Directiva de uso sostenible

Transcripción

Directiva de uso sostenible
Aspectos prácticos de la implantación de la
nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Alzira, 22 de enero 2015
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Directiva de uso sostenible
Directiva 2009/128/CE (contiene directrices para que cada estado la
adapte, trasposición)
Objetivo: máxima protección de aplicadores, consumidores, animales y
medio ambiente.
Se transpone la Directiva del Usos Sostenible de Fitosanitarios con:
- Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, sobre inspecciones
periódicas de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece
el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
REAL DECRETO 1702/2011
Directiva 127/2009 Inspecciones periódicas en equipos de
aplicación de productos fitosanitarios
Objeto
…controles oficiales para la verificación del cumplimiento de los requisitos
sobre mantenimiento y puesta a punto de las máquinas de aplicación de
productos fitosanitarios y establecer la normativa básica en materia de su
inspección
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Definiciones
Equipo de aplicación de productos fitosanitarios (EAPF)
Cualquier máquina destinada específicamente a la aplicación de productos
fitosanitarios, incluidos los elementos y dispositivos que sean fundamentales
para su correcto funcionamiento.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Finalidad
• Regular las inspecciones periódicas de los EAPF en uso.
• Definir y tipificar los EAPF utilizados en la producción primaria
agrícola y forestal y en otros usos profesionales en ámbitos
distintos de los anteriores
• Elaborar el censo de los equipos de aplicación no inscritos en el
ROMA
• Establecer los requisitos mínimos para las estaciones ITEAF, sus
titulares, y el personal técnico de las mismas encargado de las
inspecciones.
• Establecer la metodología a aplicar para la realización de las
inspecciones, la forma de evaluar los resultados de las mismas, y el
establecimiento de los criterios básicos de los programas de
formación del personal encargado de las inspecciones.
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fitosanitarios.
El Roma
Inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola
(ROMA)
El RD 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la
maquinaria agrícola, prevé la obligatoriedad de inscripción de todos los
equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, , de
cualquier capacidad o peso.
El RD 349/2012, de 10 de febrero, modifica el RD 13/2009, y en la
Disposición transitoria única.
Inscripción de máquinas ya en uso: Las máquinas: equipos de
tratamientos, no inscritas con anterioridad, cuando no se disponga del
certificado de características, de la declaración de conformidad CE o de
la factura de compra, podrán sustituirse por una DECLARACION
firmada por el titular de la máquina
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Inspecciones periódicas en equipos de aplicación de productos
fitosanitarios
Se establece la obligación de que todos los equipos de aplicación de
productos fitosanitarios hayan sido revisados, al menos una vez, antes del
26 de noviembre de 2016.
A partir de este momento será obligatoria su revisión cada
2020 y cada 3 años a partir de entonces.
5 años hasta
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fitosanitarios.
Inspecciones periódicas en equipos de aplicación de productos
fitosanitarios
Se excluyen mochilas y carretillas con depósitos de hasta 100 litros.
La inspección técnica de los equipos de aplicación de productos
fitosanitarios deberá realizarse en estaciones autorizadas, denominadas
Estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de
Fitosanitarios, ITEAF.
Todos los equipos deben estar inspeccionados el 26-11-2016
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fitosanitarios.
COOPITEAF SV VALENCIA ALBORAYA www.coopiteaf.es
[email protected] 680138599
UNIVERSIDAD POLITECNICA VALENCIA
www.iteaf.upv.es [email protected] 963877290
ICSAM SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE SL
VALENCIA GANDIA www.icsam.net [email protected] 962861892
ATICO15 CONSULTING S.L. ALICANTE MONFORTE DEL CID
[email protected] 965621414
JOSE VINACHES RAMIS ( PROIATEC) ALICANTE VILLAJOYOSA
www.proiatec.com [email protected] 965890075
607115452
AGROITEAF SCP CASTELLÓN VINAROZ – NULES
www.agroiteaf.com [email protected]
[email protected]
654168008
685863189
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Inspecciones periódicas en equipos de aplicación de productos
fitosanitarios
BENEFICIOS
Disminución del consumo de productos fitosanitarios
Reducción de la contaminación ambiental
Contribución a la seguridad del consumidor
Aumento de la seguridad y salud de los aplicadores
Mayor eficacia de las aplicaciones y
reducción de costes
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Real Decreto 1311/2012
Plan de Acción Nacional (PAN)
Ha sido elaborado para el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto
1311/2012 sobre el uso sostenible de los PPFF .
