Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar
Transcripción
Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 2016 COLEGIO BERNARDO FELMER NIKLITSCHEK TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES. Nuestro Colegio ha elaborado el presente Reglamento de Evaluación, basados en la perspectiva de intereses y necesidades relacionadas con el concepto amplio de currículo centrado en los estudiantes, lo que nos permite evaluar las competencias adquiridas entorno a conocimientos, habilidades y actitudes considerando los diferentes ritmos y estilos de aprendizajes, respetando así las diferencias individuales. El objetivo de este Reglamento es establecer normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar bajo el contexto de nuestro Proyecto Educativo Institucional, considerando la evaluación y el desarrollo formativo valórico como parte constitutiva del proceso de aprendizaje y desarrollo integral de todos los estudiantes. El Colegio, de acuerdo a su Proyecto Educativo Institucional busca entregar a sus estudiantes una educación integral, siendo los principios educacionales planteados, los siguientes: Entregamos a nuestros estudiantes una educación y formación integral, variada e inclusiva. Promovemos valores democráticos y de participación ciudadana. Se promueve una adecuada convivencia escolar, entre todos los miembros de la Comunidad. Pretendemos transmitir a las familias un clima de altas expectativas, respecto a las proyecciones de sus hijos, mediante el acompañamiento y la orientación vocacional. Impulsamos la continuidad de estudios superiores de todos nuestros estudiantes. DEL MARCO LEGAL. La determinación de los aspectos que serán evaluados, en el proceso de enseñanza aprendizaje, obedece a la reglamentación ministerial vigente como a los principios declarados en el Proyecto Educativo Institucional. El Reglamento, se basa en los siguientes Decretos que regulan los procesos evaluativos en los diferentes niveles educativos, emanados del Ministerio de Educación. Decreto Exento Nº 511/1997 y sus modificaciones contenidas en el Decreto Exento Nº 107/2003 y Nº 511/1997, que regulan la evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de Educación General Básica. Decreto Exento Nº 112/1999, que regula la evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de Iº y IIº año de Enseñanza Media. Decreto Exento Nº 83/2001, que regula la evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de IIIº y IVº año de Enseñanza Media. Decreto N° 87/90, Aprueba Planes y Programas de estudio para personas con Discapacidad Intelectual. (Opción 4) Decreto Exento Nº 170/09 que fija normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de la subvención para educación especial. Decreto Exento N° 83/2015 que aprueba Criterios y Orientaciones de Adecuación Curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de Educación Parvularia y Educación Básica. Marco curricular de la Educación Parvularia contenidas en las Bases Curriculares de la Educación Parvularia y los Planes y Programas Pedagógicos para el Primer y Segundo Nivel de Transición. Kinder obligatorio, modifica Constitución Política de la República de Chile, ( Capítulo 20, Apartado 10, Art. 19) Ley General de Educación N° 20.370 Ley de Inclusión N° 20.845, De Inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. Al inicio de cada año escolar se deberá informar a los estudiantes, apoderados y docentes las normativas y procedimientos contenidos en el presente Reglamento. Se dispondrá un ejemplar digital del presente Reglamento en la página Web del Colegio. TÍTULO SEGUNDO DE LA EVALUACIÓN ASPECTOS ADMINISTRATIVOS GENERALES En el Colegio funcionarán los siguientes niveles y modalidades de enseñanza: Educación Parvularia, Primer y Segundo Nivel de Transición. Educación General Básica. Educación Media Humanístico Científica. Educación Media Técnico Profesional. Educación Especial, Programa de Integración Escolar. La carga horaria para el presente año de los diferentes niveles y modalidades de enseñanza que imparte este establecimiento educacional es: Nivel Educativo Horas Educación Parvularia, Primer y Segundo 38 (JEC) Nivel de Transición Educación General Básica Educación Especial, 38 (JEC) Programa de 38 (JEC) Integración Escolar Educación Media (HC – TP) 42 (JEC) Los horarios de ejecución de cada clase, deben ser estrictamente respetados y su cumplimiento estará permanentemente sujeto a la supervisión y control por parte de las autoridades competentes del establecimiento, así mismo debe primar el desarrollo de actividades lectivas por sobre el desarrollo de otras actividades. Los estudiantes de Educación Parvularia, Educación General Básica, Enseñanza Media Humanístico Científica, Técnica Profesional y Educación Especial serán evaluados en todos los ámbitos y las asignaturas de aprendizaje que contempla el plan de estudio vigente, las Bases Curriculares y los Programas Pedagógicos de la Educación Parvularia, establecidos por el Ministerio de Educación, en periodos semestrales en cada año escolar. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES EN EL PROCESO EVALUATIVO DE LOS LOGROS DE APRENDIZAJE. El docente de cada asignatura o ámbito de aprendizaje, es el responsable de gestionar el proceso evaluativo que dé cuenta de los logros de aprendizaje y las competencias alcanzadas por cada uno de los estudiantes, durante cada periodo académico. De acuerdo a la planificación anual respectiva, se debe gestionar el proceso evaluativo correspondiente a cada asignatura o ámbito de aprendizaje considerando la aplicación de diferentes tipos de evaluaciones; según intencionalidad: diagnóstica, formativa y sumativa. El docente de cada asignatura debe considerar al inicio de cada año escolar, la planificación y elaboración de un instrumento de evaluación diagnóstica que permita conocer los aprendizajes alcanzados por los estudiantes, en la asignatura o ámbito de aprendizaje correspondiente, el cual será administrado solo a los estudiantes que se encuentren presentes el día de la aplicación del instrumento. El docente debe entregar el Plan de Evaluación de la Unidad de Aprendizaje que contenga el nombre la de Unidad, Tiempo de ejecución, Objetivos de Aprendizaje o Aprendizajes Esperados, las Habilidades y el tipo y cantidad de instrumentos evaluativos, de acuerdo a formatos vigentes (Planificación Anual, Red de contenidos y calendario de evaluaciones semestrales). En el caso del Nivel de Educación Parvularia se deben realizar las evaluaciones periódicas que permitan llevar un registro de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes de acuerdo a lo estipulado en los Programas Pedagógicos. Dentro de las planificaciones y en el formato acordado, los docentes de las diferentes asignaturas o ámbitos deben incorporar el uso constante de material didáctico y las TICS. Dentro del marco de la Certificación Medioambiental que posee el Colegio, cada Unidad debe contener a lo menos un Objetivo de Aprendizaje relacionado con el medio ambiente. Los docentes deben resguardar que los instrumentos de evaluación escritos, que deseen aplicar contengan en su estructura el membrete acordado, el título, la fecha anotada de aplicación, un espacio para colocar el nombre del estudiante, el o los objetivos de aprendizaje, el puntaje de cada pregunta y puntaje total. Se deben incorporan además las indicaciones específicas que se consideren necesarias en torno a presentación, redacción, ortografía, al igual que las restricciones y recomendaciones necesarias para el buen desarrollo y posterior revisión del instrumento. Del mismo modo cualquier otro tipo de instrumento de evaluación que el docente requiera aplicar, deberá contener explicita y claramente, la pauta que se utilizará para obtener una calificación. Cada instrumento de evaluación propuesto debe ser presentado a la Unidad Técnico Pedagógica, para su revisión, corrección (en caso de ser necesario) y posterior aprobación, considerando la entrega del instrumento con un mínimo de 7 días hábiles antes de su aplicación. El docente debe presentar ante el curso con la debida antelación, los instrumentos de evaluación que correspondan a pautas para el conocimiento de los estudiantes, que les permitan chequear y preparar lo solicitado por el docente de acuerdo a los criterios establecidos. El docente debe generar el análisis de los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica y elaborar un plan de nivelación ajustado a los aprendizajes esperados claves para alcanzar los propuestos en el año que se inicia. El plan de nivelación se debe llevar a cabo en un plazo no superior a dos semanas, no considerando los dos días iniciales de clases. Luego de llevada a cabo la nivelación, el docente debe generar un informe acerca de los resultados obtenidos en este proceso, por medio del llenado de un informe técnico, que debe considerar los contenidos, habilidades asociadas que fueron detectados como deficientes en el proceso de evaluación diagnóstica. El avance alcanzado en la nivelación y los déficits que podrían afectar las metas a lograr. Las pruebas y los instrumentos de evaluación que se apliquen deben ser diversificados, considerando los diferentes estilos de aprendizaje, por lo tanto cada instrumento debería contener ítem de preguntas de desarrollo, verdadero y falso, selección múltiple, esquemas, entre otros, considerando la problematización en un alto porcentaje en el instrumento de evaluación, resguardando la puesta en práctica de los conocimientos adquiriridos en el desarrollo del proceso, durante los periodos académicos correspondientes y