Guia ciudadana de aplicación del convenio de

Transcripción

Guia ciudadana de aplicación del convenio de
Guía ciudadana para la
aplicación del
Convenio de Estocolmo
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
Fernando Bejarano González
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
INDICE
Acerca del Proyecto Internacional de Eliminación de los COP
PRÓLOGO A LA EDICIÓN EN INGLÉS
Agradecimientos
INDICE
- ÍNDICE DE CUADROS
- INDICE DE FIGURAS
- ABREVIATURAS Y SIGLAS
- UNIDADES DE MEDIDA Y CONVERSION
Introducción
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Fernando Bejarano González
Nació en la Ciudad de México en 1956.
Sociólogo, egresado de la Universidad
Iberoamericana y Maestro en Ciencias del
Centro de Estudios para el Desarrollo Rural
del Colegio de Posgraduados en Ciencias
Agrícolas, Montecillos, Estado de México.
Fue responsable de la Campaña de Residuos
Peligrosos de Greenpeace México de 1993 a
1996. Actualmente es coordinador de la
Red de Acción en Plaguicidas y sus
Alternativas en México (RAPAM) A.C., y de
la región Mesoamérica y el Caribe de la Red
de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas
para América Latina (RAP-AL).
El autor participó como observador en las
reuniones intergubernamentales de negociación del Convenio de Estocolmo, gracias
al apoyo de la Red Internacional de
Eliminación de los Contaminantes
Orgánicos Persistentes (IPEN). Formó parte
del Grupo de Tarea para la elaboración del
Plan Regional de Dioxinas, para México,
Estados Unidos y Canadá, de la Comisión
de Cooperación Ambiental; y actualmente
participa en representación de IPEN en el
Grupo de Expertos para la elaboración de
las Mejores Técnicas Disponibles y Mejores
Prácticas Ambientales (BAT-BEP) del
Convenio de Estocolmo.
Primera edición, Octubre de 2004
Coordinación editorial: Fernando Bejarano G.
Diseño: L.D.G. Carlos A. Cortés Mtz.
Corrección de estilo: Graciela Carbonetto
Para obtener copias de esta publicación, comunicarse con:
RAPAM (Red de Accion sobre Plaguicidas y Alternativas en Mexico)
Amado Nervo 23, int. 2, Colonia San Juanito
C.P. 56121, Texcoco, Estado de México, México
Tel. y Fax: (52) (595) 954-7744
Correo electrónico: [email protected]
© Fernando Bejarano González
Impreso y hecho en México
IV
Acerca del Proyecto Internacional de Eliminación de los COP
La Red Internacional de Eliminación de los COP (IPEN
http://www.ipen.org) inició el primero de mayo del 2004 un proyecto global con organismos no gubernamentales (ONG) denominado: Proyecto
Internacional de Eliminación de los COP (IPEP, por su sigla en inglés), en
colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Industrial (ONUDI) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente (PNUMA). El Fondo para el Medio Ambiente Mundial proporcionó
el financiamiento principal del proyecto.
IPEP tiene tres objetivos principales:
- Estimular y permitir que las ONGs de 40 países en desarrollo y con
economías en transición contribuyan de manera inmediata y específica a los
esfuerzos gubernamentales preparatorios para la aplicación del Convenio de
Estocolmo;
- Incrementar las habilidades y conocimientos de las ONGs que ayuden a
reforzar su capacidad como un actor efectivo en el proceso de aplicación del
Convenio;
- Ayudar a establecer una coordinación regional y nacional de las ONGs y
reforzar su capacidad en todas partes del mundo que apoyen los esfuerzos a
largo plazo para alcanzar la seguridad química.
IPEP apoyará la preparación de informes sobre la situación nacional, sitios
contaminados, aspectos de política pública y actividades regionales. Los tres
tipos principales de actividades que serán apoyadas por IPEP son: la participación en el Plan Nacional de Aplicación, talleres de capacitación y concientización, y campañas públicas de información y concientización.
Para mayor información, ver por favor: http://www.ipen.org
IPEN reconoce el generoso apoyo financiero del Fondo para el Medio
Ambiente Mundial, la Agencia Suiza para la Cooperación y el Desarrollo, y
la Agencia Suiza para el Ambiente, el Bosque y el Paisaje..
Los puntos de vista expresados en este informe son los de los autores y no
necesariamente los de las instituciones que brindan apoyo financiero o
administrativo.
Este informe está disponible en los idiomas siguientes: en inglés y en
español
V
PRÓLOGO A LA EDICIÓN EN INGLÉS
Klaus Toepfer
Director Ejecutivo
Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente
La divulgación del hallazgo de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) en mamíferos y, por tanto su presencia en la cadena alimenticia humana, se encuentra entre las
primeras señales de alarma que hicieron despertar al mundo ante la amenaza de estas
sustancias químicas persistentes y altamente tóxicas para el medio ambiente y la salud
humana. Entre las personas que hicieron sonar la alarma se encuentra Sheila WattCloutier. El Convenio de Estocolmo sobre COP es, en gran medida, un testamento a su
incansable campaña a nombre del pueblo Inuit y del mundo para que los COP quedaran
prohibidos. Es un tributo al poder de la sociedad civil.
La participación de la sociedad civil ha sido un sello distintivo del Convenio de Estocolmo
sobre COP desde que iniciaran las negociaciones para dicho tratado en junio de 1998.
Grupos ambientalistas, de interés público e industriales trabajaron conjuntamente con
gobiernos y organizaciones intergubernamentales, generalmente hasta altas horas de la
noche, para llegar a acuerdos que todos los sectores de la sociedad aplauden y apoyan.
Este espíritu de camaradería se encuentra en el centro mismo de todas nuestras metas.
El movimiento ambientalista avanza con la energía, el aporte y el compromiso de la
sociedad civil. Reiteradamente hemos visto a defensores del medioambiente como Rachel
Carson, Theo Colburn y Sheila Watt-Cloutier, llamando la atención de los gobiernos y la
comunidad internacional para que vean con mirada honesta los problemas ambientales
ocasionados por la actividad humana, y persuadirlos para que realicen las acciones necesarias que los resuelvan.
El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP) reconoce la importancia que tiene involucrar a la sociedad civil en todas las instancias de toma de decisiones
relativas al medio ambiente. Como parte del sistema de las Naciones Unidas tenemos la
responsabilidad de promover el liderazgo y acción conjunta que permitan proteger la
base ambiental del desarrollo sustentable. Nuestro trabajo con la sociedad civil es central
en dicho esfuerzo.
El espíritu de cooperación que se expresó durante las negociaciones del Convenio de
Estocolmo debe, y creo que así lo hará, continuar durante su aplicación. Todas las partes
deben contribuir a ello. La Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes
Orgánicos Persistentes (IPEN, por sus siglas en inglés), que representa a más de 360 organizaciones no gubernamentales de todo el mundo, es una aportación altamente constructiva al movimiento mundial que busca protegernos a nosotros mismos, a nuestros descendientes y proteger de los COP a nuestro medio ambiente.
El mensaje de la Guía ciudadana para la aplicación del Convenio de Estocolmo, publicada por IPEN, es que todos y cada uno de nosotros tenemos un papel que desempeñar.
Sólo a través de la cooperación abierta y llena de sentido entre organizaciones internacionales, gobiernos, grupos no gubernamentales, comunidades e individuos podemos
esperar liberar de los COP al mundo.
VI
Agradecimientos
Agradezco a la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes
Orgánicos Persistentes, mejor conocida como IPEN, por su sigla en inglés, el
apoyo para la realización de este documento, al igual que a la Red de Acción
en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina (RAP-AL), a la New
WORLD FOUNDATION, y al Proyecto Internacional de Eliminación de los
Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEP) que recibe la ayuda del Fondo
para el Medio Ambiente Mundial (GEF), la Organización de las Naciones
Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y el Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Las ideas y opiniones expresadas
en este libro son las del autor y no necesariamente expresan las de las organizaciones que otorgaron apoyo financiero o administrativo.
Gracias a IPEN participé como observador en las reuniones intergubernamentales de negociación del Convenio de Estocolmo, donde tuve acceso directo a la información proporcionada por diversas agencias de las Naciones
Unidas, a las reuniones de discusión entre los delegados gubernamentales, y
al intercambio de experiencias y al diálogo con otras organizaciones ciudadanas.
Ha sido siempre enriquecedor el colaborar con personas de gran calidad
profesional y compromiso social que participan en IPEN, tales como Pat
Costner, cuya crítica científica y política ha sido siempre fuente de consulta e
inspiración; Jack Weinberg, Sharyle Patton y muchos otros que integran los
grupos de trabajo sobre plaguicidas, dioxinas-furanos-PCB, y de monitoreo
comunitario constituidos por esta red internacional. Especialmente
agradezco a Joseph Di Gangi por sus valiosos comentarios y sugerencias
al borrador final de este libro, a Cecilia Allen por sus sugerencias en lo
relativo a la incineración; a María Elena Rozas y Maria Eugenia Acosta por
el apoyo general dado en estos años. Aunque los datos y argumentos para
su elaboración tuvieron como base una búsqueda de fuentes y autores
con amplia experiencia en el tema, los errores que pudieran encontrarse
en este texto son sólo mi responsabilidad.
Fernando Bejarano González
La Purificación Tepetitla, Estado de México, México
VII
VIII
INDICE
Introducción / XV
PRIMER CAPÍTULO
1
Antecedentes del Convenio de Estocolmo: La lucha
internacional contra los Contaminantes Orgánicos
Persistentes (COP)
1.1 La lucha contra los plaguicidas.
De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno / 1
1.2 Los PCB, el legado contaminante
del benceno clorado / 8
1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses
de las corporaciones / 10
1.4 La lucha contra la incineración / 20
1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”,
producción limpia y extensión de la responsabilidad
del productor / 27
1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas
y otros convenios internacionales / 31
1.7 Los grupos empresariales involucrados
en la discusión sobre la eliminación de los COP / 35
1.8 La formación de la Red Internacional
de Eliminación de los Contaminantes
Orgánicos Persistentes (IPEN) / 43
SEGUNDO CAPÍTULO
2
Los efectos de los COP sobre la salud
y el medio ambiente
2.1 Características generales de los COP / 47
2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo
y sus efectos sobre la salud y el medio ambiente / 57
2.3 COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB
Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar/ 63
Fuentes de formación de COP no intencionales / 66
Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud / 68
IX
2.4 Policlorobifenilos (PCB)
Características de los PCB/ 71
Usos de los PCB / 72
Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en
el ser humano / 75
Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio
ambiente / 76
2.5 El Hexaclorobenceno (HCB)
Características del HCB / 79
Usos del HCB / 79
Efectos del HCB en la salud y en el medio ambiente / 80
TERCER CAPÍTULO
3
Los compromisos de los gobiernos
en el Convenio de Estocolmo
3.1 La eliminación de los plaguicidas organoclorados COP
La eliminación de plaguicidas COP en el Convenio de
Estocolmo / 85
Las exenciones transitorias y específicas a la
eliminación de los plaguicidas COP / 85
La eliminación del DDT y el control del paludismo / 86
Los compromisos de los gobiernos para la eliminación
del DDT/ 90
Prevenir la producción y el uso de nuevos plaguicidas y
productos industriales con características COP / 92
3.2 La eliminación de los PCB/ 92
Terminar con la producción de PCB / 93
Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el
año 2025 / 93
Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población
y el medio ambiente / 93
Tratamiento de los residuos peligrosos que
contienen PCB / 94
3.3 Los COP producidos de manera no intencional (dioxinas,
furanos, PCB y HCB)/ 94
La reducción creciente y, cuando sea viable, la eliminación
definitiva: objetivos del Convenio / 94
X
3.4
3.5
3.6
3.7
3.8
3.9
Medidas que cada país debe adoptar como mínimo
para cumplir con el objetivo / 96
La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas
Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales (BAT –BEP)
en el Convenio de Estocolmo / 97
Las excepciones a la eliminación de dioxinas / 104
Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP y la
cooperación con otros convenios ambientales / 105
Identificación y tratamiento de existencias acumuladas,
desechos y limpieza de sitios contaminados con COP / 108
Limpieza de sitios contaminados / 109
Eliminación de desechos COP en colaboración con el
Convenio de Basilea / 110
El futuro de la incineración / 110
La incorporación de nuevas sustancias químicas
en el Convenio de Estocolmo / 114
Información, concientización y educación del público / 119
El Registro de Emisiones y Transferencia de
Contaminantes (RETC) / 122
Investigación, desarrollo y monitoreo de los COP / 124
Asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y con
economías en transición / 126
CUARTO CAPÍTULO
4
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de
Estocolmo y la Participación Ciudadana
4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración de los
Planes Nacionales de Aplicación y la asistencia del Fondo para
el Medio Ambiente Global / 131
4.2 Las fases de desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA)
y la participación ciudadana./ 133
Establecimiento de un mecanismo de coordinación y
estructura organizativa que conduzca el proceso de elaboración
de los PNA / 133
Realización del inventario de los COP y evaluación de la
infraestructura y capacidad nacional de gestión / 133
Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las
limitaciones del Toolkit del PNUMA / 140
XI
Evaluación de prioridades y definición de objetivos / 147
Formulación del Plan Nacional de Aplicación / 147
Respaldo amplio y envío a la conferencia de las partes del
Convenio / 149
Ejecución del plan / 149
QUINTO CAPÍTULO
5
Derechos y demandas ciudadanas.
5.1 El derecho humano a la salud
y a un medio ambiente sano / 153
5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información en
los PNA del Convenio de Estocolmo / 155
5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños / 157
5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática / 158
ANEXOS
A.1 Países que han firmado y los que son parte contratante del
Convenio de Estocolmo / 167
A.2 Selección de Fuentes identificadas de dioxinas no incluidas
en el Toolkit del PNUMA / 176
A.3 Plaguicidas que se sabe ó sospecha que durante su produccíon
se generan dioxinas o furanos/ 179
A.4 Sustancias químicas que durante su producción pueden generar
dioxinas y furanos / 188
GLOSARIO / 195
PÁGINAS ELECTRÓNICAS/ 201
NOTAS / 207
XII
ÍNDICE DE CUADROS
C.1 Plaguicidas de eliminación global en el Convenio
de Estocolmo / 3
C.2 Plaguicidas de la campaña internacional contra “La Docena Sucia”,
del Pesticide Action Network / 7
C.3 Políticas que aplican el principio de la Extensión de la
Responsabilidad del Productor (ERP) / 30
C.4 Mecanismos de disrupción endocrina / 48
C.5 La biovigilancia de la carga corporal de sustancias químicas
tóxicas y bioacumulables / 54
C.6 Efectos causados en la salud y el medio ambiente por los
plaguicidas COP incluidos en el Convenio de Estocolmo / 59
C.7 Estructura química básica de las dioxinas, los furanos y
los PCB / 65
C.8 Fuentes generadoras de COP no intencionales (dioxinas, furanos,
PCB y HCB) / 67
C.9 Efectos causados en la salud por las dioxinas y compuestos
de toxicidad similar / 70
C.10 Usos que han tenido los PCB / 73
C.11 Los accidentes de Yusho y Yucheng por intoxicación
masiva con PCB / 77
C.12 Exenciones permitidas a los 12 COP en el Convenio
de Estocolmo / 87
C.13 El control del paludismo y la eliminación del DDT en México, una
experiencia exitosa / 90
C.14 Artículo 5 del Convenio de Estocolmo / 95
C.15 Medidas generales de prevención relativas a las Mejores
Técnicas Disponibles (BAT) y a las Mejores Prácticas
Ambientales (BEP) / 98
C.16 Mejores Técnicas Disponibles, Consideraciones generales / 99
C.17 Alternativas para algunas fuentes de generación de dioxinas
y furanos / 102
C.18 Información sobre consideraciones socioeconómicas para evaluar
alternativas a productos y procesos / 103
C.19 Lista de sustancias del Convenio de Rótterdam dentro del
procedimiento PIC / 106
C.20 Tecnologías sin combustión para la destrucción y
descontaminación de COP / 113
C.21 Nuevas sustancias químicas propuestas por la Unión Europea para
incluir en el Convenio de Estocolmo / 118
XIII
C.22 Convenio de Estocolmo. Artículo 10. Información, concientización
y educación del público / 120
C.23 Matriz de selección. Principales categorías de fuentes en el
inventario de dioxinas / 142
C.24 Limitaciones del toolkit del PNUMA para la realización
de inventarios de COP no intencionales / 144
C.25 Comparación de los factores de emisión a la atmósfera entre el
dioxin Toolkit y otras fuentes / 145
INDICE DE FIGURAS
F.1
F.2
F.3
F.4
Estructura circular de la economía sustentable / 28
Biomagnificación de los PCB en la cadena alimenticia / 49
Liberación y dispersión de los COP en el ambiente / 51
Los COP contaminan la leche materna afectando a las
nuevas generaciones / 52
F.5 Ubicación de los COP en el universo químico / 56
F.6 Estructura molecular de la dioxina TCDD / 64
F.7 Estructura molecular de los PCB / 72
F.8 Estructura molecular del HCB / 79
F.9 Estructura molecular del DDT / 86
F.10 Esquema del procedimiento de incorporación de nuevas
sustancias en el Convenio de Estocolmo / 116
F.11 Diagrama de las fases del plan nacional de aplicación del
Convenio de Estocolmo / 135
F.12 Esquema de la estructura organizativa del plan nacional
de aplicación del Convenio de Estocolmo sugerida por el GEF / 137
ABREVIATURAS Y SIGLAS
COP
DDT
EPA
EQT
FAO
FET
FISQ
XIV
Contaminante Orgánico Persistente
Dicloro-difenil-tricloroetano
Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos
(Environmental Protection Agency)
Equivalente de Toxicidad (TEQ, en inglés)
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación (Food and Agriculture Organization)
Factor de Equivalencia de Toxicidad (TEF, en inglés)
Foro Intergubernamental de Seguridad Química
(Intergovernmental Forum on Chemical Safety IFCS)
GAIA
GEF
HCB
IOMC
IPEN
LRTAP
OCDE
OIT
OMS
ONU
ONUDI
PAN
PCB
PCDD
PCDF
PIC
PNUD
PNUMA
PVC
RAP-AL
RETC
TCDD
UNITAR
Alianza Global de Alternativas a la Incineración (Global Alliance
for Incineration Alternatives)
Fondo para el Medio Ambiente Mundial
(Global Environmental Facility)
Hexaclorobenceno
Programa Interinstitucional para el Manejo Adecuado de
los Productos Químicos. (Inter-Organization Programme for the
Sound Management of Chemicals) Acuerdo de cooperación entre
PNUMA, OIT, FAO, OMS, ONUDI, UNITAR y OCDE.
Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos
Persistentes (International POPs Elimination Network)
Protocolo sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de
Largo Alcance (Convention on Long-Range Transboundary
Air Pollution
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
Organización Internacional del Trabajo
Organización Mundial de la Salud
Organización de las Naciones Unidas
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Industrial (UNIDO)
Red de Acción en Plaguicidas (Pesticide Action Network )
Policlorobifenilos o bifenilos policlorados
Dioxinas (dibenzo-para-dioxinas policloradas) (Polychlorinated
dibenzo-p-dioxins)
Furanos (dibenzofuranos policlorados) (Polychlorinated
dibenzo-p-furans)
Mecanismo Fundamentado de Consentimiento Previo, incluido en
el Convenio de Rótterdam.( Prior Informed Consent)
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
Cloruro de polivinilo.
Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para
América Latina
Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Tetracloro-dibenzodioxina.
Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional y la
Investigación (United Nations Institute for Training and Research)
XV
UNIDADES DE MEDIDA Y CONVERSION
Kilogramo
Kg
1 X 103g
1.000g
Gramo
Miligramo
g
mg
1g
10-3 g La milésima parte de un gramo
1g
0,001g
Microgramo
Nanogramo
ug
ng
10-6 g La millonésima parte de un gramo
10-9 g La mil millonésima parte de un gramo
0.000001g
0,000000001g
Picogramo (*)
pg
10-12 g La millonésima de una
millonésima parte de un gramo
0,00000000001g
Equivalencias
Parte por millón
Parte por billón
Parte por trillón
ppm
ppb
ppt
mg/kg
ug/kg
ng/kg
ug/g
ng/g
pg/g
mg/l
ug/l
ng/l
ug/ml
ng/ml
pg/ml
(*) Un picogramo por gramo (pg/g) equivale a una parte por trillón (ppt) (un millón de
millones, en la equivalencia estadounidense). La cantidad de dioxinas en los alimentos y en la grasa humana se mide a menudo en ppt.
XVI
Introducción
Esta guía tiene como objetivos explicar de manera general las obligaciones
de los gobiernos que forman parte del Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos Persistentes, señalar los efectos de estos contaminantes sobre la salud y el medio ambiente, así como destacar las oportunidades de participación ciudadana en la elaboración de los planes nacionales
de aplicación de dicho convenio.
El Convenio de Estocolmo establece medidas para la eliminación y el control
de 12 contaminantes orgánicos persistentes (COP): nueve de ellos son
plaguicidas (aldrín, clordano, DDT, dieldrín, endrín, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex y toxafeno); otros son productos industriales llamados
policlorobifenilos ó PCB (un tipo de aceites aislantes que fue usado principalmente por la industria eléctrica); y otros corresponden a los COP (dioxinas y
furanos especialmente) que se generan en forma no intencional durante la
combustión y manufactura de compuestos químicos que contienen cloro,
principalmente.
Debido a sus características tóxicas, su gran persistencia ambiental, su
capacidad para bioacumularse en las cadenas alimenticias y de trasladarse
a grandes distancias, los COP son un problema mundial. Los encontramos
no sólo en los lugares más recónditos del planeta, afectando a osos polares,
ballenas, y otros mamíferos, sino también en el medio rural y en las ciudades. Los COP contaminan los alimentos y se acumulan en los productos
lácteos, la carne y el pescado que comemos; de este modo, por décadas, los
seres humanos hemos venido acumulando plaguicidas organoclorados, PCB,
dioxinas y furanos en los tejidos grasos de nuestro cuerpo. Los COP son parte
de la carga corporal de contaminantes, capaces de traspasar la placenta y
afectar el desarrollo del feto; se excretan en la leche materna y se han encontrado incluso en el semen de animales, incluido el del hombre. Existen diversos COP que pueden provocar un gran número de efectos crónicos, entre ellos
cáncer, disrupciones hormonales y también alteraciones en el desarrollo
reproductivo, el sistema inmunológico y el desarrollo infantil.
El Convenio de Estocolmo representa un avance en los acuerdos internacionales para proteger el medio ambiente y la salud humana, pero los
beneficios y alcances que pueda tener dependerá de que los ciudadanos
conozcamos su contenido y exijamos su firma, ratificación y pleno
cumplimiento a nuestros gobiernos.
XVII
El Convenio sobre COP se firmó en Estocolmo, Suecia, el 23 de mayo de 2001
y entró en vigor, es decir, comenzó a ser legalmente obligatorio, el 17 de
mayo de 2004, después de ser ratificado por los primeros 50 países. A partir
de esta fecha los gobiernos tienen como plazo dos años para elaborar un Plan
Nacional de Aplicación. Para ello, los países en vías de desarrollo y con
economías en transición pueden solicitar apoyo financiero al Fondo Global
del Medio Ambiente. De hecho, más de 100 gobiernos se encuentran ya
elaborando estos planes. Las guías para la aplicación del Convenio
recomiendan que los gobiernos establezcan procesos institucionales de participación ciudadana que incluyan a los grupos dedicados a la protección
del medio ambiente, la salud, los derechos de la mujer, de los niños, y a las
organizaciones de trabajadores
Esta Guía Ciudadana consta de cinco partes. En la primera se hace un repaso
histórico de los antecedentes del Convenio de Estocolmo, destacando especialmente las luchas ciudadanas que se han dado contra estos contaminantes
en los últimos cincuenta años, los acuerdos internacionales y regionales previos dentro de las Naciones Unidas, y los grupos formados por las corporaciones transnacionales que han estado involucrados en la discusión acerca de
la eliminación de los COP. En la segunda sección se presentan los efectos
sobre la salud humana y el medio ambiente que provocan los COP incluidos
en el convenio. En la tercera parte se analizan los compromisos adquiridos
por los gobiernos, incluidos en las principales secciones y artículos del
Convenio; en la cuarta se describen las fases de los Planes Naciones de
Aplicación del Convenio y el rol de la participación ciudadana en cada una de
ellas. En la quinta parte se sitúan las demandas ciudadanas por el derecho a
la salud y a un medio ambiente limpio, como parte de la lucha por los derechos humanos; se enfatiza la importancia del derecho a saber y al acceso
público a la información, y se presentan los elementos constitutivos de una
política pública que garantice estos derechos y cumpla eficazmente con los
compromisos del Convenio de Estocolmo. En la sección de anexos se incluyen
cuadros y una lista de páginas electrónicas que ofrecen mayor información.
Esperamos que la lectura de este documento estimule una conciencia
crítica ciudadana para eliminar los contaminantes orgánicos persistentes
y contribuya a la construcción de una política pública ambiental preventiva y democrática, que logre una mejor protección de la salud y del
medio ambiente para las generaciones presentes y futuras.
XVIII
PRIMER CAPÍTULO
Antecedentes del Convenio de Estocolmo: La lucha
internacional contra los Contaminantes Orgánicos
Persistentes (COP)
1.1 La lucha contra los plaguicidas.
De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno
1.2 Los PCB, el legado contaminante del benceno clorado
1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses de las corporaciones
1.4 La lucha contra la incineración
1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”, producción limpia y extensión de la
responsabilidad del productor
1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas y otros convenios internacionales
1.7 Los grupos empresariales involucrados en la discusión sobre la eliminación de los COP
1.8 La formación de la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos
Persistentes (IPEN)
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Capitulo I
Antecedentes del
Convenio de Estocolmo:
la lucha internacional
contra los Contaminantes
Orgánicos Persistentes
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
La firma del Convenio de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos
Persistentes no sólo es el resultado de la voluntad política de los gobiernos y
del acopio de evidencias científicas que documentan los riesgos para la salud
y el medio ambiente que provocan los COP a nivel mundial, sino que también se debe al empuje de la conciencia y de la lucha ciudadana que involucra a comunidades, trabajadores, madres de familia, grupos ambientalistas,
pueblos indígenas y campesinos, quienes desde hace décadas, y de manera
local, regional e internacional, han sufrido las consecuencias de estos contaminantes y han reclamado a las industrias que los generan y a los gobiernos
que los toleran, su derecho a la salud y a un medio ambiente limpio.
1.1 La lucha contra los plaguicidas.
De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno
Los nueve plaguicidas seleccionados como prioritarios para su eliminación
global en el Convenio de Estocolmo, fueron introducidos por la industria
química en el mercado de numerosos países después de la Segunda
Guerra Mundial, en las décadas de 1940 y 1950, y se utilizaron en una
amplia variedad de cultivos (ver cuadro 1). El DDT fue el plaguicida que
alcanzó mayor fama y difusión mundial. Antes de su uso civil y de su
expansión mundial, fue usado por el Ejército de Estados Unidos -como
resultado de las investigaciones del Departamento de Guerra Químicapara proteger a las tropas norteamericanas tanto del ataque de mosquitos
y piojos transmisores del paludismo en el área del Sudeste Asiático, como
de las epidemias de tifus que aquejaban a los refugiados.
Los plaguicidas COP seleccionados por el Convenio de Estocolmo pertenecen
al llamado grupo de los organoclorados, debido a que su estructura química
con base en
el carbono (por lo que se denominan orgánicos) incluye
1
Capitulo I
además
varios átomos de cloro, lo que le da mayor estabilidad y persistencia en el
ambiente. Es por estas características de persistencia y también por ser
solubles en grasas y acumularse en las cadenas alimenticias, que muchos de
estos plaguicidas fueron severamente restringidos y prohibidos desde fines de
la década de 1960 en países nórdicos como Noruega, Suecia, Finlandia, en
Países del Este como Hungría y Yugoeslavia; después en la década de 1970
en Estados Unidos y posteriormente en la mayoría de los países del mundo
(cuadro 1).
Los problemas de persistencia y bioacumulación, más los efectos biocidas de
los plaguicidas organoclorados, fueron conocidos por la opinión pública
mundial gracias a la difusión del libro “Primavera Silenciosa”, escrito por la
zoóloga y bióloga marina estadounidense Rachel Carson. Una primera selección de la obra fue publicada en una serie de tres artículos de la revista The
New Yorker, en junio de 1962, y finalmente, como libro, en septiembre del
mismo año. Escrita en una bella prosa poética y respaldada por una amplia
consulta científica, Primavera Silenciosa alertaba sobre los graves efectos de
los plaguicidas organoclorados, tales como aldrín, endrín, dieldrín, DDT, heptacloro, toxafeno y clordano –incluidos ahora en el Convenio de Estocolmo- y
señalaba además los problemas causados por otros plaguicidas organoclorados que se utilizan hasta el día de hoy, como el lindano y el pentaclorofenol,
así como por plaguicidas organofosforados como el paratión, y por herbicidas
como el 2,4-D y el 2,4,5-T.
2
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Cuadro 1
Plaguicidas de eliminación global en el Convenio de Estocolmo
Nombre del
ingrediente Ingreso al
activo
mercado
Cancelación ó
1965 Noruega
1970 Suecia
Aldrín
1949
Clordano
1945
DDT
1942
Dieldrín
1948
Usos
retiro del registro
Insecticida formulado a menudo como
protector de semillas y usado contra pla-
1974 usos agrícolas y
gas del suelo en cultivos de maíz, algo(1987) termiticida, polillas, dón y papas, después restringido como
ganado EE.UU (**)
termiticida, control de polillas o parásitos
del ganado y finalmente cancelado o
dejado de usar en numerosos países.
1968 Noruega
1970 Finlandia
1975 mayoría de usos
(1995) termiticida EE.UU
(*)
Insecticida ampliamente usado en
cultivos, jardinería y bosques. Fue
restringido solo al control de termitas
en algunos países hasta su cancelación
definitiva.
El clordano técnico puede contener
cerca de 11 compuestos.
1970 Noruega
1970 Cuba
1972 uso agrícola EE.UU
Insecticida utilizado ampliamente en el
pasado, actualmente de uso restringido
sólo al control de mosquitos transmisores
del paludismo en algunos países.
1968 Hungría
1969 Suecia
1968 control ectoparásitos
ganado y (1969) en
alimentos en Argentina
1970 Finlandia
1974 mayoría de usos y en
(1987) como termiticida,
polillas, ganado EE.UU (**)
Insecticida usado en frutales, plagas del
suelo en cultivos de maíz, papas y algodón; y control de ectoparásitos en ganado; después restringido para ser usado
como termiticida y control de polillas,
hasta su prohibición definitiva.
Continúa
3
Capitulo I
Nombre del
Ingreso al
Cancelación ó
ingrediente activo
mercado
retiro del registro
Endrín
1951
Usos
1963 Bélgica
Rodenticida e insecticida usado
1966 Suecia
1966 Noruega
en cultivos de algodón, arroz y
maíz, y para control de
1971 Usos alimentos ectoparásitos en ganado.
Canadá
Heptacloro
1945
1968 Hungría
Fungicida. También es un
1976 Yugoslavia
1973 Países Bajos
subproducto contaminante,
resultado de la producción de
otros plaguicidas y compuestos
clorados.
Mirex
1959
1977 EE.UU
1978 Canadá
Toxafeno
(canfecloro)
1948
1970 Finlandia
1974 Israel en
alimentos
1990 EE.UU
(*)
Insecticida usado en diversos
cultivos agrícolas, contra hormigas y termitas. También como
retardante de flama.
Insecticida usado en el pasado
principalmente en los cultivos
de algodón, maíz, cereales y
hortalizas, y después restringido
para su uso únicamente en baño
sanitario contra garrapatas y
ácaros en el ganado en algunos
países. Es una mezcla compleja
de 670 sustancias químicas.
Aunque se prohibió el uso de clordano en Estados Unidos, se siguió exportando a otros
países, incluido México, hasta 1997, cuando el fabricante Velsicol cesó de producirlo y
exportarlo.
(**) Técnicamente Estados Unidos no prohibió el endrín, sino que dejó de usarse, al igual que
el aldrín y el dieldrín.
Fuentes: Anne Platt McGinn Why Poison Ourselves? A precautionary approach to synthetic chemicals. World Watch Paper 153, November 2000. p. 9. En la prohibición y cancelación se seleccionaron las primeras fechas y países de: United Nations, Department for Policy Coordination
and Sustainable Development, Consolidated List of Products Whose Consumption and/or Sale Have
Been Baned, Withdrawn, Severly Restricted or not Approved by Governments. Fifth Isue, New York,
1994. Las fechas de cancelación de registro y usos en el pasado en los EE.UU fueron obtenidos
de Ruth Stringer y Paul Johnston Chlorine and the environment. London. Kluwer Academic
Publishers, cap. 10. Chlorinated pesticides.
4
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
El libro Primavera Silenciosa fue duramente atacado por la industria química
de los plaguicidas y hay quienes consideran que esta obra de Rachel Carson
fue objeto de la primera campaña de relaciones públicas anti-ambientalista.
Después de publicados los artículos en The New Yorker, la empresa Velsicol
trató de impedir su edición como libro y envió una carta a la casa editorial,
insinuando que la demandaría legalmente por desprestigiar los insecticidas
clordano y heptacloro -de los cuales era única productora- y acusándola de ser
parte de “siniestras influencias”. El presidente de Monsanto, Peter Rothberg,
llamó a Rachel Carson “fanática defensora del culto al equilibrio de la naturaleza” y su empresa elaboró una sarcástica parodia de la obra, que publicó
como inserto en numerosos periódicos del país. American Cyanamid pagó
campañas propagandísticas en varios estados de la Unión Americana para
reafirmar la necesidad del uso de plaguicidas. La Asociación Nacional de
Sustancias Químicas Agrícolas dobló el presupuesto de su departamento de
relaciones públicas y contrató al entonces joven E. Bruce Harrison como
“administrador de la información ambiental”, para trabajar con los encargados de relaciones públicas de DuPont, Dow, Monsanto y Shell en la coordinación de una furiosa campaña mediática en la que se enviaron centenares de
notas con ataques a Silent Spring a líderes de opinión en revistas, periódicos
y panfletos.
A Rachel Carson se la calificó de sentimental, histérica y alarmista, y a su
obra, de estar basada en exageraciones sin suficientes fundamentos científicos. Se la acusó de promover el hambre mundial, al buscar la eliminación de
los plaguicidas. Incluso, según la biógrafa Linda Lear, un ex secretario de
Agricultura de los Estados Unidos, en carta a Dwight Eisenhower, afirmó que
probablemente era una “comunista” -en el viejo estilo del McCartismo-,
acusación que se repitió de diversas formas en la campaña contra ella,
sugiriendo incluso una conspiración para arruinar la agricultura estadounidense. Sin embargo, y a pesar de los ataques, el desarrollo posterior de
la investigación científica le dio la razón a la bióloga norteamericana.1
A pesar de las prohibiciones de los plaguicidas organoclorados desde fines de
la década de 1960 y principios de la de 1970, en Europa y Estados Unidos, las
empresas transnacionales como Dow, Bayer, Ciba-Geigy, Monsanto, ICI,
Dupont y Velsicol continuaron produciéndolos en sus casas matrices para
exportarlos a sus subsidiarias en América Latina, Asia y Africa. En 1979,
algunos informes elaborados por el gobierno de Estados Unidos calculaban que por lo menos el 25% de todas sus exportaciones de plaguicidas
correspondían a productos prohibidos o que nunca habían sido registrados
para su uso dentro del país.2
5
Capitulo I
En 1992, Greenpeace denunció la exportación de plaguicidas que carecían de
registro en Estados Unidos: son los casos de exportación de butaclor
(“Machete”, “Lambast”), por parte de la Monsanto; de carbosulfan (“Posse”,
Advantage”, Marshall”, “Sheriff”, “FMC 350”), por FMC; de haloxifop metil y
haloxifop etoxietil (“Gallant”, “Verdict”, “Dowco 453 M”), por Dow Elanco; de
nuarimol (“Gaunlet”, “Trimidal”, “Triminal”), por Dow Elanco y de protiofos
(“Tokuthion”), por Miles (antes Mobay Corp.). En tres de estos casos las solicitudes de registro nacional fueron rechazadas por la EPA, por sospechas de que
el producto podía causar cáncer y otros efectos crónicos. Los límites tolerables
de residuos que se solicitaron también fueron rechazados, por la posibilidad
de que causaran cáncer, defectos de nacimiento y otros problemas de salud a
largo plazo.3 En el período 1995-1996, 21 millones de libras (10.500
toneladas) de plaguicidas cuyo uso estaba prohibido en Estados Unidos,
fueron exportadas a otros países. Estas exportaciones, que promediaban unas
14 toneladas diarias, incluían tanto productos prohibidos como productos no
registrados para su uso nacional.4
La exportación de plaguicidas prohibidos desde los países industrializados al
llamado “Tercer Mundo” fue denunciada a través de reportajes publicados en
revistas como Rolling Stones, en 1975, y Mother Jones, en 1979. Sus autores,
David Weir y Mark Schapiro, describieron en estos artículos el denominado
Círculo del Veneno. En efecto, los plaguicidas prohibidos en Europa y Estados
Unidos, pero exportados a otros países, eran usados en cultivos de
exportación y regresaban al país de origen como residuos de los alimentos
importados. La denuncia causó indignación mundial y motivó que un grupo
de organizaciones ciudadanas de Asia, Africa y Estados Unidos, a iniciativas
de la Organización Internacional de Consumidores, con sede en Penang,
Malasia, crearan una nueva red ciudadana para enfrentar el problema. Así fue
como se constituyó en 1982 la Red Internacional de Acción contra Plaguicidas
(Pesticide Action Network, mejor conocida como PAN, su sigla en inglés). El
5 de junio de 1985, esta red inició una campaña internacional para la eliminación de la llamada “Docena Sucia”, que incluía a la mayoría de los plaguicidas seleccionados ahora por el Convenio de Estocolmo y que, después de
muchas presiones, han sido prohibidos o restringidos en una buena parte del
mundo (ver cuadros 1 y 2).5
6
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Cuadro 2
Plaguicidas de la campaña internacional contra “la Docena Sucia” del Pesticide
Action Network
• Los “drines” (aldrín, dieldrín, endrín)
• Clordano / Heptacloro
• Clordimeform
• Toxafeno (canfecloro)
• DBCP
• DDT
• EDB
• HCH y lindano
• Paraquat
• Paratión etílico y metílico
• Pentaclorofenol
• 2,4,5-T
(*) En 1986 se añadió Aldicarb (Temik).
Fuente: Pesticide Action Network North America www.panna.org
La Red de Acción en Plaguicidas, o Pesticide Action Network, tiene cinco
representaciones regionales: Asia Pacífico, Africa, Latinoamérica,
Europa y Norteamérica; cuenta con 400 organizaciones miembros en un
total de 60 países, y sigue brindando apoyo para la eliminación de los
plaguicidas más peligrosos y la promoción de alternativas de menor riesgo al control de plagas.
Aunque la gran mayoría de los plaguicidas organoclorados ya no se usan o
han sido prohibidos en numerosos países, aún pueden estar presentes en los
sedimentos de ríos y lagunas, o en los sitios contaminados donde se fabricaron o formularon, debido a su gran persistencia. Se han ido acumulando en
las cadenas alimenticias y se encuentran en la carga corporal de una gran
parte de la población mundial que creció entre las décadas de 1940 y
1970. Incluso en Estados Unidos, algunos plaguicidas organoclorados
como dieldrín, DDE (metabolito del DDT), endrín, heptacloro, hexaclorobenceno y toxafeno se han encontrado -aunque en pequeñas cantidades- en alimentos corrientes, como mantequilla, melones, pepinos,
cacahuates, rábanos, espinacas y calabazas, según datos de 1999. 6
7
Capitulo I
Africa recibió, durante las décadas de 1960, 1970 y 1980, miles de toneladas
de plaguicidas organoclorados y organofosforados, donados por organizaciones de ayuda bilateral o internacional de Europa y Estados Unidos, para el
control de plagas como la langosta y el chapulín, entre otros fines, Esto ha
creado un grave problema de acumulación, que según las estimaciones hechas
por la FAO, alcanza las 50 mil toneladas de plaguicidas obsoletos y decenas
de miles de toneladas de suelos contaminados, afectando a la mayoría de los
53 países de la región y amenazando la salud de las comunidades y el medio
ambiente. Se ha estimado que en Asia y América Latina existen otras 80 mil
toneladas. En los países de Europa del Este los cálculos llegaban a las 150 mil
toneladas, en marzo del 2000. Desde 1994 la FAO ha venido trabajando con
los países en vías de desarrollo en la identificación y el tratamiento de los
plaguicidas obsoletos acumulados. Por lo general, se procura que estos plaguicidas retornen a su lugar de origen o que sean incinerados en Holanda y Gran
Bretaña. Sin embargo, la propia FAO estimaba en 1999 que sólo el 5% del
total de plaguicidas obsoletos identificados había salido de Africa. Durante el
proceso de negociaciones del Convenio de Estocolmo se creó, en diciembre
del 2000, el Programa de Existencias Acumuladas de Africa (Africa Stockpiles
Program), una iniciativa multisectorial donde participan la industria de los
plaguicidas, representada por Crop Life; el Banco de Desarrollo Africano, el
Banco Mundial, el Secretariado del Convenio de Basilea, diversas organizaciones de las Naciones Unidas y organizaciones ambientalistas, como PANAfrica, PAN-UK y el Fondo mundial para la Vida Silvestre (WWF).7
1.2 Los PCB, el legado contaminante del benceno clorado
Durante más de 47 años los PCB, un tipo de aceites aislantes, fueron usados
principalmente por la industria eléctrica a escala mundial. En América Latina
son conocidos comúnmente por uno de sus nombres comerciales como
askareles. Aunque las características químicas de los PCB se descubrieron en
el siglo XIX (1881), su manufactura industrial la inició en 1929 la
Corporación Swan, de St. Louis, Missouri, empresa que luego fue adquirida
por Monsanto, en 1935. En Alemania la producción se inicia en 1930, y
después de la Segunda Guerra Mundial se amplió a otros países, incluyendo
Inglaterra, Rusia, Japón (en 1954 con una industria japonesa y a partir de
1969, con la Monsanto, en co-inversión con Mitsubishi), Francia, Austria,
Italia, España, Bélgica, Checoslovaquia (1959) y China.8
Monsanto fue la única empresa productora de PCB en Estados Unidos y también el primer productor mundial, hasta que cesó de fabricarlos en sus plantas de Illinois y Alabama, a fines de 1976. Se estima que la producción total
8
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
de PCB en el mundo fue superior a 1.5 millones de toneladas (sin contar a
Rusia y China) de las cuales Estados Unidos fue el principal productor, con
600 mil toneladas.9 Parte de la producción de PCB de Monsanto en Estados
Unidos se exportó a otros países de América Latina y del mundo.
La producción industrial de los PCB fue el resultado de la expansión de la
industria petroquímica y de la demanda de la industria eléctrica. Con el
aumento de la demanda de la gasolina extraída del petróleo crudo, se produjeron en forma secundaria grandes cantidades de otros químicos, como el
benceno. La industria química comenzó a experimentar con él y con el cloro,
para ver qué otros compuestos podrían usarse. Al calentar benceno bajo
condiciones apropiadas, se juntan dos anillos de benceno, formando bifenilos.
Al exponer estos bifenilos al gas cloro (Cl2), en presencia de un catalizador,
se produce una reacción química -algunos de los átomos de hidrógeno son
sustituidos por los de cloro- lo que da como resultado una mezcla de bifenilos policlorados. Dependiendo del tiempo de la reacción, de la cantidad de
cloro inicialmente presente y de la temperatura, resultan diversos tipos de
PCB, según el número y posición de los átomos de cloro en su estructura
química.10 Los principales usuarios de los PCB fueron las grandes empresas
productoras de condensadores y transformadores eléctricos, entre ellas
Westinghouse y General Electric en Estados Unidos, y AEG o Siemens en
Alemania.11 En la década de 1980 se calculaba que el 40% de todo el
equipamiento eléctrico de Estados Unidos contenía PCB.12
A mediados y fines de la década de 1970 los PCB comenzaron a ser prohibidos
o retirados en el mundo: en Japón (1974), Estados Unidos (1976), Canadá y
Suecia. A principios de 1980 le siguieron Francia, Alemania (Bayer en 1983),
España, Reino Unido y Checoslovaquia (1983). En Rusia la producción industrial de PCB no cesó sino hasta 1990.13
Aunque se ha dejado de producir PCB en un gran número de países, el problema no se ha resuelto, pues se calcula que el 70% de lo que se produjo a nivel
mundial se encuentra todavía en uso en una gran cantidad de equipos eléctricos y de artículos de consumo. También se encuentran en los equipos viejos y
en los artículos contaminados que han sido desechados y se hallan en bodegas, basureros municipales e instalaciones militares. Estas son las reservas
latentes de contaminación, al igual que los sedimentos y lodos de las áreas de
descarga donde históricamente se fueron vertiendo.14
Los problemas causados por los PCB en la salud de los trabajadores fueron
conocidos por Monsanto y por las empresas eléctricas que los usaban, a los
9
Capitulo I
pocos años de iniciada su fabricación; sin embargo, prefirieron continuar con
su lucrativo negocio, pues no tenían un sustituto en el mercado. En efecto,
en 1937 –sólo 8 años después de que se iniciara la producción de PCB- la
Escuela de Salud Pública de Harvard organizó un encuentro para discutir los
problemas de los efectos sistémicos de ciertos hidrocarburos clorados, incluidos los PCB, a la que asistieron representantes de Monsanto, General Electric,
el Servicio de Salud Pública de Estados Unidos y la Corporación Halowax,
entre otros.15 Ya en esa ocasión se dieron a conocer casos severos de cloracné
-una enfermedad de la piel, muy dolorosa, que produce erupciones, quistes y
pústulas- y se informó de muertes de trabajadores que habían estado
expuestos a los PCB en el proceso de producción de estos compuestos químicos, o al utilizarlos como fluido aislante en la fabricación de transformadores
eléctricos en las plantas industriales de la Corporación Halowax y de General
Electric. En dicha reunión se informó también sobre los resultados de los
experimentos con ratas de laboratorio y de algunos experimentos con seres
humanos en las plantas de producción de PCB de Monsanto. A fines de 1971,
representantes de Westinghouse confirmaron que los PCB se concentraban en
la cadena alimenticia, pero se recomendó continuar con su uso.
En la década de 1980 los investigadores empezaron a comprobar que los trabajadores expuestos a los PCB estaban muriendo de cáncer de piel y probablemente de cáncer del cerebro.16 Públicamente, Westinghouse y Monsanto
afirmaron que ellos siempre informaron de forma completa a sus trabajadores
acerca de los peligros de los PCB, pero durante la década de 1990 más de mil
obreros demandaron compensaciones a Westinghouse por los daños a su
salud y por las mentiras que recibieron por parte de la empresa. Aunque
Monsanto cesó la producción de PCB en Alabama en 1976, no fue sino hasta
agosto del 2003, después de décadas de litigio, que Monsanto y Solutia Inc.
aceptaron finalmente pagar 700 millones de dólares para desarrollar un programa de limpieza del lugar, ente otras acciones, y dar respuesta así a los
reclamos de 20 mil residentes de Anniston, Alabama, por la contaminación
causada por la producción de PCB.17
1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses de
las corporaciones
Los efectos provocados por las dioxinas en el ambiente y en la salud humana
han sido motivo de una intensa investigación y debate desde fines de la década de 1970 en Estados Unidos, Europa y Japón, países donde se ha realizado la mayor parte de la investigación científica sobre estos contaminantes.
10
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Muchos de los estudios iniciales sobre las dioxinas se realizaron a partir del
análisis de los efectos causados por graves accidentes industriales en la producción de compuestos clorados. En estas situaciones se produjo una severa
contaminación por dioxinas, como en el caso de Seveso, Italia (1976), que
tuvo una mayor difusión, aunque no fue el primer accidente en ocurrir, ya que
fue precedido por hechos similares en plantas industriales de Monsanto
(Estados Unidos, 1949), BASF (Alemania, 1953), Dow Chemical (Estados
Unidos, 1960), Phillips Duphar (Holanda, 1963) y Coalite (Reino Unido,
1968).18 Como se ha documentado ampliamente en Estados Unidos, la investigación sobre los efectos de las dioxinas es una historia social y política llena
de conflictos, donde poderosas empresas químicas han llegado incluso a
manipular la investigación científica y han ejercido su poder para influir en
las decisiones de las agencias ambientales y para defender sus intereses frente
a las demandas y protestas de los trabajadores, las comunidades y los veteranos de guerra afectados por la exposición a esas sustancias tóxicas.
El accidente de Seveso, Italia
La opinión pública internacional supo sobre las dioxinas y sus efectos a raíz
del accidente industrial que afectó seriamente a la población del distrito
urbano de Seveso, al norte de Milán, Italia. El 10 de julio de 1976, en el
pueblo de Meda, explotó un reactor donde se fabricaba 2,4,5-tricolorofenol
(TCP) -usado como intermediario en la producción de herbicidas (hexacloropropeno y 2,4,5-T)- en la empresa ICMESA, de propiedad del gigante farmacéutico suizo Givaudan-Hoffman-LaRoche, y cuyo permiso de funcionamiento no
hubiera podido obtener en Suiza. La explosión provocó la liberación de casi 3
toneladas de sustancis químicas, incluyendo más de 600 kilos de clorofenoles
y la formación de nuevos contaminantes: las dioxinas. La nube tóxica alcanzó
una altura de 50 metros y se fue dispersando en el área vecina de Seveso y
sus alrededores, afectando en menos de dos horas un área de 6 kilómetros
al sur de la fábrica. Se calcula que 37 mil personas que habitaban las zonas
residenciales vecinas resultaron expuestas. La contaminación afectó gravemente el suelo, las plantas, la vida silvestre y los animales domésticos; más
tarde se midieron dioxinas en los tejidos de las personas de barrios vecinos
y se encontraron niveles entre 5 y 20 veces superiores a los niveles ambientales. Miles de animales murieron en los dos meses posteriores al accidente
y la población expuesta de Seveso ha presentado severos problemas de
salud en el corto y largo plazo. Además de cloracné, se ha detectado un
incremento de los casos de cáncer de hígado, linfomas, mieloma múltiple,
leucemia y enfermedades cardíacas.19
11
Capitulo I
Las situaciones de catástrofe, como la ocurrida en Seveso, no son los únicos
episodios donde se liberan dioxinas al ambiente; día a día, en menor escala y
a causa de diversas actividades industriales, generalmente involucrando la
producción o combustión de compuestos clorados, se liberan dioxinas al aire,
al agua y al suelo, provocando su acumulación en el ambiente, en las cadenas alimenticias y en la carga corporal de la población. En los anexos 2, 3
y 4 se presenta la lista de sustancias químicas que durante su producción
pueden generar dioxinas y furanos.
La manipulación de estudios sobre dioxinas por parte de Monsanto y de BASF
Por muchos años la industria química sólo aceptó que la exposición severa a
las dioxinas podía producir cloracné, pero ningún otro efecto crónico en la
salud humana; que no había evidencia de que los seres humanos presentaran
los mismos efectos vistos en experimentos con animales, especialmente
cáncer. Estudios conducidos por Monsanto, BASF y Dow, y publicados en
revistas científicas, fueron usados en repetidas ocasiones para defenderse
de los reclamos de los trabajadores y las comunidades afectadas, usando
estos argumentos.
En 1980 Monsanto publicó el primero de tres estudios epidemiológicos de trabajadores expuestos a las dioxinas que se formaron por una explosión durante
la fabricación de 2,4,5-T en Nitro, West Virginia, ocurrida décadas antes, en
1949. Monsanto concluía que los trabajadores no sufrieron efectos secundarios,
salvo cloracné, y que no había pruebas de que la exposición a las dioxinas
causara cáncer u otros efectos a largo plazo. Estudios adicionales efectuados por
Monsanto en 1980 y 1984 apoyaron esta conclusión. De manera similar, en
1980 la empresa BASF presentó un estudio epidemiológico que concluía que los
trabajadores y las comunidades no presentaban niveles significativos de casos
de cáncer después de haber estado expuestos a dioxinas, a raíz de un accidente
ocurrido durante la fabricación de 2,4,5-Triclorofenol, en Ludwigshafen,
Alemania, en noviembre de 1953. Con base en estas conclusiones, la Asociación
de Seguros de la Industria Química desechó la demanda de compensación interpuesta por los trabajadores de BASF. Los estudios de Monsanto y de BASF
fueron presentados poco después que investigadores de Dow Chemical Co.
encontraron que a muy bajos niveles de exposición, las dioxinas causaban
cáncer en ratas, pero argumentaron que los resultados no podían extrapolarse a los seres humanos. 20 En 1965 y 1966, Dow llegó incluso a realizar
experimentos en prisioneros de la cárcel de Holmesburg, Pensilvania,
aplicándoles dioxinas en la piel y confirmando que desarrollaron cloracné y
no otros efectos, aunque no se les hizo ningún examen médico posterior. La
12
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
EPA desatendió las quejas de algunos prisioneros liberados, que buscaron
ayuda posteriormente, por hallarse enfermos.21
Estos estudios de Monsanto y de BASF fueron citados por numerosos artículos y editoriales como prueba de que la exposición a dioxinas no tenía efectos en la salud a largo plazo, más allá del cloracné y para cuestionar los
esfuerzos de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos
(EPA) para clasificar las dioxinas como un probable carcinógeno humano.
