manual de convivencia - Colegio Americano Menno

Transcripción

manual de convivencia - Colegio Americano Menno
MANUAL DE CONVIVENCIA
2015
Proyectó: GVR.
Aprobó:
CA (04/03/15)
CD (11/03/15)
CE (11/03/15)
COLEGIO AMERICANO MENNO
LA MESA CUNDINAMARCA
PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA
Cll. 6 Nº 21 – 69 - Telefax. 0918472710 - Cel. 3123862809
[email protected] - www.camcol. edu.co
R/SEC Acta 247 – Folio 125 – C/D 325386000308
APROBACIÓN OFICIAL
RESOLUCIÓN N° 006156
Noviembre 29 de 2002
MANUAL DE CONVIVENCIA
e
TABLA DE CONTENIDO
1.
1.1.
1.1.1.
1.1.2.
1.1.3.
1.1.4.
1.1.5.
1.2.
1.3.
1.4.
1.5.
1.6.
1.7.
1.7.1.
1.7.2.
2.
PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN ..................................................................................................................... 5
SIMBOLOS ........................................................................................................................................................ 5
ESCUDO ............................................................................................................................................................ 5
BANDERA .......................................................................................................................................................... 6
HIMNO................................................................................................................................................................ 7
OBELISCO ......................................................................................................................................................... 8
ESPÍRITU DEPORTIVO ..................................................................................................................................... 9
RESEÑA HISTORICA DEL COLEGIO ............................................................................................................ 10
M I S I Ó N ........................................................................................................................................................ 17
V I S I Ó N ......................................................................................................................................................... 17
FILOSOFIA ...................................................................................................................................................... 17
OBJETIVOS INSTITUCIONALES .................................................................................................................... 18
PERFILES INSTITUCIONALES....................................................................................................................... 19
DEL ESTUDIANTE ........................................................................................................................................... 19
DE LOS DOCENTES. ...................................................................................................................................... 20
MANUAL DE CONVIVENCIA .................................................................................................................................... 20
2.1.
MARCO LEGAL. .............................................................................................................................................. 20
2.2.
MARCO CONCEPTUAL .................................................................................................................................. 22
TÍTULO I ............................................................................................................................................................................. 23
PROCEDIMIENTO DE INGRESO ...................................................................................................................................... 23
CAPÍTULO I ........................................................................................................................................................................ 23
ADMISIONES, MATRÍCULAS, TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRICULA ........................................................ 23
Y JORNADA ESCOLAR. .................................................................................................................................................... 23
Artículo 1: ADMISIONES .................................................................................................................................................. 23
Artículo 2: MATRÍCULAS .................................................................................................................................................... 24
Artículo 3: CAUSALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA..................................................... 25
Artículo 4: JORNADA ESCOLAR. ....................................................................................................................................... 26
TÍTULO II ............................................................................................................................................................................ 27
DEBERES, DERECHOS, DEBIDO PROCESO, SANCIONES, UNIFORMES Y ............................................................... 27
ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS ............................................................................................................................... 27
CAPÍTULO II ....................................................................................................................................................................... 27
DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................................................ 27
Artículo 5: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES .............................................................................................................. 27
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Artículo 6: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................................................. 29
CAPITULO III ...................................................................................................................................................................... 31
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y DEBIDO PROCESO ............................................................................................... 31
Artículo 7: CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS ................................................................................................................... 31
Artículo 8: FALTAS LEVES ................................................................................................................................................. 32
Artículo 9: FALTAS GRAVES ............................................................................................................................................. 33
Artículo 10: FALTAS MUY GRAVES: ................................................................................................................................. 33
Artículo 11: CONDUCTO REGULAR .................................................................................................................................. 34
Artículo 12: DEBIDO PROCESO ........................................................................................................................................ 36
Artículo 13: PROCESO PREVENTIVO ............................................................................................................................... 36
Artículo 14: PROCESO FALTAS LEVES ............................................................................................................................ 37
Artículo 15: PROCESO FALTAS GRAVES ........................................................................................................................ 37
Artículo 16: PROCESO FALTAS MUY GRAVES ............................................................................................................... 39
CAPITULO IV ...................................................................................................................................................................... 40
CORRECTIVOS .................................................................................................................................................................. 40
Artículo 17: PARA LAS FALTAS LEVES ............................................................................................................................ 40
Artículo 18: PARA LAS FALTAS GRAVES ......................................................................................................................... 41
Artículo 19: PARA LAS FALTAS MUY GRAVES ................................................................................................................ 42
Artículo 20: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ................................................................................................................ 43
Artículo 21: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES ............................................................................................................... 43
Artículo 22: PARA LA CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA DE UN ESTUDIANTE .................................. 44
CAPITULO V ....................................................................................................................................................................... 44
RESPECTO DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL. .......................................................................................................... 44
Artículo 23: EL UNIFORME ................................................................................................................................................ 44
Artículo 24: UNIFORME DE DIARIO .................................................................................................................................. 45
Artículo 25: UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA ............................................................................................................. 45
Artículo 26: ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS ............................................................................................................ 46
TÍTULO III ........................................................................................................................................................................... 48
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y LOS DOCENTES ............................................................... 48
CAPÍTULO VI ...................................................................................................................................................................... 48
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES O ACUDIENTES ........................................................................................ 48
Artículo 27: DERECHOS DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES ....................................................................................... 48
Artículo 28: DEBERES DE PADRES O ACUDIENTES ...................................................................................................... 49
CAPITULO VII ..................................................................................................................................................................... 53
DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES. .............................................................................................................. 53
Artículo 29: NORMATIVA .................................................................................................................................................... 53
Artículo 30: DERECHOS DE LOS DOCENTES ................................................................................................................. 53
Artículo 31: DEBERES DE LOS DOCENTES ..................................................................................................................... 54
TÍTULO IV ........................................................................................................................................................................... 56
PROCESO ACADÉMICO Y NORMAS ESPECIFICAS ...................................................................................................... 56
CAPITULO VIII .................................................................................................................................................................... 56
ACUERDOS ACADÉMICOS ............................................................................................................................................... 56
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Artículo 32: ACUERDOS ACADÉMICOS .......................................................................................................................... 56
CAPÍTULO IX ...................................................................................................................................................................... 56
NORMAS ESPECÍFICAS .................................................................................................................................................... 56
Artículo 33: SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO DEL ESTUDIANTADO ........................................................................... 56
Artículo 34: USO DE INSTALACIONES PARA PROGRAMAS EXTRAESCOLARES. ...................................................... 57
Artículo 35: SALIDAS PEDAGÓGICAS. ............................................................................................................................. 58
Artículo 36: NORMAS DE USO DE LA SALA DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA. ........................................................ 58
Artículo 37: NORMAS PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA ............................................................................................... 59
Artículo 38: NORMAS PARA EL USO DEL SALÓN MÚLTIPLE ........................................................................................ 60
Artículo 39: NORMAS PARA EL USO DEL LABORATORIO ............................................................................................. 60
Artículo 40: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA TIENDA ESCOLAR ...................................................................... 61
Artículo 41: NORMAS PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPOS AUDIOVISALES ................................................................. 62
Artículo 41: NORMAS PARA EL USO DE LA ENFERMERÍA ............................................................................................ 62
Artículo 42: REGLAMENTO INTERNO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN .............................................................. 63
Artículo 43: SERVICIO DE ORIENTACION. ....................................................................................................................... 63
Artículo 44: REGLAMENTO INTERNO ESCUELAS DEPORTIVAS. ................................................................................. 64
Artículo 45: REGLAMENTO ESCUELA DE MUSICA ......................................................................................................... 66
TITULO V ............................................................................................................................................................................ 67
GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES .............................................................. 67
CAPITULO X ....................................................................................................................................................................... 67
GOBIERNO ESCOLAR ....................................................................................................................................................... 67
Artículo 46: CONSEJO DIRECTIVO ................................................................................................................................... 67
Artículo 47: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO ................................................................................................... 68
Artículo 48: FUNCIONES DEL RECTOR ............................................................................................................................ 69
Artículo 49: EL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ................................................................................................... 72
Artículo 50: COMITÉ DE CONCILIACIÓN .......................................................................................................................... 74
Artículo 51: REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO. .................................................... 75
Artículo 52: FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES ........................................................................... 76
Artículo 53: CONSEJO ESTUDIANTIL Y REPRESENTANTES DE CURSO .................................................................... 77
Artículo 54: REVOCATORIA DEL MANDATO .................................................................................................................... 78
CAPÍTULO XI ...................................................................................................................................................................... 80
ORGANOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES ......................................................................................................... 80
Artículo 55: ASOCIACIÓN DE PADRES. ............................................................................................................................ 80
Artículo 56: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ............................................................................................................. 81
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1. PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN
1.1. SIMBOLOS
1.1.1. ESCUDO
Está Formado por un triángulo equilátero que representa la educación integral (espíritu, cuerpo y
mente), con superficie de color rojo que simboliza salvación, amor, alegría y honor. Dentro del
triángulo hay una Biblia abierta sobre la cual descansa una antorcha encendida apuntando hacia el
vértice. La Biblia, libro de libros por excelencia, es el mensaje de Dios para el hombre que como una
antorcha ilumina el camino de la vida y conduce hacia la perfección. Los espacios de color blanco
simbolizan valores humanos como fe, paz, armonía, unidad, y bondad y el espacio azul entre las
circunferencias, perfección infinita, inteligencia y sabiduría.
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1.1.2. BANDERA
Consta de tres franjas horizontales del mismo ancho, truncadas por un triángulo blanco que con
base en la vaina (lado del asta) ocupa el primer tercio vertical de la bandera, el cual representa los
pilares de la formación integral del colegio (Espíritu, cuerpo y mente) y al fundirse a través de la
franja central de color blanco proyecta luz, armonía, pureza, unidad y paz. Las franjas superior e
inferior son de color azul medio y simbolizan inteligencia y sabiduría, infinitas en la parte superior
(cielo) y profundas en la parte inferior (mar).
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1.1.3. HIMNO
Colegio Americano, tus hijos te saludan
Y unidos por principios fraternos que perduran;
Bendecimos tu nombre, con gratitud y orgullo,
Pues con bases profundas, nos has guiado al futuro.
Tu obra formativa de probidad humana,
Integra los principios de formación Cristiana;
Todo aquel que recibe la luz de tu enseñanza,
Ennoblece su vida con amor y esperanza.
Colegio Americano, ilustre educador,
De hombres y mujeres con dignidad y honor,
Cuerpo, espíritu y mente es el lema ideal,
Que acredita tu emblema de enseñanza formal.
En ciclo permanente de alegres estudiantes,
Que pasan por tus aulas y siguen adelante;
Al compás de los tiempos, en marcha infatigable,
Vas dejando a tu pueblo una herencia invaluable.
Guillermo Vargas Rincón.
Letra y música.
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1.1.4. OBELISCO
Es un símbolo adoptado por los estudiantes de la primera promoción de Bachilleres, con el fin de
mantener un lazo de unión entre las promociones futuras del colegio. En una de las cuatro caras
aparecen registrados los nombres de los 29 Bachilleres del año 2003 y en las demás caras los
símbolos del colegio, escudo, bandera e himno.
Cada año, la promoción que sale entrega el obelisco a la nueva promoción en la ceremonia de
graduación, como símbolo de unidad y delegación de responsabilidades al grupo que se promueve
al último grado.
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1.1.5. ESPÍRITU DEPORTIVO
Es un símbolo deportivo que tiene como finalidad reconocer la disciplina, constancia y compromiso
que deben tener los deportistas del colegio. Fue creado por la promoción 2011 y adoptado por la
institución para enaltecer el espíritu deportivo.
Se entrega cada año al estudiante del colegio que haya obtenido mayor reconocimiento en
competencias deportivas a nivel municipal, departamental o nacional, durante la izada de despedida
del grado Undécimo.
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1.2. RESEÑA HISTORICA DEL COLEGIO
La historia del colegio Americano Menno de La Mesa está profundamente ligada a la historia del
colegio de Cachipay, fundado en el año de 1947 por Gerald Stucky y un pequeño grupo de
misioneros Norteamericanos, quienes iniciaron un internado para hijos de padres leprosos de Agua
de Dios. Desde esta sede principal en Cachipay se inició el trabajo de evangelización y fundación
de las primeras iglesias de la región, entre ellas la congregación y el colegio menonita de La Mesa,
gracias al trabajo de los misioneros norteamericanos Alice Batcher, Arturo Kaiser, Laverne
Rutschman y los estudiantes seminaristas Armando Hernández y Luis Rodríguez.
En 1955 la Iglesia Menonita de Cachipay envió a los señores Laverne Rutschman, Armando
Hernández y Luis Rodríguez con la misión de iniciar una escuela en La Mesa para hijos de
familias evangélicas que en esa época no podían estudiar en las escuelas del gobierno porque
eran discriminados o perseguidos por el credo de sus padres.
Esta pequeña escuela a la que asistía un promedio de diez niños, era dirigida por el misionero
norteamericano Arturo Kaiser, quien desde el comienzo debió enfrentar a las autoridades locales
que se opusieron a su funcionamiento y cerraron en varias ocasiones la escuela, obligando a los
profesores a ir a las casas de los niños durante algunos días de la semana para continuar las clases,
mientras se podía abrir nuevamente.
En 1959 fue nombrada como Directora del Colegio la misionera norteamericana Vernelle Helen
Yoder, quien con unos 20 estudiantes logró estabilizar el funcionamiento del plantel y a la vez inició
los trámites legales ante el Ministerio de Educación Nacional para que fuera reconocida y aprobada
la escuela como colegio privado del municipio.
Durante diez años, 1959 – 1969, la señorita
Vernelle Yoder estuvo al frente del colegio, logrando avances tan importantes como la construcción
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y adecuación de aulas para toda la primaria, servicios sanitarios y gestión ante las autoridades
educativas para la legalización del colegio.
En 1965 el Gobierno otorgó licencia de funcionamiento al colegio y cuatro años más tarde la
Aprobación Oficial mediante La Resolución No. 4191 del 4 de noviembre de1969, constituyéndose
así en un verdadero centro Educativo del municipio, con las mismas garantías que las demás.
A partir de su aprobación el Colegio fue ganando prestigio y aceptación en la comunidad local y
algunas familias católicas y de otras denominaciones matricularon a sus hijos, hasta alcanzar un
cupo promedio de 120 estudiantes por año.
