derecho a la educación de los afro

Transcripción

derecho a la educación de los afro
derecho a la educación de las minorías en
las Américas:
La Conferencia de dos días lanzó el informe
“El Derecho a la Educación de los Afro-descendientes y los Pueblos Indígenas en las Américas”
y sirvió para promover un diálogo de base
para mejorar el derecho a la educación de
las minorías en las Américas. Las metas de
dicho evento fueron: 1) continuar un diálogo
entre líderes locales, nacionales e internacionales y 2) rendir cuentas a las comunidades locales, entregando los hallazgos del
Informe a las organizaciones que contribuyeron para la realización del mismo.
Abajo se destacan algunas recomendaciones claves, hecha por los/as participantes
de la Conferencia, para que se lleven a cabo
reformas legales y políticas para mejorar el
Los Estados deben asegurar que las instituciones educacionales en todo nivel sean
disponibles, accesibles, aceptables y adaptables
para todos y todas, sin discriminación y de
acuerdo con todas las obligaciones internacionales, y que los niños no sean excluidos de
los sistemas educacionales por ninguna razón.
n
Los Estados deben asegurar que sus ministerios de educación, junto con las otras
agencias gubernamentales pertinentes, estén
cumpliendo con sus obligaciones nacionales
e internaciones con relación a la realización
al derecho a la educación.
n
Los Estados deben proteger sus diversos
patrimonios multiculturales a través del
diseño, la provisión y la implementación de
planes de estudios en las escuelas públicas
DERECHO A LA EDUCACIÓN
DE LOS AFRO-DESCENDIENTES
Y PUEBLOS INDÍGENAS
EN LAS AMÉRICAS:
Caminando hacia la dignidad
e igualdad para todos y todas
que son bilingües, respetuosos e integradores
de todas las culturas de la sociedad.
n
Los Estados deben otorgar protección y
asistencia especial a las personas internamente desplazadas y otras poblaciones
vulnerables, que son a menudo excluidas de
los sistemas educacionales.
n
Los Estados deben firmar todos los tratados
pertinentes al derecho a la educación,
incluyendo el Protocolo Opcional al Pacto
Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
n
Los órganos relevantes de las Naciones Unidas
y de la Organización de los Estados Americanos deben tomar medidas para evaluar el
cumplimiento de los Estados según sus
obligaciones de derecho internacional al
derecho a la educación, a la no discriminación
y la igualdad, así cómo investigar y denunciar
las violaciones al derecho a la educación de
las minorías en las Américas.
Para un resumen de los puntos clave de la Conferencia suscitados por los participantes, favor
verificar la Declaración de Resultados de la Conferencia que puede ser encontrada en el:
http://www.rfkcenter.org/node/499
Para obtener el Informe “El Derecho a la Educación de los Afro-descendientes y los Pueblos
Indígenas en las Américas”, favor visitar:
http://www.rfkmemorial.org/human_rights/CompleteReport031108FINAL.pdf
Cornell Law School, Myron Taylor Hall
Ithaca, NY 14853-4901
Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y
los Derechos Humanos (Centro RFK) en
alianza con la Asociación NOMADESC,
la Clínica de Derechos Humanos Internacionales de la Escuela de Derecho de la
Universidad Cornell (Clínica Cornell),
la Universidad del Valle en Cali, Colombia,
la Universidad de Los Andes en Bogotá,
Colombia y la Clínica de Derechos Humanos
Internacionales de la Escuela de Derecho
de la Universidad de Virginia (Clínica UVA)
convocaron la Conferencia sobre el Derecho a
la Educación de las Minorías en las Américas
que se llevó a cabo en Cali y Bogotá,
Colombia en septiembre de 2009.
n
El Informe: El Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y los Derechos Humanos (Centro RFK) y sus
socios, los Laureados RFK en Derechos Humanos Amílcar Méndez (Guatemala), Berenice Celeyta (Colombia) y Sonia Pierre (República Dominicana), en colaboración con la Clínica internacional de Derechos
Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Cornell (Clínica Cornell) y la Clínica internacional
de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Virginia (Clínica UVA), elaboraron
el informe El Derecho a la Educación de las Comunidades Afro-descendientes e Indígenas en las Américas.
Dicho Informe que analiza el derecho a la educación en las Américas fue presentado en una audiencia
temática ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en marzo del 2008. Además, el
Informe fue entregado al Comité Preparatorio de la Conferencia de Examen de Durban y al Primer Foro
de las Naciones Unidas sobre Cuestiones de las Minorías: “Las minorías y el derecho a la educación”.
Hallazgos Generales del Informe:
n
n
n
n
uniformes, los libros, y el transporte. Esto les
impide a muchos niños y niñas de grupos
minoritarios.
La mayoría de las constituciones y leyes en las
Américas protegen el derecho a la educación
igualmente y sin discriminación.
Los niños y las niñas de los grupos minoritarios
también representan un número desproporcionado de las personas desplazadas internamente,
como resultado del conflicto armado interno.
Existe una mayor probabilidad de que dichos niños
y niñas sean excluidos del sistema educacional.
Sin embargo, existe una amplia brecha entre las
leyes establecidas y la realidad cotidiana,
especialmente para las comunidades indígenas y
afrodescendientes de la región. En su gran
mayoría, estos grupos minoritarios no disfrutan
del derecho a la educación.
REPÚBLICA DOMINICANA
La Constitución dominicana garantiza el derecho
a la educación, y las leyes domésticas requieren
que todos los niños y las niñas en el país asistan
a la escuela.
Las estadísticas demuestran que las minorías
tienden a tener tasas más bajas de alfabetismo,
tasas más altas de deserción, y menos asistencia
a la escuela, en comparación con grupos no
minoritarios.
Sin embargo, los funcionarios del registro civil
niegan regularmente partidas de nacimiento a
los niños y las niñas nacidos en la República
Dominicana de ascendencia haitiana impidiendo
que ellos asistan a las clases y/o completen
sus estudios.
En ciertos países, la negativa del gobierno a
proveer la documentación oficial impide que los
niños y las niñas de minorías asistan a la escuela
y finalicen sus estudios.
Hallazgos por país:
GUATEMALA
Aunque la ley protege el derecho a la educación,
las calificaciones en los exámenes escolares y
las tasas de alfabetismo se encuentran entre las
más bajas en las Américas. Muchos niños y
niñas indígenas no asisten a la escuela porque
1) los padres no tienen los recursos económicos
necesarios; 2) no pueden hablar español, idioma
que se usa en las escuelas; y 3) no se enseñan las
clases de forma que se respeten o promueven los
valores culturales indígenas.
COLOMBIA
El gobierno Colombiano cobra matrícula a algunos
de los estudiantes para asistir la escuela primaria.
Esto impide la asistencia de muchos niños de
grupos minoritarios a la escuela, quienes muchas
veces son los más pobres de los pobres. La Corte
Constitucional de Colombia decidió en Junio 2010
que cobrar estudiantes por educación primaria es
una violación de la Constitución. Esta decisión
aún no ha sido implementada por el gobierno.
Por lo tanto, las escuelas pueden cobrarles a los
padres, y de hecho lo hacen, por la matrícula, los
Recomendaciones:
n
n
n
n
Los Estados deben revisar, promulgar y enmendar
leyes donde sea necesario, para afirmar el derecho
a la educación, eliminar la discriminación y
garantizar la educación disponible, accesible,
aceptable y adaptable para todos y todas.
Los Estados deben promulgar leyes, incluso la
toma de medidas provisionales especiales y el
establecimiento de estrategias educacionales
eficaces, para asegurar los derechos a la
educación, la no discriminación y la igualdad.
Los Estados deben investigar, recopilar e
informar las estadísticas exactas, y desglosarlas
por sexo, raza, etnicidad, estado socio-económico y estado de discapacidad, para así poder
monitorear y evaluar las políticas educativas,
incluso las medidas tomadas para eliminar la
discriminación en la educación.
Los Estados que no han accedido a los
instrumentos internacionales y regionales claves
que protegen el derecho a la educación, deben
hacerse parte e implementar plenamente
dichos instrumentos.
“Hablábamos de las razones por las
que los niños en nuestras comunidades no van a la escuela. Hay
muchas madres solteras en nuestras
comunidades, ellas están a cargo
del hogar. Yo misma soy una madre
soltera y es muy difícil que envíe a
mis niños a la escuela. Podemos
enviarlos a la escuela primaria pero
no a la escuela secundaria porque
no sentimos que tenemos los
recursos económicos para permitir
que continúen estudiando en otras
ciudades. También nos preocupamos de que nuestros niños estén
tan lejos. En mi caso tengo un hijo
que estudia y eso me cuesta 500.000
Pesos [$270 USD] por año. Esto
incluso no alcanza para todo lo que
él necesita para estudiar y vivir….
Gano 8.000 Pesos [$4.35 USD] por
día. Esto apenas alcanza para darle
una educación a mi hijo.”
~ Líder indígena, Cali, Valle del Cauca, Colombia
(8 de diciembre de 2007)
La educación es más que un mero producto o servicio.
Contribuye a la identidad comunitaria y transmite
la cultura y los valores. También es una forma esencial de
acabar con el ciclo de la pobreza, exclusión y discriminación.
Jóvenes dominicanos de ascendencia haitiana
han informado que el gobierno les niega la
identificación apropiada de ciudadanos. Esto
les impide asistir a la escuela más allá del sexto
grado o asistir a la universidad.
“Calculamos que, en el 2007, han matado a
2.800 personas y han desplazado a unas
30.000 personas. Nuestras ciudades están
literalmente casi vacías. Se ha convertido
en una situación de guerra, donde es
muy difícil que nos respeten los derechos
internacionales. Nosotros, la población
civil, hemos tenido que enfrentar a los
grupos armados directamente. Y nos
sentimos golpeados y abusados. Sentimos
que pertenecemos a un Estado que no
nos ofrece protección y que no protege
nuestros derechos. Cuando reclamamos
nuestros derechos, nunca recibimos una
respuesta directa del gobierno.”
~ Líder afro-colombiano en el Distrito de Agua
Blanca, Cali, Valle del Cauca, Colombia
(9 de diciembre de 2007)
Instrumentos regionales e
internacionales claves que protegen
el derecho a la educación:
n
n
n
n
n
n
n
EN GUATEMALA, SÓLO EL 58% DE LOS
HOMBRES INDÍGENAS RURALES, Y SÓLO EL
n
35% DE LAS MUJERES INDÍGENAS RURALES
SABEN LEER Y ESCRIBIR.
n
Sólo el 18% de los colombianos indígenas y sólo el 13% de los afrocolombianos mayores de los 18 años
han completado la escuela primaria.
Convención Americana Sobre Derechos
Humanos
Protocolo de San Salvador
Declaración Americana de los Derechos
y Deberes del Hombre
Pueblos indígenas y grupos
minoritarios son
poblaciones vulnerables
que merecen medidas
especiales de protección.
Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (DESC)
Convención Internacional sobre
la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial (CEDR)
Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)
Convención sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW, por sus siglas en inglés)
Convención de la UNESCO relativa a la
lucha contra la Discriminación en la esfera
de la Enseñanza
Declaración de la ONU sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas
Para garantizar el derecho a la educación,
los gobiernos deben asegurar que la
educación sea:
1. DISPONIBLE: una cantidad suficiente de
escuelas, programas, e instalaciones, como baños
para ambos sexos, agua potable segura, maestros
capacitados, libros, etc.
2. ACCESIBLE: geográficamente cercana y
económicamente asequible para todos y todas
sin discriminación. Esto podrá requerir la
provisión de transporte o la construcción de
escuelas nuevas en comunidades indígenas
y/o rurales.
3. ACEPTABLE: educación de buena calidad que
El derecho a la educación
es un derecho humano
fundamental necesario
para el pleno disfrute
de otros derechos
humanos y clave para
la mejora de la
dignidad humana.
sea valiosa para los y las estudiantes, las
comunidades, y la sociedad. Esto requiere que
las escuelas utilicen materiales educativos que
incluyan contenidos sobre la cultura, el idioma,
y los orígenes sociales de los estudiantes.
4. ADAPTABLE: educación flexible que responda a
las necesidades de los y las estudiantes, incluso
planes de estudio en las escuelas adaptados para
asegurar que los y las estudiantes se mantengan
en la escuela.
Asimismo, los Estados deben establecer sistemas
establecidos que permitan que un individuo
haga responsable a su gobierno en caso de que
sus derechos hayan sido violados.

Documentos relacionados