Pensiones - Caja Rural
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Planes de Pensiones Guía informativa Sus preguntas tienen respuesta Esta sencilla guía le descubrirá todo lo que necesita saber sobre el producto más interesante para su futuro. ¿Qué es un Plan de Pensiones? ¿Quién puede contratar un Plan de Pensiones? ¿Por qué es necesario un Plan de Pensiones? ¿Cuánto puedo aportar al Plan de Pensiones? Aportación a favor del cónyuge Tratamiento especial para personas con discapacidad ¿Cuándo y cómo puedo realizar aportaciones? ¿Podré realizar aportaciones al Plan de Pensiones tras la jubilación? Ventajas fiscales de los Planes de Pensiones. ¿Cómo se consigue la rentabilidad de un Plan de Pensiones? ¿Quién decide dónde invertir mi dinero? ¿Qué es el valor liquidativo de la participación? ¿Puedo traspasar mi actual Plan de Pensiones a un Plan de Pensiones de Caja Abogados? ¿Cuántos planes de pensiones puedo contratar? ¿Cómo puedo conocer el importe de lo acumulado en mi Plan? ¿Cuándo puedo recuperar mi capital? ¿Cómo cobraré mi Plan de Pensiones? ¿Cuánto dinero tendré cuando me jubile? ¿Dónde puedo contratar mi Plan de Pensiones? ¿Qué es un Plan de Pensiones? El Plan de Pensiones es un producto de ahorro individual y a largo plazo destinado a constituir un capital que complemente su jubilación. Consiste en realizar aportaciones durante la vida laboral activa para constituir un patrimonio suficiente que mejore la pensión pública. Actualmente es el producto estrella en ventajas fiscales porque le beneficia con una importante desgravación en la Declaración de la Renta. ¿Quién puede contratar un Plan de Pensiones? Cualquier persona, sin límite de edad. ¿Por qué es necesario un Plan de Pensiones? La razón principal para aperturar un Plan de Pensiones obedece a una realidad evidente: las prestaciones de la Seguridad Social son claramente insuficientes en caso de jubilación, y deben ser complementadas cuanto antes con una cobertura privada, en la medida de las posibilidades de cada uno . ¿Cuánto puedo aportar al Plan de Pensiones? Para obtener un buen capital final no es necesario realizar grandes aportaciones, sino pequeños desembolsos con la periodicidad que cada cual planifique. La cuota mínima mensual en Caja Abogados es de 30 Euros, en cuanto al máximo de aportación anual permitido, según la legislación vigente, varía en función de la edad del partícipe: - Hasta los 50 años de edad: 10.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas en el ejercicio. La menor de dichas cantidades. Para mayores de 50 años: 12.500 euros o el 50% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas en el ejercicio. La menor de dichas cantidades. Aportación a favor del cónyuge Al margen del límite anterior, las personas cuyo cónyuge no obtenga rendimientos o éstos sean inferiores a 8.000 euros al año, podrán realizar aportaciones al Plan de Pensiones del que sea titular dicho cónyuge hasta un máximo de 2.000 euros y reducírselo en su declaración de la renta. Tratamiento especial para personas con discapacidad Los Partícipes con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como los discapacitados que tengan una incapacidad declarada judicialmente, independientemente de su grado, podrán aportar hasta un máximo de 24.250 euros anuales. Los familiares de un Partícipe con discapacidad, pueden realizar aportaciones al Plan de Pensiones del que sea titular dicho Partícipe, hasta un límite de 10.000 €. Estas aportaciones pueden ser realizadas por sus familiares en línea directa hasta el tercer grado (hijos, padres, abuelos), colaterales hasta el tercer grado (hermanos, sobrinos, tíos), cónyuge o por quienes tengan al Partícipe en régimen de tutela o acogimiento. Las aportaciones realizadas por los familiares reducen su base imponible y no computan de cara a los límites de aportación a los Planes de Pensiones de los que ellos sean titulares. En cualquier caso, la suma de las aportaciones realizadas por el Partícipe y las realizadas a su favor por sus familiares no pueden superar el límite de 24.250 €. ¿Cómo y cuándo puedo realizar aportaciones? Muy sencillo, como quiera y cuando quiera. Son voluntarias, con los máximos establecidos por la ley. En los Planes de Pensiones de Caja Abogados las aportaciones son flexibles, se pueden realizar periódicamente de forma mensual, trimestral, semestral o anual, o si se prefiere, realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento, sin estar sujeto a un calendario preestablecido. Además, puede interrumpir las aportaciones a su plan por un periodo de tiempo o indefinidamente, sin perder ningún derecho. Cuanto antes empiece a realizar las aportaciones al Plan se Pensiones, mayor será el capital acumulado para la jubilación. ¿Podré realizar aportaciones al Plan de Pensiones tras la jubilación? Por supuesto que sí. Además, si en el momento de su jubilación es titular de un Plan de Pensiones y una vez jubilado no ha iniciado el cobro de la prestación por jubilación porque decide aplazarlo para más adelante, las aportaciones al Plan de Pensiones realizadas con posterioridad, las podrá cobrar por la contingencia de jubilación, junto con el resto de derechos que tenga acumulados hasta el momento de su jubilación, cuando usted desee. Sin embargo, si usted ya ha empezado a cobrar su prestación por jubilación, cualquier aportación posterior que haga, se cobrará sólo en caso de dependencia o fallecimiento Ventajas fiscales de los Planes de Pensiones. Los Planes de Pensiones son el producto financiero mejor tratado fiscalmente. Las aportaciones que vaya realizando durante el año a su Plan de Pensiones, le harán reducir la base imponible general del impuesto de la Renta, consiguiendo así pagar menos a Hacienda, o si ya le devuelven, lograr que le devuelvan aún más. La totalidad de las aportaciones realizadas, reducirán la Base Imponible General con el máximo del 30% sobre los rendimientos netos del trabajo, actividades empresariales y profesionales para personas con edad inferior a 50 años y del 50% de estos mismos rendimientos para personas con edad igual o superior a 50 años. Con todas estas ventajas, compruebe en los siguientes ejemplos todo lo que puede ahorrarse: CUADRO DE AHORRO FISCAL Ingresos sujetos a I.R.P.F. Aportación al Plan de Pensiones Ahorro Fiscal Bº fiscal sobre aportación al Plan 12.000 € 1.000 € 240 € 24% 12.000 € 2.500 € 600 € 24% 20.000 € 1.500 € 420 € 28% 20.000 € 3.000 € 811,72 € 27,06% 30.000 € 4.000 € 1.120,00 € 28% 40.000 € 5.000 € 1.850 € 37% 45.000 € 6.000 € 2.220 € 37% 55.000 € 7.000 € 2.685,57 € 38,37% 60.000 € 7.000 € 2.985,57 € 42,65% 65.000 € 8.000 € 3.440 € 43% 75.000 € 9.000 € 3.870 € 43% 85.000 € 10.000 € 4.300 € 43% Según legislación vigente a Abril de 2008. ¿Cómo se consigue la rentabilidad de un Plan de Pensiones? La rentabilidad de un Plan de Pensiones es la obtenida por la cartera del fondo de pensiones durante el periodo de permanencia según el mercado de activos financieros a medio y largo plazo. Nuestros Planes de Pensiones ofrecen múltiples posibilidades de inversión que se adaptan a cualquier perfil. Así pues, puede decidir desde invertir en Activos Monetarios, destinados a obtener rentabilidades muy moderadas buscando eliminar cualquier tipo de riesgo, hasta invertir en un Plan de Pensiones de Renta Variable que, asumiendo cierto riesgo en el corto plazo, puede ofrecerle interesantes rentabilidades en el largo plazo. Tanto si busca rentabilidad para sus inversiones, como si da prioridad máxima a la seguridad, encontrará con Caja Abogados un plan a su medida. ¿Quién decide dónde invertir mi dinero? Aunque es importante que el partícipe de un plan de pensiones entienda en qué invierte su plan y cómo funcionan los mercados de acciones y de renta fija, en realidad ya existe un equipo gestor profesional que se encarga de decidir dónde invertir y obtener la máxima rentabilidad posible. Además, el equipo gestor no puede hacer lo que quiera con el dinero del Plan de Pensiones. Tiene que respetar unas reglas marcadas en su propio reglamento de gestión y siempre dentro del marco de la Ley. Por otra parte, la dirección general de seguros tiene entre sus funciones las de controlar la actuación de los propios planes de pensiones y proteger, ante todo, a los partícipes. Por todo ello y para adaptar, en la medida de lo posible, el perfil inversor de cada cliente a la política inversora del fondo (la gestión), en Caja Abogados tenemos una gama de Planes de Pensiones que se ajustan a las necesidades de cada persona, sólo tiene que decirnos el perfil que desea y le ofrecemos el Plan que mejor se adapta a lo que usted quiere. Nuestros Planes de Pensiones le permiten decidir desde invertir en Activos del Mercado Monetario hasta en Renta Variable: - RGA Dinero. Un Plan muy conservador, pensado para quienes están cerca de la jubilación. Para invertir en Renta Fija a corto plazo con el mínimo riesgo. - - - Iurispensión. Un plan conservador, apropiado también para aquellos partícipes que estén cerca de la edad de jubilación y que no quieran verse expuestos de forma importante a las fluctuaciones de los mercados financieros. Este fondo podrá invertir en toda clase de activos, mercado monetario, renta fija y renta variable. RGA Renta Fija. También de política conservadora, este Plan perfecto para personas que deseen seguridad en sus ahorros. Invierte en Renta Fija a largo plazo con un máximo del 5% en Renta Variable. RGA Mixto 20. El Plan idóneo para aquellos clientes conservadores que deseen asumir algo de riesgo pero con la tranquilidad de que la renta variable en ningún momento supera el 20%. RGA Mixto 40. Para inversores que se preocupan de obtener una mayor rentabilidad en el largo plazo obteniendo al mismo tiempo un equilibrio entre rentabilidad y seguridad. Un Plan de Pensiones mixto que invierte hasta un 40% en Renta Variable. RGA Mixto 75. Para personas que apuestan por la renta variable entendiendo sus fluctuaciones, manteniendo también un porcentaje de Renta Fija. Invierte desde un 40% hasta un 75% en títulos de Renta Variable. Iurispensión 2. Un plan que tiene una política de inversión dirigida a maximizar el capital a la edad de jubilación para periodos largos de tiempo, lo cual implica la adopción de posiciones importantes en los mercados de renta variable, que puede variar en función del momento del mercado. RGA Renta Variable. Para los más decididos, a los que sólo les interesa la rentabilidad a largo plazo asumiendo las oscilaciones que se puedan producir en el medio y corto plazo. Plan de Pensiones que invierte desde un 90% en Renta Variable. Ideal si tiene lejana la jubilación. RGA Gestión Activa. Para aquellos que no tienen cercana su fecha de jubilación o poseen un perfil de inversión que les permita mantener posiciones elevadas en renta variable. Gestionado activamente por nuestros inversores con el doble objetivo de obtener en todo momento la máxima rentabilidad, independientemente de la evolución de los mercados, y de preservar el capital depositado por el partícipe. Se trata del Plan más dinámico, ya que puede invertir de 0% a 100% en Renta Variable. ¿Qué es el valor liquidativo de la aportación? Cuando se contrata un Plan de Pensiones, en realidad lo que se está haciendo es comprar una pequeña parte de la cartera donde se invierte. Cada parte del plan recibe el nombre de participación. El precio de cada una de esas participaciones, a una determinada fecha, se conoce como el valor liquidativo del plan. Así, por ejemplo si se invierten 3.000 euros en un plan que tiene un valor liquidativo de 14 euros, recibirás 214,28 participaciones de ese plan (3.000 / 14 = 214,2857). El valor liquidativo de un plan de pensiones se calcula sumando el valor de todos los activos del plan incluida la liquidez (la parte del patrimonio del plan que no está invertida en ningún sitio), restándole los gastos y dividiendo el resultado por el número total de participaciones del plan. Por ejemplo, si un plan está compuesto por 2.000.000 participaciones y tiene en cartera acciones por valor de 28.000.000 de euros y 300.000 euros en liquidez, su valor liquidativo será de 14,15 euros (28.000.000 + 300.000 / 2.000.000 = 14,15). ¿Puedo traspasar mi actual Plan de Pensiones a un Plan de Pensiones de Caja Abogados? Traspaso de un Plan de Pensiones en otra entidad a Caja