Guia ciudadana de aplicación del convenio de
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Guia ciudadana de aplicación del convenio de
Guía ciudadana para la aplicación del Convenio de Estocolmo INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO Fernando Bejarano González CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO INDICE Acerca del Proyecto Internacional de Eliminación de los COP PRÓLOGO A LA EDICIÓN EN INGLÉS Agradecimientos INDICE - ÍNDICE DE CUADROS - INDICE DE FIGURAS - ABREVIATURAS Y SIGLAS - UNIDADES DE MEDIDA Y CONVERSION Introducción INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Fernando Bejarano González Nació en la Ciudad de México en 1956. Sociólogo, egresado de la Universidad Iberoamericana y Maestro en Ciencias del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural del Colegio de Posgraduados en Ciencias Agrícolas, Montecillos, Estado de México. Fue responsable de la Campaña de Residuos Peligrosos de Greenpeace México de 1993 a 1996. Actualmente es coordinador de la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas en México (RAPAM) A.C., y de la región Mesoamérica y el Caribe de la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina (RAP-AL). El autor participó como observador en las reuniones intergubernamentales de negociación del Convenio de Estocolmo, gracias al apoyo de la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN). Formó parte del Grupo de Tarea para la elaboración del Plan Regional de Dioxinas, para México, Estados Unidos y Canadá, de la Comisión de Cooperación Ambiental; y actualmente participa en representación de IPEN en el Grupo de Expertos para la elaboración de las Mejores Técnicas Disponibles y Mejores Prácticas Ambientales (BAT-BEP) del Convenio de Estocolmo. Primera edición, Octubre de 2004 Coordinación editorial: Fernando Bejarano G. Diseño: L.D.G. Carlos A. Cortés Mtz. Corrección de estilo: Graciela Carbonetto Para obtener copias de esta publicación, comunicarse con: RAPAM (Red de Accion sobre Plaguicidas y Alternativas en Mexico) Amado Nervo 23, int. 2, Colonia San Juanito C.P. 56121, Texcoco, Estado de México, México Tel. y Fax: (52) (595) 954-7744 Correo electrónico: [email protected] © Fernando Bejarano González Impreso y hecho en México IV Acerca del Proyecto Internacional de Eliminación de los COP La Red Internacional de Eliminación de los COP (IPEN http://www.ipen.org) inició el primero de mayo del 2004 un proyecto global con organismos no gubernamentales (ONG) denominado: Proyecto Internacional de Eliminación de los COP (IPEP, por su sigla en inglés), en colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). El Fondo para el Medio Ambiente Mundial proporcionó el financiamiento principal del proyecto. IPEP tiene tres objetivos principales: - Estimular y permitir que las ONGs de 40 países en desarrollo y con economías en transición contribuyan de manera inmediata y específica a los esfuerzos gubernamentales preparatorios para la aplicación del Convenio de Estocolmo; - Incrementar las habilidades y conocimientos de las ONGs que ayuden a reforzar su capacidad como un actor efectivo en el proceso de aplicación del Convenio; - Ayudar a establecer una coordinación regional y nacional de las ONGs y reforzar su capacidad en todas partes del mundo que apoyen los esfuerzos a largo plazo para alcanzar la seguridad química. IPEP apoyará la preparación de informes sobre la situación nacional, sitios contaminados, aspectos de política pública y actividades regionales. Los tres tipos principales de actividades que serán apoyadas por IPEP son: la participación en el Plan Nacional de Aplicación, talleres de capacitación y concientización, y campañas públicas de información y concientización. Para mayor información, ver por favor: http://www.ipen.org IPEN reconoce el generoso apoyo financiero del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, la Agencia Suiza para la Cooperación y el Desarrollo, y la Agencia Suiza para el Ambiente, el Bosque y el Paisaje.. Los puntos de vista expresados en este informe son los de los autores y no necesariamente los de las instituciones que brindan apoyo financiero o administrativo. Este informe está disponible en los idiomas siguientes: en inglés y en español V PRÓLOGO A LA EDICIÓN EN INGLÉS Klaus Toepfer Director Ejecutivo Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente La divulgación del hallazgo de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) en mamíferos y, por tanto su presencia en la cadena alimenticia humana, se encuentra entre las primeras señales de alarma que hicieron despertar al mundo ante la amenaza de estas sustancias químicas persistentes y altamente tóxicas para el medio ambiente y la salud humana. Entre las personas que hicieron sonar la alarma se encuentra Sheila WattCloutier. El Convenio de Estocolmo sobre COP es, en gran medida, un testamento a su incansable campaña a nombre del pueblo Inuit y del mundo para que los COP quedaran prohibidos. Es un tributo al poder de la sociedad civil. La participación de la sociedad civil ha sido un sello distintivo del Convenio de Estocolmo sobre COP desde que iniciaran las negociaciones para dicho tratado en junio de 1998. Grupos ambientalistas, de interés público e industriales trabajaron conjuntamente con gobiernos y organizaciones intergubernamentales, generalmente hasta altas horas de la noche, para llegar a acuerdos que todos los sectores de la sociedad aplauden y apoyan. Este espíritu de camaradería se encuentra en el centro mismo de todas nuestras metas. El movimiento ambientalista avanza con la energía, el aporte y el compromiso de la sociedad civil. Reiteradamente hemos visto a defensores del medioambiente como Rachel Carson, Theo Colburn y Sheila Watt-Cloutier, llamando la atención de los gobiernos y la comunidad internacional para que vean con mirada honesta los problemas ambientales ocasionados por la actividad humana, y persuadirlos para que realicen las acciones necesarias que los resuelvan. El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP) reconoce la importancia que tiene involucrar a la sociedad civil en todas las instancias de toma de decisiones relativas al medio ambiente. Como parte del sistema de las Naciones Unidas tenemos la responsabilidad de promover el liderazgo y acción conjunta que permitan proteger la base ambiental del desarrollo sustentable. Nuestro trabajo con la sociedad civil es central en dicho esfuerzo. El espíritu de cooperación que se expresó durante las negociaciones del Convenio de Estocolmo debe, y creo que así lo hará, continuar durante su aplicación. Todas las partes deben contribuir a ello. La Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN, por sus siglas en inglés), que representa a más de 360 organizaciones no gubernamentales de todo el mundo, es una aportación altamente constructiva al movimiento mundial que busca protegernos a nosotros mismos, a nuestros descendientes y proteger de los COP a nuestro medio ambiente. El mensaje de la Guía ciudadana para la aplicación del Convenio de Estocolmo, publicada por IPEN, es que todos y cada uno de nosotros tenemos un papel que desempeñar. Sólo a través de la cooperación abierta y llena de sentido entre organizaciones internacionales, gobiernos, grupos no gubernamentales, comunidades e individuos podemos esperar liberar de los COP al mundo. VI Agradecimientos Agradezco a la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes, mejor conocida como IPEN, por su sigla en inglés, el apoyo para la realización de este documento, al igual que a la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina (RAP-AL), a la New WORLD FOUNDATION, y al Proyecto Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEP) que recibe la ayuda del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF), la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Las ideas y opiniones expresadas en este libro son las del autor y no necesariamente expresan las de las organizaciones que otorgaron apoyo financiero o administrativo. Gracias a IPEN participé como observador en las reuniones intergubernamentales de negociación del Convenio de Estocolmo, donde tuve acceso directo a la información proporcionada por diversas agencias de las Naciones Unidas, a las reuniones de discusión entre los delegados gubernamentales, y al intercambio de experiencias y al diálogo con otras organizaciones ciudadanas. Ha sido siempre enriquecedor el colaborar con personas de gran calidad profesional y compromiso social que participan en IPEN, tales como Pat Costner, cuya crítica científica y política ha sido siempre fuente de consulta e inspiración; Jack Weinberg, Sharyle Patton y muchos otros que integran los grupos de trabajo sobre plaguicidas, dioxinas-furanos-PCB, y de monitoreo comunitario constituidos por esta red internacional. Especialmente agradezco a Joseph Di Gangi por sus valiosos comentarios y sugerencias al borrador final de este libro, a Cecilia Allen por sus sugerencias en lo relativo a la incineración; a María Elena Rozas y Maria Eugenia Acosta por el apoyo general dado en estos años. Aunque los datos y argumentos para su elaboración tuvieron como base una búsqueda de fuentes y autores con amplia experiencia en el tema, los errores que pudieran encontrarse en este texto son sólo mi responsabilidad. Fernando Bejarano González La Purificación Tepetitla, Estado de México, México VII VIII INDICE Introducción / XV PRIMER CAPÍTULO 1 Antecedentes del Convenio de Estocolmo: La lucha internacional contra los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) 1.1 La lucha contra los plaguicidas. De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno / 1 1.2 Los PCB, el legado contaminante del benceno clorado / 8 1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses de las corporaciones / 10 1.4 La lucha contra la incineración / 20 1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”, producción limpia y extensión de la responsabilidad del productor / 27 1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas y otros convenios internacionales / 31 1.7 Los grupos empresariales involucrados en la discusión sobre la eliminación de los COP / 35 1.8 La formación de la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN) / 43 SEGUNDO CAPÍTULO 2 Los efectos de los COP sobre la salud y el medio ambiente 2.1 Características generales de los COP / 47 2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo y sus efectos sobre la salud y el medio ambiente / 57 2.3 COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar/ 63 Fuentes de formación de COP no intencionales / 66 Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud / 68 IX 2.4 Policlorobifenilos (PCB) Características de los PCB/ 71 Usos de los PCB / 72 Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en el ser humano / 75 Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio ambiente / 76 2.5 El Hexaclorobenceno (HCB) Características del HCB / 79 Usos del HCB / 79 Efectos del HCB en la salud y en el medio ambiente / 80 TERCER CAPÍTULO 3 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo 3.1 La eliminación de los plaguicidas organoclorados COP La eliminación de plaguicidas COP en el Convenio de Estocolmo / 85 Las exenciones transitorias y específicas a la eliminación de los plaguicidas COP / 85 La eliminación del DDT y el control del paludismo / 86 Los compromisos de los gobiernos para la eliminación del DDT/ 90 Prevenir la producción y el uso de nuevos plaguicidas y productos industriales con características COP / 92 3.2 La eliminación de los PCB/ 92 Terminar con la producción de PCB / 93 Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el año 2025 / 93 Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población y el medio ambiente / 93 Tratamiento de los residuos peligrosos que contienen PCB / 94 3.3 Los COP producidos de manera no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB)/ 94 La reducción creciente y, cuando sea viable, la eliminación definitiva: objetivos del Convenio / 94 X 3.4 3.5 3.6 3.7 3.8 3.9 Medidas que cada país debe adoptar como mínimo para cumplir con el objetivo / 96 La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales (BAT –BEP) en el Convenio de Estocolmo / 97 Las excepciones a la eliminación de dioxinas / 104 Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP y la cooperación con otros convenios ambientales / 105 Identificación y tratamiento de existencias acumuladas, desechos y limpieza de sitios contaminados con COP / 108 Limpieza de sitios contaminados / 109 Eliminación de desechos COP en colaboración con el Convenio de Basilea / 110 El futuro de la incineración / 110 La incorporación de nuevas sustancias químicas en el Convenio de Estocolmo / 114 Información, concientización y educación del público / 119 El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) / 122 Investigación, desarrollo y monitoreo de los COP / 124 Asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y con economías en transición / 126 CUARTO CAPÍTULO 4 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación Ciudadana 4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación y la asistencia del Fondo para el Medio Ambiente Global / 131 4.2 Las fases de desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA) y la participación ciudadana./ 133 Establecimiento de un mecanismo de coordinación y estructura organizativa que conduzca el proceso de elaboración de los PNA / 133 Realización del inventario de los COP y evaluación de la infraestructura y capacidad nacional de gestión / 133 Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las limitaciones del Toolkit del PNUMA / 140 XI Evaluación de prioridades y definición de objetivos / 147 Formulación del Plan Nacional de Aplicación / 147 Respaldo amplio y envío a la conferencia de las partes del Convenio / 149 Ejecución del plan / 149 QUINTO CAPÍTULO 5 Derechos y demandas ciudadanas. 5.1 El derecho humano a la salud y a un medio ambiente sano / 153 5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información en los PNA del Convenio de Estocolmo / 155 5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños / 157 5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática / 158 ANEXOS A.1 Países que han firmado y los que son parte contratante del Convenio de Estocolmo / 167 A.2 Selección de Fuentes identificadas de dioxinas no incluidas en el Toolkit del PNUMA / 176 A.3 Plaguicidas que se sabe ó sospecha que durante su produccíon se generan dioxinas o furanos/ 179 A.4 Sustancias químicas que durante su producción pueden generar dioxinas y furanos / 188 GLOSARIO / 195 PÁGINAS ELECTRÓNICAS/ 201 NOTAS / 207 XII ÍNDICE DE CUADROS C.1 Plaguicidas de eliminación global en el Convenio de Estocolmo / 3 C.2 Plaguicidas de la campaña internacional contra “La Docena Sucia”, del Pesticide Action Network / 7 C.3 Políticas que aplican el principio de la Extensión de la Responsabilidad del Productor (ERP) / 30 C.4 Mecanismos de disrupción endocrina / 48 C.5 La biovigilancia de la carga corporal de sustancias químicas tóxicas y bioacumulables / 54 C.6 Efectos causados en la salud y el medio ambiente por los plaguicidas COP incluidos en el Convenio de Estocolmo / 59 C.7 Estructura química básica de las dioxinas, los furanos y los PCB / 65 C.8 Fuentes generadoras de COP no intencionales (dioxinas, furanos, PCB y HCB) / 67 C.9 Efectos causados en la salud por las dioxinas y compuestos de toxicidad similar / 70 C.10 Usos que han tenido los PCB / 73 C.11 Los accidentes de Yusho y Yucheng por intoxicación masiva con PCB / 77 C.12 Exenciones permitidas a los 12 COP en el Convenio de Estocolmo / 87 C.13 El control del paludismo y la eliminación del DDT en México, una experiencia exitosa / 90 C.14 Artículo 5 del Convenio de Estocolmo / 95 C.15 Medidas generales de prevención relativas a las Mejores Técnicas Disponibles (BAT) y a las Mejores Prácticas Ambientales (BEP) / 98 C.16 Mejores Técnicas Disponibles, Consideraciones generales / 99 C.17 Alternativas para algunas fuentes de generación de dioxinas y furanos / 102 C.18 Información sobre consideraciones socioeconómicas para evaluar alternativas a productos y procesos / 103 C.19 Lista de sustancias del Convenio de Rótterdam dentro del procedimiento PIC / 106 C.20 Tecnologías sin combustión para la destrucción y descontaminación de COP / 113 C.21 Nuevas sustancias químicas propuestas por la Unión Europea para incluir en el Convenio de Estocolmo / 118 XIII C.22 Convenio de Estocolmo. Artículo 10. Información, concientización y educación del público / 120 C.23 Matriz de selección. Principales categorías de fuentes en el inventario de dioxinas / 142 C.24 Limitaciones del toolkit del PNUMA para la realización de inventarios de COP no intencionales / 144 C.25 Comparación de los factores de emisión a la atmósfera entre el dioxin Toolkit y otras fuentes / 145 INDICE DE FIGURAS F.1 F.2 F.3 F.4 Estructura circular de la economía sustentable / 28 Biomagnificación de los PCB en la cadena alimenticia / 49 Liberación y dispersión de los COP en el ambiente / 51 Los COP contaminan la leche materna afectando a las nuevas generaciones / 52 F.5 Ubicación de los COP en el universo químico / 56 F.6 Estructura molecular de la dioxina TCDD / 64 F.7 Estructura molecular de los PCB / 72 F.8 Estructura molecular del HCB / 79 F.9 Estructura molecular del DDT / 86 F.10 Esquema del procedimiento de incorporación de nuevas sustancias en el Convenio de Estocolmo / 116 F.11 Diagrama de las fases del plan nacional de aplicación del Convenio de Estocolmo / 135 F.12 Esquema de la estructura organizativa del plan nacional de aplicación del Convenio de Estocolmo sugerida por el GEF / 137 ABREVIATURAS Y SIGLAS COP DDT EPA EQT FAO FET FISQ XIV Contaminante Orgánico Persistente Dicloro-difenil-tricloroetano Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (Environmental Protection Agency) Equivalente de Toxicidad (TEQ, en inglés) Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (Food and Agriculture Organization) Factor de Equivalencia de Toxicidad (TEF, en inglés) Foro Intergubernamental de Seguridad Química (Intergovernmental Forum on Chemical Safety IFCS) GAIA GEF HCB IOMC IPEN LRTAP OCDE OIT OMS ONU ONUDI PAN PCB PCDD PCDF PIC PNUD PNUMA PVC RAP-AL RETC TCDD UNITAR Alianza Global de Alternativas a la Incineración (Global Alliance for Incineration Alternatives) Fondo para el Medio Ambiente Mundial (Global Environmental Facility) Hexaclorobenceno Programa Interinstitucional para el Manejo Adecuado de los Productos Químicos. (Inter-Organization Programme for the Sound Management of Chemicals) Acuerdo de cooperación entre PNUMA, OIT, FAO, OMS, ONUDI, UNITAR y OCDE. Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (International POPs Elimination Network) Protocolo sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de Largo Alcance (Convention on Long-Range Transboundary Air Pollution Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico Organización Internacional del Trabajo Organización Mundial de la Salud Organización de las Naciones Unidas Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (UNIDO) Red de Acción en Plaguicidas (Pesticide Action Network ) Policlorobifenilos o bifenilos policlorados Dioxinas (dibenzo-para-dioxinas policloradas) (Polychlorinated dibenzo-p-dioxins) Furanos (dibenzofuranos policlorados) (Polychlorinated dibenzo-p-furans) Mecanismo Fundamentado de Consentimiento Previo, incluido en el Convenio de Rótterdam.( Prior Informed Consent) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Cloruro de polivinilo. Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes Tetracloro-dibenzodioxina. Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional y la Investigación (United Nations Institute for Training and Research) XV UNIDADES DE MEDIDA Y CONVERSION Kilogramo Kg 1 X 103g 1.000g Gramo Miligramo g mg 1g 10-3 g La milésima parte de un gramo 1g 0,001g Microgramo Nanogramo ug ng 10-6 g La millonésima parte de un gramo 10-9 g La mil millonésima parte de un gramo 0.000001g 0,000000001g Picogramo (*) pg 10-12 g La millonésima de una millonésima parte de un gramo 0,00000000001g Equivalencias Parte por millón Parte por billón Parte por trillón ppm ppb ppt mg/kg ug/kg ng/kg ug/g ng/g pg/g mg/l ug/l ng/l ug/ml ng/ml pg/ml (*) Un picogramo por gramo (pg/g) equivale a una parte por trillón (ppt) (un millón de millones, en la equivalencia estadounidense). La cantidad de dioxinas en los alimentos y en la grasa humana se mide a menudo en ppt. XVI Introducción Esta guía tiene como objetivos explicar de manera general las obligaciones de los gobiernos que forman parte del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, señalar los efectos de estos contaminantes sobre la salud y el medio ambiente, así como destacar las oportunidades de participación ciudadana en la elaboración de los planes nacionales de aplicación de dicho convenio. El Convenio de Estocolmo establece medidas para la eliminación y el control de 12 contaminantes orgánicos persistentes (COP): nueve de ellos son plaguicidas (aldrín, clordano, DDT, dieldrín, endrín, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex y toxafeno); otros son productos industriales llamados policlorobifenilos ó PCB (un tipo de aceites aislantes que fue usado principalmente por la industria eléctrica); y otros corresponden a los COP (dioxinas y furanos especialmente) que se generan en forma no intencional durante la combustión y manufactura de compuestos químicos que contienen cloro, principalmente. Debido a sus características tóxicas, su gran persistencia ambiental, su capacidad para bioacumularse en las cadenas alimenticias y de trasladarse a grandes distancias, los COP son un problema mundial. Los encontramos no sólo en los lugares más recónditos del planeta, afectando a osos polares, ballenas, y otros mamíferos, sino también en el medio rural y en las ciudades. Los COP contaminan los alimentos y se acumulan en los productos lácteos, la carne y el pescado que comemos; de este modo, por décadas, los seres humanos hemos venido acumulando plaguicidas organoclorados, PCB, dioxinas y furanos en los tejidos grasos de nuestro cuerpo. Los COP son parte de la carga corporal de contaminantes, capaces de traspasar la placenta y afectar el desarrollo del feto; se excretan en la leche materna y se han encontrado incluso en el semen de animales, incluido el del hombre. Existen diversos COP que pueden provocar un gran número de efectos crónicos, entre ellos cáncer, disrupciones hormonales y también alteraciones en el desarrollo reproductivo, el sistema inmunológico y el desarrollo infantil. El Convenio de Estocolmo representa un avance en los acuerdos internacionales para proteger el medio ambiente y la salud humana, pero los beneficios y alcances que pueda tener dependerá de que los ciudadanos conozcamos su contenido y exijamos su firma, ratificación y pleno cumplimiento a nuestros gobiernos. XVII El Convenio sobre COP se firmó en Estocolmo, Suecia, el 23 de mayo de 2001 y entró en vigor, es decir, comenzó a ser legalmente obligatorio, el 17 de mayo de 2004, después de ser ratificado por los primeros 50 países. A partir de esta fecha los gobiernos tienen como plazo dos años para elaborar un Plan Nacional de Aplicación. Para ello, los países en vías de desarrollo y con economías en transición pueden solicitar apoyo financiero al Fondo Global del Medio Ambiente. De hecho, más de 100 gobiernos se encuentran ya elaborando estos planes. Las guías para la aplicación del Convenio recomiendan que los gobiernos establezcan procesos institucionales de participación ciudadana que incluyan a los grupos dedicados a la protección del medio ambiente, la salud, los derechos de la mujer, de los niños, y a las organizaciones de trabajadores Esta Guía Ciudadana consta de cinco partes. En la primera se hace un repaso histórico de los antecedentes del Convenio de Estocolmo, destacando especialmente las luchas ciudadanas que se han dado contra estos contaminantes en los últimos cincuenta años, los acuerdos internacionales y regionales previos dentro de las Naciones Unidas, y los grupos formados por las corporaciones transnacionales que han estado involucrados en la discusión acerca de la eliminación de los COP. En la segunda sección se presentan los efectos sobre la salud humana y el medio ambiente que provocan los COP incluidos en el convenio. En la tercera parte se analizan los compromisos adquiridos por los gobiernos, incluidos en las principales secciones y artículos del Convenio; en la cuarta se describen las fases de los Planes Naciones de Aplicación del Convenio y el rol de la participación ciudadana en cada una de ellas. En la quinta parte se sitúan las demandas ciudadanas por el derecho a la salud y a un medio ambiente limpio, como parte de la lucha por los derechos humanos; se enfatiza la importancia del derecho a saber y al acceso público a la información, y se presentan los elementos constitutivos de una política pública que garantice estos derechos y cumpla eficazmente con los compromisos del Convenio de Estocolmo. En la sección de anexos se incluyen cuadros y una lista de páginas electrónicas que ofrecen mayor información. Esperamos que la lectura de este documento estimule una conciencia crítica ciudadana para eliminar los contaminantes orgánicos persistentes y contribuya a la construcción de una política pública ambiental preventiva y democrática, que logre una mejor protección de la salud y del medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. XVIII PRIMER CAPÍTULO Antecedentes del Convenio de Estocolmo: La lucha internacional contra los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) 1.1 La lucha contra los plaguicidas. De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno 1.2 Los PCB, el legado contaminante del benceno clorado 1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses de las corporaciones 1.4 La lucha contra la incineración 1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”, producción limpia y extensión de la responsabilidad del productor 1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas y otros convenios internacionales 1.7 Los grupos empresariales involucrados en la discusión sobre la eliminación de los COP 1.8 La formación de la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN) INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Capitulo I Antecedentes del Convenio de Estocolmo: la lucha internacional contra los Contaminantes Orgánicos Persistentes Antecedentes del Convenio de Estocolmo La firma del Convenio de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes no sólo es el resultado de la voluntad política de los gobiernos y del acopio de evidencias científicas que documentan los riesgos para la salud y el medio ambiente que provocan los COP a nivel mundial, sino que también se debe al empuje de la conciencia y de la lucha ciudadana que involucra a comunidades, trabajadores, madres de familia, grupos ambientalistas, pueblos indígenas y campesinos, quienes desde hace décadas, y de manera local, regional e internacional, han sufrido las consecuencias de estos contaminantes y han reclamado a las industrias que los generan y a los gobiernos que los toleran, su derecho a la salud y a un medio ambiente limpio. 1.1 La lucha contra los plaguicidas. De la Primavera Silenciosa al Círculo del Veneno Los nueve plaguicidas seleccionados como prioritarios para su eliminación global en el Convenio de Estocolmo, fueron introducidos por la industria química en el mercado de numerosos países después de la Segunda Guerra Mundial, en las décadas de 1940 y 1950, y se utilizaron en una amplia variedad de cultivos (ver cuadro 1). El DDT fue el plaguicida que alcanzó mayor fama y difusión mundial. Antes de su uso civil y de su expansión mundial, fue usado por el Ejército de Estados Unidos -como resultado de las investigaciones del Departamento de Guerra Químicapara proteger a las tropas norteamericanas tanto del ataque de mosquitos y piojos transmisores del paludismo en el área del Sudeste Asiático, como de las epidemias de tifus que aquejaban a los refugiados. Los plaguicidas COP seleccionados por el Convenio de Estocolmo pertenecen al llamado grupo de los organoclorados, debido a que su estructura química con base en el carbono (por lo que se denominan orgánicos) incluye 1 Capitulo I además varios átomos de cloro, lo que le da mayor estabilidad y persistencia en el ambiente. Es por estas características de persistencia y también por ser solubles en grasas y acumularse en las cadenas alimenticias, que muchos de estos plaguicidas fueron severamente restringidos y prohibidos desde fines de la década de 1960 en países nórdicos como Noruega, Suecia, Finlandia, en Países del Este como Hungría y Yugoeslavia; después en la década de 1970 en Estados Unidos y posteriormente en la mayoría de los países del mundo (cuadro 1). Los problemas de persistencia y bioacumulación, más los efectos biocidas de los plaguicidas organoclorados, fueron conocidos por la opinión pública mundial gracias a la difusión del libro “Primavera Silenciosa”, escrito por la zoóloga y bióloga marina estadounidense Rachel Carson. Una primera selección de la obra fue publicada en una serie de tres artículos de la revista The New Yorker, en junio de 1962, y finalmente, como libro, en septiembre del mismo año. Escrita en una bella prosa poética y respaldada por una amplia consulta científica, Primavera Silenciosa alertaba sobre los graves efectos de los plaguicidas organoclorados, tales como aldrín, endrín, dieldrín, DDT, heptacloro, toxafeno y clordano –incluidos ahora en el Convenio de Estocolmo- y señalaba además los problemas causados por otros plaguicidas organoclorados que se utilizan hasta el día de hoy, como el lindano y el pentaclorofenol, así como por plaguicidas organofosforados como el paratión, y por herbicidas como el 2,4-D y el 2,4,5-T. 2 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Cuadro 1 Plaguicidas de eliminación global en el Convenio de Estocolmo Nombre del ingrediente Ingreso al activo mercado Cancelación ó 1965 Noruega 1970 Suecia Aldrín 1949 Clordano 1945 DDT 1942 Dieldrín 1948 Usos retiro del registro Insecticida formulado a menudo como protector de semillas y usado contra pla- 1974 usos agrícolas y gas del suelo en cultivos de maíz, algo(1987) termiticida, polillas, dón y papas, después restringido como ganado EE.UU (**) termiticida, control de polillas o parásitos del ganado y finalmente cancelado o dejado de usar en numerosos países. 1968 Noruega 1970 Finlandia 1975 mayoría de usos (1995) termiticida EE.UU (*) Insecticida ampliamente usado en cultivos, jardinería y bosques. Fue restringido solo al control de termitas en algunos países hasta su cancelación definitiva. El clordano técnico puede contener cerca de 11 compuestos. 1970 Noruega 1970 Cuba 1972 uso agrícola EE.UU Insecticida utilizado ampliamente en el pasado, actualmente de uso restringido sólo al control de mosquitos transmisores del paludismo en algunos países. 1968 Hungría 1969 Suecia 1968 control ectoparásitos ganado y (1969) en alimentos en Argentina 1970 Finlandia 1974 mayoría de usos y en (1987) como termiticida, polillas, ganado EE.UU (**) Insecticida usado en frutales, plagas del suelo en cultivos de maíz, papas y algodón; y control de ectoparásitos en ganado; después restringido para ser usado como termiticida y control de polillas, hasta su prohibición definitiva. Continúa 3 Capitulo I Nombre del Ingreso al Cancelación ó ingrediente activo mercado retiro del registro Endrín 1951 Usos 1963 Bélgica Rodenticida e insecticida usado 1966 Suecia 1966 Noruega en cultivos de algodón, arroz y maíz, y para control de 1971 Usos alimentos ectoparásitos en ganado. Canadá Heptacloro 1945 1968 Hungría Fungicida. También es un 1976 Yugoslavia 1973 Países Bajos subproducto contaminante, resultado de la producción de otros plaguicidas y compuestos clorados. Mirex 1959 1977 EE.UU 1978 Canadá Toxafeno (canfecloro) 1948 1970 Finlandia 1974 Israel en alimentos 1990 EE.UU (*) Insecticida usado en diversos cultivos agrícolas, contra hormigas y termitas. También como retardante de flama. Insecticida usado en el pasado principalmente en los cultivos de algodón, maíz, cereales y hortalizas, y después restringido para su uso únicamente en baño sanitario contra garrapatas y ácaros en el ganado en algunos países. Es una mezcla compleja de 670 sustancias químicas. Aunque se prohibió el uso de clordano en Estados Unidos, se siguió exportando a otros países, incluido México, hasta 1997, cuando el fabricante Velsicol cesó de producirlo y exportarlo. (**) Técnicamente Estados Unidos no prohibió el endrín, sino que dejó de usarse, al igual que el aldrín y el dieldrín. Fuentes: Anne Platt McGinn Why Poison Ourselves? A precautionary approach to synthetic chemicals. World Watch Paper 153, November 2000. p. 9. En la prohibición y cancelación se seleccionaron las primeras fechas y países de: United Nations, Department for Policy Coordination and Sustainable Development, Consolidated List of Products Whose Consumption and/or Sale Have Been Baned, Withdrawn, Severly Restricted or not Approved by Governments. Fifth Isue, New York, 1994. Las fechas de cancelación de registro y usos en el pasado en los EE.UU fueron obtenidos de Ruth Stringer y Paul Johnston Chlorine and the environment. London. Kluwer Academic Publishers, cap. 10. Chlorinated pesticides. 4 Antecedentes del Convenio de Estocolmo El libro Primavera Silenciosa fue duramente atacado por la industria química de los plaguicidas y hay quienes consideran que esta obra de Rachel Carson fue objeto de la primera campaña de relaciones públicas anti-ambientalista. Después de publicados los artículos en The New Yorker, la empresa Velsicol trató de impedir su edición como libro y envió una carta a la casa editorial, insinuando que la demandaría legalmente por desprestigiar los insecticidas clordano y heptacloro -de los cuales era única productora- y acusándola de ser parte de “siniestras influencias”. El presidente de Monsanto, Peter Rothberg, llamó a Rachel Carson “fanática defensora del culto al equilibrio de la naturaleza” y su empresa elaboró una sarcástica parodia de la obra, que publicó como inserto en numerosos periódicos del país. American Cyanamid pagó campañas propagandísticas en varios estados de la Unión Americana para reafirmar la necesidad del uso de plaguicidas. La Asociación Nacional de Sustancias Químicas Agrícolas dobló el presupuesto de su departamento de relaciones públicas y contrató al entonces joven E. Bruce Harrison como “administrador de la información ambiental”, para trabajar con los encargados de relaciones públicas de DuPont, Dow, Monsanto y Shell en la coordinación de una furiosa campaña mediática en la que se enviaron centenares de notas con ataques a Silent Spring a líderes de opinión en revistas, periódicos y panfletos. A Rachel Carson se la calificó de sentimental, histérica y alarmista, y a su obra, de estar basada en exageraciones sin suficientes fundamentos científicos. Se la acusó de promover el hambre mundial, al buscar la eliminación de los plaguicidas. Incluso, según la biógrafa Linda Lear, un ex secretario de Agricultura de los Estados Unidos, en carta a Dwight Eisenhower, afirmó que probablemente era una “comunista” -en el viejo estilo del McCartismo-, acusación que se repitió de diversas formas en la campaña contra ella, sugiriendo incluso una conspiración para arruinar la agricultura estadounidense. Sin embargo, y a pesar de los ataques, el desarrollo posterior de la investigación científica le dio la razón a la bióloga norteamericana.1 A pesar de las prohibiciones de los plaguicidas organoclorados desde fines de la década de 1960 y principios de la de 1970, en Europa y Estados Unidos, las empresas transnacionales como Dow, Bayer, Ciba-Geigy, Monsanto, ICI, Dupont y Velsicol continuaron produciéndolos en sus casas matrices para exportarlos a sus subsidiarias en América Latina, Asia y Africa. En 1979, algunos informes elaborados por el gobierno de Estados Unidos calculaban que por lo menos el 25% de todas sus exportaciones de plaguicidas correspondían a productos prohibidos o que nunca habían sido registrados para su uso dentro del país.2 5 Capitulo I En 1992, Greenpeace denunció la exportación de plaguicidas que carecían de registro en Estados Unidos: son los casos de exportación de butaclor (“Machete”, “Lambast”), por parte de la Monsanto; de carbosulfan (“Posse”, Advantage”, Marshall”, “Sheriff”, “FMC 350”), por FMC; de haloxifop metil y haloxifop etoxietil (“Gallant”, “Verdict”, “Dowco 453 M”), por Dow Elanco; de nuarimol (“Gaunlet”, “Trimidal”, “Triminal”), por Dow Elanco y de protiofos (“Tokuthion”), por Miles (antes Mobay Corp.). En tres de estos casos las solicitudes de registro nacional fueron rechazadas por la EPA, por sospechas de que el producto podía causar cáncer y otros efectos crónicos. Los límites tolerables de residuos que se solicitaron también fueron rechazados, por la posibilidad de que causaran cáncer, defectos de nacimiento y otros problemas de salud a largo plazo.3 En el período 1995-1996, 21 millones de libras (10.500 toneladas) de plaguicidas cuyo uso estaba prohibido en Estados Unidos, fueron exportadas a otros países. Estas exportaciones, que promediaban unas 14 toneladas diarias, incluían tanto productos prohibidos como productos no registrados para su uso nacional.4 La exportación de plaguicidas prohibidos desde los países industrializados al llamado “Tercer Mundo” fue denunciada a través de reportajes publicados en revistas como Rolling Stones, en 1975, y Mother Jones, en 1979. Sus autores, David Weir y Mark Schapiro, describieron en estos artículos el denominado Círculo del Veneno. En efecto, los plaguicidas prohibidos en Europa y Estados Unidos, pero exportados a otros países, eran usados en cultivos de exportación y regresaban al país de origen como residuos de los alimentos importados. La denuncia causó indignación mundial y motivó que un grupo de organizaciones ciudadanas de Asia, Africa y Estados Unidos, a iniciativas de la Organización Internacional de Consumidores, con sede en Penang, Malasia, crearan una nueva red ciudadana para enfrentar el problema. Así fue como se constituyó en 1982 la Red Internacional de Acción contra Plaguicidas (Pesticide Action Network, mejor conocida como PAN, su sigla en inglés). El 5 de junio de 1985, esta red inició una campaña internacional para la eliminación de la llamada “Docena Sucia”, que incluía a la mayoría de los plaguicidas seleccionados ahora por el Convenio de Estocolmo y que, después de muchas presiones, han sido prohibidos o restringidos en una buena parte del mundo (ver cuadros 1 y 2).5 6 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Cuadro 2 Plaguicidas de la campaña internacional contra “la Docena Sucia” del Pesticide Action Network • Los “drines” (aldrín, dieldrín, endrín) • Clordano / Heptacloro • Clordimeform • Toxafeno (canfecloro) • DBCP • DDT • EDB • HCH y lindano • Paraquat • Paratión etílico y metílico • Pentaclorofenol • 2,4,5-T (*) En 1986 se añadió Aldicarb (Temik). Fuente: Pesticide Action Network North America www.panna.org La Red de Acción en Plaguicidas, o Pesticide Action Network, tiene cinco representaciones regionales: Asia Pacífico, Africa, Latinoamérica, Europa y Norteamérica; cuenta con 400 organizaciones miembros en un total de 60 países, y sigue brindando apoyo para la eliminación de los plaguicidas más peligrosos y la promoción de alternativas de menor riesgo al control de plagas. Aunque la gran mayoría de los plaguicidas organoclorados ya no se usan o han sido prohibidos en numerosos países, aún pueden estar presentes en los sedimentos de ríos y lagunas, o en los sitios contaminados donde se fabricaron o formularon, debido a su gran persistencia. Se han ido acumulando en las cadenas alimenticias y se encuentran en la carga corporal de una gran parte de la población mundial que creció entre las décadas de 1940 y 1970. Incluso en Estados Unidos, algunos plaguicidas organoclorados como dieldrín, DDE (metabolito del DDT), endrín, heptacloro, hexaclorobenceno y toxafeno se han encontrado -aunque en pequeñas cantidades- en alimentos corrientes, como mantequilla, melones, pepinos, cacahuates, rábanos, espinacas y calabazas, según datos de 1999. 6 7 Capitulo I Africa recibió, durante las décadas de 1960, 1970 y 1980, miles de toneladas de plaguicidas organoclorados y organofosforados, donados por organizaciones de ayuda bilateral o internacional de Europa y Estados Unidos, para el control de plagas como la langosta y el chapulín, entre otros fines, Esto ha creado un grave problema de acumulación, que según las estimaciones hechas por la FAO, alcanza las 50 mil toneladas de plaguicidas obsoletos y decenas de miles de toneladas de suelos contaminados, afectando a la mayoría de los 53 países de la región y amenazando la salud de las comunidades y el medio ambiente. Se ha estimado que en Asia y América Latina existen otras 80 mil toneladas. En los países de Europa del Este los cálculos llegaban a las 150 mil toneladas, en marzo del 2000. Desde 1994 la FAO ha venido trabajando con los países en vías de desarrollo en la identificación y el tratamiento de los plaguicidas obsoletos acumulados. Por lo general, se procura que estos plaguicidas retornen a su lugar de origen o que sean incinerados en Holanda y Gran Bretaña. Sin embargo, la propia FAO estimaba en 1999 que sólo el 5% del total de plaguicidas obsoletos identificados había salido de Africa. Durante el proceso de negociaciones del Convenio de Estocolmo se creó, en diciembre del 2000, el Programa de Existencias Acumuladas de Africa (Africa Stockpiles Program), una iniciativa multisectorial donde participan la industria de los plaguicidas, representada por Crop Life; el Banco de Desarrollo Africano, el Banco Mundial, el Secretariado del Convenio de Basilea, diversas organizaciones de las Naciones Unidas y organizaciones ambientalistas, como PANAfrica, PAN-UK y el Fondo mundial para la Vida Silvestre (WWF).7 1.2 Los PCB, el legado contaminante del benceno clorado Durante más de 47 años los PCB, un tipo de aceites aislantes, fueron usados principalmente por la industria eléctrica a escala mundial. En América Latina son conocidos comúnmente por uno de sus nombres comerciales como askareles. Aunque las características químicas de los PCB se descubrieron en el siglo XIX (1881), su manufactura industrial la inició en 1929 la Corporación Swan, de St. Louis, Missouri, empresa que luego fue adquirida por Monsanto, en 1935. En Alemania la producción se inicia en 1930, y después de la Segunda Guerra Mundial se amplió a otros países, incluyendo Inglaterra, Rusia, Japón (en 1954 con una industria japonesa y a partir de 1969, con la Monsanto, en co-inversión con Mitsubishi), Francia, Austria, Italia, España, Bélgica, Checoslovaquia (1959) y China.8 Monsanto fue la única empresa productora de PCB en Estados Unidos y también el primer productor mundial, hasta que cesó de fabricarlos en sus plantas de Illinois y Alabama, a fines de 1976. Se estima que la producción total 8 Antecedentes del Convenio de Estocolmo de PCB en el mundo fue superior a 1.5 millones de toneladas (sin contar a Rusia y China) de las cuales Estados Unidos fue el principal productor, con 600 mil toneladas.9 Parte de la producción de PCB de Monsanto en Estados Unidos se exportó a otros países de América Latina y del mundo. La producción industrial de los PCB fue el resultado de la expansión de la industria petroquímica y de la demanda de la industria eléctrica. Con el aumento de la demanda de la gasolina extraída del petróleo crudo, se produjeron en forma secundaria grandes cantidades de otros químicos, como el benceno. La industria química comenzó a experimentar con él y con el cloro, para ver qué otros compuestos podrían usarse. Al calentar benceno bajo condiciones apropiadas, se juntan dos anillos de benceno, formando bifenilos. Al exponer estos bifenilos al gas cloro (Cl2), en presencia de un catalizador, se produce una reacción química -algunos de los átomos de hidrógeno son sustituidos por los de cloro- lo que da como resultado una mezcla de bifenilos policlorados. Dependiendo del tiempo de la reacción, de la cantidad de cloro inicialmente presente y de la temperatura, resultan diversos tipos de PCB, según el número y posición de los átomos de cloro en su estructura química.10 Los principales usuarios de los PCB fueron las grandes empresas productoras de condensadores y transformadores eléctricos, entre ellas Westinghouse y General Electric en Estados Unidos, y AEG o Siemens en Alemania.11 En la década de 1980 se calculaba que el 40% de todo el equipamiento eléctrico de Estados Unidos contenía PCB.12 A mediados y fines de la década de 1970 los PCB comenzaron a ser prohibidos o retirados en el mundo: en Japón (1974), Estados Unidos (1976), Canadá y Suecia. A principios de 1980 le siguieron Francia, Alemania (Bayer en 1983), España, Reino Unido y Checoslovaquia (1983). En Rusia la producción industrial de PCB no cesó sino hasta 1990.13 Aunque se ha dejado de producir PCB en un gran número de países, el problema no se ha resuelto, pues se calcula que el 70% de lo que se produjo a nivel mundial se encuentra todavía en uso en una gran cantidad de equipos eléctricos y de artículos de consumo. También se encuentran en los equipos viejos y en los artículos contaminados que han sido desechados y se hallan en bodegas, basureros municipales e instalaciones militares. Estas son las reservas latentes de contaminación, al igual que los sedimentos y lodos de las áreas de descarga donde históricamente se fueron vertiendo.14 Los problemas causados por los PCB en la salud de los trabajadores fueron conocidos por Monsanto y por las empresas eléctricas que los usaban, a los 9 Capitulo I pocos años de iniciada su fabricación; sin embargo, prefirieron continuar con su lucrativo negocio, pues no tenían un sustituto en el mercado. En efecto, en 1937 –sólo 8 años después de que se iniciara la producción de PCB- la Escuela de Salud Pública de Harvard organizó un encuentro para discutir los problemas de los efectos sistémicos de ciertos hidrocarburos clorados, incluidos los PCB, a la que asistieron representantes de Monsanto, General Electric, el Servicio de Salud Pública de Estados Unidos y la Corporación Halowax, entre otros.15 Ya en esa ocasión se dieron a conocer casos severos de cloracné -una enfermedad de la piel, muy dolorosa, que produce erupciones, quistes y pústulas- y se informó de muertes de trabajadores que habían estado expuestos a los PCB en el proceso de producción de estos compuestos químicos, o al utilizarlos como fluido aislante en la fabricación de transformadores eléctricos en las plantas industriales de la Corporación Halowax y de General Electric. En dicha reunión se informó también sobre los resultados de los experimentos con ratas de laboratorio y de algunos experimentos con seres humanos en las plantas de producción de PCB de Monsanto. A fines de 1971, representantes de Westinghouse confirmaron que los PCB se concentraban en la cadena alimenticia, pero se recomendó continuar con su uso. En la década de 1980 los investigadores empezaron a comprobar que los trabajadores expuestos a los PCB estaban muriendo de cáncer de piel y probablemente de cáncer del cerebro.16 Públicamente, Westinghouse y Monsanto afirmaron que ellos siempre informaron de forma completa a sus trabajadores acerca de los peligros de los PCB, pero durante la década de 1990 más de mil obreros demandaron compensaciones a Westinghouse por los daños a su salud y por las mentiras que recibieron por parte de la empresa. Aunque Monsanto cesó la producción de PCB en Alabama en 1976, no fue sino hasta agosto del 2003, después de décadas de litigio, que Monsanto y Solutia Inc. aceptaron finalmente pagar 700 millones de dólares para desarrollar un programa de limpieza del lugar, ente otras acciones, y dar respuesta así a los reclamos de 20 mil residentes de Anniston, Alabama, por la contaminación causada por la producción de PCB.17 1.3 Las dioxinas, Seveso, Vietnam y los intereses de las corporaciones Los efectos provocados por las dioxinas en el ambiente y en la salud humana han sido motivo de una intensa investigación y debate desde fines de la década de 1970 en Estados Unidos, Europa y Japón, países donde se ha realizado la mayor parte de la investigación científica sobre estos contaminantes. 10 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Muchos de los estudios iniciales sobre las dioxinas se realizaron a partir del análisis de los efectos causados por graves accidentes industriales en la producción de compuestos clorados. En estas situaciones se produjo una severa contaminación por dioxinas, como en el caso de Seveso, Italia (1976), que tuvo una mayor difusión, aunque no fue el primer accidente en ocurrir, ya que fue precedido por hechos similares en plantas industriales de Monsanto (Estados Unidos, 1949), BASF (Alemania, 1953), Dow Chemical (Estados Unidos, 1960), Phillips Duphar (Holanda, 1963) y Coalite (Reino Unido, 1968).18 Como se ha documentado ampliamente en Estados Unidos, la investigación sobre los efectos de las dioxinas es una historia social y política llena de conflictos, donde poderosas empresas químicas han llegado incluso a manipular la investigación científica y han ejercido su poder para influir en las decisiones de las agencias ambientales y para defender sus intereses frente a las demandas y protestas de los trabajadores, las comunidades y los veteranos de guerra afectados por la exposición a esas sustancias tóxicas. El accidente de Seveso, Italia La opinión pública internacional supo sobre las dioxinas y sus efectos a raíz del accidente industrial que afectó seriamente a la población del distrito urbano de Seveso, al norte de Milán, Italia. El 10 de julio de 1976, en el pueblo de Meda, explotó un reactor donde se fabricaba 2,4,5-tricolorofenol (TCP) -usado como intermediario en la producción de herbicidas (hexacloropropeno y 2,4,5-T)- en la empresa ICMESA, de propiedad del gigante farmacéutico suizo Givaudan-Hoffman-LaRoche, y cuyo permiso de funcionamiento no hubiera podido obtener en Suiza. La explosión provocó la liberación de casi 3 toneladas de sustancis químicas, incluyendo más de 600 kilos de clorofenoles y la formación de nuevos contaminantes: las dioxinas. La nube tóxica alcanzó una altura de 50 metros y se fue dispersando en el área vecina de Seveso y sus alrededores, afectando en menos de dos horas un área de 6 kilómetros al sur de la fábrica. Se calcula que 37 mil personas que habitaban las zonas residenciales vecinas resultaron expuestas. La contaminación afectó gravemente el suelo, las plantas, la vida silvestre y los animales domésticos; más tarde se midieron dioxinas en los tejidos de las personas de barrios vecinos y se encontraron niveles entre 5 y 20 veces superiores a los niveles ambientales. Miles de animales murieron en los dos meses posteriores al accidente y la población expuesta de Seveso ha presentado severos problemas de salud en el corto y largo plazo. Además de cloracné, se ha detectado un incremento de los casos de cáncer de hígado, linfomas, mieloma múltiple, leucemia y enfermedades cardíacas.19 11 Capitulo I Las situaciones de catástrofe, como la ocurrida en Seveso, no son los únicos episodios donde se liberan dioxinas al ambiente; día a día, en menor escala y a causa de diversas actividades industriales, generalmente involucrando la producción o combustión de compuestos clorados, se liberan dioxinas al aire, al agua y al suelo, provocando su acumulación en el ambiente, en las cadenas alimenticias y en la carga corporal de la población. En los anexos 2, 3 y 4 se presenta la lista de sustancias químicas que durante su producción pueden generar dioxinas y furanos. La manipulación de estudios sobre dioxinas por parte de Monsanto y de BASF Por muchos años la industria química sólo aceptó que la exposición severa a las dioxinas podía producir cloracné, pero ningún otro efecto crónico en la salud humana; que no había evidencia de que los seres humanos presentaran los mismos efectos vistos en experimentos con animales, especialmente cáncer. Estudios conducidos por Monsanto, BASF y Dow, y publicados en revistas científicas, fueron usados en repetidas ocasiones para defenderse de los reclamos de los trabajadores y las comunidades afectadas, usando estos argumentos. En 1980 Monsanto publicó el primero de tres estudios epidemiológicos de trabajadores expuestos a las dioxinas que se formaron por una explosión durante la fabricación de 2,4,5-T en Nitro, West Virginia, ocurrida décadas antes, en 1949. Monsanto concluía que los trabajadores no sufrieron efectos secundarios, salvo cloracné, y que no había pruebas de que la exposición a las dioxinas causara cáncer u otros efectos a largo plazo. Estudios adicionales efectuados por Monsanto en 1980 y 1984 apoyaron esta conclusión. De manera similar, en 1980 la empresa BASF presentó un estudio epidemiológico que concluía que los trabajadores y las comunidades no presentaban niveles significativos de casos de cáncer después de haber estado expuestos a dioxinas, a raíz de un accidente ocurrido durante la fabricación de 2,4,5-Triclorofenol, en Ludwigshafen, Alemania, en noviembre de 1953. Con base en estas conclusiones, la Asociación de Seguros de la Industria Química desechó la demanda de compensación interpuesta por los trabajadores de BASF. Los estudios de Monsanto y de BASF fueron presentados poco después que investigadores de Dow Chemical Co. encontraron que a muy bajos niveles de exposición, las dioxinas causaban cáncer en ratas, pero argumentaron que los resultados no podían extrapolarse a los seres humanos. 