En 1970 la señorita Vernelle dejó la dirección del colegio y se inició una nueva etapa con la salida
de los misioneros norteamericanos que habían estado al frente de la mayoría de las instituciones
menonitas en Colombia. En esta etapa de transición se alternaron en la dirección del colegio las
profesoras Amparo Ruiz, Julia Schutz, Leona Jean Schrag, Virginia Terreros y Fabiola Arango
Libreros, hasta el año de 1977.
Desde 1955 el colegio dependió económicamente de la Iglesia Menonita y de fondos de apoyo
extranjero gestionados principalmente por los misioneros norteamericanos. Esta situación generó
dificultades y dudas sobre la permanencia del colegio cuando ya los estudiantes de cualquier
denominación religiosa podían acceder a la educación pública sin ninguna restricción.
En 1978 se nombró como directora a la profesora Elisa Prieto, quien con un grupo de docentes
jóvenes, exalumnos del colegio Americano de Cachipay, inició un plan de mejoramiento general
para tratar de superar varias dificultades que presentaba el colegio y que afectaban seriamente
las posibilidades de continuar funcionando.
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Con este equipo de docentes y otros que se vincularon después, el colegio inició una transformación
importante que consistió en restablecer algunas metodologías de trabajo utilizadas en años
anteriores por los fundadores, tales como el relacionamiento con los estudiantes y la comunidad,
formación integral sustentada en la filosofía y los principios cristianos, énfasis en valores como
paz, respeto, autoestima, libertad, servicio y compromiso, además de un buen nivel de instrucción y
capacitación académica para la Educación Básica Primaria que ofrecía la institución.
Este modelo de trabajo fue bien recibido por la comunidad y en los siguientes 10 años el colegio
mantuvo un cupo promedio de 180 estudiantes quienes eran reconocidos tanto por las autoridades
educativas como por la comunidad en general por sus buenos resultados académicos y su disciplina.
En 1980 fue nombrada como directora la profesora Otilia Garzón, quien había trabajado en el colegio
como profesora en varias ocasiones desde el año 1966.
Entre 1985 y 1989 el colegio estuvo a cargo del profesor Jaime Moreno Triviño, en una etapa muy
difícil por la situación económica y la preocupación de la Iglesia por los recursos que tenía que
aportar para su funcionamiento.
Al final de la década de los años ochenta, el colegio mantenía el promedio de 180 estudiantes, hijos
de familias católicas y evangélicas muy pobres, que eran subsidiadas con programas de apoyo
extranjero como Visión Mundial y la Iglesia Menonita que aportaban la mayoría del presupuesto
anual del colegio. Cuando comenzó la década de los noventa se cerró el programa de apoyo
educativo de Visión Mundial en La Mesa y la Iglesia Menonita estableció un plazo corto para
suspender los fondos que por más de 35 años había aportado para el sostenimiento del colegio.
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En 1990 la Iglesia consideró una vez más el cierre del colegio.
Se nombró a Guillermo Vargas
Rincón quien trabajaba como profesor en el colegio, para coordinar por un año mientras se
adelantaba el proceso de cierre del plantel.
Con orientación del Jefe de Colegios privados de Cundinamarca, quien no aceptó en primera
instancia el cierre del colegio por considerar que no se habían cumplido algunos trámites previos
para justificar el cierre, se elaboró una propuesta para presentar a la Comunidad Educativa y a la
Iglesia con el fin de aplazar el cierre del colegio por 5 años, durante los cuales se reduciría
gradualmente el subsidio anual que recibía el plantel y se gestionarían recursos propios con
incremento de pensiones y actividades que permitieran reunir fondos mínimos para funcionar sin
apoyo económico externo. Este apoyo de usuarios, amigos y miembros del colegio permitió
finalmente prescindir
del subsidio de la iglesia y presentar un proyecto de ampliación y
mejoramiento tanto del servicio como de las instalaciones, con el fin de garantizar la autosostenibilidad y crecimiento del colegio.
Aprobados y cumplidos los acuerdos y con un compromiso muy grande de la comunidad educativa,
se dio comienzo al programa de mejoramiento que consistía en la ampliación del servicio educativo
desde preescolar hasta educación Media y construcción de una planta física con instalaciones
modernas y adecuadas para la calidad del servicio que se proyectaba.
Esta primera fase de ampliación se inició en 1997 con la construcción del salón de preescolar para
30 niños y la construcción del primer bloque de aulas del edificio para ampliar en los siguientes
años los grados y niveles hasta la Educación básica secundaria.
Esta primera etapa permitió la ampliación de cupos y una demanda creciente del servicio, lo que
obligó a continuar con la construcción y ampliación del segundo bloque de aulas, el cual se
terminó e inauguró el 13 de enero del año 2001, con un área de 1.260 Mts2 de construcción.
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En este mismo año se amplió la educación preescolar al Grado Kínder para niños de 4 años de
edad y la primera promoción terminó el grado Noveno (9°), con lo cual finalizaban su ciclo en el
colegio y continuaban sus estudios en el colegio Departamental, con quien se había firmado un
convenio para cursar allí los grado Décimo y Undécimo.
Los estudiantes y sus familias solicitaron la ampliación del servicio hasta la Educación Media para
cursar todos sus estudios en el colegio, lo cual era muy difícil en el momento por la falta de
profesores para los niveles de la
Educación Media,
los recursos didácticos, laboratorios y
experiencia en el manejo de jóvenes preuniversitarios.
Después de varias consultas y análisis de la situación con asesoría de supervisores de la
Secretaría de Educación de Cundinamarca, se tomó la decisión de continuar con el proceso hasta
los Grados Décimo y Undécimo.
En 2002 se inició la Educación Media con el grado Décimo, se construyó el laboratorio de
Física y Química, y se hicieron las adaptaciones necesarias para la nueva etapa del servicio
educativo.
En el mes de octubre del mismo año el colegio recibió la visita de una Comisión del Ministerio de
educación para legalización de estudios, obteniendo calificación excelente y el reconocimiento de
estudios desde el Preescolar hasta la Educación Media, por Resolución Nº 006156 del 29 de
noviembre de 2002, quedando el colegio acreditado como “INSTITUCIÓN EDUCATIVA” para
graduar y certificar Bachilleres Académicos de Colombia.
Al año siguiente (2003), se graduó la primera promoción de Bachilleres integrada por 29
estudiantes, quienes alcanzaron nivel medio en los resultados nacionales de las pruebas ICFES.
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En los dos años siguientes, 2004 y 2005, el colegio se clasificó en nivel alto, luego en nivel
superior durante seis años, y en los últimos años en muy superior, que es el máximo nivel de los
colegios de Colombia.
En 2005, con motivo de la celebración de los cincuenta años de trabajo educativo del Colegio, se
ampliaron y adaptaron los campos de recreación y deportes con apoyo de Amigos de Canadá,
quienes donaron los fondos para la compra de un lote contiguo a las instalaciones del colegio.
En el año 2011 se terminó de pagar el último crédito extranjero al C.E.S y se continuó la inversión
con nuevos créditos para adaptaciones y acabado de instalaciones, biblioteca, sala de sistemas,
emisora, laboratorios, audiovisuales,
compra de un nuevo terreno destinado a la ampliación de
instalaciones deportivas y finalmente la construcción del aula múltiple en la parte alta del edificio,
con crédito y recursos aportados por la comunidad a través de la Asociación de Padres de Familia.
En los últimos años se ha fortalecido la práctica deportiva y el uso del tiempo libre con escuelas de
Voleibol, Baloncesto, ajedrez y pin pon, lo que nos ha permitido figurar entre los colegios de alto
rendimiento deportivo de Cundinamarca. Se fundó además la escuela de música para la práctica del
canto y la interpretación con instrumentos.
Algunos factores importantes para el desarrollo, proyección y posicionamiento del colegio en estos
primeros años del siglo XXI son los siguientes:
- El apoyo de la Iglesia Menonita a través de sus directivos y representantes, quienes a pesar de la
incertidumbre y los riesgos de inversión, avalaron y aprobaron planes y proyectos presentados a
las Asambleas Nacionales anuales, para gestionar créditos e invertir recursos de acuerdo con el
interés y la necesidad del colegio para su desarrollo.
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- El apoyo de la comunidad educativa ha permitido contar con recursos adicionales en efectivo,
en especie o trabajo,
mediante programas y actividades en las cuales participan la gran
mayoría de familias. Es importante mencionar el trabajo de la Asociación de Padres de Familia
con líderes como el señor Oscar Gonzáles Pinzón, presidente durante los años de construcción y
desarrollo del colegio, quien inició el proyecto del Bingo anual en 1997 y lo fortaleció hasta
convertirlo en un programa institucional de encuentro y participación de toda la comunidad.
El señor Nelson Torres Soriano, quien lo sucedió en la presidencia, ha continuado el trabajo con
el mismo entusiasmo los últimos años. Es importante también el aporte del arquitecto Samuel
Bonilla Franco, exalumno del colegio, quien diseñó y dirigió el proyecto arquitectónico de las
nuevas instalaciones, creando además un premio en efectivo para el mejor Bachiller del colegio.
- Un equipo de profesionales docentes, administrativos y de apoyo con altos niveles de calidad
académica y humana, comprometidos e identificados con la misión, la visión y el desarrollo
institucional, nos ha permitido posicionar en pocos años el colegio entre los mejores de Colombia.
- Los excelentes resultados académicos de los estudiantes, el alto porcentaje de egresados que
siguen los estudios de pregrado y su desempeño universitario, ha promovido al colegio entre las
mejores universidades de Bogotá, facilitando no solamente el ingreso de nuestros bachilleres a
diversas carreras, sino también el apoyo con becas y medias becas como premio a sus altos
niveles de rendimiento.
- Como institución sin ánimo de lucro el colegio mantiene un plan de inversión anual proyectado
para garantizar el bienestar y la calidad de vida de las personas, el mantenimiento de la planta
física y todos los demás recursos educativos necesarios para el desarrollo y mejoramiento
continuo del servicio educativo y los demás compromisos propios de su competencia educativa.
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1.3. M I S I Ó N
Nuestra misión es brindar educación integral, orientando procesos de calidad que fortalezcan valores
individuales y colectivos de los estudiantes, como autoestima, liderazgo, convivencia pacífica,
compromiso y proyección hacia la vida adulta, de acuerdo con las normas vigentes y en función del
desarrollo armónico de sus potencialidades espirituales, intelectuales, físicas,
sociales.
emocionales y
Para este propósito el colegio fundamenta su filosofía en principios cristianos que
orientan el quehacer y la convivencia de la comunidad educativa en sus diferentes etapas y facetas
del desarrollo.
1.4. V I S I Ó N
El colegio será reconocido entre las mejores instituciones de Educación de Colombia, no solo por
sus resultados académicos, sino por el perfil y posicionamiento de sus estudiantes y egresados,
quienes como profesionales o miembros de la sociedad, serán protagonistas en las diversas
comunidades donde desarrollen su proyecto de vida, por sus valores y cualidades humanas.
1.5. FILOSOFIA
El Colegio es una institución de Educación Privada, cuyo principal objetivo es proporcionar a sus
estudiantes una esmerada formación en valores, orientada hacia la paz y la equidad, atendiendo al
desarrollo integral de los estudiantes. Incluye para ello en su proceso los aspectos: espiritual, moral,
físico, intelectual, psíquico, afectivo, ético, cívico y demás elementos de la formación en valores.
Entendemos la educación para la paz y la justicia en la que trabajamos todos los días para forjar
mejores ciudadanos, mediante nuestro aporte y compromiso. Un proceso de la comunidad local, a
través del cual todas las personas de la institución desarrollan sus competencias en beneficio de su
contexto.
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1.6. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
1. Fomentar la ética cristiana en todos los ámbitos de formación de hombres y mujeres
responsables ante Dios, la familia, la sociedad y la patria.
2. Formar estudiantes con capacidad crítica, comprometidos con la justicia y la tolerancia,
como valores primordiales de la convivencia pacífica.
3. Potenciar las aptitudes de los estudiantes para fortalecer sus procesos formativos de
manera integral.
4. Concientizar a los estudiantes sobre problemáticas sociales como pobreza, violencia,
injusticia e inequidad, con el fin de hacerlos partícipes en la búsqueda de posibles
soluciones.
5. Orientar procesos de aceptación personal en los estudiantes para fortalecer su confianza y
autonomía.
6. Estimular la formación de actitudes y hábitos que favorezcan la conservación de la salud
física y mental de las personas y el uso racional del tiempo.
7. Adquirir conocimientos, habilidades y destrezas a través de las distintas experiencias
educativas en áreas de formación, espiritual, ética, social, cultural, científica, tecnológica y
deportiva, entre otras, que les permita desarrollar su proyecto de vida.
8. Orientar hacia la sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo, la
construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de género y la
preparación para una vida familiar armónica y responsable.
9. Concientizar a los estudiantes sobre la importancia de la protección del medio ambiente,
desarrollando proyectos que promuevan el compromiso y la responsabilidad con su entorno.
10. Desarrollar la sensibilidad estética de los estudiantes, mediante actividades artísticas como
la danza, la música, el teatro y las artes plásticas.
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11. Promover la recreación y el deporte mediante procesos de exigencia para alcanzar niveles
óptimos de rendimiento.
12. Promover la integración de la comunidad educativa, para facilitar el normal desarrollo de
planes y proyectos y el aprovechamiento de todos los recursos que ofrece la institución
como herramientas estratégicas para cumplir nuestra misión y alcanzar nuestras metas
visionarias, especialmente de los padres de familia, quienes son los primeros responsables y
los máximos colaboradores del proceso de formación y educación de sus hijos.
1.7. PERFILES INSTITUCIONALES
1.7.1. DEL ESTUDIANTE
El propósito del Colegio es lograr en el estudiante:
1. Compromiso con la filosofía y principios Americomenistas.
2. Orientación y formación en principios cristianos.
3. Respeto por las normas de convivencia.
4. Liderazgo para la solución y conciliación de conflictos.
5. Criticidad, autonomía y conciencia de su realidad.
6. Creatividad, responsabilidad y perseverancia para el logro de sus objetivos.
7. Coherencia con sus ideas y acciones.
8. Construcción y deconstrucción del conocimiento e integración de nuevos saberes.
9. Valoración del trabajo en equipo como estrategia de aprendizaje y proyección social.
10. Aplicación responsable y proactiva de las TIC.
11. Innovador, emprendedor y competente.
12. Tolerancia y respeto por la diversidad cultural y religiosa.
13. Respeto y cuidado de sí y del otro.
14. Lograr el mejoramiento motor, socioafectivo y psicobiológico a través de la práctica de la
actividad física, deportiva y recreativa.
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1.7.2. DE LOS DOCENTES.
Un docente de Colegio Americano Menno se caracteriza por:
1.
Conocer y respetar la filosofía y principios de la institución teniendo alto sentido de
pertenencia.
2.
Ser ejemplo de respeto, honestidad, responsabilidad y coherencia.
3.
Desempeñarse con ética y profesionalismo en su campo de acción.
4.
Dominar su área profesional y propender por la permanente capacitación que le permita la
búsqueda constante de la cualificación de su quehacer profesional.
5.
Ser consciente de la importancia de su labor en la vida de los estudiantes.
6.
Ser autónomo, participativo y con capacidad de toma de decisiones.
7.
Tener capacidad de liderazgo para orientar a los estudiantes hacia el logro de los objetivos
Institucionales y personales.
8.
Ser solidario, abierto y leal con sus compañeros.
9.
Ser un profesional que maneja activa y creativamente su clase.
10. Revisar permanentemente los planes de área y evaluar los procesos de aprendizaje de
manera cualitativa, integral y continua.
11. Tener madurez emocional que le permita enfrentar positivamente los conflictos.
12. Promover relaciones y acciones participativas para la convivencia pacífica.
13. Aplicar lo dispuesto en el presente manual.
2. MANUAL DE CONVIVENCIA
2.1. MARCO LEGAL.
El Colegio Americano Menno, realiza un proceso de formación integral de los estudiantes el cual
implica instruirlos para actuar como miembros de la comunidad educativa y orientarlos con criterios
éticos, morales y de responsabilidad social.
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El objetivo de este Manual de Convivencia, además de ser guía institucional que orienta e informa
sobre los derechos y deberes de la comunidad educativa y de sus propias relaciones, es un
documento de apoyo donde se registran las normas que posibilitan la armónica convivencia entre
directivos y personal docente, estudiantes y padres de familia, facilitando un ambiente educativo,
formativo, un clima participativo y una auténtica convivencia social.
Con el Manual de Convivencia del Colegio se pretende, entre otros, establecer los procedimientos
para el cumplimiento de derechos y deberes de quienes participan en la vida académica del Colegio.
Este Manual se rige por las normas y orientaciones básicas para la administración de instituciones
educativas, reglamentadas en:
1.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
2.
La Constitución Política de Colombia
3.
La Convención de los Derechos del Niño
4.
La Ley de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 del 6 de Nov. de 2006)
5.
El Decreto 1290 de abril 16 de 2009 “Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje
y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
6.
El Decreto 3788/86 (Prevención de drogadicción).
7.
El Decreto 1108/94 (Porte y consumo de estupefacientes).
8.
Ley 115 de 1994 (Ley general de educación).
9.
Decreto 1860 de 1994 (Reglamenta parcialmente la ley 115/94).
10. Decreto 1286 de 2005 (Participación de los padres de familia en el proceso educativo).
11. Ley 1453 de 2011 (Seguridad ciudadana).
12. Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 (sistema nacional de convivencia escolar y formación
para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar)
13. Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, que reglamenta la ley 1620/13.
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Y demás normas legales que reglamentan o son aplicables, las cuales constituyen el eje legal sobre
el cual gira la educación colombiana.
En todas sus actuaciones el Colegio buscará hacer efectivos los derechos fundamentales y el interés
primordial de los niños y niñas, garantizados entre otras disposiciones por la Constitución Política de
Colombia, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y el Código del Menor.
2.2. MARCO CONCEPTUAL
La educación es un proceso de formación permanente, ético, cultural, científico y social que se
fundamenta en una concepción integral de la persona. Debe proporcionar la capacidad para pensar,
para desarrollar iniciativas y responsabilidades, para enfrentar con madurez la realidad,
proyectándose al futuro.
La educación colombiana ha tenido diferentes normas para regir sus instituciones. Con la Ley
General de Educación se consolidan las iniciativas de los diferentes estamentos de la comunidad
educativa de hacer del colegio un lugar activo, de participación democrática, donde se fomentan los
valores éticos, morales, religiosos, cívicos y políticos en un ambiente de solidaridad, compromiso,
participación y diálogo, lo cual permite hacer del colegio Americano Menno un lugar donde se
promueve la paz , la justicia, la tolerancia, el orden y se logra contribuir al bienestar familiar. Por
último, el Código de la Infancia y la Adolescencia establece derroteros para la protección y
educación de menores, en la familia y en la sociedad.
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TÍTULO I
PROCEDIMIENTO DE INGRESO
CAPÍTULO I
ADMISIONES, MATRÍCULAS, TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRICULA
Y JORNADA ESCOLAR.
Artículo 1: ADMISIONES
Los criterios de admisión son los siguientes:
1.
El aspirante a preescolar debe tener cumplida la edad establecida por la ley al momento de
ingreso a clases, (4 años para kínder y 5 para transición), para los demás cursos debe
contar con la edad promedio de los demás estudiantes del grado al que ingresa.
2.
No debe ser repitente.
3.
Adecuado desempeño académico y normativo.
4.
Entrevista para establecer dinámicas familiares y compromiso con el proceso educativo.
Pasos del proceso de selección:
1.
Adquirir el formulario de inscripción, que será puesto a disposición del público interesado el
primer lunes del mes de octubre.
2.
El aspirante deberá presentar prueba de conocimientos en la hora y fecha que se establezca
de acuerdo con el cronograma institucional. Para ser considerada la asignación del cupo
deberá obtener como mínimo un puntaje equivalente al 60%.
3.
Superada la prueba académica, deberá presentar a la institución donde estudia actualmente,
el formato de convivencia y disciplina,
para ser diligenciado por el establecimiento
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educativo y radicado en la secretaria del Colegio Americano Menno en el plazo fijado por la
administración del colegio.
4.
Posteriormente, se citará a los padres o acudientes y al menor a entrevista con la
orientadora y el rector, quienes valorarán la disposición y compromiso del aspirante y su
familia y harán las recomendaciones específicas a que hubiere lugar.
5.
Cumplido lo anterior,
la rectoría
revisará los resultados del proceso y tomará la
determinación de aprobación o negación del cupo e informará a los solicitantes, quienes
podrán realizar el proceso de matrícula con los documentos exigidos, en las fechas y
horarios que se registran en el formulario de inscripción.
Artículo 2: MATRÍCULAS
Para adelantar el proceso de matrícula, los padres de los estudiantes antiguos deben haber
realizado la reserva del cupo con el formato que se entrega con el boletín del tercer periodo, para ser
diligenciado y radicado a secretaría. Los estudiantes nuevos deben haber aprobado el proceso de
selección y presentar la orden de matrícula firmada por rectoría.
Proceso:
1. Realizar el proceso en los días especificados, los cuales se informan previamente en el
formulario de inscripción y para los antiguos en el boletín informativo final.
2. Presentar los siguientes documentos: boletín académico final del año inmediatamente
anterior, paz y salvo, registro civil original actualizado, certificado médico, 3 fotos 3x4 fondo
azul, copia del carné de vacunas (solo hasta transición) y copia de la tarjera de identidad
(después de cumplidos los 7 años) para los estudiantes antiguos,
los nuevos adicionarán
a lo anterior los certificados de notas a partir del grado quinto.
3. Diligenciar y presentar el contrato de prestación de servicios educativos. Este es un contrato
bilateral que se realiza entre el Colegio y el padre de familia o acudiente. Ambas partes se
comprometen a conocer, aceptar y respetar, las cláusulas contenidas en el mismo.
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4. Cancelar en la tesorería del colegio el valor correspondiente a los costos educativos, que
incluye: valor de la matrícula y los demás costos educativos autorizados en la resolución
anual para el efecto emanada por la secretaria de educación. El valor de la pensión se
puede cancelar junto con la matrícula o secuencialmente durante los primeros cinco días de
cada mes (febrero a noviembre).
5. Firmar la ficha de matrícula (padre/acudiente y estudiante), con ella se comprometen a
aceptar y cumplir los parámetros establecidos en el proyecto educativo institucional y el
presente manual de convivencia.
Parágrafo 1: para la matrícula se requiere la presencia del padre de familia o el acudiente. Para que
un acudiente pueda firmar la matrícula, debe ser mayor de edad y tener un lazo consanguíneo,
parentesco o dación de custodia, que le acredite autoridad frente al estudiante.
Parágrafo 2: Cuando los padres no puedan asumir esta función deberán presentar justificación
válida escrita donde se especifique quien va asumir esta responsabilidad. Sin embargo, el colegio se
reserva el derecho de aceptar o no esta petición.
Artículo 3: CAUSALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA.
El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula en el momento en que se compruebe
cualquiera de las causales siguientes o la flagrante violación a este Manual de Convivencia, sin el
perjuicio penal o civil que pueda ocasionarse.
1.
Voluntad expresa de las partes.
2.
Terminación del año escolar.
3.
No haber separado el cupo dentro del término establecido para ello.
4.
Cuando por prescripción médica o sicológica se considere inconveniente la permanencia del
estudiante en la institución.
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5.
El incumplimiento reiterado de compromiso académico o disciplinario por parte de un
estudiante, verificado y determinado por el Comité de Convivencia o por el Consejo
Académico, como estrategia formativa.
6.
La reprobación del mismo grado por segunda vez, durante la permanencia en el plantel.
7.
La inasistencia reiterada de los padres de familia a las reuniones, escuela de padres,
entrevistas con profesores, y en general a eventos programados por la institución, sin
justificación válida.
8.
Cuando el estudiante no asiste al colegio regularmente o se ausenta por temporadas largas,
sin una razón justificada para ello.
9.
Estar involucrado o ser judicializado por algún acto delictivo.
10. El incumplimiento reiterativo de cláusulas del contrato de prestación de servicio educativo.
11. Cuando después de seguir el debido proceso el estudiante continúa con disciplina o
conducta inadecuada.
12. Cuando el estudiante o su familia manifiestan inconformismo permanente con las políticas
institucionales.
13. Cuando se incumpla con las cláusulas establecidas en una Resolución Rectoral de tipo
académico o disciplinario.
Artículo 4: JORNADA ESCOLAR.
Días:
Lunes a viernes.
Horario:
Preescolar y básica primaria: 7:00 a.m. a 12:40 p.m.
Básica secundaria y media: 7:00 a.m. a 2:30 p.m.
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TÍTULO II
DEBERES, DERECHOS, DEBIDO PROCESO, CORRECTIVOS, UNIFORMES Y
ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS
CAPÍTULO II
DERECHOS, DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 5: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Son derechos de los estudiantes del colegio además de los mencionados en la Constitución
Nacional, en la declaración de los derechos del niño, la Ley de Infancia y Adolescencia (1098 de
2006), la Ley de convivencia escolar 1620 de 2013 y su reglamentación a través del decreto 1965 y
los decretos 3788/86 (prevención de la drogadicción) y
1108/94
(Porte y consumo de
estupefacientes), los siguientes:
1.
Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, para tomar
decisiones, adquirir criterios valorativos, trabajar en equipo, aprovechar en forma útil el
tiempo libre, asumir responsabilidades, solucionar conflictos.
2.
Conocer desde el inicio del año escolar, los criterios, procedimientos e instrumentos, sistema
institucional de evaluación y promoción, pautas académicas de las diversas asignaturas,
plan de estudios, estructura curricular y acuerdos de convivencia que forman parte del
Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.).
3.
Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, según su nivel de
competencia.
4.
Participar en los ajustes y reformas del Manual de Convivencia a través de las actividades
implementadas por la Institución.
5.
A no ser discriminados por razón de su nacionalidad o lugar de origen, etnia, nivel social,
género, orientación sexual, moral, política o religiosa, así como discapacidades o cualquier
otra circunstancia personal o social.
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6.
A ser orientados en valores religiosos, morales, éticos, cívicos, estéticos y culturales.
7.
A la libertad de expresión sin vulnerar los derechos de los demás de acuerdo con las normas
institucionales y sociales.
8.
A recibir orientación escolar y psicológica para conseguir un óptimo desarrollo social,
personal, académico y vocacional según sus capacidades, aspiraciones o intereses.
9.
Conservar el cupo en la institución previo cumplimiento de los requisitos estipulados para tal
fin.
10. Recibir el carné que lo acredita como estudiante del colegio, previa cancelación de su costo.
11. Presentar proyectos que propendan por la calidad educativa.
12. Recibir asesorías y tutorías para el mejoramiento de su proceso educativo.
13. A ser evaluado de manera objetiva.
14. Conocer los resultados de las evaluaciones dentro de los ocho días hábiles siguientes a la
realización de las mismas.
15. Conocer las observaciones al momento de ser consignadas en los respectivos instrumentos
de control.
16. A su defensa y la aplicación del debido proceso, de acuerdo con el conducto regular
establecido.
17. A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e
higiene.
18. A participar en las actividades de la institución educativa, de acuerdo con los diferentes
reglamentos especiales.
19. A elegir y ser elegido como representante de los estudiantes a los diferentes estamentos del
gobierno escolar que sean de su competencia.
20. A recibir atención oportuna en caso de accidente o enfermedad.
21. Al reconocimiento cuando se hagan merecedores del mismo a criterio de los miembros de la
comunidad educativa.
22. Conocer y ser parte activa del plan de atención y prevención de emergencias.
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23. Pertenecer a los grupos culturales, deportivos y otros que ofrezca el colegio, para promover
el aprovechamiento del tiempo libre según los respectivos reglamentos internos.
24. Ser protegido contra cualquier tipo de maltrato.
25. Solicitar permiso para ausentarse de las clases o de la institución por razones justificadas.
26. Conocer y utilizar adecuadamente los recursos que ofrece la institución.
Artículo 6: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Son deberes de los estudiantes del colegio, los siguientes:
1.
Conocer, valorar y respetar los principios, filosofía y objetivos institucionales.
2.
Cumplir con el Manual de Convivencia y los reglamentos especiales de cada uno de los
servicios que le ofrece el Colegio.
3.
Respetar el Conducto Regular establecido por el Colegio.
4.