Sin embargo, años más tarde se descubrió que los estudios “clásicos” de
Monsanto y de BASF fueron manipulados. Durante el juicio de Kemmer
et.al. vs Monsanto, promovido en 1985 por ciudadanos de Sturgeon,
Missouri, los abogados descubrieron y confirmaron mediante testimonios
que se manipularon los datos al momento de clasificar a la población
expuesta, a fin de forzar la conclusión de que el número de muertes por
cáncer no era significativo. Se comprobó también que en forma deliberada
no se incluyó información sobre enfermedades distintas al cloracné. En
1990 la doctora en química Cate Jenkins, funcionaria de la EPA, analizó
la información de Monsanto y concluyó que la empresa deliberadamente
uso información falsa y manipuló los resultados, por lo que le solicitó a la oficina de investigaciones criminales de la EPA que realizara una investigación
más amplia sobre esa corporación. Sin embargo, la investigación fue
archivada y la Dra. Jenkins fue removida de su cargo en 1992 y destinada a
otras funciones en la EPA, con la restricción de no tener contacto con el
público, ni autorización para participar en nuevas regulaciones. En el caso
del estudio de BASF, la revisión hecha por un epidemiólogo independiente
nombrado por una corte alemana en 1989 dejó al descubierto la manipulación de los datos. Al corregir los errores encontró pruebas estadísticas significativas relacionadas con el aumento de diversos tipos de cáncer en los
trabajadores expuestos al accidente en la planta productora de triclorofenol.22
La influencia de la Dow sobre la EPA quedó también clara cuando en 1981 se
publicó un informe sobre la contaminación por dioxinas en la cadena alimenticia de los Grandes Lagos. Funcionarios de la EPA editaron la versión final del
informe y eliminaron las referencias que podían inculpar a Dow y a su fábrica en Midland (donde se producía el 2,4,5-T) como una de las fuentes principales de dioxinas. También omitieron incluir la recomendación de prohibir
el consumo de pescado del río Tittabawasee y de la Bahía de Saginaw, ubicados cerca de la fábrica. No fue sino hasta 1983 que una investigación del
Congreso descubrió esta manipulación, lo que provocó la renuncia obligada
de altos funcionarios de la EPA.23
13
Capitulo I
2,4,5-T , el Agente Naranja y Dow
El herbicida 2,4,5-T (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético) es un herbicida prohibido en numerosos países debido a que durante el proceso de su síntesis
química se genera de manera involuntaria la más tóxica de las dioxinas, la
2,3,7-8, TCDD, contaminando el producto. La mezcla al 50% de dos herbicidas, el 2,4,5-7 + el 2,4-D (ácido 2,4-diclorofenoxiacético), se llegó a conocer
como “Agente Naranja” --nombre derivado de las bandas de ese color en los
tambores en que eran transportados--, y fue uno de los principales desfoliantes usados como arma química por el ejército estadounidense durante la
guerra contra Vietnam.24
Decenas de miles de veteranos estadounidenses de esa guerra, además de tres
generaciones de vietnamitas han señalado al Agente Naranja como el posible
causante de un gran número de cánceres y de malformaciones congénitas en
sus hijos y nietos, entre otros daños crónicos a su salud. Además del Napalm,
80 millones de litros de herbicidas, de los cuales 43 millones fueron del Agente
Naranja, fueron rociados durante nueve años por el ejército estadounidense
sobre la selva del sur de Vietnam, de 1962 a 1970, en la frontera con Laos,
en acciones encubiertas codificadas bajo el nombre de “Operación Ranch
Hand”, en lo que se ha calificado como “la mayor campaña de guerra química realizada en la historia”.25 Aunque el 2,4,5-T y el 2,4-D eran usados como
herbicidas para el control de malezas de hoja ancha en la agricultura, la concentración de TCDD encontrada en el 2,4,5-T empleado en el Agente Naranja
llegó a ser mil veces superior a la reportada para uso agrícola (50 ppm. comparada con 0,05 ppm, de TCDD, respectivamente). Se calcula que 4000 kg.
de dioxinas fueron rociadas en un área de 3 millones de hectáreas de bosque
y cultivos, casi el 10% del territorio de Vietnam.26
La aspersión aérea del Agente Naranja como desfoliante intentaba impedir
que la selva sirviera de protección a la guerrilla comunista del Viet Cong en
la llamada ruta de Ho Chi Min, por lo que millones de vietnamitas así como
miles de pilotos, soldados y marinos de las tropas norteamericanas entraron
en contacto con la mezcla de herbicidas contaminada con dioxinas. Casi
inmediatamente al terminar la guerra de Vietnam, en 1975, los veteranos
estadounidenses empezaron a reportar problemas crónicos de la piel, asma,
úlceras gastrointestinales, cánceres y que sus bebés nacían con malformaciones. En 1979, 15 mil veteranos iniciaron una demanda colectiva contra
Dow Chemicals, Monsanto, Diamond Shamrock, Uniroyal, Hercules, Thomson
Chemical y Th Agriculture productoras de 2,4,5-T y el Agente Naranja que
habían recibido jugosos contratos del Pentágono durante la guerra.27 El caso
nunca llegó a la corte y los abogados llegaron a un arreglo en 1984, por lo
14
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
que las empresas aceptaron pagar 240 millones de dólares, que significaba
otorgar a los demandantes 12 mil dls. si el veterano estaba vivo y no más de
3,500 dls si estaba muerto. Muchos veteranos y sus familias no estuvieron de
acuerdo con el arreglo y continuaron con demandas individuales.28
A fines de 1979 el Presidente Carter firmó una ley que ordenó al
Departamento de Asuntos de los Veteranos que condujera una investigación
sobre el impacto del Agente Naranja sobre la salud de los veteranos; después
de tres años de discutir aún sobre el protocolo y no iniciar la investigación, se
encargó en 1983 al Centro de Control de Enfermedades (CDC por su ) para
que la realizara. El CDC realizó diversos estudios, entre ellos el estudio de
efectos crónicos a la exposición de herbicidas, “el estudio del Agente Naranja”
pero anunció en 1986 que le era imposible identificar quien fue expuesto y
quien no, y el estudio fue cancelado en 1987. El CDC en 1988 en otros estudios concluyó que no había pruebas sobre los efectos crónicos a la salud
debidos a la exposición a dioxinas.
Años más tarde el Congreso de los Estados Unidos ordenó a la Academia
Nacional de Ciencias (NAS por sus siglas en inglés) que condujera una extensa investigación que concluyó en 1993 que los estudios de la (CDC por sus
siglas en ingles) y otras investigaciones realizadas por la Fuerza Aérea fueron
alteradas y manipuladas por presiones políticas de la Casa Blanca, durante la
presidencia de Ronald Reagan. El informe de la NAS indicaba que había suficiente evidencia científica para relacionar la exposición al Agente Naranja con
distintos tipos de cáncer, como sarcomas en tejido blando y linfoma no
Hodgkin, con la de enfermedad de Hodgkin, el cloracné y con otros desórdenes metabólicos y cardiovasculares, como la porfiria cutánea tardía (que
afecta las áreas del cuerpo expuestas a la luz, causando hirsutismo, hiperpigmentación y fragilidad de la piel). Otras enfermedades donde se encontró evidencia limitada, pero sugerente, fueron otros cánceres del sistema respiratorio, cáncer de la próstata y mieloma múltiple. Se estima que existen también
otros efectos posibles de confirmar entre los veteranos, dado el largo período
de latencia de otros tipos de cáncer. El informe de la Academia Nacional de
Ciencias hizo posible que la Administración de Veteranos aprobara el
otorgamiento de compensaciones por nueve enfermedades derivadas de la
exposición al Agente Naranja en la Guerra de Vietnam, aunque según otros
críticos había eviden-cias de 28 enfermedades relacionadas con la exposición
a este tóxico.29 En enero del 2003 el Departamento de Asuntos de los
Veteranos otorgó beneficios extras de compensación a los veteranos que
sufrían de un tipo de leucemia, después de comprobar mediante investigación científica su vínculo con la exposición al Agente Naranja.30
15
Capitulo I
Gracias a su lucha, los veteranos estadounidenses de la Guerra de Vietnam
reciben una compensación mensual (de hasta $1,500 dls) si sufren de enfermedades relacionadas con el Agente Naranja; pero para los millones de víctimas vietnamitas no ha habido compensación alguna por el gobierno de
Estados Unidos o las corporaciones que produjeron esta arma química. Las
familias vietnamitas afectadas apenas reciben de su gobierno 5 dólares al
mes. La Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente Naranja (AVAN) estima
en tres millones la población expuesta a este herbicida durante la guerra, y al
menos un millón que sufre de serios problemas de salud, según registros de
la Cruz Roja de Vietnam. Otras estimaciones elevan a 500 mil el número de
niños nacidos con deformidades. Han pasado 29 años desde que se terminó
la guerra con Estados Unidos, pero aún se encuentran dioxinas en el suelo,
en altas concentraciones, y lo que es peor, estas sustancias se han dispersado en los sedimentos y en los ríos y se han concentrado en las cadenas alimenticias y en la carga corporal de hombres y mujeres, que se pasa a las
futuras generaciones en la leche materna. Los nietos de los hombres y
mujeres vietnamitas expuestos al Agente Naranja aún sufren las consecuencias. Se han localizado más de 50 sectores con altos niveles de contaminación
con dioxinas.
En enero del 2004 la Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente Naranja
(AVAN) presentó ante una Corte Federal de Estados Unidos una querella judicial por crímenes de guerra contra las 37 corporaciones químicas estadounidenses que fabricaron y distribuyeron este tóxico. El juicio civil se inició
en marzo del mismo año en la Corte Federal en el distrito de Brooklyn del
Estado de Nueva York, en la que se espera será una fuerte batalla legal, pues
afecta a poderosas corporaciones como la Dow Chemical, y Monsanto. A la
demanda se han sumado cientos de víctimas y se espera lo hagan miles más;
ha recibido la solidaridad de la Asociación Mundial de Abogados
Democráticos y el apoyo de organizaciones que han conducido investigaciones en comunidades afectadas en el país asiático. Los Estados Unidos y las
corporaciones deben pagar su deuda al pueblo de Vietnam.31
Otros juicios promovidos en Estados Unidos en documentos revelados en la
Corte Federal y resumidos en un extenso reportaje del New York Times en
1983, dieron a conocer que Dow Chemical estaba enterada desde 1964 de la
contaminación con dioxinas en la producción del 2,4-5-T en su planta industrial de Midland, Michigan, ya que ese año se produjo un brote de cloracné
entre sus trabajadores. Dow, como principal productor de 2,4,5-T, invitó a
otras empresas fabricantes de este herbicida, entre ellas Monsanto y Hooker
Chemical (después Occidental), para discutir las implicaciones políticas y
científicas de la contaminación con dioxinas de su línea de producción del
16
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Agente Naranja, pero no informó sobre este descubrimiento al gobierno sino
hasta 1970. Durante ese período continuó fabricándolo y vendiéndolo al
ejército norteamericano para ser usado en Vietnam. Dow y Monsanto fueron
los principales productores del Agente Naranja.32
Aún cuando el Pentágono ordenó dejar de usar el Agente Naranja en 1970, el
2,4,5,T se continuó usando como herbicida en Estados Unidos por otros nueve
años. En 1973, la EPA intentó cancelar su registro, pero pospuso la decisión,
bajo presiones de la industria química, para realizar nuevos estudios. Una
demanda legal ciudadana y un estudio posterior de la EPA -que relacionaba la
ocurrencia de abortos involuntarios con los programas federales forestales de
aplicación aérea del 2,4,5-T en Alsea, en la costa de Oregon- hicieron posible
que en 1979 esta agencia dictara una orden de emergencia para suspender la
aplicación de este herbicida en los bosques, caminos y pastizales de los
Estados Unidos. Dow cuestionó la decisión, al igual que la validez del estudio
de la EPA y sostuvo una batalla legal por otros seis años, período durante el
cual siguió exportando 2,4,5,T al Tercer Mundo, hasta que en diciembre de
1984 se cancelaron todos los usos de este producto. Sin embargo Dow
continuó produciendo 2,4,5-T con otra empresa asociada, en Nueva
Zelanda, hasta 1987. Actualmente el 2,4,5-T se ha prohibido o dejado de
usar en la mayor parte del mundo.
El otro componente del Agente Naranja, el herbicida 2,4,D (2,4-diclorofenoxiacético) también se puede contaminar con dioxinas, pero como la mayoría de éstas no corresponden al tipo más tóxico -la 2,3,7,8 TCDD- su toxicidad fue menor a la del 2,4,5-T. Es inevitable que se produzcan dioxinas
durante la producción de 2,4-D, como se ha comprobado en los efluentes de
las descargas y en las emisiones a la atmósfera del principal fabricante de este
producto, Nufarm Ltd, en Melbourne, Australia. Sin embargo, la industria
argumenta que esta contaminación puede reducirse con medidas de control.33 El análisis de 2,4-D en muestras tomadas en Estados Unidos, Israel y
Rusia, en 1997, indicó la presencia de dioxinas y furanos.34 El 2,4-D aún es
un herbicida de amplio uso mundial.35
El tortuoso camino de la evaluación de dioxinas en Estados Unidos
El estudio de la generación no intencional de dioxinas y los riesgos a la salud,
por el gobierno de los Estados Unidos ha sido un largo y lento proceso, de más
de 20 años, que aún no termina, sujeto a fuertes presiones de los poderosos
intereses de las corporaciones de la industria química.
17
Capitulo I
En 1982, el Programa Nacional Toxicológico del Departamento de Salud y
Servicios Humanos terminó un estudio sobre la carcinogenicidad de las
dioxinas y encontró cáncer tanto en ratas como ratones, expuestos a niveles
de dioxinas similares a los encontrados por estudios previos publicados en
1978 por científicos de Dow. En 1985 la Agencia de Protección Ambiental
(EPA) de Estados Unidos publicó una revisión científica de los efectos a la
salud de las dioxinas que sirvió de base para la primera evaluación de riesgos
de las dioxinas, que determinó una dosis diaria aceptable (DDA) de exposición
con un límite más bajo que el establecido en esa época por otras agencias gubernamentales u otros países (0.006 picogramos por kg. de peso corporal por
día). Poco tiempo después, en 1987, la EPA informó en su Estudio Nacional
de Dioxinas que había encontrado estos contaminantes en los efluentes de las
empresas papeleras en diversos lugares del país; esto provocó una fuerte presión de la industria química del cloro y de la industria papelera para que la
EPA reconsiderara sus estimaciones de riesgo de 1985. La presión dió resultado y en 1988, la EPA formó un grupo interno de trabajo para iniciar lo que
sería la primera reevaluación de dioxinas del documento de 1985; sin embargo, sus propuestas de elevar los valores de riesgo fueron criticados por el
Consejo Asesor Científico de la EPA (compuesto por científicos no gubernamentales) que no encontró bases para cambiar los valores establecidos en
1985. En abril de 1991 la EPA inició su segunda reevaluación, bajo presión del
Instituto del Cloro (conocido más tarde como Consejo de la Química del
Cloro) –que agrupa a los mayores productores y usuarios comerciales de compuestos del cloro- con la idea de buscar un umbral de exposición seguro, y con
la expectativa de la industria de probar que la dioxina fuera menos tóxica que
lo que se pensaba.36
En septiembre de 1994 la EPA dió a conocer los resultados de su segunda
reevaluación de dioxinas, presentados como un “borrador para recibir
comentarios del público”. En forma contraria a lo que la industria esperaba,
la EPA encontró que los problemas de salud relacionados con las dioxinas
eran peores de lo que se creía. Calculó que el nuevo nivel de riesgo aceptable
de contraer cáncer era de 100 a 1000 veces más alto que el de 1 en 1 millón
que hasta entonces se consideraba aceptable; reconoció otros efectos crónicos
causados por las dioxinas a niveles muy cercanos a la exposición ambiental de
la población, y advirtió que las dioxinas se van acumulando en el cuerpo,
principalmente a través de la dieta, para formar una carga corporal de contaminantes. La industria volvió a presionar con un reporte de científicos a su
servicio, que criticaron varios capítulos del borrador; de este modo la EPA se
vió forzada a pedir, en diciembre de 1994, a su Consejo Asesor Científico que
revisara partes del informe de reevaluación de dioxinas, por lo que se creó un
comité de científicos ad hoc que diò a conocer su informe en septiembre de
18
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
1995, que en líneas generales avaló el informe de 1994. Mientras tanto las
agencias estatales y locales pidieron que hubiera mayor guía sobre las situaciones de exposición y riesgo a nivel estatal y local, y de nuevo la presentación
del informe fnal se pospuso.37
En junio del 2000 la EPA presentó una revision del informe de reevaluación
de dioxinas de 1994 y, de nuevo para disgusto de la industria, que reportaba
vínculos más fuertes entre la exposición a dioxinas y un impacto severo en la
salud. El Consejo Asesor Científico volvió a revisar el informe en el otoñoinvierno de 2000-2001 en un proceso controlado por la industria y cuestionado
por su falta de neutralidad, y en junio del 2001 mandó una carta a la EPA en
la que le urgía se concluyera y presentara al público. La EPA en cambio ese
mismo mes, anunció la creación de un Grupo de Trabajo Interagencia para
una revisión más, y le envió el documento para su revision hasta enero del
2003, 18 meses después de creado el Grupo. El Grupo de Trabajo Interagencia
está compuesto por representantes de todas las agencias federales y estatales
para comentar el informe y desarrollar una estrategia para su presentación
pública; es coordinado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos y
el Departamento de Agricultura, quien tiene un gran interés en minimizar el
impacto de las regulaciones de dioxinas en el sector industrial alimentario,
especialmente en la ganadería y productos lácteos. El Grupo de Trabajo InterAgencia le pidió a la Academia Nacional de Ciencias (NAS) que evaluara la
consistencia científica del informe de reevaluación de dioxinas; para junio del
2004 fuentes internas han revelado que aunque la NAS no ha recibido fondos
para su revisión, se le ha asignado la tarea de encontrar cualquier cosa que no
sea perfecta del informe de dioxinas entregado en el 2003, en un esfuerzo
más para posponer su presentación pública hasta después de las elecciones
presidenciales de noviembre del 2004, y tanto como sea posible. 38
Diversas organizaciones ciudadanas de Estados Unidos han denunciado las
presiones de las organizaciones empresariales de la industria química para
influir en el proceso de reevaluación de las dioxinas realizada por la EPA, lo
que les ha permitido retardar la presentación pública del informe final. Entre
las tácticas corporativas usadas por el Consejo Americano de la Química
(ACC) y el Consejo de la Química del Cloro (Chlorine Chemistry Council ó
CCC), se encuentra el cabildeo para poner a científicos proclives a la industria en posiciones claves en los paneles de revisión del Consejo Asesor
Científico de la EPA. El ACC y el CCC también han propuesto reformas legislativas que limiten la participación pública; y amenazaron con demandar legalmente a la EPA si clasifica las dioxinas como un conocido carcinógeno para
humanos. Estas organizaciones empresariales aportaron generosas contribuciones económicas a las campañas del presidente Bush y de Christine Todd
19
Capitulo I
Whitman -directora de la EPA en el 2003- cuando se postuló como gobernadora de Nueva Jersey. De igual modo, la industria ha presionado a los gobiernos
locales para impedir la aprobación de ordenanzas en contra de diversas
fuentes generadoras de dioxinas, como ha ocurrido en los condados de San
Francisco y Marino y en las ciudades de Oakland, Berkeley, San Francisco y
Palo Alto, en California. Por todo lo anterior, se ha denunciado que los grupos
empresariales de la Industria Química del Cloro representan un poderoso
grupo de presión que obstaculiza el ejercicio de una política pública
democrática que proteja la salud y el ambiente de la población. Esta es la posición de organizaciones como el Centro para la Salud Ambiental y la Justicia
(CHEJ), institución que brinda servicios a una amplia coalición integrada por
cientos de organizaciones comunitarias de los Estados Unidos.39
Los esfuerzos de la industria química del cloro por presionar a las autoridades
ambientales de Estados Unidos no son nuevos; cuando en 1994 la EPA propuso estudiar la viabilidad de una estrategia nacional para “prohibir, sustituir o
reducir” el uso de compuestos clorados en cuatro de los mayores sectores
usuarios (PVC, solventes, blanqueo de la pulpa de papel y tratamiento del
agua), el Instituto del Vinilo calificó la propuesta como “una declaración de
guerra contra la sociedad moderna” y el Consejo de la Química del Cloro
lanzó una agresiva contra-campaña, con un intenso cabildeo en el Congreso,
en la prensa y entre otros funcionarios públicos, hasta que la Casa Blanca
retiró la propuesta.40
Ante el gran retraso en la presentación pública de la versión final de la
reevaluación de dioxinas el Centro para la Salud Ambiental y la Justicia convocó a un grupo de científicos para que revisara la información científica
disponible sobre el impacto en la salud de la exposición a dioxinas y publicó
su propio reporte, en noviembre de 1999, incluyendo las propuestas de cambio de promoción der alternativas y de política pública en cada una de las
fuentes identificadas de generación de dioxinas. 41
1.4 La lucha contra la incineración
El movimiento ciudadano contra la industria de la incineración de residuos ha
sido un componente importante en la lucha contra los COP y ha adquirido un
carácter internacional.
La incineración en un sentido amplio incluye un proceso de combustión u oxidación térmica de residuos, para reducirlos a gases y cenizas. La quema de
basura en incineradores fue primero practicada en Europa en el siglo XIX. En
20
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
la década de 1930 el método barato de enterrar los residuos llevó a un aumento en la construcción de depósitos bajo tierra (“rellenos sanitarios”), que se
fueron sofisticando para recibir residuos industriales peligrosos mediante el
añadido de filtros, capas impermeables y sistemas de vigilancia y recolección
de lixiviados (“confinamientos de residuos peligrosos”). Sin embargo, en la
década de 1970 la falta de espacio para construir nuevos rellenos sanitarios o
confinamientos de residuos peligrosos; el incremento enorme del volumen de
residuos municipales y peligrosos; el rechazo de comunidades y gobiernos
locales que no deseaban recibir basura de otros lugares y ver contaminados
su suelo y su agua, todo ello llevó a que la industria del manejo de residuos
comenzara a promover las tecnologías de incineración como una solución a
“la crisis de la basura”.42
Las empresas promueven la incineración como una forma de reciclaje o de
“recuperación de recursos”, si se obtiene energía a través de la quema de
residuos. Sin embargo, la cantidad de energía recuperada, no sólo no es significativa sino que en muchos casos es notablemente menor que la energía
que se ahorra si, en lugar de quemar los productos, se los repara, reutiliza,
recicla o compostea, evitando tener que fabricarlos de nuevo con materiales
vírgenes. Agregado a esto, el mismo proceso de incineración deja residuos que
son con frecuencia más tóxicos que los materiales originales.
Los diversos tipos de incineradores incluyen los destinados a la combustión de
residuos municipales y los que se utilizan para incinerar residuos peligrosos.
Entre los residuos peligrosos se encuentran diversos tipos de residuos industriales sólidos, líquidos y lodos, así como residuos biológico infecciosos provenientes de hospitales. Al ser identificados los incineradores como una fuente
de generación de dioxinas y otros contaminantes, la oposición ciudadana a
ellos ha ido creciendo. Tan sólo en Estados Unidos, entre 1985 y 1994, alrededor de 280 propuestas para instalar incineradores de residuos municipales
fueron rechazadas o se dejaron de lado. Asimismo, decenas de gobiernos en
todo el mundo prohibieron o restringieron la incineración de residuos, ante la
evidencia de los peligros que representa esta tecnología, e impulsados por la
presión ciudadana.43
Frente a la oposición a los incineradores, en los últimos años se ha extendido
la práctica de la industria cementera de quemar residuos peligrosos y no peligrosos como combustible alterno de sus hornos rotatorios para la producción
de cemento. Esta práctica es promovida por el cartel de transnacionales que
controlan el mercado mundial del cemento, como una “Iniciativa para el
cemento sostenible”; de este modo realizan un doble negocio, ya que ganan
por el tratamiento de residuos y por la venta del cemento, y de paso se
21
Capitulo I
maquillan de verde, al presentar esta práctica como forma de ahorro de
energía y como solución al problema de los residuos, como veremos con
mayor detalle en la página 31.
La incineración representa una ventaja para quienes generan residuos peligrosos; esto se debe especialmente a que desaparece la responsabilidad legal
vinculada a los residuos, una vez que entran al incinerador. A diferencia de
los problemas legales causados por el vertido o por el lixiviado en los confinamientos, en el caso de la incineración no hay etiquetas de tambores que
identifiquen al generador de residuos, ya que éstos se transforman en gases
atmosféricos y en cenizas, y allí los residuos originales no pueden ser rastreados. La responsabilidad se traslada de la empresa generadora a la que opera
el incinerador.44
Liberación de COP y otras sustancias peligrosas por los incineradores
45
Todos los tipos de incineradores liberan residuos peligrosos, ya sea gases de
chimenea, o cenizas que pueden contener metales pesados y productos de
combustión incompleta, formándose de manera involuntaria nuevos COP,
tales como dioxinas y furanos. De acuerdo a la propia EPA, los incineradores
de residuos peligrosos liberan miles de Productos de Combustión Incompleta
(PCI) durante el proceso de incineración. Estas partículas son emitidas en los
gases de chimenea y también depositadas en las cenizas residuales y líquidos
de los incineradores de residuos peligrosos.
Gases de chimenea: Emiten contaminantes orgánicos persistentes, como dioxinas, furanos, PCB, hexaclorobenceno, que como ya se verá con mayor detalle
son muy tóxicos, persistentes y bioacumulables en las cadenas alimenticias.
Además se liberan otros compuestos orgánicos, incluidos gases de efecto
invernadero; metales pesados, incluidos plomo y cadmio; gases ácidos; y
partículas ultra finas que escapan a los filtros y equipos de control de emisiones (de 2.5 micras), que pueden permanecer suspendidas en la atmósfera
por largos períodos o depositarse en los pulmones. Estas partículas pueden
acarrear dioxinas y metales pesados. Las emisiones atmosféricas de COP
pueden desplazarse a grandes distancias y afectar a las comunidades y al
medio ambiente.
Cenizas: Los procesos de incineración generan dos tipos de cenizas: las
cenizas del fondo que quedan después de la incineración y las cenizas
volantes, algunas de las cuales son capturadas por los equipos de control y
otras son emitidas a la atmósfera. Las cenizas pueden estar contaminadas con
PCI y metales pesados.
22
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Las emisiones fugitivas: Son residuos que se liberan de manera accidental
durante las operaciones de transporte y manejo, a veces en cantidades iguales
o mayores que las emisiones atmosféricas de chimenea.
Los metales pesados contenidos en los residuos que se queman, no se
destruyen sino que se redistribuyen y cambian de forma física. En ocasiones
adquieren una mayor toxicidad, y resultan más fáciles de inhalar, de ingerir,
o bien de lixiviarse, en el caso de la ceniza de los incineradores. Se han identificado por lo menos 19 metales en los gases de chimenea, las cenizas y otros
residuos de los incineradores. Los metales liberados comúnmente son mercurio, plomo, cadmio, cromo, arsénico y berilio, todos conocidos como posibles
cancerígenos. El mercurio se libera de los incineradores en forma gaseosa,
como mercurio elemental; es un potente neurotóxico y se biomagnifica en la
cadena alimenticia.
Las limitaciones de los métodos de medición de dioxinas y furanos las señalaremos en la cuarta parte del libro, al referirnos a los inventarios de dioxinas en
los planes nacionales de aplicación del Convenio de Estocolmo. Cabe por el
momento anotar que los actuales métodos de medición subestiman la liberación
real de dioxinas, al no incluir un método de medición continua, por varios
días y no por unas cuantas horas, como sucede normalmente. Además, el
informe de liberación de dioxinas debe ser total, no sólo de la emisión en
los gases de chimenea sino también en cenizas y otros residuos líquidos y
sólidos. Las medidas de control de dioxinas y furanos que establecen los
gobiernos son muy débiles y se reducen a una o dos mediciones al año, con
previo aviso, por lo que no reflejan las condiciones medias reales de
operación, con encendidos, apagados y fallas frecuentes.
Impactos de la incineración en la salud y medio ambiente
Las investigaciones sobre la exposición humana y medioambiental a las emisiones procedentes de la incineración son limitadas, pero hay ya una evidencia
acumulada de que los incineradores –tanto las instalaciones más modernas
como las más antiguas– contribuyen a la contaminación local de los suelos y la
vegetación con dioxinas y metales pesados y tienen un efecto negativo en la
salud de trabajadores y población vecina expuesta.
Las poblaciones que viven cerca de las incineradoras se encuentran expuestas
a sustancias químicas peligrosas, sea por inhalación de aire contaminado, por
el consumo de productos agrícolas locales contaminados (verdura, huevos
y leche), o por el contacto directo con suelo contaminado. Los niveles de
dioxinas y compuestos de similar toxicidad en los tejidos de las personas que
23
Capitulo I
viven cerca de las incineradoras son mayores, incluidas la sangre de los niños
y la leche materna.
Aunque limitados, diversos estudios han documentado los siguientes
impactos en trabajadores que laboran en diversas incineradoras de residuos
sólidos urbanos: niveles elevados de mutágenos (con capacidad para dañar el
ADN de las células) en la orina; aumento de los niveles de hidroxipirebo en
la orina (un indicador de exposición a hidrocarburos poliaromáticos); aumento en 3,5 veces la probabilidad de muerte por cáncer de pulmón; aumento en
1,5 veces la muerte por cáncer de esófago; incremento de 2,79 veces la mortalidad por cáncer de estómago; incremento de alergias; disminución de la
función del hígado; hiperlipidemia, isquemia coronaria (insuficiencia de la
corriente sanguínea al corazón que provoca angina de pecho) y cloracné.46
Otros estudios sobre la salud de las poblaciones que viven cerca de las
incineradoras han documentado los siguientes impactos: daños cromosómicos; niveles de tioéteres en orina; aumento de diversos cánceres (un 44% en
sarcomas de tejido blando, y un 27% en linfomas no Hodgkin (que no
incluyen los tejidos linfáticos); mortalidad por cáncer de pulmón y cáncer de
laringe; aumento del 37% en mortalidad por cáncer de hígado; incremento de
dos veces en la probabilidad de mortalidad por cáncer infantil. También se
han observado problemas respiratorios y enfermedades pulmonares (dificultad para respirar, tos persistente y bronquitis) cerca de cementeras. A ello se
agregan malformaciones congénitas como “labio leporino”, espina bífida e
hipospadias (los testículos no descienden); hay estudios contradictorios sobre
posible incremento de embarazos múltiples y se ha encontrado niveles bajos
de hormonas tiroideas en niños.47
La conexión entre el contenido de cloro de los residuos y
la formación de dioxinas en la incineración
Uno de los aspectos polémicos en la crítica a la incineración es la relación
entre el contenido de cloro presente en los residuos y el aumento o disminución en la generación de dioxinas. Para el Consejo de la Industria Química del
Cloro (Chlorine Chemistry Council), citando algunos estudios, el diseño del
incinerador y las condiciones de operación son los factores críticos que determinan el aumento de dioxinas y furanos resultantes de la combustión y afirman
que no hay una relación entre ese incremento y el de los residuos clorados.48
De este modo, la industria desea evitar el ejercicio de restricciones o políticas
que limiten o cuestionen el uso de productos ofrecidos por ella.
24
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
A pesar de los argumentos de la Industria del Cloro, hay un cuerpo significativo de evidencia científica que demuestra lo contrario: que la formación de
dioxinas disminuye cuando el contenido de compuestos clorados disminuye.
En efecto, la división científica de Greenpeace Internacional realizó una
amplia revisión de la literatura científica publicada hasta fines del 2001 y a
partir de ello argumenta lo siguiente: dado que cada molécula de dioxina contiene dos o más átomos de cloro, el cloro es absolutamente necesario para la
formación de dioxinas, por lo tanto, si el cloro no está presente, las dioxinas
no se forman. Hay tres tipos de estudios que han comprobado la relación
entre el bajo contenido de cloro y la reducción de la formación de dioxinas:
estudios realizados en sistemas de combustión en laboratorio y a una escala
piloto; en sistemas de combustión en pequeña escala; y en sistemas de combustión a escala completa.49
En el caso específico de los incineradores a escala completa, algunos estudios
han comprobado la reducción de la formación de dioxinas al haber reducción
del contenido de cloro, mientras que otros estudios no han llegado al mismo
resultado. Esto ha sido interpretado por algunos reguladores como una indicación de que para esta particular categoría de sistemas de combustión, el
insumo de cloro tiene poca o ninguna influencia en la formación de dioxinas.
No se ha presentado ninguna explicación científica para explicar porqué o
cómo la relación cloro-dioxinas en los incineradores de escala completa
debería ser distinta a la que se da en los otros sistemas de combustión. Sin
embargo, una explicación práctica de la inconsistencia en los resultados
obtenidos por los estudios de los incineradores de residuos en amplia escala
puede encontrarse en las dificultades que presenta este tipo de estudios, como
son: errores en el diseño del estudio, métodos de muestreo y análisis con un
alto nivel de incertidumbre, una emisión retardada de dioxinas (cuando las
dioxinas son absorbidas en la pared de las chimeneas y luego liberadas
lentamente), gran variabilidad del contenido de residuos y, finalmente, la
incertidumbre de las mediciones de cloruro de hidrógeno en los gases de
chimenea, como indicador del contenido de cloro.50
Las consecuencias regulatorias de la correlación entre el contenido de cloro
en los residuos y la formación de dioxinas, ha llevado a algunos gobiernos a
imponer restricciones al contenido de cloro del combustible usado o de los
residuos quemados en los incineradores y a plantear la sustitución de los
materiales clorados. Por ejemplo, el gobierno sueco ha promovido la sustitución del plástico PVC o vinilo (policloruro de vinilo) para el año 2007. El PVC
contiene un 57% de cloro y ha sido identificado como el principal constituyente de compuestos clorados en incineradores, al igual que un impor-
25
Capitulo I
tante contribuyente a la formación de dioxinas en los incendios ocurridos
en los basureros.51
La oposición internacional a la incineración
La expansión de la industria de la incineración en los países del Sur, en los
últimos años, se ha dado al amparo de argumentos que señalan que se ha
mejorado la eficiencia de la combustión y los dispositivos de captura de contaminantes. Se afirma que con estas medidas se reducen y controlan las emisiones peligrosas; sin embargo estos controles, si bien reducen la generación
de contaminantes, no logran eliminarla. Por otra parte, el costo de los
equipos para filtrar o controlar la contaminación puede llegar a representar
una tercera parte o incluso hasta la mitad del costo de la instalación. Esto
se ve principalmente en los países industrializados, que cada vez imponen
mayores exigencias de control de emisiones. Para los países del Sur, salvo que
permitan que los incineradores operen con medidas menos estrictas de control –lo que crearía un doble estándar inaceptable- la opción de incinerar de
los residuos peligrosos resulta demasiado onerosa.52
Otros problemas que se agravan en los países del Sur son las dificultades y
gastos mayores en el monitoreo de los contaminantes provocados por los
incineradores, por no contar con laboratorios especializados ni con personal
técnico entrenado; por limitaciones en materia de confinamientos de residuos
peligrosos adecuados para el depósito de las cenizas; por problemas de mantenimiento; por diferencias en la composición de los residuos, lo que puede
afectar la operación de los incineradores; por hechos de corrupción y, finalmente, por problemas financieros al recibir menos toneladas de residuos que
las planeadas. La incineración de residuos municipales es una inversión de
alto costo de capital y poca fuerza de trabajo empleada. Además del desperdicio de recursos que implica, elimina la posibilidad de creación de otras fuentes
de empleo, a diferencia de las operaciones de reciclado de materiales. 53
En el año 2000 se constituyó la Alianza Global para Alternativas a la
Incineración (GAIA, su sigla en inglés), que forma una red de más de 400
organizaciones e individuos miembros en 70 países de Europa, Estados
Unidos, Asia, Africa y América Latina. GAIA apoya la resistencia ciudadana
contra los incineradores y promueve proyectos de producción limpia y
reducción de la generación de residuos, con la meta última de “residuo
cero” (zero waste). 54
Los incineradores municipales, hospitalarios, de residuos peligrosos y los
hornos cementeros que queman residuos clorados como combustible son una
26
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
tecnología sucia que puede ser reemplazada por sistemas de prevención y
manejo que reduzcan en la fuente la generación de estos desechos. Los que
no puedan reducirse deben ser tratados con tecnologías adecuadas que no
generen nuevos contaminantes. En la sección dedicada a las Mejores Técnicas
Ambientales ahondaremos en este tema.
En el caso específico de las alternativas a los incineradores de residuos hospitalarios existe una campaña y red internacional denominada “Cuidado de la
Salud sin Daño” (Health Care Without Harm), que agrupa a hospitales, consultores, enfermeras, profesionales del sector salud y empresas proveedoras
de servicios que promueven, además de alternativas a la incineración, la
eliminación del mercurio, el PVC, y otras sustancias tóxicas, a fin de reducir
los riesgos a la salud de trabajadores y pacientes mediante sistemas eficaces
de reducción, segregación y tratamiento de los residuos hospitalarios.55
En la cuarta reunión del Comité Intergubernamental de Negociaciones del
Convenio de Estocolmo, celebrada en Bonn, Alemania en marzo del 2000,
más de 36 organizaciones sociales y ambientalistas pertenecientes a IPEN se
pronunciaron contra la transferencia de incineradores desde Estados Unidos
y Europa hacia el resto del mundo. Además hicieron un llamado para que el
convenio establezca mecanismos de ayuda técnica y financiera para promover
tecnologías alternativas de no combustión, a fin de que el tratamiento de las
existencias acumuladas de COP pueda realizarse sin que se produzcan dioxinas y furanos.
1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”, producción
limpia y extensión de la responsabilidad del productor
Como una alternativa al depósito final de los residuos (en rellenos sanitarios
o confinamiento de residuos peligrosos) y a las tecnologías tóxicas de
tratamiento –que al igual que la incineración generan nuevos contaminantes–,
un gran número de ciudadanos y empresas proponen un nuevo paradigma en
la gestión de residuos, que pone el acento más en la prevención que en el control de los residuos y de los contaminantes que genera la producción industrial.
Una de las propuestas que va adquiriendo cada vez más fuerza es la de lograr
sistemas de “residuo cero" (zero waste). Se plantea ir más allá de las actividades de separación de la basura, de la recuperación de materia orgánica para
composta y del reciclaje de vidrio, plásticos y cartón. Se trata de incidir no
sólo en el reciclaje y manejo de los residuos al final del ciclo de vida del producto, sino de modificar el conjunto del ciclo de producción y consumo (la
extracción de las materias primas, el diseño del producto, las prácticas productivas, el modo de transporte, la forma como los consumidores eligen, y
27
Capitulo I
más). Ello, con la meta de ir construyendo un sistema en el cual los materiales sean devueltos a la naturaleza o al mercado sin generar residuos.56
La filosofía y el principio de las propuestas de “residuo cero” van más allá de
la gestión lineal a lo largo del ciclo de vida de los productos, o gestión de “la
cuna a la tumba” (extracción-producción-consumo-disposición final), que es
lo que predomina actualmente, para pasar a una visión circular, que permita
la gestión “de la cuna a la cuna”. Este planteamiento busca transformar los procesos industriales y sus productos para que el flujo de materiales se realice cada
vez más en forma circular, a semejanza de lo que sucede en los sistemas
naturales (ver figura1).
Figura 1
Estructura Circular de la Economía Sustentable
Fuente: Iza Kruszewska y Beverly Thorpe 4. Extensión de la Responsabilidad del Productor.
Estrategias para promover la Producción Limpia. Informe de Greenpeace 1995, p.9
Para atacar de raíz el problema de la generación de residuos se requieren
cambios en la fuente que los genera, en la producción misma, y no solo soluciones “al final de la tubería”, con mejores filtros y equipo de control de los
contaminantes. Es aquí donde entran las acciones para lograr una Producción
Limpia. Esta incluye la aplicación de técnicas para ir reduciendo en forma creciente, hasta eliminar, el uso de sustancias tóxicas en los productos o proce-
28
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
sos productivos. La aplicación de estrategias de reducción del uso de tóxicos
se realiza mediante la sustitución de insumos o materiales en el rediseño del
producto y de los procesos; y la reducción del volumen tóxico a través de
mejoras en la eficiencia o rendimiento de los procesos productivos, mejoras
en las operaciones de mantenimiento, y reciclaje interno en procesos cerrados. La estrategia de producción limpia también comprende la conservación
de los recursos naturales y el uso eficiente de la energía.57
El enfoque de producción limpia es diferente del concepto de “ecoeficiencia” o
“ecología industrial”, tal como generalmente se aplica. La ecología industrial
busca que los residuos de una fábrica se conviertan en los insumos de otra,
creando circuitos industriales con un uso más eficiente de los recursos y de la
energía, y mediante el análisis del ciclo de vida del producto. Tiene sin
embargo una limitación importante cuando no pone el énfasis en la promoción del uso de materiales más limpios y menos tóxicos; es por esto que
muchos parques industriales “ecológicos” únicamente llegan a intercambiar sus residuos tóxicos como insumos, sin promover la transformación o
rediseño del conjunto del sistema.58
Otra de las herramientas necesarias para lograr la meta de “residuo cero” y de
producción limpia es la llamada extensión de la responsabilidad del productor
(ERP) (Extended Producer Responsibility), en ocasiones denominada también
“política de retorno al productor” (“Producer Takeback”). La ERP garantiza que
los fabricantes se hagan responsables del producto, de su envase y embalaje
durante todo el ciclo de vida. Si un producto y su envase no se pueden reusar,
reciclar o ’compostar, el productor debe asumir el costo de su recolección y
eliminación de la manera más segura posible.59 Ejemplos de programas de
ERP son los sistemas de depósito para los envases de las bebidas, los programas de retorno de productos tóxicos al productor: pilas, pinturas, medicinas,
plaguicidas, vehículos usados (Directiva Europea, End of Life Vehicle), computadoras y otros equipos eléctricos, para su reciclaje o tratamiento seguro. El
ERP es un principio que promueve que el productor asuma su responsabilidad
por los impactos ambientales de sus productos, para que en su diseño y producción se reduzca cada vez más el uso de sustancias tóxicas, para que estos
productos se usen por mayor tiempo y se reutilicen o reciclen de manera segura; disminuyendo con ello el consumo de recursos. Se busca que el productor
asuma los costos y la responsabilidad de la recolección de sus productos, una
vez que son desechos, en lugar de hacer recaer estos costos en el contribuyente o los gobiernos municipales, como sucede actualmente.60
29
Capitulo I
Las políticas que aplican el principio de Extensión de la Responsabilidad del
Productor pueden emplear instrumentos regulatorios, económicos y de información al consumidor, como se detalla en el siguiente cuadro.
Cuadro 3
Políticas que aplican el principio de la Extensión de la Responsabilidad del
Productor (ERP)
Instrumentos normativos:
Retorno obligatorio de los productos
Contenidos mínimos de material reciclado en los productos
Requisitos de utilización de un determinado porcentaje de desechos
Parámetros de eficiencia energética
Restricciones y prohibiciones de disposición final
Prohibiciones y restricciones de determinados materiales
Prohibiciones y restricciones de determinados productos
Instrumentos económicos:
Pago por adelantado del costo final del producto
Impuestos sobre el uso de materiales
Remoción de los subsidios que favorecen el uso de materiales vírgenes
Depósito/reembolso
Compra por parte del gobierno de productos más limpios
Instrumentos informativos:
Etiquetado ambiental sobre los productos que cumplen determinados
estándares (Sello Verde, Angel Azul, Punto Verde)
Etiquetas con información ambiental (indicaciones sobre
eficiencia energética, utilización de CFCs, etc.)
Advertencias sobre los peligros de los productos
Etiquetas con información sobre la durabilidad del producto
La responsabilidad principal de informar se coloca sobre el productor,
sea voluntariamente porque le otorgue ventajas en el mercado o por
requisito regulatorio.
Fuente: Mariana Walter, revisado por Verónica Odriozola, Basta de Basura, Informe de
Greenpeace Argentina, Buenos Aires Argentina, noviembre del 2003, p.20
Las barreras para ir construyendo sistemas con la meta de “cero residuo” se
encuentran en los subsidios gubernamentales a la extracción de materias primas y a la industria de manejo de los residuos; en el encubrimiento de los cos-
30
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
tos que estas actividades tienen para el medio ambiente y la salud pública; en
la falta de responsabilidad de las industrias frente a los residuos que generan
sus productos; en la inercia generada por las prácticas culturales y su percepción de lo que es basura; en el modelo de regulación ambiental que privilegia
las soluciones “al final de la tubería”; en la defensa de los grupos económicos
interesados en perpetuar el lucrativo negocio del manejo y disposición final
de los residuos; en las políticas económicas neoliberales en los países del Sur,
promovidas por los centros financieros internacionales, que fomentan la
dependencia tecnológica y favorecen los intereses de la inversión extranjera,
sacrificando a la salud y el medio ambiente.
1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas y otros
acuerdos internacionales
La discusión sobre los COP en el seno de las Naciones Unidas se remonta a
1992, año en que se celebró la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo, conocida como la Cumbre de la Tierra. En esta
reunión se aprobó la llamada Agenda 21, que en su capítulo 17 recomendaba al Programa de Naciones Unidas para la Protección del Medio Ambiente
(PNUMA) convocar a una reunión intergubernamental sobre la protección del
medio marino de la contaminación procedente de fuentes terrestres. En esta
reunión se planteó la posibilidad de eliminar la emisión o descarga de compuestos organohalogenados (compuestos orgánicos que tienen cloro, fluor,
bromo, yodo o astatino) y de reducir la emisión o descarga de otros compuestos orgánicos sintéticos que amenacen con acumularse hasta niveles
peligrosos en el medio marino.
Para dar seguimiento a dicho compromiso de la Agenda 21, el PNUMA organizó
varias reuniones y estableció una lista de 12 COP; más tarde el Foro
Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) – donde participan representantes de los gobiernos, la industria y las organizaciones ambientalistas- apoyó
la propuesta, luego de lo cual el PNUMA convocó a un comité intergubernamental de negociación para establecer un convenio internacional con obligaciones legales vinculantes sobre estos contaminantes. El proceso de negociación
del Convenio sobre los COP duró cuatro años. Al encuentro inicial, en Montreal,
Canadá, en junio de 1998, siguieron reuniones en Nairobi, Kenia (1999);
Ginebra, Suiza (1999), Bonn, Alemania (2000) y Johannesburgo, Sudáfrica
(2000), lugar, este último, donde se acordó el texto final del Convenio, que se
firmó de manera protocolaria en mayo de 2001 en Estocolmo, Suecia. De allí
obtiene su nombre el convenio.
31
Capitulo I
Antes de la firma del Convenio de Estocolmo, otros convenios internacionales
habían recomendado la eliminación y o reducción progresiva de los 12 COP,
especialmente para la protección del ambiente marino o de ecosistemas
específicos en diversas regiones; sin embargo, el Convenio de Estocolmo es el
primero que establece un mecanismo de asistencia técnica y financiera a los
países en desarrollo y con economías en transición.
De los convenios previos al de Estocolmo destacamos por su importancia las
recomendaciones de la Comisión Internacional de los Grandes Lagos, el
Convenio de la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de Largo Alcance
(LRTAP), y el de OSPAR61
a) La Comisión Internacional Conjunta entre Estados Unidos y Canadá. Esta
Comisión fue creada originalmente por el Tratado de Aguas Fronterizas de
1909 entre los dos países, al que se añadió en 1978 el Acuerdo sobre la Calidad
del Agua de los Grandes Lagos. Este acuerdo tiene como propósito general
“restaurar y mantener la integridad química, física y biológica de las aguas del
ecosistema de los Grandes Lagos” (art. II), e incluyó el compromiso de que se
adoptaría una política para “la prohibición de la descarga de sustancias tóxicas en cantidades que sean tóxicas y la eliminación virtual de la descarga de
cualquier o toda sustancia tóxica persistente” (énfasis añadido).62
En marzo de 1992 la Comisión Internacional, en su sexto informe bianual,
analizó el problema de las sustancias tóxicas persistentes y señaló, entre otras
cosas, que la manera necesaria y razonable de alcanzar la estrategia de eliminación virtual es la de adoptar la meta de “cero descarga” para las sustancias
tóxicas persistentes. Para la Comisión “cero descarga” no se refiere a conformarse con alcanzar niveles no detectables ni al uso de controles basados en la
mejor tecnología disponible o en las mejores prácticas de manejo, que permitan que continúe la liberación de estas sustancias. Cero descarga significa
para la Comisión detener la manufactura, uso, transporte y depósito de las
sustancias tóxicas persistentes resultado de la actividad humana.63 Para
alcanzar esta meta era necesario identificar y eliminar virtualmente las sustancias tóxicas persistentes; eliminar progresivamente el PCB, el DDT, el dieldrin, el toxafeno, el mirex y el HCB; buscar una prohibición internacional
para su producción, uso y almacenamiento (el sexto informe también
reconocía el efecto de disrupción endocrina causado por estas sustancias en
la vida silvestre); cambiar los procesos productivos y los insumos químicos,
para evitar la producción no intencional de dioxinas, furanos y HCB; fijar
fechas de término del uso del cloro y los compuestos clorados como materias
primas en el área de los Grandes Lagos; establecer una fecha precisa a partir
de la cual no se permita ningún punto de liberación de sustancias tóxicas per-
32
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
sistentes en el Lago Superior y sus tributarios. Dichas recomendaciones de la
Comisión no se han llevado a la práctica cabalmente en los Grandes Lagos
debido a la gran oposición de la industria y a su considerable influencia en los
gobiernos de Estados Unidos y Canadá.64
b) El Convenio sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de Largo
Alcance (LRTAP), que después de seis años de investigación y negociación fue
aprobado en 1979 y entró en vigor en 1983. Este Convenio atiende los problemas de contaminación atmosférica dentro de la región de la Comisión
Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Toda Europa, las
repúblicas de Asia Central, la antigua Unión Soviética, Israel, Canadá y los
Estados Unidos son miembros de la región de la CEPE; la mayoría de estos
países son partes del Convenio de LRTAP.
En junio de 1998, el Convenio LRTAP adoptó el Protocolo sobre los
Contaminantes Orgánicos Persistentes, que entrará en vigor cuando sea ratificado por 16 países. Este Protocolo tiene como objetivo controlar, reducir o
eliminar las descargas, emisiones y pérdidas de COP. En adición a los 12 COP
que posteriormente serían incorporados en el Convenio de Estocolmo, se
incluyeron el insecticida clordecon (Kepone), los hexabromobifenilos, hidrocarburos poliaromáticos y el insecticida lindano –como parte de los controles
sobre HCH técnico; se propuso también añadir las parafinas cloradas de cadena corta y el pentaclorofenol, pero como no hubo acuerdo, no entraron en el
protocolo. El Convenio LRTAP cuenta con otros siete protocolos sobre sustancias de impacto transfronterizo.65 Sus disposiciones tuvieron mucha influencia en el contenido del Convenio de Estocolmo.66
c) El Convenio de OSPAR o Convenio para la protección del ambiente marino
del Atlántico Nororiental. Este Convenio se forma mediante la fusión del
Convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina del vertido de
barcos y aviones, de 1972, y el Convenio de París para la prevención de la contaminación marina de las fuentes con base terrestre de 1974. Uniendo Oslo y
París se formó el acrónimo OSPAR. Este convenio fue firmado en 1992, entró
en vigor en 1998 y actualmente son parte de él 15 países miembros de la
Comisión Europea (Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania,
Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza,
Reino Unido y España).67 El área del mar que cubre el acuerdo es el Mar del
Norte y una parte del Atlántico Nororiental y del Océano Ártico.
En la reunión ministerial de Sintra, Portugal, en julio de 1998, los países parte
de OSPAR acordaron el “Pronunciamiento de Sintra”, que incluye compromisos específicos sobre sustancias peligrosas, elementos radioactivos, la
33
Capitulo I
eutroficación y la explotación marítima de petróleo y de gas. El acuerdo se
ocupa además de la protección de la diversidad biológica. Con relación a las
sustancias peligrosas, los países acordaron “ prevenir la contaminación del área
marítima mediante la reducción continua de las descargas, emisiones y pérdidas
de las sustancias peligrosas (esto es, sustancias que son tóxicas, persistentes, y
tendientes a bioacumularse o que alcanzan un nivel equivalente preocupante),
con la meta última de alcanzar concentraciones en el ambiente cerca de los niveles base para las sustancias que ocurren naturalmente y cerca de cero para las
sustancias sintéticas producidas por el hombre”; y lo que es más importante,
acordaron “moverse hacia la meta del cese de las descargas, emisiones y pérdidas de substancias tóxicas persistentes para el año 2020” en el área marítima
del Convenio. Esta ha sido llamada “meta de una generación”, e incluye a
varios COP, entre otras sustancias. El texto firmado por los ministros reunidos
en Sintra incluye la siguiente declaración: “Enfatizamos la importancia del
principio precautorio en este trabajo”.67
Como un primer paso hacia la aplicación de la “meta de una generación”,
OSPAR acordó en 1998 seleccionar una lista prioritaria de 15 sustancias, en
la que se incluye a los PCB, dioxinas y furanos, además de los hidrocarburos
poliaromáticos (HAP), el pentaclorofenol, las parafinas cloradas de cadena
corta, el mercurio y los compuestos orgánicos de mercurio, el cadmio, los
isómeros hexaclorociclohexanos (HCH), el plomo y los compuestos orgánicos
de plomo, los compuestos orgánicos de estaño, los nonilfenol/etoxilatos y sustancias afines, el xileno de almizcle, los retardantes de flama bromados y ciertos ftalatos (dibutilftalato y dietilexilftalato). En la aplicación del Convenio de
OSPAR se considerará a los organohalógenos como grupo.68
En la declaración de Sintra, OSPAR pone énfasis en el compromiso de aplicar
el principio precautorio, el principio del que contamina paga y la identificación de las Mejores Técnicas Disponibles (BAT) y las Mejores Prácticas
Ambientales (BEP), incluyendo la tecnología limpia.
Como se puede apreciar, este compromiso regional europeo contiene muchos
más elementos progresistas que el LRTAP y constituyó el marco de referencia
a partir del cual la Unión Europea fijó varias posiciones en las negociaciones
del Convenio de Estocolmo. Los planteamientos de la Unión Europea se
enfrentaron fuertemente a la oposición de países como Estados Unidos,
Canadá, Japón, Australia y Nueva Zelanda, que en este y otros convenios se
han opuesto a la inclusión del principio precautorio y a los compromisos de
eliminación de sustancias, especialmente dioxinas y furanos, debido a que
están muy influenciados por los intereses de las corporaciones de la industria
34
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
química.69 El Convenio de Estocolmo, como se verá en la tercera parte, llegó
a una solución de compromiso entre estas dos posiciones.
1.7 Los grupos empresariales involucrados en la discusión
sobre la eliminación de los COP
La lucha ciudadana y las regulaciones gubernamentales para controlar la contaminación ambiental han generado un movimiento de respuesta por parte de
las corporaciones transnacionales, quienes tras décadas de conflictos han
venido desarrollando una estrategia para transformar su imagen, tener una
mayor influencia en la opinión pública, la ciencia y los organismos de regulación nacional e internacional, tratando de influir en los términos de definición del problema ambiental y de su resolución.
Algunos analistas han documentado de manera extensa la tendencia de
las corporaciones transnacionales a contratar cada vez más a empresas de
relaciones públicas o a formar un departamento especializado en ellas. Las
relaciones públicas se han convertido en una industria especializada de servicios, dedicada a manipular la percepción pública, moldear la realidad y fabricar
el consenso.69 Estas empresas de relaciones públicas montan campañas que
incluyen el pago de publicidad, pero a diferencia de ésta, se dedican principalmente a la difusión de información destinada a influyentes líderes de
opinión. Las empresas de relaciones públicas son ahora una fuente importante
de noticias, tanto para los medios de comunicación más prestigiosos como
para los periódicos comunes.69 Parte de la estrategia usada en relaciones
públicas es “la técnica del tercero”, con la participación de “expertos independientes” para hablar de las bondades de un producto, crear dudas sobre los
riesgos de una actividad o responder a las críticas generadas por las prácticas de una empresa. De este modo se han creado instituciones no lucrativas dedicadas a la investigación y divulgación científica desde enfoques
convenientes a los intereses de la industria. También se han apropiado de técnicas usadas tradicionalmente en las luchas ambientales, como el envío masivo de cartas y la creación de grupos ciudadanos de apoyo. La unión de las
estrategias de relaciones públicas con las de cabildeo en el congreso, para bloquear leyes contrarias a los intereses de la industria o pasar leyes favorables
a ella, es una práctica usada regularmente por las corporaciones.
El llamado “ambientalismo corporativo” es un fenómeno complejo, pues al
mismo tiempo que pueden darse ejemplos de cambios en las prácticas
industriales contaminantes, también se ha documentado extensamente
cómo estos esfuerzos son más bien parte de una estrategia de “maquillaje
35
Capitulo I
verde”, mediante campañas de relaciones públicas, promoción de códigos
de conducta voluntarios y programas de autorregulación, tales como la campaña de “Cuidado Responsable”, de la industria química. Las corporaciones se
han apropiado del lenguaje y han influido en la interpretación y puesta en
práctica de lo que se entiende por desarrollo sustentable, haciendo aparecer como compatible la promoción del libre comercio, el crecimiento
económico y la autorregulación industrial con la protección ambiental y el
combate a la pobreza.70
En las negociaciones y actividades preparatorias del Convenio de Estocolmo
sobre los COP, diversos grupos empresariales internacionales participaron
activamente como observadores y como parte de las delegaciones gubernamentales, cabildeando y ejerciendo presión para promover en mejor forma
sus intereses. Presentamos a continuación a aquellos grupos liderados por
poderosas corporaciones transnacionales que tuvieron una mayor participación en este proceso y que continuarán ejerciendo su influencia en las
reuniones de las Conferencias de las Partes y en los planes nacionales de aplicación del Convenio.
