ponencia 10 – Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas
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ponencia 10 – Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas
Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas Dirección de Promoción y Prevención Junio_2014 Contexto General El PSPIC en el contexto del Modelo de Atención Modelode deAtención Atención Modelo en Salud Se soporta en Promoción de la Salud (Potencialidad) PSPIC Gestión Integral del Riesgo (Evitabilidad) Complementariedad (Transformación Recursos) Gestión Salud Pública (Gobernanza) POS Resultados en Salud Necesidades de la Población Modelos de Gestión Contexto General Marco normativo Constitución Política de 1991 Ley 100 de 1993 Artículo 154 , 165 Resolución 4288 de 1996 Decreto 806 de 1998 Art. 2, 3 regula el conjunto de beneficios a que tienen derecho los afiliados al SGSSS Ley 715 de 2001 Art. 42,43,44 competencias de los ET en Salud Pública Ley 1122 de 2009 Circular Externa 018 de 2004 Resolución 425 de 2008 Art. 33 cambio en la nomenclatura del PAB por PSPIC Ley 1438 de 2011 Resolución 1841 de 2013 Ley Estatutaria Formular políticas: PyP, intersectorialidad, determinantes sociales, equidad Contexto General Resolución 4288 de 1996 CIRCULAR EXTERNA 018 DE 2004 Resolución 425 de 2008 • Promoción de la salud (7) • Prevención de la enfermedad (2) • Vigilancia en Salud Pública y control de factores de riesgo (7) •Acciones de Salud Pública prioritarias para el país: (6) • Reducción de enfermedades inmunoprevenibles, prevalentes de la infancia y mortalidad infantil. •Política de Salud Sexual y Reproductiva •Prevención y control de ETV •Promoción EVS para la prevención y control de las enf. Crónicas •Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición e implementación de la Política Nal. De seguridad alimentaria y nutricional. •Reducción del impacto en salud de la violencia, implementación de las políticas de Salud Mental y reducción del consumo de PSA • Eje programático Salud Pública: • Áreas subprogramáticas (4) • Promoción de la salud y calidad de vida • Prevención de los riesgos • Vigilancia en salud y gestión del conocimiento • Gestión integral para el desarrollo funcional y operativo del PNSP Definiciones Intervenciones Colectivas El plan de Salud Pública de Intervenciones colectivas es el plan de beneficios del SGSSS que comprende un conjunto de intervenciones colectivas y acciones individuales de alta externalidad que generan beneficio colectivo e impacto social Son intervenciones, procedimientos y actividades A cargo del Estado, obligatorias y gratuitas Da respuesta a las necesidades de salud de cada territorio Afectando positivamente los determinantes sociales de la salud Desarrolladas en el marco del derecho a la salud, con enfoque diferencial y poblacional, Dirigidas a todos los habitantes del territorio nacional. Se orientan a la promoción de la salud y a la gestión integral del riesgo Bien público/Bien meritorio “al cual todos los individuos de una sociedad tienen derecho sin importar su capacidad de pago o su condición” Acciones individuales de alta externalidad Sin aquellas que al ser ejecutadas generan efectos colectivos importantes, facilitan procesos y acciones de detección temprana y protección específica y la canalización hacia los servicios de salud. Afectan positivamente a terceros mejorando sus capacidades, sus condiciones y/o atenuando riesgos individuales o colectivos en salud Propósito y principios del PSPIC Aportar a través de la definición y ejecución de intervenciones colectivas en el nivel nacional, departamental, distrital y municipal al logro de los objetivos estratégicos establecidos en el PDSP: • Avanzar hacia la garantía del goce efectivo del derecho a la salud • Mejorar las condiciones de vida y salud de la población • Lograr cero tolerancia frente a la morbilidad, mortalidad y discapacidad evitables. Gratuidad Estatal Obligatoriedad Territorialidad Universalidad Complementariedad Objetivos Estratégicos PSPIC • Desarrollar acciones de promoción de la salud y gestión del riesgo colectivas e individuales de alta externalidad que aporten al logro de las metas del