Banco Ayuda: !FORMALÍZATE!
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Banco Ayuda: ¡FORMALÍZATE! ¿Por qué estamos aquí? TEMÁTICA ¿El rol de la ASFI? ¿ASFI y el carácter de la normativa? Características principales de la normativa tributaria Beneficios y Riesgos ¿Qué es un préstamo? Tipos de préstamos y sus beneficios Mecanismos de reclamo en primera y segunda instancia ¿El rol de la ASFI? La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), es una institución de derecho público y de duración indefinida, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, con jurisdicción, competencia y estructura de alcance nacional, bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y sujeta a control social. El artículo 16° del Capítulo IV de la Ley N° 393 de Servicios Financieros (LSF) dispone que ASFI tiene por objeto regular, controlar y supervisar los servicios financieros en el marco de la Constitución Política del Estado, la Ley de Servicios Financieros y los Decretos Supremos reglamentarios, así como la actividad del mercado de valores, los intermediarios y entidades auxiliares del mismo. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) es una institución del Estado Plurinacional de Bolivia que REGULA CONTROLA y SUPERVISA el funcionamiento del Sistema Financiero. Intermediación Financiera Seguros Valores ASFI y el carácter de la normativa ¿QUÉ CARÁCTER TIENEN LAS NORMAS QUE EMITE ASFI? El marco normativo tiene carácter prudencial y está orientada a: Evitar que las entidades financieras incurran en riesgos excesivos que pongan en peligro los ahorros del público. Proteger los derechos de los consumidores financieros y promover la prestación de servicios de óptima calidad por parte de las entidades financieras. Características Principales de la Normativa Tributaria Sistema Tributario Boliviano Régimen General Regímenes Especiales Personas Naturales Régimen Tributario Simplificado Empresas Unipersonales Sistema Tributario Integrado Personas Jurídicas Régimen Agropecuario unificado Características Principales de la Normativa Tributaria ¿Qué impuestos debe pagar y cuales son las características del régimen general?. El régimen General comprende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades industriales, comerciales, de servicios, bancarias, profesionales, independientes y otros. Obligaciones para el Régimen General ¿Qué Grava? ¿Cuánto se paga? ¿Cómo se paga? ¿Cuánto se paga? IUE IT IVA RC-IVA Impuesto sobre las utilidades de las Empresas Impuesto a las transacciones Impuesto al Valor agregado Régimen Complementario al IVA Utilidad Neta Ingresos Brutos *Ventas *Servicios *Importaciones Ingresos Dependientes 25% 3% 13% 13% de la Utilidad de los Ingresos de Ventas de los Ingresos Form. 500 Form. 510 Form. 400 Cada año Hasta 120 días después del cierre de gestión Fiscal Form. 200 Form. 210 Form. 610 Cada mes Cada mes De acuerdo al ultimo digito del NIT De acuerdo al ultimo digito del NIT Cada mes Hasta el día 20 Características Principales de la Normativa Tributaria Regímenes Especiales Régimen Tributario Simplificado (RTS) Destinado a personas naturales que ejercen actividades de vivanderos, artesanos y comerciantes minoristas. Cuota Bimestral Capital mínimo Bs. 12,001 Capital máximo Bs. 37,000 Venta anual máxima Ventas Unitarias Bs. 136,000 Comerciantes minoristas Bs. 480 Vivanderos Bs. 148 Artesanos Bs. 640 Sistema Tributario Integrado (STI) Destinado a personas naturales que prestan servicios publico de transporte urbano y/o interprovincial Cuota Trimestral Régimen Agropecuario Unificado (RAU) Destinado a personas naturales y sucesiones indivisas que realicen actividades agrícolas o pecuarias en predios cuya superficie este comprendida dentro de los limites establecidos. Cuota Anual Régimen General ¿Qué fechas de vencimiento debe considerar? Vencimientos MENSUALES De acuerdo al ultimo digito del NIT, las fechas de presentación de sus deberes formales 1 2 3 4 HASTA EL 13 DE CADA MES HASTA EL 14 DE CADA MES HASTA EL 15 DE CADA MES HASTA EL 16 DE CADA MES HASTA EL 17 DE CADA MES 5 6 7 8 9 HASTA EL 18 DE CADA MES HASTA EL 19 DE CADA MES HASTA EL 20 DE CADA MES HASTA EL 21 DE CADA MES HASTA EL 22 DE CADA MES 0 * En todos los casos, si el vencimiento cae en fin de semana o feriado se traslada al primer día hábil siguiente. Declaraciones Juradas ANUALES Las declaraciones Juradas anuales se presentan después del cierre de gestión, por los contribuyentes alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) En los formularios 500, 510, 520. El vencimiento es de 120 días posteriores al cierre de gestión a la actividad del contribuyente. Tipo de Actividad *Empresas industriales, petroleras y