18410315.
Transcripción
18410315.
Mum." 7 .• EL REDACTOR OFICIAL DE HONBURAi. - -..~ ¡;~ ¡8¡ L.'<TERIOR. - AH "(;ómayagua Mario. .15~de IÍ4Í- dor que ae h•hia dad<ien.virtud tlecon-.eni<JII oilterio.-.s · COJlliiBieados por él G<>•iern9. de Guatezn~, hociendo .la. e111prendan a lt CiudiJdQfW G ef• i>olltico &el IHparlam<'ll- tode .•.. Lo ·teadra entendido ..el Gefe' • d~ &eci<ia ocarpdo del Mi.nisl:eri& de. ReJa. lo oeeeaario ,\ su cum: !& Ca.sa dl.1 &bierno. on· Comay~•- a- 21 f,!e Enero de ts.-i,;: J'. FKIU~u•-Al Ciudadano ;frallcisco Al- cion~ 1 .dapoadrO.. p!fmient~Dado j¡a EG T- El _Presidente lel &tad& le ha lf!"iñilo dirigirme. eJ ~eto .aiguient~• . UN !6rtisterio de Relacienea interiore8 y e:rter!Hea U Suprefio Gabierno túl &talio .U Houdv.rlti · et¡¡~da Ciúclatl. · d< Chinandega. . UD I-D El Presidente en qui§ll reside el y.arado., Poder . Ejecuti.-o . <Id &tado é<diond.uras, _Y lo. ·ffi111W>Í&o . .é U. fiara tz'# lo paei/Qs <k impuesto del decret<> de H. de! eor~ M(ja puWA;or r ?firC!dat: e.. siente emitid e por la Aulllble&: Constitw- 11! ~~mi<J;. tsperan<t_o ~· :sü:oa ·.darme auúo ~te del Estado del Sal.-Ji.dor, ¡>Gr ~ · c.ual ~ _su rer.ib&,: y admitil-~. mis afectos. ~¡, aJlueste a que la reunión 4et C.lij!lJIO 1)-_U-L-Gcnooya!}t'a liímo ii de '114"1· Coo,..ncional se veriiq~. en la CiJl~d de Chinandega, i. <lond~ ecncurriraa !~_Dele: El Gefe de . .Seceioa.: _ .. _F,-a~ _4/IJ(lraj,o. · pdos. de. aqu~ .&lado-...COlft!DEUND9 que •maque por el Gobiorno delli:stado ~ Gl!&te, IIHila se Ita iña!Nfastad!l .oJ ,4e · .éite que el ~terút d.e ~nes int~ "!1 e:deríóres de Nica~ua. se halla. .dispuesto . a· dirjgir d.él .$upr•mo· Gobieilw d~l &la@ de-lhfldurtU fJift Representantes a la Ciudad. de Saa SalveII-.U-~ . ·aor, este fue 111?- coavenio. anterior aLfi{l,.,._ ~a do decreto, olebiendo . ~ estt pníerjl>~ Qal4 4el G~o-Oemayagua Feln-ere 2í .n sus consoptos por 'el Estado dé Nicaradé: IS41. rua ~D. 'llirtud de.. ~SEl" prop~esta. SUJO; J Ci~ Gefe· PoiltifAAde{"l>•Jiltl'ttimerc. avtorisado por el Cuerpo L•gislauvo para ·ost~ ois10nto en a~ de s: ,del: -preoen_@ to tl~!~:o:..,;..:..__•.:;_~ ~-· .._ _;_J~~ _, __ •.• , . - - .. Et Pruidente del Estado se ha setTids mes; ha. venido . en ..<keretar. ~ . Art. 1.•-EI l'.;tado de H~ndurai cen- dirigirmt ef Oea4!a.~t•. currjr2 cen sus. Dl!lega'iios -con\"encionaíes a ~ ~ ·.i'!:4.•idfpte. :•a:-. 'quiell ·-r~ide 'il. f~dU la .Ciudád de l;lúnandega, p:un~o ~i~ Ejccutiv.9 del • E~ado cd.e Honduras-P01Í por los E>tadÓs del SaJyadcr y Nicaragua. ~lift>; ló!.·~~ ,-~-lit~ll!lmms ha_ Art. 2 °-AI •fecto se Li!>rarA contra 8uretado y constttucwnaliJ).epljl_,.e • ~ ¡.., 'lll:t- wi¡ulf; <. ' ' • 8.-<ten de iiláriha a la Ci.