la cobertura curricular nacional. Los docentes deben registrar los Objetivos de Aprendizaje asociados a las Habilidades y Contenidos desarrollados durante la clase, en el leccionario correspondiente a la asignatura o ámbito de aprendizaje que imparte, como plazo máximo durante el periodo de la clase, utilizando para estos efectos solo lápiz pasta de color azul. Es responsabilidad de cada docente registrar los resultados de las evaluaciones diagnósticas (registro según niveles de logro insuficiente, elemental y adecuado) y sumativas, en los libros de clases, con lápiz pasta de color azul, por una sola vez y en forma definitiva y en la Plataforma web correspondiente, respetando los siguientes plazos: Evaluaciones a través de pruebas 7 días hábiles. Evaluaciones a través de trabajos, disertaciones 10 días hábiles. El docente deberá aplicar el instrumento de evaluación en la siguiente clase que el estudiante se encuentre presente, previa conversación con el profesor jefe o tutor en el debido caso. El docente debe propender a que el estudiante se interiorice de su proceso evaluativo en cada asignatura o ámbito de aprendizaje, considerando fechas de evaluaciones, procesos y resultados obtenidos (Metacognición). El docente deberá analizar junto a sus estudiantes los resultados provenientes de la aplicación de instrumentos o procedimientos de evaluación, tomando en consideración que el análisis de los resultados obtenidos permite la mejora de los procesos de enseñanza aprendizaje. Se debe entregar un reporte a la Unidad Técnico Pedagógica, basado en la evaluación de las competencias, en el anexo entregado junto con la aprobación del instrumento. El Profesor jefe debe informar mensualmente a los apoderados, la asistencia a clases, asistencia a actividades evaluativas y calificaciones obtenidas por los estudiantes en las diferentes asignaturas de aprendizaje, basándose en evidencias contenidas en los archivos individuales de cada estudiante, que permanecen en cada sala. Esto es de carácter obligatorio y el profesor jefe debe velar que las carpetas contengan las evidencias de cada estudiante. Es responsabilidad de la Unidad Técnico Pedagógica en conjunto con el profesor jefe entregar informes semestrales a los apoderados, el cual debe contener el registro de las calificaciones parciales por asignatura, incluyendo el promedio obtenido en el semestre, el porcentaje de asistencia y observaciones de desarrollo personal. Es responsabilidad del docente presentar el informe de reprobación de asignatura, para los estudiantes, al finalizar el año académico. Desde la Unidad Técnico Pedagógica se dispondrá de la ejecución de Consejos de Evaluación en los meses de; Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre, de cada año, que posibiliten visualizar los resultados obtenidos de los procesos de enseñanza aprendizaje y que permitan luego del análisis tomar las medidas necesarias para mejorar las prácticas educativas y por ende los resultados académicos de los estudiantes. Esta actividad requiere que los docentes responsables mantengan actualizada la información pertinente, los libros de clases, los estados de cobertura curricular y la plataforma en uso. La Unidad Técnico Pedagógica coordinará los docentes responsables de la aplicación de la evaluación diagnóstica, intermedia y final, que permita monitorear las acciones del Plan de Mejoramiento Educativo. Se coordinará desde la Unidad Técnica Pedagógica la medición en tres etapas de la Velocidad, Fluidez y Comprensión Lectora de los estudiantes que cursan desde 1° año básico a 4° año medio, considerando una fase inicial, intermedia y final y el reporte de estos resultados en los Consejos de Profesores. Todos los procesos evaluativos a los que participan los estudiantes, deben estar contemplados dentro de los periodos asignados en el calendario de evaluación correspondiente a cada semestre académico del año lectivo en curso. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES EN EL PROCESO EVALUATIVO DE LOS LOGROS DE APRENDIZAJE. Los estudiantes pertenecientes a cada curso son los primeros responsables de participar en todas las instancias de evaluación programadas en las diferentes asignaturas o ámbitos de aprendizaje, teniendo una alta responsabilidad en este proceso el apoderado. Los estudiantes tienen el derecho y la obligación de asistir de forma obligatoria a todas aquellas situaciones de evaluación que han sido fijadas y avisadas con la anterioridad correspondiente por el docente que imparte la asignatura y/o ámbito de aprendizaje. Los estudiantes que incurran en inasistencias los días que han sido programados procedimientos evaluativos, deberán justificar éstas, por medio de certificado médico o con la justificación personal del apoderado(a) ante Inspectoría General quién informará