constructoras Fecha de cierre de gestión 31 de marzo *Empresas gomeras, castañeras, agrícolas, Ganaderas y agroindustriales 30 de junio *Empresas mineras 30 de septiembre *Empresas comerciales, bancarias, de servicios, profesionales independientes y otras no contempladas en las anteriores 31 de diciembre Obligaciones impositivas anuales Pequeño negocio NIT 0007 ………. ENE 14 (hasta el 20) pagar IVA-IT (Dic) FEB 14 (hasta el 20) pagar IVA-IT (Ene) ABR 15 (hasta el 30) Pagar IUE (2013). Derechos y Deberes de los contribuyentes Derechos A ser informado y asistido en el cumplimiento de sus obligaciones impositivas. A ser tratado con el debido respeto y considerando por el personal de la Administración Tributaria A solicitar certificación y copia de sus declaraciones juradas presentadas. A ser informado y asistido en el ejercicio de sus derechos. A que la Administración Tributaria resuelva cuestiones planteadas en procedimientos administrativos y disposiciones reglamentarias en los plazos establecidos. A formular y aportar todo tipo de pruebas y alegatos, que deberán ser tomados en cuenta al redactar la Resolución correspondiente. A la devolución de montos pagados en exceso. A la reserva y confidencialidad de toso sus datos e información. Derechos y Deberes de los contribuyentes Deberes Demostrar la procedencia y cuantía de los créditos fiscales. Permitir la utilización de programas y aplicaciones informáticas provistos por el SIN. Inscribirse en los registros habitados por el SIN y comunicar ulteriores modificaciones. Respaldar las actividades y operaciones gravadas, mediante libros, registros generales y especiales, facturas y otros. Conservar de forma ordenada en el domicilio tributario los documentos de respaldo de sus actividades. Facilitar las tareas de control, determinación, verificación, investigación y otros que realice el SIN. Determinar, declarar, y pagar correctamente la deuda tributaria. Beneficios de los contribuyentes Todos los bolivianos y bolivianas recibimos los beneficios de los impuestos Infraestructura Seguridad Industrialización Tele comunicaciones Educación Agroindustria - Mejorar la calidad de vida de la población. - Permiten lograr el equilibro social. - Inciden en el desarrollo de Bolivia. - Pagar impuestos no es una elección, es un deber de todos los bolivianos. - Todos debemos contribuir de acuerdo a nuestra capacidad económica, por ello, cuando emprendemos algún negocio, obtenemos el NIT, dando legalidad a nuestra actividad. Riesgos de los contribuyentes El incumplimiento de las obligaciones Fiscales trae como consecuencia: Multas Auditorias Recargos La intervención y clausura de negocios Gastos de ejecución Hasta años en la cárcel Si el contribuyente asume conductas inapropiadas o atípicas que afecten al correcto pago de los impuestos, se les aplicará las siguientes sanciones: No se les permitirá dosificar sus facturas. Se arriesgan a la publicación de sus nombres en la página de impuestos y en otros medios. No se les entregará los CEDEIMS, entre otras. Riesgos por incumplimiento (Bancario) Si una persona natural o jurídica incumple sus obligaciones Fiscales, no podrá acceder a ningún crédito en el Sistema Financiera Nacional. Debido a que las Entidades se ven en la obligación de realizar la evaluación crediticia de sus prestatarios, en base a la información presentada al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). La norma tributaria en relación al sistema financiero Circular 091/2011 – 27/09/2011 Circular 093/2011 – 21/10/2011 (ASFI). Entidades del Sistema Financiero deben hacer la evaluación crediticia (determinar la capacidad de pago) de sus prestatarios, en base a la información presentada al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Esta modificación afecta a los clientes con Número de Identificación Tributaria (NIT). - Empresas Jurídicas. Empresas Unipersonales. En caso de personas naturales con actividad independiente (NIT y la documentación declarada que corresponda al Régimen o Sistema de dicho NIT) * La documentación requerida y la información presentada está amparada en el Secreto Bancario. Información Tributaria requerida por las EIF.