20 En 1965 y 1966, Dow llegó incluso a realizar experimentos en prisioneros de la cárcel de Holmesburg, Pensilvania, aplicándoles dioxinas en la piel y confirmando que desarrollaron cloracné y no otros efectos, aunque no se les hizo ningún examen médico posterior. La 12 Antecedentes del Convenio de Estocolmo EPA desatendió las quejas de algunos prisioneros liberados, que buscaron ayuda posteriormente, por hallarse enfermos.21 Estos estudios de Monsanto y de BASF fueron citados por numerosos artículos y editoriales como prueba de que la exposición a dioxinas no tenía efectos en la salud a largo plazo, más allá del cloracné y para cuestionar los esfuerzos de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) para clasificar las dioxinas como un probable carcinógeno humano. Sin embargo, años más tarde se descubrió que los estudios “clásicos” de Monsanto y de BASF fueron manipulados. Durante el juicio de Kemmer et.al. vs Monsanto, promovido en 1985 por ciudadanos de Sturgeon, Missouri, los abogados descubrieron y confirmaron mediante testimonios que se manipularon los datos al momento de clasificar a la población expuesta, a fin de forzar la conclusión de que el número de muertes por cáncer no era significativo. Se comprobó también que en forma deliberada no se incluyó información sobre enfermedades distintas al cloracné. En 1990 la doctora en química Cate Jenkins, funcionaria de la EPA, analizó la información de Monsanto y concluyó que la empresa deliberadamente uso información falsa y manipuló los resultados, por lo que le solicitó a la oficina de investigaciones criminales de la EPA que realizara una investigación más amplia sobre esa corporación. Sin embargo, la investigación fue archivada y la Dra. Jenkins fue removida de su cargo en 1992 y destinada a otras funciones en la EPA, con la restricción de no tener contacto con el público, ni autorización para participar en nuevas regulaciones. En el caso del estudio de BASF, la revisión hecha por un epidemiólogo independiente nombrado por una corte alemana en 1989 dejó al descubierto la manipulación de los datos. Al corregir los errores encontró pruebas estadísticas significativas relacionadas con el aumento de diversos tipos de cáncer en los trabajadores expuestos al accidente en la planta productora de triclorofenol.22 La influencia de la Dow sobre la EPA quedó también clara cuando en 1981 se publicó un informe sobre la contaminación por dioxinas en la cadena alimenticia de los Grandes Lagos. Funcionarios de la EPA editaron la versión final del informe y eliminaron las referencias que podían inculpar a Dow y a su fábrica en Midland (donde se producía el 2,4,5-T) como una de las fuentes principales de dioxinas. También omitieron incluir la recomendación de prohibir el consumo de pescado del río Tittabawasee y de la Bahía de Saginaw, ubicados cerca de la fábrica. No fue sino hasta 1983 que una investigación del Congreso descubrió esta manipulación, lo que provocó la renuncia obligada de altos funcionarios de la EPA.23 13 Capitulo I 2,4,5-T , el Agente Naranja y Dow El herbicida 2,4,5-T (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético) es un herbicida prohibido en numerosos países debido a que durante el proceso de su síntesis química se genera de manera involuntaria la más tóxica de las dioxinas, la 2,3,7-8, TCDD, contaminando el producto. La mezcla al 50% de dos herbicidas, el 2,4,5-7 + el 2,4-D (ácido 2,4-diclorofenoxiacético), se llegó a conocer como “Agente Naranja” --nombre derivado de las bandas de ese color en los tambores en que eran transportados--, y fue uno de los principales desfoliantes usados como arma química por el ejército estadounidense durante la guerra contra Vietnam.24 Decenas de miles de veteranos estadounidenses de esa guerra, además de tres generaciones de vietnamitas han señalado al Agente Naranja como el posible causante de un gran número de cánceres y de malformaciones congénitas en sus hijos y nietos, entre otros daños crónicos a su salud. Además del Napalm, 80 millones de litros de herbicidas, de los cuales 43 millones fueron del Agente Naranja, fueron rociados durante nueve años por el ejército estadounidense sobre la selva del sur de Vietnam, de 1962 a 1970, en la frontera con Laos, en acciones encubiertas codificadas bajo el nombre de “Operación Ranch Hand”, en lo que se ha calificado como “la mayor campaña de guerra química realizada en la historia”.25 Aunque el 2,4,5-T y el 2,4-D eran usados como herbicidas para el control de malezas de hoja ancha en la agricultura, la concentración de TCDD encontrada en el 2,4,5-T empleado en el Agente Naranja llegó a ser mil veces superior a la reportada para uso agrícola (50 ppm. comparada con 0,05 ppm, de TCDD, respectivamente). Se calcula que 4000 kg. de dioxinas fueron rociadas en un área de 3 millones de hectáreas de bosque y cultivos, casi el 10% del territorio de Vietnam.26 La aspersión aérea del Agente Naranja como desfoliante intentaba impedir que la selva sirviera de protección a la guerrilla comunista del Viet Cong en la llamada ruta de Ho Chi Min, por lo que millones de vietnamitas así como miles de pilotos, soldados y marinos de las tropas norteamericanas entraron en contacto con la mezcla de herbicidas contaminada con dioxinas. Casi inmediatamente al terminar la guerra de Vietnam, en 1975, los veteranos estadounidenses empezaron a reportar problemas crónicos de la piel, asma, úlceras gastrointestinales, cánceres y que sus bebés nacían con malformaciones. En 1979, 15 mil veteranos iniciaron una demanda colectiva contra Dow Chemicals, Monsanto, Diamond Shamrock, Uniroyal, Hercules, Thomson Chemical y Th Agriculture productoras de 2,4,5-T y el Agente Naranja que habían recibido jugosos contratos del Pentágono durante la guerra.27 El caso nunca llegó a la corte y los abogados llegaron a un arreglo en 1984, por lo 14 Antecedentes del Convenio de Estocolmo que las empresas aceptaron pagar 240 millones de dólares, que significaba otorgar a los demandantes 12 mil dls. si el veterano estaba vivo y no más de 3,500 dls si estaba muerto. Muchos veteranos y sus familias no estuvieron de acuerdo con el arreglo y continuaron con demandas individuales.28 A fines de 1979 el Presidente Carter firmó una ley que ordenó al Departamento de Asuntos de los Veteranos que condujera una investigación sobre el impacto del Agente Naranja sobre la salud de los veteranos; después de tres años de discutir aún sobre el protocolo y no iniciar la investigación, se encargó en 1983 al Centro de Control de Enfermedades (CDC por su ) para que la realizara. El CDC realizó diversos estudios, entre ellos el estudio de efectos crónicos a la exposición de herbicidas, “el estudio del Agente Naranja” pero anunció en 1986 que le era imposible identificar quien fue expuesto y quien no, y el estudio fue cancelado en 1987. El CDC en 1988 en otros estudios concluyó que no había pruebas sobre los efectos crónicos a la salud debidos a la exposición a dioxinas. Años más tarde el Congreso de los Estados Unidos ordenó a la Academia Nacional de Ciencias (NAS por sus siglas en inglés) que condujera una extensa investigación que concluyó en 1993 que los estudios de la (CDC por sus siglas en ingles) y otras investigaciones realizadas por la Fuerza Aérea fueron alteradas y manipuladas por presiones políticas de la Casa Blanca, durante la presidencia de Ronald Reagan. El informe de la NAS indicaba que había suficiente evidencia científica para relacionar la exposición al Agente Naranja con distintos tipos de cáncer, como sarcomas en tejido blando y linfoma no Hodgkin, con la de enfermedad de Hodgkin, el cloracné y con otros desórdenes metabólicos y cardiovasculares, como la porfiria cutánea tardía (que afecta las áreas del cuerpo expuestas a la luz, causando hirsutismo, hiperpigmentación y fragilidad de la piel). Otras enfermedades donde se encontró evidencia limitada, pero sugerente, fueron otros cánceres del sistema respiratorio, cáncer de la próstata y mieloma múltiple. Se estima que existen también otros efectos posibles de confirmar entre los veteranos, dado el largo período de latencia de otros tipos de cáncer. El informe de la Academia Nacional de Ciencias hizo posible que la Administración de Veteranos aprobara el otorgamiento de compensaciones por nueve enfermedades derivadas de la exposición al Agente Naranja en la Guerra de Vietnam, aunque según otros críticos había eviden-cias de 28 enfermedades relacionadas con la exposición a este tóxico.29 En enero del 2003 el Departamento de Asuntos de los Veteranos otorgó beneficios extras de compensación a los veteranos que sufrían de un tipo de leucemia, después de comprobar mediante investigación científica su vínculo con la exposición al Agente Naranja.30 15 Capitulo I Gracias a su lucha, los veteranos estadounidenses de la Guerra de Vietnam reciben una compensación mensual (de hasta $1,500 dls) si sufren de enfermedades relacionadas con el Agente Naranja; pero para los millones de víctimas vietnamitas no ha habido compensación alguna por el gobierno de Estados Unidos o las corporaciones que produjeron esta arma química. Las familias vietnamitas afectadas apenas reciben de su gobierno 5 dólares al mes. La Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente Naranja (AVAN) estima en tres millones la población expuesta a este herbicida durante la guerra, y al menos un millón que sufre de serios problemas de salud, según registros de la Cruz Roja de Vietnam. Otras estimaciones elevan a 500 mil el número de niños nacidos con deformidades. Han pasado 29 años desde que se terminó la guerra con Estados Unidos, pero aún se encuentran dioxinas en el suelo, en altas concentraciones, y lo que es peor, estas sustancias se han dispersado en los sedimentos y en los ríos y se han concentrado en las cadenas alimenticias y en la carga corporal de hombres y mujeres, que se pasa a las futuras generaciones en la leche materna. Los nietos de los hombres y mujeres vietnamitas expuestos al Agente Naranja aún sufren las consecuencias. Se han localizado más de 50 sectores con altos niveles de contaminación con dioxinas. En enero del 2004 la Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente Naranja (AVAN) presentó ante una Corte Federal de Estados Unidos una querella judicial por crímenes de guerra contra las 37 corporaciones químicas estadounidenses que fabricaron y distribuyeron este tóxico. El juicio civil se inició en marzo del mismo año en la Corte Federal en el distrito de Brooklyn del Estado de Nueva York, en la que se espera será una fuerte batalla legal, pues afecta a poderosas corporaciones como la Dow Chemical, y Monsanto. A la demanda se han sumado cientos de víctimas y se espera lo hagan miles más; ha recibido la solidaridad de la Asociación Mundial de Abogados Democráticos y el apoyo de organizaciones que han conducido investigaciones en comunidades afectadas en el país asiático. Los Estados Unidos y las corporaciones deben pagar su deuda al pueblo de Vietnam.31 Otros juicios promovidos en Estados Unidos en documentos revelados en la Corte Federal y resumidos en un extenso reportaje del New York Times en 1983, dieron a conocer que Dow Chemical estaba enterada desde 1964 de la contaminación con dioxinas en la producción del 2,4-5-T en su planta industrial de Midland, Michigan, ya que ese año se produjo un brote de cloracné entre sus trabajadores. Dow, como principal productor de 2,4,5-T, invitó a otras empresas fabricantes de este herbicida, entre ellas Monsanto y Hooker Chemical (después Occidental), para discutir las implicaciones políticas y científicas de la contaminación con dioxinas de su línea de producción del 16 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Agente Naranja, pero no informó sobre este descubrimiento al gobierno sino hasta 1970. Durante ese período continuó fabricándolo y vendiéndolo al ejército norteamericano para ser usado en Vietnam. Dow y Monsanto fueron los principales productores del Agente Naranja.32 Aún cuando el Pentágono ordenó dejar de usar el Agente Naranja en 1970, el 2,4,5,T se continuó usando como herbicida en Estados Unidos por otros nueve años. En 1973, la EPA intentó cancelar su registro, pero pospuso la decisión, bajo presiones de la industria química, para realizar nuevos estudios. Una demanda legal ciudadana y un estudio posterior de la EPA -que relacionaba la ocurrencia de abortos involuntarios con los programas federales forestales de aplicación aérea del 2,4,5-T en Alsea, en la costa de Oregon- hicieron posible que en 1979 esta agencia dictara una orden de emergencia para suspender la aplicación de este herbicida en los bosques, caminos y pastizales de los Estados Unidos. Dow cuestionó la decisión, al igual que la validez del estudio de la EPA y sostuvo una batalla legal por otros seis años, período durante el cual siguió exportando 2,4,5,T al Tercer Mundo, hasta que en diciembre de 1984 se cancelaron todos los usos de este producto. Sin embargo Dow continuó produciendo 2,4,5-T con otra empresa asociada, en Nueva Zelanda, hasta 1987. Actualmente el 2,4,5-T se ha prohibido o dejado de usar en la mayor parte del mundo. El otro componente del Agente Naranja, el herbicida 2,4,D (2,4-diclorofenoxiacético) también se puede contaminar con dioxinas, pero como la mayoría de éstas no corresponden al tipo más tóxico -la 2,3,7,8 TCDD- su toxicidad fue menor a la del 2,4,5-T. Es inevitable que se produzcan dioxinas durante la producción de 2,4-D, como se ha comprobado en los efluentes de las descargas y en las emisiones a la atmósfera del principal fabricante de este producto, Nufarm Ltd, en Melbourne, Australia. Sin embargo, la industria argumenta que esta contaminación puede reducirse con medidas de control.33 El análisis de 2,4-D en muestras tomadas en Estados Unidos, Israel y Rusia, en 1997, indicó la presencia de dioxinas y furanos.34 El 2,4-D aún es un herbicida de amplio uso mundial.35 El tortuoso camino de la evaluación de dioxinas en Estados Unidos El estudio de la generación no intencional de dioxinas y los riesgos a la salud, por el gobierno de los Estados Unidos ha sido un largo y lento proceso, de más de 20 años, que aún no termina, sujeto a fuertes presiones de los poderosos intereses de las corporaciones de la industria química. 17 Capitulo I En 1982, el Programa Nacional Toxicológico del Departamento de Salud y Servicios Humanos terminó un estudio sobre la carcinogenicidad de las dioxinas y encontró cáncer tanto en ratas como ratones, expuestos a niveles de dioxinas similares a los encontrados por estudios previos publicados en 1978 por científicos de Dow. En 1985 la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de Estados Unidos publicó una revisión científica de los efectos a la salud de las dioxinas que sirvió de base para la primera evaluación de riesgos de las dioxinas, que determinó una dosis diaria aceptable (DDA) de exposición con un límite más bajo que el establecido en esa época por otras agencias gubernamentales u otros países (0.006 picogramos por kg. de peso corporal por día). Poco tiempo después, en 1987, la EPA informó en su Estudio Nacional de Dioxinas que había encontrado estos contaminantes en los efluentes de las empresas papeleras en diversos lugares del país; esto provocó una fuerte presión de la industria química del cloro y de la industria papelera para que la EPA reconsiderara sus estimaciones de riesgo de 1985. La presión dió resultado y en 1988, la EPA formó un grupo interno de trabajo para iniciar lo que sería la primera reevaluación de dioxinas del documento de 1985; sin embargo, sus propuestas de elevar los valores de riesgo fueron criticados por el Consejo Asesor Científico de la EPA (compuesto por científicos no gubernamentales) que no encontró bases para cambiar los valores establecidos en 1985. En abril de 1991 la EPA inició su segunda reevaluación, bajo presión del Instituto del Cloro (conocido más tarde como Consejo de la Química del Cloro) –que agrupa a los mayores productores y usuarios comerciales de compuestos del cloro- con la idea de buscar un umbral de exposición seguro, y con la expectativa de la industria de probar que la dioxina fuera menos tóxica que lo que se pensaba.36 En septiembre de 1994 la EPA dió a conocer los resultados de su segunda reevaluación de dioxinas, presentados como un “borrador para recibir comentarios del público”. En forma contraria a lo que la industria esperaba, la EPA encontró que los problemas de salud relacionados con las dioxinas eran peores de lo que se creía. Calculó que el nuevo nivel de riesgo aceptable de contraer cáncer era de 100 a 1000 veces más alto que el de 1 en 1 millón que hasta entonces se consideraba aceptable; reconoció otros efectos crónicos causados por las dioxinas a niveles muy cercanos a la exposición ambiental de la población, y advirtió que las dioxinas se van acumulando en el cuerpo, principalmente a través de la dieta, para formar una carga corporal de contaminantes. La industria volvió a presionar con un reporte de científicos a su servicio, que criticaron varios capítulos del borrador; de este modo la EPA se vió forzada a pedir, en diciembre de 1994, a su Consejo Asesor Científico que revisara partes del informe de reevaluación de dioxinas, por lo que se creó un comité de científicos ad hoc que diò a conocer su informe en septiembre de 18 Antecedentes del Convenio de Estocolmo 1995, que en líneas generales avaló el informe de 1994. Mientras tanto las agencias estatales y locales pidieron que hubiera mayor guía sobre las situaciones de exposición y riesgo a nivel estatal y local, y de nuevo la presentación del informe fnal se pospuso.37 En junio del 2000 la EPA presentó una revision del informe de reevaluación de dioxinas de 1994 y, de nuevo para disgusto de la industria, que reportaba vínculos más fuertes entre la exposición a dioxinas y un impacto severo en la salud. El Consejo Asesor Científico volvió a revisar el informe en el otoñoinvierno de 2000-2001 en un proceso controlado por la industria y cuestionado por su falta de neutralidad, y en junio del 2001 mandó una carta a la EPA en la que le urgía se concluyera y presentara al público. La EPA en cambio ese mismo mes, anunció la creación de un Grupo de Trabajo Interagencia para una revisión más, y le envió el documento para su revision hasta enero del 2003, 18 meses después de creado el Grupo. El Grupo de Trabajo Interagencia está compuesto por representantes de todas las agencias federales y estatales para comentar el informe y desarrollar una estrategia para su presentación pública; es coordinado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos y el Departamento de Agricultura, quien tiene un gran interés en minimizar el impacto de las regulaciones de dioxinas en el sector industrial alimentario, especialmente en la ganadería y productos lácteos. El Grupo de Trabajo InterAgencia le pidió a la Academia Nacional de Ciencias (NAS) que evaluara la consistencia científica del informe de reevaluación de dioxinas; para junio del 2004 fuentes internas han revelado que aunque la NAS no ha recibido fondos para su revisión, se le ha asignado la tarea de encontrar cualquier cosa que no sea perfecta del informe de dioxinas entregado en el 2003, en un esfuerzo más para posponer su presentación pública hasta después de las elecciones presidenciales de noviembre del 2004, y tanto como sea posible. 38 Diversas organizaciones ciudadanas de Estados Unidos han denunciado las presiones de las organizaciones empresariales de la industria química para influir en el proceso de reevaluación de las dioxinas realizada por la EPA, lo que les ha permitido retardar la presentación pública del informe final. Entre las tácticas corporativas usadas por el Consejo Americano de la Química (ACC) y el Consejo de la Química del Cloro (Chlorine Chemistry Council ó CCC), se encuentra el cabildeo para poner a científicos proclives a la industria en posiciones claves en los paneles de revisión del Consejo Asesor Científico de la EPA. El ACC y el CCC también han propuesto reformas legislativas que limiten la participación pública; y amenazaron con demandar legalmente a la EPA si clasifica las dioxinas como un conocido carcinógeno para humanos. Estas organizaciones empresariales aportaron generosas contribuciones económicas a las campañas del presidente Bush y de Christine Todd 19 Capitulo I Whitman -directora de la EPA en el 2003- cuando se postuló como gobernadora de Nueva Jersey. De igual modo, la industria ha presionado a los gobiernos locales para impedir la aprobación de ordenanzas en contra de diversas fuentes generadoras de dioxinas, como ha ocurrido en los condados de San Francisco y Marino y en las ciudades de Oakland, Berkeley, San Francisco y Palo Alto, en California. Por todo lo anterior, se ha denunciado que los grupos empresariales de la Industria Química del Cloro representan un poderoso grupo de presión que obstaculiza el ejercicio de una política pública democrática que proteja la salud y el ambiente de la población. Esta es la posición de organizaciones como el Centro para la Salud Ambiental y la Justicia (CHEJ), institución que brinda servicios a una amplia coalición integrada por cientos de organizaciones comunitarias de los Estados Unidos.39 Los esfuerzos de la industria química del cloro por presionar a las autoridades ambientales de Estados Unidos no son nuevos; cuando en 1994 la EPA propuso estudiar la viabilidad de una estrategia nacional para “prohibir, sustituir o reducir” el uso de compuestos clorados en cuatro de los mayores sectores usuarios (PVC, solventes, blanqueo de la pulpa de papel y tratamiento del agua), el Instituto del Vinilo calificó la propuesta como “una declaración de guerra contra la sociedad moderna” y el Consejo de la Química del Cloro lanzó una agresiva contra-campaña, con un intenso cabildeo en el Congreso, en la prensa y entre otros funcionarios públicos, hasta que la Casa Blanca retiró la propuesta.40 Ante el gran retraso en la presentación pública de la versión final de la reevaluación de dioxinas el Centro para la Salud Ambiental y la Justicia convocó a un grupo de científicos para que revisara la información científica disponible sobre el impacto en la salud de la exposición a dioxinas y publicó su propio reporte, en noviembre de 1999, incluyendo las propuestas de cambio de promoción der alternativas y de política pública en cada una de las fuentes identificadas de generación de dioxinas. 41 1.4 La lucha contra la incineración El movimiento ciudadano contra la industria de la incineración de residuos ha sido un componente importante en la lucha contra los COP y ha adquirido un carácter internacional. La incineración en un sentido amplio incluye un proceso de combustión u oxidación térmica de residuos, para reducirlos a gases y cenizas. La quema de basura en incineradores fue primero practicada en Europa en el siglo XIX. En 20 Antecedentes del Convenio de Estocolmo la década de 1930 el método barato de enterrar los residuos llevó a un aumento en la construcción de depósitos bajo tierra (“rellenos sanitarios”), que se fueron sofisticando para recibir residuos industriales peligrosos mediante el añadido de filtros, capas impermeables y sistemas de vigilancia y recolección de lixiviados (“confinamientos de residuos peligrosos”). Sin embargo, en la década de 1970 la falta de espacio para construir nuevos rellenos sanitarios o confinamientos de residuos peligrosos; el incremento enorme del volumen de residuos municipales y peligrosos; el rechazo de comunidades y gobiernos locales que no deseaban recibir basura de otros lugares y ver contaminados su suelo y su agua, todo ello llevó a que la industria del manejo de residuos comenzara a promover las tecnologías de incineración como una solución a “la crisis de la basura”.42 Las empresas promueven la incineración como una forma de reciclaje o de “recuperación de recursos”, si se obtiene energía a través de la quema de residuos. Sin embargo, la cantidad de energía recuperada, no sólo no es significativa sino que en muchos casos es notablemente menor que la energía que se ahorra si, en lugar de quemar los productos, se los repara, reutiliza, recicla o compostea, evitando tener que fabricarlos de nuevo con materiales vírgenes. Agregado a esto, el mismo proceso de incineración deja residuos que son con frecuencia más tóxicos que los materiales originales. Los diversos tipos de incineradores incluyen los destinados a la combustión de residuos municipales y los que se utilizan para incinerar residuos peligrosos. Entre los residuos peligrosos se encuentran diversos tipos de residuos industriales sólidos, líquidos y lodos, así como residuos biológico infecciosos provenientes de hospitales. Al ser identificados los incineradores como una fuente de generación de dioxinas y otros contaminantes, la oposición ciudadana a ellos ha ido creciendo. Tan sólo en Estados Unidos, entre 1985 y 1994, alrededor de 280 propuestas para instalar incineradores de residuos municipales fueron rechazadas o se dejaron de lado. Asimismo, decenas de gobiernos en todo el mundo prohibieron o restringieron la incineración de residuos, ante la evidencia de los peligros que representa esta tecnología, e impulsados por la presión ciudadana.43 Frente a la oposición a los incineradores, en los últimos años se ha extendido la práctica de la industria cementera de quemar residuos peligrosos y no peligrosos como combustible alterno de sus hornos rotatorios para la producción de cemento. Esta práctica es promovida por el cartel de transnacionales que controlan el mercado mundial del cemento, como una “Iniciativa para el cemento sostenible”; de este modo realizan un doble negocio, ya que ganan por el tratamiento de residuos y por la venta del cemento, y de paso se 21 Capitulo I maquillan de verde, al presentar esta práctica como forma de ahorro de energía y como solución al problema de los residuos, como veremos con mayor detalle en la página 31. La incineración representa una ventaja para quienes generan residuos peligrosos; esto se debe especialmente a que desaparece la responsabilidad legal vinculada a los residuos, una vez que entran al incinerador. A diferencia de los problemas legales causados por el vertido o por el lixiviado en los confinamientos, en el caso de la incineración no hay etiquetas de tambores que identifiquen al generador de residuos, ya que éstos se transforman en gases atmosféricos y en cenizas, y allí los residuos originales no pueden ser rastreados. La responsabilidad se traslada de la empresa generadora a la que opera el incinerador.44 Liberación de COP y otras sustancias peligrosas por los incineradores 45 Todos los tipos de incineradores liberan residuos peligrosos, ya sea gases de chimenea, o cenizas que pueden contener metales pesados y productos de combustión incompleta, formándose de manera involuntaria nuevos COP, tales como dioxinas y furanos. De acuerdo a la propia EPA, los incineradores de residuos peligrosos liberan miles de Productos de Combustión Incompleta (PCI) durante el proceso de incineración. Estas partículas son emitidas en los gases de chimenea y también depositadas en las cenizas residuales y líquidos de los incineradores de residuos peligrosos. Gases de chimenea: Emiten contaminantes orgánicos persistentes, como dioxinas, furanos, PCB, hexaclorobenceno, que como ya se verá con mayor detalle son muy tóxicos, persistentes y bioacumulables en las cadenas alimenticias. Además se liberan otros compuestos orgánicos, incluidos gases de efecto invernadero; metales pesados, incluidos plomo y cadmio; gases ácidos; y partículas ultra finas que escapan a los filtros y equipos de control de emisiones (de 2.5 micras), que pueden permanecer suspendidas en la atmósfera por largos períodos o depositarse en los pulmones. Estas partículas pueden acarrear dioxinas y metales pesados. Las emisiones atmosféricas de COP pueden desplazarse a grandes distancias y afectar a las comunidades y al medio ambiente. Cenizas: Los procesos de incineración generan dos tipos de cenizas: las cenizas del fondo que quedan después de la incineración y las cenizas volantes, algunas de las cuales son capturadas por los equipos de control y otras son emitidas a la atmósfera. Las cenizas pueden estar contaminadas con PCI y metales pesados. 22 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Las emisiones fugitivas: Son residuos que se liberan de manera accidental durante las operaciones de transporte y manejo, a veces en cantidades iguales o mayores que las emisiones atmosféricas de chimenea. Los metales pesados contenidos en los residuos que se queman, no se destruyen sino que se redistribuyen y cambian de forma física. En ocasiones adquieren una mayor toxicidad, y resultan más fáciles de inhalar, de ingerir, o bien de lixiviarse, en el caso de la ceniza de los incineradores. Se han identificado por lo menos 19 metales en los gases de chimenea, las cenizas y otros residuos de los incineradores. Los metales liberados comúnmente son mercurio, plomo, cadmio, cromo, arsénico y berilio, todos conocidos como posibles cancerígenos. El mercurio se libera de los incineradores en forma gaseosa, como mercurio elemental; es un potente neurotóxico y se biomagnifica en la cadena alimenticia. Las limitaciones de los métodos de medición de dioxinas y furanos las señalaremos en la cuarta parte del libro, al referirnos a los inventarios de dioxinas en los planes nacionales de aplicación del Convenio de Estocolmo. Cabe por el momento anotar que los actuales métodos de medición subestiman la liberación real de dioxinas, al no incluir un método de medición continua, por varios días y no por unas cuantas horas, como sucede normalmente. Además, el informe de liberación de dioxinas debe ser total, no sólo de la emisión en los gases de chimenea sino también en cenizas y otros residuos líquidos y sólidos. Las medidas de control de dioxinas y furanos que establecen los gobiernos son muy débiles y se reducen a una o dos mediciones al año, con previo aviso, por lo que no reflejan las condiciones medias reales de operación, con encendidos, apagados y fallas frecuentes. Impactos de la incineración en la salud y medio ambiente Las investigaciones sobre la exposición humana y medioambiental a las emisiones procedentes de la incineración son limitadas, pero hay ya una evidencia acumulada de que los incineradores –tanto las instalaciones más modernas como las más antiguas– contribuyen a la contaminación local de los suelos y la vegetación con dioxinas y metales pesados y tienen un efecto negativo en la salud de trabajadores y población vecina expuesta. Las poblaciones que viven cerca de las incineradoras se encuentran expuestas a sustancias químicas peligrosas, sea por inhalación de aire contaminado, por el consumo de productos agrícolas locales contaminados (verdura, huevos y leche), o por el contacto directo con suelo contaminado. Los niveles de dioxinas y compuestos de similar toxicidad en los tejidos de las personas que 23 Capitulo I viven cerca de las incineradoras son mayores, incluidas la sangre de los niños y la leche materna. Aunque limitados, diversos estudios han documentado los siguientes impactos en trabajadores que laboran en diversas incineradoras de residuos sólidos urbanos: niveles elevados de mutágenos (con capacidad para dañar el ADN de las células) en la orina; aumento de los niveles de hidroxipirebo en la orina (un indicador de exposición a hidrocarburos poliaromáticos); aumento en 3,5 veces la probabilidad de muerte por cáncer de pulmón; aumento en 1,5 veces la muerte por cáncer de esófago; incremento de 2,79 veces la mortalidad por cáncer de estómago; incremento de alergias; disminución de la función del hígado; hiperlipidemia, isquemia coronaria (insuficiencia de la corriente sanguínea al corazón que provoca angina de pecho) y cloracné.46 Otros estudios sobre la salud de las poblaciones que viven cerca de las incineradoras han documentado los siguientes impactos: daños cromosómicos; niveles de tioéteres en orina; aumento de diversos cánceres (un 44% en sarcomas de tejido blando, y un 27% en linfomas no Hodgkin (que no incluyen los tejidos linfáticos); mortalidad por cáncer de pulmón y cáncer de laringe; aumento del 37% en mortalidad por cáncer de hígado; incremento de dos veces en la probabilidad de mortalidad por cáncer infantil. También se han observado problemas respiratorios y enfermedades pulmonares (dificultad para respirar, tos persistente y bronquitis) cerca de cementeras. A ello se agregan malformaciones congénitas como “labio leporino”, espina bífida e hipospadias (los testículos no descienden); hay estudios contradictorios sobre posible incremento de embarazos múltiples y se ha encontrado niveles bajos de hormonas tiroideas en niños.47 La conexión entre el contenido de cloro de los residuos y la formación de dioxinas en la incineración Uno de los aspectos polémicos en la crítica a la incineración es la relación entre el contenido de cloro presente en los residuos y el aumento o disminución en la generación de dioxinas. Para el Consejo de la Industria Química del Cloro (Chlorine Chemistry Council), citando algunos estudios, el diseño del incinerador y las condiciones de operación son los factores críticos que determinan el aumento de dioxinas y furanos resultantes de la combustión y afirman que no hay una relación entre ese incremento y el de los residuos clorados.48 De este modo, la industria desea evitar el ejercicio de restricciones o políticas que limiten o cuestionen el uso de productos ofrecidos por ella. 24 Antecedentes del Convenio de Estocolmo A pesar de los argumentos de la Industria del Cloro, hay un cuerpo significativo de evidencia científica que demuestra lo contrario: que la formación de dioxinas disminuye cuando el contenido de compuestos clorados disminuye. En efecto, la división científica de Greenpeace Internacional realizó una amplia revisión de la literatura científica publicada hasta fines del 2001 y a partir de ello argumenta lo siguiente: dado que cada molécula de dioxina contiene dos o más átomos de cloro, el cloro es absolutamente necesario para la formación de dioxinas, por lo tanto, si el cloro no está presente, las dioxinas no se forman. Hay tres tipos de estudios que han comprobado la relación entre el bajo contenido de cloro y la reducción de la formación de dioxinas: estudios realizados en sistemas de combustión en laboratorio y a una escala piloto; en sistemas de combustión en pequeña escala; y en sistemas de combustión a escala completa.49 En el caso específico de los incineradores a escala completa, algunos estudios han comprobado la reducción de la formación de dioxinas al haber reducción del contenido de cloro, mientras que otros estudios no han llegado al mismo resultado. Esto ha sido interpretado por algunos reguladores como una indicación de que para esta particular categoría de sistemas de combustión, el insumo de cloro tiene poca o ninguna influencia en la formación de dioxinas. No se ha presentado ninguna explicación científica para explicar porqué o cómo la relación cloro-dioxinas en los incineradores de escala completa debería ser distinta a la que se da en los otros sistemas de combustión. Sin embargo, una explicación práctica de la inconsistencia en los resultados obtenidos por los estudios de los incineradores de residuos en amplia escala puede encontrarse en las dificultades que presenta este tipo de estudios, como son: errores en el diseño del estudio, métodos de muestreo y análisis con un alto nivel de incertidumbre, una emisión retardada de dioxinas (cuando las dioxinas son absorbidas en la pared de las chimeneas y luego liberadas lentamente), gran variabilidad del contenido de residuos y, finalmente, la incertidumbre de las mediciones de cloruro de hidrógeno en los gases de chimenea, como indicador del contenido de cloro.50 Las consecuencias regulatorias de la correlación entre el contenido de cloro en los residuos y la formación de dioxinas, ha llevado a algunos gobiernos a imponer restricciones al contenido de cloro del combustible usado o de los residuos quemados en los incineradores y a plantear la sustitución de los materiales clorados. Por ejemplo, el gobierno sueco ha promovido la sustitución del plástico PVC o vinilo (policloruro de vinilo) para el año 2007. El PVC contiene un 57% de cloro y ha sido identificado como el principal constituyente de compuestos clorados en incineradores, al igual que un impor- 25 Capitulo I tante contribuyente a la formación de dioxinas en los incendios ocurridos en los basureros.51 La oposición internacional a la incineración La expansión de la industria de la incineración en los países del Sur, en los últimos años, se ha dado al amparo de argumentos que señalan que se ha mejorado la eficiencia de la combustión y los dispositivos de captura de contaminantes. Se afirma que con estas medidas se reducen y controlan las emisiones peligrosas; sin embargo estos controles, si bien reducen la generación de contaminantes, no logran eliminarla. Por otra parte, el costo de los equipos para filtrar o controlar la contaminación puede llegar a representar una tercera parte o incluso hasta la mitad del costo de la instalación. Esto se ve principalmente en los países industrializados, que cada vez imponen mayores exigencias de control de emisiones. Para los países del Sur, salvo que permitan que los incineradores operen con medidas menos estrictas de control –lo que crearía un doble estándar inaceptable- la opción de incinerar de los residuos peligrosos resulta demasiado onerosa.52 Otros problemas que se agravan en los países del Sur son las dificultades y gastos mayores en el monitoreo de los contaminantes provocados por los incineradores, por no contar con laboratorios especializados ni con personal técnico entrenado; por limitaciones en materia de confinamientos de residuos peligrosos adecuados para el depósito de las cenizas; por problemas de mantenimiento; por diferencias en la composición de los residuos, lo que puede afectar la operación de los incineradores; por hechos de corrupción y, finalmente, por problemas financieros al recibir menos toneladas de residuos que las planeadas. La incineración de residuos municipales es una inversión de alto costo de capital y poca fuerza de trabajo empleada. Además del desperdicio de recursos que implica, elimina la posibilidad de creación de otras fuentes de empleo, a diferencia de las operaciones de reciclado de materiales. 53 En el año 2000 se constituyó la Alianza Global para Alternativas a la Incineración (GAIA, su sigla en inglés), que forma una red de más de 400 organizaciones e individuos miembros en 70 países de Europa, Estados Unidos, Asia, Africa y América Latina. GAIA apoya la resistencia ciudadana contra los incineradores y promueve proyectos de producción limpia y reducción de la generación de residuos, con la meta última de “residuo cero” (zero waste). 54 Los incineradores municipales, hospitalarios, de residuos peligrosos y los hornos cementeros que queman residuos clorados como combustible son una 26 Antecedentes del Convenio de Estocolmo tecnología sucia que puede ser reemplazada por sistemas de prevención y manejo que reduzcan en la fuente la generación de estos desechos. Los que no puedan reducirse deben ser tratados con tecnologías adecuadas que no generen nuevos contaminantes. En la sección dedicada a las Mejores Técnicas Ambientales ahondaremos en este tema. En el caso específico de las alternativas a los incineradores de residuos hospitalarios existe una campaña y red internacional denominada “Cuidado de la Salud sin Daño” (Health Care Without Harm), que agrupa a hospitales, consultores, enfermeras, profesionales del sector salud y empresas proveedoras de servicios que promueven, además de alternativas a la incineración, la eliminación del mercurio, el PVC, y otras sustancias tóxicas, a fin de reducir los riesgos a la salud de trabajadores y pacientes mediante sistemas eficaces de reducción, segregación y tratamiento de los residuos hospitalarios.55 En la cuarta reunión del Comité Intergubernamental de Negociaciones del Convenio de Estocolmo, celebrada en Bonn, Alemania en marzo del 2000, más de 36 organizaciones sociales y ambientalistas pertenecientes a IPEN se pronunciaron contra la transferencia de incineradores desde Estados Unidos y Europa hacia el resto del mundo. Además hicieron un llamado para que el convenio establezca mecanismos de ayuda técnica y financiera para promover tecnologías alternativas de no combustión, a fin de que el tratamiento de las existencias acumuladas de COP pueda realizarse sin que se produzcan dioxinas y furanos. 1.5 Las propuestas alternativas de “residuo cero”, producción limpia y extensión de la responsabilidad del productor Como una alternativa al depósito final de los residuos (en rellenos sanitarios o confinamiento de residuos peligrosos) y a las tecnologías tóxicas de tratamiento –que al igual que la incineración generan nuevos contaminantes–, un gran número de ciudadanos y empresas proponen un nuevo paradigma en la gestión de residuos, que pone el acento más en la prevención que en el control de los residuos y de los contaminantes que genera la producción industrial. Una de las propuestas que va adquiriendo cada vez más fuerza es la de lograr sistemas de “residuo cero" (zero waste). Se plantea ir más allá de las actividades de separación de la basura, de la recuperación de materia orgánica para composta y del reciclaje de vidrio, plásticos y cartón. Se trata de incidir no sólo en el reciclaje y manejo de los residuos al final del ciclo de vida del producto, sino de modificar el conjunto del ciclo de producción y consumo (la extracción de las materias primas, el diseño del producto, las prácticas productivas, el modo de transporte, la forma como los consumidores eligen, y 27 Capitulo I más). Ello, con la meta de ir construyendo un sistema en el cual los materiales sean devueltos a la naturaleza o al mercado sin generar residuos.56 La filosofía y el principio de las propuestas de “residuo cero” van más allá de la gestión lineal a lo largo del ciclo de vida de los productos, o gestión de “la cuna a la tumba” (extracción-producción-consumo-disposición final), que es lo que predomina actualmente, para pasar a una visión circular, que permita la gestión “de la cuna a la cuna”. Este planteamiento busca transformar los procesos industriales y sus productos para que el flujo de materiales se realice cada vez más en forma circular, a semejanza de lo que sucede en los sistemas naturales (ver figura1). Figura 1 Estructura Circular de la Economía Sustentable Fuente: Iza Kruszewska y Beverly Thorpe 4. Extensión de la Responsabilidad del Productor. Estrategias para promover la Producción Limpia. Informe de Greenpeace 1995, p.9 Para atacar de raíz el problema de la generación de residuos se requieren cambios en la fuente que los genera, en la producción misma, y no solo soluciones “al final de la tubería”, con mejores filtros y equipo de control de los contaminantes. Es aquí donde entran las acciones para lograr una Producción Limpia. Esta incluye la aplicación de técnicas para ir reduciendo en forma creciente, hasta eliminar, el uso de sustancias tóxicas en los productos o proce- 28 Antecedentes del Convenio de Estocolmo sos productivos. La aplicación de estrategias de reducción del uso de tóxicos se realiza mediante la sustitución de insumos o materiales en el rediseño del producto y de los procesos; y la reducción del volumen tóxico a través de mejoras en la eficiencia o rendimiento de los procesos productivos, mejoras en las operaciones de mantenimiento, y reciclaje interno en procesos cerrados. La estrategia de producción limpia también comprende la conservación de los recursos naturales y el uso eficiente de la energía.57 El enfoque de producción limpia es diferente del concepto de “ecoeficiencia” o “ecología industrial”, tal como generalmente se aplica. La ecología industrial busca que los residuos de una fábrica se conviertan en los insumos de otra, creando circuitos industriales con un uso más eficiente de los recursos y de la energía, y mediante el análisis del ciclo de vida del producto. Tiene sin embargo una limitación importante cuando no pone el énfasis en la promoción del uso de materiales más limpios y menos tóxicos; es por esto que muchos parques industriales “ecológicos” únicamente llegan a intercambiar sus residuos tóxicos como insumos, sin promover la transformación o rediseño del conjunto del sistema.58 Otra de las herramientas necesarias para lograr la meta de “residuo cero” y de producción limpia es la llamada extensión de la responsabilidad del productor (ERP) (Extended Producer Responsibility), en ocasiones denominada también “política de retorno al productor” (“Producer Takeback”). La ERP garantiza que los fabricantes se hagan responsables del producto, de su envase y embalaje durante todo el ciclo de vida. Si un producto y su envase no se pueden reusar, reciclar o ’compostar, el productor debe asumir el costo de su recolección y eliminación de la manera más segura posible.59 Ejemplos de programas de ERP son los sistemas de depósito para los envases de las bebidas, los programas de retorno de productos tóxicos al productor: pilas, pinturas, medicinas, plaguicidas, vehículos usados (Directiva Europea, End of Life Vehicle), computadoras y otros equipos eléctricos, para su reciclaje o tratamiento seguro. El ERP es un principio que promueve que el productor asuma su responsabilidad por los impactos ambientales de sus productos, para que en su diseño y producción se reduzca cada vez más el uso de sustancias tóxicas, para que estos productos se usen por mayor tiempo y se reutilicen o reciclen de manera segura; disminuyendo con ello el consumo de recursos. Se busca que el productor asuma los costos y la responsabilidad de la recolección de sus productos, una vez que son desechos, en lugar de hacer recaer estos costos en el contribuyente o los gobiernos municipales, como sucede actualmente.60 29 Capitulo I Las políticas que aplican el principio de Extensión de la Responsabilidad del Productor pueden emplear instrumentos regulatorios, económicos y de información al consumidor, como se detalla en el siguiente cuadro. Cuadro 3 Políticas que aplican el principio de la Extensión de la Responsabilidad del Productor (ERP) Instrumentos normativos: Retorno obligatorio de los productos Contenidos mínimos de material reciclado en los productos Requisitos de utilización de un determinado porcentaje de desechos Parámetros de eficiencia energética Restricciones y prohibiciones de disposición final Prohibiciones y restricciones de determinados materiales Prohibiciones y restricciones de determinados productos Instrumentos económicos: Pago por adelantado del costo final del producto Impuestos sobre el uso de materiales Remoción de los subsidios que favorecen el uso de materiales vírgenes Depósito/reembolso Compra por parte del gobierno de productos más limpios Instrumentos informativos: Etiquetado ambiental sobre los productos que cumplen determinados estándares (Sello Verde, Angel Azul, Punto Verde) Etiquetas con información ambiental (indicaciones sobre eficiencia energética, utilización de CFCs, etc.) Advertencias sobre los peligros de los productos Etiquetas con información sobre la durabilidad del producto La responsabilidad principal de informar se coloca sobre el productor, sea voluntariamente porque le otorgue ventajas en el mercado o por requisito regulatorio. Fuente: Mariana Walter, revisado por Verónica Odriozola, Basta de Basura, Informe de Greenpeace Argentina, Buenos Aires Argentina, noviembre del 2003, p.20 Las barreras para ir construyendo sistemas con la meta de “cero residuo” se encuentran en los subsidios gubernamentales a la extracción de materias primas y a la industria de manejo de los residuos; en el encubrimiento de los cos- 30 Antecedentes del Convenio de Estocolmo tos que estas actividades tienen para el medio ambiente y la salud pública; en la falta de responsabilidad de las industrias frente a los residuos que generan sus productos; en la inercia generada por las prácticas culturales y su percepción de lo que es basura; en el modelo de regulación ambiental que privilegia las soluciones “al final de la tubería”; en la defensa de los grupos económicos interesados en perpetuar el lucrativo negocio del manejo y disposición final de los residuos; en las políticas económicas neoliberales en los países del Sur, promovidas por los centros financieros internacionales, que fomentan la dependencia tecnológica y favorecen los intereses de la inversión extranjera, sacrificando a la salud y el medio ambiente. 1.6 La discusión de los COP en las Naciones Unidas y otros acuerdos internacionales La discusión sobre los COP en el seno de las Naciones Unidas se remonta a 1992, año en que se celebró la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocida como la Cumbre de la Tierra. En esta reunión se aprobó la llamada Agenda 21, que en su capítulo 17 recomendaba al Programa de Naciones Unidas para la Protección del Medio Ambiente (PNUMA) convocar a una reunión intergubernamental sobre la protección del medio marino de la contaminación procedente de fuentes terrestres. En esta reunión se planteó la posibilidad de eliminar la emisión o descarga de compuestos organohalogenados (compuestos orgánicos que tienen cloro, fluor, bromo, yodo o astatino) y de reducir la emisión o descarga de otros compuestos orgánicos sintéticos que amenacen con acumularse hasta niveles peligrosos en el medio marino. Para dar seguimiento a dicho compromiso de la Agenda 21, el PNUMA organizó varias reuniones y estableció una lista de 12 COP; más tarde el Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) – donde participan representantes de los gobiernos, la industria y las organizaciones ambientalistas- apoyó la propuesta, luego de lo cual el PNUMA convocó a un comité intergubernamental de negociación para establecer un convenio internacional con obligaciones legales vinculantes sobre estos contaminantes. El proceso de negociación del Convenio sobre los COP duró cuatro años. Al encuentro inicial, en Montreal, Canadá, en junio de 1998, siguieron reuniones en Nairobi, Kenia (1999); Ginebra, Suiza (1999), Bonn, Alemania (2000) y Johannesburgo, Sudáfrica (2000), lugar, este último, donde se acordó el texto final del Convenio, que se firmó de manera protocolaria en mayo de 2001 en Estocolmo, Suecia. De allí obtiene su nombre el convenio. 31 Capitulo I Antes de la firma del Convenio de Estocolmo, otros convenios internacionales habían recomendado la eliminación y o reducción progresiva de los 12 COP, especialmente para la protección del ambiente marino o de ecosistemas específicos en diversas regiones; sin embargo, el Convenio de Estocolmo es el primero que establece un mecanismo de asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y con economías en transición. De los convenios previos al de Estocolmo destacamos por su importancia las recomendaciones de la Comisión Internacional de los Grandes Lagos, el Convenio de la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de Largo Alcance (LRTAP), y el de OSPAR61 a) La Comisión Internacional Conjunta entre Estados Unidos y Canadá. Esta Comisión fue creada originalmente por el Tratado de Aguas Fronterizas de 1909 entre los dos países, al que se añadió en 1978 el Acuerdo sobre la Calidad del Agua de los Grandes Lagos. Este acuerdo tiene como propósito general “restaurar y mantener la integridad química, física y biológica de las aguas del ecosistema de los Grandes Lagos” (art. II), e incluyó el compromiso de que se adoptaría una política para “la prohibición de la descarga de sustancias tóxicas en cantidades que sean tóxicas y la eliminación virtual de la descarga de cualquier o toda sustancia tóxica persistente” (énfasis añadido).62 En marzo de 1992 la Comisión Internacional, en su sexto informe bianual, analizó el problema de las sustancias tóxicas persistentes y señaló, entre otras cosas, que la manera necesaria y razonable de alcanzar la estrategia de eliminación virtual es la de adoptar la meta de “cero descarga” para las sustancias tóxicas persistentes. Para la Comisión “cero descarga” no se refiere a conformarse con alcanzar niveles no detectables ni al uso de controles basados en la mejor tecnología disponible o en las mejores prácticas de manejo, que permitan que continúe la liberación de estas sustancias. Cero descarga significa para la Comisión detener la manufactura, uso, transporte y depósito de las sustancias tóxicas persistentes resultado de la actividad humana.63 Para alcanzar esta meta era necesario identificar y eliminar virtualmente las sustancias tóxicas persistentes; eliminar progresivamente el PCB, el DDT, el dieldrin, el toxafeno, el mirex y el HCB; buscar una prohibición internacional para su producción, uso y almacenamiento (el sexto informe también reconocía el efecto de disrupción endocrina causado por estas sustancias en la vida silvestre); cambiar los procesos productivos y los insumos químicos, para evitar la producción no intencional de dioxinas, furanos y HCB; fijar fechas de término del uso del cloro y los compuestos clorados como materias primas en el área de los Grandes Lagos; establecer una fecha precisa a partir de la cual no se permita ningún punto de liberación de sustancias tóxicas per- 32 Antecedentes del Convenio de Estocolmo sistentes en el Lago Superior y sus tributarios. Dichas recomendaciones de la Comisión no se han llevado a la práctica cabalmente en los Grandes Lagos debido a la gran oposición de la industria y a su considerable influencia en los gobiernos de Estados Unidos y Canadá.64 b) El Convenio sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza de Largo Alcance (LRTAP), que después de seis años de investigación y negociación fue aprobado en 1979 y entró en vigor en 1983. Este Convenio atiende los problemas de contaminación atmosférica dentro de la región de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Toda Europa, las repúblicas de Asia Central, la antigua Unión Soviética, Israel, Canadá y los Estados Unidos son miembros de la región de la CEPE; la mayoría de estos países son partes del Convenio de LRTAP. En junio de 1998, el Convenio LRTAP adoptó el Protocolo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes, que entrará en vigor cuando sea ratificado por 16 países. Este Protocolo tiene como objetivo controlar, reducir o eliminar las descargas, emisiones y pérdidas de COP. En adición a los 12 COP que posteriormente serían incorporados en el Convenio de Estocolmo, se incluyeron el insecticida clordecon (Kepone), los hexabromobifenilos, hidrocarburos poliaromáticos y el insecticida lindano –como parte de los controles sobre HCH técnico; se propuso también añadir las parafinas cloradas de cadena corta y el pentaclorofenol, pero como no hubo acuerdo, no entraron en el protocolo. El Convenio LRTAP cuenta con otros siete protocolos sobre sustancias de impacto transfronterizo.65 Sus disposiciones tuvieron mucha influencia en el contenido del Convenio de Estocolmo.66 c) El Convenio de OSPAR o Convenio para la protección del ambiente marino del Atlántico Nororiental. Este Convenio se forma mediante la fusión del Convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina del vertido de barcos y aviones, de 1972, y el Convenio de París para la prevención de la contaminación marina de las fuentes con base terrestre de 1974. Uniendo Oslo y París se formó el acrónimo OSPAR. Este convenio fue firmado en 1992, entró en vigor en 1998 y actualmente son parte de él 15 países miembros de la Comisión Europea (Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza, Reino Unido y España).67 El área del mar que cubre el acuerdo es el Mar del Norte y una parte del Atlántico Nororiental y del Océano Ártico. En la reunión ministerial de Sintra, Portugal, en julio de 1998, los países parte de OSPAR acordaron el “Pronunciamiento de Sintra”, que incluye compromisos específicos sobre sustancias peligrosas, elementos radioactivos, la 33 Capitulo I eutroficación y la explotación marítima de petróleo y de gas. El acuerdo se ocupa además de la protección de la diversidad biológica. Con relación a las sustancias peligrosas, los países acordaron “ prevenir la contaminación del área marítima mediante la reducción continua de las descargas, emisiones y pérdidas de las sustancias peligrosas (esto es, sustancias que son tóxicas, persistentes, y tendientes a bioacumularse o que alcanzan un nivel equivalente preocupante), con la meta última de alcanzar concentraciones en el ambiente cerca de los niveles base para las sustancias que ocurren naturalmente y cerca de cero para las sustancias sintéticas producidas por el hombre”; y lo que es más importante, acordaron “moverse hacia la meta del cese de las descargas, emisiones y pérdidas de substancias tóxicas persistentes para el año 2020” en el área marítima del Convenio. Esta ha sido llamada “meta de una generación”, e incluye a varios COP, entre otras sustancias. El texto firmado por los ministros reunidos en Sintra incluye la siguiente declaración: “Enfatizamos la importancia del principio precautorio en este trabajo”.67 Como un primer paso hacia la aplicación de la “meta de una generación”, OSPAR acordó en 1998 seleccionar una lista prioritaria de 15 sustancias, en la que se incluye a los PCB, dioxinas y furanos, además de los hidrocarburos poliaromáticos (HAP), el pentaclorofenol, las parafinas cloradas de cadena corta, el mercurio y los compuestos orgánicos de mercurio, el cadmio, los isómeros hexaclorociclohexanos (HCH), el plomo y los compuestos orgánicos de plomo, los compuestos orgánicos de estaño, los nonilfenol/etoxilatos y sustancias afines, el xileno de almizcle, los retardantes de flama bromados y ciertos ftalatos (dibutilftalato y dietilexilftalato). En la aplicación del Convenio de OSPAR se considerará a los organohalógenos como grupo.68 En la declaración de Sintra, OSPAR pone énfasis en el compromiso de aplicar el principio precautorio, el principio del que contamina paga y la identificación de las Mejores Técnicas Disponibles (BAT) y las Mejores Prácticas Ambientales (BEP), incluyendo la tecnología limpia. Como se puede apreciar, este compromiso regional europeo contiene muchos más elementos progresistas que el LRTAP y constituyó el marco de referencia a partir del cual la Unión Europea fijó varias posiciones en las negociaciones del Convenio de Estocolmo. Los planteamientos de la Unión Europea se enfrentaron fuertemente a la oposición de países como Estados Unidos, Canadá, Japón, Australia y Nueva Zelanda, que en este y otros convenios se han opuesto a la inclusión del principio precautorio y a los compromisos de eliminación de sustancias, especialmente dioxinas y furanos, debido a que están muy influenciados por los intereses de las corporaciones de la industria 34 Antecedentes del Convenio de Estocolmo química.69 El Convenio de Estocolmo, como se verá en la tercera parte, llegó a una solución de compromiso entre estas dos posiciones. 