Informar oportunamente sobre cualquier situación que vulnere los valores institucionales y
sociales.
5.
Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del colegio.
6.
Ingresar puntualmente al colegio y a los salones de clase, permaneciendo dentro del plantel
durante toda la jornada escolar y en los sitios programados para cada actividad.
7.
Asistir puntualmente al colegio y presentar excusas válidas cuando falte a clase. Las
actividades académicas (evaluaciones, trabajos, etc) pendientes se deben presentar durante
los cinco días hábiles siguientes a la ausencia justificada.
8.
Cumplir con sus compromisos académicos y disciplinarios para alcanzar resultados
satisfactorios durante todo el año. Nota: En caso de incumplir sin causa justificada con sus
actividades en las fechas programadas, el estudiante debe presentarlas al siguiente día
hábil, teniendo en cuenta que su calificación será sobre una nota inferior.
9.
Relacionarse respetuosa y cordialmente con todos los miembros de la comunidad educativa,
evitando cualquier comportamiento que genere suspicacias o escándalo dentro o fuera del
colegio.
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10. Exigir sus derechos de manera respetuosa y conciliadora.
11. Hacer firmar de su acudiente todos los documentos que envíe el colegio (circulares, notas,
citaciones, etc) y presentarlos cuando regrese a clase.
12. Participar con respeto y entusiasmo en las diversas actividades que desarrolla el colegio
(cívico, religioso, cultural y deportivo).
13. Portar siempre el carné estudiantil vigente, durante su permanencia en el colegio o en las
salidas institucionales.
14. Traer diariamente su cuaderno de control o agenda escolar, haciendo uso adecuado de él
según las normas que lo regulan.
15. Portar el uniforme con el debido respeto cumpliendo las normas de presentación personal y
horarios correspondientes a su jornada escolar.
16. Acatar de manera respetuosa y cortés las orientaciones de los docentes, respecto a su
aprendizaje y convivencia o las recomendaciones dadas por sus compañeros del comité de
conciliación estudiantil, del gobierno escolar y del servicio social.
17. Respetar y no discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de
nacionalidad, etnia, género, orientación sexual, religiosa o cualquier otra circunstancia
personal o social.
18. Utilizar correctamente y cuidar los bienes muebles e inmuebles de la institución. Responder
por cualquier daño que ocasione y asumir el costo que genere la reparación del elemento
afectado.
19. Utilizar responsablemente las tecnologías de la información y la comunicación.
20. Cuidar y hacerse cargo de sus implementos escolares o cualquier elemento o dispositivo
que traiga al colegio con fines académicos, eximiendo a la institución de cualquier
responsabilidad en caso de pérdida, robo o deterioro del mismo.
21. Abstenerse de realizar dentro de las instalaciones del colegio cualquier actividad comercial
que tenga como fin una ganancia económica personal o de terceros y que no esté
autorizada previamente por los directivos del colegio.
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22. Evitar expresiones afectivas exageradas entre compañeros, con docentes o con personas
ajenas a la institución dentro del colegio o fuera del mismo en actividades institucionales o
portando el uniforme.
23. No hacer bromas de mal gusto que impliquen el uso de agua, harina, huevos, pintura,
marcadores y otros elementos lesivos dentro o fuera de la institución.
24. No participar en juegos de azar, ocultismo y otras prácticas que deterioren su integridad o la
de los demás.
CAPITULO III
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y DEBIDO PROCESO
Artículo 7: CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
En caso de incumplimiento a las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia, el
colegio procederá a tratar las faltas con todos los elementos de juicio aplicando el conducto regular y
el debido proceso, de acuerdo con lo contemplado en la Ley de La Infancia y la Adolescencia y ley
1620 de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación
para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar del 13 de septiembre de 2013,
y su reglamentación a través del decreto 1965 y los decretos 3788/86 (prevención de la
drogadicción) y 1108/94 (Porte y consumo de estupefacientes), y demás normas complementarias.
Según su gravedad las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
La aplicación de las sanciones deberá ajustarse al debido proceso, a través del cual se debe
determinar de manera precisa el tipo de sanción ante el incumplimiento de las normas de
convivencia acordadas. Todo estudiante tiene derecho a saber por qué falta se le procesa, para
poder ejercer su defensa, presentar pruebas y argumentos, a pedir la revisión de la decisión según
se fundamenta en este manual de convivencia y a no ser sancionado dos veces por el mismo hecho.
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Artículo 8: FALTAS LEVES
Se consideran faltas leves aquellas que expresan un comportamiento inadecuado del estudiante,
tales como:
1.
No presentar excusa justificada cuando falta al colegio.
2.
Llegar tarde al colegio o a las diferentes actividades programadas.
3.
No portar los uniformes correctamente.
4.
Presentarse a la institución con prendas, joyas o accesorios
no autorizados para el
uniforme.
5.
Uso de maquillaje cosmético
6.
Permanecer con el uniforme fuera de la institución, en horarios no establecidos.
7.
Expresarse con palabras o gestos vulgares a sus compañeros o comunidad educativa.
8.
Poner apodos o sobrenombres.
9.
Esconder objetos personales de los demás.
10. Incumplimiento de tareas, trabajos o actividades en clase.
11. Realizar actividades diferentes a la asignatura que se esté desarrollando.
12. Faltar con el material para trabajar en clase.
13. Comer en el aula de clases.
14. Fomentar o generar desorden en clase, áreas comunes o en actos comunitarios.
15. Arrojar basura u objetos dentro o fuera del aula de clase o del colegio.
16. Permanecer en el salón de clases o corredores a la hora del descanso.
17. Negarse a participar en las actividades programadas sin causa justificada.
18. Portar objetos que no hayan sido autorizados expresamente por los docentes.
19. Las excesivas manifestaciones de afecto dentro de la institución o fuera de ella mientras se
porte el uniforme.
20. Venta de comestibles u otros artículos en la institución.
21. Dañar los bienes muebles e inmuebles de la institución.
22. Evadirse de clase.
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23. Portar el celular o dispositivos electrónicos dentro del aula.
24. La contravención por acción u omisión a los ítems especificados en el apartado deberes de
los estudiantes y los reglamentos específicos.
Artículo 9: FALTAS GRAVES
Se consideran faltas graves las siguientes:
1.
Reincidencia en faltas leves.
2.
Cualquier tipo de agresión física, verbal o psicológica.
3.
El manejo inadecuado de las redes sociales, cuando atenta contra la dignidad de sí o de
otras personas.
4.
La discriminación a cualquier miembro de la comunidad.
5.
El incumplimiento de compromisos académicos o convivenciales.
6.
Fraude en la presentación de trabajos escritos o evaluaciones.
7.
Complicidad ante faltas graves de los compañeros.
8.
Porte, consumo o distribución de cigarrillos, bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas.
9.
Evadirse del colegio.
10. Generar falsas alarmas tendientes a provocar pánico colectivo o alterar el ambiente.
11. Usar inadecuadamente los servicios públicos.
12. Usar el teléfono celular o dispositivos electrónicos en horas de clase, formaciones,
actividades académicas o cívicas.
13. Manifestaciones eróticas o demostraciones obscenas.
14. Romper, pisotear, lanzar al piso trabajos, evaluaciones, prendas o cualquier objeto, con
gestos o palabras que denoten irrespeto.
Artículo 10: FALTAS MUY GRAVES:
Se consideran faltas muy graves las siguientes:
1.
La reincidencia en las faltas graves.
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2.
Acoso sexual.
3.
Difundir material pornográfico.
4.
Alteración de documentos o firmas de los acudientes, docentes y directivas de la institución.
5.
Atentar contra la integridad de sí o de los demás miembros de la comunidad.
6.
Porte de armas.
7.
Utilizar pólvora, sustancias químicas u otros elementos como medio de agresión contra las
personas, instalaciones, muebles o vehículos dentro o fuera de la institución.
8.
Participar o incitar a tomar parte en actos que atenten contra los miembros de la comunidad.
9.
El hurto comprobado.
10. Cualquier tipo de conducta que sea considerada como delito en la legislación colombiana o
que se encuentre estipulada como tal en los códigos y leyes vigentes.
Parágrafo: Este manual acoge las definiciones consagradas en el artículo 39 del Decreto 1965 que
reglamenta la Ley 1620.
Artículo 11: CONDUCTO REGULAR
1.
Profesor de la asignatura.
-
Llamado de atención.
-
Diálogo con el estudiante.
-
Nota en el cuaderno de control.
-
Citación de acudiente y firma de acta de diálogo.
2.
Director de curso.
-
Recibir informes.
-
Evaluación de la situación.
-
Diálogo con el estudiante.
-
Citación de acudiente y firma de acta de diálogo o carta de compromiso.
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3.
Rectoría.
-
Valoración del problema y proceso.
-
Citación de acudiente.
-
Firma de compromisos.
-
Análisis o aplicación de sanciones.
-
Remisión a instancia superior.
4.
Consejo Académico.
-
Revisión del proceso.
-
Estudio de sanciones.
-
Remisión a Consejo Directivo.
5.
Consejo Directivo.
-
Revisión del proceso.
-
Aplicación de sanciones.
De lo realizado en cada etapa debe quedar constancia escrita en los siguientes documentos:
1. AGENDA O CUADERNO DE CONTROL.
Sirve de registro informativo para los padres, sobre las situaciones tanto positivas como las poco
favorables que presenta el estudiante en su desempeño. Este documento es bidireccional, por lo
cual, se deben explicar situaciones de forma concreta utilizando lenguaje y presentación adecuado.
Debe estar firmado por padres o acudiente.
2. FORMATO DE OPCIONES MÚLTIPLES.
Es una ficha de opciones múltiples que permite facilitar el envío de información a los padres o
acudientes. Este documento se archiva como anexo al anecdotario.
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3. ANECDOTARIO.
Opera como documento de registro y control y es soporte de las subsiguientes acciones a tomar en
la aplicación del conducto regular.
4. FORMA 1 “ACTA DE DIÁLOGO”.
Diligenciada por los docentes y firmada por los padres o acudientes y el estudiante para especificar
los motivos que dan lugar a la reunión y los acuerdos.
5. FORMA 2 “ACTA DE DIÁLOGO”.
Diligenciada por los docentes o los directores de curso, cuando previamente otro docente o él mismo
ha citado a padres o acudientes y el estudiante, realizando compromisos por situaciones similares
(forma 1).
6. CARTA DE COMPROMISO.
El rector aplica la firma de la carta de compromiso con padres o acudientes y el estudiante, cuando
se haya firmado anteriormente las formas 1 y 2 y se evidencie incumplimiento de los compromisos o
si la gravedad de la falta cometida lo amerita.
Artículo 12: DEBIDO PROCESO
El Colegio podrá aplicar acciones pedagógicas y correctivas de acuerdo con la gravedad de la falta
cometida:
Artículo 13: PROCESO PREVENTIVO
El Colegio Americano Menno promoverá en sus estudiantes el conocimiento de sus derechos y
obligaciones, a través de actividades planeadas y organizadas para este fin en las áreas de sociales
y ética. El objetivo es realizar una labor pedagógica de concientización de la correcta aplicabilidad
de lo contemplado en el presente manual de convivencia.
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De igual forma, en las Asambleas y reuniones con los padres de familia y acudientes, se hará
énfasis en la importancia de la labor de los padres en la formación de valores y el cumplimiento de
las normas. Se promoverá además el conocimiento y buen uso de las directrices contempladas en
este documento.
Artículo 14: PROCESO FALTAS LEVES
A los estudiantes que cometan faltas leves, se les aplicará el siguiente proceso:
1.
Diálogo en privado con el estudiante, para que de explicación sobre su comportamiento,
motivando la reflexión sobre lo incorrecto de su acción. Se dejará constancia en el cuaderno
de control o agenda, especificando el proceso realizado y solicitando el apoyo familiar para
reforzar las acciones de cambio.
2.
El docente hará seguimiento de los compromisos acordados con el estudiante y de no ser
necesario continuar con el proceso se dejará constancia en el cuaderno de control como
reconocimiento al cambio de actitud.
3.
De ser necesario continuar con el proceso disuasivo, se citará al estudiante para que reciba
charlas u orientaciones con personal especializado, para promover la corrección a este
comportamiento. Esta decisión se informará al estudiante y acudiente a través del cuaderno
de control o agenda.
4.
El proceso de orientación se realizará hasta cuando el psicólogo u orientador determine que
la situación ha sido superada.
5.
En caso de reincidencia en faltas leves se aplicará el conducto regular establecido, por
tanto, será considerada como falta grave.
Artículo 15: PROCESO FALTAS GRAVES
Si el estudiante comete faltas graves, se procederá de la siguiente forma, dejando constancia
escrita de cada una de las actuaciones:
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1.
En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y
mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes.
2.
Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las
autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006.
3.
Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones
en su contra.
4.
Se tendrá en cuenta el proceso especificado para las faltas leves.
5.
Acto seguido se remitirá e informará al rector sobre la situación, quien aplicará los procesos
correctivos necesarios.
6.
Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la conciliación en el colegio, así como las consecuencias
aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
7.
Por consiguiente, se enviará citación a los padres o acudientes en el cuaderno de control o
agenda, se pondrán en conocimiento los acontecimientos de acuerdo con lo referido por los
implicados, promoviendo la concientización y necesidad de apoyo familiar en la aplicación
de correctivos. De este proceso y sus correspondientes compromisos se elaborará acta de
diálogo o carta de compromiso con padres o acudientes.
8.
El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este
comité la situación ocurrida y las medidas adoptadas. Este realizará el análisis y
seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo
consagrado en las faltas graves.
9.
El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las
decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
10. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado
de Convivencia Escolar.
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Parágrafo 1: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la
remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de
derechos o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades
cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto 1965 de 2013.
Parágrafo 2: EVIDENCIA EN EL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
Una vez se establezca de manera objetiva que un estudiante está inmerso en situaciones de
consumo de sustancias psicoactivas, la institución por intermedio de orientación procederá de la
siguiente manera:
1.
Notificación a los padres de familia.
2.
Remisión a examen de barrido de 3 o 6 meses, no 24 horas.
3.
Remisión a terapia especializada para apoyo al estudiante y su familia.
4.
Exigir informes mensuales de retroalimentación con el objetivo de recibir orientación sobre el
apoyo que la institución debe prestar al estudiante.
5.
La omisión de estos procedimientos se constituye en causal de pérdida de cupo.
