Concejo Deliberante de Rawson
Transcripción
Concejo Deliberante de Rawson
1 Concejo Deliberante FUNDAMENTOS: La presente tiene por objeto establecer expresamente los recaudos formales y necesidades de cada una de las pretensiones protocolares que otorgue la Municipalidad de Rawson, para implantar un orden y dotar de mayor jerarquía a los procedimientos en tal sentido. El fundamento de la presente corresponde puntualmente a las honras fúnebres de las autoridades de la Municipalidad de Rawson, como norma de carácter operativo y protocolar. JUAN MARCELO MORALES SEBASTIAN ANDRÉS CURTALE SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE 2 Concejo Deliberante EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RAWSON, CAPITAL DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, en uso de sus facultades legales, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A: TITULO I - DE LAS HONRAS FÚNEBRES Artículo 1°.- Corresponde rendición de honras fúnebres a las autoridades de la Municipalidad de Rawson, fallecidas durante el ejercicio de su cargo o luego de finalizado el mismo, según se determina en el artículo siguiente. Artículo 2°.- AUTORIDADES A QUIENES SE LES RINDE HONORES FÚNEBRES. Se rendirá honras fúnebres a las siguientes autoridades: · Intendente Municipal · Presidente del Concejo Deliberante. · Diputado por Rawson en Ejercicio de sus Funciones · Ex Intendentes Municipales. · Concejales Municipales en Ejercicio de sus Funciones Artículo 3°.- HONORES COMPRENDIDOS. Las formalidades y actividades para rendir honras fúnebres comprenderán: · Declaración de duelo Municipal. · Duración del Duelo. · Adhesión al duelo Nacional en el caso que correspondiere · Adhesión al Duelo Provincial en el caso que correspondiere · Bandera Nacional a media asta en todos los edificios municipales. · Bandera Nacional sobre el féretro. · Guardia de Honor durante el velatorio. · Servicios religiosos. · Comisión Oficial. 3 Concejo Deliberante · Palabras de despedida. · Toque de silencio. · Marcha fúnebre. · Ofrendas Florales. · Condolencias. · Entrega de copia de la Resolución de duelo a los familiares. · Lugar del velatorio – Municipalidad de Rawson; Concejo Deliberante y/o lugar establecido por familiares · Apertura del libro de condolencias. · Cursado de invitaciones para asistir a la ceremonia fúnebre. · Aviso y publicación en los medios de difusión. · Aplauso solemne de despedida. · Cureña para transporte del féretro. Artículo 4°.- DECLARACIÓN DE DUELO. El Intendente Municipal o quien se encuentre en ejercicio del Poder Ejecutivo, dispondrá mediante Resolución, la Declaración de Duelo en caso de fallecimiento de funcionarios cuyas jerarquías se encuentren comprendidas en el articulo 2º de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- DURACIÓN DEL DUELO. La duración del Duelo observará el siguiente orden: 3 días - Intendente Municipal (N. L.) 2 días - Presidente Concejo Deliberante (N. L. solo para el Concejo Deliberante) 2 días – Diputado por Rawson (L.) 1 día - Ex Intendentes Municipales Constitucionales (L.) 2 días - Concejales Municipales (N. L. solo en el Concejo Deliberante) N. L. = No Laborable. L. = Laborable. 4 Concejo Deliberante Artículo 6º.- ADHESIÓN AL DUELO NACIONAL. La Municipalidad de Rawson podrá declarar su adhesión al Duelo Nacional cuando lo considere procedente, mediante Resolución suscripta por el/la Intendente Municipal. Artículo 7º.- ADHESIÓN AL DUELO PROVINCIAL. La Municipalidad de Rawson podrá declarar su adhesión al Duelo Provincial cuando lo considere procedente, mediante Resolución suscripta por el/la Intendente Municipal. Artículo 8º.- BANDERA NACIONAL A MEDIA ASTA. Corresponde al/la Intendente Municipal disponer, mediante Resolución la colocación de la Bandera Nacional a media Asta, en todos los edificios pertenecientes a su jurisdicción, durante los días de duelo. Artículo 9º.- BANDERA NACIONAL SOBRE EL FÉRETRO. El Féretro será cubierto con la Bandera de la Nación, cuando la jerarquía del funcionario, durante el ejercicio de su cargo sea la de: Intendente Municipal y Presidente del Concejo Deliberante y Diputado por Rawson. Artículo 10º.- RETIRO DE LA BANDERA. La Bandera Nacional, será retirada antes de la inhumación y entrega al deudo mas cercano. Artículo 11º.- GUARDIA DE HONOR. Podrá solicitarse a la Policía de Rawson u otra fuerza de Seguridad, la instalación de una Guardia de Honor durante el velatorio y en la necrópolis en caso del fallecimiento del Intendente Municipal, durante o con posterioridad al ejercicio de su mandato. Artículo 12º.- SERVICIO RELIGIOSO. Consistirá en un oficio religioso, misa de cuerpo presente o responso, que podrá celebrarse en el lugar del velatorio; Necrópolis o Iglesia. Para la celebración del oficio se coordinará con el Sacerdote y los deudos. Artículo 13º.- COMISIÓN OFICIAL. El Intendente Municipal, designará los integrantes de la Comisión Oficial, que asistirán al velatorio y a la inhumación. 5 Concejo Deliberante Artículo 14º.- PALABRAS DE DESPEDIDA. Se efectuará durante la inhumación de los restos, según se detalla: · Intendente Municipal fallecido en ejercicio del cargo: será despedido por el Presidente del Concejo Deliberante. · Presidente del Concejo Deliberante, fallecido en ejercicio de su cargo: será despedido por el Intendente Municipal. · Para el resto de los funcionarios comprendidos en la presente Reglamentación, y que se encuentren en ejercicio de su cargo: el Intendente designará un funcionario para realización de la tarea. Artículo 15º.- TOQUE DE SILENCIO. Para todas las jerarquías mencionadas en el presente Reglamento, se solicitará la ejecución del Toque de Silencio, en el acto de inhumación a continuación de las palabras de despedida. Artículo 16º.- MARCHA FÚNEBRE. Se solicitará la ejecución de la marcha fúnebre en caso de fallecimiento del Intendente Municipal, fallecido en ejercicio de su cargo. Artículo 17º.- OFRENDAS FLORALES, CONDOLENCIAS Y COPIA DE RESOLUCIÓN DE DUELO. Podrá disponerse el envío de ofrendas florales con la leyenda: “INTENDENTE MUNICIPAL” o “MUNICIPALIDAD DE RAWSON” cuando las envíe el Intendente Municipal, y “CONCEJO DELIBERANTE” cuando las envíe el Presidente de ese Cuerpo. También podrá enviarse, cuando lo dispone el Intendente Municipal o las Autoridades Superiores del Concejo, condolencias y copia de los Decretos o Resoluciones de Duelo a los Deudos del funcionario fallecido. Artículo 18º.- LUGAR DEL VELATORIO. El Intendente Municipal, fallecido en el ejercicio de su cargo, será velado en el Concejo Deliberante 6 Concejo Deliberante de la Ciudad, siempre que su familia no dispusiese lo contrario. Los señores Presidentes o Ediles del Concejo Deliberante fallecidos en ejercicio de su cargo serán velados en la sede del Concejo Deliberante, debiendo coordinar con los deudos más cercanos. Artículo 19º.- CURSADO DE INVITACIONES PARA ASISTIR A LAS CEREMONIAS FÚNEBRES. Podrán cursarse invitaciones para asistir a las ceremonias fúnebres, a las autoridades, personalidades y particulares relacionados con la autoridad fallecida. Artículo 20º.- AVISO Y PUBLICACIÓN EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Se comunicará el deceso de la autoridad mediante la publicación de aviso fúnebre y a través de los medios de comunicación social: televisivos, orales y escritos. Artículo 21º.- APLAUSO SOLEMNE DE DESPEDIDA. El Aplauso Solemne de Despedida, se realizará al paso del féretro en la Necrópolis. Artículo 22º.- CUREÑA. El féretro del Intendente Municipal fallecido en ejercicio de su cargo, deberá ser transportado sobre Cureña Militar, durante los trayectos que sean acordados entre el área de Ceremonial de la Municipalidad de Rawson y los familiares más cercanos del difunto. Artículo 23º.- OTROS FALLECIMIENTOS. El Intendente Municipal, mediante Resolución, o en su caso, el Concejo Deliberante, mediante Declaración suscripta por acuerdo mayoritario de los Presidentes de Bloques, podrán acordar honras fúnebres a personalidades no comprendidas en el Articulo 1º de la presente, pero que se hayan destacado en el campo de: La Política, Las Ciencias, Las Artes, etcétera o hayan realizado servicios a favor de la Ciudad o sus vecinos.Artículo 24º.- Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, Publíquese y cumplido Archívese.- 7 Concejo Deliberante Dada en la Sala de Sesiones ¨Enriqueta Elena Mare¨ del Concejo Deliberante de la Ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los catorce días del mes de Abril del año dos mil dieciséis.- JUAN MARCELO MORALES SEBASTIAN ANDRES CURTALE SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE 09 JUN 2016 POR ELLO: LA INTENDENTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAWSON: R E S U E L V E: Artículo 1º.- Téngase por Ordenanza Nº 7678 /16 .- Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Concejo Deliberante, Publíquese y cumplido Archívese.-