150. comision ratificacion y promoción - Oagra-Unac

Transcripción

150. comision ratificacion y promoción - Oagra-Unac
Universidad Nacional del Callao
Oficina de Secretaría General
Callao, 07 de noviembre del 2011
Señor
Presente.Con fecha siete de noviembre del dos mil once, se ha expedido la siguiente Resolución:
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 150-2011-CU.- CALLAO, 07 DE NOVIEMBRE DEL
2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:
Visto el Informe Nº 063-2011-CAA/UNAC recibido el 10 de octubre del 2011, mediante el cual el
Presidente de la Comisión de Asuntos Académicos de la Universidad Nacional del Callao solicita que el
Consejo Universitario evalúe y defina la política institucional que se ejecutará respecto a las solicitudes de
Promoción y Cambio de Dedicación presentadas por los docentes.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en los Arts. 4º Inc. b) y 12º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la
autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la
República e implica, entre otros derechos, el de organizar su sistema académico, económico y
administrativo; concordante con el Art. 4º de la norma estatutaria; en tal sentido, su actividad académica
se rige por normas que regulan los procedimientos administrativos para alcanzar los fines establecidos en
el Estatuto;
Que, de conformidad con el Inc. p) del Art. 143º del Estatuto son atribuciones del Consejo Universitario,
entre otras, la de nombrar comisiones permanentes o especiales para el mejor cumplimiento de sus
funciones, quienes informarán en plazos perentorios de sus actividades encomendadas;
Que, mediante el documento del visto, la Comisión de Asuntos Académicos señala que si bien existen las
disposiciones legales aplicables a las solicitudes de Promoción y Cambio de Dedicación, cuales son los
Arts. 296º Inc. b y 283º del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao, así como el Reglamento
pertinente; también existen dispositivos legales que limitan presupuestalmente dichos procesos;
asimismo, observa contradicciones entre los informes técnicos legales emitidos respecto a la misma
solicitud de cambio de dedicación o de promoción que tramitan los docentes, indicando que la Oficina de
Planificación, en sus Informes respectivos, señala no haber presupuesto; en tanto, la Oficina de Asesoría
Legal señala ser procedente; por lo que solicita que el Consejo Universitario evalúe y defina la política
institucional que se ejecutará respecto a las solicitudes de Promoción y Cambio de Dedicación
presentadas por los docentes, indicando que debe tenerse un sustantivo informe presupuestal, un
completo sustento legal y un informe laboral de manera coherente e integral;
Estando a lo solicitado; al Oficio Nº 1195-2011-VRI (Expediente Nº 08722) recibido el 31 de octubre del
2011; a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 04 de noviembre del 2011, y,
en uso de las facultades que le confieren los Arts. 143°, 158° y 161° del Estatuto de la Universidad
concordante con los Arts. 31°, 32° y 33° de la Ley 23733;
RESUELVE:
1º
DESIGNAR la COMISIÓN PARA COORDINAR Y SUPERVISAR LOS PROCEDIMIENTOS DE
LOS DOCENTES POR PROMOCIÓN Y CAMBIO DE DEDICACIÓN, que se realizan a través de
las distintas oficinas, considerando que ningún expediente de Promoción y Cambio de Dedicación
puede ser retenido y será aprobado con cargo a los recursos presupuestales existentes, la misma
que está presidida por el profesor, Dr. CÉSAR AUGUSTO RODRIGUEZ ABURTO, Vicerrector
Administrativo, e integrada, en condición de miembros, por el profesor, Dr. JOSÉ RAMÓN
CÁCERES PAREDES, Vicerrector de Investigación y el estudiante JEFFERSON BRYAN
VIDALÓN FLORES, con Código Nº 060063-J, de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de
Alimentos.
2º
TRANSCRIBIR la presente Resolución a las dependencias académico-administrativas de la
Universidad, ADUNAC, Sindicato Unitario, Sindicato Unificado; e interesados, para conocimiento y
fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Fdo. Dr. MANUEL ALBERTO MORI PAREDES, Rector y Presidente del Consejo Universitario de la
Universidad Nacional del Callao.- Sello de Rectorado.
Fdo. Mg. Ing. CHRISTIAN SUAREZ RODRÍGUEZ, Secretario General.- Sello de Secretaría General.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento y fines pertinentes.
cc. Rector; Vicerrectores; dependencias académico-administrativas,
cc. ADUNAC; Sindicato Unitario; Sindicato Unificado e interesados.

Documentos relacionados

121-08-CU RATIFICACION

121-08-CU RATIFICACION Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 16 de junio de 2008 Señor Presente.Con fecha dieciséis de junio de dos mil ocho, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLU...

Más detalles