lea o baje la relación de hechos de la acusación presentada por la

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III.- RELACION DE HECHOS:
INTERBANK
Según consta en la base probatoria; el 7 de agosto del 2000 a las seis y
quince minutos de la mañana, el Superintendente de Bancos Dr. Noel J. Sacasa
Cruz, mediante Resolución: SIB-OIF-VIII-83-2000 decide INTERVENIR el Banco
Intercontinental S.A. (INTERBANK), nombrando Administrador al Lic. Guillermo
Lugo Alaniz, quien en consecuencia sustentó la representación legal del Banco
Intercontinental S.A. INTERBANK.
Iniciando una operación fraudulenta que causó perjuicio económico al estado
mediante el uso de la influencia procurando la adopción de medidas por la cual
obtuvieron beneficios en detrimento del patrimonio del estado y con violación a
las leyes vigentes. El mismo 7 de Agosto de 2000, en la sesión 33 el Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua dicta Resolución CD-BCN-XXXIII-1-2000,
facultando al Presidente del BCN Dr. NOEL RAMIREZ SANCHEZ para que tome las
acciones necesarias a fin de Respaldar la liquidez del Sistema Financiero y
garantizar los depósitos del público en el Banco Intercontinental S.A.
(INTERBANK), otorgando facultades discrecionales al presidente del BCN Dr. Noel
Ramírez Sánchez.
El Superintendente de bancos Dr. Noel Sacasa Cruz decidió ampliar el plazo de
la intervención hasta por 30 días más a partir del 6 de Septiembre de 2000 con
el objeto de que la Junta Administradora ampliara su informe de Gestión.
El 16 de agosto 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, dicta
Resolución SIB-OIF-VIII-91-2000 ampliando de un administrador a una Junta
Administradora integrada por Guillermo Lugo Alaniz, Presidente; Mario Flores
Loáisiga, (Gerente General del Banco Central de Nicaragua).
El 30 de agosto 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz dicta
Resolución SIB-OIF-VIII-94-2000 reforzando la Junta Administradora con el Lic.
Rodolfo Delgado Cáceres.
El 1 de septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz
dicta Resolución SIB-OIF-VIII-95-2000 reforzando la gestión de la Junta
Administradora con el Ing. Edgard José Pereira Deshon como miembro.
El 6 de septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz
dicta Resolución SIB-OIF-VIII-97-2000 nombrando Presidente de la Junta
Administradora al Lic. Rodolfo Delgado Cáceres por la renuncia del Sr. Guillermo
Lugo Alaniz.
El 8 de Septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz
dicta Resolución SIB-OIF-VIII-98-2000 reduce el número de miembros de la Junta
Administradora a los siguientes miembros: Lic. Rodolfo Delgado Cáceres
Presidente, Lic. Mario Flores Loáisiga, (Gerente General del Banco Central de
Nicaragua), Miembro.
El 6 de octubre 2000 la Junta Administradora de Banco Intercontinental S.A.
(INTERBANK) compuesta por: Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga
presentaron documentos con fecha del 6 de octubre de 2000 "Informe Final sobre
la situación de INTERBANK", al Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz,
sobre la situación del Banco Intercontinental S.A (INTERBANK), donde deciden
vender los Activos de Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK) al Banco de la
Producción S.A. (BANPRO), sujeto a que los órganos competentes del estado (Banco
Central de Nicaragua y Ministerio de Hacienda y Crédito Público), resuelvan
aprobar los requisitos solicitados, conformando mayoría de Junta Administradora
el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y el Lic. Mario Flores Loáisiga, quienes
acompañan al Informe Final con fecha del mismo 6 de octubre 2000, el acuerdo
dirigido a la compra de activos y pasivos del INTERBANK por parte de BANPRO
suscrito entre accionistas del INTERBANK entre ellos Enrique Deshon Duquestrada,
Javier Bone Pantoja y Leonel Arguello Ramírez y Accionistas de BANPRO entre
ellos Arturo Arana Ubieta y Ramiro Ortiz Mayorga, el mismo 6 de octubre 2000
fecha en que vencían los 30 días de prórroga a la Junta Administradora de Banco
Intercontinental S.A (INTERBANK).
El 9 de Octubre de 2000 a las ocho de la mañana, el Superintendente de Bancos
Dr. Noel J. Sacasa Cruz dicta la Resolución SIB-OIF-VIII-111-2000 de mantener la
Intervención en Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK), hasta tanto la Junta
Administradora finalice los trámites en caminados al traslado de los Activos de
Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK) al Banco de la Producción S.A. (BANPRO)
conforme lo resulto por la Junta Administradora de mayoría compuesta por Rodolfo
Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga (Gerente General del Banco Central de
Nicaragua) con fecha del seis de octubre de 2000, donde deciden proceder a la
venta a BANPRO de los Activos y Pasivos de INTERBANK, habiendo el Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua dictado Resolución favorable al
respecto, dejándose abierto indefinidamente el período de Administración de la
Junta
Administradora
conforme
la
resolución
SIB-OIF-VIII-111-2000
del
Superintendente de Bancos. El 7 de agosto 2000, el Consejo Directivo del Banco
Central de Nicaragua, Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban
Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado
Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo
Parrales Sánchez dicta la Resolución CD-BCN-XXXIII-1-2000 facultando al
Presidente del Banco Central de Nicaragua a tomar las acciones necesarias para
respaldar la liquidez del sistema financiero y garantizar los depósitos del
público en el banco intercontinental S.A. INTERBANK.
El 11 de agosto 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
formado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada,
Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín
Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez;
a propuesta de su presidente Noel Ramírez Sánchez dicta Resolución CD-BCN-XXXV1-00, Facultando al presidente del Banco Central de Nicaragua modificar tasa de
Encaje Legal o bien, emitir y colocar títulos valores conforme los términos y
condiciones que establezca la Administración del Banco Central de Nicaragua.
Para entender el alcance de esta disposición por administración del Banco
Central de Nicaragua se refiere al presidente del Banco ejerciendo sus plenas
funciones de administrador.
El 8 de octubre de 2000 a propuesta del Presidente del Banco Central de
Nicaragua (BCN) el Dr. Noel Ramírez Sánchez el Consejo Directivo del Banco
Central de Nicaragua, Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban
Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado
Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo
Parrales Sánchez de quien en adelante lo identificaremos como Consejo Directivo
del BCN. dicta Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000 donde el Consejo Directivo
reproduce los términos del acuerdo privado de compra de Activos y Pasivos del 6
de octubre 2000 entre accionistas del Banco Intercontinental S.A. INTERBANK con
accionistas del Banco de la Producción S A. BANPRO presentado al Superintendente
de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, lo reproducen en todas y cada una de las
condiciones que solicitaron aprobar por parte de los órganos competentes del
Estado, dando por aceptada la propuesta. Dicha aceptación por el Banco Central
de Nicaragua hizo viable financieramente el acuerdo de compra venta entre
accionistas del banco comprometiendo al Banco Central de Nicaragua y
consecuentemente sentando las bases para que una transacción financiera entre
particulares pudiese posteriormente comprometer los recursos del estado a través
del Banco Central de Nicaragua y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y
la previa participación de la Superintendente de Bancos, representado por el Dr
Noel Ramírez Sánchez, Ing. Esteban Duquestrada y Dr. Noel Sacasa Cruz.
El 7 de mayo del 2001, a las nueve de la mañana el Superintendente de Bancos
Dr. Noel Sacasa Cruz, dicta Resolución SIB-OIF-IX-40-2001 ordenando proceder al
trámite de LIQUIDACIÓN FORZOSA DEL BANCO INTERCONTINENTAL S.A. (INTERBANK), ante
el Juez Civil de Distrito de Managua, por recomendación de la Junta
Administradora relacionada, cabe destacar que a estas alturas el INTERBANK, en
la práctica ya había sido absorbido por BANPRO y el proceso de calificación y
recalificación de cartera se impulsaba para establecer brecha y monto de CENI.
El 16 de mayo 2001 resolución SIB_OIF-IX-46-2001 el Superintendente de
Bancos, Dr. Noel Sacasa Cruz nombra JUNTA LIQUIDADORA de INTERBANK al Lic.
Rodolfo Delgado Cáceres, quien había fungido como Presidente de la Junta
Administradora de INTERBANK y como Miembro a Dr. Juan José Rodríguez Gurdián
Director del área Jurídica del Banco Central de Nicaragua y a la Lic. Estelina
López Conde Miembro y también funcionaria del Banco Central de Nicaragua
nombrada por recomendación del Lic. Mario Flores Loáisiga Gerente General del
Banco Central de Nicaragua, quienes tomaron posesión del cargo ante el Juez
Quinto Civil del Distrito de Managua quien declaro el estado de LIQUIDACIÓN
FORZOSA de INTERBANK.
El 24 de mayo 2001, el Superintendente de Bancos dicta Resolución SIB-OIF-IX049-2001, sustituyendo a Estelina López Conde por el Lic. Fernando Rodríguez
Alaniz, que pasa a conformar la Junta Liquidadora con el Lic. Rodolfo Delgado
Cáceres y el Dr. Juan José Rodríguez Gurdián.
Al momento del nombramiento de la Junta Liquidadora de INTERBANK, la venta de
activos y pasivos del INTERBANK a BANPRO a propuesta de los accionistas en una
operación netamente entre particulares ya había sido efectuada a propuesta de la
Junta Administradora de mayoría formada por el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y el
Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del Banco Central de Nicaragua y
miembro de la Junta Administradora en propuesta que el Consejo Directivo del
Banco Central de Nicaragua formado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez.
Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio
Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra
Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez; aprobó en resolución CD-BCN-XLIX-1-2000,
del ocho de octubre 2000, donde dice que era imperativo viabilizar y facilitar
la adquisición de activos y pasivos del INTERBANK por parte de BANPRO para lo
cual establecen que el BCN acepte la cesión y endoso de la cartera de INTERBANK
identificada de común acuerdo como cartera CONAGRA o Grupo Centeno y toda la
cartera relacionada con los mismos, en concepto de transferencia de las
acreedurías, garantías, para que las recuperaciones sean aplicadas al saldo por
la asistencia financiera otorgada por el BCN al INTERBANK hasta el día 6 de
octubre 2000. Esa cartera quedó en administración de INTERBANK por cuenta del
BCN mediante pago de comisión negociada entre INTERBANK y BCN, comisión que
nunca quedó claro sus alcances. La Junta Administradora y los miembros del BCN
que fungían como parte de la misma específicamente el Lic. Mario Flores
Loáisiga, Estelina López Conde, Juan José Rodríguez Gurdián, Rodolfo Delgado
Cáceres, sabían que esta cartera era irrecuperable ya que la habían separado
previamente del total de la cartera de crédito del INTERBANK y aún así con
conocimiento de causas la ofrecieron y aceptaron para ser aplicada las
recuperaciones que nunca tendrían a la asistencia financiera recibida por
INTERBANK al BCN.
También la resolución estableció que BANPRO y el BCN en 180 días contados a
la fecha del 8 de octubre del 2000 evaluaría conjuntamente la cartera la cual
debía estar concluida en el período de los 180 días, prorrogables por 90 días
adicionales, período que se extiende durante los meses de Octubre, Noviembre,
Diciembre 2000 y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo 16 del 2001, fecha en que se
produce la intervención y el nombramiento de la Junta Liquidadora, es durante
este período donde se inicia el proceso de calificación, recalificación y
negociación de la cartera del INTERBANK entre funcionarios del BCN y
funcionarios de BANPRO sin la intervención de la Junta Administradora, quien de
hecho omitió participar y vigilar el proceso en perjuicio del mismo INTERBANK.
La resolución del BCN estableció que el BCN emitiría CENI (Certificados
Negociables de Inversión) a favor del BANPRO para cubrir la eventual brecha
entre los activos y pasivos del INTERBANK adquiridos por BANPRO (adquisición
directa) que resulte de la evaluación de la cartera. Los CENI serían emitidos a
partir del 9 de octubre 2000, con plazo de dos y cuatro años y una tasa de
descuento igual al promedio ponderado de la última subasta anterior a la fecha
de emisión de los mismos, hasta llegar a balance "0" y cualquier recuperación
adicional encima del Balance "0", neto de gastos y comisiones sería por partes
iguales al BCN y el BANPRO. Lo cual era una burla ya que es abundante el
argumento y la prueba que presentaremos en el sentido de que de la llamada
evaluaciones de escritorio a la cartera de INTERBANK se tenía por los
funcionarios del BCN Estelina López Conde, Mario Flores Loáisiga y resto de
funcionario de la Junta Administradora, conocimiento de que difícilmente se iba
a recuperar algún saldo a favor del BCN.
La resolución del Banco Central de Nicaragua estableció que la cartera D y E
no sería adquirida por BANPRO y que debería ser transferida al BCN, bajo la
administración de BANPRO mediante pago de una comisión por parte del BCN,
situación que era ridículo plantearla ya que a como se relaciona en los hechos
será fácil deducir que esta cartera no tenia capacidad de recuperación y que
además en la práctica nunca fue administrada por la junta Administradora de
INTERBANK integrada por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga y
apoyado por Estelina López Conde quienes ni la propia cartera de INTERBANK que
tenia algún valor de recuperación administraron sin
perjuicio de la
representación que sustentaban.
La resolución del BCN estableció una línea de crédito contingente especial de
liquidez a favor de BANPRO para respaldar los retiros del público.
Estableció un encaje Legal de 0% por el incremento de los depósitos en BANPRO
por el traslado de los depósitos de INTERBANK a dicho Banco.
La misma resolución establece que dicha resolución sería respaldada en los
próximos 30 días por una garantía del Estado a favor del Banco Central de
Nicaragua, conforme la Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua, para cubrir
los montos que el BCN no lograra recuperar de la asistencia financiera otorgada,
mediante la cartera a ser cedida, quedando por parte del BCN facultad para
negociar con el gobierno las modalidades de dichas garantías. Hasta aquí la
Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000. que sirve de base para que la adquisición directa
entre accionistas del Banco del INTERBANK y BANPRO, sin previa subasta, a
propuesta de los miembros de la Junta Administradora relacionada y aprobada por
el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua también relacionado,
resultaren comprometidos los recursos del estado. Queda claro que el Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua aprueba a su propio riesgo y bajo su
absoluta responsabilidad los términos de la resolución CD-BCN-XLIX-1-2000 que
propició el perjuicio del patrimonio de Estado de la República de Nicaragua.
BANCAFE El 17 de Noviembre 2000, a las 1:30 minutos de la tarde, el
Superintendente Dr. Noel J. Sacasa Cruz resuelve: Resolución: SIB-OIF-VIII-1282000 Se proceda a solicitar al Juez Civil de Distrito de Managua declare la
LIQUIDACIÓN FORZOSA del Banco del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE). Como parte
de la ejecución de actos continuados en el proceso de la operación fraudulenta
que causó perjuicio económico al estado mediante el uso de la influencia que
procuró la adopción de medidas que beneficiaron a terceros en detrimento del
patrimonio del estado y con violación a las leyes vigentes. El Superintendente
Dr. Noel J. Sacasa Cruz, el 17 de noviembre 2000 a las 3:00 pm conforme auto de
las 2:25 minutos de la tarde del Juez Cuarto civil de distrito de Managua quien
declaró en estado de LIQUIDACIÓN FORZOSA al Banco del Café de Nicaragua S.A.
(BANCAFE), Resolución SIB-OIF-VIII-129-2000 nombra Junta Liquidadora a: Dr.
Roberto Sánchez Cordero, Presidente, Lic. Carlos Matus Tapia, Miembro, y Dr.
Juan José Icaza Martínez, miembro, ostentando en adelante la representación
legal del Banco del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE).
El 17 de Noviembre del 2000 el Consejo Directivo del Banco Central de
Nicaragua integrado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban
Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado
Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo
Parrales Sánchez, a propuesta de su presidente el Dr. Noel Ramírez Sánchez,
Resolución CD-BCN-LIX-1-2000, autoriza a la administración del Banco Central de
Nicaragua, entiéndase a su presidente, otorgar al Banco del Café de Nicaragua
S.A. (BANCAFE) Línea de Crédito Especial de Liquidez para pagar hasta un máximo
de Diez Mil córdobas (C$10,000.00) o su equivalente de de moneda extranjera por
cuentas de depósitos a la vista, de ahorro y a plazo con saldo igual o menor a
Veinte mil Córdobas (C$20,000.00), la Línea de Asistencia Financiera sería
garantizada con la cartera "A" clasificada por la Superintendencia de Bancos y
otros activos, la línea de asistencia tendría vigencia de treinta (30) días y
sería respaldada en los próximos 30 días, por una garantía del estado a favor
del Banco Central de Nicaragua por cualquier saldo que el Banco Central de
Nicaragua no lograra recuperar.- El 22 de noviembre de 2000, en sesión No. 60
del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, integrado por Presidente,
Noel Ramírez Sánchez.
Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio
Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra
Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, dicta Resolución No. CD-BCN-LX-1-2000. y
Resuelve: Tomar las acciones necesarias para facilitar el traspaso de activos
sanos y depósitos de Banco del Café de Nicaragua S. A. (BANCAFE) en liquidación
a la institución o ,Instituciones Financieras que determine su Junta
Liquidadora, nombrada con aprobación del Superintendente de Bancos. El 22 de
Noviembre del 2000 el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado
por Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, quienes en
adelante denominaré CD-BCN dicta Resolución CD-BCN-LX-2-2000, Resolviendo:
Aprobar línea de crédito especial para que el sistema financiera pueda solventar
problemas de liquidez originado por caída de sus depósitos, estableciendo las
respectivas condiciones financiera y procedimientos necesarios. El 24 de
Noviembre 2002 a las 3:00 pm, se levanta acta de entrega de las Bases de venta
al martillo de Activos y Depósitos del BANCAFE por Junta Liquidadora integrada
por: Dr. Roberto Sánchez Cordero, Lic. Juan José Icaza Martínez y el Lic. Carlos
Matus Tapia, estando presente: Dr. Noel Sacasa Cruz, Súper Intendente de Bancos,
Alfonso Llanes Cardenal Vice- Superintendente de Bancos, Lic. Mario Flores
Loáisiga, Gerente General del Banco Central de Nicaragua y miembro de la Junta
Liquidadora
de
Banco
Intercontinental
S.A.
INTERBANK
en
proceso
de
desincorporación. Lic. Marco Morales Director de Asociación de Bancos Privados
ASOBANP, Lic. Carla Icaza Meneses, Intendente de Bancos. Dr. Uriel Cerna
Barquero; Asesor Legal del la Superintendencia de Bancos. El Lic. Carlos Matus
Tapia, explicó y entregó las bases a los Representantes del Bancos: Banco de
Finanzas S. A. (BDF); Lic. William Graham, Silvio Lanuza, Banco de la Producción
S.A. (BANPRO): Arturo Arana Ubieta. Banco Mercantil S.A (BAMER): Víctor Urcuyo.
Banco de Crédito Centroamericano S.A. (BANCENTRO): Ing. Julio Cárdenas. Las
Bases están firmadas por los miembros de la Junta Liquidadora relacionados y en
sus aspectos esenciales contenían: Que habían determinado las Bases para la
Venta al martillo conjunta de Activos y Depósitos del BANCAFE para proceder con
el apoyo financiero del Banco Central de Nicaragua en garantía de los Depósitos
del Público, para lo cual la Junta Liquidadora relacionada separó los Activos y
Pasivos del BANCAFE en: Un Balance a vender en bloque y un Balance Residual a
liquidar por separado.
El
Banco
Central
de
Nicaragua
proporcionaría
al
Banco
adquirente
inmediatamente después de la adjudicación, CENI, (Certificados Negociables de
Inversión) con vencimiento a tres años, en el monto necesario para cubrir "La
Brecha" entre los Activos adquiridos y los Depósitos asumidos en el Balance a
vender en bloque.
El Banco Central de Nicaragua se subroga acreedor del Banco del Café de
Nicaragua S.A. BANCAFE en lugar de los depositantes por el monto de CENI, así
como de los demás CENI que tenia que emitir conforme las bases de venta
relacionada. El Balance a vender en bloque fue "Vendido al martillo" el 25 de
noviembre de 2002 a las tres de la tarde en la sala de juntas de la Casa Matriz
del BANCAFE, entre bancos establecidos en el país, adjudicándose al Banco de
Finanzas S. A. (BDF) por ofertar aceptar el menor rendimiento sobre CENI; a
partir de la adjudicación del 25 de noviembre del 2002 al Banco de Finanzas S.
A. (BDF), corrió el plazo de 180 días prorrogables por 90 días más para evaluar
conjuntamente la cartera y otros activos, entre el Banco Central de Nicaragua y
el Banco Adquirente (BDF).
La cartera y otros activos serían evaluados en conjunto por Banco Central de
Nicaragua y el Banco de Finanzas S. A. (BDF), estableciéndose el arbitraje como
mecanismo de resolución en casos de diferencias en la valoración de los créditos
y otros activos .
También conforme las Bases determinadas por la Junta Liquidadora relacionada
el Banco Adquirente recibiría CENI del Banco Central de Nicaragua BCN
compensando cualquier necesidad de provisión adicional que se identifique en el
proceso de evaluación, los CENI se emitirían con vencimiento a 3 años en los
montos necesarios para mantener un balance equilibrado entre activos adquiridos
y pasivos asumidos. En el plazo de los 180 días el Banco de Finanzas S. A. (BDF)
tenía que devolver al Banco del Café de Nicaragua BANCAFE los bienes de uso que
no quiera retener a cambio de CENI con vencimientos a tres años, por el
correspondiente valor en libros. Dentro del mencionado plazo de 180 días los
activos del Banco del Café de Nicaragua S.A. BANCAFE que se trasladaron al Banco
de Finanzas S. A. (BDF) estaban garantizados por el Banco Central de Nicaragua
BCN cubriendo principal más intereses devengados en libros a la fecha de
adjudicación.
En las bases se estableció el plazo de 180 días adicionales a los 180 días ya
relacionados para readecuación de capital a causa de los activos adquiridos por
el BDF del BANCAFE.
El Banco Central de Nicaragua BCN establecería para el Banco de Finanzas S.
A. (BDF) un período de 6 meses un encaje legal de 0% aplicado al incremento de
los depósitos por la Asunción de los depósitos del BANCAFE.
El Banco Central de Nicaragua proporcionaría una Línea Contingente de
Liquidez al Banco de Finanzas S. A. (BDF) por 1 un año para cubrir eventuales
problemas de iliquidez por retiros de depósitos, a un interés igual a la ultima
tasa anual de rendimiento observado en subasta de CENI de un 1 año plazo menos 5
puntos porcentuales, por las garantías establecidas en las normas financiera del
Banco Central de Nicaragua BCN.
El 25 de Noviembre 2000 a las 3:00 pm. la Junta Liquidadora de Banco del Café
S.A (BANCAFE) compuesta por: DR. ROBERTO SÁNCHEZ CORDERO, JUAN JOSÉ ICAZA
MARTÍNEZ Y LIC. CARLOS MATUS TAPIA reciben los sobres cerrados de las ofertas
referente a la supuesta venta al martillo de Activos y Depósitos del Banco del
Café de Nicaragua S.A (BANCAFE) y del Banco de Crédito Centroamericano S.A.
(BANCENTRO), así como del Banco de Finanzas S. A. (BDF) y el Banco Mercantil
S.A. (BAMER), éste último fue retirado y posteriormente desincorporado.
El BANCENTRO ofertó: 12.4936% de descuento y el BDF ofertó 9.48% de
descuento, adjudicando la Junta Liquidadora del BANCAFE los Activos y pasivos
del BANCAFE al BDF, conforme al Balance del BANCAFE al 21 de Noviembre de 2000,
en miles de córdobas, aceptando la Junta Liquidadora BANCAFE que el BDF
acreditara su representación hasta el 27 de noviembre 2000, ofertando y ganando
la adjudicación el BDF sin estar legalmente acreditado, debiendo la Junta
Liquidadora de BANCAFE implementar al entrega de las cuentas corrientes, cuentas
de ahorro, depósitos a plazo y otros depósitos al BDF en la mayor brevedad
posible.
Contrario al INTERBANK que fue una adquisición directa entre accionistas
respaldados por el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, integrado
por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro
de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón
Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, donde
el Ministro de Hacienda y Crédito Público Esteban Duquestrada respaldó
complementando el acto con obligar al estado y el Superintendente de Bancos, Dr.
Noel Sacasa Cruz, sirve de canal para facilitar la operación, el BANCAFE, fue
ofertado por las JUNTA LIQUIDADORA integrada por: DR. ROBERTO SÁNCHEZ CORDERO,
DR. JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ Y LIC. CARLOS MATUS TAPIA, en subasta muy singular
como se apreciará una vez relacionados el conjunto de actos que sirvieron para
causar daño económico al estado de Nicaragua, el común denominador fueron las
denominadas "Bases de Ventas" que llamadas de distintas maneras sirvió de
mecanismo que se utilizó para comprometer al estado con la tolerancia,
permisibilidad e ideación del Superintendente de Bancos Dr, Noel J. Sacasa Cruz,
la correspondiente participación de la Junta Liquidadora aprobando y firmando
dichas bases para servir de cama a la decisión y aprobación del CD-BCN formado
por Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, y el Ministro
de Hacienda y Crédito Público ING. ESTEBAN DUQUESTRADA dentro de otros
funcionarios que relacionaré en el cuerpo de esta acusación.
En el caso de INTERBANK se denominó acuerdos entre accionistas que sin
cumplir el proceso de subasta establecieron condiciones para efectuar la
adquisición directa que respaldó el CD-BCN el Presidente del Banco, el
Superintendente de Bancos y el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
En el caso del BANCAFÉ se denominaron "bases de venta al martillo de activos
y depósitos del BANCAFE, misma que al igual a la de INTERBANK requerían de la
intervención de los órganos del estado para que los términos y lo alcances de
dichas bases tuvieran efectos jurídicos para emitir los CENI que efectivamente
se emitieron en supuesto respaldo a la brecha en el balance del banco
correspondiente, en este caso BANCAFE.
Coherente con la ideación la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE
propuso las bases, las ofertó, las adjudicó, el CD-BCN las aprobó y así tenía
respaldo la emisión de CENI que se hizo al establecerse el cimiento sobre el
cual posteriormente se montaron otras actuaciones cuyo fin ulterior fue causarle
daños al estado y beneficiar a los grupos económicos representados en los banco
que adquirieron los bancos desincorporados INTERBANK, BAMER, BANCAFE Y BANIC.
BAMER
El Superintendente de Bancos, Dr. Noel Sacaza Cruz el 3 de Marzo de 2001 a
las 12:00 meridiano, mediante Resolución SIB-OIF-IX-12-2001 Resuelve: INTERVENIR
el Banco Mercantil S.A. (BAMER), nombrando JUNTA ADMINISTRADORA a: EDGAR PEREIRA
DESHÓN, Presidente, MANUEL CENTENO CANTILLANO, Miembro Y CARLOS BONILLA LÓPEZ,
Miembro, quienes ostentan en adelante la representación del Banco Mercantil S.A.
(BAMER), sustituyendo a la Junta General de accionistas. La Resolución SIB-OIFIX-12-2001 fue recibida por el Vice- Gerente de BAMER Ing. Hermes Gutiérrez a
las 1:10 pm del 3 de marzo del 2001.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:
Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, el 4 de marzo
2001, dicta Resolución CD-BCN-XII-1-01 a propuesta de su presidente Dr. Noel
Ramírez Sánchez, Resolviendo: Facultar a la Administración del Banco Central de
Nicaragua BCN para que a nombre del Banco Central de Nicaragua, actuando como
agente financiero del gobierno de la República ponga a disposición del sistema
de garantías de depósitos, por cuenta del gobierno, los recursos y garantías
necesarios para el cumplimiento de la garantía del Estado sobre el 100% de los
depósitos del público en Banco Mercantil S.A. BAMER.
El 3 de marzo del 2001, la Junta Administradora del Banco Mercantil S. A.
BAMER ya relacionada determinó que para evitar supuestamente un grave riesgo a
la estabilidad del Sistema Financiero era necesario asegurar que los depósitos
del Banco Mercantil S.A. (BAMER) fueran asumidos a lo inmediato por otra entidad
bancaria, por ser imposible que el banco que asuma los depósitos de Banco
Mercantil S.A. (BAMER) pueda realizar una evaluación satisfactoria de los
activos del Banco Mercantil S.A. (BAMER) que adquiera a cambio de asumir dichos
depósitos, por lo que se hacia necesario que el Estado por medio del Banco
Central de Nicaragua para hacer efectiva la garantía del 100% de los depósitos
que ordena la Ley 371 "Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema
Financiero, provea al Banco que asuma los depósitos del Banco Mercantil S.A.
(BAMER), las garantías necesarias conforme el Arto 3 de dicha Ley.
La Junta Administradora del BAMER relacionada determinó las Bases para el
Concurso de Venta de Activos a cambio de asumir depósitos del BAMER, que entre
otros aspectos contempló convocar a concurso para la venta de activos del BAMER
a cambio de asumir los depósitos contabilizados en el pasivo del BAMER.
La Junta Administradora relacionada separó los activos y pasivos del BAMER al
28 de Febrero de 2001 entre un balance de activos a vender a cambio de asumir
pasivos y un balance residual que podía ser liquidado posteriormente.
Conforme las bases elaboradas por la Junta Administradora relacionada el
Banco Central de Nicaragua BCN por cuenta del Gobierno proporcionaría al Banco
adquirente CENI con vencimiento a 3 años, en el monto necesario para cubrir "la
Brecha" entre los Activos y los Depósitos asumidos. El Banco Central de
Nicaragua BCN actuaría como Agente Financiero del Gobierno, y se subrogaría
acreedor del BAMER en lugar de los depositantes por el monto de dichos CENI, así
como de los demás CENI que se tenía que asumir por el proceso de evaluación de
la cartera y otros activos. Conforme las bases el Balance sería adjudicado al
banco concursante que oferte el menor rendimiento sobre CENI.
Dentro de 180 días a partir de la adjudicación prorrogables por 90 días más
de común acuerdo entre el Banco Central de Nicaragua y el Banco adquirente,
serían evaluados en conjunto la Cartera y Otros Activos del BAMER, en caso de
diferencias de criterios, se recurrirá al arbitraje.
Conforme las bases relacionadas elaboradas por la Junta Administradora el
Banco adquirente recibiría CENI del Banco Central de Nicaragua para compensar el
efecto de cualquier necesidad de provisión adicional que se identifique en el
proceso de evaluación mencionado, dichos CENI se emitirán con vencimiento a 3
años por el monto necesario para cubrir la brecha entre activos adquiridos y los
depósitos asumidos en el Balance de Activos a vender a cambio de asumir pasivos.
Conforme las bases mencionadas dentro del plazo del 180 días a partir de la
adjudicación, el banco adquirente tendría la opción de devolver al Banco
Mercantil S. A. (BAMER) intervenido la cartera D y E recibiendo CENI del Banco
Central de Nicaragua que compense este efecto.
Así mismo, los activos del BAMER que fueran trasladados al banco adquirente
serán considerados como activos de cero riesgo para efectos de la norma de
Adecuación Capital, dentro del mismo plazo de 90 días, el banco adquirente
tendrá la opción de devolver al BAMER, los bienes de uso y bienes adjudicados
que no quiera retener, recibiendo CENI a cambio, con vencimiento a 3 años plazo.
El Banco Central de Nicaragua establecería para el Banco Adquirente durante 6
meses un encaje legal de 0% aplicable al incremento de los depósitos ocasionados
por la asunción del Banco Mercantil S.A. (BAMER).
El BCN proporcionaría una línea contingente de liquidez al Banco adquirente
durante 1 año, para cubrir eventuales problemas de liquidez ocasionadas por
posibles retiros de depósitos, esta línea tendría una tasa de interés igual a la
última tasa anual de rendimiento obtenida en la subasta de CENI de un año de
plazo menos cinco puntos porcentuales. Las bases para la licitación de activos
del BAMER fueron entregadas a las 3:00 de la tarde del mismo 3 de marzo de 2001,
en la sala de Juntas de la Superintendencia de Bancos donde el Dr. Noel Sacasa
Cruz informó de la intervención de Banco Mercantil S. A. (BAMER) la Junta
Administradora nombrada entregó las bases de licitación para el traslado de
Activos, convocando a reunión en la Superintendencia de Bancos a las 10:00 am.
del día 4 de marzo del 2001 para oír ofertas, donde el Dr. Noel Sacasa Cruz
Superintendente de Bancos y el Lic. Esteban Duquestrada advirtieron que el
"problema" tenía que quedar resuelto el día 4 de marzo 2001.
En esta reunión estuvieron presente: el Banco de América Central BAC; Don
Luciano J. Astorga T.; Banco de Crédito Centroamericano S.A. BANCENTRO, Don
Julio Cárdenas R. y Don Carlos A. Briceño B.; Banco Caley Dagnall, Lic. Teresa
Montiel, Banco de Finanzas S. A. (BDF), Lic. Silvio Lanuza; Banco de la
Producción S.A, BANPRO, Arturo Arana Ubieta; Banco de Exportación BANEXPO Don
Adolfo Arguello, Dr. Noel Sacasa Cruz - Superintendente de Bancos, Esteban
Duquestrada – Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mario Flores Loáisiga –
Gerente General del Banco Central de Nicaragua, Lic. Karla Icaza Meneses –
Intendente de Bancos, Uriel Cerna Barquero- Director Legal de Superintendencia
de Bancos, Piero Cohen, Piero Cohen Hijo, Vernon Guerrero.
El 4 de marzo a las 10:30 am. en la Sala de Juntas de la Superintendencia de
Bancos se adjudicó al Banco de Crédito Centroamericano S.A. (BANCENTRO) la
operación de transferencia de activos del Banco Mercantil S. A. (BAMER) para
asumir los depósitos de dicha Institución conforme a las "bases" de licitación
entregadas al ofertar 7,934% de rendimiento, Banco de Finanzas S. A. (BDF)
12.97% de rendimiento y Banco de la Producción (BANPRO) 23% de rendimiento, todo
ante la aprobación del Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz.
Resulta evidente que acompañando a las bases como cimiento del montaje para
obtener beneficios por el proceso de desincorporación de los bancos INTERBANK,
BANCAFE, BAMER Y BANIC, también se utilizó el mecanismo de cálculo, en el
sentido de que para adjudicar un banco que por lo que se deduce de la
investigación, su adjudicación estaba predeterminada, los oferentes en el caso
de BANCAFE, BAMER Y BANIC, crearon condiciones para alcanzar la adjudicación ya
que cuando unos ofertaban rendimientos altos, de manera singular y específica
otro de ellos ofertaba bajos rendimientos en comparación con los otros, así
BANCAFE se adjudicó a BDF, y BAMER a BANCENTRO, y BANIC a BANPRO.
En el caso de INTERBANK, fue una adquisición directa entre accionistas
respaldada por el consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua ya
relacionado, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, también relacionado y el
Superintendente de Bancos igualmente incriminado.
Las bases se continuaron constituyendo en la piedra angular sobre la que se
dirigió la operación como se apreciará del conjunto de actos relacionados en el
hecho, que sirvieron para causar perjuicio económico al estado.
La ideación y ejecución del diseño y elaboración de las bases se le atribuye
al Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, al Consejo Directivo del
Banco Central de Nicaragua integrado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez;
Miembros, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio
Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra
Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, y al Ministro de Hacienda y Crédito Público
Esteban Duquestrada. Como resultado de la investigación se logró determinar que
las bases fueron diseñadas por el Superintendente de Bancos, entregadas a la
Junta Administradora BAMER, integrada por Edgar Pereira Deshón, Presidente,
Manuel Centeno Cantillano, Miembro y Carlos Bonilla López, Miembro, quienes la
firmaron y las ofertaron y son los que aparecen haciendo la solicitud de que
intervenga el Banco Central de Nicaragua como agente financiero del gobierno
para terminar emitiendo CENI.
En el caso BAMER aunque se invocó la ley 371 Ley de Garantía de Depósitos en
Instituciones del Sistema Financiero (FOGADE) para respaldar los depósito del
público para hacer uso de los instrumentos del Banco Central de Nicaragua
llamados CENI necesitaron nuevamente de las bases y que la petición la hiciera
la Junta Administradora aunque en realidad su elaboración fue en la
Superintendencia de Bancos. BANIC El 4 de agosto de 2001 a las 11:45 am el
Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, resolvió mediante Resolución
SIB-OIF-IX-69-51, INTERVENIR el Banco Nicaragüense de Industria y Comercio S. A.
(BANIC), nombrando JUNTA ADMINISTRADORA a: Lic. Guillermo Lugo Alaniz –
Presidente, Lic. Leopoldo Sánchez Amador (Miembro) Lic. Miguel Ángel Mendoza
(Miembro), teniendo la representación legal del BANIC durante todo el período de
la intervención.
El 5 de agosto del 2001, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
integrado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez; Miembros, Esteban Duquestrada,
Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín
Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez
dictó Resolución: CD-BCN-XXXV-1-01, a propuesta de su presidente Dr. Noel
Ramírez Sánchez, considerando la Intervención resuelta por el Superintendente de
Bancos Dr. Noel J. Sacasa Cruz y lo solicitado por la Junta Administradora del
BANIC en carta al Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua relacionado,
a fin de que considere los elementos de solución propuesta en la misma carta, y
considerando la petición del Ministro de Hacienda y Crédito Público Esteban
Duquestrada, en cumplimiento de la Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones
del Sistema Financiero, solicitando al Banco Central de Nicaragua intervenir
como Agente Financiero del Gobierno y por cuenta de éste ponga a disposición los
Recursos y garantías necesarios para el cumplimento de la garantía del Estado
sobre los depósitos del publico en BANIC.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua relacionado, en la
Resolución CD-BCN-XXXV-1-01 Resolvió: Facultar a la administración del Banco
Central de Nicaragua para que a nombre del Banco Central de Nicaragua, por
solicitud del gobierno actúe como Agente Financiero y ponga a disposición del
Sistema de Garantías de depósitos por cuenta del gobierno, los recursos y las
garantías para cumplir con la garantías del estado sobre el 100% sobre los
depósitos público en el Banco Nicaragüense de Industria y Comercio S. A. BANIC.
Igualmente el Consejo Directivo del BCN autoriza flexibilizar las normas de
encaje legal y créditos de liquidez a favor del Banco que resulte adjudicado en
la subasta de activos y depósitos del BANIC.
El 4 de Agosto de 2001 la Junta Administradora relacionada determinó que era
necesario asegurar que los depósitos del Banco Nicaragüense de Industria y
Comercio S.A. (BANIC) sean asumidos a lo inmediato por otra entidad Bancaria así
mismo, que no era posible que el banco que asuma los depósitos pueda realizar
una evaluación satisfactoria de los activos del BANIC que reciba a cambio de
asumir dichos depósitos, por lo que el Estado por medio de Banco Central de
Nicaragua (BCN) para hacer efectiva la garantía deberá proveer al banco que
asuma
los
depósitos
las
garantías
necesarias
estableciendo
la
Junta
Administradora relacionada las Bases para proceder con el apoyo del Gobierno a
convocar a concurso de venta de dichos depósitos en conjunto con una contraparte
de activos, conforme a separación de activos y pasivos que haría la Junta
Administradora del BANIC al 3 de agosto 2001, entre Balance a vender en bloque y
balance residual que podía ser liquidado por separado posteriormente.
El Banco Central de Nicaragua de acuerdo a las bases elaboradas por la Junta
Administradora relacionada proporcionaría CENI al Banco adquirente por cuenta
del gobierno con vencimiento a 3 años en el monto necesario para cubrir la
brecha entre los activos adquiridos y los depósitos asumidos. El Banco Central
de Nicaragua como Agente Financiero del Gobierno se subroga acreedor del BANIC
en lugar de los depositantes por el monto de dichos CENI, así como de los demás
CENI que tendría que emitir para compensar el efecto de cualquier provisión
adicional que se identifique en el proceso de evaluación de la Cartera y otros
activos o por aplicación de normas prudenciales. Los CENI se emitirían con
vencimiento de 3 años, el Banco adquirente tenía que tomar control de inmediato
de la cartera de créditos contenida en el Balance licitado con el fin de
Administrarla y cobrarla, para minimizar su deterioro mientras no se evaluaran
los préstamos dentro de las siguientes circunstancias:
- Al 31 de Diciembre de 2001, la cartera y otros activos serian evaluados en
conjunto por el Banco adquirente (en este caso BANPRO) y el Banco Central de
Nicaragua. - Al 15 de Octubre 2001, debía estar concluida la evaluación conjunta
y formalizada la aceptación o rechazo de una proporción de cartera del 50% del
valor total de libros, contemplando el arbitraje en casos de diferencias de
criterios.
- Expirado el plazo al 31 de diciembre 2001, la parte de la cartera no
devuelta ni sometida a arbitraje se consideraría aceptada por el Banco
Adquirente.
- Al 31 de Diciembre del 2001, el Banco adquirente tendría la opción de
devolver al BANIC la cartera D y E recibiendo a cambio CENI con vencimiento a 3
años plazo.
- Hasta el 31 de diciembre 2001, los activos se considerarían de "0" riesgo
para efecto de adecuación de capital, de todos los activos de BANIC que se
trasladaron al banco adquirente.
- Además se concedieron 90 días a partir del 31 de Diciembre del 2001, al
banco adquirente para corregir cualquier adecuación de capital a causa de los
activos adquiridos del BANIC.
- Además se concedió 12 meses de encaje legal de "0"% aplicado al incremento
de depósitos por la Asunción de los depósitos del BANIC.
- Además una línea de crédito especial contingente de liquidez por 12 meses,
pasando el Balance residual del BANIC a liquidación forzosa.
El 5 de Agosto 2001, a las 9:00 am en la sala de juntas de la
Superintendencia de Bancos se dio apertura a las ofertas en la licitación de
Activos y Asunción de pasivos, el Banco de Crédito Centroamericano S.A.
(BANCENTRO) ofertó 12.0625% de tasa de rendimiento, el Banco de la Producción
S.A. (BANPRO) ofertó 11,4903% de tasa de rendimiento, adjudicándole al Banco de
la Producción S. A. (BANPRO) la adquisición de Activos y asunción de pasivos del
BANIC, estando presentes en este acto: Banco de América Central (BAC) Luciano
Astorga T.; Banco de Crédito Centroamericano (BANCENTRO), Roberto Zamora; Banco
Caley Dagnall Lic. Teresa Montealegre; Banco de Finanzas S. A. (BDF) Silvio
Lanuza; Banco de la Producción (BANPRO) Arturo Arana Ubieta; Banco de
Exportación (BANEXPO) Adolfo Arguello; Superintendencia de Bancos (SIB), Noel
Sacasa Cruz; Banco Central de Nicaragua (BCN) Gerente General Mario Flores
Loáisiga, Junta Administradora BANIC, Presidente Guillermo Lugo Alaniz, las
ofertas fueron entregadas al Lic. Miguel Ángel Mendoza (Miembro) de la Junta
Administradora Al momento de la intervención de INTERBANK y BANCAFE no existía
una ley que estableciera una garantía para asegurar los depósitos del público en
los bancos del Sistema Financiero, por lo que las decisiones sobre los términos
de las bases y el respaldo concedido por el Banco Central de Nicaragua y el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público son responsabilidades atribuidas a los
funcionarios de ambas instituciones ya relacionados ya que la consecuente
emisión de CENI causó perjuicio al estado.
La existencia jurídica de la "Ley del Fondo de Garantía de Depósitos
(FOGADE)" se da a partir del 30 de enero del 2001 y su reforma posterior el 31
de julio del 2001, a través de las leyes No. 371 y 401 respectivamente, deja
claro e inequívocamente señalado en el tiempo que para las intervenciones del
los Bancos INTERBANK y BANIC, no existía base jurídica formal expresa para
respaldar dichos depósitos del público en el Sistema Financiero Nacional, actos
de los que son responsables las respectivas Juntas Administradoras y miembros
del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, el Ministro de Hacienda y
crédito público, y el Superintendente de Bancos abundantemente relacionados en
el cuerpo de esta acusación.
A la cabeza de la Superintendencia de Bancos autorizando las Intervenciones
de los Bancos: Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK), Banco del Café de
Nicaragua S. A. (BANCAFE), Banco Mercantil S. A. (BAMER), Banco Nicaragüense de
Industria y Comercio S.A. (BANIC), estuvo el Dr. Noel Sacasa Cruz,
Superintendente de Bancos de la época, el Consejo Directivo del Banco Central de
Nicaragua por formado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez; Miembros, Esteban
Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado
Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo
Parrales Sánchez, a propuesta del Dr. Noel Ramírez Sánchez y con intervención
del Ing. Esteban Duquestrada, con la participación de las Juntas Administradoras
y Liquidadoras para ofertar las bases como que si ellos habían elaborado los
Balances de los banco ofertados El Consejo Directivo del Banco Central de
Nicaragua BCN dictó las Resoluciones relacionadas otorgando facultades al
presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez para mantener
supuestamente la estabilidad monetaria y el normal desenvolvimiento de los pagos
internos y externos. El Presiente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel
Ramírez Sánchez con facultades discrecionales otorgadas por el Consejo Directivo
del Banco Central de Nicaragua, hace que el Banco Central de Nicaragua
intervenga
otorgando
Asistencia
Financiera
al
conjunto
de
Bancos
desincorporados: INTERBANK, BANCAFE, BAMER, y BANIC, conforme se gesta el
proceso de intervenciones y nombramientos de Juntas Administradoras y
Liquidadoras según el caso.
Así mismo el BCN, a través de Juntas Administradora y/o Liquidadoras
nombradas por el Superintendente de Bancos Noel Sacasa Cruz, crearon las
condiciones para desarrollar una operación compleja que tuvo como escenario el
proceso de desincorporación de bancos y el cálculo de beneficio y favorecimiento
a grupos económicos como BANPRO, BDF, Y BANCENTRO, en perjuicio del Estado.
En el caso de INTERBANK se preparó un acuerdo entre accionistas que se
respaldo por la Junta Administradora de mayoría y a su vez sirvió de razones y
justificación para la intervención del Banco Central de Nicaragua, así como de
Hacienda, a vista y complacencia del Superintendente de Bancos y de todos los
operadores del Sistema Financiero. EN ESTE CASO SE LLAMÓ ACUERDO DIRIGIDO A LA
COMPRA DE ACTIVOS Y PASIVOS DEL INTERBANK POR PARTE DEL BANPRO Por parte de
BANCAFE la Junta Liquidadora elaboró lo que se llamó BASES PARA LA VENTA AL
MARTILLO CONJUNTA DE ACTIVOS Y DEPÓSITOS DEL BANCO DEL CAFÉ DE NICARAGUA S.A. En
el caso de BAMER la Junta Administradora preparó lo que se denominó BASES PARA
EL CONCURSO DE VENTA DE ACTIVOS, A CAMBIO DE ASUMIR DEPOSITOS, DEL BANCO
MERCANTIL S.A. Para el BANIC la Junta Administradora diseñó lo que se llamó
BASES PARA CONCURSO DE VENTA CONJUNTA DE ACTIVOS Y DEPOSITOS DEL BANCO
NICARAGUENSE DE INDUSTRIA Y COMERCIO, S.A. A través de las bases establecieron
condiciones para la asistencia financiera a los bancos y la emisión de
Certificados Negociables de Inversión CENI que surgieran de la evaluación
conjunta de las carteras entre Banco Central de Nicaragua y los bancos
adquirentes en concepto de brecha, dentro de los plazos y dentro de los alcances
que se diseñaron en cada base y en el acuerdo de los accionistas en el caso de
INTERBANK.
Los términos de las bases en el caso de INTERBANK y BANCAFE solicitaron la
intervención del gobierno mediante el rol del Banco Central de Nicaragua de
agente financiero para respaldar la brecha que resultare, por no existir base
legal expresa para fundar semejante acto a través de la actuación de las Juntas
Administradora y Liquidadoras respectivas crearon el ambiente necesario a través
de las bases para que el Banco Central de Nicaragua y su Consejo Directivo
pudiera justificar que intervenían incluso hasta en la calificación de cartera y
en supuesto respaldo de los depósitos del público, aparentemente por petición de
las juntas administradoras, solicitud que respaldó el Ex Ministro de Hacienda,
Esteban Duquestrada, todo sin una base jurídica expresa que respaldara el
alcance de tales actuaciones en nombre del gobierno del Ex presidente Arnoldo
Alemán Lacayo, por que es el Ing.
Esteban Duquestrada el que hace la solicitud para que el BCN intervenga en
nombre del gobierno haciendo eco de la petición de las Juntas Administradora y
Liquidadoras respectivamente de manera que concertadamente complementaron sus
actuaciones. De acuerdo a la asignación de roles el Superintendente Dr. Noel
Sacasa Cruz intervino todos y cada uno de los bancos: INTERBANK, BANCAFE, BAMER,
BANIC, nombrando Juntas Administradoras y/o Liquidadoras en su caso.
Los accionistas de bancos (caso INTERBANK) y/o Juntas Administradoras y/o
Liquidadoras en los casos de BANCAFE, BAMER, BANIC, prepararon los términos de
las Bases que establecieron en que circunstancias y condiciones se otorgaría la
asistencia financiera, la emisión de CENI para respaldar brecha de los balances
de cada banco; solicitando la garantía del estado, misma que era solicitada y
ofrecida por el Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing.
Esteban Duquestrada, consecuentemente el Consejo Directivo del Banco Central
de Nicaragua a solicitud de su presidente Dr. Noel Ramírez Sánchez, aprobó
exactamente en los términos, en los plazos y en las condiciones que
establecieron las Juntas Administradora y/o Liquidadoras y que comprometían al
Estado.
Esta es la aparente base jurídica sobre la que se erige una de las
operaciones financiera que ha causado enorme perjuicio al estado y pueblo de
Nicaragua, bases sobre las cuales se creó un proceso complejo de operaciones con
grupos financieros como: BANPRO, BANCENTRO, Y BDF que les dejó beneficios
exorbitantes en tiempo record y la consecuente ruina del estado nicaragüense y
de sus conciudadanos.
Estamos ante una de las operaciones fraudulentas más oprobiosas del país, que
permitió adoptar decisiones y acuerdos abusivos en beneficio de terceros y en
perjuicio de la sociedad, alterando información financiera presentando una
situación distorsionada de forma idónea para causar perjuicio económico a la
sociedad, permitiendo que terceros se aprovecharan con conocimiento de causa de
tales decisiones y acuerdos abusivos, practicados por al influencia ejercida en
la adopción de decisiones en beneficio de terceros y en detrimento del
patrimonio del estado, misma que ha dejado un perjuicio al menos de CIENTO
VEINTE MILLONES DE DÓLARES (US$120.000.000.00) por emisión de CENI, mas los
altos intereses que devengó a corto plazo, CIENTO SESENTA MILLONES DE DÓLARES
(US$160.000.000.00) entre los años 2002 al 2004, CIENTO ONCE MILLONES
NOVECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE
DÓLARES (US$111,920.289.28) adicionales en intereses como consecuencia de la
recompra de CENI, si consideramos que la obligación del Estado en la
desincorporación de los bancos a respaldar en caso que fuera legítimo hacerlo,
era aproximadamente de DOSCIENTOS DOCE MILLONES DE DÓLARES (US$212.000.000.00).
Así como TRES MIL CIENTOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
DIECIOCHO CÓRDOBAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS (C$3,106,748,518.44) por haber
vendido los activos residuales de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC,
a través de subastas, a un precio menor a su valor en libros, aspecto último que
relacionaré en el cuerpo de esta acusación cuando me refiera al hecho de la
subasta. En el cálculo de la brecha hay que considerar que los activos de bancos
desincorporados principalmente la cartera de crédito fue desmejorada durante el
proceso de evaluación de la misma a partir de la aceptación de las bases de
ofertas. También contribuyó a aumentar la brecha, las obligaciones con terceros
que no correspondían a depósitos del público. La recalificación de cartera que
como consecuencia de recomponer la brecha inicial que ofertaron los bancos en
sus balances e igualmente la aplicación de normas prudenciales de un banco en
marcha a un banco en liquidación, así como el tiempo que la cartera permaneció
bajo la administración y cobro de los bancos adquirentes. El otro aspecto fue el
desmerito en el valor de los activos residuales igualmente desde el tiempo en
que permanecieron en revisión en los bancos adquirentes y que devolvieron
posteriormente a las Juntas Administradoras y/o liquidadoras, así como la
aplicación de criterios de transmisión de los activos residuales de la junta
liquidadora al BCN, que desmejoraron sustancialmente su valor en libros conforme
criterio inventados pues no existe ninguna norma que le sea aplicable para
desmejorar en la calidad y cantidad que lo hicieron y la posterior subasta que
fue un manjar del que gozaron adquiriendo bienes, personas muy informadas acerca
de los bienes sobre los que debían de ofertar para ser adjudicados. La recompra
de CENI, se da producto de que el Consejo Directivo del Banco Central de
Nicaragua Presidente, Mario Bernardo Alonso Icabaceta. Miembros: Eduardo
Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique
Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;
Ricardo Parrales Sánchez, observan que es impagable la obligación del gobierno
producto de CENI, que había que legitimarla y que había que diferirla en el
tiempo porque la misma superaba las reservas internacionales y técnicamente
tenían quebrado al país, aspecto que abordaré de manera detallada en el cuerpo
de esta acusación.
En el proceso de desincorporación de bancos solamente en el caso de INTERBANK
y BANCAFE la Superintendencia de Bancos aprobó los informes de liquidación de la
Junta Liquidadora correspondiente y en el caso de BANIC Y BAMER éste último se
encuentra en el limbo total, todavía mantiene oficina la Junta Liquidadora, y el
BANIC, su Junta Liquidadora mantiene una controversia con la Superintendencia de
Bancos que no permite conciliar los actos del finiquito, aún así los activos
residuales continúan siendo administrado por el Banco Central de Nicaragua. La
brecha real debió surgir de la diferencia entre los depósitos del público y la
cartera de los bancos desincorporados, es decir, con lo que disponía cada banco
en concepto de activos y la diferencia con las obligaciones o pasivos.
Técnicamente hablando: disponibilidades e inversiones, cartera de prestamos, por
un lado y por el otro los depósitos del público, la diferencia entre ambos dará
la brecha, que es lo mismo decir que la brecha es el resultado de restar el
déficit bruto a la masa de bienes. El déficit no cubierto más los gastos de
administración darían el déficit bruto y la masa de bienes la formarían todas
las recuperaciones de los bancos desincorporados que incluye recuperaciones
efectivas de bienes, ventas de activos residuales efectuadas por las Juntas
Liquidadoras, activos residuales entregados al BCN por la Junta Liquidadora,
pagos de pasivos de corto plazo.
La diferencia entre déficit bruto y masa de bienes daría la brecha justa
vista desde una operación técnica correctamente efectuada, pero en el caso que
nos ocupa la brecha se estructuró con una base inicial que dieron las juntas
administradora al momento de ofertar los balances de cada banco, que
posteriormente fue evaluado por el equipo de técnicos del Banco Central de
Nicaragua, que dio lugar a otra calificación y que a su vez fue negociada por
otra instancia por los funcionarios del BCN y funcionarios del Bancos
Adquirentes
donde
finalmente
establecieron
una
calificación
a
la
que
consecuentemente se le incorporaron obligaciones de los bancos que no son
depósitos del público como lo son obligaciones con organismos financieros
nacionales o internacionales. La operación fue tan brutal, que al 20 de agosto
de 2003, estaban emitiendo CENI por C$6,629,379.39 Córdobas valor facial del
BANIC en respaldo a BANPRO y ya estaban vencidos los CENI que del 27 de abril
2002 y 29 de septiembre 2002, que fueron emitidos de BANCAFE a favor de BDF, y
de INTERBANK a favor de BANPRO, que meses atrás habían emitido, es decir que no
habían terminado de emitir los CENI cuando ya estaban pagando los mismos y esa
es la razón por la que se ven obligados a la recompra, no por un salvataje,
sino, para no poner en evidencia que habían emitido CENI por encima de las
reservas internacionales y que técnicamente hablando habían quebrado el país y
les urgía redimensionar el flujo de pagos de lo que manera detallada
adelante en el cuerpo de esta acusación me referiré con precisión.
mas
RELACION DE HECHOS EN EL INTERBANK EN EL PROCESO DE DESINCORPORACION DE
BANCOS. El 7 de Agosto de 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz
nombra ADMINISTRADOR de INTERBANK al Lic. Guillermo Lugo Alaniz, en la
resolución de Intervención, en adelante sustentaría la representación legal del
INTERBANK.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:
Presidente, Mario Bernardo Alonso Icabaceta. Miembros: Eduardo Montealegre
Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,
Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales
Sánchez, en Resolución No. CD-BCN-XXXIII-1-2000, facultó al Dr. Noel Ramírez
Sánchez, "tomar las acciones necesarias para respaldar la liquidez del Sistema
Financiero y garantizar los depósitos del Público en INTERBANK.
El presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez, aprobó
Asistencia Financiera por US$88.9 millones de dólares a INTERBANK. El Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua ya relacionado, en Sesión 35 del 11 de
agosto 2000 CD-CBC-XXXV-1-00 faculta al presidente del BCN Dr. Noel Ramírez
Sánchez, modificarle tasa de encaje legal, bien emitir y colocar títulos valores
conforme estableciera la administración del Banco Central de Nicaragua.- El 15
de agosto de 2000, el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, amplió la
Junta Administradora de INTERBANK, mediante resolución (SIB-OIF-VIII-91-2000)
integrada por: Rodolfo Delgado Caceres, Mario Flores Loáisiga, éste último a su
vez Gerente General del Banco Central de Nicaragua, formando mayoría de Junta
Administradora de INTERBANK.
El 5 de Septiembre 2000 la Junta Administradora de mayoría formada por
Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, presentó informe sobre "la
grave iliquidez e insolvencia del INTERBANK; por lo que recomendó liquidarlo
forzosamente.
El Superintendente de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz amplió el plazo de
intervención de INTERBANK por 30 días más a partir del 6 de Septiembre del 2000
para que la junta administradora ampliara su informe sobre acciones encaminadas
a proteger los intereses de los depositantes y preservar la estabilidad del
Sistema Financiero.
El 8 de octubre 2000 la mayoría de administradores de INTERBANK, Lic. Rodolfo
Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga presentaron informes al Superintendente
Dr. Noel Sacasa Cruz, con fecha del 6 de Octubre 2000 ( fecha de vencimiento de
la primera ampliación del plazo de 30 días de la Junta Administradora
INTERBANK), recomendando que bajo las condiciones de mercado no es posible
continuar operando el INTERBANK ni seria posible llevar a acabo una fusión o
adquisición por otro banco, procediendo la Junta Administradora formada por
mayoría por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, (Gerente General
del Banco Central de Nicaragua), analizada la propuesta de compra del BANPRO
deciden proceder a la venta de los activos y pasivos de INTERBANK a BANPRO
sujeto a que los órganos competentes del estado: Consejo Directivo del Banco
Central de Nicaragua relacionado y el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban Duquestrada, aprobaran los requisitos solicitados. El Consejo Directivo
del Banco Central de Nicaragua formado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez.
Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio
Enrique Conrado Gómez; Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra
Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, dictó Resolución favorable al Respecto, el
mismo 8 de octubre 2000, en Resolución CD- BCN- XLIX-1-2000 a propuesta de su
presidente Dr. Noel Ramírez Sánchez.
El 9 de Octubre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz
mantiene la intervención en el INTERBANK hasta tanto la Junta Administradora
finalizare los trámites legales de traslado de los
INTERBANK a BANPRO. Resolución SIB-OIF-VIII-111-2000.
activos
y
pasivos
de
Habiendo respaldado el Superintendente de bancos Dr. Noel Sacasa Cruz la
compra de activos de INTERBANK por BANPRO y dictado una Resolución ampliando
indefinidamente la Intervención de INTERBANK y consecuentemente la actuación de
la Junta Administradora formada por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores
Loáisiga. Por Resolución del Superintendente de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz
mediante SIB-OIF-IX-40-2001 del 7 de mayo 2001 de las 9:00 am ordena proceder a
solicitar a un Juez Civil de Distrito de Managua la liquidación forzosa de
INTERBANK. Señaló que los accionistas de INTERBANK al momento de intervenirse el
INTERBANK, se ampararon en contra de la intervención ordenada por el
Superintendente de Bancos. Se declaró el Estado de liquidación forzosa de
INTERBANK el 9 de Mayo del 2001, a las 3:00 pm por Resolución dictada por el
Juez Quinto Civil de Distrito de Managua.
El Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, en Resolución SIB-OIF-IX46-2001 del 16 de Mayo 2001 de las 9:00am nombra JUNTA LIQUIDADORA a: Lic.
Rodolfo Delgado Cáceres, Presidente de la Junta Liquidadora, Dr. Juan José
Rodríguez Guardián, Miembro, también Director de Asuntos Jurídicos del BCN. Lic.
Estelina López Conde, Miembro, también alto funcionario del BCN, quien desde el
7 de Septiembre 2000 se desempeñaba como Gerente del INTERBANK Intervenido bajo
la Administración de la junta Administradora ya relacionada. El Superintendente
de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz por resolución: SIB-OIF-049-2001, del 24 de Mayo
2001 de la 2:00 pm sustituye en la Junta Liquidadora a Estelina López Conde por
el Lic. Fernando Rodríguez Alaniz, junto con el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y
el Dr. Juan José Rodríguez Gurdian, como Junta Liquidadora de INTERBANK, pasando
Estelina López Conde por delegación del Lic, Mario Flores Loáisiga a coordinar
el proceso de calificación y negociación de la cartera de el INTERBANK y de el
Banco del Café S.A. BANCAFE para establecer la brecha a respaldar con CENI.
Los señores miembros de la Junta de administradores de mayoría del INTERBANK
Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, son los responsables de haber
aceptado una compra de activos y pasivos de INTERBANK propuesta por accionistas
de INTERBANK y BANPRO con fecha del 6 de octubre 2000, dirigida a la atención de
Rodolfo Delgado Cáceres, conteniendo los requisitos que involucraban de forma
directa al BCN, a la SIB y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través
de su correspondiente representante en la época. La propuesta contenía los
siguientes requisitos: 1.- Las deudas del Grupo Centeno con INTERBANK y las
deudas del INTERBANK por asistencia financiera recibida por la Intervención se
separarían de los libros del INTERBANK. El Banco Central de Nicaragua se pagaría
Los saldos financiados utilizando la cartera del Grupo Centeno.
2.- Exigían como garantía de la cartera del INTERBANK. Que el BANPRO asumiría
todos los créditos calificados A, B, C con su reserva. Los créditos D y E los
asumía el BCN, quedando en administración del BANPRO por pago de comisión.
Los créditos no asumidos por BANPRO incluyendo capital más intereses más las
reservas calculadas en el proceso de evaluación de cartera, le seria restituida
a BANPRO con CENI del BCN a 2 – 4 años plazo y una tasa de interés igual al
promedio resultante de la ultima subasta efectuada al momento de la restitución.
La vigencia de esta garantía por el Banco Central de Nicaragua finalizaba,
terminado el plazo de 180 días señalado para evaluar la cartera INTERBANK
pudiendo ampliar el plazo en 90 días más para evaluar la cartera. El Banco
Central de Nicaragua restituiría al BANPRO cualquier tipo de deuda o
contingencia no revelada por los estados financieros de INTERBANK.
Transcurrido los 180 días más la prorroga de 90 días, se tomaría una decisión
sobre los créditos que asumiría el BANPRO de la cartera evaluada a este momento
y "la garantía" del Banco Central de Nicaragua se extendería sobre préstamos y
activos no evaluados. La Superintendencia de Bancos debía dispensar a BANPRO por
6 meses cumplir con los requisitos mínimos de Encaje Legal sobre los depósitos
"comprados a INTERBANK.
El Banco Central de Nicaragua debía garantizar una línea de crédito al BANPRO
para evitarle problemas de liquidez, a partir de la firma de este acuerdo por 12
meses y tenía que ser suficientes para cubrir cualquier problema de liquidez.
La Superintendencia de Bancos emitiría resolución dispensando a BANPRO
cumplir con los requisitos mínimos de adecuación de capital durante el período
que dure la evaluación de cartera de INTERBANK.
Trasladados los Activos y Pasivos de INTERBANK a BANPRO, la Superintendencia
de Bancos emitiría Resolución permitiendo al BANPRO cumplir con requisitos de
adecuación de capital en forma gradual en 12 meses adicionales a los 6 meses de
evaluación de la cartera de INTERBANK.
El Banco Central de Nicaragua gestionaría que la deuda de la Financiera
Nicaragüense de Inversiones FNI con INTERBANK sea trasladada a deuda subordinada
en BANPRO a plazo de 8 años. Otorgar a BANPRO la primera opción como comprador o
arrendador de los Activos Fijos en que esta operando INTERBANK. La propuesta la
firman los accionistas: Enrique Deshon Duquestrada, Javier Bone Pantoja y Leonel
Arguello Ramírez y Accionistas de BANPRO entre ellos Arturo Arana Ubieta, y
Ramiro Ortiz Mayorga. El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua es el
responsable, así mismo la Junta Administradora en mayoría es la responsable de
haber trasladado los activos y pasivos de INTERBANK a BANPRO bajo condiciones de
total desprotección de los intereses del Banco Central de Nicaragua y del Estado
de Nicaragua en operaciones de accionistas de Bancos Privados. El Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua es el responsable de emitir Resolución
CD-BCN-XLIX-1-2000 el 8 de octubre 2000 a propuesta de su presidente: Dr. Noel
Ramírez Sánchez, para hacer viable la propuesta de compra parcial de los activos
y pasivos del INTERBANK por BANPRO, que sirvió de Base para impulsar el proceso
de calificación y reclasificación de cartera de INTERBANK y emisión de CENI para
respaldar la Brecha entre Activos y Pasivos del INTERBANK que ocasionó enorme
perjuicio al Estado de Nicaragua al resolver: Aceptar el Banco Central de
Nicaragua la Cesión y Endoso de la Cartera INTERBANK identificada con el grupo
CONAGRA o Grupo CENTENO identificada de común acuerdo con dicho Banco, en
concepto de transferencias de las acredurías respectivas, para que sus
recuperaciones fueren aplicadas al saldo pendiente por la asistencia financiera
otorgada por el Banco Central de Nicaragua al INTERBANK hasta el 6 de Octubre
del 2000.
El Banco Central de Nicaragua y Banco de la Producción BANPRO evaluaron la
cartera INTERBANK en 180 días a partir del 8 de Octubre de 2000 (Prorrogables
por 90 días adicionales).
El Banco Central de Nicaragua emitiría CENI a favor del BANPRO para cubrir la
brecha negativa entre los activos y pasivos del INTERBANK que resulte de la
evaluación de cartera, los CENI se emitirían a partir del 9 de octubre de 2000
con plazo de 2 a 4 años y una tasa de descuento igual al promedio ponderado
resultante al promedio de la última subasta anterior a la fecha de emisión.
Las recuperaciones hasta llegar a Balance "0", neto de gastos y comisiones
serían a favor del Banco Central de Nicaragua. La cartera D y E sería
transferida al Banco Central de Nicaragua, y seguiría bajo la administración del
BANPRO por Comisión a ser negociada por el Banco Central de Nicaragua y el
BANPRO.
El Banco Central de Nicaragua; otorgaría línea de crédito contingente
especial de liquidez por 12 meses al BANPRO en caso de que la "Compra" de los
Activos y Pasivos del INTERBANK le ocasionare problemas de liquidez.
Un encaje legal de "0" por ciento de riesgo de 6 meses por el traslado de los
depósitos del INTERBANK.
La autorización de la Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000 sería respaldada en los
próximos 30 días por una garantía del Estado a favor del Banco Central de
Nicaragua, para cubrir los montos que el Banco Central de Nicaragua no lograra
recuperar de la asistencia financiera. La Junta Administradora de mayoría del
INTERBANK formada por: Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, es
la responsable de todos los actos practicados bajo su Administración, contenido
expresamente en el Informe sobre la situación de INTERBANK, en base al estado
financiero del 5 de Octubre 2000 y del acuerdo de compra de activos y pasivos
del INTERBANK por BANPRO del 06 de Octubre 2000, sobre el cual decidieron vender
a propuesta del BANPRO, aceptando sus condiciones y requisitos, decisión de
venta sobre la que el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
relacionado,
fundó
su
Resolución
perniciosa.
La
Junta
Administradora
relacionada, igualmente es la responsable de haber transferido la cartera de
INTERBANK al BANPRO para su proceso de evaluación conjunta con funcionarios del
Banco Central de Nicaragua, para establecer la brecha" del balance entre activos
y pasivos sin supervisión, sin control, sin incidencia de la Junta
Administradora Como señalamos, el proceso de calificación, recalificación y
negociaron de la cartera del INTERBANK lo dirigió y coordinó Estelina López
Conde, quien contrató al personal de su confianza que primeramente estuvo bajo
al subordinación de la Junta Administradora y posteriormente bajo la
subordinación del Banco Central de Nicaragua, este grupo de evaluadores fueron
los que calificaron la cartera aplicando los criterios prudenciales contenidos
en la norma para ser aplicada a un banco en marcha, obviando que el INTERBANK se
encontraba en liquidación y no consideraron bajo ninguna circunstancia el tiempo
en que la Junta Administradora dejó sin gestión de cobro la cartera del
INTERBANK, desmejorándola aún más, este grupo de evaluadores lo conformaron:
TANIA JARQUIN MAIRENA, MARIA CONCEPCION GUTIERREZ MENA, MARIA EUGENIA KINSING,
ELIZABETH DE LOS ANGELES GARCIA SANCHEZ, NIDETH BUITRAGO PEÑA, XIOMARA DOMINGA
CABALLERO, KIRSY ANIELKA MARIN CUAREZMA, HADALINE BRITTON FLORES, Y MIRTHA LIGIA
GUTIERREZ GUIDO, dentro de otros, los que fueron identificados claramente en
nuestra investigación, AL EQUIPO EVALUADOR se le asignaba un expediente con una
previa calificación, luego de aplicar las normas prudenciales asignaban una
nueva calificación y entregaban las fichas a la coordinadora de grupo de
evaluadores, esta a su vez entregaba un consolidado o resumen a Estelina López
Conde, quien negociaba con funcionarios de BANPRO la calificación final de la
cartera, en algunas ocasiones participaron los evaluadores en las reuniones de
negociación,
posteriormente
quedó
participando
Estelina
López
Conde,
eventualmente alguna coordinadora que invitaba, hasta terminar siendo firmadas
por el Sr. Carlos Cerda García, Gerente Financiero del Banco Central de
Nicaragua y el Sr. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del BCN Este fue el
mecanismo, la ruta de ejecución y el modo con que se construyó establecer una
brecha sin dominio ni intervención, ni de la Junta Administradora, ni de la
Junta Liquidadora, por un monto de principal cuyo universo es producto de la
combinación, manipulación y cálculo de factores como tiempo, falta de control,
ausencia de supervisión, recalificación de cartera y sobre todo la tolerancia de
los funcionarios del Banco Central de Nicaragua y representantes de los
accionistas quienes omisivamente y activamente, contribuyeron a causar el daño
económico al estado y gobierno de Nicaragua. Los miembros de la Junta
Administradora de mayoría formada por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores
Loáisiga, así como la Junta Liquidadora del INTERBANK, formada por Rodolfo
Delgado Cáceres, Juan José Rodríguez Gurdián, y Fernando Rodríguez Alaniz, son
responsables de no haber participado en el proceso de clasificación,
reclasificación de la cartera de INTERBANK, permitiendo que funcionarios del
Banco Central de Nicaragua encabezados por Estelina López Conde y coordinado por
el Gerente General del Banco Central de Nicaragua Lic. Mario Flores Loáisiga, y
el Director de la Gerencia Financiera Lic. Carlos Cerda García, hayan negociado
la calificación de la cartera de INTERBANK, entre BANPRO y el Banco Central de
Nicaragua, sin su participación, y aprobación, emitiéndose CENI sin control de
la Junta Administradora, CENI que equilibraban supuestamente el Balance vendido
y que terminó causando sendo perjuicio al Estado de Nicaragua. ACTUACIÓN DE LA
JUNTA LIQUIDADORA DE INTERBANK EN LOS HECHOS POR LOS QUE SE ACUSA. La Junta
Liquidadora de INTERBANK formada por: Lic. Rodolfo Delgado Cáceres, Presidente,
Dr. Juan José Rodríguez Guardián, Miembro, y Fernando Rodríguez Alaniz, Miembro,
es la responsable por los actos de liquidación de los activos residuales del
INTERBANK, comprendiendo las recuperaciones y los gastos practicados. También
sus miembros son los responsable de las transferencias de Activos residuales y
otros Bienes al Banco Central de Nicaragua en concepto de pago por la asistencia
financiera al INTERBANK, así como de aceptar cualquier modificación al balance
del INTERBANK, como consecuencia de devolución de activos o calificación de
cartera que significó emitir CENI para equilibrar el balance entre activos y
pasivos del INTERBANK, que causaron perjuicio al Estado.