Artículo 16: PROCESO FALTAS MUY GRAVES
En caso de reincidencia del estudiante en faltas graves o al cometer faltas muy graves, se
procederá de la siguiente manera, dejando constancia escrita de cada uno de los procesos:
1.
En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y
mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes.
2.
Informar de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados.
3.
El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más
expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.
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4.
No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité
escolar de convivencia.
5.
El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes de los hechos
que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda
atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así
como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6.
Aunque una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el
comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata las medidas propias del
establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la
víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan
parte de la situación presentada.
7.
El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado
de Convivencia Escolar o se remitirá a la autoridad competente.
8.
Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité
escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal o
departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción.
CAPITULO IV
CORRECTIVOS
Artículo 17: PARA LAS FALTAS LEVES
1.
Elaborar trabajos o campañas educativas referentes al tema de la falta cometida.
2.
Prestar un servicio social acorde con la falta.
3.
Decomisar artículos que afecten el desarrollo de las actividades. Estos serán devueltos a los
padres después de un mes calendario.
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4.
Retirar al estudiante del salón o de la actividad asignándole un trabajo para realizar y
entregar al final de la clase o jornada escolar.
5.
Reponer el tiempo perdido de una clase en jornada extra; en este caso se deberá informar a
los padres con mínimo un día de anticipación.
6.
Atender la citación del comité de conciliación estudiantil para la actividad de mediación
desarrollada por ellos, con el fin de realizar acuerdos y compromisos de cambio.
Parágrafo: Si el estudiante se muestra renuente a desarrollar el trabajo asignado, se considerará
como reincidente en la falta y se continuará con el proceso correctivo subsiguiente.
Artículo 18: PARA LAS FALTAS GRAVES
Las estrategias que se deben aplicar para tratar las faltas graves son las siguientes:
1.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CLASES: Suspensión de uno a tres días con anotación en el
observador del estudiante y acta de compromiso para el cambio de comportamiento. En el
cual deben quedar consignados los cargos y descargos con las respectivas firmas.
2.
Durante la suspensión, el estudiante debe permanecer dentro del colegio, en un sitio
previamente determinado para este fin, realizando un trabajo formativo asignado y
supervisado por el rector o su delegado para esta función.
3.
En caso de que haya evaluación en esos días, debe presentarla el día que se levante su
suspensión. La sanción no exime
al estudiante de los compromisos académicos
desarrollados durante esos días.
4.
COMPROMISO DISCIPLINARIO: los estudiantes que cometan faltas graves deberán firmar
compromiso disciplinario por el resto del año escolar. En caso de renovación de matrícula
se podrá prorrogar, de acuerdo con la decisión del consejo de promoción y evaluación.
5.
TRATAMIENTOS ESPECIALES: Si la falta se cometió por causa de problemas
psicosociales, el estudiante y la familia serán remitidos para atención y tratamiento externo y
deberán presentar constancia de la valoración, asistencia y progreso emitida por el
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profesional que los asista. La familia se comprometerá con ello y asumirá los costos que
genere el tratamiento.
6.
PAGOS E INDEMNIZACIONES: Además del correctivo disciplinario, la familia deberá hacer
la reparación o pagar de inmediato el daño realizado, bien sea a la institución o a los
afectados.
7.
INHABILITAR PARA ASISTENCIA A ACTIVIDADES: Los estudiantes podrán ser
inhabilitados para asistir a programas especiales, eventos, salidas pedagógicas, deportivas
o cualquier otra que programe la institución.
8.
SANCIÓN PEDAGÓGICA: El estudiante deberá presentar excusa pública a los afectados.
9.
CANCELACIÓN DE EXCENCIONES Y REBAJAS: El estudiante que cuenta con apoyo
económico u otros beneficios, perderá el derecho a estos.
10. PÉRDIDA DE CARGOS: El estudiante perderá el cargo (monitor, representante de curso u
otros), según lo determine el comité de convivencia escolar.
11. MATRÍCULA CONDICIONAL. Se aplicará con previa consulta al consejo académico. El
incumplimiento de este compromiso será motivo para la remisión al consejo directivo.
Artículo 19: PARA LAS FALTAS MUY GRAVES
Cuando las faltas son muy graves y sin atenuantes se podrá elegir entre estas opciones después de
analizar cuidadosamente el caso en particular.
1.
LA NO ASISTENCIA A LA CEREMONIA DE GRADUACIÓN: A los estudiantes del grado
undécimo que cometan faltas muy graves se les podrá sancionar con la no asistencia al acto
protocolario y el diploma se les entregará en la secretaría de la Institución.
2.
CANCELACIÓN DE MATRÍCULA PARA EL AÑO SIGUIENTE. Se aplicará a faltas muy
graves; esta decisión se debe notificar mediante resolución.
3.
CANCELACIÓN DE MATRÍCULA INMEDIATA: Esta es la acción máxima que se aplica de
manera inmediata, conforme al debido proceso. Implica el retiro de la Institución por cometer
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faltas calificadas como muy graves. Esta decisión será tomada por el Consejo Directivo, el
cual le notificará al estudiante y acudientes mediante resolución.
Parágrafo: En caso de que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley, el comité
de convivencia escolar hará la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.
Artículo 20: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
Las siguientes circunstancias permiten atenuar la estrategia formativa, sin desconocer la falta:
1.
El buen comportamiento del estudiante previo a la falta.
2.
La confesión voluntaria cuando la institución no tiene conocimiento de la falta.
3.
El haber actuado en defensa de sus derechos personales o comunitarios.
4.
Etapa de desarrollo de la moralidad, la capacidad de comprender la magnitud de la falta
debido a su edad.
5.
Afección psicológica siempre y cuando la familia y el estudiante tengan un proceso de
intervención profesional, fuera de la institución y se demuestre el tratamiento que se viene
recibiendo al respecto.
Artículo 21: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Las siguientes circunstancias harán más grave la sanción:
1.
Cuando su actuar comprometa el buen nombre de la institución.
2.
El haber sido sancionado anteriormente.
3.
El haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta
4.
La intencionalidad o premeditación al cometer la falta.
5.
El cometer la falta para recibir provecho personal o para un tercero.
6.
La reincidencia o acumulación de faltas.
7.
El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de faltas.
8.
El involucrar a personas que no tienen relación con el hecho.
9.
Cuando vulnere los derechos de los compañeros de menor edad.
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Artículo 22: PARA LA CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA DE UN ESTUDIANTE
La institución se reserva la autonomía para, en caso extremo, cancelar el cupo al estudiante.
El procedimiento para cancelar el contrato de matrícula a un estudiante del Colegio será el siguiente:
1.
Remisión al Consejo Directivo de los documentos que hacen parte del proceso aplicado
dentro del conducto regular.
2.
El consejo directivo estudiará la cancelación del contrato de matrícula del estudiante.
3.
La determinación del consejo directivo se comunicará por escrito a los padres o acudientes y
al estudiante.
4.
Los interesados pueden presentar los descargos por escrito al consejo directivo dentro de
los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del concepto.
5.
Cuando se presenten descargos, el consejo directivo se reunirá nuevamente para
analizarlos y confirmar o derogar el concepto emitido.
6.
El rector citará a los padres o acudiente del estudiante para notificarles la resolución.
7.
Mientras no se notifique la resolución, el estudiante asistirá normalmente a las clases y
actividades del colegio. Una vez notificado, deberá retirarse de la Institución.
CAPITULO V
RESPECTO DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL.
Artículo 23: EL UNIFORME
Los estudiantes deben portar los uniformes reglamentarios, en óptimas condiciones de limpieza,
preservación, presentación y asignación de horario.
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Artículo 24: UNIFORME DE DIARIO
Mujeres: Falda institucional a cuadros azules con blanco: prenses chatos delantero y trasero
seguidos de prenses con distancia no inferior a 7 cm. y bolsillo lateral; el largo por debajo de la
rodilla. Blusa blanca con cuello según modelo, bolsillo frontal superior izquierda con el escudo
bordado, saco azul oscuro cerrado con cuello v, medias blancas hasta la rodilla, zapatos colegial
negro de amarrar con cordones negros. No se acepta el uso de tops al cuello ni tiras visibles del
sostén.
Varones: Camisa blanca cuello tipo americano (duro, con botones en los extremos de las palas),
manga corta, con canesú, bolsillo en la parte superior izquierda con el escudo bordado, pantalón
azul oscuro en lino, bota recta (no entubado) con prenses frontales, saco azul oscuro cerrado con
cuello v, cinturón negro de hebilla pequeña, calcetín mediacaña azul oscuro, zapatos negros de
amarrar con cordones negros.
Artículo 25: UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA
Pantalón de sudadera institucional azul rey con embono blanco lateral externo, bota recta (no
entubada), chaqueta azul rey con embono blanco en la parte lateral superior de las mangas, y
escudo institucional bordado en la parte frontal superior izquierda, pantaloneta azul oscuro con
embono blanco lateral externo, camiseta blanca manga corta con cuello v y puño en azul oscuro,
escudo de la institución estampado en la parte frontal superior izquierda. La camiseta debe
permanecer vestida dentro del pantalón; calcetín mediacaña blanco, zapatos tenis completamente
blancos y de amarrar.
Parágrafo 1: La chaqueta de la sudadera también se puede utilizar con el uniforme de diario. El
saco no se puede utilizar con el pantalón de la sudadera.
Parágrafo 2: La falda de las niñas de preescolar debe tener tirantas.
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Parágrafo 3: El escudo es propiedad intelectual del colegio y por lo tanto ninguna persona natural o
jurídica está autorizada para reproducirlo.
Parágrafo 4: No se debe usar ningún tipo de maquillaje cosmético, ni accesorios tales como: anillos,
cadenas, aretes y relojes grandes. Está permitido para las niñas el uso de un par de aretes tipo
topito, moñas, diademas o hebillas blancas, azules o negras, las uñas deben estar sin esmalte a
menos que sea transparente.
Acompañar su presentación personal con el aseo, peinado o corte de cabello, en los jóvenes
el cabello debe ser corto tipo tradicional.
Artículo 26: ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS
El Colegio Americano Menno en cumplimiento de sus fines y objetivos, de las disposiciones legales y
en procura de contribuir en la formación de la personalidad de los educandos, ha establecido como
estímulos y reconocimientos al desempeño académico, social, científico, artístico o deportivo, los
siguientes:
1.
Beca Felipe Durán Quintero:
Creada en memoria del estudiante de grado undécimo de la segunda promoción (2004),
quien falleció por causas naturales.
Se entrega al estudiante de grado décimo que se destaque por mantener un proceso
integral. Como pre requisitos se estipulan: ser un estudiante antiguo, tener un excelente
desempeño académico, haber apropiado y puesto en práctica la filosofía, principios y valores
institucionales y desarrollar un liderazgo positivo.
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Este reconocimiento se entrega cada año durante la ceremonia de proclamación de
bachilleres y conlleva a la exención en el pago del valor correspondiente a matrícula y
pensión para cursar el grado undécimo.
Parágrafo: La familia cubrirá los demás costos educativos aprobados en la resolución
emitida por la Secretaria de Educación.
2.
Mayor puntaje en las pruebas saber 11.
Reconocimiento que se hará durante la ceremonia de graduación, al estudiante de grado
undécimo que haya obtenido el mejor resultado en las pruebas de estado.
3.
Mejor bachiller del año.
El estudiante de grado undécimo que a criterio del consejo académico, se destaque por sus
resultados académicos y convivenciales, recibirá en la ceremonia de graduación la distinción
como Mejor Bachiller del año.
4.
Mejor bachiller de la promoción.
El consejo académico evaluará el desempeño académico, aptitudinal, liderazgo positivo,
compromiso e identidad con el colegio, de cada uno de los estudiantes de grado undécimo,
que haya cursado como mínimo ocho años en la institución, a partir de lo cual se elegirá a
quien será exaltado con el reconocimiento de mejor bachiller de la promoción.
5.
Reconocimiento como hijos del colegio:
Reconocimiento especial a los estudiantes de grado undécimo que hayan cursado todos los
niveles ofrecidos por la institución en forma ininterrumpida. Para el efecto se hará entrega de
una placa en la ceremonia de graduación.
6.
Deportista destacado.
Creado por la promoción 2011 y adoptado por la institución para enaltecer el espíritu
deportivo, se entrega cada año durante última izada de bandera al estudiante que haya
obtenido mayor reconocimiento en competencias deportivas.
7.
Medalla de excelencia y exoneración de pago de pensión: El estudiante de cada grado
que se destaque durante el año por su excelente rendimiento académico, comportamiento y
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valores humanos, se hará acreedor a la exaltación de sus méritos al finalizar el año. Este
reconocimiento se realiza durante la ceremonia de clausura e implica la condonación del
pago de pensión para el siguiente año escolar.
8.
Izada del Pabellón Nacional: Los estudiantes de cada curso, destacados por cualidades
específicas, izarán la bandera en acto cívico.
9.
Representantes del colegio ante otras instituciones: Los estudiantes que sobresalgan
por sus capacidades artísticas, literarias, científicas y deportivas podrán participar en los
diferentes eventos en representación del colegio. Es necesario tener en cuenta, que para
representar al colegio el estudiante debe tener además buen desempeño académico,
disciplinario y de convivencia.
TÍTULO III
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y LOS DOCENTES
CAPÍTULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES O ACUDIENTES
Artículo 27: DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES
1.
Recibir información oportuna sobre actividades o compromisos con la institución.
2.
Solicitar y recibir información sobre el rendimiento escolar y comportamental de sus hijos, en
los horarios establecidos por la institución.
3.
Participar de todos los programas de formación de padres y acudientes que brinde la
institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
4.
Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al consejo directivo, consejo de padres y
asociación de padres de familia.
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5.
Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI y el manual de convivencia, de
acuerdo con los mecanismos que para ellos se estipulen.
6.
Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes que
contribuyan al mejoramiento institucional.
7.
Conocer con anticipación o al momento de la matrícula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el
manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema
de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
8.
Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto al proceso
educativo de sus hijos dentro del tiempo fijado por las normas legales institucionales.
9.
Conocer la información sobre los resultados de las pruebas académicas internas y externas
del servicio educativo.
10. Tener acceso al servicio de atención psicológica, la cual excluye tratamientos o procesos de
intervención.
