licitacion pública por subasta inversa nº 0003-2006-mdlm-ce

Transcripción

licitacion pública por subasta inversa nº 0003-2006-mdlm-ce
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Comité Especial
LICITACION PÚBLICA POR SUBASTA
INVERSA Nº 0003-2006-MDLM-CE – PRIMERA
CONVOCATORIA
BASES
SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE
COMITÉ ESPECIAL
LICITACION PUBLICA POR SUBASTA INVERSA Nº 0003-2006-MDLM-CE – PRIMERA
CONVOCATORIA “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE”
1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Comité Especial
Suministro de Combustible para la Flota Vehicular de la Municipalidad de La Molina
CALENDARIO
ACTIVIDAD
1
2
3
Convocatoria
Registro de Participantes
Acto Público de Presentación de
Propuestas, Puja y Otorgamiento
de la Buena Pro
FECHA
HORA
25 de Julio del 2006
SEACE
Del 26 de Julio de 2006 al
08 de Agosto de 2006
De 09:00 a 15:00 horas
09 de Agosto de 2006
Inicio a las 09:00 horas
El registro de participantes se efectuará en la Subgerencia de Tesorería desde el día siguiente de
la convocatoria en el SEACE y hasta un (1) día antes de la fecha prevista para el acto de
presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro.
Derecho de participación: S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), pagaderos en efectivo en la
Subgerencia de Tesorería, sito en la Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740 – Las Lagunas – La Molina
que incluye la obtención de las Bases. El horario de atención de la Subgerencia de Tesorería es
de 09:00 a 15:00 horas.
El Acto Público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro será realizado
en el Salón Multiusos de la Municipalidad de La Molina sito en la Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740
– Las Lagunas – La Molina.
LICITACION PUBLICA POR SUBASTA INVERSA Nº 0003-2006-MDLM-CE - PRIMERA
CONVOCATORIA “ADQUISICION DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES”
2
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Comité Especial
BASES
I.
GENERALIDADES
1.1.
Entidad Convocante:
Municipalidad de La Molina
Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740 – Las Lagunas – La Molina.
1.2.
Descripción Básica del Objeto del Proceso:
El objeto del presente Proceso de Selección es el Suministro de Combustibles y
Lubricantes por el periodo de 12 meses.
1.2.1 Código de las Fichas Técnicas:
Código de Ficha Técnica
B172100040001
B172100040002
B172100040004
B172100070001
B175500110005
B175500100015
Denominación del Bien
GASOLINA DE 84 OCTANOS
GASOLINA DE 90 OCTANOS
GASOLINA DE 97 OCTANOS
PETROLEO DIESEL D-2
ACEITE MULTIGRADO SAE 20W-50
ACEITE MONOGRADO SAE 40 PARA
MOTOR PETROLERO
ACEITE PARA TRANSMISIONES
AUTOMATICAS Y DIRECCION
HIDRAULICA
B175500070001
1.2.2 Modalidad de Selección: SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
1.2.3 Sistema de Adquisición: PRECIOS UNITARIOS
1.2.4 Valor Referencial: S/. 1’513,118.13 Soles (Un Millón quinientos trece mil ciento
dieciocho y 13/100 Nuevos Soles) Incl. IGV.
La fecha del valor referencial es el 18 de Julio de 2006.
Gasolina
Gasolina
Gasolina
Petróleo
HELIX SUPER 20W50
RIMULA D40
HIDROLINA
84 Octanos
90 Octanos
97 Octanos
D2
Galones
Galones
Galones
Galones
Galones
Galones
Galones
164
55853
1026
66179
498
185
41
11.74
13.12
15.45
10.95
58.25
37.25
56.75
1.2.5 Fuente de Financiamiento: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS
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CONVOCATORIA “ADQUISICION DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES”
3
1,924.54
732,791.36
15,846.57
724,329.16
29,008.50
6,891.25
2,326.75
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Comité Especial
1.3
Valor Referencial según relación de Item:
Nº
1
2
3
4
5
6
7
Denominación
del Bien
GASOLINA DE 84
OCTANOS
GASOLINA DE 90
OCTANOS
GASOLINA DE 97
OCTANOS
PETROLEO
DIESEL D-2
ACEITE
MULTIGRADO
SAE 20W-50
ACEITE
MONOGRADO
SAE 40 PARA
MOTOR
PETROLERO
ACEITE PARA
TRANSMISIONES
AUTOMATICAS Y
DIRECCION
HIDRAULICA
VALOR
VALOR
REFERENCIAL REFERENCIAL DECREMENTO
CANTIDAD
UNITARIO
TOTAL
MÍNIMO
/
POR GALON
POR GALON
NUEVOS
GALONES
NUEVOS
EN NUEVOS
SOLES
SOLES
SOLES
164
11.74
1,924.54
0.12
55853
13.12
732,791.36
0.13
1026
15.45
15,846.57
0.15
66179
10.95
724,329.16
0.11
498
55.50
29,008.50
0.56
185
35.00
6,891.25
0.35
41
53.50
2,326.75
0.54
 El Monto Incluye IGV.
II.
DE LA CONVOCATORIA
La convocatoria se realizará a través de su publicación en el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, junto con las Bases y en la fecha
establecida en el calendario del Proceso.
III.
DEL REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes y entrega de Bases se efectuará en la Subgerencia de
Tesorería de esta Municipalidad sito en la Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740 – Las Lagunas
– La Molina, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, desde el día siguiente de la convocatoria
en el SEACE y hasta un (1) día antes de la fecha prevista para el acto de presentación de
propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro. En el caso de propuestas presentadas en
consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes.
Derecho de participación: S/. 10.00 (Diez y 00/100 nuevos soles), pagaderos en efectivo en
la Subgerencia de Tesorería, sito en la Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740 – Las Lagunas –
La Molina, que incluye la obtención de las Bases
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IV.
DE LOS POSTORES:
4.1.
Los postores deberán ser personas naturales o jurídicas que de acuerdo a ley se
encuentren en capacidad de brindar, sola o en consorcio, los requerimientos materia del
presente proceso de selección, a condición que se someta expresamente al cumplimiento
de las presentes Bases.
4.2
Podrán participar asimismo postores en Consorcio, sin que ello implique crear una persona
jurídica diferente. Para ello, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal
de Consorcio, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la buena pro y antes de la
suscripción del Contrato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37° de la Ley, y el
artículo 74° del Reglamento, así como lo dispuesto por la Directiva Nº 003-2003CONSUCODE/PRE, aprobado por la Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE, de
fecha 27 de febrero del 2003. Asimismo se deberá designar un representante o apoderado
común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que
se deriven de su calidad de postores y del Contrato hasta su liquidación.
4.3
Se encuentran impedidos para ser postores y/o contratistas:
a)
Las personas naturales o jurídicas, funcionarios públicos, entre otros que estén
taxativamente comprendidos en el Artículo 9° de la Ley.
b)
Aquellos proveedores que estén incluidos en el Registro de Inhabilitados para
Contratar con el Estado.
Asimismo, los postores en un proceso de selección están prohibidos de celebrar acuerdos,
entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre
competencia, de conformidad con lo señalado en el Artículo 10° de la Ley. En estos casos,
será de aplicación lo señalado por el numeral 8 del Artículo 294° del Reglamento, así como
las normas civiles y penales a que hubiere lugar.
V.
DEL ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO:
DE
PROPUESTAS,
PUJA
Y
El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro será
realizado en la Av. Ricardo Elias Aparicio Nº 740 – Las Lagunas – La Molina, en la hora
y fecha señalada y se iniciará cuando el presidente del Comité Especial con la
participación de un notario público haga un recuento detallado de las reglas que la
normativa establece para el desarrollo de cada uno de los siguientes actos sucesivos:
5.1.
5.2.
5.3.
5.4.
5.5.
5.6.
Acreditación de participantes:
Presentación de propuestas:
Clasificación de propuestas:
Período Puja:
Determinación de los puntajes:
Otorgamiento de la Buena Pro:
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Del mismo modo, se procederá a responder a las Consultas que hagan los participantes
del proceso en general.
5.1
ACREDITACIÓN DE PARTICIPANTES: El Presidente llamará a todos los participantes
en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad de que ellos o sus
representantes acrediten que cuentan con los poderes suficientes para presentar
propuestas en procesos de selección. Las personas naturales concurren
personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el
Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por
medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple.
Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá
como desistido de participar en el proceso de selección. Si algún postor es omitido,
podrá acreditarse con la presentación del comprobante por derecho de
participación.
De manera simultánea a la acreditación, los participantes deberán presentar:
DOCUMENTACION OBLIGATORIA
a)
Declaración Jurada del
legalización de firmas.
postor, según el Anexo N° 3, la que no requiere
En el caso de que la propuesta emanase de un consorcio, la declaración deberá
ser presentada por cada una de las empresas que lo conforman. Se precisa que
son responsables por el contenido de las declaraciones juradas los representantes
de las personas jurídicas que las suscriban.
b)
Pacto de Integridad, según el Anexo N° 4, el que no requiere legalización de
firmas.
c)
Las empresas que participen como consorcio deberán presentar, además, de la
declaración a que alude el inciso a) de este artículo, un documento suscrito por sus
representantes legales, donde conste la promesa formal de constituir el consorcio
en el caso de que éste sea favorecido con la buena pro, debiendo además precisar
