NORMA ITALIANA Instalaciones de gas de uso doméstico

Transcripción

NORMA ITALIANA Instalaciones de gas de uso doméstico
NORMA ITALIANA
Instalaciones de gas de uso doméstico
alimentadas por redes de distribución Proyecto, instalación y mantención
UNI 7129
Tercera edición
Diciembre 2001
CLASIFICACION ICS
91.140.40
RESUMEN
La norma, establece los criterios para el proyecto, la instalación, la puesta en
servicio y la mantención de las instalaciones domésticas y similares para la
utilización de gases combustibles distribuidos por medio de redes.
Esta sea aplica:
RELACIONES NACIONALES
-
a las construcciones y reacondicionamiento de instalaciones o de parte de
ellas, que comprende el conjunto de cañerías y accesorios que distribuyen el
gas a continuación del medidor (instalaciones interiores);
-
a las instalaciones de artefactos que tienen un consumo térmico nominal
individual no mayor a 35 kW (aprox. 30.000 kcal/h);
-
a la ventilación de locales en los cuales dichos equipos están instalados;
-
a la evacuación de los productos de la combustión.
La presente norma substituye a la UNI 7129: 1992 y respectivas actualizaciones
A1: 1995 y A2: 1997.
RELACIONES INTERNACIONALES
ORGANO COMPETENTE
CIG - Comité Italiano para el Gas
CONFIRMACION
Presidente de la UNI, resolución del 7 noviembre 2001
UNI
Ente Nacional Italiano
de Unificación
Via Battisti Sassi, 11B
20133 Milano, Italia
UNI - Milano
Reproducción prohibida. Todos los derechos están reservados. Ninguna parte del
presente documento puede ser reproducido o difundido por cualquier medio,
fotocopia, microfilm u otro, sin el consentimiento escrito de la UNI.
Gr. 15
UNI 7129: 2001
Página I
CONSIDERACIONES
La presente norma ha sido elaborada por el CIG, ente federado a la UNI.
La presente edición representa un “texto coordinado” de la UNI 7129 porque:
-
contiene la actualización A1 de 1995 y la actualización A2 de 1997;
-
contiene modificaciones posteriores para las cuales la Comisión Central
Técnica ha dado su aprobación el 23 noviembre 2000 y que dicen relación
tanto con algunos detalles de ejecución de la instalación y sobre todo, a los
productos y componentes a utilizar para su realización, frente a nuevas
normas europeas de aparición reciente relacionadas con ellas.
Las modificaciones introducidas se refieren principalmente a los puntos indicados
a continuación, a los que nos debemos dirigir para la interpretación de las
mismas.
punto 0 “Introducción” (agregado nuevo);
-
punto 2 “Referencias normativas”;
-
punto 3.2.1 y relativos subpuntos;
-
punto 3.2.2 y relativos subpuntos;
-
punto 3.3.1.2 y 3.3.2.3;
-
punto 3.3.3.1 y 3.3.3.3;
-
punto 3.3.4.1, 3.3.4.2 y 3.3.4.3;
-
punto 3.5, 3.5.1.2, 3.5.1.3, 3.5.1.5, 3.5.1.7 y 3.5.2.2;
punto 3.6.2;
-
punto 5.3.2 y 5.3.2.1;
-
punto 5.3.4.3;
-
punto 5.4.2.3;
-
apéndice D “Bibliografía” (agregado nuevo);
Han sido introducidas además, en el texto de la norma, algunas modificaciones
editoriales.
La presente edición, no representa una revisión global de la UNI 7129, sino una
actualización limitada a lo anteriormente señalado.
Las normas UNI son revisadas según las necesidades con las publicaciones de
nuevas ediciones o de actualizaciones.
Es importante por lo tanto, que los usuarios de la misma, se aseguren de estar en
posesión de la última edición y de las eventuales actualizaciones.
Se invita además a los usuarios, a verificar la existencia de normas UNI
correspondientes a las normas EN o ISO cuando éstas sean citadas en referencias
normativas.
Las normas UNI son elaboradas teniendo en cuenta los puntos de vista de todas
las partes interesadas y de conciliar cada aspecto conflictivo, de manera de
representar el real estado del arte de la materia y el necesario grado de consenso.
Cualquier persona interesada, como consecuencia de la aplicación de esta norma,
en poder dar sugerencias para su mejoramiento o para una adecuación a un estado
del arte en evolución es invitado a enviar su propia contribución a la UNI, Ente
Nacional Italiano de Unificación, el que las tendrá en consideración, para eventuales
revisiones de la norma misma.
UNI 7129: 2001
Página II
INDICE
PAGINA
1
0
INTRODUCCION
1
OBJETO Y CAMPO DE APLICACION
1
2
REFERENCIAS NORMATIVAS
1
INSTALACIONES INTERIORES
Dimensionamiento de la instalación
Materiales
Tubos de acero - Diámetros y espesores
Tubos de cobre - Diámetros y espesores
Tubos de polietileno - Diámetros y espesores
Instalaciones
Traspaso de muros perimetrales exteriores
Traspaso de losas (pisos y cielos)
Zona a utilizar para el trazado de las tuberías a gas
Prueba de estanqueidad de la instalación
Artefactos de utilización
Puesta de servicio de la instalación y de los artefactos de utilización
Control y mantención periódica de la instalación interior
Modificación y ampliación de las instalaciones
3
3
4
4
5
5
6
7
8
10
11
12
14
15
16
VENTILACION DE LOS LOCALES
Generalidades
Ventilación natural directa
Ejemplo de construcción de apertura de ventilación para el ingreso de
aire comburente
16
16
17
3
3.1
3.2
cuadro 1
cuadro 2
cuadro 3
3.3
figura 1
figura 2
figura 3
3.4
3.5
3.6
3.7
3.8
4
4.1
4.2
figura 4
18
figura 5
Ejemplo de construcción de apertura de ventilación con elemento para
evitar su obstrucción
figura 6
Conducto de ventilación colectivo ramificado
Ventilación natural indirecta
Ejemplo de ventilación natural indirecta
Evacuación del aire viciado
Sección adicional de la apertura de ventilación
18
19
19
20
20
21
EVACUACION DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTION
Generalidades
Artefactos de tipo A
Artefactos de tipo B de tiraje natural (tipo B11)
21
21
22
22
Ejemplos de unión a chimeneas/conductos colectivos
Ejemplo de unión correcta a chimenea/conducto colectivo
Ejemplo de unión de dos artefactos a una misma chimenea
Ejemplo de conducto colectivo ramificado
Ejemplo de unión al colector
Conductos colectivo ramificado con dos descargas por piso
Ejemplo de conductos colectivos ramificados para edificios de más
de 6 pisos
Alturas mínimas para cotas de salida
Ejemplo de evacuación directa a la atmósfera exterior
Posición de los terminales de tiraje
23
24
25
27
28
29
4.3
figura 7
4.4
cuadro 4
5
5.1
5.2
5.3
figura 8
figura 9
figura 10
figura 11
figura 12
figura 13
figura 14
figura 15
figura 16
figura 17
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30
31
34
36
Página III
cuadro 5
5.4
figura 18
cuadro 6
36
37
38
figura 19
39
39
40
figura 20
Esquema de instalación de artefacto tipo C51
41
figura 21
Artefactos tipo C provistos de ventilador
Esquema de instalación de artefacto tipo C4
41
42
figura 22
Sección del conducto colectivo de la figura 21 (ejemplo esquemático)
Evacuación de los productos de la combustión de artefactos de tiro
natural o provistos de ventilador en espacios cerrados a cielo abierto
43
figura 23
Columnas de terminales - Ejemplos
5.6
5.7
APENDICE
(normativo)
Artefactos de tipo B provistos de ventilador
Esquema de artefactos de tipo B provistos de ventilador
Ubicación de las secciones de salida de los terminales de tiraje para
artefactos provistos de ventilador en función del consumo térmico
nominal
Artefactos de tipo C de tiro natural
Esquema de instalación de artefacto tipo C11
5.5
APENDICE
(informativo)
Ubicación de la sección de salida de los terminales de tiraje para
artefactos de tiro natural en función del consumo térmico nominal
43
44
A
CALCULO DE LOS DIAMETROS DE LAS TUBERIAS DE UNA
INSTALACION INTERIOR
45
cuadro A.1
figura A.1
cuadro A.2
Longitudes equivalentes de partes especiales
Ejemplo de instalación interior
Consumos de volumen (m3/h a 15°C) para gas manufacturado, densidad
relativa 0,85, calculados para tuberías de acero, con pérdida de
presión de 0,5 mbar
46
47
49
cuadro A.3
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para gas natural, densidad
relativa 0,6, calculados para tuberías de acero, con pérdida de presión
de 1 mbar
49
cuadro A.4
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para mezcla de GPL, densidad
relativa 1,69, calculados para tuberías de acero, con pérdida de presión
de 2,0 mbar
50
3
cuadro A.5
Consumos en volumen (m /h a 15°C) para gas manufacturado,
densidad relativa 0,85, calculados para tuberías de cobre, con pérdida
de presión 0,5 mbar
50
cuadro A.6
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para gas natural, densidad
relativa 0,6, calculados para tuberías de cobre, con pérdida de presión
de 1 mbar
51
cuadro A.7
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para mezclas de GPL, densidad
relativa 1,69, calculados para tuberías de cobre, con pérdida de presión
de 2,0 mbar
51
ESQUEMA DE INSTALACION DE ARTEFACTOS DE COCINA SEGUN
LOS DISTINTOS TIPOS DE EVACUACION DE LOS PRODUCTOS DE
LA COMBUSTION
52
B
figura B.1
52
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Página IV
APENDICE
(informativo)
C
cuadro C.1
DIMENSIONES INTERIORES DE ALGUNOS TIPOS DE CHIMENEA
53
Dimensiones interiores de chimeneas de refractario y/o albañilería con
aislación - Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador
atmosférico (tipo B11) - Temperatura de humos después del cortatiro:
140°C < ó = t w < 190°C - Dimensiones interiores de la chimenea:
cuadro C.2
altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm) (sección circular) o lado
interior L (cm) (sección cuadrada)
Dimensiones interiores de chimeneas de refractario y/o albañilería con
aislación - Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador
atmosférico (tipo B11) - Temperatura de humos después del cortatiro:
53
100°C < ó = t w < 140°C - Dimensiones interiores de la chimenea:
cuadro C.3
altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm) (sección circular) o lado
interior L (cm) (sección cuadrada)
Dimensiones interiores de chimeneas metálicas con aislación Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico
(tipo B11) - Temperatura de humos después del cortatiro: 140°C < ó =
t w < 190°C – Dimensiones interiores de la chimenea: altura eficaz H
cuadro C.4
(m), diámetro interior D (cm)
Dimensiones interiores de chimeneas metálicas con aislación Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico
(tipo B11) – Temperatura de humos después del cortatiro: 100°C < ó =
t w < 140°C – Dimensiones interiores de la chimenea: altura eficaz H
figura C.1
APENDICE
(informativo)
D
54
55
(m), diámetro interior D (cm)
Representación esquemática de una chimenea específica y unión
correspondiente unión al canal de humo
56
BIBLIOGRAFIA
58
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57
Página V
0
INTRODUCCION
En el ámbito de la normativa europea, no existe actualmente una norma de sistema
que desarrolle en forma orgánica, la problemática de las instalaciones de gas para uso
doméstico, como aparece en la presente norma.
Ultimamente ha sido recibida por la UNI, una norma europea recientemente aparecida.
Traducida y publicada en italiano define los principios generales comunes de las tuberías
de las instalaciones de gas en los edificios siendo identificada como norma
UNI EN 1775 “Transporte y distribución de gas - Tuberías de gas en los edificios Presión máxima de operación - menor o igual a 5 bar - Recomendaciones funcionales”.
Tal norma europea, en relación a la estrategia normativa del sector, es referencial
para las reglamentaciones técnicas de los distintos países miembros del CEN (Comité
Europeo de Normalización), en sintonía con las realidades normativas preexistentes a
nivel nacional o local, incluso frente a reglamentaciones particulares vigentes en
dichos territorios.
En el caso específico, la UNI EN 1775 no substituye las prescripciones
correspondientes de la UNI 7129, que es más detallada y representa la referencia
normativa para la aplicación de los criterios y procedimientos previstos por la
legislación nacional vigente en materia de seguridad1)
1
OBJETO Y CAMPO DE APLICACION2)
Nota 1
Nota 2
2
La presente norma, establece los criterios para el proyecto, la instalación, la puesta en
servicio y la mantención de las instalaciones domésticas y similares para la utilización
de gases combustibles distribuidos por medio de redes.
Esto se aplica:
a) a las construcciones y reacondicionamiento de instalaciones o de parte de ellas,
que comprende el conjunto de tuberías y accesorios que distribuyen el gas a
continuación del medidor (instalaciones interiores);
b) a las instalaciones de artefactos que tienen un consumo térmico nominal
individual no mayor a 35 kW, aprox. 30.000 kcal/h);
c) a la ventilación de locales en los cuales dichos equipos están instalados;
d) a la evacuación de los productos de la combustión.
El proyecto, la instalación, la puesta en servicio y la mantención de las instalaciones
que son objeto de la presente norma, deben ser ejecutadas por personal calificado.
Para las instalaciones con artefactos con consumo térmico nominal mayor a 35 kW,
son aplicables las disposiciones legislativas y reglamentarias vigentes, además de las
normas UNI correspondientes.
REFERENCIAS NORMATIVAS
UNI 7140
UNI 7141
UNI 8849
UNI 8850
UNI 8863
1)
2)
Artefactos a gas para uso doméstico - Cañerías flexibles no metálicas de conexión.
Artefactos a gas para uso doméstico - Juntas y empaquetaduras.
Uniones de polietileno (PE 50), soldables por fusión mediante elementos calefactores,
para conductos de conducción de gases combustibles - Tipos, dimensiones y requisitos.
Uniones de polietileno (PE 50), soldables por electrofusión para conductos
enterrados de conducción de gases combustibles - Tipo, dimensiones y requisitos.
Tubos sin soldadura y soldados, de acero no aleado, roscables según UNI ISO 7-1.
A la fecha de publicación de la presente norma, están en vigencia:
Ley 6 diciembre 1971, N° 1083 “Norma para la seguridad del empleo del gas combustible”;
Ley 5 marzo 1990, N° 46 “Norma para la seguridad de las instalaciones”;
Para la terminología y definiciones, ver UNI 7128.
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UNI 9099
UNI 9165
UNI 9177
UNI 9264
UNI 9731
UNI 9891
UNI 10191
UNI
UNI
UNI
UNI
10284
10285
10389
10520
UNI 10521
UNI 10582
UNI 10640
UNI 10641
UNI 10642
UNI 10823
UNI EN 26
UNI EN 331
UNI EN 449
UNI EN 751-1
UNI EN 751-2
UNI EN 7513
UNI EN 1057
UNI EN 1254-1
UNI EN 1254-2
UNI EN 1254-4
UNI EN 1254-5
Tubos de acero empleados para tuberías enterradas o sumergidas - Revestimiento
externo en poliuretano aplicado por extrusión.
Redes de distribución de gas con presión máxima de operación menor o igual a 5 bar
- Proyecto, construcción y control.
Clasificación de reacciones al fuego de los materiales combustibles.
Productos de elastómeros terminados - Empaquetaduras de anillo para conductos de
gas y sus accesorios - Requisitos y pruebas.
Chimeneas - Clasificación en base a la resistencia térmica - Medidas y pruebas.
Tubos flexibles de acero inoxidable de pared continua para conexión de artefactos de
gas y similares.
Tubería de acero empleada para ser enterrada o sumergida - Revestimiento externo de
polietileno aplicado por fusión.
Juntas aislantes monoblock - 10 menor o igual a DN menor o igual a 80 - PN 10.
Juntas aislantes monoblock - 80 menor o igual a DN menor o igual a 600 - PN 16.
Generadores de calor - Medición en obra del rendimiento de combustión.
Soldadura de materiales plásticos - Soldadura por elementos térmicos de contacto Soldadura de junturas cabeza con cabeza de tubos y/o uniones en polietileno para el
transporte de gas combustible, de agua y de otros fluidos bajo presión.
Soldadura de materiales plásticos - Soldadura por electrofusión - Soldadura de tubos
y/o uniones en polietileno para el transporte de gas combustible, de agua y de otros
fluidos bajo presión.
Productos de elastómeros - Empaquetaduras vulcanizada para tubos flexibles de
conexión de artefactos de gas para uso doméstico - Requisitos.
Conductos colectivos ramificados para artefactos de tipo B de tiro natural - Proyecto
y verificación.