údali ~Su· hlva- nae'' m '_,.. . .l.a Camora 4e RepMSealilnle& CoNH»~-- rigi4o el i~értfo sigmente. El Presidente en quien re•ide ef dimento del Presidente "para el ej•nicio ilel Poder Ejecutivo d•l Estado de HJnduras, .Poder Ejecutivo: el de __110 estar ella reunida eoNSIDER.LNtro: qu• lo. r.tlta de aguardiente cuando esto suceda: que ti remedio pre· del Esta~• padece un demé·ito de c<>ocid>ra. veaide por la Coutitueío11 en sus articu- cion . lo. causa do la superahund•n•ia de Ji. los 41 y 4S 110 ·nena e! objeto de una ma- cores fuertéo e:rtiasgeros y del bajo prtci• ~era ra4ieal, por que acaso el supleale que de ellos: <¡uo estos pagan un derecho d& designe la •uorte se halle a m)lcb.as leguas intro~aeloii tan corto, que oo llena nl coa de distancia de la Capital; Y. el segvpdo macho el deádt •i• las tabern&s que dejan por que f.Jte alguno o alguaos de Jos Mi· de rematarse ptincioalmecte en los puebi~ :nistroa do! despacho. Deseosa de evitar Jos inmediatos ~ loa Pa•rtos: que la e!ahoracioa males que esperimentaria el Estado quedan- .de este articulo es ya ua r.omo lle especu. do acéfalo, como probabiem<nte podria su· lac!on de loa H~durefios laüradoros; y au. ceder por las causa& indicadas: usando de torizado -por el Cu•rpo. L'·gis)oti~o en su e~~& soberanas facultades, ha t111ido a biea acuordo ae 11 de Febrero \t;timo ha teniü ¡uliccionar la ley rf!lamentaria del Geb>erno i¡ bien decretar. • • f¡Ue emitio ea 11 ee Noviembre Ulti111o coa ..\rt. L 0 -Toda clase de ag<!<irdiente pura_ los articules ·siguieates. e:rtrangera qua se introd~sca por lo• p,,ortos 0 Art. 1. -Si llegase el Cl\86 de impedi- da! Norte y por las fronteras del Sur, p&• mento del Presidente se C1implim estrictamen- ;ara el derecho de un ieaJ por cada .bote;. te cen lo dispuesto en los citados erticn• Jla, en lugar del GUe le asigna el Arancal los 41 y 43 de la Constitueion. de Aduanas <¡ue rije, eu cqya parte queArt. 2.•-Pero si el suplente que desigae da deregado. la suerte no ostubitse en la Capital, el EjeArt, '.l.•-Los demas licores no-suñi-\a euti~o lo ejerseraa los Ministros qua haya, altencion alguaa e11 el. derech•J quo leS se"Q• sea11. los tres, d.os, ó uno. ñala el eoprasado Arancel. . Pose al Presidente del Eotado-Dado ea Art. a "'-El presente decreto se ente,.. Comayagua a 24. de febrero de 184.1= derl por ahora y mientraa la Cam.,a Lel{ariane Clutejon 1t P.-P"&eeme A. Bocc gislativa emite la ley gen•ral sobre el arrog<o t~egrll. R. S.-Jo•l M. RodrógU6z. R. S. de las Aduanas maritimas. Por tanto: BJECUTESJl. Lo teaslñ eotenLo tendrt entmdido el Gde de dldo el Gefe de Seecion eacargado del Mi· ieccioa encargado aceídenta-meate del des:aisterio Ee Relaciones y <li.spoBdra lo ""ce- podio de fucienrl,, y disJ>ondra lo ne<:esa• EG T- UN AH llÁ!<ao. que puede llegar el caso de impe- sario ¡. su cumplimiento=Dado ea Cernayagua en l• casa del Gobierno, 23 de Febrero 1!1• lUJ,...F. Fnuu-Al Ciuda.G•no Francisco Ah·ara8o. Y lo C9111!R!ico á U. par4 que lo lega UD I-D a rie ~ &U llU<ll~limiento-· Dado en Comaya. ¡ua en la Casa del Gobierno 2. de Marzo de !S.U-F. FEuE.u.