EUCC Masos d`en Blader - La Urbanización Masos d`en Blader está
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EUCC Masos d`en Blader - La Urbanización Masos d`en Blader está
Urb. Masos d’en Blader, buzón 72 43892 – Miami Playa TARRAGONA Estimado propietario y socio de la Entidad: Ahora que nos acercamos a las fiestas de Navidad, la Junta de Delegados, aprovecha la oportunidad para desearle unas felices fiestas en compañía de toda su familia. También deseamos mantenerle informado de todos los asuntos relativos a nuestra Urbanización. El tema más importante son las decisiones que el Ayuntamiento va tomando y los pasos que esta Junta está dando para impedir que la actitud municipal siga perjudicando los intereses de todos y cada uno de los propietarios de Masos. PAU 09 Como ya informamos en su día, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento aprobó provisionalmente para el Plan de Actuación Urbanística (PAU09) de Masos la modificación del sistema de actuación calificándolo como “reparcelación en la modalidad de cooperación” e informó de ello a los propietarios. Esta decisión municipal fue interpretada por algunos como una decisión favorable a los intereses de los propietarios. Todos recordamos los panfletos distribuidos por toda la Urbanización por parte de un propietario (que no deseamos nombrar) felicitando a los responsables municipales como si esa decisión supusiera que el Ayuntamiento ya se hacía cargo de la urbanización e invitando a “cooperar” con el Ayuntamiento, intentando adicionalmente desprestigiar a la Junta. La palabra “cooperar” es muy bonita y parece que es el mejor método para resolver los problemas de la Urbanización. Sin embargo, nada más lejos de la realidad, tomada en su sentido legal urbanístico. Quien conoce bien las Leyes, Reglamentos y procesos urbanísticos saben que una actuación de “reparcelación por el método de cooperación” es exactamente lo siguiente: DECRETO LEGISLATIVO 1/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo. Modalidad de cooperación Artículo 133 Concepto 1. En la modalidad de cooperación, las personas propietarias aportan el suelo de cesión obligatoria y gratuita. La administración actuante ejecuta las obras de urbanización con cargo a dichas personas propietarias, de acuerdo con lo establecido por el artículo 114. Asimismo, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 116.2, les puede exigir el pago de anticipos y, en caso de impago de estas y de las cuotas de urbanización acordadas, les puede aplicar la vía de apremio. El absurdo de este planteamiento es que los propietarios del suelo de cesión obligatoria y gratuita no somos los actuales propietarios de parcelas o viviendas, sino los anteriores promotores a quienes el Ayuntamiento les concedió todo tipo de licencias de edificación sin exigirles sus obligaciones de ejecución de infraestructuras y cesión de las mismas, y de los viales y las zonas verdes, de acuerdo con la Ley vigente en cada momento. Admitir que el Ayuntamiento pueda sacar adelante esta decisión, supone dar un cheque en blanco para que el Ayuntamiento realice una reparcelación (imposible físicamente, puesto que todo está parcelado), planifique una Urbanización con los parámetros exigibles a una nueva Urbanización como si no existiera la actual, realice y materialice todo un proyecto nuevo (a los precios a los que suele contratar la administración pública) y hacernos pagar todo ello a nosotros, los actuales propietarios de viviendas o parcelas, los que ya hemos soportado durante muchos años unos costes que no nos correspondían. Es por esta razón que presentamos en su día unas alegaciones a esa aprobación provisional inicial en la que rechazábamos ese planteamiento y ofrecíamos una posible negociación sobre lo que se va a hacer, su plan de ejecución, su coste, etc.... Esas alegaciones están disponibles para ser descargadas desde nuestra página Web www.masosblader.com o puede obtenerse una copia en las oficinas de la Entidad a la entrada de la Urbanización (mediante pago de las copias.) Confiábamos en que el Ayuntamiento adoptaría una actitud de “cooperación” no en sentido jurídico legal sino en el sentido popular de esa palabra. Sin embargo, una vez más hemos comprobado que esta corporación municipal no entiende de esa “cooperación”, ni de diálogos, ni de participación ciudadana, ni de acuerdos, ni de arreglos amistosos y prefiere la imposición y el enfrentamiento permanente, como hemos visto al comprobar que en fecha reciente el Ayuntamiento ha comenzado a enviar cartas certificadas