Abogados Si dispone de un Plan de Pensiones en otra entidad y desea traspasarlo a Caja Abogados, nosotros realizaremos todos los trámites, sin ningún coste para usted y en pocos días tendrá el dinero en el Plan o Planes de Pensiones de Caja Abogados que usted elija. La legislación actual establece que la entidad de la que proviene el Plan de Pensiones no debe demorarse más de 15 días en hacer efectivo el traspaso. Traspaso de un Plan de Pensiones de Caja Abogados a otra modalidad de Plan de Pensiones de Caja Abogados Usted dispone de total flexibilidad para cambiar de un Plan de Caja Abogados a otro Plan de Caja Abogados en el momento que más le interese sin coste adicional y con la garantía en la gestión que nuestra entidad le ofrece. ¿Cuántos Planes de Pensiones puedo contratar? No existe un límite máximo de Planes de Pensiones por persona. Puede tener tantos como desee y de este modo diversificar sus aportaciones en varios Planes de Pensiones de manera que pueda recomponer su inversión, traspasando su capital de unos Planes a otros. Y todo ello sin ningún coste. Lo que debe tener en cuenta es que la suma de las aportaciones que realice a la gama de Planes de Pensiones que usted posea, no podrá superar el límite anual establecido en función de su edad. ¿Cómo puedo conocer el importe de lo acumulado en mi Plan? En cualquier momento puede conocer el importe de lo acumulado en su Plan acudiendo a su oficina de Caja Abogados. Además, recibirá información trimestral de la evolución de su Plan e información anual previa al momento en que tenga que realizar su declaración de la renta. ¿Cuándo puedo recuperar mi capital? Los Planes de Pensiones están destinados a reunir un capital para cuando llegue el momento de la jubilación, por lo que debe darse esta circunstancia para poder recuperar los derechos consolidados. No obstante, el capital podrá también recuperarse si se dan los siguientes casos: - - Paro de larga duración del Partícipe. Fallecimiento por cualquier causa del Partícipe. Gran invalidez, invalidez permanente total o permanente absoluta del Partícipe. Enfermedad grave del Partícipe, de su cónyuge, ascendientes o descendientes de aquellos en primer grado, o de las personas que en régimen de tutela o acogimiento, convivan con el Partícipe y que de él dependan. Dependencia severa o gran dependencia del Partícipe. ¿Cómo cobraré mi Plan de Pensiones? Una vez que se dé una de las circunstancias explicadas en el punto anterior, dispone de varias opciones para el cobro del Plan de Pensiones. En forma de capital: Si elige esta forma de pago, usted cobrará todos los derechos acumulados en forma de capital único, es decir de una sola vez y en la fecha que a usted más le convenga. En forma de renta: Cobrará una renta, eligiendo usted la periodicidad (mensual, trimestral, semestral o anual) de la renta y el importe de cada uno de los pagos. El tipo de renta podrá ser financiera (pudiendo recuperar el capital pendiente en cualquier momento) o asegurada, temporal o vitalicia, creciente o constante. Infórmese en el momento de cobro de todas las opciones en su oficina de Caja Abogados.. Opción mixta: Consiste en cobrar una parte en forma de capital y el resto en forma de renta. Pagos sin periodicidad regular: Según las necesidades del momento, usted podrá cobrar la prestación sin sujeción a ninguna periodicidad. Fiscalidad de las prestaciones: En función de la fecha en la que se hayan realizado las aportaciones a su plan de pensiones, la contingencia que dé lugar al cobro de la prestación, la forma de cobro y la antigüedad de las aportaciones, la fiscalidad a aplicar es la que le indicamos a continuación: PRESTACIONES CORRESPONDIENTES A APORTACIONES REALIZADAS ANTES DEL 1 DE ENERO DE 2007 PRESTACIONES CORRESPONDIENTES A APORTACIONES REALIZADAS APARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2007 Reducción en prestaciones por jubilación Reducción en prestaciones por incapacidad General Minusválido General Minusválido En cualquier caso En forma de capital: Si han transcurrido menos de 2 años desde la 1ª aportación hasta la fecha de la contingencia 