EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA Recursos Humanos
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA Recursos Humanos
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA Recursos Humanos ANUNCIO La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento en sesión ordinaria, celebrada el día 8 de Noviembre de 2010, y corrección de errores en la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 9 de diciembre de 2010 se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo, según consta en el acta pendiente de aprobación: Aprobación, si procede, de las Bases de la convocatoria de una bolsa de trabajo de operador de informática para el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. Declarada la urgencia por unanimidad de los miembros asistentes a la sesión, que supone la mayoría absoluta, se acuerda la inclusión de este asunto en el Orden del Día. De acuerdo con las competencias atribuidas por el Art. 127 .1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, ACUERDA: Aprobar las Bases de la convocatoria de una bolsa de trabajo de operador de informática para el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. Como a continuación se recogen: PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE OPERADORES DE INFORMÁTICA, MEDIANTE NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO INTERINO O POR CONTRATACIÓN LABORAL MEDIANTE LAS MODALIDADES DE CONTRATO TEMPORAL ADMITIDOS EN LA LEGISLACIÓN LABORAL. 1.- OBJETO Y CONVOCATORIA. 1.1.- Se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión, mediante nombramiento interino, grupo C, subgrupo C1, en el caso de nombramiento como funcionarios, Grupo III conforme al vigente Convenio Colectivo en el caso de contratación laboral temporal. 1.2.- El proceso selectivo se realizará por el sistema de oposición. 2.- REQUISITOS DE LOS CANTIDATOS. 2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión o firma del contrato laboral, en su caso, los siguientes requisitos de participación: 2.1.a) Nacionalidad: -Tener la nacionalidad española. -Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. -También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. -Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. 2.1.b) Edad: -Tener dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 2.1.c) Titulación: -Estar en posesión del Título ciclo formativo de grado medio, de cualquiera de las especialidades de informática, equivalente o superior, expedido por centros oficiales reconocidos, o estar en condición de obtenerlos en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. 2.1.d) Compatibilidad funcional: -Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.1.e) Habilitación. -No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 3.- SOLICITUDES. 3.1.- La solicitud de participación podrá presentarse cumplimentando el modelo de instancia general que será facilitado gratuitamente en el Registro del Ayuntamiento. También se puede obtener a través de la página web municipal (www.cuenca.es). 3.2.- La presentación de la solicitud se podrá realizar en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca o, en la forma establecida en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas. 3.2.1. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Plaza Mayor, 1, 16001, Cuenca. 3.2.2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. 3.3.- Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones al cumplimentar su solicitud: 3.3.1. Los aspirantes discapacitados que requieran adaptación de tiempo y/o medios para la realización de los ejercicios de que conste el proceso selectivo, deberán indicarlo en su solicitud. Expresada, en su caso, la necesidad de adaptación de tiempo y/o medios los aspirantes discapacitados deberán presentar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el certificado de reconocimiento de minusvalía en el que se exprese el grado y características de la discapacidad padecida. A la vista del mismo, el Tribunal Calificador acordará las adaptaciones de medios que estime oportunas. Cuando se requiera adaptación de tiempo el Tribunal Calificador resolverá sobre la procedencia y concreción de la adaptación, conforme al Baremo aprobado por Orden del Ministerio de la Presidencia 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. 3.3.3. Los derechos de examen para la participación en el proceso selectivo serán de trece euros con treinta y seis céntimos (13,36 €) y se ingresarán en la cuenta corriente nº 2105-2099-06-1252000102 a nombre de “Bolsa de informática del Ayuntamiento de Cuenca”, abierta en la entidad financiera Caja Castilla-La Mancha. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la referida entidad financiera o mediante transferencia desde cualquier otra a la cuenta corriente antes mencionada. 3.4. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2.2. 3.5.- A la solicitud se acompañará: -Fotocopia del D.N.I o pasaporte -Justificante de ingreso de los derechos de examen. 4.- Admisión de aspirantes: 4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se adoptará resolución del Alcalde-Presidente por la que se publicará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca y en la Página Web oficial del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca (www.Cuenca.es), la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo, en la que se hará constar el nombre y apellidos de los aspirantes, número de D.N.I. y, en el caso de los excluidos, la causa de su exclusión. 4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución por la que se apruebe la relación provisional a la que se refiere el apartado anterior, establecerá un plazo de diez días hábiles para que los aspirantes excluidos puedan subsanar los defectos que motivaron su exclusión. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización del proceso selectivo. 4.3. Concluido el plazo para subsanación de defectos, y con anterioridad a la fecha de realización de la prueba, mediante resolución del Alcalde Presidente se aprobará la relación definitiva de aspirantes excluidos y el listado general de aspirantes admitidos en el proceso selectivo que será publicada en los mismos lugares determinados en la base 4.1. 5.- Tribunal calificador: 5.1.- El Tribunal Calificador estará compuesto por un Presidente, un Secretario y tres vocales, todos ellos con voz y voto, todos funcionarios de carrera nombrados, titulares y suplentes, por el Alcalde - Presidente. Uno de los vocales (y el suplente correspondiente) habrá de nombrarse a propuesta conjunta de la Junta de Personal y del Comité de Empresa del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. El Nombramiento de los miembros del Tribunal se llevará a cabo junto con la aprobación de la relación definitiva de aspirantes excluidos y el listado general de aspirantes admitidos en el proceso selectivo a que se refiere el apartado 3 de la base 4, y se hará pública en los mismos lugares. 5.2.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso selectivo, notificándolo al órgano competente para su nombramiento, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo los aspirantes podrán recusar, de conformidad con el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias del artículo 28 de la citada Ley. 5.3.- En todo caso no podrán formar parte de los órganos de selección, el personal de elección o designación política, ni funcionarios interinos, ni personal eventual. 5.4.- Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en los puestos convocados. 5.5.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni en todo caso sin la asistencia del Presidente y el Secretario. 5.6.- El Presidente del Tribunal podrá llamar, para integrarse en él como asesores, como voz pero sin voto, a asesores en la materia. 5.7.- Dentro del proceso selectivo, el Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la forma de actuación en los casos no previstos. Su actuación se ajustará a lo dispuesto en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el funcionamiento de los órganos colegiados. 5.8.- A los efectos de comunicaciones el Tribunal tendrá su sede en el Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca, Plaza Mayor, número 1, 16001 Cuenca. 5.9.- Los actos que dicte el Tribunal durante el desarrollo del proceso selectivo no podrán ser objeto de recurso salvo cuando por su naturaleza puedan ser considerados definitivos o de trámite cualificado, conforme a lo establecido en el artículo 107 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso los aspirantes afectados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto, ante la autoridad que haya nombrado a su presidente. 5.10.- El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.- Desarrollo del proceso selectivo.: . 6.1.- El proceso selectivo consistirá en la realización de dos ejercicios eliminatorios: A) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de sesenta minutos de un cuestionario con 60 preguntas más cinco de reserva para posibles anulaciones, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, basado en el programa que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Este primer ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una calificación mínima de 5 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizarán, valorándose negativamente con arreglo a la siguiente fórmula: Nº de aciertos – (Nº de errores/3). El Tribunal determinará el número de respuestas correctas netas necesario para alcanzar la calificación mínima de 5 puntos con anterioridad a la identificación de los aspirantes aprobados. B) Segundo ejercicio: a la realización de este ejercicio serán convocados únicamente los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio. Este segundo ejercicio tendrá carácter práctico y versará sobre las materias incluidas en la parte específica del Anexo I. El tiempo máximo para realizar el ejercicio vendrá determinado previamente por el tribunal calificador sin que en ningún caso pueda superar los 120 minutos. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos. 6.2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios. En caso de empate en la calificación final del proceso selectivo, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la segunda prueba; de persistir el empate por la mayor puntuación alcanzada en la primera prueba y de persistir el empate por el orden alfabético de su primer apellido comenzando por letra “Ñ” conforme a la Resolución 14 de diciembre de 2009 de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha por la que se publica la letra por la que deberá comenzar el orden de actuación de los opositores en los ejercicios de los procesos selectivos que se convoquen durante el año 2010 por la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha(D.O.C.M. nº 248 de 22 de diciembre de 2009). 