minuta - AAA de Chihuahua AC
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minuta - AAA de Chihuahua AC
MINUTA En la ciudad de Chihuahua, Chih., siendo las 8:30 horas del día 30 de Noviembre de 2007, en la sala de juntas de la Asociación de Maquiladoras, A. C. (AMEAC) ubicada en William Shakespeare No. 157, del Complejo Industrial Chihuahua, se llevó a cabo la sexta reunión de este año del Comité de Facilitación Aduanera, interviniendo los CC. Lic. Alejandro J. Jaen Cordero, Administrador de la Aduana de Chihuahua, Lic. Yadira Terrazas Correa, Representante de la Secretaría de Desarrollo Comercial y Turístico, Lic. Humberto Martínez, Administrador Local de Asistencia al Contribuyente, Lic. Delia Escamilla Sosa, Administradora Local Jurídica, C.P. Federico Rosas García, Administrador Local de Auditoria, Mayor F.A.P.A. Rodolfo Rodríguez González, Representante de la Quinta Zona Militar, Ing. Gerardo Arredondo Díaz, Representante de la Secretaría de Economía, Lic. Verenice Calderón Montoya, Expositora del tema, Lic. Jesús Pérez Ogaz, Represente de Canacintra, Ing. Mario Lucero Cordero, Director de la Asociación de Agentes Aduanales, así como Agentes y Apoderados Aduanales, Representantes de Empresas, Autoridades Civiles y Militares. ORDEN DEL DÍA 1.- BIENVENIDA. Bienvenida por parte del Lic. Alejandro Jaen, comunicando a los asistentes su nombramiento como Administrador de la Aduana, reiterando su compromiso de facilitar el despacho aduanero y disposición para trabajar en conjunto con las partes involucradas en pro del Comercio Exterior. 2.- LECTURA DEL ACTA ANTERIOR. El Lic. Alejandro Jaen cordero, solicita la aprobación del acta anterior, la cual fue remitida para su lectura y comentarios con anterioridad, siendo aprobada por unanimidad. 3.- PRESENTACION DEL TEMA La Lic. Verenice Calderón Montoya, presentó el tema de Despacho Aduanero en Sala de Pasajeros en el cual detalla que pasajero internacional es toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior a su llegada al país o al transitar de la franja o región fronteriza al resto del territorio, y en despacho aéreo podrán introducir como franquicia las mercancías con valor hasta de 300 dólares o su equivalente en moneda nacional sin pagar impuestos. Así mismo, los pasajeros podrán efectuar la importación de mercancías que traigan con ellos, distintas a las de su equipaje, sin utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal, pagando una tasa global del 15% sobre el valor en aduana de las mercancías, siempre que dicho valor, excluyendo la franquicia, no exceda de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional y la mercancía no requiera regulaciones y restricciones arancelarias; se deberá comprobar con factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías. El pago de las contribuciones se realizará mediante el formato de “Pago de contribuciones de comercio exterior” el cual se solicitará al personal de la Aduana, antes de pasar al semáforo fiscal. Si se llegara a detectar en la revisión física de la mercancía, que el pasajero trae consigo mercancía adicional a su equipaje, excede su franquicia, y no la declaró, se hará acreedor a una multa y tendrá que pagar las contribuciones omitidas que causa la mercancía para su importación; pero si dicha mercancía requiere regulaciones y restricciones arancelarias tendrá la opción de dejarla en abandono y pagar su multa correspondiente, siempre que dicha mercancía no rebase la cantidad de 3000 dólares o su equivalente en moneda nacional. Si la mercancía no declarada es mayor a los 3000 dólares se iniciará el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera. Cuando el pasajero introduzca mercancía, que para su importación requiere regulaciones y restricciones arancelarias, así como muestras y equipo profesional de trabajo, la importación deberá efectuarse por conducto de agente o apoderado aduanal, por la Sección Aduanera, cumpliendo con las formalidades que para la importación de mercancías establece la Ley. Los Pilotos y tripulantes solo podrán traer del extranjero libre de impuestos, sus bienes personales usados tales como ropa, calzado, laptop, celular, discos, documentos impresos, cámara fotográfica entre otros. 4.- SEGUIMIENTO A PONENCIAS PRESENTADAS. Respecto a ponencia No. 02-670-2006, presentada por el Lic. Martín García de la Agencia Aduanal Space, en la que expone lo siguiente: A fin de hacer más ágil y expedito el tráfico de mercancías, sobre todo de aquellas empresas con programa de fomento otorgado por la Secretaría de Economía que se ubican en la franja y región fronteriza y que tienen necesidad de realizar tránsitos internos a la exportación, de la aduana fronteriza donde se encuentran, a puertos de altura y aeropuertos internacionales por territorio nacional, además que la derrama económica que dichas empresas realizan en el extranjero vía transporte, tramite aduaneros etc. se quedaría principal y fundamentalmente en México, al realizarse éste aqui, es que proponen las siguientes modificaciones a las reglas que tratan de manera especifica sobre el particular: 3.7. Del Tránsito de Mercancías de Comercio Exterior. 3.7.1. Para los efectos del artículo 125 fracciones I, II y III de la Ley, se considerará tránsito interno al traslado ………..“ También al traslado por territorio nacional de mercancías ensambladas, transformadas o reparadas por empresas con programas de fomento otorgados por la Secretaría de Economía, ubicadas en la franja o región fronteriza a puertos de altura y aeropuertos internacionales para su exportación definitiva o bien para su retorno al extranjero mediante la impresión del aviso de tránsito en el pedimento de exportación respectivo .” 3.7.2. Para los efectos del artículo 125 fracción III y último párrafo del artículo 127 de la Ley………”esto aplica también en los traslados por territorio nacional de mercancías ensambladas, transformadas o reparadas por empresas con programas de fomento otorgados por la Secretaría de Economía, ubicadas en la franja o región fronteriza a puertos de altura y aeropuertos internacionales para su exportación definitiva o bien para su retorno al extranjero mediante la impresión del aviso de tránsito en el pedimento de exportación respectivo.” Esta ponencia se encuentra en revisión por parte de la Administración de Normatividad, de la Administración Central de Operación Aduanera. 5.- PRESENTACION DE NUEVAS PONENCIAS. En este comité no se presentaron nuevas ponencias. 6.- ASUNTOS GENERALES. El Lic. Gustavo Salas, Jefe del Almacén de Carga del Recinto Fiscalizado, comenta que se empezaron a realizar tránsitos a la exportación por la Sección Aeropuerto, la empresa utilizó el servicio de maniobras de OMA carga, el cual está disponible para que otras empresas que se encuentren cerca de esta Sección, puedan iniciar tránsitos, las ventajas son que no hay filas para modulación, ni en reconocimiento, el importador puede estar presente en el reconocimiento. Se tienen las instalaciones Adecuadas. El Ing. Ricardo Pier, Jefe de Sección Aduanera Aeropuerto, aclara que se trata de tránsitos terrestres a la exportación. El Lic. Martín García de la Agencia Aduanal Space, comenta que es muy importante tomar en consideración para el despacho de pasajeros, el aviso que se realiza ante la Administración Local Jurídica para la importación temporal de bienes; sobre todo para los servicios extraordinarios que se solicitan en fines de semana. 7.- CLAUSURA. Para concluir la reunión, el Lic. Alejandro J. Jaen Cordero, agradeció la presencia del personal del presidium, así como de todos los asistentes. Se cierra la presente a las 10:00 hrs. Lic. Alejandro J. Jaen Cordero Administrador de la Aduana