0% 0% 40% 40% 0% Si han transcurrido más de 2 años desde la 1ª aportación hasta la fecha de la contingencia 40% 50% 40% 50% 40% En forma de renta: 0% A elección del beneficiario hasta 2 veces el IPREM (*) o exención que se indica para prestaciones derivadas de aportaciones realizadas después del 1 de enero de 2007 0% A elección del beneficiario hasta 2 veces el IPREM (*) o exención que se indica para prestaciones derivadas de aportaciones realizadas después del 1 de enero de 2007 0% En forma de capital: Reducción 0%. Se considera rendimiento del trabajo el 100% de la prestación obtenida con independencia del tiempo transcurrido desde la primera aportación En forma de renta: 0% Exención de hasta 3 veces el IPREM (*) (exención que opera de forma conjunta para los rendimientos derivados de aportaciones a patrimonios protegidos) 0% Exención de hasta 3 veces el IPREM (*) Reducción en prestaciones por fallecimiento 0% (exención que opera de forma conjunta para los rendimientos derivados de aportaciones a patrimonios protegidos) (*) Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM anual para 2008: 7.131,80 €). Según legislación vigente a abril de 2008 . ¿Cuánto dinero tendré cuando me jubile? La cantidad de dinero que obtenga cuando llegue la hora de la jubilación depende del capital que vaya aportando, de los años de aportación y de la rentabilidad del Plan. Por tanto, cuanto antes contrate su Plan de Pensiones de Caja Abogados mayor será la prestación que obtenga. En los siguientes ejemplos estimamos en función de la edad actual, de la aportación anual y de la rentabilidad estimada del Plan, cuánto dinero podrá ahorrar hasta el día de su jubilación, y comprobará que con más facilidad que la que pueda imaginarse, obtendrá el capital que le permitirá mantener su nivel de vida actual: Supuesto 1: Suponiendo una rentabilidad anual del 3% Capital final estimado según la edad actual del partícipe Aportación Aportación anual mensual equivalente 30 años 35 años 40 años 45 años 55 años 30€ 360€ 34.075,96€ 25.613,03€ 18.752,01€ 13.221,79€ 5.278,63€ 60€ 720€ 68.151,91€ 51.226,07€ 37.504,02€ 26.443,59€ 10.557,26€ 120€ 1.440€ 136.303,82€ 102.452,14€ 75.008,05€ 52.887,18€ 21.114,52€ 150€ 1.800€ 170.379,78€ 128.065,17€ 93.760,06€ 66.108,97€ 26.393,15€ 300€ 3.600€ 340.759,55€ 256.130,34€ 187.520,12€ 132.217,95€ 52.786,30€ Supuesto 2: Suponiendo una rentabilidad anual del 5% Capital final estimado según la edad actual del partícipe Aportación Aportación anual mensual equivalente 30 años 35 años 40 años 45 años 55 años 30€ 360€ 49.674,00€ 35.312,06€ 24.478,26€ 16.360,15€ 5.889,00€ 60€ 720€ 99.348,00€ 70.624,12€ 48.956,52€ 32.720,31€ 11.778,00€ 120€ 1.440€ 198.695,99€ 141.248,25€ 97.913,03€ 65.440,62€ 23.556,00€ 150€ 1.800€ 248.369,99€ 176.560,31€ 122.391,29€ 81.800,77€ 29.445,00€ 300€ 3.600€ 496.739,98€ 353.120,62€ 244.782,58€ 163.601,55€ 58.890,00€ Supuesto 3: Suponiendo una rentabilidad anual del 7% Capital final estimado según la edad actual del partícipe Aportación Aportación anual mensual equivalente 30 años 35 años 40 años 45 años 55 años 30€ 360€ 74.630,46€ 49.760,57€ 32.429,37€ 20.426,63€ 6.580,11€ 60€ 720€ 149.260,92€ 99.521,14€ 64.858,75€ 40.853,25€ 13.160,22€ 120€ 1.440€ 298.521,83€ 199.024,27€ 129.717,50€ 81.706,50€ 26.320,44€ 150€ 1.800€ 373.152,29€ 248.802,84€ 162.146,87€ 102.133,13€ 32.900,54€ 300€ 3.600€ 746.304,58€ 497.605,68€ 324.293,74€ 204.266,26€ 65.801,09€ NOTA: Capitales finales estimados suponiendo una revalorización acumulativa de las aportaciones del 2,5 % anual y estimando que la contingencia sucede a los 65 años. ¿Dónde puedo contratar mi Plan de Pensiones? Los Planes de Pensiones son fáciles de contratar y de trasladar. Si quiere contratar un Plan de Pensiones lo puede hacer con una simple llamada de teléfono a su oficina habitual de Caja Abogados, en donde le informarán de los tramites necesarios, así de sencillo. Además, los traspasos entre planes de pensiones están exentos de tributación a hacienda, por lo que si quiere traspasar su plan de pensiones a Caja Abogados, se lo ponemos muy fácil, nosotros nos encargamos de todo.