1.7 Los grupos empresariales involucrados en la discusión sobre la eliminación de los COP La lucha ciudadana y las regulaciones gubernamentales para controlar la contaminación ambiental han generado un movimiento de respuesta por parte de las corporaciones transnacionales, quienes tras décadas de conflictos han venido desarrollando una estrategia para transformar su imagen, tener una mayor influencia en la opinión pública, la ciencia y los organismos de regulación nacional e internacional, tratando de influir en los términos de definición del problema ambiental y de su resolución. Algunos analistas han documentado de manera extensa la tendencia de las corporaciones transnacionales a contratar cada vez más a empresas de relaciones públicas o a formar un departamento especializado en ellas. Las relaciones públicas se han convertido en una industria especializada de servicios, dedicada a manipular la percepción pública, moldear la realidad y fabricar el consenso.69 Estas empresas de relaciones públicas montan campañas que incluyen el pago de publicidad, pero a diferencia de ésta, se dedican principalmente a la difusión de información destinada a influyentes líderes de opinión. Las empresas de relaciones públicas son ahora una fuente importante de noticias, tanto para los medios de comunicación más prestigiosos como para los periódicos comunes.69 Parte de la estrategia usada en relaciones públicas es “la técnica del tercero”, con la participación de “expertos independientes” para hablar de las bondades de un producto, crear dudas sobre los riesgos de una actividad o responder a las críticas generadas por las prácticas de una empresa. De este modo se han creado instituciones no lucrativas dedicadas a la investigación y divulgación científica desde enfoques convenientes a los intereses de la industria. También se han apropiado de técnicas usadas tradicionalmente en las luchas ambientales, como el envío masivo de cartas y la creación de grupos ciudadanos de apoyo. La unión de las estrategias de relaciones públicas con las de cabildeo en el congreso, para bloquear leyes contrarias a los intereses de la industria o pasar leyes favorables a ella, es una práctica usada regularmente por las corporaciones. El llamado “ambientalismo corporativo” es un fenómeno complejo, pues al mismo tiempo que pueden darse ejemplos de cambios en las prácticas industriales contaminantes, también se ha documentado extensamente cómo estos esfuerzos son más bien parte de una estrategia de “maquillaje 35 Capitulo I verde”, mediante campañas de relaciones públicas, promoción de códigos de conducta voluntarios y programas de autorregulación, tales como la campaña de “Cuidado Responsable”, de la industria química. Las corporaciones se han apropiado del lenguaje y han influido en la interpretación y puesta en práctica de lo que se entiende por desarrollo sustentable, haciendo aparecer como compatible la promoción del libre comercio, el crecimiento económico y la autorregulación industrial con la protección ambiental y el combate a la pobreza.70 En las negociaciones y actividades preparatorias del Convenio de Estocolmo sobre los COP, diversos grupos empresariales internacionales participaron activamente como observadores y como parte de las delegaciones gubernamentales, cabildeando y ejerciendo presión para promover en mejor forma sus intereses. Presentamos a continuación a aquellos grupos liderados por poderosas corporaciones transnacionales que tuvieron una mayor participación en este proceso y que continuarán ejerciendo su influencia en las reuniones de las Conferencias de las Partes y en los planes nacionales de aplicación del Convenio. El Consejo Mundial del Cloro El Consejo Mundial del Cloro (World Chlorine Council, o WCC) agrupa a las asociaciones comerciales nacionales y regionales de la industria del cloro y es la voz global de este sector. Son miembros del WCC las asociaciones de la industria química y del cloro de Estados Unidos (Chlorine Chemistry Council), Europa, Japón, Corea, Rusia, Australia y México, entre otros; al igual que asociaciones de productores sectoriales -especialmente los fabricantes de vinilo o PVC y de los solventes halogenados- y asociaciones de China y Taiwán.71 Durante las negociaciones del Convenio de Estocolmo, el WCC, bajo el liderazgo del Consejo de la Química del Cloro (Chlorine Chemistry Council), de Estados Unidos, cabildeó abiertamente contra la inclusión del principio precautorio; contra la incorporación del principio de sustitución de insumos, procesos y productos que formen o liberen dioxinas y a favor de su substitución por referencias generales a la prevención. Se opuso a que en el Convenio se incluyera un lenguaje que pudiera llevar a prohibir la incineración en el manejo de residuos; estuvo en contra de que se incluyeran referencias explícitas a las fuentes generadoras de dioxinas; propuso excepciones generales y no específicas, y abogó por la inclusión de criterios estrictamente científicos para la inclusión de nuevas sustancias COP.72 El Consejo de la Química del Cloro también difunde la idea de que la industria del cloro no es una fuente significativa 36 Antecedentes del Convenio de Estocolmo de emisiones de dioxinas y furanos al ambiente, afirma que perfeccionar las prácticas de combustión es la mejor forma de reducir los niveles ambientales de dioxinas, y que las dioxinas y furanos son productos secundarios tanto de productos naturales como industriales.73 El Consejo Mundial del Cloro promovió la creación en 1994 del grupo “Los Clorofilos”, una organización que se declara “independiente y sin fines de lucro”, formada por trabajadores de la industria del cloro y del PVC para contrarrestar las campañas ambientalistas de grupos como Greenpeace. Los Clorofilos han declarado que “trabajamos de manera responsable y cuidadosa en la fabricación de productos para el bienestar del género humano. La humanidad no puede ser privada de los beneficios del cloro en virtud de los prejuicios e información falsa o errónea.”. Afirman contar con 1.800 miembros, principalmente trabajadores de la industria del cloro y del PVC de Bélgica y Holanda.74 Constituyen un claro ejemplo de “la técnica del tercero”, usada en la estrategia de relaciones públicas descrita más arriba. En este caso se trata además de presentar una falsa contradicción entre el interés de los trabajadores y la protección ambiental. La Campaña de Greenpeace propone la sustitución de los compuestos clorados y la prohibición del PVC debido a que generan dioxinas, furanos y otros contaminantes durante su proceso de producción, y también por ser el componente que contribuye de manera principal a la formación de estos contaminantes en los desechos que son incinerados. Los grupos de trabajadores que apoyan esta campaña piden que haya una transición justa y que se considere la necesidad de reubicación de los trabajadores en otros sectores productivos menos riesgosos.75 El Consejo de la Química del Cloro de Estados Unidos (CCC) fue formado en 1993 por la Asociación de Productores de Sustancias Químicas (Chemical Manufacturers Association, CMA) de ese país, con el objetivo de mantener una fuerte presencia de las relaciones públicas, el cabildeo político, y las “iniciativas científicas” en todos los temas relacionados con la industria del cloro. La creación del CCC fue la respuesta política al informe y a las recomendaciones de la Comisión Internacional Conjunta de los Grandes Lagos, entre Estados Unidos y Canadá, que recomendaba eliminar el uso de compuestos clorados, como vimos en páginas anteriores.76 La corporación transnacional Dow jugó un papel fundamental en la creación del Consejo de la Química del Cloro de Estados Unidos, cuyo primer director fue Brad Lienhardt, empleado de Dow durante gran parte de su carrera. En efecto, Dow es uno de los miembros de la CMA de mayor peso, y el mayor productor de cloro en el mundo, desde la Segunda Guerra Mundial, con instalaciones industriales en Estados Unidos, Canadá, Alemania y Brasil.77 37 Capitulo I Dow, junto con el Consejo de la Química del Cloro, el Instituto del Cloro, el Instituto del Vinilo, la CMA y la Cámara de Comercio de los Estados Unidos, forma un frente común que contrata empresas especializadas en relaciones públicas para influir en las agencias regulatorias gubernamentales, el Congreso, los medios de comunicación en Estados Unidos y sus contrapartes en otros países, para la defensa de sus intereses. Blanco de sus ataques son el principio precautorio y los grupos ambientalistas; promueve en cambio la “buena ciencia” (the sound science) que respalde sus intereses.78 El Consejo de la Química del Cloro se apoya para su trabajo de relaciones públicas en varios grupos corporativos, como el American Council on Science and Health (Consejo Norteamericano sobre Ciencia y Salud), y en centros de pensamiento conservador, como el Competitive Enterprise Institute, el Heartland Institute, así como en el llamado “Wise Use Movement”, una amplia coalición conservadora formada contra el movimiento ambientalista, que desde 1988 aboga por la reducción de la regulaciones ambientales.79 El Consejo Mundial del Cloro, según informa la propia institución, ha estado muy activo en los talleres de sensibilización sobre el manejo y destrucción de los PCB. A través de Euroclor, y gracias a la invitación del PNUMA, ha enviado a diferentes expertos industriales a participar en talleres en Mali, los Emiratos Árabes Unidos, Eslovenia, Zambia, Rusia, Croacia e Irán.80 La producción de cloro se usa principalmente para la elaboración de otros compuestos clorados, incluyendo plásticos (PVC principalmente, que representa el 34% del uso mundial del cloro), solventes, plaguicidas y sustancias químicas intermedias. Muchos de estos compuestos han sido identificados como fuente de generación de dioxinas durante su manufactura, uso y eliminación final. El Consejo Internacional de Asociaciones Químicas (International Council of Chemicals Associations (ICCA) La ICCA es un consejo de asociaciones comerciales importantes que representan a los fabricantes químicos a través del mundo. Los miembros del ICCA incluyen asociaciones de América del Norte, como la American Chemistry Council (anteriormente Chemical Manufacturers Association), la Canadian Chemical Producer´s Association y la Asociación Nacional de la Industria Química (ANIQ), de México; de Sudamérica, representada por el Conselho das Associaçoes da Industria Química do Mercosul (CIQUIM, Brasil y Argentina); de Japón, por la Asociación Industrial Química de Japón; de 38 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Australia y Nueva Zelandia; y de Europa, por el Consejo Industrial Químico Europeo (CEFIC), a través del cual participan en el ICCA las asociaciones comerciales nacionales de 22 países europeos.81 Las delegaciones del American Chemistry Council de Estados Unidos, así como los miembros de Canadá, Australia y Suecia fueron los que más participaron en las negociaciones de los COP. Un representante del ICCA y otro del Chlorine Chemistry Council (CCC) participan en el Comité de Expertos que va a elaborar las guías sobre BAT y BEP para someterlas a la aprobación de la primera Conferencia de las partes del Convenio de Estocolmo. El ICCA se manifestó especialmente satisfecho por la adopción del Convenio de Estocolmo y el establecimiento de criterios para la selección de nuevas sustancias COP basados en el Convenio LRTAP. El Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sostenible (World Business Council for Sustainable Development (WBCSD) Esta organización anteriormente se denominaba Consejo Empresarial para el Desarrollo Sostenible y en su origen estuvo formada por un grupo de 50 líderes de las principales corporaciones transnacionales de la industria química, energética, de plaguicidas, del sector forestal y otros, (entre ellas DuPont, 3M, Dow). El Consejo fue formado a fines de 1990 por Stephan Schmidheiny, un multimillonario empresario suizo, después de ser invitado a asumir como consejero principal de Comercio e Industria por Maurice Strong, otro multimillonario hombre de negocios y Secretario general de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en junio de 1992 en Río de Janeiro, Brasil. El mismo Maurice Strong brindó una gran ayuda para la presentación de las propuestas del Consejo y la edición del libro “Cambiando el Rumbo. Una perspectiva global del empresariado para el desarrollo y el medio ambiente”, que fue un primer manifiesto de la visión del Consejo sobre los temas de la Cumbre de Río. Desde entonces ha publicado varios informes.82 El Consejo participó activamente en el proceso preparatorio de la Conferencia de las Naciones Unidas e influyó en los resultados de las negociaciones. Contrató los servicios de la mayor empresa de relaciones públicas del mundo, Burson-Marsteller, y junto con otras organizaciones empresariales promovió la idea de que el libre comercio, la autorregulación industrial, la simplificación de los mecanismos regulatorios, la eco-eficiencia de los sistemas productivos bajo el liderazgo de las corporaciones transnacionales y una adecuada cooperación tecnológica llevarán al desarrollo sostenible. Aunque en teoría Cambiando el 39 Capitulo I Rumbo acepta como estrategia para prevenir la contaminación la sustitución de materiales, la tecnología y los productos más limpios, en la práctica esto no forma parte de un programa específico y no es consistente con la posición de los miembros del Consejo, como en el caso de la industria del cloro. Después de la Cumbre de la Tierra, el BCSD estableció afiliados nacionales y regionales en América Latina y Asia, y un ente binacional en el Golfo de México, con sede en las oficinas estatales del gobierno de Texas. A fines de 1994, el BCSD acordó fusionarse con otro grupo industrial, el Consejo Mundial Industrial por el Ambiente (World Industry Council for the Environment, WICE) que fue iniciado por la Cámara Internacional del Comercio (International Chamber of Commerce) en 1993, y donde participaban 85 miembros, incluyendo Royal Dutch/Shell, ICI, Ciba, Sandoz, Rhone-Poulenc, Mitsubishi y Mobil. Con la fusión, la nueva organización pasó a llamarse Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sostenible (World Business Council for Sustainable Development, WBCSD).83 El Consejo Mundial cuenta con una membresía de 160 de las mayores corporaciones transnacionales del mundo en 30 países, en los 20 mayores sectores industriales. Ha formado una red de 38 consejos empresariales nacionales, regionales y empresas asociadas, en países en desarrollo y con economías en transición, incluyendo a más de 1,000 líderes empresariales, según anota en sus publicaciones de 2002. Tanto el Consejo Mundial de la Industria del Cloro (WCC), como el Consejo Internacional de Asociaciones Químicas (ICCA) participan en el WBCSD. En relación con los COP destaca en el WBCSD la Iniciativa para el Cemento Sostenible (Sustainable Cement Initiative), iniciada en 1999 por las 10 principales corporaciones transnacionales de la industria del cemento, que representan una tercera parte de la producción mundial. Esta iniciativa, que busca asegurar el desarrollo sostenible de la industria del cemento en los próximos 20 años, contrató a la consultora Batelle Memorial Institute, de Estados Unidos para que hiciera un primer diagnóstico. El estudio identificó como uno de sus objetivos el aumento de la productividad de los recursos empleados, incluyendo el uso de energía y la recuperación y reutilización de residuos. En julio de 2002 las 10 corporaciones presentaron la Agenda para la Acción, que identifica seis áreas estratégicas e incluye como uno de sus proyectos el desarrollo de guías para el “uso responsable” de materias primas y combustibles convencionales (carbón, combustóleo, gas) y combustibles “alternos” en los hornos de cemento. Por “combustibles alternos” se refiere a la quema de residuos como llantas o de residuos peligrosos en los hornos de cemento. En el área de reducción de emisiones, la Agenda cuenta con el proyecto destinado a elaborar un protocolo industrial para la medición, vigi- 40 Antecedentes del Convenio de Estocolmo lancia e notificación de emisiones y para encontrar formas de evaluación más rápida de dioxinas, furanos y compuestos orgánicos volátiles. La Agenda para la Acción informará sobre sus avances en los años 2005 y 2007.83 El proyecto del Cemento Sostenible es coordinado por los altos ejecutivos de las empresas Cimpor (Portugal), Holcim (antiguamente Holderbank, Suiza) y Lafarge (Francia), que forman el Grupo de Trabajo junto con Cemex (México), Heidelberger Zement (Alemania), Italcementi (Italia), Grupo RMC (Reino Unido), Siam Cement Industry (Tailandia), Ssangyong Cement (Corea del Sur), Cementos Taiheiyo (Japón) y Votorantim (Brasil). La iniciativa cuenta con un pequeño “Grupo de Garantía” (Assurance Group), que tiene la función de revisar el enfoque, la calidad y el balance del proceso y de actuar como árbitro si surgen diferencias. El Dr. Mustafá Tolba, ex Director del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, coordina este grupo. Una de las razones declaradas para impulsar la Agenda es la de “construir nuevas oportunidades de mercado a través de un proceso de innovación que alcance una mayor eficiencia de recursos y energía, y ahorros en el largo plazo; innovaciones de servicios y productos para reducir los impactos ambientales; y el trabajo con otras industrias sobre los usos nuevos de productos secundarios y los desechos en la producción de cemento”.84 La práctica de la quema de residuos peligrosos y otros residuos en los hornos de cemento le ahorra a la industria gastos de combustible convencional y representa una fuente adicional de ingresos, al asociarse con otros sectores de la industria del manejo de residuos peligrosos que cobran por el servicio. Pero ello no reduce el impacto ambiental, sino que crea nuevos riesgos ambientales y de salud pública debido a la generación no voluntaria de dioxinas y furanos. La industria cementera ha sido muy hábil en promover su imagen, maquillándose de verde y financiando programas ambientales al mismo tiempo que defiende la práctica de la incineración en sus hornos de cemento, la que presenta como un servicio a la comunidad. La industria afirma que así se evita que residuos como las llantas vayan a parar a los rellenos sanitarios, o que los residuos peligrosos terminen en los confinamientos o depósitos finales, pero oculta o minimiza los impactos causados por los COP que genera. CropLife International CropLife International representa en sus palabras a la “Industria de la Ciencia de los Cultivos” (Plant Science Industry,) con sede en Bruselas, Bélgica. Se trata de una federación con miembros en 87 países, a través de asociaciones regionales constituidas en Estados Unidos, Europa, América Latina, Africa y 41 Capitulo I Medio Oriente, Asia, Japón, además de las asociaciones nacionales de Canadá e Israel.84 CropLife tiene sus orígenes en la formación del Grupo Europeo de Fabricantes de Plaguicidas, que después del ingreso de Estados Unidos y otros países pasó a llamarse Grupo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Productos Agroquímicos (GIFAP) en 1960;85 después se denominó Global Crop Protection Federation, y en 1991 cambió de nombre a Croplife International, como resultado de su reestructuración mundial y de su interés en consolidar su posición en el área de la biotecnología agrícola, especialmente con la comercialización de organismos modificados genéticamente. CropLife International está liderada por empresas transnacionales como Syngenta, Bayer (ahora propietaria también de Aventis CropScience), Monsanto, Dow AgroSciences, DuPont, FMC, BASF y Sumitomo. Estas corporaciones controlan el mercado mundial de plaguicidas, y tienen inversiones en otros sectores de la industria química como en plásticos y el sector farmacéutico. En las últimas décadas se han consolidado con la adquisición de empresas productoras de semillas y laboratorios de biotecnología para promover a los cultivos modificados genéticamente. CropLife apoya el libre comercio y la reducción de aranceles para la importación de plaguicidas. Según declaró CropLife sus miembros no producen ninguno de los nueve plaguicidas COP seleccionados como prioritarios para su eliminación por el Convenio de Estocolmo,86 por lo que su interés en el proceso de negociaciones se centró en la discusión sobre la eliminación de plaguicidas caducos y los criterios de selección de nuevos COP, pues algunos de ellos son plaguicidas. CropLife apoya la incineración de plaguicidas obsoletos como método de tratamiento y ha cooperado con agencias gubernamentales de desarrollo, como GTZ, de Alemania, Cooperación para el Desarrollo, de Suiza; la Agencia de Desarrollo de Estados Unidos, la respectiva agencia holandesa, la Corporación para el Desarrollo, del Reino Unido, y diversos gobiernos nacionales, en proyectos de disposición final. Según un informe de marzo de 2004, CropLife ha participado en 25 proyectos de eliminación de plaguicidas caducos, muchos de ellos plaguicidas COP, obteniendo donaciones financieras bilaterales, organizando proyectos o reformulando existencias usables cuando se consideró apropiado. En el año 2001 declaró haber contribuido a la destrucción de 3.000 toneladas de plaguicidas obsoletos, incluidas 800 toneladas de plaguicidas COP87; y en marzo de 2004 informó que la cifra ya había superado las 3.400 toneladas de plaguicidas obsoletos en los países en desarrollo, especialmente en Africa. En América 42 Antecedentes del Convenio de Estocolmo Latina ha llevado a cabo proyectos de eliminación en Brasil, Colombia, Ecuador, y El Salvador. Por ejemplo, en el año 2000 fueron incineradas en Brasil 1.200 toneladas de plaguicidas obsoletos mediante un proyecto conjunto entre la industria y el gobierno. Otros proyectos dados a conocer corresponden a Australia, Canadá, India, Nepal, Pakistán y Sudán.88 La participación de los grupos empresariales no se ha limitado al período de negociaciones del Convenio de Estocolmo, sino que continúa hoy en día a través de los comités de expertos creados por el Convenio, particularmente con el Comité de Expertos que va a definir las guías para las Mejores Prácticas Ambientales y las Mejores Técnicas Disponibles (BAT y BEP, respectivamente) y donde participan representantes del Consejo Mundial de la Industria del Cloro (WCCC), de la Asociación Internacional de las Asociaciones Químicas (ICCA) y de la industria cementera europea miembro de la “Iniciativa para el Cemento Sostenible”. 1.8 La formación de la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN) Desde el inicio de la primera reunión del Comité Intergubernamental de Negociación del Convenio de Estocolmo, en Montreal, en 1998, se formó la Red Internacional de Eliminación de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (International POPs Elimination Network), conocida como IPEN. Esta red tiene como objetivo la eliminación de los COP y otras sustancias tóxicas persistentes. Actualmente forman parte de la red más de 350 organizaciones ciudadanas en seis continentes; en ella participan grupos ambientalistas nacionales y locales, de defensa de la salud, de los derechos de la mujer, grupos indígenas, sindicatos de trabajadores, científicos independientes, especialistas en derecho ambiental, así como organizaciones ambientalistas internacionales como Greenpeace, la Red Internacional sobre Plaguicidas (Pesticide Action Network ó PAN), Médicos por una Responsabilidad Social (PSR) y en un principio, el Fondo Mundial para la Defensa de la Vida Silvestre (World Wildlife Fund), entre otros. La plataforma de IPEN planteó desde un inició que el Convenio de Estocolmo tendría el reto de fijar metas claras: eliminación de los COP –reconociendo la excepción transitoria del uso del DDT en el control del paludismo–; aplicación del principio precautorio; prevención de las fuentes de generación de los COP, al propiciar formas de producción más limpia; promover alternativas a la incineración para el tratamiento de residuos y de existencias obsoletas de COP; así como medidas claras de asistencia técnica y financiera para los 43 Capitulo I países en desarrollo y con economía en transición. Durante el proceso de negociaciones IPEN organizó eventos paralelos y se pronunció sobre los temas claves de la negociación. IPEN cuenta con un Secretariado que actúa como facilitador, y la red desarrolla sus acciones en forma descentralizada, a través de tres grupos de trabajo: uno sobre plaguicidas, otro sobre dioxinas y PCB, y un tercero sobre monitoreo comunitario de COP89 IPEN ha conseguido a lo largo de estos años un alto nivel de interlocución con el PNUMA en el Convenio de Estocolmo; y ha recibido también un reconocimiento por su labor en el Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ). IPEN trabaja actualmente por una efectiva aplicación del Convenio de Estocolmo y por abrir las vías de participación de la sociedad civil en los planes nacionales de aplicación. Ha desarrollado con este fin un proyecto para desarrollar actividades en al menos 40 países, a través de ocho facilitadores regionales; proyecto que fue aprobado por el Fondo Global para el Medio Ambiente (GEF), con el apoyo de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y del Programa de las Naciones Unidas para el Medio ambiente (PNUMA) y se realizará durante dos años, a partir de mayo de 2004. Miembros de IPEN participan en el Grupo de Expertos que elaborará las propuestas de guías para BAT/BEP; y algunos de sus miembros se han incorporado ya a los comités de elaboración de los planes nacionales de aplicación del Convenio de Estocolmo. IPEN también está participando en el FISQ y en las reuniones convocadas por las Naciones Unidas para discutir un nuevo enfoque estratégico para el manejo internacional de sustancias químicas. 44 SEGUNDO CAPÍTULO Los efectos de los COP sobre la salud y el medio ambiente 2.1 Características generales de los COP 2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo y sus efectos sobre la salud y el medio ambiente 2.3 COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB - Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar Fuentes de formación de COP no intencionales / 66 Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud / 68 2.4 Policlorobifenilos (PCB) - Características de los PCB - Usos de los PCB - Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en el ser humano - Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio ambiente 2.5 El Hexaclorobenceno (HCB) - Características del HCB - Usos del HCB - Efectos del HCB en la salud y en el medio ambiente INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Capítulo II Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente 2.1 Características generales de los COP Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) incluidos en el Convenio de Estocolmo son un conjunto de sustancias químicas que comparten cuatro características básicas: son tóxicos para la salud animal y humana y contaminan el medio ambiente; son “orgánicos” por tener carbono en su estructura química, lo que los hace ser solubles en grasas y permite que se bioacumulen y biomagnifiquen a lo largo de las cadenas alimenticias; son persistentes ya que duran años o décadas antes de degradarse; y pueden desplazarse a grandes distancias. Estas propiedades intrínsecas de los COP forman una combinación peligrosa que hace prácticamente imposible controlarlos efectivamente una vez liberados en el ambiente. Veamos con mayor detalle cada una de estas características generales. Los COP son sustancias químicas tóxicas. Actúan de numerosas formas e interfieren en procesos biológicos fundamentales para los seres vivos. Son capaces de afectar la salud de los seres humanos y de otros organismos vivos, incluso en cantidades muy pequeñas, medidas en partes por millón o incluso partes por trillón. Los efectos en la salud pueden ser inmediatos o bien manifestarse tiempo después -lo que se conoce como efectos crónicos-. Los efectos crónicos producidos por los COP incluyen el cáncer, problemas reproductivos (muerte fetal, abortos espontáneos y alteración de la fertilidad), alteración del sistema inmunológico –lo que baja las defensas del cuerpo y lo hace más propicio a contraer otras enfermedades-, disrupciones hormonales, alteraciones en el comportamiento y disminución de la inteligencia, entre otros efectos. Los COP incluidos en el Convenio de Estocolmo, al igual que otras sustancias químicas, son disruptores endocrinos, es decir, causan desequilibrios hormonales debido a que pueden imitar, sustituir o inhibir la acción de las 47 Capítulo II hormonas, lo que provoca un gran número de reacciones bioquímicas incontroladas, a muy bajas concentraciones, especialmente en el desarrollo embrionario. Elaboradas por las glándulas endocrinas (testículos, ovarios, tiroides, suprarrenal, entre otras), las hormonas se liberan en el torrente sanguíneo y llevan un mensaje químico muy preciso a las células. En el embrión y el feto las hormonas guían el desarrollo de los órganos sexuales, y de los sistemas nervioso e inmunológico, la formación de órganos y tejidos, tales como el hígado, la sangre, los riñones, los músculos y el cerebro. La carencia o exceso de una hormona puede producir serios trastornos Cuadro 4 Mecanismos de disrupción endocrina Las hormonas y sus receptores celulares se unen en condiciones normales como la llave y la cerradura, que al activar los genes del núcleo de la célula producen una respuesta biológica adecuada. Cantidades muy pequeñas de sustancias químicas pueden unirse a los receptores celulares, suplantar las hormonas e inducir una respuesta fuera de tiempo o cerrar la entrada inhibiendo la respuesta. Fuente:Adaptado de Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski. Nuestro Futuro Robado. Madrid Ed. Ecoespaña, 1997. p. 89 La presencia de disruptores endocrinos en la vida silvestre ha ocasionado trastornos en el desarrollo reproductivo (panteras sin testosterona, lagartos con penes muy pequeños o con testículos pero sin pene, águilas infértiles) cambios de conducta sexual (feminización de machos y masculinización de hembras), defectos de nacimiento y depresión del sistema inmunológico. Debido a que no hay diferencias significativas entre el sistema endocrino de la mayoría de los animales y el ser humano es muy probable que ocurran efectos similares. Los estudios más recientes sobre la disminución del esperma, la pérdida de fertilidad, el aumento del cáncer de pecho, de próstata y de testículos; el aumento de la hiperactividad de los niños y los problemas de aprendizaje, consideran como causa posible de ello la acción de disruptores endocrinos, como dioxinas, furanos y PCB.1 48 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Los efectos específicos provocados por los COP dependen de las características de peligrosidad intrínsecas de cada uno de ellos, además de la forma en que entran al organismo. Esto último se conoce como condiciones de exposición e incluye la dosis recibida del contaminante, el tiempo que dura, las características del organismo que la recibe (por ejemplo, edad y sexo) y el momento de su desarrollo en que la recibe, siendo la población infantil la más vulnerable. Los COP se denominan “orgánicos” porque su estructura química básica está formada por diversos átomos de carbono, lo que significa además que tienden a ser solubles en aceites y grasas (característica denominada liposolubilidad). Los doce COP elegidos por el Convenio de Estocolmo tienen además diversos átomos de cloro enlazados a las estructuras de carbono, lo que los hace aún más solubles en grasas. Los COP se “bioacumulan”. Los COP liberados en el ambiente se disuelven en los tejidos grasos de vegetales y animales y se van concentrando en ellos, a través de un proceso denominado bioacumulación. Esta concentración se biomagnifica, es decir, aumenta en cientos e incluso millones de veces, en la medida en que los organismos expuestos a los COP son devorados por sus depredadores, lo que hace que estos contaminantes se desplacen por los diferentes eslabones de las cadenas alimentarias. De este modo, los COP alcanzan las concentraciones más altas en las especies que están en los niveles más elevados de las cadenas alimentarias, como los peces, aves depredadoras y mamíferos, incluyendo osos polares, nutrias, focas, delfines, ballenas y seres humanos (ver figura 2). Figura 2 Biomagnificación de los PCB en las cadenas alimenticias, adaptado de “Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski, Nuestro Futuro Robado. Madrid. Ed. Ecoespaña. 1997 P. 33 49 Capítulo II Los COP son persistentes, es decir, permanecen por mucho tiempo en el ambiente, años e incluso décadas, debido a que resisten la degradación causada por el sol, la transformación química y la descomposición provocada por los microorganismos. Esto se debe a que los COP tienen una estructura química con enlaces muy fuertes, que resisten la descomposición causada por los procesos bioquímicos y biofísicos normales. Pocos organismos poseen las enzimas suficientes para romper las moléculas de los COP y excretarlas en compuestos solubles en agua. Además, como hemos señalado, al ser también solubles en grasas, se acumulan por un período mayor de tiempo. Cuanto más persistente sea una sustancia, mayor será su peligrosidad, ya que aumentan las probabilidades de que se movilice en el ambiente y afecte a los seres vivos antes de degradarse, Se estima que a mayor número de átomos de cloro o de bromo en la molécula de los COP, aumentará también su liposolubilidad, su tendencia a la bioacumulación y su persistencia.2 En el caso de los COP organoclorados, cuando se degradan se transforman en otros organoclorados, y éstos pueden ser más peligrosos y persistentes que la sustancia original. Los COP pueden desplazarse a grandes distancias. La combinación de la persistencia de los COP con su volatilidad parcial permite que tengan una gran movilidad ambiental. Una vez liberados en la atmósfera, se evaporan lentamente en climas calientes; pueden ser llevados por las corrientes de aire y condensarse y precipitarse en el suelo cuando la temperatura baja, y volver a volatilizarse y repetir el ciclo. De este modo, los COP se van movilizando de las zonas más cálidas a las más frías del planeta, hasta llegar al Artico y a la Antártida. También pueden ser arrastrados por corrientes de agua dulce y marina. Otros COP menos volátiles pueden acumularse en los sedimentos y de ahí penetrar en las cadenas tróficas. Puede decirse que los COP no saben de fronteras nacionales y pueden afectar poblaciones y sectores muy alejados del lugar original donde se liberaron. Debido a su persistencia y movilidad, los COP están literalmente en todas partes del mundo; se han encontrado en lugares y en organismos tan remotos y alejados de fuentes industriales de contaminación como son los osos polares de Alaska, Canadá y Noruega, en el Ártico; los pingüinos de la Antártida y de las islas remotas del Pacífico, afectando a las comunidades que habitan estos lugares.3 50 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Figura 3 Liberación y dispersión de los COP en el ambiente Los COP al liberarse en el medio ambiente, se transportan por el aire o agua y contaminan lejos del lugar de origen Fuente: Adaptación de Deposition of air pollutants to the Great Lakes (First Report to Congress), EPA, 1994. Incluido en World Federation of Public Health Associations. Persistent Organic Pollutants and Human Health. Washington, May 2000. p. 8 Los COP tienen un efecto transgeneracional. La exposición a ellos se inicia desde la concepción; se han encontrado PCB en semen. Los COP que se acumulan en los tejidos grasos pueden pasar a la sangre y traspasar la placenta durante el desarrollo embrionario y fetal, así como excretarse en la leche materna y transferirse a los bebés durante la lactancia. De este modo, los seres humanos y otros mamíferos están expuestos a los niveles más elevados de estos contaminantes en el período de su vida en que son más vulnerables, es decir, en el útero y durante la infancia, cuando sus cuerpos, cerebros, sistemas nerviosos y sistemas inmunológicos están en un delicado proceso de construcción. 51 Capítulo II Figura 4 Los COP contaminan la leche materna afectando las nuevas generaciones Los COP entran al cuerpo humano principalmente a través del consumo de alimentos. Los COP pueden acumularse en los productos lácteos, el pescado y la carne, en cantidades muy pequeñas, que no son percibidos por los sentidos: no se pueden ver, oler o sentir en el gusto. Los COP liberados en la atmósfera entran a la cadena alimenticia cuando se precipitan, y contaminan los pastos o forrajes que sirven de alimento al ganado; o cuando los COP en las descargas en el agua se acumulan en el suelo o sedimentos y llegan a los peces, hasta llegar al ser humano. A pesar de ser la principal vía de exposición humana, en la mayoría de países no hay una vigilancia de los COP en los alimentos, sobre todo de dioxinas, furanos y PCB. En Estados Unidos la exposición a dioxinas por la dieta se encuentra en niveles cercanos o superiores a los niveles que causan un efecto adverso en pruebas con animales de laboratorio. La Organización Mundial de la Salud ha establecido límites de ingestión diaria aceptables para algunos COP -como en el caso de las dioxinas, furanos o PCB, con base en evaluaciones de riesgo según una dieta promedio (de 1 a 4 pg. TEQ Kg. –1 por peso corporal al día). Una dieta normal en los países industrializados frecuentemente contiene dioxinas en cantidades mayores que esos límites. Además es cuestionable que estos niveles “tolerables” representen medidas reales de protección, dado que no hay “dosis seguras” de disruptores endocrinos, así como no hay dosis seguras de sustancias que producen cáncer, como son los COP. La investigación sobre disruptores endocrinos demuestra que algunos efectos se presentan a muy bajas concentraciones en lugar de altas dosis, como sucede normalmente con los procedimientos de evaluación toxicológica; además de que indican que es tanto o más importante el momento de la exposición, especialmente si se produce durante el período embrionario de desarrollo, que la dosis.4 52 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Los COP forman parte de la carga corporal tóxica que pasa a las futuras generaciones. La llamada “carga corporal” se refiere al volumen total de las sustancias químicas que están presentes en el cuerpo humano en un momento determinado. Los científicos estiman que hoy todos los individuos –hombres y mujeres- llevan en sus cuerpos al menos 700 contaminantes, incluidos los COP, además de muchas otras sustancias químicas que no han sido bien estudiadas Las sustancias químicas tóxicas entran al organismo humano al inhalarlas o al ingerirlas en alimentos o agua contaminada; incluso podemos absorberlas a través de la piel. Una mujer embarazada puede traspasarlas a su feto en formación a través de la placenta, o traspasarlas a su bebé en la leche materna. Las sustancias químicas pueden tener diferentes efectos en las personas o en la vida silvestre, dependiendo de la cantidad, el período, la duración y el momento de la exposición, al igual que de las propiedades tóxicas intrínsecas de la sustancia específica. Sin embargo, no se han estudiado los efectos de la combinación de este cóctel de sustancias químicas encontradas en el cuerpo humano, y las regulaciones gubernamentales que establecen supuestos “límites tolerables” de algunas de estas sustancias individuales en los alimentos o en el medio ambiente, no consideran esta exposición múltiple y acumulada.5 Las sustancias químicas y sus productos de transformación (metabolitos) se alojan en los organismos sólo durante un tiempo antes de ser excretados por la orina o el sudor, como sucede con algunos plaguicidas organofosforados; pero una exposición continua puede crear una carga corporal persistente. Algunas sustancias químicas persistentes y bioacumulables, como los COP, no son desechadas fácilmente por el organismo y pueden permanecer por años en nuestra sangre, en el tejido adiposo, semen, músculos, huesos, tejido cerebral y otros órganos. El DDT, por ejemplo, puede permanecer en el cuerpo por 50 años; y los PCB pueden permanecer en los tejidos grasos entre 25 a 75 años, pues se resisten a su transformación metabólica.6 Así como tenemos el derecho a saber qué contaminantes están presentes en el aire, agua y suelo, tenemos también el derecho a saber qué contaminantes forman parte de nuestra carga corporal y a exigir a las autoridades y a los productores industriales de estas sustancias la adopción de medidas que prevengan su formación y liberación ambiental. La carga corporal de sustancias tóxicas persistentes como los COP no debe ser aceptada como un hecho natural, irreversible, pues viola el derecho fundamental a una calidad de vida acorde con la dignidad humana. Particularmente vulnera los derechos reproductivos de la mujer, su derecho a un embarazo y lactancia libre de contaminantes, y el derecho de los niños a una alimentación sana y a condiciones que permitan su pleno desarrollo. Las organizaciones de mujeres y de defensa de los dere- 53 Capítulo II chos de los niños pueden jugar un rol importante en la lucha por la eliminación de los COP; el Convenio de Estocolmo hace una mención explícita para que los gobiernos informen y consulten a estos grupos durante el proceso de elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación. Cuadro 5 La “biovigilancia” de la carga corporal de sustancias químicas tóxicas y bioacumulables La “biovigilancia” o análisis de muestras humanas de la carga corporal de contaminantes, mide los niveles de estos compuestos, generalmente en sangre y orina, y refleja la cantidad real de los compuestos químicos presentes en el medio ambiente que es inhalada, ingerida o absorbida por el cuerpo. En Estados Unidos se han realizado dos informes nacionales sobre la exposición humana a las sustancias químicas en el medio ambiente. realizados por el Centro de Control de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos. El primero, dado a conocer en marzo de 2001, incluyó la medición de 27 sustancias. El segundo informe señaló que el análisis de sangre y orina de la población seleccionada donde se buscaban 116 sustancias químicas dio resultados positivos para 89 de ellas, incluidos COP como las dioxinas, PCB y plaguicidas organoclorados, así como otras sustancias, tales como hidrocarburos poliaromáticos, plaguicidas carbamatos y organofosforados, herbicidas, fitoestrógenos, repelentes de insectos y desinfectantes; metales pesados como plomo, mercurio y cadmio, entre otros; cotinina (humo del tabaco) y ftalatos. Este segundo informe presenta información sobre la exposición de la población estadounidense a partir de una muestra nacional de 9,282 individuos, dividida por edad, género y grupo étnico o raza, durante el período 1999 - 2000. Un análisis más detallado de los datos de los 34 plaguicidas contenidos en el Segundo Informe Nacional de la CDC, realizado por el Pesticide Action Network, North America (PANNA), informaba en mayo de 2004 que un gran número de residentes de California llevan en sus cuerpos una carga de plaguicidas tóxicos superior a los niveles “aceptables” establecidos por las autoridades gubernamentales (como el insecticida clorpirifos, por ejemplo); y que la carga corporal más grande se encontró en las mujeres, los niños y la población mexicano-americana. Entre los componentes de esta carga se encuentran plaguicidas como DDT, lindano y paratión metílico. Un estudio similar, realizado anteriormente por el Environmental Working Group, en conjunto con la Escuela de Medicina Comunitaria de Monte Sinaí en Nueva York, Estados Unidos, publicado en enero del 2003, señala que de las 210 sustancias químicas medidas en la carga corporal de nueve voluntarios, se encontró un promedio de 91 compuestos, de los cuales 76 son sustancias químicas que pueden provocar cáncer en humanos o animales, 94 son tóxicos al cerebro y sistema nervioso, y 79 pueden causar defectos de nacimiento o un desarrollo anormal. Entre las sustancias detectadas había 48 diferentes congéneres de PCB, dioxinas y furanos; plaguicidas organoclorados como DDT y clordano, entre otros; metales pesados como plomo, mercurio, Continúa 54 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente arsénico y cadmio; ftalatos provenientes de productos cosméticos para el cuidado personal o de envoltorios plásticos de productos alimenticios; y compuestos orgánicos volátiles y semivolátiles derivados del petróleo. Esfuerzos similares se han realizado en Alaska, Australia y otras partes de Estados Unidos y Europa. La organización comunitaria para la vigilancia de la carga corporal de PCB fue un factor determinante para forzar a Monsanto a indemnizar a los residentes de Anniston, localidad cercana a su planta productora de PCB, en Alabama.7 Fuentes consultadas: “What is body burden” en www.chemicalbodyburden.org Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC), Segundo Informe Nacional sobre la Exposición Humana a Compuestos Químicos Ambientales, EEUU, Febrero del 2003 http://www.cdc.gov/exposurereport El CDC tiene planeado hacer informes cada dos años Environmental Working Group, Informe “Body Burden: The Pollution in People” en http://www.ewg.org/reports/bodyburden/ Pesticide Action Network North America, informe “Chemical Trespass: Pesticides in Our Bodies and Corporate Accountability” www.panna.org Ubicación de los COP en el universo de sustancias químicas Los 12 COP seleccionados en el Convenio de Estocolmo se ubican en el amplio universo de las sustancias químicas orgánicas, por ser compuestos que contienen carbono en su estructura, y dentro de él pertenecen al grupo de los organohalógenos, y en particular, a dos subgrupos: el de los organoclorados -por ser compuestos orgánicos que tienen diversos átomos de cloro – y el de los hidrocarburos poliaromáticos, pues incluyen un anillo de benceno en el eje de su estructura, lo que los caracteriza como hidrocarburos poliaromáticos clorados. Sin embargo, otros compuestos orgánicos diferentes a ambos grupos podrían llegar a ser clasificados como COP por su persistencia y capacidad de bioacumularse; esto incluye a otros organohalogenados, especialmente a los compuestos bromados tales como los retardantes de flama polibromados. También podrían entrar a la clasificación de COP otras sustancias químicas, como ciertos organometales usados para pinturas marinas. La figura 5 da una idea más gráfica de esta ubicación, lo que nos permite visualizarla mejor. 55 Capítulo II Figura 5 Ubicación de los COP en el Universo de Sustancias Químicas Fuente: Adaptado de Anne Platt Mc Ginn Why poison ourselves?. A precautionary approach to synthetic chemicals. MA USA World Watch Paper num. 153. November 2000. p. 15 56 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente 2.2 Plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo Efectos sobre la salud y el medio ambiente de los plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo Los plaguicidas químicos son sustancias tóxicas por definición y pueden afectar tanto a las plagas como al ser humano. Los plaguicidas afectan el sistema nervioso central y pueden provocar intoxicaciones agudas, que se manifiestan como malestar, dolor de cabeza, náusea, vómito, mareo, temblores, excitación, convulsiones recurrentes, depresión severa del sistema respiratorio y el sistema nervioso central, coma, e incluso la muerte si no se recibe una atención médica oportuna. Hay otros efectos de la exposición a los plaguicidas que se pueden presentar a largo plazo; son los llamados efectos crónicos, que generalmente se producen a raíz de exposiciones repetidas, en pequeñas cantidades, durante un tiempo prolongado. Algunos de los efectos crónicos causados por los plaguicidas incluidos en el Convenio de Estocolmo corresponden a diversos tipos de cáncer, a malformaciones, alteración de la fertilidad, y disrupción endocrina (ver cuadro página siguiente). Desde un punto de vista biológico, los plaguicidas son biocidas, rara vez selectivos, pues matan no sólo a los organismos que constituyen plagas, sino también a insectos benéficos, tales como depredadores, parasitoides, polinizadores, aves, peces y otros animales. Los plaguicidas interfieren con procesos biológicos y fisiológicos fundamentales, que son comunes a una amplia variedad de organismos. El uso intensivo de plaguicidas crea además resistencia en los insectos, plantas y hongos, por lo que sobreviven a dosis que antes les causaban la muerte. La resistencia es un mecanismo hereditario, de selección genética, que permite que sólo los más fuertes sobrevivan. En el caso de la resistencia a insecticidas organoclorados, los insectos pueden también desarrollarla frente a algunos piretroides, en lo que se conoce como resistencia cruzada.8 El uso indiscriminado de plaguicidas provoca la contaminación del suelo, del aire y del agua, y altera el equilibrio ecológico. Los problemas de contaminación ambiental causados por los plaguicidas químicos se acentúan en el caso de los plaguicidas organoclorados, grupo al que pertenecen los incluidos en el Convenio de Estocolmo, por su gran persistencia y su capacidad de acumularse y magnificarse en las cadenas alimentarias. La persistencia de una sustancia se expresa indicando su vida media. Esta corresponde al tiempo 57 Capítulo II necesario para que la mitad de la sustancia desaparezca bajo condiciones normales. Por ejemplo, si la vida media es de 100 días, la mitad de la sustancia estará presente 100 días después de su aplicación, una cuarta parte estará aún después de 200 días, y una octava parte aún se encontrará después de 300 días. Hay otros plaguicidas organoclorados que no están incluidos en el Convenio de Estocolmo, como el lindano, el pentaclorofenol y el endosulfán, pero su inclusión en él ya ha sido propuesta. Otro gran número de plaguicidas organoclorados pueden estar contaminados con dioxinas y furanos, pero este problema lo trataremos en la sección dedicada a las dioxinas. Las dioxinas, conocidas también como policloro dibenzo-p-dioxinas (abreviado como PCDD), son el nombre genérico de un grupo de 75 compuestos formados por dos anillos de benceno unidos por un anillo de cinco lados con dos átomos de oxígeno y diversos átomos de cloro en la periferia. Los furanos o policlorodibenzofuranos (PCDF) son un grupo de 135 compuestos de estructura similar a las dioxinas, al igual que los PCB, de los cuales hablaremos en el próximo capítulo. 58 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Cuadro 6 Efectos de los plaguicidas COP incluidos en el Convenio de Estocolmo en la salud y medio ambiente Nombre ingrediente Num. CAS Efectos sobre la salud Efectos sobre el ambiente y persistencia activo Organoclorados Aldrín (*) Efectos agudos generales de la Son muy persistentes, se 309-00-2 exposición a plaguicidas organoclorados: Alteración del sistema nervioso central. Se produce malestar, dolor de cabeza, náusea, vómito,mareo,temblores, excitación, convulsiones recurrentes, depresión severa de los sistemas respiratorio y nervioso central y coma. acumulan en los tejidos grasos de las cadenas alimenticias y se excretan en la leche materna. Agudos. Generales a los de la exposición a los organoclorados (ver arriba). Crónicos. La exposición prolongada puede dar lugar a excitación del sistema nervioso central. Anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones. La IARC lo clasifica en el Grupo 3 (posible carcinógeno humano). En animales de experimentación es fetotóxico. El aldrín se metaboliza y deriva en dieldrín. Disrupción endocrina (1) Alto potencial de bioacumulación y biomagnificación. Extrema toxicidad para peces y crustáceos, mediana toxicidad para aves y abejas. Es altamente persistente en el suelo: el 50% desaparece transcurridos entre 4 y 7 años. Continúa 59 Nombre ingrediente Num activo CAS Clordano (**) Efectos sobre la salud Efectos sobre el ambiente y persistencia 57-74-9 Agudos. Alto potencial de bioacumu- Generales a los de la exposición a lación y biomagnificación. los organoclorados Extrema toxicidad para peces, DDT (ver arriba). Crónicos. crustáceos, aves, abejas y lombrices de tierra. La exposición prolongada puede dar lugar a excitación del sistema Es altamente persistente en el nervioso central, anormalidades en el electroencefalograma y suelo. La vida media en el suelo es de 4 años y puede convulsiones. La IARC lo clasifica en el Grupo 3 persistir en éste tanto como 20 años. Es relativamente inmóvil (posible carcinógeno humano). En ratones se ha encontrado que reduce la fertilidad en cerca del 50% (22mg/kg inyectados una vez a la semana durante 3 semanas) Disrupción endocrina (1) en el ambiente y se fija a las partículas del suelo. 50-29-3 Agudos. Generales a los de la exposición a los organoclorados (ver arriba). Crónicos Anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones. La IARC lo clasifica en el Grupo 2B (posible carcinogénico para humanos). En pruebas de laboratorio ha mostrado ser mutagénico (inhibición miótica moderada y aberraciones cromosómicas y daños). Suprime el sistema inmunológico, causa esterilidad y es fetotóxico, teratogénico y carcinogénico (hígado, pulmones, tiroides, leucemia) en animales de laboratorio. Disrupción endocrina (1) Alto potencial de bioacumulación y biomagnificación. Extrema toxicidad aguda para peces y crustáceos. La toxicidad aguda es baja para abejas y aves, aunque en éstas últimas la exposición prolongada produce severos efectos en la reproducción, al reducir el grosor del cascarón de los huevos y la viabilidad de los embriones. Es altamente persistente en el suelo: el 50% desaparece transcurridos entre 2 y 15 años. Es un contaminante de aguas superficiales. Continúa 60 Nombre Num ingrediente CAS Efectos sobre la salud activo Dieldrín (*) Efectos sobre el ambiente y persistencia 60-57-1 Agudos. Alto potencial de bioacumulación Generales a los de la exposición a y biomagnificación. Extrema los organoclorados (ver arriba). toxicidad para peces y crustáceos; Se ha descrito persistencia de dis- mediana toxicidad para aves turbios del sueño por algunos días y abejas o semanas. Crónicos Es altamente persistente en el suelo: La exposición prolongada puede el 50% desaparece transcurridos dar lugar a excitación del sistema entre 4 y 7 años. nervioso central, anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones. El dieldrín (derivado metabólico de aldrín) suprime el sistema inmunológico y causa cáncer de hígado en ratones. La IARC lo clasifica en el Grupo 3 (posible carcinógeno humano). En animales de experimentación es fetotóxico y puede alterar la fertilidad de machos y hembras. Disrupción endocrina (1) Endrín (***) 72-20-8 Agudos. Generales a los de la exposición a los organoclorados (ver arriba). Crónicos La exposición prolongada puede dar lugar a excitación del sistema nervioso central, anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones. La IARC lo clasifica en el Grupo 3 (posible carcinógeno humano). En animales de experimentación es fetotóxico y altera la espermatogénesis en ratas. Puede producir daño cromosómico en el tejido germinal de hombres y mujeres. En animales de experimentación es fetotóxico y embriotóxico y altera la espermatogénesis en ratas. Disrupción endocrina (1) Alto potencial de bioacumulación y biomagnificación. Extrema toxicidad para los peces, aves y abejas. Es altamente persistente en el suelo: la vida media allí puede ser de hasta 12 años. Continúa 61 Nombre Num ingrediente CAS Efectos sobre la salud activo Efectos sobre el ambiente y persistencia Heptacloro 76-44-8 Agudos. Bioacumulación y biomagnifi- Generales a los de la exposición a los cación alta. Extrema toxicidad en organoclorados (ver arriba). peces, moderada en crustáceos, ligera en aves. Crónicos La exposición prolongada puede dar Extrema persistencia en el suelo. lugar a excitación del sistema nervioso Es poco susceptible a la central, anormalidades en el elec- biodegradación. La vida media en troencefalograma y convulsiones. el suelo va de 6 meses a 3,5 años, La IARC lo clasifica en el grupo 2B pero se han encontrado trazas de (posible carcinógeno humano). Se ha él hasta 16 años después de su asociado con infertilidad y desarrollo aplicación. Nula movilidad en el inadecuado de camadas en animales suelo. Menos persistente en agua de experimentación. (sedimento). Produce un incremento en la incidencia de cáncer de hígado en ratas. Disrupción endocrina (1) Hexacloro- 118-74-1 Agudos. benceno Generales a los de la exposición a los organoclorados (ver arriba). Crónicos La exposición prolongada puede dar lugar a excitación del sistema nervioso central, anormalidades en el electroencefalograma y convulsiones. La IARC lo clasifica en el Grupo 2 B (posible carcinógeno humano). Niños expuestos a pan contaminado mostraron estatura baja, manos y dedos atrofiados, osteoporosis y modificaciones artríticas. Es teratogénico en animales de experimentación. Se han hecho pruebas en animales que lo relacionan con problemas en la reproducción de los machos, efectos perjudiciales en el feto y en la descendencia. Disrupción endocrina (1) Toxicidad moderada y alta para peces. No se considera tóxico para las abejas. Es una sustancia fuertemente bioacumulativa. Es muy persistente. Está fuertemente ligado al suelo y a los sedimentos. Se ha estimado que su vida media en el suelo es de 3 a 6 años. No se lixivia fácilmente en agua. Continúa 62 Nombre Num ingrediente CAS Efectos sobre la salud activo Mirex Efectos sobre el ambiente y persistencia Agudos Generales a los de la exposición a los organoclorados (ver arriba). Toxafeno (campheclor) 8001-35-2 Agudos Es un compuesto altamente Generales a los de la exposibioacumulable. Altamente tóxición a los organoclorados (ver co para peces e invertebrados arriba). acuáticos, medianamente tóxico para aves y de baja toxicidad Crónicos La IARC lo clasifica en el Grupo 2 B (posible carcinógeno humano). Disrupción endocrina (1) para las abejas. Liberado en aguas superficiales se adsorbe vigorosamente al sedimento Es sumamente persistente. Fuente: Fichas técnicas de plaguicidas a prohibir o restringir. Incluidos en el Acuerdo N0. 9 de la XVI Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana (RESSCAD). OPS, OMS. Programa Medio Ambiente y Salud en el Istmo Centroamericano. Proyecto Aspectos Ocupacionales y Ambientales de la Exposición a Plaguicidas en el Istmo Centroamericano (PLAGSALUD). San José, Costa Rica, 2001. 2.3 Los COP no intencionales: dioxinas, furanos, PCB y HCB Las dioxinas, los furanos y compuestos de toxicidad similar 9 Las dioxinas y los furanos, a diferencia de otros COP, como los plaguicidas, no son productos ni tienen una utilidad. Son contaminantes que se producen de manera involuntaria a partir de procesos térmicos que comprenden materia orgánica y sustancias con cloro, como resultado de una combustión incompleta o de complejas reacciones químicas. El Convenio de Estocolmo identifica dentro de los COP de producción no intencional a las dioxinas, los furanos, los policlorobifenilos (PCB) y el hexaclorobenceno (HCB). Los PCB y HCB son productos industriales pero también se generan involuntariamente. 