11. Participar en programas y eventos del colegio relacionados con su recreación, bienestar y
capacitación.
12. Recibir apoyo en el proceso formativo de sus hijos, mediante asesorías y talleres dados en
las escuelas de padres.
13. A ser tratados con igualdad y respeto.
14. A recibir oportunamente constancias y certificados solicitados de acuerdo con los plazos
establecidos por la institución.
Artículo 28: DEBERES DE PADRES O ACUDIENTES
Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia, la ley 115 de 1994 “Ley General
de Educación”, la ley 1098 de 2006 “ley de Infancia y Adolescencia”, al Decreto 1290 de 2009,
“Evaluación y Promoción de los Estudiantes”, al Decreto 1286 de 2005 “Normas sobre la
Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”, el Sistema
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Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y la Ley 1453 de 2011 son deberes
de los padres de familia o acudientes los siguientes:
1.
Responsabilizarse en la formación y educación de sus hijos.
2.
Colaborar de manera permanente con los profesores en el proceso de formación académica
y disciplinaria de sus hijos.
3.
Responsabilizarse de la puntualidad, presentación personal, aseo y uso debido de los
uniformes requeridos por la Institución.
4.
Proporcionar los materiales e implementos necesarios para el proceso formativo de sus
hijos.
5.
Conocer y aceptar la filosofía y los principios institucionales.
6.
Acatar el manual de convivencia.
7.
Cumplir dentro de los primeros cinco días de cada mes con los compromisos económicos
adquiridos con el plantel por la prestación del servicio educativo.
8.
Responder por los daños materiales ocasionados por sus hijos.
9.
Propiciar un ambiente de comprensión, respeto y tolerancia con sus hijos y la comunidad
educativa.
10. Evitar hasta donde sea posible la inasistencia de sus hijos al colegio.
11. En caso de inasistencia de su hijo hacer llegar al colegio la incapacidad médica o la carta
explicativa de la situación que justifique la ausencia, el ingreso tarde o salida antes de
terminar la jornada.
12. Autorizar por escrito las salidas pedagógicas, culturales, deportivas o recreativas
programadas por la institución.
13. Informarse sobre el comportamiento y rendimiento de su hijo, en los horarios establecidos.
14. Dirigirse con respeto a todo el personal directivo, administrativo, de servicios, docente y
estudiantil de la comunidad del Colegio Americano Menno, siguiendo el conducto regular.
15. Presentarse vestido adecuadamente a la Institución Educativa.
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16. Atender oportunamente los requerimientos del colegio y asistir puntualmente a las
reuniones, talleres, encuentros, conferencias, escuela de padres, entre otros que se
programen en aras de optimizar la educación de sus hijos.
17. Apoyar los planes de mejoramiento del servicio educativo y el bienestar de la comunidad.
18. Firmar la matrícula en las fechas establecidas por el colegio, adjuntando la documentación
completa exigida.
19. Actualizar datos de contacto y personales de sus hijos cuando se presenten cambios.
20. Recibir a sus hijos tan pronto termine la jornada escolar.
21. Colaborar con sus hijos en la realización de las tareas o trabajos diarios en casa o en la
preparación para actividades de nivelación o recuperación.
22. Responder por gastos médicos según factura, cuando el estudiante por juegos bruscos o
uso inadecuado de las instalaciones del colegio se cause daño a sí mismo o a otro miembro
de la comunidad.
23. En caso de que el estudiante presente alguna enfermedad ocasional, la cual le impida
desempeñarse normalmente en las actividades académicas, el padre de familia o acudiente
debe llevarlo a la entidad de salud y posteriormente reintegrarlo a la institución
educativa según las indicaciones médicas.
24. Evitar la asistencia del estudiante al colegio si presenta síntomas o enfermedad que lo
amerite.
25. Participar oportunamente de los procesos correctivos sugeridos para sus hijos o acudidos.
26. Solicitar autorización del rector o su delegado para poder dirigirse a los salones o retirar a
su hijo del plantel en horarios de clase.
Parágrafo 1. Al padre de familia o acudiente le asiste la responsabilidad de su hijo cuando éste se
encuentre dentro o fuera de la Institución en horarios o actividades no programadas.
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Parágrafo 2. Es obligación de los padres de familia o acudientes presentarse a primera hora del día
hábil siguiente ante el rector, para justificar su ausencia en una entrega de informes, citaciones u
otra convocatoria hecha por el colegio.
Parágrafo 3. La falta de acompañamiento de los padres o acudientes y la ausencia a reuniones,
escuelas y demás actos programados por la institución serán evaluados cada periodo y se verán
reflejado en el boletín de notas.
Parágrafo 4. Si un padre muestra una actitud desleal, incompatibilidad o desacuerdo con el
proyecto educativo institucional, la filosofía y los principios del colegio y esta conducta es
reincidente, sus directivas pueden abstenerse de renovar el contrato educativo.
Parágrafo 5: Cuando los padres sean requeridos porque sus hijos presentan dificultades de tipo
académico, familiar o disciplinario o haya incumplimiento de lo especificado en los deberes de los
padres y sus parágrafos se aplicará el siguiente protocolo:
1.
Firma de carta de compromiso y otrosí al contrato de servicio educativo.
2.
En caso de que la problemática del estudiante persista por causa de incumplimiento de los
acuerdos por parte de los padres, éstos se harán acreedores a una amonestación de tipo
pedagógico, que implica la asistencia obligatoria a un proceso de asesoría familiar a través
de psico-orientación y dependiendo el grado de la problemática la consecuente remisión a
psicoterapia familiar externa.
3.
Se hará seguimiento a los cambios en las dinámicas parentales y en caso positivo se
suspenderá el proceso.
4.
De perseverar las actitudes poco proactivas, se remitirá el caso a las autoridades
competentes solicitando el restablecimiento de derechos al menor. De igual forma se
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someterá a consideración del consejo académico la renovación del contrato de servicio
educativo.
5.
El incumplimiento de los compromisos económicos y procedimentales establecidos en el
contrato de servicio educativo será causal del condicionamiento o pérdida del cupo.
CAPITULO VII
DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES.
Artículo 29: NORMATIVA
Según la ley, el educador es el orientador de procesos de formación y enseñanza-aprendizaje de los
estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas, morales de la familia y de la
sociedad (Ley 115 de 1.994, Art.104). En este contexto, sus derechos y deberes son:
Artículo 30: DERECHOS DE LOS DOCENTES
1.
Los docentes, dentro del respeto a la Constitución, a las leyes y a este Manual de
Convivencia, tienen
garantizada la libertad de enseñanza. El ejercicio de esta libertad
deberá orientarse a promover una formación integral de los estudiantes, que contribuya a
formar su conciencia moral y cívica de manera respetuosa con la libertad y dignidad
personal de los mismos.
2.
A reunirse en las instalaciones del colegio, con el fin de contribuir a los distintos aspectos
propios de la labor pedagógica. Estas reuniones serán programadas con antelación, previa
concertación con el Rector.
3.
A ser tratados en todo momento con dignidad y respeto, tanto por los estudiantes como por
los padres de familia, compañeros docentes, directivos y personal de servicio.
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4.
A ser informados por sus representantes en los órganos colegiados de los acuerdos
adoptados por los mismos.
5.
A
recibir información oportuna de reconocimientos o quejas que los estimule o
afecte laboral y profesionalmente.
6.
A elegir y ser elegidos democráticamente como miembros de los órganos colegiados.
7.
Ser escuchados oportuna y respetuosamente por compañeros, estudiantes, directivos o
padres de familia.
8.
Al debido proceso en caso de iniciarse investigación o proceso disciplinario.
9.
Los demás derechos señalados por la ley.
Artículo 31: DEBERES DE LOS DOCENTES
1.
Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas en el Manual de Convivencia Escolar.
2.
Participar en la conformación de los comités, ejecución de proyectos pedagógicos de
obligatorio cumplimiento y los adoptados por el colegio en el plan de mejoramiento.
3.
Dar un trato respetuoso a sus compañeros, estudiantes, padres o acudientes y demás
miembros de la comunidad educativa.
4.
Mantener y fomentar la comunicación directa con el padre de familia o acudiente,
informándoles de la evolución del proceso educativo de sus hijos, de los logros a conseguir
en cada área y de las actividades previstas para ello en el horario establecido.
5.
Comunicarse con los acudientes cuando el estudiante falte a clase por más de dos (2) días
consecutivos, indagando sobre el motivo de su inasistencia o las posibles causas de
deserción.
6.
Llegar puntualmente al colegio y permanecer en este en toda la jornada laboral y en caso de
presentarse alguna situación que amerite la salida del colegio, solicitar el permiso a quien
esté a cargo.
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7.
Presentar excusa oportuna y justificada de la inasistencia a sus labores académicas y en
caso de ocurrir una situación fortuita notificarlo.
8.
Respetar los horarios de clase y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones
propias del cargo.
9.
Dejar material de trabajo suficiente para ser aplicado en las diferentes clases que le
corresponden cuando el docente se ausenta.
10. Colaborar con el cuidado y conservación de las instalaciones y material del colegio a su
cargo, comunicando inmediatamente al rector cualquier anomalía o deterioro que se detecte.
11. Regir sus prácticas docentes a partir de la filosofía y principios del colegio.
12. Ser solidario cuando un miembro de la comunidad educativa ha sufrido alguna calamidad,
lesión o accidente.
13. Dar apoyo en clases diferentes a las asignadas, cuando algún profesor está ausente.
14. Cumplir responsablemente los turnos de disciplina establecidos por el colegio.
15. Diligenciar oportunamente los soportes de control, registrando los aspectos positivos o los
que hay que mejorar o corregir.
16. Revisar que se cumplan las condiciones óptimas de aseo y la organización general del
salón.
17. Capacitarse y actualizarse buscando un mejor desempeño de sus funciones.
18. Presentar en las fechas indicadas los registros de los estudiantes, como planillas, procesos,
logros, planeamiento general, control de asistencia, etc.
19. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la institución brinda para el desarrollo de los
procesos y velar por su cuidado.
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TÍTULO IV
PROCESO ACADÉMICO Y NORMAS ESPECÍFICAS
CAPITULO VIII
ACUERDOS ACADÉMICOS
Artículo 32: ACUERDOS ACADÉMICOS
Los acuerdos académicos hacen parte del Manual de Convivencia, por consiguiente se anexa y
hace parte integral del presente, la resolución rectoral número 08 de 2010, mediante la cual se
acoge y establece como política institucional los acuerdos del Consejo Académico, referentes a los
parámetros definidos para la evaluación de estudiantes.
CAPÍTULO IX
NORMAS ESPECÍFICAS
Artículo 33: SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO DEL ESTUDIANTADO
Implementamos el concepto de servicio social obligatorio para jóvenes bachilleres, como política
pública del Estado colombiano, que consiste en la vinculación de los alumnos a actividades de
servicio y desarrollo social, como requisito para la obtención del diploma de bachiller.
Las actividades que podrán realizar los estudiantes del Servicio Social Obligatorio en la institución
serán las siguientes:
1.
Ayudas didácticas: Apoyar en la elaboración y organización de material didáctico y
actividades recreativas en eventos especiales.
2.
Audiovisuales: apoyar a los docentes en instalación y manejo de equipos audiovisuales.
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3.
Brigadas de control: Colaborar en actividades como control de llegada y salida, uso de
corredores y patios en tiempos de descanso y apoyar la organización de actividades
especiales como izadas de bandera, reuniones y asambleas de padres.
4.
Tienda escolar: Colaborar en el buen funcionamiento y control de las tiendas escolares en la
hora de descanso.
5.
Proyecto Ambiental (PRAE): colaborar con los docentes encargados en la ejecución de
todas las actividades que permitan una mayor apropiación y sensibilización respecto al
cuidado y protección del Medio Ambiente, ornamentación y campañas de aseo.
6.
Monitorias.
Apoyar a los docentes encargados del manejo de escuelas deportivas,
culturales, artísticas y otras actividades como tenis de mesa y ajedrez.
7.
Comunicaciones.
Manejar la emisora y colaborar en la elaboración de las carteleras
institucionales.
8.
Biblioteca.
Colaborar en la organización de libros y materiales, controlar el préstamo de
libros, realizar actividades específicas para el control de la sala y promover actividades
conexas como tertulias, foros, lectura y otros.
Por las diferentes actividades a los estudiantes se les reconocerán horas de trabajo, así: ochenta
(80) horas en grado décimo y (70) horas en grado undécimo.
Artículo 34: USO DE INSTALACIONES PARA PROGRAMAS EXTRAESCOLARES.
Las actividades organizadas por la Asociación de Padres, estudiantes o por cualquier otra entidad,
deberán realizarse en espacios y horas extraclase, una vez aprobadas por el rector.
La utilización de la institución por parte de la entidad organizadora de las actividades conlleva el
compromiso formal de responsabilizarse de:
1.
La vigilancia del edificio durante el tiempo que duren esas actividades.
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2.
El pago de los gastos ocasionados por deterioro.
3.
Entregar las instalaciones en óptimas condiciones de aseo.
4.
La relación laboral con el personal encargado de realizar estas actividades.
Artículo 35: SALIDAS PEDAGÓGICAS.
Como norma general, las salidas pedagógicas serán de carácter voluntario y atendiendo los
siguientes criterios:
1.
Su autorización está sujeta a la aprobación del rector o quien haga sus veces, una vez se
conozca el proyecto, responsables, objetivos, justificación, fines, tiempo, actividades y
presupuesto.
2.
Los profesores decidirán el itinerario y el programa de actividades a realizar durante las
salidas.
3.
Las salidas tendrán fines pedagógicos, por lo que deberán ser analizados en clase antes,
durante y después de realizarlos.
4.
Los estudiantes deberán presentar la autorización firmada por los padres o acudientes.
5.
Los estudiantes deberán portar el uniforme y la documentación exigida.
Artículo 36: NORMAS DE USO DE LA SALA DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA.
1.
A la sala de sistemas se debe ingresar portando el uniforme adecuadamente.
2.
Abstenerse de consumir bebidas y alimentos dentro de la sala de sistemas.
3.
Cuidar y dar buen uso de los equipos que esté utilizando y reportar cualquier anomalía a la
persona encargada de la sala.
4.
Mantener los dispositivos de los computadores en su lugar sin desconectarlos.
5.
Abstenerse de descargar o instalar programas o archivos.
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6.
