Reglamento Fideicomiso Contingencias Climáticas

Transcripción

Reglamento Fideicomiso Contingencias Climáticas
REGLAMENTO DE CONDICIONES
DE LA OPERATORIA DE FINANCIACIÓN DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
CAPITULO 1
OBJETO DE LA OPERATORIA
1 - OBJETO
El presente Reglamento contiene los lineamientos correspondientes a la OPERATORIA DE
FINANCIAMIENTO PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS en la Provincia de Mendoza, que requieran fondos para solventar los gastos necesarios
que permitan la reactivación productiva y que acrediten daños efectivamente sufridos en su
producción por causas climáticas acaecida/s durante alguna/s de las últimas seis temporadas (a
partir del período 2.006/2.007), sufriendo un nivel de daño valuado como mínimo en el cincuenta
por ciento (50%) de su producción.
2- DEFINICIONES

Fiduciante: Reviste y asume la calidad de Fiduciante del Contrato de Fideicomiso motivo de la
presente operatoria, la Provincia de Mendoza.

Fiduciario: Reviste y asume la calidad de Fiduciario del Contrato de Fideicomiso motivo de la
presente operatoria, Mendoza Fiduciaria S.A.

Fideicomisario: Reviste y asume la calidad de Fideicomisario del Contrato de Fideicomiso motivo
de la presente operatoria, la Provincia de Mendoza.

Bienes Fideicomitidos: Son las sumas de dinero provenientes del aporte que realice el Fiduciante
conforme sus disponibilidades financieras, así como las inversiones que puedan realizar: el Banco
de la Nación Argentina, el Gobierno Nacional y/u otras entidades públicas o privadas.

Patrimonio Fideicomitido: Es el patrimonio de afectación creado por el presente contrato de
conformidad a lo normado sobre el particular por la Ley Nº 24.441, el que estará integrado por
los bienes fideicomitidos antes indicados, y, en virtud del principio de subrogación real, por los
bienes o derechos que ingresaren por la ejecución del Fideicomiso, inversión, reinversión o
adquisiciones realizadas con bienes fideicomitidos, como también por los frutos de los bienes
componentes del patrimonio fideicomitido, aumentos y ganancias que se produzcan o generen
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como consecuencia de las operaciones y negocios que se encomiendan por el Contrato al
Fiduciario.

Contrato de Fideicomiso o El Fideicomiso o El Contrato: es “la Segunda Addenda al Contrato de
Fideicomiso para el financiamiento de productores afectados por contingencias climáticas”, con
los alcances establecidos en la FINALIDAD DEL CONTRATO.

Comité: Es el Comité Ejecutivo creado por disposición del Art. 21 del Contrato de Fideicomiso,
con la finalidad de aprobar y modificar la reglamentación pertinente, aprobar los modelos de
documentación que instrumentarán los financiamientos, aprobar o denegar las solicitudes de
crédito, aprobar modificaciones originales de los contratos de préstamos e interpretaciones
especiales de la reglamentación, prestar asesoramiento al Fiduciario, y en general con el
Fiduciario velar por la adecuada ejecución del Fideicomiso

Administradora: Es la Administradora Provincial del Fondo, ente creado por ley Provincial Nº
6071, que tiene a su cargo la recepción y análisis de las solicitudes de financiamiento que se
encuadren en el Presente Reglamento.

Postulantes: Son los solicitantes de financiamiento interesados en participar en la operatoria de
crédito que contempla el presente Reglamento y que cumplen las condiciones allí establecidas.

Tomadores: Son los postulantes que hayan suscripto los respectivos contratos de financiación,
contemplados en el presente Reglamento.
CAPITULO 2
CONDICIONES PARA LOS POSTULANTES
3 – CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD
Serán admitidas las personas físicas y/o jurídicas que acrediten lo siguiente:
a) Que
tengan la explotación de un emprendimiento de origen agrícola, destinado a la
producción de vid, frutas u hortalizas radicado en la Provincia de Mendoza.
b) Que la superficie total cultivada de/l los inmueble/s que explota/n no sea superior a 30
has.
c) Que fueron afectados por contingencias climáticas acaecidas durante alguna/s de las
últimas seis temporadas, sufriendo un nivel de daño valuado como mínimo en el
cincuenta por ciento (50%) de su producción.
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d) Que la/s explotación/es agrícola/s afectada/s por contingencias climáticas se
encuentre/n inscripta/s en el Registro de Uso de la Tierra (R.U.T.) de la provincia de
Mendoza.

Los Postulantes deberán constituir Domicilio Especial en la Ciudad de Mendoza o en el radio
urbano del departamento en el cual desarrollen su actividad, en el que serán válidas todas las
notificaciones que se le realizaran con motivo de su participación en el Fideicomiso, para todos
los efectos judiciales y extrajudiciales que pudieran corresponder. Cualquier cambio en el
Domicilio Especial constituido sólo producirá efectos desde la notificación fehaciente del mismo
al Fiduciario.

Sucesiones. Podrán ser Postulantes quienes revistan el carácter de herederos y cuenten con
sentencia declaratoria de herederos y designación de administrador definitivo y aceptación del
cargo. Deberán contar con la autorización expresa del juez para constituir garantías reales, en
caso de corresponder.
4- POSTULANTES TOMADORES EXCLUIDOS

Las personas físicas que hubieren sido condenadas por cualquier tipo de delito doloso, con
pena privativa de la libertad o inhabilitación mientras se encuentren inhabilitadas y las
personas jurídicas cuyos representantes o miembros de sus respectivos órganos hubieren
sufrido las mismas penas, y mientras se encuentren inhabilitados.

Las personas físicas o jurídicas que se encuentren inhibidas, inhabilitadas, concursadas o
fallidas. Asimismo, serán Postulantes excluidos las personas jurídicas cuyos representantes o
miembros de sus respectivos órganos de administración
se encuentren inhibidos,
inhabilitados, concursados o fallidos.

Las personas físicas o jurídicas que tuvieren deudas exigibles impagas o que hubieren
incurrido en incumplimiento de créditos otorgados con el Gobierno de la Provincia de
Mendoza, sus entes centralizados y/o descentralizados y/o autárquicos; quedando también
excluidas aquellas personas que mantengan procesos judiciales no concluidos, de índole
netamente patrimonial con los mencionados entes (en cualquier carácter: actora,
demandada, tercerista, etc.).

Las personas físicas o jurídicas que registren deudas por derecho de riego superficial o
subterráneo con el Departamento General de Irrigación
y que recaigan sobre el/los
inmueble/s por el/los que presentan el/los certificado de RUT. Asimismo quedarán también
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excluidas aquellas personas jurídicas cuyos socios o integrantes del órgano de administración
se encuentren en alguna de tales situaciones. La exclusión no operará en la medida que se
acompañen la formalización del plan de pago con la respectiva repartición

Los tomadores de créditos otorgados por la Administradora Provincial del Fondo, por sí o en
su carácter de mandataria o fiduciaria o cualquier otro carácter jurídico que ésta adopte, que
hubieren incurrido en incumplimiento de cualesquiera obligaciones derivadas de los
contratos de préstamo suscritos y no hubieran remediado adecuadamente el incumplimiento
de que se trate.