- (función al tamaño) i. Gran Empresa: información financiera presentada al SIN de las gestiones fiscales que establezcan sus políticas crediticias y la documentación que la EIF considere necesaria. ii. Mediana Empresa: información financiera presentada al SIN mínimamente de una gestión fiscal y la documentación que la EIF considere necesaria. iii. Pequeña Empresa: información financiera presentada al SIN mínimamente de una gestión fiscal y la documentación que la EIF considere necesaria. iv. Microempresa: La evaluación crediticia deberá ser realizada aplicando la tecnología desarrollada por la EIF y la documentación que el EIF considere necesaria. Información y documentación mínima a requerir Las entidades financieras, de acuerdo a sus políticas y cumpliendo con la legislación vigente, debe requerir a sus clientes información actualizada confiable y oportuna, relacionada con: Su idenficación, domicilio. Actividad (producción/comercio/servicios). Las garantías (hipotecaria, prendaria, personal) Información financiera y patrimonial. Información sobre el tamaño de la actividad del prestatario (Art. 2° Circulares 091/2011- y 093/2011) Para establecer el tamaño de la actividad del prestatario se deben utilizar los siguientes índices y metodología de cálculo: Rangos de estratificación: Circulares 091/2011 y 093/2011 Sección 8 : Información y documentación minima Un ejemplo de calculo del tamaño La tienda de abarrotes “Almacen Lupita” tiene el siguiente estado de resultados: ACTIVO PASIVO Inventario Activo fijo (vivienda) 400.000 Bs 1.600.000 Bs TOTAL ACTIVO 2.000.000 Bs INGRESOS ANUALES 1.500.000 Bs Deudas 600.000 Bs PATRIMONIO 1.400.000 Bs El Calculo del índice para “almacén lupita” será: Índice = 3√ 1.500.000 1.400.000 2 -------------- * -------------- * ----35.000.000 21.000.000 100 Por lo tanto se clasifica como pequeña empresa. el resultado del calculo es: 0.038, BMSC y la Intermediación Financiera El negocio bancario: inversión y financiación Prudencia Confianza Depósitos Préstamos / Créditos Inversiones Recursos Propios BMSC y la Intermediación Financiera El negocio bancario: ingresos, costes y dividendos Costes Financieros Dividendos - Creación de Valor Productos Financieros Intereses, dividendos y ganancias de capital Préstamo/Crédito Préstamo (Monto, plazo, Interés) Cantidad de dinero. CONTRATO. Persona natural/jurídica (prestatario). Pagos fijos (capital e interés) Compromiso de devolucion según condiciones. Préstamo / Crédito Un préstamo es la operación financiera en la cual una entidad financiera entrega a una persona natural o jurídica (prestatario) una cantidad fija de dinero al comienzo de la operación, con la condición de que el prestatario devuelva esa cantidad junto con los intereses pactados en un plazo determinado. La amortización (devolución) del préstamo normalmente se realiza mediante unas cuotas regulares (mensuales, trimestrales, semestrales…) a lo largo de ese plazo. Por lo tanto, la operación tiene una vida determinada previamente. Los intereses se cobran sobre el total del dinero prestado. ¿Cuándo se requiere un crédito? Cuando una empresa o persona no cuenta con recursos propios disponibles para: - Invertir - Adquirir bienes de consumo - Contar con una vivienda - Financiar un servicio ¿Quienes pueden obtener créditos? - Personas con ingresos permanentes (continuidad y estabilidad laboral). - Personas que generan ingresos y tienen capacidad de pago. - Personas que justifiquen el objeto del crédito a obtener (negocio, compra de casa, estudios, etc.). - Personas que no tengan deudas pendientes en Entidades Financieras. ¿Que entidades otorgan créditos? -Todos las entidades financieras nacionales o extranjeras que se encuentren autorizadas por ASFI. (Bancos, Cooperativas, Mutuales de Ahorro y Préstamo, por ejemplo). Tipo de préstamos y sus beneficios Crédito Empresarial Crédito Consumo Crédito Pyme Microcrédito Crédito Vivienda Crédito Empresarial Todo crédito otorgado a una persona natural o jurídica con el objeto de financiar actividades de producción, comercialización o servicios, y cuyo tamaño de la actividad económica se encuentre clasificado en el índice de Gran Empresa calculado en base al número de personal ocupado, monto de ingresos por ventas y valor del patrimonio. BENEFICIOS Permite ampliar la infraestructura de la empresa. Posibilita adquirir e importar nueva tecnología (maquinaria y equipos). Permite contar con recursos para comprar o importar inventario (materias primas, mercaderías). Posibilita cubrir necesidades estacionales de liquidez. Permite financiar las cuentas por cobrar. Facilita recursos para la internación de mercadería. Permite realizar operaciones de pre y post embarque. Crédito PYME Todo crédito otorgado a una persona natural o jurídica con el objeto de financiar actividades de producción, comercialización o servicios, y cuyo tamaño de la actividad económica se encuentre clasificado en el índice de Mediana Empresa y Pequeña Empresa, calculado en base al número de personal ocupado, monto de ingresos por ventas y valor del patrimonio. BENEFICIOS Ampliar la infraestructura de su negocio. Adquirir e importar nueva tecnología. Adquirir recursos que requiera su actividad productiva, como