GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
DECRETO SUPREMO N° 17063 DR. WALTER GUEVARA ARZE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA C O N S I D E R A N D O: Que, la Empresa Nacional de Ferrocarriles dando cumplimiento al Decreto Supremo de 4 de agosto de 1940 y Artículo 31 del Decreto Suremo No 2348 de 18 de enero de 1951, relativos al régimen e abastecimiento é higiene y seguridad industrial, respectivamente, está obligada a mantener en sus pulperías artículos de primera necesidad y vestuario para su distribución entre sus trabajadores. Que, para el cumplimiento de ambas obligaciones sociales, ha licitado la provisión de víveres para el tercer trimestre y vestuario para la gestión de 1979 y, habiendo cumplido con todas las formalidades previstas por el Decreto Ley N 15223 de 30 de diciembre de 1977, es procedente aprobar las adjudicaciones efectuadas por la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Transportes, Comuniciones y Aeronáutica Civil en sus reuniones de fechas 18 de junio, 11 de julio y 2 de agosto de 1979, respectivamente, como consta con las Actas Nos. 6/79, 7/79, y 8/79 en favor de las firmas cuyas condiciones de calidad y precio son favorables a los interesados de la entidad licitamente. Que, en consecuencia es necesario aprobar la adjudicación mediante Decreto Supremo conforme a Ley. EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A: ARTÍCULO 1.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Transporte Comunicaciones y Aeronáutica Civil en sus reuniones de fechas 18 de junio, 11 de julio y 2 de agosto de 1979, conforme al siguiente detalle: VIVERES: Item Item Item Item Item Item 1.- 15.600 latas aceite EL REY, producción nacional, se adjudica a AMAUTA al precio de $b. 97.80 cada lata de 5 litros, importe total…………………………………………. $b. 1.525.680.oo 2.- 31.200 bolsas de fideos a granel surtidos, adjudicada a S.A.C.I. al precio de $b. 35.60 la bolsa de 3 1/2 Kg. importe total………………………………………………. $b. 1.110.720.oo 3.- 10.400 qq. harina de trigo con quinua adjudicado a S.A.C.I. $b. 3.124.580.oo al precio de $b. 300.45 el qq. importe total………………. 4.- 5.200 latas manteca de cerdo RANKIN procedencia argentina, adjudicada a UTIL al precio de $b. 375.- la lata de 17 kilos, importe total………………… 5.- 1.746 cajas leche condensada MY DARLING procedencia checoeslovaca, adjudicada a UTIL al precio de $b. 405 c/caja, importe total…………………………………………………… 6.- 23.400 latas leche en polvo de 1 kg. marca CARNATION, se adjudica a STAMBUK & MARK al precio de $b 49.40 c/lata, importe total…………………………………………… VESTUARIO Item 1.- 5.800 juegos overoles tipo jardinero se adjudica a ESTATEX al precio de $b. 250.-- c/juego, $b. 1.950.000.oo $b. 707.130.oo $b.1. 155.960.oo importe total Item Item $b. 1.450.000.oo 2.- 800 cortes (2.400 mets) casimir nacional azul marino, se adjudica a FORNO al precio de $b. 191. el mt. con un importe total de……………………………………………….. $b. 458.400.oo 3.- 450 cortes (1.350 mts) casimir nacional plomo marengo a $b. 196 el mt. se adjudica a FORNO, con importe total de …………………………………………. $b. 264.600.oo TOTAL GENERAL $b. 11.747.070.oo ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Gerente General de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, para que con intervención del señor Fiscal de Gobierno, suscriba los correspondientes contratos con los representantes de las firmas adjudicataria, estipulando las condiciones de pago, montos, cumplimiento y demás garantías conforme a Ley. El señor Contralor General de la República refrendará dichos contratos. Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transporte, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun dias del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve años. FDO. DR. WALTER GUEVARA ARZE, Gustavo Fernández Saavedra, Jaime Aranibar Guevara, Ismael Saavedra Sandoval, Carlos Miranda Pacheco, Mariano Baptista Gumucio, Raúl Anze Tapia, Tomás Guillermo Elío, Mario Calderon Mendieta, Hugo Zapata Pericón, Carmelo Caballero Contreras, Jorge O'Connor D'Arlach, Jorge Abularach Baboun, Guillermo Arroyo Rodriguez, Fernando Aguirre Bastos. SUSCRIPCION OBLIGATORIA DECRETO SUPREMO Nº 690 03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas. TEXTO DE CONSULTA Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia Derechos Reservados © 2014 www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo