M.
LIN MANXIANG
LIN YUECHAN
LONDOÑO RAIGOSA FRANCY JINETH
LOPEZ LONDOÑO DAIRO
MENDY SOUANE
MINT AHMED MARIEM
MONTERO ADRIANA MARISOL
MONTERO CARRILLO LILIANA MARIA
MORALES VALENCIA ALEXANDER
OBAMA MIAHA GAUDENCIA AFANG
OLIVEROS TABLONG EVANGELINE
ORTEGA SALAMANCA VALENTINA
11/11/1978
18/12/1967
06/05/1978
01/09/1968
15/10/1988
23/04/1997
01/06/1967
SANCHEZ MORALES CRISTIA DAVID
TRUJILLO VELEZ VENUS
UBBRIACO MONTERO ROCIO
URIBE DIAZ SANDRA MILENA
VELASCO CAMPOS ALEJANDRO
VELASCO CAMPOS JUA SEBASTIAN
VIDAL DOMINGUEZ ANDRES FELIPE
WENG MEIXIN
WENG XIAOFANG
ZOUBEIR MAIMOUNA
ZOUGAR SMAHANE
RC27907354
X9167844K
X7037656R
26/07/1966
31/03/1998
19/09/2002
21/08/1970
69792987
X4296141V
X7037666B
X7941410Q
X4957418K
16/07/1955
X06553148B
25/03/1973
X7712055V
10/02/1987
20/03/1986
25/12/1993
03/04/1985
19/08/1979
20/09/1973
X8063078Z
X9202965K
X7712071X
X8226708E
X4196267D
29/05/1999
07/02/1997
11/10/1974
28/09/1989
21/03/1995
21/04/2008
04/08/2002
06/10/1976
25/12/1997
31/12/1996
X4017887
X5242251E
24/04/2006
30/04/2008
23/04/2008
21/04/2008
14/03/2006
14/03/2006
14/03/2006
29/04/2008
29/04/2008
30/04/2008
24/04/2008
24/04/2008
05/06/2006
05/06/2006
28/04/2008
28/06/2006
24/04/2006
02/05/2006
29/04/2008
07/05/2002
X6643655J
31/05/2006
X8144798S
X8144815D
X4957310M
X8711308N
X3216225C
03996167-8
X6110147J
X6059998G
X6060123Z
01/01/1957
R559797
28/12/1988
29/04/2008
30/04/2008
X09315872K
29/11/1988
22/04/2008
M0350373
16/03/1991
17/10/1970
22/04/2008
15/05/2006
24/04/2008
X8901258M
09/07/2000
21/06/2004
1275/08
03/06/1975
22/01/1968
30/04/2008
30/08/2004
X8996110M
13/10/1974
28/04/2008
039961677
20/09/1971
31/10/1970
SALOUKI AHMED
CA0092340
16/05/1977
03/04/1955
RESTREPO MARTINEZ JHON JAIRO
SALAMANCA GONZALEZ LUZ ESTELA
X6727060C
X09563947H
01/01/1974
RESTREPO CASTRO DANIELA
001361451
X6365149Z
15/07/1990
OULD MOHAMED MAHMOUD M. AB.
RESTREPO CASTRO AGIE MELISA
X8520260W
X5814872N
X9409914Q
X8588658K
29/04/2008
29/04/2008
07/05/2002
18/04/2008
01/04/2004
21/04/2008
30/08/2004
28/04/2006
08/06/2004
08/06/2004
28/04/2008
04/04/2006
24/04/2008
22/04/2008
22/04/2008
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de
Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a seis
de mayo de dos mil diez. La Concejal, firmado. El
Secretario Accidental, firmado”.
Arrecife, a seis de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.
10.835-B
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ARUCAS
ANUNCIO
10.524
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del
Real Decreto Legislativo 2/2004 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al que
se remite el artículo 177.2 de la misma Ley, y el
artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2 del
Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se pone en
conocimiento general que en la Intervención de esta
Entidad Local se halla expuesto al público el expediente
de suplemento de crédito N° 1/2010 que afecta al vigente
presupuesto.
Los interesados que estén legitimados según lo
dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo
2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente
detallados en el número 2 de dicho artículo 170,
podrán presentar reclamaciones, con sujeción a los
siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones:
QUINCE DÍAS a partir del siguiente a la fecha de
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En Arucas, a ocho de junio de dos mil diez.
LA CONCEJALA DE HACIENDA, Lidia Morales
Falcón.
10.880
12787
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE FIRGAS
Secretaría General
Servicio de Contratación
ANUNCIO
10.525
Por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de mayo
del año dos mil diez, se elevó a definitiva la adjudicación
provisional del contrato de suministro de “SUMINISTRO
DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES PARA
LARADIO MUNICIPAL” lo que se publica a los efectos
del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,
de Contratos del Sector Público.
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: AYUNTAMIENTO DE FIRGAS.
b) Dependencia que tramita el expediente:
CONTRATACIÓN.
c) Número de expediente: 01FEDELS/2010.
d) Dirección de Internet del Perfil de Contratante:
www.firgas.es
2. Objeto del contrato.
a) Tipo: SUMINISTROS.
b) Descripción: “SUMINISTRO DE EQUIPOS
DE TELECOMUNICACIONES PARA LA RADIO
MUNICIPAL”.
c) Perfil del contratante: www.firgas.es
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: URGENTE.
b) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
4. Presupuesto base de licitación. Importe neto
27.981,50 euros. I.G.I.C. 1.399,08 euros. Importe
total 29.380,58 euros.
5. Adjudicación.
a) Fecha: 6 DE MAYO DE 2010.
12788
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
b) Contratista: RIGAZ SERVIRADIO, S.L.
c) Importe o canon de adjudicación. Importe neto
27.981,50 euros. I.G.I.C. 1.399,08. Importe total
29.380,58 euros.
En la Villa de Firgas, a cuatro de junio de dos mil
diez.
EL ALCALDE-PRESIDENTE.
10.788
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE GÁLDAR
Alcaldía
ANUNCIO
10.526
Con fecha 7 de junio de 2010. El Sr. Alcalde ha dictado
el siguiente:
DECRETO
En virtud de las atribuciones que me confiere la
normativa vigente, artículo 21 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de medidas para la modernización del
gobierno local, y artículo 43 y siguientes del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Corporaciones Locales y existiendo la necesidad
de establecer mi sustitución por motivos de viaje, desde
el día 09 al 13 de junio del año en curso (ambos
inclusive) en su virtud RESUELVO:
PRIMERO.- Mi sustitución por motivos de viaje desde
el 09 al 13 de junio del presente año (ambos inclusive)
por la Sra. Primera Teniente Alcalde, doña María
Encarnación Ruiz Alonso, quien ejercitará todas las
funciones desempeñadas por mí al frente de la Alcaldía
Presidencia.
SEGUNDO.- Publíquese el presente decreto en el
Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con
el artículo 44 del ROF y dése cuenta al Pleno en la
primera sesión que éste celebre.
Gáldar, a siete de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
10.834
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE INGENIO
ANUNCIO
10.527
Intentada la notificación personal a los interesados
que al pié del presente anuncio se citan, de los Decretos
de la Alcaldía-Presidencia de este Ilustre Ayuntamiento,
mediante los que se acuerdan Resoluciones del
procedimiento administrativo sancionador en materia
regulada por las Ordenanzas Municipal de Protección
de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actitudes
Antisociales, o de la Ordenanza Municipal de Tenencia
de Animales, y no habiéndose podido realizar su
práctica, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, se inserta anuncio relativo a dichas
resoluciones. Asimismo, se participa su anuncio
también en el Tablón de Edictos de este Ilustre
Ayuntamiento.
Igualmente se pone en conocimiento de los afectados
en cada procedimiento lo siguiente:
Primero. Que han sido impuesta multa a cada uno
de los infractores que se relacionan en el presente anuncio,
cuyos expedientes quedan a disposición de los
interesados legítimos para su consulta y obtención de
copia de cuantos documentos que lo componen
estimen conveniente.
Segundo. Cada expediente ha sido incoado a resultas
de boletín de denuncia e informe preceptivo de
Agentes de de la Policía Local, de la Guardia Civil
o denuncia de particulares y decretada la incoación
de cada expediente por la Alcaldía - Presidencia de
este Ayuntamiento, y notificado a los interesados, de
acuerdo con lo previsto para estos casos en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tercero. Que para cada expediente sancionador el
Instructor del procedimiento ha emitido un informepropuesta correspondiente, en el que se ha fundamentado
cada resolución.
Lo que se notifica a los interesados en cada procedimiento,
atendiendo a lo establecido en el artículo 58 de la Ley
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12789
30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (en adelante LRJAPAC); significando que
la misma pone fin a la vía administrativa a tenor de lo dispuesto en el artículo 109.c) de la LRJAPAC, pudiendo
interponer potestativamente contra la misma Recurso de Reposición, en el plazo de UN MES a contar desde el día
siguiente de esta publicación, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio,
conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAPAC, o bien interponer directamente Recurso
Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por turno corresponda, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiéndose
interponer dicho recurso hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo establecido en los citados artículos 116 y 117 de la
LRJAPAC, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que en su caso estime procedente.
RELACIÓN DE NOTIFICADOS POR RESOLUCIONES DE EXPEDIENTES SANCIONADORES DE LAS
ORDENANZAS MUNICIPALES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y DE TENENCIA DE ANIMALES.
Nº EXP.
88
89
90
117
119
AÑO
2009
SANCIONADO
NIF-CIP
FECHA INFRACCION
FECHA RESOLUCION
BRIZ CAMBRA ANGEL FERNANDO
16223518-P
21/07/2009
20/01/2010
RIVERO SUAREZ ACOIDAN
78524689K
20/10/2009
17/09/2010
CAZORLA SUAREZ LIOBA LEONOR
42219197E
30/04/2008
19/03/2010
SANTIAGO GOMEZ MARIA YOLANDA
ATLANTICO MOBILIARIO S.L.
RODRIGUEZ CARDONA PATRICIA
124
SANTANA MELIAN JOSE ANTONIO
128
QUINTANA DENIZ JOSE
145
ROMERO GONZALEZ NICOLAS
125
126
141
143
147
149
154
157
190
PEÑA MEDINA MIGUEL
PEÑA SOSA FRANCISCO JAVIER
MARTIN SOSA CARMELO
CURBELO GUERRA TINAMARSIN
42844463V
B35799329
45332899Z
43280265S
42791395X
52851516T
52856459K
54086799E
04/11/2008
10/05/2009
14/09/2008
09/11/2009
09/11/2009
27/06/2009
54082475E
24/05/2009
44737664L
42888083-Y
HEREDIA ROMAN ANTONIO
45535026V
RAMIREZ RAMIREZ RAYMON
21/07/2009
20/10/2009
54086599Y
FRANCES ARAÑA PEREGRINA
MARTIN RAMIREZ RICARDO DAMIAN
21/07/2009
54089924T
En la Villa de Ingenio, a catorce de abril de dos mil diez.
17/06/2009
20/01/2010
20/01/2010
17/03/2010
19/03/2010
19/03/2010
22/03/2010
23/03/2010
23/03/2010
23/03/2010
23/03/2010
21/11/2008
23/03/2010
05/12/2009
14/05/2010
05/05/2009
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Díaz Sánchez.
24/03/2010
24/03/2010
10.778
Servicio de Recaudación
ANUNCIO
10.527
APERTURA DE COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO DE LOS TRIBUTOS SIGUIENTES:
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA DE 2010.
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA DE 2010.
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES (B.I.C.E.) DE 2010.
Se previene a los contribuyentes por los Tributos indicados que, por el Sr. Alcalde-Presidente, se ha dictado
resolución en el que se fija el periodo voluntario de cobranza, de acuerdo al siguiente:
12790
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
PLAZO Y LUGAR DE PAGO:
Del día 14 de junio al 5 de noviembre de 2010, ambos
inclusive, en alguna de las Entidades Bancarias
colaboradoras (CAJA INSULAR DE AHORROS
DE CANARIAS, CAJA RURAL DE CANARIAS,
LA CAIXA, BANCO BILBAO VIZCAYA, LA CAJA
DE ARQUITECTOS, BANCA MARCH Y BANCO
SANTANDER CENTRAL HISPANO), con la
presentación del aviso previamente remitido a cada
contribuyente. En el supuesto de no haber recibido
el citado aviso, puede solicitarlo en la Oficina
Recaudadora de este Ayuntamiento, ubicada en el Edificio
de Usos Múltiples, sito en la calle Ramón y Cajal, n°
6 ó en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la Calle
Nanino Díaz Cutillas, s/n. (Edificio La Cantonera) y
en la Oficina de Atención al Ciudadano de Carrizal,
sita en la Avda. de Carlos V, n° 25 (junto al Centro
Cívico de Carrizal), en horario de 08:30 a 13:30
horas, de lunes a viernes.
Los deudores que dejen transcurrir el plazo señalado
sin pagar los recibos incurrirán en apremio, con el recargo
del diez por ciento, hasta tanto no se notifique la
providencia de apremio, y una vez notificada ésta, el
recargo será del veinte por ciento, más los intereses
de demora y demás gastos que se produzcan, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127
de la Ley General Tributaria.
Villa de Ingenio, a nueve de junio de dos mil diez.
LA TESORERA ACCTAL., (Decreto 2.013, de
21/05/2010), Josefa Ramírez Quintana.
10.911
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS
ANUNCIO
10.528
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha
sido debidamente informada por la Comisión Especial
de Cuentas, se expone al público la Cuenta General
correspondiente al ejercicio 2009, por un plazo de
QUINCE DÍAS, durante los cuales y ocho más quienes
se estimen interesados podrán presentar reclamaciones,
reparos u observaciones que tengan por convenientes.
En La Aldea de San Nicolás, a dos de junio de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Tomás Pérez Jiménez.
10.850
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE MOGÁN
ANUNCIO
10.530
De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27.11.92),
modificada por la 11/99, se procede a practicar
notificación el acuerdo de la Junta de Gobierno Local
en sesión celebrada el 10 de mayo de 2010 a la entidad
MARTÍNEZ GIJOSA, S.L. teniendo en cuenta que
la misma no se ha podido llevar a cabo, y cuyo tenor
literal es el siguiente:
“SEXTO. ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA.
6.1. Vista la propuesta de la Concejala Delegada del
área que dice literalmente: “Doña María del Carmen
Navarro Cazorla, Concejala Delegada en materia de
Hacienda, Recursos Humanos y Contratación (Decreto
número 2.280/2007, de fecha 26 de noviembre de 2007),
visto el expediente de contratación tramitado para la
adjudicación de las “Autorizaciones de la explotación
de los servicios de temporada 2010-2011 en varias
playas del T.M. de Mogán”, Ref.:10-AUT-01.
Vista la resolución de Alcaldía adoptada a través
del Decreto número 815/2010, de fecha 16 de abril
de 2010, en virtud de la cual se adjudica provisionalmente
las “Autorizaciones de la explotación de los servicios
de temporada 2010-2011 en varias playas del Término
Municipal de Mogán (LOTE Nº 2: AQUAMARINA,
EL CURA Y MOGÁN)”, tramitadas a través de un
procedimiento abierto y tramitación ordinaria a la entidad
TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número:
J-35890391, por un CANON ANUAL de 108.000,00
euros y de acuerdo con los siguientes términos de su
oferta en relación a los restantes criterios de adjudicación:
Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento
de las exigencias de la Fundación Europea de Educación
Ambiental para el otorgamiento de banderas azules.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente:
- Seguridad en el servicio con verificación de boyas
por la mañana
- Instructor de elementos a alquilar con explicación
de normas de seguridad
- Controles meteorológicos y de balizamiento
- Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones
- Tres pasarelas de madera
- 2 material de primeros auxilios, botiquín
- 2 latas de rescate
- 2 collarines e inmovilizador de cabeza
- 2 equipos de oxigenoterapia
- Prismáticos
- 2 motos de agua de socorrismo
Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de
los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar.
La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla
es: Modelo EVA RG.
La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas
es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de
fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y
sujeción en poliamida. D200mm.
Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades
a realizar, donde se recoja el sistema de explotación,
medios humanos y materiales con los que cuenta y
sus características, así como maquinaria de la que dispone
para llevar a cabo la limpieza de la playa.
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
humanos es:
- 4 hamaqueros y limpieza
- 4 socorristas
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
materiales es:
- 10 patines Pedal Flot P5P
- 50 mesitas
- 166 almohadas para hamacas
- 132 boyas, boyarines y balizas
- 40 uniformes rotulados
12791
- 40.000 ceniceros de cartón
- 3 soportes para ceniceros
- 3 carteles informativos para soportes de ceniceros
- 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios
- 3 estructuras en acero inoxidable para cartel
informativo y de prohibiciones
- 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para
balizamiento de playas
La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria
limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport
con herrajes de limpieza.
Vista la documentación presentada por la citada
empresa, R.E. número 7.322, y 7.419 de fechas 6 y
7 de mayo de 2010, exigida en virtud del artículo 135
de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del
Sector Público.
Considerando que la adopción de este acuerdo es
competencia de la Junta de Gobierno Local en virtud
de las alegaciones efectuadas por el Alcalde de este
Ayuntamiento, mediante Decreto 1.027/2008, de
fecha 4 de junio de 2008.
Por todo ello PROPONGO a la Junta de Gobierno
Local:
Primero. Declarar válido el acto de adjudicación.
Segundo. Adjudicar definitivamente a la empresa
TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número:
J-35890391, las “Autorizaciones de la explotación de
los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas
del Término Municipal de Mogán (LOTE Nº 2:
AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN)”, por un
CANON ANUAL de 108.000,00 euros y de acuerdo
con los siguientes términos de su oferta en relación a
los restantes criterios de adjudicación, por el período
comprendido entre la fecha estipulada en el contrato y
el 30 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido
en la autorización otorgada por la Demarcación de
Costas de Canarias, si bien se podrá acordar la continuidad
en la prestación de los servicios por los adjudicatarios
hasta que se produzca la nueva adjudicación de las
autorizaciones, en virtud del principio de continuidad
de los servicios públicos; en todo caso, el plazo de
adjudicación no será superior a un año.
Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento
12792
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de las exigencias de la Fundación Europea de Educación
Ambiental para el otorgamiento de banderas azules.
La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente:
- Seguridad en el servicio con verificación de boyas
por la mañana
- Instructor de elementos a alquilar con explicación
de normas de seguridad
- Controles meteorológicos y de balizamiento
- Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones
- Tres pasarelas de madera
- 2 material de primeros auxilios, botiquín
- 2 latas de rescate
- 2 collarines e inmovilizador de cabeza
- 2 equipos de oxigenoterapia
- Prismáticos
- 2 motos de agua de socorrismo
Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de
los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar.
La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla
es: Modelo EVA RG
La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas
es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de
fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y
sujeción en poliamida. D200mm.
Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades
a realizar, donde se recoja el sistema de explotación,
medios humanos y materiales con los que cuenta y
sus características, así como maquinaria de la que dispone
para llevar a cabo la limpieza de la playa.
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
humanos es:
- 4 hamaqueros y limpieza
- 4 socorristas
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
materiales es:
- 10 patines Pedal Flot P5P
- 50 mesitas
- 166 almohadas para hamacas
- 132 boyas, boyarines y balizas
- 40 uniformes rotulados
- 40.000 ceniceros de cartón
- 3 soportes para ceniceros
- 3 carteles informativos para soportes de ceniceros
- 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios
- 3 estructuras en acero inoxidable para cartel
informativo y de prohibiciones
- 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para
balizamiento de playas
La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria
limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport
con herrajes de limpieza.
Tercero. Requerir a la empresa adjudicataria, para
que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de
la presente notificación, proceda a suscribir el
documento administrativo de formalización del
contrato.
Cuarto. Proceder a la devolución de las garantías
provisionales.
Quinto. Nombrar a DON VÍCTOR RODRÍGUEZ
BUENO, Ingeniero Industrial Municipal, como
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS
OBJETO DEL CONTRATO, a los efectos establecidos
en el Pliego de cláusulas administrativas particulares
que rige la presente contratación.
Sexto. Facultar a los señores Alcalde-Presidente y
Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del
oportuno contrato administrativo y/o público.
Séptimo. Notificar, en su caso, a los anteriores
adjudicatarios de las PLAYAS DE AQUAMARINA,
EL CURA Y MOGÁN, que procedan al levantamiento
de las instalaciones en el plazo de DIEZ DÍAS,
contados a partir del momento en que reciban la
presente notificación, así como realizar en ese mismo
plazo una limpieza de la arena en el lugar en que han
estado instalados los servicios de temporada. En el
caso de que todo esto se lleve a cabo, que por el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento se
proceda a la devolución del depósito previo
desembolsado, en su momento, por éstos, por el
concepto de responder de los gastos de la ejecución
subsidiaria del levantamiento de las instalaciones si
la misma, si no se produjera por el adjudicatario, en
el plazo que se le diere al efecto.
Octavo. Dar traslado del acuerdo adoptado en la Junta
de Gobierno Local a las entidades interesadas, a don
Víctor Rodríguez Bueno, a la Tesorería Municipal,
a la Intervención General, al Departamento de
Contratación, al Departamento de Servicios Públicos,
a la Concejalía de Turismo y Playas de este Ilustre
Ayuntamiento, al departamento en cargado del cobro
del canon y a la Demarcación de Costas de Canarias.
Noveno. Proceder a la exposición pública de la
adjudicación definitiva del contrato en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y Perfil de contratante
de la página Web de este Iltre. Ayuntamiento.”
Considerando que la adopción de este acuerdo es
competencia de la Junta de Gobierno Local en virtud
de las alegaciones efectuadas por el Alcalde de este
Ayuntamiento, mediante Decreto 1.027/2008, de
fecha 4 de junio de 2008.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus
miembros asistentes, adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Declarar válido el acto de adjudicación.
Segundo. Adjudicar definitivamente a la empresa
TAURITO WATER SPORT, S.C.P, con C.I.F. número:
J-35890391, las “Autorizaciones de la explotación de
los servicios de temporada 2010-2011 en varias playas
del Término Municipal de Mogán (LOTE Nº 2:
AQUAMARINA, EL CURA Y MOGÁN)”, por un
CANON ANUAL de 108.000,00 euros y de acuerdo
con los siguientes términos de su oferta en relación
a los restantes criterios de adjudicación, por el período
comprendido entre la fecha estipulada en el contrato
y el 30 de abril de 2011, de conformidad con lo
establecido en la autorización otorgada por la
Demarcación de Costas de Canarias, si bien se podrá
acordar la continuidad en la prestación de los servicios
por los adjudicatarios hasta que se produzca la nueva
adjudicación de las autorizaciones, en virtud del
principio de continuidad de los servicios públicos; en
12793
todo caso, el plazo de adjudicación no será superior
a un año.
Criterio número 2: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, para el cumplimiento
de las exigencias de la Fundación Europea de Educación
Ambiental para el otorgamiento de banderas azules.
La oferta de la empresa adjudicataria es la siguiente:
- Seguridad en el servicio con verificación de boyas
por la mañana
- Instructor de elementos a alquilar con explicación
de normas de seguridad
- Controles meteorológicos y de balizamiento
- Vigilancia control de baños, duchas y prohibiciones
- Tres pasarelas de madera
- 2 material de primeros auxilios, botiquín
- 2 latas de rescate
- 2 collarines e inmovilizador de cabeza
- 2 equipoS de oxigenoterapia
- Prismáticos
- 2 motos de agua de socorrismo
Criterio número 3: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, en la calidad de
los materiales de hamacas y sombrillas a suministrar.
La oferta del adjudicatario, en relación a la sombrilla
es: Modelo EVA RG
La oferta del adjudicatario, en relación a las hamacas
es: Chasis de acero inoxidable AISI 316, varillas de
fibra de vidrio, pomo en acero inoxidable, corona y
sujeción en poliamida. D200mm.
Criterio número 4: Mejoras con respecto lo especificado
en el Pliego de condiciones técnicas, de las actividades
a realizar, donde se recoja el sistema de explotación,
medios humanos y materiales con los que cuenta y
sus características, así como maquinaria de la que dispone
para llevar a cabo la limpieza de la playa.
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
humanos es:
- 4 hamaqueros y limpieza
- 4 socorristas
12794
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
La oferta del adjudicatario, en relación a los medios
materiales es:
- 10 patines Pedal Flot P5P
- 50 mesitas
- 166 almohadas para hamacas
- 132 boyas, boyarines y balizas
- 40 uniformes rotulados
- 40.000 ceniceros de cartón
- 3 soportes para ceniceros
- 3 carteles informativos para soportes de ceniceros
- 5 estructuras de acero inoxidable para cartel de precios
- 3 estructuras en acero inoxidable para cartel
informativo y de prohibiciones
- 4 bobinas de cabos de 200 m cada una para
balizamiento de playas
La oferta del adjudicatario, en relación a maquinaria
limpieza playas, es: Vehículo ATV Polaris 800 Sport
con herrajes de limpieza.
Tercero. Requerir a la empresa adjudicataria, para
que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES desde la
fecha de la presente notificación, proceda a suscribir
el documento administrativo de formalización del
contrato.
Cuarto. Proceder a la devolución de las garantías
provisionales.
Quinto. Nombrar a DON VÍCTOR RODRÍGUEZ
BUENO, Ingeniero Industrial Municipal, como
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS
OBJETO DEL CONTRATO, a los efectos establecidos
en el Pliego de cláusulas administrativas particulares
que rige la presente contratación.
Sexto. Facultar a los señores Alcalde-Presidente y
Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del
oportuno contrato administrativo y/o público.
Séptimo. Notificar, en su caso, a los anteriores
adjudicatarios de las PLAYAS DE AQUAMARINA,
EL CURA Y MOGÁN, que procedan al levantamiento
de las instalaciones en el plazo de DIEZ DÍAS,
contados a partir del momento en que reciban la
presente notificación, así como realizar en ese mismo
plazo una limpieza de la arena en el lugar en que han
estado instalados los servicios de temporada. En el
caso de que todo esto se lleve a cabo, que por el
Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento se
proceda a la devolución del depósito previo
desembolsado, en su momento, por éstos, por el
concepto de responder de los gastos de la ejecución
subsidiaria del levantamiento de las instalaciones si
la misma, si no se produjera por el adjudicatario, en
el plazo que se le diere al efecto.
Octavo. Notificar el presente acuerdo a las entidades
interesadas, a don Víctor Rodríguez Bueno, así como
dar traslado a la Tesorería Municipal, a la Intervención
General, al Departamento de Contratación, al
Departamento de Servicios Públicos, a la Concejalía
de Turismo y Playas de este Ilustre Ayuntamiento, al
departamento en cargado del cobro del canon y a la
Demarcación de Costas de Canarias.
Noveno. Proceder a la exposición pública de la
adjudicación definitiva del contrato en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y Perfil de contratante
de la página Web de este Iltre. Ayuntamiento.”
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos,
significándole que esta resolución pone fin a la vía
administrativa, pudiendo interponer contra la misma,
con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante
el órgano que ha dictado el acto que se le notifica, en
el plazo de UN MES contados desde el día siguiente
al recibo de ésta (que se entenderá desestimado si en
el plazo de UN MES no recibe resolución expresa),
conforme a lo previsto en los artículo 116 y 117 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, o bien, directamente Recurso
Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el
plazo de DOS MESES desde la notificación del acto.
Contra la resolución que recaiga en el Recurso de
Reposición, podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas en el plazo de DOS
MESES contados desde la notificación de dicha
resolución, si ésta es expresa, si no lo fuera, el plazo
será de SEIS MESES y se contará, a partir del día
siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa
específica se produzca el acto presunto, todo ello
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (BOE número167 de 14
de julio de 1998).
12795
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE PUERTO DEL ROSARIO
ANUNCIO
Mediante este documento se notifica la presente
resolución, según lo exigido en el artículo 58.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.”
INSTRUCCIÓN
EXPEDIENTES SANCIONADORES
EN MATERIA DE TRÁFICO
10.532
EL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE
SANCIONADOR,
EL ALCALDE-PRESIDENTE, José Francisco
González González.
Se ha formulado contra el propietario del vehículo
que se detalla denuncia. Y se ha iniciado el
correspondiente expediente sancionador, lo que se
comunica que si no es Vd., el conductor del citado
vehículo en el momento de la denuncia, se sirva
comunicar ante el Ayuntamiento de Puerto del Rosario
en el plazo de QUINCE DÍAS, el nombre y domicilio
del citado conductor. Advirtiéndole que de no hacerlo
será considerado como autor de falta grave, conforme
al artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990,
de 2 de marzo (BOE número 3, de 14/03/1990) sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad
vial.
En Mogán, a dos de junio de dos mil diez.
10.646
ANUNCIO
10.531
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria
de fecha 28 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
“Toma en Consideración de la Memoria relativa a los
aspectos sociales, jurídicos, técnicos y financieros para
determinar la forma de gestión del servicio público
de abastecimiento de agua y saneamiento del Iltre.
Ayuntamiento de Mogán”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97
del Texto Refundido de las Disposiciones Legales
vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado
por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril (TRRL), se comunica por medio del presente,
su exposición a información pública por un plazo no
inferior a TREINTA DÍAS NATURALES contados
a partir del día siguiente al de la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de La Provincia, durante
los cuales podrán formular observaciones los particulares
y entidades, significándole que el expediente se
encuentra a su disposición en la Secretaría General
de este Ayuntamiento en días laborables y en horario
de oficina.
Lo que se hace público para general conocimiento
y a los efectos oportunos.
En Mogán, a nueve de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco González
González.
10.919
HACE SABER:
Al propio tiempo se le notifica la denuncia y se le
concede un plazo de QUINCE DÍAS, para alegar
por escrito lo que a su defensa estime conveniente
(artículo 79 RDL 339/90)
El importe de la sanción se reducirá un 50% dentro
de los TRES DÍAS siguientes a la misma o en un 30%
una vez transcurridos estos y hasta completar los
TREINTA DÍAS siguientes a la recepción de la
presente notificación.