=AI Ciudadi.ne Jose :Mar~a Cuoas " a Y lo CD11Wnieo iJ. U para su 'Íit· circW.ar en los puebio.o de su ,...,.. ttligeRCiQ., y que lo hoga publiear y circuln_d.o. Sirves• darme aviso de su recibo, ll .,. tos pueblos de •u mando; 8irvie-adtse ¡:dmitir mi aprecio ·y -1C11Siderocione1. darme aviso de su recibo, y admitir mis El Gefe de Seecio1t. afect06 1 comükracionso. • .El Gefe de Seccio-.; - - - Francisco .4Joe;radQ. José Maria Cuós1• .Miwteti• .dA Htu:it11da del Supr.-. M"misterío il.e lf.elacioxes interiores 11 ezteriM-• me Gobierno dsl EstadQ de HO'IJdtwu. del Suprem9 Gobierno dll Estas~ de HoniÚIT• D-U-'-LOiaa ckl G<1 hierno Comayagua Mano ~ D-U-LCsa dsl Qoli.erno-~mayogua Marzo ' de 1&41. de !841. C~Geje !nte'ltdente del ;oc. ~lo de.•.• pblic4r ~.. ~ Q. ~.1'_¿ ·!~.._ --?.J "!~,.;~~ IIJ:-"· M .J,;;:_ a, 4i. .Y. ••• ad__ w las cirtu""t.,das; (IJ ,¡¡, •_,Jc ·yÍll,ct.paeidad de los HoD<!urdíos¡ pero ··ha. · El Preaí&e11Ü del Jrstado •~ - UT._. boi> puesto loa· med1o.o posi,l>les para con. dirigirme el Decret• Biguintle. . El !"rúiolente ea quien reside el Poder ~~~uirlo, y os .habtÍi guiado por la e:sut-. Ejecuü~o del_ Estado de Honduras:-Poa r•enria que ~a la m11est¡~ de_ todas t.. ci-, ouA.Nwi lá Camera de R•presentantos ha. encias-:-ltepres¡>nte.ntes, eongntuianos qua 6 decre~do y coastÍtQcionalmente se ha san-, ntiraís al seno de Yaestn~ fdni ias, hiibi .. endo prestado 'este se;viéió- 8 la P·tria= c:iooado lo que ai¡ue. La primera Cltmara de Repreaentaates h~ He diaho-Qc¡g¡ll1•i'lg, _Mart!t ¡; d< l8i!, Castej011o. biendo lle•ado les objetos que la Constitucioti le prescribe especialmente, y ocurridQ eli. cuanto ha sido posible alas neeeaida!!es EXTERIOR islado, ha tenia'! bien lieutlar J fil a COPIA. DECRETA. Blt•th le ,.-emo 4BTICULO UlflCO, Gullttfflllla. Secretaria <kl .s.; liefit>r S.cretiJrio. de Go/Mraa __ AI del SuprefftO Gobier!lo del Estada AH Ho~~ primera Camara r..gislatin 4el !ata- de HooJw--Gu.atl'/fi/1/IJ &eroA de 184'1~ El &Jf_erintendate de la Cala de moflEda 'coa do cierra en esta feeba sus .esionoa. Pase al Presidente del Estado-Dado ea fecho 31 dtl qu• espiro me Bice lo que copio= é!)m&ya¡ua a S de Marzo de 184l=Ma. ,El i<l de ~ta casa, eoa f,-eha de aver -di:iaM Quttjor& lit P - Picente Múlnis &ca- ce lo •iguieate "=Entre la multitud·d<o mo:Jitira R. S.-Jose M Rodriguez R. S. . Dedas fu¿rtes Persanas. que se presentaJI. Por taato: E1BCI1TE8E-Lo lendra enten- diarikmeote a mi r.fiáoa, con' el obji'torle jido El Ge(e de Seccion enengado del des- mellarse, loa llegaoo un peso con. un ti p0 pacj¡o del Ministerio de Relaciones y dis- desconocido. Ea. .el anvmo tiene una lguilo. poñóia lo necesario su cumplimiento,., COil lás alas abin:t >S y_ eo el .pi <'O un listón i)ado en la Casa del Elobiarno en Coma- ea que se _lee ,Libertad 1 ortklt, " y deo de Mano de 1&4l,;,.F Fu- bajo el· cuerno de la ahun>!ancia. en der.. ;ragua pu.-Al Ciudadano Francisco Alvarado. redor tiene esta inseriocíon ,,&púhliM <k Y lp cormmico é U. Jlaro tp.¡e ID haga la ~~t~eua Gr•JUJda 1839 ·~=En el I"<V•roo p/.itor y circu.lar en Úll ¡me/J/0$ de s» ~ deatro de u11 circuh f-r!ll>~ por on¡; oje. áo: mi~a$ t<ffile, sirt~ase darme atiÍ8o de de laurel, r)iee ,Ley ech;) dineroa. ~' . v.