Objeto:
A) establecer el marco de acción para conseguir un uso sostenible de los
productos fitosanitarios.
B) la aplicación y el desarrollo reglamentario en relación con la
comercialización, utilización y uso racional y sostenible de los productos
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Objetivos generales
Reducir los riesgos y efectos derivados de la utilización de productos
fitosanitarios en el ámbito de la salud humana y del medio ambiente.
Fomentar la Gestión Integrada de Plagas (GIP) para preservar un sector
agrícola, forestal y alimentario próspero.
Reducir la dependencia del uso de plaguicidas
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Objetivos específicos
Mejorar la formación e información sobre el uso sostenible y seguro de
productos fitosanitarios.
Fomentar la investigación, innovación y la transferencia tecnológica en la
gestión integrada de plagas y el uso sostenible de fitosanitarios.
Fomentar la Gestión Integrada de Plagas para conseguir un uso racional de
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Objetivos específicos
Promover la disponibilidad de productos fitosanitarios eficaces en el control
de plagas, enfermedades y malas hierbas.
Fomentar técnicas que minimicen el riesgo de la utilización de fitosanitarios.
Intensificar los programas de vigilancia sobre la comercialización y uso de
fitosanitarios.
Reducir el riesgo derivado de la utilización de fitosanitarios en áreas sensibles
y espacios naturales protegidos.
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fitosanitarios.
Gestión Integrada de Plagas (GIP)
La GIP es una estrategia de control que consiste básicamente en la aplicación
racional de una combinación de medidas biológicas, biotecnológicas, químicas,
culturales o de mejora vegetal, de modo que la utilización de productos
fitosanitarios se limite al mínimo necesario.
Estas medidas de control se deben combinar con el fin de mantener los niveles
poblacionales de plagas por debajo de sus umbrales económicos de daños.
Todas las explotaciones agrícolas deben aplicar los
principios generales de la Gestión Integrada de Plagas a
partir del 1 de enero de 2014.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Principios generales de la GIP
 Limitar la utilización de PPFF al mínimo.
 Medidas culturales para el control de plagas (rotación, variedades, etc).
 Seguimiento de las plagas y enfermedades.
 Establecimiento de umbrales para decidir la intervención.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Principios generales de la GIP
 Prioridad a métodos no químicos como aquellos de control biológico,
biotecnológico (captura masiva, confusión sexual…)
 Uso de PPFF lo más específico posible para el objetivo.
 Aplicar estrategias contra las resistencias.
 Comprobar la eficacia de las medidas fitosanitarias aplicadas.
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fitosanitarios.
¿Cómo realizar gestión integrada de plagas?
Agricultura Ecológica
Producción Integrada. Reglamentos de Producción Integrada
ATRIAs (Agrupaciones Tratamiento Integrado en Agricultura)
Sistemas de producción certificada (aprobados MAGRAMA)
Seguimiento de guías (sólo explotaciones de bajo riesgo). Las guías se publicarán
sede electrónica MAGRAMA: hay publicadas 4 guías.
Disponer de un asesor en GIP que documente el asesoramiento
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fitosanitarios.
¿Quién puede ser asesor?
Titulados universitarios y de formación profesional reglada que hayan cursado 40
ECTS en materias directamente relacionadas con la producción vegetal. Al menos
12 de los 40 ECTS corresponden a materias directamente relacionadas con la
protección vegetal.
Titulaciones universitarias: Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrícola,
Ingeniero de Montes, Ingeniero técnico Forestal y otras titulaciones cuyos titulares
puedan acreditar haber recibido formación equivalente. Anexo II RD.
Formación profesional: Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico
Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, Otras titulaciones de formación
profesional cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente.
Anexo II RD.
INSCRIPCIÓN EN ROPO
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de
Defensa Fitosanitaria (ROPO)
El Real Decreto crea el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de
Defensa Fitosanitarios, integrándose en el mismo la rama de productos fitosanitarios
del antiguo ROESP
La inscripción en el ROPO será requisito imprescindible para ejercer cualquiera de las
actividades descritas.
La gestión del ROPO corresponde a las comunidades autónomas en sus respectivos
ámbitos territoriales.