El Consejo Mundial del Cloro
El Consejo Mundial del Cloro (World Chlorine Council, o WCC) agrupa a las
asociaciones comerciales nacionales y regionales de la industria del cloro y es
la voz global de este sector. Son miembros del WCC las asociaciones de la
industria química y del cloro de Estados Unidos (Chlorine Chemistry
Council), Europa, Japón, Corea, Rusia, Australia y México, entre otros; al
igual que asociaciones de productores sectoriales -especialmente los fabricantes de vinilo o PVC y de los solventes halogenados- y asociaciones de
China y Taiwán.71
Durante las negociaciones del Convenio de Estocolmo, el WCC, bajo el liderazgo del Consejo de la Química del Cloro (Chlorine Chemistry Council), de
Estados Unidos, cabildeó abiertamente contra la inclusión del principio precautorio; contra la incorporación del principio de sustitución de insumos, procesos y productos que formen o liberen dioxinas y a favor de su substitución
por referencias generales a la prevención. Se opuso a que en el Convenio se
incluyera un lenguaje que pudiera llevar a prohibir la incineración en el manejo de residuos; estuvo en contra de que se incluyeran referencias explícitas a las
fuentes generadoras de dioxinas; propuso excepciones generales y no específicas, y abogó por la inclusión de criterios estrictamente científicos para la
inclusión de nuevas sustancias COP.72 El Consejo de la Química del Cloro también difunde la idea de que la industria del cloro no es una fuente significativa
36
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
de emisiones de dioxinas y furanos al ambiente, afirma que perfeccionar las
prácticas de combustión es la mejor forma de reducir los niveles ambientales
de dioxinas, y que las dioxinas y furanos son productos secundarios tanto de
productos naturales como industriales.73
El Consejo Mundial del Cloro promovió la creación en 1994 del grupo “Los
Clorofilos”, una organización que se declara “independiente y sin fines de
lucro”, formada por trabajadores de la industria del cloro y del PVC para contrarrestar las campañas ambientalistas de grupos como Greenpeace. Los
Clorofilos han declarado que “trabajamos de manera responsable y cuidadosa
en la fabricación de productos para el bienestar del género humano. La
humanidad no puede ser privada de los beneficios del cloro en virtud de los
prejuicios e información falsa o errónea.”. Afirman contar con 1.800 miembros, principalmente trabajadores de la industria del cloro y del PVC de
Bélgica y Holanda.74 Constituyen un claro ejemplo de “la técnica del tercero”,
usada en la estrategia de relaciones públicas descrita más arriba. En este caso
se trata además de presentar una falsa contradicción entre el interés de los
trabajadores y la protección ambiental. La Campaña de Greenpeace propone
la sustitución de los compuestos clorados y la prohibición del PVC debido a
que generan dioxinas, furanos y otros contaminantes durante su proceso de producción, y también por ser el componente que contribuye de manera principal
a la formación de estos contaminantes en los desechos que son incinerados. Los
grupos de trabajadores que apoyan esta campaña piden que haya una transición justa y que se considere la necesidad de reubicación de los trabajadores
en otros sectores productivos menos riesgosos.75
El Consejo de la Química del Cloro de Estados Unidos (CCC) fue formado en
1993 por la Asociación de Productores de Sustancias Químicas (Chemical
Manufacturers Association, CMA) de ese país, con el objetivo de mantener
una fuerte presencia de las relaciones públicas, el cabildeo político, y las “iniciativas científicas” en todos los temas relacionados con la industria del cloro.
La creación del CCC fue la respuesta política al informe y a las recomendaciones de la Comisión Internacional Conjunta de los Grandes Lagos, entre
Estados Unidos y Canadá, que recomendaba eliminar el uso de compuestos
clorados, como vimos en páginas anteriores.76
La corporación transnacional Dow jugó un papel fundamental en la creación
del Consejo de la Química del Cloro de Estados Unidos, cuyo primer director
fue Brad Lienhardt, empleado de Dow durante gran parte de su carrera. En
efecto, Dow es uno de los miembros de la CMA de mayor peso, y el mayor
productor de cloro en el mundo, desde la Segunda Guerra Mundial, con instalaciones industriales en Estados Unidos, Canadá, Alemania y Brasil.77
37
Capitulo I
Dow, junto con el Consejo de la Química del Cloro, el Instituto del Cloro, el
Instituto del Vinilo, la CMA y la Cámara de Comercio de los Estados Unidos,
forma un frente común que contrata empresas especializadas en relaciones
públicas para influir en las agencias regulatorias gubernamentales, el
Congreso, los medios de comunicación en Estados Unidos y sus contrapartes
en otros países, para la defensa de sus intereses. Blanco de sus ataques son el
principio precautorio y los grupos ambientalistas; promueve en cambio la
“buena ciencia” (the sound science) que respalde sus intereses.78
El Consejo de la Química del Cloro se apoya para su trabajo de relaciones
públicas en varios grupos corporativos, como el American Council on Science
and Health (Consejo Norteamericano sobre Ciencia y Salud), y en centros de
pensamiento conservador, como el Competitive Enterprise Institute, el
Heartland Institute, así como en el llamado “Wise Use Movement”, una
amplia coalición conservadora formada contra el movimiento ambientalista,
que desde 1988 aboga por la reducción de la regulaciones ambientales.79
El Consejo Mundial del Cloro, según informa la propia institución, ha estado
muy activo en los talleres de sensibilización sobre el manejo y destrucción de
los PCB. A través de Euroclor, y gracias a la invitación del PNUMA, ha enviado a diferentes expertos industriales a participar en talleres en Mali, los
Emiratos Árabes Unidos, Eslovenia, Zambia, Rusia, Croacia e Irán.80
La producción de cloro se usa principalmente para la elaboración de otros
compuestos clorados, incluyendo plásticos (PVC principalmente, que representa el 34% del uso mundial del cloro), solventes, plaguicidas y sustancias
químicas intermedias. Muchos de estos compuestos han sido identificados
como fuente de generación de dioxinas durante su manufactura, uso y eliminación final.
El Consejo Internacional de Asociaciones Químicas
(International Council of Chemicals Associations (ICCA)
La ICCA es un consejo de asociaciones comerciales importantes que representan a los fabricantes químicos a través del mundo. Los miembros del ICCA
incluyen asociaciones de América del Norte, como la American Chemistry
Council (anteriormente Chemical Manufacturers Association), la Canadian
Chemical Producer´s Association y la Asociación Nacional de la Industria
Química (ANIQ), de México; de Sudamérica, representada por el Conselho
das Associaçoes da Industria Química do Mercosul (CIQUIM, Brasil y
Argentina); de Japón, por la Asociación Industrial Química de Japón; de
38
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Australia y Nueva Zelandia; y de Europa, por el Consejo Industrial Químico
Europeo (CEFIC), a través del cual participan en el ICCA las asociaciones
comerciales nacionales de 22 países europeos.81
Las delegaciones del American Chemistry Council de Estados Unidos, así como
los miembros de Canadá, Australia y Suecia fueron los que más participaron en
las negociaciones de los COP. Un representante del ICCA y otro del Chlorine
Chemistry Council (CCC) participan en el Comité de Expertos que va a
elaborar las guías sobre BAT y BEP para someterlas a la aprobación de la
primera Conferencia de las partes del Convenio de Estocolmo.
El ICCA se manifestó especialmente satisfecho por la adopción del Convenio
de Estocolmo y el establecimiento de criterios para la selección de nuevas sustancias COP basados en el Convenio LRTAP.
El Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sostenible
(World Business Council for Sustainable Development (WBCSD)
Esta organización anteriormente se denominaba Consejo Empresarial para el
Desarrollo Sostenible y en su origen estuvo formada por un grupo de 50 líderes
de las principales corporaciones transnacionales de la industria química,
energética, de plaguicidas, del sector forestal y otros, (entre ellas DuPont, 3M,
Dow). El Consejo fue formado a fines de 1990 por Stephan Schmidheiny, un
multimillonario empresario suizo, después de ser invitado a asumir como consejero principal de Comercio e Industria por Maurice Strong, otro multimillonario hombre de negocios y Secretario general de la Conferencia de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en junio
de 1992 en Río de Janeiro, Brasil. El mismo Maurice Strong brindó una gran
ayuda para la presentación de las propuestas del Consejo y la edición del
libro “Cambiando el Rumbo. Una perspectiva global del empresariado para el
desarrollo y el medio ambiente”, que fue un primer manifiesto de la visión del
Consejo sobre los temas de la Cumbre de Río. Desde entonces ha publicado
varios informes.82
El Consejo participó activamente en el proceso preparatorio de la Conferencia
de las Naciones Unidas e influyó en los resultados de las negociaciones.
Contrató los servicios de la mayor empresa de relaciones públicas del mundo,
Burson-Marsteller, y junto con otras organizaciones empresariales promovió la
idea de que el libre comercio, la autorregulación industrial, la simplificación de
los mecanismos regulatorios, la eco-eficiencia de los sistemas productivos bajo
el liderazgo de las corporaciones transnacionales y una adecuada cooperación
tecnológica llevarán al desarrollo sostenible. Aunque en teoría Cambiando el
39
Capitulo I
Rumbo acepta como estrategia para prevenir la contaminación la sustitución
de materiales, la tecnología y los productos más limpios, en la práctica esto
no forma parte de un programa específico y no es consistente con la posición
de los miembros del Consejo, como en el caso de la industria del cloro.
Después de la Cumbre de la Tierra, el BCSD estableció afiliados nacionales y
regionales en América Latina y Asia, y un ente binacional en el Golfo de
México, con sede en las oficinas estatales del gobierno de Texas. A fines de
1994, el BCSD acordó fusionarse con otro grupo industrial, el Consejo
Mundial Industrial por el Ambiente (World Industry Council for the
Environment, WICE) que fue iniciado por la Cámara Internacional del Comercio
(International Chamber of Commerce) en 1993, y donde participaban 85 miembros, incluyendo Royal Dutch/Shell, ICI, Ciba, Sandoz, Rhone-Poulenc,
Mitsubishi y Mobil. Con la fusión, la nueva organización pasó a llamarse
Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sostenible (World Business
Council for Sustainable Development, WBCSD).83 El Consejo Mundial cuenta
con una membresía de 160 de las mayores corporaciones transnacionales del
mundo en 30 países, en los 20 mayores sectores industriales. Ha formado una
red de 38 consejos empresariales nacionales, regionales y empresas asociadas,
en países en desarrollo y con economías en transición, incluyendo a más de
1,000 líderes empresariales, según anota en sus publicaciones de 2002.
Tanto el Consejo Mundial de la Industria del Cloro (WCC), como el Consejo
Internacional de Asociaciones Químicas (ICCA) participan en el WBCSD.
En relación con los COP destaca en el WBCSD la Iniciativa para el Cemento
Sostenible (Sustainable Cement Initiative), iniciada en 1999 por las 10 principales corporaciones transnacionales de la industria del cemento, que representan una tercera parte de la producción mundial. Esta iniciativa, que busca
asegurar el desarrollo sostenible de la industria del cemento en los próximos
20 años, contrató a la consultora Batelle Memorial Institute, de Estados
Unidos para que hiciera un primer diagnóstico. El estudio identificó como uno
de sus objetivos el aumento de la productividad de los recursos empleados,
incluyendo el uso de energía y la recuperación y reutilización de residuos. En
julio de 2002 las 10 corporaciones presentaron la Agenda para la Acción,
que identifica seis áreas estratégicas e incluye como uno de sus proyectos el
desarrollo de guías para el “uso responsable” de materias primas y combustibles convencionales (carbón, combustóleo, gas) y combustibles “alternos” en los hornos de cemento. Por “combustibles alternos” se refiere a la
quema de residuos como llantas o de residuos peligrosos en los hornos de
cemento. En el área de reducción de emisiones, la Agenda cuenta con el
proyecto destinado a elaborar un protocolo industrial para la medición, vigi-
40
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
lancia e notificación de emisiones y para encontrar formas de evaluación más
rápida de dioxinas, furanos y compuestos orgánicos volátiles. La Agenda para
la Acción informará sobre sus avances en los años 2005 y 2007.83
El proyecto del Cemento Sostenible es coordinado por los altos ejecutivos de
las empresas Cimpor (Portugal), Holcim (antiguamente Holderbank, Suiza) y
Lafarge (Francia), que forman el Grupo de Trabajo junto con Cemex
(México), Heidelberger Zement (Alemania), Italcementi (Italia), Grupo RMC
(Reino Unido), Siam Cement Industry (Tailandia), Ssangyong Cement (Corea
del Sur), Cementos Taiheiyo (Japón) y Votorantim (Brasil). La iniciativa cuenta con un pequeño “Grupo de Garantía” (Assurance Group), que tiene la función de revisar el enfoque, la calidad y el balance del proceso y de actuar
como árbitro si surgen diferencias. El Dr. Mustafá Tolba, ex Director del
Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, coordina este grupo.
Una de las razones declaradas para impulsar la Agenda es la de “construir
nuevas oportunidades de mercado a través de un proceso de innovación que
alcance una mayor eficiencia de recursos y energía, y ahorros en el largo
plazo; innovaciones de servicios y productos para reducir los impactos ambientales; y el trabajo con otras industrias sobre los usos nuevos de productos
secundarios y los desechos en la producción de cemento”.84 La práctica de la
quema de residuos peligrosos y otros residuos en los hornos de cemento le
ahorra a la industria gastos de combustible convencional y representa una
fuente adicional de ingresos, al asociarse con otros sectores de la industria del
manejo de residuos peligrosos que cobran por el servicio. Pero ello no reduce
el impacto ambiental, sino que crea nuevos riesgos ambientales y de salud
pública debido a la generación no voluntaria de dioxinas y furanos.
La industria cementera ha sido muy hábil en promover su imagen, maquillándose de verde y financiando programas ambientales al mismo tiempo que
defiende la práctica de la incineración en sus hornos de cemento, la que presenta como un servicio a la comunidad. La industria afirma que así se evita
que residuos como las llantas vayan a parar a los rellenos sanitarios, o que los
residuos peligrosos terminen en los confinamientos o depósitos finales, pero
oculta o minimiza los impactos causados por los COP que genera.
CropLife International
CropLife International representa en sus palabras a la “Industria de la Ciencia
de los Cultivos” (Plant Science Industry,) con sede en Bruselas, Bélgica. Se
trata de una federación con miembros en 87 países, a través de asociaciones
regionales constituidas en Estados Unidos, Europa, América Latina, Africa y
41
Capitulo I
Medio Oriente, Asia, Japón, además de las asociaciones nacionales de Canadá
e Israel.84
CropLife tiene sus orígenes en la formación del Grupo Europeo de Fabricantes
de Plaguicidas, que después del ingreso de Estados Unidos y otros países pasó
a llamarse Grupo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Productos
Agroquímicos (GIFAP) en 1960;85 después se denominó Global Crop
Protection Federation, y en 1991 cambió de nombre a Croplife International,
como resultado de su reestructuración mundial y de su interés en consolidar su posición en el área de la biotecnología agrícola, especialmente con la
comercialización de organismos modificados genéticamente.
CropLife International está liderada por empresas transnacionales como
Syngenta, Bayer (ahora propietaria también de Aventis CropScience),
Monsanto, Dow AgroSciences, DuPont, FMC, BASF y Sumitomo. Estas corporaciones controlan el mercado mundial de plaguicidas, y tienen inversiones en
otros sectores de la industria química como en plásticos y el sector farmacéutico. En las últimas décadas se han consolidado con la adquisición de empresas productoras de semillas y laboratorios de biotecnología para promover a
los cultivos modificados genéticamente. CropLife apoya el libre comercio y la
reducción de aranceles para la importación de plaguicidas.
Según declaró CropLife sus miembros no producen ninguno de los nueve
plaguicidas COP seleccionados como prioritarios para su eliminación por el
Convenio de Estocolmo,86 por lo que su interés en el proceso de negociaciones
se centró en la discusión sobre la eliminación de plaguicidas caducos y los criterios de selección de nuevos COP, pues algunos de ellos son plaguicidas.
CropLife apoya la incineración de plaguicidas obsoletos como método de
tratamiento y ha cooperado con agencias gubernamentales de desarrollo,
como GTZ, de Alemania, Cooperación para el Desarrollo, de Suiza; la
Agencia de Desarrollo de Estados Unidos, la respectiva agencia holandesa, la
Corporación para el Desarrollo, del Reino Unido, y diversos gobiernos
nacionales, en proyectos de disposición final.
Según un informe de marzo de 2004, CropLife ha participado en 25 proyectos de eliminación de plaguicidas caducos, muchos de ellos plaguicidas COP,
obteniendo donaciones financieras bilaterales, organizando proyectos o reformulando existencias usables cuando se consideró apropiado. En el año 2001
declaró haber contribuido a la destrucción de 3.000 toneladas de plaguicidas
obsoletos, incluidas 800 toneladas de plaguicidas COP87; y en marzo de 2004
informó que la cifra ya había superado las 3.400 toneladas de plaguicidas
obsoletos en los países en desarrollo, especialmente en Africa. En América
42
Antecedentes del Convenio de Estocolmo
Latina ha llevado a cabo proyectos de eliminación en Brasil, Colombia,
Ecuador, y El Salvador. Por ejemplo, en el año 2000 fueron incineradas en Brasil
1.200 toneladas de plaguicidas obsoletos mediante un proyecto conjunto entre
la industria y el gobierno. Otros proyectos dados a conocer corresponden a
Australia, Canadá, India, Nepal, Pakistán y Sudán.88
La participación de los grupos empresariales no se ha limitado al período de
negociaciones del Convenio de Estocolmo, sino que continúa hoy en día a
través de los comités de expertos creados por el Convenio, particularmente
con el Comité de Expertos que va a definir las guías para las Mejores Prácticas
Ambientales y las Mejores Técnicas Disponibles (BAT y BEP, respectivamente)
y donde participan representantes del Consejo Mundial de la Industria del
Cloro (WCCC), de la Asociación Internacional de las Asociaciones Químicas
(ICCA) y de la industria cementera europea miembro de la “Iniciativa para el
Cemento Sostenible”.
1.8 La formación de la Red Internacional de Eliminación
de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN)
Desde el inicio de la primera reunión del Comité Intergubernamental de
Negociación del Convenio de Estocolmo, en Montreal, en 1998, se formó la
Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos
Persistentes (International POPs Elimination Network), conocida como
IPEN. Esta red tiene como objetivo la eliminación de los COP y otras sustancias tóxicas persistentes. Actualmente forman parte de la red más de 350
organizaciones ciudadanas en seis continentes; en ella participan grupos
ambientalistas nacionales y locales, de defensa de la salud, de los derechos
de la mujer, grupos indígenas, sindicatos de trabajadores, científicos independientes, especialistas en derecho ambiental, así como organizaciones
ambientalistas internacionales como Greenpeace, la Red Internacional sobre
Plaguicidas (Pesticide Action Network ó PAN), Médicos por una
Responsabilidad Social (PSR) y en un principio, el Fondo Mundial para la
Defensa de la Vida Silvestre (World Wildlife Fund), entre otros.
La plataforma de IPEN planteó desde un inició que el Convenio de Estocolmo
tendría el reto de fijar metas claras: eliminación de los COP –reconociendo la
excepción transitoria del uso del DDT en el control del paludismo–; aplicación
del principio precautorio; prevención de las fuentes de generación de los COP,
al propiciar formas de producción más limpia; promover alternativas a la
incineración para el tratamiento de residuos y de existencias obsoletas de
COP; así como medidas claras de asistencia técnica y financiera para los
43
Capitulo I
países en desarrollo y con economía en transición. Durante el proceso de
negociaciones IPEN organizó eventos paralelos y se pronunció sobre los
temas claves de la negociación.
IPEN cuenta con un Secretariado que actúa como facilitador, y la red
desarrolla sus acciones en forma descentralizada, a través de tres grupos
de trabajo: uno sobre plaguicidas, otro sobre dioxinas y PCB, y un tercero
sobre monitoreo comunitario de COP89 IPEN ha conseguido a lo largo de
estos años un alto nivel de interlocución con el PNUMA en el Convenio de
Estocolmo; y ha recibido también un reconocimiento por su labor en el Foro
Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ). IPEN trabaja actualmente
por una efectiva aplicación del Convenio de Estocolmo y por abrir las vías de
participación de la sociedad civil en los planes nacionales de aplicación. Ha
desarrollado con este fin un proyecto para desarrollar actividades en al menos
40 países, a través de ocho facilitadores regionales; proyecto que fue aprobado por el Fondo Global para el Medio Ambiente (GEF), con el apoyo de la
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y
del Programa de las Naciones Unidas para el Medio ambiente (PNUMA) y se
realizará durante dos años, a partir de mayo de 2004.
Miembros de IPEN participan en el Grupo de Expertos que elaborará las
propuestas de guías para BAT/BEP; y algunos de sus miembros se han incorporado ya a los comités de elaboración de los planes nacionales de aplicación
del Convenio de Estocolmo. IPEN también está participando en el FISQ y en
las reuniones convocadas por las Naciones Unidas para discutir un nuevo
enfoque estratégico para el manejo internacional de sustancias químicas.
44
SEGUNDO
CAPÍTULO
Los efectos de los COP sobre la salud y el medio ambiente
2.1 Características generales de los COP
2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo y sus efectos sobre la salud y el
medio ambiente
2.3 COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB
- Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar Fuentes de formación de
COP no intencionales / 66 Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud / 68
2.4 Policlorobifenilos (PCB)
- Características de los PCB
- Usos de los PCB
- Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en el ser humano
- Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio ambiente
2.5 El Hexaclorobenceno (HCB)
- Características del HCB
- Usos del HCB
- Efectos del HCB en la salud y en el medio ambiente
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Capítulo II
Los efectos de los COP en la salud
y el medio ambiente
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
2.1 Características generales de los COP
Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) incluidos en el Convenio de
Estocolmo son un conjunto de sustancias químicas que comparten cuatro características básicas: son tóxicos para la salud animal y humana y contaminan el
medio ambiente; son “orgánicos” por tener carbono en su estructura química,
lo que los hace ser solubles en grasas y permite que se bioacumulen y biomagnifiquen a lo largo de las cadenas alimenticias; son persistentes ya que duran
años o décadas antes de degradarse; y pueden desplazarse a grandes distancias. Estas propiedades intrínsecas de los COP forman una combinación peligrosa que hace prácticamente imposible controlarlos efectivamente una vez
liberados en el ambiente. Veamos con mayor detalle cada una de estas características generales.
Los COP son sustancias químicas tóxicas. Actúan de numerosas formas e
interfieren en procesos biológicos fundamentales para los seres vivos. Son
capaces de afectar la salud de los seres humanos y de otros organismos
vivos, incluso en cantidades muy pequeñas, medidas en partes por millón o
incluso partes por trillón. Los efectos en la salud pueden ser inmediatos o
bien manifestarse tiempo después -lo que se conoce como efectos crónicos-.
Los efectos crónicos producidos por los COP incluyen el cáncer, problemas
reproductivos (muerte fetal, abortos espontáneos y alteración de la fertilidad),
alteración del sistema inmunológico –lo que baja las defensas del cuerpo y lo
hace más propicio a contraer otras enfermedades-, disrupciones hormonales,
alteraciones en el comportamiento y disminución de la inteligencia, entre
otros efectos.
Los COP incluidos en el Convenio de Estocolmo, al igual que otras sustancias químicas, son disruptores endocrinos, es decir, causan desequilibrios
hormonales debido a que pueden imitar, sustituir o inhibir la acción de las
47
Capítulo II
hormonas, lo que provoca un gran número de reacciones bioquímicas incontroladas, a muy bajas concentraciones, especialmente en el desarrollo
embrionario. Elaboradas por las glándulas endocrinas (testículos, ovarios,
tiroides, suprarrenal, entre otras), las hormonas se liberan en el torrente sanguíneo y llevan un mensaje químico muy preciso a las células. En el embrión
y el feto las hormonas guían el desarrollo de los órganos sexuales, y de los sistemas nervioso e inmunológico, la formación de órganos y tejidos, tales como
el hígado, la sangre, los riñones, los músculos y el cerebro. La carencia o exceso de una hormona puede producir serios trastornos
Cuadro 4
Mecanismos de disrupción endocrina
Las hormonas y sus receptores celulares se unen en condiciones normales como la
llave y la cerradura, que al activar los genes del núcleo de la célula producen una
respuesta biológica adecuada. Cantidades muy pequeñas de sustancias químicas
pueden unirse a los receptores celulares, suplantar las hormonas e inducir una
respuesta fuera de tiempo o cerrar la entrada inhibiendo la respuesta.
Fuente:Adaptado de Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski. Nuestro Futuro
Robado. Madrid Ed. Ecoespaña, 1997. p. 89
La presencia de disruptores endocrinos en la vida silvestre ha ocasionado
trastornos en el desarrollo reproductivo (panteras sin testosterona, lagartos
con penes muy pequeños o con testículos pero sin pene, águilas infértiles)
cambios de conducta sexual (feminización de machos y masculinización de
hembras), defectos de nacimiento y depresión del sistema inmunológico.
Debido a que no hay diferencias significativas entre el sistema endocrino de
la mayoría de los animales y el ser humano es muy probable que ocurran efectos similares. Los estudios más recientes sobre la disminución del esperma, la
pérdida de fertilidad, el aumento del cáncer de pecho, de próstata y de
testículos; el aumento de la hiperactividad de los niños y los problemas de
aprendizaje, consideran como causa posible de ello la acción de disruptores
endocrinos, como dioxinas, furanos y PCB.1
48
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Los efectos específicos provocados por los COP dependen de las características
de peligrosidad intrínsecas de cada uno de ellos, además de la forma en que
entran al organismo. Esto último se conoce como condiciones de exposición e
incluye la dosis recibida del contaminante, el tiempo que dura, las características del organismo que la recibe (por ejemplo, edad y sexo) y el momento de
su desarrollo en que la recibe, siendo la población infantil la más vulnerable.
Los COP se denominan “orgánicos” porque su estructura química básica está
formada por diversos átomos de carbono, lo que significa además que tienden
a ser solubles en aceites y grasas (característica denominada liposolubilidad).
Los doce COP elegidos por el Convenio de Estocolmo tienen además diversos
átomos de cloro enlazados a las estructuras de carbono, lo que los hace aún
más solubles en grasas.
Los COP se “bioacumulan”. Los COP liberados en el ambiente se disuelven en
los tejidos grasos de vegetales y animales y se van concentrando en ellos, a
través de un proceso denominado bioacumulación. Esta concentración se biomagnifica, es decir, aumenta en cientos e incluso millones de veces, en la
medida en que los organismos expuestos a los COP son devorados por sus
depredadores, lo que hace que estos contaminantes se desplacen por los
diferentes eslabones de las cadenas alimentarias. De este modo, los COP
alcanzan las concentraciones más altas en las especies que están en los niveles más elevados de las cadenas alimentarias, como los peces, aves
depredadoras y mamíferos, incluyendo osos polares, nutrias, focas, delfines,
ballenas y seres humanos (ver figura 2).
Figura 2
Biomagnificación de los PCB
en las cadenas alimenticias,
adaptado de “Theo Colborn,
John Peterson Myers y Dianne
Dumanoski, Nuestro Futuro
Robado. Madrid. Ed.
Ecoespaña. 1997 P. 33
49
Capítulo II
Los COP son persistentes, es decir, permanecen por mucho tiempo en el
ambiente, años e incluso décadas, debido a que resisten la degradación causada por el sol, la transformación química y la descomposición provocada por los
microorganismos. Esto se debe a que los COP tienen una estructura química con
enlaces muy fuertes, que resisten la descomposición causada por los procesos
bioquímicos y biofísicos normales. Pocos organismos poseen las enzimas suficientes para romper las moléculas de los COP y excretarlas en compuestos
solubles en agua. Además, como hemos señalado, al ser también solubles en
grasas, se acumulan por un período mayor de tiempo.
Cuanto más persistente sea una sustancia, mayor será su peligrosidad, ya que
aumentan las probabilidades de que se movilice en el ambiente y afecte a los
seres vivos antes de degradarse, Se estima que a mayor número de átomos
de cloro o de bromo en la molécula de los COP, aumentará también su
liposolubilidad, su tendencia a la bioacumulación y su persistencia.2 En el caso
de los COP organoclorados, cuando se degradan se transforman en otros
organoclorados, y éstos pueden ser más peligrosos y persistentes que la sustancia original.
Los COP pueden desplazarse a grandes distancias. La combinación de la persistencia de los COP con su volatilidad parcial permite que tengan una gran
movilidad ambiental. Una vez liberados en la atmósfera, se evaporan lentamente en climas calientes; pueden ser llevados por las corrientes de aire y
condensarse y precipitarse en el suelo cuando la temperatura baja, y volver a
volatilizarse y repetir el ciclo. De este modo, los COP se van movilizando de
las zonas más cálidas a las más frías del planeta, hasta llegar al Artico y a la
Antártida. También pueden ser arrastrados por corrientes de agua dulce y
marina. Otros COP menos volátiles pueden acumularse en los sedimentos y
de ahí penetrar en las cadenas tróficas. Puede decirse que los COP no saben
de fronteras nacionales y pueden afectar poblaciones y sectores muy alejados
del lugar original donde se liberaron. Debido a su persistencia y movilidad,
los COP están literalmente en todas partes del mundo; se han encontrado en
lugares y en organismos tan remotos y alejados de fuentes industriales de contaminación como son los osos polares de Alaska, Canadá y Noruega, en el
Ártico; los pingüinos de la Antártida y de las islas remotas del Pacífico,
afectando a las comunidades que habitan estos lugares.3
50
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Figura 3
Liberación y dispersión de los COP en el ambiente
Los COP al liberarse en el medio ambiente, se transportan por el aire o agua y contaminan lejos del lugar de origen
Fuente: Adaptación de Deposition of air pollutants to the Great Lakes (First Report to
Congress), EPA, 1994. Incluido en World Federation of Public Health Associations.
Persistent Organic Pollutants and Human Health. Washington, May 2000. p. 8
Los COP tienen un efecto transgeneracional. La exposición a ellos se inicia
desde la concepción; se han encontrado PCB en semen. Los COP que se acumulan en los tejidos grasos pueden pasar a la sangre y traspasar la placenta
durante el desarrollo embrionario y fetal, así como excretarse en la leche
materna y transferirse a los bebés durante la lactancia. De este modo, los seres
humanos y otros mamíferos están expuestos a los niveles más elevados de estos
contaminantes en el período de su vida en que son más vulnerables, es
decir, en el útero y durante la infancia, cuando sus cuerpos, cerebros, sistemas nerviosos y sistemas inmunológicos están en un delicado proceso de
construcción.
51
Capítulo II
Figura 4
Los COP contaminan la
leche materna afectando
las nuevas generaciones
Los COP entran al cuerpo humano principalmente a través del consumo de
alimentos. Los COP pueden acumularse en los productos lácteos, el pescado y
la carne, en cantidades muy pequeñas, que no son percibidos por los sentidos:
no se pueden ver, oler o sentir en el gusto. Los COP liberados en la atmósfera
entran a la cadena alimenticia cuando se precipitan, y contaminan los pastos
o forrajes que sirven de alimento al ganado; o cuando los COP en las descargas en el agua se acumulan en el suelo o sedimentos y llegan a los peces,
hasta llegar al ser humano. A pesar de ser la principal vía de exposición
humana, en la mayoría de países no hay una vigilancia de los COP en los
alimentos, sobre todo de dioxinas, furanos y PCB. En Estados Unidos la exposición a dioxinas por la dieta se encuentra en niveles cercanos o superiores a los
niveles que causan un efecto adverso en pruebas con animales de laboratorio.
La Organización Mundial de la Salud ha establecido límites de ingestión
diaria aceptables para algunos COP -como en el caso de las dioxinas, furanos
o PCB, con base en evaluaciones de riesgo según una dieta promedio (de 1 a
4 pg. TEQ Kg. –1 por peso corporal al día). Una dieta normal en los países
industrializados frecuentemente contiene dioxinas en cantidades mayores que
esos límites. Además es cuestionable que estos niveles “tolerables” representen medidas reales de protección, dado que no hay “dosis seguras” de disruptores endocrinos, así como no hay dosis seguras de sustancias que producen
cáncer, como son los COP. La investigación sobre disruptores endocrinos
demuestra que algunos efectos se presentan a muy bajas concentraciones en
lugar de altas dosis, como sucede normalmente con los procedimientos de
evaluación toxicológica; además de que indican que es tanto o más importante el momento de la exposición, especialmente si se produce durante el
período embrionario de desarrollo, que la dosis.4
52
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Los COP forman parte de la carga corporal tóxica que pasa a las futuras generaciones. La llamada “carga corporal” se refiere al volumen total de las sustancias
químicas que están presentes en el cuerpo humano en un momento determinado. Los científicos estiman que hoy todos los individuos –hombres y
mujeres- llevan en sus cuerpos al menos 700 contaminantes, incluidos los
COP, además de muchas otras sustancias químicas que no han sido bien estudiadas Las sustancias químicas tóxicas entran al organismo humano al
inhalarlas o al ingerirlas en alimentos o agua contaminada; incluso podemos
absorberlas a través de la piel. Una mujer embarazada puede traspasarlas a
su feto en formación a través de la placenta, o traspasarlas a su bebé en la
leche materna. Las sustancias químicas pueden tener diferentes efectos en las
personas o en la vida silvestre, dependiendo de la cantidad, el período, la
duración y el momento de la exposición, al igual que de las propiedades tóxicas
intrínsecas de la sustancia específica. Sin embargo, no se han estudiado los
efectos de la combinación de este cóctel de sustancias químicas encontradas
en el cuerpo humano, y las regulaciones gubernamentales que establecen
supuestos “límites tolerables” de algunas de estas sustancias individuales en
los alimentos o en el medio ambiente, no consideran esta exposición múltiple
y acumulada.5
Las sustancias químicas y sus productos de transformación (metabolitos) se
alojan en los organismos sólo durante un tiempo antes de ser excretados por
la orina o el sudor, como sucede con algunos plaguicidas organofosforados;
pero una exposición continua puede crear una carga corporal persistente.
Algunas sustancias químicas persistentes y bioacumulables, como los COP, no
son desechadas fácilmente por el organismo y pueden permanecer por años
en nuestra sangre, en el tejido adiposo, semen, músculos, huesos, tejido cerebral y otros órganos. El DDT, por ejemplo, puede permanecer en el cuerpo por
50 años; y los PCB pueden permanecer en los tejidos grasos entre 25 a 75
años, pues se resisten a su transformación metabólica.6
Así como tenemos el derecho a saber qué contaminantes están presentes en el
aire, agua y suelo, tenemos también el derecho a saber qué contaminantes forman parte de nuestra carga corporal y a exigir a las autoridades y a los productores industriales de estas sustancias la adopción de medidas que prevengan
su formación y liberación ambiental. La carga corporal de sustancias tóxicas
persistentes como los COP no debe ser aceptada como un hecho natural, irreversible, pues viola el derecho fundamental a una calidad de vida acorde con
la dignidad humana. Particularmente vulnera los derechos reproductivos de
la mujer, su derecho a un embarazo y lactancia libre de contaminantes, y el
derecho de los niños a una alimentación sana y a condiciones que permitan
su pleno desarrollo. Las organizaciones de mujeres y de defensa de los dere-
53
Capítulo II
chos de los niños pueden jugar un rol importante en la lucha por la eliminación de los COP; el Convenio de Estocolmo hace una mención explícita
para que los gobiernos informen y consulten a estos grupos durante el proceso de elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación.
Cuadro 5
La “biovigilancia” de la carga corporal de sustancias químicas
tóxicas y bioacumulables
La “biovigilancia” o análisis de muestras humanas de la carga corporal de contaminantes, mide
los niveles de estos compuestos, generalmente en sangre y orina, y refleja la cantidad real de los
compuestos químicos presentes en el medio ambiente que es inhalada, ingerida o absorbida por
el cuerpo.
En Estados Unidos se han realizado dos informes nacionales sobre la exposición humana a las
sustancias químicas en el medio ambiente. realizados por el Centro de Control de Enfermedades
(CDC) de Estados Unidos. El primero, dado a conocer en marzo de 2001, incluyó la medición de
27 sustancias. El segundo informe señaló que el análisis de sangre y orina de la población seleccionada donde se buscaban 116 sustancias químicas dio resultados positivos para 89 de ellas,
incluidos COP como las dioxinas, PCB y plaguicidas organoclorados, así como otras sustancias,
tales como hidrocarburos poliaromáticos, plaguicidas carbamatos y organofosforados, herbicidas,
fitoestrógenos, repelentes de insectos y desinfectantes; metales pesados como plomo, mercurio y
cadmio, entre otros; cotinina (humo del tabaco) y ftalatos. Este segundo informe presenta información sobre la exposición de la población estadounidense a partir de una muestra nacional de
9,282 individuos, dividida por edad, género y grupo étnico o raza, durante el período 1999 - 2000.
Un análisis más detallado de los datos de los 34 plaguicidas contenidos en el Segundo Informe
Nacional de la CDC, realizado por el Pesticide Action Network, North America (PANNA),
informaba en mayo de 2004 que un gran número de residentes de California llevan en sus cuerpos una carga de plaguicidas tóxicos superior a los niveles “aceptables” establecidos por las
autoridades gubernamentales (como el insecticida clorpirifos, por ejemplo); y que la carga corporal más grande se encontró en las mujeres, los niños y la población mexicano-americana. Entre
los componentes de esta carga se encuentran plaguicidas como DDT, lindano y paratión metílico.
Un estudio similar, realizado anteriormente por el Environmental Working Group, en conjunto
con la Escuela de Medicina Comunitaria de Monte Sinaí en Nueva York, Estados Unidos, publicado en enero del 2003, señala que de las 210 sustancias químicas medidas en la carga corporal de
nueve voluntarios, se encontró un promedio de 91 compuestos, de los cuales 76 son sustancias
químicas que pueden provocar cáncer en humanos o animales, 94 son tóxicos al cerebro y sistema nervioso, y 79 pueden causar defectos de nacimiento o un desarrollo anormal. Entre las
sustancias detectadas había 48 diferentes congéneres de PCB, dioxinas y furanos; plaguicidas
organoclorados como DDT y clordano, entre otros; metales pesados como plomo, mercurio,
Continúa
54
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
arsénico y cadmio; ftalatos provenientes de productos cosméticos para el cuidado personal o de
envoltorios plásticos de productos alimenticios; y compuestos orgánicos volátiles y semivolátiles
derivados del petróleo.
Esfuerzos similares se han realizado en Alaska, Australia y otras partes de Estados Unidos y
Europa. La organización comunitaria para la vigilancia de la carga corporal de PCB fue un factor
determinante para forzar a Monsanto a indemnizar a los residentes de Anniston, localidad cercana a su planta productora de PCB, en Alabama.7
Fuentes consultadas:
“What is body burden” en www.chemicalbodyburden.org
Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC), Segundo Informe Nacional sobre la
Exposición Humana a Compuestos Químicos Ambientales, EEUU, Febrero del 2003
http://www.cdc.gov/exposurereport El CDC tiene planeado hacer informes cada dos años
Environmental Working Group, Informe “Body Burden: The Pollution in People” en
http://www.ewg.org/reports/bodyburden/
Pesticide Action Network North America, informe “Chemical Trespass: Pesticides in Our Bodies and
Corporate Accountability” www.panna.org
Ubicación de los COP en el universo de sustancias químicas
Los 12 COP seleccionados en el Convenio de Estocolmo se ubican en el amplio
universo de las sustancias químicas orgánicas, por ser compuestos que contienen carbono en su estructura, y dentro de él pertenecen al grupo de los
organohalógenos, y en particular, a dos subgrupos: el de los organoclorados
-por ser compuestos orgánicos que tienen diversos átomos de cloro – y el de
los hidrocarburos poliaromáticos, pues incluyen un anillo de benceno en el
eje de su estructura, lo que los caracteriza como hidrocarburos poliaromáticos clorados.
Sin embargo, otros compuestos orgánicos diferentes a ambos grupos podrían
llegar a ser clasificados como COP por su persistencia y capacidad de bioacumularse; esto incluye a otros organohalogenados, especialmente a los compuestos bromados tales como los retardantes de flama polibromados.
También podrían entrar a la clasificación de COP otras sustancias químicas,
como ciertos organometales usados para pinturas marinas. La figura 5 da una
idea más gráfica de esta ubicación, lo que nos permite visualizarla mejor.
55
Capítulo II
Figura 5
Ubicación de los COP en el Universo de Sustancias Químicas
Fuente: Adaptado de Anne Platt Mc Ginn Why poison ourselves?. A precautionary
approach to synthetic chemicals. MA USA World Watch Paper num. 153. November
2000. p. 15
56
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo
Efectos sobre la salud y el medio ambiente
de los plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo
Los plaguicidas químicos son sustancias tóxicas por definición y pueden afectar tanto a las plagas como al ser humano. Los plaguicidas afectan el sistema
nervioso central y pueden provocar intoxicaciones agudas, que se manifiestan
como malestar, dolor de cabeza, náusea, vómito, mareo, temblores,
excitación, convulsiones recurrentes, depresión severa del sistema respiratorio y el sistema nervioso central, coma, e incluso la muerte si no se recibe una
atención médica oportuna.
Hay otros efectos de la exposición a los plaguicidas que se pueden presentar
a largo plazo; son los llamados efectos crónicos, que generalmente se producen a raíz de exposiciones repetidas, en pequeñas cantidades, durante un
tiempo prolongado. Algunos de los efectos crónicos causados por los plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo corresponden a diversos tipos de
cáncer, a malformaciones, alteración de la fertilidad, y disrupción endocrina
(ver cuadro página siguiente).
Desde un punto de vista biológico, los plaguicidas son biocidas, rara vez
selectivos, pues matan no sólo a los organismos que constituyen plagas, sino
también a insectos benéficos, tales como depredadores, parasitoides, polinizadores, aves, peces y otros animales. Los plaguicidas interfieren con procesos biológicos y fisiológicos fundamentales, que son comunes a una amplia
variedad de organismos. El uso intensivo de plaguicidas crea además
resistencia en los insectos, plantas y hongos, por lo que sobreviven a dosis que
antes les causaban la muerte. La resistencia es un mecanismo hereditario, de
selección genética, que permite que sólo los más fuertes sobrevivan. En el
caso de la resistencia a insecticidas organoclorados, los insectos pueden también desarrollarla frente a algunos piretroides, en lo que se conoce como
resistencia cruzada.8
El uso indiscriminado de plaguicidas provoca la contaminación del suelo, del
aire y del agua, y altera el equilibrio ecológico. Los problemas de contaminación ambiental causados por los plaguicidas químicos se acentúan en el
caso de los plaguicidas organoclorados, grupo al que pertenecen los incluidos
en el Convenio de Estocolmo, por su gran persistencia y su capacidad de acumularse y magnificarse en las cadenas alimentarias. La persistencia de una
sustancia se expresa indicando su vida media. Esta corresponde al tiempo
57
Capítulo II
necesario para que la mitad de la sustancia desaparezca bajo condiciones normales. Por ejemplo, si la vida media es de 100 días, la mitad de la sustancia
estará presente 100 días después de su aplicación, una cuarta parte estará
aún después de 200 días, y una octava parte aún se encontrará después de
300 días.
Hay otros plaguicidas organoclorados que no están incluidos en el Convenio
de Estocolmo, como el lindano, el pentaclorofenol y el endosulfán, pero su
inclusión en él ya ha sido propuesta. Otro gran número de plaguicidas
organoclorados pueden estar contaminados con dioxinas y furanos, pero
este problema lo trataremos en la sección dedicada a las dioxinas.
Las dioxinas, conocidas también como policloro dibenzo-p-dioxinas (abreviado como PCDD), son el nombre genérico de un grupo de 75 compuestos formados por dos anillos de benceno unidos por un anillo de cinco lados con dos
átomos de oxígeno y diversos átomos de cloro en la periferia.
Los furanos o policlorodibenzofuranos (PCDF) son un grupo de 135 compuestos de estructura similar a las dioxinas, al igual que los PCB, de los cuales
hablaremos en el próximo capítulo.
58
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Cuadro 6
Efectos de los plaguicidas COP incluidos en el Convenio de Estocolmo
en la salud y medio ambiente
Nombre
ingrediente
Num.
CAS
Efectos sobre la salud
Efectos sobre el ambiente
y persistencia
activo
Organoclorados
Aldrín (*)
Efectos agudos generales de la Son muy persistentes, se
309-00-2
exposición a plaguicidas
organoclorados:
Alteración del sistema nervioso
central. Se produce malestar,
dolor de cabeza, náusea, vómito,mareo,temblores,
excitación, convulsiones recurrentes, depresión severa de los
sistemas respiratorio y
nervioso central y coma.
acumulan en los tejidos grasos de las cadenas alimenticias y se excretan en la leche
materna.
Agudos.
Generales a los de la exposición
a los organoclorados
(ver arriba).
Crónicos.
La exposición prolongada
puede dar lugar a excitación del
sistema
nervioso
central.
Anormalidades en el
electroencefalograma y
convulsiones.
La IARC lo clasifica en el
Grupo 3 (posible carcinógeno
humano). En animales de
experimentación es fetotóxico.
El aldrín se metaboliza y
deriva en dieldrín.
Disrupción endocrina (1)
Alto potencial de bioacumulación y biomagnificación.
Extrema toxicidad para
peces y crustáceos, mediana
toxicidad para aves y abejas.
Es altamente persistente en
el suelo: el 50% desaparece
transcurridos entre
4 y 7 años.
Continúa
59
Nombre
ingrediente
Num
activo
CAS
Clordano (**)
Efectos sobre la salud
Efectos sobre el ambiente
y persistencia
57-74-9 Agudos.
Alto potencial de bioacumu-
Generales a los de la exposición a lación y biomagnificación.
los organoclorados
Extrema toxicidad para peces,
DDT
(ver arriba).
Crónicos.
crustáceos, aves, abejas y lombrices de tierra.
La exposición prolongada puede
dar lugar a excitación del sistema
Es altamente persistente en el
nervioso central, anormalidades en
el electroencefalograma y
suelo. La vida media en el
suelo es de 4 años y puede
convulsiones.
La IARC lo clasifica en el Grupo 3
persistir en éste tanto como 20
años. Es relativamente inmóvil
(posible carcinógeno humano).
En ratones se ha encontrado que
reduce la fertilidad en cerca del
50% (22mg/kg inyectados una vez
a la
semana durante 3 semanas)
Disrupción endocrina (1)
en el ambiente y se fija a las
partículas del suelo.
50-29-3 Agudos.
Generales a los de la exposición a
los organoclorados
(ver arriba).
Crónicos
Anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones.
La IARC lo clasifica en el Grupo 2B
(posible carcinogénico para
humanos). En pruebas de laboratorio ha mostrado ser mutagénico
(inhibición miótica moderada y
aberraciones cromosómicas y
daños). Suprime el sistema
inmunológico, causa esterilidad y
es fetotóxico, teratogénico y carcinogénico (hígado, pulmones,
tiroides, leucemia) en animales de
laboratorio.
Disrupción endocrina (1)
Alto potencial de bioacumulación y biomagnificación.
Extrema toxicidad aguda
para peces y crustáceos. La
toxicidad aguda es baja para
abejas y aves, aunque en éstas
últimas la exposición prolongada produce severos efectos
en la reproducción, al reducir
el grosor del cascarón de los
huevos y la viabilidad de los
embriones.
Es altamente persistente en el
suelo: el 50% desaparece
transcurridos entre 2 y 15
años. Es un contaminante de
aguas superficiales.
Continúa
60
Nombre
Num
ingrediente
CAS
Efectos sobre la salud
activo
Dieldrín (*)
Efectos sobre el ambiente
y persistencia
60-57-1
Agudos.
Alto potencial de bioacumulación
Generales a los de la exposición a y biomagnificación. Extrema
los organoclorados (ver arriba).
toxicidad para peces y crustáceos;
Se ha descrito persistencia de dis- mediana toxicidad para aves
turbios del sueño por algunos días y abejas
o semanas.
Crónicos
Es altamente persistente en el suelo:
La exposición prolongada puede el 50% desaparece transcurridos
dar lugar a excitación del sistema entre 4 y 7 años.
nervioso central, anormalidades en
el electroencefalograma y convulsiones. El dieldrín (derivado
metabólico de aldrín) suprime el
sistema inmunológico y causa
cáncer de hígado en ratones. La
IARC lo clasifica en el Grupo 3
(posible carcinógeno humano). En
animales de experimentación es
fetotóxico y puede alterar la fertilidad de machos y hembras.
Disrupción endocrina (1)
Endrín (***)
72-20-8
Agudos.
Generales a los de la exposición a los
organoclorados (ver arriba).
Crónicos
La exposición prolongada puede dar
lugar a excitación del sistema
nervioso central, anormalidades en
el electroencefalograma y convulsiones.
La IARC lo clasifica en el Grupo 3
(posible carcinógeno humano). En
animales de experimentación es
fetotóxico y altera la espermatogénesis en ratas. Puede producir daño
cromosómico en el tejido germinal
de hombres y mujeres. En animales
de experimentación es fetotóxico y
embriotóxico y altera la espermatogénesis en ratas.
Disrupción endocrina (1)
Alto potencial de bioacumulación
y biomagnificación. Extrema
toxicidad para los peces, aves y
abejas.
Es altamente persistente en el
suelo: la vida media allí puede
ser de hasta 12 años.
Continúa
61
Nombre
Num
ingrediente
CAS
Efectos sobre la salud
activo
Efectos sobre el ambiente
y persistencia
Heptacloro 76-44-8 Agudos.
Bioacumulación y biomagnifi-
Generales a los de la exposición a los cación alta. Extrema toxicidad en
organoclorados (ver arriba).
peces, moderada en crustáceos,
ligera en aves.
Crónicos
La exposición prolongada puede dar Extrema persistencia en el suelo.
lugar a excitación del sistema nervioso Es poco susceptible a la
central, anormalidades en el elec- biodegradación. La vida media en
troencefalograma y convulsiones.
el suelo va de 6 meses a 3,5 años,
La IARC lo clasifica en el grupo 2B pero se han encontrado trazas de
(posible carcinógeno humano). Se ha él hasta 16 años después de su
asociado con infertilidad y desarrollo aplicación. Nula movilidad en el
inadecuado de camadas en animales suelo. Menos persistente en agua
de experimentación.
(sedimento).
Produce un incremento en la incidencia de cáncer de hígado en ratas.
Disrupción endocrina (1)
Hexacloro- 118-74-1 Agudos.
benceno
Generales a los de la exposición a los
organoclorados (ver arriba).
Crónicos
La exposición prolongada puede dar
lugar a excitación del sistema nervioso
central, anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones.
La IARC lo clasifica en el Grupo 2 B
(posible carcinógeno humano).
Niños expuestos a pan contaminado
mostraron estatura baja, manos y
dedos atrofiados, osteoporosis y modificaciones artríticas. Es teratogénico en
animales de experimentación. Se han
hecho pruebas en animales que lo relacionan con problemas en la reproducción de los machos, efectos perjudiciales en el feto y en la descendencia.
Disrupción endocrina (1)
Toxicidad moderada y alta para
peces. No se considera tóxico para
las abejas. Es una sustancia fuertemente bioacumulativa.
Es muy persistente. Está fuertemente ligado al suelo y a los
sedimentos. Se ha estimado que
su vida media en el suelo es de
3 a 6 años. No se lixivia
fácilmente en agua.
Continúa
62
Nombre
Num
ingrediente
CAS
Efectos sobre la salud
activo
Mirex
Efectos sobre el ambiente
y persistencia
Agudos
Generales a los de la exposición a los organoclorados
(ver arriba).
Toxafeno
(campheclor)
8001-35-2 Agudos
Es un compuesto altamente
Generales a los de la exposibioacumulable. Altamente tóxición a los organoclorados (ver co para peces e invertebrados
arriba).
acuáticos, medianamente tóxico
para aves y de baja toxicidad
Crónicos
La IARC lo clasifica en el
Grupo 2 B (posible
carcinógeno humano).
Disrupción endocrina (1)
para las abejas. Liberado en
aguas superficiales se adsorbe
vigorosamente al sedimento
Es sumamente persistente.
Fuente: Fichas técnicas de plaguicidas a prohibir o restringir. Incluidos en el Acuerdo N0. 9 de la XVI
Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana (RESSCAD). OPS, OMS.
Programa Medio Ambiente y Salud en el Istmo Centroamericano. Proyecto Aspectos
Ocupacionales y Ambientales de la Exposición a Plaguicidas en el Istmo Centroamericano
(PLAGSALUD). San José, Costa Rica, 2001.
2.3 Los COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB
Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar
9
Las dioxinas y los furanos, a diferencia de otros COP, como los plaguicidas,
no son productos ni tienen una utilidad. Son contaminantes que se producen
de manera involuntaria a partir de procesos térmicos que comprenden materia orgánica y sustancias con cloro, como resultado de una combustión
incompleta o de complejas reacciones químicas.
El Convenio de Estocolmo identifica dentro de los COP de producción no
intencional a las dioxinas, los furanos, los policlorobifenilos (PCB) y el hexaclorobenceno (HCB). Los PCB y HCB son productos industriales pero también
se generan involuntariamente.
63
Capítulo II
No todas las dioxinas, furanos y PCB tienen la misma toxicidad; sólo 7
dioxinas, 10 furanos y 13 PCB tienen una toxicidad similar a la dioxina
más tóxica conocida, que es la 2,3,7,8 TCDD. La toxicidad de las dioxinas
y compuestos similares depende de su habilidad para ligarse y activar una
proteína compleja conocida como receptor celular Ah (hidrocarburo
arilo). Sólo las moléculas con la forma adecuada pueden entrar a este
receptor, tal como solo la llave correcta puede abrir una cerradura. La
dioxina más tóxica y que más fuertemente se liga a este receptor es la
2,3,7,8 TCDD.
Figura 6 Estructura molecular de la dioxina TCDD
Para permitir la comparación entre las diversas dioxinas, furanos y PCB, la
Organización Mundial de la Salud (OMS) estableció como medida la equivalencia al tipo de dioxina más tóxica, la 2,3,7,8 TCDD. Al analizar alimentos,
sangre, leche materna, sedimentos o la atmósfera, se pueden encontrar
muchos tipos diferentes de dioxinas y furanos con distinta toxicidad. Para
poder cuantificar y comparar el total de la toxicidad de esta mezcla de compuestos, se toma como medida la 2,3,7,8-TCDD ó TCDD, otorgando un factor
de equivalencia tóxica o TEQ (por su nombre en inglés) a los otros compuestos, donde TCDD recibe el valor de 1. Por ejemplo, si un compuesto
recibe un TEQ de 0.5, significa que es la mitad de tóxico que la dioxina TCDD.
Cuando se habla de pruebas de exposición a dioxinas en animales de laboratorio, generalmente se trata de la TCDD; cuando se habla de la exposición de
la población a las dioxinas, se hace referencia a la exposición a una mezcla
compleja del conjunto de dioxinas y compuestos similares. En el mundo real
la TCDD no se encuentra aislada.10
64
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Cuadro 7
Estructura química básica de las dioxinas, los furanos y los PCB
El carbono existe como elemento (grafito y diamantes) y como compuesto (unido a otros elementos). En esta última forma es el más abundante de todos los que se conocen (más de 2,5 millones).
Los compuestos de carbono se pueden unir con los de hidrógeno de miles de maneras, en ocasiones en cadenas largas que forman plásticos. En otras ocasiones los compuestos de carbono e
hidrógeno forman anillos, como los bencenos.
El bloque básico de la estructura química de las
dioxinas, los furanos y el PCB, es la molécula de
benceno, que contiene 6 átomos de carbono (abreviado como C) y 6 átomos de hidrógeno (abreviado como H) unidos en un anillo (figura 1). Para
abreviar, los átomos de carbono e hidrógeno se
omiten normalmente y el anillo de benceno se
representa como un anillo dentro de un hexágono,
como muestra la figura 1.
Figura 1: Benceno
Los anillos de benceno tienen dos importantes propiedades: a) dos o más anillos de benceno
pueden unirse entre sí y, b) los átomos de cloro pueden reemplazar a los de hidrógeno en el exterior del anillo. Estas propiedades explican la formación de los PCB, dioxinas y furanos.
Las dioxinas y los compuestos similares a ellas se componen de dos anillos de benceno unidos de
tres maneras distintas:
a) Cuando dos anillos de benceno se unen directamente, se denominan bifenilos, y cuando se reemplazan varios átomos de hidrógeno del benceno, por
los de cloro, se forman los policlorobifenilos ó PCB,
ver figura 2.
