Pliego de condiciones económico-administrativas que han de servir
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Pliego de condiciones económico-administrativas que han de servir
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE SERVIR DE BASE A LA ENAJENACIÓN DE DOS PARCELAS, SITUADAS EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL “EL PINO”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONÓMICA MÁS VENTAJOSA Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, EN HORCAJO DE SANTIAGO (CUENCA). EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Horcajo de Santiago precisa convocar un nuevo proceso de enajenación de parcelas industriales a la vista de la demanda de suelo industrial existente, con objeto de ponerlo a disposición de los emprendedores. ENTIDAD ADJUDICADORA. a) Organismo: Ayuntamiento de Horcajo de Santiago (Cuenca) b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. 1. OBJETO. Constituye el objeto del presente pliego, la venta individualizada, mediante procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa y varios criterios de adjudicación de las parcelas, que se detallan a continuación, propiedad del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago, resultantes de la urbanización del Polígono Industrial “El Pino”, en aras de facilitar la implantación de actividad industrial. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1 p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (En adelante TRLCSP): Nº DESCRIPCIÓN PARCELA SUPERFICIE TOTAL. m2 VALORACIÓN PARCELA DE USO INDUSTRIAL NÚMERO 37 800,00 32.000,00 € CALLE EL PINO, 10 LINDEROS FINCA REGISTRAL NÚMERO 8/11595 N PARCELA 36 USO PERMITIDO: S PARCELA 38 INDUSTRIAL E PARCELA 53 O CALLE EL PINO 37 Nº DESCRIPCIÓN PARCELA SUPERFICIE TOTAL. m2 VALORACIÓN PARCELA DE USO INDUSTRIAL NÚMERO 53 800,00 28.800,00 € CALLE LOS ARTESANOS, 7 LINDEROS FINCA REGISTRAL NÚMERO 8/11611 N PARCELA 52 S PARCELA 54 USO PERMITIDO: E CALLE LOS ARTESANOS INDUSTRIAL Y O PARCELA 37 ALMACENAMIENTO 53 Ayuntamiento de Horcajo de Santiago Las parcelas objeto de enajenación tienen la consideración de solares como consecuencia de la ejecución de las obras de urbanización del Plan Parcial del Sector S17 INDUSTRIAL, y se encuentran sujetas al régimen urbanístico establecido por las ordenanzas urbanísticas S17-IND-G2. De acuerdo con el Acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno Municipal, el día 25 de octubre de 2.011, las parcelas objeto de enajenación tienen limitada la potencia de suministro eléctrico a 20 KW, considerándose que el uso de dichas parcelas está destinado a la instalación de pequeñas industrias y almacenamiento. 2. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación. 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. El precio tipo de licitación para la venta de la parcela 37, mejorable al alza, es de 40 euros/m2 y el precio tipo de licitación para la venta de la parcela 53, mejorable al alza, es de 36 euros/m2. Siendo el valor total el fijado en cada una de las parcelas descritas anteriormente. El precio tipo de licitación se entiende excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, siendo repercutido al adjudicatario por el tipo aplicable vigente conforme a la legislación tributaria. 4. GASTOS DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los gastos que se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato, incluidos los gastos de anuncios de licitación, notariales y registrales y, en general, cuantos deriven de la completa regularización de la nueva situación jurídica. Igualmente queda obligado al pago de los tributos que gravan los terrenos a partir de la fecha de adjudicación. 5. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Para tomar parte en la licitación será necesario constituir una garantía provisional por importe del 3% del precio de licitación de la/s parcela/s a cuya adjudicación concurren, excluido el impuesto del valor Añadido. La garantía definitiva se fija en el 5% del importe de la adjudicación, excluido Impuesto del Valor Añadido, debiéndose efectuar su depósito antes de la adjudicación del contrato. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago Las garantías se constituirán en el lugar y en cualquiera de los medios admitidos en los artículos 96 y 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato. La garantía será retenida a los licitadores cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Los adjudicatarios de las parcelas podrán aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. 6. CAPACIDAD PARA CONCURRIR Podrán concurrir a esta licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el Art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 7. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN: a) Entidad: Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. b) Domicilio: Plaza de España, número 1. c) Localidad, Código Postal: Horcajo de Santiago. 16410. d) Provincia: Cuenca. e) Teléfono: 969127002. f) Fax: 969128286. g) Fecha límite de obtención de documentación e información: El día anterior a finalizar el plazo de presentación de solicitudes. h) Página web: [email protected] 8. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: El plazo para la presentación de las proposiciones será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. En caso de que el último día del plazo sea inhábil, dicho plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día siguiente hábil, o si este fuese sábado, el primer día hábil siguiente a dicho sábado. Los licitadores presentarán sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago (Cuenca) con domicilio en la Plaza de España, 1 Código Postal: 16.410, en horario de oficina de 9:00 horas a 14:00 horas. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago Las solicitudes también podrán presentarse por medio de cualquier otra de las formas previstas en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre. Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitir a la dirección indicada en la Disposición anterior y cumplirán los requisitos señalados en el art. 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne el título completo que aparece en la convocatoria y nombre del licitador, dentro del plazo de presentación de solicitudes, y debiendo efectuarse la presentación, como máximo dentro del plazo de diez días naturales siguientes a la terminación del plazo de presentación antes mencionado. Transcurridos los diez días naturales siguientes desde la recepción de la comunicación sin haberse recibido la proposición, ésa no será admitida, y podrá procederse por la Mesa de Contratación a la apertura de las plicas efectivamente presentadas en plazo. Los documentos aportados por los licitadores deberán ser bien originales, o bien fotocopias compulsadas. Las fotocopias no compulsadas se tendrán por no presentadas. A efectos de compulsa, los licitadores pueden dirigirse a la Secretaría del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago o a cualquier otro organismo público competente para ello. La presentación de proposiciones supone, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las Cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. 9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Los licitadores podrán optar por licitar a una o varias parcelas, en función del proyecto a desarrollar. Las propuestas deberán ser individualizadas para cada parcela no pudiendo presentar más de una proposición por cada una. Quienes pretendan tomar parte en la licitación de las parcelas indicadas presentarán su documentación en tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador así como su correspondiente C.I.F o N.I.F. En caso de que se presenten propuestas por varias parcelas será suficiente con la presentación de un solo sobre “1” por licitador, y tantos sobres “2” y “3” como parcelas por las que se licita. SOBRE “1”. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA. TÍTULO: Documentación Administrativa previa para participar en el procedimiento abierto de enajenación de la/s parcela/s Nº______ , ubicada/s en el Polígono Industrial “El Pino” y convocado por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago CONTENIDO: Deberá contener los siguientes documentos: A) instancia solicitando participar en el procedimiento de licitación, que responderá al modelo incluido como ANEXO I. Si el licitador es persona jurídica, dicha instancia deberá presentarse firmada por persona con poder de representación de la empresa licitadora, debiendo acompañarse las escrituras acreditativas de dicho poder. B) Documentos acreditativos de la personalidad: Los empresarios que sean persona física deberán aportar copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento que legalmente lo sustituya; los empresarios que sean personas jurídicas, aportarán copia compulsada de la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Asimismo, para que la empresa pueda presentar proposición, las prestaciones objeto del contrato habrán de estar comprendidas dentro de sus fines, objeto o ámbito de actividad, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar habilitadas con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas para realizar la prestación de que se trate, en los términos del artículo 58 del RDL 3/2011. Las empresas no comunitarias deberán justificar el requisito exigido por el artículo 55 del TRLCSP. Cuando se trate de una unión de empresarios constituida temporalmente al efecto, tendrán capacidad y actuarán en los términos del artículo 59 del RDL 3/2011. C) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la solicitud de participación no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la solicitud de participación junto con una copia compulsada del Documento Nacional de Identidad del apoderado. D) Declaración responsable de no estar incurso el empresario o empresa en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el Art. 60 del TRLCSP. Además incluirá