Se puede efectuar el pago mediante ingreso a nombre
del Ayuntamiento de Puerto del Rosario en la cuenta
número 3177-0026-90-1007548621 de la Caja Rural
de Canarias.
Si no efectúa el pago dentro de los términos antes
mencionados y en el supuesto de no efectuar alegaciones,
dentro del plazo establecido, el contenido de la
presente notificación servirá de propuesta de resolución,
que será formulada en los términos que figuran en la
denuncia, conforme a lo establecido en el artículo 13.2
del RD 1.398/93 de 4 de agosto por el que se aprueba
el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de
la potestad sancionadora, en relación con el mismo
artículo y apartado del RD 320/1994 de 25 de febrero.
42858083
-001684-DGJ
B3556619
-004391-DFC
10028358
-004451-FHS
78534093
-005472-BZH
78530284
-007149-DXF
B3509414
-007358-FYF
20090000000889
2009-A-00074531
20100000001052
2010-A-00076733
20100000000953
2010-A-00076165
20100000000942
2010-A-00077303
20090000000919
2009-A-00075561
20100000000463
2010-A-00075605
20090000000611
2009-A-00074532
78595347
-007383-CGV
B3509414
-007162-GFY
53214309
-006397-CLF
45700468
-004131-CDN
20100000000802
2010-A-00073765
20100000000788
2010-A-00076169
B3546661
-003115-BDP
76907856
-002478-CLL
78537219
-002359-DTN
B3556584
-002324-BCK
20100000001054
2010-A-00076735
20090000000759
2009-A-00065584
20100000001688
2010-A-00078245
20090000000865
2009-A-00074787
X7600998G
-001519-FDR
20100000000191
2010-A-00074911
20090000000253
2009-A-00062874
43818198
-001396-FSW
D.N.I./N.I.F.
MATRICULA
20100000000188
2010-A-00074900
EXPEDIENTE
BOLETIN
26/11/09 11:56
19/01/10 12:10
28/12/09 12:50
LOURIDO PIÑEIRO, MANUEL CLAUDIO
300
02/12/09 11:45
AUTORED SL
150
AUTORED SL
150
ALAMO RAMIREZ, ADAY
150
28/01/10 12:02
MONCHO ESTUPIÑAN, ANDRES JESUS
150
16/11/09 11:57
FLORES MARQUEZ, ZORAIDA ISABEL
90
12/02/10 11:31
BARREDO DIAZ, BENITO
150
16/11/09 11:20
CONSTRUCCIONES JUAMBI INSULAR SL
150
27/01/10 13:31
LLORENTE MAQUEDA, CARMEN
150
29/01/10 10:03
JUAN MANUEL SOSA DE LEON SL
90
12/02/10 11:39
LOMBA RODRIGUEZ, NESTOR
450
26/11/09 3:00
VARELA RAMOS, ADRIANA ALCIRA
70
12/03/10 11:12
SINCRONIA 99 SL
150
LAZAGA ROMERO, MARIA
150
02/12/09 10:44
WILCASO TERRANOVA, MIGUEL RODRIGO
450
12/07/09 14:30
RODRIGUEZ ZAMORA, MARIA IVON
150
02/12/09 9:18
APELLIDOS Y NOMBRE DEL PROPIETARIO
IMPORTE
FECHA Y HORA
EL INSTRUCTOR, José A. Collazo Solla.
CL COMANDANTE DIAZ TRAYTER, 41 P01
PLAYA BLANCA
CL EL MEJILLON
AEROPUERTO
CL EL MEJILLON
AEROPUERTO
LG TETIR, 133 A
PRIMERO DE MAYO
CL ANTONIO ESPINOSA, 1 01 A
LEON Y CASTILLO
CL SEÑOR JUAN AFONSO, 4 202
SECUNDINO ALONSO
CL TOPACIO, 6
LEON Y CASTILLO
CL VIRIATO, 116 01 B
MANUEL VELAZQUEZ CABRERA
CL PRACT.JOSE GLEZ.MELIAN, 2
SECUNDINO ALONSO
PR ZURITAS, kmt 2700
SECUNDINO ALONSO
CL DULCINEA, 69 44
LEON Y CASTILLO
CL COLON, 7 GRAN TARAJAL
INDALECIO PRIETO
UR LAGO DE BRISTOL, 1 CORRALEJO
PROFESOR JUAN TADEO CABRE
CL LUIS ANTUNEZ, 66 03 IZDA
PROFESOR JUAN TADEO CABRE
CL MOLINOS DE VIENTO, 18 P04 D
PRIMERO DE MAYO
CL LOS CEDROS, 5 01 CUESTA DE LA VILLA
PROFESOR JUAN TADEO CABRE
DIRECCION
NOMBRE CALLE
10197
10569
10327
11778
11446
10533
11446
11485
11778
10533
13023
11778
11778
11778
11446
11778
AGENTE
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR DE FORMA NEGLIGENTE CREANDO UN RIESGO PARA OTROS USUARIOS DE LA VIA
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
“ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION
A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN UN PASO DESTINADO A LA CIRCULACION TRANSVERSAL DE OTROS USUARIOS
04008 - ALMERIA
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
ALMERIA
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
STA. CRUZ TENERIFE
PROVINCIA
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
LAS PALMAS
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA
35628 - TUINEJE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE ENTRADA PROHIBIDA
35640 - LA OLIVA
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
35006 - PALMAS DE GRAN CANARIA
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA
38390 - SANTA CRUZ DE TENERIFE
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
MUNICIPIO
TIPO INFRACCION
La relación comienza por el EXPTE. Nº. Y SUJETO PASIVO. 201000000188-2010-A-74900 RODRIGUEZ ZAMORA MARIA IVON con DNI Nº.
43818198, y finaliza el EXPTE. Nº. Y SUJETO PASIVO. 2009000000917-2009-A-72403 RODRIGUEZ CABRERA MIGUEL CLEMENTE con DNI
42886633.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida
a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
Los interesados que se consignan en el presente anuncio podrán comparecer por si o por medio de representante, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario
(Oficinas de Recaudación Municipal) sito en la calle León y Castillo, número 13 de esta Ciudad, dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes
al de la publicación de este anuncio a fin de serles entregada la respectiva notificación.
12796
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
B3587818
-008164-FGZ
B3587818
-008164-FGZ
78527435
-008805-CSH
42016941
-009282-DCG
20100000000568
2010-A-00073558
20100000001045
2010-A-00077524
20100000001048
2010-A-00077512
20090000000918
2009-A-00075012
42883809
GC-002538-CK
11446072
GC-003107-AV
45774288
GC-004431-BZ
78405404
GC-005893-CG
10907978
GC-007791-BL
20100000001038
2010-A-00077516
20090000000785
2009-A-00074795
20090000000870
2009-A-00074580
20090000000078
2009-A-00071993
20100000001034
2010-A-00076731
20090000000917
2009-A-00072403
20100000001036
2010-A-00076725
42886633
GC-009610-BK
42884617
GC-007133-CF
78532268
GC-002634-X
42888314
GC-002425-BX
20100000000092
2010-A-00075175
20100000001043
2010-A-00075227
B3542373
GC-001662-BP
42883567
GC-001456-BH
20100000000129
2010-A-00071776
20100000000472
2010-A-00074588
B5727135
-009315-DZL
52835652
-008840-FYT
20090000000879
2009-A-00074574
20090000000314
2009-A-00075582
20100000000502
2010-A-00074623
78527837
-008463-FVV
X6309936
-007880-FVR
48960986
-007545-BKW
20100000000659
2010-A-00073762
20100000000999
2010-A-00076005
78515523
-007515-DTL
20100000000286
2010-A-00062520
RODRIGUEZ CABRERA, MIGUEL CLEMENTE
600
11/12/09 2:25
ENTRIALGO CASO, RAQUEL
90
12/02/10 11:25
MARICHAL TORRES, ROSARIO ISABEL
60
12/02/10 10:26
GONZALEZ GONZALEZ, JUAN
150
18/06/09 11:10
SANTIAGO SAAVEDRA, BORJA JESUS
150
26/11/09 17:15
CADRECHA RIESGO, SHEILA
150
27/11/09 12:05
GONZALEZ SOSA, DAVID
150
14/02/10 18:16
CURBELO MARTINEZ, ADELINA
60
12/02/10 10:56
QUINTANA AISA, ROBERTO
150
09/12/09 11:27
GESCAR CIENTO CUARENTA SL
150
03/12/09 16:30
24/11/09 11:05
MIRANDA MEDINA, MA ISABEL
150
29/12/09 22:27
AUTELBA SL
150
GONZALEZ MATEOS, ANTONIO
150
07/12/09 22:15
MONZON SANCHEZ, SONIA MARIA
150
02/11/09 13:25
MONTAÑEZ GIL, JUAN
70
12/02/10 10:42
GONZALEZ SARABIA, MARIA
150
15/01/10 12:33
SELECCION HOSTELERIA MARTINEZ SL
90
12/02/10 12:33
SELECCION HOSTELERIA MARTINEZ SL
150
11/01/10 18:00
REYES CEDEÑO, SANTIAGO RENE
150
22/01/10 9:42
ROLDAN FERNANDEZ, ISAAC
150
21/01/10 12:18
GONZALEZ APOLINARO, IVO
450
08/01/10 16:30
CL SEVERO OCHOA, 85
RUPERTO GLEZ. NEGRIN
CL ANTONIO JORGE, 13 02
SECUNDINO ALONSO
CL ASTURIAS, 54
DOCTOR GUILLERMO SANCHEZ VELAZQUEZ
CL DULCINEA, 152 01 IZ
GRAN CANARIA
CTRA DEL VALLE, 473
LUCHA CANARIA (LA)
CL PROFESOR JUAN TADEO CABRE, 25 01 B
SECUNDINO ALONSO
CL JOSE NAVARRO, 123
LEON Y CASTILLO
CL PRIMERO DE MAYO, 60 03 C
PRIMERO DE MAYO
CL ANIMAS (LAS), 125
PROFESOR JUAN TADEO CABRE
CL INGENIERO SALINAS, 70
ASTURIAS
BO ASOMADA (LA), 70
SECUNDINO ALONSO
CL LOS LIRIOS, 25
LEON Y CASTILLO
CL REYES CATOLICOS, 20 01 IZ
JUAN REJON
CL ALONSO ALVARADO, 13 01 A
AEROPUERTO
CL ALCALDES MAYORES, 93 P01 B
INDALECIO PRIETO
CL PELAYO, 90A P02 D
LEON Y CASTILLO
UR MIRAFLORES VILLAS BEACH, 10
FERNANDEZ CASTAÑEYRA
UR MIRAFLORES VILLAS BEACH, 10
AEROPUERTO
CL FERNANDEZ CASTAÑEYRA, 6 4A
GRAN CAPITAN
CL LAS MORERILLAS, 3 01 A
SAN ROQUE
CL MALAGA, 23 08 C
ALMIRANTE FONTAN LOBE
11085
10533
10533
10223
10223
11778
12033
11778
11778
10223
13453
10223
11080
10327
11778
11778
11778
10569
11485
11778
10157
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR EL VEHICULO RESEÑADO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR
O IGUAL A 0,35 MILIGRAMOS POR LITRO
LAS PALMAS
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
LAS PALMAS
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
NO RESPETAR LA INDICACION DE UNA MARCA VIAL AMARILLA.
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
LAS PALMAS
NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CINTURON DE SEGURIDAD O DISPOSITIVO DE SUJECION HOMOLOGADO
35630 - ANTIGUA
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO
DE OTROS VEHICULOS
35613 - PUERTO DEL ROSARIO
“ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION
A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
LAS PALMAS
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACION (CEBREADO) ENMARCADA POR UNA LINEA CONTINUA
35613 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO
DE OTROS VEHICULOS
35006 - PALMAS DE GRAN CANARIA
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35613 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR DE FORMA NEGLIGENTE
35572 - TIAS
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
NO FACILITAR SU IDENTIDAD NI LOS DATOS DEL VEHICULO SOLICITADOS POR LOS
AFECTADOS EN UN ACCIDENTE DE CIRCULACION, ESTANDO IMPLICADO EN EL MISMO
35003 - PALMAS DE GRAN CANARIA
ESTACIONAR EN ZONAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PUBLICO URBANO
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE ENTRADA PROHIBIDA
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
LAS PALMAS
LAS PALMAS
LAS PALMAS
SEVILLA
LAS PALMAS
35630 - ANTIGUA
LAS PALMAS
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE EN ZONA URBANA - ZONA AZUL
35630 - ANTIGUA
“ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION
A OTROS USUARIOS A QUIENES AFECTE
35600 - PUERTO DEL ROSARIO
ESTACIONAR EN LA INTERSECCION INDICADA O EN SUS PROXIMIDADES DIFICULTANDO EL GIRO
DE OTROS VEHICULOS
41700 - DOS HERMANAS
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELEFONO MOVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO
INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
35016 - PALMAS DE GRAN CANARIA
CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA
10.445
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12797
12798
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA BRÍGIDA
ANUNCIO
10.534
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo
177.2 del mismo Real Decreto, y artículo 20.3 en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de
20 de abril.
Se hace público, para general conocimiento que ha quedado definitivamente aprobado el Expediente de Modificación
Presupuestaria Número 9/10, de suplemento de crédito, habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo,
y siendo desestimadas en la sesión extraordinaria y urgente de fecha nueve de junio y que afecta al vigente
Presupuesto de esta Corporación.
Relación de capítulos que quedan suplementados:
Capítulo
1
2
4
6
7
9
Denominación
Gastos de personal
Gastos en bienes corrientes y servicios
Transferencias corrientes
Inversiones reales
Transferencias de capital
Pasivos financieros
TOTAL
La financiación del expediente se realiza con cargo a Remanente Líquido de Tesorería.
Importe Euros
52.000,00
361.000,00
104.000,00
570.242,08
3.000,00
36.000,00
1.126.242,08
Villa de Santa Brígida, a nueve de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Lucas Bravo de Laguna Cabrera.
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA
10.917
Secretaría Geneal
ANUNCIO
10.535
Por Decreto de la Alcaldía - Presidencia, de fecha 24 de mayo de 2010, se aprueba el expediente apara la
obtención de: “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA Y BAJA TENSIÓN”, con arreglo a
lo siguiente:
1.- ENTIDAD ADJUDICATARIA:
Organismo: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación Administrativa // Secretaría General.
Número de expediente: 041/2010.
2.- OBJETO DEL CONTRATO:
Descripción del objeto: “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA Y BAJA TENSIÓN”.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12799
División por lotes y número: No.
Lugar de entrega del suministro: Dependencias municipales.
Plazo de ejecución del contrato: Un (1) año más un (1) año de prórroga.
3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN:
Tramitación: Ordinaria.
Procedimiento: Abierto.
Regulación: Armonizada.
Criterios de adjudicación: Se adjudicará a la Proposición económicamente más ventajosa de conformidad con
los siguientes criterios:
- Criterios subjetivos:
- Descuentos por pronto pago de 0 a 2 puntos.
- Mejoras determinadas en el apartado 16 del pliego de prescripciones técnicas de 0 a 1 punto.
- Bases de datos en formato access o similar que den información sobre número de facturas, consumos, precios
de contadores, históricos, D.H aplicadas, potencias contratadas, dirección y localización del suministro, etc.,
de 0 a 1,5 puntos.
- Software de lectura de contadores de telemedida de 0 a 0,5 puntos.
- Criterios objetivos:
GRUPO
A
B
C
D
E
F
TÉRMINO POTENCIA
(PUNTUACIÓN MÁXIMA)
1
1
TÉRMINO DE ENERGÍA
(PUNTUACIÓN MÁXIMA)
TOTAL
(PUNTUACIÓN MÁXIMA)
OBSERVACIONES
9
10
NINGUNA
22
25
4
1
19
5
20
3
5
5
5
NINGUNA
20
NINGUNA
25
8,5
- Precio del alquiler de los equipos de medida y su instalación (euros/mes): de 0 a 1 punto.
NINGUNA
NINGUNA
NINGUNA
- Precio de los derechos de contratación y garantía para nuevos suministros (euros o unidad compuesta
coherente): puntuación máxima, de 0 a 0,5 puntos.
4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe: El presupuesto máximo estimado para la obtención del suministro reseñado asciende, sin incluir el
I.G.I.C. que deberá soportar la Administración, a la cantidad de NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL
QUINIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS, (929.523,81 EUROS), anuales,
siendo su financiación con cargo al presupuesto municipal.
12800
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
5.- GARANTÍAS:
Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
Domicilio: Avenida de las Tirajanas, número 151.
Provisional: No se exige.
Definitiva: No se exige.
6.- OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E
INFORMACIÓN:
Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
Domicilio: Avenida de Las Tirajanas, número 151.
Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana,
35110.
Teléfono: 928.727.200 // 928.727.204.
Fax: 928.727.308.
Página web: www.santaluciagc.com // Perfil del
contratante.
Fecha límite de obtención de documentos e
información: La indicada en el anuncio publicado en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
7.- REQUISITOS
CONTRATISTA:
ESPECÍFICOS
DEL
Solvencia económica y financiera: La indicada en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
que rige esta licitación.
Solvencia técnica y profesional: La indicada en el
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que
rige esta licitación.
8.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Fecha límite de presentación de ofertas: La indicada
en el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión
Europea.
Documentación a presentar: La indicada en el Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta
licitación.
Lugar de presentación: Registro de la Oficina de
Atención Ciudadana, en horario de 09:00 a 14:00
horas, de lunes a viernes y hasta las 12:00 horas del
último día del plazo señalado en el anuncio de
licitación.
Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana,
35110.
Plazo durante el cual el licitador estará obligado a
mantener su oferta: Dos ( 2 ) meses a contar desde
la fecha de apertura de las proposiciones recibidas.
9.- APERTURA DE LAS OFERTAS:
Entidad: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
Domicilio: Avenida de las Tirajanas, número 151.
Localidad y Código Postal: Santa Lucía de Tirajana,
35110.
Fecha: Los licitadores serán informados de la fecha
de la sesión de la Mesa de Contratación para la
apertura de plicas.
10.- INFORMACIÓN ADICIONAL:
Departamento de contratación administrativa.
Página web: www.santaluciagc.com // Perfil del
contratante.
11.- GASTOS DE ANUNCIOS:
A cargo de la empresa adjudicataria.
Santa Lucía, a tres de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
10.786
EDICTO
10.536
Por parte de POMPAS FÚNEBRES LA SOLEDAD,
S.L., se ha solicitado licencia municipal de apertura
(Exp. 77/09M-2009-1834) para el ejercicio de la
actividad de OFICINA, en la finca NÚMERO 45, de
la calle PAREDILLA, NÚMERO 45 - ESQ. CALLE
TAHÍCHE, NÚMERO 2, de esta municipalidad.
Lo que se hace público para general conocimiento y
al objeto de quienes se consideren afectados de algún
modo por la actividad que se pretende establecer, puedan
hacer las observaciones pertinentes dentro del plazo de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
VEINTE DÍAS, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16.a de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen
Jurídico de Espectáculos Públicos y Actividades
Clasificadas, mediante escrito a presentar en el Registro
General de entrada de este Ayuntamiento.
Santa Lucía, a diez de mayo de dos mil diez.
LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO
Y EDUCACIÓN, (P.D.: Decreto de Alcaldía de fecha
31/03/2008, publicado en B.O.P. nº 47 de fecha
09/04/2008), Dunia González Vega.
Rentas
10.135
ANUNCIO
10.537
ANUNCIO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y
APERTURA DE COBRANZA DEL MUNICIPIO DE
SANTA LUCÍA.
Se pone en conocimiento de los contribuyentes del
Municipio de Santa Lucía que por Decreto de la Alcaldía
se han aprobado los Padrones de la TASA POR
SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO, TASA
POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA
DE BASURA DOMICILIARIA Y TASA POR
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN correspondientes al
bimestre de MARZO/ABRIL 2010, los cuales quedarán
expuestas al público en las Oficinas Municipales del
Ayuntamiento de Santa Lucía (Departamento de Rentas)
por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados
desde la publicación del presente Edicto en el Boletín
Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados
puedan examinarlos y formular las alegaciones que
estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo sin que se
hayan presentado reclamación alguna se entenderá
definitivamente aprobados los Padrones.
Contra el acto de aprobación de los padrones y
contra las liquidaciones comprendidas en los mismos,
podrá formularse Recurso de Reposición ante la
Alcaldía-Presidencia de este lltre. Ayuntamiento en
el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente
al de la finalización de la exposición pública.
ASIMISMO, se hace saber que el PERÍODO
VOLUNTARIO DE COBRANZA de las liquidaciones
comprendidas en los padrones anteriormente citados
será el comprendido ENTRE EL 05 DE JULIO y el
12801
06 DE SEPTIEMBRE DE 2010, ambos días incluidos.
Los contribuyentes de la Zona de Costa podrán
efectuar el pago, de lunes a viernes, en las dependencias
de Recaudación de las Oficinas Municipales (Av. de
las Tirajanas núm. 151) en horario de 09:00 a 14:00
horas, así como, los martes y jueves en horario de 17:00
a 19:00 horas. Los contribuyentes de la Zona Alta del
Municipio podrán efectuar el pago los jueves en el
Ayuntamiento (c/ Leopoldo Matos, s/n) o durante el
día hábil posterior al jueves si éste fuera festivo.
También podrá efectuarse el pago en cualquiera de
las oficinas de las entidades colaboradoras con la
recaudación que están relacionadas en el documento
que ha remitido el Ayuntamiento a los domicilios de
las personas incluidas en el padrón del tributo.
De acuerdo con lo previsto en los arts. 23 a 31 del
Reglamento General de Recaudación en relación con
los artículos 60 y 61 de la Ley General Tributaria, el
pago podrá efectuarse en efectivo o mediante cheque
bancario conformado a favor del Ayuntamiento.
Vencido el plazo de ingreso en período voluntario,
dará inicio el período ejecutivo exigiéndose las deudas
por el procedimiento de apremio con la aplicación de
los recargos, intereses de demora y costas que, en su
caso, correspondan, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
ADVERTENCIA: El presente anuncio tiene los
efectos de notificación colectiva, de acuerdo con lo
previsto en el articulo 102.3 de la Ley 58/2003, de
17 diciembre, General Tributaria, entendiéndose
realizada la notificación el día en que termina la
exposición al público de los padrones.
En Santa Lucía, a siete de junio de dos mil diez.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE SANTA MARÍA DE GUÍA
10.884
ANUNCIO DE LICITACIÓN
10.538
Por acuerdo de la Corporación Plenaria de este
Ayuntamiento, de fecha 7 de junio de 2010, ha sido
12802
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
aprobado el expediente de contratación para proceder
a la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de
la GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS
URBANOS O MUNICIPALES (SÓLIDOS Y
SELECTIVA), ASÍ COMO EL LAVADO Y LIMPIEZA
DE CONTENEDORES DEL MUNICIPIO DE SANTA
MARÍA DE GUÍA, bajo la modalidad de concesión
administrativa.
Por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria
del procedimiento abierto, atendiendo a varios criterios
de adjudicación.
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Santa María
de Guía.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
General.
c) Obtención de documentos e información:
1) La información relativa a la convocatoria se
puede obtener en el Perfil del Contratante, en la
dirección de Internet: www.santamariadeguia.es
2) Fecha límite de obtención de documentación e
información: hasta el último día para presentar
proposiciones.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo: de gestión de servicios públicos, bajo la
modalidad de concesión.
b) Descripción: GESTIÓN DEL SERVICIO
PÚBLICO PARA LA RECOGIDA Y TRANSPORTE
DE LOS RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES
(SÓLIDOS Y SELECTIVA), ASÍ COMO EL LAVADO
Y LIMPIEZA DE CONTENEDORES DEL
MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE GUÍA.
c) Lugar de ejecución: término municipal de Santa
María de Guía.
d) Plazo de ejecución: la concesión se otorgará por
un plazo de diez años.
e) Codificación CPA: 92121000, 9012120, 9012130
y 90121200.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Criterios base para la adjudicación:
- Coeficientes oferta económica (máximo 75 puntos).
- Menor tarifa centro de gravedad ofertada (máximo
45 puntos).
- Mayor horquilla simétrica de variación del volumen
total de toneladas de residuos a recoger y transportar
para todos los tipos de residuos según datos contemplados
en el programa económico base de licitación referidos
a 31.12.09 y para toda la anualidad, para el caso de
modificación del contrato y no se produzca ninguna
indemnización en ambos sentidos (máximo 10 puntos).
- Mayor horquilla simétrica de variación del número
total kilómetros ofertados a ejecutar para la gestión
del servicio público de recogida y transporte de los
residuos urbanos o municipales según oferta, que
permita alcanzar los resultados de gestión fijados en
el PPTP para cada tipología de residuo y núcleo
poblacional ofertado, incluyendo el transporte (ida y
vuelta) al complejo ambiental o planta de transferencia
según proceda, para el caso de modificación del
contrato y no se produzca ninguna indemnización en
ambos sentidos (máximo 10 puntos).
- Coeficientes de las fórmulas de revisión de precios
(hasta 10 puntos).
- Explotación del servicio (máximo 25 puntos).
- Medios materiales y técnicos a disposición del
servicio: hasta 5 puntos.
- Herramientas de gestión ofertadas: hasta 5 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
- Planes de trabajo ofertados: hasta 5 puntos.
- Plan de mantenimiento ofertado: hasta 5 puntos.
- Frecuencias de recogida ofertadas en cuanto
superen las mínimas fijadas en el PPTP: hasta 5
puntos.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
a) El valor estimado del contrato (I.G.I.C no incluido)
será el fijado por el adjudicatario en su oferta, de
conformidad al artículo 134.3 a) de la LCSP.
5. GARANTÍAS EXIGIDAS:
Provisional: OCHO MIL CUATROCIENTOS
VEINTIÚN EUROS CON SESENTA Y SIETE
CÉNTIMOS (8.421,67 EUROS), equivalente al 2%
del importe estimado según programa orientativo de
la administración.
Definitiva: 5% del presupuesto de la inversión
(I.G.I.C. excluido) ofertado por el licitador adjudicatario
en su propuesta económica.
6. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
a) Estar en posesión de las condiciones mínimas de
solvencia económica y financiera y profesional o
técnica, acreditadas conforme se recoge en los artículos
63, 64 y 68 de la LCSP.
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE
SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: QUINCE DÍAS
NATURALES siguientes al de la publicación del
presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas.
b) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Secretaría General (Registro) del
Iltre. Ayuntamiento de Santa María de Guía.
2. Domicilio: calle Eusebia de Armas nº 4.
12803
3. Localidad y código postal: 35450 Santa María
de Guía.
8. APERTURA DE OFERTAS:
a) Dirección: en el Salón de Plenos de la Casa
Consistorial.
c) Fecha y hora: la señalada por la Mesa de
Contratación, una vez calificada la documentación general
y transcurrido el plazo que, en su caso, se hubiere
conferido a efecto de subsanaciones.
9. LAMESADE CONTRATACIÓN QUE ASISTIRÁ
AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ESTARÁ
FORMADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
- Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento.
- Vocal, Sr. Interventor del Ayuntamiento.
- Vocal, Sra. Secretaria del Ayuntamiento.
- Vocal, Sr. Concejal delegado del Área de Servicio
de Recogida de Residuos.
- Vocal, Técnico municipal designado al efecto.
Actuará como Secretaria de la Mesa la funcionaria
responsable del Área de Contrataciones.
En Santa María de Guía, a nueve de junio de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Fernando Bañolas Bolaños.
10.955-A
ANUNCIO DE LICITACIÓN
10.539
Por acuerdo de la Corporación Plenaria de este
Ayuntamiento, de fecha 7 de junio de 2010, ha sido
aprobado el expediente de contratación para proceder
a la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de
LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL
SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO
12804
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
DE AGUA DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA
DE GUÍA, BAJO LAMODALIDAD DE CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA.
Por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria
del procedimiento abierto, atendiendo a varios criterios
de adjudicación.
1.- ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Santa María
de Guía.
b) Dependencia que tramita el expediente: Área de
Desarrollo.
c) Obtención de documentos e información:
1) La información relativa a la convocatoria se
puede obtener en el Perfil del Contratante, en la
dirección de Internet: www.santamariadeguia.es
2) Fecha límite de obtención de documentación e
información: hasta el último día para presentar
proposiciones.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo: Gestión de servicios públicos, bajo la
modalidad de concesión.
b) Descripción: GESTIÓN DEL SERVICIO
PÚBLICO PARA EL SUMINISTRO DE AGUA.
c) Lugar de ejecución: término municipal de Santa
María de Guía.
d) Plazo de ejecución: la concesión se otorgará por
un plazo de veinticinco años.
e) Codificación CPA-2002: 92.61.10.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Criterios base para la adjudicación: (Cláusula 15
Pliego Condiciones).
Máximo 100 puntos, mínimo 0 puntos, desglosado
del siguiente modo:
- Coeficientes oferta económica (máximo 70 puntos).
- Menor coste unitario de explotación por m3 de agua
suministrada en baja medida sobre lectura en contador
sin que en ningún caso pueda superarse el base de
licitación para la anualidad prevista de 2010 (máximo
20 puntos).
- Mayor canon de explotación ofertado durante
toda la vigencia del contrato como porcentaje sobre
la facturación bruta del servicio. El porcentaje ofertado
ha de superar el 3,0% sobre la facturación bruta del
servicio, por todos los conceptos (facturación bruta
por aplicación de la ordenanza fiscal y facturación bruta
por venta de agua excedentaria) (máximo 10 puntos).
- Mayor rendimiento de la red ofertado en cuanto
supere el 70% actual (máximo 10 puntos).
- Coeficientes de las fórmulas de revisión del cuadro
de precios unitarios ofertado, del coste unitario de
explotación por m3 de agua suministrada en baja y
de las tarifas (tanto las previstas en la ordenanza
fiscal como la tarifa precio privado por venta de agua
excedentaria) (máximo 10 puntos).
- Mayor coeficiente de baja ofertado al cuadro de
precios unitarios base de licitación (máximo 10
puntos).
- Mayor horquilla simétrica de variación de la
demanda de agua suministrada en baja medida sobre
lectura de contador para una anualidad, para el caso
de modificación del contrato y no se produzca ninguna
indemnización en ambos sentidos, dentro de la cual
se entiende que no existe ruptura del equilibrio
económico de la concesión (máximo 5 puntos).
- Menor Tarifa centro de gravedad ofertada, que no
podrá superar la prevista en el programa económico
base de licitación (máximo 3 puntos).
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
- Menor Tarifa ofertada, calificada como precio
privado, de aplicación a la venta de agua excedentaria,
que no podrá superar la prevista en el programa
económico base de licitación que tendrá el carácter
de máximo (máximo 2 puntos).
- Explotación del servicio (máximo 30 puntos).
- Medios materiales y técnicos a disposición del
servicio: hasta 15 puntos.
Plan de organización del servicio y demás
documentación técnica que deba ofertarse según el
pliego de prescripciones técnicas particulares: hasta
15 puntos.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
12805
presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas.
b) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Registro General del Iltre.
Ayuntamiento de Santa María de Guía.
2. Domicilio: Calle Eusebia de Armas n° 4. 35450
Santa María de Guía.
8. APERTURA DE OFERTAS:
a) Dirección: en el Salón de Plenos de la Casa
Consistorial.
c) Fecha y hora: Se publicará en el Perfil del
a) El valor estimado del contrato (I.G.I.C. no
incluido) será el fijado por el adjudicatario en su
oferta, de conformidad al artículo 134.3 a) de la
LCSP.
Contratante y será la señalada por la Mesa de
Provisional: VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y CINCO EUROS CON VEINTICINCO
CÉNTIMOS (28.895,25 EUROS), equivalente al 2%
del importe estimado según programa orientativo de
la administración. (IGIC excluido).
de contratación estará formada por los siguientes
5. GARANTÍAS EXIGIDAS:
Definitiva: 5% del presupuesto de la inversión y de
otros gastos iniciales que debe asumir el concesionario
(I.G.I.C. excluido) ofertado por el licitador adjudicatario
en su propuesta económica.
Contratación, una vez calificada la documentación general
y transcurrido el plazo que, en su caso, se hubiere
conferido a efecto de subsanaciones.
9. La Mesa de Contratación que asistirá al Órgano
miembros:
- Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento.
- Vocal, Sr. Interventor del Ayuntamiento.
- Vocal, Sra. Secretaria del Ayuntamiento.
DEL
- Vocal, Sr. Concejal Delegado del Área de
Abastecimiento.
Estar en posesión de las condiciones mínimas de
solvencia económica y financiera y profesional o
técnica, acreditadas conforme se recoge en los artículos
63, 64 y 68 de la LCSP.
Actuará como Secretaria de la Mesa la funcionaria
responsable del Área de Contrataciones.
6. REQUISITOS
CONTRATISTA:
ESPECÍFICOS
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE
SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: TREINTA DÍAS
NATURALES siguientes al de la publicación del
- Vocal, Técnico municipal designado al efecto.
En Santa María, de Guía, a nueve de junio de dos
mil diez.
EL ALCALDE, Fernando Bañolas Bolaños.
10.955-B
12806
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE TEGUISE
ANUNCIO
10.540
Por AYUNTAMIENTO DE TEGUISE, se ha
solicitado licencia de actividad de INDUSTRIA DE
FABRICACIÓN DE QUESOS, a situar en Teguise,
COMPLEJO AGROINDUSTRIAL en DS MOZAGA,
POL. 8 PARCELA 1.041.
Lo que se hace público por espacio de VEINTE DÍAS,
a partir de la publicación del presente en el Boletín
Oficial de la Provincia, para que las personas que pudieran
considerarse perjudicadas presenten sus reclamaciones
y observaciones, por escrito y en horas de atención
al público los días laborales, en las Oficinas Municipales.
Teguise, a veintisiete de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE.
10.817
ANUNCIO
10.541
Por el presente y en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 47 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización. Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales (aplicación del apartado 2°
del artículo 44 del mencionado texto legal), se hace
público que el Señor Alcalde Presidente, con fecha
diecinueve de mayo de dos mil diez, tuvo a bien
emitir la siguiente Resolución:
“Resultando que el que suscribe. Alcalde Presidente
del Ayuntamiento de Teguise, tiene que ausentarse por
motivos de viaje, desde el día 20 de mayo de 2010,
a las 08:00 horas, hasta el día 24 de mayo de 2010,
a las 08:00 horas; por lo que no puede atender y
desempeñar las funciones propias de su cargo durante
el mencionado periodo.
Considerando lo anteriormente expuesto y teniendo
en cuenta que el funcionamiento de los servicios
municipales debe seguir desarrollándose con normalidad,
por el presente y al amparo y con aplicación de lo
establecido en la vigente legislación, más concretamente
el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como
47 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, vengo en RESOLVER:
Primero.- Se haga cargo de la Alcaldía del
Ayuntamiento de Teguise en sustitución de su titular,
desde la hora y fecha señalada para la ausencia y hasta
la establecida para la incorporación, en el 1° Teniente
de Alcalde de la Corporación don Domingo Manuel
Cejas Curbelo.
Segundo.- A los efectos oportunos, comuníquese lo
resuelto al interesado y, dese cuenta a los miembros
de la Corporación y a la Administración del Estado
en los casos en los que la legislación así lo requiera.
Lo manda y firma el Señor Alcalde Presidente, en
Teguise, a diecinueve de mayo de dos mil diez,
firmado: Juan Pedro Hernández Rodríguez. Alcalde
Presidente.”
Teguise, a diecinueve de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE PRESIDENTE.
10.746
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE TEROR
ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN
DEFINITIVA
10.542
1. Entidad Adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Teror, calle Padre
Cueto, n.° 2 Municipio de Teror. Código Postal 35330
Tlf. 928.630.075, Fax 928.630.855.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
del Ayuntamiento.
c) Número de expediente: 85/2010/09.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Suministro.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
b) Descripción del objeto:
Suministro de material para el mantenimiento de las
redes de alcantarillado y abastecimiento de agua.
Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación
de las redes de abastecimiento de agua potables.
Lote. II: Material para el Mantenimiento de la Red
de Alcantarillado.
c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación
del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas n° 20 de 12 de febrero de 2010.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
4. Presupuesto base de licitación.
Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación
de las redes de abastecimiento de agua potables:
Hasta VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 euros).
Lote II: Material para el Mantenimiento de la Red
de Alcantarillado: Hasta QUINCE MIL EUROS
(15.000.00 euros).
5. Adjudicación Provisional:
a) Fecha: 19 de marzo de 2010.
b) Contratista: Antonio González Santana, S.L.
c) Nacionalidad: Española.
d) Importe de adjudicación:
Lote I: Material de Mantenimiento y Conservación
de las redes de abastecimiento de agua potables, hasta
un importe de hasta VEINTICINCO MIL EUROS
(25.000,00 euros) de cuya cantidad corresponden en
concepto de IGIC la cantidad de 1.190,48 euros.
Lote II: Material para el Mantenimiento de las Red
de Alcantarillado por un importe de hasta TRECE MIL
QUINIENTOS EUROS (13.500.00 euros) de cuya
cantidad corresponden en concepto de IGIC la cantidad
de 642,86 euros.
12807
6. Adjudicación definitiva:
Fecha: 21 de mayo de 2010.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 135 LCSP
En la Villa de Teror, a veintiuno de mayo de dos
mil diez.
EL ALCALDE PRESIDENTE.
10.765
ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN
10.543
1. Entidad Adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Teror, calle Padre
Cueto, n.° 2 Municipio de Teror. Código Postal 35330
Tlf. 928.630.075, Fax 928.630.855.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
del Ayuntamiento.
c) Número de expediente: 296/2010.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Suministro.
b) Descripción del objeto: Suministro de material
de oficina no inventariable (cuantía indeterminada).
c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación
del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas n° 39 de 24 de marzo de 2010.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
4. Presupuesto base de licitación.
Al ser un procedimiento de selección de proveedores,
no se puede definir la cuantía exacta del contrato, por
estar subordinadas las entregas a las necesidades del
Ayuntamiento de Teror.
12808
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Sin embargo, se puede estimar que la cuantía
destinada a la adquisición de material de oficina no
inventariable será de 34.000,00 euros/año. Esta
cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad
del procedimiento y de información a los posibles
licitadores, sin que ello suponga en ningún momento
un compromiso de gasto por parte de la Administración.
5. Adjudicación Provisional:
a) Fecha: 27 de abril de 2010.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan de Dios Ramos
Quintana.
10.838
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE TUINEJE
ANUNCIO
10.543
Por el que se hace público que mediante acuerdo
plenario extraordinario de fecha 19 de mayo de 2010,
se aprobaron provisionalmente las siguientes ordenanzas:
b) Contratista: Dimateca, S.L.
c) Nacionalidad: Española.
6. Adjudicación Definitiva:
a) Fecha: 21 de mayo de 2010.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 135 LCSP.
En la Villa de Teror, a veintiuno de mayo de dos
mil diez.
EL ALCALDE PRESIDENTE.
En la Villa de Teror, a diecinueve de mayo de dos
mil diez.
10.766
ANUNCIO
10.544
Mediante Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento,
de fecha 3 de mayo de 2010, en sesión ordinaria, se
adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Designar, como representante del Ayuntamiento
de Teror, en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria,
al Concejal don Francisco Santiago Ojeda Montesdeoca.
Lo que se hace público para su conocimiento y
efectos, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
- Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa por Licencia para la Apertura de
Establecimientos.
- Modificación del artículo 7.3 de la Ordenanza
Reguladora del acceso de vehículos a inmuebles a través
de aceras u otros bienes de Dominio Público y de las
reservas de estacionamiento, parada, carga y descarga
de mercancía y otros usos en el Municipio de Tuineje.
Para cuántos estén interesados puedan examinar el
expediente en la Secretaría Municipal por el término
de TREINTA DÍAS, y formular las alegaciones
oportunas, transcurridos los cuales sin haberse
presentado alegaciones, se entenderán definitivamente
aprobadas.
En Tuineje, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE, Salvador Delgado Guerra.
10.748
EDICTO
10.544
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. n°
285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12809
notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en Materia de Tráfico, Circulación
Vehículos a Motor y Seguridad Vial que se indican, dictadas por esta Alcaldía, a las personas o entidades que
a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta
no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en estas Dependencias Municipales, ante la cual les asiste el derecho
de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES,
contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia:
NOMBRE Y APELLIDOS
EXPTE.
D.N.I.
D. PEDRO DARIO MOROCHO GUZMAN
BOLETÍN 15021 EXP. 135/10
X3289258M
D. MOULAYE OULD HAMOUDI CHEIKH
BOLETÍN 14098 EXP. 504/09
73024951
D. JOSE ANTONIO ALONSO CRESPO
BOLETÍN 14900 EXP. 164/10
13760400
D. ALEJANDRO MARTINEZ BELLO
BOLETÍN 14080 EXP. 683/09
78531673
DÑA. EVA MARITA PERSSON
DEC. 1065/1 a G.C-1553,BY V. ABANDONADO
X2557322K
D. IVO GONZALEZ APOLINARIO
PROINFUERT S.L.
DEC-1068/10 1475-CDJ V. ABANDONADO
DEC. l130/10 G.C-5988-BZ V. ABANDONADO
78515523
B35467513
Lo que notifico para su conocimiento y efectos, significándole que esta Resolución pone fin a la vía
administrativa, tal como se desprende del artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local y contra la misma cabe interponer:
1.- Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dicta la presente Resolución, en el plazo de
UN MES, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común.
2.- Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas en
el Plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos
8,25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la
salvedad de que no se podrá hacer uso del Recurso Contencioso-Administrativo en tanto no se resuelva
expresamente o por silencio, el Recurso de Reposición que, en su caso, se hubiera interpuesto, artículo 116.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.- Recurso Extraordinario de Revisión ante el mismo órgano administrativo que dictó la Resolución en los
casos y plazos previstos en el artículo 118 de la misma Ley, concretamente, CUATRO AÑOS desde la fecha
de publicación de la Resolución impugnada si se trata de la causa “Primera” y TRES MESES, a contar desde
el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos.
Tuineje, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
EL ALCALDE, Salvador Delgado Guerra.
10.776
12810
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE VALSEQUILLO
ANUNCIO
10.545
Por resolución de la Alcaldía-Presidencia núm.
328/2010, de fecha 1 de junio de 2010, se adjudicó
definitivamente el contrato de la obra subvencionada
por el Instituto Insular de Deportes de Gran Canaria,
denominada “MEJORAS EN LA CANCHA LA
BARRERA”, T.M. DE VALSEQUILLO DE GRAN
CANARIA, lo que se publica a los efectos del artículo
138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
del Sector Público.
1.- Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ilustre Ayuntamiento de Valsequillo
de Gran Canaria.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Expediente: 13/2010.
2.- Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Obras.
b) Descripción del objeto: Mejoras en cancha
existente.
c) Lugar de ejecución: Valsequillo de Gran Canaria.
d) Plazo ejecución: Seis (06) meses.
3.- Tramitación, procedimiento.
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
4.- Presupuesto base de licitación.
CIENTO SETENTAY NUEVE MIL TRESCIENTOS
SESENTAY UN EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS
(179.361,04 EUROS), desglosado de la siguiente
forma:
- Importe: CIENTO SETENTAMIL OCHOCIENTOS
VEINTE EUROS Y CUATRO CÉNTIMOS
(170.820,04 EUROS).
- Impuesto General Indirecto: OCHO MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y UN EUROS (8.541,00
EUROS).
5.- Adjudicación Definitiva.
a) Fecha: 01 de junio de 2010.
b) Contratista: CONSTRUCCIONES Y REFORMAS
FAOSUR, S.L.
c) Nacionalidad: Española.
d) Importe de adjudicación: CIENTO SETENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES
EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (178.643,60
EUROS), desglosado de la siguiente forma:
- Importe: CIENTO SETENTA MIL CIENTO
TREINTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y SEIS
CÉNTIMOS (170.136,76 EUROS).
- Impuesto General Indirecto: OCHO MIL
QUINIENTOS SEIS EUROS CON OCHENTA Y
CUATRO CÉNTIMOS (8.506,84 EUROS).
e) Plazo de ejecución de SEIS MESES.
En Valsequillo de Gran Canaria, a dos de junio de
dos mil diez.
EL ALCALDE, José Miguel López Santana.
10.704
CONSORCIO SUR GRAN CANARIA
PARA LA TELEVISIÓN DIGITAL
TERRESTRE LOCAL
DEMARCACIÓN DE TELDE
ANUNCIO
DE LICITACIÓN DE SERVICIO
10.533
Vista la publicación realizada por este Consorcio
en el Boletín Oficial de la Provincia n° 63, del lunes
17 de mayo de 2010, y habiéndose detectado la
omisión de cierta información relativa a los plazos
para la presentación de plicas, es por lo que, en uso
de las facultades que me confiere la Disposición
Adicional 2ª de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Contratos del Sector Público, se anuncia licitación para
la contratación del servicio descrito a continuación:
1.- ENTIDAD ADJUDICATARIA:
Organismo: Consorcio Sur Gran Canaria Para la
Televisión Digital Terrestre Demarcación de Telde.
Dependencia que tramita el expediente: Consorcio
Sur Gran Canaria Para la Televisión Digital Terrestre
Demarcación de Telde.
2.- OBJETO DEL CONTRATO:
Descripción del servicio: CONTRATACIÓN DE LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN
AUDIOVISUAL DE PROGRAMAS A EMITIR
POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ
DE TIRAJANA EN EL CANAL 63 DE LA TDT.
Plazo de ejecución: DOCE (12) MESES.
12811
Teléfono: 928.799.818.
En el Perfil del Contratante de la página web:
www.estecanaltv.com
6.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
Plazo de presentación: QUINCE (15) DÍAS
NATURALES contados a partir del día siguiente de
la publicación del presente anuncio de contrata en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
7.- APERTURAPÚBLICADE LAS PROPUESTAS:
Entidad: Consorcio Sur Gran Canaria Para la
Televisión Digital Terrestre Demarcación de Telde.
Domicilio: Los cactus n° 70, C.P.: 35118, Polígono
Industrial de Arinaga, Agüimes.
3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA
DE ADJUDICACIÓN:
Fecha: Se publicará la fecha y hora en el Perfil del
Contratante de este Consorcio en la página web:
www.estecanaltv.com
Procedimiento: Abierto, varios criterios de adjudicación,
no sujeto a regulación armonizada.
EL PRESIDENTE DEL CONSORCIO, Juan Díaz
Sánchez.
- El presupuesto base de licitación tiene un importe
de: CIENTO CUARENTAY DOS MIL QUINIENTOS
EUROS (142.500,00 EUROS).
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Tramitación: Ordinaria.
4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:
- IGIC: (5%) SIETE MIL QUINIENTOS EUROS
(7.500,00 EUROS).
- Importe total: CIENTO CINCUENTA MIL EUROS
(150.000,00 EUROS).
5.- OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y
DOCUMENTACIÓN:
Entidad: Servicio de Contratación.
Domicilio: Calle San Mateo s/n, de San Fernando
de Maspalomas.
En Agüimes, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
10.862
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.546
Procedimiento: Demanda 383/2010. Materia:
Despido. Demandante: Evaristo Ernesto Fernández
González. Demandados: Ecoasa, S.A.U. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de
12812
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia
de Evaristo Ernesto Fernández González contra
Ecoasa, S.A.U. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, sentencia de 17/05/10, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Ecoasa, S.A.U.
con domicilio desconocido, expido la presente en
Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de
dos mil diez.
EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 332/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Evaristo
Ernesto Fernández González, que comparece asistido
y representado por el Letrado don Gustavo Tarajano
Mesa, y de otra como demandada la empresa Ecoasa,
S.A.U., además del Fondo de Garantía Salarial
(Fogasa), quienes no comparecen pese a estar citadas
ambas en tiempo y forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Evaristo Ernesto Fernández González
frente a las empresa Ecoasa, S.A.U. además del Fondo
de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro
improcedente el despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 06.02.2010, además de
extinguida la relación laboral que unía al actor con
la misma con fecha de efectos del dictado de la
presente resolución, y en su virtud, debo condenar y
condeno a la empresa demandada a que indemnice
al actor en la cantidad de 1.580,25 euros; Y además,
debo condenar y condeno a la empresa demandada
a que, en todo caso, abone al actor los salarios dejados
de percibir por éste desde el día siguiente al del
despido hasta el día del dictado de la presente
resolución, ambos inclusive, y que a razón de 49,11
euros diarios, hacen un total de 4.911,00 euros,
debiendo mantenerlo en situación de alta en la
Seguridad Social durante el periodo correspondiente
a tales salarios, esto es hasta la fecha del dictado del
presente fallo, debiendo en todo caso estar y pasar por
la presente declaración y reconocimiento el Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria, de este Juzgado, Cta.
3486000065038310 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
10.467
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.547
Procedimiento: Demanda 390/2010. Materia:
Despido. Demandante: María del Mar Macías Rodríguez.
Demandados: Abay-Chalz, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de María
del Mar Macías Rodríguez contra Abay-Chalz, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la
presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Abay-Chalz,
S.L. con domicilio desconocido, expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo
de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 335/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una María del
Mar Macías Rodríguez, que comparece asistida por
el Letrado don Pedro Macías Rodríguez, y de otra como
demandada la empresa Abay-Chalz, S.L., además
del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no
comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y
forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por María del Mar Macías Rodríguez
contra la empresa Abay-Chalz, S.L. y el Fondo de
Garantía Salarial “(Fogasa), debo declarar y declaro
improcedente el despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 27.02.2010, y en su virtud,
debo condenar y condeno a la empresa demandada
a que la readmita en el mismo puesto y condiciones
de trabajo que regían antes del despido o lo indemnice
en la cantidad de 134’80 euros; Dicha opción deberá
ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la
notificación de esta sentencia, mediante escrito
12813
presentado en este Juzgado o comparecencia; Y
además, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que, en todo caso, abone a la actora los
salarios dejados de percibir por éste desde el día
siguiente al del despido hasta el día en que se notifique
esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 26’67
euros diarios, y la mantenga en situación de alta en
la Seguridad Social durante el periodo correspondiente
a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar
el Fogasa por la presente declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, Cta.
3486000065039010 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
10.468
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.548
Procedimiento: Demanda 386/2010. Materia:
Despido. Demandante: Gerardo Yanascual Guamialama.
Demandados: Transporfrío Medina, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
12814
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de
referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia
de Gerardo Yanascual Guamialama contra Transporfrío
Medina, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, sentencia de 17/05/10, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Transporfrío
Medina, S.L. con domicilio desconocido, expido la
presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicad al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 336/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 17
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Gerardo
Yanascual Guamialama, que comparece asistido por
la Letrada doña Sinesia Cárdenes Morales, y de otra
como demandada la empresa Transporfrío Medina,
S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa),
quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en
tiempo y forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Gerardo Yenascual Guamialama contra
la empresa Transporfrío Medina, S.L. y el Fondo de
Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro
improcedente el despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 01.03.2010, y en su virtud,
debo condenar y condeno a la empresa demandada
a que lo readmita en el mismo puesto y condiciones
de trabajo que regían antes del despido o lo indemnice
en la cantidad de 5.568,75 euros; Dicha opción deberá
ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la
notificación de esta sentencia, mediante escrito
presentado en este Juzgado o comparecencia; Y
además, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que, en todo caso, abone a la actora los
salarios dejados de percibir por éste desde el día
siguiente al del despido hasta el día en que se notifique
esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 54’42
euros diarios, y la mantenga en situación de alta en
la Seguridad Social durante el periodo correspondiente
a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar
el Fogasa por la presente declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, Cta.
3486000065038610 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, marido y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
10.469
SENTENCIA NÚMERO 306/2010
10.549
En nombre del Rey se ha dictado la siguiente.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Vistos por doña María Mercedes González Jiménez,
Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los
presentes autos número 168/2009 de Juicio ordinario
por Cantidad, siendo demandante Antonia Molina Sabina
contra Falcosáenz Agrícola, S.L. y el Fogasa.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Antonia Molina Sabina contra Falcosáenz Agrícola,
S.L. y el Fogasa., debo condenar y condeno a la
demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.723,95
euros más los intereses de mora y al Fogasa a estar
y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma no cabe interponer recurso
alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr.
Secretario para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.
Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
10.524
AUTO
10.550
Procedimiento: Demanda 1.429/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Santiago González Morales.
Demandados: Gestión de Construcciones Canarias,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Santiago González Morales
contra Gestión de Construcciones Canarias, S.L., por
un principal de 4.493,97 euros, más 449 euros de intereses
provisionales y la de 449 euros de costas provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
12815
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 13
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 284/09, del Juzgado de lo Social Número
Cinco de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido
proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa
habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Gestión de Construcciones
Canarias, S.L. en situación de insolvencia con carácter
provisional por un importe de 4.493,97 euros y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conoce bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
12816
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82- Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancada
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por Isidoro Prieto
González Secretario Judicial del Juzgado de lo Social
Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los arts.
55 a 60 LPL, doy fe.
AUTO
10.525
10.551
Procedimiento: Demanda 1.309/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Omar David Rosales Montaño.
Demandados: Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios
Canarios, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Ornar David Rosales
Montaño contra Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios
Canarios, S.L., por un principal de 2.161,07 euros,
más 216 euros de intereses provisionales y la de 216
euros de costas provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
Procedimiento: Demanda 1.309/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Omar David Rosales Montaño.
Demandados: Cía. H. Bratlle de Obras y Servicios
Canarios, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 13
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 71/09, del Juzgado de lo Social Número
Uno de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido
proceso contra la misma ejecutada habiéndose ya
dictado auto declarando la insolvencia. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Cía. H. Bratlle de Obras y
Servicios Canarios, S.L. en situación de insolvencia
con carácter provisional por un importe de 2.161,07
euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en
lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial
Modo de Impugnación: recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82- Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso“ seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los arts.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.526
AUTO
10.552
Procedimiento: Demanda 1.123/2009. Materia:
Despido. Demandante: Fátima Perera Hernández.
Demandados: Alexdesing Print Shop, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Fátima Perera Hernández
12817
contra Alexdesing Print Shop, S.L., por un principal
de 7.939 euros, más 793 euros de intereses provisionales
y la de 793 euros de costas provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T y al Colegio de Registradores de
la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de
averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar
embargo y, con su resultado, se acordará.
OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado
a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera
trabajando para alguna entidad.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado
abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64
0001123/2009.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer recurso directo de REVISIÓN
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
12818
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado
en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42
0005001274, y al concepto clave 3486000031
0001123/2009.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social
Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo
que paso a dar cuenta. Doy fe.
10.527
DECRETO
10.553
Procedimiento: Demanda 1.445/2008. Materia:
Despido. Demandante: Darío Smith Silvera Bustamante.
Demandados: Newmacon, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara
al ejecutado Newmacon, S.L. en situación de insolvencia
con carácter provisional por un importe de 12.177,86
euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en
lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
EL SECRETARIO.
10.528
AUTO
10.554
Procedimiento: Demanda 209/2009. Materia:
Despido. Demandante: Juan Antonio Benítez Diepa.
Demandada: Foxo Canarias Instalaciones y
Complementos, S.L.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por Juan
Antonio Benítez Diepa contra Foxo Canarias
Instalaciones y Complementos, S.L. por un importe
de 31.163,55 euros de principal, más 3.116 euros de
intereses y 3.116 euros que se fijan provisionalmente
para costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla.:.
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso procédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L).
C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Mercedes González
Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social
Número Uno de las Palmas y su Provincia
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
10.529
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.555
Procedimiento: Demanda 42/2009. Materia: Despido.
Demandante: María Jesús Cano Socorro. Demandados:
Jarehagua Supermercados, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Jarehagua Supermercados, S.L., en situación de
insolvencia provisional por un principal de 1400
euros y archivar las actuaciones previa baja en el
libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado
en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42
0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30.
Así se acuerda, manda y firma por Mercedes
González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
10.530
10.556
Procedimiento: Demanda 22/2009. Materia: Despido.
Demandante: Leandro Ceballos González. Demandados:
Construcciones Remlram, S.L., Rafael Santana Estévez
y Fogasa.
12819
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Se declara
al ejecutado Construcciones Remlram, S.L. en situación
de insolvencia con carácter provisional por un importe
de 19.379.25 euros y sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del
ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
EL SECRETARIO.
10.531
AUTO
10.557
Procedimiento: Demanda 1.366/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Daniel Hernández Curquijo.
Demandados: Obrasquinter, S.L.U. y Fogasa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Obrasquinter, S.L.U., en situación de insolvencia
provisional por un principal de 966,65 euros y archivar
las actuaciones previa baja en el libro correspondiente,
sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
12820
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado
en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42
0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ /
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
10.532
AUTO
10.558
Procedimiento: Demanda 686/2009. Materia:
Despido. Demandante: María Auxiliadora Martel
Guedes. Demandados: Servicios Públicos Inmobiliarios
Canarias Network y Fondo de Garantía Salarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por María
Auxiliadora Martel Guedes contra Servicios Públicos
Inmobiliarios Canarias Network por un importe de
44.034 euros de principal, más 4.403 euros de intereses
y 4.403 euros que se fijan provisionalmente para
costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla.
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso precédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L.).
C) Se advierte y requiere a! ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Mercedes González
Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de lo Social
Número Uno de las Palmas y su Provincia
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
AUTO
10.533
10.559
Procedimiento: Demanda 1.446/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: José Viera Ramírez.
Demandados: Gestión de Construcciones Canarias,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Gestión de Construcciones Canarias, S.L., en situación
de insolvencia provisional por un principal de 7196.89
euros y archivar las actuaciones previa baja en el
libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado
en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42
0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ /
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
10.534
AUTO
10.560
Procedimiento: Demanda 1.402/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Ramón José Pérez López.
Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Construcciones Méglez, S.L., en situación de insolvencia
provisional por un principal de 2589.42 euros y
archivar las actuaciones previa baja en el libro
correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del
ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
12821
ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado
en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42
0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/ /
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
10.535
AUTO
10.561
Procedimiento: 1.106/2008. Materia: Cantidad.
Demandante: Ayose Ramírez Dámaso. Demandados:
Proinstal, S.L. y Fogasa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, a la copia su destino legal, y regístrese la
solicitud a que se refiere con su número de orden en
el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se despacha ejecución a instancia
de Ayose Ramírez Dámaso contra Proinstal, S.L.,
por un principal de 1.600 euros, mas 320 euros de costas
provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. Banesto, al concepto 3486/0000/64/1106/08.
Precédase a la práctica de diligencia de embargo de
bienes del deudor en su domicilio suficientes para
garantizar su responsabilidad, quedando facultad la
Comisión Judicial que se designe para valerse del auxilio
de cerrajero y Fuerza Pública, debiendo seguirse el
orden de prelación establecido legalmente y depositándose
los bienes con bienes con arreglo a derecho. Al efecto
se concede a la parte ejecutante el plazo de DIEZ DÍAS
para que se persone en la Secretaría del Juzgado con
objeto de coordinar su intervención en la diligencia
de embargo y concretar fecha y hora para su práctica.
Especificación de datos: .
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
12822
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así se acuerda, manda y firma por la MagistradoJuez doña Mercedes González Jiménez del Juzgado
de lo de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
Ante mí.