Sus miembros también son igualmente responsables de dejar en abandono el
proceso de negociación de cartera, ya que por cualquier modificación sobre la
calidad de la Cartera se emitió CENI que modificaba el balance General inicial
de INTERBANK en liquidación, para descontar esos créditos del valor total de
activos para determinar la "Brecha Real" por la que se emitió CENI.
La Junta Liquidadora del INTERBANK, operó en el período del 1 de Junio 2001
al 31 de Mayo 2004, es decir, casi 3 años, sin tomar en cuenta los 9 meses que
operó la Junta Administradora; dirigida también por el Lic. Rodolfo Delgado
Cáceres, quien fue presidente tanto de la Junta Administradora como de la Junta
Liquidadora del INTERBANK, en un período que duró casi 4 años, siendo
responsable del los actos practicados como administrador y como liquidador al
formar parte de ambas Juntas. La Junta Liquidadora relacionada del INTERBANK,
recuperó la cantidad de C$210,348,330. millones de córdobas, por cartera de
crédito, tarjetas de crédito y venta de bienes adjudicados. Los gastos por la
Junta Liquidadora relacionada del INTERBANK, fueron de C$88,225,706.96 millones
de córdobas, en concepto de sueldos, beneficios al personal, gastos por
servicios
externos,
gastos
por
transporte
y
comunicación,
gastos
de
infraestructura y gastos generales. La Junta Liquidadora hizo transferencia de
recuperaciones C$163,909,915.91 millones de córdobas al Banco Central de
Nicaragua, (es decir C$41, millones de córdobas más de lo que correspondía), no
incluyendo
C$17,820,912,02
millones
de
córdobas
que
fueron
traslados
directamente al BANPRO, en concepto de Actos y entrega de cartera, transferencia
que no se depositó en cuentas bancarias de la Junta Liquidadora, conforme
registro contable, es decir, no queda claro el total de las recuperaciones, ya
que existen las trasferencias, pero no esta reportado el ingreso de forma clara.
El pago de honorarios a la Junta Liquidadora ascendió a C$14,268,638.34 millones
de córdobas y su informe final de gestión fue aprobado por el Superintendente de
Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, el 13 de Diciembre del año 2004, a las 4:45 minutos
de la tarde en Resolución SIB-OIF-XII-138A-2004 suscrita por Alfonso Llanes
Cardenal Superintendente de Bancos por la Ley.
En la Escritura Pública No. 21 Dación en Pago, del 29 de Octubre de 2002
suscrita entre los miembros de la Junta Liquidadora relacionada de INTERBANK y
el Banco Central de Nicaragua (Mario Alonso Icabalceta, Presidente), se
traspasan al Banco Central de Nicaragua la totalidad de los Activos al Balance
General del 31 de Agosto y 30 de Septiembre 2002.
En el Informe final de la Junta Liquidadora relacionada del INTERBANK con
fecha de recibo por la Superintendencia de Bancos del 14 de Enero 2005, en la
parte conclusiva del proceso de liquidación señalan que en Activos líquidos y
dados en pago al Banco Central de Nicaragua suman C$710.15 millones y que
gastaron C$88,23 millones. De las operaciones relacionadas anteriormente se
mencionan que ha quedando un saldo Impago de la obligación con el Estado en la
liquidación del Banco INTERBANK, por el orden de C$3,337,248,227.72 (Tres mil
trescientos treinta y siete millones doscientos cuarenta y ocho mil doscientos
veintisiete córdobas con 72/100) que incluía 2,921.5 millones de córdobas en
concepto de emisión de CENI para cubrir la brecha asumida por este banco y la
diferencia se atribuye a otros pasivos del INTERBANK con el Banco Central de
Nicaragua, lo que equivale a US$152,696,540.29 millones de dólares por la
asistencia financiera recibida por el INTERBANK de parte del Banco Central de
Nicaragua que benefició ilegítimamente a BANPRO.
Al 28 de Mayo 2002, el Banco Central de Nicaragua no había recibido los
activos residuales del INTERBANK, la Junta Liquidadora del INTERBANK, continuaba
funcionando, (el proceso de recalificaron de cartera ya había producido las
emisiones de CENI que ganaban intereses desde el 9 de octubre 2000).
El Banco Central recibió la cartera de INTERBANK rechazada por el BANPRO, en
Diciembre 2002 y los bienes residuales igualmente rechazados por el BANPRO en
Agosto del 2003, prácticamente durante el proceso de subasta, aunque la
formalización del traslado se efectuó hasta en Mayo 2004, lo que evidencia que
se impulsaban procesos al unísono de calificación de cartera, renegociación de
cartera, liquidación de activos residuales, y emisiones de CENI, sin tener las
trasferencias en el Banco Central de Nicaragua, además de que se gestaban
también las subastas durante el año 2003, sin la formalización de los traslados,
de los activos residuales, dejando la junta liquidadora al arbitrio del Banco
Central de Nicaragua y del Banco adquirente el proceso de evaluación de cartera,
mientras que los activos rechazados por el BANPRO, se reconoció su valor
contable en CENI, pero al momento de trasladarlos al BCN, fueron castigados con
los "Precios de trasmisión" que desmejoró su valor contable, finalmente la Junta
Liquidadora de INTERBANK, transfirió los activos residuales al Banco Central de
Nicaragua, en Dación en Pago, con un valor acordado entre el BCN y la Junta
Liquidadora que distaron mucho de su valor en libros. El Monto de los activos
residuales del INTERBANK trasladados al BCN según registro contable a partir del
31 de Mayo 2003 al 31 de Mayo 2004, relaciona un total de C$415,756.006.00
millones de córdobas.
RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO DEL CAFÉ S.A (BANCAFE) EN EL MARCO DEL
PROCESO DE DESINCORPORACION DE BANCOS.
El 17 de noviembre de 2000 a las 1:30 pm. el Superintendente de Bancos Dr.
Noel J. Sacasa Cruz dicta resolución SIB-OIF-VIII-128-2000, solicitando al Juez
Civil de Distrito de Managua la LIQUIDACIÓN FORZOSA del Banco del Café de
Nicaragua S.A. (BANCAFE), dadas las provisiones ordenadas por la cantidad de
295.3 millones de córdobas, el cúmulo de semanas de desencaje legal, su decaída
en las disponibilidades totales al 9 de noviembre de 2000, llegando a una
situación de supuesta total insolvencia manifiesta e iliquidez grave.
El 17 de noviembre del 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa
Cruz, dicta Resolución SIB-OIF-VIII-129-2000 nombrando Junta Liquidadora de
BANCAFE a: Dr. Roberto Sánchez Cordero, Presidente. Lic. Carlos Matus Tapia,
Miembro, y Dr. Juan José Icaza Martínez, miembro, para proceder a la liquidación
forzosa del BANCAFE, previa toma de posesión ante el Juez 4to. Civil del
Distrito de Managua, sustentando en adelante la representación legal del
BANCAFE.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:
Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez; Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, el 17 de
noviembre de 2000 dicta Resolución CD-BCN-LIX-1-2000 otorgando una línea de
crédito Especial de liquidez al BANCAFE para el pago de hasta 10,000.00 córdobas
principal o su equivalente en Moneda Extranjera a todas las cuentas de depósitos
a la vista, ahorro y a plazo, con saldo igual o menor a 20,000.00 córdobas. La
línea de crédito sería garantizada por el BANCAFE por la cartera clasificada "A"
por la Superintendencia de Bancos. La línea de crédito sería respaldada en los
próximos 30 días por una garantía del estado a favor del Banco Central de
Nicaragua, por cualquier saldo que el Banco Central de Nicaragua no logre
recuperar dentro del plazo de 1 año a partir de la fecha de la Resolución.
El 22 de Mayo 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
relacionado, dicta Resolución; CD-BCN-LX-1-2000, facultando al presidente del
Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez, tomar las acciones
necesarias para el traspaso de los Activos sanos y depósitos del BANCAFE en
liquidación, a la Institución Financiera que determine su junta liquidadora con
la aprobación de la Superintendencia de Bancos. El Dr. Silvio Conrado expresó su
voto en contra de esta Resolución.
El 22 de Noviembre 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
relacionado, dicta Resolución CD-BCN-LX-2-2000, aprobando línea de Crédito
Especial para solventar problemas de liquidez que enfrenta el Sistema Financiero
por las caídas de depósitos, los días lunes 20 y martes 21 de noviembre 2000
respectivamente.
El 24 de Noviembre 2000 a las 2:00 pm. en la sala de la casa matriz del
BANCAFE, la Junta Liquidadora de BANCAFE integrada por Dr. Roberto Sánchez
Cordero, Presidente, Lic. Carlos Matus Tapia, Miembro, y Dr. Juan José Icaza
Martínez, miembro, reunidos con representantes de las entidades bancarias
entregaron las bases para la venta al martillo de los activos y pasivos del
BANCAFE.
El Lic. Carlos Matus Tapia explicó las bases, previniendo a los presentes que
los sobres cerrados se debían presentar al día siguiente 25 de noviembre 2000 a
las 2:30 pm. a la Junta Liquidadora. Estuvieron presentes en la entrega de las
bases: Lic. William Graham, Silvio Lanuza, BDF, Lic. Arturo Arana Ubieta,
BANPRO, Dr. Víctor Urcuyo, BAMER, Ing Leonardo Somarriba, Banco Caley Dagnall
S.A. Ing. Julio Cárdenas, BANCENTRO Las Bases señalan que la Junta Liquidadora
relacionada de BANCAFE, determinó las bases para con el apoyo financiero del
Banco Central de Nicaragua (en garantía de los depósitos del público: Resolución
del presidente del Banco Central de Nicaragua del 23 de noviembre 2000, Dr. Noel
Ramírez Sánchez y Resolución del CD-BCN-LX-1-2000, del 22 de Noviembre 2000,
vender al martillo dichos depósitos en conjunto con una compra de activos. La
Junta liquidadora relacionada, separó activos y pasivos del BANCAFE en un
Balance a vender en bloque y un balance Residual a liquidar por separado.
Inmediatamente a la adjudicación el BCN proporcionaría al Banco adquirente,
CENI con vencimientos a 3 años en el monto necesario para cubrir la brecha entre
activos adquiridos y depósitos asumidos. El Banco Central de Nicaragua se
subroga acreedor de BANCAFE en lugar de los depositantes, por el monto de dichos
CENI y por los demás CENI que tenga que emitir conforme a las bases. El balance
se adjudicaría al Banco concursante que oferte aceptar el menor rendimiento
sobre CENI.
En 180 días a partir de la adjudicación prorrogables por 90 días más el Banco
Central de Nicaragua y el Banco adquirente evaluarían conjuntamente la cartera y
otros activos del BANCAFE, recurriendo al arbitraje en caso de diferencia de
criterios. El banco adquirente recibiría CENI para compensar el efecto de
cualquier provisión adicional a la cartera, dichos CENI se emitirían en las
mismas condiciones ya relacionadas. Dentro de los 180 días el banco adquirente
tendría la opción de devolver al BANCAFE la cartera D y E por la que recibió
CENI del Banco Central de Nicaragua a cambio, que compensen el valor neto en
libros de los activos. Dentro de los 180 días el Banco adquirente tendría la
opción de devolver al BCN los bienes de uso que no quiera retener, recibiendo a
cambio CENI.
En el plazo de los 180 días los activos del BANCAFE traslados al Banco
adquirente estarán garantizados por el Banco Central de Nicaragua cubriendo todo
el principal más intereses devengados en libros. A los 180 días, se adicionó un
plazo de 180 días más para que el Banco adquirente superara cualquier
deficiencia en su adecuación del capital a causa de los activos adquiridos, con
un encaje legal de "0%" durante 6 meses aplicables al incremento de depósitos,
provenientes del BANCAFE.
Además el Banco Central de Nicaragua le proporcionó una línea contingente de
liquidez durante 1 año para cubrir eventuales retiros de depósitos. El día 25 de
Noviembre 2000 a las 3:00 pm. los miembros de la Junta Liquidadora relacionada
del BANCAFE recibieron en sobres cerrados las ofertas de: BANCENTRO; ofertó
12,4936%. BDF; ofertó 9.48%. BAMER; retiró su oferta, posteriormente este banco
fue desincorporado, adjudicando al BDF los Activos y Pasivos del BANCAFE en
liquidación.
Cabe señalar que los Representantes del BDF William Graham Presidente y el
Lic. Silvio Lanuza Gerente General, se comprometieron a presentar el lunes 27 de
Noviembre 2000 la documentación que acredita su calidad, lo cual fue aceptado
por la Junta Liquidadora relacionada. Los activos del BANCAFE comprendían: A)
Inversiones (BPI, CENI); B) Cartera de Prestamos (Préstamos más Intereses por
cobrar); C) Bienes de Uso: (Terrenos, edificios, equipo y mobiliarios, equipos
de computación y vehículos); D) CENI detallando sus montos en balance general al
21 de Noviembre de 2000.
Los Pasivos de BANCAFE lo formaban: Depósitos: A) Moneda Nacional, Cuentas
corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo. B) Moneda Extranjera: Cuentas
Corriente, de ahorro, depósitos a plazo. C) Intereses por pagar, conforme
Balance en bloque a vender al 21 de Noviembre 2000 en miles de córdobas. La
entrega de los depósitos y otras cuentas serían coordinadas entre el BDF y la
Junta Liquidadora relacionada, a fin de implementar la entrega a lo inmediato.
La Junta Liquidadora relacionada, desde que fue nombrada sustentó la
representación legal del BANCAFE, sustituyendo los órganos de Dirección y
Administración del BANCAFE.
Se atribuye a la Junta liquidadora relacionada, determinar las bases para la
venta al martillo conjunta de activos y depósitos del BANCAFE al BDF, en los
términos propuestos por la Junta Liquidadora relacionada. En las bases para la
venta de activos de BANCAFE se estableció que el Banco Central de Nicaragua
evaluaría con el BDF (Banco Adquirente), la totalidad de la cartera, en base a
los criterios de las normas prudenciales de la Superintendencia de Bancos. La
liquidación del Banco se tenía que cumplir en 6 meses, prorrogables en 6 meses
más y como liquidadora, la Junta tenía que liquidar los activos residuales en su
totalidad y porcentajes significativos y entregar al Banco Central de Nicaragua
sus recuperaciones en calidad de abono.
A pesar de todo lo señalado la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE se
mantuvo en liquidación un promedio de 2 años los activos residuales del Banco
del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE), trasladando casi íntegro su Balance en el
primer trimestre 2003 al Banco Central de Nicaragua. Al momento de la
liquidación forzosa, el Balance del BANCAFE preparado por la Junta Liquidadora
relacionada, con estimaciones del valor en libros de sus pasivos y de sus
activos, la brecha Inicial en BANCAFE fue estimada en 40.5 millones de dólares,
brecha que se incrementó en la medida que la cartera fue recalificada y
negociada entre funcionarios del Banco Central de Nicaragua y funcionarios del
BDF, al margen de la Junta Liquidadora relacionada, quien definitivamente
entregó la cartera y nunca más se ocupó de ella, para determinar
responsablemente como se calificaría, como se aprovisionaría y qué cantidad de
CENI se emitiría para equilibrar el Balance del BANCAFE.
Los técnicos del Banco Central de Nicaragua que evaluaron la Cartera del
BANCAFE fueron coordinados por: Exides Enrique Navarro Flores, principalmente y
apoyado por Carlos José Sánchez Robleto, el resto de los evaluadores fueron
MARIO JOSÉ SOBALVARRO RAMOS, FLOR DE MARÍA BACA BACA, LISSETTE DEL SOCORRO
TORREZ RODRÍGUEZ, JOSÉ CALASAN CALDERÓN RÍOS, MARLENE DEL SOCORRO PASTORA REYES,
ROSA ARGENTINA SILVA FLORES, EDMUNDO RAMÓN ARGUELLO MORALES, SONIA DEL CARMEN
ESTRELLA ACEVEDO, TUPAC BENJAMÍN CABRALES GRETHA LILLIAM MÉNDEZ GAITÁN, SARA
ALANIZ RUIZ, MARVIN VENANCIO MIRANDA CORRALES, E IVONNE ISABEL GABARRETE OPORTA,
dentro de otros. El procedimiento utilizado fue idéntico al ya implementado en
la calificación de la cartera del INTERBANK, Don Exides Navarro Flores
coordinaba en representación del Banco Central de Nicaragua la operación apoyado
por Carlos José Sánchez Robleto (q.e.p.d.), ambas personas de confianza del Lic.
Mario Flores Loáisiga, Gerente General del Banco Central de Nicaragua y a su vez
miembro de la Junta Administradora del INTERBANK, los técnicos en base a las
normas prudenciales aplicada a un banco en actividad establecieron una
calificación que posteriormente el Sr. Navarro Flores negociaba en otras
instancias del Banco Central de Nicaragua con funcionarios del BDF para
finalmente ser firmada por el Sr. Carlos Cerda García Gerente Financiero del
Banco Central de Nicaragua y el Sr. Mario Flores Gerente General del Banco
Central de Nicaragua, lo que sirvió de soporte para emitir CENI hasta por
US$77,398,033.21 sin incluir los intereses. Que equivale en córdobas a
C$1,005,369,721.23 sin incluir intereses. Al momento de licitarse el Balance de
BANCAFE la Junta Liquidadora relacionada, presentó pasivos totales por US$98.3
millones y Activos totales por US$57.8 millones, de los cuales US$45.0 millones
era cartera sin provisiones, por ello estimaron una brecha inicial de US$40.5
millones, finalmente la brecha se estableció en US$77.4 millones de dólares con
un incremento de US$36.9 millones de dólares para ser respaldada por CENI en
concepto de brecha final de US$77.4 millones de dólares por el rechazo y
devolución de cartera y activos fijos a la Junta Liquidadora del BANCAFE.
Los honorarios pagados a la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE fueron
de C$12.523.3 millones de córdobas y su Informe de gestión de la Junta
Liquidadora relacionada del BANCAFÉ fue aprobado por el Superintendente de
Bancos por la Ley Alfonso Llanes Cardenal, en resolución SIB-OIF-056-2004, del 2
de Julio del 2004, de las 3:00 de la tarde, quedando extinguida la personalidad
jurídica. Se atribuye a la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, haber
separado el Balance del BANCAFE para su venta, elaborar las bases de la venta,
vender el Balance del BANCAFE, no dar seguimiento a la calificación de cartera,
no liquidar el Balance Residual de activos ni los activos devueltos por los
bancos adquirentes, el BDF devolvió a la Junta de liquidadores del BANCAFE,
activos por US$36.37 millones y entregó al Banco Central de Nicaragua activos
residuales con valor en libros por US$70.9 millones de dólares. Ante el
incumplimiento de la Junta Liquidadora relacionada de BANCAFE, por haberse
extendido el plazo de liquidación a solicitud del Consejo Directivo del Banco
Central de Nicaragua, se dictaron las resoluciones: CD-BCN-XL-1-03 y la CD-BCNIX-1-04 solicitando a la Superintendencia de Bancos un plazo fatal de 30 días
para que presente informe de liquidación final, y que la Contraloría General de
la República auditara el uso de los recursos por parte de la Junta liquidadora
relacionada del BANCAFE desde el inicio de sus funciones. El Informe de
liquidación final lo presentó la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, con
fecha del 30 de Octubre 2003 y un informe complementario al 10 de junio 2004 y
el Superintendente de Bancos por la Ley Alfonso J. Llanes Cardenal aprobó el
informe de liquidación de la Junta Liquidadora de BANCAFE por Resolución SIBOIF-056-2004 del 2 de julio del 2004 de las 3:00 pm.
Ante el requerimiento de auditoría a la Contraloría General de la República
la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE representada por Demesio René
Toruño Real, se amparó y la Sala Civil número uno del Tribunal de Apelaciones
Circunscripción
Managua
los
Amparó,
mandando
a
suspender
los
efectos
administrativos de los Actos no consumados derivados del acto reclamado, por
auto de las 12:05 minutos de tarde del 20 de mayo 2007.
La Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, tuvo serios dificultades para
obtener las notas de crédito por los bienes muebles e inmuebles que le
entregaron al Banco Central de Nicaragua, especificando el abono a la deuda y
cuánto aplicó al principal, cuánto a intereses y cuánto a mantenimiento del
valor conforme el acta de recepción de entrega y recibido de dichos activos
suscrita el 27 de Enero del 2003 y conforme la escritura No. 24 Dación en pago
del 31 de Octubre 2002 de las 3:00 pm Cláusula Cuarta a fin de verificar las
obligaciones por CENI del BANCAFE en liquidación con el Banco Central de
Nicaragua, lo cual nunca fue posible conciliar, los saldos deudores por CENI que
los manejó exclusivamente el Banco Central de Nicaragua. El Banco Central de
Nicaragua cercenó su obligación de entregar al BANCAFE sus notas de créditos
mediante declaración jurada que impuso a la Junta Liquidadora relacionada, sobre
el valor de los activos recibidos conforme declaración notarial del 20 de mayo
de 2004.
La Gerencia Financiera en comunicación del 20 de mayo 2004, SGOF-0230-05-04
informa al BANCAFE que recibió los bienes por C$80,369,789.72 millones de
córdobas con un excedente por C$6,787,782.36 millones de córdobas, que por
inscripción de bienes pagaron C$6,953,230.1 millones de córdobas y que el saldo
deudor por CENI es de C$1,546,502.480.78 millones de córdobas. Al 30 de abril
2004 el saldo deudor de BANCAFE reportado por el Banco Central de Nicaragua era
de C$1,374,468,114.83 millones de córdobas. La Junta Liquidadora relacionada del
BANCAFE, en el período de noviembre 2000 al 31 de Mayo de 2004, presenta gastos
por C$67,18 millones de córdobas también presenta activos ejecutados por
C$793,14 millones de córdobas y la masa de bienes que la Superintendencia de
Bancos acepto para calcular los honorarios de la Junta Liquidadora del BANCAFE,
fue de C$626,47 millones de córdobas, pero la masa sujeta a liquidación a
noviembre 2000, cuando se declara la liquidación forzosa del BANCAFE era de
C$1,130.60 millones de córdobas. Los activos del BANCAFE al momento de licitarse
eran de C$750.26 millones de córdobas y los pasivos de C$1,276.49 millones de
córdobas, por lo que la brecha se equilibró en 526.24 millones de Córdobas, pero
al final entre lo licitado y lo adquirido se respaldo en CENI C$1,005.39
millones de córdobas, y no queda claro el monto entre lo entregado al BDF y lo
devuelto al BANCAFE El proceso de calificación de la cartera, proceso que
realizan el equipo del Banco Central de Nicaragua y el Banco adquirente BDF, no
se relaciona ni se deja evidencia expuesta para constatar que la cartera que es
un activo, aumentara en provisión en un -33.3% y se aceptara por tanto sólo
C$203,62 millones de la cartera de préstamos por lo que se emitió CENI por la
cantidad de US$77,398.033.21 millones de dólares. ALCANCES DE LA PRETENCIÓN DE
CREAR UN MARCO JURÍDICO QUE LEGALIZARA LA OPERACIÓN DESENCADENADA PARA LA
DESINCORPORACIÓN DE LOS BANCOS INTERBANK, BANCAFE, BAMER, Y BANIC.
El ACUERDO MINISTERIAL No. 529-2000 del 24 de Noviembre del 2000 GACETA No.
24 del Ex presidente de la República Dr. Arnoldo Alemán Lacayo, constituye el
primer esfuerzo por legitimar el daño causado al Estado en el proceso de
desincorporación de los bancos relacionados que en el contexto de INTERBANK ya
se había consumado al momento de la promulgación del acuerdo presidencial ya que
los actos autorizados y ejecutados por el Consejo Directivo del Banco Central de
Nicaragua, de la época, integrado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez.
Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio
Enrique Conrado Gómez; Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra
Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, y por el Presidente del Banco Central de
Nicaragua, de la época, Dr. Noel Ramírez Sánchez, el Ministro de Hacienda y
Crédito Público de la época, Ing. Esteban Duquestrada, el Superintendente de
Bancos de la época, Dr. Noel Sacasa Cruz, con los miembros de la Junta
Administradora de INTERBANK relacionados, ya estaban consumados y son de su
entera responsabilidad ya que los alcances del acuerdo están lejos de legitimar
lo consumado y es un enunciado abierto de respaldo de operaciones específicas en
relación con la garantía del estado por asistencia financiera por la cartera del
grupo CONAGRA, cedida al Banco Central de Nicaragua a sabiendas que no era
recuperable, lo que no significa que se legitima el dolo de un conjunto de actos
que causaron daño económico al Estado de Nicaragua. Por este Acuerdo se pone en
evidencia que el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua y todos los
sujetos que participaron en la construcción del hecho cuestionado penalmente, no
tenían potestades ni existía el marco legal que le otorgara las mismas y todo lo
asumieron bajo su riesgo y responsabilidades mismas que ahora responderán por
los cargo que en el cuerpo de esta acusación formulo.
RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO MERCANTIL S.A. (BAMER), EN EL MARCO DEL
PROCESO DE DESINCORPORACION DE BANCOS.
El 3 de Marzo 2001. a las 12 meridiano, el Superintendente de bancos Dr. Noel
Sacasa Cruz, dicta Resolución SIB-0IF-IX-12-2001, Ordenando INTERVENIR el Banco
Mercantil Sociedad Anónima (BAMER), por estar aparentemente en estado de
iliquidez que la lleva a estado de suspensión de pagos, nombrando Junta
Administradora a: Edgar Pereira Deshon, (Presidente), Manuel Centeno Cantillano,
(miembro) y Carlos Bonilla López (miembro), teniendo en adelante la
representación legal de BAMER, sustituyendo a la Junta General de Accionistas,
Junta Directiva y demás órganos e instancias administrativas del Banco
Intervenido.
Esta Resolución fue notificada el día 3 de marzo del 2001. el Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por: Presidente, Noel Ramírez
Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías
Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez a propuesta de su presidente Dr. Noel
Ramírez Sánchez, dicta Resolución CD-BCN-XII-1-01 facultando a la Administración
del Banco Central de Nicaragua para que a nombre del BCN, actuando como Agente
Financiero del Gobierno de la República ponga a disposición del Sistema de
garantía de depósitos, los recursos y garantías necesarios para el cumplimiento
de la garantía del Estado sobre el cien por ciento de los depósitos del público
en el BAMER, de conformidad a la ley de Depósitos en el sistema financiero.
Flexibilizar temporalmente las normas de encaje legal y créditos de liquidez a
favor del banco que resulte adjudicado en la subasta de activos y depósitos del
BAMER S.A. El 3 de marzo 2001 la Junta Administradora BAMER integrada por: Edgar
Pereira Deshon, (Presidente), Manuel Centeno Cantillano, (miembro) y Carlos
Bonilla López ( miembro), elaboró las "Bases" para concurso de venta de activos,
a cambio de asumir depósitos, del Banco mercantil S.A. (BAMER).
Que dentro del corto plazo que requería esta operación no era posible que el
banco que asuma los depósitos pueda realizar una evaluación satisfactoria de los
activos del BAMER que vaya a adquirir a cambio de asumir dichos depósitos, por
lo que era necesario que el estado por medio del Banco Central de Nicaragua
provea al Banco Central de Nicaragua que asuma los depósitos, y las garantías
necesarias conforme la ley No. 371 "Ley de Garantía de Depósitos" para lo cual
la Junta Administradora de BAMER formada por: Edgar Pereira Deshon,
(Presidente), Manuel Centeno Cantillano, (miembro) y Carlos Bonilla López (
miembro), convocaría a concurso para la venta de activos del Banco Mercantil
S.A. (BAMER) separando los activos y pasivos entre un balance de activos a
vender a cambio de asumir pasivos y un balance residual que podría ser liquidado
posteriormente por separado, cortado al 28 de Febrero 2001.
La Brecha entre activos y pasivos sería cubierta al Banco adquirente con
CENI, con vencimiento a 3 años en los montos necesarios, emitidos por el Banco
Central de Nicaragua, así como por los demás CENI que se emitieran conforme las
bases al banco que oferte el menor rendimiento de CENI, a partir de la
adjudicación el banco adquirente y el BCN tendrían un plazo de 180 días
prorrogables por 90 días más para evaluar conjuntamente la cartera y otros
activos a ser adquiridos. Por la diferencia de criterios en la evaluación
conjunta de la cartera se recurriría al arbitraje.
El Banco Adquirente recibiría CENI también por cualquier provisión adicional
que se identifique en el proceso de evaluación, o por aplicación de las normas
prudenciales, dichos CENI se emitirían en los mismos plazos relacionados. En el
proceso de evaluación de cartera (180 días) el Banco adquirente tendría opción
de devolver al BAMER intervenido la cartera D y E recibiendo a cambio CENI del
Banco Central de Nicaragua para compensar el valor neto en libros de los
activos. Dentro del plazo de 90 días el Banco adquirente tendría la opción de
devolver al BAMER intervenido los Bienes de uso y bienes adjudicados que no
quiera, recibiendo a cambio CENI en las condiciones ya mencionadas y por el
correspondiente valor en libros. Los activos del BAMER trasladados al Banco
adquirente serían activos "0" riesgo para lo de la adecuación de capital, con un
plazo de 90 días adicionales a los 180 días para readecuarse.
También el banco adquirente tendría un plazo de 6 meses, un encaje legal de
0" % aplicable al incremento de los depósitos asumidos de BAMER.
Así mismo el Banco Central de Nicaragua proporcionaría una línea de liquidez
al Banco adquirente durante un año para cubrir eventuales retiros de depósitos
provenientes del BAMER.
El acto de entrega de las bases se practicó el 3 de marzo del 2001 a las 3 de
tarde en la sala de junta de la Superintendente de Bancos, estando presente Don
Luciano Astorga T. y Don Carlos Briceño por BANCENTRO, Lic. Teresa Montiel por
Banco Caley Dagnall, Silvio Lanuza – BDF. Don Arturo Arana – BANPRO, Adolfo
Arguello- BANEXPO, Don Noel Sacasa Cruz, (SIB) Don Esteban Duquestrada –
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Don Mario Flores Loáisiga – Banco
Central de Nicaragua y Karla Icaza Intendente del Bancos, Don Piero Cohen
(Padre), Piero Cohen (Hijo) Accionistas del BAMER Don Vernon Guerrero,
accionista BAMER.
La Junta Administradora integrada por: Edgar Pereira Deshon, (Presidente),
Manuel Centeno Cantillano, (miembro) y Carlos Bonilla López ( miembro), entregó
las bases y convocaron a reunión en la Superintendencia de Bancos a las 10:00 de
la mañana del 4 de Marzo 2001, para oir ofertas. En el acto de venta el día 4 de
marzo 2001, en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Bancos, participaron
Don Arturo Arana Ubieta, BANPRO, Don Julio Cárdenas Robleto BANCENTRO, Don
Silvio Lanuza BDF, Don Adolfo Arguello BANEXPO, los miembros de la Junta
Administradora del BAMER, el Dr. Noel Sacasa Cruz (SIB) los accionistas Piero
Cohen Padre, Piero Cohen Hijo.
El Presidente de la Junta Administradora del BAMER, Edgar Pereira Deshon
procedió a la entrega de las ofertas: BANPRO ofertó: 23% de rendimiento, Banco
de Finanzas S. A. (BDF) ofertó: 12.97% de rendimiento, BANCENTRO S.A. ofertó:
7.93% de rendimiento, adjudicándose a BANCENTRO los activos a cambio de asumir
pasivos del BAMER.
Los Depósitos relacionados provenientes del BAMER sumaban C$1,086,494,612.82
El total de préstamos de BAMER sumaban C$706,114,875.77.
El equipo evaluador del BCN estuvo a cargo del Lic. Exides Navarro Flores y
el Lic. Carlos José Sánchez, (q.e.p.d) integrado por: Mario José Sovalbarro
Ramos, Flor de María Baca Baca, Lissette del Socorro Tórrez Rodríguez, José de
Calazán Calderón Ríos, Marlene del Socorro Pastora Reyes, Rosa Argentina Silva
Flores, Edmundo Ramón Arguello Morales, Sonia del Carmen Estrella Acevedo, Tupac
Benjamín Cabrales, Gretha Lilliam Méndez Gaitán, Sara Alaniz Ruiz, Marvin
Venancio Miranda Corrales, Ivonne Isabel Gabarrete Oporta. El procedimiento
utilizado fue idéntico al ya implementado en la calificación de la cartera del
BANCAFE, Don Exides Navarro Flores, coordinaba en representación del Banco
Central de Nicaragua la operación apoyado por Carlos José Sánchez Robleto
(q.e.p.d)ambas personas de confianza del Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente
General del Banco Central de Nicaragua, los técnicos en base a las normas
prudenciales aplicadas a un banco en actividad establecieron una calificación
que posteriormente el Sr.
Navarro Flores negociaba en otras instancias del Banco Central de Nicaragua
con funcionarios del BANCENTRO para finalmente ser firmada por el Sr. Carlos
Cerda García Gerente Financiero del Banco Central de Nicaragua y el Sr.
Mario Flores Gerente General del Banco Central de Nicaragua, lo que sirvió de
soporte para emitir CENI en respaldo de BAMER a favor de BANCENTRO hasta por
US$40,750,079.18 sin incluir los intereses, lo que equivale en córdobas a
C$537,379,444.21 millones de córdobas sin incluir intereses. El Bancentro
devolvió en bienes adjudicados y Activo Fijo al BAMER, C$170 633,835,56.
En BPI recibió C$160,994,166.00
valuación por C$27,173,749.61.
Millones,
rechazando
una
supuesta
sobre
BANCENTRO recibió C$706,111.9 millones, rechazó C$225.016.0 millones y aceptó
C$481,098.9 millones, teniendo esta cartera provisiones por C$104,506 190.26 que
fue respaldada por CENI.
La cartera cafetalera de C$176.9 millones fue en su mayoría calificada "C"
que sumaban C$125.0 millones, cartera que fue rechazada por BANCENTRO, que
posteriormente fuero a comprar durante la subasta. El Banco Central de Nicaragua
emitió CENI para respaldar Brecha entre el balance BAMER, adquirido por
BANCENTRO por C$537,380,172,33 millones conforme a saldos al 3 de marzo 2001,
según comunicación de referencia GG-CBR-179-06 del 11 de julio del 2006 suscrita
por el Gerente General del BANCENTRO Lic. Carlos Alberto Briceño Ríos, dirigida
a los Honorables Contralores. Aparentemente la Junta Administradora al 15 de
marzo 2002, tenía recuperaciones por C$32,307.7 millones de córdobas, reflejando
un gasto por C$17,193,76 millones de córdobas, en el mismo período.
El 15 de marzo 2002 la Junta Administradora de BAMER relacionada, es
sustituida por una Junta liquidadora conforme Resolución SIB-OIF-X-35-2002 del
15 de marzo 2002, nombrando liquidadores a: Lic. Leopoldo Sánchez Amador
Presidente, Dr. Carlos Marín Arcia, Miembro y Edgar Pereira Deshon Miembro y
anterior presidente de la Junta Administradora BAMER, esta Junta Liquidadora
fungió del 15 de marzo 2002 al 31 de Julio 2004, pero su informe de gestión lo
presentaron hasta el 5 de Noviembre 2004, aunque los 6 meses de liquidación
vencían el 18 de septiembre 2002. Dicho informe se encuentra en custodia de la
Superintendencia de Bancos, el cual se encuentra a la fecha sin ser revisado ni
aprobado.
Para 22 de diciembre 2002 la Junta Liquidadora de BAMER, integrada por: Lic.
Leopoldo Sánchez Amador, Presidente, Dr. Carlos Marín Arcia, Miembro y Edgar
Pereira Deshon Miembro inició la entrega del remanente de los activos residuales
al BCN y no gozó de prórroga de su período legal de gestión, por tanto su
actuación fuera del periodo legal, es putativa aunque continuaba sustentando la
representación legal de BAMER, sustituyendo sus órganos de gobierno y de
dirección.
Desde el 16 de marzo de 2002 al 31 de diciembre 2002 la Junta Liquidadora
recupera C$18.67 millones de córdobas, la venta de activos fue mínima o nula con
una sola ronda de subasta, sin nivel de retazas. En octubre del 2003 la
Contraloría General de la República inició auditoria en BAMER sobre los Estados
Financieros, el 7 de octubre 2003 el Sr. Haroldo Montealegre Lacayo interrumpió
su desarrollo como consecuencias de haber apelado la Resolución de intervención
de la Juez Quinto de Distrito de lo Civil de Managua. Los costos por auditorias
practicadas durante la Junta Liquidadora de BAMER, suman US$69.15 miles de
dólares y a noviembre 2004 no presentaron sus propuestas finales, teniendo más
de un año de retrazo; estando pendiente la auditoría del Informe Final de
Gestión de la Junta Liquidadora y la del período 1 de Dic- 2003 / 31 julio 2004
cuyo costo se estima en US$31.25 miles de dólares. En cuanto a la entrega de
Activos remanentes del Bamer al BCN este último fijo porcentajes para la
recepción de activos en "Ayuda Memoria" suscrita el 21 de Octubre 2002, cortando
los saldos al 18 de Septiembre 2002, con precios al 30 de noviembre 2002, cuyos
adeudos al BCN del BAMER fue por C$618.14 millones de córdobas, conciliados los
activos y pasivos trasladados al BCN, sujeto a la ratificación del Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua, los que quedaron sin firmar al 28 de
abril 2003 al renunciar el Presidente Ejecutivo de la Comisión Liquidadora de
Cartera (CLC) Don Mariano Buitrago.
Simultáneamente a la renuncia de Don Mariano Buitrago, se confeccionó la
Escritura No. 14 "Dación en pago" con fecha del 21 de octubre 2002,
concretizándose la emisión de CENI a favor del Bancentro para cubrir la supuesta
brecha entre los pasivos y activos adquiridos al BAMER.
Conforme al informe de la Junta Liquidadora del BAMER, del 5 de Noviembre
2004, (punto 9.1) Transacciones BAMER – BCN, La deuda inicial a cubrir ascendía
a C$530.72 millones de córdobas, más un incremento adicional de C$75.8 millones
de córdobas, finalmente se definió en C$570.71 millones de córdobas de principal
y de C$47.42 en intereses para un total de C$618.14 millones de córdobas. Aunque
oficialmente los CENI BANCENTRO-BAMER, se emitieron por el monto de
C$537,379,444.21 millones de córdobas de principal, más C$127,906,555.79
millones de córdobas para un total de C$665,286,000.00 millones de córdobas, que
vencían el 16 de febrero de 2004.
La cartera cafetalera valorada en C$89.81 millones de córdobas fue entregada
a un precio de transmisión por C$39.52 miles, con fecha del 12 y 13 Noviembre
2002. De C$38.45 millones de córdobas en cartera administrativa, el BCN la
reconoció por C$53.84 miles de córdobas, es decir, al 1.83% de su monto nominal.
En cuanto a sobregiros C$0.94 millones de córdobas, se asumieron por el BCN y en
tarjetas de créditos el BCN Recepto un valor de "0, la suma de C$2.38 millones
de córdobas en tarjeta de créditos. El valor nominal de Bienes adjudicados suma
C$90.78 millones de córdobas, no se tiene clara relación del precio de
transmisión asignado a los activos residuales entregados al Banco Central de
Nicaragua. C$49.73 millones de córdobas, en bienes inmuebles el Banco Central de
Nicaragua los aceptó en C$23.23 millones de córdobas. En obras de artes, sin
precios individuales, con valor nominal de C$0.7 millones, fueron receptadas al
50% de su valor.
El monto total de activos traspasados en Escritura No. 14, el 18 Septiembre
2002 suman C$362.19 millones de córdobas, el BCN la recepto en C$80.46 millones
de córdobas al aplicar los supuestos valores de transmisión de una cifra nominal
total de C$425.48 millones de córdobas y en los que BAMER reclama otros C$22.35
millones de córdobas que le deben reconocer.
En el traspaso al BCN no se incluyeron las cuentas de BAMER manejadas en
BANPRO de cuyo saldo US$200.000.00 en BPI y el Certificado a Plazo Fijo por
US$220,000.00 que al 30 de noviembre del 2002 existían junto con una cuenta de
ahorro por US$129.17 miles de dólares en BANPRO de la que se apodero el Sr.
Haroldo Montealegre, mediante sentencia judicial que se encuentra apelada. No
existe conciliación u acuerdo sobre el valor definitivo de los activos traslados
al BCN, y BAMER. El BCN tiene cifra por C$540.37 millones de córdobas
considerando sus propias valoraciones. La situación de la Junta Liquidadora
BAMER es totalmente irregular, debe más de US$35.17 miles de dólares por
auditorias, no tiene auditado el período Dic 2003 – julio 2004, ni el informe de
gestión final y tiene pendiente pagos al Bufete Palacios Molina y Asociados por
C$1.24 millones de dólares, mediando los efectos de la Resolución de la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia donde dio lugar al Recurso de
Amparo de Haroldo Montealegre en contra de la Resolución de Intervención del
BAMER y de las Bases para el concurso de ventas de activos a cambio de asumir
Depósitos del BAMER, acumulado a la apelación de la Sentencia del Juez Quinto
Civil del Distrito de Managua del 18 de Septiembre 2003 admitiendo en un solo
efecto el recurso de apelación interpuesto por Haroldo Montealegre.
La Junta Liquidadora del BAMER y el personal del BAMER en liquidación no
recibe pago desde septiembre 2003 aduciendo que es en deberle el BCN C$7.04
millones de córdobas, atribuyendo al BCN ser los responsables de extender el
proceso de liquidación innecesariamente.
La Junta Liquidadora integrada por: Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Presidente
Dr. Carlos Marín Arcia, Miembro y Edgar Pereira Deshon, Miembro el 17 de junio
2002 dejó constancia de reclamo al BCN sobre la suma de C$73,8 millones de
córdobas en activos lesivos al BAMER, que por supuesto significaron CENI.
RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO NICARAGUENSE DE INDUSTRIA Y COMERCIO
(BANIC), EN EL MARCO DEL PROCESO DE DESINCORPORACION DE BANCOS.
Por Resolución: SIB-OIF-IX-69-2001, del Superintendente de Bancos Dr. Noel
Sacasa Cruz, del 4 de Agosto del 2001 de las 11:45 minutos de la mañana, se
INTERVINO el Banco Nicaragüense de Industria y Comercio Sociedad Anónima, (BANIC
S.A.), nombrando JUNTA ADMINISTRADORA integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz,
Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza,
Miembro, sustituyendo a todos los órganos de soberanía; Junta General de
Accionista, Junta Directiva y demás autoridades, teniendo en consecuencia la
representación legal de BANIC Intervenido.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:
Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, el 4 de
Agosto 2001, a propuesta de su presidente Dr. Noel Ramírez Sánchez, en
resolución: CD-BCN-XXXV-1-01, deciden, facultar a la Administración del Banco
Central de Nicaragua, para que en nombre del Banco Central de Nicaragua y por
solicitud del Gobierno de la República ponga a disposición del sistema de
garantías de depósitos los recursos y garantías necesarios para el cumplimiento
de la garantía del Estado, sobre el cien por ciento de los depósitos del público
en BANIC. Esta garantía fue solicitada por el Superintendente de Bancos Dr. Noel
Sacasa Cruz en carta DS-0660-08-2001 NSC.
En la misma resolución del BCN CD-BCN-XXXV-1-01 del 4 de agosto 2001, decide
flexibilizar las normas de encaje legal y créditos de liquidez a favor del Banco
que resulte adjudicado en la subasta de activos y depósitos del BANIC.
El mismo 4 de agosto 2001 la Junta Administradora del BANIC integrada por:
Lic. Guillermo Lugo Alaniz, Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro;
Lic. Miguel Ángel Mendoza, determina las Bases para el "Concurso de venta
conjunta" de Activos y Depósitos del BANIC, para proceder con el apoyo del
gobierno a través del Banco Central de Nicaragua para dar cumplimiento a la
garantía de depósitos del público señalado en la ley No. 371, colocando a la
venta de dichos depósitos en conjunto con una contraparte de activos. Igualmente
la Junta Administradora integrada por Lic. Guillermo Lugo Alaniz, Presidente;
Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza separó los
activos y pasivos del BANIC con balance al 3 de Agosto 2001 en un balance a
vender en bloque y un balance residual que se liquidó posteriormente por
separado.
El Banco Central de Nicaragua por cuenta del Gobierno, proporcionaría al
banco adquirente, CENI con vencimiento a 3 años por el monto necesario para
cubrir la brecha entre los activos adquiridos y los depósitos asumidos en el
balance a vender en bloque.
El Banco Central de Nicaragua se subroga acreedor del Banco intervenido, en
lugar de los depositantes por el monto de dichos CENI, así como de los demás
CENI que tenga que emitir.
El Balance del BANIC sería adjudicado en concurso entre bancos establecidos,
al que oferte el menor rendimiento sobre CENI.
El Banco adquirente debía tomar control inmediato de la cartera de Créditos
con el fin de administrarla y cobrarla para minimizar su deterioro.
Al 31 de Diciembre 2001 la cartera y otros activos serían evaluados en
conjunto con el Banco adquirente y el Banco Central de Nicaragua. Al 15 de
octubre de 2001 se debió haber concluido la evaluación y formalizado la
aceptación o rechazo de al menos el 50% de la cartera del valor total en libros.
Se recurriría al arbitraje en caso de diferencias en el proceso de evaluación
conjunta de la cartera entre el banco adquirente y el Banco Central de
Nicaragua. Al 31 de Diciembre 2001, la cartera no devuelta, ni sometida a
arbitraje se consideraría aceptada por el Banco adquirente, el Banco adquirente
recibiría CENI por cualquier provisión adicional que se identifique en el
proceso de evaluación conjunta de cartera, o por la aplicación de normas
prudenciales, dichos CENI se emitirían e los mismos términos relacionados, es
decir a (3 años de vencimiento), Al 31 de diciembre 2001 el banco adquirente
tendrá la opción de devolver al banco intervenido la cartera D y E recibiendo
CENI a cambio en los mismos términos relacionados compensando el correspondiente
valor neto en libros. Los activos traslados al banco adquirente al 31 de
diciembre 2001 serían considerados cero riesgos para efecto de adecuación de
capital, además tendría 90 días plazo adicionales al 31 de diciembre 2001 para
adecuación de capital y un período de 12 meses con cero por ciento "0%" de
encaje legal aplicable al incremento de depósitos. El Banco Central de Nicaragua
proporcionaría una línea especial de liquidez al Banco adquirente por 12 meses
para cubrir eventuales retiros de depósitos El 5 de agosto del 2001 a las nueve
de la mañana en la sala de juntas de la Superintendencia de bancos los miembros
de la Junta Administradora integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz,
Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza,
recibieron las ofertas de BANCENTRO: 12 0629% tasa de rendimiento y BANPRO
11,4903% tasa de rendimiento; adjudicándole los activos y asunción de pasivos
del BANIC a BANPRO, conforme las bases entregadas el 4 de Agosto del 2001.
En el acto de la subasta del 5 de agosto 2001, estuvieron presente a parte de
los miembros de la Junta Administradora: Mario Flores Loáisiga Gerente General
de Banco Central de Nicaragua, Dr. Noel J. Sacasa Cruz, Superintendente de
Bancos, Don Arturo Arana Ubieta, BANPRO; Don Roberto Zamora BANCENTRO.