la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración responsable responderá al modelo incluido como ANEXO I del presente pliego. E) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago F) Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax. G) Justificante de haber constituido la garantía provisional correspondiente a cada una de las parcelas a cuya adjudicación desean concurrir. H) Índice de todos los documentos incluidos en este sobre. SOBRE “2”. PROPOSICIÓN ECONÓMICA. TÍTULO: Proposición Económica para participar en el procedimiento abierto de enajenación de la/s parcela/s Nº ______ , ubicada/s en el Polígono Industrial “El Pino” y convocado por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. CONTENIDO: Incluirá la oferta económica de adquisición de la parcela objeto de licitación, que será como mínimo coincidente con el tipo de licitación, pudiendo ser éste mejorable al alza, según el modelo de proposición adjunto. Anexo II. SOBRE “3”. OTROS CRITERIOS DE VALORACIÓN. TÍTULO: Otros criterios de valoración para participar en el procedimiento abierto de enajenación de la/s parcela/s Nº _______ , ubicada/s en el Polígono Industrial “El Pino” y convocado por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. CONTENIDO: Se incluirá aquí la documentación acreditativa de otros criterios de valoración. Anexo III: Viabilidad del proyecto empresarial, situación empresarial, creación de puestos de trabajo, todo ello conforme a los criterios de selección descritos en el siguiente apartado. 10. CRITERIOS DE VALORACIÓN. La adjudicación se regirá por la presente baremación: (Puntuación Máxima 130 puntos). CRITERIOS DE SELECCIÓN VALORACIÓN 1. Mejora en el precio de licitación: Máximo 30 puntos El precio de licitación será el dispuesto en la cláusula cuarta del presente condicionado, otorgándose 1 punto por cada 1,00 € de incremento sobre el precio tipo (euro/m2) 2. Creación de nuevos puestos de trabajo: A) Número de puestos de trabajo. - 1 puestos de trabajo Entre 2 y 5 puestos de trabajo 5 puntos 10 puntos Ayuntamiento de Horcajo de Santiago - Entre 6 y 10 puestos de trabajo Entre 11 y 20 puestos de trabajo Más de 20 puestos de trabajo 20 puntos 30 puntos 40 puntos Máximo 50 puntos B) Otros conceptos valorables: - Entre el 25% y el 50% de Mujeres Entre el 5% y el 10% de Minusválidos Entre el 5% y el 10% de parados de más de 45 años 10 puntos 10 puntos 10 puntos 3. Viabilidad y proyecto empresarial: A) Empresa cuya actividad a la que se dedica o se vaya a dedicar contemple la calificación de I + E, ó I + D + I: 8 puntos. B) Viabilidad y características del proyecto empresarial a desarrollar, valorable por la mesa de Máximo 20 puntos contratación, conforme a la memoria que deberá presentarse: de 0 a 12 puntos. Los licitadores, deberán de aportar una Memoria Descriptiva de la actividad económica a desarrollar, incluyendo los documentos acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en los criterios de valoración. 4. Situación empresarial: 20 puntos Empresas actualmente instaladas en este término municipal y que requieran trasladar o ampliar su actividad, siendo preciso su traslado al Polígono Industrial. 5. Adquisición de parcelas colindantes. 10 puntos Se valorará a los licitadores que hayan adquirido parcelas en procesos anteriores y precisen parcelas colindantes para ampliación de una actividad empresarial. Dado que los criterios evaluables de forma automática tienen atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios que dependen de un juicio de valor, no resulta precisa la intervención del comité de expertos prevista en el Art. 25 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago El Ayuntamiento de Horcajo de Santiago estará facultado para requerir a los adjudicatarios en cualquier momento la documentación acreditativa de los compromisos en su oferta. 11. CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su nombramiento corresponderá al órgano de contratación, conforme a lo establecido en el artículo 320.3 del TRLCSP. Estará compuesta por los siguientes miembros: -PRESIDENTE: El Sr. Alcalde-Presidente o funcionario en quien delegue. -SECRETARIO: Un funcionario del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. - VOCALES: - Un Concejal del equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. Un Concejal del Grupo del la oposición en el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. El Sr. Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. El Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz. La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante (www.horcajodesantiago.es) con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146.1 del TRLCSP. En caso de ausencia de alguno de los miembros de la Mesa, deberán ser sustituidos por sus respectivos suplentes. A los miembros de la Mesa de Contratación les será de aplicación las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago La Mesa de Contratación, en acto interno, calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre “1” Documentación administrativa previa, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder si lo estima conveniente un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, a excepción de la garantía provisional que deberá constar inexcusablemente, no pudiéndose subsanar su falta de presentación. El acto de apertura y examen de las proposiciones económicas se celebrará en acto público, a las 11 horas del undécimo día posterior al de finalización del plazo de presentación de éstas. Para el supuesto que dicho día coincidiera con sábado o festivo, dichos plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. La Mesa de Contratación procederá en acto público, a las 11 horas del undécimo día posterior al de finalización del plazo de presentación de éstas, a la apertura de la documentación contenida en el sobre “2” Proposición económica. Acto seguido, se procederá a la apertura de la documentación contenida en el sobre “3” Otros criterios de valoración, así como a la posterior valoración de la misma. Cuando para la valoración de las proposiciones hayan de tenerse en cuenta criterios distintos al del precio, el órgano competente para ello podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Una vez efectuada la valoración de toda la documentación, la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación de las parcelas a aquellos licitadores que hayan obtenido mayor puntuación en relación a una determinada parcela. La propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación no generará derecho alguno a favor del licitador que hubiera formulado la oferta propuesta, sin embargo, en el supuesto de que el órgano de contratación decida adjudicar el contrato apartándose de la propuesta formulada por la Mesa deberá motivar su decisión. La adjudicación al licitador que presente la oferta más ventajosa no procederá cuando de conformidad con el Art. 152 del TRLCSP, el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados. 12. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: Ayuntamiento de Horcajo de Santiago a) Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarla. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996 de 16 de Febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003 de 21 de Febrero, y de acuerdo a la Ley 11/2007 de 22 de Junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. b) Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarla. c) Acreditación de haber constituido una garantía definitiva por importe equivalente al cinco por ciento del importe de adjudicación de cada una de las parcelas adjudicadas, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. d) La escritura pública de formalización de la unión temporal de empresarios, en su caso, se aportará una vez que se haya efectuado la adjudicación definitiva del contrato a su favor. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El plazo máximo para la adjudicación del contrato será de dos meses a contar desde el siguiente al de la apertura de las proposiciones, transcurrido el cual sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, los licitadores admitidos tendrán derecho a retirar su proposición. (Artículo 161 del TRLCSP). No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en la página web del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago: (www.horcajodesantiago.es) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. 13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. Una vez adjudicada la parcela por el órgano de contratación, se procederá a formalizar el contrato administrativo oportuno, trasladando la propiedad y posesión de dicha parcela. Los adjudicatarios de las parcelas deberán concurrir para la formalización del contrato en el día y hora que señale el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago, previo requerimiento municipal. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago 14. FORMA DE PAGO. El adjudicatario podrá solicitar de forma motivada, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de recepción de la notificación del acuerdo de adjudicación, fraccionar el pago de la adquisición en tres anualidades a contar desde la fecha de adjudicación de la/s parcela/s. Al optar por el pago fraccionado, éste se efectuará de la siguiente manera: - 1º pago. 33% del precio de licitación, más el IVA. - 2º pago. 33% del precio de licitación, más el IVA. - 3º pago. 34% del precio de licitación, más el IVA. El fraccionamiento del pago devengará un interés igual al legal del dinero vigente en cada momento del periodo de aplazamiento del pago aprobado. En el caso de que el adjudicatario decida abonar el importe integro de la adjudicación sin aplazamiento, se aplicará un descuento del 10% en el precio de adjudicación. Las cantidades aplazadas deberán quedar garantizadas, a elección del adjudicatario, mediante aval bancario o mediante condición resolutoria expresa, que deberá acceder necesariamente al Registro de la Propiedad, con asunción de los gastos y formalidades previstas en las presentes bases. Cuando se produzca el pago de la totalidad de la/s parcela/s adjudicadas, el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago requerirá al adjudicatario al objeto de elevar a Escritura Pública el contrato administrativo otorgado. 15. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Los licitadores que resulten adjudicados quedan obligados en los siguientes términos: En atención a todo lo anterior y al objeto de evitar conductas de carácter especulativo que pretendan otros fines distintos de la implantación y funcionamiento de proyectos empresariales con vocación productiva, los adjudicatarios quedan obligados a: 1º) Iniciar la actividad en el plazo máximo de tres años desde la fecha del pago o si decide fraccionarlo desde la fecha del primer pago, en caso contrario el Ayuntamiento ejercitará los derechos de tanteo y retracto devolviéndose el dinero y por tanto la recuperación de los terrenos. Dicho plazo podrá verse prorrogado en casos debidamente justificados, previa autorización del Pleno de la Corporación. 2º) Cumplir fielmente con el compromiso adquirido de creación de puestos de trabajo, en el plazo de tres años desde el inicio de la actividad, que fueron presentados en la oferta, y por un tiempo mínimo de mantenimiento de los mismos durante al menos tres años. No cumplir con esta cláusula, se verá penalizado en 1,00 € por metro cuadrado de adjudicación por 5 y por puesto de trabajo incumplido (1,00€/m2 x 5 x Nº puesto de trabajo). Ayuntamiento de Horcajo de Santiago 3º) En caso de arrendar o subarrendar la instalación en la parcela adjudicada, durante el plazo de cinco años desde la fecha del pago o si decide fraccionarlo desde la fecha del primer pago, será preceptivo la autorización del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago, siendo de obligado cumplimiento mantener las condiciones establecidas en el presente Pliego. 4º) No enajenar la/s parcela/s adjudicadas, ni lo construido sobre ella, durante al menos cinco años a contar desde la fecha del pago o si decide fraccionarlo desde la fecha del primer pago. Transcurrido dicho plazo y se deseara vender la parcela, se deberá comunicar con anterioridad y por escrito al Ayuntamiento de Horcajo de Santiago su intención de efectuarla, especificando el precio y demás condiciones en que pretenda la enajenación, al objeto de que el Ayuntamiento ejercite el derecho de adquisición preferente, si lo estima oportuno. Esta cláusula se inscribirá en el Registro de la Propiedad. 16. CONDICIONES RESOLUTORIAS DE LA COMPRAVENTA DE PARCELAS. Al eventual incumplimiento por parte del adjudicatario de alguna de las obligaciones impuestas en la cláusula decimoquinta, que se consideren esenciales en orden a dar satisfacción al interés público determinante de la enajenación de la parcelas, consistente en la instalación y funcionamiento de actividades empresariales en el Polígono Industrial, se le atribuye el carácter de condición resolutoria expresa y automática y el incumplimiento del pago producirá la resolución de pleno derecho de la compraventa con trascendencia real, revertiendo al patrimonio municipal las parcelas con todas sus pertenencias y accesiones, entendiéndose consumada la tradición. La presente condición resolutoria se incorporará expresamente al contrato administrativo, previo a la escritura pública. La resolución de la compraventa como consecuencia de la condición resolutoria determinará la devolución de la cantidad abonada por la parcela más el IPC y llevará aparejada una indemnización de 1,80 €/m2 y mes en concepto de penalización por el incumplimiento, indemnización de daños y perjuicios y compensación por el tiempo de utilización de la parcela. El poder resolutorio atribuido al municipio se ejercitará con arreglo al siguiente procedimiento: 1º) Constatado el incumplimiento por parte del adjudicatario, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento se le notificará fehacientemente la pretensión municipal de declarar resulto el contrato por su incumplimiento y se le concederá un plazo de 20 días para que formule las alegaciones que considere oportunas a su derecho. 2º) Transcurrido el plazo concedido para formular alegaciones, el Pleno del Ayuntamiento adoptará acuerdo sobre la resolución del contrato. 3º) La certificación del acuerdo definitivo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en el que se declare la resolución del contrato firmado en su día para enajenar la/s parcela/s, Ayuntamiento de Horcajo de Santiago en el que expresamente se consignará la presente condición resolutoria expresa y automática, servirá de título para inscribir la resolución de la compraventa en el Registro de la Propiedad, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Hipotecaria, bastando acreditar el cumplimiento de la condición resolutoria por cualquiera de los medios admitidos en derecho y deberá acompañarse la notificación fehaciente del citado acuerdo hecha al comprador. 