al profesor jefe y/o profesor de asignatura o ámbito. Los estudiantes deben presentarse obligatoriamente a la segunda calendarización designada por el docente de la asignatura correspondiente, tomando en consideración las conversaciones sostenidas con el apoderado y profesor jefe. Frente a inasistencias reiteradas por parte de algún estudiante y en el caso de que exista una acumulación de evaluaciones, se debe organizar la aplicación de estas por medio de un calendario que debe ser mediado por el docente de asignatura, profesor jefe y la Unidad Técnico Pedagógica. El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en el establecimiento, se deben otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan la permanencia y continuidad de estudios. (Art. 11 Ley 20.370). La estudiante que se encuentre en situación de embarazo o maternidad debe estar en constante comunicación con su profesor jefe y la Unidad Técnico Pedagógica, los cuales mediarán ante los demás docentes las situaciones de aprendizaje y evaluación. Los estudiantes que se incorporan al establecimiento luego de iniciado el año lectivo en curso, deben someterse al calendario de evaluaciones que rige en el colegio, que corresponda al periodo académico en desarrollo a la fecha de su incorporación. TÍTULO TERCERO DE LAS CALIFICACIONES. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN PARVULARIA. Los procedimientos de evaluación que se lleven a cabo en el Primer y Segundo Nivel de Transición de la Educación Parvularia, deben propender a ser un proceso permanente y sistemático durante todo el desarrollo curricular, mediante el cual se logre obtener información relevante sobre todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, que permita al equipo de trabajo de este nivel tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones. La evaluación diagnóstica o inicial que se realiza al comienzo del proceso respecto a los niños, debe proporcionar la información más completa posible sobre el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades y fortalezas de ellos en relación a los aprendizajes esperados. Asimismo, es importante diagnosticar las formas y estilos de aprender de cada niña o niño. La evaluación formativa de los menores se puede realizar a partir de la información cualitativa obtenida a través de registros de observación, de manera continua a lo largo de toda la práctica pedagógica, aportando nuevos antecedentes en relación a los aprendizajes de los niños y niñas y respecto del cómo se realiza el trabajo educativo en las distintas situaciones de enseñanza-aprendizaje, para ajustar o cambiar la acción educativa. La evaluación sumativa que se realiza al culminar el ciclo, tiene como finalidad determinar el grado en que niñas y niños han alcanzado los aprendizajes esperados en los tres ámbitos de experiencias para el aprendizaje. Los resultados obtenidos por los estudiantes en las diferentes evaluaciones que se realicen, serán estructurados bajo la siguiente escala de conceptos, que determina el nivel de logro alcanzado en los periodos académicos correspondientes a cada semestre académico: Concepto Abreviatura I Insuficiente E Elemental A Adecuado El desarrollo del área socio – afectiva, asimismo la participación de la familia, en el proceso de aprendizaje de cada estudiante será evaluada antes de finalizar cada semestre académico por medio de la utilización de los siguientes conceptos: Concepto Abreviatura Siempre S A veces AV Nunca N EVALUACIÓN DE LOS EDUCACIÓN MEDIA APRENDIZAJES HUMANÍSTICO EN EDUCACIÓN CIENTÍFICA Y BÁSICA, TÉCNICO PROFESIONAL. Los estudiantes de Educación Básica y Media serán calificados en las asignaturas de aprendizajes establecidas en el Plan de Estudio de cada nivel, utilizando la escala numérica de 1.0 a 7.0 con un decimal. La calificación mínima de aprobación corresponde a 4,0. El nivel de exigencia equivale a un 60%. Todas las evaluaciones consideran solo calificaciones coeficiente 1. Si posterior a la aplicación de un instrumento de evaluación las calificaciones deficientes obtenidas por un curso superan el 50% + 1, el docente deberá repetir por única vez esta evaluación, en un horario establecido fuera de la jornada de clases, previo a esta aplicación se deberán buscar las estrategias para nivelar al grupo de estudiantes, hasta alcanzar los aprendizajes mínimos requeridos para la unidad de aprendizaje. La Unidad Técnico Pedagógica deberá entregar las orientaciones, análisis y apoyo a las prácticas utilizadas por el docente, durante todo el proceso hasta la nueva aplicación del instrumento de evaluación. Esta iniciativa se puede desarrollar solo una vez por asignatura al año y en un plazo determinado. Los Talleres JEC que serán calificados corresponden a Taller de Lenguaje, Taller de Matemática y Laboratorio