Esta Junta Administradora formada por: Guillermo Lugo Alaniz (Presidente),
Leopoldo
Sánchez
Amador
(Miembro)
y
Miguel
Angel
Mendoza
(Miembro),
permanecieron hasta el 20 de Septiembre 2001 aproximadamente, siendo la directa
responsable de la venta del Balance del BANIC a BANPRO conforme las bases de
venta. Aparentemente el BANIC presentaba al momento de la intervención problemas
de adecuación de capital por debajo del 10% requerido, 16 semanas de
incumplimientos de encaje legal, una relación de liquidez de depósitos por
debajo del 20% e insuficiencias de provisiones por C$168.7 millones. En el BANIC
el proceso de evaluación de la cartera recayó sobre el equipo del Banco Central
de Nicaragua conformado por Estelina López Conde, Tania Jarquín Mirena, María
Concepción Gutiérrez Mena, Maria Eugenia King Sing, Elizabeth de los Ángeles
García Sánchez, Nideth Buitrago Peña, Xiomara Dominga Caballeros, Kirsy Anielka
Marín Cuaresma, Haydaline Britton Flores, Mirtha Ligia Gutiérrez Guido, Giovanni
César Valle Delgado, Patricia Berríos López y Funcionarios de BANPRO,
identificados como Julio Ramírez (Gerente de Crédito) y Julio Reyes
(Departamento Legal).
El proceso de evaluación de cartera terminó estableciendo una Brecha Final
por la suma de US$61,343,527.64 millones de dólares sin incluir intereses la que
equivale C$829,352,224.96 millones de Córdobas que fue respaldada en CENI
emitidos a favor del BANPRO para mantener el equilibrio del Balance vendido.
La Junta Liquidadora del BANIC fue nombrada el 20 de Septiembre 2001
Resolución: SIB-OIF-IX-86-2001, firmada por el Superintendente de Bancos Dr.
Noel Sacasa Cruz, formada por: Ing. Ottoniel Ruíz Armijo, (Presidente) Lic.
Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina Palacios (Miembro) quienes
tomaron posesión de su cargo ante el Juzgado Quinto Civil del Distrito de
Managua, quien declaró el estado de liquidación forzosa del BANIC el día 20 de
septiembre 2001.
La Junta Liquidadora integrada por: Ing. Ottoniel Ruíz Armijo, (Presidente)
Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina Palacios (Miembro) debía
liquidar los activos residuales del BANIC, o al menos un porcentaje
significativo del mismo, durante este período de liquidación se prosiguió con la
evaluación conjunta de cartera BANIC, y tuvo en su poder los activos residuales
por más de dos años. Aparentemente la brecha inicial en el BANIC era de US$11.2
millones, la brecha final del proceso de calificación y negociación de cartera
fue de US$61.3 millones de dólares, es decir US$49.7 millones de diferencia, a
partir de la evaluación de la cartera. La cartera de BANIC fue aceptada por
BANPRO en un 37.2 % y provisionada en un 9.9%, la cartera devuelta a la Junta
Liquidadora fue de US$30.6 millones de dólares, lo que al final exigió emitir
CENI del Banco Central de Nicaragua por US$61.3 millones de dólares, a favor de
BANPRO cuando la brecha inicial se había considerado en US$11.7 millones. El
mandato de la Junta Administradora integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz,
Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza, en
resolución SIB-OIF-IX-79-2001 se amplió por 15 días que vencieron el 19 de
Septiembre de 2001.
La Junta Liquidadora integrada por Ing. Ottoniel Ruíz Armijo, (Presidente)
Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina Palacios (Miembro) se
realizó pagos de Honorarios por C$19,910.3 millones de Córdobas, pagándose en
exceso a criterio de la Superintendencia de Bancos C$3,047.4 millones y
posteriormente promovió un amparo ante el Tribunal de Apelaciones de Managua
Sala Penal Uno, Expediente No. 240-04 en contra de la resolución DS-0889-102001/NSC del 31 de octubre de 2001 "Valor de Bienes de la Masa" y de la
Resolución SIB-OIF-XII-034-2004 del Superintendente de Bancos en funciones
Alfonso Llanes Cardenal del 16 de Abril del 2004, alegando objeciones al cálculo
de la masa liquidada hecha por el Superintendente de Bancos para calcular sus
honorarios, recurso que está pendiente de resolverse.
La Junta Liquidadora integrada por Ing. Ottoniel Ruíz Armijo, (Presidente)
Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina Palacios (Miembro) inició
su período el 21 de Septiembre 2001, conforme toma de posesión ante el Juez
Quinto del Distrito Civil de Managua Resolución SIB-OIF-IX-86-2001 del 20 de
Septiembre del 2001 prorrogado por 6 meses más Resolución SIB-OIF-X-048-2002 del
29 de Abril de 2002.
El informe final de gestión de la Junta Liquidadora tiene fecha del 17 de
junio del 2003, y aun no ha sido aprobado por el Superintendente de Bancos
debido a la litis que tienen por diferencia en el cálculo de la masa a liquidar.
Al momento de la intervención del BANIC ( Balance al 04 de agosto 2001) los
activos totales netos eran de C$1,645.497,496.00. Los pasivos totales netos eran
C$1,488,719,798.00 millones, las obligaciones con el público eran por
C$1,380,872.118.00 millones. Al momento que la Junta Liquidadora relacionada
asumió como consecuencia de la venta de los activos y pasivos del BANIC al
BANPRO efectuada por la Junta Administradora integrada por Lic. Guillermo Lugo
Alaniz, Leopoldo Sánchez Amador y Miguel Angel Mendoza, la Junta Liquidadora
nombrada integrada por Ing. Otoniel Ruiz Armijo, Lic. Guillermo Lugo Alaniz y
Dr. Yali Molina Palacio encuentran que los activos netos al 21 de Septiembre
2001 eran de C$712,767,370.00 millones y los pasivos sumaban C$565,493,910.00
millones. Al 20 de Septiembre 2002, fecha de terminación del período legal de
liquidación, los activos netos eran de C$703,797,168.00 millones y los pasivos
totales eran de C$874,849,033.00 millones para un patrimonio negativos de (C$171,051,685.00)
millones.
Las
provisiones
sobre
la
cartera
sumaban
C$330,837,248.00 millones y las provisiones de bienes adjudicados sumaban
C$202,048,905.00 millones, sumando en total de provisiones C$532,886,153,00
millones de córdobas, que incluían C$90,519,448,32 provisiones que concedió al
Banco Central de Nicaragua a BANPRO.
Los activos entregados conforme Escritura No. 1, Dación en Pago de las 6:00
de la tarde del 18 de octubre del 2002 firmada por miembros de la Junta
Liquidadora del BANIC y el Dr. Mario Alonso Icabalceta por el Banco Central de
Nicaragua, conforme al balance General al 30 de septiembre 2002 suman
C$734,249,687,74 millones de córdobas, de los cuales dedujeron los activos
líquidos (dinero efectivo) un monto de C$83,327,928.00 millones, determinados
por el liquidador, de lo que surge la disputa sobre el exceso de pago de la
Junta Liquidadora, por lo que el valor real trasladado en activos residuales
suman C$659,642,964.00 millones conforme al valor contable del Balance General
al 30 de septiembre 2002.
Al 30 de septiembre de 2002, la Junta Liquidadora considera que sobre la
cifra de C$742,970,892,00 millones de córdobas por activos dados en Dación en
pago, quedaba un saldo insoluto por C$76,693,339.94 millones de córdobas, cifra
sumamente inferior a los C$90,519,448.32 millones en provisiones que el Banco
Central de Nicaragua trasladó a BANPRO.
Como consecuencia del traslado y devolución de los activos de BANIC al BANPRO
al 30 de Septiembre 2002 la brecha se calculó en C$828.326,629.00 millones de
córdobas ya habían sido emitidos CENI por C$157,512,400.00 millones de córdobas
de brecha inicial y faltaba por emitir C$670,824.229.00 millones, como
consecuencia de los traslados de activos y cartera de BANPRO a BANIC.
Las provisiones sobre cartera y bienes adjudicados del BANIC por la
superintendencia de Bancos fue de C$531.066,268.00 millones de córdobas. La
Junta Liquidadora relacionada del BANIC, durante el período de liquidación y el
período de hecho recuperaron la cantidad de C$120,444,931.46 millones
(Septiembre 2001 –Septiembre 2002.) en concepto de cartera de crédito, venta de
bienes adjudicados, y venta de bienes de uso.
Los gastos efectuados de esta junta o gastos de liquidación fueron la
cantidad de C$79,400.040.00 por el período comprendido de Septiembre 2001 al 31
de diciembre de 2003 en concepto de gastos administrativos, gastos de
infraestructura, gastos por servicios externos, gastos de transporte y
comunicación y gastos generales. Todo el proceso de venta de los activos y
pasivos del banco desincorporado BANIC al martillo, en forma conjunta con el
Banco de la Producción, el Banco Central de Nicaragua lo finiquitó mediante un
balance general de cierre de fecha del 30 de junio 2003 monto en dólares,
legalizándolo a través de escritura pública No. 107, en el domicilio de Managua
a las 2:00 de la tarde del 12 de agosto de 2003. Con dicho instrumento público
se indicará la aprobación del balance final de cierre de la operación de
absorción de activos y pasivos del Banco Nicaragüense de Industria y Comercio
S.A por parte del Banco de la Producción. S.A. Dicha escritura establece en la
cláusula segunda otras obligaciones por la cantidad U$1,347,935.99 millones de
dólares, (deudas con instituciones financieras) que no son depósitos del público
que formaron parte del pasivo y que se emitieron CENI en su respaldo.
En la misma escritura No. 107 relacionada se menciona que la suma de dinero a
pagarse al Banco de la Producción por el Banco Central de Nicaragua con Títulos
CENI asciende a U$61,344,667.89 dólares sin incluir intereses que equivalen a
C$829,352,224.96 millones de córdobas. Del 7 de agosto del 2000 que se produce
la intervención del INTERBANK, al 4 de Agosto del 2001, que se produce la
intervención del BANIC, se produce el proceso de intervenciones y liquidaciones
forzosas de los Bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER y BANIC en su orden
relacionado, situación que se prolonga hasta aproximadamente 21 de abril 2002.
Mediante las intervenciones se nombran las Juntas Administradoras, las que
supuestamente preparan las "Bases" para ofertar en subasta el correspondiente
Banco: BANCAFE, BAMER y BANIC, ya que el INTERBANK fue una adquisición directa.
Con el nombramiento de la Junta Administradora se inicia inmediatamente el
proceso de evaluación, reevaluación y negociación de cartera, realizado por
analistas del Banco Central de Nicaragua, funcionarios de los bancos adquirentes
y autoridades superiores del Banco Central de Nicaragua sumamente relacionadas
en el cuerpo de esta acusación.
La elaboración de las "bases" para ofertar los balances de los bancos
BANCAFE, BAMER y BANIC se dio por el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa
Cruz, éste, las elaboró y se las entregó a cada junta correspondiente las que
las firmaron el mismo día que la dieron a conocer y convocaron a subasta de
forma inmediata, a escasa horas de diferencia entre la entrega de las "bases",
que al momento de la oferta hecha por la correspondiente Junta Administradora
y/o Liquidadora en su caso el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz y
el Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing. Esteban Duquestrada jugaron un
papel protagónico en el sentido de que explicaron la necesidad de que dicha
subasta se practicara a lo inmediato y en el menor tiempo posible.
Los procesos de calificación, recalificación y negociación de la cartera de
INTERBANK y BANIC, fue coordinado y dirigido por la Lic. Estelina López Conde,
quien fue llevada al INTERBANK por el Lic. Mario Flores Loáisiga, y gozaba de
toda su confianza. El Lic. Exides Navarro Flores, coordinó y dirigió el proceso
de calificación recalificación y negociación de la cartera de crédito en el caso
de BAMER y BANCAFE, y también parte de la cartera BANIC que correspondía a
cartera cafetalera. Este proceso de recalificación de cartera se dio a través de
los equipos ya relacionados para cada banco, quienes fueron conformados por
Estelina López Conde y por Exides Navarro Flores, con personal de su entera
confianza y fueron los responsables de establecer lo que se denominó (brecha
final).
En el caso del INTERBANK la brecha inicial era el valor en córdobas
equivalente en dólares a US$10.3 millones de dólares, estableciéndose una brecha
final por el valor en córdobas equivalente en dólares de US$152.7 millones de
dólares sin incluir intereses. Finalmente se emitieron CENI por el valor en
córdobas equivalentes a un monto de C$3,316,924.000.00 millones de córdobas
valor facial, equivalente en dólares a US$257,407,243.58 millones de dólares,
cuya fecha de registro contable, es decir, la fecha en que fueron emitidos
realmente, comprende los meses de noviembre 2001 a Julio 2002, que incluye valor
precio y descuento (intereses) y su acreditado en efectivo por C$3,151.36
córdobas. Es decir, que el valor en córdobas equivalente en dólares a US$152.7
millones de dólares, en dos a tres años ganarían el valor en córdobas
equivalente en dólares a US$104,710,703.29 millones de dólares, de intereses
para un total valor córdobas equivalente en dólar de US$257,407,243.58 millones
de dólares. En el caso del BANCAFE la brecha inicial se estimó en el valor en
córdobas equivalente en dólares a US$40.5 millones de dólares y la brecha final
valor córdobas equivalente en dólares fue de US$77.4 millones de dólares. Por lo
que se emitió CENI en concepto de brecha final por C$1,324,984.000.00 millones
de córdobas que equivalen en dólares a U$102,005,528.28 millones de dólares,
cuya fecha de registro contable comprende Diciembre 2000 hasta julio 2003, que
incluye su valor facial e intereses y su diferencial en efectivo de C$2,511.02.
Es decir que el valor en córdobas equivalente en dólares a US$77,398,033.21
millones, en dos a tres años ganarían intereses por el valor en córdobas
equivalente en dólares de US$24,607,494.99 millones lo que suma el valor en
córdobas equivalente en dólares de U$102,005,528.28 millones de dólares. Con
respecto al BAMER, la brecha inicial se calculó el valor córdobas equivalente en
dólares a US$0.6 millones y la brecha final fue del valor en córdobas
equivalente en dólares a US$40.8 millones, por lo que se emitió CENI en concepto
de brecha final por C$665,286.000.00 de córdobas, que incluía su valor precio e
interés acreditado en efectivo C$717.61, lo que da un total de córdobas
equivalente en dólares a US$50,449.375.15 dólares, con fechas de registro
contable a diciembre 2001 y Enero 2003. Es decir que el valor en córdobas
equivalente en dólares a US$ 40,750.079.18 millones de dólares en dos a tres
años ganarían intereses del valor córdobas equivalente en dólar por
US$9,699,295,77 millones, lo que suma el valor córdoba equivalente en dólares de
US$50,449.375.15 millones de dólares. En el caso de BANIC se emitió CENI en
concepto de brecha final por C$1,115 236,379.39 millones de córdobas
equivalentes a US$82,489.118.14 millones de dólares, que incluye el valor precio
y el interés cuya fechas de registro contable es entre el 5 de septiembre 2001 y
el 20 de agosto 2003, acreditando en efectivo C$990.70. Es decir que el valor
córdobas equivalente en dólares a US$61,343,527.64 millones en dos a tres años
ganaría intereses por el valor en córdobas equivalente en dólares de
US$21,145,590.50 millones Los CENI emitidos por el Banco Central de Nicaragua
por brechas de INTERBANK correspondían a la adquisición directa de BANPRO de los
activos y pasivos del INTERBANK.
Los CENI emitidos por brechas de BANCAFE correspondieron a la adjudicación de
BDF.
Los CENI emitidos por brecha de BAMER correspondieron a la adjudicación de
BANCENTRO.
Los CENI emitidos por brecha de BANIC corresponden a la adjudicación de
BANPRO.
El total de CENI valor facial emitidos en córdobas fue por C$6,422,430,379 39
millones de Córdobas equivalentes a US$492,351,265.07 millones de dólares Esto
comprendía el valor precio por C$4,339,733.738.93 millones de córdobas más en
concepto de intereses de C$2,082,696,640.46 millones de córdobas, a pagarse en
un promedio de 2 a 3 años plazo máximo, teniendo como fecha cierta y determinada
de vencimiento el 18 de Septiembre 2004, como plazo máximo y como plazo mínimo
27 de abril 2002.
Conforme relación de fechas de vencimientos señalan que la brecha consolidada
considerada como inicial por la desincorporacion de los bancos relacionados
sumaban la cantidad del valor en Córdobas equivalente en dólares a U$63.1 millón
de dólares y que producto de la calificación y recalificación y negociación de
cartera se emitieron CENI en concepto de brecha final, del valor en córdobas
equivalente en dólares a U$269.1 millones de dólares, más de lo previsto
inicialmente, para un total de U$332 118,180.33 millones de dólares que dos y
tres años promedio ganarían intereses por más de U$160,163.084.74 millones de
dólares. La brecha que se respalda con CENI del Banco Central de Nicaragua, tuvo
como fuentes de incrementos: 1.- El proceso de devolución de carteras y activos
por los bancos adquirentes. 2.- El tiempo que los bancos adquirentes conservaron
los activos incluyendo la cartera que la desmejoró significativamente 3.- Las
provisiones impuestas a la cartera aceptada por los bancos adquirentes
atribuyendo la desmejora provocada por los bancos adquirentes a la situación de
cada banco antes de la intervención de cada uno. 4.- El proceso de calificación
y negociación de la cartera entre funcionarios del BCN Estelina López Conde y
Exides Navarro Flores y funcionarios del Banco adquirente donde las juntas
administradoras y liquidadoras dejaron en total abandono omitiendo su
representaciones, consintiendo y facilitando el proceso de desmejora de los
activos que incluyó la cartera que después fue castigada como un banco en marcha
y no un banco intervenido o en liquidación consintiendo los actos a los
representantes de los bancos Arturo Arana Ubieta por BANPRO, Silvio Lanuza por
el BDF y Roberto Zamora Llanes y Julio Cárdenas Robleto por BANCENTRO. 5 - Los
altos rendimiento o intereses a pagarse a un corto e inmediato plazo,
consentidos a los representantes de los bancos Arturo Arana Ubieta por BANPRO,
Silvio Lanuza por el BDF y Roberto Zamora Llanes y Julio Cárdenas Robleto por
BANCENTRO aceptados por el presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel
Ramírez Sánchez y el Consejo Directivo del BCN formado por: Presidente, Noel
Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto
Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, que incluye también al
Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing. Esteban Duquestrada, así como del
Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del Banco Central de Nicaragua, y el
Lic. Carlos Cerda García Gerente Financiero del BCN, Estelina López Conde, y
Exides Navarro Flores ambos subordinados a la Gerencia Financiera del BCN
quienes específicamente ejecutaron la recalificación y negociación de la cartera
a través de los equipos de analistas de INTERBANK y BANIC formado por Estelina
López Conde, Tania Jarquín Mairena, María Concepción Gutiérrez Mena, Maria
Eugenia King Sing, Elizabeth de los Ángeles García Sánchez, Nideth Buitrago
Peña, Xiomara Dominga Caballeros, Kirsy Anielka Marín Cuaresma, Haydaline
Britton Flores, Mirtha Ligia Gutiérrez Guido, Giovanni César Valle Delgado,
Patricia Berríos López y Funcionarios de BANPRO, identificados como Julio
Ramírez (Gerente de Crédito) y Julio Reyes (Departamento Legal), quienes en
ningún momento se opusieron ni objetaron en beneficio del Banco Central de
Nicaragua, y en el caso de BANCAFE, BAMER, fue coordinado y ejecutado por Exides
Enrique Navarro Flores, principalmente y apoyado por Carlos José Sánchez
Robleto, (q.e.p.d) el resto de los evaluadores fueron Mario José Sobalvarro
Ramos, Flor de María Baca Baca, Lissette del Socorro Torrez Rodríguez, José
Calasan Calderón Ríos, Marlene del Socorro Pastora Reyes, Rosa Argentina Silva
Flores, Edmundo Ramón Arguello Morales, Sonia del Carmen Estrella Acevedo, Tupac
Benjamín Cabrales, Gretha Lilliam Méndez Gaitán, Sara Alaniz Ruiz, Marvin
Venancio Miranda Corrales, e Ivonne Isabel Gabarrete Oporta, dentro de otros,
quienes en ningún momento se opusieron ni objetaron en beneficio del Banco
Central de Nicaragua. La actitud omisiva, dolosa, permisiva, complaciente y
calculada del Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, del Presidente del
Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez, y del Ministro de Hacienda
y Crédito Público Ing. Esteban Duquestrada, con la aprobación del Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por: Presidente, Noel Ramírez
Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías
Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, a quienes atribuyo la ideación,
maquinación y ejecución de una compleja operación de la que siempre estuvieron
claros en alcanzar el propósito de que al desincorporar los bancos, significaba
ganancias para grupos financieros, y la circulación de una masa de bienes de
valor incalculable que por los privilegios del sistema financiero y el acceso a
la información privilegiada de forma directa y anticipada iba a beneficiar a
grupo financieros y particulares a como los benefició en el caso de BANPRO,
BANCENTRO, BDF, Y LA AUDITORA GRAN THORTON, a como lo demostraré en su momento
en la etapa de prueba durante el juicio por los cargos que imputo en esta
acusación.
Los relacionados tuvieron información directa anticipada, oportuna para
modelar, idear, diseñar y ejecutar el proceso de desincorporación de los bancos
INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC y beneficiar a grupos y personas especificas
por el uso de la información privilegiada y acceso en que se compartió con los
grupos
financieros
todo
los
procesos
de
desincorporación,
desde
las
intervenciones hasta la subasta, que paso a paso fueron acompañando y acechando
el proceso de desincorporación construyendo mediante actos aparentemente lícitos
desde sus posiciones de funcionarios públicos y con la colaboración de los
miembros de las Juntas Administradoras y Liquidadoras respectivamente y de
funcionarios intermedios del Banco Central de Nicaragua, con la participación de
particulares, sentaron las bases para favorecer económicamente a las entidades
financieras, BANPRO, BANCENTRO Y BDF, en perjuicio del erario público de la
nación, sin riesgo alguno ni inversión de capital.
A través de las junta Administradora de INTERBANK: Lic. Rodolfo Delgado
Cáceres, Presidente, Lic. Mario Flores Loáisiga, (Gerente General del Banco
Central de Nicaragua), Miembro, quienes intermediaron la oferta de los
accionistas de BANPRO para adquirir el INTERBANK. A través de las junta
Liquidadora de INTERBANK: integrada por Lic Rodolfo Delgado Cáceres, Fernando
Rodríguez Alaniz, y Juan José Rodríguez Gurdián. A través de las junta
Liquidadora de BANCAFE: Integrada por Roberto Sánchez Cordero, Presidente, Juan
José Icaza Martínez y Carlos Matus Tapia. A través de las junta Administradora
de BAMER: Integrada por Edgar Pereira Deshon, Presidente, Manuel Centeno
Cantillano, y Carlos Bonilla López. A través de la junta Liquidadora de BAMER:
Leopodo Sánchez Amador, Presidente, Carlos Marín Arce, y Edgard Pereira Deshon.
A través de las junta Administradora de BANIC: Guillermo Lugo Alaniz,
Presidente, Leopoldo Sánchez Amador, y Miguel Angel Mendoza. A través de las
junta Liquidadora de BANIC: Ing. Ottoniel Ruiz Armijo, Presidente, Guillermo
Lugo Alaniz y Yalí Molina Palacios. Donde los miembros de las Juntas
relacionados dejaron en total abandono la cartera omitiendo sus representaciones
consintiendo y facilitando el proceso de desmejora de los activos de cada banco
que incluyó la cartera especifica que después fue castigada como un banco en
marcha y no como banco intervenido o en liquidación.
Todo ello originó un inmenso principal con rendimientos elevados y plazos
inmediatos de vencimiento, doloso e ilegítimo que a través de la tolerancia de
los funcionarios y miembros de junta relacionados comprometieron al gobierno de
Nicaragua y le causaron un enorme e incalculable perjuicio económico bajo el
supuesto del salvataje al Sistema Financiero Nacional producto de un riesgo
sistémico que ponía en supuesto peligro las finanzas del país, que significaron
a dos y tres años, C$6,422,430,379.39 millones de córdobas equivalentes en
dólares a US$492,351,265.07 millones de dólares. Esta operación fraudulenta ha
dejado un perjuicio al ante una de las operaciones fraudulentas más oprobiosas
del país, que permitió adoptar decisiones y acuerdos abusivos en beneficio de
terceros y en perjuicio de la sociedad, alterando información financiera
presentando una situación distorsionada de forma idónea para causar perjuicio
económico a la sociedad, permitiendo que terceros se aprovecharan con
conocimiento de causa de tales decisiones y acuerdos abusivos, practicados por
al influencia ejercida en la adopción de decisiones en beneficio de terceros y
en detrimento del patrimonio del estado, misma que ha dejado un perjuicio al
menos de CIENTO VEINTE MILLONES DE DÓLARES (US$120.000.000.00) por emisión de
CENI, mas los altos intereses que devengó a corto plazo, CIENTO SESENTA MILLONES
DE DÓLARES (US$160.000.000.00) entre los años 2002 al 2004, CIENTO ONCE MILLONES
NOVECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE
DÓLARES (US$111,920.289.28) adicionales en intereses como consecuencia de la
recompra de CENI, si consideramos que la obligación del Estado en la
desincorporación de los bancos a respaldar en caso que fuera legítimo hacerlo,
era aproximadamente de DOSCIENTOS DOCE MILLONES DE DÓLARES (US$212.000.000.00).
