18410315.

Transcripción

18410315.
Mum." 7 .•
EL REDACTOR
OFICIAL DE HONBURAi.
- -..~ ¡;~ ¡8¡
L.'<TERIOR.
-
AH
"(;ómayagua Mario. .15~de IÍ4Í-
dor que ae h•hia dad<ien.virtud tlecon-.eni<JII
oilterio.-.s · COJlliiBieados por él G<>•iern9. de
Guatezn~, hociendo .la. e111prendan a lt
CiudiJdQfW G ef• i>olltico &el IHparlam<'ll-
tode .•..
Lo ·teadra entendido ..el Gefe'
•
d~
&eci<ia ocarpdo del Mi.nisl:eri& de. ReJa.
lo oeeeaario ,\ su cum:
!& Ca.sa dl.1 &bierno.
on· Comay~•- a- 21 f,!e Enero de ts.-i,;:
J'. FKIU~u•-Al Ciudadano ;frallcisco Al-
cion~ 1 .dapoadrO..
p!fmient~Dado j¡a
EG
T-
El _Presidente lel &tad& le ha
lf!"iñilo dirigirme. eJ ~eto .aiguient~• .
UN
!6rtisterio de Relacienea interiore8 y e:rter!Hea
U Suprefio Gabierno túl &talio .U Houdv.rlti · et¡¡~da Ciúclatl. · d< Chinandega. .
UD
I-D
El Presidente en qui§ll reside el y.arado.,
Poder . Ejecuti.-o . <Id &tado é<diond.uras,
_Y lo. ·ffi111W>Í&o . .é U. fiara tz'# lo
paei/Qs <k
impuesto del decret<> de H. de! eor~ M(ja puWA;or r ?firC!dat: e..
siente emitid e por la Aulllble&: Constitw- 11! ~~mi<J;. tsperan<t_o ~· :sü:oa ·.darme auúo
~te del Estado del Sal.-Ji.dor, ¡>Gr ~ · c.ual ~ _su rer.ib&,: y admitil-~. mis afectos.
~¡, aJlueste a que la reunión 4et C.lij!lJIO 1)-_U-L-Gcnooya!}t'a liímo ii de '114"1· Coo,..ncional se veriiq~. en la CiJl~d de
Chinandega, i. <lond~ ecncurriraa !~_Dele:
El Gefe de . .Seceioa.:
_ .. _F,-a~ _4/IJ(lraj,o. ·
pdos. de. aqu~ .&lado-...COlft!DEUND9 que
•maque por el Gobiorno delli:stado ~ Gl!&te,
IIHila se Ita iña!Nfastad!l .oJ ,4e · .éite que el ~terút d.e ~nes int~ "!1 e:deríóres
de Nica~ua. se halla. .dispuesto . a· dirjgir d.él .$upr•mo· Gobieilw d~l &la@ de-lhfldurtU
fJift Representantes a la Ciudad. de Saa SalveII-.U-~
.
·aor, este fue 111?- coavenio. anterior aLfi{l,.,._
~a do decreto, olebiendo . ~ estt pníerjl>~ Qal4 4el G~o-Oemayagua Feln-ere 2í
.n sus consoptos por 'el Estado dé Nicaradé: IS41.
rua ~D. 'llirtud de.. ~SEl" prop~esta. SUJO; J
Ci~ Gefe· PoiltifAAde{"l>•Jiltl'ttimerc.
avtorisado por el Cuerpo L•gislauvo para
·ost~ ois10nto en a~ de s: ,del: -preoen_@ to tl~!~:o:..,;..:..__•.:;_~ ~-· .._ _;_J~~ _, __ •.• , . - - ..
Et Pruidente del Estado se ha setTids
mes; ha. venido . en ..<keretar. ~ .
Art. 1.•-EI l'.;tado de H~ndurai cen- dirigirmt ef Oea4!a.~t•.
currjr2 cen sus. Dl!lega'iios -con\"encionaíes a ~ ~ ·.i'!:4.•idfpte. :•a:-. 'quiell ·-r~ide 'il. f~dU
la .Ciudád de l;lúnandega, p:un~o ~i~ Ejccutiv.9 del • E~ado cd.e Honduras-P01Í
por los E>tadÓs del SaJyadcr y Nicaragua.
~lift>; ló!.·~~ ,-~-lit~ll!lmms ha_
Art. 2 °-AI •fecto se Li!>rarA contra 8uretado y constttucwnaliJ).epljl_,.e • ~
¡.., 'lll:t- wi¡ulf; <. ' ' •
8.-<ten de iiláriha a la Ci.údali ~Su· hlva-
nae''
m
'_,..