10.544
AUTO
10.562
Procedimiento: Demanda 1.257/2009. Materia:
Despido. Demandante: José Juan Santana Benítez.
Demandados: Constructora Guaydil, S.L., Fondo de
Garantía Salarial y Administración Concursal Guaydil,
S.L.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede:
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de
este Juzgado para conocer de la ejecución en las
presentes actuaciones, indicándose a las partes su
derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo
Mercantil competente.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mi.
10.545
AUTO
10.563
Procedimiento: Demanda 659/2009. Materia:
Despido. Demandante: Ricardo Rivero Suárez y
David Alejandro Santana Torres. Demandados:
Telefónica de España, S.A., Nework Consult Canarias,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por David
Alejandro Santana Torres y Ricardo Rivera Suárez
contra Nework Consult Canarias, S.L. por un importe
de 33.940,79 euros de principal, más 3.394 euros de
intereses y 3.394 euros que se fijan provisionalmente
para costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla.: .
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso precédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L.).
C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de
lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
AUTO
10.546
10.564
Procedimiento: Demanda 1.362/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Manuel Reyes Pérez Alonso.
Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Construcciones Meglez, S.L., en situación de insolvencia
provisional por un principal de 7467.90 euros y
archivar las actuaciones previa baja en el libro
correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del
ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486/0000/30/ /
12823
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
AUTO
10.547
10.565
Procedimiento: Demanda 846/2007. Materia:
Despido. Demandantes: María Soledad Sánchez
Herrera y Estefanía Pino González Galván. Demandados:
Obras y Servicios Pequilen y Fogasa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Obras y Servicios Pequilen, a los fines
de la presente ejecución.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, entidades locales y organismos autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
SENTENCIA NÚMERO 307/2010
10.548
10.566
En nombre del Rey se ha dictado la siguiente.
12824
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de
2010.
Vistos por doña María Mercedes González Jiménez,
Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno
de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los
presentes autos número 183/2009 de Juicio Ordinario
por Cantidad, siendo demandante Dobjanschi Florin
contra Construcciones Alemanarios, S.L. y el Fogasa.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Dobjanschi Florin contra Construcciones
Alemanarios, S.L. y el Fogasa, debo condenar y
condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad
de 2.924,86 euros más los intereses de mora y al
Fogasa a estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, n° 3486000065
0183 09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro
depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta,
del referido banco, presentando el resguardo
correspondiente a éste último depósito en la Secretaria
del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el
del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos
requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr.
Secretario para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.
Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
SENTENCIA NÚMERO 308/2010
10.549
10.567
En nombre del Rey se ha dictado la siguiente.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Vistos por doña María Mercedes González Jiménez,
Juez Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno
de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los
presentes autos número 180/2009 de Juicio ordinario
por cantidad, siendo demandante Juan Cristóbal
Álamo Mederos contra Mazotti, S.A., Administración
Concursal de la demandada y el Fogasa.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Juan Cristóbal Álamo Mederos contra Mazotti,
S.A. y el Fogasa, debo condenar y condeno a la
demandada a pagar al actor la cantidad de 3.684,75
euros más los intereses de mora y a la Administración
concursal y al Fogasa a estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, n° 3486000065
0180 09 o presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro
depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta,
del referido banco, presentando el resguardo
correspondiente a éste último depósito en la Secretaria
del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el
del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos
requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr.
Secretario para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.
Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
10.550
AUTO
10.568
Procedimiento: Demanda 686/2006. Materia:
Cantidad. Demandante: Manuela Benítez López.
Demandados: Juan Manuel Hernández Ramírez y
Fondo de Garantía Salarial.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Juan Manuel Hernández Ramírez, a los
fines de la presente ejecución.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, entidades locales y organismos autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
10.552
AUTO
10.569
Procedimiento: Demanda 448/2009. Materia:
Despido. Demandante: Juan Antonio Morales Martín.
Demandados: Rodríguez Hernández E Hijos, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de
este Juzgado para conocer de la ejecución en las
12825
presentes actuaciones, indicándose a las partes su
derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo
Mercantil competente.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
AUTO
10.553
10.570
Procedimiento: Demanda 460/2007. Materia:
Despido. Demandante: Juan Cabrera Gutiérrez.
Demandados: Tripe Promociones Canarias, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Tripe Promociones Canarias, S.L., a los
fines de la presente ejecución.
Precédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, entidades locales y organismos autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
12826
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
AUTO
10.554
10.571
Procedimiento: Demanda 1.184/2006. Materia:
Cantidad. Demandante: Hipólito Rosales Hernández.
Demandados: Construcciones Falcón, Francisca
Acosta Falcón y Fogasa.
En Las Palmas de G.C., a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Francisca Acosta Falcón, a los fines de
la presente ejecución.
Precédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, entidades locales y organismos autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 3486/0000/30/
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
10.555
AUTO
10.572
Procedimiento: Demanda 1.144/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Cristina Ros Puga. Demandados:
Tradex Nuevos Mercados, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Tradex Nuevos Mercados, S.L., en situación de
insolvencia provisional por un principal de 5364.06
euros y archivar las actuaciones previa baja en el
libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486/0000/30/ /
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
AUTO
10.556
10.573
Procedimiento: Demanda 1.324/2008. Materia:
Derechos-Cantidad. Demandante: Andrea Santana
Cabrera. Demandados: Limpieza y Mantenimiento
Hospitalario, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por Andrea
Santana Cabrera contra limpieza y mantenimiento
hospitalario, S.L. por un importe de 582,66 euros de
principal, más 58 euros de intereses y 58 euros que
se fijan provisionalmente para costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla:
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso procédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L.).
C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
12827
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
AUTO
10.557
10.574
Procedimiento: Demanda 1.128/2009. Materia:
Despido. Demandante: Yuanyuan Chai. Demandados:
Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Kanarische Hightlights, S.L., en situación de insolvencia
provisional por un principal de 13054.30 euros y
archivar las actuaciones previa baja en el libro
correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del
ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486/0000/30/ /
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
10.558
Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de
lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
12828
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.575
Procedimiento: Demanda 1.388/2008. Materia:
Despido. Demandante: María Soraya del Pino Roque.
Demandados: Relaxalud, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por María
Soraya del Pino Roque contra Relaxalud, S.L. por un
importe de 16.148,16 euros de principal, más 1.614,81
euros de intereses y 1.614,81 euros que se fijan
provisionalmente para costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla.:
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso procédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L.).
C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de
lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
AUTO
10.559
10.576
Procedimiento: Demanda 588/2009. Materia:
Despido. Demandante: Juan Luis Cruz Viera.
Demandados: Alenhos Cerrajeros, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I. ante
mi el Secretario DIJO: Procede ejecutar la sentencia
firme indicada en los antecedentes de hecho, y al
efecto, vistas las circunstancias concurrentes en las
presentes actuaciones, procedía declarar al ejecutado
Alenhos Cerrajeros, S.L., en situación de insolvencia
provisional por un principal de 16160.40 euros y
archivar las actuaciones previa baja en el libro
correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del
ejecutado.
Precédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación. Se significa
además que todo el que sin tener la condición de
trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486/0000/30/ /
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
AUTO
10.560
10.577
Procedimiento: Demanda 897/2009. Materia:
Despido. Demandante: Ekelof Silja. Demandados:
Guillermo Matos Asesores, S.L.U. y Fondo de Garantía
Salarial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.
Dada cuenta y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, SE ACUERDA:
A) Despachar la ejecución solicitada por Ekelof Silja
contra Guillermo Matos Asesores, S.L.U. por un
importe de 16.746,51 euros de principal, más 1.674
euros de intereses y 1.674 euros que se fijan
provisionalmente para costas.
B) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada
que a continuación se detalla.:
Ofíciese al Ayuntamiento; a la Jefatura Provincial
de Tráfico, y líbrese mandamiento al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de que se expida y remita a este Juzgado
certificación acreditativa de bienes, propiedad del
ejecutado, susceptibles de ser embargados o negativa
en su caso precédase a la información testifical y
dese cuanto al Fondo de Garantía Salarial (artículo
274 de la L.P.L.).
C) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los
términos exactos expuestos en los razonamientos
jurídicos 4 y 5.
D) Adviértase al ejecutado/s que si deja transcurrir
los plazos que se le conceden, y en la forma indicada
en el razonamiento jurídico 6, se lo podrá imponer
el abono de apremios de hasta 601 euros, por cada
días que se retrase.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
12829
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido par evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así lo mandó y firma el Iltma. Sra. doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado Titular del Juzgado de
lo Social Número Uno de las Palmas y su Provincia
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
AUTO
10.561
10.578
Procedimiento: Demanda 1.295/2009. Materia:
Despido. Demandante: Rogelio Ortega Déniz.
Demandados: Administración Concursal Guaydil,
S.L., Constructora Guaydil, S.L. y Fogasa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la incompetencia de
este Juzgado para conocer de la ejecución en las
presentes actuaciones, indicándose a las partes su
derecho a solicitar la misma ante el Juzgado de lo
Mercantil competente.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Así de acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
10.562
12830
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.579
Procedimiento: Demanda 1.136/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Norma Lorenia Martínez
Hincapié. Demandados: Gran Canaria Radio Televisión
Local, S.L. y Fogasa.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Norma Lorenja Martínez
Hincapié contra gran canaria radio televisión local,
S.L., por un principal de 4.560, más 456 de intereses
provisionales y la cantidad de 456 de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en les términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 186/08, del Juzgado de lo Social Número
Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido
proceso contra la misma ejecutada habiéndose dictado
auto declarando la insolvencia. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado gran canaria radio televisión
local, S.L. en situación de insolvencia con carácter
provisional por un importe de 4.560 euros y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen bienes del ejecutado.
Precédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el fórmalo DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.563
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.580
Procedimiento: Demanda 1.334/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Jesús Estupiñán Pérez.
Demandados: Construcciones Meglez, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Jesús Estupiñán Pérez
contra Construcciones Meglez, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial, por un principal de 1.967,23, más
196 de intereses provisionales y la cantidad de 196
de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 18
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 102/09, del Juzgado de lo Social Número
Nueve de Las Palmas, se ha seguido proceso contra
la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando
la insolvencia. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
12831
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Construcciones Meglez, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial en situación de insolvencia
con carácter provisional por un importe de 1967,23
euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo
sucesivo se conocen bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.564
12832
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.581
Procedimiento: Demanda 1.258/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Ada María Millares Pérez.
Demandados: Krombach Canarias, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Ada María Millares Pérez
contra Krombach Canarias, S.L., por un principal de
1345, más 134 de interesas provisionales y la cantidad
de 134 de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 18
de mayo de 2010. Hago constar el estaco del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 220/09, del Juzgado de lo Social n° 1
de Las Palmas, se ha seguido proceso contra la misma
ejecutada habiéndose dictado auto declarando la
insolvencia. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Krombach Canarias, S.L.
en situación de insolvencia con carácter provisional
por un importe de insertar Cantidad euros y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen bienes del ejecutado.
Precédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante ese órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.565
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12833
AUTO
10.582
Procedimiento: Demanda 650/2009. Materia:
Despido. Demandante: Alejandro Macías Melián.
Demandados: Nework Consult Canarias, S.L., Telefónica
de España, S.A. y Fondo de Garantía Salarial.
AUTO
10.583
Procedimiento: Demanda 1.172/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Aarón Santiago García García.
Demandados: Construcciones Flomenca, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Alejandro Macías Melián
contra Nework Consult Canarias, S.L., Telefónica
de España, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, por un
principal de 24.197,5, más 2.419 de intereses
provisionales y la de 2.419 de costas provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez la Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T. y al Colegio de Registradores
de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de
averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar
embargo y, con su resultado, se acordará.
OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado
a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera
trabajando para alguna entidad.
10.566
En Las Palmas de G.C., a 19 de mayo de 2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Aarón Santiago García García
contra Construcciones Flomenca, S.L., por un principal
de 3.080,03, más 308 de intereses provisionales y la
cantidad de 308 de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a
diecinueve de mayo de dos mil diez. Hago constar el
estado del presente procedimiento en lo relativo a sus
presupuestos procesales y a los requisitos formales
del título en base al cual se pretende la ejecución, y
de que con número de ejecución 177/2008, del Juzgado
de lo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria,
se ha seguido proceso contra la misma ejecutada
habiéndose dictado auto declarando la insolvencia.
Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Construcciones Flomenca,
S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional
12834
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
por un importe de 3080,03 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.567
AUTO
10.584
Procedimiento: Demanda 1.458/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Manuel Patricio Yánez
Morales. Demandados: David Fernando Coello Jurado
y Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Manuel Patricio Yánez Morales
contra David Fernando Coello Jurado y Fondo de
Garantía Salarial, por un principal de 4451,59, más
445 de intereses provisionales y la de 445 de costas
provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T y al Colegio de Registradores de
la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de
averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar
embargo y, con su resultado, se acordará.
OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado
a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera
trabajando para alguna entidad.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado
abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64
0001458/2008 .
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer recurso directo de revisión
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486000031 0001458/2008 .
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social
Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo
que paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
10.568
10.585
Procedimiento: Demanda 794/2009. Materia:
Despido. Demandante: Carmelo Moreno Pérez.
Demandados: Inversiones Luis Marea, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Carmelo Moreno Pérez contra
Inversiones Luis Marea, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, por un principal de 18.350,20, más 1.835 de
intereses provisionales y la de 1.835 de costas
provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
12835
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a constar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T. y al Colegio de Registradores
de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de
averiguar bienes del ejecutado susceptibles de trabar
embargo y, con su resultado, se acordará.
OPCIONAL: Obténgase la vida laboral del ejecutado
a través de la aplicación del I.N.S.S. por si estuviera
trabajando para alguna entidad.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado
abierta en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3486 0000 64
0000794/2009 .
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer recurso directo de REVISIÓN
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades
locales y organismos autónomos dependientes de
ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3486000031 0000794/2009 .
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario del Juzgado de lo Social
12836
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria, de lo
que paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
10.569
10.586
Procedimiento: Demanda 1.418/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Ernesto Santiago Hernández.
Demandada: Construcciones y Transportes Socorro,
S.L.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Ernesto Santiago Hernández
contra Construcciones y Transportes Socorro, S.L.,
por un principal de 25.000, más 2.500 de intereses
provisionales y la cantidad de 2.500 de costas
provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Construcciones y Transportes
Socorro, S.L. en situación de insolvencia con carácter
provisional por un importe de 25000 euros y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de ejecución 148/05, del Juzgado de lo Social Número
Cuatro de Las Palmas, se ha seguido proceso contra
la misma ejecutada habiéndose dictado auto declarando
la insolvencia. Doy fe.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
AUTO
10.570
10.587
Procedimiento: Demanda 1.134/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Elicio Hernández Rodríguez.
Demandados: Élite Can One, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Elicio Hernández Rodríguez
contra Élite Can One, S.L., por un principal de
2584,01, más 258 de intereses provisionales y la
cantidad de 258 de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del art.
556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a contar
desde el siguiente a la notificación de la presente
ante éste Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por doña Mercedes
González Jiménez, la Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 19
de mayo de 2010. Hago constar el estado del presente
procedimiento en lo relativo a sus presupuestos
procesales y a los requisitos formales del título en base
al cual se pretende la ejecución, y de que con número
de demanda 1167/2008, del Juzgado de lo Social
Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria, se
ha seguido proceso contra la misma ejecutada
habiéndose dictado auto declarando la insolvencia.
Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de
2010.
12837
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Élite Can One, S.L. en
situación de insolvencia con carácter provisional por
un importe de 2.584,01 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Recurso de revisión, salvo
que se trate de procesos por conflicto colectivo o
impugnación de convenios, art. 184,4° LPL, en el plazo
de cinco días ante este órgano.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,
para la admisión del recurso se deberá acreditar haber
constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones
de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el
recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el
Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,
entidad local u organismo autónomo dependiente de
alguno de los anteriores.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada
cantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuenta
de esta Sala con n° seguido de cuatro ceros y el n°
de expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dos
últimos dígitos del año al que corresponde el expediente,
indicando en el campo “concepto” la indicación
“Recurso” seguida del código “82-Social-Revisión”.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por
un espacio la indicación “recurso” seguida del código
“82 Social-Revisión.”
En el caso de que deba realizar otros pagos en la
misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando, en este caso, en el
campo observaciones la fecha de la resolución recurrida
con el formato DD/MM/AAAA.
Así se acuerda, manda y firma por don Isidoro
Prieto González, Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
12838
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
los medios y con los requisitos establecidos en los art.
55 a 60 LPL, doy fe.
10.571
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.588
Procedimiento: Demanda 313/2010. Materia:
Despido. Demandante: Anjarad Falcón Ortiz.
Demandados: Atlántida Desde 1977, S.L. y Fogasa.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Anjarad
Falcón Ortiz contra Atlántida Desde 1977, S.L., sobre
Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, sentencia de 03/05/10, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Atlántida desde
1977, S.L. con domicilio desconocido, expido la
presente en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de mayo
de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 235/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Anjarad Falcón
Ortiz, que comparece asistido y representado por el
Letrado don Héctor Valdivia González, y de otra
como demandado la empresa Atlántida desde 1977,
S.L., además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa),
quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en
tiempo y forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Anjarad Falcón Ortiz frente a la
empresa Atlántida desde 1977, S.L. además del Fondo
de Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro
improcedente el despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 26.01.2010, además de
extinguida la relación laboral que unía a la misma con
la demandada con fecha de efectos del dictado de la
presente resolución, y en su virtud, debo condenar y
condeno expresamente a la empresa demandada a que
indemnice al actor en la cantidad de 3.708,02 euros,
y además, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios
dejados de percibir por éste desde el día siguiente al
del despido hasta el dictado de la presente resolución,
ambos inclusive, y que a razón de 30,38 euros diarios,
hacen un total de 3.129,14 euros, debiendo mantenerlo
en situación de alta en la Seguridad Social durante
el periodo correspondiente a tales salarios. Y debiendo
en todo caso estar y pasar por la presente declaración
y reconocimiento el Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, Cta.
3486000065031310 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
10.586
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.589
Procedimiento: Demanda 339/2010. Materia:
Despido. Demandante: Luz Carmen Vallejo Betancor.
Demandados: Yetimport, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Luz
Carmen Vallejo Betancor contra Yetimport, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial, sobre Despido, por la presente
se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva
de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Yetimport, S.L.
con domicilio desconocido, expido la presente en
Las Palmas de Gran Canaria, a tres de mayo de dos
mil diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 279/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Uno del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Luz Carmen
Vallejo Betancor, que comparece asistido por la
Graduada Social Noemí Fernández Lorenzo, y de
otra como demandado la empresa Yetimport, S.L.,
además del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa),
quienes no comparecen pese a estar citadas ambas en
tiempo y forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Luz Carmen Vallejo Betancor frente
a la empresa Yetimport, S.L. además del Fondo de
Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro
12839
improcedente el despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 31.01.2010, además de
extinguida la relación laboral que unía a la misma con
la demandada con fecha de efectos del dictado de la
presente resolución, y en su virtud, debo condenar y
condeno expresamente a la empresa demandada a que
indemnice al actor en la cantidad de 1.320’42 euros,
y además, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios
dejados de percibir por éste desde el día siguiente al
del despido hasta el día del dictado de la presente
resolución, ambos inclusive, y que a razón de 35’00
euros diarios, hacen un total de 3.220’00 euros,
debiendo mantenerlo en situación de alta en la
Seguridad Social durante el periodo correspondiente
a tales salarios. Y debiendo en todo caso estar y pasar
por la presente declaración y reconocimiento el
Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran
Canaria, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y. ss. del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmas
de Gran Canaria de este Juzgado, Cta.
3486000065033910 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
10.604
12840
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
AUTO
10.590
Procedimiento: Demanda 176/2010. Materia:
Despido. Demandante: Diego Iván de Santa Martina.
Demandados: Noalpida, S.L.U. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente. Vistos los preceptos
legales dictados y demás de general y pertinente
aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el Secretario, DIJO:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de Diego Iván de Santa Martina, contra
Noalpida, S.L.U., de la sentencia de despido dictada
en los presentes autos.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del
artículo 556 y ss. L.E.C., en el plazo de DIEZ DÍAS
a contar desde el siguiente a la notificación de la
presente ante este Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por MagistradoJuez, doña Mercedes González Jiménez, MagistradoJuez del Juzgado de lo Social Número Uno de Las
Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
DILIGENCIA
Diligencia de Ordenación del Secretario, don Isidoro
Prieto González.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Habiéndse dictado orden despachando ejecución de
la sentencia de despido dictada en los presentes autos
por no haberse procedido por el demandado a la
remisión acordada, cítese a ambas partes de
comparecencia ante este Juzgado, el día 16.06.10, a
las 10:00 horas, a fin de ser examinadas sobre los hechos
concretos de la no readmisión alegada y con la
advertencia de que únicamente podrá aportar las
pruebas que estimadas pertinentes puedan practicarse
en el mismo acto y de que si el actor no compareciere,
se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciere
el demandado, se celebrará el acto en su ausencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante el Secretario que suscribe. Se significa además
que todo el que sin tener la condición de trabajador
o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen
Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita,
Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales
y organismos autónomos dependientes de ellos, intente
recurrir en revisión, deberá efectuar un depósito de
25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
34860000310000176/2010.
Así lo ordena y firma S.Sª., el Secretario de lo que
paso a dar cuenta y doy fe.
EL SECRETARIO.
10.551
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN
10.591
Procedimiento: Demanda 390/2009. Materia:
Cantidad. Demandantes: César Cedrés Torres y Marcos
M. Cedrés Torres. Demandados: Frobe Canarias, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial.
Don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial del
Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmas de
Gran Canaria.
HACE SABER: Que en autos número 390/2009,
de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de
César Cedrés Torres y Marcos M. Cedrés Torres,
contra la empresa Frobe Canarias, S.L., sobre Cantidad,
se ha dictado la siguiente:
Por la presente en virtud de lo acordado en resolución
de esta fecha, se cita a Vd., para que el día 17.06.10,
a las 10:50 horas, comparezca ante este Juzgado a la
celebración de los actos de Juicio, advirtiéndole que
no se suspenderán por falta de asistencia de las partes
y que las mismas deben concurrir a dichos actos con
todos los medios de prueba de que intenten valerse.
Y para que sirva de citación en legal forma a Frobe
Canarias, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a tres de
junio de dos mil diez.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2
10.744
CÉDULA DE CITACIÓN
10.592
Procedimiento: Demanda 474/2010. Materia:
Despido. Demandante: Edurne del Río. Demandados:
Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L.,
Administración Concursal de Ar y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio
número 474/2010, seguido a instancia de Edurne del
Río, contra Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos,
S.L., sobre Despido, por la presente para que comparezca
ante este Juzgado el día 17.06.10, a las 09:20 horas,
a la celebración de los actos de conciliación, si procede
y Juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá
por falta de asistencia y que debe concurrir con las
pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo se
le cita para que concurra al acto al efecto de contestar
el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así
se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse
por ciertos los hechos que le perjudiquen y de multa
de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le
requiere para que aporte la documentación a que se
refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los
apercibimientos legales.
Y para que tenga lugar la citación ordenada de
Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L.,
expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a tres de junio de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
12841
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
10.702
CÉDULA DE CITACIÓN
10.593
Procedimiento: Demanda 59/2009. Materia: Cantidad.
Demandantes: José Miguel Melián Mayor, Araceli Ofelia
Jiménez Alemán, Teresa de Jesús Romero Cabrera,
Felisa Benítez Navarro, María Encarnación Ramírez
Cazorla, Claudina Sánchez Suárez, Natalia Sánchez
Suárez, Josefa Falcón Sánchez, Manuela Verde Vega,
Arturo Valdonciel Gómez y Elsa del Pino Alvarado.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Comunidad
Explotación Paraíso Maspalomas, S.L. y Admón.
Concursal de Cdad. de Ex.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio
número 59/2009, seguido a instancia de Claudina
Sánchez Suárez, Natalia Sánchez Suárez, Elsa del Pino
Alvarado, José Miguel Melián Mayor, Araceli Ofelia
Jiménez Alemán, Teresa de Jesús Romero Cabrera,
Felisa Benítez Navarro, María Encarnación Ramírez
Cazorla, Josefa Falcón Sánchez, Manuela Verde Vega
y Arturo Valdonciel Gómez, contra Comunidad
Explotación Paraíso Maspalomas, S.L., sobre Cantidad,
por la presente se le cita a Vd., para que comparezca
ante este Juzgado el día 21.06.10, a las 11:30 horas,
a la celebración de los actos de conciliación, si procede
y Juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá
por falta de asistencia y que debe concurrir con las
pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo se
le cita para que concurra al acto al efecto de contestar
el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así
se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse
por ciertos los hechos que le perjudiquen y de multa
de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le
requiere para que aporte la documentación a que se
refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los
apercibimientos legales.
Y para que tenga lugar la citación ordenada de
Comunidad Explotación Paraíso Maspalomas, S.L.,
expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a tres de junio de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
12842
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
10.790
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.594
Procedimiento: Demanda 275/2010. Materia:
Despido. Demandante: Óscar Roque Pérez. Demandados:
Discosen’K, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez en el juicio número 275/2010 seguido a instancia
de Óscar Roque Pérez contra Discosen’K, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido se notifica
a Vd. la resolución recaída en dicho Juicio y que por
testimonio se acompaña, sentencia de fecha 3 de
mayo de 2010, con las advertencias que en la misma
se hace constar.
Y para que sirva de notificación a Discosen’K, S.L.
expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a tres de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
SENTENCIA NÚMERO 226/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 3
de mayo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve, Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Dos del Juzgado y
localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Óscar Roque
Pérez, que comparece asistido por el Letrado don
Isaías González Gordillo, y de otra como demandado
la empresa Discosen’K, S.L., además del Fondo de
Garantía Salarial (Fogasa), quienes no comparecen
pese a estar citadas ambas en tiempo y forma legal.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Óscar Roque Pérez frente a la empresa
Discosen’K, S.L. además del Fondo de Garantía
Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro improcedente
el despido sufrido por la parte actora con fecha de efectos
de 31.12.2009, además de extinguida la relación
laboral que unía a la misma con la demandada con
fecha de efectos del dictado de la presente resolución,
y en su virtud, debo condenar y condeno expresamente
a la empresa demandada a que indemnice al actor en
la cantidad de 32.185,00 euros, y además, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que,
en todo caso, abone al actor los salarios dejados de
percibir por éste desde el día siguiente al del despido
hasta el día del dictado de la presente resolución,
ambos inclusive, y que a razón de 50’93 euros diarios,
hacen un total de 6.264,39 euros, debiendo mantenerlo
en situación de alta en la Seguridad Social durante
el periodo correspondiente a tales salarios. Y debiendo
en todo caso estar y pasar por la presente declaración
y reconocimiento el Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los arts. 192 y ss.
del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de
anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter
de trabajador y no goce del beneficio de justicia
gratuita, haber consignado, el importe integro de la
condena en el banco Banesto cuenta numero 00301105-50-0000000000 al concepto 3487/0000/65/0275/10
o presentar aval solidario de Entidad Financiera por
el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro
depósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta
corriente, del referido banco, presentando el resguardo
correspondiente a este último deposito en la Secretaría
del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el
del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos
requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO DE INSOLVENCIA
10.605
10.595
Procedimiento: Demanda 395/2006. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: José María
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Gómez Guedes. Demandado: Imperio Autocentro
Canarias Sociedad Limitada.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José María
Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias
Sociedad Limitada, sobre Extinción de Contrato, por
la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Imperio Autocentro
Canarias Sociedad Limitada, expido la presente en
Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de mayo
de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 395/2006. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: José María
Gómez Guedes. Demandado: Imperio Autocentro
Canarias Sociedad Limitada.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25
de mayo de 2010.
Hago constar que se ha practicado las averiguaciones
necesarias para encontrar bienes suficientes del
ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno
resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr.
Magistrado. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Imperio
Autocentro Canarias, S.L. en situación de insolvencia
legal con carácter provisional por importe de 2.880,90
euros de principal. Insolvencia que se entenderá a todos
12843
los efectos como provisional, y procédase al archivo
de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0119-10
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.572
10.596
Procedimiento: Demanda 1.027/2009. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: Antonia María
González Machín. Demandados: Casas Arrecife 2005,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm.
1027/09 ejecución núm. 93/10, que en este Juzgado
se siguen a instancia de Antonia María González
Machín contra Casas Arrecife 2005, S.L., sobre
Extinción de Contrato, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
12844
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Y para que sirva de notificación a Casas Arrecife
2005, S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a trece de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de febrero de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se despacha ejecución a instancia
de Antonia María González Machín contra Casas
Arrecife 2005, S.L., por un principal de 2.583,53
euros, más 155 euros de intereses provisionales y la
de 258 euros de costas provisionales.
Se requiere a la parte ejecutada a fin de que en el
plazo máximo de 5 DÍAS proceda a efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. núm. 3487/0000/64/0093/10, abierta en Banesto,
Sucursal de la C/ Triana, n° 120 de esta Ciudad.
Expídase solicitud al Decanato a fin que informe
sobre bienes titularidad del ejecutado.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido para evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así se acuerda, manda y firma por don Lorenzo
Arístides Pérez Guerra el Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.587
10.597
Procedimiento: Demanda 421/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Calderín Santana.
Demandados: Comercial Insular de Bebidas, S.L.
(Cominbe) y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm.
421/08 ejecución núm. 353/09, que en este Juzgado
se siguen a instancia de Francisco Calderín Santana
contra Comercial Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe),
sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd.
la indicada resolución, expresiva de su tenor literal
y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano
y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a, Comercial Insular
de Bebidas, S.L. (Cominbe), expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a doce de mayo de dos mil
diez.