Podrán reconocer asesores hasta 1/1/2015
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fitosanitarios.
GUÍAS GIP
Cultivos y explotaciones exentas de asesoramiento
- El asesoramiento será voluntario.
- Deberán seguir las prácticas de las Guías de G.I.P. publicadas
Arroz < 2 Ha
Hortalizas Aire libre < 2Ha
Hortalizas Invernadero <0,5 Ha
Frutales de regadío < 2Ha
Cítricos < 2Ha
Uva de mesa <2 Ha y vinificación < 5Ha
Olivo < 5Ha
- Si una explotación supera 5 Ha de superficie no exenta, necesita
asesoramiento para esas superficies.
- Las CCAA podrán establecer límites inferiores de exención.
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fitosanitarios.
Cultivos y explotaciones exentas de asesoramiento
Serán orientativas, tanto para los asesores como para usuarios profesionales de
los productos fitosanitarios.
No obstante serán obligatorias para las explotaciones exentas de asesoramiento.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente hará públicas las
guías de gestión integrada de plagas de aplicación en las principales
producciones, cultivos o grupos de cultivos, en base a los principios establecidos
en el anexo I.
Se está trabajando en Guías por grupos de cultivo: Hortícolas, Frutales no
cítricos, Cítricos, Olivar, Viñedo, Herbáceos, Industriales, Forestales y Usos no
agrarios.
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fitosanitarios.
Seguimiento del asesoramiento
El MAGRAMA ha elaborado un modelo de documento de asesoramiento, que se
compone de:
• Modelo de contrato entre asesor y agricultor
• Descripción de la explotación agrícola
• Registro de las aplicaciones de productos fitosanitarios realizadas
El asesoramiento deberá quedar
reflejado documentalmente
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Modelo de contrato entre
asesor y agricultor.
Agricultores integrados en
ATRIA quedan cubiertos en el
asesoramiento.
http://www.magrama.gob.es/e
n/agricultura/temas/sanidadvegetal/productosfitosanitarios/uso-sosteniblede-productos-fitosanitarios/#
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fitosanitarios.
Gestión Integrada de Plagas (GIP)
Cuaderno de Explotación
1.- Información general:
1.1- Datos generales de la explotación: nombre, localidad, titular
1.2- Personas que intervienen: tipo de maquinaria, nº de ROMA, fecha de
adquisición, fecha de inspección, Nº de ROPO para el usuario
1.3- Equipos de aplicación
1.4- Asesor
2.- Identificación parcelas
2.1- Datos identificativos y agronómicos: Número de Orden, Provincia,
Municipio, Polígono, Parcela, Recinto, Superficie SIGPAC, Uso SIGPAC,
Superficie cultivada, Especie, Variedad, Sistema de riego utilizado, aire
libre o protegido
2.2- Datos medioambientales
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fitosanitarios.
3.- Información de los tratamientos fitosanitarios:
3.1- Actuaciones en la parcela: Id. Parcela, cultivo, plaga, producto, materia
activa, dosis.
3.2- Registro de semilla tratada.
3.3- Registro tratamientos postcosecha.
3.4- Registro tratamientos locales de almacenamiento.
3.5- Registro tratamiento de los medios de transporte.
4.- Registro de análisis multiresiduos en cosecha.
5.- Registro cosecha comercializada.
6.- Registro de fertilización .
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fitosanitarios.
Reglamento específico fruta de hueso Naturane 2014
Fertilización
Para establecer el plan de abonado, se recomienda tener en cuenta los resultados
de los análisis foliares, de suelo y agua. También se considerará la edad de
plantación, los rendimientos, la calidad de las frutas, el tipo de riego, así como el
examen visual del comportamiento del cultivo.
Basados en estudios publicados sobre necesidades nutritivas del árbol y
establecidos los limites legales de acuerdo a la trasposición de la Directiva
europea 91/676/CEE, las aportaciones en Kg/Ha de nitrógeno, fósforo, potasio y
magnesio para una plantación en plena producción en un suelo franco con
contenido normal de materia orgánica, fósforo y potasio asimilables, serán las
siguientes:
N (UF/Ha)
Cultivo
Frutales
Riego por
Riego
inundación localizado
200
160
P2O5
(UF/Ha)
K2O
(UF/Ha)
MgO
(UF/Ha)
90
210
50
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fitosanitarios.