Conductos colectivos y chimeneas de tiro natural para artefactos a gas de tipo C con
ventilador en el circuito de combustión - Proyecto y verificación.
Artefactos a gas - Clasificación en función del método de toma del aire comburente y
de la descarga de los productos de la combustión.
Cobre y aleaciones de cobre - Tubos de cobre revestidos para uso de gas en zonas
enterradas - Revestimiento externo de material plástico aplicado por extrusión.
Artefactos de gas para la producción de agua caliente de uso sanitario equipado con
quemador atmosférico.
Válvula manual de esfera y de macho cónico con fondo ciego, para instalaciones de
gas en los edificios.
Prescripciones para artefactos que funcionan sólo con GLP - Artefactos para
calefacción doméstica no conectables a conducto de descarga de gases (incluidos
los artefactos para calefacción catalítica difusa).
Materiales para sello de uniones metálicas roscadas en contacto con gas de la 1ª,
2ª y 3ª familia y con agua caliente - Compuestos para sellado anaeróbico.
Materiales para sello de uniones metálicas roscadas en contacto con gas de la 1ª,
2ª y 3ª familia y con agua caliente - Compuestos para sellado no fraguable.
Materiales para sello de uniones metálicas roscadas en contacto con gas de la 1ª,
2ª y 3ª familia y con agua caliente - Cintas de PTFE no sinterizado.
Cobre y aleaciones de cobre - Tubos de sección circular de cobre sin soldadura para
agua y gas en aplicaciones sanitarias y de calefacción.
Cobre y aleaciones de cobre - Acoplamiento hidráulico - Acoplamientos para tubería
de cobre con terminales aptos para soldar o soldadura capilar.
Cobre y aleaciones de cobre - Acoplamiento hidráulico - Acoplamientos para tubería
de cobre con terminales a compresión.
Cobre y aleaciones de cobre - Acoplamiento hidráulico - Acoplamientos que
combinan otros terminales de conexión con terminales de tipo capilar o a
compresión.
Cobre y aleaciones de cobre - Acoplamiento hidráulico - Acoplamientos para tubería
de cobre con terminales cortos para brazado capilar.
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UNI EN 1443
UNI EN 1775
UNI EN 10208-1
UNI EN 10240
UNI EN 10242
UNI EN 29453
UNI EN ISO 3677
UNI EN ISO 4063
UNI ISO 7-1
UNI ISO 50
UNI ISO 228-1
UNI ISO 4437
UNI ISO 5256
CEI 64-8
CEI EN 60335-2-31
+A1
EN 89
EN 613
EN 10241
EN 10253-1
3
3.1
3.1.1
Chimeneas - Requisitos generales.
Transporte y distribución de gas - Tubería de gas en los edificios - Presión máxima
de operación menor o igual a 5 bar - Recomendaciones funcionales.
Tubos de acero para la conducción de fluidos combustibles - Condiciones técnicas
de entrega - Tubos de clase de prescripción A.
Revestimientos de protección interior y/o exterior para tubos de acero Prescripciones para los revestimientos cincados por inmersión en caliente aplicados
en instalaciones automáticas.
Uniones de tubería de fundición maleable roscadas.
Aleaciones para brazado dulce - Composición química.
Metal de aporte para soldadura dulce, soldadura fuerte y soldadura - Designación.
Soldadura, brazado fuerte, brazado dulce y solda-brazado de los metales Nomenclatura de los procedimientos y relativa codificación numérica para la
representación simbólica en planos.
Roscado de tubería para acoplamiento estanco sobre los hilos - Designación,
dimensiones y tolerancias.
Tubería - Uniones de acero, roscados según UNI ISO 7-1.
Roscado de tubos para acoplamiento sin sello estanco en hilos - Designación,
dimensiones y tolerancias.
Tubos de polietileno (PE) para conducción bajo tierra de distribución de gas
combustible - Serie métrica - Especificaciones.
Tubos y accesorios de acero empleados para tuberías enterradas o sumergidas Revestimiento externo e interno a base de bitumen o de asfalto.
Instalaciones eléctricas utilizando tensiones nominales superiores a 1 000 V en
corriente alterna y a 1 500 V en corriente continua.
Seguridad de los artefactos eléctricos de uso doméstico y similares - Parte II –
Normas particulares para las campanas de cocina.
Estanque de acumulación de agua calentada a gas para la producción doméstica de
agua caliente.
Calentadores independientes a gas por convección.
Tuberías roscadas de acero.
Terminales soldados de tuberías - Acero al carbono forjado para uso general y sin
requisitos específicos de inspección.
INTALACIONES INTERIORES
Dimensionamiento de la instalación
Generalidades
Las secciones de la tubería que constituye la instalación (ver apéndice A) deben ser
tales, para garantizar un suministro de gas capaz de satisfacer la demanda máxima
requerida, limitando la pérdida de presión entre el medidor y cualquier artefacto en
uso a los valores no superiores a:
0,5 mbar para los gases de la 1ª familia (gas manufacturado);
1,0 mbar para los gases de la 2ª familia (gas natural);
2,0 mbar para los gases de la 3ª familia (GLP).
En caso de que antes del medidor se instale un regulador de presión, se admiten
pérdidas de presión dobles de las señaladas anteriormente.
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3.1.2
Determinación del consumo en volumen
El consumo de gas necesario para alimentar cada artefacto debe ser obtenido de las
indicaciones señaladas por el fabricante.
En caso de que no estuviese disponible este dato, el consumo en volumen
(en m3/h) debe ser calculado dividiendo el consumo térmico nominal Qn (en kW) del
artefacto por el:
poder calorífico superior del gas Hs (en kJ/m3) en el caso de artefactos para
-
cocinar;
poder calorífico inferior del gas Hi (en kJ/m3) en el caso de todos los otros
artefactos y multiplicando por 3.600 (ver apéndice A).
3.2
Materiales
3.2.1
Tuberías
Las tuberías que constituyen la parte fija de la instalación, pueden ser de:
acero
cobre
polietileno
3.2.1.1
Tubos de acero
Los tubos de acero pueden ser sin soldadura o con soldadura longitudinal y deben
tener características cualitativas y dimensionales no inferiores a las prescritas por la
UNI 8863, serie liviana. En el cuadro 1 se señalan los diámetros y espesores de
tubos para los consumos térmicos considerados en el campo de aplicación de la
presente norma.
cuadro 1
Tubos de acero - Diámetros y espesores
Diámetro exterior De
17,2
21,3
26,9
2,0
2,3
2,3
13,2
16,7
22,3
mm
42,4
48,3
Espesores
mm
2,9
2,9
2,9
Diámetro interior Di
33,7
27,9
mm
36,6
42,5
60,3
76,1
88,9
3,2
3,2
3,6
53,9
69,7
81,7
Para las tuberías de acero con soldadura longitudinal, si están enterradas, se deben
emplear tubos con características iguales a aquellas de los tubos usados para
presión máxima de operación p: menor o igual a 5 bar (UNI EN 10208-1).
3.2.1.2
Tubos de cobre
Los tubos de cobre deben tener las características prescritas por la UNI EN 1057.
Para los diámetros de uso corriente, los espesores mínimo a emplearse se señalan
en cuadro 2. Para diámetros mayores no especificados en cuadro 2, se deben
adoptar los espesores máximos previstos por la UNI EN 1057.
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cuadro 2
3.2.1.3
Tubos de cobre - Diámetros y espesores
Diámetro exterior De
12,0
14,0
15,0
1,0
1,0
1,0
10,0
12,0
13,0
16,0
mm
19,0
25,0
42,0
54,0
1,5
1,5
2,0
32,0
39,0
50,0
Tubos de polietileno - Diámetros y espesores
Diámetro exterior De
20,0
25,0
32,0
3,0
3,0
3,0
14,0
3.2.2.1
14,0
35,0
Tubos de polietileno
Los tubos de polietileno, a utilizarse sólo en las tuberías enterradas, deben tener
características cualitativas y dimensionales no inferiores a aquellas prescritas por la
UNI ISO 4437, serie S 8,3, con espesores mínimos de 3 mm. En el cuadro 3 se
señalan los diámetros y los espesores de los tubos para los consumos térmicos
considerados en el campo de aplicación de la presente norma.
cuadro 3
3.2.2
mm
18,0
22,0
28,0
Espesores
mm
1,0
1,0
1,5
1,5
Diámetro interior Di
16,0
19,0
26,0
mm
50,0
63,0
Espesores
mm
3,0
3,0
3,6
Diámetro interior Di
40,0
34,0
mm
44,0
55,8
75,0
90,0
110,0
4,3
5,2
6,3
66,4
79,6
97,4
Juntas, uniones y piezas especiales, válvulas
Para tubos de acero
Las juntas de los tubos de acero deben ser realizadas mediante uniones con roscas
conforme a la UNI ISO 7-1, o por medio de soldadura de tope por fusión.
Para la estanqueidad de las uniones roscadas pueden emplearse compuestos
específicos de sello no fraguable (UNI EN 751-1), eventualmente acompañados de
fibra de soporte especificada por el fabricante (cáñamo, lino, fibra sintética, etc.) o
cintas de fibra sintética no tejida, impregnada del compuesto sellante
(UNI EN 751-2). También pueden emplearse cintas de PTFE no sinterizado,
conforme a la UNI EN 751-3.
Está prohibido el uso de fibra de cáñamo sobre rosca de tubería que transporta GLP
o mezcla de GLP-aire.
Está prohibido el uso de carbonato de cinc, carbonato de plomo, óxido de plomo y
materiales similares.
Todas las uniones y piezas especiales deben ser de acero o fundición maleable; las
uniones de acero deben tener extremos roscados (UNI ISO 50, EN 10241) o
soldados (EN 10253-1), las uniones de fundición maleable deben tener extremos
solamente roscados (UNI EN 10242).
Las válvulas para instalaciones no enterradas (comprendidos los que se encuentran
en fosas y cajas de inspección, instalaciones a la vista) deben ser en alternativa, en
latón, bronce, acero, fundición nodular, conforme a la UNI EN 331; deben ser
fácilmente maniobrables y de fácil mantención. Las posiciones de apertura/cierre
deben ser claramente reconocibles.
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3.2.2.2
Para tubos de cobre
Las juntas de los tubos de cobre pueden realizarse mediante juntura capilar con
brasadura dulce o fuerte (UNI EN ISO 4063), por medio de uniones conforme a la
UNI EN 1254-1 y exclusivamente mediante brasadura fuerte por medio de uniones
conforme a la UNI EN 1254-5.
Las juntas de los tubos de cobre pueden realizarse también con junta mecánica por
medio de uniones a compresión desmontables conforme a la UNI EN 1254-2,
teniendo presente que las junturas mecánicas no deben ser empleadas en tuberías
enterradas.
Las uniones y piezas especiales pueden ser de cobre, latón, o bronce.
Las juntas mixtas, tubo de cobre con tubo de acero y también aquéllas para unión
de válvulas, de uniones porta goma y otros accesorios, deben ser ejecutadas con
uniones mixtas (a juntura capilar o mecánica en el lado del tubo de cobre y
roscadas en el otro extremo) según la UNI EN 1254-4.
Las aleaciones para brasadura dulce deben estar conformes con la UNI EN 29453 y
las aleaciones para brasadura fuerte conformes con la UNI EN ISO 3677.
Las válvulas para instalaciones no enterradas (instalaciones a la vista, en fosas y en
cajas de inspección) deben ser en alternativa de latón, bronce, acero, fundición
nodular, conforme a la UNI EN 331 cumpliendo siempre con las características
señaladas en 3.2.2.1.
3.2.2.3
Para tubos de polietileno
Las uniones y las piezas especiales de las tuberías de polietileno deben también ser
de polietileno (según la UNI 8849 y UNI 8850). Las juntas pueden ser ejecutadas
mediante soldadura por electrofusión según la UNI 10521 o en alternativa,
mediante soldadura de tope por fusión por medio de elementos calefactores, según
la UNI 10520.
Las uniones mixtas, tubo de polietileno con tubo metálico, deben ser realizadas
mediante una unión especial polietileno-metal, ateniendo una extremidad idónea
para la soldadura en el lado polietileno y para juntura roscada o soldada en el lado
del metal. En ningún caso tal unión especial puede substituir a la junta dieléctrica.
Las válvulas para los tubos de polietileno pueden tener, en alternativa, el cuerpo de
polietileno3), de latón, de bronce o de acero, cumpliendo siempre con las
características señaladas en 3.2.2.1.
3.3
3.3.1
Instalaciones
Puesta en obra - Generalidades
3.3.1.1
Está prohibido construir instalaciones para gas con densidad relativa superior a 0,8,
en sitios cuya cota esté por debajo del nivel del terreno.
3.3.1.2
Las tuberías pueden ser colocadas a la vista, bajo trazado o bajo tierra. En cualquier
caso en la instalación de la tubería no se permite el uso de yeso o materiales
similares.
Además, se deben observar las prescripciones que se señalan a continuación.
3.3.1.3
Se permite atravesar intersticios (espacios vacíos ciegos) siempre que la tubería, al
atravesar, no tenga junturas de ningún tipo (soldadas, roscadas o mecánicas) y sea
colocada al interior de un tubo protector de acero, con un diámetro interior a lo
menos 10 mm mayor al diámetro exterior de la tubería de gas y un espesor no
inferior a 2 mm, con el extremo que mira hacia el exterior del edificio abierto y
sellado el extremo que mira hacia el interior.
3)
Sobre esto, en el ámbito CEN, actualmente está en estudio el proyecto de norma prEN 1555-4
“Plastics piping systems for the supply of gaseous fuels - Polyethylene (PE) - Valves”.
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Página 6
Sólo se permite atravesar vanos o ambientes clasificados con peligro de incendio
(por ejemplo, garajes, guarderías, bodegas, almacenes de materiales, etc.), siempre
que la tubería tenga sólo junturas por soldadura de cabezales y sea protegida con
materiales que tengan clase 0 de reacción al fuego (UNI 9177). Tal protección
puede ser realizada, en el caso de tubería a la vista, mediante un tubo de protección
pasante, teniendo un diámetro interior de a lo menos 10 mm mayor al diámetro
externo de la tubería de gas y un espesor no inferior a 2 mm, o también, en el caso
de tubería bajo superficie, mediante posicionamiento conforme a 3.3.3.
3.3.1.4
Al atravesar muros macizos, muros de ladrillos perforados y paneles prefabricados,
la tubería no debe presentar junturas o soldaduras y debe ser protegida con tubo
protector pasante revocado con revestimiento de cemento.
Al atravesar muros perimetrales externos, el espacio entre el tubo protector y la
tubería de gas debe ser sellada con materiales no fraguables (por ejemplo, asfalto,
cemento plástico o similares) en correspondencia con la parte interior del local
(ver figura 1).
Al atravesar losas (pisos o cielos) la tubería de gas debe ser introducida en un tubo
protector sobresaliendo a lo menos 20 mm del pavimento y el espacio entre el tubo
protector con material no fraguable (por ejemplo, asfalto, cemento plástico o
similares). En cualquier caso, en el posicionamiento de la tubería, no se permite el
contacto con yeso ni materiales similares (ver figura 2).
Los tubos de protección mencionados, pueden estar constituidos por tubos
metálicos o de plástico no propagadores de llama e idóneos para el posicionamiento
entre muros (ver apéndice D), teniendo un diámetro interior superior a lo menos en
10 mm al diámetro exterior de la tubería de gas.
figura 1
Traspaso de muros perimetrales exteriores
Concepto
1
Atmósfera exterior
2
Ambiente interior
3
Tubo protector
4
Espacio de aire
5
Sello
6
Tubo de gas
figura 1
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figura 2
Traspaso de losas (pisos y cielos)
Concepto
1
Tubo de gas
2
Espacio de aire
3
Sello
4
Tubo protector
figura 2
3.3.1.5
No se admiten obras donde las tuberías de gas queden en contacto con las de
agua; para los paralelismos y cruces, las tuberías de gas que queden en posición
inferior, deben protegerse con un tubo protector impermeable idóneo, de material
incombustible o no propagante de llama.
Está prohibido el uso de tuberías de gas como dispersores, conductores de tierra o
conductores de protección de instalaciones y artefactos eléctricos (CEI 64-8),
incluido el teléfono.
Está además prohibida la colocación de tuberías de gas, en conductos de
evacuación de humos, en los conductos de descarga de desperdicios, en huecos de
ascensor o en vanos y canales destinados a contener servicios eléctricos y
telefónicos, en juntas de dilatación y junturas sísmicas de los edificios.
3.3.1.6
Se admite el curvado en frío de los tubos de acero con o sin soldadura y de los
tubos de cobre, siempre que el ángulo entre los dos tramos de tubo sea igual o
mayor a 90° y el radio de curvatura, medido sobre el eje de los tramos, no sea
inferior a:
10 veces el diámetro para cuando De es menor o igual a 60,3 mm;
-
38 veces el diámetro para cuando De es mayor a 60,3 mm.