EL SECRETARIO.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 421/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Calderín Santana.
Demandados: Comercial Insular de Bebidas, S.L.
(Cominbe) y Fondo de Garantía Salarial.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Hago constar que se ha practicado las averiguaciones
necesarias para encontrar bienes suficientes del
ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr.
Magistrado. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Comercial
Insular de Bebidas, S.L. (Cominbe), en situación de
insolvencia legal con carácter provisional por importe
de principal 7.402,40 euros más 1.121,51 euros de
intereses de mora. Insolvencia que se entenderá a
todos los efectos como provisional, y procédase al archivo
de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero
notifíquese de conformidad con lo establecido en el
artículo 59 de la L.P.L. por medio de edicto insertando
un extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con
la advertencia de que las siguientes comunicaciones
se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art.
164 L.E.C.).
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0353-09.
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Lorenzo
Arístides Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
10.588
12845
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO EJECUCIÓN Y DECRETO 21/05/10
10.598
Procedimiento: Demanda 114/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Ignacio Ramírez del Pino.
Demandados: Canarifonta, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Ignacio
Ramírez Del Pino, contra Canarifonta, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente
se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva
de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Canarifonta, S.L.
con domicilio desconocido expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de mayo de dos
mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 114/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Ignacio Ramírez del Pino.
Demandados: Canarifonta, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de
2010.
Por presentado el anterior escrito solicitando ejecución
únase, dese a la copia su destino legal y regístrese la
solicitud a que se refiere con su número de orden en
el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Ignacio Ramírez Del Pino
contra Canarifonta, S.L., por un principal de 8.956,97
euros (de los cuales 1.272,74 euros en concepto de
12846
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
mora, más 800 euros de intereses provisionales y la
de 800 euros de costas.
Practíquense por la Sra. Secretario Judicial las
actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes
de la LPL.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación
en los términos del art. 556 y ss. de la LEC.
Así se acuerda, manda y firma por don Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, el Secretario, DIJO:
Póngase certificación del Auto de insolvencia dictado
con fecha anterior respecto de la ejecutada por el
Juzgado de lo Social Número Nueve de esta ciudad,
y que se constituirá base suficiente para estimar su
pervivencia en esta ejecución sin reiterar los trámites
de averiguación de bienes, previo traslado por quince
días que se confiere al ejecutante y al Fondo de
Garantía Salarial, para que puedan alegar o instar lo
que a su derecho convenga y en su caso señalar la
existencia de nuevos bienes.
Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero
notifíquese de conformidad con lo establecido en el
art. 59 de la LPL, por medio de edicto insertando un
extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con la
advertencia de que la siguientes comunicaciones se
harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art.
164 LEC).
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000064026510, de Banesto.
Notifíquese esta resolución a las partes a las que se
hará saber que contra el presente decreto dictado por
el Secretario Judicial cabrá interponer recurso directo
de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal
que hubiere dictado la orden general de ejecución.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 00301846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000030011409.
Así se acuerda, manda y firma por doña María
Teresa Alonso García, Secretaria del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria,
de lo que paso a dar cuenta. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
SENTENCIA
10.491
10.599
Procedimiento: Demanda 480/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Ernesto Rodríguez Déniz.
Demandados: R.H. Representaciones Hidrotérmicas,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Ernesto
Rodríguez Déniz, contra R.H. Representaciones
Hidrotérmicas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la
indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a R.H.
Representaciones Hidrotérmicas, S.L. con domicilio
en Calle Monterrey 1 Las Palmas de Gran Canaria
35016, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a once de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
SENTENCIA NÚMERO 260/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, 11
de mayo de 2010.
Vistos por mí, don Lorenzo Arístides Pérez Guerra,
Magistrado Juez (Sustituto) del Juzgado de lo Social
Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, los
precedentes autos número 480/2009 seguidos a
instancia de Ernesto Rodríguez Déniz, frente a R.H.
Representaciones Hidrotérmicas, S.L. y Fogasa, sobre
Reclamación de Cantidad.
FALLO: Estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Ernesto Rodríguez
Déniz, frente a R.H. Representaciones Hidrotérmicas,
S.L. y Fogasa, sobre reclamación de Cantidad, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 1.141,73 euros,
por los conceptos de la demanda, más los intereses
de mora procesal, de acuerdo a lo establecido en el
fundamento tercero, debiendo el Fogasa a estar y
pasar por tal declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma es firme y no cabe recurso alguno
contra ella.
Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y
firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.
Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
10.492
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO RECTIFICACIÓN DE SENTENCIA
10.600
Procedimiento: Demanda 225/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Jorge Pedro Hernández
Velázquez. Demandados: Corman Zona Canarias,
S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones
Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe).
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Jorge Pedro
Hernández Velázquez, contra Corman Zona Canarias,
S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones
Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe), sobre Cantidad,
12847
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Corman Zona
Canarias, S.L. y Construcciones Industriales de
Tenerife, S.A. (Cointe) con domicilio en Calle Josefina
Mayor 11-A Polg. Industrial El Goro, Telde 35200 y
Calle Las Palmas de Gran Canaria, expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de mayo
de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 225/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Jorge Pedro Hernández
Velázquez. Demandados: Corman Zona Canarias,
S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construcciones
Industriales de Tenerife, S.A. (Cointe).
En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de
2010.
Dada cuenta, visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se rectifica la Sentencia de fecha
6 de abril de 2010 en el encabezado, en la fundamentación
jurídica y en el fallo, en el sentido incluir a la
codemandada Construcciones Industriales de Tenerife,
S.A. (Cointe), quedando el resto de los pronunciamientos
en sus propios términos.
Notifíquese la presente resolución a las Empresas
codemandadas y la Sentencia a Construcciones
Industriales de Tenerife, S.A. a través del B.O.P.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe hacer valer los mismos medios de
impugnación que contra la Resolución afectada por
la presente.
12848
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así lo acuerda, manda y firma don Lorenzo Arístides
Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA
10.493
10.601
Procedimiento: Demanda 1.271/2009. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: José Antonio Acuña
Arias. Demandados: Iberma Pesquera, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José Antonio
Acuña Arias contra Iberma Pesquera S.L. y Fondo
de Garantía Salarial, sobre Extinción de Contrato, por
la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Iberma Pesquera,
S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.271/2009. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: José Antonio Acuña
Arias. Demandados: Iberma Pesquera, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25
de mayo de 2010.
Hago constar el estado del presente procedimiento
en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los
requisitos formales del título en base al cual se
pretende la ejecución, y de que se ha seguido proceso
contra la misma ejecutada y por la misma causa,
habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia,
con carácter provisional. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procede ejecutar la Sentencia firme
indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas
las circunstancias concurrentes en las presentes
actuaciones, procedía declarar al ejecutado Iberma
Pesquera Sucursal en España, S.L. en situación de
insolvencia con carácter provisional por importe de
18.824,49 euros de principal, y archivar las actuaciones
una vez firme la presente resolución, y sin perjuicio
de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0159-10
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA
10.494
10.602
Procedimiento: Demanda 1.078/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Sebastián Agustín Rivero
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Quintana. Demandados: Cristóbal Ramírez Olivares,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Sebastián
Agustín Rivero Quintana contra Cristóbal Ramírez
Olivares, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la
indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Cristóbal Ramírez
Olivares, S.L., expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.078/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Sebastián Agustín Rivero
Quintana. Demandados: Cristóbal Ramírez Olivares,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25
de mayo de 2010.
Hago constar el estado del presente procedimiento
en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los
requisitos formales del título en base al cual se
pretende la ejecución, y de que se ha seguido proceso
contra la misma ejecutada y por la misma causa,
habiéndose ya dictado auto declarando la insolvencia,
con carácter provisional. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procede ejecutar la Sentencia firme
indicada en los antecedentes de hecho, y al efecto, vistas
12849
las circunstancias concurrentes en las presentes
actuaciones, procedía declarar al ejecutado Cristóbal
Ramírez Olivares, S.L. en situación de insolvencia
con carácter provisional por importe de 730,27 euros
de principal más 113,56 euros de intereses moratorios,
y archivar las actuaciones una vez firme la presente
resolución, y sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del
ejecutado.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0156-10
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
SENTENCIA
10.495
10.603
Procedimiento: Demanda 1.425/2008. Materia:
Cantidad. Demandantes: Carlos Guillermo Vaca
García, Juan Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez
Rodríguez y José Gildardo Botina Muñoz. Demandados:
Infella Canarias, S.L. e Inmaculada Concepción Peña
Sanz.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Carlos
Guillermo Vaca García, Juan Guerrero Racero, José
12850
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Gildardo Botina Muñoz y Sebastián Rodríguez
Rodríguez, contra Infella Canarias, S.L., sobre
Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la
indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Infella Canarias,
S.L. con domicilio en Calle Francisco Hernández
González b-1p 18 San Fernando Maspalomas. San
Bartolomé De Tirajana, expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 114/2010
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 5
de marzo de 2010.
Vistos por mi, don Lorenzo Arístides Pérez Guerra,
Magistrado-Juez (sustituto) del Juzgado de lo Social
Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, los
precedentes autos número 1.425/2008, seguidos a
instancia de Carlos Guillermo Vaca García, Juan
Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez Rodríguez y
José Gildardo Botina Muñoz contra Infella Canarias,
S.L. sobre Cantidad.
FALLO: Estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Carlos Guillermo
Vaca García, Juan Guerrero Racero, Sebastián Rodríguez
Rodríguez y José Gildardo Botina Muñoz frente a Infella
Canarias, S.L. sobre reclamación de Cantidad, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que
abone a:
Carlos Guillermo Vaca García, 1.800 euros.
Juan Guerrero Racero, 2.500 euros.
Sebastián Rodríguez Rodríguez, 1.100 euros.
José Gilardo Botina Muñoz, 3.600 euros
por los conceptos de la demanda, más los intereses
de mora procesal, de acuerdo a lo establecido en el
fundamento tercero, debiendo el Fogasa a estar y
pasar por tal declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los Art. 192 y ss
del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de
anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter
de trabajador y no goce del beneficio de justicia
gratuita, haber consignado el importe íntegro de la
condena en la Entidad Bancaria Banesto; Entidad: 0030;
Oficina: 1105 de la Calle Triana, 120 de Las Palmas
de Gran Canaria, en la Cuenta de este Juzgado Número:
3487/0000/65/1425/08 o, presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150,25
euros en la misma cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y
firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.
Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.496
10.604
Procedimiento: Demanda 906/2009. Materia:
Despido. Demandante: Antonio Bernal Macías.
Demandados: Grull Jakob Martin Ludwig y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos núm.
906/09 ejecución núm. 262/10, que en este Juzgado
se siguen a instancia de Antonio Bernal Macías contra
Grull Jakob Martin Ludwig, sobre Despido, por la
presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Y para que sirva de notificación a Grull Jakob
Martin Ludwig, expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 906/2009. Materia:
Despido. Demandante: Antonio Bernal Macías.
Demandados: Grull Jakob Martin Ludwig y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canana, a 18 de mayo de
2010.
Por presentado el anterior escrito solicitando ejecución
únase, dese a la copia su destino legal y regístrese la
solicitud a que se refiere con su número de orden en
el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se acuerda ordenar y se despacha
la ejecución a instancia de Antonio Bernal Macías contra
Grull Jakob Martin Ludwig, por un principal de
21.094,8 euros, más 1.265 euros de intereses provisionales
y la de 2.109 euros.
Practíquense por la Sra. Secretario Judicial las
actuaciones previstas en los art. 247 y concordantes
de la LPL.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación
en los términos del art. 556 y ss. de la LEC.
Así se acuerda, manda y firma por Lorenzo Arístides
Pérez Guerra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
12851
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, el Secretario, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del
ejecutado susceptibles de trabar embargo y con su
resultado se acordará.
Encontrándose el ejecutado en ignorado paradero
notifíquese de conformidad con lo establecido en el
art. 59 de la LPL, por medio de edicto insertando un
extracto suficiente de la cédula en el B.O.P., con la
advertencia de que la siguientes comunicaciones se
harán en el tablón de anuncios de este Juzgado (art.
164 LEC).
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000064026210, de Banesto.
Notifíquese esta resolución a las partes a las que se
hará saber que contra el presente decreto dictado por
el Secretario Judicial cabrá interponer recurso directo
de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal
que hubiere dictado la orden general de ejecución.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer recurso de
revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C. n° 00301846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000030026210.
Así se acuerda, manda y firma por doña María
Teresa Alonso García Secretaria del Juzgado de lo Social
Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria, de lo
que paso a dar cuenta. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA
10.497
10.605
Procedimiento: Demanda 606/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Rafael Rodríguez Ramírez.
12852
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Demandados: Impro explotaciones, S.L. y Obras y
Gestión Insulares, S.L. y Fogasa.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Rafael
Rodríguez Ramírez contra Impro explotaciones, S.L.,
Obras y Gestión Insulares, S.L. y Fogasa, sobre
Cantidad, por la presente se le notifica a Vd. la
indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Impro explotaciones,
S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L., expido la
presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis
de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 606/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Rafael Rodríguez Ramírez.
Demandados: Impro explotaciones, S.L. y Obras y
Gestión Insulares, S.L. y Fogasa.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 26
de mayo de 2010.
Hago constar que se ha practicado las averiguaciones
necesarias para encontrar bienes suficientes del
ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno
resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr.
Magistrado. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar a los ejecutados Impro
Explotaciones, S.L. y Obras y Gestión Insulares, S.L.
en situación de insolvencia legal con carácter provisional
por importe de 1.622,76 euros de principal, más
327,66 euros de intereses de mora. Insolvencia que
se entenderá a todos los efectos como provisional, y
procédase al archivo de las actuaciones, una vez
firme la resolución, y sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
del ejecutado.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0456-09
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA
10.498
10.606
Procedimiento: Demanda 75/2007. Materia: Extinción
de Contrato. Demandante: José María Gómez Guedes.
Demandada: Imperio Autocentro Canarias, S.L.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José María
Gómez Guedes contra Imperio Autocentro Canarias,
S.L., sobre Extinción de Contrato, por la presente se
le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de
su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Y para que sirva de notificación a imperio Autocentro
Canarias, S.L., expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 75/2007. Materia: Extinción
de Contrato. Demandante: José María Gómez Guedes.
Demandada: Imperio Autocentro Canarias, S.L.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 25
de mayo de 2010
Hago constar que se ha practicado las averiguaciones
necesarias para encontrar bienes suficientes del
ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno
resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr.
Magistrado. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
12853
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487-0000-30-0116-10
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
Diligencia.- Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este Auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la
Ley de Procedimiento Laboral. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA 24/05/10
10.499
10.607
Procedimiento: Demanda 1.049/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Antonio Abreu Hernández.
Demandados: Pinturas y Rehabilitación de Edificios
José Santana, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Antonio
Abreu Hernández, contra Pinturas y Rehabilitación
de Edificios José Santana, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre Cantidad, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Autocentro
Canarias, S.L en situación de insolvencia legal con
carácter provisional por importe de 2.024,53 euros de
principal, insolvencia que se entenderá a todos los efectos
como provisional, y precédase al archivo de las
actuaciones, una vez firme la resolución, y sin perjuicio
de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen
nuevos bienes del ejecutado.
Y para que sirva de notificación a Pinturas y
Rehabilitación de Edificios José Santana, S.L. con
domicilio desconocido expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de
dos mil diez.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
12854
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Pinturas y Rehabilitación de Edificios José
Santana, S.L., a los fines de la presente ejecución por
importe de 4.356,82 euros (de los cuales 541,14 euros
en concepto de mora).
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
¡a misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000030104908.
Así se acuerda, manda y firma por don Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA 24/05/10
10.502
10.608
Procedimiento: Demanda 1.283/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Manuel Santos
Ruiz. Demandados: Provicasa 500, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Francisco
Manuel Santos Ruiz, contra Provicasa 500, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente
se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva
de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Provicasa 500,
S.L. con domicilio desconocido expido la presente en
Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo
de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.283/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Manuel Santos
Ruiz. Demandados: Provicasa 500, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Visto lo que antecede, y; Vistos los
preceptos legales dictados y demás de general y
pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO: Se declara la insolvencia provisional
de empresa Provicasa 500, S.L., a los fines de la
presente ejecución por importe de 3.890 euros (de los
cuales 480,74 euros en concepto de mora).
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer recurso de Reposición ante
este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Se significa además que iodo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000030128308.
Así se acuerda, manda y firma por don Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Ante mí.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
AUTO INSOLVENCIA 20/05/10
10.503
10.609
Procedimiento: Demanda 812/2007. Materia:
Cantidad. Demandante: Yaiza Cristina Ortega Arbelo.
Demandados: Luisdican Multiprecios, S.L., Orlyimport,
S.L. y Fogasa.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Yaiza
Cristina Ortega Arbelo, contra Orlyimport, S.L.,
Fogasa y Luisdican Multiprecios, S.L., sobre Cantidad,
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Orlyimport, S.L.
y Luisdican Multiprecios, S.L. con domicilio desconocido
expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a veinte de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
12855
AUTO
Procedimiento: Demanda 812/2007. Materia:
Cantidad. Demandante: Yaiza Cristina Ortega Arbelo.
Demandados: Luisdican Multiprecios, S.L., Orlyimport,
S.L. y Fogasa.
Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 20
de mayo de 2010.
Hago constar que se ha practicado las averiguaciones
necesarias para encontrar bienes suficientes del
ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno
resultado, de lo que paso a dar cuenta al Iltmo. Sr.
Magistrado. Doy fe.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de
2010.
Dada cuenta, y; Vistos los preceptos legales de
común y general aplicación al procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Declarar al ejecutado Luisdiscan
Multiprecios, S.L. y Orlyimport, S.L. en situación de
insolvencia legal con carácter provisional por importe
de 2.693,43 euros (de los cuales 448,90 euros en
concepto de mora). Insolvencia que se entenderá a todos
los efectos como provisional, y procédase al archivo
de las actuaciones, una vez firme la resolución, y sin
perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles
que contra la misma cabe formular Recurso de
Reposición ante este Juzgado, en el plazo de CINCO
DÍAS HÁBILES contados a partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la C.C.C.
n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave
3487000030081207.
Así se lo mandó y firma el Iltmo. Sr. Fernando
Herrada Romero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria
y su Provincia.
10.504
12856
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.610
Procedimiento: Demanda 561/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Mohamed Bouzalmad.
Demandados: Pastelería Vecindario, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Mohamed
Bouzalmad, contra Pastelería Vecindario, S.L. y
Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Pastelería Vecindario, S.L. con domicilio en Avenida
Canarias, número 429 - Santa Lucía de Tirajana -, expido
la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 309/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 561/2009, seguidos a instancia de
Mohamed Bouzalmad, representado por el letrado
Eulogio Conde García, frente a Pastelería Vecindario,
S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación
de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Mohamed Bouzalmad, frente a Pastelería Vecindario,
S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 7.218 euros, por
los conceptos de la demanda, condenando al Fogasa
a estar y pasar por tal declaración y sin que haya lugar
a condenar a la demandada al pago de cantidad alguna
en concepto de mora en el pago de salarios de
conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de
Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0561/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
10.505
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.611
Procedimiento: Demanda 543/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Pilar Romero Vega.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Demandados: Partner Hotels and INSS, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Pilar Romero
Vega, contra Partner Hotels and INSS, S.L. y Fogasa,
sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd.
la indicada resolución, expresiva de su tenor literal
y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano
y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Partner Hotels and INSS, S.L. con domicilio en
Avenida de Italia, número 21 (Playa del Inglés) - San
Bartolomé de Tirajana -, expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos
mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 308/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 543/2009, seguidos a instancia de Pilar
Romero Vega, representada por la letrada Beatriz
Trujillo Sánchez, frente a Partner Hotels and INSS,
S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación
de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Pilar Romero Vega, frente a Partner Hotel and INSS,
S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 3.024,16 euros,
por los conceptos de la demanda, condenando al
Fogasa a estar y pasar por tal declaración y sin que
haya lugar a condenar a la demandada al pago de cantidad
alguna en concepto de mora en el pago de salarios
12857
de conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de
Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0543/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.506
10.612
Procedimiento: Demanda 591/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Pedro Hernández Monzón.
Demandados: El Tribunal, S.A. y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Pedro
12858
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Hernández Monzón, contra El Tribunal, S.A. y Fogasa,
sobre Cantidad, por la presente se le notifica a Vd.
la indicada resolución, expresiva de su tenor literal
y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano
y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a El
Tribunal, S.A. con domicilio en Urbaniz. El Madroñal,
Santa Brígida, KM. 41,23, expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos
mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 318/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 13
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 591/2009, seguidos a instancia de Pedro
Hernández Monzón, asistido por el letrado Bruno
Armas Domínguez, frente a El Tribunal, S.A. y
Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación de
Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Pedro Hernández Monzón, frente a El Tribunal, S.A.
y Fogasa, sobre Reclamación de Cantidad, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 3.478,50 euros,
por los conceptos de la demanda, condenando al
Fogasa a estar y pasar por tal declaración, condenando
así mismo a la demandada al abono de los intereses
de mora al tipo del 10% anual desde el momento en
que las cantidades debieron de ser abonadas, de
conformidad a lo dispuesto en el Fundamento de
Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, Sucursal
de Triana número 120, Las Palmas de Gran Canaria,
en la cuenta de este Juzgado, Cta. número 00301105-50-0000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0591/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.536
10.613
Procedimiento: Demanda 531/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Juan Pedro Márquez Méndez.
Demandados: Detralquil Canarias, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Juan Pedro
Márquez Méndez, contra Detralquil Canarias, S.L. y
Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Detralquil Canarias, S.L. con domicilio en calle Los
Tenderetitos, número 60 - San Bartolomé de Tirajana
-, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria,
a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si e! receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 307/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 531/2009, seguidos a instancia de Juan
Pedro Márquez Méndez, representado por el letrado
Eulogio Conde García, frente a Detralquil Canarias,
S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación
de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Juan Pedro Márquez Méndez, frente a Detralquil
Canarias, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de
Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que abone a la parte actora la cantidad
de 1.333 euros, por los conceptos de la demanda,
condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración
y sin que haya lugar a condenar a la demandada al
pago de cantidad alguna en concepto de mora en el
pago de salarios de conformidad a lo dispuesto en el
Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma es firme al no ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
12859
Diligencia de Publicación. La extiendo yo el Sr.
Secretario para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.537
10.614
Procedimiento: Demanda 623/2008. Materia:
Despido. Demandante: Djau Adulai. Demandados:
Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G y
Fogasa.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Djau Adulai,
contra Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G
y Fogasa, sobre Despido, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y G con
domicilio en calle Víctor Hugo, Esqu. León y Castillo,
número 2 - Las Palmas de Gran Canaria -, expido la
presente en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 314/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 13
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia, ha visto
los precedentes autos número 623/2008, seguidos a
instancia de Djau Adulai, asistido por el letrado Pedro
12860
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Macias Rodríguez, frente a Promociones y Gestiones
Inmobiliarias A y G, y Fogasa, que no comparecen
pese a estar citados en forma, sobre Despido.
FALLO: Que estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Djau Adulai,
frente a Promociones y Gestiones Inmobiliarias A y
G y Fogasa, sobre Despido, debo declarar y declaro
la Improcedencia del Despido producido el 30/4/08,
condenando a la demandada a estar y pasar por tal
declaración, y a que a su opción, readmita al actor,
en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que
regían con anterioridad al Despido, o bien le indemnice
con la suma de 800,33 euros, debiendo abonar en ambos
casos los salarios de tramitación desde el día siguiente
al de la fecha de Despido y hasta la notificación de
la presente sentencia, a razón del salario/día declarado
probado en el hecho primero, y manteniéndoles en
situación de alta en la Seguridad Social durante el
correspondiente periodo; debiendo advertir por último
a la empresa demandada que la opción señalada,
habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en
el plazo de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación
de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así
se opta por la readmisión, condenando asimismo al
Fogasa a estar y pasar por la presente declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 192
y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, Sucursal de Triana
número 120, Las Palmas de Gran Canaria, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0623/08 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y
firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canarias.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior
sentencia por el Magistrada que la suscribe, en el día
de su fecha y en audiencia pública. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.538
10.615
Procedimiento: Demanda 527/2009. Materia:
Derechos. Demandante: Miguel Ángel Casado
Rodríguez. Demandados: Promotafe Grupo Dunas,
S.L. Tourin Europeo, S.A. Steigenberger Hotel
AG/Zurich y geschellscha indunstriegebit
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de MIGUEL
ÁNGEL CASADO RODRÍGUEZ, contra Tourin
Europeo, S.A. y Otros, sobre Derechos, por la presente
se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva
de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Steigenberger Hotel AG/Zurich y Geschellscha
Indunstriegebit, S.L. con domicilio en Barranco La
Verga, S/N - Mogán -, expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos
mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 306/2010
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de
2010.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los
presentes autos número 527/2009, seguidos a instancia
de Miguel Ángel Casado Rodríguez, asistido por la
letrada Mirla Aldeguer Martín, frente a Tourin Europeo,
S.A., representado por el letrado Juan José Quintana,
Promotafe Grupo Dunas, S.L., representado por la letrada
Olga Fresno, Steigenberger Hotel AG/Zurich y
Geschellscha Indunstriegebit, S.L., que no comparecen,
sobre demanda de derechos.
FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta
por Miguel Ángel Casado Rodríguez, frente a Tourin
Europeo, S.A., Promotafe Grupo Dunas, S.L.,
Steigenberger Hotel AG/Zurich y Geschellscha
Indunstriegebit, S.L., sobre demanda de Derechos, debo
absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones
deducidas en su contra, las cuales son expresamente
desestimadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 192
y ss del TRLPL.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrada
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. Leída y publicada fue la
anterior sentencia por la Magistrada Juez que la
suscribe en el día de su fecha y estando celebrando
audiencia pública. Doy fe.
10.539
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.616
Procedimiento: Demanda 582/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Juana Rosa Santana Santiago.
Demandados: Cueva Pirata Grill, S.L., María Belén
García Duque y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
12861
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Juana
Rosa Santana Santiago, contra Cueva Pirata Grill, S.A.,
María Belén García Duque y Fogasa, sobre Cantidad,
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Cueva Pirata Grill, S.A. y María Belén García Duque,
con domicilio en calle Guayres, número 2 (Patalavaca),
Mogán y Avda. Joaquín Blanco Torrent, número 4 Mogán -, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 313/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 582/2009, seguidos a instancia de Juana
Rosa Santana Santiago, representada por la letrada Elsa
Toledo Medina, frente a Cueva Pirata Grill, S.A.,
María Belén García Duque y Fogasa, que no comparecen,
sobre Reclamación de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Juana Rosa Santana Santiago, frente a Cueva Pirata
Grill, S.L., María Belén García Duque y Fogasa,
sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y
condeno a las empresas demandadas a que abonen a
la parte actora de forma solidaria la cantidad de
965,34 euros, por los conceptos de la demanda,
condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración,
condenando así mismo a la demandada al abono de
los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el
momento en que las cantidades debieron de ser
12862
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el
Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma es firme al no ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.540
10.617
Procedimiento: Demanda 581/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: María Pino Romero Cabrera.
Demandados: González Pérez Agustín, S.L.N.E. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de María
Pino Romero Cabrera, contra González Pérez Agustín,
S.L.N.E. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente
se le notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva
de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
González Pérez Agustín, S.L.N.E. con domicilio en
calle Alféreces Provisionales, número 11 - SAN
BARTOLOMÉ DE TIRAJANA -, expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo
de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 312/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 581/2009, seguidos a instancia de María
Pino Romero Cabrera, representada por el letrado
Mario García Suarez, frente a González Pérez Agustín,
S.L.N.E. y Fogasa, que no comparecen, sobre
Reclamación de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
María Pino Romero Cabrera, frente a González Pérez
Agustín, S.L.N.E. y Fogasa, sobre Reclamación de
Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que abone a la parte actora la cantidad
de 4.474,26 euros, por los conceptos de la demanda,
condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración,
condenando así mismo a la demandada al abono de
los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el
momento en que las cantidades debieron de ser
abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el
Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0581/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.541
10.618
Procedimiento: Demanda 579/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Julián Martín Esteban.
Demandados: Cueva Pirata Grill, S.L., María Belén
García Duque y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Julián
Martín Esteban, contra Cueva Pirata Grill, S.A.,
María Belén García Duque y Otro, sobre Cantidad,
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Cueva Pirata Grill, S.A. y María Belén García Duque
con domicilio en calle Guayre, número 2
(PATALAVACA) - Mogán - y Avda. J. Blanco Torrent,
número 4 - Mogán -, expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
12863
SENTENCIA NÚMERO 311/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 579/2009, seguidos a instancia de Julián
Martín Esteban, representado por la letrada Elsa
Toledo Medina, frente a Cueva Pirata Grill, S.A.,
María Belén García Duque y Fogasa, que no comparecen,
sobre Reclamación de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
Julián Martín Esteban, frente a Cueva Pirata Grill S.L.,
María Belén García Duque y Fogasa, sobre Reclamación
de Cantidad, debo condenar y condeno a las empresas
demandadas a que abonen a la parte actora de forma
solidaria la cantidad de 1.930,85 euros, por los
conceptos de la demanda, condenando al Fogasa a estar
y pasar por tal declaración, condenando así mismo a
la demandada al abono de los intereses de mora al tipo
del 10% anual desde el momento en que las cantidades
debieron de ser abonadas, de conformidad a lo
dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero de
esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0579/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
12864
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DE SENTENCIA
10.542
10.619
Procedimiento: Demanda 567/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: María Castells Presa.