PDSP. • Alcanzar la participación de los distintos actores del SGSSS y de otros sectores en desarrollo de acciones de promoción de la salud y gestión de riesgo en los colectivos. PROMOCIÓN DE LA SALUD GESTIÓN DEL RIESGO DEFINICIÓN (Potencialidad) Marco de acción que contribuye a garantizar el derecho a la vida y la salud mediante la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas saludables, estrategias y acciones sectoriales, intersectoriales/transectoriales y comunitarias, dirigidas a la reducción de inequidades y a la afectación positiva de los determinantes sociales de la salud, lideradas por la autoridad territorial, con el fin de aumentar el nivel de salud y bienestar. (Evitabilidad) Proceso que le permite a la entidad territorial la identificación y análisis del riesgo así como la percepción de la población frente a las amenazas y vulnerabilidades y afrontar la incertidumbre que consiste en disminuir o mantener la ocurrencia de eventos negativos para la salud en niveles socialmente aceptables ELEMENTOS Componentes del PSPIC Adopción, adaptación, formulación, implementación y evaluación de políticas públicas saludables Construcción de acuerdos sociales mediante el refuerzo de la acción, la cohesión, la participación y movilización social, empoderamiento del individuo y los colectivos El desarrollo de capacidades La generación de entornos que favorezcan el bienestar y la calidad de vida (condiciones de vida y satisfacción), de las personas Servicios socios-sanitarios orientados a la garantía del derecho a la vida y la salud 1. Identificación y análisis colectivo en salud. del riesgo 2. Administración del riesgo colectivo en salud 3. Seguimiento monitoreo y evaluación del riesgo colectivo e salud POB. SUJETO Población General Población expuesta a riesgos o daños FIN ACCIÓN Calidad de vida y Bienestar Anticipar y mitigar Riesgos y daños TECNOLOGIAS EN SALUD PARA OPERAR EL PSPIC Intervenciones • Conjunto ordenado de procedimientos realizados para un mismo fin. Procedimientos • Conjunto de actividades claramente definidas, que se realizan con una secuencia lógica. Actividades • tareas u operaciones que hacen parte de un proceso de atención en salud individual o colectiva. Insumos (Medicamentos) • Bienes y servicios necesarios para desarrollar las intervenciones colectivas Sistemas organizativos o de soporte • se refiere a todos los elementos y medios necesarios para el desarrollo de las actividades, procedimientos y las intervenciones CARATERISTICAS DE CALIDAD Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES COLECTIVAS CARACTERISTICAS DE CALIDAD Accesibilidad Oportunidad Seguridad Pertinencia Continuidad Integralidad CONDICIONES CRITERIOS • Talento Humano • InfraestructuraInstalaciones Físicas – Mantenimiento • Dotación-Mantenimiento • Gestión de Medicamentos y Dispositivos Médicos • Procesos Prioritarios • Registros CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES COLECTIVAS Estándar Talento Humano Criterios Profesional de la salud y técnicos en áreas de la salud pública, con capacitación (formal o no formal) en salud pública epidemiologia y experiencia relacionada. De acuerdo con el tipo de intervención: contar con los profesionales, técnicos o auxiliares de la salud o de otras áreas del conocimiento diferentes a la salud, con las competencias necesarias para el desarrollo de las diferentes acciones de conformidad con lo dispuesto en lineamientos nacionales de políticas, planes, programas y estrategias en salud pública. Las Instituciones deberán disponer de un espacio adecuado para el desarrollo de la Gestión de las intervenciones colectivas. InfraestructuraEspacio para el adecuado almacenamiento de materiales requeridos para la Instalaciones ejecución de las intervenciones colectivas. Físicas – Mantenimiento De acuerdo a las actividades que se vayan a desarrollar con la población, los espacios deberán ser concertados con la comunidad y cumplir con características de capacidad, amplitud, comodidad, iluminación, limpieza y ventilación. CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES COLECTIVAS Estándar Criterios Disponer de manera permanente y funcional los diferentes