insumos, necesidades estacionales y otros gastos involucrados con el capital de trabajo. Posibilidad de comprar o importar inventario. Necesidades estacionales de liquidez, financiamiento de cuentas por cobrar, internación de mercadería y operaciones de pre y post embarque. Microcrédito Todo crédito otorgado a una persona natural o jurídica, o a un grupo de prestatarios, con el objeto de financiar actividades de producción, comercialización y servicios de menor escala, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas e ingresos generados por dichas actividades. Por el tamaño de la actividad económica se encuentra clasificado en el índice de microempresa, calculado en base al número de personal ocupado, monto de ingresos por ventas y valor del patrimonio BENEFICIOS Ampliar la infraestructura de su negocio en menor escala. Adquirir maquinarias y equipamiento. Comprar materias primas, mercaderías e internación de mercadería. Crédito de Vivienda Todo crédito otorgado a personas naturales destinado exclusivamente para: Adquisición de terreno para la construcción de vivienda. Construcción de vivienda individual. Compra, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento de vivienda individual o en propiedad horizontal. El crédito hipotecario de vivienda se limita a una primera o segunda vivienda de propiedad BENEFICIOS Ampliar, refaccionar o mejorar su vivienda. Adquirir su propia vivienda. Construir su propia vivienda. Crédito de Consumo OBJETO: Financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios de personas naturales, cuyos ingresos provienen de un salario o de actividades independientes verificables. BENEFICIOS Posibilidad de adquirir bienes y servicios de uso particular. Realizar compra de bienes, pago de servicios y adelantos de efectivo. Recomendaciónes - Conozca los principios básicos de sus estados financieros. - Procure que sus estados financieros sean lo más fidedignos posibles. - Conozca cuáles son sus obligaciones tributarias. - Planifique sus presentaciones y pagos de impuestos con antelación. Reclamos en primera y segunda instancia Principio: Todo consumidor financiero tiene derecho a presentar un reclamo si no está conforme con los servicios financieros que utiliza o si considera que sus derechos son vulnerados. Mecanismos de reclamo en primera instancia Mecanismo de reclamo en primera instancia (Punto de Reclamo) Es un lugar claramente identificado que debe estar disponible en todas las agencias de las entidades financieras, en el que cualquier consumidor financiero puede presentar un reclamo. El Banco tienen la obligación de dar respuesta escrita en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la recepción del reclamo, con información veraz, completa, exacta, imparcial, verificable y comprensible. Adicionalmente, se puede presentar un reclamo mediante el Call Center del Banco. Este trámite es totalmente gratuito. Mecanismos de reclamo en segunda instancia Mecanismo de reclamo en segunda instancia: La Defensoría del Consumidor Financiero. Tiene como misión la defensa y protección de los derechos e intereses de los consumidores financieros, frente a los actos, hechos u omisiones de las entidades financieras. Sus principales atribuciones y funciones son: - Atender en segunda instancia en forma objetiva y oportuna los reclamos presentados por los consumidores financieros por la prestación inadecuada de uno o varios servicios o la vulneración de sus derechos, por parte de las entidades financieras. - Registrar el reclamo y poner en conocimiento de la entidad financiera mediante la Central de Información de Reclamos y Sanciones – Entidades Financieras (CIRS EF), cuando el mismo haya sido presentado directamente ante ASFI. - Promover la conciliación entre los consumidores financieros y las entidades financieras durante el trámite de reclamo. - Atender las consultas de los consumidores financieros. Mecanismos de reclamo en segunda instancia Principales atribuciones y funciones (cont): - Brindar información sobre las funciones y atribuciones de la Defensoría del Consumidor Financiero. - Realizar el análisis y estudios sobre necesidades y grado de satisfacción de los consumidores financieros. - Definir los contenidos mínimos que los programas anuales de educación financiera de las entidades financieras deben considerar. - Gestionar programas de Educación Financiera, que respalden el cumplimiento de la misión de la Defensoría del Consumidor Financiero. - Requerir información a las entidades financieras sobre temas relacionados a los reclamos presentados. - Emitir dictámenes conforme a lo dispuesto en el inciso r) del Artículo 23 de la Ley de Servicios Financieros. GRACIAS…