Demandados: Actos, Eventos y Producciones, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de María
Castells Presa, contra Actos, Eventos y Producciones,
S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, por la presente se le
notifica a Vd. la indicada resolución, expresiva de su
tenor literal y recurso que contra la misma cabe
interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación de sentencia a
Actos, Eventos y Producciones, S.L. con domicilio
en calle Buenos Aires, número 8, 4º B - Las Palmas
de Gran Canaria -, expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se ¡e encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA NÚMERO 310/2010
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 12
de mayo de 2010.
Doña María del Rosario Arellano Martínez,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Tres
de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los precedentes
autos número 567/2009, seguidos a instancia de María
Castells Presa, representada por el letrado Víctor
Falcón Pérez, frente a Actos, Eventos y Producciones,
S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre Reclamación
de Cantidad.
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
origen de las presentes actuaciones, promovida por
María Castells Presa, frente a Actos, Eventos y
Producciones, S.L. y Fogasa, sobre Reclamación de
Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que abone a la parte actora la cantidad
de 5.220,84 euros, por los conceptos de la demanda,
condenando al Fogasa a estar y pasar por tal declaración,
condenando así mismo a la demandada al abono de
los intereses de mora al tipo del 10% anual desde el
momento en que las cantidades debieron de ser
abonadas, de conformidad a lo dispuesto en el
Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que la misma no es firme al ser susceptible de
Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el
artículo 189.1 de la L.P.L., ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las
Palmas, anunciándolo ante este Juzgado por
comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO
DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación del
presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable
que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no
ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio
de justicia gratuita, haber consignado el importe
íntegro de la condena en el banco Banesto, en la
cuenta de este Juzgado, Cta. número 0030-1105-500000000000 y clave de procedimiento número
3488/0000/65/0567/09 o presentar aval solidario de
Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo
deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros
en la citada cuenta del referido banco, presentando
el resguardo correspondiente a éste último depósito
en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer
el Recurso y el del primer depósito al momento de
anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Doña María del Rosario Arellano Martínez, Magistrado
Juez del Juzgado de lo Social Número Tres de Las
Palmas de Gran Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.
Secretaria para dar fe de que la anterior resolución
se publicó en el día de su fecha, estando la Magistrada
Juez que la dictó celebrando Audiencia Pública.
Reitero fe.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE ARRECIFE
10.543
EDICTO
CITACIÓN AL ACTO
DE VISTA ORAL
10.620
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 322/2010.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Thomas
Bryant Cerezo. Demandados: Kontiky Explotaciones
Turísticas, S.L., Transglobal Internacional Acquisitions,
S.L. y Victory Properties, S.L.
Doña Amparo Gómez López, Secretaria Judicial de
este Juzgado de lo Social Número Tres de Arrecife.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 322/2010, en materia de Despido Disciplinario,
a instancia de Thomas Bryant Cerezo, contra Kontiky
Explotaciones Turísticas, S.L., Transglobal Internacional
Acquisitions, S.L. y Victory Properties, S.L., por
S.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dado su
ignorado paradero, para el acto de vista oral que
tendrá lugar el próximo día 06.07.10, a las 11:00
horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos
82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Asimismo se le requiere para que concurra al acto al
efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de
la contraparte, si así se hubiese interesado, así como
que aporte la documental que se indica en la demanda,
haciéndole saber que las copias de la misma se
encuentran a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación y citación en legal
forma a Kontiky Explotaciones Turísticas, S.L.,
Transglobal Internacional Acquisitions, S.L. y Victory
Properties, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia, en Arrecife, a tres de junio de dos mil
diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
12865
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
LA SECRETARIA.
EDICTO
10.643
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.621
En virtud de lo acordado por la Secretaria de este
Juzgado doña Amparo Gómez López, en el Juicio número
345/2010, seguido a instancia de Mohamed Bouilla,
contra Restauraciones Tinolanz, S.L., se cita a Vd.,
para que el día 07.07.10, a las 12:45 horas, comparezca
ante este Juzgado a la celebración de los actos de
conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá
por falta de asistencia de las partes y que las mismas
deben concurrir a dichos actos con todos los medios
de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Restauraciones Tinolanz, S.L., expido la
presente en Arrecife, a cuatro de junio de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.733
10.622
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 395/2010, seguido a instancia de David
Ramos Gutiérrez, contra Casas Arrecife 2005, S.L.
12866
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
y Fondo de Garantía Salarial, se cita a Vd., para que
el día 01.03.11, a las 11:10 horas, comparezcan ante
este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación
y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta
de asistencia de las partes y que las mismas deben
concurrir a dichos actos con todos los medios de
prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita a los Representantes
Legales de las empresas demandadas a que comparezcan
en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte
bajo apercibimiento de que de no comparecer sin
justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos
de la demanda y se le requiere para que aporte recibo
de salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar a los Representantes Legales
de las empresas Casas Arrecife 2005, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial, expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.573
10.623
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 523/2010, seguido a instancia de Emilio
Ramón Ramírez Alejandro, contra Cofecpro, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial, se cita a Vd., para que el
día 21.06.10, a las 09:30 horas, comparezcan ante este
Juzgado a la celebración de los actos de conciliación
y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta
de asistencia de las partes y que las mismas deben
concurrir a dichos actos con todos los medios de
prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita a los Representantes
Legales de las empresas demandadas a que comparezcan
en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte
bajo apercibimiento de que de no comparecer sin
justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos
de la demanda y se le requiere para que aporte recibo
de salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar a los Representantes Legales
de las empresas Cofecpro, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.576
10.624
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 482/2009, seguido a instancia de Mutua
Balear de Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. número
183, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social
y Construcciones Efequen 2001, S.L., se cita a Vd.,
para que el día 15.03.11, a las 09:15 horas, comparezcan
ante este Juzgado a la celebración de los actos de
conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá
por falta de asistencia de las partes y que las mismas
deben concurrir a dichos actos con todos los medios
de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita a los Representantes
Legales de las empresas demandadas a que comparezcan
en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte
bajo apercibimiento de que de no comparecer sin
justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos
de la demanda y se le requiere para que aporte recibo
de salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar a los Representantes Legales
de las empresas Instituto Nacional de la Seguridad
Social y Construcciones Efequen 2001, S.L., expido
la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis
de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.577
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.625
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 943/2006, seguido a instancia de José Miguel
Germán de la Cruz, contra Construcciones Rodríguez
Cabrera e Hija, S.L., Hermanos Santana Cazorla,
S.L., Mafre Seguros, San Gregorio 2.000, S.L., Eguren
Ascensores, S.A. y Alenhos Cerrajeros, S.L., se cita
a Vd., para que el día 16.11.10, a las 11:45 horas,
comparezcan ante este Juzgado a la celebración de
los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que
no se suspenderá por falta de asistencia de las partes
y que las mismas deben concurrir a dichos actos con
todos los medios de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita a los Representantes
Legales de las empresas demandadas a que comparezcan
en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte
bajo apercibimiento de que de no comparecer sin
justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos
de la demanda y se le requiere para que aporte recibo
de salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar a los Representantes Legales
de las empresas Construcciones Rodríguez Cabrera
e Hija, S.L., Hermanos Santana Cazorla, S.L., Mafre
Seguros, San Gregorio 2.000, S.L., Eguren Ascensores,
S.A. y Alenhos Cerrajeros, S.L., expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo
de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.582
10.626
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 96/2009, seguido a instancia de Agapito
Santiago Aguiar, contra Construcciones Lisote, S.L.,
Palmacana, S.L., La Estrella, S.A. y Winterthur
Seguros Generales, S.A., se cita a Vd., para que el
día 14.06.10, a las 11:10 horas, comparezcan ante este
Juzgado a la celebración de los actos de conciliación
y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta
12867
de asistencia de las partes y que las mismas deben
concurrir a dichos actos con todos los medios de
prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita a los Representantes
Legales de las empresas demandadas a que comparezcan
en el día señalado a la prueba de interrogatorio de parte
bajo apercibimiento de que de no comparecer sin
justa causa podrá ser tenido por conforme con los hechos
de la demanda y se le requiere para que aporte recibo
de salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar a los Representantes Legales
de las empresas Construcciones Lisote, S.L., Palmacana,
S.L., La Estrella, S.A. y Winterthur Seguros Generales,
S.A., expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.683
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.627
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 498/2009, seguido a instancia de Manuel
Jesús Santana Caballero, contra Armonía Lusa, S.L.,
se cita a Vd., para que el día 15.03.11, a las 09:45 horas,
comparezca ante este Juzgado a la celebración de
los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que
no se suspenderá por falta de asistencia de las partes
y que las mismas deben concurrir a dichos actos con
todos los medios de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
12868
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Armonía Lusa, S.L., expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de
mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.677
10.628
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 201/2009, seguido a instancia de Fundación
Laboral de la Construcción, contra Gareisca, S.L., se
cita a Vd., para que el día 08.02.11, a las 11:50 horas,
comparezca ante este Juzgado a la celebración de
los actos de conciliación y Juicio, advirtiéndole que
no se suspenderá por falta de asistencia de las partes
y que las mismas deben concurrir a dichos actos con
todos los medios de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Gareisca, S.L., expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos
mil diez.
EL SECRETARIO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.678
10.629
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 633/2008, seguido a instancia de Vicente
Aridane García Curquejo, contra Construcciones
Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., se cita a Vd., para
que el día 26.10.10, a las 12:00 horas, comparezca
ante este Juzgado a la celebración de los actos de
conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá
por falta de asistencia de las partes y que las mismas
deben concurrir a dichos actos con todos los medios
de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija,
S.L., expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a dieciocho de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.679
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.630
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 311/2009, seguido a instancia de Alba María
Sanabria Plata, contra Marpaju, S.L., se cita a Vd.,
para que el día 05.04.11, a las 09:00 horas, comparezca
ante este Juzgado a la celebración de los actos de
conciliación y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá
por falta de asistencia de las partes y que las mismas
deben concurrir a dichos actos con todos los medios
de prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Marpaju, S.L., expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos
mil diez.
EL SECRETARIO.
10.680
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.631
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado
de este Juzgado don Javier R. Díez Moro, en el Juicio
número 163/2009, seguido a instancia de Einar Logi
Einarsson, contra Mareari, S.L., se cita a Vd., para
que el día 08.02.11, a las 11:10 horas, comparezca ante
este Juzgado a la celebración de los actos de conciliación
y Juicio, advirtiéndole que no se suspenderá por falta
de asistencia de las partes y que las mismas deben
concurrir a dichos actos con todos los medios de
prueba de que intenten valerse.
Al propio tiempo se cita al Representante Legal de
la empresa demandada a que comparezca en el día
señalado a la prueba de interrogatorio de parte bajo
apercibimiento de que de no comparecer sin justa causa
podrá ser tenido por conforme con los hechos de la
demanda y se le requiere para que aporte recibo de
salarios o nóminas de pagos correspondientes al
demandante así como el Libro de Matrícula.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Y para citar y entregar al Representante Legal de
la empresa Mareari, S.L., expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo de dos
mil diez.
EL SECRETARIO.
10.681
AUTO
10.632
Procedimiento: Demanda 1.166/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: José María Santana Suárez.
12869
Demandados: Periódicos y Ediciones Islas Canarias,
S.L., Periódicos y Revistas de las Islas Canarias, S.L.
y Salatin Servicios, S.L.U.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por presentado el anterior escrito
únase y dese a la copia su destino legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación, S.S.I., por ante mí como
Secretario, dijo:
Que debía tener y tiene por desistido a José María
Santana Suárez de su demanda contra Periódicos y
Ediciones Islas Canarias, S.L., Periódicos y Revistas
de las Islas Canarias, S.L. y Salatin Servicios, S.L.U.,
sobre Cantidad; origen de las presentes actuaciones,
las cuales se archivarán sin más trámite dejando nota
en el Libro de Registro correspondiente.
Póngase testimonio de la presente Resolución en autos
y archívese la misma en el Libro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499/0000/30/1166/08.
Así lo acuerda, manda y firma el Magistrado-Juez
Javier R Díez Moro del Juzgado de lo Social Número
Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe
Ante mí.
10.574
AUTO
10.633
Procedimiento: Demanda 1.024/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Mario Jesús Pérez Sosa.
12870
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Demandados: Alacandon Atlántida, S.L., Interservicios
Mbc, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales mencionados, y demás
de general aplicación.
DISPONGO
Archivar la demanda presentada por Mario Jesús
Pérez Sosa, contra Alacandon Atlántida, S.L.,
Interservicios Mbc, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
en materia de Cantidad.
Notifíquese esta resolución a quién presentó la
demanda y a los que en la misma figuraban como
demandados a los meros efectos de su conocimiento,
advirtiéndoles que frente a la misma cabe Recurso de
Reposición en el plazo de CINCO DÍAS contados a
partir de su notificación.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499/0000/30/1024/08.
Así lo manda y firma S.Sª. Ilma don Javier R Díez
Moro, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los
artículos 55 a 60 LPL, doy fe.
10.575
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.634
Procedimiento: Demanda 1.034/2009. Materia:
Despido. Demandante: Esther Gloria Pulido López.
Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Esther
Gloria Pulido López, contra Kanarische Hightlights,
S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a
Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Kanarische
Hightlights, S.L. con domicilio en No Consta, expido
la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis
de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.034/2009. Materia:
Despido. Demandante: Esther Gloria Pulido López.
Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de Esher Pulido López contra Kanarische
Higtlights, S.L., por un principal de 12.177,01 euros,
más 487,08 euros de intereses provisionales y la de
1217,70 euros de costas provisionales.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del
artículo 556 y ss. LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS a
constar desde el siguiente a la notificación de la
presente ante éste Juzgado.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así se acuerda, manda y firma por don Javier R Díez
Moro el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. el Secretario:
PARTE DISPOSITIVA
Constando dictada la Insolvencia de la empresa
ejecutada en los autos de ejecución que se siguen en
el Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
bajo el número de ejecución 150/09, dese audiencia
al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante
por CINCO DÍAS a fin de dictar la oportuna Insolvencia.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso Directo de Revisión
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a constar desde el siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades
Locales y Organismos Autónomos dependientes de
ellos, intente interponer Recurso de Revisión, deberá
efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en la entidad
Banesto, en la c.c.c 0030 1846 42 0005001274, y al
concepto clave 3499/0000/30.99.2010.
Así se acuerda, manda y firma por don Ismael
Cubero Truyo el Secretario del Juzgado de lo Social
Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, de
lo que paso a dar cuenta. Doy fe.
10.579
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.635
Procedimiento: Demanda 1.306/2009. Materia:
Despido. Demandante: María Delia Oliva Álamo.
Demandados: Woerman del Istmo, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
12871
que en este Juzgado se siguen a instancia de Dña. María
Delia Oliva Álamo, contra Woerman del Istmo, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por la
presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Woerman del Istmo,
S.L. con domicilio en calle Gran Canaria Esquina
Eduardo Benot 1 plta. baja Las Palmas de Gran
Canaria 35008, expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de dos mil
diez.
EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.306/2009. Materia:
Despido. Demandante: María Delia Oliva Álamo.
Demandados: Woerman del Istmo, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de
2010.
Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes:
Y vistos, además de los citados, los preceptos legales
de general y pertinente aplicación,
SE ACUERDA:
1. Declarar extinguida la relación laboral entre las
partes a la fecha de esta resolución.
2. Condenar a la parte demandada Woerman del Istmo,
S.L. y al Fondo de Garantía Salarial a que abonen a
la parte actora María Delia Oliva Álamo, la cantidad
de 6.055,82 euros en concepto de indemnización.
3. Condenar a la expresada parte demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 45,65 euros en
conceptos de salarios de tramitación desde la fecha
de notificación de la sentencia hasta la fecha de este
auto y que, sumados a los debidos hasta la notificación
de la sentencia, da la cantidad total de 8.445,25 euros.
12872
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición
ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del régimen público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499/0000/30/0155/10.
Así lo acordó, mandó y firma don Javier R Díez Moro,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro
de los de esta Ciudad y su Provincia. Doy fe.
Diligencia. Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el artículo 56
LPL. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.580
10.636
Procedimiento: Ejecución Semac 111/2009. Materia:
Ejecución Semac. Demandante: Arnold Dadpaas
Cadangan. Demandado: Santa María Ortigosa, S.L.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Arnold
Dadpaas Cadangan, contra Santa María Ortigosa,
S.L., sobre Ejecución Semac, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Santa María
Ortigosa, S.L. con domicilio en calle Franchy Roca
53 Las Palmas de Gran Canaria, expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo
de dos mil diez.
EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010. Visto lo que antecede, y como resulta de los
siguientes
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
DECRETO
Se declara al ejecutado Santa María Ortigosa, S.L.
en situación de Insolvencia con carácter Provisional
por un importe de 3.000 Euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes
del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Secretaría para su retirada.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de
Ejecuciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Revisión ante
el Magistrado-Juez competente, dentro del plazo de
CINCO DÍAS HÁBILES a constar desde el siguiente
a la notificación de la presente. Se significa además
que todo el que sin tener la condición de trabajador
o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público
de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
recurrir en reposición, deberá efectuar un depósito de
25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499/0000/31/0111/09.
Así se acuerda, manda y firma por don Ismael
Cubero Truyo, Secretario del Juzgado de lo Social
Número Cuatro de Las Palmas. Doy fe.
10.581
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.637
Procedimiento: Demanda 134/2010. Materia:
Despido. Demandante: Jeniffer Sosa Hernández.
Demandados: Repuestos Carfal, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuyo testimonio se adjunta, dictada en los autos de
referencia, que en este Juzgado se siguen a instancia
de Jeniffer Sosa Hernández, contra Repuestos Carfal,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por
la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
sentencia, expresiva de su tenor literal y recurso que
contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo al
efecto.
Y para que sirva de notificación a Repuestos Carfal,
S.L. con domicilio desconocido, expido la presente
en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de mayo
de dos mil diez.
EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
SENTENCIA
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 29
de marzo de 2010.
Don José Juan Ramos Campodarve Magistrado-Juez
del Juzgado de lo Social Número Cuatro del Juzgado
y localidad mentada, tras haber visto los presentes autos
de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en
materia de Despido entre parte, de una Jennifer Sosa
Hernández, que comparece asistido por el Graduado
Social don Jesús Rodríguez Cabrera, y de otra como
demandado la empresa Repuestos Carfal, S.L., además
del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), quienes no
comparecen pese a estar citadas ambas en tiempo y
forma legal.
EN nombre del Rey Ha dictado la siguiente
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda
interpuesta por Jennifer Sosa Hernández frente a la
12873
empresa Repuestos Carfal, S.L. además del Fondo de
Garantía Salarial (Fogasa), debo declarar y declaro
improcedente el Despido sufrido por la parte actora
con fecha de efectos de 21.12.2009, además de
extinguida la relación laboral que unía al actor con
la misma con fecha de efectos del dictado de la
presente resolución, y en su virtud, debo condenar y
condeno expresa y únicamente a la empresa demandada
a que indemnice al actor en la cantidad de 930,89 euros,
y además, debo condenar y condeno a la empresa
demandada a que, en todo caso, abone al actor los salarios
dejados de percibir por éste desde el día siguiente al
del Despido hasta el día del dictado de la presente
resolución, ambos inclusive, y que a razón de 41,26
euros diarios, hacen un total de 4.043,48 euros,
debiendo mantenerlo en situación de alta en la
Seguridad Social durante el periodo correspondiente
a tales salarios, debiendo en todo caso estar y pasar
por la presente declaración y reconocimiento el
Fogasa, y absolviendo a las restantes codemandadas.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe Recurso de Suplicación, para ante la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgado
en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a
la notificación de esta Sentencia, siendo indispensable
que el recurrente que no goce del beneficio de justicia
gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber
consignado la cantidad objeto de la condena, que
podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval
bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado en
la entidad Banesto, en la c.c.c 0030 1105, y al concepto
clave 3499/0000/65/0134/10. Se significa además
que todo el que sin tener la condición de trabajador
o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público
de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente
interponer Recurso de Suplicación, deberá efectuar
un depósito de 150,25 euros, que ingresará con
independencia a la consignación en su caso, en la indicada
cuenta y concepto, debiendo el recurrente su hacer
entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del
Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso de
Suplicación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y
firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez don José
Juan Ramos Campodarve, en el día de su fecha,
12874
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
estando celebrando audiencia pública, ante mí el
Secretario, de lo que doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.472
10.638
Procedimiento: Demanda 1.290/2009. Materia:
Despido. Demandante: Braulio Suárez Rodríguez.
Demandados: Serviautos Las Palmas, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Braulio
Suárez Rodríguez, contra Serviautos Las Palmas,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, por
la presente se le notifica a Vd. la indicada resolución,
expresiva de su tenor literal y recurso que contra la
misma cabe interponer, Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Serviautos Las
Palmas, S.L. con domicilio en calle Lomo Apolinario
30 Las Palmas de Gran Canaria 35014, expido la
presente en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho
de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO, Ismael Cubero Truyo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
DILIGENCIA
Procedimiento: Demanda 1.290/2009. Materia:
Despido. Demandante: Braulio Suárez Rodríguez.
Demandados: Serviautos Las Palmas, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
Diligencia de Ordenación del Secretario don Ismael
Cubero Truyo.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de
2010.
Visto el estado de las actuaciones y del contenido
de la comparecencia celebrada en el día de la fecha,
requiérase a la empresa ejecutada en los términos
acordados en la comparecencia celebrada en éste día
con el particular del siguiente tenor literal:
“…. no obstante lo cual al no acreditarse el cese de
la actividad mercantil o el cierre patronal, no cabe anticipar
la extinción indemnizada de la relación laboral, sino
habrá de seguirse los trámites previstos en el artículo
280 L.P.L. y requerir a la demandada de readmisión
en el plazo de TRES DÍAS, sirviendo la notificación
de la presente de requerimiento en forma.”
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante el Secretario que suscribe, dentro del plazo de
CINCO DÍAS HÁBILES a constar desde el siguiente
a la notificación de la presente.
Así lo ordena y firma el Secretario que suscribe de
lo que paso a dar cuenta y doy fe.
EL SECRETARIO.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5
10.510
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.639
Procedimiento: Demanda 986/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: José Carlos Medina Álvarez.
Ejecutado: Explotaciones Los Frank,s, S.L. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José Carlos
Medina Álvarez, contra Explotaciones Los Frank,s,
S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica a
Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Explotaciones Los
Frank,s, S.L., expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana.
AUTO
Procedimiento: Demanda 986/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: José Carlos Medina Álvarez.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Ejecutado: Explotaciones Los Frank,s, S.L. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase y dese a la copia su destino legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la
Secretaria, DIJO:
Se despacha ejecución a instancia de José Carlos
Medina Álvarez contra Explotaciones Los Frank,s,
S.L. por 8.560,62 euros (2.133,78 euros de indemnización
más 6.426,84 euros de salarios de tramitación), más
856 euros de intereses provisionales más 826 euros
de costas provisionales.
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del
artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS,
a constar desde el siguiente a la notificación de la presente
ante este Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por don Miguel
Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado
de lo Social Número Cinco. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª. la Secretaria, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del
ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su
resultado, se acordará.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número
3500/0000/64/0986/09
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
12875
de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso
directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de
25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número
0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave
número 3500/0000/64/0986/09.
Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria
Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de
lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran
Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe.
10.511
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.640
Procedimiento: Demanda 1.244/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: Miguel Ángel Pérez Álvarez.
Ejecutado: Radio Juventud del Milenio, S.L. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Miguel
Ángel Pérez Álvarez, contra Radio Juventud del
Milenio, S.L., sobre Despido, por la presente se le notifica
a Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
Y para que sirva de notificación a Radio Juventud
del Milenio, S.L., expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.244/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: Miguel Ángel Pérez Álvarez.
Ejecutado: Radio Juventud del Milenio, S.L. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase y dese a la copia su destino legal.
12876
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la
Secretaria, DIJO:
Se despacha ejecución a instancia de Miguel Ángel
Pérez Álvarez contra Radio Juventud del Milenio, S.L.
por 5.655,49 euros (3.356,44 euros + 2.299,05 euros).
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del
artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS,
a constar desde el siguiente a la notificación de la presente
ante este Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por don Miguel
Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado
de lo Social Número Cinco. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª la Secretaria,
DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del
ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su
resultado, se acordará.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número
3500/0000/64/1244/09.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso
directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de
25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número
0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave
número 3500/0000/64/1244/09.
Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria
Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de
lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran
Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe.
10.512
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.641
Procedimiento: Demanda 1.161/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: Gheorghe Nacu Nacu. Ejecutado:
Transportes Marítimos Perdomo Santana. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Gheorghe
Nacu, contra Transportes Marítimos Perdomo Santana,
sobre Despido, por la presente se le notifica a Vd. la
indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Transportes
Marítimo Perdomo Santana, expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2010.
LA SECRETARIA, Gloria Alonso Santana.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.161/2009. Materia:
Despido. Ejecutante: Gheorghe Nacu Nacu. Ejecutado:
Transportes Marítimos Perdomo Santana. Demandado:
Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase y dese a la copia su destino legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí la
Secretaria, DIJO:
Se despacha ejecución a instancia de Gheorghe
Nacu contra Transportes Marítimos Perdomo Santana
por 36.960 euros de principal (27.000 euros de
indemnización más 9.960 euros de salarios de
tramitación), más 3.696 euros de intereses provisionales
y 3.696 euros de costas provisionales.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Se acuerda solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe interponer recurso alguno, sin
perjuicio de poder oponerse en los términos del
artículo 556 y ss. de LEC, en el plazo de DIEZ DÍAS,
a constar desde el siguiente a la notificación de la presente
ante este Juzgado.
Así se acuerda, manda y firma por don Miguel
Ángel Limón Luque, Magistrado-Juez, del Juzgado
de lo Social Número Cinco. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª la Secretaria, DIJO:
Líbrese oficio al Decanato respecto de la base de
datos de la A.E.A.T., a fin de averiguar bienes del
ejecutado susceptibles de trabar embargo y, con su
resultado, se acordará.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
abierta en la entidad Banesto, en la C/C número 00301105-50-0000000000, al código número
3500/0000/64/1161/09.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso directo de Revisión
ante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazo
de CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente ante éste Juzgado. Se
significa además que todo el que sin tener la condición
de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social o de justicia
gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso
directo de Revisión, deberá efectuar un depósito de
25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. número
0030-1105-50-0000000000, y al concepto clave
número 3500/0000/64/1161/09.
Así se acuerda, manda y firma por doña Gloria
Alonso Santana, Secretaria Judicial del Juzgado de
lo Social Número Cinco de Las Palmas de Gran
Canaria, de lo que paso a dar cuenta. Doy fe.
10.513
12877
EDICTO
10.642
Procedimiento: Demanda 1.117/2009. Materia:
Despido. Demandante: Genaro Cao Feijoo. Demandados:
Bestdene Española, S.L., Contenemar, S.A., Asmar
Corporación Logística, S.L., Administración Concursal
de Contenemar, Terminales del Turia, S.A., Estibadores
de Ponet, S.A., Terminales Contenedores de Vig. y
Fogasa
Doña María del Carmen García Corgo, Secretaria
de Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Cinco
de Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
1.117/2009, que se siguen en este juzgado a instancia
de Genaro Cao Feijoo contra Bestdene Española,
S.L., Contenemar S.A, Asmar Corporación Logística,
S.L., Administración Concursal de Contenemar, S.A.,
Terminales del Turia, Estibadora Ponent, Terminal de
Contenedores de Vilagarcía y el Fondo de Garantía
Salarial, sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo
encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 5
de mayo de 2010.
Vistos por mi, doña Raquel María Rivero Mentado,
Magistrado Juez-Sustituta de Refuerzo del Juzgado
de lo Social Número Cinco de los de Las Palmas y
su Provincia, los precedentes autos número 1.117/2009,
seguidos a instancia de Genaro Cao Feijoo que
comparece representado por la Letrada doña Alba
Arrizado Mosqueira frente a las empresas Bestdene
Española, S.L. que comparece representada por el letrado
don Rafael Inglott Pérez, la entidad Contenemar,
S.A., la entidad Asmar Corporación Logística, S.L.,
Terminales del Turia, S.A., Estibadora De Ponent, S.A.,
Terminales de Contenedores de Vilagarcía, S.L., la
Administración Concursal de Contenemar quienes no
comparecen a pesar de estar debidamente citadas y
Fogasa que comparece representada por el Letrado
del Estado Don Enrique Moya Angeler, versando la
litis sobre Despido atendiendo a los siguientes:
FALLO: Que, estimando la demanda interpuesta por
Zaida Santana Vera contra las empresas Bestdene
Española, S.L.; Contenemar, S.A., la entidad Asmar
Corporación Logística, S.L., Terminales del Turia, S.A.,
Estibadora de Ponent, S.A., Terminales de Contenedores
de Vilagarcía, S.L., la Administración Concursal de
Contenemar y Fogasa sobre Despido, debo declarar
y declaro la Improcedencia del Despido condenando
a la entidad Bestdene Española, S.L. a estar y pasar
12878
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
por esta declaración, y a que, por tanto, readmita al
demandante en su puesto de trabajo en las mismas
condiciones que regían con anterioridad al cese, o bien
le indemnice con la suma de 5.102,81 euros al ser
computados 25 meses desde la fecha de antigüedad
del trabajador (3-08-2007) hasta el día del Despido
(09-09-2009); dicha opción habrá de efectuarse ante
este Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO
DÍAS siguientes, desde la notificación de esta sentencia;
para el caso en que la demandada no ejerciten ningún
tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede
la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la
referida opción, debo condenar y condeno a la
demandada a que, además abone al actor el importe
de los salarios de tramitación desde el día siguiente
a la fecha del Despido (09-09-2009) hasta la de la
notificación de esta Sentencia, ambos inclusive, a
razón de un salario diario de 54,43 euros/día con
prorrateo de pagas extras. Asimismo, debo absolver
al resto de las codemandadas de los pedimentos
deducidos en su contra y condenar al expresado
Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha
declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 192
y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado o presentar aval solidario de Entidad
Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá
constituir otro depósito por importe de 150,25 euros
en la referida cuenta bancaria, presentando el resguardo
correspondiente a éste último depósito en la Secretaría
del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el
del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos
requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar
fe de que la anterior resolución se publicó en el día de
su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustituta que la dictó
celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación a Estibadora
Ponent, S.A. y Terminal de Contenedores de Vilagarcía
en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente,
en Las Palmas de Gran Canaria a veinticinco de mayo
de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.583
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.643
Procedimiento: Demanda 1.246/2009. Materia:
Despido. Demandante: Vanessa Perera Santana.