Los deudores de créditos otorgados por Mendoza Fiduciaria S.A. o, por sí o en su carácter de
mandataria o fiduciaria o cualquier otro carácter jurídico que ésta adopte, en trámite de
ejecución judicial y hasta cinco (5) años de cancelada la deuda objeto del proceso judicial en
cuestión. Igual término regirá para aquellos tomadores de crédito de la Administradora
Provincial del Fondo que se hubieren presentado en concurso o se les hubiere declarado la
quiebra y hubieren posteriormente levantado o cancelado dicha situación.

Las personas inhabilitadas por el Banco Central de la República Argentina y las personas
jurídicas cuyos representantes legales o apoderados registren tal inhabilitación.
La integración y suscripción del ANEXO I por parte de los postulantes implicará
realizar una
declaración jurada por la que expresamente manifiestan no estar incursos en ninguna de las
causales de exclusión, independientemente de la documentación adicional que pueda requerirles el
Fiduciario o la Administradora, respecto de alguna o algunas causales de exclusión (Ej. Certificado de
buena conducta, o constancia de no estar inhibido, etc.).
Asimismo por el presente los Postulantes y Tomadores prestan su expresa conformidad para que el
Fiduciario o la Administradora solicite informes a VERAZ, CODEME, Registros Públicos,
Departamento General de Irrigación, y cualquier otra entidad pública o privada, que pueda dar
referencia de los antecedentes de los mismos.
CAPITULO 3
CONDICIONES DEL FINANCIAMIENTO
5- COMPONENTES FINANCIABLES Y NO FINANCIABLES – MONTOS MÁXIMOS PRESTABLES
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El máximo de hectáreas a financiar por postulante será de 10 has., siendo el valor máximo por
hectárea de PESOS CINCO MIL ($5.000.-). La cantidad de hectáreas a financiar serán las que figuran
como afectadas (con daño), en el Certificado de Daños (Ley No 4.304/78 y sus modificatorias) o Acta
de constatación de daños emitido por la Dirección de Agricultura y Prevención de Contingencias de la
Provincia acreditado por el postulante, del cual surja la mayor cantidad de has. dañadas.
En ningún caso el monto del financiamiento podrá́ superar los PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00-).
No se considerará como componentes financiables los que se enumeran a continuación:
1) Erogaciones o gastos realizados con anterioridad a la presentación de la solicitud.
2) Adquisición de bienes de cambio para su reventa en el mismo estado en que fueron
adquiridos.
6- REINTEGRO DEL CAPITAL
El capital se amortizará en cuotas semestrales iguales, vencidas y consecutivas. La efectivización del
préstamo, al igual que el reintegro por parte del tomador del crédito se realizará en Pesos.
En el caso de que el nivel de daño sea igual o mayor al 80%, el plazo total (de gracia y amortización)
será de hasta cuarenta y ocho meses (48), siendo los primeros veinticuatro meses (24) de gracia y
los restantes veinticuatro meses (24) de amortización de capital.
En el caso de que el nivel de daño sea igual o mayor al 50% y menor al 80% el plazo total (de gracia y
amortización) será de hasta treinta y seis meses (36), siendo los primeros doce meses (12) de gracia
y los restantes veinticuatro meses (24 ) de amortización de capital.
El nivel de daño a reconocer a efectos de aplicar las condiciones precedentemente mencionadas se
determinará teniendo en cuenta el mayor porcentaje certificado por la Dirección de Agricultura y
Contingencias Climáticas para la propiedad que figure en alguno de los Certificados de Daños (Ley
No 4.304/78 y sus modificatorias) o Acta/s de constatación de daños acreditados por el postulante.
El pago del crédito se efectuará en una cuenta bancaria, que a estos efectos habilite el Fiduciario. Las
boletas de pago estarán a disposición del Tomador, con una antelación mínima de veinte (20) días a
su vencimiento, en la sede del Fiduciario y/o en el domicilio especial de los tomadores, según
corresponda.
7- INTERESES COMPENSATORIOS
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Los créditos no devengaran interés compensatorio alguno.
8- INTERESES MORATORIOS Y PUNITORIOS
La falta de pago a su vencimiento, o el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del deudor,
provocará la mora automática sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno. En tales
casos, y sin perjuicio de las demás sanciones y resarcimientos previstos en el contrato de préstamo o
que existan previsiones específicas al respecto en el presente Reglamento, se aplicarán las siguientes
tasas de interés:
1) Intereses moratorios: el deudor abonará en concepto de intereses moratorios, el importe que
resulte de aplicar el cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés nominal anual variable
vencida en pesos de la cartera general del Banco de la Nación Argentina, sobre el monto
adeudado y a partir de la fecha en que se produzca la respectiva causal de incumplimiento hasta
el efectivo pago.
2) Intereses punitorios: el deudor abonará en concepto de intereses punitorios, el importe que
resulte de aplicar el cincuenta por ciento (50%) de la tasa prevista para los moratorios, calculados
sobre el monto adeudado y a partir de la fecha en que se produzca la respectiva causal de
incumplimiento y hasta el efectivo pago
CAPITULO 4
DE LOS DESEMBOLSOS
9- CONDICIONES DE LOS DESEMBOLSOS
Los fondos serán desembolsados al tomador del crédito en un solo desembolso una vez que se
encuentre adecuadamente instrumentado el contrato de préstamo respectivo y sus garantías, sin
perjuicio de otras condiciones previas que el Fiduciario y/ o el Comité Ejecutivo fije en cada caso
concreto.
El desembolso se hará mediante cheques extendidos a nombre del tomador con la cláusula “No a la
orden”, con cargo a la entidad financiera que designe el Fiduciario y/ o mediante transferencia
bancaria en la cuenta del tomador.
CAPITULO 5
REGLAMENTACIÓN
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10- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL REGLAMENTO
Las consultas , aclaraciones y
obtención del presente Reglamento serán sin cargo y podrán
efectuarse en las oficinas de la Administradora, en su sede de 9 de Julio 1257, 1º piso, Ciudad de
Mendoza y en las delegaciones San Rafael, ubicada en Agustín Maza 131, San Rafael, Mendoza; San
Martín, ubicada en Avenida Salta 30, San Martín, Mendoza; Rivadavia, ubicada en Lavalle 301,
Rivadavia, Mendoza; Tupungato, ubicada en Belgrano 549, Tupungato, Mendoza; Tunuyán, Hipólito
Irigoyen 743-745, Tunuyán, Mendoza; General Alvear, ubicada en Avenida Alvear Oeste 371, 1º piso,
General Alvear, Mendoza,; Malargüe, ubicada en Avenida Roca Este 235, 1º piso, oficina 4, Malargüe,
Mendoza; Lavalle, ubicada en Beltrán 372. Local 3. Villa Tulumaya, Lavalle, Mendoza; Junín, ubicada
en Salvador González 274 (Inspección Canal Matriz Constitución), Junín, Mendoza; La Paz, ubicada en
Belgrano y Galigniana (Desarrollo Económico de la Munic de La Paz),la Paz, Mendoza; Maipú,
ubicada
en Ozamis 914, Maipú, Mendoza; Santa Rosa, ubicada en Emilio Civit 203 - Las
Catitas (Agencia INTA), Santa Rosa, Mendoza.
CAPÍTULO 6
CONTENIDO DE LA PROPUESTA DEL PROYECTO PRODUCTIVO
11 – DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá necesariamente contener la documentación que se detalla a continuación:
11.1
Si se tratase de PERSONAS FÍSICAS:

El Anexo I, de Solicitud de Crédito, debidamente completo y suscripto.