6.3.- Los aspirantes serán convocados para la realización de cada uno de los ejercicios en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho aquellos que no comparezcan a realizarlos. 6.4.- Concluido el primer ejercicio el Tribunal calificador hará pública la plantilla que contenga la relación de las respuestas correctas a cada una de las preguntas que contenga el cuestionario de respuestas alternativas. Dicha plantilla tendrá carácter provisional, elevándose a definitiva tras el estudio de las alegaciones y reclamaciones que pudieran haberse formulado sobre el contenido del ejercicio o la plantilla correctora. 6.5.- Tras la realización del primer ejercicio los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles para formular alegaciones y dirigir reclamaciones al Tribunal calificador sobre el contenido del ejercicio a contar desde el siguiente al de realización del ejercicio. Al siguiente día hábil al de la realización del ejercicio el Tribunal Calificador publicará la plantilla correctora. Las alegaciones y reclamaciones que se presenten por los aspirantes serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus deliberaciones con la decisión que se derive de la publicación definitiva de la plantilla correctora o del acuerdo de aprobados del ejercicio, a salvo los recursos que pudieran interponer los interesados contra los actos definitivos o de trámite cualificado del proceso selectivo. Al objeto de garantizar que las alegaciones de los interesados lleguen a tiempo para ser estudiadas por el Tribunal calificador, se habrán de dirigir al mismo y presentarse en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca (Plaza Mayor, 1, 16001, Cuenca). 7.- Relación de aspirantes aprobados y bolsa de trabajo. 7.1.- Concluido el proceso selectivo, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento y en la página Web oficial (www.cuenca.es) la relación de aspirantes que lo hayan superado y que conforman la bolsa de trabajo, con expresión del nombre y apellidos de los mismos, D.N.I. y la calificación obtenida en cada uno de los ejercicios y la suma de ambas calificaciones. Formarán parte de la bolsa de trabajo aquellos aspirantes que superen el primer ejercicio. El orden en que deban figurar los aspirantes en la bolsa de trabajo vendrá determinado por la puntuación total obtenida (suma de las calificaciones del primer y segundo ejercicio). En caso de empate en la calificación final del proceso selectivo, el orden de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la segunda prueba; de persistir el empate por la mayor puntuación alcanzada en la primera prueba y de persistir el empate por el orden alfabético de su primer apellido comenzando por la letra “Ñ” conforme a la Resolución 14 de diciembre de 2009 de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha por la que se publica la letra por la que deberá comenzar el orden de actuación de los opositores en los ejercicios de los procesos selectivos que se convoquen durante el año 2010 por la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha(D.O.C.M. nº 248 de 22 de diciembre de 2009). 7.2.- La inclusión en la bolsa de trabajo no confiere derecho a nombramiento o contrato alguno. La plaza vacante será ofertada al aspirante que corresponda teniendo en cuenta el orden a que se refiere el apartado anterior. 7.3.- Los aspirantes seleccionados que integran la bolsa de trabajo, cuando sean llamados a cubrir una vacante deberán presentar, en la Dirección General de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, en el plazo de 5 días naturales, a contar desde el día siguiente a la notificación de la oferta de la plaza vacante la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada del D.N.I. b) Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título exigido en la base 2.1.c). Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del [Ministerio de Educación y Ciencia] o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. d) Los aspirantes que tengan la condición de persona con minusvalía deberán presentar certificación de los órganos competentes de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha. Quienes dentro del plazo fijado y salvo causas de fuerza mayor apreciadas por la Concejalía de Personal y Régimen Interior no presenten la documentación requerida en esta base o, del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados o contratados quedando anuladas todas las actuaciones con respecto a dicho aspirante en la bolsa constituida por esta convocatoria y sin perjuicio en la responsabilidad en que hubiera podido incurrir. 8.- Norma final 8.1.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. 8.2.- Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición en el plazo de un mes, a contar en la misma forma que el anterior, según disponen los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Lo que comunico a los efectos oportunos. Cuenca, 15 de diciembre de 2010 EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Francisco Javier Pulido Morillo. PROGRAMA Parte Común. Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Reforma de la Constitución. Tema 2.- La Organización territorial del Estado en la Constitución española. Las Comunidades Autónomas: Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. El Ayuntamiento: Órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Competencias municipales. Tema 3.La Corona. Atribuciones. Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. Tema 4.- El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. La Ley del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno Tema 5.- Los actos administrativos: concepto; clases, elementos; requisitos. Motivación y eficacia de los actos administrativos. Notificación y publicación. Tema 6.La organización municipal. Los municipios de régimen común. Órganos necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Los municipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros Regímenes especiales. Tema 7.- Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración. Ordenanzas del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. Tema 8.- El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. Tema 9.- Presupuesto General de las Entidades locales: Estructura, elaboración y aprobación. Tema 10.- Legislación en materia de Tráfico y Seguridad Vial. Parte Específica Tema 1.- Ordenador Personal. Concepto y componentes Tema 2.- Arquitectura de ordenadores: Unidad Central de Proceso. Partes, modelos. Tema 3.- Arquitectura de ordenadores: Memoria. Características, tipos de memorias. Tema 4.- Periféricos, conectividad, tipos. Tema 5.- Elementos de almacenamiento. Tema 6.- El disco duro: características tipos. Tema 7.- Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Tema 8.- Sistemas de Gestión de Bases de Datos relacionales. Características y componentes. Tema 9.- Bases de Datos: Tablas, Índices y Claves. Tema 10.- Lenguaje de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. Tema 11.- Sistema Operativo Windows XP Profesional. Grupos de trabajo, usuarios, dominios. Tema 12.- Sistema Operativo LINUX. Características y conceptos generales. Tema 13.- Almacenamiento en disco y sistema de archivos: FAT, FAT32, NTFS. Tema 14.- Ofimática: Conceptos, Componentes fundamentales, el Paquete Integrado Microsoft Office. Tema 15.- Ofimática: Conceptos, Componentes fundamentales, El Paquete Integrado Open office. Tema 16.- Ofimática: Procesadores de texto, funciones, manejo de archivos, edición de datos, interrelación con otros programas, formatos, herramientas fundamentales. Tema 17.- Ofimática: Hojas de cálculo, funciones, manejo de archivos, edición de datos, interrelación con otros programas, formatos, herramientas fundamentales. Tema 18.- Sistemas de Información Geográfica. Conceptos. Evolución. Funciones. Tema 19.- Software de diseño asistido por ordenador. (Autocad y Microstation). Tema 20.- Software de elaboración de presupuestos, mediciones, tiempos, seguridad y salud, calidad, gestión ambiental y control de costes Tema 21.- Software de Gestión de Inventario, señalización, mobiliario y ocupación de vía pública. (Inca). Tema 22.- Software de Diseño de señalización (Cardim). Tema 23.- Sistemas de Ayuda a la Explotación del transporte Urbano, concepto, evolución y funciones. Tema 24.- Comunicaciones. Medios de transmisión por cable. Tipos de cables. Tema 25.- Comunicaciones. Medios de transmisión inalámbrica. Tema 26.- Comunicaciones. Equipos de Interconexión. Repetidores, puentes, enrutadores, pasarelas. Tema 27.- Comunicaciones. Protocolos TCP/IP. Tema 28.Sistemas de centralización semafórica, control de accesos videsvigilancia, y funciones. Tema 29.- Redes de Área Local. Elementos Fundamentales. Topología y Acceso. Tema 30.- Tipos de redes Locales. Ethernet, Fast Ethernet, Token ring, Arcnet. Tema 31.- La Red Internet. Origen, evolución. Servicios: Correo Electrónico, WWW, FTP, Telnet. Tema 32.- Seguridad Informática y protección de redes de comunicaciones. Tema 33.- Virus Informáticos. Concepto. Detección. Tipos Tema 34.- Protección de datos, de carácter personal. Ley Orgánica 15/1999. Contenidos: Objeto. Ámbito de aplicación. Definiciones. Principio de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública. Ficheros de titularidad privada. Movimiento internacional de datos. La agencia de protección de datos. Infracciones y sanciones. Tema 35.- Reglamento de medidas de seguridad de ficheros automatizados con datos de carácter personal. Contenidos: Disposiciones generales. Medidas de seguridad de nivel básico. Medidas de seguridad de nivel medio. Medidas de seguridad de nivel alto. Tema 36.- Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Infraestructura física de un CPD: acondicionamiento y equipamiento. Tema 37.- Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN). Tema 38.- Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. Arquitecturas de servicios web (WS). Tema 39.- La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La gestión electrónica de los procedimientos administrativos: registros, notificaciones y uso de medios electrónicos.”