- en -,... rééiio 1 admilir el aprecio ser- la circunferencia ,cale. ocho reales S.. &. gota K"=Auo cuando se supooga de.bliel~. El Gefe de· Seecioa. na fe, que esta moneda tiene efectmu:neote j\-anciaco .AlllllTado. los ocio¡¡ dineros que espresa, k bltau ~ SEnta y ocil.o granos en _su ley • y &<teü1a :Jlespuea tlB emititk el decreto anterior por y dos eo sq peso meterial, · p_or cuyo ·mo- a a ' EG T- UN l.a UD I-D u ,. fá CQviara LegislatiDa cerranrf& 1U8 8e8Ío. 11••, el Presidente de eUa, Soñar Prubi. J.rli MMiano Castejon, pronunciO el dUcurae ngu_it1!1e. IE~ORES Ii:EPB:E$ENTANTEá. El llia de ·noy cerrais vuestras i6iionea: ~abeis Cllntp'ldo ~en ia obligacion que os impu•o la Con;titucioa, des•rro\laoóo las lo ye• <¡ ue liiroanan d• ella; no habiendolo ))echo antes por las 'vidsit;;des que baa me<iiado, y que son bien notorias. No seran !liS mejor~, las mu sabias, l115 IIIU propi- ll~o su ~alor intrioceco q~d• redu~ido '4 cuatro y t<es cuartillos reales_He creíeo <1<: mi deber hacerlo pr;seO:t• á¡ Gohnno ~upremo P"' el h\ O:ra~ie ccl!.ducto . de ·U. pera que si lo tubi<S!' por. convea~ente .e pubhfltze este resultddo, para ev1t1tr !os fraudes que ocacioQaria su c~culacion~T'Cngo pues el honor d~ ~levar el ¡..arte ro;tC:riao~ no fludando que ese.Mi<!iHerio P">tará -511 concideracion soLre este &.sunto, cuy.11 gra\"edad •s de todo -inta:és .. para_· el _jj;_;ta,;o= Y por disp&sicion tlel Presidente lo transcribo d U. para conocillliento de ese Supremo Gobierno reitercnckile con e.to: opo:¡· 46 tunid«c! · tós votos dt mi. si•~o llf"ecio CM! qué de ambÓs íné .Í.bsérit9 81Í attilto sff'~ vidor-Jianuef Cmso.... .& confo,.,..: Ministmo ,lt Httcitttda ~el llyrrmo &lliérno del &tatt. de He.,._ ru-Co1111lyagaa Flllrere 11 df 18,4 l.· lidencialmente \loa M•gistrados fastidiandolq• eoo relacio,nes caasadao, R. inconn'exls, llistrá'! yendoióo 11~ s~~ urgentes :oelipaéión•~, y ha, eieodolo.s malgastar .,t tiempo 'que podian 1!m'" plear · con proYecho ? Si por eacrit1> 1\0 han inanifestad0 olara 1 éiertaa.~nte el b causa Ctibu. de sus pretencion-.s ¿ po~ c:¡ue no lo hán 1.-.-.. NOTICIOSO. -chn'l''ú>ótl'ra i>:inguna autoridad uo&r do_ loo ..&l"J"bS confidenciales; riilndilóOf 11loo solici-&antea que llagan· Jo que d~bioro\. hac..- f 1.os W8-BMP~ eii~P".fi<is atac'lur la J¡onradés, y éscrupulo:sidu• Ea mil)' llilldo intercoder con las aatorida- iW Mligístradoé Si .alguna tez a<lo¡-tan esi~ des para que alg11ae C<lDiliga-4>llin qae se pro- · ii\odq imjunpio para quu.ílg\ln ~us sof¡~ú~ pone. Nin~ nogocio se coasidera manejado P.,r11o !urbe.- prnvidaoil y' f11é!S on tos r.lncí&":. con exatitud, sino aie.bvseá todos Jos empe· narios pil.:>licos ¿ por ~ue. Jllejor no los acusan fíoa necesarios pora comprometer~ los fun~io· ante aus superioreSl'espectivo·s para que dejen un Jlllri<!S .