a los propietarios informando de la aprobación definitiva de la modificación propuesta, con la desestimación de las alegaciones (sin rebatirlas en detalle). Además, ha tenido la desfachatez de designar de un modo “antidemocrático” una comisión de seguimiento cuyos componentes son, además de quien esto escribe, el Sr. José Meneses, el Sr. Feliciano Benlliure, la Sra. Sandra Bernabeu y la Sra. Dolors Plana. Ninguno de estos componentes, salvo el Presidente de la Entidad, ha sido elegido democráticamente ni representa más que a sí mismo. Consideramos que han sido elegidos como una Comisión de Adhesión y no de seguimiento y participación y por supuesto que la rechazamos. La Entidad ni siquiera ha recibido respuesta a las alegaciones. Nosotros nunca hemos sido partidarios del recurso a los tribunales, pero ha quedado demostrado que es el único camino que nos ha dejado el Ayuntamiento para la defensa de nuestros intereses. Es por ello que ya hemos encargado al despacho de abogados de Barcelona “Moreno Ibáñez” la presentación en plazo del correspondiente recurso contencioso administrativo contra la decisión municipal. También es posible la presentación de recursos de reposición particulares ante el propio Ayuntamiento, para lo que proponemos el adjunto escrito que puede formularse de dos modos: 1) Presentando en las oficinas municipales original y copia, quedándonos con la copia debidamente registrada y sellada. 2) Mediante Certificado Administrativo, esto es, presentando el original y copia en cualquier oficina de correos para envió por correo certificado del original y sellado de la copia que nos quedamos. El texto es una sugerencia, pero cada propietario es libre de añadir o quitar lo que estime conveniente. Animamos a los propietarios a presentar el mayor número de recursos posible. Disolución de la Entidad Desde que asumimos la gestión de la Entidad, nuestro objetivo ha sido siempre que el Ayuntamiento decepcione la Urbanización como está, que es como el Ayuntamiento ha permitido que esté, que se disuelva la Entidad y que el Ayuntamiento asuma la conservación como en cualquier otra zona del municipio. Si a partir de ese momento el Ayuntamiento considera necesario mejorar lo que hay lo puede hacer en base a un Plan de Mejora Urbanística que esté justificado y con participación económica del Ayuntamiento (por Ley el 10 %, pero hay Ayuntamientos en Cataluña que han asumido hasta el 40 %). Para que no quepa duda de cual es la postura de esta Junta, con fecha 30/09/2008 se ha presentado en el Ayuntamiento la “Solicitud formal para que el Ayuntamiento recepcione la Urbanización Masos d'en Bladé, asuma su conservación y mantenimiento y se proceda la disolución de la Entidad a la mayor brevedad posible”, documento disponible en la página de Internet www.masosblader.com y en las oficinas de la Entidad a la entrada de la Urbanización (mediante pago de las copias.). Si el Ayuntamiento no responde en plazo o responde negativamente pasaremos también el asunto a los tribunales. Actitud Municipal Puede parecer que nuestra gestión se centra en luchar contra el Ayuntamiento, pero la realidad es que así como las corporaciones anteriores se limitaban a pasar de esta Urbanización sin preocuparse de lo que aquí ocurría, la actitud de esta corporación ha sido la claramente beligerante contra la Urbanización, para confirmarlo basta recordar sus actuaciones: 1) Reunión del 15 de Enero 2008, en la que nos manifiesta el Alcalde que no nos va a responder a ninguno de nuestros escritos y nos anuncia un recurso contra los acuerdos tomados en la Asamblea de Agosto 2007. 2) Decreto de suspensión cautelar de los acuerdos de la Asamblea del 2007, atendiendo un recurso del Sr. Meneses. No tuvo más remedio que revocar ese decreto atendiendo nuestras alegaciones, pero nos causó graves perjuicios en retraso de cobro de cuotas, creando incertidumbre y malestar entre los propietarios. Sigue pendiente un recurso contencioso por parte del Sr. Meneses contra la última decisión municipal. 3) Oposición a que realizáramos el asfaltado, manifestada en reunión de 15 de Enero, Asamblea extraordinaria de Marzo 2008 y en carta personal al Presidente. 4) Tres intentos de paralizar las obras de asfaltado, con envío de agentes municipales con amenazas de delito de cárcel y tres sanciones por deficiente señalización. 5) Concesión “trampa” de licencia de asfaltado con condicionantes que hacían realmente imposible su realización, con aplicación de tasas injustificadas y exageradas aplicadas sobre bases falsas y sin la reducción a la que tenemos derecho. La hemos recurrido y tendremos que llevarla al contencioso si no nos atienden. 