.
.l.a Camora 4e RepMSealilnle&
CoNH»~--
rigi4o el
i~értfo
sigmente.
El Presidente en quien re•ide ef
dimento del Presidente "para el ej•nicio ilel Poder Ejecutivo d•l Estado de HJnduras,
.Poder Ejecutivo: el de __110 estar ella reunida eoNSIDER.LNtro: qu• lo. r.tlta de aguardiente
cuando esto suceda: que ti remedio pre· del Esta~• padece un demé·ito de c<>ocid>ra.
veaide por la Coutitueío11 en sus articu- cion . lo. causa do la superahund•n•ia de Ji.
los 41 y 4S 110 ·nena e! objeto de una ma- cores fuertéo e:rtiasgeros y del bajo prtci•
~era ra4ieal, por que acaso el supleale que de ellos: <¡uo estos pagan un derecho d&
designe la •uorte se halle a m)lcb.as leguas intro~aeloii tan corto, que oo llena nl coa
de distancia de la Capital; Y. el segvpdo macho el deádt •i• las tabern&s que dejan
por que f.Jte alguno o alguaos de Jos Mi· de rematarse ptincioalmecte en los puebi~
:nistroa do! despacho. Deseosa de evitar Jos inmediatos ~ loa Pa•rtos: que la e!ahoracioa
males que esperimentaria el Estado quedan- .de este articulo es ya ua r.omo lle especu.
do acéfalo, como probabiem<nte podria su· lac!on de loa H~durefios laüradoros; y au.
ceder por las causa& indicadas: usando de torizado -por el Cu•rpo. L'·gis)oti~o en su
e~~& soberanas facultades, ha t111ido a biea acuordo ae 11 de Febrero \t;timo ha teniü
¡uliccionar la ley rf!lamentaria del Geb>erno i¡ bien decretar.
•
•
f¡Ue emitio ea 11 ee Noviembre Ulti111o coa
..\rt. L 0 -Toda clase de ag<!<irdiente pura_
los articules ·siguieates.
e:rtrangera qua se introd~sca por lo• p,,ortos
0
Art. 1. -Si llegase el Cl\86 de impedi- da! Norte y por las fronteras del Sur, p&•
mento del Presidente se C1implim estrictamen- ;ara el derecho de un ieaJ por cada .bote;.
te cen lo dispuesto en los citados erticn• Jla, en lugar del GUe le asigna el Arancal
los 41 y 43 de la Constitueion.
de Aduanas <¡ue rije, eu cqya parte queArt. 2.•-Pero si el suplente que desigae da deregado.
la suerte no ostubitse en la Capital, el EjeArt, '.l.•-Los demas licores no-suñi-\a
euti~o lo ejerseraa los Ministros qua haya, altencion alguaa e11 el. derech•J quo leS se"Q• sea11. los tres, d.os, ó uno.
ñala el eoprasado Arancel.
. Pose al Presidente del Eotado-Dado ea
Art. a "'-El presente decreto se ente,..
Comayagua a 24. de febrero de 184.1= derl por ahora y mientraa la Cam.,a Lel{ariane Clutejon 1t P.-P"&eeme A. Bocc gislativa emite la ley gen•ral sobre el arrog<o
t~egrll. R. S.-Jo•l M. RodrógU6z. R. S.
de las Aduanas maritimas.
Por tanto: BJECUTESJl. Lo teaslñ eotenLo tendrt entmdido el Gde de
dldo el Gefe de Seecion eacargado del Mi· ieccioa encargado aceídenta-meate del des:aisterio Ee Relaciones y <li.spoBdra lo ""ce- podio de fucienrl,, y disJ>ondra lo ne<:esa•
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llÁ!<ao. que puede llegar el caso de impe-
sario ¡. su cumplimiento=Dado ea Cernayagua en l• casa del Gobierno,
23 de
Febrero 1!1• lUJ,...F. Fnuu-Al Ciuda.G•no Francisco Ah·ara8o.
Y lo C9111!R!ico á U. par4 que lo lega
UD
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a
rie ~ &U llU<ll~limiento-· Dado en Comaya.