4º) El adjudicatario deberá desalojar la parcela vendida y ponerla a disposición del municipio en el plazo de un mes contado desde la fecha de notificación del acuerdo definitivo del Pleno Municipal en el que se declare la resolución del contrato. La facultad resolutoria de la parte vendedora se extinguirá por declaración expresa del Pleno del Ayuntamiento o si no fuese ejercitada en el plazo de cinco años a contar desde el otorgamiento de la escritura publica de compraventa. Transcurrido dicho plazo, si no constare su ejercicio en el Registro de la Propiedad, podrá la parte compradora o el propietario de la finca alegar el cumplimiento de las condiciones y solicitar la cancelación registral de la condición resolutoria Asimismo, en caso de que la finca objeto de venta fuese hipotecada por la parte adquirente, la condición resolutoria se extinguirá automáticamente, si la entidad prestamista ejecuta la hipoteca. RENUNCIA: Una vez que se haya adjudicado una parcela de manera definitiva, la renuncia a la parcela supondrá la incautación por parte del Ayuntamiento de todo lo satisfecho por el adjudicatario de la parcela hasta la fecha de la renuncia, y la reversión de la parcela al Ayuntamiento por incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario recogidas en la cláusula decimoquinta. RESOLUTORIA EXPLÍCITA: Al eventual incumplimiento por parte del adjudicatario de la obligación impuesta en la disposición décimo catorce, es decir, la falta de pago por la parte compradora del precio aplazado en la fecha indicada, dará lugar de pleno derecho a la resolución de esta compraventa, con pérdida para la parte compradora de las cantidades entregadas en concepto de cláusula penal; sin embargo para que tenga lugar la resolución, será preciso que la parte vendedora requiera fehacientemente de pago a la parte compradora, por acta notarial en su domicilio, con concesión de nuevo plazo de quince días, transcurrido el cual si no consta el pago en el mismo acta, se entenderá resuelta la compraventa, recobrando la finca la parte vendedora con todas sus accesiones, sin reembolso alguno. La condición resolutoria explícita establecida podrá ser cancelada a instancia del comprador mediante el pago del precio total pendiente en el acta que lo solicite. La facultad resolutoria de la parte vendedera se extinguirá si no fuese ejercida en el plazo de treinta y seis meses desde la fecha prevista del último pago; y si transcurrido dicho plazo no constara su ejercicio en el Registro de la Propiedad, podrá hacerse constar la extinción de la condición resolutoria a instancia de la parte compradora o conforme al artículo 353 del Reglamento hipotecario. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago 17.- DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE. La parte adquirente constituirá en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, a favor del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago, un derecho real de adquisición preferente sobre la finca descrita, en virtud del cual, el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se le notifique en forma fehaciente la decisión de vender, el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión. Subsidiariamente, se podrá ejercitar un derecho de retracto cuando no se hubiese hecho la notificación o se hubiese omitido en ella cualquiera de las condiciones esenciales, así como cuando resultase inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones; el derecho de retracto podrá ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se le notifique en forma fehaciente al Ayuntamiento de Horcajo de Santiago por parte del adquirente las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fue formalizada. Para el caso de transmisión no onerosa, o con contraprestación distinta de dinero, los derechos de tanteo y retracto se sustituyen por un derecho preferente de adquisición en el que el precio será fijado por dos peritos, nombrados uno por cada parte. Estos derechos de tanteo, retracto y adquisición preferente tendrán una duración de diez años a contar desde la firma de la escritura pública que documente la compraventa, y podrán ejercitarse en cualquiera de las transmisiones que se produzcan en ese plazo. Transcurrido ese plazo y dos años más, si no constare en el Registro de la Propiedad el ejercicio de la acción correspondiente, podrá hacerse constar su extinción a instancia del dueño de la finca. Estos derechos se constituyen con carácter real y se conviene su inscripción en el Registro de la Propiedad. Para inscribir en el Registro de la Propiedad los títulos de venta de la finca deberá justificarse que han tenido lugar, en sus respectivos casos, las notificaciones prevenidas. 18. RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato que regulan las presentes cláusulas tiene naturaleza privada y se regirá conforme al artículo 20.