Procedimiento de Renovación del Acuerdo
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Procedimiento de Renovación del Acuerdo
Procedimiento de Renovación del Acuerdo Convenio Marco de Útiles de Escritorio SUB DIRECCIÓN DE PROCESOS ESPECIALES - DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA 13 de Noviembre de 2012 Líder de Proyecto: Joel Bullón Ch. Procedimiento de Renovación del Acuerdo I. Antecedentes. El 21 de enero de 2011, se llevó a cabo la suscripción del Acuerdo de Convenio Marco por parte de ciento diecisiete (117) proveedores adjudicatarios de la Licitación Pública Nº 001-2010-OSCE/CM Convenio Marco de Útiles de Escritorio. El 28 de febrero de 2011, se dio inicio a la puesta en operación del Catálogo Electrónico de Útiles de Escritorio, cuya vigencia fue establecida por un (01) año. Dicho periodo, finalizó el 28 de febrero de 2012. El 12 de octubre de 2011, la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, en adelante OSCE autorizó la renovación y gestión del procedimiento de incorporación de proveedores del Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio en virtud de las recomendaciones del Informe Técnico-Económico N° 0012011-DRM. Entre el 14 de noviembre de 2011 hasta el 28 de febrero de 2012, se desarrollaron las etapas señaladas en el procedimiento de incorporación de proveedores al Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio, obteniendo como resultado la incorporación de ciento ochenta (180) proveedores en tres mil seiscientas veintitrés (3,623) fichas-producto, para la segunda vigencia anual del Acuerdo. Dicho periodo de vigencia inició el 29 de febrero de 2012 y concluirá el 01 de marzo de 2013. El 22 de octubre de 2012, la Presidencia Ejecutiva del OSCE autorizó la renovación del Acuerdo de Convenio Marco de Útiles de Escritorio en virtud de las recomendaciones del Informe Técnico-Económico N° 001-2011-JBCH. El presente documento recoge el procedimiento de renovación, que será comunicado a través del Sistema Electrónico del Contrataciones del Estado, en adelante SEACE. II. Generalidades. 1. Renovación del Acuerdo. Acto que busca prolongar la operatividad del Catálogo Electrónico del Convenio Marco a través de la extensión de su vigencia, cuya decisión recae en el Titular del OSCE previo informe de la Dirección Técnico Normativa, en el que se sustenta la conveniencia técnica y económica de dicha medida. 2. Procedimiento de Renovación del Acuerdo. Mecanismo a través del cual el PROVEEDOR comunica al OSCE su decisión de continuar o no con los precios y condiciones vigentes establecidas en el Acuerdo de Convenio Marco suscrito previamente, durante un periodo adicional establecido. 3. Periodo de Vigencia del Acuerdo. Un (01) año, es decir desde el 02 de marzo de 2013 hasta el 02 de marzo de 2014. 4. Cronograma. ETAPA 1. Comunicación de la decisión de renovación del Acuerdo por parte del OSCE a través del SEACE. 2. Registro de la decisión de renovación del PROVEEDOR a través del SEACE. 3. Descatalogación de fichas-producto no renovadas por el PROVEEDOR. DURACIÓN El 14/Nov/2012. Del 17/Dic/2012 a las 00:01 horas hasta el 28/Dic/2012 a las 23:59 horas. El 02/Mar/2013 a las 00:00 horas. Nota: Las horas señaladas en las etapas estarán determinadas en función del registro del servidor del SEACE. 5. Requisitos de Participación. Contar con inscripción vigente como PROVEEDOR de bienes en el Registro Nacional de Proveedores, en adelante RNP. No estar incluido en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado. No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. Contar con fichas-producto en estado “vigente” y/o “excluida temporalmente por el administrador” en el Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio. 1 El PROVEEDOR que participe en el presente procedimiento, deberá cumplir estos requisitos obligatoriamente durante todas las etapas descritas en el cronograma. 6. Base Legal. Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Decreto Supremo N° 154-2010-EF, que aprueba la modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Directiva Nº 002-2012-OSCE/CD, Directiva de Convenio Marco, aprobada por Resolución Nº 089-2012OSCE/PRE, en adelante la Directiva. Bases de la Licitación Pública N° 001-2010-OSCE/CM Convenio Marco de Útiles de Escritorio. Acuerdos derivados de la Licitación Pública N° 001-2010-OSCE/CM Convenio Marco de Útiles de Escritorio, incluidos los derivados de los procedimientos de renovación e incorporación de proveedores. III. Procedimiento. 1. Comunicación de la decisión de renovación del Acuerdo por parte del OSCE a través del SEACE. Durante esta etapa1, el OSCE publicara en el SEACE el aviso de la decisión de renovación del Acuerdo, así como el procedimiento de renovación respetivo, comprendido en el presente documento. 2. Registro de la decisión de renovación del PROVEEDOR a través del SEACE. Durante esta etapa2, el PROVEEDOR registrará en tiempo real, a través de la opción Renovación del módulo de Convenio Marco ubicado en la zona segura del SEACE, la decisión de renovación o no renovación respecto de cada una de las fichas-producto cuyo estado sea “vigente” o “excluida temporalmente por el administrador” en el Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio. 3. Descatalogación de fichas-producto no renovadas por el PROVEEDOR. Durante esta etapa3, el OSCE procederá a descatalogar las fichas-producto sobre las cuales el PROVEEDOR no haya registrado la decisión de renovación durante la etapa previa y establecer la nueva vigencia respecto de aquellas fichas-producto sobre las cuales el PROVEEDOR haya registrado la decisión de renovación durante la etapa previa. IV. Nuevas reglas de negocio aplicables a la renovación. La decisión de renovación del PROVEEDOR, estará asociada a la aceptación de la actualización de las siguientes reglas de negocio: 1. Existencias (stock). El PROVEEDOR estará facultado a registrar sin limitación alguna reducciones o ampliaciones de existencias (stock) de las fichas-productos directamente en el Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio a través del módulo de Convenio Marco, las cuales se reflejarán de modo efectivo desde el primer (01) día calendario siguiente de registradas. Elaborado por: Revisado por: Revisado por: Aprobado por: Eco. Joel Bullón Ch. Eco. Dennis Resoagli M. Ing. Renato Cappelletti P. Abog. Augusto Effio O. 1 Refiérase al plazo indicado en el cronograma del numeral 4 del capítulo II. Refiérase al plazo indicado en el cronograma del numeral 4 del capítulo II. 3 Refiérase al plazo indicado en el cronograma del numeral 4 del capítulo II. 2 Procedimiento de Renovación del Acuerdo La ficha-producto únicamente podrá ser visualizada en el Catálogo Electrónico del Convenio Marco de Útiles de Escritorio cuando registre existencias (stock) mayores a cero (0), caso contrario esta no será visualizada. Asimismo, las existencias (stock) registradas para cada ficha-producto no tendrán condiciones de reinicio periódico mensual, sino que se descontaran en virtud de las operaciones que se registren. 2