Figura 2: Bifenilos
b) Cuando dos anillos de benceno se unen mediante un anillo de 5 lados que contiene un átomo de oxígeno (abreviado como “O”*figura
hexagonal), se forman los furanos, ver figura 3.
c) Cuando dos anillos de benceno se enlazan a través de un
anillo de seis lados que contiene dos átomos de oxígeno,
pertenecen a la familia de las dibenzodioxinas (di–por dos-,
benzo –por benceno-, di –por dos- oxin –por oxígeno). Cuando
en ellas se remplazan los átomos de hidrógeno con varios de
Figura 3: Furanos
Continúa
65
Capítulo II
cloro, se llaman policlorodibenzodioxinas, o PCDD (por su nombre en inglés).
Las dioxinas pueden tener de 1 a 8 átomos de cloro. Dependiendo de la posición donde se
enlazan los átomos de cloro, resultan 75 tipos distintos de dioxinas. Los químicos usan números
para describir las posiciones donde se ubican los átomos de cloro. El tipo de dioxina más tóxica
que se conoce es la que tiene los átomos de cloro en las posiciones 2, 3, 7 y 8, (ver figura 4).
El nombre químico de esta dioxina es “2, 3,7,8 tetraclorodibenzodioxina, o 2,3,7,8 TCDD, por su
nombre en inglés. (Se usa la palabra griega tetra para indicar cuatro)
Figura 4: 2,3,7,8 TCDD
Cada uno de los átomos de hidrógeno en los anillos de benceno de las dioxinas, los furanos y el
PCB pueden ser remplazados químicamente por átomos de cloro. Es la variación en el número
y la posición de los átomos de cloro en la molécula, lo que identifica al gran número de miembros o congéneres de cada grupo. El bromo, un elemento cercano al cloro, también puede remplazar a los hidrógenos y formar compuestos similares. Los congéneres de bromo y cloro
pueden existir juntos.
Fuente: Resumen del texto de Beverly Paigen “Dioxin and Dioxin like Chemicals” en Pesticides,
People and Nature, 1(1): 33-52 (1999), Begell House Inc., y “What Are Dioxins?” en Dioxin:The
Orange Resource Book, Synthesis/ Regeneration 7/8 . Summer 1995. A Magazine of Green Social
Thought, St. Louis MO, p 12.
Las fuentes de formación de COP no intencionales
El Convenio de Estocolmo identifica de manera parcial a 20 tipos de fuentes
antropogénicas generadoras de COP producidos de forma no intencional
(dioxinas, furanos, PCB y HCB) y las divide entre fuentes que tienen un
fuerte potencial de formación y liberación ambiental y otras fuentes. (ver
cuadro 8).
66
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Cuadro 8
Fuentes generadoras de COP no intencionales (dioxinas, furanos, PCB y HCB)
según el Convenio de Estocolmo
Fuentes industriales que tienen un potencial relativamente alto de formación y liberación
de estos productos químicos al medio ambiente (Anexo C, Parte II) :
a) Incineradores de desechos, incluidos los coincineradores de desechos municipales,
peligrosos, médicos o de fango cloacal;
b) Desechos peligrosos procedentes de la combustión en hornos de cemento;
c) Producción de pasta de papel con utilización de cloro elemental o de productos
químicos que producen cloro elemental para el blanqueo; (*)
d)Los siguientes procesos térmicos de la industria metalúrgica:
Producción secundaria de cobre;
Plantas de sinterización en la industria del hierro e industria siderúrgica;
Producción secundaria de aluminio;
Producción secundaria de zinc.
Otras fuentes de generación no intencionada de COP(Anexo C, Parte III):
a) Quema de desechos a cielo abierto, incluida la quema en basureros;
b) Procesos térmicos de la industria metalúrgica no mencionados en la parte II;
c) Fuentes de combustión domésticas;
d)Combustión de combustibles fósiles en centrales termoeléctricas o calderas industriales;
e) Instalaciones de combustión de madera u otros combustibles de biomasa;
f) Procesos de producción de sustancias químicas determinadas, que liberan de forma no
intencional contaminantes orgánicos persistentes, especialmente los procesos de
producción de clorofenoles y cloranil;
g) Crematorios;
h)Vehículos de motor, en particular los que utilizan gasolina con plomo como combustible;
i) Destrucción de carcasas de animales;
j) Teñido (con cloranil) y terminación (con extracción alcalina) de textiles y cueros;
k) Plantas de desguace para el tratamiento de vehículos una vez acabada su vida útil;
l) Combustión lenta de cables de cobre;
m)Desechos de refinerías de petróleo.
Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Anexo C. Producción no intencional.
(*) Por cloro elemental se refiere al uso de gas cloro, CL2 e hipoclorito; no incluye el dióxido
de cloro (CL02)
67
Capítulo II
La lista no es exhaustiva y el Convenio indica que estas fuentes pueden ser
objeto de actualización por la Conferencia de las Partes. En los anexos se
incluyen tres cuadros con una selección de fuentes identificadas de dioxinas
y furanos, así como una lista de sustancias químicas y plaguicidas de los
cuales se sabe o se sospecha que durante su manufactura se generan dioxinas
y furanos.
Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud.
Como señalamos en la primera parte de este libro, por muchos años la industria del cloro sólo aceptaba que la exposición a dioxinas producía cloracné una enfermedad grave de la piel; sin embargo, ahora se sabe que puede
causar un gran número de efectos agudos y crónicos de carácter irreversible.
Por esta razón las dioxinas son consideradas como las sustancias químicas
más tóxicas conocidas por la ciencia.
La dioxina TCDD y compuestos similares son capaces de alterar procesos
fisiológicos en el ser humano a niveles de exposición tan bajos que se necesitan procesos muy sofisticados de análisis para su identificación y medición. Se
han observado efectos adversos a la salud causados por las dioxinas a niveles
ubicados en el rango de nanogramos (ng)/kilogramo (kg) (un nanogramo es
la mil millonésima parte de un gramo). La medida de ng/kg es equivalente a
partes por trillón. Una parte por trillón es el equivalente de un grano de sal
disuelto en una alberca olímpica. Se calcula que el ciudadano estadounidense
promedio lleva una carga corporal de 13 partes por trillón.11
Las dioxinas son capaces de causar cáncer y son clasificadas como un “cancerígeno humano conocido” por la OMS y la Agencia Internacional de
Investigación sobre el Cáncer (IARC). En Estados Unidos, de acuerdo con el
informe preliminar de evaluación de dioxinas realizado por la EPA en el año
2000, los niveles promedio de dioxinas y compuestos similares a los que está
expuesta la población, representan el riesgo de provocar un caso de cáncer por
cada 1.000 personas. Esto es 1.000 veces más alto que el riesgo “aceptable” de
un caso de cáncer en un millón. La evidencia epidemiológica en estudios
sobre trabajadores expuestos y población afectada por accidentes indica que
la exposición a dioxinas y compuestos similares incrementa el riesgo de contraer cáncer en tejidos blandos -pulmón, estómago- y linfoma no Hodgkin
(tumor maligno de los ganglios linfáticos), y aumenta la mortalidad por sarcomas de tejido blando (tumor maligno originado en tejido conjuntivo) en
trabajadores expuestos.12
68
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
La exposición a dioxinas en animales de laboratorio reduce la fertilidad,
aumenta la endometriosis, causa defectos de nacimiento, daña el hígado,
altera el desarrollo de los genitales, retarda el crecimiento, afecta el funcionamiento de la tiroides, dispara las deficiencias durante el aprendizaje y
disminuye la respuesta de las células del sistema inmunológico. Los efectos de
las dioxinas en la salud humana incluyen enfermedades del corazón y
alteraciones en el sistema reproductivo masculino y femenino (endometriosis,
por ejemplo). También hay evidencia de que afecta la tiroides, deprime el sistema inmunológico, causa defectos de nacimiento e interfiere con el metabolismo de la glucosa, por lo que contribuye a la diabetes. Las dioxinas imitan
o bloquean la acción de las hormonas y perturban cada sistema hormonal que
se ha investigado. La exposición antes del nacimiento puede influir en la proporción en la que se define el sexo entre los recién nacidos (ver cuadro 9).13
Al igual que otros COP, las dioxinas y compuestos similares se bioacumulan
y biomagnifican a lo largo de las cadenas alimentarias. Se han encontrado
dioxinas y furanos en la leche de vaca, el queso, la mantequilla y en animales;
así como en la sangre, el tejido adiposo y la leche materna; todo esto contribuye a la carga corporal tóxica que se traspasa a las futuras generaciones.
La Organización Mundial de la Salud realizó dos estudios en 19 países, donde
se analizaron muestras de leche tomadas en 1987-88 y en 1992-1993, para
determinar niveles de dioxinas, furanos y PCB. Otros estudios similares se han
realizado en Holanda, Alemania, los países nórdicos, Reino Unido, Francia,
España, Japón, Nueva Zelandia y Estados Unidos. Se han realizado también
estudios en algunos países asiáticos y del Medio Oriente, y solo unos pocos en
Africa y América Latina. 14
69
Capítulo II
Cuadro 9
Efectos causados en la salud por las dioxinas y compuestos de toxicidad similar
Cáncer
Cambios hormonales y metabólicos
• En tejidos blandos, pulmón, estómago
• Alteración de la tolerancia a la glucosa y
y linfoma no Hodgkin
• Incrementa mortalidad por cáncer en
disminución de los niveles de insulina, lo
que incrementa el riesgo de diabetes
tejidos blandos
• Alteración del metabolismo de las grasas,
Efectos reproductivos masculinos
• Reducción de la cantidad de esperma
• Disminuye tamaño de los testículos
• Disminución de la testosterona
(la hormona masculina)
• Feminización de las respuestas y los
comportamientos sexuales hormonales
• Cambios hormonales y metabólicos
aumentando el colesterol y los triglicéridos,
con el consiguiente incremento del riesgo
de ataque al corazón
• Pérdida de peso
• Cambio en las hormonas producidas
por la tiroides
Efectos reproductivos femeninos
• Cambios hormonales
• Disminución de la fertilidad
• Embarazo adverso, dificultad para
mantener el embarazo
• Disfunción de los ovarios
• Endometriosis
Daños al sistema nervioso central y periférico
• Incremento de la irritabilidad y
el nerviosismo
• Déficit cognitivo
Efectos en el feto
Daño al hígado
• Defectos de nacimiento, paladar hundido
• Alteraciones del sistema reproductivo
• Elevación de las enzimas del hígado
• Cirrosis
Efectos en la niñez y adolescencia
Daño al sistema inmunológico
• Problemas de deficiencia de IQ
• Retraso de la pubertad
• Reducción del tamaño del timo
• Incremento de enfermedades infecciosas
• Retraso del desarrollo psicomotor y del
neurodesarrollo
• Alteraciones de la conducta e hiperactividad
y de la posibilidad de desarrollar cáncer.
Fuente: USEPA, 1994; De Vito, 1994 en Center for Health Environment and Justice Dyng from
Dioxin. USA 1995. Table 9-2, p. 138.
70
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Siendo el consumo de alimentos la principal vía de entrada de las dioxinas al
cuerpo humano, el Instituto de Medicina de Estados Unidos recomienda
reducir la exposición en la población mediante el consumo de alimentos con
menos grasas saturadas y el consumo moderado de grasas de carne y alimentos lácteos que puedan contener dioxinas y similares; también señala como
prioridad reducir la contaminación de dioxinas en el forraje y el alimento usados en los sistemas de producción animal, y establecer en ellos un sistema de
vigilancia de los niveles de dioxinas y compuestos similares, con información
accesible al público. Recomienda reducir o eliminar el contenido de grasa animal como componente del alimento en el ganado. De igual modo, señala que la
reducción de la ingestión de grasas saturadas debe centrarse en las adolescentes
y mujeres jóvenes, antes de la edad de embarazo, para tener un impacto en
la reducción de dioxinas que pueden afectar el desarrollo del feto y de los
lactantes. Las dioxinas tienen una vida media en el cuerpo humano de 7 a
10 años.15
El cambio de hábitos alimenticios para llevar la dieta baja en grasas que se
recomienda, no es suficiente si no se acompaña también de un programa de
eliminación de las dioxinas y compuestos similares en sus fuentes industriales
y urbanas de origen. Esto significa el cambio de los procesos industriales y de
las prácticas que generan los COP, pues la responsabilidad no se puede cargar
sólo a los consumidores, sino principalmente a las empresas que los generan,
aunque sea de manera involuntaria. La sustitución de insumos clorados en los
procesos industriales y la prohibición de la incineración de residuos en sus
múltiples formas, son parte de las medidas de un programa de prevención y
eliminación de las dioxinas que desea atacar la raíz del problema y no sólo
tratar de controlar sus efectos en la salud de los consumidores.
2.4 Policlorobifenilos (PCB)
Características de los PCB
Los bifenilos policlorados, o también denominados policlorobifenilos (PCB),
son productos industriales que se usaron principalmente como aceites en los
transformadores y equipos eléctricos; comercialmente se les conoce como
“askareles”. Son una familia de compuestos clorados, derivados de la petroquímica (hidrocarburos aromáticos clorados), que tienen una estructura
química básica compuesta por la unión de dos anillos de benceno (bifenilos),
a los que se ligan entre 1 y 10 átomos de cloro (policlorados). De la posición
de los diversos átomos de cloro en su estructura química resulta un total de
209 tipos diferentes o congéneres de PCB, de los cuales, 13 presentan una
mayor toxicidad, similar a la dioxina TCDD. Se les denomina PCB-coplanares
71
Capítulo II
porque pueden tener una configuración plana, con los anillos de benceno en
el mismo plano. Esto no significa que los otros congéneres no sean tóxicos o
no causen daño a la salud, sino que han sido menos estudiados.
C12H(10-n)Cln
X=O ó Cl
Figura 7
Estructura molecular de los PCB
Fórmula química: C12H (10-n)CL n donde n se encuentra dentro del rango de 1 a 10.
Núm. CAS: varía según el número de congéneres (por ejemplo, Aroclor 1242 tiene el núm. CAS:
53469-21-9; Aroclor 1254, el núm. CAS 11097-69-1)
Fuente : Directrices para la identificación de PCB y materiales que contengan PCB. Productos
Químicos PNUMA Agosto 1999, p.2
Según el número de átomos de cloro en su estructura, los PCB varían en su
aspecto físico y pueden presentar la forma de líquidos aceitosos, sólidos
cristalinos blancos, o resinas similares a la cera. Su color va del amarillo claro,
en el caso de los aceites ligeros menos clorados, al color miel en los aceites
más pesados. Los PCB no poseen olor ni sabor. 16
Usos de los PCB
Los PCB son muy buenos conductores de calor, pero no de electricidad; no se
queman fácilmente, no se degradan por el uso, no son solubles en agua, son
poco solubles en aceite, muy solubles en solventes, y químicamente muy estables. Estas características físicas los convirtieron en un fluido dieléctrico -que no
conduce electricidad- ideal para ser usado por la industria eléctrica, principalmente en transformadores y condensadores, pero también en muchas otras aplicaciones, desde aceites para recubrimiento de superficies en pinturas, papel
copia, adhesivos y plastificantes (ver cuadro 9). Luego el uso de los PCB se
extendió, ya que reemplazaron a los antiguos aceites aislantes minerales, que sí
eran flamables. Con esto se redujo el riesgo de incendios en las instalaciones
eléctricas de edificios públicos, hospitales, escuelas e industrias. El uso de PCB
en las instalaciones eléctricas fue requerido de manera obligatoria por las
compañías de seguros y por las ordenanzas locales de algunas ciudades.
72
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Cuadro 10
Usos que han tenido los PCB
Sistemas Cerrados
Transformadores eléctricos
Condensadores eléctricos
Motores eléctricos
Electroimanes
Sistemas Parcialmente Cerrados
Otros usos
Materiales aislantes
Plaguicidas. (b)
(a) Estas aplicaciones no fueron diseñadas
para contener PCB, pero pueden haberse contaminado durante su funcionamiento y man-
tenimiento
(b) Se han utilizado fluidos de transforFluidos hidráulicos
madores gastados en fórmulas de plaguicidas
Interruptores (a)
Reguladores de voltaje (a)
Cables eléctricos con relleno líquido (a)
Interruptores automáticos con relleno líquido (a)
Fluidos refrigerantes
Sistemas Abiertos
Lubricantes
Aceites de inmersión para microscopios
Aceites para corte
Revestimiento de frenos
Aceites lubricantes (compresores de aire de gas natural)
Recubrimiento de superficies
Plastificantes
Selladores de empaquetado
Selladores para juntas de hormigón
PVC
Selladores de caucho
Pinturas
Tratamiento de textiles
Papel para copia calca sin carbón
Retardantes de flama
Adhesivos
Adhesivos especiales
Adhesivos para recubrimiento
de pared repelente al agua
Tintas
Tintes
Tintas de impresión
Fuente: UNEP y IOMC Directrices para la identificación de PCB y materiales que contengan PCB.
Primer número agosto 1999, Dolores Romano y Estefanía Blount, Guía sindical para la eliminación de PCB. Disruptores endocrinos: un nuevo riesgo tóxico. Madrid, Instituto Sindical del
Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO),
2003. p. 11
73
Capítulo II
La mayor parte de los PCB fueron usados por la industria eléctrica como fluidos
dieléctricos en sistemas cerrados de transformadores y condensadores de
motores eléctricos y electroimanes; pero también se emplearon en instalaciones industriales, operaciones mineras y militares, e incluso en diversos
artículos eléctricos y electrodomésticos de uso cotidiano, como por ejemplo,
en los condensadores para el arranque del motor en los refrigeradores, en sistemas de calefacción, en acondicionadores de aire, secadores del pelo y
motores de bombas hidráulicas; también en los condensadores de televisores
y hornos de microondas, incluso en las balastras de las lámparas fluorescentes
y de las luces de neón producidas antes de 1978 y fabricadas por Estados
Unidos. A pesar de que se clasifica a las balastras como un sistema cerrado,
estudios en Japón han demostrado que los PCB pueden volatilizarse con el
calor de estas lámparas.17
Los PCB se vendieron como parte de mezclas técnicas, más que como químicos individuales. Como aceites de transformadores, los PCB se diluían con solventes de clorobenceno. De los 58 nombres comerciales de los PCB en el
mundo, los comercializados por Monsanto fueron los más usados. Bajo el
nombre de “askarel” se usó un fluido dieléctrico que contenía entre un 60 y
un 80% de PCB; el porcentaje restante (20 a 40%) correspondía a tri y tetraclorobenceno. No todos los PCB líquidos de alta concentración son askareles,
pero este nombre es usado por conveniencia. Otros nombres de PCB comercializados por Monsanto fueron Pyroclor y Aroclor, en diversas combinaciones
(generalmente se les añadía un número, referido generalmente a los átomos
de carbono en su estructura y al porcentaje de cloro en el peso; por ejemplo,
Aroclor 1254 significa que cuenta con 12 átomos de carbono y 54% de cloro,
aunque hay excepciones). Las mezclas de PCB también pueden contener otros
contaminantes, incluso dioxinas y furanos.18
Los PCB también se utilizaron en sistemas parcialmente cerrados, como líquidos de termo-transferencia, fluidos refrigerantes, fluidos hidráulicos y, bombas
de vacío, y pudieron contaminar otros equipos eléctricos durante su funcionamiento y mantenimiento, como los interruptores y reguladores de voltaje
o los cables eléctricos que se rellenaban con líquido, aunque no fueron diseñados originalmente para contener estos aceites.
En aplicaciones abiertas, los PCB se usaron principalmente como plastificantes en la fabricación de PVC, neopreno, selladores de goma, selladores
para juntas de hormigón y empaque. Además se utilizaron como lubricantes
en aceites de inmersión para la preparación de microscopios, revestimiento de
frenos en la industria automotriz, y aceites para corte; como ceras y aditivos
de fundición; como retardantes de flama en pinturas y plásticos; como
74
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
recubrimiento de superficie en pinturas para el fondo de navíos, para textiles
y papel de calco sin carbón; como adhesivos especiales para revestimientos de
pared repelentes al agua, y en otros usos como material aislante.
Además de ser un producto industrial, los PCB se producen de manera no
intencional en varios procesos industriales, incluyendo la manufactura de
PVC y magnesio; la incineración de residuos peligrosos, hospitalarios y municipales; la quema de aceites contaminados y otros residuos clorados en hornos
de cemento; en incendios accidentales del equipo eléctrico; en emisiones de
tráfico marino, quema de llantas, plantas de tratamiento de aguas del drenaje, entre otros procesos.19
Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en el ser humano
Los PCB se han dispersado en el medio ambiente de diversas formas: al
fugarse de los equipos eléctricos y artículos de consumo que fueron tirados en
los basureros municipales; al vertirse como desechos durante la producción
industrial de PCB; al producirse de manera involuntaria en las emisiones
atmosféricas provenientes de su quema o incineración; así como por los
residuos y accidentes que se producen en el mantenimiento y limpieza del
equipo eléctrico.
La vigilancia regular de los equipos con PCB son parte de un plan de manejo
adecuado para identificar fugas de PCB y prevenir accidentes. Durante el
mantenimiento y depósito de equipo eléctrico con PCB se pueden producir
accidentes mecánicos, eléctricos o incendios que pueden exponer a los trabajadores y liberar estos contaminantes en el ambiente, por lo que se debe
contar con adecuadas normas de seguridad e higiene, además de planes de
emergencia para responder en forma oportuna.
Los PCB, al igual que otros COP, son muy persistentes, se bioacumulan en las
cadenas alimenticias y pueden ser transportados a grandes distancias, por lo
que contaminan el planeta. Se han encontrado PCB en el aire y en la lluvia,
en diversos peces, en carne y productos lácteos, en el esperma del ser
humano, en la leche materna, incluso en pingüinos de la Antártida y en poblaciones nativas del Ártico, como los inuit, en Quebec, Canadá.20
Los PCB se bioacumulan en las cadenas alimentarias, debido a que son solubles
en grasas y a que son muy persistentes. Una vez que entran a los ríos, los PCB,
tarde o temprano, llegan a los océanos y se acumulan en el cuerpo de los peces
y de las aves y mamíferos que se alimentan de ellos. Los mamíferos marinos que
75
Capítulo II
se encuentran en la cima de la cadena alimentaria en los océanos –ballenas,
delfines, leones marinos- son capaces de concentrar en su grasa hasta 10
millones de veces más PCB que el que se encuentra en el mar donde viven.21
Los PCB pasan de generación en generación a través de los huevos, en las
aves y peces, y de la placenta y leche materna, en los mamíferos, incluido
el ser humano.
Las primera evidencia científica de que los PCB se bioacumulan en las cadenas alimentarias provino de estudios suizos publicados en 1966. Soren
Jensen, un químico analítico sueco de la Universidad de Estocolmo, identificó
PCB en cada uno de los 200 peces de agua fresca (Esox lucius) provenientes
de distintas partes de Suiza.22 Preocupado por estos resultados, continuó con
su investigación y encontró PCB en casi todo ser vivo que examinó. Estaban
en la hueva de los peces y hasta en un águila del archipiélago de Estocolmo.
Los encontró incluso en las plumas de águila que obtuvo del Museo Sueco de
Historia Natural, coleccionadas desde 1944. También estaban en las agujas de
las coníferas. Los encontró incluso en su propio cabello, en el de su esposa y
hasta en el cabello de su hija de 5 meses de edad, lo que lo hizo pensar que
probablemente recibió su dosis de PCB a través de la leche materna. En
1966 publicó sus descubrimientos en la revista New Scientist en un artículo que tituló “Informe sobre una nueva amenaza química”, en el que señalaba también que se había encontrado PCB en el aire de Londres y de
Hamburgo, y en focas de la costa de Escocia, y lanzaba la hipótesis de que su
distribución podía alcanzar una escala mundial.”23 Subsecuentes estudios
confirmaron la presencia de PCB en huevos de halcón peregrino y en águilas
de Suecia.
Los PCB pueden ser absorbidos a través de la piel, así como por la nariz o
laboca; para la mayoría de la población, la principal ruta de entrada al cuerpo humano es el consumo de alimentos con cantidades residuales muy
pequeñas de este contaminante, que no percibidas por los sentidos.
Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio ambiente
La peligrosidad de la exposición humana a los PCB se conoció a nivel internacional gracias a la difusión que recibieron dos accidentes de intoxicación
masiva: el caso de Yusho, en Japón, y el de Yucheng, en Taiwán. En ambos casos
la ingestión de alimentos cocinados con aceite de arroz contaminado accidentalmente con PCB y otros contaminantes provocó un efecto teratogénico y neurotóxico en los niños, además de alteraciones en el esperma y reducción de la
fertilidad (ver cuadro 11). Aunque los efectos que se dieron a conocer en los
casos de Yusho y Yu-Cheng se presentaron en mujeres y niños expuestos a
76
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
altas concentraciones de PCB, otros estudios en Estados Unidos (Lago
Michigan, Lago Ontario, en Nueva York y en Carolina del Norte) han encontrado también problemas en el desarrollo neurológico de niños expuestos a
concentraciones mucho menores, en exposiciones ambientales, por ejemplo,
de madres que comieron peces contaminados con PCB o de niños que se amamantaron con leche contaminada con PCB.24
Cuadro 11
Los accidentes de intoxicación masiva con PCB en Yusho y Yu-Cheng
El caso de Yusho se produjo en 1968, cuando se reportó que 1.700 residentes de Kyushu, Japón,
cayeron enfermos después de comer alimentos preparados con aceite de arroz contaminando
accidentalmente con PCB. El caso de Yu-Cheng, en la Provincia de Taichung, al centro de Taiwán,
se produjo cuando durante un período de seis meses (diciembre de 1978 a septiembre de 1979)
un poco más de 2.000 individuos -según cifras oficiales- consumieron alimentos preparados con
aceite de arroz contaminado con PCB que se transformaron en dioxinas, furanos y otros compuestos clorados.
En ambos casos los síntomas iniciales incluyeron serias anormalidades en la piel, como acné y
parches de pigmentación negra; problemas de la vista y respiratorios; desórdenes neurológicos,
fatiga y anorexia. La población expuesta de Yu-Cheng tuvo una mayor mortalidad, causada por
diversas enfermedades. Pero especialmente los niños expuestos in utero resultaron severamente
afectados y no todos sobrevivieron. Los niños de Yu-Cheng que nacieron de las madres expuestas han estado bajo observación por varios años y muchos de ellos han nacido con defectos congénitos (bajo peso al nacer, hiperpigmentación de la piel de la cara y los genitales, uñas anormales,
a menudo oscuras, y reducción del pene, aunque este último efecto debe ser más estudiado).
Además muchos de los niños tuvieron una respuesta más lenta en diversas pruebas de aprendizaje, un déficit en su coeficiente de inteligencia, hiperactivismo y otros problemas de conducta; en
los más expuestos se presentaron casos de retraso mental.
Recientemente se ha dado a conocer que los hombres menores de 20 años de Yu-Cheng expuestos
a PCB y furanos tuvieron un esperma anormal en su forma y movilidad, y una fertilidad reducida.
Estos incidentes tuvieron una difusión internacional a partir de la cual se desarrollaron mayores
evaluaciones de los efectos de los PCB sobre la salud, lo que condujo a su paulatino retiro del
mercado mundial.
Fuentes: Ruth Stringer y Paul Johnston Chlorine and the environment. London. Kluwer Academic
Publishers pp. 285-7, Rachel Hazardous Waste News num. 372 ; Mammi Nida “Country Report by
Japan” y “Country report from Taiwan” en el CD de Japan Offspring Fund, Toxic PCB is around
you. The Present Situation and the need for solutions. Tokyo, Japan. March, 2003.
77
Capítulo II
(**) Ver “Sperm Abnormalities in men exposed to PCBs and PCFDs” comentando el estudio de
Hsu PC, Huang W, Yao WJ, Wu MH Guo YL, Lambert GH. 2003. “Sperm changes in men exposed
to polichlorynated biphenyls amd dibenzofurans”. JAMA 289: 2943-2944, en Environmental
Health Perspectives, Vol. 11 num. 12 September 2003, p. A 639.
Cáncer y alteraciones hormonales.
Está probado que los PCB causan cáncer en los animales y son considerados
como probables carcinógenos humanos por la Agencia Internacional del
Cáncer (IARC) de la OMS. Especialmente, la exposición a PCB se ha relacionado con el cáncer de mama.
Se han realizado estudios epidemiológicos de los trabajadores de fábricas de
transformadores del sector eléctrico y de incineradores de residuos urbanos
expuestos a PCB. Estos estudios han mostrado un incremento en la incidencia
de cáncer del cerebro, del hígado y de los conductos biliares, además de otros
tumores malignos, en los trabajadores expuestos. Se ha observado también un
incremento en la mortalidad por estos tumores.25
En pruebas de laboratorio se ha encontrado que algunos congéneres específicos PCB alteran las funciones hormonales, son “disruptores endocrinos”, en
particular de la acción de estrógenos y andrógenos, de la hormona tiroidea,
la retinoide y otras hormonas.
Los PCB no permanecen inertes en el cuerpo humano, como lo hacen en los
transformadores eléctricos, sino que provocan una respuesta biológica. Los
efectos de los PCB en la salud reproductiva de las mujeres son motivo de gran
preocupación. Los PCB dañan el desarrollo del cerebro del feto al afectar particularmente a las hormonas tiroideas. La exposición in utero a PCB en cantidades ligeramente superiores a las que se encuentra ambientalmente
expuesto (en los alimentos, por ejemplo) puede tener impactos negativos a
largo plazo en la función intelectual infantil, además de causar problemas en
la coordinación psicomotora, la memoria y el reconocimiento visual. La
exposición a PCB durante el embarazo también ha sido relacionada con bajo
peso al nacer y con abortos espontáneos. 26
Una vez que entran al ser humano, los PCB pueden permanecer en los tejidos
grasos entre 25 a 75 años, pues se resisten a su transformación metabólica.
De todos los mamíferos, el ser humano es el que más lentamente excreta los
PCB y no se conoce ningún método que acelere este proceso.27
78
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
Contaminación de la leche materna
Los PCB se acumulan en la grasa de las madres y se excretan en la leche
materna, lo que representa un peligro para las futuras generaciones.
Preocupan los efectos en la salud de los niños que reciben leche materna
contaminada con PCB a bajas concentraciones. En un experimento con
monos alimentados desde el nacimiento hasta las 20 semanas de edad con
una mezcla y concentración de PCB similares a las encontradas como
promedio en la leche materna humana, se detectaron problemas de aprendizaje y de conducta en pruebas realizadas a los 2,5 y 5 años de edad. Estos
monos tenían niveles de PCB en la sangre de 2 a 3 ppb., similares a los niveles promedio encontrados en poblaciones humanas. Otros experimentos con
monos a los que se expuso a los PCB después del nacimiento, dieron como
resultado efectos similares, incluyendo hiperactividad.28
2.5 El hexaclorobenceno (HCB)
Características del HCB
El HCB es un compuesto orgánico clorado que tiene seis átomos de carbono
y seis de cloro, con la siguiente fórmula y estructura molecular:
Figura 8
Estructura molecular del HCB
Fórmula química: (C6Cl6)
Núm. CAS: 118-74-1
Usos del HCB
El HCB se usó como plaguicida y como intermediario o aditivo en la producción
industrial. También es un COP que se forma de manera no intencionada.
Veamos:
79
Capítulo II
El HCB se usó como preservador de madera y funguicida para el tratamiento
de semillas en cereales como trigo, cebada, avena y centeno. Además se empleó
como intermediario o aditivo en varios procesos de manufactura, incluida la
producción de hule sintético, tintes y pentaclorofenol (un plaguicida usado
como preservador de madera); El HCB también es un subproducto de varios
procesos industriales: la producción de un gran número de compuestos clorados, tales como plaguicidas (puede estar como impurezas en clorotalonil,
propanil (DCPA), picloram, pentacloronitrobenceno (PCNB), pentaclorofenol,
dactal, simazina y atrazina); la producción de magnesio; la síntesis del
monómero de cloruro de vinilo (VCM) para la producción del plástico PVC;
los procesos productivos de la industria metalúrgica; la producción de cloro;
la producción de clorobencenos, clorofenoles y sus derivados; y la producción
de solventes clorados, como tetracloroetileno, percloroetileno y triocloretano.
Se produce de manera no voluntaria como resultado de la incineración de
compuestos clorados en sus diversas formas, incluida la quema de residuos
peligrosos en hornos de cemento, la incineración de lodo de aguas negras, de
residuos municipales, residuos peligrosos y de residuos médicos, y en la combustión de carbón.29
Efectos del HCB en la salud y el medio ambiente
La Comisión Europea de las Naciones Unidas ubica al HCB dentro de
las sustancias con toxicidad similar a las dioxinas y los furanos, y dentro de los hidrocarburos poliaromáticos, como el COP más importante
emitido desde fuentes estacionarias, entre las que destacan las emisiones de los incineradores, de la industria metalúrgica y de la quema
de compuestos clorados.
El HCB tiene una toxicidad aguda baja para aves, biota acuática y mamíferos,
incluido el ser humano, pero si su exposición es prolongada, puede tener efectos muy tóxicos, a nivel crónico, incluso a muy bajas concentraciones.
La exposición accidental de tres a cinco mil personas en Turquía que comieron
pan de granos tratados con HCB, entre 1955 a 1959, proporcionó un
conocimiento más profundo, aunque trágico, de los efectos a la salud. Más
de 600 personas experimentaron una enfermedad llamada porfiria turcica
manifestada por lesioines en la piel y trastornos del metabolismo del pigmento hemoglobina de la sangre (porfiria) en el hígado; los niñós de madres
expuestas tuvieron lesiones en la piel y 95% de ellos murieron en menos de
un año. 30
80
Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente
El HCB es clasificado por la IARC en el grupo 2B, como un posible
carcinógeno en humanos, y también parece ser un promotor de tumores. El
HCB puede dañar el desarrollo del feto, del hígado, del sistema inmunológico, de la tiroides, de los riñones y del sistema nervioso central. El hígado y el
sistema nervioso son especialmente sensibles a sus efectos. La porfiria es un
síntoma común de la toxicidad del HCB, esta . Una exposición alta o repetida
al HCB puede dañar el sistema nervioso y causar irritabilidad, dificultad al
caminar y coordinación, debilidad muscular, temblores y la sensación de agujas en la piel. Hay informes de que una exposición repetida puede llevar a
cambios permanentes en la piel, provocando su endurecimiento y que aparezcan arrugas con facilidad, y un mayor crecimiento del cabello, especialmente
en la cara y antebrazos.31 Experimentos recientes en ratas expuestas a HCB
usando modelos de toxicología genética, que analizan los perfiles de expresión de los genes, confirmaron los efectos conocidos del HCB sobre el sistema
inmunológico al provocar una respuesta inflamatoria del hígado, riñones,
bazo, y otros mecanismos nuevos de afectación del sistema inmnológico.32
El HCB es persistente en el ambiente; en suelo su vida media es de hasta 6 años,
y se ha medido en la atmósfera, en el agua potable, en los alimentos y en la
leche materna.33 Al hacer mediciones de dioxinas en la leche materna, la
inclusión del HCB da como resultado niveles totales del factor de equivalencia
tóxica (TEQ) superiores a los que se obtienen si las mediciones solo consideran
las dioxinas y los PCB.
Se han encontrado altas concentraciones de HCB en el aire cerca de las fábricas de producción de compuestos de cloro y de organoclorados de Flix,
Tarragona, España, al igual que en la sangre de trabajadores y residentes
locales.34
En Estados Unidos y Canadá se han establecido regulaciones para alcanzar
mejores controles en la producción de sustancias químicas orgánicas y se
espera que ello reduzca las emisiones de HCB en la producción de solventes
clorados. También se han establecido normas de calidad del agua por posibles emisiones de industrias como las de electroplastia y de acabados
metálicos; por pretratamiento de aguas residuales, descarga de residuos y
procesamiento químico.35
El Convenio de Estocolmo incluye a los HCB dentro del grupo de COP no intencionales, al igual que las dioxinas, furanos y PCB. Dicho Convenio permite a los
países pedir una excepción específica y transitoria a la eliminación del HCB
como producto industrial, si se usa como solvente en las fórmulas de plaguicidas, si se produce o se utiliza como intermediario en un sistema cerrado,
81
limitado a un emplazamiento; o si se transforma químicamente durante
la fabricación de otros productos químicos que no presenten características de COP (Convenio de Estocolmo. Anexo A nota iii).
82
TERCER CAPÍTULO
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de
Estocolmo
3.1 La eliminación de los plaguicidas organoclorados COP
La eliminación de plaguicidas COP en el Convenio de Estocolmo
- Las exenciones transitorias y específicas a la eliminación de los plaguicidas COP
- La eliminación del DDT y el control del paludismo
- Los compromisos de los gobiernos para la eliminación del DDT
- Prevenir la producción y el uso de nuevos plaguicidas y productos industriales con
características COP
3.2 La eliminación de los PCB
- Terminar con la producción de PCB
- Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el año 2025
- Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población y el medio ambiente
- Tratamiento de los residuos peligrosos que contienen PCB
3.3 Los COP producidos de manera no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB)
- La reducción creciente y, cuando sea viable, la eliminación definitiva: objetivos del
Convenio
- Medidas que cada país debe adoptar como mínimo para cumplir con el objetivo
- La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas
Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales (BAT –BEP) en el Convenio de Estocolmo
- Las excepciones a la eliminación de dioxinas
3.4 Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP y la cooperación con otros
convenios ambientales
3.5 Identificación y tratamiento de existencias acumuladas, desechos y limpieza de sitios
contaminados con COP
- Limpieza de sitios contaminados
- Eliminación de desechos COP en colaboración con el Convenio de Basilea
- El futuro de la incineración
3.6 La incorporación de nuevas sustancias químicas en el Convenio de Estocolmo
3.7 Información, concientización y educación del público
- El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC)
3.8 Investigación, desarrollo y monitoreo de los COP
3.9 Asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y con economías en transición
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Capítulo III
Los compromisos de los gobiernos
en el Convenio de Estocolmo
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
3.1 La eliminación de plaguicidas con características de COP
La eliminación de plaguicidas organoclorados en el Convenio de Estocolmo
Las disposiciones del Convenio de Estocolmo relacionadas con los plaguicidas
se encuentran estipuladas en el art. 3 y en el Anexo A del Convenio.
Los gobiernos deben de eliminar la producción y el uso de los ocho plaguicidas organoclorados que se incluyen en el Anexo A del Convenio: aldrín, clordano, dieldrín, endrín, heptacloro, mirex, toxafeno y hexaclorobenceno
(HCB) – que también se produce de manera involuntaria, por lo que se
incluye también en el Anexo C. Sin embargo, se permiten ciertas exenciones
específicas para su producción y uso. Para ello se requiere que los gobiernos
notifiquen al Secretariado del Convenio para su inscripción en un registro de
exenciones específicas, que se detalla en el Anexo A del Convenio (art. 4).
Estas exenciones específicas a la eliminación incluyen, dependiendo del
plaguicida: el uso para el control de termitas (termiticida), de ectoparásitos
(ectoparasiticida) -como por ejemplo piojos o garrapatas-, el uso como intermediario en la producción de otra sustancia, o como solvente en plaguicidas.
Las existencias de desechos y sitios contaminados con COP son materia del
artículo 6 del Convenio y se tratan en el punto 3.4 de esta guía ciudadana.
Las exenciones transitorias y específicas
a la eliminación de los plaguicidas COP
El Convenio de Estocolmo establece exenciones a la eliminación de los plaguicidas COP en su producción, uso, importación y exportación, de carácter
específico y transitorio, que se especifican en el Anexo A.
85
Capítulo III
Las exenciones corresponden al aldrín en su uso como insecticida y ectoparasiticida local (contra piojos y garrapatas, por ejemplo); al clordano como
ectoparasiticida local, insecticida y termiticida y como aditivo para adhesivos
de contrachapado; al dieldrín en usos agrícolas; al heptacloro como termiticida, en el tratamiento de la madera y de cajas de cableado subterráneo; al
hexaclorobenceno como solvente en plaguicidas y como intermediario, siempre y cuando el proceso se realice en un sistema cerrado, limitado a un
emplazamiento, y que no se utilice para producir otro COP; y finalmente, al
mirex en su uso como termiticida (ver cuadro 12).
Los países que obtengan una excepción específica, indica el Convenio:
“tomarán las medidas apropiadas para velar porque cualquier producción o utilización correspondiente a esa excepción o finalidad se realice de manera que
evite o reduzca al mínimo la exposición humana y la liberación en el medio
ambiente. En cuanto a las utilizaciones exentas o las finalidades aceptables que
incluyan la liberación intencional en el medio ambiente en condiciones de utilización normal, tal liberación deberá ser la mínima necesaria, teniendo en
cuenta las normas y directrices aplicables (art. 3, fr 6).
En el caso de los plaguicidas tenemos precisamente una liberación intencional
al medio ambiente. Por su propia naturaleza, los plaguicidas químicos son el
único tipo de sustancias químicas que por ser tóxicas se liberan intencionalmente en el ambiente para matar a las plagas o combatir insectos transmisores
de enfermedades. En este contexto el Convenio es muy claro, se requiere que
estas liberaciones sean las “mínimas necesarias”. Esto implica, en nuestra
opinión, e se abandone, en primer lugar, la práctica de aspersión aérea de los
plaguicidas COP y que, segundo, sólo se justifica una excepción cuando se han
evaluado otras alternativas químicas y no químicas que sustituyan al plaguicida COP. De hecho, en todos los casos, se han documentado alternativas a los
plaguicidas COP, por lo que las aplicaciones de ciertos países para estas excepciones sólo pueden ser vistas como una medida extrema y temporal.
La eliminación del DDT y el control del paludismo
Figura 9
Estructura molecular del DDT (1,1,1-tricloro-2,2-bis(4 clorofenil etano). Núm. CAS 50-29-3
86
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Cuadro 12
Exenciones permitidas a los 12 COP en el Convenio de Estocolmo
Producto químico
Aldrín*
Actividad
Excención específica
Producción
Ninguna
Uso
Ectoparasiticida local
CAS: 309-00-2
insecticida
Clordano*
CAS:57-74-9
Dieldrín*
CAS: 60-57-1
Endrín
CAS: 72-20-8
Heptacloro*
CAS: 76-44-8
Producción
La permitida por las Partes incluidas
en el Registro
Uso
Ectoparasiticida local
Insecticida
Termiticida (contra termitas)
Termiticida en edificios y presas
Aditivo para adhesivos de contrachapado
Producción
Ninguno
Uso
En actividades agrícolas
Producción
Ningungo
Uso
Ninguno
Producción
Ninguno
Continúa
87
Capítulo III
Producto químico
Actividad
Uso
Excención específica
Termiticida
Termiticida en estructuras de casas
Termiticida (subterráneo)
Tratamiento de la madera
Cajas de cableado subterráneo
Hexaclorobenceno
CAS: 118-74-1
Mirex*
CAS: 2385-85-5
Toxafeno*
CAS: 8001-35-2
Bifenilos policlorados
(PCB)(1)
Producción
La permitida para las Partes incluidas en
el Registro
Uso
Intermediario
Solvente en plaguicidas
Intermediario en un sistema cerrado limitado a un emplazamiento
Producción
La permitida para las Partes incluidas
en el registro
Uso
Termiticida
Produccíon
Ninguno
Uso
Ninguna
Producción
Ninguna
Uso
Artículos en uso con arreglo a las
disposiciones del Anexo III
Fuente: ONU Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Anexo A. Parte I.
CAS: Chemical Abstracts Service
(1) Los compromisos de los gobiernos con los PCB se tratan en capítulos posteriores
88
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
La eliminación mundial del DDT suscitó discusiones acaloradas durante las
negociaciones del Convenio de Estocolmo, debido a que se usa principalmente para combatir al mosquito transmisor del patógeno que provoca el
paludismo. Esta enfermedad causa más de un millón de muertes al año, la
mayor parte de ellas en Africa, al sur del Sahara. Hubo incluso quienes
trataron de presentar un falso dilema: o se sigue usando DDT y se salvan vidas
humanas, aunque se contamine el ambiente, o se prohíbe el DDT y se protege
el ambiente, poniendo en riesgo la protección de la población contra el paludismo. Este dilema es falso pues presenta al DDT como la única herramienta
química de control, o como la más eficaz y barata, cuando en realidad hay una
diversidad de experiencias exitosas de diversos países, entre ellos México, en
diversas regiones del mundo que han eliminado el DDT y controlado efectivamente al paludismo mediante estrategias integrales que incluyen no solo el
control del mosquito, vector del parásito que transmite la enfermedad; sino
también el manejo del hábitat, el diagnóstico y tratamiento oportuno de los
pacientes, y el mejoramiento de la vivienda y de las condiciones de higiene
(cuadro13).
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó durante años el uso
del DDT para el control del paludismo, hasta que se dio cuenta de la resistencia de los mosquitos al insecticida. Actualmente impulsa una nueva iniciativa
mundial: “Hacer Retroceder al Paludismo” (Rollback Malaria) que busca
reducir a la mitad las defunciones por paludismo para el año 2010, a través
de la participación de gobiernos, organismos de desarrollo, grupos de investigación y organismos de la sociedad civil. Algunas de los elementos que
impulsan esta iniciativa son los siguientes: decisiones basadas en pruebas
científicas, diagnósticos oportunos y tratamientos efectivos; concientización
de la comunidad; prevención múltiple, con uso de mosquiteros tratados,
saneamiento ambiental y reducción de riesgos en el embarazo; investigaciones sobre nuevos medicamentos, vacunas e insecticidas, y el apoyo a las
actividades de vigilancia epidemiológica. En países fuertemente endeudados,
la iniciativa apoya las acciones para aliviar la carga de la deuda, a fin de acrecentar los recursos destinados a los programas de reducción de la pobreza.1
Con ayuda de este programa de la OMS, Belice, Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá habían movilizado 770
mil dólares – a diciembre del 2000- para eliminar el uso del DDT.2
89
Capítulo III
Cuadro 13
El éxito del control del paludismo (malaria) y la eliminación del DDT en México
México eliminó el uso del DDT desde el año 2000 y controla eficazmente el paludismo, mediante
una estrategia integral de control del mosquito vector y del parásito transmisor que permite un
tratamiento focalizado y se compone de los siguientes elementos:
• Sistema de vigilancia epidemiológica nacional con fuerte participación comunitaria, donde
personas voluntarias y capacitadas detectan, toman muestra de gota gruesa de sangre
y notifican los casos de paludismo a los centros, donde por examen microscópico se identifica el parásito transmisor.
• Estratificación epidemiológica y entomológica, para conocer el modelo de transmisión y la
biología y comportamiento de los mosquitos vectores, respectivamente.
• Eliminación de reservorios de parásitos en los humanos, mediante el Tratamiento de Dosis
Unica (TDU) con dos medicamentos, la cloroquina y la primaquina , con periodicidad
mensual por tres meses consecutivos, con descanso tres meses y repetición del tratamiento
durante tres años (TDU 3x3x3).
• Eliminación de Criaderos Anofelinos (ECA) con la participación de la comunidad. En ríos y
arroyos se limpian las algas verdes filamentosas donde se crían las larvas de los mosquitos,
con lo que se evita que nazcan y así se reduce de manera significativa su número. Esta
medida fue originalmente recomendada por Hoffman en 1936. Con la ECA ya no es necesario el rociado intradomiciliario, reduciendo el costo del programa. El uso de insecticidas
ya no es la alternativa estratégica del programa.
• Se promueve una participación cada vez más activa de la comunidad y autoridades
municipales para promover prácticas de higiene y limpieza de patios, el mejoramiento de las
viviendas, y la limpieza de los criaderos de mosquitos.
• En caso necesario se aplica dentro de las viviendas un insecticida piretroide (deltametrina
como primera elección).
Fuente: Programa de Acción: Enfermedades Transmitidas por Vector. Secretaría de Salud. México,
2001, pp. 17 a 28 y Norma Oficial Mexicana NOM 032-SSA2-2002, www.ssa.gob.mx
Los compromisos de los gobiernos para la eliminación del DDT
El artículo 3 y el Anexo B del Convenio establecen los siguientes compromisos
de los gobiernos en relación con el DDT:
• Todos los gobiernos deben eliminar la producción y uso del DDT, con solo
dos excepciones: para uso en programas de control de vectores transmisores de enfermedades -como el paludismo-, así como cuando se use
como intermediario en la producción de dicofol –otro insecticida- en un
sistema cerrado y limitado a un emplazamiento. (Art 3, anexo B nota iii)
90
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
• Los países que deseen seguir produciendo o usando DDT para el control
de vectores transmisores de enfermedades deben notificarlo a la
Secretaría del Convenio de Estocolmo quien establecerá un registro
especial abierto a la consulta pública, y debe notificarlo también a la
Organización Mundial de la Salud (OMS).
• Cada país que produzca o use el DDT para el control de enfermedades
transmitidas por vectores debe hacerlo “de acuerdo con las recomendaciones y guías de la Organización Mundial de la Salud y cuando no
disponga de alternativas locales seguras, eficaces y asequibles” (Anexo
B, Parte II, punto 2).
• Cada país que utilice DDT debe informar cada tres años a la Secretaría
del Convenio y la OMS sobre la cantidad usada, las condiciones de su
uso y su importancia para la estrategia de control de enfermedades,
según un formato que decidirá la Conferencia de las Partes en consulta
con la OMS. (Anexo B, Parte II, punto 4 ).
• Desarrollar y aplicar un Plan de Acción del DDT de acuerdo con el
capítulo 7 del Convenio, con el objetivo de reducir y eliminar como fin
último el uso del DDT. Este Plan debe incluir:
- El desarrollo de mecanismos regulatorios y otros para asegurar
que el uso del DDT se restrinja al control de enfermedades
transmitidas por vectores
- La aplicación de productos alternativos, métodos y estrategias,
incluido el manejo de resistencia para asegurar la efectividad
continua de esas alternativas.
- Medidas para reforzar la atención de la salud y reducir los
casos de la enfermedad. (Anexo B, Parte II, 5 (a)
• Los países deben promover la investigación y desarrollo de productos,
métodos y estrategias alternativas, químicas y no químicas, al DDT
(Anexo B, Parte II, punto 5. b).
• El Convenio indica que las alternativas o combinaciones de alternativas
viables al DDT deberán ser menos peligrosas para la salud humana y el
medio ambiente, adecuadas para la lucha contra las enfermedades según
las condiciones existentes en los países partes y basadas en datos de
vigilancia (Anexo B, Parte II, punto 5. b).
91
Capítulo III
• La Conferencia de las Partes del Convenio determinará, a partir de su
primera reunión y en lo sucesivo por lo menos cada tres años, si el DDT
sigue siendo necesario para luchar contra los vectores de enfermedades.
Ello, en consulta con la OMS y sobre la base de la información científica, técnica, ambiental y económica disponible, incluidos la producción y
uso del DDT, la disponibilidad, conveniencia y empleo de las alternativas; y los progresos alcanzados en el fortalecimiento de la capacidad de
los países para utilizar exclusivamente esas alternativas sin que ello
plantee riesgo alguno (Anexo B, Parte II, punto 6).
Prevenir la producción y uso de nuevos plaguicidas y
productos industriales con características COP
El Convenio, en su Art.3, inciso 3, recomienda a los gobiernos adoptar medidas reglamentarias para prevenir la producción y utilización de nuevos
plaguicidas o nuevos productos químicos industriales que posean características de contaminantes orgánicos persistentes, teniendo en cuenta los criterios
del párrafo 1 del anexo D (esto es, las propiedades de persistencia, bioacumulación, transporte a grandes distancias y potencial tóxico para causar
daños a la salud y el medio ambiente).
De igual modo, en el inciso 4 del mismo artículo 3 se establece que dichos criterios en rerlación a los COP se deben considerar asimismo en la evaluación
de riesgos de los plaguicidas y productos químicos industriales que actualmente se encuentran en uso.
Las organizaciones ambientalistas han planteado la necesidad de prohibir el
conjunto de plaguicidas organoclorados que aún existe en el mercado, tales
como lndano, endosulfán, pentaxclorofenol y 2, 4-D, por sus características
tóxicas intrínsecas y por el riesgo de sus condiciones de uso, especialmente en
los países en desarrollo y con economías en transición.
3.2 La eliminación de los PCB
Al ser parte del Convenio de Estocolmo, los gobiernos se comprometen a
lograr los siguientes objetivos:
92
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Terminar con la producción de PCB
1) El Convenio establece que se debe terminar la producción de PCB (art. 3,
párrafo 1) y no establece ningún tipo de excepción. En cambio, para el uso de
PCB establece excepciones para los productos y equipos que lo contengan,
sujeta a una serie de condiciones y restricciones para su eliminación paulatina, que se detallan en la parte II del Anexo A y que se indican más adelante.
No se incluyen tampoco dentro de la eliminación, las cantidades de PCB presentes como contaminantes en trazas no intencionales en productos y artículos, tal como indica la nota 1 al Anexo A del Convenio de Estocolmo
Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el 2025
2) Los gobiernos deben eliminar el uso de PCB en equipos (por ejemplo,
transformadores, condensadores eléctricos, balastras, etc.) a más tardar en el
2025. Para ello, se debe tener como prioridad el realizar esfuerzos para:
I.
Identificar, etiquetar y retirar de uso todo equipo que contenga más
de un 10% de PCB y volúmenes superiores a 5 litros;
II. Identificar, etiquetar y retirar de uso todo equipo que contenga más
de un 0,05% de PCB y volúmenes superiores a los 5 litros;
III. Identificar y retirar de uso todo equipo que contenga más de un
0,005% (50 ppm)de PCB y volúmenes superiores a 0,05 litros;
Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población y medio ambiente:
3) Los gobiernos deben además promover las siguientes medidas para
reducir el riesgo de que los PCB entren en contacto con la población y el
medio ambiente:
a)
b)
c)
Utilizar PCB sólo en equipos intactos y sin fugas, en áreas
donde pueda reducirse al mínimo el riesgo de su liberación al
medio ambiente y en caso de ocurrir se pueda descontaminar
rápidamente;
Eliminar el uso de PCB en áreas donde se produzcan o elaboren
alimentos para seres humanos o para animales;
Cuando se utilicen PCB en zonas densamente pobladas, incluidas
escuelas y hospitales, adoptar todas las medidas razonables de
protección contra cortes de electricidad que pudiesen dar lugar a
incendios e inspeccionar regularmente dichos equipos para
detectar toda fuga;
93
Capítulo III
Tratamiento de los residuos peligrosos que contienen PCB
4) No se permite el comercio de equipos conteniendo PCB salvo para
la “gestión ambientalmente racional de desechos”;
5) No permitir la recuperación de líquidos contaminados con PCB a
concentraciones superiores al 0,005% (50 ppm) para su
reutilización en otros equipos, excepto durante las operaciones de
mantenimiento o reparación.
6) Lograr la eliminación de los desechos líquidos con PCB y de los
equipos contaminados en concentraciones superiores al 0,005%
(50 ppm), tan pronto como sea posible, pero a más tardar en 2028.
7) Identificar otros artículos que contengan más de un 0,005% de PCB
(por ejemplo, revestimientos de cables, calafateado curado y
objetos pintados) y darles un tratamiento adecuado, de
conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 6;
Informar a la Conferencia de las Partes de los progresos alcanzados.
8) Preparar un informe cada cinco años para la Conferencia de las
Partes del Convenio sobre los progresos alcanzados en la
eliminación de los PCB de los equipos en uso y de la destrucción
ambiental de sus desechos para los años 2025 y 2028, de acuerdo
a las especificaciones que se detallan en el artículo 15.
3.3 Los COP producidos de manera no intencional:
dioxinas, furanos, PCB y HCB
La reducción creciente, y cuando sea viable, la eliminación
definitiva de los COP no intencionales, objetivos del Convenio
El Artículo 5 y el Anexo C del Convenio de Estocolmo especifican los compromisos de los gobiernos respecto a los COP que se producen de manera no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB) y establece como objetivo general la
reducción creciente, y cuando sea viable, la eliminación definitiva de estos
COP no intencionales (ver cuadro 14).