Tratándose de tuberías de polietileno, se admiten cambios de dirección utilizando
las propiedades de flexibilidad del material, siempre que el radio de curvatura no sea
inferior a 20 veces el diámetro del propio tubo.
3.3.1.7
Antes de cada artefacto conectado, es decir antes de cada tubo flexible o rígido de
unión entre artefacto e instalación interior, siempre debe ser instalada una llave de
paso puesta en posición visible y de fácil acceso.
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Si el medidor está situado al exterior de la propiedad, se necesita colocar además
un grifo similar inmediatamente al interior de ésta, en posición visible y de fácil
acceso. Si el medidor está instalado en un balcón que forma parte de la propiedad,
tal requisito no es exigible.
3.3.1.8
Los puntos extremos de la instalación, comprendidos los terminales previstos para
las posteriores uniones a los artefactos, deben ser estancos, cerrados con tapas
roscadas o sistemas equivalentes.
3.3.1.9
Está prohibido utilizar tubos, grifos, accesorios, etc. removidos de otras
instalaciones.
3.3.2
Tubería a la vista
3.3.2.1
Cuando las tuberías a la vista instaladas en locales ventilados requieran de juntas,
éstas deberán ser soldadas o roscadas; en locales no ventilados, es decir sin
aperturas hacia el exterior, las uniones sólo podrán ser soldadas.
3.3.2.2
Las tuberías a la vista deberán tener un recorrido rectilíneo vertical u horizontal y
estar suficientemente ancladas para evitar sacudidas, vibraciones y oscilaciones.
Los elementos de anclaje, deberán estar distanciados uno de otros, no más de 2,5 m
para los diámetros de tubería hasta 33,7 mm y de 3,0 para los diámetros mayores.
3.3.2.3
Las tuberías a la vista deberán colocarse en posición tal de no sufrir choques ni
daños y en los puntos donde sea necesario, adecuadamente protegidas. Deberán
también quedar en el lugar de instalación, protegidas contra la corrosión mediante
revestimiento idóneo como cincado (UNI EN 10240) o pintado.
3.3.3
Tuberías embutidas
Las tuberías embutidas trazado pueden ser instaladas en albañilería (en el
pavimento, en las paredes perimetrales, en las paredes fijas interiores, en las losas)
siempre que tengan un recorrido rectilíneo vertical y horizontal y se respeten las
condiciones siguientes.
3.3.3.1
Las tuberías bajo trazado deben estar colocadas a una distancia no mayor a
200 mm de los bordes paralelos a la tubería (ver figura 3) y con elementos aptos
para permitir la definición del recorrido (incluido planos), a excepción de los tramos
terminales para las conexiones de los artefactos, tramos que deben tener la menor
longitud posible.
En caso de colocación bajo trazado dentro de la faja de 200 mm ubicada en la zona
inferior de una pared, es preferible colocar la tubería en la mitad superior de la faja,
para evitar los posibles daños causados por sucesivas intervenciones como por
ejemplo, la colocación de baldosas, etc.
En caso de colocación de la tubería en la zona inferior de la faja, (que se entiende
hasta 100 mm sobre el pavimento), es necesario una marca exterior que señale en
forma clara, visible y permanente la posición de la tubería de gas.
En caso de paredes que contengan huecos (ladrillos huecos o similares, etc.) es
necesario adoptar adicionalmente, las prescripciones indicadas en 3.3.1.4.
3.3.3.2
La totalidad de la tubería bajo trazado, debe ser cubierta por mortero de cemento
(1:3) de espesor no inferior a 20 mm, de la forma siguiente:
construido el radier, se procede a la extensión de una capa de al menos 20 mm
de mortero de cemento y sobre éste se coloca la tubería;
después de la prueba de estanqueidad de la instalación (ver 3.4), la tubería
debe ser totalmente cubierta por mortero de cemento.
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3.3.3.3
Las llaves, las juntas roscadas y las juntas mecánicas, deben quedar a la vista o
colocadas en cajas apropiadas inspeccionables y no cerradas hacia el exterior. Para los
locales no ventilados deben ser respetadas de todas formas, las condiciones 3.3.2.1.
3.3.3.4
Las tuberías bajo trazado no pueden instalarse en paredes exteriores de los muros
perimetrales ni en huecos existentes.
3.3.3.5
Puede evitarse el trazado, sólo para las tuberías en pavimento y siempre que éstas
estén apoyadas directamente sobre el radier del piso y recubiertas con un mortero
de cemento de a lo menos 20 mm de espesor.
figura 3
Zona a utilizar para el trazado de las tuberías a gas
Concepto
1
Zona a utilizar
Dimensiones en mm
figura 3
3.3.4
Tuberías enterradas
3.3.4.1
Las tuberías enterradas deben tener en su recorrido referencias externas suficientes
para permitir en cualquier momento, la completa ubicación, tales como por ejemplo,
placas a fijar al muro, pilastras a instalar en terreno sobre el eje de la tubería, etc.
3.3.4.2
Todos los tramos enterrados de tuberías de acero, deben estar provistos de un
adecuado revestimiento protector contra la corrosión, conforme a la UNI ISO 5256
o UNI 9099 o UNI 10191 y aislados mediante elementos aislantes monoblock
(según la UNI 10284 y UNI 10285), a colocarse fuera de tierra en la proximidad
donde surge la tubería.
Análogamente los tramos enterrados de tuberías de cobre deben tener
revestimiento protector conforme a la UNI 10823.
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Los tramos de tubería sin recubrimiento protector contra la corrosión, ubicados
cerca de uniones, curvas, elementos especiales, etc. deben estar antes de la
instalación, envueltos cuidadosamente en vendas o cintas declaradas para el
efecto, como idóneas por el fabricante.
3.3.4.3
Las tuberías deben colocarse sobre un lecho de arena lavada, con un espesor
mínimo de 10 mm y recubiertas por otros 100 mm con arena del mismo tipo.
Además es necesario proveer, al menos 300 mm sobre las tuberías, la colocación
de cinta de advertencia de color amarillo para señalización (RAL 1003).
Inmediatamente a la salida de tierra, la tubería debe ser señalizada con el mismo
color por al menos 70 mm.
3.3.4.4
La profundidad de la tubería, medida entre la generatriz superior del tubo y el nivel
del terreno, debe ser a lo menos de 600 mm.
En los casos en que dicha profundidad no pueda ser respetada, se requiere proveer
una protección a la tubería con un tubo de acero, placa de cemento, o con un
estrato de ladrillos macizos.
3.3.4.5
Las tuberías enterradas de polietileno deben estar unidas a las tuberías metálicas
antes de su salida del terreno y antes de su ingreso al edificio.
3.3.4.6
En el caso de paralelismos, sobre niveles y bajo niveles entre las tuberías de gas y otras
canalizaciones existentes, la distancia mínima, medida entre las dos superficies
enfrentadas, debe ser tal que permita la eventual mantención entre ambos servicios.
3.4
Prueba de estanqueidad de la instalación
Antes de colocar en servicio una instalación de distribución interna de gas y por
esto antes de conectarla al medidor y que estén conectados los artefactos, el
instalador debe probar la estanqueidad.
Si alguna parte de la instalación no está a la vista, la prueba de estanqueidad debe
preceder al cubrimiento de la tubería. La prueba se realiza de la siguiente forma:
se tapan provisoriamente todas las uniones de alimentación de los artefactos y
la unión al medidor y se cierran las correspondientes válvulas;
se introduce en la instalación aire u otro gas inerte, hasta que se alcance una
presión no inferior a 100 mbar;
después del tiempo de espera necesario para estabilizar la presión (en todo
caso un tiempo no inferior a 15 min), se efectúa una primera lectura de la
presión, mediante un manómetro de agua o aparato equivalente, de sensibilidad
mínima de 0,1 mbar (1 mm H2O);
-
transcurridos 15 min de la primera prueba, se efectúa una segunda lectura.
Entre ambas lecturas no debe detectarse caída de presión.
Si se verificaran pérdidas, éstas deben ser buscadas con el auxilio de solución
jabonosa o producto equivalente y eliminadas. Las partes defectuosas deben
sustituirse y rehacerse las empaquetaduras.
Está prohibido reparar dichas partes con masillas o por pinzado deformante.
Eliminadas las pérdidas, se debe volver a repetir la prueba de estanqueidad de la
instalación hasta obtener un resultado positivo.
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Página 11
3.5
Artefactos de utilización4)
La clasificación de los artefactos a gas en tipos, según la forma de toma del aire
comburente y de evacuación de los productos de la combustión, se establece en
UNI 10642.
3.5.1
3.5.1.1
3.5.1.2
Ubicación
Los artefactos de cocinar, deben siempre evacuar los productos de la combustión a
la atmósfera exterior mediante campanas apropiadas acopladas a una chimenea, a
conductos de humos colectivos ramificados para uso exclusivo de las campanas o
directamente a la atmósfera exterior.
Las campanas con aspiración eléctrica (CEI EN 60335-2-31 +A1) deben evacuar
en chimenea propia o directamente a la atmósfera exterior.
En vista de lo anterior, las campanas con filtro (es decir sin descarga al exterior) no
son idóneas para tal fin.
En caso de no ser posible la instalación de la campana, se permite el uso de un
electroventilador, instalado en la ventana o en una pared mirando al exterior, y que
funcione simultáneamente con el artefacto, siempre que sean respetadas
taxativamente las prescripciones inherentes a la ventilación señaladas en 4.4.
Los artefactos de tipo BBS (ver UNI 10642) para la producción de agua caliente
sanitaria provistos de un conducto de evacuación de los productos de la
combustión, no pueden ser instalados en los dormitorios; se permite su instalación
en salas de baño o ducha siempre que el volumen de éstos sea a lo menos
de 1,5 m3 por cada kW de consumo térmico instalado y de cualquier manera, no
inferior a 20 m3.
3.5.1.3
Los artefactos de tipo BBS (ver UNI 10642) para calefacción de ambientes y
aquellos combinados (calefacción de ambientes y producción de agua caliente
sanitaria), provistos de tubo de evacuación de los productos de la combustión, no
pueden ser instalados en dormitorios ni salas de baño o ducha.
Los artefactos de tipo BBS no pueden ser instalados en locales donde existan
chimeneas abiertas que no posean flujo de aire propio.
3.5.1.4
Se excluyen de lo anterior los artefactos de tipo C a tiro natural o provistos de
ventilador.
4)
A la fecha de la publicación de la siguiente norma están en vigencia:
-
DPR 660/96 - Reglamento para la aplicación del Decreto 92/42/CEE concerniente a
los requisitos de rendimiento de las nuevas calderas de agua caliente, alimentadas
con combustible líquido o gas.
-
DPR 661/96 - Reglamento para la aplicación del Decreto 90/396/CEE concerniente a
los artefactos a gas.
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Página 12
3.5.1.5
Los artefactos de tipo AAS (ver UNI 10642), provistos de dispositivo de seguridad
de encendido y apagado y de dispositivo de seguridad para control de atmósfera
como calefones de admisión directa con consumo térmico nominal no superior
a 11,7 kW (UNI EN 26), los calentadores de agua a acumulación de admisión
directa (EN 89), con capacidad útil de hasta 50 L de agua y consumo térmico
nominal no superior a 4,65 kW, los artefactos independientes para la calefacción de
ambiente con consumo térmico nominal no mayor a 4,2 kW (UNI EN 449
y EN 613) y otros artefactos a gas con consumo térmico nominal no mayor
a 2,9 kW, excluidos los artefactos de cocinar, pueden ser instalados sin conducto
de evacuación de los productos de la combustión, siempre que sean respetadas,
además de las respectivas prescripciones legales vigentes5), las siguientes:
no sean instalados en salas de baño, de ducha ni dormitorios;
la suma de los consumos térmicos nominales de varios artefactos, instalados
en un mismo lugar, no debe en ningún caso, ser superior a 15 kW;
el volumen del local debe ser por lo menos de 1,5 m3 por cada kW de consumo
térmico total instalado y en ningún caso, inferior a 12 m3;
los sitios donde funcionan artefactos de tipo AAS deben estar provistos de dos
aperturas fijas hacia el exterior, conforme a lo prescrito en 4.1.4.
3.5.1.6
Los artefactos previstos para ser instalados al exterior de los edificios, quedando a
firme todas las otras modalidades de instalación, deben ser protegidos de los
agentes atmosféricos y condiciones ambientales con cubiertas idóneas conforme a
las instrucciones respectivas entregadas por el fabricante.
3.5.1.7
Está prohibida la instalación de artefactos a gas dentro de espacios o ambientes
clasificados con peligro de incendio (por ejemplo: guarderías, almacenes, garajes,
etc.)
3.5.2
Instalaciones
3.5.2.1
El instalador debe verificar que cada artefacto a usarse sea idóneo al gas con el que
será alimentado.
3.5.2.2
Los dispositivos de seguridad, control y regulación automática que forman parte de
un artefacto de utilización, sólo pueden ser modificados por el propio fabricante del
artefacto y bajo su propia responsabilidad.
3.5.2.3
Los artefactos fijos y aquellos encajonados, deben estar unidos a la instalación con
tubo metálico rígido y uniones según las señaladas en 3.2.2.1 y 3.2.2.2, o con
tubo flexible de acero inoxidable de pared continua, como señalado en UNI 9891,
con extremos roscados (macho cónico ISO 7-1 hacia la instalación de hembra
cilíndrica ISO 228-1 hacia el artefacto respectivamente). La empaquetadura de
estanqueidad, si es de goma vulcanizada debe cumplir con la UNI 10582. Las
estufas hasta 3,5 kW, las cocinas y hornos pueden conectarse con tubos flexibles
no metálicos para conexión, conforme a la UNI 7140.
3.5.3
3.5.3.1
Tubos flexibles
Los tubos flexibles no metálicos indicados en UNI 7140, deben ser instalados en
obra de modo que:
en ningún punto alcancen temperaturas superiores a 50°C;
no tengan un largo superior a 1.500 mm;
no estén sujetos a esfuerzos de tracción ni torsión;
5)
A la fecha de la publicación de la presente norma, está en vigencia el
D.M. 30 octubre 1981 del Ministerio de la Industria, del Comercio y del Artesanado
“Prescripciones de seguridad para el uso de artefactos a gas, que funcionan sin descarga
exterior de los productos de la combustión”.
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-
no presenten estrangulaciones y sean fácilmente inspeccionables a lo largo de
todo su recorrido;
no queden en contacto con cuerpos cortantes, ángulos vivos similares.
Los tubos flexibles de tipo normal deben quedar además sólidamente fijados a los
portagoma mediante abrazaderas de seguridad conforme a la UNI 7141.
En caso de que una o más de las condiciones anteriores no pueda ser respetada, se
debe recurrir a tubos metálicos rígidos o flexibles.
3.5.3.2
Los tubos flexibles metálicos ondulados deben ser instalados en obra de modo que
su longitud, en condiciones de máxima extensión, no sea mayor a 2 000 mm.
3.5.3.3
No se permiten uniones de tubos flexibles entre sí.
3.6
3.6.1
Puesta en servicio de la instalación y de los artefactos de utilización
Puesta en servicio de la instalación
Para la puesta en servicio de la instalación incluido los grifos de alimentación de los
artefactos, se requiere proceder a las siguientes operaciones y controles:
cerrar las llaves de alimentación de los artefactos;
abrir ventanas y puertas y evitar la presencia de llamas abiertas y/o chispas;
proceder a la purga del aire contenido en la instalación interior;
controlar que no existan fugas de gas. Durante 10 min el medidor no deberá
indicar paso de gas alguno; en caso contrario, las fugas se deberán
individualizar con solución jabonosa o producto equivalente y eliminar,
repitiendo el control hasta obtener resultado positivo.
3.6.2
Puesta en servicio de los artefactos de utilización
Para la puesta en servicio de los artefactos de utilización se debe, teniendo
alimentada la instalación y las llaves de alimentación abiertos, efectuar lo siguiente:
controlar, teniendo cerrados los dispositivos de corte dotados en los artefactos
de utilización, que por los accesorios de unión de dichos artefactos con la
instalación, no se registren pérdidas de gas. Durante 10 min el medidor no
deberá indicar paso de gas alguno; en caso contrario, las fugas se deberán
individualizar, por ejemplo, con líquido tenso-activo (solución jabonosa o
producto equivalente), y eliminar repitiendo el control hasta obtener resultado
positivo;
encender los quemadores y controlar su regulación;
controlar el buen
funcionamiento de los artefactos y de los eventuales dispositivos de seguridad,
según las normas específicas de cada artefacto, además de las instrucciones
entregadas por el fabricante;
verificar la correcta ventilación de los locales, conforme a lo especificado en 4;
verificar la eficiencia de los dispositivos de evacuación de los productos de la
combustión. Para los artefactos de tiro natura, tal verificación debe ser realizada:
a) controlando el tiraje existente durante el funcionamiento normal del
artefacto, mediante, por ejemplo, un vacuómetro colocado inmediatamente
a la salida de los productos de la combustión del artefacto;
b) controlando que en el local no exista retorno de los productos de la
combustión, incluso durante el funcionamiento de eventuales
electroventiladores.