las obligaciones que asumirá cada una de las partes así como la designación del o
los representantes del consorcio para todo el proceso de selección. En caso no se
precisara las obligaciones de cada uno de los integrantes, se presumirá que éstos
participarán conjuntamente en el objeto de la convocatoria.
d)
Declaración Jurada del postor indicando que cumple con todas las condiciones
establecidas en el Anexo N° 2 de las presentes Bases.
e)
Declaración Jurada indicando al Item en el que participan.
f)
Copia del Registro Nacional de Proveedores emitidos por el CONSUCODE.
g)
Copia del Registros de Productos Industriales Nacionales RPIN.
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5.2
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: A los participantes que hayan cumplido
debidamente con la entrega de la documentación completa solicitada para la
acreditación y verificación de las condiciones básicas de cumplimiento contractual,
se les llamará para que presenten los sobres cerrados que contienen sus propuestas
de precios.
6.2
En los procesos de selección según relación de ítems, se deberá presentar un sobre
por cada ítem a que se presente y se hará el llamado respectivo para cada uno de
estos.
El sobre con la propuesta de precios deberá contener el precio unitario del bien,
expresado en nuevos soles, incluidos los tributos, seguros, transportes, inspecciones,
pruebas y de ser el caso los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como
cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien.
La propuesta deberá estar debidamente foliada y rubricada por el representante legal
del postor.
Una vez entregadas las propuestas de precios, el presidente del Comité Especial
abrirá cada uno de los sobres anunciando los montos consignados y el secretario
los anotará en la pantalla ordenándolos de menor a mayor, para el seguimiento de
los asistentes. El notario público verificará dichas actuaciones y hará las
anotaciones correspondientes en el acta respectiva.
5.3
Clasificación de propuestas: Las propuestas que superen en más del 10% el valor
referencial (límite máximo establecido) serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose
por no presentadas.
Para el período de puja, sólo pasará el postor que haya ofrecido el menor precio total y
aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más de 10 %, salvo que, una vez
realizado dicho corte, no hubieran pasado al período de puja tres o más postores, incluido
el mejor (menor precio), cuyo caso se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres
mejores precios, cualesquiera que sean los montos ofrecidos. En caso que dos o más
postores hubieran ofrecido el mismo precio, todos ellos tendrán las mismas posibilidades
de pasar al período de puja; sin embargo, se realizará un sorteo entre ellos para establecer
un orden de prelación.
5.4
Período de Puja: Los postores clasificados, podrán participar realizando lances verbales,
para lo cual tendrán como precio base al monto unitario más bajo ofrecido hasta dicho
momento.
Durante el período de puja, los postores podrán realizar las coordinaciones internas que
consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con
la finalidad de realizar lances verbales.
El presidente del Comité Especial, invitará al postor que haya presentado la propuesta de
menor precio unitario a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás
postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas,
siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la subasta
inversa, cuando al ser requerido para realizar un lance verbal manifieste expresamente su
desistimiento.
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A efectos de realizar lances verbales, debe contemplarse necesariamente el decremento
mínimo establecido en la presente convocatoria.
Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres
(03) minutos para dar una respuesta, de lo contrario, se le tendrá por desistido.
El período de puja culminará cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que
todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir
presentando lances verbales.
5.5
Determinación de Puntajes: Culminado el período de puja, se asignará 100 puntos a la
propuesta de menor precio, y al resto de propuestas válidas el puntaje inversamente
proporcional, en función al último precio ofrecido.
Seguidamente, se asignará la bonificación especial establecida por la Ley de Promoción
del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, al puntaje obtenido por los
postores que hayan presentado la declaración jurada a que hacen referencia tales
dispositivos (de ser el caso).
5.6
Otorgamiento de la Buena Pro: Se otorgará por el total de los items al postor que haya
obtenido el mayor puntaje.
El Comité Especial puede otorgar la buena pro a propuestas que excedan hasta en diez
por ciento (10%) el valor referencial.
Si se presentara un solo postor con propuesta válida, se le otorgará la buena pro, de
acuerdo a lo establecido en el primer párrafo del artículo 32° de la Ley.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se
efectuará observando estrictamente el orden establecido en el artículo 133° del
Reglamento.
Otorgada la buena pro de un (1) ítem se procederá a la apertura de los sobres propuesta
precios del ítem siguiente.
VI.
DEL CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO:
La buena pro quedará automáticamente consentida si hasta el momento del cierre del acto
público, ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de interponer el
recurso de revisión.
VII.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las discrepancias que surjan entre la Municipalidad y los participantes, desde la
convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, solamente podrán dar lugar
a la interposición del recurso de revisión ante el Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes al acto
público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro,
siempre que, antes de finalizar el acto público, se haya dejado constancia de la
voluntad de hacerlo.
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Para la interposición del recurso de revisión deben cumplirse los requisitos, tasas y
garantías establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
El citado Tribunal, deberá resolver el recurso de revisión dentro del término de diez (10)
días hábiles, adjudicando la buena pro a quien corresponda, salvo que requiera
información o Documentación adicional por parte de la Municipalidad de La Molina, en cuyo
caso podrá ampliar dicho plazo en cinco (05) días más, debiendo resolver aunque la
Municipalidad no haya cumplido con remitir lo requerido.
Vencido el plazo para resolver y notificar el recurso de revisión, el recurrente deberá
asumir que aquél fue denegado, a efectos de la interposición de la demanda contenciosoadministrativa.
VIII.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se ceñirá al modelo que figura en el Anexo N° 5 y será firmado por el
representante de la empresa favorecida con la buena pro, en la fecha que la Municipalidad
de La Molina indique, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 203° del Reglamento, esto
es, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad de La
Molina lo convoque para la suscripción del contrato.
Para poder firmar el contrato, el representante de la empresa deberá presentar los
siguientes documentos:
a)
b)
c)
d)
e)
Poder otorgado por persona(s) autorizada(s) para dar representación a terceros,
inscrito en los Registros Públicos, el cual debe contener la facultad para firmar
contratos en representación de la empresa.
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Certificados de conformidad emitidos por organismos de certificación acreditados
ante INDECOPI, de acuerdo con lo indicado en la ficha técnica de cada ítem.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
Carta Fianza de fiel Cumplimiento con vigencia hasta la conformidad de la
recepción de la totalidad del suministro solicitado a cargo del contratista. El monto
de la Garantía será del 10% del monto total del contrato.
Cuando la Propuesta Económica fuese inferior al Valor Referencial en mas del
veinte por ciento (20%) de este, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento y con
idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía
adicional por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el Valor
Referencial y la Propuesta Económica
Si el postor ganador no suscribiera el contrato dentro del plazo otorgado, perderá
automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
En tal caso, la buena pro le corresponderá al último de los postores en desistirse por
haber ocupado el segundo lugar. Si no hubieran participado en la puja dos o más
postores, el proceso de selección será declarado desierto.
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Comité Especial
ANEXO N° 1
FICHAS TÉCNICAS
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
Denominacion tecnica
Grupo/clase/familia
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
Anexos adjuntos
: GASOLINA DE 84sp
: GASOLINA DE 84sp
: COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/COMBUSTIBLES Y
CARBURANTES/GASOLINA PARA VEHICULOS
: GASOLINA DE 84 OCTANOS
: B172100040001
: 2
: Aprobada
: Galones
: del 13/09/2005 al 27/09/2005
: 29/03/2006 18:01
: La gasolina es una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros, que generalmente
contiene pequeñas cantidades de aditivos, apropiada para uso de motores de
ignición por chispa y de combustión interna.
:
CARACTERISTICAS TECNICAS