94
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Cuadro 14
Artículo 5 del Convenio de Estocolmo
Medidas para reducir o eliminar las liberaciones
derivadas de la producción no intencional de COP
“Cada Parte adoptará como mínimo las siguientes medidas para reducir las
liberaciones totales derivadas de fuentes antropógenas de cada uno de los productos químicos incluidos en el anexo C, con la meta de seguir reduciéndolas
al mínimo y, en los casos en que sea viable, eliminarlas definitivamente”
(Convenio de Estocolmo, art. 5, primer párrafo).
El anexo C incluye a las dioxinas, furanos, PCB y HCB como COP producidos
de manera no intencional.
El Convenio es muy claro para los COP no intencionales, la meta última es la
eliminación de las fuentes generadoras de dioxinas, y cuando esto no sea viable,
se debe buscar su reducción continua. Por ello, se espera que los gobiernos
busquen en primer lugar las alternativas para la eliminación de las dioxinas y
COP no intencionales, y si esto no es posible, las medidas que permitan una
reducción creciente.
La reducción continua (“continuing minimization” en la versión original en
inglés del art. 5) de las dioxinas y los otros COP no intencionales significa
prácticamente que los niveles del siguiente año de estos COP deben ser
menores que los de este año, como señala John Buccini, coordinador del
Comité Intergubernamental de Negociación del Convenio de Estocolmo.3 Esto
tiene como consecuencia una responabilidad permanente de los gobiernos
para establecer un sistema de vigilancia o monitoreo que mida los progresos
de esta reducción. No se trata entonces sólo de medir, sino de comprobar que
efectivamente van decreciendo los niveles de emisión y descarga ambiental de
estos contaminantes. El Convenio para ello establece que como una de las
medidas mínimas los gobiernos elaboren inventarios nacionales de fuentes y
estimaciones de las liberaciones, y que se apliquen las Mejores Técnicas
Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales, como veremos más adelante.
Es importante destacar que el Convenio especifica que la reducción continua
y eliminación última de los COP no intencionales es sobre las liberaciones
totales (“total releases” en la versión original en inglés). Esto significa que los
inventarios no sólo deben icluir a las emisiones atmosféricas, sino a todo el
medio ambiental por lo que se deben considerar también las descargas al
agua y al suelo.
95
Capítulo III
El Convenio de Estocolmo adopto el término de liberaciones referente al
impacto total ambiental, que es más incluyente que el de emisiones que solo
se refiere a las liberaciones a la atmósfera según la definición del Convenio de
Contaminación Transfronteriza de Largo Alcance (LRTAP).
El convenio presenta de manera parcial 20 tipos de fuentes con potencial de
formación y liberación en el medio ambiente de COP producidos de forma no
intencional (Anexo C, partes II y III) y las divide en fuentes industriales con
un alto potencial de formación y otras fuentes (la lista de estas fuentes se presentan en el cuadro 8 de la segunda parte de esta publicación y otras fuentes
se incluyen en los anexos 2 al 4)
Medidas que se deben adoptar como mínimo para cumplir
con el objetivo último de la eliminación de COP no intencionales
El Art. 5 del Convenio establece que se debe adoptar como mínimo un conjunto de medidas para cumplir con el objetivo de reducir de manera creciente,
y cuando sea posible, eliminar definitivamente las fuentes generadoras de
dioxinas. Estas medidas deben formar parte del Plan Nacional de Acción y se
deben revisar cada cinco años.
Destaca entre dichas medidas lo que algunos han llamado la aplicación del
“principio de sustitución” y que se refiere al compromiso de “promover el
desarrollo y, cuando se considere oportuno, exigir la utilización de materiales, productos y procesos sustitutivos o modificados para evitar la formación y liberación” de los COP no intencionales (art. 5 inciso c). La aplicación
de estas medidas puede llevar a desarrollar una política de selección de materiales que permita evitar la formación y liberación de las dioxinas y compuestos similares y así cumplir con el objetivo último del Convenio. El principio de sustitución es pate de una estrategia de gestión centrada en la prevención que incide en el proceso de producción misma, y que lleva a una
reducción en el uso de materiales y sustancis tóxicas y puede derivar hacia
formas de producción más lmpia.
Las medidas que se deben adoptar como mínimo, según lo indica el Art. 5 del
Convenio de Estocolmo, son las siguientes:
• Elaborar un Plan de Acción dentro del plazo de dos años a partir
de la entrada en vigor del Convenio; que puede ser regional o
subregional; y posteriormente aplicar este plan, que debe incluir:
- Preparar y actualizar un Inventario Nacional donde se
identifiquen las fuentes de generación de dioxinas y
96
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
•
•
•
•
•
compuestos similares producidos de manera no intencional, y
la evaluación actual y proyectada de las liberaciones totales;
- Evaluación de la eficacia de las leyes y políticas del país o
región relativas al manejo de esas liberaciones;
- Estrategias para cumplir las obligaciones anteriores;
- Medidas para promover la educación, la capacitación sobre
esas estrategias;
- Un examen cada cinco años del éxito de las estrategias en el
cumplimiento de estas obligaciones
- Un calendario de aplicación del Plan de Acción, incluidas las
estrategias y las medidas que se señalan en ese plan.
Promover la aplicación de las medidas disponibles, viables y
prácticas que permitan lograr rápidamente un grado realista y
significativo de reducción de las liberaciones o de eliminación
de sus fuentes.
Promover el desarrollo y uso de materiales, productos y procesos
sustitutivos o modificados para evitar la formación y liberación de
dioxinas y compuestos similares incluidos en el anexo C, teniendo en
cuenta las medidas generales de prevención y reducción de las
liberaciones del Anexo C y las guías aprobadas por la Conferencia
de las Partes.
Promover y, de conformidad con el calendario de aplicación de su
plan de acción, exigir el empleo gradual de las Mejores Técnicas
Disponibles (MTD) (Best Available Tecniques o BAT en inglés) con
respecto a las nuevas fuentes, centrándose en un principio en las
fuentes industriales de un alto potencial de formación (anexo C,
parte II), y en un plazo máximo de 4 años después de la entrada en
vigor del Convenio para esa Parte.
Promover el empleo de las Mejores Prácticas Ambientales (MPA)
(Best Environmental Practices o BEP en inglés) respecto a las fuentes
existentes y a las nuevas.
Al aplicar las MTD y MPA se deben tomar en cuenta las medidas
generales de prevención señaladas en el Anexo C, Parte V, A. (ver
cuadro 22) y las directrices que se adopten por decisión de la
Conferencia de las Partes.
La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas Disponibles (MTD)
y las Mejores Prácticas Ambientales (MPA) en el Convenio de Estocolmo
El Convenio de Estocolmo establece como obligación de las partes el requerir
las Mejores Técnicas Disponibles para las fuentes nuevas, y la promoción de
las Mejores Prácticas Ambientales para las fuentes existentes y las nuevas. Se
97
Capítulo III
entiende por una “fuente nueva” cualquier fuente cuya construcción o modificación sustancial se haya comenzado por lo menos un año después de la
fecha de entrada en vigor del Convenio para la Parte interesada o de la entrada en vigor de una enmienda que incluya la fuente en cuestión.
El Anexo C del Convenio incluye una parte especial dedicada a dar orientaciones generales sobre las mejores técnicas disponibles y las mejores prácticas
ambientales, enumera una serie de medidas generales de prevención para
ambas y detalla los factores que se deben considerar de manera general para
determinar las mejores técnicas disponibles (cuadros 15 y 16). En el caso de
las Mejores Prácticas Ambientales se limita a indicar que la Conferencia de las
Partes podrá elaborar orientaciones al respecto.
Cuadro 15
Medidas generales de prevención relativas a las mejores técnicas disponibles
y a las mejores prácticas ambientales
Debe asignarse prioridad al estudio de criterios para evitar la formación y la liberación de las sustancias químicas incluidas en la Parte I (dioxinas, furanos, PCB y HCB) en Anexo C, Parte V. Entre
las medidas útiles podrían incluirse:
a) Utilización de una tecnología que genere pocos desechos;
b) Utilización de sustancias menos peligrosas;
c) Fomento de la regeneración y el reciclado de los desechos y las sustancias
generadas y utilizadas en los procesos;
d) Sustitución de materias primas que sean contaminantes orgánicos persistentes o en el caso
de que exista un vínculo directo entre los materiales y las liberaciones de contaminantes
orgánicos persistentes de la fuente;
e) Programas de buen funcionamiento y mantenimiento preventivo;
f) Mejoramiento de la gestión de desechos con miras a poner fin a la incineración de
desechos a cielo abierto y otras formas incontroladas de incineración, incluida la
incineración de vertederos. Al examinar las propuestas para construir nuevas instalaciones
de eliminación de desechos, deben considerarse alternativas como, por ejemplo, las
actividades para reducir al mínimo la generación de desechos municipales y médicos,
incluidos la regeneración de recursos, la reutilización, el reciclado, la separación de
desechos y la promoción de productos que generan menos desechos. Dentro de este
criterio deben considerarse cuidadosamente los problemas de salud pública;
g) Reducción al mínimo de esos productos químicos como contaminantes en otros productos;
h) Evitar el cloro elemental o productos químicos que generan cloro elemental para blanqueo.
Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Anexo C, Parte V, inciso A
98
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Cuadro 16
Mejores Técnicas Disponibles, Consideraciones generales
A) Consideraciones generales:
I.
Naturaleza, efectos y masa de las emisiones de que se trate:
las técnicas pueden variar dependiendo de las dimensiones
de la fuente;
II.
Fechas de puesta en servicio de las instalaciones
nuevas o existentes;
III.
IV.
Tiempo necesario para incorporar la mejor técnica disponible;
Consumo y naturaleza de las materias primas utilizadas en el
proceso y su eficiencia energética;
Necesidad de evitar o reducir al mínimo el impacto general de las liberaciones en el
medio ambiente y los peligros que representan para éste;
VI. Necesidad de evitar accidentes y reducir al mínimo sus
consecuencias para el medio ambiente;
VII. Necesidad de salvaguardar la salud ocupacional y la seguridad en los lugares
de trabajo;
VIII. Procesos, instalaciones o métodos de funcionamiento comparables que se han
ensayado con resultados satisfactorios a escala industrial;
IX. Avances tecnológicos y cambio de los conocimientos y
la comprensión en el ámbito científico.
V.
b) Medidas de reducción de las liberaciones de carácter general: Al examinar las propuestas de
construcción de nuevas instalaciones o de modificación importante de instalaciones existentes
que utilicen procesos que liberan productos químicos de los incluidos en el presente anexo,
deberán considerarse de manera prioritaria los procesos, técnicas o prácticas de carácter alternativo que tengan similar utilidad, pero que eviten la formación y liberación de esos productos
químicos. En los casos en que dichas instalaciones vayan a construirse o modificarse de forma
importante, además de las medidas de prevención descritas en la sección A de la parte V, para
determinar las mejores técnicas disponibles se podrán considerar también las siguientes medidas
de reducción:
I. Empleo de métodos mejorados de depuración de gases de
combustión, tales como la oxidación térmica o catalítica, la
precipitación de polvos o la adsorción;
II. Tratamiento de residuos, aguas residuales, desechos y fangos
cloacales mediante, por ejemplo, tratamiento térmico o
volviéndolos inertes o mediante procesos químicos que eliminen
su toxicidad;
III. Cambios de los procesos que den lugar a la reducción o eliminación de
las liberaciones, tales como la adopción de sistemas cerrados;
Continúa
99
Capítulo III
IV.
Modificación del diseño de los procesos para mejorar la combustión y
evitar la formación de los productos químicos incluidos en el
anexo, mediante el control de parámetros como la temperatura de
incineración o el tiempo de permanencia.
Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Art. 5. Anexo C, Parte V. inciso B. Mejores técnicas
disponibles
El concepto de Mejores Técnicas Disponibles, indica el Convenio de
Estocolmo, no está dirigido a la prescripción de una técnica o tecnología
específica, sino a tener en cuenta las características técnicas de la instalación
de la cual se trate, su ubicación geográfica y las condiciones ambientales
locales. Al determinar las mejores técnicas disponibles se debe prestar atención
especial a un conjunto de factores, teniendo en cuenta los costos y beneficios
probables de una medida y las consideraciones de precaución y prevención”
(Anexo C, Parte V, sección B “Mejores técnicas disponibles”, primer párrafo).
Entre los factores generales a considerar se incluyen la necesidad de salvaguardar la salud ocupacional y la seguridad en los puestos de trabajo, los
avances tecnológicos y los nuevos conocimientos y la comprensión en el
ámbito científico (ver cuadro página 102).
Es importante destacar que el propio Convenio, en las orientaciones generales
de las Mejores Técnicas Disponibles, recomienda que al examinar las propuestas de construcción de nuevas instalaciones o de modificación de las existentes cuando se generen dioxinas y compuestos similares, se consideren de
manera prioritaria los procesos, técnicas o prácticas alternativas que tengan
similar utilidad, pero que eviten la formación y liberación de los COP no
intencionales (Anexo C, Parte V, fracción B, inciso b).
Se ha creado un grupo de expertos para el desarrollo de las guías de MTD y
MPA de todas las fuentes de COP no intencionales señaladas en el Anexo C.
Se espera que el grupo se reúna en tres ocasiones y que estas guías estén listas para ser comentadas y aprobadas por la primera Conferencia de las Partes
en mayo del 2005, en Uruguay.4
El grupo de expertos está formado por 36 delegados gubernamentales, distribuidos de la siguiente manera: 15 personas designadas por países en
desarrollo (Argelia, Argentina, Chile, República Dominicana, Fiji, Irán, Kenia,
México, Mongolia, Singapur, Venezuela, Zambia); 3 nombradas por países con
economías en transición (Serbia y Kazajastán), y 18 expertos que represen-
100
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
tan a países desarrollados (Alemania, Australia, Austria, Canadá, Finlandia,
Italia, Japón, Suiza y Estados Unidos). Además participan miembros de
organismos de Naciones Unidas, como el Programa de Sustancias Químicas
del PNUMA y de la ONUDI; así como representantes del sector industrial,
como el Consejo Internacional de las Asociaciones Químicas, el Consejo
Mundial del Cloro, el Consejo Internacional de Metales y Minería, y la
Asociación Europea del Cemento. Por parte de las organizaciones ciudadanas
participan Greenpeace Internacional, el Fondo Mundial para la Vida Silvestre
(WWF) y la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos
Persistentes (IPEN).
Se debe esperar y exigir que las guías de las mejores técnicas disponibles para
cada fuente de COP no intencionales que elaborará el grupo de expertos
incluyan en primer lugar recomendaciones o criterios para la búsqueda de
alternativas, y no sólo medidas para reducir las emisiones a través del mejoramiento de los procesos de combustión, por ejemplo. En caso de que la consideración de alternativas no se incluyeran como parte sustantiva de la guía
de las MTD traería una influencia muy negatva en los mecanismos de apoyo
financiero para la aplicación del convenio de Estocolmo, pues en la práctica
se privilegiaría los apoyos al equipo y acciones de reducción de las dioxinas,
sobre las alternativas que prevengan su formación.
Los países del Sur deben decidir que tipo de inversiones son las que deben
promoverse en los Planes Nacionales de Aplicación del Convenio de
Estocolmo si aquellas que sólo buscan expandir las tecnologías pro incineración
con equipos de control muy caros y de difícil vigilancia o inversiones que incidan más en la prevención de la generación y liberación de dioxinas aplicando
el principio de sustitución y empleando tecnologías de tratamiento alternativas a la incineración.
Especialmente en el caso de los incineradores de residuos médicos, municipales o peligrosos hay alternativas de manejo y otras tecnologías de
tratamiento que no generan dioxinas y furanos y que se utilizan de manera
comercial en numerosos países (ver cuadro 17)
101
Capítulo III
Cuadro 17
Alternativas para algunas fuentes de generación de dioxinas y furanos
Fuente
Alternativas
Incineración de residuos
Sistema de separación y reducción de residuos médicos con
médicos
tecnologías de tratamiento de los residuos biológico infecciosos
que no incluyan la incineración: autoclave, trituración y
desinfección química; cremación sólo para partes anatómicas.
Incineración de residuos
municipales
Programas intensivos de separación, reuso y reciclado de
materiales en la basura municipal.
Eliminación de PVC en los envases y artículos de consumo.
Fomento del uso de materiales reusables o reciclabels en los
materiales de empaque.
Medidas de Extensión de la Responsabilidad del Productor.
Incineración de residuos
peligrosos en hornos
cementeros
Evitar la quema de residuos clorados (incluidas llantas).
Uso de otras fuentes de energía, como el gas (más
recomendable), el combustóleo o el carbón con adecuado equipo
de control.
Solventes clorados
Solventes con base acuosa; sistemas de lavado húmedo en tintorerías.
Fuentes: Fernando Bejarano. Amenaza Global, Cuaderno Ciudadano sobre contaminantes orgánicos persistentes. RAPAM. México. 2000; Pat Costner, Criteria for the Destruction of Stockpiled
Persistent Organic Pollutants. Greenpeace, USA, October 1998.
En la primera parte de esta Guía hemos comentado las diferentes redes ciudadanas que se oiponen a la incineración en sus diferentes formas y las
propuestas alternativas, especialmente en los proyectos de “Cero Residuo” que
además del reciclaje promueven medidas de extensión de la responsabilidad del
productor para incidir en el diseño del producto y no sólo en la disposición
final del mismo cuando acaba su vida útil. En los anexos también se incluyen
las páginas electrónicas de las instituciones y grupos que promueven alternativas a los incineradores de residuos hospitalarios y promueven formas de
producción limpia.
102
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
El siguiente listado puede servir de guía de evaluación al momento de considerar alternativas conducentes a la aplicación de las Mejores Prácticas
Ambientales en nuevas instalaciones o en modificaciones de las existentes que
generen dioxinas y otros COP de manera no intencional:
a)Revisar la propuesta de nueva instalación en el contexto del desarrollo
sustentable. Esto significa revisar la propuesta o el proyecto y su
pretendida utilidad, en relación al contexto económico, social, y
ambiental y a las políticas de promoción del desarrollo sustentable.
b)Identificar alternativas posibles y viables. Consiste en identificar
procesos, técnicas y prácticas alternativas que tengan una utilidad
similar, pero que eviten la formación y emisión ambiental de COP
generados no intencionalmente. Para ello se ha propuesto que se forme
un centro de información de alternativas de distintos procesos,
considerando las diferencias regionales y las condiciones de los países
en desarrollo y con economías en transición.
c) Realizar una evaluación comparativa del proyecto propuesto y la
identificación de alternativas posibles y viables. En la evaluación
comparativa se debe considerar la lista de consideraciones
socioeconómicas incluida en el Anexo F y en los criterios relevantes del
Anexo C, Parte V, Secciones A y B. (cuadro 18)
Cuadro 18
Información sobre consideraciones socioeconómicas para evaluar alternativas
a productos y procesos
a) Viabilidad técnica
b) Costos, incluidos los costos ambientales y para la salud
c) Eficacia
d)Riesgo
e) Disponibilidad y
f) Accesibilidad
Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo.Selección del Anexo F.
d) Consideración prioritaria de las alternativas. Las alternativas deben
ser consideradas de manera prioritaria sobre la propuesta original
103
Capítulo III
solamente si -tomando en cuenta los aspectos señalados anteriormente
evitan la formación y emisión no intencional de COP, tienen una
utilidad similar y son consistentes con las políticas de desarrollo
sustentable definidas por los países en desarrollo y con economías
en transición.5
Las excepciones a la eliminación de dioxinas
El Convenio indica que las cantidades de COP presentes como residuos contaminantes no intencionales en productos y artículos, no se considerarán
incluidas en el Anexo A y por lo tanto no están sujetas a la eliminación o al
mecanismo de petición para su exención. Esta es una ventana que dejó abierta el proceso de negociaciones del Convenio, y que permite que no se atienda
el problema de la contaminación por dioxinas, furanos y PCB presentes como
“impurezas” en diversos plaguicidas organoclorados. En efecto, hay evidencias científicas de esta contaminación por dioxinas, furanos y PCB en los casos
del pentaclorofenol, cloronitrofen, nitrofen, clorotalonil, MCP y 2,4-D.6
También hay informes en Estados Unidos sobre plaguicidas contaminados por
impurezas de BHC, como atrazina, picloram y simazina, y los funguicidas
clorotalonil y pentaclorofenol. Los plaguicidas mencionados se encuentran
autorizados en un gran número de países en desarrollo.
La contaminación por impurezas en el plaguicida formulado nos indica la producción no intencional de dioxinas y compuestos similares durante la manufactura de plaguicidas organoclorados. La Agencia de Protección Ambiental
de los Estados Unidos (EPA) ha identificado 161 ingredientes activos de
plaguicidas de los que se sabe o se sospecha que durante su síntesis química se
producen dioxinas y furanos, donde se encuentran además de los ingredientes
activos mencionados a clorfenvifos, diflubenzuron, fenvalerato, fenarimol,
diclofop, diuron, linuron, metribuzin, oxadiazon, oxifluorfen, endosulfán,
bromoxinil y dicamba,todos ellos autorizados para su uso en varios países en
desarrollo.7 La producción de plaguicidas representa el 30% del total de la
libración de dioxinas y furanos al aire y suelo en la Unión Europea, según
datos de sus inventarios oficiales de 1997 y 1999.8
La contaminación por dioxinas durante la producción de ciertos plaguicidas y
su presencia como impurezas en el producto, son razones adicionales para ir
eliminando los plaguicidas del mercado e impulsar en su lugar formas de
control agroecológico de plagas y productos alternativos de menor riesgo.
104
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
3.4 Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP
y la cooperación con otros convenios ambientales
Las importaciones y exportaciones de los plaguicidas organoclorados y PCB
incluidos en el Anexo A o del DDT, en el Anexo B, sólo se podrán realizar si su
destino corresponde al uso exento permitido por el Convenio, o a su “eliminación ambientalmente racional” (“environmental sound disposal”) (Art. 3,
párrafo 2 [b]), o bien si se usan en cantidades muy pequeñas en investigaciones a escala de laboratorio o como norma de referencia (Art 3, párrafo 5).
El movimiento transfronterizo de los productos, existencias acumuladas y
desechos COP debe someterse a las provisiones internacionales relevantes del
consentimiento informado previo (Art. 3, párrafo 3) (Convenio de Rótterdam)
y las que indica el Convenio de Basilea, según el Art. 6, párrafo 1 (d).
El Convenio de Estocolmo permite exportaciones de los COP incluidos en el
anexo A o B a países que no sean parte de este acuerdo internacional, mediante
la entrega de una certificación anual a la parte exportadora (Art. 3, párrafo 2
iii). Esa certificación deberá especificar el uso previsto y el compromiso del
país importador de proteger la salud humana y el medio ambiente, tomando
las medidas necesarias para reducir al mínimo o evitar las emisiones, de
realizar una gestión adecuada de los desechos, según lo especifica el Art. 6,
párrafo.1, y en el caso del DDT, de usarlo sólo para el control del paludismo,
de acuerdo a las directrices de la OMS.
Vínculos con el Convenio de Rotterdam
El procedimientos de consentimiento informado previo que se debe cumplir
para la exportación de los COP a los que alude el Art.3, es parte del Convenio
de Rótterdam, que entró en vigor el 24 de febrero de 2004, después de 90 días
de ser firmado y ratificado por 50 países.
El Convenio de Rotterdam establece como requisito un procedimiento de
notificación y consentimiento fundamentado previo -el llamado PIC (Prior
Inform Consent)- para el comercio de ciertos productos químicos prohibidos
o rigurosamente restringidos y de formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas. Mediante el procedimiento PIC los países deben recibir una
notificación del país exportador de sus intenciones de introducir al territorio
un producto prohibido o restringido incorporado a la lista del PIC; sobre esta
base el país importador puede tomar una decisión mejor informada de si permite o no la entrada del producto, o si le impone restricciones especiales. 9
105
Capítulo III
La lista completa de los PIC incluye no sólo a la mayoría de los COP del
Convenio de Estocolmo, sino a un total de 37 productos químicos. Entre ellos
hay 22 plaguicidas, 9 productos químicos industriales y seis formulaciones
de plaguicidas extremadamente peligrosas (ver cuadro 19).
Cuadro 19
Lista de sustancias del Convenio de Rótterdam incluidas en el procedimiento PIC
• Aldrín
• Asbestos
• Binapacril
• Captafol
• Bifenilos Policlorados (PCB)
• Bifenilos polibromados (PBB)
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Clordano
• Terfenilos policlorados (PCT)
Clordimeform
• Tris (2,3-dibromopropil, fosfato)
Clorobencilato
DDT
Dieldrín
Dinoseb y sales de dinoseb
DNOC y sus sales
1,2 dibromoetano (EDB)
Dicloruro de etileno
Oxido de Etileno
Fluoroacetamida
HCH (varios isómeros)
Heptacloro
Hexaclorobenceno
Lindano
Mercurio en distintos compuestos
Pentaclorofenol
2,4,5-T,
Toxafeno
Formulaciones en polvo de benomilo al 7% o más,
carbofuran arriba del 10%, Tirad al 15% o más.
Metamidofos (en formulaciones solubles líquidas
que excedan 600 gr de ingrediente activo)
Paratión metílico (en formulaciones con concentrados emulsionables con 19.5%, 40%, 50%
y 60% de ingrediente activo, y polvo que contenga 1.5%, 2% y 3% de ingrediente activo)
Monocrotofós (todas las formulaciones)
Paratión (todas las formulaciones, excepto las suspensiones en cápsula)
Fosfamidón (formulaciones solubles líquidas que excedan los
100 gr de ingrediente activo)
Fuente. Convenio de Rótterdam, www.pic.int
106
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Convenio de Basilea
El Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos
de los Desechos Peligrosos y su Eliminación fue adoptado el 22 de marzo de
1989. El Convenio se inició en respuesta a los numerosos escándalos internacionales relacionados con el tráfico de residuos peligrosos a fines de la década de 1980. El Convenio entró en vigor el 5 de mayo de 1992 y tiene su
Secretariado desde entonces en Ginebra, Suiza.
Muchos países y ONG ambientalistas criticaron en su inicio el Convenio, pues
legitimaba la exportación de residuos peligrosos de los países ricos a los países
pobres; por lo que como medida de protección se realizaron varios convenios
regionales que prohibían la importación de residuos peligrosos. Así fue que se
firmaron, en 1989, el Convenio de Lomé entre los países de Asia Pacífico; en
1991, el Convenio de Bamako, entre los países africanos, y en 1992, el
Acuerdo de Centroamérica. Estos acuerdos regionales de prohibición, junto
con la fuerte campaña internacional de Greenpeace, que documentaba y se
oponía activamente a las operaciones de exportación desde Europa y Estados
Unidos, fueron creando el momentum para una prohibición internacional.10
En la Segunda Conferencia de las Partes, el 25 de marzo de 1994 se aprobó
la propuesta impulsada por el Grupo de los 77, con el apoyo de la Unión
Europea y la objeción de Estados Unidos, Australia y Canadá, la Decisión
II/12, para prohibir inmediatamente la exportación de residuos peligrosos de
los países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE)
a los países no OCDE, para su disposición final, y que también prohibió, a partir del 1 de enero de 1998, las exportaciones destinadas a operaciones de
recuperación o reciclado. Más adelante esta propuesta se transformó en
enmienda del Convenio. Es así que en la Tercera Conferencia de las Partes del
Convenio de Basilea, el 22 de septiembre de 1995 se aprobó la enmienda al
Convenio de Basilea (Decisión III/I) que prohibe todas las exportaciones de
residuos peligrosos de los países del Anexo VII (países de la OCDE, de la Unión
Europea y Liechtenstein) a los países fuera de esta lista, ya sea aquellos exportados para su depósito final como los destinados a la recuperación y el reciclaje. Aunque esta enmienda sólo ha sido ratificada por 37 países y se
requieren 67 ratificaciones para su entrada en vigor; hay 43 países que ya la
han incorporado a sus legislaciones nacionales.
La asamblea de las partes del Convenio de Basilea adoptó en 1999 el
Protocolo sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los
107
Capítulo III
movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, que ha
sido firmado únicamente por 13 países y no ha entrado en vigor.11
El Convenio de Basilea no busca sólo el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos sino que compromete a los países parte a reducir
la generación de residuos peligrosos y otros residuos (Art. 4, párrafo 2 a);
establece la obligación de lograr la autosuficiencia en el manejo de residuos,
tanto como sea posible (ar.t 4, párrafo 2 b) y de reducir al mínimo los
movimientos transfronterizos (art. 4, párrafo 2 d).12
Los países deben de firmar y ratificar no sólo el Convenio de Estocolmo sino
el de Rótterdam y el de Basilea, incluida su enmienda, para beneficiarse de
las sinergias de estos tres convenios y lograr un mayor control y transparencia en las exportaciones e importaciones de los COP.
3.5 Identificación y tratamiento de existencias acumuladas,
desechos y limpieza de sitios contaminados por los COP
El Artículo 6 del Convenio detalla los compromisos de los gobiernos para
identificar y dar un tratamiento ambientalmente adecuado a las existencias
acumuladas de COP, de desechos de COP o de artículos en uso que se convertirán en desechos o que están contaminados con ellos, a fin de de que se
manejen de tal modo que protejan la salud y el ambiente, a través de un conjunto de medidas que reduzcan o eliminen las liberaciones de COP al medio
ambiente.
Según el art. 6, párrafo 1, los gobiernos deben elaborar y aplicar estrategias
para:
• (6.a, b) Identificar las existencias acumuladas, productos, artículos en
uso y desechos que contengan COP. Esto incluye a las existencias acu
muladas de plaguicidas COP obsoletos, a los equipos en uso con PCB, a
los desechos con COP y a los productos contaminados por dioxinas y
compuestos similares.
• (6.c) Manejar las existencias de COP de manera segura, eficiente y
“ambientalmente racional”13 (“environmentally sound”).
• (6.d.i) Recoger, manejar, transportar y almacenar los desechos de COP
(incluidos los productos y artículos, cuando se conviertan en desechos)
de una manera ambientalmente racional.
• (6.d.ii) Eliminar los desechos de modo que se destruyan o se transformen de manera irreversible, para que no posean más características
108
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
COP; y de no ser así - porque su nivel de concentración de COP es bajo
o porque su destrucción irreversible no represente la opción preferibleeliminarlos de una manera ambientalmente racional, teniendo en cuenta las reglas, normas, directrices y acuerdos internacionales que rigen
la gestión de residuos peligrosos (con especial mención al Convenio de
Basilea; ver más adelante).
• (6.d.iii) No permitir las operaciones de eliminación que puedan dar
lugar a la recuperación, reciclado, regeneración, reutilización directa o
usos alternativos de COP.
• (6.d.iv) No transportar estos materiales a través de fronteras
internacionales sin tener en cuenta las reglas, normas y directrices
internacionales.
El inciso 6.d.ii es particularmente importante, ya que si bien el Convenio no
prohibe la incineración, invita al uso de tecnologías alternativas a la incineracion, para que se destruyan o transformen de manera irreversible, para que
no posean más características COP, pues se sabe que al quemar residuos clorados los incineradores producen dioxinas y furanos con características COP,
lo que contravendría lo estipulado por el convenio como preferencia.
Enseguida el mismo inciso abre la posibilidad de que los gobiernos consideren
también la eliminación de desechos “de una manera ambientalmente
racional”, teniendo en cuenta las reglas internacionales, especialmente el
Convenio de Basilea, por lo que las partes del Convenio tendrán que aprobar
directrices técnicas específicas, como se verá más adelante.
Limpieza de sitios contaminados
Los gobiernos se comprometieron a esforzarse por elaborar estrategias adecuadas para identificar los sitios contaminados con la docena prioritaria de
COP incluidos en los Anexos A, B y C del Convenio; y en caso de que se realice su limpieza, ello deberá efectuarse de manera “ambientalmente racional”
(art.6, 1.e).
En tal sentido, es importante que se evalúe el legado de contaminación
ambiental y los efectos en la salud de los trabajadores y comunidades vecinas
que han provocado las fábricas donde se produjeron históricamente los
plaguicidas organoclorados y los PCB, así como el impacto de las emisiones al
aire, agua y suelo de las fuentes de generación involuntaria de dioxinas y
compuestos similares, incluyendo las plantas de producción industrial de
compuestos clorados en sus diversos usos.
109
Capítulo III
Eliminación de los desechos COP en colaboración con el Convenio de Basilea
Según el Art. 6, inciso 2 del Convenio de Estocolmo, la Conferencia de las
Partes colaborará en forma estrecha con los órganos del Convenio de Basilea
sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos
y su Eliminación, entre otra cosas, para lo siguiente:
• (A6, 2.a) Fijar los niveles de destrucción y de transformación
irreversible necesarios para garantizar que no exhiban las características
de COP especificadas en el primer párrafo del anexo D (que incluye su
persistencia, bioacumulación, potencial de transporte a larga distancia
en el medio ambiente y efectos adversos para la salud humana y el
medio ambiente), a menos que esta opción no sea la preferida por
motivos ambientales o por el contenido bajo del COP.
• (a.6,2,b) Determinar los métodos que permitan la eliminación
ambientalmente racional a que se hace referencia anteriormente.
• (A 6, 2,c) Establecer, cuando proceda, los niveles bajos de
concentración de COP para su destrucción ambientalmente racional
cuando no se elimine de manera que se destruya o se transforme en
forma irreversible.
La Conferencia de Plenipotenciarios para el Convenio de Estocolmo invitó a
los órganos del Convenio de Basilea a que preparasen directrices técnicas
apropiadas para el manejo ambientalmente racional de los desechos de COP.
En junio de 2002, consultores contratados por la secretaría del Convenio de
Basilea presentaron su primer proyecto de directrices técnicas. En octubre de
2002 y enero de 2003 se distribuyeron respectivamente el segundo y tercer
proyecto del documento, que se han incluido junto con las observaciones en
la página electrónica del Convenio de Basilea (www.basel.int). Se espera que
la versión definitiva de las guías sea aprobada y adoptada en la Primera
Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo en 2005.
El futuro de la incineración.
Organizaciones no gubernamentales como el Basel Action Network, que ha
seguido desde su origen el surgimiento y desempeño del Convenio de
Basilea, advierten que este Convenio es fuerte en el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos, pero débil en cuanto a las guías voluntarias
que ha desarrollado para el manejo, tratamiento y disposición final de los
residuos peligrosos. Las guías que ha elaborado el Convenio de Basilea
deben revisarse y adaptarse a los fines del Convenio de Estocolmo, debido
110
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
a que se realizaron sin considerar los impactos causados por los COP en la
salud y el medio ambiente.14
Los niveles de destrucción. Expertos de Greenpeace e IPEN han indicado que
el nivel de destrucción e irreversible transformación de los desechos COP
debe de ser del 100%, dado que cada molécula de COP presenta las características de persistencia, toxicidad y bioacumulacion, entre otras, que el
Convenio establece que no deben presentarse (Art. 6, 2 a). Es por ello que las
guías que se elaborarán en colaboración con el Convenio de Basilea deben
considerar los métodos de muestreo y análisis que aseguren que se ha alcanzado un 100% de destrucción efectiva.
Dichos expertos también han propuesto que cuando los COP no se destruyan
o transformen en forma irreversible, para cada uno de ellos la “concentración
mínima” y el “nivel bajo de concentración COP” se debe alcanzar dentro de
un proceso en dos pasos que establezca primero los límites basados en los
datos de salud; el resultado de la evaluación a largo plazo de sus efectos
adversos, incluyendo las vías de exposición ambiental de cada uno; los factores de bioacumulación, y todas las fuentes de exposición (incluyendo la
exposición prenatal y la ocurrida vía leche materna) e información relacionada. En segundo término, una vez establecidos estos límites de salud, deberían
determinarse las técnicas de muestreo y análisis para asegurar que los niveles
sean determinados por métodos universales, con una precisión y exactitud
adecuada, siguiendo los estándares más altos y no los más bajos. Una vez que
estos estándares sean acordados y establecidos, se debe proporcionar ayuda
técnica y financiera a los países en desarrollo, con vistas al mejoramiento de
sus capacidades e infraestructura para el muestreo, análisis y tratamiento de
los desechos COP15
La aprobación de las guías que adoptará el Convenio de Estocolmo para el
tratamiento de las existencias obsoletas de COP y de los suelos contaminados es
particularmente importante respecto del futuro que puede jugar la incineración
-que ha sido la opción más elegida dentro del ámbito del Convenio de Basileapara la exportación de residuos peligrosos a Europa o Estados Unidos, o para
justificar los proyectos de exportación de incineradores a los países del Sur.
Las guías que adoptará el Convenio de Estocolmo pueden servir de palanca
para el mayor desarrollo de tecnologías alternativas, que no contemplen la
combustión. Los países en desarrollo y con economías en transición deben elegir si desean seguir siendo parte del negocio de la incineración, aceptando
esta tecnología sucia, o recibir apoyo para tecnologías menos contaminantes.
111
Capítulo III
Hay que recordar que países como Australia han podido desarrollar diversas
tecnologías de no combustión para el tratamiento de los COP, después de que
prohibieron la incineración.
La investigación y comercialización de tecnologías alternativas a la incineración es una tendencia del mercado mundial. El Panel Asesor Científico y
Técnico del Fondo Global del Medio Ambiente, establecido por el PNUMA,
dio a conocer en enero de 2004 su informe final, donde se revisaron 50 tecnologías de no combustión para la destrucción y descontaminación de COP,
para su uso por los países en desarrollo.16
El reporte mencionado identificó seis tecnologías de no combustión que se
comercializan actualmente, con una experiencia considerable y que tienen
licencia para destruir altas concentraciones de existencias obsoletas de COP,
incluidos suelos contaminados; dos tecnologías que están cerca de iniciar su
comercialización y cinco tecnologías prometedoras que requieren mayor
investigación y que han probado su eficacia en plantas piloto o pruebas de
laboratorio. El reporte recomienda que debe haber una mayor evaluación de
las cinco tecnologías identificada como prometedoras, emergentes e innovadoras, con el propósito de proporcionar apoyo financiero para que puedan
ser comercializadas en el futuro cercano. También recomienda desarrollar un
sistema de apoyo que asista a los usuarios para decidir qué tecnologías son las
más apropiadas para el tratamiento de desechos COP y suelos contaminados
en los países en desarrollo.
112
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Cuadro 20
Tecnologías de no combustión para la destrucción y descontaminación de COP
Tecnologías comerciales con considerable experiencia:
Reducción Química en Fase Gaseosa (Gas-Phase Chemical Reduction, GPCR).
Descomposición con Base Catalítica (Base Catalysed Decomposition, BCD)
Sodium Reduction
Super-Critical Water Oxidation (SCWO)
Plasm Arc (PLASCON)
Tecnologías que están cerca o al inicio de la comercialización:
Molten Salt Oxidation
Solvated Electron Technology
Tecnologías promisorias:
Ball Milling
Geoi Melt Process
Mediated Electrochemical Oxidation (CerOx)
Mediated Electrochemical Oxidation (AEA Silver II)
Catalytic Hidrogenation
Tecnologías que no son aplicables para la destrucción de existencias de COP:
Mn0x/Ti02-Al203 Catalyst Degradation
Ti02-based V205/W03 Catalysis
Fe (III) Photocatalyst Degradation
Pzonation/ Electrical Discharged Destruction
Molten Metal
Molten Slag Process
Photochemical Enhanced Microbial Degradation
Biodegradation/Fenton´s Reaction
White Rot Fungi Biodegradation
Enzyme Degradation
In situ bioremediation of soils
DARAMEND Bioremediation.
Phytorenmedation
Nota. La definición de no combustión usada por el reporte es una definición amplia que incluye
procesos con una atmósfera reducida en su contenido de oxígeno, que pueden aún producir dioxinas o furanos, pero que requieren menor tecnología para remover estos contaminantes que un
proceso de oxidación, como un horno rotatorio de alta temperatura. Esta definición amplia
incluye tecnologías como pirólisis y arco de plasma (PLASCON). Una definición científica más
Continúa
estricta reduciría las opciones.
113
Capítulo III
Fuente: Ron Mc Dowall, Carol Boyle, Bruce Graham, International Centre for Sustainability
Engineering and Science. Faculty Of Engineering. University of Auckland, New Zealand . The
Scientific and Technical Advisory Panel of the GEF. UNEP. Review of emerging, innovative technologies for the destruction and decontamination of POPs and the identification of promising technologies for use in developing countries. GF/800-02-02-2205, January 2004
3.6 La incorporación de nuevas sustancias
químicas en el Convenio de Estocolmo
El artículo 8 del Convenio de Estocolmo y sus anexos D, E y F tratan sobre
la incorporación de nuevas sustancias químicas en la lista de COP, para su
eliminación o reducción mundial.
El Anexo D establece los requisitos de información y los criterios de selección
para incorporar una nueva sustancia química a la lista de COP. Cualquier país
puede presentar a la Secretaría del Convenio una propuesta para incluir una
nueva sustancia química, siempre que cumpla con los requisitos establecidos
en el Anexo D. Estos requisitos incluyen información respecto a los nombres
(nombres comerciales, número de registro del Chemical Abstracts Service
(CAS), nombre en la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada
(IUPAC)), estructura del producto químico y productos de transformación,
su persistencia, bioacumulación, potencial de transporte a larga distancia
en el medio ambiente y sus efectos adversos para la salud humana o para el
medio ambiente.
La Secretaría del Convenio, si comprueba que la información es suficientemente completa, la envía al Comité de Examen de los COP ( Pops Review
Committee). Este Comité se debe establecer en la primera reunión de la
Conferencia de las Partes, que se espera se celebrará en abril de 2005, con
base en una distribución geográfica equitativa, aprobando sus recomendaciones por consenso o por voto de la mayoría de dos tercios.
Sobre la base de un perfil de riesgos preparado con arreglo al Anexo E, el
Comité de Examen evalúa si es probable que un producto químico, como
resultado de su transporte a larga distancia en el medio ambiente, pueda
tener efectos adversos en la salud humana y/o el medio ambiente de tal magnitud que justifiquen la adopción de medidas a escala mundial. El Convenio
indica en el Art. 8, inciso 7 a, que “La falta de plena certeza científica no
obstará a que se dé curso a la propuesta”, lo que en otras palabras significa
aplicar un principio precautorio.
114
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
El Comité debe preparar también una evaluación de la gestión de riesgos que
debe incluir un análisis de las medidas de control, en conformidad con el
anexo F. Este anexo indica cuál es la información necesaria para un análisis
socioeconómico que evalúe las medidas de control posibles, comprendidos el
manejo y eliminación del producto. Al Comité le corresponde también evaluar
la eficiencia de las posibles medidas de control para lograr los fines de reducción de riesgos; las alternativas a los nuevos COP propuestos ( productos y
procesos), considerando su viabilidad técnica, costos (incluidos los costos
ambientales y para la salud) eficacia, riesgo, disponibilidad y accesibilidad;
los efectos positivos y/o negativos de la aplicación de las posibles medidas
de control; las consecuencias de los desechos y su eliminación: el acceso a
la información y educación del público; el estado de la capacidad de control y vigilancia; y cualesquiera medidas de control adoptadas a nivel
nacional o regional, incluida la información sobre alternativas.
Finalmente, el Comité recomienda a la Conferencia de las Partes si se debe
considerar la sustancia química para su inclusión en los anexos A, B y/o C o
si no debe incluirse. La Conferencia de las Partes, teniendo en cuenta la
recomendación del Comité de Examen, e incluyendo cualquier incertidumbre
científica, “deberá decidir, de una manera precautoria”17 si incluye en la lista
de COP la sustancia química propuesta, además de especificar las medidas de
control y /o eliminación (ver figura 10).
Como han señalado algunos científicos, la identificación y evaluación de
nuevos candidatos COP para ser incluidos en el Convenio de Estocolmo se ve
limitado por el hecho de que solo se dispone de información sobre las características de persistencia, toxicidad, bioacumulación y transporte a grandes
distancias de una cantidad reducida de sustancias químicas.
La Comisión Europea ha declarado en Bruselas que por lo menos nueve sustancias químicas deben ser añadidas al convenio de Estocolmo, que han sido
ya identificadas como COP en la lista del Protocolo sobre COP de la Comisión
Económica de las Naciones Unidas para Europa, entre ellas se encuentran
insecticidas organoclorados como lindano, retardantes de flama y sustancias
químicas de uso industrial (ver figura 10).19
115
Capítulo III
Figura 10
Esquema del procedimiento de incorporación de nuevas sustancias a la lista del
Convenio de Estocolmo
Continúa
116
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
Fuente: Carina Weber, The Stockholm Convention (POPs Convention). An international legally
binding regulation for the global elimination of extremely dangerous pollutants. PAN Germany,
Hamburg, October 2001. p. 7
Diversos grupos ambientalistas han hecho la observación de que si se pretende hacer frente de
manera adecuada a la crisis de los COP se deben incluir no sólo sustancias químicas individuales,
sino también grupos y subgrupos de productos químicos. El análisis sustancia por sustancia
podría llevar demasiado tiempo para evitar un mayor deterioro ambiental y de la salud pública,
por lo que los gobiernos deben de adoptar medidas preventivas18
Además de estas nueve sustancias químicas algunos expertos han identificado a otras 11, que merecen ser investigadas para su posible inclusión en el
Convenio de Estocolmo por su toxicidad y por haber sido detectadas en ambientes muy alejados de su fuente original de emisión. Ellas son: los hidrocarburos poliaromáticos, que son un grupo de sustancias químicas producidas
durante la combustión incompleta de aceite, gas y otros materiales orgánicos,
y que han sido identificados como COP en el Protocolo de la Comisión
Económica para Europa de las Naciones Unidas (UNECE); los insecticidas
organoclorados endosulfan, dicofol, pentaclorofenol y metoxicloro; el tetraclorobenceno (TeCB), usado directamente o en calidad de producto degradado
del pentaclorobenceno o del hexaclorobenceno, que ha sido empleado como
insecticida e intermediario en la producción de herbicidas; al hexabromociclododecano (HBCD), usado como aditivo de retardante de flama, principalmente en el poliestireno; al octacloroestireno, que es un producto no
intencional de varios procesos industriales, como la producción de cloro,
magnesio y solventes clorados; los fluoruros de sulfonil perfluorooctil (POSF)
y los sulfonatos de perfluorooctano (PFOS), usados en diversas aplicaciones
industriales como espumas y limpiadores.20
Para Agosto del 2005 tres substancias han sido nominadas oficialmente como
nuevos COP al Secretariado del Convenio de Estocolmo: Éter de pentabromodifenilo (pentaBDE) por Noruega, Clordecona (Kepone) y
Hexabromobifenilo (Hexa-BB) por la Comunidad Europea; lindano por
México y Sulfonatos de Perfluorocatano (PFOS)
por Suecia. Ver:
http://www.pops.int/documents/meetings/cop_1/chemlisting/Default.htm
La industria química se opone particularmente a nuevas restricciones y eliminaciones de productos de uso reciente en el mercado mundial. De hecho, para
la industria química de Estados Unidos, el mecanismo para aceptar o no las
recomendaciones de un tratado internacional como el Convenio de Estocolmo
y modificar la legislación interna para implementar las restricciones o prohibiciones de nuevas sustancias es uno de los aspectos cruciales en la discusión
para la aprobación de este Convenio por parte del Senado. Para abril de 2004
la propuesta de modificación de la Ley de Control de Sustancias Químicas
117
Capítulo III
Cuadro 21
Nuevas Sustancias Químicas propuestas por la Unión Europea para incluir
en el Convenio de Estocolmo
Sustancia química
Usos
Clordecona (Kepone)*
Insecticida
Hexabromobifenilo
(Hexa-BB)
Piroretardante prohibido en Europa y Estados Unidos
Éter de octabromodifenilo*
Retardante de flama
Hexaclorociclohexano*(HCH,
inlcuido isómero gama:
lindano)*
Lindano es usado como insecticida en uso farmaceútico,
contra piojos y sarna, protector de semillas, ganado
y mascotas.
Hexaclorobutadieno* (HCBD)
Sustancia química industrial y fumigante
Naftalenos policlorados (PCN)*
Principalmente como aislantes en cables, conservación de
madera, como aditivo de aceite de motro, insumo en la
producción de tintes: Fue usado antes que los PCB como
fluido dieléctrico.
Parafinas cloradas de cadena
corta*
Principalmente como fluido en el trabajo con metales y en
el acabado de productos de cuero
Pentaclorobenceno*
Fluido dieléctrico, fungicida y retardante de flama
(*) Incluidos también como COP en el Protocolo de la Comisión Económica para Europa de las
Naciones Unidas (UNECE).
Fuente: Elaborado a partir del boletín de prensa “Chemical Pollution: Commission wants to rid
the world of more nasty substances” Bruselas,11 de agosto 2004.
118
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
(TSCA) y de la Ley Federal sobre Insecticidas, Funguicidas y Rodenticidas
(FIFRA) aún no terminaba de discutirse y aprobarse en los cuatro comités
legislativos encargados de analizarla. Las modificaciones a la legislación también incluyen adecuaciones para firmar y ratificar el Convenio de Rótterdam.
Las propuestas incluyen un período de comentarios públicos en tres etapas,
previo a la adición de nuevas sustancias químicas a la lista de COP , lo que
prolongarìa el procedimiento en forma excesiva, a juicio de los grupos
ambientalistas estadounidenses; ello en la práctica ataría las manos de la
EPA para aceptar compromisos de restricción o eliminación de nuevas sustancias químicas.21
3.7 Información, concientización y educación del público
El Convenio de Estocolmo dedica todo el artículo 10 a definir aquello que
cada país, dentro de sus capacidades, deberá promover y facilitar en materia
de información, concientización y educación del público, que se reproduce en
el cuadro 22.
Como se puede apreciar, el artículo 10 es muy amplio y preciso, pero vale la
pena comentar algunos incisos.
El artículo 10 indica que cada país debe promover y facilitar las actividades
de concientización entre qujienes elaboran las políticas públicas sobre los
COP; esto implica una labor educativa por parte del Ejecutivo entre los miembros de ambas cámaras del Congreso y a nivel de autoridades estatales y
municipales. Esto es importante ya que un adecuado cumplimiento del
Convenio de Estocolmo requiere ser reforzado con una política ambiental y de
salud pública acorde con los compromisos del Convenio.
Los gobiernos deben promover y facilitar el acceso público a toda la información sobre los COP; esto incluye la información sobre aspectos de salud,
seguridad y medio ambiente que no podrán ser considerados como información confidencial. El acceso público a la información relacionada con los COP
es una obligación de los gobiernos dentro del Convenio de Estocolmo, pero
también es un derecho ciudadano fundamental. Este es el núcleo fundamental del artículo 10, e incluye la entrega de información a través de campañas
públicas educativas, la ejecución de programas de capacitación, la creación de
centros de información nacionales y regionales, y la elaboración de registros
de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC).
119
Capítulo III
Cuadro 22
Convenio de Estocolmo. Información, concientización y educación del público
(Artículo 10)
1. Cada Parte, dentro de sus capacidades, promoverá y facilitará:
a) La concientización de los encargados de formular políticas y adoptar
decisiones acerca de los contaminantes orgánicos persistentes.
b) La entrega al público de toda la información disponible sobre los
contaminantes orgánicos persistentes, teniendo en cuenta lo
dispuesto en el párrafo 5 del artículo 9*.
c) La elaboración y aplicación de programas de formación y de
sensibilización del público, especialmente de las mujeres, los niños y
las personas menos instruidas, sobre los contaminantes orgánicos
persistentes, así como sobre sus efectos en la salud y el medio
ambiente, y sobre las alternativas existentes.
d) La participación del público en el tratamiento del tema de los
contaminantes orgánicos persistentes y sus efectos sobre la salud y el
medio ambiente, al igual que su participación en la elaboración de
respuestas adecuadas, incluida la posibilidad de hacer aportaciones a
nivel nacional acerca de la aplicación del presente Convenio.
e) La capacitación de los trabajadores y del personal científico, docente,
técnico y directivo.
f) La elaboración y el intercambio de materiales de formación y
sensibilización del público, a nivel nacional e internacional.
g) La elaboración y aplicación de programas de educación y
capacitación a nivele nacional e internacional.
2. Cada Parte, dentro de sus capacidades, velará por que el público tenga acceso a la información
pública a que se hace referencia en el párrafo 1 y por que esa información se mantenga actualizada.
3. Cada Parte, dentro de sus capacidades, alentará a la industria y a los usuarios profesionales
a que promuevan y faciliten el suministro de información a que se hace referencia en el párrafo
1 a nivel nacional y, según proceda, a los niveles subregional, regional y mundial.
4. Al proporcionar información sobre los contaminantes orgánicos persistentes y sus alternativas,
las Partes podrán utilizar fichas de seguridad, informes, medios de difusión y otras formas de
comunicación, y podrán establecer centros de información a nivel nacional y regional.
Continúa
120
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
5. Cada Parte estudiará con buena disposición la posibilidad de concebir mecanismos tales como
registros de emisiones y transferencias de contaminantes, que permitan reunir y difundir información sobre la cantidad estimada de sustancias químicas incluidas en los anexos A, B o C que
se liberan o eliminan anualmente.
* ( Los aspectos de salud, seguridad y medio ambiente, no podrán ser considerados confidenciales según el Art. 9, inciso 5).
Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Art. 10.
En los programas educativos y de concientización al público que los gobiernos deben promover y facilitar, el artículo 10 indica que se deben desarrollar
especialmente para las mujeres, los niños y los sectores con menor educación.
Agrega además que estos programas deben incluir información sobre los efectos ambientales y a la salud pública de los COP y sus alternativas. Como
hemos visto en la segunda parte de este libro, los COP afectan de manera
especial al desarrollo infantil y a las mujeres dentro del período de embarazo,
al poder acumularse en las cadenas alimentarias, traspasar placenta y excretarse en la leche materna. La población infantil y la de las mujeres en edad
reproductiva son poblaciones de mayor riesgo y debe haber programas especiales dirigidos a ellas. Para proteger a los niños de la exposición de sustancias químicas peligrosas se pueden consultar las recomendaciones del Foro
Intergubernamental de Seguridad Química (IFCS).22
El Convenio al indicar que también los sectores menos educados son un sector especial al cual dirigir los programas de concientización pública sobre los
COP, indica que la información no puede ser reservada sólo al pequeño grupo
de expertos, técnicos o representantes oficiales que normalmente tienen acceso
al contenido de las negociaciones ambientales internacionales sino que
este conocimiento debe divulgarse de manera amplia y accesible a los sectores mayoritarios de la población, que son los sectores con menor acceso
a la educación.
La capacitación a los trabajadores y personal técnico sobre los riesgos de los
COP y sus alternativas debe ser parte también de esta política informativa en
hojas informativas de seguridad. Este derecho a saber y prevenir los riesgos
de los COP en el trabajo, es particularmente importante para los trabajadores
de la industria eléctrica que aún manejan equipos con PCB, así como para los
trabajadores de las diversas industrias donde se generan dioxinas y otros COP
no voluntarios, en sectores como la industria papelera, de producción de solventes, industria siderúrgica y la que promueve la incineración de residuos,
121
Capítulo III
incluyendo la industria cementera que usa residuos peligrosos como combustible alterno.23
En el inciso cuatro del art. 10 el Convenio habla de que en sus esfuerzos para
brindar información sobre los COP y sus alternativas los gobiernos pueden
usar hojas de datos de seguridad, reportes y el uso de los medios masivos de
comunicación (prensa, radio, TV) y otros medios, así como establecer centros
de información nacional y regional.
Como se puede apreciar a lo largo del artículo 10 como en otros artículos se
menciona en repetidas ocasiones la necesidad de dar información sobre las
alternativas a los COP. Esto es particularmente importante para promover la
sustitución de insumos, procesos y productos que generen COP y se promuevan formas de producción limpia.
El Convenio indica que los gobiernos deben promover y facilitar la participación pública incluida las aportaciones para la aplicación del Convenio de
Estocolmo. Como veremos en la cuarta parte de este documento, las guías para
la elaboración del plan nacional de aplicación, elaboradas por el Fondo para el
Medio Ambiente Mundial (GEF) refuerzan esta idea y recomiendan que la participación se realice desde las primeras fases de consulta para la elaboración del
plan mediante la constitución de un comité nacional multisectorial.
