Conozca cómo serán las auditorías electrónicas del SAT
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Conozca cómo serán las auditorías electrónicas del SAT
24 JUEVES 1 de septiembre del 2016 Valores y Dinero Finanzas Personales PROCEDIMIENTO 1 2 Cuando el sistema del SAT detecte una diferencia entre lo declarado por un contribuyente con la información que tiene el organismo en su base de datos, se puede generar una auditoría electrónica. Una vez que el SAT considere que es necesario hacer una auditoría a un contribuyente, le notificará a través del Buzón Tributario qué error detectó y qué aclaración necesita llevarse a cabo. VINCULACIÓN Actualmente la autoridad fiscal le está dando uso al Buzón Tributario, mandándole correos de que usted tiene mensajes en éste. Los mensajes que los contribuyentes están recibiendo tienen el formato de cumplimiento de obligaciones en donde se especifica cuando un causante está o no al corriente con sus obligaciones fiscales. La finalidad es que revise tanto su correo como su Buzón Tributario. 3 Llegará un mensaje al correo que el contribuyente haya dado de alta en el SAT; en él se avisará que tiene un mensaje en el Buzón Tributario. 4 El contribuyente tiene un plazo de cinco días para abrir dicho correo, revisar el Buzón Tributario y ver qué es lo que le está requiriendo la autoridad fiscal. 5 Si el causante aclara la situación, la auditoría electrónica llegará hasta estas instancias. Las revisiones pueden ser desde temas muy complejos como un comprobante fiscal que esté a nombre del contribuyente pero que dicho gasto no haya sido erogado por esta persona, entre otros. 6 Si no se aclaran las diferencias detectadas por el SAT, la autoridad podrá determinar un crédito fiscal por el monto determinado en las diferencias detectadas. 7 [email protected] Tel.: 5326-5454 ext. 2121 25,000 auditorías realiza el SAT cada año en promedio. (SAT) ESTÉ AL PENDIENTE DE SU BUZÓN TRIBUTARIO Conozca cómo serán las auditorías electrónicas del SAT Yael Córdova Hace unas semanas el Servicio de Administración Tributaría (SAT) confirmó que en septiembre iniciarán las auditorías electrónicas, por ello Leticia Hervert, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), recordó cómo se llevarán a cabo estos actos de fiscalización. Una vez que se determine un crédito fiscal, el contribuyente puede interponer diferentes recursos. a. El recurso de aclaración con el cual el causante contará con otro lapso para aclarar su situación directamente con la autoridad por medio del Buzón Tributario. b. De manera alterna puede solicitar el respaldo de la Prodecon para solicitar un acuerdo conclusivo; en éste el ombudsman fiscal busca mediar entre un contribuyente y la autoridad para llegar un acuerdo. CONECTIVIDAD Hasta ahora los acuerdos conclusivos sólo se pueden pedir acudiendo a las delegaciones de la Prodecon; sin embargo, se espera que poco después de que inicien las auditorías electrónicas se puedan solicitar también vía online. Esta posibilidad sólo estará disponible para acuerdos conclusivos por auditorías electrónicas. c. Si no lograra un acuerdo conclusivo, el contribuyente puede interponer los medios de defensa a su alcance, que son: el recurso administrativo, el juicio de nulidad y solicitar un amparo de la justicia federal. 8 En caso de que un contribuyente no aclare su situación, no logre firmar un acuerdo conclusivo con el SAT y ningún medio de defensa falle a su favor el crédito fiscal se hará firme y deberá pagar esta deuda al SAT para estar en orden con Hacienda y no ser reportado al Buró de Crédito. DURACIÓN AYUDA Se espera que estos actos de fiscalización duren como máximo cuatro meses. El IMCP tiene capacitaciones online para saber y entender más las auditorías electrónicas. QUÉ ES RAPIDEZ Una auditoría electrónica es la facultad de la autoridad fiscal para verificar por medio de estos actos fiscalizadores que la información que está presentando el contribuyente como parte de sus obligaciones fiscales coincida con lo que ellos ya tienen en su base de datos electrónica. Las revisiones electrónicas pretenden ser un proceso más rápido en comparación con las revisiones tradicionales que el organismo recaudador suele hacer, las cuales pueden durar de seis meses a un año y volver a ampliarse hasta por otro más. CONSEJOS Es importante estar al pendiente de los mensajes que lleguen al correo electrónico que registró en el SAT, pues a través de éste se avisará de todos los movimientos y estados que tiene frente al fisco. No haga caso omiso de las notificaciones del SAT. No acceder a su Buzón Tributario lo deja en un estado de indefensión, pues no conoce los requerimientos de la autoridad. No está de más que revise también su bandeja de correos no deseados, pues en ocasiones los mails se pueden ir a esta bandeja y podría ignorarlos. Manténgase informado de las especificaciones de estas auditorías electrónicas. Acérquese con el especialista fiscal de su preferencia: las oficinas de atención del SAT, la Prodecon o con su contador de confianza.