La instalación no será puesta en servicio si sólo uno de estos controles es negativo.
UNI 7129: 2001
Página 14
3.7
3.7.1
Control y mantención periódica de la instalación interior
Verificación y limpieza de la tubería
3.7.1.1
La
-
3.7.1.2
Para efectuar la limpieza de la tubería se debe:
abrir puertas y ventanas de los ambientes comprometidos;
cerrar el grifo de alimentación del medidor;
desconectar del medidor el tubo de la instalación interior tapando la salida del
medidor;
desconectar todos los artefactos conectados y donde existan, los tubos
flexibles respectivos;
soplar aire o gas inerte con equipo idóneo, partiendo de la tubería de menor
diámetro prosiguiendo hacia la de diámetro mayor;
Antes de reconectar la tubería al medidor se debe recontrolar la estanqueidad de
instalación.
Si se encuentran pérdidas, éstas deben ser buscadas con solución jabonosa o
producto equivalente y eliminadas; las partes defectuosas y las empaquetaduras
deben ser substituidas o reconfeccionadas. Está prohibido reparar dichas partes con
masillas o por pinzado con deformación.
Eliminadas las eventuales pérdidas, se necesita repetir la prueba de estanqueidad
hasta obtener resultado positivo.
3.7.2
verificación de la tubería consiste en:
el examen visual cuidadoso de la parte no colocada bajo trazado;
controlar la estanqueidad con gas a la presión de entrega;
controlar la maneobrabilidad de la grifería con el fin de detectar eventuales fallas.
Maniobrabilidad de las llaves de la instalación
3.7.2.1
Si un grifo no es fácilmente maniobrable, en el sentido de que el esfuerzo necesario
para efectuar la maniobra de apertura y cierre sea anormal, se debe controlar la
lubricación y la regulación de las partes móviles.
3.7.2.2
La eventual substitución de una llave, implica la repetición de la prueba de
estanqueidad de la instalación.
3.7.3
Tubo flexible
La verificación del estado de conservación de un tubo flexible no metálico consiste
en controlar que:
no se haya superado la fecha de vida útil (5 años) marcado en el tubo, según lo
previsto por la UNI 7140;
no aparezcan raspadura, cortes, erosiones, ni trazas de quemaduras o
sobrecalentamiento sobre la superficie del tubo, ni sobre el extremo del mismo
en correspondencia al portagoma y a las abrazaderas de seguridad o a las
uniones roscadas;
no aparezca deteriorado y envejecido el material del tubo; por consiguiente, el
tubo debe mantener su normal elasticidad y no aparecer ni endurecido ni
excesivamente plástico.
La conservación de los tubos flexibles de acero inoxidable de pared continua, y
tubos metálicos rígidos, requiere de un control cuidadoso de la superficie, de los
accesorios roscados y de las empaquetaduras correspondientes.
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3.7.4
Artefactos de utilización
El control del funcionamiento de los artefactos de utilización se realiza con el gas
distribuido, a la presión de entrega, según las instrucciones dadas por el fabricante
para cada tipo de artefacto.
3.7.5
Aperturas de ventilación
Ver 3.6.2.
3.7.6
Tiraje
Ver 3.6.2.
3.8
Modificación y ampliación de las instalaciones
Para cualquier trabajo de modificación se debe proceder como si se tratara de una
nueva instalación.
Además, para cualquier trabajo de ampliación que implique un aumento del consumo
de gas, es necesaria la autorización preventiva de la empresa distribuidora.
4
4.1
VENTILACION DE LOS LOCALES
Generalidades
Advertencias sobre lo indispensable de la ventilación, sobre los medios para
conseguirla previstos en la presente norma y sobre la importancia de no impedir su
funcionamiento, deben ser colocadas en los folletos de instrucción de los artefactos
de tipo A, B y de cocinar. El artefacto mismo debe llevar una etiqueta con la
escritura siguiente: “Atención - Este artefacto puede ser instalado y funcionar sólo
en locales permanentemente ventilados según la UNI 7129”.
4.1.1
Volúmenes de aire
Es indispensable que en los locales en los que se instalen artefactos a gas (del tipo A,
B y de cocina) pueda fluir al menos tanto aire como sea requerido para la normal
combustión del gas y de la ventilación del local. Es por lo tanto oportuno recordar que
la combustión de 1 m3 de gas requiere cerca de los siguientes volúmenes de aire:
-
gas manufacturado
(HS = 18,8 MJ/m3)
5 m3
-
gas natural
(HS = 38,6 MJ/m3)
11 m3
3
-
GLP
(HS = 101,8 MJ/m )
-
mezcla de GLP (25%) - aire
(HS = 27,2 MJ/m3)
-
mezcla de GLP (50%) - aire
3
(HS = 56,5 MJ/m )
30 m3
8 m3
16 m3
Para los artefactos con corta-tiro (tipo B1) los valores de aire se ven aumentados
según el diseño de este dispositivo.
4.1.2
Flujo de aire
El flujo natural del aire debe provenir por vía directa a través de:
aperturas permanentes practicadas en las paredes del local a ventilar y que dan
hacia el exterior;
conductos de ventilación, específicos o colectivos ramificados.
UNI 7129: 2001
Página 16
El aire de ventilación debe ser tomado directamente del exterior, de zona alejada de
fuentes de contaminación.
Se permite también la ventilación indirecta, tomando el aire desde locales adyacentes
a aquel a ventilar, con las advertencias y limitaciones indicadas en 4.3.
4.1.3
Artefactos de tipo C
Los artefactos de tipo C, de tiro natural o provistos de ventilador, no tienen ninguna
necesidad de tomar aire comburente del local donde están instalados.
4.1.4
Artefactos de tipo AAS (artefactos no conectados a un conducto de evacuación de
los productos de la combustión)
Los artefactos a gas de tipo AAS nombrados en el D.M. 30 octubre 1981
(ver 3.5.1.5) tienen necesidad, no de una, sino de dos aberturas, cada una con una
sección mínima de 100 cm2, de las cuales una está situada abajo para el flujo del
aire comburente y de ventilación, según lo indicado en 4.2.1 y la otra puesta en lo
alto, para la evacuación de los productos de la combustión, situada en la parte
superior de una pared que mire al exterior.
4.2
4.2.1
Ventilación natural directa
Aperturas en paredes externas al local a ventilar
Tales aperturas deben corresponder a los siguientes requisitos (ver ejemplo de
realización en figura 4):
a) tener sección libre neta total de paso de a lo menos 6 cm2 por cada kW de
consumo térmico instalado, con un mínimo de 100 cm2.
Para las instalaciones de artefactos que funcionan a gas combustible, que no
posean dispositivo de seguridad por ausencia de llama, las secciones libres de
ventilación, sólo para este tipo de artefacto, señalados en 4.2 y 4.3, deben ser
aumentadas en el 100%. La sección mínima en estos casos, no puede ser
inferior a 200 cm2. En el caso de gas con densidad relativa no mayor a 0,8, la
sección relativa al aumento puede obtenerse mediante aperturas en la parte
alta del local, sin los posteriores aumentos previstos en la siguiente letra d);
tales aperturas pueden ser realizadas, además sobre paredes externas, también
sobre cierres que den hacia el exterior, siempre que sea garantizado el libre
paso hacia esa zona;
b) estar construidas de modo que las bocas de apertura, tanto al interior como al
exterior de la pared, no puedan ser obstruidos (ver figura 5);
c) estar protegidas, por ejemplo, con rejillas, redes metálicas, etc., de modo tal de
no reducir la sección libre total neta señalada anteriormente;
d) estar situadas a una cota próxima al nivel de piso y tal de no dificultar el
correcto funcionamiento de los dispositivos de evacuación de los productos de
al combustión; cuando esta posición no sea posible conseguir, se debe
aumentar a lo menos en 50% la sección de las aperturas de ventilación.
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figura 4
Ejemplo de construcción de apertura de ventilación para el ingreso de aire comburente
figura 4
figura 5
Ejemplo de construcción de apertura de ventilación con elemento para evitar su
obstrucción
Concepto
1
Deflector
2
Aire
figura 5
4.2.2
4.2.2.1
Conductos de ventilación
Conductos de ventilación específicos
En el caso de entrada de aire comburente mediante conductos, el tiraje disponible,
producto del artefacto de utilización instalado y del relativo sistema de evacuación
de los productos de la combustión, debe ser mayor a la suma de las resistencias
ofrecidas por los conductos (resistencia de roce, resistencia por eventuales cambios
de dirección, estrechamientos, etc.)
Los conductos de ventilación pueden tener recorrido horizontal y vertical; los
tramos con recorrido horizontal deben tener por lo demás, una longitud reducida al
mínimo.
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Página 18
Las uniones entre tramos con recorrido diferente deben ser construidas con sus
bordes vivos y sin restricción de sección. El ángulo de unión entre los ejes de dos
tramos sucesivos de conducto no debe ser menor a 90°.
La boca de entrada al local a ventilar, debe quedar colocada en la parte inferior y
en posición tal de no interferir con la evacuación de los productos de la combustión
y debe estar protegida por una rejilla o dispositivo similar.
4.2.2.2
Conductos de ventilación colectivos ramificados
También en el caso de entrada de aire comburente mediante conductos colectivos
ramificados, la suma de las resistencias ofrecidas por dichos conductos (resistencia
de roce, resistencia por eventuales cambios de dirección, estrechamientos, etc.),
puede ser a lo máximo semejante al 10% del tiraje disponible, producto de los
distintos artefactos de utilización instalados en los distintos pisos y del relativo
sistema de evacuación de los productos de la combustión.
Los conductos de ventilación colectivos ramificados deben tener además sólo
recorrido vertical con flujo ascendente (ver figura 6).
La boca de entrada al local a ventilar debe estar colocada en la parte inferior y en
una posición tal de no interferir con la evacuación de los productos de la
combustión y debe estar protegida por una rejilla o dispositivo similar.
figura 6
Conducto de ventilación colectivo ramificado
Concepto
A
Plano tierra
B
Toma de aire del exterior
C
Conducto de ventilación colectivo ramificado
figura 6
4.3
Ventilación natural indirecta
El flujo de aire puede ser obtenido desde un recinto adyacente siempre que:
-
el recinto adyacente esté dotado de ventilación directa, conforme a los párrafos a),
b) y c) del punto 4.2.1;
en el local a ventilar, estén instalados sólo artefactos conectados a conductos
de descarga;
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Página 19
-
-
figura 7
el recinto adyacente, no sea un dormitorio o no constituya parte común del
inmueble;
el recinto adyacente no constituya un ambiente con peligro de incendio, como
guarderías, garajes, almacenes de materiales combustibles, etc.;
el recinto adyacente no esté en depresión en relación al recinto a ventilar por
efecto de tiraje contrario (el tiraje contrario puede ser provocado por la
presencia en el recinto, sea de otro artefacto de utilización funcionando con
otro tipo de combustible, sea de una chimenea, sea de cualquier dispositivo de
aspiración, para los que no ha sido previsto un ingreso de aire);
el flujo de aire del recinto adyacente y el del recinto a ventilar pueda llegar
conjuntamente y libremente a través de aperturas permanentes, de sección
neta no inferior a la señalada en 4.2.1. Tales aperturas pueden obtenerse
también aumentando la luz existente entre puerta y piso (ver figura 7).
Ejemplo de ventilación natural indirecta
Concepto
1
Recinto adyacente
2
Recinto a ventilar
3
Aumento de la luz entre puerta y piso
figura 7
4.4
Evacuación del aire viciado
En los recintos en los cuales hay instalados artefactos a gas, además del necesario
ingreso del aire comburente, y de la necesaria evacuación de los productos de la
combustión, podría también escogerse evacuar el aire viciado; esto implica el
ingreso de una cantidad adicional de aire limpio.
Si la evacuación del aire viciado se realiza con el auxilio de un medio mecánico
(electroventilador) deben respetarse las siguientes condiciones:
a) si en el ambiente hay un conducto de descarga común fuera de servicio, éste
debe ser tapado;
b) la apertura de ventilación del recinto en el cual están instalados los artefactos a
gas debe ser aumentada en función del máximo consumo de aire desplazado
por el electroventilador, según el cuadro 4;
UNI 7129: 2001
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cuadro 4
Sección adicional de la apertura de ventilación
c)
d)
5
5.1
Consumo máximo
Velocidad entrada aire
m3/h
hasta 50
más de 50 y hasta 100
más de 100 y hasta 150
m/s
1
1
1
Sección neta
adicional paso aire
cm2
140
280
420
la acción del electroventilador o de la campana de aspiración eléctrica no debe
influir en la correcta evacuación de los productos de la combustión de
artefactos que toman el aire de combustión del ambiente tipo A, B y de cocina.
Con este fin, debe verificarse lo anterior efectuando una prueba de tiraje,
haciendo funcionar el electroventilador o la campana de aspiración eléctrica a
su potencia máxima y el artefacto a gas a potencias nominal, máxima y mínima
declarada por el fabricante.
Además, en el caso de un artefacto conectado a un conducto colectivo
ramificado (c.c.r.), el electroventilador o la campana de aspiración eléctrica a
su potencia máxima estando el artefacto apagado no debe dejar el recinto en
depresión respecto a la c.c.r. misma;
en los recintos en los cuales esté instalado sólo un artefacto de cocina a gas y
en los cuales la evacuación del aire viciado y de los productos de la
combustión se obtiene por medio de un electroventilador o de una campana de
aspiración eléctrica, la ventilación necesaria está asegurada por las aperturas
de ventilación provistas en 4.2.1.
En este caso, en los eventuales recintos adyacentes y en los recintos
directamente comunicados con el recinto donde se encuentra la campana de
aspiración eléctrica o el electroventilador, sólo está permitido el empleo de
artefactos tipo C. Se mantiene sin variación cuanto dicho precedente en letra a).
Nota 1
Si el electroventilador está instalado en un recinto sin aperturas, el ingreso de aire
necesario debe provenir de un conducto de ventilación, o indirectamente de un
recinto adyacente provisto de una adecuada apertura. Si en este último lugar hay
instalado un artefacto a gas, el aire de ventilación necesario es el que corresponde
al del artefacto, aumentado en el necesario por la presencia del electroventilador.
Nota 2
El consumo efectivo de un electroventilador es en general función del volumen del
ambiente a ventilar, teniendo presente que para un recinto de cocina el recambio
horario de aire puede ser 3 a 5 veces su volumen.
EVACUACION DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTION
Generalidades
La UNI 10642 clasifica los artefactos a gas, en función del método de toma del aire
comburente y de evacuación a la atmósfera externa de los productos de la
combustión.
Para facilitar la consulta, se señalan a continuación, las definiciones de los tres
tipos fundamentales de artefactos que se desprenden de la UNI 10642.
tipo A
: Artefacto no previsto para ser conectado a un conducto de salida de
humos o a dispositivo de evacuación de los productos de la combustión
al exterior del local en el cual el artefacto está instalado. La toma del
aire comburente y la evacuación de los productos de la combustión se
produce en el local de instalación.
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tipo B
tipo C
: Artefacto previsto para ser conectado a un conducto de salida de
humos o a dispositivo que evacúa los productos de la combustión al
exterior del local en el cual el artefacto está instalado. La toma del aire
comburente proviene del local de instalación y la evacuación de los
productos de la combustión, se produce al exterior del local mismo.
: Artefacto cuyo circuito de combustión (toma del aire comburente,
cámara de combustión, intercambiador de calor y evacuación de los
productos de la combustión), se realizan en forma aislada del local.
Es importante recordar que también los artefactos para cocinar deben evacuar a la
atmósfera externa los productos de la combustión, según lo indicado en 3.5.1.1.
5.2
Artefactos de tipo A
Son artefactos de pequeña potencia y con funcionamiento continuo o discontinuo.
La potencia máxima, los límites de su empleo, su ubicación y las prescripciones
especiales de ventilación de los locales en los cuales se instalan, se indican
en 3.5.1.5.