63 Capítulo II No todas las dioxinas, furanos y PCB tienen la misma toxicidad; sólo 7 dioxinas, 10 furanos y 13 PCB tienen una toxicidad similar a la dioxina más tóxica conocida, que es la 2,3,7,8 TCDD. La toxicidad de las dioxinas y compuestos similares depende de su habilidad para ligarse y activar una proteína compleja conocida como receptor celular Ah (hidrocarburo arilo). Sólo las moléculas con la forma adecuada pueden entrar a este receptor, tal como solo la llave correcta puede abrir una cerradura. La dioxina más tóxica y que más fuertemente se liga a este receptor es la 2,3,7,8 TCDD. Figura 6 Estructura molecular de la dioxina TCDD Para permitir la comparación entre las diversas dioxinas, furanos y PCB, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estableció como medida la equivalencia al tipo de dioxina más tóxica, la 2,3,7,8 TCDD. Al analizar alimentos, sangre, leche materna, sedimentos o la atmósfera, se pueden encontrar muchos tipos diferentes de dioxinas y furanos con distinta toxicidad. Para poder cuantificar y comparar el total de la toxicidad de esta mezcla de compuestos, se toma como medida la 2,3,7,8-TCDD ó TCDD, otorgando un factor de equivalencia tóxica o TEQ (por su nombre en inglés) a los otros compuestos, donde TCDD recibe el valor de 1. Por ejemplo, si un compuesto recibe un TEQ de 0.5, significa que es la mitad de tóxico que la dioxina TCDD. Cuando se habla de pruebas de exposición a dioxinas en animales de laboratorio, generalmente se trata de la TCDD; cuando se habla de la exposición de la población a las dioxinas, se hace referencia a la exposición a una mezcla compleja del conjunto de dioxinas y compuestos similares. En el mundo real la TCDD no se encuentra aislada.10 64 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Cuadro 7 Estructura química básica de las dioxinas, los furanos y los PCB El carbono existe como elemento (grafito y diamantes) y como compuesto (unido a otros elementos). En esta última forma es el más abundante de todos los que se conocen (más de 2,5 millones). Los compuestos de carbono se pueden unir con los de hidrógeno de miles de maneras, en ocasiones en cadenas largas que forman plásticos. En otras ocasiones los compuestos de carbono e hidrógeno forman anillos, como los bencenos. El bloque básico de la estructura química de las dioxinas, los furanos y el PCB, es la molécula de benceno, que contiene 6 átomos de carbono (abreviado como C) y 6 átomos de hidrógeno (abreviado como H) unidos en un anillo (figura 1). Para abreviar, los átomos de carbono e hidrógeno se omiten normalmente y el anillo de benceno se representa como un anillo dentro de un hexágono, como muestra la figura 1. Figura 1: Benceno Los anillos de benceno tienen dos importantes propiedades: a) dos o más anillos de benceno pueden unirse entre sí y, b) los átomos de cloro pueden reemplazar a los de hidrógeno en el exterior del anillo. Estas propiedades explican la formación de los PCB, dioxinas y furanos. Las dioxinas y los compuestos similares a ellas se componen de dos anillos de benceno unidos de tres maneras distintas: a) Cuando dos anillos de benceno se unen directamente, se denominan bifenilos, y cuando se reemplazan varios átomos de hidrógeno del benceno, por los de cloro, se forman los policlorobifenilos ó PCB, ver figura 2. Figura 2: Bifenilos b) Cuando dos anillos de benceno se unen mediante un anillo de 5 lados que contiene un átomo de oxígeno (abreviado como “O”*figura hexagonal), se forman los furanos, ver figura 3. c) Cuando dos anillos de benceno se enlazan a través de un anillo de seis lados que contiene dos átomos de oxígeno, pertenecen a la familia de las dibenzodioxinas (di–por dos-, benzo –por benceno-, di –por dos- oxin –por oxígeno). Cuando en ellas se remplazan los átomos de hidrógeno con varios de Figura 3: Furanos Continúa 65 Capítulo II cloro, se llaman policlorodibenzodioxinas, o PCDD (por su nombre en inglés). Las dioxinas pueden tener de 1 a 8 átomos de cloro. Dependiendo de la posición donde se enlazan los átomos de cloro, resultan 75 tipos distintos de dioxinas. Los químicos usan números para describir las posiciones donde se ubican los átomos de cloro. El tipo de dioxina más tóxica que se conoce es la que tiene los átomos de cloro en las posiciones 2, 3, 7 y 8, (ver figura 4). El nombre químico de esta dioxina es “2, 3,7,8 tetraclorodibenzodioxina, o 2,3,7,8 TCDD, por su nombre en inglés. (Se usa la palabra griega tetra para indicar cuatro) Figura 4: 2,3,7,8 TCDD Cada uno de los átomos de hidrógeno en los anillos de benceno de las dioxinas, los furanos y el PCB pueden ser remplazados químicamente por átomos de cloro. Es la variación en el número y la posición de los átomos de cloro en la molécula, lo que identifica al gran número de miembros o congéneres de cada grupo. El bromo, un elemento cercano al cloro, también puede remplazar a los hidrógenos y formar compuestos similares. Los congéneres de bromo y cloro pueden existir juntos. Fuente: Resumen del texto de Beverly Paigen “Dioxin and Dioxin like Chemicals” en Pesticides, People and Nature, 1(1): 33-52 (1999), Begell House Inc., y “What Are Dioxins?” en Dioxin:The Orange Resource Book, Synthesis/ Regeneration 7/8 . Summer 1995. A Magazine of Green Social Thought, St. Louis MO, p 12. Las fuentes de formación de COP no intencionales El Convenio de Estocolmo identifica de manera parcial a 20 tipos de fuentes antropogénicas generadoras de COP producidos de forma no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB) y las divide entre fuentes que tienen un fuerte potencial de formación y liberación ambiental y otras fuentes. (ver cuadro 8). 66 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Cuadro 8 Fuentes generadoras de COP no intencionales (dioxinas, furanos, PCB y HCB) según el Convenio de Estocolmo Fuentes industriales que tienen un potencial relativamente alto de formación y liberación de estos productos químicos al medio ambiente (Anexo C, Parte II) : a) Incineradores de desechos, incluidos los coincineradores de desechos municipales, peligrosos, médicos o de fango cloacal; b) Desechos peligrosos procedentes de la combustión en hornos de cemento; c) Producción de pasta de papel con utilización de cloro elemental o de productos químicos que producen cloro elemental para el blanqueo; (*) d)Los siguientes procesos térmicos de la industria metalúrgica: Producción secundaria de cobre; Plantas de sinterización en la industria del hierro e industria siderúrgica; Producción secundaria de aluminio; Producción secundaria de zinc. Otras fuentes de generación no intencionada de COP(Anexo C, Parte III): a) Quema de desechos a cielo abierto, incluida la quema en basureros; b) Procesos térmicos de la industria metalúrgica no mencionados en la parte II; c) Fuentes de combustión domésticas; d)Combustión de combustibles fósiles en centrales termoeléctricas o calderas industriales; e) Instalaciones de combustión de madera u otros combustibles de biomasa; f) Procesos de producción de sustancias químicas determinadas, que liberan de forma no intencional contaminantes orgánicos persistentes, especialmente los procesos de producción de clorofenoles y cloranil; g) Crematorios; h)Vehículos de motor, en particular los que utilizan gasolina con plomo como combustible; i) Destrucción de carcasas de animales; j) Teñido (con cloranil) y terminación (con extracción alcalina) de textiles y cueros; k) Plantas de desguace para el tratamiento de vehículos una vez acabada su vida útil; l) Combustión lenta de cables de cobre; m)Desechos de refinerías de petróleo. Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Anexo C. Producción no intencional. (*) Por cloro elemental se refiere al uso de gas cloro, CL2 e hipoclorito; no incluye el dióxido de cloro (CL02) 67 Capítulo II La lista no es exhaustiva y el Convenio indica que estas fuentes pueden ser objeto de actualización por la Conferencia de las Partes. En los anexos se incluyen tres cuadros con una selección de fuentes identificadas de dioxinas y furanos, así como una lista de sustancias químicas y plaguicidas de los cuales se sabe o se sospecha que durante su manufactura se generan dioxinas y furanos. Efectos de las dioxinas y los furanos en la salud. Como señalamos en la primera parte de este libro, por muchos años la industria del cloro sólo aceptaba que la exposición a dioxinas producía cloracné una enfermedad grave de la piel; sin embargo, ahora se sabe que puede causar un gran número de efectos agudos y crónicos de carácter irreversible. Por esta razón las dioxinas son consideradas como las sustancias químicas más tóxicas conocidas por la ciencia. La dioxina TCDD y compuestos similares son capaces de alterar procesos fisiológicos en el ser humano a niveles de exposición tan bajos que se necesitan procesos muy sofisticados de análisis para su identificación y medición. Se han observado efectos adversos a la salud causados por las dioxinas a niveles ubicados en el rango de nanogramos (ng)/kilogramo (kg) (un nanogramo es la mil millonésima parte de un gramo). La medida de ng/kg es equivalente a partes por trillón. Una parte por trillón es el equivalente de un grano de sal disuelto en una alberca olímpica. Se calcula que el ciudadano estadounidense promedio lleva una carga corporal de 13 partes por trillón.11 Las dioxinas son capaces de causar cáncer y son clasificadas como un “cancerígeno humano conocido” por la OMS y la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC). En Estados Unidos, de acuerdo con el informe preliminar de evaluación de dioxinas realizado por la EPA en el año 2000, los niveles promedio de dioxinas y compuestos similares a los que está expuesta la población, representan el riesgo de provocar un caso de cáncer por cada 1.000 personas. Esto es 1.000 veces más alto que el riesgo “aceptable” de un caso de cáncer en un millón. La evidencia epidemiológica en estudios sobre trabajadores expuestos y población afectada por accidentes indica que la exposición a dioxinas y compuestos similares incrementa el riesgo de contraer cáncer en tejidos blandos -pulmón, estómago- y linfoma no Hodgkin (tumor maligno de los ganglios linfáticos), y aumenta la mortalidad por sarcomas de tejido blando (tumor maligno originado en tejido conjuntivo) en trabajadores expuestos.12 68 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente La exposición a dioxinas en animales de laboratorio reduce la fertilidad, aumenta la endometriosis, causa defectos de nacimiento, daña el hígado, altera el desarrollo de los genitales, retarda el crecimiento, afecta el funcionamiento de la tiroides, dispara las deficiencias durante el aprendizaje y disminuye la respuesta de las células del sistema inmunológico. Los efectos de las dioxinas en la salud humana incluyen enfermedades del corazón y alteraciones en el sistema reproductivo masculino y femenino (endometriosis, por ejemplo). También hay evidencia de que afecta la tiroides, deprime el sistema inmunológico, causa defectos de nacimiento e interfiere con el metabolismo de la glucosa, por lo que contribuye a la diabetes. Las dioxinas imitan o bloquean la acción de las hormonas y perturban cada sistema hormonal que se ha investigado. La exposición antes del nacimiento puede influir en la proporción en la que se define el sexo entre los recién nacidos (ver cuadro 9).13 Al igual que otros COP, las dioxinas y compuestos similares se bioacumulan y biomagnifican a lo largo de las cadenas alimentarias. Se han encontrado dioxinas y furanos en la leche de vaca, el queso, la mantequilla y en animales; así como en la sangre, el tejido adiposo y la leche materna; todo esto contribuye a la carga corporal tóxica que se traspasa a las futuras generaciones. La Organización Mundial de la Salud realizó dos estudios en 19 países, donde se analizaron muestras de leche tomadas en 1987-88 y en 1992-1993, para determinar niveles de dioxinas, furanos y PCB. Otros estudios similares se han realizado en Holanda, Alemania, los países nórdicos, Reino Unido, Francia, España, Japón, Nueva Zelandia y Estados Unidos. Se han realizado también estudios en algunos países asiáticos y del Medio Oriente, y solo unos pocos en Africa y América Latina. 14 69 Capítulo II Cuadro 9 Efectos causados en la salud por las dioxinas y compuestos de toxicidad similar Cáncer Cambios hormonales y metabólicos • En tejidos blandos, pulmón, estómago • Alteración de la tolerancia a la glucosa y y linfoma no Hodgkin • Incrementa mortalidad por cáncer en disminución de los niveles de insulina, lo que incrementa el riesgo de diabetes tejidos blandos • Alteración del metabolismo de las grasas, Efectos reproductivos masculinos • Reducción de la cantidad de esperma • Disminuye tamaño de los testículos • Disminución de la testosterona (la hormona masculina) • Feminización de las respuestas y los comportamientos sexuales hormonales • Cambios hormonales y metabólicos aumentando el colesterol y los triglicéridos, con el consiguiente incremento del riesgo de ataque al corazón • Pérdida de peso • Cambio en las hormonas producidas por la tiroides Efectos reproductivos femeninos • Cambios hormonales • Disminución de la fertilidad • Embarazo adverso, dificultad para mantener el embarazo • Disfunción de los ovarios • Endometriosis Daños al sistema nervioso central y periférico • Incremento de la irritabilidad y el nerviosismo • Déficit cognitivo Efectos en el feto Daño al hígado • Defectos de nacimiento, paladar hundido • Alteraciones del sistema reproductivo • Elevación de las enzimas del hígado • Cirrosis Efectos en la niñez y adolescencia Daño al sistema inmunológico • Problemas de deficiencia de IQ • Retraso de la pubertad • Reducción del tamaño del timo • Incremento de enfermedades infecciosas • Retraso del desarrollo psicomotor y del neurodesarrollo • Alteraciones de la conducta e hiperactividad y de la posibilidad de desarrollar cáncer. Fuente: USEPA, 1994; De Vito, 1994 en Center for Health Environment and Justice Dyng from Dioxin. USA 1995. Table 9-2, p. 138. 70 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Siendo el consumo de alimentos la principal vía de entrada de las dioxinas al cuerpo humano, el Instituto de Medicina de Estados Unidos recomienda reducir la exposición en la población mediante el consumo de alimentos con menos grasas saturadas y el consumo moderado de grasas de carne y alimentos lácteos que puedan contener dioxinas y similares; también señala como prioridad reducir la contaminación de dioxinas en el forraje y el alimento usados en los sistemas de producción animal, y establecer en ellos un sistema de vigilancia de los niveles de dioxinas y compuestos similares, con información accesible al público. Recomienda reducir o eliminar el contenido de grasa animal como componente del alimento en el ganado. De igual modo, señala que la reducción de la ingestión de grasas saturadas debe centrarse en las adolescentes y mujeres jóvenes, antes de la edad de embarazo, para tener un impacto en la reducción de dioxinas que pueden afectar el desarrollo del feto y de los lactantes. Las dioxinas tienen una vida media en el cuerpo humano de 7 a 10 años.15 El cambio de hábitos alimenticios para llevar la dieta baja en grasas que se recomienda, no es suficiente si no se acompaña también de un programa de eliminación de las dioxinas y compuestos similares en sus fuentes industriales y urbanas de origen. Esto significa el cambio de los procesos industriales y de las prácticas que generan los COP, pues la responsabilidad no se puede cargar sólo a los consumidores, sino principalmente a las empresas que los generan, aunque sea de manera involuntaria. La sustitución de insumos clorados en los procesos industriales y la prohibición de la incineración de residuos en sus múltiples formas, son parte de las medidas de un programa de prevención y eliminación de las dioxinas que desea atacar la raíz del problema y no sólo tratar de controlar sus efectos en la salud de los consumidores. 2.4 Policlorobifenilos (PCB) Características de los PCB Los bifenilos policlorados, o también denominados policlorobifenilos (PCB), son productos industriales que se usaron principalmente como aceites en los transformadores y equipos eléctricos; comercialmente se les conoce como “askareles”. Son una familia de compuestos clorados, derivados de la petroquímica (hidrocarburos aromáticos clorados), que tienen una estructura química básica compuesta por la unión de dos anillos de benceno (bifenilos), a los que se ligan entre 1 y 10 átomos de cloro (policlorados). De la posición de los diversos átomos de cloro en su estructura química resulta un total de 209 tipos diferentes o congéneres de PCB, de los cuales, 13 presentan una mayor toxicidad, similar a la dioxina TCDD. Se les denomina PCB-coplanares 71 Capítulo II porque pueden tener una configuración plana, con los anillos de benceno en el mismo plano. Esto no significa que los otros congéneres no sean tóxicos o no causen daño a la salud, sino que han sido menos estudiados. C12H(10-n)Cln X=O ó Cl Figura 7 Estructura molecular de los PCB Fórmula química: C12H (10-n)CL n donde n se encuentra dentro del rango de 1 a 10. Núm. CAS: varía según el número de congéneres (por ejemplo, Aroclor 1242 tiene el núm. CAS: 53469-21-9; Aroclor 1254, el núm. CAS 11097-69-1) Fuente : Directrices para la identificación de PCB y materiales que contengan PCB. Productos Químicos PNUMA Agosto 1999, p.2 Según el número de átomos de cloro en su estructura, los PCB varían en su aspecto físico y pueden presentar la forma de líquidos aceitosos, sólidos cristalinos blancos, o resinas similares a la cera. Su color va del amarillo claro, en el caso de los aceites ligeros menos clorados, al color miel en los aceites más pesados. Los PCB no poseen olor ni sabor. 16 Usos de los PCB Los PCB son muy buenos conductores de calor, pero no de electricidad; no se queman fácilmente, no se degradan por el uso, no son solubles en agua, son poco solubles en aceite, muy solubles en solventes, y químicamente muy estables. Estas características físicas los convirtieron en un fluido dieléctrico -que no conduce electricidad- ideal para ser usado por la industria eléctrica, principalmente en transformadores y condensadores, pero también en muchas otras aplicaciones, desde aceites para recubrimiento de superficies en pinturas, papel copia, adhesivos y plastificantes (ver cuadro 9). Luego el uso de los PCB se extendió, ya que reemplazaron a los antiguos aceites aislantes minerales, que sí eran flamables. Con esto se redujo el riesgo de incendios en las instalaciones eléctricas de edificios públicos, hospitales, escuelas e industrias. El uso de PCB en las instalaciones eléctricas fue requerido de manera obligatoria por las compañías de seguros y por las ordenanzas locales de algunas ciudades. 72 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Cuadro 10 Usos que han tenido los PCB Sistemas Cerrados Transformadores eléctricos Condensadores eléctricos Motores eléctricos Electroimanes Sistemas Parcialmente Cerrados Otros usos Materiales aislantes Plaguicidas. (b) (a) Estas aplicaciones no fueron diseñadas para contener PCB, pero pueden haberse contaminado durante su funcionamiento y man- tenimiento (b) Se han utilizado fluidos de transforFluidos hidráulicos madores gastados en fórmulas de plaguicidas Interruptores (a) Reguladores de voltaje (a) Cables eléctricos con relleno líquido (a) Interruptores automáticos con relleno líquido (a) Fluidos refrigerantes Sistemas Abiertos Lubricantes Aceites de inmersión para microscopios Aceites para corte Revestimiento de frenos Aceites lubricantes (compresores de aire de gas natural) Recubrimiento de superficies Plastificantes Selladores de empaquetado Selladores para juntas de hormigón PVC Selladores de caucho Pinturas Tratamiento de textiles Papel para copia calca sin carbón Retardantes de flama Adhesivos Adhesivos especiales Adhesivos para recubrimiento de pared repelente al agua Tintas Tintes Tintas de impresión Fuente: UNEP y IOMC Directrices para la identificación de PCB y materiales que contengan PCB. Primer número agosto 1999, Dolores Romano y Estefanía Blount, Guía sindical para la eliminación de PCB. Disruptores endocrinos: un nuevo riesgo tóxico. Madrid, Instituto Sindical del Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), 2003. p. 11 73 Capítulo II La mayor parte de los PCB fueron usados por la industria eléctrica como fluidos dieléctricos en sistemas cerrados de transformadores y condensadores de motores eléctricos y electroimanes; pero también se emplearon en instalaciones industriales, operaciones mineras y militares, e incluso en diversos artículos eléctricos y electrodomésticos de uso cotidiano, como por ejemplo, en los condensadores para el arranque del motor en los refrigeradores, en sistemas de calefacción, en acondicionadores de aire, secadores del pelo y motores de bombas hidráulicas; también en los condensadores de televisores y hornos de microondas, incluso en las balastras de las lámparas fluorescentes y de las luces de neón producidas antes de 1978 y fabricadas por Estados Unidos. A pesar de que se clasifica a las balastras como un sistema cerrado, estudios en Japón han demostrado que los PCB pueden volatilizarse con el calor de estas lámparas.17 Los PCB se vendieron como parte de mezclas técnicas, más que como químicos individuales. Como aceites de transformadores, los PCB se diluían con solventes de clorobenceno. De los 58 nombres comerciales de los PCB en el mundo, los comercializados por Monsanto fueron los más usados. Bajo el nombre de “askarel” se usó un fluido dieléctrico que contenía entre un 60 y un 80% de PCB; el porcentaje restante (20 a 40%) correspondía a tri y tetraclorobenceno. No todos los PCB líquidos de alta concentración son askareles, pero este nombre es usado por conveniencia. Otros nombres de PCB comercializados por Monsanto fueron Pyroclor y Aroclor, en diversas combinaciones (generalmente se les añadía un número, referido generalmente a los átomos de carbono en su estructura y al porcentaje de cloro en el peso; por ejemplo, Aroclor 1254 significa que cuenta con 12 átomos de carbono y 54% de cloro, aunque hay excepciones). Las mezclas de PCB también pueden contener otros contaminantes, incluso dioxinas y furanos.18 Los PCB también se utilizaron en sistemas parcialmente cerrados, como líquidos de termo-transferencia, fluidos refrigerantes, fluidos hidráulicos y, bombas de vacío, y pudieron contaminar otros equipos eléctricos durante su funcionamiento y mantenimiento, como los interruptores y reguladores de voltaje o los cables eléctricos que se rellenaban con líquido, aunque no fueron diseñados originalmente para contener estos aceites. En aplicaciones abiertas, los PCB se usaron principalmente como plastificantes en la fabricación de PVC, neopreno, selladores de goma, selladores para juntas de hormigón y empaque. Además se utilizaron como lubricantes en aceites de inmersión para la preparación de microscopios, revestimiento de frenos en la industria automotriz, y aceites para corte; como ceras y aditivos de fundición; como retardantes de flama en pinturas y plásticos; como 74 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente recubrimiento de superficie en pinturas para el fondo de navíos, para textiles y papel de calco sin carbón; como adhesivos especiales para revestimientos de pared repelentes al agua, y en otros usos como material aislante. Además de ser un producto industrial, los PCB se producen de manera no intencional en varios procesos industriales, incluyendo la manufactura de PVC y magnesio; la incineración de residuos peligrosos, hospitalarios y municipales; la quema de aceites contaminados y otros residuos clorados en hornos de cemento; en incendios accidentales del equipo eléctrico; en emisiones de tráfico marino, quema de llantas, plantas de tratamiento de aguas del drenaje, entre otros procesos.19 Dispersión ambiental de los PCB y formas de entrada en el ser humano Los PCB se han dispersado en el medio ambiente de diversas formas: al fugarse de los equipos eléctricos y artículos de consumo que fueron tirados en los basureros municipales; al vertirse como desechos durante la producción industrial de PCB; al producirse de manera involuntaria en las emisiones atmosféricas provenientes de su quema o incineración; así como por los residuos y accidentes que se producen en el mantenimiento y limpieza del equipo eléctrico. La vigilancia regular de los equipos con PCB son parte de un plan de manejo adecuado para identificar fugas de PCB y prevenir accidentes. Durante el mantenimiento y depósito de equipo eléctrico con PCB se pueden producir accidentes mecánicos, eléctricos o incendios que pueden exponer a los trabajadores y liberar estos contaminantes en el ambiente, por lo que se debe contar con adecuadas normas de seguridad e higiene, además de planes de emergencia para responder en forma oportuna. Los PCB, al igual que otros COP, son muy persistentes, se bioacumulan en las cadenas alimenticias y pueden ser transportados a grandes distancias, por lo que contaminan el planeta. Se han encontrado PCB en el aire y en la lluvia, en diversos peces, en carne y productos lácteos, en el esperma del ser humano, en la leche materna, incluso en pingüinos de la Antártida y en poblaciones nativas del Ártico, como los inuit, en Quebec, Canadá.20 Los PCB se bioacumulan en las cadenas alimentarias, debido a que son solubles en grasas y a que son muy persistentes. Una vez que entran a los ríos, los PCB, tarde o temprano, llegan a los océanos y se acumulan en el cuerpo de los peces y de las aves y mamíferos que se alimentan de ellos. Los mamíferos marinos que 75 Capítulo II se encuentran en la cima de la cadena alimentaria en los océanos –ballenas, delfines, leones marinos- son capaces de concentrar en su grasa hasta 10 millones de veces más PCB que el que se encuentra en el mar donde viven.21 Los PCB pasan de generación en generación a través de los huevos, en las aves y peces, y de la placenta y leche materna, en los mamíferos, incluido el ser humano. Las primera evidencia científica de que los PCB se bioacumulan en las cadenas alimentarias provino de estudios suizos publicados en 1966. Soren Jensen, un químico analítico sueco de la Universidad de Estocolmo, identificó PCB en cada uno de los 200 peces de agua fresca (Esox lucius) provenientes de distintas partes de Suiza.22 Preocupado por estos resultados, continuó con su investigación y encontró PCB en casi todo ser vivo que examinó. Estaban en la hueva de los peces y hasta en un águila del archipiélago de Estocolmo. Los encontró incluso en las plumas de águila que obtuvo del Museo Sueco de Historia Natural, coleccionadas desde 1944. También estaban en las agujas de las coníferas. Los encontró incluso en su propio cabello, en el de su esposa y hasta en el cabello de su hija de 5 meses de edad, lo que lo hizo pensar que probablemente recibió su dosis de PCB a través de la leche materna. En 1966 publicó sus descubrimientos en la revista New Scientist en un artículo que tituló “Informe sobre una nueva amenaza química”, en el que señalaba también que se había encontrado PCB en el aire de Londres y de Hamburgo, y en focas de la costa de Escocia, y lanzaba la hipótesis de que su distribución podía alcanzar una escala mundial.”23 Subsecuentes estudios confirmaron la presencia de PCB en huevos de halcón peregrino y en águilas de Suecia. Los PCB pueden ser absorbidos a través de la piel, así como por la nariz o laboca; para la mayoría de la población, la principal ruta de entrada al cuerpo humano es el consumo de alimentos con cantidades residuales muy pequeñas de este contaminante, que no percibidas por los sentidos. Efectos de los PCB en la salud humana y en el medio ambiente La peligrosidad de la exposición humana a los PCB se conoció a nivel internacional gracias a la difusión que recibieron dos accidentes de intoxicación masiva: el caso de Yusho, en Japón, y el de Yucheng, en Taiwán. En ambos casos la ingestión de alimentos cocinados con aceite de arroz contaminado accidentalmente con PCB y otros contaminantes provocó un efecto teratogénico y neurotóxico en los niños, además de alteraciones en el esperma y reducción de la fertilidad (ver cuadro 11). Aunque los efectos que se dieron a conocer en los casos de Yusho y Yu-Cheng se presentaron en mujeres y niños expuestos a 76 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente altas concentraciones de PCB, otros estudios en Estados Unidos (Lago Michigan, Lago Ontario, en Nueva York y en Carolina del Norte) han encontrado también problemas en el desarrollo neurológico de niños expuestos a concentraciones mucho menores, en exposiciones ambientales, por ejemplo, de madres que comieron peces contaminados con PCB o de niños que se amamantaron con leche contaminada con PCB.24 Cuadro 11 Los accidentes de intoxicación masiva con PCB en Yusho y Yu-Cheng El caso de Yusho se produjo en 1968, cuando se reportó que 1.700 residentes de Kyushu, Japón, cayeron enfermos después de comer alimentos preparados con aceite de arroz contaminando accidentalmente con PCB. El caso de Yu-Cheng, en la Provincia de Taichung, al centro de Taiwán, se produjo cuando durante un período de seis meses (diciembre de 1978 a septiembre de 1979) un poco más de 2.000 individuos -según cifras oficiales- consumieron alimentos preparados con aceite de arroz contaminado con PCB que se transformaron en dioxinas, furanos y otros compuestos clorados. En ambos casos los síntomas iniciales incluyeron serias anormalidades en la piel, como acné y parches de pigmentación negra; problemas de la vista y respiratorios; desórdenes neurológicos, fatiga y anorexia. La población expuesta de Yu-Cheng tuvo una mayor mortalidad, causada por diversas enfermedades. Pero especialmente los niños expuestos in utero resultaron severamente afectados y no todos sobrevivieron. Los niños de Yu-Cheng que nacieron de las madres expuestas han estado bajo observación por varios años y muchos de ellos han nacido con defectos congénitos (bajo peso al nacer, hiperpigmentación de la piel de la cara y los genitales, uñas anormales, a menudo oscuras, y reducción del pene, aunque este último efecto debe ser más estudiado). Además muchos de los niños tuvieron una respuesta más lenta en diversas pruebas de aprendizaje, un déficit en su coeficiente de inteligencia, hiperactivismo y otros problemas de conducta; en los más expuestos se presentaron casos de retraso mental. Recientemente se ha dado a conocer que los hombres menores de 20 años de Yu-Cheng expuestos a PCB y furanos tuvieron un esperma anormal en su forma y movilidad, y una fertilidad reducida. Estos incidentes tuvieron una difusión internacional a partir de la cual se desarrollaron mayores evaluaciones de los efectos de los PCB sobre la salud, lo que condujo a su paulatino retiro del mercado mundial. Fuentes: Ruth Stringer y Paul Johnston Chlorine and the environment. London. Kluwer Academic Publishers pp. 285-7, Rachel Hazardous Waste News num. 372 ; Mammi Nida “Country Report by Japan” y “Country report from Taiwan” en el CD de Japan Offspring Fund, Toxic PCB is around you. The Present Situation and the need for solutions. Tokyo, Japan. March, 2003. 77 Capítulo II (**) Ver “Sperm Abnormalities in men exposed to PCBs and PCFDs” comentando el estudio de Hsu PC, Huang W, Yao WJ, Wu MH Guo YL, Lambert GH. 2003. “Sperm changes in men exposed to polichlorynated biphenyls amd dibenzofurans”. JAMA 289: 2943-2944, en Environmental Health Perspectives, Vol. 11 num. 12 September 2003, p. A 639. Cáncer y alteraciones hormonales. Está probado que los PCB causan cáncer en los animales y son considerados como probables carcinógenos humanos por la Agencia Internacional del Cáncer (IARC) de la OMS. Especialmente, la exposición a PCB se ha relacionado con el cáncer de mama. Se han realizado estudios epidemiológicos de los trabajadores de fábricas de transformadores del sector eléctrico y de incineradores de residuos urbanos expuestos a PCB. Estos estudios han mostrado un incremento en la incidencia de cáncer del cerebro, del hígado y de los conductos biliares, además de otros tumores malignos, en los trabajadores expuestos. Se ha observado también un incremento en la mortalidad por estos tumores.25 En pruebas de laboratorio se ha encontrado que algunos congéneres específicos PCB alteran las funciones hormonales, son “disruptores endocrinos”, en particular de la acción de estrógenos y andrógenos, de la hormona tiroidea, la retinoide y otras hormonas. Los PCB no permanecen inertes en el cuerpo humano, como lo hacen en los transformadores eléctricos, sino que provocan una respuesta biológica. Los efectos de los PCB en la salud reproductiva de las mujeres son motivo de gran preocupación. Los PCB dañan el desarrollo del cerebro del feto al afectar particularmente a las hormonas tiroideas. La exposición in utero a PCB en cantidades ligeramente superiores a las que se encuentra ambientalmente expuesto (en los alimentos, por ejemplo) puede tener impactos negativos a largo plazo en la función intelectual infantil, además de causar problemas en la coordinación psicomotora, la memoria y el reconocimiento visual. La exposición a PCB durante el embarazo también ha sido relacionada con bajo peso al nacer y con abortos espontáneos. 26 Una vez que entran al ser humano, los PCB pueden permanecer en los tejidos grasos entre 25 a 75 años, pues se resisten a su transformación metabólica. De todos los mamíferos, el ser humano es el que más lentamente excreta los PCB y no se conoce ningún método que acelere este proceso.27 78 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente Contaminación de la leche materna Los PCB se acumulan en la grasa de las madres y se excretan en la leche materna, lo que representa un peligro para las futuras generaciones. Preocupan los efectos en la salud de los niños que reciben leche materna contaminada con PCB a bajas concentraciones. En un experimento con monos alimentados desde el nacimiento hasta las 20 semanas de edad con una mezcla y concentración de PCB similares a las encontradas como promedio en la leche materna humana, se detectaron problemas de aprendizaje y de conducta en pruebas realizadas a los 2,5 y 5 años de edad. Estos monos tenían niveles de PCB en la sangre de 2 a 3 ppb., similares a los niveles promedio encontrados en poblaciones humanas. Otros experimentos con monos a los que se expuso a los PCB después del nacimiento, dieron como resultado efectos similares, incluyendo hiperactividad.28 2.5 El hexaclorobenceno (HCB) Características del HCB El HCB es un compuesto orgánico clorado que tiene seis átomos de carbono y seis de cloro, con la siguiente fórmula y estructura molecular: Figura 8 Estructura molecular del HCB Fórmula química: (C6Cl6) Núm. CAS: 118-74-1 Usos del HCB El HCB se usó como plaguicida y como intermediario o aditivo en la producción industrial. También es un COP que se forma de manera no intencionada. Veamos: 79 Capítulo II El HCB se usó como preservador de madera y funguicida para el tratamiento de semillas en cereales como trigo, cebada, avena y centeno. Además se empleó como intermediario o aditivo en varios procesos de manufactura, incluida la producción de hule sintético, tintes y pentaclorofenol (un plaguicida usado como preservador de madera); El HCB también es un subproducto de varios procesos industriales: la producción de un gran número de compuestos clorados, tales como plaguicidas (puede estar como impurezas en clorotalonil, propanil (DCPA), picloram, pentacloronitrobenceno (PCNB), pentaclorofenol, dactal, simazina y atrazina); la producción de magnesio; la síntesis del monómero de cloruro de vinilo (VCM) para la producción del plástico PVC; los procesos productivos de la industria metalúrgica; la producción de cloro; la producción de clorobencenos, clorofenoles y sus derivados; y la producción de solventes clorados, como tetracloroetileno, percloroetileno y triocloretano. Se produce de manera no voluntaria como resultado de la incineración de compuestos clorados en sus diversas formas, incluida la quema de residuos peligrosos en hornos de cemento, la incineración de lodo de aguas negras, de residuos municipales, residuos peligrosos y de residuos médicos, y en la combustión de carbón.29 Efectos del HCB en la salud y el medio ambiente La Comisión Europea de las Naciones Unidas ubica al HCB dentro de las sustancias con toxicidad similar a las dioxinas y los furanos, y dentro de los hidrocarburos poliaromáticos, como el COP más importante emitido desde fuentes estacionarias, entre las que destacan las emisiones de los incineradores, de la industria metalúrgica y de la quema de compuestos clorados. El HCB tiene una toxicidad aguda baja para aves, biota acuática y mamíferos, incluido el ser humano, pero si su exposición es prolongada, puede tener efectos muy tóxicos, a nivel crónico, incluso a muy bajas concentraciones. La exposición accidental de tres a cinco mil personas en Turquía que comieron pan de granos tratados con HCB, entre 1955 a 1959, proporcionó un conocimiento más profundo, aunque trágico, de los efectos a la salud. Más de 600 personas experimentaron una enfermedad llamada porfiria turcica manifestada por lesioines en la piel y trastornos del metabolismo del pigmento hemoglobina de la sangre (porfiria) en el hígado; los niñós de madres expuestas tuvieron lesiones en la piel y 95% de ellos murieron en menos de un año. 30 80 Los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente El HCB es clasificado por la IARC en el grupo 2B, como un posible carcinógeno en humanos, y también parece ser un promotor de tumores. El HCB puede dañar el desarrollo del feto, del hígado, del sistema inmunológico, de la tiroides, de los riñones y del sistema nervioso central. El hígado y el sistema nervioso son especialmente sensibles a sus efectos. La porfiria es un síntoma común de la toxicidad del HCB, esta . Una exposición alta o repetida al HCB puede dañar el sistema nervioso y causar irritabilidad, dificultad al caminar y coordinación, debilidad muscular, temblores y la sensación de agujas en la piel. Hay informes de que una exposición repetida puede llevar a cambios permanentes en la piel, provocando su endurecimiento y que aparezcan arrugas con facilidad, y un mayor crecimiento del cabello, especialmente en la cara y antebrazos.31 Experimentos recientes en ratas expuestas a HCB usando modelos de toxicología genética, que analizan los perfiles de expresión de los genes, confirmaron los efectos conocidos del HCB sobre el sistema inmunológico al provocar una respuesta inflamatoria del hígado, riñones, bazo, y otros mecanismos nuevos de afectación del sistema inmnológico.32 El HCB es persistente en el ambiente; en suelo su vida media es de hasta 6 años, y se ha medido en la atmósfera, en el agua potable, en los alimentos y en la leche materna.33 Al hacer mediciones de dioxinas en la leche materna, la inclusión del HCB da como resultado niveles totales del factor de equivalencia tóxica (TEQ) superiores a los que se obtienen si las mediciones solo consideran las dioxinas y los PCB. Se han encontrado altas concentraciones de HCB en el aire cerca de las fábricas de producción de compuestos de cloro y de organoclorados de Flix, Tarragona, España, al igual que en la sangre de trabajadores y residentes locales.34 En Estados Unidos y Canadá se han establecido regulaciones para alcanzar mejores controles en la producción de sustancias químicas orgánicas y se espera que ello reduzca las emisiones de HCB en la producción de solventes clorados. También se han establecido normas de calidad del agua por posibles emisiones de industrias como las de electroplastia y de acabados metálicos; por pretratamiento de aguas residuales, descarga de residuos y procesamiento químico.35 El Convenio de Estocolmo incluye a los HCB dentro del grupo de COP no intencionales, al igual que las dioxinas, furanos y PCB. Dicho Convenio permite a los países pedir una excepción específica y transitoria a la eliminación del HCB como producto industrial, si se usa como solvente en las fórmulas de plaguicidas, si se produce o se utiliza como intermediario en un sistema cerrado, 81 limitado a un emplazamiento; o si se transforma químicamente durante la fabricación de otros productos químicos que no presenten características de COP (Convenio de Estocolmo. Anexo A nota iii). 82 TERCER CAPÍTULO Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo 3.1 La eliminación de los plaguicidas organoclorados COP La eliminación de plaguicidas COP en el Convenio de Estocolmo - Las exenciones transitorias y específicas a la eliminación de los plaguicidas COP - La eliminación del DDT y el control del paludismo - Los compromisos de los gobiernos para la eliminación del DDT - Prevenir la producción y el uso de nuevos plaguicidas y productos industriales con características COP 3.2 La eliminación de los PCB - Terminar con la producción de PCB - Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el año 2025 - Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población y el medio ambiente - Tratamiento de los residuos peligrosos que contienen PCB 3.3 Los COP producidos de manera no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB) - La reducción creciente y, cuando sea viable, la eliminación definitiva: objetivos del Convenio - Medidas que cada país debe adoptar como mínimo para cumplir con el objetivo - La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales (BAT –BEP) en el Convenio de Estocolmo - Las excepciones a la eliminación de dioxinas 3.4 Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP y la cooperación con otros convenios ambientales 3.5 Identificación y tratamiento de existencias acumuladas, desechos y limpieza de sitios contaminados con COP - Limpieza de sitios contaminados - Eliminación de desechos COP en colaboración con el Convenio de Basilea - El futuro de la incineración 3.6 La incorporación de nuevas sustancias químicas en el Convenio de Estocolmo 3.7 Información, concientización y educación del público - El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) 3.8 Investigación, desarrollo y monitoreo de los COP 3.9 Asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y con economías en transición INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Capítulo III Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo 3.1 La eliminación de plaguicidas con características de COP La eliminación de plaguicidas organoclorados en el Convenio de Estocolmo Las disposiciones del Convenio de Estocolmo relacionadas con los plaguicidas se encuentran estipuladas en el art. 3 y en el Anexo A del Convenio. Los gobiernos deben de eliminar la producción y el uso de los ocho plaguicidas organoclorados que se incluyen en el Anexo A del Convenio: aldrín, clordano, dieldrín, endrín, heptacloro, mirex, toxafeno y hexaclorobenceno (HCB) – que también se produce de manera involuntaria, por lo que se incluye también en el Anexo C. Sin embargo, se permiten ciertas exenciones específicas para su producción y uso. Para ello se requiere que los gobiernos notifiquen al Secretariado del Convenio para su inscripción en un registro de exenciones específicas, que se detalla en el Anexo A del Convenio (art. 4). Estas exenciones específicas a la eliminación incluyen, dependiendo del plaguicida: el uso para el control de termitas (termiticida), de ectoparásitos (ectoparasiticida) -como por ejemplo piojos o garrapatas-, el uso como intermediario en la producción de otra sustancia, o como solvente en plaguicidas. Las existencias de desechos y sitios contaminados con COP son materia del artículo 6 del Convenio y se tratan en el punto 3.4 de esta guía ciudadana. Las exenciones transitorias y específicas a la eliminación de los plaguicidas COP El Convenio de Estocolmo establece exenciones a la eliminación de los plaguicidas COP en su producción, uso, importación y exportación, de carácter específico y transitorio, que se especifican en el Anexo A. 85 Capítulo III Las exenciones corresponden al aldrín en su uso como insecticida y ectoparasiticida local (contra piojos y garrapatas, por ejemplo); al clordano como ectoparasiticida local, insecticida y termiticida y como aditivo para adhesivos de contrachapado; al dieldrín en usos agrícolas; al heptacloro como termiticida, en el tratamiento de la madera y de cajas de cableado subterráneo; al hexaclorobenceno como solvente en plaguicidas y como intermediario, siempre y cuando el proceso se realice en un sistema cerrado, limitado a un emplazamiento, y que no se utilice para producir otro COP; y finalmente, al mirex en su uso como termiticida (ver cuadro 12). Los países que obtengan una excepción específica, indica el Convenio: “tomarán las medidas apropiadas para velar porque cualquier producción o utilización correspondiente a esa excepción o finalidad se realice de manera que evite o reduzca al mínimo la exposición humana y la liberación en el medio ambiente. En cuanto a las utilizaciones exentas o las finalidades aceptables que incluyan la liberación intencional en el medio ambiente en condiciones de utilización normal, tal liberación deberá ser la mínima necesaria, teniendo en cuenta las normas y directrices aplicables (art. 3, fr 6). En el caso de los plaguicidas tenemos precisamente una liberación intencional al medio ambiente. Por su propia naturaleza, los plaguicidas químicos son el único tipo de sustancias químicas que por ser tóxicas se liberan intencionalmente en el ambiente para matar a las plagas o combatir insectos transmisores de enfermedades. En este contexto el Convenio es muy claro, se requiere que estas liberaciones sean las “mínimas necesarias”. Esto implica, en nuestra opinión, e se abandone, en primer lugar, la práctica de aspersión aérea de los plaguicidas COP y que, segundo, sólo se justifica una excepción cuando se han evaluado otras alternativas químicas y no químicas que sustituyan al plaguicida COP. De hecho, en todos los casos, se han documentado alternativas a los plaguicidas COP, por lo que las aplicaciones de ciertos países para estas excepciones sólo pueden ser vistas como una medida extrema y temporal. La eliminación del DDT y el control del paludismo Figura 9 Estructura molecular del DDT (1,1,1-tricloro-2,2-bis(4 clorofenil etano). Núm. CAS 50-29-3 86 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Cuadro 12 Exenciones permitidas a los 12 COP en el Convenio de Estocolmo Producto químico Aldrín* Actividad Excención específica Producción Ninguna Uso Ectoparasiticida local CAS: 309-00-2 insecticida Clordano* CAS:57-74-9 Dieldrín* CAS: 60-57-1 Endrín CAS: 72-20-8 Heptacloro* CAS: 76-44-8 Producción La permitida por las Partes incluidas en el Registro Uso Ectoparasiticida local Insecticida Termiticida (contra termitas) Termiticida en edificios y presas Aditivo para adhesivos de contrachapado Producción Ninguno Uso En actividades agrícolas Producción Ningungo Uso Ninguno Producción Ninguno Continúa 87 Capítulo III Producto químico Actividad Uso Excención específica Termiticida Termiticida en estructuras de casas Termiticida (subterráneo) Tratamiento de la madera Cajas de cableado subterráneo Hexaclorobenceno CAS: 118-74-1 Mirex* CAS: 2385-85-5 Toxafeno* CAS: 8001-35-2 Bifenilos policlorados (PCB)(1) Producción La permitida para las Partes incluidas en el Registro Uso Intermediario Solvente en plaguicidas Intermediario en un sistema cerrado limitado a un emplazamiento Producción La permitida para las Partes incluidas en el registro Uso Termiticida Produccíon Ninguno Uso Ninguna Producción Ninguna Uso Artículos en uso con arreglo a las disposiciones del Anexo III Fuente: ONU Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Anexo A. Parte I. CAS: Chemical Abstracts Service (1) Los compromisos de los gobiernos con los PCB se tratan en capítulos posteriores 88 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo La eliminación mundial del DDT suscitó discusiones acaloradas durante las negociaciones del Convenio de Estocolmo, debido a que se usa principalmente para combatir al mosquito transmisor del patógeno que provoca el paludismo. Esta enfermedad causa más de un millón de muertes al año, la mayor parte de ellas en Africa, al sur del Sahara. Hubo incluso quienes trataron de presentar un falso dilema: o se sigue usando DDT y se salvan vidas humanas, aunque se contamine el ambiente, o se prohíbe el DDT y se protege el ambiente, poniendo en riesgo la protección de la población contra el paludismo. Este dilema es falso pues presenta al DDT como la única herramienta química de control, o como la más eficaz y barata, cuando en realidad hay una diversidad de experiencias exitosas de diversos países, entre ellos México, en diversas regiones del mundo que han eliminado el DDT y controlado efectivamente al paludismo mediante estrategias integrales que incluyen no solo el control del mosquito, vector del parásito que transmite la enfermedad; sino también el manejo del hábitat, el diagnóstico y tratamiento oportuno de los pacientes, y el mejoramiento de la vivienda y de las condiciones de higiene (cuadro13). La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó durante años el uso del DDT para el control del paludismo, hasta que se dio cuenta de la resistencia de los mosquitos al insecticida. Actualmente impulsa una nueva iniciativa mundial: “Hacer Retroceder al Paludismo” (Rollback Malaria) que busca reducir a la mitad las defunciones por paludismo para el año 2010, a través de la participación de gobiernos, organismos de desarrollo, grupos de investigación y organismos de la sociedad civil. Algunas de los elementos que impulsan esta iniciativa son los siguientes: decisiones basadas en pruebas científicas, diagnósticos oportunos y tratamientos efectivos; concientización de la comunidad; prevención múltiple, con uso de mosquiteros tratados, saneamiento ambiental y reducción de riesgos en el embarazo; investigaciones sobre nuevos medicamentos, vacunas e insecticidas, y el apoyo a las actividades de vigilancia epidemiológica. En países fuertemente endeudados, la iniciativa apoya las acciones para aliviar la carga de la deuda, a fin de acrecentar los recursos destinados a los programas de reducción de la pobreza.1 Con ayuda de este programa de la OMS, Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá habían movilizado 770 mil dólares – a diciembre del 2000- para eliminar el uso del DDT.2 89 Capítulo III Cuadro 13 El éxito del control del paludismo (malaria) y la eliminación del DDT en México México eliminó el uso del DDT desde el año 2000 y controla eficazmente el paludismo, mediante una estrategia integral de control del mosquito vector y del parásito transmisor que permite un tratamiento focalizado y se compone de los siguientes elementos: • Sistema de vigilancia epidemiológica nacional con fuerte participación comunitaria, donde personas voluntarias y capacitadas detectan, toman muestra de gota gruesa de sangre y notifican los casos de paludismo a los centros, donde por examen microscópico se identifica el parásito transmisor. • Estratificación epidemiológica y entomológica, para conocer el modelo de transmisión y la biología y comportamiento de los mosquitos vectores, respectivamente. • Eliminación de reservorios de parásitos en los humanos, mediante el Tratamiento de Dosis Unica (TDU) con dos medicamentos, la cloroquina y la primaquina , con periodicidad mensual por tres meses consecutivos, con descanso tres meses y repetición del tratamiento durante tres años (TDU 3x3x3). • Eliminación de Criaderos Anofelinos (ECA) con la participación de la comunidad. En ríos y arroyos se limpian las algas verdes filamentosas donde se crían las larvas de los mosquitos, con lo que se evita que nazcan y así se reduce de manera significativa su número. Esta medida fue originalmente recomendada por Hoffman en 1936. Con la ECA ya no es necesario el rociado intradomiciliario, reduciendo el costo del programa. El uso de insecticidas ya no es la alternativa estratégica del programa. • Se promueve una participación cada vez más activa de la comunidad y autoridades municipales para promover prácticas de higiene y limpieza de patios, el mejoramiento de las viviendas, y la limpieza de los criaderos de mosquitos. • En caso necesario se aplica dentro de las viviendas un insecticida piretroide (deltametrina como primera elección). Fuente: Programa de Acción: Enfermedades Transmitidas por Vector. Secretaría de Salud. México, 2001, pp. 17 a 28 y Norma Oficial Mexicana NOM 032-SSA2-2002, www.ssa.gob.mx Los compromisos de los gobiernos para la eliminación del DDT El artículo 3 y el Anexo B del Convenio establecen los siguientes compromisos de los gobiernos en relación con el DDT: • Todos los gobiernos deben eliminar la producción y uso del DDT, con solo dos excepciones: para uso en programas de control de vectores transmisores de enfermedades -como el paludismo-, así como cuando se use como intermediario en la producción de dicofol –otro insecticida- en un sistema cerrado y limitado a un emplazamiento. (Art 3, anexo B nota iii) 90 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo • Los países que deseen seguir produciendo o usando DDT para el control de vectores transmisores de enfermedades deben notificarlo a la Secretaría del Convenio de Estocolmo quien establecerá un registro especial abierto a la consulta pública, y debe notificarlo también a la Organización Mundial de la Salud (OMS). • Cada país que produzca o use el DDT para el control de enfermedades transmitidas por vectores debe hacerlo “de acuerdo con las recomendaciones y guías de la Organización Mundial de la Salud y cuando no disponga de alternativas locales seguras, eficaces y asequibles” (Anexo B, Parte II, punto 2). • Cada país que utilice DDT debe informar cada tres años a la Secretaría del Convenio y la OMS sobre la cantidad usada, las condiciones de su uso y su importancia para la estrategia de control de enfermedades, según un formato que decidirá la Conferencia de las Partes en consulta con la OMS. (Anexo B, Parte II, punto 4 ). • Desarrollar y aplicar un Plan de Acción del DDT de acuerdo con el capítulo 7 del Convenio, con el objetivo de reducir y eliminar como fin último el uso del DDT. Este Plan debe incluir: - El desarrollo de mecanismos regulatorios y otros para asegurar que el uso del DDT se restrinja al control de enfermedades transmitidas por vectores - La aplicación de productos alternativos, métodos y estrategias, incluido el manejo de resistencia para asegurar la efectividad continua de esas alternativas. - Medidas para reforzar la atención de la salud y reducir los casos de la enfermedad. (Anexo B, Parte II, 5 (a) • Los países deben promover la investigación y desarrollo de productos, métodos y estrategias alternativas, químicas y no químicas, al DDT (Anexo B, Parte II, punto 5. b). • El Convenio indica que las alternativas o combinaciones de alternativas viables al DDT deberán ser menos peligrosas para la salud humana y el medio ambiente, adecuadas para la lucha contra las enfermedades según las condiciones existentes en los países partes y basadas en datos de vigilancia (Anexo B, Parte II, punto 5. b). 91 Capítulo III • La Conferencia de las Partes del Convenio determinará, a partir de su primera reunión y en lo sucesivo por lo menos cada tres años, si el DDT sigue siendo necesario para luchar contra los vectores de enfermedades. Ello, en consulta con la OMS y sobre la base de la información científica, técnica, ambiental y económica disponible, incluidos la producción y uso del DDT, la disponibilidad, conveniencia y empleo de las alternativas; y los progresos alcanzados en el fortalecimiento de la capacidad de los países para utilizar exclusivamente esas alternativas sin que ello plantee riesgo alguno (Anexo B, Parte II, punto 6). Prevenir la producción y uso de nuevos plaguicidas y productos industriales con características COP El Convenio, en su Art.3, inciso 3, recomienda a los gobiernos adoptar medidas reglamentarias para prevenir la producción y utilización de nuevos plaguicidas o nuevos productos químicos industriales que posean características de contaminantes orgánicos persistentes, teniendo en cuenta los criterios del párrafo 1 del anexo D (esto es, las propiedades de persistencia, bioacumulación, transporte a grandes distancias y potencial tóxico para causar daños a la salud y el medio ambiente). De igual modo, en el inciso 4 del mismo artículo 3 se establece que dichos criterios en rerlación a los COP se deben considerar asimismo en la evaluación de riesgos de los plaguicidas y productos químicos industriales que actualmente se encuentran en uso. Las organizaciones ambientalistas han planteado la necesidad de prohibir el conjunto de plaguicidas organoclorados que aún existe en el mercado, tales como lndano, endosulfán, pentaxclorofenol y 2, 4-D, por sus características tóxicas intrínsecas y por el riesgo de sus condiciones de uso, especialmente en los países en desarrollo y con economías en transición. 