Conozca cómo serán las auditorías electrónicas del SAT

Transcripción

Conozca cómo serán las auditorías electrónicas del SAT
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JUEVES 1 de septiembre del 2016
Valores y Dinero
Finanzas Personales
PROCEDIMIENTO
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Cuando el sistema del SAT detecte una diferencia entre lo declarado por un contribuyente con la
información que tiene el organismo en su base de datos, se puede
generar una auditoría electrónica.
Una vez que el SAT considere que
es necesario hacer una auditoría a
un contribuyente, le notificará a través del Buzón Tributario qué error detectó y qué aclaración necesita llevarse a cabo.
VINCULACIÓN
Actualmente la autoridad fiscal le está dando uso al Buzón Tributario, mandándole correos de que usted tiene mensajes en éste. Los
mensajes que los contribuyentes están recibiendo tienen el formato de cumplimiento de obligaciones en donde se especifica cuando un causante está o no al corriente con sus obligaciones fiscales.
La finalidad es que revise tanto su correo como su Buzón Tributario.
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Llegará un mensaje al correo
que el contribuyente haya dado de alta en el SAT; en él se avisará que tiene un mensaje en el Buzón
Tributario.
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El contribuyente tiene un plazo de
cinco días para abrir dicho correo,
revisar el Buzón Tributario y ver qué
es lo que le está requiriendo la autoridad fiscal.
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Si el causante aclara la situación, la auditoría electrónica llegará hasta estas instancias. Las revisiones pueden ser desde temas muy complejos como un comprobante fiscal que esté a nombre del contribuyente pero que
dicho gasto no haya sido erogado por esta persona, entre otros.
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Si no se aclaran las diferencias detectadas por el SAT,
la autoridad podrá determinar un crédito fiscal por el
monto determinado en las diferencias detectadas.
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[email protected]
Tel.: 5326-5454 ext. 2121
25,000 auditorías realiza el SAT
cada año en promedio. (SAT)
ESTÉ AL PENDIENTE DE SU BUZÓN TRIBUTARIO
Conozca cómo
serán las auditorías
electrónicas del SAT
Yael Córdova Hace unas semanas
el Servicio de
Administración Tributaría
(SAT) confirmó que en
septiembre iniciarán las
auditorías electrónicas,
por ello Leticia Hervert,
presidenta del Instituto
Mexicano de Contadores
Públicos (IMCP), recordó
cómo se llevarán a cabo
estos actos de fiscalización.
Una vez que se determine un crédito fiscal, el contribuyente puede interponer diferentes recursos.
a. El recurso de aclaración con el cual el causante contará con otro lapso para aclarar su situación directamente con la autoridad por medio
del Buzón Tributario.
b. De manera alterna puede solicitar el respaldo de la Prodecon para
solicitar un acuerdo conclusivo; en éste el ombudsman fiscal busca
mediar entre un contribuyente y la autoridad para llegar un acuerdo.
CONECTIVIDAD
Hasta ahora los acuerdos conclusivos sólo se pueden pedir acudiendo a las delegaciones de la Prodecon; sin embargo, se espera que poco después de que inicien las auditorías electrónicas se
puedan solicitar también vía online. Esta posibilidad sólo estará
disponible para acuerdos conclusivos por auditorías electrónicas.
c. Si no lograra un acuerdo conclusivo, el contribuyente puede interponer los medios de defensa a su alcance, que son: el recurso administrativo, el juicio de nulidad y solicitar un amparo de la justicia federal.
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En caso de que un contribuyente no aclare su situación, no logre firmar
un acuerdo conclusivo con el SAT y ningún medio de defensa falle a su
favor el crédito fiscal se hará firme y deberá pagar esta deuda al SAT para
estar en orden con Hacienda y no ser reportado al Buró de Crédito.
DURACIÓN
AYUDA
Se espera que estos actos
de fiscalización duren como máximo cuatro meses.
El IMCP tiene capacitaciones online
para saber y entender más las auditorías electrónicas.
QUÉ ES
RAPIDEZ
Una auditoría electrónica es la facultad
de la autoridad fiscal para verificar por
medio de estos actos fiscalizadores que
la información que está presentando el
contribuyente como parte de sus obligaciones fiscales coincida con lo que ellos
ya tienen en su base de datos electrónica.
Las revisiones electrónicas pretenden ser
un proceso más rápido en comparación
con las revisiones tradicionales que el organismo recaudador suele hacer, las cuales pueden durar de seis meses a un año
y volver a ampliarse hasta por otro más.
CONSEJOS
Es importante estar
al pendiente de los
mensajes que lleguen
al correo electrónico
que registró en el SAT,
pues a través de éste
se avisará de todos los
movimientos y estados que tiene frente
al fisco.
No haga caso omiso
de las notificaciones
del SAT. No acceder
a su Buzón Tributario lo deja en un estado de indefensión,
pues no conoce los
requerimientos de la
autoridad.
No está de más que
revise también su
bandeja de correos
no deseados, pues en
ocasiones los mails
se pueden ir a esta bandeja y podría
ignorarlos.
Manténgase informado de las especificaciones de estas auditorías electrónicas.
Acérquese con el especialista fiscal de su
preferencia: las oficinas de atención del
SAT, la Prodecon o
con su contador de
confianza.

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