5.3
Artefactos de tipo B de tiraje natural (tipo B11)
Los artefactos a gas provistos de conexión para el tubo de evacuación de los
productos de la combustión, deben tener una unión directa a la chimenea o al
conducto colectivo que sea de máxima eficiencia; sólo a falta de éstos, se permite
que los mismos evacúen los productos de la combustión directamente al exterior,
siempre que sean respetadas las prescripciones dadas en 5.3.4.
5.3.1
Unión a chimenea y/o a conducto colectivo
La unión de los artefactos a una chimenea o a un conducto colectivo se consigue
por medio de canales de humo.
Los canales de humo deben ser unidos a la chimenea o al conducto colectivo en el
mismo recinto en que se encuentra instalado el artefacto o a lo máximo en el local
contiguo y deben responder a los siguientes requisitos:
5.3.1.1
Ser estancos y confeccionados con materiales idóneos para resistir en el tiempo a
solicitaciones mecánicas, a la temperatura y a la acción de los productos de la
combustión y de sus eventuales condensaciones.
En cualquier punto del canal de humos y para cualquier condición externa, la
temperatura de los humos, debe ser mayor a la del punto de rocío.
5.3.1.2
Estar conectados estancamente; los materiales de retención empleados deben ser
resistentes a la temperatura y a la corrosión.
5.3.1.3
Ser instalados a la vista fácilmente desmontables e instalados de manera de
permitir la dilatación térmica normal; estar dotados, limitadamente en el caso de
calderas y de calderas combinadas (calefacción y producción de agua caliente
sanitaria), de toma de muestra con dimensiones y características conforme a
la UNI 10389.
5.3.1.4
Para los artefactos con descarga vertical, ser dotados de un tramo vertical de altura
no inferior a dos diámetros del canal de humos medido desde la unión del tubo de
descarga.
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Página 22
5.3.1.5
Tener, después del tramo vertical, por todo el recorrido faltante, un recorrido
ascendente, con pendiente mínima del 3%. La parte de trayectoria semi-horizontal
no debe tener una longitud mayor a ¼ de la altura eficaz H de la chimenea o del
conducto colectivo, y de cualquier forma, no debe tener una longitud mayor de 2
500 mm [ver figura 8 a)], salvo verificación según el método general de cálculo
indicado en las normas UNI vigentes.
5.3.1.6
No tener un número de cambios de dirección mayor a tres, comprendida la unión de
entrada a la chimenea y/o al conducto colectivo, confeccionados con ángulos
internos mayor a 90º. Los cambios de dirección deben ser confeccionados
únicamente con elementos curvos.
5.3.1.7
Tener, para los artefactos con tubo de descarga posterior o lateral, una longitud de
tramo semi-horizontal, no mayor a ¼ de la altura eficaz H de la chimenea o del
conducto colectivo y de cualquier forma, no superior a 1 500 mm, y no más de dos
cambios de dirección, comprendida la unión de entrada a la chimenea y/o al
conducto colectivo [ver figura 8 b)], salvo verificación según el método general de
cálculo indicado en las normas UNI vigentes.
5.3.1.8
Tener el eje del tramo terminal de entrada perpendicular a la pared interna opuesta
de la chimenea o del conducto colectivo (ver figura 9); el canal de humos debe
además ser fijado firmemente en forma estanca a la entrada de la chimenea o del
conducto colectivo, sin sobresalir al interior.
figura 8
Ejemplos de unión a chimeneas/conductos colectivos
Casos
a)
b)
1
Para artefactos con tubo de descarga vertical
Para artefactos con tubo de descarga horizontal o lateral
Pendiente min 3%
Dimensiones en mm
figura 8 a)
figura 8 b)
5.3.1.9
Tener en toda su longitud, una sección no inferior a la de la unión del tubo de
descarga del artefacto. En el caso de que a continuación, la chimenea o el conducto
colectivo tuviese un diámetro inferior de aquel del canal de humos, debe
confeccionarse una unión cónica en correspondencia a la entrada.
5.3.1.10
No tener dispositivos de intersección (celosías, paletas o mariposas de cierre); si
tales dispositivos estuviesen ya instalados, deberán eliminarse.
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Página 23
figura 9
Ejemplo de unión correcta a chimenea/conducto colectivo
Casos
1
Conducto colectivo o chimenea
figura 9
5.3.1.11
Distanciarse a lo menos 500 mm de materiales combustibles y/o inflamables; si tal
distancia no puede ser mantenida, se requiere colocar una adecuada protección
específica a la temperatura.
5.3.1.12
Recibir la descarga de un solo artefacto de utilización; se permite conectar a un
mismo canal de humos un máximo de dos artefactos, siempre que se respeten las
siguientes condiciones:
a) los dos artefactos, tengan una diferencia de consumo térmico no superior al
30% uno con respecto al otro y sean instalados en el mismo recinto.
b) la sección del canal de humos común a los dos artefactos, sea al menos igual a
la sección del canal de humos del artefacto de mayor consumo multiplicado por
el cuociente Pc/P1, siendo Pc la suma de los consumos térmicos de cada uno
de los artefactos y P1 el consumo térmico mayor, es decir:
Sc mayor o igual a S1 x Pc/P1
D c ≥ D1 ⋅
de donde
Pc / P1
en que: [ver figura 10 a)]:
Sc
S1
es la sección del conducto común;
es la sección del conducto del artefacto de mayor consumo;
Dc
D1
es el diámetro del conducto común;
es el diámetro del conducto del artefacto de mayor consumo.
Ejemplo:
P1 = 25 kW
D1 = 120 mm
P2 = 18 kW
Pc = 25 + 18 = 43 kW
luego:
D c ≥ D1 ⋅
Pc / P1 = 120 43 / 25 = 157 mm
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Dos artefactos, con las limitaciones indicadas en letra a) anterior, pueden ser
conectados directamente a la chimenea o al mismo conducto colectivo; en tal caso,
la distancia vertical existente entre los ejes de los orificios de entrada será a lo
menos de 250 mm [ver figura 10 b)].
No se permite en cambio entregar en un mismo canal de humos, la descarga de
artefactos de gas y aquel de otros generadores de calor que funcionen con
combustibles diferentes.
También está prohibido entregar en el mismo canal de humos, la descarga de
artefactos a gas con la de canales provenientes de campanas recolectoras de
artefactos de cocina.
figura 10
Ejemplo de unión de dos artefactos a una misma chimenea
Casos
a)
b)
Unión con conducto común
Unión con conductos independientes
Dimensiones en mm
figura 10 a)
5.3.2
5.3.2.1
figura 10 b)
Conductos colectivos/chimeneas (*)
Generalidades
Un conducto colectivo/chimenea para la evacuación a la atmósfera de los
productos de la combustión de artefactos de tiro natural, debe responder a los
requisitos constructivos generales aplicables que corresponda de la UNI EN 1443, y
a los siguientes:
ser estanco a los productos de la combustión, impermeable y térmicamente
aislado (según cuanto prescrito por la norma);
ser confeccionado/a en materiales aptos para resistir en el tiempo, las
solicitaciones mecánicas normales, la temperatura y la acción de los productos
de la combustión y de sus eventuales condensaciones;
tener un recorrido vertical y estar privado/a de cualquier estrechamiento en
toda su extensión;
estar suficientemente aislado/a para evitar fenómenos de condensación o de
enfriamiento de los gases, especialmente si éste/a está expuesto/a al exterior
del edificio o en lugares no calefaccionados;
estar suficientemente distanciado/a de materiales combustibles y/o fácilmente
inflamables, mediante la adopción de espacios de aire o de aislantes adecuados;
(*) Para los requisitos de las chimeneas, además de la UNI EN 1443, ver también el apéndice D.
Las chimeneas entran en el campo de aplicación de la Directiva 89/106/CEE relativa a los
productos de construcción, en relación a los que están actualmente vigentes.
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Página 25
-
tener bajo la entrada del primer canal de humos, una cámara de recolección de
materiales sólidos y eventuales condensaciones, de una altura mínima de 500 mm.
El acceso de dicha cámara debe estar garantizado mediante una abertura
provista de una puertecilla metálica con cierre estanco al paso de aire;
-
tener una sección interior de forma circular, cuadrada o rectangular; en estos
últimos dos casos, los ángulos deben ser redondeados con un radio no inferior
a 20 mm; también son admitidas sin embargo, otras secciones hidráulicamente
equivalentes.
estar dotado/a en su extremidad, de un terminal que responda a los requisitos
indicados en 5.3.3;
estar privado/a de medios mecánicos de aspiración puestos al extremo del
conducto;
en una chimenea que pasa por dentro o esté adosada a locales habitados, no
debe existir sobrepresión alguna.
-
Para artefactos del tipo B11, se puede contar con:
-
chimeneas individuales (ver 5.3.2.2);
conductos colectivos ramificados (ver 5.3.2.3).
5.3.2.2
Chimeneas individuales
Las dimensiones internas de algunos tipos de chimeneas individuales, se indican en
los cuadros C.1, C.2, C.3 y C.4 del apéndice C. Tales cuadros cubren el campo de
potencia térmica nominal de 10 a 30 kW (correspondiente aprox. a 12 a 35 kW de
consumo térmico) y el campo de temperatura de salida de los humos del artefacto
de los 100 a 190°C, y preveen el empleo de chimeneas aisladas de material
refractario y/o albañilería y metal; éstas son empleadas dentro de los límites de las
condiciones generales y particulares de aplicabilidad, representativas de situaciones
constructivas e instalaciones comunes contenidas en el mismo apéndice.
En caso de que los datos reales de instalación no estén dentro de las condiciones
de aplicabilidad o dentro de los límites de los cuadros, se debe proceder al cálculo
de la chimenea según normas UNI vigentes.
Se debe también realizar el cálculo con los datos reales de instalación para todas las
situaciones de los cuadros en las cuales no se indican dimensiones de las
secciones.
Para los artefactos que pueden funcionar a potencia térmica variable se debe
además controlar que a la potencia térmica mínima, la temperatura de la pared
interna a la salida de la chimenea sea superior a la temperatura de rocío de los
humos
5.3.2.3
Conductos colectivos ramificados, c.c.r.
En los edificios de varios pisos, para la evacuación a tiraje natural de los productos de
la combustión, pueden utilizarse conductos colectivos ramificados (c.c.r.)
(ver figura 11), siempre que cumplan además de los requisitos indicados en 5.3.2.1
también los siguientes:
UNI 7129: 2001
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figura 11
Ejemplo de conducto colectivo ramificado
Concepto
A
Terminal o aspirador estático
B
Altura mínima sobre la entrada al conducto, del último artefacto = 3 m
C
Conducto secundario
D
Canal de humo
E
Artefacto a gas
F
Cortatiro
G
Abertura de ventilación
H
Aire
I
Productos de la combustión
L
Colector
figura 11
el canal de humo, que une al artefacto en uso con la c.c.r., debe introducirse en el
conducto secundario inmediatamente sobre el elemento deflector. El elemento
deflector debe conectarse al colector con un ángulo no inferior a 135°
(ver figura 12);
UNI 7129: 2001
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figura 12
Ejemplo de unión al colector
Concepto
1
Conducto secundario
2
Losa
3
Espacio de aire o aislante
4
Forro de revestimiento
5
Colector
6
Deflector
7
Productos de la combustión
figura 12
-
-
-
-
el c.c.r. debe tener un recorrido perfectamente rectilíneo y vertical y no debe
sufrir estrechamientos ni variaciones de sección;
el c.c.r. debe estar siempre provista en su parte superior, de un terminal que
responda a los requisitos indicados 5.3.3 y que, por sus características
particulares, funciones también como aspirador estático;
el uso del c.c.r. prohibe el empleo de cualquier medio auxiliar de aspiración y
compresión colocado en correspondencia de las emisiones de los diversos
pisos, y excluye también el empleo de medios mecánicos de aspiración
colocados en el extremo del conducto;
el uso del c.c.r. permite sólo el acoplamiento a los conductos secundarios de
artefactos del mismo tipo y con un consumo térmico tal que el consumo
térmico mínimo no se diferencie en más de un 30% en relación al consumo
térmico máximo, debiendo alimentarse con un solo tipo de combustible; la
descarga de la evacuación de las campanas de cocina debe realizarse a un
conducto ramificado o chimenea individual contemplado sólo para tal efecto;
a un c.c.r. debe conectarse solo un artefacto por piso (ver figura 13).
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figura 13
Conducto colectivo ramificado con dos descargas por piso
Concepto
1
Primer artefacto
2
Segundo artefacto
S
Conducto secundario
C
Colector
S1
Primer conducto secundario
C1
Primer colector
S2
Segundo conducto secundario
C2
Segundo colector
figura 13
-
el número máximo de pisos permitidos para un c.c.r. debe ser adecuado a la
capacidad efectiva de evacuación del colector principal, el que por ningún motivo
debe recibir más de 5 inmisiones provenientes de los respectivos conductos
secundarios, es decir, un c.c.r. puede servir como máximo, un edificio de 6 pisos
ya que el último conducto secundario, que forma parte del c.c.r., evacúa
directamente a la atmósfera; en el caso de edificios de mayor altura, deberán
instalarse dos o más conductos colectivos ramificados (ver figura 14);
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figura 14
Ejemplo de conductos colectivos ramificados para edificios de más de 6 pisos
figura 14
-
-
-
5.3.3
el conducto secundario del c.c.r. debe tener para cada uno de los pisos, una
altura como mínimo equivalente a la de un piso e ingresar con un ángulo no
inferior a 135°;
la altura mínima por sobre el ingreso del canal de humo del último artefacto
(instalado en el último piso) medida hasta el terminal de salida, debe ser de 3 m
(ver figura 11);
el dimensionamiento del conducto colectivo ramificado debe ser realizado y
certificado por la empresa constructora o por técnicos calificados, teniendo
presente los antecedentes específicos relativos a la instalación de los
artefactos y a la ubicación del edificio (ver el método de cálculo
en la UNI 10640).
Terminales
Por terminal se entiende el dispositivo puesto en el extremo de la chimenea
individual o del conducto colectivo ramificado apto para facilitar la dispersión de los
productos de la combustión.
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Este debe satisfacer los requisitos siguientes:
tener una sección útil de salida no inferior al doble de la chimenea o del
conducto colectivo ramificado sobre el cual está instalado.
estar conformado de modo de impedir la penetración en la chimenea o en el
conducto colectivo, de la lluvia y de la nieve.
estar construido en forma tal que incluso en caso de vientos en cualquier dirección
e inclinación, esté asegurada la evacuación de los productos de la combustión.
La cota de salida (donde cota de salida se entiende aquélla que corresponde a la del
extremo de la chimenea o conducto, independiente de eventuales terminales), debe
estar más allá de la llamada zona de reflujo, de modo de impedir la formación de
contrapresión que impida la libre evacuación a la atmósfera de los productos de la
combustión. Es por consiguiente necesario adoptar las alturas mínimas indicadas en
los esquemas de la figura 15.
figura 15
Alturas mínimas para cotas de salida
Concepto
a) Techo plano
b) Techo a 15°
c) Techo a 30°
d) Techo a 45°
e) Techo a 60°
1
Distancia > 5 m
2
Volumen técnico
3
Distancia < ó = 5 m
4
Distancia > 1,85 m
5
6
7
8
9
10
11
12
13
Distancia < ó = 1,85 m
0,5 m sobre la cumbrera
Zona de reflujo
Distancia > 1,3 m
Distancia < ó = 1,3 m
Distancia > 1,5 m
Distancia < ó 1,5 m
Distancia >1,2 m
Distancia < ó = 1,2 m
Dimensiones en mm
figura 15 a)
figura 15 b)
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figura 15 c)
figura 15 d)
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Página 32
figura 15 e)
5.3.4
Evacuación directa a la atmósfera externa
Los artefactos de tipo B11 previstos para ser conectados a una chimenea o a un
conducto colectivo, pueden evacuar los productos de la combustión directamente a
la atmósfera externa, mediante un conducto de evacuación que atraviesa las
paredes perimetrales del edificio.
La evacuación se realiza en este caso por medio de un conducto de evacuación, el
cual está unido en el exterior, a un terminal de tiraje.
5.3.4.1
Conducto de evacuación
El conducto de evacuación debe responder a los mismos requisitos enumerados
en 5.3.1 para los conductos colectivos, con las siguientes indicaciones adicionales:
la parte con recorrido semi horizontal debe ser reducida al mínimo con una
longitud máxima dentro del edificio, de 1 m; para los artefactos con descarga
vertical no debe tener más de 2 cambios de dirección y para los artefactos con
descarga posterior o lateral, no tener más de 1 cambio de dirección, con
ángulos internos mayores de 90° y confeccionados sólo con elementos curvos;
debe recibir la descarga de un solo artefacto;
debe quedar su extremo donde va colocado el terminal de tiraje, sobresaliendo
de la pared externa del edificio, en una longitud equivalente en al menos dos
diámetros del conducto;
debe estar protegido con un forro en forma de tubo metálico en la parte
correspondiente al pasaje por los muros; el forro debe ser sellado en el lado
interior del edificio y abierto en el lado exterior.