6) Escrito formal de paralización de las obras con amenaza de sanción, recurrido por estar ya terminadas. 7) Propuesta de sanción de 3.000 euros por haber realizado las obras sin atender la licencia “trampa”; la hemos recurrido y esperamos su resolución. 8) Aprobación inicial provisional de la modificación de que hablamos arriba sin mantener contacto alguno previo con la Entidad. 9) Aprobación definitiva de esa modificación sin responder a las alegaciones, y creación de una Comisión de seguimiento no representativa y sin tener en cuenta el nombramiento democrático hecho en la Asamblea de 2008. Sería prolijo añadir aquí la cantidad de escritos dirigidos por diversos motivos al Ayuntamiento sin obtener respuesta alguna del mismo. Pueden consultarse en la oficina de la Entidad. Estado real de la Urbanización. Algunos propietarios, basados en una errónea información transmitida por parte interesada, que pretendía desprestigiar a la Junta evitando el asfaltado con razonamientos de deficiencias inexistentes en la Urbanización, se han ido haciendo eco como si esta Urbanización necesitara una remodelación total de todas sus infraestructuras. La realidad, sin embargo, es la siguiente: 1) Las calles están bien diseñadas y asfaltadas aunque en algún punto la evacuación de las aguas no sea perfecta. En la parte baja, a la entrada de la Urbanización, es inevitable el encharcamiento cuando llueve intensamente, puesto que no existe ningún colector municipal a nivel inferior a donde puedan derivarse las aguas y la orografía de las calles es inmodificable. El Plan Parcial establece la evacuación de aguas pluviales por escorrentía, que es como está realizado. 2) Las conducciones de aguas fecales están bien diseñadas y dimensionadas y no tienen nada que ver con el asfaltado puesto que discurren por debajo de las aceras. Hemos contratado una inspección de su recorrido obteniendo un plano completo de su situación y una comprobación de su funcionamiento, que es correcto. Hay dos puntos concretos con problemas que afectan a un número limitado de propietarios y que esta Junta considera no es de responsabilidad de la Entidad. 3) La instalación de los pozos sépticos se ha mejorado con nueva bomba más potente, han sido automatizados y bombean sin problemas al colector del ACA cuando es preciso, sin que se produzca desbordamiento alguno. 4) La instalación de suministro eléctrico a las viviendas (responsabilidad exclusiva de Fecsa) está totalmente soterrada en todas las calles, no existiendo ningún cable aéreo. 5) El alumbrado nocturno nos ha producido gastos considerables porque estaba en muy malas condiciones, pero poco a poco se ha ido mejorando y funciona sin problemas mayores. Es cierto que el nivel luminoso no es el que hoy día se exigiría a una Urbanización de nuevo diseño, pero es el que se exigía cuando se aprobó el Plan Parcial y el que figura aprobado por el Ayuntamiento en ese documento. Incrementar su nivel no es posible con las líneas actuales. 6) Las líneas telefónicas son aéreas, pero la responsabilidad de soterrarlas será de Telefónica o de quien le autorizó a hacerlo de modo aéreo cuando la normativa no lo permitía. 7) El suministro domiciliario de agua potable es correcto en presión y caudal y está garantizado para las viviendas existentes. 8) Hemos realizado una serie de mejoras en la zona deportiva, con ampliación del escenario, iluminación nocturna programada de los campos de fútbol y baloncesto, relleno y aplanado de algunas zonas, reparación de juegos y fuente, nuevas canastas de baloncesto, reparación de bancos y cancha de petanca, plantación de adelfas, podado de adelfas para mejorar visibilidad, etc... 9) Hemos adquirido una serie de papeleras que iremos instalando para, con la colaboración de todos, mantener limpia la Urbanización. 