3.2 La eliminación de los PCB Al ser parte del Convenio de Estocolmo, los gobiernos se comprometen a lograr los siguientes objetivos: 92 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Terminar con la producción de PCB 1) El Convenio establece que se debe terminar la producción de PCB (art. 3, párrafo 1) y no establece ningún tipo de excepción. En cambio, para el uso de PCB establece excepciones para los productos y equipos que lo contengan, sujeta a una serie de condiciones y restricciones para su eliminación paulatina, que se detallan en la parte II del Anexo A y que se indican más adelante. No se incluyen tampoco dentro de la eliminación, las cantidades de PCB presentes como contaminantes en trazas no intencionales en productos y artículos, tal como indica la nota 1 al Anexo A del Convenio de Estocolmo Eliminar paulatinamente el equipo en uso con PCB hasta el 2025 2) Los gobiernos deben eliminar el uso de PCB en equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores eléctricos, balastras, etc.) a más tardar en el 2025. Para ello, se debe tener como prioridad el realizar esfuerzos para: I. Identificar, etiquetar y retirar de uso todo equipo que contenga más de un 10% de PCB y volúmenes superiores a 5 litros; II. Identificar, etiquetar y retirar de uso todo equipo que contenga más de un 0,05% de PCB y volúmenes superiores a los 5 litros; III. Identificar y retirar de uso todo equipo que contenga más de un 0,005% (50 ppm)de PCB y volúmenes superiores a 0,05 litros; Reducir el riesgo del contacto de los PCB con la población y medio ambiente: 3) Los gobiernos deben además promover las siguientes medidas para reducir el riesgo de que los PCB entren en contacto con la población y el medio ambiente: a) b) c) Utilizar PCB sólo en equipos intactos y sin fugas, en áreas donde pueda reducirse al mínimo el riesgo de su liberación al medio ambiente y en caso de ocurrir se pueda descontaminar rápidamente; Eliminar el uso de PCB en áreas donde se produzcan o elaboren alimentos para seres humanos o para animales; Cuando se utilicen PCB en zonas densamente pobladas, incluidas escuelas y hospitales, adoptar todas las medidas razonables de protección contra cortes de electricidad que pudiesen dar lugar a incendios e inspeccionar regularmente dichos equipos para detectar toda fuga; 93 Capítulo III Tratamiento de los residuos peligrosos que contienen PCB 4) No se permite el comercio de equipos conteniendo PCB salvo para la “gestión ambientalmente racional de desechos”; 5) No permitir la recuperación de líquidos contaminados con PCB a concentraciones superiores al 0,005% (50 ppm) para su reutilización en otros equipos, excepto durante las operaciones de mantenimiento o reparación. 6) Lograr la eliminación de los desechos líquidos con PCB y de los equipos contaminados en concentraciones superiores al 0,005% (50 ppm), tan pronto como sea posible, pero a más tardar en 2028. 7) Identificar otros artículos que contengan más de un 0,005% de PCB (por ejemplo, revestimientos de cables, calafateado curado y objetos pintados) y darles un tratamiento adecuado, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 6; Informar a la Conferencia de las Partes de los progresos alcanzados. 8) Preparar un informe cada cinco años para la Conferencia de las Partes del Convenio sobre los progresos alcanzados en la eliminación de los PCB de los equipos en uso y de la destrucción ambiental de sus desechos para los años 2025 y 2028, de acuerdo a las especificaciones que se detallan en el artículo 15. 3.3 Los COP producidos de manera no intencional: dioxinas, furanos, PCB y HCB La reducción creciente, y cuando sea viable, la eliminación definitiva de los COP no intencionales, objetivos del Convenio El Artículo 5 y el Anexo C del Convenio de Estocolmo especifican los compromisos de los gobiernos respecto a los COP que se producen de manera no intencional (dioxinas, furanos, PCB y HCB) y establece como objetivo general la reducción creciente, y cuando sea viable, la eliminación definitiva de estos COP no intencionales (ver cuadro 14). 94 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Cuadro 14 Artículo 5 del Convenio de Estocolmo Medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción no intencional de COP “Cada Parte adoptará como mínimo las siguientes medidas para reducir las liberaciones totales derivadas de fuentes antropógenas de cada uno de los productos químicos incluidos en el anexo C, con la meta de seguir reduciéndolas al mínimo y, en los casos en que sea viable, eliminarlas definitivamente” (Convenio de Estocolmo, art. 5, primer párrafo). El anexo C incluye a las dioxinas, furanos, PCB y HCB como COP producidos de manera no intencional. El Convenio es muy claro para los COP no intencionales, la meta última es la eliminación de las fuentes generadoras de dioxinas, y cuando esto no sea viable, se debe buscar su reducción continua. Por ello, se espera que los gobiernos busquen en primer lugar las alternativas para la eliminación de las dioxinas y COP no intencionales, y si esto no es posible, las medidas que permitan una reducción creciente. La reducción continua (“continuing minimization” en la versión original en inglés del art. 5) de las dioxinas y los otros COP no intencionales significa prácticamente que los niveles del siguiente año de estos COP deben ser menores que los de este año, como señala John Buccini, coordinador del Comité Intergubernamental de Negociación del Convenio de Estocolmo.3 Esto tiene como consecuencia una responabilidad permanente de los gobiernos para establecer un sistema de vigilancia o monitoreo que mida los progresos de esta reducción. No se trata entonces sólo de medir, sino de comprobar que efectivamente van decreciendo los niveles de emisión y descarga ambiental de estos contaminantes. El Convenio para ello establece que como una de las medidas mínimas los gobiernos elaboren inventarios nacionales de fuentes y estimaciones de las liberaciones, y que se apliquen las Mejores Técnicas Disponibles y las Mejores Prácticas Ambientales, como veremos más adelante. Es importante destacar que el Convenio especifica que la reducción continua y eliminación última de los COP no intencionales es sobre las liberaciones totales (“total releases” en la versión original en inglés). Esto significa que los inventarios no sólo deben icluir a las emisiones atmosféricas, sino a todo el medio ambiental por lo que se deben considerar también las descargas al agua y al suelo. 95 Capítulo III El Convenio de Estocolmo adopto el término de liberaciones referente al impacto total ambiental, que es más incluyente que el de emisiones que solo se refiere a las liberaciones a la atmósfera según la definición del Convenio de Contaminación Transfronteriza de Largo Alcance (LRTAP). El convenio presenta de manera parcial 20 tipos de fuentes con potencial de formación y liberación en el medio ambiente de COP producidos de forma no intencional (Anexo C, partes II y III) y las divide en fuentes industriales con un alto potencial de formación y otras fuentes (la lista de estas fuentes se presentan en el cuadro 8 de la segunda parte de esta publicación y otras fuentes se incluyen en los anexos 2 al 4) Medidas que se deben adoptar como mínimo para cumplir con el objetivo último de la eliminación de COP no intencionales El Art. 5 del Convenio establece que se debe adoptar como mínimo un conjunto de medidas para cumplir con el objetivo de reducir de manera creciente, y cuando sea posible, eliminar definitivamente las fuentes generadoras de dioxinas. Estas medidas deben formar parte del Plan Nacional de Acción y se deben revisar cada cinco años. Destaca entre dichas medidas lo que algunos han llamado la aplicación del “principio de sustitución” y que se refiere al compromiso de “promover el desarrollo y, cuando se considere oportuno, exigir la utilización de materiales, productos y procesos sustitutivos o modificados para evitar la formación y liberación” de los COP no intencionales (art. 5 inciso c). La aplicación de estas medidas puede llevar a desarrollar una política de selección de materiales que permita evitar la formación y liberación de las dioxinas y compuestos similares y así cumplir con el objetivo último del Convenio. El principio de sustitución es pate de una estrategia de gestión centrada en la prevención que incide en el proceso de producción misma, y que lleva a una reducción en el uso de materiales y sustancis tóxicas y puede derivar hacia formas de producción más lmpia. Las medidas que se deben adoptar como mínimo, según lo indica el Art. 5 del Convenio de Estocolmo, son las siguientes: • Elaborar un Plan de Acción dentro del plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del Convenio; que puede ser regional o subregional; y posteriormente aplicar este plan, que debe incluir: - Preparar y actualizar un Inventario Nacional donde se identifiquen las fuentes de generación de dioxinas y 96 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo • • • • • compuestos similares producidos de manera no intencional, y la evaluación actual y proyectada de las liberaciones totales; - Evaluación de la eficacia de las leyes y políticas del país o región relativas al manejo de esas liberaciones; - Estrategias para cumplir las obligaciones anteriores; - Medidas para promover la educación, la capacitación sobre esas estrategias; - Un examen cada cinco años del éxito de las estrategias en el cumplimiento de estas obligaciones - Un calendario de aplicación del Plan de Acción, incluidas las estrategias y las medidas que se señalan en ese plan. Promover la aplicación de las medidas disponibles, viables y prácticas que permitan lograr rápidamente un grado realista y significativo de reducción de las liberaciones o de eliminación de sus fuentes. Promover el desarrollo y uso de materiales, productos y procesos sustitutivos o modificados para evitar la formación y liberación de dioxinas y compuestos similares incluidos en el anexo C, teniendo en cuenta las medidas generales de prevención y reducción de las liberaciones del Anexo C y las guías aprobadas por la Conferencia de las Partes. Promover y, de conformidad con el calendario de aplicación de su plan de acción, exigir el empleo gradual de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) (Best Available Tecniques o BAT en inglés) con respecto a las nuevas fuentes, centrándose en un principio en las fuentes industriales de un alto potencial de formación (anexo C, parte II), y en un plazo máximo de 4 años después de la entrada en vigor del Convenio para esa Parte. Promover el empleo de las Mejores Prácticas Ambientales (MPA) (Best Environmental Practices o BEP en inglés) respecto a las fuentes existentes y a las nuevas. Al aplicar las MTD y MPA se deben tomar en cuenta las medidas generales de prevención señaladas en el Anexo C, Parte V, A. (ver cuadro 22) y las directrices que se adopten por decisión de la Conferencia de las Partes. La elaboración de Guías sobre las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) y las Mejores Prácticas Ambientales (MPA) en el Convenio de Estocolmo El Convenio de Estocolmo establece como obligación de las partes el requerir las Mejores Técnicas Disponibles para las fuentes nuevas, y la promoción de las Mejores Prácticas Ambientales para las fuentes existentes y las nuevas. Se 97 Capítulo III entiende por una “fuente nueva” cualquier fuente cuya construcción o modificación sustancial se haya comenzado por lo menos un año después de la fecha de entrada en vigor del Convenio para la Parte interesada o de la entrada en vigor de una enmienda que incluya la fuente en cuestión. El Anexo C del Convenio incluye una parte especial dedicada a dar orientaciones generales sobre las mejores técnicas disponibles y las mejores prácticas ambientales, enumera una serie de medidas generales de prevención para ambas y detalla los factores que se deben considerar de manera general para determinar las mejores técnicas disponibles (cuadros 15 y 16). En el caso de las Mejores Prácticas Ambientales se limita a indicar que la Conferencia de las Partes podrá elaborar orientaciones al respecto. Cuadro 15 Medidas generales de prevención relativas a las mejores técnicas disponibles y a las mejores prácticas ambientales Debe asignarse prioridad al estudio de criterios para evitar la formación y la liberación de las sustancias químicas incluidas en la Parte I (dioxinas, furanos, PCB y HCB) en Anexo C, Parte V. Entre las medidas útiles podrían incluirse: a) Utilización de una tecnología que genere pocos desechos; b) Utilización de sustancias menos peligrosas; c) Fomento de la regeneración y el reciclado de los desechos y las sustancias generadas y utilizadas en los procesos; d) Sustitución de materias primas que sean contaminantes orgánicos persistentes o en el caso de que exista un vínculo directo entre los materiales y las liberaciones de contaminantes orgánicos persistentes de la fuente; e) Programas de buen funcionamiento y mantenimiento preventivo; f) Mejoramiento de la gestión de desechos con miras a poner fin a la incineración de desechos a cielo abierto y otras formas incontroladas de incineración, incluida la incineración de vertederos. Al examinar las propuestas para construir nuevas instalaciones de eliminación de desechos, deben considerarse alternativas como, por ejemplo, las actividades para reducir al mínimo la generación de desechos municipales y médicos, incluidos la regeneración de recursos, la reutilización, el reciclado, la separación de desechos y la promoción de productos que generan menos desechos. Dentro de este criterio deben considerarse cuidadosamente los problemas de salud pública; g) Reducción al mínimo de esos productos químicos como contaminantes en otros productos; h) Evitar el cloro elemental o productos químicos que generan cloro elemental para blanqueo. Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Anexo C, Parte V, inciso A 98 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Cuadro 16 Mejores Técnicas Disponibles, Consideraciones generales A) Consideraciones generales: I. Naturaleza, efectos y masa de las emisiones de que se trate: las técnicas pueden variar dependiendo de las dimensiones de la fuente; II. Fechas de puesta en servicio de las instalaciones nuevas o existentes; III. IV. Tiempo necesario para incorporar la mejor técnica disponible; Consumo y naturaleza de las materias primas utilizadas en el proceso y su eficiencia energética; Necesidad de evitar o reducir al mínimo el impacto general de las liberaciones en el medio ambiente y los peligros que representan para éste; VI. Necesidad de evitar accidentes y reducir al mínimo sus consecuencias para el medio ambiente; VII. Necesidad de salvaguardar la salud ocupacional y la seguridad en los lugares de trabajo; VIII. Procesos, instalaciones o métodos de funcionamiento comparables que se han ensayado con resultados satisfactorios a escala industrial; IX. Avances tecnológicos y cambio de los conocimientos y la comprensión en el ámbito científico. V. b) Medidas de reducción de las liberaciones de carácter general: Al examinar las propuestas de construcción de nuevas instalaciones o de modificación importante de instalaciones existentes que utilicen procesos que liberan productos químicos de los incluidos en el presente anexo, deberán considerarse de manera prioritaria los procesos, técnicas o prácticas de carácter alternativo que tengan similar utilidad, pero que eviten la formación y liberación de esos productos químicos. En los casos en que dichas instalaciones vayan a construirse o modificarse de forma importante, además de las medidas de prevención descritas en la sección A de la parte V, para determinar las mejores técnicas disponibles se podrán considerar también las siguientes medidas de reducción: I. Empleo de métodos mejorados de depuración de gases de combustión, tales como la oxidación térmica o catalítica, la precipitación de polvos o la adsorción; II. Tratamiento de residuos, aguas residuales, desechos y fangos cloacales mediante, por ejemplo, tratamiento térmico o volviéndolos inertes o mediante procesos químicos que eliminen su toxicidad; III. Cambios de los procesos que den lugar a la reducción o eliminación de las liberaciones, tales como la adopción de sistemas cerrados; Continúa 99 Capítulo III IV. Modificación del diseño de los procesos para mejorar la combustión y evitar la formación de los productos químicos incluidos en el anexo, mediante el control de parámetros como la temperatura de incineración o el tiempo de permanencia. Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo, Art. 5. Anexo C, Parte V. inciso B. Mejores técnicas disponibles El concepto de Mejores Técnicas Disponibles, indica el Convenio de Estocolmo, no está dirigido a la prescripción de una técnica o tecnología específica, sino a tener en cuenta las características técnicas de la instalación de la cual se trate, su ubicación geográfica y las condiciones ambientales locales. Al determinar las mejores técnicas disponibles se debe prestar atención especial a un conjunto de factores, teniendo en cuenta los costos y beneficios probables de una medida y las consideraciones de precaución y prevención” (Anexo C, Parte V, sección B “Mejores técnicas disponibles”, primer párrafo). Entre los factores generales a considerar se incluyen la necesidad de salvaguardar la salud ocupacional y la seguridad en los puestos de trabajo, los avances tecnológicos y los nuevos conocimientos y la comprensión en el ámbito científico (ver cuadro página 102). Es importante destacar que el propio Convenio, en las orientaciones generales de las Mejores Técnicas Disponibles, recomienda que al examinar las propuestas de construcción de nuevas instalaciones o de modificación de las existentes cuando se generen dioxinas y compuestos similares, se consideren de manera prioritaria los procesos, técnicas o prácticas alternativas que tengan similar utilidad, pero que eviten la formación y liberación de los COP no intencionales (Anexo C, Parte V, fracción B, inciso b). Se ha creado un grupo de expertos para el desarrollo de las guías de MTD y MPA de todas las fuentes de COP no intencionales señaladas en el Anexo C. Se espera que el grupo se reúna en tres ocasiones y que estas guías estén listas para ser comentadas y aprobadas por la primera Conferencia de las Partes en mayo del 2005, en Uruguay.4 El grupo de expertos está formado por 36 delegados gubernamentales, distribuidos de la siguiente manera: 15 personas designadas por países en desarrollo (Argelia, Argentina, Chile, República Dominicana, Fiji, Irán, Kenia, México, Mongolia, Singapur, Venezuela, Zambia); 3 nombradas por países con economías en transición (Serbia y Kazajastán), y 18 expertos que represen- 100 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo tan a países desarrollados (Alemania, Australia, Austria, Canadá, Finlandia, Italia, Japón, Suiza y Estados Unidos). Además participan miembros de organismos de Naciones Unidas, como el Programa de Sustancias Químicas del PNUMA y de la ONUDI; así como representantes del sector industrial, como el Consejo Internacional de las Asociaciones Químicas, el Consejo Mundial del Cloro, el Consejo Internacional de Metales y Minería, y la Asociación Europea del Cemento. Por parte de las organizaciones ciudadanas participan Greenpeace Internacional, el Fondo Mundial para la Vida Silvestre (WWF) y la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN). Se debe esperar y exigir que las guías de las mejores técnicas disponibles para cada fuente de COP no intencionales que elaborará el grupo de expertos incluyan en primer lugar recomendaciones o criterios para la búsqueda de alternativas, y no sólo medidas para reducir las emisiones a través del mejoramiento de los procesos de combustión, por ejemplo. En caso de que la consideración de alternativas no se incluyeran como parte sustantiva de la guía de las MTD traería una influencia muy negatva en los mecanismos de apoyo financiero para la aplicación del convenio de Estocolmo, pues en la práctica se privilegiaría los apoyos al equipo y acciones de reducción de las dioxinas, sobre las alternativas que prevengan su formación. Los países del Sur deben decidir que tipo de inversiones son las que deben promoverse en los Planes Nacionales de Aplicación del Convenio de Estocolmo si aquellas que sólo buscan expandir las tecnologías pro incineración con equipos de control muy caros y de difícil vigilancia o inversiones que incidan más en la prevención de la generación y liberación de dioxinas aplicando el principio de sustitución y empleando tecnologías de tratamiento alternativas a la incineración. Especialmente en el caso de los incineradores de residuos médicos, municipales o peligrosos hay alternativas de manejo y otras tecnologías de tratamiento que no generan dioxinas y furanos y que se utilizan de manera comercial en numerosos países (ver cuadro 17) 101 Capítulo III Cuadro 17 Alternativas para algunas fuentes de generación de dioxinas y furanos Fuente Alternativas Incineración de residuos Sistema de separación y reducción de residuos médicos con médicos tecnologías de tratamiento de los residuos biológico infecciosos que no incluyan la incineración: autoclave, trituración y desinfección química; cremación sólo para partes anatómicas. Incineración de residuos municipales Programas intensivos de separación, reuso y reciclado de materiales en la basura municipal. Eliminación de PVC en los envases y artículos de consumo. Fomento del uso de materiales reusables o reciclabels en los materiales de empaque. Medidas de Extensión de la Responsabilidad del Productor. Incineración de residuos peligrosos en hornos cementeros Evitar la quema de residuos clorados (incluidas llantas). Uso de otras fuentes de energía, como el gas (más recomendable), el combustóleo o el carbón con adecuado equipo de control. Solventes clorados Solventes con base acuosa; sistemas de lavado húmedo en tintorerías. Fuentes: Fernando Bejarano. Amenaza Global, Cuaderno Ciudadano sobre contaminantes orgánicos persistentes. RAPAM. México. 2000; Pat Costner, Criteria for the Destruction of Stockpiled Persistent Organic Pollutants. Greenpeace, USA, October 1998. En la primera parte de esta Guía hemos comentado las diferentes redes ciudadanas que se oiponen a la incineración en sus diferentes formas y las propuestas alternativas, especialmente en los proyectos de “Cero Residuo” que además del reciclaje promueven medidas de extensión de la responsabilidad del productor para incidir en el diseño del producto y no sólo en la disposición final del mismo cuando acaba su vida útil. En los anexos también se incluyen las páginas electrónicas de las instituciones y grupos que promueven alternativas a los incineradores de residuos hospitalarios y promueven formas de producción limpia. 102 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo El siguiente listado puede servir de guía de evaluación al momento de considerar alternativas conducentes a la aplicación de las Mejores Prácticas Ambientales en nuevas instalaciones o en modificaciones de las existentes que generen dioxinas y otros COP de manera no intencional: a)Revisar la propuesta de nueva instalación en el contexto del desarrollo sustentable. Esto significa revisar la propuesta o el proyecto y su pretendida utilidad, en relación al contexto económico, social, y ambiental y a las políticas de promoción del desarrollo sustentable. b)Identificar alternativas posibles y viables. Consiste en identificar procesos, técnicas y prácticas alternativas que tengan una utilidad similar, pero que eviten la formación y emisión ambiental de COP generados no intencionalmente. Para ello se ha propuesto que se forme un centro de información de alternativas de distintos procesos, considerando las diferencias regionales y las condiciones de los países en desarrollo y con economías en transición. c) Realizar una evaluación comparativa del proyecto propuesto y la identificación de alternativas posibles y viables. En la evaluación comparativa se debe considerar la lista de consideraciones socioeconómicas incluida en el Anexo F y en los criterios relevantes del Anexo C, Parte V, Secciones A y B. (cuadro 18) Cuadro 18 Información sobre consideraciones socioeconómicas para evaluar alternativas a productos y procesos a) Viabilidad técnica b) Costos, incluidos los costos ambientales y para la salud c) Eficacia d)Riesgo e) Disponibilidad y f) Accesibilidad Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo.Selección del Anexo F. d) Consideración prioritaria de las alternativas. Las alternativas deben ser consideradas de manera prioritaria sobre la propuesta original 103 Capítulo III solamente si -tomando en cuenta los aspectos señalados anteriormente evitan la formación y emisión no intencional de COP, tienen una utilidad similar y son consistentes con las políticas de desarrollo sustentable definidas por los países en desarrollo y con economías en transición.5 Las excepciones a la eliminación de dioxinas El Convenio indica que las cantidades de COP presentes como residuos contaminantes no intencionales en productos y artículos, no se considerarán incluidas en el Anexo A y por lo tanto no están sujetas a la eliminación o al mecanismo de petición para su exención. Esta es una ventana que dejó abierta el proceso de negociaciones del Convenio, y que permite que no se atienda el problema de la contaminación por dioxinas, furanos y PCB presentes como “impurezas” en diversos plaguicidas organoclorados. En efecto, hay evidencias científicas de esta contaminación por dioxinas, furanos y PCB en los casos del pentaclorofenol, cloronitrofen, nitrofen, clorotalonil, MCP y 2,4-D.6 También hay informes en Estados Unidos sobre plaguicidas contaminados por impurezas de BHC, como atrazina, picloram y simazina, y los funguicidas clorotalonil y pentaclorofenol. Los plaguicidas mencionados se encuentran autorizados en un gran número de países en desarrollo. La contaminación por impurezas en el plaguicida formulado nos indica la producción no intencional de dioxinas y compuestos similares durante la manufactura de plaguicidas organoclorados. La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) ha identificado 161 ingredientes activos de plaguicidas de los que se sabe o se sospecha que durante su síntesis química se producen dioxinas y furanos, donde se encuentran además de los ingredientes activos mencionados a clorfenvifos, diflubenzuron, fenvalerato, fenarimol, diclofop, diuron, linuron, metribuzin, oxadiazon, oxifluorfen, endosulfán, bromoxinil y dicamba,todos ellos autorizados para su uso en varios países en desarrollo.7 La producción de plaguicidas representa el 30% del total de la libración de dioxinas y furanos al aire y suelo en la Unión Europea, según datos de sus inventarios oficiales de 1997 y 1999.8 La contaminación por dioxinas durante la producción de ciertos plaguicidas y su presencia como impurezas en el producto, son razones adicionales para ir eliminando los plaguicidas del mercado e impulsar en su lugar formas de control agroecológico de plagas y productos alternativos de menor riesgo. 104 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo 3.4 Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP y la cooperación con otros convenios ambientales Las importaciones y exportaciones de los plaguicidas organoclorados y PCB incluidos en el Anexo A o del DDT, en el Anexo B, sólo se podrán realizar si su destino corresponde al uso exento permitido por el Convenio, o a su “eliminación ambientalmente racional” (“environmental sound disposal”) (Art. 3, párrafo 2 [b]), o bien si se usan en cantidades muy pequeñas en investigaciones a escala de laboratorio o como norma de referencia (Art 3, párrafo 5). El movimiento transfronterizo de los productos, existencias acumuladas y desechos COP debe someterse a las provisiones internacionales relevantes del consentimiento informado previo (Art. 3, párrafo 3) (Convenio de Rótterdam) y las que indica el Convenio de Basilea, según el Art. 6, párrafo 1 (d). El Convenio de Estocolmo permite exportaciones de los COP incluidos en el anexo A o B a países que no sean parte de este acuerdo internacional, mediante la entrega de una certificación anual a la parte exportadora (Art. 3, párrafo 2 iii). Esa certificación deberá especificar el uso previsto y el compromiso del país importador de proteger la salud humana y el medio ambiente, tomando las medidas necesarias para reducir al mínimo o evitar las emisiones, de realizar una gestión adecuada de los desechos, según lo especifica el Art. 6, párrafo.1, y en el caso del DDT, de usarlo sólo para el control del paludismo, de acuerdo a las directrices de la OMS. Vínculos con el Convenio de Rotterdam El procedimientos de consentimiento informado previo que se debe cumplir para la exportación de los COP a los que alude el Art.3, es parte del Convenio de Rótterdam, que entró en vigor el 24 de febrero de 2004, después de 90 días de ser firmado y ratificado por 50 países. El Convenio de Rotterdam establece como requisito un procedimiento de notificación y consentimiento fundamentado previo -el llamado PIC (Prior Inform Consent)- para el comercio de ciertos productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos y de formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas. Mediante el procedimiento PIC los países deben recibir una notificación del país exportador de sus intenciones de introducir al territorio un producto prohibido o restringido incorporado a la lista del PIC; sobre esta base el país importador puede tomar una decisión mejor informada de si permite o no la entrada del producto, o si le impone restricciones especiales. 9 105 Capítulo III La lista completa de los PIC incluye no sólo a la mayoría de los COP del Convenio de Estocolmo, sino a un total de 37 productos químicos. Entre ellos hay 22 plaguicidas, 9 productos químicos industriales y seis formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas (ver cuadro 19). Cuadro 19 Lista de sustancias del Convenio de Rótterdam incluidas en el procedimiento PIC • Aldrín • Asbestos • Binapacril • Captafol • Bifenilos Policlorados (PCB) • Bifenilos polibromados (PBB) • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • Clordano • Terfenilos policlorados (PCT) Clordimeform • Tris (2,3-dibromopropil, fosfato) Clorobencilato DDT Dieldrín Dinoseb y sales de dinoseb DNOC y sus sales 1,2 dibromoetano (EDB) Dicloruro de etileno Oxido de Etileno Fluoroacetamida HCH (varios isómeros) Heptacloro Hexaclorobenceno Lindano Mercurio en distintos compuestos Pentaclorofenol 2,4,5-T, Toxafeno Formulaciones en polvo de benomilo al 7% o más, carbofuran arriba del 10%, Tirad al 15% o más. Metamidofos (en formulaciones solubles líquidas que excedan 600 gr de ingrediente activo) Paratión metílico (en formulaciones con concentrados emulsionables con 19.5%, 40%, 50% y 60% de ingrediente activo, y polvo que contenga 1.5%, 2% y 3% de ingrediente activo) Monocrotofós (todas las formulaciones) Paratión (todas las formulaciones, excepto las suspensiones en cápsula) Fosfamidón (formulaciones solubles líquidas que excedan los 100 gr de ingrediente activo) Fuente. Convenio de Rótterdam, www.pic.int 106 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Convenio de Basilea El Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación fue adoptado el 22 de marzo de 1989. El Convenio se inició en respuesta a los numerosos escándalos internacionales relacionados con el tráfico de residuos peligrosos a fines de la década de 1980. El Convenio entró en vigor el 5 de mayo de 1992 y tiene su Secretariado desde entonces en Ginebra, Suiza. Muchos países y ONG ambientalistas criticaron en su inicio el Convenio, pues legitimaba la exportación de residuos peligrosos de los países ricos a los países pobres; por lo que como medida de protección se realizaron varios convenios regionales que prohibían la importación de residuos peligrosos. Así fue que se firmaron, en 1989, el Convenio de Lomé entre los países de Asia Pacífico; en 1991, el Convenio de Bamako, entre los países africanos, y en 1992, el Acuerdo de Centroamérica. Estos acuerdos regionales de prohibición, junto con la fuerte campaña internacional de Greenpeace, que documentaba y se oponía activamente a las operaciones de exportación desde Europa y Estados Unidos, fueron creando el momentum para una prohibición internacional.10 En la Segunda Conferencia de las Partes, el 25 de marzo de 1994 se aprobó la propuesta impulsada por el Grupo de los 77, con el apoyo de la Unión Europea y la objeción de Estados Unidos, Australia y Canadá, la Decisión II/12, para prohibir inmediatamente la exportación de residuos peligrosos de los países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) a los países no OCDE, para su disposición final, y que también prohibió, a partir del 1 de enero de 1998, las exportaciones destinadas a operaciones de recuperación o reciclado. Más adelante esta propuesta se transformó en enmienda del Convenio. Es así que en la Tercera Conferencia de las Partes del Convenio de Basilea, el 22 de septiembre de 1995 se aprobó la enmienda al Convenio de Basilea (Decisión III/I) que prohibe todas las exportaciones de residuos peligrosos de los países del Anexo VII (países de la OCDE, de la Unión Europea y Liechtenstein) a los países fuera de esta lista, ya sea aquellos exportados para su depósito final como los destinados a la recuperación y el reciclaje. Aunque esta enmienda sólo ha sido ratificada por 37 países y se requieren 67 ratificaciones para su entrada en vigor; hay 43 países que ya la han incorporado a sus legislaciones nacionales. La asamblea de las partes del Convenio de Basilea adoptó en 1999 el Protocolo sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los 107 Capítulo III movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, que ha sido firmado únicamente por 13 países y no ha entrado en vigor.11 El Convenio de Basilea no busca sólo el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos sino que compromete a los países parte a reducir la generación de residuos peligrosos y otros residuos (Art. 4, párrafo 2 a); establece la obligación de lograr la autosuficiencia en el manejo de residuos, tanto como sea posible (ar.t 4, párrafo 2 b) y de reducir al mínimo los movimientos transfronterizos (art. 4, párrafo 2 d).12 Los países deben de firmar y ratificar no sólo el Convenio de Estocolmo sino el de Rótterdam y el de Basilea, incluida su enmienda, para beneficiarse de las sinergias de estos tres convenios y lograr un mayor control y transparencia en las exportaciones e importaciones de los COP. 3.5 Identificación y tratamiento de existencias acumuladas, desechos y limpieza de sitios contaminados por los COP El Artículo 6 del Convenio detalla los compromisos de los gobiernos para identificar y dar un tratamiento ambientalmente adecuado a las existencias acumuladas de COP, de desechos de COP o de artículos en uso que se convertirán en desechos o que están contaminados con ellos, a fin de de que se manejen de tal modo que protejan la salud y el ambiente, a través de un conjunto de medidas que reduzcan o eliminen las liberaciones de COP al medio ambiente. Según el art. 6, párrafo 1, los gobiernos deben elaborar y aplicar estrategias para: • (6.a, b) Identificar las existencias acumuladas, productos, artículos en uso y desechos que contengan COP. Esto incluye a las existencias acu muladas de plaguicidas COP obsoletos, a los equipos en uso con PCB, a los desechos con COP y a los productos contaminados por dioxinas y compuestos similares. • (6.c) Manejar las existencias de COP de manera segura, eficiente y “ambientalmente racional”13 (“environmentally sound”). • (6.d.i) Recoger, manejar, transportar y almacenar los desechos de COP (incluidos los productos y artículos, cuando se conviertan en desechos) de una manera ambientalmente racional. • (6.d.ii) Eliminar los desechos de modo que se destruyan o se transformen de manera irreversible, para que no posean más características 108 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo COP; y de no ser así - porque su nivel de concentración de COP es bajo o porque su destrucción irreversible no represente la opción preferibleeliminarlos de una manera ambientalmente racional, teniendo en cuenta las reglas, normas, directrices y acuerdos internacionales que rigen la gestión de residuos peligrosos (con especial mención al Convenio de Basilea; ver más adelante). • (6.d.iii) No permitir las operaciones de eliminación que puedan dar lugar a la recuperación, reciclado, regeneración, reutilización directa o usos alternativos de COP. • (6.d.iv) No transportar estos materiales a través de fronteras internacionales sin tener en cuenta las reglas, normas y directrices internacionales. El inciso 6.d.ii es particularmente importante, ya que si bien el Convenio no prohibe la incineración, invita al uso de tecnologías alternativas a la incineracion, para que se destruyan o transformen de manera irreversible, para que no posean más características COP, pues se sabe que al quemar residuos clorados los incineradores producen dioxinas y furanos con características COP, lo que contravendría lo estipulado por el convenio como preferencia. Enseguida el mismo inciso abre la posibilidad de que los gobiernos consideren también la eliminación de desechos “de una manera ambientalmente racional”, teniendo en cuenta las reglas internacionales, especialmente el Convenio de Basilea, por lo que las partes del Convenio tendrán que aprobar directrices técnicas específicas, como se verá más adelante. Limpieza de sitios contaminados Los gobiernos se comprometieron a esforzarse por elaborar estrategias adecuadas para identificar los sitios contaminados con la docena prioritaria de COP incluidos en los Anexos A, B y C del Convenio; y en caso de que se realice su limpieza, ello deberá efectuarse de manera “ambientalmente racional” (art.6, 1.e). En tal sentido, es importante que se evalúe el legado de contaminación ambiental y los efectos en la salud de los trabajadores y comunidades vecinas que han provocado las fábricas donde se produjeron históricamente los plaguicidas organoclorados y los PCB, así como el impacto de las emisiones al aire, agua y suelo de las fuentes de generación involuntaria de dioxinas y compuestos similares, incluyendo las plantas de producción industrial de compuestos clorados en sus diversos usos. 109 Capítulo III Eliminación de los desechos COP en colaboración con el Convenio de Basilea Según el Art. 6, inciso 2 del Convenio de Estocolmo, la Conferencia de las Partes colaborará en forma estrecha con los órganos del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación, entre otra cosas, para lo siguiente: • (A6, 2.a) Fijar los niveles de destrucción y de transformación irreversible necesarios para garantizar que no exhiban las características de COP especificadas en el primer párrafo del anexo D (que incluye su persistencia, bioacumulación, potencial de transporte a larga distancia en el medio ambiente y efectos adversos para la salud humana y el medio ambiente), a menos que esta opción no sea la preferida por motivos ambientales o por el contenido bajo del COP. • (a.6,2,b) Determinar los métodos que permitan la eliminación ambientalmente racional a que se hace referencia anteriormente. • (A 6, 2,c) Establecer, cuando proceda, los niveles bajos de concentración de COP para su destrucción ambientalmente racional cuando no se elimine de manera que se destruya o se transforme en forma irreversible. La Conferencia de Plenipotenciarios para el Convenio de Estocolmo invitó a los órganos del Convenio de Basilea a que preparasen directrices técnicas apropiadas para el manejo ambientalmente racional de los desechos de COP. En junio de 2002, consultores contratados por la secretaría del Convenio de Basilea presentaron su primer proyecto de directrices técnicas. En octubre de 2002 y enero de 2003 se distribuyeron respectivamente el segundo y tercer proyecto del documento, que se han incluido junto con las observaciones en la página electrónica del Convenio de Basilea (www.basel.int). Se espera que la versión definitiva de las guías sea aprobada y adoptada en la Primera Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo en 2005. El futuro de la incineración. Organizaciones no gubernamentales como el Basel Action Network, que ha seguido desde su origen el surgimiento y desempeño del Convenio de Basilea, advierten que este Convenio es fuerte en el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos, pero débil en cuanto a las guías voluntarias que ha desarrollado para el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos. Las guías que ha elaborado el Convenio de Basilea deben revisarse y adaptarse a los fines del Convenio de Estocolmo, debido 110 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo a que se realizaron sin considerar los impactos causados por los COP en la salud y el medio ambiente.14 Los niveles de destrucción. Expertos de Greenpeace e IPEN han indicado que el nivel de destrucción e irreversible transformación de los desechos COP debe de ser del 100%, dado que cada molécula de COP presenta las características de persistencia, toxicidad y bioacumulacion, entre otras, que el Convenio establece que no deben presentarse (Art. 6, 2 a). Es por ello que las guías que se elaborarán en colaboración con el Convenio de Basilea deben considerar los métodos de muestreo y análisis que aseguren que se ha alcanzado un 100% de destrucción efectiva. Dichos expertos también han propuesto que cuando los COP no se destruyan o transformen en forma irreversible, para cada uno de ellos la “concentración mínima” y el “nivel bajo de concentración COP” se debe alcanzar dentro de un proceso en dos pasos que establezca primero los límites basados en los datos de salud; el resultado de la evaluación a largo plazo de sus efectos adversos, incluyendo las vías de exposición ambiental de cada uno; los factores de bioacumulación, y todas las fuentes de exposición (incluyendo la exposición prenatal y la ocurrida vía leche materna) e información relacionada. En segundo término, una vez establecidos estos límites de salud, deberían determinarse las técnicas de muestreo y análisis para asegurar que los niveles sean determinados por métodos universales, con una precisión y exactitud adecuada, siguiendo los estándares más altos y no los más bajos. Una vez que estos estándares sean acordados y establecidos, se debe proporcionar ayuda técnica y financiera a los países en desarrollo, con vistas al mejoramiento de sus capacidades e infraestructura para el muestreo, análisis y tratamiento de los desechos COP15 La aprobación de las guías que adoptará el Convenio de Estocolmo para el tratamiento de las existencias obsoletas de COP y de los suelos contaminados es particularmente importante respecto del futuro que puede jugar la incineración -que ha sido la opción más elegida dentro del ámbito del Convenio de Basileapara la exportación de residuos peligrosos a Europa o Estados Unidos, o para justificar los proyectos de exportación de incineradores a los países del Sur. Las guías que adoptará el Convenio de Estocolmo pueden servir de palanca para el mayor desarrollo de tecnologías alternativas, que no contemplen la combustión. Los países en desarrollo y con economías en transición deben elegir si desean seguir siendo parte del negocio de la incineración, aceptando esta tecnología sucia, o recibir apoyo para tecnologías menos contaminantes. 111 Capítulo III Hay que recordar que países como Australia han podido desarrollar diversas tecnologías de no combustión para el tratamiento de los COP, después de que prohibieron la incineración. La investigación y comercialización de tecnologías alternativas a la incineración es una tendencia del mercado mundial. El Panel Asesor Científico y Técnico del Fondo Global del Medio Ambiente, establecido por el PNUMA, dio a conocer en enero de 2004 su informe final, donde se revisaron 50 tecnologías de no combustión para la destrucción y descontaminación de COP, para su uso por los países en desarrollo.16 El reporte mencionado identificó seis tecnologías de no combustión que se comercializan actualmente, con una experiencia considerable y que tienen licencia para destruir altas concentraciones de existencias obsoletas de COP, incluidos suelos contaminados; dos tecnologías que están cerca de iniciar su comercialización y cinco tecnologías prometedoras que requieren mayor investigación y que han probado su eficacia en plantas piloto o pruebas de laboratorio. El reporte recomienda que debe haber una mayor evaluación de las cinco tecnologías identificada como prometedoras, emergentes e innovadoras, con el propósito de proporcionar apoyo financiero para que puedan ser comercializadas en el futuro cercano. También recomienda desarrollar un sistema de apoyo que asista a los usuarios para decidir qué tecnologías son las más apropiadas para el tratamiento de desechos COP y suelos contaminados en los países en desarrollo. 112 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Cuadro 20 Tecnologías de no combustión para la destrucción y descontaminación de COP Tecnologías comerciales con considerable experiencia: Reducción Química en Fase Gaseosa (Gas-Phase Chemical Reduction, GPCR). Descomposición con Base Catalítica (Base Catalysed Decomposition, BCD) Sodium Reduction Super-Critical Water Oxidation (SCWO) Plasm Arc (PLASCON) Tecnologías que están cerca o al inicio de la comercialización: Molten Salt Oxidation Solvated Electron Technology Tecnologías promisorias: Ball Milling Geoi Melt Process Mediated Electrochemical Oxidation (CerOx) Mediated Electrochemical Oxidation (AEA Silver II) Catalytic Hidrogenation Tecnologías que no son aplicables para la destrucción de existencias de COP: Mn0x/Ti02-Al203 Catalyst Degradation Ti02-based V205/W03 Catalysis Fe (III) Photocatalyst Degradation Pzonation/ Electrical Discharged Destruction Molten Metal Molten Slag Process Photochemical Enhanced Microbial Degradation Biodegradation/Fenton´s Reaction White Rot Fungi Biodegradation Enzyme Degradation In situ bioremediation of soils DARAMEND Bioremediation. Phytorenmedation Nota. La definición de no combustión usada por el reporte es una definición amplia que incluye procesos con una atmósfera reducida en su contenido de oxígeno, que pueden aún producir dioxinas o furanos, pero que requieren menor tecnología para remover estos contaminantes que un proceso de oxidación, como un horno rotatorio de alta temperatura. Esta definición amplia incluye tecnologías como pirólisis y arco de plasma (PLASCON). Una definición científica más Continúa estricta reduciría las opciones. 113 Capítulo III Fuente: Ron Mc Dowall, Carol Boyle, Bruce Graham, International Centre for Sustainability Engineering and Science. Faculty Of Engineering. University of Auckland, New Zealand . The Scientific and Technical Advisory Panel of the GEF. UNEP. Review of emerging, innovative technologies for the destruction and decontamination of POPs and the identification of promising technologies for use in developing countries. GF/800-02-02-2205, January 2004 3.6 La incorporación de nuevas sustancias químicas en el Convenio de Estocolmo El artículo 8 del Convenio de Estocolmo y sus anexos D, E y F tratan sobre la incorporación de nuevas sustancias químicas en la lista de COP, para su eliminación o reducción mundial. El Anexo D establece los requisitos de información y los criterios de selección para incorporar una nueva sustancia química a la lista de COP. Cualquier país puede presentar a la Secretaría del Convenio una propuesta para incluir una nueva sustancia química, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo D. Estos requisitos incluyen información respecto a los nombres (nombres comerciales, número de registro del Chemical Abstracts Service (CAS), nombre en la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC)), estructura del producto químico y productos de transformación, su persistencia, bioacumulación, potencial de transporte a larga distancia en el medio ambiente y sus efectos adversos para la salud humana o para el medio ambiente. La Secretaría del Convenio, si comprueba que la información es suficientemente completa, la envía al Comité de Examen de los COP ( Pops Review Committee). Este Comité se debe establecer en la primera reunión de la Conferencia de las Partes, que se espera se celebrará en abril de 2005, con base en una distribución geográfica equitativa, aprobando sus recomendaciones por consenso o por voto de la mayoría de dos tercios. Sobre la base de un perfil de riesgos preparado con arreglo al Anexo E, el Comité de Examen evalúa si es probable que un producto químico, como resultado de su transporte a larga distancia en el medio ambiente, pueda tener efectos adversos en la salud humana y/o el medio ambiente de tal magnitud que justifiquen la adopción de medidas a escala mundial. El Convenio indica en el Art. 8, inciso 7 a, que “La falta de plena certeza científica no obstará a que se dé curso a la propuesta”, lo que en otras palabras significa aplicar un principio precautorio. 114 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo El Comité debe preparar también una evaluación de la gestión de riesgos que debe incluir un análisis de las medidas de control, en conformidad con el anexo F. Este anexo indica cuál es la información necesaria para un análisis socioeconómico que evalúe las medidas de control posibles, comprendidos el manejo y eliminación del producto. Al Comité le corresponde también evaluar la eficiencia de las posibles medidas de control para lograr los fines de reducción de riesgos; las alternativas a los nuevos COP propuestos ( productos y procesos), considerando su viabilidad técnica, costos (incluidos los costos ambientales y para la salud) eficacia, riesgo, disponibilidad y accesibilidad; los efectos positivos y/o negativos de la aplicación de las posibles medidas de control; las consecuencias de los desechos y su eliminación: el acceso a la información y educación del público; el estado de la capacidad de control y vigilancia; y cualesquiera medidas de control adoptadas a nivel nacional o regional, incluida la información sobre alternativas. Finalmente, el Comité recomienda a la Conferencia de las Partes si se debe considerar la sustancia química para su inclusión en los anexos A, B y/o C o si no debe incluirse. La Conferencia de las Partes, teniendo en cuenta la recomendación del Comité de Examen, e incluyendo cualquier incertidumbre científica, “deberá decidir, de una manera precautoria”17 si incluye en la lista de COP la sustancia química propuesta, además de especificar las medidas de control y /o eliminación (ver figura 10). Como han señalado algunos científicos, la identificación y evaluación de nuevos candidatos COP para ser incluidos en el Convenio de Estocolmo se ve limitado por el hecho de que solo se dispone de información sobre las características de persistencia, toxicidad, bioacumulación y transporte a grandes distancias de una cantidad reducida de sustancias químicas. La Comisión Europea ha declarado en Bruselas que por lo menos nueve sustancias químicas deben ser añadidas al convenio de Estocolmo, que han sido ya identificadas como COP en la lista del Protocolo sobre COP de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, entre ellas se encuentran insecticidas organoclorados como lindano, retardantes de flama y sustancias químicas de uso industrial (ver figura 10).19 115 Capítulo III Figura 10 Esquema del procedimiento de incorporación de nuevas sustancias a la lista del Convenio de Estocolmo Continúa 116 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo Fuente: Carina Weber, The Stockholm Convention (POPs Convention). An international legally binding regulation for the global elimination of extremely dangerous pollutants. PAN Germany, Hamburg, October 2001. p. 7 Diversos grupos ambientalistas han hecho la observación de que si se pretende hacer frente de manera adecuada a la crisis de los COP se deben incluir no sólo sustancias químicas individuales, sino también grupos y subgrupos de productos químicos. El análisis sustancia por sustancia podría llevar demasiado tiempo para evitar un mayor deterioro ambiental y de la salud pública, por lo que los gobiernos deben de adoptar medidas preventivas18 Además de estas nueve sustancias químicas algunos expertos han identificado a otras 11, que merecen ser investigadas para su posible inclusión en el Convenio de Estocolmo por su toxicidad y por haber sido detectadas en ambientes muy alejados de su fuente original de emisión. Ellas son: los hidrocarburos poliaromáticos, que son un grupo de sustancias químicas producidas durante la combustión incompleta de aceite, gas y otros materiales orgánicos, y que han sido identificados como COP en el Protocolo de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (UNECE); los insecticidas organoclorados endosulfan, dicofol, pentaclorofenol y metoxicloro; el tetraclorobenceno (TeCB), usado directamente o en calidad de producto degradado del pentaclorobenceno o del hexaclorobenceno, que ha sido empleado como insecticida e intermediario en la producción de herbicidas; al hexabromociclododecano (HBCD), usado como aditivo de retardante de flama, principalmente en el poliestireno; al octacloroestireno, que es un producto no intencional de varios procesos industriales, como la producción de cloro, magnesio y solventes clorados; los fluoruros de sulfonil perfluorooctil (POSF) y los sulfonatos de perfluorooctano (PFOS), usados en diversas aplicaciones industriales como espumas y limpiadores.20 Para Agosto del 2005 tres substancias han sido nominadas oficialmente como nuevos COP al Secretariado del Convenio de Estocolmo: Éter de pentabromodifenilo (pentaBDE) por Noruega, Clordecona (Kepone) y Hexabromobifenilo (Hexa-BB) por la Comunidad Europea; lindano por México y Sulfonatos de Perfluorocatano (PFOS) por Suecia. Ver: http://www.pops.int/documents/meetings/cop_1/chemlisting/Default.htm La industria química se opone particularmente a nuevas restricciones y eliminaciones de productos de uso reciente en el mercado mundial. De hecho, para la industria química de Estados Unidos, el mecanismo para aceptar o no las recomendaciones de un tratado internacional como el Convenio de Estocolmo y modificar la legislación interna para implementar las restricciones o prohibiciones de nuevas sustancias es uno de los aspectos cruciales en la discusión para la aprobación de este Convenio por parte del Senado. Para abril de 2004 la propuesta de modificación de la Ley de Control de Sustancias Químicas 117 Capítulo III Cuadro 21 Nuevas Sustancias Químicas propuestas por la Unión Europea para incluir en el Convenio de Estocolmo Sustancia química Usos Clordecona (Kepone)* Insecticida Hexabromobifenilo (Hexa-BB) Piroretardante prohibido en Europa y Estados Unidos Éter de octabromodifenilo* Retardante de flama Hexaclorociclohexano*(HCH, inlcuido isómero gama: lindano)* Lindano es usado como insecticida en uso farmaceútico, contra piojos y sarna, protector de semillas, ganado y mascotas. Hexaclorobutadieno* (HCBD) Sustancia química industrial y fumigante Naftalenos policlorados (PCN)* Principalmente como aislantes en cables, conservación de madera, como aditivo de aceite de motro, insumo en la producción de tintes: Fue usado antes que los PCB como fluido dieléctrico. Parafinas cloradas de cadena corta* Principalmente como fluido en el trabajo con metales y en el acabado de productos de cuero Pentaclorobenceno* Fluido dieléctrico, fungicida y retardante de flama (*) Incluidos también como COP en el Protocolo de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (UNECE). Fuente: Elaborado a partir del boletín de prensa “Chemical Pollution: Commission wants to rid the world of more nasty substances” Bruselas,11 de agosto 2004. 118 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo (TSCA) y de la Ley Federal sobre Insecticidas, Funguicidas y Rodenticidas (FIFRA) aún no terminaba de discutirse y aprobarse en los cuatro comités legislativos encargados de analizarla. Las modificaciones a la legislación también incluyen adecuaciones para firmar y ratificar el Convenio de Rótterdam. Las propuestas incluyen un período de comentarios públicos en tres etapas, previo a la adición de nuevas sustancias químicas a la lista de COP , lo que prolongarìa el procedimiento en forma excesiva, a juicio de los grupos ambientalistas estadounidenses; ello en la práctica ataría las manos de la EPA para aceptar compromisos de restricción o eliminación de nuevas sustancias químicas.21 3.7 Información, concientización y educación del público El Convenio de Estocolmo dedica todo el artículo 10 a definir aquello que cada país, dentro de sus capacidades, deberá promover y facilitar en materia de información, concientización y educación del público, que se reproduce en el cuadro 22. Como se puede apreciar, el artículo 10 es muy amplio y preciso, pero vale la pena comentar algunos incisos. El artículo 10 indica que cada país debe promover y facilitar las actividades de concientización entre qujienes elaboran las políticas públicas sobre los COP; esto implica una labor educativa por parte del Ejecutivo entre los miembros de ambas cámaras del Congreso y a nivel de autoridades estatales y municipales. Esto es importante ya que un adecuado cumplimiento del Convenio de Estocolmo requiere ser reforzado con una política ambiental y de salud pública acorde con los compromisos del Convenio. Los gobiernos deben promover y facilitar el acceso público a toda la información sobre los COP; esto incluye la información sobre aspectos de salud, seguridad y medio ambiente que no podrán ser considerados como información confidencial. El acceso público a la información relacionada con los COP es una obligación de los gobiernos dentro del Convenio de Estocolmo, pero también es un derecho ciudadano fundamental. Este es el núcleo fundamental del artículo 10, e incluye la entrega de información a través de campañas públicas educativas, la ejecución de programas de capacitación, la creación de centros de información nacionales y regionales, y la elaboración de registros de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC). 