¡ua en la Casa del Gobierno 2. de Marzo de !S.U-F. FEuE.u.=AI Ciudadi.ne
Jose :Mar~a Cuoas "
a
Y lo CD11Wnieo iJ. U para su 'Íit·
circW.ar en los puebio.o de su ,...,.. ttligeRCiQ., y que lo hoga publiear y circuln_d.o. Sirves• darme aviso de su recibo, ll .,. tos pueblos de •u mando; 8irvie-adtse
¡:dmitir mi aprecio ·y -1C11Siderocione1.
darme aviso de su recibo, y admitir mis
El Gefe de Seecio1t. afect06 1 comükracionso.
•
.El Gefe de Seccio-.;
- - - Francisco .4Joe;radQ.
José Maria Cuós1•
.Miwteti• .dA Htu:it11da del Supr.-.
M"misterío il.e lf.elacioxes interiores 11 ezteriM-•
me Gobierno dsl EstadQ de HO'IJdtwu.
del Suprem9 Gobierno dll Estas~ de HoniÚIT•
D-U-'-LOiaa ckl G<1 hierno Comayagua Mano ~
D-U-LCsa dsl Qoli.erno-~mayogua Marzo '
de 1&41.
de !841.
C~Geje !nte'ltdente del ;oc.
~lo de.•.•
pblic4r
~..
~
Q. ~.1'_¿ ·!~.._ --?.J "!~,.;~~ IIJ:-"· M .J,;;:_
a,
4i.
.Y. ••• ad__ w
las cirtu""t.,das;
(IJ ,¡¡,
•_,Jc ·yÍll,ct.paeidad
de
los
HoD<!urdíos¡
pero ··ha.
· El Preaí&e11Ü del Jrstado •~ - UT._.
boi>
puesto
loa·
med1o.o
posi,l>les
para
con.
dirigirme el Decret• Biguintle.
.
El !"rúiolente ea quien reside el Poder ~~~uirlo, y os .habtÍi guiado por la e:sut-.
Ejecuü~o del_ Estado de Honduras:-Poa r•enria que ~a la m11est¡~ de_ todas t.. ci-,
ouA.Nwi lá Camera de R•presentantos ha. encias-:-ltepres¡>nte.ntes, eongntuianos qua 6
decre~do y coastÍtQcionalmente se ha san-, ntiraís al seno de Yaestn~ fdni ias, hiibi ..
endo prestado 'este se;viéió- 8 la P·tria=
c:iooado lo que ai¡ue.
La primera Cltmara de Repreaentaates h~­ He diaho-Qc¡g¡ll1•i'lg, _Mart!t ¡; d< l8i!,
Castej011o.
biendo lle•ado les objetos que la Constitucioti le prescribe especialmente, y ocurridQ
eli. cuanto ha sido posible alas neeeaida!!es
EXTERIOR
islado, ha tenia'!
bien lieutlar J
fil
a
COPIA.
DECRETA.
Blt•th le
,.-emo
4BTICULO UlflCO,
Gullttfflllla. Secretaria <kl .s.;
liefit>r S.cretiJrio. de
Go/Mraa __ AI
del SuprefftO Gobier!lo del Estada
AH
Ho~~
primera Camara r..gislatin 4el !ata- de HooJw--Gu.atl'/fi/1/IJ &eroA de 184'1~
El &Jf_erintendate de la Cala de moflEda 'coa
do cierra en esta feeba sus .esionoa.
Pase al Presidente del Estado-Dado ea fecho 31 dtl qu• espiro me Bice lo que copio=
é!)m&ya¡ua a S de Marzo de 184l=Ma. ,El i<l de ~ta casa, eoa f,-eha de aver -di:iaM Quttjor& lit P - Picente Múlnis &ca- ce lo •iguieate "=Entre la multitud·d<o mo:Jitira R. S.-Jose M Rodriguez R. S. . Dedas fu¿rtes Persanas. que se presentaJI.
Por taato: E1BCI1TE8E-Lo lendra enten- diarikmeote a mi r.fiáoa, con' el obji'torle
jido El Ge(e de Seccion enengado del des- mellarse, loa llegaoo un peso con. un ti p0
pacj¡o del Ministerio de Relaciones y dis- desconocido. Ea. .el anvmo tiene una lguilo.
poñóia lo necesario
su cumplimiento,., COil lás alas abin:t >S y_ eo el .pi <'O un listón
i)ado en la Casa del Elobiarno en Coma- ea que se _lee ,Libertad 1 ortklt, " y deo
de Mano de 1&4l,;,.F Fu- bajo el· cuerno de la ahun>!ancia. en der..
;ragua
pu.-Al Ciudadano Francisco Alvarado. redor tiene esta inseriocíon ,,&púhliM <k
Y lp cormmico é U. Jlaro tp.¡e ID haga la ~~t~eua Gr•JUJda 1839 ·~=En el I"<V•roo
p/.itor y circu.lar en Úll ¡me/J/0$ de s» ~ deatro de u11 circuh f-r!ll>~ por on¡; oje.
áo: mi~a$ t<ffile, sirt~ase darme atiÍ8o de de laurel, r)iee ,Ley ech;) dineroa. ~' . v.- en
-,... rééiio 1 admilir el aprecio
ser- la circunferencia ,cale. ocho reales S.. &.
gota K"=Auo cuando se supooga de.bliel~.
El Gefe de· Seecioa. na fe, que esta moneda tiene efectmu:neote
j\-anciaco .AlllllTado. los ocio¡¡ dineros que espresa, k bltau ~
SEnta y ocil.o granos en _su ley • y &<teü1a
:Jlespuea tlB emititk el decreto anterior por y dos eo sq peso meterial, · p_or cuyo ·mo-
a
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fá CQviara LegislatiDa cerranrf& 1U8 8e8Ío.
11••, el Presidente de eUa, Soñar Prubi.
J.rli MMiano Castejon, pronunciO el dUcurae ngu_it1!1e.
IE~ORES Ii:EPB:E$ENTANTEá.
El llia de ·noy cerrais vuestras i6iionea:
~abeis Cllntp'ldo ~en
ia obligacion que os
impu•o la Con;titucioa, des•rro\laoóo las
lo ye• <¡ ue liiroanan d• ella; no habiendolo
))echo antes por las 'vidsit;;des que baa me<iiado, y que son bien notorias. No seran
!liS mejor~, las mu sabias, l115 IIIU propi-
ll~o
su
~alor
intrioceco q~d• redu~ido '4
cuatro y t<es cuartillos reales_He creíeo
<1<: mi deber hacerlo pr;seO:t• á¡ Gohnno
~upremo P"' el h\ O:ra~ie ccl!.ducto . de ·U.
pera que si lo tubi<S!' por. convea~ente .e
pubhfltze este resultddo, para ev1t1tr !os fraudes que ocacioQaria su c~culacion~T'Cngo
pues el honor d~ ~levar el ¡..arte ro;tC:riao~
no fludando que ese.Mi<!iHerio P">tará -511
concideracion soLre este &.sunto, cuy.11 gra\"edad •s de todo -inta:és .. para_· el _jj;_;ta,;o=
Y por disp&sicion tlel Presidente lo transcribo d U. para conocillliento de ese Supremo Gobierno reitercnckile con e.to: opo:¡·
46
tunid«c! · tós votos dt mi. si•~o llf"ecio CM!
qué de ambÓs íné .Í.bsérit9 81Í attilto sff'~
vidor-Jianuef Cmso.... .& confo,.,..: Ministmo ,lt Httcitttda ~el
llyrrmo &lliérno del &tatt. de He.,._
ru-Co1111lyagaa Flllrere 11 df 18,4 l.·
lidencialmente \loa M•gistrados fastidiandolq•
eoo relacio,nes caasadao, R. inconn'exls, llistrá'!
yendoióo 11~ s~~ urgentes :oelipaéión•~, y ha,
eieodolo.s malgastar .,t tiempo 'que podian 1!m'"
plear · con proYecho ? Si por eacrit1> 1\0 han
inanifestad0 olara 1 éiertaa.~nte el b
causa
Ctibu. de sus pretencion-.s ¿ po~ c:¡ue no lo hán 1.-.-..
NOTICIOSO.
-chn'l''ú>ótl'ra i>:inguna autoridad uo&r do_ loo
..&l"J"bS confidenciales; riilndilóOf 11loo solici-&antea que llagan· Jo que d~bioro\. hac..- f 1.os
W8-BMP~
eii~P".fi<is atac'lur la J¡onradés, y éscrupulo:sidu•
Ea mil)' llilldo intercoder con las aatorida- iW Mligístradoé Si .alguna tez a<lo¡-tan esi~
des para que alg11ae C<lDiliga-4>llin qae se pro- · ii\odq imjunpio para quu.ílg\ln ~us sof¡~ú~
pone. Nin~ nogocio se coasidera manejado P.,r11o !urbe.- prnvidaoil y' f11é!S on tos r.lncí&":.