Así como TRES MIL CIENTOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
DIECIOCHO CÓRDOBAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS (C$3 106,748,518.44) por haber
vendido los activos residuales de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC,
a través de subastas, a un precio menor a su valor en libros, aspecto último que
relacionaré en el cuerpo de esta acusación cuando me refiera al hecho de la
subasta. La otra parte de la operación la realizan las Juntas Liquidadoras
relacionadas del INTERBANK, formada por Rodolfo Delgado Cáceres, Fernando
Rodríguez Alaniz y Juan José Rodríguez Gurdián, la Junta Liquidadora de BANCAFE
formada por Roberto Sánchez Cordero, Carlos Matus Tapia y Juan José Icaza
Martínez, La Junta Liquidadora de BAMER formada por Leopodo Sánchez Amador,
Carlos Marin Arcia, y Edgard Pereira Deshon y la Junta Liquidadora de BANIC
conformada por Ottoniel Ruiz Armijo, Guillermo Lugo Alaniz, y Yalí Molina
Palacio,
quienes
al
quedarse
liquidando
los
activos
residuales
sin
recuperaciones significativas en su gestión, que conservaron los activos
residuales por mas de dos años y medio, lo que desmejoró su valor, pero que
además el Banco Central de Nicaragua aplicó lo que se llamó "valores de
trasmisión de activos" los que redujeron su valor de manera dramática de su
valor en libro y que se terminaron vendiendo de regalado en la subasta al
aplicar el famoso criterio "precios de mercado".
Subasta en la que participan con información privilegiada grupos económicos
como BANPRO, FINANCO, INVERSIONES ZUM, que significa ZAMORA, URCUYO, MONTEALEGRE
y el Grupo auditor GRANT THORTON CIA, este último auditor de las operaciones de
emisión de CENI, y de la gestión de Junta Administradora y Liquidadora a través
de KPMG la cual han representado nacionalmente, lo que les permitió a cada grupo
participar con ventaja en las subastas al determinarse relaciones de conflictos
de intereses entre otros de la secretaria de actas del Consejo Directivo del
Banco Central de Nicaragua Claudia Valle Kinlock esposa del Sr. Alejandro
Arguello Baca, accionista de FINANCO S.A., que participa en la compra de cartera
por la cantidad de US$3 767,907.76 dólares, con un precio contable de
US$98,296,673.64 dólares, en donde su relación directa con la Secretaria del
Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua Sra. Claudia Valle Kinlock, fue
ventajosa, oportunista, y privilegiada para apropiarse de cartera que le
retornaría enorme beneficios económicos. Así como de la Auditora GRANT THORTON
INTERNACIONAL S A. REPRESENTADA POR HUMBERTO JOSÉ HERNÁNDEZ AGUILAR, y/o TAMBIÉN
REPRESENTANTE DE GRANT THORTON HERNÁNDEZ Y ASOCIADOS S.A. TAMBIÉN SIMPLEMENTE
GRANT THORTON, en un juego de creación de sociedades como un mismo nombre
comercial que de forma fraudulenta, tuvo tiempo manejando información
privilegiada de cartera para poder contactar a los dueños de los créditos, a
través de la contratación del Lic. Ronald Flores Lazo, quien se había
desempeñado como Asesor delegado a tiempo completo en el Banco Central de
Nicaragua que participaron en el control de activos residuales de los bancos
quebrados y sabía lo que estaba bueno o no de los mismos y actualmente socio del
Sr. Humberto Hernández Aguilar, así como contrató a Deysi Cruz, analista de
recuperación de crédito del BAMER, Deysi Baltodano Espinoza, analista de
recuperación de crédito de BANIC, Toribio Reyes Gutiérrez, analista de
recuperación de crédito de INTERBANK, quienes junto con lo abogados Jin del
Socorro Madriz López y Julio César D`trinidad Lechado, contactaron a los dueños
de los créditos que no podían comprar en subasta sus créditos, solicitándole un
10% de adelanto sobre el total del crédito, más un 9% de comisión por la
diferencia, dinero con el cual sin invertir un centavo compraron en subasta por
el valor de US$280,780.72 dólares cartera con el valor contable de
US$27,767.638.60 millones de dólares, lo que les dejó una ganancia espectacular
de más de US$80,000.00 por la operación de compra de cartera con dinero ajeno, y
tres meses posteriores por el cobro de la cartera comprada habían obtenido
ganancias libres de más de US$800,000.00 dólares a como lo demostraré con la
pruebas que acompaño en la presente acusación, que deja descubierto el tráfico
de influencia y la ventaja con que los grupos económicos participaron en la
subasta. BANPRO compró cartera de crédito por el valor de US$769,804.41 dólares,
con el precio contable de 93,774,782.68 dólares y FINANCO S.A. compró cartera
por US$3,767,907.76 dólares, con un precio contable de 98,296 673.64 dólares.
INVERSIONES ZUM adquiere en subasta el Hotel Lomas de Guadalupe, ubicado en la
ciudad de Matagalpa, No. Registral 61772, Valor contable: C$9,991,142.92
adquirido en US$243,689.40 equivalente a esa fecha a C$3,690,042.37 que
significa el 36% de su valor contable.
ALCANCES DE LA PRETENCIÓN DE CREAR UN MARCO JURÍDICO QUE LEGALIZARA LA
EMISION DE CENI POR US$492,351,265.07 MILLONES DE DÓLARES, EMITIDOS DE MANERA
DOLOSA Y FRAUDULENTA POR LA DESINCORPORACIÓN DE LOS BANCOS INTERBANK, BANCAFE,
BAMER, Y BANIC, EN BENEFICIO DE LOS GRUPOS ECONOMICOS BANPRO, BDF Y BANCENTRO.
El ACUERDO PRESIDENCIAL No. 479-2002 del 24 de septiembre del 2002, Gaceta
No. 190 del 8 de Octubre 2002, el ex presidente de la República Ing. Enrique
Bolaños Geyer, autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público Lic. Eduardo
Montealegre Rivas, para que en representación del estado suscriba con el Banco
Central de Nicaragua un convenio interinstitucional, para que el estado asuma la
obligación del pagar al Banco Central de Nicaragua los saldos deudores de los
activos que la Junta Liquidadora transfieran al Banco Central de Nicaragua en
pago para asunción de los compromisos financieros en garantía de los cuenta
habientes de cada uno de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BANIC Y BAMER.
El Acuerdo autoriza al Lic. Eduardo Montealegre Rivas convenir con el Banco
Central de Nicaragua el procedimiento de pago de cada uno de los saldos
deudores, conforme al informe de liquidación que debe de presentar el Banco
Central de Nicaragua debidamente auditado por una firma de prestigio.
En el convenio interinstitucional se debían relacionar los activos residuales
que habrían sido traslados al Banco Central de Nicaragua, el valor de
adquisición, el precio de venta y los gastos para su administración y
liquidación determinando el monto final del saldo deudor total a cargo del
estado, dichas cifra se incorporaría al convenio interinstitucional mediante un
adendum. Para la liquidación de los activos conforme valores determinados en el
mercado se debía contratar una empresa de prestigio internacional en el ramo
mediante
proceso
de
licitación
pública.
Cumplidos
los
requisitos
y
procedimientos el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debía gestionar la
inclusión en los ejercicios presupuestarios de partidas destinadas a cancelar
los saldos de cada liquidación.
Con este acuerdo presidencial se sientan las bases para que el estado asuma
en carácter de deuda pública las consecuencias económicas del proceso de
desincorporación de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, supuestamente
en respaldo y garantía de los cuenta habientes de los bancos desincorporados. El
acuerdo presidencial fue desatendido por cuanto se presupuestó la obligación
originada de US$492,351,265.07 por emisión de CENI y no el resultado del informe
de liquidación que debía de presentar el Banco Central de Nicaragua debidamente
auditado, ni se cumplió con el inventario de activos residuales, reflejando el
valor de adquisición, precio de venta, y los gastos de administración y
liquidación para determinar el saldo deudor.
El acuerdo lo utilizaron para presupuestar los montos totales ya emitidos en
CENI por US$492,351,265.07 millones y no los saldos deudores resultados de la
conciliación de los procesos financieros. Pero definitivamente el acuerdo No.
479-2000 de el ex presidente Ing. Enrique Bolaños Gayer ordena el pago de los
saldos deudores de la Junta Liquidadora con el Banco Central de Nicaragua, que
no es propiamente el monto de CENI que se emitió en respaldo a la
desincorporación de los bancos. Al mes septiembre 2002, el proceso de emisión de
CENI en respaldo de la brecha de los bancos desincorporados no se había
culminado ni existía base jurídica que de manera expresa señalara que el estado
asumiera como propia obligaciones del proceso de desincorporación de bancos. El
21 de noviembre del 2002, Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y
Crédito Público suscribe acuerdo interinstitucional "Asunción de compromisos
financieros por brecha de bancos desincorporados" con el Sr.
Mario Alonso Icabalceta, Presidente del Banco Central de Nicaragua. Dicho
acuerdo Interinstitucional no cumplió con las disposiciones del acuerdo
presidencial No. 479-2002 ya que la parte nuclear del mismo sería el informe de
liquidación que debía presentar el Banco Central de Nicaragua debidamente
auditado, ni se relacionó el universo de activos residuales que habían sido
traslados al Banco Central de Nicaragua por las Juntas Liquidadoras y sus gastos
de administración para determinar un saldo deudor final que debía de
incorporarse al convenio interinstitucional a través de un adendum.
RELACION DE HECHOS EN LA RECOMPRA DE CENI PARA ENCUBRIR EL DAÑO ECONOMICO
CAUSADO AL ESTADO CON EL PROCESO DE SUPUESTA RECOMPRA QUE TRAJO MAYOR PERJUICIO
ECONOMICO AL ERARIO PÚBLICO.
El 13 de Agosto del 2003, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
a propuesta de su presidente Dr. Mario Alonso Icabalceta, e integrado por el
Lic. Eduardo Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing.
Benjamín Lazas y el Dr. Silvio Conrado dictan resolución No. CD-BCN-XXXVIII-103, autorizando a la administración del Banco Central de Nicaragua compra venta
de CENI y reinversión de nuevos títulos con el BANPRO redimiendo anticipadamente
con fecha valor al 15 de julio 2003, los títulos CENI emitidos para respaldar la
brecha entre activos y pasivos del INTERBANK que vencían en el año 2004 y que se
encontraban en poder de BANPRO.
En esta operación se redimieron a valor presente en forma anticipada US$230
553,482.37 millones descontado del monto de US$250,894,506,97 millones, que
vencían el 21 de julio del 2004 y el 18 de septiembre 2004, a una tasa de 7
4999%, ordenando emitir nuevos títulos estandarizados con fecha de emisión al 15
de Julio 2003, emisión de títulos por US$206,988,526.24 millones a una tasa de
rendimiento sobre saldo principal de 8.30% anual.
También ordenan en la resolución CD-BCN-XXXVIII-1-03, la emisión de títulos
por US$13,358,728.89 con tasa de rendimiento de 9.89% anual, y la emisión de
bono cupón "0" por US$5,103,113.62 a cinco años equivalentes a US$7,745,070 78.
y la emisión de Bonos cupón "0" por US$5,103,113.62 a diez años plazo
US$13,500,551,57.
Las fechas de vencimiento de dichos títulos en general se programaron para
los años 2011, 2012, 2013. En el caso de los bonos cupón "0" conforme al anexo 1
tabla de amortización firmada por los miembros del Consejo Directivo del Banco
Central de Nicaragua los bonos cupón " 0" a 5 años se emitieron a una tasa de
rendimiento anual de 8.49%, y la de cupón "0" a 10 años a 9,95%.
El rendimiento se castigó con más plazo y mayor rendimiento contrario a la
lógica financiera común de este tipo de transacciones de disminuir el
rendimiento en relación a mayor plazo, pero además se pagaron intereses más
intereses en toda la operación de reingeniería de manera dolosa. El 10 de
Octubre del 2003, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado
por: Dr. Mario Alonso Icabalceta, e integrado por el Lic Eduardo Montealegre,
Ing. Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing.
Benjamín Lazas y el Dr. Silvio Conrado a propuesta del Presidente Dr. Mario
Alonso Icabalceta, emitió resolución CD-BCN-XLVIII-2-03 autorizando la compra
venta de CENI y reinversión de nuevos títulos con el BANCENTRO, redimiendo
anticipadamente con fecha del 30 de septiembre 2003, los CENI que fueron
emitidos en concepto de brecha por el BAMER que vencían en el 16 de febrero del
2004 y que se encontraban en poder del BANCENTRO, estos CENI fueron redimidos
por la suma en córdobas equivalentes en dólares a US$49,201 072.84, autorizando
al Banco Central de Nicaragua emitir títulos estandarizados con fecha de emisión
del 15 de octubre de 2003, pero entre el 30 de septiembre al 15 de octubre 2003
de forma particular se reconoció intereses anuales de 7.934% en córdobas que
equivalían al 15 de octubre de 2003 a US$49,363,723.39 millones de dólares, a
estos a su vez a partir del 15 de abril 2004 a plazo de 10 años, se emitirían
títulos estandarizados a una tasa de rendimiento de 8.30% anual y de forma
particular del 30 de septiembre de 2003 al 16 de febrero 2004 la tasa de
rendimiento aprobada fue de 7.934%.
El 5 de noviembre 2003 el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua
integrado por Dr. Mario Alonso Icabalceta, e integrado por el Lic. Eduardo
Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing. Benjamín Lazas y
el Dr. Silvio Conrado, a propuesta de su presidente Dr. Mario Bernardo Alonso
Icabalzeta, Resolución CD-BCN-LII-2-03, autoriza a la administración del Banco
Central de Nicaragua comprar los CENI y reinvertir nuevos títulos con el BDF,
redimiendo anticipadamente al 15 de octubre de 2003, los CENI que fueron
emitidos para respaldar la brecha del BANCAFE que vencían en diciembre 2003, y
que se encontraban en poder del BDF hasta por un monto en Córdobas equivalente
en dólares a US$40,230,990.00 millones, liquidados al 15 de octubre de 2003,
hasta por un monto en córdobas equivalente en dólares a US$40,000,003.08
millones, y que vencían en diciembre 2003.
También autorizan nuevos títulos por la suma en córdobas equivalente en
dólares a US$20,000,001,54, a un año plazo a partir del 15 de abril 2004, y una
tasa de rendimiento de 7.35% serían emitidos en títulos estandarizados. También
autoriza la emisión de títulos estandarizados por el valor en córdobas
equivalentes en dólares del US$20,000.000.00, a 3 años plazo, a una tasa de
rendimiento sobre saldo de principal de 7.5% pero durante el período del 15 de
octubre de 2003, al 12 de noviembre 2003, la tasa de rendimiento fue de 9.48%.
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por: Dr. Mario
Alonso Icabalceta, Lic. Eduardo Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic Ricardo
Parrales, Ing. Benjamín Lazas y el Dr. Silvio Conrado, el 22 de octubre del 2003
a propuesta del presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Mario Bernardo
Alonso Icabalzeta, dicta resolución CD-BCN-L-1-03, que modifica la resolución
CD-BCN-XXXVIII-1-03 para que la emisión de los nuevos títulos fuera el 15 de
octubre de 2003, relacionándose una modificación en los montos de los bonos
estandarizados a emitir a favor de BANPRO por INTERBANK y BANIC, aumentando el
monto inicialmente acordado sin mayor fundamento en aproximadamente mas de
4,000.000.00 de dólares. El 24 de Noviembre del 2003 a propuesta del presidente
del Banco Central de Nicaragua Dr. Mario Alonso Icabalceta, Resolución CD-BCNLIV-1-03 el Consejo Directivo modifica la Resolución CD-BCN-LII-2-03 del 5 de
noviembre 2003, señalando que el monto en córdobas a redimir en dólares al BDF
al 15 de octubre del 2003, y que vencía en noviembre 2003 sería de
US$40,001.852.43 millones. US$20,000,926.22 millones serían a 2 años plazo a
partir del 15 de enero de 2004 con una tasa de intereses anual del 7.35%. Y se
emitirían títulos estandarizados también por US$20,000,926.21 millones a 3 años
plazo a partir de enero 2004, con una tasa anual de rendimiento de 7.5%.
La decisión de la compra de CENI y reinversión de títulos estandarizados con
el BANPRO, BANCENTRO y BDF fue decisión del Consejo Directivo del Banco Central
de Nicaragua conformado por el Dr. Mario Bernardo Alonso Icabalzeta, Lic.
Eduardo Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing. Benjamín
Lanzas y el Dr. Silvio Conrado. La que no es respaldada por ningún acuerdo
presidencial y se le atribuye de manera absoluta la decisión de este Consejo, la
recompra de CENI en la que participan de manera extraña en el caso de BANPRO
aparentemente por disposición del presidente Bolaños en la negociación de
reingeniería el Sr. Eduardo Montealegre Rivas, Sr. Alfonso Robelo Callejas,
Nicolás Marín y el Dr. Luis Rivas Anduray, protegido del Sr Eduardo Montealegre
Rivas, quien igualmente había trabajado en el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y formó parte del equipo negociador de la recompra de los CENI.
El proceso de emisión de CENI primario, al momento que se inicia la llamada
reingeniería y reinversión por título estandarizado, estaba en proceso de
culminación. Al 20 de agosto 2003 el Banco Central de Nicaragua todavía emitía
CENI en respaldo de BANIC a favor de BANPRO por C$6,629,379.39 Córdobas.
Igualmente los CENI ya emitidos a esa fecha que ganaban intereses de forma
retroactiva desde octubre del 2000, su plazo de vencimiento eran próximos
inmediatos, de manera que ni siquiera habían terminado de emitir los CENI cuando
ya se tenia que honrar la obligación.
Esta situación lleva al Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, a
decidir la compra de CENI y la reinversión en títulos estandarizados con BANPRO
por INTERBANK y BANIC, con BANCENTRO por BAMER y con BDF por BANCAFE.
Bajo el supuesto de redimirlo anticipadamente capitaliza los intereses sobre
intereses de los CENI ya emitidos, reconoce rendimientos particulares en
periodos cortos entre los meses de Septiembre y octubre de 2003, emiten bonos
cupón Cero a favor de BANPRO precisamente reconociéndole los intereses generados
por los CENI al momento de la anticipación del pago y le establecen nuevas tasa
de rendimientos a 10 años plazo de manera tal que la suma en córdobas
equivalente en dólares a US$319,919,058,19 millones, de acuerdo a la
renegociación al 15 de Abril 2013, el total a pagar aproximadamente en córdobas
sería equivalente en dólares a US$453,544,251.26 millones de dólares como
consecuencia de capitalizar a la deuda original sus intereses y calcular
intereses sobre esta nueva deuda, aplicando reglas financieras de castigo de
mayor rendimiento en menor plazo que favoreció a los bancos adquirentes. Lo
impagable de la deuda creada como consecuencia de la evaluación, recalificación
y negociación de la cartera al desamparo de la Juntas Administradoras y
Liquidadoras de los Banco INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, y del Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua, efectuadas por funcionarios de el
Banco Central de Nicaragua dirigidos por Estelina López Conde y Exides Navarro
Flores, obligó al Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua diseñar una
supuesta reingeniería no para salvataje de la obligación sino, para hacer
posible el desenvolvimiento del flujo de pagos ya que la emisión de CENI por la
cantidad en Córdobas equivalentes en dólares de US$492,351,335.07 millones a
pagarse en el mes de julio 2004, puso en riesgo inminente la capacidad de pago
del estado por representar una enorme presión fiscal y monetaria para el
gobierno y estado de la republica de Nicaragua absorbiendo recursos destinados a
los programas de reducción de la pobreza. Como consecuencia de la compra de CENI
y emisión de títulos estandarizados el incremento en córdobas equivalente en
dólares a US$111,920,289.28 lejos de significar alivio representó el costo
adicional que el estado pagaría a través del presupuesto de la república en
concepto de deuda publica interna por un flujo de pago que oxigenara y diera la
imagen de necesario cuando su objetivo fundamental fue facilitar el pago de una
obligación leonina y fraudulenta diseñada para pagarse en corto plazo y con
excesivas tasa de interéS. Al momento de la renegociación el estado de Nicaragua
había pagado la suma de US$150,727,373.09 millones de dólares al año 2006.
Significa que al haber capitalizado los intereses los US$492,351.335.07 millones
de dólares a octubre 2013 significaran US$604,271,624.35 millones de dólares,
que se pagarían a los grupos económicos de BANPRO, BDF y BANCENTRO, con la
observación de que los CENI y posteriormente lo títulos estandarizados siempre
han estado en poder de estos grupos por la ganancia especulativa que representan
y por que fueron emitidos para su beneficio.
PROCESO DE TRASLADO DE ACTIVOS DE LAS JUNTAS LIQUIDADORAS AL BCN Y SUBASTA
DE ACTIVOS Traslado de los activos residuales al BCN El 25 de septiembre de
2002, el Consejo Directivo del BCN integrado por:: Presidente, Mario Alonso
Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto
Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante Resolución CD-BCNXXX-1-2002, autoriza a la Administración del BCN para que dicha institución
procediera a recibir de las Juntas Liquidadoras de los Bancos, la cartera de
crédito y demás activos en concepto de dación en pago como abono por las
obligaciones contraídas con el BCN por la emisión de CENI.
Para tal efecto el BCN mediante resolución CD-BCN-XXX-2-2002 del 25 de
septiembre del 2002, resolvió ampliar las facultades de la comisión liquidadora
de cartera (CLC) dirigida por: Don Mariano Buitrago, del BCN para que pudiera
"negociar los precios de transferencias", recibir, administrar, y recuperar las
carteras de créditos y demás activos provenientes de los banco privados
sometidos a liquidación forzosa. Para tal efecto el BCN suscribió con las Juntas
Liquidadoras del BANIC, BAMER, INTERBANK Y BANCAFE, Escrituras de Dación en
Pago: Escritura No. 21 del 29 de octubre del 2000, del INTERBANK, Escritura
Pública No. 24 de 31 de octubre del 2002, del BANCAFE, Escritura Pública No. 1,
18 de octubre del 2002, del BANIC, Escritura Pública No. 14, del 21 de octubre
del 2002, del BAMER, como abono parcial a deuda, además establecieron para estos
bienes precios de transmisión conforme a los cuales fueron recibidos por el BCN.
Estos precios de trasmisión fueron determinados a través de criterios que
fueron autorizados por el Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente,
Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas
Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante
resolución No. CD-BCN-IV-3-03 del 29 de enero de 2003.