Fotocopia de las 2 (dos) primeras hojas del documento de identidad del Interesado –D.N.I., L.C.,
L.E. o C.E. . En caso de no figurar en las 2 (dos) primeras hojas el último domicilio declarado
acompañar fotocopia de la hoja respectiva.



En caso de corresponder, copia del Poder que confiera representación a la persona que designe
el postulante para la presentación de la propuesta, con facultades expresas para asumir las
obligaciones emergentes de esta operatoria – incluso la de constitución de garantías – y
constancia de su inscripción en el Registro Público respectivo, en caso de corresponder.
Constancia/s de Inscripción en el Registro Único de la Tierra (R.U.T.) vigentes a nombre del o de
los solicitante/s, que deberán ser coincidentes con la información declarada en el ANEXO I,
según corresponda.
Original o copia certificada del/de los Certificado/s de Daños (Ley No 4.304/78 y sus
modificatorias) emitido/s por la Dirección de Agricultura y Prevención de Contingencias de la
Provincia, del/de los que surja el nivel de daño sufrido y se identifique/n la/s propiedad/es
afectada/s con motivo de las contingencias climáticas acaecidas durante los períodos autorizados
en la presente operatoria. Únicamente en el caso de nueva emergencia, y siempre que no hayan
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transcurrido más de tres meses desde su acaecimiento, se podrá presentar juntamente con
el/las actas de constatación de daños, donde surja el daño sufrido, la/s respectiva/s constancia/s
de pedido de certificación de daños por accidentes climáticos (emitidas por la Dirección de
Agricultura y Prevención de Contingencias de la Prov).


Constancia de inscripción ante la A.F.I.P., como contribuyente de impuestos e incorporado al
sistema previsional.
Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autoridad competente, cuando el
domicilio real declarado sea establecido fuera de la Provincia de Mendoza.
En el caso de sucesiones, los herederos sólo podrán acceder al financiamiento cuando tengan
sentencia declaratoria de herederos, debiendo acreditar tal circunstancia con copia certificada o
compulsada de dicha sentencia, adjuntando asimismo la documentación citada en los puntos
anteriores, respecto de cada uno de los herederos, cuando corresponda.
A excepción del punto 11.2 orden 6, cuando la documentación requerida no esté certificada, los
Agentes de la Administradora compulsarán la copia con el original, cuando corresponda.
11.2. Si se tratase de PERSONAS JURÍDICAS:

El Anexo I, de Solicitud de Crédito, debidamente completo y suscripto.

Acta de Directorio o Reunión de Socios en la que se resuelva solicitar el financiamiento del
presente fideicomiso, así como la constitución de las garantías que se decida ofrecer.

Copia del Poder que confiera representación a la persona que designe el interesado participante
para la presentación de la propuesta, con facultades expresas para asumir las obligaciones
emergentes de esta línea – incluso la constitución de garantías – y constancia de su inscripción
en el Registro Público respectivo, en caso de corresponder.

Copia del contrato social, estatutos y demás documentos relativos a la existencia y capacidad
jurídica de la empresa Postulante para acceder al financiamiento, conforme a su objeto y a la
representación de sus directores o administradores, debidamente actualizados e inscriptos en la
Dirección de Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equivalente en otras
provincias o a nivel nacional.

Copia de actas de asamblea u órgano similar, donde surja la designación de los actuales
directores, socios gerentes o representantes, y del acta de directorio u órgano similar de
distribución de cargos, con las inscripciones de los administradores en el Registro respectivo.

Copia certificada en contenido por Notario Público del acta de reunión de directorio u órgano de
administración que corresponda al tipo social de que se trate del cual surja la voluntad de
solicitar el financiamiento, la determinación del monto, el ofrecimiento de la garantía y la
individualización de la persona designada a los efectos de la firma del contrato.
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
Constancia/s de Inscripción en el Registro Único de la Tierra (R.U.T.) vigentes a nombre del o de
los solicitante/s, que deberán ser coincidentes con la información declarada en el ANEXO I,
según corresponda.

Original o copia certificada del/de los Certificado/s de Daños (Ley No 4.034 y sus modificatorias)
emitido/s por la Dirección de Agricultura y Prevención de Contingencias de la Provincia, del/de
los que surja el nivel de daño sufrido y se identifique/n la/s propiedad/es afectada/s con motivo
de las contingencias climáticas acaecidas durante los períodos autorizados en la presente
operatoria. Únicamente en el caso de nueva emergencia, y siempre que no hayan transcurrido
más de tres meses desde su acaecimiento, se podrá presentar juntamente con el/las actas de
constatación de daños, donde surja el daño sufrido, la/s respectiva/s constancia/s de pedido de
certificación de daños por accidentes climáticos (emitidas por la Dirección de Agricultura y
Prevención de Contingencias de la Prov).

Constancia de inscripción ante la A.F.I.P., como contribuyente de impuestos e incorporado al
sistema previsional.

Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autoridad competente, cuando el
domicilio real declarado sea establecido fuera de la Provincia de Mendoza.