El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
El Convenio de Estocolmo hace un llamado para que los gobiernos elaboren
un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) como un
mecanismo para obtener y difundir información sobre las cantidades anuales
de COP que son generadas o eliminadas. La elaboración de registros sobre
sustancias químicas tóxicas es parte de los compromisos que los gobiernos
adoptaron en el capítulo 19 de la Agenda 21 de la Conferencia de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo. Los RETC son un
instrumento de reporte que se ha venido realizando en algunos países industrializados desde mediados de la década de 1980 y se impulsa en los países
del Sur.
Entre los lineamientos internacionales para el desarrollo de los RETC destacan:
a) La resolución aprobada por el Foro Intergubernamental de Seguridad
química (IFCS) que recomienda el desarrollo de los RETC a nivel
mundial;
122
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
b) la creación de un grupo coordinador para elaborar los RETC por parte
de la IOMC (Programa Interinstitucional para el Manejo Adecuado de
los Productos Químicos) que es un acuerdo de cooperación entre
PNUMA, OIT, FAO, OMS, ONUDI, UNITAR y OCDE; c) la OCDE ha
elaborado un manual sobre los RETC para los gobiernos y tiene un
Grupo de Tarea sobre Técnicas de Estimación de las Liberaciones;24
c) El Registro Europeo de Emisiones Contaminantes (EPER) que cubre 50
sustancias químicas entre los miembros de la Unión Europea, y que será
compilado cada tres años, a partir del 2003. Este registro incluye las
liberaciones al aire y/o agua pero no al suelo, y estará disponible en
febrero del 2004;25
d) El Convenio de Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación
Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a la Justicia en Temas
Ambientales ha creado un grupo de trabajo sobre RETC y en la reunión
de mayo del 2003 de este convenio se ha aprobado un protocolo inter
nacional para elaborar los RETC que está abierto para la firma de todos
los países, pertenezcan o no a este convenio; a fines del 2003, 26
países y la Comunidad Europea lo habían firmado.xxvi Una coalición de
grupos ciudadanos Europeos llamada Ecoforum ha desarrollado una
guía sobre el derecho a saber las fuentes de contaminación que es una
breve introducción al Protocolo de los RETC27
El Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e
Investigaciones (UNITAR) cuenta con un programa de difusión de los RETC e
impulsa con otros organismos de las Naciones Unidas la realización de talleres
de capacitación en países en desarrollo. Los RETC generalmente incluyen a
varios cientos de sustancias químicas tóxicas, por lo que hay que asegurar que
los esfuerzos por realizarlos en los países del Sur incluyan como prioridad a
los COP.28 En América Latina, México cuenta con un RETC que incluye el
reporte de dioxinas y furanos pero aún no se ha presentado al público.
En líneas generales un efectivo RETC debe especificar primero el nombre, tipo
de industria y ubicación geográfica de la misma o de la actividad que genera
los COP. Es decir debe identificar al responsable. Segundo el RETC debe
indicar el reporte anual de las sustancias tóxicas, en este caso de los COP, que
se emiten al aire, al agua y al suelo; es decir, la segunda característica del
RETC es que debe ser un reporte multimedia integral de los COP. Tercero, el
RETC debe incluir también las transferencias de los COP en los desechos para
su tratamiento o depósito final, incluye actividades de recuperación dentro de
la fábrica como los envíos fuera de la fábrica. Cuarto, este reporte debe ser
obligatorio y mantenerse y actualizarse cada año. Quinto y último, toda esta
información debe ser accesible al público. La información de los RETC es
123
Capítulo III
viable de ser incorporada en sistemas nacionales de bases de datos y en sistemas de información geográfica.xxix En su versión más amplia los RETC
pueden transformarse en registros de uso para incluir también información
sobre el uso de agua, energía, y de los materiales y sustancias que entran al
proceso productivo como indica el Convenio de Aarhus sobre el acceso a la
información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso
a la justicia en asuntos ambientales (Art. 5, inciso 9), lo cual permite tener
una evaluación más integral del ciclo de vida de un producto.
Los RETC pueden ser concebidos como herramientas para promover la reducción del uso de sustancias químicas tóxicas, y en el caso de los COP para promover formas de producción más limpia que logren su sustitución. En el caso
de los plaguicidas organoclorados COP que aún se usen por formas
agroecológicas de control de plagas, formas integrales de control de vectores y del paludismo en el caso del DDT; y de formas de producción
industrial más limpia que permita la sustitución de insumos, productos y
procesos que eliminen la generación de dioxinas y furanos.
En el caso de los COP no producidos en el país sino importados para los
fines de excepción específica que incluye el Convenio de Estocolmo, en
nuestra opinión el RETC debería complementarse con un inventario del
uso de los COP realizado de manera coordinada con las autoridades
responsables de las aduanas.
Para el caso del registro o inventario de las fuentes de COP generados de manera no voluntaria como dioxinas, furanos, PCB y HCB debe integrar las liberaciones al aire, agua y suelo, su presencia en desechos y productos, y los
sitios contaminados con ellos; sobre ello trataremos de nuevo al comentar la
segunda fase de elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación del
Convenio de Estocolmo, en la cuarta parte de este libro.
3.8 Investigación, desarrollo y vigilancia de los COP
El artículo 11 del Convenio de Estocolmo trata sobre las actividades de investigación, desarrollo y vigilancia de los COP.
Indica que los gobiernos propiciarán y efectuarán, a nivel nacional e internacional, actividades de investigación, desarrollo, vigilancia y cooperación sobre
los COP y, cuando proceda, sobre sus alternativas y sobre los COP potenciales,
incluidos los aspectos siguientes:
124
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Fuentes y liberaciones en el medio ambiente;
Presencia, niveles y tendencias en las personas y en el medio ambiente
Transporte, destino final y transformación en el ambiente
Efectos en la salud humana y el medio ambiente
Efectos socioeconómicos y culturales
Reducción y/o eliminación de sus liberaciones; y
Metodologías armonizadas para hacer inventarios de las fuentes
generadoras y de las técnicas analíticas para la medición de emisiones
Para aplicar estas medidas, los países deberán apoyar y seguir desarrollando
programas, redes y organizaciones internacionales dedicados a las tareas de
investigación, compilación de datos y vigilancia, evitando duplicar esfuerzos.
Apoyarán las acciones destinadas a fortalecer la capacidad nacional de investigación científica y técnica, especialmente en los países en desarrollo y con
economías en transición, y para promover el acceso e intercambio de los datos
y análisis. Para tal fin se tendrán en cuenta los problemas y necesidades en
materia de recursos financieros y técnicos y cooperarán para el mejoramiento de sus capacidades.
El artículo 11 hace una mención especial a la realización de trabajos de investigación destinados a mitigar los efectos de los COP en la salud reproductiva
(art. 11, párrafo 2, inciso d). Esto entonces abre la puerta para que se desarrollen investigaciones sobre el impacto de los COP en la salud de los padres y
en la de sus hijos, particularmente en el proceso de reproducción incluyendo
la concepción, embarazo, parto, y lactancia, que aseguren a la madre, padre
y sus hijos las condiciones de bienes, físico, mental y social; como afirma la
Organización Mundial de la Salud (OMS) la salud reproductiva se define
como “el estado de completo bienestar, físico, mental y social y no solamente
la ausencia de enfermedad durante el proceso de reproducción”.30
Los resultados de las investigaciones y actividades de desarrollo y vigilancia
deben ser puestas en conocimiento del público en forma regular y oportuna
(art. 11, párrafo 2, inciso e).
La vigilancia de la presencia de COP en las personas se refiere a la medición
de la carga corporal de estas sustancias entre los diversos sectores de la
población. Como señalamos en la segunda parte de esta guía, los COP por su
persistencia y capacidad para acumularse en los tejidos grasos, forman parte
de las sustancias tóxicas persistentes que pueden irse almacenando en el ser
humano. La contaminación de la leche materna con COP es de particular preocupación, pues este alimento, necesario e indispensable para garantizar el
pleno desarrollo infantil, se contamina también con dioxinas, furanos, PCB y
125
Capítulo III
plaguicidas organoclorados. En países industrializados se ha informado acerca de la presencia de hasta 350 distintas sustancias químicas sintéticas en la
leche materna.
Es recomendable que las mediciones de la carga corporal de los COP que se
realizan en Estados Unidos, y algunos países de Europa, como se descrinió en
la segunda parte de esta Guía, se realice también en los países menos industrializados de América Latina, Asia y Africa. Es parte de los derechos de información ciudadana. La medición debe de ser vista como un indicador del progreso
en las acciones para ir reduciendo hasta lograr la eliminación última de las
fuentes de generación de los COP.
De igual forma es importante que la vigilancia de los COP incluya a los alimentos, especialmente productos lácteos, carne y pescado, dada la propiedad
de bioacumulación de los COP en las cadenas alimentarias y por ser la
ingestión de alimentos contaminados con COP la principal forma de exposición del ser humano a estas sustancias.
Es necesario que las políticas de los gobiernos destinadas a la reducción y
eliminación de los COP se reflejen en una disminución de su presencia en la
carga corporal de la población y en los alimentos.
Estos compromisos que establece el artículo 11 deben ser tomados en cuenta
a la hora de elaborar el plan nacional de aplicación del Convenio de
Estocolmo. Igualmente se debe plantear el fortalecimiento de las capacidades
técnicas y financieras del plan, para el cumplimiento de tales compromisoss,
mediante los recursos otorgados por el Fondo Global para el Medio Ambiente,
entre otras fuentes financieras. Los gobiernos también deberían considerar la
aplicación del principio de que el que contamina paga, e idear la forma de que
los responsables de la generación de COP contribuyan con un fondo para la
investigación, vigilancia y prevención de la generación de COP.
3.9 Asistencia técnica y financiera a países en desarrollo
y con economías en transición
El artículo 12 del Convenio de Estocolmo trata sobre la asistencia técnica y el
artículo13, sobre los recursos y mecanismos financieros.
El Convenio de Estocolmo reconoce que una asistencia técnica oportuna y
adecuada a los países en desarrollo y con economías en transición es esencial
para la aplicación efectiva del Convenio (art. 12, fr.1). La asistencia técnica
126
Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo
tiene como objetivo la formación de capacidades para el cumplimiento de las
obligaciones establecidas por el Convenio (art 12, fr. 2 y 3).
El Convenio especifica además que:
• Se establecerán centros regionales y subregionales para la formación
de capacidades y la transferencia de tecnologías (art.12.4).
• Se tendrán plenamente en cuenta las necesidades específicas de los
países menos desarrollados y de los pequeños estados insulares en
desarrollo, con respecto a esta asistencia (art.12.5).
• Los países desarrollados proporcionarán recursos financieros nuevos
y adicionales para que los países en desarrollo y con economías en
transición puedan sufragar el total acordado de los costos
incrementales de las medidas de aplicación, en cumplimiento de
sus obligaciones emanadas del presente Convenio, convenidas entre el
país receptor y la entidad financiera (art. 13 fr.2).
• El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (Global Environmental
Facility, o GEF) es, en forma provisional, la entidad principal
encargada de las operaciones de apoyo financiero hasta la primera
reunión de la Conferencia de las Partes o hasta que esta Conferencia
adopte una decisión sobre la estructura institucional definitiva
(art. 14).
Los “costos incrementales” en términos generales son la diferencia entre el
costo de las medidas para cumplir con las obligaciones de aplicación del
Convenio de Estocolmo y lo que debería gastar el país para alcanzar el mismo
o similar fin en ausencia de las obligaciones de dicho Convenio.
El GEF cuenta con cuatro agencias de ejecución: el Banco Mundial, el
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI),
y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) por lo que
cada gobierno debe elegir con cuál de ellas gestionará el apoyo financiero
para el diseño y desarrollo del plan de aplicación del Convenio de Estocolmo.
Los países en desarrollo y con economías en transición pueden aprovechar
además los recursos provenientes del apoyo financiero y la cooperación
bilateral, regional o multilatera, de acuerdo con los planes de las partes
involucradas (art.13, inciso 3).
127
Capítulo III
El GEF divide las solicitudes de apoyo presentadas por los gobiernos en dos
grandes categorías: para desarrollar y fortalecer las capacidades que les permitan cumplir con las obligaciones del Convenio de Estocolmo (las llamadas
“enabling activities”), y para financiar ya sea intervenciones específicas de
prohibición o limpieza de contaminantes a nivel nacional o regional, o bien
ciertos componentes del desarrollo de capacidades, que pueden llevar a
proyectos mayores.31 Sólo se ha desarrollado la guía para apoyar la elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación del Convenio y se ha publicado
un borrador de la destinada al financiamiento de intervenciones específicas.
Las áreas principales de asistencia del GEF se refieren al desarrollo de capacidades, el fortalecimiento institucional y la asistencia técnica.
IPEN ha comentado el borrador de Guía para el Mecanismo Financiero del
Convenio de Estocolmo y ha propuesto que se incluya dentro de las prioridades
de financiamiento a las que apoyen las medidas de consulta y cooperación con
los “grupos de interés” de la sociedad civil para facilitar el desarrollo y ejecución de los planes nacionales de aplicación, las que promuevan la información
pública, la concientización y la educación sobre los COP, tal como se establece
en el art 10 del Convenio; y las que promuevan la cooperación y el desarrollo
tecnológico, especialmente importante en las alternativas a la generación de
COP. Apoyo financiero a este tipo de actividades se pueden encontrar en otros
convenios ambientales internacionales como en el de Cambio Climático y el
de Biodiversidad.32
Hasta septiembre de 2003, 125 países habían recibido financiamiento del GEF
para elaborar sus planes nacionales de aplicación. Sesenta de estos países (14
en América, 18 en África, 6 en Europa, 13 en Asia y 9 en Oceanía) eligieron
al PNUMA como organismo de ejecución,33 y el resto a la ONUDI, PNUD. El
Gobierno de Canadá creó el Fondo para los Contaminantes Orgánicos
Persistentes, administrado por el Banco Mundial, para brindar ayuda
financiera, conocimiento técnico y acceso a tecnologías para el desarrollo de
capacidades en los países en desarrollo y con economías en transición. Las
actividades de apoyo tienen un tope máximo de 250 mil dólares estadounidenses. Dos países latinoamericanos, Colombia y México, eligieron al
Banco Mundial como agencia financiera para la elaboración de su plan
nacional. En el caso de México interviene también la Comisión de
Cooperación Ambiental de América del Norte, donde participan los ministerios de medio ambiente de México, Estados Unidos y Canadá.
128
CUARTO CAPÍTULO
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y
la Participación Ciudadana
4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración de los
Planes Nacionales de Aplicación y la asistencia del Fondo para el Medio Ambiente Global
4.2 Las fases de desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA) y la participación
ciudadana.
- Establecimiento de un mecanismo de coordinación y estructura organizativa que conduzca
el proceso de elaboración de los PNA
- Realización del inventario de los COP y evaluación de la infraestructura y capacidad
nacional de gestión
- Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las limitaciones del Toolkit del
PNUMA
- Evaluación de prioridades y definición de objetivos F
- ormulación del Plan Nacional de Aplicación
- Respaldo amplio y envío a la conferencia de las partes del Convenio
- Ejecución del plan
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Capítulo IV
El Plan Nacional de Aplicación
del Convenio de Estocolmo
y la Participación Ciudadana
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración del Plan
Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
El Convenio de Estocolmo requiere en su Art. 7 que cada país contratante
desarrolle un Plan Nacional de Aplicación (PNA) para mostrar como se
cumplirán las obligaciones contraídas en el Convenio. Estos PNA deberán
revisarse y actualizarse a intervalos periódicos y del modo en que lo decida la
Conferencia de las Partes del Convenio.1
El Convenio de Estocolmo entró en vigor el 17 de mayo de 2004, y a partir de
esa fecha los 50 países contratantes tienen dos años para presentar su PNA.
Los países que se sumen al Convenio tendrán el mismo plazo, contado a partir de los 90 días de depositado el instrumento de ratificación.
El Convenio establece claramente en el párrafo 2 del Art. 7 que “Las Partes,
cuando proceda, cooperarán directamente o por conducto de organizaciones
mundiales, regionales o subregionales, y consultarán a los interesados directos nacionales, incluidos los grupos de mujeres y los grupos que se ocupan de
la salud de los niños, a fin de facilitar la elaboración, aplicación y actualización de sus planes de aplicación” (art. 7, inciso 2.) La consulta a la
sociedad civil y especialmente a los grupos de mujeres y a los dedicados a la
protección de la salud infantil, es una obligación de los gobiernos al momento de la elaboración, aplicación y actualización de los PNA.
La asistencia del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF) y las guías
para elaborar los PNA.
131
Capítulo IV
La asistencia del GEF en el área de “actividades de apoyo”
comprende dos componentes:
a) La Preparación de un Plan Nacional de Aplicación (PNA). Este es un
apoyo inicial para elaborar el plan nacional en un proceso sistemático
y participativo.
b) El apoyo a la creación de capacidades para desarrollar actividades de
apoyo. Se proporcionará asistencia a fin de reforzar la capacidad de los
países para cumplir con sus compromisos ante el Convenio
de Estocolmo.
En las directrices iniciales del GEF sobre las actividades de apoyo para el
Convenio de Estocolmo, se indica que el PNA proporcionará un marco en el
que un país desarrollará y aplicará, en una forma sistemática y participativa,
una reforma prioritaria de políticas y de reglamentación, de creación de
capacidad y programas de inversión. El GEF proporcionará hasta 500.000
dólares estadounidenses por país, para la preparación de los PNA.2
El Consejo del GEF adoptó a partir de mayo de 2001 unas directrices iniciales
para la solicitud de financiamiento que se recomienda adopten los gobiernos
para la elaboración de sus PNA del Convenio de Estocolmo.3 Las directrices
fueron preparadas por la secretaría del GEF, en consulta con el Grupo de
Trabajo especial sobre los COP, que incluye a los tres organismos de ejecución
del GEF: el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD) y el PNUMA, además de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Organización de las
Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), y la División de
Productos Químicos del PNUMA, que funciona como Secretaría Provisional
del Convenio. Posteriormente, y sobre la base de dichas directrices, la División
de Productos Químicos del PNUMA y el Banco Mundial elaboraron de manera complementaria y con mayor detalle una guía, que fue usada en un
proyecto financiado por el GEF para apoyar a 12 países en el desarrollo de sus
PNA. Sse trata de Barbados, Bulgaria, Chile, Ecuador, Guinea Conakry,
Líbano, Malasia, Micronesia, Papúa Nueva Guinea, Eslovenia y Zambia.4
Las guías generales del GEF no proveen una descripción detallada de cómo se
debe conducir una actividad en particular, no tienen un carácter prescriptivo
y pueden ser usadas en su totalidad o en partes, según decisión de los gobiernos. El Convenio establece que los PNA deben realizarse atendiendo a las
necesidades específicas de cada país miembro.
132
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
Debido a que los COP tienen impacto sobre amplios y diversos sectores ciudadanos, de la industria y del gobierno, las guía del GEF consideran que para
un efectivo y exitoso PNA se requiere la participación de una amplia gama de
“grupos de interés”, desde el inicio del proceso de elaboración de los PNA.
Los llamados “grupos de interés” incluyen:
• Los secretarios de estado o ministros que aseguren la prioridad política
y una adecuada asignación de recursos al tema de los COP
• Los oficiales y técnicos gubernamentales de cada agencia o secretaría
capaces de coordinar y de ser responsables de las acciones incluidas en
el PNA
• Las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) tales como
organizaciones ambientales relevantes, grupos académicos,
organizaciones sociales, grupos de mujeres, de protección
de los niños, organizaciones de la industria, comercio y agricultura,
y sindicatos.
4.2 Las fases del desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA)
Las fases del desarrollo del PNA son, de manera esquemática, las siguientes:
1. Establecimiento de un mecanismo de coordinación y de una estructura organizativa que conduzca el proceso de elaboración del PNA.
Se debe designar a la institución o dependencia nacional líder, que será
la entidad legal responsable de ejecutar el proyecto, y a un Director
Nacional del Proyecto, que se vinculará oficialmente con la agencia de
implementación del GEF. La dependencia líder establecerá una Unidad
de Coordinación del Proyecto, con un coordinador nacional y formará
un Comité Coordinador Nacional, con participación plural de los
grupos de interés, que revisará los resultados del proceso.
2. Realización de inventarios de COP y evaluación de las capacidades
e infraestructura nacional.
Corresponde a la preparación de un Perfil Nacional de Manejo de
Sustancias Químicas y a la realización de inventarios de plaguicidas
COP, PCB, dioxinas y furanos, COP obsoletos y sitios contaminados.
133
Capítulo IV
3. Evaluación de prioridades y establecimiento de objetivos.
Incluye elaborar planes de acción para los plaguicidas COP (DDT
incluido), los PCB, las dioxinas y similares, los desechos y las
existencias acumuladas.
4. Formulación del Plan Nacional de Aplicación.
Involucra la revisión de diversas opciones para la eliminación y
manejo de COP, además de la identificación de los requerimientos de
asistencia técnica y financiera.
5. Respaldo amplio del PNA y envío a la Conferencia de las Partes del
Convenio de Estocolmo.
Incluye una consulta pública amplia para recibir e incorporar
comentarios y tener un mayor respaldo político, así como el envío del
Plan a la Conferencia de las partes.
6. Ejecución del PNA.
Corresponde a la puesta en práctica de los diversos planes de acción y
de los mecanismo de actualización, revisión e informe a la Conferencia
de las partes, de acuerdo al Art. 7 del Convenio.
Es importante destacar que las guías recomiendan que los grupos de la
sociedad civil dedicados a la protección del medio ambiente y de salud pública, así como representantes comunitarios y grupos de mujeres, sean considerados como parte de los grupos de interés desde el inicio del proceso, es decir,
dentro del Comité de Coordinación Nacional y no sólo en la fase final de consulta pública (ver diagrama figura 11, página siguiente).
134
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
Figura 11
Diagrama de las Fases del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo.
Fuente: Guidance for developing a National Implementation Plan for the Stockholm Convention.
UNEP World Bank
135
Capítulo IV
PRIMERA FASE. Establecimiento de un mecanismo de coordinación y
estructura organizativa que dirija el proceso de elaboración de los PNA.
Un plan nacional de aplicación exitoso requiere de un proceso de planeación
y de una estructura organizativa adecuada, que se sugiere en la figura 12, por
lo que en esta primera etapa se recomienda que el gobierno nacional designe:
• A la institución o dependencia nacional líder y a un Director General del
Proyecto, que serán la entidad legal y el oficial certificado para firmar
el convenio con la agencia de implementación del GEF y presentar los
informes que corresponda. Esta entidad no necesariamente es la que
coordina el PNA, por lo que se recomienda que se establezca:
• Un Comité Coordinador Nacional, con participación plural de los
diversos grupos de interés. El GEF recomienda que incluya a
miembros de las diversas dependencias gubernamentales en
materia de ambiente, salud, agricultura, trabajo, finanzas,
industria, comercio, transporte y aduanas, entre otras, así como a
representantes de la industria y de la sociedad civil (grupos
ambientalistas, de salud ambiental, de mujeres, académicos y
sindicatos).5 Este Comité facilitará la coordinación de las
actividades del proyecto entre los diversos grupos de interés
nacional y otorgará guía y apoyo para su ejecución. Miembros
individuales de este comité pueden ser responsables de
supervisar componentes específicos del desarrollo del PNA.
El Comité contribuirá a la revisión final del PNA, y en particular,
suscribirá el plan de trabajo detallado y el calendario para el
desarrollo del PNA; identificará y recomendará actividades para
elevar la conciencia e información pública; revisará y comentará
los planes de acción de los grupos de tarea de cada COP, el Perfil
Nacional de Manejo de Sustancias Químicas y las mejoras de la
regulación actual, además de entregar recomendaciones sobre
aspectos de políticas públicas. El GEF recomienda que este Comité
esté constituido por un máximo de 15 miembros, se reúna de
manera regular cada tres meses y efectúe reuniones
extraordinarias cuando sea necesario.
• La Unidad de Coordinación del Proyecto (UCP) y el Coordinador
Nacional del Proyecto. Este Coordinador Nacional del Proyecto actuará
como secretario del Comité Coordinador Nacional, organizará la UCP y
supervisará todo la ejecución del proyecto y la coordinación con la
agencia ejecutora del GEF. La UCP trabajará con expertos técnicos y
grupos de tarea temáticos ad hoc (por ej. sobre plaguicidas, PCB,
dioxinas) para completar su trabajo. Se recomienda que para un mayor
136
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
desarrollo de las capacidades nacionales se trabaje con los grupos de
expertos existentes en las dependencias o instituciones especializadas,
aunque se permite la contratación de expertos internacionales.
• Se recomienda determinar y asignar responsabilidades entre los
departamentos oficiales y otros interesados en los diversos aspectos de
gestión de los COP.
Figura 12
Esquema de la Estructura Organizativa del Plan Nacional de Aplicación
sugerida por el GEF
Fuente: UNEP, World Bank, Guidance for developing a Nacional Implementarion Plan for the
Stockholm Convention. Draft.200??
137
Capítulo IV
SEGUNDA FASE. Realización de un inventario de los COP y evaluación de
la infraestructura y capacidad nacional.
En esta etapa se espera que se realicen evaluaciones específicas, se reúna la
información existente y se genere nueva, se identifiquen las carencias y
necesidades en materia de recursos, capacidades y conocimientos, y se identifiquen también las prioridades; todo ello con el objetivo de contar con una
evaluación completa del estado de los COP en el país. Dentro de los resultados esperados de esta fase se encuentran:
• Preparar o actualizar el Perfil Nacional para evaluar la infraestructura
nacional para la gestión de productos químicos, en la sección
correspondiente a los COP. El Instituto de las Naciones Unidas para la
Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR) y el Programa
Interorganismos para la Gestión Racional de Sustancias Químicas
(IOMC) han desarrollado una guía para tal fin.6 En el seno del Foro
Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) los países se comprometieron a que la mayoría de ellos tendría un perfil nacional sobre
gestión de productos químicos para el año 2002. Parte de este Perfil
Nacional lo constituyen los inventarios de COP, la evaluación de la
infraestructura y los recursos necesarios, tal como se enumera y
describe más adelante. La Guía incluye un diagnóstico sobre el acceso
a, y la calidad y cantidad de información para la gestión de sustancias
químicas, incluyendo la existencia de un Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes, o equivalente, a fin de crear y
actualizar un inventario digno de confianza. Se recomienda involucrar
a todos los grupos de interés relacionados con la gestión integral de los
productos químicos y es parte de la evaluación identificar a las ONG y
a los grupos de interés público que juegan o pueden jugar un papel en
la gestión de los COP. La guía destaca el importante rol de IPEN e
invita a ver la lista de las organizaciones participantes.
• Inventario preliminar de los plaguicidas COP. Uso histórico y actual,
producción, uso, importación y exportación, datos de su monitoreo
ambiental e impacto en la salud.
• Inventario preliminar de los equipos y artículos que contienen PCB.
Compromisos del Anexo A, Parte II.
• Inventario preliminar de la liberación estimada de COP no intencionales
(dioxinas, furanos, HCB y PCB coplanares) por cada fuente
identificada. Este inventario debe ser integral e incluir las liberaciones
138
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
al aire, agua y suelo, su presencia en desechos y productos e indicadores
de sitios contaminados por ellos. Esto lo comentaremos ampliamente
más adelante.
• Inventario preliminar de existencias acumuladas de COP, desechos,
sitios y productos contaminados por COP. Información sobre su
magnitud, localización, regulaciones relevantes, medidas de limpieza;
evaluación de las oportunidades existentes para la eliminación de
existencias obsoletas.
• Evaluación de la capacidad de la infraestructura y de las instituciones,
para realizar una gestión adecuada de los COP, con inclusión de las
medidas de prevención, control y vigilancia. En lo que se refiere a estas
últimas, evaluación de los laboratorios químicos de referencia analítica
y de las necesidades y opciones para reforzar esta capacidad.
• Descripción y evaluación de las políticas públicas, la legislación, los
reglamentos y las normas relacionadas con la gestión de los COP y la
capacidad nacional para garantizar su cumplimiento.
• Compilación y resumen de los impactos conocidos sobre la salud
humana y el medio ambiente relacionadas con los COP, incluyendo las
liberaciones potenciales en el medio ambiente y las dimensiones de la
población expuesta. Cabe incluir aquí a los sectores de la población que
presentan un mayor riesgo, con especial énfasis en la salud ocupacional,
infantil y de las mujeres. Identificación de las necesidades de
investigación y vigilancia.
• Evaluar e incluir un capítulo que describa los mecanismos (jurídicos,
programas, políticas y actividades relacionadas) de concientización,
información y educación de trabajadores y del público en torno a los
COP, como recomienda la guía de UNITAR-IOMC y PNUMA. Incluir otro
capítulo sobre las actividades de las ONG, que abarque a los grupos de
interés público, de la industria y del área de investigación.7 Esto
implica considerar el desarrollo y actualización de registros de
emisiones y transferencia de contaminantes (RETC) para cada COP,
como señala el Art. 10 inciso 5 del Convenio de Estocolmo
• Evaluar la infraestructura y capacidad para la investigación y el
desarrollo de alternativas que eviten la formación y liberación de COP.
Esta actividad incluye desarrollar los aspectos preventivos, de acuerdo
a los compromisos adquiridos en el Convenio de Estocolmo (especial-
139
Capítulo IV
mente el Art. 5 (c) (d), el Art. 9, fr.1 (b) y el Art. 11, fr.1), y que no son
suficientemente señalados en la guía para elaborar el Perfil Nacional
de gestión de productos químicos.
Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las limitaciones del Toolkit del PNUMA.
Según reconoce el PNUMA en el mundo hay un pequeño número de países
que han realizado un inventario nacional que informe de las liberaciones de
dioxinas y furanos. Para enero del 2001 sólo se identificaron 16 inventarios
nacionales, casi todos ellos realizados en los países del Norte (Europa, Estados
Unidos, principalmente). El PNUMA afirmaba también que la mayoría de estos
inventaros son incompletos, obsoletos o carecen de una estructura uniforme;
además que sólo unos cuantos inventarios se ocupan de las liberaciones distintas de las atmosféricas, es decir no de las liberaciones ambientales totales,
que incluyen además las liberaciones al suelo, agua, con los residuos que se
generen en la producción o del término de la vida útil del producto.viii En ello
coincidían las observaciones de expertos ambientalistas quienes agregaban
que muy pocos inventarios o programas de vigilancia incluyen en la actualidad información sobre los valores totales de TEQ para dioxinas, furanos, HCB
y PCB coplanares, como indica el Convenio de Estocolmo.9
La elaboración de inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales son
parte importante de los compromisos de los gobiernos derivados del art 5 del
Convenio de Estocolmo, como vimos en la tercera parte de esta Guía
Ciudadana. Estos inventarios deben incluir la identificación de las fuentes que
los generan y una estimación de las liberaciones totales ambientales.
El PNUMA ha elaborado un documento, aún en calidad de borrador, para
ayudar a los países en la preparación de los inventarios de dioxinas y furanos:
el “Instrumental Normalizado para la Identificación y Cuantificación de
Liberaciones de Dioxinas y Furanos” mejor conocido por su abreviación en
inglés como el “Toolkit”. El Toolkit incluye cuatro componentes: a) una
metodología para identificar los procesos industriales y no industriales que
liberan dioxinas y furanos en cinco compartimentos o medios: atmósfera, agua,
suelo, liberaciones con productos y liberacones en los residuos, para identificar
cuáles de ellos son más importantes; b) directrices sobre el acopio de información para clasificar los procesos pertinentes, mediante cuestionarios para compilar datos específicos de planta o de procso; c) una base de datos detallada de
factores de emisión para cada actividad y para cada medio que sean representativos, disponibles en achivos Excell; y d) directrices para el montaje y presentación de un inventario de manera que los resultados sean comparables.
140
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
El objetivo fundamental del Toolkit consiste en facilitar una estimación de la
liberación anual media de dioxinas y furanos a cada vía (atmósfera, agua y
tierra, en productos y residuos) para cada uno de las actividades identificadas
como fuentes generadoras. Para ello se multiplica el nivel o tasa de actividad
por el factor de emisión. El nivel o tasa de actividad son, por ejemplo, la cantidad de producto producido o material de entrada, o desechos generados por
año, etc (ton o lts), de una instalación specífica o para todas estas instalaciones en un país ó región. El factor de emisión se refiere a la cantidad de
dioxinas y furanos liberada a cada medio por unidad de actividad (desechos
o productos producidos), expresada en microgramos de equivalentes de toxicidad ( ug EQT) por año. Por ejemplo para la incineración de desechos sólidos
municipales se establece un factor de emisión a las emisiones atmosféricas y en
los residuos (distinto según el tipo de tecnología de control de la contaminación) y esto se multiplica por el volumen de desechos quemados al año.
Hay diversos métodos básicos para el cálculo de los factores de emisión: a)
Las liberaciones medidas en cada medio individual de cada fuente individual
por unidad de actividad (de abajo hacia arriba); b) Las liberaciones estimadas
para cada medio con base en el rango de valores medido para las liberaciones
de una categoría de fuente por unidad de actividad (de arriba hacia abajo);
c) Los factores de emisión propuestos por el Toolkit del PNUMA, por los
inventarios de otros países o por la literatura científica.
El Toolkit propone una metodología en cinco etapas para la realización del
inventario : 1) Aplicar la matriz de selección para identificar las principales
categorías de fuentes de generación de dioxins y furanos existentes en un país
(cuadro 23); 2) Revisar las subcategorías para identificar las actividades y
fuentes existentes; 3) Acopiar información detallada sobre los procesos y
clasificarlos en grupos similares aplicando el cuestionario normalizado; 4)
Cuantificar las fuentes identificadas valiéndose de los factores de emisión por
defecto en cada medio; 5) Utilizar la escala nacional para establecer el inventario completo y notificar los resultados utilizando las directrices que se dan
en la forma normalizada.
141
Capítulo IV
Cuadro 23
Matriz de Selección. Principales categorías de fuentes en el Inventario de dioxinas
Núm
Categoría Principal Atmósfera
Agua
Tierra
Productos Residuos
1
Incineración de desechos
X
X
2
Producción de metales
X
X
ferrosos y no ferrosos
3
Generación de energía
y calefacción
X
X
X
4
Productos minerales
X
X
5
Transportes
X
X
6
Procesos de combustión
incontrolado
X
7
Producción y uso de
sustancias químicas y
bienes de consumo
X
8
Varios
X
X
9
Evacuación
X
X
10
Identificación de
posibes “puntos
calientes” (hotspots)
X
X
X
X
X
X
Registro probable que irá seguido probablemente de
una evaluación específica del lugar.
Fuente: PNUMA, Productos Químicos. Instrumental normalizado para la identificación y cuantificación
de liberaciones de dioxins y furanos. Borrador. Enero de 2001. Ginebra, Suiza, Cuadro 1, p. 21
Continúa
142
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
Las categorías son suficientemente amplias y abarcan gran diversidad de industrias, procesos y
actividades conocidos como posibles causas de liberaciones de dioxinas y furanos.
(X) Principal vía de liberación de dioxinas y furanos de cada categoría
Se recomienda identificar los “puntos calientes” para una posterior evaluación específica, porque
tienen el potencial de liberar dioxinas y furanos en el futuro. Pueden ser lugares donde se ha
fabricado o se estàn fabricando productos contamindos con dioxinas y furanos.
A pesar de que el toolkit del PNUMA promete una metodología “completa” para
la realización de inventarios de dioxinas y furanos tiene importantes limitaciones que han sido señaladas por grupos como Greenpeace e IPEN, y que se
resumen en el cuadro de la página siguiente.
Según sus críticos la mayoría, si no es que todos los factores de emisión contenidos en el Toolkit se derivan de los valores medidos en las fuentes de unos
cuantos países: Alemania, Holanda, Reino Unido y Estados Unidos. Incluso se
pueden encontrar numerosos ejemplos de actividades en los que los factores
de emisión dados por el Toolkit no son representativos de estos países y
están subestimados (por ejemplo en los incineradores municipales y de
residuos peligrosos) o no se da ningún factor de emisión (por ejemplo en la
producción primaria de aluminio o en los hornos cementeros quemando
residuos peligrosos).
Los factores de de emisión atmosférica de dioxinas y furanos en el Toolkit, y
la mayoría si no es que todas las fuentes, están basados en los métodos convencionales de muestreo cuyo análisis puede subestimar en mucho las emisiones reales de dioxinas. El método convencional de muestreo consiste en
la toma de los gases de chimenea durante un período de seis horas para su
análisis posterior. Este método puede conducir a errores de cálculo muy
grandes, de hasta 30 a 50 veces, comparado con los resultados del análisis de
un muestreo casi continuo por varios días. Este tipo casi continuo de muestreo
es realizado en algunos países europeos y el equipo de medición se puede
adquirir comercialmente. Un segundo factor que puede contribuir a grandes
errores de cálculo en los factores de emisión astmosférica, es el llamado “efecto retardado” (“memory effect”) en el cual las dioxinas son liberadas
muy lentamente, una vez formadas en la zona de post-combustión de los
incineradores y otros sistemas de combustión. 10
143
Capítulo IV
Cuadro 24
Limitaciones del Toolkit del PNUMA para la realización de inventarios de COP no
intencionales
• El manual sólo incluye a las dioxinas y no incluye la identificación y cuantificación de PCB
o HCB cuando son producidos de manera no intencional. Considerando que la mayoría de
las fuentes generadoras de dioxinas y furanos son también fuentes generadoras de PCB y
HCB, se ahorrarían recursos y tiempo al hacer un inventario integral en lugar de un
inventario de dioxinas y furanos y después otro del resto de COP no intencionales.
• No incluye una lista completa de fuentes generadoras de dioxinas, aunque han sido
identificadas por otros inventarios y por la literatura científica. Entre las fuentes no
•
•
•
•
consideradas se encuentran la manufactura de numerosos compuestos industriales
clorados, de plaguicidas, la combustión de llantas, el tratamiento municipal de aguas,
entre otras. No considera los factores de emisión de los rellenos sanitarios como parte de
las liberaciones de COP no intencionales al suelo, a pesar de que otros inventarios sí lo
hacen. (*)
No ofrece una estrategia para la identificación de las fuentes generadoras de dioxinas y
furanos por lo que las fuentes no identificadas quedarían fuera de los inventarios y de los
planes nacionales o regionales de acción. Esto tendría como consecuencia que no se
podría recibir asistencia económica por el Convenio de Estocolmo para realizar acciones
de reducción continua y posible eliminación de las fuentes no identificadas; es decir, una
pérdida de oportunidades de asistencia y un costo ambiental y a la salud pública mayor.
Los factores de emisión incluidos en el Toolkit no son suficientes, pues no incluyen un
gran número de actividades generadoras de los COP no intencionales por lo que no
permiten una estimación adecuada de las liberaciones a todos los medios físicos en cada
fuente generadora;
Los factores de emisión del Toolkit no son fidedignos, no representan adecuadamente el
rango de liberaciones para cada medio, que ha sido medido en cada fuente generadora.
Son incluso menores que aquellos reconocidos en los inventarios de dioxinas de las
regiones más industrializadas y en la literatura científica.
Los factores de emisión del Toolkit no son aplicables a las fuentes generadorasde dioxinas
y furanos fuera de Europa Occidental y Estados Unidos debido a que no refleja
adecuadamente el rango de liberaciones para cada medio ambiental que ha sido reportado
en las fuentes generadoras en los países en desarrollo y con economías en transición.
(*) En los anexos el lector podrá encontrar una lista de las fuentes de dioxinas y furanos no incluidas en el Toolkit, al igual que la lista de plaguicidas y sustancias químicas que durante su manufactura pueden también generar dioxinas y furanos.
Fuentes: Adaptado de Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP
Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan
releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148. y de la misma autora: Inventories of dioxins and
other by-products POPs. The myths and realities. Presentación en Power Point en la Conferencia
144
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
“ Persistent Organic Pollutants and Waste and Chemicals Policy”, República Checa, 6 de mayo del
2004. IPEN Dioxin, PCB and Waste Working Group Comments on the Standardized Toolkit for
Identification and Quantification of Dioxin and Furan Releases. April 2004. www.ipen.org
Para aplicar el Toolkit no se necesitan medir las emisiones por lo que no ofrece
resultados exactos, como reconoce el documento borrador del PNUMA, sino
de lo que se trata es de identificar rápidamente las principales fuentes y dar
una imagen general; con la que los gobiernos puedan priorizar y dirigir sus
esfuerzos para cumplir con los compromisos del Conveno de Estocolmo.
Resulta también muy preocupante la enorme sobrestimación de los factores
de emisión de dioxinas y furanos para la quema de leña y carbón en estufas
caseras y de basura doméstica en barriles o pilas, al igual que la producida por
los incendios forestales, especialmente si se usan como valores de referencia
en la elaboración de los inventarios en los países en desarrollo y con
economías en transición, como se puede apreciar en el cuadro siguiente:
Cuadro 25
Comparación de los factores de emisión a la atmósfera
entre el dioxin Toolkit y otras fuentes
Dioxin Toolkit
Otras fuentes
Quema de madera limpia en
estufas caseras
0.2 - 4.7 ng TEQ / kg
1.5 ng TEQ/kg
0.2- 0.9 TEQ/ kg 1
0.5 ng TEQ/kg
Quema de carbón en estufas
caseras
1 -7 ng TEQ /Kg
2 ng TEQ/kg
386.2 ng TEQ/kg
Quema de basura doméstica
en barriles y montones
300 ng TEQ/kg
5 ng TEQ/kg por yarda residuos
35 ng TEQ/kg basura
doméstica3
Incendios Forestales
5 ng TEQ/kg
0.08 - 0.17 ng TEQ/kg4
108.5 to 663.9 ng TEQ/kg2
1 Environment Canada and the Hearth Products Association of Canada, 2000. Characterization of
Organic Compounds from Selected Residential Wood Stoves and Fuels. Report ERMD 2000-01.
Canada
2 Moche, W., Thanner, G. 1998. PCDD/ F-emissions from coal combustion in small residential
plants. Organohalogen Cpds. 36:329-332.
Continúa
145
Capítulo IV
3 Wevers. M., De Fre, R., desmedt. M., 2004. Effect of backyard burning on dioxin deposition and
air concentrations. Chemosphere 54: 1351-1356.
4 Prange, J., Gaus, C., Weber, R., Papke, O., O., Muller, J., 2003. Assessing forest fire as a potential
PCDD/ F source in Queensland, Australia. Environ. Sci. Tchnol. 37:4325-4329.
Fuente: Pat Costner, Greenpeace International. Unidaed Científica. Comunicación personal.
Si sumamos la subestimación de los factores de emisión de la incineración y
de diversas actividades industriales o su falta de inclusión, lo que tenemos es
que los gobiernos podrían concluir equivocadamente que su problema principal son las fuentes difusas como la quema en traspatio o quema de biomasa
o incendios forestales, localizado principalmente en las áreas rurales o en la
población, y restar importancia al aporte de las actividades industriales.
Dadas las limitaciones actuales del borrador del Toolkit los países especialmente en vías de desarrollo y con economías en transición no pueden aplicar
mecánicamente los factores de emisión propuestos en las actividades incluidas en este manual pues llevaría a tener una imagen parcial y distorsionada
de la realidad¸ con la cual no se pueden diseñar planes de acción que
establezcan prioridades fidedignas que cumplan eficazmente con el objetivo
de reducir de manera contínua y eliminar cuando sea factible su generación.
Los países deben revisar el Toolkit y completar los listados de fuentes generadoras de dioxinas y los otros COP no intencionales, y desarrollar una estrategia
para su identificación. La División de Productos Químicos del PNUMA debe
considerar las críticas realizadas a su borrador del Toolkit, corregirlo y presentar una nueva versión para la realización de inventarios integrales y responder
de mejor manera a las particulares necesidades de los países en desarrollo y con
economías en transición.11
Greenpeace recomienda que como estrategia para identificar las fuentes de
generación de COP no intencionales se parta del supuesto de que todos los
procesos industriales químicos y actividades en los cuales está involucrado el
uso de cualquier forma de cloro deben ser considerados como fuentes sospechosas de ser productoras de dioxinas y otros COP no intencionales, a menos
que se pruebe lo contrario, mientras que aquellas donde está ausente el uso
de cloro se dejen pendientes para una consideración futura. La disponibilidad
de cloro en cualquier forma –elemental, orgánico o inorgánico- es una característica definitoria de todos los procesos y actividades que generan dioxinas y furanos. Definida la disponibilidad de cloro como fundamento de la
estrategia, se podría entonces continuar: a) evaluando la disponibilidad de
los otros materiales -como los metales catalizadores- y las condiciones -tales
como temperaturas- que son propicias para la formación de dioxinas y fura-
146
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
nos; y b) vigilar las emisiones de gases a la atmósfera, las descargas al agua,
los residuos sólidos y los productos sospechosos de ser fuentes de PCDD/F.
La estrategia de seguir la pista del uso del cloro y de los materiales que contienen cloro en las instalaciones de producción química, con el propósito de
identificar aquellas fuentes potenciales de dioxinas y furanos, fue seguida por
Dinamarca en la preparación de su inventario. De manera similar, el inventario de la Unión Europea anotó que “los procesos térmicos que involucran
oxígeno y materiales con carbono y cloro son sospechosos en general de ser
capaces de producir dioxinas y furanos”.12
Más allá de inventarios preliminares y cálculos estadísticos, lo cierto es que
la única metodología que dará una idea clara de la emisión de dioxinas es
la medición real de las instalaciones individuales de cada fuente generadora. La medición de dioxinas es una actividad costosa, si se desean medir con
precisión todos los congeneres a través del spectómetro de masas y cromatografía de gases de alta resolución (GC/MS). Para un primer “barrido”
sobre los niveles de dioxinas, diversos investigadores utilizan bionesayos
como el ELISA o el CALUX. Estos bioensayos permiten la cuantificación general de la dioxina TCDD y compuestos de toxicidad similar. En esta estrategia
los resultados positivos empleando los bioensayos podrían corroborarse con
la cromatografía de gases masas de alta resolución, que es un método más
preciso pero también más lento y costoso. Con los bioensayos es posible
analizar alimentos (huevo, pescado, piensos para ganado), muestras biológicas (sangre y leche materna0 y suelo contaminado.13
TERCERA FASE. Evaluación de prioridades y definición de objetivos.
El objetivo de esta etapa es desarrollar criterios que permitan fijar las prioridades nacionales para las acciones a realizar y establecer los objetivos a corto
y largo plazo del PNA, de acuerdo con los compromisos del Convenio de
Estocolmo.
• Se revisará la información obtenida como resultado de las evaluaciones
parciales desarrolladas en la fase anterior.
• Los criterios que se establezcan deben considerar los impactos sobre la
salud y medio ambiente, los aspectos socioeconómicos y el acceso a las
alternativas. Se considerarán los requerimientos legales del Convenio
de Estocolmo y los requerimientos de acuerdos nacionales, regionales o
internacionales relevantes, como por ejemplo, los de los convenios de
Basilea y de Rótterdam.
147
Capítulo IV
• La guía pone énfasis en que el Comité Nacional de Coordinación
trabaje de manera amplia con diversos grupos de interés reunidos en un
solo grupo o en talleres para discutir los objetivos a corto y largo plazo.
CUARTA FASE. Formulación del Plan Nacional de Aplicación
En esta fase se revisan las opciones y medidas disponibles para cumplir con
las obligaciones que establece el Convenio de Estocolmo y con las prioridades
establecidas por el país. El Plan Nacional de Aplicación debe contener los
planes de acción para los diversos tipos de COP, de acuerdo al Convenio, y la
identificación de necesidades de asistencia técnica y financiera.
• Para cada grupo de COP se sugiere incluir los pasos necesarios para
determinar las necesidades de recursos, sus implicaciones, la evaluación
de costo-beneficio y costo-efectividad. La Guía del GEF invita a que se
adopte un enfoque holístico en esta revisión de opciones.14
• Los planes de acción y las medidas planeadas deben de estar en
coordinación con los programas existentes sobre el desarrollo
sustentable en los programas particulares de manejo de sustancias
químicas, manejo integrado de plagas, manejo integrado de vectores,
manejo apropiado de residuos y control de la contaminación industrial.
Se sugiere incluir en el PNA indicadores o medidas de desempeño, para
determinar la efectividad de las medidas adoptadas.
• El PNA debe contar con una estrategia nacional para la información, la
creación de conciencia y la formación del público, que responda a todos
los compromisos derivados del artículo 10 del Convenio de Estocolmo.
Esto incluye el diseño de campañas educativas amplias y masivas,
utilizando diversos medios de comunicación que informen, creen con
ciencia y eduquen al público sobre los efectos ambientales y para la
salud ocasionados por los COP, especialmente entre las mujeres, los
niños y los sectores menos educados de la población, y también sobre
las alternativas a los COP. Deben existir programas de capacitación para
trabajadores, personal técnico, científicos y educadores, al igual que
una estrategia que garantice el acceso público de toda esta información,
de manera regular y actualizada. El Convenio sugiere establecer centros
de información nacional y regional para tal fin.
• De igual modo, el PNA debe incluir una estrategia para cumplir con los
compromisos de intercambio de información que señala el Art. 9 del
Convenio, en especial sobre las alternativas a los COP, así como sobre las
opciones para su reducción/eliminación que, tal como lo señalan las
148
El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo
y la Participación ciudadana
directrices del GEF, resulta fundamental para el éxito a largo plazo del
Convenio. Es obligación de las Partes el designar un centro nacional de
coordinación para facilitar este intercambio de información, tanto en el
interior del país como con el extranjero. El acceso público a esta
información es necesario para garantizar una amplia participación ciudadana en la aplicación del plan nacional.
• El PNA debe incluir una estrategia para potenciar las capacidades en
materia de investigación y vigilancia de los COP y de su impacto en la
salud y el medio ambiente. La estrategia debe considerar especialmente
la recomendación del Convenio de Estocolmo sobre los efectos de los
COP en la salud reproductiva (Art.11, fr. 2 d), así como un mecanismo
institucional de revisión, y la consulta nacional como forma de
participar en la discusión para incorporar nuevas sustancias COP al
Convenio de Estocolmo.
QUINTA FASE Respaldo amplio del PNA y envío a la COP del
Convenio de Estocolmo
• El objetivo de esta fase es comunicar de manera clara el alcance, la
necesidad y el propósito y valor del PNA. Incluye la elaboración de
materiales de comunicación y una consulta pública nacional amplia
para recibir e incorporar los comentarios. Con ello se espera tener un
mayor respaldo político al PNA. Finalmente se requiere el respaldo al
PNA y el compromiso de su cumplimiento, por parte de las diversas
dependencias involucradas (secretarías o ministerios del gobierno etc.).
Se debe diseñar un mecanismo de actualización, revisión y entrega de
informes. El resultado final de esta fase es su envío a la Conferencia de
las Partes del Convenio de Estocolmo.
SEXTA FASE. Ejecución del PNA del Convenio de Estocolmo.
• Incluye la puesta en práctica de los diversos planes de acción y el
mecanismo de actualización, revisión y entrega de informes a la
Conferencia de las Partes, de acuerdo al Art. 7 del Convenio. Los plazos
de revisión y entrega de informes serán establecidos por la propia
Conferencia, sin embargo, en el caso de los PCB se debe informar cada
cinco años sobre los progresos hechos en su eliminación, tal como se
describe en el anexo I, parte II del Convenio. De igual modo el Art. 5
establece que se debe realizar una revisión quinquenal del éxito de las
149
estrategias destinadas a la reducción creciente y eliminación cuando sea
factible, de las dioxinas, furanos, HCB y PCB producidos de manera
no intencional.
• En la revisión y actualización del PNA se debe garantizar la
participación de los diversos grupos de interés, incluidos los grupos de
mujeres y aquellos que se ocupan de la salud de los niños.
150
QUINTO CAPÍTULO
Derechos y demandas ciudadanas.
5.1 El derecho humano a la salud y a un medio ambiente sano
5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información en los PNA del Convenio de
Estocolmo
5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños
5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
Capítulo V
Derechos y Demandas Ciudadanas
Derechos y demandas ciudadanas
5.1 El derecho humano a la salud y a un medio ambiente sano.
La producción y liberación ambiental de COP viola derechos humanos fundamentales, como son los derechos a la salud, los derechos de las mujeres y de
los niños, el derecho a una alimentación sana, libre de contaminantes, y a un
medio ambiente adecuado a la dignidad y desarrollo del ser humano.
Los derechos humanos constituyen el fundamento que legitima el Estado de
Derecho moderno, en la medida en que esa forma de Estado nace precisamente para proteger lo que antes se llamaba “derechos naturales” de los ciudadanos frente a los poderes constituidos, y que actualmente se conocen
como derechos de la ”primera generación”,o libertades básicas, es decir, los
derechos civiles y políticos, tales como el reconocimiento de que todos los
seres humanos son por naturaleza igualmente libres e independientes y exigen respeto a su integridad física;la libertad de expresión, de prensa, de
reunión; el derecho político a la participación popular en el gobierno y otros
derechos y libertades fundamentales. Gracias a las luchas de los trabajadores
y ciudadanos se exigió la intervención del Estado para garantizar a los individuos una “segunda generación” de derechos: los derechos de la igualdad o
derechos económicos, sociales y culturales (como el acceso a la educación, la
vivienda, la salud, el trabajo, la seguridad social). Y en las últimas décadas se
han reconocido los llamados “derechos de la tercera generación”, que tienen
como valor fundamental la solidaridad: el derecho a la paz y el derecho a un
medio ambiente sano.1
El reconocimiento de los derechos humanos emana de la lucha política por la
dignidad humana a través de la historia, no pueden considerarse como concesiones del Estado. De hecho, los gobiernos neoliberales quieren desentenderse de sus obligaciones políticas respecto al conjunto de derechos humanos
en materia de prestaciones sociales y de un medio ambiente sano, para dejar
153
Capítulo V
que sea el “libre juego” del mercado el que asigne mejor los recursos y el
acceso a los bienes colectivos.
Los derechos de toda persona a la salud y a un medio ambiente apropiado
para su pleno bienestar, físico y espiritual son derechos humanos de validez
universal y constituyen expresiones del derecho fundamental a una calidad de
vida donde se respete la dignidad de las personas. Es decir, son derechos que
le deben ser reconocidos a cualquier persona por el hecho de serlo, por el
respeto a su dignidad intrínseca, sin importar su raza, religión, sexo, nivel de
escolaridad o nivel de ingresos. Expresan una conciencia de la unidad, de
pertenencia e interdependencia de cada ser humano con todos los demás, con
la naturaleza, con el pasado cultural y con las generaciones futuras. Los derechos humanos deben considerarse de una manera integral, como universales,
indivisibles e interdependientes, según lo reconocen los acuerdos internacionales en esta materia, como son la Declaración Universal de los Derechos
Humanos adoptada por las Naciones Unidas y el Protocolo Adicional a la
Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, o Protocolo de San Salvador.2
La salud no significa la ausencia de enfermedades sino un estado de completo bienestar físico, mental y social, como lo reconoce la propia Organización
Mundial de la Salud. El derecho a la salud no significa el derecho a no enfermarse sino a lograr que este bienestar esté garantizado y protegido por la
acción de los gobernantes. No se puede lograr un bienestar físico, un cuerpo
sano y una mente sana si el ambiente que nos rodea está contaminado y atenta contra nuestro bienestar, como en el caso de los COP, que entran a nuestro
cuerpo desde el momento de la concepción y el embarazo. La defensa de las
mujeres por una salud reproductiva libre de contaminantes, la lucha de los
trabajadores por condiciones de seguridad e higiene en su trabajo, las
acciones de las comunidades por conservar limpios su suelo y agua de los contaminantes industriales, la demanda de los consumidores por productos no
contaminados, todas ellas son expresiones múltiples de una aspiración individual y colectiva acorde con el ejercicio pleno de estos derechos a la vida.
Un gran número de gobiernos ha reconocido explícitamente el derecho a la
salud y a un medio ambiente sano de sus gobernados en la Constitución
Política, que es el conjunto de las normas supremas de un país, las de mayor
jerarquía, las que están por encima de leyes y reglamentos que no deben ser
contrarias a ella. En este sentido es una obligación jurídica de los gobernantes
velar por el respeto y cumplimiento de estos derechos de sus gobernados y
diseñar las instituciones, leyes, reglamentos y políticas que garanticen el ejercicio de tales derechos.