5.3.4.2
Terminal de tiraje
El terminal de tiraje debe ser construido con elementos que permitan la correcta
evacuación de los productos de la combustión.
UNI 7129: 2001
Página 33
En su forma más simple, pueden estar constituidos por:
a) un tramo de tubo vertical unido mediante un codo a 90° con el tramo terminal
del conducto de descarga. El tramo vertical debe tener una longitud suficiente
de modo que la sección de salida de los humos a la atmósfera quede a una
cota de al menos 1,5 m por sobre la unión del conducto de descarga con el
artefacto [ver figura 16 a)]. La sección de salida debe contar con un dispositivo
anti-viento adecuado que elimine las corrientes contrarias así como las aguas
lluvia y que impida la obstrucción de dicha zona;
b) un aspirador estático constituido por un tubo vertical conectado en forma de T
al tramo horizontal y de dimensiones tales que los dos segmentos verticales
tengan una altura equivalente al menos a tres diámetros del tubo y que la
sección de salida de los humos a la atmósfera quede siempre a una cota de al
menos 1,5 m por sobre la unión del conducto de descarga con el artefacto
[ver figura 16 b)];
c) Otros dispositivos terminales pueden ser adoptados siempre que:
- sea identificado el constructor;
- sea comprobado su funcionamiento;
- sean acompañados de instrucciones adecuadas de instalación y eventual
mantención;
- sean de material apto para resistir las solicitaciones térmicas y químicas
además de los agentes atmosféricos;
- sea especificado el consumo térmico máximo del artefacto al cual puede ser
conectado.
En figura 16 c) se muestra un esquema (no constructivo) de un dispositivo terminal
con el que se evacúan a la atmósfera los productos de la combustión provenientes
del artefacto a gas mientras con el mismo se consigue un modesto recambio de aire
(de cualquier forma, el ambiente debe ser ventilado según se indica en 4).
figura 16
Ejemplo de evacuación directa a la atmósfera exterior
Concepto
a)
b)
c)
1)
2)
3)
Evacuación directa con conducto vertical h > ó = 1,5 m
Evacuación directa con aspirador estático a T
Ejemplo de dispositivo terminal diferente de mostrados en figuras a) y b)
Pendiente mínima 3%
Productos de la combustión
Aire
Dimensiones en mm
figura 16 a)
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Página 34
figura 16 b)
figura 16 c)
5.3.4.3
Posición de los terminales de tiraje
Los terminales de tiraje deben (ver figura 17):
estar situados sobre las paredes externas del edificio;
estar posicionados de modo de respetar las distancias y la ubicación de la
sección de salida de los gases a la atmósfera que se señalan en cuadro 5.
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Página 35
figura 17
Posición de los terminales de tiraje
figura 17
cuadro 5
Ubicación de la sección de salida de los terminales de tiraje para artefactos de tiro
natural en función del consumo térmico nominal
Consumo térmico nominal
Ubicación de la sección de salida del terminal
Distancia
mínima
de 4 kW
a 7 kW
mm
más de 7 kW
hasta 16 kW
mm
más de 16 kW
hasta 35 kW
mm
Bajo ventana
A
1 000 ***)
1 500
2 500
Bajo abertura de ventilación
B
1 000 ***)
1 500
2 500
Bajo alero o canaleta techo
C
300
400
500
Bajo balcón*)
D
300
400
500
De ventana adyacente
E
400
400
400
De abertura de ventilación adyacente
F
600
600
600
De canaletas o descargas verticales u horizontales**)
G
300
300
300
De un ángulo del edificio
H
300
500
600
De un rincón del edificio
I
300
500
600
De suelo o piso exterior
L
400
1 500
2 500
Entre dos terminales en vertical
M
600
1 500
2 500
Entre dos terminales en horizontal
N
300
500
600
De una superficie frontal aledaña sin aberturas o
terminales dentro de un radio de 3 m de la salida
de gases
O
600
1 000
1 200
Idem pero con aberturas o terminales dentro de un
radio de 3 m de la salida de gases
P
1 900
2 500
1 200
*)
Los terminales bajo un balcón deben ser colocados en posición tal que el recorrido de los gases desde
la salida del terminal hasta llegar al perímetro externo del balcón, incluida la altura de una eventual
balaustra de protección, no sea inferior a 2 000 mm.
**)
En la instalación de los terminales, deben adoptarse las medidas necesarias para que la distancia a
materiales sensibles a la acción de los productos de la combustión (por ejemplo, canaletas y
recolectores lluvia de plástico, elementos sobresalientes en madera, etc.) no sea inferior a 500 mm;
para distancias menores, deberán adoptarse escudos de protección adecuados.
***)
Reducibles a 400 mm para artefactos de calefacción instalados bajo el vano de la ventana.
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Página 36
5.4
5.4.1
Artefactos de tipo B provistos de ventilador
Generalidades
El ventilador es parte integral del artefacto que debe ser específicamente construido
para tal efecto (ver figura 18).
5.4.2
Evacuación de los productos de la combustión
Los artefactos de tipo B provistos de ventilador no deben ser conectados a un
conducto colectivo.
La descarga de cada artefacto de este tipo debe tener su propia chimenea o
canalización directa al exterior.
5.4.2.1
Evacuación a través de chimenea
También para los artefactos de tipo B provistos de ventilador, la unión a la
chimenea, para la evacuación de los productos de la combustión, se realiza por
medio de canales de humo que deben responder a los siguientes requisitos:
ser estancos y construidos con materiales aptos para resistir en el tiempo a las
solicitaciones mecánicas normales, a la temperatura y a la acción de los
productos de la combustión y de su eventual condensación.
En cualquier punto del canal de humo y para cualquier condición externa, la
temperatura de los humos debe ser mayor a la del punto de rocío; no se
permite el uso de conductos corrugados;
tener conexiones estancas; si se emplean materiales para tal finalidad, éstos
deben ser resistentes a la temperatura y a la corrosión;
estar instalados a la vista, fácilmente desmontables e instalados de manera de
permitir la dilatación térmica normal;
tener una longitud comprendida entre la mínima y la máxima indicadas por el
fabricante del artefacto, el que específica además dimensiones y desarrollo en
función de la potencia del ventilador que forma parte integral del artefacto
mismo;
tener el eje de la sección terminal de acoplamiento perpendicular a la pared
opuesta de la chimenea; el canal de humo debe estar firmemente acoplado en
forma estanca a la entrada de la chimenea;
no tener dispositivos de intersección (celosías, paletas de regulación); si tales
dispositivos estuviesen ya instalados, éstos deben ser retirados;
estar distanciados por lo menos en 500 mm de materiales combustibles y/o
inflamables; si dicha distancia no puede ser respetada, se deberá proveer de
una adecuada protección específica a la temperatura;
recibir la descarga de un solo artefacto.
Para la chimenea, valen en cambio los requisitos ya indicados en 5.3.2.1 para los
artefactos tipo B11.
Para el cálculo se requiere de un proyectista y el cumplimiento de las normas
especificas sobre tal materia.
La posición del ventilador no tiene ninguna influencia en el cálculo de la sección
interna de la chimenea.
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Página 37
figura 18
Esquema de artefactos de tipo B provistos de ventilador
Concepto
a)
Con ventilador abajo de la cámara de combustión sin cortatiro tipo B23
b)
Con ventilador por encima de la cámara de combustión y del cortatiro
tipo B14
c)
Con ventilador por encima de la cámara de combustión sin cortatiro
tipo B22
figura 18 a)
figura 18 b)
figura 18 c)
5.4.2.2
Evacuación directa a la atmósfera exterior
En los casos de evacuación de los productos de la combustión, directamente a la
atmósfera exterior, el conducto de evacuación debe responder a los requisitos ya
mencionados en 5.4.2.1 para los canales de humo con las siguientes indicaciones
adicionales:
tener el tramo final en el que va instalado el terminal de protección, no a filo de
la pared externa del edificio, sino sobresaliendo lo necesario para el montaje de
dicho terminal;
el tramo que atraviesa la pared, debe estar protegido con un forro metálico: el
forro debe quedar sellado hacia el interior del edificio y abierto hacia el exterior.
Para los artefactos de tipo B provistos de ventilador el conducto de evacuación
debe ser provisto del correspondiente terminal, ambos proporcionados por el
fabricante del artefacto, del que forman parte integrante.
La instalación del sistema de evacuación de los productos de la combustión de los
artefactos provistos de ventilador debe estar conforme a lo específicamente
establecido en la libreta de instrucciones de cada artefacto.
5.4.2.3
Ubicación de los terminales
Refiriéndonos a la figura 17, las distancias mínimas para las secciones de salida a la
atmósfera a la cual deben quedar situados los terminales de los artefactos de tipo B
provistos de ventilador, están indicadas en el cuadro 6.
UNI 7129: 2001
Página 38
cuadro 6
Ubicación de las secciones de salida de los terminales de tiraje para artefactos
provistos de ventilador, en función del consumo térmico nominal*)
Ubicación de la sección de salida
del terminal
Bajo ventana
A
300
500
600
Bajo abertura de ventilación
B
300
500
600
Bajo alero o canaleta techo
C
300
300
300
Bajo balcón**)
D
300
300
300
De ventana adyacente
E
400
400
400
De abertura de ventilación adyacente
F
600
600
600
De canaletas o descargas verticales u
horizontales***)
G
300
300
300
De un ángulo del edificio
H
300
300
300
De un rincón del edificio
I
300
300
300
De suelo o piso exterior
L
400&
1 500&
2 500
Entre dos terminales en vertical
M
500
1 000
1 500
Entre dos terminales en horizontal
N
O
500
1 500
800
1 800
1 000
2 000
P
1 200
2 800
3 000
De una superficie frontal aledaña sin
aberturas o terminales dentro de un
radio de 3 m de la salida de gases
Idem pero con aberturas o terminales
dentro de un radio de 3 m de la salida
de gases
*)
**)
***)
&)
5.5
Distancia
mínima
Consumo térmico nominal
de 4 kW más de 7 kW más de 16 kW
a 7 kW
hasta 16 kW hasta 35 kW
mm
mm
mm
Los artefactos de consumo inferior a 4 kW no están sujetos obligatoriamente a
limitaciones de ubicación de los terminales, a excepción de las distancias O y P.
Los terminales bajo un balcón deben ser colocados en posición tal que el recorrido de los
gases desde la salida del terminal hasta llegar al perímetro externo del balcón, incluida la
altura de una eventual balaustrada de protección, no sea inferior a 2 000 mm.
En la instalación de los terminales, deben adoptarse las medidas necesarias para que la
distancia a materiales sensibles a la acción de los productos de la combustión
(por ejemplo, canaletas y recolectores lluvia de plástico, elementos sobresalientes en
madera, etc.) no sea inferior a 500 mm; para distancias menores, deberán adoptarse
escudos de protección adecuados.
Los terminales deben ser construidos en este caso, de modo que el flujo de los productos
de la combustión sea lo más posible ascendente y separado oportunamente de los
efectos de la temperatura.
Artefactos de tipo C de tiro natural
Estos artefactos, teniendo el circuito de combustión estanco, no requieren
prescripción de ventilación para el local mismo donde están instalados (ver 4.1.3).
En las figuras 19 y 20 se representan algunos esquemas de artefactos de tipo C de
tiro natural.
Los artefactos de tipo C21 están previstos para ser conectados a un conducto
colectivo particular que tiene la doble función de transportar el aire comburente
necesario y de evacuar los productos de la combustión. Este tipo de instalación no
está previsto en la presente norma.
En lo que respecta la evacuación directa al exterior de los artefactos de tipo C1, C3
y C5, se debe recordar que los conductos de aspiración y descarga y los terminales,
son entregados directamente por el fabricante del artefacto como parte integrante
de éste; por tal razón es el fabricante del artefacto que garantiza, conforme a las
normas específicas de los artefactos en particular, las condiciones de
funcionamiento y de seguridad del conjunto artefacto-conductos de aspiración y
descarga-terminal.
UNI 7129: 2001
Página 39
Los accesorios y las instrucciones para el montaje y la instalación del artefacto y
del dispositivo de entrada del aire y de evacuación de los gases, deben ser
entregados por el fabricante, el cual debe especificar claramente, todas las
precauciones necesarias para garantizar la seguridad en el funcionamiento.
El artefacto debe ser instalado de acuerdo a las instrucciones del fabricante, utilizando
conductos de descarga de longitud entre la mínima y la máxima especificada por el mismo
fabricante, especialmente para ser adaptados al traspaso de muros.
Los conductos de evacuación de los productos de la combustión, el circuito de
combustión y todas las partes que involucra el circuito de combustión de los artefactos de
tipo C estancos respecto al local de instalación, deben ser metálicos, a excepción de los
materiales de sello los cuales deben ser de cualquier forma incombustibles.
Los conductos de entrada del aire comburente pueden ser de material diferente.
Los conductos, las eventuales curvas y el terminal del circuito de combustión deben poder
ser instalados correctamente y constituir un conjunto estable y rígido. Otros materiales
para los conductos de descarga pueden ser usados si están previstos en las normas de los
propios artefactos en las condiciones y con las prescripciones allí previstas.
Estos deben ser finalmente confeccionados con materiales aptos para resistir en el
tiempo a las solicitaciones mecánicas normales, a la temperatura y a la acción de
los productos de la combustión y de su eventual condensación; no está permitido el
uso de conductos corrugados.
En relación a la ubicación de los terminales para estos artefactos también vale lo
expuesto en cuadro 5.
figura 19
Esquema de instalación de artefacto de tipo C11
Concepto
1
Aire comburente
2
Productos de la combustión
3
Terminales de protección externa, entregados por el fabricante del artefacto
figura 19
UNI 7129: 2001
Página 40
figura 20
Esquema de instalación de artefacto tipo C51
figura 20
5.6
Artefactos tipo C provistos de ventilador
Un esquema de instalación de artefactos de tipo C4 aparece en figura 21 con su
correspondiente detalle en la figura 22; para el dimensionamiento de tal conducto
colectivo especial, ver UNI 10641.
Las consideraciones sobre materiales, las instalaciones, etc., relacionadas con los
artefactos de tipo C de tiro natural valen también para aquellos provistos de
ventilador; también para estos últimos se debe considerar al artefacto como un
único conjunto formando un todo con los conductos y los terminales, garantizado
por el fabricante y previsto para un funcionamiento seguro y eficaz.
Tales componentes a excepción de los tipo C6, son entregados y garantizados por
el fabricante del artefacto.
También el ventilador es parte integrante del artefacto indicándose en las normas
específicas la imposibilidad de acceder directamente a las partes que giran, las
protecciones contra la corrosión producida por los gases y la resistencia a las
temperaturas de funcionamiento.
En las instrucciones para las instalaciones, el fabricante debe entregar indicaciones
precisas de montaje para los varios tipos de conductos de descarga y/o de
acoplamiento, desde los conductos de mínimo largo hasta aquellos con largo virtual
más desfavorable entre todas las configuraciones entendidas como seguras y
eficientes previstas para un determinado tipo de artefacto.
En relación a la ubicación de la sección de salida de los terminales de tiraje que
aparecen en figura 17, se aplica el cuadro 6.
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Página 41
figura 21
Esquema de instalación de artefacto tipo C4
Concepto
1
Difusor
2
Entrada de aire
3
Colector de entrada de aire
4
Colector de evacuación de los productos de la combustión
5
Artefacto
6
Abertura para el retorno del aire
7
Recipiente para recolección de condensación
8
Abertura de control
figura 21
UNI 7129: 2001
Página 42
figura 22
Sección del conducto colectivo de la figura 21 (ejemplo esquemático)
Concepto
1
2
3
Colector de entrada del aire
Colector de evacuación de los
productos de la combustión
Conducto de descarga del artefacto
4
5
Artefacto
Refractario
6
Revestimiento de mortero
figura 22
5.7
Evacuación de los productos de la combustión de artefactos de tiro natural o
provistos de ventilador en espacios cerrados a cielo abierto
En los espacios cerrados a cielo abierto (pozos de ventilación, patios, terrazas
cercadas y similares) cerradas en todo su contorno, se permite la evacuación
directa de los productos de la combustión de artefactos a gas de tiro natural o
provistos de ventilador con consumo térmico superior a 4 kW y hasta 35 kW,
siempre que se respeten las siguientes condiciones:
a)
b)
c)
el menor lado en planta debe tener una longitud mayor o igual a 3,5 m;
el número K de columnas de terminales de descarga que es posible instalar
(entendiendo por columna una serie de terminales sobrepuestos, contenidos
dentro de una cara vertical de 0,6 m de ancho) debe ser menor o igual al
cuociente entre la superficie de planta del espacio a cielo abierto, en metros
cuadrados, y la altura en metros, de la pared más baja que cierra el espacio;
sobre la misma vertical no deben coexistir descargas de instalaciones térmicas
ni tomas de aire de sistemas acondicionadores de ambiente.
