1 Metodología para establecer las redes eficientes de distribución y

Transcripción

1 Metodología para establecer las redes eficientes de distribución y
1
Metodología para establecer las redes eficientes
de distribución y de recolección
Las redes eficientes de distribución de agua potable y de recolección de aguas
servidas de la empresa modelo, corresponderán a aquellas necesarias y suficientes
para abastecer la demanda de autofinanciamiento, y se determinarán a partir de la
aplicación de la siguiente metodología, cuyas etapas se indican a continuación:
1.1
Etapa 1: establecimiento de la red base final
La red base inicial de distribución y de recolección, corresponderá al catastro de redes
a Diciembre del 2014.
La red base final de distribución, y de recolección corresponderá a la resultante de
eliminar del catastro anterior, los siguientes elementos:
•
Redes que no son de propiedad de la empresa.
•
Conducciones de distribución y de recolección.
•
Redes que se encuentran construidas para uso futuro.
•
Redes fuera de uso.
•
Redes de propiedad de la empresa que permiten prestar el servicio
exclusivamente a clientes no regulados.
•
Redes separadas de aguas lluvias.
De esta forma la red base final será igual a la red base inicial menos el catastro de
redes eliminadas.
En ningún caso, la longitud red de recolección base final de una localidad podrá ser
mayor que la longitud de la red de distribución base final de la misma.
La empresa deberá informar el catastro de redes eliminadas según el detalle indicado
en Tabla N° 5.13 y Tabla N° 5.14 del Anexo N° 5 de las presentes bases.
La empresa deberá informar el catastro de redes base final de acuerdo a lo siguiente:
•
Para el caso del catastro de redes base final de distribución se solicita su
desagregación a nivel de sector de red, se acuerdo a los sectores de red
definidos en la Tabla N° 5.1 del Anexo N° 5 de las presentes bases. El catastro
deberá informarse según el detalle indicado en Tabla N° 5.3 del Anexo N° 5 de
las presentes bases.
•
Para el caso del catastro de redes base final de recolección se solicita su
desagregación a nivel de sector de red, se acuerdo a los sectores de red
definidos en la Tabla N° 5.2 del Anexo N° 5 de las presentes bases. Para los
sectores de red que cuenten con colectores unitarios, se deberá separar el
catastro en tres subconjuntos: por una parte el catastro de colectores unitarios
existentes a Junio de 1989 y que se encuentran actualmente en operación
1
como colector unitario (el que deberá informarse según el detalle indicado en
Tabla N°5.4 del Anexo N° 5 de las presentes bases): por otra parte el catastro
de nuevos colectores unitarios, vale decir aquellos posteriores a Junio de 1989
y que se encuentran actualmente en operación como colector unitario (el que
deberá informarse según el detalle indicado en Tabla N° 5.5 del Anexo N° 5 de
las presentes bases): y finalmente la red de recolección separada (el que
deberá informarse según el detalle indicado en Tabla 5.6 del Anexo N° 5 de las
presentes bases) (sin incluir los colectores unitarios).
Como resultado de esta etapa se tendrán los siguientes catastros:
•
Red de Distribución de Agua potable Base Final (RDAPBF), corresponderá al
catastro informado en Tabla N°5.3.
•
Red de Recolección de Aguas Servidas Base Final (RRASBF), corresponderá
al catastro informado en Tabla 5.5 más el catastro informado en Tabla 5.6.
•
Colectores Unitarios Base Final (CUBF), corresponderá al catastro informado
en Tabla 5.4.
1.2
Etapa 2: Identificación, clasificación y descuento
duplicidades o cañerías paralelas no justificadas
de
Dentro del plazo dispuesto en el artículo 5 del reglamento, la empresa deberá
proporcionar a la Superintendencia, un catastro con todas las duplicidades de cañerías
presentes en la Red de Distribución de Agua Potable Base Final (RDAPBF) y en la
Red de Recolección de Aguas Servidas Base Final (RRASBF) señalando entre otros:
sector de red, diámetro, material, longitud, calle y plancheta, de acuerdo al formato
establecido en Tabla 5.7 y Tabla 5.8 del anexo 5 de las presentes bases.
Las duplicidades deberán respaldarse a través de la entrega de un set de planos cuya
especificación, se realizará de acuerdo a lo establecido en el punto 7 del Anexo 5 de
las presentes bases.
Una vez identificadas las duplicidades totales, la empresa deberá agruparlas en
duplicidades no justificadas y justificadas, y presentar los argumentos técnicos que
avalen su clasificación.
Al catastro de Red de Distribución de Agua Potable Base Final (RDAPBF) y de Red de
Recolección de Aguas Servidas Base Final (RRASBF), deberá descontarse las
duplicidades o cañerías paralelas no justificadas considerando el criterio establecido a
continuación:
•
Se considerará que en una misma calle se debe disponer, tanto para el servicio
de agua potable como para el de aguas servidas, de una sola cañería para
cada uno de ellos. Es decir, en el caso de existir paralelismos no justificados, la
tubería no eliminada corresponderá a la de mayor diámetro, y mantendrá, en
esta etapa, su diámetro nominal, eliminándose el resto de las tuberías
paralelas, con la excepción de aquellos paralelismos justificados técnicamente.
•
En caso que el catastro de duplicidades y sus respaldos, de todos los sectores
de red de la empresa, no sea entregado por el prestador en el plazo de entrega
de la información solicitada en las presentes bases, se considerará como
porcentaje de duplicidades no justificadas, un 10% de las redes de agua
potable y de alcantarillado respectivamente, el que se aplicará a cada clase
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diamétrica; vale decir, se considerará un descuento del 10% de la longitud de
cada diámetro.
1.3
Etapa 3: normalización de diámetros
El catastro de Red de Distribución de Agua Potable Base Final (RDAPBF) y de Red de
Recolección de Aguas Servidas Base Final (RRASBF), una vez descontadas las
duplicidades no justificadas, deberá ser normalizado a los diámetros comerciales
equivalentes que existan en el mercado para el material eficiente seleccionado para
las tuberías.
1.4
Etapa 4: aplicación normativa de diámetros mínimos
Los diámetros mínimos a considerar son los señalados en la norma NCh. 691 Of. 98
(agua potable) y NCh. 1105 Of. 98 (aguas servidas).
Se deberán considerar las excepciones en las que las citadas normas permiten el uso
de diámetros nominales menores (75 y 175 mm. en distribución y recolección,
respectivamente). Para tal efecto la empresa deberá remitir, dentro del plazo dispuesto
en el artículo 5 del reglamento, los antecedentes respecto al porcentaje de tuberías de
la red base final, menor a los diámetros mínimos establecidos en la normativa vigente,
para el cual se podrán considerar las excepciones que estas mismas establecen.
En caso de no envío de esta información, se considerará como excepciones a las
normas lo siguiente:
a) Para el agua potable, la fracción de longitud de la red base final menor a 100 mm.
que puede mantenerse en 75 mm. será igual al porcentaje de metros lineales de
pasajes respecto a los metros lineales totales de calles de cada localidad. La
información de metros lineales de pasajes y calles corresponderá a la que
disponga el SERVIU regional.
b) En el caso del alcantarillado, la norma admite casos adicionales a los previstos
para el agua potable en los cuales diámetros menores a 200 mm. pueden
mantenerse en 175 mm. En este caso, se utilizará el porcentaje de excepciones de
la red de distribución más dos puntos porcentuales.
c) En caso que no se cuente con la información de pasajes y calles, se considerará
como excepciones un 6% y un 8% en agua potable y alcantarillado,
respectivamente.
1.5
Etapa 5: redes mayores y menores
Las redes de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas por
sector de red, resultantes de aplicar las etapas 1, 2, 3 y 4 se dividirán en redes
mayores y redes menores. Para tal efecto, a continuación se presentan los diámetros
máximos nominales que definirán las redes menores y mayores de distribución de
agua potable y de recolección de aguas servidas de cada sector de red, en función del
número de arranques de cada sector de red, informados en Tabla 5.11 y Tabla 5.12
del Anexo 5 de las presentes bases.
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Tabla Diámetros Máximos
Numero de arranques del
sector de red
Diámetro máximo red menor Diámetro máximo red menor
Agua potable
Agua servidas
0 – 1.500
≤150 mm.
≤200 mm.
1.500 – 5.000
≤200 mm.
≤250 mm.
5.000 – 20.000
≤250 mm.
≤315 mm.
20.000 – 100.000
≤315 mm.
≤400 mm.
Las redes menores, así determinadas, se denominarán redes menores bases
optimizadas de distribución de agua potable y redes menores bases optimizadas de
recolección de aguas servidas.
1.6
1.6.1
Etapa 6: dimensionamiento de redes mayores
Agua potable
Para cada sector de red, se determinará el diámetro máximo de la red mayor,
considerando una velocidad mínima de 1,5 m/s para la demanda de
autofinanciamiento del mayor sector abastecido por el sector de red. En ningún caso el
caudal a utilizar para efectos de este dimensionamiento, podrá ser superior al Q* del
mayor sector abastecido por el sector de red.
Las cañerías de diámetros mayores al máximo así determinado, se valorizarán con el
diámetro máximo calculado, y las de diámetro menor, se valorizarán a su diámetro
normalizado establecido en la etapa 3.
1.6.2
Aguas servidas
Las redes mayores de aguas servidas de cada sector de red, se considerará su
diámetro nominal real, con un máximo calculado para portear la demanda (Q*)
asociada al mayor sector servido por dicho sector de red, con una pendiente media de
un 7 ‰ (siete por mil) y una altura de escurrimiento H/D = 0,70 para D<1.000 mm y
H/D = 0,8 para D ≥ 1.000 mm. Las cañerías de diámetros mayores al máximo así
determinado, se valorizarán con el diámetro máximo calculado, y las de diámetro
menor, se valorizarán a su diámetro normalizado establecido en la etapa 3. En ningún
caso el caudal a utilizar para efectos de este dimensionamiento, podrá ser superior al
Q* del mayor sector servido por el sector de red.
La empresa podrá modificar en casos justificados la pendiente media del 7 ‰ (siete
por mil), siempre y cuando presente el respaldo para todos y cada uno de los tramos
de la red mayor de cada sector de red, de acuerdo al siguiente formato:
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Tabla Pendiente Media de la Red de Colectores
Sector de
Red
Localidad
Plancheta
A
Longitud Tramo
[m]
B
Pendiente
Tramo
[%]
A*B
De esta forma, la pendiente media a utilizar en el dimensionamiento se calculará
mediante la siguiente expresión:
n
∑P ⋅L
i
PM =
i
i =1
n
∑L
i
i =1
Donde:
PM:
Pendiente media de la red mayor.
Pi:
Pendiente del tramo i.
Li:
Longitud del tramo i.”
Las redes mayores así determinadas, se denominarán redes mayores bases
optimizadas.
1.7
Etapa 7: determinación
autofinanciamiento
de
red
mayor
eficiente
de
En cuanto a las redes mayores de agua potable de autofinanciamiento, éstas
corresponderán a las redes mayores bases optimizadas de agua potable establecidas
en la etapa 6; vale decir, no se considerará el crecimiento de dichas redes.
Al igual que en caso del agua potable, se considerará que las redes mayores de
recolección de autofinanciamiento corresponderán a las redes mayores bases
optimizadas de alcantarillado establecidas en la etapa 6; vale decir, no se considerará
el crecimiento de dichas redes.
1.8
1.8.1
Etapa 8: determinación
autofinanciamiento
de
red
menor
eficiente
de
Red de distribución
En primer lugar, se establecerán las redes menores bases optimizadas de distribución
de agua potable de cada localidad, las que corresponderán a la suma de las redes
totales menores bases optimizadas de los sectores de red que la conforman
(establecidas en la etapa 5).
En segundo lugar se determinará el crecimiento de la red menor, para lo cual se
determinará el siguiente indicador de densidad incremental:
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I DINC =
L RMenorAP2010 _ 2014
( Arr2014 − Arr2010 )
Donde:
LRMenorAP2006_2010: Corresponderá a la suma de las redes menores propias y redes
menores aportadas para el período 2010-2014 determinadas a partir de lo informado
en Tabla 5.15 y Tabla 5.16 del Anexo 5 respectivamente, y cuyo diámetro es menor o
igual que el diámetro mayor de la red menor base optimizada .
Arr2014: Número de arranques de agua potable al año 2014.
Arr2009: Número de arranques de agua potable al año 2009.
La longitud que representa el crecimiento de la red menor será la resultante de aplicar
lo siguiente:
L RMenorAPAdicional = I DINC ⋅ ( ArrQ* − Arr2014 )
Donde:
LRMenorAPAdicional:
Longitud de red menor AP adicional de la localidad.
IDINC:
Indicador de densidad de red menor incremental.
Arr2014:
Número de arranques de agua potable al año 2014.
ArrQ*:
Número
de
arranques
autofinanciamiento (Q*).
de
agua
potable
de
La composición diamétrica de longitud de red menor AP adicional de la localidad será
la misma que la observada para la red LRMenorAP2010_2014.
Finalmente, la red menor eficiente de autofinanciamiento de distribución de agua
potable será igual a la suma de la red menor base optimizada más la red menor
adicional.
En caso que LRMenorAP2010_2014 sea igual a cero, se seguirá el siguiente procedimiento:
La determinación de las redes menores adicionales de agua potable asociadas a cada
localidad, se realizará en base a un indicador de longitud de red menor (ID), el que se
determinará a partir de la siguiente relación:
ID =
LRMenorAPBase
(ArrBase + Viv NCon )
Donde:
ID:
Indicador de red menor de distribución.
LRMenorAPBase:
Longitud de red menor base optimizada de la localidad.
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ArrBase:
Número de arranques de agua potable a diciembre de 2014.
VivNCon:
Inmuebles frente a red de distribución no conectadas, a
diciembre de 2014.
