150. comision ratificacion y promoción - Oagra-Unac
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150. comision ratificacion y promoción - Oagra-Unac
Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 07 de noviembre del 2011 Señor Presente.Con fecha siete de noviembre del dos mil once, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 150-2011-CU.- CALLAO, 07 DE NOVIEMBRE DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Informe Nº 063-2011-CAA/UNAC recibido el 10 de octubre del 2011, mediante el cual el Presidente de la Comisión de Asuntos Académicos de la Universidad Nacional del Callao solicita que el Consejo Universitario evalúe y defina la política institucional que se ejecutará respecto a las solicitudes de Promoción y Cambio de Dedicación presentadas por los docentes. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Arts. 4º Inc. b) y 12º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la República e implica, entre otros derechos, el de organizar su sistema académico, económico y administrativo; concordante con el Art. 4º de la norma estatutaria; en tal sentido, su actividad académica se rige por normas que regulan los procedimientos administrativos para alcanzar los fines establecidos en el Estatuto; Que, de conformidad con el Inc. p) del Art. 143º del Estatuto son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras, la de nombrar comisiones permanentes o especiales para el mejor cumplimiento de sus funciones, quienes informarán en plazos perentorios de sus actividades encomendadas; Que, mediante el documento del visto, la Comisión de Asuntos Académicos señala que si bien existen las disposiciones legales aplicables a las solicitudes de Promoción y Cambio de Dedicación, cuales son los Arts. 296º Inc. b y 283º del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao, así como el Reglamento pertinente; también existen dispositivos legales que limitan presupuestalmente dichos procesos; asimismo, observa contradicciones entre los informes técnicos legales emitidos respecto a la misma solicitud de cambio de dedicación o de promoción que tramitan los docentes, indicando que la Oficina de Planificación, en sus Informes respectivos, señala no haber presupuesto; en tanto, la Oficina de Asesoría Legal señala ser procedente; por lo que solicita que el Consejo Universitario evalúe y defina la política institucional que se ejecutará respecto a las solicitudes de Promoción y Cambio de Dedicación presentadas por los docentes, indicando que debe tenerse un sustantivo informe presupuestal, un completo sustento legal y un informe laboral de manera coherente e integral; Estando a lo solicitado; al Oficio Nº 1195-2011-VRI (Expediente Nº 08722) recibido el 31 de octubre del 2011; a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 04 de noviembre del 2011, y, en uso de las facultades que le confieren los Arts. 143°, 158° y 161° del Estatuto de la Universidad concordante con los Arts. 31°, 32° y 33° de la Ley 23733; RESUELVE: 1º DESIGNAR la COMISIÓN PARA COORDINAR Y SUPERVISAR LOS PROCEDIMIENTOS DE LOS DOCENTES POR PROMOCIÓN Y CAMBIO DE DEDICACIÓN, que se realizan a través de las distintas oficinas, considerando que ningún expediente de Promoción y Cambio de Dedicación puede ser retenido y será aprobado con cargo a los recursos presupuestales existentes, la misma que está presidida por el profesor, Dr. CÉSAR AUGUSTO RODRIGUEZ ABURTO, Vicerrector Administrativo, e integrada, en condición de miembros, por el profesor, Dr. JOSÉ RAMÓN CÁCERES PAREDES, Vicerrector de Investigación y el estudiante JEFFERSON BRYAN VIDALÓN FLORES, con Código Nº 060063-J, de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos. 2º TRANSCRIBIR la presente Resolución a las dependencias académico-administrativas de la Universidad, ADUNAC, Sindicato Unitario, Sindicato Unificado; e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Dr. MANUEL ALBERTO MORI PAREDES, Rector y Presidente del Consejo Universitario de la Universidad Nacional del Callao.- Sello de Rectorado. Fdo. Mg. Ing. CHRISTIAN SUAREZ RODRÍGUEZ, Secretario General.- Sello de Secretaría General. Lo que transcribo a usted para su conocimiento y fines pertinentes. cc. Rector; Vicerrectores; dependencias académico-administrativas, cc. ADUNAC; Sindicato Unitario; Sindicato Unificado e interesados.
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