En espacios a cielo abierto dispuesto a uso exclusivo de instalaciones de ventilación
forzada o acondicionamiento de aire, está absolutamente prohibida la instalación de
terminales de descarga de tiraje natural o forzado de cualquier tipo de artefacto a
gas por ser los sistemas entre sí, técnicamente incompatibles.
Ejemplo:
Espacio a cielo abierto delimitado por 4 edificios de 7 pisos (de altura total h = 24 m)
y área de:
A = 3,5 x 8 = 38 m2
En base a las condiciones indicadas anteriormente se tiene:
condiciones a) y c)
se cumplen
K
= A/h = 28/24 = 1,16
condiciones b)
Por lo tanto en el espacio a cielo abierto con área equivalente a la indicada
anteriormente y de 7 pisos de altura, puede ser instalada sólo una columna de
terminales (ver figura 23 a), y por lo tanto, sólo 7 artefactos con descarga al
exterior, cada uno de consumo térmico no superior a lo indicado en las normas.
UNI 7129: 2001
Página 43
Para contar con una segunda columna de terminales (K = 2) se debe cumplir:
para h = 24 m (7 pisos):
1)
A = h x K = 24 x 2 = 48 m2 (ver figura 23 b);
ó también
para A = 28 m2:
2)
h = A/K = 28/2 = 14 m (4 pisos).
figura 23
Columnas de terminales - Ejemplos
Conceptos
a)
Espacio cerrado a cielo abierto que permite la instalación de una columna
de terminales
b)
Espacio cerrado a cielo abierto que permite la instalación de dos
columnas de terminales
A)
Una columna de terminales
B)
Dos columnas de terminales
Dimensiones en m
figura 23 a)
figura 23 b)
figura 23
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Página 44
APENDICE
(informativo)
A
CALCULO DE LOS DIAMETROS DE LAS TUBERIAS DE UNA INSTALACION
INTERIOR
El dimensionamiento de una instalación interior puede hacerse de la forma
siguiente:
a) en base al consumo térmico nominal, indicado en la placa de los artefactos, se
determina el consumo máximo horario en volumen requerido por cada tramo de
instalación;
b) se mide el desarrollo geométrico de la tubería y se suman a éste, las longitudes
equivalentes de las partes especiales presentes obteniendo las longitudes
virtuales (las longitudes equivalentes de las partes especiales aparecen en los
prospectos entregados por los fabricantes e indicados, para los principales
tipos de gas, en el cuadro A.1. Sus valores son válidos para cualquier tipo de
material empleado);
c) en base a la densidad relativa del gas y al tipo de tubo adoptado se escoge el
cuadro correspondiente y se procede al dimensionamiento tramo por tramo,
procediendo como en el ejemplo, tomando para los largos virtuales y
consumos, los valores más próximos por exceso que aparecen en el cuadro,
obteniéndose el diámetro a adoptar.
Los cuadros que aparecen al final del apéndice han sido calculados en base a una
pérdida de presión máxima admitida de 0,5 mbar para los gases de la primera
familia (gas manufacturado), de 1,0 mbar para los gases de la segunda familia (gas
natural) y de 2,0 mbar para los gases de la tercera familia (mezclas de GLP).
Nota
La fórmula utilizada para el dimensionamiento de las instalaciones interiores es la
siguiente:
PA − PB =
λ ⋅ V
2
γ
⋅ L
200 Di
donde:
PA
es la presión relativa en un punto A (en mbar);
PB
es la presión relativa en un punto B (en mbar);
es el coeficiente de roce = λ 0 + b / D i
λ 0 = 0,0072 +
b = 2,9 ⋅ 10
−5
0,612
Re0 , 35
⋅ Re
0 ,109
,
Q
−6
Re
es el número de Reynolds = 354 ⋅
Q
es el consumo de gas (en m3/h, a 15°C y 1 013 mbar)
Di ⋅ ϑ
10
,
es la viscosidad cinemática (en m2/s)
V
es la velocidad del gas (en m/s) = Q ( 2 827 ⋅ Di
2
)
;
3
L
es la masa volumétrica del gas (en kg/m , a 15°C y 1 013 mbar);
es la longitud virtual de la tubería (en mm);
Di
es el diámetro interior de la tubería (en metros).
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Página 45
cuadro A.1
Longitudes equivalentes de partes especiales
Longitudes equivalentes de partes especiales
m
D1
mm
Curva
a 90º
Unión
aT
Unión
a cruz
Unión
a codo
Grifo
Gas natural - Mezcla aire/ CH4 - Gas cracking
≤ 22,3
0,2
0,8
1,5
1,0
0,3
de 22,3 a 53,9
0,5
2,0
4,0
1,5
0,8
de 53,9 a 81,7
0,8
4,0
8,0
3,0
1,5
≥ 81,7
1,5
6,5
13,0
4,5
2,0
Gas licuado de petróleo - Mezcla de GLP
≤ 22,3
0,2
1,0
2,0
1,0
0,3
de 22,3 a 53,9
0,5
2,5
5,0
2,0
0,8
de 53,9 a 81,7
1,0
4,5
9,0
3,0
1,5
≥ 81,7
1,5
7,5
15,0
5,0
2,0
Ejemplo:
Suponiendo utilizar un gas natural con un poder calorífico superior HS = 38 162 kJ/m3
y poder calorífico inferior Hi = 34 425 kJ/m3, con una densidad relativa al aire
d = 0,6. Se debe dimensionar una instalación interior, en tubo de acero UNI 8863
serie liviana, para alimentar los siguientes artefactos (ver figura A.1):
-
cocina
consumo térmico nominal Q n = 21 kW
consumo volumétrico Q v = (Q n
-
caldera
calefóon
estufa
2,0 m3/h
/ H S ) 3 600
=
3,5 m3/h
=
3,5 m3/h
consumo térmico nominal Q n = 33,5 kW
consumo volumétrico Q v = (Q n
-
=
consumo térmico nominal Q n = 33,5 kW
consumo volumétrico Q v = (Q n
-
/ H S ) 3 600
/ H S ) 3 600
consumo térmico nominal Q n = 9,5 kW
=
consumo volumétrico Q v = (Q n
=
1,0 m3/h
=
10,0 m3/h
consumo volumétrico total
/ H S ) 3 600
El dimensionamiento de la instalación se realiza como se ha dicho, tramo por tramo.
Nota
En el ejemplo la cocina y la estufa están unidas a la instalación con unión rígida
corta. En el cálculo de la longitud no se ha considerado el empleo de tubos flexibles
para unión de estos dos artefactos.
UNI 7129: 2001
Página 46
figura A.1
Ejemplo de instalación interior
Dimensiones en mm
figura A.1
TRAMO AC
consumo ( Q )
-
= 10,0 m3/h
longitud efectiva del tramo AC
= 3,0 m
longitud total del ramal AM (medido entre el medidor y el
artefacto más alejado alimentado por el ramal)
= 11,0 m
longitud virtual del ramal AM (longitud total aumentada por
las longitudes equivalentes a los cambios de dirección:
codo en B = 1,5 m; T en C = 2,0 m; curva E = 0,5 m;
cruceta en F = 4,0 m; curva en L = 0,5 m; curva en
M = 0,5 m; grifo en M = 0,8 m; suponiendo que los
diámetros interiores necesarios estén comprendidos entre
= 20,8 m
22,3 mm y 53,9 mm)
Del cuadro A.3, relativo a las tuberías de acero, se obtiene en correspondencia a
los valores aproximados por exceso de la longitud virtual y del consumo, el valor
del diámetro interior.
D = 36,6 mm (1 1/4“)
De igual manera se procede para los otros tramos de la instalación:
TRAMO CF
consumo ( Q )
-
longitud efectiva tramo CF
longitud total del ramal AM
longitud virtual del ramal AM
-
Di = 36,6 mm (1 1/4”)
= 8,0 m3/h
=
=
=
=
4,0 m
11,0 m
20,8 m
20,8 m
TRAMO FM
consumo ( Q )
= 3,5 m3/h
-
longitud efectiva tramo FM
longitud total del trazado AM
longitud virtual del trazado AM
= 4,0 m
= 11,0 m
= 20,8 m
-
Di = 27,9 mm (1”)
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Página 47
TRAMO CD
consumo ( Q )
= 2,0 m3/h
-
longitud efectiva tramo CD
longitud total del ramal AD
longitud virtual del ramal AD
= 1,8 m
= 4,8 m
= 10,6 m
-
Di = 22,3 mm (3/4”)
TRAMO FG
consumo ( Q )
= 3,5 m3/h
-
longitud efectiva tramo FG
longitud total del ramal AG
longitud virtual del ramal AG
= 0,4 m
= 7,4 m
= 17,7 m
-
Di = 22,3 mm (3/4”)
TRAMO FI
consumo ( Q )
= 1,0 m3/h
-
longitud efectiva tramo FI
longitud total del ramal AI
longitud virtual del ramal AI
= 2,5 m
= 9,5 m
= 18,8 m
-
Di = 16,7 mm (1/2”)
Si, al final del cálculo, se han encontrado diámetros distintos a aquellos utilizados
en el cálculo de las longitudes virtuales, será preciso rehacer en un segundo
intento, todo el dimensionamiento.
En los cuadros que aparecen a continuación, se entregan los valores de los consumos
de gas posibles en función de los diámetros interiores de las tuberías y de las
longitudes de las mismas, para los gases de la primera, segunda y tercera familia y
para tuberías en acero y en cobre que son los materiales de uso más común.
Para las tuberías de polietileno, utilizar la fórmula para el dimensionamiento de las
instalaciones interiores que aparece indicada al inicio del texto del presente apéndice.
UNI 7129: 2001
Página 48
cuadro A.2
Consumos de volumen (m3/h a 15°C) para gas manufacturado, densidad relativa
0,85, calculados para tuberías de acero, con pérdida de presión de 0,5 mbar
Rosca
3/8
1/2
3/4
1
1 1/4
1 1/2
2
2 1/2
3
D1 mm
13,2
16,7
22,3
27,9
36,6
42,5
53,9
69,7
81,7
2,0
2,3
2,3
2,9
2,9
2,9
3,2
3,2
3,6
246,99
s
mm
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
1,69
3,23
7,13
13,18
27,72
41,75
80,04
161,62
4
1,14
2,18
4,81
8,89
18,70
28,16
53,96
109,03
168,37
6
0,91
1,73
3,82
7,06
14,85
22,36
42,83
86,53
133,62
8
0,77
1,47
3,25
6,00
12,61
18,00
36,36
73,44
113,38
10
0,68
1,30
2,86
5,28
11,10
16,71
32,01
64,66
99,82
15
0,54
1,03
2,27
4,19
8,81
13,26
25,40
51,30
79,19
20
0,46
0,87
1,93
3,56
7,48
11,26
21,56
43,52
67,18
25
0,40
0,77
1,70
3,14
6,59
9,91
18,98
38,31
59,14
30
0,36
0,69
1,53
2,83
5,94
8,93
17,10
34,52
53,28
40
0,31
0,59
1,30
2,40
5,04
7,58
14,51
29,29
45,20
50
0,27
0,52
1,14
2,11
4,43
6,67
12,77
25,78
39,78
75
0,22
0,41
0,91
1,67
3,52
5,29
10,13
20,44
31,54
100
0,18
0,35
0,77
1,42
2,98
4,49
8,59
17,32
26,75
cuadro A.3
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para gas natural, densidad relativa 0,6,
calculados para tuberías de acero, con pérdida de presión de 1,0 mbar
Rosca
3/8
1/2
3/4
1
1 1/4
1 1/2
2
2 1/2
3
D1 mm
13,2
16,7
22,3
27,9
36,6
42,5
53,9
69,7
81,7
2,0
2,3
2,3
2,9
2,9
2,9
3,2
3,2
3,6
s
mm
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
3,09
5,89
13,04
24,13
50,82
76,58
145,15
288,70
441,42
4
2,09
3,99
8,82
16,31
34,34
51,72
99,19
197,75
302,27
6
1,66
3,17
7,02
12,97
27,29
41,10
78,79
158,75
242,17
8
1,41
2,70
5,96
11,02
23,18
34,90
66,91
135,24
206,91
10
1,25
2,38
5,25
9,71
20,42
30,57
58,94
119,11
183,13
15
0,99
1,89
4,18
7,71
16,22
24,42
46,79
94,55
146,01
20
0,84
1,61
3,55
6,55
13,77
20,73
39,72
80,25
123,92
25
0,74
1,41
3,12
5,77
12,13
18,26
34,98
70,66
109,10
30
0,67
1,28
2,82
5,20
10,93
16,46
31,53
63,68
98,32
40
0,57
1,08
2,39
4,42
9,28
13,97
26,76
54,04
83,43
50
0,50
0,95
2,11
3,89
8,17
12,30
23,56
47,58
73,45
75
0,40
0,76
1,67
3,09
6,49
9,76
18,69
37,74
58,26
100
0,34
0,64
1,42
2,62
5,50
8,28
15,86
32,02
49,42
UNI 7129: 2001
Página 49
cuadro A.4
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para mezcla GLP, densidad relativa 1,69,
calculados para tuberías de acero, con pérdida de presión de 2,0 mbar
Rosca
3/8
1/2
3/4
1
1 1/4
1 1/2
2
2 1/2
3
D1 mm
13,2
16,7
22,3
27,9
36,6
42,5
53,9
69,7
81,7
2,0
2,3
2,3
2,9
2,9
2,9
3,2
3,2
3,6
s
cuadro A.5
mm
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
2,61
4,99
11,05
20,45
43,07
64,90
122,79
244,25
373,47
4
1,77
3,38
7,48
13,82
29,10
43,84
84,08
167,31
255,76
6
1,41
2,69
5,95
10,99
23,13
34,84
66,79
134,07
204,91
8
1,20
2,29
5,05
9,34
19,65
29,59
56,72
114,57
175,08
10
1,06
2,01
4,45
8,23
17,31
26,07
49,46
100,98
154,96
15
0,84
1,60
3,54
6,54
13,75
20,70
39,67
80,16
123,79
20
0,71
1,36
3,01
5,55
11,68
17,58
33,68
68,04
105,07
25
0,63
1,20
2,65
4,89
10,28
15,48
29,66
59,61
92,51
30
0,57
1,08
2,39
4,41
9,27
13,95
26,73
54,00
83,37
40
0,48
0,92
2,03
3,74
7,87
11,84
22,69
45,82
70,74
50
0,42
0,81
1,79
3,30
6,93
10,43
19,98
40,34
62,28
75
0,34
0,64
1,42
2,62
5,50
8,28
15,85
32,00
49,40
100
0,29
0,55
1,20
2,22
4,67
7,02
13,45
27,15
41,91
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para gas manufacturado, densidad relativa
0,85, calculados para tuberías de cobre, con pérdida de presión 0,5 mbar
D1 mm
6,0
8,0
10,0
12,0
14,0
16,0
19,0
s
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,5
mm
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
0,21
0,46
0,84
1,38
2,10
3,02
4,83
4
0,14
0,31
0,56
0,93
1,41
2,03
3,24
6
0,11
0,24
0,45
0,73
1,12
1,61
2,57
8
0,09
0,21
0,38
0,62
0,95
1,36
2,17
10
0,08
0,18
0,33
0,55
0,83
1,20
1,91
15
0,07
0,14
0,26
0,43
0,66
0,95
1,51
20
0,06
0,12
0,22
0,37
0,56
0,80
1,28
25
0,05
0,11
0,20
0,32
0,49
0,71
1,13
30
0,04
0,10
0,18
0,29
0,44
0,64
1,02
40
0,04
0,08
0,15
0,25
0,37
0,54
0,86
50
0,03
0,07
0,13
0,22
0,33
0,47
0,76
75
0,03
0,06
0,10
0,17
0,26
0,38
0,60
100
0,02
0,05
0,09
0,15
0,22
0,32
0,51
UNI 7129: 2001
Página 50
cuadro A.6
Consumos en volumen (m3/h a 15°C) para gas natural, densidad relativa 0,6,
calculados para tuberías de cobre, con pérdida de presión de 1,0 mbar
D1 mm
s
cuadro A.7
mm
6
8
10
12
14
16
19
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,5
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
0,39
0,85
1,56
2,56
3,89
5,60
8,95
4
0,26
0,57
1,04
1,72
2,61
3,78
6,01
6
0,21
0,45
0,83
1,36
2,07
2,98
4,76
8
0,17
0,38
0,70
1,15
1,75
2,52
4,03
10
0,15
0,34
0,62
1,01
1,54
2,22
3,55
15
0,12
0,27
0,49
0,80
1,22
1,76
2,81
20
0,10
0,23
0,41
0,68
1,04
1,49
2,38
25
0,09
0,20
0,36
0,60
0,91
1,13
2,09
30
0,08
0,18
0,33
0,54
0,82
1,18
1,88
40
0,07
0,15
0,38
0,46
0,69
1,00
1,60
50
0,06
0,13
0,24
0,40
0,61
0,88
1,40
75
0,05
0,11
0,19
0,32
0,48
0,70
1,11
100
0,04
0,09
0,16
0,27
0,41
0,59
0,94
Consumos de volumen (m3/h a 15°C) para mezclas de GLP, densidad relativa 1,69,
calculados para tuberías de cobre, con pérdida de presión de 2,0 mbar
D1 mm
6,0
8,0
10,0
12,0
14,0
16,0
19,0
s
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,0
1,5
mm
Longitud
virtual
Consumo
m
m3/h
2
0,33
0,72
1,32
2,17
3,30
4,75
7,60
4
0,22
0,48
0,89
1,46
2,22
3,19
5,10
6
0,17
0,38
0,70
1,15
1,76
2,53
4,04
8
0,15
0,32
0,59
0,98
1,49
2,14
3,42
10
0,13
0,28
0,52
0,86
1,31
1,88
3,01
15
0,10
0,23
0,41
0,68
1,04
1,49
2,38
20
0,09
0,19
0,35
0,58
0,88
1,26
2,02
25
0,08
0,17
0,31
0,51
0,77
1,11
1,78
30
0,07
0,15
0,28
0,46
0,70
1,00
1,60
40
0,06
0,13
0,24
0,39
0,59
0,85
1,35
50
0,05
0,11
0,21
0,34
0,52
0,75
1,19
75
0,04
0,09
0,16
0,27
0,41
0,59
0,94
100
0,03
0,08
0,14
0,23
0,35
0,50
0,80
UNI 7129: 2001
Página 51
APENDICE
(normativo)
B
ESQUEMAS DE INSTALACION DE ARTEFACTOS DE COCINA SEGUN LOS
DISTINTOS TIPOS DE EVACUACION DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTION
figura B.1
Concepto
a) A chimenea de tiro natural
1 Con evacuación por campana
b) A conducto colectivo ramificado de tiro 2 Con evacuación sin campana
natural (destinado exclusivamente a los
artefactos de cocina)
c) Directamente al exterior a tiro natural con
Aire
terminal apropiado
d) Directamente al exterior con electroventilador
en pared o ventana
Productos de la
combustión
Ventilador
Quemador
figura B.1
Nota
En los casos a) y c), la campana puede estar provista de ventilador (campana de
aspiración eléctrica).