Métodos de ensayo
Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se
adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor.
- Destilación: Método de ensayo ASTM D 86
- Relación vapor/líquido: El Método de Ensayo ASTM D 2533 tiene procedimientos para la determinación de la
relación vapor líquido (V/L) tanto para gasolina como para mezclas gasolina-oxigenado. Debido a que algunos
oxigenados son miscibles con la glicerina usada en un procedimiento, otro procedimiento que usa mercurio como
fluido de confinación se provee para las mezclas gasolina-oxigenado. Cualquiera de los procedimientos puede ser
usado para la determinación de V/L para la gasolina. El Método de Ensayo ASTM D 5188 es un método de
cámara evacuada para la determinación de temperaturas para relaciones de vapor líquido entre 8:1 y 75:1. Puede
ser usado tanto para gasolina como para mezclas gasolina oxigenado.
- Presión de vapor: Métodos de ensayo ASTM D 4953, ASTM D 5190, ASTM D 5191 o ASTM D 5482.
- Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, tres horas a 50 ºC.
- Contenido de goma lavada por solvente: Método de ensayo ASTM D 381, aparato de aire a chorro.
- Azufre: Métodos de ensayo ASTM D 1266, ASTM D 2622 o ASTM D 4294. Con el método de ensayo ASTM D
1266, se puede determinar concentraciones de Azufre total en un rango de 0,01% a 0,4% en masa. Para el
método de ensayo ASTM D 2622 se utiliza como disolvente el aceite blanco (While Oil) para concentraciones de
azufre de 3mg/kg a 5,3% en masa. Con el método de ensayo ASTM D 4294, el rango de concentración aplicable
es de 0,0150% a 5,00% en masa de azufre.
- Plomo: Métodos de Ensayo ASTM D 3341 o ASTM D 5059 (Métodos de Ensayo A o B). Para niveles de plomo
menores a 0,03g/L use los Métodos de Ensayo ASTM D 3237 o ASTM D 5059 (Método de Ensayo C).
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Comité Especial
- Estabilidad a la oxidación: Método de Ensayo ASTM D 525.
Detección de oxigenados: Método de Ensayo ASTM D 4815 o ASTM D 5845. Estos métodos están diseñados
para la determinación cuantitativa de metil ter-butil éter (MTBE), etil ter-butil éter (ETBE), metil ter-amil éter
(TAME), diisopropil éter (DIPE), alcohol metílico, alcohol etílico, y alcohol ter-butílico. Adicionalmente, el Método
de Ensayo ASTM D 4815 está diseñado para la determinación cuantitativa de alcohol propílico normal, alcohol
isopropílico, alcohol butílico normal, alcohol sec-butílico, alcohol isobutílico y alcohol ter-amílico. Los resultados de
estos métodos se reportan en porcentaje en masa, pero el Método de Ensayo ASTM D 4815 incluye
procedimientos para el cálculo de la concentración de oxigenados en porcentaje en volumen y el contenido
másico de oxígeno usando los resultados de porcentaje en masa de oxigenados.
- Tolerancia de agua: Véase el método de ensayo en el Anexo B de la NTP 321.102-2002.
El significado de estas especificaciones se detalla en el Anexo E de la NTP 321.102-2002.
REQUISITOS


Gasolina 84sp
Apariencia: Transparente.
Volatilidad:
-DestilaciónºC(a 760 mmHg).
10%Vol.: Min:-- Máx.:70
50%Vol.: Min:77 Máx.:121
90%Vol.: Min:-- Máx.:190
Punto final: Min:-- Máx.:225
Residuo,% V: Min:-- Máx.:2
-Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20
-Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10)
Composición:
-Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7
-Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45
-Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25
-Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5
Corrosividad:
-Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1
-Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10
Estabilidad a la Oxidación:
-Minutos:Min:240 Máx.:-Antidetonancia:
-Nº Octano Research: Regular
Contaminantes:
-Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0
-Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0.013
Certificaciones
Según el Decreto Supremo Nº034-2003-MTC a partir del 1 Enero de 2005 la gasolina de 84 octanos no deberá
contener Plomo.
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
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Comité Especial
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
Denominacion tecnica
Grupo/clase/familia
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
Anexos adjuntos
: GASOLINA DE 90sp
: GASOLINA DE 90sp
: COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/COMBUSTIBLES Y
CARBURANTES/GASOLINA PARA VEHICULOS
: GASOLINA DE 90 OCTANOS
: B172100040002
: 2
: Aprobada
: Galones
: del 13/09/2005 al 27/09/2005
: 29/03/2006 18:05
: La gasolina es una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros, que generalmente
contiene pequeñas cantidades de aditivos, apropiada para uso de motores de
ignición por chispa y de combustión interna.
:
CARACTERISTICAS TECNICAS

Métodos de ensayo
Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se
adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor.
- Destilación: Método de ensayo ASTM D 86
- Relación vapor/líquido: El Método de Ensayo ASTM D 2533 tiene procedimientos para la determinación de la
relación vapor líquido (V/L) tanto para gasolina como para mezclas gasolina-oxigenado. Debido a que algunos
oxigenados son miscibles con la glicerina usada en un procedimiento, otro procedimiento que usa mercurio como
fluido de confinación se provee para las mezclas gasolina-oxigenado. Cualquiera de los procedimientos puede ser
usado para la determinación de V/L para la gasolina. El Método de Ensayo ASTM D 5188 es un método de
cámara evacuada para la determinación de temperaturas para relaciones de vapor líquido entre 8:1 y 75:1. Puede
ser usado tanto para gasolina como para mezclas gasolina oxigenado.
- Presión de vapor: Métodos de ensayo ASTM D 4953, ASTM D 5190, ASTM D 5191 o ASTM D 5482.
- Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, tres horas a 50 ºC.
- Contenido de goma lavada por solvente: Método de ensayo ASTM D 381, aparato de aire a chorro.
- Azufre: Métodos de ensayo ASTM D 1266, ASTM D 2622 o ASTM D 4294. Con el método de ensayo ASTM D
1266, se puede determinar concentraciones de Azufre total en un rango de 0,01% a 0,4% en masa. Para el
método de ensayo ASTM D 2622 se utiliza como disolvente el aceite blanco (While Oil) para concentraciones de
azufre de 3mg/kg a 5,3% en masa. Con el método de ensayo ASTM D 4294, el rango de concentración aplicable
es de 0,0150% a 5,00% en masa de azufre.
- Plomo: Métodos de Ensayo ASTM D 3341 o ASTM D 5059 (Métodos de Ensayo A o B). Para niveles de plomo
menores a 0,03g/L use los Métodos de Ensayo ASTM D 3237 o ASTM D 5059 (Método de Ensayo C).
- Estabilidad a la oxidación: Método de Ensayo ASTM D 525.
Detección de oxigenados: Método de Ensayo ASTM D 4815 o ASTM D 5845. Estos métodos están diseñados
para la determinación cuantitativa de metil ter-butil éter (MTBE), etil ter-butil éter (ETBE), metil ter-amil éter
(TAME), diisopropil éter (DIPE), alcohol metílico, alcohol etílico, y alcohol ter-butílico. Adicionalmente, el Método
de Ensayo ASTM D 4815 está diseñado para la determinación cuantitativa de alcohol propílico normal, alcohol
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isopropílico, alcohol butílico normal, alcohol sec-butílico, alcohol isobutílico y alcohol ter-amílico. Los resultados de
estos métodos se reportan en porcentaje en masa, pero el Método de Ensayo ASTM D 4815 incluye
procedimientos para el cálculo de la concentración de oxigenados en porcentaje en volumen y el contenido
másico de oxígeno usando los resultados de porcentaje en masa de oxigenados.
- Tolerancia de agua: Véase el método de ensayo en el Anexo B de la NTP 321.102-2002.
El significado de estas especificaciones se detalla en el Anexo E de la NTP 321.102-2002.
REQUISITOS

Gasolina 90 sp
Apariencia: Transparente.
Volatilidad:
-DestilaciónºC(a 760 mmHg).
10%Vol.: Min:-- Máx.:70
50%Vol.: Min:77 Máx.:121
90%Vol.: Min:-- Máx.:190
Punto final: Min:-- Máx.:225
Residuo,% V: Min:-- Máx.:2
-Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20
-Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10)
Composición:
-Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7
-Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45
-Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25
-Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5
Corrosividad:
-Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1
-Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10
Estabilidad a la Oxidación:
-Minutos:Min:240 Máx.:-Antidetonancia:
-Nº Octano Research: Super
Contaminantes:
-Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0
-Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0,013
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC
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FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
Denominacion tecnica
Grupo/clase/familia
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
Anexos adjuntos
: GASOLINA DE 97sp.
: GASOLINA DE 97sp.
: COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/COMBUSTIBLES Y
CARBURANTES/GASOLINA PARA VEHICULOS
: GASOLINA DE 97 OCTANOS
: B172100040004
: 2
: Aprobada
: Galones
: del 04/07/2005 al 16/07/2005
: 29/03/2006 18:30
: La gasolina es una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros,que generalmente
contiene pequeñas cantidades de aditivos,apropiada para uso de motores de
ignición por chispa y de combustión interna.
:
CARACTERISTICAS TECNICAS

Métodos de ensayo
Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se
adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor.
Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se
adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor.
- Destilación: Método de ensayo ASTM D 86
- Relación vapor/líquido: El Método de Ensayo ASTM D 2533 tiene procedimientos para la determinación de la
relación vapor líquido (V/L) tanto para gasolina como para mezclas gasolina-oxigenado. Debido a que algunos
oxigenados son miscibles con la glicerina usada en un procedimiento, otro procedimiento que usa mercurio como
fluido de confinación se provee para las mezclas gasolina-oxigenado. Cualquiera de los procedimientos puede ser
usado para la determinación de V/L para la gasolina. El Método de Ensayo ASTM D 5188 es un método de
cámara evacuada para la determinación de temperaturas para relaciones de vapor líquido entre 8:1 y 75:1. Puede
ser usado tanto para gasolina como para mezclas gasolina oxigenado.
- Presión de vapor: Métodos de ensayo ASTM D 4953, ASTM D 5190, ASTM D 5191 o ASTM D 5482.
- Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, tres horas a 50 ºC.
- Contenido de goma lavada por solvente: Método de ensayo ASTM D 381, aparato de aire a chorro.
- Azufre: Métodos de ensayo ASTM D 1266, ASTM D 2622 o ASTM D 4294. Con el método de ensayo ASTM D
1266, se puede determinar concentraciones de Azufre total en un rango de 0,01% a 0,4% en masa. Para el
método de ensayo ASTM D 2622 se utiliza como disolvente el aceite blanco (While Oil) para concentraciones de
azufre de 3mg/kg a 5,3% en masa. Con el método de ensayo ASTM D 4294, el rango de concentración aplicable
es de 0,0150% a 5,00% en masa de azufre.
- Plomo: Métodos de Ensayo ASTM D 3341 o ASTM D 5059 (Métodos de Ensayo A o B). Para niveles de plomo
menores a 0,03g/L use los Métodos de Ensayo ASTM D 3237 o ASTM D 5059 (Método de Ensayo C).
- Estabilidad a la oxidación: Método de Ensayo ASTM D 525.
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- Detección de oxigenados: Método de Ensayo ASTM D 4815 o ASTM D 5845. Estos métodos están diseñados
para la determinación cuantitativa de metil ter-butil éter (MTBE), etil ter-butil éter (ETBE), metil ter-amil éter
(TAME), diisopropil éter (DIPE), alcohol metílico, alcohol etílico, y alcohol ter-butílico. Adicionalmente, el Método
de Ensayo ASTM D 4815 está diseñado para la determinación cuantitativa de alcohol propílico normal, alcohol
isopropílico, alcohol butílico normal, alcohol sec-butílico, alcohol isobutílico y alcohol ter-amílico. Los resultados de
estos métodos se reportan en porcentaje en masa, pero el Método de Ensayo ASTM D 4815 incluye
procedimientos para el cálculo de la concentración de oxigenados en porcentaje en volumen y el contenido
másico de oxígeno usando los resultados de porcentaje en masa de oxigenados.
- Tolerancia de agua: Véase el método de ensayo en el Anexo B de la NTP 321.102-2002.
El significado de estas especificaciones se detallan en el Anexo E de la NTP 321.102-2002.
REQUISITOS

Gasolina 97sp
Apariencia: Transparente.
Volatilidad:
-DestilaciónºC(a 760 mmHg).
10%Vol.: Min:-- Máx.:70
50%Vol.: Min:77 Máx.:121
90%Vol.: Min:-- Máx.:190
Punto final: Min:-- Máx.:225
Residuo,% V: Min:-- Máx.:2
-Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20
-Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10)
Composición:
-Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7
-Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45
-Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25
-Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5
Corrosividad:
-Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1
-Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10
Estabilidad a la Oxidación:
-Minutos:Min:240 Máx.:-Antidetonancia:
-Nº Octano Research: Super Extra
Contaminantes:
-Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0
-Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0,013
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC
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Comité Especial
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
Denominacion tecnica
Grupo/clase/familia
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
: DIESEL Nº 2
: DIESEL Nº 2
: COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/COMBUSTIBLES Y
CARBURANTES/PETROLEO PARA MOTOR
: PETROLEO DIESEL 2
: B172100070001
: 3
: Aprobada
: Galones
: del 04/07/2005 al 16/07/2005
: 24/03/2006 12:36
: Existen 2 tipos de Combustible Diesel Nº 2:
Combustible Diesel Nº 2 Esta clase comprende destilados de menor
volatilidad. Estos combustibles se utilizan en motores de alta velocidad, en
servicios que implican relativamente altas cargas y velocidades uniformes.
Combustible Diesel Nº 2 especial: Esta clase comprende los gasóleos
destilados de menor volatilidad. Estos combustibles se utilizan en motores de
alta velocidad que requieren un contenido medio de azufre, elevado número
de cetano, en servicios que implican relativamente altas cargas y velocidades
uniformes.
Anexos adjuntos
:
CARACTERISTICAS TECNICAS