Nómina de los miembros del Directorio, socios Gerentes o cargos equivalentes según el tipo
social de que se trate, indicando el número del documento de identidad, –D.N.I., L.C., L.E. o C.E. –
de cada uno de dichos miembros.
A excepción del punto 11.2 orden 6 y 9 , cuando la documentación requerida no esté certificada, los
Agentes de la Administradora compulsarán la copia con el original, cuando corresponda.
CAPITULO 7
DE LA GARANTÍA
12- TIPOS DE GARANTÍA Y RESGUARDO DE LA OPERACIÓN - ALCANCE – DOCUMENTACIÓN A
PRESENTAR
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A) Para postulantes de créditos de hasta PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) en resguardo de la
operación, además de responder con todos los bienes de su patrimonio, deberán suscribir un pagaré
al momento de la celebración del contrato de mutuo.
B) Para postulantes de crédito de más de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000) podrán ofrecer las
siguientes garantías:
a) FIANZA PERSONAL:
En caso de aceptarse la fianza personal como única garantía, deberá́ exigirse por lo menos dos (2)
fiadores. Los fiadores se constituirán en codeudores solidarios, lisos, llanos y principales pagadores,
con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división. Podrán ser personas físicas o jurídicas y
que no se encuentren alcanzadas por las condiciones de exclusión establecidas en el CAPÍTULO 2
Cláusula 4- Postulantes Tomadores excluidos Puntos 1. 2. 3. 5. y 6. del Reglamento de Condiciones. .
Los fiadores deberán acreditar ingresos en relación de dependencia o desarrollar una actividad o
profesión en forma independiente y, al menos uno de ellos, ser propietario de un inmueble. Dicho
inmueble deberá́ estar libre de todo tipo de gravámenes, limitaciones, restricciones, o medidas
cautelares (ej. Usufructos, afectaciones de bien de familia, alquileres, sometimiento a algún cargo o
condición, embargos, anotaciones de litis, inembargabilidad, inenajenabilidad y/o cualquier otro acto
que afecte o imposibilite la libre disponibilidad del bien). En caso que los fiadores sean personas
físicas no podrán ser mayores a sesenta y ocho (68) años de edad.
En caso de que ninguno de los fiadores personales sea propietario de un inmueble, ambos fiadores
deberán acreditar una antigüedad mínima de 3 años en el empleo y/o actividad y/o profesión que
ejerza.
En el caso de los fiadores trabajadores en relación de dependencia no deberán tener embargos
vigentes sobre sus haberes a la fecha de la solicitud, ni afectaciones de sus remuneraciones por pago
de créditos.
Quienes detenten el carácter de tomadores de crédito en las operaciones previstas en el presente,
no podrán actuar como fiadores en otras operaciones de la presente operatoria.
Los fiadores deberán suscribir una carta compromiso que formará parte de la documentación a
presentar para el análisis de la solicitud, conforme al modelo del ANEXO III.
Tanto el tomador del crédito como los fiadores suscribirán, en garantía del crédito otorgado,
documentos cambiarios.
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- Documentación a presentar
Completar datos en Anexos
1.- Fiadores personas físicas.
1.1.- Fotocopia de las dos (2) primeras páginas del Documento Nacional de Identidad. Informe sobre
la titularidad y situación dominial del los inmuebles emitido por el Registro de la Propiedad Raíz,
adjuntado copia del tomo o folio real respectivo.
1.2.- Trabajadores en relación de dependencia: Fotocopia de los tres (3) últimos recibos de sueldo,
certificado por el empleador. Acreditación de antigüedad en el empleo.
1.3.- Trabajadores independientes: Copia de la constancia de inscripción en la AFIP (CUIT). Copia de
los tres (3) últimos pagos de Ingresos Brutos. Copia de la última declaración jurada anual de
Impuesto a las Ganancias. Copia de los tres (3) últimos pagos del Monotributo.
En caso de no estar certificada la documentación requerida, el Fiduciarios o la Administradora,
compulsará la copia con el original.
2.- Fiadores personas jurídicas:
2.1.- Deberán suministrar la información y documentación que con carácter general se detalla a
continuación, sin perjuicio de las aclaraciones y ampliaciones que les sean requeridas con
posterioridad, cuando a solo juicio del Fiduciario o la Administradora resulten necesarias.
2.2.- Copia certificada en contenido, por escribano público del acta de directorio u órgano similar del
que surja la autorización para prestar la fianza al financiamiento solicitado por el Postulante
conforme a su objeto social, con expresa indicación de la persona habilitada a suscribir la misma en
representación de la persona jurídica, con acreditación de su beneficio por otorgamiento.
2.3.- Documentación que corresponda, que se solicita en el Punto 11.2 de la presente
reglamentación.
2.4.- Carta compromiso de Fianza suscripta por los representantes legales adecuando en lo
pertinente el modelo obrante en ANEXO III del presente.
2.5.- Informe sobre la titularidad y situación dominial de los inmuebles, emitido por el Registro de la
Propiedad Raíz adjuntado copia del tomo o matrícula del Folio Real.
2.6.- Copia de la constancia de inscripción en la AFIP (CUIT). Copia de los tres (3) últimos pagos de
Ingresos Brutos. Copia de la última declaración jurada anual de Impuesto a las Ganancias.
b) GARANTIA FIDUCIARIA:
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Se admitirá como garantía la transmisión o cesión al Fiduciario, de la propiedad fiduciaria de vino y/ o
mosto sulfitado de propiedad del postulante. El Fiduciario ejecutará la garantía en caso de
determinarse el incumplimiento del deudor conforme al procedimiento establecido en el contrato de
crédito y sus contratos accesorios, y con la realización de los bienes o derechos cedidos procederá a
aplicarlo a la cancelación del crédito otorgado.
Para el caso en que se transfiera la propiedad fiduciaria de vino y/o mosto sulfitado:
- El postulante deberá adjuntar el ofrecimiento de dicha garantía, mediante nota suscripta por el
mismo a dicho efecto.
- El tomador del crédito deberá transferir al Fideicomiso de Garantía una cantidad de vino y/o mosto
sulfitado equivalente al monto del crédito acordado (o al canon inicial, según corresponda) más un
aforo del veinte por ciento (20%). Al momento de resolver la aprobación de cada crédito, el Comité
fijará el valor de referencia a considerar a tales efectos. La Bodega depositaria del mosto transferido
en garantía (tanto en el caso de ser también la tomadora del crédito, como en el caso de ser simple
depositaria) deberá garantizar el mantenimiento de las características organolépticas del producto.
Los estándares de calidad mínima exigida respecto del producto a inmovilizar serán establecidos al
momento de la firma del contrato.
Documentación a presentar:
-Anexo IV, debidamente completo y suscripto por las partes.
_ Certificado de inscripción de la bodega o fábrica de mosto emitida por el I.N.V.
_ Certificado emitido por la bodega o fábrica de mosto, del que surja la existencia del vino y/o mosto
sulfitado que se ofrece en garantía.
c) FIANZA EXTENDIDA POR SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA:
El postulante deberá adjuntar una carta compromiso emitida por la Sociedad de Garantía Recíproca
propuesta, conforme al modelo del ANEXO II, que formará parte de la documentación a presentar
para el análisis de la propuesta.
A fin de que la garantía resulte admisible, las Sociedades de Garantía Recíproca emisoras del
“Certificado de garantía” o documento equivalente respectivo, deberán estar debidamente
constituidas, inscriptas en el Registro Público respectivo, autorizadas para funcionar como tales por
la autoridad de aplicación, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional Nº 24.467, sus
modificatorias y decretos reglamentarios. Además deberán mantener vigente la inscripción en el
Registro de Sociedades de Garantía Recíproca que a tal efecto lleva la Superintendencia de Entidades
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Financieras y Cambiarias (BCRA), con el fin que las garantías concedidas por tales sociedades se les
otorgue en el sistema financiero a las mismas el carácter de garantía preferidas autoliquidables
(Garantía Preferida “A”). Con el objeto de acreditar el cumplimiento de tales recaudos, se deberá
constatar la inclusión de la S.G.R. en el Registro que para este tipo de Entidades regula el Banco
Central de la República Argentina y que publica como “Registro de Sociedades de Garantía Recíproca
– Art. 80º de la ley 24467”, no obstante ello, las citadas sociedades deberán suministrar toda la
información y/o documentación que el Fiduciario, les requiera.
El cumplimiento de los requisitos mencionados deberá mantenerse durante la vigencia del contrato
de crédito. Para el supuesto en que sobreviniere la infracción a tales requisitos, el deudor deberá
sustituir la referida fianza por otra garantía admisible.”
d) GARANTÍA HIPOTECARIA:
La garantía hipotecaria a ofrecer será en primer grado de privilegio a favor del Fiduciario del
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS, sobre bienes inmuebles de propiedad del solicitante o de terceros, debiendo
adjuntarse detalle del o de los bienes ofrecidos en garantía conforme al ANEXO V.
Cuando la única garantía ofrecida sea la hipotecaria, el valor neto de realización del o de los bien/es
ofrecido/s en garantía, deberá cubrir como mínimo un 150 % de la totalidad del financiamiento
solicitado con más sus intereses, accesorios y gastos necesarios que demande el recupero total del
crédito, quedando a criterio del Comité Ejecutivo determinar su suficiencia y conveniencia y la
necesidad de constituir garantías complementarias, en su caso.Dicho/s bien/bienes deberá/n estar libre/s de todo tipo de gravámenes, limitaciones, restricciones, o
medidas cautelares, (ej. usufructos, alquileres, sometimiento a algún cargo o condición, embargos,
anotaciones de litis, inembargabilidad, inenajenabilidad y/o cualquier otro supuesto que afecte o
imposibilite la libre disponibilidad del bien).
En el caso de que se ofrezcan bienes inmuebles provenientes de un proceso sucesorio, el hipotecante
deberá acreditar que ha sido inscripta la hijuela (en la que se incluya el inmueble) a su nombre en los
Registros respectivos. En caso de no contar aún con la inscripción mencionada, el hipotecante deberá
contar con el consentimiento de los restantes herederos declarados judicialmente, y la debida
autorización judicial para gravar el bien.
En todos los casos la tasación del inmueble ofrecido en garantía será realizada por un Perito Tasador
designado por la Administradora de la nómina de peritos tasadores que la misma confeccione.
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En caso de que los inmuebles ofrecidos en garantía registraran deudas vencidas exigibles por
impuestos, servicios o contribuciones por mejoras, la suficiencia y aceptación de la Garantía deberá
ser analizada y aceptada por el Comité Ejecutivo, previo a la suscripción del contrato de préstamo
respectivo.
Documentación a presentar:
Declaración de los Bienes ofrecidos en garantía, conforme al ANEXO V, debiendo acompañar las
siguientes constancias:

Informe sobre la titularidad dominial del inmueble y de inexistencia de gravámenes, emitido por
el Registro de la Propiedad adjuntando copia del Tomo o Folio Real respectivo, en original.

Copia del título de propiedad. La Administradora compulsará la copia con el original, a través de
quién designe.

Copia de los planos citados en el título de propiedad, debidamente visados por la autoridad
competente, la que será compulsada con su original por la Administradora, a través de quién
designe. En caso que no exista plano del inmueble o que por su antigüedad no pueda ser hallado,
deberá adjuntarse copia de plano actualizado que se confeccione al efecto de la presentación de
la propuesta, debidamente visado por la autoridad competente, la que será compulsada con su
original por la Administradora, a través de quién designe.

Al momento de la suscripción del Contrato de Préstamo, deberá presentar las correspondientes
constancias de libre deuda por impuestos, servicios y contribuciones por mejoras, o constancias
de regularización pertinentes, emitidos por los organismos pertinentes. En caso de que los bienes
ofrecidos en garantía registraran deudas vencidas exigibles por impuestos, tasas, etc., la
suficiencia y aceptación de la Garantía deberá deberán ser analizada y aceptada por el Comité
Ejecutivo previo a la suscripción del contrato de préstamo respectivo.
e) GARANTIA PRENDARIA:
La garantía prendaria a ofrecer será en primer grado de privilegio a favor del Fiduciario, sobre
rodados, maquinarias y/o equipos del postulante o de terceros, debiendo adjuntarse detalle del o de
los bienes ofrecidos en garantía conforme al ANEXO VI.
Cuando la única garantía ofrecida sea la prendaria, el valor neto de realización del o de los bien/es
ofrecido/s en garantía, deberá cubrir como mínimo un 200% de la totalidad del financiamiento
14
solicitado con más sus intereses, accesorios y gastos necesarios que demande el recupero total del
crédito, quedando a criterio del Director Ejecutivo determinar su suficiencia y conveniencia, y la
necesidad de constituir garantías complementarias, en su caso.
La vida útil del o los bienes ofrecidos en garantía deberá ser acorde al plazo de financiamiento.
Dicho/s bien/bienes deberá/n estar libre/s de todo tipo de gravámenes, limitaciones, restricciones,
medidas cautelares, o cualquier otro supuesto que afecte o imposibilite la libre disponibilidad del o
los mismos.
La tasación del o los bienes será determinada por un Perito Tasador designado por la Administradora
de la nómina de peritos tasadores que ella misma confeccione. En caso de tratarse de rodados, su
valuación surgirá de la última Tabla de Valores publicada por la A.F.I.P. para la determinación del
impuesto a los bienes personales.
En caso de que los bienes muebles ofrecidos en garantía registraran deudas vencidas exigibles por
impuestos, tasas, etc., la suficiencia y aceptación de la Garantía deberá ser analizada y aceptada por
el Comité Ejecutivo previo a la suscripción del contrato de préstamo respectivo.
Documentación a presentar:
Declaración de los Bienes ofrecidos en garantía, conforme al ANEXO VI, debiendo acompañar las
siguientes constancias:

En caso de existir al momento de la presentación de la propuesta, documentación que acredite la
propiedad de los bienes ofrecidos en garantía (títulos, facturas, recibos, etc.) con indicación
expresa – en carácter de declaración jurada- de no registrar deudas o que las mismas se
encuentren regularizadas, gravámenes, medidas precautorias o restricciones al dominio.

