ponencia 10 – Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas

Transcripción

ponencia 10 – Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas
Plan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas
Dirección de Promoción y Prevención
Junio_2014
Contexto General
El PSPIC en el contexto del
Modelo de Atención
Modelode
deAtención
Atención
Modelo
en Salud
Se soporta en
Promoción de la Salud
(Potencialidad)
PSPIC
Gestión Integral del Riesgo
(Evitabilidad)
Complementariedad
(Transformación Recursos)
Gestión Salud Pública
(Gobernanza)
POS
Resultados en Salud
Necesidades de la Población
Modelos de Gestión
Contexto General
Marco normativo
Constitución Política de 1991
Ley 100 de 1993
Artículo
154 , 165
Resolución 4288 de 1996
Decreto 806 de 1998
Art. 2, 3 regula el conjunto de beneficios
a que tienen derecho los afiliados al
SGSSS
Ley 715 de 2001
Art. 42,43,44 competencias de los ET en
Salud Pública
Ley 1122 de 2009
Circular Externa
018 de 2004
Resolución 425
de 2008
Art. 33 cambio en la nomenclatura del
PAB por PSPIC
Ley 1438 de 2011
Resolución 1841 de 2013
Ley Estatutaria
Formular políticas: PyP,
intersectorialidad, determinantes
sociales, equidad
Contexto General
Resolución
4288 de
1996
CIRCULAR
EXTERNA
018 DE 2004
Resolución
425 de 2008
• Promoción de la salud (7)
• Prevención de la enfermedad (2)
• Vigilancia en Salud Pública y control de factores de riesgo (7)
•Acciones de Salud Pública prioritarias para el país: (6)
• Reducción de enfermedades inmunoprevenibles, prevalentes de la infancia y mortalidad
infantil.
•Política de Salud Sexual y Reproductiva
•Prevención y control de ETV
•Promoción EVS para la prevención y control de las enf. Crónicas
•Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición e implementación de la
Política Nal. De seguridad alimentaria y nutricional.
•Reducción del impacto en salud de la violencia, implementación de las políticas de Salud
Mental y reducción del consumo de PSA
• Eje programático Salud Pública:
• Áreas subprogramáticas (4)
• Promoción de la salud y calidad de vida
• Prevención de los riesgos
• Vigilancia en salud y gestión del conocimiento
• Gestión integral para el desarrollo funcional y operativo del PNSP
Definiciones
Intervenciones Colectivas



El plan de Salud Pública de
Intervenciones colectivas es
el plan de beneficios del
SGSSS que comprende un
conjunto de intervenciones
colectivas y acciones
individuales de alta
externalidad que generan
beneficio colectivo e
impacto social