Métodos de Ensayo
- Punto de inflamación: Método de Ensayo ASTM D 93. Igualmente se puede usar el Método de Ensayo ASTM D
56 como otra alternativa siempre que el Punto de Inflamación esté por debajo de 93 ºC y que la viscosidad sea
menor que 5,5 mm ² /s (cSt) a 40 ºC. Este método de ensayo puede dar resultados ligeramente menores. En caso
de diferencia, el Método de Ensayo ASTM D 93es el método de arbitraje.
- Punto de escurrimiento: Método de Ensayo ASTM D 97.
- Agua y sedimentos: Métodos de ensayo ASTM D 2709 y ASTM D 1796.
- Residuo de carbón: Para el Carbón Ramsbottom el método de ensayo ASTM D 524. Si no se contara con el
equipo requerido para aplicar este método, se calculará esta propiedad utilizando el Apéndice X1 del Método de
Ensayo ASTM D 524 que relaciona el ensayo del Carbón Conradson (Método de Ensayo ASTM D 189) con el
Carbón Ramsbottom. Para el Carbón Conradson los métodos de ensayo ASTM D 189 y ASTM D 4530.
- Cenizas: Método de Ensayo ASTM D 482.
- Destilación: Método de Ensayo ASTM D 86
- Viscosidad: Método de Ensayo ASTM D 445
- Densidad: Métodos de Ensayo ASTM D 1298
- Azufre: Métodos de Ensayo ASTM D 129, ASTM D 2622, ASTM D 4294.
- Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, prueba de tres horas a 50 ºC.
- Número de cetano: Método de ensayo ASTM D 613. En caso de no contar con el equipo de este método, se
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Comité Especial
calculará el índice de Cetano con el método de ensayo ASTM D 4737: 96a
* Diesel Nº 2
--------------VOLATILIDAD
Destilación min.: --- máx.: --90% Recuperado, ºC min.: 282.0 máx.:360.0
Punto de inflamación Pensky Martens, ºC min.: 52,0 máx.: --FLUIDEZ
Viscosidad Cinemática a 40 ºC, sCt min.:1.7 máx.: 4,1
Punto de Escurrimiento ºC (A)min.: --- máx.: +4
COMPOSICION
Número de Cetano (B) min.: 45 máx.: --Índice de Cetano min.: 40 máx.: --Cenizas % masa min.: --- máx.: 0,010
Residuos de CarbónRamsbottom 10% fondos % masa (D) min.: --- máx.: 0.35
Azufre total % Masa min.: --- máx.: 0.50 (lo que equivale a 5,000 ppm ó 5,000 mg/kg)
CORROSIVIDAD
Corrosión a la lámina de Cobre, 3h 50 ºC, Nº min.: --- máx.: 3
CONTAMINANTES
Agua y Sedimentos, % Vol. min.: --- máx.: 0,05
* Diesel Nº 2 (especial)
--------------VOLATILIDAD
Destilación min.: --- máx.: --90% Recuperado, ºC min.: 282.0 máx.:360.0
Punto de inflamación Pensky Martens, ºC min.: 52,0 máx.: --FLUIDEZ
Viscosidad Cinemática a 40 ºC, sCt min.:1.9 máx.: 4,1
Punto de Escurrimiento ºC (A) min.: --- máx.: +4
COMPOSICION
Número de Cetano (B) min.: 50 máx.: --Índice de Cetano min.: 45 máx.: --Cenizas % masa min.: --- máx.: 0,010
Residuos de Carbón Ramsbottom 10% fondos % masa (D) min.: --- máx.: 0.35
Azufre total % Masa min.: --- máx.: 0.05 (lo que equivale a 5,000 ppm ó 5,000 mg/kg)
CORROSIVIDAD
Corrosión a la lámina de Cobre, 3h 50 ºC, Nº min.: --- máx.: 3
CONTAMINANTES
Agua y Sedimentos, % Vol. min.: --- máx.: 0,05
(A) Cuando el cliente lo requiere se determinará el Punto de Niebla o enturbiamiento ASTM D 2500-98a
(B) En caso de no contar con el equipo del Método de Ensayo D 613-95 (Número de Cetano) se calculará el
índice de Cetano con el Método de Ensayo ASTM D 4737: 96a
(C) Solamente para combustibles Diesel de rango de número de Cetano entre 56.5 a 60.0 se utilizará el Índice de
Cetano ASTM D 976 para calcular el Índice de Cetano.
(D) En caso de no contar con el equipo, se calculará esta propiedad utilizando el Apéndice XI del Método de
Ensayo ASTM D524: 97, que relaciona el ensayo de Carbón Conradson (Método de Ensayo ASTM D 189: 97)
con el Carbón Ramsbottom.
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Comité Especial
* Estos requisitos están conforme a la Ley N.° 28694, Ley que regula el contenido de azufre en el combustible
Diesel, publicado el 22 de marzo de 2006 y el Decreto Supremo N.º 041-2005-EM, Decreto Supremo que aprueba
el cronograma de reducción progresiva del contenido de Azufre en el
combustible Diesel, publicado el 14 de Octubre de 2005.
REQUISITOS

POR PARTE DE LA ENTIDAD
Sólo aquellas entidades que sean
A.-Consumidor Directo con Instalación Fija
--------------------------------------------------(Capacidad mínima de almacenamiento de 1m3 ó 264.17 gl.).
*Constancia de DGH (De la instalación o tanques donde se recibirá y almacenará el Diesel N° 2).
La referida constancia, y el Informe Técnico Favorable del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
(OSINERG).
*La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de
información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se
deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido
registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.
B.-Consumidor Directo con Instalación Móvil
----------------------------------------------------*Inscripción en la DGH (La autorización e inscripción, deben estar vigentes no se requiere el Informe Técnico
Favorable de OSINERG).
*La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de
información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se
deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido
registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

POR PARTE DEL POSTOR
Sólo aquellas postores que sean
A.-Distribuidores Mayoristas
---------------------------------*Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro
vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia).
*La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de
información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se
deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido
registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.
B.-Distribuidores Minoristas
--------------------------------*Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro
vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total
de galones para abastecer, con registro de camiones tanque y cisternas, con Informe Técnico Favorable de
OSINERG)
NOTA : El volumen máximo que podrá vender de DIESEL N° 2, por cliente (Entidad Pública), en forma mensual
no excederá de 113,56 m3 (30,000 galones), según Decreto Supremo 045-2005 EM, Modificación al Reglamento
de Comercialización del Subsector de Hidrocarburos.
*La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de
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Comité Especial
información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se
deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido
registradas y las Órdenes de despacho del operado, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.
C.-Grifos
----------*Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro
vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total
de galones para abastecer, especificación del tipo de establecimiento, con Informe Técnico Favorable de
OSINERG)
*La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de
información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se
deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido
registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
:
Denominacion tecnica
:
Grupo/clase/familia
:
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
:
:
:
:
:
:
Anexos adjuntos
ACEITE MULTIGRADO SAE 20W-50 PARA MOTOR GASOLINERO 4
TIEMPOS
ACEITE MULTIGRADO SAE 20W-50 PARA MOTOR GASOLINERO 4
TIEMPOS
COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/LUBRICANTES,
GRASAS Y AFINES/ACEITE MULTIGRADO
ACEITE MULTIGRADO 20 W 50?. X GALON
B175500110005
2
Aprobada
GALONES Y LITROS
del 06/07/2005 al 20/07/2005
: 29/03/2006 16:10
: Aceite multigrado SAE 20W-50,SL o superior, para motor a gasolina de 4
tiempos.
:
CARACTERISTICAS TECNICAS


Clasificación API:
SL o Superior.
Método:SAE J183
Propiedades:
Grado SAE: 20W-50.
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Comité Especial
Método:SAE J300
Viscosidad Cinemática a:
40ºC cSt : Requerimiento Mínimo: 142
Requerimiento Máximo: 225
Método: ASTM D445
100ºC cSt: Requerimiento Mínimo: 17.5
Requerimiento Máximo: 21.5
Método: ASTM D445
Indice de Viscosidad:
Requerimiento Mínimo:120
Método : ASTM D2270
Punto Inflamación(COC) ºC:
Requerimiento Mínimo:225
Método: ASTM D92
Punto de Fluídez ºC:
Requerimiento Máximo:-15
Método:ASTM D97
Densidad Kg/Lt a 15ºC:
Requerimiento Mínimo:Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método: Indicar
Color:
Requerimiento Mínimo: Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método:Indicar
REQUISITOS