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Ayuntamiento de Horcajo de Santiago En cuanto a su preparación, competencia y adjudicación, por el presente pliego, por el mismo TRLCSP, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y, supletoriamente, por las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, por las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, por el derecho privado (artículos 1445 y siguientes del Código Civil). El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato. En Horcajo de Santiago, 11 de Junio de 2.013. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo. Pedro Jesús Martínez Ortiz ANEXO I SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE Don/Doña _____________________________________________________.,con domicilio en ______________________________________,Municipio ________________________ _________________________ C.P._______________, teléfono,:________________y provisto de D.N.I. Nº ______________________, en nombre propio (o en representación de _______________________________________________, con C.I.F ______________________, como acredita por poder bastante que acompaña,, Ayuntamiento de Horcajo de Santiago enterado/a de la convocatoria del procedimiento abierto para la enajenación de parcelas sitas en el Polígono Industrial “El Pino”, anunciada en el B.O.P de Cuenca. Nº _______ de fecha ______________, SOLICITA, tomar parte en la misma comprometiéndose a adquirir la parcela _________________________,(indicar las parcelas a cuya adjudicación se pretende concurrir). ASIMISMO, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, a) Que ni él/ella, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones públicas, señaladas en el artículo 60 del TRLCSP. b) Que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario, a presentar en un plazo máximo de 10 días hábiles, la acreditación de tal requisito. Y para que conste, firmo la presente declaración en _________________________________ a ______ de _________________ de 201_. Fdo: _____________________ ANEXO II “OFERTA ECONÓMICA” Don/Doña _________________________________________________.,con domicilio en ______________________________________,Municipio _____________________ _________________________ C.P._______________, teléfono,:________________y Ayuntamiento de Horcajo de Santiago provisto de D.N.I. Nº ______________________, en nombre propio (o en representación de _______________________________________________, con C.I.F ______________________ , Enterado de la convocatoria por procedimiento abierto, anunciada en el B.O.P de Cuenca. Nº _________de fecha __________________., tomo parte en el procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago (Cuenca), para enajenar parcelas propiedad municipal en el Polígono Industrial “El Pino” , comprometiéndome a adquirir la parcela con Número _________ y referencia registral ____________, ofertando el precio de (en letra) _____________________________________________________________________ en número (______________________), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Que se compromete a cumplir cuantas obligaciones se deriven del Pliego de Cláusulas Administrativas, que acepto íntegramente. Y para que conste, firmo la presente declaración en _________________________________ a ______ de _________________ de 201_. Fdo: _____________________ ANEXO III MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ACTIVIDAD I.- DATOS PERSONALES Ayuntamiento de Horcajo de Santiago NOMBRE Y APELLIDOS NIF/NIE DOMICILIO CÓDIGO POSTAL POBLACIÓN PROVINCIA TELÉFONO CONTACTO II.- DATOS EMPRESA RAZÓN SOCIAL FORMA JURÍDICA CAPITAL SOCIAL CÓDIGO POSTAL FECHA CONSTITUCIÓN NÚMERO DE SOCIOS EXPERIENCIA PROFESIONAL III- DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD IV - INFRAESTRUCTURAS Descripción de las necesidades para la ubicación de la actividad empresarial (Características de la nave o local, maquinaria y herramientas, etc.) Ayuntamiento de Horcajo de Santiago Número de parcelas necesarias ¿Necesita agrupamiento? Dispone de parcelas en el Polígono Industrial “El Pino” Identifique la parcela. En caso afirmativa, es colindante V – ESTUDIO DE MERCADO Y PLAN DE PRODUCCIÓN Realizar una descripción del producto o servicio, competencia del producto, mercado al que se dirige el producto, medios de distribución y descripción del proceso productivo. Indicar la política de calidad y prevención de riesgos laborales a seguir. VI – ORGANIZACIÓN Y RECURSOS HUMANOS NUMERO DE CONTRATADOS TRABAJADORES NUMERO DE PUESTOS DE TRABAJO A HOMBRES CREAR MUJERES MODALIDADES DE CONTRATACIÓN PERFILES PROFESIONALES FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES MEDIOS DE SELECCIÓN A UTILIZAR ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA VII – PLAN DE INVERSIONES TERRENOS Indicar si se realizan cursos de formación continua para trabajadores Ayuntamiento de Horcajo de Santiago CONSTRUCCIONES MAQUINARIA Y UTILLAJE MOBILIARIO EQUIPOS INFORMÁTICOS ELEMENTOS DE TRANSPORTE OTROS VII – PLAN DE FINANCIACIÓN RECURSOS PROPIOS RECURSOS EXTERNOS. FINANCIACIÓN AYUDAS Y SUBVENCIONES TOTAL VIII – OBSERVACIONES