UNI 7129: 2001
Página 52
APENDICE
(informativo)
C
DIMENSIONES INTERIORES DE ALGUNOS TIPOS DE CHIMENEA
Dimensiones interiores de chimeneas de refractario y/o albañilería con aislación Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11) -
cuadro C.1
Temperatura de humos después del cortatiro: 140°C < ó = t w < 190°C Dimensiones interiores de la chimenea: altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm)
(sección circular) o lado interior L (cm) (sección cuadrada)
Potencia Consumo
térmica en masa
nominal*) humos
Resistencia
térmica
pared
H
H
H
H
H
H
H
H
H
4m
5m
7,5 m
10 m
12,5 m
15 m
17,5 m
20 m
25 m
Pn
m
R
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
kW
kg/h
m2 K/W
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
10,0
32,4
> 0,65
12
12
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
-
-
-
-
> 0,22
12
12
12
12
10
10
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12,5
40,5
> 0,65
12
12
12
12
12
10
10
10
10
10
10
10
10
10
12
-
-
-
> 0,22
12
12
12
12
12
10
12
-
10
-
-
-
-
-
-
-
-
-
,
15,0
48,6
17,5
57,7
20,0
64,8
22,5
72,9
25,0
81,0
27,5
89,1
30,0
97,2
> 0,65
12
12
12
12
12
12
12
12
12
10
12
10
12
10
12
-
-
-
> 0,22
14
12
12
12
12
12
12
-
12
-
-
-
-
-
-
-
-
-
> 0,65
14
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
12
-
-
> 0,22
14
14
14
12
12
12
12
12
12
12
12
-
-
-
-
-
-
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-
-
*) La potencia térmica nominal (o potencia útil) se señala obligatoriamente en la placa del artefacto.
Nota
C.1
El empleo del cuadro está permitido si todos los datos efectivos de la instalación
están dentro de los límites señalados en las condiciones particulares y en las
condiciones generales de aplicabilidad (ver C.1 y C.5).
Condiciones particulares de aplicabilidad
Artefacto
artefacto a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11);
-
temperatura de los humos después del cortatiro: 140°C < ó = t w < 190°C;
-
consumo de masa de los humos (kg/h) después del cortatiro en base al dimensionamiento
(ver segunda columna en el cuadro);
-
presión de alimentación necesaria para el generador Pw < ó = 4 Pa.
Chimenea
de refractario y/o de albañilería, aislada;
rugosidad de la pared interior r < ó = 2 mm;
UNI 7129: 2001
Página 53
-
resistencia térmica de pared 0,22 m2 K/W < R < ó = 0,65 m2 K/W ó R > 0,65 m2 K/W;
desarrollo al exterior del edificio < ó = 10%.
Nota
Para emplear el cuadro, deberán controlarse preventivamente, para el artefacto, los
datos relativos a la temperatura y al consumo en masa de los humos y a la presión
de alimentación del generador y para la chimenea, los datos relativos a la rugosidad
y a la resistencia térmica de la pared. Estos antecedentes serán declarados por el
fabricante del artefacto y de la chimenea respectivamente.
cuadro C.2
Dimensiones interiores de chimeneas de refractario y/o albañilería con aislación Artefactos a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11) Temperatura de humos después del cortatiro: 100°C < ó = t w < 140°C Dimensiones interiores de la chimenea: altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm)
(sección circular) o lado interior L (cm) (sección cuadrada)
Potencia Consumo
térmica en masa
nominal*) humos
Pn
Resistencia
térmica
pared
m,
H
H
4m
H
5m
H
7,5 m
H
10 m
H
12,5 m
H
15 m
H
17,5 m
H
20 m
25 m
R
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
D
L
cm
2
kW
kg/h
m K/W
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
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cm
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-
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-
12,5
40,5
15,0
48,6
17,5
57,7
20,0
64,8
22,5
72,9
25,0
81,0
27,5
89,1
30,0
97,2
> 0,65
14
-
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-
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-
-
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-
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-
-
-
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-
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-
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-
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-
-
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-
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> 0,22
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-
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-
-
-
-
-
-
-
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-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
*) La potencia térmica nominal (o potencia útil) se señala obligatoriamente en la placa del artefacto.
Nota
C.2
El empleo del cuadro está permitido si todos los datos efectivos de la instalación
están dentro de los límites señalados en las condiciones particulares y en las
condiciones generales de aplicabilidad (ver C.1 y C.5).
Condiciones particulares de aplicabilidad
Artefacto
artefacto a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11);
-
temperatura de los humos después del cortatiro: 100°C < ó = t w < 140°C;
UNI 7129: 2001
Página 54
-
consumo en masa de los humos (kg/h) después del cortatiro en base al dimensionamiento
(ver segunda columna en el cuadro);
-
presión de alimentación necesaria para el quemador Pw < ó = 4 Pa.
Chimenea
de refractario y/o de albañilería, aislada;
rugosidad de la pared interior r < ó 2 mm;
resistencia térmica de pared 0,22 m2 K/W < R < ó = 0,65 m2 K/W ó R > 0,65 m2 K/W;
desarrollo al exterior del edificio < ó = 10%.
Nota
Para emplear el cuadro, deberán controlarse preventivamente, para el artefacto, los
datos relativos a la temperatura y al consumo en masa de los humos y a la presión
de alimentación del quemador y para la chimenea, los datos relativos a la rugosidad
y a la resistencia térmica de la pared. Estos antecedentes serán declarados por el
fabricante del artefacto y de la chimenea respectivamente.
cuadro C.3
Dimensiones interiores de chimeneas metálicas con aislación - Artefactos a gas
tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11) - Temperatura de humos
después del cortatiro: 140°C < ó = t w < 190°C – Dimensiones interiores de la
chimenea: altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm)
Potencia
térmica
nominal*)
Pn
Consumo
en masa
humos
Resistencia
térmica
pared
H
H
H
H
H
H
H
H
H
4m
5m
7,5 m
10 m
12,5 m
15 m
17,5 m
20 m
25 m
R
D
D
D
D
D
D
D
D
D
m,
2
kW
kg/h
m K/W
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
10,0
32,4
> 0,37
11,3
11,3
11,3
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10,0
-
-
-
-
12,5
40,5
> 0,37
11,3
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-
-
-
15,0
48,6
> 0,37
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-
-
17,5
57,7
> 0,37
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64,8
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22,5
72,9
> 0,37
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25,0
81,0
> 0,37
15,0
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27,5
89,1
> 0,37
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15,0
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30,0
97,2
> 0,37
15,0
15,0
15,0
15,0
13,0
13,0
13,0
13,0
13,0
*) La potencia térmica nominal (o potencia útil) se señala obligatoriamente en la placa del artefacto.
Nota
C.3
El empleo del cuadro está permitido si todos los datos efectivos de la instalación
están dentro de los límites señalados en las condiciones particulares y en las
condiciones generales de aplicabilidad (ver C.3 y C.5).
Condiciones particulares de aplicabilidad
Artefacto
artefacto a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11);
-
temperatura de los humos después del cortatiro: 140°C < ó = t w < 190°C;
-
consumo en masa de los humos (kg/h) después del cortatiro en base al dimensionamiento
(ver segunda columna en el cuadro);
-
presión de alimentación necesaria para el quemador Pw < ó = 4 Pa.
UNI 7129: 2001
Página 55
Chimenea
de material metálico, aislado;
rugosidad de la pared interior r < ó 1 mm;
resistencia térmica de pared R >0,37 m2 K/W;
desarrollo al exterior del edificio < ó = 100%.
Nota
Para emplear el cuadro, deberán controlarse preventivamente, para el artefacto, los
datos relativos a la temperatura y al consumo en masa de los humos y a la presión
de alimentación del quemador y para la chimenea, los datos relativos a la rugosidad
y a la resistencia térmica de la pared. Estos antecedentes serán declarados por el
fabricante del artefacto y de la chimenea respectivamente.
cuadro C.4
Dimensiones interiores de chimeneas metálicas con aislación - Artefactos a gas tipo
B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11) - Temperatura de humos
después del cortatiro: 100°C < ó = t w < 140°C - Dimensiones interiores de la
chimenea: altura eficaz H (m), diámetro interior D (cm)
Potencia
térmica
nominal*)
Pn
Consumo
en masa
humos
Resistencia
térmica
pared
H
H
H
H
H
H
H
H
H
4m
5m
7,5 m
10 m
12,5 m
15 m
17,5 m
20 m
25 m
R
D
D
D
D
D
D
D
D
D
m,
2
kW
kg/h
m K/W
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
cm
10,0
32,4
> 0,37
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11,3
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-
-
-
-
-
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12,5
40,5
> 0,37
13,0
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-
-
-
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-
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15,0
48,6
> 0,37
13,0
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11,3
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-
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-
17,5
57,7
> 0,37
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-
-
-
-
-
20,0
64,8
> 0,37
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13,0
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-
-
-
22,5
72,9
> 0,37
15,0
15,0
15,0
13,0
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-
-
-
25,0
81,0
> 0,37
18,0
15,0
15,0
15,0
13,0
13,0
-
-
-
27,5
89,1
> 0,37
18,0
15,0
15,0
15,0
15,0
15,0
-
-
-
30,0
97,2
> 0,37
18,0
18,0
15,0
15,0
15,0
15,0
15,0
-
-
*) La potencia térmica nominal (o potencia útil) se señala obligatoriamente en la placa del artefacto.
Nota
C.4
El empleo del cuadro está permitido si todos los datos efectivos de la instalación
están dentro de los límites señalados en las condiciones particulares y en las
condiciones generales de aplicabilidad (ver C.4 y C.5).
Condiciones particulares de aplicabilidad
Artefacto
artefacto a gas tipo B de tiro natural con quemador atmosférico (tipo B11);
-
temperatura de los humos después del cortatiro: 100°C < ó = t w < 140°C;
-
consumo de masa de los humos (kg/h) después del cortatiro en base al dimensionamiento
(ver segunda columna en el cuadro);
-
presión de alimentación necesaria para el quemador Pw < = ó = 4 Pa.
Chimenea
de material metálico, aislado;
rugosidad de la pared interior r < = ó = 1 mm;
resistencia térmica de pared R > 0,37 m2 K/W;
desarrollo al exterior del edificio < ó = 100%.
Nota
Para emplear el cuadro, deberán controlarse preventivamente, para el artefacto, los
datos relativos a la temperatura y al consumo en masa de los humos y a la presión
de alimentación del quemador y para la chimenea, los datos relativos a la rugosidad
y a la resistencia térmica de la pared. Estos antecedentes serán declarados por el
fabricante del artefacto y de la chimenea respectivamente.
UNI 7129: 2001
Página 56
C.5
Condiciones generales de aplicabilidad
Lugar de instalación
presión de alimentación necesaria para el aire comburente PL < ó = 4 Pa6);
-
temperatura del aire exterior TL = < ó = 15°C;
altura geodécica < ó = 200 m sobre el nivel del mar.
Artefacto
combustible: gas natural.
Canal de humo
de plancha sin aislación;
interior al edificio;
resistencia térmica de pared Rv > ó = 0 m2 K/W;
-
suma de resistencias concentradas correspondiente por ejemplo a 2 curvas a
90° R/Dv = 1,5, a 1 emboque a 90° y a 1 variación de sección);
-
altura eficaz del canal del humo Hv > ó = 3,5 Dv;
-
diámetro del canal de humo Dv = D ó L de la chimenea
-
longitud del canal de humo
Lv < ó = 1 m para H < 10 m,
Lv < ó = 2 m para H > ó = 10 m,
Chimenea
longitud no mayor a la altura eficaz H.
figura C.1
Representación esquemática de una chimenea específica y unión correspondiente al
canal de humo
figura C.1
6)
La ventilación del recinto debe realizarse conforme a las prescripciones indicadas en 4 de
la presente norma.
UNI 7129: 2001
Página 57
APENDICE
(informativo)
D.1
D
BIBLIOGRAFIA
Relacionadas con las chimeneas se señala la existencia de las siguientes normas y proyectos de
norma actualmente en estudio:
UNI 10845
UNI EN 1443
UNI EN 1457
EN 1859
prEN 1857
prEN 12391
prEN 13063
prEN 13069
prEN 13216-1
prEN 13359
prEN 13384-1
prEN 13502
D.2
Instalaciones de gas para uso doméstico - Sistemas para la evacuación de
los productos de la combustión destinados a artefactos alimentados por gas
- Criterios de verificación, recuperación, reestructuración, entubamiento.
Chimeneas - Requisitos generales.
Componentes de chimeneas - Conductos interiores de terra cota-cerámica.
Chimneys - Metal chimneys - Test methods.
Chimneys - Specification for concrete flue lines.
Chimneys - Metal Chimneys - Execution standard.
Chimneys - System chimneys with clay/ceramic flue liners or blocks.
Chimneys - Clay/ceramic outer walls for system chimneys - Requirements
and test methods.
Chimneys - Test methods for system chimney - General test methods.
Chimneys - Components - Concrete cast in-situ flue liners.
Chimneys - Thermal and fluid dynamic calculation methods - Chimneys
serving one appliance.
Chimneys - Clay/ceramic flue terminals - Requirements and test methods.
Relacionada a tubos de protección rígidos o plegables de material plástico no propagadores de
llama, se señala la existencia de las siguiente norma:
CEI EN 50086
Sistemas de tubos y accesorios para instalaciones eléctricas.
UNI 7129: 2001
Página 58
TRADUCCION OFICIAL
UNI 7129: 2001
Norma Italiana
Instalaciones de gas de uso doméstico
alimentadas por redes de distribución Proyecto, instalación y mantención
UNI 7129: 2001 - Impiante a gas per uso domestico alimentati
da rete di distribuzione - Progettazione, installaziones e manutenzione
Septiembre 2003
INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACION

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