EUCC Masos d`en Blader - La Urbanización Masos d`en Blader está

Transcripción

EUCC Masos d`en Blader - La Urbanización Masos d`en Blader está
Urb. Masos d’en Blader, buzón 72
43892 – Miami Playa
TARRAGONA
Estimado propietario y socio de la Entidad:
Ahora que nos acercamos a las fiestas de Navidad, la Junta de Delegados, aprovecha la
oportunidad para desearle unas felices fiestas en compañía de toda su familia.
También deseamos mantenerle informado de todos los asuntos relativos a nuestra Urbanización.
El tema más importante son las decisiones que el Ayuntamiento va tomando y los pasos que esta
Junta está dando para impedir que la actitud municipal siga perjudicando los intereses de todos y
cada uno de los propietarios de Masos.
PAU 09
Como ya informamos en su día, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento aprobó
provisionalmente para el Plan de Actuación Urbanística (PAU09) de Masos la modificación del
sistema de actuación calificándolo como “reparcelación en la modalidad de cooperación” e informó
de ello a los propietarios.
Esta decisión municipal fue interpretada por algunos como una decisión favorable a los intereses de
los propietarios. Todos recordamos los panfletos distribuidos por toda la Urbanización por parte de
un propietario (que no deseamos nombrar) felicitando a los responsables municipales como si esa
decisión supusiera que el Ayuntamiento ya se hacía cargo de la urbanización e invitando a
“cooperar” con el Ayuntamiento, intentando adicionalmente desprestigiar a la Junta.
La palabra “cooperar” es muy bonita y parece que es el mejor método para resolver los problemas
de la Urbanización. Sin embargo, nada más lejos de la realidad, tomada en su sentido legal
urbanístico. Quien conoce bien las Leyes, Reglamentos y procesos urbanísticos saben que una
actuación de “reparcelación por el método de cooperación” es exactamente lo siguiente:
DECRETO LEGISLATIVO 1/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley
de urbanismo.
Modalidad de cooperación
Artículo 133
Concepto
1. En la modalidad de cooperación, las personas propietarias aportan el suelo de cesión
obligatoria y gratuita. La administración actuante ejecuta las obras de urbanización con cargo a
dichas personas propietarias, de acuerdo con lo establecido por el artículo 114. Asimismo, sin
perjuicio de lo que dispone el artículo 116.2, les puede exigir el pago de anticipos y, en caso de
impago de estas y de las cuotas de urbanización acordadas, les puede aplicar la vía de apremio.
El absurdo de este planteamiento es que los propietarios del suelo de cesión obligatoria y
gratuita no somos los actuales propietarios de parcelas o viviendas, sino los anteriores
promotores a quienes el Ayuntamiento les concedió todo tipo de licencias de edificación sin exigirles
sus obligaciones de ejecución de infraestructuras y cesión de las mismas, y de los viales y las zonas
verdes, de acuerdo con la Ley vigente en cada momento.
Admitir que el Ayuntamiento pueda sacar adelante esta decisión, supone dar un cheque en blanco
para que el Ayuntamiento realice una reparcelación (imposible físicamente, puesto que todo está
parcelado), planifique una Urbanización con los parámetros exigibles a una nueva Urbanización
como si no existiera la actual, realice y materialice todo un proyecto nuevo (a los precios a los que
suele contratar la administración pública) y hacernos pagar todo ello a nosotros, los actuales
propietarios de viviendas o parcelas, los que ya hemos soportado durante muchos años unos costes
que no nos correspondían.
Es por esta razón que presentamos en su día unas alegaciones a esa aprobación provisional inicial
en la que rechazábamos ese planteamiento y ofrecíamos una posible negociación sobre lo que se va
a hacer, su plan de ejecución, su coste, etc....
Esas alegaciones están disponibles para ser descargadas desde nuestra página Web www.masosblader.com o puede obtenerse una copia en las oficinas de la Entidad a la entrada de la Urbanización
(mediante pago de las copias.)
Confiábamos en que el Ayuntamiento adoptaría una actitud de “cooperación” no en sentido jurídico
legal sino en el sentido popular de esa palabra.
Sin embargo, una vez más hemos comprobado que esta corporación municipal no entiende de esa
“cooperación”, ni de diálogos, ni de participación ciudadana, ni de acuerdos, ni de arreglos amistosos
y prefiere la imposición y el enfrentamiento permanente, como hemos visto al comprobar que en
fecha reciente el Ayuntamiento ha comenzado a enviar cartas certificadas a los propietarios
informando de la aprobación definitiva de la modificación propuesta, con la desestimación de las
alegaciones (sin rebatirlas en detalle). Además, ha tenido la desfachatez de designar de un modo
“antidemocrático” una comisión de seguimiento cuyos componentes son, además de quien esto
escribe, el Sr. José Meneses, el Sr. Feliciano Benlliure, la Sra. Sandra Bernabeu y la Sra. Dolors
Plana. Ninguno de estos componentes, salvo el Presidente de la Entidad, ha sido elegido
democráticamente ni representa más que a sí mismo. Consideramos que han sido elegidos como
una Comisión de Adhesión y no de seguimiento y participación y por supuesto que la rechazamos.
La Entidad ni siquiera ha recibido respuesta a las alegaciones.
Nosotros nunca hemos sido partidarios del recurso a los tribunales, pero ha quedado demostrado
que es el único camino que nos ha dejado el Ayuntamiento para la defensa de nuestros intereses.
Es por ello que ya hemos encargado al despacho de abogados de Barcelona “Moreno Ibáñez” la
presentación en plazo del correspondiente recurso contencioso administrativo contra la decisión
municipal.
También es posible la presentación de recursos de reposición particulares ante el propio
Ayuntamiento, para lo que proponemos el adjunto escrito que puede formularse de dos modos:
1) Presentando en las oficinas municipales original y copia, quedándonos con la copia
debidamente registrada y sellada.
2) Mediante Certificado Administrativo, esto es, presentando el original y copia en cualquier
oficina de correos para envió por correo certificado del original y sellado de la copia que nos
quedamos.
El texto es una sugerencia, pero cada propietario es libre de añadir o quitar lo que estime
conveniente. Animamos a los propietarios a presentar el mayor número de recursos posible.
Disolución de la Entidad
Desde que asumimos la gestión de la Entidad, nuestro objetivo ha sido siempre que el Ayuntamiento
decepcione la Urbanización como está, que es como el Ayuntamiento ha permitido que esté, que se
disuelva la Entidad y que el Ayuntamiento asuma la conservación como en cualquier otra zona del
municipio. Si a partir de ese momento el Ayuntamiento considera necesario mejorar lo que hay lo
puede hacer en base a un Plan de Mejora Urbanística que esté justificado y con participación
económica del Ayuntamiento (por Ley el 10 %, pero hay Ayuntamientos en Cataluña que han
asumido hasta el 40 %).
Para que no quepa duda de cual es la postura de esta Junta, con fecha 30/09/2008 se ha presentado
en el Ayuntamiento la “Solicitud formal para que el Ayuntamiento recepcione la Urbanización
Masos d'en Bladé, asuma su conservación y mantenimiento y se proceda la disolución de la
Entidad a la mayor brevedad posible”, documento disponible en la página de Internet www.masosblader.com y en las oficinas de la Entidad a la entrada de la Urbanización (mediante pago de las
copias.). Si el Ayuntamiento no responde en plazo o responde negativamente pasaremos también el
asunto a los tribunales.
Actitud Municipal
Puede parecer que nuestra gestión se centra en luchar contra el Ayuntamiento, pero la realidad es
que así como las corporaciones anteriores se limitaban a pasar de esta Urbanización sin
preocuparse de lo que aquí ocurría, la actitud de esta corporación ha sido la claramente beligerante
contra la Urbanización, para confirmarlo basta recordar sus actuaciones:
1) Reunión del 15 de Enero 2008, en la que nos manifiesta el Alcalde que no nos va a responder
a ninguno de nuestros escritos y nos anuncia un recurso contra los acuerdos tomados en la
Asamblea de Agosto 2007.
2) Decreto de suspensión cautelar de los acuerdos de la Asamblea del 2007, atendiendo un
recurso del Sr. Meneses. No tuvo más remedio que revocar ese decreto atendiendo nuestras
alegaciones, pero nos causó graves perjuicios en retraso de cobro de cuotas, creando
incertidumbre y malestar entre los propietarios. Sigue pendiente un recurso contencioso por
parte del Sr. Meneses contra la última decisión municipal.
3) Oposición a que realizáramos el asfaltado, manifestada en reunión de 15 de Enero, Asamblea
extraordinaria de Marzo 2008 y en carta personal al Presidente.
4) Tres intentos de paralizar las obras de asfaltado, con envío de agentes municipales con
amenazas de delito de cárcel y tres sanciones por deficiente señalización.
5) Concesión “trampa” de licencia de asfaltado con condicionantes que hacían realmente imposible
su realización, con aplicación de tasas injustificadas y exageradas aplicadas sobre bases falsas
y sin la reducción a la que tenemos derecho. La hemos recurrido y tendremos que llevarla al
contencioso si no nos atienden.