Son intervenciones, procedimientos y actividades
A cargo del Estado, obligatorias y gratuitas
Da respuesta a las necesidades de salud de cada
territorio
Afectando positivamente los determinantes sociales
de la salud
Desarrolladas en el marco del derecho a la salud,
con enfoque diferencial y poblacional,
Dirigidas a todos los habitantes del territorio
nacional.
Se orientan a la promoción de la salud y a la gestión
integral del riesgo
Bien público/Bien meritorio “al cual todos los
individuos de una sociedad tienen derecho sin
importar su capacidad de pago o su condición”
Acciones individuales de alta externalidad
Sin aquellas que al ser ejecutadas generan efectos colectivos
importantes, facilitan procesos y acciones de detección
temprana y protección específica y la canalización hacia los
servicios de salud. Afectan positivamente a terceros
mejorando sus capacidades, sus condiciones y/o atenuando
riesgos individuales o colectivos en salud
Propósito y principios del PSPIC
Aportar a través de la definición y
ejecución
de
intervenciones
colectivas en el nivel nacional,
departamental, distrital y municipal
al logro
de los objetivos
estratégicos establecidos en el
PDSP:
• Avanzar hacia la garantía del
goce efectivo del derecho a la
salud
• Mejorar las condiciones de vida
y salud de la población
• Lograr cero tolerancia frente a la
morbilidad,
mortalidad
y
discapacidad evitables.
Gratuidad
Estatal
Obligatoriedad
Territorialidad
Universalidad
Complementariedad
Objetivos Estratégicos PSPIC
• Desarrollar acciones de promoción de la salud y
gestión del riesgo colectivas e individuales de alta
externalidad que aporten al logro de las metas del
PDSP.
• Alcanzar la participación de los distintos actores
del SGSSS y de otros sectores en desarrollo de
acciones de promoción de la salud y gestión de
riesgo en los colectivos.
PROMOCIÓN DE LA SALUD
GESTIÓN DEL RIESGO
DEFINICIÓN
(Potencialidad)
Marco de acción que contribuye a garantizar el derecho a la
vida y la salud mediante la formulación, implementación y
evaluación de políticas públicas saludables, estrategias y
acciones sectoriales, intersectoriales/transectoriales y
comunitarias, dirigidas a la reducción de inequidades y a la
afectación positiva de los determinantes sociales de la salud,
lideradas por la autoridad territorial, con el fin de aumentar el
nivel de salud y bienestar.
(Evitabilidad)
Proceso que le permite a la entidad
territorial la identificación y análisis del
riesgo así como la percepción de la
población frente a las amenazas y
vulnerabilidades y afrontar la incertidumbre
que consiste en disminuir o mantener la
ocurrencia de eventos negativos para la
salud en niveles socialmente aceptables
ELEMENTOS
Componentes del PSPIC
Adopción, adaptación, formulación, implementación y
evaluación de políticas públicas saludables
Construcción de acuerdos sociales mediante el refuerzo de
la acción, la cohesión, la participación y movilización social,
empoderamiento del individuo y los colectivos
El desarrollo de capacidades
La generación de entornos que favorezcan el bienestar y la
calidad de vida (condiciones de vida y satisfacción), de las
personas
Servicios socios-sanitarios orientados a la garantía del
derecho a la vida y la salud
1. Identificación y análisis
colectivo en salud.
del
riesgo
2. Administración del riesgo colectivo en
salud
3. Seguimiento monitoreo y evaluación del
riesgo colectivo e salud
POB.
SUJETO
Población General
Población expuesta a riesgos o daños
FIN
ACCIÓN
Calidad de vida y Bienestar
Anticipar y mitigar Riesgos y daños
TECNOLOGIAS EN SALUD
PARA OPERAR EL PSPIC
Intervenciones
• Conjunto ordenado de procedimientos
realizados para un mismo fin.
Procedimientos
• Conjunto de actividades claramente definidas,
que se realizan con una secuencia lógica.
Actividades
• tareas u operaciones que hacen parte de un
proceso de atención en salud individual o
colectiva.
Insumos (Medicamentos)
• Bienes y servicios necesarios para desarrollar
las intervenciones colectivas
Sistemas organizativos o
de soporte
• se refiere a todos los elementos y medios
necesarios para el desarrollo de las actividades,
procedimientos y las intervenciones
CARATERISTICAS DE CALIDAD Y CONDICIONES
PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
INTERVENCIONES COLECTIVAS
CARACTERISTICAS DE
CALIDAD
Accesibilidad
Oportunidad
Seguridad
Pertinencia
Continuidad
Integralidad
CONDICIONES
CRITERIOS
• Talento Humano
• InfraestructuraInstalaciones
Físicas – Mantenimiento
• Dotación-Mantenimiento
• Gestión de Medicamentos y
Dispositivos Médicos
• Procesos Prioritarios
• Registros
CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
INTERVENCIONES COLECTIVAS
Estándar
Talento
Humano
Criterios
Profesional de la salud y técnicos en áreas de la salud pública, con capacitación
(formal o no formal) en salud pública epidemiologia y experiencia relacionada.
De acuerdo con el tipo de intervención: contar con los profesionales, técnicos o
auxiliares de la salud o de otras áreas del conocimiento diferentes a la salud, con
las competencias necesarias para el desarrollo de las diferentes acciones de