Reglamento específico fruta de hueso Naturane 2014
Fitorreguladores
Está prohibido el uso de reguladores del crecimiento que no se encuentren de
forma natural en las plantas, salvo que se apliquen después de la recolección del
periodo vegetativo anterior.
Quedan exceptuadas de la prohibición previa consulta y asesoramiento técnico:
Auxinas de síntesis (Clementgros y Maxim) para aumentar el tamaño del fruto.
Alquil aminas.
Paclobutrazol (Cultar).
Post-cosecha
Se debe garantizar la trazabilidad del producto Naturane desde la recolección y
durante su manipulado hasta el cliente final.
No se permitirá la realización de ningún tratamiento químico en post-cosecha.
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fitosanitarios.
ANEXO 1.4.- Reglamento específico CAQUI Naturane 2014
Fertilización
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fitosanitarios.
ANEXO 1.4.- Reglamento específico CAQUI Naturane 2014
Herbicidas
Solamente se podrán utilizar los herbicidas que se citan a continuación:
Glifosato (WINNER COOP), Glufosinato amónico (FINALE), Oxadiazon.
Post-cosecha
Se debe garantizar la trazabilidad del producto naturane desde la recolección y
durante su manipulado hasta el cliente final.
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fitosanitarios.
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fitosanitarios.
Indique nombre Area.Nombre
División
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Indique nombre Area.Nombre
División
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fitosanitarios.
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fitosanitarios.
(GIP)
Gestión Integrada de Plagas
Otra documentación a conservar:
– Certificado de inspección de los equipos de tratamientos.
– Contratos con las empresas de aplicación.
– Facturas de compras de productos fitosanitarios.
– Resultados de los análisis de residuos efectuados.
– Justificantes de entrega de envases vacíos a SIGFITO.
– Albaranes de entrega o facturas de venta de cosecha
El asesoramiento deberá quedar
reflejado documentalmente.
Registros y documentos se conservarán
3 años
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fitosanitarios.
Formación de usuarios profesionales y venderores
Todos los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios
deberán estar en posesión de un carné que acredite conocimientos apropiados
para ejercer su actividad.
Básico: Dirigido al personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos y los
agricultores que los realizan en su propia explotación sin emplear personal
auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que que no sean o generen gases
tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expedirán para el personal auxiliar
de la distribución (25 h).
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Formación de usuarios profesionales y venderores
Cualificado: Dirigido a los usuarios profesionales responsables de los tratamientos
terrestres y para los agricultores que realicen tratamientos empleando personal
auxiliar.
También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta
de productos fitosanitarios de uso profesional, que proporcionará información
sobre su utilización y los riesgos derivados de la misma para la salud y el medio
ambiente,indicando las medidas para su mitigación (60 h).
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fitosanitarios.
Fumigador: Dirigido a aplicadores que realicen tratamientos con productos
fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos o mortales, o
que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador es
necesario disponer de un básico o cualificado.
Piloto aplicador agroforestal: Dirigido al personal que realice tratamientos
fitosanitarios desde o mediante aeronaves, sin perjuicio del cumplimiento de la
normativa específica que regula la concesión de licencias en el ámbito de la
navegación aérea (90 h).
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Formación de usuarios profesionales y venderores
Requisitos para solicitar el carné: Curso según nivel o titulación
habilitante, fotografía color. Válido para 10 años. Al caducar, se puede solicitar la
renovación sin necesidad de hacer un nuevo curso.
Titulación universitaria habilitante y determinados titulados de
formación profesional están exentos de la formación para la
obtención del nivel cualificado, pero deben solicitarlo.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Indique nombre Area.Nombre
División
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Venta de productos fitosanitarios
El momento de la venta es crucial de cara a informar a los usuarios sobre la
correcta utilización de los productos fitosanitarios, los riesgos derivados de su
utilización y verificar si éstos disponen de la adecuada formación, por ello es
obligatorio que los distribuidores:
Vendan sólo a titulares del correspondiente carné (Nov. 2015)
Dispongan de personal formado adecuadamente: Vendedores - carné
cualificado y Personal auxiliar - carné básico.
Informen sobre los riesgos derivados de su utilización
Dispongan de un registro de operaciones de venta, que debe incluir
fecha, identificación del producto, cantidad, identificación del
suministrador y comprador. Anotación del número de carné.
