AYUNTAMIENTO DE BENASAL (Castellón)

Transcripción

AYUNTAMIENTO DE BENASAL (Castellón)
AYUNTAMIENTO DE BENASAL (Castellón)
BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL PARA DINAMIZAR UNA
UNIDAD DE RESPIRO FAMILIAR
Plaza Ayuntamiento, 1 · 12160 BENASAL (Castellón) · Tels. 964 43 10 02 – 964 43 10 26 · Fax 964 43 14 11 · www.benasal.es · [email protected] - C.I.F.: P 1202600-A
Aprobadas por la Junta de Portavoces Municipal constituida en Comisión de Personal
PRIMERA. Plazas a proveer.
Contratación de UNA PERSONA, ampliable a dos personas, a la vista de los usuarios y según el orden de la
bolsa, por periodo de DOS MESES, para atender la Unidad de Respiro Familiar creada en la localidad de Benasal, con
el siguiente horario:
15 horas semanales, repartidas entre los días: lunes, miércoles, viernes, sábado y domingo; y festivos.
SEGUNDA. Condiciones generales.
Los interesados deben reunir las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos los 18 años de edad.
- Disponer de experiencia previa y formación básica en alguna de las siguientes especialidades: Auxiliar de
Clínica, Auxiliar de Geriatría, Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Monitor de Tiempo Libre u otras especialidades
vinculadas a la dinamización de similares recursos sociales.
TERCERA. Anuncios de la convocatoria.
Una vez aprobada la convocatoria, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y anunciará
mediante bandos.
CUARTA. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el modelo de instancia facilitado
por éste, debiendo acompañarse:
- Copia del D.N.I.
- Copia de la documentación justificativa del cumplimiento de los méritos alegados (necesariamente por
escrito).
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 29 de octubre, a las 14 horas.
Las pruebas selectivas se realizarán el día 30 de octubre, a las 10:30 h., en la Casa Consistorial.
QUINTA. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Tribunal de Selección deberá determinar la inadmisión de
aquellos candidatos que no cumplan los requisitos.
SEXTA. El Tribunal de Selección.
Estará compuesto por:
- Presidente: Alcaldesa de Benasal, o Concejal en quien delegue.
- Secretario: El del Ayuntamiento, con voz pero sin voto.
- Vocal: El Sr. Concejal D. Antonio Colom Pitarch.
- Vocal: La Sra. Trabajadora Social Municipal, Dña. Isabel Rubert Miralles.
SÉPTIMA. Procedimiento de selección.
PRIMERA FASE: Se realizará una baremación de los méritos presentados, con arreglo al resultado de la cual
se valorarán los aspirantes. Esta fase se puntuará de 0 a 5 puntos:
- Formación en Geriatría:
2 puntos.
- Formación en Auxiliar de Clínica:
1,5 puntos.
- Formación en Ayuda a Domicilio:
1 punto.
- Formación en Monitor de Tiempo Libre: 0,5 puntos.
SEGUNDA FASE: El Tribunal podrá realizar una entrevista a los aspirantes. Se realizarán preguntas sobre los
cometidos a desempeñar y sobre el currículum. Se valorarán, entre otros, la experiencia previa y la posesión de otros
títulos en cuestiones relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar. Esta prueba se puntuará de 0 a 5 puntos.
OCTAVA. Propuesta del Tribunal Calificador.
El Tribunal formulará, según el orden de puntuación total y definitiva de los aspirantes, propuesta de
contratación a favor del que haya obtenido la mayor puntuación, así como la creación de una bolsa de trabajo, vigente
hasta una próxima convocatoria.
Esta selección continuará teniendo validez, en el caso de que se amplíe el servicio al año 2015, hasta el 30 de
marzo del año referido.
NOVENA. Contratación.
El Ayuntamiento suscribirá el documento contractual con el aspirante propuesto, según el orden de puntuación,
de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
DÉCIMA. Normativa aplicable.
Para lo no previsto en la presente convocatoria serán de aplicación las disposiciones legales vigentes aplicables
en la materia. Las incidencias que se pudieran presentar serán resueltas por el Tribunal Calificador.
Benasal, 22 de octubre de 2014

Documentos relacionados