VISTO el Expediente N° 3443/14 del Registro de la ex AUTORIDAD

Transcripción

VISTO el Expediente N° 3443/14 del Registro de la ex AUTORIDAD
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
Resolución
Número: RESOL-2016-7974-E-APN-ENACOM#MCO
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Noviembre de 2016
Referencia: EXPTE Nº 3443/14 SIN ACTA ILEG.
VISTO el Expediente N° 3443/14 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE
COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y
descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas
modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD
FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que las actuaciones del VISTO, guardan relación con la instalación y funcionamiento de un servicio de
comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM RENUEVO”, que opera en la
frecuencia 91.1 MHz., desde el domicilio de planta transmisora sito en la calle El Maestro N° 4386, posee
otra entrada S/Nº hacia calle Juan B. Justo, de la localidad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires, sin
título que legitime su operatividad.
Que, asimismo, se destaca que de las verificaciones efectuadas por la ex COMISIÓN NACIONAL DE
COMUNICACIONES, se desprende que el servicio en cuestión, genera emisiones no esenciales dentro del
espectro comprendido entre 118,200 a 122,300 MHz., dentro de la banda atribuida al Servicio Móvil
Aeronáutico (117,975 a 136 MHz.), causando interferencias perjudiciales sobre la frecuencia de 119,700
MHz., asignada a la Fuerza Aérea Argentina y utilizada por el Aeródromo Mariano Moreno, lo que importa
un potencial peligro para la vida humana.
Que se ha observado el procedimiento previo a la declaración de ilegalidad, prescripto por el artículo 162
de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1225/10.
Que en tales antecedentes, corresponde declarar la ilegalidad del servicio de comunicación audiovisual por
modulación de frecuencia denominado “FM RENUEVO”, disponiendo en la intimación al interesado, el
cese inmediato de las emisiones y el desmantelamiento de las instalaciones afectadas a las transmisiones, en
los términos de los artículos 116 y 117 de la Ley Nº 26.522, aclarando que en caso de incumplimiento se
dispondrá la incautación por vía judicial.
Que por otro lado corresponde inhabilitar a la señora Rosa Isabel TOLOSA (DNI N° 16.917.290 - CUIT N
° 27-16917290-6), en los términos del artículo 118 de la Ley Nº 26.522.
Que finalmente cabe tener presente, que mediante Acta de Directorio del ENACOM Nº 1, de fecha 5 de
enero de 2016, se delegó en su presidente la facultad de dictar la presente.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL
DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, el
Acta Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y
por los artículos 116, 117 y 118 de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE ilegal, en los términos del artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de
comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM RENUEVO”, que opera en la
frecuencia 91,1 MHz., desde el domicilio de planta transmisora sito en la calle El Maestro N° 4386, posee
otra entrada S/N hacia calle Juan B. Justo, de la localidad de José C. Paz, provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- INTÍMASE al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las
instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.
ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento del artículo que antecede se procederá a la incautación y el
desmantelamiento de las instalaciones afectadas a las emisiones, mediante la ejecución del correspondiente
mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente.
ARTÍCULO 4º.- INHABILÍTASE por el término de CINCO (5) años a la señora Rosa Isabel TOLOSA
(DNI N° 16.917.290 - CUIT N° 27-16917290-6), para ser titular, socia o integrar los órganos de
conducción social de un licenciatario de servicios contemplados en la Ley Nº 26.522.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese.
Digitally signed by DE GODOY Miguel Angel
Date: 2016.11.22 14:57:13 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Miguel Angel De Godoy
Presidente
Ente Nacional de Comunicaciones
Ministerio de Comunicaciones
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR,
o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE
MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT
30715117564
Date: 2016.11.22 14:57:19 -03'00'

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