119 Capítulo III Cuadro 22 Convenio de Estocolmo. Información, concientización y educación del público (Artículo 10) 1. Cada Parte, dentro de sus capacidades, promoverá y facilitará: a) La concientización de los encargados de formular políticas y adoptar decisiones acerca de los contaminantes orgánicos persistentes. b) La entrega al público de toda la información disponible sobre los contaminantes orgánicos persistentes, teniendo en cuenta lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo 9*. c) La elaboración y aplicación de programas de formación y de sensibilización del público, especialmente de las mujeres, los niños y las personas menos instruidas, sobre los contaminantes orgánicos persistentes, así como sobre sus efectos en la salud y el medio ambiente, y sobre las alternativas existentes. d) La participación del público en el tratamiento del tema de los contaminantes orgánicos persistentes y sus efectos sobre la salud y el medio ambiente, al igual que su participación en la elaboración de respuestas adecuadas, incluida la posibilidad de hacer aportaciones a nivel nacional acerca de la aplicación del presente Convenio. e) La capacitación de los trabajadores y del personal científico, docente, técnico y directivo. f) La elaboración y el intercambio de materiales de formación y sensibilización del público, a nivel nacional e internacional. g) La elaboración y aplicación de programas de educación y capacitación a nivele nacional e internacional. 2. Cada Parte, dentro de sus capacidades, velará por que el público tenga acceso a la información pública a que se hace referencia en el párrafo 1 y por que esa información se mantenga actualizada. 3. Cada Parte, dentro de sus capacidades, alentará a la industria y a los usuarios profesionales a que promuevan y faciliten el suministro de información a que se hace referencia en el párrafo 1 a nivel nacional y, según proceda, a los niveles subregional, regional y mundial. 4. Al proporcionar información sobre los contaminantes orgánicos persistentes y sus alternativas, las Partes podrán utilizar fichas de seguridad, informes, medios de difusión y otras formas de comunicación, y podrán establecer centros de información a nivel nacional y regional. Continúa 120 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo 5. Cada Parte estudiará con buena disposición la posibilidad de concebir mecanismos tales como registros de emisiones y transferencias de contaminantes, que permitan reunir y difundir información sobre la cantidad estimada de sustancias químicas incluidas en los anexos A, B o C que se liberan o eliminan anualmente. * ( Los aspectos de salud, seguridad y medio ambiente, no podrán ser considerados confidenciales según el Art. 9, inciso 5). Fuente: ONU, Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Art. 10. En los programas educativos y de concientización al público que los gobiernos deben promover y facilitar, el artículo 10 indica que se deben desarrollar especialmente para las mujeres, los niños y los sectores con menor educación. Agrega además que estos programas deben incluir información sobre los efectos ambientales y a la salud pública de los COP y sus alternativas. Como hemos visto en la segunda parte de este libro, los COP afectan de manera especial al desarrollo infantil y a las mujeres dentro del período de embarazo, al poder acumularse en las cadenas alimentarias, traspasar placenta y excretarse en la leche materna. La población infantil y la de las mujeres en edad reproductiva son poblaciones de mayor riesgo y debe haber programas especiales dirigidos a ellas. Para proteger a los niños de la exposición de sustancias químicas peligrosas se pueden consultar las recomendaciones del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (IFCS).22 El Convenio al indicar que también los sectores menos educados son un sector especial al cual dirigir los programas de concientización pública sobre los COP, indica que la información no puede ser reservada sólo al pequeño grupo de expertos, técnicos o representantes oficiales que normalmente tienen acceso al contenido de las negociaciones ambientales internacionales sino que este conocimiento debe divulgarse de manera amplia y accesible a los sectores mayoritarios de la población, que son los sectores con menor acceso a la educación. La capacitación a los trabajadores y personal técnico sobre los riesgos de los COP y sus alternativas debe ser parte también de esta política informativa en hojas informativas de seguridad. Este derecho a saber y prevenir los riesgos de los COP en el trabajo, es particularmente importante para los trabajadores de la industria eléctrica que aún manejan equipos con PCB, así como para los trabajadores de las diversas industrias donde se generan dioxinas y otros COP no voluntarios, en sectores como la industria papelera, de producción de solventes, industria siderúrgica y la que promueve la incineración de residuos, 121 Capítulo III incluyendo la industria cementera que usa residuos peligrosos como combustible alterno.23 En el inciso cuatro del art. 10 el Convenio habla de que en sus esfuerzos para brindar información sobre los COP y sus alternativas los gobiernos pueden usar hojas de datos de seguridad, reportes y el uso de los medios masivos de comunicación (prensa, radio, TV) y otros medios, así como establecer centros de información nacional y regional. Como se puede apreciar a lo largo del artículo 10 como en otros artículos se menciona en repetidas ocasiones la necesidad de dar información sobre las alternativas a los COP. Esto es particularmente importante para promover la sustitución de insumos, procesos y productos que generen COP y se promuevan formas de producción limpia. El Convenio indica que los gobiernos deben promover y facilitar la participación pública incluida las aportaciones para la aplicación del Convenio de Estocolmo. Como veremos en la cuarta parte de este documento, las guías para la elaboración del plan nacional de aplicación, elaboradas por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF) refuerzan esta idea y recomiendan que la participación se realice desde las primeras fases de consulta para la elaboración del plan mediante la constitución de un comité nacional multisectorial. El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). El Convenio de Estocolmo hace un llamado para que los gobiernos elaboren un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) como un mecanismo para obtener y difundir información sobre las cantidades anuales de COP que son generadas o eliminadas. La elaboración de registros sobre sustancias químicas tóxicas es parte de los compromisos que los gobiernos adoptaron en el capítulo 19 de la Agenda 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo. Los RETC son un instrumento de reporte que se ha venido realizando en algunos países industrializados desde mediados de la década de 1980 y se impulsa en los países del Sur. Entre los lineamientos internacionales para el desarrollo de los RETC destacan: a) La resolución aprobada por el Foro Intergubernamental de Seguridad química (IFCS) que recomienda el desarrollo de los RETC a nivel mundial; 122 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo b) la creación de un grupo coordinador para elaborar los RETC por parte de la IOMC (Programa Interinstitucional para el Manejo Adecuado de los Productos Químicos) que es un acuerdo de cooperación entre PNUMA, OIT, FAO, OMS, ONUDI, UNITAR y OCDE; c) la OCDE ha elaborado un manual sobre los RETC para los gobiernos y tiene un Grupo de Tarea sobre Técnicas de Estimación de las Liberaciones;24 c) El Registro Europeo de Emisiones Contaminantes (EPER) que cubre 50 sustancias químicas entre los miembros de la Unión Europea, y que será compilado cada tres años, a partir del 2003. Este registro incluye las liberaciones al aire y/o agua pero no al suelo, y estará disponible en febrero del 2004;25 d) El Convenio de Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a la Justicia en Temas Ambientales ha creado un grupo de trabajo sobre RETC y en la reunión de mayo del 2003 de este convenio se ha aprobado un protocolo inter nacional para elaborar los RETC que está abierto para la firma de todos los países, pertenezcan o no a este convenio; a fines del 2003, 26 países y la Comunidad Europea lo habían firmado.xxvi Una coalición de grupos ciudadanos Europeos llamada Ecoforum ha desarrollado una guía sobre el derecho a saber las fuentes de contaminación que es una breve introducción al Protocolo de los RETC27 El Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR) cuenta con un programa de difusión de los RETC e impulsa con otros organismos de las Naciones Unidas la realización de talleres de capacitación en países en desarrollo. Los RETC generalmente incluyen a varios cientos de sustancias químicas tóxicas, por lo que hay que asegurar que los esfuerzos por realizarlos en los países del Sur incluyan como prioridad a los COP.28 En América Latina, México cuenta con un RETC que incluye el reporte de dioxinas y furanos pero aún no se ha presentado al público. En líneas generales un efectivo RETC debe especificar primero el nombre, tipo de industria y ubicación geográfica de la misma o de la actividad que genera los COP. Es decir debe identificar al responsable. Segundo el RETC debe indicar el reporte anual de las sustancias tóxicas, en este caso de los COP, que se emiten al aire, al agua y al suelo; es decir, la segunda característica del RETC es que debe ser un reporte multimedia integral de los COP. Tercero, el RETC debe incluir también las transferencias de los COP en los desechos para su tratamiento o depósito final, incluye actividades de recuperación dentro de la fábrica como los envíos fuera de la fábrica. Cuarto, este reporte debe ser obligatorio y mantenerse y actualizarse cada año. Quinto y último, toda esta información debe ser accesible al público. La información de los RETC es 123 Capítulo III viable de ser incorporada en sistemas nacionales de bases de datos y en sistemas de información geográfica.xxix En su versión más amplia los RETC pueden transformarse en registros de uso para incluir también información sobre el uso de agua, energía, y de los materiales y sustancias que entran al proceso productivo como indica el Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Art. 5, inciso 9), lo cual permite tener una evaluación más integral del ciclo de vida de un producto. Los RETC pueden ser concebidos como herramientas para promover la reducción del uso de sustancias químicas tóxicas, y en el caso de los COP para promover formas de producción más limpia que logren su sustitución. En el caso de los plaguicidas organoclorados COP que aún se usen por formas agroecológicas de control de plagas, formas integrales de control de vectores y del paludismo en el caso del DDT; y de formas de producción industrial más limpia que permita la sustitución de insumos, productos y procesos que eliminen la generación de dioxinas y furanos. En el caso de los COP no producidos en el país sino importados para los fines de excepción específica que incluye el Convenio de Estocolmo, en nuestra opinión el RETC debería complementarse con un inventario del uso de los COP realizado de manera coordinada con las autoridades responsables de las aduanas. Para el caso del registro o inventario de las fuentes de COP generados de manera no voluntaria como dioxinas, furanos, PCB y HCB debe integrar las liberaciones al aire, agua y suelo, su presencia en desechos y productos, y los sitios contaminados con ellos; sobre ello trataremos de nuevo al comentar la segunda fase de elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación del Convenio de Estocolmo, en la cuarta parte de este libro. 3.8 Investigación, desarrollo y vigilancia de los COP El artículo 11 del Convenio de Estocolmo trata sobre las actividades de investigación, desarrollo y vigilancia de los COP. Indica que los gobiernos propiciarán y efectuarán, a nivel nacional e internacional, actividades de investigación, desarrollo, vigilancia y cooperación sobre los COP y, cuando proceda, sobre sus alternativas y sobre los COP potenciales, incluidos los aspectos siguientes: 124 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo a) b) c) d) e) f) g) Fuentes y liberaciones en el medio ambiente; Presencia, niveles y tendencias en las personas y en el medio ambiente Transporte, destino final y transformación en el ambiente Efectos en la salud humana y el medio ambiente Efectos socioeconómicos y culturales Reducción y/o eliminación de sus liberaciones; y Metodologías armonizadas para hacer inventarios de las fuentes generadoras y de las técnicas analíticas para la medición de emisiones Para aplicar estas medidas, los países deberán apoyar y seguir desarrollando programas, redes y organizaciones internacionales dedicados a las tareas de investigación, compilación de datos y vigilancia, evitando duplicar esfuerzos. Apoyarán las acciones destinadas a fortalecer la capacidad nacional de investigación científica y técnica, especialmente en los países en desarrollo y con economías en transición, y para promover el acceso e intercambio de los datos y análisis. Para tal fin se tendrán en cuenta los problemas y necesidades en materia de recursos financieros y técnicos y cooperarán para el mejoramiento de sus capacidades. El artículo 11 hace una mención especial a la realización de trabajos de investigación destinados a mitigar los efectos de los COP en la salud reproductiva (art. 11, párrafo 2, inciso d). Esto entonces abre la puerta para que se desarrollen investigaciones sobre el impacto de los COP en la salud de los padres y en la de sus hijos, particularmente en el proceso de reproducción incluyendo la concepción, embarazo, parto, y lactancia, que aseguren a la madre, padre y sus hijos las condiciones de bienes, físico, mental y social; como afirma la Organización Mundial de la Salud (OMS) la salud reproductiva se define como “el estado de completo bienestar, físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad durante el proceso de reproducción”.30 Los resultados de las investigaciones y actividades de desarrollo y vigilancia deben ser puestas en conocimiento del público en forma regular y oportuna (art. 11, párrafo 2, inciso e). La vigilancia de la presencia de COP en las personas se refiere a la medición de la carga corporal de estas sustancias entre los diversos sectores de la población. Como señalamos en la segunda parte de esta guía, los COP por su persistencia y capacidad para acumularse en los tejidos grasos, forman parte de las sustancias tóxicas persistentes que pueden irse almacenando en el ser humano. La contaminación de la leche materna con COP es de particular preocupación, pues este alimento, necesario e indispensable para garantizar el pleno desarrollo infantil, se contamina también con dioxinas, furanos, PCB y 125 Capítulo III plaguicidas organoclorados. En países industrializados se ha informado acerca de la presencia de hasta 350 distintas sustancias químicas sintéticas en la leche materna. Es recomendable que las mediciones de la carga corporal de los COP que se realizan en Estados Unidos, y algunos países de Europa, como se descrinió en la segunda parte de esta Guía, se realice también en los países menos industrializados de América Latina, Asia y Africa. Es parte de los derechos de información ciudadana. La medición debe de ser vista como un indicador del progreso en las acciones para ir reduciendo hasta lograr la eliminación última de las fuentes de generación de los COP. De igual forma es importante que la vigilancia de los COP incluya a los alimentos, especialmente productos lácteos, carne y pescado, dada la propiedad de bioacumulación de los COP en las cadenas alimentarias y por ser la ingestión de alimentos contaminados con COP la principal forma de exposición del ser humano a estas sustancias. Es necesario que las políticas de los gobiernos destinadas a la reducción y eliminación de los COP se reflejen en una disminución de su presencia en la carga corporal de la población y en los alimentos. Estos compromisos que establece el artículo 11 deben ser tomados en cuenta a la hora de elaborar el plan nacional de aplicación del Convenio de Estocolmo. Igualmente se debe plantear el fortalecimiento de las capacidades técnicas y financieras del plan, para el cumplimiento de tales compromisoss, mediante los recursos otorgados por el Fondo Global para el Medio Ambiente, entre otras fuentes financieras. Los gobiernos también deberían considerar la aplicación del principio de que el que contamina paga, e idear la forma de que los responsables de la generación de COP contribuyan con un fondo para la investigación, vigilancia y prevención de la generación de COP. 3.9 Asistencia técnica y financiera a países en desarrollo y con economías en transición El artículo 12 del Convenio de Estocolmo trata sobre la asistencia técnica y el artículo13, sobre los recursos y mecanismos financieros. El Convenio de Estocolmo reconoce que una asistencia técnica oportuna y adecuada a los países en desarrollo y con economías en transición es esencial para la aplicación efectiva del Convenio (art. 12, fr.1). La asistencia técnica 126 Los compromisos de los gobiernos en el Convenio de Estocolmo tiene como objetivo la formación de capacidades para el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Convenio (art 12, fr. 2 y 3). El Convenio especifica además que: • Se establecerán centros regionales y subregionales para la formación de capacidades y la transferencia de tecnologías (art.12.4). • Se tendrán plenamente en cuenta las necesidades específicas de los países menos desarrollados y de los pequeños estados insulares en desarrollo, con respecto a esta asistencia (art.12.5). • Los países desarrollados proporcionarán recursos financieros nuevos y adicionales para que los países en desarrollo y con economías en transición puedan sufragar el total acordado de los costos incrementales de las medidas de aplicación, en cumplimiento de sus obligaciones emanadas del presente Convenio, convenidas entre el país receptor y la entidad financiera (art. 13 fr.2). • El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (Global Environmental Facility, o GEF) es, en forma provisional, la entidad principal encargada de las operaciones de apoyo financiero hasta la primera reunión de la Conferencia de las Partes o hasta que esta Conferencia adopte una decisión sobre la estructura institucional definitiva (art. 14). Los “costos incrementales” en términos generales son la diferencia entre el costo de las medidas para cumplir con las obligaciones de aplicación del Convenio de Estocolmo y lo que debería gastar el país para alcanzar el mismo o similar fin en ausencia de las obligaciones de dicho Convenio. El GEF cuenta con cuatro agencias de ejecución: el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) por lo que cada gobierno debe elegir con cuál de ellas gestionará el apoyo financiero para el diseño y desarrollo del plan de aplicación del Convenio de Estocolmo. Los países en desarrollo y con economías en transición pueden aprovechar además los recursos provenientes del apoyo financiero y la cooperación bilateral, regional o multilatera, de acuerdo con los planes de las partes involucradas (art.13, inciso 3). 127 Capítulo III El GEF divide las solicitudes de apoyo presentadas por los gobiernos en dos grandes categorías: para desarrollar y fortalecer las capacidades que les permitan cumplir con las obligaciones del Convenio de Estocolmo (las llamadas “enabling activities”), y para financiar ya sea intervenciones específicas de prohibición o limpieza de contaminantes a nivel nacional o regional, o bien ciertos componentes del desarrollo de capacidades, que pueden llevar a proyectos mayores.31 Sólo se ha desarrollado la guía para apoyar la elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación del Convenio y se ha publicado un borrador de la destinada al financiamiento de intervenciones específicas. Las áreas principales de asistencia del GEF se refieren al desarrollo de capacidades, el fortalecimiento institucional y la asistencia técnica. IPEN ha comentado el borrador de Guía para el Mecanismo Financiero del Convenio de Estocolmo y ha propuesto que se incluya dentro de las prioridades de financiamiento a las que apoyen las medidas de consulta y cooperación con los “grupos de interés” de la sociedad civil para facilitar el desarrollo y ejecución de los planes nacionales de aplicación, las que promuevan la información pública, la concientización y la educación sobre los COP, tal como se establece en el art 10 del Convenio; y las que promuevan la cooperación y el desarrollo tecnológico, especialmente importante en las alternativas a la generación de COP. Apoyo financiero a este tipo de actividades se pueden encontrar en otros convenios ambientales internacionales como en el de Cambio Climático y el de Biodiversidad.32 Hasta septiembre de 2003, 125 países habían recibido financiamiento del GEF para elaborar sus planes nacionales de aplicación. Sesenta de estos países (14 en América, 18 en África, 6 en Europa, 13 en Asia y 9 en Oceanía) eligieron al PNUMA como organismo de ejecución,33 y el resto a la ONUDI, PNUD. El Gobierno de Canadá creó el Fondo para los Contaminantes Orgánicos Persistentes, administrado por el Banco Mundial, para brindar ayuda financiera, conocimiento técnico y acceso a tecnologías para el desarrollo de capacidades en los países en desarrollo y con economías en transición. Las actividades de apoyo tienen un tope máximo de 250 mil dólares estadounidenses. Dos países latinoamericanos, Colombia y México, eligieron al Banco Mundial como agencia financiera para la elaboración de su plan nacional. En el caso de México interviene también la Comisión de Cooperación Ambiental de América del Norte, donde participan los ministerios de medio ambiente de México, Estados Unidos y Canadá. 128 CUARTO CAPÍTULO El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación Ciudadana 4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración de los Planes Nacionales de Aplicación y la asistencia del Fondo para el Medio Ambiente Global 4.2 Las fases de desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA) y la participación ciudadana. - Establecimiento de un mecanismo de coordinación y estructura organizativa que conduzca el proceso de elaboración de los PNA - Realización del inventario de los COP y evaluación de la infraestructura y capacidad nacional de gestión - Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las limitaciones del Toolkit del PNUMA - Evaluación de prioridades y definición de objetivos F - ormulación del Plan Nacional de Aplicación - Respaldo amplio y envío a la conferencia de las partes del Convenio - Ejecución del plan INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Capítulo IV El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación Ciudadana El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana 4.1 El compromiso de la consulta pública en la elaboración del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo El Convenio de Estocolmo requiere en su Art. 7 que cada país contratante desarrolle un Plan Nacional de Aplicación (PNA) para mostrar como se cumplirán las obligaciones contraídas en el Convenio. Estos PNA deberán revisarse y actualizarse a intervalos periódicos y del modo en que lo decida la Conferencia de las Partes del Convenio.1 El Convenio de Estocolmo entró en vigor el 17 de mayo de 2004, y a partir de esa fecha los 50 países contratantes tienen dos años para presentar su PNA. Los países que se sumen al Convenio tendrán el mismo plazo, contado a partir de los 90 días de depositado el instrumento de ratificación. El Convenio establece claramente en el párrafo 2 del Art. 7 que “Las Partes, cuando proceda, cooperarán directamente o por conducto de organizaciones mundiales, regionales o subregionales, y consultarán a los interesados directos nacionales, incluidos los grupos de mujeres y los grupos que se ocupan de la salud de los niños, a fin de facilitar la elaboración, aplicación y actualización de sus planes de aplicación” (art. 7, inciso 2.) La consulta a la sociedad civil y especialmente a los grupos de mujeres y a los dedicados a la protección de la salud infantil, es una obligación de los gobiernos al momento de la elaboración, aplicación y actualización de los PNA. La asistencia del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF) y las guías para elaborar los PNA. 131 Capítulo IV La asistencia del GEF en el área de “actividades de apoyo” comprende dos componentes: a) La Preparación de un Plan Nacional de Aplicación (PNA). Este es un apoyo inicial para elaborar el plan nacional en un proceso sistemático y participativo. b) El apoyo a la creación de capacidades para desarrollar actividades de apoyo. Se proporcionará asistencia a fin de reforzar la capacidad de los países para cumplir con sus compromisos ante el Convenio de Estocolmo. En las directrices iniciales del GEF sobre las actividades de apoyo para el Convenio de Estocolmo, se indica que el PNA proporcionará un marco en el que un país desarrollará y aplicará, en una forma sistemática y participativa, una reforma prioritaria de políticas y de reglamentación, de creación de capacidad y programas de inversión. El GEF proporcionará hasta 500.000 dólares estadounidenses por país, para la preparación de los PNA.2 El Consejo del GEF adoptó a partir de mayo de 2001 unas directrices iniciales para la solicitud de financiamiento que se recomienda adopten los gobiernos para la elaboración de sus PNA del Convenio de Estocolmo.3 Las directrices fueron preparadas por la secretaría del GEF, en consulta con el Grupo de Trabajo especial sobre los COP, que incluye a los tres organismos de ejecución del GEF: el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el PNUMA, además de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), y la División de Productos Químicos del PNUMA, que funciona como Secretaría Provisional del Convenio. Posteriormente, y sobre la base de dichas directrices, la División de Productos Químicos del PNUMA y el Banco Mundial elaboraron de manera complementaria y con mayor detalle una guía, que fue usada en un proyecto financiado por el GEF para apoyar a 12 países en el desarrollo de sus PNA. Sse trata de Barbados, Bulgaria, Chile, Ecuador, Guinea Conakry, Líbano, Malasia, Micronesia, Papúa Nueva Guinea, Eslovenia y Zambia.4 Las guías generales del GEF no proveen una descripción detallada de cómo se debe conducir una actividad en particular, no tienen un carácter prescriptivo y pueden ser usadas en su totalidad o en partes, según decisión de los gobiernos. El Convenio establece que los PNA deben realizarse atendiendo a las necesidades específicas de cada país miembro. 132 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana Debido a que los COP tienen impacto sobre amplios y diversos sectores ciudadanos, de la industria y del gobierno, las guía del GEF consideran que para un efectivo y exitoso PNA se requiere la participación de una amplia gama de “grupos de interés”, desde el inicio del proceso de elaboración de los PNA. Los llamados “grupos de interés” incluyen: • Los secretarios de estado o ministros que aseguren la prioridad política y una adecuada asignación de recursos al tema de los COP • Los oficiales y técnicos gubernamentales de cada agencia o secretaría capaces de coordinar y de ser responsables de las acciones incluidas en el PNA • Las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) tales como organizaciones ambientales relevantes, grupos académicos, organizaciones sociales, grupos de mujeres, de protección de los niños, organizaciones de la industria, comercio y agricultura, y sindicatos. 4.2 Las fases del desarrollo del Plan Nacional de Aplicación (PNA) Las fases del desarrollo del PNA son, de manera esquemática, las siguientes: 1. Establecimiento de un mecanismo de coordinación y de una estructura organizativa que conduzca el proceso de elaboración del PNA. Se debe designar a la institución o dependencia nacional líder, que será la entidad legal responsable de ejecutar el proyecto, y a un Director Nacional del Proyecto, que se vinculará oficialmente con la agencia de implementación del GEF. La dependencia líder establecerá una Unidad de Coordinación del Proyecto, con un coordinador nacional y formará un Comité Coordinador Nacional, con participación plural de los grupos de interés, que revisará los resultados del proceso. 2. Realización de inventarios de COP y evaluación de las capacidades e infraestructura nacional. Corresponde a la preparación de un Perfil Nacional de Manejo de Sustancias Químicas y a la realización de inventarios de plaguicidas COP, PCB, dioxinas y furanos, COP obsoletos y sitios contaminados. 133 Capítulo IV 3. Evaluación de prioridades y establecimiento de objetivos. Incluye elaborar planes de acción para los plaguicidas COP (DDT incluido), los PCB, las dioxinas y similares, los desechos y las existencias acumuladas. 4. Formulación del Plan Nacional de Aplicación. Involucra la revisión de diversas opciones para la eliminación y manejo de COP, además de la identificación de los requerimientos de asistencia técnica y financiera. 5. Respaldo amplio del PNA y envío a la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo. Incluye una consulta pública amplia para recibir e incorporar comentarios y tener un mayor respaldo político, así como el envío del Plan a la Conferencia de las partes. 6. Ejecución del PNA. Corresponde a la puesta en práctica de los diversos planes de acción y de los mecanismo de actualización, revisión e informe a la Conferencia de las partes, de acuerdo al Art. 7 del Convenio. Es importante destacar que las guías recomiendan que los grupos de la sociedad civil dedicados a la protección del medio ambiente y de salud pública, así como representantes comunitarios y grupos de mujeres, sean considerados como parte de los grupos de interés desde el inicio del proceso, es decir, dentro del Comité de Coordinación Nacional y no sólo en la fase final de consulta pública (ver diagrama figura 11, página siguiente). 134 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana Figura 11 Diagrama de las Fases del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo. Fuente: Guidance for developing a National Implementation Plan for the Stockholm Convention. UNEP World Bank 135 Capítulo IV PRIMERA FASE. Establecimiento de un mecanismo de coordinación y estructura organizativa que dirija el proceso de elaboración de los PNA. Un plan nacional de aplicación exitoso requiere de un proceso de planeación y de una estructura organizativa adecuada, que se sugiere en la figura 12, por lo que en esta primera etapa se recomienda que el gobierno nacional designe: • A la institución o dependencia nacional líder y a un Director General del Proyecto, que serán la entidad legal y el oficial certificado para firmar el convenio con la agencia de implementación del GEF y presentar los informes que corresponda. Esta entidad no necesariamente es la que coordina el PNA, por lo que se recomienda que se establezca: • Un Comité Coordinador Nacional, con participación plural de los diversos grupos de interés. El GEF recomienda que incluya a miembros de las diversas dependencias gubernamentales en materia de ambiente, salud, agricultura, trabajo, finanzas, industria, comercio, transporte y aduanas, entre otras, así como a representantes de la industria y de la sociedad civil (grupos ambientalistas, de salud ambiental, de mujeres, académicos y sindicatos).5 Este Comité facilitará la coordinación de las actividades del proyecto entre los diversos grupos de interés nacional y otorgará guía y apoyo para su ejecución. Miembros individuales de este comité pueden ser responsables de supervisar componentes específicos del desarrollo del PNA. El Comité contribuirá a la revisión final del PNA, y en particular, suscribirá el plan de trabajo detallado y el calendario para el desarrollo del PNA; identificará y recomendará actividades para elevar la conciencia e información pública; revisará y comentará los planes de acción de los grupos de tarea de cada COP, el Perfil Nacional de Manejo de Sustancias Químicas y las mejoras de la regulación actual, además de entregar recomendaciones sobre aspectos de políticas públicas. El GEF recomienda que este Comité esté constituido por un máximo de 15 miembros, se reúna de manera regular cada tres meses y efectúe reuniones extraordinarias cuando sea necesario. • La Unidad de Coordinación del Proyecto (UCP) y el Coordinador Nacional del Proyecto. Este Coordinador Nacional del Proyecto actuará como secretario del Comité Coordinador Nacional, organizará la UCP y supervisará todo la ejecución del proyecto y la coordinación con la agencia ejecutora del GEF. La UCP trabajará con expertos técnicos y grupos de tarea temáticos ad hoc (por ej. sobre plaguicidas, PCB, dioxinas) para completar su trabajo. Se recomienda que para un mayor 136 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana desarrollo de las capacidades nacionales se trabaje con los grupos de expertos existentes en las dependencias o instituciones especializadas, aunque se permite la contratación de expertos internacionales. • Se recomienda determinar y asignar responsabilidades entre los departamentos oficiales y otros interesados en los diversos aspectos de gestión de los COP. Figura 12 Esquema de la Estructura Organizativa del Plan Nacional de Aplicación sugerida por el GEF Fuente: UNEP, World Bank, Guidance for developing a Nacional Implementarion Plan for the Stockholm Convention. Draft.200?? 137 Capítulo IV SEGUNDA FASE. Realización de un inventario de los COP y evaluación de la infraestructura y capacidad nacional. En esta etapa se espera que se realicen evaluaciones específicas, se reúna la información existente y se genere nueva, se identifiquen las carencias y necesidades en materia de recursos, capacidades y conocimientos, y se identifiquen también las prioridades; todo ello con el objetivo de contar con una evaluación completa del estado de los COP en el país. Dentro de los resultados esperados de esta fase se encuentran: • Preparar o actualizar el Perfil Nacional para evaluar la infraestructura nacional para la gestión de productos químicos, en la sección correspondiente a los COP. El Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR) y el Programa Interorganismos para la Gestión Racional de Sustancias Químicas (IOMC) han desarrollado una guía para tal fin.6 En el seno del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) los países se comprometieron a que la mayoría de ellos tendría un perfil nacional sobre gestión de productos químicos para el año 2002. Parte de este Perfil Nacional lo constituyen los inventarios de COP, la evaluación de la infraestructura y los recursos necesarios, tal como se enumera y describe más adelante. La Guía incluye un diagnóstico sobre el acceso a, y la calidad y cantidad de información para la gestión de sustancias químicas, incluyendo la existencia de un Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, o equivalente, a fin de crear y actualizar un inventario digno de confianza. Se recomienda involucrar a todos los grupos de interés relacionados con la gestión integral de los productos químicos y es parte de la evaluación identificar a las ONG y a los grupos de interés público que juegan o pueden jugar un papel en la gestión de los COP. La guía destaca el importante rol de IPEN e invita a ver la lista de las organizaciones participantes. • Inventario preliminar de los plaguicidas COP. Uso histórico y actual, producción, uso, importación y exportación, datos de su monitoreo ambiental e impacto en la salud. • Inventario preliminar de los equipos y artículos que contienen PCB. Compromisos del Anexo A, Parte II. • Inventario preliminar de la liberación estimada de COP no intencionales (dioxinas, furanos, HCB y PCB coplanares) por cada fuente identificada. Este inventario debe ser integral e incluir las liberaciones 138 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana al aire, agua y suelo, su presencia en desechos y productos e indicadores de sitios contaminados por ellos. Esto lo comentaremos ampliamente más adelante. • Inventario preliminar de existencias acumuladas de COP, desechos, sitios y productos contaminados por COP. Información sobre su magnitud, localización, regulaciones relevantes, medidas de limpieza; evaluación de las oportunidades existentes para la eliminación de existencias obsoletas. • Evaluación de la capacidad de la infraestructura y de las instituciones, para realizar una gestión adecuada de los COP, con inclusión de las medidas de prevención, control y vigilancia. En lo que se refiere a estas últimas, evaluación de los laboratorios químicos de referencia analítica y de las necesidades y opciones para reforzar esta capacidad. • Descripción y evaluación de las políticas públicas, la legislación, los reglamentos y las normas relacionadas con la gestión de los COP y la capacidad nacional para garantizar su cumplimiento. • Compilación y resumen de los impactos conocidos sobre la salud humana y el medio ambiente relacionadas con los COP, incluyendo las liberaciones potenciales en el medio ambiente y las dimensiones de la población expuesta. Cabe incluir aquí a los sectores de la población que presentan un mayor riesgo, con especial énfasis en la salud ocupacional, infantil y de las mujeres. Identificación de las necesidades de investigación y vigilancia. • Evaluar e incluir un capítulo que describa los mecanismos (jurídicos, programas, políticas y actividades relacionadas) de concientización, información y educación de trabajadores y del público en torno a los COP, como recomienda la guía de UNITAR-IOMC y PNUMA. Incluir otro capítulo sobre las actividades de las ONG, que abarque a los grupos de interés público, de la industria y del área de investigación.7 Esto implica considerar el desarrollo y actualización de registros de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC) para cada COP, como señala el Art. 10 inciso 5 del Convenio de Estocolmo • Evaluar la infraestructura y capacidad para la investigación y el desarrollo de alternativas que eviten la formación y liberación de COP. Esta actividad incluye desarrollar los aspectos preventivos, de acuerdo a los compromisos adquiridos en el Convenio de Estocolmo (especial- 139 Capítulo IV mente el Art. 5 (c) (d), el Art. 9, fr.1 (b) y el Art. 11, fr.1), y que no son suficientemente señalados en la guía para elaborar el Perfil Nacional de gestión de productos químicos. Los inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales y las limitaciones del Toolkit del PNUMA. Según reconoce el PNUMA en el mundo hay un pequeño número de países que han realizado un inventario nacional que informe de las liberaciones de dioxinas y furanos. Para enero del 2001 sólo se identificaron 16 inventarios nacionales, casi todos ellos realizados en los países del Norte (Europa, Estados Unidos, principalmente). El PNUMA afirmaba también que la mayoría de estos inventaros son incompletos, obsoletos o carecen de una estructura uniforme; además que sólo unos cuantos inventarios se ocupan de las liberaciones distintas de las atmosféricas, es decir no de las liberaciones ambientales totales, que incluyen además las liberaciones al suelo, agua, con los residuos que se generen en la producción o del término de la vida útil del producto.viii En ello coincidían las observaciones de expertos ambientalistas quienes agregaban que muy pocos inventarios o programas de vigilancia incluyen en la actualidad información sobre los valores totales de TEQ para dioxinas, furanos, HCB y PCB coplanares, como indica el Convenio de Estocolmo.9 La elaboración de inventarios de dioxinas y otros COP no intencionales son parte importante de los compromisos de los gobiernos derivados del art 5 del Convenio de Estocolmo, como vimos en la tercera parte de esta Guía Ciudadana. Estos inventarios deben incluir la identificación de las fuentes que los generan y una estimación de las liberaciones totales ambientales. El PNUMA ha elaborado un documento, aún en calidad de borrador, para ayudar a los países en la preparación de los inventarios de dioxinas y furanos: el “Instrumental Normalizado para la Identificación y Cuantificación de Liberaciones de Dioxinas y Furanos” mejor conocido por su abreviación en inglés como el “Toolkit”. El Toolkit incluye cuatro componentes: a) una metodología para identificar los procesos industriales y no industriales que liberan dioxinas y furanos en cinco compartimentos o medios: atmósfera, agua, suelo, liberaciones con productos y liberacones en los residuos, para identificar cuáles de ellos son más importantes; b) directrices sobre el acopio de información para clasificar los procesos pertinentes, mediante cuestionarios para compilar datos específicos de planta o de procso; c) una base de datos detallada de factores de emisión para cada actividad y para cada medio que sean representativos, disponibles en achivos Excell; y d) directrices para el montaje y presentación de un inventario de manera que los resultados sean comparables. 140 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana El objetivo fundamental del Toolkit consiste en facilitar una estimación de la liberación anual media de dioxinas y furanos a cada vía (atmósfera, agua y tierra, en productos y residuos) para cada uno de las actividades identificadas como fuentes generadoras. Para ello se multiplica el nivel o tasa de actividad por el factor de emisión. El nivel o tasa de actividad son, por ejemplo, la cantidad de producto producido o material de entrada, o desechos generados por año, etc (ton o lts), de una instalación specífica o para todas estas instalaciones en un país ó región. El factor de emisión se refiere a la cantidad de dioxinas y furanos liberada a cada medio por unidad de actividad (desechos o productos producidos), expresada en microgramos de equivalentes de toxicidad ( ug EQT) por año. Por ejemplo para la incineración de desechos sólidos municipales se establece un factor de emisión a las emisiones atmosféricas y en los residuos (distinto según el tipo de tecnología de control de la contaminación) y esto se multiplica por el volumen de desechos quemados al año. Hay diversos métodos básicos para el cálculo de los factores de emisión: a) Las liberaciones medidas en cada medio individual de cada fuente individual por unidad de actividad (de abajo hacia arriba); b) Las liberaciones estimadas para cada medio con base en el rango de valores medido para las liberaciones de una categoría de fuente por unidad de actividad (de arriba hacia abajo); c) Los factores de emisión propuestos por el Toolkit del PNUMA, por los inventarios de otros países o por la literatura científica. El Toolkit propone una metodología en cinco etapas para la realización del inventario : 1) Aplicar la matriz de selección para identificar las principales categorías de fuentes de generación de dioxins y furanos existentes en un país (cuadro 23); 2) Revisar las subcategorías para identificar las actividades y fuentes existentes; 3) Acopiar información detallada sobre los procesos y clasificarlos en grupos similares aplicando el cuestionario normalizado; 4) Cuantificar las fuentes identificadas valiéndose de los factores de emisión por defecto en cada medio; 5) Utilizar la escala nacional para establecer el inventario completo y notificar los resultados utilizando las directrices que se dan en la forma normalizada. 141 Capítulo IV Cuadro 23 Matriz de Selección. Principales categorías de fuentes en el Inventario de dioxinas Núm Categoría Principal Atmósfera Agua Tierra Productos Residuos 1 Incineración de desechos X X 2 Producción de metales X X ferrosos y no ferrosos 3 Generación de energía y calefacción X X X 4 Productos minerales X X 5 Transportes X X 6 Procesos de combustión incontrolado X 7 Producción y uso de sustancias químicas y bienes de consumo X 8 Varios X X 9 Evacuación X X 10 Identificación de posibes “puntos calientes” (hotspots) X X X X X X Registro probable que irá seguido probablemente de una evaluación específica del lugar. Fuente: PNUMA, Productos Químicos. Instrumental normalizado para la identificación y cuantificación de liberaciones de dioxins y furanos. Borrador. Enero de 2001. Ginebra, Suiza, Cuadro 1, p. 21 Continúa 142 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana Las categorías son suficientemente amplias y abarcan gran diversidad de industrias, procesos y actividades conocidos como posibles causas de liberaciones de dioxinas y furanos. (X) Principal vía de liberación de dioxinas y furanos de cada categoría Se recomienda identificar los “puntos calientes” para una posterior evaluación específica, porque tienen el potencial de liberar dioxinas y furanos en el futuro. Pueden ser lugares donde se ha fabricado o se estàn fabricando productos contamindos con dioxinas y furanos. A pesar de que el toolkit del PNUMA promete una metodología “completa” para la realización de inventarios de dioxinas y furanos tiene importantes limitaciones que han sido señaladas por grupos como Greenpeace e IPEN, y que se resumen en el cuadro de la página siguiente. Según sus críticos la mayoría, si no es que todos los factores de emisión contenidos en el Toolkit se derivan de los valores medidos en las fuentes de unos cuantos países: Alemania, Holanda, Reino Unido y Estados Unidos. Incluso se pueden encontrar numerosos ejemplos de actividades en los que los factores de emisión dados por el Toolkit no son representativos de estos países y están subestimados (por ejemplo en los incineradores municipales y de residuos peligrosos) o no se da ningún factor de emisión (por ejemplo en la producción primaria de aluminio o en los hornos cementeros quemando residuos peligrosos). Los factores de de emisión atmosférica de dioxinas y furanos en el Toolkit, y la mayoría si no es que todas las fuentes, están basados en los métodos convencionales de muestreo cuyo análisis puede subestimar en mucho las emisiones reales de dioxinas. El método convencional de muestreo consiste en la toma de los gases de chimenea durante un período de seis horas para su análisis posterior. Este método puede conducir a errores de cálculo muy grandes, de hasta 30 a 50 veces, comparado con los resultados del análisis de un muestreo casi continuo por varios días. Este tipo casi continuo de muestreo es realizado en algunos países europeos y el equipo de medición se puede adquirir comercialmente. Un segundo factor que puede contribuir a grandes errores de cálculo en los factores de emisión astmosférica, es el llamado “efecto retardado” (“memory effect”) en el cual las dioxinas son liberadas muy lentamente, una vez formadas en la zona de post-combustión de los incineradores y otros sistemas de combustión. 10 143 Capítulo IV Cuadro 24 Limitaciones del Toolkit del PNUMA para la realización de inventarios de COP no intencionales • El manual sólo incluye a las dioxinas y no incluye la identificación y cuantificación de PCB o HCB cuando son producidos de manera no intencional. Considerando que la mayoría de las fuentes generadoras de dioxinas y furanos son también fuentes generadoras de PCB y HCB, se ahorrarían recursos y tiempo al hacer un inventario integral en lugar de un inventario de dioxinas y furanos y después otro del resto de COP no intencionales. • No incluye una lista completa de fuentes generadoras de dioxinas, aunque han sido identificadas por otros inventarios y por la literatura científica. Entre las fuentes no • • • • consideradas se encuentran la manufactura de numerosos compuestos industriales clorados, de plaguicidas, la combustión de llantas, el tratamiento municipal de aguas, entre otras. No considera los factores de emisión de los rellenos sanitarios como parte de las liberaciones de COP no intencionales al suelo, a pesar de que otros inventarios sí lo hacen. (*) No ofrece una estrategia para la identificación de las fuentes generadoras de dioxinas y furanos por lo que las fuentes no identificadas quedarían fuera de los inventarios y de los planes nacionales o regionales de acción. Esto tendría como consecuencia que no se podría recibir asistencia económica por el Convenio de Estocolmo para realizar acciones de reducción continua y posible eliminación de las fuentes no identificadas; es decir, una pérdida de oportunidades de asistencia y un costo ambiental y a la salud pública mayor. Los factores de emisión incluidos en el Toolkit no son suficientes, pues no incluyen un gran número de actividades generadoras de los COP no intencionales por lo que no permiten una estimación adecuada de las liberaciones a todos los medios físicos en cada fuente generadora; Los factores de emisión del Toolkit no son fidedignos, no representan adecuadamente el rango de liberaciones para cada medio, que ha sido medido en cada fuente generadora. Son incluso menores que aquellos reconocidos en los inventarios de dioxinas de las regiones más industrializadas y en la literatura científica. Los factores de emisión del Toolkit no son aplicables a las fuentes generadorasde dioxinas y furanos fuera de Europa Occidental y Estados Unidos debido a que no refleja adecuadamente el rango de liberaciones para cada medio ambiental que ha sido reportado en las fuentes generadoras en los países en desarrollo y con economías en transición. (*) En los anexos el lector podrá encontrar una lista de las fuentes de dioxinas y furanos no incluidas en el Toolkit, al igual que la lista de plaguicidas y sustancias químicas que durante su manufactura pueden también generar dioxinas y furanos. Fuentes: Adaptado de Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148. y de la misma autora: Inventories of dioxins and other by-products POPs. The myths and realities. Presentación en Power Point en la Conferencia 144 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana “ Persistent Organic Pollutants and Waste and Chemicals Policy”, República Checa, 6 de mayo del 2004. IPEN Dioxin, PCB and Waste Working Group Comments on the Standardized Toolkit for Identification and Quantification of Dioxin and Furan Releases. April 2004. www.ipen.org Para aplicar el Toolkit no se necesitan medir las emisiones por lo que no ofrece resultados exactos, como reconoce el documento borrador del PNUMA, sino de lo que se trata es de identificar rápidamente las principales fuentes y dar una imagen general; con la que los gobiernos puedan priorizar y dirigir sus esfuerzos para cumplir con los compromisos del Conveno de Estocolmo. Resulta también muy preocupante la enorme sobrestimación de los factores de emisión de dioxinas y furanos para la quema de leña y carbón en estufas caseras y de basura doméstica en barriles o pilas, al igual que la producida por los incendios forestales, especialmente si se usan como valores de referencia en la elaboración de los inventarios en los países en desarrollo y con economías en transición, como se puede apreciar en el cuadro siguiente: Cuadro 25 Comparación de los factores de emisión a la atmósfera entre el dioxin Toolkit y otras fuentes Dioxin Toolkit Otras fuentes Quema de madera limpia en estufas caseras 0.2 - 4.7 ng TEQ / kg 1.5 ng TEQ/kg 0.2- 0.9 TEQ/ kg 1 0.5 ng TEQ/kg Quema de carbón en estufas caseras 1 -7 ng TEQ /Kg 2 ng TEQ/kg 386.2 ng TEQ/kg Quema de basura doméstica en barriles y montones 300 ng TEQ/kg 5 ng TEQ/kg por yarda residuos 35 ng TEQ/kg basura doméstica3 Incendios Forestales 5 ng TEQ/kg 0.08 - 0.17 ng TEQ/kg4 108.5 to 663.9 ng TEQ/kg2 1 Environment Canada and the Hearth Products Association of Canada, 2000. Characterization of Organic Compounds from Selected Residential Wood Stoves and Fuels. Report ERMD 2000-01. Canada 2 Moche, W., Thanner, G. 1998. PCDD/ F-emissions from coal combustion in small residential plants. Organohalogen Cpds. 36:329-332. Continúa 145 Capítulo IV 3 Wevers. M., De Fre, R., desmedt. M., 2004. Effect of backyard burning on dioxin deposition and air concentrations. Chemosphere 54: 1351-1356. 4 Prange, J., Gaus, C., Weber, R., Papke, O., O., Muller, J., 2003. Assessing forest fire as a potential PCDD/ F source in Queensland, Australia. Environ. Sci. Tchnol. 37:4325-4329. Fuente: Pat Costner, Greenpeace International. Unidaed Científica. Comunicación personal. Si sumamos la subestimación de los factores de emisión de la incineración y de diversas actividades industriales o su falta de inclusión, lo que tenemos es que los gobiernos podrían concluir equivocadamente que su problema principal son las fuentes difusas como la quema en traspatio o quema de biomasa o incendios forestales, localizado principalmente en las áreas rurales o en la población, y restar importancia al aporte de las actividades industriales. Dadas las limitaciones actuales del borrador del Toolkit los países especialmente en vías de desarrollo y con economías en transición no pueden aplicar mecánicamente los factores de emisión propuestos en las actividades incluidas en este manual pues llevaría a tener una imagen parcial y distorsionada de la realidad¸ con la cual no se pueden diseñar planes de acción que establezcan prioridades fidedignas que cumplan eficazmente con el objetivo de reducir de manera contínua y eliminar cuando sea factible su generación. Los países deben revisar el Toolkit y completar los listados de fuentes generadoras de dioxinas y los otros COP no intencionales, y desarrollar una estrategia para su identificación. La División de Productos Químicos del PNUMA debe considerar las críticas realizadas a su borrador del Toolkit, corregirlo y presentar una nueva versión para la realización de inventarios integrales y responder de mejor manera a las particulares necesidades de los países en desarrollo y con economías en transición.11 Greenpeace recomienda que como estrategia para identificar las fuentes de generación de COP no intencionales se parta del supuesto de que todos los procesos industriales químicos y actividades en los cuales está involucrado el uso de cualquier forma de cloro deben ser considerados como fuentes sospechosas de ser productoras de dioxinas y otros COP no intencionales, a menos que se pruebe lo contrario, mientras que aquellas donde está ausente el uso de cloro se dejen pendientes para una consideración futura. La disponibilidad de cloro en cualquier forma –elemental, orgánico o inorgánico- es una característica definitoria de todos los procesos y actividades que generan dioxinas y furanos. Definida la disponibilidad de cloro como fundamento de la estrategia, se podría entonces continuar: a) evaluando la disponibilidad de los otros materiales -como los metales catalizadores- y las condiciones -tales como temperaturas- que son propicias para la formación de dioxinas y fura- 146 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana nos; y b) vigilar las emisiones de gases a la atmósfera, las descargas al agua, los residuos sólidos y los productos sospechosos de ser fuentes de PCDD/F. La estrategia de seguir la pista del uso del cloro y de los materiales que contienen cloro en las instalaciones de producción química, con el propósito de identificar aquellas fuentes potenciales de dioxinas y furanos, fue seguida por Dinamarca en la preparación de su inventario. De manera similar, el inventario de la Unión Europea anotó que “los procesos térmicos que involucran oxígeno y materiales con carbono y cloro son sospechosos en general de ser capaces de producir dioxinas y furanos”.12 Más allá de inventarios preliminares y cálculos estadísticos, lo cierto es que la única metodología que dará una idea clara de la emisión de dioxinas es la medición real de las instalaciones individuales de cada fuente generadora. La medición de dioxinas es una actividad costosa, si se desean medir con precisión todos los congeneres a través del spectómetro de masas y cromatografía de gases de alta resolución (GC/MS). Para un primer “barrido” sobre los niveles de dioxinas, diversos investigadores utilizan bionesayos como el ELISA o el CALUX. Estos bioensayos permiten la cuantificación general de la dioxina TCDD y compuestos de toxicidad similar. En esta estrategia los resultados positivos empleando los bioensayos podrían corroborarse con la cromatografía de gases masas de alta resolución, que es un método más preciso pero también más lento y costoso. Con los bioensayos es posible analizar alimentos (huevo, pescado, piensos para ganado), muestras biológicas (sangre y leche materna0 y suelo contaminado.13 TERCERA FASE. Evaluación de prioridades y definición de objetivos. El objetivo de esta etapa es desarrollar criterios que permitan fijar las prioridades nacionales para las acciones a realizar y establecer los objetivos a corto y largo plazo del PNA, de acuerdo con los compromisos del Convenio de Estocolmo. • Se revisará la información obtenida como resultado de las evaluaciones parciales desarrolladas en la fase anterior. • Los criterios que se establezcan deben considerar los impactos sobre la salud y medio ambiente, los aspectos socioeconómicos y el acceso a las alternativas. Se considerarán los requerimientos legales del Convenio de Estocolmo y los requerimientos de acuerdos nacionales, regionales o internacionales relevantes, como por ejemplo, los de los convenios de Basilea y de Rótterdam. 