Presentación de envases HD
1/4 Galón o 01 Litro, 01 Galón o 04 Litros, 05 galones o 20 Litros.
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
Debido a que no existe una NTP de requisitos para este producto, las características técnicas deberán ser exigidas en
términos contractuales. Es importante indicar la edición vigente de los métodos de ensayo indicados en la presente ficha
técnica:
ASTM D 445 / 03
ASTM D 2270 / 04
ASTM D 92 / 05
ASTM D 97 / 05
Para la densidad existen tres métodos de ensayo ASTM con los que se puede medir este parámetro: ASTM D 287 / 00;
ASTM D 1298 / 99 y ASTM D 4052 /02
Para el parámetro de Color el método ASTM correspondiente es el ASTM D 1500 / 04
La denominación de este bien ACEITE MULTIGRADO SAE 20W-50 PARA MOTOR GASOLINERO 4 TIEMPOS, se buscó
en el catálogo de bienes del Ministerio de Economía y Finanzas y se consideró para llenar la presente ficha a: Aceite
Multigrado 20W 50? x Galón.
FICHA TECNICA REVISADA POR SNOASC
LICITACION PUBLICA POR SUBASTA INVERSA Nº 0003-2006-MDLM-CE - PRIMERA
CONVOCATORIA “ADQUISICION DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES”
20
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Comité Especial
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
Denominacion tecnica
Grupo/clase/familia
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
Anexos adjuntos
: ACEITE MONOGRADO SAE 40 PARA MOTOR PETROLERO 4 TIEMPOS
: ACEITE MONOGRADO SAE 40 PARA MOTOR PETROLERO 4 TIEMPOS
: COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/LUBRICANTES,
GRASAS Y AFINES/ACEITE LUBRICANTE SAE
: ACEITE LUBRICANTE SAE 40 ?, CILINDRO DE 55 GALONES
: B175500100015
: 2
: Aprobada
: GALONES Y LITROS
: del 06/07/2005 al 20/07/2005
: 29/03/2006 15:41
: Aceite monogrado SAE 40 CF o Superior, para motor petrolero de 4 tiempos.
:
CARACTERISTICAS TECNICAS


Clasificación API:
CF o Superior.
Método:SAE J183.
Propiedades:
Grado SAE: 40.
Método:SAE J300
Viscosidad Cinemática a:
40ºC cSt : Requerimiento Mínimo: 150
Requerimiento Máximo: 180
Método: ASTM D445
100ºC cSt: Requerimiento Mínimo: 13
Requerimiento Máximo: 16.5
Método: ASTM D445
Indice de Viscosidad:
Requerimiento Mínimo:95
Método : ASTM D2270
Punto Inflamación(COC) ºC:
Requerimiento Mínimo:225
Método: ASTM D92
Punto de Fluídez ºC:
Requerimiento Máximo:-15
Método:ASTM D97
Densidad Kg/Lt a 15ºC:
Requerimiento Mínimo:Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
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CONVOCATORIA “ADQUISICION DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES”
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Comité Especial
Método: Indicar
Cenizas Sulfatadas,Peso% :
Requerimiento Máximo:1.5
Método: Indicar
TBN mg KOH/g :
Requerimiento Mínimo: 7
Método: Indicar
Color:
Requerimiento Mínimo: Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método:Indicar
REQUISITOS


Presentación de envases HD:
1/4 Galón o 01 Litro, 01 Galón o 04 Litros, 05 Galones o 20 Litros.
Certificación :
Para el parámetro de Cenizas Sulfatadas ASTM D 874 / 00
El Comprador deberá exigir Certificados de Conformidad emitidos por Organismos de Certificación Acreditados
ante INDECOPI.
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
Debido a que no existe una NTP de requisitos para este producto, las características técnicas deberán ser exigidas en
términos contractuales. Es importante indicar la edición vigente de los métodos de ensayo indicados en la presente ficha
técnica:
ASTM D 445 / 03
ASTM D 2270 / 04
ASTM D 92 / 05
ASTM D 97 / 05
Para la densidad existen tres métodos de ensayo ASTM con los que se puede medir este parámetro: ASTM D 287 / 00;
ASTM D 1298 / 99 y ASTM D 4052 /02
Para el parámetro de Color el método ASTM correspondiente es el ASTM D 1500 / 04
Para el parámetro de TBN existen dos métodos de ensayo ASTM con los que se puede medir este parámetro:; ASTM D 974
/ 04 y ASTM D 664 / 04.
La denominación de este bien, ACEITE MONOGRADO SAE 40 PARA MOTOR PETROLERO DE 4 TIEMPOS, no se
encuentra en el catálogo de bienes del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que se ha considerado para poder
completar esta ficha, el nombre que se encuentra en el catálogo y que más se asemeja, como es: Aceite Lubricante SAE
40?, Cilindro de 55 Galones.
FICHA TECNICA REVISADA POR SNOASC
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Comité Especial
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES
Denominacion del Bien
:
Denominacion tecnica
:
Grupo/clase/familia
:
Nombre del Bien en el catalogo del MEF
Codigo
Versión
Estado
Unidades de medida
Periodo para recibir sugerencias en el
SEACE
Fecha de inscripcion en el SEACE
Descripcion general
:
:
:
:
:
:
Anexos adjuntos
:
ACEITE PARA TRANSMISIONES AUTOMATICAS Y DIRECCION
HIDRAULICA
ACEITE PARA TRANSMISIONES AUTOMATICAS Y DIRECCION
HIDRAULICA
COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBICANTES/LUBRICANTES,
GRASAS Y AFINES/ACEITE INDUSTRIAL PARA SISTEMA HIDRAULICO
ACEITE INDUSTRIAL PARA SISTEMA HIDRAULICO ( X GALON )
B175500070001
2
Aprobada
GALONES Y LITROS
del 06/07/2005 al 20/07/2005
: 29/03/2006 16:41
: Aceite para transmisiones automáticas y dirección hidráulica.
CARACTERISTICAS TECNICAS


Clasificación API:
Requerimiento Mínimo:Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método:Indicar.
Propiedades:
Especificación:MERCON, DEXRON III.
Método:Indicar.
Viscosidad Cinemática a:
40ºC cSt : Requerimiento Mínimo: 33
Requerimiento Máximo: 55
Método: ASTM D445
100ºC cSt: Requerimiento Mínimo: 7
Requerimiento Máximo: 10
Método: ASTM D445
Indice de Viscosidad:
Requerimiento Mínimo:175
Método : ASTM D2270
Punto Inflamación(COC) ºC:
Requerimiento Mínimo:160
Método: ASTM D92
Punto de Fluídez ºC:
Requerimiento Máximo:-15
Método:ASTM D97
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Densidad Kg/Lt a 15ºC:
Requerimiento Mínimo:Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método: Indicar
Color:
Requerimiento Mínimo: Indicar
Requerimiento Máximo:Indicar
Método:Indicar.
REQUISITOS