¡n}iilii:os 't'le iatemeneri, :¡ los Ma. puesto en que n<> tiebieron ser . colocados Siptra4os qve deben deeidir. Cadil &Olicitan~ ea4o conocida-su-integ!fn'it iPGr que sedealé a-ee con la~ justicia mas clara_ ~so faror,·y eonfi•.? Cuando. el objet~ ae~ evitar.el et¡'Or, cada uso se empeh f'8r& que se despache su osea en \>tlen• ·hora d~ lo~ recursos qua" 'hay peticion su coaeepto. Como .ro es posi para dieiptrlo: mas na de empelios; pui!S qllll 1t1Ji> que,c:"!"'do doa disputan un-dereébo ambos. éstós barr'e!'"-ír insetieibleme!lte ·la l~gisladon. i:onoig;in ,.¡ e~dto feliz que se prop>Jcieron, el introducen: las practi<!lts oscuras--,_ ~ist~ .¡ae pierde DO atieaM & la Jey que· dio el triu,_. tiosas, étleli'an il. Jos liom1JreS f<'tir'a '1k to J• so coatrario, sino i\ la ineficacia de lo5 Yerliad, y1i sus promesas', c_órromp~!lla !!lo'· ~peñas qae inrer¡mao. :ral; y estimulaa a protejer el Vicio. Por los -e,m· Los mediaDerOS en ese caso se eren tambi~ñ peñoa gime elinosent•; y el culpado sá Sa.'tm,. ~os•. 1-~os -promnapen en qlli!j$8 ,., . ra •• el _e<i.neo. 'f Del Ettántlane !k ~j ~&arga.. por no haber sido atendidos, auaque lhl' Rtdii.ctOf' N'lnlf11fiJ-fft8~: · · iuese fratcionan<tl> la coomnza pllt:lica, y .X· --¡>oaiendose a sufrir 1• responsabilidad mas se· !DICTORIAL. ~nt,;·Los eiripeñoo se usan con ~~~as generalio .A.Ji'f$0. · aad en los puebloa masciYilizados; pero .. pre-. . 'Por. disposici'on·'de!'''Señor 'Clol!lltt:e .,iso co11fesar q...-la tolerancia de ellos proda- Nico.las Irias · Piovis'or 'y :'VI_~ano ¡eneral-de "e efaclqa no solo deoágradables, sino perei- ' 'este· Ouispado, se hl a')Ji~rta . 'lá Catedra cit!soa ea la sociedad. Al_ -empeñarse se abusa dé' Gramatieá · latina· e11' él' Cole¡io · Semide la amistad, de los respetos, y del poder: <le nario _!le es~ Ciuúad, enca~ando de élfa l!>S empeños se vaíen para quitar la libertad¡ é al l'resbit~o'. Náurlo Molina, Jovea de co• independencia ~ue olebe tener tGdo fuaeionario 110cida· 'moralidad y de un sumo interez al inda¡¡ar la verdad, y conocer impareialmente por Ia. ens•ñanza primaria de ¡,. ju•entud si se pide justicia: coa los empedos se injuria Hon3nren.....-Lós Padr.s de familia qtoé ~al Mlj!istrado, pues se le prosume eapas de in'· <¡uieran enviár · •us~ hijos '?!. esto eStablee~ friBgir-la .ley, y dtSCuidar <!e sus ooligacioaes: -..lienfo, ·pueden· hacerio, .ditiJiendolos a cas~ }oa empeños qoillln el tiempo que :necesitan los j)irlielllarea--para que -de aJU C'OtiCUrtan 00· emplead~ ¡>U!>li<os para cumplir SliS deberes; dos los dias ·l. la .hora · de' clase al ColoSi loa pretenttieates han el<¡>ueSt<> por eserito gio, ~nña11do. ~en el cuidado . del-Gobierno las rasoaes en que ae funílan: si de este mo- el que -4ebieraa tener · ·de- sus 1njlll 6tando 8o pu<de advertirse su derecho preferente: si pre..at<s sus mismps Padreo, puea toma ei tieaen kterés en que no se retarde el clespaeho ma1or iatO:O~ en ~el buen •xlto de est,t .toeon que objeto se ocurre de palabra, y eollo ~\lln Interesante al Estado=LL. ~, r: r AH a UD I-D EG T- UN •"«"• a