conformidad con lo dispuesto en lineamientos nacionales de políticas, planes,
programas y estrategias en salud pública.
Las Instituciones deberán disponer de un espacio adecuado para el desarrollo de
la Gestión de las intervenciones colectivas.
InfraestructuraEspacio para el adecuado almacenamiento de materiales requeridos para la
Instalaciones
ejecución de las intervenciones colectivas.
Físicas
–
Mantenimiento
De acuerdo a las actividades que se vayan a desarrollar con la población, los
espacios deberán ser concertados con la comunidad y cumplir con características
de capacidad, amplitud, comodidad, iluminación, limpieza y ventilación.
CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
INTERVENCIONES COLECTIVAS
Estándar
Criterios
Disponer de manera permanente y funcional los diferentes recursos de
carácter técnico y tecnológico que se requieran para el desarrollo y
cumplimiento de las acciones contratadas: áreas de trabajo, equipos de
cómputo, impresoras, insumos para el trabajo comunitario, ayudas
didácticas, entre otros. Así mismo el talento humano que ejecute las
Dotaciónacciones contratadas deberá estar identificado y dotado con elementos
Mantenimiento
necesarios para el desarrollo de las acciones.
En caso de que la ejecución de alguna de las acciones contratadas
requiera la utilización de equipos biomédicos, estos deben cumplir con lo
establecido en el estándar de dotación y mantenimiento de las
condiciones técnico científicas del Sistema Único de Habilitación.
Gestión
de Cuando realice manejo de medicamentos y/o dispositivos médicos, se
Medicamentos y debe cumplir lo establecido en el estándar de gestión de medicamentos y
Dispositivos
dispositivos médicos de las condiciones técnico científicas del Sistema
Médicos
Único de Habilitación.
CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
INTERVENCIONES COLECTIVAS
Estándar
Procesos
Prioritarios
Registros
Criterios
Cuenta con procesos para llevar a cabo la complementariedad
de acciones del PSPIC con acciones del POS, en caso de que
éstas dos se presten en la misma institución.
Cuenta con un proceso para la documentación de las acciones
a desarrollar en el marco del PSPIC.
Cuenta con un proceso para el monitoreo y evaluación de las
estrategias y acciones implementadas en el marco del PSPIC.
Se debe cumplir lo establecido en el estándar de historia
clínica y registros definido para todos los servicios en las
condiciones técnico científicas del Sistema Único de
habilitación. Lo anterior, aplicará para las intervenciones
individuales que se realicen en el marco del PSPIC.
Contratación del PSPIC
1. ESE Mpal.
• Contratación
prioritaria
• Habilitada
• Cap. Técnica y
operativa
verificada por ET y
soportada por acta
conjunta.
2. ESE de
mpios. vecinos
• Habilitada
• Cap. operativa para
prestar los
servicios en el área
en la cual se
requiere el
desarrollo de las
mismas.
• Capacidad técnica
(criterios y
condiciones)
3. IPS privadas
• Habilitadas como
IPS en el municipio.
• Cap. Técnica y
operativa
verificada por ET.
• Contratación
mediante proceso
de selección
abreviada.
1. No podrán subcontratar las acciones; sin perjuicio de contratación que se requiera
para la ejecución directa del objeto.
2. Adicionalmente, cuando la ESE municipal no cuente con capacidad técnica y operativa
el distrito o municipio con concurrencia del respectivo departamento implementarán
estrategias para el desarrollo de las capacidades a fin de que la ESE asuma la
ejecución del PSPIC en la siguiente vigencia.
Precisión de concepto de gastos de la
subcuenta de salud pública colectiva
1. La financiación de las acciones del Plan de intervenciones
colectivas de salud pública a cargo de la entidad territorial,
conforme a la reglamentación que para el efecto se expida.
2. La financiación de las acciones requeridas para el
cumplimiento de las competencias de salud pública asignadas en
la Ley 715 de 2001, o en la norma que la sustituya, modifique o
adicione. (Resolución 3042/2007)
Precisión de concepto de gastos de la
subcuenta de salud pública colectiva
Bajo ninguna circunstancia serán objeto de financiación con cargo a estos
recursos, los siguientes conceptos de gasto:
•El talento humano que desarrolla actividades, intervenciones o procedimientos
incluidos en el Plan Obligatorio.
•Medicamentos e insumos incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.
•Procedimientos e intervenciones que estén cubiertas por el Plan Obligatorio de
Salud.
•Adquisición de dispositivos y equipos biomédicos para población discapacitada
tales como prótesis, órtesis, aparatos y ayudas ortopédicas.
•Elaboración e impresión de objetos promocionales o informativos que no
generan impacto en salud pública, tales como: calendarios, petos, camisetas,
gorras, botones, prendedores, lapiceros, abanicos, pasacalles, entre otros.
Plan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas - PSPIC
Responsabilidades de los actores del SGSSS
Seguimiento, monitoreo y evaluación del
PSPIC
Gracias.
Patricia Caro Jiménez
[email protected]

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