Presentación de envases HD:
05 Galones o 20 Litros.
EXIGIR CERTIFICACIÓN
Opcional
OTRAS ESPECIFICACIONES
Debido a que no existe una NTP de requisitos para este producto, las características técnicas deberán ser exigidas en
términos contractuales. Es importante indicar la edición vigente de los métodos de ensayo indicados en la presente ficha
técnica:
ASTM D 445 / 03
ASTM D 2270 / 04
ASTM D 92 / 05
ASTM D 97 / 05
Para la densidad existen tres métodos de ensayo ASTM con los que se puede medir este parámetro: ASTM D 287 / 00;
ASTM D 1298 / 99 y ASTM D 4052 /02
Para el parámetro de Color el método ASTM correspondiente es el ASTM D 1500 / 04
La denominación de este bien, ACEITE PARA TRANSMISIONES AUTOMATICAS Y DIRECCION HIDRAULICA, no se
encuentra en el catálogo de bienes del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que se ha considerado para poder
completar esta ficha, el nombre que se encuentra en el catálogo y que más se asemeja, como es: Aceite Industrial para
Sistema Hidráulico (xGalón).
FICHA TECNICA REVISADA POR SNOASC
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ANEXO N° 2
DECLARACION JURADA
CONDICIONES BÁSICAS DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Suministro de Combustible y Lubricantes
1. Cantidad anual
Nº
1
2
3
4
5
6
7
Denominación del Bien
GASOLINA DE 84 OCTANOS
GASOLINA DE 90 OCTANOS
GASOLINA DE 97 OCTANOS
PETROLEO DIESEL D-2
ACEITE MULTIGRADO SAE 20W-50
ACEITE MONOGRADO SAE 40 PARA
MOTOR PETROLERO
ACEITE PARA TRANSMISIONES
AUTOMATICAS Y DIRECCION
HIDRAULICA
CANTIDAD / GALONES
182
62059
1140
73532
553
205
46
2. Condiciones mínimas de la estación de suministro de combustible
a) Deberán contar con surtidores o distribuidores por cada tipo de combustible.
b) Deberán tener necesariamente un grupo electrógeno, que permita que no se interrumpa el
suministro de combustible.
 La estación principal de suministro de combustible deberá estar ubicada en el
Distrito de La Molina en un radio máximo de 2.5 Km. de la Sede Principal de la
Municipalidad de La Molina sito en la Av. Ricardo Elias Aparicio Nº 740 – La
Lagunas – La Molina .
 Si el postor cuenta con más de una estación de suministro de combustible, podrá
indicar en su propuesta que cuenta con estaciones adicionales, siempre que éstas
cumplan con las condiciones mínimas exigidas.
3. De la facturación
a) La facturación por concepto de consumo de combustible, comprenderá el consumo
registrado hasta el último día hábil de cada semana. El pago se efectuará dentro de los
diez (10) días siguientes, previo a la conformidad de recepción del bien.
b) La factura deberá presentarse con el anexo de la orden de despacho y una hoja de
resumen.
4. Otras condiciones
a) El suministro de combustible debe efectuarse exclusivamente a la flota de vehículos de
propiedad de la Municipalidad de La Molina, para lo cual se entregará al contratista la
relación y los datos de los mismos.
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b) El combustible se despachará directamente al tanque del vehículo. Por ningún motivo se
abastecerá combustible en galones u otro tipo de envases.
c) El suministro de gasolina de 90 octanos, deberá considerar como mínimo 2 mangueras
en la estación principal.
d) El suministro de gasolina de 95 octanos, deberá considerar como mínimo 2 mangueras
en la estación principal.
e) El suministro de petróleo diesel D2, deberá considerar como mínimo 2 mangueras en la
estación principal.
f) Al momento de suministrar el combustible el encargado de Transporte deberá anotar en
la orden de despacho emitida por el establecimiento, los siguientes datos:








Fecha.
Placa.
Kilometraje.
Tipo de combustible suministrado.
Cantidad de galones suministrado.
Nombre y apellidos.
Número de registro.
Firma.
g) El horario de Atención a las unidades de la Municipalidad de la Molina deberá ser de
Lunes a Sábado de 7:00 am a 10:30 am y Domingos y Feriados de 9:00 am a 11:00 am.
h) Los precios ofrecidos sólo podrán ser reajustados en el mismo porcentaje en que se
acredite el incremento o disminución del precio fijado por su proveedor mayorista,
siempre que se ajuste a lo previsto en la última parte del numeral 1 del artículo 55 del
Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Para tal efecto, el
contratista deberá enviar a la Municipalidad de La Molina el documento emitido por su
proveedor mayorista referente al reajuste de precios con el sustento antes indicado. No
se considerarán documentos de otros mayoristas, ni se aprobarán aumentos que no
guarden relación con lo indicado en el inciso e) de este numeral o, de ser el caso,
mayores a los precios fijados para la venta al público.
En caso de disminución del precio del mayorista, el contratista deberá reducir su precio a
la Municipalidad desde la entrada en vigencia de dicha disminución.
i)
El contratista será responsable por los daños que pudiera ocasionar a los vehículos de
la Municipalidad de La Molina, debido al suministro de combustible adulterado u otras
sustancias. De presentarse este caso, el contratista pagará la totalidad del gasto que
ocasione la reparación del vehículo en el taller que la Municipalidad de La Molina
designe, en un máximo de 10 días calendario. Sin perjuicio de lo anterior, la
Municipalidad se reserva el derecho de resolver el contrato.
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j)
Si el precio que ofreció el contratista en su propuesta es menor al precio de venta al
público en su estación de suministro de combustible, esta diferencia en porcentaje
deberá mantenerse durante la vigencia del contrato.
k) De acuerdo a la modalidad de contratación de este proceso la Municipalidad de La
Molina, sólo se obliga a consumir la cantidad de combustible que demanden sus
necesidades.
l)
El contratista deberá presentar antes de la firma del contrato, copia simple de la
constancia de registro de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de
Energía y Minas, para la Estación Principal.
ACEITES
1. Los postores deberán cumplir obligatoriamente con las Fichas Técnicas.
2. La entrega de los lubricantes será en forma parcial, en los Almacenes de La Municipalidad.
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ANEXO N° 3
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA
DECLARACIÓN JURADA
POSTOR:
Lima,
de
del 2006
Señores
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Ciudad
De nuestra consideración:
Para los efectos de la Licitación Pública N° 0003-2006-MDLM-CE – Por Subasta Inversa, que se
ha convocado para la adquisición de ________________, declaro bajo juramento lo siguiente:
1.-
Que la razón social de la empresa es (la empresa postora) , con RUC
, y que
su inscripción aparece en la Partida ________ del Registro de Personas Jurídicas de Lima.
2.-
Que el domicilio legal de
3.-
Que el representante legal de
(la empresa postora)
es el señor ________, con
documento nacional de identidad, ___________, cuya firma aparece al pie.
4.-
Que
(la empresa postora) no está incursa en alguno de los impedimentos a que se
refiere el numeral 12.1, inciso a), de las Bases.
5.-
Que
6.-
Que (la empresa postora) conoce, acepta y se somete a las condiciones expresadas en
las Bases y demás documentos que la integran, así como a las condiciones y
procedimientos del proceso.
7.-
Que (la empresa postora) se hace responsable de la veracidad de los documentos y la
información que presente en la Licitación Publica.
(la empresa postora)
(la empresa postora)
es _________________.
no está inhabilitada para contratar con el Estado.
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8.
Que (la empresa postora) se compromete a mantener su oferta hasta la culminación de
la presente Licitación Publica y a suscribir el contrato en caso resulte favorecida con la
buena pro.
9.
Que
(la empresa postora)
conoce las sanciones contenidas en la Ley de
Procedimiento Administrativo General, N° 27444 y disposiciones modificatorias, así como
las establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y normas modificatorias.
10.-
Que
(la empresa postora)
conoce que las diferencias que pudieran surgir en la
ejecución o interpretación del contrato serán definidas mediante conciliación o arbitraje
conforme a las disposiciones establecidas en el Título V, Capítulo IV del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
11.
Que (la empresa postora) renuncia al ejercicio de cualquier acción o reclamo en la vía
diplomática y se somete expresamente a las leyes peruanas (de ser el caso).
12.
Que (la empresa postora) es una pequeña o una microempresa.
(Sólo para pequeñas o microempresas)
13.-
Que (la empresa declarante) en caso de ser favorecida con el otorgamiento de buena
pro, se asociará con la(s) empresa(s) ________________, _______________ para proveer
el bien a que se contrae la Licitación Publica.
(Sólo para los casos de consorcio)
14.
Que la (empresa postora) declara que los bienes ofrecidos han sido elaborados dentro del
territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto
Supremo N° 003-2001-PCM.
(Sólo para los casos de bienes elaborados en el territorio nacional)
Atentamente,
……………………………
Firma y Sello del Postor
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ANEXO N° 4
PACTO DE INTEGRIDAD
NORMA 700-06 APROBADO
CON RESOLUCION DE CONTRALORIA N°123-2000 CG DEL 2000-07-01
A través del presente PACTO DE INTEGRIDAD, el postor que lo suscribe se compromete a
reconocer la importancia que rigen los procesos de contratación (moralidad, libre competencia,
imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario)
confirmo que no he ofrecido, u otorgado ya sea directa o indirectamente o a través de terceros,
ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno,
y/o familiares, socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Licitación,
Concurso u Adjudicación, y no haber celebrado y/o celebrar acuerdos formales, técnicos entre los
postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
En contra parte, la Entidad se obliga a evitar toda acción de extorsión y aceptación de sobornos de
cualquier tipo, por parte de sus funcionarios.
Lima, ……….. de…………de 2006
……………………………
Firma y Sello del Postor
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ANEXO N° 5
REGISTRO DEL PARTICIPANTE
DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DEL POSTOR
(MODELO)
Lima, …. de ……….. de 2006
Por medio de la presente, ............................................. (nombre Persona Jurídica o Persona
Natural), con RUC N° ........................., con domicilio legal en ..........................................,
debidamente representado por ..............................................., identificado con DNI N°
...........................................
( )
Autorizo al Comité Especial de la LP Nª 0003-2006-MDLM-CE – Por Subasta Inversa,
Primera Convocatoria, _____________________________, que me notifique al correo
electrónico que señalo.
Mi correo electrónico es: ___________________________________, conforme al Artículo
87º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
( )
Autorizo al Comité Especial de la LP Nª 0003-2006-MDLM-CE, Por Subasta Inversa Primera Convocatoria, ____________________________, que me notifique personalmente
en la sede de la Municipalidad de La Molina.
Lugar y fecha: …………………………………………………….
Apellidos y nombres: ……………………………………………...
DNI: ………………………………………………………………...
Teléfono: …..………………………………………………………...
……………………………
Firma y Sello del Postor
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ANEXO N° 6
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación que celebran, de una parte, la
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA, con RUC Nº…………. , representada según Resolución de
Alcaldía N°……………… por el Señor……………………………., identificado con DNI N°…………,
con domicilio en ………..…….………………………….., a quien en adelante se le denominará LA
MUNICIPALIDAD; y de la otra parte .........................................................................., con RUC Nº
........................., representado por su Gerente General..............................................., según
inscripción en el Asiento Nº de la Ficha Registral Nº ....................., identificado con C.E./DNI N°
.................., con domicilio en........................, a quien en adelante se le denominará EL
CONTRATISTA; en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, está facultada por lo
dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2006, a efectuar las
adquisiciones de Bienes, Servicios y Suministros, de conformidad con lo dispuesto por el Texto
Único Ordenado de la Ley N° 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
EL CONTRATISTA es una persona jurídica, debidamente constituida e inscrito en los Registros
Públicos, su objeto es el definido en su Estatuto; y como consecuencia de la Licitación Pública
N° 0003-2006-MDLM-CE – Por Subasta Inversa, se le ha otorgado a Buena Pro, para el Suministro
de………………,para la Municipalidad de La Molina objeto del presente Contrato.
CLAUSULA SEGUNDA.DEL OBJETO
El objeto del presente Contrato, es el Suministro de Combustible para la Flota Vehicular de la
Municipalidad de La MOlina, el mismo que debe reunir las condiciones establecidas que figuran en
las Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública N° 0003-2006-MDLM-CE – Por Subasta
Inversa, la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA. que forman parte integrante del
presente Contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA TERCERA.DEL MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD abonará a EL CONTRATISTA, como contraprestación del Suministro
de…………………. para la Municipalidad, la suma de S/………… ( 00/100 Nuevos Soles) incluido
IGV.
El pago se realizará por entregas parciales de los Suministros requeridos. La forma de pago será a
los 10 días de presentada la factura, previa conformidad otorgada por la Gerencia de
Administraciòn, de acuerdo al detalle indicado en la Propuesta Económica (Sobre Nº2) presentado
por el Contratista y que forma parte del Contrato en todos sus términos.
CLAUSULA CUARTA.DEL REAJUSTE DE PRECIOS
LA MUNICIPALIDAD reconocerá a EL CONTRATISTA el reajuste de precios de conformidad con la
formula de reajuste indicada en el Anexo Nº 2 de las bases.
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Comité Especial
CLAUSULA QUINTA.DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del Contrato es por el periodo comprendido, desde el día siguiente de la
suscripción, hasta el ……. de Marzo de 2007. Son de aplicación supletoria, los Artículo 183° y 184°
del Código Civil, pudiéndose prorrogar de acuerdo a las Normas de Contratación y Adquisición del
Estado.
CLAUSULA SEXTA.DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
En garantía del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la entrega de los
Suministros adquiridos, EL CONTRATISTA entrega a la suscripción del presente Contrato una
CARTA FIANZA, o POLIZA DE CAUCION, incondicional, solidaria, irrevocable y de realización
automática emitida por el Banco ............., por la cantidad de S/. ................ (...... 00/100 Nuevos
Soles), cantidad equivalente al 10% del monto total adjudicado cuyo plazo de vencimiento será
hasta la liquidación final del Contrato, el texto en copia forma parte como Anexo Nº 1 del presente
Contrato; el original estará bajo custodia en la Subgerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.
Así como la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedido por el
CONSUCODE
CLAUSULA SEPTIMA.-
DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL
CONTRATISTA
1. Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las
obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar
Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
2. EL CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del
Contrato, de acuerdo a su Propuesta Técnica – Económica, no pudiendo ceder o transferir total
o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.
3. Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
a) Las características Cualitativas y Cuantitativas, descritas en las Bases de la Licitación
Pública N° 0003-2006-MDLM-CE – por Subasta Inversa, y/o la que LA MUNICIPALIDAD
requiera, de conformidad con el Artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
b) Las características de su Propuesta Técnica – Económica, comprometiéndose
expresamente a no alterarlos, modificarlos ni sustituirlos durante la vigencia y ejecución
del presente Contrato sin autorización escrita de la Municipalidad.
CLAUSULA OCTAVA.-
DE
LAS
ATRIBUCIONES,
OBLIGACIONES
Y
RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las
siguientes:
8.1 Proporcionar a EL CONTRATISTA las facilidades que las circunstancias ameritan y toda
información disponible que se requiera para una correcta entrega de los Suministros
adquiridos.
8.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Tercera.
8.3 LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente
Contrato, designa a la Gerencia de Administración para efectuar las coordinaciones con
respeto a la entrega y conformidad de los Suministros entregados por EL CONTRATISTA.
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Comité Especial
CLAUSULA NOVENA.- DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATISTA se obliga a asumir las penalidades previstas en el Artículo 222° del D.S. 0842004-PCM Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA.-
DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS
IMPUTABLES AL CONTRATISTA
Se realizará de conformidad con el Artículo 225° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.DE LA RESOLUCION DE CONTRATO
Se formalizará de conformidad con el Artículo 224º, 226º y 227° del Reglamento del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Por la presente cláusula las partes acuerdan que todos los conflictos que deriven de la ejecución e
Interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, serán
resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del sistema
nacional de conciliación y arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
EL CONTRATISTA queda obligado a resarcir por los daños que cause su personal, así como por
los daños que pueda ocasionar a terceros por las perdidas y/o sustracciones de Bienes en la
realización de sus actos, siempre que la responsabilidad de estas sea establecida por la Autoridad
competente, igualmente responderá ante la Municipalidad por los daños y perjuicios causados por
su personal por actos de dolo o culpa irresponsable en la entrega del Suministro.
CLAUSULA DECIMA CUARTA.DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
Las partes de mutuo acuerdo, dejan clara y expresa constancia que el presente Contrato es de
naturaleza civil y que no existe ninguna relación laboral entre LA MUNICIPALIDAD y el personal
que labora para EL CONTRATISTA.
CLAUSULA DECIMA QUINTA.DE
LA
CULMINACION
DE
LA
EJECUCION
CONTRACTUAL
La recepción y conformidad del Suministro se realizará de conformidad con los artículos 233º y
234º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado.
CLAUSULA DECIMA SEXTA.DE LAS CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases del Licitación Pública N° 0003-2006MDLM-CE – Por Subasta Inversa, el contenido de los sobres que EL CONTRATISTA presentó, así
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MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Comité Especial
como el Anexo previsto en el presente Contrato.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por el
Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente Contrato a los ..... días del mes de
______ de 2006.
LA MUNICIPALIDAD
EL CONTRATISTA
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