Demandados: Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y
Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Vanessa
Perera Santana, contra Ana Belén Quintana V Can,
S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido,
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
Y para que sirva de notificación a Ana Belén
Quintana V Can, S.L.U., expido la presente en Las
Palmas de Gran Canaria, a catorce de mayo de dos
mil diez.
EL SECRETARIO.
AUTO
Procedimiento: Demanda 1.246/2009. Materia:
Despido. Demandante: Vanessa Perera Santana.
Demandados: Ana Belén Quintana V Can, S.L.U. y
Fondo de Garantía Salarial.
En Las Palmas de G.C., a 14 de mayo de 2010.
Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes
Y vistos, además de los citados, los preceptos legales
de general y pertinente aplicación,
SE ACUERDA:
1. Declarar extinguida la relación laboral entre las
partes a la fecha de esta resolución.
2. Condenar a la parte demandada Ana Belén
Quintana V Can, S.L.U. (Grupo Salucion@) a que abone
a la parte actora Vanesa Perera Santana, la cantidad
de 1.170 euros en concepto de indemnización.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12879
3. Condenar a la expresada parte demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 7.878 euros en
concepto de salarios de tramitación desde la fecha del
Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la
cantidad total de 9.048 euros.
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María
Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del
Juzgado de lo Social Número Cinco de los de esta Ciudad
y su Provincia. Doy fe.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.645
Procedimiento: Demanda 186/2009. Materia:
Cantidad. Demandante: Leandro Javier Peña Cabrera.
Demandados: Canarias Servicios Urbanos, S.A. y
Fondo de Garantía Salarial.
Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición
ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS.
Diligencia. Seguidamente se pasa a cumplir lo
ordenado y se remite por correo con acuse de recibo
copia de este auto para su notificación a las partes,
de conformidad con lo establecido en el artículo 56
LPL. Doy fe.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6
10.589
CÉDULA DE CITACIÓN
10.644
Procedimiento: Demanda 232/2010. Materia:
Despido. Demandante: Eduardo Gabriel Angella
Serron. Demandados: Hostmanex, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio
número 232/2010, que en este Juzgado se sigue a instancia
de Eduardo Gabriel Angella Serron, contra Hostmanex,
S.L., sobre Despido, por la presente se le cita a Vd.,
para que comparezca el día 11.06.10, a las 12:00
horas, a la celebración de los actos de conciliación,
si procede, y Juicio, bajo apercibimiento de que debe
concurrir con las pruebas de que intente valerse, y que
si no comparece sin justa causa, se le tendrá por
desistido y se procederá al archivo de las actuaciones
sin más trámite.
Y para que tenga lugar la citación ordenada de
Hostmanex, S.L., expido la presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a siete de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO, Miguel Ángel Izquierdo Luengo.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
10.918
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
186/2009, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Leandro Javier Peña Cabrera, contra
Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente
resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de junio de 2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Leandro
Javier Peña Cabrera, contra Canarias Servicios
Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
16.07.10, a las 10:05 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
12880
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
instancias de Juan Francisco Roque Ruiz, contra
Félix Falcón Miranda, sobre Cantidad, se ha dictado
la siguiente resolución:
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de
2010, siendo la hora señalada y constituido en
Audiencia Pública la Magistrado-Juez, doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, asistido de mí, don Lauro
Arellano Martínez como Secretario, son llamadas
las partes desde la puerta del Juzgado por el Agente
Judicial, compareciendo:
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Canarias Servicios Urbanos, S.A. y Fondo de Garantía
Salarial, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio de
dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.649
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.646
Procedimiento: Demanda 662/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Juan Francisco Roque Ruiz.
Demandados: Félix Falcón Miranda y Fondo de
Garantía Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
662/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
ACTA
De la actora: Juan Francisco Roque Ruiz, asistido
por don Javier Jesús Armas Medina.
De la demandada: Félix Falcón Miranda, no
comparece y Fondo de Garantía Salarial, no comparece.
Abierto el acto, se procede a la suspensión por no
constar citado el demandado.
En vista de lo cual S.Sª.I. acuerda la suspensión del
acto señalando nuevamente para su celebración el
próximo día 23.06.10, a las 11:10 horas, quedando
citada las partes concurrentes en este mismo acto. Cítese
al demandado a través del Servicio Común y del
Boletín Oficial de la Provincia.
Y extendida la presente es leída y firmada por los
asistentes, en conformidad y constancia, con S.Sª.I.
y conmigo como Secretario. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Félix Falcón Miranda, en ignorado paradero, expido
la presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a tres
de junio de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.650
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.647
Procedimiento: Demanda 1.328/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: José Carlos González Mendoza.
Demandados: Construcciones Obras y Reformas
Corpe, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
12881
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
1.328/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de José Carlos González Mendoza, contra
Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L., sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de
2010.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Construcciones Obras y Reformas Corpe, S.L., en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas
de Gran Canaria, a doce de mayo de dos mil diez.
AUTO
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por José
Carlos González Mendoza, contra Construcciones
Obras y Reformas Corpe, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
27.10.10, a las 09:50 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Se requiere a la parte demandante para que en el
plazo de CUATRO DÍAS y bajo apercibimiento de
archivo aclare la demanda en el sentido de desglosar
las horas extras reclamadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.718
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.648
Procedimiento: Demanda 831/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Adrián Socorro Nieves.
Demandados: Canavision 2002, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
831/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Adrián Socorro Nieves, contra Canavision
2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Adrián
Socorro Nieves, contra Canavision 2002, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria
para los actos de conciliación si procediera y en su caso
12882
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las
10:50 horas; haciéndose entrega a la demandada de
copia de la demanda y documentos acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0831-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Canavision 2002, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las
Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos
mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.720
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.649
Procedimiento: Demanda 810/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Sebastián Mendoza Santiago.
Demandados: Mazotti, José Miguel Ortigosa Villén,
Matías Hernández Gil, Vicente Caballero Sosa y
Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
810/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias
de Sebastián Mendoza Santiago, contra Mazotti, sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de G.C., a 18 de mayo de 2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Sebastián
Mendoza Santiago, contra José Miguel Ortigosa
Villén, Matías Hernández Gil, Vicente Caballero
Sosa, Fogasa y Mazotti, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:20 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Se requiere a la parte demandante para que dentro
del plazo de QUINCE DÍAS comparezca ante este
Juzgado a ratificar su demanda, bajo apercibimiento
de pararle el perjuicio a que dé lugar en derecho.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Requiérase a la parte demandante para que dentro
del plazo de QUINCE DÍAS aporte acreditación de
la celebración o del intento del mismo acto de
conciliación previa, bajo apercibimiento de que si no
lo verifica se procederá al archivo de la demanda sin
más trámite.
Se requiere a la parte demandante para que dentro
del plazo de CUATRO DÍAS aporte el domicilio de
los Administradores Concursales, bajo apercibimiento
de archivo de la demanda.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0810-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Mazotti, en ignorado paradero, expido la presente para
su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En
Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de mayo
de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.721
12883
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.650
Procedimiento: Demanda 821/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Marco Antonio Medina Vega.
Demandados: Construcciones Hermanos Alemán,
S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
821/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Marco Antonio Medina Vega, contra
Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa, sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Marco
Antonio Medina Vega, contra Construcciones Hermanos
Alemán, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:45 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
12884
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0821-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Construcciones Hermanos Alemán, S.L. y Fogasa, en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas
de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.722
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.651
Procedimiento: Demanda 731/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Víctor Joaquín Araña Pérez.
Demandados: Construcciones Rodríguez Cabrera e
Hija, S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
731/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Víctor Joaquín Araña Pérez, contra
Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Víctor Joaquín
Araña Pérez, contra Construcciones Rodríguez Cabrera
e Hija, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:40 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0731-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Construcciones Rodríguez Cabrera e Hija, S.L., en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas
de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.723
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.652
Procedimiento: Demanda 722/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Josef Paul Aretz Wolfgang.
Demandados: Escuela de Música de Maspalomas, S.L.
y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
722/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Josef Paul Aretz Wolfgang, contra
Escuela de Música de Maspalomas, S.L., sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
12885
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Josef Paul
Aretz Wolfgang, contra Escuela de Música de
Maspalomas, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:30 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Se requiere a la parte demandante para que dentro
del plazo de QUINCE DÍAS comparezca ante este
Juzgado a ratificar su demanda, bajo apercibimiento
de pararle el perjuicio a que dé lugar en derecho.
Asimismo se le requiere para que en el plazo de
CUATRO DÍAS comparezca en este Juzgado para firmar
la demanda, bajo apercibimiento de archivo.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
12886
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0722-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Escuela de Música de Maspalomas, S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas de Gran
Canaria, a diecisiete de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.724
10.653
Procedimiento: Demanda 812/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Roberto González González.
Demandados: Frarizan´z, S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
812/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Roberto González González, contra
Frarizan´z, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la
siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Roberto
González González, contra Frarizan´z, S.L. y Fogasa,
sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria
para los actos de conciliación si procediera y en su caso
de Juicio, para lo cual se señala el día 30.06.10, a las
10:25 horas; haciéndose entrega a la demandada de
copia de la demanda y documentos acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0812-08.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Frarizan´z, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.725
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.654
Procedimiento: Demanda 783/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Juan Carlos Tejera Palencia.
Demandados: Formosa Dos, S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
783/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Juan Carlos Tejera Palencia, contra
Formosa Dos, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad, se ha
dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de G.C., a 17 de mayo de 2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Juan
Carlos Tejera Palencia, contra Formosa Dos, S.L. y
Fogasa, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:15 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
12887
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0783-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Formosa Dos, S.L. y Fogasa, en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a
diecisiete de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
12888
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.726
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.655
Procedimiento: Demanda 473/2010. Materia: Mov.
Geog. y Funcional. Demandante: Lidia Pérez García.
Demandados: Capross 2004, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
473/2010, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Lidia Pérez García, contra Capross
2004, S.L., sobre Mov. Geog. y Funcional, se ha
dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Lidia
Pérez García, contra Capross 2004, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial, sobre Mov. Geog. y Funcional.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
01.07.10, a las 09:35 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0473-10.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Capross 2004, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.727
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.656
Procedimiento: Demanda 1.103/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Tony Blanden. Demandados:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Wow Gran Canaria, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
1.103/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Tony Blanden, contra Wow Gran Canaria,
S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente
resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por Tony
Blanden, contra Wow Gran Canaria, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
23.06.10, a las 10:40 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
12889
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Wow Gran Canaria, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, a
veintiséis de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.584
10.657
Procedimiento: Demanda 871/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: José María Bordón Jimenes.
Demandados: Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis.
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
871/2008, este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de José María Bordón Jimenes, contra
Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente
resolución:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de
2010.
Dada cuenta, por repartida la anterior demanda,
regístrese con su número de orden en el Libro de su
razón, y; Vistos los preceptos legales dictados y
demás de general y pertinente aplicación
12890
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
DISPONGO
Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado
para conocer de la demanda formulada por José María
Bordón Jimenes, contra Juan Ramón Ortega Cabrera,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad.
Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación
correspondiente, citándose a las partes en única
convocatoria para los actos de conciliación si procediera
y en su caso de Juicio, para lo cual se señala el día
30.06.10, a las 10:55 horas; haciéndose entrega a la
demandada de copia de la demanda y documentos
acompañados.
Se advierte a las partes que deben concurrir con los
medios de prueba de que intenten valerse, no
suspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de
la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá
en rebeldía sin necesidad de previa declaración y
previniéndose a la demandante que si no comparece
ni alega causa justa, que a juicio del Juzgador motive
la suspensión del Juicio, se le tendrá por desistida de
su demanda.
A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones
que contiene.
Cítese a la parte demandada para que comparezca
al acto de Juicio a responder al interrogatorio de la
contraparte por sí o mediante tercero que designe
por tener conocimiento personal de los hechos, bajo
apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos
que le perjudiquen, así como de multa de 180,30
euros a 601,01 euros.
Se requiere a la parte demandada para que aporte
los documentos interesados por la parte actora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES siguientes a su notificación, salvo supuestos
de conflictos colectivos y de impugnación de convenios
en los que no habrá lugar dicho recurso.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, Estado,
Comunidades Autónomas, Entidades Locales y
Organismos Autónomos dependientes de ellos, intente
interponer Recurso de Reposición, deberá efectuar un
depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto,
en la c.c.c. número 0030-1105-50-0000000000, y al
concepto clave 3509-0000-30-0871-08.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Juan Ramón Ortega Cabrera, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo
de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.593
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.658
Procedimiento: Demanda 304/2009. Materia:
Despido. Demandante: Antonio José Hernández
Navarro. Demandados: Transporte y Excavaciones
Antonio Ceballos Falcón, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
304/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Antonio José Hernández Navarro contra
Transporte y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón,
S.L., sobre Despido, se ha dictado la siguiente
resolución
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
DISPONGO:
Se declara al ejecutado Transporte y Excavaciones
Antonio Ceballos Falcón, S.L. en situación de
Insolvencia con carácter Provisional y sin perjuicio
de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce
bienes del ejecutado.
Expídanse testimonios de las actuaciones y procédase
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Así se acuerda, manda y firma por don Lauro
Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
EL SECRETARIO.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Transporte Y Excavaciones Antonio Ceballos Falcón,
en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Las
Palmas, a trece de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.590
10.659
Procedimiento: Demanda 373/2009. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: Olga Lucía
Quiroz Quiroz. Demandados: Partner Hotels & INSS,
S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
373/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Olga Lucía Quiroz Quiroz contra Partner
Hotels & INSS, S.L., sobre Extinción de Contrato,
se ha dictado la siguiente resolución
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario, DIJO:
Se declara la insolvencia provisional de empresa Partner
Hotels INSS, S.L., a los fines de la presente ejecución.
Expídanse testimonios de las actuaciones y verificado,
procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando
nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
12891
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Partner Hotels & INSS, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia. En Las Palmas, a tres de mayo de dos
mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.591
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.660
Procedimiento: Demanda 76/2008. Materia: Cantidad.
Demandante: Ruth Montesdeoca Suárez. Demandados:
Cba Supervisores, S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
76/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias
de Ruth Montesdeoca Suárez contra Cba Supervisores,
S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la siguiente
resolución
DILIGENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
Hago constar el estado del presente procedimiento
en lo relativo a sus presupuestos procesales y a los
requisitos formales del título en base al cual se
pretende la ejecución, y de que con número de
ejecución 86/2006 del Juzgado de lo Social Número
Siete de Las Palmas de Gran Canaria, se ha seguido
proceso contra la misma ejecutada y por la misma causa
habiéndose ya dictado auto declarando la Insolvencia.
Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de
2010.
12892
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Cba Supervisores, S.L. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional y
sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conoce bienes del ejecutado.
Expídanse testimonio de las actuaciones y procédase
al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Así se acuerda, manda y firma por don Lauro
Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado,
y se procede a su notificación a los interesados por
los medios y con los requisitos establecidos en los
artículos 55 a 60 LPL, doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Cba Supervisores S.L., en ignorado paradero, expido
la presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de dos
mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.592
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.661
Procedimiento: Demanda 790/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Castellano Padilla.
Demandados: Carmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
790/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Francisco Castellano Padilla contra
Carmen Melián Ortega, S.L., sobre Cantidad, se ha
dictado la adjunta Sentencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Carmen Melián Ortega, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia. En Las Palmas, a trece de mayo de
dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que resistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de
2010.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las
Palmas, con el número 790/08 siendo partes de una
y como demandante Francisco Castellano Padilla y
de otra y como demandada la empresa Carmen Melián
Ortega, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial versando
el proceso sobre Cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por
Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián
Ortega, S.L. y en su virtud condeno a la empresa
demandada a que pague al actor la cantidad de 2.767,67
euros.
Se condena al Fogasa a estar y pasar por la anterior
declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos
y
Consignaciones
número
0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de
lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad
objeto de condena, número y año del procedimiento,
pudiéndose sustituir la referida consignación en
metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,
en el que deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
10.594
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.662
Procedimiento: Demanda 747/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Elena Torres Castellano.
Demandados: Industria Panificadora Socorro, S.L. y
Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
747/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Elena Torres Casetllano contra Industria
Panificadora Socorro, S.L. y otro, sobre Cantidad, se
ha dictado la adjunta Sentencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Industria Panificadora Socorro, S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a
trece de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las comunicaciones
se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que
revistan forma de auto o sentencia, o se trate de
emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
SENTENCIA
En Las Palmas de G.C., a 11 de mayo de 2010.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las
Palmas, con el número 747/08 siendo partes de una
12893
y como demandante Elena Torres Castellano, y de otra
y como demandada la empresa Industria Panificadora
Socorro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial versando
el proceso sobre cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por Elena
Torres Castellano contra Industria Panificadora
Socorro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial y en su
virtud condeno a la empresa demandada a que pague
al actor la cantidad de 4.807,92 euros.
Se condena al Fogasa a estar y pasar por la anterior
declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos
y
Consignaciones
número
0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de
lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad objeto
de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose
sustituir la referida consignación en metálico por el
aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá
hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
10.595
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.663
Procedimiento: Demanda 737/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: José Juan Navarro Rodríguez.
Demandado: Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L.
12894
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
737/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de José Ivan Navarro Rodríguez contra
Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L., sobre Cantidad,
se ha dictado la adjunta Sentencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Archipiélago Rodríguez Bordón, S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia. En Las Palmas, a
trece de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de
2010.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las
Palmas, con el número 737/08 siendo partes de una
y como demandante José Juan Navarro Rodríguez y
de otra y como demandada la empresa Archipiélago
Rodríguez Bordón, S.L. versando el proceso sobre
Cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por José
Juan Navarro Rodríguez contra la empresa Archipiélago
Rodríguez Bordón, S.L. y en su virtud condeno a la
empresa demandada a que pague al actor la cantidad
de 3.227,03 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos
y
Consignaciones
número
0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de
lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad
objeto de condena, número y año del procedimiento,
pudiéndose sustituir la referida consignación en
metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,
en el que deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
10.596
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.664
Procedimiento: Demanda 290/2008. Materia:
Cantidad. Demandantes: Jorge Napoleón Castro y
Luis Alfredo Reino Pimbo. Demandados: Atezados
Galipalma, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Da. Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial del
Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
290/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Jorge Napoleón Castro y Luis Alfredo
Reino Pimbo contra Atezados Galipalma, S.L., sobre
Cantidad, se ha dictado la siguiente resolución Insertar
Resolución.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de
2010. Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
DISPONGO:
Se declara al ejecutado Atezados Galipalma, S.L.
en situación de Insolvencia con carácter Provisional
y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo
sucesivo se conoce bienes del ejecutado.
Expídanse testimonios de las actuaciones y procédase
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Así se acuerda, manda y firma por don Lauro
Arellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de
lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
EL SECRETARIO.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Atezados Galipalma, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia. En Las Palmas, a diez de mayo de
dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.597
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.665
Procedimiento: Demanda 1.126/2009. Materia:
Despido. Demandante: Miguel Ángel Suárez Sánchez.
Demandados: Seac Pool, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
1.126/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Miguel Ángel Suárez Sánchez contra
Seac Pool, S.L., sobre Despido, se ha dictado la
siguiente resolución.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de
2010.
Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito
únase, dese a la copia su destino legal, y regístrese
la solicitud a que se refiere con su número de orden
en el Libro correspondiente.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí el
Secretario,
PARTE DISPOSITIVA
Se despacha ejecución a instancia de. Miguel Ángel
Suárez Sánchez contra Seac Pool, S.L., por un principal
12895
de 7.042,17 euros, más 704 euros de intereses
provisionales y la de 704 euros de costas provisionales.
Trabar embargo de los bienes de la demandada
Seac Pool, S.L. en cuantía suficiente, y desconociéndose
bienes concretos, procédase a la averiguación patrimonial
de bienes del ejecutado susceptibles de embargo,
librándose a tal efecto oficio a la oficina de averiguación
patrimonial de bienes del Decanato.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
abierta en el Banco Banesto número
3509/0000/64/0212/10.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición
que pueda formular el ejecutado dentro del plazo de
los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,
fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago
o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,
caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y
transacciones que se hubieren convenido para evitar
la ejecución siempre que consten en documento
público, significándose a dicha parte que la oposición
no suspenderá el curso de la ejecución.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez del
Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de
Gran Canaria. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Seac Pool, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia. En Las Palmas, a tres de mayo de mayo
de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
10.598
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.666
Procedimiento: Demanda 780/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Agustín Curbelo Martín.
Demandados: Mazotti, S.A. y Fogasa.
Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicial
del Juzgado de lo Social Número Seis,
12896
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda
780/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancias de Agustín Curbelo Martín contra Mazotti,
S.A. y Otros, sobre Cantidad, se ha dictado la adjunta
Sentencia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Mazotti, S.A., en ignorado paradero, expido la presente
pira su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Las Palmas, a trece de mayo de dos mil diez.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de
2010.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradaJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las
Palmas, con el número 780/08 siendo partes de una
y como demandante Agustín Curbelo Martín y de otra
y como demandada la empresa Mazotti, SA, la
Administración Concursal, y el Fondo de Garantía Salarial
versando el proceso sobre Cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por
Agustín Curbelo Martín contra la empresa Mazotti,
S.A., la Administración Concursal, y el Fondo de Garantía
Salarial y en su virtud condeno a la empresa demandada
a que pague al actor la cantidad de 4.245,83 euros.
Se condena al Fogasa y a la Administración Concursal
a estar y pasar por la anterior declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos
y
Consignaciones
número
0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de
lo Social Número Seis en el Banesto, la cantidad
objeto de condena, número y año del procedimiento,
pudiéndose sustituir la referida consignación en
metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,
en el que deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 150 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez Sra. Doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 7
10.599
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.666
Procedimiento: Demanda 1.145/2009. Materia:
Despido. Demandante: Yanira Huertas Reyes.
Demandados: Alexdesing Print Shop, S.L. y Fogasa.
Doña María Carmen García Corgo, Secretaria de
Refuerzo del Juzgado de lo Social Siete de Las Palmas.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
1.145/09 que se siguen en este Juzgado a instancia
de Yanira Huertas Reyes contra Alexdesing Print
Shop, S.L., sobre Despido, se ha dictado resolución
que es de tenor literal siguiente:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de
2010.
Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes
Y vistos, además de los citados, los preceptos legales
de general y pertinente aplicación,
SE ACUERDA:
1. Declarar extinguida la relación laboral entre las
partes a la fecha de esta resolución.
2. Condenar a la parte demandada Alexdesing Print
Shop, S.L. a que abone a la parte actora Yanira Huertas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Reyes, la cantidad de 1.813,5 euros en concepto de
indemnización.
3. Condenar a la expresada parte demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 8.965,2 euros
en concepto de salarios de tramitación desde la fecha
del Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la
cantidad total de 10.778,7 euros.
Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición
ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS.
Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María
Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del
Juzgado de lo Social Número Siete de los de esta Ciudad
y su Provincia. Doy fe.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original
al que me remito y para que conste y sirva de
notificación y citación a la empresa demandada
Alexdesing Print Shop, S.L., en paradero desconocido,
mediante su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas expido, firmo y sello la
presente en Las Palmas, a veinte de mayo de dos mil
diez.
LA SECRETARIA.
10.515
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
10.667
Procedimiento: Demanda 148/2009. Materia:
Derechos-Cantidad. Demandante: Carmen Lázaro
Guerra. Demandados: Hermanos Santana Cazorla, S.L.,
Carmen Monzón Suárez, Rafaela Santana Saavedra
y Fondo de Garantía Salarial.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Ocho de Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de Juicio número
148/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Carmen Lázaro Guerra, contra Carmen Monzón
Suárez y Rafaela Santana Saavedra, sobre DerechosCantidad, consta la siguiente resolución que es de tenor
literal siguiente:
PROVIDENCIA
Providencia del Magistrado-Juez, don Gumersindo
Pedro Manso Abizanda.
12897
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de
2010.
Dada cuenta, el anterior escrito con número de
registro de entrada 1.992/2010, presentado por don
Ibán Uriarte Rivero, en nombre y representación de
Hermanos Santana Cazorla, S.L., únase a los autos
de su razón, se tiene por personado y por parte a
dicho Letrado en representación de dicha Entidad, y
no acreditándose dicha representación, requiérase a
dicho Letrado para que aporte el preceptivo poder, o
en su caso, comparezca ante esta Secretaría para su
otorgación apud acta y conforme se pide, por S.Sª.I.,
se acuerda la suspensión del acto de Juicio que estaba
señalado para el día 26.05.10, a las 13:00 horas,
señalando nuevamente para su celebración el próximo
día 22.09.10, a las 10:30 horas, quedando citadas las
partes con la notificación de la presente resolución,
con las advertencias y los apercibimientos legales
recogidos en la cédula de citación de fecha 19.02.10.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma cabe interponer Recurso de Reposición
ante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, siguientes a su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.I., por ante mí
el Secretario. Doy fe.
Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su
original al que me remito y para que conste y sirva
de notificación y/o citación a las demandadas Carmen
Monzón Suárez y Rafaela Santana Saavedra, en
paradero desconocido, mediante su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, expido,
firmo y sello la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.521
EDICTO
10.668
Procedimiento: Demanda 1.434/2008. Materia:
Cantidad. Demandante: Airán Jesús Melián Navarro.
Demandados: Egalux, S.L., Fondo de Garantía Salarial
(Fogasa) y Administración Concursal de Egalux, S.L.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de Juicio número
1.434/2008, que se siguen en este Juzgado a instancia
12898
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
de Airán Jesús Melián Navarro, contra Egalux, S.L.,
sobre Cantidad, se ha expedido la cédula de citación,
que es del tenor literal siguiente:
ACTA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de abril de
2010, siendo la hora señalada y constituido en
Audiencia Pública, la Magistrado-Juez, don José
Manuel Díaz Pavón, asistida de mí como Secretario,
son llamadas las partes desde la puerta del Juzgado
por el Agente Judicial, compareciendo:
De la actora: Airán Jesús Melián Navarro, representado
por don Carmelo Rodríguez Pérez.
De la demandada: Fondo de Garantía Salarial
(Fogasa), no comparece, Egalux, S.L., no comparece
a pesar de estar debidamente citado y Administración
Concursal de Egalux, S.L., no comparece, no constando
en autos la citación a Juicio.
Abierto el acto, y no constando la citación de la
Concursal de Egalux, S.L., por S.Sª.I., acuerda la
suspensión del acto, señalando nuevamente para su
celebración el próximo día 07.07.10, a las 12:30
horas, quedando citada las partes concurrentes en
este mismo acto, firmando este acta en prueba de ello.
No comparece Egalux, S.L., ni la Administración
Concursal de Egalux, S.L., ni Fogasa, citándose
nuevamente a las empresas mediante correo certificado
con acuse de recibo y vía telemática a Fogasa.
Y extendida la presente es leída y firmada por los
asistentes, en conformidad y constancia, con S.Sª.I.,
y conmigo como Secretaria. Doy fe.
Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Egalux, S.L.,
en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente,
en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de
mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
EDICTO
10.522
10.669
Procedimiento: Demanda 1.180/2009. Materia:
Despido. Demandante: Nuria Librada Díaz Guerra.
Demandados: Monelgrac, S.A., Fondo de Garantía
Salarial y Administración Concursal de Monelgrac,
S.A.
Doña María Carmen García Corgo, Secretaria de
Refuerzo del Juzgado de lo Social Número Ocho de
Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
1.180/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Nuria Librada Díaz Guerra contra Monelgrac,
S.A., sobre Despido, se ha dictado Auto del tenor literal
siguiente:
AUTO
En Las Palmas de G.C., a 20 de mayo de 2010.
Vistas las actuaciones y atendiendo a los siguientes
Y vistos, además de los citados, los preceptos legales
de general y pertinente aplicación,
SE ACUERDA:
1. Declarar extinguida la relación laboral entre las
partes a la fecha de esta resolución.
2. Condenar a la parte demandada Monelgrac, S.A.
a que abone a la parte actora Nuria Librada Díaz
Guerra, la cantidad de 28.614,6 euros en concepto de
indemnización.
3. Condenar a la expresada parte demandada a que
abone a la parte actora la cantidad de 13.928,8 euros
en concepto de salarios de tramitación desde la fecha
del Despido hasta la fecha de este auto, lo que da la
cantidad total de 42.543,4 euros.
Contra el presente auto cabe Recurso de Reposición
ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS.
Así lo acordó, mandó y firma doña Raquel María
Rivero Mentado, Magistrado-Juez de Refuerzo del
Juzgado de lo Social Número Ocho de los de esta Ciudad
y su Provincia. Doy fe.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Monelgrac, S.A.,
en paradero desconocido, expido, firmo y sello la presente,
en Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de mayo de
dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.516
EDICTO
10.670
Procedimiento: Demanda 300/2010. Materia:
Despido. Demandante: Giovanni Arcieri. Demandados:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Atlántida desde 1977, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
300/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977,
S.L., sobre Despido, se ha dictado la Sentencia cuyo
encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de
2010.
Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda,
Magistrado del Juzgado de lo Social Numero Ocho
de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia el juicio
promovido por Giovanni Arcieri contra Atlántida
desde 1977, S.L. y Fogasa en Reclamación por
Despido.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Giovanni Arcieri contra Atlántida desde 1977, S.L.
y Fogasa en Reclamación por Despido, debo declarar
y declaro la Improcedencia del Despido efectuado,
condenado a la empresa a su opción, que deberá
efectuar ante este Juzgado en el plazo de CINCO
DÍAS, a que readmita al actor en su mismo puesto y
condiciones de trabajo o a que le abone la indemnización
de 817,42 euros, con más en todo caso los salarios
de tramitación dejados de percibir desde el día del
Despido 26-01-2010 hasta el de la notificación de la
presente resolución a razón de 36,63 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante
este Juzgado por comparecencia o por escrito en el
plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la
notificación del presente fallo, advirtiendo a la
demandada de que en caso de recurrir deberá consignar
el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos
y Consignaciones” de este Juzgado número
2744/0000/65/0300/10 en el Banesto, Sucursal de la
Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes
referida depositar la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
12899
objeto de que sirva de notificación de Atlántida desde
1977, S.L., en paradero desconocido, expido, firmo
y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria,
a veintiséis de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.517
EDICTO
10.671
Procedimiento: Demanda 59/2009. Materia: Cantidad.
Demandantes: Dolores María Rodríguez Negrín,
Antonio Reina Martín, José Herminio Godoy Rodríguez,
Donato Miguel Rivero Cruz y Yeray Jesús González
Sosa. Demandados: Canarifonta, S.L. y Fogasa.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
59/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Dolores María Rodríguez Negrín, Antonio Reina
Martín, José Herminio Godoy Rodríguez, Donato
Miguel Rivero Cruz y Yeray Jesús González Sosa contra
Canarifonta, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado la
Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor
literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de
2010.
Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda,
Magistrado Titular del Juzgado de lo Social de Las
Palmas de Gran Canaria Número Ocho y de su
Provincia el juicio promovido por Dolores María
Rodríguez Negrín y Cuatro Más contra Canarifonta,
S.L. y Fogasa en Reclamación por Cantidad.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Dolores María Rodríguez Negrín y Cuatro Más
contra Canarifonta, S.L. y Fogasa en Reclamación por
Cantidad, condeno a Canarifonta, S.L. a abonar a la
parte actora las siguientes cantidades :
Dolores María Rodríguez Negrín: 933,11 euros.
Antonio Reina Martín: 1.548,20 euros.
José Herminio Godoy Rodríguez: 1.529,23 euros.
Donato Miguel Rivero Cruz: 1.596,56 euros.
Yeray Jesús González Sosa: 1.491,50 euros.
Absolviendo al Fogasa sin perjuicio de responsabilidad
de acuerdo con el artículo 33 del ET.
12900
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Adviértase a las partes que contra la presente
resolución cabe Recurso de Suplicación para ante la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Canarias, a anunciar ante este Juzgado, bastando para
ello manifestación de la parte, de su abogado o
representante en el momento de hacerle la notificación
o ulteriormente en el plazo de CINCO DÍAS a la misma
por comparecencia o por escrito, advirtiendo a la
demandada de que en caso de recurrir deberá consignar
el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos
y Consignaciones “ de este Juzgado número
2744/0000/65/0059/09 en el Banesto, Sucursal de la
Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes
referida depositar la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Canarifonta,
S.L., en pacedero desconocido, expido, firmo y sello
la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis
de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.518
EDICTO
10.672
Procedimiento: Demanda 219/2010. Materia:
Despido. Demandantes: Rafael Estévez Parames,
Antonio Tomás Saavedra Jurado, Domingo Caraballo
Palmés, Acoidán Rodríguez Torres, Ricardo Estévez
Parames, Antonio Rivero Jiménez, José Carmelo
Arteaga Ruano y Luis Antonio Santana Rodríguez.
Demandados: Reformas y Construcciones Abalo,
S.L., Fondo de Garantía Salarial y Edificaciones
Abalo y Ríos, S.L.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
219/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Domingo Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez
Torres, Ricardo Estévez Parames, Antonio Rivero
Jiménez, José Carmelo Arteaga Ruano, Luis Antonio
Santana Rodríguez, Rafael Estévez Parames y Antonio
Tomás Saavedra Jurado contra Edificaciones Abalo
y Ríos, S.L., sobre Despido, se ha dictado la Sentencia
cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal
siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria a 12 de mayo de
2010.
Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda,
Magistrado Titular del Juzgado de los Social de Las
Palmas de Gran Canaria Número Ocho y de su
Provincia el juicio promovido por Rafael Estevez
Parames, Domingo Caraballo Palmés, Acoidán
Rodríguez Torres, y José Carmelo Arteaga Ruano contra
Reformas y Construcciones Abalo, S.L. y Edificaciones
Abalo Ríos, S.L. y Fogasa en reclamación por Despido.
FALLO: Que estimando parcialmente la demanda
interpuesta por Rafael Estevez Parames, Domingo
Caraballo Palmés, Acoidán Rodríguez Torres y José
Carmelo Arteaga Ruano contra Reformas y
Construcciones Abalo, S.L. y Edificaciones Abalo Ríos,
S.L. y Fogasa en Reclamación por Despido debo
declarar y declaro la Improcedencia de los Despidos
efectuados, condenado a Reformas y Construcciones
Abalo, S.L. a su opción, que deberá efectuar ante este
Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS, a que readmita
a los actores en sus mismos puestos y condiciones de
trabajo o a que les abone las siguientes indemnizaciones:
Rafael Estevez Parames: 26.950,6 euros.
Domingo Caraballo Palmés: 18.833,3 euros.
Acoidán Rodríguez Torres: 8.250,60 euros.
José Carmelo Arteaga Ruano: 15.147 euros,
con más en todo caso los salarios de tramitación dejados
de percibir desde el día del Despido hasta el de la
notificación de la presente resolución a razón de
Rafael Estevez Parames: 48,89 euros.
Domingo Caraballo Palmés: 36,68 euros.
Acoidán Rodríguez Torres: 37,96 euros.
José Carmelo Arteaga Ruano: 39,60 euros,
absolviendo al Fogasa sin perjuicio de su
responsabilidad de acuerdo con el artículo 33 del ET
y absolviendo a Edificaciones Abalo y Ríos, S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante
este Juzgado por comparecencia o por escrito en el
plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la
notificación del presente fallo, advirtiendo a la
demandada de que en caso de recurrir deberá consignar
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos
y Consignaciones” de este Juzgado número
2744/0000/65/0219/10 en el Banesto, Sucursal de la
calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes
referida depositar la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Edificaciones
Abalo y Ríos, S.L., en paradero desconocido, expido,
firmo y sello la presente, en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.519
EDICTO
10.673
Procedimiento: Demanda 289/2010. Materia:
Despido. Demandante: Dolores Castellano Rodríguez.
Demandados: Discosen´K, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
289/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Dolores Mireya Castellano Rodríguez contra
Discosen´K, S.L., sobre Despido, se ha dictado la
Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor
literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de
2010.
Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda,
Magistrado del Juzgado de los Social Numero Ocho
de Las Palmas de Gran Canaria y su Provincia el juicio
promovido por Dolores María Castellano Rodríguez
contra Discosen,K, S.L. y Fogasa en Reclamación por
Despido.
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta
por Dolores Mireya Castellano Rodríguez contra
Discosen,K, S.L. y Fogasa en Reclamación por
Despido, debo declarar y declaro la Improcedencia
del Despido efectuado, condenado a la empresa a su
opción, que deberá efectuar ante este Juzgado en el
12901
plazo de CINCO DÍAS, a que readmita al actor en
su mismo puesto y condiciones de trabajo o a que le
abone la indemnización de 2.293,31 euros, con más
en todo caso los salarios de tramitación dejados de
percibir desde el día del Despido hasta el de la
notificación de la presente resolución a razón de
13,59 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante
este Juzgado por comparecencia o por escrito en el
plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la
notificación del presente fallo, advirtiendo a la
demandada de que en caso de recurrir deberá consignar
el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos
y Consignaciones” de este Juzgado número
2744/0000/65/0289/10 en el Banesto, Sucursal de la
Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes
referida depositar la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Discosen´K,
S.L., en paradero Desconocido, expido, firmo y sello
la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis
de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.600
EDICTO
10.674
Procedimiento: Demanda 53/2009. Materia: Cantidad.
Demandante: José Antonio Bordón Hernández.
Demandados: Áridos Reciclados 2000, S.L.U. y
Fogasa.
Don Damián Lozano Suárez, Secretario del Juzgado
de lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
53/2009, que se siguen en este Juzgado a instancia
de José Antonio Bordón Hernández contra Áridos
Reciclados 2000, S.L.U., sobre Cantidad, se ha dictado
la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del
tenor literal siguiente:
Visto por mí, Gumersindo Manso Abizanda,
Magistrado Titular del Juzgado de los Social de Las
12902
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Palmas de Gran Canaria Numero Ocho y de su
Provincia el juicio promovido por José Antonio
Bordón Hernández contra Áridos Reciclados 2000S,
S.L.U. y Fogasa en Reclamación por Cantidad.
Que estimando la demanda interpuesta por José
Antonio Bordón Hernández contra Áridos Reciclados
2000S, S.L.U. y Fogasa en Reclamación por Cantidad,
condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad
de 9.360 euros más el 10% de interés de mora,
absolviendo al Fogasa de todos los pedimentos
deducidos en su contra sin perjuicio de su responsabilidad
de acuerdo con el artículo 33 del ET.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante
este Juzgado por comparecencia o por escrito en el
plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la
notificación del presente fallo, advirtiendo a la
demandada de que en caso de recurrir deberá consignar
el importe de la condena en la cuenta de “Depósitos
y Consignaciones” de este Juzgado número
2744/0000/65/0053/09 en el Banesto, Sucursal de la
Calle Triana de esta Capital, y en la misma cuenta antes
referida depositar la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, al
objeto de que sirva de notificación de Áridos Reciclados
2000, S.L.U., en paradero desconocido, expido, firmo
y sello la presente, en Las Palmas de Gran Canaria,
a diecisiete de mayo de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.601
EDICTO
10.675
Procedimiento: Demanda 359/2010. Materia:
Despido. Demandante: Héctor Felipe González Rivero.
Demandados: Gestión y Servicios Belvedere, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial.
Doña María del Carmen García Corgo, Secretaria
del Juzgado de lo Social Número Ocho de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de juicio número
359/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia
de Héctor Felipe González Rivero contra Gestión y
Servicios Belvedere, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
sobre Despido, se ha dictado Sentencia número
319/2010, que es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 13
de mayo de 2010.
Vistos por mi, doña Raquel María Rivero Mentado,
Magistrado Juez-Sustituta de Refuerzo del Juzgado
de lo Social Número Ocho de los de Las Palmas y su
Provincia, los precedentes autos número 359/2010,
seguidos a instancia de Héctor Felipe González Rivero
que comparece asistido por la Letrada doña Ana
Isabel Navarro García frente a la empresa Gestión y
Servicios Belverere, S.L. y Fogasa que no comparecen
a pesar de estar debidamente citadas.
FALLO: Que estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Héctor Felipe
González Rivero frente a la empresa Gestión y
Servicios Belverere, S.L. y Fogasa sobre Despido, debo
declarar y declaro la Improcedencia del Despido
condenando a la empresa demandada a estar y pasar
por esta declaración, y a que, por tanto, readmita al
demandante en su puesto de trabajo en las mismas
condiciones que regían con anterioridad al cese, o bien
le indemnice con la suma de 465,64 euros al ser
computados 3 meses desde la fecha de antigüedad del
trabajador (11-11-2009) hasta el día del Despido (0902-2010); dicha opción habrá de efectuarse ante este
Juzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DÍAS
siguientes, desde la notificación de esta sentencia; para
el caso en que la demandada no ejercite ningún tipo
de opción de forma expresa, se entenderá que procede
la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la
referida opción, debo condenar y condeno a la
demandada a que, además abone a la parte actora el
importe de los salarios de tramitación desde el día
siguiente a la fecha del Despido (09-02-2010) hasta
la de la notificación de esta Sentencia, ambos inclusive,
a razón de un salario diario de 41,39 euros/día bruto
con prorrata de pagas extras. Y asimismo, debo
condenar y condeno al expresado Fondo de Garantía
Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 192
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado con el número 0030/1105/50/0000000000
o presentar aval solidario de Entidad Financiera por
el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro
depósito por importe de 150,00 euros en la referida
cuenta bancaria al concepto 2744-0000-65-0359-10,
presentando el resguardo correspondiente a éste
último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo
de interponer el Recurso y el del primer depósito al
momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá
ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar
fe de que la anterior resolución se publicó en el día de
su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustituta que la dictó
celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.
Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para que conste y sirva
de notificación y/o citación a los demandados, Gestión
y Servicios Belvedere, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial en paradero desconocido, mediante su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas, expido, firmo y sello la presente, en Las
Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de mayo de dos
mil diez.
LA SECRETARIA.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9
10.603
EDICTO
10.676
Procedimiento: Demanda 307/2010. Materia:
Despido. Demandante: Antonio Pérez Montesdeoca.
Demandados: Proveedora de Buques Casanova,
Sopronav Sociedad Promotora de Navíos, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial.
Doña Ana María Díaz Granados, Secretaria del
Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
307/2010, seguido ante este Juzgado sobre Despido,
a instancia de Antonio Pérez Montesdeoca, contra
Sopronav Sociedad Promotora de Navíos, S.L., se ha
dictado resolución mediante la cual se cita a las partes
12903
a fin de que comparezcan en la Sala de Vistas de este
Juzgado el próximo día 29.06.10, a las 09:00 horas,
para asistir a la celebración de los actos de conciliación,
si procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada
de que su inasistencia no implicará suspensión y de
que deberá concurrir provista de los medios de prueba
de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a
fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de
la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo
apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que
la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros.
Y para que así conste y su publicación en el Boletín
Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma
a la demandada Sopronav Sociedad Promotora de Navíos,
S.L., cuyo actual domicilio se desconoce, libro y
firmo el presente edicto en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintiuno de mayo de dos mil diez.
10.523
EDICTO
10.677
Procedimiento: Demanda 378/2010. Materia:
Prestaciones. Demandante: David Nicomedes Vega
Suárez. Demandados: Instituto Nacional de la Seguridad
Social, Tesorería General de la Seguridad Social,
Mutua Universal y Arconsyc, S.L.
Doña Ana María Díaz Granados, Secretaria del
Juzgado de lo Social Número Nueve de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos de Juicio número
378/2010, que se siguen en este Juzgado a instancia
de David Nicomedes Vega Suárez, contra Instituto
Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General
de la Seguridad Social, Mutua Universal y Arconsyc,
S.L., sobre Demanda, se ha expedido la cédula de citación,
que es del tenor literal siguiente:
CÉDULA DE CITACIÓN
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de Juicio
número 378/2010, seguido a instancia de David
Nicomedes Vega Suárez, contra Instituto Nacional de
la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad
Social, Mutua Universal y Arconsyc, S.L., sobre
Prestaciones, por la presente se le cita a Vd., para que
comparezca ante este Juzgado el día 01.07.10, a las
11:00 horas, en Sala de Vistas del Juzgado de lo
Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria,
a la celebración de los actos de conciliación, si
12904
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
procede, y Juicio, bajo apercibimiento de que no se
suspenderá por falta de asistencia y que debe concurrir
con las pruebas de que intente valerse. Al propio
tiempo se le cita para que concurra al acto al efecto
de contestar el interrogatorio de preguntas de la
contraparte si así se hubiese interesado, bajo
apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que
le perjudiquen, y de multa de 180,30 euros a 601,01
euros. Asimismo se le requiere para que aporte la
documentación a que se refiere la resolución cuya copia
se adjunta, bajo los apercibimientos legales.
Y para que tenga lugar la citación ordenada de
Arconsyc, S.L., con domicilio en calle Pedro y Guy
Vandaelle, número 24, Local 5, C.P. 35660, La Oliva,
Fuerteventura, expido la presente en Las Palmas de
Gran Canaria, a diez de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA, Ana María Díaz Granados.
ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no
fuese el propio destinatario, se le hace saber que de
cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla
llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle
aviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicial
la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento
de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20
euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento
de los gastos que se le ocasionen.
Lo preinserto, concuerda bien y fielmente con su
original, al que me remito, y para que conste y sirva
de notificación y/o citación a la demandada Arconsyc,
S.L., en paradero desconocido, mediante su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,
expido, firmo y sello la presente, en Las Palmas de
Gran Canaria, a veinticinco de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.585
EDICTO
10.678
Procedimiento: Demanda 501/2010. Materia:
Cantidad. Demandante: Brahim Mohamed Ali Salem.
Demandados: Cris John Canarias, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
Doña Delia Llamas Piñar, Secretaria del Juzgado de
lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
501/2010, seguido ante este Juzgado sobre Cantidad,
a instancia de Brahim Mohamed Ali Salem, contra
Cris John Canarias, S.L., se ha dictado resolución
mediante la cual se cita a las partes a fin de que
comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado el
próximo día 29.06.10, a las 12:30 horas, para asistir
a la celebración de los actos de conciliación, si
procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada
de que su inasistencia no implicará suspensión y de
que deberá concurrir provista de los medios de prueba
de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a
fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de
la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo
apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que
la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros.
Y para que así conste y su publicación en el Boletín
Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma
a la demandada Cris John Canarias, S.L., cuyo actual
domicilio se desconoce, libro y firmo el presente
edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio
de dos mil diez.
10.647
EDICTO
10.679
Procedimiento: Demanda 497/2010. Materia:
Cantidad. Demandante: Juan Manuel Ramos Cabrera.
Demandados: Palmitos Propiedades, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial.
Doña Delia Llamas Piñar, Secretaria del Juzgado
de lo Social Número Nueve de Las Palmas de Gran
Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
497/2010, seguido ante este Juzgado sobre Cantidad,
a instancia de Juan Manuel Ramos Cabrera, contra
Palmitos Propiedades, S.L., se ha dictado resolución
mediante la cual se cita a las partes a fin de que
comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado el
próximo día 29.06.10, a las 10:45 horas, para asistir
a la celebración de los actos de conciliación, si
procede, y Juicio, bajo apercibimiento, a la demandada
de que su inasistencia no implicará suspensión y de
que deberá concurrir provista de los medios de prueba
de que intente valerse, citándose a ésta, asimismo, a
fin de que conteste el interrogatorio de preguntas de
la contraparte, si ello se hubiera interesado, bajo
apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que
la perjudiquen y de multa de 180,30 a 601,01 euros.
Y para que así conste y su publicación en el Boletín
Oficial de esta Provincia sirva de citación en legal forma
a la demandada Palmitos Propiedades, S.L., cuyo
actual domicilio se desconoce, libro y firmo el presente
edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a dos de junio
de dos mil diez.
10.648
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 1
DE SANTA MARÍA DE GUÍA
EDICTO
10.680
Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.
INMATRICULACIÓN NÚMERO 0000480/1999.
Materia: SIN ESPECIFICAR.
INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR:
Demandante: DON OFELIO GONZÁLEZ
ALMEIDA, DOÑA ENCARNACIÓN MEDINA
RODRÍGUEZ, DON EUSTAQUIO RODRÍGUEZ
GONZÁLEZ. Demandado: DOÑA EUDELIA
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, DON JUAN
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, DON VÍCTOR
FRANCISCO GARCÍA BAUTISTA. Procurador:
DON PAULINO ÁLAMO SUÁREZ, DON PAULINO
ÁLAMO SUÁREZ, DON CARMELO PEDRO
ORTIZ PÉREZ, DON CARMELO ORTIZ PÉREZ,
DON CARMELO PEDRO ORTIZ PÉREZ, DON
CARMELO PEDRO ORTIZ PÉREZ.
Doña Beatriz Rodríguez López, Secretaria Judicial
del Juzgado de Primera Instancia e instrucción Número
Uno de Santa María de Guía de Gran Canaria.
HACE SABER:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento
Expediente de Dominio. 0000480/1999 a instancia de
DON OFELIO GONZÁLEZ ALMEIDA, DOÑA
ENCARNACIÓN MEDINA RODRÍGUEZ Y DON
EUSTAQUIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, expediente
de dominio para la Reanudación del Tracto Sucesivo
de las siguientes:
FINCAS
- 1º. URBANA: Casa de una sola planta con solar
anexo que mide el total del solar ochocientos cuarenta
metros cuadrados, situada en San Nicolás de Tolentino,
donde llaman Los Cascajos, marcada con el número
19 de gobierno.
Tiene la medida superficial aproximada de ciento
cuarenta metros cuadrados, correspondiendo el resto
de setecientos metros cuadrados a solar.
12905
LINDA: Frontis, con la expresada calle Los Cascajos;
fondo, con terrenos antes de herederos de don Cristóbal
Valencia Roque, hoy de don José y don Juan Rodríguez
Valencia; derecha entrando a dicha vivienda tomando
como base el frontis de la misma que dentro de dicha
finca existe un resguardo para depositar los escombros
de la limpieza del estanque y pozo que se encuentra
dentro de la cabida y linderos de dicha finca, resguardo
éste, que tiene la medida superficial de 33,11 metros
cuadrados y que divide esta finca de la que es propiedad
de herederos de don Francisco García Ojeda y para
su entrada a dicho acceso tiene la medida superficial
de 33,11 metros cuadrados, osea, 15,05 de largo por
3 metros de ancho por el fondo y 1,40 metros de
ancho donde finaliza dicho resguardo, haciéndose
constar que para extraer los escombros depositados
en dicho resguardo se extrae por el fondo del mismo,
que tiene 3 metros de ancho; izquierda, con calle
Nueva de Los Cascajos.
Tiene como accesorio dentro de la cabida y linderos
un pequeño estanque y pozo para la extracción de agua
que en la actualidad se encuentra seco.
- 2º. URBANA.- Solar propio para edificar, situado
en el mismo lugar que el anterior.
Tiene la medida superficial aproximada de VEINTE
Y OCHO METROS CUADRADOS, o sea, un metro
de ancho por veintiocho metros de largo.
LINDA: Al frontis, con la carretera de Los Cascajos;
fondo, con don Juan y don José Rodríguez Valencia;
derecha entrando, con el Hotel Los Cascajos; y por
la izquierda, con don José Rodríguez Marrero.
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS
siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho
convenga.
Asimismo se cita a HEREDEROS DE DOÑA
JUANA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ en concepto de
TRANSMITENTE, HEREDEROS DE DON JOSÉ
RODRÍGUEZ VALENCIA en concepto de
COLINDANTE y a DON CRISTÓBAL VALENCIA
ROQUE en concepto de TITULAR REGISTRAL
12906
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
para que dentro del término anteriormente expresado
puedan comparecer en el expediente alegando lo que
a su derecho convenga.
En Santa María de Guía de Gran Canaria, a diez de
mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.819
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 4
EDICTO
10.681
Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.
REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO
0000643/2009.
INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR:
Demandante: DOÑA MARÍA DEL ROSARIO
DÍAZ MELIÁN. Titular Registral: DON JOSÉ
ANTONIO GONZÁLEZ FALCÓN, DOÑA MARTA
GONZÁLEZ FALCÓN, DON INDALECIO LOR
GONZÁLEZ SUÁREZ. Titular Catastral: DON
VICTORIANO DÍAZ GONZÁLEZ, DOÑA JUANA
MELIÁN MARRERO. Tercero Interviniente: DON
ANTONIO GONZÁLEZ SUÁREZ, DOÑA JUANA
ROSARIO FALCÓN VERONA. Procurador: DOÑA
M. TRINIDAD LEYVA JIMÉNEZ, SIN
PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN
PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN
PROCURADOR, SIN PROCURADOR, SIN
PROCURADOR.
Doña Yolanda Almagro García, Secretaria Judicial
del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de
Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento
EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN
DEL TRACTO, 0000643/2009 a instancia de DOÑA
MARÍA DEL ROSARIO DÍAZ MELIÁN, expediente
de dominio para la reanudación del tracto sucesivo
interrumpido de la finca que se describe a continuación:
URBANA.- Edificio de tres plantas, estando destinada
la baja a un local y las dos restantes a una vivienda
por planta, o sea una en planta primera y otra en
planta segunda.
Tiene una superficie construida de doscientos
cincuenta y tres metros cuadrados, edificado sobre un
solar que tiene una superficie de noventa y cinco
metros cuadrados.
LINDA: Frente, calle Otoño número 23; fondo,
urbana señalada con el número 44 de la calle Invierno;
derecha entrando, urbana señalada con el número 25
de la calle Otoño; e izquierda entrando, urbana
señalada con el número 21 de la calle Otoño.
La finca no aparece inscrita a nombre de titular
alguno y pudiera proceder de otra finca de mayor cabida
rústica de la que se ha segregado y que aparece
inscrita; finca 95.024, al folio 63, del libro 1.043, tomo
2.990 inscripción 15.
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS
siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho
convenga.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de abril
de dos mil diez.
LA SECRETARIA.
10.763
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 14
EDICTO
10.682
Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.
REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO
0001807/2009.
INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE Y PROCURADOR:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Demandante: DON ENRIQUE FRANCISCO DENIS
BOZA. Procurador: DOÑA VICTORIA TRUJILLO
LEÓN.
Doña Luis Gómez Hernández, Secretaria Judicial
del Juzgado de Primera Instancia Número Catorce de
Las Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento
EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN
DEL TRACTO, 0001807/2009 a instancia de DON
ENRIQUE FRANCISCO DENIS BOZA, expediente
de dominio para la inmatriculación de la siguiente:
FINCA
URBANA: CASAde planta baja con una cocina donde
dicen El Lomito, en la actualidad número 19 de
gobierno, en el Pago de la Cueva Grande, término
municipal de Vega de San Mateo.
Tiene una superficie registral de veinte metros
cuadrados (20 m2), si bien su superficie real es de cien
metros (100 m2), tal y como consta en la certificación
catastral.
LINDA: A la derecha, entrando o Naciente, casa de
doña María del Jesús Viera; a la izquierda, o Poniente,
con la de don Antonio Abad Rodríguez; al fondo, o
Norte, con Camino Real; y al frente, o Sur, con
terrenos de doña María del Pino Viera.
Se encuentra inscrita con el número 2.488, a favor
de don Fructuoso Denis Díaz, en el Registro de la
Propiedad Número Cuatro de Las Palmas de Gran
Canaria, al tomo 1.022, libro 57, folio 183.
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS
siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho
convenga.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de abril
de dos mil diez.
EL SECRETARIO.
10.452
V. ANUNCIOS PARTICULARES
12907
NOTARÍA DE
DOÑA IRENE CARREÑO MARTÍN
Corralejo-La Oliva
EDICTO
10.683
Yo, Irene Carreño Martín, Notario del Ilustre Colegio
Notarial de las Islas Canarias, con domicilio en la calle
Jesús Machín Santana, número 2, planta baja, de
Corralejo-La Oliva, por el presente.
HAGO SABER:
Que en esta Notaría, a requerimiento de la Entidad
Mercantil “FUERTEVENTURA SONNELAND,
S.L.”, se está tramitando ACTA DE NOTORIEDAD
Y PRESENCIA PARA CONSTANCIA DE EXCESO
DE CABIDA de la finca que a continuación se
describe:
A) DESCRIPCIÓN SEGÚN TÍTULO DE ORIGEN
Y REGISTRO:
RÚSTICA: Trozo de terreno en Mascona, del
término municipal de La Oliva, erial y volcánico.
Tiene una superficie de siete hectáreas, cincuenta
y tres áreas y veintidós centiáreas.
Es parte de la finca número 2.530.
LINDA: Norte, con riberas de mar; Sur, con doña
Dorotea Estévez González; Este, con don Marcial Estévez
González; y Oeste, con doña Dorotea Estévez González”.
INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la
Propiedad de Corralejo, al tomo 134, libro 30, folio
176, inscripción 2ª, finca 2.677.
B) RECTIFICACIÓN:
La superficie correcta de la finca es de setenta y ocho
mil trescientos veintidós metros cuadrados (78.322
m2).
SUS LINDEROS CORRECTOS, SEGÚN
CATASTRO, SON: Norte, límite interior de dominio
publico marítimo-terrestre; Poniente, con la finca
registral 2.530 de “INICIATIVAS MADIBA, S.L.”;
12908
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 76, viernes 11 de junio de 2010
Naciente, con la finca registral número 3.727 de doña
Nilia-lsabel Bañares Baudet junto con varios propietarios;
Sur, con la finca registral número 2.678 de
“FUERTEVENTURA SONNELAND, S.L.”.
C) REFERENCIA CATASTRAL: La finca está
formada por tres parcelas catastrales, cuyas referencias
son:
35015A002006080000KA, 35015A002006070000KW
y 001500400FS07H0001TL.
D) EXCESO DE CABIDA: TRES MIL METROS
CUADRADOS (3000 m2).
Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, CON EL
FIN DE QUE CUALQUIER INTERESADO, EN
GOBIERNO DE CANARIAS
Año LXXXV
EL PLAZO DE VEINTE DÍAS, A CONTAR DESDE
EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DE
ESTE ANUNCIO, PUEDA COMPARECER EN MI
NOTARÍA PARA OPONERSE O ALEGAR LO
QUE ESTIME OPORTUNO EN DEFENSA DE SUS
DERECHOS, lo expido en Corralejo-La Oliva, a
diecinueve de abril de dos mil diez.
LA NOTARIO.
10.742
ADMINISTRACIÓN DEL B.O.P
AVISO
Se comunica que el Boletín Oficial de hoy contiene un
ANEXO con la misma fecha y número.
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
Viernes, 11 de Junio de 2010
Franqueo
concertado
23/1
Número 76

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