154
Derechos y demandas ciudadanas
Los tratados ambientales internacionales, al establecer derechos y compromisos entre los gobiernos, pueden contribuir a mejorar la protección de la
salud humana y del medio ambiente, en beneficio del ejercicio pleno de estos
derechos individuales y colectivos. Hay que recordar que el propio Convenio
de Estocolmo establece como objetivo general la protección de la salud
humana y el medio ambiente de los efectos de los COP. La firma y ratificación de los tratados internacionales por los gobiernos significa que estos
compromisos entran a formar parte de las obligaciones legales nacionales
entre los gobernantes y los gobernados y deben contribuir a la plena vigencia de estos derechos.
5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información
en los PNA del Convenio de Estocolmo
Los efectos nocivos de los COP en la salud humana y medio ambiente los convierten en un problema no sólo individual sino colectivo. Son contaminantes
que repercuten negativamente en la salud pública y alteran la integridad y el
equilibrio ecológicos. Las decisiones que los gobiernos tomen para controlar
o eliminar su formación y liberación ambiental son decisiones que nos afectan
a todos, hombres y mujeres, tarde o temprano. El derecho a participar en las
decisiones relacionadas con los COP es un derecho legítimo de los ciudadanos
para velar por una efectiva protección de los derechos humanos a la salud y
un medio ambiente.
Los intereses particulares que se han beneficiado de la producción industrial
o no intencionada de los COP no pueden prevalecer sobre el interés colectivo
en las decisiones que tomen los gobiernos, si es que pretenden fortalecer una
política ambiental democrática.
En 1992, los gobiernos reconocieron en el Principio 10 de la Declaración de
Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, que el mejor modo de tratar las
cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos, la que
debe facilitarse y fomentarse, haciendo accesible la información ambiental de
que dispone la autoridad pública. El Principio 10 hace especial mención a la
participación pública en las decisiones relacionadas con los materiales y
actividades que representen un peligro para sus comunidades.
El acceso público a la información gubernamental es condición indispensable
para dar transparencia a las decisiones de los servidores públicos, y forma
parte de los mecanismos de rendición de cuentas de los gobernantes en las
sociedades democráticas. El acceso a la información ambiental es indispensa-
155
Capítulo V
ble para aumentar la conciencia acerca de los problemas ambientales y la participación de la población en las políticas públicas.
Una sociedad civil bien informada podrá participar de mejor manera en la discusión de los problemas que le afectan. La participación ciudadana es también
una fuente adicional de información y de conocimiento para los encargados
de la toma de decisiones, junto con el conocimiento técnico y científico que
puedan aportar los especialistas.
En el derecho ambiental internacional destaca el Convenio de las Naciones
Unidas sobre el Acceso a la información ambiental, la participación pública en
la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en materia ambiental, adoptado en Aarhus, Dinamarca, el 25 de junio de 1998. Este convenio
fue acordado entre los 55 países que junto con Estados Unidos forman la
Comisión de las Naciones Unidas para Europa.3 El convenio establece el compromiso de los gobiernos de garantizar el acceso a la información sobre el
medio ambiente, la participación del público en la toma de decisiones y el
acceso a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de contribuir a proteger
el derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en
un medio ambiente que permita garantizar su salud y bienestar.
La Unión Europea y Estados Unidos, entre otros gobiernos han reconocido
mediante leyes generales el derecho al acceso público a la información gubernamental y/o a la información ambiental. En América Latina, México y
Argentina han aprobado muy recientemente leyes de acceso público a la información ambiental.
Como hemos señalado en la tercera parte del libro, el Convenio de Estocolmo
dedica todo el artículo 10 al tema de la información, concientización y educación del público; y la guía del GEF para la elaboración del plan nacional de
aplicación del convenio recomienda la consulta y participación pública desde
la primera fase de elaboración del plan.
De acuerdo al artículo 10, los gobiernos deben promover y facilitar el acceso
del público a:
• Toda la información disponible sobre los COP, teniendo en cuenta que
no será confidencial aquella relacionada con la salud, la seguridad
humana y el medio ambiente.
• La información sobre los efectos de los COP en la salud y el medio
ambiente, con especial referencia a que se elaboren programas de
156
Derechos y demandas ciudadanas
formación y concientización pública, especialmente para mujeres, niños
y personas con menor escolaridad.
• La información e investigación sobre las alternativas a los COP,
pudiendo establecerse centros de información nacional o regional.
Además tendrán derecho:
• A que toda esta información se mantenga actualizada, sea oportuna y se
brinde de manera regular.
• A que se proporcione esta información a través de la difusión de fichas
de seguridad, informes, y mediante otros medios de divulgación
y de comunicación.
• A que se estudie la posibilidad de establecer el Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes (RETC), donde los contaminadores
deben reportar anualmente las cantidades de COP que se liberan al
ambiente o que se transfieren para su eliminación o tratamiento.
• A conocer los resultados de las investigaciones y la vigilancia
respecto de los niveles de COP en el ambiente y en el ser humano,
y de su impacto en la salud reproductiva, de manera oportuna y
regular (Art. 11).
Todos estos compromisos informativos exigen una política de comunicación
amplia y una coordinación entre las distintas autoridades ambientales, de
salud pública, educativas y dedicadas a la investigación y promoción científica y tecnológica; así como una coordinación entre las autoridades federales y
los gobiernos de los estados en el interior del país.
5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños
Hay aspectos que no están cubiertos por el Convenio de Estocolmo y toca a
los gobiernos hacerse cargo de ellos, como son los relacionados con el acceso
a la justicia ambiental y la compensación de los daños a la salud y el medio
ambiente que ha provocado la producción intencional o no de los COP. Es
indudable que la producción industrial de COP ha creado una deuda ambiental
a lo largo del tiempo, una huella ecológica en los ambientes donde se ha
desarrollado y un impacto en la salud de las comunidades vecinas y más
allá. La localización histórica de la producción y formulación de plaguicidas
organoclorados, el uso de cloro y sus derivados para el blanqueo de papel en
las fábricas de celulosa y las demás fuentes generadoras de dioxinas y furanos
son actividades cuyo impacto debe ser evaluado para establecer prioridades
en las actividades de limpieza y compensación de daños.
157
Capítulo V
El Convenio establece que se debe realizar un inventario de sitios contaminados con COP, sobre todo de aquellos que se conocen como “hot spots”o “puntos calientes”, y cuya limpieza puede formar parte del Plan Nacional de
Aplicación. ¿Quién pagará estos programas de limpieza ambiental? ¿Quién
pagará los gastos de evaluación del daño a la salud de las comunidades
expuestas? No todo podrá ser resuelto con los apoyos de asistencia técnica y
financiera externa. Se deben evaluar distintos mecanismos de financiamiento
interno. Habrá que aplicar el principio de que “el que contamina paga”, para
que los responsables de la generación de COP contribuyan a costear estos gastos; y habrá que examinar también varios instrumentos económicos para
lograr tal fin.
Los ciudadanos deben exigir a los gobiernos que las corporaciones asuman
plenamente su responsabilidad, más allá de los códigos de conducta e iniciativas voluntarias, mediante mecanismos de rendición de cuentas (corporate
accountability) que las obliguen a pagar el daño que producen.4
Para ello habría que evaluar diferentes instrumentos económicos y aprender
de la experiencia internacional para adoptarla a las condiciones nacionales.
Para financiar la eliminación de los COP se han propuesto algunos instrumentos económicos, tales como el impuesto ecológico a las emisiones y descargas
y el impuesto sobre el uso de cloro en la producción de ciertos productos que
son conocidos generadores de dioxinas y furanos. Estas medidas pueden ser
complementarias a las prohibiciones y a los objetivos de reducción del uso de
productos y materiales que puedan generar COP.
5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática.
La aplicación del Convenio de Estocolmo puede permitir a los gobiernos fortalecer una política pública preventiva y democrática; para ello deben alejarse de
las políticas neoliberales que pretenden que sea el mercado el que tome las
decisiones principales en materia ambiental, de salud pública o del desarrollo
industrial. La apertura comercial indiscriminada; la reducción del gasto
público; el trato privilegiado a los inversionistas extranjeros, relajando los
requisitos de protección ambiental; la autorregulación industrial sobre las
medidas de control, todas ellas son medidas impuestas por la política
neoliberal y constituyen un obstáculo para impulsar políticas públicas comprometidas con la protección de la salud y del medio ambiente.
Resolver los problemas ambientales y de salud pública creados por la producción de los COP no es un problema principalmente técnico, sino que es un
asunto fundamentalmente político, porque requiere la discusión pública y
158
Derechos y demandas ciudadanas
nuevas formas de control social sobre las decisiones que hoy se hallan exclusivamente en manos empresariales privadas. Si la producción voluntaria de
sustancias químicas y productos contamina el medio ambiente, debido a sus
características intrínsecas de persistencia y bioacumulación, además de
dañar de manera irreversible la salud de la población, entonces es derecho de
la población participar en la discusión de cómo resolver el problema. La discusión central es cómo cambiar lo que se produce y la forma cómo se produce,
para que no sean fuente generadora de contaminación y de daño a la salud.
Este es el argumento de un nuevo movimiento ambiental ciudadano que cuestiona un modelo de regulación que impone riesgos a la población, sin consultarla, y que exige sacrificios para mantener un crecimiento económico que
beneficia sólo a una minoría.5
El Convenio de Estocolmo, en su artículo 5, como hemos visto en la tercera
parte de este libro, establece que los gobiernos, en el plan de aplicación del
Convenio deben, como mínimo, promover el desarrollo y requerir el uso de
sustitutos, materiales modificados, productos y procesos para prevenir la formación y emisión de los COP no intencionales, con la finalidad de reducir al
mínimo, y cuando sea posible eliminar, las fuentes de generación de dioxinas
y furanos. Este es un compromiso y una decisión política que requiere que
los gobiernos promuevan la identificación y evaluación de alternativas a cada
una de las fuentes generadoras de dioxinas y que abren los espacios de participación ciudadana para incorporar las experiencias nacionales e internacionales existentes. La aplicación de este principio de sustitución debe ser
parte de la definición estratégica en el plan nacional de aplicación del
Convenio de Estocolmo.
La aplicación del principio de sustitución es parte de una política preventiva,
que busca evitar los daños antes de que se produzcan. No hay riesgo que valga
si puede ser evitado. La decisión de cómo resolver el problema de la contaminación por los COP no puede delegarse únicamente en unos cuantos “expertos”, que por razones de evaluación de riesgos, o de un análisis costo-beneficio, definen el problema de la contaminación como un problema cuantitativo,
a fin de establecer los “límites tolerables” que puede soportar un medio físico
determinado o las cantidades diarias admisibles ingeridas en los alimentos.
Este enfoque, propio del paradigma del control de las sustancias químicas,
tiene serias limitaciones: no considera el impacto total acumulado de la contaminación emitida desde diversas fuentes a un ecosistema o región; tampoco
evalúa la interacción de varias sustancias tóxicas en el cuerpo humano; y no
considera las ventanas especiales de vulnerabilidad que se producen en las
primeras semanas de gestación, en la adolescencia o en la vejez. El paradigma del control funciona con el axioma de que “la dosis hace al veneno”, cuan-
159
Capítulo V
do las investigaciones sobre los COP y otros “disruptores hormonales” indican
que es no sólo la dosis, sino el momento cuando se produce la exposición, lo
que define el riesgo de la sustancia analizada.6
Frente a la crisis del paradigma del control de las sustancias químicas, surge la
necesidad de desarrollar un nuevo modelo de regulación, basado en la prevención y en el reconocimiento de que la definición y aceptación de los riesgos
requiere de un proceso de discusión y de definición política, además de la aplicación de metodologías científicas. Este modelo preventivo se basa en varios
elementos, como son la aplicación del principio precautorio en casos de
incertidumbre científica, el derecho ciudadano a conocer el uso y emisión de
sustancias tóxicas, el principio de sustitución de las sustancias y materiales
peligrosos cuando haya alternativas viables y menos riesgosas, y la promoción
de formas de producción limpia y de mecanismos de extensión de la responsabilidad del productor, que hemos descrito al final de la primera parte de
esta guía.7
La búsqueda de alternativas a la incineración de los residuos municipales,
peligrosos y hospitalarios, incluida la quema de residuos clorados en hornos
de cemento, es una demanda ciudadana internacional y debe ser parte de una
política ambiental preventiva que busque alternativas a las fuentes generadoras de dioxinas y otros COP producidos de manera involuntaria. Como hemos
visto en la primera parte, las regulaciones actuales de control de dioxinas y
furanos en los incineradores presentan serias limitaciones, los requerimientos
de medición una vez o dos veces al año son insuficientes, los métodos de
medición convencionales subestiman la emisión real de dioxinas, y los
equipos de control y captura de estos y otros contaminantes son cada vez más
caros. Hemos señalado también en la tercera parte del libro, que ya existen
evaluaciones de las alternativas tecnológicas sin combustión para el
tratamiento de existencias acumuladas de COP y otros residuos que están
operando a escala comercial en varios países, y también de otras tecnologías
alternativas que están emergiendo. Los países en desarrollo y con economías en
transición deben someter a la consideración de sus ciudadanos la alternativa de
seguir siendo los receptores de tecnologías sucias, como los incineradores, o
aspirar a tecnologías más limpias, con adecuados programas e iniciativas de
cooperación y asistencia técnica. Por otra parte, la incineración de residuos
hospitalarios y municipales es totalmente innecesaria y prescindible, si se
implementan adecuados sistemas de separación y manejo de estos residuos.
La plena aplicación del Convenio de Estocolmo por parte de los gobiernos
requiere la vigilancia y participación ciudadana a través de mecanismos
institucionales, mediante procedimientos amplios, transparentes y
160
Derechos y demandas ciudadanas
democráticos. La participación ciudadana no puede limitarse a consultas
rápidas para legitimar decisiones ya tomadas. Estas formas simuladas de participación deben sustituirse por mecanismos de consulta y participación en un
comité multisectorial amplio, que involucre no solo a los grupos ambientales,
sino también a aquellos dedicados a la protección de la salud y los derechos
de las mujeres, de los niños, de los trabajadores y de las poblaciones indígenas, como hemos señalado al analizar el capítulo 10 del Convenio y las fases
del plan nacional de su aplicación.
Los gobiernos deben informar a sus ciudadanos y abrir la discusión para
definir las posiciones sobre los asuntos pendientes que debe resolver la
Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo, a partir de su primera
reunión en mayo de 2005, tales como: a) la revisión e incorporación de
nuevos COP al Convenio y las medidas a tomar para su reducción o eliminación mundial; b) la discusión y aprobación de las guías sobre las Mejores
Prácticas Ambientales y las Mejores Técnicas Disponibles para reducir continuamente y, cuando sea posible, eliminar las fuentes de generación de las
dioxinas y otros COP producidos de manera no intencional. En esta discusión
es de extrema importancia asegurar el rol central otorgado a las alternativas
que eviten y no solo reduzcan la generación de COP.
El siglo XXI debe dar un salto cualitativo en el control social de la expansión
del mercado de sustancias químicas; hasta el momento la mayoría de las sustancias químicas entraron al mercado sin contar con suficiente información
sobre sus efectos en la salud y el ambiente que demuestre que son seguras. La
EPA de Estados Unidos estima que menos del 10% de las 2. 800 sustancias
químicas producidas en gran volumen en Estados Unidos tienen información
básica disponible sobre su nivel de peligrosidad, y en Europa se calcula que
sólo el 14% cuenta con esta información completa. Aún menos se sabe de las
sustancias químicas producidas en pequeñas cantidades o de la mezcla de sustancias químicas. Esta falta de evidencias sobre la toxicidad de las sustancias
químicas es a menudo mal interpretada como evidencia de su seguridad.8
La humanidad y el planeta han pagado ya las consecuencias de este gran
experimento social; es tiempo de revertir esta tendencia.
La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sustentable, reunida en septiembre
del 2003 en Johannesburgo, para revisar los avances de la Agenda 21, aprobó
en su plan de aplicación el objetivo de “lograr para el año 2020 que las sustancias químicas sean usadas y producidas de modo que tiendan a una reducción significativa de los efectos adversos sobre la salud humana y el medio
ambiente”. Con este antecedente, la Organización de las Naciones Unidas ha
llamado a la comunidad internacional a discutir un Enfoque Estratégico para
161
Capítulo V
el Manejo Internacional de las Sustancias Químicas (SAICM su sigla en
inglés), cuya primera reunión se celebró en Bangkok, Tailandia, en noviembre
de 2003, y que continuará en los próximos años. Elemento importante a considerar en estas discusiones son las recomendaciones del Foro Internacional
de Seguridad Química (FISQ) -donde participan por igual gobiernos, organizaciones ciudadanas y de la industria- que proponen un concepto de seguridad química basado en la prevención de los daños. ”La Seguridad Química es la
prevención de los efectos adversos, a corto y largo plazo, que presentan, para
los seres humanos y el medio ambiente, la fabricación, el almacenamiento, el
transporte, el uso y la eliminación de productos químicos”. 9
En este contexto es importante saber que la Comisión de la Unión Europea
presentó en febrero de 2001 una propuesta, y en mayo del 2003, un primer
borrador legislativo para una nueva estrategia y un marco de manejo integrado de sustancias químicas llamado REACH (su sigla en inglés), para el
registro, evaluación y autorización de las sustancias químicas. Esta propuesta
pasará luego, para su discusión y aprobación, al Parlamento Europeo y al
Consejo de Ministros, para finalizar en el año 2005 y entrar en vigor en
2006.10 Esta iniciativa requiere que las empresas asuman la carga de la prueba, paguen y presenten la información básica de todas las sustancias químicas en el mercado, incluyendo información de riesgos a través del ciclo de
vida de cada una de ellas, realicen una evaluación rápida de los riesgos químicos y la substitución de aquellas sustancias de mayor preocupación. Si no se
presenta la información requerida, las sustancias químicas no se podrán usar
y vender en el mercado. Toda la información debe estar disponible al público
y si no es así, la empresa debe justificar las razones para retenerla. La iniciativa incluye la restricción de sustancias químicas que producen cáncer,
mutagénesis, efectos reproductivos y que son persistentes. Aunque los sindicatos europeos han propuesto medidas para su mejoramiento y la propuesta
legislativa de 2003 debilita algunas propuestas originales presentadas en
2001, REACH representa un avance en el modelo de regulación internacional
de sustancias químicas.11 La iniciativa REACH fue y será objeto de una fuerte
presión por parte del gobierno de Estados Unidos, por el temor de que pueda
afectar los intereses estadounidenses en Europa y por el impulso que pueda
dar a las discusiones internacionales en esta materia. Existió incluso cabildeo
norteamericano en los países en desarrollo, para que expresaran su preocupación en este asunto.12
Los ciudadanos de los países del Sur, junto con los trabajadores y grupos ciudadanos de los países de América del Norte y de Europa, deben estar informados de las discusiones sobre el futuro de la política internacional de control de
las sustancias químicas -especialmente las que son tóxicas, persistentes y
162
Derechos y demandas ciudadanas
bioacumulables - y tener formas de participación para expresar sus preocupaciones y propuestas en ls discusiones de SAICM. Miembros de IPEN seguirán
participado en estas discusiones.13
La crítica a la globalización neoliberal corporativa ha traído como consecuencia el surgimiento de una conciencia ciudadana que proclama que “otro
mundo es posible”; un mundo alternativo a los intereses de la ganancia rápida y la acumulación de capital como medida del éxito económico; un mundo
donde se exploren nuevas formas de cooperación económica y de comercio
justo. También son parte de esta lucha internacional los esfuerzos por crear
sistemas de producción de alimentos sanos y formas de producción industrial
limpia, que incluyan la eliminación global de los COP, para prevenir el envenenamiento de los trabajadores y de las comunidades, así como la contaminación del planeta.
163
164
ANEXOS
A.1 Países que han firmado y los que son parte contratante del Convenio de Estocolmo
A.2 Selección de Fuentes identificadas de dioxinas no incluidas en el Toolkit del PNUMA
A.3 Plaguicidas que se sabe ó sospecha que durante su produccíon se generan dioxinas o
furanos
A.4 Sustancias químicas que durante su producción pueden generar dioxinas y furanos
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
ANEXOS
Anexo 1
Países que firmaron y los que son parte contratante del Convenio de Estocolmo
Ratificación. Aceptación (A).
País
Albania
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
5 Diciembre 2001
4 Octubre 2004
Alemania
23 Mayo 2001
25 Abril 2002
Antigua and Barbuda
23 Mayo 2001
10 Septiembre 2003
Argelia
5 Septiembre 2001
Argentina
23 Mayo 2001
25 Enero 2005
Armenia
23 Mayo 2001
26 Noviembre 2003
Australia
23 Mayo 2001
20 Mayo 2004
Austria
23 Mayo 2001
27 Agosto 2002
Azerbaiján
Bahamas
20 Marzo 2002
Bahrain
22 Mayo 2002
Bangladesh
23 Mayo 2001
Barbados
Belarús
13 Enero 2004
(a)
7 Junio 2004
(a)
3 Febrero 2004
(a)
Continúa
167
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
Bélgica
23 Mayo 2001
Belice
14 Mayo 2002
Benin
23 Mayo 2001
6 Enero 2004
Bolivia
23 Mayo 2001
3 Junio 2003
Bosnia and herzegovina
23 Mayo 2001
Botswana
28 Octubre 2002
Brasil
23 Mayo 2001
Brunei Darussalam
21 Mayo 2002
Bulgaria
23 Mayo 2001
20 Diciembre 2004
Burkina Faso
23 Mayo 2001
31 Diciembre 2004
Burundi
2 Abril 2002
2 Agosto 2005
Camboya
23 Mayo 2001
Camerún
5 Octubre 2001
16 Junio 2004
Canadá
23 Mayo 2001
23 Mayo 2001
Chad
16 Mayo 2002
10 Marzo 2004
Chile
23 Mayo 2001
China
23 Mayo 2001
Colombia
23 Mayo 2001
Comoros
23 Mayo 2001
Comunidad Europea
23 Mayo 2001
Congo
(a)
13 Agosto 2004
16 Noviembre 2004
(AA)
4 Diciembre 2001
Continúa
168
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
Costa de Marfil
23 Mayo 2001
Costa Rica
16 Abril 2002
Croacia
23 Mayo 2001
Cuba
23 Mayo 2001
Dinamarca2
23 Mayo 2001
17 Diciembre 2003
15 Noviembre 2001
11 Marzo 2004
Djiboutia
Dominica
Ecuador
20 Enero 2004
8 Agosto 2003
28 Agosto 2001
7 Junio 2004
Egipto
17 Mayo 2002
2 Mayo 2003
El Salvador
30 Julio 2001
Emiratos Arabes Unidos
23 Mayo 2001
(a)
11 Julio 2002
Eslovaquia
5 Agosto 2002
Eslovenia
4 Mayo 2004
España
23 Mayo 2001
28 Mayo 2004
Estados Unidos
23 Mayo 2001
Etiopía
17 Mayo 2002
9 Enero 2003
Ex República Yugoslava de
Macedonia
23 Mayo 2001
27 Mayo 2004
Federación Rusa
22 Mayo 2002
Fiji
14 Junio 2001
20 Junio 2001
Filipinas
23 Mayo 2001
17 Febrero 2004
Finlandia
23 Mayo 2001
3 Septiembre 2002
(A)
Continúa
169
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
Francia
23 Mayo 2001
17 Febrero 2004
Gabón
21 Mayo 2002
Georgia
23 Mayo 2001
Ghana
23 Mayo 2001
30 Mayo 2003
Grecia
23 Mayo 2001
23 Mayo 2001
Guatemala
29 Enero 2002
Guinea
23 Mayo 2001
Guinea-Bissau
24 Abril 2002
Haiti
23 Mayo 2001
Honduras
17 Mayo 2002
Hungría
23 Mayo 2001
India
14 Mayo 2002
Indonesia
23 Mayo 2001
Irlanda
23 Mayo 2001
Islandia
23 Mayo 2001
(AA)
23 Mayo 2005
29 Mayo 2002
Islas Cook
29 Junio 2004
(a)
Islas Marshall
27 Enero 2003
(a)
Islas Solomon
28 Julio 2004
(a)
Israel
30 Julio 2001
Italia
23 Mayo 2001
Jamaica
23 Mayo 2001
Continúa
170
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Japón
Aprobación (AA). Adhesión (a)
30 Agosto 2002
Jordania
18 Enero 2002
Kazajastán
23 Mayo 2001
Kenia
23 Mayo 2001
Kirguizistán
16 Mayo 2002
8 Noviembre 2004
24 Septiembre 2004
Kiribati
4 Abril 2002
Kuwait
23 Mayo 2001
Latvia
23 Mayo 2001
28 Octubre 2004
Lesotho
23 Enero 2002
23 Enero 2002
Líbano
23 Mayo 2001
3 Enero 2003
Liberia
7 Septiembre 2004
23 Mayo 2002
Liechtenstein
23 Mayo 2001
Lituania
17 Mayo 2002
Luxemburgo
23 Mayo 2001
Madagascar
24 Septiembre 2001
(a)
(a)
3 Diciembre 2004
7 Febrero 2003
Malasia
16 Mayo 2002
Malawi
22 Mayo 2002
Mali
23 Mayo 2001
Malta
23 Mayo 2001
Marruecos
23 Mayo 2001
15 Junio 2004
Mauricio
23 Mayo 2001
13 Julio 2004
5 Septiembre 2003
Continúa
171
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
Mauritania
8 Agosto 2001
22 Junio 2005
México
23 Mayo 2001
10 Febrero 2003
Micronesia (Estados Federales de)
31 Julio 2001
15 Julio 2005
Mónaco
23 Mayo 2001
20 Octubre 2004
Mongolia
17 Mayo 2002
30 Abril 2004
Mozanbique
23 Mayo 2001
Myanmar
19 Abril 2004
Nauru
9 Mayo 2002
Nepal
5 Abril 2002
Nicaragua
9 Mayo 2002
23 Enero 2001
Níger
12 Octubre 2001
Nigeria
23 Mayo 2001
Niue
12 Marzo 2002
Noruega
23 Mayo 2001
11 Julio 2002
Nueva Zelanda
23 Mayo 2001
24 Septiembre 2004
Omán
4 Marzo 2002
Países Bajos
23 Mayo 2001
Pakistán
(a)
24 Mayo 2004
28 Enero 2002
A
6 Diciembre 2001
Palau
28 Marzo 2002
Panamá
23 Mayo 2001
5 Marzo 2003
Papua New Guinea
23 Mayo 2001
7 Octubre 2003
Continúa
172
Ratificación. Aceptación (A).
País
Paraguay
Firma
12 Octubre 2001
Aprobación (AA). Adhesión (a)
1 Abril 2004
Perú
23 Mayo 2001
Polonia
23 Mayo 2001
Portugal
23 Mayo 2001
15 Julio 2004
11 Diciembre 2001
17 Enero 2005
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte
República Arabe de Siria
15 Febrero 2002
República Checa
23 Mayo 2001
República de Africa Central
9 Mayo 2001
República de Corea
6 Agosto 2002
4 Octubre 2001
República de Moldovia
23 Mayo 2001
República Democrática de Laos
5 Marzo 2002
República Democrática Popular de
Corea
7 Abril 2004
26 Agosto 2002
República Dominicana
23 Mayo 2001
República Islámica de Irán
23 Mayo 2001
República Unida de Tanzania
Rumania
A
(a)
30 Abril 2004
23 Mayo 2001
28 Octubre 2004
Rwanda
5 Junio 2002
(a)
Saint Kits y Nevis
21 Mayo 2004
(a)
Samoa
4 Febrero 2002
Santa Lucía
4 Octubre 2002
Santo Tomás y Príncipe
(a)
3 Abril 2002
Continúa
173
Ratificación. Aceptación (A).
País
Firma
Senegal
23 Mayo 2001
Serbia y Montenegro
2 Mayo 2002
Seychelles
Aprobación (AA). Adhesión (a)
8 Octubre 2003
25 Marzo 2002
Sierra Leona
26 Septiembre 2003
Singapur
23 Mayo 2001
24 Mayo 2005
Slovaquia
23 Mayo 2001
5 Agosto 2002
Slovenia
23 Mayo 2001
4 Mayo 2004
Sri Lanka
5 Septiembre 2001
Sudáfrica
23 Mayo 2001
Sudán
23 Mayo 2001
Suecia
23 Mayo 2001
8 Mayo 2002
Suiza
23 Mayo 2001
30 Julio 2003
Surinam
22 Mayo 2002
Tailandia
22 Mayo 2002
Tajikistán
21 Mayo 2002
Togo
23 Mayo 2001
Tonga
21 Mayo 2002
Trinidad y Tobago
23 Mayo 2001
13 Diciembre 2002
Túnez
23 Mayo 2001
17 Julio 2004
Turquía
23 Mayo 2001
Tuvalu
(a)
4 Septiembre 2002
31 Enero 2005
22 Julio 2004
19 Enero 2004
(a)
(a)
Continúa
174
Ratificación. Aceptación (A).
País
Ucrania
Firma
Aprobación (AA). Adhesión (a)
23 Mayo 2001
Uganda
20 Julio 2004
Uruguay
23 Mayo 2001
Vanuatu
21 Mayo 2002
Venezuela
23 Mayo 2001
19 Abril 2005
Viet Nam
23 Mayo 2001
22 Julio 2002
Yemen
5 Diciembre 2001
9 Enero 2004
Zambia
23 Mayo 2001
Zimbabwe
23 Mayo 2001
TOTAL
155 firmantes
(a)
9 Febrero 2004
84 partes
Fuente: www. pops.int, actualizada agosto del 2005
175
Anexo 2
Selección de fuentes identificadas de dioxinas no incluidas en el Toolkit del PNUMA
Fuente
Combustión de llantas
Ref.
1
Fuente
Ref.
Incendios accidentales en lugares de almace-
2
namiento de PVC
Regeneradores catalíticos
para la refinación de petróleo
Escurrimiento de caminos
3
Fabricación del
Estabilización térmica del fango de las aguas
4
tetraclorobifenol-A
Producción primaria
residuales
Fuegos artificiales
5
de aluminio
Producción primaria de cobre
Exploración de petróleo y gas - pruebas de pozos
6
Recuperación de tambores
y barriles
Calderas de combustible desmenuzado2
Fabricación de cloruro
de hierro
Incendios accidentes en lugares de
almacenamiento de llantas
8
Fabricación de cloruro
de aluminio
Fabricación de cloruro de cobre
Estabilización térmica del fango de las aguas
residuales
Fabricación de caucho, proceso de vulcanización
9
Fabricación de tintes y pigmentos a base de ftalocianina
Fabricación de cloro elemental, electrodos de
titanio
11
Fabricación de tricloroetileno y de
percloroetileno
12
Fabricación de caprolactama (intermediario en
la fabricación de nylon)
13
Fabricación y/o formulación
de tintas para imprimir
Hornos de carbón reactivado (carbón
industrial usado y carbón usado en el
7
10
tratamiento de aguas municipal)
Fabricación de tetraclorofenato alquilamino
Fabricación de dióxido de titanio
14.15
Combustión de velas
Tratamiento municipal de
aguas residuales
Continúa
176
Fuente: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s
“Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases”
UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148
a) Aunque se sabe que este proceso ya ha sido identificado como una fuente de dioxinas, no
está incluido en la lista de fuentes del Toolkit y no se entregan datos sobre liberación de
dioxinas.
b) Aunque se puede asumir que este proceso está incluido en la subcategoría "Plantas de
energía de biomasa", ha sido identificado específicamente en la literatura científica y por lo
menos en uno de los inventarios nacionales como una fuente importante, debido a una alta
liberación de dioxinas atribuida al elevado contenido de cloro del combustible
desmenuzado, o 'hog fuel'.
En el texto del Toolkit se reconoce que la manufactura de cloro elemental mediante el uso
de electrodos de titanio es una fuente de dioxinas. Sin embargo, la lista de fuentes del
Toolkit incluye únicamente la producción de cloro con ánodos de grafito.
d) La manufactura de estos productos químicos aparece como una fuente de dioxinas en el
Toolkit, y en el texto se menciona un factor de emisión. No obstante, estas substancias no
están incluidas en la lista de fuentes del Toolkit.
c)
Referencias
1
2
4
5
6
7
U.S. Environmental Protection Agency, 2000. "Exposure and Human Health Reassessment
of 2,3,7,8-Tetrachlorodibenzo-p-Dioxin (TCDD) and Related Compounds. Part I: Estimating
Exposure to Dioxin-Like Compounds, Volume 2: Sources of Dioxin- Like Compounds in the
United States," and in "Part III: Integrated Summary and Risk Characterization for 2,3,7,8Tetrachlorodibenzo-p-Dioxin (TCDD) and Related Compounds": Final Draft.
EPA/600/P- 00/001Bb, September 2000.
Socha, A., Abernethy, S., Birmingham, B., Bloxam, R., Fleming, S., McLaughlin, D., Spry, D.,
Dobroff, F., Cornaccio, L-A., 1997. Plastimet Inc. Fire, Hamilton, Ontario. July 9-12, 1997,
Ottawa, Canada: Ontario Ministry of Environment and Energy, October 1997. 3Dyke, P.,
Foan, C., 1997. A review of dioxin releases to land and water in the UK. Organohalogen
Cpds. 32: 411-416.
Balzer, W., Pluschke, P. 1994. Secondary formation of PCDD/F during the thermal
stabilization of sewage sludge. Chemosphere 29: 1889-21902.
Fleischer, O., Wichmann, H., Lorenz, W., 1999. Release of polychlorinated d
ibenzo-p-dioxins and dibenzofurans by setting off fireworks. Chemosphere 39: :925-932
Nowegian Oil Industry Association, 1997. Emissions to Air and Discharges to Sea from the
Norwegian Offshore. Petroleum Activities.
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Pandompatam, B., Kuman, Y., Guo, I., Liem, A.J. 1997. Comparison of PCDD and PCDF
emissions from hog fuel boilers and hospital waste incinerators.
Chemosphere 34:1065-1073.
177
8
Buser, H.-R., Dolezai, I.S., Wolfensberger, M., Rappe, C., 1991
Polychlorodibenzothiophenes, the sulfur analogues of the polychlorodibenzofurans
identified in incineration samples. Environ. Sci. Technol. 25: 1637-1643.
9
Balzer, W., Pluschke, P. 1994. Secondary formation of PCDD/F during the thermal
stabilization of sewage sludge. Chemosphere 29: 1889-1902.
10
Lexen, K., de Wit, C., Jansson, B., Kjeller, L-O., Kulp, S.E., Ljung, K., Soderstorm, G.,
Rappe, C., 1993. Polychlorinated dibenzo-p-dioxin and dibenzofuran levels and patterns in
samples from different Swedish industries analyzed within the Swedish Dioxin Survey.
Chemosphere 27: 163-170.
11
12
13
14
15
178
Environment Ministry of Lower Saxony., Press Release., March 22 1994., No 77/94.
Wenborn, M., King, K., Buckley-Golder, D., Gascon, J., 1999. Releases of Dioxins and
Furans to Land and Water in Europe. Final Report. Report produced for Landesumweltamt
Nordrhein-Westfalen, Germany, on behalf of European Commission DG Environment.
September 1999.
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on water quality. Organohalogen Cpds. 56: 229-232.
U.S. Environmental Protection Agency, 2001, Final Titanium Dioxide Listing Background
Document for the Inorganic Chemical Listing Determination. U.S. Environmental
Protection Agency, Washington, D.C.
Wenborn, M., King, K., Buckley-Golder, D., Gascon, J., 1999. Releases of Dioxins and
Furans to Land and Water in Europe. Final Report. Report produced for Landesumweltamt
Nordrhein-Westfalen, Germany on behalf of European Commission DG Environment.
September 1999.
Anexo 3
Plaguicidas de los que se sabe o se sospecha que durante su producción
se generan dioxinas y furanos
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract Fuente
Service Number
Dichlorodifluoromethane
75-71-8 1
1
O-( 4- Bromo- 2,5- dichlorophenyl)
O, O- dimethyl phosphorothioate
2104-96-3
1
Dimethylamine 2,3,5- triiodobenzoate
17601-49-9
1
555-37-3
1
299-86-5
94-81-5
1
1
6062- 26- 6
1
122- 88- 3
1
Cloroxurón
1982- 47- 4
1
Diclobenil
1194- 65- 6
1
Bromofós
Neburón
Crufomato
MCPB, 4- butyric acid [4-( 2- Methyl- 4chlorophenoxy) butyric acid]
MCPB, Na salt [Sodium 4-( 2- methyl- 4chlorophenoxy) butyrate]
4- Chlorophenoxyacetic acid
Propanil
3', 4'- Dichloropropionanilide
709- 98- 8
1
Diclofentión
O-( 2,4- Dichlorophenyl) O, O- diethyl
phosphorothioate)
97- 17- 6
1
DDT
Dichloro diphenyl trichloroethane
50- 29- 3
1
Diclona
2,3- dichloro- 1,4- naphthoquinone
117- 80- 6
1
Cloramben amónico 3- amino- 2,5- dichlorobenzoic acid
1076- 46- 6
1
Cloramben sódico 3- amino- 2,5- dichlorobenzoic acid
1954- 81- 0
1
Continúa
179
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Disul
Sodium 2-( 2,4-dichlorophenoxy) ethyl
sulfate
136- 78- 7
1
DCNA
2,6- Dichloro- 4- nitroaniline
99- 30- 9
1
1929- 86- 8
1
Potassium 2-( 2- methyl-4-chlorophenoxy) propionate
MCPP, Sal de
dietanolamina
Diethanolamine 2-( 2- methyl- 4chlorophenoxy) propionate
1432- 14- 0
1
MCPP, IOE
Isooctyl 2-( 2- methyl- 4- chlorophenoxy)
propionate
28473- 03- 2
1
Dicapton
O-( 2- chloro- 4- nitrophenyl) O, Odimethyl phosphorothioate
2463- 84- 5
1
Tricloroacetato de
monurón
3-( 4- chlorophenyl)- 1,1- dimethylurea
trichloroacetate
140- 41- 0
1
Diurón
3-( 3,4- dichlorophenyl)
- 1,1- dimethylurea
330- 54- 1
1
Linurón
3-( 3,4- dichlorophenyl)- 1- methoxy- 1methylurea
3-( p- bromophenyl)- 1- methoxy- 1methylurea
O, O- Dimethyl O- p- nitrophenyl
phosphorothioate
330- 55- 2
1
3060- 89- 7
1
298- 00- 0
1
97- 23- 4
1
10254- 48- 5
1
1,2,4,5- Tetrachloro- 3- nitrobenzene
117- 18- 0
1
O, O- diethyl O- p- nitrophenyl
phosphorothioate
56- 38- 2
1
Metobromurón
Metil paratión
Diclorofeno
Sodium 2,2'- methylenebis( 4chlorophenate)
Diclorofeno,
sal de sodio
Sodium 2,2'- methylenebis
( 4- chlorophenate)
Etil paratión
Continúa
180
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Carbofenotión
S-((( p- chlorophenyl) thio) methyl) O,
O- diethyl phosphorodithioate
786- 19- 6
1
Ronnel
O, O- dimethyl O-( 2,4,5trichlorophenyl) phosphorothioate
229- 84- 3
1
Mitin FF
Sodium 5- chloro- 2-( 4- chloro- 2-
3567- 25- 7
1
Orthodichlorobenzene
95- 50- 1
1
Paradichlorobenzene
106- 46- 7
1
2- Benzyl- 4- chlorophenol
120- 32- 1
1
18128- 16- 0
not available
1
1
4- Chloro- 2- phenylphenol,
potassium salt
53404- 21
1
6- Chloro- 2- phenylphenol
18128- 17- 1
1
6- Chloro- 2- phenylphenol,
potassium salt
18128- 17- 1
1
4- Chloro- 2- phenylphenol, sodium salt
10605- 10- 4
1
6- Chloro- 2- phenylphenol, sodium salt
10605- 11- 5
1
4 and 6- Chloro- 2- phenylphenol,
diethanolamine salt
53537- 63- 6
1
2- Chloro- 4- phenylphenol, sodium salt
31366- 97- 9
1
2,2'- Thiobis( 4- chloro- 6- methylphenol)
4418- 66- 0
1
( 3-( 3,4- dichlorophenyl) ureido) phenoxy) benzenesulfonate
Clorofeno
Potassium 2- benzyl- 4- chlorophenate
4- Chloro- 2- phenylphenol
Fenticloro
Continúa
181
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Fenticloro
2,2'- Thiobis( 4- chlorophenol)] 5
53404- 20- 9
1
4- Chloro- 2- cyclopentylphenol,
potassium salt of
35471- 38- 6
1
4- Chloro- 2- cyclopentylphenol,
53404- 20- 9
1
3691- 35- 8
1
sodium salt
Clorofacinona
ADBAC
Alkyl* dimethyl benzyl ammonium chloride *( 50% C14, 40% C12, 10% C16)
68424- 85- 1
1
ADBAC
Alkyl* dimethyl 3,4- dichlorobenzyl
ammonium chloride *( 61% C12, 23%
C14, 11% C16, 5% C18)
2- Aminoethanol salt of 2', 5- dichloro4'- nitrosalicylanilide
not available
1
1420- 04- 8
1
5- Chlorosalicylanilide
4638- 48- 6
1
2- Methyl- 4- isothiazolin- 3- one
not available
1
Niclosamida
Tetradifón
4- chlorophenyl 2,4,5- trichlorophenyl
sulfone
116- 29- 0
1
Cloranil
tetrachloro- p- benzoquinone
118- 75- 2
1
Anilazina
6- Chlorothymol
2,4- Dichloro- 6-( o- chloroanilino)
- s- triazine
89- 68- 9
101- 05- 3
1
1
Clorotalonil
Fenac, Clorfenac
Tetrachloroisophthalonitrile
Sodium 2,3,6- Trichlorophenylacetate
1897- 45- 6
2439- 00- 1
1
1
470- 90- 6
1
1757- 18- 2
1
88- 04- 0
1
Clorfenvinfós
PCMX
O-( 2- Chloro- 1-( 2,5- dichlorophenyl)
vinyl) O, O- diethyl phosphorothioate
4- Chloro- 3,5- xylenol
Continúa
182
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Piperalín
3-( 2- Methylpiperidino) propyl 3,4-
3478- 94- 2
1
not available
1
20018- 12- 6
1
21087- 64- 9
1
dichlorobenzoate
Fenamifós
p- Chlorophenyl diiodomethyl sulfone
Metribuzín
Bifenox
methyl 5-( 2,4- dichlorophenoxy)- 2nitrobenzoate
42576- 02- 3
1
Metazol
2-( 3,4- dichlorophenyl)- 4- methyl1,2,4- oxadiazolidine- 3,5- dione
20354- 26- 1
1
Diflubenzurón
N-((( 4- chlorophenyl) amino) carbonyl)2,6- difluorobenzamide
35367- 38- 5
1
Oxadiazón
2-Tert- butyl- 4-( 2,4- dichloro- 5- isopropoxyphenyl)- delta 2 -1,3,4- oxadiazoline- 5- one]
19666- 30- 9
1
51630- 58- 1
1
69409- 94- 5
1
Fenvalerato
Fluvalinato
N- 2- Chloro- 4- trifluoromethyl) phenylDL- valine (+-)- cyano( 3- phenoxyphenyl) methyl ester
Iprodiona
3-( 3,5- Dichlorophenyl)- N( 1- methylethyl)- 2,4- dioxo- 1imidazolidinecarboxamide (9CA)
36734- 19- 7
1
Triadimefón
1-( 4- Chlorophenoxy)-3,3-dimethyl-1-(
1H-1,2,4-triazol-1-yl)- 2- butanone
43121- 43- 3
1
Diclofop-metil
Methyl 2-( 4-( 2,4- dichlorophenoxy)
phenoxy) propanoate
51338- 27- 3
1
Profenofós
O-( 4- Bromo- 2- chlorophenyl)- O- ethyl
S- propyl phosphorothioate
41198- 08- 7
1
Continúa
183
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Oxifluorfén
2- chloro- 1-( 3- ethoxy- 4- nitrophenoxy)- 4-( trifluoromethyl) benzene
42874- 03- 3
1
Imazalil
1-( 2-( 2,4- Dichlorophenyl)- 2-( 2-
35554- 44- 0
1
63333- 35- 7
1
propenyloxy) ethyl)- 1H- imidazole
Brometalina
N- Methyl- 2,4- dinitro- n-( 2,4,6- tribromophenyl)- 6(trifuloromethyl) benzenamine
Vinclozolín
3-( 3,5- Dichlorophenyl)- 5- ethenyl- 5methyl- 2,4- oxazolidinedione (9CA)
not available
1
Fenridazón
Potassium 1-( p- chlorophenyl)- 1,4dihydro- 6- methyl- 4- oxo- pyridazine3- carboxylate
83588- 43- 6
1
Tridifano
2-( 3,5- Dichlorophenyl)- 2-( 2,2,2trichloroethyl) oxirane
58138- 08- 2
1
76738- 62- 0
78- 70- 6
1
1
[a-( 2- chlorophenyl)- a-( 4chlorophenyl)- 5- pyrimidinemethanol]
60168- 88- 9
1
Dicamba,
dimetilamina
[3,6- dichloro- o- anisic acid]
2300- 66- 5
1
Dicamba,
dietanolamina
[3,6- dichloro- 2- anisic acid]
25059- 78- 3
1
2,4-D
2,4- Dichlorophenoxyacetic acid
94- 75- 7
1
Lithium 2,4- dichlorophenoxyacetate
3766- 27- 6
1
Potassium 2,4- dichlorophenoxyacetate
14214- 89- 2
1
Sodium 2,4- dichlorophenoxyacetate
2702- 72- 9
1
Ammonium 2,4- dichlorophenoxyacetate
2307- 55- 3
1
Paclobutrazol
Linalool
Continúa
184
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Alkanol* amine 2,4- dichlorophenoxyacetate *( salts of the ethanol and
ispropanol series)
Alkyl* amine 2,4- dichlorophenoxyac-
not available
1
2212- 54- 6
1
28685- 18- 9
1
etate *( 100% C12)
Alkyl* amine 2,4- dichlorophenoxyacetate *( 100% C14)
Diethanolamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
5742- 19- 8
1
Diethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
20940- 37- 8
1
Dimethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
2008- 39- 1
1
N, N- Dimethyloleylamine 2,4dichlorophenoxyacetate
53535- 36- 7
1
Ethanolamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
Heptylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
3599- 58- 4
37102- 63- 9
1
1
Isopropanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate
6365- 72- 6
1
Isopropylamine 2,4dichlorophenoxyacetate
5742- 17- 6
1
Morpholine 2,4- dichlorophenoxyacetate
6365- 73- 7
1
N- Oleyl- 1,3- propylenediamine 2,4dichlorophenoxyacetate
2212- 59- 1
1
Octylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
2212- 53- 5
1
Triethanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate
2569- 01- 9
1
Triethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate
2646- 78- 8
1
Triisopropanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate
N, N- Dimethyl oleyl- linoleyl amine 2,4dichlorophenoxyacetate
32341- 80- 3
1
55256- 32- 1
1
Continúa
185
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Butoxyethoxypropyl 2,4- dichlorophenoxyacetate
1928- 57- 0
1
Butoxyethyl 2,4- dichlorophenoxyacetate
1929- 73- 3
1
Butoxypropyl 2,4- dichlorophenoxyacetate
1928- 45- 6
1
Butyl 2,4- dichlorophenoxyacetate
1713- 15- 1
1
Isobutyl 2,4- dichlorophenoxyacetate
1713- 15- 1
1
Isooctyl( 2- ethylhexyl) 2,4dichlorophenoxyacetate
1928- 43- 4
1
Isooctyl( 2- ethyl- 4- methylpentyl) 2,4dichlorophenoxyacetate
25168- 26- 7
1
94- 11- 1
1
1320- 18- 9
1
94- 82- 6
1
Sodium 4-( 2,4- dichlorophenoxy)
butyrate
Dimethylamine
4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate
10433- 59- 7
1
2758- 42- 1
1
Butoxyethanol
4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate
32357- 46- 3
Butyl 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate
Isooctyl 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate
6753- 24- 8
1320- 15- 6
1
1
2-( 2,4- Dichlorophenoxy) propionic acid
(Dichlorprop, 2,4-DP)
120- 36- 5
1
53404- 32- 3
1
Isooctyl( 2- octyl) 2,4dichlorophenoxyacetate
Propylene glycol butyl ether 2,4dichlorophenoxyacetate
4-( 2,4- Dichlorophenoxy) butyric acid
Dimethylamine 2-( 2,4- dichlorophenoxy) propionate
Continúa
186
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Butoxyethyl 2-( 2,4- dichlorophenoxy)
propionate
53404- 31- 2
1
Isooctyl 2-( 2,4- dichlorophenoxy)
propionate
28631- 35- 8
1
[2-( 2- Methyl- 4- chlorophenoxy)
propionic acid]
7085- 19- 0
1
Dimethylamine 2-( 2- methyl- 4-
32351- 70- 5
1
1689- 84- 5
1
Hexaclorofeno
2,2'- Methylenebis( 3,4,6- trichlorophenol)
Hexaclorofeno, sal Monosodium 2,2'- methylenebis( 3,4,6de sodio
trichlorophenate)
70- 30- 4
5736- 15- 2
1
1
Hexaclorofeno, sal Potassium 2,2'- methylenebis( 3,4,6de potasio
trichlorophenate)
Irgasán
5- Chloro- 2-( 2,4- dichlorophenoxy) phenol
67923- 62- 0
1
3380- 34- 5
1
Tetrachlorophenols
25167- 83- 3
1
Tetrachlorophenols, sodium salt
Tetrachlorophenols, alkyl* amine salt*
( as in fatty acids of coconut oil)
25567- 55- 9
not available
1
1
Tetrachlorophenols, potassium salt
53535- 27- 6
1
Disodium 2,2'- thiobis( 4,6dichlorophenate)
2,4,6- Trichlorophenol
6385- 58- 6
1
88- 06- 2
1
Potassium 2,4,6- trichlorophenate
2591- 21- 1
1
2,4,6- Trichlorophenol, sodium salt
3784- 03- 0
1
92- 84- 2
1
MCPP, DMA
chlorophenoxy) propionate
Bromoxinil
Bitionolato sódico
Fenoclor
Fenotiazina
3,5- Dibromo- 4- hydroxybenzonitrile
Continúa
187
Nombre común
Plaguicida
Chemical Abstract
Fuente
Service Number
Dactal-DCPA
Endosulfán
Dimethyl tetrachloroterephthalate
Hexachlorohexahydromethano- 2,4,3-
1861- 32- 1
115- 29- 7
1
1
benzodioxathiepin- 3- oxide
Silvex
2-( 2,4,5-Trichlorophenoxy) propionic acid
93- 72- 1
1
Tetraclorvinfós
2- Chloro- 1-( 2,4,5- trichlorophenyl) vinyl
961- 11- 5
1
69462- 14- 2
1
dimethyl phosphate
Edolan
2,4-DB
2,4,5-T
Sodium 1,4', 5'- trichloro- 2'-( 2,4,5trichlorophenoxy)
methanesulfonanilide
4-(2,4-Dichlorophenoxy)butanoic acid and
its salts
2
2,4,5-Trichlorophenoxyacetic acid, its
esters and salts
2
Dimethyl-(2,3,5,6-tetrachloro-1,4-benzodicarbonate)
2
MCPA
4-Chloro-2-methylphenoxy acetic acid
2
Cloroneb
1,4-Dichloro-2,5-dimethoxybenzene
2
Erbon
2(2,4,5-Trichlorophenoxy)-ethyl-2,2,dichloropropionate
2
Daconil
1,3-dicyano-2,4,5,6-tetrachlorobenzene
2
Fuentes: 1. U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in
the United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998.
2. Bretthauer, E., Kraus, H., di Domenico, A. 1991. Dioxin Perspectives: A Pilot Study on
International Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York: Plenum Press.
Tomado de: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP
Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan
releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148
188
Anexo 4
Sustancias químicas de las que se sabe o se sospecha que durante su producción
generan dioxinas y furanos
Producto químico
Referencia
Se sabe que las dioxinas son subproductos de su fabricación:
Cloro
1
Hipoclorito de sodio (blanqueador)
Dicloroetileno
2
(1,2-dicloroetano; monómero de cloruro de vinilo)
Epiclorohidrina
3
4
Tricloroetileno
Percloroetileno (tetracloroetileno)
Hexaclorobutadieno
Clorobencenos
Diclorobenceno
Triclorobenceno
1,2,4,5-Tetraclorobenceno
Pentaclorobenceno
Hexaclorobenceno
5
Clorofenoles
2,4,5-Triclorofenol
2,4,5-Triclorofenol, sal de sodio
2,4,6-Triclorofenol
2,4,6-Triclorofenol, sal de sodio
2,3,4,6-Tetraclorofenol
2,3,4,6-Tetraclorofenol, sal de sodio
Pentaclorofenol
Bifenilos policlorados (PCBs)
4-Clorotolueno
Cloranil (2,3,5,6-tetracloro-2,5-ciclohexadieno-1,4-diona)
Tintes de dioxazina (Direct Blue 106,
Direct Blue 108, y Violet 23)
Tinte de Ni-ftalocianina
Tintas de imprenta (no identificadas)
Cloruros metálicos
Cloruro de aluminio
Cloruro férrico
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Cloruro cuproso
Cloruro cúprico
Continúa
189
Alta probabilicad de que se formen dioxinas durante su fabricación:
Clorofenoles
o-Clorofenol
21
2,3-Diclorofenol
2,4-Diclorofenol
2,5-Diclorofenol
2,6-Diclorofenol
3,4-Diclorofenol
4-Cloro resorcinol
4-Bromo-2,5-Diclorofenol
2-Cloro-4-fluorofenol
2-Cloro-4-fenilfenol
Cloro-hidroquinona
2-Cloro-1,4-dietoxi -5-nitrobenceno
5-Cloro-2,4-dimetoxianilina
3,5-Acido diclorosalicílico
Posible o probable formación de dioxinas durante su fabricación
Clorobencenos
o-Diclorobenceno
22
1,2,4-Triclorobenceno
1,2,4,5-Tetraclorobenceno
Hexaclorobenceno
o-Clorofluorobenceno
3-Cloro-4-fluoronitrobenceno
Cloropentafluorobenceno
1,2-Dicloro-4-nitrobenceno
Clorofenoles
3-Cloro-4-fluorofenol
23
4-Cloro-2-nitrofenol
o-Bencil-p-clorofenol
24
2,3,6-Acido triclorobenzoico
2,3,6-Acido triclorofenilacético, sal de sodio
3,4-Dicloroanilina
25
3,4-Diclorobenzaldehído
26
3,4-Diclorobenzotricloruro
3,4-Diclorobenzotrifluoruro
3,4-Diclorofenilisocianato
Pentaclorociclohexano
Pentacloroanilina
Pentabromoclorociclohexano
Anídrido tetracloroftálico
Continúa
190
*Fenol (a partir del clorobenceno)
*1,2-Acido dihidroxibenceno-3,5-disulfónico, sal disódica
*2,5- Acido dihidroxibencenosulfónico
*2,5-Acido dihidroxibencenosulfónico, sal de potasio
*2,4-Dinitrofenol
*2,4-Dinitrofenoxietanol
*3,5-Acido dinitrosalicílico
*o-Nitroanisol
*2-Nitro-p-cresol
*o-Nitrofenol
*2,4,6-Trinitroresorcinol
*Acido fumárico
*Acido maleico
*Anhídrido maleico
*o-Fenetidina
*Eter fenílico
*Anhídrido ftálico
*Acido pícrico
*Picrato de sodio
27
*Sustancias químicas no cloradas producidas mediante procesos que incluyen
productos químicos clorados.
Fuente: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International. Comments on UNEP
Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan
releases” UNEP/POPS/INC.
Referencias
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363- 366.
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and dibenzofurans in commercial detergents and related products. Chemosphere 21: 43-50.
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Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial
processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot
Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New
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U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the
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United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998
Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly
chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off.