6) Escrito formal de paralización de las obras con amenaza de sanción, recurrido por estar ya
terminadas.
7) Propuesta de sanción de 3.000 euros por haber realizado las obras sin atender la licencia
“trampa”; la hemos recurrido y esperamos su resolución.
8) Aprobación inicial provisional de la modificación de que hablamos arriba sin mantener contacto
alguno previo con la Entidad.
9) Aprobación definitiva de esa modificación sin responder a las alegaciones, y creación de una
Comisión de seguimiento no representativa y sin tener en cuenta el nombramiento democrático
hecho en la Asamblea de 2008.
Sería prolijo añadir aquí la cantidad de escritos dirigidos por diversos motivos al Ayuntamiento sin
obtener respuesta alguna del mismo. Pueden consultarse en la oficina de la Entidad.
Estado real de la Urbanización.
Algunos propietarios, basados en una errónea información transmitida por parte interesada, que
pretendía desprestigiar a la Junta evitando el asfaltado con razonamientos de deficiencias
inexistentes en la Urbanización, se han ido haciendo eco como si esta Urbanización necesitara una
remodelación total de todas sus infraestructuras.
La realidad, sin embargo, es la siguiente:
1) Las calles están bien diseñadas y asfaltadas aunque en algún punto la evacuación de las aguas
no sea perfecta. En la parte baja, a la entrada de la Urbanización, es inevitable el
encharcamiento cuando llueve intensamente, puesto que no existe ningún colector municipal a
nivel inferior a donde puedan derivarse las aguas y la orografía de las calles es inmodificable. El
Plan Parcial establece la evacuación de aguas pluviales por escorrentía, que es como está
realizado.
2) Las conducciones de aguas fecales están bien diseñadas y dimensionadas y no tienen nada que
ver con el asfaltado puesto que discurren por debajo de las aceras. Hemos contratado una
inspección de su recorrido obteniendo un plano completo de su situación y una comprobación de
su funcionamiento, que es correcto. Hay dos puntos concretos con problemas que afectan a un
número limitado de propietarios y que esta Junta considera no es de responsabilidad de la
Entidad.
3) La instalación de los pozos sépticos se ha mejorado con nueva bomba más potente, han sido
automatizados y bombean sin problemas al colector del ACA cuando es preciso, sin que se
produzca desbordamiento alguno.
4) La instalación de suministro eléctrico a las viviendas (responsabilidad exclusiva de Fecsa) está
totalmente soterrada en todas las calles, no existiendo ningún cable aéreo.
5) El alumbrado nocturno nos ha producido gastos considerables porque estaba en muy malas
condiciones, pero poco a poco se ha ido mejorando y funciona sin problemas mayores. Es cierto
que el nivel luminoso no es el que hoy día se exigiría a una Urbanización de nuevo diseño, pero
es el que se exigía cuando se aprobó el Plan Parcial y el que figura aprobado por el
Ayuntamiento en ese documento. Incrementar su nivel no es posible con las líneas actuales.
6) Las líneas telefónicas son aéreas, pero la responsabilidad de soterrarlas será de Telefónica o de
quien le autorizó a hacerlo de modo aéreo cuando la normativa no lo permitía.
7) El suministro domiciliario de agua potable es correcto en presión y caudal y está garantizado
para las viviendas existentes.
8) Hemos realizado una serie de mejoras en la zona deportiva, con ampliación del escenario,
iluminación nocturna programada de los campos de fútbol y baloncesto, relleno y aplanado de
algunas zonas, reparación de juegos y fuente, nuevas canastas de baloncesto, reparación de
bancos y cancha de petanca, plantación de adelfas, podado de adelfas para mejorar visibilidad,
etc...
9) Hemos adquirido una serie de papeleras que iremos instalando para, con la colaboración de
todos, mantener limpia la Urbanización.
10) Las zonas verdes, reconocidas finalmente por el Ayuntamiento como suyas, han sido limpiadas
parcialmente por la firma municipal EMONSA, aunque no todas.
En resumen, la Urbanización reúne a día de hoy unas condiciones de habitabilidad más que
aceptables, y desde luego muy superiores a las que podemos encontrar en numerosas zonas de este
municipio, incluido el núcleo de Mont-roig y zonas de Miami Playa. Si algo es mejorable, es lo que
hemos pretendido negociar con el Ayuntamiento, negociar su realización y costo, pero sin resultado.
Apertura de oficina.