Cooperativas con sección de servicios deberá tener un técnico de
titulación universitaria habilitante.
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fitosanitarios.
Venta de productos fitosanitarios
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Venta de productos fitosanitarios
Asimismo, las entidades y los usuarios profesionales que presten servicios de
tratamientos fitosanitarios llevarán también un registro de todas las
operaciones, tanto de adquisición como de aplicación, en el que se anotarán los
siguientes datos:
- Fecha de operación
- Identificación del producto (nombre comercial, nº inscripción en el Registro
Oficial, lote de fabricación).
- Cantidad de producto.
- Identificación del suministrador.
- En el caso de aplicaciones cultivo u objeto del tratamiento realizado.
* Los datos se guardarán durante 5 años.
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fitosanitarios.
Aplicación aérea de productos fitosantiarios
El Real Decreto 1311/2012 prohíbe con carácter general la aplicación aérea de
productos fitosanitarios, permitiéndola sólo cuando no se disponga de una
alternativa técnica y económicamente viable, o que las existentes presenten
desventajas en términos de impacto para la salud humana y del medio ambiente.
-
Obligación de aprobación por la
Autoridad Competente (Delegaciones
Territoriales).
- Cumplimiento de condiciones generales
para la realización de las aplicaciones aéreas
(Anexo VI).
- Presentación de un Plan de Aplicación
Aérea a la Autoridad Competente, que
deberá ser aprobado con carácter previo al
inicio de las aplicaciones (Anexo VII).
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Protección del medio acuático y el agua potable
El medio acuático y los puntos de almacenamiento o captación de agua para
consumo humano deben estar especialmente protegidos para evitar su
contaminación por la presencia de fitosanitarios.
Prioridad de utilización de fitosanitarios no clasificados como peligrosos para
el medio acuático (asesoramiento y guías).
Establecimiento de medidas para evitar la contaminación difusa.
- 5 metros de banda de seguridad respecto a masas de agua.
- Evitar tratar con viento superior a 3 metros/segundo.
- Precauciones a la hora de llenar los depósitos.
- Cubrir los pozos durante los tratamientos.
- Operaciones de comprobación del equipo y las mezclas al menos a 25
m de los puntos y masas de agua.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Reducción del riesgo en zonas específicas
Se debe prestar especial atención a determinadas zonas específicas como son
los puntos de extracción de agua para consumo humano, zonas que empleen los
trabajadores agrarios, zonas recreativas y zonas naturales de especial interés.
Distancia de 50 metros sin tratar en zonas de extracción de agua para
consumo humano.
Se dará prioridad a la utilización de fitosanitarios de bajo riesgo y al empleo
del control biológico (guías y reglamentos de PI).
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Reducción del riesgo en zonas específicas
Medidas específicas para zonas tratadas que utilicen los trabajadores agrarios.
- Respetar plazo de reentrada que figure en la etiqueta.
- Estén secas las partes del cultivo que entren en contacto con el trabajador.
- Responsable de tratamientos: informar de los riesgos y condiciones de
entrada.
- Informar a terceros a través de carteles tras los tratamientos.
- Y en invernaderos, carteles a la entrada del recinto con las condiciones de
entrada.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Se establecen prácticas obligatorias en relación a la manipulación de
productos fitosanitarios por parte de los usuarios profesionales
-
Manipulación y trasporte de ppff.
Mezclas en tanque de ppff.
Limpieza de los equipos de aplicación.
Almacenamiento de los ppff en las explotaciones agrícolas.
Gestión de residuos y envases.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Preparación de la mezcla
No realizar la mezcla o dilución previa de los productos fitosanitarios antes
de la incorporación al depósito.
Realizar la mezcla con equipos incorporadores que permitan hacerlo de
forma continua. Si el equipo no dispone, incorporar el producto cuando el
depósito esté medio lleno.
Realizar las operaciones de mezcla y carga inmediatamente antes de la
aplicación, no dejando el equipo solo o desatendido durante las mismas.
Realizar la mezcla y carga a no menos de 25m de aguas superficiales o 10 m
si disponen de dispositivos incorporadores.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
No realizar la carga y mezcla en lugares con riesgo de encharcamiento,
escorrentía superficial o lixiviación.
Durante la carga y mezcla, mantener los envases de productos fitosanitarios
siempre cerrados, excepto en el momento puntual en el que se esté
extrayendo la cantidad a utilizar.