10) Las zonas verdes, reconocidas finalmente por el Ayuntamiento como suyas, han sido limpiadas parcialmente por la firma municipal EMONSA, aunque no todas. En resumen, la Urbanización reúne a día de hoy unas condiciones de habitabilidad más que aceptables, y desde luego muy superiores a las que podemos encontrar en numerosas zonas de este municipio, incluido el núcleo de Mont-roig y zonas de Miami Playa. Si algo es mejorable, es lo que hemos pretendido negociar con el Ayuntamiento, negociar su realización y costo, pero sin resultado. Apertura de oficina. Dando cumplimiento a lo acordado en la última Asamblea hemos acondicionado la caseta que hay a la entrada de la Urbanización, la hemos dotado de los muebles y utensilios informáticos necesarios y hemos contratado una persona para que esté disponible para cualquier consulta los lunes, miércoles y viernes de 17:00 a 19:00 y los sábados de 10:00 a 14:00 (en temporada de verano modificaremos el horario). Durante el horario de oficina está disponible al teléfono 680684028. No obstante, debemos recordar que para cualquier problema relacionado con el suministro de agua deben dirigirse siempre a Sorea, para problemas de suministro eléctrico a las viviendas deben dirigirse a Fecsa, y para problemas telefónicos a Telefónica de España, evitando sobrecargar a la empleada con problemas que le son ajenos. Este Presidente siempre está disponible al teléfono 686460946 en aquellos casos en que desde la oficina no puedan atenderle, y agradecerá cualquier sugerencia de mejora. Correspondencia a domicilio. Es cierto que el servicio de Correos desde la estafeta de Miami tiene muchas deficiencias pero también es cierto que la actuación de algunos propietarios no facilita nada la labor. Venimos insistiendo en que para que podamos obligar al servicio de Correos a hacer un reparto domiciliario la identificación de las calles y las casas debe ser correcta y disponer de buzón en cada casa. La antigua denominación de una letra y un número no sirve, no tiene nada que ver con la verdadera numeración de cada casa que figura en el recibo del IBI y en el de Base. Quien tenga una casa con fachada a la calle debe poner el verdadero número, un buzón accesible desde la calle y un timbre para que el cartero llame en caso de carta certificada. Aquellos que formando parte de una Urbanización dentro de Masos tienen fachada a calle deben poner en el buzón el número que su Urbanización tiene en esa calle y el número de casa que le corresponde dentro de esa Urbanización. Los que no tengan fachada a calle deben colocar una batería de buzones comunitaria al exterior. Solo a partir de esta identificación correcta de cada vivienda podremos exigir a Correos el reparto domiciliario; si no lo hacemos, seguiremos como hasta ahora pero no podremos culpar a otros. Convivencia vecinal. Son normas de sentido común y en la mayoría de los casos están contempladas en las leyes y/o normativas: a) Los perros en general no son ni agresivos, ni sucios ni ineducados; sí lo es el propietario que permite que molesten a los demás y no recoge sus excrementos; las leyes, además dicen que no deben pasearse sueltos por zona urbana. b) Los árboles, setos y ramas son muy decorativos pero no deben invadir zonas ajenas ni zonas comunes; cuando ensucian zona ajena o común, su propietario debe limpiarla. c) Los daños o desperfectos originados por raíces en elementos ajenos o comunes (tuberias, aceras o pavimento) son responsabilidad del propietario del árbol o seto correspondiente. d) Las piscinas no deben vaciarse desaguando a la tubería general de alcantarillado porque rebasan la capacidad de los pozos de fecales y la capacidad de depuración de la depuradora municipal. e) La velocidad máxima de circulación en la Urbanización está limitada a 40 Km/hora; observala por seguridad y respeto hacia tus semejantes. f) Los ruidos innecesarios, sobre todo a partir de ciertas horas nocturnas, perturban el descanso de los demás y desprestigia a quien los produce. Cobros y morosos. Desde que decidimos la recaudación a través de BASE el tema de los cobros está resuelto. Es cierto que hay morosos, pero no nos preocupa demasiado porque tendrán que pagar irremisiblemente o enfrentarse a un proceso formal de embargo con todas sus consecuencias. El proceso es lento pero infalible. Primero se investigan y embargan las cuentas, después los salarios, los vehículos y finalmente el inmueble que siempre responde como último recurso y que no puede venderse si existen deudas en Base. En la próxima convocatoria se expondrá, no obstante, el listado de propietarios con deudas con la Entidad; también podrá consultarse en la Oficina de la Entidad. Información en general. Periodicamente se actualiza nuestra página de Internet www.masos-blader.com, por lo que recomendamos su consulta frecuente. Para cualquier aclaración pueden dirigirse a los correos electronicos [email protected], [email protected], [email protected]. Reiterando nuestro mejor deseo de felicidad para estas Fiestas y Feliz entrada de Nuevo Año, le saluda atentamente, en nombre de toda la Junta de Delegados: Rafael Gilabert Presidente de la E.U.C.C. Masos d’en Bladé. Miami Playa a 05/11/08