Dando cumplimiento a lo acordado en la última Asamblea hemos acondicionado la caseta que hay a
la entrada de la Urbanización, la hemos dotado de los muebles y utensilios informáticos necesarios y
hemos contratado una persona para que esté disponible para cualquier consulta los lunes, miércoles
y viernes de 17:00 a 19:00 y los sábados de 10:00 a 14:00 (en temporada de verano modificaremos
el horario). Durante el horario de oficina está disponible al teléfono 680684028.
No obstante, debemos recordar que para cualquier problema relacionado con el suministro de agua
deben dirigirse siempre a Sorea, para problemas de suministro eléctrico a las viviendas deben
dirigirse a Fecsa, y para problemas telefónicos a Telefónica de España, evitando sobrecargar a la
empleada con problemas que le son ajenos.
Este Presidente siempre está disponible al teléfono 686460946 en aquellos casos en que desde la
oficina no puedan atenderle, y agradecerá cualquier sugerencia de mejora.
Correspondencia a domicilio.
Es cierto que el servicio de Correos desde la estafeta de Miami tiene muchas deficiencias pero
también es cierto que la actuación de algunos propietarios no facilita nada la labor. Venimos
insistiendo en que para que podamos obligar al servicio de Correos a hacer un reparto domiciliario la
identificación de las calles y las casas debe ser correcta y disponer de buzón en cada casa. La
antigua denominación de una letra y un número no sirve, no tiene nada que ver con la verdadera
numeración de cada casa que figura en el recibo del IBI y en el de Base. Quien tenga una casa con
fachada a la calle debe poner el verdadero número, un buzón accesible desde la calle y un timbre
para que el cartero llame en caso de carta certificada.
Aquellos que formando parte de una Urbanización dentro de Masos tienen fachada a calle deben
poner en el buzón el número que su Urbanización tiene en esa calle y el número de casa que le
corresponde dentro de esa Urbanización. Los que no tengan fachada a calle deben colocar una
batería de buzones comunitaria al exterior.
Solo a partir de esta identificación correcta de cada vivienda podremos exigir a Correos el reparto
domiciliario; si no lo hacemos, seguiremos como hasta ahora pero no podremos culpar a otros.
Convivencia vecinal.
Son normas de sentido común y en la mayoría de los casos están contempladas en las leyes y/o
normativas:
a) Los perros en general no son ni agresivos, ni sucios ni ineducados; sí lo es el propietario que
permite que molesten a los demás y no recoge sus excrementos; las leyes, además dicen que
no deben pasearse sueltos por zona urbana.
b) Los árboles, setos y ramas son muy decorativos pero no deben invadir zonas ajenas ni zonas
comunes; cuando ensucian zona ajena o común, su propietario debe limpiarla.
c) Los daños o desperfectos originados por raíces en elementos ajenos o comunes (tuberias,
aceras o pavimento) son responsabilidad del propietario del árbol o seto correspondiente.
d) Las piscinas no deben vaciarse desaguando a la tubería general de alcantarillado porque
rebasan la capacidad de los pozos de fecales y la capacidad de depuración de la depuradora
municipal.
e) La velocidad máxima de circulación en la Urbanización está limitada a 40 Km/hora; observala
por seguridad y respeto hacia tus semejantes.
f) Los ruidos innecesarios, sobre todo a partir de ciertas horas nocturnas, perturban el descanso
de los demás y desprestigia a quien los produce.
Cobros y morosos.
Desde que decidimos la recaudación a través de BASE el tema de los cobros está resuelto. Es cierto
que hay morosos, pero no nos preocupa demasiado porque tendrán que pagar irremisiblemente o
enfrentarse a un proceso formal de embargo con todas sus consecuencias. El proceso es lento pero
infalible. Primero se investigan y embargan las cuentas, después los salarios, los vehículos y
finalmente el inmueble que siempre responde como último recurso y que no puede venderse si
existen deudas en Base.
En la próxima convocatoria se expondrá, no obstante, el listado de propietarios con deudas con la
Entidad; también podrá consultarse en la Oficina de la Entidad.
Información en general.
Periodicamente se actualiza nuestra página de Internet www.masos-blader.com, por lo que
recomendamos su consulta frecuente.
Para cualquier aclaración pueden dirigirse a los correos electronicos [email protected],
[email protected], [email protected].
Reiterando nuestro mejor deseo de felicidad para estas Fiestas y Feliz entrada de Nuevo Año, le
saluda atentamente, en nombre de toda la Junta de Delegados:
Rafael Gilabert
Presidente de la E.U.C.C. Masos d’en Bladé.
Miami Playa a 05/11/08

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