Científico, los promedios semestrales obtenidos en cada Taller deben ser colocados en las asignaturas a fines, como lo son Lenguaje y Comunicación, Matemática y Biología. Los Talleres JEC de libre elección se elabora de forma cualitativa de acuerdo a pauta entregada por la Unidad Técnico Pedagógica y constituyen la base para el Informe de Personalidad del Estudiante. La posibilidad de que un estudiante pueda acceder a la eximición de una asignatura debe estar debidamente justificada por alguna condición de salud, o la existencia de alguna necesidad educativa especial asociada, la que debe ser debidamente acreditada por el profesional competente. En el caso de la Asignatura de Educación Física, la eximición se respalda por medio del informe médico que determine el impedimento por el cual el estudiante no puede someterse al esfuerzo o actividades físicas propias del plan de la asignatura. Para los efectos de la evaluación y posterior calificación de ésta, dependiendo del caso de eximición total o parcial, se considera la ejecución de trabajos escritos pertinentes al área. En el caso de la eximición de las Asignaturas de Inglés y Mapudungun, se tomarán en consideración las dificultades en el área del Lenguaje que posea el estudiante y que afecten de forma significativa el aprendizaje de una segunda lengua, esta decisión debe ser respaldada por los profesionales a fines. OBTENCIÓN DE LAS CALIFICACIONES PARCIALES. Los instrumentos de evaluación deben ser congruentes con los Aprendizajes Esperados establecidos en los programas de estudio y el desarrollo de los Objetivos de Aprendizaje, trabajados en las situaciones de aprendizaje planteadas por los docentes durante la ejecución de las clases, en los términos enseñados. El número mínimo y máximo de calificaciones parciales estará relacionado con el número de horas semanales impartidas en las diferentes asignaturas de aprendizaje, de acuerdo a como se detalla en la siguiente tabla: Horas pedagógicas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones 1 hora 2 4 2 horas 4 6 4 horas 6 10 6 horas 8 10 8 horas 10 10 OBTENCIÓN DE LAS CALIFICACIONES SEMESTRALES POR ASIGNATURA Corresponden a la media aritmética de todas las calificaciones parciales del semestre de cada estudiante, obtenidas en las diferentes asignaturas de aprendizaje, con un decimal y sin aproximación. OBTENCIÓN DE LAS CALIFICACIONES FINALES POR ASIGNATURA Corresponden al promedio aritmético de las calificaciones semestrales obtenidas en cada asignatura de aprendizaje, con un decimal y sin aproximación. En el sector de Religión, los estudiantes pertenecientes a Educación Básica podrán optar libremente a Religión Católica o Religión Evangélica asistiendo regularmente a esta clase, debiendo el apoderado informar esta decisión al momento de matricular. Las calificaciones parciales obtenidas por los estudiantes de Educación Básica, en la asignatura de Religión Católica y Evangélica, no tendrán incidencia en la promoción escolar, pero deben ser registradas en los informes semestrales y el Certificado Anual de Estudios y serán expresadas de acuerdo a los siguientes conceptos: Calificación Concepto 6.0 a 7.0 MB (Muy bueno) 5.0 a 5.9 B (Bueno) 4.0 a 4.9 S (Suficiente) 1.0 a 3.9 I (Insuficiente) OBTENCIÓN DEL PROMEDIO GENERAL DEL ESTUDIANTE Corresponderán a la media aritmética de todas las asignaturas de aprendizaje, del Plan de Estudio que inciden en la promoción, exceptuando Religión Católica y Evangélica. TÍTULO CUARTO. DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR. DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA HUMANÍSTICO CIENTÍFICA Y TÉCNICO PROFESIONAL. Los estudiantes que cursen de 1° a 8 ° Año de Enseñanza Básica, de 1° a 4° Año de Enseñanza Media HC, 3° y 4° Medio TP serán promovidos al curso inmediatamente superior, considerando el logro de los aprendizajes esperados de las asignaturas y/o módulos de aprendizaje establecidos en el Plan de Estudio y a los decretos ministeriales vigentes. Serán promovidos los estudiantes de Educación Básica y Media HC y TP, que hubieran aprobado todos las asignaturas y/o módulo de aprendizaje correspondientes a los Planes de Estudio respectivos. Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 1º a 8º año de Enseñanza Básica e igualmente a 1º a 4º año de Enseñanza Media, que no hubieran aprobado una asignatura de aprendizaje, siempre y cuando su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluyendo en la obtención de este promedio la asignatura no aprobada. Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 1º a 8º año de Enseñanza Básica, e igualmente de 1º a 4º año de Enseñanza Media, que no hubieran aprobado dos asignaturas de aprendizaje, siempre y cuando su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidas las no aprobadas. Los estudiantes de 3° y 4° Medio en el caso que reprueben las asignaturas de Lenguaje y Matemáticas, serán promovidos si su promedio general es igual a 5.5 o superior. DE LA ASISTENCIA A CLASES Serán promovidos los estudiantes de los cursos de Enseñanza Básica, e igualmente de 1º a 4º año de Enseñanza Media, que hubieran asistido, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el Calendario anual escolar del colegio. (Art. 10 Decreto 511/1997) No obstante lo anterior, los estudiantes que presenten menores porcentajes de asistencia por razones de salud u otras causas excepcionales y debidamente justificadas, será la Dirección del Colegio en consulta con el Consejo de Profesores, quién podrá autorizar la promoción de éstos. Las razones que serán consideradas para atender esta solicitud son las siguientes: Ingreso tardío al proceso de enseñanza aprendizaje. Ausencia a clases por periodos prolongados, debido a causas debidamente calificadas o de fuerza mayor. Finalización anticipada del Año Escolar. Situaciones de embarazo. Llamados a cumplir con el servicio militar obligatorio. Asistencia a certámenes nacionales o internacionales de carácter cultural, deportivo, literario, científico, artístico, etc. Viajes al extranjero. Becas de estudio y deportivas. Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes de Educación Parvularia, Enseñanza Básica y Enseñanza Media, correspondiente. deberán quedar resueltos dentro del periodo escolar DEL DISEÑO UNIVERSAL DE APRENDIZAJE Y LAS ADECUACIONES CURRICULARES. (Decreto 83/2015) Los Docentes del establecimiento educacional que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, deberán implementar los criterios y orientaciones de adecuación curricular en todos los niveles educativos, dispuestos por el Ministerio de Educación. Los Docentes que implementen adecuaciones curriculares para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales, deberán aplicarles una evaluación de acuerdo a dichas adecuaciones, accesible a las características y condiciones individuales de los mismos. En el marco del Diseño Universal de Aprendizaje y las Adecuaciones Curriculares los docentes del establecimiento deben considerar acciones, que permitan entregar una respuesta educativa adecuada a aquellos estudiantes que se encuentran en una situación de ventaja frente a los aprendizajes planteados en el currículum y que les permita avanzar de acuerdo a sus necesidades. Los resultados de la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes con necesidades educativas especiales quedarán registrados en los instrumentos que el Ministerio de Educación establezca para todos los estudiantes del sistema escolar, de acuerdo a la normativa específica y al reglamento de evaluación del establecimiento. Las estrategias para dar respuesta a la diversidad en el aula deben considerar la evaluación diagnóstica de aprendizaje del curso y proporciona información relevante al docente respecto del progreso, estilo y ritmo de aprendizaje de todos los estudiantes de un curso y de cada uno en particular, lo que permite planificar estrategias diversificadas que favorezcan el aprendizaje de todos. El Diseño Universal para el Aprendizaje es una estrategia de respuesta a la diversidad, cuyo fin es maximizar las oportunidades de aprendizaje de todos los estudiantes, considerando la amplia gama de habilidades, estilos de aprendizaje y preferencias. Antes de considerar la implementación de las Adecuaciones Curriculares, se debe poner en práctica los principios que sustentan el Diseño Universal de Aprendizaje. A. Proporcionar múltiples medios de presentación y representación: El docente debe reconocer y considerar diversas modalidades sensoriales, estilos de aprendizaje, intereses y preferencias, de los estudiantes. Por lo anterior, la planificación de clases debe considerar diversas formas de presentación de las asignaturas escolares, que favorezcan la percepción, comprensión y representación de la información a todos los estudiantes. B. Proporcionar múltiples medios de ejecución y expresión: El docente debe considerar todas las formas de comunicación y expresión, debido a la diversidad de estilos, capacidades y preferencias para desenvolverse en un ambiente de aprendizaje y expresar lo que los estudiantes saben, por lo que no existe un único medio de expresión que sea óptimo o deseable para todos. Al proporcionar variadas alternativas de ejecución de las actividades y de las diferentes tareas, permitirá a los estudiantes responder con los medios de expresión que prefieran. Es necesario que lo anterior se concrete en la planificación de clases, a través de estrategias para favorecer la expresión y comunicación. C. Proporcionar múltiples medios de participación y compromisos . El docente debe ofrecer distintos niveles de desafíos y de apoyos, tales