recursos de carácter técnico y tecnológico que se requieran para el desarrollo y cumplimiento de las acciones contratadas: áreas de trabajo, equipos de cómputo, impresoras, insumos para el trabajo comunitario, ayudas didácticas, entre otros. Así mismo el talento humano que ejecute las Dotaciónacciones contratadas deberá estar identificado y dotado con elementos Mantenimiento necesarios para el desarrollo de las acciones. En caso de que la ejecución de alguna de las acciones contratadas requiera la utilización de equipos biomédicos, estos deben cumplir con lo establecido en el estándar de dotación y mantenimiento de las condiciones técnico científicas del Sistema Único de Habilitación. Gestión de Cuando realice manejo de medicamentos y/o dispositivos médicos, se Medicamentos y debe cumplir lo establecido en el estándar de gestión de medicamentos y Dispositivos dispositivos médicos de las condiciones técnico científicas del Sistema Médicos Único de Habilitación. CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES COLECTIVAS Estándar Procesos Prioritarios Registros Criterios Cuenta con procesos para llevar a cabo la complementariedad de acciones del PSPIC con acciones del POS, en caso de que éstas dos se presten en la misma institución. Cuenta con un proceso para la documentación de las acciones a desarrollar en el marco del PSPIC. Cuenta con un proceso para el monitoreo y evaluación de las estrategias y acciones implementadas en el marco del PSPIC. Se debe cumplir lo establecido en el estándar de historia clínica y registros definido para todos los servicios en las condiciones técnico científicas del Sistema Único de habilitación. Lo anterior, aplicará para las intervenciones individuales que se realicen en el marco del PSPIC. Contratación del PSPIC 1. ESE Mpal. • Contratación prioritaria • Habilitada • Cap. Técnica y operativa verificada por ET y soportada por acta conjunta. 2. ESE de mpios. vecinos • Habilitada • Cap. operativa para prestar los servicios en el área en la cual se requiere el desarrollo de las mismas. • Capacidad técnica (criterios y condiciones) 3. IPS privadas • Habilitadas como IPS en el municipio. • Cap. Técnica y operativa verificada por ET. • Contratación mediante proceso de selección abreviada. 1. No podrán subcontratar las acciones; sin perjuicio de contratación que se requiera para la ejecución directa del objeto. 2. Adicionalmente, cuando la ESE municipal no cuente con capacidad técnica y operativa el distrito o municipio con concurrencia del respectivo departamento implementarán estrategias para el desarrollo de las capacidades a fin de que la ESE asuma la ejecución del PSPIC en la siguiente vigencia. Precisión de concepto de gastos de la subcuenta de salud pública colectiva 1. La financiación de las acciones del Plan de intervenciones colectivas de salud pública a cargo de la entidad territorial, conforme a la reglamentación que para el efecto se expida. 2. La financiación de las acciones requeridas para el cumplimiento de las competencias de salud pública asignadas en la Ley 715 de 2001, o en la norma que la sustituya, modifique o adicione. (Resolución 3042/2007) Precisión de concepto de gastos de la subcuenta de salud pública colectiva Bajo ninguna circunstancia serán objeto de financiación con cargo a estos recursos, los siguientes conceptos de gasto: •El talento humano que desarrolla actividades, intervenciones o procedimientos incluidos en el Plan Obligatorio. •Medicamentos e insumos incluidos en el Plan Obligatorio de Salud. •Procedimientos e intervenciones que estén cubiertas por el Plan Obligatorio de Salud. •Adquisición de dispositivos y equipos biomédicos para población discapacitada tales como prótesis, órtesis, aparatos y ayudas ortopédicas. •Elaboración e impresión de objetos promocionales o informativos que no generan impacto en salud pública, tales como: calendarios, petos, camisetas, gorras, botones, prendedores, lapiceros, abanicos, pasacalles, entre otros. Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - PSPIC Responsabilidades de los actores del SGSSS Seguimiento, monitoreo y evaluación del PSPIC Gracias. Patricia Caro Jiménez [email protected]