La longitud de red menor adicional queda expresada por la siguiente expresión:
LRMenorAPAdicional = I D ⋅ ( ArrQ* − Arr2014 )
Donde:
LRMenorAPAdicional:
Longitud de red menor AP adicional de la localidad.
ID:
Indicador de red menor de distribución.
ArrQ*:
Número de arranques de agua potable al Q*.
La composición diamétrica de las longitudes de red menor adicional de cada localidad
será la misma que la observada en las red redes menores bases optimizadas de la
localidad.
Finalmente, la red menor eficiente de autofinanciamiento de distribución de agua
potable será igual a la suma de la red menor base optimizada más la red menor
adicional.
1.8.2
Red de recolección
Primeramente, se establecerán las redes menores bases optimizadas de recolección
de aguas servidas de cada localidad, las que corresponderán a la suma de las redes
menores bases optimizadas de los sectores de red que la conforman (establecidas en
la etapa 5).
Para establecer de la red menor de alcantarillado de autofinanciamiento de cada
localidad, se determinará IR, indicador de metros de red menor de alcantarillado por
unión domiciliaria.
IR =
LRMenorASBase
(UDBase + Viv NCon )
Donde:
IR:
Indicador de red menor de recolección.
LRMenorASBase:
Longitud total de las redes menores bases optimizadas de
recolección de aguas servidas de la localidad.
UDBase:
Número de uniones domiciliarias a diciembre del 2014 de la
localidad.
VivNCon:
Inmuebles frente a red de recolección (colector) no
conectadas, a diciembre de 2014.
La longitud la red menor eficiente de autofinanciamiento de recolección de aguas
servidas será la resultante de aplicar la siguiente expresión:
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LRMenorASQ* = I R ⋅UDQ*
Donde:
LRMenorASQ*:
Longitud de red menor AS al autofinanciamiento.
IR:
Indicador de red menor de recolección.
UDQ*:
Número de uniones domiciliarias al Q*.
En ningún caso la red menor eficiente de autofinanciamiento de recolección de aguas
servidas podrá tener una longitud superior a la longitud de la red menor eficiente de
autofinanciamiento de distribución de agua potable.
La composición diamétrica de la red menor de autofinanciamiento, será la misma que
las redes menores bases optimizadas.
En caso de localidades sin red de recolección, se determinará el indicador de densidad
de red de distribución de agua potable, como la longitud de Red de Distribución de
Agua Potable Base Final (RDAPBF) de la localidad descontada de duplicidades totales
y dividida por el número de arranque a diciembre del 2014, el cual se multiplicará por
las UD proyectadas al período de autofinanciamiento. La composición diamétrica será
equivalente a la de la localidad que presenta un número de UD al período de
autofinanciamiento más semejante a la en análisis.
1.9
Colectores unitarios
Se considerará como catastro de colectores unitarios al catastro Colectores Unitarios
Base Final (CUBF) establecidos en la etapa 1 de este procedimiento.
Para efectos de validar dicho catastro, para cada colector, la empresa deberá adjuntar,
dentro del plazo dispuesto en el artículo 5 del reglamento, los siguientes antecedentes:
•
Año de construcción del colector.
•
Identificación de cada colector unitario en plano de planta de la red de
recolección de la localidad.
•
Copia de la memoria del proyecto de diseño del colector, en la cual se debe
señalar expresamente que se diseña un colector unitario, los caudales de
aguas servidas y aguas lluvias consideradas, pendientes y diámetros
adoptados. En caso que no se disponga de la memoria del proyecto de diseño
del mismo, la empresa deberá entregar antecedentes que permitan demostrar
que dichos colectores fueron diseñados con características de unitarios.
•
Antecedentes que permitan demostrar que opera actualmente como colector
unitario.
La Superintendencia deberá pronunciarse sobre la validez de los antecedentes
entregados de conformidad a los párrafos precedentes, emitiendo dictamen dentro de
los 20 días siguientes a su presentación.
En el estudio tarifario se deberán establecer los costos, que se derivan de lo
establecido en el art. 4º transitorio del DFL. MOP. Nº 382/88. En el caso que se
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establezca que deben ser considerados costos de inversión, estos no podrán ser
mayores que los resultantes de determinar el costo de reposición eficiente de dichos
colectores de acuerdo a los criterios de eficiencia considerados en el diseño de la
empresa modelo como materiales, trazado y criterios de modelamiento (en este caso,
considerando la profundidad media informada en Tabla 5.4 del Anexo 5 de las
presentes bases, y que no corresponderá aplicar el ajuste de diámetros máximos ni la
consideración de diámetros mínimos, como tampoco los descuentos por duplicidad, es
decir, que se valorizará las obras a su diámetro nominal real).
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