Anal. Chem. 55: 85-92.
9
Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly
chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off.
Anal. Chem. 55: 85-92.
10 Rappe, C., Gara, A., Buser, H. 1978. Identification of polychlorinated dibenzofurans
(PCDFs) I commercial chlorophenol formulations. Chemosphere 12: 981-991.
11 Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly
chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off.
Anal. Chem. 55: 85-92.
12 Rappe, C., Gara, A., Buser, H. 1978. Identification of polychlorinated dibenzofurans
(PCDFs) I commercial chlorophenol formulations. Chemosphere 12: 981-991.
13 Pentachlorophenol Task Force. 1997. Letter from John Wilkinson (Pentachlorophenol Task
Force to Matthew Lorber (U.S. EPA/ORD/NCEA). February 7, 1997. In: U.S. Environmental
Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the United States.
EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998.
14 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial
processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot
Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New
York, N.Y.: Plenum Press.
15 Bretthauer, E., Kraus, H., di Domenico, A. 1991. Dioxin Perspectives: A Pilot Study on
International Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York: Plenum Press.
16 Remmers, J., Dupuy, A., McDaniel, D., Harless, R., Steele, D. 1992. Polychlorinated
dibenzo-p-dioxin and dibenzofuran contamination in chloranil and carbazole violet.
Chemosphere 25: 1505-1508.
17 Williams, D., LeBel, G., Benoit, F. 1992. Polychlorodibenzodioxins and
polychlorodibenzofurans in dioxazine dyes and pigments. Chemosphere 24: 169-180.
18 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial
processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot
Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New
York, N.Y.: Plenum Press.
19 Santl, H., Gruber, L., Stohrer, E. 1994. Some new sources of polychlorinated dibenzodioxins
(PCDDs) and dibenzofurans (PCDFs) in waste papers and recycled pulps. Chemosphere 29:
1995-2003.
192
20 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial
processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot
Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New
York, N.Y.: Plenum Press.
21 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
22 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
23 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
24 Anonymous. 1985. Pesticides `Possibly Contaminated with Dioxins” List Compiled in OPP,”
Pesticide and Toxic Chemical News, pp. 34-38, February 20, 1985.
25 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
26 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
27 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.:
U.S. Environmental Protection Agency.
193
194
GLOSARIO
GLOSARIO
PÁGINAS ELECTRÓNICAS/
NOTAS
INDICE
PRIMER
CAPÍTULO
SEGUNDO
CAPÍTULO
TERCER
CAPÍTULO
CUARTO
CAPÍTULO
QUINTO
CAPÍTULO
ANEXOS
GLOSARIO
GLOSARIO
Bioacumulación
Es el proceso por el cual una sustancia se acumula en los tejidos de los organismos vivos con el tiempo. Cuando se ingieren alimentos contaminados con
COP es muy difícil que el organismo los degrade o excrete, por lo que se van
acumulando con los años.
Biomagnificación
Es el proceso de aumento de la concentración de sustancias tóxicas en el
organismo que se incrementa en los eslabones más altos de las cadenas alimentarias o niveles tróficos.
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP)
Son sustancias químicas que tienen las siguientes características; son tóxicas
en pequeñas cantidades, provocando un amplio rango de efectos dañinos irreversibles a la salud; permanecen mucho tiempo en el ambiente; a menudo se
acumulan y biomagnifican en los organismos vivos; y se pueden desplazar a
grandes distancias. Por estas características se encuentran en los tejidos de los
seres humanos y la vida silvestre alrededor del mundo.
Congénere
Se refiere a las diversas variaciones o configuraciones, en número y posición,
de un grupo de compuestos con la misma estructura química. Por ejemplo, los
PCB se presentan en 209 diferentes formas ó congéneres. Cada congénere
tiene dos o más átomos de cloro localizados en sitios específicos en la molécula de PCB.
Dioxinas
Es el nombre corto de una clase de 75 sustancias químicas llamadas policloro
dibenzo-para-dioxinas, de las cuales 7 son altamente tóxicas, siendo la más
portente la 2,3,7,8 tetraclorodibenzo-para-dioxina, abreviada como TCDD.
Las dioxinas no se producen como productos comerciales sino se generan de
manera no voluntaria con la combustión de compuestos clorados y diversos
procesos industriales. Cuando se hace referencia a las dioxinas y compuestos
de toxicidad similar se incluye también a los furanos y PCB. Las dioxinas y
compuestos de toxicidad pueden causar cáncer en humanos y han sido relacionados con una amplia variedad de enfermedades al ser disruptores
endocrinos y afectar el desarrollo de la inteligencia, sistema inmunológico y
efectos reproductivos, entre otros.
Disruptores endocrinos
Se denomina a las sustancias químicas que imitan o bloquean a las hormonas
en los receptores celulares. Las hormonas son mensajeros químicos que son
196
segregadas por las glándulas endocrinas (tiroides, testículos, suprarenal,
entre otras) en la sangre y se dirigen a receptores celulares muy sutiles y precisos. La disrupción endocrina puede llevar a serios problemas reproductivos,
trastornos del sistema nervioso, depresión de sistema inmunológico y cambios en la conducta sexual. La mayoría de los COP del Convenio de Estocolmo
son disruptores endocrinos.
Furanos
Es el nombre corto de un grupo de 135 sustancias llamadas policloro dibenzofuranos (PCDF), de las cuales 10 de ellas presentan una toxicidad similar a
las dioxinas, ver dioxinas.
Lípido
Es una molécula biológica que no se disuelve en agua. Un lípido es generalmente conocido como una sustancia grasosa o grasa. Se denomina a una sustancia como “liposoluble” cuando se disuelve más fácilmente en grasas que en
agua, por lo que tienden a acumularse en los organismos; los COP son
generalmente liposolubles (ver bioacumulación).
Orgánica
Se denominan sustancias químicas orgánicas a las que contienen átomos de
carbono e hidrógeno en su estructura molecular. Uno o más de los átomos de
hidrógeno en la estructura química puede ser reemplazado por otros elementos como cloro, oxígeno, nitrógeno o metales varios.
Organoclorado
Es cualquier sustancia química orgánica que contiene átomos de cloro en su
molécula.
Organohalógeno
Es una sustancia química orgánica que contiene átomos halógenos en su
molécula. El halógeno es un tipo de elemento químico no metal que incluye
al cloro, bromo, yodo, fluor y astato.
PCB ó policlorobifenilos (polychlorinated byphenils)
Son una familia de 209 congéneres de estructura química similar, de los
cuales 13 presentan una toxicidad similar a las dioxina TCDD. Son productos
industriales que fueron usados como aceites aislantes, principalmente en
transformadores y otros equipos eléctricos. Aunque con frecuencia se traduce
erróneamente a los PCB como bifenilos policlorados, no es el nombre químico correcto, por lo que en este libro optamos por seguir las especificaciones
197
de la Unión Internacional de la Química Pura y Aplicada (IUPAC) según
recomienda la Dra. Lilia A. Albert, Introducción a la Toxicología Ambiental,
ECO,OPS, OMS, Gobierno del Edo. de México, México 199,7 p. 333
PCDD
Policloro dibenzo-para-dioxinas (polychlorinated dibenzo-p-dioxin),
ver dioxinas.
PCDF
Policloro dibenzofuranos (polychlorinated dibenzofuran), ver furanos.
TCDD ó tetraclorodibenzo-p-dioxina
La 2,3,7,8 Tetraclorodibenzo-p-dioxina (TCDD) es una variación ó congénere
de las dioxinas, con 4 átomos de cloro en cada molécula. La TCDD es la
dioxina más tóxica y sirve de referencia para comparar la toxicidad de otros
congéneres y sustancias similares.
TEF ó Factor de Equivalencia
de Toxicidad (Toxic Equivalency Factor)
Es un índice numérico que es usado para comparar la toxicidad de los distintos congéneres de las dioxinas y sustancias similares. La dioxina más
potente, la TCDD se usa como referencia, y le es asignado el valor de 1 TEF.
A las sustancias de toxicidad similar a las dioxinas se les asigna un valor fraccionado de TEF. Por ejemplo, una sustancia con un valor de 0.5 TEF tiene la
mitad de la toxicidad que la TCDD.
TEQ ó Equivalencia de toxicidad (Toxic Equivalence)
Es la medida de toxicidad similar a la dioxina en una mezcla compleja de sustancias similares a la dioxina. La TEQ se calcula primero midiendo la cantidad de cada congénere o sustancia presente en la muestra. La cantidad medida es multiplicada por el Factor de Equivalencia de Toxicidad (TEF) de cada
congénere o sustancia y los resultados se suman. La suma se expresa como
cantidad de TEQ. Esta cantidad es una aproximación general de la cantidad
de 2,3,7,8 TCDD que podría presentar la misma toxicidad similar a la dioxina. La medida es sólo una aproximación porque los TEF no son precisos. Las
mezclas no siempre presentan la misma toxicidad que la suma de sus partes,
y no siempre se miden todas las sustancias similares a las dioxinas presentes
en las mezclas.
198
Vida media
Se refiere al tiempo necesario para que se degrade la mitad de la sustancia
analizada en un sustrato específico, sea agua, suelo o sedimentos. Por ejemplo, cuando se dice que el DDT tiene una vida media mayor de 15 años en el
suelo, significa que en ese período permanecerá la mitad del total de la sustancia; en el doble del tiempo, a los 30 años, permanecerá el 25%: y en el
triple del tiempo, a los 45 años, permanecerá aún el 12.25% del DDT en el
suelo.
Fuente: adaptado de The Greenpeace Guide to Persistent Organic Pollutants; Fernando Bejarano
Amenaza Global, Cuaderno Ciudadano sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. México,
RAPAM, 2000.
199
Páginas electrónicas
Convenios internacionales:
Convenio de Aarhus (Convención sobre el Acceso a la Información, la
Participación Pública en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en
Asuntos Ambientales). Comisión Económica Europea de las Naciones
Unidas.
http://www.unece.org/env/pp/welcome.html
Convenio de Basilea sobre el Movimiento Transfronterizo de Desechos
Peligrosos
http://www.basel.int
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP)
http://www.pops.int
Convenio de Estocolmo, Planes Nacionales de Aplicación aprobados por el
GEF
http://gefonline.org/home.cfm
Convenio de Rótterdam
http://www.pic.int
Organismos internacionales
Africa Stockpiles Program
http://www.africastockpiles.org
Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA)
Ver planes de manejo regional para Estados Unidos, Canadá y México sobre
DDT, PCB, dioxinas y furanos
http://www.cec.org
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación,
(FAO).
Guías para la eliminación de plaguicidas en desuso en los países en
desarrollo:
http://www.fao.org/WAICENT/FAOINFO/AGRICULT/AGP/AGPP/Pesticid/Di
sposal/default.htm
202
Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF)
http://www.unep.org/gef
Foro Intergubernamental de Seguridad Química (IFCS)
http://www.ifcs.ch
Global Harmonized System (GHS) Sistema de Armonización Global de
Etiquetado y Clasificación de Sustancias Químicas
http://unece.org/trans/dabger/publi/ghs.html
ONUDI, Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial.
http://www.unido.org
ONUDI, Centros de Producción más Limpia
http://www.unido.org/cp
PNUMA. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. División
de Productos Químicos, Información sobre COP. Inventarios de Liberaciones
de Dioxinas y Furanos
http://www.chem.unep.ch/pops
Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Unión Europea.
Contiene los inventarios de emisiones en 16 países de Europa
http://www.eper.cec.eu.int/eper/
(SAICM) Informe de la primera reunión de las Naciones Unidas para discutir el Enfoque Estratégico Internacional para el Manejo de Sustancias
Químicas
http://www.chem.unep.ch/saicm/
UNITAR. Instituto para la Formación Profesional e Investigaciones de la
Naciones Unidas
http://www.unitar.org
UNDP, Programa para el Desarrollo de las Naciones Unidas
http://www.undp.org
203
Organizaciones ambientalistas y de protección a la salud
relacionadas con los COP
Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA)
http://www.no-burn.org
Basel Action Network.
Organización ciudadana que monitorea al Convenio de Basilea
http://www.ban.org
Carga corporal de sustancias químicas tóxicas (Chemical Body Burden)
http://www.chemicalbodyburden.org
Center for Health, Environment and Justice (CHEJ).
Cuenta con la campaña “Be Safe” para prevenir la contaminación
http://www.chej.org
CHEJ. El reporte popular sobre dioxinas incluido el docmento técnico se
puede bajar gratuitamente de http://www.safealternatives.org/peoplesreport.html
Clean Production Action.
Grupo que promueve la Producción Limpia. La página explica en términos
sencillos sus componentes y ofrece ejemplos de política pública y las empresas que la aplican.
http://www.cleanproduction.org
Grassroots Recycling Network, USA. (Red Comunitaria de Reciclaje)
Ha producido una “Guía Ciudadana para Basura Cero” desde la experiencia
en Estados Unidos y Canadá.
http://www.grrn.org/zerowaste/community
Greenpeace Internacional
http://www.greenpeace.org
Greenpeace, Estados Unidos
Ver reportes sobre dioxinas, PVC, incineración.
http://www.greenpeace.org/-usa
204
Greenpeace Argentina
Cuenta con informes sobre impactos incineración y rellenos sanitarios
http://greenpeace.org.ar/
Greenpeace México
www.greenpeace.org.mx
Health Care Without Harm (HCWH), Atención a la Salud sin Daño.
Manejo de residuos médicos y alternativas a la incineración
http://www.no-harm.org
Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS)
Fundación autónoma promovida por la Confederación Sindical de
Comisiones Obreras, en España. Cuenta con cursos y folletos sobre PCB, disruptores endocrinos y aplicación del principio precautorio.
http://www.istas.ccoo.es
Lowell Center for Sustainable Production, (Centro Lowell para la
Producción Sostenible)
http://www.sustainableproduction.org y www.chemicalspolicy.org
Nuestro Futuro Robado.
Información sobre disruptores endocrinos
http://www.ourstolenfuture.org
Pesticide Action Network.
http://pan-international.org Contine los enlaces a los diversos centros
regionales de la Red de Acci’on en Plaguicidas
Pesticide Action Network in North America (PANNA)
Base de datos sobre plaguicidas
http://www.pesticideinfo.org
Red de Acción sobre Plaguicidas y sus Alternativas en América Latina (RAPAL)
http://www.rap-al.org
205
Red Internacional de Eliminación de los contaminantes Orgánicos
Persistentes (IPEN) (International Pops Elimination Network)
http://www.ipen.org
IPEN Community Monitoring Handbook, (Manual comunitario de Vigilancia
de la Carga Corporal)
http://www.oztoxics.org/cmwg/index.html
World Wildlife Fund, Fondo Mundial para la Vida Silvestre
Toxic Chemicals Program
http:// www.worldwildlife.org/toxics
206
NOTAS
NOTAS CAPITULO 1
1
Ver de Linda Lear, Rachel Carson, Witness for Nature, New York, USA, Henry Holt and
Company Inc. Fisr Owl Books 1998. pp. 428-456, y H Patricia Hynes The Recurring Silent
Spring, New York, The Athene Series, Pergamon Press 1989, pp. 115-139; y Christopher J.
Bosso Pesticides &Politics. The life Cycle of a Public Issue. University of Pitsburg Press, USA
1987, pp 115-120. Bruce Harrison, quien coordinó la campaña contra Rachel Carson, fundó
en 1973 su propia empresa de relaciones públicas, la “E. Bruce Harrison Company”, que
cuenta hoy con oficinas en Dallas, Austin , Nueva York y Bruselas, y da servicios a 80 de las
corporaciones más grandes del mundo. Es autor de libros clásicos en las estrategias verdes
de la industria de relaciones públicas. John Stauber y Sheldon Rampton op. cit, 1995, p.125.
2
3
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5
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7
8
9
10
11
208
David Weir y Mark Schapiro El Círculo de Veneno. Los plaguicidas y el hombre en un mundo
hambriento. México, Ed. Terra Nova, 1982. p. 20, Traducción del inglés de 1981 del
original publicado por el Institute for Food and Development Policy, USA
Sandra Marquardt, Laura Glassman y Elizabeth Sheldon Never-registered pesticides: Five
cases studies of pesticides manufactured by Dow Elanco, FMC Corp. Miles Inc y Monsanto
Agricultural Co. A Greenpeace Report. Washington, D.C., Februry 1992.
Carl Smith, David Root, MD, MPH “The export of pesticides: shipments from U.S. ports,
1995-1996” en International Journal of occupational and environmental health, 1999
Hanley & Belfus Inc. Philadelphia, PA
La lista de la Docena Sucia incluía originalmente al toxafeno (canfecloro), clordano y heptacloro, clordimeform, DBCP, DDT, los “drines” (aldrín, dieldrín, endrín), EDB, HCH y lindano, paraquat, paratión etílico y metílico, pentaclorofenol y 2,4,5-T. En 1986 se añadió
Aldicarb (Temik), lo que suma 18 productos agrupados en 13 grupos. Para mayor
información sobre el Pesticide Action Network ver www.pan.org
Kristine Schafer, Susan E. Kegley y Sharyle Patton, Nowhere to Hide Persistent Toxic
Chemicals in the US Food Supply. USA, Pesticide Action Network, Commonweal, March 2001.
Joe Thornton “Adding insult to injury: disposal of obsolete pesticides in Africa”. Dirty Dozen
Campaigner, PAN, June 1990 p.1 y 2; y WWF y PAN UK. Disposing of obsolete stockpiles,
UNEP Global Pops Treaty- INC 4 Bonn, March 2000; Greenpeace Pops in Africa, Hazardous
waste trade 1980-2000 obsolete pesticides stockpiles. A Greenpeace Inventory. Second
Edition. May 22, 2001 Sobre el Programa de Existencias Obsoletas de Africa ver
www.africastockpiles.org
Ruth Stringer y Paul Johnston, Chlorine and the environment. An Overview of the Chlorine
Industry. Dordrecht/ Boston/London. Kluwer Acedemic Publishers, pp 277-284.
Ruth Stringer y Paul Johnston , op, cit, pp 280
Environmental Research Foundation, Rachel’s Hazardous Waste News, USA, Num 329.
March18, 1993 y Dr. Jacques Ehretsmann op. cit. p.34
Para la lista completa de fabricantes y el tipo de condensadores ver, Dolores Romano y
Estefanía Blount, Guía Sindical para la eliminación de PCB. Serie Disruptores endocrinos:
un nuevo riesgo tóxico. Madrid, s/f Instituto Sindical del Trabajo, Ambiente y Salud
(ISTAS), Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO) España, 2003.
12
Deborah Cadbury, The Feminization of Nature. Our Future at Risk, London, Hamish
13
Hamilton, 1977, p.71
Ruth Stringer y Paul Johnston , op, cit, pp 277-282
14
15
Deborah Cadbury, op. cit., p. 108
Rachel´s Hazardous Waste News, num. 327, USA, March 4, 1993; y op. cit., num. 329,
March 18, 1993. Que es la fuente para este párrafo. Peter Montague cita un artículo
científico de 1937 de Cecil K. Drinker and others “The Problems of Posible Systemic effects
from certain chlorinated hydrocarbons” publicado en The Journal of Industrial Hygiene and
Toxicology, Vol. 19 September 1937, pp 283-311, así como memos internos de médicos del
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
Servicio de Salud Pública de Estados Unidos y de la Westinghouse.
Ibid.
Nota de AP publicada en el New York Times, agosto 20 de 2003. Agradezco a Peter Myers
el envío de esta noticia a través de su servicio electrónico informativo.
Ruth Stringer y Paul Johnston 2001, op. cit., p.316
Joe Thornton, Pandora´s Poison. Chlorine, health and a new environmental strategy.
Cambridge, Massachusetts, London, England, MIT Press, 2000, p.270, que cita varios
estudios de Pier Alberto Bertazzi, de la Universidad de Milán
Lois Marie Gibbs and the Citizen Clearinghouse for Hazardous Waste, Dyng From Dioxin. A
Citizen´s Guide to Reclaiming our Health and Rebuilding Democracy. Boston, MA. South
End Press 1995, pp 1-11
Liane C Casten. “EPA Collusion with Industry: a very brief overview” en Dioxin: the orange
resource book. Synthesis/Regeneration, A magazine of Green Social thought, 7/8, Summer
1995. pp 78-80. El artículo es un testimonio dado a la EPA en las audiencias del 14 de
diciembre de 1994 relacionadas con la reevaluación de dioxinas, apunta la nota del editor.
Lois Marie Gibbs, op, cit., pp 1-11, y Joe Thornton, 2000, op. cit., pp. 190-193; La
referencia de la Dra Cate Jenkins se encuentra en Kiane C. Casten, op. cit. , p.79.
Jack Weinberg , et. al. Dow Brand Dioxin: Dow Makes You Poison Great Things. Greenpeace
Report, USA 1995, P.17
El 2, 4, 5 –T fue usado también de manera individual, con el nombre de Agente Rosa y más
tarde, como Agente Verde. Después que se canceló el Agente Naranja se usó el Agente
Blanco (mezcla de 2,4,D con picloram). UNEP Regionally Based Assesment of PTS, South
East Asia and South Pacific , Dec 2002, p.37.
Esta última mezcla, aunque en distintas concentraciones se usa aún en la agricultura
(Grazon P+D, Tordon RTU), en pastizales. George W. Ware. The Pesticide Book , USA
Thomson Publications, 5th edition p.122.
Las fuentes consultadas para este inciso fueron: Lois Marie Gibbs, op, cit., pp 14-20; Joe
Thornton 2000 op. cit. pp.190-194; Shirley Ivy et al., Vs Diamond Shamrock Agent Orange
Litigation. Brief and Affidavits of Dr. Cate Jenkins Ph D ( Recent Scientific Evidence
Developed After 1984 supporting a causal relationship between Dioxin and Human Heath
Effects) and ,Admiral Elmo R. Zumwalt, Jr. USA Nov. 1991, copia proporcionada por
Greenpeace USA; y el excelente artículo “Spectre Orange” de Scott Clark y Adrian Levy en
el periódico The Guardian , UK. Saturday March 29, 2003. Agradezco a Joe di Gangi el
envío de este último material.
209
26
Vietnam News 26 July, 1994. Declaraciones de Nguyen Thi Binh exvicepresidente de
Vietnam y coordinador honorario de la Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente
27
Naranja y dioxinas.
Scott Clark y Adrian Levy “Spectre Orange” The Guardian , UK. Saturday March 29, 2003
28
29
Lois Marie Gibbs, op. cit., p. 19
Shirley Ivy et al, op. cit., pp. 125-128, Lois Marie Gibbs, op. cit., Stephen Lester, M. S
30
Science Director “ The Politics of Dioxin” pp. 14-20
Nota de Joseph Verrengia, escritor de divulgación científica de la Agencia AP, 16 de abril del
31
2003. www.cantonrep.com
Art. de Tom Fawthrop Cu Chi district Vietnam. BBC News 14 junio 2004,
http://news.bbc.co.uk/go/em/fr/-/2/hi/asia-pacific/3798581.stm , y Agencia Vietnamita
de Noticias (VNA), Notas del 3 y 26 de febrero 2004, 19 y 25 de marzo 2004, 12 y 26 de
32
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40
41
42
43
210
julio del 2004, ver www.vnanet.vn
Jack Weinberg, et al, op. cit., p 17.
Para mayor detalle ver de Ruth Stringer op. cit. pp. 266-267
Arnold Schecter et al.”2,3,7,8 chlorine substitututed dioxin and dibenzofuran congeners in
2,4-D, 2,4.5-T and pentaclorofenol”, presentado en Dioxin 97, Indianapolis, Indiana,
August 25-29, 1997. Memo.
Para una revisión toxicológica y ambiental crítica del 2,4-D, ver los artículos de Caroline
Cox en Journal of Pesticide Reform, Eugene, Oregon, Spring 1999. Vol. 19, nums. 1a 3
Varios autores. America´s Choice: Children´s Health or Corporate Profit. The American
People´s Dioxin Report. Technical Support Document. November 1999, Center for Health
Environment and Justice. Falls Church, VA . “Chapter 1 Background” pp. 1-4, donde se
puede encontrar con mayor detalle la historia de las diferentes evaluaciones de las
dioxinas y los intereses que influyeron en ellas.
EPA´s Dioxin Reassessment History. Aliance for Safe Alternatives, CHEJ
www.safealternatives.org/dioreass.html 26 Julio 2004
Center for Health Environment and Justice. CHEJ E-Action Bulletin, Falls Church VA, June
2004. “Dioxin Reassessment Update” p. 4 www.chej.org
Para mayor detalle ver de Center for Health, Environment and Justice, Behind Closed
Doors. Chemical industry´s efforts to keep the thruth about dioxin, Falls Church VA, April
2003. Según este reporte una tercera parte de los miembros del Comité de Dioxinas del
Consejo Científico Asesor de la EPA recibía financiamiento de 91 empresas generadoras de
dioxinas, según datos de noviembre de 2000. op. cit., p. 4.
Joe Thornton 2000 op. cit pp. 363-364
Center for Health Environment and Justice, America´s Choice: Children´s Health or
Corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. Technical Support Document. Falls
Church, VA . November 1999. El reporte se puede bajar gratuitamente de
http://www.safealternatives.org/peoplesreport.html
Kenny Brunno, Greenpeace Inventory of Toxic Technologies, New York, USA, May 1994.
Capítulo dedicado a la Incineración
La lista completa se encuentra en la publicación Waste Not , The weekly reporter for ration
44
45
al resource management num. 283 al 294, July 1994, Canton NY.
Peter Montague, Rachel’s Hazardous Waste News num 283, USA april 29, 1992.
Ver Kenny Bruno, op. cit.; Pat Costner y Joe Thornton Playing with Fire, Hazardous Waste
Incineration. A Greenpeace Report. USA 1993, y Neil Tangri, Waste Incineration: a dying
technology. Essential Action, Global Alliance for Incineration Alternatives (GAIA) PhillipinesUSA , 2003
46
Un resumen y revisión de los estudios de salud ocupacional y epidemiológicos a los que
hace referencia este inciso se encuentra en el reporte de Michelle Allisop, Pat Costner and
Paul Johnston, Greenpeace Research Laboratories, Incineration and Human Health. State
of Knowledge of the Impacts of Waste Incinerators on Human Health. Amsterdam, 2000
47
48
Ibid.
Chlorine Chemistry Council, What are the facts about dioxins and furans? USA. s/f
49
Pat Costner, Chlorine, Combustion and Dioxins: does reducing chlorine in wastes decreas
es dioxin formation in waste incinerators?, USA. Greenpeace International,
September 10, 2001.
50 Pat Costner, op cit.
51 Joe Thornton, The PVC lifecycle: Dioxin from cradle to grave. Greenpeace Report, April
1997, y los numerosos informes escritos por Pat Costner, de la unidad científica de
Greenpeace Internacional.
52 Brenda Platt “Incineration: wasted money, wasted resources” del Institute for Self Reliance,
en GAIA campaigner bulletin. Vol. 1 num. 2, Phillipines, October- December 2001.
53 Neil Tangri, op. cit , pp.35-36. Para mayor detalle ver el reporte de Brenda Platt Institute
for Local Self Reliance y GAIA Resources up in Flames. The economic pitfalls
of incineration versus a Zero Waste Approach in the Global South. March 2003.
en www.no-burn.org
54 www.no-burn.org
55 http://www.no-harm.org
56 Ver los planteamientos de Grassroots Recycling Network www.grrn.org
57 Recomendamos visitar la página del grupo Clean Production Action para ahondar en estos
conceptos http://www.cleanproduction.org ; y los ejemplos del Programa del Instituto de
Reducción del Uso de Tóxicos de Massachussets en Estados Unidos y del Centro de
Producción Sostenible de la Universidad de Lowell ver www.sustainableproduction.org
58 Clean Production Action op. cit “Industrial Ecology”
59 Mariana Walter, revisado por Verónica Odriozola, Basta de Basura, Informe de Greenpeace
Argentina, Buenos Aires Argentina, noviembre del 2003; y carpeta informativa “Someday,
there will be no such thing as trash” Grassroots Recycling Network, www.grrn.org
60 Mariana Walter, op. cit,; Extended Producer Responsibility Clean Production / Zero Waste.
Be Safe Campaign www.besafenet.com CHEJ, VA. 2003. Ver EPR Toolkit en
http://www.cleanproduction.org y el informe Extended Producer Responsibility escrito
por Beverly Thorpe y otros autores Clean Production Action, 2004
61 Otros convenios regionales son el Convenio de Barcelona o “Convenio para la Protección
211
del Mar Mediterráneo contra la Contaminación”, adoptado en Barcelona, España, en 1976;
el Convenio de Helsinki, o Convenio para la Protección del Ambiente Marino del área del
Mar Báltico, firmado originalmente en 1974 y actualizado en 1992; y el Convenio de Lima
o Convenio para la Protección del Ambiente Marino y el Area Costera del Pacífico Sudeste,
de 1981, con protocolos subsidiarios similares en estructura al Convenio de Barcelona. Para
un resumen de ellos ver Ruth Stringer, Paul Johnston op. cit., pp. 378-380.
62
International Joint Commission. United States and Canada, Revised Great Lakes Water
Quality Agreement of 1978, as amended by Protocol signed November 18, 1987. Reprint
63
February 1994.
Seventh Biennial Report on Great Lakes Water Quality . International Joint Commission,
64
USA, Canadá, 1992 pp. 16-17
International Joint Commission, USA, Canadá, 1992, op, cit.
65
66
67
68
69
70
71
72
212
Estos son los protocolos sobre el Financiamiento a largo plazo del Programa cooperativo de
vigilancia y evaluación del trasporte de contaminantes atmosféricos a larga distancia en
Europa (EMEP); sobre la reducción de las emisiones de azufre; sobre reducciones
adicionales de estas emisiones de azufre; sobre el control de las emisiones de óxidos de
nitrógeno; sobre el control de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles; y sobre
metales pesados. John Buccini Global Pursuit of the Sound Management of Chemicals. A
report prepared for the World Bank. Washington, D.C. IBRD/ World Bank, November 2003.
pp. 29-30
Para un análisis del LRTAP ver Kirsten Hillman “International Control on Persistent Organic
Pollutants: the UN Economic Commission for Europe Convention on Long Range
Transboundary Air Pollution, and Beyond” en RECIEL. Vol. 8 Issue 2, 1999. Blackwell
Publishers. UK and MA, USA.
www.OSPAR.org
OSPAR Commission . Ministerial Meeting of the OSPAR Commission. Sintra, 22-23 July
1998. Main Results. p, 10
Ruth Stringer y Paul Johnson, op. cit., p 375- 377 .
Para mayor detalle ver de Kevin Stairs, La posición obstructiva de JUZCANZ ( Japón,
Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda) en las negociaciones ambientales
internacionales. Unidad Política de Greenpeace Internacional
Para un panorama crítico y un gran número de ejemplos de cómo actúan las empresas de
relaciones públicas y las corporaciones ver de John Stauber y Sheldon Rampton, Toxic
sludge is good for you. Lies damn lies and the public relations industry. Monroe, Maine,
Common Courage Press, 1995; y Sheldon Rampton y John Stauber Trust us, we´re experts.
How industry manipulates science and gambles with your future. Jeremy P. New York ,
Tarcher/Putnam a member of Penguin Putnam Inc., 2001. Ambos autores trabajan para el
Center for Media and Democracy www.prwatch.org
Según un estudio de Scott Cutlip el 40% del contenido de noticias de un periódico típico
en Estados Unidos se origina en los boletines de prensa de las firmas de relaciones
públicas, memos sobre historias o sugerencias de ellas. Sheldon Rampton y John Stauber
2001 op. cit., p. 23.
73
Para una crítica del maquillaje verde y el ambientalismo corporativo ver Jed Greer & Kenny
Bruno, Greenwash, the reality behind corporate environmentalism. Penang, Malasya, Third
World Network 1996; Joshua Karliner The Corporate Planet. Ecology and politics in the
age of globalization. San Francisco, Sierra Club, 1997, y Kenny Bruno & Joshua Karliner
Earth summit.biz . The corporate take over of sustainable development.USA. Food First
Books. 2002
74
75
www.worldchlorine.com
www.pops-info.org La mayor parte de estos argumentos aún pueden consultarse en esta
página web informativa sobre COP creada expresamente durante las negociaciones del
Convenio de Estocolmo en diciembre del 2000
76
Carpeta informative “ What are the facts about dioxins and furans?” Chlorine Chemistry
Council www.c3.org , y especialmente www.dioxinfacts.org
77
78
http://www.ping.be
www.greenpeace.org ver el reporte PVC-Free Future: A Review of Restrictions and PVC free
Policies Worldwide
Sheldon Rampton y John Stauber , 2001 op, cit. En relación a la Chlorine Chemistry
Council e industria del cloro ver especialmente el cap. 6 “Preventing Precaution”,
pp 120-152.
Jack Weinberg editor (Dow etc) op cit, p.6
Sheldon Rampton y John Stauber , 2001 op, cit.
Sharon Beder,Global Spin. The corporate assault on environmentalism. USA-UK Green
books & Chelsea Green Publishing Company, 1998, p.151 Sobre el “ Wise Use Movement”,
ver cap. 3 dedicado a su análisis, pp. 47-62
World Chlorine Council, The World Chlorine Council and Sustainable Development, April
2002. p. 16 www.eurochlor.org
Consejo Internacional de Asociaciones Químicas (ICCA). Nota informativa sobre los
Contaminantes Orgánicos Persistentes (POP) ICCA 2/6/98.
ver www.wbcsd.org y “ Cambiando el Rumbo. Una perspectiva global del empresariado
para el desarrollo y el medio ambiente”. México, Fondo de Cultura Económica. 1992.
Jed Greer & Kenny Bruno, 1996 op. cit., p.29
El informe de la Agenda se puede consultar en www.wbcsdcement.org/agenda.asp Las
otras áreas estratégicas identificadas además de Materias Primas y Combustibles y
Reducción de Emisiones son Protección del Clima, Seguridad y Salud del Empleado,
Impactos locales y Procesos de Negocios Internos.
Para datos actualizados ver www.croplife.org y www.africastockpiles.org
Para mayor detalles ver www.ipen.org
79
80
81
82
83
84
85
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87
88
89
NOTAS CAPITULO 2
1
Para un panorama general de los problemas causados por los disruptores endocrinos se
recomienda la lectura del libro de Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne
Dumanoski, Nuestro Futuro Robado, Madrid, España, Ed. Ecoespaña, 2001 que se ha
traducido a 16 idiomas. Ver www.ourstolenfurure.org con información actualizada sobre
el tema.
213
2
Dra. Lilia Albert Editora Introducción a la toxicología ambiental. Centro Panamericano de
Ecología Humana y Salud, Gobierno del Estado de México, Secretaría de Ecología.
Metepec, Estado de México 1997, pp. 111 y 330.
3
UNEP, IOMC, GEF, Global Report 2003. Regionally Based Assessment of Persistan
Toxic Substances, Geneva, Switzerland
4
Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski, op, cit. cap 10. Sobre la no
evidencia del umbral seguro de exposición a dioxinas, revisando los estudios de la EPA de
Estados Unidos, ver: David Mackie, Junfeng Liu, Yeong-Shang Loh, Valerie Thomas “No
Evidence of Dioxin Treshold”, Environmental Health Perspective 5730, November.
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
“What is body burden” en www.chemicalbodyburden.org
Steingraber, Sandra. Having Faith. An Ecologist´s Journey to motherhood. Cambridge ,
Massachusetts, Perseus Publishing, 2001., p.1436
Ver más información sobre estos resultados en la página electrónica del Grupo de
Monitoreo Comunitario de COPs de IPEN en http://www.edc.org . Sobre el caso de
Anniston ver Community Against Pollution Anniston, Alabama ,
http://www.communityagainstpollution.org/
Fernando Bejarano González, La Espiral del Veneno, Guía Crítica Ciudadana
sobre plaguicidas. México, RAPAM, 2002.
Ver, America´s Choice. Children´s Health or corporate Profit. The American People´s
Dioxin Report. Technical Support Document. Chapter 2 “The Chemistry and Environmental
Fate of Dioxin, Center for Health Enviroment and Justice, pp. 5-6.
America´s Choice.op. cit., p. 6 El total de TEQ es igual a la suma de la concentración del
congénere multiplicado por el Factor de Equivalencia Toxica asignado al congénere en
comparación con la TCDD, en una muestra compleja. Ver también la fórmula de William H
Farland EPA presentación Power Point
Las comparaciones fueron tomadas de Marvin Legator, Ph D. Environmental Toxicologist,
University of Texas en el art. “Surviving in a Chemical World” publicado en el Galveston
County Daily News, March 16,1996.
Ver un resumen de las fuentes de estos estudios en “What is Dioxin” en la página web de
Alliance for Safe Alternatives www. Anteriormente el Center for Health Environment and
Justice; y con mayor detalle en el reporte de CHEJ America´s Choice. Children´s Health or
Corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. USA 2000. Donde participaron en
la revisión diversos científicos.
Steingraber, Sandra, op. cit., p. 257
Ver referencias a estos estudios en Michelle Allsopp, Ruth Stringer and Paul Johnston,
Greenpeace Research Laboratories , Unseen Poisons. Levels of organochlorine chemicals in
human tissues. Exeter UK, June 1998 pp 2-3, 15-18, en los anexos
y una amplia bibliografía
Institute of Medicine, Dioxins and Dioxin like compounds in the food supply: strategies to
decrease Exposure (2003).USA. National Academy of Sciences. Executive Summary. Y
artículo de Charles W. Schmidt, “Diet and Dioxins, the need to cut back” en Environmental
Health Perspectives, vol. 12, number 1, January 2004. pp A40-A43
214
16 Presentación de Dr. Jacques Ehretsman, “Overview: polychlorinated byphenyls (PCBs)”. En
UNEP-IOMC Proceedings of the subregional workshop on identification and management of
PCBs and Dioxins and Furans, La Habana, Cuba, April 23- 26, 2001, pp 33-47. y Lilia
Albert Curso básico de toxicología ambiental. OPS-OMS México. Ed Limusa p.272
17 Estudio de Japan Offspring Fund
18 Ruth Stringer, et. al. op. cit, p. 280.
19 Ruth Stringer, et. al. op. cit., pp. 281-282
20 Steingraber, Sandra, op. cit, pp. 137-152
21 Rachel´s Hazardous Waste News num 295 July 22,1992. Environmental Research
Foundation, Editor Peter Montague. Washington, DC.
22 Deborah Cadbury, Feminization of Nature. Our Future at Risk. London, 1977, p.72
23 ibid., p. 72
24 Ted Schettler, et. al., In Harms Way: toxic threats to child development, a report by Greater
Boston Physicians for Social Responsibility, 2000, pp 78-79.
25 Dolores Romano y Estefanía Blount op, cit, p.13
26 Steingraber, Sandra op. cit., 144-149
27 Steingraber, Sandra. op. cit. 2001,p.143
28 Ted Schetler op. cit., p. 76
29 Ruth Stringer, et. al., op, cit, pp. 347 y 348; Joe Thornton 2000, op. cit., pp. 261, 266, 271273; Expediente de nominación sobre hexaclorobenceno, presentado por Canadá al Grupo
de Trabajo sobre Manejo adecuado de Sustancias Químicas, Comisión de Cooperación
Ambiental, 22 de abril de 1998, documento interno.
30 Ruth Stringer, et. al., op, cit, p 347
31 Ruth Stringer, et. al., op, cit, p. 347
32 Janine Ezendam et al. “ Toxicogenomics of subchronic Hexachlorobenzene exposure in
brown norway rats” Environmental Health Perspectives. Vol. 112, num 7, may 2004 pp.
782-791
33 Ruth Stringer, et. al. op. cit, p.347
34 Ruth Stringer, ibid.
35 CCA Expediente de Nominación del HCB, p. 8
NOTAS CAPITULO 3
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3
Para mayor detalle sobre la iniciativa Hacer Retroceder el paludismo ver www.rbm.who.int
En esta iniciativa participan además de la OMS, el Banco Mundial, UNICEF, UNDP
y donadores bilaterales
WHO, RBM News, Suiza, Issue 2, December 2000.
BAT/BEP Expert Group: Opening Remarks by John Buccini, Chairman, INC of the
Stockholm Convention on POPs. Reunión del Comité de Expertos en BAT- BEP, Chile., 11 de
marzo del 2003.
215
4
El autor participa como parte de IPEN en este grupo de expertos. El borrador de estas
Guias preparado por el grupo de expertos se puede consultar en www.pops.int
5
IPEN “Consideration of Alternatives” a key element in the BAT/BEP Expert Group’s
Recommendations to Stockholm Convention COP1. Jack Weinberg. Paper prepared for
discussion at the Second Meeting of the Stockholm Convention BAT/BAP Expert Group.
Villarica, Chile. 2003 UNEP. Guidelines on Bat and Guidance on BEP. Draft 29-07-0.,
UNEP/POP/EGB.3/2, 27 July 2004. “Section II Consideration of Alternatives in the
application of BAT”, pp 9-11
6
Ver por ejemplo, los estudios realizados en Japón por Masunaga, S., Tasakuga, T.,
Nakanshi, J. 2001. “Dioxin and dioxin like PCB impurities in some Japanese agrochemical
formulations”. Chemosphere 44:873-875, Agradecemos a Pat Costner, de Greenpeace, el
habernos enviado esta referencia.
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Ver capítulo “Plaguicidas y dioxinas “ en Fernando Bejarano Amenaza, Global, Cuaderno
Ciudadano sobre contaminantes orgánicos persistentes. Texcoco, México, RAPAM, pp 3235. y de la EPA, 1998 The Inventory of Sources of Dioxin in the United States. EPA/600/P98/002Aa, Washington, D.C. April 1998. La lista completa la incluye Pat Costner en
“Greenpeace comments on UNEP Chemical´s Standarized Toolkit for identification and
quantification of dioxin and furan releases”, Greenpeace International 10 January 2003,
Compilation of views on measures to reduce or eliminate releases from unintentional
production (Article 5 and Annex C) and Evaluation of Current and projected releases of
chemicals listed in annex C. UNEP/POPS/INC.7/INF/17, 5 may 2003, pp 136-140
La cita es de Pat Costner op. cit. UNEP/POPS/INC.7/INF/17, 5 may 2003, pp 75-77,
distribuido durante la séptima sesión del Comité Intergubernamental de Negociaciones del
Convenio de Estocolmo, en Ginebra, Suiza del 14 al 18 de Julio del 2003
Ver la página electrónica del Convenio de Rotterdam, http://www.pic.int.
Greenpeace The Basel ban. The pride of the Basel Convention. An update on
implementation and amendmendt, Netherlands, September 1995.
Ver www.basel.int para el Secretariado Internacional del Convenio de Basilea, y
www.desechospeligrosos.org para el Centro Coordinador para Latinoamérica y el Caribe.
Al 8 de abril del 2005 el Convenio constaba de 165 países partes. Para una visión crítica
del Convenio ver la página de Basel Action Network (BAN) www.ban.org .
Jim Puckett The Basel Ban Amendment; the first stept toward environmental sound
management of hazardous waste. Prepared by the Basel Action Network (BAN) for the
16th Session of the Technical Working Group and 1st Session of the Legal Working Group
of the Basel Convention, Geneva, Switzerland , 3-9 April 2000, ver www.ban.org
En la versión en inglés se dice que debe ser “environmentally sound” términos que se
tradujeron como “ambientalmente racional” en la versión en español y que es común que
se traduzca también como “ambientalmente adecuados”. En incisos posteriores de este
mismo capítulo se llama a colaborar con el Convenio de Basilea para fijar los niveles
técnicos ambientalmente aceptables de este tratamiento.
Basel Action Network. Briefing Paper Num 5 Dec 2000. www.ban.org
Pat Costner, Information relevant to the Basel Convention´s hazardous characteristics H1-
216
Toxic (delayed chronic), ie, “De minimis” concentrations in waste and the Stockholm
Convention´s “Low POP´s content”. IPEN, 2003, Memo.
16 The Scientific and Technical Advisory Panel of the GEF, UNEP. Review of emerging,
innovative technologies for the destruction and decontamination of POPs and the
identification of promiing technologies for use in developing countries. Final. GF/8000-0202.2005. International Centre for Sustainable Engineering and Science, Faculty of
Engineering. The University of Auckland, Auckland, New Zeland, 15 January, 2004.
17 Esta sería una traducción más fiel del original en inglés “ shall decide, in a precautionary
manner”, en lugar de “adoptará a título preventivo” como se tradujo en la versión en
español del Convenio de Estocolmo.
18 Greenpeace Una guía y un análisis para ayudar a los países en la aplicación del Convenio
de Estocolmo sobre contaminantes Orgánicos Persistentes. Holanda. s/f, p. 2718
19 Reuters. EU Want to Expand Dirty Dozen Chemicals List. August 11, 2004.
http://www.reuters.com/newsArticle.jhtml?type=scienceNews&storyID=5941468
20 Gwaine Lyons Global Toxics Programme WWF, Draft Screening additional Pops Candidates.
July 2003
21 Ver reportaje de Cheryl Louge “US vote at treaty meetings threatened” en Chemical
Engineering News, march 23, 2004, y “White House Jeopardizing US Role in Global Toxics
Treaty”, Bush Green Watch February 25, 2004. www.bushgreenwatch.org que cita
opiniones y boletines de prensa del WWF
22 IFCS www.ifcs.ch IV FORO, Noviembre 2003 Bangkok Tailandia
23 Se recomienda visitar la página electrónica del Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y
Salud (ISTAS), parte de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) en
España que ha diseñado varios cursos para trabajadores sobre los PCB y otros disruptores
endocrinos. Ver www.istas.ccoo.es
24 OECD (1996): Pollutant Release and Transfer Registers: Guidance Manual for Governments
(OCDE/GD(96)32 en http://www.olis.oecd.org/olis/1996doc.nsf/LinkTo/ocde-gd(96)32
25 http://www.eper.cec.eu.int/eper
26 Greenpeace Comments on UNEP Chemical “Standardized Toolkit for identification and
quantification of dioxin and furan releases” 10 January 2003, p. 10. IPEN Comments on
the Standardized Toolkit for Identification and Quantification of Dioxin and Furan
Releases. April 2004, p. 10-14. UNITAR y IOMC ha compilado en un CD un conjunto de
documentos sobre los RETC a nivel mundial, “Designing and implementing national
pollutant release and transfer registers. A compilation of PRTR Resource Documents, 2nd
edición 2003, ver http://www.unitar.org/cwm/prtrcd/index.htm Ver también .
http://www.unece.org/env/pp/prtr.htm
27 http://www.eeb.org and http://www.participate.org
28 Ver www.unitar.org Por ejemplo, el Registro de Sustancias Tóxicas de Estados Unidos
incluye a 579 sustancias y el de Canadá a 245.
29 Ver por ejemplo, de The Right to Know The promise of low cost public inventories of toxic
chemicals WWF . Washingtron D.C. 1994, y de Martha Delgado Coordinadora, Manual
217
para el acceso y uso de información sobre emisiones contaminantes. México, 1999: y de
Olinca Marino, Marisa Jacott y Azucena Franco (coords.) ¿Un tóxico nos ataca. Carpeta
informativa sobre sustancias tóxicas y derecho a la información ambiental en México.
Proyecto Emisiones: Espacio virtual. México. Abril del 2001. . www.laneta.apc.org
30 I. Daniel Gutiérrez, M.D., M.P.H. Salud reproductiva: concepto e importancia. Serie PALTEX
para ejecutores de Programase Salud num 39. OPS, OMS, Washington, 1996 p.5
31 Ver del GEF/C.16/6 September 28, 2000. En UNDP GEF Persistent Organic Pollutants
Resource Kit. UNDP-GEF, en www.undp.org/gef
32 IPEN, Open Ended Working Group: Comments on the Draft to the Financial
Mechanism. 2003.
33 PNUMA Productos Químicos, Boletín informativo, Vol. 7, núm 2, oct. 2003, p.3
NOTAS CAPITULO 4
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Una “Parte” puede ser un estado o una organización regional de integración económica que
haya consentido en someterse a las obligaciones establecidas en el Convenio y en los que el
Convenio está en vigor. (Art. 2 Convenio de Estocolmo.)
Global Environment Facility . Directrices iniciales relativas del GEF sobre las actividades de
apoyo para el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.
GEF/C.17/4, 6 de abril de 2001. p.8
Consejo del Global Environmental Facility (GEF), Directrices iniciales sobre actividades de
apoyo para el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.
Documento GEF/C.17/4. Consejo del GEF, Mayo 9-11, 2001. hasta mayo del 2002, el GEF
ha aprobado, basado en estas directrices, propuestas de 55 países en desarrollo y con
economías en transición.
Guidance for Developing a National Implementation Plan for the Stockholm Convention.
UNEP, World Bank, draft. Esta Guía se elaboró con el apoyo financiero de DANCED y fue
revisada por un panel compuesto por representantes de PNUMA, UNITAR, UNDP, FAO,
ONUDI, El Banco Mundial, el Fondo Mundial de la Vida Silvestre (WWF), El Consejo
Mundial del Cloro (WCC) CHECAR, Chile, Dinamarca, Suiza, Suecia y Zambia.
La guía indica que cuando el Comité Nacional de Coordinación se forme sólo por
representantes gubernamentales, se debe crear un foro para los representantes de ONGs,
sectores laborales, académicos, grupos de investigación e industriales para estar
informados, revisar y otorgar un insumo adecuado al proceso de desarrollo del PNA. GEF,
op, cit., p.22 Anexo “Responsabilities of the NCC”
UNITAR-IOMC-PNUMA Preparando/Actualizando un Perfil Nacional como parte del Plan
Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo. Borrador de Trabajo. Enero 2003, ver
http://www.pops.int/documents/meetings/inc6/englishonly/INF.8.pdf que es un
complemento al documento UNITAR/IOMC Preparación de un Perfil Nacional para Evaluar
la Infraestructura Nacional para la Gestión de los Productos Químicos: un Documento
Guía, 1996. www.unitar.org/cwn/publications
218
7
UNITAR/IOMC/PNUMA op. cit., 2003, recomienda elaborar esto en el capítulo 6 y 11.
8
PNUMA, Productos Químicos. Instrumental normalizado para la identificación y
cuantificación de liberaciones de dioxins y furanos. Borrador. Enero de 2001. Ginebra,
9
Suiza, Resumen Ejecutivo p.1
Darryl Luscombe and Pat Costner, Zero toxics, sources of byproduct POPs and their
elimination ,Greenpeace International. Netherlands, May 2001. p. 9-11
10 Ponencia de Pat Costner, op. cit., citando los artículos de De Fre, R, Wevers, M. 1998.
“Underestimation in dioxin emisión inventories”. Organohalogen Cpds 36: 17-20; Chang,
M., Lin, J., 2001. “Memory effect on dioxin emissions from municipal waste incinerator in
Taiwán”. Chemosphere 45: 1151-1157; y Zimmermmann, R., Bluemenstrock, M., Heger, H.,
Schraman, K, Ketrrup, A., 2001. “Emission of nonchlorinated and chlorinated aromatics in
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the flue gas of incineration plants during and after transient disturbances of combustion
conditions: Delayed emission effects.” Environ. Scie. Technol. 35:1019-1030
Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s
“Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases”
UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148. y ver IPEN Dioxin, PCB and Waste Working Group
Comments on the Standardized Toolkit for Identification and Quantification of Dioxin and
Furan Releases. April 2004. www.ipen.org
UNEP/POPS/INC.7/INF 17. Pat Costner, op. cit., p.76
ELISA es la abreviación de “Enzyme-Linked Inmunosorbent Assay”. Y el CALUX de
“Chemically Activated Luficarese Expression”. ELISA emplea un anticuerpo anti-TCDD, en
tanto el bioensayo CALUX se basa en la actividad del receptor citoplásmico Ah y es específico
para cualquier compuesto que active el receptor; se basa en una célula a la cual le insertan
un gen que fluorece cuando se activa el receptor, y se cuantifica la fluorescencia. El uso de
este método es particularmente recomendable para países en desarrollo y con economías
en transición. Agradezco al Dr. Fernando D. Barriga y Pat Costner sus comentarios en este punto
La guía del GEF hace referencia a la Evaluación Ambiental de Tecnologías y a un marco de
referencia para la evaluación de riesgos ambientales en “ Technical Workbook on
Environmental Management Tools for Decisión Analysis” International Environment
Technology Centre, Technical publications Series 14, Japan,
NOTAS CAPITULO 5
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2
3
Ver de Adela Cortina “Derechos Humanos y discurso político” en Graciano González R.
Arnaiz (coordinador) La condición humana en la sociedad tecnológica. Madrid, España, Ed.
Tecnos, 1999.
Ver por ejemplo, Asociación para las Naciones Unidas en España, La Declaración Universal
de los Derechos Humanos, comentario artículo por artículo. Barcelona, España, Ed. Icaria,
1998. y Comisión Nacional de Derechos Humanos (CND) Los sistemas internacionales de
protección de los derechos humanos, México, 1996.
Ver el texto del Convenio en www.unece.org/env/europe/ppconven.htm
219
4
Sobre las diferencias entre la “responsabilidad corporativa” más cercana a la estrategia de
relaciones públicas y maquillaje verde de las corporaciones, y la “rendición de cuentas
corporativa”, ver de Kenny Brunno & Joshua Karliner earthsummit.biz. The corporate
takeover of sustainable development. Oaxland, CA., Food First Books,
Capítulo 4, pp. 60- 73
5
Ver, por ejemplo, a Barry Commoner en su crítica al modelo de regulación ambiental
estadounidense y el nuevo movimiento de base por la justicia ambiental, En Paz con el
Planeta. Barcelona, Ed. Crítica, Traducción al castellano de 1992. Cap. 8
“La acción ambiental”.
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Sobre la crítica al modelo de control, ver de Fernando Bejarano G. “Residuos Peligrosos”
en Regina Barba Pirez, coord. y edit. La Guía Ambiental, 58 ensayos de expertos acerca del
medio ambiente.México, UGAM 1998. Además de David Santillo, Paul Jhonston y Axel
Singhofen The way forward out of the chemical crisis. An alternative approach, based in
the precautionary principle, to the regulation of the manufacturing, marketing and ue of
chemicals in Europe. Greenpeace International, Netherlands. May 1999 . Sobre la crítica a
la evaluación de riesgos y la necesidad de desarrollar un proceso de evaluación de
alternativas, ver de Mary O´Brien, Making better environmental decissions. An Alternative
Risk Assessment. Cambridge, Massachusetts, London, England. MIT Press 2000.
Ver de Jorge Reichman y Joel Tickner (coords.) El principio de precaución en medio
ambiente y salud pública: de las definiciones a la práctica.Barcelona, España, Ed. Icaria
2002. y de Beverly Thorpe Citizen´s Guide to Clean Production. USA, Clean
ProductionNetwork. January 2000 www.cleanproduction.org y las publicaciones de
International Chemical Secretariat, una ONG www.chemsec.org
Lowell Center for Sustainable Production , Integrated Chemicals Policy. Seeking New
Direction in Chemicals Management. University of Massachusetts Lowell. October 2003
p.2. WWF An introduction to REACH, a new regulatory systems for chemicals in Europe.
EU Toxics Briefing. September 2003 www.panda.org/toxics
Ver informe de la reunión de SAICM en http://www.chem.unep.ch/saicm/ y el del IFCS
en www.ifcs.ch
http://europe.eu.int/comm/environment/chemicals/whitepaper.htm
Ver un análisis de REACH ver New Chemicals policy in the EU, good or bad for companies.
International Chemical Secretariat. May 2003. Swedish. Y del Lowell Center Chemicals
Policy Initiative en www.chemicalspolicy.org , para una visión crítica desde el punto de
vista de los sindicatos europeos ver los análisis de ISTAS en www.istas.ccoo.es
Ver de Joseph DiGangi, Phd., US Intervention in EU Chemical Policy, MA Environmental
Heath Fund September 2003.
Ver la Resolución de Bangkok para SAICM de IPEN, el 10 de noviembre del2003
y el Documento de IPEN Elements of a Strategic approach to International
Chemicals Management, noviembre del 2003, preparado para la reunión de Bangkok
del SAICM.
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