En caso de tratarse de automotores u otros bienes muebles registrables, acompañar titulo de
dominio del vehículo, libre deuda en el Impuesto del Automotor o su constancia de
regularización e Informe de dominio emitido por el Registro de la Propiedad del Automotor o del
registro que corresponda a la naturaleza del bien de que se trate, que certifique que el/los
bien/bienes ofrecido/s en garantía no registra/an deudas fiscales, gravámenes, medidas
precautorias o restricciones al dominio. Asimismo se deberá indicar nombre completo y número
de documento nacional de identidad del cónyuge del titular registral del bien, en caso de
corresponder, acompañando fotocopias de las dos (2) primeras hojas del documento
15
mencionado (en caso de no figurar en las dos primeras hojas el último domicilio declarado,
acompañar fotocopia de la hoja respectiva).

Detalle de seguros constituidos y copia de las pólizas pertinentes o bien adjuntar informe de una
compañía de seguros que declare que el bien ofrecido en garantía es susceptible de ser
asegurado en las condiciones exigidas para cada caso, durante toda la vigencia del crédito.
CAPÍTULO 8
DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA
13- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
a) Toda la documentación deberá estar firmada y con aclaración de firma en todas sus hojas por el
postulante (o, en su caso, representante legal o apoderado). La sola presentación del postulante
implica el pleno conocimiento y aceptación de todos y cada uno de los términos que surgen de toda
la documentación.
b) Las enmiendas y raspaduras de la propuesta deberán ser debidamente salvadas por el postulante
(o, en su caso, representante legal o apoderado) al pie de la página y antes de la firma,
entendiéndose que la falta de esa salvedad no invalida totalmente la propuesta, sino el ítem,
renglón, rubro o página afectado.
CAPÍTULO 9
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
14 – PROCESO DE EVALUACIÓN
La evaluación estará a cargo de la Administradora quién, una vez evaluados el cumplimiento de los
requisitos reglamentarios, elevará la propuesta para su correspondiente aprobación al Comité.
La Administradora,
verificará el cumplimiento de los presupuestos de admisibilidad y el no
encuadramiento en condiciones de exclusión, en base a la información y documentación contenida
en la solicitud, y en especial lo manifestado en carácter de declaración jurada por el postulante.
Podrá requerirse información adicional a otros organismos públicos o privados, entre otros al
Clearing de Deudores, a la Suprema Corte de Justicia , a la Dirección de Registros Públicos y Archivo
Judicial de la Provincia de Mendoza y al Departamento General de Irrigación, cuando se estime
necesario.
El proceso de evaluación de la propuesta estará referido a:
16

Cumplimiento de todos los aspectos jurídicos exigidos por el Reglamento de Condiciones para ser
tomador de crédito.

Constatación de los daños denunciados por el postulante, mediante la presentación del
Certificado/s de Daños (Ley No 4.304 y sus modificatorias) emitido/s por la Dirección de
Agricultura y Prevención de Contingencias y/o mediante la presentación de Acta de Constatación
juntamente a la constancia de pedido de certificación de daños por accidentes climáticos, en los
casos que corresponda.

Valoración de garantías conforme a los tipos admitidos y suficiencia de la misma en relación al
monto del crédito solicitado, en caso de corresponder.
El Comité Ejecutivo efectuará la evaluación de las garantías, las cuales deberán ser satisfactorias
conforme a los tipos admitidos y la suficiencia de las mismas, en relación al monto del crédito
solicitado.
Asimismo, la Administradora procederá al tratamiento de todas las solicitudes de crédito que se
hayan presentado con anterioridad a la aprobación del presente Reglamento de Condiciones, con el
alcance
y las condiciones que regían en la reglamentación
vigente en oportunidad de su
presentación. Sin perjuicio de ello, la normativa establecida en las Claúsulas 6- Reintegro de Capital y
en la 7- Intereses compensatorios, y en el CAPITULO 7 DE LA GARANTIA,
serán de aplicación
generalizada, cualquiera sea la fecha de ingreso de la solicitud.
15- APROBACIÓN O RECHAZO DE LA SOLICITUD
La aprobación o rechazo de la financiación solicitada, será resuelto por el Comité Ejecutivo, a quien
se elevarán los informes de las distintas Áreas de Análisis de la Administradora, la tasación del Perito
Tasador, en caso de corresponder, y los informes de valoración de las garantías.
En caso de insuficiencia de patrimonio fideicomitido en relación a las solicitudes presentadas, el
Comité deberá resolver las adjudicaciones respetando el principio de: “quien es primero en el
tiempo, es mejor en el derecho”, entre postulantes que cumplan con la totalidad de los requisitos
exigidos.
CAPÍTULO 10
GASTOS DEL POSTULANTE Y DEL TOMADOR DE CRÉDITO
17
16- GASTOS
Serán a exclusivo cargo del Postulante, en caso de corresponder:

Los gastos provenientes de la preparación de la propuesta y, en general, los que se ocasionen por
el cumplimiento de los demás recaudos exigidos por el Reglamento de Condiciones.
16.1. Serán a exclusivo cargo del tomador del crédito, en caso de corresponder:

El costo de todos los gastos que se ocasionen con motivo de la constitución, mantenimiento,
modificación y cancelación de las garantías de la operación y de la instrumentación del contrato
de crédito y sus modificaciones.

Los gastos administrativos en que incurra la Administradora y/o el Fiduciario con relación al
financiamiento en cuestión, incluidos, entre otros, los gastos necesarios para verificar o ampliar
información proporcionada por el postulante del crédito y/o consultar a Clearing de Deudores,
cuando fuere necesario.

Los gastos que genere la constitución y mantenimiento de los seguros que requiera el Comité
Ejecutivo, tales como: - cobertura incendio sobre el bien inmueble ofrecido en garantía ; cobertura incendio total y parcial, robo total y parcial y destrucción Total por cualquier causa
sobre el/los automotores ofrecidos en garantía; etc.

Todos los gastos que se originen en la eventual cobranza judicial o extrajudicial de la operación
de crédito. Los cuales podrán ser atendidos originariamente con el patrimonio fideicomitido,
pero deberán ser cobrados al ejecutado y restituidos al fideicomiso.
CAPÍTULO 11
DISPOSICIONES GENERALES
17- CONTRATO DE PRÉSTAMO
Una vez notificada el acta que resuelva la aprobación de la operación, deberá celebrarse el contrato
de préstamo entre Tomador y Fiduciario, que contendrá las estipulaciones básicas de la contratación,
conforme a la propuesta aprobada y a los requisitos exigidos en el presente Reglamento y en especial
lo atinente al monto, cánones y vigencia.
18
18- SELLADO
Conforme a las normas legales vigentes los instrumentos por los cuales se acuerdan las operaciones,
se encuentran exentos de tributar el impuesto de sellos.
19- RÉGIMEN LEGAL
La línea de crédito se rige por el presente Reglamento. En caso de discrepancia u omisiones se
establece el siguiente orden de prelación como fuente de interpretación, según corresponda en cada
caso:
1) Resoluciones del Fiduciante y/o Actas del Comité aprobatorias y/o modificatorias del Reglamento
de Condiciones de la operatoria.
2) Aclaraciones y/o circulares referidas a tales Reglamentos
4) Todo cuanto no esté previsto en la normativa aplicable y en los Reglamentos, será resuelto de
acuerdo con los principios generales del Derecho, en la forma más favorable al Fiduciario. Las
disposiciones legales y administrativas precedentemente mencionadas estarán a disposición de los
postulantes para su consulta en las oficinas de Mendoza Fiduciaria S.A.
19
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO I - SOLICITUD DE CRÉDITO - FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES
AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMATICAS
El que suscribe......................................... (con poder que se anexa para este acto) en nombre y
representación de ........................ (en adelante “el Postulante”), solicita acceder a la asistencia
financiera de la operatoria de financiación de Productores Afectados por Contingencias Climáticas
contemplada en el Fideicomiso, y garantiza, en carácter de declaración jurada:

La veracidad y exactitud de los datos consignados en la presente solicitud y de toda la
información incluida en la propuesta solicitada por el Reglamento de Condiciones, autorizando a
los organismos oficiales intervinientes, o a quienes ellos designen, a verificar la referida
información. Asimismo autoriza a organismos oficiales, bancos, otras empresas a confirmar dicha
información a solicitud del Fiduciario;

Conocer y aceptar, en todos sus términos el Reglamento de Condiciones de la Operatoria de
financiación de Productores
Afectados por Contingencias Climáticas, el que se considera
integrante de la propuesta;

Satisfacer en su totalidad los requisitos de admisibilidad previstos en el Reglamento de
Condiciones;

No encontrarse comprendido en las prohibiciones de la Cláusula 4. POSTULANTES EXCLUIDOS del
Reglamento de Condiciones.

Se somete expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de
Mendoza, Primera Circunscripción Judicial, haciendo renuncia expresa a todo otro fuero incluso
el Federal.
Apellido y Nombre / Razón
Social
Tipo y Nº Documento o
Nº Inscripción
Estado Civil del postulante
Fecha de Nacimiento del
Cónyuge
20
Nombre y Apellido del
cónyuge
Tipo y Nº Documento del
Cónyuge
Domicilio Real
Teléfono
Domicilio Especial
E- Mail
C.U.I.T.
Situación frente al I.V.A.
Actividad Principal
Nº Inscripción Ingresos
Brutos
Volumen de Ventas / Servicios Anuales Netos
Existencia de deuda por derecho de riego vencida y
exigible a favor del Dpto. General de Irrigación
del/los inmueble/s que explote el postulante
Existencia de deuda por derecho de riego vencida y
exigible a favor del Dpto. General de Irrigación
del/los inmueble/s que exploten los socios o
integrantes del órgano de administración del
postulante
Si
No
Plan de pago
Plan de pago
Si
No
Si
No
Detalle de la deuda fiscal vencida y exigible a favor de la Provincia de
Mendoza
Organismo o
Repartición
Concepto
Estado (apremio,
gestión
antigüedad, etc.)
Antigüedad de la
deuda (1º vto.
Impago)
Monto total
actualizado
Total:
Si
No
Detalle de la deuda financiera vencida y exigible a favor de la Provincia de
Mendoza y procesos judiciales patrimoniales no concluidos
Organismo o
Repartición
Concepto
Estado (apremio,
gestión
21
Antigüedad de la
deuda /juicio(1º
Monto total
actualizado
antigüedad, etc.)
vto. Impago)
Total:
Si
No
Detalle de la deuda financiera vencida y exigible a favor de la Administradora
Provincial del Fondo
Concepto
Estado (apremio,
gestión
antigüedad, etc.)
Antigüedad de la
deuda (1º vto.
Impago)
Monto total
actualizado
Total:
Detalle de la deuda financiera vencida y exigible a favor de Mendoza
Fiduciaria S.A.
Concepto
Estado (apremio,
gestión
antigüedad, etc.)
Antigüedad de la
deuda (1º vto.
Impago)
Total:
22
Si
No
Monto total
actualizado
ANEXO I – PARTE 2
Detalle de la totalidad del/ los inmueble/s que explota/n el /los postulante/s
(incluir el del emprendimiento afectado)
Ubicación (dirección,
localidad, departamento,
provincia)
Nombre Propietario Nomenclatura catastral
RUT
Superficie total
Destino de los
Fondos
Financiamiento
$
solicitado
Plazo
gracia
daño
de
s/
Aporte Propio
$
Plazo
de
amortización
s/ daño
Monto total
$
Plazo total
....................................................................................................
Firma y aclaración Postulante o su Representante
23
Superficie
cultivada
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO II - MODELO DE CARTA COMPROMISO DE FIANZA DE SOCIEDAD DE GARANTIA RECÍPROCA
Mendoza, ___ de ________ de _____
SEÑORES MENDOZA FIDUCIARIA S.A.
De nuestra consideración:
Por la presente informamos a Uds. que Consejo de Administración de …………………….. S.G.R. ha
aceptado la incorporación de la firma……………………………………………………………, con C.U.I.T. Nº
……………………………………………….como Socio Partícipe, aprobándose asimismo el otorgamiento de la
garantía en las condiciones que a continuación se detallan para afianzar un financiamiento con
vuestra Institución y que se encuadran en las condiciones financieras estipuladas en el Reglamento
de Condiciones de la Operatoria de Financiación de productores afectados por contingencias
climáticas ………………………………………………., las que declaramos conocer y aceptar en todos su
términos:
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN GARANTIZADA
Destino de los fondos
Monto del Crédito
Plazo Total
Plazo de Gracia
Primer Vto. Capital
24
Primer vto. Interés
Periodicidad Cuotas
Tasa de interés
Sin perjuicio de ello, se destaca que el otorgamiento de la garantía antes mencionada estará sujeto al
efectivo cumplimiento del Socio Partícipe de todos los requisitos estipulados por …………………………
S.G.R. en sus procedimientos, y de la constitución de contragarantías suficientes, a la entera
satisfacción de nuestra entidad. De esta forma, una vez cumplimentado estos requisitos, ………………..
S.G.R. emitirá el correspondiente Certificado de Garantía definitivo, el cual será título ejecutivo en las
condiciones expresadas y conforme a lo previsto por el Artículo 70 de la ley Nº 24.467 y sus
modificatorias.
La presente garantía se otorga sin perjuicio de cualquier otra garantía, personal o real, que Mendoza
Fiduciaria S.A., haya recibido en conexión con la obligación citada, pudiendo ésta, a su mera opción,
ejecutar las garantías simultánea e independientemente unas de otras.
Asimismo manifestamos en carácter de declaración jurada encontrarnos debidamente constituidos,
autorizados a funcionar como tales por la autoridad de aplicación e inscriptos en el Registro Público
de Comercio, Inspección General de Justicia o autoridad local competente - de conformidad con lo
establecido por la Ley Nº 24.467, su modificaciones y decretos reglamentarios- y en el Registro de
Sociedades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley Nº 24.467) que al efecto lleva la
Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias – BCRA-, y nos comprometemos a mantener
la vigencia y validez de tales inscripciones durante el lapso que dure el financiamiento a otorgar al
Solicitante, en caso de que el mismo resulte aprobado.
En concordancia con lo precedentemente manifestado nos comprometemos a presentar todos los
elementos que nos sean requeridos a fin de permitir nuestra evaluación para actuar en carácter de
Fiador.
Emitimos la presente Carta Compromiso al único efecto de posibilitar a la firma antes mencionada la
gestión del financiamiento en vuestra Institución.
25
Para mayor información comunicarse con nuestras oficinas al teléfono…………………… ints.
………………..o en calle …………….. Nº ……, Piso…………….. E-Mail ………….
Saludamos a Uds. atentamente.
……………………………………………………………………………………..
Firma y aclaración Representante SGR
Y
26
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO III - MODELO DE CARTA COMPROMISO DE FIANZA PERSONAL
Apellido y nombre del postulante
Tipo y Nº de D.N.I.
Apellido y nombre del fiador Nº 1
Tipo y Nº de D.N.I.
Edad:
Domicilio real:
Domicilio especial:
Principal actividad económica:
C.U.I.L. / C.U.I.T. Nº
Teléfono:
Apellido y nombre del fiador Nº 2
Tipo y Nº de D.N.I.
Edad:
Domicilio real:
Domicilio especial:
Principal actividad económica:
C.U.I.L. / C.U.I.T. Nº :
Teléfono:
Características y condiciones del crédito solicitado a
afianzar
27
Destino del crédito solicitado
Concepto
Monto del Crédito solicitado
Plazo de Gracia
Plazo de Amortización
Ubicación (dirección, localidad, departamento,
provincia)
Inscripción registral
Nomenclatura catastral
Con gravámenes
SI
// NO
Tachar lo que
no corresponde.
El que suscribe …………………………………………….. (en adelante el FIADOR), en caso de que el Sr.
……..……..................................… (en adelante el POSTULANTE) resulte beneficiario de un préstamo de
la Operatoria de financiamiento regulada mediante el Contrato de Créditos del “FIDEICOMISO PARA
EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMÁTICAS” en la línea
crediticia destinada a “Operatoria de Financiación de productores afectados por contingencias
climáticas”, cuya finalidad es brindar asistencia financiera para solventar los gastos de puesta en
marcha de las inversiones a recuperar; manifiesta en carácter de declaración jurada:

Que conoce y acepta los términos de la propuesta efectuada por el POSTULANTE, de la que la
presente carta compromiso de fianza forma parte;

Que se compromete a afianzar el pago de todas y cada una de las sumas de dinero y el
cumplimiento de los compromisos y obligaciones derivados de los mencionados financiamientos
que adeude el POSTULANTE al “FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES
28
AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMÁTICAS”, constituyéndose en codeudor solidario, liso,
llano y principal pagador, haciendo expresa renuncia a los beneficios de excusión y división.
Asimismo renuncia a pedir su liberación de acuerdo con los Artículos Nº 2.025 y Nº 2.026 del
Código Civil y con el Artículo Nº 482 del Código de Comercio –en su caso- y acepta que la no
iniciación de las acciones judiciales para el cobro de las cuotas impagas o el otorgamiento de
plazos al POSTULANTE no afectará en modo alguno la subsistencia de la obligación que por el
presente se asume;

Que otorga el presente compromiso a efectos de cumplir con los requerimientos del Reglamento
de Condiciones de la mencionada Operatoria;

Que el FIADOR no se encuentra comprendido en los supuestos de exclusión del CAPÍTULO 2
cláusula 4- Postulantes
Tomadores excluidos. Puntos 1. 2. 3. 5. y 6. del Reglamento de
Condiciones.
MENDOZA,..... de ................................ de ...................-
....................................................................................................
Firma y aclaración de los fiadores
29
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO IV – DECLARACIÓN DE BIENES OFRECIDOS EN GARANTÍA FIDUCIARIA
El que suscribe .................................., con poder que se anexa para este acto en nombre y
representación de ................. (nombre del propietario del/de los bien/es), ofrece transferir en
garantía fiduciaria el/los siguiente/s bien/es:
(detallar datos del/los inmueble/s en caso de corresponder, y/o cantidad y tipo de producto a
ofrecer, en caso de tratarse de vino) …………………………………………………………………………………………………
2) Valor neto de realización asignado al/a los bien/es: PESOS........................................
($...........................-)
3) Consignar en la presente declaración la calidad de:
-SOLICITANTE
-TERCERO
......................................................................................................................................
Firma y aclaración Postulante o su Representante - Firma y aclaración propietario del bien o su
Representante
30
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO V – DECLARACIÓN DE BIENES OFRECIDOS EN GARANTÍA HIPOTECARIA
El que suscribe........................., con poder que se anexa para este acto, en nombre y
representación de.........................., ofrece en garantía el/los siguiente/s inmueble/s:
1) Descripción del inmueble a hipotecar:
- Ubicación: (Dirección, Localidad, Departamento, Provincia)
- Superficie:
- Inscripción Registral:
- Número de padrón general y parcial del Dpto. General de Irrigación:
- Número de padrón territorial:
- Número de padrón municipal: (según corresponda)
- Nomenclatura catastral:
- Mejoras:
2) Valor Neto de Realización asignado al bien: ........................................................................-
3) Consignar en la presente declaración la calidad de:
- SOLICITANTE HIPOTECANTE
- TERCERO HIPOTECANTE
31
Asimismo manifiesta que el inmueble detallado precedentemente no registra deuda por impuestos,
servicios y/o contribuciones por mejoras que lo gravan. Caso contrario manifiesta su voluntad de
cancelar las deudas que gravan al bien, previo a la suscripción del contrato de préstamo,
presentando las correspondientes constancias.
.....................................................................
...................................................................................................
Firma y aclaración Postulante o su Representante - Firma y aclaración propietario del bien o su
Representante
32
FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS
CLIMÁTICAS
ANEXO VI - DECLARACIÓN DE BIENES MUEBLES OFRECIDOS EN GARANTÍA PRENDARIA
El que suscribe..............................., con poder que se anexa para este acto en nombre y
representación de..................................... (nombre del propietario del/de los bien/es), ofrece en
garantía el/los siguiente/s bien/es:
1) Descripción del/de los bien/es a prendar:

Tipo (descripción, Nº de identificación, marca, modelo, etc.):

Características:

Cantidad:

Ubicación:

Inscripción registral (en caso de corresponder):
2) Valor neto de realización asignado al/a los bien/es: PESOS........................................
($...........................-)
3) Consignar en la presente declaración la calidad de:
-SOLICITANTE
-TERCERO
. ...................................................................................................
Firma y aclaración Postulante o su Representante - Firma y aclaración propietario del bien o su
Representante
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