147 Capítulo IV • La guía pone énfasis en que el Comité Nacional de Coordinación trabaje de manera amplia con diversos grupos de interés reunidos en un solo grupo o en talleres para discutir los objetivos a corto y largo plazo. CUARTA FASE. Formulación del Plan Nacional de Aplicación En esta fase se revisan las opciones y medidas disponibles para cumplir con las obligaciones que establece el Convenio de Estocolmo y con las prioridades establecidas por el país. El Plan Nacional de Aplicación debe contener los planes de acción para los diversos tipos de COP, de acuerdo al Convenio, y la identificación de necesidades de asistencia técnica y financiera. • Para cada grupo de COP se sugiere incluir los pasos necesarios para determinar las necesidades de recursos, sus implicaciones, la evaluación de costo-beneficio y costo-efectividad. La Guía del GEF invita a que se adopte un enfoque holístico en esta revisión de opciones.14 • Los planes de acción y las medidas planeadas deben de estar en coordinación con los programas existentes sobre el desarrollo sustentable en los programas particulares de manejo de sustancias químicas, manejo integrado de plagas, manejo integrado de vectores, manejo apropiado de residuos y control de la contaminación industrial. Se sugiere incluir en el PNA indicadores o medidas de desempeño, para determinar la efectividad de las medidas adoptadas. • El PNA debe contar con una estrategia nacional para la información, la creación de conciencia y la formación del público, que responda a todos los compromisos derivados del artículo 10 del Convenio de Estocolmo. Esto incluye el diseño de campañas educativas amplias y masivas, utilizando diversos medios de comunicación que informen, creen con ciencia y eduquen al público sobre los efectos ambientales y para la salud ocasionados por los COP, especialmente entre las mujeres, los niños y los sectores menos educados de la población, y también sobre las alternativas a los COP. Deben existir programas de capacitación para trabajadores, personal técnico, científicos y educadores, al igual que una estrategia que garantice el acceso público de toda esta información, de manera regular y actualizada. El Convenio sugiere establecer centros de información nacional y regional para tal fin. • De igual modo, el PNA debe incluir una estrategia para cumplir con los compromisos de intercambio de información que señala el Art. 9 del Convenio, en especial sobre las alternativas a los COP, así como sobre las opciones para su reducción/eliminación que, tal como lo señalan las 148 El Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo y la Participación ciudadana directrices del GEF, resulta fundamental para el éxito a largo plazo del Convenio. Es obligación de las Partes el designar un centro nacional de coordinación para facilitar este intercambio de información, tanto en el interior del país como con el extranjero. El acceso público a esta información es necesario para garantizar una amplia participación ciudadana en la aplicación del plan nacional. • El PNA debe incluir una estrategia para potenciar las capacidades en materia de investigación y vigilancia de los COP y de su impacto en la salud y el medio ambiente. La estrategia debe considerar especialmente la recomendación del Convenio de Estocolmo sobre los efectos de los COP en la salud reproductiva (Art.11, fr. 2 d), así como un mecanismo institucional de revisión, y la consulta nacional como forma de participar en la discusión para incorporar nuevas sustancias COP al Convenio de Estocolmo. QUINTA FASE Respaldo amplio del PNA y envío a la COP del Convenio de Estocolmo • El objetivo de esta fase es comunicar de manera clara el alcance, la necesidad y el propósito y valor del PNA. Incluye la elaboración de materiales de comunicación y una consulta pública nacional amplia para recibir e incorporar los comentarios. Con ello se espera tener un mayor respaldo político al PNA. Finalmente se requiere el respaldo al PNA y el compromiso de su cumplimiento, por parte de las diversas dependencias involucradas (secretarías o ministerios del gobierno etc.). Se debe diseñar un mecanismo de actualización, revisión y entrega de informes. El resultado final de esta fase es su envío a la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo. SEXTA FASE. Ejecución del PNA del Convenio de Estocolmo. • Incluye la puesta en práctica de los diversos planes de acción y el mecanismo de actualización, revisión y entrega de informes a la Conferencia de las Partes, de acuerdo al Art. 7 del Convenio. Los plazos de revisión y entrega de informes serán establecidos por la propia Conferencia, sin embargo, en el caso de los PCB se debe informar cada cinco años sobre los progresos hechos en su eliminación, tal como se describe en el anexo I, parte II del Convenio. De igual modo el Art. 5 establece que se debe realizar una revisión quinquenal del éxito de las 149 estrategias destinadas a la reducción creciente y eliminación cuando sea factible, de las dioxinas, furanos, HCB y PCB producidos de manera no intencional. • En la revisión y actualización del PNA se debe garantizar la participación de los diversos grupos de interés, incluidos los grupos de mujeres y aquellos que se ocupan de la salud de los niños. 150 QUINTO CAPÍTULO Derechos y demandas ciudadanas. 5.1 El derecho humano a la salud y a un medio ambiente sano 5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información en los PNA del Convenio de Estocolmo 5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños 5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO Capítulo V Derechos y Demandas Ciudadanas Derechos y demandas ciudadanas 5.1 El derecho humano a la salud y a un medio ambiente sano. La producción y liberación ambiental de COP viola derechos humanos fundamentales, como son los derechos a la salud, los derechos de las mujeres y de los niños, el derecho a una alimentación sana, libre de contaminantes, y a un medio ambiente adecuado a la dignidad y desarrollo del ser humano. Los derechos humanos constituyen el fundamento que legitima el Estado de Derecho moderno, en la medida en que esa forma de Estado nace precisamente para proteger lo que antes se llamaba “derechos naturales” de los ciudadanos frente a los poderes constituidos, y que actualmente se conocen como derechos de la ”primera generación”,o libertades básicas, es decir, los derechos civiles y políticos, tales como el reconocimiento de que todos los seres humanos son por naturaleza igualmente libres e independientes y exigen respeto a su integridad física;la libertad de expresión, de prensa, de reunión; el derecho político a la participación popular en el gobierno y otros derechos y libertades fundamentales. Gracias a las luchas de los trabajadores y ciudadanos se exigió la intervención del Estado para garantizar a los individuos una “segunda generación” de derechos: los derechos de la igualdad o derechos económicos, sociales y culturales (como el acceso a la educación, la vivienda, la salud, el trabajo, la seguridad social). Y en las últimas décadas se han reconocido los llamados “derechos de la tercera generación”, que tienen como valor fundamental la solidaridad: el derecho a la paz y el derecho a un medio ambiente sano.1 El reconocimiento de los derechos humanos emana de la lucha política por la dignidad humana a través de la historia, no pueden considerarse como concesiones del Estado. De hecho, los gobiernos neoliberales quieren desentenderse de sus obligaciones políticas respecto al conjunto de derechos humanos en materia de prestaciones sociales y de un medio ambiente sano, para dejar 153 Capítulo V que sea el “libre juego” del mercado el que asigne mejor los recursos y el acceso a los bienes colectivos. Los derechos de toda persona a la salud y a un medio ambiente apropiado para su pleno bienestar, físico y espiritual son derechos humanos de validez universal y constituyen expresiones del derecho fundamental a una calidad de vida donde se respete la dignidad de las personas. Es decir, son derechos que le deben ser reconocidos a cualquier persona por el hecho de serlo, por el respeto a su dignidad intrínseca, sin importar su raza, religión, sexo, nivel de escolaridad o nivel de ingresos. Expresan una conciencia de la unidad, de pertenencia e interdependencia de cada ser humano con todos los demás, con la naturaleza, con el pasado cultural y con las generaciones futuras. Los derechos humanos deben considerarse de una manera integral, como universales, indivisibles e interdependientes, según lo reconocen los acuerdos internacionales en esta materia, como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por las Naciones Unidas y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o Protocolo de San Salvador.2 La salud no significa la ausencia de enfermedades sino un estado de completo bienestar físico, mental y social, como lo reconoce la propia Organización Mundial de la Salud. El derecho a la salud no significa el derecho a no enfermarse sino a lograr que este bienestar esté garantizado y protegido por la acción de los gobernantes. No se puede lograr un bienestar físico, un cuerpo sano y una mente sana si el ambiente que nos rodea está contaminado y atenta contra nuestro bienestar, como en el caso de los COP, que entran a nuestro cuerpo desde el momento de la concepción y el embarazo. La defensa de las mujeres por una salud reproductiva libre de contaminantes, la lucha de los trabajadores por condiciones de seguridad e higiene en su trabajo, las acciones de las comunidades por conservar limpios su suelo y agua de los contaminantes industriales, la demanda de los consumidores por productos no contaminados, todas ellas son expresiones múltiples de una aspiración individual y colectiva acorde con el ejercicio pleno de estos derechos a la vida. Un gran número de gobiernos ha reconocido explícitamente el derecho a la salud y a un medio ambiente sano de sus gobernados en la Constitución Política, que es el conjunto de las normas supremas de un país, las de mayor jerarquía, las que están por encima de leyes y reglamentos que no deben ser contrarias a ella. En este sentido es una obligación jurídica de los gobernantes velar por el respeto y cumplimiento de estos derechos de sus gobernados y diseñar las instituciones, leyes, reglamentos y políticas que garanticen el ejercicio de tales derechos. 154 Derechos y demandas ciudadanas Los tratados ambientales internacionales, al establecer derechos y compromisos entre los gobiernos, pueden contribuir a mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente, en beneficio del ejercicio pleno de estos derechos individuales y colectivos. Hay que recordar que el propio Convenio de Estocolmo establece como objetivo general la protección de la salud humana y el medio ambiente de los efectos de los COP. La firma y ratificación de los tratados internacionales por los gobiernos significa que estos compromisos entran a formar parte de las obligaciones legales nacionales entre los gobernantes y los gobernados y deben contribuir a la plena vigencia de estos derechos. 5.2 El derecho a la participación ciudadana y a la información en los PNA del Convenio de Estocolmo Los efectos nocivos de los COP en la salud humana y medio ambiente los convierten en un problema no sólo individual sino colectivo. Son contaminantes que repercuten negativamente en la salud pública y alteran la integridad y el equilibrio ecológicos. Las decisiones que los gobiernos tomen para controlar o eliminar su formación y liberación ambiental son decisiones que nos afectan a todos, hombres y mujeres, tarde o temprano. El derecho a participar en las decisiones relacionadas con los COP es un derecho legítimo de los ciudadanos para velar por una efectiva protección de los derechos humanos a la salud y un medio ambiente. Los intereses particulares que se han beneficiado de la producción industrial o no intencionada de los COP no pueden prevalecer sobre el interés colectivo en las decisiones que tomen los gobiernos, si es que pretenden fortalecer una política ambiental democrática. En 1992, los gobiernos reconocieron en el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos, la que debe facilitarse y fomentarse, haciendo accesible la información ambiental de que dispone la autoridad pública. El Principio 10 hace especial mención a la participación pública en las decisiones relacionadas con los materiales y actividades que representen un peligro para sus comunidades. El acceso público a la información gubernamental es condición indispensable para dar transparencia a las decisiones de los servidores públicos, y forma parte de los mecanismos de rendición de cuentas de los gobernantes en las sociedades democráticas. El acceso a la información ambiental es indispensa- 155 Capítulo V ble para aumentar la conciencia acerca de los problemas ambientales y la participación de la población en las políticas públicas. Una sociedad civil bien informada podrá participar de mejor manera en la discusión de los problemas que le afectan. La participación ciudadana es también una fuente adicional de información y de conocimiento para los encargados de la toma de decisiones, junto con el conocimiento técnico y científico que puedan aportar los especialistas. En el derecho ambiental internacional destaca el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Acceso a la información ambiental, la participación pública en la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en materia ambiental, adoptado en Aarhus, Dinamarca, el 25 de junio de 1998. Este convenio fue acordado entre los 55 países que junto con Estados Unidos forman la Comisión de las Naciones Unidas para Europa.3 El convenio establece el compromiso de los gobiernos de garantizar el acceso a la información sobre el medio ambiente, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de contribuir a proteger el derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente que permita garantizar su salud y bienestar. La Unión Europea y Estados Unidos, entre otros gobiernos han reconocido mediante leyes generales el derecho al acceso público a la información gubernamental y/o a la información ambiental. En América Latina, México y Argentina han aprobado muy recientemente leyes de acceso público a la información ambiental. Como hemos señalado en la tercera parte del libro, el Convenio de Estocolmo dedica todo el artículo 10 al tema de la información, concientización y educación del público; y la guía del GEF para la elaboración del plan nacional de aplicación del convenio recomienda la consulta y participación pública desde la primera fase de elaboración del plan. De acuerdo al artículo 10, los gobiernos deben promover y facilitar el acceso del público a: • Toda la información disponible sobre los COP, teniendo en cuenta que no será confidencial aquella relacionada con la salud, la seguridad humana y el medio ambiente. • La información sobre los efectos de los COP en la salud y el medio ambiente, con especial referencia a que se elaboren programas de 156 Derechos y demandas ciudadanas formación y concientización pública, especialmente para mujeres, niños y personas con menor escolaridad. • La información e investigación sobre las alternativas a los COP, pudiendo establecerse centros de información nacional o regional. Además tendrán derecho: • A que toda esta información se mantenga actualizada, sea oportuna y se brinde de manera regular. • A que se proporcione esta información a través de la difusión de fichas de seguridad, informes, y mediante otros medios de divulgación y de comunicación. • A que se estudie la posibilidad de establecer el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), donde los contaminadores deben reportar anualmente las cantidades de COP que se liberan al ambiente o que se transfieren para su eliminación o tratamiento. • A conocer los resultados de las investigaciones y la vigilancia respecto de los niveles de COP en el ambiente y en el ser humano, y de su impacto en la salud reproductiva, de manera oportuna y regular (Art. 11). Todos estos compromisos informativos exigen una política de comunicación amplia y una coordinación entre las distintas autoridades ambientales, de salud pública, educativas y dedicadas a la investigación y promoción científica y tecnológica; así como una coordinación entre las autoridades federales y los gobiernos de los estados en el interior del país. 5.3 El acceso a la justicia y a la compensación de daños Hay aspectos que no están cubiertos por el Convenio de Estocolmo y toca a los gobiernos hacerse cargo de ellos, como son los relacionados con el acceso a la justicia ambiental y la compensación de los daños a la salud y el medio ambiente que ha provocado la producción intencional o no de los COP. Es indudable que la producción industrial de COP ha creado una deuda ambiental a lo largo del tiempo, una huella ecológica en los ambientes donde se ha desarrollado y un impacto en la salud de las comunidades vecinas y más allá. La localización histórica de la producción y formulación de plaguicidas organoclorados, el uso de cloro y sus derivados para el blanqueo de papel en las fábricas de celulosa y las demás fuentes generadoras de dioxinas y furanos son actividades cuyo impacto debe ser evaluado para establecer prioridades en las actividades de limpieza y compensación de daños. 157 Capítulo V El Convenio establece que se debe realizar un inventario de sitios contaminados con COP, sobre todo de aquellos que se conocen como “hot spots”o “puntos calientes”, y cuya limpieza puede formar parte del Plan Nacional de Aplicación. ¿Quién pagará estos programas de limpieza ambiental? ¿Quién pagará los gastos de evaluación del daño a la salud de las comunidades expuestas? No todo podrá ser resuelto con los apoyos de asistencia técnica y financiera externa. Se deben evaluar distintos mecanismos de financiamiento interno. Habrá que aplicar el principio de que “el que contamina paga”, para que los responsables de la generación de COP contribuyan a costear estos gastos; y habrá que examinar también varios instrumentos económicos para lograr tal fin. Los ciudadanos deben exigir a los gobiernos que las corporaciones asuman plenamente su responsabilidad, más allá de los códigos de conducta e iniciativas voluntarias, mediante mecanismos de rendición de cuentas (corporate accountability) que las obliguen a pagar el daño que producen.4 Para ello habría que evaluar diferentes instrumentos económicos y aprender de la experiencia internacional para adoptarla a las condiciones nacionales. Para financiar la eliminación de los COP se han propuesto algunos instrumentos económicos, tales como el impuesto ecológico a las emisiones y descargas y el impuesto sobre el uso de cloro en la producción de ciertos productos que son conocidos generadores de dioxinas y furanos. Estas medidas pueden ser complementarias a las prohibiciones y a los objetivos de reducción del uso de productos y materiales que puedan generar COP. 5.4 Por una política ambiental preventiva y democrática. La aplicación del Convenio de Estocolmo puede permitir a los gobiernos fortalecer una política pública preventiva y democrática; para ello deben alejarse de las políticas neoliberales que pretenden que sea el mercado el que tome las decisiones principales en materia ambiental, de salud pública o del desarrollo industrial. La apertura comercial indiscriminada; la reducción del gasto público; el trato privilegiado a los inversionistas extranjeros, relajando los requisitos de protección ambiental; la autorregulación industrial sobre las medidas de control, todas ellas son medidas impuestas por la política neoliberal y constituyen un obstáculo para impulsar políticas públicas comprometidas con la protección de la salud y del medio ambiente. Resolver los problemas ambientales y de salud pública creados por la producción de los COP no es un problema principalmente técnico, sino que es un asunto fundamentalmente político, porque requiere la discusión pública y 158 Derechos y demandas ciudadanas nuevas formas de control social sobre las decisiones que hoy se hallan exclusivamente en manos empresariales privadas. Si la producción voluntaria de sustancias químicas y productos contamina el medio ambiente, debido a sus características intrínsecas de persistencia y bioacumulación, además de dañar de manera irreversible la salud de la población, entonces es derecho de la población participar en la discusión de cómo resolver el problema. La discusión central es cómo cambiar lo que se produce y la forma cómo se produce, para que no sean fuente generadora de contaminación y de daño a la salud. Este es el argumento de un nuevo movimiento ambiental ciudadano que cuestiona un modelo de regulación que impone riesgos a la población, sin consultarla, y que exige sacrificios para mantener un crecimiento económico que beneficia sólo a una minoría.5 El Convenio de Estocolmo, en su artículo 5, como hemos visto en la tercera parte de este libro, establece que los gobiernos, en el plan de aplicación del Convenio deben, como mínimo, promover el desarrollo y requerir el uso de sustitutos, materiales modificados, productos y procesos para prevenir la formación y emisión de los COP no intencionales, con la finalidad de reducir al mínimo, y cuando sea posible eliminar, las fuentes de generación de dioxinas y furanos. Este es un compromiso y una decisión política que requiere que los gobiernos promuevan la identificación y evaluación de alternativas a cada una de las fuentes generadoras de dioxinas y que abren los espacios de participación ciudadana para incorporar las experiencias nacionales e internacionales existentes. La aplicación de este principio de sustitución debe ser parte de la definición estratégica en el plan nacional de aplicación del Convenio de Estocolmo. La aplicación del principio de sustitución es parte de una política preventiva, que busca evitar los daños antes de que se produzcan. No hay riesgo que valga si puede ser evitado. La decisión de cómo resolver el problema de la contaminación por los COP no puede delegarse únicamente en unos cuantos “expertos”, que por razones de evaluación de riesgos, o de un análisis costo-beneficio, definen el problema de la contaminación como un problema cuantitativo, a fin de establecer los “límites tolerables” que puede soportar un medio físico determinado o las cantidades diarias admisibles ingeridas en los alimentos. Este enfoque, propio del paradigma del control de las sustancias químicas, tiene serias limitaciones: no considera el impacto total acumulado de la contaminación emitida desde diversas fuentes a un ecosistema o región; tampoco evalúa la interacción de varias sustancias tóxicas en el cuerpo humano; y no considera las ventanas especiales de vulnerabilidad que se producen en las primeras semanas de gestación, en la adolescencia o en la vejez. El paradigma del control funciona con el axioma de que “la dosis hace al veneno”, cuan- 159 Capítulo V do las investigaciones sobre los COP y otros “disruptores hormonales” indican que es no sólo la dosis, sino el momento cuando se produce la exposición, lo que define el riesgo de la sustancia analizada.6 Frente a la crisis del paradigma del control de las sustancias químicas, surge la necesidad de desarrollar un nuevo modelo de regulación, basado en la prevención y en el reconocimiento de que la definición y aceptación de los riesgos requiere de un proceso de discusión y de definición política, además de la aplicación de metodologías científicas. Este modelo preventivo se basa en varios elementos, como son la aplicación del principio precautorio en casos de incertidumbre científica, el derecho ciudadano a conocer el uso y emisión de sustancias tóxicas, el principio de sustitución de las sustancias y materiales peligrosos cuando haya alternativas viables y menos riesgosas, y la promoción de formas de producción limpia y de mecanismos de extensión de la responsabilidad del productor, que hemos descrito al final de la primera parte de esta guía.7 La búsqueda de alternativas a la incineración de los residuos municipales, peligrosos y hospitalarios, incluida la quema de residuos clorados en hornos de cemento, es una demanda ciudadana internacional y debe ser parte de una política ambiental preventiva que busque alternativas a las fuentes generadoras de dioxinas y otros COP producidos de manera involuntaria. Como hemos visto en la primera parte, las regulaciones actuales de control de dioxinas y furanos en los incineradores presentan serias limitaciones, los requerimientos de medición una vez o dos veces al año son insuficientes, los métodos de medición convencionales subestiman la emisión real de dioxinas, y los equipos de control y captura de estos y otros contaminantes son cada vez más caros. Hemos señalado también en la tercera parte del libro, que ya existen evaluaciones de las alternativas tecnológicas sin combustión para el tratamiento de existencias acumuladas de COP y otros residuos que están operando a escala comercial en varios países, y también de otras tecnologías alternativas que están emergiendo. Los países en desarrollo y con economías en transición deben someter a la consideración de sus ciudadanos la alternativa de seguir siendo los receptores de tecnologías sucias, como los incineradores, o aspirar a tecnologías más limpias, con adecuados programas e iniciativas de cooperación y asistencia técnica. Por otra parte, la incineración de residuos hospitalarios y municipales es totalmente innecesaria y prescindible, si se implementan adecuados sistemas de separación y manejo de estos residuos. La plena aplicación del Convenio de Estocolmo por parte de los gobiernos requiere la vigilancia y participación ciudadana a través de mecanismos institucionales, mediante procedimientos amplios, transparentes y 160 Derechos y demandas ciudadanas democráticos. La participación ciudadana no puede limitarse a consultas rápidas para legitimar decisiones ya tomadas. Estas formas simuladas de participación deben sustituirse por mecanismos de consulta y participación en un comité multisectorial amplio, que involucre no solo a los grupos ambientales, sino también a aquellos dedicados a la protección de la salud y los derechos de las mujeres, de los niños, de los trabajadores y de las poblaciones indígenas, como hemos señalado al analizar el capítulo 10 del Convenio y las fases del plan nacional de su aplicación. Los gobiernos deben informar a sus ciudadanos y abrir la discusión para definir las posiciones sobre los asuntos pendientes que debe resolver la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo, a partir de su primera reunión en mayo de 2005, tales como: a) la revisión e incorporación de nuevos COP al Convenio y las medidas a tomar para su reducción o eliminación mundial; b) la discusión y aprobación de las guías sobre las Mejores Prácticas Ambientales y las Mejores Técnicas Disponibles para reducir continuamente y, cuando sea posible, eliminar las fuentes de generación de las dioxinas y otros COP producidos de manera no intencional. En esta discusión es de extrema importancia asegurar el rol central otorgado a las alternativas que eviten y no solo reduzcan la generación de COP. El siglo XXI debe dar un salto cualitativo en el control social de la expansión del mercado de sustancias químicas; hasta el momento la mayoría de las sustancias químicas entraron al mercado sin contar con suficiente información sobre sus efectos en la salud y el ambiente que demuestre que son seguras. La EPA de Estados Unidos estima que menos del 10% de las 2. 800 sustancias químicas producidas en gran volumen en Estados Unidos tienen información básica disponible sobre su nivel de peligrosidad, y en Europa se calcula que sólo el 14% cuenta con esta información completa. Aún menos se sabe de las sustancias químicas producidas en pequeñas cantidades o de la mezcla de sustancias químicas. Esta falta de evidencias sobre la toxicidad de las sustancias químicas es a menudo mal interpretada como evidencia de su seguridad.8 La humanidad y el planeta han pagado ya las consecuencias de este gran experimento social; es tiempo de revertir esta tendencia. La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sustentable, reunida en septiembre del 2003 en Johannesburgo, para revisar los avances de la Agenda 21, aprobó en su plan de aplicación el objetivo de “lograr para el año 2020 que las sustancias químicas sean usadas y producidas de modo que tiendan a una reducción significativa de los efectos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente”. Con este antecedente, la Organización de las Naciones Unidas ha llamado a la comunidad internacional a discutir un Enfoque Estratégico para 161 Capítulo V el Manejo Internacional de las Sustancias Químicas (SAICM su sigla en inglés), cuya primera reunión se celebró en Bangkok, Tailandia, en noviembre de 2003, y que continuará en los próximos años. Elemento importante a considerar en estas discusiones son las recomendaciones del Foro Internacional de Seguridad Química (FISQ) -donde participan por igual gobiernos, organizaciones ciudadanas y de la industria- que proponen un concepto de seguridad química basado en la prevención de los daños. ”La Seguridad Química es la prevención de los efectos adversos, a corto y largo plazo, que presentan, para los seres humanos y el medio ambiente, la fabricación, el almacenamiento, el transporte, el uso y la eliminación de productos químicos”. 9 En este contexto es importante saber que la Comisión de la Unión Europea presentó en febrero de 2001 una propuesta, y en mayo del 2003, un primer borrador legislativo para una nueva estrategia y un marco de manejo integrado de sustancias químicas llamado REACH (su sigla en inglés), para el registro, evaluación y autorización de las sustancias químicas. Esta propuesta pasará luego, para su discusión y aprobación, al Parlamento Europeo y al Consejo de Ministros, para finalizar en el año 2005 y entrar en vigor en 2006.10 Esta iniciativa requiere que las empresas asuman la carga de la prueba, paguen y presenten la información básica de todas las sustancias químicas en el mercado, incluyendo información de riesgos a través del ciclo de vida de cada una de ellas, realicen una evaluación rápida de los riesgos químicos y la substitución de aquellas sustancias de mayor preocupación. Si no se presenta la información requerida, las sustancias químicas no se podrán usar y vender en el mercado. Toda la información debe estar disponible al público y si no es así, la empresa debe justificar las razones para retenerla. La iniciativa incluye la restricción de sustancias químicas que producen cáncer, mutagénesis, efectos reproductivos y que son persistentes. Aunque los sindicatos europeos han propuesto medidas para su mejoramiento y la propuesta legislativa de 2003 debilita algunas propuestas originales presentadas en 2001, REACH representa un avance en el modelo de regulación internacional de sustancias químicas.11 La iniciativa REACH fue y será objeto de una fuerte presión por parte del gobierno de Estados Unidos, por el temor de que pueda afectar los intereses estadounidenses en Europa y por el impulso que pueda dar a las discusiones internacionales en esta materia. Existió incluso cabildeo norteamericano en los países en desarrollo, para que expresaran su preocupación en este asunto.12 Los ciudadanos de los países del Sur, junto con los trabajadores y grupos ciudadanos de los países de América del Norte y de Europa, deben estar informados de las discusiones sobre el futuro de la política internacional de control de las sustancias químicas -especialmente las que son tóxicas, persistentes y 162 Derechos y demandas ciudadanas bioacumulables - y tener formas de participación para expresar sus preocupaciones y propuestas en ls discusiones de SAICM. Miembros de IPEN seguirán participado en estas discusiones.13 La crítica a la globalización neoliberal corporativa ha traído como consecuencia el surgimiento de una conciencia ciudadana que proclama que “otro mundo es posible”; un mundo alternativo a los intereses de la ganancia rápida y la acumulación de capital como medida del éxito económico; un mundo donde se exploren nuevas formas de cooperación económica y de comercio justo. También son parte de esta lucha internacional los esfuerzos por crear sistemas de producción de alimentos sanos y formas de producción industrial limpia, que incluyan la eliminación global de los COP, para prevenir el envenenamiento de los trabajadores y de las comunidades, así como la contaminación del planeta. 163 164 ANEXOS A.1 Países que han firmado y los que son parte contratante del Convenio de Estocolmo A.2 Selección de Fuentes identificadas de dioxinas no incluidas en el Toolkit del PNUMA A.3 Plaguicidas que se sabe ó sospecha que durante su produccíon se generan dioxinas o furanos A.4 Sustancias químicas que durante su producción pueden generar dioxinas y furanos INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO ANEXOS Anexo 1 Países que firmaron y los que son parte contratante del Convenio de Estocolmo Ratificación. Aceptación (A). País Albania Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) 5 Diciembre 2001 4 Octubre 2004 Alemania 23 Mayo 2001 25 Abril 2002 Antigua and Barbuda 23 Mayo 2001 10 Septiembre 2003 Argelia 5 Septiembre 2001 Argentina 23 Mayo 2001 25 Enero 2005 Armenia 23 Mayo 2001 26 Noviembre 2003 Australia 23 Mayo 2001 20 Mayo 2004 Austria 23 Mayo 2001 27 Agosto 2002 Azerbaiján Bahamas 20 Marzo 2002 Bahrain 22 Mayo 2002 Bangladesh 23 Mayo 2001 Barbados Belarús 13 Enero 2004 (a) 7 Junio 2004 (a) 3 Febrero 2004 (a) Continúa 167 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) Bélgica 23 Mayo 2001 Belice 14 Mayo 2002 Benin 23 Mayo 2001 6 Enero 2004 Bolivia 23 Mayo 2001 3 Junio 2003 Bosnia and herzegovina 23 Mayo 2001 Botswana 28 Octubre 2002 Brasil 23 Mayo 2001 Brunei Darussalam 21 Mayo 2002 Bulgaria 23 Mayo 2001 20 Diciembre 2004 Burkina Faso 23 Mayo 2001 31 Diciembre 2004 Burundi 2 Abril 2002 2 Agosto 2005 Camboya 23 Mayo 2001 Camerún 5 Octubre 2001 16 Junio 2004 Canadá 23 Mayo 2001 23 Mayo 2001 Chad 16 Mayo 2002 10 Marzo 2004 Chile 23 Mayo 2001 China 23 Mayo 2001 Colombia 23 Mayo 2001 Comoros 23 Mayo 2001 Comunidad Europea 23 Mayo 2001 Congo (a) 13 Agosto 2004 16 Noviembre 2004 (AA) 4 Diciembre 2001 Continúa 168 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) Costa de Marfil 23 Mayo 2001 Costa Rica 16 Abril 2002 Croacia 23 Mayo 2001 Cuba 23 Mayo 2001 Dinamarca2 23 Mayo 2001 17 Diciembre 2003 15 Noviembre 2001 11 Marzo 2004 Djiboutia Dominica Ecuador 20 Enero 2004 8 Agosto 2003 28 Agosto 2001 7 Junio 2004 Egipto 17 Mayo 2002 2 Mayo 2003 El Salvador 30 Julio 2001 Emiratos Arabes Unidos 23 Mayo 2001 (a) 11 Julio 2002 Eslovaquia 5 Agosto 2002 Eslovenia 4 Mayo 2004 España 23 Mayo 2001 28 Mayo 2004 Estados Unidos 23 Mayo 2001 Etiopía 17 Mayo 2002 9 Enero 2003 Ex República Yugoslava de Macedonia 23 Mayo 2001 27 Mayo 2004 Federación Rusa 22 Mayo 2002 Fiji 14 Junio 2001 20 Junio 2001 Filipinas 23 Mayo 2001 17 Febrero 2004 Finlandia 23 Mayo 2001 3 Septiembre 2002 (A) Continúa 169 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) Francia 23 Mayo 2001 17 Febrero 2004 Gabón 21 Mayo 2002 Georgia 23 Mayo 2001 Ghana 23 Mayo 2001 30 Mayo 2003 Grecia 23 Mayo 2001 23 Mayo 2001 Guatemala 29 Enero 2002 Guinea 23 Mayo 2001 Guinea-Bissau 24 Abril 2002 Haiti 23 Mayo 2001 Honduras 17 Mayo 2002 Hungría 23 Mayo 2001 India 14 Mayo 2002 Indonesia 23 Mayo 2001 Irlanda 23 Mayo 2001 Islandia 23 Mayo 2001 (AA) 23 Mayo 2005 29 Mayo 2002 Islas Cook 29 Junio 2004 (a) Islas Marshall 27 Enero 2003 (a) Islas Solomon 28 Julio 2004 (a) Israel 30 Julio 2001 Italia 23 Mayo 2001 Jamaica 23 Mayo 2001 Continúa 170 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Japón Aprobación (AA). Adhesión (a) 30 Agosto 2002 Jordania 18 Enero 2002 Kazajastán 23 Mayo 2001 Kenia 23 Mayo 2001 Kirguizistán 16 Mayo 2002 8 Noviembre 2004 24 Septiembre 2004 Kiribati 4 Abril 2002 Kuwait 23 Mayo 2001 Latvia 23 Mayo 2001 28 Octubre 2004 Lesotho 23 Enero 2002 23 Enero 2002 Líbano 23 Mayo 2001 3 Enero 2003 Liberia 7 Septiembre 2004 23 Mayo 2002 Liechtenstein 23 Mayo 2001 Lituania 17 Mayo 2002 Luxemburgo 23 Mayo 2001 Madagascar 24 Septiembre 2001 (a) (a) 3 Diciembre 2004 7 Febrero 2003 Malasia 16 Mayo 2002 Malawi 22 Mayo 2002 Mali 23 Mayo 2001 Malta 23 Mayo 2001 Marruecos 23 Mayo 2001 15 Junio 2004 Mauricio 23 Mayo 2001 13 Julio 2004 5 Septiembre 2003 Continúa 171 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) Mauritania 8 Agosto 2001 22 Junio 2005 México 23 Mayo 2001 10 Febrero 2003 Micronesia (Estados Federales de) 31 Julio 2001 15 Julio 2005 Mónaco 23 Mayo 2001 20 Octubre 2004 Mongolia 17 Mayo 2002 30 Abril 2004 Mozanbique 23 Mayo 2001 Myanmar 19 Abril 2004 Nauru 9 Mayo 2002 Nepal 5 Abril 2002 Nicaragua 9 Mayo 2002 23 Enero 2001 Níger 12 Octubre 2001 Nigeria 23 Mayo 2001 Niue 12 Marzo 2002 Noruega 23 Mayo 2001 11 Julio 2002 Nueva Zelanda 23 Mayo 2001 24 Septiembre 2004 Omán 4 Marzo 2002 Países Bajos 23 Mayo 2001 Pakistán (a) 24 Mayo 2004 28 Enero 2002 A 6 Diciembre 2001 Palau 28 Marzo 2002 Panamá 23 Mayo 2001 5 Marzo 2003 Papua New Guinea 23 Mayo 2001 7 Octubre 2003 Continúa 172 Ratificación. Aceptación (A). País Paraguay Firma 12 Octubre 2001 Aprobación (AA). Adhesión (a) 1 Abril 2004 Perú 23 Mayo 2001 Polonia 23 Mayo 2001 Portugal 23 Mayo 2001 15 Julio 2004 11 Diciembre 2001 17 Enero 2005 Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte República Arabe de Siria 15 Febrero 2002 República Checa 23 Mayo 2001 República de Africa Central 9 Mayo 2001 República de Corea 6 Agosto 2002 4 Octubre 2001 República de Moldovia 23 Mayo 2001 República Democrática de Laos 5 Marzo 2002 República Democrática Popular de Corea 7 Abril 2004 26 Agosto 2002 República Dominicana 23 Mayo 2001 República Islámica de Irán 23 Mayo 2001 República Unida de Tanzania Rumania A (a) 30 Abril 2004 23 Mayo 2001 28 Octubre 2004 Rwanda 5 Junio 2002 (a) Saint Kits y Nevis 21 Mayo 2004 (a) Samoa 4 Febrero 2002 Santa Lucía 4 Octubre 2002 Santo Tomás y Príncipe (a) 3 Abril 2002 Continúa 173 Ratificación. Aceptación (A). País Firma Senegal 23 Mayo 2001 Serbia y Montenegro 2 Mayo 2002 Seychelles Aprobación (AA). Adhesión (a) 8 Octubre 2003 25 Marzo 2002 Sierra Leona 26 Septiembre 2003 Singapur 23 Mayo 2001 24 Mayo 2005 Slovaquia 23 Mayo 2001 5 Agosto 2002 Slovenia 23 Mayo 2001 4 Mayo 2004 Sri Lanka 5 Septiembre 2001 Sudáfrica 23 Mayo 2001 Sudán 23 Mayo 2001 Suecia 23 Mayo 2001 8 Mayo 2002 Suiza 23 Mayo 2001 30 Julio 2003 Surinam 22 Mayo 2002 Tailandia 22 Mayo 2002 Tajikistán 21 Mayo 2002 Togo 23 Mayo 2001 Tonga 21 Mayo 2002 Trinidad y Tobago 23 Mayo 2001 13 Diciembre 2002 Túnez 23 Mayo 2001 17 Julio 2004 Turquía 23 Mayo 2001 Tuvalu (a) 4 Septiembre 2002 31 Enero 2005 22 Julio 2004 19 Enero 2004 (a) (a) Continúa 174 Ratificación. Aceptación (A). País Ucrania Firma Aprobación (AA). Adhesión (a) 23 Mayo 2001 Uganda 20 Julio 2004 Uruguay 23 Mayo 2001 Vanuatu 21 Mayo 2002 Venezuela 23 Mayo 2001 19 Abril 2005 Viet Nam 23 Mayo 2001 22 Julio 2002 Yemen 5 Diciembre 2001 9 Enero 2004 Zambia 23 Mayo 2001 Zimbabwe 23 Mayo 2001 TOTAL 155 firmantes (a) 9 Febrero 2004 84 partes Fuente: www. pops.int, actualizada agosto del 2005 175 Anexo 2 Selección de fuentes identificadas de dioxinas no incluidas en el Toolkit del PNUMA Fuente Combustión de llantas Ref. 1 Fuente Ref. Incendios accidentales en lugares de almace- 2 namiento de PVC Regeneradores catalíticos para la refinación de petróleo Escurrimiento de caminos 3 Fabricación del Estabilización térmica del fango de las aguas 4 tetraclorobifenol-A Producción primaria residuales Fuegos artificiales 5 de aluminio Producción primaria de cobre Exploración de petróleo y gas - pruebas de pozos 6 Recuperación de tambores y barriles Calderas de combustible desmenuzado2 Fabricación de cloruro de hierro Incendios accidentes en lugares de almacenamiento de llantas 8 Fabricación de cloruro de aluminio Fabricación de cloruro de cobre Estabilización térmica del fango de las aguas residuales Fabricación de caucho, proceso de vulcanización 9 Fabricación de tintes y pigmentos a base de ftalocianina Fabricación de cloro elemental, electrodos de titanio 11 Fabricación de tricloroetileno y de percloroetileno 12 Fabricación de caprolactama (intermediario en la fabricación de nylon) 13 Fabricación y/o formulación de tintas para imprimir Hornos de carbón reactivado (carbón industrial usado y carbón usado en el 7 10 tratamiento de aguas municipal) Fabricación de tetraclorofenato alquilamino Fabricación de dióxido de titanio 14.15 Combustión de velas Tratamiento municipal de aguas residuales Continúa 176 Fuente: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148 a) Aunque se sabe que este proceso ya ha sido identificado como una fuente de dioxinas, no está incluido en la lista de fuentes del Toolkit y no se entregan datos sobre liberación de dioxinas. b) Aunque se puede asumir que este proceso está incluido en la subcategoría "Plantas de energía de biomasa", ha sido identificado específicamente en la literatura científica y por lo menos en uno de los inventarios nacionales como una fuente importante, debido a una alta liberación de dioxinas atribuida al elevado contenido de cloro del combustible desmenuzado, o 'hog fuel'. En el texto del Toolkit se reconoce que la manufactura de cloro elemental mediante el uso de electrodos de titanio es una fuente de dioxinas. Sin embargo, la lista de fuentes del Toolkit incluye únicamente la producción de cloro con ánodos de grafito. d) La manufactura de estos productos químicos aparece como una fuente de dioxinas en el Toolkit, y en el texto se menciona un factor de emisión. No obstante, estas substancias no están incluidas en la lista de fuentes del Toolkit. c) Referencias 1 2 4 5 6 7 U.S. Environmental Protection Agency, 2000. "Exposure and Human Health Reassessment of 2,3,7,8-Tetrachlorodibenzo-p-Dioxin (TCDD) and Related Compounds. Part I: Estimating Exposure to Dioxin-Like Compounds, Volume 2: Sources of Dioxin- Like Compounds in the United States," and in "Part III: Integrated Summary and Risk Characterization for 2,3,7,8Tetrachlorodibenzo-p-Dioxin (TCDD) and Related Compounds": Final Draft. EPA/600/P- 00/001Bb, September 2000. Socha, A., Abernethy, S., Birmingham, B., Bloxam, R., Fleming, S., McLaughlin, D., Spry, D., Dobroff, F., Cornaccio, L-A., 1997. Plastimet Inc. Fire, Hamilton, Ontario. July 9-12, 1997, Ottawa, Canada: Ontario Ministry of Environment and Energy, October 1997. 3Dyke, P., Foan, C., 1997. A review of dioxin releases to land and water in the UK. Organohalogen Cpds. 32: 411-416. Balzer, W., Pluschke, P. 1994. Secondary formation of PCDD/F during the thermal stabilization of sewage sludge. Chemosphere 29: 1889-21902. Fleischer, O., Wichmann, H., Lorenz, W., 1999. Release of polychlorinated d ibenzo-p-dioxins and dibenzofurans by setting off fireworks. Chemosphere 39: :925-932 Nowegian Oil Industry Association, 1997. Emissions to Air and Discharges to Sea from the Norwegian Offshore. Petroleum Activities. http://www.olf.no/en/rapporter/milrap/1997/6.2.html Pandompatam, B., Kuman, Y., Guo, I., Liem, A.J. 1997. Comparison of PCDD and PCDF emissions from hog fuel boilers and hospital waste incinerators. Chemosphere 34:1065-1073. 177 8 Buser, H.-R., Dolezai, I.S., Wolfensberger, M., Rappe, C., 1991 Polychlorodibenzothiophenes, the sulfur analogues of the polychlorodibenzofurans identified in incineration samples. Environ. Sci. Technol. 25: 1637-1643. 9 Balzer, W., Pluschke, P. 1994. Secondary formation of PCDD/F during the thermal stabilization of sewage sludge. Chemosphere 29: 1889-1902. 10 Lexen, K., de Wit, C., Jansson, B., Kjeller, L-O., Kulp, S.E., Ljung, K., Soderstorm, G., Rappe, C., 1993. Polychlorinated dibenzo-p-dioxin and dibenzofuran levels and patterns in samples from different Swedish industries analyzed within the Swedish Dioxin Survey. Chemosphere 27: 163-170. 11 12 13 14 15 178 Environment Ministry of Lower Saxony., Press Release., March 22 1994., No 77/94. Wenborn, M., King, K., Buckley-Golder, D., Gascon, J., 1999. Releases of Dioxins and Furans to Land and Water in Europe. Final Report. Report produced for Landesumweltamt Nordrhein-Westfalen, Germany, on behalf of European Commission DG Environment. September 1999. Kawamoto, K., 2002. New sources of dioxins in industrial processes and their influences on water quality. Organohalogen Cpds. 56: 229-232. U.S. Environmental Protection Agency, 2001, Final Titanium Dioxide Listing Background Document for the Inorganic Chemical Listing Determination. U.S. Environmental Protection Agency, Washington, D.C. Wenborn, M., King, K., Buckley-Golder, D., Gascon, J., 1999. Releases of Dioxins and Furans to Land and Water in Europe. Final Report. Report produced for Landesumweltamt Nordrhein-Westfalen, Germany on behalf of European Commission DG Environment. September 1999. Anexo 3 Plaguicidas de los que se sabe o se sospecha que durante su producción se generan dioxinas y furanos Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Dichlorodifluoromethane 75-71-8 1 1 O-( 4- Bromo- 2,5- dichlorophenyl) O, O- dimethyl phosphorothioate 2104-96-3 1 Dimethylamine 2,3,5- triiodobenzoate 17601-49-9 1 555-37-3 1 299-86-5 94-81-5 1 1 6062- 26- 6 1 122- 88- 3 1 Cloroxurón 1982- 47- 4 1 Diclobenil 1194- 65- 6 1 Bromofós Neburón Crufomato MCPB, 4- butyric acid [4-( 2- Methyl- 4chlorophenoxy) butyric acid] MCPB, Na salt [Sodium 4-( 2- methyl- 4chlorophenoxy) butyrate] 4- Chlorophenoxyacetic acid Propanil 3', 4'- Dichloropropionanilide 709- 98- 8 1 Diclofentión O-( 2,4- Dichlorophenyl) O, O- diethyl phosphorothioate) 97- 17- 6 1 DDT Dichloro diphenyl trichloroethane 50- 29- 3 1 Diclona 2,3- dichloro- 1,4- naphthoquinone 117- 80- 6 1 Cloramben amónico 3- amino- 2,5- dichlorobenzoic acid 1076- 46- 6 1 Cloramben sódico 3- amino- 2,5- dichlorobenzoic acid 1954- 81- 0 1 Continúa 179 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Disul Sodium 2-( 2,4-dichlorophenoxy) ethyl sulfate 136- 78- 7 1 DCNA 2,6- Dichloro- 4- nitroaniline 99- 30- 9 1 1929- 86- 8 1 Potassium 2-( 2- methyl-4-chlorophenoxy) propionate MCPP, Sal de dietanolamina Diethanolamine 2-( 2- methyl- 4chlorophenoxy) propionate 1432- 14- 0 1 MCPP, IOE Isooctyl 2-( 2- methyl- 4- chlorophenoxy) propionate 28473- 03- 2 1 Dicapton O-( 2- chloro- 4- nitrophenyl) O, Odimethyl phosphorothioate 2463- 84- 5 1 Tricloroacetato de monurón 3-( 4- chlorophenyl)- 1,1- dimethylurea trichloroacetate 140- 41- 0 1 Diurón 3-( 3,4- dichlorophenyl) - 1,1- dimethylurea 330- 54- 1 1 Linurón 3-( 3,4- dichlorophenyl)- 1- methoxy- 1methylurea 3-( p- bromophenyl)- 1- methoxy- 1methylurea O, O- Dimethyl O- p- nitrophenyl phosphorothioate 330- 55- 2 1 3060- 89- 7 1 298- 00- 0 1 97- 23- 4 1 10254- 48- 5 1 1,2,4,5- Tetrachloro- 3- nitrobenzene 117- 18- 0 1 O, O- diethyl O- p- nitrophenyl phosphorothioate 56- 38- 2 1 Metobromurón Metil paratión Diclorofeno Sodium 2,2'- methylenebis( 4chlorophenate) Diclorofeno, sal de sodio Sodium 2,2'- methylenebis ( 4- chlorophenate) Etil paratión Continúa 180 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Carbofenotión S-((( p- chlorophenyl) thio) methyl) O, O- diethyl phosphorodithioate 786- 19- 6 1 Ronnel O, O- dimethyl O-( 2,4,5trichlorophenyl) phosphorothioate 229- 84- 3 1 Mitin FF Sodium 5- chloro- 2-( 4- chloro- 2- 3567- 25- 7 1 Orthodichlorobenzene 95- 50- 1 1 Paradichlorobenzene 106- 46- 7 1 2- Benzyl- 4- chlorophenol 120- 32- 1 1 18128- 16- 0 not available 1 1 4- Chloro- 2- phenylphenol, potassium salt 53404- 21 1 6- Chloro- 2- phenylphenol 18128- 17- 1 1 6- Chloro- 2- phenylphenol, potassium salt 18128- 17- 1 1 4- Chloro- 2- phenylphenol, sodium salt 10605- 10- 4 1 6- Chloro- 2- phenylphenol, sodium salt 10605- 11- 5 1 4 and 6- Chloro- 2- phenylphenol, diethanolamine salt 53537- 63- 6 1 2- Chloro- 4- phenylphenol, sodium salt 31366- 97- 9 1 2,2'- Thiobis( 4- chloro- 6- methylphenol) 4418- 66- 0 1 ( 3-( 3,4- dichlorophenyl) ureido) phenoxy) benzenesulfonate Clorofeno Potassium 2- benzyl- 4- chlorophenate 4- Chloro- 2- phenylphenol Fenticloro Continúa 181 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Fenticloro 2,2'- Thiobis( 4- chlorophenol)] 5 53404- 20- 9 1 4- Chloro- 2- cyclopentylphenol, potassium salt of 35471- 38- 6 1 4- Chloro- 2- cyclopentylphenol, 53404- 20- 9 1 3691- 35- 8 1 sodium salt Clorofacinona ADBAC Alkyl* dimethyl benzyl ammonium chloride *( 50% C14, 40% C12, 10% C16) 68424- 85- 1 1 ADBAC Alkyl* dimethyl 3,4- dichlorobenzyl ammonium chloride *( 61% C12, 23% C14, 11% C16, 5% C18) 2- Aminoethanol salt of 2', 5- dichloro4'- nitrosalicylanilide not available 1 1420- 04- 8 1 5- Chlorosalicylanilide 4638- 48- 6 1 2- Methyl- 4- isothiazolin- 3- one not available 1 Niclosamida Tetradifón 4- chlorophenyl 2,4,5- trichlorophenyl sulfone 116- 29- 0 1 Cloranil tetrachloro- p- benzoquinone 118- 75- 2 1 Anilazina 6- Chlorothymol 2,4- Dichloro- 6-( o- chloroanilino) - s- triazine 89- 68- 9 101- 05- 3 1 1 Clorotalonil Fenac, Clorfenac Tetrachloroisophthalonitrile Sodium 2,3,6- Trichlorophenylacetate 1897- 45- 6 2439- 00- 1 1 1 470- 90- 6 1 1757- 18- 2 1 88- 04- 0 1 Clorfenvinfós PCMX O-( 2- Chloro- 1-( 2,5- dichlorophenyl) vinyl) O, O- diethyl phosphorothioate 4- Chloro- 3,5- xylenol Continúa 182 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Piperalín 3-( 2- Methylpiperidino) propyl 3,4- 3478- 94- 2 1 not available 1 20018- 12- 6 1 21087- 64- 9 1 dichlorobenzoate Fenamifós p- Chlorophenyl diiodomethyl sulfone Metribuzín Bifenox methyl 5-( 2,4- dichlorophenoxy)- 2nitrobenzoate 42576- 02- 3 1 Metazol 2-( 3,4- dichlorophenyl)- 4- methyl1,2,4- oxadiazolidine- 3,5- dione 20354- 26- 1 1 Diflubenzurón N-((( 4- chlorophenyl) amino) carbonyl)2,6- difluorobenzamide 35367- 38- 5 1 Oxadiazón 2-Tert- butyl- 4-( 2,4- dichloro- 5- isopropoxyphenyl)- delta 2 -1,3,4- oxadiazoline- 5- one] 19666- 30- 9 1 51630- 58- 1 1 69409- 94- 5 1 Fenvalerato Fluvalinato N- 2- Chloro- 4- trifluoromethyl) phenylDL- valine (+-)- cyano( 3- phenoxyphenyl) methyl ester Iprodiona 3-( 3,5- Dichlorophenyl)- N( 1- methylethyl)- 2,4- dioxo- 1imidazolidinecarboxamide (9CA) 36734- 19- 7 1 Triadimefón 1-( 4- Chlorophenoxy)-3,3-dimethyl-1-( 1H-1,2,4-triazol-1-yl)- 2- butanone 43121- 43- 3 1 Diclofop-metil Methyl 2-( 4-( 2,4- dichlorophenoxy) phenoxy) propanoate 51338- 27- 3 1 Profenofós O-( 4- Bromo- 2- chlorophenyl)- O- ethyl S- propyl phosphorothioate 41198- 08- 7 1 Continúa 183 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Oxifluorfén 2- chloro- 1-( 3- ethoxy- 4- nitrophenoxy)- 4-( trifluoromethyl) benzene 42874- 03- 3 1 Imazalil 1-( 2-( 2,4- Dichlorophenyl)- 2-( 2- 35554- 44- 0 1 63333- 35- 7 1 propenyloxy) ethyl)- 1H- imidazole Brometalina N- Methyl- 2,4- dinitro- n-( 2,4,6- tribromophenyl)- 6(trifuloromethyl) benzenamine Vinclozolín 3-( 3,5- Dichlorophenyl)- 5- ethenyl- 5methyl- 2,4- oxazolidinedione (9CA) not available 1 Fenridazón Potassium 1-( p- chlorophenyl)- 1,4dihydro- 6- methyl- 4- oxo- pyridazine3- carboxylate 83588- 43- 6 1 Tridifano 2-( 3,5- Dichlorophenyl)- 2-( 2,2,2trichloroethyl) oxirane 58138- 08- 2 1 76738- 62- 0 78- 70- 6 1 1 [a-( 2- chlorophenyl)- a-( 4chlorophenyl)- 5- pyrimidinemethanol] 60168- 88- 9 1 Dicamba, dimetilamina [3,6- dichloro- o- anisic acid] 2300- 66- 5 1 Dicamba, dietanolamina [3,6- dichloro- 2- anisic acid] 25059- 78- 3 1 2,4-D 2,4- Dichlorophenoxyacetic acid 94- 75- 7 1 Lithium 2,4- dichlorophenoxyacetate 3766- 27- 6 1 Potassium 2,4- dichlorophenoxyacetate 14214- 89- 2 1 Sodium 2,4- dichlorophenoxyacetate 2702- 72- 9 1 Ammonium 2,4- dichlorophenoxyacetate 2307- 55- 3 1 Paclobutrazol Linalool Continúa 184 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Alkanol* amine 2,4- dichlorophenoxyacetate *( salts of the ethanol and ispropanol series) Alkyl* amine 2,4- dichlorophenoxyac- not available 1 2212- 54- 6 1 28685- 18- 9 1 etate *( 100% C12) Alkyl* amine 2,4- dichlorophenoxyacetate *( 100% C14) Diethanolamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 5742- 19- 8 1 Diethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 20940- 37- 8 1 Dimethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 2008- 39- 1 1 N, N- Dimethyloleylamine 2,4dichlorophenoxyacetate 53535- 36- 7 1 Ethanolamine 2,4- dichlorophenoxyacetate Heptylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 3599- 58- 4 37102- 63- 9 1 1 Isopropanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate 6365- 72- 6 1 Isopropylamine 2,4dichlorophenoxyacetate 5742- 17- 6 1 Morpholine 2,4- dichlorophenoxyacetate 6365- 73- 7 1 N- Oleyl- 1,3- propylenediamine 2,4dichlorophenoxyacetate 2212- 59- 1 1 Octylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 2212- 53- 5 1 Triethanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate 2569- 01- 9 1 Triethylamine 2,4- dichlorophenoxyacetate 2646- 78- 8 1 Triisopropanolamine 2,4dichlorophenoxyacetate N, N- Dimethyl oleyl- linoleyl amine 2,4dichlorophenoxyacetate 32341- 80- 3 1 55256- 32- 1 1 Continúa 185 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Butoxyethoxypropyl 2,4- dichlorophenoxyacetate 1928- 57- 0 1 Butoxyethyl 2,4- dichlorophenoxyacetate 1929- 73- 3 1 Butoxypropyl 2,4- dichlorophenoxyacetate 1928- 45- 6 1 Butyl 2,4- dichlorophenoxyacetate 1713- 15- 1 1 Isobutyl 2,4- dichlorophenoxyacetate 1713- 15- 1 1 Isooctyl( 2- ethylhexyl) 2,4dichlorophenoxyacetate 1928- 43- 4 1 Isooctyl( 2- ethyl- 4- methylpentyl) 2,4dichlorophenoxyacetate 25168- 26- 7 1 94- 11- 1 1 1320- 18- 9 1 94- 82- 6 1 Sodium 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate Dimethylamine 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate 10433- 59- 7 1 2758- 42- 1 1 Butoxyethanol 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate 32357- 46- 3 Butyl 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate Isooctyl 4-( 2,4- dichlorophenoxy) butyrate 6753- 24- 8 1320- 15- 6 1 1 2-( 2,4- Dichlorophenoxy) propionic acid (Dichlorprop, 2,4-DP) 120- 36- 5 1 53404- 32- 3 1 Isooctyl( 2- octyl) 2,4dichlorophenoxyacetate Propylene glycol butyl ether 2,4dichlorophenoxyacetate 4-( 2,4- Dichlorophenoxy) butyric acid Dimethylamine 2-( 2,4- dichlorophenoxy) propionate Continúa 186 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Butoxyethyl 2-( 2,4- dichlorophenoxy) propionate 53404- 31- 2 1 Isooctyl 2-( 2,4- dichlorophenoxy) propionate 28631- 35- 8 1 [2-( 2- Methyl- 4- chlorophenoxy) propionic acid] 7085- 19- 0 1 Dimethylamine 2-( 2- methyl- 4- 32351- 70- 5 1 1689- 84- 5 1 Hexaclorofeno 2,2'- Methylenebis( 3,4,6- trichlorophenol) Hexaclorofeno, sal Monosodium 2,2'- methylenebis( 3,4,6de sodio trichlorophenate) 70- 30- 4 5736- 15- 2 1 1 Hexaclorofeno, sal Potassium 2,2'- methylenebis( 3,4,6de potasio trichlorophenate) Irgasán 5- Chloro- 2-( 2,4- dichlorophenoxy) phenol 67923- 62- 0 1 3380- 34- 5 1 Tetrachlorophenols 25167- 83- 3 1 Tetrachlorophenols, sodium salt Tetrachlorophenols, alkyl* amine salt* ( as in fatty acids of coconut oil) 25567- 55- 9 not available 1 1 Tetrachlorophenols, potassium salt 53535- 27- 6 1 Disodium 2,2'- thiobis( 4,6dichlorophenate) 2,4,6- Trichlorophenol 6385- 58- 6 1 88- 06- 2 1 Potassium 2,4,6- trichlorophenate 2591- 21- 1 1 2,4,6- Trichlorophenol, sodium salt 3784- 03- 0 1 92- 84- 2 1 MCPP, DMA chlorophenoxy) propionate Bromoxinil Bitionolato sódico Fenoclor Fenotiazina 3,5- Dibromo- 4- hydroxybenzonitrile Continúa 187 Nombre común Plaguicida Chemical Abstract Fuente Service Number Dactal-DCPA Endosulfán Dimethyl tetrachloroterephthalate Hexachlorohexahydromethano- 2,4,3- 1861- 32- 1 115- 29- 7 1 1 benzodioxathiepin- 3- oxide Silvex 2-( 2,4,5-Trichlorophenoxy) propionic acid 93- 72- 1 1 Tetraclorvinfós 2- Chloro- 1-( 2,4,5- trichlorophenyl) vinyl 961- 11- 5 1 69462- 14- 2 1 dimethyl phosphate Edolan 2,4-DB 2,4,5-T Sodium 1,4', 5'- trichloro- 2'-( 2,4,5trichlorophenoxy) methanesulfonanilide 4-(2,4-Dichlorophenoxy)butanoic acid and its salts 2 2,4,5-Trichlorophenoxyacetic acid, its esters and salts 2 Dimethyl-(2,3,5,6-tetrachloro-1,4-benzodicarbonate) 2 MCPA 4-Chloro-2-methylphenoxy acetic acid 2 Cloroneb 1,4-Dichloro-2,5-dimethoxybenzene 2 Erbon 2(2,4,5-Trichlorophenoxy)-ethyl-2,2,dichloropropionate 2 Daconil 1,3-dicyano-2,4,5,6-tetrachlorobenzene 2 Fuentes: 1. U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998. 2. Bretthauer, E., Kraus, H., di Domenico, A. 1991. Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York: Plenum Press. Tomado de: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148 188 Anexo 4 Sustancias químicas de las que se sabe o se sospecha que durante su producción generan dioxinas y furanos Producto químico Referencia Se sabe que las dioxinas son subproductos de su fabricación: Cloro 1 Hipoclorito de sodio (blanqueador) Dicloroetileno 2 (1,2-dicloroetano; monómero de cloruro de vinilo) Epiclorohidrina 3 4 Tricloroetileno Percloroetileno (tetracloroetileno) Hexaclorobutadieno Clorobencenos Diclorobenceno Triclorobenceno 1,2,4,5-Tetraclorobenceno Pentaclorobenceno Hexaclorobenceno 5 Clorofenoles 2,4,5-Triclorofenol 2,4,5-Triclorofenol, sal de sodio 2,4,6-Triclorofenol 2,4,6-Triclorofenol, sal de sodio 2,3,4,6-Tetraclorofenol 2,3,4,6-Tetraclorofenol, sal de sodio Pentaclorofenol Bifenilos policlorados (PCBs) 4-Clorotolueno Cloranil (2,3,5,6-tetracloro-2,5-ciclohexadieno-1,4-diona) Tintes de dioxazina (Direct Blue 106, Direct Blue 108, y Violet 23) Tinte de Ni-ftalocianina Tintas de imprenta (no identificadas) Cloruros metálicos Cloruro de aluminio Cloruro férrico 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Cloruro cuproso Cloruro cúprico Continúa 189 Alta probabilicad de que se formen dioxinas durante su fabricación: Clorofenoles o-Clorofenol 21 2,3-Diclorofenol 2,4-Diclorofenol 2,5-Diclorofenol 2,6-Diclorofenol 3,4-Diclorofenol 4-Cloro resorcinol 4-Bromo-2,5-Diclorofenol 2-Cloro-4-fluorofenol 2-Cloro-4-fenilfenol Cloro-hidroquinona 2-Cloro-1,4-dietoxi -5-nitrobenceno 5-Cloro-2,4-dimetoxianilina 3,5-Acido diclorosalicílico Posible o probable formación de dioxinas durante su fabricación Clorobencenos o-Diclorobenceno 22 1,2,4-Triclorobenceno 1,2,4,5-Tetraclorobenceno Hexaclorobenceno o-Clorofluorobenceno 3-Cloro-4-fluoronitrobenceno Cloropentafluorobenceno 1,2-Dicloro-4-nitrobenceno Clorofenoles 3-Cloro-4-fluorofenol 23 4-Cloro-2-nitrofenol o-Bencil-p-clorofenol 24 2,3,6-Acido triclorobenzoico 2,3,6-Acido triclorofenilacético, sal de sodio 3,4-Dicloroanilina 25 3,4-Diclorobenzaldehído 26 3,4-Diclorobenzotricloruro 3,4-Diclorobenzotrifluoruro 3,4-Diclorofenilisocianato Pentaclorociclohexano Pentacloroanilina Pentabromoclorociclohexano Anídrido tetracloroftálico Continúa 190 *Fenol (a partir del clorobenceno) *1,2-Acido dihidroxibenceno-3,5-disulfónico, sal disódica *2,5- Acido dihidroxibencenosulfónico *2,5-Acido dihidroxibencenosulfónico, sal de potasio *2,4-Dinitrofenol *2,4-Dinitrofenoxietanol *3,5-Acido dinitrosalicílico *o-Nitroanisol *2-Nitro-p-cresol *o-Nitrofenol *2,4,6-Trinitroresorcinol *Acido fumárico *Acido maleico *Anhídrido maleico *o-Fenetidina *Eter fenílico *Anhídrido ftálico *Acido pícrico *Picrato de sodio 27 *Sustancias químicas no cloradas producidas mediante procesos que incluyen productos químicos clorados. Fuente: Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International. Comments on UNEP Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” UNEP/POPS/INC. Referencias 1 2 3 4 5 Strandell, M., Lexen, K., deWit, C., Jamberg, U., Jansson, B., Kjeller, L., Kulp, E. Ljung, K., Soderstrom, G., Rappe, C. 1994. The Swedish Dioxin Survey: Summary of results from PCDD/F and coplanar PCB analyses in source-related samples. Organohalogen Cpds 20: 363- 366. Rappe, C., Andersson, R., Lundstrom, K., Wiberg, K. 1990. Levels of polychlorinated dioxins and dibenzofurans in commercial detergents and related products. Chemosphere 21: 43-50. U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998. Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York, N.Y.: Plenum Press. Environment Agency. 1997. Regulation of dioxin releases from the Runcorn operations of ICI and EVC. Information report. United Kingdom, January 1997. 191 6 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New 7 York, N.Y.: Plenum Press. U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the 8 United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998 Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off. Anal. Chem. 55: 85-92. 9 Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off. Anal. Chem. 55: 85-92. 10 Rappe, C., Gara, A., Buser, H. 1978. Identification of polychlorinated dibenzofurans (PCDFs) I commercial chlorophenol formulations. Chemosphere 12: 981-991. 11 Firestone, D., Ress, J., Brown, N., Barron, R., Damico, J. 1972. Determination of poly chlorodibenzo-p-dioxins and related compounds in commercial chlorophenols. J. Assoc. Off. Anal. Chem. 55: 85-92. 12 Rappe, C., Gara, A., Buser, H. 1978. Identification of polychlorinated dibenzofurans (PCDFs) I commercial chlorophenol formulations. Chemosphere 12: 981-991. 13 Pentachlorophenol Task Force. 1997. Letter from John Wilkinson (Pentachlorophenol Task Force to Matthew Lorber (U.S. EPA/ORD/NCEA). February 7, 1997. In: U.S. Environmental Protection Agency. 1998. The Inventory of Sources of Dioxin in the United States. EPA/600/P-98/002Aa, Washington, D.C., April 1998. 14 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York, N.Y.: Plenum Press. 15 Bretthauer, E., Kraus, H., di Domenico, A. 1991. Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York: Plenum Press. 16 Remmers, J., Dupuy, A., McDaniel, D., Harless, R., Steele, D. 1992. Polychlorinated dibenzo-p-dioxin and dibenzofuran contamination in chloranil and carbazole violet. Chemosphere 25: 1505-1508. 17 Williams, D., LeBel, G., Benoit, F. 1992. Polychlorodibenzodioxins and polychlorodibenzofurans in dioxazine dyes and pigments. Chemosphere 24: 169-180. 18 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York, N.Y.: Plenum Press. 19 Santl, H., Gruber, L., Stohrer, E. 1994. Some new sources of polychlorinated dibenzodioxins (PCDDs) and dibenzofurans (PCDFs) in waste papers and recycled pulps. Chemosphere 29: 1995-2003. 192 20 Hutzinger, O., Fiedler, H. 1991. Formation of dioxins and related compounds in industrial processes. In: Bretthauer, E., Kraus, H., di Dominico, A. (eds.) Dioxin Perspectives: A Pilot Study on International Information Exchange on Dioxins and Related Compounds. New York, N.Y.: Plenum Press. 21 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 22 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 23 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 24 Anonymous. 1985. Pesticides `Possibly Contaminated with Dioxins” List Compiled in OPP,” Pesticide and Toxic Chemical News, pp. 34-38, February 20, 1985. 25 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 26 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 27 Esposito, M., Tiernan, T., Dryden, F. 1980. Dioxins. EPA-600/2-80-197, Washington, D.C.: U.S. Environmental Protection Agency. 193 194 GLOSARIO GLOSARIO PÁGINAS ELECTRÓNICAS/ NOTAS INDICE PRIMER CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO TERCER CAPÍTULO CUARTO CAPÍTULO QUINTO CAPÍTULO ANEXOS GLOSARIO GLOSARIO Bioacumulación Es el proceso por el cual una sustancia se acumula en los tejidos de los organismos vivos con el tiempo. Cuando se ingieren alimentos contaminados con COP es muy difícil que el organismo los degrade o excrete, por lo que se van acumulando con los años. Biomagnificación Es el proceso de aumento de la concentración de sustancias tóxicas en el organismo que se incrementa en los eslabones más altos de las cadenas alimentarias o niveles tróficos. Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) Son sustancias químicas que tienen las siguientes características; son tóxicas en pequeñas cantidades, provocando un amplio rango de efectos dañinos irreversibles a la salud; permanecen mucho tiempo en el ambiente; a menudo se acumulan y biomagnifican en los organismos vivos; y se pueden desplazar a grandes distancias. Por estas características se encuentran en los tejidos de los seres humanos y la vida silvestre alrededor del mundo. Congénere Se refiere a las diversas variaciones o configuraciones, en número y posición, de un grupo de compuestos con la misma estructura química. Por ejemplo, los PCB se presentan en 209 diferentes formas ó congéneres. Cada congénere tiene dos o más átomos de cloro localizados en sitios específicos en la molécula de PCB. Dioxinas Es el nombre corto de una clase de 75 sustancias químicas llamadas policloro dibenzo-para-dioxinas, de las cuales 7 son altamente tóxicas, siendo la más portente la 2,3,7,8 tetraclorodibenzo-para-dioxina, abreviada como TCDD. Las dioxinas no se producen como productos comerciales sino se generan de manera no voluntaria con la combustión de compuestos clorados y diversos procesos industriales. Cuando se hace referencia a las dioxinas y compuestos de toxicidad similar se incluye también a los furanos y PCB. Las dioxinas y compuestos de toxicidad pueden causar cáncer en humanos y han sido relacionados con una amplia variedad de enfermedades al ser disruptores endocrinos y afectar el desarrollo de la inteligencia, sistema inmunológico y efectos reproductivos, entre otros. Disruptores endocrinos Se denomina a las sustancias químicas que imitan o bloquean a las hormonas en los receptores celulares. Las hormonas son mensajeros químicos que son 196 segregadas por las glándulas endocrinas (tiroides, testículos, suprarenal, entre otras) en la sangre y se dirigen a receptores celulares muy sutiles y precisos. La disrupción endocrina puede llevar a serios problemas reproductivos, trastornos del sistema nervioso, depresión de sistema inmunológico y cambios en la conducta sexual. La mayoría de los COP del Convenio de Estocolmo son disruptores endocrinos. Furanos Es el nombre corto de un grupo de 135 sustancias llamadas policloro dibenzofuranos (PCDF), de las cuales 10 de ellas presentan una toxicidad similar a las dioxinas, ver dioxinas. Lípido Es una molécula biológica que no se disuelve en agua. Un lípido es generalmente conocido como una sustancia grasosa o grasa. Se denomina a una sustancia como “liposoluble” cuando se disuelve más fácilmente en grasas que en agua, por lo que tienden a acumularse en los organismos; los COP son generalmente liposolubles (ver bioacumulación). Orgánica Se denominan sustancias químicas orgánicas a las que contienen átomos de carbono e hidrógeno en su estructura molecular. Uno o más de los átomos de hidrógeno en la estructura química puede ser reemplazado por otros elementos como cloro, oxígeno, nitrógeno o metales varios. Organoclorado Es cualquier sustancia química orgánica que contiene átomos de cloro en su molécula. Organohalógeno Es una sustancia química orgánica que contiene átomos halógenos en su molécula. El halógeno es un tipo de elemento químico no metal que incluye al cloro, bromo, yodo, fluor y astato. PCB ó policlorobifenilos (polychlorinated byphenils) Son una familia de 209 congéneres de estructura química similar, de los cuales 13 presentan una toxicidad similar a las dioxina TCDD. Son productos industriales que fueron usados como aceites aislantes, principalmente en transformadores y otros equipos eléctricos. Aunque con frecuencia se traduce erróneamente a los PCB como bifenilos policlorados, no es el nombre químico correcto, por lo que en este libro optamos por seguir las especificaciones 197 de la Unión Internacional de la Química Pura y Aplicada (IUPAC) según recomienda la Dra. Lilia A. Albert, Introducción a la Toxicología Ambiental, ECO,OPS, OMS, Gobierno del Edo. de México, México 199,7 p. 333 PCDD Policloro dibenzo-para-dioxinas (polychlorinated dibenzo-p-dioxin), ver dioxinas. PCDF Policloro dibenzofuranos (polychlorinated dibenzofuran), ver furanos. TCDD ó tetraclorodibenzo-p-dioxina La 2,3,7,8 Tetraclorodibenzo-p-dioxina (TCDD) es una variación ó congénere de las dioxinas, con 4 átomos de cloro en cada molécula. La TCDD es la dioxina más tóxica y sirve de referencia para comparar la toxicidad de otros congéneres y sustancias similares. TEF ó Factor de Equivalencia de Toxicidad (Toxic Equivalency Factor) Es un índice numérico que es usado para comparar la toxicidad de los distintos congéneres de las dioxinas y sustancias similares. La dioxina más potente, la TCDD se usa como referencia, y le es asignado el valor de 1 TEF. A las sustancias de toxicidad similar a las dioxinas se les asigna un valor fraccionado de TEF. Por ejemplo, una sustancia con un valor de 0.5 TEF tiene la mitad de la toxicidad que la TCDD. TEQ ó Equivalencia de toxicidad (Toxic Equivalence) Es la medida de toxicidad similar a la dioxina en una mezcla compleja de sustancias similares a la dioxina. La TEQ se calcula primero midiendo la cantidad de cada congénere o sustancia presente en la muestra. La cantidad medida es multiplicada por el Factor de Equivalencia de Toxicidad (TEF) de cada congénere o sustancia y los resultados se suman. La suma se expresa como cantidad de TEQ. Esta cantidad es una aproximación general de la cantidad de 2,3,7,8 TCDD que podría presentar la misma toxicidad similar a la dioxina. La medida es sólo una aproximación porque los TEF no son precisos. Las mezclas no siempre presentan la misma toxicidad que la suma de sus partes, y no siempre se miden todas las sustancias similares a las dioxinas presentes en las mezclas. 198 Vida media Se refiere al tiempo necesario para que se degrade la mitad de la sustancia analizada en un sustrato específico, sea agua, suelo o sedimentos. Por ejemplo, cuando se dice que el DDT tiene una vida media mayor de 15 años en el suelo, significa que en ese período permanecerá la mitad del total de la sustancia; en el doble del tiempo, a los 30 años, permanecerá el 25%: y en el triple del tiempo, a los 45 años, permanecerá aún el 12.25% del DDT en el suelo. Fuente: adaptado de The Greenpeace Guide to Persistent Organic Pollutants; Fernando Bejarano Amenaza Global, Cuaderno Ciudadano sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. México, RAPAM, 2000. 199 Páginas electrónicas Convenios internacionales: Convenio de Aarhus (Convención sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales). Comisión Económica Europea de las Naciones Unidas. http://www.unece.org/env/pp/welcome.html Convenio de Basilea sobre el Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos http://www.basel.int Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) http://www.pops.int Convenio de Estocolmo, Planes Nacionales de Aplicación aprobados por el GEF http://gefonline.org/home.cfm Convenio de Rótterdam http://www.pic.int Organismos internacionales Africa Stockpiles Program http://www.africastockpiles.org Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) Ver planes de manejo regional para Estados Unidos, Canadá y México sobre DDT, PCB, dioxinas y furanos http://www.cec.org Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, (FAO). Guías para la eliminación de plaguicidas en desuso en los países en desarrollo: http://www.fao.org/WAICENT/FAOINFO/AGRICULT/AGP/AGPP/Pesticid/Di sposal/default.htm 202 Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF) http://www.unep.org/gef Foro Intergubernamental de Seguridad Química (IFCS) http://www.ifcs.ch Global Harmonized System (GHS) Sistema de Armonización Global de Etiquetado y Clasificación de Sustancias Químicas http://unece.org/trans/dabger/publi/ghs.html ONUDI, Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial. http://www.unido.org ONUDI, Centros de Producción más Limpia http://www.unido.org/cp PNUMA. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. División de Productos Químicos, Información sobre COP. Inventarios de Liberaciones de Dioxinas y Furanos http://www.chem.unep.ch/pops Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Unión Europea. Contiene los inventarios de emisiones en 16 países de Europa http://www.eper.cec.eu.int/eper/ (SAICM) Informe de la primera reunión de las Naciones Unidas para discutir el Enfoque Estratégico Internacional para el Manejo de Sustancias Químicas http://www.chem.unep.ch/saicm/ UNITAR. Instituto para la Formación Profesional e Investigaciones de la Naciones Unidas http://www.unitar.org UNDP, Programa para el Desarrollo de las Naciones Unidas http://www.undp.org 203 Organizaciones ambientalistas y de protección a la salud relacionadas con los COP Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA) http://www.no-burn.org Basel Action Network. Organización ciudadana que monitorea al Convenio de Basilea http://www.ban.org Carga corporal de sustancias químicas tóxicas (Chemical Body Burden) http://www.chemicalbodyburden.org Center for Health, Environment and Justice (CHEJ). Cuenta con la campaña “Be Safe” para prevenir la contaminación http://www.chej.org CHEJ. El reporte popular sobre dioxinas incluido el docmento técnico se puede bajar gratuitamente de http://www.safealternatives.org/peoplesreport.html Clean Production Action. Grupo que promueve la Producción Limpia. La página explica en términos sencillos sus componentes y ofrece ejemplos de política pública y las empresas que la aplican. http://www.cleanproduction.org Grassroots Recycling Network, USA. (Red Comunitaria de Reciclaje) Ha producido una “Guía Ciudadana para Basura Cero” desde la experiencia en Estados Unidos y Canadá. http://www.grrn.org/zerowaste/community Greenpeace Internacional http://www.greenpeace.org Greenpeace, Estados Unidos Ver reportes sobre dioxinas, PVC, incineración. http://www.greenpeace.org/-usa 204 Greenpeace Argentina Cuenta con informes sobre impactos incineración y rellenos sanitarios http://greenpeace.org.ar/ Greenpeace México www.greenpeace.org.mx Health Care Without Harm (HCWH), Atención a la Salud sin Daño. Manejo de residuos médicos y alternativas a la incineración http://www.no-harm.org Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS) Fundación autónoma promovida por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, en España. Cuenta con cursos y folletos sobre PCB, disruptores endocrinos y aplicación del principio precautorio. http://www.istas.ccoo.es Lowell Center for Sustainable Production, (Centro Lowell para la Producción Sostenible) http://www.sustainableproduction.org y www.chemicalspolicy.org Nuestro Futuro Robado. Información sobre disruptores endocrinos http://www.ourstolenfuture.org Pesticide Action Network. http://pan-international.org Contine los enlaces a los diversos centros regionales de la Red de Acci’on en Plaguicidas Pesticide Action Network in North America (PANNA) Base de datos sobre plaguicidas http://www.pesticideinfo.org Red de Acción sobre Plaguicidas y sus Alternativas en América Latina (RAPAL) http://www.rap-al.org 205 Red Internacional de Eliminación de los contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN) (International Pops Elimination Network) http://www.ipen.org IPEN Community Monitoring Handbook, (Manual comunitario de Vigilancia de la Carga Corporal) http://www.oztoxics.org/cmwg/index.html World Wildlife Fund, Fondo Mundial para la Vida Silvestre Toxic Chemicals Program http:// www.worldwildlife.org/toxics 206 NOTAS NOTAS CAPITULO 1 1 Ver de Linda Lear, Rachel Carson, Witness for Nature, New York, USA, Henry Holt and Company Inc. Fisr Owl Books 1998. pp. 428-456, y H Patricia Hynes The Recurring Silent Spring, New York, The Athene Series, Pergamon Press 1989, pp. 115-139; y Christopher J. Bosso Pesticides &Politics. The life Cycle of a Public Issue. University of Pitsburg Press, USA 1987, pp 115-120. Bruce Harrison, quien coordinó la campaña contra Rachel Carson, fundó en 1973 su propia empresa de relaciones públicas, la “E. Bruce Harrison Company”, que cuenta hoy con oficinas en Dallas, Austin , Nueva York y Bruselas, y da servicios a 80 de las corporaciones más grandes del mundo. Es autor de libros clásicos en las estrategias verdes de la industria de relaciones públicas. John Stauber y Sheldon Rampton op. cit, 1995, p.125. 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 208 David Weir y Mark Schapiro El Círculo de Veneno. Los plaguicidas y el hombre en un mundo hambriento. México, Ed. Terra Nova, 1982. p. 20, Traducción del inglés de 1981 del original publicado por el Institute for Food and Development Policy, USA Sandra Marquardt, Laura Glassman y Elizabeth Sheldon Never-registered pesticides: Five cases studies of pesticides manufactured by Dow Elanco, FMC Corp. Miles Inc y Monsanto Agricultural Co. A Greenpeace Report. Washington, D.C., Februry 1992. Carl Smith, David Root, MD, MPH “The export of pesticides: shipments from U.S. ports, 1995-1996” en International Journal of occupational and environmental health, 1999 Hanley & Belfus Inc. Philadelphia, PA La lista de la Docena Sucia incluía originalmente al toxafeno (canfecloro), clordano y heptacloro, clordimeform, DBCP, DDT, los “drines” (aldrín, dieldrín, endrín), EDB, HCH y lindano, paraquat, paratión etílico y metílico, pentaclorofenol y 2,4,5-T. En 1986 se añadió Aldicarb (Temik), lo que suma 18 productos agrupados en 13 grupos. Para mayor información sobre el Pesticide Action Network ver www.pan.org Kristine Schafer, Susan E. Kegley y Sharyle Patton, Nowhere to Hide Persistent Toxic Chemicals in the US Food Supply. USA, Pesticide Action Network, Commonweal, March 2001. Joe Thornton “Adding insult to injury: disposal of obsolete pesticides in Africa”. Dirty Dozen Campaigner, PAN, June 1990 p.1 y 2; y WWF y PAN UK. Disposing of obsolete stockpiles, UNEP Global Pops Treaty- INC 4 Bonn, March 2000; Greenpeace Pops in Africa, Hazardous waste trade 1980-2000 obsolete pesticides stockpiles. A Greenpeace Inventory. Second Edition. May 22, 2001 Sobre el Programa de Existencias Obsoletas de Africa ver www.africastockpiles.org Ruth Stringer y Paul Johnston, Chlorine and the environment. An Overview of the Chlorine Industry. Dordrecht/ Boston/London. Kluwer Acedemic Publishers, pp 277-284. Ruth Stringer y Paul Johnston , op, cit, pp 280 Environmental Research Foundation, Rachel’s Hazardous Waste News, USA, Num 329. March18, 1993 y Dr. Jacques Ehretsmann op. cit. p.34 Para la lista completa de fabricantes y el tipo de condensadores ver, Dolores Romano y Estefanía Blount, Guía Sindical para la eliminación de PCB. Serie Disruptores endocrinos: un nuevo riesgo tóxico. Madrid, s/f Instituto Sindical del Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO) España, 2003. 12 Deborah Cadbury, The Feminization of Nature. Our Future at Risk, London, Hamish 13 Hamilton, 1977, p.71 Ruth Stringer y Paul Johnston , op, cit, pp 277-282 14 15 Deborah Cadbury, op. cit., p. 108 Rachel´s Hazardous Waste News, num. 327, USA, March 4, 1993; y op. cit., num. 329, March 18, 1993. Que es la fuente para este párrafo. Peter Montague cita un artículo científico de 1937 de Cecil K. Drinker and others “The Problems of Posible Systemic effects from certain chlorinated hydrocarbons” publicado en The Journal of Industrial Hygiene and Toxicology, Vol. 19 September 1937, pp 283-311, así como memos internos de médicos del 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 Servicio de Salud Pública de Estados Unidos y de la Westinghouse. Ibid. Nota de AP publicada en el New York Times, agosto 20 de 2003. Agradezco a Peter Myers el envío de esta noticia a través de su servicio electrónico informativo. Ruth Stringer y Paul Johnston 2001, op. cit., p.316 Joe Thornton, Pandora´s Poison. Chlorine, health and a new environmental strategy. Cambridge, Massachusetts, London, England, MIT Press, 2000, p.270, que cita varios estudios de Pier Alberto Bertazzi, de la Universidad de Milán Lois Marie Gibbs and the Citizen Clearinghouse for Hazardous Waste, Dyng From Dioxin. A Citizen´s Guide to Reclaiming our Health and Rebuilding Democracy. Boston, MA. South End Press 1995, pp 1-11 Liane C Casten. “EPA Collusion with Industry: a very brief overview” en Dioxin: the orange resource book. Synthesis/Regeneration, A magazine of Green Social thought, 7/8, Summer 1995. pp 78-80. El artículo es un testimonio dado a la EPA en las audiencias del 14 de diciembre de 1994 relacionadas con la reevaluación de dioxinas, apunta la nota del editor. Lois Marie Gibbs, op, cit., pp 1-11, y Joe Thornton, 2000, op. cit., pp. 190-193; La referencia de la Dra Cate Jenkins se encuentra en Kiane C. Casten, op. cit. , p.79. Jack Weinberg , et. al. Dow Brand Dioxin: Dow Makes You Poison Great Things. Greenpeace Report, USA 1995, P.17 El 2, 4, 5 –T fue usado también de manera individual, con el nombre de Agente Rosa y más tarde, como Agente Verde. Después que se canceló el Agente Naranja se usó el Agente Blanco (mezcla de 2,4,D con picloram). UNEP Regionally Based Assesment of PTS, South East Asia and South Pacific , Dec 2002, p.37. Esta última mezcla, aunque en distintas concentraciones se usa aún en la agricultura (Grazon P+D, Tordon RTU), en pastizales. George W. Ware. The Pesticide Book , USA Thomson Publications, 5th edition p.122. Las fuentes consultadas para este inciso fueron: Lois Marie Gibbs, op, cit., pp 14-20; Joe Thornton 2000 op. cit. pp.190-194; Shirley Ivy et al., Vs Diamond Shamrock Agent Orange Litigation. Brief and Affidavits of Dr. Cate Jenkins Ph D ( Recent Scientific Evidence Developed After 1984 supporting a causal relationship between Dioxin and Human Heath Effects) and ,Admiral Elmo R. Zumwalt, Jr. USA Nov. 1991, copia proporcionada por Greenpeace USA; y el excelente artículo “Spectre Orange” de Scott Clark y Adrian Levy en el periódico The Guardian , UK. Saturday March 29, 2003. Agradezco a Joe di Gangi el envío de este último material. 209 26 Vietnam News 26 July, 1994. Declaraciones de Nguyen Thi Binh exvicepresidente de Vietnam y coordinador honorario de la Asociación Vietnamita de Víctimas del Agente 27 Naranja y dioxinas. Scott Clark y Adrian Levy “Spectre Orange” The Guardian , UK. Saturday March 29, 2003 28 29 Lois Marie Gibbs, op. cit., p. 19 Shirley Ivy et al, op. cit., pp. 125-128, Lois Marie Gibbs, op. cit., Stephen Lester, M. S 30 Science Director “ The Politics of Dioxin” pp. 14-20 Nota de Joseph Verrengia, escritor de divulgación científica de la Agencia AP, 16 de abril del 31 2003. www.cantonrep.com Art. de Tom Fawthrop Cu Chi district Vietnam. BBC News 14 junio 2004, http://news.bbc.co.uk/go/em/fr/-/2/hi/asia-pacific/3798581.stm , y Agencia Vietnamita de Noticias (VNA), Notas del 3 y 26 de febrero 2004, 19 y 25 de marzo 2004, 12 y 26 de 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 210 julio del 2004, ver www.vnanet.vn Jack Weinberg, et al, op. cit., p 17. Para mayor detalle ver de Ruth Stringer op. cit. pp. 266-267 Arnold Schecter et al.”2,3,7,8 chlorine substitututed dioxin and dibenzofuran congeners in 2,4-D, 2,4.5-T and pentaclorofenol”, presentado en Dioxin 97, Indianapolis, Indiana, August 25-29, 1997. Memo. Para una revisión toxicológica y ambiental crítica del 2,4-D, ver los artículos de Caroline Cox en Journal of Pesticide Reform, Eugene, Oregon, Spring 1999. Vol. 19, nums. 1a 3 Varios autores. America´s Choice: Children´s Health or Corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. Technical Support Document. November 1999, Center for Health Environment and Justice. Falls Church, VA . “Chapter 1 Background” pp. 1-4, donde se puede encontrar con mayor detalle la historia de las diferentes evaluaciones de las dioxinas y los intereses que influyeron en ellas. EPA´s Dioxin Reassessment History. Aliance for Safe Alternatives, CHEJ www.safealternatives.org/dioreass.html 26 Julio 2004 Center for Health Environment and Justice. CHEJ E-Action Bulletin, Falls Church VA, June 2004. “Dioxin Reassessment Update” p. 4 www.chej.org Para mayor detalle ver de Center for Health, Environment and Justice, Behind Closed Doors. Chemical industry´s efforts to keep the thruth about dioxin, Falls Church VA, April 2003. Según este reporte una tercera parte de los miembros del Comité de Dioxinas del Consejo Científico Asesor de la EPA recibía financiamiento de 91 empresas generadoras de dioxinas, según datos de noviembre de 2000. op. cit., p. 4. Joe Thornton 2000 op. cit pp. 363-364 Center for Health Environment and Justice, America´s Choice: Children´s Health or Corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. Technical Support Document. Falls Church, VA . November 1999. El reporte se puede bajar gratuitamente de http://www.safealternatives.org/peoplesreport.html Kenny Brunno, Greenpeace Inventory of Toxic Technologies, New York, USA, May 1994. Capítulo dedicado a la Incineración La lista completa se encuentra en la publicación Waste Not , The weekly reporter for ration 44 45 al resource management num. 283 al 294, July 1994, Canton NY. Peter Montague, Rachel’s Hazardous Waste News num 283, USA april 29, 1992. Ver Kenny Bruno, op. cit.; Pat Costner y Joe Thornton Playing with Fire, Hazardous Waste Incineration. A Greenpeace Report. USA 1993, y Neil Tangri, Waste Incineration: a dying technology. Essential Action, Global Alliance for Incineration Alternatives (GAIA) PhillipinesUSA , 2003 46 Un resumen y revisión de los estudios de salud ocupacional y epidemiológicos a los que hace referencia este inciso se encuentra en el reporte de Michelle Allisop, Pat Costner and Paul Johnston, Greenpeace Research Laboratories, Incineration and Human Health. State of Knowledge of the Impacts of Waste Incinerators on Human Health. Amsterdam, 2000 47 48 Ibid. Chlorine Chemistry Council, What are the facts about dioxins and furans? USA. s/f 49 Pat Costner, Chlorine, Combustion and Dioxins: does reducing chlorine in wastes decreas es dioxin formation in waste incinerators?, USA. Greenpeace International, September 10, 2001. 50 Pat Costner, op cit. 51 Joe Thornton, The PVC lifecycle: Dioxin from cradle to grave. Greenpeace Report, April 1997, y los numerosos informes escritos por Pat Costner, de la unidad científica de Greenpeace Internacional. 52 Brenda Platt “Incineration: wasted money, wasted resources” del Institute for Self Reliance, en GAIA campaigner bulletin. Vol. 1 num. 2, Phillipines, October- December 2001. 53 Neil Tangri, op. cit , pp.35-36. Para mayor detalle ver el reporte de Brenda Platt Institute for Local Self Reliance y GAIA Resources up in Flames. The economic pitfalls of incineration versus a Zero Waste Approach in the Global South. March 2003. en www.no-burn.org 54 www.no-burn.org 55 http://www.no-harm.org 56 Ver los planteamientos de Grassroots Recycling Network www.grrn.org 57 Recomendamos visitar la página del grupo Clean Production Action para ahondar en estos conceptos http://www.cleanproduction.org ; y los ejemplos del Programa del Instituto de Reducción del Uso de Tóxicos de Massachussets en Estados Unidos y del Centro de Producción Sostenible de la Universidad de Lowell ver www.sustainableproduction.org 58 Clean Production Action op. cit “Industrial Ecology” 59 Mariana Walter, revisado por Verónica Odriozola, Basta de Basura, Informe de Greenpeace Argentina, Buenos Aires Argentina, noviembre del 2003; y carpeta informativa “Someday, there will be no such thing as trash” Grassroots Recycling Network, www.grrn.org 60 Mariana Walter, op. cit,; Extended Producer Responsibility Clean Production / Zero Waste. Be Safe Campaign www.besafenet.com CHEJ, VA. 2003. Ver EPR Toolkit en http://www.cleanproduction.org y el informe Extended Producer Responsibility escrito por Beverly Thorpe y otros autores Clean Production Action, 2004 61 Otros convenios regionales son el Convenio de Barcelona o “Convenio para la Protección 211 del Mar Mediterráneo contra la Contaminación”, adoptado en Barcelona, España, en 1976; el Convenio de Helsinki, o Convenio para la Protección del Ambiente Marino del área del Mar Báltico, firmado originalmente en 1974 y actualizado en 1992; y el Convenio de Lima o Convenio para la Protección del Ambiente Marino y el Area Costera del Pacífico Sudeste, de 1981, con protocolos subsidiarios similares en estructura al Convenio de Barcelona. Para un resumen de ellos ver Ruth Stringer, Paul Johnston op. cit., pp. 378-380. 62 International Joint Commission. United States and Canada, Revised Great Lakes Water Quality Agreement of 1978, as amended by Protocol signed November 18, 1987. Reprint 63 February 1994. Seventh Biennial Report on Great Lakes Water Quality . International Joint Commission, 64 USA, Canadá, 1992 pp. 16-17 International Joint Commission, USA, Canadá, 1992, op, cit. 65 66 67 68 69 70 71 72 212 Estos son los protocolos sobre el Financiamiento a largo plazo del Programa cooperativo de vigilancia y evaluación del trasporte de contaminantes atmosféricos a larga distancia en Europa (EMEP); sobre la reducción de las emisiones de azufre; sobre reducciones adicionales de estas emisiones de azufre; sobre el control de las emisiones de óxidos de nitrógeno; sobre el control de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles; y sobre metales pesados. John Buccini Global Pursuit of the Sound Management of Chemicals. A report prepared for the World Bank. Washington, D.C. IBRD/ World Bank, November 2003. pp. 29-30 Para un análisis del LRTAP ver Kirsten Hillman “International Control on Persistent Organic Pollutants: the UN Economic Commission for Europe Convention on Long Range Transboundary Air Pollution, and Beyond” en RECIEL. Vol. 8 Issue 2, 1999. Blackwell Publishers. UK and MA, USA. www.OSPAR.org OSPAR Commission . Ministerial Meeting of the OSPAR Commission. Sintra, 22-23 July 1998. Main Results. p, 10 Ruth Stringer y Paul Johnson, op. cit., p 375- 377 . Para mayor detalle ver de Kevin Stairs, La posición obstructiva de JUZCANZ ( Japón, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda) en las negociaciones ambientales internacionales. Unidad Política de Greenpeace Internacional Para un panorama crítico y un gran número de ejemplos de cómo actúan las empresas de relaciones públicas y las corporaciones ver de John Stauber y Sheldon Rampton, Toxic sludge is good for you. Lies damn lies and the public relations industry. Monroe, Maine, Common Courage Press, 1995; y Sheldon Rampton y John Stauber Trust us, we´re experts. How industry manipulates science and gambles with your future. Jeremy P. New York , Tarcher/Putnam a member of Penguin Putnam Inc., 2001. Ambos autores trabajan para el Center for Media and Democracy www.prwatch.org Según un estudio de Scott Cutlip el 40% del contenido de noticias de un periódico típico en Estados Unidos se origina en los boletines de prensa de las firmas de relaciones públicas, memos sobre historias o sugerencias de ellas. Sheldon Rampton y John Stauber 2001 op. cit., p. 23. 73 Para una crítica del maquillaje verde y el ambientalismo corporativo ver Jed Greer & Kenny Bruno, Greenwash, the reality behind corporate environmentalism. Penang, Malasya, Third World Network 1996; Joshua Karliner The Corporate Planet. Ecology and politics in the age of globalization. San Francisco, Sierra Club, 1997, y Kenny Bruno & Joshua Karliner Earth summit.biz . The corporate take over of sustainable development.USA. Food First Books. 2002 74 75 www.worldchlorine.com www.pops-info.org La mayor parte de estos argumentos aún pueden consultarse en esta página web informativa sobre COP creada expresamente durante las negociaciones del Convenio de Estocolmo en diciembre del 2000 76 Carpeta informative “ What are the facts about dioxins and furans?” Chlorine Chemistry Council www.c3.org , y especialmente www.dioxinfacts.org 77 78 http://www.ping.be www.greenpeace.org ver el reporte PVC-Free Future: A Review of Restrictions and PVC free Policies Worldwide Sheldon Rampton y John Stauber , 2001 op, cit. En relación a la Chlorine Chemistry Council e industria del cloro ver especialmente el cap. 6 “Preventing Precaution”, pp 120-152. Jack Weinberg editor (Dow etc) op cit, p.6 Sheldon Rampton y John Stauber , 2001 op, cit. Sharon Beder,Global Spin. The corporate assault on environmentalism. USA-UK Green books & Chelsea Green Publishing Company, 1998, p.151 Sobre el “ Wise Use Movement”, ver cap. 3 dedicado a su análisis, pp. 47-62 World Chlorine Council, The World Chlorine Council and Sustainable Development, April 2002. p. 16 www.eurochlor.org Consejo Internacional de Asociaciones Químicas (ICCA). Nota informativa sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes (POP) ICCA 2/6/98. ver www.wbcsd.org y “ Cambiando el Rumbo. Una perspectiva global del empresariado para el desarrollo y el medio ambiente”. México, Fondo de Cultura Económica. 1992. Jed Greer & Kenny Bruno, 1996 op. cit., p.29 El informe de la Agenda se puede consultar en www.wbcsdcement.org/agenda.asp Las otras áreas estratégicas identificadas además de Materias Primas y Combustibles y Reducción de Emisiones son Protección del Clima, Seguridad y Salud del Empleado, Impactos locales y Procesos de Negocios Internos. Para datos actualizados ver www.croplife.org y www.africastockpiles.org Para mayor detalles ver www.ipen.org 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 NOTAS CAPITULO 2 1 Para un panorama general de los problemas causados por los disruptores endocrinos se recomienda la lectura del libro de Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski, Nuestro Futuro Robado, Madrid, España, Ed. Ecoespaña, 2001 que se ha traducido a 16 idiomas. Ver www.ourstolenfurure.org con información actualizada sobre el tema. 213 2 Dra. Lilia Albert Editora Introducción a la toxicología ambiental. Centro Panamericano de Ecología Humana y Salud, Gobierno del Estado de México, Secretaría de Ecología. Metepec, Estado de México 1997, pp. 111 y 330. 3 UNEP, IOMC, GEF, Global Report 2003. Regionally Based Assessment of Persistan Toxic Substances, Geneva, Switzerland 4 Theo Colborn, John Peterson Myers y Dianne Dumanoski, op, cit. cap 10. Sobre la no evidencia del umbral seguro de exposición a dioxinas, revisando los estudios de la EPA de Estados Unidos, ver: David Mackie, Junfeng Liu, Yeong-Shang Loh, Valerie Thomas “No Evidence of Dioxin Treshold”, Environmental Health Perspective 5730, November. 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 “What is body burden” en www.chemicalbodyburden.org Steingraber, Sandra. Having Faith. An Ecologist´s Journey to motherhood. Cambridge , Massachusetts, Perseus Publishing, 2001., p.1436 Ver más información sobre estos resultados en la página electrónica del Grupo de Monitoreo Comunitario de COPs de IPEN en http://www.edc.org . Sobre el caso de Anniston ver Community Against Pollution Anniston, Alabama , http://www.communityagainstpollution.org/ Fernando Bejarano González, La Espiral del Veneno, Guía Crítica Ciudadana sobre plaguicidas. México, RAPAM, 2002. Ver, America´s Choice. Children´s Health or corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. Technical Support Document. Chapter 2 “The Chemistry and Environmental Fate of Dioxin, Center for Health Enviroment and Justice, pp. 5-6. America´s Choice.op. cit., p. 6 El total de TEQ es igual a la suma de la concentración del congénere multiplicado por el Factor de Equivalencia Toxica asignado al congénere en comparación con la TCDD, en una muestra compleja. Ver también la fórmula de William H Farland EPA presentación Power Point Las comparaciones fueron tomadas de Marvin Legator, Ph D. Environmental Toxicologist, University of Texas en el art. “Surviving in a Chemical World” publicado en el Galveston County Daily News, March 16,1996. Ver un resumen de las fuentes de estos estudios en “What is Dioxin” en la página web de Alliance for Safe Alternatives www. Anteriormente el Center for Health Environment and Justice; y con mayor detalle en el reporte de CHEJ America´s Choice. Children´s Health or Corporate Profit. The American People´s Dioxin Report. USA 2000. Donde participaron en la revisión diversos científicos. Steingraber, Sandra, op. cit., p. 257 Ver referencias a estos estudios en Michelle Allsopp, Ruth Stringer and Paul Johnston, Greenpeace Research Laboratories , Unseen Poisons. Levels of organochlorine chemicals in human tissues. Exeter UK, June 1998 pp 2-3, 15-18, en los anexos y una amplia bibliografía Institute of Medicine, Dioxins and Dioxin like compounds in the food supply: strategies to decrease Exposure (2003).USA. National Academy of Sciences. Executive Summary. Y artículo de Charles W. Schmidt, “Diet and Dioxins, the need to cut back” en Environmental Health Perspectives, vol. 12, number 1, January 2004. pp A40-A43 214 16 Presentación de Dr. Jacques Ehretsman, “Overview: polychlorinated byphenyls (PCBs)”. En UNEP-IOMC Proceedings of the subregional workshop on identification and management of PCBs and Dioxins and Furans, La Habana, Cuba, April 23- 26, 2001, pp 33-47. y Lilia Albert Curso básico de toxicología ambiental. OPS-OMS México. Ed Limusa p.272 17 Estudio de Japan Offspring Fund 18 Ruth Stringer, et. al. op. cit, p. 280. 19 Ruth Stringer, et. al. op. cit., pp. 281-282 20 Steingraber, Sandra, op. cit, pp. 137-152 21 Rachel´s Hazardous Waste News num 295 July 22,1992. Environmental Research Foundation, Editor Peter Montague. Washington, DC. 22 Deborah Cadbury, Feminization of Nature. Our Future at Risk. London, 1977, p.72 23 ibid., p. 72 24 Ted Schettler, et. al., In Harms Way: toxic threats to child development, a report by Greater Boston Physicians for Social Responsibility, 2000, pp 78-79. 25 Dolores Romano y Estefanía Blount op, cit, p.13 26 Steingraber, Sandra op. cit., 144-149 27 Steingraber, Sandra. op. cit. 2001,p.143 28 Ted Schetler op. cit., p. 76 29 Ruth Stringer, et. al., op, cit, pp. 347 y 348; Joe Thornton 2000, op. cit., pp. 261, 266, 271273; Expediente de nominación sobre hexaclorobenceno, presentado por Canadá al Grupo de Trabajo sobre Manejo adecuado de Sustancias Químicas, Comisión de Cooperación Ambiental, 22 de abril de 1998, documento interno. 30 Ruth Stringer, et. al., op, cit, p 347 31 Ruth Stringer, et. al., op, cit, p. 347 32 Janine Ezendam et al. “ Toxicogenomics of subchronic Hexachlorobenzene exposure in brown norway rats” Environmental Health Perspectives. Vol. 112, num 7, may 2004 pp. 782-791 33 Ruth Stringer, et. al. op. cit, p.347 34 Ruth Stringer, ibid. 35 CCA Expediente de Nominación del HCB, p. 8 NOTAS CAPITULO 3 1 2 3 Para mayor detalle sobre la iniciativa Hacer Retroceder el paludismo ver www.rbm.who.int En esta iniciativa participan además de la OMS, el Banco Mundial, UNICEF, UNDP y donadores bilaterales WHO, RBM News, Suiza, Issue 2, December 2000. BAT/BEP Expert Group: Opening Remarks by John Buccini, Chairman, INC of the Stockholm Convention on POPs. Reunión del Comité de Expertos en BAT- BEP, Chile., 11 de marzo del 2003. 215 4 El autor participa como parte de IPEN en este grupo de expertos. El borrador de estas Guias preparado por el grupo de expertos se puede consultar en www.pops.int 5 IPEN “Consideration of Alternatives” a key element in the BAT/BEP Expert Group’s Recommendations to Stockholm Convention COP1. Jack Weinberg. Paper prepared for discussion at the Second Meeting of the Stockholm Convention BAT/BAP Expert Group. Villarica, Chile. 2003 UNEP. Guidelines on Bat and Guidance on BEP. Draft 29-07-0., UNEP/POP/EGB.3/2, 27 July 2004. “Section II Consideration of Alternatives in the application of BAT”, pp 9-11 6 Ver por ejemplo, los estudios realizados en Japón por Masunaga, S., Tasakuga, T., Nakanshi, J. 2001. “Dioxin and dioxin like PCB impurities in some Japanese agrochemical formulations”. Chemosphere 44:873-875, Agradecemos a Pat Costner, de Greenpeace, el habernos enviado esta referencia. 7 8 9 10 11 12 13 14 15 Ver capítulo “Plaguicidas y dioxinas “ en Fernando Bejarano Amenaza, Global, Cuaderno Ciudadano sobre contaminantes orgánicos persistentes. Texcoco, México, RAPAM, pp 3235. y de la EPA, 1998 The Inventory of Sources of Dioxin in the United States. EPA/600/P98/002Aa, Washington, D.C. April 1998. La lista completa la incluye Pat Costner en “Greenpeace comments on UNEP Chemical´s Standarized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases”, Greenpeace International 10 January 2003, Compilation of views on measures to reduce or eliminate releases from unintentional production (Article 5 and Annex C) and Evaluation of Current and projected releases of chemicals listed in annex C. UNEP/POPS/INC.7/INF/17, 5 may 2003, pp 136-140 La cita es de Pat Costner op. cit. UNEP/POPS/INC.7/INF/17, 5 may 2003, pp 75-77, distribuido durante la séptima sesión del Comité Intergubernamental de Negociaciones del Convenio de Estocolmo, en Ginebra, Suiza del 14 al 18 de Julio del 2003 Ver la página electrónica del Convenio de Rotterdam, http://www.pic.int. Greenpeace The Basel ban. The pride of the Basel Convention. An update on implementation and amendmendt, Netherlands, September 1995. Ver www.basel.int para el Secretariado Internacional del Convenio de Basilea, y www.desechospeligrosos.org para el Centro Coordinador para Latinoamérica y el Caribe. Al 8 de abril del 2005 el Convenio constaba de 165 países partes. Para una visión crítica del Convenio ver la página de Basel Action Network (BAN) www.ban.org . Jim Puckett The Basel Ban Amendment; the first stept toward environmental sound management of hazardous waste. Prepared by the Basel Action Network (BAN) for the 16th Session of the Technical Working Group and 1st Session of the Legal Working Group of the Basel Convention, Geneva, Switzerland , 3-9 April 2000, ver www.ban.org En la versión en inglés se dice que debe ser “environmentally sound” términos que se tradujeron como “ambientalmente racional” en la versión en español y que es común que se traduzca también como “ambientalmente adecuados”. En incisos posteriores de este mismo capítulo se llama a colaborar con el Convenio de Basilea para fijar los niveles técnicos ambientalmente aceptables de este tratamiento. Basel Action Network. Briefing Paper Num 5 Dec 2000. www.ban.org Pat Costner, Information relevant to the Basel Convention´s hazardous characteristics H1- 216 Toxic (delayed chronic), ie, “De minimis” concentrations in waste and the Stockholm Convention´s “Low POP´s content”. IPEN, 2003, Memo. 16 The Scientific and Technical Advisory Panel of the GEF, UNEP. Review of emerging, innovative technologies for the destruction and decontamination of POPs and the identification of promiing technologies for use in developing countries. Final. GF/8000-0202.2005. International Centre for Sustainable Engineering and Science, Faculty of Engineering. The University of Auckland, Auckland, New Zeland, 15 January, 2004. 17 Esta sería una traducción más fiel del original en inglés “ shall decide, in a precautionary manner”, en lugar de “adoptará a título preventivo” como se tradujo en la versión en español del Convenio de Estocolmo. 18 Greenpeace Una guía y un análisis para ayudar a los países en la aplicación del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes Orgánicos Persistentes. Holanda. s/f, p. 2718 19 Reuters. EU Want to Expand Dirty Dozen Chemicals List. August 11, 2004. http://www.reuters.com/newsArticle.jhtml?type=scienceNews&storyID=5941468 20 Gwaine Lyons Global Toxics Programme WWF, Draft Screening additional Pops Candidates. July 2003 21 Ver reportaje de Cheryl Louge “US vote at treaty meetings threatened” en Chemical Engineering News, march 23, 2004, y “White House Jeopardizing US Role in Global Toxics Treaty”, Bush Green Watch February 25, 2004. www.bushgreenwatch.org que cita opiniones y boletines de prensa del WWF 22 IFCS www.ifcs.ch IV FORO, Noviembre 2003 Bangkok Tailandia 23 Se recomienda visitar la página electrónica del Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), parte de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) en España que ha diseñado varios cursos para trabajadores sobre los PCB y otros disruptores endocrinos. Ver www.istas.ccoo.es 24 OECD (1996): Pollutant Release and Transfer Registers: Guidance Manual for Governments (OCDE/GD(96)32 en http://www.olis.oecd.org/olis/1996doc.nsf/LinkTo/ocde-gd(96)32 25 http://www.eper.cec.eu.int/eper 26 Greenpeace Comments on UNEP Chemical “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” 10 January 2003, p. 10. IPEN Comments on the Standardized Toolkit for Identification and Quantification of Dioxin and Furan Releases. April 2004, p. 10-14. UNITAR y IOMC ha compilado en un CD un conjunto de documentos sobre los RETC a nivel mundial, “Designing and implementing national pollutant release and transfer registers. A compilation of PRTR Resource Documents, 2nd edición 2003, ver http://www.unitar.org/cwm/prtrcd/index.htm Ver también . http://www.unece.org/env/pp/prtr.htm 27 http://www.eeb.org and http://www.participate.org 28 Ver www.unitar.org Por ejemplo, el Registro de Sustancias Tóxicas de Estados Unidos incluye a 579 sustancias y el de Canadá a 245. 29 Ver por ejemplo, de The Right to Know The promise of low cost public inventories of toxic chemicals WWF . Washingtron D.C. 1994, y de Martha Delgado Coordinadora, Manual 217 para el acceso y uso de información sobre emisiones contaminantes. México, 1999: y de Olinca Marino, Marisa Jacott y Azucena Franco (coords.) ¿Un tóxico nos ataca. Carpeta informativa sobre sustancias tóxicas y derecho a la información ambiental en México. Proyecto Emisiones: Espacio virtual. México. Abril del 2001. . www.laneta.apc.org 30 I. Daniel Gutiérrez, M.D., M.P.H. Salud reproductiva: concepto e importancia. Serie PALTEX para ejecutores de Programase Salud num 39. OPS, OMS, Washington, 1996 p.5 31 Ver del GEF/C.16/6 September 28, 2000. En UNDP GEF Persistent Organic Pollutants Resource Kit. UNDP-GEF, en www.undp.org/gef 32 IPEN, Open Ended Working Group: Comments on the Draft to the Financial Mechanism. 2003. 33 PNUMA Productos Químicos, Boletín informativo, Vol. 7, núm 2, oct. 2003, p.3 NOTAS CAPITULO 4 1 2 3 4 5 6 Una “Parte” puede ser un estado o una organización regional de integración económica que haya consentido en someterse a las obligaciones establecidas en el Convenio y en los que el Convenio está en vigor. (Art. 2 Convenio de Estocolmo.) Global Environment Facility . Directrices iniciales relativas del GEF sobre las actividades de apoyo para el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. GEF/C.17/4, 6 de abril de 2001. p.8 Consejo del Global Environmental Facility (GEF), Directrices iniciales sobre actividades de apoyo para el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes. Documento GEF/C.17/4. Consejo del GEF, Mayo 9-11, 2001. hasta mayo del 2002, el GEF ha aprobado, basado en estas directrices, propuestas de 55 países en desarrollo y con economías en transición. Guidance for Developing a National Implementation Plan for the Stockholm Convention. UNEP, World Bank, draft. Esta Guía se elaboró con el apoyo financiero de DANCED y fue revisada por un panel compuesto por representantes de PNUMA, UNITAR, UNDP, FAO, ONUDI, El Banco Mundial, el Fondo Mundial de la Vida Silvestre (WWF), El Consejo Mundial del Cloro (WCC) CHECAR, Chile, Dinamarca, Suiza, Suecia y Zambia. La guía indica que cuando el Comité Nacional de Coordinación se forme sólo por representantes gubernamentales, se debe crear un foro para los representantes de ONGs, sectores laborales, académicos, grupos de investigación e industriales para estar informados, revisar y otorgar un insumo adecuado al proceso de desarrollo del PNA. GEF, op, cit., p.22 Anexo “Responsabilities of the NCC” UNITAR-IOMC-PNUMA Preparando/Actualizando un Perfil Nacional como parte del Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo. Borrador de Trabajo. Enero 2003, ver http://www.pops.int/documents/meetings/inc6/englishonly/INF.8.pdf que es un complemento al documento UNITAR/IOMC Preparación de un Perfil Nacional para Evaluar la Infraestructura Nacional para la Gestión de los Productos Químicos: un Documento Guía, 1996. www.unitar.org/cwn/publications 218 7 UNITAR/IOMC/PNUMA op. cit., 2003, recomienda elaborar esto en el capítulo 6 y 11. 8 PNUMA, Productos Químicos. Instrumental normalizado para la identificación y cuantificación de liberaciones de dioxins y furanos. Borrador. Enero de 2001. Ginebra, 9 Suiza, Resumen Ejecutivo p.1 Darryl Luscombe and Pat Costner, Zero toxics, sources of byproduct POPs and their elimination ,Greenpeace International. Netherlands, May 2001. p. 9-11 10 Ponencia de Pat Costner, op. cit., citando los artículos de De Fre, R, Wevers, M. 1998. “Underestimation in dioxin emisión inventories”. Organohalogen Cpds 36: 17-20; Chang, M., Lin, J., 2001. “Memory effect on dioxin emissions from municipal waste incinerator in Taiwán”. Chemosphere 45: 1151-1157; y Zimmermmann, R., Bluemenstrock, M., Heger, H., Schraman, K, Ketrrup, A., 2001. “Emission of nonchlorinated and chlorinated aromatics in 11 12 13 14 the flue gas of incineration plants during and after transient disturbances of combustion conditions: Delayed emission effects.” Environ. Scie. Technol. 35:1019-1030 Pat Costner, Senior Scientist, Greenpeace International Comments on UNEP Chemical´s “Standardized Toolkit for identification and quantification of dioxin and furan releases” UNEP/POPS/INC.7/INF.17 p.74-148. y ver IPEN Dioxin, PCB and Waste Working Group Comments on the Standardized Toolkit for Identification and Quantification of Dioxin and Furan Releases. April 2004. www.ipen.org UNEP/POPS/INC.7/INF 17. Pat Costner, op. cit., p.76 ELISA es la abreviación de “Enzyme-Linked Inmunosorbent Assay”. Y el CALUX de “Chemically Activated Luficarese Expression”. ELISA emplea un anticuerpo anti-TCDD, en tanto el bioensayo CALUX se basa en la actividad del receptor citoplásmico Ah y es específico para cualquier compuesto que active el receptor; se basa en una célula a la cual le insertan un gen que fluorece cuando se activa el receptor, y se cuantifica la fluorescencia. El uso de este método es particularmente recomendable para países en desarrollo y con economías en transición. Agradezco al Dr. Fernando D. Barriga y Pat Costner sus comentarios en este punto La guía del GEF hace referencia a la Evaluación Ambiental de Tecnologías y a un marco de referencia para la evaluación de riesgos ambientales en “ Technical Workbook on Environmental Management Tools for Decisión Analysis” International Environment Technology Centre, Technical publications Series 14, Japan, NOTAS CAPITULO 5 1 2 3 Ver de Adela Cortina “Derechos Humanos y discurso político” en Graciano González R. Arnaiz (coordinador) La condición humana en la sociedad tecnológica. Madrid, España, Ed. Tecnos, 1999. Ver por ejemplo, Asociación para las Naciones Unidas en España, La Declaración Universal de los Derechos Humanos, comentario artículo por artículo. Barcelona, España, Ed. Icaria, 1998. y Comisión Nacional de Derechos Humanos (CND) Los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos, México, 1996. Ver el texto del Convenio en www.unece.org/env/europe/ppconven.htm 219 4 Sobre las diferencias entre la “responsabilidad corporativa” más cercana a la estrategia de relaciones públicas y maquillaje verde de las corporaciones, y la “rendición de cuentas corporativa”, ver de Kenny Brunno & Joshua Karliner earthsummit.biz. The corporate takeover of sustainable development. Oaxland, CA., Food First Books, Capítulo 4, pp. 60- 73 5 Ver, por ejemplo, a Barry Commoner en su crítica al modelo de regulación ambiental estadounidense y el nuevo movimiento de base por la justicia ambiental, En Paz con el Planeta. Barcelona, Ed. Crítica, Traducción al castellano de 1992. Cap. 8 “La acción ambiental”. 6 7 8 9 10 11 12 13 Sobre la crítica al modelo de control, ver de Fernando Bejarano G. “Residuos Peligrosos” en Regina Barba Pirez, coord. y edit. La Guía Ambiental, 58 ensayos de expertos acerca del medio ambiente.México, UGAM 1998. Además de David Santillo, Paul Jhonston y Axel Singhofen The way forward out of the chemical crisis. An alternative approach, based in the precautionary principle, to the regulation of the manufacturing, marketing and ue of chemicals in Europe. Greenpeace International, Netherlands. May 1999 . Sobre la crítica a la evaluación de riesgos y la necesidad de desarrollar un proceso de evaluación de alternativas, ver de Mary O´Brien, Making better environmental decissions. An Alternative Risk Assessment. Cambridge, Massachusetts, London, England. MIT Press 2000. Ver de Jorge Reichman y Joel Tickner (coords.) El principio de precaución en medio ambiente y salud pública: de las definiciones a la práctica.Barcelona, España, Ed. Icaria 2002. y de Beverly Thorpe Citizen´s Guide to Clean Production. USA, Clean ProductionNetwork. January 2000 www.cleanproduction.org y las publicaciones de International Chemical Secretariat, una ONG www.chemsec.org Lowell Center for Sustainable Production , Integrated Chemicals Policy. Seeking New Direction in Chemicals Management. University of Massachusetts Lowell. October 2003 p.2. WWF An introduction to REACH, a new regulatory systems for chemicals in Europe. EU Toxics Briefing. September 2003 www.panda.org/toxics Ver informe de la reunión de SAICM en http://www.chem.unep.ch/saicm/ y el del IFCS en www.ifcs.ch http://europe.eu.int/comm/environment/chemicals/whitepaper.htm Ver un análisis de REACH ver New Chemicals policy in the EU, good or bad for companies. International Chemical Secretariat. May 2003. Swedish. Y del Lowell Center Chemicals Policy Initiative en www.chemicalspolicy.org , para una visión crítica desde el punto de vista de los sindicatos europeos ver los análisis de ISTAS en www.istas.ccoo.es Ver de Joseph DiGangi, Phd., US Intervention in EU Chemical Policy, MA Environmental Heath Fund September 2003. Ver la Resolución de Bangkok para SAICM de IPEN, el 10 de noviembre del2003 y el Documento de IPEN Elements of a Strategic approach to International Chemicals Management, noviembre del 2003, preparado para la reunión de Bangkok del SAICM. 220