Antes de la mezcla y carga, debe calcularse la cantidad de producto
fitosanitario y el volumen de agua a utilizar. Evitar que sobre. Ajustar a la
dosis de utilización y la superficie a tratar.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Transporte de productos fitosanitarios
Cumplir normativa sobre transporte.
Realizar el transporte de forma que se eviten los vertidos.
Los envases se trasportarán sujetos, cerrados, colocados verticalmente y
con la apertura hacia la parte superior.
Evitar atravesar cauces de agua con el equipo cargado y mezclado.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Limpieza de los equipos de aplicación
Adoptar medidas para que la eliminación de restos de mezcla y limpieza
del equipo no ponga en peligro la salud humana y el medio ambiente.
Se prohíbe el vertido de los restos de mezcla excedentes del tratamiento.
Realizar la eliminación de restos aplicándolos en la misma parcela tratada
previa su dilución.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Dar preferencia a la eliminación de restos mediante instalaciones
preparadas a tal fin.
Lavar equipos a más de 50m de pozos o aguas superficiales.
Los equipos de tratamiento se guardarán resguardados de la lluvia.
 Nuevos sistemas: PHYTOBAC (Bayer)
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Almacenamiento de los ppff en las explotaciones
- Lugar estable y de acceso controlado.
- Seguro, bien iluminado, ventilado.
- Acondicionado para retener vertidos.
- Separados de otros materiales.
- Mantener siempre los envases originales.
- Formulados en polvo o granulados encima de los líquidos.
- Verificación de los productos almacenados cada 3 meses.
- Elementos de seguridad en el almacén: botiquines, arena).
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Gestión de residuos y envases
Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIGFITO):
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Manipulación y almacenamiento de productos fitosanitarios,
envases y restos
Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIGFITO):
-Los
envases vacíos no deben dejarse sobre el campo, sino que se deben
depositar en unas bolsas de plástico y entregarlas en los establecimientos o
puntos de recogida establecidos para ser recogidos por SIGFITO
posteriormente.
--
Lleva funcionando en España desde 2002.
-- Contribuye a que los agricultores dispongan
- de una vía sencilla de cumplir sus obligaciones
- en materia de medio ambiente.
-- Los puntos de recogida de envases son
fundamentalmente: cooperativas agrarias,
distribuidores de fitosanitarios y grandes
explotaciones.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Conclusiones
La obligación establecida por la UE de aplicar la Gestión Integral de Plagas
(GIP) es una oportunidad para la agricultura.
Muchas requisitos que exige la Directiva son medidas adoptadas por los
agricultores desde hace algunos años.
Los agricultores que realizan producción integrada, agricultura ecológica o
pertenecen a alguna ATRIA, ya realizan gestión integrada de plagas.
El camino para implantar la gestión integrada de plagas es la producción
integrada y la agricultura ecológica.
La necesidad de la adecuada formación de cara a la correcta utilización de
los productos fitosanitarios.
La necesidad de la revisión de los equipos de aplicación de productos
fitosanitarios con objeto de obtener la máxima eficacia de los tratamientos
que se realicen, debe verse como una oportunidad de mejora.
Aspectos prácticos de la implantación de la nueva directiva del uso sostenible de
fitosanitarios.
Conclusiones
2012
2013
2014
2015
2016
ACTUACIONES A EJECUTAR
RESPONSABILIDAD
ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE
TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS
AGRICULTOR
IMPLANTACIÓN DE LA GIP
AGRICULTOR
OTORGAR CONDICIÓN DE ASESOR
CCAA
CARNET PARA USUARIOS
PROFESIONALES Y VENDEDORES
AGRICULTOR
26/11/2015
SUMINISTRO DE FITOSANITARIOS
PREVIA PRESENTACIÓN DEL CARNET
DE USO PROFESIONAL
AGRICULTOR
26/11/2015
OBLIGACIÓN DEL CARNET A LOS
VENDEDORES Y PERSONAL AUXILIAR
DE LA DISTRIBUCIÓN
DISTRIBUCIÓN
26/11/2015
VIGENCIA DE LOS CARNETS CON EL
FORMATO ANTIGUO
INSPECCIÓN OBLIGATORIA DE LOS
EQUIPOS DE APLICACIÓN DE
PRODUCTOS FITOSANITARIOS
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