El monto total de los activos transferidos por las Juntas Liquidadoras al BCN
fue de C$5,531,920,869.53 (Cinco mil quinientos treinta y un millones
novecientos veinte mil ochocientos sesenta y nueve córdobas con 53/100) y el
precio de trasmisión fue de C$450,815,706.08 (Cuatrocientos cincuenta millones
ochocientos quince mil setecientos seis córdobas con 08/100), conformados de la
siguiente manera: Origen Fecha de Corte Activos Transferidos Precio de
Trasmisión BANIC 30/09/2002 734,249,687.74 179,518,901.39 BAMER 30/11/2002
362,190,000.00 65,829,744.35 BANCAFE 30/11/2002 908,643,691.25 80,369,789.75
INTERBANK 31/12/2002 3,526,837,490.54 125,097,270.59 Totales 5,531,920,869.53
450,815,706.08 Contratación de First Finanacial Network Inc (FFN) En la
Resolución del Consejo Directivo CD-BCN-XXX-1-2002, del 25 de septiembre del
2002, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, integrado por:
Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas,
Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín
Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano Ricardo Parrales Sánchez,
autoriza a la Administración del BCN para que mediante el proceso de Licitación
Pública adjudique y contrate la gestión de liquidación de la cartera de crédito
y bienes adjudicados recibidos de las Juntas Liquidadoras. El 26 de septiembre
del 2002, el BCN emite la Resolución de Contratación No. GG-08-008-02-BCN
firmada por los Srs. Mario Alonso Icabalceta y Mario J. Flores Loáisiga mediante
la cual da inicio el proceso de Licitación Pública GAP-SGA-08-016-02-BCN y
nombra al Comité de Licitación integrado por: Ing. Eduard Zeledón Guillén,
Gerente de Administración y Personal, Dr. Juan José Rodríguez, Gerente de
Asesoría Jurídica, Dr. Mariano Buitrago, Asesor Presidencia, Lic. Estelina López
Conde, Apoyo Técnico Gerencia Financiera, Ing. Ulises Guerrero, Jefe del
Departamento de Administración de Materiales. Este comité fue ratificado por el
CD-BCN en resolución No. CD-BCN-XX-1-03 del 16 de Mayo del 2003.
El 06 de noviembre del 2002, el Comité de Licitación, mediante Acta No. 2811-02 procedió a la apertura de las ofertas de las empresas: First Financial
Network, Inc., empresa Estadounidense, representada por Lucia Terán Sálomon
representante de Allianz Societe, S.A., ofertó US$1,215,467.00 y una comisión de
éxito de 7.7421% determinada aplicando el porcentaje establecido a la suma del
valor efectivo de los contratos de enajenación de activos formalizados por el
Banco y los inversores y un costo por mes adicional de US$180,739.94 Operadora
IBCE, S.A. de C.V. representada por el Lic. Fabricio Fusoni y Dr. José Evenor
Tablada representante de la empresa Servicios Legales Especializados con una
ofertó por US$2,000,000.00 y una comisión de éxito de 0.10% Price Waterhouse
Coopers, representada por el Lic. Oscar Antonio Cuadra Solano, ofertó el monto
de US$950,000.00 y una comisión de éxito del 5%.
El 14 de noviembre del 2002, mediante acta No. 11-025-02-BCN el Comité de
Licitación relacionado, procedió a evaluar las ofertas presentadas resolviendo
recomendar a la Administración Superior del BCN la adjudicación de la Licitación
Pública GAP-SGA-08-016-02-BCN, Contratación para la gestión de venta de activos,
a la empresa First Financial Network, Inc.
El 04 de diciembre del 2002 mediante Resolución No. 12-27-02-BCN, el Dr.
Mario Alonso Icabalceta, Presidente del BCN adjudica la Licitación Pública a la
empresa First Financial Network (FFN) El 23 de diciembre de 2002, el Lic. Mario
Flores Loáisiga, Gerente General del BCN mediante Escritura Pública No. 81
formaliza la contratación de la empresa First Financial Network (FFN) como
gestora para la liquidación de activos por el periodo de 5 meses a partir del 23
de diciembre del 2002 hasta el 22 de mayo del 2003, prorrogable de común acuerdo
entre las partes hasta por 2 meses adicionales. El 20 de mayo el BCN efectuó
prorroga y modificación a la Escritura Pública Numero 81, en las que ambas
partes acuerdan modificar el plazo de vigencia y ejecución del contrato para que
la empresa FFN preste el servicio objeto de la licitación por dos meses
adicionales a partir del 23 de mayo del 2003.
El Banco Central de Nicaragua pagó a la Firma Internacional First Financial
Network la suma total de US$4,035,923.94 (Cuatro Millones Treinta y Cinco Mil
Novecientos Veintitrés Dólares con 94/100) equivalente según el tipo oficial de
cambio a las fechas de los pagos a C$61,123,982.25 (Sesenta y Uno Millones
Ciento Veintitrés Mil Novecientos Ochenta y Dos Córdobas con 25/100), en
concepto de gastos fijos y comisión de éxito estipulada en la Escritura Pública
No. 81, Contratación de Sociedad para la Gestión de Activos, suscrita entre la
FFN y el Banco Central de Nicaragua, comisión que fue fijada en 7.7421%, por la
realización de las Subastas de los Activos Residuales de los Bancos
Desincorporados durante el año 2003.
First Financial Network Inc., tenía que liquidar en cinco meses los activos
residuales de los Bancos desincorporados que las Juntas Liquidadoras no pudieron
hacer en más de dos años y medio. Esta liquidación de activos bajo el concepto
de "precio de mercado" fue un manjar servido a grupo financieros que con
información privilegiada participaron de la subasta adquiriendo activos a precio
de regalado y dentro de una carrera desenfrenada del BCN por deshacerse de los
activos en cinco meses máximo, mientras los grupos económicos esperaban al
acecho las subastas porque conocían de antemano la información como consecuencia
del tráfico de información y la relación de conflictos de intereses muy
frecuente entre quienes dirigieron el proceso de subasta dentro de la
desincorporaciòn de los Bancos y quienes terminaron adquiriendo estos activos.
Siguiendo con la lógica First Financial Network contrató personal que calificó,
recalificó la cartera de los Bancos desincorporados, como es el caso de José de
Calazan Calderòn Rìos que después de calificar la cartera de BAMER, BANCAFE y la
cafetalera del BANIC fue contratado por First Financial Network, para elaborar
los bloques de activos, en igual situación se encuentra Greta Liliam Méndez
Gaitàn, la que también trabajó evaluando la cartera antes señalada. SUBASTAS DE
ACTIVOS RESIDUALES El 16 de mayo del 2003, el Consejo Directivo del BCN
integrado
por:
Presidente,
Mario
Alonso
Icabalceta.
Miembros:
Eduardo
Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique
Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;
Ricardo Parrales Sánchez, aprobó mediante Resolución CD-BCN-XX-2-03 el
procedimiento propuesto por la empresa FFN para la subasta de cartera
crediticia, bienes inmuebles y otros activos propiedad del BCN, proveniente de
los bancos sometidos a liquidación. Así como los procedimientos para la subasta
de bienes muebles, obras de arte, principalmente mediante el procedimiento de
ventas al martillo.
El Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso
Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto
Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez. mediante resoluciones CD-BCNXXIV-1-03 del 04 de junio del 2003, CD-BCN-XXXII-1-03 del 17 de julio de 2003 y
CD-BCN-XLI-1-03 del 29 de agosto de 2003, aprobó los resultados del proceso de
Subasta en Sobre Cerrado llevado a cabo los días 21 de mayo, 15 de julio y 25 de
agosto de 2003, por la Firma Internacional FFN, para la venta de la Cartera de
Créditos de los Bancos desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC cuyo
saldo contable del principal de la Cartera de Créditos al momento de las
Subastas, fue de C$2 720,263,618.65 (Dos Mil Setecientos Veinte Millones
Doscientos Sesenta y Tres Mil Seiscientos Dieciocho Córdobas con 65/100)
equivalentes a US$143 486,986.05 (Ciento Cuarenta y Tres Millones Cuatrocientos
Ochenta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Seis Dólares con 05/100), la cual fue
vendida a BANPRO FINANCO, GRANT THORTON y BANCENTRO por el monto de
C$72,317,515.53 (Setenta y Dos Millones Trescientos Diecisiete Mil Quinientos
Quince Córdobas con 53/100).
El Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso
Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto
Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante resoluciones CD-BCNXXIV-1-03 del 04 de junio del 2003, CD-BCN-XXXVI-1-03 del 06 de agosto de 2003 y
CD-BCN-XLI-1-03 del 29 de agosto de 2003, aprobó los resultados de las subastas
a sobre cerrado de Bienes Inmuebles provenientes de los Bancos Desincorporados
INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC realizadas por la Firma First Financial
Network (FFN), el 21 de mayo, 23 de julio y 25 de agosto del año 2003,
respectivamente, el saldo contable de los Bienes Inmuebles a la fecha de las
subastas ascendía a C$633,557,655.76 (Seiscientos Treinta y Tres Millones
Quinientos Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Cinco Córdobas con
76/100); y que el precio de venta fue de US$15,355,983.71 (Quince Millones
Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Ochenta y Tres Dólares con 71/100)
equivalentes de acuerdo al tipo de cambio oficial de la fecha de la transacción
a C$226,216,532.04 (Doscientos Veintiséis Millones Doscientos Dieciséis Mil
Quinientos Treinta y Dos Córdobas con 04/100). En esta subasta es donde se
adjudica el edificio BANIC y los dos predios adyacentes ya relacionados a
BANCENTRO de Nicaragua y que tres años después en una operación inusual en el
año 2006 ya relacionada, rescinde la venta y se otorga nueva venta por
funcionarios del Banco Central facilitando la operación inusual y las ventajas
económicas alcanzadas a través de la operación en la que participa de manera
directa el señor Jaime Chamorro Cardenal, en su doble rol de accionista de
BANCENTRO Nicaragua y Corporación BANCENTRO Panamá.
La Junta Liquidadora de INTERBANK integrada por Otoniel Ruiz Armijo, Yalí
Molina Palacio, Guillermo Lugo Alaniz por Escritura No. 51 del 28 de marzo del
2003 de las 6 de la tarde ante Notario Danilo Gamaliel Gutiérrez Arriaza
otorgaron Dación en pago como abono parcial a deuda al Banco Central de
Nicaragua representado por Carlos Antonio Cerda García, conforme poder especial
de representación otorgado por el Dr. Mario Alonso Icabalceta en su calidad de
presidente del Banco Central de Nicaragua, los inmuebles A) Lote de terreno
urbano situado a la altura del Km 5 de la carretera a Masaya, banda oriental que
mide 7,774.37mts2 con los siguientes linderos: Norte: calle 1 de la
urbanización. Sur: Calle marginal Este de la carretera a Masaya y calle No. 2 de
la urbanización. Este: Calle 2 de la urbanización. Oeste: calle marginal de la
carrera a Masaya. Inscrita con No. 76,246; Tomo: 11 propiedad horizontal; Folio:
247; Asiento: 3ero. B) Inmueble urbano ubicado hacia el Suroeste de la ciudad de
Managua, urbanización Monte Carlos con superficie territorial de 3,879.834 mts2,
con los linderos Norte: Lote cercado propiedad del Banco Nicaragüense. Sur:
Parqueo del Banco Nicaragüense y Centro Financiero del Banic. Este: Centro
Comercial San Francisco, Oeste: Gasolinera SHELL BELL – AIR y Lote No. 35
propiedad del Banic. Inscrita con el No. 126,222; Tomo: 1,951; Folios:
169,170,171. Asiento: 1ro. C) Inmueble situado hacia el sureste de Managua,
urbanización Monte Carlos, Calle 2 y calle 4 con un área de 6,906.73 mts2;
linderos. Norte: Calle No. 1. Sur: Calle No. 2. Este: Calle No. 3. y Oeste:
Calle No. 4. Inscrita bajo el No. 68,978. Tomo: 1,162. Folio: 73, Asiento: 2do.
Que fueron otorgados en Dación en pago al Banco Central de Nicaragua con todas
sus mejoras anexos y conexos, usos y servidumbres por el precio de C$174,371
218.27 Córdobas equivalentes a US$11,721.331.66 millones de dólares al 28 de
marzo de 2003, y a una tasa de cambio oficial de 14.8764. La propiedad No.
76,246 relacionada al momento de Cederse en Dación en Pago al Banco Central de
Nicaragua pendía sobre ella un embargo preventivo por C$6,000.000.00 de córdobas
a solicitud del Sr. Manuel López Gutiérrez, propiedades que fueron inscritas a
favor del Banco Central de Nicaragua. Conforme registro No. 16 246 Tomo 11,
Propiedad Horizontal, Folio 247, 264, 266,269, Asiento 4to. El 4 de julio del
2003 a las ocho y treinta y dos minutos de la mañana ante notario Juan Ramón
Cruz García como consecuencia de la subasta efectuada el día 21 de mayo del 2003
se le adjudica el Banco Centroamericano S.A. BANCENTRO los inmuebles
relacionados, compareciendo en el acto el Sr. Mario José Flores Loáisiga en
representación del Banco Central de Nicaragua y el Sr. Carlos Alberto Briceño
Ríos en representación de BANCENTRO. Don Mario José Flores Loáisiga comparece en
su calidad de Gerente General del Banco Central de Nicaragua mediante poder
General de Administración otorgado por el Dr. Noel Ramírez Sánchez en su calidad
de Presidente del Banco Central de Nicaragua. Los inmuebles descritos y
relacionados fueron vendidos a BANCENTRO por el precio de C$78,158,715.96
equivalentes a US$5,172.306.00 al cambio oficial de la fecha de 15.1110. Por
Escritura No. 9 Rescisión de Escritura No. 73 Compra Venta de Inmueble de las
nueve de la mañana del día nueve de mayo del 2006 ante notario Armando Alfredo
Mora González, comparece el Lic. José de Jesús Rojas Rodríguez en representación
del Banco Central de Nicaragua y el Sr. Carlos Briceño Ríos, rescinde la venta
de los inmuebles efectuada por el Banco Central de Nicaragua al Banco de Crédito
Centroamericano S.A. BANCENTRO. Relacionando en el cuerpo de la escritura No 9
que la junta directiva ordinaria de BANCENTRO mediante acta No, 152 resolvió y
autorizó ceder a corporación BANCENTRO S.A. persona jurídica distinta de Banco
Centroamericano S.A. BANCENTRO (de Nicaragua) el derecho de adquirir el edificio
financiero LAFISE y los terrenos adyacentes adjudicados de manera conjunta al
BANCENTRO.
La
cesión
autorizada
a
la
Corporación
BANCENTRO
fue
por
US$15,000.000.00 de dólares por el edificio LA FISE y US$1,830,000.00 dólares
por el estacionamiento y el campo deportivo, propiedades inscritas con los Nos.
76,246; 126.922 y 68,978. Por escritura publica No. 10 compra venta de inmuebles
de las 11:00 am del 9 de mayo de 2006. ante Notario Armando Alfredo Mora
González comparece José de Jesús Rojas Rodríguez, en representación del Banco
Central de Nicaragua y Jaime Chamorro Cardenal, en nombre y representación de
Corporación Bancentro y sociedad anónima (BANCENTRO S.A Panamá) aparece
adquiriendo las propiedades ya relacionadas No. 76,246; 126.922 y 68,978, de
parte del Banco Central de Nicaragua por el precio de C$78,158,715.96
equivalentes a US$5,172.306.00 al cambio oficial de la fecha de 15.1110.
Propiedades mismas por las que Bancentro representado por el Sr. Jaime Chamorro
Cardenal recibe US$16,830 000 dólares, distribuidos así: US$15,000.000.00 de
dólares por el edificio LA FISE y US$1,830,000.00 dólares por el estacionamiento
y el campo deportivo. De la venta efectuada por el Banco Central de Nicaragua al
Bancentro de Nicaragua y posteriormente rescindida entre funcionarios del Banco
Central de Nicaragua y funcionarios del Bancentro Nicaragua fue vendida
nuevamente por funcionarios del Banco Central de Nicaragua a funcionarios de
Corporación Bancentro Panamá encubriendo una operación inusual que contempló la
compra de los inmuebles cedidos a un precio mayor en el que Corporación
Bancentro de Panamá adquirido los tres inmuebles se obligaba también a revender
a Bancentro Nicaragua los inmuebles adyacentes al edificio o sea Campo Deportivo
y el Parqueo por un valor de US$1,830.000 00 dólares. De la investigación
encontramos evidencia que Don Jaime Chamorro Cardenal aparece participando en
reunión de directiva de BANCENTRO Nicaragua haciendo gestiones ante el
departamento legal del BCN Dr. Juan José Rodríguez Gurdián mismo que formó parte
de la Junta Liquidadora de INTERBANK, en su calidad de funcionario del Banco
Central. El Dr. Juan José Rodríguez Gurdián dio opinión favorable para rescindir
la venta, lo cual hizo José de Jesús Rojas Rodríguez, Gerente General del Banco
Central de Nicaragua que también otorgó la nueva venta a Corporación BANCENTRO
Panamá representada por Don Jaime Chamorro Cardenal, por la que en un acto
encubierto, BANCENTRO Nicaragua también representada por el Sr. Jaime Chamorro
Cardenal, en una operación no usual del BCN y de accionistas de BANCENTRO
Nicaragua se ganan más de 10.000 000.00 (Diez millones de dólares) y simulan con
Corporación BANCENTRO Panamá un arriendo del Edificio BANIC que permite
capitalizar mas de diez millones de dólares, y elevar sus costos de operación en
Nicaragua por un arriendo o renta que se paga supuestamente a corporación
BANCENTRO Panamá, en un juego de actos que le ha permitido evadir impuestos de
trasmisión y practicar operaciones inusuales a través de los Bancos que
representan a lo que se prestaron los funcionarios del Banco Central
relacionados y que evidencian la influencia y el privilegio con que han actuado
estos grupos financieros y específicamente el Sr. Jaime Chamorro Cardenal ante
los frágiles y complacientes funcionarios del Banco Central.
La Firma Internacional FFN efectuó en fechas 12 y 13 de junio de 2003 las
Subastas al Martillo de Arte Contemporáneo y Obras Decorativas provenientes de
los Bancos Desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, cuyo valor
contable a la fecha de la subasta ascendía a C$14,038,734.93 (Catorce Millones
Treinta y Ocho Mil Setecientos Treinta y Cuatro Córdobas con 93/100) y la venta
de las mismas fue por la suma total de C$14,071,707.61 (Catorce Millones Setenta
y Un Mil Setecientos Siete Córdobas con 61/100).
El 14 de junio de 2003, la Firma Internacional First Financial Network (FFN)
efectuó la Subasta al Martillo de Vehículos provenientes de los Bancos
Desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, cuyo valor contable a la
fecha de la subasta ascendía a C$6,629,114.23 (Seis Millones Seiscientos
Veintinueve Mil Ciento Catorce Córdobas con 23/100); y la venta de los mismos
fue por la suma total de C$2,312,000.00 (Dos Millones Trescientos Doce Mil
Córdobas Netos) En fechas 31 de mayo y 28 de junio de 2003, la Firma
Internacional FFN, efectuó la Subasta al Martillo de Bienes Muebles (Mobiliario
y Equipos) provenientes de los Bancos Liquidados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y
BANIC, cuyo valor contable a la fecha de la subasta ascendía a C$48,615,550.05
(Cuarenta y Ocho Millones Seiscientos Quince Mil Quinientos Cincuenta Córdobas
con 05/100); y la venta de los mismos se realizó por la suma total de
C$1,438,400.00 (Un Millón Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos
Córdobas Netos), que sumaron un total por recuperación de ventas efectuadas a
través de la subasta del BCN de los activos residuales de los bancos
desincorporados por C$316,356,155.18 millones de córdobas. RELACION DE EVIDENCIA
MATERIAL LEGAL PRE EXISTENTE EN LA INVESTIGACIÒN DE LOS HECHOS DELICTIVOS. El
Consejo Superior de la Contraloría General de la República dictó Resolución
Administrativa RIA -567-07 a las 9:30 minutos de la mañana del 13 de Septiembre
del 2007, misma que fue aprobada en sesión ordinaria No. 546 de las 9:00 de la
mañana del 13 de septiembre de 2007, la que tuvo como soporte técnico el informe
de auditoria especial de fecha 15 de agosto 2007 con código de referencia No.
ARP-06-056-07 que contempla la revisión practicada al BCN sobre el proceso de
emisión y renegociación de los CENI, subastas de activos provenientes de los
bancos desincorporados y traslados de activos residuales de esos bancos
desincorporados que esa entidad bancaria estatal efectuara al Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
Adicionalmente dicha auditoria comprendió la revisión practicada en la
Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, al proceso de
intervención y/o declaración de liquidación forzosa del INTERBANK, BANCAFE,
BAMER, y BANIC, hasta el traslado de los activos residuales entregados por las
Juntas Liquidadoras de los referidos bancos desincorporados al BCN, sin
perjuicio de ampliar la misma en los rubros que se consideren necesarios. Que en
su parte conducente, la precitada resolución administrativa del Consejo Superior
de la Contraloría de la República dice: A) Por el daño patrimonial causado de
manera intencional al BANCO CENTRAL DE NICARAGUA, y por ende, al Estado de la
Republica de Nicaragua, hasta par la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES
NOVECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE DOLARES ESTADOUNIDENSES CON
28/100 (US$ 111,920,289.28), derivado del pago adicional de la compra-venta v
reinversión de los CENI no contemplados en la Ley, se Presume Responsabilidad
penal a cargo de los ex-funcionarios de la entidad bancaria, señores: A) SILVIO
ENRIQUE CONRADO GOMEZ, B) GILBERTO ISAIAS CUADRA SOLORZANO, C) BENJAMÍN RAMON
LANZAS SELVA, D) RICARDO PARRALES SANCHEZ, E) MARIO BERNARDO ALONSO ICABALCETA y
F) EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, todos ellos en sus calidades de Ex-Miembros del
Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua; en consecuencia, remítanse las
presentes diligencias de auditoria a1 Juez Penal competente, a la Procuraduría
General de la Republica por ser la entidad que represente los intereses del
Estado y a la Fiscalía General de la República para lo de su cargo.
B) Por el daño patrimonial causado de manera intencional al BANCO CENTRAL DE
NICARAGUA, Y por ende, al Estado de la República de Nicaragua, hasta par la
cantidad de TRES MIL CIENTO SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS DIECIOCHO CORDOBAS CON 44/100 (C$ 3,106,748,518.44) por haber vendido
a través subasta los activos provenientes de los bancos desincorporados
INTERBANK. BANCAFE. BAMER y BANIC a un precio menor a su valor en Libros se
Presume Responsabilidad Penal a cargo de los ex-funcionarios de la entidad
bancaria auditada: A) MARIO BERNARDO ALONSO ICABALCETA, B) SILVIO ENRIQUE
CONRADO GÓMEZ, C) GILBERTO ISAIAS CUADRA SOLORZANO, D) BENJAMÍN RAMON LANZAS
SELVA, E) RICARDO PARRALES SANCHEZ, Y F) EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS. De igual
manera se determinó responsabilidad administrativa a cada uno de los nominados
señores por ser los promotores del perjuicio económico causado al Estado,
transgrediendo los artos. 131 y 183 de la Constitución Política, los artos, 23,
54 y 58 de la Ley Orgánica del BCN; artos. 155, 156 y 166 de la Ley Orgánica de
la
Contraloría
General
de
la
República.
Paralelamente
se
estableció
responsabilidad administrativa al Ingeniero Gilberto Cuadra Solórzano, por ser
éste miembro de la Junta de Accionista del BANPRO y a la vez miembro del Consejo
Directivo del BCN y en ésta ultima calidad es que participó en los actos
administrativos que benefició a BANPRO, por lo que en este caso hubo por parte
de este funcionario, intereses económicos, violentando con ello la Ley de
Probidad y la Ley Orgánica del BCN.
En el caso de el Sr. Eduardo Montealegre Rivas fundador y accionista del
Banco Centroamericano S.A. BANCENTRO se comprobó tráfico de influencia y el
favorecimiento al grupo económico en que participa como accionista ya que aunque
simuló la venta de sus acciones a Commercial View Corporation, representada por
su amigo de infancia Roberto José Arguello Osorio mediante contrato privado del
7 de enero del año 2002, en realidad nunca dejó de recibir los dividendos de sus
acciones. En la investigación de los hechos determinamos que efectivamente el
Sr. Eduardo Montealegre Rivas es fundador de BANCENTRO y accionista del mismo y
que durante los años del 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 ha recibido
dividendos de sus acciones en forma simulada a través de Roberto José Arguello
Osorio ya que a simulado haber vendido sus acciones en BANCENTRO mediante un
contrato que ha renovado constantemente en el transcurrir del tiempo y del que
tenemos evidencia existen saldos proyectados a pagar el 30 de noviembre de 2011
mediante pagaré vigentes por Un millón doscientos un mil cero cuarenta y tres
dólares US$ 1, 801, 043.03 y por US$ 2.000.000.00 (dos millones).
Igualmente obtuvimos evidencia de que Desarrollo ZUM, significa Zamora Urcuyo
Montealegre, Sociedad Anónima a la que pertenece el Señor Eduardo Montealegre y
que también participó con ventaja y con información privilegiada en la subasta
de activos residuales de los Bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER y BANIC.

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