como: fomentar trabajos colaborativos e individuales, formular preguntas que guíen a los estudiantes en las interacciones, y proporcionar estrategias alternativas para: activar los conocimientos previos, apoyar la memoria y el procesamiento de la información. Al planificar, los profesores deben asegurarse que todos los estudiantes participen en la situación de aprendizaje con un adecuado nivel de desafío. Se deberán considerar estrategias para captar la atención y el interés, de apoyo al esfuerzo y la persistencia y para el control y regulación de los propios procesos de aprendizaje. Cuando las estrategias de respuesta a la diversidad basadas en el Diseño Universal de Aprendizaje no permitan responder a las necesidades de aprendizaje de algunos estudiantes, se debe efectuar la construcción de adecuaciones curriculares para aquellos que presenten necesidades educativas especiales, certificadas por los profesionales correspondientes. Las adecuaciones curriculares que se establezcan para un estudiante se deben organizar en un Plan de Adecuaciones Curriculares Individualizado (PACI), el cual tiene como finalidad orientar la acción pedagógica que los docentes implementarán para apoyar el aprendizaje del estudiante, así como también llevar un seguimiento de la eficacia de las medidas curriculares adoptadas. El proceso implicado en este plan se define a partir de la planificación que el docente elabora para el grupo curso y su información debe registrarse en un documento que permita el seguimiento y evaluación del proceso de implementación de éstas, así como de los resultados de aprendizaje logrados por el estudiante durante el tiempo definido para su aplicación. Las adecuaciones curriculares se deben definir bajo el principio de favorecer o priorizar aquellos aprendizajes que se consideran básicos imprescindibles dado su impacto para el desarrollo personal y social de los estudiantes, y cuya ausencia puede llegar a comprometer su proyecto de vida futura y poner en riesgo su participación e inclusión social. La decisión de aplicar adecuaciones curriculares, debe tomar en consideración los tipos, por lo tanto se debe iniciar con las de acceso que consideran los siguientes criterios para su aplicación: A. Presentación de la información. La forma de presentar la información debe permitir a los estudiantes acceder a través de modos alternativos, que pueden incluir información auditiva, táctil, visual y la combinación entre estos. Como por ejemplo: ampliación de la letra o de las imágenes, amplitud de la palabra o del sonido, uso de contrastes, utilización de color para resaltar determinada información, videos o animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso de ayudas técnicas que permitan el acceso a la información escrita (lupa, recursos multimedia, equipos de amplificación de audio), uso de textos escritos o hablados, medios audiovisuales, uso de lengua de señas, apoyo de intérprete, uso de sistema Braille, uso de gráficos táctiles, presentación de la información a través de lenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros. B. Formas de respuesta. La forma de respuesta debe permitir a los estudiantes realizar actividades, tareas y evaluaciones a través de diferentes formas y con la utilización de diversos dispositivos o ayudas técnicas y tecnológicas diseñadas específicamente para disminuir las barreras que interfieren la participación del estudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a través del uso de un ordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresión a través de múltiples medios de comunicación tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de señas, discurso, ilustración, diseño, manipulación de materiales, recursos multimedia, música, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas del estudiante, uso de calculadora, ordenadores visuales, organizadores gráficos, entre otros. C. Entorno. La organización del entorno debe permitir a los estudiantes el acceso autónomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicación, y las condiciones en las que se desarrolla la tarea, actividad o evaluación. Por ejemplo, situar al estudiante en un lugar estratégico del aula para evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, o que pueda realizar lectura labial; favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales; adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros. D. Organización del tiempo y del horario. La organización del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autónomo, a través de modificaciones en la forma que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o evaluaciones. Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluación; organizar espacios de distensión o desfogue de energía; permitir el cambio de jornada en la cual se rinda una evaluación, entre otros. Si la aplicación de los criterios anteriores no permite dar respuesta a las necesidades educativas especiales que presentan los estudiantes, se debe considerar la adecuación de los objetivos de aprendizaje, pero solo como una última opción y de acuerdo a los siguientes criterios: A. Graduación del nivel de complejidad. Es una medida orientada a adecuar el grado de complejidad de un contenido, cuando éste dificulta el abordaje y/o adquisición de los aspectos esenciales de un determinado objetivo de aprendizaje, o cuando esté por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisición de un estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduación del nivel de complejidad de los aprendizajes son los siguientes: Conocer a cabalidad los aprendizajes que han alcanzado los estudiantes, así como también aquellos que no han logrado. Plantear objetivos de aprendizaje que sean alcanzables y desafiantes al mismo tiempo, basados en los objetivos de aprendizajes del currículum nacional. Operacionalizar y secuenciar con mayor precisión (metas más pequeñas o más amplias) los niveles de logro con la finalidad de identificar el nivel de aprendizaje adecuado al estudiante. B. Priorización de Objetivos de Aprendizaje. Consiste en seleccionar y dar prioridad a determinados objetivos de aprendizaje, que se consideran básicos imprescindibles para su desarrollo y la adquisición de aprendizajes posteriores. Implica, por tanto, jerarquizar a unos por sobre otros, sin que signifique renunciar a los de segundo orden, sino más bien a su postergación o sustitución temporal. C. Temporalización. Consiste en la flexibilización de los tiempos establecidos en el currículum para el logro de los aprendizajes. Este tipo de adecuación curricular está preferentemente orientada a la atención de las necesidades educativas especiales que afectan el ritmo de aprendizaje. Puede implicar la destinación de un período más prolongado o graduado para la consecución y consolidación de ciertos aprendizajes sin que se altere la secuencia de éstos. D. Enriquecimiento del currículum. Esta modalidad de adecuación curricular corresponde a la incorporación de objetivos no previstos en las Bases Curriculares y que se consideran de primera importancia para el desempeño académico y social del estudiante, dadas sus características y necesidades. Supone complementar el currículum con determinados aprendizajes específicos, como por ejemplo, el aprendizaje de una segunda lengua o código de comunicación, como la lengua de señas chilena, lengua nativa de los pueblos originarios, el sistema Braille u otros sistemas alternativos de comunicación, o profundizar en algún aspecto del currículo correspondiente al nivel, a través de la estrategia de integración de asignaturas o incorporando objetivos de aprendizaje, materiales y actividades que respondan a las necesidades de profundización de algunos estudiantes. E. Eliminación de aprendizajes. La eliminación de objetivos de aprendizaje se debe considerar sólo cuando otras formas de adecuación curricular, como las descritas anteriormente, no resultan efectivas. Esta será siempre una decisión a tomar en última instancia y después de agotar otras alternativas para lograr que el estudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisión de eliminar un aprendizaje son los siguientes: cuando la naturaleza o la severidad de la necesidad educativa especial es tal, que los otros tipos de adecuación no permiten dar respuesta a las necesidades de aprendizaje del estudiante. cuando los aprendizajes esperados suponen un nivel de dificultad al cual el estudiante con necesidades educativas especiales no podrá acceder. cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para el desempeño del estudiante con necesidades educativas especiales en relación con los esfuerzos que supondría llegar a alcanzarlos. cuando los recursos y apoyos extraordinarios utilizados no han tenido resultados satisfactorios. cuando esta medida no afecte los aprendizajes básicos imprescindibles, tales como el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemáticas y todas aquellas que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana. Las medidas anteriores no deben afectar los aprendizajes básicos imprescindibles que se detallan a continuación: a) Los aspectos comunicativos y funcionales del lenguaje, como comunicación oral o gestual, lectura y escritura. b) El uso de operaciones matemáticas para resolución de problemas de la vida diaria. c) Los procedimientos y técnicas de estudio. d) Todos aquellos aprendizajes que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana. Cualquier situación no prevista en este Reglamento será analizada y resuelta por la Dirección del Colegio en Conjunto con el Consejo de Profesores.