Al terminar la actividad se deben dejar apagados todos los equipos.
7.
Mantener su lugar de trabajo organizado y aseado.
8.
Seguir las instrucciones y normas dadas por el docente o la persona que esté a cargo en el
momento.
9.
Responder por los daños que pueda ocasionar en el equipo en el cual se encuentre
trabajando en caso de que este se haya presentado por una imprudencia o mal uso.
Correctivo
El incumplimiento a estas normas será motivo de sanción disciplinaria equivalente a la falta.
Artículo 37: NORMAS PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA
1. Abstenerse de ingresar alimentos y bebidas.
2. Mantener una conducta adecuada, evitando correr y hablar en voz muy alta.
3. Dejar cada libro utilizado en la mesa de trabajo, los cuales serán ubicados por los
encargados de la biblioteca.
4. Cada libro está rotulado con un código en la parte inferior de su lomo, este debe ser
conservado en buen estado.
5. El préstamo de libros solo puede ser autorizado por los encargados.
6. El estudiante no podrá sacar en préstamo más de un libro de forma simultánea, este deberá
ser devuelto en un plazo máximo de una semana. Una vez devuelto se dará la opción de
renovación o préstamo de otro libro por una semana más, si no está reservado.
7. El material de referencia, así como series, colecciones y revistas, no podrá ser retirados de
la biblioteca.
8. Los usuarios tienen derecho a reservar el material o entrar en lista de espera cuando existan
otras reservas anteriores.
Correctivos:
1. Quien pierda cualquier material deberá reponerlo o cancelar el valor comercial actual.
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2. Al estudiante sancionado se le suspenderá el uso de la biblioteca por un tiempo
determinado.
3. Cuando no se devuelva el libro en el plazo estipulado, se suspenderá el derecho a préstamo
por un mes calendario.
Artículo 38: NORMAS PARA EL USO DEL SALÓN MÚLTIPLE
1. Los estudiantes deberán estar acompañados por un docente.
2. Las ventanas podrán ser abiertas solo con previa autorización del docente encargado.
3. No lanzar ningún tipo de elementos por las ventanas.
4. Dejar en orden las mesas y sillas al finalizar las actividades.
5. Cuidar y dar buen uso a los implementos de tenis de mesa, ajedrez y otros materiales que
allí se encuentren.
6. El uso de la tarima es exclusivo para actos culturales, protocolarios y cívicos.
7. Los estudiantes deberán subir a la tarima por las escaleras laterales y solamente cuando el
docente lo indique.
8. Es necesario mantener el orden, evitando situaciones tales como: juegos de carrera, uso de
balones, saltar, gritar, etcétera.
9. Mantener el lugar aseado en todo momento.
Correctivo
El incumplimiento a estas normas será motivo de suspensión del derecho a la utilización del aula
múltiple por tiempo proporcional a la falta.
Artículo 39: NORMAS PARA EL USO DEL LABORATORIO
1. Los estudiantes deben permanecer siempre con un docente.
2. Seguir las normas de seguridad establecidas.
3.
Usar bata blanca manga larga de laboratorio durante las prácticas.
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4. Escuchar con atención las indicaciones del profesor antes de iniciar la práctica.
5. Conectar y desconectar correctamente los aparatos eléctricos o electromagnéticos y cerrar
bien las llaves del agua y el gas.
6. Usar protección para los ojos en el caso de ser necesario.
7. Nunca probar ni oler sustancias que no conozcan.
8. Dar uso adecuado a los materiales del laboratorio y entregarlos limpios al finalizar la
práctica.
9. No consumir alimentos ni bebidas en el laboratorio.
10. Mantener el cabello recogido y protegido.
11. Evitar el uso de elementos corto-punzantes.
12. Ser cuidadoso con el manejo de sustancias químicas.
13. Mantener ordenados los sitios de trabajo y hacerse responsable de sus pertenencias.
14. Evitar generar pánico y en caso de accidentes, avisar al profesor y salir ordenadamente.
15. Desechar adecuadamente los residuos no reutilizables.
16. El estudiante responderá por los daños en los materiales o equipos con los cuales se
encuentre trabajando, siempre y cuando se compruebe negligencia o mal uso de los
mismos.
Correctivo
El incumplimiento a estas normas será motivo de sanción disciplinaria equivalente a la falta.
Artículo 40: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA TIENDA ESCOLAR
1.
Utilizar el servicio solo en las horas de descanso.
2.
Acudir de manera organizada, dando prioridad a los estudiantes más pequeños.
3.
Los estudiantes de preescolar, primero y segundo podrán comprar minutos antes que los
estudiantes de secundaria.
4.
Acatar las directrices de los docentes en la hora del descanso.
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5.
Dirigirse de manera respetuosa a las personas encargadas de la atención.
6.
Abstenerse de comprar para otros compañeros.
Correctivo
El incumplimiento a estas normas será motivo de sanción disciplinaria equivalente a la falta.
Artículo 41: NORMAS PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPOS AUDIOVISALES
1.
El préstamo de estos elementos se realizará únicamente a los docentes, quienes llenarán y
firmarán una planilla al momento de llevarlos y regresarlos.
2.
Evitar el uso de equipos que estén fallando o incompletos, informando al encargado sobre la
situación.
3.
Responder en caso de daño o pérdida.
Artículo 41: NORMAS PARA EL USO DE LA ENFERMERÍA
La enfermería es un sitio de atención básica para primeros auxilios, curación de heridas leves y el
control de signos vitales.
1.
Para recibir el servicio de enfermería los estudiantes deben ser enviados por el docente a
cargo de la clase.
2.
Solo podrá permanecer en la enfermería el estudiante que requiera atención, no se aceptan
acompañantes.
3.
Todo estudiante que presente patologías graves o requiera de un control especial, deberá
traer de su casa (nota en el cuaderno de control) un instructivo de cuidados específicos, en
el cual se indiquen medicamentos, dosis, sitios de atención (IPS) en caso de ser necesaria
la remisión.
4.
Cuando los estudiantes enfermos requieran ser devueltos a casa, se establecerá
comunicación telefónica con los padres o acudientes quienes deberán recogerlos. De no
ser posible la comunicación los estudiantes deberán permanecer en enfermería,
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exceptuando casos de gravedad, los cuales serán remitidos al centro de atención médica
más cercano, acompañados de la enfermera o un docente mientras
se establece
comunicación con los padres o el acudiente.
5.
La detección de cualquier indicio de enfermedad infectocontagiosa se comunicará
inmediatamente a rectoría para tomar las medidas oportunas e informar a las autoridades
competentes.
Artículo 42: REGLAMENTO INTERNO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
1.
Se debe mantener el respeto, fomentar los valores y principios Americomenistas.
2.
Para fijar publicaciones o boletines en las carteleras del colegio se debe contar con
autorización de la rectoría.
3.
La programación de la emisora debe contar con la aprobación del docente encargado.
4.
Es importante controlar el volumen de emisión evitando la contaminación auditiva.
5.
Solamente pueden ingresar a la cabina de la emisora los estudiantes autorizados.
6.
Está prohibido consumir alimentos y bebidas dentro de la cabina.
7.
Mantener organizados los equipos y apagarlos al finalizar la emisión.
8.
Responder por los daños ocasionados por negligencia o mal uso.
Artículo 43: SERVICIO DE ORIENTACION.
Se prestará un servicio de orientación estudiantil que tendrá como objetivo general el de contribuir al
pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a:
1.
La toma de decisiones personales.
2.
La identificación de aptitudes e intereses.
3.
La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales.
4.
La participación en la vida académica, social y comunitaria.
5.
El desarrollo de valores, y
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6.
Las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92 de la Ley 115 de
1994.
Artículo 44: REGLAMENTO INTERNO ESCUELAS DEPORTIVAS.
1.
Resaltar el buen nombre del Colegio Americano Menno.
2.
Llegar a tiempo a las sesiones de entrenamiento.
3.
Participar activamente durante la práctica.
4.
Mantener el orden y la disciplina en las instalaciones donde se realiza la práctica.
5.
Mantener relaciones respetuosas y cordiales con los integrantes del grupo, profesores y
monitores prestadores de servicio social.
6.
Respetar las decisiones tomadas por las personas encargadas de la escuela de formación
(profesores y directivos).
7.
Presentarse con el uniforme de entrenamiento, en caso de no tenerlo presentarse con ropa
deportiva apropiada para la práctica.
8.
No ausentarse del entrenamiento hasta la terminación del mismo o con la debida
autorización del profesor justificando su retiro.
9.
Llevar
hidratación al lugar de la práctica e ingerirla solamente en los momentos
establecidos.
10. No presentarse a entrenamiento cuando esté lesionado o enfermo.
11. No acudir al entrenamiento con elementos innecesarios para el desarrollo de la práctica
deportiva (joyas, dispositivos electrónicos, etc.)
12. Mantener buen rendimiento académico y disciplinario.
13. Cuidar y responder por los elementos de entrenamiento que le sean facilitados.
14. Comunicar oportunamente cualquier situación anómala que se presente.
15. No estar vinculados a otra escuela de formación del mismo deporte.
16. Cancelar una cuota mensual según resolución de costos educativos aprobada por la
Secretaria de Educación de Cundinamarca.
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Deberes de los padres o acudientes de los estudiantes
1. Colaborar con la buena presentación y aseo personal de su hijo al enviarlo a las actividades
programadas por la escuela de formación deportiva.
2. Inculcar a sus hijos respeto por sus compañeros y los profesores.
3. Garantizar la asistencia permanente de sus hijos a la práctica deportiva.
4. Excusar a sus hijos por la inasistencia a la práctica deportiva.
5. Acudir a las citaciones hechas por los profesores o directivos de la escuela de formación.
Deberes de los profesores
1. Estar en el lugar de la práctica 10 minutos antes de la hora programada.
2. Mantener relaciones respetuosas con los estudiantes y padres de familia.
3. Avisar con anticipación la cancelación del entrenamiento.
Parágrafo 1: Para la escuela de voleibol se debe tener en cuenta el uso de las medias
reglamentarias tanto para niñas como para niños.
Parágrafo 2: Para la conformación de equipos que representan al colegio en eventos deportivos se
tendrán en cuenta aquellos estudiantes que hayan logrado un buen nivel deportivo, académico,
disciplinario y cumplan con el perfil Americomenista.
Parágrafo 3: La inasistencia a determinado número de clases, sin excusa justificada, ocasionará la
exclusión temporal o total de la escuela.
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Artículo 45: REGLAMENTO ESCUELA DE MUSICA
1.
Cumplir con el horario estipulado, llegando a tiempo y retirándose hasta el final de la
práctica.
2.
Participar con buena disposición en la práctica musical, dedicando tiempo a su instrumento,
según las indicaciones del docente.
3.
Repasar y practicar en casa las piezas y estudios musicales asignados.
4.
Ser responsable del cuidado de su instrumento. El profesor, ni el colegio serán responsables
por pérdida o deterioro parcial o total.
5.
Cuidar los instrumentos de la Institución que se le presten durante la práctica.
6.
Estar dispuesto para las presentaciones, en horarios normales de clase así como las
extraclase.
7.
Traer siempre a la práctica sus partituras, cuadernos y demás elementos requeridos.
Deberes de los padres:
1.
Brindar los espacios necesarios para la práctica musical del estudiante.
2.
Llevarlo a tiempo a la práctica y recogerlo en la hora estipulada.
3.
No interrumpir la práctica musical.
Deberes de los maestros:
1.
Llegar 10 minutos antes de la práctica.
2.
Brindar los elementos necesarios para el desarrollo de la escuela.
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TITULO V
GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES
CAPITULO X
GOBIERNO ESCOLAR
Artículo 46: CONSEJO DIRECTIVO
Es la máxima autoridad del gobierno escolar, es la instancia directiva del gobierno escolar, su
orientación es académica y administrativa. Está encargada de resolver conflictos, adoptar y aprobar
el reglamento institucional y el plan anual.
Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes a la iniciación de clases de cada período
lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones.
Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar
las elecciones correspondientes.
Estará conformado por el rector del Colegio, dos representantes de los docentes, dos representantes
de los padres de familia; uno de ellos elegido en asamblea de padres y el otro en representación de
la Asociación de Padres de familia, un representante de los estudiantes de último grado, elegido por
todos los estudiantes a través del proceso de elección democrático, un representante de los
exalumnos y un representante del sector productivo (en representación de la IMCOL).
Sus principales funciones son:
1.
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean
competencia de otra autoridad.
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2.
Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los miembros de la
comunidad educativa, después de haber agotado los procedimientos previstos en el
reglamento o manual de convivencia.
3.
Revisar, proponer ajustes y aprobar el reglamento de la institución, de conformidad con las
normas vigentes.
4.
Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
5.
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta afectado.
6.
Revisar, proponer ajustes y aprobar los planes anuales de actualización y mejoramiento de
la institución presentados por el Rector.
7.
Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, currículo y
plan de estudios y presentarlos ante la Secretaría de Educación respectiva o del organismo
que haga sus veces para verificaciones.
8.
Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9.
Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución.
10. Recomendar criterios y formas de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
11. Promover el relacionamiento de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones
educativas.
12. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos.
13. Establecer su propio reglamento.
Artículo 47: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
El consejo académico está conformado por el rector del colegio (quien lo preside) y toda la planta de
docentes. Sus funciones son:
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1.
Organizar y orientar la acción pedagógica del centro educativo.
2.
Designar docentes para su representación en los diferentes consejos y comités.
3.
Organizar y ejecutar la evaluación institucional.
4.
Presentar al Consejo Directivo el cronograma institucional.
5.
Analizar y determinar la situación académica de cada uno de los estudiantes, en particular
de aquellos que necesitan mayor apoyo.
6.
Servir de órgano consultor para las determinaciones rectorales de tipo disciplinario.
Además de las anteriores, debe asumir las funciones del comité de evaluación y promoción que se
detallan a continuación.
1.
Definir la promoción de los estudiantes al finalizar los diferentes grados y realizar el
respectivo informe.
2.
Diseñar las actividades complementarias especiales cuando sean necesarias para que los
estudiantes alcancen los logros académicos.
3.
Hacer seguimiento académico a los estudiantes, especialmente a aquellos que merecen
mayor atención y compromiso.
4.
Analizar y aprobar los casos que ameriten la promoción anticipada de grado.