con exatitud, sino aie.bvseá todos Jos empe· narios pil.:>licos ¿ por ~ue. Jllejor no los acusan
fíoa necesarios pora comprometer~ los fun~io· ante aus superioreSl'espectivo·s para que dejen un
Jlllri<!S .¡n}iilii:os 't'le iatemeneri, :¡ los Ma. puesto en que n<> tiebieron ser . colocados Siptra4os qve deben deeidir. Cadil &Olicitan~ ea4o conocida-su-integ!fn'it iPGr que sedealé a-ee con la~ justicia mas clara_ ~so faror,·y eonfi•.? Cuando. el objet~ ae~ evitar.el et¡'Or,
cada uso se empeh f'8r& que se despache su osea en \>tlen• ·hora d~ lo~ recursos qua" 'hay
peticion
su coaeepto. Como .ro es posi para dieiptrlo: mas na de empelios; pui!S qllll
1t1Ji> que,c:"!"'do doa disputan un-dereébo ambos. éstós barr'e!'"-ír insetieibleme!lte ·la l~gisladon.
i:onoig;in ,.¡ e~dto feliz que se prop>Jcieron, el introducen: las practi<!lts oscuras--,_ ~ist~­
.¡ae pierde DO atieaM & la Jey que· dio el triu,_. tiosas, étleli'an il. Jos liom1JreS
f<'tir'a '1k
to J• so coatrario, sino i\ la ineficacia de lo5 Yerliad, y1i sus promesas', c_órromp~!lla !!lo'·
~peñas qae inrer¡mao.
:ral; y estimulaa a protejer el Vicio. Por los -e,m·
Los mediaDerOS en ese caso se eren tambi~ñ peñoa gime elinosent•; y el culpado sá Sa.'tm,.
~os•. 1-~os -promnapen en qlli!j$8 ,., . ra •• el _e<i.neo. 'f Del Ettántlane !k ~j
~&arga.. por no haber sido atendidos, auaque
lhl' Rtdii.ctOf' N'lnlf11fiJ-fft8~: ·
·
iuese fratcionan<tl> la coomnza pllt:lica, y .X·
--¡>oaiendose a sufrir 1• responsabilidad mas se· !DICTORIAL.
~nt,;·Los eiripeñoo se usan con ~~~as generalio
.A.Ji'f$0. ·
aad en los puebloa masciYilizados; pero .. pre-.
. 'Por. disposici'on·'de!'''Señor 'Clol!lltt:e
.,iso co11fesar q...-la tolerancia de ellos proda- Nico.las Irias · Piovis'or 'y :'VI_~ano ¡eneral-de
"e efaclqa no solo deoágradables, sino perei- ' 'este· Ouispado, se hl a')Ji~rta . 'lá Catedra
cit!soa ea la sociedad. Al_ -empeñarse se abusa dé' Gramatieá · latina· e11' él' Cole¡io · Semide la amistad, de los respetos, y del poder: <le nario _!le es~ Ciuúad, enca~ando de élfa
l!>S empeños se vaíen para quitar la libertad¡ é al l'resbit~o'. Náurlo Molina, Jovea de co•
independencia ~ue olebe tener tGdo fuaeionario 110cida· 'moralidad y de un sumo interez
al inda¡¡ar la verdad, y conocer impareialmente por Ia. ens•ñanza primaria de ¡,. ju•entud
si se pide justicia: coa los empedos se injuria Hon3nren.....-Lós Padr.s de familia qtoé
~al Mlj!istrado, pues se le prosume eapas de in'· <¡uieran enviár · •us~ hijos '?!. esto eStablee~
friBgir-la .ley, y dtSCuidar <!e sus ooligacioaes: -..lienfo, ·pueden· hacerio, .ditiJiendolos a cas~
}oa empeños qoillln el tiempo que :necesitan los j)irlielllarea--para que -de aJU C'OtiCUrtan 00·
emplead~ ¡>U!>li<os para cumplir SliS deberes;
dos los dias ·l. la .hora · de' clase al ColoSi loa pretenttieates han el<¡>ueSt<> por eserito gio, ~nña11do. ~en el cuidado . del-Gobierno
las rasoaes en que ae funílan: si de este mo- el que -4ebieraa tener · ·de- sus 1njlll 6tando
8o pu<de advertirse su derecho preferente: si pre..at<s sus mismps Padreo, puea toma ei
tieaen kterés en que no se retarde el clespaeho ma1or iatO:O~ en ~el buen •xlto de est,t
.toeon que objeto se ocurre de palabra, y eollo ~\lln Interesante al Estado=LL. ~,
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