Artículo 48: FUNCIONES DEL RECTOR
El Rector es la primera autoridad administrativa y docente del plantel. Es el director y guía de las
políticas y estrategias de la institución para lograr una óptima oferta de los servicios educativos.
Son funciones del Rector:
1.
Definir con el equipo directivo las metodologías y estrategias de aplicación de las políticas
institucionales.
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2.
Verificar la óptima realización de los procesos de gestión, formación, administrativos y
financieros.
3.
Dirigir la formulación y desarrollo permanente del Proyecto Educativo Institucional con base
en las políticas educativas, la normatividad vigente, la participación de la comunidad y las
necesidades del entorno.
4.
Acatar, divulgar y hacer cumplir las normas y políticas nacionales, regionales e
institucionales que regulan la prestación del servicio educativo.
5.
Implementar una estructura organizativa coherente, aplicando estrategias participativas para
el plan operativo anual de acuerdo con el PEI, sustentando su acción directiva en enfoques
administrativos y pedagógicos, pertinentes y adecuados.
6.
Ordenar y supervisar la ejecución de cambios y ajustes en el currículo de acuerdo con los
estándares nacionales y las metas de calidad, con el objetivo de mejorar los indicadores de
promoción de los estudiantes.
7.
Proyectar, gestionar y optimizar el uso de los recursos (económicos, técnicos y humanos),
conforme a criterios legales, presupuestales y contables. Ordenar el gasto según proyectos
definidos.
8.
Dirigir la evaluación institucional y definir planes de mejoramiento con la comunidad
educativa.
9.
Orientar los proyectos pedagógicos de los docentes, apoyar su formulación y ejecución.
10. Propiciar la solución oportuna y pacífica de conflictos entre los integrantes de la comunidad
educativa, proponiendo soluciones con base en el manual de convivencia.
11. Ejercer la representación legal de la institución. Presidir comités y órganos de participación,
presentar los informes reglamentarios, dar cuenta de logros y dificultades a las autoridades y
a la comunidad educativa.
12. Desempeñar sus funciones directivas con ética y profesionalismo. Actuar con sentido de
identidad y pertenencia institucional. Cumplir y hacer cumplir la jornada laboral. Promover el
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clima organizacional necesario para el logro de los resultados académicos, administrativos y
comunitarios.
13. Comunicarse con los distintos integrantes de la comunidad educativa de manera efectiva.
Respetar las opiniones diferentes, escuchar con atención y comprensión. Liderar las
estrategias de comunicación institucional y promover la aplicación del conducto regular.
14. Promover procesos de mejoramiento continuo, a través de su actuación directiva. Establecer
alianzas y vínculo con organizaciones de la comunidad local, regional y nacional de acuerdo
con las estrategias institucionales.
15. Administrar el personal de la institución de acuerdo con la normatividad vigente, las
funciones asignadas y las metas institucionales. Evaluar el desempeño y hacer seguimiento
a los planes de desarrollo profesional de acuerdo con las normas establecidas.
16. Organizar y mantener actualizado el proceso de gestión de convivencia social.
17. Apoyar a los docentes en sus funciones de mediadores, conciliadores y formadores en las
diferentes situaciones que afecten el comportamiento de los estudiantes.
18. Mantener comunicación constante con los padres o acudientes para fortalecer el proceso de
acompañamiento de casos especiales.
19. Citar a los padres de familia y acudientes cuando el proceso lo requiera.
20. Realizar actividades de inducción a docentes, estudiantes y familias de la institución en los
aspectos relativos al Proyecto Educativo Institucional.
21. Participar en la revisión del manual de convivencia y asegurarse de su debido cumplimiento
por parte de la comunidad educativa.
22. Programar la carga académica de los docentes y los horarios de clases y horarios
especiales del plantel.
23. Organizar a los profesores por áreas y asignaturas de acuerdo con el perfil, los
requerimientos y las normas vigentes para el logro de los objetivos.
24. Dirigir el Consejo Académico de la institución y participar en las reuniones del mismo.
25. Hacer seguimiento al cumplimiento del cronograma de actividades.
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26. Asesorar y acompañar a los integrantes del Gobierno Escolar (Consejo de Estudiantes,
Personero).
27. Apoyar el proceso de admisión y matrícula de estudiantes.
28. Otras responsabilidades propias de la naturaleza de su cargo.
Parágrafo: Facultades del rector para sancionar y otorgar distinciones. El rector del colegio podrá
otorgar distinciones o imponer sanciones a los estudiantes según el reglamento o manual de
convivencia, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educación Nacional
(art. 132 del decreto 1860 de 1994).
Artículo 49: EL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Comité de Convivencia es un órgano consultor del rector y del Consejo Directivo institucional que
busca entre otras funciones, apoyar las decisiones que en primera instancia adopta el rector
respecto a la solución de situaciones disciplinarias de los estudiantes, con el fin de permitir procesos
que estimulen el desarrollo de una sana convivencia para la comunidad educativa y tratar los
conflictos con el debido proceso, orientados por criterios de justicia y respeto a los derechos
humanos.
El Comité de Convivencia está conformado de la siguiente forma:
1. El rector, quien lo preside.
2. El personero estudiantil
3. El orientador.
4. El presidente del consejo de padres de familia.
5. El presidente del consejo de estudiantes
6. Un (1) docente elegido por el Consejo Académico.
Nota: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa
conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
Funciones del comité escolar de convivencia:
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1.
Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes o entre docentes.
2.
Liderar en el colegio acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía,
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación
de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3.
Promover la vinculación del colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y
construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las
necesidades de la comunidad educativa.
4.
Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios
irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado
por sus padres o acudientes.
5.
Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de
la Ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar,
respecto a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo
establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan
las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser
atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta.
6.
Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
7.
Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura
del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
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Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en los
casos o situaciones que haya conocido el comité.
8.
Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse.
Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y
demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el
comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Artículo 50: COMITÉ DE CONCILIACIÓN
El Colegio Americano Menno trabaja en la construcción de la convivencia pacífica como un recurso
transversal útil a todas las áreas académicas, procesos disciplinarios y en general para todos los
espacios de trabajo que contribuyen a la formación integral, a través de contextos en los que se les
da a los estudiantes la oportunidad de buscar la solución pacífica y participar en la generación de
acuerdos y toma de decisiones que favorezcan la convivencia a través del proyecto de estudiantes
conciliadores.
Para cumplir este objetivo se elige en cada salón bajo la supervisión del director de grupo desde
grado quinto, dos estudiantes para conformar el comité de conciliación y solución pacífica de
conflictos. Deben ser líderes y voceros estudiantiles que deseen participar y que a su vez
demuestren compromiso, responsabilidad académica y que asuman liderazgo en torno al proceso de
sensibilización con sus compañeros. Estos estudiantes pasan directamente a formar parte del
proyecto de CONCILIADORES y serán responsables de llevar a cabo proceso de mediación,
teniendo al diálogo como herramienta principal en la negociación y conciliación.
Para el efecto este comité establecerá su reglamento interno y su protocolo de acción.
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La solución del conflicto al interior de los grupos busca establecer:
-
Relaciones de co – cuidado.
-
Fortalecimiento de estrategias formativas.
-
Manejo de conflictos.
-
Orientación para la solución de dilemas morales.
-
Prevención de matoneo (acoso o intimidación).
-
Fortalecimiento de competencias comunicativas.
-
Búsqueda de soluciones en lugar de castigos (actitud persuasiva antes que coercitiva).
Parágrafo 1: La falta de compromiso por parte de los estudiantes implicados en el conflicto, sugiere
la necesidad de remitirlos de acuerdo con el conducto regular, dando curso a los diferentes procesos
estipulados en el Manual de Convivencia.
Parágrafo 2: Este comité estará supervisado por el orientador.
Artículo 51: REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO.
El representante será un estudiante de grado undécimo. Quien se postule debe ser un digno
representante del perfil Americomenista y será elegido dentro de los treinta días calendario
siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría
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simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es
incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Son funciones del Representante de los Estudiantes:
1. Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo, asistiendo puntualmente a las
reuniones y rindiendo informe de las mismas a los estudiantes.
2. Presentar al Consejo Directivo iniciativas para beneficio de los compañeros y la Institución
en los aspectos relacionados con:
- Manual de Normas de Convivencia
- Organización de las actividades curriculares.
- Fomento y práctica de los valores humanos.
- Relaciones interpersonales.
- Organización y funcionamiento del Consejo Estudiantil
- Mantenimiento y cuidado de la planta física.
Artículo 52: FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
El personero será un estudiante del grado once, designado mediante elección democrática y
participativa, por todos los estudiantes del Plantel, en votación secreta, organizada por el consejo
estudiantil con el apoyo del departamento de ciencias sociales.
El estudiante que se postule para ser elegido como personero debe ser un digno representante del
perfil Americomenista y será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la
iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los
estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto
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secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Son funciones del Personero.
1.
Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles en la
Constitución Política, en las leyes vigentes y en este Manual.
2.
Recibir y evaluar los reclamos presentados por los estudiantes sobre lesiones a sus
derechos y las formuladas por cualquier miembro de la comunidad por incumplimiento de los
deberes de los estudiantes.
3.
Asistir a las reuniones del Consejo Directivo o Consejo de Estudiantes cuando la necesidad
lo requiera.
4.
Asistir de forma obligatoria a las reuniones del Comité de Convivencia.
5.
Apelar ante el Consejo Directivo sus decisiones respecto a las peticiones presentadas por
los estudiantes.
6.
Rendir informe al Consejo de Estudiantes o al Consejo Directivo de aspectos positivos o
negativos que merezcan tenerse en cuenta.
Artículo 53: CONSEJO ESTUDIANTIL Y REPRESENTANTES DE CURSO
El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo
ejercicio de la participación por parte de los educandos. El Consejo Directivo deberá convocar en
una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas
integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante
votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
El Consejo estudiantil estará integrado por un representante de cada grado desde 3° en adelante, el
estudiante del grado 3° representará a estudiantes desde preescolar hasta su grado.
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El Consejo estudiantil tiene a cargo la organización de las elecciones del representante de los
estudiantes al consejo directivo y del personero, en este caso actúan como consejo electoral y serán
asesorados por los docentes del área de Ciencias Sociales.
Corresponde al Consejo de Estudiantes:
1. Darse su propia organización interna, su presidente siempre será el estudiante
representante de grado undécimo.
2. Organizar y convocar a elecciones del personero y el representante de los estudiantes ante
el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlos en el cumplimiento de sus funciones.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil, y
4. las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual
de convivencia.
Artículo 54: REVOCATORIA DEL MANDATO
En uso de la potestad reglamentaria conferida por la ley 115/94 en el artículo 87, el colegio puede
señalar en el manual de convivencia los criterios para la revocatoria del mandato de los
representantes estudiantiles de carácter legal y reglamentario que no cumplan con sus funciones.
Es el evento socrático manifiesto a través de la votación, mediante la cual los estudiantes de un
grado o de la institución educativa, convocados por el consejo de estudiantes se pronuncian
después de transcurrido como mínimo dos meses de representación, en relación con el mandato de
alguno(s) de sus representantes, en razón del presunto incumplimiento de las funciones legales,
reglamentarias o institucionales de dichos representantes, revocando o confirmando el cargo de
representación conferido.
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La solicitud de revocatoria del mandato debe ser presentada ante el consejo directivo y respaldada
por un determinado número de estudiantes teniendo como causal el incumplimiento de funciones del
representante estudiantil.
El consejo directivo, dentro de los treinta días siguientes a la presentación de dicha solicitud dará su
veredicto para que del rector, convoque el evento de confirmación o revocatoria del mandato.
Aprobada la revocatoria del mandato de algún(os) representante(s) estudiantil(es), asume el cargo el
segundo en la lista de votación de acuerdo al cargo que aspira.
Contra la resolución de revocatoria del mandado sólo procede el recurso de reposición, el cual se
podrá interponer dentro de los 5 días siguientes a la notificación del acto sancionatorio (d 01/84, arts.
50 y 51) la decisión producirá efectos una vez quede en firme el respectivo acto administrativo.
Parágrafo: estas sanciones son válidas para personero, consejo de estudiantes, representante de
los estudiantes al consejo directivo y exalumnos.
Causales.
1.
Incumplir las funciones propias del cargo.
2.
Incurrir en faltas graves o muy graves contempladas en el manual de convivencia.
3.
Falta de compromiso e identidad institucional.
4.
Desvincularse de la institución.
5.
Renuncia voluntaria.
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CAPÍTULO XI
ORGANOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES
Artículo 55: ASOCIACIÓN DE PADRES.
Es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo, destinado para
asegurar su continua vinculación al proceso educativo y elevar los resultados de calidad del servicio.
La Asociación de Padres de Familia del Colegio Americano Menno es una organización de personas
naturales, sin fines de lucro, con personería jurídica, conformada por representantes de los padres
elegidos democráticamente para el efecto en la primera asamblea del año. Tiene como finalidad
propiciar la participación de los padres de familia o acudientes en el proceso educativo de sus hijos o
acudidos matriculados en la institución.
Sus funciones son: velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y su continua
evaluación, para lo cual, podrá contratar asesorías especializadas; promover programas de
capacitación para los padres para cumplir adecuadamente la tarea formativa que les corresponde;
promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia como apoyo a la función
pedagógica que les compete y elegir democráticamente al representante de los padres de familia al
Consejo Directivo.
La junta directiva de la asociación de padres, elegirá un representante al Consejo Directivo.
El presidente de la Asociación de Padres será el representante de los padres en el comité de
convivencia escolar.
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Artículo 56: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Son padres o acudientes elegidos democráticamente, uno por cada grado escolar, quienes deberán
cumplir la función de replicadores de las inquietudes o quejas de los padres del curso que representa
por situaciones académicas y sociales, frente al Rector, el Consejo Directivo, la Asociación de Padres
o en última instancia la Asamblea General.
La junta directiva de la asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros treinta días
calendario siguientes a la iniciación de clases del período lectivo anual, a sendas asambleas de los
padres de familia de los estudiantes de cada grado, en las cuales se elegirá para el correspondiente
año lectivo a uno de ellos como su vocero. La elección se efectuará por mayoría de votos de los
miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.
Parágrafo: Los representantes de los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales,
pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia,
se elegirá su reemplazo para el resto del período.
Para poder ser postulado y elegido se requiere
que lleven vinculados a la institución mínimo un año.
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